GACETA Nº 195 de la fecha 07 10 2010
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GACETA Nº 195 de la fecha 07 10 2010
175 aniversario www.imprentanacional.go.cr La Uruca, San José, Costa Rica, jueves 7 de octubre del 2010 ¢ 300,00 AÑO CXXXII Nº 195 - 72 Páginas REMODELARÁN SEDES DE LA UNED Foto con fines ilustrativos Pág. 29 La Universidad Estatal a Distancia (UNED), requiere contratar los servicios de empresas constructoras para realizar mejoras y remodelaciones en diferentes centros universitarios. Pág 2 La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010 Este terreno deberá utilizarse exclusivamente para el funcionamiento y la construcción de la infraestructura destinada a la Feria del Agricultor de Jicaral de Puntarenas y actividades propias del Centro Agrícola Cantonal de Puntarenas, sede de Jicaral. CONTENIDO Pág Nº PODER LEGISLATIVO Leyes......................................................................... 2 PODER EJECUTIVO Decretos..................................................................... 3 Acuerdos.................................................................... 5 Resoluciones............................................................ 13 DOCUMENTOS VARIOS....................................... 15 TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES Edictos..................................................................... 28 CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA............... 28 REGLAMENTOS.................................................... 33 REMATES................................................................ 36 INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS......... 37 RÉGIMEN MUNICIPAL........................................ 43 AVISOS..................................................................... 51 NOTIFICACIONES................................................. 67 FE DE ERRATAS..................................................... 71 ARTÍCULO 2.Corresponderá a la Notaría del Estado realizar la segregación y donación correspondiente, así como cualquier otro acto notarial y registral necesario para la inscripción del inmueble al Centro Agrícola Cantonal de Puntarenas y la consecución de los objetivos de la presente Ley. El presente traspaso de inmueble se exime de todo pago de impuestos de traspaso, derechos de registros y timbres de todo tipo. Rige a partir de su publicación. ASAMBLEA LEGISLATIVA.—Aprobado a los diecinueve días del mes de agosto de dos mil diez. COMUNÍCASE AL PODER EJECUTIVO Luis Gerardo Villanueva Monge PRESIDENTE Mireya Zamora Alvarado PRIMERA SECRETARIA Ileana Brenes Jiménez SEGUNDA SECRETARIA Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los siete días del mes de setiembre del dos mil diez. El Alcance Nº 21 a La Gaceta Nº 194 circuló el miércoles 6 de octubre del 2010 y contiene acuerdos del Poder Legislativo, decretos, acuerdos y resoluciones del Poder Ejecutivo, Documentos Varios, acuerdos, resoluciones, edictos y avisos del Tribunal Supremo de Elecciones, Reglamentos, Instituciones Descentralizadas, Régimen Municipal, Avisos y Notificaciones. Ejecútese y publíquese LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—Gloria Abraham Peralta, Ministra de Agricultura y Ganadería.—1 vez.—O. C. 9540.—Solicitud Nº 28757.—C-40800.—(L8848-IN2010080066). Nº 8850 PODER LEGISLATIVO LAASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA DECRETA: LEYES AUTORIZACIÓN A LA MUNICIPALIDAD DE SANTA ANA PARA QUE REALICE UNA PERMUTA DE TERRENO PÚBLICO MUNICIPAL 8848 LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA DECRETA: DESAFECTACIÓN DE UN TERRENO PROPIEDAD DEL INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO Y AUTORIZACIÓN PARA SEGREGARLO Y DONARLO AL CENTRO AGRÍCOLA CANTONAL DE PUNTARENAS ARTÍCULO 1.Autorízase al Instituto de Desarrollo Agrario (IDA), con cédula jurídica número cuatro-cero cero cero-cero cuatro dos uno cuatro tres (Nº 4-000-042143), para que desafecte un lote de terreno de mil ciento noventa y nueve metros con noventa y ocho decímetros cuadrados (1.199,98 m²), de su finca inscrita en el Sistema de Folio Real matrícula número seis-cinco cero cinco nueve uno-cero cero cero (Nº 6-50591-000) y lo segregue y done al Centro Agrícola Cantonal de Puntarenas, con cédula de persona jurídica número tres-cero cero siete-cinco uno uno cero uno (N.º 3-007-51101) que es terreno para construir, situado en el distrito 4º, Lepanto; cantón I, Puntarenas; provincia, Puntarenas. Linda al norte con la Junta de Educación de Jicaral; al sur, con el Instituto de Desarrollo Agrario; al este, con Hugo Cordero Gatgens y, al oeste, con calle pública, y se ajusta en un todo al plano catastrado número P-ocho dos seis cinco ocho seis-dos cero cero dos (N.º P-826586-2002). ARTÍCULO 1.Autorízase a la Municipalidad del cantón de Santa Ana, cédula de persona jurídica número tres-cero catorce-cero cuatro dos cero cinco nueve-cero siete (N.º 3-014-042059-07), para que permute un terreno de su propiedad debidamente inscrito en el Registro Nacional bajo el Sistema de Folio Real mecanizado matrícula número doscientos cuarenta y tres mil doscientos diez-cero cero cero (243210-000) del partido de San José y que se describe así: naturaleza, terreno para construir. Situado en el distrito 4º, La Uruca; cantón IX, Santa Ana; provincia, San José. Linda al norte con Odilie Guillén; al sur y al este con Jorge Dale Walder y, al oeste, con Manuel Gerardo León. Mide mil trescientos treinta y un metros con cincuenta y nueve decímetros cuadrados (1.331,59 m2), plano no se indica, con el inmueble propiedad del señor Gerardo León Arias, mayor, casado una vez, cédula de identidad número uno-quinientos-cuatrocientos treinta y uno (1-500-431), que se describe así: naturaleza de potrero y café; situado en el distrito 4º, La Uruca; cantón IX, Santa Ana; provincia, San José. Linderos: al norte Milagro Umaña Umaña; al sur, Guillermo Umaña Umaña; al este, Betty Madrigal y, al oeste, camino Río Oro con diez metros cincuenta centímetros cuadrados (10,50 m²). Mide mil veinticinco metros con treinta y un decímetros cuadrados (1.025,31 m2). El plano no se indica. Jorge Luis Vargas Espinoza Director General Imprenta Nacional Director Ejecutivo Junta Administrativa Lic. Mario Zamora Cordero Ministerio de Gobernación y Policía, Presidente Teléfono: 2296 9570 Licda. Alexandra Meléndez Calderón Representante Editorial Costa Rica Teléfono: 2296 9570 Fax: 2220 0385 Lic. Isaías Castro Vargas 175 aniversario Representante Ministerio de Cultura y Juventud Apartado Postal: 5024-1000 www .imprentanacional.go.cr La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010 ARTÍCULO 2.Las escrituras correspondientes se efectuarán ante la Notaría del Estado y el traspaso estará exento de todo tipo de impuestos, tasas o contribuciones, tanto registrales como de cualquier otra índole. Asimismo, se autoriza a la Notaría del Estado para que corrija los posibles errores que señale el Registro Nacional. Rige a partir de su publicación. ASAMBLEA LEGISLATIVA.- Aprobado a los diecinueve días del mes de agosto de dos mil diez. COMUNÍCASE AL PODER EJECUTIVO Luis Gerardo Villanueva Monge PRESIDENTE Mireya Zamora Alvarado Ileana Brenes Jiménez PRIMERA SECRETARIA SEGUNDA SECRETARIA Dado en la Presidencia de la República, San José, a los siete días del mes de setiembre del año dos mil diez. Ejecútese y publíquese LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Gobernación y Policía, José María Tijerino Pacheco.—1 vez.— (L8850-IN2010081646). Nº 8852 LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA DECRETA: DESAFECTACIÓN DE UN LOTE PROPIEDAD DE LA MUNICIPALIDAD DEL CANTÓN DE BARVA DE HEREDIA Y AUTORIZACIÓN PARA QUE ESTA LO DONE A LA ASOCIACIÓN DE DESARROLLO ESPECÍFICA PRO OBRAS VARIAS DE PUENTE SALAS DE BARVA DE HEREDIA ARTÍCULO 1.Autorízase a la Municipalidad del cantón de Barva de Heredia, cédula jurídica número tres-cero uno cuatro-cero cuatro dos cero ocho nueve (Nº 3-014-042089), para que desafecte el inmueble de su propiedad inscrita en el partido de Heredia, matrícula de folio real número uno siete ocho ocho nueve nueve-cero cero cero (Nº 178899-000), y lo done a la Asociación de Desarrollo Específica Pro Obras Varias de Puente Salas de Barva de Heredia, cédula de persona jurídica número tres-cero cero dos-cero seis uno tres tres nueve (Nº 3-002-061339). El terreno está destinado a área comunal, plano catastrado número H-cero seis nueve ocho tres cuatro tresdos cero cero uno (Nº H-0698343-2001), situado en la provincia de Heredia; distrito 2º, San Pedro; cantón II, Barva. Los linderos son: al norte, lote destinado a parque; al sur, calle pública; al este, área de reserva para construir y, al oeste, área destinada a juegos infantiles. En su totalidad la finca mide doscientos ochenta y cuatro metros cuadrados con noventa y dos decímetros cuadrados (284,92 m²). ARTÍCULO 2.El inmueble donado será destinado a la construcción de un centro de atención al adulto mayor. En caso de que la Asociación donataria llegue a disolverse o el inmueble se destine a otro uso no autorizado en la presente Ley, el bien donado volverá de pleno derecho a ser propiedad de la Municipalidad del cantón de Barva de Heredia. Rige a partir de su publicación. ASAMBLEA LEGISLATIVA.