código ético revisión 2016

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código ético revisión 2016
CÓDIGO ÉTICO REVISIÓN 2016
CÓDIGO ÉTICO
ÍNDICE
1. PRESENTACIÓN Y DEFINICIONES
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1.1. Presentación
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1.2. Definiciones
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2. PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DE Applus+
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3. CÓDIGO ÉTICO DE Applus+
3.1. ¿Para qué sirve un Código Ético?
5
3.2. ¿Quién tiene que respetar el Código Ético?
5
3.3. Comisión de Responsabilidad Social Corporativa (RSC) y Chief Compliance Officer (CCO)
7
3.4. Canal de Comunicaciones de Applus+
8
3.5. Tramitación de denuncias, investigación y medidas disciplinarias en caso de incumplimiento del Código Ético
9
3.6. Comunicación y formación
10
3.7. Revisión del Código Ético
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4. NORMAS DE CONDUCTA
4.1. Respeto de la dignidad de la persona en su puesto de trabajo
11
4.2. Prevención de los riesgos para la salud y respeto de los derechos de los trabajadores
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4.3. Protección de los datos personales y confidencialidad
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4.4. Respeto del medio ambiente
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4.5. Libre competencia y consumidores
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4.6. Lucha contra la corrupción en Applus+
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4.7. Responsabilidad social, patrocinios y donaciones
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4.8. Veracidad de la información y registro de documentos
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4.9. Información confidencial y de uso interno
16
4.10. Integridad en la prestación de nuestros servicios
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4.11. Conflicto de intereses
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4.12. Utilización de los recursos de Applus+
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CÓDIGO ÉTICO
1. PRESENTACIÓN Y DEFINICIONES
1.1. Presentación
Tenemos el placer de presentarte el Código Ético del Grupo Applus+.
Nuestro Código articula un marco de actuación que quiere ir más allá del simple cumplimiento de la ley, su espíritu está guiado por la integridad y profesionalidad
en nuestra toma de decisiones, estableciendo una serie de principios generales por los que debe regirse nuestra conducta cada día y en cualquier parte del
mundo en que operemos.
Todos conocemos la importancia de actuar con integridad y responsabilidad. El conjunto de valores, principios y normas éticas que se establecen en nuestro
Código buscan algo más que proteger la imagen y la reputación de nuestra Empresa, o evitarle problemas legales. La integridad nos permite mantener de forma
sostenible un entorno al que todos estemos orgullosos de pertenecer y dignifica nuestra actividad profesional. Nuestro Código Ético nos ayudará a tomar
decisiones, y está diseñado para guiar nuestro comportamiento en todos los acuerdos de negocios que asumamos en el cumplimiento de nuestro trabajo.
El crecimiento empresarial y el mantenimiento de unos elevados niveles de exigencia en cuanto a gestión y cumplimiento de las normas son elementos que
se refuerzan mutuamente. La construcción de la confianza en la sociedad es una tarea lenta que requiere un esfuerzo continuado. Todos nosotros somos
responsables de proteger el buen nombre del Grupo. Para ello, debemos actuar con honestidad y tratar a cada uno de nuestros colaboradores internos
o externos, a nuestros clientes, accionistas, socios y proveedores de manera justa y dignidad.
Estamos seguros de contar con tu compromiso y con todo tu apoyo para conseguir que Applus+ se convierta en una empresa de futuro, fundada en los valores
fundamentales que se recogen en el Código Ético del Grupo.
Te animamos a leer este Código con detenimiento y a convertirte así en su ferviente defensor. Vaya por delante nuestro agradecimiento por tu contribución a la
puesta en práctica del Código Ético del Grupo. Con tu ayuda Applus+ seguirá mereciendo la confianza de todos.
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Fernando Basabe
CEO de Applus+
Christopher Cole
Presidente de Applus+
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1.2. Definiciones
A continuación se indican las definiciones de algunos términos empleados en el Código Ético:
Applus+ o Grupo se refiere a Applus Services, S.A. y a todas sus filiales y empresas asociadas, incluidas las empresas conjuntas con otros socios.
CCO se refiere a Chief Compliance Officer.
Los profesionales son todos aquellos que prestan servicios a Applus+, cualquiera que sea su relación contractual con la empresa. Por lo tanto, englobará
a empleados, colaboradores autónomos, gestores, administradores y consejeros.
