GACETA Nº 195 de la fecha 07 10 2010

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GACETA Nº 195 de la fecha 07 10 2010
175 aniversario
www.imprentanacional.go.cr
La Uruca, San José, Costa Rica, jueves 7 de octubre del 2010
¢ 300,00
AÑO CXXXII
Nº 195 - 72 Páginas
REMODELARÁN SEDES DE LA UNED
Foto con fines ilustrativos
Pág. 29
La Universidad Estatal a Distancia (UNED), requiere contratar los servicios de empresas
constructoras para realizar mejoras y remodelaciones en diferentes centros universitarios.
Pág 2
La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010
Este terreno deberá utilizarse exclusivamente para el
funcionamiento y la construcción de la infraestructura destinada a la
Feria del Agricultor de Jicaral de Puntarenas y actividades propias
del Centro Agrícola Cantonal de Puntarenas, sede de Jicaral.
CONTENIDO
Pág
Nº
PODER LEGISLATIVO
Leyes......................................................................... 2
PODER EJECUTIVO
Decretos..................................................................... 3
Acuerdos.................................................................... 5
Resoluciones............................................................ 13
DOCUMENTOS VARIOS....................................... 15
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
Edictos..................................................................... 28
CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA............... 28
REGLAMENTOS.................................................... 33
REMATES................................................................ 36
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS......... 37
RÉGIMEN MUNICIPAL........................................ 43
AVISOS..................................................................... 51
NOTIFICACIONES................................................. 67
FE DE ERRATAS..................................................... 71
ARTÍCULO 2.Corresponderá a la Notaría del Estado realizar la segregación
y donación correspondiente, así como cualquier otro acto notarial
y registral necesario para la inscripción del inmueble al Centro
Agrícola Cantonal de Puntarenas y la consecución de los objetivos
de la presente Ley. El presente traspaso de inmueble se exime de
todo pago de impuestos de traspaso, derechos de registros y timbres
de todo tipo.
Rige a partir de su publicación.
ASAMBLEA LEGISLATIVA.—Aprobado a los diecinueve
días del mes de agosto de dos mil diez.
COMUNÍCASE AL PODER EJECUTIVO
Luis Gerardo Villanueva Monge
PRESIDENTE
Mireya Zamora Alvarado
PRIMERA SECRETARIA
Ileana Brenes Jiménez
SEGUNDA SECRETARIA
Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los siete
días del mes de setiembre del dos mil diez.
El Alcance Nº 21 a La Gaceta Nº 194 circuló el miércoles 6
de octubre del 2010 y contiene acuerdos del Poder Legislativo,
decretos, acuerdos y resoluciones del Poder Ejecutivo,
Documentos Varios, acuerdos, resoluciones, edictos y avisos del
Tribunal Supremo de Elecciones, Reglamentos, Instituciones
Descentralizadas, Régimen Municipal, Avisos y Notificaciones.
Ejecútese y publíquese
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—Gloria Abraham
Peralta, Ministra de Agricultura y Ganadería.—1 vez.—O. C.
9540.—Solicitud Nº 28757.—C-40800.—(L8848-IN2010080066).
Nº 8850
PODER LEGISLATIVO
LAASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
LEYES
AUTORIZACIÓN A LA MUNICIPALIDAD DE SANTA
ANA PARA QUE REALICE UNA PERMUTA
DE TERRENO PÚBLICO MUNICIPAL
8848
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA
DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
DESAFECTACIÓN DE UN TERRENO PROPIEDAD
DEL INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO
Y AUTORIZACIÓN PARA SEGREGARLO
Y DONARLO AL CENTRO AGRÍCOLA
CANTONAL DE PUNTARENAS
ARTÍCULO 1.Autorízase al Instituto de Desarrollo Agrario (IDA), con
cédula jurídica número cuatro-cero cero cero-cero cuatro dos uno
cuatro tres (Nº 4-000-042143), para que desafecte un lote de terreno
de mil ciento noventa y nueve metros con noventa y ocho decímetros
cuadrados (1.199,98 m²), de su finca inscrita en el Sistema de Folio
Real matrícula número seis-cinco cero cinco nueve uno-cero cero
cero (Nº 6-50591-000) y lo segregue y done al Centro Agrícola
Cantonal de Puntarenas, con cédula de persona jurídica número
tres-cero cero siete-cinco uno uno cero uno (N.º 3-007-51101) que
es terreno para construir, situado en el distrito 4º, Lepanto; cantón
I, Puntarenas; provincia, Puntarenas. Linda al norte con la Junta de
Educación de Jicaral; al sur, con el Instituto de Desarrollo Agrario;
al este, con Hugo Cordero Gatgens y, al oeste, con calle pública, y se
ajusta en un todo al plano catastrado número P-ocho dos seis cinco
ocho seis-dos cero cero dos (N.º P-826586-2002).
ARTÍCULO 1.Autorízase a la Municipalidad del cantón de Santa Ana, cédula
de persona jurídica número tres-cero catorce-cero cuatro dos cero
cinco nueve-cero siete (N.º 3-014-042059-07), para que permute
un terreno de su propiedad debidamente inscrito en el Registro
Nacional bajo el Sistema de Folio Real mecanizado matrícula
número doscientos cuarenta y tres mil doscientos diez-cero cero
cero (243210-000) del partido de San José y que se describe así:
naturaleza, terreno para construir. Situado en el distrito 4º, La
Uruca; cantón IX, Santa Ana; provincia, San José. Linda al norte
con Odilie Guillén; al sur y al este con Jorge Dale Walder y, al
oeste, con Manuel Gerardo León. Mide mil trescientos treinta y un
metros con cincuenta y nueve decímetros cuadrados (1.331,59 m2),
plano no se indica, con el inmueble propiedad del señor Gerardo
León Arias, mayor, casado una vez, cédula de identidad número
uno-quinientos-cuatrocientos treinta y uno (1-500-431), que se
describe así: naturaleza de potrero y café; situado en el distrito 4º,
La Uruca; cantón IX, Santa Ana; provincia, San José. Linderos: al
norte Milagro Umaña Umaña; al sur, Guillermo Umaña Umaña; al
este, Betty Madrigal y, al oeste, camino Río Oro con diez metros
cincuenta centímetros cuadrados (10,50 m²). Mide mil veinticinco
metros con treinta y un decímetros cuadrados (1.025,31 m2). El
plano no se indica.
Jorge Luis Vargas Espinoza
Director General Imprenta Nacional
Director Ejecutivo Junta Administrativa
Lic. Mario Zamora Cordero
Ministerio de Gobernación y Policía, Presidente
Teléfono: 2296 9570
Licda. Alexandra Meléndez Calderón
Representante Editorial Costa Rica
Teléfono: 2296 9570
Fax: 2220 0385
Lic. Isaías Castro Vargas
175 aniversario
Representante Ministerio de Cultura y Juventud
Apartado Postal: 5024-1000
www .imprentanacional.go.cr
La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010
ARTÍCULO 2.Las escrituras correspondientes se efectuarán ante la Notaría
del Estado y el traspaso estará exento de todo tipo de impuestos,
tasas o contribuciones, tanto registrales como de cualquier otra
índole. Asimismo, se autoriza a la Notaría del Estado para que
corrija los posibles errores que señale el Registro Nacional.
Rige a partir de su publicación.
ASAMBLEA LEGISLATIVA.- Aprobado a los diecinueve
días del mes de agosto de dos mil diez.
COMUNÍCASE AL PODER EJECUTIVO
Luis Gerardo Villanueva Monge
PRESIDENTE
Mireya Zamora Alvarado
Ileana Brenes Jiménez
PRIMERA SECRETARIA
SEGUNDA SECRETARIA
Dado en la Presidencia de la República, San José, a los siete
días del mes de setiembre del año dos mil diez.
Ejecútese y publíquese
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de
Gobernación y Policía, José María Tijerino Pacheco.—1 vez.—
(L8850-IN2010081646).
Nº 8852
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA
DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
DESAFECTACIÓN DE UN LOTE PROPIEDAD DE LA
MUNICIPALIDAD DEL CANTÓN DE BARVA DE HEREDIA
Y AUTORIZACIÓN PARA QUE ESTA LO DONE A LA
ASOCIACIÓN DE DESARROLLO ESPECÍFICA PRO
OBRAS VARIAS DE
PUENTE SALAS DE BARVA DE HEREDIA
ARTÍCULO 1.Autorízase a la Municipalidad del cantón de Barva de Heredia,
cédula jurídica número tres-cero uno cuatro-cero cuatro dos cero
ocho nueve (Nº 3-014-042089), para que desafecte el inmueble de
su propiedad inscrita en el partido de Heredia, matrícula de folio
real número uno siete ocho ocho nueve nueve-cero cero cero (Nº
178899-000), y lo done a la Asociación de Desarrollo Específica
Pro Obras Varias de Puente Salas de Barva de Heredia, cédula de
persona jurídica número tres-cero cero dos-cero seis uno tres tres
nueve (Nº 3-002-061339). El terreno está destinado a área comunal,
plano catastrado número H-cero seis nueve ocho tres cuatro tresdos cero cero uno (Nº H-0698343-2001), situado en la provincia de
Heredia; distrito 2º, San Pedro; cantón II, Barva. Los linderos son:
al norte, lote destinado a parque; al sur, calle pública; al este, área de
reserva para construir y, al oeste, área destinada a juegos infantiles.
En su totalidad la finca mide doscientos ochenta y cuatro metros
cuadrados con noventa y dos decímetros cuadrados (284,92 m²).
ARTÍCULO 2.El inmueble donado será destinado a la construcción de un
centro de atención al adulto mayor. En caso de que la Asociación
donataria llegue a disolverse o el inmueble se destine a otro uso no
autorizado en la presente Ley, el bien donado volverá de pleno derecho
a ser propiedad de la Municipalidad del cantón de Barva de Heredia.
Rige a partir de su publicación.
ASAMBLEA LEGISLATIVA.—Aprobado a los diecinueve días
del mes de agosto del dos mil diez.
COMUNÍCASE AL PODER EJECUTIVO
Luis Gerardo Villanueva Monge
PRESIDENTE
Mireya Zamora Alvarado
Ileana Brenes Jiménez
PRIMERA SECRETARIA
SEGUNDA SECRETARIA
Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los siete
días del mes de setiembre del dos mil diez.
Ejecútese y publíquese
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de
Gobernación, Policía, y Seguridad Pública, José María Tijerino
Pacheco.—1 vez.—O. C. Nº 199075.—Solicitud Nº 29910.—C60770.—(L8852-IN2010081901).
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PODER EJECUTIVO
DECRETOS
Nº 36185-S
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE SALUD
En uso de las facultades que les confieren los artículos 140,
incisos 3) y 18) y 146 Constitución Política; 27 y 28 de la Ley Nº
6227 de 2 de mayo de 1978 “Ley General Administración Pública”;
1 y 2 de la Ley Nº 5395 de 30 de octubre de 1973 “Ley General de
Salud”.
Considerando:
1º—Que los días 12 al 14 de octubre del 2010, el Colegio de
Enfermeras y Enfermeros de Costa Rica, realizará la “XIII Jornada
de Salud Mental y Psiquiatría”.
2º—Que las actividades que se realizarán durante la actividad
indicada, se consideran de importancia para el país en materia de
Salud, toda vez que reunirán a Profesionales de las Ciencias de la
Salud, tanto del sector público como del sector privado del país, así
como expertos internacionales.
3º—Que los organizadores del evento han solicitado al
Ministerio de Salid la declaratoria de interés público y nacional de
las actividades citadas. Por tanto,
Decretan:
DECLARATORIA DE INTERÉS PÚBLICO Y NACIONAL
LA “XIII JORNADA DE SALUD MENTAL Y PSIQUIATRÍA”
Artículo 1º—Se declara de interés público y nacional,
las actividades que llevará a cabo el Colegio de Enfermeras y
Enfermeros de Costa Rica, con motivo de la celebración de la “XIII
Jornada de Salud Mental y Psiquiatría”, que tendrá lugar en nuestro
país del 12 al 14 de octubre del 2010.
Artículo 2º—Las dependencias del Sector Público y del
Sector Privado, dentro del marco legal respectivo, podrán contribuir
con recursos económicos, en la medida de sus posibilidades y sin
perjuicio del cumplimiento de sus propios objetivos, para la exitosa
realización de las actividades indicadas.
Artículo 3º—Rige a partir de su publicación.
Dado en la Presidencia de la República.—San José a los
treinta días del mes de agosto del dos mil diez.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—La Ministra de
Salud, Dra. María Luisa Ávila Agüero.—1 vez.—(D36185IN2010081667).
Nº 36200-H
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE HACIENDA
Con fundamento en las atribuciones que les confieren los
artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; los
artículos 25 inciso 1), 27 inciso 1) y 28 inciso 2) acápite b) de la Ley
Nº 6227, Ley General de la Administración Pública de 2 de mayo
de 1978 y sus reformas; la Ley Nº 8131, Ley de la Administración
Financiera de la República y Presupuestos Públicos de 18 de
setiembre del 2001 y sus reformas; su Reglamento, el Decreto
Ejecutivo Nº 32988-H-MP-PLAN de 31 de enero del 2006 y sus
reformas; la Ley Nº 1788, Ley Orgánica del Instituto Nacional de
Vivienda y Urbanismo de 24 de agosto de 1954 y sus reformas y
el Decreto Ejecutivo Nº 35111-H de 4 de marzo del 2009 y sus
reformas.
Considerando:
1º—Que mediante la Ley Nº 1788, publicada en La Gaceta
Nº 194 de 24 de agosto de 1954 y sus reformas, se crea el Instituto
Nacional de Vivienda y Urbanismo (INVU), el cual tiene dentro
de sus atribuciones orientar sus actividades con miras a obtener
un mayor bienestar económico y social, procurando a la familia
costarricense una mejor habitación y los elementos conexos
correspondientes.
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La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010
2º—Que mediante el oficio Nº PE-0151-07-2010 de 5 de julio
del 2010, el Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo (INVU),
solicita ampliar el gasto presupuestario máximo autorizado para el
año 2010, en un monto de ¢2.738.004.512,83 (dos mil setecientos
treinta y ocho millones cuatro mil quinientos doce colones con
ochenta y tres céntimos), con el fin de mejorar la gestión institucional
para el cumplimiento de los objetivos y metas.
3º—Que este incremento tendrá como fuente de financiamiento
la venta de bienes y servicios, así como Transferencias de Gobierno
y los recursos se utilizarán para cubrir gastos relacionados con:
remuneraciones, servicios, materiales y suministros, transferencias
corrientes, sueldos a base de comisión, prestaciones legales,
seguros, sueldos por cargos fijos y otras transferencias a personas
(incapacidades) y otros gastos en que incurrirá solamente el
programa de Crédito, Ahorro y Préstamo.
4º—Que de los recursos anteriormente citados, se excluyen
de la presente solicitud de ampliación del gasto presupuestario la
suma de ¢192.111.822,33 (ciento noventa y dos millones ciento
once mil ochocientos veintidós colones con treinta y tres céntimos),
correspondiente a contribuciones patronales al Seguro de Salud de
la CCSS, al IMAS, al INA, al FODESAF, al Banco Popular y de
Desarrollo Comunal, al Régimen de Pensiones Complementarias, al
Fondo de Capitalización Laboral y a fondos administrados por entes
privados, por establecerlo así el artículo 2º del Decreto Ejecutivo Nº
35111-H, publicado en La Gaceta Nº 58 de 24 de marzo del 2009 y
sus reformas.
5º—Que mediante el referido Decreto Ejecutivo No. 35111H, se emitieron las Directrices Generales de Política Presupuestaria
para el año 2010, estableciéndose en el artículo 1º del citado Decreto,
el gasto presupuestario del año 2010 para las instituciones cubiertas
por el ámbito de la Autoridad Presupuestaria.
6º—Que con el oficio STAP-0653-09 de 27 de abril del 2009,
se le comunicó al Presidente Ejecutivo el gasto presupuestario
máximo autorizado al INVU para el año 2010, el cual se fijó en
¢10.067.990.000,00 (diez mil sesenta y siete millones novecientos
noventa mil colones exactos), cifra que no contempla los gastos
indicados en el presente decreto.
7º—Que por lo anterior, resulta necesario modificar el gasto
presupuestario máximo fijado al Instituto Nacional de Vivienda
y Urbanismo para el año 2010, incrementándolo en la suma de
¢2.545.892.690,50 (dos mil quinientos cuarenta cinco millones
ochocientos noventa y dos mil seiscientos noventa colones con
cincuenta céntimos). Por tanto,
Decretan:
Artículo 1º—Modifícase para el Instituto Nacional de Vivienda
y Urbanismo (INVU), el gasto presupuestario máximo para el 2010,
establecido en el Decreto Ejecutivo Nº 35111-H, publicado en La
Gaceta Nº 58 de 24 de marzo del 2009 y sus reformas, quedando
el límite de gasto presupuestario en la suma de ¢12.613.882.690,50
(doce mil seiscientos trece millones ochocientos ochenta y dos
mil seiscientos noventa colones con cincuenta céntimos), para ese
período.
Artículo 2º—Rige a partir de su publicación.
Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los
nueve días del mes de setiembre del año dos mil diez.
LAURA
CHINCHILLA
MIRANDA.—El
Ministro
de Hacienda, Fernando Herrero Acosta.—1 vez.—(D36200IN2010082713).
Considerando:
1º—Que el Ministerio de Educación Pública (MEP) es el
órgano del Poder Ejecutivo en el ramo de la educación, a cuyo cargo
está la función de administrar todos los elementos que lo integran,
para la ejecución de las disposiciones pertinentes del Título Sétimo
de la Constitución Política, de la Ley Fundamental de Educación, de
las leyes conexas y los respectivos reglamentos.
2º—Que la educación es una prioridad para el desarrollo
integral del ser humano y el bienestar de la colectividad, así como
el principal instrumento para enfrentar la pobreza, la desigualdad y
la exclusión social.
3º—Que la sociedad del conocimiento global exige la
consolidación de un sistema educativo flexible, dinámico e integrado,
capaz de enfrentar los desafíos y aprovechar las oportunidades
inherentes al desarrollo social, económico, cultural, científico y
tecnológico, tanto a nivel nacional como internacional.
4º—Que las Direcciones Regionales de Educación (DRE),
como parte integral de la organización administrativa del Ministerio
de Educación Pública, constituyen la instancia representativa e
integradora del sistema educativo costarricense en el nivel regional,
así como el vínculo formal entre el nivel central y las comunidades
educativas.
5º—Que por medio del Decreto Ejecutivo Nº 35513-MEP del
9 de setiembre de 2009, publicado en el Diario Oficial La Gaceta
Nº 187 del 25 de setiembre de 2009, se establece la Organización
Administrativa de las Direcciones Regionales de Educación (DRE)
del Ministerio de Educación Pública.
6º—Que durante la implementación de la reforma regional se
advierte la necesidad de introducir algunos ajustes a la conformación
geográfica de algunas Direcciones Regionales de Educación con
el fin de lograr una organización más balanceada en función del
número de centros educativos, los servicios prestados y la población
atendida, así como la atención de comunidades educativas
localizadas en zonas geográficas de difícil acceso.
7º—Que por medio del oficio DM-4493-08-10, el Ministerio
de Educación Pública (MEP) comunicó al Ministerio de
Planificación Nacional y Política Económica (MIDEPLAN) los
cambios requeridos en la conformación geográfica, con el propósito
de actualizar el expediente del proceso de reforma regional, a pesar
de que estos ajustes no modifican ni el número de Direcciones
Regionales de Educación creadas ni la organización administrativa
de las mismas, según lo establecido en el Decreto Ejecutivo 35513MEP del 9 de setiembre de 2009, publicado en el Diario Oficial La
Gaceta Nº 187 del 25 de setiembre de 2009. Por tanto,
Decretan:
REFORMA A LOS ARTÍCULOS 20 Y 25 DEL DECRETO
EJECUTIVO Nº 35513-MEP “ORGANIZACIÓN
ADMINISTRATIVA DE LAS DIRECCIONES
REGIONALES DE EDUCACIÓN
(DRE) DEL MINISTERIO DE
EDUCACIÓN PÚBLICA”
Artículo 1º—Modifíquese los incisos a), b) y c) del artículo 20
para que en lo sucesivo se lean de la siguiente manera:
“(…)
a) Dirección Regional de Educación de San José-Central,
con sede en el cantón de San José:
Provincia
Cantón
San José
San José
Carmen
Hospital
Nº 36202-MEP
Catedral
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
En ejercicio de las atribuciones conferidas en los artículos 11,
incisos 3 y 18 del artículo 140 y 146 de la Constitución Política,
27, 28 inciso 2 acápite b, 59 y 113 de la Ley Nº 6227 del 2 de mayo
de 1978 Ley General de la Administración Pública, 1 y 7 de la Ley
Nº 3481 del 13 de enero de 1965 Ley Orgánica del Ministerio de
Educación Pública, Ley Nº 2160 del 25 de setiembre de 1957 Ley
Fundamental de Educación,
Distritos
Zapote
Hatillo
San Sebastián
San José
Curridabat
Curridabat
Granadilla
Sánchez
La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010
Provincia
Cantón
San José
Alajuelita
Distritos
Tirrases
Alajuelita
San Josecito
San Antonio
Concepción
San Felipe
Pág 5
Artículo 2º—Modifíquese el inciso b) artículo 25 para que en
lo sucesivo se lea de la siguiente manera:
“(…)
b) Dirección Regional de Educación Peninsular, con sede en
el Distrito de Paquera:
Provincia
Cantón
Distritos
Puntarenas
Puntarenas
Lepanto
Paquera
Cóbano
b) Dirección Regional de Educación de San José-Norte, con
sede en el cantón de Goicoechea:
Provincia
San José
Cantón
Goicoechea
Distritos
Guadalupe
San Francisco
Calle Blancos
Mata de Plátano
Ipís
Rancho Redondo
Purral
San José
Vásquez de Coronado
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
San Rafael
Nº 059-PE
EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA
Con fundamento en lo dispuesto en la Ley de Presupuesto
Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio
Económico del año 2010, Ley N° 8790, el artículo 34 del Reglamento
de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos
emitido por la Contraloría General de la República, y el artículo 28
de la Ley 6227, Ley General de la Administración Pública.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la señora Emma Lizano Tracy, con
cédula de identidad 9-0063-0910, Directora de Prensa y Asesora
en Materia de Comunicación, Imagen y Manejo de los Medios
de Comunicación, para que viaje a New York, Estados Unidos de
América, en avanzada del 16 al 19 de setiembre del año en curso y
del 20 al 25 de setiembre, acompañando a la señora Presidenta de
la República, en su Comitiva Oficial de viaje, con el fin de asistir a
la Cumbre de las Naciones Unidas. La salida de la señora Lizano
Tracy será el 16 de setiembre y su regreso estará previsto para el 25
de setiembre del 2010.
Artículo 2º—Los gastos por concepto de viáticos, impuestos,
transporte, servicio de taxis aeropuerto-hotel y viceversa en la
ciudad visitada, llamadas oficiales internacionales, faxes y servicio
de Internet, fotocopias e impresiones, se le cancelarán del Título
201- Presidencia de la República, Programa 027-Información
y Comunicación, Subpartida 10503- Transporte al Exterior y
10504-Viáticos al Exterior.
Artículo 3º—Se le otorga la suma adelantada de ¢1.442.280,37
por concepto de viáticos sujetos a liquidación.
Artículo 4º—Rige a partir del 16 de setiembre y hasta el 25 de
setiembre del 2010.
Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los diez
días del mes de setiembre del año dos mil diez.
Francisco Javier Marín Monge, Ministro de la Presidencia
a. í.—1 vez.—O. C. 9713.—Solicitud Nº 157-2010.—C-29750.—
(IN2010080089).
Patalillo
Cascajal
Moravia
San Vicente
San Jerónimo
Trinidad
San José
Tibás
San Juan
Cinco Esquinas
Anselmo Llorente
San José
Montes de Oca
San Pedro
Sabanilla
Mercedes o Betania
San Rafael
c) Dirección Regional de Educación de San José-Oeste, con
sede en el cantón de San José:
Provincia
San José
Cantón
San José
Distritos
Merced
Mata Redonda
Pavas
Uruca
San José
Tibás
León XIII
Colima
San José
Santa Ana
Santa Ana
Salitral
Pozos o Concepción
Uruca o San Joaquín
Piedades
Brasil
San José
Escazú
ACUERDOS
San Isidro
Dulce Nombre de Jesús
San José
(…)
Artículo 3º—Rige a partir de su publicación.
Dado en la Presidencia de la República, a los 27 días del mes
de setiembre del año dos mil diez.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de
Educación Pública, Leonardo Garnier Rímolo.—1 vez.—O.
C.
9600.—(Solicitud
Nº
13932).—C-163500.—(D36202IN2010083239).
Escazú
San Antonio
San Rafael
Nº 060-PE
EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA
Con fundamento en lo dispuesto en la Ley de Presupuesto
Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio
Económico del año 2010, Ley Nº 8790, el artículo 34 del Reglamento
de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos
emitido por la Contraloría General de la República, y el artículo 28
de la Ley 6227, Ley General de la Administración Pública.
Pág 6
La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al señor Luis Guillermo Herrera
Montoya, con cédula de identidad 1-1088-0655, Camarógrafo, para
que viaje a New York, Estados Unidos de América, en avanzada del
16 al 19 de setiembre del año en curso y del 20 al 25 de setiembre,
acompañando a la señora Presidenta de la República, en su Comitiva
Oficial de viaje, con el fin de asistir a la Cumbre de las Naciones
Unidas. La salida del señor Herrera Montoya será el 16 de setiembre
y su regreso estará previsto para el 25 de setiembre del 2010.
Artículo 2º—Los gastos por concepto de viáticos, impuestos,
transporte, servicio de taxis aeropuerto-hotel y viceversa en la
ciudad visitada, se le cancelarán del Título 201-Presidencia de la
República, Programa 027-Información y Comunicación, Subpartida
10503- Transporte al Exterior y 10504-Viáticos al Exterior.
Artículo 3º—Se le otorga la suma adelantada de ¢1.442.280,37
por concepto de viáticos sujetos a liquidación.
Artículo 4º—Rige a partir del 16 de setiembre y hasta el 25 de
setiembre del 2010.
Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los diez
días del mes de setiembre del año dos mil diez.
Francisco Javier Marín Monge, Ministro de la Presidencia
a. í.—1 vez.—O. C. 9713.—Solicitud Nº 157-2010.—C-29750.—
(IN2010080188).
Nº 098-P
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Con fundamento en el artículo 26 inciso b) de la Ley N° 6227
Ley General de la Administración Pública, lo dispuesto en la Ley
de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el
Ejercicio Económico del 2010, Ley Nº 8790 y el artículo 34 del
Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios
Públicos de la Contraloría General de la República.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al señor Luis Liberman Ginsburg,
portador de la cédula de identidad número 1-0340-0025, Segundo
Vicepresidente de la República, para que viaje a México, México
D. F. del 14 al 15 de setiembre del presente año, con el fin de
representar a la señora Presidenta de la República en los festejos
del Bicentenario de la Independencia y Centenario de la Revolución
a celebrarse en dicha ciudad. La salida del señor Liberman está
programada para el 14 de setiembre y su regreso el 15 de setiembre
del 2010.
Artículo 2º—Los gastos por concepto de viáticos, impuestos,
servicio de taxis aeropuerto-hotel y viceversa en la ciudad visitada, se
le cancelarán del Título 201-Presidencia de la República, Programa
021-Administración Superior, Subpartida 10503-Transporte al
Exterior y 10504-Viáticos al Exterior.
Artículo 3º—En caso de que el funcionario incurriere en
gastos de representación los mismos serán cancelados contra la
presentación de las facturas en la liquidación.
Artículo 4º—Se le otorga la suma adelantada de ¢144.231,00
por concepto de viáticos sujetos a liquidación.
Artículo 5º—Rige a partir de las 7:00 horas del 14 de setiembre
y hasta las 21:40 horas del 15 de setiembre del 2010.
Dado en la Presidencia de la República, San José, a los trece
días del mes de setiembre del año dos mil diez.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. 9702.—
Solicitud Nº 158-2010.—C-32300.—(IN2010080086).
N° 105-P
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
De conformidad con lo establecido en los artículos 140, inciso
12 y 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica,
Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República
para el ejercicio económico 2010, Ley N° 8790, y los artículos 7,
31 y 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para
Funcionarios Públicos,
Considerando:
1º—Que es de interés para el Gobierno de Costa Rica, la
participación en la Reunión Intersectorial de Ministros de Relaciones
Exteriores del Sistema de la Integración Centroamericana (SICA) y
la reunión del Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores que
se llevará a cabo del 1 al 4 de setiembre de 2010 en la República de
Guatemala.
2º—Que es importante la participación del señor René Castro
Salazar, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, ya que en
dichas reuniones se tomarán decisiones importantes sobre temas
estratégicos relacionados con la seguridad regional. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar al señor René Castro Salazar, cédula
1-518-181, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, para que
viaje a ciudad de Guatemala, Guatemala y participe en la Reunión
Intersectorial de Ministros de Relaciones Exteriores del Sistema de
la Integración Centroamericana (SICA), y la Reunión del Consejo
de Ministros de Relaciones Exteriores a realizarse del 1 al 4 de
setiembre del 2010 en la República de Guatemala.
Artículo 2º—Los tiquetes aéreos, viáticos, transporte interno,
llamadas internacionales, gastos de representación, servicio de
internet corren por cuenta del Ministerio de Relaciones Exteriores y
Culto, de conformidad con el artículo 34 del Reglamento de Gastos
de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, programa
079, despacho del Ministro, subpartida 1.05.03 de tiquetes aéreos
y subpartida 1.05-04 de viáticos. Se autoriza la suma de $240.00
diarios para un total de $960.00 y la suma de $500 por gastos de
representación. Se autoriza al señor Ministro a realizar llamadas
internacionales. Todo sujeto a liquidación.
Artículo 3º—Durante la ausencia del señor Ministro de
Relaciones Exteriores y Culto, se nombra como ministro a. í., al
señor Carlos Alberto Roverssi Rojas, Viceministro de Relaciones
Exteriores y Culto.
Artículo 4º—Rige a partir de las 17:35 horas del 01 de
setiembre del 2010 y hasta las 9:34 horas del 4 de setiembre del
2010.
Dado en la Presidencia de la República, a 1os 25 días del mes
de agosto del dos mil diez.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. Nº
8190.—Solicitud Nº 13640.—C-41650.—(IN2010079730).
Nº 109-P
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 139 inciso
1) de la Constitución Política, 26.a) y 47.3) de la Ley General de
la Administración Pública, N° 6227 de 2 de mayo de 1978, en la
Ley Reguladora de los Gastos de Viaje y Gastos por concepto de
Transportes para todos los Funcionarios del Estado N° 3462 de 26
de noviembre de 1964 y en el Reglamento de Gastos de Viaje y de
Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría
General de la República R-DC-92-2009 de 19 de noviembre de
2009.
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar a la señora Laura Alfaro Maykall,
cédula de identidad número 1-829-246, Ministra de Planificación
Nacional y Política Económica, para que viaje y participe en la
“Reunión Plenaria de Alto Nivel sobre los avances de los Objetivos
de Desarrollo del Milenio, en el Marco del Sexagésimo Quinto
Período de Sesiones de la Asamblea General de las Naciones
Unidas”, organizada por la Organización de las Naciones Unidas, a
celebrarse en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América,
del 20 al 23 de setiembre de 2010.
Artículo 2º—El Ministerio de Planificación Nacional y
Política Económica (MIDEPLAN) cubrirá los gastos por concepto
de transporte, viáticos, impuestos sobre boletos de transporte,
tributos o tarifas que se deban pagar en terminales de transporte,
póliza de seguro por accidente (INS: Seguro Viajeros con
Asistencia) y otros gastos menores (como llamadas telefónicas,
servicio de fax e Internet) del 19 al 23 de setiembre de 2010, con
cargo al Título 217 (Ministerio de Planificación Nacional y Política
Económica), Programa 863 (Administración Central), Subpartidas
1.05.03 (Transporte en el Exterior), 1.05.04 (Viáticos en el Exterior)
y 1.06.01 (Seguros) del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de
la República para el Ejercicio Económico del 2010 (Ley N° 8790 de
8 de diciembre de 2009).
La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010
Artículo 3º—Conceder licencia sin goce de salario a la señora
Alfaro Maykall para atender compromisos personales, del 24 al 26
de setiembre de 2010.
Artículo 4º—Durante la ausencia de la señora Alfaro Maykall,
se encarga la Cartera de Planificación Nacional y Política Económica
al señor Marco Antonio Vargas Díaz, cédula de identidad número
1-427-845, Ministro de la Presidencia.
Artículo 5º—Rige de las 7:00 horas del 19 de setiembre hasta
las 24:00 horas del 26 de setiembre del 2010.
Dado en la Presidencia de la República, a los catorce días del
mes de setiembre del dos mil diez.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. 9394.—
Solicitud Nº 10134.—C-29750.—(IN2010080088).
CONSEJO DE GOBIERNO
Nº 061.—San José, 25 de agosto del 2010
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA
En ejecución de lo dispuesto por el Consejo de Gobierno en
el acuerdo que consta en el artículo segundo del acta de la sesión
ordinaria Nº nueve, celebrada el veintinueve de junio del dos mil
diez.
ACUERDAN:
Nombrar ante la Junta Directiva del Instituto Costarricense de
Pesca y Acuicultura (INCOPESCA):
1. Al señor Asdrúbal Vásquez Núñez, cédula de identidad
número 2-283-303, en representación del Sector Industrial o
del Exportador de Productos Pesqueros o Acuícolas, quien se
elige de la terna enviada por la Cámara Costarricense de la
Industria Atunera (CATUN), remitida mediante memorial de
31 de mayo del 2010 suscrita por el señor Tomás Gilmore
Miller, compuesta por la persona que en este acto se nombra
y por los señores Rolando Hoffmaister Sagell, cédula de
identidad número 1-527-398 y Eugenio Calvo Quesada, cédula
de identidad número 1-881-449. También fue analizada para
este nombramiento, la terna enviada por la señora Ana María
Conejo Elizondo, Directora Ejecutiva de la Cámara Nacional
de Exportadores de Productos Pesqueros, mediante oficio DE02-2010 de 2 de junio del 2010, compuesta por los señores
Asdrúbal Vásquez Núñez, cédula de identidad número 2-283303; Wálter Cruz Sandoval, cédula de identidad número
1-763-246 y Héctor Fernández Cambronero, cédula de
identidad número 6-100-562. Al señor Álvaro Moreno Gómez,
cédula de identidad número 6-137-555, en representación
de las Organizaciones de Pescadores o Acuacultores de las
Provincias Costeras del País, quien se elige de la terna remitida
por el señor Jorge A. Niño Villegas y la señora Zeydi Vargas
Sancho, por su orden, Presidente y Secretaria de la Cámara
Puntarenense de Pescadores, contenida en el memorial de 8
de junio del 2010, compuesta por la persona que en este acto
se designa y por los señores Édgar Carvajal Sánchez, cédula
de identidad número 6-112-167 y Jacinto González Vázquez,
cédula de identidad número 6-138-195. También fue valorada
la propuesta enviada por los señores Jorge Barrantes Gamboa,
Gerardo Marín Rojas y Rodolfo Salazar Vargas, por su
orden, Presidente de la Asociación Cámara de Pescadores
Artesanales de Puntarenas (CAPAP), Presidente de la Unión
Independiente de Pescadores de Camarón (UNIPESCA) y
Presidente de la Cámara Nacional de la Industria Palangrera
(CNIP). Lo anterior, mediante memorial de 9 de junio del
2010, compuesta por los señores Jorge Barrantes Gamboa,
cédula de identidad número 6-096-1276 y Gerardo Marín
Rojas, cédula de identidad número 6-105-415.
Rigen estos nombramientos a partir del 01 de julio del 2010 y
por el período legal correspondiente hasta el 31 de junio del 2014.
Acuerdo declarado firme por unanimidad.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de la
Presidencia, Marco Antonio Vargas Díaz.—1 vez.—O. C. Nº
9702.—Solicitud Nº 155-2010.—C-46750.—(IN2010079705).
Pág 7
Nº 062.—San José, 25 de agosto del 2010
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA
En ejecución de lo dispuesto por el Consejo de Gobierno en
el acuerdo que consta en el artículo tercero del acta de la sesión
ordinaria Nº nueve, celebrada el veintinueve de junio del dos mil
diez.
ACUERDAN:
Nombrar ante la Junta Directiva del Servicio Nacional de
Aguas Subterráneas, Riego y Avenamiento (SENARA) a los señores:
1. Edgardo Araya Gamboa, cédula de identidad número
2-277-418, en su calidad de Representante del Movimiento
Cooperativo, elegido de la terna enviada por el señor Rigoberto
Sánchez Bolaños, Secretario Ejecutivo del Consejo Nacional
de Cooperativas (CONACOOP), mediante oficio SE-7682010, de 1 de junio del 2010; compuesta por la persona que
mediante este acto se nombra y los señores Dimas Rojas
Fonseca, cédula de identidad número 5-194-851 y Francisco
Renick González, cédula de identidad número 2-327-481.
Rige a partir del 29 de junio del 2010 y por el resto del período
legal correspondiente, hasta el 31 de mayo del 2012.
2. María Victoria Viales Bustos, cédula de identidad número
7-077-329, en su calidad de representante de las Federaciones
Campesinas Legalmente Inscritas en el Ministerio de Trabajo
y Seguridad Social, elegida de las ternas presentadas por
la Federación Agraria Nacional, Federación Campesina
Cristiana Costarricense y la Federación Nacional Campesina.
Rigen a partir del 29 de junio del 2010 y por el período legal
correspondiente hasta el 31 de mayo del 2012.
La propuesta de la Federación Campesina Cristiana
Costarricense analizada es la contenida en el memorial de 03 de
junio del 2010, suscrita por la señora María Esther Alpízar Ramírez,
Secretaria General Adjunta de esa Federación, en la que se designa
como representante al señor Juan Prendas Saborío, cédula de
identidad número 5-152-437.
La propuesta de la Federación Nacional Campesina analizada
es la contenida en el memorial de 31 de mayo del 2010, suscrita
por el señor Alberto Espinza Carrillo, Secretario General de esa
Federación, en la que se designa como representante a la señora
Carmen Genie León González, cédula de identidad número 9-087277.
Acuerdo declarado firme por unanimidad.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de la
Presidencia, Marco Antonio Vargas Díaz.—1 vez.—O. C. Nº
9702.—Solicitud Nº 155-2010.—C-39100.—(IN2010079706).
Nº 063.—San José, 25 de agosto del 2010
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA
En ejecución de lo dispuesto por el Consejo de Gobierno
en el acuerdo que consta en el artículo cuarto del acta de la sesión
ordinaria Nº nueve, celebrada el veintinueve de junio del dos mil
diez.
ACUERDAN:
Tener por conocido el oficio DM-423-10 de 16 de junio del
2010, suscrito por la señora Gloria Abraham Peralta, Ministra
de Agricultura y Ganadería, mediante el cual designa a la señora
Xinia Chaves Quirós, cédula de identidad número 1-468-752,
Viceministra de Agricultura y Ganadería, como su representante ante
la Junta Directiva del Instituto Costarricense de Pesca y Acuicultura
(INCOPESCA).
Acuerdo declarado firme por unanimidad.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de la
Presidencia, Marco Antonio Vargas Díaz.—1 vez.—O. C. Nº
9702.—Solicitud Nº 155-2010.—C-17000.—(IN2010079707).
Pág 8
La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010
Nº 065.—San José, 25 de agosto del 2010
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA
En ejecución de lo dispuesto por el Consejo de Gobierno en el
acuerdo que consta en el artículo sexto del acta de la sesión ordinaria
Nº nueve, celebrada el veintinueve de junio del dos mil diez.
ACUERDAN:
Nombrar ante la Junta Directiva del Instituto de Desarrollo
Agrario (IDA), al señor Kenneth Campos Rivera, cédula de
identidad número 7-107-720, en su calidad de representante de
las organizaciones campesinas de beneficiarios del Instituto de
Desarrollo Agrario, seleccionado de la terna compuesta por la
persona que mediante este acto se designa y por los señores Iván
Angulo Vargas, cédula de identidad número 1-714-614 y Jesús
Calderón Rojas, cédula de identidad número 1-431-200, según
oficio PE-1427-2010 de 23 de junio del 2010, suscrito por el señor
Rolando González Ulloa, Presidente Ejecutivo del Instituto de
Desarrollo Agrario (IDA). Rige a partir del 29 de junio del 2010 y
por el resto del período legal correspondiente, hasta el 31 de mayo
del 2018.
Acuerdo declarado firme por unanimidad.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de la
Presidencia, Marco Antonio Vargas Díaz.—1 vez.—O. C. Nº
9702.—Solicitud Nº 155-2010.—C-17000.—(IN2010079708).
Nº 066.—San José, 25 de agosto del 2010
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA
En ejecución de lo dispuesto por el Consejo de Gobierno en
el acuerdo que consta en el artículo segundo del acta de la sesión
ordinaria Nº diez, celebrada el seis de julio del dos mil diez.
ACUERDAN:
1. Tener por conocida la renuncia presentada por el señor
Alberto Trejos Zúñiga, al cargo que fue designado por el
Consejo de Gobierno como Director ante la Junta Directiva de
PROCOMER, según consta en el artículo quinto de la sesión
ordinaria número siete, celebrada el 15 de junio del 2010.
2. Nombrar en sustitución suya al señor Rodolfo Molina Cruz,
cédula de identidad número 1-472-259, a partir del 06 de julio
del 2010 y por el resto del período legal correspondiente,
hasta el 08 de mayo del 2014.
Acuerdo declarado firme por unanimidad.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de la
Presidencia, Marco Antonio Vargas Díaz.—1 vez.—O. C. Nº
9702.—Solicitud Nº 155-2010.—C-17000.—(IN2010079709).
Nº 067.—San José, 25 de agosto del 2010
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA
En ejecución de lo dispuesto por el Consejo de Gobierno en
el acuerdo que consta en el artículo segundo del acta de la sesión
ordinaria Nº once, celebrada el trece de julio del dos mil diez.
ACUERDAN:
Con fundamento en la Ley Reguladora del Servicio Público de
Transporte Remunerado de Personas en Vehículos en la Modalidad
de Taxi, Ley Nº 7969, se nombra como miembros del Consejo de
Transporte Público:
1. Al señor Jorge Arturo Herrera Ocampo, cédula de identidad
número 2-306-544, como representante del sector empresarial
del transporte remunerado de personas en vehículos
automotores, buses, microbuses o busetas; seleccionado
de la nómina remitida por el Foro Nacional de Transporte
Público Modalidad Autobús, contenida en el memorial de
14 de mayo del 2010, suscrito por los presidentes de las
siguientes organizaciones: Asociación Cámara Nacional
de Transportes, Asociación de Cámara de Transportistas
de San José, Consorcio de Autobuseros de Cartago, S. A.,
Asociación Cámara de Autobuseros de Heredia, Asociación
Cámara de Autobuseros del Atlántico, quienes conforman el
Foro Nacional de Transporte Público Modalidad Autobús y
por el Presidente de la Asociación Cámara de Empresarios
Autobuseros y Transportistas Unidos de la Provincia de
Guanacaste.
2. Al señor Gilberth Ureña Fonseca, cédula de identidad número
3-208-649, como representante del sector empresarial del
transporte remunerado de personas en vehículos automotores
en la modalidad taxi, seleccionado de la nómina remitida
por la Federación Nacional de Cooperativas de Taxi R. L.
(FENACOOTAXI R. L.), contenida en el memorial de 26 de
mayo del 2010, suscrita por el Presidente y por el Gerente
General de FENACOOTAXI R. L.
3. Al señor Alberto Camacho Pereira, cédula de identidad
número 3-183-124, como representante de la Unión Nacional
de Gobiernos Locales, seleccionado de la nómina remitida
por la Unión Nacional de Gobiernos Locales, contenida en
el oficio SCD 54-2010, de 2 de julio del 2010, suscrita por
la Secretaria del Consejo Directivo de la Unión Nacional de
Gobiernos Locales
4. Rige a partir del 13 de julio del 2010 y por el resto del período
legal correspondiente, hasta el 08 de mayo del 2014.
Acuerdo declarado firme por unanimidad.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de la
Presidencia, Marco Antonio Vargas Díaz.—1 vez.—O. C. Nº
9702.—Solicitud Nº 155-2010.—C-39950.—(IN2010079710).
Nº 068.—San José, 25 de agosto del 2010
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA
En ejecución de lo dispuesto por el Consejo de Gobierno en
el acuerdo que consta en el artículo tercero del acta de la sesión
ordinaria Nº once, celebrada el trece de julio del dos mil diez.
ACUERDAN:
Tener por conocido el oficio DPL-245-2010, de 8 de julio
del 2010, suscrito por el señor Luis Gerardo Villanueva Monge,
Presidente de la Asamblea Legislativa, en el que comunica al
Consejo de Gobierno la ratificación del nombramiento de las señoras
Silvia Saborío Alvarado y María Lourdes Echandi Gurdián y de los
señores Félix Delgado Quesada y Emilio Arias Rodríguez, como
miembros de la Junta Directiva de la Autoridad Reguladora de los
Servicios Públicos (ARESEP).
Acuerdo declarado firme por unanimidad.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de la
Presidencia, Marco Antonio Vargas Díaz.—1 vez.—O. C. Nº
9702.—Solicitud Nº 155-2010.—C-17000.—(IN2010079711).
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Y CULTO
Nº 237-10-DM
EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con lo establecido en los artículos 140, inciso
12 y 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica,
Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República
para el Ejercicio Económico 2010, Ley N° 8790, y los artículos 7,
31 y 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para
Funcionarios Públicos.
Considerando:
1º—Que es de interés para el Gobierno de la República de
Costa Rica, la participación activa en la Reunión Plenaria de Alto
Nivel Sobre el Avance de los Objetivos de Desarrollo del Milenio
de las Naciones Unidas y en la Apertura del Debate General del
65 Período de Sesiones de la Asamblea General de las Naciones
Unidas.
2º—Que es importante la participación del señor Óscar
Camacho Ramírez, Jefe del Gabinete Despacho del señor Ministro
de Relaciones Exteriores y Culto, en la Reunión Plenaria de Alto
Nivel Sobre el Avance de los Objetivos de Desarrollo del Milenio
de las Naciones Unidas y en la Apertura del Debate General del
La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010
65 Período de Sesiones de la Asamblea General de las Naciones
Unidas, que se llevará a cabo del 17 al 25 de setiembre del 2010 en
New York, Estados Unidos de América. Por tanto,
ACUERDA
Artículo lº—Designar al señor Óscar Camacho Ramírez, cédula
1-0477-0193, Jefe del Gabinete del señor Ministro de Relaciones
Exteriores y Culto, para que participe en calidad de Embajador en
Misión Especial de avanzada en la en Reunión Plenaria de Alto
Nivel sobre el avance de los Objetivos de Desarrollo del Milenio
de las Naciones Unidas y en la Apertura del Debate General del
65 período de Sesiones de la Asamblea General de las Naciones
Unidas, que se llevará a cabo del 17 al 25 de setiembre del 2010 en
New York, Estados Unidos de América
Artículo 2º—Los gastos de pasajes aéreos, viáticos, transporte
interno, gastos en tránsito, e impuestos aeroportuarios, servicios
por Internet de conformidad con el artículo 34 del Reglamento de
Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos, corren por
cuenta del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, programa
079, Despacho del Ministro subpartida 1.05.03 de pasajes aéreos
y subpartida 1.05.04 de viáticos, se autoriza la suma de $363,00
diarios, para un total de $3.267,00. Todo lo anterior sujeto a
liquidación.
Artículo 3º—Rige del 17 al 25 de setiembre del 2010.
Dado en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, a las
quince horas del día siete de setiembre del dos mil diez.
René Castro Salazar, Ministro de Relaciones Exteriores y
Culto.—1 vez.—O. C. Nº 8190.—Solicitud Nº 13647.—C-39950.—
(IN2010079741).
MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
212-PE
LA MINISTRA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
De conformidad con lo que establecen los artículos 140 inciso
20) y 146 de la Constitución Política, la Ley N° 8562 del 07 de
diciembre del 2006, la Ley N° 6227 del 02 de mayo de 1978, Ley
General de la Administración Pública y el artículo 34 del Reglamento
de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República.
ACUERDA:
1) Autorizar a la Lic. Xinia Chaves Quirós, cédula 1-468-752,
Viceministra de Agricultura y Ganadería para que asista a la
“Feria SCAJ”, que se realizará en Tokio, Japón del 15 al 25 de
setiembre del 2010.
2) Todos los gastos serán cubiertos por el Instituto Nacional del
Café, ICAFE.
3) Rige a partir del 15 al 25 de setiembre del 2010.
Dado en el Despacho Ministerial el día ocho del mes de
setiembre del dos mil diez.
Gloria Abraham Peralta, Ministra de Agricultura y
Ganadería.—1 vez.—O. C. Nº 9436.—Solicitud Nº 28589.—C41690.—(IN2010080710).
Nº 213-PE
LA MINISTRA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
De conformidad con lo que establecen los artículos 140
inciso 20) y 146 de la Constitución Política, la Ley Nº 8562 del
7 de diciembre del 2006, la Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978,
Ley General de la Administración Pública y el artículo 34 del
Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de
la República.
ACUERDA
1º—Autorizar a la Lic. Xinia Chaves Quirós, cédula Nº
1-468-752, Viceministra de Agricultura y Ganadería para que asista
a la reunión ordinaria de la “Comisión Interamericana del Atún
Tropical”, que se realizará en Antigua, Guatemala del 23 al 30 de
setiembre del 2010.
2º—Los gastos de transporte aéreo y los viáticos
correspondientes serán cubiertos por el Presupuesto Ordinario del
Ministerio de Agricultura y Ganadería.
Pág 9
3º—Rige a partir del 27 al 30 de setiembre del 2010.
Dado en el Despacho Ministerial.—San José, el día catorce
del mes de setiembre del año dos mil diez.
Gloria Abraham Peralta, Ministra de Agricultura y
Ganadería.—1 vez.—O. C. Nº 9436-Solicitud Nº 40300.—C41690.—(IN2010080711).
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
N° 106 MOPT
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
Con fundamento en el artículo 140 inciso 1) de la Constitución
Política, Capítulo VIII del Título III de la Ley General de Policía N°
7410 y el artículo 81 del Código de Trabajo, Resolución 000235 del
Despacho del Señor Ministro, de las trece horas catorce minutos del
día once de marzo del dos mil diez.
ACUERDAN:
1º—Aceptar y ratificar lo recomendado por el Consejo de
Personal de la Policía de Tránsito a través de la Sesión Ordinaria Nº
0265-2010 celebrada el día 3 de mayo del 2010, específicamente en
el acuerdo sexto, artículo sexto, en el que se recomendó imponer una
sanción disciplinaria en contra del servidor Iván García Hernández,
cédula de identidad 01-741-0439 consistente en el despido sin
responsabilidad patronal.
2º—El presente acuerdo de despido sin responsabilidad
patronal rige a partir del primer día hábil del mes siguiente del año
en curso, de su publicación.
Dado en la Presidencia de la República, el día 17 del mes de
agosto del dos mil diez.
Publíquese.—LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El
Ministro de Obras Públicas y Transportes, Francisco Jiménez
Reyes.—1 vez.—Solicitud Nº 38148.—O. C. 02.—C-19550.—
(IN2010080505).
Nº 115
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
Con fundamento en el artículo 140 inciso 2) y artículo 146
de la Constitución Política, artículo 12 inciso a) del Estatuto de
Servicio Civil y Resoluciones Nº 11610 y 11614 ambas del Tribunal
de Servicio Civil de las ocho horas treinta minutos del diecisiete de
agosto del dos mil diez.
ACUERDAN:
Artículo 1º—Despedir con justa causa y sin responsabilidad
para el Estado al servidor Víctor Campos Campos, cédula de
identidad número 04-094-847.
Artículo 2º—El presente Acuerdo de Despido rige a partir del
16 de setiembre del 2010.
Dado en la Presidencia de la República, treinta de agosto del
dos mil diez
Publíquese.—LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El
Ministro de Obras Públicas y Transportes, Francisco J. Jiménez.—1
vez.—O. C. Nº 10198.—Solicitud Nº 3511.—C-13600.—
(IN2010081030).
MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Nº 184-2010
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con fundamento en los artículos 140, inciso 2) y 146 de la
Constitución Política de Costa Rica, 12 inciso a) del Estatuto de
Servicio Civil y la Resolución Nº 11602, dictada a las ocho horas
con cuarenta minutos del cinco de agosto del dos mil diez por
Tribunal de Servicio Civil.
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La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010
ACUERDAN:
Artículo 1º—Despedir con justa causa y sin responsabilidad
para el Estado, al servidor Sergio Picado Sanabria, mayor de edad,
cédula de identidad Nº 01-0714-0950, quien labora como Profesor
de Enseñanza Media en Inglés, en el Colegio Técnico Profesional
Ing. Mario Quirós Sasso.
Artículo 2º—El presente acuerdo rige a partir del tres de
setiembre del dos mil diez.
Dado en la Presidencia de la República, veinticuatro de agosto
del dos mil diez.
LAURA CHNCHILLA MIRANDA.—El Ministro de
Educación Pública, Leonardo Garnier Rímolo.—1 vez.—O. C. Nº
8853.—Solicitud Nº 19622.—C-17000.—(IN2010080997).
Nº 185-2010
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con fundamento en los artículos 140, inciso 2) y 146 de la
Constitución Política de Costa Rica, 12 inciso a) del Estatuto de
Servicio Civil y la Resolución Nº 11609, dictada a las ocho horas
con quince minutos del diecisiete de agosto del dos mil diez por
Tribunal de Servicio Civil.
ACUERDAN:
Artículo 1º—Despedir con justa causa y sin responsabilidad
para el Estado, a la servidora Marisol Romano Chaves, mayor de
edad, cédula de identidad Nº 06-0264-0755, quien labora como
Profesora de Enseñanza Media, en el Liceo Barrio Irvin, La Cruz
de Guanacaste.
Artículo 2º—El presente acuerdo rige a partir del tres de
setiembre del dos mil diez.
Dado en la Presidencia de la República, veinticuatro de agosto
del dos mil diez.
LAURA CHNCHILLA MIRANDA.—El Ministro de
Educación Pública, Leonardo Garnier Rímolo.—1 vez.—O. C. Nº
8853.—Solicitud Nº 19650.—C-17000.—(IN2010080996).
Nº 186-2010
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con fundamento en los artículos 140, inciso 2) y 146 de la
Constitución Política de Costa Rica, 12 inciso a) del Estatuto de
Servicio Civil y la Resolución Nº 11605, dictada a las ocho horas
con diez minutos del once de agosto del dos mil diez por Tribunal
de Servicio Civil.
ACUERDAN:
Artículo 1º—Despedir con justa causa y sin responsabilidad
para el Estado, al servidor Juan Luis Ortega Vargas, mayor de edad,
cédula de identidad Nº 02-0430-0812, quien labora como Agente de
Seguridad y Vigilancia 1, en el Centro Educativo Jardín de Niños
Cleto González Víquez.