—Aprobado a los diecinueve días del mes de agosto del dos mil diez. COMUNÍCASE AL PODER EJECUTIVO Luis Gerardo Villanueva Monge PRESIDENTE Mireya Zamora Alvarado Ileana Brenes Jiménez PRIMERA SECRETARIA SEGUNDA SECRETARIA Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los siete días del mes de setiembre del dos mil diez. Ejecútese y publíquese LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Gobernación, Policía, y Seguridad Pública, José María Tijerino Pacheco.—1 vez.—O. C. Nº 199075.—Solicitud Nº 29910.—C60770.—(L8852-IN2010081901). Pág 3 PODER EJECUTIVO DECRETOS Nº 36185-S LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA Y LA MINISTRA DE SALUD En uso de las facultades que les confieren los artículos 140, incisos 3) y 18) y 146 Constitución Política; 27 y 28 de la Ley Nº 6227 de 2 de mayo de 1978 “Ley General Administración Pública”; 1 y 2 de la Ley Nº 5395 de 30 de octubre de 1973 “Ley General de Salud”. Considerando: 1º—Que los días 12 al 14 de octubre del 2010, el Colegio de Enfermeras y Enfermeros de Costa Rica, realizará la “XIII Jornada de Salud Mental y Psiquiatría”. 2º—Que las actividades que se realizarán durante la actividad indicada, se consideran de importancia para el país en materia de Salud, toda vez que reunirán a Profesionales de las Ciencias de la Salud, tanto del sector público como del sector privado del país, así como expertos internacionales. 3º—Que los organizadores del evento han solicitado al Ministerio de Salid la declaratoria de interés público y nacional de las actividades citadas. Por tanto, Decretan: DECLARATORIA DE INTERÉS PÚBLICO Y NACIONAL LA “XIII JORNADA DE SALUD MENTAL Y PSIQUIATRÍA” Artículo 1º—Se declara de interés público y nacional, las actividades que llevará a cabo el Colegio de Enfermeras y Enfermeros de Costa Rica, con motivo de la celebración de la “XIII Jornada de Salud Mental y Psiquiatría”, que tendrá lugar en nuestro país del 12 al 14 de octubre del 2010. Artículo 2º—Las dependencias del Sector Público y del Sector Privado, dentro del marco legal respectivo, podrán contribuir con recursos económicos, en la medida de sus posibilidades y sin perjuicio del cumplimiento de sus propios objetivos, para la exitosa realización de las actividades indicadas. Artículo 3º—Rige a partir de su publicación. Dado en la Presidencia de la República.—San José a los treinta días del mes de agosto del dos mil diez. LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—La Ministra de Salud, Dra. María Luisa Ávila Agüero.—1 vez.—(D36185IN2010081667). Nº 36200-H LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE HACIENDA Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; los artículos 25 inciso 1), 27 inciso 1) y 28 inciso 2) acápite b) de la Ley Nº 6227, Ley General de la Administración Pública de 2 de mayo de 1978 y sus reformas; la Ley Nº 8131, Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos de 18 de setiembre del 2001 y sus reformas; su Reglamento, el Decreto Ejecutivo Nº 32988-H-MP-PLAN de 31 de enero del 2006 y sus reformas; la Ley Nº 1788, Ley Orgánica del Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo de 24 de agosto de 1954 y sus reformas y el Decreto Ejecutivo Nº 35111-H de 4 de marzo del 2009 y sus reformas. Considerando: 1º—Que mediante la Ley Nº 1788, publicada en La Gaceta Nº 194 de 24 de agosto de 1954 y sus reformas, se crea el Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo (INVU), el cual tiene dentro de sus atribuciones orientar sus actividades con miras a obtener un mayor bienestar económico y social, procurando a la familia costarricense una mejor habitación y los elementos conexos correspondientes. Pág 4 La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010 2º—Que mediante el oficio Nº PE-0151-07-2010 de 5 de julio del 2010, el Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo (INVU), solicita ampliar el gasto presupuestario máximo autorizado para el año 2010, en un monto de ¢2.738.004.512,83 (dos mil setecientos treinta y ocho millones cuatro mil quinientos doce colones con ochenta y tres céntimos), con el fin de mejorar la gestión institucional para el cumplimiento de los objetivos y metas. 3º—Que este incremento tendrá como fuente de financiamiento la venta de bienes y servicios, así como Transferencias de Gobierno y los recursos se utilizarán para cubrir gastos relacionados con: remuneraciones, servicios, materiales y suministros, transferencias corrientes, sueldos a base de comisión, prestaciones legales, seguros, sueldos por cargos fijos y otras transferencias a personas (incapacidades) y otros gastos en que incurrirá solamente el programa de Crédito, Ahorro y Préstamo. 4º—Que de los recursos anteriormente citados, se excluyen de la presente solicitud de ampliación del gasto presupuestario la suma de ¢192.111.822,33 (ciento noventa y dos millones ciento once mil ochocientos veintidós colones con treinta y tres céntimos), correspondiente a contribuciones patronales al Seguro de Salud de la CCSS, al IMAS, al INA, al FODESAF, al Banco Popular y de Desarrollo Comunal, al Régimen de Pensiones Complementarias, al Fondo de Capitalización Laboral y a fondos administrados por entes privados, por establecerlo así el artículo 2º del Decreto Ejecutivo Nº 35111-H, publicado en La Gaceta Nº 58 de 24 de marzo del 2009 y sus reformas. 5º—Que mediante el referido Decreto Ejecutivo No. 35111H, se emitieron las Directrices Generales de Política Presupuestaria para el año 2010, estableciéndose en el artículo 1º del citado Decreto, el gasto presupuestario del año 2010 para las instituciones cubiertas por el ámbito de la Autoridad Presupuestaria. 6º—Que con el oficio STAP-0653-09 de 27 de abril del 2009, se le comunicó al Presidente Ejecutivo el gasto presupuestario máximo autorizado al INVU para el año 2010, el cual se fijó en ¢10.067.990.000,00 (diez mil sesenta y siete millones novecientos noventa mil colones exactos), cifra que no contempla los gastos indicados en el presente decreto. 7º—Que por lo anterior, resulta necesario modificar el gasto presupuestario máximo fijado al Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo para el año 2010, incrementándolo en la suma de ¢2.545.892.690,50 (dos mil quinientos cuarenta cinco millones ochocientos noventa y dos mil seiscientos noventa colones con cincuenta céntimos). Por tanto, Decretan: Artículo 1º—Modifícase para el Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo (INVU), el gasto presupuestario máximo para el 2010, establecido en el Decreto Ejecutivo Nº 35111-H, publicado en La Gaceta Nº 58 de 24 de marzo del 2009 y sus reformas, quedando el límite de gasto presupuestario en la suma de ¢12.613.882.690,50 (doce mil seiscientos trece millones ochocientos ochenta y dos mil seiscientos noventa colones con cincuenta céntimos), para ese período. Artículo 2º—Rige a partir de su publicación. Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los nueve días del mes de setiembre del año dos mil diez. LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Hacienda, Fernando Herrero Acosta.—1 vez.—(D36200IN2010082713). Considerando: 1º—Que el Ministerio de Educación Pública (MEP) es el órgano del Poder Ejecutivo en el ramo de la educación, a cuyo cargo está la función de administrar todos los elementos que lo integran, para la ejecución de las disposiciones pertinentes del Título Sétimo de la Constitución Política, de la Ley Fundamental de Educación, de las leyes conexas y los respectivos reglamentos. 