Terceros se refiere, según se establece en el Procedimiento Global Anticorrupción, a cualquier entidad o particular que esté facultado para actuar en nombre
de Applus+.
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CÓDIGO ÉTICO
2. PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DE Applus+
La calidad de nuestros servicios y nuestro éxito como empresa dependen de muchas variables, pero una, sin duda, es que
nos comportemos en nuestro día a día de manera íntegra y honrada, como personas socialmente responsables. Creemos
firmemente en la responsabilidad social corporativa, especialmente en un contexto en que nuestra actividad comercial
tiene importantes efectos positivos en el medio ambiente y en las comunidades locales en que operamos.
Para conseguir este objetivo, debemos respetar estas pautas de comportamiento:
Integridad: Creemos en la honestidad y en la estricta observancia de la legislación vigente, y fomentamos el comportamiento honesto en todas
nuestras relaciones. Applus+ respeta la dignidad de todas las personas y vela por el bienestar y la seguridad de los demás.
Transparencia: El respeto mutuo, el diálogo y la transparencia representan los cimientos de nuestras relaciones. En nuestras relaciones con las
autoridades, los entes reguladores y los organismos oficiales, aplicaremos siempre los principios de cooperación, honestidad y transparencia.
Imparcialidad e independencia: Trabajamos con libertad, objetividad y autonomía, y evitamos cualquier tipo de corrupción o conflicto
de intereses que puedan condicionar nuestras decisiones.
Responsabilidad: Respetamos el medio ambiente y las comunidades en que operamos.
En definitiva, en Applus+ aspiramos a actuar siempre con integridad, independencia e imparcialidad, y a superar, desde la responsabilidad, las
expectativas de todo aquel que confíe en nuestros productos y servicios.
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CÓDIGO ÉTICO
3. CÓDIGO ÉTICO de Applus+
3.1. ¿Para qué sirve un Código Ético?
El Código Ético es un conjunto de normas vinculantes que definen la
conducta que se espera de nosotros y establecen los principios necesarios
para orientar la actuación de Applus+ y de todos sus profesionales en el
desempeño de sus obligaciones y en sus relaciones tanto comerciales
como profesionales.
Se exige a todos los profesionales de Applus+ que cumplan las pautas
de comportamiento recogidas en este Código. Las normas del Código
Ético representan unos valores mínimos de conducta ética en el
marco del Grupo que son de aplicación en todos los países, empresas
y ordenamientos jurídicos. El presente Código, junto con sus disposiciones
de aplicación, ponen de manifiesto el compromiso de Applus+ con el
buen gobierno corporativo, la transparencia y la responsabilidad social.
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Puede que este Código Ético no logre dar una respuesta a todas las
situaciones y dilemas éticos que se puedan plantear en nuestro
entorno laboral. Por ello, Applus+ pone a disposición de todos aquellos
que deben respetar este Código, y también de nuestros clientes,
proveedores y socios comerciales, el Canal de Comunicaciones descrito
en el apartado 3.4 de este Código.
3.2. ¿Quién tiene que respetar el Código Ético?
Todos los trabajadores de Applus+ tienen el deber de conocer y respetar
este Código, sea cual sea su posición jerárquica, ubicación o sociedad del
Grupo a la que presten sus servicios. Todos los profesionales de Applus+
deben comprometerse de forma explícita a cumplir este Código. Por
este motivo, se les facilita formación específica para su cumplimiento,
en el momento de su incorporación y al menos una vez al año.
En todos los casos de promoción interna, deberán tenerse en cuenta el
respeto y cumplimiento de este Código, así como el compromiso con
los valores de Applus+ por parte del candidato. No existe justificación
alguna para infringir el Código. Ningún profesional de Applus+ podrá
justificar una conducta que contravenga lo dispuesto en el Código Ético
aludiendo a una instrucción dada por un superior o a que dicho superior
sea conocedor de la conducta. De producirse una situación como la
mencionada, el profesional de Applus+ deberá notificarlo mediante el
Canal de Comunicaciones.
El cumplimiento del Código depende del compromiso de todos, pero la
obligación de respetar estrictamente las disposiciones enunciadas en
este Código es aún más importante si cabe en el caso de los consejeros
y de los gerentes.
