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Primera Sección Buenos Aires, viernes 14 de noviembre de 2014 Año CXXII Número 33.011 Precio $ 4,00 Sumario Pág. LEYES LEYES #I4717378I# EDUCACION SUPERIOR Ley 26.997 Universidad Nacional de las Artes. .............................................................................................. EDUCACION SUPERIOR 1 Ley 26.997 Universidad Nacional de las Artes. Sancionada: Octubre 22 de 2014 Promulgada de Hecho: Noviembre 7 de 2014 DECRETOS CONTRATOS Decreto 2083/2014 Modelos de Contratos de Garantía y Contragarantía. Aprobación.................................................. 1 JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Decreto 2065/2014 Dase por prorrogada designación del Director de Coordinación Interjurisdiccional........................ 2 JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Decreto 2066/2014 Dase por prorrogada designación del Director de Análisis de Gestión de la Comunicación............ 3 MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA Decreto 2039/2014 Designaciones en el Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero............................. 3 MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA Decreto 2076/2014 Designaciones en la Dirección de Recursos Humanos.................................................................. 4 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS Decreto 2038/2014 Danse por prorrogadas designaciones en la Unidad de Auditoría Interna...................................... 5 MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Decreto 2040/2014 Designación en la Dirección Nacional de Relaciones Federales.................................................... 5 MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Decreto 2041/2014 Designación en la Dirección Nacional de Relaciones Federales.................................................... 6 MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Decreto 2042/2014 Designación en la Dirección General de Administración................................................................ 7 DECISIONES ADMINISTRATIVAS CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS Decisión Administrativa 951/2014 Cobertura de cargos.................................................................................................................... 8 MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA Decisión Administrativa 952/2014 Contratación en la Unidad Ministro............................................................................................... 9 MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA Decisión Administrativa 953/2014 Contratación en la Subsecretaría de Coordinación Técnica y Administrativa.................................. Continúa en página 2 El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley: ARTICULO 1° — Transfórmase el Instituto Universitario Nacional del Arte —IUNA—, creado por Decreto 1.404/96 en Universidad Nacional de las Artes —UNA—, como persona jurídica de derecho público en el carácter previsto en el artículo 48 de la ley 24.521, de Educación Superior. ARTICULO 2° — La Universidad Nacional de las Artes —UNA—, a partir de la sanción de la presente ley, será la continuadora del Instituto Universitario Nacional del Arte —IUNA—, y mantendrá la conformación, personal docente y no docente y autoridades del mismo. ARTICULO 3° — La Universidad Nacional de las Artes —UNA— continuará rigiéndose por la actual normativa interna del ex Instituto Universitario Nacional del Arte —IUNA—, pudiendo adaptar su estructura y estatuto al nuevo estatus de Universidad según lo determine la Asamblea Universitaria. ARTICULO 4° — Los bienes muebles e inmuebles transferidos al ex Instituto Universitario Nacional del Arte —IUNA—, al igual que los derechos y obligaciones de cualquier naturaleza que le correspondan al mismo, pasan a integrar el patrimonio de la Universidad Nacional de las Artes —UNA—. Los registros en los que eventualmente dichos bienes, derechos y obligaciones se hallaren inscriptos deberán anotar, por los medios que correspondan, el cambio de titularidad registral que se deriva de la transformación aprobada por la presente ley. PRESIDENCIA DE LA NACION SecretarIa Legal y TEcnica Dr. Carlos Alberto Zannini Secretario 9 DirecciOn Nacional del Registro Oficial DR. Jorge Eduardo FeijoÓ Director Nacional ARTICULO 5° — El presupuesto asignado en la Ley de Presupuesto General de la Administración Pública Nacional vigente al ex Instituto Universitario Nacional del Arte —IUNA—, pasa automáticamente y en idénticas condiciones a la Universidad Nacional de las Artes —UNA—. ARTICULO 6° — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTIDOS DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL CATORCE. — REGISTRADO BAJO EL Nº 26.997 — AMADO BOUDOU. — NORMA A. ABDALA DE MATARAZZO. — Lucas Chedrese. — Juan H. Estrada. #F4717378F# DECRETOS #I4720968I# CONTRATOS Decreto 2083/2014 Modelos de Contratos de Garantía y Contragarantía. Aprobación. Bs. As., 12/11/2014 VISTO el Expediente N° S01:0178534/2014 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, el Modelo de Contrato de Préstamo BID N° 3256/OC-AR destinado a la ejecución del “Programa de Saneamiento Ambiental de la Cuenca del Río Reconquista”, propuesto para ser suscripto entre la Provincia de BUENOS AIRES y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) y el Modelo de Contrato de Garantía a ser suscripto entre la REPUBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), y CONSIDERANDO: Que mediante el mencionado Modelo de Contrato de Préstamo BID N° 3256/OCAR, el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) se compromete a asistir www.boletinoficial.gob.ar e-mail: dnro@boletinoficial.gob.ar Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 5.154.675 Domicilio legal Suipacha 767-C1008AAO Ciudad Autónoma de Buenos Aires Tel. y Fax 5218-8400 y líneas rotativas Primera Sección Viernes 14 de noviembre de 2014 MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA Decisión Administrativa 954/2014 Contratación en la Unidad Ministro............................................................................................... MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA Decisión Administrativa 955/2014 Contratación en la Subsecretaría de Coordinación Técnica y Administrativa.................................. MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA Decisión Administrativa 957/2014 Apruébase contratación en la Unidad Ministro.............................................................................. MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Decisión Administrativa 958/2014 Contratación. Apruébase modificación......................................................................................... Pág. 10 10 11 12 RESOLUCIONES EMERGENCIA AGROPECUARIA Resolución 804/2014-MAGP Dase por declarada la situación de emergencia y/o desastre agropecuario en la Provincia de Misiones...................................................................................................................................... 12 DISPOSICIONES PRODUCTOS DOMISANITARIOS Disposición 7694/2014-ANMAT Prohibición de uso y comercialización.......................................................................................... 13 PRODUCTOS MEDICOS Disposición 7697/2014-ANMAT Prohibición de uso y comercialización.......................................................................................... 13 PRODUCTOS MEDICOS Disposición 7696/2014-ANMAT Prohibición de uso y comercialización.......................................................................................... 14 CONCURSOS OFICIALES Nuevos........................................................................................................................................ 16 AVISOS OFICIALES Nuevos........................................................................................................................................ 16 REGISTRO NACIONAL DE ARMAS Armas de Fuego. Solicitudes de Tenencia y Portación. . ............................................................... 16 Anteriores.................................................................................................................................... 55 CONVENCIONES COLECTIVAS DE TRABAJO financieramente al Gobierno de la Provincia de BUENOS AIRES para la ejecución del “Programa de Saneamiento Ambiental de la Cuenca del Río Reconquista” por un monto de hasta DOLARES ESTADOUNIDENSES DOSCIENTOS TREINTA MILLONES (U$S 230.000.000). Que el objetivo del Programa es recuperar la calidad ambiental de la Cuenca del Río Reconquista (CRR) a través de la implementación de un plan de gestión integral que priorice acciones impulsoras en ese sentido. Para motivar e incluir a la población en el proyecto, se priorizarán inversiones a poblaciones que viven en áreas de riesgo sanitario, las cuales contribuirán a: (i) aumentar la cobertura de agua, alcantarillado y tratamiento de aguas residuales; (ii) mejorar la gestión integrada de los Residuos Sólidos (RS) principalmente mediante el cierre de basurales a Cielo Abierto (BCA); (iii) mejorar la conectividad y acceso a barrios periféricos asentados en áreas de difícil acceso; y (iv) fortalecer la gestión operativa del Comité de Cuenca del Río Reconquista (COMIREC) mediante el desarrollo de instrumentos de gestión que incluyen principalmente el Plan de Gestión 56 Integral de la Cuenca del Río Reconquista (PGICRR). Que para la ejecución del Programa se desarrollarán CUATRO (4) componentes: (i) Agua y Saneamiento, (ii) Residuos Sólidos, (iii) Vialidad, Acceso y Drenaje y (iv) Gestión Ambiental y Social. Que la ejecución del Programa y la utilización de los recursos del préstamo otorgado por el Banco serán llevadas a cabo por la Provincia de BUENOS AIRES, por intermedio de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION CON ESTADOS Y ORGANISMOS DE CREDITO INTERNACIONALES (SCEOCI) del MINISTERIO DE ECONOMIA de la citada Provincia, denominado en adelante “Organismo Ejecutor”. Que de conformidad con las normas y políticas del BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) y a efectos de suscribir el mencionado Contrato de Préstamo BID N° 3256/OC-AR, resulta indispensable que la REPUBLICA ARGENTINA afiance las obligaciones financieras asumidas por dicha provincia emergentes de la operación crediticia. BOLETIN OFICIAL Nº 33.011 Que en tal sentido, el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) ha propuesto al Gobierno Nacional la suscripción de un Contrato de Garantía con la finalidad de que la REPUBLICA ARGENTINA afiance las obligaciones financieras que el Gobierno de la Provincia de BUENOS AIRES contraiga como consecuencia de la suscripción del Contrato de Préstamo BID N° 3256/OC-AR. Que las obligaciones garantizadas por la REPUBLICA ARGENTINA no incluyen el compromiso de contribuir con recursos adicionales para la ejecución del mencionado proyecto. Que atento a la necesidad de asegurar el pago de los compromisos emergentes del Contrato de Préstamo BID N° 3256/OC-AR y preservar el crédito público de la REPUBLICA ARGENTINA, el Gobierno Nacional ha propuesto al Gobierno de la Provincia de BUENOS AIRES la suscripción de un Contrato de Contragarantía, por medio del cual este último se obligue a la atención de los compromisos de pago asumidos con CINCO (5) días hábiles de anticipación a la fecha de vencimiento indicada en el respectivo contrato. Que para el caso de no producirse la cancelación respectiva, el Gobierno de la Provincia de BUENOS AIRES autorizará al MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS a efectuar el débito automático de los fondos de la Cuenta de Coparticipación Federal de Impuestos Ley N° 23.548 o del régimen que la reemplace, por hasta el total del monto adeudado. Que en estos términos, resulta oportuno aprobar el Modelo de Contrato de Garantía a ser suscripto entre el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) y la REPUBLICA ARGENTINA, y el Modelo de Contrato de Contragarantía a ser suscripto entre esta última y el Gobierno de la Provincia de BUENOS AIRES. Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete. Que la presente medida se dicta de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y el Artículo 53 de la Ley N° 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014). Por ello, LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA: Artículo 1° — Apruébase el Modelo de Contrato de Garantía a suscribirse entre la REPUBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), con el objeto de afianzar las obligaciones financieras a ser asumidas por el Gobierno de la Provincia de BUENOS AIRES emergentes del Contrato de Préstamo BID N° 3256/OC-AR, a suscribirse entre la Provincia de BUENOS AIRES y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), destinado a financiar la ejecución del “Programa de Saneamiento Ambiental de la Cuenca del Río Reconquista” por un monto de hasta DOLARES ESTADOUNIDENSES DOSCIENTOS TREINTA MILLONES (U$S 230.000.000), que consta de NUEVE (9) Cláusulas y cuya copia autenticada se adjunta al presente como Anexo I. Asimismo, como Anexo II, se adjuntan las copias autenticadas de las versiones en idioma español de las “Políticas para la Adquisición de Bienes y Obras Financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo” y las “Políticas para la Selección y Contratación de Consultores Financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo”, ambas correspondientes a la edición del mes de marzo de 2011. Art. 2° — Apruébase el Modelo de Contrato de Contragarantía a suscribirse entre la REPUBLICA ARGENTINA y el Gobierno de la Provincia de BUENOS AIRES que consta de SEIS (6) Artículos, cuya copia autenticada forma parte integrante del presente decreto como Anexo III. Art. 3° — Facúltase al señor Ministro de Economía y Finanzas Públicas o al funcionario o 2 funcionarios que el mismo designe, a suscribir los contratos cuyos modelos se aprueban por los Artículos 1° y 2° del presente decreto. Art. 4° — Facúltase al señor Ministro de Economía y Finanzas Públicas o al funcionario o funcionarios que el mismo designe, a convenir y suscribir modificaciones a los contratos cuyos modelos se aprueban por los Artículos 1° y 2° del presente decreto, siempre que las mismas no constituyan cambios sustanciales al objeto de la garantía, destino de los fondos, ni resulten en un incremento de su monto o modifiquen el procedimiento arbitral pactado. Art. 5° — Facúltase al señor Ministro de Economía y Finanzas Públicas a ejercer, en nombre y representación de la REPUBLICA ARGENTINA, todos los actos relativos a la implementación del Contrato de Garantía y aquéllos requeridos a la REPUBLICA ARGENTINA para la correcta ejecución del Contrato de Préstamo BID N° 3256/OC-AR, a ser suscripto entre el Gobierno de la Provincia de BUENOS AIRES y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID). Art. 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Axel Kicillof. NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires). #F4720968F# #I4720950I# JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Decreto 2065/2014 Dase por prorrogada designación del Director de Coordinación Interjurisdiccional. Bs. As., 12/11/2014 VISTO el Expediente N° CUDAP: EXPJGM:00020585/2014 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley N° 26.895, los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 1255 de fecha 25 de julio de 2012 y 783 de fecha 27 de mayo de 2014 y lo solicitado por la SECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y CONSIDERANDO: Que por la Ley N° 26.895 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2014. Que mediante el Decreto N° 491 de fecha 12 de marzo de 2002 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la Jurisdicción correspondiente. Que mediante el Decreto N° 1255 de fecha 25 de julio de 2012 se dio por designado transitoriamente, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, a D. Pablo MANDIA como Director de Coordinación Interjurisdiccional de la DIRECCION GENERAL DE MONITOREO Y ESTRATEGIAS DE LA COMUNICACION de la SUBSECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA de la SECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y cuya última prórroga se efectuó mediante el Decreto N° 783 de fecha 27 de mayo de 2014, por el mismo término. Que por razones de índole operativa no se ha podido tramitar el proceso de selección para la cobertura del cargo en cuestión, motivo por el cual resulta necesario efectuar una nueva prórroga de la designación mencionada, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles. Primera Sección Viernes 14 de noviembre de 2014 Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno. Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION ha tomado la intervención correspondiente. Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes de los artículos 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y 1° del Decreto N° 491/02. Por ello, LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA: Artículo 1° — Dase por prorrogada, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, a partir del 13 de junio de 2014, la designación transitoria efectuada oportunamente mediante el Decreto N° 1255 de fecha 25 de julio de 2012 y cuya última prórroga operó por el Decreto N° 783 de fecha 27 de mayo de 2014, de D. Pablo MANDIA (D.N.I. N° 25.670.357), en un cargo Nivel B, Grado 0, como Director de Coordinación Interjurisdiccional de la DIRECCION GENERAL DE MONITOREO Y ESTRATEGIAS DE LA COMUNICACION de la SUBSECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA de la SECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva de Nivel III del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del Convenio citado precedentemente. Art. 2° — El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII; y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) homologado por el Decreto N° 2098/08 y sus modificatorios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha indicada en el artículo 1° de la presente medida. Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por la presente medida será atendido con cargo a, las partidas específicas correspondientes al Programa 19 —Prensa y Difusión de Actos de Gobierno— de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS. Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. #F4720950F# #I4720951I# JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Decreto 2066/2014 Dase por prorrogada designación del Director de Análisis de Gestión de la Comunicación. Bs. As., 12/11/2014 VISTO el Expediente N° CUDAP: EXPJGM:0020302/2014 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley N° 26.895, los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 1159 de fecha 13 de agosto de 2013 y 2288 de fecha 20 de diciembre de 2013 y lo solicitado por la SECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y CONSIDERANDO: Que por la Ley N° 26.895 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercido 2014. BOLETIN OFICIAL Nº 33.011 #I4711613I# 3 Que mediante el Decreto N° 491 de fecha 12 de marzo de 2002 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la Jurisdicción correspondiente. Bs. As., 30/10/2014 Que mediante el Decreto N° 1159 de fecha 13 de agosto de 2013 se dio por designado transitoriamente, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, a D. Juan Mario Jesús CARDENAS como Director de Análisis de Gestión de la Comunicación de la DIRECCION GENERAL DE SUPERVISION OPERATIVA de la SUBSECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA de la SECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y cuya prórroga se efectuó mediante el Decreto N° 2288 de fecha 20 de diciembre de 2013, por el mismo término. VISTO el Expediente N° S05:0558949/2013 y ONCE (11) Anexos del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2014, aprobado por la Ley N° 26.895, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.) homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, la Decisión Administrativa N° 1 de fecha 3 de enero de 2014, la Resolución N° 39 de fecha 18 de marzo de 2010 de la ex - SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA y su modificatoria N° 467 de fecha 20 de noviembre de 2012 de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA ambas de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, las Resoluciones Nros. 17 de fecha 4 de febrero de 2013, 20 de fecha 14 de febrero de 2013 y 251 de fecha 11 de octubre de 2013, todas del INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, y Que por razones de índole operativa no se ha podido tramitar el proceso de selección para la cobertura del cargo en cuestión, motivo por el cual resulta necesario efectuar una nueva prórroga de la designación mencionada, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles. Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno. Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION ha tomado la intervención correspondiente. Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes de los artículos 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y 1° del Decreto N° 491/02. Por ello, LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA: Artículo 1° — Dase por prorrogada, a partir del 1° de julio de 2014 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, la designación transitoria efectuada oportunamente mediante el Decreto N° 1159 de fecha 13 de agosto de 2013 y cuya prórroga operó por el Decreto N° 2288 de fecha 20 de diciembre de 2013, de D. Juan Mario Jesús CARDENAS (D.N.I. N° 26.855.804), en un cargo Nivel B, Grado 0, como Director de Análisis de Gestión de la Comunicación de la DIRECCION GENERAL DE SUPERVISION OPERATIVA de la SUBSECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA de la SECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva de Nivel III del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del Convenio citado precedentemente. Art. 2° — El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII; y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) homologado por el Decreto N° 2098/08 y sus modificatorios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha indicada en el artículo 1° de la presente medida. Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas correspondientes al Programa 19 —Prensa y Difusión de Actos de Gobierno— de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS. Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. #F4720951F# MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA Decreto 2039/2014 Designaciones en el Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero. CONSIDERANDO: Que por el Artículo 7°, segundo párrafo de la Ley N° 26.895 quedaron exceptuados para la cobertura de cargos vacantes, entre otros, el personal científico y técnico de los organismos indicados en el inciso a) del Artículo 14 de la Ley N° 25.467, entre los que se encuentra el INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO, en adelante INIDEP, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA. Que mediante la Resolución N° 39 de fecha 18 de marzo de 2010 de la ex - SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA y su modificatoria N° 467 de fecha 20 de noviembre de 2012 de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA ambas de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, se aprobó el Régimen de Selección de Personal para el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.). Que por el Decreto N° 491 de fecha 12 de marzo de 2002 se estableció que toda designación de personal en cargos de planta permanente en el ámbito de la Administración Pública Nacional será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción correspondiente. Que por la Resolución N° 17 de fecha 4 de febrero de 2013 del citado INIDEP se designó a los integrantes de los Comités de Selección para la cobertura de TREINTA Y CUATRO (34) cargos vacantes y financiados de la Planta Permanente, conforme a lo establecido por el Artículo 29 del Anexo I de la citada Resolución N° 39/10, sustituido por el Artículo 7° de la mencionada Resolución N° 467/12. Que mediante la Resolución N° 20 de fecha 14 de febrero de 2013 del citado INIDEP, se aprobaron las Bases de las Convocatorias para la cobertura de TREINTA Y CUATRO (34) cargos vacantes y financiados, de acuerdo al detalle obrante en el Anexo II de la misma, y se llamó a concurso mediante Convocatoria Extraordinaria y Abierta, para la cobertura de los cargos vacantes y financiados detallados en su Anexo I. Que en un todo de acuerdo a lo establecido por las normas citadas, se ha finalizado con las etapas previstas para tal proceso en los cargos vacantes bajo concurso correspondientes al Comité de Selección N° 2. Que dicho Comité mediante Acta N° 25 de fecha 3 de octubre de 2013, se ha expedido en virtud de su competencia, elevando el Orden de Mérito correspondiente a los ONCE (11) cargos concursados de “Investigador en Biología Pesquera y Evaluación de Recursos Pesqueros” (Códigos de Identificación: 2012-002666-INIDEP-C-SI-X-C; 2012-002667-INIDEP-C-SI-X-C; 2012-002668-INIDEP-C-SI-X-C; 2012-002669-INIDEP-C-SI-X-C; 2012-002670-INIDEP-C-SI-X-C; 2012-002671-INIDEP-C-SI-X-C; 2012-002672-INIDEP-C-SI-X-C; 2012-002673-INIDEP-C-SI-X-C; 2012-002674-INIDEP-C-SI-X-C; 2012-002675-INIDEP-C-SI-X-C y 2012-002676-INIDEP-C-SI-X-C). Que por Resolución N° 251 de fecha 11 de octubre de 2013 del citado INIDEP se aprobó el respectivo Orden de Mérito Definitivo del proceso de selección de los cargos vacantes Niveles C del Agrupamiento Científico - Técnico del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) conforme se detalla en el Anexo de la precitada resolución, luego de haber finalizado la totalidad de las etapas del proceso de selección, el cual ha sido publicado y no ha sido objeto de impugnaciones, habiendo transcurrido los plazos legales previstos. Que el personal seleccionado ha obtenido los puntajes más elevados en el respectivo Orden de Mérito Definitivo, el cual ha sido publicado y no ha sido objeto de impugnaciones, habiendo transcurrido los plazos legales estipulados. Que de acuerdo con las previsiones establecidas en el Artículo 31, incisos a) y c), del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, corresponde la asignación del Grado CINCO (5) de los cargos concursados al Licenciado en Ciencias Biológicas D. Claudio Oscar RUARTE (M.l. N° 16.995.592), y a la Licenciada en Ciencias Biológicas Da. María Fernanda VILLARINO (M.I. N° 16.572.418), quienes revistan en la Planta Permanente del INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, ambos actualmente en un Nivel D, Grado SIETE (7), Tramo Intermedio del Agrupamiento Científico Técnico del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.) Que de acuerdo con las previsiones establecidas en los Artículos 24 y 128 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto N° 2.098/08 y sus modificatorios, corresponde incorporar a la Licenciada en Ciencias Biológicas Da. María Silvana CAMPODÓNICO (M.I. N° 21.030.249) al Grado TRES (3); al Licenciado en Ciencias Biológicas D. Claudio César BURATTI (M.I. N° 24.146.543) al Grado DOS (2); a la Doctora en Ciencias Biológicas Da. Nora Cristina FERNÁNDEZ ARÁOZ (M.I. N° 12.774.797) al Primera Sección Viernes 14 de noviembre de 2014 BOLETIN OFICIAL Nº 33.011 4 Grado CINCO (5); a la Licenciada en Ciencias Biológicas Da. Paula Inés MORIONDO DANOVARO (M.I. N° 26.057.964) al Grado TRES (3), al Licenciado en Ciencias Biológicas D. Emiliano Jorge DI MARCO (M.I. N° 24.914.094) al Grado TRES (3); a la Licenciada en Ciencias Biológicas Da. Luciana Laura D’ ATRI (M.I. N° 26.346.227) al Grado DOS (2); a la Licenciada en Ciencias Biológicas Da. María Rita RICO (M.I. N° 23.970.213) al Grado TRES (3); a la Licenciada en Ciencias Biológicas Da. Ángeles Nerina LAGOS (M.I. Nº 23.525.369) al Grado TRES (3) y al Licenciado en Ciencias Biológicas D. Norberto Alfonso SCARLATO (M.I. N° 16.779.013) al Grado CINCO (5) del nivel escalafonario concursado por los mencionados profesionales. Que en consecuencia corresponde designar en la Planta Permanente del citado INIDEP a las personas que se detallan en el Anexo que forma parte integrante del presente decreto, de acuerdo al Nivel Escalafonario, Grado, Tramo, Función y Unidad Organizativa consignados en el mismo, perteneciente al Agrupamiento Científico - Técnico del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto N° 2.098/08. Que la designación en los aludidos cargos no constituye asignación de recurso extraordinario alguno. Que se ha dado cumplimiento a lo preceptuado por el Artículo 6° del Decreto N° 601 de fecha 11 de abril de 2002. Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete. Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes de los Artículos 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y 1° del Decreto N° 491 de fecha 12 de marzo de 2002. Por ello, LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA: Artículo 1° — Desígnanse, a partir de la fecha de la presente medida, en la Planta Permanente del INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, a las personas detalladas en el Anexo del presente decreto, de acuerdo al Nivel Escalafonario, Grado, Tramo, Función y Unidad Organizativa consignados en el mismo. Art. 2° — El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto se imputará a las partidas específicas del INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO, para el Ejercicio 2014. Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Carlos H. Casamiquela. ANEXO #F4711613F# #I4720961I# MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA Decreto 2076/2014 Designaciones en la Dirección de Recursos Humanos. Bs. As., 12/11/2014 VISTO el Expediente N° 3135/2011, las Resoluciones Nros. 910 de fecha 19 de septiembre de 2011; 1063 de fecha 25 de octubre de 2011 y 300 de fecha 13 de mayo de 2013 del Registro del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA, el Decreto N° 491 del 12 de marzo de 2002, la Decisión Administrativa N° 224 de fecha 02 de septiembre de 2009, la Resolución N° 39 de fecha 18 de marzo de 2010 de la ex SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto N° 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la Jurisdicción correspondiente. Que a través de la Decisión Administrativa N° 224/09 se incrementó la dotación del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA en el marco de lo establecido por el artículo 6°, segundo párrafo de la Ley N° 26.422, posibilitando la cobertura de TRESCIENTOS NOVENTA Y UN (391) cargos vacantes y financiados de la Planta Permanente. Que por la Resolución N° 39/10 de la ex - SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS se aprobó el Régimen de Selección de Personal para el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO. Que por la Resolución N° 910/11 del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA se designaron los integrantes de los Comités de Selección para la cobertura de NOVENTA Y CUATRO (94) cargos vacantes y financiados de la planta permanente, mediante el Régimen de Selección de Personal precedentemente citado, Primera Sección Viernes 14 de noviembre de 2014 a las personas que se detallan en los Anexos I a XXIV, que forman parte integrante de la referida Resolución. Que por la Resolución N° 1063/11 del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA se aprobaron las Bases de las Convocatorias dictadas por los Comités de Selección designados por Resolución MINCYT N° 910/11 y los llamados a Concurso mediante Convocatoria Extraordinaria y General, y Extraordinaria y Abierta establecidos por el Régimen de Selección del Personal para el Sistema Nacional de Empleo Público, aprobado por la Resolución ex SGP de la JGM N° 39/10. Que los integrantes del Comité de Selección respectivo, han actuado en un todo de acuerdo con el Decreto N° 2098/08 y con los procedimientos de selección establecidos por la Resolución N° 39/10 de la ex - SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS. Que por Resolución N° 300/13 del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA se aprobó el Orden de Mérito elevado por el Comité de Selección I - F para los cargos de Asistente Administrativo cuyo detalle obra en el Anexo de la citada Resolución. Que el artículo 24 del Anexo del Decreto N° 2098/08 dispone que todo ingreso del personal se realiza en el grado y tramo inicial del nivel escalafonario del Agrupamiento correspondiente al puesto de trabajo para el que fuera seleccionado y que, cuando el órgano selector estimara condiciones de idoneidad especialmente relevantes, podrá recomendar su incorporación en el grado siguiente al establecido precedentemente. Que en el Acta N° 8 del 5 de septiembre de 2012 el Comité recomienda la incorporación en el grado UNO (1) del nivel escalafonario correspondiente, para aquellos postulantes calificados en el Orden de Mérito, como consecuencia de las condiciones de idoneidad especialmente relevantes demostradas por los candidatos, situación que se ha visto reflejada al afrontar las exigencias impuestas en todas y cada una de las etapas que componen el proceso de selección. Que la designación en los aludidos cargos no constituye asignación de recurso extraordinario alguno. Que se ha dado cumplimiento a lo preceptuado por el artículo 6° del Decreto N° 601 del 11 de abril de 2002. Que la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA han tomado la intervención que les compete. Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL, 7° y 10 de la Ley N° 26.895 y 1° del Decreto N° 491 del 12 de marzo de 2002. Por ello, LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA: Artículo 1° — Exceptúase al MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA de lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley N° 26.895 al solo efecto de posibilitar la cobertura de los cargos vacantes financiados, cuyo detalle obra en el ANEXO del presente Decreto. Art. 2° — Desígnanse a las personas que se mencionan en el ANEXO que forma parte integrante del presente Decreto, en el Agrupamiento, Tramo, Nivel y Grado escalafonario correspondiente al CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) homologado por el Decreto N° 2098/08 y en la Dependencia del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA que se determina. Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 71 - MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA. 5 BOLETIN OFICIAL Nº 33.011 CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto N° 1.282 de fecha 26 de julio de 2012 se designó, con carácter transitorio, a la Doctora Doña Karen Paola DEVALLE (M.I. N° 27.659.329), en el cargo de Jefe de Equipo Legal Operativo de la Supervisión Procesos Legales de la Auditoría Interna Adjunta Procesos de Apoyo de la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA de la UNIDAD MINISTRO del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS. Que mediante el Decreto N° 1.201 de fecha 9 de agosto 2011, se designó con carácter transitorio, al señor Don Enrique Fabián VASQUEZ (M.I. N° 20.406.163) en el cargo de Jefe de Equipo Sistemas de Información de la Auditoría Interna Adjunta Procesos de Apoyo de la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA de la UNIDAD MINISTRO del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS y se prorrogó mediante el Decreto N° 237 de fecha 28 de febrero de 2013. Que razones operativas hacen necesario prorrogar las designaciones transitorias mencionadas precedentemente. Que los agentes a los que hace referencia el presente decreto se encuentran actualmente desempeñándose en los cargos en que fueron designados transitoriamente. Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete. Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y por el Artículo 1° del Decreto N° 491 de fecha 12 de marzo de 2002. Por ello, LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA: Artículo 1° — Danse por prorrogadas las designaciones transitorias de los funcionarios mencionados en el Anexo, que forma parte integrante de la presente medida, de la Auditoría Interna Adjunta Procesos de Apoyo de la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA de la UNIDAD MINISTRO del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, desde el vencimiento establecido en el Artículo 1° de los Decretos Nros. 1.282 de fecha 26 de julio de 2012 y 237 de fecha 28 de febrero de 2013, este último prorroga la designación transitoria efectuada mediante el Decreto N° 1.201 de fecha 9 de agosto de 2011 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles computados a partir del dictado de la presente medida, autorizándose el correspondiente pago del Suplemento por Función Ejecutiva del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008. Art. 2° — Las prórrogas de las designaciones transitorias establecidas en el artículo precedente, se efectúan con autorización, excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el Artículo 14 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto N° 2.098/08. Art. 3° — Los cargos involucrados deberán ser cubiertos conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto N° 2.098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles computados a partir del dictado de la presente medida. Art. 4° — El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto se atenderá con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 50 - MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS. Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Axel Kicillof. MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS UNIDAD MINISTRO Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — José L. S. Barañao. UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA ANEXO AUDITORIA INTERNA ADJUNTA PROCESOS DE APOYO DEPENDENCIA: SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA M.I. N° NIVEL SI.N.E.P. NIVEL F.E. DEVALLE, Karen Paola 27.659.329 B IV VASQUEZ, Enrique Fabián 20.406.163 B IV APELLIDO Y NOMBRES DIRECCION DE RECURSOS HUMANOS Apellido y D.N.I. N° Agrupamiento Tramo Nivel Grado Cargo Código Nombre Asistente 2010-000340-MINCITRUA, Ignacio 22.981.954 GENERAL GENERAL D 1 Administrativo G-SI-X-D Lionel SANCHEZ Asistente 2010-000341-MINCITGELOS, 27.768.159 GENERAL GENERAL D 1 Administrativo G-SI-X-D Luciana ALVARENGA, Asistente 2010-000342-MINCITPaula 27.254.488 GENERAL GENERAL D 1 Administrativo G-SI-X-D Verónica #F4720961F# #I4711612I# CARGO Jefe de Equipo Legal Operativo Jefe de Equipo Sistemas de Información DESDE 03-05-2013 25-01-2013 #F4711612F# #I4711614I# MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Decreto 2040/2014 Designación en la Dirección Nacional de Relaciones Federales. MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS Decreto 2038/2014 Danse por prorrogadas designaciones en la Unidad de Auditoría Interna. Bs. As., 30/10/2014 VISTO el Expediente N° S01:0068039/2013 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, y Bs. As., 30/10/2014 VISTO el Expediente N° 1.542.236/12 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, los Decretos Nros. 491 del 12 de marzo de 2002 y sus modificatorios, y 2.098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, la Decisión Administrativa N° 744 del 24 de agosto de 2012, la Resolución de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 39 del 18 de marzo de 2010 y sus modificatorias, y las Resoluciones del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nros. 959 del 5 de noviembre de 2012, 1.016 del 9 de noviembre de 2012, 1.045 del 14 de noviembre de 2012 y 1.299 del 26 de noviembre de 2013, y Viernes 14 de noviembre de 2014 Primera Sección CONSIDERANDO: Que por la Resolución de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 39 del 18 de marzo de 2010 y sus modificatorias, se aprobó el Régimen de Selección de Personal para el Sistema Nacional de Empleo Público. Que por la Decisión Administrativa N° 744 del 24 de agosto de 2012 se exceptuó al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL de la prohibición contenida en el artículo 7° de la Ley N° 26.728, a los efectos de posibilitar la cobertura de los cargos vacantes y financiados de la Planta Permanente que se detallan en la planilla que como Anexo forma parte integrante de la citada medida. Que por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 959 del 5 de noviembre de 2012 y su rectificatoria N° 1.016 del 9 de noviembre de 2012, se designaron a los integrantes de los Comités de Selección para la cobertura de QUINIENTOS DIEZ (510) cargos vacantes y financiados de la Planta Permanente, mediante el Régimen de Selección de Personal para el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) aprobado por la Resolución de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 39/10 y sus modificatorias, a las personas que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de le referida resolución. Que por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 1.045 del 14 de noviembre de 2012, se aprobaron las Bases de las Convocatorias dictadas por los Comités de Selección designados para la cobertura de CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS (482) cargos vacantes y financiados de la planta permanente. Que por el artículo 3° de la resolución citada en el considerando anterior se llamó a Concurso mediante Convocatoria Extraordinaria y Abierta, conforme los procedimientos establecidos por el Régimen de Selección de Personal para el Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), para la cobertura de los cargos que se detallan en el Anexo II de la citada medida, entre los cuales se encuentra el cargo de Abogado en Asuntos Laborales de la Delegación Regional Santiago del Estero de la Dirección Regional NOA de la Dirección Nacional de Relaciones Federales dependiente de la SECRETARIA DE TRABAJO. Que los integrantes del Comité de Selección han actuado en un todo de acuerdo con lo dispuesto por el Decreto N° 2.098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, y con los procedimientos de selección establecidos por la Resolución de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 39/10 y sus modificatorias. Que por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 1.299 del 26 de noviembre de 2013, se aprobó el Orden de Mérito Definitivo para UN (1) cargo del Agrupamiento Profesional, Nivel C, Abogado en Asuntos Laborales de la Delegación Regional Santiago del Estero de la Dirección Regional NOA de la Dirección Nacional de Relaciones Federales dependiente de la SECRETARIA DE TRABAJO, conforme lo consignado en el Anexo que forma parte integrante de dicha resolución. Que por el artículo 31 del Anexo al Decreto N° 2.098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, se establece que el personal que accediera a un nivel escalafonario superior dentro de su agrupamiento de conformidad con lo dispuesto en el referido artículo, continuará con su carrera a partir del Grado y Tramo equivalente al alcanzado en su nivel anterior, fijando a ese efecto la modalidad para su asignación. Que por el artículo 128 del Anexo al Decreto N° 2.098/08 y sus modificatorios, se establece que en el supuesto del trabajador que por al menos TRES (3) ejercicios presupuestarios se desempeñara como personal no permanente, mediante contratos o designaciones transitorias vigentes al momento de su inscripción en un proceso de selección, prestando servicios tanto equivalentes equiparados al mismo nivel, como superiores equiparados a un nivel superior, a los del cargo para el que se postula ocupar, el órgano selector podrá recomendar su incorporación en el Grado escalafonario que resulte de la aplicación de la proporción dispuesta en el inciso a) del referido artículo 31, a razón de UN (1) Grado escalafonario por cada DOS (2) Grados de equiparación reconocidos en dichos contratos o designaciones transitorias, y si se verificara el supuesto respectivo, con más lo resultante de la aplicación de lo dispuesto en el inciso c) del citado artículo. Que por el Acta N° 49 del 26 de noviembre de 2013, el Comité de Selección N° 1, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 31 y 128 del Anexo al Decreto N° 2.098/08 y sus modificatorios, recomienda incorporar a la postulante referida en el ANEXO de la presente medida en el Grado del Nivel escalafonario del cargo concursado que allí se determina. Que la designación en el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno. Que mediante el Decreto N° 491 del 12 de marzo de 2002 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción correspondiente. Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le compete. Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, del artículo 1° del Decreto N° 491/02, y de los artículos 7° y 10 de la Ley N° 26.895. Por ello, LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA: BOLETIN OFICIAL Nº 33.011 6 Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 75 - MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL. Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Carlos A. Tomada. ANEXO SECRETARIA DE TRABAJO Dirección Nacional de Relaciones Federales Dirección Regional NOA APELLIDO Y NOMBRE M.I. AGRUPAMIENTO NIVEL TRAMO GRADO Profesional C General 3 GOMEZ SAN PABLO, 22.617.906 Karina Daniela LUGAR DE PRESTACION DE SERVICIOS Delegación Abogado Regional en Asuntos Santiago del Laborales Estero CARGO #F4711614F# #I4711615I# MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Decreto 2041/2014 Designación en la Dirección Nacional de Relaciones Federales. Bs. As., 30/10/2014 VISTO el Expediente N° 1.542.133/12 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, los Decretos Nros. 491 del 12 de marzo de 2002 y sus modificatorios, y 2.098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, la Decisión Administrativa N° 744 del 24 de agosto de 2012, la Resolución de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 39 del 18 de marzo de 2010 y sus modificatorias, y las Resoluciones del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nros. 959 del 5 de noviembre de 2012, 1.016 del 9 de noviembre de 2012, 1.045 del 14 de noviembre de 2012 y 1.253 del 22 de noviembre 2013, y CONSIDERANDO: Que por la Resolución de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 39 del 18 de marzo de 2010 y sus modificatorias, se aprobó el Régimen de Selección de Personal para el Sistema Nacional de Empleo Público. Que por la Decisión Administrativa N° 744 del 24 de agosto de 2012 se exceptuó al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL de la prohibición contenida en el artículo 7° de la Ley N° 26.728, a los efectos de posibilitar la cobertura de los cargos vacantes y financiados de la Planta Permanente que se detallan en la planilla que como Anexo forma parte integrante de la citada medida. Que por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 959 del 5 de noviembre de 2012 y su rectificatoria N° 1.016 del 9 de noviembre de 2012, se designaron a los integrantes de los Comités de Selección para la cobertura de QUINIENTOS DIEZ (510) cargos vacantes y financiados de la Planta Permanente, mediante el Régimen de Selección de Personal para el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) aprobado por la Resolución de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 39/10 y sus modificatorias a las personas que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la referida resolución. Que por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 1.045 del 14 de noviembre de 2012, se aprobaron las Bases de las Convocatorias dictadas por los Comités de Selección designados para la cobertura de CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS (482) cargos vacantes y financiados de la planta permanente. Que por el artículo 2° de la resolución citada en el considerando anterior se llamó a Concurso mediante Convocatoria Extraordinaria y General, conforme los procedimientos establecidos por el Régimen de Selección de Personal para el Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), para la cobertura de los cargos que se detallan en el Anexo I de la citada medida, entre los cuales se encuentra el cargo de Asistente Administrativo de la Delegación Regional Catamarca de la Dirección Regional NOA de la Dirección Nacional de Relaciones Federales dependiente de la SECRETARIA DE TRABAJO del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL. Que los integrantes del Comité de Selección han actuado en un todo de acuerdo con lo dispuesto por el Decreto N° 2.098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, y con los procedimientos de selección establecidos por la Resolución de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 39/10 y sus modificatorias. Que por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 1.253 del 22 de noviembre de 2013, se aprobó el Orden de Mérito Definitivo para UN (1) cargo del Agrupamiento General, Nivel D, Asistente Administrativo de la Delegación Regional Catamarca de la Dirección Regional NOA de la Dirección Nacional de Relaciones Federales dependiente de la SECRETARIA DE TRABAJO del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, conforme lo consignado en el Anexo que forma parte integrante de dicha resolución. Artículo 1° — Exceptúase al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, al solo efecto de posibilitar la cobertura del cargo vacante financiado cuyo detalle obra en el ANEXO del presente Decreto, de lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley N° 26.895. Que por el artículo 31 del Anexo al Decreto N° 2.098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, se establece que el personal que accediera a un nivel escalafonario superior dentro de su agrupamiento de conformidad con lo dispuesto en el referido artículo, continuará con su carrera a partir del Grado y Tramo equivalente al alcanzado en su nivel anterior, fijando a ese efecto la modalidad para su asignación. Art. 2° — Desígnase a la persona que se menciona en el ANEXO que forma parte integrante del presente Decreto, en el Agrupamiento, Tramo, Nivel y Grado escalafonario correspondiente al Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) homologado por el Decreto N° 2.098/08 y sus modificatorios, y en la Dependencia del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL que se determina. Que por el artículo 128 del Anexo al Decreto N° 2.098/08 y sus modificatorios, se establece que en el supuesto del trabajador que por al menos TRES (3) ejercicios presupuestarios se desempeñara como personal no permanente, mediante contratos o designaciones transitorias vigentes al momento de su inscripción en un proceso de selección, prestando servicios tanto equivalentes equiparados al mismo nivel, como superiores equiparados a un nivel superior, a los Primera Sección Viernes 14 de noviembre de 2014 del cargo para el que se postula ocupar, el órgano selector podrá recomendar su incorporación en el Grado escalafonario que resulte de la aplicación de la proporción dispuesta en el inciso a) del referido artículo 31, a razón de UN (1) Grado escalafonario por cada DOS (2) Grados de equiparación reconocidos en dichos contratos o designaciones transitorias, y si se verificara el supuesto respectivo, con más lo resultante de la aplicación de lo dispuesto en el inciso c) del citado artículo. Que por el Acta N° 49 del 3 de diciembre de 2013, el Comité de Selección N° 2, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 31 y 128 del Anexo al Decreto N° 2.098/08 y sus modificatorios, recomienda incorporar al postulante referido en el ANEXO de la presente medida en el Grado del Nivel escalafonario del cargo concursado que allí se determina. Que la designación en el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno. Que mediante el Decreto N° 491 del 12 de marzo de 2002 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción correspondiente. Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le compete. Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, del artículo 1° del Decreto N° 491/02, y de los artículos 7° y 10 de la Ley N° 26.895. Por ello, LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA: Artículo 1° — Exceptúase al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, al solo efecto de posibilitar la cobertura del cargo vacante financiado cuyo detalle obra en el ANEXO del presente Decreto, de lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley N° 26.895. Art. 2° — Desígnase a la persona que se menciona en el ANEXO que forma parte integrante del presente Decreto, en el Agrupamiento, Tramo, Nivel y Grado escalafonario correspondiente al Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) homologado por el Decreto N° 2.098/08 y sus modificatorios, y en la Dependencia del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL que se determina. Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 75 - MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL. Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Carlos A. Tomada. ANEXO SECRETARIA DE TRABAJO BOLETIN OFICIAL Nº 33.011 7 ción de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 39/10 y sus modificatorias a las personas que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la referida resolución. Que por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 1.045 del 14 de noviembre de 2012, se aprobaron las Bases de las Convocatorias dictadas por los Comités de Selección designados para la cobertura de CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS (482) cargos vacantes y financiados de la planta permanente. Que por el artículo 2° de la resolución citada en el considerando anterior se llamó a Concurso mediante Convocatoria Extraordinaria y General, conforme los procedimientos establecidos por el Régimen de Selección de Personal para el Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), para la cobertura de los cargos que se detallan en el Anexo I de la citada medida, entre los cuales se encuentra el cargo de Abogado Especializado en Compras y Contrataciones, de la Dirección de Contrataciones y Patrimonio, de la Dirección General de Administración, dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL. Que los integrantes del Comité de Selección han actuado en un todo de acuerdo con el Decreto N° 2.098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, y con los procedimientos de selección establecidos por la Resolución de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 39/10 y sus modificatorias. Que por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 1.521 del 27 de diciembre de 2013, se aprobó el Orden de Mérito Definitivo para UN (1) cargo del Agrupamiento Profesional, Nivel B, Abogado Especializado en Compras y Contrataciones, de la Dirección de Contrataciones y Patrimonio, de la Dirección General de Administración, dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, conforme lo consignado en el Anexo que forma parte integrante de dicha resolución. Que por el artículo 31 del Anexo del Decreto N° 2.098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, se establece que el personal que accediera a un nivel escalafonario superior dentro de su agrupamiento de conformidad con lo dispuesto en el referido artículo, continuará con su carrera a partir del Grado y Tramo equivalente al alcanzado en su nivel anterior, fijando a ese efecto la modalidad para su asignación. Que por el artículo 128 del Anexo del Decreto N° 2.098/08 y sus modificatorios, se establece que en el supuesto del trabajador que por al menos TRES (3) ejercicios presupuestarios se desempeñara como personal no permanente, mediante contratos o designaciones transitorias vigentes al momento de su inscripción en un proceso de selección, prestando servicios tanto equivalentes equiparados al mismo nivel, como superiores equiparados a un nivel superior, a los del cargo para el que se postula ocupar, el órgano selector podrá recomendar su incorporación en el Grado escalafonario que resulte de la aplicación de la proporción dispuesta en el inciso a) del referido artículo 31, a razón de UN (1) Grado escalafonario por cada DOS (2) Grados de equiparación reconocidos en dichos contratos o designaciones transitorias, y si se verificara el supuesto respectivo, con más lo resultante de la aplicación de lo dispuesto en el inciso c) del citado artículo. Que por el Acta N° 11 del 4 de diciembre de 2013, el Comité de Selección N° 19, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 31 y 128 del Anexo del Decreto N° 2.098/08 y sus modificatorios, recomienda incorporar al postulante referido en el ANEXO de la presente medida en el Grado del Nivel escalafonario del cargo concursado que allí se determina. Que la designación en el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno. Dirección Nacional de Relaciones Federales Dirección Regional NOA APELLIDO Y NOMBRE M.I. AGRUPAMIENTO NIVEL TRAMO GRADO CARGO GALINDEZ, Gustavo Raúl 25.302.681 General D General 3 Asistente Administrativo LUGAR DE PRESTACION DE SERVICIOS Delegación Regional Catamarca #F4711615F# #I4711616I# MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Decreto 2042/2014 Designación en la Dirección General de Administración. Bs. As., 30/10/2014 VISTO el Expediente N° 1.542.577/12 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, los Decretos Nros. 491 del 12 de marzo de 2002 y sus modificatorios, 2.098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, la Decisión Administrativa N° 744 del 24 de agosto de 2012, la Resolución de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 39 del 18 de marzo de 2010 y sus modificatorias, y las Resoluciones del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nros. 959 del 5 de noviembre de 2012, 1.016 del 9 de noviembre de 2012, 1.045 del 14 de noviembre de 2012, y 1.521 del 27 de diciembre de 2013, y CONSIDERANDO: Que por la Resolución de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 39 del 18 de marzo de 2010 y sus modificatorias, se aprobó el Régimen de Selección de Personal para el Sistema Nacional de Empleo Público. Que por la Decisión Administrativa N° 744 del 24 de agosto de 2012 se exceptuó al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL de la prohibición contenida en el artículo 7° de la Ley N° 26.728, a los efectos de posibilitar la cobertura de los cargos vacantes y financiados de la Planta Permanente que se detallan en la planilla que como Anexo forma parte integrante de la citada medida. Que por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 959 del 5 de noviembre de 2012 y su rectificatoria N° 1.016 del 9 de noviembre de 2012, se designaron a los integrantes de los Comités de Selección para la cobertura de QUINIENTOS DIEZ (510) cargos vacantes y financiados de la Planta Permanente, mediante el Régimen de Selección de Personal para el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) aprobado por la Resolu- Que mediante el Decreto N° 491 del 12 de marzo de 2002 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción correspondiente. Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le compete. Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, del artículo 1° del Decreto N° 491/02, y de los artículos 7° y 10 de la Ley N° 26.895. Por ello, LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA: Artículo 1° — Exceptúase al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, al solo efecto de posibilitar la cobertura del cargo vacante financiado cuyo detalle obra en el ANEXO del presente Decreto, de lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley N° 26.895. Art. 2° — Desígnase a la persona que se menciona en el ANEXO que forma parte integrante del presente Decreto, en el Agrupamiento, Tramo, Nivel y Grado escalafonario correspondiente al Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) homologado por el Decreto N° 2.098/08 y sus modificatorios, y en la Dependencia del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL que se determina. Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 75 - MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL. Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Carlos A. Tomada. ANEXO SUBSECRETARIA DE COORDINACION Dirección General de Administración APELLIDO Y NOMBRE M.I. GARCIA TISCORNIA, 26.769.251 Juan Pablo AGRUPAMIENTO NIVEL TRAMO GRADO Profesional B General 3 CARGO LUGAR DE PRESTACION DE SERVICIOS Abogado Dirección de Especializado Contrataciones en Compras y y Patrimonio Contrataciones #F4711616F# Viernes 14 de noviembre de 2014 Primera Sección DECISIONES ADMINISTRATIVAS BOLETIN OFICIAL Nº 33.011 8 ANEXO #I4713928I# CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS Decisión Administrativa 951/2014 Cobertura de cargos. Bs. As., 4/11/2014 VISTO el Expediente N° 2473/14 del Registro del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS (CONICET), organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA, el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2014 aprobado por la Ley N° 26.895, el Decreto N° 310 de fecha 29 de marzo de 2007 y la Decisión Administrativa N° 1 de fecha 3 de enero de 2014, y CONSIDERANDO: Que por artículo 7° de la Ley N° 26.895 se dispuso el congelamiento de los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de sanción de la citada ley, en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional y de los que queden vacantes con posterioridad, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros. Que por el Decreto N° 310/07 se aprobó la estructura organizativa del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS (CONICET), organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA. Que mediante la Decisión Administrativa N° 506/09 se aprobaron las “NORMAS PARA TRAMITAR LA AUTORIZACION PARA LA COBERTURA DE CARGOS VACANTES MEDIANTE LA CONVOCATORIA A LOS PROCESOS DE SELECCION DEL PERSONAL PERMANENTE DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO”. Que la cobertura de las vacantes involucradas en la presente medida responde a la necesidad funcional de proveer de la adecuada dotación de personal que asegure la prestación efectiva de los servicios a cargo del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS, promoviendo así a la mejora de la relación de empleo. Que a través del proceso de transformación en el que se encuentra inserto el Estado Nacional, el CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS (CONICET), ha reestructurado sus unidades organizativas, a efectos de otorgarle mayor eficacia y eficiencia al accionar del Estado Nacional. Que atento la importancia de las funciones asignadas a los cargos solicitados, resulta imperiosa la cobertura de los mismos, por lo que procede efectuar su descongelamiento. Que los referidos cargos se encuentran vacantes y financiados. Que la cobertura de los cargos que se propicia descongelar se hará conforme los Sistemas de Selección vigentes y requisitos según lo establecido en el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08 y sus modificatorios. Que la Dirección de Servicio Jurídico del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS y la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA han tomado la intervención que les compete. Que la presente medida se dicta en el ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 100, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y por el artículo 7° de la Ley N° 26.895. Por ello, EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE: Artículo 1° — Exceptúase al CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA, de la prohibición contenida en el artículo 7° de la Ley N° 26.895, a los efectos de posibilitar la cobertura de los cargos vacantes y financiados de la Planta Permanente que se detallan en la planilla que como Anexo forma parte integrante de la presente medida. Art. 2° — Los cargos involucrados deberán ser cubiertos conforme los sistemas de selección vigentes y requisitos según lo establecido en el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08 y sus modificatorios y la Resolución ex SGP N° 39 del 18 de marzo de 2010. Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del Inciso 1 - Gastos en Personal, del presupuesto para el ejercicio vigente del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS (CONICET). Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Jorge M. Capitanich. — José L. S. Barañao. #F4713928F# Viernes 14 de noviembre de 2014 Primera Sección #I4717443I# MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Jorge M. Capitanich. — Carlos H. Casamiquela. Decisión Administrativa 952/2014 Contratación en la Unidad Ministro. 9 BOLETIN OFICIAL Nº 33.011 ANEXO Modalidad de Contratación: LEY 25.164 Bs. As., 7/11/2014 Nombre del Proyecto: 0000001202 INDIVIDUALES DE LA UNIDAD MINISTRO VISTO el Expediente N° S05:0010267/2014 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, la Ley N° 25.164, el Decreto N° 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, la Decisión Administrativa N° 3 de fecha 21 de enero de 2004, sus modificatorias Nros. 1.151 de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009, la Resolución N° 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex - SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, y Código de Control: 0000023322 Listado de Contrataciones Nº 1 Apellido PINTO Nombre PABLO JESUS Tipo y Nº Doc. NyG Desde Hasta Prog. Act. Dedic. DNI 37558227 D0 01/02/2014 31/12/2014 1 1 100% #F4717443F# CONSIDERANDO: Que por el expediente citado en el Visto tramita la propuesta de aprobación de la contratación de la persona que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, a celebrarse bajo el régimen del Artículo 9° del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164 y su reglamentación, destinada a la UNIDAD MINISTRO del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA con el objeto de fortalecer y complementar su labor, asegurando de tal modo su eficaz desenvolvimiento operativo. Que el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios. Que el último párrafo del Artículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, establece que el señor Jefe de Gabinete de Ministros podrá autorizar excepciones al punto II) del inciso c) del citado artículo, mediante decisión fundada y a requerimiento del titular de la jurisdicción u organismo descentralizado, en los casos de funciones que posean una especialidad crítica en el mercado laboral. Que los antecedentes curriculares de la persona mencionada en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las tareas asignadas y el nivel escalafonario propuesto. Que consecuentemente y dada la especialidad crítica en el mercado laboral de las funciones que se pretenden cubrir, corresponde exceptuar a la persona que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, de los requisitos establecidos en el punto II) del inciso c) del Artículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1.421/02, al solo efecto de posibilitar su contratación en el MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA. Que resulta necesario entonces, dar por exceptuada a la persona propuesta de los requisitos establecidos en el Artículo 14, inciso b) del Anexo al Decreto N° 2.098/08, para el Nivel D. Que los Artículos 7° y 9° del Anexo a la Ley N° 25.164, reglamentada por el Decreto N° 1.421/02 y la Resolución N° 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex - SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, norman respecto de la naturaleza y características de la relación de empleo del personal que revista en el régimen de contrataciones para la prestación de servicios de carácter no permanente, el que será equiparado en los niveles y grados de la planta permanente. Que se han cumplimentado, en lo pertinente, las previsiones contenidas en los Artículos 9° y 14 del Anexo I del Decreto N° 1.421/02, asimismo, las pautas para la aplicación del régimen de contrataciones del personal aprobadas por la citada Resolución N° 48/02 y sus modificatorias, y las prescripciones referidas a la asignación de grado contenidas en la Decisión Administrativa N° 3 de fecha 21 de enero de 2004 y sus modificatorias Nros. 1.151 de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009. Que la persona indicada en el Anexo que integra la presente medida ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en la Circular N° 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION. Que la Dirección General de Recursos Humanos dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION TECNICA Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete. Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete. Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, y por el último párrafo del Artículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1.421/02. Por ello, #I4717444I# MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA Decisión Administrativa 953/2014 Contratación en la Subsecretaría de Coordinación Técnica y Administrativa. Bs. As., 7/11/2014 VISTO el Expediente N° S05:0004088/2014 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, la Ley N° 25.164, el Decreto N° 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, la Decisión Administrativa N° 3 de fecha 21 de enero de 2004, sus modificatorias Nros. 1.151 de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009, la Resolución N° 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex - SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, y CONSIDERANDO: Que por el expediente citado en el Visto tramita la propuesta de aprobación de la contratación de la persona que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, a celebrarse bajo el régimen del Artículo 9° del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164 y su reglamentación, destinada a la SUBSECRETARIA DE COORDINACION TECNICA Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA con el objeto de fortalecer y complementar su labor, asegurando de tal modo su eficaz desenvolvimiento operativo. Que el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios. Que el último párrafo del Artículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, establece que el señor Jefe de Gabinete de Ministros podrá autorizar excepciones al punto II) del inciso c) del citado artículo, mediante decisión fundada y a requerimiento del titular de la jurisdicción u organismo descentralizado, en los casos de funciones que posean una especialidad crítica en el mercado laboral. Que los antecedentes curriculares de la persona mencionada en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las tareas asignadas y el nivel escalafonario propuesto. Que consecuentemente y dada la especialidad crítica en el mercado laboral de las funciones que se pretenden cubrir, corresponde exceptuar a la persona que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, de los requisitos establecidos en el punto II) del inciso c) del Artículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1.421/02, al solo efecto de posibilitar su contratación en el MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA. Que resulta necesario entonces, dar por exceptuada a la persona propuesta de los requisitos establecidos en el Artículo 14, inciso b) del Anexo al Decreto N° 2.098/08, para el Nivel B. Que los Artículos 7° y 9° del Anexo a la Ley N° 25.164, reglamentada por el Decreto N° 1.421/02 y la Resolución N° 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex - SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, norman respecto de la naturaleza y características de la relación de empleo del personal que revista en el régimen de contrataciones para la prestación de servicios de carácter no permanente, el que será equiparado en los niveles y grados de la planta permanente. Que se han cumplimentado, en lo pertinente, las previsiones contenidas en los Artículos 9° y 14 del Anexo I del Decreto N° 1.421/02, asimismo, las pautas para la aplicación del régimen de contrataciones del personal aprobadas por la citada Resolución N° 48/02 y sus modificatorias, y las prescripciones referidas a la asignación de grado contenidas en la Decisión Administrativa N° 3 de fecha 21 de enero de 2004 y sus modificatorias Nros. 1.151 de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009. EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE: Que la persona indicada en el Anexo que integra la presente medida ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en la Circular N° 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION. Artículo 1° — Dase por exceptuada a la persona que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, de las restricciones establecidas en el punto II) del inciso c) del Artículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, al solo efecto de posibilitar su contratación, en el nivel y grado del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y plazo consignados en el Anexo que forma parte de la presente decisión administrativa, bajo el régimen del Artículo 9° del Anexo de la ley precitada, en el ámbito de la UNIDAD MINISTRO del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA. Que la Dirección General de Recursos Humanos dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION TECNICA Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete. Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete. Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, y por el último párrafo del Artículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1.421/02. Primera Sección Viernes 14 de noviembre de 2014 Por ello, Que se han cumplimentado, en lo pertinente, las previsiones contenidas en los Artículos 9° y 14 del Anexo I del Decreto N° 1.421/02, asimismo, las pautas para la aplicación del régimen de contrataciones del personal aprobadas por la citada Resolución N° 48/02 y sus modificatorias, y las prescripciones referidas a la asignación de grado contenidas en la Decisión Administrativa N° 3 de fecha 21 de enero de 2004 y sus modificatorias Nros. 1.151 de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009. EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE: Artículo 1° — Dase por exceptuada a la persona que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, de las restricciones establecidas en el punto II) del inciso c) del Artículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, al solo efecto de posibilitar su contratación, en el nivel y grado del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y plazo consignados en el Anexo que forma parte de la presente decisión administrativa, bajo el régimen del Artículo 9° del Anexo de la ley precitada, en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION TECNICA Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA. Que la persona indicada en el Anexo que integra la presente medida ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en la Circular N° 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION. Que la Dirección General de Recursos Humanos dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION TECNICA Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete. Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete. Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Jorge M. Capitanich. — Carlos H. Casamiquela. Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, y por el último párrafo del Artículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1.421/02. ANEXO Por ello, Modalidad de Contratación: LEY 25.164 Nombre del Proyecto: 0000001180 INDIVIDUALES DE LA SUBSECRETARIA DE COORDINACION TECNICA Y ADMINISTRATIVA Código de Control: 0000022975 Listado de Contrataciones Nº 1 Apellido AVILA Nombre YANINA LAURA Tipo y Nº Doc. NyG Desde Hasta Prog. Act. Dedic. DNI 34511129 B0 01/02/2014 31/12/2014 1 1 100% Cantidad de Contratos Listados: 1 Imputación Presupuestaria: 1 81 10 BOLETIN OFICIAL Nº 33.011 Proyecto: 0 Fuente: 11 Ubic. Geo: 2 Jurisdicción: 52 #F4717444F# #I4717445I# EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE: Artículo 1° — Dase por exceptuada a la persona que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, de las restricciones establecidas en el punto II) del inciso c) del Artículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, al solo efecto de posibilitar su contratación, en el nivel y grado del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y plazo consignados en el Anexo que forma parte de la presente decisión administrativa, bajo el régimen del Artículo 9° del Anexo de la ley precitada, en el ámbito de la UNIDAD MINISTRO del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA. Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Jorge M. Capitanich. — Carlos H. Casamiquela. ANEXO MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA Modalidad de Contratación: LEY 25.164 Decisión Administrativa 954/2014 Nombre del Proyecto: 0000001202 INDIVIDUALES DE LA UNIDAD MINISTRO Contratación en la Unidad Ministro. Código de Control: 0000021291 Listado de Contrataciones Bs. As., 7/11/2014 VISTO el Expediente N° S05:0550376/2013 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, la Ley N° 25.164, el Decreto N° 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, la Decisión Administrativa N° 3 de fecha 21 de enero de 2004, sus modificatorias Nros. 1.151 de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009, la Resolución N° 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex - SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, y Nº 1 Apellido ROSSETTO Nombre OSCAR MARCOS Tipo y Nº Doc. NyG Desde Hasta Prog. Act. Dedic. DNI 10996507 C0 01/09/2013 31/12/2013 1 1 100% Proyecto: 0 Fuente: 11 Cantidad de Contratos Listados: 1 Imputación Presupuestaria: 1 81 Ubic. Geo: 2 Jurisdicción: 52 #F4717445F# CONSIDERANDO: Que por el expediente citado en el Visto tramita la propuesta de aprobación de la contratación de la persona que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, a celebrarse bajo el régimen del Artículo 9° del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164 y su reglamentación, destinada a la UNIDAD MINISTRO del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA con el objeto de fortalecer y complementar su labor, asegurando de tal modo su eficaz desenvolvimiento operativo. #I4717446I# Que el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios. Bs. As., 7/11/2014 Que el último párrafo del Artículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, establece que el señor Jefe de Gabinete de Ministros podrá autorizar excepciones al punto II) del inciso c) del citado artículo, mediante decisión fundada y a requerimiento del titular de la jurisdicción u organismo descentralizado, en los casos de funciones que posean una especialidad crítica en el mercado laboral. Que los antecedentes curriculares de la persona mencionada en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las tareas asignadas y el nivel escalafonario propuesto. Que consecuentemente y dada la especialidad crítica en el mercado laboral de las funciones que se pretenden cubrir, corresponde exceptuar a la persona que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, de los requisitos establecidos en el punto II) del inciso c) del Artículo 9° del Anexo l del Decreto N° 1.421/02, al solo efecto de posibilitar su contratación en el MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA. Que resulta necesario entonces, dar por exceptuada a la persona propuesta de los requisitos establecidos en el Artículo 14, inciso a) del Anexo al Decreto N° 2.098/08, para el Nivel C. Que los Artículos 7° y 9° del Anexo a la Ley N° 25.164, reglamentada por el Decreto N° 1.421/02 y la Resolución N° 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex - SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, norman respecto de la naturaleza y características de la relación de empleo del personal que revista en el régimen de contrataciones para la prestación de servicios de carácter no permanente, el que será equiparado en los niveles y grados de la planta permanente. MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA Decisión Administrativa 955/2014 Contratación en la Subsecretaría de Coordinación Técnica y Administrativa. VISTO el Expediente N° S05:0004997/2014 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, la Ley N° 25.164, el Decreto N° 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, la Decisión Administrativa N° 3 de fecha 21 de enero de 2004, sus modificatorias Nros. 1.151 de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009, la Resolución N° 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex - SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, y CONSIDERANDO: Que por el expediente citado en el Visto tramita la propuesta de aprobación de la contratación de la persona que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, a celebrarse bajo el régimen del Artículo 9° del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164 y su reglamentación, destinada al ámbito de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION TECNICA Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA con el objeto de fortalecer y complementar su labor, asegurando de tal modo su eficaz desenvolvimiento operativo. Que el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios. Que el último párrafo del Artículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, establece que el señor Jefe de Gabinete de Ministros podrá autorizar excepciones al punto II) del inciso c) del citado artículo, mediante decisión fundada y a requerimiento del titular de la jurisdicción u organismo descentralizado, en los casos de funciones que posean una especialidad crítica en el mercado laboral. Que los antecedentes curriculares de la persona mencionada en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las tareas asignadas y el nivel escalafonario propuesto. Primera Sección Viernes 14 de noviembre de 2014 medida, a celebrarse bajo el régimen del Artículo 9° del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164 y su reglamentación, destinada al ámbito de la UNIDAD MINISTRO del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA con el objeto de fortalecer y complementar su labor, asegurando de tal modo su eficaz desenvolvimiento operativo. Que resulta necesario entonces, dar por exceptuada a la persona propuesta de los requisitos establecidos en el Artículo 14, inciso b) del Anexo al Decreto N° 2.098/08, para el Nivel D. Que el Artículo 5°, inciso f) del Anexo de la Ley N° 25.164 establece como impedimento para el ingreso a la Administración Pública Nacional poseer la edad prevista en la ley previsional para acceder al beneficio de la jubilación o el que gozare de un beneficio previsional. Que se han cumplimentado, en lo pertinente, las previsiones contenidas en los Artículos 9° y 14 del Anexo I del Decreto N° 1.421/02, asimismo, las pautas para la aplicación del régimen de contrataciones del personal aprobadas por la citada Resolución N° 48/02 y sus modificatorias, y las prescripciones referidas a la asignación de grado contenidas en la Decisión Administrativa N° 3 de fecha 21 de enero de 2004 y sus modificatorias Nros. 1.151 de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009. Que la persona indicada en el Anexo que integra la presente medida ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en la Circular N° 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION. Que la Dirección General de Recursos Humanos dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION TECNICA Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete. Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete. Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, y por el último párrafo del Artículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1.421/02. Por ello, EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE: Artículo 1° — Dase por exceptuada a la persona que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, de las restricciones establecidas en el punto II) del inciso c) del Artículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, al solo efecto de posibilitar su contratación, en el nivel y grado del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y plazo consignados en el Anexo que forma parte de la presente decisión administrativa, bajo el régimen del Artículo 9° del Anexo de la ley precitada, en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION TECNICA Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA. Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Jorge M. Capitanich. — Carlos H. Casamiquela. ANEXO Modalidad de Contratación: LEY 25.164 Nombre del Proyecto: 0000001180 INDIVIDUALES DE LA SUBSECRETARIA DE COORDINACION TECNICA Y ADMINISTRATIVA Código de Control: 0000023126 Listado de Contrataciones 1 11 Que consecuentemente y dada la especialidad crítica en el mercado laboral de las funciones que se pretenden cubrir, corresponde exceptuar a la persona que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, de los requisitos establecidos en el punto II) del inciso c) del Artículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1.421/02, al solo efecto de posibilitar su contratación en el MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA. Que los Artículos 7° y 9° del Anexo a la Ley N° 25.164, reglamentada por el Decreto N° 1.421/02 y la Resolución N° 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex - SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, norman respecto de la naturaleza y características de la relación de empleo del personal que revista en el régimen de contrataciones para la prestación de servicios de carácter no permanente, el que será equiparado en los niveles y grados de la planta permanente. Nº BOLETIN OFICIAL Nº 33.011 Apellido NAVARRO Nombre ADRIAN ARTURO Tipo y Nº Doc. NyG Desde Hasta Prog. Act. Dedic. DNI 25762644 D0 01/02/2014 31/12/2014 1 1 100% Proyecto: 0 Fuente: 11 Cantidad de Contratos Listados: 1 Imputación Presupuestaria: 1 81 Ubic. Geo: 2 Jurisdicción: 52 #F4717446F# #I4717447I# MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA Decisión Administrativa 957/2014 Apruébase contratación en la Unidad Ministro. Bs. As., 7/11/2014 VISTO el Expediente N° S05:0560192/2013 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, la Ley N° 25.164, el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2014 aprobado por la Ley N° 26.895, los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 601 de fecha 11 de abril de 2002, 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, 577 de fecha 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios, la Decisión Administrativa N° 3 de fecha 21 de enero de 2004, sus modificatorias Nros. 1.151 de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009, la Resolución N° 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex - SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, y CONSIDERANDO: Que por el expediente citado en el Visto tramita la propuesta de aprobación de la contratación de la persona que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Que el Artículo 5° del Anexo I del Decreto N° 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002 dispone que el señor Jefe de Gabinete de Ministros podrá exceptuar del aludido requisito mediante fundamentación precisa y circunstanciada de la jurisdicción solicitante. Que el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios. Que el último párrafo del Artículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, dispone que el señor Jefe de Gabinete de Ministros podrá autorizar excepciones al punto II) del inciso c) del citado artículo, mediante decisión fundada y a requerimiento del titular de la jurisdicción u organismo descentralizado, en los casos de funciones que posean una especialidad crítica en el mercado. Que los antecedentes curriculares de la persona mencionada en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las tareas asignadas y el nivel escalafonario propuesto. Que consecuentemente y dada la especialidad crítica en el mercado laboral de las funciones que se pretenden cubrir, corresponde exceptuar a la persona que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, de los requisitos establecidos en el punto II) del inciso c) del Artículo 9° del Anexo l del Decreto N° 1.421/02, tal solo efecto de posibilitar su contratación en el ámbito del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA. Que resulta necesario entonces, exceptuar a la persona detallada en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, del aludido requisito de la edad prevista en la ley previsional, como así también de las exigencias establecidas en el Artículo 14, inciso b) del Anexo al Decreto N° 2.098/08, para el Nivel A. Que los Artículos 7° y 9° del Anexo a la Ley N° 25.164, reglamentada por el Decreto N° 1.421/02 y la Resolución N° 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex - SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, norman respecto de la naturaleza y características de la relación de empleo del personal que revista en el régimen de contrataciones para la prestación de servicios de carácter no permanente, el que será equiparado en los niveles y grados de la planta permanente. Que se han cumplimentado, en lo pertinente, las previsiones contenidas en los Artículos 9° y 14 del Anexo I del Decreto N° 1.421/02, asimismo, las pautas para la aplicación del régimen de contrataciones del personal aprobadas por la citada Resolución N° 48/02 y sus modificatorias, y las prescripciones referidas a la asignación de grado contenidas en la Decisión Administrativa N° 3 de fecha 21 de enero de 2004 y sus modificatorias Nros. 1.151 de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009. Que el Artículo 1° del Decreto N° 577 de fecha 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios establece que toda contratación encuadrada en las previsiones del Decreto N° 491 de fecha 12 de marzo de 2002 y su reglamentación será aprobada por el señor Jefe de Gabinete de Ministros en aquellos supuestos que correspondan a equiparaciones retributivas a la máxima categoría o nivel escalafonario de referencia. Que la atención del gasto resultante de la contratación alcanzada por la presente medida se efectuará con los créditos del presupuesto de la Jurisdicción 52 - MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, de conformidad con lo indicado en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida. Que la persona indicada en el Anexo que integra la presente medida ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en la Circular N° 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION. Que la Dirección General de Recursos Humanos dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION TECNICA Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete. Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete. Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, por el artículo 5° y por el último párrafo del Artículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1.421/02 y por el Artículo 1° del Decreto N° 577 de fecha 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios. Por ello, EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE: Artículo 1° — Exceptúase a la persona que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, de las restricciones establecidas en el punto II) del inciso c) del Artículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, y del requisito establecido por el Artículo 5°, inciso f) del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, al solo efecto de posibilitar su contratación, en el nivel y grado del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, y plazo consignados en el Anexo que forma parte de la presente decisión administrativa, bajo el régimen del Artículo 9° del Anexo de la ley precitada, en el ámbito de la UNIDAD MINISTRO del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA. Art. 2° — Apruébase la contratación con relación de empleo público, conforme lo establecido por el Artículo 9° del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164 y su reglamentación, de la persona indicada en el Anexo que integra la presente medida, destinada Primera Sección Viernes 14 de noviembre de 2014 al ámbito de la UNIDAD MINISTRO del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, conforme al nivel, grado y plazo que en su caso se consignan. Que el Decreto N° 601/02, establece en su artículo 1° que las disposiciones del Decreto N° 491/02 son aplicables, entre otros, a los contratos convenidos para proyectos o programas de cooperación técnica con financiamiento bilateral y multilateral, nacional e internacional, y los que tramiten por acuerdo entre cada Jurisdicción o entidad y el PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL DESARROLLO (PNUD). Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Jorge M. Capitanich. — Carlos H. Casamiquela. ANEXO Que por el Decreto N° 577 del 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios, se estableció que toda contratación encuadrada en las previsiones del Decreto N° 491/02 y su reglamentación será aprobada por el JEFE DE GABINETE DE MINISTROS en aquellos supuestos que correspondan a equiparaciones retributivas a la máxima categoría o nivel escalafonario de referencia. Modalidad de Contratación: LEY 25.164 Nombre del Proyecto: 0000001202 INDIVIDUALES DE LA UNIDAD MINISTRO Código de Control: 0000021554 Que el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha elevado la contratación de personal cuya prestación de servicios resulta indispensable para el cumplimiento de los diversos objetivos asignados a la jurisdicción y para asegurar la continuidad y eficiencia de las actividades previstas en el documento del proyecto del PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL DESARROLLO (PNUD). Listado de Contrataciones 1 Apellido MARQUEZ Nombre SUSANA ERNESTINA Tipo y Nº Doc. NyG Desde Hasta Prog. Act. Dedic. A4 A partir de la notificación del acto que apruebe el contrato 31/12/2014 1 1 100% DNI 6.224.054 Que en virtud a que la modificación contractual propiciada concierne a una función equiparada retributivamente a la máxima categoría o nivel escalafonario de referencia, corresponde que sea aprobada por el JEFE DE GABINETE DE MINISTROS. Cantidad de Contratos Listados: 1 Imputación Presupuestaria: 1 81 Proyecto: 0 Fuente: 11 Ubic. Geo: 2 12 cional, de personal permanente y no permanente, incluyendo al personal transitorio y contratado, cualquiera fuera su modalidad y fuente de financiamiento será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente. Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente decisión administrativa será imputado con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 52 - MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, de conformidad con lo indicado en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida. Nº BOLETIN OFICIAL Nº 33.011 Que ha tomado la intervención que le compete el DIRECTOR NACIONAL del PROYECTO PNUD ARG/07/007 “APOYO AL PROGRAMA DE DESARROLLO DE UN SISTEMA DE FORMACION CONTINUA”. Jurisdicción: 52 #F4717447F# Que se ha dado cumplimiento a la Circular de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION N° 4 del 15 de marzo de 2002. #I4717448I# Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le compete. MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Decisión Administrativa 958/2014 Que la presente medida se dicta en ejercicio del artículo 100, inciso 2) de la CONSTITUCION NACIONAL y de los artículos 1° y 3° del Decreto N° 577/03 y sus modificatorios. Contratación. Apruébase modificación. Por ello, Bs. As., 7/11/2014 VISTO el Expediente N° 1.546.109/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 23.396 y sus modificatorias, los Decretos Nros. 491 del 12 de marzo de 2002, 601 del 11 de abril de 2002 y 577 del 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios, los Documentos del Proyecto del PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL DESARROLLO (PNUD) ARG/07/007 “APOYO AL PROGRAMA DE DESARROLLO DE UN SISTEMA DE FORMACION CONTINUA”, y CONSIDERANDO: EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE: Artículo 1° — Apruébase la modificación de la contratación suscripta en el marco del Proyecto del PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL DESARROLLO (PNUD) ARG/07/007 “APOYO AL PROGRAMA DE DESARROLLO DE UN SISTEMA DE FORMACION CONTINUA”, de acuerdo al Anexo que forma parte integrante de la presente medida. Que por el artículo 1° de la Ley N° 23.396 se aprobó el ACUERDO entre la REPUBLICA ARGENTINA y el PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL DESARROLLO (PNUD), firmado en la Ciudad de Buenos Aires el 26 de febrero de 1985. Art. 2° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del proyecto del PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL DESARROLLO (PNUD) ejecutado en el ámbito del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, correspondiente al período de su devengamiento. Que conforme el Decreto N° 491/02 toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación de personal, en el ámbito de la Administración Pública Na- Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Jorge M. Capitanich. — Carlos A. Tomada. ANEXO #F4717448F# RESOLUCIONES #I4720636I# Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca EMERGENCIA AGROPECUARIA Resolución 804/2014 Dase por declarada la situación de emergencia y/o desastre agropecuario en la Provincia de Misiones. Bs. As., 13/11/2014 VISTO el Expediente N° S05:0041820/2014 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, la Ley N° 26.509 y su Decreto Reglamentario N° 1.712 del 10 de noviembre de 2009, el Acta de la reunión de la COMISION NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS del 30 de septiembre de 2014, y CONSIDERANDO: Que la Provincia de MISIONES solicitó a la COMISION NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS en la reunión del 30 de septiembre de 2014 que de acuerdo con lo dispuesto por el Decreto N° 637 de fecha 30 de junio de 2014 se declare el estado de emergencia y/o desastre agropecuario, según corresponda, en todo el territorio de la Provincia de MISIONES, desde el 25 de junio de 2014 y por el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días corridos, en razón de las afectaciones provocadas por la elevación de nivel y desborde de los ríos Uruguay e Iguazú, afluentes y demás cursos de agua, factor que se incrementó por las excepcionales precipitaciones pluviales verificadas, dentro de los términos de la Ley N° 26.509. Viernes 14 de noviembre de 2014 Primera Sección Que la COMISION NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS analizó la situación ocurrida en las explotaciones provinciales y recomendó declarar en la Provincia de MISIONES la situación de emergencia y/o desastre agropecuario, según corresponda, desde el 25 de junio de 2014 hasta el 24 de diciembre de 2014 a las explotaciones agropecuarias afectadas por la repentina elevación de nivel y desborde de los ríos Uruguay e Iguazú y exceso de precipitaciones, dedicadas a: i) producción ganadera bovina lechera de los Departamentos 25 de Mayo, Guaraní y San Pedro, ii) producción ganadera bovina de carne de los Departamentos Apóstoles, 25 de Mayo, Guaraní y Oberá, iii) producción porcina de los Departamentos Apóstoles, 25 de Mayo, Concepción, General Manuel Belgrano, Guaraní, Leandro Nicéforo Alem, San Javier y Oberá, iv) producción aviar de los Departamentos de Apóstoles, 25 de Mayo, Concepción, General Manuel Belgrano, Guaraní, Leandro Nicéforo Alem, San Javier y Oberá, v) producción piscícola de los Departamentos 25 de Mayo, Concepción, General Manuel Belgrano, Guaraní, San Javier y Oberá; vi) producción hortícola de los Departamentos Apóstoles, 25 de Mayo, Concepción, Guaraní, Leandro Nicéforo Alem, San Javier, General Manuel Belgrano, Libertador General San Martín, Oberá y San Ignacio, vii) producción de citronella del Departamento Guaraní, viii) producción apícola de los Departamentos Apóstoles, 25 de Mayo, Concepción, Guaraní, Leandro Nicéforo Alem, San Javier, General Manuel Belgrano, Libertador General San Martín, Oberá y San Ignacio, ix) producción cítrica de los Departamentos 25 de Mayo, Cainguas, Apóstoles, Guaraní, Leandro Nicéforo Alem, San Javier, General Manuel Belgrano, Libertador General San Martín, Oberá y San Ignacio, x) producción de mamón y ananá de los Departamentos 25 de Mayo, Apóstoles, Concepción, Guaraní, Leandro Nicéforo Alem, San Javier, General Manuel Belgrano, Libertador General San Martín, Oberá y San Ignacio, xi) producción de caña de azúcar de los Departamentos Apóstoles, 25 de Mayo, Candelaria, Concepción, Guaraní, San Javier, Libertador General San Martín, Oberá y San Ignacio, xii) producción forestal de los Departamentos Apóstoles, Concepción, 25 de Mayo, San Javier y Oberá y xiii) producción de yerba mate de los Departamentos 25 de Mayo, Guaraní, Apóstoles y Concepción. Que la COMISION NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS estableció que el 24 de diciembre de 2014 es la fecha de finalización del actual ciclo productivo para la situación de emergencia y/o desastre agropecuario detallada en el considerando anterior de acuerdo con lo estipulado en los Artículos 22 y 23 del Anexo del Decreto N° 1.712 de fecha 10 de noviembre de 2009. Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete. Que la presente medida se dicta en función de lo previsto por la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificaciones y el Artículo 9° del Anexo del Decreto N° 1.712 de fecha 10 de noviembre de 2009. Por ello, EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA RESUELVE: Artículo 1° — A los efectos de la aplicación de la Ley N° 26.509: Dase por declarada en la Provincia de MISIONES la situación de emergencia agropecuaria y/o desastre agropecuario, según corresponda, desde el 25 de junio de 2014 hasta el 24 de diciembre de 2014 a las explotaciones agropecuarias afectadas por la repentina elevación de nivel y desborde de los ríos Uruguay e Iguazú y exceso de precipitaciones, dedicadas a: i) producción ganadera bovina lechera de los Departamentos 25 de Mayo, Guaraní y San Pedro, ii) producción ganadera bovina de carne de los Departamentos Apóstoles, 25 de Mayo, Guaraní y Oberá, iii) producción porcina de los Departamentos Apóstoles, 25 de Mayo, Concepción, General Manuel Belgrano, Guaraní, Leandro Nicéforo Alem, San Javier y Oberá, iv) producción aviar de los Departamentos de Apóstoles, 25 de Mayo, Concepción, General Manuel Belgrano, Guaraní, Leandro Nicéforo Alem, San Javier y Oberá, v) producción piscícola de los Departamentos 25 de Mayo, Concepción, General Manuel Belgrano, Guaraní, San Javier y Oberá; vi) producción hortícola de los Departamentos Apóstoles, 25 de Mayo, Concepción, Guaraní, Leandro Nicéforo Alem, San Javier, General Manuel Belgrano, Libertador General San Martín, Oberá y San Ignacio, vii) producción de citronella del Departamento Guaraní, viii) producción apícola de los Departamentos Apóstoles, 25 de Mayo, Concepción, Guaraní, Leandro Nicéforo Alem, San Javier, General Manuel Belgrano, Libertador General San Martín, Oberá y San Ignacio, ix) producción cítrica de los Departamentos 25 de Mayo, Cainguas, Apóstoles, Guaraní, Leandro Nicéforo Alem, San Javier, General Manuel Belgrano, Libertador General San Martín, Oberá y San Ignacio, x) producción de mamón y ananá de los Departamentos 25 de Mayo, Apóstoles, Concepción, Guaraní, Leandro Nicéforo Alem, San Javier, General Manuel Belgrano, Libertador General San Martín, Oberá y San Ignacio, xi) producción de caña de azúcar de los Departamentos Apóstoles, 25 de Mayo, Candelaria, Concepción, Guaraní, San Javier, Libertador General San Martín, Oberá y San Ignacio, xii) producción forestal de los Departamentos Apóstoles, Concepción, 25 de Mayo, San Javier y Oberá y xiii) producción de yerba mate de los Departamentos 25 de Mayo, Guaraní, Apóstoles y Concepción. Art. 2° — Determínase que el 24 de diciembre de 2014 es la fecha de finalización del ciclo productivo para las producciones afectadas ubicadas en las zonas declaradas en situación de emergencia y/o desastre agropecuario detalladas en el Artículo Primero, de acuerdo con lo estipulado en los Artículos 22 y 23 del Anexo del Decreto N° 1.712 de fecha 10 de noviembre de 2009. Art. 3° — A los efectos de poder acogerse a los beneficios que acuerda la Ley N° 26.509, conforme con lo establecido por su Artículo 8°, los productores afectados deberán presentar certificado extendido por la autoridad competente de la provincia, en el que conste que sus predios o explotaciones se encuentran comprendidos en los casos previstos en dicho artículo. Art. 4° — Las instituciones bancarias nacionales, oficiales o mixtas y la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS (AFIP), entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, arbitrarán los medios necesarios para que los productores agropecuarios comprendidos en la presente resolución gocen de los beneficios previstos en los Artículos 22 y 23 de la Ley N° 26.509. Art. 5° — La presente resolución entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial. Art. 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Carlos H. Casamiquela. #F4720636F# BOLETIN OFICIAL Nº 33.011 DISPOSICIONES #I4717839I# Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica PRODUCTOS DOMISANITARIOS Disposición 7694/2014 Prohibición de uso y comercialización. Bs. As., 11/11/2014 VISTO el Expediente N° 1-47-1110-569-14-3 del Registro de esta Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica, y CONSIDERANDO: Que por las actuaciones citadas en el VISTO, el Departamento de Productos de Uso Doméstico de la Dirección de Vigilancia de Productos para la Salud, a fs. 1/3, hace saber que con motivo de haber solicitado la habilitación como Elaborador y Fraccionador de limpiadores, detergentes alcalinos/ clorados, floculantes, coagulantes para aguas, productos para el tratamiento de aguas en sistemas de enfriamiento y tratamientos internos de calderas, por parte de la firma DOCHEM Sociedad Responsabilidad Limitada, fiscalizadores de esa Dirección, en el marco de Habilitación Programada a Establecimientos Elaboradores y Fraccionadores (Productos de Uso Doméstico), realizaron una inspección O.I. N° 422/14 DVS (cuya copia obra a fs. 4/36), en la sede de la firma con asiento en la Ruta Nacional N° 19, km 5,2 Zona Sur, Lote 3, Parcela 15/16 de la Ciudad de Santo Tomé, Provincia de Santa Fe. Que en ocasión de la inspección señalada, los inspectores de la Dirección de Vigilancia de Productos para la Salud observó que la firma estaba elaborando productos domisanitarios bajo el nombre de Dochem, los cuales no contaban al momento de la inspección con registros de productos ante esta Administración Nacional, siendo dichos productos: DC ALCLEAR (detergente Alcalino para membranas). DC ALCLOR (detergente clorado para membranas). DC HYDROGEN (desincrustante ácido para membranas). DC 101 (aditivo para soda cáustica). POW 427 (anti incrustante para calderas de baja y alta presión). POW 190 (anti corrosivo. para calderas de baja presión). POW 210 (desincrustantes para calderas de baja y alta presión). CIM 700 (anti corrosivo anti incrustante para circuitos semi abiertos de agua fría). CIM 1006 (anti corrosivo para circuitos cerrados de agua helada). Que durante el aludido procedimiento se observó la documentación comercial de distribución de productos domisanitarios emitida par la firma “DOCHEM S.R.L.”, fuera de la jurisdicción de la Provincia de Santa Fe, la cual se detalla a continuación: Factura tipo A, N° 0001-0003078 y su correspondiente Remito. N° 0001-0003078 a favor de La Lacteo S.A. Que en consecuencia, la Dirección de Vigilancia de Productos para la Salud sugiere: a) Prohibir preventivamente de uso y comercialización fuera de la Provincia de Santa Fe todos los productos domisanitarios rotulados: “Elaborados por DOCHEM S.R.L., con domicilio en la Ruta Nacional Nº 19 km 5,2, Zona Sur, Lote 3, Parcela 15/16 de la Ciudad de Santo Tomé, Provincia de Santa Fe; b) Iniciar el correspondiente sumario sanitario a la firma DOCHEM S.R.L., con domicilio en la Ruta Nacional Nº 19 km 5,2, Zona Sur, Lote 3, Parcela 15/16 de la Ciudad de Santo Tomé, Provincia de Santa Fe, como titular de los productos y a su Director Técnico por los incumplimientos a las Resoluciones Ministeriales Nº 708/98 y 709/98. 13 Que a la luz de lo expuesto, este Servicio Jurídico Permanente, estima que corresponde también imputarle a la firma DOCHEM S.R.L. el artículo 816 del Reglamento Alimentario (Decreto 141/53), el cual dispone: “Todos los productos mencionados en el presente anexo se consideran comprendidos en las normas de carácter general del Reglamento Alimentario Nacional, y sus fabricantes, representantes, distribuidores y expendedores deberán cumplimentarlas, incluso las referentes a la autorización oficial previa de fábricas y productos.”, toda vez que los productos en cuestión no se encontraban registrados y carecían de Autorización Sanitaria correspondiente para ser colocados en el mercado. Que desde el punto de vista procedimental y respecto de las medidas aconsejadas por el organismo actuante cabe opinar que resulta competente esta Administración Nacional en virtud de las atribuciones conferidas por el Decreto Nº 1.490/92 y que las mismas se encuentran sustentadas en el inciso b) del artículo 3°, los incisos n) y ñ) del artículo 8º y del inciso q) del artículo 10 de la citada norma. Que desde el punto de vista sustantivo las irregularidades constatadas configuran la presunta infracción al artículo 816 del Reglamento Alimentario (Decreto 141/53) y a las Resoluciones Ministeriales Nº 708/98 y 709/98. Que la Dirección de Vigilancia de Productos para la Salud, y la Dirección General de Asuntos Jurídicos han tomado la intervención de su competencia. Que se actúa en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto N° 1490/92 y por el Decreto N° 1886/14. Por ello, EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA DISPONE: Artículo 1° — Prohíbese preventivamente la comercialización y uso en todo el territorio nacional del producto rotulado como Elaborados por DOCHEM S.R.L., con domicilio en la Ruta Nacional N° 19 km 5,2, Zona Sur, Lote 3, Parcela 15/16 de la Ciudad de Santo Tomé, Provincia de Santa Fe. Art. 2° — Instrúyase sumario sanitario a la firma DOCHEM S.R.L., con domicilio en la Ruta Nacional Nº 19 km 5,2, Zona Sur, Lote 3, Parcela 15/16 de la Ciudad de Santo Tomé, Provincia de Santa Fe, y a quien ejerza su dirección técnica por la presunta infracción al artículo 816º del Reglamento Alimentario (Decreto 141/53) y las Resoluciones Ministeriales Nº 708/98 y 709/98. Art. 3° — Regístrese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación. Comuníquese a la Autoridad Sanitaria de la Provincia de Córdoba, al resto de las autoridades sanitarias provinciales y a la de del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Comuníquese a la Dirección de Relaciones Institucionales y Regulación Publicitaria y póngase en conocimiento de la situación a la Dirección de Gestión de Información Técnica. Dése al Dirección de Faltas Sanitarias de la Dirección General de Asuntos Jurídicos a sus efectos. — Rogelio López. #F4717839F# #I4717833I# Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica PRODUCTOS MEDICOS Disposición 7697/2014 Prohibición de uso y comercialización. Bs. As., 11/11/2014 VISTO el Expediente N° 1-47-1110-516-13-8 del Registro de esta Administración Nacional Viernes 14 de noviembre de 2014 de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica, y CONSIDERANDO: Que la Dirección de Vigilancia de Productos para la Salud hace saber que, mediante Disposición ANMAT Nº 3512/10, la firma Suctores Argentina S.A. fue habilitada bajo legajo Nº 1927 como Fabricante de Productos Médicos, con domicilio legal, planta elaboradora y depósito en la calle José Amenábar 576 de la ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba. Que posteriormente, mediante Disposición ANMAT Nº 4497/13, se autorizó la inscripción en el Registro de Productores y Productos de Tecnología Médica del producto “Bomba de Evacuación de Fluidos para heridas cerradas”, fabricado por Suctores Argentina S.A., bajo Registro N° PM-895-1, con un período de vida útil de 3 años. Que mediante el expediente N° 1-47-1399112-0 la firma aludida solicitó la designación de un nuevo director técnico, actuados agregados al expediente N° 1-47-1002112-0 (cese de DT), aún en trámite. Que en el Registro de Productores y Productos de Tecnología Médica se constata la existencia de dos productos de titularidad de la firma Insucor S.R.L., con legajo Nº 895 e igual domicilio que el declarado por Suctores Argentina S.A. (ver fs. 13/15): una bomba de evacuación de fluidos para heridas cerradas (aprobado bajo PM-8951) y un aspirador cilíndrico de drenaje (pendiente de aprobación bajo PM-895-2). Que por otro lado, se verifica en el sistema informático de esta Administración Nacional que el último expediente iniciado por Insucor S.R.L. es del año 2006 y corresponde al empadronamiento provisorio de productos médicos, mientras que el primer expediente de Suctores Argentina S.A. fue incoado en el año 2007 a los fines de obtener la habilitación en el marco de la Disposición ANMAT Nº 2319/02 (T.O. 2004); por lo que se deduce que la firma Insucor S.R.L. desarrolló su actividad con anterioridad al año 2002 y se adecuó bajo una nueva razón social a lo dispuesto por la normativa vigente en la actualidad. Que informa la Dirección que, por un error involuntario, el registro otorgado a Suctores Argentina S.A. mediante la Disposición ANMAT Nº 4497/13 (ver copia a fs. 7/8) fue aprobado con el número de PM correspondiente al legajo de la firma Insucor S.R.L. Que continúa la Dirección manifestando que se llevó a cabo una inspección (O.I. N° PM 445/13) en la sede de la firma “GS Bio de Implantes Quirúrgicos S.A.” sita en la calle México 886 de la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, en la que se constató stock de un producto rotulado como “HEMOSUCTOR - Evacuador descartable de fluidos acumulados en heridas cerradas - P.M. N° 895-1 - LOTE Nº 1263 VENC NOV 2016” (entre otros datos). Que en atención a que dicho producto (tal como se indicara más arriba) posee aprobada una vida útil de 3 años, personal de la Dirección retiró una unidad en carácter de muestra para posterior verificación de legitimidad, dejándose el resto del stock inhibido preventivamente de uso y comercialización. Que al ser consultada sobre la procedencia de las unidades, la Directora Técnica de la firma inspeccionada aportó copia de las facturas emitidas por las firmas Suctores Argentina S.A. y Surgical Supply S.R.L. (fs. 20/21), e impresión del correo electrónico (fs. 22) emitido por esta última en el que se refiere a los productos Hemosuctor® 800 ml (sistema p/ drenaje Post Quirúrgico Evacuador de fluidos en heridas cerradas) y Aspirador® Cilíndrico Corrugado (Sistema p/ drenaje post Quirúrgico Evacuador de fluidos en heridas cerradas) como “nuestros productos de fabricación propia”. Que por ello, por O.I. N° 520/13 PCM, personal de la Dirección de Vigilancia de Productos para la Salud concurrió a realizar Primera Sección una inspección en el domicilio de la calle José Amenábar 576, ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, sede de la planta elaboradora de la firma Suctores Argentina S.A., en la que una persona informó que “alquiló el inmueble hace un tiempo y actualmente se destina a vivienda particular”, agregando que recibe correspondencia a nombre de la firma pero no tiene relación alguna con ella y desconoce si se mudó a otro domicilio. Que cabe aclarar que la fiscalizadora actuante obtuvo en la sede de la Dirección de Jurisdicción de Farmacia del Ministerio de Salud de la Provincia de Córdoba una copia de la Resolución Nº 182 de fecha 4-062013 que dispuso —entre otras cosas— la clausura definitiva de la firma Suctores Argentina S.A. (ver copia de fs. 27). Que asimismo, por O.I. Nº 522/13 PCM (acta agregada a fs. 29/33) personal de la Dirección acudió a la sede de la firma Surgical Supply S.R.L., y en dicha oportunidad se exhibieron a su apoderado los elementos retirados durante la inspección realizada en la sede de “GS Bio de Implantes Quirúrgicos S.A.”; manifestando al respecto el responsable que “la firma Suctores Argentina S.A. cerró y Surgical Supply S.R.L. ha iniciado el trámite de transferencia de registro del HEMOSUCTOR de su titularidad” y que “a fin de proveer a sus clientes hasta tanto sea aprobada la transferencia de registro, adquirió un stock suficiente para unos cinco o seis meses”, y agregó que la firma, al momento de iniciar el trámite de transferencia, presentó copia de toda la documentación referente a la autorización de funcionamiento de ambas firmas exhibiendo los certificados originales, los que según informó “le fueron entregados por los responsables de Suctores Argentina S.A. ya que la firma cesó su actividad”. Que en relación al correo electrónico más arriba citado, el apoderado informa que “los productos hemosuctor y aspirador detallados como de fabricación propia se corresponden con el producto exhibido, según posea o no aguja” (si el producto viene con aguja se denomina hemosuctor, y si viene sin aguja se denomina aspirador), agregando que “estima que el aspirador se encuentra registrado bajo PM-895-2”. Que durante la inspección se procedió a la apertura del envase primario, observándose que el producto propiamente dicho posee una etiqueta autoadhesiva que indica “KIMS EO - FECHA 06/ 2013”. Que indica la Dirección que, habiéndose realizado un recorrido por el depósito de producto terminado, se constató stock de unidades del producto en cuestión correspondientes a los lotes nros. 1299, 1296, 1285, 1298 y 1297, todas las cuales indicaban vencimiento “NOV 2016” en el envase secundario, y presentaban en su interior una etiqueta de esterilización con fecha 04/13. Que al ser consultado por la procedencia de las unidades, el apoderado de la firma aportó copias de facturas de compra emitidas por Suctores Argentina S.A. durante los meses de abril y mayo del corriente año, que describen también unidades de aspirador cilíndrico, y detallan al pie gran cantidad de números de lotes de ambos productos. Que continúa la Dirección de Vigilancia de Productos para la Salud su informe manifestando que, en atención a que el producto posee una vida útil de tres años, los lotes que posean vencimiento en el mes de noviembre del año 2016 deberían poseer fecha de fabricación/liberación en el mes de noviembre del 2013, sin perjuicio de lo cual los productos se detectaron en el mercado en el mes de septiembre del 2013; asimismo, se señala en el informe que la unidad del lote 1263 indica “06/2013” como fecha de esterilización, no obstante haber sido comercializada por la firma Suctores Argentina S.A. previamente, tal como ilustra la factura de fecha 25/03/2013 (copia obrante a fs. 38). BOLETIN OFICIAL Nº 33.011 Que sin perjuicio de lo expuesto, cabe destacar que la directora técnica de Suctores Argentina S.A. renunció a su cargo a partir del mes de abril de 2013 (ver constancias de fs. 24/25), por lo que el último lote de cualquier producto liberado en observancia de las Buenas Prácticas de Fabricación de Productos Médicos no debería haber sido liberado con fecha posterior al 30/03/2013, en atención a que el artículo 1º de la Ley Nº 16.463 establece que queda sometida a su régimen y a los reglamentos que en su consecuencia se dicten, entre otras, las actividades de producción de todo producto de uso y aplicación en la medicina, la cual, en virtud del artículo 2º de dicha ley, sólo puede realizarse previa autorización y bajo el contralor de la autoridad sanitaria en establecimientos habilitados por aquélla y bajo la dirección técnica del profesional universitario correspondiente. Que continúa la Dirección dejando constancia que, tanto la unidad retirada de GS Bio de Implantes Quirúrgicos S.A. como las retiradas de Surgical Supply S.R.L., indican en su envase de cartón “PM-895-1”, mientras que en la segunda bolsa contenedora indican “PM 895-2”, debiéndose aclarar a tal respecto que el ítem 5.2.2.3 del apartado 5.2 del Capítulo 5 de la Disposición ANMAT N° 3266/13 establece que “los rótulos e instrucciones de uso no deberán liberarse para su uso hasta que una persona autorizada haya examinado su conformidad en cuanto a la información contenida en los mismos” (Capítulo 5: Controles de proceso y producción; apartado 5.2: controles de envasado, rotulado e instrucciones de uso; punto 5.2.2.3: Inspección de los rótulos e instrucciones de uso). Que en consecuencia, la Dirección de Vigilancia de Productos para la Salud sugiere: a) prohibir el uso y comercialización en todo el territorio nacional de todos los lotes de productos médicos que indiquen ser fabricados por la firma “Suctores Argentina S.A.” y presenten fecha de vencimiento posterior a 03/2016; b) dar de baja la habilitación otorgada mediante Disposición N° 3512/10 a la firma “Suctores Argentina S.A. como fabricante de productos médicos, con domicilio legal, planta elaboradora y depósito en la calle José Amenábar 576 de la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba; c) poner en conocimiento de la situación a la Dirección de Gestión de Información Técnica a los efectos que actualice la información incorporada en la Base de Datos Publicada en la página web institucional de esta Administración; d) poner en conocimiento de la situación a la Dirección Nacional de Productos Médicos a los efec- 14 tos que actualice la información incorporada en la Base de Datos de uso interno; e) notificar a la Subdirección de Jurisdicción de Farmacia del Ministerio de Salud de la Provincia de Córdoba, a sus efectos. Que esta Administración Nacional resulta competente en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 8 incisos n y ñ del Decreto Nº 1.490/92. Que la Dirección de Vigilancia de Productos para la Salud y la Dirección General de Asuntos Jurídicos han tomado la intervención de su competencia. Que se actúa en virtud de las facultades conferidas por los Decretos Nros. 1490/92 y 1886/14. Por ello, EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA DISPONE: Artículo 1º — Prohíbese la comercialización y uso en todo el territorio nacional de todos los lotes de productos médicos que indiquen ser fabricados por la firma “Suctores Argentina S.A.” y presenten fecha de vencimiento posterior a 03/2016, por las argumentaciones vertidas en el considerando de la presente. Art. 2º — Dase de baja la habilitación otorgada mediante Disposición Nº 3512/10 a la firma “Suctores Argentina S.A.” como fabricante de productos médicos, con domicilio legal, planta elaboradora y depósito en la calle José Amenábar 576 de la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba. Art. 3º — Regístrese. Dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial; por el Departamento de Mesa de Entradas notifíquese al interesado y hágasele entrega de la copia autenticada de la presente Disposición; notifíquese a la Subdirección de Jurisdicción de Farmacia del Ministerio de Salud de la Provincia de Córdoba, a sus efectos. Comuníquese a las autoridades sanitarias provinciales y a la del Gobierno Autónomo de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese a la Dirección de Relaciones Institucionales y Regulación Publicitaria, a la Dirección de Gestión de Información Técnica a los efectos que actualice la información incorporada en la Base de Datos Publicada en la página web institucional de esta Administración, y a la Dirección Nacional de Productos Médicos a sus efectos. Cumplido, archívese. — Rogelio López. #F4717833F# #I4717835I# Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica PRODUCTOS MEDICOS Disposición 7696/2014 Prohibición de uso y comercialización. Bs. As., 11/11/2014 VISTO el Expediente N° 1-47-1110-714-14-3 del Registro de esta Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica, y CONSIDERANDO: Que por los actuados citados en el Visto la Dirección de Vigilancia de Productos para la Salud (DVS), pone en conocimiento que, con fecha 22/09/2014, un representante de la firma “BUHL S.A.” se hizo presente en sede de esa Dirección a fin de informar respecto de la detección de unidades falsas de preservativos “PRIME”. Que con fecha 10/10/14, por Orden de Inspección N° 2014/1235-DVS-337 personal de la DVS, concurre a realizar una inspección en el domicilio de la firma mencionada, habilitada como “FABRICANTE DE PRODUCTOS MEDICOS” con domicilio en la calle 91 (ex Juan de Garay) N° 235/7/9 de la localidad de Villa Lynch, Provincia de Buenos Aires. Que en dicha oportunidad, el presidente de la firma, informó que con fecha 6 de junio de 2014 un consumidor alertó a la firma sobre anormalidades organolépticas (olor no habitual, dificultades para desenrollarse y un color más oscuro que el normal para el producto), detectadas en preservativos extra lubricados “PRIME”, lote 10715H649, con fecha de fabricación mayo 11 y vencimiento julio 14. Viernes 14 de noviembre de 2014 Primera Sección Que la firma procedió al recupero de las unidades reportadas y del análisis se determinó que se trataba de unidades falsificadas, presentando estas unidades color más oscuro y ancho nominal de 49 mm, mientras que el original es de 52 mm. Que asimismo, la firma informó que los proveedores del material de empaque y del pouch de lubricante determinaron diferencias concluyentes que indicaron falsificación. Que luego de este reclamo, la firma realizó una investigación que evidenció la existencia de otros dos lotes apócrifos: preservativos ultrafinos “PRIME”, lote 2052I160 (con fecha de fabricación feb. 12 y vencimiento feb. 17), preservativos super finos “PRIME”, lote 20418I075 (con fecha de fabricación ago. 11 y vencimiento ago. 16). Que manifestó el presidente de la firma que personal de la empresa recorrió distintos kioscos de Capital y Provincia de Buenos Aires, retirándose el stock existente de estas tres variedades y cambiándolo por unidades con envase con nuevo diseño, añadiendo que de este recupero un 4,5% eran apócrifos. Que finalmente afirma, que los tres lotes apócrifos son copias de lotes fabricados por “BUHL S.A.”