Artículo 2º—El presente acuerdo rige a partir del tres de
setiembre del dos mil diez.
Dado en la Presidencia de la República, veinticuatro de agosto
del dos mil diez.
LAURA CHNCHILLA MIRANDA.—El Ministro de
Educación Pública, Leonardo Garnier Rímolo.—1 vez.—O. C. Nº
8853.—Solicitud Nº 19651.—C-15300.—(IN2010080998).
MINISTERIO DE SALUD
Nº 1600-10-DM-MG
LA MINISTRA DE SALUD
Con fundamento en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la
Constitución Política; 25 párrafo 1 y 28 aparte segundo inciso b) de
la “Ley General de la Administración Pública” N° 6227 del 02 de
mayo de 1978; Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de
la República para el ejercicio económico 2009; y el artículo 34 del
“Reglamento de Gastos de Viaje y de Transportes para funcionarios
públicos”, emitido por la Contraloría General de la República.
Considerando:
1º—Que del 29 de setiembre al 02 de octubre del 2010, tendrá
lugar en Ciudad de Santiago, Chile, la reunión “Red de Protección
Social y Salud, Mejorando la Prevención y Manejo de Enfermedades
Crónicas en América Latina y el Caribe” y este Despacho considera
importante la participación de la Dra. Ana Cecilia Morice Trejos,
con cédula Nº 1-549-251, Viceministra de Salud, en la actividad de
cita. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la Dra. Ana Cecilia Morice Trejos,
con cédula Nº 1-549-251, Viceministra de Salud, para que asista
y participe en la reunión “Red de Protección Social y Salud,
Mejorando la Prevención y Manejo de Enfermedades Crónicas
en América Latina y el Caribe”; que se llevará cabo en Ciudad de
Santiago, Chile, del 29 de setiembre al 02 de octubre del 2010.
Artículo 2º—Los gastos de la Dra. Ana Cecilia Morice
Trejos, por concepto de transporte, alimentación, y hospedaje, serán
cubiertos por el Banco Interamericano de Desarrollo, asimismo los
gastos relacionados con el servicio de taxi, serán cubiertos por el
Fideicomiso 872-BNCR-CTAMS-Ministerio de Salud, Programa
5-630, Centro de Costo 511-009, Dirección de Operaciones,
Subpartida 1.05.04 Viáticos en el Exterior, US$100,00.
Artículo 3º—Durante los días de vigencia del presente
acuerdo en los que se autoriza la participación de la funcionaria en
la actividad, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige del 29 de setiembre al 02 de octubre del
2010.
Dado en el Ministerio de Salud.—San José, a los seis días del
mes de setiembre del dos mil diez.
Publíquese.—Dra. María Luisa Ávila Agüero, Ministra
de Salud.—1 vez.—O. C. Nº 8667.—Solicitud Nº 38472.—C34000.—(IN2010080861).
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Nº MTSS 062-2010
EL MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 25 inciso 2)
y 28 inciso 1) de la Ley General de la Administración Pública, y en
los artículos 7, 31, 34 y concordantes, del Reglamento de Gastos de
Viajes y Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría
General de la República.
Considerando:
1º—Que los días del 4 de octubre al 29 de octubre del 2010,
se llevará a cabo la Fase Presencial de la Maestría de Prevención y
Protección de Riesgos Profesionales que Organizan la Organización
Iberoamericana de Seguridad Social (OISS) y la Universidad de
Alcalá, impartido en dicha Universidad, en la ciudad de Madrid,
España.
2º—Que dicho curso es de interés para el Ministerio de Trabajo
y Seguridad Social por cuanto contribuye al fortalecimiento de las
capacidades institucionales en materia de aspectos preventivos
y de seguridad social promovido por la Secretaría General de
la Organización Iberoamericana de Seguridad Social (OISS), la
misma incrementa y mejora los conocimientos y experiencia de la
funcionaria responsable de la Unidad Médica dentro del Ministerio
de Trabajo y Seguridad Social.
3º—Que la Secretaría General de la Organización
Iberoamericana de Seguridad Social (OISS) promueve la
participación por medio de becas que cubren el costo de matrícula,
las cuales se desarrollan en dos fases, la primera a distancia y la
segunda fase es presencial que se llevará a cabo del 4 de octubre
al 29 de octubre, en Madrid, España, con el fin de aplicar los
conocimientos adquiridos en el curso en su Fase a distancia.
4º—Que la participación de la funcionaria Yolanda Alfaro
Sánchez, cédula Nº 4-0128-0629, en este evento, responde a las
funciones de Médico Cirujano General la Unidad Médica dentro del
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Por tanto:
La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la funcionaria Yolanda Alfaro
Sánchez, cédula Nº 4-0128-0629, para que participe en el Curso de
la Maestría de Prevención y Protección de Riesgos Profesionales en
su Fase Presencial promovida por la Organización Iberoamericana
de Seguridad Social (OISS) y la Universidad de Alcalá, impartido
en dicha Universidad, en la ciudad de Madrid, España durante los
días del 4 de octubre al 29 de octubre.
Artículo 2º—Los gastos de la funcionaria Yolanda Alfaro
Sánchez por concepto de hospedaje, alimentación y tiquete aéreo, del
día 01 de octubre al 05 de noviembre del 2010, serán asumidos por
la funcionaria. Por su parte la Secretaría General de la Organización
Iberoamericana de Seguridad Social (OISS) cubre por medio de
beca los costos de matrícula.
Artículo 3º—Que durante los días en que se autoriza a la
funcionaria Yolanda Alfaro Sánchez, cédula Nº 4-0128-0629, para
que participe en el Curso de la Maestría de Prevención y Protección
de Riesgos Profesionales en su Fase Presencial, devengará el 100%
de su salario.
Artículo 4º—Rige a partir del 01 de octubre al 05 de noviembre
del 2010.
Dado en el Despacho de la Señora Ministra de Trabajo y
Seguridad Social, a las diez horas del día dieciséis de setiembre del
dos mil diez.
Sandra Piszk, Ministra de Trabajo y Seguridad Social.—1
vez.—O. C. Nº 9988.—Solicitud Nº 38692.—C-54400.—
(IN2010080875).
Nº MTSS-063-2010
LA MINISTRA DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 25 inciso
2) y 47 inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública,
del 2 de mayo de 1978, y en los artículos 7º, 31, 34 y siguientes y
concordantes del Reglamento de Gastos de Viajes y Transportes para
Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.
Considerando:
1º—Que se ha recibido invitación por parte del Proyecto
Cumple y Gana de la Fundación para la Paz y la Democracia, para
designar un Delegado que participe en el “Seminario Internacional
sobre Gestión y Estrategias de las Inspecciones de Trabajo”, que se
llevará a cabo en El Salvador.
2º—Que esta actividad se realiza dentro del marco de
Fortalecimiento de la Inspección de Trabajo, en el área de
Construcción de Capacidades que ha venido impulsando la creación
de bases de datos dentro de la Inspección del Trabajo, que son una
realidad en casi todos los países. Los sistemas de Inspección están
en mayor o menor medida en uso en Guatemala, Honduras, El
Salvador, Costa Rica y la República Dominicana. Además, se ha
diseñado y desarrollado a la medida para cada país, un incipiente
módulo de indicadores de gestión, que vienen a aglutinar en un
tablero de control, aquellos indicadores que cada país ha reconocido
como los más relevantes para la toma de decisiones, gran interés
para el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
3º—Que la participación en este evento del señor Moisés
Romero Prado, cédula Nº 3-0337-0265, responde a las funciones de
Inspector y Administrador del Sistema Informático de la Dirección
Nacional de Inspección de Trabajo del Ministerio de Trabajo y
Seguridad Social. Por tanto:
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al señor Moisés Romero Prado, cédula
Nº 3-337-265, para que participe en el Encuentro Latinoamericano
“Seminario Internacional sobre Gestión y Estrategias de las
Inspecciones de Trabajo”, el cual se celebrará en la ciudad de San
Salvador, El Salvador, los días 21 y 23 de setiembre del 2010.
Artículo 2º—Los gastos del señor Moisés Romero Prado por
concepto de tiquete aéreo y gastos de viáticos correspondientes al
hospedaje y alimentación de los días 21, 22 y 23 setiembre del 2010,
serán cubiertos por la Oficina auspiciadora del evento Proyecto
Cumple y Gana de la Fundación para la Paz y la Democracia.
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Artículo 4º—Que durante los días en que se autoriza la
participación del señor Moisés Romero Prado para que asista
al “Seminario Internacional sobre Gestión y Estrategias de las
Inspecciones de Trabajo”, devengará el 100% de su salario.
Artículo 5º—Rige a partir del 21 y hasta el 23 de setiembre
del 2010.
Dado en Despacho del Ministro de Trabajo y Seguridad
Social, a las 09:00 horas del día 16 del mes de setiembre del 2010.
Sandra Piszk Feinzilber, Ministra de Trabajo y Seguridad
Social.—1 vez.—O. C. Nº 9988.—Solicitud Nº 38691.—C46750.—(IN2010080876).
MINISTERIO DE JUSTICIA Y PAZ
N° 081-MJP
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE JUSTICIA Y PAZ
En uso de las facultades conferidas por los artículos 140
incisos 3) y 18), 146 de la Constitución Política, el artículo 11 de la
Ley N° 5338 del veintiocho de agosto de mil novecientos setenta y
tres y el Decreto Ejecutivo N° 29744-J del cuatro de setiembre de
dos mil uno.
ACUERDAN:
Artículo 1º—Aceptar la renuncia del señor Henry Francisco
Bonilla Alpízar, cédula 1-0525-0324, como representante del Poder
Ejecutivo ante la Fundación del Cuidado Paleativo de Atenas, cédula
jurídica N° 3-006-294587 y dejar sin efecto el Acuerdo N° 30 del
dos de marzo de dos mil nueve.
Artículo 2º—Nombrar al señor Mario Alberto Quesada
González, cédula de identidad N° 2-0365-0375, como representante
del Poder Ejecutivo en la Fundación del Cuidado Paleativo de
Atenas, cédula jurídica N° 3-006-294587, de la Sección de Personas
de la Dirección de Personas Jurídicas del Registro Nacional.
Artículo 3º—Rige a partir de su publicación.
Dado en la Presidencia de la República, San José, el día treinta
de julio de dos mil diez.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de
Justicia y Paz, Hernando París R.—1 vez.—O. C. 8215.—Solicitud
Nº 36897.—C-19950.—(IN2010080573).
N° 082-MJP
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE JUSTICIA Y PAZ
En uso de las facultades conferidas por los artículos 140
incisos 3) y 18), 146 de la Constitución Política, el artículo 11 de la
Ley N° 5338 del veintiocho de agosto de mil novecientos setenta y
tres y el Decreto Ejecutivo N° 29744-J del cuatro de setiembre de
dos mil uno.
ACUERDAN:
Artículo 1º—Acoger la renuncia del señor Raymundo José
Macis Delgado, cédula 1-0965-0977, como representante del Poder
Ejecutivo ante la Fundación Rasur, cédula jurídica N° 3-006-220127
y dejar sin efecto el Acuerdo N° 109 del dos de setiembre de dos mil
nueve.
Artículo 2°—Nombrar al señor Marlon Mora Jiménez,
cédula de identidad N° 1-0992-0502, como representante del Poder
Ejecutivo en la Fundación Rasur, cédula jurídica N° 3-006-220127,
de la Sección de Personas de la Dirección de Personas Jurídicas del
Registro Nacional.
Artículo 3°.—Rige a partir de su publicación.
Dado en la Presidencia de la República. San José, treinta de
julio de dos mil diez.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Justicia
y Paz, Hernando París R.—1 vez.—O. C. Nº 8215.—Solicitud Nº
36898.—C-21250.—(IN2010080595).
Pág 12
La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010
N° 083-MJP
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE JUSTICIA Y PAZ
En uso de las facultades conferidas por los artículos 140
incisos 3) y 18), 146 de la Constitución Política, el artículo 11 de la
Ley N° 5338 del veintiocho de agosto de mil novecientos setenta y
tres y el Decreto Ejecutivo N° 29744-J del cuatro de setiembre de
dos mil uno.
ACUERDAN:
Artículo 1°—Nombrar a la señorita Giovanna Fuscaldo
Pacheco, cédula de identidad N° 1-1031-0473, como representante
del Poder Ejecutivo en la Fundación Monge, cédula jurídica N°
3-006-604620, de la Sección de Personas de la Dirección de
Personas Jurídicas del Registro Nacional.
Artículo 2°—Rige a partir de su publicación.
Dado en la Presidencia de la República. San José, veintinueve
de julio de dos mil diez.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Justicia
y Paz, Hernando París R.—1 vez.—O. C. Nº 8215.—Solicitud Nº
36899.—C-16150.—(IN2010080598).
N° 086-MJP
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE JUSTICIA Y PAZ
En uso de las facultades conferidas por los artículos 140
incisos 3) y 18), 146 de la Constitución Política, el artículo 11 de la
Ley N° 5338 del veintiocho de agosto de mil novecientos setenta y
tres y el Decreto Ejecutivo N° 29744-J del cuatro de setiembre de
dos mil uno.
ACUERDAN:
Artículo 1°—Nombrar al señor Gerardo Castaing Bustillos,
cédula de identidad N° 6-0091-0050, como representante del Poder
Ejecutivo en la Fundación Deportiva Máster Italia Noventa, cédula
jurídica N° 3-006-579948, de la Sección de Personas de la Dirección
de Personas Jurídicas del Registro Nacional.
Artículo 2°—Rige a partir de su publicación.
Dado en la Presidencia de la República. San José, cinco de
agosto de dos mil diez.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Justicia
y Paz, Hernando París R.—1 vez.—O. C. Nº 8215.—Solicitud Nº
36901.—C-16150.—(IN2010080592).
N° 112-MJP
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE JUSTICIA Y PAZ
En uso de las facultades conferidas por los artículos 140
incisos 3) y 18), 146 de la Constitución Política, el artículo 11 de la
Ley N° 5338 del veintiocho de agosto de mil novecientos setenta y
tres y el Decreto Ejecutivo N° 29744-J del cuatro de setiembre de
dos mil uno.
ACUERDAN:
Artículo 1º—Nombrar a la señora Silvia Ross Jiménez, cédula
de identidad 4-0145-0060, como representante del Poder Ejecutivo
en la Fundación Hospicio de Huérfanos de San José, cédula jurídica
N° 3-006-045523, inscrita en la Sección de Personas de la Dirección
de Personas Jurídicas del Registro Nacional.
Artículo 2º—Una vez publicado este acuerdo los interesados
deberán protocolizar y presentar el respectivo testimonio ante
la Sección de Personas Jurídicas del Registro Nacional, para su
respectiva inscripción.
Artículo 3º—Rige a partir de su publicación.
Dado en la Presidencia de la República, San José, el día
primero de setiembre de dos mil diez.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de
Justicia y Paz, Hernando París R.—1 vez.—O. C. 8215.—Solicitud
Nº 36917.—C-19950.—(IN2010080572).
MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR
Nº 0458-2010
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en los artículos 140 incisos 3) y 18), y 146
de la Constitución Política; los numerales 25, 27 párrafo primero, 28
párrafo segundo, inciso b) de la Ley General de la Administración
Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978; la Ley de Régimen
de Zonas Francas, Ley Nº 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus
reformas; la Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y
de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, Ley Nº 7638 del
30 de octubre de 1996, y el Decreto Ejecutivo Nº 34739-H-COMEX
del 29 de agosto del 2008, denominado Reglamento a la Ley de
Régimen de Zonas Francas y sus reformas; y
Considerando:
I.—Que mediante Acuerdo Ejecutivo Nº 069-92 de fecha 7
de julio de 1992, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 161
del 21 de agosto de 1992; modificado por el Acuerdo Ejecutivo Nº
336-2000 de fecha 31 de octubre del 2000, publicado en el Diario
Oficial La Gaceta Nº 17 del 24 de enero del 2001; por el Acuerdo
Ejecutivo Nº 060-2001 de fecha 27 de febrero del 2001, publicado
en el Diario Oficial La Gaceta Nº 76 del 20 de abril del 2001; por
el Acuerdo Ejecutivo Nº 527-2002 de fecha 28 de octubre del 2002,
publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 52 del 14 de marzo del
2003; a la empresa Xeltron S. A., cédula jurídica Nº 3-101-023538,
se le otorgaron los beneficios e incentivos contemplados por la Ley
de Régimen de Zonas Francas, Ley Nº 7210 del 23 de noviembre de
1990, sus reformas y su Reglamento.
II.—Que mediante documentos presentados los días 9 y 17
de agosto del 2010, en la Gerencia de Operaciones de la Promotora
del Comercio Exterior de Costa Rica, en adelante PROCOMER, la
empresa Xeltron S. A., solicitó la disminución del nivel mínimo de
empleo.
III.—Que la instancia interna de la Administración de
PROCOMER, con arreglo al acuerdo adoptado por la Junta Directiva
de la citada Promotora en la sesión Nº 177-2006 del 30 de octubre
del 2006, conoció la solicitud de la empresa Xeltron S. A., y con
fundamento en las consideraciones técnicas y legales contenidas en
el informe de la Gerencia de Operaciones de PROCOMER Nº 552010 de fecha 17 de agosto del 2010, acordó recomendar al Poder
Ejecutivo la respectiva modificación del Acuerdo Ejecutivo, al tenor
de lo dispuesto por la Ley Nº 7210, sus reformas y su Reglamento.
IV.—Que en relación con las disminuciones de los niveles de
empleo e inversión, el Ministro de Comercio Exterior, mediante el
oficio Nº DM-911-1 de 26 de setiembre del 2001, señaló lo siguiente:
“(...) No obstante lo anterior, al ser ésta una institución con
una misión y vocación clara de servicio a la exportación, sin
dejar de lado claro está, su función de supervisión y control,
PROCOMER no puede dejar de considerar factores dinámicos,
cambiantes propios del entorno y realidad empresarial. Es así
como también debemos considerar que en muchas ocasiones
las empresas beneficiarias del régimen o bien su casa matriz
se ven enfrentadas a graves problemas en la comercialización
de sus bienes, a crisis financieras internas inclusive problemas
de índole macroeconómicos en sus países y hasta a situaciones
de caso fortuito o fuerza mayor, circunstancias todas que las
podrían obligar a disponer cambios inmediatos en sus políticas
de mercado.
Ha sido el afán del Ministerio atender y tratar de ayudar a
solventar de la forma más objetiva posible estas situaciones,
no sólo teniendo en consideración la posición de las empresas,
sino el resguardo sobre todo de intereses de orden general, al
valorar el impacto que supone una modificación considerable
en los niveles de inversión y empleo frente al cierre definitivo
de la empresa. (...)”
V.—Que en virtud de las reformas legales y reglamentarias
que han operado con posterioridad al otorgamiento del Régimen
de Zonas Francas a la empresa, se hace necesario adecuar en lo
conducente el Acuerdo Ejecutivo original.
VI.—Que se han observado los procedimientos de Ley. Por
tanto:
La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010
ACUERDAN:
1º—Modificar el Acuerdo Ejecutivo Nº 069-92 de fecha 7 de
julio de 1992, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 161 del 21
de agosto de 1992 y sus reformas, para que en el futuro las cláusulas
cuarta, quinta, sexta, sétima, octava, décima, décima tercera, décima
cuarta y décima octava, se lean de la siguiente manera:
“4. La beneficiaria gozará de los incentivos y beneficios
contemplados en la Ley Nº 7210 y sus reformas, con las
limitaciones y condiciones que allí se establecen y con apego
a las regulaciones que al respecto establezcan tanto el Poder
Ejecutivo como PROCOMER.
Los plazos, términos y condiciones de los beneficios
otorgados en virtud de la Ley Nº 7210 quedan supeditados
a los compromisos asumidos por Costa Rica en los tratados
internacionales relativos a la Organización Mundial del
Comercio (OMC), incluyendo, entre otros, el Acuerdo sobre
Subvenciones y Medidas Compensatorias (ASMC) y las
decisiones de los órganos correspondientes de la OMC al
amparo del artículo 27 párrafo 4 del ASMC. En particular,
queda establecido que el Estado costarricense no otorgará los
beneficios previstos en la Ley Nº 7210 que de acuerdo con el
ASMC constituyan subvenciones prohibidas, más allá de las
prórrogas acordadas de acuerdo con el artículo 27 párrafo 4
del ASMC a determinados países en desarrollo.”
“5. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 20, inciso g)
de la Ley de Régimen de Zonas Francas (Ley Nº 7210 del 23
de noviembre de 1990 y sus reformas), la beneficiaria gozará
de exención de todos los tributos a las utilidades, así como
cualquier otro, cuya base imponible se determine en relación
con las ganancias brutas o netas, con los dividendos abonados
a los accionistas o ingresos o ventas, según las diferenciaciones
que dicha norma contiene.
Dicha beneficiaria sólo podrá introducir sus productos y sus
servicios al mercado local, observando rigurosamente los
requisitos establecidos al efecto por el artículo 22 de la Ley
Nº 7210 y sus reformas, en particular los que se relacionan
con el pago de los impuestos respectivos.”
“6. La beneficiaria se obliga a cumplir con un nivel mínimo de
empleo de 40 trabajadores, a partir del día en que se notifique el
presente Acuerdo Ejecutivo. Asimismo, se obliga a realizar y
mantener una inversión mínima de ¢58.000.000,00 (cincuenta
y ocho millones de colones), de conformidad con los plazos
y condiciones estipulados en su solicitud de otorgamiento del
Régimen de Zona Franca.
PROCOMER vigilará el cumplimiento del nivel de inversión
de la beneficiaria, de conformidad con los criterios y parámetros
establecidos por el Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas
Francas. Tal facultad deberá ser prevista en el respectivo
Contrato de Operaciones que suscribirá la beneficiaria, como
una obligación a cargo de ésta. Consecuentemente, el Poder
Ejecutivo podrá revocar el Régimen a dicha empresa en
caso de que, conforme con aquellos parámetros, la misma
no cumpla con el nivel mínimo de inversión anteriormente
señalado.”
“7. Una vez suscrito el Contrato de Operaciones, la empresa
se obliga a pagar el canon mensual por derecho de uso del
Régimen de Zonas Francas. La fecha prevista para el inicio
de las operaciones productivas es el 01 de julio de 1992.
En caso de que por cualquier circunstancia la beneficiaria
no inicie dicha etapa de producción en la fecha antes
señalada, continuará pagando el referido canon, para lo cual
la Promotora de Comercio Exterior de Costa Rica seguirá
tomando como referencia para su cálculo, en lo que atañe a
su actividad como industria procesadora de exportación, las
proyecciones de área de techo industrial, y en lo que concierne
a su actividad como empresa de servicios, las proyecciones de
ventas, consignadas en su respectiva solicitud.
Para efectos de cobro del canon, la empresa deberá informar
a PROCOMER de los aumentos realizados en el área de
techo industrial y de las ventas mensuales realizadas. El
incumplimiento de esta obligación provocará el cobro
retroactivo del canon, en lo que se refiere a su actividad como
industria procesadora de exportación, a partir de la fecha de
la última medición realizada por la citada Promotora, quien
tomará como base para realizar el cálculo la nueva medida, y
Pág 13
en lo que respecta a su actividad como empresa de servicios,
PROCOMER tomará como referencia para su cálculo,
las proyecciones de ventas consignadas en su respectiva
solicitud.”
“8. La beneficiaria se obliga a cumplir con las regulaciones
ambientales exigidas por el Ministerio de Ambiente, Energía
y Telecomunicaciones (MINAET) y la Secretaría Técnica
Nacional Ambiental (SETENA) y deberá presentar ante dichas
dependencias o ante el Ministerio de Salud, según sea el caso,
los estudios y documentos que le sean requeridos. Asimismo,
la beneficiaria se obliga a cumplir con todas las normas de
protección del medio ambiente que la legislación costarricense
e internacional disponga para el desarrollo sostenible de
las actividades económicas, lo cual será verificado por las
autoridades competentes.”
“10.La beneficiaria se obliga a presentar ante PROCOMER un
informe anual de operaciones, en los formularios y conforme
a las condiciones que PROCOMER establezca, dentro de los
cuatro meses siguientes al cierre del año fiscal. Asimismo, la
beneficiaria estará obligada a suministrar a PROCOMER y,
en su caso, al Ministerio de Hacienda, toda la información y
las facilidades requeridas para la supervisión y control del uso
del Régimen de Zonas Francas y de los incentivos recibidos.
Asimismo, deberá permitir que funcionarios de la citada
Promotora ingresen a sus instalaciones, en el momento que
lo consideren oportuno, y sin previo aviso, para verificar el
cumplimiento de las obligaciones de la Ley de Régimen de
Zonas Francas y su Reglamento.”
“13.Una vez comunicado el presente Acuerdo Ejecutivo, la
empresa beneficiaria deberá suscribir con PROCOMER un
Contrato de Operaciones. En caso de que la empresa no se
presente a firmar el Contrato de Operaciones, y no justifique
razonablemente esta situación, PROCOMER procederá a
confeccionar un Acuerdo Ejecutivo que dejará sin efecto el
que le otorgó el Régimen.
Para el inicio de operaciones productivas al amparo del
Régimen, la empresa deberá haber sido autorizada por la
Dirección General de Aduanas como auxiliar de la función
pública aduanera, según lo dispuesto en la Ley General de
Aduanas y su Reglamento.”
“14.Para los efectos de las exenciones otorgadas debe tenerse
en consideración lo dispuesto por los artículos 62 y 64 del
Código de Normas y Procedimientos Tributarios, Ley Nº
4755, del 3 de mayo de 1971 y sus reformas, en lo que resulten
aplicables.”
“18.De conformidad con el artículo 74 de la Ley Constitutiva de la
Caja Costarricense de Seguro Social, Ley Nº 17 del 22 octubre
de 1943 y sus reformas, el incumplimiento de las obligaciones
para con la seguridad social, podrá ser causa de pérdida de las
exoneraciones e incentivos otorgados, previa tramitación del
procedimiento administrativo correspondiente.”
2º—En todo lo que no ha sido expresamente modificado, se
mantiene lo dispuesto en el Acuerdo Ejecutivo Nº 069-92 de fecha
7 de julio de 1992, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 161
del 21 de agosto de 1992 y sus reformas.
3º—Rige a partir de su notificación. Comuníquese y
publíquese.
Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los
treinta días del mes de agosto del dos mil diez.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—La Ministra de
Comercio Exterior, Anabel González Campabadal.—1 vez.—
(IN2010080879).
RESOLUCIONES
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
Res. Nº 000721.—San José, a las catorce horas y veintinueve
minutos del seis del mes de setiembre del dos mil diez.
Conoce este Despacho diligencias de modificación de
declaratoria de “interés o utilidad pública”, contenida en la
Resolución Administrativa N° 261 del 18 de marzo del 2010,
publicada en La Gaceta N° 69 del 12 de abril del 2010 y Acuerdo de
Expropiación N° 092-MOPT del 23 de junio del 2010, publicado en
La Gaceta N° 137 del 15 de julio del 2010.
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La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010
Resultando:
1º—Que en La Gaceta Nº 69 del 12 de abril del 2010, se
publicó la Resolución Administrativa N° 261 del 18 de marzo del
2010, mediante la cual el Ministerio de Obras Públicas y Transportes
determinó conforme las disposiciones de la Ley de Expropiaciones
N° 7495 del 03 de mayo de 1995 y sus reformas, “declarar de
utilidad pública” y adquirir un área de 7.200,00 metros cuadrados
según plano catastrado N° P-1376766-2009, del inmueble propiedad
de Ana Ramírez Espinoza, cédula N° 2-323-748, e inscrito en el
Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real número
16661-000, ubicado en el distrito 02 Savegre, cantón 06 Aguirre
de la provincia de Puntarenas, necesaria para la construcción del
proyecto denominado “Costanera Sur, Sección Savegre-Dominical”.
2º—Que en virtud que el inmueble soporta gravámenes
inscritos ante el Registro Público de la Propiedad, en La Gaceta N°
137 del 15 de julio del 2010, se publicó el Acuerdo de Expropiación
N° 092-MOPT de fecha 23 de junio del 2010, referente a diligencias
de expropiación, en relación con inmueble necesario para la
construcción del proyecto en referencia, consignándose igualmente
que el inmueble a expropiar es propiedad de Ana Ramírez Espinoza,
cédula N° 2-323-748.
3º—Que mediante escrito de fecha de recibido el 19 de julio
del 2010, el señor Jonathan Rodríguez Morales, cédula N° 4-158086, solicita que se tenga como parte interesada en las diligencias
de expropiación descritas en el resultando primero de la presente
resolución, en virtud del proceso que interpuso ante el Juzgado
Agrario de Puntarenas, mismo que se encuentra anotado al margen
de inscripción de la finca del partido de Puntarenas, bajo el Folio
Real Matrícula número 16661-000, por lo que resulta necesario
proceder a la modificación de la declaratoria de interés público
contenida en la Resolución Nº 261 del 18 de marzo del 2010,
publicada en La Gaceta Nº 69 del 12 de abril del 2010 y del Acuerdo
de Expropiación N° 092-MOP del 23 de junio del 2010, publicado
en La Gaceta Nº 137 del 15 de julio del 2010.
Considerando:
Único.—Que el señor Jonathan Rodríguez Morales, alega
tener derecho sobre el bien inmueble a expropiar, inscrito ante el
Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real Matrícula
número 16661-000, ubicado en el distrito 02 Savegre, cantón 06
Aguirre de la provincia de Puntarenas y siendo que la Administración
requiere de dicho inmueble para la ejecución del proyecto de obra
pública denominado: “Costanera Sur, Sección Savegre-Dominical”,
es necesario proceder a la modificación de la declaratoria de interés
público contendida en la resolución N° 261 del 18 de marzo del
2010, publicada en La Gaceta Nº 69 del 12 de abril del 2010 y
Acuerdo de Expropiación Nº 092-MOPT de fecha 23 de junio del
2010, publicado, en La Gaceta Nº 137 del 15 de julio del 2010,
por cuanto en las diligencias de expropiación que se tramitan en
contra del inmueble antes descrito, en donde el propietario registral
corresponde a la señora Ana Ramírez Espinoza, cédula N° 2-323748, se debe tener también, como parte interesada, según anotación
inscrita ante el Registro Público de la Propiedad, al señor Jonathan
Rodríguez Morales, cédula N° 4-158-086.
En razón de lo expuesto, se procede a emitir la presente
resolución, determinándose: Por tanto,
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES,
RESUELVEN:
1º—Modificar la declaratoria de “interés o utilidad pública”,
contenida en la Resolución Administrativa N° 261 del 18 de marzo
del 2010, publicada en La Gaceta N° 69 del 12 de abril del 2010 y
Acuerdo de Expropiación N° 092-MOPT de fecha 23 de junio del
2010, publicado, en La Gaceta Nº 137 del 15 de julio del 2010, a
efecto de que en las diligencias de expropiación que se tramitan en
contra del inmueble propiedad de la señora Ana Ramírez Espinoza,
cédula N° 2-323-748, se tenga también, como parte interesada,
según anotación inscrita ante el Registro Público de la Propiedad, al
señor Jonathan Rodríguez Morales, cédula N° 4-158-086.
Como consecuencia de lo anterior deberán entenderse como
corregidos los actos administrativos antes descritos, teniéndose
a todos los efectos que en las diligencias de expropiación que se
tramitan en contra del inmueble propiedad de la señora Ana Ramírez
Espinoza, cédula N° 2-323-748; se tenga como parte interesada,
según anotación inscrita ante el Registro Público de la Propiedad, al
señor Jonathan Rodríguez Morales, cédula N° 4-158-086.
2º—En lo restante se mantiene vigente la referida Resolución
Administrativa Nº 261 del 18 de marzo del 2010, publicada en La
Gaceta Nº 69 del 12 de abril del 2010 y Acuerdo de Expropiación
N° 092-MOPT de fecha 23 de junio del 2010, publicado, en La
Gaceta Nº 137 del 15 de julio del 2010.
3º—Rige a partir de su publicación.
Notifíquese y publíquese.—LAURA CHINCHILLA
MIRANDA.—El Ministro de Obras Públicas y Transportes,
Francisco J. Jiménez.—1 vez.—O. C. Nº 184-2010.—Solicitud Nº
30340.—C-86700.—(IN2010080802).
Res. 000731.—San José, a las catorce horas cuarenta minutos
del día catorce del mes de setiembre del dos mil diez.
Diligencias de declaratoria de interés público y mandamiento
provisional de anotación, en relación con inmueble necesario para
la construcción del proyecto denominado “Mejoramiento de la Ruta
N° 3, Intersección Pozuelo”.
Resultando:
1º—Mediante oficio Nº DABI 2010-0954 de 03 de setiembre
del 2010, remitido por el Departamento de Adquisición de Bienes
Inmuebles de la Dirección Jurídica del Ministerio de Obras Públicas
y Transportes, se solicitó que se procediera a emitir el acto resolutivo
correspondiente, con el fin de declarar de interés público y expedir el
mandamiento provisional de anotación que a tales efectos prescribe
la Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus
reformas, en relación con inmueble inscrito en el Registro Público
de la Propiedad al Sistema de Folio Real Matrícula número 468064000, cuya naturaleza es terreno con una casa y patio, situado en el
distrito 07 Uruca, cantón 01 San José de la provincia de San José,
con una medida de 256,55 metros cuadrados y con una medida
de 384,00 metros cuadrados según Plano Catastrado SJ-14106152010 y cuyos linderos de la finca madre según Registro Público
de la Propiedad son: norte, con Marco Tulio Salas Sánchez; al sur,
con Lote 1 de Servicios Tentemozo S. A., al este, con Lote 1 de
Tentemozo S. A. y al oeste con carretera Nacional Ruta 1.
2º—Del referido inmueble es de impostergable adquisición de
un área de terreno equivalente a 384,00 metros cuadrados, y que
presenta las siguientes características: Naturaleza: terreno con una
casa y patio. Ubicación: distrito 07 Uruca, cantón 01 San José de la
provincia de San José. Linderos, lo indicado en el plano catastrado
N° SJ-1410615-2010. Siendo necesaria su adquisición para la
construcción del proyecto denominado “Mejoramiento de la Ruta
N° 3, Intersección Pozuelo”.
3º—Constan en el expediente administrativo número 28.579 a
que se refiere este acto resolutivo, los siguientes documentos:
a) Plano Catastrado N° SJ-1410615-2010, mediante el cual se
establece que para los efectos del mencionado proyecto se
requiere del citado inmueble un área total de 384,00 metros
cuadrados.
b) Estudio sobre la inscripción del inmueble;
c) Información básica sobre el propietario, la ubicación y
características del inmueble, así como del área que del mismo
se requiere obtener y los bienes a valorar;
4º—En razón de lo anterior y por constituir de interés
público la presente declaratoria, al requerirse el citado inmueble
para la construcción del proyecto mencionado supra, estando en el
expediente administrativo la documentación requerida, conoce este
Despacho y,
Considerando:
De conformidad con las disposiciones contenidas en la
Ley de Creación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes,
N° 4786 del 5 de julio de 1971 y sus reformas, este Ministerio se
encuentra legalmente facultado para llevar a cabo las obras públicas
necesarias dentro del ámbito de su competencia, ejerciendo el
La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010
control y la vigilancia necesaria, asimismo, en todas aquellas otras
obras públicas que realicen los particulares con sujeción a las
disposiciones contenidas en la Ley General de Concesión de Obra
Pública con Servicios Públicos, N° 7762 del 14 de abril de 1998.
La Ley de Expropiaciones, N° 7495 del 3 de mayo de 1995 y
sus reformas establece en sus artículos 2, 18, 19 y 20, que en todo
caso en que la Administración Pública requiera, para el cumplimiento
de sus fines, adquirir bienes o afectar derechos, deberá proceder a
dictar un acto resolutivo mediante el cual sea declarado de interés
público el bien o derecho en referencia, a la vez que contenga
un mandamiento provisional de anotación en el correspondiente
Registro Público.
En ese sentido la Procuraduría General de la República
por medio de Pronunciamiento N° C-180-95 del 18 de agosto de
1995, vinculante, definió la actuación administrativa que resulta
procedente.
De conformidad con las disposiciones normativas y con
base, asimismo, en lo prescrito por los artículos 11, 129 y 140 de
la Constitución Política; los artículos 11, 13, 16, 27 y 136 de la Ley
General de la Administración Pública y el artículo 27 de la Ley
General de Caminos Públicos y sus reformas, Ley N° 5060 de 22 de
agosto de 1972, procede declarar de interés público el área de dicho
inmueble que a continuación se describe:
a) Inscripción al Registro Público de la Propiedad al Sistema de
Folio Real Matrícula número 468064-000.
b) Naturaleza: terreno con una casa y patio.
c) Ubicación: Situado en el distrito 07 Uruca, cantón 01 San José
de la provincia de San José. Linderos, lo indicado en el plano
catastrado N° SJ-1410615-2010.
d) Propiedad: Flor María Benavídez Alvarado, cédula N° 4-078917.
e) De dicho inmueble se necesita un área total en conjunto de
384,00 metros cuadrados, para la construcción del proyecto
denominado “Mejoramiento de la Ruta Nº 3, Intersección
Pozuelo”, según se ha establecido supra.
Además, conforme a lo establecido por el artículo 20 de la
Ley de Expropiaciones, se ordena por este acto mandamiento de
anotación provisional en el Registro Público de la Propiedad y en
relación con dicho inmueble necesaria para la construcción del
proyecto en referencia.
Procedan las dependencias administrativas competentes a
proseguir con la tramitación del procedimiento que corresponda,
con sujeción a los plazos establecidos por la Ley N° 7495, artículo
21 y concordantes. Por tanto,
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES,
RESUELVEN:
1º—Declarar de interés público, respecto al inmueble inscrito
al Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real
Matrícula número 468064-000; situado en el distrito 07 Uruca,
cantón 01 San José de la provincia de San José y propiedad de, Flor
María Benavídez Alvarado, cédula N° 4-078-917, con una área total
de 384,00 metros cuadrados, y cuyos linderos están delimitados
conforme a lo indicado en el Plano Catastrado N° SJ-14106152010, necesaria para la construcción del proyecto denominado
“Mejoramiento de la Ruta Nº 3, Intersección Pozuelo”.
2º—Ordénese mandamiento provisional de anotación ante
el Registro Público de la Propiedad, del área de dicho inmueble
que por esta Resolución se ha establecido como necesaria para la
continuación del proyecto en referencia y conforme a lo prescrito
por la Ley N° 7495 y sus reformas.
3º—Procedan las dependencias administrativas competentes
a continuar con el procedimiento establecido al efecto para la
adquisición de dicha área de terreno, con especial observancia de
los plazos fijados y en estricto apego a lo prescrito por la Ley de
Expropiaciones y sus reformas.
Notifíquese y publíquese.—LAURA CHINCHILLA
MIRANDA.—El Ministro de Obras Públicas y Transportes,
Francisco J. Jiménez.—1 vez.—O. C. Nº 184-2010.—Solicitud Nº
30340.—C-107950.—(IN2010080801).
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DOCUMENTOS VARIOS
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIO CIVIL
ASESORÍA JURÍDICA
AVISO
Nº SC-017-2010.—San José, 16 de setiembre de 2010.
Se hace saber que la Dirección General de Servicio Civil ha
emitido las siguientes resoluciones:
DG-283-2010.—Modificación del artículo 1° de la resolución
DG-268-2010, revalorando en un 2% la categoría 1 y en un 3
% la categoría 2 y siguientes, de las clases de puestos de los
grupos profesionales de médicos, farmacéuticos, microbiólogos,
odontólogos y psicólogos clínicos.
DG-289-2010.—Aprobación del modelo de evaluación de
desempeño institucional del Fondo Nacional de Becas.
DG-290-2010.—Aprobación del modelo de evaluación de
desempeño institucional del Ministerio de Agricultura y Ganadería.
DG-297-2010.—Aprobación del modelo de evaluación de
desempeño institucional del Ministerio de Planificación Nacional y
Política Económica.
DG-299-2010.—Aprobación del modelo de evaluación de
desempeño institucional del Registro Nacional.
DG-301-2010.—Modificación de los requisitos de las clases
de puestos de Director de Colegio 1, 2, y 3; Director de Liceo
Laboratorio; Director de Centro Educativo Artístico (I, II, III,
Ciclos y Educación Diversificada); Director de Colegio Técnico
Profesional 1, 2 y 3; Director de Instituto Profesional de Educación
Comunitaria (IPEC).
DG-302-2010.—Modificación del Manual Descriptivo de
Especialidades del Régimen de Servicio Civil para incluir la carrera
de Planificación Económica y Social dentro de las atinencias
académicas de la especialidad Promoción Social.
DG-306-2010.—Modificación del artículo 1° de la Resolución
DG-260-2010, revalorando en un 3,41% las clases de puestos allí
asignadas.
DG-307-2010.—Aprobación del modelo de evaluación de
desempeño institucional del Ministerio de Ambiente, Energía y
Telecomunicaciones.
DG-308-2010.—Revaloración en un 3,41% las clases de
puestos contenidas en los artículos 2 y 3 de la Resolución DG-2622010.
DG-309-2010.—Modificación del Manual Descriptivo
de Especialidades del Régimen de Servicio Civil para incluir el
Diplomado en Salud Ocupacional dentro de las atinencias académicas
de la especialidad Salud, Seguridad, e Higiene Ocupacional.
Publíquese.—José Joaquín Arguedas Herrera, Director
General.—1 vez.—O. C. Nº 8139.—Solicitud Nº 076-2010.—C21250.—(IN2010079739).
GOBERNACIÓN Y POLICÍA
DIRECCIÓN NACIONAL DE DESARROLLO
DE LA COMUNIDAD
AVISOS
El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la
Comunidad de la Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad,
hace constar que la Asociación de Desarrollo Específica Pro Cencinai
y Bienestar Comunal de Barrio La Cruz de Ciudad Quesada, San
Carlos Alajuela. Por medio de su representante: Melania de los
Ángeles Gómez Medina, cédula 7-090-713, ha hecho solicitud de
inscripción de la siguiente reforma al estatuto: Artículo 12, que fue
modificado en la asamblea extraordinaria del 14 de mayo del 2009,
dicha modificación consta en el libro de Actas de la Asociación de
Desarrollo a folio 46 frente, para que se lea de la siguiente manera:
Al extinguirse la Asociación los bienes muebles e inmuebles
adquiridos por medio de recursos donados por instituciones del
sector público o de bien social o los adquiridos en virtud de ley serán
puestos a disposición de la institución que donó los recursos o en su
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La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010
efecto serán traspasados a otras organizaciones con fines similares
que cuenten estatutos de bienestar social si este fue procedente.
Previa autorización de la institución donante. En cumplimiento de
lo establecido en los artículos 17, 19 y 34 del Reglamento a la Ley
3859 sobre el Desarrollo de la Comunidad que rige esta materia,
se emplaza por el termino de ocho días hábiles, a partir de la
publicación de este aviso, a cualquier persona, pública o privada y
en especial a la Municipalidad, para que formulen los reparos que
estimen pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por
escrito a esta Dirección de Legal y de Registro.—San José, 27 de
setiembre del 2010.—Licda. Rosibel Cubero Paniagua, Jefa.—1
vez.—(IN2010080774).
El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la
Comunidad de la Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad,
hace constar: que la Asociación de Desarrollo Integral de Sámara,
Guanacaste. Por medio de su representante: Luis Humberto Acosta
Fajardo, cédula 5-131-914, ha hecho solicitud de inscripción de la
siguiente reforma al estatuto: Artículo 1º que fue modificado en la
asamblea extraordinaria del 25 de abril del 2010, dicha modificación
consta en el libro de Actas de la Asociación de Desarrollo a folio 85
frente, para que se lea los límites de la siguiente manera : al norte:
Rumbo a Nicoya hasta Río Platanillo incluyendo Terciopelo, al este:
del cerro La Torre Aguas Abajo Quebrada Taranta, hasta la altura
del cementerio San Miguel del Cementerio San Miguel una línea
imaginaria a calle Los Gicaros, bajando a río Mala Noche y por sus
aguas abajo hasta la desembocadura, al oeste: desde Vara Quebrado
y Pueblo Nuevo, al sur: la costa del Pacífico de la desembocadura del
Río Mala Noche hasta la Bahía Barro Quebrado. En cumplimiento
de lo establecido en los artículos 17, 19 y 34 del Reglamento a la Ley
3859 sobre el Desarrollo de la Comunidad que rige esta materia, se
emplaza por el termino de ocho días hábiles, a partir de la publicación
de este aviso, a cualquier persona, pública o privada y en especial
a la Municipalidad, para que formulen los reparos que estimen
pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a
esta Dirección de Legal y de Registro.—San José, 27 de setiembre
del 2010.—Departamento de Registro.—Lic. Rosibel Cubero
Paniagua, Jefa.—1 vez.—RP2010198393.—(IN2010081256).
HACIENDA
DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTACIÓN
Resolución Nº DGT-014-2010.—Dirección General de
Tributación.—San José, a las ocho horas del día 17 de setiembre de
dos mil diez.
Considerando:
I.—Que el artículo 99 del Código de Normas y Procedimientos
Tributarios, Ley Nº 4755 de 29 de abril de 1971 y sus reformas, faculta
a la Administración Tributaria para dictar normas generales para la
correcta aplicación de las leyes tributarias, dentro de los límites que
fijan las disposiciones legales y reglamentarias pertinentes.
II.—Que mediante artículo 11 de Resolución Nº DGT20-2006, de las ocho horas del; día 28 de agosto de dos mil seis,
publicada en La Gaceta Nº 179 del 19-9-2006, se establece:
“Artículo 11.—En el caso de retenciones indebidas, cuando
el agente de retención sea la Tesorería Nacional, y dado la
condición de no declarante y las imposiciones de la Ley 8131
Ley de Administración Financiera y Presupuestos Públicos,
la devolución de lo erróneamente retenido durante el periodo
presupuestario vigente podrá ser efectuado por la Tesorería
Nacional, deduciendo lo devuelto de los ingresos por liquidar
del período.
En caso de que se refiera a reclamos de períodos presupuestarios
ya liquidados, será de conocimiento del Gerente de la
Administración Tributaria de San José, con fundamento en la
liquidación que realice la Tesorería.
Para tales efectos el interesado deberá presentar su solicitud
ante la Tesorería Nacional. Los recursos de revocatoria los
atenderá la Gerencia indicada”.
III.—Que la Procuraduría General de la República, mediante el
Dictamen C-439-2008 del 16 de diciembre de 2008, ante un caso de
devolución de sumas que fueron retenidas por error a títulos valores
en cuyo expediente la Procuraduría indica que consta la resolución
Nº SDCIT-050-05 de la División de Recaudación, de la Dirección
General de Tributación, emitida en fecha 05 de diciembre del 2005,
mediante la cuál se le indica al Tesorero Nacional, Lic. Gabriel
Esteban Alpízar Chaves, que la Tesorería Nacional desempeña el
papel de Agente de Retención por acreditación de intereses de los
títulos valores que emite, esto de conformidad con los artículos 23
de la Ley del Impuesto sobre la Renta y 23 del Código de Normas y
Procedimientos Tributarios, razón por la cual concluyen que “dado
que la condición de agente recaudador de la Tesorería Nacional es
dada por Lev, ie corresponde a esa dependencia la devolución de las
sumas retenidas indebidamente, sin necesidad de que la Dirección
General de Tributación deba emitir resolución u oficio autorizando
dichas devolución” (El subrayado es del original). A raíz de este
hallazgo la Procuraduría indica que es con fundamento en dicha
resolución y en la normativa que allí se cita, que la Tesorería Nacional
encuentra sustento para su competencia para emitir la resolución que
ordena la devolución de sumas retenidas indebidamente y concluye:
“Así las cosas, existe fundamento jurídico para considerar
eventualmente, Tesorería Nacional es el órgano competente
para emitir el acto (...) tenemos que existe una resolución
previa suficientemente fundamentada -que valga agregar
que se mantiene vigente a la fecha v en consecuencia sigue
siendo un acto valido v eficaz- que le reconoció de manera
expresa la competencia a la Tesorería Nacional para autorizar
la devolución de las sumas pagadas indebidamente, y en
consecuencia resulta cuestionable la incompetencia que se
acusa.” (El subrayado es del original).
IV.—Que teniendo el criterio mencionado en el Considerando
anterior, carácter vinculante, corresponde derogar el artículo 11 de
la Resolución Nº DGT-20-2006 con lo cual además se garantiza
un trato igualitario para los sujetos pasivos que tengan situaciones
activas ante sus agentes de retención. Por tanto:
RESUELVE:
Artículo 1º—Deróguese el artículo 11 de la resolución DGT20-06 publicada 19 de setiembre de 2006.
Artículo 2º—Vigencia: Rige a partir de su publicación.
Transitorio: todos los casos que actualmente se encuentren en
trámite para emitir la resolución de devolución conforme al artículo
que por esta resolución se deroga, serán resueltos por la Tesorería
Nacional.—Publíquese.—Francisco Fonseca Montero, Director
General.—1 vez.—O. C. Nº 8094.—Solicitud Nº 34090.—C64600.—(IN2010080682).
DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS
RES-DGA-320-2010.—Dirección General de Aduanas.—
San José, al ser las catorce horas con veinte minutos del dieciséis de
setiembre de dos mil diez.
Considerando:
I.—Que los artículos 10 y 11 de la Ley General de Aduanas,
disponen que “La organización y reglamentación de la estructura
organizadora del Servicio Nacional de Aduanas estará a cargo del
Ministerio de Hacienda, sin perjuicio de los órganos creados por
esta ley y el Código Aduanero Uniforme Centroamericano.” y que
“La Dirección General de Aduanas es el órgano superior jerárquico
nacional en materia aduanera. En el uso de esta competencia, le
corresponde la dirección técnica y administrativa de las funciones
aduaneras que esta ley y las demás disposiciones del ramo le conceden
al Servicio Nacional de Aduanas.” Lo anterior en concordancia con
los artículos 6 y 7 del Reglamento a la Ley General de Aduanas.
II.—Que el artículo 14 de la Ley General de Aduanas, dispone
que “Las aduanas prestarán sus servicios durante las veinticuatro
horas del día, todos los días del año, salvo que la Dirección General
de Aduanas defina y justifique, ante el Ministerio de Hacienda, en
casos excepcionales y/o de fuerza mayor, horarios especiales para
determinadas aduanas”.
III.—Que la Resolución número RES-DGA-252-2010 de
fecha 26 de julio de 2010, publicada en el Diario Oficial La Gaceta
Nº 162 del 20 de agosto de 2010, detalla los horarios de atención de
las Aduanas y Puestos Aduaneros, desglosados por procesos.
La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010
Pág 17
IV.—Que en aras de ampliar el horario de atención de la Aduana de Limón, esta Dirección General de Aduanas considera oportuno
modificar el horario de dicha aduana para algunos de los procesos aduaneros descritos mediante la Resolución número RES-DGA-252-2010
indicada. Por tanto,
Con base en las potestades otorgadas en la Ley General de Aduanas número 7557 de fecha 20 de octubre de 1995, sus reformas y
modificaciones vigentes, el Reglamento a la Ley General de Aduanas Decreto Ejecutivo número 25270-H de fecha 14 de junio de 1996, sus
reformas y modificaciones vigentes:
EL DIRECTOR GENERAL DE ADUANAS, RESUELVE:
1º—Modificar a la Resolución número RES-DGA-252-2010 de fecha 26 de julio de 2010, publicada en el Diario Oficial La Gaceta
Nº 162 del 20 de agosto de 2010, con el propósito de ampliar el horario de atención de la Aduana de Limón para los siguientes procesos
aduaneros, a fin de que se lea de la siguiente manera:
HORARIO AMPLIADO PARA LA ADUANA DE LIMÓN POR PROCESO
Procesos Habituales
Proceso
Proceso de Reconocimiento Físico de Mercancías y Verificación Documental
Autorización de zarpes y de
Certificados Importación
DUAs de
DUAs de Importación
solvencias a embarcaciones
Temporal de Vehículos
Perfeccionamiento Activo
Definitiva y Temporal
Lunes a viernes
08:00 a 18:00
08:00 a 18:00
08:00 a 18:00
08:00 a 18:00
08:00 a 18:00
Sábado
08:00 a 12:00
08:00 a 12:00
NA (1)
08:00 a 12:00
08:00 a 12:00
Día
Domingos y feriados
08:00 a 16:00
08:00 a 16:00
(solo los feriados)
(solo los feriados)
NA (1)
DUAs de Tránsito Aduanero
08:00 a 16:00
08:00 a 16:00
(solo los feriados)
(solo los feriados)
(1) En la aduana de Limón el trámite de DUAs de Perfeccionamiento Activo se realizará los días sábados previa coordinación con dicha aduana.
2º—Manténganse vigentes los demás horarios de atención de las Aduanas y Puestos Aduaneros, desglosados en la Resolución número
RES-DGA-252-2010 en mención.
3º—Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta. Rige a partir de su publicación.
Desiderio Soto Sequeira, Director General de Aduanas.—1 vez.—O. C. Nº 9753.—Solicitud Nº 09455.—C-70050.—(IN2010081033).
AGRICULTURA Y GANADERÍA
SERVICIO FITOSANITARIO DEL ESTADO
DEPARTAMENTO DE INSUMOS AGRÍCOLAS
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
DIA-R-E-305/2010.—El señor Efraín Víquez Rojas, cédula
2-0353-0644, en calidad de Representante Legal de la compañía
Taller Industrial de la Piña S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra
en la ciudad de Alajuela, Santa Rosa de Poás. Solicita la inscripción
del equipo: Agroboom 6000L con spray Boon de 28 metros. Marca:
Tipsa. Modelo: Piñero. Conforme a lo que establece la Ley de
Protección Fitosanitaria Nº 7664 y el decreto 27037 MAG-MEIC.
Se solicita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan ante
el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días
hábiles, contados a partir de la última publicación de este edicto, en
el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 20 de setiembre del 2010.—
Unidad de Registro de Agroinsumos.—Ing. Agr. Marco Vinicio
Jiménez Salas.—(IN2010080888).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Nº DIA-R-E-307-2010.—El señor José Manuel Cordero,
cédula o pasaporte 2-0441-0651 en calidad de Representante
Legal de la compañía Soluciones Seguras Biosafe Centroamérica,
S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Alajuela,
solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial Tracite
2-0-25 compuesto a base de Nitrógeno-Potasio. Conforme a lo que
establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a
terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio
Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles,
contados a partir de la publicación de este edicto en el Diario Oficial
La Gaceta.—Heredia, a las 14:35 horas del 20 de setiembre del
2010.—Ing. Marco Vinicio Jiménez Salas, Jefe Unidad Registro de
Agroinsumos.—1 vez.—(IN2010080716).
DIA-R-E-308-2010.—El señor José Manuel Cordero, cédula
o pasaporte 2-0441-0651 en calidad de Representante Legal de la
compañía Soluciones Seguras Biosafe Centroamérica, S. A., cuyo
domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Alajuela, solicita
inscripción del enmienda de suelo de nombre comercial HydraHume DG compuesto a base de ácidos húmicos. Conforme a lo que
establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a
terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio
Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles,
contados a partir de la publicación de este edicto en el Diario Oficial
La Gaceta.—Heredia, a las 14:40 horas del 20 de setiembre del
2010.—Ing. Marco Vinicio Jiménez Salas, Jefe Unidad Registro de
Agroinsumos.—1 vez.—(IN2010080717).