Applus+ exige que todos sus consejeros y gestores:
Elijan y asciendan a sus empleados y colaboradores, entre otros
criterios de relevancia, en función de su integridad, titulaciones
y desempeño laboral.
Consulten al CCO en caso de duda sobre la aplicación
o interpretación del Código, y
Notifiquen cualquier vulneración del Código o sospecha de la
misma.
El proceso de contratación y selección de consejeros y gerentes tiene
en cuenta sus méritos, capacidades y compromiso con los valores
del Código. Tanto en la evaluación de su desempeño como en las
decisiones relativas a su promoción, y en la determinación de su
retribución, se valora el grado de cumplimiento de las obligaciones
mencionadas.
Sensibilicen a los demás sobre el Código Ético y fomenten su
estricto cumplimiento,
Adopten las medidas adecuadas para garantizar que sus
subordinados lo cumplan,
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Esperamos que nuestros clientes, socios comerciales y proveedores
sean profesionales honestos que hagan suyos nuestros principios
fundamentales. Con este fin, Applus+ se compromete a impulsar
entre ellos unas prácticas coherentes con nuestro Código Ético. De
conformidad con el Procedimiento Global Anticorrupción, los terceros
deberán comprometerse a respetar nuestro Código.
3.3. Comisión de Responsabilidad Social
Corporativa (RSC) y Chief Compliance
Officer (CCO)
El Consejo de Administración de Applus+ ha encomendado a la Comisión
de Responsabilidad Social Corporativa el fomento de la aplicación de la
Política de Responsabilidad Social Corporativa del Grupo y, en concreto,
la gestión de las cuestiones relacionadas con el gobierno corporativo,
la responsabilidad social corporativa, la ética y la transparencia.
El CCO, bajo la dirección y supervisión de la Comisión de RSC, deberá
adoptar las medidas necesarias para dar a conocer el Código Ético entre
los profesionales de Applus+ y supervisar su cumplimiento.
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Por lo tanto, el CCO se encargará de:
Difundir los contenidos del Código y diseñar y prestar la formación
necesaria para su cumplimiento.
Fomentar y coordinar la aplicación del Código Ético por parte de las
distintas empresas que conforman el Grupo.
Reforzar y alentar la aprobación de las políticas y los procedimientos
internos necesarios para asegurar la aplicación adecuada de nuestros
valores.
Recibir e interpretar las consultas y denuncias relativas al Código.
Investigar las infracciones del Código y proponer las sanciones
disciplinarias correspondientes.
Efectuar las evaluaciones de riesgos necesarias para valorar la
necesidad de actualizar el Código.
Una denuncia basada en una sospecha, y que se demuestre que es infundada, no es necesariamente una denuncia
malintencionada. Sin embargo, las denuncias malintencionadas, a saber, las denuncias maliciosas y basadas a sabiendas
en información falsa, serán investigadas y se adoptarán las medidas necesarias.
Supervisar la correcta aplicación del Código, sin perjuicio de las
obligaciones de Auditoría Interna existentes.
y socios comerciales, para cuando deseen plantear cualquier duda
o pregunta referente a la interpretación y aplicación del Código Ético.
Supervisar el cumplimiento del Código, con la asistencia, en su caso,
de la Auditoría Interna.
Todas las preguntas serán bien recibidas y se tratarán con rapidez
y confidencialidad.
Todos los años, el CCO elaborará una memoria anual, que presentará al
Consejo para su aprobación, y en la que enumerará todas las medidas
adoptadas en relación con el cumplimiento de las obligaciones
mencionadas anteriormente para poder evaluar el nivel de cumplimiento
del Código Ético. Para ayudar al CCO en el desempeño de su cometido,
Applus+ ha designado a varios responsables de cumplimiento en las
distintas divisiones y regiones.
Corresponde al CCO gestionar el Canal de Comunicaciones y
trasladar las dudas que no guarden relación con el Código a la
persona que corresponda.
3.4. Canal de Comunicaciones de Applus+:
whistleblowing.channel@applus.com
Preguntas
El Canal de Comunicaciones de Applus+ está a disposición de todos los
profesionales de Applus+, así como de nuestros clientes, proveedores
Denuncias
Todos los profesionales de Applus+, así como los terceros, deberán
notificar a través del Canal de Comunicaciones cualquier indicio
o sospecha razonable de una acción que vulnere las normas
estipuladas en este Código.