. Que en consecuencia y atento las circunstancias detalladas, la DVS sugiere: Prohibir el uso y la comercialización de los preservativos rotulados como “PRIME EXTRA LUBRICADO CON ACCION NATURAL - 3 Preservativos látex- 3 Sobres de gel íntimo – L10715H649 - FAB MAY 11 VTO JUL 14”, PRIME ULTRAFINO - COMO USAR NADA - 3 PRESERVATIVOS LISOS DE LATEX - L20523I160 - FAB FEB 12 VTO FEB 17, y PRIME SUPER FINO - SENSACION NATURAL - 3 PRESERVATIVOS LISOS DE LATEX - L20418I075- FAB AGO 11 VTO AGO 16”, en todo el territorio nacional. Que con fecha 29/10/14, la Dirección de Vigilancia de Productos para la Salud, realiza una inspección en sede de la farmacia “MORENO, de Eduardo y Verónica González Vera SH”, con domicilio en la Av. San Juan Nº 2376 de esta Ciudad, oportunidad en que se retira en carácter de muestra una (1) unidad de “PRIME ULTRAFINO por 3 preservativos- Lote N° 20910I404- FAB JUN 12 VTO JUN 17”, para posterior verificación de legitimidad. Que asimismo, por Orden de Inspección N° 2014/1463- DVS-455, inspectores de la mencionada Dirección se apersonan en sede de la firma “PEPIPOCHI S.R.L.”, con domicilio en la calle Perón N° 2453 de esta Ciudad, retirando del mismo en carácter de muestra una (1) unidad de “PRIME ULTRAFINO por 3 preservativos- Lote N° 20910I404- FAB JUN 12 VTO JUN 17”, y una (1) unidad de “PRIME SUPER FINO por 3 preservativos - Lote Nº 21114I488- FAB JUL 12 VTO JUL 17”, para posterior verificación de legitimidad. Que finalmente con fecha 29/10/14, por Orden de Inspección Nº 2014/1289-DVS-367 personal de la DVS, realizó una inspección en sede de la firma “FALI EL MEJOR”, con domicilio en la calle Larrea N° 162 de esta Ciudad, retirándose en esa oportunidad en carácter de muestra una (1) unidad de “PRIME SUPERFINO por 3 preservativos - Lote Nº 21114I488- FAB JUL 12 VTO JUL 17”. Que con fecha 04/11/2014, personal de la Dirección de Vigilancia de Productos para la Salud realizó una nueva inspección en sede de la firma “BUHL S.A.”, exhibiéndose al director técnico y al co-director técnico de la firma las unidades retiradas como muestra, quienes manifestaron que se trata de unidades apócrifas, detallándose las diferencias luego de la comparación, con contramuestras originales según lo descripto a fs. 13. Que la firma deja constancia que ha radicado la denuncia penal correspondiente tramitando la misma ante el Juzgado Criminal y Correccional Federal Nº 8, cuya copia se adjunta a fs. 24/31. Que en consecuencia y atento las circunstancias detalladas, la DVS sugiere prohibir también el uso y la comercialización de los preservativos rotulados como “PRIME ULTRAFINO - COMO USAR NADA- 3 PRESERVATIVOS LISOS DE LATEX- Lote Nº 20910I404- FAB JUN 12 VTO JUN 17” y “PRIME SUPER FINO - SENSACION NATURAL- 3 PRESERVATIVOS LISOS DE LATEX - Lote Nº 21114I488- FAB JUL 12 VTO JUL 17”. Que la medida aconsejada por el organismo actuante deviene ajustada a derecho, de acuerdo a las facultades conferidas por los Artículos 8°, inciso ñ) y 10º, inciso q) del Decreto 1490/92. Que la Dirección de Vigilancia de Productos para la Salud y la Dirección General de Asuntos Jurídicos han tomado la intervención de su competencia. Que se actúa en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto Nº 1490/92 y el Decreto Nº 1886/14. Por ello: EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA DISPONE: Artículo 1° — Prohíbese el uso y comercialización de los preservativos rotulados como “PRIME EXTRA LUBRICADO CON ACCION NATURAL - 3 Preservativos látex- 3 Sobres de gel íntimo - L10715H649 - FAB MAY 11 VTO JUL 14”, PRIME ULTRAFINO - COMO USAR NADA - 3 PRESERVATIVOS LISOS DE LATEX - L20523I160 - FAB FEB 12 VTO FEB 17, y PRIME SUPER FINO - SENSACION NATURAL - 3 PRESERVATIVOS LISOS DE LATEX - L20418I075- FAB AGO 11 VTO AGO 16”, “PRIME ULTRAFINO - COMO USAR NADA- 3 PRESERVATIVOS LISOS DE LATEX- Lote Nº 20910I404- FAB JUN 12 VTO JUN 17” y “PRIME SUPER FINO - SENSACION NATURAL- 3 PRESERVATIVOS LISOS DE LATEX - Lote Nº 21114I488- FAB JUL 12 VTO JUL 17”, en todo el territorio nacional, por los argumentos expuestos en el Considerando de la presente disposición. Art. 2° — Regístrese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación. Comuníquese a las autoridades sanitarias provinciales y a la del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Comuníquese a la Dirección de Relaciones Institucionales y Regulación Publicitaria. Cumplido, archívese. — Rogelio López. #F4717835F# BOLETIN OFICIAL Nº 33.011 15 Primera Sección Viernes 14 de noviembre de 2014 CONCURSOS OFICIALES Nuevos #I4717112I# MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Dr. FRANCO PICARDI, Subsecretario de Relaciones con el Poder Judicial y Asuntos Penitenciarios, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación. e. 14/11/2014 N° 88076/14 v. 14/11/2014 #F4717112F# AVISOS OFICIALES Nuevos #I4718994I# REGISTRO NACIONAL DE ARMAS Armas de Fuego. En cumplimiento de lo establecido por la Resolución MJyDDHH N° 373/13, se detalla a continuación el listado de solicitudes de tenencia y portación de armas de fuego a efectos de que cualquier ciudadano, habitante de la Nación Argentina y entidades de la sociedad que tengan interés, puedan oponerse a dichas solicitudes: SOLICITUDES DE TENENCIAS DE ARMAS DE FUEGO Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego BOLETIN OFICIAL Nº 33.011 Documento Denominación 16 Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego DNI 26857762 ABRAHAM MARTIN HIPOLITO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 29228495 ABREGU HUGO LEONARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 24049366 ABREGU VASQUEZ GUSTAVO F. sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 21470069 ACEVEDO EDGAR ARMANDO sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 21114659 ACEVEDO EDUARDO ALEJANDRO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 17866247 ACEVEDO RAMON ANTONIO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 22940231 ACOSTA ADRIANO SANTIAGO sobre FUSIL calibre .30-06 PLG DNI 26872718 ACOSTA EDGARDO PABLO sobre REVOLVER calibre .44 PLG DNI 27425661 ACOSTA LEANDRO JAVIER sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 93637561 ACUÑA RAMON sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 14900242 ADALA OMAR OSMAN sobre FUSIL calibre .22 PLG DNI 33177703 ADIANI JONATHAN MAXIMILIANO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 17974410 AGUERO HECTOR DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 25439711 AGUERO LEONARDO RAMON sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 21140984 AHUMADA MIGUEL ANGEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 23720815 AIME FERNANDO IVAN sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 28431743 AIMI DIEGO ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 28656993 ALAMO DIEGO DAMIAN ALBERTO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 29851240 ALARCIA VICTOR LUIS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 25180038 ALARCON JOSE GABRIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 20220238 ALBARRACIN RUBEN ANTONIO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 28681997 ALBORNOZ CLAUDIO ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 28681997 ALBORNOZ CLAUDIO ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 29325918 ALBORNOZ DIEGO ALEJANDRO sobre REVOLVER calibre .22 PLG DNI 30938054 ALBORNOZ IVAN AGUSTIN sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 28850661 ALBORNOZ MARCOS GERMÁN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 18240047 ALBORNOZ OSVALDO ADRIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 17868924 ALCAMAN ELIAS DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM LE 8351870 ALDAY OSVALDO NESTOR sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 29277113 ALDERETE RUBEN OSCAR sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 29277113 ALDERETE RUBEN OSCAR sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 26724251 ALE JULIO CESAR sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 34581487 ALEGRE CESAR OSCAR sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 4896360 ALEGRE JORGE sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 20188735 ALESSO GABRIEL MARCELO sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 20188735 ALESSO GABRIEL MARCELO sobre FUSIL calibre .300 PLG DNI 35668002 ALFONSO SEBASTIAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 31078017 ALFONSO VICTOR HUGO sobre CARABINA calibre .308 PLG DNI 22430828 ALGUEA MIRANDA JORGE MARIANO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 10545380 ALIAGA MARCELO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 7591419 ALIBERTI CARLOS ANTONIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 31336677 ALMADA CRISTIAN DAVID sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 28670752 ALMEYRA ROBERTO PABLO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 14036614 ALONSO ANIBAL PEDRO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 11924304 ALONSO DIEGO ROBERTO sobre REVOLVER calibre .22 PLG DNI 13573159 ALSINA CARLOS ALBERTO sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 5334613 ALTAMIRANO HUGO ARGENTINO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 32832407 ALTIERI ECHARTE EMILIANO J. sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 12250268 ALVARENGA JUAN FRANCISCO sobre REVOLVER calibre .22 PLG DNI 17981879 ALVAREZ CLAUDIA SILVIA sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 10981441 ALVAREZ JORGE OSCAR sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 26048379 ALVAREZ PAOLA CARLA LORENA sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 6061033 ALVAREZ ROBERTO FERNANDO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 94018463 ALVAREZ SARRIA MAURICIO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 26943017 ALVARRACIN CRISTIAN LEONARDO sobre REVOLVER calibre .38 PLG LE 6140445 ALVIGINI JORGE RAUL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 92359646 AMADIO GIAN LUCA sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 18362256 AMADO EDUARDO DANIEL sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 17388010 AMARILLA MIGUEL ANGEL sobre REVOLVER calibre .22 PLG DNI 29424061 AMARILLO ENRIQUE ALEJANDRO sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 33268452 AMATTO CARLOS ANDRES sobre CARABINA calibre .308 PLG DNI 33268452 AMATTO CARLOS ANDRES sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 28441562 AMESTOY LEONEL ADOLFO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 25572353 AMIONE ESTEBAN UBALDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 31584422 ANDRACA MATIAS GUSTAVO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 94129208 ANGEL ARIZABALETA JUAN MANUEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 27088709 ANGELONI IGNACIO RAUL sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 11604984 ANTAR HECTOR OSCAR sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 30548769 APARICIO MAZA FANNY DANIELA sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 17613556 APAS ISMAEL HUMBERTO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 17747250 APERTILE JUAN DOMINGO sobre CARABINA calibre .308 PLG DNI 31913750 AQUINO SERGIO GUSTAVO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 27218427 AQUINO SOLEDAD IRENE sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 17040720 ARAMAYO GUSTAVO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 14579602 ARAYA MARIO NORBERTO sobre FUSIL calibre .300 PLG DNI 28295720 ARCE NATALIA MARCELA SOLEDAD sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 11680748 ARCOS CARLOS BERNARDINO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 17052329 AREVALOS OMAR ALCIDES sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 25242109 ARGUELLO ALEJANDRO AGUSTIN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 26176151 ARGUELLO CARLOS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 21919579 ARIAS ADRIAN ANDRES sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 18274089 ARIAS ARTESI FERNANDO GABRIEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 24146832 ARIAS TOMAS JAVIER sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 12598858 ARISMENDI JUAN FRANCISCO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 26900454 ARISTIZABAL GONZALO sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 20934652 AROCA CLAUDIO ANIBAL sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 26305622 ARTIGAS CASTELLANO ANDRES C. sobre ESCOPETA calibre 12 UAB LE 6067536 ABBONIZIO HUGO VALENTIN sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 13847594 ASCARATE RICARDO JUAN sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 22073843 ABIB CESAR CAMEL KARIN sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 11302208 ASPITIA JUAN DOMINGO sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 14480436 ABRAHAM CAMEL EDUARDO sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 20597849 ATIENZA IGNACIO ARMANDO sobre PISTOLA calibre .22 PLG Primera Sección Viernes 14 de noviembre de 2014 Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego BOLETIN OFICIAL Nº 33.011 Documento Denominación 17 Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego DNI 25202290 AVALOS AGUSTIN ELISEO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 20493679 BONAVENTURA CLAUDIO JORGE sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 23174117 AVELLANEDA ALFREDO ALBERTO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 26389519 BONDAREW PABLO GERMAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 36358878 AVILA ALEJANDRO SEBASTIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 11877632 BONGIOVANNI CARLOS ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 32493516 AZAÑA PABLO FERNANDO sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 27535665 BONGIOVANNI JUAN MANUEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 17563060 AZCURRA MARIO ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 11293637 BONIFORTI CARLOS ALBERTO sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 12268543 BACHE ROMON DEL CARMEN sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 30772755 BONORA ESTEBAN JEREMIAS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 34891995 BAEZ RICARDO FERNANDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 24572299 BORATTI ALBERTO ANDRES sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 30936149 BAHAMONDE CRISTIAN ENRIQUE sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 13046173 BORDON AGRIPINO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 26582598 BAIGORRIA JUAN MANUEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 28849353 BORGHI JAVIER SANTIAGO sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 30702431 BAIZ JONATHAN GUILLERMO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 28849353 BORGHI JAVIER SANTIAGO sobre CARABINA calibre .45 PLG DNI 16787177 BALBUENA EMILIANO EDGARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 14930096 BORZONE RUBEN ANTONIO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 33809661 BALDAN MARTIN ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 26311573 BOSCH MADARIAGA GONZALO sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 18257874 BALDASSINI EDGARDO ANIBAL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 31860681 BOSCHIERO NICOLAS MARTIN sobre ESCOPETA calibre 20 UAB DNI 30747743 BALDO EMANUEL ANIBAL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 12330391 BOSCO HUGO FRANCISCO A. sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 27559503 BALEANI LUCIANO ANDRES sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 12330391 BOSCO HUGO FRANCISCO A. sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 27559503 BALEANI LUCIANO ANDRES sobre CARABINA calibre .30-06 PLG DNI 26795943 BOSIO JUAN PABLO sobre FUSIL calibre .223 PLG DNI 93870131 BALLERINI DOMINGO ANTONIO sobre ESCOPETA calibre 20 UAB LE 6440677 BOSSI OSVALDO VICTOR sobre FUSIL calibre .45-90 PLG DNI 22087503 BALLESTER MARCELO DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 37937414 BOTO FEDERICO RICARDO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 31741186 BALLIANI OSCAR SEBASTIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 16716177 BOUNOUS EMILIO HUMBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 13031582 BALOSTRO MARCELO HELVIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 27552814 BRAMBILLA CESAR LUIS sobre ESCOPETA calibre 28 UAB DNI 18405414 BALZARINI GUSTAVO NESTOR sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 22303861 BRANDAN PEDRO MARTIN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 12883650 BANCHIO CARLOS MARCELO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 18322258 BRANDANA JOSE ALBERTO sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 12635310 BANEGAS MARIO ALBERTO sobre CARABINA calibre .30-06 PLG DNI 13198903 BRESSAN LUIS ALBERTO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 8519009 BARDANCA OSVALDO PABLO sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 22133231 BRIENZA ANTONIO EMILIO sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 31587099 BARQUIN ROQUE DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 29175578 BRITO ROQUE EZEQUIEL TADEO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 23553998 BARRANDEGUY ALEJANDRO DAMIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 28070413 BROOKS ADRIAN ENRIQUE sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 27315224 BARREIRO GUILLERMO RUBEN sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 27953934 BRUCCINI JUAN MANUEL sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 35400403 BARREIRO GUSTAVO EMILIANO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 93579703 BRUEGGER DAVID ROBERT sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 16786668 BARRIO HUGO RUBEN sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 25329171 BRUN GASTON MATIAS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 93610412 BARRIOS CLAUDIO CESAR sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 25329171 BRUN GASTON MATIAS sobre FUSIL calibre .22 PLG DNI 29076111 BARTOLOME SAAVEDRA JUAN JOSE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 17330713 BRUNETTA JUAN CARLOS sobre ESCOPETA calibre 20 UAB DNI 25768058 BARTOMIOLI DIEGO DAVID sobre CARABINA calibre .308 PLG DNI 17330713 BRUNETTA JUAN CARLOS sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 27495992 BARTULOVICH ADRIAN MARIA sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 36795239 BRUNO MARTIN RAMON sobre CARABINA calibre .30-06 PLG DNI 20043113 BARZAGHI LUIS MARIA sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 23114693 BRUNT RICARDO LUIS sobre FUSIL calibre .22-250 PLG DNI 17225689 BASALDUA MARCELO JORGE sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 34320259 BRUSSOLO MARTIN DAMIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 28023124 BASSAN LUCAS NATALIO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 12230184 BUCHMANN CARLOS ENRIQUE sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 25797523 BASSO SERGIO HERNAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 34876008 BULACIO MATIAS EXEQUIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 17690934 BASTOS FERNANDO JOAQUIN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 11568453 BURGOS CESAR REINALDO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 22771029 BATTAGINI CARLOS MARTIN sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 23880015 BURGOS HOMERO MARTIN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 12549597 BATTISTELLA PEDRO DOMINGO sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 26502877 BURKI PABLO GERMAN sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 17881476 BATTISTINA JUAN DANTE sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 30450995 BUSTAMANTE JUAN MANUEL sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 36857356 BATURA MARIO RENZO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 33518012 BUSTAMANTE LUIS HUMBERTO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 23205382 BELGRANO JOAQUIN GUSTAVO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 24426475 BUSTOS MARTIN EDUARDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 29100958 BELTRANO SERGIO AUGUSTO sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 14125794 BUTTIGLIERO MARIO DANIEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 13682173 BELUATTI GUSTAVO sobre REVOLVER calibre .22 PLG DNI 93536857 CABALLERO BASILIS sobre REVOLVER calibre .32 PLG DNI 24979369 BENEVENTO FERNANDO GABRIEL sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 23445967 CABALLERO RICARDO ARTURO IRENEO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 31982816 BENGOECHEA LAURA CRISTINA sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 32201920 CABEZON EDGARDO AUGUSTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 20754092 BENITEZ EGIDIO DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 20525786 CABRAL ALFREDO EULALIO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 18250050 BENITEZ GUSTAVO JAVIER sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 21364764 CABRAL SERGIO RAUL sobre ESCOPETA calibre 20 UAB DNI 29430072 BENITO RICARDO JUAN sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 24949311 CABRERA ADRIAN ALEJANDRO sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 25694528 BENITTI HUGO DANIEL sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 24949311 CABRERA ADRIAN ALEJANDRO sobre REVOLVER calibre .22 PLG DNI 30278811 BERARD PABLO sobre CARABINA calibre .308 PLG DNI 25304906 CABRERA DIEGO RODOLFO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 30278811 BERARD PABLO sobre CARABINA calibre 7,65x54 MM DNI 35289144 CABRERA FACUNDO ESTEBAN sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 20283874 BERARDO OSVALDO DANIEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 31405173 CABRERA HUGO ARIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 31862846 BERDALA CARLOS DAVID sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 14705955 CABRERA MANUEL VICENTE sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 12963813 BERGER NOEMI MARIA sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 30178431 CABRERA MARCELO JAVIER sobre FUSIL calibre .223 PLG DNI 14600802 BERMEJO MARIO ERNESTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 26693008 CACERES ALDO FRANCISCO sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 24005748 BERNARD JOSE ANTONIO sobre ESCOPETA calibre 20 UAB DNI 27469703 CAFFARO ROBERTO CARLOS sobre FUSIL calibre .300 PLG DNI 26204229 BERNIS GERARDO ENRIQUE sobre FUSIL calibre .375 PLG DNI 27304889 CAFFERTA JOSE RAFAEL sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 23665123 BERON MARTIN ALEJANDRO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 23617683 CAGNOLI NESTOR HERNAN sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 28688470 BERRA PABLO GABRIEL V. sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 32268495 CALCATERRA JUAN MANUEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 31982158 BERROCOSO SEBASTIAN PABLO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 12740569 CALDERON CESAR RAUL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 13140193 BERSANO HECTOR HORACIO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 12609241 CALDERON DARDO JUAN sobre CARABINA calibre .30-30 PLG DNI 21969131 BERTAGNOLIO FERNANDO ERNESTO sobre FUSIL calibre .308 PLG DNI 23769950 CALI HORACIO FELIPE sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 31505797 BERTINI LUQUE JOSE RAUL sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 13920747 CALLIGARIS EDUARDO MARCOS sobre ESCOPETA calibre 20 UAB DNI 10951411 BERTOLAMI JUAN CARLOS sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 22748469 CAMPI ALEJANDRO CARLOS sobre FUSIL calibre .30-06 PLG DNI 10951411 BERTOLAMI JUAN CARLOS sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 22756289 CAMPOLO DIEGO IGNACIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 26205515 BERTOLINI ADALBERTO DAVID sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 28908006 CAMPORA DANIEL FERNANDO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 34166379 BERTOTTI MAXIMILIANO DANIEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 20411060 CAMPOS CARLOS SEBASTIAN sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 12700107 BERTOTTI NESTOR DANIEL sobre CARABINA calibre .30-06 PLG DNI 25923643 CAMPOS DANIEL MARCELO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 28054441 BERUTTI FERNANDO FRANCISCO sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 27717285 CAMPOS JESUS JUAN CARLOS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 35535472 BESSONART JUAN NAHUEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 23320546 CAMPOS SERGIO RAFAEL sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 29068499 BIAGI BERNARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 28954834 CAMPOS VANESA ROCIO DEL CIELO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 7823083 BIANCHETTI MARIO FIDEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 29375289 CANALE OSCAR ALFREDO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 25328947 BIANCHI CARLOS ARIEL sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 5051603 CANCELLERI JOSE DANIEL sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 23238988 BICHARA RISSO PATRON MARTIN GUILLERMO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 17505719 CANE GONZALO sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 33769977 BILBAO BERMUDEZ ANDRES JORGE sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 30805204 CANEPA JUAN MARTIN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 22075145 BILICIC RICARDO DANIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 17250381 CAÑETE CAYETANO ESTEBAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 21115473 BIONDELLI MARCELO ALBERTO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 28172211 CAÑON PABLO ANDRES sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 8607067 BIONDI MARIO sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 7363468 CANONE RODOLFO ANIBAL sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 22687555 BIOTTI RUBEN MARCELO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 29720686 CANTERO CARLA SABRINA sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 35386451 BISCAY IÑAKI sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 7597281 CANTO JUAN CARLOS sobre FUSIL calibre .300 PLG DNI 13567001 BLANCO JUAN CARLOS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 12924627 CAPORALIN OMAR DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 37421504 BLANCO LAZO JOSE ESTANISLO U. sobre CARABINA calibre .308 PLG DNI 24541255 CAPORALINI GUSTAVO DARIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 27879983 BLASCO JULIO CESAR sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 22591602 CAPRARULO PABLO DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 33982440 BLGLIERI FEDERICO DANIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 24265816 CARABAJAL RUBEN HORACIO sobre ESCOPETA calibre 32 UAB DNI 7703716 BOCCHINO EDUARDO ALBERTO sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 32988798 CARABALL DAMIAN ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 21627841 BOLLATI PEDRO ANGEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 11293948 CARCA GUSTAVO LUIS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 11871869 BONACCI DANIEL ALBERTO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 11293948 CARCA GUSTAVO LUIS sobre CARABINA calibre .44-40 PLG DNI 17487193 BONACHERA GUSTAVO WALTER HUGO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 11293948 CARCA GUSTAVO LUIS sobre CARABINA calibre .22 PLG Primera Sección Viernes 14 de noviembre de 2014 Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego BOLETIN OFICIAL Nº 33.011 Documento Denominación 18 Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego DNI 11293948 CARCA GUSTAVO LUIS sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 12573029 COVAS MARIO HECTOR sobre PISTOLA calibre 7,65 MM DNI 27955062 CARDETTI PABLO FERNANDO sobre FUSIL calibre .300 PLG DNI 12195585 COVELLO CARLOS OSCAR sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 31195743 CARDOSO ALDO GABRIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 32367734 CRABBE PAEZ MARIO GUILLERMO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 6448920 CAREGLIO JUAN JOSE sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 23232594 CRIVARO DARIO VICENTE sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 7709363 CARLINI JOSE DOMINGO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 16357506 CROSETTO ANTONIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 32773827 CARMONA DIEGO EDUARDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 13634327 CUADRADO CARLOS DANIEL sobre ESCOPETA calibre 28 UAB DNI 20233821 CARNEVALI MIGUEL ANGEL sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 6649668 CUCCHIETTI ALDO OMAR sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 28669915 CARREIRA CANDIA ROBERTO ESTEBAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 4974980 CUCHI ROBERTO ENRIQUE sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 26386870 CARRERA SERGIO GABRIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 21416329 CUELLO PABLO DANIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 10765173 CARRILLO JUAN CARLOS sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 20095585 CUGNASCO PABLO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 35786057 CARRIZO GASTON EZEQUIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 26329443 CURCHO CADAHIA PABLO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 18144249 CARRO WALTER DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 6444401 CURIOTTI ALCIDES OMAR sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 21832837 CARUSO CLAUDIO OSVALDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 16444573 CZUMADEWSKI GABRIEL ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 26200924 CASASCO MARTIN ALBERTO sobre CARABINA calibre .308 PLG DNI 10939322 D´ABRAMO HORACIO RUBEN sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 33509348 CASSANI DIEGO JOAQUIN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 29324778 DALL'OSSO GONZALO ESTANISLAO sobre REVOLVER calibre .22 PLG DNI 17855283 CASTAGNO ANGEL JAVIER sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 18272798 DAMONTE JORGE DANIEL sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 17855283 CASTAGNO ANGEL JAVIER sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 4443633 DAPUETTO OSVALDO EUGENIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 34692976 CASTANO BRUNO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 13245272 DE ANGELIS HORACIO OSVALDO sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 30263011 CASTAÑO CARLOS ROMAN sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 22842828 DE BERNARDIS HECTOR OSCAR sobre REVOLVER calibre .22 PLG DNI 33998021 CASTILLO DIEGO NOE sobre FUSIL calibre .22 PLG DNI 4634544 DE CLEMENTE HECTOR RUBEN sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 16160136 CASTILLO LUIS ALBERTO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 8325195 DE LA RETA FRANCISCO DANTE sobre REVOLVER calibre .32 PLG DNI 13684204 CASTILLO MARIA DEL CARMEN sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 31108487 DE LA ROSA ISMAEL sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 13921141 CASTRO CARLOS RUBEN sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 18135264 DE LANDABURU FEDERICO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 14353099 CATALAN CARLOS ENRIQUE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 16755228 DE LUCA SALVADOR DANTE sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 25685649 CATAN RIVERO RAMON EDUARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 13620325 DE LUCIA RUBEN ALFREDO sobre CARABINA calibre .44 PLG DNI 22809180 CATONI JAVIER sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 10939543 DE ROSE FRANCISCO sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 22809180 CATONI JAVIER sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 4383072 DE VIRGILIO RODOLFO EDUARDO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 25448508 CAZON ISABEL BALBINA sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 20075856 DEFRANCESCHI MARIO JUAN sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 25381336 CAZON LUCIANO FERNANDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 24264453 DEGREGORI HERNAN DARIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 20144601 CEAGLIO PABLO HERNAN RAMON sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 29547364 DEHAIS SEGOVIA RAUL ROGELIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 23732470 CECATI ANDRES GUILLERMO sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 33655275 DEL BROCCO MARTIN ADRIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 27746530 CEDRON ERNESTO MARTIN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 12837330 DEL LLANO RAUL ALBERTO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 7681149 CELLENZA JUAN CARLOS sobre REVOLVER calibre .32 PLG DNI 6907544 DEL POPOLO MARIO ERNESTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 7681149 CELLENZA JUAN CARLOS sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 32149096 DEL RIO MATIAS sobre CARABINA calibre .357 PLG DNI 7681149 CELLENZA JUAN CARLOS sobre PISTOLON calibre 32 UAB DNI 33971999 DEL SUELDO FACUNDO JAVIER sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 26668935 CEÑAL NICOLAS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 28383536 DEL TURCO DARIO DANIEL sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 23850161 CENTURION CESAR ULISES sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 27486753 DELGADILLO ALEJANDRO GUSTAVO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 33839808 CENTURION JUAN PABLO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 23790836 DELGADO HERNAN JAVIER sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 33779924 CEREZO GUSTAVO sobre FUSIL calibre .22 PLG DNI 23790836 DELGADO HERNAN JAVIER sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 28639747 CERINO NESTOR GUILLERMO DEL VALLE sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 22516756 DELGADO RAMON ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 12332128 CERRI JUAN CARLOS sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 10620921 DELLA SAVIA ALFREDO L. sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 12332128 CERRI JUAN CARLOS sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 24357923 DELLA VEDOVA ALEJANDRO ENRIQUE sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 5939333 CERRUDO FELICIANO JACINTO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 22739967 DEMCZUK MARIANO ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 20222488 CERVANTES FATIMA SUSANA sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 22899498 DERISI SANTIAGO ALBERTO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 26465539 CES CHRISTIAN DANIEL sobre PISTOLA calibre .40 PLG LE 4299574 DEVERRE MARCELO JOSE sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 12940513 CHABAGNO RICARDO PEDRO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 32202812 DI BACCO RODOLFO JOSE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 25086043 CHACON JUAN CARLOS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 32202812 DI BACCO RODOLFO JOSE sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 8072015 CHALAMAN ROBERTO VENTURA sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 93486457 DI GISI SILVIO sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 26301774 CHALI GUSTAVO HERNAN sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 29592337 DI LUCIANO FRANCISCO JAVIER sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 16015169 CHALUB JORGE ALEJANDRO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 17579790 DI MATTEO FERNANDO M. sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 33318438 CHAMORRO HECTOR HUGO sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 32286255 DI NARDO WALTER MIGUEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 95295360 CHEN XIUYING sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 31820650 DI PALMA GASTON ANGEL A. sobre FUSIL calibre .30-06 PLG DNI 95295360 CHEN XIUYING sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 20409114 DI PAOLO SERGIO FERNANDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 94014845 CHENG ZHANGJIN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 22800633 DIAZ GUSTAVO ENRIQUE sobre CARABINA calibre .308 PLG DNI 6872189 CHESI MARIO LUIS sobre FUSIL calibre .300 PLG DNI 35814285 DIAZ LEONARDO CARLOS ALBERTO sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 10200043 CHIARAVALLE MARTIN AMBROSIO sobre FUSIL calibre .44 PLG DNI 14683645 DIAZ MARTIN ANTONIO sobre FUSIL calibre .22 PLG DNI 37135818 CHOQUE FRANKLIN sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 18330926 DIAZ NESTOR ALEJANDRO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 92351800 CHOW HECTOR HORACIO sobre FUSIL calibre .22 PLG DNI 33816492 DIAZ SALTO ANGEL ALFREDO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 92351800 CHOW HECTOR HORACIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 32497280 DIAZ WALTER OMAR sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 7573290 CHRESTIA VICENTE LUIS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 22921302 DIPIRAMO MARIA PAULA sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 18548496 CHUNFLIN GUSTAVO FERNANDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 13387122 DISTEFANO JUAN JOSE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 7877321 CIAN HECTOR EVARISTO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 17831746 DISTEFANO RAUL JAVIER sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 14410078 CICCIO MARIA ROSA sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 16501557 DOLENZ LUIS HORACIO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 32096305 CICHITTI ARIEL SEBASTIAN sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 28519822 DONATINI LEONEL BRUNO sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 10778102 CILLIS NESTOR DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 28519822 DONATINI LEONEL BRUNO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 23406485 CINAT CARLOS OSCAR sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 16599796 DONVITO JORGE PABLO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 23406485 CINAT CARLOS OSCAR sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 26472878 DORE MARIO ANDRES sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 26228879 CIPOLLA JOSE LUIS sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 25249967 DUARTE FERNANDO GABRIEL sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 26228879 CIPOLLA JOSE LUIS sobre REVOLVER calibre .22 PLG DNI 22778636 DUARTE JORGE ALBERTO sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 18394486 CLEMENTE PABLO MARTIN sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 24121151 DUARTE SERGIO AGUSTIN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 25136705 COLELLA CRISTIAN DANIEL sobre CARABINA calibre .270 PLG DNI 30513539 DUBRAVKA GASTON FRANCISCO sobre CARABINA calibre .30-06 PLG DNI 29895471 COLMAN NELSON MARIANO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 24421750 DURAN HERNAN ANIBAL sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 29895471 COLMAN NELSON MARIANO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 13125264 DURAN NORA JUANA sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 31246327 COLOMBO JUAN PABLO sobre ESCOPETA calibre 36 UAB DNI 18178948 DURSI GUSTAVO ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 26830854 COLOMBO SILVIO JESUS sobre CARABINA calibre .308 PLG DNI 14743126 EBERHARDT ALBERTO ROMILO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 26182456 COLQUE PEDRO ANIBAL sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 14743126 EBERHARDT ALBERTO ROMILO sobre ESCOPETA calibre 28 UAB DNI 17231619 COMPARATORE ALFIO sobre PISTOLA calibre 6,35 MM DNI 13307240 ECHARTE DANIEL EDUARDO sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 22079388 CONCHA DIEGO GUSTAVO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 25391910 ECHEGARAY CRISTIAN ALEJANDRO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 17753307 CONDE GONZALEZ LUIS ARMANDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 24786217 EFFLING SERGIO JAVIER sobre CARABINA calibre .30-06 PLG DNI 18831670 CONDORI CHIPANA WILLEBAL JESUS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 22370752 EL CHEIXH GUSTAVO ANICETO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 26721116 CONFORTI HERNAN DARIO sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 23140781 ELIAS JULIO MIGUEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 33859613 CORDOBA ALEXIS RENE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 13910157 ENCINA MAURICIO ERNESTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 30318082 CORDOBA SILVINA MARISEL sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 24434587 ENRIQUE FERNANDO GUILLERMO DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 30318082 CORDOBA SILVINA MARISEL sobre FUSIL calibre .22 PLG DNI 24434587 ENRIQUE FERNANDO GUILLERMO DANIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 14457474 CORONEL CLAUDIO MARCELO sobre REVOLVER calibre .32 PLG DNI 31293237 ERMÁCORA CLAUDIO GASTON sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 22723284 CORSO SEBASTIAN sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 13411859 ERUSALIMSKY ROBERTO JAIME sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 32439280 CORTEZ EZEQUIEL MATIAS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 20447872 ESCALANTE MARIO ALBERTO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 18218089 CORTI HUGO RAUL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 24186368 ESCOBAR ANDRES HECTOR sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 18218089 CORTI HUGO RAUL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 29983973 ESCOBAR CARLOS MARTIN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 25134395 COSTANZI FRANCISCO MARTIN sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 12130044 ESCOBAR LUIS MARIA sobre PISTOLA calibre 9 MM Primera Sección Viernes 14 de noviembre de 2014 Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego BOLETIN OFICIAL Nº 33.011 Documento Denominación 19 Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego DNI 24422862 ESCOBAR VICTOR HUGO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 28140872 GHIGLIONE JUAN MANUEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 94320898 ESPINOLA AVALOS WILSON OSMAR sobre REVOLVER calibre .22 PLG DNI 16890840 GIACOMELLI DANIEL HORACIO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 29760260 ESPINOSA JORGE ALEJANDRO sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 34081777 GIACOMI JUAN CRUZ sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 8398661 ESPONDA RUBEN CARLOS sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 30037994 GIANNINI LUCAS ARIEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 30676091 ESTEVEZ CRISTIAN EMILIANO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 30977772 GIAVARESCO PABLO JESUS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 18483560 EXENI RAMON CLAUDIO sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 13137086 GIETS LEOPOLDO JOSE sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 25918734 EXPOSITO LAZARO MANUEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB LE 8627530 GIFOLI ALEJANDRO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 33567188 FABREGA LEONEL ENRIQUE sobre CARABINA calibre .308 PLG DNI 26781892 GILBERT JORGE ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 5946509 FACTTOR ATILIO RAMON sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 36335590 GIMENEZ EZEQUIEL FRANCISCO sobre CARABINA calibre .30-06 PLG DNI 14086130 FALCON ARMANDO RAMON sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 29698638 GIORDANO JUAN MANUEL sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 25156897 FALDETTA HECTOR LEONARDO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 24588822 GIRARDI MATIAS ENRIQUE sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 28557406 FANTINI ANIBAL NICOLAS sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 8485857 GIROLIMETTO MARCELO RODOLFO sobre REVOLVER calibre .22 PLG DNI 27171422 FARAH MARTIN ARIEL sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 23770552 GIUDICE DANIEL ALEJANDRO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 27171422 FARAH MARTIN ARIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 6176158 GIULIANO OSCAR FELIX sobre PISTOLA calibre 7,65 MM DNI 16747588 FARAO DANIEL ALEJANDRO sobre REVOLVER calibre .22 PLG DNI 29338367 GODOY CARLOS MARCELO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 23537195 FARIA ALFREDO ARIEL sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 10550799 GODOY DAVID OSCAR sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 10969410 FARIAS RAMON ALBERTO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 16406240 GODOY EDGARDO RUBEN sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 94478474 FARIÑA RAMOS GUSTAVO RAMON sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 13612084 GODOY GUSTAVO ADOLFO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 27061263 FEIJOO IVAN JAVIER sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 23250009 GOLDSTEIN CARLOS GUILLERMO sobre REVOLVER calibre .45 PLG DNI 32777459 FELICIANO HUGO FEDERICO sobre CARABINA calibre .308 PLG DNI 27884210 GOMES DA SILVA JUAN MANUEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 24497399 FERNANDEZ CARLOS ARIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 14937230 GOMEZ ADRIAN sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 24769701 FERNANDEZ CHRISTIAN ARIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 16871102 GOMEZ ANTONIO JORGE sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 24769701 FERNANDEZ CHRISTIAN ARIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 24923513 GOMEZ ARIEL JOSE sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 17408556 FERNANDEZ CLAUDIO ADRIAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 26505336 GOMEZ DAVID ROGELIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 18221715 FERNANDEZ DANIEL ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 27594427 GOMEZ DECORT JOSE SILVANO sobre FUSIL calibre .300 PLG DNI 17981569 FERNANDEZ ESQUIAGA HECTOR GUSTAVO sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 13557526 GOMEZ JORGE NICOLAS sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 25221477 FERNANDEZ GUSTAVO ADOLFO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 31796343 GOMEZ JOSE LUIS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 24170872 FERNANDEZ HORACIO JAVIER sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 29586586 GOMEZ JULIO CESAR sobre CARABINA calibre .308 PLG DNI 14126826 FERNANDEZ JOSE ANGEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 36846430 GOMEZ LEANDRO RICARDO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 7802655 FERNANDEZ RODOLFO JESUS sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 4809145 GOMEZ MARIO AMADEO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 31723456 FERRARI ALEJANDRO ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 26321511 GOMEZ MARIO HERNAN sobre FUSIL calibre .223 PLG DNI 13692991 FERRARI JUAN JOSE sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 93749482 GOMEZ PARDO JOSE NESTOR sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 17026131 FERRARO ALBERTO PEDRO sobre FUSIL calibre .30-06 PLG DNI 14465389 GOMEZ SERGIO GUILLERMO sobre REVOLVER calibre .44 PLG DNI 30409455 FERREIRA TAMARA GISELLE sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 11869070 GONCHAREVICH JORGE ANDRES sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 11766980 FERREYRA JOSE ALBERTO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 24349876 GOÑI GASTON sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 33713038 FERRIN GERMAN GUSTAVO sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 26460441 GONZALEZ ANDRES RENE sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 17926245 FIGUEROA ANGEL CLEMENTE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 33145722 GONZALEZ DARIO FABIAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 92436232 FIGUEROA SCAMARONE JOSE ALEJANDRO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 17656979 GONZALEZ EDGAR OSVALDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 11808423 FIORINI CARLOS JOSE sobre CARABINA calibre .38 PLG DNI 28863481 GONZALEZ EDUARDO RUBEN sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 11808423 FIORINI CARLOS JOSE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 14485918 GONZALEZ ENRIQUE JORGE sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 10562483 FLIESS GERMAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 26800055 GONZALEZ HANNA DIEGO ALEJANDRO sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 7746416 FLORES GUILLERMO ESTEBAN sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 21807293 GONZALEZ JORGE ALBERTO sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 33870797 FLORES MARCO ANDRES sobre CARABINA calibre .357 PLG DNI 18561033 GONZALEZ JULIAN LUIS sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 22068820 FLUXA GUSTAVO MIGUEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 17526176 GONZALEZ LEONARDO MIGUEL A. sobre REVOLVER calibre .22 PLG DNI 30706023 FOLMER SEBASTIAN FACUNDO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 27132227 GONZALEZ MARIO ALBERTO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 30489544 FONTANETTO MARTIN IGNACIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 24118903 GONZALEZ MAURICIO ANDRES sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 24569062 FORASIEPI JORGE DAVID sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 23256716 GONZALEZ MAXIMILIANO GUSTAVO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 33712599 FORCINITI IGNACIO DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 14909046 GONZALEZ MIGUEL JULIAN sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 30096259 FORNERO EDGAR GUSTAVO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 13842715 GONZALEZ OSCAR BENITO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 34476373 FRANCHINA HERNAN sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 28575817 GONZALEZ PABLO RAUL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 11013229 FRANCO ADRIANO ANTONIO sobre ESCOPETA calibre 20 UAB DNI 21026423 GONZALEZ ROBERTO RAUL sobre FUSIL calibre .30-06 PLG DNI 31537466 FRANCO CRISTIAN MIGUEL sobre ARMA LARGA COMB. calibre .308 PLG DNI 23493221 GONZALEZ RODOLFO ALEJANDRO sobre ESCOPETA calibre 20 UAB DNI 29682102 FRANKIEWICZ PABLO DANIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 20871112 GORDILLO FELIX ENRIQUE sobre CARABINA calibre .357 PLG DNI 31233057 FRASE FRANCO EMANUEL SIMON sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 24098339 GRAMAJO ANDRES DANIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 26888350 FREYRE GUSTAVO DANIEL sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 8519211 GRANDAL AGUSTIN FERNANDO sobre FUSIL calibre .308 PLG DNI 23232272 FRIAS CARLOS DAVID sobre CARABINA calibre .308 PLG DNI 94614876 GRANIER MICHEL JOSEPH sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 23535647 FRUTOS ALEJANDRO AGUSTIN sobre CARABINA calibre .44 PLG DNI 22641981 GRASSO GUSTAVO JOSE sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 32882140 FUHMAN FEDERICO IVAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 25182431 GRECO GERARDO ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 17730068 GAFFURI LEANDRO CARLOS sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 25182431 GRECO GERARDO ALBERTO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 26225790 GAGO LEONARDO GASTON sobre FUSIL calibre .22 PLG DNI 21716339 GREEN LESLIE ESTEBAN sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 23651817 GAIDO RODOLFO ALBERTO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 33248742 GREGORIO CRISTIAN CESAR sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 26879733 GALAN DAVID ANDRES sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 35465828 GRIGOLATTO MAURO CESAR sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 23829565 GALARZA DIEGO SEBASTIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 33562241 GUACONE MARTIN EMANUEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 21569096 GALASSO RODOLFO VICTOR sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 32772572 GUALTIERI DIEGO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 18181546 GALIANO LUIS OSCAR sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 29790808 GUDIÑO DARIO JOSE sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 16808859 GALLO HUGO VICTORINO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 22061550 GÜERINI DAVID ALFREDO sobre ARMA LARGA COMB. calibre .308 PLG DNI 29793218 GALLUZI NICOLAS ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 17475725 GUERRA CESAR ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 17696686 GALVEZ LUIS ENRIQUE sobre CARABINA calibre .223 PLG DNI 17475725 GUERRA CESAR ALEJANDRO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 17639385 GAMBOA JAVIER CESAR sobre REVOLVER calibre .32 PLG DNI 17475725 GUERRA CESAR ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 23234434 GANINN JUAN DOMINGO sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 13242500 GUERRA JUAN sobre ARMA LARGA COMB. calibre .308 PLG DNI 94087533 GAO XIAOXI sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 31235867 GUERRERO RAUL EDUARDO sobre FUSIL calibre .308 PLG DNI 20658942 GARAVAGLIA MARIANO FELIX sobre FUSIL calibre .22 PLG DNI 29394599 GUERRICO MARTIN MARIA sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 32460514 GARCIA CRISTIAN ESTEBAN sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 35622525 GUEVARA MARCOS DAMIAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 30515279 GARCIA GONZALO GABRIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 29216481 GUIDI MAURICIO DAMIAN sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 8011467 GARCIA HECTOR GABRIEL sobre PISTOLA calibre 6,35 MM DNI 11007632 GUILLEN JUAN MANUEL RAFAEL sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 14441593 GARCIA JUAN CARLOS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 12806213 GULLO DANTE DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 24703889 GARCIA LUIS GUILLERMO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 20091220 GURMAN EDGARDO SAUL sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 7003731 GARCIA MANUEL RAMON sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 22878701 GUTIERREZ CARRILLO JORGE A. sobre FUSIL calibre .223 PLG DNI 26445530 GARCIA MATARRESE RAUL HUMBERTO sobre REVOLVER calibre .32 PLG DNI 33168031 GUTIERREZ GASTON GABRIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 13033270 GARCIA RAMON ANTONIO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 29916903 GUTIERREZ JUAN PABLO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 25502248 GARCIA VICTOR HUGO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 21343645 GUTIERREZ MAURICIO FABIAN sobre ARMA LARGA COMB. calibre .22 PLG DNI 14661887 GARCILAZO JORGE LUIS sobre REVOLVER calibre .22 PLG DNI 94129543 GUTIERREZ VILLA RICARDO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 22829695 GARELLO FLAVIO DAVID sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 8357282 HAFFNER FERNANDO ALFREDO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 17600160 GARNERO ALBERTO JOSE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 13409331 HECKER MARCELO DARIO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 18872483 GARRIDO LEGUE VICTOR FERNANDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 13375963 HENGEN ARIEL JORGE sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 20392835 GASTAMINZA CLAUDIO GABRIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 14667146 HENN EDGARDO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 34763133 GATTARI NAVARRO JESUS ALBERTO sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 25062603 HENRIQUEZ BETANCOR JUAN ANGEL sobre CARABINA calibre .17 PLG DNI 16464280 GEMELLI ADRIAN CARLOS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 36627970 HENRIQUEZ JONATAN ANDRES sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 24738140 GENZELIS ENRIQUE ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 12318341 HERAS JOSE EDUARDO sobre PISTOLON calibre 36 UAB DNI 32092902 GERIKA MARCOS ERASMO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 11239955 HEREDIA JUAN ROBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB Primera Sección Viernes 14 de noviembre de 2014 Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego BOLETIN OFICIAL Nº 33.011 Documento Denominación 20 Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego DNI 23276629 HERMIDA GASTON sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 93334065 LLAMBI PABLO sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 29100982 HERNANDEZ MARCOS ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 28216221 LO TARTARO WALTER NICODEMO sobre CARABINA calibre .44 PLG DNI 35355206 HERNANDEZ NICOLAS EMANUEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 24255776 LOBOS JUAN CARLOS sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 14064085 HERRERA CARLOS HECTOR sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 33697906 LOMBARDO RAUL FERNANDO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 29447838 HERRERA LUIS ALEJANDRO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 25668569 LOPEZ ANDRES SALVADOR sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 26488127 HILGEMBERG MARCELO JAVIER sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 17326372 LOPEZ ANTONIO SALVADOR sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 16803180 HIZA WALTER FABIAN sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 34482224 LOPEZ CARLOS JAVIER sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 26450213 HOLZMANS GERARDO AGUSTIN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 23360577 LOPEZ CHRISTIAN ALFREDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 18860955 HONG LIANG sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 94705418 LOPEZ FLORES JUAN EDUARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 94764420 HUANG MINSONG sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 5498297 LOPEZ GUILLERMO BERNARDO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 20986505 HUCHAN RICARDO GABRIEL sobre REVOLVER calibre .32 PLG DNI 16941485 LOPEZ JAVIER sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 23574081 HUERTA DIEGO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 22510694 LOPEZ JAVIER ANTONIO sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 22597941 IACOPINI JORGE MAURICIO sobre PISTOLON calibre 32 UAB DNI 28916355 LOPEZ JUAN MANUEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 30947220 IAZURLO LEANDRO MIGUEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 33810512 LOPEZ PABLO SANTIAGO sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 26430641 IBAÑEZ CARLOS ANTONIO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 13339846 LOPEZ SERGIO ROBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 21337177 IBAÑEZ JUAN MIGUEL sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 2965668 LOVAGNINI OMAR ENRIQUE sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 28502116 IBAÑEZ SEBASTIAN MATIAS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 6257769 LOZA RODOLFO NEMESIO sobre REVOLVER calibre .22 PLG DNI 28502116 IBAÑEZ SEBASTIAN MATIAS sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 32389795 LOZA ZAPATA SERGIO RAFAEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 24936729 IBARRA GERARDO DAMIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 27767570 LUCCHETTI FEDERICO GASTON sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 12549463 IBARRA REINALDO GABRIEL sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 8301291 LUCCHINI RICARDO ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 23626227 IGLESIAS GABRIEL LEONARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 25079140 LUCERO JULIO ARIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 17806042 IGLESIAS NORBERTO DANIEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 25681345 LUCERO MAXIMILIANO DAMIAN sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 30688686 IMPERIALE WALTER EMANUEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 26797596 LUCERO PABLO ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 16959473 INNAMORATI SERGIO ANIBAL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 26944925 LUGO FABRICIO ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 20449206 INOSTROZA LUIS DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 22811709 LUGO MOSQUEDA ADOLFO JAVIER sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 37656882 IORDANOV STOYANOV IORDAN AGUSTIN sobre FUSIL calibre .270 PLG DNI 30121939 LUNA GONZALO JUAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 7630844 IRASTROZA JUAN CARLOS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 7739094 LUNA HUGO ARTURO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 22977972 ISASA CESAR ADRIAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 20664557 LUQUE CARLOS FABIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 8156103 ISIDORI OSVALDO ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 29616298 LURASCHI BRUNO sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 28515908 IUCCIOLINO JUAN SEBASTIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 14436673 LUZKO JULIO PEDRO sobre REVOLVER calibre .32 PLG DNI 22285304 IUNITER ALBERTO FABIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 26237115 MACCARIO RAMIRO ABEL sobre FUSIL calibre .30-06 PLG DNI 17708676 IWANCZUK MARCELO DANIEL sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 34342036 MACHADO JOSE LUIS sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 6593763 IZQUIERDO HUGO ROBERTO sobre FUSIL calibre .308 PLG DNI 8489919 MADROÑAL ALFREDO sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 33433187 JACA GERMAN AGUSTIN sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 21464525 MAFFIA CARLOS EDUARDO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 31153097 JACOB NAZARENO sobre CARABINA calibre .30-06 PLG DNI 21464525 MAFFIA CARLOS EDUARDO sobre REVOLVER calibre .45 PLG DNI 11286428 JANZA CARLOS EMILIO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 14103863 MAGGIO ORLANDO RUBEN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 11286428 JANZA CARLOS EMILIO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 12315058 MAGRINI MARIO ERNESTO sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 10195108 JARAMILLO AMADEO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 12315058 MAGRINI MARIO ERNESTO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 21597651 JATCHUK FABIAN ALBERTO sobre CARABINA calibre .444 PLG DNI 36022393 MAGUNA EDUARDO EXEQUIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 34666102 JEREZ IVO NICOLAS sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 26812572 MAIDANA GUILLERMO DANTE sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 23468250 JIBSI GABRIEL ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 26508647 MALDONADO ALEJANDRO DAVID sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 26885348 JIMENEZ LEANDRO GASTON sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 4409180 MALIZZIA NEIL ROMAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 10732928 JORGE NESTOR JULIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 6339028 MALUJE JULIO ELIAS sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 24368786 JORJA MARCELO FABIAN sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 36696624 MANCILLA MATIAS OMAR sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 24047220 JOSENGE PABLO LUIS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 34704450 MANGERI EZEQUIEL sobre FUSIL calibre .338 PLG DNI 24047220 JOSENGE PABLO LUIS sobre PISTOLA calibre 9 MM LE 4552890 MANGUDO CARLOS GERVASIO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 24047220 JOSENGE PABLO LUIS sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 30492626 MANO MAURICIO ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 36186331 JUAREZ LEONARDO RAUL sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 26269214 MANSILLA CARRILLO HECTOR ANDRES DAVID sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 36186331 JUAREZ LEONARDO RAUL sobre CARABINA calibre .44 PLG DNI 33052213 MANSUR JUAN IGNACIO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 8446508 JUAREZ MANUEL ORLANDO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 11127501 MANUELLI JOSE ARMANDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 26367003 JURADO RODRIGUEZ DIEGO NICOLAS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 6443737 MANZANO OSCAR EDUARDO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 26367003 JURADO RODRIGUEZ DIEGO NICOLAS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 26193837 MARCELINI ARIEL ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 93908584 KANG FUQUAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 28483494 MARCHAN SEBASTIAN ARIEL sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 4513798 KRAPOVICKAS FRANCISCO CASIMIRO sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 25071575 MARITATO ADRIAN GABRIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 17863356 KRISCHAK NESTOR ANTONIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB LE 4555299 MARMOL SILVANO JULIO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 16245734 LA LUZ JULIO CESAR GABRIEL sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 32702329 MAROZZI EZEQUIEL ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 23244467 LACQUANITI ROQUE ESTEBAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 6082356 MARQUES JUAN CARLOS sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 13589000 LAGOMARZINO GUSTAVO ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 7959452 MARQUEZ MIGUEL ANGEL sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 11445931 LAHITTE ALFREDO HORACIO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 35330796 MARRERO ALVARO XAVIER sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 28228021 LAMOTTA MATIAS ADRIAN sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 32949502 MARSELLI MARIA FLORENCIA sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 27489848 LANZZINETTI LUIS ALEJANDRO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 32949502 MARSELLI MARIA FLORENCIA sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 17607948 LAPENTA CARLOS ADRIAN sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 16968240 MARTEL JORGE ANTONIO sobre ESCOPETA calibre 32 UAB DNI 16226371 LAPETINA CLAUDIO ALBERTO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 27979581 MARTI MARCELO DANIEL sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 26542588 LAPKO ENRIQUE NICOLAS sobre FUSIL calibre .308 PLG DNI 35116468 MARTIARENA BRIAN GUSTAVO sobre CARABINA calibre .223 PLG DNI 28797708 LAROSA FERNANDO NICOLAS sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 13411955 MARTIERENA JORGE sobre CARABINA calibre .458 PLG DNI 7122272 LAUXMANN ORLANDO FRANCISCO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 13411955 MARTIERENA JORGE sobre CARABINA calibre .30-30 PLG DNI 21558707 LEANIZ RICARDO ARIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 32878813 MARTIN NAIARA sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 21558707 LEANIZ RICARDO ARIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 34116829 MARTINA SEBASTIAN ALEJANDRO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 21734498 LEDESMA ARTURO JAVIER sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 6544364 MARTINELLI DEMETRIO ITALO sobre PISTOLA calibre 6,35 MM DNI 20805192 LEDESMA DOMINGO RUBEN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 6544364 MARTINELLI DEMETRIO ITALO sobre REVOLVER calibre .22 PLG DNI 10958408 LEDESMA PAULINO sobre FUSIL calibre .308 PLG DNI 20520257 MARTINEZ ANA FACUNDA sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 24416992 LEIVA ALEJANDRO DE JESUS sobre CARABINA calibre .308 PLG DNI 32320511 MARTINEZ BARBAGELATA MAXIMILIANO sobre CARABINA calibre .30-30 PLG DNI 17432262 LENCINA ROBERTO FABIAN sobre CARABINA calibre .308 PLG DNI 34259354 MARTINEZ DAIANA JEANETTE sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 26532639 LENCISA ENRIQUE ARMANDO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 17586593 MARTINEZ FERNANDA GISELA sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 33769434 LEON GABRIEL sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 29986137 MARTINEZ GUSTAVO JAVIER sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 21414182 LEONE PEDRO ANTONIO AURELIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 31409338 MARTINEZ IVAN FRANCISCO sobre PISTOLA calibre 9 MM LE 7954766 LEPORE OSVALDO SANTIAGO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 11884691 MARTINEZ PEDRO JOSE sobre CARABINA calibre .22 PLG LE 7954766 LEPORE OSVALDO SANTIAGO sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 29642663 MARTINEZ TOVFIGH RAFII G. D. sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 32008871 LERA JUAN MANUEL sobre PISTOLON calibre 32 UAB DNI 25285152 MARTINO MAXIMILIANO RICARDO sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 27707446 LERDA CRISTIAN DEL VALLE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 11293145 MARTINOTTI ALEJANDRO ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 16719465 LESCANO CECILIO RUFINO JOSE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 23093149 MARTON HERNAN GUILLERMO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 32148044 LICCIARDI MAURO DANTE sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 23093149 MARTON HERNAN GUILLERMO sobre PISTOLON calibre 32 UAB DNI 33024219 LIGUORI JORGE OMAR sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 28880731 MARTORELL CRISTIAN ALBERTO sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 28498953 LIMA ROBERTO ADRIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 12855901 MARZIALI JOSE LUIS sobre PISTOLA calibre 6,35 MM DNI 94188360 LIN CHU sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 31935497 MASSACESI FABIAN ROBERTO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 94188360 LIN CHU sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 28453834 MASTRANGELO CRISTIAN MIGUEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 95335829 LIN FE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 25416901 MATTO SERGIO ROLANDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 31133140 LINTAS DANIEL EMILIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 6301873 MAURO EDUARDO EMILIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 18198815 LIZARRAGA LUIS FABIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 32116110 MAYORGA NICOLAS MIGUEL ERNESTO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 18564875 LIZUN MARCELO GABRIEL sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 23124164 MAZZA MAXIMILIANO JOSE sobre PISTOLA calibre 9 MM Primera Sección Viernes 14 de noviembre de 2014 Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego BOLETIN OFICIAL Nº 33.011 Documento Denominación 21 Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego DNI 16408576 MECCHIA PEDRO sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 11192775 OLMEDO NICOLAS MANUEL sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 12402643 MEDINA CARLOS RENE sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 32187742 OLMOS LUCAS DAMIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 25312220 MEDINA LEONARDO MANUEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 33818553 ORCE JIMENEZ PABLO GONZALO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 24803180 MEDINA PAOLINI JULIO OSVALDO sobre FUSIL calibre .22 PLG DNI 18465651 ORCE PABLO DANIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 17580800 MEDRANO SERGIO HORACIO sobre CARABINA calibre .30-30 PLG DNI 34518222 ORELLANA MAXIMILIANO MARTIN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 10968000 MELE SALVADOR sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 13831535 ORELLANO HUGO SILVIO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 93303614 MELENDREZ AHUMADA EDGAR ASIR sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 32757930 ORELLANO SANTIAGO SILVANO sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 33968617 MELGAREJO JUAN IGNACIO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 32724010 ORIATTI JOEL ALEJANDRO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 11194347 MELIAN RAFAEL MANUEL sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 29339833 ORPIANESI ANIBAL DAVID sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 22707306 MENDEZ JOSE EDUARDO sobre FUSIL calibre .223 PLG DNI 11424923 ORQUERA ANGEL ANICETO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 30335825 MENDEZ LEONARDO EMMANUEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 30595386 ORTEGA GONZALEZ IGNACIO CAMILO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 25404390 MENDEZ ROBERTO GUSTAVO sobre REVOLVER calibre .22 PLG DNI 27172988 ORTIZ HECTOR HUGO sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 33207229 MENESES BENITEZ EDGARDO MATIAS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 26085813 ORTIZ MATIAS ALBERTO sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 32869389 MENGHINI JAVIER NICOLAS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 17714007 OSTERTAG MARIO RICARDO sobre REVOLVER calibre .44 PLG DNI 28949939 MENSO GERMAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 17714007 OSTERTAG MARIO RICARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 28958272 MERCADER GERMAN sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 5159686 OTTAVIANI CARLOS RODOLFO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 26906389 MERCIER PABLO ERNESTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 16506785 OVEJERO VICENTE SALVADOR sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 24952067 MERELE MARCELO RAFAEL sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 92545812 PACE VICENT FRANK sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 31086277 MERIÑO HUGO ARIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 28271066 PACIENZA RODRIGO SEBASTIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 28114069 MERLO RODRIGO ARIEL sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 22858416 PAEZ GUSTAVO ENRIQUE sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 11564444 MEZA CARLOS FRANCISCO sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 28925967 PAIDUJ JORGE GABRIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 33928398 MEZA JORGE LUIS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 8025817 PALMUCCI ENRIQUE AGUSTIN sobre CARABINA calibre .44-40 PLG DNI 33928398 MEZA JORGE LUIS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 14002192 PANELLA RAUL EDUARDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 22565852 MIGUELEZ FERNANDO JAVIER sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 17348570 PAPARINI MIGUEL ANGEL sobre FUSIL calibre .30-06 PLG DNI 23117795 MILENKOVITCH NICOLAS sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 17466390 PARAPUÑO FERNANDO RUBEN sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 24536084 MILESI ARIEL DARIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 21662347 PARE LUIS ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 31910672 MIÑO JUAN CARLOS sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 21662347 PARE LUIS ALBERTO sobre PISTOLON calibre 32 UAB DNI 24192256 MIRANDA ROXANA MARIELA sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 21350586 PARED RAMON GABRIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 14287756 MIRAVALLES EUGENIO RUBEN sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 12474186 PARIGIANI MARIO ISAAC sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 30552623 MOHR OSCAR ENRIQUE sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 33065916 PASTRANA JOSE MARIA sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 8706840 MOLINA CARLOS ALBERTO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 17305062 PATITUCCI EDUARDO EMILIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 31842678 MONTEROS ALEJANDRO LUCAS DAVID sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 21328242 PAZ LUCAS PABLO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 12161999 MONTEROS CARLOS ALBERTO DEL V. sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 11126417 PELAYO CESAR RICARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 4434706 MONTES ALBERTO ELOY sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 22678640 PELLENC SERGIO DARIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 22915908 MONTES DE OCA FERNANDO ADRIAN sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 10926458 PENIZZOTTO LUIS ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 19000319 MONTIEL CALBUN JUAN RAMON sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 37563430 PENONI SERGIO DANIEL sobre FUSIL calibre .308 PLG DNI 26519815 MONTIRONI MAURO FELIPE sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 28475604 PERALTA JUAN CARLOS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 26029881 MONTIVERO LEONARDO CESAR sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 34841040 PERALTA MICHAEL SEBASTIAN sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 26955135 MONTOTO ADRIAN EDUARDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 27582297 PERALTA MIGUEL ANGEL sobre CARABINA calibre .223 PLG DNI 25305886 MONTOYA ARIEL MARCOS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 29387123 PEREGO LUIS PEDRO ANTONIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 20051481 MONTOZZI LEONARDO JAVIER sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 27691278 PEREIRA NESTOR ARIEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 20051481 MONTOZZI LEONARDO JAVIER sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 13862453 PEREYRA JUAN CLAUDIO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 26398044 MORAIS DIEGO HERNAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 17376773 PEREYRA ROBERTO DANIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 4751337 MORALES LUIS MARIA sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 92114252 PEREZ GERARDO ALONSO sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 10833555 MORANA JORGE LUIS sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 8308601 PEREZ HUGO RUBEN sobre FUSIL calibre .338 PLG DNI 22329292 MORENO LUCIANO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 18589522 PEREZ LUIS ALBERTO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 30202065 MORENO MARIANO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 11001445 PEREZ MAXIMO ANGEL sobre PISTOLA calibre 6,35 MM DNI 12072679 MORENO SEGUNDO BENJAMIN sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 25002587 PEREZ SEBASTIAN sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 13538461 MORRA LEON SEBASTIAN sobre REVOLVER calibre .44 PLG DNI 20665397 PERICH MARCELO OSCAR sobre PISTOLA calibre 9 MM LE 4259495 MORSELETTO FRANCISCO VICTOR sobre FUSIL calibre .22 PLG DNI 16738529 PERRONE GABRIEL OSVALDO F. sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 23645184 MOSCHITTA RAFAEL RAMON sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 31953794 PERSICO JUAN CARLOS sobre REVOLVER calibre .32 PLG DNI 13051560 MOSELE JUAN ALBERTO sobre REVOLVER calibre .32 PLG DNI 20037037 PESSANO CESAR OMAR sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 36446338 MOSER DANIEL OMAR sobre CARABINA calibre .30-06 PLG DNI 22201220 PFEFFERKONS CENTURION JAVIER sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 14892062 MOTTURA SILVIO DANIEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 92224859 PFERFFERKONS CENTURION FELIX sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 21775688 MOZZON JOSE LUIS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 33573713 PIATI EMMANUEL EZEQUIEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 30193281 MULLER ENSO ADRIAN sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 14943585 PIAZZE MANUEL EDUARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 35443109 MULLER IVAN MATIAS sobre FUSIL calibre .30-06 PLG DNI 29241060 PICARD ADRIAN WALTER sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 28997219 MUNDO IGNACIO ALBERTO sobre FUSIL calibre .22 PLG DNI 7870130 PICCO JUAN DUARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 23272862 MUÑOZ DANIEL HORACIO sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 23039194 PIEDRABUENA LUIS ANTONIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 27666468 MUÑOZ ROBERTO DIEGO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 22645601 PIERINI MARIO CARLOS sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 13820320 MURILLO GUSTAVO OSCAR sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 33387752 PIERNI AVERSANO MAILEN sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 21586200 MYBURG GERARDO DANIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 29251161 PILOTTI NESTOR ORLANDO sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 29716059 ÑANCUCHEO ROBERTO ADRIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 28459773 PIRES APOLONIA GERMAN ANTONIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 11316828 NAVA JUAN CARLOS sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 29345921 PIRONIO GASTON ANDRES sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 23525111 NAVARRO ANGEL CATALINO sobre CARABINA calibre .270 PLG DNI 12163644 POLARI RAFAEL CARLOS sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 31546347 NAVEDO DANTE GUSTAVO sobre FUSIL calibre .308 PLG DNI 32270153 POLIMENO FERNANDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 28637781 NAYA EDUARDO ANTONIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 10849028 POLIZZOTTO ROBERTO ANGEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 4553326 NAZAR HERNANDEZ PABLO SANTIAGO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 28937422 POLTORAK GUSTAVO DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 4385196 NICOLAO CARLOS ALBERTO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 29635793 PONCHON JORGE LUIS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 29476425 NICOLAU JUAN CARLOS sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 31059922 POPA DELANZQUE OSVALDO sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 30025130 NIELSEN CRISTIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 33359047 PORRECA TOMAS ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 28166789 NIETZEL AGUSTIN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 28581125 PORTELLA ARMANDO MARTIN sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 16333079 NIEVA NESTOR LUIS sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 7578202 POSSE GUILLERMO EGIDIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 20832710 NISTICO DIEGO CARLOS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 30379915 POZZI LEONARDO FRANCISCO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 20832710 NISTICO DIEGO CARLOS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 17524076 POZZOBON CARLOS SERGIO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 20832710 NISTICO DIEGO CARLOS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 29020378 PRATTO LOUDET ROQUE MAURICIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 16246360 NOLASCO ADRIAN ALBERTO sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 27859669 PRATTO MATIAS GASTON sobre FUSIL calibre .223 PLG DNI 11987114 NOTO RODOLFO FERNANDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 33787994 PREITI MAXIMILIANO DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 35643808 NOVILLO FACUNDO DAMIAN sobre CARABINA calibre .308 PLG DNI 28463916 PRETTI RODRIGO MARCELO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 30132477 NOVOA RICARDO DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 23411916 PRIETO GUSTAVO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 26859763 O'ROUKE JONATHAN sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 23337672 PRIMORAC PABLO AMADEO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 20461036 OBREGON HECTOR DANIEL sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 33594591 PROCACCINI LUCIANO ARIEL sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 34715114 OBREGON LEANDRO EMMANUEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 16774036 PROVERBIO NELSON ALBERTO sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 8209818 OCHOA FEDERICO CARLOS sobre CARABINA calibre .17 PLG DNI 17683265 PUEBLA ELIO JERONIMO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 33951112 OCHOA LEANDRO DARIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 22752969 PUERTAS CARLOS RAUL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 21888868 OJEDA JOSE LUIS sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 36912488 PULO JUAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 94222118 OJEDA PANIAGUA DERLIS GUZMAN sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 36912488 PULO JUAN sobre REVOLVER calibre .32 PLG DNI 22171134 OLAVARRIA CARLOS FABIAN sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 36912488 PULO JUAN sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 25616898 OLEA NELSON MARCELO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 33502972 PUNTIN ANGELINO LUCIANO G. sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 21679513 OLIVEIRA DE SOUSA EDUARDO ANTONIO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 94130561 QIU HUA sobre PISTOLA calibre 9 MM Primera Sección Viernes 14 de noviembre de 2014 Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego BOLETIN OFICIAL Nº 33.011 Documento Denominación 22 Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego DNI 33647306 QUARANTA SANTIAGO LUIS sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 16487679 SABATINI ENRIQUE ALEJANDRO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 13461022 QUICCHI JORGE RAUL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 10174056 SABBADIN DANIEL ALFREDO sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 22434811 QUIÑONEZ VICTOR OSCAR sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 8081609 SAJUR HECTOR ANTONIO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 32786767 QUINTEROS ENRIQUE EZEQUIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 12145340 SALERA SERGIO GUILLERMO sobre CARABINA calibre .17 PLG DNI 12457871 QUIROGA CARLOS ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 8208253 SALERNO ERNESTO ALFREDO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 23178605 QUIROGA JOSE ALBERTO sobre SUBFUSIL calibre .22 PLG DNI 10686805 SALGUERO JOSE EDGARDO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 22276602 RABEN CHRISTIAN ARIEL DAVID sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 11463525 SALINAS CARLOS ALBERTO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 20299311 RAFFIN ALDO ROBERTO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 16869955 SALOM ALBERTO ANIBAL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 8612822 RAGONE MIGUEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 25898368 SALOMON DIEGO MAXIMILIANO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 28428657 RAIES SEBASTIAN sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 32918432 SALOMON EMMANUEL sobre CARABINA calibre .308 PLG DNI 10971742 RAMIREZ OSCAR LEONARDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 27557362 SALOMON SERGIO DANIEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 10690826 RASUK JORGE EDGARDO sobre ESCOPETA calibre 20 UAB DNI 20752367 SALVIA GUSTAVO FABIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 11896828 RATTO MIGUEL ANGEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 17870190 SALVO HECTOR ABEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 37364878 RAVINOVICI JONATHAN ARIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 17870190 SALVO HECTOR ABEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 24148168 REBESBERGER GUILLERMO ANDRES sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 7768371 SANCHEZ ANTONIO AGUSTIN sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 16910769 REBOREDO JULIO CESAR sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 31016146 SANCHEZ GUILLERMO ADRIAN sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 31535483 REINOSO CRISTIAN JAVIER sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 27691787 SANCHEZ HERNAN RUBEN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 8359443 REYNOSO MANUEL HUMBERTO sobre REVOLVER calibre .32 PLG DNI 18355280 SANCHEZ JORGE ADRIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 27941010 REYNOSO PATRICIO GERSON sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 11042069 SANCHEZ JUAN CAMILO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 36674595 RIBAS LUCAS EMANUEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 28791565 SANCHEZ LUIS ANTONIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 36674595 RIBAS LUCAS EMANUEL sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 25532152 SANCHEZ MARIO ANDRES sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 14053481 RICCA MIGUEL ANGEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 20704392 SANCHEZ OSCAR ANDRES sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 14053481 RICCA MIGUEL ANGEL sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 29920345 SANCHEZ PASTOR MATIAS JOSE sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 94592703 RICCI MARCO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 22717534 SANCHEZ SANTIAGO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 27356389 RICCILLO LEANDRO DAMIAN sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 6251251 SANCHIS JUAN CARLOS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 30996900 RICHE DANIELA MARIANA sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 92737551 SANCHO Y DE LUNA SERGIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 22833501 RIDOLFI ESTEBAN JAVIER sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 23479345 SANGUINETTI FERNANDO ALBERTO sobre FUSIL calibre .300 PLG DNI 24774968 RINALDI EDGARDO FABIAN sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 30799026 SANMAMED DEBORA ANTONELA sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 24458470 RIOBO GUSTAVO JAVIER sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 27971610 SANNA BRUNO JOSE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 21956447 RIOS MARCELO HAROLDO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 6516680 SANTACROCE JOSE ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 16485301 RIVADENEIRA HECTOR RAUL sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 29666971 SARAVIA MARCO OSVALDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 28721129 RIVADEO JULIO GERMAN sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 26903019 SARMIENTO PABLO FERNANDO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 32223823 RIVAS LEANDRO ENRIQUE MIGUEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 20446338 SARQUIS JULIO EDUARDO sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 32223823 RIVAS LEANDRO ENRIQUE MIGUEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 20446338 SARQUIS JULIO EDUARDO sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 12303741 RIVERA JUAN CARLOS sobre FUSIL calibre .223 PLG DNI 33980332 SARTIRANA LUCAS GABRIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 12303741 RIVERA JUAN CARLOS sobre FUSIL calibre .308 PLG DNI 4539242 SARTIRANA LUIS ROBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 29969757 ROCHA ALVARO EDUARDO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 4539242 SARTIRANA LUIS ROBERTO sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 25603662 RODAS CARLOS ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 20 UAB DNI 30496075 SARTIRANA MARTIN ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 17515628 RODRIGO ANDRES ERNESTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 30496075 SARTIRANA MARTIN ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 35483559 RODRIGUEZ DANIEL ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 12783047 SBRIGLIO GERARDO DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 16488035 RODRIGUEZ DARIO ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 22049412 SCAFETTO LEANDRO RUBEN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 17321458 RODRIGUEZ EDGAR OSCAR sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 24178136 SCHANZENBACH PABLO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 25923258 RODRIGUEZ JUAN ANTONIO sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 32617867 SCHEINES ELIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 7982825 RODRIGUEZ JULIO ARGENTINO sobre PISTOLON calibre 32 UAB DNI 8511793 SCHIAVI ARMANDO RAFAEL sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 16556319 RODRIGUEZ JULIO OSBALDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 29265535 SCHOCHTER GABRIEL EDUARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 16556319 RODRIGUEZ JULIO OSBALDO sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 29363063 SCHULTEIS VIGNOLO DANIEL EDGARDO sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 24124090 RODRIGUEZ LEVY JUAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 4703667 SCHUSTER ADOLFO RAMON sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 16797695 RODRIGUEZ MARCELO EDUARDO sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 34495906 SCHVEMLER DAVIS OSCAR sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 35068929 RODRIGUEZ MARCELO EMILIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 17858928 SCRO JOSE ANTONIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 12734525 RODRIGUEZ MARIO EMILIO sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 20697748 SCROCCHI ERNESTO ARMANDO sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 30252491 RODRIGUEZ PABLO HECTOR sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 20515053 SEGUNDO JOSE MARIA sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 33581850 RODRIGUEZ RAMIRO CESAR ALEXANDER sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 16964410 SEGURA DANIEL RUBEN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 18076186 RODRIGUEZ SERGIO GUSTAVO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 28676695 SEIMANDI MATIAS LEONEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 27050292 ROITMAN PATRICIO sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 8490580 SENABRE JORGE GUSTAVO sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 31678611 ROJAS ADRIAN JORGE sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 22726931 SERAVALLE GUSTAVO ADOLFO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 16284601 ROJAS JULIO CESAR sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 36975974 SERIAL PEDRO ALEJANDRO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 14641580 ROLDAN RUBEN DARIO sobre REVOLVER calibre .32 PLG DNI 8531905 SGRABLICH FERNANDO RAMON sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 28254743 ROLDAN VICTOR GUILLERMO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 26790532 SILVA DIEGO MAXIMILIANO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 25853505 ROMANO NESTOR HUGO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 14833750 SILVA EDGARDO RODOLFO sobre PISTOLON calibre 32 UAB DNI 17607740 ROMAY JORGE MARIO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 25299346 SILVA ESCUDERO JOAN PABLO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 36051707 ROMERO JONATHAN HORACIO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 17678677 SILVA GUILLERMO RUBEN sobre CARABINA calibre .308 PLG DNI 32004300 ROMERO JOSE LUIS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 7717927 SILVA HUGO JOSE sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 32088829 ROMERO OMAR ANDRES sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 12456135 SILVA JOSE ESTEBAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 26638473 ROMERO SERPICO HECTOR ALEJANDRO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 33244269 SILVA JOSE MANUEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 24937497 ROMERO VICTOR ANTONIO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 26574510 SILVA NESTOR JAVIER sobre FUSIL calibre .22 PLG DNI 8592645 RONCAGLIA HECTOR OMAR sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 21797114 SILVA VICTOR VALENTIN sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 29079610 RONCAGLIA MAURICIO OMAR sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 12886290 SILVERIO JUAN VICENTE sobre REVOLVER calibre .32 PLG DNI 29005580 RONCALLO PABLO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 12425417 SIMEONE GUSTAVO ANTONIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 23343957 RONCHI VICTOR GASTON sobre PISTOLA calibre 6,35 MM DNI 22864071 SIMES JUAN PABLO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 4748429 ROSA DIEGO MELITON sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 22864071 SIMES JUAN PABLO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 14458980 ROSMARI CESAR ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 24504209 SIMONIT CHRISTIAN JAVIER sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 30004577 ROSSI CRISTIAN RAMON GABRIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 20806571 SINACORI HORACIO SANDRO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 23001152 ROSSO GUIÑAZU MAURO JUAN A. sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 32245393 SINCHES HUGO IVAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 27486000 ROVASIO DARIO MARIO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 18863380 SINGH JASWANT sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 16335352 ROVER HORACIO HECTOR sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 18863380 SINGH JASWANT sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 25739777 RUBIO GUSTAVO SAID sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 11488658 SINGH LILIANA MAVEL sobre REVOLVER calibre .22 PLG DNI 7976113 RUESCH CARLOS ERNESTO sobre CARABINA calibre .30-06 PLG DNI 22067854 SINISGALLI MARCELO JOSE sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 23410032 RUFFINO GABRIEL EDUARDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 23215819 SOBRADO HERNAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 22336533 RUFINO JUAN EDUARDO sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 22685126 SOLALIGUE RODRIGO JOSE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 11105093 RUGGERI ORLANDO CESAR sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 4119385 SOLDI OSCAR JOSE sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 23238897 RUIZ CARLOS ARIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 31902621 SOSA FERNANDO ANTONIO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 23925568 RUIZ CARLOS EDUARDO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 26326758 SOSA HUGO DAVID sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 22922723 RUIZ FRANCISCO EDGARDO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 31290983 SOSA JOSE ANTONIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 12937952 RUIZ FRANCISCO RUBEN sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 23809542 SOSA JUAN JOSE sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 23684342 RUIZ PABLO MARTIN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 18489982 SOSA MIGUEL ANGEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 36656162 RUIZ PORTUGUES FRANCISCO TOMAS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 22201502 SOSA PABLO RICARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 18633466 RUIZ RAMON PATRICIO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 13602494 SOUTO CARLOS EDUARDO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 18633466 RUIZ RAMON PATRICIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 23928617 SPADONI MAURO sobre ESCOPETA calibre 20 UAB DNI 31344279 SAAVEDRA CUITIÑO MATIAS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 10160577 SPERA JUAN CARLOS sobre CARABINA calibre 9,3x62 MM DNI 21970655 SAAVEDRA DANIEL ALFREDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 23192615 SPINDOLA CRISTIAN DIEGO sobre PISTOLA calibre 9 MM Primera Sección Viernes 14 de noviembre de 2014 Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego BOLETIN OFICIAL Nº 33.011 Documento Denominación 23 Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego DNI 28484362 STEIN JAVIER OMAR sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 10810007 VICTORIA ALEJANDRO JOSE sobre REVOLVER calibre .22 PLG DNI 31935326 STORTI JUAN IGNACIO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 14409717 VIDAL HUMBERTO SILVIO sobre REVOLVER calibre .44 PLG DNI 16951761 STUCCHI CLAUDIA PATRICIA sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 26500326 VIDELA EZEQUIEL MARTIN sobre CARABINA calibre 7,65x54 MM DNI 14145822 SUAREZ MIGUEL ANGEL sobre CARABINA calibre .17 PLG DNI 27469756 VIERA VICTOR HUGO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 7195887 SUAREZ SEGUNDO TOMAS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 5534792 VIGNOLO ALBERTO JORGE sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 7578764 SURA NESTOR sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 10627051 VILA JULIO FRANCISCO sobre FUSIL calibre .22 PLG DNI 23643124 TACACHO SERGIO ESTEBAN sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 29301106 VILLALBA LUCIA ELENA sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 20471241 TACCHINO SEBASTIAN PABLO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 4636397 VILLALOBOS JUAN CARLOS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 8257680 TAFFURELLI ALBERTO PEDRO sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 23902395 VILLALVA JUAREZ MARCELO A. sobre FUSIL calibre .223 PLG DNI 93254206 TAKTIKAKIS CARPI ANTONIO V. sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 26101758 VILLALVA MARTIN FABIAN sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 34299261 TALIN FEDERICO sobre ESCOPETA calibre 20 UAB DNI 28156237 VILLARREAL MANUEL AGUSTIN sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 17423807 TALMON GUILLERMO JOSE sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 31614930 VILLARRUEL DIEGO DAMIAN sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 30897385 TANTUCCI RICARDO LUIS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 36696736 VILLEGA FERNANDO ARIEL sobre ESCOPETA calibre 32 UAB DNI 30897385 TANTUCCI RICARDO LUIS sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 22669143 VINCENT PATRICIO ALEJANDRO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 20951611 TAPIA ORLANDO OCTAVIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 35623332 VIOLA GERMAN ANDRES sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 23620890 TARDIVO DANIEL OSVALDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 18591433 VIOLA OMAR FRANCISCO sobre FUSIL calibre .300 PLG DNI 20589331 TARPIN LORENZO OMAR sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 18591433 VIOLA OMAR FRANCISCO sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 18898846 TCHAPOVSKI DANIL sobre REVOLVER calibre 9x22 MM DNI 29809322 VISMARA PABLO MARTIN sobre CARABINA calibre .17 PLG DNI 26494609 TELLO SERGIO EDGARDO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 6073452 WENK EDUARDO RENE sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 30135541 TESELMAN ANDRES sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 28606303 WITT MATIAS ALEJANDRO sobre FUSIL calibre .22 PLG DNI 30848988 TESTA VEGA LEANDRO MARTIN sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 30915037 WOLCAN VICTOR EMILIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 25011405 TESTONI DIEGO EZEQUIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 22737681 WOLF CRISTIAN MARCELO sobre CARABINA calibre .30-30 PLG DNI 8538087 TESTONI SONZINI GUILLERMO JOSE sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 94777843 WU XIAOJJAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 11191294 TEVES CARLOS ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 94016887 YAN ZHONG sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 24558963 THEILER LEONARDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 24414723 YBAÑEZ GUTIERREZ ALBERTO LEANDRO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 29964400 TICCONI JUAN GABRIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 759867 YBARRA ALICIA JUANA sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 18201607 TILLERIA NESTOR ANTONIO sobre REVOLVER calibre .45 PLG DNI 23555126 YBARRA DIONICIO ANTONIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 23729246 TISOCCO ARIEL MARTIN sobre CARABINA calibre .30-06 PLG DNI 25821204 YEBRA MAURICIO ELIAS sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 14142017 TISSONE DANIEL JULIO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 25821204 YEBRA MAURICIO ELIAS sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 12498807 TOBAL LUIS ALBERTO sobre CARABINA calibre .44 PLG DNI 27297076 YURI LEONEL LUIS sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 21338719 TOCA WALTER RICARDO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 13679894 ZAGAME ROBERTO DANIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 27426377 TOLOSA JOSE ANDRES sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 22489214 ZALAZAR ROBERTO NATALIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 16436211 TOLOSA JUAN CARLOS sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 22856585 ZAMPER EDUARDO CARLOS sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 11638879 TOLOSA JULIO ALFREDO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 32641410 ZANOTTA GUSTAVO JOSE sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 34035562 TOLOZA JULIAN MATIAS sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 32314151 ZAPATA DANIEL EDUARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 34235747 TOME TOMAS ALEJO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 27718835 ZAPATA VICTOR NICOLAS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 8609852 TOMMASONE ANTONIO DARDO sobre REVOLVER calibre .22 PLG DNI 26666505 ZARATE ROLANDO DAVID sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 24258509 TORRES GUSTAVO FABIAN sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 18449791 ZEBALLOS EDUARDO ARMANDO sobre FUSIL calibre .308 PLG DNI 13938881 TORRES RAMON ALDO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 14214869 ZELADA MARIO ADOLFO sobre ARMA LARGA COMB. calibre .308 PLG DNI 30763343 TORRISI MAURO SEBASTIAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 31842841 ZELAYA MIGUEL EDUARDO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 34956351 TORTORELLA FACUNDO MARTIN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 18509001 ZEOLI FERNANDO sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 27243079 TREIYER ELISEO ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 94012424 ZHANG JIANWU sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 13222492 TRIPOLI MARTIN HORACIO sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 94012424 ZHANG JIANWU sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 20523463 TRONCOSO NORA CECILIA sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 92919096 ZHANG RENXIU sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 7843038 TROTZ GUILLERMO ESTEBAN sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 92919096 ZHANG RENXIU sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 22410459 TRUNZO ARTURO LUIS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 32233048 ZIESENISS WALTER EMANUEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 25872268 TSIORLANI MARCELO ESTEBAN sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 22498748 ZITO VIVIANA BEATRIZ sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 4557051 TURANO ALFREDO MARCOS MIGUEL sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 31581526 ZORIAN CARLOS ENRIQUE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 33319307 UHRIG FEDERICO IGNACIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 29684037 ZUAZQUITA MARTIN ATILIO sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 38539942 ULRICH CARLOS ALBERTO sobre CARABINA calibre .223 PLG DNI 17818484 ZUCCARELLI DANIEL ALBERTO sobre REVOLVER calibre .32 PLG DNI 20005340 URBIETA OSVALDO MARCELO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 31920894 ZURDO JUAN NICOLAS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 18151811 URQUIJO GABRIEL ALBERTO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 26855174 ZUZA GONZALO ALFREDO JOSE sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 24821597 URQUIZA GUSTAVO JAVIER sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 26855174 ZUZA GONZALO ALFREDO JOSE sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 26846076 URRUTIPI ORONA GABRIEL JESUS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 10751623 VACIRCA RICARDO JUAN sobre FUSIL calibre .300 PLG DNI 26061766 VADELL MARIANO ARIEL sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 17419807 VALENZUELA PEDRO PABLO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 21771468 VALERGA JOSE MARTINIANO sobre PISTOLA calibre .40 PLG Documento Denominación Solicitud de Portación de Arma de Fuego DNI 26391358 VALERIANI AMILCAR IVAN sobre FUSIL calibre 8x68S MM DNI 32831130 ABUD CAMILO ANDRES sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 26391358 VALERIANI AMILCAR IVAN sobre FUSIL calibre .300 PLG LE 8521449 ACEVEDO CARLOS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 26391358 VALERIANI AMILCAR IVAN sobre ESCOPETA calibre 20 UAB DNI 11254476 ACIAR JUAN JOSE DNI 26391358 VALERIANI AMILCAR IVAN sobre REVOLVER calibre .44 PLG ámbito de G4S SOLUCIONES DE SEGURIDAD S.A. 30549486513 DNI 20451449 VALORIANI ROLON EDGAR sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 27116470 ACOSTA ARIEL MATIAS DNI 24652074 VARELA CARLOS JAVIER sobre PISTOLA calibre 9 MM ámbito de SEGURIDAD EMPRESARIA S.A. 30707995544 DNI 36524018 VARELA FACUNCO GUIDO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 32093490 ACOSTA ENRIQUE JAVIER DNI 16440344 VARELA MANUEL FABIAN sobre CARABINA calibre .223 PLG ámbito de F.P.I.COMPAÑIA DE SEGURIDAD SA 30709020273 DNI 27029734 VARGAS BARRIENTOS JORGE A. sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 7982346 ACOSTA MARIO RUBEN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 36099698 VARISCO SEBASTIAN NICOLAS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 25601654 ACUÑA DIEGO OMAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 21471699 VASTA ALDO ANDRES sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 18552550 AGUDO MARIA LAURA sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 21471699 VASTA ALDO ANDRES sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 24821323 AGÜERO DIEGO LEANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14263869 VAZQUEZ CLAUDIO ARMANDO sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 25239048 AGUERO GONZALO MARTIN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17782199 VAZQUEZ MORA JORGE DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 17974410 AGUERO HECTOR DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 10958974 VAZQUEZ TOMAS RAMON sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 16014141 AGUERO MARIO GERONIMO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 22574486 VEGA GRACIELA MONICA sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 20248755 AGUIAR RICARDO DANIEL ámbito de GRUPO TEAMSEG S.A. 30710752113 DNI 8151448 VEGA JUAN CARLOS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 23136669 AGUIRRE CARLOS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 27210786 VEGLIA LAMENDOLA VICTOR GABRIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 21767668 AGUIRRE OSCAR ISIDORO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 27163223 VEIRA OSCAR ALBERTO sobre CARABINA calibre .44 PLG DNI 28431743 AIMI DIEGO ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 24018286 VELA MARCELO ADRIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 27758622 ALANCAY ALFREDO GASTON sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 23926667 VELAZQUEZ CRISTIAN MARCIAL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 34960293 ALARCON JAVIER ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 23805977 VENEGA PABLO MARTIN ALFREDO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 33760988 ALBORNOZ HORACIO JUAN PABLO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 7624378 VENTIMIGLIA HECTOR SANTIAGO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 17868924 ALCAMAN ELIAS DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 31565793 VENTIMIGLIA NICOLAS MARTIN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 34253175 ALI ADAN LEONEL ámbito de INCLAVE S.A. 30604207947 DNI 14039143 VENZAL JULIAN ANTONIO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 37294378 ALMEIDA ANABELIA ANAHI sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 25922123 VERA VAN GELDEREN RAUL DAMIAN sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 33040008 ALMEIDA MAXIMILIANO ámbito de REDGUARD S.A. 30708627638 DNI 94892783 VERDOUX OLIVIER LUDOVIC sobre CARABINA calibre .357 PLG DNI 27815528 ALVAREZ CESAR ADRIAN ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES S.A 30650468380 DNI 4603851 VERNA JOSE ROBERTO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 18422090 ALVAREZ FERNANDO OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 4603851 VERNA JOSE ROBERTO sobre ESCOPETA calibre 20 UAB DNI 26048379 ALVAREZ PAOLA CARLA LORENA sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 4603851 VERNA JOSE ROBERTO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 35328440 ALVES DA SILVA MARCOS TEOFILO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 4603851 VERNA JOSE ROBERTO sobre PISTOLON calibre 32 UAB DNI 14868670 AMARILLA ALDO ABELINO sobre armas de puño registradas a su nombre LE 4367743 VERRIER CESAR ROBERTO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 21557433 AMED MIGUEL ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre SOLICITUDES DE PORTACIONES SOBRE ARMAS DE FUEGO Primera Sección Viernes 14 de noviembre de 2014 Documento Denominación Solicitud de Portación de Arma de Fuego BOLETIN OFICIAL Nº 33.011 Documento Denominación 24 Solicitud de Portación de Arma de Fuego DNI 34372450 ANTELO LUCIANO ROMAN ámbito de KÖNER SEGURIDAD S.A. 30707700285 DNI 32591770 CANTEROS ROLANDO MAURICIO ámbito de FEDERAL SERVICE S.R.L. 30678784288 DNI 25082787 ANTINAO JOSE LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre LE 4857011 CAPPELLO JOSE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 25718832 AQUINO JULIO JAVIER sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 21588559 CAPUTO GUSTAVO JOSE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 31913750 AQUINO SERGIO GUSTAVO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 7723489 CARDOSO RUBEN ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 10092235 ARAMAYO OSCAR ámbito de SECURITAS COUNTRIES S.A. 30712414215 DNI 18143896 CARDOZO CLAUDIO MARCELO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 23272499 CARDOZO EMILIO ABEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 8528019 CARRASCO JUAN DOMINGO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 8484694 CARREÑO RUBEN JOSE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 10237546 CARRILLO RAUL OSCAR ámbito de G4S SOLUCIONES DE SEGURIDAD S.A. 30549486513 DNI 12734212 ARANCIBIA JUAN CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 26735840 ARANDA EVANGELINA LAURA sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13841924 ARANGUEZ NORBERTO ANDRES sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 12272962 ARCE JUAN CARLOS ámbito de C.I.S.E. S.R.L. 30576061907 DNI 28264469 ARCE PABLO NAHUEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 11694371 CASANOVA JORGE ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16740150 ARDILES RUBEN MANUEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17681832 CASERES ANGEL NORBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 10472212 AREVALO LUIS IGNACIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 4991629 CASSELLI ROQUE ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17052329 AREVALOS OMAR ALCIDES sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 32268843 CASTELLANOS GOTTE ARIEL FEDERICO DNI 25242109 ARGUELLO ALEJANDRO AGUSTIN sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES S.A 30650468380 DNI 8559724 ARMALE CARLOS ENRIQUE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 24957184 CASTILLO EDGAR ADOLFO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14803754 ARPE ALFREDO JOSE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 28123396 CASTILLO JUAN CARLOS DNI 17928477 ARRIBAS WALTER GABRIEL sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de SEGURIDAD EMPRESARIA S.A. 30707995544 DNI 11302208 ASPITIA JUAN DOMINGO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13684204 CASTILLO MARIA DEL CARMEN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 28677053 ATTERBURY GUILLERMO RAMON ámbito de FINOR S.A. 30709894273 DNI 21301296 CASTRO JOSE LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14798292 AVENDAÑO MIGUEL ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 23732470 CECATI ANDRES GUILLERMO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 12351372 AVINCETTA ANGEL ANIBAL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 26605864 CELIZ DIEGO MAXIMILIANO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17557084 AYALA ALEJANDRO ADRIAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 23366098 CENTENO JAVIER SALVADOR ámbito de GRUPO TEAMSEG S.A. 30710752113 DNI 31489725 BADANO RODRIGO ADRIAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16935878 CENTURION SECUNDINO DARIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 18844645 BADAY VOLODYMYR ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES S.A 30650468380 DNI 17035695 CERDAN RAMON DE JESUS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 31060173 CHANCHEROSI CRISTIAN JAVIER sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 28507724 BADIALE DAMIAN MATIAS ámbito de GRUPO TEAMSEG S.A. 30710752113 DNI 21139817 CHAVEZ MIGUEL ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14703367 BAENA OMAR HERMINIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 26410593 CHAVEZ PEDRO AUGUSTO DNI 20771949 BAEZ JUAN ALBERTO ámbito de G4S SOLUCIONES DE SEGURIDAD S.A. 30549486513 ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES S.A 30650468380 DNI 16725963 CHAZARRETA LUIS ALBERTO DNI 16787177 BALBUENA EMILIANO EDGARDO sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de A.M.SEGURIDAD EMPRESARIA SRL. 30647312523 DNI 26916481 BALDEZ LUCAS ARIEL ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 12639688 CHEDIEK CARLOS MARIANO R. sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 25940160 CHEPILA RUTH ELSA sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13869345 BALESTRINI LUIS ESTEBAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 10939314 COLACE JORGE ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 21710082 BALIÑO PABLO MARTIN ámbito de EMP.DE SEG.INTEGRAL ALESA S.A. 30580183928 DNI 18235236 COLANTONI MARCELO MATEO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 21052081 COLQUE LUIS ADOLFO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14614848 BALLESTRERO OSCAR ALBERTO ámbito de MURATA S.A. 30641063378 DNI 18538146 COMOLLI RICARDO JAVIER sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 31741186 BALLIANI OSCAR SEBASTIAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 11068055 CORALLO EDUARDO VICTORIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 10736129 BARBOSA HERMENEGILDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 25378360 CORDARA LUIS ALFREDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 35400403 BARREIRO GUSTAVO EMILIANO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 7010468 CORDOBA MANUEL HUMBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 20783104 BARRIONUEVO EDUARDO ALBERTO ámbito de BACAR TRANSP. DE CAUD. S.A. 30668134978 DNI 21564307 CORIA CANO EDUARDO RUBEN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 22982445 CORNEJO DIEGO HERNAN ámbito de CI 5 S.A. 30679488593 DNI 14776309 CORONEL ALFREDO HECTOR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 24330513 CORONEL OSCAR MAXIMILIANO ámbito de MURATA S.A. 30641063378 LE 7602789 CORREA RAIMUNDO MANUEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 30461765 CORTES LUCAS LEANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 22669614 COSTA MARCELO DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 11896252 CUELLO NORBERTO JORGE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 26536742 CUFRE CESAR ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14000437 CULSHAW FERNANDO DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 32047145 CURTO ANTONIO MANUEL ámbito de CHAPELCO SEG.INT. S.R.L. 30707195726 DNI 13876745 DA SILVA CARLOS ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 18058818 DAVILA JUAN CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 12578248 DE LA PORTILLA HECTOR DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 11848456 DE LEON ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 30697581 DE LEON CLAUDIO ESTEBAN ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES S.A 30650468380 DNI 18758371 DE NARVAEZ STEUER FRANCISCO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 20350769 DE TURRIS MARCELO FABIAN ámbito de REDGUARD S.A. 30708627638 DNI 4383072 DE VIRGILIO RODOLFO EDUARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16287030 DELUCA PABLO CESAR sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 30307579 DI BARTOLOMEI CLAUDIO ERNESTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 8007649 DI LELLO JORGE FELIPE sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 10731021 DI TULLIO CLAUDIO ROBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 12908537 DIAZ ANGEL JESUS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 24781894 DIAZ CHRISTIAN SANTIAGO ámbito de SEGURIDAD EMPRESARIA S.A. 30707995544 DNI 26660029 BARRIOS PABLO GASTON sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 29129803 BARROS MARCOS ANTONIO ámbito de CUSTOMER'S PROTECTION SRL 30707795579 DNI 14445763 BARTHOU LUIS ERNESTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17039268 BASUALDO HECTOR CLAUDIO ámbito de SPEED CENTRE S.R.L. 30658897833 DNI 12460467 BAZAN RUBEN ENRIQUE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 10040906 BECERRA JOSE ERNESTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 5262840 BELIZ HECTOR RAUL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 40667345 BELTRAN MITA FABIO ROBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 29299780 BENITEZ LUIS ALBERTO ámbito de G4S SOLUCIONES DE SEGURIDAD S.A. 30549486513 DNI 26118339 BENITEZ RUBEN LUIS ámbito de GRUPO TEAMSEG S.A. 30710752113 DNI 17686756 BERCOVICH JOSE MARIA CAYETANO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 10144184 BERDEZAGA JUAN CARLOS ámbito de ALTA VISION S.A. 30646387821 DNI 26821984 BERNACCHIA SEBASTIAN CARLOS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 29704871 BERTORELLO JUAN MANUEL ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 25639761 BESSONE ARIEL GASTON sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 12772578 BITAR HUGO DOMINGO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 12380762 BLANCO EDUARDO ANIBAL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 30245225 BONIFACIO FEDERICO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 37937414 BOTO FEDERICO RICARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 11917253 BRAGHIERI DIEGO CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 18322258 BRANDANA JOSE ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 22404441 BRASESCO MARIO JOSE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 27227720 BRAYER FELIPE SANTIAGO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 34173489 DIAZ FRANCO ZENON ámbito de BRUJULA S.A. 30644801612 DNI 12929121 BREME RUBEN DARIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 12808850 DIAZ HECTOR OSVALDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 10921474 BRESCIA OSCAR ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13353833 DIAZ HECTOR SATURNINO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 24496247 BRITOS FEDERICO ámbito de MURATA S.A. 30641063378 DNI 13402431 DIAZ ROBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 25329171 BRUN GASTON MATIAS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 32497280 DIAZ WALTER OMAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 23085889 BUSCAGLIA CLAUDIO DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16501557 DOLENZ LUIS HORACIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13490882 BUSTAMANTE OSCAR MIGUEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 28264125 DORADO JUAN PABLO MAXIMILIANO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14125794 BUTTIGLIERO MARIO DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 26472878 DORE MARIO ANDRES sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13537619 CABALLERO GUILLERMO NICOLAS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17725374 DUARTE HECTOR HUGO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14705955 CABRERA MANUEL VICENTE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 24121151 DUARTE SERGIO AGUSTIN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 8402503 CACCIA HECTOR MARCELINO ámbito de G4S SOLUCIONES DE SEGURIDAD S.A. 30549486513 DNI 16102251 ELIZALDE HECTOR RAMON sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 20429588 ENRIORI CLAUDIO DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13626472 CACERES JOSE DE JESUS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14290977 ENRRICO MIGUEL ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 22286035 CAINO HUGO MARTIN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 31293237 ERMÁCORA CLAUDIO GASTON sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 12226500 CALEFFI MARIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13443567 ESCOBAR JUAN CARLOS DNI 21570374 CALIVA LUIS ADALBERTO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 ámbito de ESAGEON SEGURIDAD S.A. 30683549858 DNI 22628291 ESPINOZA JULIAN RENE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17580447 CALLOJAS JOSE LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 33862289 ESTEVEZ FERNANDO ANDRES sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 7756736 CALOIA HORACIO ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 12888596 ETCHEVERRY MIGUEL ANGEL sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 14587105 CAMILATTI EDGARDO FABIAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 25508162 FALISTOCO FERNANDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 28954834 CAMPOS VANESA ROCIO DEL CIELO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 4194761 FANDIÑO DIEGO ALFONSO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17250381 CAÑETE CAYETANO ESTEBAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 26091879 FARFAN PABLO CESAR DNI 24778932 CANTERO WALTER OSVALDO ámbito de SEGUR-CONTROL S.R.L. 30709892823 ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 5077372 FARIAS CARLOS OMAR sobre armas de puño registradas a su nombre Primera Sección Viernes 14 de noviembre de 2014 Documento Denominación BOLETIN OFICIAL Nº 33.011 Denominación 25 Solicitud de Portación de Arma de Fuego Documento DNI 12157362 FARIAS DANIEL ADOLFO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 27503679 GUOLO JUAN CLAUDIO sobre armas de puño registradas a su nombre Solicitud de Portación de Arma de Fuego DNI 23250264 FARIAS LUIS ALBERTO ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES S.A 30650468380 DNI 18282439 GURRIERI VICENTE ámbito de MURATA S.A. 30641063378 DNI 27427984 GUTIERREZ DANIEL EDUARDO ámbito de SPEED CENTRE S.R.L. 30658897833 DNI 21051719 GUTIERREZ GUSTAVO OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 10570224 GUTIERREZ OSCAR BENJAMIN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 11273043 GUZMAN OSCAR DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13781604 HERGENREDER CLAUDIO ABEL ámbito de ESAGEON SEGURIDAD S.A. 30683549858 DNI 29345265 HERNANDEZ JUAN RAMON ámbito de GRUPO TEAMSEG S.A. 30710752113 DNI 26153880 HERRERA GONZALEZ CINTHIA SUSANA sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 28254444 HERRERA SANTOS JAVIER sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17746735 HERROU CARLOS OSVALDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16546318 HORITL JUAN CARLOS ámbito de ESAGEON SEGURIDAD S.A. 30683549858 DNI 26821221 FELICETTI SALVADOR MIGUEL ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 18200938 FERNANDEZ ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 20483049 FERNANDEZ HECTOR OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 20575226 FERNANDEZ MARCELO ABEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 18048116 FERNANDEZ MARCELO PABLO ámbito de SECURITAS COUNTRIES S.A. 30712414215 DNI 14126828 FERRARI ENRIQUE BERNARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 7611219 FERRARI JORGE ROMAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 30409455 FERREIRA TAMARA GISELLE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 24243432 FERRER CARLOS ARIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 22329160 FERREYRA CRISTIAN MIGUEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 18191552 FERREYRA HECTOR OSCAR ámbito de GRUPO TEAMSEG S.A. 30710752113 DNI 35034624 IBARROLA HORACIO ALEJANDRO ámbito de C.I.S.E. S.R.L. 30576061907 LE 8597725 FERREYRA RAMON ALCIDES sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 23539763 IMBELLONI ALCIBIADES ANDRES ámbito de SPEED CENTRE S.R.L. 30658897833 DNI 12752520 FIGUEROA JORGE JUAN DOMINGO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 10371324 INGRATA OSCAR RAUL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 12121044 FLORES GERARDO RUBEN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16959473 INNAMORATI SERGIO ANIBAL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 10602445 FLORES HECTOR OSVALDO ámbito de SCYTHIA S.A. 33710069749 DNI 20449206 INOSTROZA LUIS DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17879152 FLORES NELSON WALTER sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13813607 INTILI ALFREDO HORACIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 21617309 FLORES ROLANDO HORACIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 10406512 IOZZIA VICENTE ROBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16776742 FLOREZ WALTER sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 22931997 IRIARTE WALTER ADRIAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 21729812 FONTAN RAUL CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 4743154 IRURITA ALBERTO AMADO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 28827399 FRANCO GABRIEL ORLANDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 10030569 IVAZETA MARIO RICARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 29803140 FRANCO VICTORIANO LUIS ámbito de KÖNER SEGURIDAD S.A. 30707700285 DNI 17018775 JARAMILLO VICTOR FERNANDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 23914738 KALIL EDUARDO RAMON ámbito de BRUJULA S.A. 30644801612 DNI 10816248 KEREKES JULIO ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 22492601 KESSELER JUAN GABRIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 20629225 KOWAL JOSE LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 12177756 LAGOS MIGUEL ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 5526079 LAGUNA JULIO CESAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14108992 LAMBRECH JORGE PEDRO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 30331405 LASCANO BERTUZZI GUSTAVO ENRIQUE ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145 DNI 7782664 FRETES SALVADOR ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 32882140 FUHMAN FEDERICO IVAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 23412798 FUMAGALLI FLAVIO CESAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 18597376 FUNES FERNANDO GABRIEL ámbito de ASTER CONTROL S.A. 30710442041 DNI 30211014 FUNES LUIS DAMIAN ámbito de C.DE TRAB.LINCE SEG.LTDA. 30643445510 DNI 31992451 FUNES RAFAEL EDMUNDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16765054 FURFARO EDUARDO DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 22851298 GABUTTI JAVIER HORACIO ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES S.A 30650468380 DNI 24905154 LASTRA JUAN CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 26407796 LATERZA OMAR DANIEL ámbito de CI 5 S.A. 30679488593 DNI 10518958 LAURITTO ERNESTO RUBEN ámbito de SERV.DE INV.LA PRINCIPAL S.A. 30707436103 LE 7840611 LAZARO LUIS JORGE ámbito de KÖNER SEGURIDAD S.A. 30707700285 DNI 20805192 LEDESMA DOMINGO RUBEN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 28130954 LEDESMA REINALDO DAMIAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 25988889 LEDESMA WALTER ARIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 28056184 LEDEZMA JOSE ARIEL ámbito de PAMPA SEGURIDAD PRIVADA S.R.L. 30709936545 DNI 14988080 GALAN OMAR ALEJANDRO ámbito de ARA SEGURIDAD S.R.L. 30714208795 DNI 23829565 GALARZA DIEGO SEBASTIAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 8573030 GALEANO JUAN JOSE LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13820945 GALLARDO JULIO ELIAS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 35139014 GALLO ALBERTO GUSTAVO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17710150 GARCIA EDGARDO RAUL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14851883 GARCIA IRIARTE RICARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13413835 GARCIA SUSANA ELIZABETH sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14020267 GATICA JORGE CESAR ámbito de G4S SOLUCIONES DE SEGURIDAD S.A. 30549486513 DNI 13948478 LEGARRALDE ORESTE PABLO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13541826 LEGUIZAMON HUGO OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 28337233 LESCANO EDUARDO RAUL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 23626043 LEVILL CARLOS MANUEL OMAR ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145 DNI 17555054 GAUDINO CARLOS CESAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 7832749 GAUNA ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16699933 GAUTO CRISTINO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17492904 GENTA CARLOS FABIAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 18749865 LEYES CLAUDIO MARTIN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17974917 GERARDI JOSE DANIEL ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES S.A 30650468380 DNI 33950634 LLULL RAUL ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES S.A 30650468380 DNI 29279658 LO TARTARO PABLO MARTIN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 4858832 LOIZAGA LUIS RICARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13942940 LOIZAGA OMAR DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 12267498 LOPEZ CARLOS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 34482224 LOPEZ CARLOS JAVIER sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14112686 LOPEZ DOMINGO ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 20264010 LOPEZ HECTOR PATRICIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 20471106 GEREZ CARLOS ALBERTO DNI 17111051 GIAGANTE ROBERTO NELSON sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 11165736 GIL CLAUDIO CARMELO ámbito de SCYTHIA S.A. 33710069749 DNI 4184675 GILARDI FRANCISCO EUGENIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 11141391 GIMENEZ HUGO ROLANDO ámbito de SECURITAS COUNTRIES S.A. 30712414215 LE 8410242 GIUNTA HECTOR FERNANDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 10678369 LOPEZ JAVIER ANDRES sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17416195 GODOY JAVIER ALFREDO ámbito de KÖNER SEGURIDAD S.A. 30707700285 DNI 26073320 LOPEZ PUJATO FRANCISCO JOSE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 4296318 LOPEZ SANDIVARES FRANCISCO R. sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 23103649 GODOY RUBEN DARIO ámbito de VALTO SEGURIDAD S.R.L. 30710895569 DNI 28449751 LOSDOVSKIS MAXIMILIANO ALEJANDRO ámbito de BRUJULA S.A. 30644801612 ámbito de SEGURIDAD ARGENTINA S.A. 30609445196 DNI 14353538 LOZA JORGE ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 6812460 LUCERO JUAN BAUTISTA sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13085257 LUNA RUBEN DARIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 20664557 LUQUE CARLOS FABIAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 8237675 LUQUES ROQUE EDUARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 31756494 LURASCHI MARTIN EMANUEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 23045034 MACCHIONE CARLOS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16075549 MACHADO DANIEL ANTONIO ámbito de G4S SOLUCIONES DE SEGURIDAD S.A. 30549486513 DNI 20995749 MACUA ALEJANDRO VALENTIN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 31754189 MAGLIANO EDGAR RODOLFO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 32153623 MALDONADO LEONARDO FRANCISCO ámbito de CI 5 S.A. 30679488593 DNI 21469616 MALDONADO MARCELO SANTIAGO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14489286 MAMANI OSVALDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 20454731 MANA MARCELO ADRIAN ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145 DNI 13266488 MANENTE LORENZO ámbito de GRUPO TEAMSEG S.A. 30710752113 DNI 33118424 MANOLIO IVERSEN MATIAS LEONEL ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES S.A 30650468380 DNI 16057552 GOMES DA COSTA FERNANDO A. DNI 16871102 GOMEZ ANTONIO JORGE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 22085845 GOMEZ DA SILVA OSVALDO RAUL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 26505336 GOMEZ DAVID ROGELIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 4288969 GOMEZ JOSE ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 22818936 GOMEZ JOSE MARIA sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 28444778 GOMEZ JULIO ATILIO ámbito de FINOR S.A. 30709894273 DNI 12116657 GOMEZ LUIS ARTURO ámbito de ENTHEUS SEGURIDAD PRIVADA SRL 30708426020 DNI 12652239 GOMEZ LUIS PABLO ámbito de MURATA S.A. 30641063378 DNI 7984966 GOMEZ MIGUEL ANGEL R. sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 29496288 GONZALEZ ALDO OMAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17656979 GONZALEZ EDGAR OSVALDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 11267439 GONZALEZ EDUARDO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 22041139 GONZALEZ GABRIEL ADRIAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 8352845 GONZALEZ HUMBERTO MANUEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 10526289 GONZALEZ MARCOS HECTOR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17483418 GONZALEZ RAUL ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 28408971 MANSILLA ADOLFO FERNANDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 27080902 GONZALEZ ROBERTO JAVIER sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 27345947 MARIAN CHRISTIAN MIGUEL ámbito de REDGUARD S.A. 30708627638 DNI 16041819 GONZALEZ SANTIAGO EUGENIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 29065368 MARINI CESAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 18405208 GONZALEZ SERGIO RAUL ámbito de REDGUARD S.A. 30708627638 DNI 16828519 MARQUEZ DE OLIVEIRA MARCELO DARIO DNI 23843259 GRANVILLANO JUAN MARCELO sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de KÖNER SEGURIDAD S.A. 30707700285 DNI 10827221 GRAZIANO MIGUEL ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 35330796 MARRERO ALVARO XAVIER sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 25478991 GRIECCO GASTON SEBASTIAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 21459935 MARRO SERGIO OMAR sobre armas de puño registradas a su nombre MARTINA JAVIER FLAVIO ámbito de SISEG S.R.L. 30654846509 DNI 27283933 GROBA DANIEL IGNACIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16844490 DNI 25206314 GROSSI GERMAN ANDRES ámbito de BRUJULA S.A. 30644801612 DNI 16543491 MARTINANGELI CARLOS ERNESTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 11972397 GUIA JORGE LUIS NICOLAS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 18325370 MARTINEZ ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre Viernes 14 de noviembre de 2014 Documento DNI 31601114 DNI 20723221 DNI 4607908 DNI 27048592 DNI 27298198 Denominación MARTINEZ GABRIEL NICOLAS MARTINEZ LUIS PABLO MARTINEZ NORBERTO FRANCISCO MARTINO DANIEL ALEXIS MEDICO PABLO ANDRES DNI 16368351 DNI 26471968 MEDINA MARIO RAMON MEDRANO FABIAN MARCELO DNI 13518526 MELGAREJO DAVID AMERICO DNI 4515915 DNI 17984298 MELLINO JOSE LUIS MELO JUAN MANUEL DNI 32392511 DNI 31043102 DNI 33531282 MENCIA MAXIMILIANO ARIEL MENDEZ FRANCO MANUEL MERCADO FERNANDO DANIEL DNI 25150783 MERLOS JORGE FABIAN DNI 8113686 DNI 23302224 DNI 11564444 DNI 18364274 DNI 22565852 DNI 17404731 DNI 17484325 MESSINA ALBERTO JOSE MESTRE ELIO VICTOR MEZA CARLOS FRANCISCO MICHELLI FABIO JORGE MIGUELEZ FERNANDO JAVIER MIGUENZ FABIAN WALTER MIRANDA ROBERTO ENRIQUE DNI 12137636 DNI 24042736 DNI 17070275 MOLINARI HUGO EDUARDO MONTALTO DIEGO MARIA MONTENEGRO GREGORIO SALVADOR DNI 17371072 DNI 14905315 DNI 16053091 DNI 13751606 DNI 29007777 MONTENEGRO JUAN CARLOS MONTENEGRO OSCAR ALBERTO MONTERO EDUARDO ANSELMO MONTEROS PEDRO ENRIQUE MONTES FERNANDO GABRIEL DNI 12191659 DNI 14452242 DNI 8546692 DNI 29640892 DNI 10248328 MONZON HUGO AGUSTIN MONZON WALTER RAUL MORAEZ JORGE ORLANDO MORAL EDUARDO ALBERTO MORALES MIGUEL ANGEL DNI 30132621 DNI 7330923 DNI 27151421 DNI 16023453 DNI 13102640 DNI 11346235 DNI 28200852 MORALES PIERUZZINI PABLO MORALES REINERIO MORE OMAR ALI MORELL GUSTAVO RAFAEL MORENO CESAR AGUSTIN MORIONES HECTOR HUGO MORRONE MARTIN SEBASTIAN DNI 14892062 DNI 33703921 DNI 27671810 DNI 17834758 DNI 14134514 DNI 92709406 DNI 25434397 DNI 4647260 DNI 13536012 DNI 23472739 DNI 22419605 DNI 16021057 DNI 22174055 DNI 14920603 DNI 11424923 DNI 26225941 DNI 16506785 DNI 11629633 DNI 8490945 DNI 8537281 DNI 24375487 DNI 27162728 DNI 12744076 DNI 24683937 DNI 14947140 DNI 21492541 MOTTURA SILVIO DANIEL MOYANO CRISTIAN ROBERTO MOYANO FEDERICO ANTONIO MOYANO VICTOR HUGO MUCKLOWE EZEQUIEL GUSTAVO MUÑOZ DUARTE MIGUEL ANGEL NIEVA HERNAN DAVID NIZ JUAN CARLOS NUÑEZ JULIO RAMON OBARRIO DAMIAN OCTAVIANO MARIA FABIANA OLIVERA MIGUEL ANGEL OLIVERA WALTER EDUARDO OLMEDO GERARDO ANTONIO ORQUERA ANGEL ANICETO OTERO ADRIAN PAUL OVEJERO VICENTE SALVADOR OVIEDO EUGENIO AGUSTIN OVIEDO RODOLFO HORACIO PACHILLA OSCAR ALFREDO PAEZ ALFREDO RAMON PAEZ DARIO RUBEN PAEZ MARCELO FAUSTINO PALAVECINO JUAN ADRIAN PALAVECINO JUAN ANTONIO PALLADINI CLAUDIO ALEJANDRO DNI 30695432 DNI 27197154 PALLARES LUIS ESTEBAN PAPPONETTI MARTIN ALEJANDRO DNI 21350586 DNI 13882282 DNI 25795135 DNI 4994217 DNI 14974113 DNI 16904801 DNI 16320657 DNI 11393669 DNI 16903793 DNI 27032465 DNI 16393854 DNI 13624921 DNI 20371015 PARED RAMON GABRIEL PAREDES RANULFO NEMECIO PARELLA SALVADOR HERNAN PAVONI JUAN DOMINGO PAYERO PAULO PAZ MARIO ALBERTO PEDRAZA CARLOS GUILLERMO PEÑA EULALIO CARLOS PERALTA JOSE MARIA PEREYRA ALBERTO MIGUEL PEREYRA HECTOR EDGARDO PEREYRA JULIO JORGE PEREYRA SILVIO UBALDO DNI 8559027 DNI 27193743 PEREZ CARLOS DANIEL PEREZ HECTOR JOSE Primera Sección Solicitud de Portación de Arma de Fuego sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de VALTO SEGURIDAD S.R.L. 30710895569 ámbito de SECURITAS COUNTRIES S.A. 30712414215 sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de ESAGEON SEGURIDAD S.A. 30683549858 ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de SCYTHIA S.A. 33710069749 ámbito de VALTO SEGURIDAD S.R.L. 30710895569 sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de G4S SOLUCIONES DE SEGURIDAD S.A. 30549486513 sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de SPEED CENTRE S.R.L. 30658897833 ámbito de BRUJULA S.A. 30644801612 sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de SECURITAS COUNTRIES S.A. 30712414215 sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de COOP.DE T.DE S.Y VIG.DOGO ARG. LTDA. 30662934174 sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de C.I.S.E. S.R.L. 30576061907 sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de MURATA S.A. 30641063378 sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de ALTA VISION S.A. 30646387821 sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de REDGUARD S.A. 30708627638 sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de SISEG S.R.L. 30654846509 sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de G4S SOLUCIONES DE SEGURIDAD