DIA-R-E-302-2010.—El señor Walter Solano Chaves, cédula
o pasaporte 1-0410-0295, en calidad de Representante Legal de la
compañía Miller Chemical Costa Rica S. A., cuyo domicilio fiscal
se encuentra en la ciudad de San Francisco de Dos Ríos, solicita
inscripción del fertilizante de nombre comercial Banana Express 7-85 compuesto a base de nitrógeno-fósforo-potasio-boro-magnesiozinc. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria
Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo
hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de
diez días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto
en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 13:45 horas del 20
de setiembre del 2010.—Ing. Marco Vinicio Jiménez Salas, Jefe
Unidad Registro de Agroinsumos.—1 vez.—(IN2010080720).
DIA-R-E-304-2010.—El señor Walter Solano Chaves, cédula
1-0410-0295, en calidad de Representante Legal de la compañía
Miller Chemical Costa Rica S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra
en la ciudad de San Francisco de Dos Ríos, solicita inscripción del
fertilizante de nombre comercial Forti-Gro 2-4-3 compuesto a base
de nitrógeno-fósforo-potasio-calcio-manganeso-hierro-molibdenoproteína. Conforme a lo que establece la Ley de Protección
Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse
para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro
del término de diez días hábiles, contados a partir de la publicación
de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las
13:58 horas del 20 de setiembre del 2010.—Ing. Marco Vinicio
Jiménez Salas, Jefe Unidad Registro de Agroinsumos.—1 vez.—
(IN2010080721).
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La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010
DIA-R-E-305-2010.—El señor Walter Solano Chaves, cédula
1-0410-0295, en calidad de Representante Legal de la compañía
Miller Chemical Costa Rica S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra
en la ciudad de San Francisco de Dos Ríos, solicita inscripción del
fertilizante de nombre comercial Red Arrow 1.0-0.1-2 compuesto a
base de nitrógeno-fósforo-potasio. Conforme a lo que establece la
Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con
derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario
del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir
de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—
Heredia, a las 14:05 horas del 20 de setiembre del 2010.—Ing. Marco
Vinicio Jiménez Salas, Jefe Unidad Registro de Agroinsumos.—1
vez.—(IN2010080723).
activos: La fórmula contiene: Clostridium chauvoei, cepa Oklahoma
17.35%, Clostridium sordelli 12.14%, Clostridium novy 12.14%,
Clostridium septicum 17.35%, Clostridium perfringens, tipo C20
33%, Clostridium perfringens, tipo D 20.33%, y las siguientes
indicaciones terapéuticas: Para la prevención de enfermedades
causadas por Clostridium presentes en la formulación. Con base
en el Decreto Ejecutivo Nº 28861-MAG “Reglamento de Registro
y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con
derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección,
dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día
siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La
Gaceta.—Heredia, 6 de setiembre del 2010.—Dr. Luis Zamora
Chaverri Jefe de Registro.—1 vez.—(IN2010080853).
SERVICIO NACIONAL DE SALUD ANIMAL
DIRECCIÓN DE MEDICAMENTOS VETERINARIOS
EDICTOS
La doctora Claudia Re Huezo, número de cédula 8-0063-991,
vecina de Heredia en calidad de regente veterinario de la compañía
Faryvet S. A., con domicilio en Heredia, solicita el registro del
siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Oxitetraciclina 90,4.,
fabricado por laboratorios Faryvet S. A. con los siguientes principios
activos: cada Kg. contiene: oxitetraciclina 90.4 g, y las siguientes
indicaciones terapéuticas: indicada en el tratamiento de enfermedades
producidas por gérmenes sensibles a la oxitetraciclina. Con base
en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro
y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con
derecho a oponerse, para que lo hagan valer en este departamento,
dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente
de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—
Heredia, a las 8 horas del día 6 de setiembre del 2010.—Dr. Luis
Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—(IN2010079761).
OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
La doctora Claudia Re Huezo, número de cédula 8-0063-991,
vecina de Heredia en calidad de regente veterinario de la compañía
Faryvet S. A., con domicilio en Heredia, solicita el registro del
siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Solubron 20,
fabricado por laboratorios Holiday Scott, S. A. Argentina con los
siguientes principios activos: cada comprimido de 200 mg contiene:
bromexina 20 mg y las siguientes indicaciones terapéuticas:
expectorante y mucolítico para uso en perros y gatos. Con base en
el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro
y Control de Medicamentos veterinarios”. Se cita a terceros con
derecho a oponerse, para que lo hagan valer en este departamento,
dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente
de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—
Heredia, a las 8 horas del día 6 de setiembre del 2010.—Dr. Luis
Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—(IN2010079762).
El doctor Óscar Araya Fonseca con número de cédula
1-552-361, vecino de San José en calidad de regente veterinario
de la compañía Corpeco S. A., con domicilio en San José, solicita
el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3:
Clortetrasone NF, fabricado por Laboratorios Innova Andina S. A
de Perú, con los siguientes principios activos: cada 100 ml contiene:
Oxitetraciclina clorhidrato 5 g, Florfenicol 10 g, Prednisolona
0.5 g, Lidocaína 1 g y las siguientes indicaciones terapéuticas:
combinación antibiótica y antiinflamatoria para el tratamiento de
enfermedades causadas por agentes sensibles a los componentes de
la formulación. Con base en el Decreto Ejecutivo Nº 28861-MAG
“Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”.
Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer
ante esta Dirección, dentro del término de 5 días hábiles, contados a
partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario
Oficial La Gaceta.—Heredia, 06 de setiembre del 2010.—Dr. Luis
Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—(IN2010080653).
La doctora Dannia María Campos Hernández, número de
cédula Nº 401670240, vecina de San José en calidad de regente
veterinaria de la compañía Cadelga S. A., con domicilio en San José,
solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo
3: Bar Vac 7 con Retigen, fabricado por Boehringer Ingelheim
Vetmédica S. A. de C. V, México, con los siguientes principios
CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD
Nº 007-2010.—San José, 17 de setiembre del 2010
Con fundamento en lo que establece el artículo 140, inciso 2)
de la Constitución Política y 2 del Estatuto de Servicio Civil.
ACUERDA:
Artículo 1º—Nombrar en propiedad en el Consejo Nacional
de Vialidad y con sujeción a las disposiciones del Régimen de
Servicio Civil, a los siguientes funcionarios:
Nombre
Cédula
Nº Puesto
Clase Puesto
Paola Barquero Acuña
1-1015-0246
503556
Profesional de Servicio Civil 2
Ana Ivette Campos Cerdas
5-0241-0246
025684
Profesional de Servicio Civil 1-B
Ana Guiselle Cortés Oviedo
1-0470-0338
012045
Profesional de Servicio Civil 2
Mauricio Ortiz Vega
1-0807-0288
503554
Profesional de Servicio Civil 3
Artículo 2º—Rige a partir del 01 de junio del 2010.
Publíquese.—Dirección Ejecutiva.—Ing. Carlos Acosta
Monge, Director Ejecutivo.—1 vez.—O. C. Nº 184-2010.—
Solicitud Nº 30339.—C-28600.—(IN2010080737).
EDUCACIÓN PÚBLICA
DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE LA CALIDAD
REPOSICIÓN DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de
reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación
Diversificada, Rama Académica Modalidad de Ciencias y Letras,
inscrito en el tomo 1, folio 92, título 958, emitido por el Liceo
Regional de Flores, en el año mil novecientos noventa y seis, a
nombre de Araya Chavarría Boris Gerardo. Se solicita la reposición
del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los
quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario
Oficial La Gaceta.—San José, catorce de setiembre del dos mil
diez.—Departamento de Evaluación de la Calidad.—MSc. Trino
Zamora Zumbado, Jefe.—(IN2010077747).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de
reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito
en el tomo 1, folio 259, título 5090, emitido por el Colegio
Vocacional Monseñor Sanabria, en el año dos mil cuatro, a nombre
de Navarro Vargas Greivin William. Se solicita la reposición del
título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto
para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
La Gaceta.—San José, nueve de setiembre del dos mil diez.—
Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd.
Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2010077750).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de
reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 263, título 1666, emitido por el Liceo Laboratorio
Emma Gamboa, en el año dos mil siete, a nombre de Barrantes
Ramírez Ana Alexandra. Se solicita la reposición del título indicado
La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010
por cambio de apellido, cuyos nombres y apellidos correctos son
García Ramírez Ana Alexandra. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días
hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.—San José, catorce de setiembre del dos mil diez.—
Departamento de Evaluación de la Calidad.—MSc. Trino Zamora
Zumbado, Jefe.—(IN2010077768).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de
reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación
Diversificada, Rama Técnica, inscrito en el tomo 1, folio 24, título
633, emitido por el Colegio Técnico Profesional de Carrillo, en el
año mil novecientos ochenta y seis, a nombre de Pizarro Mendoza
Steiger. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida
del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de
la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José,
dieciocho de enero del dos mil diez.—Departamento de Evaluación
de la Calidad.—MSc. Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora.—
(IN2010077770).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de
reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito
en el tomo 1, folio 031, título 163, emitido por el Colegio Técnico
Profesional José Figueres Ferrer, en el año mil novecientos noventa
y seis, a nombre de Segura Herrera Isaura. Se solicita la reposición
del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los
quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario
Oficial La Gaceta.—San José, trece de setiembre del dos mil diez.—
Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd.
Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2010196675.—(IN2010077998).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de
reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 129, título N° 820, en el año dos mil siete, y del
Diploma de Técnico Medio en la Especialidad de Contabilidad,
inscrito en el tomo 2, folio 27, título N° 1741, en el año dos mil dos,
ambos títulos fueron emitidos por el Colegio Técnico Profesional
Carlos Ml. Vicente Castro, a nombre de Callejas Arguello Silvia
Desirre. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida
del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de
la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José,
trece de setiembre del dos mil diez.—MEd. Lilliam Mora Aguilar,
Jefa Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—
(IN2010078060).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de
reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de la Educación
Diversificada, “Rama Académica” Modalidad en Ciencias y Letras,
inscrito en el tomo IV, folio 5, título N° 99, emitido por el Liceo
de Nicoya, en el año mil novecientos ochenta y seis, a nombre
de Ugalde Boniche Carlos Edgardo. Se solicita la reposición del
título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto
para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
La Gaceta.—San José, diez de setiembre del dos mil diez.—MEd.
Lilliam Mora Aguilar, Jefa Departamento de Evaluación Académica
y Certificación.—(IN2010078132).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de
reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 2, folio 71, título N° 2284, emitido por el Liceo Ing. Carlos
Pascua, en el año dos mil diez, a nombre de Medina Marín Fresia
Raquel. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida
del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a
la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir
de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado
en San José, seis de setiembre del dos mil diez.—MEd. Lilliam
Mora Aguilar, Jefa Departamento de Evaluación Académica y
Certificación.—(IN2010078187).
Pág 19
Ante este departamento se ha presentado la solicitud de
reposición del título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 84, título N° 337, emitido por el Colegio Técnico
Profesional de Guaycará, en el año dos mil tres, a nombre de
Gutiérrez Sobrado Karen Ariela. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto
para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Diario Oficial La Gaceta.—San José, 20 de setiembre del 2010.—
Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd.
Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2010078585).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de
reposición del Título de Bachiller en Letras, inscrito en el tomo 1,
folio 17, título Nº 88, emitido por el Liceo Nocturno Justo A. Facio,
en el año mil novecientos setenta, a nombre de López Gutiérrez
María Rosa. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida
del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de
la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a
los veinte días del mes de mayo del dos mil diez.—Departamento
de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora
Aguilar, Jefa.—(IN2010079221).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de
reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito
en el tomo 1, folio 31, título Nº 292, emitido por el Colegio
Angloamericano, en el año dos mil tres, a nombre de Johanning
Mora Ilse. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida
del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a
la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir
de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San
José, 17 de setiembre del 2010.—Departamento de Evaluación
Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—
RP2010197568.—(IN2010079508).
Ante este Departamento, se ha presentado la solicitud de
reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 60, título Nº 787, emitido por el Colegio Nuestra
Señora, en el año mil novecientos noventa y siete, a nombre de
Segura Molina Daniela. Se solicita la reposición del título indicado
por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días
hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.—San José, 9 de setiembre del 2010.—Departamento
de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora
Aguilar, Jefa.—(IN2010079653).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de
reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 65, título N° 642, emitido por el Liceo Rodrigo
Facio Brenes, en el año mil novecientos noventa y seis, a nombre de
Moreno Díaz Kattia. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones
a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir
de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José,
veinte de setiembre del dos mil diez.—Departamento de Evaluación
Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—
RP2010198043.—(IN2010080318).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de
reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 430, título Nº 2152, emitido por el Liceo Anastasio
Alfaro, en el año dos mil ocho, a nombre de Moya Durán Silvia
Fabiola. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida
del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a
la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir
de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San
José, 12 de agosto del 2010.—Departamento de Evaluación
Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—
RP2010198095.—(IN2010080319).
Pág 20
La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de
reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 57, título Nº 411, emitido por el Liceo Nocturno
de Nicoya, en el año mil novecientos noventa y nueve, a nombre
de Arroyo Cárdenas Luis Diego. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles
a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San
José, 14 de setiembre del 2010.—Departamento de Evaluación de la
Calidad.—MSc. Trino Zamora Zumbado, Jefe.—(IN2010080494).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de
reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 23, título Nº 110, emitido por la Unidad Pedagógica
José Fidel Tristán, en el año mil novecientos noventa y cuatro, a
nombre de Arguedas Moya Jorge. Se solicita la reposición del
título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto
para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
La Gaceta.—San José, 20 de setiembre del 2010.—Departamento
de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora
Aguilar, Jefa.—(IN2010080509).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de
reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 17, título Nº 149, emitido por el Colegio Latino,
en el año dos mil nueve, a nombre de Arias Montenegro Marvin
Antony. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida
del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a
la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir
de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San
José, 24 de setiembre del 2010.—Departamento de Evaluación
Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—
(IN2010080521).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de
reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 34, título N° 202, emitido por el Liceo Pacífico
Sur, en el año mil novecientos noventa y siete, a nombre de
Castillo Martínez José Mauricio. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para
oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días
hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.—San José, veinticuatro de setiembre del dos mil diez.—
MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa Departamento de Evaluación
Académica y Certificación.—(IN2010080557).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de
reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito
en el tomo 1, folio 39, asiento N° 180, emitido por el Liceo de
Cariari, en el año mil novecientos noventa y nueve, a nombre de
Peraza Munguía Alejandra Isabel. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para
oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días
hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.—San José, nueve de abril del dos mil diez.—MEd. Lilliam
Mora Aguilar, Jefa Departamento de Evaluación Académica y
Certificación.—(IN2010080558)
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de
reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 58, título N° 560, emitido por el Colegio Bilingüe
Santa Cecilia, en el año dos mil uno, a nombre de Lara Araya María
Gabriela. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida
del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a
la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir
de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San
José, veintitrés de setiembre del dos mil diez.—MEd. Lilliam
Mora Aguilar, Jefa Departamento de Evaluación Académica y
Certificación.—(IN2010080560).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de
reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el
tomo 01, folio 84, asiento N° 430, emitido por el C.T.P de San Carlos,
en el año dos mil uno, a nombre de Ugalde Cortés Elizabeth. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original.
Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada
dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, veintidós de setiembre
del dos mil diez.—Departamento de Evaluación Académica y
Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2010080590).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición
del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1,
folio 27, título N° 299, emitido por el Colegio Nocturno Braulio
Carrillo Colina, en el año mil novecientos noventa y cinco, a
nombre de Sánchez Espinoza Alberto. Se solicita la reposición del
título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto
para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial “La
Gaceta”.—Dado en San José, los ocho días del mes de diciembre
del dos mil ocho.—Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora Nacional
de Gestión y Evaluación de la Calidad.—(IN2010080735).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de
reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 4, folio 90, título Nº 537, emitido por el Colegio de Bagaces,
en el año dos mil cinco, a nombre de Iacayo Romero Yokira. Se
solicita la reposición del título por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada
dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en
el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veinte días del
mes de setiembre del dos mil diez.—M.Ed. Lilliam Mora Aguilar,
Jefe Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—
(IN2010079764).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de
reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 18, título Nº 85, emitido por el Colegio Técnico
Profesional La Fortuna, en el año mil novecientos noventa y dos,
a nombre de Morales Anchía Evelio. Se solicita la reposición del
título por pérdida del título original. Se publica este edicto para
oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días
hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.—Dado en San José, a los veinte días del mes de setiembre
del dos mil diez.—M.Ed. Lilliam Mora Aguilar, Jefe Departamento
de Evaluación Académica y Certificación.—Nº RP2010197744.—
(IN2010079842).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de
reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 81, título N° 544, emitido por el Liceo Nocturno de
Liberia, en el año mil novecientos noventa y nueve, a nombre de Vega
Martínez Noylen. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones
a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de
la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San
José, a los veinticuatro días del mes de setiembre del dos mil diez.—
MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa, Departamento de Evaluación
Académica y Certificación.—(IN2010080772).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de
reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 8, título N° 23, emitido por el Colegio Humanista
Bilingüe del Monte, en el año dos mil cuatro, a nombre de Núñez
Vindas Alfonso. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones
a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir
de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San
José, a los veintiún días del mes de setiembre del dos mil diez.—
Departamento de Evaluación académica y Certificación.—MEd.
Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2010080889).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de
reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 32, título Nº 321, emitido por el Liceo Maurilio
Alvarado Vargas, en el año mil novecientos noventa y cuatro, a
La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010
nombre de Barahona Vega José Fabio. Se solicita la reposición del
título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto
para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
La Gaceta.—San José, 21 de setiembre del 2010.—Departamento
de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora
Aguilar, Jefa.—RP2010197614.—(IN2010079509).
TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES
AVISOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
De conformidad con la autorización extendida por la señora
Ministra de Trabajo y Seguridad Social, se ha procedido a la
inscripción de la reforma que acordó introducir a su estatuto social
organización social denominada: Cooperativa Agrícola Industrial de
Carniceros de la Zona Norte R.L., siglas CARNICOOP R.L., acordada
en asamblea celebrada el 4 de julio del 2010. Resolución 1326-CO.
En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de
Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio
de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente, se envía un
extracto de su inscripción para su publicación en el La Gaceta. La
reforma afecta al artículo 57 del Estatuto.—San José, 24 de agosto del
2010.—Lic. Iris Garita Calderón, Jefa, a. í.—(IN2010077447).
De conformidad con la autorización extendida por la señora
Ministra de Trabajo y Seguridad Social se ha procedido a la inscripción de
la organización social denominada: Consorcio Cooperativo para la Salud
Humana R. L, siglas SALUSUR R. L., acordada en asamblea celebrada
el 24 de octubre del 2009. Resolución 1341-CO. En cumplimiento con
lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas
y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la
inscripción correspondiente, se envía un extracto de su inscripción para
su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
Presidente
Vicepresidente
Secretaria
Vocal 1
Vocal 2
Suplente 1
Suplente 2
Óscar Alvarado Alpízar
Milton Siles Zúñiga
Maribel Porras Cambronero
Lilliam Obando Obando
Jesús Montoya Loría
Ronaldo Pérez Ortega
Víctor Arguedas Loría
Gerente
Rómulo León Mora
San José, 02 de setiembre del 2010.—Lic. José Joaquín
Orozco Sánchez, Jefe de Registro.—(IN2010078730).
De conformidad con la autorización extendida por la señora
Ministra de Trabajo y Seguridad Social se ha procedido a la
inscripción de la reforma que acordó introducir a su Estatuto Social
organización social denominada: Unión de Mujeres Productoras de
Limoncito R. L., siglas UPROLIM, acordada en asamblea celebrada
el 01 de agosto del 2010. Resolución S-M142.
En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley
de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio
de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente, se envía un
extracto de su inscripción para su publicación en el Diario Oficial
La Gaceta.
La reforma afecta los artículos 3 y 4 del Estatuto. Con la
reforma al artículo 3 varía el nombre de la organización y en
adelante se denominará Unión de Mujeres y Hombres Productoras y
Productores de Limoncito, Siglas UPROLIM.
San José, 17 de agosto del 2010.—Lic. Iris Garita Calderón,
Jefa de Registro a. í.—(IN2010080161).
De conformidad con la autorización extendida por la señora
Ministra de Trabajo y Seguridad Social, este Registro ha procedido
a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su Estatuto la
organización social denominada: Cooperativa de Ahorro y Crédito
del Sistema Penitenciario R. L., siglas COOPESIPE R. L., acordada
en asamblea celebrada el 31 de marzo del 2006. Resolución 66.
Pág 21
En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la
Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del
Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente
y se envía un extracto de la inscripción para su publicación en el
Diario Oficial La Gaceta. La reforma afecta los artículos 3, 29, 70,
72, 79 y 93 del Estatuto.
San José, 18 de junio del 2010.—Lic. José Joaquín Orozco
Sánchez, Jefe.—RP2010197985.—(IN2010080323).
JUSTICIA Y PAZ
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Marcas de ganado
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Juan José Ramírez Aguilar, cédula de identidad 1-413-105, en
calidad de apoderado generalísimo de Ditsö Kunök, S. A., cédula
jurídica Nº 3-101-319901, solicita la inscripción de:
como marca de
comercio, en clase 3
y 5 internacional,
para proteger y
distinguir
lo
siguiente: en clase 3: Productos de limpieza, para blanquear, para
pulir, desengrasar, raspar y actividades ajenas. En clase 5: Productos
desinfectantes, productos higiénicos para la medicina. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a
partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de
agosto del 2010. Solicitud Nº 2010-0007724. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 1 de setiembre del 2010.—Juan Carlos
Sánchez García, Registrador.—RP2010199100.—(IN2010081914).
Juan José Ramírez Aguilar, cédula de identidad 1-413-105, en
calidad de apoderado generalísimo de Ditsö Kunök, S. A., cédula
jurídica Nº 3-101-319901, con domicilio en Paso Ancho, de Finsa,
100 metros al sur y 100 metros al oeste, San José, Costa Rica,
solicita la inscripción de:
como marca de
comercio, en clase 3
y 5 internacional,
para proteger y
distinguir lo siguiente: En clase 3: Productos cosméticos, perfumería,
jabones, aceites esenciales, lociones, dentífricos y afines, productos
para limpiar. En clase 05: Productos farmacéuticos, higiénicos para
la medicina, desinfectantes, para apósitos y emplastos. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 27 de agosto del 2010. Solicitud Nº 20100007725. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 9 de
setiembre del 2010.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—
RP2010199101.—(IN2010081915).
Juan José Ramírez Aguilar, cédula de identidad 1-413-105, en
calidad de apoderado generalísimo de Ditsö Kunök, S. A., cédula
jurídica Nº 3-101-319901, con domicilio en Paso Ancho, de Finsa,
100 metros al sur y 100 metros al oeste, San José, Costa Rica,
solicita la inscripción de:
como marca de
comercio, en clase 5
internacional, para
proteger y distinguir
lo siguiente: Plaguicidas tales como insecticidas, virucidas,
fungicidas, nematicidas, bactericidas. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 27 de agosto del 2010.
Solicitud Nº 2010-0007727. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José,
20 de setiembre del 2010.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—
RP2010199102.—(IN2010081916).
Pág 22
La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010
Juan José Ramírez Aguilar, cédula de identidad 1-413-105, en
calidad de apoderado generalísimo de Ditsö Kunök, S. A., cédula
jurídica Nº 3-101-319901, solicita la inscripción de:
como marca de comercio, en clase 5
internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: Productos
desinfectantes e higiénicos. Aditivos
desinfectantes y preservantes. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a
partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de
agosto del 2010. Solicitud Nº 2010-0007726. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 1 de setiembre del 2010.—Juan Carlos
Sánchez García, Registrador.—RP2010199103.—(IN2010081917).
Juan José Ramírez Aguilar, cédula de identidad 1-413-105, en
calidad de apoderado generalísimo de Ditsö Kunök, S. A., cédula
jurídica Nº 3-101-319901, con domicilio en Paso Ancho, de Finsa,
100 metros al sur y 100 metros al oeste, San José, Costa Rica,
solicita la inscripción de:
como
nombre
comercial, en clase
49
internacional,
para proteger y
distinguir
lo
siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a la administración
y distribución con vendedores y comercialización de productos
orgánicos. Ubicado en Montelimar, Guadalupe, Goicoechea, de
la Bomba Shell, 200 metros al norte y 25 metros al este. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 27 de agosto del 2010. Solicitud Nº 20100007729. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 9 de
setiembre del 2010.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—
RP2010199104.—(IN2010081918).
Patentes de invención
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
El señor Manuel Enrique Lizano Pacheco, cédula 1-833-413,
mayor, casado, abogado, vecino de Santa Ana, en su condición
de apoderado especial de Abbott Laboratories, de E.U.A.,
solicita la Patente de Invención denominada PRODUCTOS
QUIMIOTERAPÉUTICOS CRISTALINOS DERIVADOS
DE INDAZOL. Forma cristalina 1 de N-[4-(3-amino-lH-indazol4-il)fenil]-N’-(2-fluoro-5-metilfenil) urea hidrato, maneras para
elaborarla, formulaciones que comprenden a la misma y elaboradas
con la misma y métodos de tratamiento de pacientes que padecen una
enfermedad para usarla. La memoria descriptiva, reivindicaciones,
resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional
de Patentes Sexta Edición es C07D 231/56, cuyos inventores son
Thomas B. Borchardt, Alexander Chu-Kung, Michael J. Rozema,
Shailendra V. Bordawekar. La solicitud correspondiente lleva el
número 11388, y fue presentada a las 8:54:20 del 23 de abril del
2010. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses
siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días
consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico
de circulación nacional.—San José, 20 de agosto del 2010.—Lic.
Hellen Marín Cabrera, Registradora.—(IN2010077734).
El señor Manuel Enrique Lizano Pacheco, cédula 1-833-413,
mayor de edad, casado, abogado, vecino de Santa Ana, apoderado
especial de Abott Laboratories, de E. U. A., solicita la Patente de
Invención denominada DERIVADO DE URACILO O TIMINA
PARA EL TRATAMIENTO DE LA HEPATITIS C. Esta
invención se relaciona con: (a) compuestos y sales de los mismos
que, entre otros, inhiben el HCV; (b) intermediarios de utilidad para
la preparación de dichos compuestos y sales; (c) composiciones que
comprenden dichos compuestos y sales; La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07D
23/22, cuyos inventores son Wagner, Rolf, Michael D. Tufano, Kent
D. Stewart, Todd W. Rockway, John T. Randolph, John K. Pratt,
Christopher E. Motter, Kenton L. Longenecker, Dachun Liu, Allan
C. Krueger, Warren M. Kati, Douglas K. Hutchinson, Peggy P.
Huang, Charles A. Flentge, Pamela L. Donner, David A. Degoey,
David A. Betebenner, David M. Barnes, Shuang Chen, Thaddeus
S. Franczyk II, YI Gao, Anthony R. Haight, John E. Hengeveld,
Rodger F. Henry, Brian J. Kotecki, Xiaochun Lou, Kathy Sarris,
Geoff G. Z. Zhang. La solicitud correspondiente lleva el número
11316, y fue presentada a las 9:20:00 del 16 de marzo del 2010.
Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses
siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres
días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un
periódico de circulación nacional.—San José, 20 de agosto del
2010.—Lic. Fabián Andrade Mora, Registrador.—(IN2010077735).
El señor Cristian Calderón Cartín, mayor, abogado, cédula
1-800-402, vecino de San José, en su condición de apoderado
especial de Glaxo Group Limited, de Reino Unido, solicita la Patente
de Invención denominada COMPUESTOS ANTI-VIRALES,
COMPOSICIONES Y MÉTODOS DE USO.
Se dan a conocer
compuestos de la
Fórmula (I): sales
farmacéuticamente
aceptables,
y
solvatos de los
m i s m o s ,
composiciones de los mismos, y métodos para su preparación y uso
para el tratamiento de infecciones virales mediadas cuando menos
en parte por un virus de la familia de virus Flaviviridae. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan
depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Novena
Edición es C07D 487/04, cuyos inventores son Leivers, Martin
Robert, Keicher, Jesse Daniel, Schmitz, Franz Ulrich, Rai, Roopa,
Lauchli, Ryan, Liehr, Sebastian Reinhard Johannes, Chan,
Stephanie Anna, Ton, Toney Loc. La solicitud correspondiente
lleva el número 11248, y fue presentada a las 14:02:11 del 2 de
febrero del 2010. Cualquier interesado podrá oponerse dentro
de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este
aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial
La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—
San José, 1º de setiembre del 2010.—Lic. Melissa Solís Zamora,
Registradora.—RP2010196772.—(IN2010077995).
El señor Aarón Montero Sequeira, cédula 1-908-006, mayor,
casado una vez, abogado, vecino de San José, apoderado especial
de Chazon Stein, de E.U.A., solicita la Patente de Invención
denominada TOALLA PARA LLEVAR PUESTA. Se describe
una toalla fácilmente enrollable y fijada alrededor de un usuario,
la toalla tiene un cuerpo principal rectangular sustancialmente
plano que tiene dos aberturas en el cuerpo principal configuradas
para asegurar la toalla al cuerpo del usuario usando un brazo. La
memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan
depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Novena
Edición es A47K
10/02, cuyo inventor es Chazon Stein. La
solicitud correspondiente lleva el número 11478, y fue presentada
a las 10:51:00 del 4 de junio del 2010. Cualquier interesado podrá
oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación
de este aviso. San José, 30 de agosto de 2010. Publíquese tres
días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un
periódico de circulación nacional.—Lic. Fabián Andrade Morales,
Registrador.—RP2010196867.—(IN2010078523).
El señor Manuel E. Peralta Volio, cédula 9-012-480, mayor,
casado, abogado, vecino de San José, en calidad de Apoderado
Especial de Novartis AG, de Suiza, solicita la Patente de Invención
denominada MÉTODOS Y COMPOSICIONES QUE UTILIZAN
POLIPÉPTIDOS DE FUSIÓN DE KLOTHO-FGF. La presente
invención se refiere a métodos, kits, y composiciones para prevenir o
tratar condiciones relacionadas con la edad o trastornos metabólicos.
Los polipéptidos de fusión Klotho de la invención incluyen cuando
La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010
menos una proteína Klotho o un fragmento activo de la misma.
Las proteínas de fusión Klotho son útiles en el tratamiento y en la
prevención de una variedad de condiciones relacionadas con la edad
y trastornos metabólicos. La memoria descriptiva, reivindicaciones,
resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional
de Patentes Novena Edición es C07K 14/50, cuyos inventores son
Glass, David, HU, Shou-Ih. La solicitud correspondiente lleva el
número 11580, y fue presentada a las 11:59:00 del 21 de julio del
2010. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses
siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres
días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un
periódico de circulación nacional.—San José, 09 de setiembre del
2010.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—(IN2010079075).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335794, mayor de edad, abogado, vecino de San José, apoderado
especial de Aka Technology GMBH, de Austria, solicita la
Patente de Invención denominada USO DE DERIVADOS
DE GUANIDINA POLIMÉRICOS PARA EL CONTROL
DE MICROORGANISMOS NO DESEADOS EN LA
PROTECCIÓN DE CULTIVOS. La presente invención se refiere
al uso de derivados de guanidia poliméricos para el tratamiento
curativo y/o preventivo de microorganismos no deseados tales
como bacterias y hongos fitopatógenos en la protección de cultivos
que incluye el tratamiento de semilla. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes Novena Edición es A01N
47/44, cuyo(s) inventor(es) es(son) Rosslenbroich, Hans-Juergen,
Schopfer, Martin, Wolf, Hilmar, Wachendorff-Neumann, Ulrike,
Dahmen, Peter, Ebbinghaus, Dirk, Schmidt, Oskar, Voerste, Arnd.
La solicitud correspondiente lleva el número 11528, y fue presentada
a las 13:57:30 del 21 de junio del 2010. Cualquier interesado podrá
oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación
de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial
La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—
San José, 10 de setiembre del 2010.—Lic. Fabián Andrade Morales,
Registrador.—(IN2010079175).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, Abogado, cédula
1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado
especial de Dow Agrosciences LLC, de E.U.A., solicita la Patente
de Invención denominada DERIVADOS DE PIRIMIDINA
5-FLUORO COMO FUNGICIDAS. La presente descripción se
refiere al campo de las pirimidinas 5-fluoro y sus derivados y al
uso de estos compuestos como fungicidas. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes Novena Edición es C07D
239/47, cuyo(s) inventor(es) es(son) Zoltan Benko, Timothy
Boebel, Nneka Breaux, Kristy Bryan, George Davis, Jeffrey Epp,
Beth Lorsbach, Tomothy Martin, Kevin Meyer, Bassam Nader,
W. Owen, Mark Pobanz, James Ruiz, Frisby Smith, Michael
Sullenberger, Jeffery Webster, Chenglin Yao, David Young. La
solicitud correspondiente lleva el número 11569, y fue presentada
a las 14:01:15 del 15 de julio de 2010. Cualquier interesado podrá
oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación
de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial
La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—
San José, 31 de agosto del 2010.—Lic. Melissa Solís Zamora,
Registradora.—(IN2010079176).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794,
mayor, Abogado, vecino de San José, en su condición de apoderado
especial de F. Hoffmann-La Roche AG, de Suiza, Chugai Seiyaku
Kabushiki Kaisha, de Japón, solicita la Patente de Invención
denominada PREPARACIÓN DE SOLUCIÓN QUE CONTIENE
ANTICUERPOS EN UNA ALTA CONCENTRACIÓN. Como
una preparación estable que contiene anticuerpos adecuada para
la administración subcutánea en donde se previenen la formación
de dímeros y la desamidación durante un almacenamiento
prolongado, se provee una preparación estable de solución que
contiene un anticuerpo, la cual se caracteriza por contener arginina
y metionina. La memoria descriptiva, reindivicaciones, resumen
y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de
Patentes Novena Edición es A61K 39/395, cuyo(s) inventor(es)
Pág 23
es(son) Toshiyuki Morichika, Daisuke Kameoka, Yoshimi Imaeda,
Terutoshi Maeda, Oliver Boris Stauch. La solicitud correspondiente
lleva el número 11594, y fue presentada a las 13:54:00 del 26
de julio de 2010. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de
los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso.
Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y
una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 10 de
septiembre de 2010.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—
(IN2010079179).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794,
mayor, abogado, vecino de San José, en su condición de apoderado
especial de Dow Agrosciences LLC, de E.U.A., solicita la Patente
de Invención denominada COMPOSICIONES AGRÍCOLAS.
Se han descubierto composiciones que son adecuadas para
formar una dispersión estable. Las composiciones comprenden un
compuesto activo agrícolamente y un compuesto oligomérico o
polimérico de metal multivalente que tiene un peso molecular de
aproximadamente 150 hasta aproximadamente 15,000 Daltons. La
memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan
depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Novena
Edición es A01N 59/16, cuyo(s) inventor(es) es(son) Kuide Qin,
Lei Liu. La solicitud correspondiente lleva el número 11606, y
fue presentada a las 13:53:15 del 28 de julio de 2010. Cualquier
interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a
la tercera publicación de este aviso. San José, 10 de Septiembre
de 2010. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial
La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—
San José, 10 de setiembre del 2010.—Lic. Hellen Marín Cabrera,
Registradora.—(IN2010079180).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794,
mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado
especial de Sanofi-Aventis, de Francia, solicita la Patente de
Invención denominada: INHIBIDORES DEL RECEPTOR
DE QUIMIOQUINAS CxCR3. Esta invención se dirige a un
compuesto 3-(amido o sulfamido)-4-(4-azinil sustituido)benzamida
como se define en la presente memoria. El compuesto 3-(amido o
sulfamido)-(4-azinil sustituido)benzamida es útil como un inhibidor
del receptor de quimioquinas CxCR3, y para prevenir o tratar una
enfermedad mediada por el receptor de quimioquinas CxCR3 o
afección relacionada con la misma en un paciente que lo necesite. La
memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan
depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Novena
Edición es C07D 295/033, cuyos inventores son David S. Thorpe,
Martin Smrcina, Dagmar D. Cabel. La solicitud correspondiente
lleva el número 11604, y fue presentada a las 13:52:00 del 28 de julio
del 2010. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres
meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese
tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en
un periódico de circulación nacional.—San José, 9 de setiembre del
2010.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—(IN2010079181).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794,
mayor, abogado, vecino de San José, en su condición de apoderado
especial de Ceradis B.V., de Países Bajos, solicita la Patente
de Invención denominada: COMPOSICIONES PARA EL
CONTROL DE PATÓGENOS DE PLANTAS Y PARA USO
COMO FERTILIZANTES DE PLANTAS. La presente invención
se refiere a una composición que comprende un compuesto metálico,
un lignosulfonato y ácido fosforoso y/o una sal y/o un hidrato y/o un
éster del mismo y su uso como fungicida, bactericida o fertilizante y
a su uso en la prevención de la formación de un precipitado de fosfito
metálico en una composición acuosa. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes Novena Edición es A01N
25/30, cuyos inventores son Wilm Van Der Krieken, Hans Kok,
Evert Davelaar, Luc Stevens. La solicitud correspondiente lleva el
número 11570, y fue presentada a las 14:19:00 del 16 de julio del
2010. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses
siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días
consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico
de circulación nacional.—San José, 9 de setiembre del 2010.—Lic.
Hellen Marín Cabrera, Registradora.—(IN2010079183).
Pág 24
La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010
El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794,
mayor, abogado, vecino de San José, en su condición de apoderado
especial de Sanofi-Aventis, de Francia, solicita la Patente de
Invención denominada: DERIVADOS BICÍCLICOS DE
CARBOXAMIDAS AZA-BICÍCLICAS, SU PREPARACIÓN
Y SU APLICACIÓN TERAPÉUTICA.
La invención se refiere a los
compuestos de fórmula general (I)
en la que X1, X2, X3 y X4
representan, independientemente
uno del otro, un átomo de nitrógeno
o un grupo C-R1; W representa un
átomo de oxígeno o de azufre; n es
igual a 0, 1, 2 ó 3; Y representa un
arilo o un heteroarilo opcionalmente
sustituido; A representa el grupo de
la fórmula: (II), Z1, Z2, Z3 y Z4
representan, independientemente el
uno del otro, un átomo de nitrógeno
o un grupo C-R2; Ra y Rb forman
junto con los átomos de carbono a
los que están unidos, un cicloalquilo
parcialmente insaturado, o un arilo;
o un heterociclo, o un heteroarilo de 5 a 7 miembros que comprende
uno a tres heteroátomos seleccionados de O, S o N. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
la Clasificación Internacional de Patentes Novena Edición es C07D
401/12, cuyos inventores son Laurent Dubois, Yannick Evanno,
Andre Malanda, Catherine Gille. La solicitud correspondiente lleva
el número 11574, y fue presentada a las 14:15:00 del 20 de julio del
2010. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses
siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días
consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un
periódico de circulación nacional.—San José, 31 de agosto del
2010.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—(IN2010079186).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula
Nº 1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado
especial de Sanofi-Aventis, de Francia, solicita la Patente de
Invención denominada DERIVADOS DE CARBOXAMIDAS
AZABICÍCLICAS.
Su preparación y su
aplicación en terapéutica.
La invención se refiere a
los compuestos de fórmula
general (I) en la que X1,
X2, X3 y X4, representan,
independientemente
el
uno del otro, un átomo de
nitrógeno o un grupo
C-R1; z1, Z2, Z3 y Z4
representan, independientemente el uno del otro, un átomo de
nitrógeno o un grupo C-R2. La memoria descriptiva, reivindicaciones,
resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional
de Patentes Novena Edición es C07D 471/04, cuyo(s) inventor (es)
es (son) Laurent, Dubois, Yannick, Evanno, David, Machnik, Andre,
Malanda. La solicitud correspondiente lleva el número 11546, y fue
presentada a las 13:57:00 del 29 de junio de 2010. Cualquier
interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera
publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 31 de agosto del 2010.—Lic. Melissa Solís
Zamora, Registradora.—(IN2010079188).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula
Nº 1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado
especial de Amgen Inc., de E.U.A., solicita la Patente de Invención
denominada: COMPUESTOS FUSIONADOS DE PIRIDINA,
PIRIMIDINA Y TRIAZINA COMO INHIBIDORES DEL
CICLO CELULAR. Se proporcionan compuestos, composiciones
farmacéuticas y métodos que son de utilidad para trastornos
mediados por las Cdk4, tal como el cáncer. Los compuestos de
la invención son derivados de la piridina, pirimida y triazina
fusionada. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen
y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de
Patentes Novena Edición es C07D 417/14, cuyos inventores son
Connors, Richard, V., Dai, Kang, Eksterowicz, John, Fan, Pingchen,
Fisher, Benjamin, Fu, Jiashheng, Li, Kexue, Li, Zhihong, Magee,
Lawrence, R., Sharma, Rajiv, Wang, Xiaodong, Mcminn, Dustin,
Mihalic, Jeffrey, Deignan, Jeffrey. La solicitud correspondiente
lleva el número 11573, y fue presentada a las 14:02:00 del 19 de
julio del 2010. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de
los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso.
Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y
una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 16 de
setiembre del 2010.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—
(IN2010079184).
El señor Manuel Enrique Lizano Pacheco, cédula 1-833-413,
mayor de edad, casado, abogado, vecino de Santa Ana, apoderado
especial de Abbott Laboratories de E.U.A., solicita la Patente de
Invención denominada PRODUCTOS QUIMIOTERAPEUTICOS
CRISTALINOS. Forma cristalina 2 de N-[4-(3-amino-lH-indazol4-il)fenil]-N’-(2-fluoro-5-metilfenil)urea que, cuando se mide a
aproximadamente 25°C con radiación a 1,54178 Å. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07D
231/56, cuyos inventores son Borchardt, Thomas B, Chu-Kung,
Alexandre. La solicitud correspondiente lleva el número 11444, y fue
presentada a las 8:19:30 del 19 mayo de 2010. Cualquier interesado
podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera
publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 20 de agosto del 2010.—Lic. Fabián Andrade
Morales, Registrador.—(IN2010079581).
El señor Harry Wohlstein Rubinstein, cédula 1-341-287, mayor,
casado una vez, abogado, vecino de San José, en su condición de
apoderado especial de Rohm and Haas Company, de E.U.A., solicita
la Patente de Invención denominada UN PROCEDIMIENTO
PARA REALIZAR REPARACIÓN DENTAL Y APARATO
RESULTANTE.
Se describe un procedimiento
para elaborar una reparación
dental que incluye formar una
imagen la cual representa una
característica de la cavidad
oral natural. La imagen se
puede formar en una
computadora por un artista o
se puede captar por una
fotografía de la cavidad oral.
La
imagen
basa
en
computadora
se
puede
modificar con un programa
ayudado por computadora.
La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y
diseños quedan depositados,
la Clasificación Internacional de Patentes Novena Edición es A61C
5/00, cuyo inventor es Uriel Yarovesky. La solicitud correspondiente
lleva el número 11602, y fue presentada a las 10:32:00 del 28 de
julio del 2010. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los
tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso.
Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y
una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 9 de
setiembre del 2010.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—
(IN2010080202).
El señor Harry Wohlstein Rubinstein, cédula 1-341-287,
mayor de edad, casado una vez, vecino de San José, abogado,
apoderado especial de Genentech Inc. de E. U. A., solicita la Patente
de Invención denominada COMPOSICIÓN QUE COMPRENDE
ANTICUERPO QUE SE FIJA AL DOMINIO II DE HER2, Y
SUS VARIANTES ACIDAS. Se describe una composición que
comprende un anticuerpo de HER2 de especie principal que se fija al
La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010
dominio II de HER2 y sus variantes acidas. También se proporcionan
las formulaciones farmacéuticas que comprenden la composición, y
los usos terapéuticos para la composición. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes Novena Edición es C07K
16/32, cuyos inventores son Harris, Reed J., Motchnik, Paul, A. La
solicitud correspondiente lleva el número 11648, y fue presentada a
las 9:54:00 del 25 de agosto del 2010. Cualquier interesado podrá
oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación
de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial
La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—
San José, 7 de setiembre del 2010.—Lic. Fabián Andrade Morales,
Registrador.—(IN2010080201).
El señor Néstor Morera Víquez, cédula Nº 1-1018-975,
mayor, casado, abogado, vecino de Heredia, en su condición de
apoderado especial de Astrazeneca AB, de Suecia, solicita la Patente
de Invención denominada COMPUESTO (R)-N*6*-ETIL-6,7DIHIDRO-5H-INDENO(5,6-D)TIAZOL-2, 6-DIAMINA y su
uso como antipsicótico. Esta invención se refiere al compuesto de
Fórmula 1 y sus sales farmacéuticamente aceptables: (R)-N*6*-etil6,7-dihidro-5H-indenol[5,6-d]tiazol-2,6-diamina. Esta invención
también se refiere a métodos para sintetizar, métodos para utilizar
y a composiciones farmacéuticas que comprenden el compuesto de
Fórmula 1 y sus sales. La memoria descriptiva, reivindicaciones,
resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional
de Patentes Sexta Edición es W07D 277/82, cuyo(s) inventor(es)
es (son) William C. III. Blackwell, James Hulsizer, Jian Wei Liu,
Gary Steelman, Rebecca Urbanek, Dan Widzowski, Ye Wu. La
solicitud correspondiente lleva el número 11639, y fue presentada
a las 14:25:00 del 20 de agosto de 2010. Cualquier interesado podrá
oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación
de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial
La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—
San José, 23 de agosto del 2010.—Lic. Hellen Marín Cabrera,
Registradora.—(IN2010080534).
El señor Néstor Morera Víquez, cédula Nº 1-1018-975,
mayor, casado, abogado, vecino de Heredia, en su condición de
apoderado especial de Bayer Schering Pharma Aktiengesellschaft,
de R.F. Alemania, solicita la Patente de Invención denominada
SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DE DROGAS CON
EFECTO ESTABILIZANTE. Un sistema de administración de
drogas también usado como forma de dosificación unitaria que
comprende una matriz de película delgada soluble en agua, en donde
la matriz comprende: a) un copolímero de injerto polivinilalcoholpolietilenglicol (copolímero de PVA-PEG) como polímero de matriz
soluble en agua; b) un ingrediente activo que es un esteroide en el
cual las posiciones 6 y 7 de la estructura esteroide son ambas un
residuo -CH2-. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen
y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de
Patentes Sexta Edición es A61K 9/00, cuyo(s) inventor(es) es (son)
Funke, Adrián, Terebesi, Ildikó, General, Sascha. La solicitud
correspondiente lleva el número 11630, y fue presentada a las
12:57:00 del 13 de agosto de 2010. Cualquier interesado podrá
oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación
de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial
La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San
José, 17 de agosto del 2010.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—
(IN2010080536).
El señor Néstor Morera Víquez, cédula Nº 1-1018-975,
mayor, casado, abogado, vecino de Heredia, en su condición de
apoderado especial de Bayer Schering Pharma Aktiengesellschaft,
de R.F. Alemania, solicita la Patente de Invención denominada
PARAMYXOVIRUS EFICAZ COMO ANTITUMORAL. Se
describen paramyxovirus del grupo APMV3, APMV4, APMV5,
APMV6, APMV7, APMV8, APMV9, virus Mapueray virus Ferde-Lance, los cuales pueden ser usados para la producción de un
medicamento para el tratamiento de tumores. El virud tiene la
selectividad para matar células diferenciadas tumorales humanas
pero no para matar células diferenciadas normales humanas o en
proliferación normal humanas con la misma dosis. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
Pág 25
la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A61K
35/76, cuyo(s) inventor(es) es (son) Rudolf Beier, Florian Puhler. La
solicitud correspondiente lleva el número 11631, y fue presentada a
las 12:57:15 del 16 de agosto de 2010. Cualquier interesado podrá
oponerse dentro de los tres meses siguiente a la tercera publicación
de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial
La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—
San José, 16 de agosto del 2010.—Lic. Hellen Marín Cabrera,
Registradora.—(IN2010080537).
El señor Néstor Morera Víquez, cédula Nº 1-1018-975, mayor,
casado, abogado, vecino de Heredia, en su condición de apoderado
especial de Bayer Schering Pharma Aktiengesellschaft, de R.F.
Alemania, solicita la Patente de Invención denominada SISTEMA
DE ADMINISTRACIÓN DE DROGAS QUE CONTIENEN
ESTRADIOL. La presente invención se refiere a sistemas de
administración de drogas en la forma de películas delgadas solubles
en agua (obleas), que contienen estradiol, o derivados del mismo, en
cantidades bajas. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen
y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de
Patentes Sexta Edición es A61K 9/00, cuyo(s) inventor(es) es
(son) Funke; Adrián, General, Sascha, Terebesi, Ildikó, Zurth,
Christian, Alincic-Kunz, Sofía, Schäfers, Matthias, Holler, Thomas,
Diefenbach, Konstanze. La solicitud correspondiente lleva el
número 11632, y fue presentada a las 12:57:30 del 13 de agosto de
2010. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses
siguiente a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días
consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico
de circulación nacional.—San José, 17 de agosto del 2010.—Lic.
Fabián Andrade Morales, Registrador.—(IN2010080539).
El señor Néstor Morera Víquez, mayor, abogado, cédula
1-1018-975, vecino de San José, en su condición de apoderado
especial de Fabio Puello, de R. Dominicana, solicita la patente de
Invención denominada DISPOSITIVOS EXHIBIDORES DE PUBLICIDAD
Y ESTRUCTURAS QUE LO CONFORMAN.
La presente invención se relaciona con la
rama publicitaria y de modo particular con
dispositivos exhibidores de publicidad y las
estructuras que lo conforman, todo lo cual
permite armar dispositivos publicitarios que
brindan la información por dos, tres, cuatro y
más caras facilitando un completo acceso al
mensaje
publicitario.
La
memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y
diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes Sexta Edición es
G09F 15/00, cuyo inventor es (son) Puello,
Fabio. La solicitud correspondiente lleva el
número 11502, y fue presentada a las
13:50:00 del 16 de junio de 2010. Cualquier
interesado podrá oponerse dentro de los tres
meses siguientes a la tercera publicación de
este aviso. Publíquese tres días consecutivos
en el diario oficial La Gaceta y una vez en un
periódico de circulación nacional.—San
José, 23 de agosto de 2010.—Lic. Melissa Solís Zamora,
Registradora.—(IN2010080541).
El señor Néstor Morera Víquez, cédula 1-1018-975, mayor,
casado, abogado, vecino de Heredia, en calidad de apoderado
especial de Astrazeneca AB, de Suecia, Dainippon Sumitomo
Pharma Co., Ltd., de Japón, solicita la Patente de Invención
denominada DERIVADOS DE PIRIMIDINA PARA EL TRATAMIENTO
DE ASMA, EPOC, RINITIS ALÉRGICA, CONJUNTIVITIS ALÉRGICA,
DERMATITIS ATÓPICA, CÁNCER, HEPATITIS B, HEPATITIS C, VIH,
VPH, INFECCIONES BACTERIANAS Y DERMATOSIS. La presente
invención estipula compuestos de formula (I) donde R1, R2, R3, y
R4 son los definidos en la especificación y sus sales farmacéuticas
que los contienen y su uso en terapia. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07D
239/48, cuyo inventor es (son) Bennett, Nicholas, J., Mcinally,
Pág 26
La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010
Thomas, Mochel, Tobias, Thom, Stephen, Tiden, Anna-Karin. La
solicitud correspondiente lleva el número 11451, y fue presentada
a las 13:20:00 del 21 de mayo de 2010. Cualquier interesado podrá
oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación
de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial
La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San
José, 23 de agosto de 2010.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—
(IN2010080540).
El señor Néstor Morera Víquez, cédula 1-1018-975, mayor,
casado, abogado, vecino de Heredia, en condición de apoderado
especial de Astrazeneca AB, de Suecia, solicita la Patente de
Invención denominada DERIVADOS HETEROCÍCLICOS DE UREA Y
MÉTODOS DE USO DE LOS MISMOS-211.
Se describen compuestos
de fórmula (I) y sus sales
farmacéuticamente
aceptables. También se
describen procesos para su
p r e p a r a c i ó n ,
composiciones
farmacéuticas que los
contienen, su uso como
medicamentos y su uso en el tratamiento de infecciones bacterianas.
La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños
quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes
Novena Edición es C07D 413/14, cuyo inventor es (son) BIST,
Shanta, Dangel, Brian, Sherer, Brian. La solicitud
correspondiente lleva el número 11641, y fue presentada a las
13:20:30 del 24 de agosto de 2010. Cualquier interesado podrá
oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera
publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en
el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 25 de agosto de 2010.—Lic. Randall Abarca
Registrador.—(IN2010080543).
AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES
DIRECCIÓN DE GEOLOGÍA Y MINAS
SOLICITUD DE EXPLOTACIÓN EN CAUCE
DE DOMINIO PÚBLICO
EDICTOS
En expediente Nº 17-2007 el señor Asdrúbal Murillo Víquez,
mayor, casado, empresario, cédula 2-380-866 vecino de La Virgen,
Sarapiquí, Heredia, solicita concesión para extracción de materiales
en cauce de dominio público sobre el río Sucio.
Localización geográfica:
Sito en: distrito 03 Horquetas, cantón 10 Sarapiquí, provincia
04 Heredia.
Hoja cartográfica:
Hoja Guápiles y Río Sucio, escala 1:50.000 del I.G.N.
Localización cartográfica:
Entre coordenadas generales: 257144.86-257152.61 Norte,
552739.64-552411.93 Este límite aguas arriba y 257997.47258021.34 Norte, 552598.06 - 552789.35 Este límite aguas abajo.
Área solicitada:
26 ha 1.398,55m², longitud promedio 881,01 metros, según
consta en plano aportado al folio 1.
Derrotero:
Coordenadas del vértice N° 1 257997.47 Norte, 552598.06
Este.
Línea
Acimut
Distancia (m)
1–2
082°53’
192.77
2–3
169°04’
63.87
3–4
174°03’
89.89
4–5
167°32’
36.65
5–6
179°58’
125.03
Línea
6–7
7–8
8–9
9 – 10
10 – 11
11 – 12
12 – 13
13 – 14
14 – 15
15 – 16
16 – 17
17 – 18
18 – 19
19 – 20
20 – 21
21 – 22
22 – 23
23 – 24
24 – 25
25 – 26
26 – 27
27 – 1
Acimut
180°27’
190°53’
190°44’
188°35’
186°05’
271°21’
008°22’
002°03’
015°33’
013°01’
005°06’
007°51’
024°12’
017°44’
036°25’
015°22’
011°54’
001°29’
359°02’
027°57’
012°46’
016°21’
Distancia (m)
109.12
199.75
101.03
108.50
52.01
327.80
139.74
94.00
106.59
89.53
85.19
44.07
40.67
43.00
48.48
37.65
15.31
23.29
31.95
42.84
20.65
13.21
Edicto basado en la solicitud inicial aportada el 20 de
diciembre del 2007, área y derrotero aportados el 20 de diciembre
del 2007. Con quince días hábiles de término, contados a partir de
la segunda publicación, cítese a quienes tengan derechos mineros
que oponer hacerlos valer ante este Registro Nacional Minero.—
San José, ocho de setiembre del dos mil diez.—Registro Nacional
Minero.—Lic. Rosa María Ovares Alvarado.—(IN2010077510).
