Copia de Presentacion Nazca 20Abr2010 final v2
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Copia de Presentacion Nazca 20Abr2010 final v2
Presentación a la Comisión de Transportes del Congreso Aspectos Técnicos R.M. Nº 111-2010-MTC sobre antigüedad aeronaves que operan en circuito turístico de Nazca Lima, 20-abril-2010 RAMON GAMARRA TRUJILLO DIRECTOR GENERAL DE AEROPNAUTICA CIVIL Sumario • Ultimo Accidente Aéreo en Nasca y acciones tomadas • Otros accidentes • Situación del parque aéreo • Diferencias tecnológicas entre aviones antiguos y modernos • Otras acciones tomadas • Legalidad y constitucionalidad de la Directiva Técnica Extraordinaria Accidente de Nasca • • • • • 25 de Febrero 2010 Avión Cessna U206 Nazca Airlines 07 Fallecidos Causa: En investigación Acciones tomadas por el MTC - DGAC A través de la R.D. Nº 055-2010-MTC/12 se ha dispuesto que las aeronaves que prestan servicios en los espacios aéreos de Nasca y de Palpa, prestando servicios turísticos y de observación, incluyan como parte de la tripulación de sus aeronaves un copiloto. Circuito turístico de las Líneas de Nasca Astronauta Ballena Acciones Tomadas Directiva Técnica Extraordinaria Se ha prepublicado una DTE, para la recepción de sugerencias y comentarios que dispone lo siguiente: A partir del 01 de agosto del 2010, las aeronaves de todo explotador aéreo de Transporte Aéreo Especial Turístico, no podrá tener una antigüedad mayor a 30 años desde la fecha de su fabricación. Resumen Accidentes e incidentes de consideración Accidentes / Incidentes por falla de material Año Ocurrencia Matricula Modelo Año de Fabricación Explotador Aéreo Causa 2010 OB-1557 C 210 1979 Aero Palcazu Fatiga de Material 2009 OB 794 C 172G 1966 Aero Servicios Santos Falla de Motor 2008 OB 1266 C U206 1967 Aero Ica Falla Humana y del indicador de combustible (05 Pasajeros F) 2008 OB 1117 C U206 1976 Nazca Airlines Falla en el sist. de combustible 2007 OB 1320 C U206 1980 Alas Peruanas Falla en el sist. de combustible 2006 OB 1117 C U206 1976 Nazca Airlines Falla de Motor 2001 OB 1283 C 210 1983 Aero Paracas Fatiga de material 2001 OB 1100 C 172 1966 Aero Paracas Falla de Motor 2001 OB 1332 C 177 1976 Aero Condor Falla de Motor 2000 OB 1415 C 206 1979 Acuariana de Aviación Incendio Aeroparacas Aerocondor Colision en el aire (12 f) 1997 Parque Aéreo que opera en Nasca Explotador NAZCA AIRLINES Ord Año Fabricación Matricula Modelo P a x Estado Instalación doble Comando 1 1952 OB-1202 C-170 3 Inoperativa 1 1980 OB-1192 C-206 5 Operativa Ok 2 1980 OB-1204 C-206 5 Operativa Ok 3 1975 OB-1402 T-337-G 4 Inoperativa 4 1974 OB-1888 C-207 6 Operativa 5 1969 OB-1001 C-207 6 Inoperativa 6 1967 OB-1616 C-206 5 Operativa 7 1966 OB-1093 C-172 3 Inoperativa (Tarapoto) 8 1963 OB-1795 PA-28 3 Inoperativa 9 1961 OB-584 C-172 3 Operativa Ok TRAVEL AIR Ok Ok Parque Aéreo que opera en Nasca Explotador AIR NAZCA AERO PARACAS Ord Año Fabricación Matricula Modelo P a x Estado Instalación doble Comando 1 1961 OB-1808 C-185 5 Operativa Ok 2 1960 OB-547 C-172 3 Operativa Ok 1 1980 OB-1917 C-207 7 Operativa Ok 2 1976 OB-1918 C-207 6 Inoperativa 3 1976 OB-1096 C-172 3 Inoperativa 4 1971 OB-1302 C-206 5 Inoperativa 5 1963 OB-1874 C-205 5 Inoperativa 6 1963 OB-1838 C-205 5 Operativa 7 1962 OB-1128 C-185 5 Inoperativa Ok Parque Aéreo que opera en Nasca Ord ALAS PERUANAS AERO PALCAZU Año Fabricación Matricula Modelo Pa x Estado Instalación doble Comando 1 1980 OB-1320 C-206 5 Operativa Ok 2 1980 OB-1187 C-206 5 Operativa Ok 3 1979 OB-1655 C-172 3 Operativa 4 1963 OB-610 