S.A. 30549486513 sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de SERVIN SEGURIDAD S.A. 30707828923 sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 BOLETIN OFICIAL Nº 33.011 26 Documento DNI 22010634 DNI 7375342 DNI 36867041 DNI 10587678 DNI 16728895 DNI 27646761 Denominación PEREZ JAIME DANIEL PEREZ JOSE MANUEL PEREZ LEONARDO FERMIN PEREZ OSCAR ALBERTO PERLATI GABRIEL RICARDO PERON NELSON AUGUSTO DNI 14638901 DNI 25134034 PIANCATELLI JOSE ALBERTO PICADO FRANCISCO CARLOS DNI 7931352 DNI 11038578 DNI 5179058 DNI 29539655 PIEDRABUENA OSCAR PIFARRE EDGARDO ANIBAL PINO LIDIA SUSANA PLANO GASTON ALBERTO DNI 16534926 LE 8076655 DNI 13250078 DNI 11203448 DNI 31059922 DNI 33359047 DNI 7578202 DNI 23337672 DNI 21910507 DNI 25604452 LE 8187665 DNI 21599873 DNI 30138818 DNI 32132332 DNI 5882940 DNI 22743268 POLVERIGIANI ALDO ALBERTO PONCE DE LEON JOSE LUIS PONCE OBDULIO JOSE PONS ALBERTO LUIS POPA DELANZQUE OSVALDO PORRECA TOMAS ALBERTO POSSE GUILLERMO EGIDIO PRIMORAC PABLO AMADEO PUEBLA PEDRO BENIGNO QUEVEDO ALBERTO RAMON QUIÑONEZ TOMAS DOMINGO QUINTANA LISANDRO ELADIO RADZIWIT MAXIMILIANO ALBERTO RAMIREZ CARLOS HUMBERTO RAMIREZ ENRIQUE PASCUAL RAMIREZ GABRIELA ALICIA DNI 25865796 DNI 24306714 DNI 26355090 DNI 8208059 DNI 11633633 DNI 11588288 DNI 10135599 RAMIREZ GERARDO ARIEL RAMOS CLAUDIO RICARDO RAMUA JUAN MARCELO RATTI ANTONIO ALBERTO REBASTI SERGIO ALEJANDRO REGUEIRO ALFONSO ANIBAL REINOSO ANGEL CUSTODIO DNI 16585111 DNI 21911357 REINOSO JULIO OSCAR RETAMALES RUBEN DNI 20055100 LE 7801960 DNI 13240062 DNI 22833501 DNI 18552854 RIBAS CHRISTIAN ALEJANDRO RICCIARDI OSVALDO JOSE RICHETTA CARLOS ALBERTO RIDOLFI ESTEBAN JAVIER RIOS JULIO ARGENTINO DNI 13932701 DNI 31629366 DNI 32223823 DNI 11443796 DNI 10160820 DNI 24271822 DNI 34597752 DNI 18559736 DNI 13945738 DNI 11357748 DNI 22182085 DNI 13110033 DNI 17370158 DNI 12264941 DNI 32465923 DNI 28227539 RIOS OSVALDO CARLOS RIVAS HECTOR DANIEL RIVAS LEANDRO ENRIQUE MIGUEL ROBERTO CARLOS ALBERTO ROBOTTI SERGIO ROCA CRISTIAN ALBERTO RODAS CRISTIAN HERNAN RODRIGUEZ HECTOR FABIAN RODRIGUEZ JORGE ALBERTO RODRIGUEZ JOSE LUIS RODRIGUEZ JUAN ALBERTO RODRIGUEZ LUIS OSVALDO RODRIGUEZ MIGUEL ANGEL RODRIGUEZ RAFAEL ALBERTO RODRIGUEZ SERGIO ARIEL ROJAS DOMINGO SILVIO SEBASTIAN DNI 16284601 DNI 8549423 DNI 12210299 DNI 14641580 DNI 22950460 DNI 30895323 DNI 12446827 DNI 36078613 DNI 20506518 DNI 17230938 ROJAS JULIO CESAR ROLDAN ALDO OSVALDO ROLDAN RINALDO REMO ROLDAN RUBEN DARIO ROLON DANIEL FERNANDO ROMERO DANIEL HERNAN ROMERO EDUARDO DANIEL ROMERO FACUNDO NICOLAS ROMERO FERNANDO VICENTE ROMERO JUAN DNI 21562634 ROSALES WALTER OMAR Solicitud de Portación de Arma de Fuego sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de FINOR S.A. 30709894273 sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de SERVIN SEGURIDAD S.A. 30707828923 sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES S.A 30650468380 ámbito de GRUPO COPINCO S.A. 33708552599 sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de BRUJULA S.A. 30644801612 sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de FINOR S.A. 30709894273 sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de SEGUR-CONTROL S.R.L. 30709892823 sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de BRUJULA S.A. 30644801612 sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de G4S SOLUCIONES DE SEGURIDAD S.A. 30549486513 sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de SEGUR-CONTROL S.R.L. 30709892823 sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de C.DE TRAB.LINCE SEG.LTDA. 30643445510 sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de MURATA S.A. 30641063378 sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre PISTOLA calibre 9 MM sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de ENTHEUS SEGURIDAD PRIVADA SRL 30708426020 sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de REDGUARD S.A. 30708627638 sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de CI 5 S.A. 30679488593 ámbito de G4S SOLUCIONES DE SEGURIDAD S.A. 30549486513 sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 12336022 ROSSINI HECTOR RUBEN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 20478145 ROSSO ALBERTO ORLANDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 12357144 ROTELA JUAN ABEL ámbito de ALTA VISION S.A. 30646387821 DNI 13151036 ROTONDO ROBERTO ADOLFO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14673805 ROVER LEONARDO DAVID sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 4161443 ROVERANO BERALDO ROBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 12206561 RUIZ DARDO MODESTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 11346763 RUIZ JUAN ALBERTO ámbito de GRUPO TEAMSEG S.A. 30710752113 DNI 24773364 RUIZ MARCOS ANIBAL DNI 23684342 DNI 21341273 RUIZ PABLO MARTIN RUIZ RAUL OSVALDO DNI 21970655 DNI 11567983 DNI 17888346 DNI 22427634 SAAVEDRA DANIEL ALFREDO SALGADO JOSE LEOVINO SALINAS MARISA MARIEL SALOMON GUSTAVO GERMAN DNI 16052286 SANCHEZ FEDERICO ámbito de G4S SOLUCIONES DE SEGURIDAD S.A. 30549486513 sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de G4S SOLUCIONES DE SEGURIDAD S.A. 30549486513 sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de KÖNER SEGURIDAD S.A. 30707700285 sobre armas de puño registradas a su nombre Viernes 14 de noviembre de 2014 Documento DNI 11248861 DNI 17204813 Denominación SANCHEZ MIGUEL ANGEL SANCHEZ VICENTE DNI 30348184 DNI 30799026 DNI 14065471 DNI 17510795 DNI 10814487 SANDOVAL ASIA ANDRES EMMANUEL SANMAMED DEBORA ANTONELA SANTA CLARA DANIEL ANTONIO SANTILLAN HECTOR NICOLAS SANTILLAN HECTOR RODOLFO DNI 17062108 SANTILLAN JULIO CESAR DNI 24573301 DNI 12747923 DNI 10879233 DNI 18137620 DNI 28676695 DNI 17306831 DNI 28174893 DNI 13317781 DNI 32245393 DNI 7727139 DNI 26584153 DNI 30455758 DNI 22766830 LE 4991533 LE 4422080 DNI 16654593 DNI 10688640 DNI 20548806 DNI 33987529 SARQUIS VERA AUGUSTO SETRAK CARLOS MARIA SARRASQUETA GUSTAVO ABEL SARVI JUAN DANIEL SEGRETO MARCELO SEIMANDI MATIAS LEONEL SICARO JORGE ARMANDO SILVA DAMIAN EZEQUIEL SILVA GUILLERMO LUIS SINCHES HUGO IVAN SIRAKEY ISABELINO SOLIER HECTOR ALEJANDRO SOLIS ARIEL ANDRES SOLIS TRANSITO ROLANDO SORAIRE DANIEL EMILIO SORGETTI JORGE ALFREDO SORIA MARCELO DANIEL SOSA HECTOR LUIS SOSA SERGIO ANDRES SOTO ESTEBAN JAVIER DNI 13602494 DNI 28484362 DNI 30065020 DNI 4525927 DNI 7775171 DNI 27769360 DNI 16452876 DNI 20951611 DNI 16760470 DNI 28702360 DNI 11191294 DNI 16829797 DNI 21380275 SOUTO CARLOS EDUARDO STEIN JAVIER OMAR STRASSER MARTINEZ LEONARDO EMMANUEL SUAREZ JOSE ENRIQUE SUAREZ RAUL MAXIMO SUAREZ SILVIO GONZALO TALICE ALEJANDRO TAPIA ORLANDO OCTAVIO TAUS JUAN RAMON TEMEZ LIMA JONAS EZEQUIEL TEVES CARLOS ALBERTO TORALES RAMON ANTONIO TORO DANIEL MARCELO DNI 11120527 TRICARICO ALBERTO LUIS Primera Sección Solicitud de Portación de Arma de Fuego sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de FEDERAL SERVICE S.R.L. 30678784288 sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de FEDERAL SERVICE S.R.L. 30678784288 ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES S.A 30650468380 ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145 sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de ARGENT-POL S.R.L. 30691297469 sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de MURATA S.A. 30641063378 sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de LIRGER S.R.L. 30710425031 ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de INCLAVE S.A. 30604207947 sobre PISTOLA calibre 9 MM sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145 sobre armas de puño registradas a su nombre BOLETIN OFICIAL Nº 33.011 Documento DNI 30208912 Denominación TROSCE LEANDRO MATIAS DNI 28409171 DNI 36057518 DNI 12778841 DNI 17419807 DNI 12438406 DNI 30111007 DNI 29414655 DNI 23845531 URRUTIA ALEJANDRO GABRIEL VALDEZ FELIPE ORLANDO VALENZUELA HECTOR VALENZUELA PEDRO PABLO VALLEJOS OSCAR ALFREDO VARGAS ANDRES VAZQUEZ HERNAN CARLOS VAZQUEZ LUIS ROBERTO DNI 24037778 VAZQUEZ MAXIMO JAVIER DNI 10836837 DNI 18854654 DNI 14603416 DNI 12176647 DNI 20728626 DNI 5711676 VEGA ALDO SAUL VEGA EDUARDO ALEXIS VEGA OSCAR LUIS VELIS JORGE EDGARDO VERON JAVIER EDGARDO VERON NICOMEDES GREGORIO DNI 27688406 DNI 12939806 DNI 20483526 VICENTE JAVIER ORLANDO VILLALBA MARIO DOMINGO VILLALBA RAMON OSCAR DNI 31864593 DNI 32341528 DNI 29109132 VILTE JORGE FEDERICO VISENTIN PADILLA NICOLAS VIVES STUTZ CESAR ALEJANDRO DNI 29565399 DNI 25315124 DNI 12102863 DNI 28780760 DNI 31306780 DNI 35113507 VIZGARRA MAURO NICOLAS WIEST PAUL JAVIER WOZNIAK RODOLFO EDUARDO YAPURA ANTONIO ARMANDO YSLAS JOSE FELICIANO ZALAZAR SABASTIAN EDGARDO DNI 10183094 DNI 32314151 DNI 27718835 DNI 13299522 DNI 14826401 DNI 5268662 DNI 29684037 DNI 17818484 DNI 27786912 DNI 31920894 ZAMORA ROBERTO LUIS ZAPATA DANIEL EDUARDO ZAPATA VICTOR NICOLAS ZAPPALA ROLLAND CLAUDIO NORBERTO ZARZA JOSE OSCAR ZERDA FRANCISCO JORGE ZUAZQUITA MARTIN ATILIO ZUCCARELLI DANIEL ALBERTO ZULETA RAUL JESUS ZURDO JUAN NICOLAS 27 Solicitud de Portación de Arma de Fuego ámbito de G4S SOLUCIONES DE SEGURIDAD S.A. 30549486513 ámbito de SECCLEAN S.A. 30709645745 sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de FEDERAL SERVICE S.R.L. 30678784288 ámbito de SECURITAS COUNTRIES S.A. 30712414215 sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de BRUJULA S.A. 30644801612 ámbito de ESAGEON SEGURIDAD S.A. 30683549858 ámbito de SCYTHIA S.A. 33710069749 sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de G4S SOLUCIONES DE SEGURIDAD S.A. 30549486513 sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de KÖNER SEGURIDAD S.A. 30707700285 sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre MATIAS MOLLE, Director Nacional, Registro Nacional de Armas. e. 14/11/2014 N° 88799/14 v. 14/11/2014 #F4718994F# Primera Sección Viernes 14 de noviembre de 2014 #I4717972I# ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS BOLETIN OFICIAL Nº 33.011 28 #I4717976I# ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS DIRECCION REGIONAL ADUANERA SALTA DIRECCION REGIONAL ADUANERA SALTA DIVISION ADUANA DE SALTA DIVISION ADUANA DE JUJUY La Dirección General de Aduanas comunica mediante el presente por un (1) día a quienes acrediten su derecho a disponer de la mercadería cuya identificación abajo se detalla, que conforme lo estatuye el art. 418 de la Ley 22.415, podrán solicitar respecto de ella alguna destinación autorizada, dentro de los treinta (30) días corridos contados desde la publicación del presente bajo apercibimiento de declararla abandonada a favor del Estado según los términos del Art. 417 siguientes y concordantes de la citada Ley, sin perjuicio del pago de las multas que pudieren corresponder de conformidad a lo establecido en los arts. 218 y 222 del mismo texto legal. Por ignorarse el domicilio o documento, se cita a las personas que más abajo se detallan para que dentro de los diez (10) días hábiles comparezcan en los sumarios que se mencionan más abajo, a presentar sus defensas y ofrecer toda la prueba por la presunta infracción a los artículos de la Ley 22.415 Código Aduanero, y bajo apercibimiento de Rebeldía. Deberá constituir domicilio dentro del radio urbano de esta Aduana artículos 1001 y 1101 Código Aduanero, bajo apercibimiento del artículo 1004 del citado texto legal. Monto mínimo de la multa artículos 930, 932 según detalle. Aduana de Salta sita en calle Deán Funes n° 190, 1° Piso, Salta-Capital. A dichos efectos los interesados deberán presentarse en la Aduana de Jujuy, sita en Ruta 66 y Colectora Capra S/N° - Palpalá, Prov. de Jujuy, en el horario de 08:00 a 15:00 hs. Abog. OSVALDO JAVIER ACOSTA, Administrador Aduana de Salta, Dirección Regional Aduanera Salta. e. 14/11/2014 N° 88495/14 v. 14/11/2014 #F4717976F# #I4717991I# ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS DIRECCION REGIONAL ADUANERA BAHIA BLANCA ADUANA DE NEUQUEN Se hace saber a los abajo mencionados que se ha ordenado notificarles la Resolución N° 1490/2013 (AD NEUQ) por la cual se declara extinguida la acción penal aduanera en los términos de los artículos 930 y 932 del Código Aduanero por la infracción prevista y penada en el art. 994 inc. c) del citado texto legal. Actuación SIGEA 15924-58-2012 15924-58-2012 JAVIER BACH, Administrador, AFIP, DGA, Aduana de Jujuy. e. 14/11/2014 N° 88491/14 v. 14/11/2014 #F4717972F# CAUSANTE GONZALEZ SAAVEDRA JONATHAN CRISTOHER, C.I. (Chile) N° 15.354.559-6 GONZALEZ PEREDA IVAN, C.I. (Chile) N° 9.744.785-3 INFRACCION Art. 994 inc. c) Art. 994 inc. c) Abog. DIEGO CARLOS FIGUEROA, Administrador de la Aduana de Neuquén, Dir. Reg. Aduanera Bahía Blanca. e. 14/11/2014 N° 88510/14 v. 14/11/2014 #F4717991F# #I4717993I# ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS #I4717974I# ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS DIRECCION REGIONAL ADUANERA SALTA DIVISION ADUANA DE SALTA Edicto para Anunciar Mercadería sin Titular Conocido o sin Declarar La DIRECCION GENERAL DE ADUANAS en virtud de lo dispuesto en el Art. 1° de la ley 25.603, para las mercaderías que se encuentren en situación prevista en el art. (417) de la ley 22.415, comunica por única vez a aquellos que acrediten su derecho a disponer de las mercaderías cuya identificación a continuación se indica que podrán dentro del plazo de TREINTA (30) días corridos, solicitar alguna destinación autorizada, previo pago de las multas que por derecho le correspondieren. Transcurrido el plazo mencionado el SERVICIO ADUANERO, procederá de acuerdo a lo dispuesto en los artículos (2), (3), (4) y (5) de la ley 25.603 y hasta tanto los titulares conserven su derecho a disponer de las mercaderías, a efectos de solicitar alguna destinación aduanera para las mismas, presentarse en la División Aduana de Salta, Deán Funes N° 190, 1° Piso, Salta, Capital. DIRECCION REGIONAL ADUANERA BAHIA BLANCA ADUANA DE NEUQUEN Se hace saber al abajo mencionado que se ha ordenado notificarle la Resolución N° 1207/2013 (AD NEUQ) por la cual se lo condena por la infracción prevista y penada en el art. 977 del Código Aduanero. Asimismo se le hace saber que dentro del plazo de 15 días de notificada la presente tiene derecho de interponer contra la misma recurso de apelación o demanda contenciosa previstos por el art. 1132 del Código Aduanero. Actuación SIGEA CAUSANTE 12372-533-2009 Vilmer Cachiguango Cañamar, Pasaporte Ecuador N° 1002393492 MONTO $ 2.605,68 en concepto de multa. U$S 317,43 en concepto de multa. INFRACCION Art. 977 Abog. DIEGO CARLOS FIGUEROA, Administrador de la Aduana de Neuquén, Dir. Reg. Aduanera Bahía Blanca. e. 14/11/2014 N° 88512/14 v. 14/11/2014 #F4717993F# #I4717980I# ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS ADUANA DE SANTIAGO DEL ESTERO La Banda, 4/11/2014 Abog. OSVALDO JAVIER ACOSTA, Administrador Aduana de Salta, Dirección Regional Aduanera Salta. e. 14/11/2014 N° 88493/14 v. 14/11/2014 #F4717974F# Por ignorarse el domicilio se cita a las personas que en cuadro anexo se detallan, para que dentro de los diez (10) días hábiles perentorios, comparezcan en los sumarios contenciosos respectivos a los efectos de presentar sus defensas y ofrecer prueba por presunta infracción imputada y penada, por el Código Aduanero (Ley 22.415), bajo apercibimiento de Rebeldía (Art. 1005). Deberá en su primera presentación constituir domicilio en el radio urbano de la Aduana de Santiago del Estero (Art. 1001 C.A.) sito en calle Los Telares, esquina Obispo Victoria, Parque Industrial La Isla, La Banda (CP 4300), debiendo tener presente lo prescripto por el Art. 1034 del Código Aduanero, bajo apercibimiento de los Arts. 1004, 1005 y 1013, inc. G) del citado cuerpo legal, la acción penal se extingue por el pago voluntario del mínimo de la multa impuesta (Arts. 930/932 C.A.). Quedan Uds. debidamente NOTIFICADOS. Primera Sección Viernes 14 de noviembre de 2014 BOLETIN OFICIAL Nº 33.011 29 se transcribe: “ARTICULO 1°: ARCHIVAR la presente denuncia en los términos de la citada Instrucción N° 02/2007... en relación a la comisión de la infracción prevista por el art. 977 de la Ley N° 22.415, respecto de la mercadería integrante del Acta de Equipaje de Importación N° 03/11, que el nombrado habría pretendido ingresar con fecha 24 de junio de 2011 al territorio aduanero bajo el régimen de equipaje.” y “ARTICULO 2°: PROCEDER A LA DESTRUCCION de la totalidad de la mercadería integrante del Acta de Equipaje de Importación N° 03/11 en función del carácter prohibido de la misma en virtud de requerir certificado de importación previo emitido por el INTI e intervención o registro en el SEDRONAR dependiendo de su composición y de conformidad al art. 436 del C.A. en cuanto a que no resulta conveniente disponer de la misma.” Fdo.: Abog. Edgardo R. Paolucci, Firma Responsable, Departamento Procedimientos Legales Aduaneros. ALBERTO ANGEL MANCUELLO, Administrador Aduana Stgo. del Estero, AFIP - DGA. e. 14/11/2014 N° 88499/14 v. 14/11/2014 #F4717980F# #I4717989I# ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS Abog. JUAN MARÍA OKECKI, Jefe (Int.), Div. Secretaría de Actuación N° 2, Dpto. Procedimientos Legales Aduaneros. e. 14/11/2014 N° 89017/14 v. 14/11/2014 #F4719615F# #I4719619I# ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS Edicto DIVISION ADUANA DE SAN JUAN El Administrador de la Aduana de San Juan cita a las personas que más abajo se detallan, para que dentro de los Diez (10) días hábiles perentorios, comparezcan en los Sumarios Contenciosos respectivos a los efectos de presentar sus defensas y ofrecer prueba por presunta infracción imputada y penada por el Código Aduanero (Ley 22.415), bajo apercibimiento de Rebeldía (Art. 1105 C.A.). Deberá en su primera presentación constituir domicilio en el radio urbano de la Aduana (Art. 1001 C.A.), sita en calle Rivadavia (OESTE) N° 523 Ciudad (San Juan), debiendo tener presente lo prescripto en el Art. 1034 C.A., bajo apercibimiento de los Arts. 1004, 1005 y 1013 inc. g) del citado cuerpo legal. La acción penal se extingue por el pago voluntario del mínimo de la multa impuesta (Art. 930/932 C.A.) y el abandono de la mercadería a favor del estado. Fdo. Juan Carlos Benitez - ADMINISTRADOR, ADUANA DE SAN JUAN. Se le notifica al Sr. Jorge Sebastian CORRAL TOURREILLES (C.I. R.O.U. N° 3.848.806-2) lo dispuesto en la Resolución DE PRLA N° 963/14 recaída en la Actuación N° 14880-30-2009, cuya parte pertinente se transcribe: “ARTICULO 1°: ARCHIVAR la presente denuncia procediendo a la entrega detallada en el Acta de Equipaje n° 16/09 (Dársena Norte) de fecha 10/04/09, en los términos de la citada Instrucción n° 02/2007 o en su defecto, proceder al despacho de oficio, de acuerdo a lo normado en la Secc. V, Tít. II de la Ley 22.415. Fdo. Abog. Edgardo R. PAOLUCCI, Firma Responsable, Departamento Procedimientos Legales Aduaneros. Abog. JUAN MARÍA OKECKI, Jefe (Int.), Div. Secretaría de Actuación N° 2, Dpto. Procedimientos Legales Aduaneros. e. 14/11/2014 N° 89021/14 v. 14/11/2014 #F4719619F# #I4719623I# ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS Edicto Abog. JUAN CARLOS BENITEZ, Administrador (I), Div. Aduana de San Juan (Di Rame). e. 14/11/2014 N° 88508/14 v. 14/11/2014 #F4717989F# #I4719034I# ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS Edicto Se cita a las personas que abajo se mencionan para que en el plazo de diez días comparezcan ante la División Secretaría de Actuación N° 2, sita en Hipólito Irigoyen 460, 1° piso, Capital Federal, a efectos de: a) constituir domicilio en el radio de esta oficina aduanera, bajo apercibimiento de tenérselo por constituido en los estrados de ésta, donde quedarán notificadas de pleno derecho todas las providencias y resoluciones que se dictaren (arts. 1001 y 1004 del C.A.) y b) evacuar defensas y ofrecer toda la prueba de que intenten valerse, bajo apercibimiento de rebeldía (arts. 1101 al 1105 del C.A.). Se les hace saber que: a) en caso de concurrir un tercero en su representación deberá acreditar personería en su primera presentación (arts. 1030 a 1032 del C.A.); b) si plantean cuestiones jurídicas deberán hacerlo con patrocinio letrado (art. 1034 del C.A.), y c) si dentro del plazo de diez días efectúan el pago voluntario de la multa mínima y el abandono de la mercadería en presunta infracción se declarará extinguida la acción y no se registrará antecedente, no siendo necesario el patrocinio letrado a tal fin. Se le notifica al Sr. Jorge Sebastian CORRAL TOURREILLES (C.I. R.O.U. N° 3848.806-2) lo dispuesto en la Resolución DE PRLA N° 963/14 recaída en la Actuación N° 14880-30-2009, cuya parte pertinente se transcribe: “ARTICULO 1°: ARCHIVAR la presente denuncia procediendo a la entrega de la mercadería detallada en el Acta de Equipaje de Equipaje N° 16/09 de fecha 10/04/09 (fs. 2) (Acta de verificación obrante a fs. 6), en los términos de la citada Instrucción N° 02/07, o en su defecto proceder de acuerdo a la Secc. V. Tít. II de la Ley N° 22.415...”. Fdo. Abog. Edgardo R. PAOLUCCI, Firma Responsable, Departamento Procedimientos Legales Aduaneros. Abog. JUAN MARÍA OKECKI, Jefe (Int.), Div. Secretaría de Actuación N° 2, Dpto. Procedimientos Legales Aduaneros. e. 14/11/2014 N° 89025/14 v. 14/11/2014 #F4719623F# #I4719613I# ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS DVSAPLA 2 Ref. Nota N° 91/2014 (DV SAC) Código Aduanero (Ley 22.415, arts. 1013 inc. h) y 1101). Edicto Por ignorarse domicilio, se cita a las personas que más abajo se mencionan, para que dentro de los 10 (diez) días hábiles comparezcan a presentar su defensa y ofrecer pruebas por la infracción al artículo 977 del C.A., bajo apercibimiento de rebeldía. Deberán constituir domicilio dentro del radio urbano de esta oficina aduanera (Art. 1001 del C.A.) bajo apercibimiento de ley (Art. 1004 del C.A.). Se les hace saber que el pago de la multa mínima producirá la extinción de la acción penal aduanera y la no registración del antecedente (Arts. 930/932 del C.A.). Asimismo, se hace saber que el importe de los tributos correspondientes a la mercadería en trato ascienden a los importes abajo citados intimando a su cancelación en los términos del artículo 794 y cc. del Código Aduanero. Abogada SILVINA I. DE BISOGNO, Firma Responsable (Int.), Secretaría de Actuación N° 2, Dpto. Procedimientos Legales Aduaneros. e. 14/11/2014 N° 88839/14 v. 14/11/2014 #F4719034F# #I4719615I# ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS Edicto Nº 75 Se le notifica al Sr. SORIA SOSA MARCELO (C.I. R.O.U. N° 4408575-9) lo dispuesto en la Resolución DE PRLA N° 5595/14 recaída en la Actuación N° 14881-33-2011, cuya parte pertinente Abogada SILVINA I. DE BISOGNO, Firma Responsable (Int.), Secretaría de Actuación N° 2, Dpto. Procedimientos Legales Aduaneros. e. 14/11/2014 N° 89015/14 v. 14/11/2014 #F4719613F# Primera Sección Viernes 14 de noviembre de 2014 #I4719625I# ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS BOLETIN OFICIAL Nº 33.011 DIRECCION GENERAL DE ADUANAS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS DVSAPLA 2 DVSAPLA 2 REF. NOTA N° 74/2014 (DV SAC) Código Aduanero (Ley 22.415, arts. 1013 inc. h) y 1101). Código Aduanero (Ley 22.415, arts. 1013 inc. h) y 1101). Edicto Nº 63/14 Edicto Por ignorarse domicilio, se cita a las personas que más abajo se mencionan, para que dentro de los 10 (diez) días hábiles comparezcan a presentar su defensa y ofrecer pruebas por las infracciones que se indican, bajo apercibimiento de rebeldía. Deberán constituir domicilio dentro del radio urbano de esta oficina aduanera (Art. 1001 del C.A.) bajo apercibimiento de ley (Art. 1004 del C.A.). Se les hace saber que el pago de la multa mínima producirá la extinción de la acción penal aduanera y la no registración del antecedente (Arts. 930/932 del C.A.).- Abog. Juan María Okecki. Jefe (Int.) Div. Secretaría de Actuación N° 2. EXPEDIENTE 12149-40-2012 12144-178-2009 30 #I4719644I# ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS IMPUTADO CELLULAR CITY S.R.L. (CUIT N° 33-69833243-9) WARNING SECURITY S.A. (CUIT N° 30-70861948-1) INFRACCION 991 991 Se le hace saber que en los expedientes de la referencia se ha dictado la Resolución ...“Artículo 1°: Archivar la presente denuncia procediendo a la entrega de la mercadería detallada en el Acta Lote N° .......... en los términos de la citada Instrucción N° 02/07 DGA, es decir, previa acreditación de su Clave Unica de Identificación Tributaria. Fdo.: Dr. Marcelo Mignone, Jefe (Int.) del Departamento Procedimientos Legales Aduaneros. MULTA $ 144.731,59 $ 3.738,14 Abog. JUAN MARÍA OKECKI, Jefe (Int.), Div. Secretaría de Actuación N° 2, Dpto. Procedimientos Legales Aduaneros. e. 14/11/2014 N° 89027/14 v. 14/11/2014 #F4719625F# #I4719627I# ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS DVSAPLA 2 Código Aduanero (Ley 22.415, arts. 1013 inc. h) y 1101). Abogada SILVINA I. DE BISOGNO, Firma Responsable (Int.), Secretaría de Actuación N° 2, Dpto. Procedimientos Legales Aduaneros. Edicto N° 69/14 Se le hace saber que en los expedientes de la referencia se ha dictado la Resolución ...“Artículo 1°: ARCHIVAR la presente denuncia, en los términos de la citada Instrucción General N° 02/2.00, debiendo previo a la entrega de la mercadería correspondiente al Acta Lote N°........., acompañar para los ítems 1.4 y 1.5, Certificado de ANMAT, ítem 3.1 intervención de INAL y los ítems 1 y 3.1 se encuentran sujetos a Identificación fiscal, conforme Res. 2522/87 en los términos de la citada Instrucción General N° 2/2007 en caso contrario, deberá procederse a la destrucción de la mercadería mencionada, o en caso de corresponder PROCEDER de conformidad con lo establecido en la Ley 25.603, art. 4 y ponerla a disposición de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación, a tales fines y efectos. Asimismo, deberá previamente proceder a la acreditación de su Clave Unica de Identificación Tributaria y pago de los tributos que se liquiden, o en su defecto, proceder conforme la normativa establecida por la Sección V, Título II de la Ley N° 22.415. Fdo.: Abog. Edgardo Paolucci, Firma Responsable del Departamento Procedimientos Legales Aduaneros. EXPEDIENTE IMPUTADO 13693-428-2009 PUCALLACTALLO CARLA (INDOC) ACTA N° Acta Lote N° 09001ALOT000978P RESOLUCION #I4719634I# ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS DVSAPLA 2 Código Aduanero (Ley 22.415, arts. 1013 inc. h) y 1101). Edicto N° 66/14 Se le hace saber que en los expedientes de la referencia se ha dictado la Resolución ...“Artículo 1°: ARCHIVAR la presente denuncia, procediendo a la entrega de la mercadería detallada en el Acta de Equipaje N° 31/09 de fecha 26/04/09 (fs. 2) Acta Lote N° ......, en los términos de la citada Instrucción General N° 02/2007, en su defecto proceder al Despacho de Oficio de acuerdo a lo normado en la Secc. V, Título II de la Ley N° 22.415, o en caso de corresponder PROCEDER de conformidad con lo establecido en la Ley 25.603, art. 4 y ponerla a disposición de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación, a tales fines y efectos. Fdo.: Abog. Edgardo Paolucci-Firma Responsable-Depto. Procedimientos Legales Aduaneros. EXPEDIENTE DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS 13364-49-2009 DVSAPLA 2 Código Aduanero (Ley 22.415, arts. 1013 Inc. h) y 1101). Edicto N° 70/14 Se le hace saber que en los expedientes de la referencia se ha dictado la Resolución ...”Artículo 1°: ARCHIVAR la presente denuncia, en los términos de la citada Instrucción General N° 02/2.007, procediendo previamente a la entrega de la mercadería que conforme el informe de fs. 27/39 (al que nos remitimos), no vulnera derechos marcarios, del Acta Lote N° ...., (ítems 2.1 y 2.2) corresponde proceder a la entrega de la misma en los términos de la citada Instrucción General N° 2/2007, asimismo, deberá aportar deberá aportar para el ítem 2.2 el Certificado de ANMAT, en el supuesto que no se cumpla con lo indicado precedentemente, se procederá conforme la normativa establecida por la Sección V, Título II de la Ley N° 22.415, o en caso de corresponder PROCEDER de conformidad con lo establecido en la Ley 25.603, art. 4 y ponerla a disposición de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación, a tales fines y efectos. Asimismo en caso de corresponder, deberá tenerse presente lo dispuesto en la Nota Externa N° 57/07. Artículo 2°: PROCEDER a la destrucción de las mercaderías que ostentan las marcas GUCCI, NIKE, ADIDAS, RAY BAN, GIORGIO ARMANI, KOSIUKO, RICKY SARKANY y DOLCE Y GABBANA (Items 1.1, 1.2 y 1.3) del Acta Lote .... detalladas en el informe de fs. 14/15 (al que nos remitimos) de las que se pudo determinar de la simple visualización que son apócrifas, o en caso de corresponder PROCEDER de conformidad con lo establecido en la Ley 25.603, art. 4 y ponerla a disposición de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación, a tales fines y efectos. Fdo.: Abog. Edgardo Paolucci, Firma Responsable del Departamento Procedimientos Legales Aduaneros. 12201-512-2009 #I4719654I# ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS 5850/14 Abogada SILVINA I. DE BISOGNO, Firma Responsable de la Secretaría de Actuación N° 2, Dpto. Procedimientos Legales Aduaneros. e. 14/11/2014 N° 89029/14 v. 14/11/2014 #F4719627F# EXPEDIENTE e. 14/11/2014 N° 89046/14 v. 14/11/2014 #F4719644F# IMPUTADO LUIS ALBERTO COS (DNI 22676501) ACTA N° RESOLUCION Acta Lote N° 09 001 ALOT 001015V 5852/14 Abogada SILVINA I. DE BISOGNO, Firma Responsable, División Secretaría de Actuación Nº 2, Dpto. Procedimientos Legales Aduaneros. e. 14/11/2014 N° 89036/14 v. 14/11/2014 #F4719634F# IMPUTADO GUALBERTO GERARDO ERCOLI GONZALEZ (CIU N° 1336775-2) ACTA N° RESOLUCION Acta Lote N° 09001ALOT000410T 5581/14 Abogada SILVINA I. DE BISOGNO, Firma Responsable (Int.), Secretaría de Actuación N° 2, Dpto. Procedimientos Legales Aduaneros. e. 14/11/2014 N° 89056/14 v. 14/11/2014 #F4719654F# #I4719656I# ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS DVSAPLA 2 Código Aduanero (Ley 22.415, arts. 1013 inc. h) y 1101). Edicto N° 86/14 Se hace saber que en el expediente de la referencia se ha dictado la Resolución ...“ARTICULO 1°: ABSOLVER a JOSE CARLOS NELLI, DNI 12.805.196, en las presentes actuaciones de la infracción prevista y penada por los Arts. 986/987 del C.A. en los términos del art. 1112 del plexo legal citado, atento lo expuesto en los considerandos que anteceden. Fdo.: Abog. Edgardo Paolucci, Firma Responsable del Departamento Procedimientos Legales Aduaneros. EXPEDIENTE 12201-729-2006 IMPUTADO JOSE CARLOS NELLI”, DNI N° 12.805.196 ACTA N° ------------- RESOLUCION 8180/13 Abogada SILVINA I. DE BISOGNO, Firma Responsable (Int.), Secretaría de Actuación N° 2, Dpto. Procedimientos Legales Aduaneros. e. 14/11/2014 N° 89058/14 v. 14/11/2014 #F4719656F# Viernes 14 de noviembre de 2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.011 31 Primera Sección Viernes 14 de noviembre de 2014 BOLETIN OFICIAL Nº 33.011 32 #I4719641I# ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS DVSAPLA 2 Código Aduanero (Ley 22.415, arts. 1013 inc. h) y 1101). Edicto 61/14 VISTO que en las siguientes actuaciones no consta imputado alguno, se procede a anunciar la existencia y situación jurídica de la mercadería de conformidad con lo normado en el art. 417 del Código Aduanero. Fdo.: Dra. Silvina De Bisogno, Firma Responsable de la División Secretaría de Actuación N° 2 del Depto. Procedimientos Legales Aduaneros. EXPEDIENTE 12201-278-2009 MERCADERIA Descripta en el Acta Lote N° 09001ALOT000574H que se adjunta. PROCEDIMIENTO Acta de Procedimiento de fecha 05/06/2009 Abogada SILVINA I. DE BISOGNO, Firma Responsable (Int.), Secretaría de Actuación N° 2, Dpto. Procedimientos Legales Aduaneros. e. 14/11/2014 N° 89043/14 v. 18/11/2014 #F4719641F# #I4719647I# ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS DVSAPLA 2 Código Aduanero (Ley 22.415, arts. 1013 inc. h) y 1101) Edicto 62/14 VISTO que en las siguientes actuaciones no consta imputado alguno, se procede a anunciar la existencia y situación jurídica de la mercadería de conformidad con lo normado en el art. 417 del Código Aduanero. Fdo.: Dra. Silvina De Bisogno, Firma Responsable de la División Secretaría de Actuación N° 2 del Depto. Procedimientos Legales Aduaneros. EXPEDIENTE 13364-70-2009 MERCADERIA Descripta en el Acta Lote N° 09001ALOT000659L que se adjunta. PROCEDIMIENTO Acta de Procedimiento de fecha 02/06/2009 De la DGA Abogada SILVINA I. DE BISOGNO, Firma Responsable (Int.), Secretaría de Actuación N° 2, Dpto. Procedimientos Legales Aduaneros. e. 14/11/2014 N° 89049/14 v. 18/11/2014 #F4719647F# Primera Sección Viernes 14 de noviembre de 2014 #I4719658I# ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS DVSAPLA 2 Código Aduanero (Ley 22.415, arts. 1013 inc. h) y 1101) Edicto N° 87/14 Se le hace saber que en los expedientes de la referencia se ha dictado la Resolución ...”Artículo 1°: ARCHIVAR las actuaciones respecto de la Sra. Olga Beatriz Pereyra Figueredo...por la presunta comisión de la infracción prevista en el artículo 986/987 del C.A. en relación a las mercaderías incluidas en las Actas Lote 09001ALOT000110Z (Instrucción General N° 02/2007 dga Punto IV 6), Artículo 2°: INTIMAR a la Sra. Olga Beatriz Pereyra Figueredo para que en el plazo de 15 (quince) días se presente ante la Sección Secuestros de la Dirección Aduana de Buenos Aires a retirar la mercadería secuestrada bajo actas-lote…haciéndole saber que deberá previamente acreditar su Clave Unica de Identificación Tributaria y proceder al pago de los tributos que gravaban la importación a consumo de la misma al momento de la detección del presunto ilícito denunciado que oportunamente se liquiden de oficio, así como presentar Certificado de Seguridad del Juguete conforme lo establece la Res. 163/05 así como aquellos establecidos en la Res. 485/05 y 583/05 e intervenciones de otros organismos que se requiera en cada caso, bajo apercibimiento de darle a la mercadería el tratamiento de despacho de oficio previsto en la Sección V, Título II de la Ley N° 22.415, o en caso de corresponder PROCEDER de conformidad con lo establecido en la Ley 25.603, art. 4 y ponerla a disposición de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación, a tales fines y efectos. Por último deberá tenerse presente que la mercadería descripta en ítem 2.1 se encuentra sujeta a la Res. 77/04. Fdo.: Abog. Marcelo Mignone, Jefe del Departamento Procedimientos Legales Aduaneros. 12201-99-2009 IMPUTADO OLGA BEATRIZ PEREYRA FIGUEREDO (CUIT N° 27-92093001-3) ACTA N° RESOLUCION Acta Lote Nº 09001ALOT000110Z 3483/14 Abogada SILVINA I. DE BISOGNO, Firma Responsable (Int.), Secretaría de Actuación N° 2, Dpto. Procedimientos Legales Aduaneros. Abogada SILVINA I. DE BISOGNO, Firma Responsable (Int.), Secretaría de Actuación N° 2, Dpto. Procedimientos Legales Aduaneros. e. 14/11/2014 N° 89063/14 v. 14/11/2014 #F4719661F# #I4719663I# ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS DVSAPLA 2 Código Aduanero (Ley 22.415, arts. 1013 inc. h) y 1101). e. 14/11/2014 N° 89060/14 v. 14/11/2014 #F4719658F# DIRECCION GENERAL DE ADUANAS DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS DVSAPLA 2 Código Aduanero (Ley 22.415, arts. 1013 inc. h) y 1101) Edicto N° 88/14 Se le hace saber que en los expedientes de la referencia se ha dictado la Resolución ...”Artículo 1°: ARCHIVAR la presente denuncia, procediendo previamente a la entrega de la mercadería del Acta Lote N° ………, (a excepción de los ítems 2.2 y 2.3) en los términos de la citada Instrucción General N° 02/2007, a la acreditación de su Clave Unica de Identificación Tributaria y pago de los tributos que se liquiden, Asimismo, deberá aportar las intervenciones y/o certificados que correspondan, en el supuesto que no se acompañene dichos certificados y/o intervenciones, o se trate de mercadería falsificada o que vulnere derechos marcarios, se procederá conforme la normativa establecida por la Sección V, Título II de la Ley N° 22.415, o en caso de corresponder PROCEDER de conformidad con lo establecido en la Ley 25.603, art. 4 y ponerla a disposición de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación, a tales fines y efectos. Asimismo en caso de corresponder, deberá tenerse presente lo dispuesto en la Nota Externa N° 57/07. Artículo 2°: PROCEDER a la destrucción de las mercaderías correspondientes al ítem 2.2 y 2.3 del Acta Lote.…….., atento tratarse de mercadería consistente en ropa usada de importación prohibida, o en caso de corresponder PROCEDER de conformidad con lo establecido en la Ley 25.603, art. 4 y ponerla a disposición de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación, a tales fines y efectos. Fdo.: Abog. Marcelo Mignone, Jefe del Departamento Procedimientos Legales Aduaneros. 15184-1054-2009 IMPUTADO JULIO ALEJANDRO CORDOVA SANCHEZ (PAS N° 3382602) Edicto N° 80/14 Se le hace saber que en los expedientes de la referencia se ha dictado la Resolución ...“ARTICULO 1°: ARCHIVAR la presente denuncia, en los términos de la citada Instrucción General N° 02/2007, procediendo previamente a la entrega de la mercadería que conforme el informe de fs. 41 (al que nos remitimos), no vulnera derechos marcarios, del Acta Lote N° 09 001 ALOT 001010Z, (ítems 1.1 y 1.2) corresponde proceder a la entrega de la misma en los términos de la citada Instrucción General N° 2/2007, asimismo, deberá aportar deberá aportar para el ítem 1.2 la intervención prevista por Ley 26.184, en el supuesto que no se cumpla con lo indicado precedentemente, se procederá conforme la normativa establecida por la Sección V, Título II de la Ley N° 22.415, o en caso de corresponder PROCEDER de conformidad con lo establecido en la Ley 25.603, art. 4 y ponerla a disposición de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación, a tales fines y efectos. Asimismo en caso de corresponder, deberá tenerse presente lo dispuesto en la Nota Externa N° 57/07. #I4719660I# ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS EXPEDIENTE 33 tación de su Clave Unica de Identificación Tributaria y pago de los tributos que se liquiden o en su defecto proceder conforme la normativa establecida por la Sección V, Título II de la Ley N° 22.415, o en caso de corresponder PROCEDER de conformidad con lo establecido en la Ley 25.603, art. 4 y ponerla a disposición de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación, a tales fines y efectos. Asimismo en caso de corresponder, deberá tenerse presente lo dispuesto en la Nota Externa N° 57/07. ARTICULO 2°: PROCEDER a la destrucción de las mercaderías que ostentan las marcas CHANEL, BULGARI, PUMA, ADIDAS, COSS, ELECTION y HOMBRE ARAÑA (Items 1.1, y 1.2) del Acta Lote ...... detalladas en el informe de fs. 28 (al que nos remitimos) de las que se pudo determinar de la simple visualización que son apócrifas, o en caso de corresponder PROCEDER de conformidad con lo establecido en la Ley 25.603, art. 4 y ponerla a disposición de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación, a tales fines y efectos. Fdo.: Abog. Edgardo Paolucci, Firma Responsable del Departamento Procedimientos Legales Aduaneros. DIRECCION GENERAL DE ADUANAS EXPEDIENTE BOLETIN OFICIAL Nº 33.011 ACTA N° RESOLUCION Acta Lote N° 09001ALOT000853H 4370/14 Abogada SILVINA I. DE BISOGNO, Firma Responsable (Int.), Secretaría de Actuación N° 2, Dpto. Procedimientos Legales Aduaneros. e. 14/11/2014 N° 89062/14 v. 14/11/2014 #F4719660F# #I4719661I# ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS DVSAPLA 2 Código Aduanero (Ley 22.415, arts. 1013 inc. h) y 1101). Edicto Nº 79/14 Se le hace saber que en los expedientes de la referencia se ha dictado la Resolución ...“ARTICULO 1°: ARCHIVAR la presente denuncia, en los términos de la citada Instrucción General N° 02/2007, procediendo previamente a la entrega de la mercadería que conforme el informe de fs. 28 (al que nos remitimos), no vulnera derechos marcarios, del Acta Lote N° .........., a la acredi- ARTICULO 2°: PROCEDER a la destrucción de las mercaderías del Acta Lote 09 001 ALOT 001010Z detalladas en el informe de fs. 40 (al que nos remitimos) que ostentan las marcas ADIDAS, NIKE, ROLEX, PUMA, CHANEL y CITIZEN (Items 1.1, 1.2 y 2.1) de las que se pudo determinar de la simple visualización que son apócrifas, o en caso de corresponder PROCEDER de conformidad con lo establecido en la Ley 25.603, art. 4 y ponerla a disposición de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación, a tales fines y efectos. Fdo.: Abog. Edgardo Paolucci, Firma Responsable del Departamento Procedimientos Legales Aduaneros. EXPEDIENTE 12201-516-2009 IMPUTADO BASSIROU DIOP (PAS:A00204814) ACTA N° Acta Lote N° 09001ALOT001010Z RESOLUCION 5847/14 Abogada SILVINA I. DE BISOGNO, Firma Responsable (Int.), Secretaría de Actuación N° 2, Dpto. Procedimientos Legales Aduaneros. e. 14/11/2014 N° 89065/14 v. 14/11/2014 #F4719663F# #I4719705I# ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS DVSAPLA 2 Código Aduanero (Ley 22.415, arts. 1013 inc. h) y 1101). Edicto N° 81/14 Se le hace saber que en los expedientes de la referencia se ha dictado la Resolución ...”ARTICULO 1°: ARCHIVAR la presente denuncia, en los términos de la citada Instrucción General N° 02/2007, procediendo previamente a la entrega de la mercadería que conforme el informe de fs. 40 (al que nos remitimos), no vulnera derechos marcarios, del Acta Lote N° 09 001 ALOT 001008A, (ítems 1.1 y 1.2) corresponde proceder a la entrega de la misma en los términos de la citada Instrucción General N° 2/2007, asimismo, deberá aportar deberá aportar para el ítem 1.2 la intervención prevista por Ley 26.184, en el supuesto que no se cumpla con lo indicado precedentemente, se procederá conforme la normativa establecida por la Sección V, Título II de la Ley N° 22.415, o en caso de corresponder PROCEDER de conformidad con lo establecido en la Ley 25.603, art. 4 y ponerla a disposición de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación, a tales fines y efectos. Asimismo en caso de corresponder, deberá tenerse presente lo dispuesto en la Nota Externa N° 57/07. ARTICULO 2°: PROCEDER a la destrucción de las mercaderías que ostentan las marcas CHANEL, PUMA y ADIDAS (Items 1.1, 1.2 y 2.1) del Acta Lote 09 001 ALOT 001008A detalladas en el informe de fs. 40 (al que nos remitimos) de las que se pudo determinar de la simple visualización Primera Sección Viernes 14 de noviembre de 2014 que son apócrifas, o en caso de corresponder PROCEDER de conformidad con lo establecido en la Ley 25.603, art. 4 y ponerla a disposición de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación, a tales fines y efectos. Fdo.: Abog. Edgardo Paolucci, Firma Responsable del Departamento Procedimientos Legales Aduaneros. BOLETIN OFICIAL Nº 33.011 34 #I4719712I# ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS EXPEDIENTE 12201-517-2009 IMPUTADO OMAR SALL EL (PAS:A00094348) ACTA N° RESOLUCION Acta Lote N° 09001ALOT001008A 5848/14 DVSAPLA 2 Código Aduanero (Ley 22.415, arts. 1013 inc. h) y 1101). Abogada SILVINA I. DE BISOGNO, Firma Responsable (Int.), Secretaría de Actuación N° 2, Dpto. Procedimientos Legales Aduaneros. e. 14/11/2014 N° 89067/14 v. 14/11/2014 #F4719705F# #I4719708I# ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS DVSAPLA 2 Edicto Nº 84/14 Se le hace saber que en los expedientes de la referencia se ha dictado la Resolución ...“Artículo 1°: Archivar la presente denuncia, en los términos de la citada Instrucción General N° 2/07 debiendo previo a la entrega de la mercadería correspondiente al Acta Lote “... “(ítem 4.1) deberá dar cumplimiento al estampillado tal como lo expresa la Res. N° 2522/87, previo a proceder a la entrega de dichas mercaderías en los términos de la citada Instrucción N° 02/07 o en caso contrario deberá procederse a la destrucción de la mercadería mencionada o en caso de corresponder PROCEDER de conformidad con lo establecido en la Ley 25.603, art. 4 y ponerla a disposición de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación, a tales fines y efectos. Asimismo, deberá previamente proceder a la acreditación de su Clave Unica de Identificación Tributaria y pago de los tributos que se liquiden, se procederá, conforme la normativa establecida por la Secc. V, Tít. II de la Ley 22.415. Fdo.: Abog. Edgardo Paolucci, Firma Responsable del Departamento Procedimientos Legales Aduaneros. Código Aduanero (Ley 22.415, arts. 1013 inc. h) y 1101). Edicto Nº 82/14 Se le hace saber que en los expedientes de la referencia se ha dictado la Resolución ...“ARTICULO 1°: ARCHIVAR la presente denuncia, procediendo previamente a la entrega de la mercadería de los ítems del Acta Lote N° 09001ALOT001078H, en los términos de la citada Instrucción General N° 02/2007, a la acreditación de su Clave Unica de Identificación Tributaria, y pago de los tributos que se liquiden. Asimismo, deberá tenerse en cuenta que para entregar la mercadería detallada en los ítems 4.1 y 6.1, el sumariado deberá cumplir con el régimen de identificación de mercaderías conforme Res. 2522/87, para los ítems 4.1 y 6.1, aportar el Certificado de Seguridad del Juguete (Res. N° 163/05) y la intervención que establece la Res. 485/05, para el ítem 3.1, aportar la intervención que establece la Res. 77/05 SCT y para los ítems 1.1 y 1.2 dar cumplimiento a lo establecido por la Ley 26.184, asimismo en el supuesto que no se cumplan los requisitos mencionados precedentemente, se procederá conforme la normativa establecida por la Sección V, Título II de la Ley N° 22.415, o en caso de corresponder PROCEDER de conformidad con lo establecido en la Ley 25.603, art. 4 y ponerla a disposición de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación, a tales fines y efectos. Asimismo, de corresponder, deberá tenerse en cuenta lo establecido en la Nota Externa N° 57/07. Fdo.: Abog. Edgardo Paolucci, Firma Responsable del Departamento Procedimientos Legales Aduaneros. Abogada SILVINA I. DE BISOGNO, Firma Responsable (Int.), Secretaría de Actuación N° 2, Dpto. Procedimientos Legales Aduaneros. e. 14/11/2014 N° 89074/14 v. 14/11/2014 #F4719712F# #I4719713I# ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS DVSAPLA 2 Código Aduanero (Ley 22.415, arts. 1013 inc. h) y 1101). Edicto Nº 85/14 Abogada SILVINA I. DE BISOGNO, Firma Responsable (Int.), Secretaría de Actuación N° 2, Dpto. Procedimientos Legales Aduaneros. e. 14/11/2014 N° 89070/14 v. 14/11/2014 #F4719708F# Se le hace saber que en el expediente de la referencia se ha dictado la Resolución ...“Artículo 1°: ARCHIVAR la presente denuncia en los términos de la citada Instrucción N° 02/2007 seguida respecto del Sr. ......... en relación a la comisión de la infracción prevista por el art. 977 de la Ley N° 22.415 por la mercadería integrante del Acta Lote... Artículo 2°: PROCEDER A LA DESTRUCCION de la totalidad de la mercadería integrante del Acta Lote N° ............... en función del carácter prohibido de la misma en virtud de lo dispuesto en el Decreto 690/02 Anexo XIV y Decreto 939/04 art. 5 y de conformidad al art. 436 del C.A. en cuanto a que no resulta conveniente disponer de la misma. Fdo.: Abog. Edgardo Paolucci, Firma Responsable - Departamento Procedimientos Legales Aduaneros. #I4719710I# ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS DVSAPLA 2 Código Aduanero (Ley 22.415, arts. 1013 inc. h) y 1101). Abogada SILVINA I. DE BISOGNO, Firma Responsable (Int.), Secretaría de Actuación N° 2, Dpto. Procedimientos Legales Aduaneros. e. 14/11/2014 N° 89075/14 v. 14/11/2014 #F4719713F# Edicto Nº 83/14 Se le hace saber que en los expedientes de la referencia se ha dictado la Resolución ...“Artículo 1º: ARCHIVAR la presente denuncia, procediendo previamente a la entrega de la mercadería de los ítems del Acta Lote N° .......... en los términos de la citada Instrucción General N° 02/2007, a la acreditación de su Clave Unica de Identificación Tributaria y pago de los tributos que se liquiden. Asimismo, deberá tenerse en cuenta para entregar la mercadería detallada en el ítem 2.1, acompañar el Certificado de ANMAT, por lo que de no aportarse el mismo corresponde ordenar su destrucción conforme la normativa establecida por la Sección V, Título II de la Ley N° 22.415, o en caso de corresponder PROCEDER de conformidad con lo establecido en la Ley 25.603, art. 4 y ponerla a disposición de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación, a tales fines y efectos. Asimismo, en caso de corresponder, deberá tenerse en cuenta lo establecido en la Nota Externa N° 57/07. Fdo.: Abog. Edgardo Paolucci, Firma Responsable del Departamento Procedimientos Legales Aduaneros. Abogada SILVINA I. DE BISOGNO, Firma Responsable (Int.), Secretaría de Actuación N° 2, Dpto. Procedimientos Legales Aduaneros. e. 14/11/2014 N° 89072/14 v. 14/11/2014 #F4719710F# #I4719722I# ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS DVSAPLA 2 Código Aduanero (Ley 22.415, arts. 1013 inc. h) y 1101). Edicto Nº 89/14 Se le hace saber que en los expedientes de la referencia se ha dictado la Resolución ...“Artículo 1°: Archivar la presente denuncia, procediendo previamente a la entrega de la mercadería de los ítems del Acta Lote “... “en los términos de la citada Instrucción N° 02/07 a la acreditación de su Clave Unica de Identificación Tributaria y pago de los tributos que se liquiden. Asimismo, deberá tenerse en cuenta que para entregar la mercadería detallada en el Acta Lote mencionada el sumariado deberá aportar las intervenciones y/o Certificados que correspondan, y el cumplimiento del estampillado para la mercadería del ítem 1.1 procediéndose en caso contrario conforme la normativa establecida por la Sección V, Título II de la Ley N° 22.415, o en caso de corresponder PROCEDER de conformidad con lo establecido en la Ley 25.603, art. 4 y ponerla a disposición de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación, a tales fines y efectos. Asimismo, en caso de corresponder, deberá tenerse en cuenta lo establecido en la Nota externa N° 57/07. Fdo.: Abog. Edgardo Paolucci, Firma Responsable del Departamento Procedimientos Legales Aduaneros. Primera Sección Viernes 14 de noviembre de 2014 BOLETIN OFICIAL Nº 33.011 #I4719622I# ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS 35 DIRECCION GENERAL DE ADUANAS DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS DVSAC 2 Abogada SILVINA I. DE BISOGNO, Firma Responsable (Int.), Secretaría de Actuación N° 2, Dpto. Procedimientos Legales Aduaneros. e. 14/11/2014 N° 89084/14 v. 14/11/2014 #F4719722F# #I4719635I# ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS DVSAC 2 ACTUACION N° 13682-15-2013. REF. NOTA N° 68/2014 (DV SAC) Código Aduanero (Ley 22.415, arts. 1013 inc. h) y 1101). Edicto Por ignorarse domicilio, en relación a la Actuación N° 13282-15-2014, se cita al Sr. ADRIAN FEDERICO GARRIDO (CUIT N° 23-29959526-9) para hacerle saber que se ha dictado la Resolución DE PRLA N° 980/2014 de fecha 12/03/2014 que a continuación se detalla disponiendo en su Artículo 1°: CONDENAR al Sr. ADRIAN FEDERICO GARRIDO (C.U.I.T. N° 23-29959526-9) al pago de una multa cuyo importe asciende a la suma de $ 10.561,22 (PESOS DIEZ MIL QUINIENTOS SESENTA Y UNO CON 22/100), la que se tiene por cancelada por el pago efectuado por el imputado, por infracción a los artículos 986/987 del Código Aduanero y al comiso de la mercadería integrante del Acta-Lote N° 13001ALOT000032J... Artículo 5°: ORDENAR la venta en pública subasta de la mercadería ... en atención a lo normado en el art. 429 y concordantes del Código Aduanero... Fdo. Edgardo R. Paolucci. Firma Responsable del Departamento Procedimientos Legales Aduaneros. Abog. JUAN MARÍA OKECKI, Jefe (Int.), Div. Secretaría de Actuación N° 2, Dpto. Procedimientos Legales Aduaneros. e. 14/11/2014 N° 89037/14 v. 14/11/2014 #F4719635F# #I4719620I# ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS DVSAC 2 Código Aduanero (Ley 22.415, arts. 1013 inc. h). Edicto Se les hace saber que en las actuaciones que a continuación se mencionan se han dictado las Resoluciones que se detallan disponiendo en su Artículo 1°: ARCHIVAR las actuaciones por la presunta comisión de la infracción prevista en los arts. 986/987 del C.A. en los términos de la Instrucción N° 02/2007 e INTIMAR a los nombrados para que en el plazo de 15 (quince) días se presenten ante la Sección Secuestros de la Dirección Aduana de Buenos Aires a retirar la mercadería secuestrada mediante Acta-Lotes detalladas, previa acreditación de su Clave Unica de Identificación Tributaria, la presentación de los certificados que correspondan y pago de los tributos que se liquiden, o en su defecto proceder de acuerdo a lo normado en la Secc. V, Tít. II de la Ley N° 22.415 o, si correspondiere, proceder de acuerdo a lo dispuesto por la Ley 25.603. Asimismo se deberá tener en cuenta aquella mercadería que se encuentre sujeta al cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución N° 2.522/87, sus concordantes y modificatorias. Que respecto de la mercadería que resultare con inscripción apócrifa, previo a realizar la entrega, donación o pública subasta de la misma deberá proceder a la remoción de las etiquetas identificatorias —previa consulta con los titulares marcarios—, o bien, en caso de no resultar posible proceder a la destrucción de la misma. Fdo. Abog. Marcelo F. MIGNONE, Jefe (int.) Departamento Procedimientos Legales Aduaneros. Código Aduanero (Ley 22.415, arts. 1013 inc. h). Edicto Se les hace saber que en la actuación 12201-371-2009 se ha dictado la Resolución que a continuación se detalla disponiendo en su Artículo 1°: “ARCHIVAR las actuaciones respecto de IBAÑEZ Victor Ramón (20-22201578-3) por la presunta comisión de la infracción prevista en el artículo 986/987 del C.A. en relación a la mercadería secuestrada por personal de Policía Federal Argentina, el 23 de mayo de 2009 en la intersección de la calle Maldonado y Coronda, localidad de Merlo, Prov. de Buenos Aires e incluida en la actas-lote 09001ALOT000882J (Instrucción General N° 2/07 (DGA), punto IV.6)”. Artículo 2° “INTIMAR a IBAÑEZ Victor Ramón (20-22201578-3), para que en el plazo de 15 (quince) días se presente ante la Sección Secuestros de la Dirección Aduana de Buenos Aires a retirar la mercadería secuestrada bajo actas-lote 09001ALOT000882J, haciéndole saber que deberá previamente acreditar su Clave Unica de Identificación Tributaria, el pago de los tributos que gravaban la importación a consumo de la misma al momento de la detección del presunto ilícito denunciado que oportunamente se liquiden de oficio, así como la intervención de otros organismos que se requiera en cada caso, bajo apercibimiento de darle a la mercadería el tratamiento de despacho de oficio previsto en la Sección V, Título II, Capítulo Segundo, del C.A. o bien ponerla a disposición de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación, previo cumplimiento de los recaudos exigidos por el artículo 5° de la Ley 25.603, modificado por la Ley 26.434, según corresponda”. Fdo. Abog. Marcelo F. MIGNONE, Jefe (int.) Departamento Procedimientos Legales Aduaneros. Abog. JUAN MARÍA OKECKI, Jefe (Int.), Div. Secretaría de Actuación N° 2, Dpto. Procedimientos Legales Aduaneros. e. 14/11/2014 N° 89024/14 v. 14/11/2014 #F4719622F# #I4717817I# ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL Resolución 854/2014 Bs. As., 5/11/2014 VISTO el Expediente N° S01:0106601/2014 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y CONSIDERANDO: Que la Empresa ETIHAD AIRWAYS P.J.S.C. solicitó autorización para operar en la REPUBLICA ARGENTINA como agencia fuera de línea a los efectos de promocionar y comercializar los servicios de transporte aéreo de pasajeros que ofrece. Que la Empresa ha acreditado la inscripción de su estatuto constitutivo y la apertura de sucursal en la REPUBLICA ARGENTINA. Que asimismo, se ha demostrado la autorización para operar servicios de transporte aéreo conferida a la Compañía Aérea ETIHAD AIRWAYS P.J.S.C. por parte de la Autoridad Aeronáutica de los EMIRATOS ÁRABES UNIDOS. Que con respecto al depósito en garantía que establece el número 7, inciso 3) del Decreto N° 326 de fecha 10 de febrero de 1982, mediante la presentación efectuada por la interesada con fecha 29 de octubre de 2014 se acredita su debido cumplimiento con el depósito efectuado por la suma de PESOS CIENTO SETENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y CUATRO ($ 179.864.-). Que de acuerdo con lo dispuesto por el punto 3, inciso 5° del Anexo a la Resolución N° 445 de fecha 19 de septiembre de 1983 del COMANDO EN JEFE DE LA FUERZA AEREA ARGENTINA y en el número 6 del Capítulo 1 de Anexo I al Decreto N° 326/82, resulta necesario sujetar la autorización a otorgarse, a la posibilidad real y efectiva para los transportadores argentinos de obtener idéntico otorgamiento, asegurando de esa manera el cumplimiento de la exigencia contenida en dichas normas. Que a su vez resulta pertinente otorgar la autorización por un plazo de CINCO (5) años, término que podrá renovarse por igual período a petición de la interesada, la que deberá ser formulada con una antelación no inferior a TREINTA (30) días antes del vencimiento de la autorización en vigor. Que la Dirección de Asuntos Jurídicos de la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL ha tomado la intervención de su competencia. Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas en los Decretos Nros. 239 de fecha 15 de marzo de 2007 y 1.770 de fecha 29 de noviembre de 2007. Por ello, EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE AVIACION CIVIL RESUELVE: ARTICULO 1° — Autorízase a la Empresa ETIHAD AIRWAYS P.J.S.C. a funcionar como agencia fuera de línea para promocionar y comercializar en la REPUBLICA ARGENTINA los servicios de transporte aéreo de pasajeros que ofrece. ARTICULO 2° — El período de vigencia de la presente autorización se extenderá por el término de CINCO (5) años contados a partir de la fecha de notificación de la presente resolución, el que podrá ser renovado por igual período a petición de la interesada la que deberá ser formulada con una antelación no inferior a TREINTA (30) días antes del vencimiento de la autorización en vigor. Abog. JUAN MARÍA OKECKI, Jefe (Int.) Div. Secretaría de Actuación N° 2, Dpto. Procedimientos Legales Aduaneros. e. 14/11/2014 N° 89022/14 v. 14/11/2014 #F4719620F# ARTICULO 3° — La Empresa autorizada deberá informar trimestralmente a la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE bajo declaración jurada, la cantidad y números de identificación de los documentos de transporte ingresados al país, emitidos y anulados, origen, destino y tarifas pagadas, debiendo facilitar dicha información cada vez que le sea requerida. Primera Sección Viernes 14 de noviembre de 2014 ARTICULO 4° — En su actividad, la Empresa ETIHAD AIRWAYS P.J.S.C. deberá ajustarse a las leyes y demás condiciones y normas nacionales que rijan la actividad que desarrolla. ARTICULO 7° — Regístrese, notifíquese a la Empresa ETIHAD AIRWAYS P.J.S.C., publíquese mediante la intervención del Boletín Oficial y cumplido, archívese. — Dr. ALEJANDRO A. GRANADOS, Administrador Nacional de Aviación Civil. e. 14/11/2014 N° 88383/14 v. 14/11/2014 #F4717817F# #I4717838I# MINISTERIO DE SALUD SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION E INSTITUTOS 36 Por ello, El ADMINISTRADOR NACIONAL DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA DISPONE: ARTICULO 5° — La Empresa fuera de línea desarrollará sus actividades posibilitando el reencaminamiento de tráfico por transportadores argentinos. ARTICULO 6° — La vigencia de la presente autorización queda sujeta a la posibilidad real y efectiva de obtener idéntica autorización por parte de las autoridades del país de bandera de la línea aérea de que se trata para con los transportadores argentinos. BOLETIN OFICIAL Nº 33.011 ARTICULO 1º — Prohíbase preventivamente la comercialización y uso fuera de la jurisdicción de la provincia de Buenos Aires de todos los productos “ESENCIA PARA HORNILLO ELABORADOS POR YERRY S.R.L. con datos en el rótulo de PAMS Expte. 4117-105-484-12 y PAMS EXPTE. 4117-105-479-12”. ARTICULO 2º — Instrúyase sumario sanitario a la firma YERRY S.R.L., con domicilio en la Av. Coronel Perín 3781 de la localidad de Ciudadela, partido Tres de Febrero, Provincia de Buenos Aires por haber presuntamente infringido el artículo 816 del Decreto Nº 141/53 y la Resolución ex. MS y AS Nº 709/98. ARTICULO 3º — Regístrese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación. Comuníquese a la Autoridad Sanitaria de la Provincia de Buenos Aires, al resto de las autoridades sanitarias provinciales y a la del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Comuníquese a la Dirección de Relaciones Institucionales y Regulación Publicitaria y póngase en conocimiento de la situación a la Dirección de Gestión de Información Técnica. Dése a la Dirección de Faltas Sanitarias de la Dirección General de Asuntos Jurídicos a sus efectos. — Ing. ROGELIO LOPEZ, Administrador Nacional, A.N.M.A.T. ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA e. 14/11/2014 N° 88404/14 v. 14/11/2014 #F4717838F# Disposición 7695/2014 Bs. As., 11/11/2014 VISTO el Expediente Nº 1-47-1110-567-14-6 del Registro de esta Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica, y CONSIDERANDO: Que por las actuaciones citadas en el VISTO la Dirección de Vigilancia de Productos para la Salud, a fojas 1/2, hace saber las irregularidades detectadas por parte de la firma YERRY Sociedad Responsabilidad Limitada habilitada con RNE Nº 020034886, bajo el rubro Elaborador, Fraccionador, Importador, Exportador de Productos de Uso Doméstico (según anexo I de la Disposición ANMAT Nº 0279/12). Que en su informe técnico la referida Dirección informó que personal del Departamento de Productos de Uso Doméstico mediante O.I. Nº 492/14 DVS realizó una inspección con el objeto de verificar el cumplimiento de las Buenas Prácticas de Fabricación y Control al establecimiento YERRY S.R.L. ubicado en la calle Coronel Perín 3781 de la localidad de Ciudadela, partido Tres de Febrero, provincia de Buenos Aires. Que en dicho procedimiento se observó que la firma se encontraba comercializando los siguientes productos domisanitarios elaborados bajo el nombre de YERRY S.R.L., los cuales no se encuentran registrados ante esta Administración Nacional: Esencia para Hornillo Verde de Manzana y Esencia para Hornillo Frescura de Limón, se verificó, asimismo, que en los rótulos figuraban datos relacionados a trámites de solicitud de registro de dichos productos ante la provincia de Buenos Aires, siendo para el primer producto: “PAMS Exp. 4117-105484-12” y para el segundo: “PAMS Exp. 4117-105-479-12”. Que así también, la citada Dirección indicó que en dicho procedimiento la firma exhibió copia de la solicitud de inscripción y análisis de los productos citados, entre otros, correspondientes a esencias al agua de varias fragancias con marca Corona Da Bahia, ante la Subsecretaría de Salud Pública, Dirección de Bromatología División Descentralización operativa, Municipalidad de Tres de Febrero de fecha 12 de julio de 2012, en los cuales se mencionan que corresponden a los expedientes Nº 4117-105479-12 y N° 4117-105484-12-1. Que en oportunidad de llevarse a cabo la referida inspección se verificó la existencia de documentación respecto a la venta fuera de la Provincia de Buenos Aires de los productos citados detallados como aceite, los cuales se detallan a continuación: - Factura tipo B Nº 000300006477 de fecha 01/07/14 emitidos por Parafínicos y Afines de Yerry S.R.L. a favor de Flores Nelda Cecilia de la localidad de Alejandro, Córdoba; - Factura tipo A Nº 0003-00024004 de fecha 08/07/14 emitidos por Parafínicos y Afines de Yerry S.R.L. a favor de La Botica Milagrosa de C.A.B.A.; - Factura tipo B Nº 0003-00006479 de fecha 01/07/14 emitidos por Parifínicos y Afines de Yerry S.R.L. a favor de SANTANDER SILVIA GRISELDA de la localidad de Posadas, Misiones. Que en consecuencia, la Dirección de Vigilancia de Productos para la Salud sugiere: a) Prohibir de uso y comercialización fuera de la jurisdicción de Buenos Aires, todos los productos domisanitarios rotulados como: “ESENCIA para Hornillo elaborados por YERRY S.R.L. con datos de PAMS Expte. 4117-105-484-12 y PAMS Exp. 4117-105-479-12”; b) Iniciar el correspondiente sumario sanitario a la firma YERRY S.R.L., sita en la calle Coronel Perín 3781, de la localidad de Ciudadela, Pdo. de Tres de Febrero, Provincia de Buenos Aires, como titular de los productos por los incumplimientos a la normativa sanitaria aplicable que fueran señalados anteriormente y c) Notificar a la Autoridad Sanitaria Jurisdiccional. Que respecto de las medidas aconsejadas por el organismo actuante cabe opinar que resulta competente esta Administración Nacional en virtud de las atribuciones conferidas por el inciso b) artículo 3º, por el artículo 8° incisos n), ñ) y por el artículo 10 del inciso q) del Decreto Nº 1490/92. #I4718055I# AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL Resolución 1309/2014 Bs. As., 7/11/2014 VISTO el Expediente N° 1380/2014 del Registro de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL, y CONSIDERANDO: Que mediante Resolución N° 982-AFSCA/2013 se aprobó el REGLAMENTO DE CONCURSOS PARA LA PROVISION DE CARGOS DE PROFESORES TITULARES EN EL INSTITUTO SUPERIOR DE ENSEÑANZA RADIOFONICA. Que el artículo 9° del mencionado REGLAMENTO dispone que la COMISION ASESORA estará integrada por TRES (3) miembros titulares y TRES (3) miembros suplentes. Que mediante Resolución N° 0898-AFSCA/2014, el Presidente de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL procedió al llamado a concurso público para cubrir los cargos de profesor titular de las materias PRACTICA INTEGRAL DE RADIO II, PRACTICA INTEGRAL DE RADIO III, PRACTICA INTEGRAL DE TELEVISION II y PRACTICA INTEGRAL DE TELEVISION III, de la Carrera de Locución; y PRACTICA INTEGRAL DE PRODUCCION DE RADIO I y GENERACION ELECTRONICA DE IMAGEN I, de la Carrera de Producción y Dirección. Que consecuentemente con lo expuesto y a fin de cumplir con lo establecido en la Resolución N° 982-AFSCA/2013, deviene necesario el dictado del acto administrativo que designe los miembros integrantes de las COMISIONES ASESORAS que intervendrán en la evaluación de los postulantes al concurso público para la provisión de cargos de profesores titulares en el INSTITUTO SUPERIOR DE ENSEÑANZA RADIOFONICA. Que las personas propuestas para integrar las COMISIONES ASESORAS cumplen con los requisitos exigidos en el artículo 9° de la Resolución mencionada, siendo personas de alta calificación profesional, profesores de la especialidad o especialidades afines en Institutos de formación de profesores o Universidades Nacionales y/o especialistas que han demostrado reconocida trayectoria en la materia o disciplina que nos ocupa. Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS Y REGULATORIOS ha tomado la intervención que le compete. Que el DIRECTORIO de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL acordó el dictado del presente acto administrativo mediante la suscripción del acta correspondiente. Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 12, inciso 21) de la Ley N° 26.522. Por ello, EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL RESUELVE: ARTICULO 1° — Desígnanse como miembros titulares y suplentes de la COMISION ASESORA del CONCURSO PUBLICO PARA LA PROVISION DEL CARGO DE PROFESOR TITULAR de la materia PRACTICA INTEGRAL DE RADIO II de la carrera de LOCUCION del ISER a las personas que se mencionan en el Anexo I que integra la presente. Que corresponde señalar que del detalle de la documentación obrante en el expediente (fs. 28/30) surge la comercialización fuera de la provincia de Buenos Aires de productos que no se encontraban inscriptos ante esta Administración Nacional, por consiguiente la medida preventiva, como es, la prohibición de comercialización resulta adecuada, toda vez que la autoridad nacional no pudo ejercer el debido control sobre productos comercializados interjurisdiccionaImente. ARTICULO 2° — Desígnanse como miembros titulares y suplentes de la COMISION ASESORA del CONCURSO PUBLICO PARA LA PROVISION DEL CARGO DE PROFESOR TITULAR de la materia PRACTICA INTEGRAL DE RADIO III de la carrera de LOCUCION del ISER a las personas que se mencionan en el Anexo II que integra la presente. Que los hechos descriptos configurarían una presunta infracción a la Resolución ex. MS y AS Nº 709/98 y al artículo 816 del Decreto Nº 141/53. ARTICULO 3° — Desígnanse como miembros titulares y suplentes de la COMISION ASESORA del CONCURSO PUBLICO PARA LA PROVISION DEL CARGO DE PROFESOR TITULAR de la materia PRACTICA INTEGRAL DE TELEVISION ll de la carrera de LOCUCION del ISER a las personas que se mencionan en el Anexo III que integra la presente. Que la Dirección de Vigilancia de Productos para la Salud y la Dirección General de Asuntos Jurídicos han tomado la intervención de su competencia. Que se actúa en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto N° 1490/92 y el Decreto N° 1886/14. ARTICULO 4° — Desígnanse como miembros titulares y suplentes de la COMISION ASESORA del CONCURSO PUBLICO PARA LA PROVISION DEL CARGO DE PROFESOR TITULAR de la materia PRACTICA INTEGRAL DE TELEVISION III de la carrera de LOCUCION del ISER a las personas que se mencionan en el Anexo IV que integra la presente. Primera Sección Viernes 14 de noviembre de 2014 ARTICULO 5° — Desígnanse como miembros titulares y suplentes de la COMISION ASESORA del CONCURSO PUBLICO PARA LA PROVISION DEL CARGO DE PROFESOR TITULAR de la materia PRACTICA INTEGRAL DE PRODUCCION DE RADIO I de la carrera de PRODUCCION Y DIRECCION del ISER a las personas que se mencionan en el Anexo V que integra la presente. ARTICULO 6° — Desígnanse como miembros titulares y suplentes de la COMISION ASESORA del CONCURSO PUBLICO PARA LA PROVISION DEL CARGO DE PROFESOR TITULAR de la materia GENERACION ELECTRONICA DE IMAGEN I de la carrera de PRODUCCION Y DIRECCION del ISER a las personas que se mencionan en el Anexo VI que integra la presente. ARTICULO 7° — Una vez finalizadas las pruebas de oposición y las entrevistas personales de los aspirantes, la COMISION ASESORA tendrá 5 (cinco) días hábiles para presentar el dictamen definitivo. ARTICULO 8° — Comuníquese, notifíquese, regístrese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MARTÍN SABBATELLA, Presidente del Directorio, Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual. ANEXO I PRACTICA INTEGRAL DE RADIO II BOLETIN OFICIAL Nº 33.011 para Práctica Integral de Radio de la Carrera de Locución. Realizó múltiples cursos de formación y capacitación, entre ellos Capacitación en Neurociencias para periodistas científicos en el Instituto Leloir, Periodismo Científico del MERCOSUR organizado por la Secretaría de Ciencia y Tecnología de la Nación en el Centro Atómico Bariloche, entre los más destacados. MARIO PORTUGAL Locutor, periodista y docente universitario. Trabaja actualmente en Radio Del Plata y tiene una extensa trayectoria radial como periodista y locutor en distintas radios: Rivadavia, Continental, Splendid y Nacional, entre otras. Es autor, junto con Héctor Yudchak, del libro Hacer radio. Guía integral. Y también de Producción de radio, hablan los especialistas. Dictó la materia Taller de Radio para alumnos de Locución de segundo año de la Universidad de La Matanza en los años 2012-2013. ANEXO II PRACTICA INTEGRAL DE RADIO III Miembros titulares: Mario Roberto Giorgi Oscar Bosetti Marcela Oviedo Monserrat Miembros titulares: Sebastián Costa Arturo Cuadrado Héctor Yudchak Miembros suplentes: Pablo Navarro Diana Costanzo Mario Portugal Miembros suplentes: Susana Pelayes Diana Costanzo Mario Portugal MARIO ROBERTO GIORGI SEBASTIÁN COSTA Locutor Integral recibido en el ETER 2003, Locutor Institucional y de promociones de TCM y True TV para Latinoamérica. Trabajó para Canal A y fue la voz oficial y exclusiva de DIRECT TV para Latinoamérica. También fue la voz de las siguientes marcas Stella Artois, AXE, DOVE, Calia, Sprite, Coca-Cola, CIF y Vim, ICBC, Santander, Macro, Tarjeta Naranja, Fernet Branca, Knorr, Cat Chow, Gillette, Huggis, Colgate, Medicus, Terma, Gancia. Trabajó siendo la voz de Wolverine y los X-Men, Cars, Narnia, fue la voz de “Manuel” en la Película de Isidoro Cañones. Entre 2003 y 2009 narró 700 documentales para Discovery Channel y Animal Planet. Actualmente trabaja en VALE 97.5. ARTURO CUADRADO Locutor Nacional egresado del COSAL en 1995. Experiencia en el campo de la locución en OFF para comerciales de televisión y radio, como también participaciones en largometrajes y programas de televisión y grabación de videos institucionales y comerciales de bien público para empresas privadas, asociaciones civiles y organismos públicos en general. Posee una Tecnicatura en Periodismo en COSAL. Tiene varios trabajos realizados en el área de la locución en OFF para comerciales de radio y televisión para grandes marcas como BBVA Banco Francés, YPF, Cablevisión, Fibertel, Wolkswagen, Despegar.com, Sancor, Skip, Raid, Glade, Off, Lysoform, Danone Argentina con Actimel y Yogurísimo, Bimbo Latinoamérica, Diario La Nación, Radio la Red AM 910, Colgate, Universal Music, Spotify, entre otras. Trabaja como voz de trailers para Argentina y el cono sur para la distribuidora 20th Century FOX. Es la voz On Air para FX, del canal NatGeo para toda la región. Trabajó para Radio La Red Bs. As., Radio Rosario, Estación del Sol en Mendoza, Radio EME, Late FM Puerto Madero, Radio Chubut, La 99, La Diez de La Plata, Radio Pobre Johnny, FM Blue de Río Cuarto y Radio Mar del Plata. Participación como locutor en películas, documentales y programas de televisión, entre los más destacados “Algo Habrán Hecho”, “Néstor” (Documental de la vida y obra del Presidente Kirchner para C5N), “Néstor Kirchner” de Adrián Caetano y “Relatos Salvajes” de Damián Szifrón. HECTOR YUDCHAK Es Periodista y escritor realizando labores de prensa política e institucionales y como tallerista de radio y periodismo en escuelas de Enseñanza Media. Fue Fundador y Director de Radio FM SUR 102.7. Es Co-autor junto a Daniel Míguez del libro “El Diario y la Radio van a la Escuela” y Co-autor junto a Mario Portugal de “Hacer Radio, Guía Integral” - Autor del Audiolibro “En Voz Alta, relatos para disfrutar con los ojos cerrados” y autor del Libro “Sospechas y Confesiones, relatos breves”. Produjo y condujo “Universidad Abierta”, el programa de Radio de la Universidad Nacional de Lanús. Dictó numerosos seminarios, talleres y clases especiales en universidades y otras instituciones, entre ellas UB, UP, UNLP, UNLa, UNLaM, ISER, TEA y UTPBA. Fue invitado a exponer en la temática y contenidos en el primer Encuentro Nacional de Radios Escolares CAJ realizados conjuntamente por el Ministerio de Educación de la Nación, la CNC y el AFSCA. Actualmente trabaja en la producción de micro programas para la Radio UB, SinDial Radio, UM Radio (Colombia), Brisa FM (Colombia), Radio La Vida (Ecuador), FM del Mar, FM Bragado. SUSANA PELAYES Es Locutora Nacional egresada del ISER y periodista. Posee experiencia en Gestión Cultural y en Comunicación, habiendo sido parte de Radio Nacional como Coordinadora en Contenidos Periodísticos y Memoria Histórica, además de Coordinadora de Contenidos del Portal Voces del Sur. Fue Co-organizadora del Encuentro de Medios Públicos de América del Sur. Realizó distintas curadurías, entre las más relevantes para la realización de “CD Homenaje a Eva Perón”, “Nunca menos Democracia” y “Democracia.ar”. Organización de contenidos para la 5ta. reunión de directores de Radio Nacional de todo el país. Elaboración del proyecto de creación y puesta en marcha del Archivo Histórico de los Medios Públicos de Argentina. Trabajó para las siguientes señales Radio LS1 de Buenos Aires, Hallmark TV, Cadena Enlace de TV, América 2, Radio LT14 General Urquiza, La Red, Radio Excelsior, Radio Nacional, Radio Belgrano, Radio Continental, Radio El Mundo y Canal 7. También trabajó como profesora, en ponencias, tesis, cursos de postgrado, seminarios, encuentros regionales, presentación y redacción de libros, entre lo más destacado. DIANA COSTANZO Es Periodista egresada de la UNLP, Locutora Nacional del COSAL y realizó el Nivel First Certificate de Inglés. Es Integrante de la Red Argentina de Periodismo Científico asociación civil profesional miembro en la World Federation of Science Journalists. Su experiencia laboral abarca las señales Radio Nacional (hasta la actualidad), Radio Pública al Exterior, Radio La Red, Radio el Mundo, Radio Rivadavia, Radio Porteña, FM San Isidro. Fue Docente del ETER 37 Es Locutor Nacional egresado del ISER en 1977. Fue Docente de la UNDAV dentro del Departamento Transversal de Ciencias Sociales. Es Director de Radio Universidad Nacional de Avellaneda. Fue Director Ejecutivo Radio Nacional Argentina, teniendo a cargo mil trescientos agentes en cuarenta sedes de la Radio, distribuidas en toda la República Argentina. En la actualidad conduce en Radio del Plata el programa “LLEGA EL DIA” y es miembro en condición de Vocal en la Asociación de Radios de Universidades Nacionales. También Coordinó el Consejo de Medios Municipales de Avellaneda. Condujo programas radiales como “AMANECE EN DEL PLATA” LS10, “COMIENZA EL DIA” en Radio Belgrano AM 950, “LLEGA EL DIA” por AM 1030 Radio del Plata, “VOLVER A LAS 17” AM Radio Provincia, “CONTACTO EN VERANO” por Radio Rivadavia de Buenos Aires, “MAGDALENA TEMPRANISIMO” “MITRE INFORMA PRIMERO” Y “DOMINGO TEMPRANISIMO” por Radio Mitre. Cubrió la Visita del EX PAPA Juan Pablo Segundo en 1987 y coordinó la cobertura radial en Uruguay, Chile y Argentina. En 1985 fue elegido Secretario Gremial adjunto en la S.A.L. entre otras actividades destacadas. OSCAR BOSETTI Periodista, investigador y docente, dedicado a los medios audiovisuales. Es docente de la carrera de Ciencias de la Comunicación de la Universidad Nacional de Buenos Aires y profesor de la Carrera de Especialización en Lenguajes y Medios, Escuela de Posgrado de la Universidad Nacional de San Martín. Director del proyecto “Dramatizaciones radiofónicas: entre el periodismo literario, el relato y la ficción”, de la Secretaría de Extensión y Cultura de la Universidad Nacional de Entre Ríos. Durante su gestión como subsecretario de Medios de la Universidad de Buenos Aires (2002-2006), fue fundador de Radio Universidad de Buenos Aires. Fue productor y conductor de diversos ciclos en Radio Belgrano, Splendid, General Urquiza, Nacional, Rivadavia, Ciudad, UBA y ETER. Actualmente conduce el programa radial Tramas (memorias del presente), emitido por Radio UBA. Publicó Radiofonías: palabras y sonidos de largo alcance y las tres frecuencias didácticas del dial radiofónico. MARCELA OVIEDO MONSERRAT Es Locutora Nacional egresada del ISER en 1984 y redactora nacional. Fue Locutora Institucional en Radio Nacional, locutora de IVR’S en Telecóm Personal Argentina, Conductora en Mega 98.3 FM, Locutora en Radio del Plata AM, conducción en Radioshow FM 100.7 donde trabajó con Diego y Alejandro Korol, Campi, Luis Majul, Facundo Pastor, entre otros. Fue locutora para comerciales en campañas de radio y televisión de las marcas Telecóm, L’Oreal, Champagne Freixenet, Alitalia, Bagley, Maybelline NY, Laboratorios Bagó, Revista Para Ti y Muchas más. Conductora de Radio Concierto FM en Montevideo URUGUAY. Cubrió acontecimientos internacionales relacionados con la Música, Gloria Estefan, Cristian Castro, Enrique Iglesias, Chayanne, entre otros. También fue movilera en Radio Mitre en el programa Mitre Informa Primero, en Rock & Pop FM, Radio Rivadavia, Radio Continental y FM Clásica. Conducción en Canal 9, Canal 13, Canal P&E. PABLO NAVARRO Es Locutor Integral egresado del ISER y Periodista General de TEA. Trabaja actualmente en Radio LA RED AM 910, como cronista, redactor y para locución de informativos. También locuta tandas comerciales en transmisiones deportivas. Trabaja como cronista, redactor y locutor de informativos en AM 870 y en Nacional Rock FM 93.7 y también para la RAE (Radio Argentina al Exterior). Anteriormente se desempeñó como Locutor en Radio Continental, Radio Argentina, Radio Colonia, Radio Nacional, Radio Splendid, Radio Estirpe Nacional, FM la Tribu, FM TRIAC, entre los más destacados. Fue Redactor en la Revista “El Resto” realizando entrevistas a personajes y músicos. DIANA COSTANZO Es Periodista egresada de la UNLP, Locutora Nacional del COSAL y realizó el Nivel First Certificate de Inglés. Es Integrante de la Red Argentina de Periodismo Científico asociación civil profesional miembro en la World Federation of Science Journalists. Su experiencia laboral abarca las señales Radio Nacional (hasta la actualidad), Radio Pública al Exterior, Radio La Red, Radio el Mundo, Radio Rivadavia, Radio Porteña, FM San Isidro. Fue Docente del ETER para Práctica Integral de Radio de la Carrera de Locución. Realizó múltiples cursos de formación y capacitación, entre ellos Capacitación en Neurociencias para periodistas científicos en el Instituto Leloir, Periodismo Científico del MERCOSUR organizado por la Secretaría de Ciencia y Tecnología de la Nación en el Centro Atómico Bariloche, entre los más destacados. MARIO PORTUGAL Locutor, periodista y docente universitario. Trabaja actualmente en Radio Del Plata y tiene una extensa trayectoria radial como periodista y locutor en distintas radios: Rivadavia, Continental, Splendid y Nacional, entre otras. Es autor, junto con Héctor Yudchak, del libro Hacer radio. Guía integral. Y también de Producción de radio, hablan los especialistas. Dictó la materia Taller de Radio para alumnos de Locución de segundo año de la Universidad de La Matanza en los años 2012-2013. Primera Sección Viernes 14 de noviembre de 2014 BOLETIN OFICIAL Nº 33.011 ANEXO III ANEXO IV PRACTICA INTEGRAL DE TELEVISION II PRACTICA INTEGRAL DE TELEVISION III Miembros titulares: Gustavo Chapur Omar Fajardo Alejandra Muro Cash Miembros suplentes: Carina Tarnofky Eduardo Battaglia Eduardo Colombo GUSTAVO CHAPUR Es Abogado egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad de Palermo con Diploma de Honor en la categoría Summa Cum Laude. Cursa actualmente la Licenciatura en Ciencias de Comunicación de la Universidad de Buenos Aires, adeudando la presentación de Tesis. Realizó un Posgrado en Derecho Procesal Penal Profundizado y Criminalística en el IUPFA. Locutor Nacional egresado del ISER y Periodista en ejercicio profesional con matrícula nacional otorgada por MTESS. Trabaja en la UADE como JTP para las materias Taller de Radio y TV, Taller de Producción de TV, Lenguaje Radiofónico, Redacción y Oratoria, entre otras. En la UAI es Profesor adjunto para el Seminario de Televisión III. En el IFTS N° 12 es profesor a cargo de las materias Comunicación Social, Legislación Aplicable a las Tecnologías y las Comunicaciones y Seminario de Derecho Laboral. Trabajó para Crónica TV siendo periodista acreditado en Casa de Gobierno, en Congreso de la Nación y en Palacio de Tribunales y actualmente es conductor del noticiero de la mañana y Conductor/Productor de ciclo de entrevistas a personalidades de la cultura. Participó como conductor, productor, columnista, editor y colaborador para la Radio Conexión Abierta, Radio Ciudad, Portal de noticias ABC Mundial, Portal de espectáculos Parte del Show y Portal de Cultura Geo Teatral. OMAR FAJARDO Locutor Nacional, Periodista y Conductor. Se desempeñó en importantes medios de Comunicación, entre ellos Telefé en la conducción de las ediciones de Telefé Noticias. Posee una extensa carrera ascendente como Locutor en OFF, de Flashes Informativos. Estuvo a cargo de la cobertura en vivo de móviles para distintas ediciones de Telefé Noticias y coberturas especiales para las Cadenas Eco, Antena 3 y CNN. Asume la conducción de Telefé Noticias a las 12 hs junto a Paula Trapani y Jorge Jacobson. Realizó destacadas entrevistas en Hollywood y Nueva York a personalidades del cine y la televisión. Condujo Diario de Medianoche junto a Érica Fontana. Fue Docente de los Institutos COSAL e ISEC para las materias de Locución y Locución ante cámara e Investigación periodística en TV. Organizó seminarios de Media Training para importantes empresas. Participó como conductor del Segmento informativo Primera tarde en CN23 y actualmente es conductor del programa Tango Vivo que se emite en Ciudad Abierta. ALEJANDRA MURO CASH Es Locutora Nacional egresada del ISER y Maestra de Ceremonias del Instituto Embajador Blanco Villalta y posee un perfeccionamiento en Idioma Neutro y Doblaje de Películas. Trabajó para las siguientes señales Canal 7, Conducción de Noticieros en diversos horarios y en Flashes de Noticias, Canal 9 como Locutora en Hora Clave con Mariano Grondona, Radio América, Radio Antártida, Radio El Mundo, Radio Mitre, Radio Del Plata, FM Horizonte y FMR. Grabó múltiples comerciales. Fue Locutora Oficial en Ceremonia de Transmisión de Mando Presidencial de Menem a Fernando De la Rúa. Es Directora de Ceremonial y Protocolo de la Municipalidad de Vicente López, Provincia de Buenos Aires. CARINA TARNOFKY Es Licenciada en Composición Coreográfica del IUNA. También es Profesora de Artes en Danza de la misma casa de estudios y Profesora Nacional de Expresión Corporal de la Escuela Nacional de Danzas “María Ruanova”, Ministerio de Educación y Justica, Buenos Aires. Posee un Postgrado en Pedagogías de las Diferencias en FLASCO y otro en Capacitación y Especialización en Psicomotricidad en la Escuela Práctica de Psicomotricidad FUNDARI. En la actualidad trabaja en el DEP Dirección Primaria, Ministerio de Educación del Gobierno de la Ciudad de BS. AS. Es docente en el Nivel Superior de la C.A.B.A. También es Docente en el ETER para la Carrera de Locución, para la asignatura Expresión Corporal y Práctica Integral de TV III. Dictado de Talleres y Seminarios para Locutores, doblajistas y narradores. Participó como Jurado para el concurso de la Instancia Curricular Lenguajes expresivos: Taller de artes del movimiento en la Escuela Normal Superior N° 8 C.A.B.A. Fue Directora de Currícula de la Subsecretaría de Educación del Gobierno de la Ciudad. Dictó múltiples talleres y seminarios para Televisión, en expresión corporal, para el ETER, Asociación Civil Nuestra VOZ y el Ministerio de Trabajo de la Nación, Universidad Laica Eloy Alfaro de Manabí (Ecuador), Congreso Internacional de Nivel Inicial, Feria del Libro, entre las más destacadas. EDUARDO BATTAGLIA Es Locutor Nacional egresado del ISER y Licenciado en Administración de Empresas de la UNLZ. Posee estudios complementarios de teatro en la Escuela de Esteban Mellino. Trabaja actualmente en Radio La Red AM 910 como Conductor, en América TV Conduce el Noticiero “América Noticias” y en A24 conduce el Magazine periodístico “Vivo el Sábado”. Realiza los reemplazos en conducción de Luis Novaresio, Jorge Rial, Oscar González Oro, Luis Majul y Alejandro Fantino. Es Locutor comercial desde el año 2000 y colaboró para las marcas Cuisine & Vins, Puertas Pentágono, Daihatsu Electronics, Lubricantes Bardahl y la Universidad de Belgrano, entre las más destacadas. Fue conductor de eventos como el Médicus, Cadime, Hospital Británico, Andrómaco y otros. Realizó conducciones como locutor en las siguientes radios FM La Boca, FM Sur, Radio Libertador de Lomas de Zamora, Radio Rivadavia, Radio Libertad entre otras. Realizó trabajos para Canal 7, Azul TV, Canal 13, Canal 9 y Canal 26. EDUARDO COLOMBO Tiene más de 40 años de trayectoria en radio y TV como locutor y animador. Se graduó en el Instituto Superior de Enseñanza Radiofónica como Locutor Nacional. Es una de las voces institucionales de Telefé. Conduce el programa “El gallo loco” en Radio Rivadavia (AM 630) de lunes a viernes, de 5 a 7 de la mañana. Se desempeña como docente de Práctica Integral de Televisión en la carrera de Locución del Instituto educativo ETER. Trabajó como locutor conductor en Radio Nacional, AM 750, Splendid, entre otros medios. Conduce desde sus orígenes los Premios ETER a la radio. 38 Miembros titulares: Leonardo Greco Ricardo Martínez Puente Sara Diez Miembros suplentes: Lisandro Carret Rodrigo Magallanes Roberto Gómez Ragozza LEONARDO GRECO Es Productor Teatral, Músico, Locutor Nacional, Animador, Conductor, Periodista de Radio y TV. Anfitrión de Eventos sociales y empresariales. Trabajó para las siguientes señales Telefé, América TV, Disney Channel, Canal 7, Canal 4 de Uruguay, Canal 9, Cablevisión Noticias, entre los más relevantes. En Radio participó como locutor, productor, redactor, conductor y para pautas publicitarias en Radio Mitre, Radio Rivadavia, América, Radio del Plata, Radio Splendid, Radio El Mundo, Radio Ciudad, FM 92.3, entre las más destacadas. También entrevistó a lo largo de su carrera a artistas del mundo del espectáculo como Sean Connery, Vittorio Gassman, Dany De Vito, Thalia, Julio Bocca, Federico Luppi, Daniel Baremboim, Diego Maradona y a diversas figuras políticas y científicas del ámbito nacional e internacional. RICARDO MARTINEZ PUENTE Es Locutor Nacional egresado del ISER. Debutó en Radio El Mundo. Después trabajé en Mitre, Antártida y Municipal haciendo turnos. En Del Plata, en la FM de Splendid, en Feeling, en Láser y Aspen. Trabaja actualmente en la señal de ESPN desde que llegó al país, hace ya dieciséis años, y también en la radio. ESPN Radio está desde 2001, cuando se hizo cargo de toda La Oral Deportiva en Rivadavia (AM 630), ESPN Radio Rivadavia. Pero además de ser locutor, tomé cursos de oratoria con Carlos Loprete, que ya falleció, un maestro de la oratoria. También hice cursos de programación neurolingüística. Ahí se aplica todo lo que hace al entrenamiento de la gente. SARA DIEZ Locutora Nacional egresada del ISER y Arquitecta recibida de la Universidad de Belgrano. Realizó un Master en Programación Neurolingüística y egresada de Ceremonial y Protocolo en la UB. Trabajó como conductora, producción general y locución de comerciales en las señales Radio Coronel Suárez, Radio Nuevo Mundo (Bolivia), San Isidro Labrador FM, Radio Continental AM/FM, Radio La Red AM, Radio Rivadavia, Viva FM, Feeling FM, Radio Libertad AM, Varela Punto com, Radio Belgrano, Radio América, Blue FM, Radio Palermo, Tigre FM, recibiendo en Septiembre de 2014 el premio CADUCEO a “Mejor Conducción Femenina” otorgada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Pcia. de Bs. As. En televisión colaboró para Canal 4 (Pcia. de Bs. As.), Nuevo Mundo, Sucre y Canal 12 TV (Bolivia), Canal 9, Canal 27 Ideas de Cablevisión, Plus Satelital, TN, Canal 13 y Telemax, entre las más importantes. Trabajó también en el Dpto. de Prensa de la Municipalidad de San Isidro, en el periódico zonal “La Gaceta de Tigre”, campaña publicitaria de Greenpeace para la ARPA, agente de prensa de la UB, Jornadas de Preservación de Espacios Verde Gobierno de la Ciudad de Bs. As. Fiestas Club Náutico San Fernando, Animación en Intercop S.A. En su trayectoria suma grabaciones artísticas y publicitarias para radio, TV y agencias varias, entre conducción de eventos para empresas, congresos y jornadas. LISANDRO CARRET Locutor Nacional recibido del ISER y Licenciado en Comunicación Audiovisual de la UNSAM. Es Conductor y animador de eventos realizando sus estudios con Raúl Serrano, Justo Gilberg entre los más destacados. Tiene amplia experiencia profesional como actor de cine, televisión y teatro, conductor y animador, locutor comercial de radio y televisión, y como Director artístico para producciones teatrales y de televisión. Participó en las siguientes señales América TV, Canal 13, Canal 7, Radio Provincia, Telefé, Canal 9, Radio Belgrano, Canal 10 de Córdoba. Sus principales trabajos en Teatro fueron “Lo bueno dura poco” en el Teatro Bambalinas, “Feliz caño nuevo” Teatro REFASI de Mar del Plata, “Conducción de dos Record Guiness” para el Ministerio de Ambiente y Espacios Públicos de la Ciudad de Buenos Aires, “Circo Rodas” animación Sketches y canciones, entre otros. RODRIGO FERNANDO MAGALLANES Es Productor y Director de Radio y Televisión egresado en el ISER en 1993. Actualmente se desempeña como Director de SANTACRUZ FILM Logística de Producción, es Responsable de contenidos Laboratorio Audiovisual Universidad Nacional de la Patagonia Austral (UNPAUARG) y como Coordinador Nodo Audiovisual Tecnológico AONIKENK Polo Patagonia Sur TDA (Televisión Digital Abierta). Participó como miembro Jurado en Primer Concurso y Festival Nacional Crujía de Cortos Audiovisuales y Radiales, Jurado en la Competencia Cortometraje Nacionales y Regionales en el FAB (Festival Audiovisual de Bariloche), Jurado en el X Festival Internacional de Cortometrajes y Escuelas de Cine en el Espejo (Colombia), Jurado de Cortometrajes Nacionales en las Jornadas de Cine y Video Independiente UNCIPAR Villa Gesell, Jurado en el VI FESTIVAL DE CORTOS ESCOLARES Caleta Olivia, Jurado en el 7° Festival Imágenes de la Patagonia, Jurado representando a la Región Patagónica en el Comité de Calificación de Proyectos para créditos INCAA, entre los más relevantes. Fue Director de múltiples Festivales y Muestras, entre ellos el Festival Internacional de Cortometrajes al Extremo, I MUESTRA DE CINE CONTEMPORANEO DE CHILE, entre otros. Tiene una vasta experiencia en Dirección y producción de Cortos, Programas, documentales, ciclos y video clips. ROBERTO GOMEZ RAGOZZA Es Periodista egresado de la Carrera de Periodismo General en TEA. Locutor Nacional recibido del ISER en 2004. Realizó varios cursos de capacitación en Periodismo de la UBA, capacitación en A.P.T.R.A., Seminario de “Globalización y Periodismo” en ATTAC, entre los más importantes. Posee experiencia laboral en Conducción, Producción, Redacción y Diagramación en diversos medios de Pehuajó. Trabajó para América TV en el programa “Unidos y Dominados” conducido por Juan Castro, como Asistente de Producción, en Canal 7 Argentina para el programa “Marcapazos” en la Producción del informe central y realización de secciones, en Radio Nacional realizó informes y coberturas en vivo y grabadas en el Móvil en “Panoramas de Noticias”, para Eduardo Aliverti en “De Boca en Boca” como productor, en “Nacional Cultura” como columnista y para la transmisión en vivo de la entrega de premios Martín Fierro. En AZUL TV como productor. También colaboró para las señales de Radio Nacional Clásica coordinando, productor de contenidos y locución y para Radio Nacional Folklórica en conducción. Fue Locutor para la empresa SANYO y para la Televisión Digital Abierta en los spots televisivos. Actualmente conduce el noticiero de la TV Pública, Visión 7. Primera Sección Viernes 14 de noviembre de 2014 ANEXO V PRACTICA INTEGRAL DE PRODUCCION DE RADIO I Miembros titulares: Ricardo Miguel Haye Damián Valls Matías Delménico Miembros suplentes: Marcelo Cotton María Eugenia García Cielito Depetris RICARDO MIGUEL HAYE Es periodista, escritor y docente-investigador universitario en Comunicación Radiofónica y Comunicación Institucional. Es Licenciado en Ciencias de la Información con Post-Grado de Doctor en Comunicación Audiovisual por la Universidad Autónoma de Barcelona. Es autor de los libros “Hacia una nueva radio” (Paidos), “La radio del siglo XXI. Nuevas estéticas” (CICCUS/La Crujía), “Otro siglo de radio” (La Crujía), “El arte radiofónico” (La Crujía), así como de numerosos artículos publicados en periódicos y revistas de Argentina, España, México, Ecuador y Venezuela. Fue Director de la Radio Universitaria “Antena Libre” FM. Dictó seminarios y talleres de comunicación radiofónica, comunicación comunitaria y comunicación institucional en Argentina, Ecuador, Venezuela, México y España. También dictó cursos de post-grado. Formó parte del plantel docente de la Maestría en Comunicación y Educación en la Universidad Autónoma de Barcelona y la Universidad Católica de Santiago de Chile. Realizó tareas de diagnóstico, consultoría y capacitación para la Red de Radios Universitarias del Nuevo Cuyo. Formó parte del grupo de investigación “Migración y Comunicación”, de la UAB y actualmente dirige el Grupo de Investigación sobre Radio de la Universidad Nacional del Comahue. Es uno de los creadores del Laboratorio Experimental de Arte Radiofónico (LEAR). Participó en la creación del Nodo Tecnológico Audiovisual “Ríos & Bardas”. Integra el Comité Académico de la Bienal Internacional de Radio, para la Secretaría de Educación Pública y el Consejo Nacional para la Cultura y las Artes de México. DAMIAN VALLS Es Licenciado en Ciencias de la Comunicación de la Facultad de Ciencias Sociales de la UBA, con orientación en publicidad y Marketing. También es Técnico en Electrónica y Telecomunicaciones egresado del Instituto Leonardo Murialo. Obtuvo gran cantidad de Becas, entre las más destacadas para Curso de Mantenimiento de Estudio de Grabación otorgada por el Deutsche Welle Training Centre, Alemania, otra beca otorgada por la CEPAL para Curso de Pequeños formatos radiofónicos y Hacia una Veeduría de Medios de Comunicación en Argentina Facultad de Ciencias Sociales UBA. Realizó varios talleres de Teatro, arte y edición digital de Audio. Fue Director General de Radio UBA, Director del Centro de Producción e Investigación Audiovisual, UBA y Consejero electo por el claustro de Graduados en la Junta de Carrera de Ciencias de la Comunicación UBA. Integrante del Jurado para la adjudicación de Licencias para la operación de canales de la TDA, AFSCA. Es Docente y profesor en la UNGS para la materia “Procesos de comunicación, políticas de comunicación y medios masivos”. Profesor adjunto Interino en la UBA de “Taller de Expresión III” y en la UNLZ para la Cátedra Radio II. También fue Jurado de Tesis y Evaluador de Tesinas en UNLP, UBA, RadioTEA. Fue Profesor Titular en ETER, EMBA, entre otras instituciones. Fue conductor y co-conductor de diversos programas en las siguientes radios RNA y FM La Tribu. Fue miembro Jurado del concurso “Demos una Oportunidad I y II” realizado por LS1 Radio de la Ciudad, entre lo más destacado. MATÍAS DELMÉNICO Licenciado en Comunicación Social de la Facultad de Periodismo y Comunicación Social UNLP y Profesor en la misma casa de estudios. Posee un Post Grado en Especialización en Prácticas, Medios y Ambitos educativo-comunicacionales de la UNLP. Cursó la carrera de Periodismo Deportivo con especialidad en fútbol en la Escuela Terciaria de Periodismo “Dos Congresos”, Chivilcoy. Actualmente está por finalizar el Doctorado en Comunicación en la UNLP. Realizó Seminarios del área de la Comunicación en la UNLP-ADULP y en la Dirección General de Cultura y Comunicación, de la Provincia de Buenos Aires. Lo han reconocido desde “Conectar Igualdad” por la presentación de Radio La Legión (100% software libre) en Tecnópolis. Dictó múltiples seminarios en la UBA, UNLP, EX ESMA Espacio Memoria y Derechos Humanos. Tallerista en el Encuentro Nacional de Estudiantes de Formación Docente. Participó en numerosos encuentros, congresos, jornadas y simposios realizados por la UNLP, Ministerio de Educación, Redcom, entre otras. También actuó como miembro Investigador en distintos proyectos de Investigación de relevancia académica. Posee múltiples publicaciones en revistas y anuarios de gran prestigio de la UNLP. Fue Coordinador de “pasantes” en el ISFDyT N° 8 (ISER - La Plata). MARCELO COTTON Es Docente especializado en Comunicación y Medios, dictó talleres del mismo campo y también desempeñó diversas tareas en Seminarios, Conferencias y Congresos sobre Radio, Ficción y Periodismo, entre otros. Como Docente actualmente desempeña labores en la Universidad de Concepción del Uruguay, siendo Titular de la Cátedra Taller de Libretos y Guiones; y Redacción periodística, en la carrera de Locución y Periodismo. También lleva adelante cátedras de Ficción en Radio en ETER. Fue Docente titular de la UNLP, Facultad de Periodismo y Comunicación Social, en ARGENTORES, en la UTPBA, en la Universidad del Centro de Olavarría Pcia. de Buenos Aires y en la EMBA entre otros. Dictó múltiples seminarios intensivos de Dramaturgia Radial, Herramientas para la creación de nuevos relatos en Radio, Radioteatro y Periodismo Narrativo en Radio, entre otros. Curso estudios de escritura dramática con Mauricio Kartún, Taller de escritura con Angela Pradelli, Producción Radiofónica con Eduardo Aliverti y Narrativa y Escritura en el Centro Cultural Rojas UBA. Trabajó en los siguientes medios Tecnópolis TV, Paka Paka, Canal Encuentro, Revista Caras y Caretas, Canal 7, América TV, TyC Sports, Radio Nacional, Radio Rivadavia y Página 12, entre los más destacados. Es Director de Asociación Civil Narrativa Radial desde el 2008. MARÍA EUGENIA GARCÍA Licenciada en Comunicación Social con Orientación en Periodismo UNLP. Es profesora de inglés en la Academia de Cultura Inglesa. Posee gran cantidad de cursos de Capacitación Docente, Seminarios y Cursos de Postgrado en la UNLP, UBA, FLASCO, entre las más destacadas. Maestría en Planificación y Gestión de Procesos Comunicacionales. Fue Docente en nivel de enseñanza Media como profesor titular interino para el bachillerato de Bellas Artes. Actualmente es Profesora Provisional por Concurso de “Comunicación Social” en el 3er año de la Tecnicatura en Gestión Cultural en ISDyT N° 8 (ISER-LA PLATA). Fue Profesora adjunta, JTP y Ayudante Diplomado para la Facultad de Periodismo y Comunicación Social de la UNLP para múltiples cátedras de producción Radiofónica. Realizó convenios con distintas emisoras FM Universidad, FM Difusión, Fm Futura, FM Capital, FM Diagonal, AM Rocha, FM Keops, FM Raíces y FM Pentágono. Fue integrante del Tribunal de Concurso Docente para muchas materias para el ISFDyT N° 8 e Institutos Adscriptos al ISER. También fue Integrante de Tribunal de Tesis para la UNLP. Tiene gran cantidad de producción científica, publicación de Libros y Capítulos en libros, también presentaciones en reuniones científicas, congresos y eventos de gran envergadura académica. BOLETIN OFICIAL Nº 33.011 39 CIELITO DEPRETIS Es Licenciada en Ciencias de la Información de la Facultad de Periodismo y Comunicación Social UNLP y posee una Maestría en Planificación y Gestión de Procesos Comunicacionales de la misma Universidad. Es profesora y docente de distintos Institutos de formación entre ellos ISFDyT N° 8 (ISER - LA PLATA) para la Asignatura Práctica Integral de Radio III, Práctica Integral de Televisión I y II, Teoría de la Comunicación, Libretos y Guiones, Taller de Libretos y Guiones, entre otras. También trabajó como Coordinadora Pedagógica de las Carreras Adscriptas al ISER. Dictó gran cantidad de Seminarios de Oratoria y Mass-media como herramientas didácticas. Tiene publicaciones de Libros relacionados con la especialidad en Comunicación. Evaluó múltiples Proyectos de Investigación, como Jueza para la UNLP. Fue Miembro de Comisiones Asesoras para la UNRC, UNR, UNLP, UNLZ entre las más destacadas. Participó en gran cantidad de Jornadas Universitarias como Coordinadora Académica. Se desempeñó en diversas Radios FM y AM. Amplia experiencia reconocida como Jurado Evaluatorio de exámenes de ingreso y habilitación adscriptas al ISER. Integrante de múltiples tribunales de Tesis de Grado y Postgrado. También fue Directora de Radio Universidad UNLP, Consejera Académica, Coordinadora Pedagógica de las Carreras ISER-La Plata. ANEXO VI GENERACION ELECTRONICA DE IMAGEN I Miembros titulares: Damián Bericat Elina La Rosa Gabriel Cagnacci Miembros suplentes: Leandro Tolchinsky Laura Bulecevich Alejandro Ripoll DAMIAN BERICAT Estudió Diseño de Imagen y Sonido en la UBA y Desarrollo de Proyectos de Educación a Distancia en la UTN. Realizó un posgrado en Industrias Culturales en la UNTreF y una maestría en Gestión Pedagógica en CIE. Es editor desde 1995, socio activo de la SAE. Trabajó en numerosos proyectos de TV, documentales institucionales, editó cuatro largometrajes cinematográficos y colaboró en técnica y post en varios otros, además de consultorías en postproducción y metodología en entorno digital. Realizó diseños de arte para programas de Canal á, Canal 7 y Canal 13. Por su formación musical, realizó el montaje de videoclips de músicos y bandas de la escena nacional. De clara orientación docente, trabajó en UBA en Semiología de la Imagen, en ENERC en Técnica del Montaje, en EMBA en Montaje y Diseño de Medios Interactivos y actualmente es Director Académico del Instituto de Capacitación en Televisión y la Escuela Americana de Medios, en convenio con el CIN y Ia RENAU. ELINA LA ROSA Es Diseñadora en Imagen y Sonido egresada de la Universidad de Buenos Aires, realizando un Seminario en la UNTREF para la Asociación de Directores y Productores de Cine Documental Independiente de Argentina. También se formó en Avid Express/Composer con Antonio Gennaro en Sistemas de Video Comunicación S.A. Desde el 2002 trabaja en la Edición Periodística para Telefé Noticias 1ra. Edición, Baires Directo, Telefé 2da. Edición, Diario de Medianoche. Compaginación de Gran Hermano I y II. Edición para América Noticias 1ra. Edición en 1998. En 1997 trabajó para “Tuma Producciones” en A todo motor y S.O.S. Vida en postproducción. En 1996 colaboró con la edición periodística del Noticiero de Canal 26. Colaboró en Canal (á) en producción y postproducción. También en el área teatral colaboró en distintas obras, para el teatro San Martín de Bs. As., Biblioteca Nacional, Instituto DiTella, entre los más relevantes. GABRIEL CAGNACCI Es Licenciado en Comunicación Social y Periodismo, Jefe de área audiovisual de la Facultad de Periodismo y Comunicación Social de la UNLP. Docente desde hace más de 15 años en la Facultad de Periodismo y Comunicación Social de la UNLP. Realizó diversos cursos de formación y seminarios entre ellos “Periodismo y Economía” de la CEPADE, “Workshop de televisión” en el BAC, “Guión y Audiovisión” en la Facultad de Bellas Artes de la UNLP, “Curso de Narrativa Audiovisual” en la Facultad de Periodismo y Comunicación Social de la UNLP, “Seminario de Edición” en la UNLP, entre los más destacados. Jefe de Trabajos Prácticos concursado en el Taller de Producción Audiovisual I de la Facultad de Periodismo y Comunicación Social de la UNLP. Profesor en la Facultad de Ciencias Sociales de la UBA en la carrera de Diseño de Imagen y Sonido. También trabajó como Coordinador del Area Audiovisual como nexo entre las cátedras Talleres de Producción audiovisual I, II, III y Taller de Producción Periodística III de la carrera Tecnicatura en Periodismo Deportivo de la Facultad de Periodismo y Comunicación Social UNLP. Participó como miembro Jurado en diversos concursos, Tesis y otros, en la UNLP para concurso de materias, Jurado en Tesis de Lic. en Comunicación Social de la misma Universidad y Jurado de Selección y Premiación del 2° Concurso Documental para el “Sindicato Obras Sanitarias de la Provincia de Buenos Aires”. LEANDRO TOLCHINSKY Es Docente y egresado de la Carrera de Dirección de Montaje Cinematográfico de la ENERC. También es diseñador y administrador de Sitios Web egresado de la Escuela Da Vinci. Trabajó como asistente de Montaje y Postproducción para diversos cortometrajes, documentales y películas de las productoras “Una Cooperativa”, “Filmy Wiktora”, “Digital 1”, “Duermevela”, “Rizoma Films” “Leningrado Films”, entre otras. Fue asistente de montaje de cortometrajes para el BAFICI. Capacitó a chicos de todo el país en materia audiovisual para la realización de cortometrajes, a cargo del Ministerio de Educación 2010-2011. Profesor de Imagen y Sonido, proyecto Integral y Campañas Publicitarias para Scholem Aleijem en los años 2011-2012. Trabajó en la Edición del registro del Video para el Festival Nuevas Músicas por la Memoria en el ECUNHI-2012. En el 2013 colaboró con las Capacitaciones en Montaje en el Concurso Historias Conectadas realizado conjuntamente entre Conectar Igualdad, Acción Federal INCAA y el Ministerio de Educación. Actualmente se desempeña como “Free Lance”, realiza largometrajes documentales, es JTP de la UBA para el Centro de Producción e Investigación Audiovisual de la facultad de Ciencias Sociales y en la ENER como ayudante de la Cátedra Montaje 1 y en una extensión educativa ENERC-INCAA. LAURA BULECEVICH Es Licenciada en Comunicación Social, de la Facultad de Periodismo y Comunicación Social de la Universidad Nacional de La Plata y posee un Profesorado en Comunicación Social en dicha Universidad. Actualmente cursa un Posgrado con Especialización Docente Universitaria. Trabajó en distintos programas de Radio como asistente de Radio y en coberturas audiovisuales. También trabajó como asistente de producción y redacción en varias radios. Fue Docente de Producción y Realización del Habilitante de TV, en ISER de La Plata. Trabajó como integrante del proyecto de extensión de “Madres y Abuelas de Plaza de Mayo Relatos del Futuro”. Fue miembro del Proyecto Primera Sección Viernes 14 de noviembre de 2014 de Investigación del CONICET-UNLP “Observatorio de Radios universitarias del Cono Sur”. Fue Docente de Práctica Integral de Televisión III, Audiovisual I y Programación y Lenguaje Técnico Radial I. Actualmente es Docente Interina de la Cátedra “Seminario de Dirección y Producción Documental”. Fue Miembro de concursos docentes en el ISFDyT Nº 8 dependiente de la DGCyE de la Pcia. de Buenos Aires, para las materias: Programación y Lenguaje Técnico Radial I, Práctica Integral de Producción de Radio III, Guiones y Libretos de la carrera Tecnicatura Superior en Producción y Dirección de Radio y TV, Realización Publicitaria, Etica profesional. ALEJANDRO RIPOLL Docente terciario y universitario. Se desempeña como docente del Instituto Superior de Enseñanza Radiofónica en la materia Puesta en Escena desde el año 2009. Dictó la materia Nuevas Tecnologías en la Universidad de Belgrano y fue jefe de trabajos prácticos en la Universidad Nacional de Lomas de Zamora en la materia Televisión de la carrera de Periodismo. Es director de televisión con una amplia trayectoria. Trabajó como director en Canal 7, fue director de Gran Hermano 1, 2 y 3 (Telefe), director de No hay 2 sin 3 (Canal 9), director de Operación Triunfo 1 y 2 (Telefe). Fue asesor de imagen de los canales ATV y Global TV de Perú, y de Montecarlo Televisión Canal 4 Montevideo. Director de Soñando por cantar 2013, se desempeña como director de ShowMatch desde el año 2005 hasta la fecha. e. 14/11/2014 N° 88574/14 v. 14/11/2014 #F4718055F# #I4717793I# ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD Resolución 316/2014 Acta N° 1340 BOLETIN OFICIAL Nº 33.011 40 el Subanexo II-B de su Contrato de Concesión, cuyo detalle, duración y montos de penalización se expresan en los Anexos I, II, III, IV, V, VI, y total en el Anexo XIII al Informe Técnico y legal, obrantes a fojas 163/304 y 317. 2.- Instruir a CAMMESA a que efectúe el débito de PESOS CINCO MILLONES SETECIENTOS VEINTINUEVE MIL QUINIENTOS OCHENTA Y CINCO CON CINCUENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 5.729.585,58) sobre la liquidación de ventas de “TRANSENER S.A.”, por indisponibilidades de equipamiento propio de líneas y conexión/transformación, según se detalla en el Anexo XV al Informe Técnico y Legal antes citado (fojas 319/320), ajustándose a la condición pari passu dispuesta mediante la Cláusula 10 del Convenio de Renovación del Acuerdo Instrumental del Acta Acuerdo UNIREN - “TRANSENER S.A.” —ratificada por Decreto PEN N° 1.462/2005. 3.- Instruir a CAMMESA a que efectúe el débito de PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y SEIS CON CUARENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 1.442.436,45) sobre la liquidación de ventas de “TRANSENER S.A.”, por incumplimientos incurridos por sus Transportistas Independientes al Régimen de Calidad de Servicio estipulado en el Anexo II de los Contratos de Electroducto respectivos, consistentes en indisponibilidades programadas de equipamiento de líneas, conexión y reactivos, según se detalla en el Anexo XV al Informe Técnico y Legal, obrantes a fojas 319/320, ajustándose a la condición pari passu dispuesta mediante la Cláusula 10 del Convenio de Renovación del Acuerdo Instrumental del Acta Acuerdo mencionada. 4.- Instruir a CAMMESA a que efectúe el débito de PESOS CIENTO CINCUENTA MIL QUINIENTOS VEINTIDOS CON SETENTA Y SEIS CENTAVOS ($ 150.522,76) sobre la liquidación de ventas de “TRANSENER S.A.”, por incumplimiento en cuanto a sus obligaciones respecto de la Supervisión a la Operación y Mantenimiento de sus Transportistas Independientes según se detalla en el Anexo XV al Informe Técnico y Legal, obrantes de fojas 319/320, ajustándose a la condición pari passu dispuesta mediante la Cláusula 10 del Convenio de Renovación del Acuerdo Instrumental del Acta Acuerdo mencionada. 5.- Instruir a CAMMESA para que informe al ENRE cuando complete la liquidación a favor de “TRANSENER S.A.” de la totalidad de los ingresos determinados en el Convenio de Renovación del Acuerdo Instrumental para el período semestral junio a noviembre de 2013. Expediente ENRE N° 38.850/2013 Bs. As., 5/11/2014 El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Dar a publicidad la solicitud de emisión del Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública para la obra consistente en la instalación de una celda de salida de línea en la ET VALERIA DEL MAR, durante DOS (2) días en un diario de amplia difusión en el lugar donde la obra se va a realizar, o pueda afectar eléctricamente. 2.- Publicar la solicitud mediante un AVISO en la página web del ENRE y solicitar a CAMMESA que haga lo propio, por el plazo de CINCO (5) días, en el que deberá consignarse que se otorgan DIEZ (10) días hábiles administrativos a partir de la última publicación para que, quien considere que la obra pueda afectarlo en cuanto a las prestaciones eléctricas recibidas o sus intereses económicos, plantee su oposición fundada por escrito ante el ENRE. 3.- Disponer que en caso de que no hubiera ninguna presentación justificada, vencido el plazo señalado en el Considerando precedente se considerará otorgado el Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública para la obra referida en el Artículo 1. 4.- Establecer que en caso de que existan presentaciones fundadas comunes entre distintos usuarios, se convocará a Audiencia Pública para recibir dichas oposiciones y permitir a la “EMPRESA DE TRANSPORTE POR DISTRIBUCION TRONCAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SOCIEDAD ANONIMA” (“TRANSBA S.A.”) contestar las mismas y exponer sus argumentos. 5.- Disponer que la “EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ENERGIA ATLANTICA SOCIEDAD ANONIMA” (“EDEA S.A.”) deberá presentar ante CAMMESA la información necesaria para conformar la base de datos eléctricos del MEM, la que deberá tener en cuenta parámetros eléctricos del equipamiento a ingresar, que forme parte de la ampliación solicitada. 6.- Disponer que “TRANSBA S.A.” y “EDEA S.A.” deberán firmar una Adenda al Convenio de Conexión existente entre ambas empresas en la ET VALERIA DEL MAR. 7.- Disponer que el límite de la responsabilidad del Sistema de Transporte por Distribución Troncal se debe extender hasta las botellas terminales de las celdas en 13,2 kV de la ET VALERIA DEL MAR. 8.- Establecer que a partir de la habilitación comercial de la Ampliación “TRANSBA S.A.” deberá realizar las tareas de Operación y Mantenimiento y percibir la remuneración correspondiente a UN (1) cargo por conexión, conforme su cuadro tarifario vigente al momento de cada liquidación. 9.- Notificar a “EDEA S.A.”, a “TRANSBA S.A.”, a CAMMESA y al OCEBA. — FEDERICO BASUALDO RICHARDS, Vocal Primero. — ENRIQUE GUSTAVO CARDESA, Vocal Segundo. — VALERIA MARTOFEL, Vocal Tercera. — LUIS MIGUEL BARLETTA, Vicepresidente. — RICARDO A. MARTINEZ LEONE, Presidente, Ente Nacional Regulador de la Electricidad. e. 14/11/2014 N° 88359/14 v. 14/11/2014 #F4717793F# #I4717801I# ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD Resolución 318/2014 Acta Nº 1340 6.- Instruir a “TRANSENER S.A.” para que de conformidad con lo dispuesto en la Cláusula 6, apartado 6.1.3 del Acta Acuerdo de Renegociación Contractual mencionada, destine el importe de PESOS CUATRO MILLONES QUINIENTOS VEINTINUEVE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO CON OCHENTA Y SEIS CENTAVOS ($ 4.529.854,86), correspondiente a equipamiento de conexión/salidas y reactivos, según se detalla en el Anexo XIV al Informe Técnico y Legal de fojas 319/320, ajustándose a la condición pari passu dispuesta mediante la Cláusula 10 del Convenio de Renovación del Acuerdo Instrumental de la referida Acta Acuerdo. 7 .- Establecer, en los términos de lo dispuesto en el Artículo 27 del Subanexo II-B del contrato de concesión de “TRANSENER S.A.” y conforme a la metodología de cálculo y asignación de pago por los Usuarios y demás especificaciones detalladas en el Anexo II de la Resolución ENRE N° 1.319/1998, con las modificaciones introducidas por el Acta Acuerdo en el punto 6.1.4, el incentivo mensual asociado al desempeño logrado por la Transportista durante los doce (12) meses anteriores a cada uno de los meses comprendidos en el semestre junio a noviembre de 2013, respecto del nivel de calidad registrado en el primer período tarifario, que percibirá “TRANSENER S.A.” en la suma de PESOS DOS MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL CIENTO CINCO CON NOVENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 2.665.105,99) de acuerdo al detalle que se efectúa en los Anexos VII, VIII, IX, X, XI, XII y XVI al Informe Técnico y Legal, obrantes a fojas 305/316 y 321. 8.- Instruir a CAMMESA para que, a los efectos del pago del incentivo establecido en este Acto, efectúe los correlativos débitos a los Usuarios del sistema de transporte, cuyo total consta en el Anexo XVI al Informe Técnico y Legal de fojas 321, de acuerdo al procedimiento definido en el Anexo II de la Resolución ENRE N° 1.319/1998 para ser acreditados sobre la liquidación de venta de “TRANSENER S.A.”. 9.- Notifíquese a CAMMESA y a “TRANSENER S.A.” con copia de la presente y de los Anexos de fojas 163/321. Hágase saber que: a) se le otorga vista del Expediente por única vez y por el término de diez (10) días hábiles administrativos contados desde la notificación de este Acto, y b) la presente Resolución es susceptible de ser recurrida en los plazos que se indican, los que se computarán a partir del día siguiente al último de la vista concedida: (i) por la vía del Recurso de Reconsideración conforme lo dispone el Artículo 84 del Reglamento de la Ley N° 19.549 de Procedimientos Administrativos aprobado mediante Decreto PEN N° 1.759/1972 (Texto Ordenado en 1991), dentro de los diez (10) días hábiles administrativos, así como también, (ii) en forma subsidiaria, o alternativa, por la vía del Recurso de Alzada previsto en el Artículo 94 del citado Reglamento y en el Artículo 76 de la Ley N° 24.065, dentro de los quince (15) días hábiles administrativos y (iii) mediante el Recurso Directo por ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal previsto en el Artículo 81 de la Ley N° 24.065, dentro de los treinta (30) días hábiles judiciales. 10.- Publíquese la presente Resolución en la página web del ENRE, conjuntamente con los Anexos de fojas 163/321. — FEDERICO BASUALDO RICHARDS, Vocal Primero. — ENRIQUE GUSTAVO CARDESA, Vocal Segundo. — VALERIA MARTOFEL, Vocal Tercera. — LUIS MIGUEL BARLETTA, Vicepresidente. — RICARDO A. MARTÍNEZ LEONE, Presidente, Ente Nacional Regulador de la Electricidad. El Anexo citado puede ser consultado por los interesados en la Sede del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD, Avda. Madero N° 1020, 10° piso de la Capital Federal, en el horario de 9 a 13 y de 14 a 17:30. e. 14/11/2014 N° 88367/14 v. 14/11/2014 #F4717801F# #I4717802I# ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD Expediente ENRE Nº 39.324/2013 Resolución 328/2014 Bs. As., 5/11/2014 Acta N° 1340 El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: Expediente ENRE N° 39.701/2013 1.- Sancionar a la “COMPAÑIA DE TRANSPORTE DE ENERGIA ELECTRICA EN ALTA TENSION - TRANSENER S.A.” (“TRANSENER S.A.”) en la suma de PESOS ONCE MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE CON SESENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 11.852.399,65) correspondientes al período comprendido entre los meses de junio a noviembre de 2013, por incumplimientos del Régimen de Calidad de Servicio y Sanciones del Sistema de Transporte de Energía Eléctrica en Alta Tensión contenido en Bs. As., 5/11/2014 El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Dar a publicidad la solicitud de Acceso a la Capacidad de Transporte Existente de la Empresa “TOYOTA ARGENTINA S.A.” (GUMA) para una demanda de 15 MW y la solicitud Primera Sección Viernes 14 de noviembre de 2014 para la emisión del Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública para la ampliación de la Capacidad de Transporte Existente por Contrato entre Partes para la obra consistente en la construcción de una nueva estación de maniobras (E.M.) en 132 kV denominada “E.M. 132 kV TOYOTA.” y la construcción de una Doble Terna (DT) de 132 kV para su vinculación al SADI, que se denominarán CORCEMAR - TOYOTA de DOS COMA SIETE (2,7) km y TOYOTA - ZARATE de TRES COMA CINCO (3,5) km, durante DOS (2) días en un diario de amplia difusión en el lugar donde la obra se va a realizar, o pueda afectar eléctricamente. 2.- Publicar la solicitud mediante un AVISO en la página web del ENRE y solicitar a CAMMESA que haga lo propio, por el plazo de CINCO (5) días, en el que deberá consignarse que se otorgan DIEZ (10) días hábiles administrativos a partir de la última publicación para que, quien considere que la obra pueda afectarlo en cuanto a las prestaciones eléctricas recibidas o sus intereses económicos, plantee su oposición fundada por escrito ante el ENRE. 3.- Disponer que en caso de que no hubiera ninguna presentación justificada, vencido el plazo señalado en el Considerando precedente se considerará otorgado el Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública para la obra referida en el Artículo 1. 4.- Establecer que en caso de que existan presentaciones fundadas comunes entre distintos usuarios, se convocará a Audiencia Pública para recibir dichas oposiciones y permitir a la “EMPRESA DE TRANSPORTE POR DISTRIBUCION TRONCAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SOCIEDAD ANONIMA” (“TRANSBA S.A.”) contestar las mismas y exponer sus argumentos. 5.- Disponer que “TRANSBA S.A.” y la Empresa “TOYOTA ARGENTINA S.A.”, deban firmar un Convenio de Conexión entre ambas empresas en la nueva E.M. 132 kV. TOYOTA. 6.- Notificar a “TRANSBA S.A.”; a “TOYOTA ARGENTINA S.A.”; al OCEBA; y a CAMMESA. — FEDERICO BASUALDO RICHARDS, Vocal Primero. — ENRIQUE GUSTAVO CARDESA, Vocal Segundo. — VALERIA MARTOFEL, Vocal Tercera. — LUIS MIGUEL BARLETTA, Vicepresidente. — RICARDO A. MARTINEZ LEONE, Presidente, Ente Nacional Regulador de la Electricidad. e. 14/11/2014 N° 88368/14 v. 14/11/2014 #F4717802F# #I4717633I# MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS Resolución 309/2014 Bs. As., 2/10/2014 VISTO el Expediente N° S05:0476830/2013 y sus agregados sin acumular N° S05:0473341/2013 y N° S05:0479637/2013 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, y CONSIDERANDO: Que la empresa MONSANTO TECHNOLOGY LLC., representada en la REPUBLICA ARGENTINA por el señor Don Miguel ÁLVAREZ ARANCEDO, ha solicitado la inscripción de las creaciones fitogenéticas genéticamente modificadas de soja (Glycine max (L.) Merr) de denominaciones 5814IPRO, 5815IPRO y 4914IPRO, en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares, creado por el Artículo 19 de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247. Que la Dirección de Registro de Variedades del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado de la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, ha informado que se han cumplido los requisitos exigidos por los Artículos 20 y 21 de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247, el Artículo 6° del Convenio Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales, aprobado por la Ley N° 24.376 y los Artículos 26, 27, 29 y 31 del Decreto N° 2.183 de fecha 21 de octubre de 1991, reglamentario de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247, para la inscripción en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares y el otorgamiento de los respectivos títulos de propiedad. Que la COMISION NACIONAL DE SEMILLAS, creada por la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247, en su reunión de fecha 9 de septiembre de 2014, según Acta N° 417, ha tomado la intervención de su competencia. Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS ha dictaminado al respecto. Que el suscripto es competente para dictar el presente acto, en virtud de lo establecido en el Artículo 9° del Decreto N° 2.817 de fecha 30 de diciembre de 1991, ratificado por la Ley N° 25.845. BOLETIN OFICIAL Nº 33.011 #I4717452I# 41 JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Resolución 1010/2014 Bs. As., 10/11/2014 VISTO el Expediente N° CUDAP: EXP-JGM: 0047777/2014 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley N° 26.522 y las Decisiones Administrativas Nros. 221 del 1° de septiembre de 2009 y sus modificatorias y 164 del 11 de abril de 2012, y CONSIDERANDO: Que con fecha 20 de agosto de 2009, se celebró UN (1) CONTRATO DE ASOCIACION suscripto entre la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, ad referéndum del señor Jefe de Gabinete de Ministros, y la ASOCIACION DEL FUTBOL ARGENTINO PARA LA TRANSMISION DE ESPECTACULOS DE FUTBOL POR TELEVISION ABIERTA Y GRATUITA. Que mediante la Decisión Administrativa N° 221 del 1° de septiembre de 2009 y sus modificatorias, se creó el PROGRAMA FUTBOL PARA TODOS, cuya finalidad es la coordinación y articulación de la transmisión y explotación comercial de la televisación de los Torneos de Fútbol Argentino para la REPUBLICA ARGENTINA y el exterior, organizados por la ASOCIACION DEL FUTBOL ARGENTINO, para su transmisión en vivo y en directo y/o en diferido, en Capital Federal, el interior y exterior del país, durante la vigencia de dicho Acuerdo, a fin de permitir el acceso libre y gratuito por televisión abierta en todo el territorio de la República. Que con fecha 17 de febrero de 2012, se celebró UN (1) CONTRATO entre la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la FUNDACION DEL AUTOMOVILISMO DEPORTIVO DE LA REPUBLICA ARGENTINA (FADRA) para la transmisión de espectáculos de automovilismo por televisión abierta. Que por dicho acuerdo la FUNDACION DEL AUTOMOVILISMO DEPORTIVO DE LA REPUBLICA ARGENTINA (FADRA) cedió en forma exclusiva a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, los derechos de explotación primarios y secundarios, por sí o por terceros, por cualquier sistema o procedimiento audiovisual en distintos formatos, creados o a crearse, de las imágenes y/o sonidos obtenidos en ocasión y desarrollo de cada una de las competencias automovilísticas por ella organizadas, para su transmisión en vivo y en directo y/o en diferido, en Capital Federal, el interior y exterior del país. Que por el artículo 77 de la Ley N° 26.522 se garantiza el derecho al acceso universal —a través de los servicios de comunicación audiovisual— a los contenidos informativos de interés relevante y de acontecimientos deportivos, de encuentros futbolísticos u otro género o especialidad. Que a dichos fines el CONSEJO FEDERAL DE COMUNICACION AUDIOVISUAL elabora anualmente un listado de acontecimientos de interés general para la retransmisión o emisión televisiva, respecto de los cuales el ejercicio de derechos exclusivos deberá ser justo, razonable y no discriminatorio. Que, asimismo, por la Decisión Administrativa N° 164 del 11 de abril de 2012 se encomendó a los responsables del PROGRAMA FUTBOL PARA TODOS el desarrollo de las actividades de coordinación y articulación de la transmisión y explotación comercial de la televisación para la transmisión de espectáculos de automovilismo en los términos del Contrato premencionado y de aquellos acontecimientos deportivos declarados de interés relevante por parte de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL (AFSCA) que no se encuentren comprendidos en otros programas especiales, debiendo instrumentar los medios necesarios para su accesibilidad para la población en su conjunto en la REPUBLICA ARGENTINA. Que a los fines de llevar adelante las actividades establecidas en dicha norma, deviene necesario suscribir los pertinentes ACUERDOS DE RETRANSMISION DE CONTENIDOS GENERADOS POR EL PROGRAMA FUTBOL PARA TODOS, a suscribir entre el citado Programa y los sitios web que realicen la retransmisión por video stream, streaming y otro sistema de emisión por internet. Que, asimismo, resulta procedente autorizar de forma expresa al señor Coordinador del citado PROGRAMA FUTBOL PARA TODOS, a formalizar la firma de los referidos Acuerdos. Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS. Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 8° del Decreto N° 977 del 6 de julio de 1995. Por ello, Por ello, EL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS RESUELVE: ARTICULO 1° — Ordénase la inscripción en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares, del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado de la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, creado por la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247, de las creaciones fitogenéticas genéticamente modificadas de soja (Glycine max (L.) Merr) de denominaciones 5814IPRO, 5815IPRO y 4914IPRO, solicitada por la empresa MONSANTO TECHNOLOGY LLC., representada en la REPUBLICA ARGENTINA por el señor Don Miguel ÁLVAREZ ARANCEDO. ARTICULO 2° — Por la Dirección de Registro de Variedades, expídanse los respectivos títulos de propiedad, una vez cumplido el Artículo 3°. ARTICULO 3° — Regístrese, comuníquese al interesado, publíquese a su costa en el Boletín Oficial y archívese. — Ing. Agr. RAIMUNDO LAVIGNOLLE, Presidente del Directorio, Instituto Nacional de Semillas e. 14/11/2014 N° 88287/14 v. 14/11/2014 #F4717633F# EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS RESUELVE: ARTICULO 1° — Apruébase el modelo de “ACUERDO MARCO DE RETRANSMISION DE CONTENIDOS GENERADOS POR EL PROGRAMA FUTBOL PARA TODOS” en el marco de los contratos suscriptos por la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la ASOCIACION DEL FUTBOL ARGENTINO (AFA) y la FUNDACION DE AUTOMOVILISMO DEPORTIVO DE LA REPUBLICA ARGENTINA (FADRA) y de aquellos acontecimientos deportivos declarados de interés relevante por parte de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL (AFSCA), a ser suscriptor por los titulares de los sitios web que, como Anexo, forma parte integrante del presente acto administrativo. ARTICULO 2° — Autorízase al señor Coordinador del PROGRAMA FUTBOL PARA TODOS, Doctor D. Pablo PALADINO (D.N.I. N° 20.200.985), a suscribir los ACUERDOS DE RETRANSMISION cuyo modelo se aprueba por el artículo 1° de la presente medida. ARTICULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — C.P. JORGE CAPITANICH, Jefe de Gabinete de Ministros. Primera Sección Viernes 14 de noviembre de 2014 ANEXO ACUERDO MARCO DE RETRANSMISION DE CONTENIDOS GENERADOS POR EL PROGRAMA FUTBOL PARA TODOS El presente ACUERDO se celebra entre el PROGRAMA FUTBOL PARA TODOS, C.U.I.T. N° 30-68060457-2, (en adelante “EL PROGRAMA”), representado en este acto por ……………………… y la empresa …………………………….., C.U.I.T. N° ………………………………, representada en este acto por …………………………………………… titular de UN (1) sitio WEB según copia certificada de la Licencia que se adjunta al presente (en adelante “EL SITIO”) a los ……………… días del mes de …………………. de ……………. CLAUSULA PRIMERA: El objeto del presente Acuerdo es la determinación de las pautas a las que deberá ajustarse EL SITIO para retransmitir, en vivo y directo los contenidos audiovisuales generados por el PROGRAMA FUTBOL PARA TODOS” y por futbolparatodos. com.ar a través de su canal oficial en “YouTube”, dentro del territorio de la REPUBLICA ARGENTINA. CLAUSULA SEGUNDA: El presente Acuerdo generará para las partes las obligaciones expresamente consignadas en el mismo. CLAUSULA TERCERA: La suscripción del presente Acuerdo implica la autorización de EL PROGRAMA a EL SITIO para emitir dentro del territorio de la REPUBLICA ARGENTINA. CLAUSULA CUARTA: La autorización para transmitir los contenidos generados por el PROGRAMA FUTBOL PARA TODOS que se otorga a EL SITIO, sólo podrá implicar la retransmisión de la señal generada por EL PROGRAMA desde el comienzo de la transmisión de la misma y hasta su finalización, respetando el audio, la publicidad, y sin realizar agregados de ninguna naturaleza, ya sean partidos de fútbol, competencias automovilísticas o eventos deportivos de interés relevante declarados como tales por la AUTORIDAD FEDERAL DE COMUNICACION AUDIOVISUAL. Ninguna de las cláusulas contenidas en este Acuerdo reconoce a EL SITIO el derecho de manufacturar, distribuir o comercializar imágenes de la señal generada por EL PROGRAMA. Queda absolutamente prohibido a EL SITIO, poner imágenes de la señal generada por EL PROGRAMA a disposición de terceros en ningún medio. Ninguna cláusula contenida en este Acuerdo autoriza la reventa, licencia, o cualquier otra transferencia o distribución de imágenes de la señal generada por EL PROGRAMA. CLAUSULA QUINTA: El presente acuerdo es de carácter particular para EL SITIO, quien no podrá cederlo, a título gratuito ni oneroso. Queda expresamente convenido que la retransmisión autorizada sólo podrá realizarse dentro del territorio de la REPUBLICA ARGENTINA, por lo que en ningún caso y/o bajo ningún pretexto EL SITIO podrá ceder, traspasar o de cualquier otra manera transferir las transmisiones fuera del territorio del país. CLAUSULA SEXTA: Toda utilización de imágenes de la señal generada por EL PROGRAMA de forma no expresamente autorizada por este Acuerdo o infringiendo cualquiera de las disposiciones del mismo, habilita a EL PROGRAMA a ejercitar todos los derechos, medidas y acciones legales a su disposición. CLAUSULA SEPTIMA: En caso de incumplimiento de los compromisos asumidos por EL SITIO, EL PROGRAMA queda facultado a rescindir el presente Acuerdo sin que ello genere derecho a EL SITIO a reclamo alguno. Dicha rescisión tendrá efecto en cuanto se comunique fehacientemente a EL SITIO y ésta deberá, de forma inmediata, (i) cesar el uso del Contenido en cualquier soporte y de cualquier forma y (ii) destruir o eliminar todas las copias del contenido. CLAUSULA OCTAVA: EL PROGRAMA se reserva, de forma específica, todos los derechos que no hayan sido reconocidos expresamente a EL SITIO en virtud de este Acuerdo, incluidos todos los materiales promocionales o cualquier otra propiedad que pertenezca o esté bajo el control de EL PROGRAMA. CLAUSULA NOVENA: A los efectos del presente acuerdo EL PROGRAMA constituye domicilio en Avenida Julio A. Roca N° 782 y EL SITIO constituye domicilio en…………………………………., donde se tendrán por válidas todas las notificaciones que se realice entre las Partes. Las partes se someten ante cualquier diferendo por el presente Acuerdo a la Justicia Federal en lo Contencioso Administrativo de la Capital Federal, haciendo renuncia expresa de cualquier otro fuero o jurisdicción. De conformidad se firman DOS (2) ejemplares para cada una de las partes intervinientes de un mismo tenor y a un solo efecto. ……………………………….. ……………………………….. e. 14/11/2014 N° 88240/14 v. 14/11/2014 #F4717452F# #I4717396I# JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA Resolución 550/2014 Bs. As., 10/11/2014 VISTO el Expediente N° INA 12617/14 del Registro del INSTITUTO NACIONAL DEL AGUA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, los Decretos Nros. 423 de fecha 25 de marzo de 2010, 1.914 de fecha 7 de diciembre de 2010 y 274 de fecha 12 de marzo de 2013 y la Resolución de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 321 de fecha 12 de septiembre de 2012, y CONSIDERANDO: Que el artículo 30 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de BOLETIN OFICIAL Nº 33.011 42 diciembre de 2008 y sus modificatorios, establece que el personal podrá acceder al Tramo inmediato superior si acredita el cumplimiento de: a) los requisitos para la promoción al grado inicial de dicho Tramo y b) la certificación de la capacitación, experiencia y competencias laborales mediante el régimen de valoración de méritos que el Estado empleador establezca al efecto, previa consulta a las entidades sindicales en el marco de la Comisión Permanente de Interpretación y Carrera (Co.P.I.C.). Que mediante la Resolución de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 321 de fecha 12 de septiembre de 2012, se aprobó el Régimen de Valoración para la Promoción de Tramo Escalafonario del Personal comprendido en el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP). Que en el Título IV del Anexo I de la citada resolución, se regularon las actividades de valoración como condición requerida para la promoción al tramo Escalafonario respectivo. Que el artículo 10 de la citada resolución establece que la actividad de valoración será evaluada por UN (1) Comité de Acreditación; determinando, asimismo, la integración del mismo. Que en consecuencia, corresponde designar a los integrantes de los COMITES DE ACREDITACION EN MATERIA DE “CALIDAD DEL AGUA”, “HIDROLOGIA”, “RIEGO Y DRENAJE”, “GESTION DE LOS RECURSOS HIDRICOS” e “HIDRAULICA” todos ellos del INSTITUTO NACIONAL DEL AGUA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS. Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, ha tomado la intervención de su competencia. Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios, los artículos 2° del Anexo I del Decreto N° 1421 de fecha 8 de agosto de 2002 y sus modificatorios y 10 del Anexo I de la Resolución de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 321 de fecha 12 de septiembre de 2012. Por ello, LA SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS RESUELVE: ARTICULO 1° — Desígnanse como miembros integrantes de los COMITES DE ACREDITACION PARA FUNCIONES O PUESTOS COMPRENDIDOS EN LAS MATERIAS “CALIDAD DEL AGUA”, “HIDROLOGIA”, “RIEGO Y DRENAJE”, “GESTION DE LOS RECURSOS HIDRICOS” e “HIDRAULICA” todos ellos del INSTITUTO NACIONAL DEL AGUA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, a las personas consignadas en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida. ARTICULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Dra. FABIANA SAMBANCA, Secretaria de Gabinete y Coordinación Administrativa, Jefatura de Gabinete de Ministros. ANEXO Viernes 14 de noviembre de 2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.011 43 e. 14/11/2014 N° 88218/14 v. 14/11/2014 #F4717396F# Primera Sección Viernes 14 de noviembre de 2014 BOLETIN OFICIAL Nº 33.011 #I4717434I# #I4717451I# JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS 44 JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA Resolución 553/2014 y Bs. As., 10/11/2014 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS VISTO el Expediente N° 0008011/2014 del registro de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE; el Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y modificatorios, mediante el cual se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), la Disposición N° 813 de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES de fecha 4 de abril de 2014; y CONSIDERANDO: Que por Disposición de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES N° 813/14 se aprobaron las aperturas inferiores al primer nivel operativo de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE. Que en relación a dicha medida, se requiere proceder a la ratificación y homologación de varias unidades en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas. Que la OFICINA NACIONAL DE INNOVACION DE GESTION de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, ha tomado la intervención que le compete conforme la normativa citada, efectuando el análisis de las Funciones Ejecutivas correspondientes. Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete. Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 7° de la Decisión Administrativa N° 1 de fecha 3 de enero de 2014. Por ello, LA SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS RESUELVE: SECRETARIA DE HACIENDA Resolución Conjunta 551/2014 y 284/2014 Bs. As., 10/11/2014 VISTO el Expediente N° S01:0051161/2014 del registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS; el Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y modificatorios, mediante el cual se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS N° 203 de fecha 10 de mayo de 2013; y CONSIDERANDO: Que por la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS N° 203 del 10 de mayo de 2013, se aprobó la estructura organizativa de la DIRECCION GENERAL DE TECNOLOGIAS INFORMATICAS Y COMUNICACIONES, en el ámbito de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS. Que en relación a dicha medida, se requiere proceder a la incorporación de varios cargos en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas. Que la OFICINA NACIONAL DE INNOVACION DE GESTION de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, ha tomado la intervención que le compete conforme la normativa citada, efectuando el análisis y ponderación de los niveles de Funciones Ejecutivas correspondientes. Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete. ARTICULO 1° — Ratifícanse en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas las unidades pertenecientes a la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, según el detalle obrante en el Anexo I que forma parte integrante de la presente resolución. ARTICULO 2° — Homológanse en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas los cargos pertenecientes a la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, según el detalle obrante en el Anexo II que forma parte integrante de la presente resolución. Que la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS a través de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO, ha constatado la existencia de créditos vigentes para la medida propugnada en la presente norma. Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 7° de la Decisión Administrativa N° 1 de fecha 03 de enero de 2014. Por ello, LA SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Y EL SECRETARIO DE HACIENDA DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS RESUELVEN: ARTICULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, y archívese. — Dra. FABIANA SAMBANCA, Secretaria de Gabinete y Coordinación Administrativa, Jefatura de Gabinete de Ministros. ANEXO I MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES ARTICULO 1° — Incorpóranse al Nomenclador de Funciones Ejecutivas los cargos pertenecientes al MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, según el detalle obrante en la Planilla Anexa al presente artículo que forma parte integrante de la presente resolución. RATIFICACIONES Unidad Organizativa UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA Auditoría Adjunta Contable Auditoría Adjunta Operativa Auditoría Legal Auditoría Informática DIRECCION GENERAL DE MOVIMIENTO MIGRATORIO Dirección de Control Fronterizo Dirección de Control Aéreo DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION Dirección de Recursos Humanos Dirección de Contabilidad Dirección de Presupuesto y Finanzas DIRECCION GENERAL TECNICA JURIDICA Dirección de Asuntos Legales Dirección de Asuntos Judiciales Nivel II II III III II II III III III III III ANEXO II ARTICULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, y archívese. — Dra. FABIANA SAMBANCA, Secretaria de Gabinete y Coordinación Administrativa, Jefatura de Gabinete de Ministros. — JUAN CARLOS PEZOA, Secretario de Hacienda. PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1° MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS INCORPORACIONES Unidad organizativa SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA DIRECCION GENERAL DE TECNOLOGIAS INFORMATICAS Y COMUNICACIONES Coordinación de Stock y Tratamiento de Material en Desuso Coordinación de Seguridad de la Información Dirección de Soporte y Atención al Usuario Dirección de Desarrollo Dirección de Operaciones y Explotación Dirección de Ingeniería y Comunicaciones IV IV II II III III e. 14/11/2014 N° 88222/14 v. 14/11/2014 #F4717434F# MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES #I4717450I# HOMOLOGACIONES Unidad Organizativa DIRECCION GENERAL DE INMIGRACION Dirección de Radicaciones (ex Dirección de Radicaciones, Nivel II) Dirección de Control de Permanencia (ex Dirección de Control de Permanencia, Nivel II) DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION Dirección de Contrataciones, Patrimonio y Servicios (ex Dirección de Contrataciones, Patrimonio y Servicios, Nivel III) DIRECCION GENERAL TECNICA JURIDICA Dirección de Gestión (ex Dirección de Gestión, Nivel III) Nivel JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nivel II II SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA y MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS SECRETARIA DE HACIENDA III Resolución Conjunta 552/2014 y 285/2014 Bs. As., 10/11/2014 III e. 14/11/2014 N° 88239/14 v. 14/11/2014 #F4717451F# VISTO el Expediente N° 0008011/2014 del registro de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE; el Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y modificatorios, mediante el cual se homo- Primera Sección Viernes 14 de noviembre de 2014 logó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), la Disposición N° 813 de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES de fecha 4 de abril de 2014; y CONSIDERANDO: Que por Disposición de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES N° 813/14 se aprobaron las aperturas inferiores al primer nivel operativo de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE. Que en relación a dicha medida, se requiere proceder a la incorporación de DOS (2) unidades al Nomenclador de Funciones Ejecutivas. Que la OFICINA NACIONAL DE INNOVACION DE GESTION de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, ha tomado la intervención que le compete conforme la normativa citada, efectuando el análisis y ponderación de los niveles de Función Ejecutiva correspondientes. Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete. Que la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS a través de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO, ha constatado la existencia de créditos vigentes para la medida propugnada en la presente norma. Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 7° de la Decisión Administrativa N° 1 de fecha 3 de enero de 2014. Por ello, LA SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Y EL SECRETARIO DE HACIENDA DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS RESUELVEN: 45 Que por la Resolución CFE N° 32/07 se aprobó el Acuerdo Marco de Educación a Distancia para la Educación Primaria, Secundaria y Superior. Que la Resolución CFE N° 56/08 encomienda al INSTITUTO NACIONAL DE FORMACION DOCENTE la elaboración de planes de estudio de postítulos en las orientaciones y modalidades previstas en la Ley de Educación Nacional N° 26.206 y para la formación para nuevos roles dentro del sistema educativo. Que por la Resolución CFE N° 201/13 se creó el Programa Nacional de Formación Permanente, en cuyo marco fue diseñada la presente oferta. Que el ACTA DICTAMEN N° 1733/14 de la COMISION FEDERAL DE REGISTRO Y EVALUACION PERMANENTE DE LAS OFERTAS DE EDUCACION A DISTANCIA le otorgó Aprobación Plena al Postítulo “Especialización Docente de Nivel Superior en Políticas y Programas Socioeducativos” del INSTITUTO NACIONAL DE FORMACION DOCENTE. Que la DIRECCION NACIONAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención que le compete. Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios (t.o. 1992), sus modificatorios y complementarias. Por ello, EL MINISTRO DE EDUCACION RESUELVE: ARTICULO 1° — Aprobar el Postítulo “Especialización Docente de Nivel Superior en Políticas y Programas Socioeducativos” cuyos lineamientos generales se establecen en el Anexo que integra la presente Resolución. ARTICULO 2° — El Postítulo aprobado en el artículo anterior será desarrollado en el ámbito de la SECRETARIA DE EDUCACION con la coordinación del INSTITUTO NACIONAL DE FORMACION DOCENTE, a quien se faculta para el dictado de las normas que requiera su implementación. ARTICULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y cumplido, archívese. — Prof. ALBERTO E. SILEONI, Ministro de Educación. ANEXO ARTICULO 1° — Incorpóranse al Nomenclador de Funciones Ejecutivas las unidades pertenecientes a la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, según el detalle obrante en la Planilla Anexa al presente artículo, que forma parte integrante de la presente medida. ARTICULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, y archívese. — Dra. FABIANA SAMBANCA, Secretaria de Gabinete y Coordinación Administrativa, Jefatura de Gabinete de Ministros. — JUAN CARLOS PEZOA, Secretario de Hacienda. PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1° MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES INCORPORACIONES Unidad Organizativa DIRECCION GENERAL DE SISTEMAS Y TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION Dirección de Tecnologías y Aplicaciones Dirección de Infraestructura Técnica BOLETIN OFICIAL Nº 33.011 Nivel III III e. 14/11/2014 N° 88238/14 v. 14/11/2014 #F4717450F# #I4717942I# MINISTERIO DE EDUCACION Resolución 1975/2014 Bs. As., 7/11/2014 VISTO la Ley de Educación Nacional N° 26.206, las Resoluciones del CONSEJO FEDERAL DE EDUCACION N° 30/07, N° 32/07, N° 56/08 y N° 201/13, y CONSIDERANDO: Que el Artículo N° 37 de la Ley de Educación Nacional asigna competencia al Estado Nacional, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la planificación de la oferta de carreras y de postítulos, el diseño de planes de estudio, la gestión y asignación de recursos y la aplicación de las regulaciones específicas, relativas a los Institutos de Educación Superior bajo su dependencia. Que el Artículo N° 73, inciso d, de la misma Ley establece como uno de los objetivos de la política nacional de formación docente la de “Ofrecer diversidad de propuestas y dispositivos de formación posterior a la formación inicial que fortalezcan el desarrollo profesional de los/as docentes en todos los niveles y modalidades de enseñanza”. Que las ofertas de postítulos docentes tienen como objetivo principal brindar a los profesionales de la docencia una formación post-inicial coherente, estructurada y que apunte al mejoramiento de la calidad educativa, debiendo las mismas responder a las necesidades del sistema educativo en su conjunto y estar sujetas a evaluación y rediseño en función de su adecuación a las necesidades de las escuelas y a las políticas educativas. Que la formación continua constituye una función de la formación docente que debe desarrollarse en el marco de las políticas educativas establecidas por la Ley de Educación Nacional, orientándose a la producción de saberes específicos y especializados que contemplen la complejidad de los roles docentes y la necesaria ampliación de funciones del Sistema. Que por la Resolución CFE N° 30/07 se establecieron las normas básicas para el funcionamiento y el reconocimiento de los postítulos, con la finalidad de generar proyectos académicos coherentes, sistemáticos y con garantías de calidad para quienes cursen estas propuestas. 1. Identificación del Postítulo “Especialización Docente de Nivel Superior en Políticas y Programas Socioeducativos” 2. Fundamentación: Esta propuesta formativa se enmarca en el Programa Nacional de Formación permanente (Resolución CFE 201/13). Dicho programa establece en su componente por destinatario específico (componente 2) incorporar líneas de acción aún no existentes, de modo de poder dar cobertura a las necesidades planteadas en la Resolución CFE 188/12, con el objetivo principal de mejorar los resultados y experiencias de aprendizaje de los niños, niñas, jóvenes y adultos que transitan por las instituciones educativas. Los postítulos docentes constituyen una propuesta académica de formación continua orientada a dar respuesta a problemáticas educativas basadas en diagnósticos de necesidades situadas, y centradas en la formación para optimizar el desempeño docente. Se trata de brindar a los docentes una formación post-inicial que apunte a optimizar su desempeño para el mejoramiento de la calidad educativa. El Ministerio de Educación de la Nación creó la Especialización docente en Políticas Socioeducativas. Esta carrera de Educación Superior se propone brindar herramientas conceptuales y metodológicas a quienes se desempeñan o quieren hacerlo en el campo de las políticas socioeducativas. A partir del aporte teórico de diferentes disciplinas, de los avances de la investigación, de la revisión y análisis de experiencias socioeducativas, esta propuesta de formación busca contribuir al fortalecimiento del diseño, la gestión y la implementación de proyectos y/o programas socioeducativos. Generalmente, las personas que toman parte en las políticas socioeducativas cuentan con una vasta experiencia en el territorio, desempeñándose en el campo educativo, social y/o político. Esta propuesta de formación parte del reconocimiento de la misma y procura profundizar en ella y, particularmente, re-significarla en relación con la escuela como institución social y cultural de acción política. Enseñar en el marco de proyectos y programas socioeducativos con el objeto de trazar puentes entre las trayectorias educativas y las trayectorias escolares que contribuyan a la igualdad y la inclusión social es el objeto de estudio que aquí se propone. En los últimos años, debido a un conjunto de transformaciones sociales y educativas (solo por mencionar algunos: el aumento del PBI en educación, el decreto de AUH, las leyes promulgadas, entre ellas la Ley de Educación Nacional 26.206 que extiende la escolaridad obligatoria a 13 años; y que en su título V exhorta a los Estados a la Promoción de Políticas para la Igualdad) las políticas socioeducativas han cobrado protagonismo. En este marco se han iniciado discusiones y debates sobre el trabajo y los discursos acerca de los sentidos que aparejan los cambios mencionados y “lo socioeducativo” en particular. ¿Cuándo una política es “socioeducativa”?; ¿Qué problemas; qué estrategias se abordan desde lo socioeducativo? ¿Cómo se produce enseñanza y aprendizaje en estos espacios?; ¿qué implica formar parte de un “coro” —o jugar al ajedrez, hacer deportes; o participar en un taller de plástica...— en el marco de un programa socioeducativo? ¿Cómo se vinculan estos saberes con los escolares? Estos y otros interrogantes serán desarrollados en los diferentes módulos del Postítulo. Esta especialización tiene carácter semi-presencial. Al trabajar en un entorno virtual durante la cursada, se espera que los docentes se apropien no solo de las cuestiones vinculadas a la enseñanza de la escritura-literatura, sino también que se familiaricen con el uso de herramientas digitales, desarrollen una cultura de trabajo con TIC, y descubran los beneficios de trabajar en red, compartiendo experiencias que constituirán un capital común para el sistema educativo. 3. Régimen de cursada El cursado del Postítulo incluye instancias presenciales y no presenciales. Las actividades no presenciales desarrolladas por los alumnos consisten en la lectura de las clases y bibliografía, actividades de producción de textos y materiales en diversos formatos, interacción con pares y profesores en el campus virtual. Las actividades presenciales consisten en encuentros con la modalidad de talleres o espacios de evaluación a cargo de los tutores y trabajos de campo en las instituciones educativas en las cuales se desempeñan los cursantes. Los encuentros se realizan en las sedes provinciales. Viernes 14 de noviembre de 2014 Primera Sección 4. Carácter La oferta es gratuita. 5. Destinatarios Personas que posean título de Profesor/as de Educación Inicial, Educación Primaria, Educación Secundaria o de Educación Superior y que estén: BOLETIN OFICIAL Nº 33.011 46 10. Perfil del egresado El Especialista en Políticas Socioeducativas posee conocimientos específicos para la gestión, el diseño, la implementación y la evaluación de proyectos y programas socioeducativos. En particular asesora, interviene y/o revisa la dimensión pedagógica de los mismos. En este marco, se espera que la especialización permita a los egresados: • Actualmente en ejercicio como docentes de Educación Inicial, Primaria, Secundaria o Superior en establecimientos del sistema educativo argentino. • orientar y/o colaborar en el diseño e implementación de propuestas institucionales que involucren a escuelas, organizaciones barriales, centros comunitarios y otras instituciones vinculadas a la educación; • Actualmente en ejercicio en roles que exige el ámbito de las políticas socioeducativas: referentes de políticas socioeducativas, equipo técnico del área, coordinador de programa, asistente técnico de la coordinación de programas, coordinador institucional y/o tallerista y/o maestras/os comunitarios. • crear espacios socioeducativos para la enseñanza y el aprendizaje que posibiliten la inclusión, la permanencia y la promoción escolar de niños, niñas, adolescentes y jóvenes que se hallan en contextos socioeconómicos y culturales vulnerables; • Inscriptos para conformar las listas de orden de mérito para el acceso a la docencia en el Nivel Inicial, Primario o Secundario del sistema educativo argentino. • desarrollar propuestas para profundizar los vínculos de las escuelas con las familias, las organizaciones sociales y la comunidad a través del diálogo y el diseño e implementación de proyectos colectivos que contribuyan a mejorar las condiciones de escolaridad de niños, niñas, adolescentes y jóvenes; 6. Requisitos de admisión Se establecen los siguientes requisitos: - Completar un formulario de preinscripción en línea. - Presentar en el Instituto de Formación docente que se le designe como sede de la Especialización, durante el primer cuatrimestre de cursado, la siguiente documentación en formato papel: • fotocopia de DNI, • foto 4x4, • fotocopia autenticada del título docente de nivel superior o del título superior no docente, o acreditar al menos 5 años de antigüedad en el ejercicio de la función docente o de gestión socioeducativa. • constancia de ejercicio en el cargo. 7. Objetivos del Postítulo • gestionar e impulsar acciones que contribuyan a ampliar el universo cultural de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes, y las familias generando las condiciones necesarias para que participen en experiencias vinculadas con el arte, la cultura, la comunicación, la ciencia, la tecnología y el deporte; • promover propuestas que potencien la apropiación de recursos tales como: libros, útiles, bibliotecas, juegotecas, materiales pedagógicos y recursos financieros que llegan a las escuelas con el objeto de fortalecerlas institucionalmente; • promover encuentros de intercambio y formación docente que contribuyan a mejorar las posibilidades de la enseñanza, de los proyectos socioeducativos y generen condiciones para la calidad educativa. 11. Organización La duración de la Especialización será de 400 horas reloj. Por tratarse de una opción pedagógica semi-presencial, tendrá instancias virtuales (88,25% del total) y presenciales (11,75% del total). Se podrá cursar como mínimo en dos (2) años. Los espacios curriculares serán los siguientes: • Fortalecer el desarrollo institucional de las políticas socioeducativas que apuntan a la igualdad y calidad educativas (Título V y VI, LEN). • Especializar la formación de los perfiles socioeducativos considerando responsabilidades en la gestión, la planificación, la enseñanza y la evaluación de los procesos educativos y escolares que se promueven en el marco de los diferentes programas y proyectos. • Dar continuidad al espacio de discusión pedagógica en el campo de las políticas socioeducativas, a partir de las diferentes experiencias de trabajo tendientes a lograr el fortalecimiento de las trayectorias escolares y la ampliación de las trayectorias educativas de niños/as, adolescentes y jóvenes. Se espera que la especialización permita a los egresados: • Analizar situaciones socioeducativas para la implementación de políticas, programas y/o proyectos que contribuyan a una educación de calidad para todos los niños/as, adolescentes y jóvenes que se encuentran en edad escolar. • Orientar y/o colaborar en el diseño e implementación de propuestas institucionales que involucren a escuelas, organizaciones barriales, centros comunitarios y otras instituciones vinculadas a la educación. • Crear espacios socioeducativos para la enseñanza que posibiliten la inclusión, la permanencia y las promociones escolares de niños, niñas, adolescentes y jóvenes que se encuentran en situaciones de vulnerabilidad social. • Gestionar e impulsar acciones que contribuyan a ampliar el universo cultural de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes, y las familias generando las condiciones necesarias para que participen en experiencias vinculadas con el arte, la cultura, la comunicación, la ciencia, la tecnología y el deporte. • Promover estratégicamente acciones intersectoriales e interinstitucionales que contribuyan a fortalecer las condiciones de escolaridades de niños/as, adolescentes y jóvenes que se encuentran en edad escolar. • Promover encuentros de intercambio entre los perfiles socioeducativos que contribuyan a mejorar las posibilidades de la enseñanza, de los proyectos socioeducativos y generen condiciones para la calidad educativa. • Desarrollar propuestas para profundizar los vínculos de las escuelas con las familias, las organizaciones sociales y la comunidad educativa a través del diálogo y el diseño e implementación de proyectos colectivos que contribuyan a la construcción de una ciudadanía comprometida con la justicia social. 12. Régimen de correlatividades Para cursar el Seminario Final, se deberán tener aprobados el módulo introductorio, los seminarios parte I y II y todas las materias. e. 14/11/2014 N° 88461/14 v. 14/11/2014 #F4717942F# 8. Título a otorgar “Especialista Docente de Nivel Superior en Políticas y Programas Socioeducativos”. 9. Requisitos para la obtención del Postítulo El régimen de evaluación requerirá de: • la entrega obligatoria de los trabajos prácticos requeridos en forma virtual y la aprobación de al menos uno en cada espacio curricular; • la aprobación de un trabajo práctico final requerido en forma virtual en cada espacio curricular; • la aprobación de la evaluación final presencial, en el 80% de los espacios curriculares; • la aprobación del seminario final que incluye el diseño individual, puesta en práctica y evaluación de una experiencia socioeducativa y un coloquio presencial en el cual se deberá justificar y defender el trabajo final producido ante un tribunal examinador. #I4717944I# MINISTERIO DE EDUCACION Resolución 1976/2014 Bs. As., 7/11/2014 VISTO la Ley de Educación Nacional N° 26.206, las Resoluciones del CONSEJO FEDERAL DE EDUCACION N° 30/07, N° 32/07, N° 56/08 y N° 201/13, y CONSIDERANDO: Que el Artículo N° 37 de la Ley de Educación Nacional asigna competencia al Estado Nacional, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la planificación de la oferta de carreras y de postítulos, el diseño de planes de estudio, la gestión y asignación de recursos y la aplicación de las regulaciones específicas, relativas a los Institutos de Educación Superior bajo su dependencia. Primera Sección Viernes 14 de noviembre de 2014 Que el Artículo N° 73, inciso d, de la misma Ley establece como uno de los objetivos de la política nacional de formación docente la de “Ofrecer diversidad de propuestas y dispositivos de formación posterior a la formación inicial que fortalezcan el desarrollo profesional de los/as docentes en todos los niveles y modalidades de enseñanza”. Que las ofertas de postítulos docentes tienen como objetivo principal brindar a los profesionales de la docencia una formación post-inicial coherente, estructurada y que apunte al mejoramiento de la calidad educativa, debiendo las mismas responder a las necesidades del sistema educativo en su conjunto y estar sujetas a evaluación y rediseño en función de su adecuación a las necesidades de las escuelas y a las políticas educativas. Que la formación continua constituye una función de la formación docente que debe desarrollarse en el marco de las políticas educativas establecidas por la Ley de Educación Nacional, orientándose a la producción de saberes específicos y especializados que contemplen la complejidad de los roles docentes y la necesaria ampliación de funciones del Sistema. 3. Régimen de cursada El cursado del Postítulo incluye instancias presenciales y no presenciales. Las actividades no presenciales desarrolladas por los alumnos consisten en la lectura de las clases y bibliografía, actividades de producción de textos y materiales en diversos formatos, interacción con pares y profesores en el campus virtual. Las actividades presenciales consisten en encuentros con la modalidad de talleres o espacios de evaluación a cargo de los tutores y trabajos de campo en las instituciones educativas en las cuales se desempeñan los cursantes. Los encuentros se realizan en las sedes provinciales. 4. Carácter Que por la Resolución CFE N° 32/07 se aprobó el Acuerdo Marco de Educación a Distancia para la Educación Primaria, Secundaria y Superior. 5. Destinatarios Que por la Resolución CFE N° 201/13 se creó el Programa Nacional de Formación Permanente, en cuyo marco fue diseñada la presente oferta. Que el ACTA DICTAMEN N° 1731/14 de la COMISION FEDERAL DE REGISTRO Y EVALUACION PERMANENTE DE LAS OFERTAS DE EDUCACION A DISTANCIA le otorgó Aprobación Plena al Postítulo “Especialización Docente de Nivel Superior en Educación y Derechos Humanos” del INSTITUTO NACIONAL DE FORMACION DOCENTE. Que la DIRECCION NACIONAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención que le compete. Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios (t.o. 1992), sus modificatorios y complementarias. 47 Esta especialización tiene carácter semi-presencial. Al trabajar en un entorno virtual durante la cursada, se espera que los docentes se apropien no sólo de las cuestiones vinculadas a la enseñanza de la escritura-literatura, sino también que se familiaricen con el uso de herramientas digitales, desarrollen una cultura de trabajo con TIC, y descubran los beneficios de trabajar en red, compartiendo experiencias que constituirán un capital común para el sistema educativo. Que por la Resolución CFE N° 30/07 se establecieron las normas básicas para el funcionamiento y el reconocimiento de los postítulos, con la finalidad de generar proyectos académicos coherentes, sistemáticos y con garantías de calidad para quienes cursen estas propuestas. Que la Resolución CFE N° 56/08 encomienda al INSTITUTO NACIONAL DE FORMACION DOCENTE la elaboración de planes de estudio de postítulos en las orientaciones y modalidades previstas en la Ley de Educación Nacional N° 26.206 y para la formación para nuevos roles dentro del sistema educativo. BOLETIN OFICIAL Nº 33.011 La oferta es gratuita. Personas que posean título docente y que estén: • Actualmente en ejercicio, que cumplan cualquier rol en una institución educativa. • Inscriptos para conformar las listas de orden de mérito para el acceso a la docencia. 6. Requisitos de admisión Se establecen los siguientes requisitos: - Completar un formulario de pre-inscripción en línea. - Presentar en el Instituto de Formación docente que se le designe como sede de la Especialización, durante el primer cuatrimestre de cursado, la siguiente documentación en formato papel: • fotocopia de DNI, • foto 4x4, • fotocopia autenticada del título de Profesor/as de Educación Primaria o títulos equivalentes correspondientes a planes de estudios anteriores, Por ello, EL MINISTRO DE EDUCACION RESUELVE: • constancia de ejercicio de la docencia o constancia de inscripción en junta de calificación como aspirante al ejercicio de la docencia. ARTICULO 1° — Aprobar el Postítulo “Especialización Docente de Nivel Superior en Educación y Derechos Humanos” cuyos lineamientos generales se establecen en el Anexo que integra la presente Resolución. ARTICULO 2° — El Postítulo aprobado en el artículo anterior será desarrollado en el ámbito de la SECRETARIA DE EDUCACION con la coordinación del INSTITUTO NACIONAL DE FORMACION DOCENTE, a quien se faculta para el dictado de las normas que requiera su implementación. ARTICULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y cumplido, archívese. — Prof. ALBERTO E. SILEONI, Ministro de Educación. ANEXO 1. Identificación del Postítulo “Especialización Docente de Nivel Superior en Educación y Derechos Humanos” 2. Fundamentación: Esta propuesta formativa se enmarca en el Programa Nacional de Formación permanente (Resolución CFE 201/13). Dicho programa establece en su componente por destinatario específico (componente 2) incorporar líneas de acción aún no existentes, de modo de poder dar cobertura a las necesidades planteadas en la Resolución CFE 188/12, con el objetivo principal de mejorar los resultados y experiencias de aprendizaje de los niños, niñas, jóvenes y adultos que transitan por las instituciones educativas. Los postítulos docentes constituyen una propuesta académica de formación continua orientada a dar respuesta a problemáticas educativas basadas en diagnósticos de necesidades situadas, y centradas en la formación para optimizar el desempeño docente. Se trata de brindar a los docentes una formación post-inicial que apunte a optimizar su desempeño para el mejoramiento de la calidad educativa. La Especialización Docente de Nivel Superior en Educación y Derechos Humanos es una propuesta coordinada por el Area de Derechos Humanos y Pedagogía de la Memoria del Instituto Nacional de Formación Docente (INFD) y la Subsecretaría de Equidad y Calidad Educativa, del Ministerio de Educación de la Nación, junto a la Secretaría de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación. La especialización tiene como propósito formar a los profesionales de la docencia de todos los niveles y modalidades del sistema educativo argentino en el abordaje pedagógico de los derechos humanos, promover la producción de nuevos saberes sobre la enseñanza y aprendizaje de los derechos humanos y reflexionar sobre las prácticas educativas e institucionales desde un posicionamiento ético político anclado en los derechos con perspectiva nacional y latinoamericana. Esta propuesta busca crear un espacio que permita problematizar, enriquecer y generar nuevas prácticas educativas enmarcadas en el enfoque de derechos en las instituciones de todos los niveles y modalidades del sistema educativo. Se parte de la premisa de que las escuelas y los institutos son lugares privilegiados para la construcción de una ciudadanía consciente de sus derechos, comprometida con la justicia social y activa en el fortalecimiento de la democracia. Con el fin de contribuir a esta construcción, se ofrece al colectivo docente un acercamiento a los marcos normativos, los enfoques, la pedagogía, la metodología y las experiencias de educación en derechos humanos a través del abordaje de los diferentes campos temáticos de los derechos. En este marco, se abordarán cuestiones de la historia reciente y la pedagogía de la memoria, los derechos de la niñez, la equidad de género y las conquistas sociales recientes, restituciones y ampliaciones de derechos, siempre desde una perspectiva nacional y latinoamericana. 7. Objetivos del Postítulo • Fortalecer las políticas priorizadas por el MEN para la Educación Inicial, Primaria, Secundaria y Superior, y todas las modalidades. • Especializar la formación de los y las docentes de todo el país en educación en derechos humanos, promoviendo un posicionamiento ético-político y la producción de nuevos saberes para la enseñanza, el aprendizaje y la reflexión sobre las prácticas educativas desde un enfoque de derechos. • Ofrecer un marco político-pedagógico desde el cual los y las docentes puedan asumir un rol activo en la construcción de una ciudadanía comprometida con los principios de la justicia social, el reconocimiento de las diferencias socioculturales y el fortalecimiento de la democracia. • Crear un espacio de discusión crítica en torno a las características de la educación en derechos humanos en sus distintas dimensiones, desde una perspectiva histórica nacional y latinoamericana. • Ampliar el repertorio de experiencias y herramientas de los y las docentes que les permitan diseñar, producir e intercambiar nuevas estrategias de intervención en el espacio educativo en relación a la educación en derechos humanos garantizando la transversalización de estas temáticas. 8. Título a otorgar “Especialista Docente de Nivel Superior en Educación y Derechos Humanos”. 9. Requisitos para la obtención del Postítulo La acreditación de la Especialización requerirá de la aprobación de todos los módulos, seminarios temáticos y del seminario final que incluye el diseño individual, puesta en práctica y evaluación de una experiencia educativa de educación y derechos humanos, y un coloquio presencial en el cual se deberá justificar y defender el trabajo final producido ante un tribunal examinador. 10. Perfil del egresado El Especialista de Nivel Superior en Educación y Derechos Humanos es un/a docente que, al momento de acreditar el Postítulo, contará con una formación específica en los contenidos y enfoques metodológicos en materia de educación y derechos humanos y, en especial, en los conceptos centrales y problemas que plantea su defensa y promoción, ya sea en las instituciones educativas o en la sociedad en su conjunto. Esto promueve y fortalece el posicionamiento éticopolítico del docente en el desarrollo de su tarea pedagógica. Por lo antes dicho, el egresado del Postítulo es un o una docente que: • Puede seleccionar y presentar los conceptos centrales, problemas y metodologías de la enseñanza de los derechos humanos y de su promoción. • Comprende la importancia de asumir un posicionamiento ético político en su tarea pedagógica cuyo fin sea promover, ejercer y exigir el cumplimiento de los derechos humanos. • Puede elaborar proyectos institucionales dirigidos a la promoción y/o enseñanza de los contenidos específicos en materia de derechos humanos con carácter situado al contexto escolar donde interviene. • Puede intervenir sustantivamente en el proyecto curricular de la institución escolar en torno a la toma de decisiones en relación con la enseñanza de derechos humanos: selección de textos, recortes teóricos, metodologías, estrategias, recursos. Viernes 14 de noviembre de 2014 Primera Sección • Participa activamente en la construcción de una cultura escolar democrática, enmarcada en el reconocimiento de las diferencias socioculturales, y comprometida con la justicia social. • Posee herramientas teóricas y metodológicas para diseñar, junto con otros actores de la sociedad, acciones interinstitucionales donde la escuela fortalezca la trama de relaciones con la comunidad, desde un enfoque de derechos. BOLETIN OFICIAL Nº 33.011 48 Que por la Resolución CFE N° 32/07 se aprobó el Acuerdo Marco de Educación a Distancia para la Educación Primaria, Secundaria y Superior. Que la Resolución CFE N° 56/08 encomienda al INSTITUTO NACIONAL DE FORMACION DOCENTE la elaboración de planes de estudio de postítulos en las orientaciones y modalidades previstas en la Ley de Educación Nacional N° 26.206 y para la formación para nuevos roles dentro del sistema educativo. Que por la Resolución CFE N° 201/13 se creó el Programa Nacional de Formación Permanente, en cuyo marco fue diseñada la presente oferta. 11. Organización La duración de la especialización es de 425 horas reloj. Se podrá cursar como mínimo en 2 años. Los espacios curriculares serán los siguientes: Que el ACTA DICTAMEN N° 1732/14 de la COMISION FEDERAL DE REGISTRO Y EVALUACION PERMANENTE DE LAS OFERTAS DE EDUCACION A DISTANCIA le otorgó Aprobación Plena al Postítulo “Especialización Docente de Nivel Superior en Escritura y Literatura” del INSTITUTO NACIONAL DE FORMACION DOCENTE. Que la DIRECCION NACIONAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención que le compete. Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios (t.o. 1992), sus modificatorios y complementarias. Por ello, EL MINISTRO DE EDUCACION RESUELVE: ARTICULO 1° — Aprobar el Postítulo “Especialización Docente de Nivel Superior en Escritura y Literatura” cuyos lineamientos generales se establecen en el Anexo que integra la presente Resolución. ARTICULO 2° — El Postítulo aprobado en el artículo anterior será desarrollado en el ámbito de la SECRETARIA DE EDUCACION con la coordinación del INSTITUTO NACIONAL DE FORMACION DOCENTE, a quien se faculta para el dictado de las normas que requiera su implementación. ARTICULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y cumplido, archívese. — Prof. ALBERTO E. SILEONI, Ministro de Educación. ANEXO 1. Identificación del Postítulo “Especialización Docente de Nivel Superior en Escritura y Literatura”. 2. Fundamentación: Esta propuesta formativa se enmarca en el Programa Nacional de Formación Permanente (Resolución CFE 201/13). Dicho programa establece en su componente por destinatario específico (componente 2) incorporar líneas de acción aún no existentes, de modo de poder dar cobertura a las necesidades planteadas en la Resolución CFE 188/12, con el objetivo principal de mejorar los resultados y experiencias de aprendizaje de los niños, niñas, jóvenes y adultos que transitan por las instituciones educativas. 12. Régimen de correlatividades Para cursar el Seminario Final se deberán tener aprobados todos los módulos y seminarios temáticos. e. 14/11/2014 N° 88463/14 v. 14/11/2014 #F4717944F# #I4717946I# MINISTERIO DE EDUCACION Resolución 1977/2014 Bs. As., 7/11/2014 VISTO la Ley de Educación Nacional N° 26.206, las Resoluciones del CONSEJO FEDERAL DE EDUCACION N° 30/07, N° 32/07, N° 56/08 y N° 201/13, y CONSIDERANDO: Que el Artículo N° 37 de la Ley de Educación Nacional asigna competencia al Estado Nacional, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la planificación de la oferta de carreras y de postítulos, el diseño de planes de estudio, la gestión y asignación de recursos y la aplicación de las regulaciones específicas, relativas a los Institutos de Educación Superior bajo su dependencia. Que el Artículo N° 73, inciso d, de la misma Ley establece como uno de los objetivos de la política nacional de formación docente la de “Ofrecer diversidad de propuestas y dispositivos de formación posterior a la formación inicial que fortalezcan el desarrollo profesional de los/as docentes en todos los niveles y modalidades de enseñanza”. Que las ofertas de postítulos docentes tienen como objetivo principal brindar a los profesionales de la docencia una formación post-inicial coherente, estructurada y que apunte al mejoramiento de la calidad educativa, debiendo las mismas responder a las necesidades del sistema educativo en su conjunto y estar sujetas a evaluación y rediseño en función de su adecuación a las necesidades de las escuelas y a las políticas educativas. Que la formación continua constituye una función de la formación docente que debe desarrollarse en el marco de las políticas educativas establecidas por la Ley de Educación Nacional, orientándose a la producción de saberes específicos y especializados que contemplen la complejidad de los roles docentes y la necesaria ampliación de funciones del Sistema. Que por la Resolución CFE N° 30/07 se establecieron las normas básicas para el funcionamiento y el reconocimiento de los postítulos, con la finalidad de generar proyectos académicos coherentes, sistemáticos y con garantías de calidad para quienes cursen estas propuestas. Los postítulos docentes constituyen una propuesta académica de formación continua orientada a dar respuesta a problemáticas educativas basadas en diagnósticos de necesidades situadas, y centradas en la formación para optimizar el desempeño docente. Se trata de brindar a los docentes una formación post-inicial que apunte a optimizar su desempeño para el mejoramiento de la calidad educativa. El Ministerio de Educación de la Nación propone la Especialización docente de Nivel Superior en Escritura y Literatura en la escuela secundaria como un espacio de formación continua y actualización didáctico-disciplinar en el área de la escritura y la literatura con la finalidad de que los docentes incorporen nuevas formas de enseñar a escribir así como de leer y pensar la literatura en las aulas de las secundarias y en los institutos de formación docente. Para un educador de la escuela secundaria resulta un verdadero desafío enseñar a leer a los jóvenes de modo crítico y con las herramientas adecuadas. Del mismo modo, el trabajo intenso y cotidiano, posibilita a los alumnos utilizar la escritura para estudiar, exponer, argumentar, narrar, documentar, expresar pensamientos o sentimientos, y para que sea su mejor aliada en el uso de las tecnologías digitales y mediáticas. Escribir para expresarse, pensar el mundo e insertarse en él, tal como lo señalan los NAP (núcleos de aprendizaje prioritario). Tanto las prácticas de la escritura como las de lectura, están pensadas en el contexto de la cultura y la literatura latinoamericanas. Esta especialización tiene carácter semi-presencial. Al trabajar en un entorno virtual durante la cursada, se espera que los docentes se apropien no sólo de las cuestiones vinculadas a la enseñanza de la escritura-literatura, sino también que se familiaricen con el uso de herramientas digitales, desarrollen una cultura de trabajo con TIC, y descubran los beneficios de trabajar en red, compartiendo experiencias que constituirán un capital común para el sistema educativo. 3. Régimen de cursada El cursado del Postítulo incluye instancias presenciales y no presenciales. Las actividades no presenciales desarrolladas por los alumnos consisten en la lectura de las clases y bibliografía, actividades de producción de textos y materiales en diversos formatos, interacción con pares y profesores en el campus virtual. Las actividades presenciales consisten en encuentros con la modalidad de talleres o espacios de evaluación a cargo de los tutores y trabajos de campo en las instituciones educativas en las cuales se desempeñan los cursantes. Los encuentros se realizan en las sedes provinciales. 4. Carácter La oferta es gratuita. 5. Destinatarios Para ingresar en esta propuesta de formación es necesario contar con el título de “Profesor/a de Lengua y Literatura” de la escuela secundaria o títulos equivalentes de formación docente en el mismo campo, además de estar: Viernes 14 de noviembre de 2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.011 49 • actualmente en ejercicio como profesores de lengua y literatura en escuelas secundarias comunes y/o modalidad de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos en establecimientos del sistema educativo argentino; • inscriptos para conformar las listas de orden de mérito para el acceso a la docencia en el Nivel Secundario Común o en la modalidad de Formación Permanente de Jóvenes y Adultos del sistema educativo argentino. 6. Requisitos de admisión Se establecen los siguientes requisitos: - Completar un formulario de preinscripción en línea. - Presentar en el Instituto de Formación docente que se le designe como sede de la Especialización, durante el primer cuatrimestre de cursado, la siguiente documentación en formato papel: • fotocopia de DNI, • foto 4x4, • fotocopia autenticada del título de Profesor/as de Educación Primaria o títulos equivalentes correspondientes a planes de estudios anteriores, • constancia de ejercicio de la docencia como profesor de Lengua y Literatura en el Nivel Secundario o en el Instituto de Formación Docente o constancia de inscripción en junta de calificación como aspirante al cargo. 7. Objetivos del Postítulo • Fortalecer las políticas priorizadas por el MEN para la Educación Secundaria. • Brindar un espacio de formación continua universal y gratuita para todos los docentes que se desempeñan en la Escuela Secundaria y el Nivel Superior. • Especializar a los docentes en la enseñanza de una escritura y de una literatura que se reconfiguran a partir de los aportes de numerosas investigaciones actuales y trabajos en el marco de su didáctica. 12. Régimen de correlatividades El Módulo Introductorio debe ser cursado y aprobado al iniciar la Especialización. Para cursar el Seminario Final se deberán tener aprobados todos los módulos anteriores. e. 14/11/2014 N° 88465/14 v. 14/11/2014 #F4717946F# • Presentar en forma dialógica la fundamentación epistemológica, cultural y pedagógica de la enseñanza y el aprendizaje de la escritura-literatura a partir de los lineamientos curriculares nacionales. • Profundizar la formación en contenidos particulares referidos a la enseñanza de la materia en la escuela secundaria para contribuir a la jerarquización profesional de los docentes y al mejoramiento de la calidad educativa. • Generar momentos de producción de escritura con la finalidad de que el docente se vincule con esta práctica desde un modelo actual de enseñanza y logre así repensar su aula como un espacio para el “hacer” y “construir” la misma. • Ofrecer espacios de análisis y estudio sobre la enseñanza de núcleos temáticos del área que propicien la reflexión del docente sobre su propia práctica y le permitan enriquecerla y/o modificarla a partir de la propuesta de esta especialización. • Proporcionar elementos para la reformulación y/o diseño de secuencias didácticas que pongan en juego variedad de estrategias y recursos (materiales concretos, recursos culturales, recursos TIC, entre otros), a partir de los propósitos planteados por el docente en el contexto particular en el que este desempeña sus tareas. 8. Título a otorgar “Especialista Docente de Nivel Superior en Escritura y Literatura” 9. Requisitos para la obtención del Postítulo #I4717948I# MINISTERIO DE EDUCACION Resolución 1978/2014 Bs. As., 7/11/2014 VISTO la Ley de Educación Nacional N° 26.206, las Resoluciones del CONSEJO FEDERAL DE EDUCACION N° 30/07, N° 32/07, N° 56/08 y N° 201/13, y CONSIDERANDO: Que el Artículo N° 37 de la Ley de Educación Nacional asigna competencia al Estado Nacional, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la planificación de la oferta de carreras y de postítulos, el diseño de planes de estudio, la gestión y asignación de recursos y la aplicación de las regulaciones específicas, relativas a los Institutos de Educación Superior bajo su dependencia. Que el Artículo N° 73, inciso d, de la misma Ley establece como uno de los objetivos de la política nacional de formación docente la de “Ofrecer diversidad de propuestas y dispositivos de formación posterior a la formación inicial que fortalezcan el desarrollo profesional de los/as docentes en todos los niveles y modalidades de enseñanza”. El régimen de evaluación requerirá de: • la entrega obligatoria de los trabajos prácticos requeridos en forma virtual y la aprobación de al menos uno por espacio curricular; • la aprobación de un trabajo práctico final requerido en forma virtual; • la aprobación de la evaluación final presencial individual; • la aprobación del seminario final que supone la escritura, el diseño, puesta en práctica y evaluación de una intervención educativa en Escritura y Lectura en la escuela secundaria y de un coloquio presencial en el cual se deberá justificar y defender el trabajo final producido ante un tribunal examinador. 10. Perfil del egresado Que las ofertas de postítulos docentes tienen como objetivo principal brindar a los profesionales de la docencia una formación post-inicial coherente, estructurada y que apunte al mejoramiento de la calidad educativa, debiendo las mismas responder a las necesidades del sistema educativo en su conjunto y estar sujetas a evaluación y rediseño en función de su adecuación a las necesidades de las escuelas y a las políticas educativas. Que la formación continua constituye una función de la formación docente que debe desarrollarse en el marco de las políticas educativas establecidas por la Ley de Educación Nacional, orientándose a la producción de saberes específicos y especializados que contemplen la complejidad de los roles docentes y la necesaria ampliación de funciones del Sistema. Que por la Resolución CFE N° 30/07 se establecieron las normas básicas para el funcionamiento y el reconocimiento de los postítulos, con la finalidad de generar proyectos académicos coherentes, sistemáticos y con garantías de calidad para quienes cursen estas propuestas. El Especialista Docente de Nivel Superior en Escritura y Literatura es un docente que posee conocimientos específicos y actualizados sobre estructuras y estrategias discursivas así como sobre autores, obras, redes y procesos característicos de la narrativa latinoamericana. Que por la Resolución CFE N° 32/07 se aprobó el Acuerdo Marco de Educación a Distancia para la Educación Primaria, Secundaria y Superior. Asimismo está capacitado para elaborar proyectos institucionales vinculados a la escritura y lectura (ferias de libros, campañas de promoción o clubes de lectura, concursos, publicaciones, entre otros), para generar la circulación y publicación de la producción escrita de alumnos y colegas, para asesorar a otros docentes del campo de las ciencias sociales en torno a corpus y estrategias de lectura y escritura y para orientar en forma especializada en la constitución de acervos bibliotecarios escolares. Que la Resolución CFE N° 56/08 encomienda al INSTITUTO NACIONAL DE FORMACION DOCENTE la elaboración de planes de estudio de postítulos en las orientaciones y modalidades previstas en la Ley de Educación Nacional N° 26.206 y para la formación para nuevos roles dentro del sistema educativo. Que por la Resolución CFE N° 201/13 se creó el Programa Nacional de Formación Permanente, en cuyo marco fue diseñada la presente oferta. 11. Organización La duración de la especialización será de 400 horas reloj de las cuales 353 son virtuales y 47 son presenciales. Se podrán cursar como mínimo en cuatro (4) cuatrimestres. Los espacios curriculares serán los siguientes: Que el ACTA DICTAMEN Nº 1736/14 de la COMISION FEDERAL DE REGISTRO Y EVALUACION PERMANENTE DE LAS OFERTAS DE EDUCACION A DISTANCIA le otorgo Aprobación Plena al Postítulo “Especialización Docente de Nivel Superior en Alfabetización Inicial” del INSTITUTO NACIONAL DE FORMACION DOCENTE. Primera Sección Viernes 14 de noviembre de 2014 Que la DIRECCION NACIONAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención que le compete. Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios (t.o. 1992), sus modificatorios y complementarias. Por ello, BOLETIN OFICIAL Nº 33.011 50 4. Carácter La oferta es gratuita. 5. Destinatarios Para ingresar en esta propuesta de especialización es necesario ser docente con título de nivel superior de: EL MINISTRO DE EDUCACION RESUELVE: • Profesor/a en Lengua y Literatura ARTICULO 1° — Aprobar el Postítulo “Especialización Docente de Nivel Superior en Alfabetización Inicial” cuyos lineamientos generales se establecen en el Anexo que integra la presente Resolución. ARTICULO 2° — El Postítulo aprobado en el artículo anterior será desarrollado en el ámbito de la SECRETARIA DE EDUCACION con la coordinación del INSTITUTO NACIONAL DE FORMACION DOCENTE, a quien se faculta para el dictado de las normas que requiera su implementación. ARTICULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y cumplido, archívese. — Prof. ALBERTO E. SILEONI, Ministro de Educación. ANEXO 1. Identificación del Postítulo “Especialización Docente de Nivel Superior en Alfabetización Inicial”. 2. Fundamentación: Esta propuesta formativa se enmarca en el Programa Nacional de Formación permanente (Resolución CFE 201/13). Dicho programa establece en su componente por destinatario específico (componente 2) incorporar líneas de acción aún no existentes, de modo de poder dar cobertura a las necesidades planteadas en la Resolución CFE 188/12, con el objetivo principal de mejorar los resultados y experiencias de aprendizaje de los niños, niñas, jóvenes y adultos que transitan por las instituciones educativas. Los postítulos docentes constituyen una propuesta académica de formación continua orientada a dar respuesta a problemáticas educativas basadas en diagnósticos de necesidades situadas, y centradas en la formación para optimizar el desempeño docente. Se trata de brindar a los docentes una formación post-inicial que apunte a optimizar su desempeño para el mejoramiento de la calidad educativa. La Especialización docente de Nivel Superior en Alfabetización Inicial es una iniciativa del Ministerio de Educación de la Nación para ofrecer un espacio de formación continua y actualización didáctico-disciplinar en esta disciplina, con la finalidad de que los docentes incorporen nuevas formas de saber pedagógico en las aulas de Nivel inicial, primario, modalidad educación especial y en los institutos de formación docente. Esta carrera de educación superior ofrece un espacio de formación continua y actualización didáctico-disciplinar en el campo de la Alfabetización Inicial con la finalidad de que los docentes revisen las actuales prácticas de alfabetización inicial e incorporen nuevas formas iniciales de enseñar a escribir así como leer y pensar la literatura en las aulas de las escuelas de nivel inicial, primario, modalidad educación especial y en los institutos de formación docente. La alfabetización es responsabilidad del Estado al plantear que la lectura y la escritura son imprescindibles en la formación del ciudadano. A partir de allí, la organización del sistema educativo asigna la responsabilidad pedagógica de enseñar a leer y escribir, a la institución escuela, y la formación del maestro alfabetizador, al sistema formador. Este proceso nace estrechamente vinculado al sentido profundo de la escuela de nivel inicial y primario que es: la distribución de conocimientos básicos para la inclusión social. A lo largo de la historia de la escritura, la alfabetización siempre ha estado marcada por la desigualdad ya que no ha existido sociedad letrada en la que leer y escribir hayan sido prácticas realizadas por todos sus miembros. Por el contrario, el análisis de quiénes leen y escriben, revela en todo tiempo y lugar, la distribución social de la riqueza, la diferencia entre géneros, edades, geografías y culturas. Está directamente determinada por las ideologías y las estrategias de distribución del poder político, económico y cultural y, en consecuencia por las funciones y los mecanismos del sistema educativo de toda sociedad históricamente identificable. En tal sentido, la reducción del analfabetismo es una de las metas sostenidas por la comunidad nacional e internacional, que mantiene un interés constante en el logro de la alfabetización plena y oportuna, y se lo propone como metas de alcance global. En este marco, las propuestas de lectura y escritura que se han de impulsar en el aula de la escuela o de la formación docente no constituyen un ejercicio académico neutral sino que mantienen profundas relaciones con el proceso de distribución del conocimiento. Para un docente de nivel inicial y de escuela primaria resulta un verdadero desafío enseñar a escribir y leer de modo crítico y con herramientas adecuadas así como articular la atención de los niños con necesidades educativas especiales sobre la base de un sólido conocimiento de la enseñanza de la lectura y la escritura. Del mismo modo, el trabajo intenso y cotidiano, posibilita a los alumnos utilizar la escritura para narrar, describir, expresar pensamientos o sentimientos, y para que sea su mejor aliada en el uso de las tecnologías digitales y mediáticas. La comprensión de algunas funciones para la lectura y escritura por medio de su participación en ricas y variadas frecuentes y sistemáticas situaciones de lectura y escritura, tal como lo señalan los NAP (núcleos de aprendizaje prioritario). Esta especialización tiene carácter semi-presencial. Al trabajar en un entorno virtual durante el cursado de la Especialización se espera que los docentes no solo se apropien de las cuestiones vinculadas a la enseñanza inicial de la escritura y de la lectura sino también que se familiaricen con el uso de herramientas digitales, desarrollen una cultura de trabajo con TIC y descubran los beneficios de trabajar en red, compartir y publicar experiencias que constituyan un capital común para el sistema educativo. 3. Régimen de cursada El cursado del Postítulo incluye instancias presenciales y no presenciales. Las actividades no presenciales desarrolladas por los alumnos consisten en la lectura de las clases y bibliografía, actividades de producción de textos y materiales en diversos formatos, interacción con pares y profesores en el campus virtual. Las actividades presenciales consisten en encuentros con la modalidad de talleres o espacios de evaluación a cargo de los tutores y trabajos de campo en las instituciones educativas en las cuales se desempeñan los cursantes. Los encuentros se realizan en las sedes provinciales. • Profesor/a en Ciencias de la Educación • Profesor/a de Educación Primaria • Profesor/a de Educación Inicial • Profesor/a de Educación Especial Y cumplir cualquiera de las siguientes condiciones: • desempeñarse actualmente en el nivel Primario, Inicial, Superior o en la modalidad de Educación Especial en establecimientos del sistema educativo argentino. • estar inscriptos como aspirantes al ejercicio de la docencia en el nivel Inicial, Primario, Superior o en la modalidad de educación Especial. • integrar equipos técnicos jurisdiccionales de los niveles Inicial, Primario o Superior o de la Modalidad Especial en funciones relativas a la Alfabetización Inicial. 6. Requisitos de admisión Se establecen los siguientes requisitos: - Completar un formulario de pre-inscripción en línea. - Presentar en el Instituto de Formación docente que se le designe como sede de la Especialización, durante el primer cuatrimestre de cursado, la siguiente documentación en formato papel: • fotocopia de DNI, • foto 4x4, • fotocopia autenticada del título de Profesor/as de Educación Primaria o títulos equivalentes correspondientes a planes de estudios anteriores, • constancia de ejercicio docente o de inscripción como aspirante a la docencia en el Nivel Superior, en el Nivel Inicial, Primario o en la modalidad de educación especial o constancia de desempeño como equipo técnico jurisdiccional en función relativa a la alfabetización inicial debidamente refrendada por la máxima autoridad educativa jurisdiccional. 7. Objetivos del Postítulo • Fortalecer las políticas priorizadas por el MEN para la Educación Obligatoria y la Formación Docente. • Brindar un espacio de formación continua universal y gratuita para todos los docentes de los niveles: inicial, primaria, modalidad educación especial y el Nivel Superior. • Contribuir al desarrollo de propuestas didácticas de alfabetización inicial, actualizadas y ajustadas a las normativas vigentes para ser implementadas en los niveles inicial, primario, modalidad educación especial y formación docente. • Especializar la formación de los profesionales docentes en la didáctica de la alfabetización inicial desde aportes investigaciones científicas, académicas y su didáctica. • Brindar herramientas conceptuales para revisar críticamente las prácticas escolares en alfabetización inicial. • Propiciar un trabajo colaborativo entre profesores de los niveles: Inicial, Primario, de educación especial y de Nivel Superior a fin de construir en forma conjunta estrategias de intervención docente en los diferentes niveles y en la modalidad de educación especial. • Ofrecer espacios de análisis y estudio sobre la enseñanza de núcleos temáticos vinculados a la alfabetización inicial que propicien la reflexión del docente sobre su propia práctica y le permitan enriquecerla y/o modificarla a partir de la propuesta de esta especialización. • Proporcionar elementos para la reformulación y/o diseño de actividades pedagógicas y didácticas que ofrezcan una variedad de estrategias y recursos (materiales curriculares, recursos lúdicos, recursos TIC, etc.) a partir de los propósitos planteados por el docente en el contexto particular en el que desempeña sus tareas. • Conformar colectivos profesionales en cada jurisdicción para construir una masa crítica en el campo de la Alfabetización Inicial. 8. Título a otorgar “Especialista Docente de Nivel Superior en Alfabetización Inicial”. 9. Requisitos para la obtención del Postítulo La acreditación de la Especialización requerirá la aprobación de todos los espacios curriculares requeridos para la carrera. Para acreditar cada espacio curricular (Módulo; Taller, Seminario) el cursante deberá aprobar el cursado y el Trabajo Final. Para aprobar el cursado, es preciso: • la participación activa y comprometida en los espacios de interacción del aula virtual, Primera Sección Viernes 14 de noviembre de 2014 • la resolución de las actividades parciales requeridas en forma virtual y la aprobación de al menos una de ellas. BOLETIN OFICIAL Nº 33.011 #I4717956I# 51 MINISTERIO DE EDUCACION Resolución 1979/2014 Para acreditar el espacio curricular, es preciso: Bs. As., 7/11/2014 • aprobar el cursado, • aprobar el trabajo final requerido en forma virtual, VISTO la Ley de Educación Nacional N° 26.206, las Resoluciones del CONSEJO FEDERAL DE EDUCACION N° 30/07, N° 32/07, N° 56/08 y N° 201/13, y CONSIDERANDO: • aprobar la evaluación final presencial. En el caso del Seminario Final, la aprobación incluye el diseño individual, puesta en práctica y evaluación de una propuesta áulica innovadora y un coloquio presencial en el cual se deberá justificar y defender el trabajo final producido ante un tribunal examinador. 10. Perfil del egresado El egresado del Postítulo estará en condiciones de: • Actualizar de manera permanente sus conocimientos en las disciplinas que constituyen el campo intelectual de la alfabetización; • Gestionar de manera completa la enseñanza de la alfabetización inicial en los espacios específicos de su desempeño; • Diseñar propuestas pedagógicas e institucionales que atiendan a la diversidad teniendo en cuenta las posibilidades de aprendizaje de los alumnos; • Intervenir con fundamento didáctico en la gestión técnico-política de la alfabetización; • Integrar equipos de trabajo con otros docentes y participar en las tareas pedagógicopolíticas vinculadas con la alfabetización según se les propongan. 11. Organización a. La duración será de 400 horas reloj. b. Modalidad semi-presencial con instancias virtuales (76% del total) y presenciales (24% del total). Se podrá cursar como mínimo en 4 cuatrimestres. c. Está organizada en nueve espacios curriculares: siete módulos, un taller y un seminario. Que el Artículo N° 37 de la Ley de Educación Nacional asigna competencia al Estado Nacional, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la planificación de la oferta de carreras y de postítulos, el diseño de planes de estudio, la gestión y asignación de recursos y la aplicación de las regulaciones específicas, relativas a los Institutos de Educación Superior bajo su dependencia. Que el Artículo N° 73, inciso d, de la misma Ley establece como uno de los objetivos de la política nacional de formación docente la de “Ofrecer diversidad de propuestas y dispositivos de formación posterior a la formación inicial que fortalezcan el desarrollo profesional de los/as docentes en todos los niveles y modalidades de enseñanza”. Que las ofertas de postítulos docentes tienen como objetivo principal brindar a los profesionales de la docencia una formación post-inicial coherente, estructurada y que apunte al mejoramiento de la calidad educativa, debiendo las mismas responder a las necesidades del sistema educativo en su conjunto y estar sujetas a evaluación y rediseño en función de su adecuación a las necesidades de las escuelas y a las políticas educativas. Que la formación continua constituye una función de la formación docente que debe desarrollarse en el marco de las políticas educativas establecidas por la Ley de Educación Nacional, orientándose a la producción de saberes específicos y especializados que contemplen la complejidad de los roles docentes y la necesaria ampliación de funciones del Sistema. Que por la Resolución CFE N° 30/07 se establecieron las normas básicas para el funcionamiento y el reconocimiento de los postítulos, con la finalidad de generar proyectos académicos coherentes, sistemáticos y con garantías de calidad para quienes cursen estas propuestas. Que por la Resolución CFE N° 32/07 se aprobó el Acuerdo Marco de Educación a Distancia para la Educación Primaria, Secundaria y Superior. Que la Resolución CFE N° 56/08 encomienda al INSTITUTO NACIONAL DE FORMACION DOCENTE la elaboración de planes de estudio de postítulos en las orientaciones y modalidades previstas en la Ley de Educación Nacional N° 26.206 y para la formación para nuevos roles dentro del sistema educativo. Que por la Resolución CFE N° 201/13 se creó el Programa Nacional de Formación Permanente, en cuyo marco fue diseñada la presente oferta. d. La estructura curricular es la siguiente: Que el ACTA DICTAMEN N° 1734/14 de la COMISION FEDERAL DE REGISTRO Y EVALUACION PERMANENTE DE LAS OFERTAS DE EDUCACION A DISTANCIA le otorgó Aprobación Plena al Postítulo “Especialización Docente de Nivel Superior en Problemáticas de las Ciencias Sociales y su enseñanza” del INSTITUTO NACIONAL DE FORMACION DOCENTE. Que la DIRECCION NACIONAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención que le compete. Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios (t.o. 1992), sus modificatorios y complementarias. Por ello, EL MINISTRO DE EDUCACION RESUELVE: ARTICULO 1° — Aprobar el Postítulo “Especialización Docente de Nivel Superior en Problemáticas de las Ciencias Sociales y su enseñanza”, cuyos lineamientos generales se establecen en el Anexo que integra la presente Resolución. ARTICULO 2° — El Postítulo aprobado en el artículo anterior será desarrollado en el ámbito de la SECRETARIA DE EDUCACION con la coordinación del INSTITUTO NACIONAL DE FORMACION DOCENTE, a quien se faculta para el dictado de las normas que requiera su implementación. ARTICULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y cumplido, archívese. — Prof. ALBERTO E. SILEONI, Ministro de Educación. ANEXO 1. Identificación del Postítulo “Especialización Docente de Nivel Superior en Problemáticas de las Ciencias Sociales y su enseñanza” 2. Fundamentación: Esta propuesta formativa se enmarca en el Programa Nacional de Formación permanente (Resolución CFE 201/13). Dicho programa establece en su componente por destinatario específico (componente 2) incorporar líneas de acción aún no existentes, de modo de poder dar cobertura a las necesidades planteadas en la Resolución CFE 188/12, con el objetivo principal de mejorar los resultados y experiencias de aprendizaje de los niños, niñas, jóvenes y adultos que transitan por las instituciones educativas. Los postítulos docentes constituyen una propuesta académica de formación continua orientada a dar respuesta a problemáticas educativas basadas en diagnósticos de necesidades situadas, y centradas en la formación para optimizar el desempeño docente. Se trata de brindar a los docentes una formación post-inicial que apunte a optimizar su desempeño para el mejoramiento de la calidad educativa. El Ministerio de Educación de la Nación crea la Especialización Docente de Nivel Superior en Problemáticas de las Ciencias Sociales y su enseñanza para ofrecer un espacio de formación continua y actualización didáctico-disciplinar en el área de las ciencias sociales. Los docentes podrán incorporar nuevas formas de enseñar y pensar en las aulas de las escuelas secundarias y en los institutos de formación docente. 12. Régimen de correlatividades • El Módulo Introductorio debe ser cursado y aprobado al iniciar la Especialización. • Para cursar el Seminario Final se deberán tener aprobados todos los módulos anteriores. e. 14/11/2014 N° 88467/14 v. 14/11/2014 #F4717948F# La propuesta articula una formación teórica disciplinar e interdisciplinar con la experiencia profesional de los agentes escolares contemporáneos. Es un trayecto de formación destinado a los docentes de las ciencias sociales del nivel medio y superior. La propuesta presenta dos ejes de trabajo: el abordaje conceptual de textos para la actualización del campo curricular y problematizaciones específicas para cada asignatura y una traducción permanente de estos temas en la dinámica del trabajo docente en cada institución. Viernes 14 de noviembre de 2014 Primera Sección Los módulos proponen un recorrido analítico, por temáticas que habitualmente no integran los planes de formación de grado y los pone en diálogo con la vida cotidiana en la escuela. El reconocimiento de las nuevas condiciones para la enseñanza requiere de un análisis explícito en el campo de las ciencias sociales. Por esta razón, cada uno de los módulos de este Postítulo reunirá las problemáticas actuales del área con la reflexión de las condiciones institucionales en la que se despliegan los contenidos de esas asignaturas. El análisis de escenas escolares estará presente en el contenido de las clases y en la participación en los foros de discusión e intercambio. El aula de la escuela secundaria obligatoria propone el desafío de una inclusión para todos los jóvenes. Una escuela inclusiva —principio fundamental de la política educativa actual— implica el análisis del cambio en las condiciones históricas presentes y el fortalecimiento de espacios colectivos de pensamiento y gestión situacional. ¿Qué significa esto? La necesidad de componer una instancia común entre los agentes escolares y los jóvenes que habitan las aulas. Los docentes que asisten a diario a las escuelas saben que, además de tener que enseñar, deben generar las condiciones para poder hacerlo. Lo que creían dado, deben producirlo: esta es la novedad que nos trae la época; atravesada por una serie de mutaciones en los diferentes campos y por el despliegue y extensión de las nuevas tecnologías. La escuela contemporánea requiere de una reflexión profunda por parte de los docentes con el fin de armonizar la práctica cotidiana con las condiciones sociales que la época propone. En este sentido, el objetivo principal de este Postítulo es ofrecer un canal para la mejora de los resultados de las experiencias de enseñanza y aprendizaje. Elegimos la movilización en el hacer cotidiano más que la transmisión en manos de expertos. Y la teoría incorporada más que la disquisición retórica desligada del análisis de las prácticas profesionales. La dinámica de la cursada, por ese motivo, prioriza la creación de espacios colectivos de pensamiento e intercambio de experiencias entre colegas para la promoción de saberes situados. El carácter virtual de la cursada ofrece un medio privilegiado para que los docentes experimenten y se familiaricen con el uso de herramientas digitales, desarrollen una cultura de trabajo con TIC y descubran los beneficios de trabajar en red, compartir y publicar experiencias que constituyan un capital común para el sistema educativo. Esta especialización tiene carácter semi-presencial. Al trabajar en un entorno virtual durante el cursado de la Especialización se espera que los docentes no sólo se apropien de las cuestiones vinculadas a la enseñanza inicial de la escritura y de la lectura sino también que se familiaricen con el uso de herramientas digitales, desarrollen una cultura de trabajo con TIC y descubran los beneficios de trabajar en red, compartir y publicar experiencias que constituyan un capital común para el sistema educativo. 3. Régimen de cursada El cursado del Postítulo incluye instancias presenciales y no presenciales. Las actividades no presenciales desarrolladas por los alumnos consisten en la lectura de las clases y bibliografía, actividades de producción de textos y materiales en diversos formatos, interacción con pares y profesores en el campus virtual. Las actividades presenciales consisten en encuentros con la modalidad de talleres o espacios de evaluación a cargo de los tutores y trabajos de campo en las instituciones educativas en las cuales se desempeñan los cursantes. Los encuentros se realizan en las sedes provinciales. BOLETIN OFICIAL Nº 33.011 52 • Promover espacios colaborativos para la conceptualización entre profesionales de las diversas áreas de las Ciencias Sociales. • Promover espacios para la problematización entre profesionales de las mismas asignaturas de las Ciencias Sociales. • Promover el trabajo colaborativo entre profesores de la misma institución, instituciones y en red entre profesores de diferentes instituciones. 8. Título a otorgar “Especialista Docente de Nivel Superior en Problemáticas de las Ciencias Sociales y su enseñanza”. 9. Requisitos para la obtención del Postítulo El régimen de evaluación requerirá de: • la entrega obligatoria de los trabajos prácticos requeridos en forma virtual y la aprobación de al menos uno; • la aprobación de un trabajo práctico final requerido en forma virtual; • la aprobación de la evaluación final presencial; • la aprobación del seminario final que incluye el diseño individual, puesta en práctica y evaluación de una experiencia educativa y un coloquio presencial en el cual se deberá justificar y defender el trabajo final producido ante un tribunal examinador. 10. Perfil del egresado El Especialista Docente de Nivel Superior en problemáticas de las Ciencias Sociales y su enseñanza es un docente que posee conocimientos específicos para el análisis sistemático de las dimensiones que componen la vida social y es un docente que conoce las distintas perspectivas teóricas y metodológicas del conocimiento de lo social y su enseñanza y puede diseñar estrategias que apunten a mejorar los aprendizajes de los alumnos de los niveles secundarios y de formación docente, en entornos presenciales y virtuales para la comunicación a nivel áulico e institucional. Podrá elaborar proyectos institucionales desde su perfil docente específico, dirigidos a la promoción de aprendizajes significativos y adecuados a las diferentes realidades institucionales en las cuales se desempeña. 11. Organización La duración de la especialización será de 400 horas reloj de las cuales 353 son virtuales y 47 son presenciales. Se podrán cursar como mínimo en cuatro (4) cuatrimestres. Los espacios curriculares serán los siguientes: 4. Carácter La oferta es gratuita. 5. Destinatarios Personas que posean título de “Profesor/a de Educación Secundaria”, y además: • estén actualmente en ejercicio como profesores a cargo de alguna de las asignaturas de las ciencias sociales en establecimientos del sistema educativo argentino; de las asignaturas de Economía, Filosofía, Geografía, Ciencia Política, Historia, Sociología. • se hallen inscriptos para conformar las listas de orden de mérito para el acceso a la docencia en el Nivel Secundario del sistema educativo argentino. Personas que ejerzan como docentes de espacios curriculares del campo de la formación específica y del campo de la práctica en Institutos de Formación Docente del sistema educativo argentino, y que: • posean título de Profesores de formación docente en las áreas de Economía, Filosofía, Geografía, Ciencia Política, Historia, Sociología. 6. Requisitos de admisión Se establecen los siguientes requisitos: - Completar un formulario de pre-inscripción en línea. - Presentar en el Instituto de Formación docente que se le designe como sede de la Especialización, durante el primer cuatrimestre de cursado, la siguiente documentación en formato papel: • fotocopia de DNI, • foto 4x4, • fotocopia autenticada del título de Profesor/as de Educación Primaria o títulos equivalentes correspondientes a planes de estudios anteriores, • constancia de ejercicio de la docencia como profesor en el Nivel Secundario o en el Instituto de Formación Docente, o constancia de inscripción en junta de calificación como aspirante al cargo. 7. Objetivos del Postítulo • Fortalecer las políticas priorizadas por el MEN para la Educación Secundaria y Superior. • Especializar la formación de los docentes en el conocimiento de las corrientes de pensamiento contemporáneo de sus asignaturas. • Promover la producción de nuevos saberes para la enseñanza, el aprendizaje y la reflexión sobre las prácticas, tendientes a lograr una mejora en las trayectorias educativas de los alumnos. • Ampliar el campo de la experiencia de los docentes a través del aprendizaje de nuevos conocimientos e instrumentos que les permitan diseñar estrategias de trabajo en aulas y escuelas de nivel secundario y superior. • Proponer múltiples recursos para la formación, producción e intercambio de experiencias relacionadas con los aprendizajes específicos del área de las Ciencias Sociales. • Dialogar e interpelar las prácticas instituidas para la superación de los modelos tradicionales de transmisión. 12. Régimen de correlatividades Para cursar el Seminario final se deberán tener aprobados el módulo introductorio y todas las materias. e. 14/11/2014 N° 88475/14 v. 14/11/2014 #F4717956F# #I4719877I# MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE Resolución 1428/2014 Bs. As., 12/11/2014 VISTO el Expediente N° S02:0084496/2014 cuerpos I, II, III y IV del registro de este Ministerio, Expediente original N° 120/14 del Registro del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA Viernes 14 de noviembre de 2014 Primera Sección NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA), organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, la Ley N° 13.064, los Decretos Nros. 375 de fecha 24 de abril de 1997, 500 de fecha 2 de junio de 1997, 842 de fecha 27 de agosto de 1997, 163 de fecha 11 de febrero de 1998, 1.799 de fecha 4 de diciembre de 2007, 2.148 de fecha 7 de noviembre de 2012, y CONSIDERANDO: Que en el marco de las actuaciones citadas en el Visto tramita la Licitación Pública destinada a la “REHABILITACION PISTA 17-35” del AEROPUERTO INTERNACIONAL “MINISTRO PISTARINI” DE LA CIUDAD DE EZEIZA, PROVINCIA BUENOS AIRES, bajo el régimen de la Ley de Obras Públicas N° 13.064, por el Sistema de Ajuste Alzado, con un presupuesto oficial de PESOS NOVENTA Y TRES MILLONES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CINCO CON 37/100 ($93.001.345,37) IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA) incluido. Que los trabajos de rehabilitación, esencialmente en el pavimento flexible, resultan necesarios a fin de corregir las deformaciones transversales y longitudinales generadas con el paso del tiempo, toda vez que la pista ha sido repavimentada hace más de una década. Que la mencionada obra será realizada con fondos provenientes del FIDEICOMISO DE FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS, creado por el Decreto N° 1.799 de fecha 4 de diciembre de 2007, por el cual se aprobó el ACTA ACUERDO DE ADECUACION DEL CONTRATO DE CONCESION suscripto entre el ESTADO NACIONAL y el Concesionario AEROPUERTOS ARGENTINA 2000 SOCIEDAD ANONIMA. Que con fecha 29 de diciembre de 2009 se suscribió el CONTRATO DE FIDEICOMISO DE FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS, entre la Empresa AEROPUERTOS ARGENTINA 2000 SOCIEDAD ANONIMA, el BANCO DE LA NACION ARGENTINA organismo descentralizado en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, la SECRETARIA DE TRANSPORTE en ese entonces dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y el ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA), organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del citado Ministerio. Que por Decreto N° 375 de fecha 24 de abril de 1997 el ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA), posee la función de: “Propender a la obtención de la infraestructura aeroportuaria adecuada para satisfacer las necesidades de la actividad aeronáutica y asegurar su eficiente explotación”. Que en virtud de su especificidad técnica, dicho Organismo elaboró los Pliegos de Bases y Condiciones Generales, de Cláusulas Especiales y de Especificaciones Técnicas. Que asimismo, en orden a la mayor celeridad, economía y eficiencia del accionar administrativo a lograr, resulta apropiado establecer que en la presente contratación el ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA) tendrá a su cargo las facultades relativas al desarrollo del procedimiento de selección del Contratista, incluyendo la autorización para aprobar la calificación de los oferentes y asistir en la resolución de sus impugnaciones; modificar lugares y horarios de funcionamiento; emitir circulares aclaratorias y modificatorias con y/o sin consulta e impulsar el procedimiento licitatorio tendiente a la adjudicación de la presente contratación, quedando a cargo de este Ministerio la adjudicación de las obras. Que el ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA), ha tomado la intervención de su competencia. Que la SECRETARIA DE TRANSPORTE de este Ministerio, ha tomado la intervención de su competencia. Que ha tomado intervención la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, en su carácter de Autoridad de Aplicación de la Ley de Inversión Pública N° 24.354. Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio ha tomado la intervención de su competencia. Que la presente medida se dicta en ejercicio de los atributos conferidos por la Ley N° 13.064 y el Decreto N° 2.148 de fecha 7 de noviembre de 2012. Por ello, EL MINISTRO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE RESUELVE: ARTICULO 1° — Autorízase el llamado a Licitación Pública Nacional para la “REHABILITACION PISTA 17-35” del AEROPUERTO INTERNACIONAL “MINISTRO PISTARINI” DE LA CIUDAD DE EZEIZA, PROVINCIA BUENOS AIRES, bajo el régimen de la Ley de Obras Públicas N° 13.064, por el Sistema de Ajuste Alzado. ARTICULO 2° — Apruébase el presupuesto oficial de PESOS NOVENTA Y TRES MILLONES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CINCO CON 37/100 ($93.001.345,37) impuesto al Valor Agregado (IVA) incluido, y los Pliegos de Bases y Condiciones Generales, de Condiciones Especiales y de Especificaciones Técnicas, que forman parte integrante de la presente medida como ANEXOS I, II, y III respectivamente. ARTICULO 3° — Autorízase al ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA), organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, a conformar la Comisión Evaluadora y a efectuar todos los trámites atinentes al proceso de contratación, quedando a cargo de este Ministerio la adjudicación de la obra. ARTICULO 4° — El presente gasto será atendido con los fondos existentes en la Cuenta Fiduciaria del BANCO DE LA NACION ARGENTINA N° 4124649 “Patrimonio de Afectación para el Financiamiento de Obras del SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (SNA)” del FIDEICOMISO DE FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS del FIDEICOMISO DE FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS, creado por Decreto N° 1.799 de fecha 4 de diciembre de 2007 por el cual se aprobó el ACTA ACUERDO DE ADECUACION DEL CONTRATO DE CONCESION suscripto entre el ESTADO NACIONAL y la Empresa AEROPUERTOS ARGENTINA 2000 SOCIEDAD ANONIMA. ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — C.P.N. FLORENCIO RANDAZZO, Ministro del Interior y Transporte. NOTA: el/los anexo/s que integra/n esta Resolución podrán ser consultados en la siguiente dirección web: WWW.ORSNA.GOB.AR. e. 14/11/2014 N° 89185/14 v. 14/11/2014 #F4719877F# BOLETIN OFICIAL Nº 33.011 53 Viernes 14 de noviembre de 2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.011 54 Primera Sección Viernes 14 de noviembre de 2014 BOLETIN OFICIAL Nº 33.011 55 tenciosos en lo Cambiario, sita en Reconquista 250, Piso 6°, Oficina “8601”, Capital Federal, a estar a derecho en el Expediente N° 100.274/11, Sumario N° 5490, que se sustancia en esta Institución de acuerdo con el artículo 8° de la Ley del Régimen Penal Cambiario N° 19.359 (t.o. por Decreto N° 480/95), bajo apercibimiento en caso de incomparecencia de declararles su rebeldía. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial. — JACQUELINE M. PRESMAN, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. — LIDIA S. MENDEZ, Analista Sr. de Sustanciación de Sumarios Cambiarios, Gerencia de Asuntos Contenciosos. AVISOS OFICIALES Anteriores #I4715574I# ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS e. 10/11/2014 N° 83030/14 v. 14/11/2014 #F4703815F# EDICTO BOLETIN OFICIAL La Administración Federal de Ingresos Públicos cita por diez (10) días a parientes del agente fallecido Mario GOMEZ (DNI N° 10.568.000), alcanzados por el beneficio establecido en el artículo 18 del Convenio Colectivo de Trabajo Laudo N° 15/91 (T.O. Resolución S.T. N° 925/10), para que dentro de dicho término se presenten a hacer valer sus derechos en la Sección Jubilaciones, Hipólito Yrigoyen N° 370, 5° Piso, Oficina N° 5648, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Asimismo se cita a quienes se consideren con derecho a la percepción de los haberes pendientes de cobro por parte del agente fallecido a presentarse en la División Gestión Financiera, Hipólito Yrigoyen 370, 4° Piso, Oficina N° 4266 “F”, munidos de la documentación respaldatoria que acredite su vínculo familiar con el agente fallecido y en caso de corresponder la declaratoria de herederos. 4 de Noviembre de 2014 Lic. CECILIA GRACIELA SILVESTRO, Jefe (Int.), Sección Jubilaciones, División Beneficios. NOTA: La publicación deberá efectuarse por tres (3) días hábiles consecutivos. e. 12/11/2014 N° 87475/14 v. 14/11/2014 #F4715574F# #I4715575I# ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS EDICTO BOLETIN OFICIAL La Administración Federal de Ingresos Públicos cita por diez (10) días a parientes del agente fallecido Miguel Angel FERNANDEZ (LE N° 7.851.392), alcanzados por el beneficio establecido en el artículo 18 del Convenio Colectivo de Trabajo Laudo N° 15/91 (T.O. Resolución S.T. N° 925/10), para que dentro de dicho término se presenten a hacer valer sus derechos en la Sección Jubilaciones, Hipólito Yrigoyen N° 370, 5° Piso, Oficina N° 5648, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Asimismo se cita a quienes se consideren con derecho a la percepción de los haberes pendientes de cobro por parte del agente fallecido a presentarse en la División Gestión Financiera, Hipólito Yrigoyen 370, 4° Piso, Oficina N° 4266 “F”, munidos de la documentación respaldatoria que acredite su vínculo familiar con el agente fallecido y en caso de corresponder la declaratoria de herederos. #I4703818I# BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA EDICTO El Banco Central de la República Argentina cita y emplaza por el término de 10 (diez) días hábiles bancarios al señor DAVID ORLANDO ROJAS (DNI N° 8.075.411), para que comparezca en la Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario, sita en Reconquista 250, Piso 6°, Oficina “8601”, Capital Federal, a estar a derecho en el Expediente N° 101.529/12, Sumario N° 5380, que se sustancia en esta Institución de acuerdo con el artículo 8° de la Ley del Régimen Penal Cambiario N° 19.359 (t.o. por Decreto N° 480/95), bajo apercibimiento en caso de incomparecencia de declarar su rebeldía. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial. — LIDIA S. MENDEZ, Analista Sr. de Sustanciación de Sumarios Cambiarios, Gerencia de Asuntos Contenciosos. — NANCY V. SCIORRA, Analista Principal, Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. e. 10/11/2014 N° 83033/14 v. 14/11/2014 #F4703818F# #I4703823I# BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA EDICTO El Banco Central de la República Argentina, cita y emplaza por el término de 10 (diez) días hábiles bancarios al señor JUAN PABLO ARAYA (DNI chileno N° 6.083.397-4), para que comparezca en la Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario, sita en Reconquista 250, Piso 6°, Oficina “8601”, Capital Federal, a estar a derecho en el Expediente N° 100.480/09, Sumario N° 5024, que se sustancia en esta Institución de acuerdo con el artículo 8° de la Ley del Régimen Penal Cambiario N° 19.359 (t.o. por Decreto N° 480/95), bajo apercibimiento en caso de incomparecencia de declarar su rebeldía. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial. — JACQUELINE M. PRESMAN, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. — LIDIA S. MENDEZ, Analista Sr. de Sustanciación de Sumarios Cambiarios, Gerencia de Asuntos Contenciosos. e. 10/11/2014 N° 83038/14 v. 14/11/2014 #F4703823F# 4 de Noviembre de 2014 Lic. CECILIA GRACIELA SILVESTRO, Jefe (Int.), Sección Jubilaciones, División Beneficios. NOTA: La publicación deberá efectuarse por tres (3) días hábiles consecutivos. e. 12/11/2014 N° 87476/14 v. 14/11/2014 #F4715575F# #I4703807I# BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA EDICTO El Banco Central de la República Argentina cita y emplaza por el término de 10 (diez) días hábiles bancarios al señor OSCAR ALFREDO HERNANDEZ (DNI N° 8.463.464), para que comparezca en la Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario, sita en Reconquista 250, Piso 6°, Oficina “8601”, Capital Federal, a estar a derecho en el Expediente N° 101.443/11, Sumario N° 5364, que se sustancia en esta Institución de acuerdo con el artículo 8° de la Ley del Régimen Penal Cambiario N° 19.359 (t.o. por Decreto N° 480/95), bajo apercibimiento en caso de incomparecencia de declarar su rebeldía. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial. — LIDIA S. MENDEZ, Analista Sr. de Sustanciación de Sumarios Cambiarios, Gerencia de Asuntos Contenciosos. — NANCY V. SCIORRA, Analista Principal, Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. e. 10/11/2014 N° 83022/14 v. 14/11/2014 #F4703807F# #I4703813I# BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA EDICTO El Banco Central de la República Argentina, cita y emplaza por el término de 10 (diez) días hábiles bancarios al señor ROQUE D’ALLEVA (DNI N° 13.925.328), para que comparezca en la Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario, sita en Reconquista 250, Piso 6°, Oficina “8601”, Capital Federal, a estar a derecho en el Expediente N° 100.818/12, Sumario N° 5388, que se sustancia en esta Institución de acuerdo con el artículo 8° de la Ley del Régimen Penal Cambiario N° 19.359 (t.o. por Decreto N° 480/95), bajo apercibimiento en caso de incomparecencia de declarar su rebeldía. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial. — JACQUELINE M. PRESMAN, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. — LIDIA S. MENDEZ, Analista Sr. de Sustanciación de Sumarios Cambiarios, Gerencia de Asuntos Contenciosos. e. 10/11/2014 N° 83028/14 v. 14/11/2014 #F4703813F# #I4703815I# BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA EDICTO El Banco Central de la República Argentina, cita y emplaza por el término de 10 (diez) días hábiles bancarios a la firma EXPORPET S.A. (CUIT N° 30-70219713-5) y al señor JOHNNY RICHARD CESPEDES (DNI N° 18.715.237), para que comparezcan en la Gerencia de Asuntos Con- #I4703824I# BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA EDICTO El Banco Central de la República Argentina, cita en el Sumario N° 4531 Expediente N° 100.098/07, a prestar declaración en esta dependencia, al representante legal de la firma MAR ARGENTINO S.A. (CUIT N° 30-64670713-3) como presunto infractor, en los términos del artículo 5°, inciso c) de la Ley del Régimen Penal Cambiario (t.o. por Decreto N° 480/95), para el día 28 de noviembre de 2014 a las 11:00 hs., o su defecto, acompañe su descargo, bajo apercibimiento de declarar su rebeldía. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial. — MARIA GABRIELA BRAVO, Analista Sr. de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. — VERONICA FAVALE, Jefe, Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. e. 10/11/2014 N° 83039/14 v. 14/11/2014 #F4703824F# #I4703825I# BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA EDICTO El Banco Central de la República Argentina intima al señor Abelardo Cesar Tchordoukian (D.N.I. N° 12.631.795) como último representante legal de la firma Arbey S.A. (C.U.I.T. N° 3070751457-0), en el Sumario N° 5711, Expediente N° 100.675/13, en los términos del artículo 5°, inciso c) de la Ley del Régimen Penal Cambiario (t.o. por Decreto N° 480/95), para que presente el descargo correspondiente que haga a su derecho de defensa, bajo apercibimiento de declarar la rebeldía de la firma. Publíquese por el plazo de 5 días hábiles bancarios en el Boletín Oficial. — HERNÁN F. LIZZI, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. — VERONICA FAVALE, Jefe, Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. e. 10/11/2014 N° 83040/14 v. 14/11/2014 #F4703825F# #I4709886I# BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA EDICTO El Banco Central de la República Argentina cita y emplaza por el término de 10 (diez) días hábiles bancarios al señor ROGERIO ALVES TOLEDO (D.N.I. N° 94.183.644), para que comparezca en la Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario, sita en Reconquista 250, Piso 6°, Oficina “8601”, Capital Federal, a estar a derecho en el Expediente N° 100.649/12, Sumario N° 5748, que se sustancia en esta Institución de acuerdo con el artículo 8° de la Ley del Régimen Penal Cambiario N° 19.359 (t.o. por Decreto N° 480/95), bajo apercibimiento en caso de incomparecencia de declarar su rebeldía. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial. — JACQUELINE M. PRESMAN, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. — LIDIA S. MENDEZ, Analista Sr. de Sustanciación de Sumarios Cambiarios, Gerencia de Asuntos Contenciosos. e. 10/11/2014 N° 85478/14 v. 14/11/2014 #F4709886F# Primera Sección Viernes 14 de noviembre de 2014 #I4709887I# BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA EDICTO El Banco Central de la República Argentina, cita y emplaza por el término de 10 (diez) días hábiles bancarios a la firma MAGYCAM GROUP S.A. (CUIT N° 30-70444005-3), para que comparezca en la Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario, sita en Reconquista 250, Piso 6°, Oficina “8601”, Capital Federal, a estar a derecho en el Expediente N° 100.437/07, Sumario N° 5633, que se sustancia en esta Institución de acuerdo con el artículo 8° de la Ley del Régimen Penal Cambiario N° 19.359 (t.o. por Decreto N° 480/95), bajo apercibimiento en caso de incomparecencia de declarar su rebeldía. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial. — JACQUELINE M. PRESMAN, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. — LIDIA S. MENDEZ, Analista Sr. de Sustanciación de Sumarios Cambiarios, Gerencia de Asuntos Contenciosos. e. 10/11/2014 N° 85479/14 v. 14/11/2014 #F4709887F# #I4709888I# BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA EDICTO El Banco Central de la República Argentina cita y emplaza por el término de 10 (diez) días hábiles bancarios a la firma INSUMARKET S.A. (C.U.I.T. N° 30-70807280-6) para que comparezca en la Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario, sita en Reconquista 250, Piso 6°, Oficina “8601”, Capital Federal, a estar a derecho en el Expediente N° 100.499/11, Sumario N° 5076, que se sustancia en esta Institución de acuerdo con el artículo 8° de la Ley del Régimen Penal Cambiario N° 19.359 (t.o. por Decreto N° 480/95), bajo apercibimiento de declarar su rebeldía. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial. — HERNAN F. LIZZI, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. — VERONICA FAVALE, Jefe, Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. e. 10/11/2014 N° 85480/14 v. 14/11/2014 #F4709888F# #I4709889I# BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA EDICTO El Banco Central de la República Argentina, cita y emplaza por el término de 10 (diez) días hábiles bancarios a la señora René Johannes Henricus Maria Kuipers (Pasaporte Países Bajos Z 0105087) para que comparezca en la Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario, sita en Reconquista 250, Piso 6°, Oficina “8601”, Capital Federal, a estar a derecho en el Expediente N° 101.253/07, Sumario N° 5278, que se sustancia en esta Institución de acuerdo con el artículo 8° de la Ley del Régimen Penal Cambiario N° 19.359 (t.o. por Decreto N° 480/95), bajo apercibimiento de declarar su rebeldía. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial. — HERNÁN F. LIZZI, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. — VERONICA FAVALE, Jefe, Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. BOLETIN OFICIAL Nº 33.011 56 Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por la Resolución S.T. N° 1661/14 y registrado bajo el N° 1377/14, conforme surge de fojas 82/83 y 86, respectivamente. Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable. Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados. Que a fojas 91/101, obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad. Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y en el Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002, modificado por sus similares N° 628 y N° 2204 de fechas 13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente. Por ello, LA SECRETARIA DE TRABAJO RESUELVE: ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 1661 del 19 de septiembre de 2014 y registrado bajo el N° 1377/14, suscripto entre la FEDERACION ARGENTINA SINDICAL DEL PETROLEO, GAS Y BIOCOMBUSTIBLES, por la parte sindical, y la CAMARA DE LA INDUSTRIA DEL PETROLEO, por la parte empleadora, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente. ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante. ARTICULO 3° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo. ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMÍ RIAL, Secretaria de Trabajo. ANEXO Expediente N° 1.608.142/14 e. 10/11/2014 N° 85481/14 v. 14/11/2014 #F4709889F# #I4709890I# BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA EDICTO El Banco Central de la República Argentina cita y emplaza por el término de 10 (diez) días hábiles bancarios al señor JUAN ALBERTO FLORES (DNI N° 12.028.890), para que comparezca en la Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario, sita en Reconquista 250, Piso 6°, Oficina “8601”, Capital Federal, a estar a derecho en el Expediente N° 101.429/11, Sumario N° 5437, que se sustancia en esta Institución de acuerdo con el artículo 8° de la Ley del Régimen Penal Cambiario N° 19.359 (t.o. por Decreto N° 480/95), bajo apercibimiento en caso de incomparecencia de declarar su rebeldía. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial. — JACQUELINE M. PRESMAN, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. — LIDIA S. MENDEZ, Analista Sr. de Sustanciación de Sumarios Cambiarios, Gerencia de Asuntos Contenciosos. e. 10/11/2014 N° 85482/14 v. 14/11/2014 #F4709890F# CONVENCIONES COLECTIVAS DE TRABAJO #I4709335I# MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución 1939/2014 Bs. As., 17/10/2014 VISTO el Expediente N° 1.608.142/14 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 1661 del 19 de septiembre de 2014, y CONSIDERANDO: Que a fojas 73 del Expediente N° 1.608.142/14, obran las escalas salariales pactadas entre la FEDERACION ARGENTINA SINDICAL DEL PETROLEO, GAS Y BIOCOMBUSTIBLES, por la parte sindical, y la CAMARA DE LA INDUSTRIA DEL PETROLEO, por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 449/06, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004). Expediente N° 1.608.142/14 Buenos Aires, 20 de Octubre de 2014 De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 1939/14 se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 794/14 T. — JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T. #F4709335F# #I4709337I# MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución 1940/2014 Bs. As., 17/10/2014 VISTO el Expediente N° 1.506.058/12 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 1227 del 6 de agosto de 2014, y CONSIDERANDO: Que a fojas 10/12 del Expediente N° 1.506.058/12, obran las escalas salariales pactadas entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS NATURAL, DERIVADOS Y AFINES y el SIN- Primera Sección Viernes 14 de noviembre de 2014 DICATO DEL PERSONAL DE GAS DEL ESTADO - SANTA FE, por la parte sindical, y la empresa LITORAL GAS SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 993/08 “E”, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004). Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por la Resolución S.T. N° 1227/14 y registrado bajo el N° 1057/14, conforme surge de fojas 203/205 y 208, respectivamente. Que el precitado acuerdo fue ratificado por la FEDERACION DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS NATURAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, según consta a fojas 191. BOLETIN OFICIAL Nº 33.011 57 CONSIDERANDO: Que a fojas 8/10 del Expediente N° 1.566.319/13, obran las escalas salariales pactadas entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS NATURAL, DERIVADOS Y AFINES y el SINDICATO DEL PERSONAL DE GAS DEL ESTADO - SANTA FE, por la parte sindical, y la empresa LITORAL GAS SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 993/08 “E”, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004). Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por la Resolución S.T. N° 1215/14 y registrado bajo el N° 1063/14, conforme surge de fojas 175/177 y 180, respectivamente. Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable. Que el precitado acuerdo fue ratificado por la FEDERACION DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS NATURAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, según consta a fojas 164. Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados. Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable. Que a fojas 222/226, obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad. Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y en el Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002, modificado por sus similares N° 628 y N° 2204 de fechas 13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente. Por ello, LA SECRETARIA DE TRABAJO RESUELVE: Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados. Que a fojas 193/197, obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad. Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y en el Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002, modificado por sus similares N° 628 y N° 2204 de fechas 13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente. Por ello, ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 1227 del 6 de agosto de 2014 y registrado bajo el N° 1057/14, suscripto entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS NATURAL, DERIVADOS Y AFINES y el SINDICATO DEL PERSONAL DE GAS DEL ESTADO - SANTA FE, por la parte sindical, y la empresa LITORAL GAS SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empleadora, ratificado a fojas 191 por la FEDERACION DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS NATURAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente. ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante. LA SECRETARIA DE TRABAJO RESUELVE: ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 1215 del 6 de agosto de 2014 y registrado bajo el N° 1063/14, suscripto entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS NATURAL, DERIVADOS Y AFINES y el SINDICATO DEL PERSONAL DE GAS DEL ESTADO - SANTA FE, por la parte sindical, y la empresa LITORAL GAS SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empleadora, ratificado a fojas 164 por la FEDERACION DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS NATURAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente. ARTICULO 3° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo. ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante. ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMÍ RIAL, Secretaria de Trabajo. ARTICULO 3° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo. ANEXO ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMÍ RIAL, Secretaria de Trabajo. Expediente N° 1.506.058/12 ANEXO Expediente N° 1.566.319/13 Expediente N° 1.506.058/12 Buenos Aires, 20 de Octubre de 2014 Expediente N° 1.566.319/13 De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 1940/14 se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 796/14 T. — JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T. #F4709337F# Buenos Aires, 20 de Octubre de 2014 #I4709338I# MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución 1942/2014 Bs. As., 17/10/2014 VISTO el Expediente N° 1.566.319/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 1215 del 6 de agosto de 2014, y De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 1942/14 se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 801/14 T. — JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T. #F4709338F# #I4709342I# MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución 1943/2014 Bs. As., 17/10/2014 VISTO el Expediente N° 1.607.463/14 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus Primera Sección Viernes 14 de noviembre de 2014 modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 1669 del 19 de septiembre de 2014, y CONSIDERANDO: Que a fojas 6 del Expediente N° 1.607.463/14 obran las escalas salariales pactadas entre el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por la parte sindical, y la empresa FAURECIA EXTERIORS ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1353/14 “E”, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004). Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por la Resolución S.T. N° 1669/14 y registrado bajo el N° 1387/14, conforme surge de fojas 64/66 y 69, respectivamente. Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable. Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados. Que a fojas 75/77 obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad. Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y en el Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002, modificado por sus similares N° 628 y N° 2204 de fechas 13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente. ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 1669 del 19 de septiembre de 2014 y registrado bajo el N° 1387/14 suscripto entre el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por la parte sindical y la empresa FAURECIA EXTERIORS ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente. ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante. ARTICULO 3° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo. 58 CONSIDERANDO: Que a fojas 7 del Expediente N° 1.626.470/14 obran las escalas salariales pactadas entre el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por la parte sindical, y la empresa TOYOTA TSUSHO ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 741/05 “E”, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004). Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por la Resolución S.T. N° 1680/14 y registrado bajo el N° 1395/14, conforme surge de fojas 52/54 y 57, respectivamente. Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable. Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados. Que a fojas 63/65, obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad. Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y en el Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002, modificado por sus similares N° 628 y N° 2204 de fechas 13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente. Por ello, LA SECRETARIA DE TRABAJO RESUELVE: Por ello, LA SECRETARIA DE TRABAJO RESUELVE: BOLETIN OFICIAL Nº 33.011 ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 1680 del 22 de septiembre de 2014 y registrado bajo el N° 1395/14 suscripto entre el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por la parte sindical, y la empresa TOYOTA TSUSHO ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empleadora, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente. ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante. ARTICULO 3° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo. ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMÍ RIAL, Secretaria de Trabajo. ANEXO ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMÍ RIAL, Secretaria de Trabajo. Expediente N° 1.626.470/14 ANEXO Expediente N° 1.607.463/14 Expediente N° 1.626.470/14 Buenos Aires, 20 de Octubre de 2014 Expediente N° 1.607.463/14 Buenos Aires, 20 de Octubre de 2014 De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 1943/14 se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 795/14 T. — JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T. #F4709342F# #I4709343I# MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución 1944/2014 Bs. As., 17/10/2014 VISTO el Expediente N° 1.626.470/14 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 1680 del 22 de septiembre de 2014, y De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 1944/14 se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 799/14 T. — JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T. #F4709343F# #I4709344I# MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución 1945/2014 Bs. As., 17/10/2014 VISTO el Expediente N° 1.621.366/14 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 1536 del 5 de septiembre de 2014, y CONSIDERANDO: Que a fojas 6/8 del Expediente N° 1.621.366/14 obran las escalas salariales pactadas entre la FEDERACION ARGENTINA DE EMPLEADOS DE COMERCIO Y SERVICIOS, el SINDICATO EMPLEADOS DE COMERCIO DE CAPITAL FEDERAL, por la parte sindical, y la empresa AUTOPISTAS Primera Sección Viernes 14 de noviembre de 2014 BOLETIN OFICIAL Nº 33.011 59 URBANAS SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 130/75, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004). Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por la Resolución S.T. N° 1723/14 y registrado bajo el N° 1409/14, conforme surge de fojas 46/48 y 51, respectivamente. Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por la Resolución S.T. N° 1536/14 y registrado bajo el N° 1287/14, conforme surge de fojas 71/73 y 76, respectivamente. Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable. Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable. Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados. Que a fojas 86/94, obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad. Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y en el Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002, modificado por sus similares N° 628 y N° 2204 de fechas 13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente. Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados. Que a fojas 59/62, obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad. Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y en el Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002, modificado por sus similares N° 628 y N° 2204 de fechas 13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente. Por ello, LA SECRETARIA DE TRABAJO RESUELVE: Por ello, LA SECRETARIA DE TRABAJO RESUELVE: ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 1536 del 5 de septiembre de 2014 y registrado bajo el N° 1287/14 suscripto entre la FEDERACION ARGENTINA DE EMPLEADOS DE COMERCIO Y SERVICIOS, el SINDICATO EMPLEADOS DE COMERCIO DE CAPITAL FEDERAL, por la parte sindical, y la empresa AUTOPISTAS URBANAS SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empleadora, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente. ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante. ARTICULO 3° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo. ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 1723 del 24 de septiembre de 2014 y registrado bajo el N° 1409/14, suscripto entre la FEDERACION DE SINDICATOS DE TRABAJADORES DE INDUSTRIAS QUIMICAS Y PETROQUIMICAS DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por la parte sindical, y la CAMARA ARGENTINA DE FABRICANTES DE ACUMULADORES ELECTRICOS, por la parte empleadora, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente. ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante. ARTICULO 3° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo. ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMÍ RIAL, Secretaria de Trabajo. ANEXO ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMÍ RIAL, Secretaria de Trabajo. Expediente N° 1.611.760/14 ANEXO Expediente N° 1.621.366/14 Expediente N° 1.611.760/14 Expediente N° 1.621.366/14 Buenos Aires, 20 de Octubre de 2014 Buenos Aires, 20 de Octubre de 2014 De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 1947/14 se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 798/14 T. — JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T. #F4709345F# De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 1945/14 se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 809/14 T. — JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T. #F4709344F# #I4709347I# MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL #I4709345I# MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución 1947/2014 Bs. As., 17/10/2014 VISTO el Expediente N° 1.611.760/14 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 1723 del 24 de septiembre de 2014, y CONSIDERANDO: Que a fojas 4/7 del Expediente N° 1.630.125/14 agregado como foja 29 al Expediente N° 1.611.760/14, obran las escalas salariales pactadas entre la FEDERACION DE SINDICATOS DE TRABAJADORES DE INDUSTRIAS QUIMICAS Y PETROQUIMICAS DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por la parte sindical, y la CAMARA ARGENTINA DE FABRICANTES DE ACUMULADORES ELECTRICOS, por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 571/09, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004). SECRETARIA DE TRABAJO Resolución 1948/2014 Bs. As., 17/10/2014 VISTO el Expediente N° 1.608.207/14 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 1631 del 15 de septiembre de 2014, y CONSIDERANDO: Que a fojas 3 del Expediente N° 1.608.207/14 obran las escalas salariales pactadas entre la UNION RECIBIDORES DE GRANOS Y ANEXOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por la parte sindical y la FEDERACION DE CENTROS Y ENTIDADES GREMIALES DE ACOPIADORES DE CEREALES y la CONFEDERACION INTERCOOPERATIVA AGROPECUARIA (CONINAGRO) COOPERATIVA LIMITADA, por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 574/10, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004). Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por la Resolución S.T. N° 1631/14 y registrado bajo el N° 1334/14, conforme surge de fojas 108/110 y 113, respectivamente. Primera Sección Viernes 14 de noviembre de 2014 Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable. Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados. Que a fojas 123/129, obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente, y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad. Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y en el Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002, modificado por sus similares N° 628 y N° 2204 de fechas 13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente. Por ello, BOLETIN OFICIAL Nº 33.011 60 CONSIDERANDO: Que a fojas 87 del Expediente N° 1.553.499/14 obran las escalas salariales pactadas entre la FEDERACION OBRERA NACIONAL DE LA INDUSTRIA DEL VESTIDO Y AFINES (F.O.N.I.V.A.), el SINDICATO OBRERO DE LA INDUSTRIA DEL VESTIDO Y AFINES (S.O.I.V.A.), por la parte sindical y la CAMARA INDUSTRIAL DE PELETERIA, y la FEDERACION ARGENTINA DE COMERCIALIZACION E INDUSTRIALIZACION DE LA FAUNA, por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 512/07, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004). Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por la Resolución S.T. N° 1547/14 y registrado bajo el N° 1296/14, conforme surge de fojas 105/107 y 110, respectivamente. Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable. Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados. Que a fojas 122/126, obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad. LA SECRETARIA DE TRABAJO RESUELVE: ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 1631 del 15 de septiembre de 2014 y registrado bajo el N° 1334/14 suscripto entre la UNION RECIBIDORES DE GRANOS Y ANEXOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por la parte sindical y la FEDERACION DE CENTROS Y ENTIDADES GREMIALES DE ACOPIADORES DE CEREALES y la CONFEDERACION INTERCOOPERATIVA AGROPECUARIA (CONINAGRO) COOPERATIVA LIMITADA, por la parte empleadora, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente. ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante. ARTICULO 3° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo. ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMÍ RIAL, Secretaria de Trabajo. ANEXO Expediente N° 1.608.207/14 Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y en el Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002, modificado por sus similares N° 628 y N° 2204 de fechas 13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente. Por ello, LA SECRETARIA DE TRABAJO RESUELVE: ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 1547 del 8 de septiembre de 2014 y registrado bajo el N° 1296/14 suscripto entre la FEDERACION OBRERA NACIONAL DE LA INDUSTRIA DEL VESTIDO Y AFINES (F.O.N.I.V.A.), el SINDICATO OBRERO DE LA INDUSTRIA DEL VESTIDO Y AFINES (S.O.I.V.A.), por la parte sindical y la CAMARA INDUSTRIAL DE PELETERIA, y la FEDERACION ARGENTINA DE COMERCIALIZACION E INDUSTRIALIZACION DE LA FAUNA, por la parte empleadora, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente. ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante. ARTICULO 3° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo. ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMÍ RIAL, Secretaria de Trabajo. ANEXO Expediente N° 1.553.499/13 Expediente N° 1.608.207/14 Expediente N° 1.553.499/13 Buenos Aires, 20 de Octubre de 2014 Buenos Aires, 20 de Octubre de 2014 De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 1948/14 se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 793/14 T. — JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T. #F4709347F# De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 1949/14 se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 802/14 T. — JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T. #F4709348F# #I4709348I# #I4709506I# MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO SECRETARIA DE TRABAJO Resolución 1949/2014 Resolución 1952/2014 Bs. As., 17/10/2014 Bs. As., 17/10/2014 VISTO el Expediente N° 1.553.499/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 1547 del 8 de septiembre de 2014, y VISTO el Expediente N° 1.595.316/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 1611 del 15 de septiembre de 2014, y Primera Sección Viernes 14 de noviembre de 2014 BOLETIN OFICIAL Nº 33.011 #I4709509I# 61 MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL CONSIDERANDO: Que a fojas 19/22 del Expediente N° 1.600.850/13 agregado como fojas 6 al Expediente N° 1.595.316/13, obran las escalas salariales pactadas entre la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE AGUAS GASEOSAS Y AFINES, por la parte sindical y la CAMARA ARGENTINA DE LA INDUSTRIA DE BEBIDAS SIN ALCOHOL, por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 152/91 - Rama Bebida, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004). Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por el artículo 1° de la Resolución S.T. N° 1611/14 y registrado bajo el N° 1328/14, conforme surge de fojas 89/92 y 95, respectivamente. Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable. Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados. Que a fojas 103/118, obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad. Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y en el Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002, modificado por sus similares N° 628 y N° 2204 de fechas 13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente. Por ello, SECRETARIA DE TRABAJO Resolución 1953/2014 Bs. As., 17/10/2014 VISTO el Expediente N° 1.618.506/14 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 1379 del 25 de agosto de 2014, y CONSIDERANDO: Que a fojas 4/6 del Expediente N° 1.618.506/14 obran las escalas salariales pactadas entre la FEDERACION GREMIAL DEL PERSONAL DE LA INDUSTRIA DE LA CARNE Y SUS DERIVADOS, por la parte sindical y el CONSORCIO DE EXPORTADORES DE CARNES ARGENTINAS ASOCIACION CIVIL, por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 56/75, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14 250 (t.o. 2004). Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por la Resolución S.T. N° 1379/14 y registrado bajo el N° 1154/14, conforme surge de fojas 24/26 y 29, respectivamente. Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable. Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados. Que a fojas 37/48, obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad. Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y en el Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002, modificado por sus similares N° 628 y N° 2204 de fechas 13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente. LA SECRETARIA DE TRABAJO RESUELVE: ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por el artículo 1° de la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 1611 del 15 de septiembre de 2014 y registrado bajo el N° 1328/14 suscripto entre la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE AGUAS GASEOSAS Y AFINES, por la parte sindical y la CAMARA ARGENTINA DE LA INDUSTRIA DE BEBIDAS SIN ALCOHOL, por la parte empleadora, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente. ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante. ARTICULO 3° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo. Por ello, LA SECRETARIA DE TRABAJO RESUELVE: ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 1379 del 25 de agosto de 2014 y registrado bajo el N° 1154/14 suscripto entre la FEDERACION GREMIAL DEL PERSONAL DE LA INDUSTRIA DE LA CARNE Y SUS DERIVADOS, por la parte sindical y el CONSORCIO DE EXPORTADORES DE CARNES ARGENTINAS ASOCIACION CIVIL, por la parte empleadora, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente. ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante. ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMÍ RIAL, Secretaria de Trabajo. ARTICULO 3° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo. ANEXO ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMÍ RIAL, Secretaria de Trabajo. Expediente N° 1.595.316/13 ANEXO Expediente N° 1.618.506/14 Expediente N° 1.595.316/13 Buenos Aires, 20 de Octubre de 2014 De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 1952/14 se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 800/14 T. — JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T. #F4709506F# Expediente N° 1.618.506/14 Buenos Aires, 20 de Octubre de 2014 De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 1953/14 se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 808/14 T. — JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T. #F4709509F# Primera Sección Viernes 14 de noviembre de 2014 #I4709510I# MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL BOLETIN OFICIAL Nº 33.011 #I4709511I# MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO SECRETARIA DE TRABAJO Resolución 1957/2014 Resolución 1958/2014 Bs. As., 20/10/2014 62 Bs. As., 20/10/2014 VISTO el Expediente N° 226.185/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 958 del 25 de junio de 2014, y CONSIDERANDO: Que a fojas 4 del Expediente N° 226.185/13 obran las escalas salariales pactadas entre el SINDICATO DE OBREROS PANADEROS, PASTELEROS Y FACTUREROS (CONCORDIA - ENTRE RIOS), por la parte sindical, y la FEDERACION INDUSTRIALES PANADEROS Y AFINES DE ENTRE RIOS, por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 444/06, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004). Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por la Resolución S.T. N° 958/14 y registrado bajo el N° 855/14, conforme surge de fojas 51/53 y 56, respectivamente. Que dicho acuerdo ha sido ratificado a fojas 37 por la FEDERACION ARGENTINA UNION PERSONAL PANADERIAS Y AFINES. Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable. Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados. Que a fojas 64/68 obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad. Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y en el Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002, modificado por sus similares N° 628 y N° 2204 de fechas 13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente. Por ello, LA SECRETARIA DE TRABAJO RESUELVE: VISTO el Expediente N° 1.629.532/14 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 1668 del 19 de septiembre de 2014, y CONSIDERANDO: Que a fojas 6 del Expediente N° 1.629.532/14 obran las escalas salariales pactadas entre el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por la parte sindical, y la empresa SAS AUTOMOTRIZ ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1245/11 “E”, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004). Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por la Resolución S.T. N° 1668/14 y registrado bajo el N° 1384/14, conforme surge de fojas 62/63 y 66, respectivamente. Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable. Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados. Que a fojas 72/74, obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad. Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y en el Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002, modificado por sus similares N° 628 y N° 2204 de fechas 13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente. Por ello, ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 958 del 25 de junio de 2014 y registrado bajo el N° 855/14 suscripto entre el SINDICATO DE OBREROS PANADEROS, PASTELEROS Y FACTUREROS (CONCORDIA -ENTRE RIOS), por la parte sindical, y la FEDERACION INDUSTRIALES PANADEROS Y AFINES DE ENTRE RIOS, por la parte empleadora, ratificado a fojas 37 por la FEDERACION ARGENTINA UNION PERSONAL PANADERIAS Y AFINES conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente. ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante. ARTICULO 3° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo. ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMÍ RIAL, Secretaria de Trabajo. ANEXO Expediente N° 226.185/13 LA SECRETARIA DE TRABAJO RESUELVE: ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 1668 del 19 de septiembre de 2014 y registrado bajo el N° 1384/14 suscripto entre el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por la parte sindical, y la empresa SAS AUTOMOTRIZ ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empleadora, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente. ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante. ARTICULO 3° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo. ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMÍ RIAL, Secretaria de Trabajo. ANEXO Expediente N° 1.629.532/14 Expediente N° 226.185/13 Buenos Aires, 21 de Octubre de 2014 De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 1957/14 se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 813/14 T. — JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T. #F4709510F# Expediente N° 1.629.532/14 Buenos Aires, 21 de Octubre de 2014 De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 1958/14 se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 814/14 T. — JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T. #F4709511F# Primera Sección Viernes 14 de noviembre de 2014 #I4709513I# MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO BOLETIN OFICIAL Nº 33.011 #I4709515I# 63 MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución 1960/2014 Resolución 1962/2014 Bs. As., 20/10/2014 VISTO el Expediente N° 1.562.249/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 1464 del 17 de octubre de 2013, y CONSIDERANDO: Que a fojas 3/4 y 7/8 del Expediente N° 1.576.798/13 agregado como foja 47 al Expediente N° 1.562.249/13 obran las escalas salariales pactadas entre el SINDICATO DEL SEGURO DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por la parte sindical, y la ASOCIACION ARGENTINA DE COMPAÑIAS DE SEGUROS, la UNION DE ASEGURADORAS DE RIESGOS DEL TRABAJO, ASEGURADORES DEL INTERIOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la ASOCIACION DE ASEGURADORES ARGENTINOS, por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 264/95, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004). Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por la Resolución S.T. N° 1464/13 y registrado bajo el N° 1195/13, conforme surge de fojas 74/76 y 79, respectivamente. Que asimismo, conforme lo señalado en el acto homologatorio del Acuerdo N° 1195/13, resulta oportuno aclarar, que por imperio de las prescripciones previstas en el artículo 5° de la Ley N° 23.546, lo pactado en dicho instrumento, resulta de aplicación para los empleadores comprendidos en el ámbito de representación de la ASOCIACION ARGENTINA DE COOPERATIVAS Y MUTUALIDADES DE SEGUROS. Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable. Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados. Que a fojas 95/99, obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad. Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y en el Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002, modificado por sus similares N° 628 y N° 2204 de fechas 13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente. Bs. As., 20/10/2014 VISTO el Expediente N° 1.628.260/14 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 1687 del 22 de septiembre de 2014, y CONSIDERANDO: Que a fojas 7 del Expediente N° 1.628.260/14 obran las escalas salariales pactadas entre el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por la parte sindical y la empresa JUNTAS CICCARELLI SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1176/11 “E”, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004). Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por la Resolución S.T. N° 1687/14 y registrado bajo el N° 1386/14, conforme surge de fojas 42/44 y 47, respectivamente. Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable. Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados. Que a fojas 53/56, obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad. Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y en el Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002, modificado por sus similares N° 628 y N° 2204 de fechas 13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente. Por ello, Por ello, LA SECRETARIA DE TRABAJO RESUELVE: LA SECRETARIA DE TRABAJO RESUELVE: ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 1464 del 17 de octubre de 2013 y registrado bajo el N° 1195/13, suscripto entre el SINDICATO DEL SEGURO DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por la parte sindical, y la ASOCIACION ARGENTINA DE COMPAÑIAS DE SEGUROS, la UNION DE ASEGURADORAS DE RIESGOS DEL TRABAJO, ASEGURADORES DEL INTERIOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la ASOCIACION DE ASEGURADORES ARGENTINOS, por la parte empleadora, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente. ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 1687 del 22 de septiembre de 2014 y registrado bajo el N° 1386/14 suscripto entre el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por la parte sindical y la empresa JUNTAS CICCARELLI SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, por la parte empleadora, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente. ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante. ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante. ARTICULO 3° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo. ARTICULO 3° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo. ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMÍ RIAL, Secretaria de Trabajo. ARTICULO 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMÍ RIAL, Secretaria de Trabajo. ANEXO ANEXO Expediente N° 1.562.249/13 Expediente N° 1.628.260/14 Expediente N° 1.628.260/14 Expediente N° 1.562.249/13 Buenos Aires, 21 de Octubre de 2014 De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 1960/14 se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 811/14 T. — JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T. #F4709513F# Buenos Aires, 21 de Octubre de 2014 De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 1962/14 se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 816/14 T. — JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T. #F4709515F# Viernes 14 de noviembre de 2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.011 64