2 v. 2.
En expediente Nº 5-2006 el señor Ricardo Herrera Monge,
mayor, casado una vez, ingeniero, vecino de Ciudad Quesada,
apoderado generalísimo de Quebrador San Carlos S. A. presenta
solicitud de extracción de materiales en cauce de dominio público
sobre Quebrada Santa Rita.
Localización geográfica:
Sito en: Santa Rita, distrito: 02 Florencia, cantón: 10 San
Carlos, provincia: 02 Alajuela.
Hoja cartográfica:
Hojas Fortuna y San Lorenzo, escala 1:50.000 del I.G.N.
Localización cartográfica:
Entre coordenadas generales: 256844.77 - 256857.65 norte,
480307.26 - 480253.48 este, límite aguas arriba y 258244.87 258265.52 norte, 480014.03 - 480045.92 este límite aguas abajo.
Área solicitada:
7 ha 1628.87 m2, longitud promedio 1459.725 metros, según
consta en plano
Derrotero:
Coordenadas del vértice N° 1258061.53 Norte, 480059.73
Este.
Línea
Acimut
Distancia (m)
1 - 2
2 - 3
3 - 4
4 - 5
5 - 6
6 - 7
7 - 8
8 - 9
9 - 10
10 - 11
352°25’
295°36’
321°15’
319°40’
009°59’
353°27’
057°04’
167°29’
147°32’
189°49’
20.33
4.26
24.07
24.21
20.31
104.80
37.99
124.40
114.82
101.37
La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010
Línea
Acimut
Distancia (m)
11 - 12
162°32’
167.19
12 - 13
156°52’
118.12
13 - 14
198°59’
69.85
14 - 15
174°44’
118.61
15 - 16
168°50’
81.94
16 - 17
157°14’
132.52
17 - 18
198°16’
104.08
18 - 19
184°35’
84.12
19 - 20
162°12’
102.82
20 - 21
156°34’
104.72
21 - 22
176°28’
71.17
22 - 23
283°28’
55.31
23 - 24
345°22’
143.61
24 - 25
353°58’
137.57
25 - 26
005°18’
93.62
26 - 27
348°47’
101.82
27 - 28
349°43’
188.35
28 - 29
343°03’
109.75
29 - 30
000°40’
87.81
30 - 31
350°55’
135.07
31 - 32
349°16’
113.47
32 - 1
347°55’
114.67
Edicto basado en la solicitud inicial aportada el 15 de junio del
2006, área y derrotero aportados el 18 de marzo del 2010. Con quince
días hábiles de término, contados a partir de la segunda publicación,
cítese a quienes tengan derechos mineros que oponer hacerlos valer
ante este Registro Nacional Minero.—San José, 8 de setiembre del
2010.—Lic. Rosa María Ovares Alvarado.—(IN2010079698).
2 v. 2.
DIRECCIÓN DE AGUA
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Expediente 7004P.—Proyecto Agroindustrial de Sixaola
S. A., solicita concesión de: 3 litros por segundo del Pozo SX18, efectuando la captación en finca de su propiedad en Sixaola,
Talamanca, Limón, para uso agroindustrial-bananeras. Coordenadas
168.363 / 687.121 hoja Sixaola. 5 litros por segundo del Pozo SX17, efectuando la captación en finca de su propiedad en Sixaola,
Talamanca, Limón, para uso agroindustrial-bananeras. Coordenadas
169.160 / 685.844 hoja Sixaola. 6 litros por segundo del Pozo SX19, efectuando la captación en finca de su propiedad en Sixaola,
Talamanca, Limón, para uso agroindustrial-bananeras. Coordenadas
167.712 / 686.697 hoja Sixaola. Quienes se consideren lesionados
deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera
publicación.—San José, 14 de setiembre del 2010.—José Miguel
Zeledón Calderón, Director.—(IN2010077532).
Exp. 900.—H. Losko, S. A. solicita concesión de: 1440 litros
por segundo del río Segundo, efectuando la captación en finca de su
propiedad en Venecia, San Carlos, Alajuela, para uso fuerza hidráulica
generación eléctrica y venta al Instituto Costarricense de Electricidad
y/o terceros. Coordenadas: 246.796/502.297 hoja Quesada.
15 litros por segundo de quebrada Árbol-A Coordenadas
246.700 7/502.700 hoja Quesada.
5 litros por segundo de quebrada Toma-B Coordenadas
246.650/502.900 hoja Quesada.
40 litros por segundo de quebrada Toma-C Coordenadas
246.650/503.900 hoja Quesada.
Caída bruta (metros) 70 m.
Caída bruta (metros) 68 m.
Caída bruta (metros) 70 m.
Caída bruta (metros) 69 m.
Potencia teórica (kW) 989.42 kW.
Potencia teórica (kW) 3.33 kW.
Potencia teórica (kW) 10.30 kW.
Potencia teórica (kW) 27.00 kW.
Propietarios de terrenos aguas abajo de la toma Andra S. A.,
Autos Xiri S. A., Distribuidora de Luines Alpizars S.A. Quienes se
consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro
Pág 27
del término de un mes contado a partir de la primera publicación.—
San José, 16 de setiembre del 2010.—José Miguel Zeledón Calderón,
Director.—(IN2010077711).
Exp. 6325A.—Finca Supercolores S. A., solicita concesión
de: 4 litros por segundo del río Prendas, efectuando la captación en
finca de Constructura El Bajo del León S. A. su propiedad en San
José, Grecia, Alajuela, para uso agropecuario riego ornamentales.
Coordenadas 225.300 / 505.400 hoja Naranjo. Predios inferiores:
Pedro Jiménez Rojas, Desiderio Chávez Chávez, Rodolfo Solano
Vargas. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo
dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San
José, 19 de julio del 2010.—José Miguel Zeledón Calderón,
Director.—(IN2010077756).
Expediente 14205P.—Matilde González Ramírez, solicita
concesión de: 3 litros por segundo del pozo artesanal, efectuando la
captación en finca de el mismo en Santa Eulalia, Atenas, Alajuela,
para uso agropecuario abrevadero, consumo humano y agropecuario
- riego. Coordenadas 220.112 / 494.115 hoja Río Grande. Quienes
se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes
contado a partir de la primera publicación.—San José, 9 de
setiembre de 2010.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—
(IN2010078129).
Expediente 14199P.—Inversiones Beliboo de Santa Teresa S.
A., solicita concesión de: 1 litros por segundo del pozo CY-153,
efectuando la captación en finca de Inversiones Beliboo de Santa
Teresa S. A., en Mata Redonda, San José, San José, para uso consumo
humano y agropecuario-riego. Coordenadas 182.075 / 407.850 hoja
cabuya. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo
dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San
José, 7 de setiembre de 2010.—José Miguel Zeledón Calderón,
Director.—(IN2010078130).
Exp. 13986A.—Monte Lindo S. A., solicita concesión de: 9,92
litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación
en finca de el mismo en Quesada, San Carlos, Alajuela, para uso
consumo humano doméstico. Coordenadas 392.215/457.367 hoja
Quesada. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren
lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la
primera publicación.—San José, 2 de julio del 2010.—José Miguel
Zeledón Calderón, Director.—(IN2010078256).
Exp. 14146A.—Silvia Elena Mora Arias, solicita concesión
de: 0,05 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando
la captación en finca de Henrey González Cordero en San Pablo
Turrubares, San José, para uso consumo humano-doméstico.
Coordenadas 209.184 / 491.125 hoja Río Grande. Predios
inferiores: Amable Cordero Arce. Quienes se consideren lesionados,
deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera
publicación.—San José, 9 de agosto del 2010.—José Miguel
Zeledón Calderón, Director.—RP2010196818.—(IN2010078524).
Exp. 7202P.—Mega Uno S. A., solicita concesión de: 2,5
litros por segundo del pozo AB-1531, efectuando la captación
en finca de su propiedad en Hatillo, San José, San José, para uso
comercial – lavado vehículos. Coordenadas 210.600 / 525.430 hoja
Abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro
del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 9
de agosto de 2010.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—
RP2010196926.—(IN2010078525).
Expediente Nº 9302A.—Catártica S. A. solicita concesión
de: 0,12 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando
la captación en finca de Agroindustrial Las Marías S. A. en Santo
Domingo, Santa Bárbara, Heredia, para uso consumo humano
doméstico y turístico otro. Coordenadas 229.900 / 519.700 hoja
Barva. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren
lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de
la primera publicación.—San José, 20 de setiembre del 2010.—José
Miguel Zeledón Calderón, Director.––(IN2010078974).
Pág 28
La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010
Expediente Nº 6590P.—Melones de Costa Rica S. A., solicita
concesión de: 50 litros por segundo del pozo BE-286, efectuando
la captación en finca de su propiedad en Filadelfia, Carrillo,
Guanacaste, para uso agropecuario riego frutal. Coordenadas:
266.000 / 368.900, hoja Belén. 50 litros por segundo del pozo
BE-287, efectuando la captación en finca de su propiedad en
Filadelfia, Carrillo, Guanacaste, para uso agropecuario riego frutal.
Coordenadas: 266.130 / 368.880, hoja Belén. 38 litros por segundo
del pozo BE-288, efectuando la captación en finca de su propiedad en
Filadelfia, Carrillo, Guanacaste, para uso agropecuario riego frutal.
Coordenadas: 266.650 / 368.200, hoja Belén. Quienes se consideren
lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la
primera publicación.—San José, 21 de setiembre del 2010.—José
Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2010079231).
Expediente Nº 14206A.—Agropecuaria Chaves Morales S.
A., solicita concesión de: 300 litros por segundo de la quebrada La
Vaquita, efectuando la captación en finca de él mismo en Laurel,
Corredores, Puntarenas, para uso agropecuario riego. Coordenadas:
275.722 / 576.682, hoja Canoas. Predios inferiores: no se indican.
Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del
mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 10 de
setiembre del 2010.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—
(IN2010079234).
Expediente Nº 7091P.—Tranque Comercial S. A., solicita
concesión de: 0,05 litros por segundo del pozo sin número,
efectuando la captación en finca de su propiedad en Uruca, Santa
Ana, San José, para uso consumo humano doméstico. Coordenadas:
212.400 / 515.400, hoja Abra. Quienes se consideren lesionados,
deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera
publicación.—San José, 20 de setiembre del 2010.—José Miguel
Zeledón Calderón, Director.—(IN2010079248).
Exp. Nº 11417P.—Hilda María Salazar Chaves, solicita
concesión de: 0,05 litros por segundo del pozo sin número,
efectuando la captación en finca de su propiedad en Uruca, Santa
Ana, San José, para uso consumo humano doméstico. Coordenadas
212.400 / 515.400 hoja Abra. Quienes se consideren lesionados,
deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera
publicación.—San José, 20 de setiembre del 2010.—José Miguel
Zeledón Calderón, Director.—(IN2010079249).
Exp. Nº 11419P.—Amelia María Salazar Chaves, solicita
concesión de: 0,5 litros por segundo del pozo sin número,
efectuando la captación en finca de su propiedad en Uruca, Santa
Ana, San José, para uso consumo humano doméstico. Coordenadas
212.400 / 515.400 hoja Abra. Quienes se consideren lesionados,
deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera
publicación.—San José, 21 de setiembre del 2010.—José Miguel
Zeledón Calderón, Director.—(IN2010079250).
Expediente Nº 7116P.—Inversiones Hidalgo y Calderón S.A.,
solicita concesión de: 0,10 litro por segundo del pozo RG-337,
efectuando la captación en finca de su propiedad en Concepción,
Atenas, Alajuela, para uso consumo humano doméstico y turístico
piscina. Coordenadas 217.800 / 497.675 hoja Río Grande. Quienes
se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo,
dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San
José, 14 de setiembre de 2010.—José Miguel Zeledón Calderón,
Director.—RP2010197393.—(IN2010079510).
Exp. Nº 7217P.—Mesopotamia S. A., solicita concesión de:
0,5 litros por segundo del Pozo RG-331, efectuando la captación
en finca de su propiedad en Guácima (Alajuela), Alajuela, Alajuela,
para uso consumo humano-doméstico y agropecuario-riegoornamentales. Coordenadas 214.900 / 508.100 Hoja Río Grande.
Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del
mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 22 de
setiembre del 2010.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—
(IN2010079606).
Exp. 5996P.—Centro Internacional de Inversiones Ciisa S.
A., solicita concesión de: 10 litros por segundo del pozo AB-1305,
efectuando la captación en finca de su propiedad en La Ribera, Belén,
Heredia, para uso industria-otro. Coordenadas 220.000/517.100
hoja ABRA. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo
dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San
José, 22 de setiembre del 2010.—José Miguel Zeledón Calderón,
Director.—(IN2010079674).
Exp. Nº 9598P.—Inversiones Jore de Palmares S. A., solicita
concesión de: 0.40 litros por segundo del Pozo NA-604, efectuando
la captación en finca de su propiedad en Esquipulas, Palmares,
Alajuela, para uso consumo humano doméstico y varios. Coordenadas
227.050 / 489.350 hoja Naranjo. Quienes se consideren lesionados,
deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera
publicación.—San José, 20 de setiembre de 2010.—José Miguel
Zeledón Calderón, Director.—RP2010197933.—(IN2010079848).
Expediente Nº 14218A.—Adriana López Zúñiga, solicita
concesión de: 0,05 litros por segundo del nacimiento sin nombre,
efectuando la captación en finca de Eterley Sánchez Rodríguez en
San José (Atenas), Atenas, Alajuela, para uso consumo humano.
Coordenadas 222.550/491.250 hoja río Grande. Predios inferiores:
no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo
dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San
José, 17 de setiembre del 2010.—José Miguel Zeledón Calderón,
Director.—RP2010198206.—(IN2010080320).
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
EDICTOS
Registro Civil - Departamento Civil
OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Exp. Nº 37584-09.—Registro Civil.—Departamento Civil.—
Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las doce horas cuarenta
minutos del siete de julio del dos mil diez. Gemma Jiménez
Vásquez, mayor, casada, oficios del hogar, costarricense, cédula
de identidad número dos-doscientos cuarenta y dos-quinientos
sesenta y cuatro, vecina de Rincón de Zaragoza, Palmares, Alajuela;
solicita la rectificación de su asiento de nacimiento..., en el sentido
que la fecha de nacimiento de la misma es “tres de mayo de mil
novecientos cuarenta y seis”. Conforme lo señala el artículo 66 de
la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro
Civil, publíquese este edicto por tres veces en el diario oficial La
Gaceta. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer
sus derechos dentro del término de ocho días a partir de su primera
publicación.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic.
Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—RP2010197819.—
(IN2010079850).
CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS
OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVIL
MODIFICACIÓN N° 5 AL PLAN DE COMPRAS 2010
El Consejo Técnico de Aviación Civil y la Dirección General
de Aviación Civil, comunican de conformidad con la Ley de
Contratación Administrativa y su Reglamento, que se ha efectuado
la quinta modificación al plan de compras 2010, la que se encuentra
a disposición de los interesados en el Sistema CompraRed, en la
dirección https://www.hacienda.go.cr /comprared, a partir de esta
publicación.
Proveeduría.—José Alberto Cascante Flores, Proveedor
Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 21156.—Solicitud Nº 4975.—C10500.—(IN2010082904).
La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010
CULTURA Y JUVENTUD
MUSEO DE ARTE COSTARRICENSE
MODIFICACIÓN AL PLAN ANUAL DE COMPRAS 2010
De conformidad con las modificaciones a la Ley de
Contratación Administrativa publicadas en el Diario Oficial La
Gaceta Nº 128 del 4 de julio del 2006, y de acuerdo al artículo
6 de la Ley de Contratación Administrativa, se informa que la
segunda modificación al plan anual de compras para el año 2010, se
encuentra a disposición de los interesados en el sistema de compras
gubernamentales Comprared, en la dirección electrónica https://
www.hacienda.go.cr/compred.
Lic. Leonardo A. Mata Sanabria, Proveedor Institucional.—1
vez.—O. C. Nº 10734.—Solicitud Nº 48649.—C-11920.—
(IN2010082921).
LICITACIONES
PODER LEGISLATIVO
DEFENSORÍA DE LOS HABITANTES DE LA REPÚBLICA
DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2010LA-000008-DHR
Compra de equipo de fotocopiado
La Defensoría de los Habitantes de la República a través de
su Departamento de Proveeduría Institucional, avisa e invita a todos
los potenciales proveedores interesados en participar en el presente
procedimiento, cuyo objeto de contratación es la compra de 5
fotocopiadoras, que se recibirán propuestas hasta las 10:00 horas
del día 15 de octubre del 2010.
Las condiciones y términos de referencia se podrán retirar
desde las 8:00 horas y hasta las 15:50 horas de lunes a viernes en
el Departamento de Proveeduría y Servicios Generales sin costo
alguno.
Sita barrio México, de los Bomberos 200 metros oeste y 75
metros sur. Teléfono 2248-2374, / fax Nº 2258-6426.
San José, 4 de octubre del 2010.—Lic. Luis Gerardo Fallas
Acosta, Defensor Adjunto.—Departamento de Proveeduría y
Servicios Generales.—Roxana Hernández Cavallini, Jefa.—1
vez.—O. C. Nº 15028.—Solicitud Nº 30017.—C-15000.—
(IN2010083219).
OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
CONSEJO NACIONAL DE CONCESIONES
CONCURSO DE ANTECEDENTES 01-2010
Contratación de un Auditor Interno para
el Consejo Nacional de Concesiones
El Consejo Nacional de Concesiones comunica a todos
los interesados que ha abierto Concurso para el nombramiento
del Auditor Interno del Consejo Nacional de Concesiones. Los
interesados deberán presentar sus ofertas en el Consejo Nacional de
Concesiones, sito en San José, Mercedes de Montes de Oca, 125 al
oeste de la Rotonda de La Bandera, Ofiplaza del Este, Edificio C,
primera planta hasta las 14:00 horas del décimo día hábil siguiente
contado a partir de esta publicación.
Los participantes deberán cumplir con los siguientes requisitos
mínimos:
1. Tener Licenciatura en Contaduría Pública o Maestría en
Administración con énfasis en Contaduría Pública.
2. Experiencia mínima de 4 años en la ejecución de labores
profesionales en el ejercicio de Auditoría Interna o Externa en
los sectores público o privado.
3. Incorporado al Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica.
Además deberán presentar copia de la cédula de identidad,
currículum vitae, fotografía tamaño pasaporte reciente, fotocopia
de los títulos de grados académicos (a ser confrontados con los
originales durante el proceso), acreditación de incorporación al
Colegio de Contadores Públicos y que se encuentra al día con sus
obligaciones ante dicho Colegio.
Pág 29
Deberán los participantes presentar asimismo declaración
jurada de cumplir con los requisitos para el puesto, encontrarse al
día con el pago de todo tipo de impuestos nacionales, de no estar
afectado por ninguna causal de prohibición y de que se encuentra
al día en el pago de las obligaciones obrero patronales con la Caja
Costarricense de Seguro Social.
Lic. Carmen Madrigal Rímola, Proveedora Institucional.—1
vez.—O. C. Nº 01-2010.—Solicitud Nº 34849.—C-23250.—
(IN2010083233).
UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA
LICITACIÓN ABREVIADA 2010LA-000023-99999
Remodelaciones varias en diferentes centros
universitarios de la UNED
La Universidad Estatal a Distancia (UNED), requiere
contratar los servicios de empresas constructoras para que realicen
las mejoras y remodelaciones requeridas en las diferentes sedes de
la UNED.
La Universidad Estatal a Distancia (UNED), recibirá ofertas
por escrito, hasta las 10:00 horas del 3 de noviembre del 2010.
Los interesados tienen el Cartel a disposición vía Internet, en
forma gratuita, en el sistema de Compr@Red, en la página WEB
del Ministerio de Hacienda, a partir de esta fecha. También pueden
obtenerlo en la Oficina de Contratación y Suministros, previo pago
de ¢2.000,00 (dos mil colones con cero céntimos), en las cajas de
la Oficina de Tesorería, Sede Central de la UNED, sita 800 metros
este de la Rotonda de la Bandera, carretera a Sabanilla, Montes de
Oca. Se atenderán consultas a los teléfonos, 2527-2496, 2253-2907
y 2224-6739.
Sabanilla, 4 de octubre del 2010.—Oficina de Contratación
y Suministros.—Mag. Giovanni Sibaja Fernández, Analista.—1
vez.—(IN2010083238).
UNIVERSIDAD TÉCNICA NACIONAL
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2010LA-000003-UTN
Compra de equipo producción para la Editorial
La Oficina de Proveeduría Institucional de la Universidad
Técnica Nacional, recibirá ofertas por escrito hasta las 15:00 horas
del día jueves 21 de octubre del 2010, para la compra de:
Una perforadora, engargoladora para encuadernaciones en
espiral.
Una laminadora de plástico para acabados finales de
presentación.
Una máquina dobladora de papeles, distintos formatos.
Una duplicadora bicolor.
Un sistema de reproducción de documentos láser,
monocromática.
Dos engrapadoras industriales para bloques metálicas de alto
rendimiento.
El cartel debe ser solicitado al correo electrónico: vcascante@
utn.ac.cr o cascanteloria.vinicio@gmail.com con el señor Vinicio
Cascante Loría.
Para consultas: vcascante@utn.ac.cr (Vinicio Cascante).
Telefax: 2430-3496. CC: lcarmona@utn.ac.cr y mgonzalez@utn.
ac.cr.
4 de octubre del 2010.—Lic. Miguel González Matamoros,
Director.—1 vez.—(IN2010082920).
COLEGIOS UNIVERSITARIOS
COLEGIO UNIVERSITARIO DE LIMÓN
CARTELDELICITACIÓNABREVIADAN°2010LA-000010-01
Licenciemiento office
El Colegio Universitario de Limón, CUNLIMON invita a
participar en la Licitación Abreviada antes mencionada. Interesados
solicitar cartel en nuestras instalaciones ubicadas en Limón o
comunicarse al teléfono 2798-13-49, ext. 103.
Fecha límite de recepción de ofertas y apertura: 19 de octubre
a las 9:00 a. m.
Limón, 28 de setiembre del 2010.—Proveeduría-Bodega.—
Bach. Nancy Hewitt Hines.—1 vez.—(IN2010082888).
Pág 30
La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
HOSPITAL DR. RAFAEL A. CALDERÓN GUARDIA
LICITACIÓN ABREVIADA 2010LA-000017-2101
Compra de Servicios por mantenimiento preventivo
y correctivo para 04 equipos Ultrasonidos pertenecientes
ubicados en diferentes servicios del hospital
Se informa a los interesados que está disponible la Licitación
Abreviada 2010LA-000017-2101. Compra de Servicios por
mantenimiento preventivo y correctivo para 04 equipos Ultrasonidos,
pertenecientes y ubicados en diferentes servicios del Hospital. Fecha
máxima de recepción de ofertas 05 de noviembre de 2010 a las 10:00
a.m. El cartel se puede adquirir en la Administración del Hospital,
por un costo de ¢500. Vea detalles en http://www.ccss.sa.cr.
San José, 4 de octubre de 2010.—Lic. Yehudi Céspedes Quirós,
Coordinador a. í. de la Subárea de Contratación Administrativa.—1
vez.—(IN2010083211).
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
MUNICIPALIDADES
MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ
LICITACIÓN PÚBLICA 2010-LN-000002-99999
Adquisición de productos cementicios
El Departamento de Recursos Materiales y Servicios, Área
de Licitaciones, ubicado en el sótano del Edificio Municipal “José
Figueres Ferrer”, avenida 10, comunica a los interesados en el
presente concurso, que el cartel estará a su disposición a partir de la
presente publicación.
Licitación Pública:
Nº
Objeto contractual
Fecha
Hora
2010LN-00000299999
Adquisición de
3 noviembre
productos cementicios 2010.
9:00
a.m.
San José, 30 de setiembre del 2010.—Departamento de
Comunicación.—Teo Dinarte Guzmán, Jefa.—O. C. Nº 124280.—
Solicitud Nº 4683.—C-11900.—(IN2010082923).
ADJUDICACIONES
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2010LN-000046-85001
Compra, actualización y renovación de licencias de cómputo
La Proveeduría del Tribunal Supremo de Elecciones comunica por este medio, que en el artículo segundo de la Reunión Ordinaria N°
25-2010 celebrada el 29 de setiembre del año en curso y comunicado en oficio N° CAD-086-2010, la Comisión de Adjudicaciones dispuso
adjudicar el concurso de referencia de la siguiente manera:
• A la oferta Nº 1 presentada por Sefisa Sistemas Eficientes S. A. lo siguiente:
Item
Cant
Precio Unitario
Precio Total
Licencia Websense para filtrado de contenido desde y
11
500
hacia internet (renovación) y demás características de
la oferta y condiciones del cartel
US$ 27.00
US$ 13,500.00
Renovación de seguros, suscripción, mantenimiento
14
1
y soporte de Checkpoint para 500 usuarios, y demás
características de la oferta y condiciones del cartel
US$ 7,380.00
Total a adjudicar a Sefisa Sistemas Eficientes S. A.
US$ 20,880.00
Plazo de Entrega:
10 días hábiles
• A la oferta Nº 2 presentada por Alfa GPR Tecnologías S. A., lo siguiente:
Cant
Precio Unitario
Licencia de Visual Studio 2010 Ultimate y demás
4
2
características de la oferta y condiciones del cartel.
$ 6,033.66
Licencia SQL server developer edition, y demás
9
2
características de la oferta y condiciones del cartel.
$25.08
Licencia SQL server enterprise con seguro, y demás
10
2
características de la oferta y condiciones del cartel
$ 8,828.85
Total a adjudicar a Alfa GPR Tecnologías S. A.
Plazo de Entrega:
Item
• A la oferta Nº 3 presentada por Soluciones para la Alta Gerencia AG S. A., lo siguiente:
Cant
Licencia para 2 usuarios software embarcadero DB Artisan Workbench
5
1
Edition Ver 8 y demás características de la oferta y condiciones del cartel.
Total a adjudicar a Soluciones para la Alta Gerencia AG S.A
Plazo de Entrega:
Item
Item
6
8
15
• A la oferta Nº 5 presentada por Componentes El Orbe S. A. lo siguiente:
Cant
Precio Unitario
Licencia para el análisis de vulnerabilidades en
aplicaciones web -Webinspect- (renovación) y demás
1
características de la oferta y condiciones del cartel
Licencia para pruebas de penetración - intrusion
sobre bases de datos APPSEC (renovación, precio por
4
licencia por base de datos) y demás características de
la oferta y condiciones del cartel.
$836.92
2
Seguro de actualización IPS (renovación) y demás
características de la oferta y condiciones del cartel
$ 9,839.045
Precio Total
$ 12,067.32
$ 50.16
$ 17,657.70
US$ 29,775.18
7 días hábiles
Precio Total
$ 30,640.00
US$ 30,640.00
10 días hábiles
Precio Total
$ 3,320.68
$3,347.68
$19,678.09
La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010
Item
Pág 31
Precio
Unitario
Cant
Total a adjudicar a Componentes El Orbe S. A.
Plazo de Entrega:
Item
US$ 26,346.45
30 días hábiles
• A la oferta Nº 6 presentada por Retnetsos Consultores S.A, lo siguiente:
Cant
Renovación de certificado digital verisign para
el sitio web y demás características de la oferta y
condiciones del cartel
Total a adjudicar a Retnetsos Consultores S. A.
Plazo de Entrega:
12
2
Precio Total
Precio
Unitario
$1,190.00
Precio Total
$ 2,380.00
US$ 2,380.00
20 días hábiles
• A la oferta Nº 7 presentada por Sistemas de Computación Conzultek de Centroamérica S. A., lo siguiente:
Cant
Precio Total
Solución enterprise (renovación de 700 licencias antivirus y antispan)
16
1
y demás características de la oferta opcional 2, visible al folio 501 y
condiciones del cartel.
$ 39,896.00
Total a adjudicar a Sistemas de Computación Conzultek S.A:
US$ 39,896.00
Plazo de Entrega:
20 días hábiles
Item
• A la oferta Nº 8 presentada por G Con de Costa Rica S. A. lo siguiente:
Cant
Precio Unitario
Licencia de IBM Rational Clearquest de tipo flotante
1
1
(renovación).
Licencia de IBM Rational Requisitepro flotante
2
2
(renovación).
$ 1,286.47
Licencia de IBM Rational Team Unifying Platform
3
1
(renovación).
7
6
Licencia Rational Rose Modeler Floating (renovación).
$3,089.75
Total a adjudicar a G Con de Costa Rica S.A:
Plazo de Entrega:
Item
Ítem
13
• A la oferta Nº 9 presentada por IT Security Services Viras S. A., lo siguiente:
Cant
Renovación de seguro de actualizaciones de software de análisis de
1
vulnerabilidades languard.
Total a adjudicar a IT Security Services Viras S.A:
Plazo de Entrega:
Precio Total
US$ 1,413.18
US$ 2,572.94
US$ 4,472.22
US$ 18,538.50
US$ 26,996.84
15 días hábiles
Precio Total
$512.50
US$ 512.50
15 días naturales
Todo sujeto a las demás condiciones y especificaciones del cartel y la oferta.
Lic. Allan Herrera Herrera, Proveedor.—1 vez.—O. C. Nº 4016.—Solicitud Nº 1596-2010.—C-154000.—(IN2010082913).
BANCO DE COSTA RICA
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2010LN-005052-01
Contratación de empresas que brinden el servicio de
alimentación a los colaboradores del Conglomerado BCR
El Banco de Costa Rica, informa a los interesados en
la licitación en referencia que la Comisión de Contratación
Administrativa en reunión 43-2010 del 23/09/2010, artículo IV,
acordó declarar desierta la licitación en referencia.
Oficina de Compras y Pagos.—Osvaldo Villalobos G.,
Jefe.—1 vez.—O. C. Nº 60058.—Solicitud Nº 40116.—C-10500.—
(IN2010083227).
INSTITUTO COSTARRICENSE DE PUERTOS
DEL PACIFICO
LICITACIÓN ABREVIADA 2010LA-000019-01
Sustitución del Sistema de Protección Catódica
del Muelle de Cruceros de Puntarenas
La Gerencia General de esta Institución mediante oficio
N° G.G.C.-1509-2010 decidió adjudicar la Licitación Abreviada
2010LA-000019-01, para el “Sustitución del sistema de Protección
Catódica del Muelle de Cruceros de Puntarenas”, a la oferta
presentada por la empresa Náutica JJ S. A., por un monto de
$193.430,30 (ciento noventa y tres mil cuatrocientos treinta dólares
con 30 centavos) con un tiempo de entrega de los trabajos de 125
días calendario. Acuerdo firme.
Proveeduría.—Lic. Juan Ariel Madrigal Porras, Proveedor
General.—1 vez.—O. C. Nº 24952.—Solicitud Nº 23035.—C11900.—(IN2010083220).
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
HOSPITAL SAN VICENTE DE PAÚL
SUBÁREA DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL 2010LN-000008-2208
Suministro de café
La Subárea de Contratación Administrativa del Hospital San
Vicente de Paúl, comunica a los señores Proveedores, el resultado
del concurso de la Licitación Pública Nacional Nº 2010LN-0000082208 por: suministro de café, la cual se adjudica a la siguiente
empresa:
Pág 32
La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010
Norma González Hernández, por un monto anual de
¢6.113.750,00 (seis millones ciento trece mil setecientos cincuenta
colones exactos).
Heredia, 4 de octubre del 2010.—Dirección Administrativa.—
Msc. Óscar Montero Sánchez.—1 vez.—(IN2010082908).
SUBGERENCIA DE TECNOLOGÍAS DE
INFORMACIÓN Y COMUNICACIONES
SÚBAREA GESTIÓN DE COMPRAS
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2010LA-000002-1150
Equipo de cómputo para la STIC
Se informa a los interesados el resultado en la adjudicación
del presente concurso:
Ítemes 01 y 02:
Ítem Nº 03:
Ítemes Nos. 04 y 06:
Ítem Nº 05:
Componentes el Orbe S. A.
Telerad Comunicaciones S. A.
I. S. Productos de Oficina S. A.
Consorcio de Importación y Exportación
CONISA S.A.
$73.605,00
$2.992,00
$15.020,00
$417,62
Ver detalles en http://www.ccss.sa.cr.
San José, 1º de octubre del 2010.—MBA. Lydia Durán
Jiménez, Jefa.—1 vez.—(IN2010082927).
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS
Y ALCANTARILLADOS
READJUDICACIÓN
LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL
Nº 2008LI-000001-PRI
Contratación de una firma consultora para realizar el plan
maestro del uso del recurso hídrico para el abastecimiento
de agua potable del Área Metropolitana
El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados,
cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica que mediante acuerdo
de Junta Directiva Nº 2010-566 del 30 de setiembre del 2010, se
readjudica la Licitación Pública Internacional Nº 2008LI-000001PRI denominada “Contratación de una firma consultora para realizar
el plan maestro del uso del recurso hídrico para el abastecimiento
de agua potable del Área Metropolitana” al Consorcio Hazen and
Sawyer, PC y Nippon Koei Co., Ltd, por un monto total de $
4.021.268,00.
Demás condiciones de acuerdo al cartel y la oferta respectiva.
San José, 4 de octubre del 2010.—Lic. Iris Fernández
Barrantes, Dirección Proveeduría.—1 vez.—O. C. Nº 2010-0001.—
Solicitud Nº 2010-066.—C-15000.—(IN2010082944).
FE DE ERRATAS
BANCO DE COSTA RICA
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2010LN-005041-01
Compra de cajeros automáticos con entregas por demanda,
todos con su respectivo mantenimiento
El Banco de Costa Rica comunica a los interesados en la
licitación en referencia que el cartel de la misma, ha sido modificado;
tales modificaciones deben ser retiradas en la oficina de Compras y
Pagos, ubicada en el tercer piso de Oficinas Centrales.
Oficina de Compras y Pagos, Rodrigo Aguilar S.,
Licitaciones.—1 vez.—O. C. Nº 60058.—Solicitud Nº 40116.—C10500.—(IN2010083226).
INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2010LN-110019-UL
(Modificaciones y aclaraciones)
Servicios para el Traslado de Trabajadores Pasivos
en Microbuses en todo el Territorio Nacional
Se comunica a los interesados en la Licitación precitada, cuya
invitación a participar se realizó en el Diario Oficial La Gaceta N°
182 del 20 de setiembre 2010, lo siguiente:
Se realizaron modificaciones y aclaraciones al pliego
de condiciones, motivo por el cual se solicita pasar a retirar el
documento que contiene el detalle de las mismas, el cual por su
extensión no se publica.
El documento se encuentra disponible en el mostrador del
oficial de público del Departamento Proveeduría de este Instituto,
ubicado en el octavo piso de sus oficinas centrales, sin costo alguno
o bien pueden ubicarlo en el sitio de Internet: www.mer-link.co.cr ó
www. Mer-link.go.cr.
Todos los demás términos y condiciones así como la recepción
y fecha de apertura de ofertas permanecen invariables.
San José, 4 de octubre del 2010.—Lic. Francisco Cordero
Fallas, Jefe a.í.—1 vez.—O. C. Nº 19178.—Solicitud Nº 34883.—
C-16150.—(IN2010083205).
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS
LICITACIÓN PÚBLICA 2010LN-000024-1142 (Aviso Nº 2)
Consultoría para realizar estudio integral
de puestos, escala administrativa
Se les informa a todos los interesados, que se prorroga la fecha
de apertura de ofertas de este concurso, para el día 22 de octubre
de 2010 a las 9:00 horas. Por cuanto está pendiente de resolver,
diligencias de aclaración y adición a la resolución R-DJ-467-2010,
emitida por la Contraloría General de la República. Ver detalle en
http:/www.ccss.sa.cr.
San José, 4 de octubre de 2010.—Subárea de Carteles,
Argentina Araya Jara, Jefa.—1 vez.—O. C. Nº 1142.—Solicitud Nº
37963.—C-11250.—(IN2010083225).
AVISOS
REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2010LA-000064-02
(Enmienda N° 1 y prórroga N° 1)
Suministro de válvulas de diluvio
Les comunicamos a los interesados en participar en el concurso
en referencia, que la fecha de apertura y recepción de ofertas se
prorrogó para el día 13 de octubre del 2010 a las 10:00 horas.
Asimismo, deben pasar al primer piso de las Oficinas Centrales de
Recope a retirar la enmienda N° 1 al cartel, o bien, la misma estará
disponible en la página WEB de Recope www.recope.com.
San José, 1º de octubre del 2010.—Ing. Norma Álvarez
Morales, Directora.—1 vez.—O. C. Nº 2010-567-01.—Solicitud Nº
38239.—C-10220.—(IN2010082897).
RADIOGRÁFICA COSTARRICENSE S. A.
CONCURSO DE ADQUISICIÓN
Nº 2010PP-000435-DGCMRACSA (CA)
Reestructuración de la plataforma inalámbrica WI-FI
Radiográfica Costarricense S. A. se permite comunicar a los
interesados en participar en el procedimiento arriba indicado, que
la recepción de las ofertas se traslada para el día 25 de octubre del
año 2010, hasta las 16:00 horas en la Proveeduría de la institución.
Según el pliego de condiciones en el Capítulo II “Requerimiento
y Especificaciones Técnicas” en el apartado 2.6.1 Visita Técnica,
Racsa coordinará la realización de una visita a los sitios, la cual se
realizará de la siguiente forma:
• Martes 12 de octubre: Se inicia en Multiplaza Escazú y luego
Real Cariari.
• Miércoles 13 de octubre: Multiplaza del Este y Terramall.
• Jueves 14 de octubre: Mall San Pedro.
• Viernes 15 de octubre: Aeropuerto.
Nota: Para la visita al aeropuerto se debe enviar copia de
cédula de la persona que asistirá a la visita, portar chaleco de
seguridad y en caso de llevar equipo comunicar el número de serie.
Para mayor información comunicarse con la Ing. Marielos Quesada,
al teléfono 2287-0362
MBA. Xavier Sagot Ramírez, Proveedor Empresarial.—1
vez.—(IN2010083236)
La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010
REGLAMENTOS
JUSTICIA Y PAZ
REGISTRO NACIONAL
ÁREA DE RECURSOS HUMANOS
La Junta Administrativa del Registro Nacional, mediante
acuerdo firme J398 tomado en sesión ordinaria Nº 36-2010, celebrada
el día 2 de setiembre de 2010, aprueba el siguiente Procedimiento
para el reclutamiento, selección y nombramiento del Subauditor(a)
Interno del Registro Nacional.
LA JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
En pleno uso de las atribuciones que le confiere el artículo 3,
inciso a) de la Ley de Creación del Registro Nacional, Nº 5695 del
28 de mayo de 1975 y la Ley General de Administración Pública,
que es Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978.
Considerando:
1º—Que con la publicación de la Ley Nº 8292 denominada
Ley General de Control Interno, los puestos de Auditor y Subauditor
Internos quedaron excluidos del Régimen de Servicio Civil.
2º—Que de acuerdo a lo dispuesto en la Ley General de Control
Interno, lo relativo a los nombramientos de dichos funcionarios
quedan normados según lo estipulado en su artículo 31 (Sección II,
Capítulo IV El Auditor y Subauditor Internos).
3º—Que en el artículo 25 del Reglamento de Organización
y Funcionamiento de la Auditoría Interna del Registro Nacional,
publicado en La Gaceta Nº 21 del 30 de enero del 2008 se establece
lo concerniente al nombramiento del Subaditor Interno.
4º—En razón de lo anterior, el Registro Nacional debe contar
con un Procedimiento que establezca los lineamientos a seguir, para
la realización del Concurso Público, mediante el cual se seleccionará
a quien ocupe el cargo de Subauditor Interno dentro de la institución.
Por tanto:
DECRETA:
PROCEDIMIENTO PARA EL RECLUTAMIENTO,
SELECCIÓN Y NOMBRAMIENTO DEL SUBAUDITOR(A)
INTERNO DEL REGISTRO NACIONAL
1) Mandato Legal: El artículo 31 de la Ley General de Control
Interno establece:
“El jerarca nombrará por tiempo indefinido al auditor
y subauditor internos. Tales nombramientos se realizarán
por concurso público promovidos por cada ente y órgano
de la Administración Pública; se asegurará la selección de
los candidatos idóneos para ocupar puestos; todo lo cual
deberá constar en el expediente respectivo. El expediente y
la terna seleccionada deberán ser comunicados, en forma
previa a los nombramientos, a la Contraloría General de la
República, la cual analizará el proceso y lo aprobará o lo
vetará. En este último caso, girará las disposiciones al ente
u órgano respectivo y señalará los elementos objetados para
su corrección; la administración deberá repetir el proceso a
partir de la etapa donde se inició la objeción respectiva...”
2) Principios: Los principios que deben guiar los procesos de
contratación de toda institución pública, según lo establece la
Constitución Política y diversa jurisprudencia emitida por la
Sala Constitucional, son los siguientes:
2.1. Libre concurrencia: permitir a todo aquel interesado(a)
que cumpla con los requisitos previamente establecidos
para el puesto ofrecido, participar sin ninguna limitación
a la vez que la Administración pueda seleccionar el
candidato que mejores atributos posea.
2.2. Igualdad de trato entre todos(as) los posibles oferentes:
permite garantizar a los candidatos la protección de
sus intereses y derechos a la vez que es garantía para
la Administración, en el tanto acrece la posibilidad de
seleccionar el(la) candidato(a) que mejor satisfaga las
competencias para ocupar el puesto.
2.3. Publicidad: dar a conocer en la forma más general y
abierta posible a todos los potenciales oferentes la
existencia del concurso público. Asimismo, dándosele
Pág 33
la más amplia divulgación y acceso al expediente,
informes resoluciones y en general ya todo el proceso
de que se trate, lo cual contribuye a dar certeza de la
libre concurrencia en condiciones de absoluta igualdad.
2.4. Legalidad o transparencia de los procedimientos: los
procedimientos de selección de los oferentes serán
definidos a priori en forma precisa, cierta y concreta, de
modo que la Administración garantice la transparencia
en su actuar sin obviar las reglas predefinidas que
determinan el marco de acción; además, que terceras
personas, ya sea por su interés legítimo, derechos
subjetivos o por sus competencias legales puedan o
deban comprobar el procedimiento aplicado por la
entidad u órgano contratante.
2.5. Seguridad jurídica: al sujetarse la ejecución del
procedimiento a las reglas predefinidas por la
Administración y a los principios de dicho concurso, se
brinda garantía a los(as) oferentes de su participación.
2.6. Formalismos del procedimiento: las formalidades
actúan a manera de controles endógenos y de auto
fiscalización de la acción de la Administración.
2.7. Idoneidad comprobada: en cuanto a que los(as)
candidatos(as) deben reunir las condiciones y
características que los faculten para desempeñar
en forma eficiente el trabajo, o sea cumplir con los
requisitos exigidos por la Institución, para ocupar el
puesto vacante.
2.8. Buena fe, se presume que las actuaciones tanto de la
Administración como de los(as) oferentes y terceras
personas se caracterizan por estar sujetas con estricto
apego a las normas legales, técnicas y ético-morales.
3) Marco de referencia: El proceso de reclutamiento y selección
se rige por:
3.1. Ley General de Control Interno.
3.2. Lineamientos sobre los requisitos de los cargos de
auditor y subauditor internos, y las condiciones para las
gestiones de nombramiento de dichos cargos, L-I-2006CO-DAGJ, publicados en La Gaceta Nº 236 del 8 de
diciembre de 2006.
3.3. Ley General de Administración Pública.
3.4. Reglamento de Organización y Funcionamiento de la
Auditoría Interna del Registro Nacional, publicado en
La Gaceta Nº 21 del 30 de enero del 2008.
4) Etapas del proceso: El proceso para el reclutamiento,
selección y nombramiento del Subauditor Interno estará
conformado por las siguientes etapas:
4.1. Proceso de selección de candidatos(as).
4.2. Formación del expediente administrativo.
4.3. Divulgación.
4.4. Integración de la terna y aprobación por parte de la
Contraloría General de la República.
4.5. Comunicación de los resultados a los participantes.
4.6. Nombramiento del Subauditor(a) Interno por parte la
Junta Administrativa.
5) Funciones de la Junta Administrativa y Departamento de
Recursos Humanos:
5.1. Junta Administrativa:
5.1.1. Aprobar la modificación de las clases de puestos
Auditor y Subauditor Internos contenidas en el
Manual Institucional de Clases.
5.1.2. Aprobar el procedimiento para el reclutamiento,
selección y conformación de la terna para el
nombramiento del Subauditor Interno.
5.1.3. Acordar la derogatoria del Procedimiento para
el reclutamiento, selección y nombramiento
del Subauditor Interno del Registro Nacional,
publicado en La Gaceta Nº 187 del jueves 29 de
setiembre del 2005.
5.1.4. Acordar la realización de un Concurso Público
para el nombramiento del Subauditor(a) Interno.
5.1.5. Solicitar a la Contraloría General de la República
el autorizar el nombramiento del Subauditor(a)
Interno de conformidad con la terna resultante
del Concurso Público.
Pág 34
La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010
5.1.6. Nombrar el (la) Subauditor(a) Interno y
comunicar al ente contralor los datos del
profesional nombrado.
5.2. Departamento de Recursos Humanos:
5.2.1. Preparar la modificación de las clases Auditor
y Subauditor Internos contenidas en el Manual
Institucional de Clases.
5.2.2. Elaborar el procedimiento para el reclutamiento,
selección y conformación de la terna para el
nombramiento del Subauditor Interno.
5.2.3. Ejecutar las actividades pertinentes para el
reclutamiento y selección durante el proceso a
que hace referencia el presente procedimiento.
5.2.4. Comunicar los resultados obtenidos por cada
participante.
5.2.5. Realizar el estudio de antecedentes laborales
de los integrantes de la terna, utilizando los
instrumentos que se estimen convenientes.
5.2.6. Diseñar una entrevista estructurada para que
sea aplicada a los integrantes de la terna y
estandarizar el procedimiento de aplicación y
calificación de la misma.
5.2.7. Custodiar la documentación relativa al concurso
público que se tramitará.
5.2.8. Certificar a la Contraloría General de la
República los documentos necesarios para llevar
a buen término el concurso aquí pretendido.
5.2.9. Preparar un informe del proceso a realizar y de
la terna resultante para ser enviado a la Junta
Administrativa.
5.2.10. Realizar otras funciones afines.
6) Proceso de reclutamiento:
6.1. Publicar preferiblemente en dos medios de comunicación
masiva y de cobertura nacional el concurso público,
disponiéndose para ello de un plazo máximo de 15 días
hábiles a partir de la publicación en La Gaceta de la
derogatoria del Procedimiento para el reclutamiento,
selección y nombramiento del Subauditor Interno del
Registro Nacional, publicado en La Gaceta Nº 187 del
jueves 29 de setiembre del 2005.
6.2. Se recibirán documentos en el Departamento de
Recursos Humanos durante un período de 5 días hábiles.
6.3. El Departamento de Recursos Humanos deberá
atender las consultas de cada postulante y recibir de
cada oferente la documentación necesaria para su
participación, debidamente empastada y foliada.
6.4. Si un oferente no puede aportar todos los documentos
necesarios para su participación, se podrá conceder un
plazo máximo de 5 días hábiles posterior a la recepción
de ofertas a efectos de completar la información.
6.5. Finalizado el período concedido en el punto 6.4., no se
recibirán documentos a ningún interesado en participar
en el concurso en trámite y quienes no cumplan con
las prevenciones realizadas dentro del mismo por el
Departamento de Recursos Humanos, no se considerarán
en el proceso.
6.6. El Departamento de Recursos Humanos entregará a
cada participante que aporte la documentación necesaria
para verificar el cumplimiento del requisito primario1,
una constancia relativa a la cantidad de documentos
aportados (copias debidamente confrontadas contra
original) y que se constituye para el oferente en su
comprobante de participación.
6.7. Entregar a cada oferente que haya demostrado
poseer el requisito primario del puesto en concurso,
la convocatoria para realizar las pruebas de aptitud
establecidas.
6.8. Confeccionar una lista con los participantes que
demostraron cumplir con todos los requisitos primarios
establecidos.
7) Proceso de evaluación:
7.1. El Departamento de Recursos Humanos procederá a
analizar y calificar para cada uno de los participantes,
la información aportada asignando los puntajes
1
Requisito Primario: definidos en el Manual Institucional de Clases.
respectivos en correspondencia con los criterios de
evaluación relativos a formación académica, experiencia
profesional y de supervisión de personal así como la
capacitación recibida relacionada con la Auditoría.
Para efectos de calificación se tomará en cuenta solo
aquellos documentos que fueron posibles de confrontar
contra el original.
Los rubros a calificar son:
7.1.1. Formación Académica: La calificación otorgada
en el rubro de formación académica corresponde
a la sumatoria de los puntajes asignados al
requisito primario y la formación adicional.
Como puntaje máximo se puede asignar en este
rubro un 20%.
Requisito primario: haber cursado las
carreras de Contaduría, Contaduría Pública,
Administración de Negocios con énfasis en
Contabilidad, Administración de Empresas con
énfasis en Contaduría o Contaduría Pública,
con el grado mínimo de Licenciatura.
El puntaje otorgado será el que corresponda
según la Tabla Descriptiva de Criterios de
Evaluación contenidos en este documento.
Formación adicional: se consideran los
títulos académicos de igual o mayor nivel a
Licenciatura en un área académica afín a la
Auditoría, que no corresponde al requisito
primario.
7.1.2. Capacitación recibida: Se tomarán en cuenta
solamente los certificados de aquellos eventos
de capacitación superiores a 20 horas,
modalidad de aprovechamiento o participación,
en las áreas temáticas que se indican en la Tabla
Descriptiva de Criterios de Evaluación.
Se otorgará 0.5 puntos por cada evento
calificable, hasta un máximo de 20 para una
calificación final en este rubro de 10%.
7.1.3. Experiencia profesional excedente: Para
calificar este rubro se tomará en cuenta
solamente el excedente. Significa que para
efectos de calificación se excluye el requisito
primario.
Se calificará la experiencia obtenida a partir
del grado de bachiller universitario en una de
las carreras definidas en el requisito primario y
haber desempeñado puestos en el ámbito de la
auditoría interna, auditoría externa o contable.
Como puntuación máxima en este rubro se puede
obtener un 35%. Se establecerán rangos de años
para asignar la calificación correspondiente
a cada oferente que se detallan en la Tabla
Descriptiva de Criterios de Evaluación.
7.1.4. Experiencia excedente en supervisión de
personal: Para la calificación se tomará en
cuenta solamente el excedente, excluyéndose
entonces el requisito primario definido para la
experiencia en puestos de jefatura en el ámbito
de la auditoría interna y externa en el sector
público o privado.
Como puntuación máxima en este rubro se puede
obtener un 25%. Se establecerán rangos de años
para asignar la calificación correspondiente
a cada oferente que se detallan en la Tabla
Descriptiva de Criterios de Evaluación.
7.1.5. Pruebas de aptitud: Se aplicarán dos pruebas
de aptitud, de modo que la calificación final en
este rubro resulta de la obtención del promedio
simple, aplicando la siguiente fórmula
matemática:
(prueba a + prueba b) / 2*10%= calificación
final
Las pruebas se aplicarán y calificarán de conformidad
con lo establecido en el Manual que para la misma
haya preparado el autor. En caso de que para dichos
La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010
instrumentos no se establezcan calificaciones
cuantitativas en el respectivo Manual, se obtendrán
puntuaciones percentilares con base en los resultados
obtenidos por el grupo evaluado. Las pruebas a utilizar
serán establecidas por el Departamento de Recursos
Humanos antes de iniciar el proceso de evaluación de
cada candidato.
7.2. Tabla descriptiva de Criterios de Evaluación:
a. Formación académica 20%
Formación académica
Puntos asignados
Requisito Primario (*)
15%
Formación adicional (**)
5%
(*)Licenciatura en Contaduría, Contaduría Pública,
Administración de Negocios con énfasis en
Contabilidad, Administración de Empresas con
énfasis en Contaduría o Contaduría Pública.
(**)Afín a la actividad de Auditoría (Contaduría,
Contabilidad, Finanzas, Auditoría de Sistemas).
b. Capacitación
10%
Asignar 0.5 puntos por cada evento de capacitación
(seminarios, talleres, congreso o curso presencial,
etc.) en sus diversas modalidades (participación o
aprovechamiento) con una duración mínima de 20
horas (debe estar indicado en el certificado) hasta un
máximo de 20 eventos.
Temáticas a calificar:
▪ Ejecución Presupuestaria
▪ Ley de Administración Pública, Contratación
Administrativa y otras que regulan la Auditoría
Interna en el Sector Público.
▪ Normativa sobre procedimientos administrativos.
Normativa Internacional sobre Auditoría Interna.
▪ Análisis de Procesos.
▪ Propios de la Auditoría Operativa, Financiera,
Informática y Contabilidad.
▪ Computación.
▪ Ley de Control Interno.
▪ Servicio al Cliente.
▪ Ley Orgánica Contraloría General de la República.
▪ Inglés.
c. Experiencia Profesional excedente (adquirida a partir
de la obtención de un título universitario en una
carrera atinente con el puesto en Auditoría Interna o
Externa excluyéndose el requisito primario) 35%
Años Puntos asignados
Menos de 2 15%
Hasta 4 años 20%
Hasta 6 años 25%
Hasta 8 años 30%
Más de 8 años 35%
d. Experiencia excedente en supervisión de personal
(se calificará la experiencia en puestos de jefatura
en el ámbito de la Auditoría Interna o Externa del
sector público o privado, excluyéndose el requisito
primario) 25%
Años Hasta 2 años Hasta 3 años Hasta 4 años Hasta 5 años Más de 5 años e. Pruebas de aptitud Puntos asignados
5%
10%
15%
20%
25%
10%
Se aplicarán dos pruebas de aptitud para evaluar
diversas cualidades personales y competencias según
el Manual descriptivo de cargos.
Pág 35
7.3. La calificación final de los oferentes es el resultado de
sumar los porcentajes obtenidos en cada uno de los
rubros establecidos en la Tabla Descriptiva de Criterios
de Evaluación.
7.4. Para cada oferente, el calificador llenará una hoja de
evaluación en la que se documente el puntaje obtenido
en cada rubro y la fuente o folios del expediente personal
que sustentan la calificación otorgada en cada uno.
7.5. El Departamento de Recursos Humanos confeccionará
un registro de elegibles con las personas que hayan
alcanzado como mínimo una calificación final de
80%, resultado de la ponderación de las calificaciones
obtenidas en los diferentes predictores utilizados,
organizado en orden descendente a partir de la
calificación mayor hasta el 80%.
7.6. El Departamento de Recursos Humanos comunicará a
los oferentes el resultado obtenido en la evaluación.
7.7. Para los integrantes de la terna se hará un estudio de
antecedentes laborales así como una entrevista, cuyos
resultados no tendrán un puntaje en la calificación final.