2º—Que la educación es una prioridad para el desarrollo integral del ser humano y el bienestar de la colectividad, así como el principal instrumento para enfrentar la pobreza, la desigualdad y la exclusión social. 3º—Que la sociedad del conocimiento global exige la consolidación de un sistema educativo flexible, dinámico e integrado, capaz de enfrentar los desafíos y aprovechar las oportunidades inherentes al desarrollo social, económico, cultural, científico y tecnológico, tanto a nivel nacional como internacional. 4º—Que las Direcciones Regionales de Educación (DRE), como parte integral de la organización administrativa del Ministerio de Educación Pública, constituyen la instancia representativa e integradora del sistema educativo costarricense en el nivel regional, así como el vínculo formal entre el nivel central y las comunidades educativas. 5º—Que por medio del Decreto Ejecutivo Nº 35513-MEP del 9 de setiembre de 2009, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 187 del 25 de setiembre de 2009, se establece la Organización Administrativa de las Direcciones Regionales de Educación (DRE) del Ministerio de Educación Pública. 6º—Que durante la implementación de la reforma regional se advierte la necesidad de introducir algunos ajustes a la conformación geográfica de algunas Direcciones Regionales de Educación con el fin de lograr una organización más balanceada en función del número de centros educativos, los servicios prestados y la población atendida, así como la atención de comunidades educativas localizadas en zonas geográficas de difícil acceso. 7º—Que por medio del oficio DM-4493-08-10, el Ministerio de Educación Pública (MEP) comunicó al Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (MIDEPLAN) los cambios requeridos en la conformación geográfica, con el propósito de actualizar el expediente del proceso de reforma regional, a pesar de que estos ajustes no modifican ni el número de Direcciones Regionales de Educación creadas ni la organización administrativa de las mismas, según lo establecido en el Decreto Ejecutivo 35513MEP del 9 de setiembre de 2009, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 187 del 25 de setiembre de 2009. Por tanto, Decretan: REFORMA A LOS ARTÍCULOS 20 Y 25 DEL DECRETO EJECUTIVO Nº 35513-MEP “ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA DE LAS DIRECCIONES REGIONALES DE EDUCACIÓN (DRE) DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA” Artículo 1º—Modifíquese los incisos a), b) y c) del artículo 20 para que en lo sucesivo se lean de la siguiente manera: “(…) a) Dirección Regional de Educación de San José-Central, con sede en el cantón de San José: Provincia Cantón San José San José Carmen Hospital Nº 36202-MEP Catedral LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA En ejercicio de las atribuciones conferidas en los artículos 11, incisos 3 y 18 del artículo 140 y 146 de la Constitución Política, 27, 28 inciso 2 acápite b, 59 y 113 de la Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978 Ley General de la Administración Pública, 1 y 7 de la Ley Nº 3481 del 13 de enero de 1965 Ley Orgánica del Ministerio de Educación Pública, Ley Nº 2160 del 25 de setiembre de 1957 Ley Fundamental de Educación, Distritos Zapote Hatillo San Sebastián San José Curridabat Curridabat Granadilla Sánchez La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010 Provincia Cantón San José Alajuelita Distritos Tirrases Alajuelita San Josecito San Antonio Concepción San Felipe Pág 5 Artículo 2º—Modifíquese el inciso b) artículo 25 para que en lo sucesivo se lea de la siguiente manera: “(…) b) Dirección Regional de Educación Peninsular, con sede en el Distrito de Paquera: Provincia Cantón Distritos Puntarenas Puntarenas Lepanto Paquera Cóbano b) Dirección Regional de Educación de San José-Norte, con sede en el cantón de Goicoechea: Provincia San José Cantón Goicoechea Distritos Guadalupe San Francisco Calle Blancos Mata de Plátano Ipís Rancho Redondo Purral San José Vásquez de Coronado PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA San Rafael Nº 059-PE EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA Con fundamento en lo dispuesto en la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del año 2010, Ley N° 8790, el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República, y el artículo 28 de la Ley 6227, Ley General de la Administración Pública. ACUERDA: Artículo 1º—Designar a la señora Emma Lizano Tracy, con cédula de identidad 9-0063-0910, Directora de Prensa y Asesora en Materia de Comunicación, Imagen y Manejo de los Medios de Comunicación, para que viaje a New York, Estados Unidos de América, en avanzada del 16 al 19 de setiembre del año en curso y del 20 al 25 de setiembre, acompañando a la señora Presidenta de la República, en su Comitiva Oficial de viaje, con el fin de asistir a la Cumbre de las Naciones Unidas. La salida de la señora Lizano Tracy será el 16 de setiembre y su regreso estará previsto para el 25 de setiembre del 2010. Artículo 2º—Los gastos por concepto de viáticos, impuestos, transporte, servicio de taxis aeropuerto-hotel y viceversa en la ciudad visitada, llamadas oficiales internacionales, faxes y servicio de Internet, fotocopias e impresiones, se le cancelarán del Título 201- Presidencia de la República, Programa 027-Información y Comunicación, Subpartida 10503- Transporte al Exterior y 10504-Viáticos al Exterior. Artículo 3º—Se le otorga la suma adelantada de ¢1.442.280,37 por concepto de viáticos sujetos a liquidación. Artículo 4º—Rige a partir del 16 de setiembre y hasta el 25 de setiembre del 2010. Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los diez días del mes de setiembre del año dos mil diez. Francisco Javier Marín Monge, Ministro de la Presidencia a. í.—1 vez.—O. C. 9713.—Solicitud Nº 157-2010.—C-29750.— (IN2010080089). Patalillo Cascajal Moravia San Vicente San Jerónimo Trinidad San José Tibás San Juan Cinco Esquinas Anselmo Llorente San José Montes de Oca San Pedro Sabanilla Mercedes o Betania San Rafael c) Dirección Regional de Educación de San José-Oeste, con sede en el cantón de San José: Provincia San José Cantón San José Distritos Merced Mata Redonda Pavas Uruca San José Tibás León XIII Colima San José Santa Ana Santa Ana Salitral Pozos o Concepción Uruca o San Joaquín Piedades Brasil San José Escazú ACUERDOS San Isidro Dulce Nombre de Jesús San José (…) Artículo 3º—Rige a partir de su publicación. Dado en la Presidencia de la República, a los 27 días del mes de setiembre del año dos mil diez. LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Educación Pública, Leonardo Garnier Rímolo.—1 vez.—O. C. 9600.—(Solicitud Nº 13932).—C-163500.—(D36202IN2010083239). Escazú San Antonio San Rafael Nº 060-PE EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA Con fundamento en lo dispuesto en la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del año 2010, Ley Nº 8790, el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República, y el artículo 28 de la Ley 6227, Ley General de la Administración Pública. Pág 6 La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010 ACUERDA: Artículo 1º—Designar al señor Luis Guillermo Herrera Montoya, con cédula de identidad 1-1088-0655, Camarógrafo, para que viaje a New York, Estados Unidos de América, en avanzada del 16 al 19 de setiembre del año en curso y del 20 al 25 de setiembre, acompañando a la señora Presidenta de la República, en su Comitiva Oficial de viaje, con el fin de asistir a la Cumbre de las Naciones Unidas. La salida del señor Herrera Montoya será el 16 de setiembre y su regreso estará previsto para el 25 de setiembre del 2010. Artículo 2º—Los gastos por concepto de viáticos, impuestos, transporte, servicio de taxis aeropuerto-hotel y viceversa en la ciudad visitada, se le cancelarán del Título 201-Presidencia de la República, Programa 027-Información y Comunicación, Subpartida 10503- Transporte al Exterior y 10504-Viáticos al Exterior. Artículo 3º—Se le otorga la suma adelantada de ¢1.442.280,37 por concepto de viáticos sujetos a liquidación. Artículo 4º—Rige a partir del 16 de setiembre y hasta el 25 de setiembre del 2010. Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los diez días del mes de setiembre del año dos mil diez. Francisco Javier Marín Monge, Ministro de la Presidencia a. í.—1 vez.—O. C. 9713.—Solicitud Nº 157-2010.—C-29750.