C-172 3 Operativa 1 1982 OB-1247 C-206 5 Inoperativa 2 1980 OB-1722 C-206 5 Operativa 3 1979 OB-1557 C-210 5 Operativa 4 1976 OB-1790 C-206 5 Operativa Ok 5 1965 OB-1648 C-172 3 Operativa Ok Ok Ok Parque Aéreo que opera en Nasca AERODIANA ALAS DE AMERICA TAXI AEREO EJECUTIVO AEREO SERVICIOS SANTOS Ord Año Fabricación Matricula 1 2009 OB-1922 C-208 12 Operativa Ok 2 2008 OB-1882 C-208 12 Operativa Ok 3 2007 OB-1870 C-208 12 Operativa Ok 4 1980 OB-1811 C-172 3 Operativa Ok 1 1977 OB-1900 C-207 6 Inoperativa 2 1973 OB-1061 C-172 3 Inoperativa 1 1972 OB-1033 C-206 5 Inoperativa 2 1963 OB-1460 C-172 3 Operativa 1 1968 OB-794 C-172 3 Inoperativa 2 1962 OB-657 C-172 3 Operativa Modelo Pa x Estado Instalación doble Comando Ok Ok Parque Aéreo que opera en Nasca Ord Año Fabricac ión EXPRESO MOCHE 1 1983 OB-1283 C-210 5 Operativa Ok AIR MAJORO 1 1982 OB-1919 C-207 7 Operativa Ok 2 1981 OB-1929 C-207 7 Operativa Ok Matricula Modelo Pa x Estado Instalación doble Comando RESUMEN: TOTAL DE AERONAVES 41 < 1980 27 INOPERATIVAS 15 OPERATIVAS 26 En condiciones aeronavegables DOBLE COMANDO INSTALADO 24 Pueden efectuar vuelos turísticos EMPRESAS 12 (10) Pueden efectuar vuelos turísticos Resumen Accidentes e incidentes de consideración Accidentes / Incidentes OB-1266 1976 Aeroica SRL 2008 Causa: Falla humana y del indicador de Combustible Accidentes / Incidentes C 206 OB-1790 1976 Aero Palcazu SAC 2008 Causa: Limitación del Sistema de Combustible Accidentes / Incidentes C T210N OB-1557 1979 Aero Palcazu SAC 2010 Causa: Fatiga de Material del tren de nariz Accidentes / Incidentes C T210N OB-1557 1979 Aero Palcazu SAC 2010 Causa: Fatiga de Material del tren de nariz Accidentes / Incidentes C T210N OB-1557 1979 Aero Palcazu SAC 2010 Causa: Fatiga de Material del tren de nariz Ejemplo de la evolución de los Sistemas de Combustible de las aeronaves SISTEMA DE COMBUSTIBLE: Cessna 172 Año: 1966 • Selección de alimentación de combustible es manual. • Indicación analógica de cantidad de combustible • Restricciones para virajes: - Indicadores combustible no son confiables - En viraje el combustible corre hacia el lado del banqueo SISTEMA DE COMBUSTIBLE: Aviones modernos • Selección de alimentación de combustible es automática. • Indicación digital de cantidad de combustible. • Tanques de combustible con restrictores (chapaletas) que evitan el corrido del combustible al lado del viraje, haciendo la maniobra confiable. Cabina de mando de aeronave: Cessna 170 – año: 1952 Cabina de mando de aeronave: Cessna 206 – año: 1971 Cabina de mando de aeronave: GA8 AIRVAN – año: 2009 Cabina de mando de aeronave: CESSNA 208B – año: 2009 Acciones Tomadas Directiva Técnica Extraordinaria Se ha prepublicado una dte, para la recepción de sugerencias y comentarios que dispone lo siguiente: A partir de la entrada en vigencia de la norma, toda aeronave a ser incorporada en el parque aéreo nacional para prestar Servicios de Transporte Aéreo Especial Turístico, no podrá tener una antigüedad mayor a 15 años desde la fecha de su fabricación y su capacidad de asientos deberá ser mayor o igual a 08. Cantidad de Pasajeros en el circuito de Nasca/Ica AÑOS 2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 NASCA 40,305 Diferencia en Nasca 57,542 17,237 60,155 2,613 70,626 10,471 84,920 14,294 99,478 14,558 104,947 5,469 ICA (Las Dunas) 19,487 Diferencia en Ica 13,757 14,814 (5,730) 1,057 16,281 1,467 21,485 5,204 25,309 3,824 26,592 1,283 2008 108,814 3,867 2009 110,531 1,717 25,924 (668) 23,184 (2,740) 113,101 2,570 13,156 (10,028) Fuente: Estadística