La información resultante tiene como propósito facilitar
la toma de decisión al máximo jerarca de la institución
en relación con el nombramiento del Subauditor Interno.
8) Conformación de la terna:
8.1. El Departamento de Recursos Humanos confeccionará
un cuadro resumen de resultados.
8.2. El Departamento de Recursos Humanos conformará
la terna con las personas que hayan alcanzado las tres
calificaciones más altas.
8.3. Se hará un estudio de antecedentes laborales para cada
uno de los integrantes de la terna y serán convocados a
una entrevista por parte del Departamento de Recursos
Humanos, con el propósito de obtener más información
que facilite posteriormente la escogencia del Subauditor
a la Junta Administrativa o en quien delegue dicha
responsabilidad.
8.4. Las personas que conformen la terna deberán
rendir declaración jurada en relación con: no tener
impedimento de parentesco, causas judiciales
pendientes e impedimentos de índole administrativo
para el nombramiento en el cargo.
8.5. Se envía la terna a la Junta Administrativa para su
conocimiento y posterior remisión a la Contraloría
General de la República.
8.6. La Junta Administrativa emite el acuerdo respectivo
autorizando al Jerarca Institucional para que envíe
los documentos pertinentes para la solicitud de
nombramiento de conformidad con los requisitos
establecidos en los Lineamientos sobre los requisitos
de los cargos de auditor y subauditor internos, y las
condiciones para las gestiones de nombramiento de
dichos cargos.
8.7. De no ser aprobado el proceso ni la terna por parte
de la Contraloría General de la República, la Junta
Administrativa, solicitará al Departamento de Recursos
Humanos la revisión del procedimiento en la etapa
donde se inicia la objeción respectiva.
9) Aprobación de la terna por parte de la Contraloría
General de la República:
9.1. La Junta Administrativa recibe un informe del proceso
de selección y de la terna.
9.2. La Junta Administrativa conoce la terna recomendada
y podrá conceder audiencia al Auditor Interno para
conocer su criterio no vinculante, de conformidad con
los Lineamientos sobre los requisitos de los cargos de
auditor y subauditor internos, y las condiciones para
las gestiones de nombramiento de dichos cargos y el
Reglamento de Organización y Funcionamiento de la
Auditoría Interna del Registro Nacional.
10) Nombramiento del Subauditor(a) Interno(a): La Junta
Administrativa conocerá la terna aprobada por la Contraloría
General de la República así como la información adicional
obtenida mediante la investigación de antecedentes laborales
Pág 36
La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010
y la entrevista efectuada, el criterio no vinculante del Auditor
Interno y emitirá el acuerdo respectivo en relación con la
persona escogida para comunicarlo al ente contralor.
11) Apelación al proceso de selección:
11.1. El Departamento de Recursos Humanos comunicará
a los participantes el resultado obtenido y concede un
plazo improrrogable de tres días hábiles a partir del
recibo del mismo para que se presenten los argumentos
que se consideren pertinentes, de conformidad con el
artículo 346 de la Ley de Administración Pública y lo
establecido en los Lineamientos sobre los requisitos
de los cargos de auditor y subauditor internos, y las
condiciones para las gestiones de nombramiento de
dichos cargos.
11.2. En caso de disconformidad con el resultado, el
Departamento de Recursos Humanos atenderá en
primera instancia las revocatorias que contra el mismo
se interpongan.
11.3. La apelación en subsidio será atendida y resuelta por la
Junta Administrativa, instancia que a su vez agota la vía
administrativa.
San José, 9 de setiembre del 2010.—Lic. Dagoberto Sibaja
Morales, Director General.—1 vez.—O. C. Nº 10-0233.—Solicitud
Nº 8487.—C-351070.—(IN2010078665).
BANCO CRÉDITO AGRÍCOLA DE CARTAGO
La Junta Directiva General en sesión N° 8371/10, artículo 38°,
celebrada el 7 de setiembre del 2010, acordó modificar los artículos
11, 12 y 14 del Reglamento para la Asignación, Uso y Control del
Servicio Telefónico Celular de Bancrédito, en estos términos:
Artículo 11.—Del monto máximo a pagar. El Banco
reconocerá por el servicio celular un monto máximo mensual, de
acuerdo con la siguiente tabla:
A
Presidente y Miembros de Junta Directiva
US$ 400,00
B
Gerente General
$ 200,00
C
Subgerentes Generales, Auditor y Subauditor
$ 100,00
D
Directores de Área y Gerentes de Centros de Negocios
Tipo 1
$ 35,00
E
Jefaturas inmediatas adscritas a Direcciones o a
Gerentes de Centros de Negocios Tipo 1, Jefaturas
que dependan directamente de la Gerencia General o
Subgerencias
$ 25,00
F
Técnicos ATM, gestores de negocios, ejecutivos de
cuenta y supervisores de Aeropuerto
$ 20,00
G
Servicio de guardias (disponibilidades)
$ 20,00
H
Otros funcionarios
Tarifa básica más los cargos fijos
establecidos por el proveedor del
servicio
Para los puestos de los grupos A, B y C, el Banco reconocerá
en forma adicional, la tarifa de Internet celular. Para el resto de
funcionarios, la Gerencia podrá autorizar en forma adicional el
reconocimiento de la tarifa de dicho servicio.
Artículo 12.—Del reintegro. Los colaboradores autorizados
que utilizan su teléfono y línea celular, deberán solicitar los reintegros
por el cargo correspondiente, de forma mensual en un plazo máximo
de 10 días hábiles posteriores al vencimiento del servicio y no se
permitirá reintegros acumulados. El monto a reintegrar incluirá
todos los cargos, excepto aquellos relacionados a reinstalaciones,
reprogramaciones, multas por vencimiento o gastos administrativos
derivados de dichos trámites, pago del aparato telefónico cuando
este se incluya en la facturación mensual del proveedor, llamadas o
mensajes de texto para concursos, donaciones u otros.
Cuando se utilice línea celular del Banco, los excesos a los
montos indicados, deberán ser reintegrados por el colaborador en
forma inmediata, una vez hecho el requerimiento por la Unidad de
Servicios Generales. No obstante, el Banco podrá asumir el exceso
siempre y cuando el colaborador demuestre que fueron llamadas
propias en el desempeño de su labor.
Artículo 14.—Del desglose de las llamadas. El Banco tiene
la facultad de solicitar directamente al proveedor del servicio, un
desglose de las llamadas que se efectúan de los teléfonos celulares
asignados en los grupos D a H, citados en el artículo 11 de este
Reglamento.
En el caso de que la línea celular sea propiedad del colaborador,
éste deberá solicitar, a pedido de la Unidad de Servicios Generales,
el reporte mencionado y presentarlo a esa dependencia en el término
de tres días hábiles posteriores a la solicitud.
Cada año, la Unidad de Servicios Generales hará una
evaluación de las autorizaciones que se hayan otorgado al amparo de
este Reglamento, con el fin de determinar si mantiene la necesidad
de esas autorizaciones.
Esta modificación rige a partir de su publicación en el Diario
Oficial La Gaceta.
Proveeduría y Licitaciones.—1 vez.—O. C. 48-2010.—
Solicitud Nº 37256.—C-61200.—(IN2010080080).
REMATES
AVISOS
A. BORBÓN Y COMPAÑÍA S. A.
Comunica a sus clientes y público en general que, a las 10:00
horas del día 22 de octubre de dos mil diez, se realizará el remate, de
dos motores que se encuentran en nuestro taller de reparación y que
fueron recibidos por nuestra empresa, con boleta de entrada al taller
de fecha anterior al 1º de junio de 2010. El remate se realizará en
San José, Uruca, de la Ladrillera 400 metros al oeste en A. Borbón
y Cía. Dichos bienes se venderán y entregarán en las condiciones
en que se encuentren al momento del remate. A los interesados en
recuperar los bienes, se les solicita presentarse antes de esta fecha en
nuestras oficinas administrativas con los documentos que acrediten
su propiedad y la cancelación de las deudas con la empresa. Los
bienes que se sacarán a remate son: I. Motor E40HP20pETEC/TIL/
RPBL, fuera de borda, marca Evinrude, 40 caballos de fuerza, pata
larga, dos tiempos inyectado E-TEC, arranque y aceleración manual,
modelo E40DRLSUM, serie 05197981 y II. Motor E40HP20pETEC/
TIL/RP BL, fuera de borda, marca Evinrude, 40 caballos de fuerza,
pata larga, dos tiempos inyectado E-TEC, arranque y aceleración
manual, modelo E40DRLSUM, serie 05198649.—San José, treinta
de setiembre de 2010.—Alfredo Echeverría Borbón, Gerente.—1
vez.—RP2010199651.—(IN2010083021).
COMISIÓN FESTIVAL LUCES DEL SUR
Comisión Festival Luces del Sur, de Ciudad Neily saca
a remate al mejor postor a llevarse a cabo en Ciudad Neily en la
Universidad Católica de Costa Rica, sede Ciudad Neily el treinta de
octubre de 2010 a las 19:00 horas por el precio que aquí se estima
los derechos de instalación de locales comerciales “chinamos” para
las festividades a realizarse en el centro de la ciudad alrededor
del parque central los días 9, 10, 11 y 12 de diciembre de 2010,
aceptando el oferente que deberá realizar las instalaciones de
infraestructura y procurar servicios que desee y sea permitido o
exigido por la ley para su operación conforme a derecho, en su lugar
asignado: 6 localidades de venta de comida espacio 3 metros por seis
metros por la base cada uno de ¢100.000, 5 localidades de artesanía
y obra manual e intelectual espacio 3 metros por seis metros por la
base cada uno de ¢100.000; 3 localidades de bar espacio 3 metros
por seis metros por la base cada uno de ¢200.000, 6 localidades de
stand-exhibición y oferta de productos-servicios, espacio 3 metros
por seis metros por la base cada uno de ¢50.000. Para los oferentes
se inscribirán en el lugar de remate una hora antes presentando un
depósito de participación del 25% de la base por cada categoría
en que quiera participar. Los adjudicados cancelarán el monto de
adjudicación de inmediato posterior al remate o se reiniciará su
subasta. Todos los pagos serán en efectivo o cheque certificado de
un banco del sistema bancario nacional. Información teléfono 83184903 e-mail minorrod@hotmail.com. Los chinamos no adjudicados
en la primera fecha serán rematados nuevamente y en el mismo
lugar el 6 de noviembre de 2010 misma hora y fecha.
Minor Rodríguez Rodríguez, Presidente.—1 vez.—Nº
RP2010199531.—(IN2010083022).
La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS
BANCO NACIONAL DE COSTA RICA
SUCURSAL PUNTARENAS N.003
AVISO
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Comunica a los clientes de cajitas de seguridad que tienen
pendiente su retiro de bienes en custodia por incumplimiento de
contrato que deben presentarse en dicha oficina para respectivo
trámite. Roberto Durán Delgado, Nº 6-0114-0335, Lindor Sánchez
Sánchez Nº 2-0253-0449; Juan Chen Jau Nº 8-0024-0485; Franklin
Chin Soto 6-0056-0254; Andrea Palermo pass 751702; Apolinar
Partida González sin número; Fudepac sin número. Para mayor
información puede comunicarse al teléfono 2661-9200, ext.7189
custodia de valores encargada de Cajitas de Seguridad Sucursal
Puntarenas. Luego de realizada la comunicación empieza a correr,
para el banco, un plazo de tres años de prescripción adquisitiva.
Puntarenas, 9 de setiembre del 2010.—Lic. Christian Brenes
Delgado, Gerente.—(IN2010079605).
AGENCIA EN CARTAGO
El Banco Nacional de Costa Rica, Sucursal de Cartago,
comunica a las personas físicas y jurídicas interesadas en la apertura
de las cajitas de seguridad abiertas Administrativamente y que se
muestran adjunto, se presenten a la oficina antes mencionada, a
efectos de retirar los bienes correspondientes. Se realizó la apertura
de las mismas por el notario Carlos Rivera Bianchini; y en presencia
de los testigos José Manuel Mata Morales y Edgar Brenes Vásquez,
ambos funcionarios de la agencia, se abre por falta de pago relativo
a su alquiler, las personas y empresas indicadas fueron debidamente
prevenidas. Se publica la misma apertura para que las personas
y empresas se presenten a retirar su contenido, para efectos de
prescripción de la misma.
Nº
Nombre
cajita
6 Francisco Alvarado Gómez
Nº
cajita
95
115
118
133
153
123
162
164
176
186
219
225
227
236
249
Nombre
Nº cédula
Ligia Cecilia Maroto Marín
Rafael Fco. Mata Castillo
Jorge Mata Montero
Porfirio González Castillo
Nuria Roxana González Ramírez
Omar Gdo. Gómez Redondo
Transportes Zuzu S. A.
Ernesto Schofield Amador
Egbert Morales Rodríguez
1-404-1323
6-098-319
3-273-553
6-026-289
3-253-988
1-684-869
3-101-064817-04
1-564-019
1-393-1202
Asoc. Solid Emp Imsa Joyal y afines
3-002-07113921
Servicentro las Ruinas
Rodrigo Silesky Bonilla
Anselmo Solano Vargas
Joaquín Cerdas Brenes
3-101-1073147
1-444-347
3-240-679
3-204-453
Jorge Cortes Pereira
3-135-246
250 Maritza Zúñiga Cortés
3-175-655
333 Luis Paulino Campos Valverde
1-411-435
24
52
59
88
136
193
196
203
Carlos Luis Mata Irola
Edwin Alfredo Falcomer Álvarez
Heiry Alvarado Méndez
Adelia Chávez Villalta
María Elena Ávila Alvarado
Ana Lucía Fumero Valverde
Carlos Maidana
Jorge Fernández Berrios
225 Juan Bta. Obando Quirós
260 Alfonso Fernández Muñoz
3-195-027
262 Erna Monge Monge
290 Luisa Henao Cuartas
312 Warmbrunn Grabietz Vinzenta
Nº cédula
Pág 37
3-219-053
1-458-944
1-436-118
3-0078-0642
6-141-291
1-755-110
028753-405-01-00267
1-707-784
3-063-477
3-088-339
3-109-514
117000042422
PAS 8136681
9
Luis Alberto García Salazar
1-418-943
320 Carlos Aguilar Quesada
3-258-930
22
Jaime Quesada Romero
3-192-303
176 Rosa Bonilla Picado
3-227-126
44
Minor Gdo Cordero Cerdas
3-204-208
360 Grettel Ileana Masís Monge
3-229-906
57
Gabriel Humberto Segura Solano
1-678-802
3-196-1173
21
103 Óscar Echeverría Pacheco
3-140-079
144 Wálter Geovanny Quirós Guzmán
3-303-482
111
Mauricio Ortiz Álvarez
3-238-969
174 Lourdes Navarro Sáenz
3-278-554
113 Nuria Corrales Arley
9-024-807
288 Hannia Martínez Castro
9-048-635
121 Wálter Cordero Elizondo
1-222-738
38
María Guardia Rivera
1-311-924
221 Luis Orlando Leiva Leiva
3-241-849
275 José Miguel Calderón
3-232-025
222 Carlos Manuel Aguilar Díaz
3-224-317
291 Alfredo Herrera Gómez
257 Audrey Solano Araya
7-173-881
105 Jesse Salem Yoosef
314 Miguel A. Gómez Salguero
3-193-978
201 Vilma M. Solís Rímula
2-471-749
3-205-325
246 Luis Javier Montoya Piedra
3-098-048
129 Manuel Felipe Calvo Calvo
3-180-639
304 Yolanda Ceciliano Romero
3-222-015
190 Luis Eduardo Rodríguez Masís
9-052-718
316 Sandra Carolina Batarse
191 Marcela Rodríguez Masís
3-259-266
381 Sonia Montero López
9-010-745
210 Marco Aurelio González Roldán
3-202-622
45
Priscilla Valle Carazo
3-292-741
229 Ramón Luis Madrigal León
4-105-575
57
Arbinio Antonio Rebustillo
PAS 45259133
280 Marco Antonio Brenes Rivera
1-808-009
95
296 Rodrigo Masís Cordero
3-210-608
Grupo Consultivo Económico y
Negocios Econegocios S. A.
3-101-152245
331 Georgina Leticia Granados Ureña
3-221-036
5
Mario Hto Siles Quesada
Marco s. Medaglia Gómez
25
María Gutiérrez Patiño
3-262-261
91
Peter Stevenson Butter
PAS 33911369
1-677-723
PAS 214558506
160940012123
La Uruca, 20 de setiembre, 2010.—Proveeduría General.—
Lic. Lorena Herradora Chacón, Proveedora General.—1 vez.—O.
C. Nº 001-2010.—Solicitud Nº 139-2010.—C-125270.—
(IN2010080065).
Pág 38
La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010
BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
CENTRO DE SERVICIOS FINANCIEROS CATEDRAL
AVISO
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
El Banco Popular y de Desarrollo Comunal de este domicilio,
hace del conocimiento del público en general, el extravío del
siguiente certificado ahorro a plazo fijo y cupón de interés a la orden
de Tobías Chacón Salazar, cédula 01-1229-0266
Certific.
Nº
10008107
Monto
Fecha
vencimiento
Cupón Nº
Monto
¢482.169,42 27-02-2010 010008107-01 ¢16.072,31
Lo anterior para efectos de los artículos 708 y 709 del Código
de Comercio.
16 de setiembre del 2010.—Plataforma Ahorro a Plazo.—
Lic. Carmen Sánchez Rivas, Coordinadora.—RP2010196920.—
(IN2010078531).
UNIVERSIDAD DE COSTA RICA
FACULTAD DE DERECHO
EDICTO
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
David Alonso Jiménez Murillo, cédula 2-0583-0612, quien ha
presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciado en
Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida
y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido
al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de
Costa Rica, dentro de los cinco días posteriores a la publicación del
tercer aviso.—11 de agosto del 2010.—Dr. Olivier Rémy Gassiot,
Director.—(IN2010080979).
UNIVERSIDAD NACIONAL
VICERRECTORÍA ACADÉMICA
REPOSICIÓN DE TÍTULO
EDICTO
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Ante el Departamento de Registro de la Universidad
Nacional se ha presentado solicitud de reposición de diploma, por:
Destrucción, correspondiente al título de Diplomado en Pedagogía
con acento en I y II Ciclos de la Educación General Básica. Grado
académico: Diplomado, registrado en el libro de títulos bajo: tomo:
18, Folio: 90, Asiento: 733. A nombre de Sussy Espinoza Morales
con fecha: 10 de mayo del 2002, cédula de identidad: 1-1073-0624.
Se publica este edicto para oír oposiciones a dicha reposición, dentro
del término de quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en La Gaceta.
Heredia, 20 de marzo del 2009.—Departamento de Registro.—
M.A.E. Marvin Sánchez Hernández, Director.—(IN2010080931).
INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
El señor Alfonso Chacón Rodríguez, peruano, cédula de
residencia Nº 160400228505 ha presentado para el trámite de
reconocimiento y equiparación el diploma con el título de Ingeniero
Electrónico obtenido en la Universidad Nacional del Callao, Perú.
Cualquier persona interesada en aportar información al respecto
de este trámite, podrá hacerlo mediante un escrito que debe ser
presentado en el Departamento de Admisión y Registro, dentro de
los quince días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—
Cartago, 13 de setiembre del 2010.—Departamento de Admisión
y Registro.—MBA William Vives Brenes, Director.—O. C. Nº
20100189.—Solicitud Nº 14548.—C-30600.—(IN2010078792).
El señor Pedro Alejandro Toribio Pasapera, peruano, cédula
de residencia Nº 160400228505, ha presentado para el trámite de
reconocimiento y equiparación el diploma con el título de Ingeniero
Electrónico obtenido en la Universidad Nacional del Callao, Perú.
Cualquier persona interesada en aportar información al respecto
de este trámite, podrá hacerlo mediante un escrito que debe ser
presentado en el Departamento de Admisión y Registro, dentro de
los quince días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—
Cartago, 13 de setiembre del 2010.—Departamento de Admisión
y Registro.—MBA William Vives Brenes, Director.—O. C. Nº
20100189.—Solicitud Nº 14547.—C-30600.—(IN2010079037).
PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Al señor Bayardo José Bustos Cabrera, se le comunica la
Resolución Administrativa de las catorce horas del veinte de julio del
dos mil diez, mediante el cual se dispone ordenar el cuido provisonal
a favor de las personas menores de edad Yaritza de los Ángeles,
Jessenia Vanessa, Claudia todos de apellidos Bustos Flores, bajo
cuidados y protección de Maryurie Isabel Castro. Contra la presente
resolución podrá interponerse recurso de apelación ante esta oficina
local, quien lo elevará a la Presidencia Ejecutiva de la Institución,
podrá interponerse en forma verbal o por escrito dentro de las
cuarenta y ocho horas siguientes a su notificación. Se advierte a las
partes que se debe señalar lugar o medio para atender notificaciones
futuras dentro del perímetro de esta Oficina Local, bajo el
apercibimiento de que si no lo hiciere, las resoluciones posteriores
se le tendrán por notificadas con el transcurso de veinticuatro horas.
Notifíquese.—Oficina Local de Alajuelita.—Lic. Milton Gutiérrez
Quesada, Representante Legal.—O. C. Nº 31677.—Solicitud Nº
39212.—C-12000.—(IN2010080804).
Se les comunica a, Yolanda Chupin Chupin y Julio César
Marenco Marenco, que por resolución de la representación legal de
esta oficina local, de 14:55 horas del tres de mayo del 2010, se le
otorgó medida de orientación y apoyo del joven Manuel Alejandro
Marenco Chupin, en IAFA. Se le confiere audiencia por tres días
hábiles, para que presenten los alegatos de su interés, y ofrezca la
prueba que estime necesaria y se le advierte que tienen derecho
a hacerse asesorar y representar por abogado y técnicos de su
elección, así como consultar y fotocopiar las piezas del expediente,
que permanecerá a su disposición en esta Oficina Local, en días y
horas hábiles, ubicada en San José, barrio Luján, 100 metros al sur
de casa Matute Gómez. Deberán señalar lugar conocido o número
de facsímil para recibir sus notificaciones, en el entendido que
de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o
llegare a desaparecer, o si el medio electrónico seleccionado fuere
defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de
papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se
interrumpiere la comunicación, las resoluciones futuras quedarán
firmes 24 horas después de dictadas, conforme aplicación supletoria
del artículo 11 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Se les hace
saber, además, que contra dicha resolución procede recurso de
apelación para ante la Presidencia Ejecutiva de esta Institución, el
cual deberán interponer ante esta Representación Legal dentro de
las 48 horas siguientes, contadas a partir del día hábil inmediato
siguiente a la fecha de publicación del tercer aviso en el Diario
Oficial, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso
deviene en inadmisible (Artículo 139 del Código de la Niñez y la
Adolescencia). Expediente N° 143-00045-10.—Oficina Local de
San José Este.—Karina Peralta Guevara, Representante Legal.—O.
C. Nº 31677.—Solicitud Nº 39212.—C-18600.—(IN2010080806).
AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
Resolución 173-RCR-2010.—San José, a las 14:30 horas del
28 de setiembre de dos mil diez. (Expediente ET-143-2010)
Conoce el Comité de Regulación el ajuste extraordinario
de oficio de los precios de los combustibles derivados de los
hidrocarburos
La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010
Resultando:
I.—Que el 11 de noviembre del 2008, mediante resolución
RRG-9233-2008 de las diez horas con veinte minutos, publicada en
el diario oficial La Gaceta Nº 227 del 24 de noviembre del 2008;
se estableció el nuevo modelo de carácter extraordinario para la
fijación de precios de los combustibles.
II.—Que el 10 de setiembre del 2010, mediante oficio 567DEN 2010, la Dirección de Servicios de Energía remite informe
al Comité de Regulación sobre la aplicación del modelo de ajuste
extraordinario de precios de los combustibles. (Folios 09 al 28).
III.—Que el 13 de setiembre del 2010, el Comité de Regulación
mediante el oficio 114-COR-2010 ordena al Archivo Central de
esta Autoridad Reguladora la apertura de oficio del respectivo
expediente, generándose el expediente ET-143-2010, y le remite
a la Dirección General de Participación del Usuario, la propuesta
de variación extraordinaria de los precios de los combustibles
derivados de los hidrocarburos, para la respectiva convocatoria de
participación ciudadana. (Folios 01 al 08).
IV.—Que el 16 de setiembre del 2010, se publicó en los diarios
de circulación nacional Prensa Libre, Extra y Al Día, la invitación a
los ciudadanos para presentar sus posiciones. (Folios 29 a 31).
V.—Que el 20 de setiembre del 2010, se publicó en La Gaceta
N° 182 la invitación a los ciudadanos para presentar sus posiciones
hasta el día viernes 24 de setiembre del 2010. (Folio 32).
VI.—Que el 24 de setiembre del 2010, a las 16:00 horas
venció el plazo para presentar posiciones. Según el informe 2379DGPU-2010 del 27 de setiembre del 2010 de la Dirección General
de Participación del Usuario, fue admitida la siguiente posición.
1) Refinadora Costarricense de Petróleo. Representada por el
Ing. Jorge A. Rojas Montero, Gerente General, cédula de
identidad 1-369-459. (Folios 33 a 37). Manifiesta lo siguiente:
• RECOPE reitera, mediante esta posición, los argumentos
que han sido expuestos en las posiciones y en los recursos
de revocatoria con apelación en subsidio que constan en
los procedimientos extraordinarios de precios, desde la
aprobación de la nueva metodología de precios, misma que
fue aprobada en la resolución RRG-9233-2008.
• Resolver el presente estudio extraordinario conforme
la normativa vigente que se encuentra publicada en la
resolución RRG-9233-2008.
• Corregir el margen de operación porcentual, a efectos de
que el mismo garantice los ingresos tarifarios aprobados en
la resolución RRG-9233-2008.
VII.—Que en el oficio 595-DEN-2010 de la Dirección de
Servicios de Energía de la Autoridad Reguladora, fechado 27 de
setiembre de 2010, que corre agregado al expediente, se encuentra
el análisis de los resultados del ajuste extraordinario de precios.
VIII.—Que según acuerdo 003-015-2010, artículo 3, de la
sesión extraordinaria 015-2010, celebrada por la Junta Directiva
de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, el 15 de
abril de 2010, ratificada el 22 de abril en curso, se creó el Comité
de Regulación. Entre las funciones de dicho comité se encuentra:
“Ordenar la apertura de los expedientes tarifarios, fijar las tarifas de
los servicios públicos y resolver los recursos de revocatoria que se
presenten contra sus actuaciones.”
IX.—Que por medio del oficio 110-RG-2010, del 30 de abril
de 2010, el Regulador nombró a los funcionarios Laura Suárez
Zamora, Luis Alberto Cubillo Herrera y Carlos Solano Carranza
como miembros titulares y a Guillermo Monge Guevara como
miembro suplente de dicho comité.
X.—Que según acuerdo 010-020-2010, artículo 6, de la
sesión ordinaria 020-2010, celebrada por la Junta Directiva de la
Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, el 20 de julio de
2010, prorrogando la vigencia del acuerdo que crea el Comité de
Regulación indicado en el resultando VIII, hasta el 8 de octubre del
2010. Entre las funciones de dicho comité se encuentra: “Ordenar la
apertura de los expedientes tarifarios, fijar las tarifas de los servicios
públicos y resolver los recursos de revocatoria que se presenten
contra sus actuaciones.”
XI.—Que por acuerdo firme del Comité de Regulación en
sesión número 48 de las 14:00 horas del 28 de setiembre de 2010, se
dispuso el dictado de esta resolución.
XII.—Que en los plazos y procedimientos se han observado
las prescripciones de ley.
Considerando:
I.—Que el artículo 30 de la Ley 7593 y sus reformas
indica que la Autoridad Reguladora cuando se cumplan las
condiciones de los modelos automáticos de ajuste, realizará de
Pág 39
oficio las fijaciones de precio. El Reglamento a título II de la Ley
de Fortalecimiento y Modernización de las Entidades Públicas
del Sector Telecomunicaciones, reformó el reglamento de la Ley
7593 y estableció que las resoluciones de este tipo de fijación de
precio deben dictarse dentro de los 15 días naturales siguientes a la
iniciación del trámite del ajuste de precios de oficio, que se inició
con el oficio 114-COR-2010 del 13 de setiembre del 2010, además,
la resolución RRG-7205-2007 establece el procedimiento a seguir
para hacer este tipo de fijación y por voto N° 2010-004042 del
expediente 09-019002 007-CO, la Sala Constitucional indicó que
a los ciudadanos se les debe dar un plazo razonable para presentar
sus posiciones.
II.—Que del oficio 595-DEN-2010, que sirve de base para la
presente resolución, conviene extraer lo siguiente:
(…)
1) El cálculo del precio de cada uno de los combustibles se hizo
a la fecha de corte del segundo viernes de setiembre de 2010;
los nuevos precios están sustentados en el promedio de los
últimos 11 días hábiles de los precios FOB internacionales de
los derivados del petróleo, tomados de la bolsa de materias
primas de Nueva York (NYMEX), correspondiente al
período de cálculo comprendido entre el 26 de agosto y el
9 de setiembre del 2010, de este rango de precios se obtiene
un precio promedio. Dicho precio promedio a la fecha de
corte, se traduce a litros y a colones por el tipo de cambio de
referencia correspondiente al día en que se está haciendo el
corte. También se sustentan en el precio del colón con respecto
al dólar a la fecha de corte citada y sobre el resultado de este
valor se suman los costos internos (factor K), de manera que
la variación porcentual de los precios por producto se calcula
con base en los precios fijados en la resolución 149-RCR2010 del 1 de setiembre del 2010, publicada en La Gaceta
N° 179 del 14 de setiembre del 2010. Respecto del monto
único del impuesto que se aplica, es lo señalado en la Ley
de Simplificación y Eficiencia Tributarias, Ley 8114 del 4 de
julio de 2001 y el Decreto Ejecutivo 35 094-H, publicado en
La Gaceta N° 151 del 5 de agosto de 2010, según la siguiente
tabla:
IMPUESTO UNICO A APLICAR POR TIPO DE
COMBUSTIBLE
PRODUCTO
Gasolina Súper
Gasolina regular
Diésel 0,05% S
Diésel 0,50% S
Keroseno
Búnker
Asfalto
Diésel Pesado (Gasóleo)
Emulsión Asfáltica
L.P.G.
Av-Gas
Jet A-1 General
Nafta Liviana
Nafta Pesada
IMPUESTO UNICO
(¢/litro)
201,50
192,50
113,75
113,75
55,75
19,25
38,75
37,25
28,50
38,75
192,50
115,25
27,25
27,25
2) De acuerdo con la resolución RRG-9233-2008, del Modelo
tarifario para fijar el precio de los combustibles derivados de
los hidrocarburos en planteles de distribución y al consumidor
final, publicada en La Gaceta N° 227 del 24 de noviembre del
2008, esta Autoridad Reguladora procedió a revisar el factor
Kj establecido en esta resolución. Con respecto al cálculo del
margen de comercialización de RECOPE (K) se calculó por
producto y como un porcentaje del precio de referencia (PRi),
el cual se ajusta hasta mantener el nivel de ingreso aprobado;
por tanto, el K% aplicado es de 20,181%.
3) En la tabla siguiente se muestran las variables consideradas
en el cálculo de los precios de cada uno de los combustibles,
el precio plantel resultante y el resultado porcentual del ajuste
con el impuesto único incluido:
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La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010
Precio FOB
Actual (* )
Precio FOB
actual
Margen
K=20,181%
Rezago
Tarifario (**)
Precio Plantel
(sin imp.)
Variación de precio
(con imp.)
$ / bbl
¢ / litro
¢ / litro
¢ / litro
¢ / litro
%
Gasolina súper *
82,595
265,214
53,52
10,73
329,466
-2,543%
Gasolina Plus 91 *
81,490
261,667
52,81
(0,37)
314,104
-2,519%
Diésel 0,05% S *
85,919
275,887
55,68
0,04
331,604
-2,378%
Diésel 0,50% S *
84,731
272,074
54,91
0,04
327,021
-1,137%
Keroseno
86,808
278,743
56,25
-
334,996
-2,769%
Búnker *
66,128
212,337
42,85
(0,64)
254,548
-3,239%
IFO 380
67,266
215,992
43,59
-
259,582
-3,027%
Asfaltos *
61,977
199,008
40,16
11,83
251,000
3,547%
Diesel pesado
76,402
245,330
49,51
-
294,840
-2,037%
Emulsión Asfáltica
40,653
130,539
26,34
-
156,883
2,589%
L.P.G. *
50,416
161,888
32,67
4,88
199,438
-1,300%
Av-Gas *
140,291
450,475
90,91
(17,83)
523,556
-0,865%
Jet A-1 general *
86,808
278,743
56,25
13,42
348,416
-2,343%
Nafta Liviana
79,482
255,217
51,51
-
306,722
-1,128%
Nafta Pesada
79,902
256,566
51,78
-
308,343
-1,120%
PRODUCTO
( * ) Fuente: Platts.
(**) Rezago tarifario a aplicar hasta diciembre del 2010.
Tipo de cambio: ¢510,51/US$
4) Utilizando la metodología aprobada por la ARESEP mediante resolución RRG-9233-2008, donde se establece que ante cambios en el precio internacional del combustible, se debe modificar
el margen de operación de RECOPE, para mantener los ingresos de operación aprobados en el estudio ordinario de precio, se procedió a revisar el margen porcentual de operación de
RECOPE.
5) Con el precio internacional del combustible reconocido en el presente estudio extraordinario, RECOPE requiere de un margen de 20,181% para mantener sus ingresos de ¢139,4 mil millones
tal como se muestra en el siguiente cuadro.
PRODUCTOS
VENTAS
K = 20,181%
Margen absoluto
en litros
¢ / litro
INGRESOS
¢
Gasolina Súper
326 652 806
53,52
17 483 126 484
Gasolina Plus 91
570 836 686
52,81
30 143 601 683
1 119 801 554
55,68
62 346 090 799
3 166 434
56,25
178 118 531
Búnker
141 962 426
42,85
6 083 279 180
Asfalto
59 726 868
40,16
2 398 718 254
Diesel pesado
7 725 817
49,51
382 497 060
Emulsión
Asfáltica
7 619 156
26,34
200 714 358
189 551 908
32,67
6 192 635 179
Diesel
Keroseno
LPG
Av-gas
Jet Fuel general
Nafta Pesada
IFO-380-nacional
TOTAL
PRODUCTO
2 908 299
90,91
264 391 697
185 757 195
56,25
10 449 231 293
273 437
51,78
14 157 742
74 047 087
43,59
3 227 620 977
139 364 183 237
2 690 029 674
Desviación
estándar
6) El rezago tarifario Di que se debe incorporar a los precios de
los combustibles es el siguiente:
REZAGO TARIFARIO A APLICAR ( colones por litro )
PRODUCTO
julio-dic. 2010
Gasolina Súper
10,73
Gasolina Plus 91
(0,37)
Diesel
Búnker
Asfalto
LPG
Av – Gas
Jet A-1 General
0,04
(0,64)
11,83
4,88
(17,83)
13,42
7) Las desviaciones estándar, los componentes para establecer la
banda de precio para el combustible que vende RECOPE en
puertos y aeropuertos y el rango de variación de los precios,
se detallan a continuación.
Precio al consumidor
Desviación
estándar
PRi
TCV
Ki
Di
$ / lit.
¢ / lit.
¢ / lit.
¢/ $
¢ / lit.
IFO-380
0,02
10,96
215,99
510,51
AV – GAS
0,05
24,92
450,48
510,51
JET FUEL
0,04
19,23
278,74
510,51
Límite
Inferior
Límite
Superior
¢ / lit.
¢ / lit.
¢ / lit.
43,59
0,00
248,62
270,55
90,91
-17,83
498,64
548,47
56,25
13,42
329,19
367,64
La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010
8) Que respecto a los argumentos citados en la oposición a que
se refiere el resultando VI de esta resolución debe indicarse lo
siguiente:
1. Refinadora Costarricense de Petróleo, S. A., representada
por el Ing. Jorge A. Rojas Montero, Gerente General,
cédula de identidad 1-369-459; folios 33 a 37.
Este Ente Regulador resuelve el presente estudio con base en
lo establecido en la resolución RRG-9233-2008, publicada en
La Gaceta N° 227 del 24 de noviembre del 2008.
El margen de operación porcentual (factor Ki) calculado por
ARESEP para este ajuste, corresponde a un 20,181% ajustado
para obtener el ingreso de ¢139 364 183 237 estimado en el
último estudio ordinario.
Por lo anterior, se desestima la petición presentada por la
Refinadora.
9) De este análisis se determina que debería aplicarse un ajuste
sobre los precios vigentes de todos los productos que expende
la Refinadora en plantel, sin considerar el impuesto único a los
combustibles.
III.—Que de conformidad con los resultandos y considerandos
que preceden, así como el mérito de los autos, lo procedente es
ajustar el precio de los combustibles derivados de los hidrocarburos
que vende la Refinadora Costarricense de Petróleo, S. A. en sus
planteles; para los que se venden al consumidor final en estaciones
de servicio; consumidores finales exonerados del impuesto único a
los combustibles (Flota Pesquera Nacional no Deportiva y otros);
para las estaciones sin punto fijo de venta, que venden al consumidor
final y; para el Gas Licuado del Petróleo (L.P.G.) en su cadena de
distribución, tal y como se dispone. Por tanto,
Al tenor de las potestades conferidas en la Ley 7593, el
Decreto 29 732-MP, la Ley 6588 y su reglamento, la Ley General
de la Administración Pública, los acuerdos de Junta Directiva de
la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos 003-015-2010,
artículo 3, de la sesión extraordinaria 015-2010, celebrada el 15 de
abril de 2010, ratificada el 22 de abril de 2010 y el acuerdo 010-0202010, artículo 6, de la sesión ordinaria 020-2010, celebrada el 20 de
julio de 2010,
EL COMITÉ DE REGULACIÓN, RESUELVE:
I.—Fijar el precio de los combustibles en los planteles de
la Refinadora Costarricense de Petróleo, S. A., de acuerdo con el
detalle siguiente:
PRECIOS PLANTEL RECOPE
(colones por litro)
PRODUCTOS
Precio
sin impuesto
Precio
con impuesto
Gasolina súper
(1)
329,466
530,966
Gasolina Plus 91
(1)
314,104
506,604
331,604
445,354
327,021
440,771
Diesel 500 (0,05% S)
(1)
Diesel Térmico (0,50% S)
(1)
Pág 41
II.—Fijar el precio de los combustibles que se venden al
consumidor final en estación de servicio con punto fijo, de acuerdo
con el siguiente detalle:
PRECIOS CONSUMIDOR FINAL EN ESTACIONES DE
SERVICIO
(colones por litro)
PRODUCTOS
Gasolina súper
Precio Plantel
sin impuesto
Precio
con impuesto (3)
(1)
329,466
573,00
Gasolina Plus 91 (1)
314,104
548,00
Diesel 500 (0,05% S) (1)
331,604
487,00
Keroseno
(1)
334,996
433,00
Av-Gas
(2)
523,556
730,00
348,416
478,00
Jet A-1 general
(2)
(1) El precio final contempla un margen de comercialización de ¢35,966
/ litro y flete promedio de ¢5,902/litro, para estaciones de servicio
terrestres y marinas.
(2) El precio final para las estaciones aéreas contempla un margen de
comercialización total promedio (con transporte incluido) de
¢14,1332 / litro.
(3) Redondeado al colón más próximo.
III.—Fijar el precio del Gas Licuado del Petróleo (LPG)
para carburación de vehículos al consumidor final en estaciones de
servicio con punto fijo, de acuerdo con el siguiente detalle:
PRECIOS CONSUMIDOR FINAL LPG EN ESTACIONES DE SERVICIO
(colones por litro)
PRODUCTO
L.P.G. (1)
Precio Envasador
con impuesto
Precio
con impuesto *
292,330
328,00
(1) El precio del gas licuado del petróleo (LPG) incluye un margen de
comercialización de ¢35,758 / litro. Transporte incluido en precio del
envasador.
* Precios máximos de venta según resolución RRG-5314-2006, publicada en
Gaceta N°19 del 26 de enero de 2006.
IV.—Fijar los precios a la Flota Pesquera Nacional no
Deportiva exonerado del impuesto único a los combustibles.
PRECIOS A LA FLOTA PESQUERA NACIONAL NO DEPORTIVA (1 )
(colones por litro)
PRODUCTOS
Precio Plantel (sin impuesto)
Gasolina Plus 91
314,104
Diesel 500 (0,05% S)
331,604
(1) Según lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley N° 7384 de INCOPESCA y la
Ley N° 8114 de Simplificación y Eficiencia Tributarias.
V.—Fijar los precios de los combustibles que venden al
consumidor final, los distribuidores de combustibles que operan sin
punto fijo de venta, de acuerdo con el siguiente detalle:
PRECIOS DEL DISTRIBUIDOR DE COMBUSTIBLES SIN PUNTO FIJO
A CONSUMIDOR FINAL (colones por litro)
Keroseno
(1)
334,996
390,746
Búnker
(2)
254,548
273,798
IFO 380
(2)
259,582
259,582
PRODUCTOS
Precio Plantel sin
impuesto
Precio
con impuesto
Asfalto AC-20, AC-30, PG-70 (2)
251,000
289,750
Diesel pesado
294,840
332,090
Emulsión asfáltica (2)
156,883
185,383
L.P.G.
Gasolina súper (1)
Gasolina Plus 91 (1)
Diésel 500 (0,05% S) (1)
Keroseno
(1)
Búnker
(1)
Asfaltos AC-20, AC-30, PG-70 (1)
Diésel pesado
(1)
Emulsión
(1)
Nafta Liviana
(1)
Nafta Pesada
(1)
329,466
314,104
331,604
334,996
254,548
251,000
294,840
156,883
306,722
308,343
534,712
510,350
449,100
394,492
277,544
293,496
335,836
189,129
337,718
339,339
(2)
199,438
238,188
Av-Gas
(1)
523,556
716,056
Jet A-1 general
(1)
348,416
463,666
Nafta Liviana
(1)
306,722
333,972
Nafta Pesada
(1)
308,343
335,593
(1) Para efecto del pago correspondiente del flete por el cliente, se considera la
fórmula establecida mediante resolución RRG-8561-2008, publicada en La
Gaceta N°135 del 14 de julio de 2008.
(2) Para efecto del pago correspondiente del flete por el cliente, se considera la
fórmula establecida en resolución RRG-8819-2008 del 12 de setiembre del 2008.
(1) Incluye un margen total de ¢3,746 colones por litro.
Se excluyen el IFO 380, Gas Licuado del Petróleo, Av-Gas y Jet A-1 General
de acuerdo con lo dispuesto en Decreto 31502-MINAE-S, publicado en La Gaceta
N° 235 de 5 de diciembre de 2003 y voto 2005-02238 del 2 de marzo de
2005 de la Sala Constitucional.
Pág 42
La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010
VI.—Fijar los precios del Gas Licuado del Petróleo en la cadena de comercialización hasta el consumidor final, de acuerdo con el siguiente detalle:
PRECIO DE GAS LICUADO DE PETRÓLEO POR TIPO DE ENVASE Y POR CADENA DE DISTRIBUCIÓN (en colones por litro y cilindros) (1)
incluye impuesto único
PRECIO A FACTURAR
POR EL ENVASADOR (2)
TIPOS DE ENVASE
TANQUES FIJOS (por litro)
PRECIO A FACTURAR POR
DISTRIBUIDOR Y AGENCIAS (3)
292,330
(*)
PRECIO A
FACTURAR POR
DETALLISTAS (4)
(*)
CILINDRO DE 8,598 Litros
2 513,00
2 868,00
3 276,00
CILINDRO DE 17,195 Litros
5 027,00
5 736,00
6 552,00
CILINDRO DE 21,495 Litros
6 284,00
7 171,00
8 191,00
CILINDRO DE 34,392 Litros
10 054,00
11 473,00
13 105,00
CILINDRO DE 85,981 Litros
25 135,00
28 683,00
32 763,00
(*) No se comercializa en esos puntos de ventas.
(1) Sobre el margen absoluto por litro, se puede hacer un descuento máximo de un 13% por litro vendido de GLP, según resoluciones RRG-1907-2001 publicada en La Gaceta N° 65 del 2 de abril
del 2001 y RRG-8794-2008 publicada en La Gaceta N° 197 del 13 de octubre del 2008.
(2) Incluye un margen de comercialización de ¢54,142/litro.
(3) Incluye un margen de comercialización de ¢41,266/litro.
(4) Incluye un margen de comercialización de ¢47,453/litro.
VII.—Fijar el rango de variación de los precios de los combustibles que vende RECOPE en puertos y aeropuertos como sigue:
PRODUCTO
IFO-380
AV - GAS
JET FUEL
Desviación
estándar
Desviación
estándar
PRi
TCV
Ki
Di
$ / lit.
0,02
0,05
0,04
¢ / lit.
10,96
24,92
19,23
¢ / lit.
215,99
450,48
278,74
¢/$
510,51
510,51
510,51
¢ / lit.
43,59
90,91
56,25
¢ / lit.
0,00
-17,83
13,42
Precio al consumidor
Límite Inferior Límite Superior
¢ / lit.
¢ / lit.
248,62
270,55
498,64
548,47
329,19
367,64
En cumplimiento de lo que ordena el artículo 245 de la Ley General de la Administración Pública, se indica que contra la anterior
resolución caben los recursos ordinarios de revocatoria y de apelación y, el extraordinario de revisión. El de revocatoria podrá interponerse
ante el Comité de Regulación; a quien corresponde resolverlo; el de apelación y revisión, podrán interponerse ante la Junta Directiva, a la
que corresponde resolverlos.
El recurso de revocatoria y el de apelación deberán interponerse en el plazo de tres días contados a partir del día siguiente a la
notificación; el de revisión, dentro de los plazos señalados en el artículo 354 de la citada ley.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley 7593, las tarifas fijadas rigen a partir del día natural siguiente a su publicación.
Notifíquese y publíquese.—Luis Alberto Cubillo Herrera y Carlos Solano Carranza, Comité de Regulación.—1 vez.—O. C. Nº 52132010.—Solicitud Nº 36057.—C-424250.—(IN2010082755).
SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES
EDICTOS
La SUTEL hace saber que de conformidad con el expediente
SUTEL-OT-100-2010 y en cumplimiento del artículo 42 del
Reglamento a la Ley 8642, se publica extracto de la resolución
RCS-414-2010 que otorga título habilitante SUTEL-TH-94 a Latam
Alliance, cédula jurídica 3-101-607604. Servicios autorizados:
telefonía IP, carrier de telefonía IP y operador prepago móvil. 2)
Plazo de vigencia: diez años a partir de la publicación en La Gaceta.
3) Zonas geográficas: todo el territorio nacional. 4) Sobre las
condiciones: debe someterse a lo dispuesto en la RCS-414-2010.
San José, 27 de setiembre del 2010.—George Miley Rojas,
Presidente.—1 vez.—O. C. Nº 0136-2010.—Solicitud Nº 36056.—
C-9350.—(IN2010082752).
La SUTEL hace saber que de conformidad con el expediente
SUTEL-OT-077-2010 y en cumplimiento del artículo 42 del
Reglamento a la Ley 8642 se publica extracto de la resolución
RCS-384-2010 que otorga título habilitante SUTEL-TH-93 a
Partel S.R.L., cédula jurídica 3-102-571706. Servicios autorizados:
telefonía IP. 2) Plazo de vigencia: diez años a partir de la publicación
en La Gaceta. 3) Zonas geográficas: todo el territorio nacional. 4)
Sobre las condiciones: debe someterse a lo dispuesto en la RCS384-2010.
San José, 27 de setiembre del 2010.—George Miley Rojas,
Presidente.—1 vez.—O. C. Nº 0136-2010.—Solicitud Nº 36056.—
C-9350.—(IN2010082753).
La SUTEL hace saber que en cumplimiento del artículo 42 del Reglamento a la Ley Nº 8642, otorgó autorización para la prestación
de los servicios de Acceso a Internet y telefonía IP, a las personas que se detallan:
Expediente Nº
Persona autorizada
SUTEL-OT-080-2010 Yady Alexandra Sanabria Aldana
Número
identificación
117-000234933
SUTEL-OT-588-2009 Yamileth Alvarado Salazar
1-751-882
SUTEL-OT-101-2010 Róger Chacón Aguilera
2-390-738
SUTEL-OT-138-2009 José Villalobos Valerio
1-1114-0330
SUTEL-OT-098-2009 Multiservicios Milenium JMWC
S. A.
3-101-349988
Dirección punto
de prestación del servicio
50 metros sur Escuela Braulio Morales, cantón
central de Heredia
Contiguo a Pipería La Bandera Local,
Urbanización La Esmeralda, Barrio San
Francisco, San Isidro de Coronado, San José
100 metros norte del Hipermás, Barrio San
Jorge, San Francisco, Heredia
175 metros norte de la Municipalidad, costado
este del PANI, cantón central de Heredia
50 metros norte Hotel Roagra, distrito central de
Guácimo, Limón
Número resolución
de autorización
RCS-365-2010
Dirección punto
de prestación del servicio
Contiguo a la Iglesia Evangelio Completo de
Dios, Hone Creek, Cahuita, Talamanca, Limón
Costado sur de La Canasta Básica, Barrio El
Carmen, Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela
50 metros norte del Bar Mi Choza, Buenos
Aires, Palmares, Alajuela
800 metros norte del Banco Nacional, Puerto
Viejo, Sarapiquí, Heredia
Número resolución
de autorización
RCS-362-2010
RCS-393-2010
RCS-401-2010
RCS-432-2010
RCS-433-2010
Asimismo otorgó autorización para la prestación del servicio de Acceso a Internet, a los siguientes:
Expediente Nº
Persona autorizada
SUTEL-OT-081-2010 Consultoría Santos y Mafla S. A.
Número
identificación
3-101-443759
SUTEL-OT-098-2010 José Alberto Arce Salas
2-454-251
SUTEL-OT-099-2010 Luis Alonso Morera Méndez
1-864-557
SUTEL-OT-85-2010 Marco Vinicio Sánchez Ureña
1-814-179
RCS-363-2010
RCS-364-2010
RCS-401-2010
Cada uno de los autorizados deberá someterse a los términos y condiciones que se detallan en las respectivas resoluciones.
George Miley Rojas, Presidente.—1 vez.—O. C. Nº 0136-2010.—Solicitud Nº 36056.—C-45800.—(IN2010082754).
RÉGIMEN MUNICIPAL
MUNICIPALIDAD DE PURISCAL
El Concejo Municipal de Puriscal mediante acuerdo 010-017-2010 de la sesión ordinaria 017, celebrada el 13 de julio del 2010, acordó publicar las matrices de información distritales de la
Plataforma de Valores de Terrenos por Zonas Homogéneas de los Distritos: 01 Santiago, 02 Mercedes Sur, 03 Barbacoas, 04 Grifo Alto, 05 San Rafael, 06 Candelaria, 07 Desamparaditos, 08 San Antonio,
09 Chires, aprobados por el Órgano de Normalización Técnica de la Dirección General de Tributación del Ministerio de Hacienda.
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Puriscal, setiembre 2010.—Marta Murillo Arias, Secretaria del Alcalde.—1 vez.—C-1819020.—(IN2010080185).
La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010
MUNICIPALIDAD DE GOICOECHEA
DEPARTAMENTO DE COBRO, LICENCIAS
Y PATENTES MUNICIPALES
REPOSICIÓN DE TÍTULO DE PATENTE DE LICORES
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
A quien pueda interesar se hace saber que han solicitado a la
Municipalidad de Goicoechea la reposición del título de la patente
de licor nacional Nº 23 del distrito primero, inscrita a nombre Gu
Zhixian, cédula Nº 6261144693489.
Dicha patente actualmente se encuentra explotando en el
negocio denominado Restaurante Mil Gusots sito en Guadalupe,
150 metros al norte del Cruce de Moravia.
Lo anterior por motivo de extravío de la misma. Cualquier
interesado podrá hacer valer sus derechos ante la Municipalidad,
dentro de un período de ocho días a partir de la última publicación
de este aviso.
Carmen Bermúdez Siles, Asistente Departamento de Cobro
Licencias y Patentes.—(IN2010070956).
MUNICIPALIDAD DE NANDAYURE
DEPARTAMENTO DE ZONA MARÍTIMO TERRETRE
EDICTO
El Departamento de Zona Marítimo Terrestre de la
Municipalidad de Nandayure, comunica que Florencio Reyes Reyes,
casado, de oficio agricultor, con cédula N° 6-065-106, vecino de
playa San Miguel, Bejuco, Nandayure, con base en la Ley Sobre
la Zona Marítimo Terrestre N° 6043 de 02 de marzo de 1977 y su
Reglamento, aprobado mediante Decreto Ejecutivo N° 7841-P de
16 de marzo de 1977; solicita en concesión un terreno localizado en
Playa San Miguel, distrito sexto Bejuco, cantón noveno Nandayure,
de la provincia de Guanacaste. Mide 1 514,00 metros cuadrados,
para destinarlo como zona residencial turístico, predio identificado
con el número 91. Sus linderos son: norte, zona restringida de la
ZMT; sur, calle pública; este, zona restringida de la ZMT, oeste,
zona restringida de la ZMT. Se advierte que la presente publicación
no otorga derecho y la misma se realiza sin perjuicio de que el
área, uso y frente al mar quedan sujetas a las disposiciones del Plan
Regulador aprobado para la zona y disposiciones del MINAET. Se
concede treinta días hábiles, contados a partir de esta publicación
para oír oposiciones, las cuales deberán ser presentadas en esta
Municipalidad en la oficina del Alcalde Municipal, en papel sellado
y con los timbres correspondientes. El opositor debe identificarse
debidamente.
Carmona de Nandayure, Guanacaste.—Adán Venegas
Chaves, Inspector.—1 vez.—(IN2010080859).
MUNICIPALIDAD DE GOLFITO
EDICTOS
Inversiones Las Olas de Salea Sociedad Anónima, con cédula
jurídica Nº 3-101-360377, domiciliada en 500 metros oeste de la
pulpería Mario Jiménez, Pilón de Golfito, Puntarenas y representada
por los señores Erick Gerardo Leiva Hernández, quien es mayor de
edad, casado una vez, comerciante, vecino de cuatrocientos metros
norte de restaurante Tranquilo, Golfito, Puntarenas, con número
de cédula tres-doscientos noventa y dos-ciento sesenta y nueve;
y Gerardo Mora Aguilar, mayor, divorciado una vez, empresario,
cédula de identidad número seis-ciento treinta-ciento quince, vecino
de Ciudad Neily, residencial La Esperanza, Corredores, Puntarenas;
en virtud del artículo 38 del Reglamento a la ley Nº 6043 sobre la
Zona Marítimo Terrestre del 2 de marzo de 1977, Decreto Ejecutivo
Nº 7841-P del 16 de diciembre de 1977, y no ubicándose en la parcela
zonas clasificadas como patrimonio natural del estado, según consta
en el informe ACOSA-PNE-002-2010 del 25 de enero del año dos
mil diez, solicitan en concesión una parcela localizada en playa
Puerto Pilón, distrito cuarto Pavón, cantón sétimo Golfito, provincia
sexta Puntarenas, tramitado bajo el expediente Nº 6386-2007. Dicha
parcela se ubica entre los mojones del Instituto Geográfico Nacional
Nº 393 al 399, y consta de un área de 19 634,48 m2 según consta en
el plano catastrado Nº P-1213283-2008. Es terreno para dedicarlo a
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uso zona de alojamiento turístico (ZAT) en 15.658,44 m2 y zona de
protección forestal (ZPF) en 3 974,54 m2, declarados así en el Plan
Regulador Parcial de Pavones, Sector entre las quebradas Mangle a
quebrada Higo. Linda al norte, zona restringida y calle pública en
parte; sur, zona restringida; este, calle pública y oeste, zona pública
y línea de mojones. Se conceden 30 días hábiles a partir de esta
única publicación a todos los interesados, para oír oposiciones,
las cuales deberán ser presentadas en esta Municipalidad en papel
sellado y los timbres correspondientes en dos tantos.