— (IN2010080188). Nº 098-P LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA Con fundamento en el artículo 26 inciso b) de la Ley N° 6227 Ley General de la Administración Pública, lo dispuesto en la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2010, Ley Nº 8790 y el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República. ACUERDA: Artículo 1º—Designar al señor Luis Liberman Ginsburg, portador de la cédula de identidad número 1-0340-0025, Segundo Vicepresidente de la República, para que viaje a México, México D. F. del 14 al 15 de setiembre del presente año, con el fin de representar a la señora Presidenta de la República en los festejos del Bicentenario de la Independencia y Centenario de la Revolución a celebrarse en dicha ciudad. La salida del señor Liberman está programada para el 14 de setiembre y su regreso el 15 de setiembre del 2010. Artículo 2º—Los gastos por concepto de viáticos, impuestos, servicio de taxis aeropuerto-hotel y viceversa en la ciudad visitada, se le cancelarán del Título 201-Presidencia de la República, Programa 021-Administración Superior, Subpartida 10503-Transporte al Exterior y 10504-Viáticos al Exterior. Artículo 3º—En caso de que el funcionario incurriere en gastos de representación los mismos serán cancelados contra la presentación de las facturas en la liquidación. Artículo 4º—Se le otorga la suma adelantada de ¢144.231,00 por concepto de viáticos sujetos a liquidación. Artículo 5º—Rige a partir de las 7:00 horas del 14 de setiembre y hasta las 21:40 horas del 15 de setiembre del 2010. Dado en la Presidencia de la República, San José, a los trece días del mes de setiembre del año dos mil diez. LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. 9702.— Solicitud Nº 158-2010.—C-32300.—(IN2010080086). N° 105-P LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA De conformidad con lo establecido en los artículos 140, inciso 12 y 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico 2010, Ley N° 8790, y los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, Considerando: 1º—Que es de interés para el Gobierno de Costa Rica, la participación en la Reunión Intersectorial de Ministros de Relaciones Exteriores del Sistema de la Integración Centroamericana (SICA) y la reunión del Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores que se llevará a cabo del 1 al 4 de setiembre de 2010 en la República de Guatemala. 2º—Que es importante la participación del señor René Castro Salazar, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, ya que en dichas reuniones se tomarán decisiones importantes sobre temas estratégicos relacionados con la seguridad regional. Por tanto, ACUERDA: Artículo 1º—Autorizar al señor René Castro Salazar, cédula 1-518-181, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, para que viaje a ciudad de Guatemala, Guatemala y participe en la Reunión Intersectorial de Ministros de Relaciones Exteriores del Sistema de la Integración Centroamericana (SICA), y la Reunión del Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores a realizarse del 1 al 4 de setiembre del 2010 en la República de Guatemala. Artículo 2º—Los tiquetes aéreos, viáticos, transporte interno, llamadas internacionales, gastos de representación, servicio de internet corren por cuenta del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, de conformidad con el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, programa 079, despacho del Ministro, subpartida 1.05.03 de tiquetes aéreos y subpartida 1.05-04 de viáticos. Se autoriza la suma de $240.00 diarios para un total de $960.00 y la suma de $500 por gastos de representación. Se autoriza al señor Ministro a realizar llamadas internacionales. Todo sujeto a liquidación. Artículo 3º—Durante la ausencia del señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, se nombra como ministro a. í., al señor Carlos Alberto Roverssi Rojas, Viceministro de Relaciones Exteriores y Culto. Artículo 4º—Rige a partir de las 17:35 horas del 01 de setiembre del 2010 y hasta las 9:34 horas del 4 de setiembre del 2010. Dado en la Presidencia de la República, a 1os 25 días del mes de agosto del dos mil diez. LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. Nº 8190.—Solicitud Nº 13640.—C-41650.—(IN2010079730). Nº 109-P LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 139 inciso 1) de la Constitución Política, 26.a) y 47.3) de la Ley General de la Administración Pública, N° 6227 de 2 de mayo de 1978, en la Ley Reguladora de los Gastos de Viaje y Gastos por concepto de Transportes para todos los Funcionarios del Estado N° 3462 de 26 de noviembre de 1964 y en el Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República R-DC-92-2009 de 19 de noviembre de 2009. ACUERDA: Artículo 1º—Autorizar a la señora Laura Alfaro Maykall, cédula de identidad número 1-829-246, Ministra de Planificación Nacional y Política Económica, para que viaje y participe en la “Reunión Plenaria de Alto Nivel sobre los avances de los Objetivos de Desarrollo del Milenio, en el Marco del Sexagésimo Quinto Período de Sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas”, organizada por la Organización de las Naciones Unidas, a celebrarse en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, del 20 al 23 de setiembre de 2010. Artículo 2º—El Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (MIDEPLAN) cubrirá los gastos por concepto de transporte, viáticos, impuestos sobre boletos de transporte, tributos o tarifas que se deban pagar en terminales de transporte, póliza de seguro por accidente (INS: Seguro Viajeros con Asistencia) y otros gastos menores (como llamadas telefónicas, servicio de fax e Internet) del 19 al 23 de setiembre de 2010, con cargo al Título 217 (Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica), Programa 863 (Administración Central), Subpartidas 1.05.03 (Transporte en el Exterior), 1.05.04 (Viáticos en el Exterior) y 1.06.01 (Seguros) del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2010 (Ley N° 8790 de 8 de diciembre de 2009). La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010 Artículo 3º—Conceder licencia sin goce de salario a la señora Alfaro Maykall para atender compromisos personales, del 24 al 26 de setiembre de 2010. Artículo 4º—Durante la ausencia de la señora Alfaro Maykall, se encarga la Cartera de Planificación Nacional y Política Económica al señor Marco Antonio Vargas Díaz, cédula de identidad número 1-427-845, Ministro de la Presidencia. Artículo 5º—Rige de las 7:00 horas del 19 de setiembre hasta las 24:00 horas del 26 de setiembre del 2010. Dado en la Presidencia de la República, a los catorce días del mes de setiembre del dos mil diez. LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. 9394.— Solicitud Nº 10134.—C-29750.—(IN2010080088). CONSEJO DE GOBIERNO Nº 061.—San José, 25 de agosto del 2010 LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA En ejecución de lo dispuesto por el Consejo de Gobierno en el acuerdo que consta en el artículo segundo del acta de la sesión ordinaria Nº nueve, celebrada el veintinueve de junio del dos mil diez. ACUERDAN: Nombrar ante la Junta Directiva del Instituto Costarricense de Pesca y Acuicultura (INCOPESCA): 1. Al señor Asdrúbal Vásquez Núñez, cédula de identidad número 2-283-303, en representación del Sector Industrial o del Exportador de Productos Pesqueros o Acuícolas, quien se elige de la terna enviada por la Cámara Costarricense de la Industria Atunera (CATUN), remitida mediante memorial de 31 de mayo del 2010 suscrita por el señor Tomás Gilmore Miller, compuesta por la persona que en este acto se nombra y por los señores Rolando Hoffmaister Sagell, cédula de identidad número 1-527-398 y Eugenio Calvo Quesada, cédula de identidad número 1-881-449. También fue analizada para este nombramiento, la terna enviada por la señora Ana María Conejo Elizondo, Directora Ejecutiva de la Cámara Nacional de Exportadores de Productos Pesqueros, mediante oficio DE02-2010 de 2 de junio del 2010, compuesta por los señores Asdrúbal Vásquez Núñez, cédula de identidad número 2-283303; Wálter Cruz Sandoval, cédula de identidad número 1-763-246 y Héctor Fernández Cambronero, cédula de identidad número 6-100-562. Al señor Álvaro Moreno Gómez, cédula de identidad número 6-137-555, en representación de las Organizaciones de Pescadores o Acuacultores de las Provincias Costeras del País, quien se elige de la terna remitida por el señor Jorge A. Niño Villegas y la señora Zeydi Vargas Sancho, por su orden, Presidente y Secretaria de la Cámara Puntarenense de Pescadores, contenida en el memorial de 8 de junio del 2010, compuesta por la persona que en este acto se designa y por los señores Édgar Carvajal Sánchez, cédula de identidad número 6-112-167 y Jacinto González Vázquez, cédula de identidad número 6-138-195. También fue valorada la propuesta enviada por los señores Jorge Barrantes Gamboa, Gerardo Marín Rojas y Rodolfo Salazar Vargas, por su orden, Presidente de la Asociación Cámara de Pescadores Artesanales de Puntarenas (CAPAP), Presidente de la Unión Independiente de Pescadores de Camarón (UNIPESCA) y Presidente de la Cámara Nacional de la Industria Palangrera (CNIP). Lo anterior, mediante memorial de 9 de junio del 2010, compuesta por los señores Jorge Barrantes Gamboa, cédula de identidad número 6-096-1276 y Gerardo Marín Rojas, cédula de identidad número 6-105-415. Rigen estos nombramientos a partir del 01 de julio del 2010 y por el período legal correspondiente hasta el 31 de junio del 2014. Acuerdo declarado firme por unanimidad. LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de la Presidencia, Marco Antonio Vargas Díaz.