En caso de que la denuncia guardara relación con el CCO o con
el Departamento de Compliance, esta podrá hacerse llegar a un
superior, el responsable de cumplimiento de la división o región, la
Asesoría Jurídica o la Comisión de RSC, que respetarán las normas
indicadas a continuación.
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Con el fin de otorgar la mayor seguridad y protección al denunciante,
Applus+ se compromete a:
Respetar escrupulosamente la confidencialidad de las denuncias.
el mismo modo, Applus+ no revelará la identidad del denunciante
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sin su autorización, salvo imposición legal.
Impedir la investigación y sanción disciplinaria o cualquier tipo
de amenaza o acto de venganza contra el denunciante por el hecho
de su denuncia.
Cumplir la legislación vigente en materia de protección de datos.
3.5. Tramitación de denuncias, investigación
y medidas disciplinarias en caso de
incumplimiento del Código Ético
El CCO tramitará todas las denuncias que reciba por medio del
Canal de Comunicaciones. El CCO dirigirá y coordinará todas las
investigaciones y los profesionales de Applus+ estarán obligados
a respetar las instrucciones del CCO en este sentido. Applus+ pondrá
en práctica un procedimiento interno para gestionar las denuncias
y realizar investigaciones internas.
El Código y sus políticas conexas no son tan solo un conjunto de “buenas
prácticas” o de recomendaciones. Su cumplimiento es obligatorio.
Por lo tanto, la más mínima infracción podrá suponer la imposición
de medidas disciplinarias, entre las que podría producirse el cese
de la relación profesional, según disponga la normativa laboral vigente.
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3.6. Comunicación y formación
3.7. Revisión del Código Ético
Será responsabilidad del CCO impulsar la difusión de los contenidos
del Código Ético entre los profesionales, clientes, proveedores y socios
comerciales de Applus+. El CCO elaborará una formación y un plan
de comunicación internos con vistas a incrementar su difusión entre
los profesionales del Grupo.
El Código Ético se revisará y actualizará de forma periódica en función
de lo que se estipule en la memoria anual del CCO. La Comisión de RSC,
la Auditoría Interna y el CCO podrán realizar propuestas de mejora del
Código Ético. Todas las revisiones del Código exigirán la autorización
de la Comisión de RSC y del Consejo de Administración.
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CÓDIGO ÉTICO
4. NORMAS DE CONDUCTA
En este apartado del Código se recogen las normas de conducta que emanan de los principios fundamentales de Applus+.
4.1. Respeto de la dignidad de la persona en su
4.2. Prevención de los riesgos para la salud
El compromiso de Applus+ con los valores que sustentan este Código
no gozaría de credibilidad si estos no quedaran reflejados en una relación
laboral basada en el respeto de la dignidad de todos los empleados.
La relación laboral deberá estar exenta de cualquier abuso de poder
o comportamiento que pudiera ofender gravemente a otros.
Un entorno de trabajo saludable y el respeto de la dignidad de los
empleados también pasan por respetar los derechos de este colectivo.
Allá donde ejerza su actividad, nuestro Grupo respetará las normas
internacionales que promueve la Organización Internacional del
Trabajo.
Applus+ tiene presencia en culturas diversas, con costumbres distintas
que debemos conocer y respetar, actuando desde el respeto y en función
de las normas sociales que correspondan.
La Política y los Programas de Seguridad y Salud en el Trabajo de
Applus+ permiten prevenir riesgos y fomentan la seguridad y la salud
en el lugar de trabajo.
puesto de trabajo
Nuestra Política Antidiscriminación hace hincapié en la prevención
de discriminaciones de cualquier tipo ya sea en las decisiones de
contratación, las promociones profesionales, la organización del lugar
de trabajo o las medidas disciplinarias aplicadas.
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y respeto de los derechos de los trabajadores
El acoso laboral o sexual en el lugar de trabajo constituye una conducta intolerable y todos tenemos el deber
de denunciarlo.