Golfito, 13 de setiembre del 2010.—Departamento de Zona
Marítimo Terrestre.—Jimmy José Cubillo Mora, Alcalde.—1
vez.—(IN2010080632).
Inversiones Las Olas de Salea Sociedad Anónima, con cédula
jurídica Nº 3-101-360377, domiciliada en 500 metros oeste de la
pulpería Mario Jiménez, Pilón de Golfito, Puntarenas y representada
por los señores Erick Gerardo Leiva Hernández, quien es mayor de
edad, casado una vez, comerciante, vecino de cuatrocientos metros
norte de restaurante Tranquilo, Golfito, Puntarenas, con número
de cédula tres-doscientos noventa y dos-ciento sesenta y nueve;
y Gerardo Mora Aguilar, mayor, divorciado una vez, empresario,
cédula de identidad número seis-ciento treinta-ciento quince, vecino
de Ciudad Neily, residencial La Esperanza, Corredores, Puntarenas;
en virtud del artículo 38 del Reglamento a la Ley Nº 6043 sobre la
zona marítimo terrestre del 2 de marzo de 1977, Decreto Ejecutivo
Nº 7841-P del 16 de diciembre de 1977, y no ubicándose en la
parcela zonas clasificadas como patrimonio natural del estado según
consta en el informe ACOSA-PNE-002-2010 del 25 de enero del año
dos mil diez solicitan en concesión una parcela localizada en playa
Puerto Pilón, distrito cuarto Pavón, cantón sétimo Golfito, provincia
sexta Puntarenas, tramitado bajo el expediente Nº 6932-2010. Dicha
parcela se ubica entre los mojones del Instituto Geográfico Nacional
Nº 389 al 401, y consta de un área de 35 380,47 m2 según consta
en los planos catastrados Nos. P-1213284-2008 y P-1213281-2008.
Es terreno para dedicarlo a uso zona de protección forestal (ZPF),
declarados así en el Plan Regulador Parcial de Pavones, sector
entre las quebradas Mangle a quebrada Higo. Linda: al norte, zona
restringida y calle pública en parte; sur, zona restringida; este, zona
titulada y oeste, zona restringida con calle pública de por medio.
Se conceden 30 días hábiles a partir de esta única publicación a
todos los interesados, para oír oposiciones, las cuales deberán ser
presentadas en esta Municipalidad en papel sellado y los timbres
correspondientes en dos tantos.
Golfito, 13 de setiembre del 2010.—Jimmy José Cubillo
Mora, Alcalde.—1 vez.—(IN2010080633).
MUNICIPALIDAD DE LIMÓN
ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA DE BIENES INMUEBLES
Se comunica a los vecinos del Cantón Central de Limón, que
a partir del 27 de setiembre al 11 de octubre de 2010, se procederá al
proceso de recepción de -declaración masiva en Bienes Inmuebles--,
posterior a esta fecha se procederá a la valoración de oficio.
Limón, setiembre, 2010.—Ing. Orlando Chavarría Rodríguez,
Jefe de Valoraciones.—1 vez.—(IN2010080750).
AVISOS
CONVOCATORIAS
COLEGIO DE GEÓLOGOS DE COSTA RICA
El Colegio de Geólogos de Costa Rica, convoca a todos sus
agremiados a la asamblea general ordinaria Nº 63, el próximo viernes
15 de octubre de 2010, a las 17:00 horas; la primera convocatoria
y a las 18:00 la segunda; en el Colegio de Ingenieros Agrónomos
de Costa Rica, sita en residencial Los Colegios, Moravia, con el
siguiente orden del día:
1. Reconocimiento a los miembros colegiados con 30 años de
incorporación al Colegio de Geólogos de Costa Rica
2. Comprobación de quórum
3. Informe del presidente, tesorero y fiscal
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La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010
4. Aprobación del presupuesto del período fiscal 2010-2011
5. Elección del presidente(a)
6. Elección de vicepresidente(a)
7. Elección del secretario(a)
8. Elección de tesorero(a)
9. Elección del vocal I
10. Elección de vocal II
11. Elección del vocal III
12. Elección de vocal IV
13. Elección del fiscal
14. Brindis
M.Sc. Enid Gamboa Robles, Presidenta.—Geól. César
Villalta Canales, Secretario.—Lic. Jorge Herrera Ocampo, Director
Ejecutivo.—(IN2010078754).
2 v 1.
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
CENTRO MÉDICO CURIME S. A.
Convoca a asamblea general extraordinaria de accionistas, a
celebrarse en su domicilio social en San José, frente a la antigua
entrada de emergencias del Hospital Calderón Guardia, casa
esquinera del Centro Médico Curime, a las dieciocho horas del día
quince de noviembre del dos mil diez, en primera convocatoria; y
a las diecinueve horas, en segunda convocatoria con los accionistas
presentes. La agenda será la siguiente:
1) Reposición de los tres libros de actas de la sociedad, sea el
libro de Registro de Socios; el libro de Actas de Asamblea de
Socios, y el libro de Actas de Consejo de Administración.
Vicente Subirós Ruiz, Secretario.—1 vez.—(IN2010082916).
AVISOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
PRODUCTORA CENTROAMÉRICA DE TELEVISIÓN
SOCIEDAD ANÓNIMA
La Productora Centroamérica de Televisión Sociedad
Anónima, cédula jurídica 3-101-062981, solicita ante la Dirección
General de Tributación, la reposición del siguiente libro:
libro de accionistas número uno. Quien se considere afectado
puede manifestar su oposición ante el Área de Información y
Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de
San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la
publicación de este aviso.—Lic. Manuel Amador H., Notario.—
(IN2010081846).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Fabiola Salazar Pineda, cédula de identidad número 7-01550517, solicita ante la Dirección General de Tributación la reposición
de los siguientes libros: (Libro número 1 Diario, Libro número
1 Mayor, Libro número Uno Inventarios y Balances) Quien se
considere afectado puede manifestar su oposición ante el área de
información y Asistencia al Contribuyente de la Administración
Tributaria Limón, dentro del término de ocho días hábiles a partir de
la publicación de este aviso.—21 de setiembre del 2010.—Fabiola
Salazar Pineda.—(IN2010079720).
INMOBILIARIA SUNBEACH TAMARINDO R.R.E. S. A.
Inmobiliaria Sunbeach Tamarindo R.R.E. S. A., cédula jurídica
3-101-382694, solicita ante la Dirección General de Tributación,
la reposición de los libros de actas de asambleas de socios, junta
directiva, accionistas, diario, mayor, inventario y balances, número
uno, por extravío. Quien se considere afectado dirigir la oposición
a la Sección de Timbraje y Legalización de Libros en el término
de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación
en el diario oficial La Gaceta.—José Antonio Irias Naranjo.—
(RP2010197723).—(IN2010079860).
KORODY DIESEL COSTA RICA S. A.
Korody Diesel Costa Rica S. A., con cédula jurídica Nº
3-101-123348, solicita ante la Dirección General de Tributación,
la reposición de los siguientes libros uno de diario, uno de
mayor, uno de inventarios y balances, uno de actas de Consejo
de Administración, uno de actas de asambleas de socios y uno de
registro de socios. Quien se considere afectado puede manifestar su
oposición ante el Área de información y asistencia al contribuyente
de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de 8
días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Licda. Andrea
Ruiz Castillo, Notaria.—RP2010197926.—(IN2010079861).
CENTRO NATURAL LA FUENTE SOCIEDAD ANÓNIMA
Centro Natural La Fuente Sociedad Anónima, titular de la
cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento ochenta
mil ciento sesenta y dos, solicita ante la Dirección General de
Tributación, la reposición del siguiente libro: Actas de Registro de
socios número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su
oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente
de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de
ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Licda.
Hildred Román Víquez, Notaria.—(IN2010080138).
Henry Serrano Salgado, número de cédula 3-327-530, solicita
ante la Dirección de la Tributación, la reposición de los libros:
Diario, Mayor, Inventario y Balances todos Nº 1. Quien se considere
afectado puede manifestar su oposición ante la Administración
Tributaria de Cartago, en el término de ocho días hábiles a partir de la
publicación de este aviso.—Henry Serrano Salgado, Solicitante.—
RP2010197962.—(IN2010080330).
COCI CLOSET IBÉRICA SOCIEDAD ANÓNIMA
Coci Closet Ibérica Sociedad Anónima, cédula jurídica tresciento uno-trescientos sesenta y tres mil novecientos dieciocho,
solicita ante la Dirección Nacional de la Tributación la reposición de
los siguientes libros: Diario libro número uno, Mayor libro número
uno y Inventarios y Balances libro número uno por extravío. Quien
se considere afectado puede manifestar su oposición ante la Área
de información y Asistencia al Contribuyente de la Administración
Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados
a partir de la publicación en un diario de circulación nacional.—San
José, 22 de setiembre de 2010.—Juan de Dios Jiménez Parraga.—
RP2010197987.—(IN2010080331).
AGENCIA DE SEGURIDAD LOS VIGILANTES DE COSTA RICA
Agencia de Seguridad Los Vigilantes de Costa Rica, cédula
jurídica 3-101-165179, solicita ante la Dirección General de
Tributación, la reposición de los siguientes libros: Libro Diario Nº
1, Libro Mayor Nº l. Quien se considere afectado puede manifestar
su oposición ante la Subgerencia de Servicio al Contribuyente de la
Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho
días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Édgar Zúñiga
Valverde, Apoderado Generalísimo.—(IN2010080549).
DISTRIBUIDORA POÁS S. A.
Distribuidora Poás S. A., número de cédula jurídica 3-101030018, solicita ante la Dirección General de la Tributación la
reposición del libro de Inventario y Balances Nº 1. Quien se considere
afectado puede manifestar su oposición ante la Administración
Tributaria de Cartago en el término de ocho días hábiles a partir de
la publicación de este aviso.—José Antonio Rodríguez Navarro.—
(IN2010080583).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
FINCA LA BRUJA DE POTRERO GRANDE
SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
Finca La Bruja de Potrero Grande Sociedad de Responsabilidad
Limitada, cédula jurídica 3-102-209624, solicita ante la Dirección
General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Libro
de actas de asamblea de socios y registro de socios ambos número
1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición
ante el área de información y asistencia al contribuyente de la
Administración Tributaria de la zona sur, dentro del término de ocho
días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Licda. Carolina
Herrera Alvarado, Gerente.—RP2010196288.—(IN2010076897).
La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010
Inés Días García, cedula 5-0132-070, solicita ante la Dirección
General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario
Nº 1, Mayor Nº 1, Inventarios y Balances Nº 1, Quien se considere
afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información
y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de
Guanacaste, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la
publicación de este aviso.—Inés Días García.—(IN2010080097).
Alexander Arroyo Miranda, cédula dos-cinco tres cincocinco cero dos, solicita ante la Dirección General de Tributación
la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor, Inventarios
y Balances, todos número uno. Quien se considere afectado puede
manifestar su oposición ante el Área de Servicios al Contribuyente
de la Administración Tributaria de Guanacaste, dentro del término
de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Carlos
Luis Arias, Contador.—(IN2010080593).
DAN GUN S. A.
Dan Gun S. A., cédula jurídica Nº 3-101-252099, solicita ante
la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes
libros, Actas de Consejo Administración Nº 1, Actas de Asamblea
de Socios Nº 1, Registro de Socios Nº 1, Diario Nº 1, Mayor Nº
1, Inventarios y Balances Nº 1, quien se considere afectado puede
manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia
al Contribuyente, Administración Tributaria de Puntarenas en el
término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación
en el Diario Oficial.—Quepos, 21 de setiembre del 2010.—Jong
Kuan Kim Jim, Representante Legal.—(IN2010080700).
DEPÓSITO Y FERRETERÍA GONZÁLEZ
SOCIEDAD ANÓNIMA
Depósito y Ferretería González Sociedad Anónima, cédula
jurídica 3-101-444532, solicita ante la Dirección General de
Tributación Directa, la reposición de los siguientes libros: Diario N°
2, Mayor N° 2, Inventarios y Balances N° 1, Actas de Consejo de
Administración N° 1, Actas de Asamblea de Socios N° 1 y Registro
de Socios N° 1. Quien se considere afectado puede manifestar su
oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente
de la Administración Tributaria de San José, en el término de ocho
días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario
Oficial La Gaceta.—Alajuelita, 23 se setiembre del 2010.—Ana
Isabel González Burgos, Presidenta.—(IN2010080741).
María Lorena Mata Solano, número de cédula 03-0180-0021,
solicita ante la Dirección General de la Tributación, la reposición
del libro Registro de Compras Nº 1. Quien se considere afectado
puede manifestar su oposición ante la Administración Tributaria de
Cartago, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación
de este aviso.—María Lorena Mata Solano.—RP2010198013.—
(IN2010080754).
MUTUAL CARTAGO DE AHORRO Y PRÉSTAMO
La señora Rosmery Patricia Fernández Monge cédula
303670479, ha solicitado a MUCAP la reposición del título valor
Nº 459756, por un monto de ¢816.862,58 y el cual fue emitido a su
orden el día 25 de noviembre de 2009. Se emplaza a los interesados
a manifestarse dentro del plazo de 15 días naturales posterior a la
última publicación.
Cartago, 27 de setiembre de 2010.—Lic. María Elena Pacheco
Alfaro, Jefa, Agencia Los Ángeles.—(IN2010080757).
CHONGOCHICO S. A.
Chongochico S. A., cédula jurídica Nº 3-101-464803, solicita
ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes
libros: Diario número 1, Mayor número 1, Inventario y Balances número
1, Registro de Socios número 1, Acta de Asamblea de Socios número
1, Actas de Consejo de Administración número 1. Quien se considere
afectado puede manifestar su oposición ante el Área de información
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y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San
José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación
de este aviso.—San José, 23 de setiembre del 2010.—Lic. Jorge
Figueroa Vásquez, Abogado.—(IN2010080800).
REPRESENTACIONES INTERNACIONALES
MARÍTIMAS REPINTER S. A.
Representaciones Internacionales Marítimas Repinter S. A.,
cédula jurídica 3-101-072412, solicita ante la Dirección General
de Tributación, la reposición de libros legales y contables, a saber:
Actas de Junta Directiva, Actas de Registro de Accionistas, Actas
de Asamblea General, Diario, Inventarios y Balances y Mayor;
todos número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su
oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente
(Legalización de Libros), Administración Regional de San José,
en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última
publicación en el Diario Oficial.—Lic. Jorge Ross Araya, Notario
Público.—(IN2010080921).
INVERSIONES CASA BLANCA C.M. S. A.
Inversiones Casa Blanca C.M. Sociedad Anónima, cédula
jurídica Nº 3-101-147105, solicita ante la Dirección General
de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Actas de
Consejo de Administración Nº 2, Actas de Asambleas de Socios Nº
2, y Registro de Socios Nº 2. Quien se considere afectado puede
manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al
Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro
del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este
aviso.—San José, 27 de setiembre del 2010.—Cecil Eduardo Alfaro
Bravo, Representante Legal.—(IN2010080965).
CONSTRUCCIONES ROYQUE SOCIEDAD ANÓNIMA
Construcciones Royque Sociedad Anónima, cédula N°
3-101-095546, solicita ante la Dirección General de Tributación la
reposición de los libros: Actas Consejo de Administración, Actas de
Asamblea de Socios, Registro de Socios, Diario, Mayor e Inventarios
y Balances todos número uno, quien se considere afectado puede
manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al
Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria
de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de
la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Javier Sauma
Rossi.—(IN2010081003).
PÉREZ GÓNGORA SOCIEDAD ANÓNIMA
Pérez Góngora Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101012781, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa la
reposición de los libros número tres de Diario, cuatro de Mayor y el
uno de Inventarios y Balances. Quien se considere afectado puede
manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al
Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro
del término de ocho días hábiles a partir de la publicación del presente
aviso.—Lic. Ronald Brealey Mora, Notario.—(IN2010081010).
COLEGIO DE LICENCIADOS Y PROFESORES
EN LETRAS, FILOSOFÍA, CIENCIAS Y ARTES
A las siguientes personas se les comunica que, según nuestros
registros al mes de setiembre del 2010, se encuentran morosos. Sí
realizó el pago respectivo favor ignorar esta publicación, la cual
se realiza conforme con el artículo 981 del Código de Comercio.
Transcurridos diez días hábiles contados a partir de la fecha en que
sus nombres aparezcan publicados en el Diario Oficial La Gaceta, de
no cancelar la suma adeudada, se iniciará el proceso administrativo
o judicial, según corresponda. Al mismo tiempo se les recuerda
que este trámite tiene como consecuencia la inhabilitación para el
ejercicio legal de la profesión.
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La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010
Nombre
Cédula
Nombre
Cédula
A partir del
Aguilar Molina Rosa María
103660994
Cartín Herrera Sandra
203430634
30/06/2010
Brenes Gómez Marta Lorena
301730464
Chavarría Marchena Leonel
601230281
04/08/2010
Camacho Huertas Marco Luis
202700635
Chaves Alfaro Maricruz
701210393
27/08/2010
Canales Barrantes Carlos Luis
302520925
Cordero Martínez María Soledad
104180928
31/07/2010
Canales Castro Sandra
106210111
Deusa Llopis Salvador
172400101527
30/08/2010
Chacón Valverde Dollybeth
700670577
Díaz Solís María del Pilar
601860685
11/08/2010
Elizondo Oliverio Carlos Batista
601080213
Durán Barrantes Norman
108230855
11/08/2010
Espinoza Miranda Carlos Enrique
202750370
Espino Vanegas Seidy
602280126
13/08/2010
Gatgens López Sara
601050179
Fallas Solera Emilia
401410002
05/08/2010
Guerrero Vargas Ana Patricia
204410123
Flaquer Borbón Melissa
110360192
17/08/2010
Pinnock Allen Di Marie
700860089
Flores Castro Andy Mauricio
701400177
12/08/2010
Rosales Rodríguez Amán Alberto
105160325
Garro Morales Rubén Darío
105200755
30/06/2010
Salazar Jiménez Sonia María
103570020
Gómez Aguilar Diana Marcela
503490185
18/08/2010
Scriba Pasos Danilo
110700767
Gómez Cordero Martha Isabel
301520657
30/06/2010
3151747040047
González Quesada Juan Elías
401490425
31/08/2010
107920651
Haug Delgado Nora Cristina
107280063
19/08/2010
Hernández Duarte Marlene
204290061
12/08/2010
Hernández Herrero Anabelle
103911033
30/06/2010
Jiménez Mata Sandra
301970131
24/08/2010
Juárez Villalta Socorro Aracelly
601320268
31/08/2010
Lara Lara José Adrián
109360705
11/08/2010
Lara Morera Ana Silvia
205630361
13/08/2010
Lizano Vincent Dora Elena
104040668
16/08/2010
López Masís Daisy
600640858
05/08/2010
Martínez Castillo Róger
700650254
30/06/2010
Masís Vindas Silvia Irene
112520485
13/08/2010
Mata Rivera Enrique Javier
302210654
09/08/2010
Merlos Lacaya Horacio
600851004
30/06/2010
Meza Solano Vinicio Antonio
302970876
30/06/2010
Molina Gómez Julia Yadira
501361272
11/08/2010
Montero Jiménez Emilia María
105500475
11/08/2010
Mora Chacón Marco Antonio
104930763
06/08/2010
Mora Mora Mario
110130541
16/08/2010
Morera Rodríguez Vivian Marcela
205860528
17/08/2010
Murillo Gamboa Luis Alfredo
204030202
05/08/2010
Obando Santamaría Melissa
110770435
27/08/2010
Porras Jiménez Freddy
105330749
31/08/2010
Portilla Chaves Mario
105540075
30/06/2010
1751278361108
11/08/2010
Triana Cabrera Dailin
Valerio Rodríguez Sury
M.S.c. Félix Ángel Salas Castro, Presidente.—Lic. Yolanda
Hernández Ramírez, Secretaria.—(IN2010080798).
2 v. 1.
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
COLEGIO DE LICENCIADOS Y PROFESORES
EN LETRAS, FILOSOFÍA, CIENCIAS Y ARTES
A las siguientes personas se les comunica que, según nuestros
registros, su situación de morosidad en el pago de sus cuotas de
colegiación se encuentra normalizada. Por lo tanto, son colegiados
activos a partir del mes abajo indicado. Se le recuerda a la sociedad
costarricense que estos profesionales están habilitados para ejercer
la docencia y áreas afines en Costa Rica.
Nombre
Cédula
A partir del
Alemán Cortés Karla
108150636
31/08/2010
Álvarez Méndez Juan Carlos
503190806
11/08/2010
Araya Bolaños Eduardo
203930370
11/08/2010
Araya Chaves Cindy Rebeca
111200899
23/08/2010
Arley Fonseca Margot
701440943
11/08/2010
Azofeifa Villalobos Kristy
110800502
13/08/2010
Báez Barahona Nuria María
104560590
30/06/2010
Bermúdez Alfaro Cynthia
700870064
16/08/2010
Bonilla Fernández Damaris
106900580
04/08/2010
Brenes Rojas Rita Cecilia
302680767
04/08/2010
Brenes Serrano Brenda
303560927
09/08/2010
Calderón Mejía Ángela C.
401490522
13/08/2010
Calvo Pineda Ileana María
105600295
12/08/2010
Campos Salazar Cristian Alberto
206080482
11/08/2010
Rivera Quesada Laura
111330399
21/05/2010
Campos Valerio Karina
205570201
30/07/2010
Rodríguez Miranda Liseth Ma.
205710717
09/08/2010
Caridad Alfaro Tatiana María
107400141
13/08/2010
Rodríguez Vargas Francisco
104200388
30/06/2010
1751004021014
27/08/2010
Rojas Ortega Lucia Victoria
302730254
04/08/2010
Cartagena Valverde Ingrid María
Rabb Andrews Tamatha Anne
La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010
Nombre
Cédula
A partir del
Rojas Rodríguez Yolanda
900120762
31/07/2010
Sáenz Torres Ana Margarita
110070210
04/08/2010
Salazar Muñoz Miles
603200041
13/08/2010
Sánchez Solano Ismael Ed.
303230566
10/08/2010
Solís Umaña Mario Alberto
107680697
17/08/2010
Umaña Carrillo Roy
401420872
17/08/2010
Urbina Vargas María Soledad
105650258
17/08/2010
Ureña Salazar Viria
105990973
31/07/2010
Vargas Álvarez Mayela
105810770
25/08/2010
Vargas Arias Marcela
117270521
05/08/2010
Vargas Mattey Gilberto
105910286
30/06/2010
Vargas Víquez Laura
204370949
16/08/2010
Vega Aguilar María Eugenia
104480315
31/07/2010
Villegas Cruz Olivier
502820453
21/04/2010
Zúñiga Blanco Nidya
104090054
17/08/2010
M.S.c. Félix Ángel Salas Castro, Presidente.—Lic. Yolanda
Hernández Ramírez, Secretaria.—1 vez.—(IN2010080799).
ASOCIACIÓN DEPORTIVA
AUTOMOVILÍSTICA DOBLE TRACCIÓN
Yo, Miguel Cordero Aspiros, cédula de identidad número
106060943, en mi calidad de Presidente y representante legal
de la Asociación Deportiva Automovilística Doble Tracción,
cédula jurídica: Nº 3-002-40843337. Solicito al Departamento de
Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas la reposición de
los siguientes libros: libros contables, Diario, Mayor, y Balances
e Inventarios, todos número dos, los cuales fueron extraviados,
se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a
cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de
Asociaciones.—28 de setiembre del 2010.—Miguel Cordero
Aspiros, Presidente.—1 vez.—(IN2010080809).
COSTA RICA TENNIS CLUB S.A.
El Costa Rica Tennis Club S. A., avisa a las siguientes
personas que, de conformidad con los estatutos del Club, la Junta
Directiva ha decidido iniciarles los trámites para la desinscripción
del Registro de Accionistas por diversas obligaciones que,
facultados por el estatuto, ha impuesto la Junta Directiva. Se ruega
a los mencionados acercarse a la Gerencia General del Club en el
término de dos semanas calendario a partir de esta publicación para
que, si lo desean, regularicen su situación y tutelen sus derechos.
Nº Acción
1548
2330
459
187
3240
1103
1686
3199
1851
2999
3339
1984
Socio
595
1067
1875
2460
2806
3951
4385
4588
5829
5953
5954
5958
Nombre
Arroyo Solórzano Alina
Bolaños Milla Salvador Antonio
Castro Rodríguez Guillermo
Chavarría Mora Ana Cecilia
Dobles Robert Alejandro
González Quirós Ramón
Herrera Bermúdez Héctor
Jaramillo Gallegos Mónica
Meléndez Magaña Flavio Antonio
Molina Ramírez Daniel Alberto
Molina Ramírez Rodrigo
Moncada Montero Carlos
Nº Acción
Socio
Pág 55
Nombre
3771
7403
Ramírez Hernández Marcos Paulino
2092
7415
Ramírez Miranda Pedro José
787
7628
Rodríguez López Álvaro
1501
7598
Rodríguez Rojas Manuel Emilio
2962
8054
Sánchez Ospina Yimmy Reynel
3585
9195
Vargas Lasantas María Magaly
719
9234
Vargas Vega Ricardo
1980
9319
Venegas Ocampo Roger
1795
9087
Von Köller Fournier Joachim
Nota: Si ya usted canceló, hacer caso omiso a su nombre en
esta lista.—San José, 28 de setiembre del 2010.—MBA. Juan Carlos
Núñez, Gerente General.—1 vez.—(IN2010080852).
COLEGIO DE INGENIEROS AGRÓNOMOS DE COSTA RICA
El Colegio de Ingenieros Agrónomos de Costa Rica, comunica
que en la asamblea general extraordinaria Nº 139 celebrada el
sábado 25 de setiembre del 2010, se acordó: Aprobar el Presupuesto
para el periodo 2010-2011, por un monto de ¢681.333.444, el cual
considera:
1) Ajustar en ¢500 la cuota de colegiatura, para que se fije en
ocho mil colones exactos (¢8.000) mensuales, a partir del 1°
de octubre del 2010.
2) Ajustar el canon anual correspondiente al período 2011, de
los registros de Peritos Tasadores, Peritos (Transitorio IV),
Aviación Agrícola, Idoneidad/Investigación y Compañías
Consultoras, según se detalla:
Registro
Nueva tarifa
Peritos y Tasadores
50.000
Transitorio IV
60.000
Aviación Agrícola
50.000
Idoneidad e Investigación
50.000
Compañías Consultoras
70.000
Acuerdo firme.
27 de setiembre del 2010.—Ing. Agr. Mario Coto Carranza,
Presidente.—Ing. Agr. José Martí Jiménez Bermúdez, Secretario.—1
vez.—(IN2010080930).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Se hace constar que por escritura número sesenta y siete,
otorgada ante esta notaría el día de hoy al ser las 19:00 horas del 28
de julio del presente año, el señor Rafael Ángel Aguilar Barquero,
vendió al señor Carlos Andrés Flores Castillo, el establecimiento
comercial denominado Bar Colonial, ubicado en San José, calle diez,
avenidas cuatro y seis. Se emplaza a acreedores y terceros en general
para que dentro del plazo improrrogable de quince días naturales
contados a partir de la primera publicación se presenten a dicho
local a hacer valer sus derechos.—San José, 28 de julio del 2010.—
Lic. Lorna Massiel Aguilar Castro, Notaria.—RP2010197216.—
(IN2010078857).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
El suscrito notario hace constar que mediante escritura
otorgada a las diez horas del día de hoy, Wendy Rey Valverde y
Ricardo Umaña Marín, constituyen Wereva Sociedad Anónima,
pudiéndose abreviar sus últimas dos palabras en S. A. Capital
social de un millón doscientos mil colones totalmente suscrito y
pagado. Domicilio: San José, en La Trinidad de Moravia. Objeto:
comercio.—San José, dieciséis de setiembre del dos mil diez.—Lic.
Ricardo Guardia Vásquez, Notario.—1 vez.—RP2010197289.—
(IN2010078902).
Por escritura número doscientos noventa y cuatro-nueve,
otorgada ante esta notaría, se acuerda el cambio de la junta directiva
y fiscal; y se nombra un agente residente de la sociedad esta plaza
denominada Modificador de Vehículos de Cartago S. A., cédula
jurídica tres-ciento uno-cinco ocho dos cuatro uno ocho. Presidente:
Christian Ureña Murillo, secretaria: Jeny Antonia Soza Mondragón,
tesorera: Mireya Del Rosario Mondragón Oporta, y fiscal: Tania
Pág 56
La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010
Soza Mondragón; agente residente: Lic. Randall Francisco Alvarado
Cubillo.—San José, 17 de setiembre del 2010.—Lic. Randall
Francisco Alvarado Cubillo, Notario.—1 vez.—RP2010197290.—
(IN2010078903).
de suma. Plazo: 99 años, capital: íntegramente suscrito y pagado.
Domicilio: San José, San Pedro.—20 de setiembre del 2010.—Lic.
Manuel Enrique Pérez Ureña, Notario.—1 vez.—RP2010197316.—
(IN2010078912).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas con
tres minutos del dieciséis de setiembre del dos mil diez, la sociedad
denominada Corporación de Inversiones Yad el de Patio de Agua
Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-314899, procedió a
revocar el nombramiento de vicepresidente y modificó la cláusula
sétima de administración.—San José, 20 de setiembre del 2010.—
Lic. Mónica Romero Piedra, Notaria.—1 vez.—RP2010197293.—
(IN2010078904).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las 12:00 horas
del 20 de setiembre del 2010, la sociedad Comercial Automotriz
Lourdes S. A., domiciliada en Lourdes de Montes de Oca, reformó
la cláusula primera de los estatutos sobre el nombre y domicilio, y
se revocó el nombramiento del agente residente.—San José, 20 de
setiembre del 2010.—Lic. Flor Arroyo Morera, Notaria.—1 vez.—
RP2010197321.—(IN2010078913).
Ante mí, Carlos Coto Madrigal notario público con oficina
abierta en San José, Mora, se constituyó mediante escritura número
doscientos cincuenta y cuatro, del tomo sétimo de mi protocolo,
con fecha de las nueve horas del diecisiete de setiembre del dos mil
diez, la empresa: Inarq Servicios de Ingeniería y Arquitectura
Sociedad Anónima, con plazo social de cien años y capital social
de diez mil colones.—San José, 17 de setiembre del 2010.—Lic.
Carlos Coto Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2010197294.—
(IN2010078905).
Ante mí, Gloria Melania Aguilar Plazaola, notaria pública,
con oficina en San José, Curridabat, se constituyó la empresa
Multiservicios Leyda Sociedad Anónima, con un capital social
de diez mil colones y un plazo social de cien años.—San José, 20
de setiembre del 2010.—Lic. Gloria Melania Aguilar Plazaola,
Notaria.—1 vez.—RP2010197295.—(IN2010078906).
Ante mí, Carlos Coto Madrigal, notario público con oficina
abierta en San José, Mora, se constituyó mediante escritura número
doscientos cincuenta y cinco, del tomo sétimo de mi protocolo, con
fecha de las diecisiete horas del diecinueve de setiembre del dos
mil diez, la empresa: Automotriz Leyda y Márquez Sociedad
Anónima, con plazo social de cien años y capital social de diez mil
colones.—San José, 20 de setiembre del 2010.—Lic. Carlos Coto
Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2010197296.—(IN2010078907).
Ante esta notaría por escritura otorgada a las veinte horas
quince minutos del once de setiembre del dos mil diez, donde se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas
de Agropecuaria Mesén Villalta S. A., la cual se reforma la cláusula
quinta, sétima, cambio del domicilio social del pacto constitutivo,
se reorganizan los puestos de la presidencia, secretaria, tesorero
y fiscal y se hacen nuevos nombramientos.— Lic. María de los
Ángeles Machado Ramírez, Notaria.—1 vez.—RP2010197297.—
(IN2010078908).
Por escritura otorgada ante la Lic. Leslie Guiselle Mora
Cordero, se constituyó Grupo Rampak & Hernández Sociedad
Anónima.—San José, 20 de setiembre del 2010.—Lic. Leslie
Guiselle Mora Cordero, Notaria.—1 vez.—RP2010197299.—
(IN2010078909).
Jeffrey Benavides Chaverri y Jessenia Porras Jiménez,
constituyen la sociedad Oro Roca Sociedad Anónima. Domiciliada:
en Santa Ana. Agente residente: Gabriela Muñoz Vargas.—San José,
diecisiete de setiembre del dos mil diez.—Lic. Gabriela Muñoz
Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2010197322.—(IN2010078914).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las 13:00 horas del 19
de setiembre del 2010, se constituyó la sociedad Inversiones Silhero
S. A., domiciliada en Atenas, Alajuela, por un plazo social de 100
años, representada judicial y extrajudicialmente por el presidente,
secretario y tesorero con facultades de apoderados generalísimos
sin límite de suma. Capital: suscrito y pagado.—San José, 20 de
setiembre del 2010.—Lic. Flor Arroyo Morera, Notaria.—1 vez.—
RP2010197323.—(IN2010078915).
Por escritura número doscientos dieciséis, otorgada ante mi
notaría, a las dieciséis horas treinta minutos del nueve de julio del dos
mil diez, he protocolizado acta de asamblea general extraordinaria
de socios de la sociedad Accesorios Discobre Sociedad Anónima,
en la cual se reforman las cláusulas segunda y novena, se nombra
junta directiva, fiscal y agente residente.—San José, 12 de julio
del 2010.—Lic. Rudy Zumbado Berrocal, Notario.—1 vez.—
RP2010197324.—(IN2010078916).
Ante esta notaría, por escritura número noventa y cinco-tres,
otorgada a las diecisiete horas del treinta de agosto del dos mil diez,
se constituyó la sociedad de esta plaza Sodeco Sociedad Anónima.
Es todo.—San José, treinta de agosto del dos mil diez.—Lic.
Dafne Lizette Blanco Varela, Notaria.—1 vez.—RP2010197325.—
(IN2010078917).
Se hace saber que en mi notaría, a las once horas con diez
minutos del diecisiete de setiembre del dos mil diez, se constituyó
la sociedad denominada Sergio Arguedas Arquitectos Limitada,
con domicilio en San José, cantón primero, distrito primero Carmen,
Barrio Escalante, de la Iglesia Santa Teresita, doscientos metros
este y cien metros sur, oficina número dos mil novecientos diez,
con un capital social de diez mil colones.—San José, diecisiete de
setiembre del dos mil diez.—Lic. Eduardo Araya Vega, Notario.—1
vez.—RP2010197326.—(IN2010078918).
Ante el suscrito notario se protocolizó el día de hoy, acta de la
asamblea extraordinaria de accionistas de la compañía Guildenstern
Sociedad Anónima, se modifica la cláusula sétima del pacto
social y se nombra secretario de la junta directiva.—San José, 16
de setiembre del 2010.—Lic. Róger Petersen Morice, Notario.—1
vez.—RP2010197301.—(IN2010078910).
Por escritura otorgada en Puntarenas, Jacó, Garabito, a
las quince horas del diecisiete de setiembre del dos mil diez, se
constituye sociedad limitada según circular cero cero ocho dos mil
seis, donde solicitamos nombre igual a número de cédula jurídica.
Capital social: de diez mil colones, ante la notaria Karla Chaves
Mejía. Es todo.—San José, al ser las trece horas del veinte de
setiembre del dos mil diez.—Lic. Karla Chaves Mejía, Notaria.—1
vez.—RP2010197327.—(IN2010078919).
Inversiones Santa Cecilia JLR S. A., cédula tres-ciento
uno-seiscientos tres ochenta y cinco, se transforma en Desarrollos
Habitacionales Nicodrigo B y R limitada, y se aumenta capital en
la suma de cincuenta millones de colones. Escritura otorgada ante
el notario Luis Felipe Vaquerano López, número ciento veintiocho,
con fecha del veintiocho de junio del dos mil diez.—Lic. Luis
Felipe Vaquerano López, Notario.—1 vez.—RP2010197302.—
(IN2010078911).
Por escritura otorgada en Puntarenas, Jacó, Garabito, a las
quince horas y quince minutos del diecisiete de setiembre del dos
mil diez, se constituye sociedad limitada según circular cero cero
ocho dos mil seis, donde solicitamos nombre igual a número de
cédula jurídica. Capital social: de diez mil colones, ante la notaria
Karla Chaves Mejía. Es todo.—San José, al ser las trece horas del
veinte de setiembre del dos mil diez.—Lic. Karla Chaves Mejía,
Notaria.—1 vez.—RP2010197328.—(IN2010078920).
Al ser las 12 horas del 12 de setiembre del 2010, ante mí
se constituyó la sociedad denominada Soportre S O S S. A., el
presidente tendrá facultades de apoderado generalísimo sin límite
Por asamblea de socios la sociedad denominada Borski
Realty S.R.L., se modificó la cláusula primera, cláusula segunda
y se nombra nuevo gerente, asimismo por asamblea de socios de la
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sociedad denominada Kaptur Realty S.R.L, se modificó la cláusula
primera, cláusula segunda y se nombra nuevo gerente, asimismo por
asamblea de socios la sociedad denominada Moroco Realty S.R.L.,
se modificó la cláusula primera, cláusula segunda y se nombra nuevo
gerente, asimismo por asamblea de socios la sociedad denominada
Covington Realty S.R.L., se modificó la cláusula primera, cláusula
segunda y se nombra nuevo gerente, asimismo por asamblea de
socios la sociedad denominada Killpatrick Realty S.R.L., se
modificó la cláusula primera, cláusula segunda y se nombra nuevo
gerente, asimismo por asamblea de socios la sociedad denominada
Roosevelt Realty S.R.L., se modificó la cláusula primera, cláusula
segunda y se nombra nuevo gerente, asimismo por asamblea de
socios la sociedad denominada Akim Realty S.R.L., se modificó
la cláusula primera, cláusula segunda y se nombra nuevo gerente,
asimismo por asamblea de socios la sociedad denominada Akaka
Realty S.R.L., se modificó la cláusula primera, cláusula segunda y se
nombra nuevo gerente.—San José, 20 de setiembre del 2010.—Lic.
Mario Alberto Vargas Arias, Notario.—1 vez.—RP2010197329.—
(IN2010078921).
Por escritura otorgada ante este notario público el 17 de
setiembre de 2010, a las 10:00 horas, se constituyó una sociedad
limitada cuya denominación social se tendrá de conformidad con
el artículo dos del Decreto Ejecutivo número 33171-J. Capital
social: diez mil colones totalmente suscrito y pagado. Gerentes:
apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 17 de
setiembre del 2010.—Lic. Melania Calzada Ramírez, Notaria.—1
vez.—RP2010197330.—(IN2010078922).
Por escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy, a las
10:30 horas, la sociedad Valoraciones Exteriores de Maquinaria
Sociedad Anónima, donde se protocolizó acuerdos en que se
modifica la cláusula primera del pacto social.—San José, 17 de
setiembre del 2010.—Lic. Melania Calzada Ramírez, Notaria.—1
vez.—RP2010197331.—(IN2010078923).
Los señores Katherin Martínez Quiel y Carlos Martínez
Fernández, constituyen la sociedad denominada Total Medic
Sociedad Anónima. Capital: cien mil colones. Escritura otorgada
en la Ciudad de Heredia, al ser las 16 horas del 13 de setiembre
del 2010, ante el notario público Wagner Chacón Castillo.—Lic.
Wagner Chacón Castillo, Notario.—1 vez.—RP2010197335.—
(IN2010078924).
La compañía Inversiones Punto Alto Sociedad Anónima,
modifica la cláusula quinta de los estatutos, en cuanto al capital social
y nombra nuevos miembros de la junta directiva. Escritura otorgada
en la Ciudad de San José, al ser las 8:00 horas del 9 de setiembre
del 2010, ante el notario público Luis Alberto Peña Cordero.—Lic.
Luis Alberto Peña Cordero, Notario.—1 vez.—RP2010197336.—
(IN2010078925).
Por escritura otorgada en esta notaría, a las diez horas del veinte
de setiembre del dos mil diez, se constituye sociedad denominada
Elite Essence International Sociedad de Responsabilidad
Limitada. Capital social: cien mil colones, íntegramente suscrito
y pagado. Gerente apoderado generalísimo sin límite de suma y
representante judicial y extrajudicial.—San José, 20 de setiembre
del 2010.—Lic. Clara Alvarado Jiménez, Notaria.—1 vez.—
RP2010197338.—(IN2010078926).
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Capital social: cien mil colones, íntegramente suscrito y pagado.
Gerente apoderado generalísimo sin límite de suma y representante
judicial y extrajudicial.—San José, 20 de setiembre del 2010.—Lic.
Clara Alvarado Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2010197342.—
(IN2010078928).
Por medio de escritura otorgada ante la suscrita notaria pública
en San Isidro de Pérez Zeledón, a las catorce horas con veinte
minutos del diecisiete de setiembre del dos mil diez, se protocoliza el
acta de la asamblea general extraordinaria de socios de Grillos que
Arrullan El Atardecer Sociedad Anónima, por medio de la cual
se revoca el nombramiento de presidente, secretaria y tesorero de la
junta directiva, se nombra nuevo presidente, secretaria y tesorero de
la junta directiva, se revoca el nombramiento del fiscal, se nombra
nuevo fiscal, se crea la cláusula décimo primera y se nombra agente
residente.—San Isidro de Pérez Zeledón, diecisiete de setiembre
del dos mil diez.—Lic. Ana Gabriela Mora Elizondo, Notaria.—1
vez.—RP2010197345.—(IN2010078929).
Por escritura otorgada a las once horas del nueve de setiembre
del dos mil diez, se reforma la cláusula segunda del domicilio
social de Red Laboral Sociedad Anónima. Capital suscrito y
pagado.—Lic. Ivette Marie Hoffman de Pass, Notaria.—1 vez.—
RP2010197351.—(IN2010078930).
Por escritura otorgada a las diez horas del nueve de setiembre
del dos mil diez, se reforma la cláusula segunda del domicilio
social de T-Four Services Sociedad Anónima. Capital suscrito y
pagado.—Lic. Ivette Marie Hoffman de Pass, Notaria.—1 vez.—
RP2010197352.—(IN2010078931).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 17:00 horas del
19 de setiembre del 2010, se protocoliza acta de asamblea general
ordinaria y extraordinaria de la sociedad X Jacó J Fusia Sociedad
Anónima, donde se reforma la cláusula segunda y la cláusula
sétima de los estatutos.—San José, 20 de setiembre del 2010.—Lic.
Lucrecia Flaque Murillo, Notaria.—1 vez.—RP2010197353.—
(IN2010078932).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 12:00 horas del
30 de mayo del 2010, se procede a protocolizar acta de asamblea
general extraordinaria de la sociedad Real de Colima Cuarzo Azul
Cero Siete E-D-G Sociedad Anónima, se nombra presidente y
secretario junta directiva, y se modifica cláusula de administración.
Es todo.—San José, treinta de mayo del dos mil diez.—Lic.
Francisco Arturo Arias Mena, Notario.—1 vez.—(IN2010079039).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 17:00 horas del
19 de agosto del 2009, se procede a protocolizar acta de asamblea
general extraordinaria de la sociedad Real de Colima Gladiola
Naranja Cero Treinta D-E-D Sociedad Anónima, se modifica
cláusula sexta y se nombra nueva junta directiva. Es todo.—San
José, diecinueve de agosto del 2009.—Lic. Francisco Arturo Arias
Mena, Notario.—1 vez.—(IN2010079040).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas del 4
de julio del 2009, se procede a protocolizar acta de asamblea general
extraordinaria de la sociedad Real de Colima Cobre Gris Cero
Veinticinco E-D-Y Sociedad Anónima, se nombra nueva junta
directiva y se modifica cláusula de administración. Es todo.—San
José, cinco de julio del dos mil nueve.—Lic. Francisco Arturo Arias
Mena, Notario.—1 vez.—(IN2010079041).
Por escritura otorgada en esta notaría, a las nueve horas
del veinte de setiembre del dos mil diez, se constituye sociedad
denominada Gravitas Trading Corp Sociedad de Responsabilidad
Limitada. Capital social: cien mil colones, íntegramente suscrito
y pagado. Gerente apoderado generalísimo sin límite de suma y
representante judicial y extrajudicial.—San José, 20 de setiembre
del 2010.—Lic. Clara Alvarado Jiménez, Notaria.—1 vez.—
RP2010197340.—(IN2010078927).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 9:00 horas del
19 de enero del 2010, se procede a protocolizar acta de asamblea
general extraordinaria de la sociedad tres-ciento uno-cuatrocientos
cincuenta mil trescientos treinta y ocho sociedad anónima, se
nombra nueva junta directiva y modifica cláusula de administración
y cláusula domicilio. Es todo.—San José, diecinueve de enero del
dos mil diez.—Lic. Francisco Arturo Arias Mena, Notario.—1
vez.—(IN2010079042).
Por escritura otorgada en esta notaría a las ocho horas del veinte
de setiembre del dos mil diez, se constituye sociedad denominada
Biz Engine Services Sociedad de Responsabilidad Limitada.
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 16:00 horas del
5 de diciembre del 2009, se procede a protocolizar acta de asamblea
general extraordinaria de la sociedad tres-ciento uno-cuatrocientos
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cincuenta mil novecientos treinta y uno sociedad anónima, se
modifica cláusula de administración y se renombra junta directiva.
Es todo.—San José, cinco de diciembre del dos mil nueve.—Lic.
Francisco Arturo Arias Mena, Notario.—1 vez.—(IN2010079043).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 9:00 horas del
5 de marzo del 2010, se procede a protocolizar acta de asamblea
general extraordinaria de la sociedad Haciendas de la Rivera
Diecinueve Genoveces Sociedad Anónima, se nombra nueva junta
directiva y modifica cláusula administración. Es todo.—San José,
seis de marzo del dos mil diez.—Lic. Francisco Arturo Arias Mena,
Notario.—1 vez.—(IN2010079044).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 19:00 horas del 4
de noviembre del 2009, se procede a protocolizar acta de asamblea
general extraordinaria de la sociedad tres-ciento uno-cuatrocientos
cincuenta y tres mil ciento noventa y nueve sociedad anónima,
se nombra junta directiva, se modifica cláusula primera y cláusula
de administración. Es todo.—San José, cuatro de noviembre del dos
mil nueve.—Lic. Francisco Arturo Arias Mena, Notario.—1 vez.—
(IN2010079045).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 16:00 horas del
26 de julio del 2010, se procede a protocolizar acta de asamblea
general extraordinaria de la sociedad Haciendas de la Ribera Siete
Brenon Sociedad Anónima, se nombra nueva junta directiva. Es
todo.—San José, veintiséis de julio del dos mil diez.—Lic. Francisco
Arturo Arias Mena, Notario.—1 vez.—(IN2010079046).
Por escritura otorgada el día veinte de setiembre del dos mil
diez, se reformó la cláusula sexta del pacto social, referente a la
administración de la sociedad Residencia Río Aguapey Sociedad
Anónima, y se hicieron nombramientos nuevos de junta directiva.—
San José, veintiuno de setiembre del dos mil diez.—MSc. Andrea
María Quesada Méndez, Notaria.—1 vez.—(IN2010079047).
El suscrito notario hago constar que ante mi notaría, se
constituyó la sociedad denominada Samba RC Investment
Sociedad Anónima, al ser las dieciocho horas, cinco minutos
del catorce de setiembre del año dos mil diez. Capital: suscrito y
pago.—Alajuela, 14 de setiembre del 2010.—Lic. Yeric González
Alfaro, Notario.—1 vez.—(IN2010079050).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas del
25 de agosto de 2010, se constituyó la entidad Cordero Ramírez
Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones, representado
por diez acciones comunes y nominativas de un mil colones cada
una. Plazo social: noventa y nueve años. Presidente con facultades
de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 2 de
setiembre de 2010.—Lic. Carlos Víquez Jara, Notario.—1 vez.—
(IN2010079055).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 9:00 horas del
2 de setiembre de 2010, se constituyó la entidad Calvair Services
Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones, representado
por diez acciones comunes y nominativas de un mil colones cada
una. Plazo social: noventa y nueve años. Presidente con facultades
de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 2 de
setiembre de 2010.—Lic. Carlos Víquez Jara, Notario.—1 vez.—
(IN2010079056).
Por escritura otorgada, ante el notario Marlon Campbell
Griffiths, se constituyó la sociedad anónima denominada La Trinidà
BG S. A., a las diecinueve horas, treinta minutos del día trece de
setiembre del año dos mil diez.—San José, trece de setiembre dos
mil diez.—Lic. Marlon Campbell Griffiths, Notario.—1 vez.—
(IN2010079057).
Por escritura otorgada, ante el notario Marlon Campbell
Griffiths, se constituyó la sociedad anónima denominada Berna &
Family S. A., a las trece horas del día veinte de setiembre del año
dos mil diez.—San José, veinte de setiembre dos mil diez.—Lic.
Marlon Campbell Griffiths, Notario.—1 vez.—(IN2010079058).
Por escritura número veinticinco de las ocho horas del
veintiuno de setiembre del dos mil diez, se constituyó la empresa
Medios Interactivos de Costa Rica S. A. Con domicilio en Grecia,
al costado norte del templo católico. Presidente: Juan Carlos Madriz
Badilla, cédula número uno-mil ciento setenta y dos-novecientos
ochenta y nueve. Capital social: cuatro millones de colones.—Lic.
Marianela González Fonseca, Notaria.—1 vez.—(IN2010079059).
Mediante escritura número 247-4, otorgada a las 12:00 horas
del 20 de setiembre del 2010, en el tomo cuarto del notario Carlos
Madrigal Mora, se constituyó la denominación social de Yireth de
Costa Rica Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones.—
San José, 20 de setiembre de 2010.—Lic. Carlos Madrigal Mora,
Notario.—1 vez.—(IN2010079066).
Por escritura otorgada a las diez horas del día dieciocho de
setiembre del año dos mil diez, se constituyó la sociedad denominada
Villarta S. A. El apoderado generalísimo sin límite de suma es el
presidente. Otorgada ante la notaria Natalia Rojas Jiménez.—Lic.
Natalia Rojas Jiménez, Notaria.—1 vez.—(IN2010079068).
El día de hoy constituimos la compañía Inmobiliaria Abarca
Víquez S. A.—Escazú, 14 de setiembre del 2010.—Lic. Ever Vargas
Araya, Notario.—1 vez.—(IN2010079082).
Por escritura otorgada en la ciudad de San José, a las dieciséis
horas del día veinte de setiembre del año dos mil diez, mediante la
cual los señores Sebastián Jiménez Monge y Jessica Ward Campos,
constituyen una sociedad denominada RAMS S. A.—Lic. Jorge
Guzmán Calzada, Notario.—1 vez.—(IN2010079083).
Por escritura otorgada en la ciudad de San José, a las dieciséis
horas del día veinte de setiembre del año dos mil diez, mediante la
cual los señores Sebastián Jiménez Monge y Jessica Ward Campos,
constituyen una sociedad denominada Sphera S. A.—Lic. Jorge
Guzmán Calzada, Notario.—1 vez.—(IN2010079085).
Por escritura otorgada en la ciudad de San José, a las dieciséis
horas del día veinte de setiembre del año dos mil diez, mediante la
cual los señores Sebastián Jiménez Monge y Jessica Ward Campos,
constituyen una sociedad denominada MCS S. A.—Lic. Jorge
Guzmán Calzada, Notario.—1 vez.—(IN2010079086).
Por escritura otorgada en la ciudad de San José, a las diez horas
del día veintiuno de setiembre del año dos mil diez, se protocolizan
acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas
de la sociedad Turinas del Plomo S. R. L., mediante la cual se
reforma las cláusulas segunda, sétima del pacto constitutivo y se
nombra nuevo gerente.—Lic. Javier Sebastián Jiménez Monge,
Notario.—1 vez.—(IN2010079087).
En escritura otorgada ante mí, protocolicé el acta de la
asamblea general extraordinaria de accionistas celebrada por Grupo
Inversionistas del Norte Enko S. A., en la cual se modifica las
cláusulas segunda y sétima de los estatutos.—Heredia, veintiuno
de setiembre del año dos mil diez.—Lic. Hazel Sancho González,
Notaria.—1 vez.—(IN2010079088).
Por escritura otorgada el día de hoy ante esta notaría, Ana
Carolina Arroyo Masís, María Eugenia Clavijo Cabrales y Luis
Manuel Velarde García constituyen la sociedad Estética Global
Representaciones Sociedad Anónima. La representación judicial
y extrajudicial corresponde al presidente, secretario y tesorero del
consejo de administración. Capital social de doce mil colones.—
San José, a las catorce horas del día veinte de setiembre de dos mil
diez.—Lic. José Alejandro Martínez Castro, Notario.—1 vez.—
(IN2010079140).
Por escritura otorgada por mí, el día dieciséis de setiembre
del dos mil diez, a las trece horas, se protocolizó acta de asamblea
general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Las Terrazas del
Cacique S. A., mediante la cual se modifica la cláusula segunda del
pacto social.—Lic. Pamela Navarro Hidalgo, Notaria.—1 vez.—
(IN2010079145).
La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010
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Por escritura otorgada por mí, el día 16 setiembre del 2010, a
las 11:00 horas, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de la sociedad Élite Sports Holdings S. A. mediante
la cual se acuerda reformar la cláusula segunda.—Lic. Pamela
Navarro Hidalgo, Notaria.—1 vez.—(IN2010079146).
Por escritura otorgada en la ciudad de San José, al ser las nueve
horas del día veinte de setiembre del año dos mil diez, se constituyó
la sociedad denominada Servicios CGN & Asociados Sociedad
Anónima.—Lic. José Eduardo Flores Madrigal, Notario.—1 vez.—
(IN2010079159).
Por escritura otorgada a las 11:00 horas del 8 de setiembre
del 2010, protocolizo acta de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de accionistas de la sociedad: Inmobiliaria Valle de
Fajardo V.D.F. Sociedad Anónima, mediante la cual se acuerda
disolver la sociedad.—Lic. Pamela Navarro Hidalgo, Notaria.—1
vez.—(IN2010079147).
Gabriela Chaves Pérez y Vanessa Torres Valverde constituyen
Organic Marketing S. A., en San José, a las catorce horas del
diecinueve de agosto del dos mil diez.—Lic. Luis Marino Castillo
López, Notario.—1 vez.—(IN2010079161).