—1 vez.—O. C. Nº 9702.—Solicitud Nº 155-2010.—C-46750.—(IN2010079705). Pág 7 Nº 062.—San José, 25 de agosto del 2010 LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA En ejecución de lo dispuesto por el Consejo de Gobierno en el acuerdo que consta en el artículo tercero del acta de la sesión ordinaria Nº nueve, celebrada el veintinueve de junio del dos mil diez. ACUERDAN: Nombrar ante la Junta Directiva del Servicio Nacional de Aguas Subterráneas, Riego y Avenamiento (SENARA) a los señores: 1. Edgardo Araya Gamboa, cédula de identidad número 2-277-418, en su calidad de Representante del Movimiento Cooperativo, elegido de la terna enviada por el señor Rigoberto Sánchez Bolaños, Secretario Ejecutivo del Consejo Nacional de Cooperativas (CONACOOP), mediante oficio SE-7682010, de 1 de junio del 2010; compuesta por la persona que mediante este acto se nombra y los señores Dimas Rojas Fonseca, cédula de identidad número 5-194-851 y Francisco Renick González, cédula de identidad número 2-327-481. Rige a partir del 29 de junio del 2010 y por el resto del período legal correspondiente, hasta el 31 de mayo del 2012. 2. María Victoria Viales Bustos, cédula de identidad número 7-077-329, en su calidad de representante de las Federaciones Campesinas Legalmente Inscritas en el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, elegida de las ternas presentadas por la Federación Agraria Nacional, Federación Campesina Cristiana Costarricense y la Federación Nacional Campesina. Rigen a partir del 29 de junio del 2010 y por el período legal correspondiente hasta el 31 de mayo del 2012. La propuesta de la Federación Campesina Cristiana Costarricense analizada es la contenida en el memorial de 03 de junio del 2010, suscrita por la señora María Esther Alpízar Ramírez, Secretaria General Adjunta de esa Federación, en la que se designa como representante al señor Juan Prendas Saborío, cédula de identidad número 5-152-437. La propuesta de la Federación Nacional Campesina analizada es la contenida en el memorial de 31 de mayo del 2010, suscrita por el señor Alberto Espinza Carrillo, Secretario General de esa Federación, en la que se designa como representante a la señora Carmen Genie León González, cédula de identidad número 9-087277. Acuerdo declarado firme por unanimidad. LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de la Presidencia, Marco Antonio Vargas Díaz.—1 vez.—O. C. Nº 9702.—Solicitud Nº 155-2010.—C-39100.—(IN2010079706). Nº 063.—San José, 25 de agosto del 2010 LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA En ejecución de lo dispuesto por el Consejo de Gobierno en el acuerdo que consta en el artículo cuarto del acta de la sesión ordinaria Nº nueve, celebrada el veintinueve de junio del dos mil diez. ACUERDAN: Tener por conocido el oficio DM-423-10 de 16 de junio del 2010, suscrito por la señora Gloria Abraham Peralta, Ministra de Agricultura y Ganadería, mediante el cual designa a la señora Xinia Chaves Quirós, cédula de identidad número 1-468-752, Viceministra de Agricultura y Ganadería, como su representante ante la Junta Directiva del Instituto Costarricense de Pesca y Acuicultura (INCOPESCA). Acuerdo declarado firme por unanimidad. LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de la Presidencia, Marco Antonio Vargas Díaz.—1 vez.—O. C. Nº 9702.—Solicitud Nº 155-2010.—C-17000.—(IN2010079707). Pág 8 La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010 Nº 065.—San José, 25 de agosto del 2010 LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA En ejecución de lo dispuesto por el Consejo de Gobierno en el acuerdo que consta en el artículo sexto del acta de la sesión ordinaria Nº nueve, celebrada el veintinueve de junio del dos mil diez. ACUERDAN: Nombrar ante la Junta Directiva del Instituto de Desarrollo Agrario (IDA), al señor Kenneth Campos Rivera, cédula de identidad número 7-107-720, en su calidad de representante de las organizaciones campesinas de beneficiarios del Instituto de Desarrollo Agrario, seleccionado de la terna compuesta por la persona que mediante este acto se designa y por los señores Iván Angulo Vargas, cédula de identidad número 1-714-614 y Jesús Calderón Rojas, cédula de identidad número 1-431-200, según oficio PE-1427-2010 de 23 de junio del 2010, suscrito por el señor Rolando González Ulloa, Presidente Ejecutivo del Instituto de Desarrollo Agrario (IDA). Rige a partir del 29 de junio del 2010 y por el resto del período legal correspondiente, hasta el 31 de mayo del 2018. Acuerdo declarado firme por unanimidad. LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de la Presidencia, Marco Antonio Vargas Díaz.—1 vez.—O. C. Nº 9702.—Solicitud Nº 155-2010.—C-17000.—(IN2010079708). Nº 066.—San José, 25 de agosto del 2010 LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA En ejecución de lo dispuesto por el Consejo de Gobierno en el acuerdo que consta en el artículo segundo del acta de la sesión ordinaria Nº diez, celebrada el seis de julio del dos mil diez. ACUERDAN: 1. Tener por conocida la renuncia presentada por el señor Alberto Trejos Zúñiga, al cargo que fue designado por el Consejo de Gobierno como Director ante la Junta Directiva de PROCOMER, según consta en el artículo quinto de la sesión ordinaria número siete, celebrada el 15 de junio del 2010. 2. Nombrar en sustitución suya al señor Rodolfo Molina Cruz, cédula de identidad número 1-472-259, a partir del 06 de julio del 2010 y por el resto del período legal correspondiente, hasta el 08 de mayo del 2014. Acuerdo declarado firme por unanimidad. LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de la Presidencia, Marco Antonio Vargas Díaz.—1 vez.—O. C. Nº 9702.—Solicitud Nº 155-2010.—C-17000.—(IN2010079709). Nº 067.—San José, 25 de agosto del 2010 LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA En ejecución de lo dispuesto por el Consejo de Gobierno en el acuerdo que consta en el artículo segundo del acta de la sesión ordinaria Nº once, celebrada el trece de julio del dos mil diez. ACUERDAN: Con fundamento en la Ley Reguladora del Servicio Público de Transporte Remunerado de Personas en Vehículos en la Modalidad de Taxi, Ley Nº 7969, se nombra como miembros del Consejo de Transporte Público: 1. Al señor Jorge Arturo Herrera Ocampo, cédula de identidad número 2-306-544, como representante del sector empresarial del transporte remunerado de personas en vehículos automotores, buses, microbuses o busetas; seleccionado de la nómina remitida por el Foro Nacional de Transporte Público Modalidad Autobús, contenida en el memorial de 14 de mayo del 2010, suscrito por los presidentes de las siguientes organizaciones: Asociación Cámara Nacional de Transportes, Asociación de Cámara de Transportistas de San José, Consorcio de Autobuseros de Cartago, S. A., Asociación Cámara de Autobuseros de Heredia, Asociación Cámara de Autobuseros del Atlántico, quienes conforman el Foro Nacional de Transporte Público Modalidad Autobús y por el Presidente de la Asociación Cámara de Empresarios Autobuseros y Transportistas Unidos de la Provincia de Guanacaste. 