Applus+ obra con diligencia y protege la salud, la seguridad y el
bienestar de sus profesionales. Por su parte, todos los profesionales
tienen derecho a cuestionar su actividad laboral y están facultados
para interrumpirla en caso de albergar dudas sobre su seguridad. A su
vez, todos los profesionales tienen la obligación de conocer y cumplir
las políticas y procedimientos del Grupo en materia de seguridad
y salud, y de garantizar su propia seguridad, así como la de cualquier
persona que pueda verse afectada por sus actividades.
Applus+ reconoce que toda persona que integre su organización
tendrá derecho a afiliarse libremente a un sindicato.
4.3. Protección de los datos personales
y confidencialidad
Gestionar cualquier empresa implica hoy la necesidad de proteger
los datos personales que manejamos en nuestra actividad. Aunque la
legislación en materia de protección de datos personales es diversa en
los distintos países en que operamos, Applus+ considera básicos los
siguientes criterios:
Applus+ elaborará una política de protección de datos a partir de
la normativa de protección de datos que esté vigente en cada país,
adaptándola al ordenamiento jurídico correspondiente.
Más allá de la legislación local, todos los empleados y administradores
deberán respetar las siguientes normas básicas:
Salvo en el caso de los Recursos Humanos, la Asesoría Jurídica y el
CCO, ningún ejecutivo ni empleado tendrá acceso al expediente
de un profesional que no sea el propio, salvo en el caso de que
dicho acceso sea necesario para cumplir con sus obligaciones
o haya recibido autorización expresa.
Únicamente podrán recabarse y archivarse datos de carácter
personal en la medida en que resulten necesarios para lograr
un fin comercial legítimo; dicha información únicamente podrá
utilizarse con el mismo fin para el que fuera recabada.
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En el transcurso de una investigación se podrá acceder a los
datos de carácter personal de cualquier profesional de Applus+
siempre y cuando existan motivos razonables para sospechar
que dicho profesional haya incumplido el Código, en virtud
de la legislación vigente.
Tan solo podrán comunicarse a terceros los datos de carácter
personal analizados con el fin de cumplir con obligaciones
directamente relacionadas con las actividades del Grupo y,
en todo caso, únicamente disponiendo del permiso de la persona
afectada. Applus+ también podrá compartir datos de carácter
personal que tenga en su poder si así se lo exige una autoridad
competente.
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Applus+ y todos sus profesionales respetan el derecho a la
confidencialidad de otros profesionales, clientes, proveedores
y socios comerciales en todas sus formas.
4.4. Respeto del medio ambiente
Nuestra empresa respetará toda normativa relativa a la protección
medioambiental y está comprometida con la sostenibilidad. Es por
ello que cumplimos la Guía de Buenas Prácticas Medioambientales, así
como las políticas y procedimientos internos vigentes.
Quedan expresamente prohibidos cualquier acuerdo ilícito con nuestros competidores, el soborno o la
concesión de ventajas injustificadas a funcionarios o empleados de otras empresas.
En caso de duda, póngase inmediatamente en contacto con el CCO mediante el Canal de Comunicaciones.
4.5. Libre competencia y mercado
4.6. Lucha contra la corrupción en Applus+
En Applus+ creemos que la innovación y la libre competencia
constituyen las bases del crecimiento económico. Por eso rechazamos
radicalmente:
Applus+ observa la legislación nacional e internacional en materia
de prevención de la corrupción en todos los países en que opera.
Cualquier acuerdo ilícito con competidores, por ejemplo para
repartirnos mercados, fijar precios o concurrir concertadamente
a una licitación pública o privada.
Aprovecharnos ilícitamente, por ejemplo, a través del espionaje
industrial, de los secretos comerciales de terceras partes o de sus
derechos de propiedad industrial como marcas y patentes y/o
propiedad intelectual.
La presentación de ofertas o de publicidad de cualquier tipo que
puedan resultar engañosas o fraudulentas para nuestros clientes.
En esta línea, los profesionales de Applus+ y los terceros tienen
la obligación de evitar cualquier tipo de práctica corrupta. Applus+
ha puesto en práctica una Política Global Anticorrupción en todos
los países en los que tiene presencia.
Esta política prohíbe las siguientes actividades:
Prometer o facilitar cualquier cosa de valor a funcionarios
o empleados de otras empresas con el fin de obtener un trato
o ventaja injustificados.
Facilitar cualquier cosa de valor a funcionarios o empleados de
otras empresas que exceda los límites estipulados por nuestra
política o infrinja el Procedimiento Global Anticorrupción.