Por escritura otorgada a las 10:00 horas del 8 de setiembre
del 2010, protocolizo acta de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de accionistas de la sociedad Inmobiliaria Valle
del Duero D.R.O Sociedad Anónima, mediante la cual se acuerda
disolver la sociedad.—Lic. Pamela Navarro Hidalgo, Notaria.—1
vez.—(IN2010079148).
Por escritura otorgada a las 9:00 horas del 8 de setiembre del
2010, protocolizo acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria
de accionistas de la sociedad Puerto Praga Escondida Sociedad
Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula segunda y octava.
Se nombra fiscal.—Lic. Pamela Navarro Hidalgo, Notaria.—1
vez.—(IN2010079149).
Por escritura otorgada a las 8:00 horas del 8 de setiembre del
2010, protocolizo acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria
de accionistas de la sociedad Inmobiliaria Galicia I.G.A. Sociedad
Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula segunda y
octava. Se nombra tesorero y fiscal.—Lic. Pamela Navarro Hidalgo,
Notaria.—1 vez.—(IN2010079150).
Por escritura otorgada a las 13:00 horas del 08 de setiembre
del 2010, protocolizo acta de Asamblea General Ordinaria y
Extraordinaria de Accionistas de la sociedad: Inmobiliaria Torino
T.R.O. Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula
segunda y octava. Se nombra tesorero y fiscal.—Lic. Pamela
Navarro Hidalgo, Notaria.—1 vez.—(IN2010079151).
Por escritura otorgada a las 14:00 horas del 8 de setiembre
del 2010, protocolizo acta de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de accionistas de la sociedad Premium Corporate
Services Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la
cláusula segunda. Se revoca poder generalísimo.—Lic. Pamela
Navarro Hidalgo, Notaria.—1 vez.—(IN2010079152).
Por escritura otorgada a las 14:00 horas del 10 de setiembre del
2010, protocolizo acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria
de accionistas de la sociedad Tasko Sociedad Anónima, mediante
la cual se reforma la cláusula segunda y sexta. Se nombra tesorero
y fiscal.—Lic. Pamela Navarro Hidalgo, Notaria.—1 vez.—
(IN2010079153).
Por escritura otorgada a las 12:00 horas del 8 de setiembre
del 2010, protocolizo acta de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de accionistas de la sociedad: Inmobiliaria Palacio
de Segovia P.S. Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma
la cláusula segunda.—Lic. Pamela Navarro Hidalgo, Notaria.—1
vez.—IN2010079154).
Panamerican Exim Inc S. A., cédula Nº 3-101-517994,
modifica cláusula sexta corresponderá al presidente y vicepresidente
la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con facultades
de apoderados generalísimos sin límite de suma actuando conjunta
o separadamente. Se nombra vicepresidente a Raunak Ramesh
Bhatia, cédula 135-367128, se sustituye tesorero y se nombra a
Marvin Gerardo Hidalgo Chávez, cédula 2-572-431, ambos por
resto del periodo.—Lic. Luis Marino Castillo López, Notario.—1
vez.—(IN2010079162).
Ante esta notaría pública se constituyó la sociedad denominada
Inversiones Hermanos Chacón Sociedad Anónima, mediante
escritura pública número seis, del tomo tres de mi protocolo. En
la ciudad de Desamparados, San José, a las quince horas del día
veintidós de setiembre del dos mil diez.—Lic. Luis Alberto López
López, Notario.—1 vez.—(IN2010079168).
Por escritura otorgada ante esta notaría, se constituyó la
sociedad Poli-Direct Sociedad Anónima; capital social enteramente
suscrito y pagado.—San José, a las diez horas del veinte de
setiembre del dos mil diez.—Lic. Rónald Soto Arias, Notario.—1
vez.—(IN2010079173).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, se protocoliza
un acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la
sociedad de esta plaza Terra Quinientos Seis Sociedad Anónima,
mediante la cual se acuerda modificar las cláusulas primera y
segunda del pacto constitutivo.—San José, 20 de setiembre del
2010.—Lic. Paulo Antonio Doninelli Fernández, Notario.—1
vez.—(IN2010079174).
Por escritura otorgada ante mí el día 14 de julio de 2010,
se constituye la sociedad denominada Regalo de la Ponderosa
Sociedad Anónima, capital suscrito y pago. Presidente con
facultades de apoderado generalísimo, domicilio Alajuela.—
Alajuela, 14 de julio de 2010.—Lic. Sonia Corella Céspedes,
Notaria.—1 vez.—(IN2010079182).
Por instrumento público número catorce-uno, el día de hoy
protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria
de Dalba Investments S. A., mediante los que se modifica el
domicilio social, y se nombra nueva junta directiva, fiscalía y
agente residente. Domicilio: Escazú, San José, Costa Rica.—21 de
setiembre de dos mil diez.—Lic. Cecilia Naranjo Arias, Notaria.—1
vez.—(IN2010079185).
Por escritura otorgada por mí, el día dieciséis de setiembre
del dos mil diez, a las diez horas, se protocolizó acta de asamblea
general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Cerro Colón
Finca Filial Uno S. A., mediante la cual se acuerda modificar
la cláusula segunda (domicilio) del pacto social.—Lic. Pamela
Navarro Hidalgo, Notaria.—1 vez.—(IN2010079155).
Por la escritura número veintinueve, otorgada ante esta notaría
a las diez horas del día nueve del mes de setiembre del año dos mil
diez, se protocolizó la asamblea general ordinaria y extraordinaria
de Dynamic Eco Constructions Sociedad Anónima, mediante
la cual se modifica la cláusula quinta del capital social. Domicilio
social: San José, San Pedro, Montes de Oca, Vargas Araya, ciento
cincuenta metros norte de Perimercados, Vargas Araya, Condominios
Hacienda Cortezal.—San José, 6 de setiembre del 2010.—Lic.
Slawomir Wiciak, Notario.—1 vez.—(IN2010079194).
Por escritura otorgada por mí, el día dieciséis de setiembre del
dos mil diez, a las catorce horas, se protocolizó acta de asamblea
general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Parvati Colón
S. A., mediante la cual se acuerda modificar la cláusula segunda
(domicilio) del pacto social.—Lic. Pamela Navarro Hidalgo,
Notaria.—1 vez.—(IN2010079157).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las ocho horas del
veinticinco de junio del 2010, se constituyó la entidad Agrotécnica
Consultores del Pacífico Sociedad Anónima, capital debidamente
suscrito y pagado.—San José, ocho horas del veinticinco de junio de
dos mil diez.—Lic. Giovanni Paniagua Umaña, Notario.—1 vez.—
(IN201079200).
Pág 60
La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010
Por protocolización que la suscrita notaría realizara a las
dieciocho horas treinta minutos del 20 de setiembre del 2010,
mediante escritura 262-4, visible a folio 152 vuelto del tomo
cuatro de mi protocolo, la empresa de BD Consultores Desarrollo
Empresarial S. A., cédula jurídica 3-101-379141, modifica la
cláusulas sétima y cuarta del pacto constitutivo referente al capital
social y composición de junta directiva.—Heredia, 21 de setiembre
de 2010.—Lic. Jennie Morera Esquivel, Notaria.—1 vez.—
(IN2010079224).
Por protocolización que la suscrita notaria realizara a las
doce horas del siete de setiembre del 2010, del acta 16, mediante
escritura 258-4, visible a folio 249 vuelto del tomo cuatro de mi
protocolo, la empresa de BD Consultores S. A., cédula jurídica
3-101-205013 modifica la cláusula octava del pacto constitutivo
referente a la composición de junta directiva.—Heredia, 21 de
setiembre de 2010.—Lic. Jennie Morera Esquivel, Notaria.—1
vez.—(IN2010079225).
Por protocolización que la suscrita notaria realizara a las
dieciocho horas del 20 de setiembre del 2010, mediante escritura
261-4, visible a folio 151 vuelto del tomo cuatro de mi protocolo,
la empresa de BD Consultores Tecnologías S. A, de denominación
social anterior Grupo Emerus S. A., con número de cédula jurídica
3-101-336418 modifica la cláusula quinta y octava del pacto
constitutivo referente al capital social y composición de Junta
Directiva.—Heredia, 21 de setiembre de 2010.—Lic. Jennie Morera
Esquivel, Notaria.—1 vez.—(IN2010079227).
Noily Monge Sequeira, Luis Mariano Araya Siles y
Cristian Alexánder Monge Monge constituyen sociedad anónima
denominada Corporación Araya Monge Sociedad Anónima,
domiciliada en Heredia, San Lorenzo de Flores, Residencial Villa
Flores casa número treinta y tres A, capital suscrito y pagado, plazo
social noventa y nueve años a partir del día de su constitución.
Escritura otorgada en Heredia a las 13:00 horas del 20 de julio del
año 2010, ante la notaria pública Olga María Valerio Segura.—Lic.
Olga María Valerio Segura, Notaria.—1 vez.—(IN201079246).
Ante mí, Zaida Valderrama Rodríguez, notaria pública de
Alajuela a las 9 horas 30 minutos del 22 de setiembre del 2010,
se constituyó sociedad anónima de conformidad con lo establecido
en el decreto ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y
uno-J publicado en La Gaceta número ciento catorce del catorce de
junio del dos mil seis, domicilio Alajuela. Capital social diez mil
colones, apoderados generalísimos sin límite de suma el presidente y
secretario. Plazo: noventa y nueve años.—Alajuela, 22 de setiembre
del 2010.—Lic. Zaida Valderrama Rodríguez, Notaria.—1 vez.—
(IN2010079252).
Ante mí, Zaida Valderrama Rodríguez, notaria pública de
Alajuela a las 9:00 horas del 22 de setiembre del 2010, se constituyó
sociedad anónima de conformidad con lo establecido en el decreto
ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J publicado
en La Gaceta número ciento catorce del catorce de junio del dos mil
seis, domicilio Alajuela. Capital social diez mil colones, apoderados
generalísimos sin límite suma el presidente y secretario. Plazo:
noventa y nueve años.—Alajuela, 22 de setiembre del 2010.—Lic.
Zaida Valderrama Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(IN2010079253).
Ante esta notaría, Licenciado José Wilfredo Tercero Reyes,
se constituyó la empresa Importadora Textil ADEI Sociedad
Anónima, por un plazo de noventa y nueve años, domiciliada
en San José, Tibás, Colima del Bar La Bamba cien metros este.
Presidente. Ronald Pérez Sánchez, con facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma.—San José, a las nueve horas del
veintidós de setiembre de dos mil diez.—Lic. José Wilfredo Tercero
Reyes, Notario.—1 vez.—(IN201079254).
Ante mí, Ademar Antonio Zúñiga Quirós, notario público
con oficina en Puriscal ciento veinticinco sur del Banco Nacional
se constituye la sociedad denominada: con el número de cédula que
indique el Registro S. A. Capital social: de diez mil colones exactos.
Plazo social: 99 años. Objeto: amplio. Representación: presidente,
secretario. Escritura otorgada en Puriscal a las doce horas del trece
de setiembre del dos mil diez.—Lic. Ademar Antonio Zúñiga
Quirós, Notario.—1 vez.—(IN2010079257).
Ante mí, Ademar Antonio Zúñiga Quirós, notario público
con oficina en Puriscal ciento veinticinco sur del Banco Nacional
se constituye la sociedad denominada: con el número de cédula que
indique el Registro S. A. Capital social: de diez mil colones exactos.
Plazo social: 99 años. Objeto: amplio. Representación: Presidente,
secretario. Escritura otorgada en Puriscal a las trece horas del trece
de setiembre del dos mil diez.—Lic. Ademar Antonio Zúñiga
Quirós, Notario.—1 vez.—(IN201079258).
Ante mí, Ademar Antonio Zúñiga Quirós, notario público
con oficina en Puriscal ciento veinticinco sur del Banco Nacional
se constituye la sociedad denominada: con el número de cédula que
indique el registro S. A. Capital social: de diez mil colones exactos.
Plazo social: 99 años. Objeto: amplio. Representación: Presidente,
secretario. Escritura otorgada en Puriscal a las catorce horas del
trece de setiembre del dos mil diez.—Lic. Ademar Antonio Zúñiga
Quirós, Notario.—1 vez.—(IN2010079259).
Ante mí, Ademar Antonio Zúñiga Quirós, notario público con
oficina en Puriscal, ciento veinticinco sur del Banco Nacional, se
constituye la sociedad denominada con el número de cédula que
indique el Registro S. A. Capital social: de diez mil colones exactos.
Plazo social: 99 años. Objeto: amplio. Representación: presidente
y secretario. Escritura otorgada en Puriscal, a las quince horas del
trece de setiembre del dos mil diez.—Lic. Ademar Antonio Zúniga
Quirós, Notario.—1 vez.—(IN2010079260).
Ante mí, Ademar Antonio Zúñiga Quirós, notario público con
oficina en Puriscal, ciento veinticinco sur del Banco Nacional, se
constituye la sociedad denominada con el número de cédula que
indique el Registro S. A. Capital social: de diez mil colones exactos.
Plazo social: 99 años. Objeto: amplio. Representación: presidente y
secretario. Escritura otorgada en Puriscal, a las dieciséis horas del
trece de setiembre del dos mil diez.—Lic. Ademar Antonio Zúniga
Quirós, Notario.—1 vez.—(IN2010079261).
Por escritura otorgada en San José, a las 10:30 horas del
21 de setiembre del 2010, constitución de Luces Led América
S. A. Presidente y Secretario apoderados generalísimos en forma
conjunta o separada.—San José 21 de setiembre de 2010.—Lic.
Karla Naranjo Araya, Notaria.—1 vez.—(IN2010079264).
Ante esta notaría se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de la empresa Inversiones Nueve de Marzo
Sociedad Anónima, se reforma la cláusula segunda y cláusula
décima del pacto constitutivo, se nombran miembros de junta
directiva y fiscal.—San José, 17 de setiembre del 2010.—Lic. Diana
Soto Meza, Notaria.—1 vez.—(IN2010079265).
Por escritura número doscientos cincuenta y uno, del tomo
cuarto del protocolo del suscrito notario, a las diez horas del veintidós
de setiembre del dos mil diez, se protocolizó acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de Inversiones Franelos
Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica cláusula sétima
de los estatutos y se nombra nueva junta directiva.—Palmares de
Alajuela, veintidós de setiembre del dos mil diez.—Lic. Guido
Mora Camacho, Notario.—1 vez.—(IN2010079277).
Mediante escritura número ciento cuarenta y nueve-siete,
otorgada el 22 de setiembre de 2010, ante el suscrito notario se
protocolizó el acta número uno de la sociedad 3-102-610042
sociedad de responsabilidad limitada, donde se modifica la
cláusula primera del pacto constitutivo, con relación al nombre de la
empresa.—San José, veintidós de setiembre de dos mil diez.—Lic.
Oswald Bruce Esquivel, Notario.—1 vez.—(IN2010079282).
Por escritura otorgada en mi notaría hoy, a las catorce horas
se constituyó la sociedad de esta plaza Consulting JCC Future S.
A. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Plazo social: noventa y
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nueve años a partir de hoy. Objeto: en forma especial se dedicará a
la venta de bienes y servicios y en general se dedicará a la industria,
comercio, agricultura, minería y pesca. Presidente con facultades
de apoderado generalísimo sin limitación de suma.—San José, 20
de setiembre del 2010.—Lic. Álvaro Corrales Solís, Notario.—1
vez.—RP2010197356.—(IN2010079284).
José, veinticinco metros al este de la Antigua Tapicería Maflote. El
plazo es de noventa y nueve años a partir de esta fecha. Capital social:
diez mil colones.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, ocho
horas del veintiuno de setiembre del dos mil diez.—Lic. Mauricio
Benavides Chavarría, Notario.—1 vez.—RP2010197369.—
(IN2010079293).
Por escritura otorgada el día de hoy se procedió al cambio de
razón social de la sociedad Four Web Multimedia Mas Estudio
Sociedad Anónima, la cual a partir de esta fecha se denominará
Four Web Studio Sociedad Anónima.—Alajuela, 20 de setiembre
del 2010.—Lic. Eduardo Gamboa Rojas, Notario.—1 vez.—
RP2010197357.—(IN2010079285).
Ante mí, Felipe Barbas Jiménez, se constituyó la
sociedad denominada: Diseños Rústicos del Sur Sociedad de
Responsabilidad Limitada, constituida por diez cuotas o títulos
nominativos de mil colones cada uno. Gerente: Olman Padilla
Mata.—Pérez Zeledón, a las diecinueve horas del dieciséis
de setiembre del dos mil diez.—Lic. Felipe Barbas Jiménez,
Notario.—1 vez.—RP2010197370.—(IN2010079294).
Por escritura otorgada ante mí, a las dieciocho horas con
cero minutos del 30 de agosto del 2010, se constituyó la sociedad
Ingeniería de Procesos Automatizados INPRA Sociedad
Anónima, con un capital social de cien mil colones exactos,
plazo noventa y nueve años. Es todo.—Heredia, 20 de setiembre
del 2010.—Lic. Lorlly Luna Rodríguez, Notaria.—1 vez.—
RP2010197360.—(IN2010079286).
Que por escritura número 85, visible a folio 85 frente, se
modificó la cláusula sexta del pacto social y nombró nuevo gerente
de The Beautiful Mangroves Srl. Que por escritura número 86,
visible a folio 85 vuelto se modificó la cláusula sexta del pacto
social y nombró nuevo gerente de The Happy Red Macaw Srl
Todas visibles en el tomo 16 del protocolo del notario público Lic.
Eduardo Abarca Vargas.—Uvita de Osa, a las 9:00 horas del 16 de
setiembre del 2010.—Lic. Eduardo Abarca Vargas, Notario.—1
vez.—RP2010197361.—(IN2010079287).
Por escritura de las 14:30 horas, se constituye la sociedad
Compañía Ganadera Montes Carranza Sociedad de
Responsabilidad Limitada, y se nombra gerente y un subgerente.
Gerente: Carlos Rodolfo Castro Montes. Capital social: 7.000,00
colones. Plazo social: 99 años.—San Isidro de Pérez Zeledón, 17
de setiembre de 2010.—Lic. Miguel Salazar Gamboa, Notario.—1
vez.—RP2010197364.—(IN2010079288).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diecisiete horas
del treinta de agosto del dos mil diez, se constituyó la sociedad
Ingenya Interamericana Sociedad de Responsabilidad Limitada.
Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: dos mil colones.
Gerentes: Wexler Goering, Manuel Antonio Bonilla Trejos, Jorge
Muñoz Gabayet; y José Guillermo Rojas Carvajal.—San José,
veinte de setiembre de dos mil diez.—Lic. Alexander Araya Zúñiga,
Notario.—1 vez.—RP2010197365.—(IN2010079289).
Por escritura otorgada ante mí, a las 11:00 horas del 31 de
marzo del 2009, se constituyó Nueve Espigas Sociedad Anónima,
domicilio: Curridabat. Presidente y secretario apoderados
generalísimos conjuntos.—Lic. Gabelo Rodríguez Quesada,
Notario.—1 vez.—RP2010197366.—(IN2010079290).
Ante esta notaría a las 13:30 horas del 20 de setiembre del 2010,
los señores: Minor Gerardo Rodríguez Salas y Miguel Cortes Cortes,
constituyen Solmer RYC Soluciones de Mercadeo Sociedad
Anónima, domiciliada en Alajuela.—Lic. Luis Diego Elizondo
Esquivel, Notario.—1 vez.—RP2010197367.—(IN2010079291).
En mi notaría a las doce horas del catorce de setiembre del dos
mil diez, Thomas Anthony Giorgi y Silvia Melissa Vargas Venegas,
constituyeron Alessa Mis Propiedades del Valle Sociedad
Anónima. Domicilio: Pérez Zeledón. Objeto comercio en general.
Capital social: diez mil colones íntegramente suscrito y pagado;
plazo social: noventa y nueve años a partir de hoy. Presidente:
Thomas Anthony Giorgi.—Pérez Zeledón, catorce de setiembre de
dos mil diez.—Lic. Eduardo Román Gómez, Notario.—1 vez.—
RP2010197368.—(IN2010079292).
Por escritura número ciento cuarenta-nueve, se constituyó
la sociedad anónima denominada Desarrolos Otarsu Sociedad
Anómima, domiciliada en Barrio el Hoyón, Pérez Zeledón, San
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, se constituye
la empresa: Hitus Piedra Fonseca Sociedad Anónima, capital
debidamente suscrito y garantizado.—Pérez Zeledón, a las trece
horas del catorce de setiembre del dos mil diez.—Lic. Hugo
Armando Reyes Herrera, Notario.—1 vez.—RP2010197371.—
(IN2010079295).
Que por acta de asamblea general extraordinaria, número uno
de la sociedad Grupo Dioda S. A., cédula jurídica 3-101-605289,
celebrada en su domicilio social el 3 de julio del 2009, en donde se
revoca el nombramiento de presidente, tesorero, secretaria, fiscal y
agente residente de la empresa y se solicita reforma de la cláusula
sexta del pacto constitutivo. Es todo.—San Isidro 16 de setiembre
del 2010.—Lic. Annia Shirley Zúñiga Méndez, Notaria.—1 vez.—
RP2010197374.—(IN2010079296).
Por escritura número trescientos treinta y uno-nueve, se
protocolizó acta mediante la cual se acordó recovar al presidente de
la sociedad Ocean in the Mountain S. A., cédula jurídica número
3-101-542397 y nombrar a un nuevo miembro.—Ocho horas cinco
minutos del veintiuno de setiembre del dos mil diez.—Lic. Mauricio
Benavides Chavarría, Notario.—1 vez.—RP2010197375.—
(IN2010079297).
En mi notaría a las dieciséis horas del catorce de setiembre
del dos mil diez, Jorge Arturo Madrigal Esquivel y Luis Madrigal
Esquivel, representado por Adriana Barrantes Araya, constituyeron
Suplidores Maba del Valle Sociedad Anónima. Domicilio: San
Isidro de Pérez Zeledón. Objetivo: comercio en general. Capital
social: doce mil colones íntegramente suscrito y pagado; plazo
social: noventa y nueve años a partir de hoy. Presidente: Jorge
Arturo Madrigal Esquivel.—Pérez Zeledón, catorce de setiembre
de dos mil diez.—Lic. Jimmy Vargas Venegas, Notario.—1 vez.—
RP2010197376.—(IN2010079298).
Ante mí, José Luis Herrera Zúñiga, en escritura número ciento
setenta y siete del tomo ochenta y siete, se protocoliza acta de la
sociedad SA de Carit Sociedad Anónima, reformándose la cláusula
novena de los estatutos.—Puriscal, 20 de setiembre del 2010.—Lic.
José Luis Herrera Zúñiga, Notario.—1 vez.—RP2010197377.—
(IN2010079299).
Mauricio Hidalgo Rojas y Hazel Mora Bogantes, constituyen
la sociedad anónima denominada Inside Travel CR Sociedad
Anónima. Escritura otorgada en Grecia, a las 15:00 horas del 4
de setiembre del 2010.—Lic. Kendal Araya Venegas, Notario.—1
vez.—RP2010197378.—(IN2010079300).
Mediante escritura pública número ciento seis otorgada en
Grecia a las catorce horas del once de setiembre del año dos mil
diez, protocolicé el acta número dos de la asamblea extraordinaria de
socios de la firma Corporación Jucacabo Internacional Sociedad
Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula sétima del pacto
constitutivo y se nombra nuevo miembro de la junta directiva.—
Grecia, 11 de setiembre del 2010.—Lic. Enrique Alonso Vargas
Alfaro, Notario.—1 vez.—RP2010197379.—(IN2010079301).
Ante esta Notaría, al ser las ocho horas del veinte de setiembre
del dos mil diez, se protocolizó acta de asamblea de accionistas
de la sociedad Hefestos Villa Cuatrocientos Treinta y Cuatro
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La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010
Sociedad Anónima, donde se acordó modificar la cláusula segunda
del domicilio, la cláusula sexta de la administración, se acordó
nombrar nuevo presidente, secretario, tesorero y fiscal y revocar
poder generalísimo. Presidenta: María Isabel Vega Rojas.—San
José, veinte de setiembre del dos mil diez.—Lic. Rafael Ángel Pérez
Zumbado, Notario.—1 vez.—RP2010197380.—(IN2010079302).
Mediante escritura otorgada en esta Notaría a las 14:00 horas
del 17 de setiembre del 2010, se constituyó Tetelque S. A. Ángela
Rosa Hurtado Orozco, presidenta.—Lic. Ligia Rodríguez Pacheco,
Notaria.—1 vez.—RP2010197385.—(IN2010079303).
Ante mí, Lic. Anthony Fernández Pacheco, por escritura
número ciento ochenta y dos del tomo décimo de mi protocolo, de
las diez horas del trece de setiembre del dos mil diez, se constituyó
la sociedad de esta plaza Hojalatería L Y M S. A., cuyo capital
social quedó suscrito y pagado, y en la junta directiva se nombró
como presidenta con facultades de apoderada generalísima sin
límite de suma a la señora Rita Lilliana Bolaños Vásquez.—Lic.
Anthony Fernández Pacheco, Notario.—1 vez.—RP2010197387.—
(IN2010079304).
Ante mí, licenciado Javier Carvajal Portuguez a las siete horas
del veintiuno de setiembre del dos mil diez, se constituyó la sociedad
la cual su denominación social es su número de cédula jurídica, se
acoge al decreto tres tres uno siete uno-J, del catorce junio del dos
mil seis.—San José, veintiuno de setiembre del dos mi diez.—Lic.
Javier Carvajal Portuguez, Notario.—1 vez.—RP2010197409.—
(IN2010079305).
Por escritura número 169 otorgada ante mí, a las 14:00
horas del 20 de setiembre la Asociación Cultural Aurora del Gran
Porvenir, constituyó la Fundación Ayuda y Misericordia, con
domicilio en barrio Pilar de Guadalupe de Goicoechea.—San José,
21 de setiembre del 2010.—Lic. Liliana García Vega, Notaria.—1
vez.—RP2010197410.—(IN2010079306).
En mi Notaría el día de hoy, se constituyó Agroecoproductos
El Edén S. A. domiciliada en Puriscal. Capital: 100.000 colones.
Presidenta y apoderada Lorena Mora Torres.—Lic. Luis Charpentier
Acuña, Notario.—1 vez.—RP2010197411.—(IN2010079307).
Por escritura número: 76-7 otorgada ante mí, María Elena
Solís Sauma, a las 10:30 horas del 11 de setiembre del 2010, se
constituyó la sociedad anónima cuya denominación será asignada
por el Registro Público de la Propiedad, con capital social totalmente
suscrito y pago de cien mil colones.—Florencia, 11 de setiembre
del 2010.—Lic. María Elena Solís Sauma, Notaria.—1 vez.—
RP2010197413.—(IN2010079308).
En mi Notaría a las 15:30 horas del 19 de agosto del 2010, se
constituyó la sociedad Grupo Pesca Arenal; domicilio: Barrio San
Roque, Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela. Capital social: cien
mil colones. Representación: corresponde al presidente y secretario
de la junta directiva con facultades de apoderado generalísimo
sin límite de suma.—Ciudad Quesada, 19 de agosto del 2010.—
Lic. Gonzalo Alfonso Monge Corrales, Notario.—1 vez.—
RP2010197415.—(IN2010079309).
Ante esta Notaría, mediante escritura de las 9:30 horas del 01
de setiembre del 2010, se constituyó la sociedad cuya denominación
social es Eduticonsulting Sociedad Anónima sociedad que es
nombre de fantasía, pudiendo abreviarse las dos últimas palabras
en “S. A.”. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin
límite de suma.—Lic. Jonathan Ruiz Campos, Notario.—1 vez.—
RP2010197417.—(IN2010079310).
En la oficina de la notaria Ildreth Araya Mesén, a las ocho
horas del dos de setiembre del dos mil diez, se protocolizó acta
de asamblea general ordinaria y extraordinaria donde se reforma
cláusula primera de Tres-uno cero uno-cinco cuatro cero cuatro
ocho siete sociedad anónima, la cual en adelante se denominará
Inmobiliare Constructora Sociedad Anónima, así también
se reformó su cláusula quinta en la cual se realizó cesión de las
acciones.—La Unión, veintiuno de setiembre del dos mil diez.—
Lic. Ildreth Araya Mesén, Notaria.—1 vez.—RP2010197418.—
(IN2010079311).
En la oficina de la notaria Ildreth Araya Mesén, a las nueve
horas del dos de setiembre de dos mil diez, se protocolizó acta
de asamblea general ordinaria y extraordinaria donde se reforma
cláusula segunda de Hacienda Visa Sociedad Anónima, así también
se realizó nombramiento de nuevo fiscal de la sociedad.—La Unión,
veintiuno de setiembre del dos mil diez.—Lic. Ildreth Araya Mesén,
Notaria.—1 vez.—RP2010197419.—(IN2010079312).
Ante esta Notaría se reforma la cláusula sétima del pacto
constitutivo de la sociedad Grunen Dogs Sociedad Anónima,
cédula jurídica Nº 3-101-353229, para que en lo sucesivo se lea así:
Representación: La sociedad será administrada por una junta directiva
compuesta por cuatro miembros con los cargos de presidente,
secretario, tesorero y vocal I que pueden ser socios o extraños. La
representación judicial y extrajudicial corresponderá al presidente
con facultades de apoderado generalísimo sin limitación de suma
de conformidad con el artículo mil doscientos cincuenta y tres del
Código Civil. Así mismo el secretario, tesorero y vocal I tendrán
a su vez facultades de apoderados generalísimos sin limitación de
suma, actuando conjunta o separadamente, con la excepción de
que para vender, hipotecar, gravar, pignorar o de cualquier forma
disponer de los bienes inmuebles o muebles de la sociedad deberán
actuar conjuntamente con el presidente. Dichos personeros podrán
sustituir o delegar sus poderes en todo o en parte, reservándose o
no su ejercicio, revocar dichas sustituciones o delegación y efectuar
otras nuevas, otorgar poderes de cualquier tipo y facultades así
como revocarlos y serán nombrados por todo el plazo social, salvo
remoción por parte de la asamblea de accionistas.—San José, 20 de
setiembre de 2010.—Lic. Hazell Ahrens Arce, Notaria.—1 vez.—
RP2010197422.—(IN2010079313).
Por escritura número doscientos cincuenta, iniciada al folio
setenta y cuatro vuelto del tomo veinte de mi protocolo, otorgada a
las diecisiete horas treinta minutos del veinte de setiembre del dos
mil diez, se constituyó una sociedad de conformidad con el decreto
ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-j, publicado
en La Gaceta número ciento catorce del catorce de junio del dos
mil seis, plazo social noventa y nueve años. Capital social: diez mil
colones.—Alajuela, veinte de setiembre del dos mil diez.—Lic.
Rafael de la Peña Rojas, Notario.—1 vez.—RP2010197423.—
(IN2010079314).
Ante el notario Lic. Víctor Manuel González Loría,
mediante escritura número doscientos cinco-uno, de las diecisiete
horas del dieciséis de setiembre del dos mil diez, se modificó la
cláusula décima tercera de la sociedad denominada Tres-ciento
uno-quinientos siete mil doscientos dieciocho, con domicilio
en Alajuela, Montecillos, veinticinco metros oeste de pulpería
Centro de Amigos.—San Ramón, diecisiete de setiembre del dos
mil diez.—Lic. Víctor Manuel González Loría, Notario.—1 vez.—
RP2010197426.—(IN2010079315).
Ante esta Notaría comparecieron Alonso Briones Arias, con
cédula número cinco-doscientos noventa y dos-quinientos siete, y
Carmen Arias Vargas, con cédula número dos-doscientos setenta
y tres-ochocientos cincuenta y seis, para constituir la sociedad
denominada Banama de Nicoya Sociedad Anónima, con un plazo
de noventa y nueve años y con objeto de comercio.—Nicoya, veinte
de agosto del dos mil diez.—Lic. Iveth Orozco García, Notaria.—1
vez.—RP2010197427.—(IN2010079316).
Por escritura de las doce horas de hoy, en esta ciudad,
protocolicé acta de asamblea de socios de Forestales Yazzor S. A. en
la cual reforma sus estatutos.—San José, 13 de setiembre de 2010.—
Lic. Patricia Rivera Breedy, Notaria.—1 vez.—RP2010197428.—
(IN2010079317).
Se constituye la firma de esta plaza denominada: Black
Cherry Sociedad Anónima. Presidente: Andre Roessner portador
de la cédula de residencia número: uno dos siete seis cero cero cero
La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010
siete cinco cuatro cero cinco. Plazo social: noventa y nueve años
a partir de la fecha de su constitución.—San José, once horas del
veinte del setiembre del dos mil diez.—Lic. Mario Rigioni Álvarez,
Notario.—1 vez.—RP2010197429.—(IN2010079318).
Se constituye la firma de esta plaza denominada: Bufete
Riggioni y Asociados Sociedad Anónima Presidente: Mario
Alberto Rigioni Álvarez, portador de la cédula de identidad número
dos-dos cuatro tres-cinco uno dos. Plazo social: noventa y nueve
años a partir de la fecha de su constitución.—San José, trece de
setiembre del dos mil diez.—Lic. Lucila del Pedro, Notaria.—1
vez.—RP2010197430.—(IN2010079319).
Por escritura otorgada a las diez horas treinta minutos del
diecisiete de setiembre del dos mil diez, se reforma la cláusula
segunda, tercera, quinta, sexta, novena, décima, décima tercera
y décima cuarta de Printer de Costa Rica Sociedad Anónima.
Capital: suscrito y pagado.—Lic. Fernando Alfaro Chamberlain,
Notario.—1 vez.—RP2010197438.—(IN2010079320).
Por escritura número ciento ocho-dos, otorgada ante el
suscrito Notario en conotariado con los notarios Rolando Clemente
Laclé Zúñiga y David Arturo Campos Brenes el día veinticinco de
agosto del dos mil diez, he protocolizado acta de asamblea general
extraordinaria de accionistas de la sociedad Tres-ciento unoquinientos ochenta y cuatro mil ochocientos diecinueve s. a., en
que se reforma la cláusula sétima del pacto constitutivo.—San José,
veinte de setiembre del dos mil diez.—Lic. Juan Manuel Cordero
Esquivel, Notario.—1 vez.—RP2010197439.—(IN2010079321).
Alejandro Lara Vargas y Alfredo Lara Vargas, constituyen
la sociedad que llevará por nombre el número de cédula jurídica
que indique el Registro de Personas Jurídicas; capital social: 10
mil colones; domicilio social: San José, Curridabat, diagonal al
Hipermás, todo mediante escritura otorgada en San José al ser
las once horas cuarenta minutos del dieciocho de setiembre de
2010, ante la notaria pública: Laura Inés Castro Conejo.—Lic.
Laura Inés Castro Conejo, Notaria.—1 vez.—RP2010197440.—
(IN2010079322).
Alfredo Lara Vargas, y Ana Gabriela Lara Vargas, constituyen
la sociedad que llevará por nombre el número de cédula jurídica
que indique el Registro de Personas Jurídicas; capital social: 10
mil colones; domicilio social: San José, Curridabat, diagonal al
Hipermás, todo mediante escritura otorgada en San José al ser las
doce horas del dieciocho de setiembre de 2010, ante la notaria
pública: Laura Inés Castro Conejo.—Lic. Laura Inés Castro Conejo,
Notaria.—1 vez.—RP2010197441.—(IN2010079323).
Ana Gabriela Lara Vargas, y Patricia Lara Vargas, constituyen
la sociedad por nombre el número de cédula jurídica que indique
el Registro de Personas Jurídicas; 10 mil colones; domicilio social:
San José, Curridabat, diagonal al Hipermás, todo mediante escritura
otorgada en San José al ser las once horas veinte minutos del
dieciocho de setiembre de 2010, ante la notaria pública: Laura Inés
Castro Conejo.—Lic. Laura Inés Castro Conejo, Notaria.—1 vez.—
RP2010197442.—(IN2010079324).
Hoy he protocolizado asamblea de la sociedad Nueva
Agricultura Novagro S. A. por la que se modifica la cláusula 5
del pacto-Del capital.—San José, 20 de setiembre 2010.—Lic.
Arturo Blanco Páez, Notario.—1 vez.—RP2010197443.—
(IN2010079325).
Patricia Lara Vargas y Alfredo Lara Vargas, constituyen la
sociedad que por nombre el número de cédula jurídica que indique
el Registro de Personas Jurídicas; capital social: 10 mil colones;
domicilio social: San José, Curridabat, diagonal al Hipermás, todo
mediante escritura otorgada en San José al ser las once horas del
dieciocho de setiembre de 2010, ante la notaria pública: Laura Inés
Castro Conejo.—Lic. Laura Inés Castro Conejo, Notaria.—1 vez.—
RP2010197444.—(IN2010079326).
Pág 63
Por escritura número; ciento cincuenta y cinco, y visible
en el tomo décimo de mi protocolo, se constituyó la empresa
denominada según la cédula jurídica que le asigne, y la cual será
sociedad anónima. Es todo.—San José, treinta de agosto del año
dos mil diez.—Lic. Álvaro Ramos Rechnitz, Notario.—1 vez.—
RP2010197445.—(IN2010079327).
Ante mi Notaría a las 11:30 horas del día de hoy, se
constituyeron las sociedades que se denominan Azucena Toby
Sociedad Anónima, Dixietime DXTM Sociedad Anónima, Joyas
del Nilo Alto Sociedad Anónima, Nubes del Chato Sociedad
Anónima y Potencia y Asunción Sociedad Anónima.—San José,
tres de setiembre del ano dos mil diez.—Lic. Gustavo Álvarez Mora,
Notario.—1 vez.—RP2010197450.—(IN2010079328).
En mi Notaría al ser las doce horas del diecisiete de setiembre
constituyo sociedad anónima, cuya denominación social será su
número de cédula jurídica asignada al momento de la inscripción,
de conformidad con el artículo segundo del Reglamento para
Inscripción de la Constitución de Empresas Comerciales.—San José,
20 setiembre del 2010.—Lic. Galina Morales Sánchez, Notaria.—1
vez.—RP2010197451.—(IN2010079329).
Ante mi Notaría a las 12:00 horas del día de hoy, se constituyeron
las sociedades que se denominan Golfo de Guayaquil Sociedad
Anónima, Nevados de Quito S. A., Trote Seguro S. A., Remolinos
del Cielo S. A. y Nubes del Cotopaxi Sociedad Anónima.—San
José, tres de setiembre del año dos mil diez.—Lic. Gustavo Álvarez
Mora, Notario.—1 vez.—RP2010197452.—(IN2010079330).
Por acta protocolizada por el suscrito el día de hoy, se reforma
la cláusula sétima de los estatutos de Inversiones Manuel y Olga
S. A., sobre la composición de Junta Directiva, se nombran nuevos
miembros de la misma y se nombra nuevo Fiscal.—San José, 18 de
setiembre de 2010.—Lic. Elías Enoc Márquez Ayala, Notario.—1
vez.—RP2010197454.—(IN2010079331).
Mediante escritura pública número 50-6, otorgada ante
el Notario Público José Antonio Pérez Brenes, a las 15 horas 5
minutos del 6 de setiembre del 2010, se constituyó la sociedad
CFK Internacional Sociedad de Responsabilidad Limitada,
plazo social de diez años, capital social diez mil colones, domicilio
social San José, San Pedro de Montes de Oca, Mercedes, Betania,
Ofiplaza del Este, oficinas de CLA Abogados número doce, Gerente:
Marinella Meléndez Hernández y subgerente: Walter Eduardo
Román Mora.—Lic. José Antonio Pérez Brenes, Notario.—1 vez.—
RP2010197455.—(IN2010079332).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las 15:00 horas de
20 de setiembre de 2010, se protocoliza acta de la asamblea general
extraordinaria de socios de Villa Aranjuez Mariner´s Point Lam
Dos S. A. de Nidra Corporation S. A., donde se modifica cláusula
novena en cuento a administración y se nombra nueva Junta Directiva
y fiscal.—San José, 20 de setiembre 2010.—Lic. Andrés Montejo
Morales, Notario.—1 vez.—RP2010197458.—(IN2010079333).
Hoy a las catorce horas, se constituyó ante mí la sociedad My
First Frankestein Corpsa.—San José, 8 de setiembre del 2010.—
Rómulo Pacheco Sibaja, Notario.—1 vez.—RP2010197459.—
(IN2010079334).
El suscrito notario público Alonso Serrano Mena, da fe que a
las siete horas con quince minutos del día doce de abril del año dos mil
diez, se constituyó ante esta notaría la empresa denominada Grupo
Tecnovisión Sociedad Anónima, por lo que solicito se publique el
respectivo edicto de ley.—San José, 16 de setiembre del 2010.—
Lic. Alonso Serrano Mena, Notario.—1 vez.—RP2010197460.—
(IN2010079335).
Hoy protocolicé en lo conducente acta asamblea general
extraordinaria de cuotistas de Sonido del Espacio Aéreo Ltda., en
virtud de la cual se acordó reformar la cláusula segunda del Pacto
Social de la compañía, se presenta la renuncia de la Gerente de la
compañía y en su lugar se hace nuevo nombramiento por el resto
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La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010
del plazo social. Escritura otorgada en la ciudad de San José, a las
8:00 horas, del 3 de agosto del 2010.—Lic. Mario Quirós Salazar,
Notario.—1 vez.—RP2010197462.—(IN2010079336).
Ante esta Notaría, mediante escritura pública Nº 98 otorgada
a las 14:00 horas del 08 de julio del 2010, se constituyó la sociedad
denominada D & O Una Parada Sociedad Anónima.—San José,
20 de setiembre del 2010.—Licda. Ericka Montoya Martínez,
Notaria.—1 vez.—RP2010197464.—(IN2010079337).
Por escritura otorgada ante mí, se protocolizó el acta número
uno de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
empresa Condominios CR Cincuenta Cocomar S. A. Se reforma
la cláusula segunda del domicilio, sexta de la administración, se
revocan los nombramientos de todos los miembros de la Junta
Directiva, así como del Fiscal y el Agente Residente y se realizan
nuevos nombramientos. Escritura otorgada a las 19:00 horas del 09
de setiembre del 2010.—San José, 21 de setiembre del 2010.—Lic.
Federico Guzmán Brenes, Notario.—1 vez.—RP2010197468.—
(IN2010079338).
Por escritura otorgada ante mí, se protocolizó el acta número
uno de asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa
Corporación Santa Fe del Oeste S. A. Se reforma la cláusula
primera del domicilio, quinta de la administración, se revocan
los nombramientos de todos los miembros de la Junta Directiva,
así como del Fiscal y el Agente Residente y se realizan nuevos
nombramientos. Escritura otorgada a las 09:00 horas del 20 de
setiembre del 2010.—San José, 21 de setiembre del 2010.—Lic.
Federico Guzmán Brenes, Notario.—1 vez.—RP2010197469.—
(IN2010079339).
Por escritura otorgada ante mí, se protocolizó el acta
número uno de asamblea general extraordinaria de accionistas de
la empresa Ecovistas Huntington Unidad Carmen Cincuenta y
Cinco S. A. Se reforma la cláusula segunda del domicilio, sexta
de la administración, se revoca el poder generalísimo sin límite
de suma otorgado a Carlos Roberto Rivera Ruiz, se revocan los
nombramientos de todos los miembros de la Junta Directiva y de
Fiscal y se realizan nuevos nombramientos. Escritura otorgada
a las 10:00 horas del 20 de setiembre del 2010.—San José, 21 de
setiembre del 2010.—Lic. Federico Guzmán Brenes, Notario.—1
vez.—RP2010197470.—(IN2010079340).
Por escritura otorgada ante mí se protocolizó el acta número
uno de asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa
Ecovistas Huntington Unidad Merced Cincuenta y Seis, S. A.. Se
reforma la cláusula segunda del domicilio, sexta de la administración,
se revoca el poder generalísimo sin límite de suma otorgado a
Carlos Roberto Rivera Ruiz, se revocan los nombramientos de
todos los miembros de la Junta Directiva y de Fiscal y se realizan
nuevos nombramientos. Escritura otorgada a las 11:00 horas del 20
de setiembre del 2010.—San José, 21 de setiembre del 2010.—Lic.
Federico Guzmán Brenes, Notario.—1 vez.—RP2010197471.—
(IN2010079341).
Constitución de sociedad anónima denominada Correraiz
Sociedad Anónima S. A.. Domicilio: San José, Santa Ana Centro.
Capital: 100.000 colones. Plazo: 100 años. Presidenta: Ana Helena
Correa Echandía. Escritura número ciento cuarenta y dos, de las
once horas del dieciocho de setiembre del 2010.—Licda. Karla
Silene Gutiérrez Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2010197480.—
(IN2010079342).
Transportes Villana Sociedad Anónima, reforma estatutos
en el artículo sétimo, en cuanto a que la representación judicial
y extrajudicial, le corresponde al presidente y secretario, los
que actuarán conjuntamente con las facultades de apoderados
generalísimos sin límite de suma igualmente se nombra Junta
Directiva y Fiscal, quedando como presidente: José Luis Villalobos
Cruz, secretaria: Ana Cecilia Cruz Mejías. Tesorera: Carolina
Villalobos Cruz y fiscal: Diana Villalobos Cruz.—Tilarán, 30 de
agosto de 2010.—Rosalina Bastos Alvarado, Notaria.—1 vez.—
RP2010197481.—(IN2010079343).
En esta Notaría al ser las nueve horas del veintiuno de setiembre
del año dos mil diez se constituye la sociedad anónima Globalex
Proyectos Sociedad Anónima. Presidente como representante con
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital
Social cien mil colones.—San José, 21 de setiembre del 2010.—
Lic. Javier Clot Barrientos, Notario.—1 vez.—RP2010197482.—
(IN2010079344).
Ante mí se constituye la siguiente sociedad: Masajes y
Estética de Costa Rica Limitada.—San José, 21 de setiembre del
año 2010.—Juan Carlos González Lavergne, Notario.—1 vez.—
RP2010197483.—(IN2010079345).
Por escritura otorgada ante mí, a las diecisiete horas del
catorce de setiembre del dos mil diez, se constituye la sociedad
Corporación G Seis Hermanos Arias Sociedad Anónima,
Presidente, vicepresidente, secretario, tesorero, primer y segundo
vocales, y fiscal, plazo cien años.—San Ramón, 14 de setiembre
de 2010.—María Mercedes González Jiménez, Notaria.—1 vez.—
RP2010197485.—(IN2010079346).
Distribuidora Comercial A.G.A. S. A., reforma sus estatutos
en las cláusulas primera, segunda, quinta y sétima. Revoca los
nombramientos de la Junta Directiva y Fiscal y nombra nuevos por
todo el plazo social. Asimismo nombra Agente Residente. Escritura
otorgada en mi notaría a las 17:00 horas del 14 de setiembre del
2010.—Lic. Alejandro Villegas Ramírez, Notario.—1 vez.—
RP2010197487.—(IN2010079347).
Mediante escritura otorgada ante el suscrito se constituyó
sociedad anónima denominada Davinci’s Dental Designers
Group Sociedad Anónima. Capital social: Diez mil colones.
Presidente: Delfin Barquero Barquero. Domicilio: Santo
Domingo de Heredia.—13 de setiembre del 2010.—Lic. Rodrigo
Antonio Madrigal Núñez, Notario.—1 vez.—RP2010197489.—
(IN2010079348).
Mediante escritura pública número once de las once horas del
catorce de setiembre de dos mil diez, se protocoliza acta general
ordinaria y extraordinaria de cuotistas de la sociedad tres -ciento
dos-cinco uno tres dos uno nueve s.r.l., en la que se modifican las
cláusulas: primera, quinta, sexta, sétima y décima del Pacto Social.—
Carlos Corrales Azuola, Notario.—1 vez.—RP2010197491.—
(IN2010079349).
Ante esta notaría se constituye la sociedad de responsabilidad
limitada de esta plaza denominada Inversiones Lormarvi
Limitada a las doce horas del cuatro de setiembre del año dos mil
diez, siendo su gerente con facultades de apoderada generalísima sin
límite de suma la señora Lorna Maroto Villalobos, ante el notario
Rodrigo Garita López, en Florencia San Carlos, Alajuela.—4 de
setiembre del 2010.—Lic. Rodrigo Garita López, Notario.—1
vez.—RP2010197494.—(IN2010079350).
Que por el instrumento público número ciento catorce, de
las dieciséis horas del veinte de setiembre del dos mil diez, se
constituyó la sociedad de esta plaza denominada Orfebrería Bethel
Sociedad Anónima, capital social diez mil colones.—Lic. Juan
Carlos Gutiérrez Morales, Notario.—1 vez.—RP2010197495.—
(IN2010079351).
Por escritura otorgada ante mí, en la Ciudad de San José, a las
16:00 horas del 13 de setiembre del 2010, se constituyó la sociedad
Inversiones Las Montañas de la Sonda de Vancouver, S. A..
Domicilio: San José, Hatillo 2, del Liceo Roberto Brenes Mesén, 50
metros este, 100 metros sur, casa 764. Plazo 99 años. Representación:
Presidente y tesorero, apoderado generalísimo sin límite de suma.—
San José, 13 de setiembre del 2010.—Xinia Karina Briones Briones,
Notaria.—1 vez.—RP2010197496.—(IN2010079352).
Ante esta notaría, por escritura otorgada en San José a las
quince horas del diecisiete de setiembre 2010, se constituyó Cinco
Sociedades Responsabilidad Limitada con el número de cédula
La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010
jurídica que se le asigne. Dos gerentes con facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma.—Licda. Dannia Mayela Rodríguez
Astorga, Notaria.—1 vez.—RP2010197498.—(IN2010079353).
Ante esta notaría se constituyó la sociedad Yamar de Costa
Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada con un capital social
de un millón de colones, al ser las once horas del once de setiembre
del dos mil diez.—Lic. Jorge Jiménez Bolaños, Notario.—1 vez.—
RP2010197499.—(IN2010079354).
Por escritura número 138, otorgada ante esta notaría, a las
10.00 horas del 17 de setiembre del 2010, la compañía Autobuses
Unidos de Coronado S. A., cédula de persona jurídica número
3-101-010075, modifica la cláusula quinta: Del capital social del
pacto constitutivo.—San José, 20 de setiembre del 2010.—Licda.
Gabriela Vargas Rounda, Notaria.—1 vez.—RP2010197500.—
(IN2010079355).
Por escritura otorgada ante esta notaría el día 20 de setiembre
del 2010 a las 13:00 horas, la sociedad Inversiones Samekh,
Sociedad Anónima, protocolizó acuerdos en que se modifica la
cláusula sétima, del Pacto Social.—20 de setiembre del 2010.—
Melania Calzada Ramírez, Notaria.—1 vez.—RP2010197502.—
(IN2010079356).
Mediante escritura otorgada a las 17:00 p.m. del 20-092010, ante notaria Carla Baltodano Estrada se protocoliza acta Nº
3 de la sociedad Aro Coyol Investments S.R.L.—San José, 21 de
setiembre del 2010.—Carla Baltodano Estrada, Notaria.—1 vez.—
RP2010197503.—(IN2010079357).
Protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria
de accionistas de la sociedad denominada Colossus of Rhodes
Investments Sociedad Anónima, mediante la cual se reformó la
cláusula segunda. Escritura otorgada ante el Notario Público Sergio
Aguiar Montealegre a las nueve horas del veintiuno de setiembre
del año dos mil diez.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1
vez.—RP2010197504.—(IN2010079358).
Por escritura otorgada ante mí, a las 15 horas, del 17 de agosto
se eliminó la cláusula del agente residente de la sociedad tres-ciento
dos-seiscientos cuatro mil quinientos setenta y nueve ltda.—
San José, 24 de agosto de 2010.—Lic. Ignacio Esquivel Seevers,
Notario.—1 vez.—RP2010197505.—(IN2010079359).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las ocho horas con
cero minutos del día dieciséis de setiembre del año dos mil diez,
se constituyó la sociedad anónima denomina Compusmartcr.Com
Sociedad Anónima.—Heredia, 16 de setiembre del año 2010.—
Licda. Lorlly Luna Rodríguez, Notaria.—1 vez.—RP2010197506.—
(IN2010079360).
José Alberto Navas Herrera, cédula 2-415-671 y Zeidy
Hurtado Gutiérrez, cédula 2-463-745, están constituyendo la
Sociedad Anónima J y Z, se emplaza a terceros con derecho a
oponerse para que hagan valer sus derechos en el plazo de 10 días
a partir de la publicación de este edicto en la oficina del Notario
Público Juan Abel Beteta Ocampos, sita en Los Chiles de Alajuela
contiguo al correo.—Lic. Abel Beteta Ocampos, Notario.—1 vez.—
RP2010197585.—(IN2010079391).
Ante esta notaría Erika Bravo Molina y Gabriela Bravo
Molina constituyen una sociedad anónima; la denominación social
de la nueva empresa se hace de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 2 del Decreto Ejecutivo Nº 33171-J. Es todo.—San José,
veintiuno de setiembre del dos mil diez.—Lic. Eduardo Arroyo
Boirivant, Notario.—1 vez.—RP2010197586.—(IN2010079392).
Ante esta notaría Karol Tatiana Alfaro Dalorzo y Yannella
Cristina Alfaro Dalorzo constituyen una sociedad anónima; la
denominación social de la nueva empresa se hace de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto Ejecutivo Nº 33171-J.
Es todo.—San José, veintiuno de setiembre del dos mil diez.—Lic.
Eduardo Arroyo Boirivant, Notario.—1 vez.—RP2010197587.—
(IN2010079393).
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Ante esta notaría Alicia Yolanda Ortiz Salgado y Andrés
Alonso Campos Vargas, constituyen una sociedad anónima; la
denominación social de la nueva empresa se hace de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto Ejecutivo Nº 33171-J.
Es todo.—San José, veintiuno de setiembre del dos mil diez.—Lic.
Eduardo Arroyo Boirivant, Notario.—1 vez.—RP2010197588.—
(IN2010079394).
En mi notaría, a las 11:00 horas del 25 de agosto del 2010,
se constituyó Plataformas y Grúas S.O.S. Empresa Individual
de Responsabilidad Limitada. Capital social: diez mil colones.
Domicilio: San José, Curridabat. Plazo social: 100 años. Gerente con
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital:
suscrito y pagado.—San José, 25 agosto del 2010.—Lic. Dora
María Figueroa González, Notaria.—1 vez.—RP2010197590.—
(IN2010079395).
Ante mi notaría por escrituras números treinta y seis y
doscientos treinta y nueve se constituyen las sociedades anónimas,
la primera el nombre será el asignado a la cédula jurídica y la
segunda el nombre será Desarrolladora Teko Teka, al ser las diez
y cincuenta horas del nueve de julio del dos mil diez y las once y
once horas del treinta y uno de julio del dos mil diez. Es todo.—Lic.
Karolina Meléndez Gamboa, Notaria.—1 vez.—RP2010197591.—
(IN2010079396).
Por escritura otorgada ante esta misma notaría, a las 8:00
horas del 06 de setiembre del 2010, se constituyó la sociedad
anónima cuya denominación social es Transportes Zelaya
Camacho S. A. Representación judicial y extrajudicial: presidente
y secretaria. Capital social: totalmente suscrito y pagado.—Cartago,
16 de setiembre del 2010.—Lic. Johnny Eduardo Garro Trejos,
Notario.—1 vez.—RP2010197593.—(IN2010079397).