2. Al señor Gilberth Ureña Fonseca, cédula de identidad número 3-208-649, como representante del sector empresarial del transporte remunerado de personas en vehículos automotores en la modalidad taxi, seleccionado de la nómina remitida por la Federación Nacional de Cooperativas de Taxi R. L. (FENACOOTAXI R. L.), contenida en el memorial de 26 de mayo del 2010, suscrita por el Presidente y por el Gerente General de FENACOOTAXI R. L. 3. Al señor Alberto Camacho Pereira, cédula de identidad número 3-183-124, como representante de la Unión Nacional de Gobiernos Locales, seleccionado de la nómina remitida por la Unión Nacional de Gobiernos Locales, contenida en el oficio SCD 54-2010, de 2 de julio del 2010, suscrita por la Secretaria del Consejo Directivo de la Unión Nacional de Gobiernos Locales 4. Rige a partir del 13 de julio del 2010 y por el resto del período legal correspondiente, hasta el 08 de mayo del 2014. Acuerdo declarado firme por unanimidad. LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de la Presidencia, Marco Antonio Vargas Díaz.—1 vez.—O. C. Nº 9702.—Solicitud Nº 155-2010.—C-39950.—(IN2010079710). Nº 068.—San José, 25 de agosto del 2010 LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA En ejecución de lo dispuesto por el Consejo de Gobierno en el acuerdo que consta en el artículo tercero del acta de la sesión ordinaria Nº once, celebrada el trece de julio del dos mil diez. ACUERDAN: Tener por conocido el oficio DPL-245-2010, de 8 de julio del 2010, suscrito por el señor Luis Gerardo Villanueva Monge, Presidente de la Asamblea Legislativa, en el que comunica al Consejo de Gobierno la ratificación del nombramiento de las señoras Silvia Saborío Alvarado y María Lourdes Echandi Gurdián y de los señores Félix Delgado Quesada y Emilio Arias Rodríguez, como miembros de la Junta Directiva de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP). Acuerdo declarado firme por unanimidad. LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de la Presidencia, Marco Antonio Vargas Díaz.—1 vez.—O. C. Nº 9702.—Solicitud Nº 155-2010.—C-17000.—(IN2010079711). MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO Nº 237-10-DM EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO De conformidad con lo establecido en los artículos 140, inciso 12 y 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico 2010, Ley N° 8790, y los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos. Considerando: 1º—Que es de interés para el Gobierno de la República de Costa Rica, la participación activa en la Reunión Plenaria de Alto Nivel Sobre el Avance de los Objetivos de Desarrollo del Milenio de las Naciones Unidas y en la Apertura del Debate General del 65 Período de Sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas. 2º—Que es importante la participación del señor Óscar Camacho Ramírez, Jefe del Gabinete Despacho del señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, en la Reunión Plenaria de Alto Nivel Sobre el Avance de los Objetivos de Desarrollo del Milenio de las Naciones Unidas y en la Apertura del Debate General del La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010 65 Período de Sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas, que se llevará a cabo del 17 al 25 de setiembre del 2010 en New York, Estados Unidos de América. Por tanto, ACUERDA Artículo lº—Designar al señor Óscar Camacho Ramírez, cédula 1-0477-0193, Jefe del Gabinete del señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, para que participe en calidad de Embajador en Misión Especial de avanzada en la en Reunión Plenaria de Alto Nivel sobre el avance de los Objetivos de Desarrollo del Milenio de las Naciones Unidas y en la Apertura del Debate General del 65 período de Sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas, que se llevará a cabo del 17 al 25 de setiembre del 2010 en New York, Estados Unidos de América Artículo 2º—Los gastos de pasajes aéreos, viáticos, transporte interno, gastos en tránsito, e impuestos aeroportuarios, servicios por Internet de conformidad con el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos, corren por cuenta del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, programa 079, Despacho del Ministro subpartida 1.05.03 de pasajes aéreos y subpartida 1.05.04 de viáticos, se autoriza la suma de $363,00 diarios, para un total de $3.267,00. Todo lo anterior sujeto a liquidación. Artículo 3º—Rige del 17 al 25 de setiembre del 2010. Dado en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, a las quince horas del día siete de setiembre del dos mil diez. René Castro Salazar, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.—1 vez.—O. C. Nº 8190.—Solicitud Nº 13647.—C-39950.— (IN2010079741). MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA 212-PE LA MINISTRA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA De conformidad con lo que establecen los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política, la Ley N° 8562 del 07 de diciembre del 2006, la Ley N° 6227 del 02 de mayo de 1978, Ley General de la Administración Pública y el artículo 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República. ACUERDA: 1) Autorizar a la Lic. Xinia Chaves Quirós, cédula 1-468-752, Viceministra de Agricultura y Ganadería para que asista a la “Feria SCAJ”, que se realizará en Tokio, Japón del 15 al 25 de setiembre del 2010. 2) Todos los gastos serán cubiertos por el Instituto Nacional del Café, ICAFE. 3) Rige a partir del 15 al 25 de setiembre del 2010. Dado en el Despacho Ministerial el día ocho del mes de setiembre del dos mil diez. Gloria Abraham Peralta, Ministra de Agricultura y Ganadería.—1 vez.—O. C. Nº 9436.—Solicitud Nº 28589.—C41690.—(IN2010080710). Nº 213-PE LA MINISTRA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA De conformidad con lo que establecen los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política, la Ley Nº 8562 del 7 de diciembre del 2006, la Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978, Ley General de la Administración Pública y el artículo 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República. ACUERDA 1º—Autorizar a la Lic. Xinia Chaves Quirós, cédula Nº 1-468-752, Viceministra de Agricultura y Ganadería para que asista a la reunión ordinaria de la “Comisión Interamericana del Atún Tropical”, que se realizará en Antigua, Guatemala del 23 al 30 de setiembre del 2010. 2º—Los gastos de transporte aéreo y los viáticos correspondientes serán cubiertos por el Presupuesto Ordinario del Ministerio de Agricultura y Ganadería. Pág 9 3º—Rige a partir del 27 al 30 de setiembre del 2010. Dado en el Despacho Ministerial.—San José, el día catorce del mes de setiembre del año dos mil diez. Gloria Abraham Peralta, Ministra de Agricultura y Ganadería.—1 vez.—O. C. Nº 9436-Solicitud Nº 40300.—C41690.—(IN2010080711). MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES N° 106 MOPT LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES Con fundamento en el artículo 140 inciso 1) de la Constitución Política, Capítulo VIII del Título III de la Ley General de Policía N° 7410 y el artículo 81 del Código de Trabajo, Resolución 000235 del Despacho del Señor Ministro, de las trece horas catorce minutos del día once de marzo del dos mil diez. ACUERDAN: 1º—Aceptar y ratificar lo recomendado por el Consejo de Personal de la Policía de Tránsito a través de la Sesión Ordinaria Nº 0265-2010 celebrada el día 3 de mayo del 2010, específicamente en el acuerdo sexto, artículo sexto, en el que se recomendó imponer una sanción disciplinaria en contra del servidor Iván García Hernández, cédula de identidad 01-741-0439 consistente en el despido sin responsabilidad patronal. 2º—El presente acuerdo de despido sin responsabilidad patronal rige a partir del primer día hábil del mes siguiente del año en curso, de su publicación. Dado en la Presidencia de la República, el día 17 del mes de agosto del dos mil diez. Publíquese.—LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Obras Públicas y Transportes, Francisco Jiménez Reyes.—1 vez.—Solicitud Nº 38148.—O. C. 02.—C-19550.— (IN2010080505). Nº 115 LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES Con fundamento en el artículo 140 inciso 2) y artículo 146 de la Constitución Política, artículo 12 inciso a) del Estatuto de Servicio Civil y Resoluciones Nº 11610 y 11614 ambas del Tribunal de Servicio Civil de las ocho horas treinta minutos del diecisiete de agosto del dos mil diez. ACUERDAN: Artículo 1º—Despedir con justa causa y sin responsabilidad para el Estado al servidor Víctor Campos Campos, cédula de identidad número 04-094-847. Artículo 2º—El presente Acuerdo de Despido rige a partir del 16 de setiembre del 2010. Dado en la Presidencia de la República, treinta de agosto del dos mil diez Publíquese.—LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Obras Públicas y Transportes, Francisco J. Jiménez.—1 vez.—O. C. Nº 10198.—Solicitud Nº 3511.—C-13600.— (IN2010081030). MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA Nº 184-2010 LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA Con fundamento en los artículos 140, inciso 2) y 146 de la Constitución Política de Costa Rica, 12 inciso a) del Estatuto de Servicio Civil y la Resolución Nº 11602, dictada a las ocho horas con cuarenta minutos del cinco de agosto del dos mil diez por Tribunal de Servicio Civil. Pág 10 La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010 ACUERDAN: Artículo 1º—Despedir con justa causa y sin responsabilidad para el Estado, al servidor Sergio Picado Sanabria, mayor de edad, cédula de identidad Nº 01-0714-0950, quien labora como Profesor de Enseñanza Media en Inglés, en el Colegio Técnico Profesional Ing. Mario Quirós Sasso. Artículo 2º—El presente acuerdo rige a partir del tres de setiembre del dos mil diez. Dado en la Presidencia de la República, veinticuatro de agosto del dos mil diez. LAURA CHNCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Educación Pública, Leonardo Garnier Rímolo.—1 vez.—O. C. Nº 8853.—Solicitud Nº 19622.—C-17000.—(IN2010080997). Nº 185-2010 LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA Con fundamento en los artículos 140, inciso 2) y 146 de la Constitución Política de Costa Rica, 12 inciso a) del Estatuto de Servicio Civil y la Resolución Nº 11609, dictada a las ocho horas con quince minutos del diecisiete de agosto del dos mil diez por Tribunal de Servicio Civil. ACUERDAN: Artículo 1º—Despedir con justa causa y sin responsabilidad para el Estado, a la servidora Marisol Romano Chaves, mayor de edad, cédula de identidad Nº 06-0264-0755, quien labora como Profesora de Enseñanza Media, en el Liceo Barrio Irvin, La Cruz de Guanacaste. Artículo 2º—El presente acuerdo rige a partir del tres de setiembre del dos mil diez. Dado en la Presidencia de la República, veinticuatro de agosto del dos mil diez. LAURA CHNCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Educación Pública, Leonardo Garnier Rímolo.—1 vez.—O. C. Nº 8853.—Solicitud Nº 19650.—C-17000.—(IN2010080996). Nº 186-2010 LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA Con fundamento en los artículos 140, inciso 2) y 146 de la Constitución Política de Costa Rica, 12 inciso a) del Estatuto de Servicio Civil y la Resolución Nº 11605, dictada a las ocho horas con diez minutos del once de agosto del dos mil diez por Tribunal de Servicio Civil. ACUERDAN: Artículo 1º—Despedir con justa causa y sin responsabilidad para el Estado, al servidor Juan Luis Ortega Vargas, mayor de edad, cédula de identidad Nº 02-0430-0812, quien labora como Agente de Seguridad y Vigilancia 1, en el Centro Educativo Jardín de Niños Cleto González Víquez. Artículo 2º—El presente acuerdo rige a partir del tres de setiembre del dos mil diez. Dado en la Presidencia de la República, veinticuatro de agosto del dos mil diez. LAURA CHNCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Educación Pública, Leonardo Garnier Rímolo.—1 vez.—O. C. Nº 8853.—Solicitud Nº 19651.—C-15300.—(IN2010080998). MINISTERIO DE SALUD Nº 1600-10-DM-MG LA MINISTRA DE SALUD Con fundamento en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25 párrafo 1 y 28 aparte segundo inciso b) de la “Ley General de la Administración Pública” N° 6227 del 02 de mayo de 1978; Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico 2009; y el artículo 34 del “Reglamento de Gastos de Viaje y de Transportes para funcionarios públicos”, emitido por la Contraloría General de la República. Considerando: 1º—Que del 29 de setiembre al 02 de octubre del 2010, tendrá lugar en Ciudad de Santiago, Chile, la reunión “Red de Protección Social y Salud, Mejorando la Prevención y Manejo de Enfermedades Crónicas en América Latina y el Caribe” y este Despacho considera importante la participación de la Dra. Ana Cecilia Morice Trejos, con cédula Nº 1-549-251, Viceministra de Salud, en la actividad de cita. Por tanto, ACUERDA: Artículo 1º—Designar a la Dra. Ana Cecilia Morice Trejos, con cédula Nº 1-549-251, Viceministra de Salud, para que asista y participe en la reunión “Red de Protección Social y Salud, Mejorando la Prevención y Manejo de Enfermedades Crónicas en América Latina y el Caribe”; que se llevará cabo en Ciudad de Santiago, Chile, del 29 de setiembre al 02 de octubre del 2010. Artículo 2º—Los gastos de la Dra. Ana Cecilia Morice Trejos, por concepto de transporte, alimentación, y hospedaje, serán cubiertos por el Banco Interamericano de Desarrollo, asimismo los gastos relacionados con el servicio de taxi, serán cubiertos por el Fideicomiso 872-BNCR-CTAMS-Ministerio de Salud, Programa 5-630, Centro de Costo 511-009, Dirección de Operaciones, Subpartida 1.05.04 Viáticos en el Exterior, US$100,00. Artículo 3º—Durante los días de vigencia del presente acuerdo en los que se autoriza la participación de la funcionaria en la actividad, devengará el 100% de su salario. Artículo 4º—Rige del 29 de setiembre al 02 de octubre del 2010. Dado en el Ministerio de Salud.—San José, a los seis días del mes de setiembre del dos mil diez. Publíquese.—Dra. María Luisa Ávila Agüero, Ministra de Salud.—1 vez.—O. C. Nº 8667.—Solicitud Nº 38472.—C34000.—(IN2010080861). MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº MTSS 062-2010 EL MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 25 inciso 2) y 28 inciso 1) de la Ley General de la Administración Pública, y en los artículos 7, 31, 34 y concordantes, del Reglamento de Gastos de Viajes y Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República. Considerando: 1º—Que los días del 4 de octubre al 29 de octubre del 2010, se llevará a cabo la Fase Presencial de la Maestría de Prevención y Protección de Riesgos Profesionales que Organizan la Organización Iberoamericana de Seguridad Social (OISS) y la Universidad de Alcalá, impartido en dicha Universidad, en la ciudad de Madrid, España. 2º—Que dicho curso es de interés para el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social por cuanto contribuye al fortalecimiento de las capacidades institucionales en materia de aspectos preventivos y de seguridad social promovido por la Secretaría General de la Organización Iberoamericana de Seguridad Social (OISS), la misma incrementa y mejora los conocimientos y experiencia de la funcionaria responsable de la Unidad Médica dentro del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. 3º—Que la Secretaría General de la Organización Iberoamericana de Seguridad Social (OISS) promueve la participación por medio de becas que cubren el costo de matrícula, las cuales se desarrollan en dos fases, la primera a distancia y la segunda fase es presencial que se llevará a cabo del 4 de octubre al 29 de octubre, en Madrid, España, con el fin de aplicar los conocimientos adquiridos en el curso en su Fase a distancia. 4º—Que la participación de la funcionaria Yolanda Alfaro Sánchez, cédula Nº 4-0128-0629, en este evento, responde a las funciones de Médico Cirujano General la Unidad Médica dentro del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Por tanto: La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010 ACUERDA: Artículo 1º—Designar a la funcionaria Yolanda Alfaro Sánchez, cédula Nº 4-0128-0629, para que participe en el Curso de la Maestría de Prevención y Protección de Riesgos Profesionales en su Fase Presencial promovida por la Organización Iberoamericana de Seguridad Social (OISS) y la Universidad de Alcalá, impartido en dicha Universidad, en la ciudad de Madrid, España durante los días del 4 de octubre al 29 de octubre. Artículo 2º—Los gastos de la funcionaria Yolanda Alfaro Sánchez por concepto de hospedaje, alimentación y tiquete aéreo, del día 01 de octubre al 05 de noviembre del 2010, serán asumidos por la funcionaria. Por su parte la Secretaría General de la Organización Iberoamericana de Seguridad Social (OISS) cubre por medio de beca los costos de matrícula. Artículo 3º—Que durante los días en que se autoriza a la funcionaria Yolanda Alfaro Sánchez, cédula Nº 4-0128-0629, para que participe en el Curso de la Maestría de Prevención y Protección de Riesgos Profesionales en su Fase Presencial, devengará el 100% de su salario. Artículo 4º—Rige a partir del 01 de octubre al 05 de noviembre del 2010. Dado en el Despacho de la Señora Ministra de Trabajo y Seguridad Social, a las diez horas del día dieciséis de setiembre del dos mil diez. Sandra Piszk, Ministra de Trabajo y Seguridad Social.