Solicitar o aceptar cualquier cosa de valor de otra empresa con el
fin de conceder una ventaja injustificada a la misma o a un tercero.
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Applus+ disuade a sus profesionales y a terceros de entregar o aceptar regalos o atenciones en nombre de Applus+.
La recepción o entrega de cualquier regalo o atención deberá respetar estrictamente el Procedimiento Global
Anticorrupción.
Se considerará de valor:
• Efectivo, tarjetas regalo o cualquier otra cosa
• Regalos
• Invitaciones a actos o actividades lúdicas (encuentros deportivos, cacerías, etc.)
• Comidas y gastos de desplazamiento
• Ofertas de empleo a familiares o allegados
• Condonación de deudas
Sacar provecho de una relación personal con un funcionario, familiar,
administrador o miembro relevante de un partido político de forma
improcedente con el fin de obtener un trato favorable o ventaja
injustificada para Applus+.
Pagar dinero a terceros en nombre de Applus+ sin confirmar
previamente su integridad profesional y su capacidad de cumplir
nuestra Política Anticorrupción.
Efectuar pagos a funcionarios, salvo en los casos de impuestos, tasas
y comisiones oficiales, aunque lo permita la legislación local, con
el fin de obtener una autorización o agilizar o facilitar un trámite
administrativo.
En determinados países o regiones del mundo, Applus+ podrá aplicar
políticas anticorrupción específicas basadas en las disposiciones de
su política general.
4.7. Responsabilidad social, patrocinios
y donaciones
En tanto que empresa socialmente responsable, Applus+ promueve
la cultura, la ciencia y las artes mediante actividades de patrocinio
y donaciones. Todo patrocinio o donación deberá tener una finalidad
legítima, quedar formalizado por escrito y ser autorizado con arreglo
al Procedimiento Global Anticorrupción.
Quedan estrictamente prohibidas las aportaciones a partidos políticos
o sindicatos en nombre de Applus+ en cualquier lugar del mundo.
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4.8. Veracidad de la información y registro
4.9. Información confidencial y de uso
Garantizar la integridad, fiabilidad y precisión de la información es una
responsabilidad colectiva. Debemos asegurar la exactitud y veracidad
de la información que proporcionamos a nuestros accionistas, a los
mercados en que cotizan nuestras acciones y a sus organismos
reguladores, así como a cualquier administración pública. Bajo ningún
concepto los profesionales de Applus+ deberán facilitar información
que les conste como incorrecta.
Todos los profesionales del Grupo deberán tratar con la máxima
confidencialidad cualquier información reservada a la que
tengan acceso por su actividad profesional en Applus+. Debido
a nuestra actividad, tenemos acceso a información sensible de
proveedores y clientes, y es nuestro deber protegerla y tratarla
con confidencialidad. Del mismo modo, no debemos divulgar dicha
información sin el consentimiento de su titular.
Todas las operaciones financieras de Applus+ deberán quedar
documentadas y registradas de forma clara y precisa. Asimismo,
Applus+ se compromete a facilitar a sus accionistas información
relevante, veraz y objetiva acerca de la evolución del Grupo.
Cualquier indicio razonable de que se haya producido una filtración
de información confidencial o se haya dado un uso personal a la
misma deberá ser denunciado a través del Canal de Comunicaciones
por quien tenga conocimiento de los hechos.
de documentos
interno
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Por información confidencial entendemos:
Ios secretos comerciales o industriales de Applus+ o de terceros, como la política de precios, los
proyectos de investigación, la cartera de clientes, los datos contables o financieros, los conocimientos
técnicos, los planes de marketing o de desarrollo comercial o cualquier otra información así marcada.
Asimismo, los profesionales de Applus+ evitarán aprovechar a título
personal cualquier oportunidad que llegue a su conocimiento gracias
al acceso a información confidencial que les proporciona su condición
laboral. La Política de Seguridad de la Información recoge estas
obligaciones de forma más pormenorizada.
La información confidencial o de uso interno de empresas cotizadas,
como Applus+, no podrá utilizarse para realizar (ni recomendar
a terceros), directa o indirectamente, operación alguna relativa a sus
acciones, derivados financieros o cualquier otro título. Los profesionales
que tengan acceso a información del Grupo de uso interno observarán
las obligaciones, restricciones y prohibiciones previstas en el Reglamento
Interno de Conducta en los Mercados de Valores.