Por escritura 85 del tomo 5 de mi protocolo, otorgada a las
11:00 horas del 21 de setiembre del 2010, se protocolizó acta de
asamblea extraordinaria de la sociedad denominada Los Tejares
Mary Número Dieciséis S. A., donde se reformó la cláusula sexta
sobre la administración y se nombró presidente y agente residente.
Expido en Cartago, a las doce horas del veintiuno de setiembre del
dos mil diez.—Lic. Winner Obando Navarro, Notario.—1 vez.—
RP2010197594.—(IN2010079398).
Por escritura 86 del tomo 5 de mi protocolo, otorgada a las
11:30 horas del 21 de setiembre del 2010, se protocolizó acta de
asamblea extraordinaria de la sociedad denominada Los Tejares
Viky Número Quince S. A., donde se reformó la cláusula sexta
sobre la administración y se nombró nueva junta directiva. Expido
en Cartago, a las doce horas del veintiuno de setiembre del 2010.—
Lic. Winner Obando Navarro, Notario.—1 vez.—RP2010197595.—
(IN2010079399).
Hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria
de accionistas de tres-ciento uno-quinientos veinticuatro mil
quinientos cuarenta y seis s. a. Se modifica la cláusula sétima del
pacto social. Se nombra junta directiva y fiscal.—San José, 7 de
setiembre del 2010.—Lic. Álvaro Carazo Zeledón, Notario.—1
vez.—RP2010197596.—(IN2010079400).
Se hace constar que ante la notaría de Víctor Hugo Castillo
Mora, mediante escritura número treinta y nueve de las quince
horas del veinte del año dos mil diez, se constituyó la sociedad
anónima Fisiocare Sociedad Anónima, por los socios Ana María
Gabriela Schutte Hernández y José Alfonso de Jesús Cos González.
Todas por un plazo de noventa y nueve años.—San José, veintiuno
de setiembre del dos mil diez.—Lic. Víctor Hugo Castillo Mora,
Notario.—1 vez.—RP2010197597.—(IN2010079401).
Se hace constar que ante el notario Víctor Hugo Castillo Mora,
mediante escritura número treinta y ocho de las nueve horas del
veinte de setiembre del año dos mil diez, se constituyó la sociedad
Avaysys Sociedad Anónima, por los socios Alexandra Salas
Sánchez y Gustavo Hernández Artavia. Por un plazo de noventa y
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La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010
nueve años.—San José, once horas del veintiuno de setiembre del
dos mil diez.—Lic. Víctor Hugo Castillo Mora, Notario.—1 vez.—
RP2010197598.—(IN2010079402).
Que ante la notaría del suscrito, Lic. Jorge Hernández Calvo,
notario público se ha constituido la sociedad anónima Nubes y Mares
de Plata Azul Sociedad Anónima. Escritura número cuarenta y
siete.—San José, 20 de setiembre del 2010.—Lic. Jorge Hernández
Calvo, Notario.—1 vez.—RP2010197599.—(IN2010079403).
Ante esta notaría, por medio de escritura treinta y dostrece, otorgada al ser las once horas del dieciséis de julio del año en
curso, se modificó la cláusula quinta del pacto social y se aumentó el
capital social de Improsa Sociedad Administradora de Fondos de
Inversión, S. A.—Lic. Alfonso Meléndez Vega, Notario.—1 vez.—
RP2010197600.—(IN2010079404).
Ante mí, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Edymar E D M E Sociedad de Responsabilidad Limitada.
Capital: totalmente suscrito y pagado. La representación judicial y
extrajudicial, con facultades de apoderados generalísimos sin límite
de suma le corresponde al gerente y al subgerente, actuando conjunta
o separadamente. Domicilio: Guápiles, Pococí, Limón.—Guápiles,
21 de setiembre del 2010.—Lic. Juan Carlos Radulovich Quijano,
Notario.—1 vez.—RP2010197602.—(IN2010079405).
Por escritura otorgada en esta notaría, a las diez horas del
veinticuatro de julio del dos mil diez, se constituyó la sociedad
Trans Oba Sociedad Anónima. Capital social: íntegramente
suscrito y pago. Presidente: Julio Obaldía Chaves.—Heredia,
dieciocho de setiembre del dos mil diez.—Lic. Lourdes Fernández
Mora, Notaria.—1 vez.—RP2010197604.—(IN2010079406).
Mediante escritura número setecientos ochenta y siete, de las
quince horas del treinta y uno de agosto de dos mil diez, visible
a ciento setenta y dos vuelto hasta ciento setenta y cuatro frente
del tomo cuatro de mi protocolo se constituye sociedad anónima.
Es todo.—San José, veinte de setiembre del dos mil diez.—Lic.
Lourdes Ruiz Sánchez, Notaria.—1 vez.—RP2010197605.—
(IN2010079407).
En mi notaría al ser las diez horas del veinte de agosto del año
dos mil diez, se constituyó la sociedad Kumal D. E. L. Sociedad
Anónima.—Lic. Celenia Godínez Prado, Notaria.—1 vez.—
RP2010197612.—(IN2010079412).
El suscrito notario hace constar, que mediante escritura
número cincuenta del protocolo décimo, otorgada a las dieciocho
horas del once de agosto del 2010, ante este notario se nombran
nuevos miembros de junta directiva y fiscal y se cambia el domicilio
social de la sociedad denominada Inversiones Tershandre S. A.—
Monterrey, San Carlos de Alajuela, 3 de setiembre del 2010.—Lic.
Johanny Esquivel Hidalgo, Notario.—1 vez.—RP2010197613.—
(IN2010079413).
Ante mí, Óscar Rodrigo Vargas Jiménez, notario público
con oficina abierta en Cartago, se reformó la cláusula sexta de
Integraciones Electromecánicas I.E.M. Sociedad Anónima,
cédula jurídica tres-ciento uno-cinco cuatro nueve uno ocho tres,
lo anterior a las nueve horas del veintiséis de agosto del dos mil
diez San José. Es todo.—Lic. Óscar Rodrigo Vargas Jiménez,
Notario.—1 vez.—RP2010197615.—(IN2010079414).
Mediante escritura de las doce horas treinta minutos del ocho
de setiembre del dos mil diez los señores Adrián Bravo Alfaro y
Andrea Rodríguez Moreira, constituyen sociedad amparada al
Decreto treinta y tres mil ciento setenta y uno-J. Presidente:
Adrián Bravo Alfaro. Plazo social: será noventa y nueve años.
Capital social: diez mil colones, constituido por diez acciones de
mil colones cada una. Objeto: comercio en general importación
y exportación comercio en general.—Heredia, ocho de setiembre
del dos mil diez.—Lic. Karoline Alfaro Vargas, Notaria.—1 vez.—
RP2010197617.—(IN2010079415).
Se constituyó sociedad anónima denominada Sueños de Rosa
Sociedad Anónima, con domicilio social en San Lorenzo de San
Joaquín de Flores, Heredia, Villa Flores casa número treinta-D.
Plazo: noventa y nueve años, con un capital de cien mil colones.
Presidente: Juan Carlos Soto Porras.—San Antonio de Belén, 20
de setiembre del 2010.—Lic. Mary Cruz Lara Solís, Notaria.—1
vez.—RP2010197618.—(IN2010079416).
Protocolización de acta de la compañía Inversiones Mar
Chan de San José S. A., según la cual se reforma la cláusula sexta y
se hacen nombramientos.—San José, veintiuno de setiembre del dos
mil diez.—Lic. Vera Violeta Jiménez Roldán, Notaria.—1 vez.—
RP2010197607.—(IN2010079408).
La suscrita Notaria Ana Patricia Villalobos Chinchilla hace
saber que en mi notaría el 17 de setiembre del 2010, se constituyó
la sociedad Mueblería Fallas León Dos Mil Diez Sociedad
Anónima, su presidente es José Daniel Fallas Varela, cédula
1-1153-0463.—Lic. Patricia Villalobos Chinchilla, Notaria.—1
vez.—RP2010197619.—(IN2010079417).
Protocolización de acta de la compañía Distribuidora e
Importadora de Materias Primas de Centroamérica S. A., según
la cual se reforma la cláusula sétima y se hacen nombramientos.—
San José, veintiuno de setiembre del dos mil diez.—Lic. Vera
Violeta Jiménez Roldán, Notaria.—1 vez.—RP2010197608.—
(IN2010079409).
Escritura otorgada ante esta notaría, a las catorce horas del
nueve de agosto dos mil diez, se constituyó la sociedad denominada
Servicio Automotriz La Uruca Xirinachs Sociedad Anónima.
Domicilio social: San José.—Diez de agosto del dos mil diez.—Lic.
Eduardo Alfaro Gallardo, Notario.—1 vez.—RP2010197621.—
(IN2010079418).
Por escritura otorgada ante mí, hoy se constituyó Entornos
Ergonómicos Sociedad Anónima. Domicilio: San José,
Goicoechea, Guadalupe, El Alto, de la Clínica Jerusalem, trescientos
metros al norte y setenta y cinco al oeste. Plazo: noventa y nueve
años. Objeto: diseño, confección y venta de muebles de oficina y
muebles en general. Capital social: cuatrocientos cincuenta mil
colones representado por cuarenta y cinco acciones comunes y
nominativas de diez mil colones cada una. Presidente: Adolfo
Roberto Quesada Villalobos.—San José, siete de setiembre del dos
mil diez.—Lic. Vera Violeta Jiménez Roldán, Notaria.—1 vez.—
RP2010197609.—(IN2010079410).
Escritura otorgada ante esta notaría, a las doce horas del
nueve de agosto dos mil diez, se constituyó la sociedad denominada
Carrocería La Uruca Xirinachs Sociedad Anónima. Domicilio
social: San José.—Diez de agosto del dos mil diez.—Lic.
Eduardo Alfaro Gallardo, Notario.—1 vez.—RP2010197623.—
(IN2010079419).
Por escritura otorgada ante mí, a las 12:00 horas del día 26
de mayo del 2010, se constituye la compañía que se denominará
Annhonsa Sociedad Anónima. Presidente: Carlos Manuel
Muñoz Ruiz.—Lic. Arturo González Montero, Notario.—1 vez.—
RP2010197611.—(IN2010079411).
Escritura otorgada ante esta notaría, a las veinte horas del siete
de setiembre del dos mil diez, se constituyó la sociedad denominada
Mapaem Sociedad Anónima. Domicilio social: San José.—Ocho
de setiembre del dos mil diez.—Lic. Eduardo Alfaro Gallardo,
Notario.—1 vez.—RP2010197625.—(IN2010079421).
Escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciocho horas
del siete de setiembre dos mil diez, se constituyó la sociedad
denominada Hayomari Sociedad Anónima. Domicilio social: San
José.—Veinte de setiembre del dos mil diez.—Lic. Eduardo Alfaro
Gallardo, Notario.—1 vez.—RP2010197624.—(IN2010079420).
La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010
Ante esta notaría, se constituyó la empresa Corporación
Real Masaya Sociedad Anónima, a las diez horas del veintiuno
de setiembre del dos mil diez. Presidente: Luis Armando González
Díaz.—Lic. Jaime Alvarado Victoria, Notario.—1 vez.—
RP2010197628.—(IN2010079422).
Ante esta notaría, a las 14:00 horas del 20 de setiembre del 2010,
mediante escritura Nº 606, se constituyó la sociedad Recicladora
de Llantas Tecnopack Sociedad Anónima. Domicilio: San
José. Capital social: ciento veinte mil colones. Presidente: con la
representación judicial y extrajudicial.—San José, 20 de setiembre
del 2010.—Lic. Edwin Rodrigo Masís Quirós, Notario.—1 vez.—
RP2010197629.—(IN2010079423).
Ante esta notaría, a las 13:00 horas del 20 de setiembre
del 2010, mediante escritura Nº 605, se constituyó la sociedad
Arenillas Inversiones Deportivas & Creativas Sociedad
Anónima. Domicilio: San José. Capital social: ciento veinte mil
colones. Presidente y secretario, con la representación judicial y
extrajudicial.—San José, 20 de setiembre del 2010.—Lic. Edwin
Rodrigo Masís Quirós, Notario.—1 vez.—RP2010197630.—
(IN2010079424).
Ante el Lic. Juan Carlos Chávez Alvarado, se constituyó Grupo
MG & Virin Sociedad Anónima. Presidenta: María Gabriela Arias
Chacón, como apoderada generalísima sin límite de suma. Capital
social: es de seis mil colones, por cada sociedad anónima. Plazo
social: noventa y nueve años.—Lic. Juan Carlos Chávez Alvarado,
Notario.—1 vez.—RP2010197631.—(IN2010079425).
Ante el Lic. Juan Carlos Chávez Alvarado, se reforma la
cláusula sétima del pacto constitutivo de la sociedad MP Knapp
Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento unotrescientos cincuenta y tres mil ciento noventa y ocho.—Lic. Juan
Carlos Chávez Alvarado, Notario.—1 vez.—RP2010197633.—
(IN2010079426).
En la notaría de la notaria pública Paula Marcela Arroyo Rojas,
se realizó protocolización de la sociedad Lucas Electrohidraúlica
Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-tres
dos nueve ocho cero dos, reformando la cláusula novena de la
administración y décima primera de la vigilancia y se nombra junta
directiva por todo el plazo social. Escritura otorgada en la ciudad
de San José, a las nueve horas del veinte de setiembre del dos
mil diez.—Lic. Paula Marcela Arroyo Rojas, Notaria.—1 vez.—
RP2010197634.—(IN2010079427).
Ante el Lic. Juan Federico Arias Chacón: a) Se reforma la
cláusula segunda del pacto social constitutivo y se nombra nueva
junta directiva de la sociedad Inversiones Fasega Sociedad
Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos
setenta y un mil cuatrocientos cuarenta y cinco. b) Se reforma la
cláusula sétima del pacto social constitutivo y se nombra nueva junta
directiva de la sociedad Las Ruedas del Palenque R.T.I Sociedad
Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos
diez mil cuatrocientos cuatro.—Lic. Juan Federico Arias Chacón,
Notario.—1 vez.—RP2010197635.—(IN2010079428).
La suscrita notaria hace constar que hoy autorizó escritura de
protocolización de acuerdos de asamblea general de Beneficio Río
Negro S. A., por lo que se modificó la cláusula octava de la escritura
social.—San José, 8 de setiembre del 2010.—Lic. Irene Mendieta
Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2010197636.—(IN2010079429).
La suscrita notaria hace constar que hoy autorizó escritura de
protocolización de acuerdos de asamblea general de Emmanuel S.
A., por lo que se modificó la cláusula quinta de la escritura social.—
San José, 9 de setiembre del 2010.—Lic. Irene Mendieta Vargas,
Notaria.—1 vez.—RP2010197637.—(IN2010079430).
La suscrita notaria hace constar que hoy autorizó escritura de
protocolización de acuerdos de asamblea general de Cantón S. A.,
por lo que se modificó la cláusula sexta de la escritura social.—
San José, 9 de setiembre del 2010.—Lic. Irene Mendieta Vargas,
Notaria.—1 vez.—RP2010197638.—(IN2010079431).
Pág 67
La suscrita notaria hace constar que hoy autorizó escritura de
protocolización de acuerdos de asamblea general de Compañía de
Procesos Técnicos S. A., por lo que se modificó la cláusula sexta
de la escritura social.—San José, 9 de setiembre del 2010.—Lic.
Irene Mendieta Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2010197639.—
(IN2010079432).
En escritura otorgada en mi notaría, se constituyó la sociedad
Inversiones Milo Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 15 de setiembre del 2010.—Lic. Eleazar Duarte Briones,
Notario.—1 vez.—RP2010197640.—(IN2010079433).
Por escritura otorgada ante mi notaría, Estephannie
Cunningham Chacón y María Vanessa Marín Quesada, constituyen
la compañía Buenvivir Sociedad Anónima. Domicilio:
Moravia. Objeto: servicios de consultoría. Capital: íntegramente
suscrito y pagado.—San José, veinte de setiembre del dos mil
diez.—Lic. Alejandro Madrigal Benavides, Notario.—1 vez.—
RP2010197641.—(IN2010079434).
Ante este notario, se constituyó la sociedad Apple Dental
Sociedad Anónima, con domicilio en Sabanilla de Montes de
Oca, San José. Plazo social: noventa años. Capital social: cien mil
colones. Fecha de constitución: dieciocho de setiembre del dos mil
diez.—Lic. Carlos Eduardo Blanco Fonseca, Notario.—1 vez.—
RP2010197642.—(IN2010079435).
Ante este notario, se constituyó la sociedad Inversiones J &
J de Occidente Sociedad Anónima, con domicilio en San Isidro de
San Ramón de Alajuela. Plazo social: noventa años. Capital social:
cien mil colones. Fecha de constitución: veinticuatro de agosto del
dos mil diez.—Lic. Carlos Eduardo Blanco Fonseca, Notario.—1
vez.—RP2010197644.—(IN2010079436).
Por escritura doscientos diez, de las doce horas del diecinueve
de agosto del dos mil diez, del tomo treinta y ocho del protocolo
de la Lic. Jenny Ramírez Robles, se constituyó Corporación
Lexington HR S. A. Domiciliada en San José, Pavas, Rohrmoser,
del Centro Comercial Plaza Mayor ciento cincuenta metros oeste.
Capital social: diez mil colones.—San José, veinte de setiembre
del dos mil diez.—Lic. Jenny Ramírez Robles, Notaria.—1 vez.—
RP2010197645.—(IN2010079437).
Ante esta notaría, a las 14:30 horas del 7 de setiembre del 2010,
se constituyó la sociedad anónima denominada Representaciones
Calrom SRL, con capital social de ¢100.000,00 colones, por un
plazo de noventa y nueve años, cuyo gerente con facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma, es el señor: Óscar
Guido Calderón Romero, mediante la escritura Nº 42-18 del tomo
18 de la suscrita notaria.—Cartago, 7 de setiembre del 2010.—Lic.
Tatiana Fernández Mora, Notaria.—1 vez.—RP2010197648.—
(IN2010079438).
Ante esta notaría, a las 10:00 horas del 16 de setiembre del
2010, se constituyó la sociedad anónima denominada Family Barpe
Sociedad Anónima, con capital social de ¢600.000,00 colones, por
un plazo de noventa y nueve años, cuyo presidente con facultades
de apoderado generalísimo sin límite de suma, es el señor: Luis
Roberto Barahona Brenes, mediante la escritura Nº 66-18 del tomo
18 de la suscrita notaria.—Cartago, 17 de setiembre del 2010.—
Lic. Tatiana Fernández Mora, Notaria.—1 vez.—RP2010197649.—
(IN2010079439).
NOTIFICACIONES
SEGURIDAD PÚBLICA
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Por no haber sido posible notificarle en el domicilio conocido
por la administración, se ordena la notificación por medio de edictos
por tres veces consecutivas en La Gaceta de la siguiente: Resolución
Nº 324-2010DFCA.—Ministerio de Seguridad Pública.—Dirección
Financiera.—Departamento de Cobros Administrativos.—San José,
a las once horas con quince minutos del seis de julio del dos mil
Pág 68
La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010
diez. Acorde con lo ordenado por los artículos 214 y siguientes de la
Ley General de Administración Pública, y los alcances del Decreto
Ejecutivo Nº 32177-SP, artículo 48. Procede este Departamento
en calidad de órgano director, a iniciar el procedimiento sumario
administrativo de cobro contra Adrián Alvarado Barquero, cédula
de identidad Nº 1-1124-982 exfuncionario de esta Cartera por
“Adeudar a este Ministerio la suma total de ¢373.955,08 (trescientos
setenta y tres mil novecientos cincuenta y cinco colones con ocho
céntimos) por concepto de saldo al descubierto por incapacidades
no deducidas oportunamente de los períodos que van del 05 de julio
al 09 de agosto de 2007, del 13 al 28 de agosto de 2007, del 29 de
abril al 12 de mayo de 2008, del 19 al 22 de mayo de 2008, del
26 al 28 de mayo de 2008, del 06 al 22 de junio de 2008, siendo
que el inculpado abonó a la deuda total de ¢433,955,08 la suma
de ¢60.000,00 mediante enteros de gobierno, resultando el saldo
en descubierto descrito”. Lo anterior con fundamento en el Oficio
3986-03-2010-DRH-DRC-SR-ACA del 26 de marzo del 2010
del Departamento de Remuneraciones y Compensaciones de la
Dirección de Recursos Humanos. El debido proceso será instruido
por la Lic. Helena Castillo Ramírez, teléfono 2586-42-85 ó 222769-57. Si existiere oposición al monto adeudado, se te hace saber
al encausado que cuenta con el plazo de 15 días hábiles contados
a partir del día siguiente del recibo de la presente notificación,
para presentar en el Departamento de Cobros Administrativos de
la Dirección Financiera del Ministerio de Seguridad Pública, sita
en barrio Córdoba, frente al liceo “Castro Madriz” en la ciudad de
San José, la prueba que estime conveniente. Puede cancelar la suma
adeudada mediante el depósito bancario a la cuenta del Banco Central
Nº 1-00000-739010000196 (Caja única del Estado), y aportando
el documento de depósito original a este Departamento. Toda la
documentación habida en el expediente administrativo puede ser
consultada en este Despacho en días y horas hábiles, y fotocopiada
a costa del interesado, advirtiéndose que, por la naturaleza dicha
de este expediente, de conformidad con los artículos 39 y 40
constitucional 273 y 229 de la Ley General de la Administración
Pública, se declara el mismo de acceso restringido sólo a las partes
y sus representantes legales, siendo lo aquí ventilado de interés
únicamente para el Ministerio y las partes, por lo que pueden incurrir
en responsabilidad civil, penal o de otra naturaleza te persona que
hiciere uso indebido o no autorizado de la información que aquí se
consigne. Se hace de su conocimiento que la presente resolución
no tiene recurso a tenor de lo dispuesto en el artículo 344 de la Ley
General de la Administración Pública. De igual manera, se le hace
saber al mencionado(a) que puede hacerse asesorar o acompañar de
un abogado durante todo el proceso. Se te previene que debe señalar
casa u oficina donde atender futuras notificaciones, de lo contrario
las resoluciones posteriores se tendrán por debidamente notificadas
de manera automática, con el solo transcurso de veinticuatro horas
después de dictadas conforme a la Ley de Notificaciones Judiciales.
Notifíquese.—Departamento de Cobros Administrativos.—Lic.
Beatriz López González, Órgano Director a. í.—O. C. Nº 9444.—
Solicitud Nº 37581.—C-175650.—(IN2010080606).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Por no haber sido posible notificarle en el domicilio conocido
por la administración, se ordena la notificación por medio de edictos
por tres veces consecutivas en La Gaceta de la siguiente Resolución
Nº 167-2010 DFCA.—Ministerio de Seguridad Pública.—Dirección
Financiera.—Departamento de Cobros Administrativos.—San
José, a las ocho horas con treinta y cinco minutos del doce de abril
del dos mil diez. Acorde con lo ordenado por los artículos 214 y
siguientes de la Ley General de la Administración Pública, y los
alcances del Decreto Ejecutivo Nº 32177-SP, artículo 48. Procede
este Departamento en calidad de órgano director, a iniciar el
Procedimiento Sumario Administrativo de Cobro contra del señor
Juan Montezuma Bejarano, cédula de identidad número 6-306-989
exfuncionario de esta cartera por adeudar a este ministerio la suma
total de ¢453.338,58 (cuatrocientos cincuenta y tres mil trescientos
treinta y ocho colones con cincuenta y ocho céntimos), desglosada
de la siguiente manera ¢338.112,41 por concepto de 30 días de
preaviso que no respetó, ya que presentó su renuncia el 17 de agosto
del 2009 y rige a partir de la misma fecha y la suma de ¢115.226,17
por concepto de incapacidades no deducidas oportunamente de su
salario, otorgada por la Caja Costarricense de Seguro Social que
comprenden del : 14 al 16 de julio del 2009 y 17 al 26 de julio del 2009.
Lo anterior con fundamento en el oficio 13230-2009-DRH-RC-R
del 2 de diciembre del 2009 del Departamento de Remuneraciones
y Compensaciones de la Dirección de Recursos Humanos. El debido
proceso será instruido por la Asistente Legal Fresia Kayem Pérez,
teléfono 2586-42-85 ó 2227-69-57. Si existiere oposición al monto
adeudado, se le hace saber al encausado que cuenta con el plazo
de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente del recibo
de la presente notificación, para presentar en el Departamento de
Cobros Administrativos de la Dirección Financiera del Ministerio
de Seguridad Pública, sita en Barrio Córdoba, frente al Liceo Castro
Madriz en la ciudad de San José, la prueba que estime conveniente.
Puede cancelar la suma adeudada a la cuenta del Fondo General
de la Tesorería Nacional del Ministerio de Hacienda por medio de
entero a favor de gobierno cuenta Nº 10000073901000196 (caja
única del Estado) y aportando el documento de depósito original a
este Departamento. Toda la documentación habida en el expediente
administrativo puede ser consultada en este Despacho en días y
horas hábiles, y fotocopiada a costa del interesado, advirtiéndose
que por la naturaleza dicha de este expediente, de conformidad con
los artículos 39 y 40 constitucional, 273 y 229 de la Ley General de
la Administración Pública, se declara el mismo de acceso restringido
sólo a las parles y sus representantes legales, siendo lo aquí ventilado
de interés únicamente para el Ministerio y las partes, por lo que
pueden incurrir en responsabilidad civil, penal o de otra naturaleza la
persona que hiciere uso indebido o no autorizado de la información
que aquí se consigne. Asimismo se hace de su conocimiento que en
contra de esta resolución proceden los recursos de Revocatoria y
Apelación en Subsidio, a interponer ante el órgano director que dicta
esta resolución, a quien corresponde resolver el primero, y elevar
el segundo al conocimiento del superior jerárquico. Es potestativo
emplear uno o ambos, pero será inadmisible el interpuesto pasadas 24
horas contadas a partir de la notificación de este acto y los enviados
vía fax. De igual manera, se le hace saber al mencionado que puede
hacerse asesorar o acompañar de un abogado durante todo el proceso.
Se le previene que debe señalar casa u oficina donde atender futuras
notificaciones, de lo contrario las resoluciones posteriores se le
tendrán por debidamente notificadas de manera automática, con el
solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas conforme
a la Ley de Notificaciones Judiciales. Notifíquese.—Departamento
de Cobros Administrativos, Órgano Director.—Lic. Beatriz López
González, Jefa a. í.—O. C. Nº 9444.—Solicitud Nº 37587.—C175950.—(IN2010080601).
MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Ministerio de Comercio Exterior: Que en virtud de que no
fue posible localizar la citada empresa en la dirección consignada
en el expediente administrativo, tal y como consta en las Actas
de Notificación de las once horas, del día dieciocho de mayo del
año dos mil diez, con fundamento en los artículos 241 y 242 de la
Ley General de la Administración Pública, se procede a notificar
a la empresa por este medio el siguiente acto: DMR-00092-10.
Gemtromics S. A.
DMR-00092-10.—San José, a las dieciséis horas cuarenta y
siete minutos del día tres de setiembre del año dos mil diez.
Procedimiento Administrativo seguido a la empresa
Gemtronics Sociedad Anónima, con cédula jurídica número 3-101111973, representada por el señor Gerardo Morales Buganza, mayor,
cédula de identidad nueve-cero diecisiete-trescientos veinte, en su
condición de Presidente con facultades de Apoderado Generalísimo
sin límite de suma.
Resultando:
I.—Que por Acuerdo Ejecutivo N° 273-90, publicado en
el Diario Oficial La Gaceta N° 245 del 26 de diciembre de 1990
y sus reformas, se otorgó a la empresa Gemtronics, Sociedad
Anónima, con cédula jurídica número 3-101-111973, los beneficios
La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010
e incentivos contemplados en la Ley de Régimen de Zonas
Francas, Ley Nº 7210 del 23 de noviembre de 1990, sus reformas
y su Reglamento, calificándola como industria procesadora de
exportación para el desarrollo de operaciones manufactureras de
tecnología y electrónica.
II.—Que mediante oficios G.O.3333-06 de fecha 30 de
noviembre de 2006 y G.O. 1542-08 de fecha 14 de mayo de 2008,
la Instancia Interna de la Promotora del Comercio Exterior de Costa
Rica (en adelante Procomer), recomendó al Despacho del Ministro
de Comercio Exterior, iniciar un procedimiento administrativo a la
citada empresa Gemtronics, S. A., por el supuesto incumplimiento
al Régimen de Zonas Francas, conforme se detalla en los citados
memoriales debidamente agregados al expediente administrativo
levantado al efecto y que establecen en lo que interesa, que de
acuerdo con el análisis y reporte correspondiente de la Gerencia
de Operaciones de Procomer, esta empresa no presentó el informe
anual de operaciones correspondiente a los períodos fiscales 2003
al 2007, así como por cese de operaciones sin realizar los trámites
de ley. Señalando los oficios de interés la eventual violación de los
numerales 19 y 32, de la Ley 7210 y sus reformas y los supuestos
contemplados en el texto actual de los numerales 62 y 67 del
Reglamento a la Ley de Zonas Francas.
III.—Que mediante resolución del Poder Ejecutivo DMR00048-10 de las trece horas del día veintiuno de mayo del año dos
mil diez, se dispuso la tramitación del Procedimiento Administrativo
a la empresa Gemtronics, S. A. Asimismo mediante resolución del
Órgano Director del Procedimiento Administrativo, OD-034-10001 de las dieciséis horas del día dos de julio de dos mil diez, se
dio inicio al citado procedimiento y se convocó a la empresa a una
comparecencia oral y privada a realizarse a las diez horas del día
treinta de agosto del dos mil diez, en la Sede del Órgano Director.
Ambas resoluciones fueron debidamente notificadas mediante
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
IV.—Que a la comparecencia, celebrada en la fecha y hora
antes citada no se presentó ningún representante de la empresa, ni se
ha hecho llegar a este expediente prueba de descargo alguna.
Considerando:
I.—Que el artículo 19 de la Ley de Régimen de Zonas Francas,
Ley 7210, debidamente transcrito en la resolución de inicio de
procedimiento, establece como obligaciones de los beneficiarios de
dicho régimen, entre otras la de proporcionar informes con respecto
a los niveles de empleo, inversión, valor agregado nacional y otros
temas que se indiquen en el correspondiente Acuerdo Ejecutivo de
otorgamiento. Del mismo modo se establece la necesidad de cumplir
con todas las obligaciones que le impongan la Ley de Régimen de
Zonas Francas y su Reglamento así como el Contrato de Operación
respectivo.
II.—Asimismo el numeral 32 de la citada Ley 7210, igualmente
incorporado en la resolución de inicio, establece la posibilidad de
que el Ministerio de Comercio Exterior imponga una multa hasta
de trescientas veces el salario base de acuerdo con la definición del
artículo 2 de la Ley N° 7337 de 5 de mayo de 1993, o suprimir desde
un mes hasta un año, uno o varios de los incentivos indicados en el
artículo 20 de esta ley o revocar el régimen, sin responsabilidad para
el Estado, a las empresas que, incurran, entre otras infracciones, en
la presentación extemporánea o no presentación del informe anual
dentro del plazo establecido. Igualmente según el texto del artículo
32 de interés, para determinar la sanción aplicable se tomará en
cuenta la gravedad de la falta, el grado de culpa o la existencia
de dolo por parte de los empleados o personeros de la empresa, la
reincidencia y cuando se trate de multas, el volumen de ingresos de
la empresa.
III.—Que adicionalmente a las normas citadas resultan
aplicables en la tramitación de este procedimiento administrativo
los artículos 62 y 67, del actual Reglamento a la Ley de Zonas
Francas, Decreto Ejecutivo N° 34739-COMEX-H del 29 de
agosto de 2008, toda vez que los mismos recogen y detallas las
obligaciones y deberes de las empresas beneficiarias del Régimen
de cita, contenidos antiguamente en los artículos 34 y 39 del Decreto
Ejecutivo N° 29606-H-COMEX.
IV.—De acuerdo con los anteriores planteamientos y con la
prueba que está incorporada en el expediente, se tienen como hechos
probados de interés en este procedimiento los siguientes:
Pág 69
1) Que por Acuerdo Ejecutivo N° 273-90, publicado en el Diario
Oficial La Gaceta N° 245 del 26 de diciembre de 1990 y
sus reformas, se otorgó a la empresa Gemtronics, Sociedad
Anónima, con cédula jurídica número 3-101-111973, los
beneficios e incentivos contemplados en la Ley de Régimen
de Zonas Francas, Ley Nº 7210 del 23 de noviembre de 1990,
sus reformas y su Reglamento, calificándola como industria
procesadora de exportación para la producción y exportación
de accesorios eléctricos. (Ver expediente ejecutivo de la
empresa).
2) Que la empresa Gemtronics, Sociedad Anónima, con cédula
jurídica número 3-101-111973, fue debidamente intimada
y notificada de la realización de este procedimiento, de los
hechos que se le atribuyen, así como de la citación para
la comparecencia oral y privada. (Ver folios 18 a 28 del
expediente administrativo)
3) Que la empresa Gemtronics, Sociedad Anónima, con
cédula jurídica número 3-101-111973, no se presentó
a la comparecencia oral y privada ni aportó prueba de
descargo en este procedimiento. (ver folio 29 del expediente
administrativo).
4) Que la empresa Gemtronics, Sociedad Anónima, con cédula
jurídica número 3-101-111973 no presentó los informes anuales
de operaciones de los períodos 2000 al 2007 asimismo cesó
operaciones sin realizar los procedimientos correspondientes.
(Ver folios 3 a 9 del expediente administrativo).
V.—De conformidad con todo lo expuesto anteriormente
y la documentación que consta en el expediente respectivo este
Despacho formula las siguientes consideraciones y conclusiones:
Este procedimiento administrativo ha sido iniciado con
fundamento en la información suministrada por la Instancia Interna
de Procomer mediante oficios G.O.3333-06 de fecha 30 de noviembre
de 2006 y G.O. 1542-08 de fecha 14 de mayo de 2008, mediante los
cuales se puso en conocimiento de este Ministerio la existencia de
eventuales incumplimientos por parte de la compañía Gemtronics,
S. A., concretamente no presentación de los informes anuales de
operaciones de los períodos 2000 al 2007 y cese de operaciones
sin el cumplimiento de los trámites que prescriben las normas
reguladoras de la materia. Así las cosas, según las formalidades de
ley, se otorgó audiencia a la empresa citada sobre los hechos que le
fueron atribuidos y por los que se inició este procedimiento.
Sobre los hechos detallados en los informes remitidos por
Procomer, así como en la resolución OD-034-10-001, tenemos
que, tal como se viene de indicar la empresa no se presentó a la
comparecencia respectiva ni aportó al expediente prueba de descargo
alguna acerca de los incumplimientos que le fueron atribuidos.
Ahora bien, frente a las circunstancias expuestas, en nuestro criterio,
cobra especial importancia, el hecho de que la empresa Gemtronics,
S. A., como beneficiaria del Régimen de Zonas Francas adquirió
responsabilidades determinadas tanto legal y reglamentariamente,
como contractualmente, las cuales no cumplió como debía hacerlo
en su condición de beneficiaria de un régimen de favor fiscal. Por
otra parte, tampoco puede ignorarse que no obstante el conocimiento
de la existencia de los incumplimientos así como de la trascendencia
de los mismos los personeros de la empresa no acudieron a la
comparecencia de interés, ni han aportado prueba documental
alguna sobre las circunstancias antes apuntadas.
En la especie, según se ha expuesto, este Despacho tiene
por demostrados los graves incumplimientos de la empresa (hecho
probado 4), sean no presentación del informe anual de operaciones
durante los períodos 2000 al 2007 y cese de operaciones sin el
cumplimiento de los trámites que disponen las normas aplicables en
la materia, aspectos que, en nuestro criterio, constituyen falta grave
que ameritan proceder con la revocatoria del Régimen respecto de
la misma. Así las cosas, en nuestro criterio, acorde con las pruebas
aportadas a este expediente sobre los incumplimientos acreditados y
la falta de interés de la empresa, para enfrentar este procedimiento,
lo procedente es revocar el Régimen de Zona Franca a la empresa
Gemtronics, S. A., con cédula jurídica número 3-101-111973. Por
tanto,
Pág 70
La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010
LA MINISTRA DE COMERCIO EXTERIOR, RESUELVE:
Con fundamento en los hechos y consideraciones antes
expuestos y en los numerales 19 incisos e) y g), 32, incisos c),
h) y l) y 33, de la Ley del Régimen de Zonas Francas, Ley 7210
del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas, los numerales
pertinentes del texto actual de su Reglamento Decreto Ejecutivo N°
34739-Comex-H del 29 de agosto de 2008, publicado en el Diario
Oficial La Gaceta N° 181 del 19 de setiembre de 2008, alcance N°
35, el Acuerdo Ejecutivo N° 273-90, el Contrato de Operaciones
firmado por la empresa: a) Revocar en todos sus extremos, sin
ninguna responsabilidad para el Estado, el Régimen de Zona Franca
otorgado a la empresa Gemtronics, S. A. cédula jurídica 3-101111973, mediante Acuerdo Ejecutivo N° 273-90, publicado en
el Diario Oficial La Gaceta N° 245 del 26 de diciembre de 1990
y sus reformas. b) Comunicar la presente resolución a Procomer
y a la Dirección General de Aduanas. c) Contra la presente
resolución cabe el recurso de reposición, que deberá ser interpuesto
válidamente ante este Despacho, dentro del plazo perentorio
de cinco días hábiles siguientes a la notificación de la presente
resolución. Notifíquese.—Anabel González Campabadal, Ministra
de Comercio Exterior.—O. C. Nº 117148.—Solicitud Nº 23355.—
C-492150.—(IN2010081804).
Ministerio de Comercio Exterior: Que en virtud de que no
fue posible localizar la citada empresa en la dirección consignada
en el expediente administrativo, tal y como consta en las Actas
de Notificación de las once horas, del día dieciocho de mayo del
año dos mil diez, con fundamento en los artículos 241 y 242 de la
Ley General de la Administración Pública, se procede a notificar
a la empresa por este medio el siguiente acto: DMR-00093-10.
Artesanos de Ensamblaje y Producción ADEPSA, S. A.
DMR-00093-10.—San José, a las dieciséis horas cincuenta
minutos del día tres de setiembre del año dos mil diez.
Procedimiento Administrativo seguido a la empresa Artesanos
de Ensamblaje y Producción, ADEPSA, S. A., con cédula jurídica
número 3-101-316458, representada por la señora Ana Isabel
Herrera Camacho, mayor, empresaria, vecina de San José, cédula de
identidad uno-trescientos siete-doscientos diez, en su condición de
Apoderada Generalísima, sin límite de suma.
Resultando:
I.—Que por Acuerdo Ejecutivo N° 299-2002 de fecha 12 de
julio de 2002, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 155 del 14
de agosto de 2002 y sus reformas, se otorgó a la empresa Artesanos
de Ensamblaje y Producción, ADEPSA, S. A., con cédula jurídica
número 3-101-316458, los beneficios e incentivos contemplados
en la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley Nº 7210 del 23 de
noviembre de 1990 y sus reformas, y su Reglamento, calificándola
como industria procesadora de exportación para la manufactura
y el ensamblaje de componentes metálicos y eléctricos, circuitos
integrados y micro estructuras electrónicas.
II.—Que mediante oficios G.O. 1542-08 de fecha 14 de mayo
de 2008, G.A.F. 209-09 de fecha 19 de junio de 2009 y G.O. 186209, de fecha 18 de mayo de 2009, emitidos por la Instancia Interna
de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica (en adelante
Procomer), se recomendó al Despacho del Ministro de Comercio
Exterior iniciar un procedimiento administrativo a la empresa
Artesanos de Ensamblaje y Producción ADEPSA, S. A., por el
supuesto incumplimiento al Régimen de Zonas Francas, conforme
se detalla en los citados memoriales debidamente agregados al
expediente administrativo levantado al efecto y que establecen en lo
que interesa, que de acuerdo con el análisis y reporte correspondiente
de la Gerencia de Operaciones de PROCOMER, esta empresa no
presentó el informe anual de operaciones correspondiente a los
períodos 2007 y 2008, tiene un atraso mayor en el pago del canon
por uso del Régimen de Zonas Francas e hizo abandono de las
instalaciones del parque sin realizar los trámites correspondientes.
Señalando los oficios de interés la eventual violación de los
numerales 19 y 32, de la Ley 7210 y sus reformas y los supuestos
contemplados en el texto actual de los numerales 62, 67 y 68 del
Reglamento a la Ley de Zonas Francas.
III.—Que mediante resolución del Poder Ejecutivo DMR0025-10 de las catorce horas del día tres de febrero del año dos mil
diez, se dispuso la tramitación del Procedimiento Administrativo
a la empresa Artesanos de Ensamblaje y Producción ADEPSA,
S. A. Asimismo mediante resolución del Órgano Director del
Procedimiento Administrativo, OD-0026-10-001 de las dieciséis
horas treinta minutos del diecisiete de mayo de dos mil diez, se
dio inicio al citado procedimiento y se convocó a la empresa a una
comparecencia oral y privada a realizarse a las trece horas del día
cuatro de agosto del dos mil diez en la Sede del Órgano Director.
Ambas resoluciones fueron debidamente notificadas mediante
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
IV.—Que a la comparecencia, celebrada en la fecha y hora
antes citada no se presentó ningún representante de la empresa, ni se
ha hecho llegar a este expediente prueba de descargo alguna.
Considerando:
I.—Que el artículo 19 de la Ley de Régimen de Zonas Francas,
Ley 7210, debidamente transcrito en la resolución de inicio de
procedimiento, establece como obligaciones de los beneficiarios de
dicho régimen, entre otras la de proporcionar informes con respecto
a los niveles de empleo, inversión, valor agregado nacional y otros
temas que se indiquen en el correspondiente Acuerdo Ejecutivo de
otorgamiento. Del mismo modo se establece la necesidad de cumplir
con todas las obligaciones que le impongan la Ley de Régimen de
Zonas Francas y su Reglamento así como el Contrato de Operación
respectivo.
II.—Asimismo el numeral 32 de la citada Ley 7210, igualmente
incorporado en la resolución de inicio, establece la posibilidad de
que el Ministerio de Comercio Exterior imponga una multa hasta
de trescientas veces el salario base de acuerdo con la definición del
artículo 2 de la Ley N° 7337 de 5 de mayo de 1993, o suprimir desde
un mes hasta un año, uno o varios de los incentivos indicados en el
artículo 20 de esta ley o revocar el régimen, sin responsabilidad para
el Estado, a las empresas que, incurran, entre otras infracciones, en
la presentación extemporánea o no presentación del informe anual
dentro del plazo establecido. Igualmente según el texto del artículo
32 de interés, para determinar la sanción aplicable se tomará en
cuenta la gravedad de la falta, el grado de culpa o la existencia
de dolo por parte de los empleados o personeros de la empresa, la
reincidencia y cuando se trate de multas, el volumen de ingresos de
la empresa.
III.—Que adicionalmente a las normas citadas resultan
aplicables en la tramitación de este procedimiento administrativo
los artículos 62, 67 y 68, del actual Reglamento a la Ley de Régimen
de Zonas Francas, Decreto Ejecutivo N° 34739-COMEX-H del 29
de agosto de 2008, toda vez que los mismos recogen y detalla las
obligaciones y deberes de las empresas beneficiarias del Régimen
de cita, contenidos antiguamente en los artículos 34 y 39 del Decreto
Ejecutivo N° 29606-H-COMEX.
IV.—De acuerdo con los anteriores planteamientos y con la
prueba que está incorporada en el expediente, se tienen como hechos
probados de interés en este procedimiento los siguientes:
1) Que por Acuerdo Ejecutivo N° 299-2002 de fecha 12 de
julio de 2002, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N°
155 del 14 de agosto de 2002 y sus reformas, se otorgó a la
empresa Artesanos de Ensamblaje y Producción, ADEPSA, S.
A., con cédula jurídica número 3-101-316458, los beneficios
e incentivos contemplados en la Ley de Régimen de Zonas
Francas, Ley Nº 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus
reformas, y su Reglamento, calificándola como industria
procesadora de exportación para la manufactura y ensamblaje
de componentes metálicos y eléctricos, circuitos integrados y
micro estructuras electrónicas. (Ver expediente ejecutivo de la
empresa).
La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010
2) Que la empresa Artesanos de Ensamblaje y Producción,
ADEPSA, S. A., con cédula jurídica número 3-101-316458,
fue debidamente intimada y notificada de la realización de
este procedimiento, de los hechos que se le atribuyen, así
como de la citación para la comparecencia oral y privada. (Ver
folios 32 a 42 del expediente administrativo)
3) Que la empresa Artesanos de Ensamblaje y Producción,
ADEPSA, S. A., con cédula jurídica número 3-101-316458,
no se presentó a la comparecencia oral y privada ni aportó
prueba de descargo en este procedimiento. (ver folio 43 del
expediente administrativo).
4) Que la empresa Artesanos de Ensamblaje y Producción,
ADEPSA, S. A., con cédula jurídica número 3-101-316458 no
presentó los informes anuales de operaciones de los períodos
2007 y 2008, asimismo cesó operaciones sin realizar los
procedimientos correspondientes y sufrió un atraso mayor en
el pago del canon por uso del Régimen de Zonas Francas (ver
folios 2 al 21 del expediente administrativo).
V.—De conformidad con todo lo expuesto anteriormente
y la documentación que consta en el expediente respectivo este
Despacho formula las siguientes consideraciones y conclusiones:
Este procedimiento administrativo ha sido iniciado con
fundamento en la información suministrada mediante oficios G.O.
1542-08 de fecha 14 de mayo de 2008, G.A.F. 209-09 de fecha 19
de junio de 2009 y G.O. 1862-09, de fecha 18 de mayo de 2009,
mediante los cuales se puso en conocimiento de este Ministerio
la existencia de eventuales incumplimientos por parte de la
empresa Artesanos de Ensamblaje y Producción ADEPSA, S. A.,
concretamente no presentación del informe anual de operaciones de
los períodos 2007 y 2008, cese de operaciones sin el cumplimiento
de los trámites que prescriben las normas reguladoras en la materia,
y atraso mayor en el pago del canon por uso del régimen. Así
las cosas, según las formalidades de ley, se otorgó audiencia a la
empresa citada sobre los hechos que le fueron atribuidos y por los
que se inició este procedimiento.
Sobre los hechos detallados en los informes remitidos por
PROCOMER, así como en la resolución OD-0026-010-001, tenemos
que, tal como se viene de indicar la empresa no se presentó a la
comparecencia respectiva ni aportó al expediente prueba de descargo
alguna acerca de los incumplimientos que le fueron atribuidos.
Ahora bien, frente a las circunstancias expuestas, en nuestro criterio,
cobra especial importancia, el hecho de que la empresa Artesanos
de Ensamblaje y Producción ADEPSA, S. A., como beneficiaria del
Régimen de Zonas Francas adquirió responsabilidades determinadas
tanto legal y reglamentariamente, como contractualmente, las cuales
no cumplió como debía hacerlo en su condición de beneficiaria de un
régimen de favor fiscal. Por otra parte, tampoco puede ignorarse que
no obstante el conocimiento de la existencia de los incumplimientos
así como de la trascendencia de los mismos los personeros de la
empresa no acudieron a la comparecencia de interés, ni han aportado
prueba documental alguna sobre las circunstancias antes apuntadas.
En la especie, según se ha expuesto, este Despacho tiene
por demostrados los graves incumplimientos de la empresa (hecho
probado 4), sean no presentación del informe anual de operaciones
durante los períodos 2007 y 2008, cese de operaciones sin el
cumplimiento de los trámites que disponen las normas aplicables
en la materia, y falta del pago del canon por uso del Régimen de
Zonas Francas, aspectos que, en nuestro criterio, constituyen falta
grave que amerita proceder con la revocatoria del Régimen respecto
de la misma. Así las cosas, de acuerdo con las pruebas aportadas
a este expediente sobre los incumplimientos acreditados y la falta
de interés de la empresa, para enfrentar este procedimiento, es lo
procedente es revocar el Régimen de Zona Franca a la empresa
Artesanos de Ensamblaje y Producción, ADEPSA, S. A., con cédula
jurídica número 3-101-316458. Por tanto,
LA MINISTRA DE COMERCIO EXTERIOR, RESUELVE:
Con fundamento en los hechos y consideraciones antes
expuestos y en los numerales 19 incisos e) y g), 32, incisos c),
h) y l) y 33, de la Ley del Régimen de Zonas Francas, Ley 7210
Pág 71
del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas, los numerales
pertinentes del texto actual de su Reglamento Decreto Ejecutivo N°
34739-COMEX-H del 29 de agosto de 2008, publicado en el Diario
Oficial La Gaceta N° 181 del 19 de setiembre de 2008, alcance N°
35, el Acuerdo Ejecutivo N° 299-2002, el Contrato de Operaciones
firmado por la empresa: a) Revocar en todos sus extremos, sin
ninguna responsabilidad para el Estado, el Régimen de Zona Franca
otorgado a la empresa Artesanos de Ensamblaje y Producción,
ADEPSA, S. A., con cédula jurídica número 3-101-316458,
mediante Acuerdo Ejecutivo N° 299-2002 de fecha 12 de julio de
2002, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 155 del 14 de
agosto de 2002 y sus reformas. b) Comunicar la presente resolución
a PROCOMER y a la Dirección General de Aduanas. c) Contra
la presente resolución cabe el recurso de reposición, que deberá
ser interpuesto válidamente ante este Despacho, dentro del plazo
perentorio de cinco días hábiles siguientes a la notificación de la
presente resolución. Notifíquese.—Anabel González Campabadal,
Ministra de Comercio Exterior.—O. C. Nº 117148.—Solicitud Nº
23355.—C-530400.—(IN2010081805).
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Por ignorarse el domicilio actual de Comfort System de Costa
Rica S. A., cédula física Nº 3-101-295908, se procede a notificar
por medio de publicación de acuerdo con el artículo 241 de la Ley
General de la Administración Pública, por tres veces consecutivas,
el acto final del Procedimiento de Resolución del Contrato de la
Contratación Directa 2008-1718, ejecución de la garantía de
cumplimiento por un monto de ¢ 722.304,00 como resarcimiento
parcial del pago de los daños y perjuicios, el monto total de este
rubro es de ¢ 33.704.903,00, por lo que la empresa deberá pagar la
diferencia, según oficio Nº 5225-1692-2010, el cual se encuentre de
manera íntegra en el expediente de sanción PA-045-10.
De acuerdo con lo previsto por los incisos 2) y 4) del artículo
150 de la Ley General de la Administración Pública, artículo 41 del
Reglamento al Título II de la Ley de Fortalecimiento y Modernización
de las Entidades Públicas del Sector Telecomunicaciones, artículos
97 y 98 del Reglamento Interno de la Contratación Administrativa.
Téngase esta resolución como la primer intimación de cobro, por lo
que se le insta a cancelar la suma adeudada e indicada en el apartado
anterior, en el plazo de cinco días hábiles posteriores a la notificación
de esta resolución, caso contrario, nos veremos en la obligación de
acudir a la vía judicial correspondiente.
Contra la presente resolución, de conformidad con los artículos
345 y 346 de la Ley General de la Administración Pública, proceden
los recursos de revocatoria y apelación, dentro del plazo de tres días
hábiles siguientes a esta notificación.—Proveeduría Corporativa.—
Fernando Chacón González, Procedimientos Administrativos.—O.
C. Nº 349713.—Solicitud Nº 40641.—C-23800.—(IN2010080487).
FE DE ERRATAS
TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
DIRECCIÓN NACIONAL DE PENSIONES
Junta de Pensiones e Indemnizaciones de Guerra.—San
José a las nueve horas del 25 de agosto del 2010. Que mediante
resolución RMT-1893-2010 de las 9:00 horas del 8 de junio del
2010, publicada en La Gaceta N° 152 del día viernes 6 de agosto
del 2010, a nombre de la solicitante Zúñiga Aguirre Ligia, mayor,
viuda, vecina de San José y cédula de identidad N° 8-086-129,
en la cual se consignó como monto de pensión asignable la suma
de cuarenta y tres mil seiscientos siete colones con cero céntimos
(¢43.607,00), léase correctamente: el monto de cuarenta y cuatro
mil ochocientos veintiocho colones con cero céntimos (¢44.828,00).
Notifíquese.—Lic. Sandra Piszk Feinzilber, Ministra de Trabajo y
Seguridad Social.—Lic. Róger Porras Rojas, Director.—1 vez.—
(IN2010080856).
175 aniversario
CIRCULAR Nº 019-2010
ASUNTO: Obligatoriedad de respaldo digital de las publicaciones en los Diarios Oficiales en algún
medio electrónico, a partir de enero del 2011.
LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA IMPRENTA NACIONAL
En uso de las facultades y atribuciones que confieren el artículo 4 de la Ley Nº 5394 del 5 de noviembre
de 1973, el artículo 14 inciso a) del Decreto Ejecutivo Nº 3937 del 1º de julio de 1974, los artículos 2, 3
y 10 del Decreto Ejecutivo Nº 26651 del 19 de diciembre de 1997, y en cumplimiento de las Normas
Técnicas para la Gestión y el Control de las Tecnologías de Información emitidas por la Contraloría
General de la República,
Considerando:
I.- Que la Imprenta Nacional ha tomado la firme decisión de evolucionar, como institución estatal de
naturaleza empresarial, para transformarse en una entidad altamente competitiva, y prestataria
de servicios más eficientes y optimizados, insertándose firmemente en el concepto de un Gobierno
Electrónico o Digital, y así ser parte de sus múltiples ventajas.
II.- Que el uso de nuevas tecnologías, para la publicación de los Diarios Oficiales, por medios
electrónicos conforme permite la ley, pretende no sólo reducir el uso de papel, sino además
lograr una mayor eficiencia y eficacia en la prestación de los servicios, reducción de tiempos y
costos, mejor acceso a la información, simplificación de trámites, mayor transparencia, etc.
III.- Que para la puesta en marcha de la utilización de estos medios electrónicos, se hace necesario
el requerimiento para que los usuarios presenten un respaldo digital de los documentos físicos a
publicar. Por tanto:
LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA IMPRENTA NACIONAL
HACE SABER AL PÚBLICO EN GENERAL QUE:
A partir de enero del 2011, para la publicación de toda clase de documentos en La Gaceta y el Boletín
Judicial, los usuarios deberán presentar, junto con el documento impreso, un respaldo digital, que sea
copia fiel del mismo, en algún medio electrónico (disco CD / DVD, dispositivo de almacenamiento
“llave maya”, u otro), o bien remitirlo por medio del correo electrónico que la Imprenta suministre.
La Imprenta Nacional asegurará al usuario que los datos sean procesados en forma completa,
exacta y oportuna y que serán transmitidos, almacenados y desechados en forma íntegra, confiable
y segura.
Los requerimientos técnicos sobre el formato de los documentos digitales pueden obtenerse en
las oficinas del Departamento de Publicaciones o en el sitio web de la Imprenta Nacional www.
imprentanacional.go.cr.
Jorge L. Vargas Espinoza
Director General Imprenta Nacional