DGAC 120,000 113,101 108,814 100,000 99,478 104,947 110,531 84,920 80,000 70,626 60,000 57,542 40,000 40,305 20,000 19,487 13,757 60,155 14,814 16,281 21,485 25,309 26,592 25,924 23,184 13,156 0 2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 Cantidad de Operaciones en el Circuito de Nasca/Ica AÑOS 2000 2001 2002 2003 2004 NASCA 21,614 Diferencia en Nasca 32,002 10,388 33,866 1,864 38,190 4,324 ICA (Las Dunas) Diferencia en Ica 4,016 (1,656) 4,702 686 4,816 114 5,672 2005 2006 2007 2008 2009 44,472 6,282 50,108 5,636 50,094 (14) 55,150 5,056 54,876 (274) 48,592 (6,284) 5,708 892 5,808 100 5,764 (44) 5,336 (68) 3,280 (2,056) 5,404 (360) Fuente: Estadística DGAC 60,000 55,150 50,000 50,108 50,094 5,808 5,764 54,876 48,592 44,472 40,000 38,190 32,002 30,000 20,000 33,866 21,614 10,000 5,672 4,016 4,702 4,816 5,708 5,404 5,336 3,280 - 2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 Acciones Tomadas Los Operadores de servicio turístico especial, regulados actualmente por la RAP 131, pasarán a ser regulados por la RAP 135. Se ha optimizado el circuito de vuelo sobre las líneas de Nasca. Se ha incrementado la separación minima vertical entre aeronaves de 500 a 900 pies, así como la separación minima sobre el terreno de 2200 pies a 2300 pies. Se ha dispuesto que las maniobras de banqueo no se realicen a más de 30 grados de inclinación en el viraje. Acciones Tomadas El MTC ofreció conformar una mesa de diálogo. Se solicitó a los Operadores de Nasca una agenda y sus representantes. Proyecto de Ley 2857/2008-CR Objetivo: Ampliar la vigencia del régimen contemplado en el Art. 7º de la Ley Nº 28525, Ley de Promoción de los Servicios de Transporte Aéreo (Régimen particular de importación temporal para aeronaves y material aeronáutico). Beneficios: Suspensión del pago de derechos arancelarios y demás impuestos aplicables a la importación. Se aplicará una depreciación del 20% anual sobre el Valor en Aduanas por lo que al año 5, el valor del bien será cero y se nacionalizará. Principales Usuarios del beneficio: Aviación General (escuelas de pilotos, aeroclubes, privados) y Aviación Comercial (RAP 91,131 y 135). Proyecto de Ley 2857/2008-CR Grandes empresas emplean régimen de importación temporal. El beneficio es para los pequeños operadores. Les representa entre 33% y 38% de ahorro en costos de operación y un ahorro en la reexportación del bien. Estado actual: Estuvo en agenda del Pleno y el día jueves 08.04.10 pasó a Cuarto Intermedio para revisión de la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera. Proyecto de Ley 2857/2008-CR Impacto: Impulsará el incremento y modernización del parque aéreo nacional (pequeñas empresas). Mejora la imagen de los servicios de transporte aéreo a nivel nacional, del turismo y de las actividades económicas relacionadas. Generación de empleos de mecánicos, talleres de mantenimiento aeronáutico (TMA´s), centros de instrucción, entre otros. Transferencia del Aeródromo a la Municipalidad Distrital de Vista Alegre - Nasca • 26 de noviembre de 2009: Publicación de la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 061-2009-PCM/SD, que aprueba la Directiva Nº 006-2009-PCM/SD, “Directiva para el proceso de transferencia de los aeródromos regionales y locales a los Gobiernos Regionales y Locales” • 30 de marzo de 2010: La Municipalidad Distrital de Vista Alegre designó la Comisión de Transferencia de Recepción. Requisitos que debe cumplir la Municipalidad: • Contrato o Convenio suscrito entre la Municipalidad de Vista Alegre y el explotador aeroportuario