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4.10. Integridad en la prestación de nuestros
servicios
Nuestros servicios deben prestarse de manera profesional,
independiente e imparcial, de acuerdo con los métodos, procedimientos,
prácticas y políticas de Applus+ y las leyes existentes en cada país.
Las recomendaciones, opiniones profesionales, datos, resultados y,
en general, cualquier tipo de hechos que hayamos constatado deben
ser documentados de manera cuidadosa y respetando la veracidad de
acuerdo con los procedimientos internos.
Los informes y certificaciones deben reflejar resultados y hallazgos
objetivos y fiables, así como la correspondiente opinión de los
profesionales. Al prestar sus servicios, Applus+ observará y respetará
toda limitación o incompatibilidad a la que estos servicios puedan estar
sometidos.
4.11. Conflicto de intereses
Un conflicto de intereses surge cuando el interés personal de un
profesional de Applus+ entra, directa o indirectamente, en contradicción
con el interés del Grupo o le compromete a título personal en cualquier
servicio proporcionado por Applus+. El interés personal del profesional
se produce tanto cuando el asunto en cuestión afecta al profesional
como a una persona relacionada con el mismo.
Los profesionales de Applus+ evitarán encontrarse en situaciones que
puedan generar un conflicto de intereses o que afecten a su capacidad
para actuar o decidir con imparcialidad y en beneficio de Applus+.
Ante un posible conflicto de intereses: comuníquelo a sus superiores,
actúe con profesionalidad y lealtad hacia Applus+, y evite intervenir
en la operación o influir en ella de algún modo. En la normativa interna
sobre conflictos de intereses podrá consultar de forma más exhaustiva
las normas sobre qué constituye un conflicto de intereses y cómo
conviene actuar en estos casos.
Ejemplos usuales de conflictos de intereses son:
El empleo de familiares o amigos sin autorización.
La tenencia de intereses financieros en empresas que sean
competencia de Applus+ o clientes o proveedores del Grupo.
Cualquier actividad remunerada que guarde relación con el tipo
de servicios que Applus+ puede prestar, además de la actividad
realizada en el marco de su relación con Applus+.
La prestación de cualquier otro servicio distinto de los de Applus+
a clientes de Applus+, a menos que se disponga de la debida
autorización.
El uso del puesto de trabajo en Applus+ para lograr oportunidades
comerciales o profesionales en beneficio propio.
Todas las conductas mencionadas podrán ser autorizadas por
su superior si así lo permiten las políticas internas vigentes.
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4.12. Utilización de los recursos de Applus+
Tal como se desarrolla con mayor precisión en la Política de Seguridad de
la Información de Applus+ y en los procedimientos que la desarrollan,
el correo electrónico corporativo es propiedad de la empresa y no
puede utilizarse con fines privados. Si alguien lo utiliza para fines
particulares está renunciando a la privacidad de su contenido. Los
ordenadores, portátiles, tabletas, teléfonos, accesos a Internet y demás
sistemas de comunicación que Applus+ facilita a sus profesionales son
exclusivamente para uso profesional y tan solo podrán utilizarse para
fines personales cuando ello no interfiera en el desempeño de sus
actividades profesionales. En cualquier caso, Applus+ se reserva
el derecho a controlar su uso, lo que incluye las comunicaciones que
se hayan realizado, siempre de conformidad con la legislación vigente.
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La utilización de archivos o programas de procedencia externa puede
entrañar graves riesgos para nuestra seguridad y pueden acarrear
importantes sanciones penales y civiles para Applus+. Por consiguiente,
quedan prohibidos la descarga o el uso de programas informáticos no
autorizados, las descargas de contenidos inapropiados o cualquier
acción que vulnere los derechos de propiedad intelectual de terceros.
El resto de los recursos de Applus+ deben utilizarse exclusivamente en
el desarrollo de nuestra actividad y en ningún caso para uso personal.
Todos los profesionales deberán conservar correctamente los recursos
que se les asignen y evitar daños, sustracciones o el uso indebido de los
mismos.
CÓDIGO ÉTICO 2016
Campus de la UAB • Ronda de la Font del Carme, s/n
E-08193 Barcelona • España
www.applus.com