aceptado por la DGAC. • Carta Acuerdo Operacional de Servicios Aeronáuticos. • Acta de compromiso de Cumplimiento de las Recomendaciones de la OACI. • Póliza de seguros del aeródromo a nombre de la Municipalidad Repercusiones Internacionales Recomendaciones de OACI Misión multidisciplinaria de la OACI al Aeródromo Nasca/ María Reiche 28 al 30 abril 2008. • Recomendación PER ATM 6/08 Que la autoridad aeronáutica de Perú tome las siguientes acciones en el área ATM: c) Evalúe la posibilidad de emitir regulaciones tendientes al uso de aeronaves de mayor capacidad que las utilizadas actualmente, alentando la renovación de la flota que permitirían el transporte de mayor cantidad de pasajeros y de esa manera reducir considerablemente la cantidad de operaciones en el área. Repercusiones Internacionales La DGAC recibió, la visita de los cónsules de Japón, Estados Unidos, Francia. Mostraron interés en conocer las medidas tomadas para mejorar este servicio. Preocupación de agencias Internacionales sobre la seguridad en las operaciones en el Circuito turístico de Nasca Legalidad y constitucionalidad de la Directiva Técnica Extraordinaria • El literal c) del artículo 9º de la Ley Nº 27261 otorga competencia a la DGAC para aprobar, modificar y dejar sin efecto las RAP y las directivas técnicas. La DTE ha sido propuesta con estricta sujeción a dichas competencias. • El literal g) del artículo 4º de la misma norma señala que es un objetivo permanente del Estado, en materia de aeronáutica civil, incentivar el incremento y modernización del parque aéreo nacional. • Artículo 47º del ROF del MTC, DS Nº 021-2007-MTC, la DGAC propone y ejecuta las políticas del sector en materia de aeronáutica civil. Se aprecia, que la DGAC ha recogido los lineamientos de la Ley, implementando una política a través de la directiva correspondiente. Legalidad y constitucionalidad de la Directiva Técnica Extraordinaria La Ley de Aeronáutica Civil y su reglamento, disponen en los artículos 78º y 155º respectivamente, la clasificación de las actividades aeronáuticas señalando que el Transporte Aéreo Especial se desarrolla en actividades de turismo cuando están destinadas fundamentalmente a la atención de determinados circuitos aéreos en los cuales, partiendo la aeronave de un punto de origen retorna al mismo sin dejar ni tomar pasajeros dentro del circuito. Legalidad y constitucionalidad de la Directiva Técnica Extraordinaria • En base a las competencias descritas y a la distinción que establece la propia Ley, la DGAC regula de manera técnica y especializada distintos tipos de operación, estableciendo de manera diferenciada requisitos necesarios para mantener niveles adecuados de servicios y operación, en interés de los usuarios. • Por ello, no existe discriminación al regular una actividad que está clasificada expresamente por la Ley de Aeronáutica Civil y su reglamentación, caracterizada por elementos particulares, con alcances distintos a los de otras actividades de aviación civil. CONCLUSIONES • La determinación de establecer la antigüedad de las aeronaves en 30 años para las operaciones del Transporte Aéreo Especial Turístico es una Política del Estado Peruano. • Esta Decisión Política fue tomada debido a: – Existe un interés público para que las aeronaves que operan sean más modernas y para mejorar el servicio que se brinda a los turistas. Nasca es una ventana del Perú al mundo – Las aeronaves mas modernas cuentan con equipos y sistemas, que permitirán una mayor seguridad en las operaciones aéreas. Gracias por su atención