—1 vez.—O. C. Nº 9988.—Solicitud Nº 38692.—C-54400.— (IN2010080875). Nº MTSS-063-2010 LA MINISTRA DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 25 inciso 2) y 47 inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública, del 2 de mayo de 1978, y en los artículos 7º, 31, 34 y siguientes y concordantes del Reglamento de Gastos de Viajes y Transportes para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República. Considerando: 1º—Que se ha recibido invitación por parte del Proyecto Cumple y Gana de la Fundación para la Paz y la Democracia, para designar un Delegado que participe en el “Seminario Internacional sobre Gestión y Estrategias de las Inspecciones de Trabajo”, que se llevará a cabo en El Salvador. 2º—Que esta actividad se realiza dentro del marco de Fortalecimiento de la Inspección de Trabajo, en el área de Construcción de Capacidades que ha venido impulsando la creación de bases de datos dentro de la Inspección del Trabajo, que son una realidad en casi todos los países. Los sistemas de Inspección están en mayor o menor medida en uso en Guatemala, Honduras, El Salvador, Costa Rica y la República Dominicana. Además, se ha diseñado y desarrollado a la medida para cada país, un incipiente módulo de indicadores de gestión, que vienen a aglutinar en un tablero de control, aquellos indicadores que cada país ha reconocido como los más relevantes para la toma de decisiones, gran interés para el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. 3º—Que la participación en este evento del señor Moisés Romero Prado, cédula Nº 3-0337-0265, responde a las funciones de Inspector y Administrador del Sistema Informático de la Dirección Nacional de Inspección de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Por tanto: ACUERDA: Artículo 1º—Designar al señor Moisés Romero Prado, cédula Nº 3-337-265, para que participe en el Encuentro Latinoamericano “Seminario Internacional sobre Gestión y Estrategias de las Inspecciones de Trabajo”, el cual se celebrará en la ciudad de San Salvador, El Salvador, los días 21 y 23 de setiembre del 2010. Artículo 2º—Los gastos del señor Moisés Romero Prado por concepto de tiquete aéreo y gastos de viáticos correspondientes al hospedaje y alimentación de los días 21, 22 y 23 setiembre del 2010, serán cubiertos por la Oficina auspiciadora del evento Proyecto Cumple y Gana de la Fundación para la Paz y la Democracia. Pág 11 Artículo 4º—Que durante los días en que se autoriza la participación del señor Moisés Romero Prado para que asista al “Seminario Internacional sobre Gestión y Estrategias de las Inspecciones de Trabajo”, devengará el 100% de su salario. Artículo 5º—Rige a partir del 21 y hasta el 23 de setiembre del 2010. Dado en Despacho del Ministro de Trabajo y Seguridad Social, a las 09:00 horas del día 16 del mes de setiembre del 2010. Sandra Piszk Feinzilber, Ministra de Trabajo y Seguridad Social.—1 vez.—O. C. Nº 9988.—Solicitud Nº 38691.—C46750.—(IN2010080876). MINISTERIO DE JUSTICIA Y PAZ N° 081-MJP LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE JUSTICIA Y PAZ En uso de las facultades conferidas por los artículos 140 incisos 3) y 18), 146 de la Constitución Política, el artículo 11 de la Ley N° 5338 del veintiocho de agosto de mil novecientos setenta y tres y el Decreto Ejecutivo N° 29744-J del cuatro de setiembre de dos mil uno. ACUERDAN: Artículo 1º—Aceptar la renuncia del señor Henry Francisco Bonilla Alpízar, cédula 1-0525-0324, como representante del Poder Ejecutivo ante la Fundación del Cuidado Paleativo de Atenas, cédula jurídica N° 3-006-294587 y dejar sin efecto el Acuerdo N° 30 del dos de marzo de dos mil nueve. Artículo 2º—Nombrar al señor Mario Alberto Quesada González, cédula de identidad N° 2-0365-0375, como representante del Poder Ejecutivo en la Fundación del Cuidado Paleativo de Atenas, cédula jurídica N° 3-006-294587, de la Sección de Personas de la Dirección de Personas Jurídicas del Registro Nacional. Artículo 3º—Rige a partir de su publicación. Dado en la Presidencia de la República, San José, el día treinta de julio de dos mil diez. LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Justicia y Paz, Hernando París R.—1 vez.—O. C. 8215.—Solicitud Nº 36897.—C-19950.—(IN2010080573). N° 082-MJP LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE JUSTICIA Y PAZ En uso de las facultades conferidas por los artículos 140 incisos 3) y 18), 146 de la Constitución Política, el artículo 11 de la Ley N° 5338 del veintiocho de agosto de mil novecientos setenta y tres y el Decreto Ejecutivo N° 29744-J del cuatro de setiembre de dos mil uno. ACUERDAN: Artículo 1º—Acoger la renuncia del señor Raymundo José Macis Delgado, cédula 1-0965-0977, como representante del Poder Ejecutivo ante la Fundación Rasur, cédula jurídica N° 3-006-220127 y dejar sin efecto el Acuerdo N° 109 del dos de setiembre de dos mil nueve. Artículo 2°—Nombrar al señor Marlon Mora Jiménez, cédula de identidad N° 1-0992-0502, como representante del Poder Ejecutivo en la Fundación Rasur, cédula jurídica N° 3-006-220127, de la Sección de Personas de la Dirección de Personas Jurídicas del Registro Nacional. Artículo 3°.—Rige a partir de su publicación. Dado en la Presidencia de la República. San José, treinta de julio de dos mil diez. LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Justicia y Paz, Hernando París R.—1 vez.—O. C. Nº 8215.—Solicitud Nº 36898.—C-21250.—(IN2010080595). Pág 12 La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010 N° 083-MJP LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE JUSTICIA Y PAZ En uso de las facultades conferidas por los artículos 140 incisos 3) y 18), 146 de la Constitución Política, el artículo 11 de la Ley N° 5338 del veintiocho de agosto de mil novecientos setenta y tres y el Decreto Ejecutivo N° 29744-J del cuatro de setiembre de dos mil uno. ACUERDAN: Artículo 1°—Nombrar a la señorita Giovanna Fuscaldo Pacheco, cédula de identidad N° 1-1031-0473, como representante del Poder Ejecutivo en la Fundación Monge, cédula jurídica N° 3-006-604620, de la Sección de Personas de la Dirección de Personas Jurídicas del Registro Nacional. Artículo 2°—Rige a partir de su publicación. Dado en la Presidencia de la República. San José, veintinueve de julio de dos mil diez. LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Justicia y Paz, Hernando París R.—1 vez.—O. C. Nº 8215.—Solicitud Nº 36899.—C-16150.—(IN2010080598). N° 086-MJP LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE JUSTICIA Y PAZ En uso de las facultades conferidas por los artículos 140 incisos 3) y 18), 146 de la Constitución Política, el artículo 11 de la Ley N° 5338 del veintiocho de agosto de mil novecientos setenta y tres y el Decreto Ejecutivo N° 29744-J del cuatro de setiembre de dos mil uno. ACUERDAN: Artículo 1°—Nombrar al señor Gerardo Castaing Bustillos, cédula de identidad N° 6-0091-0050, como representante del Poder Ejecutivo en la Fundación Deportiva Máster Italia Noventa, cédula jurídica N° 3-006-579948, de la Sección de Personas de la Dirección de Personas Jurídicas del Registro Nacional. Artículo 2°—Rige a partir de su publicación. Dado en la Presidencia de la República. San José, cinco de agosto de dos mil diez. LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Justicia y Paz, Hernando París R.—1 vez.—O. C. Nº 8215.—Solicitud Nº 36901.—C-16150.—(IN2010080592). N° 112-MJP LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE JUSTICIA Y PAZ En uso de las facultades conferidas por los artículos 140 incisos 3) y 18), 146 de la Constitución Política, el artículo 11 de la Ley N° 5338 del veintiocho de agosto de mil novecientos setenta y tres y el Decreto Ejecutivo N° 29744-J del cuatro de setiembre de dos mil uno. ACUERDAN: Artículo 1º—Nombrar a la señora Silvia Ross Jiménez, cédula de identidad 4-0145-0060, como representante del Poder Ejecutivo en la Fundación Hospicio de Huérfanos de San José, cédula jurídica N° 3-006-045523, inscrita en la Sección de Personas de la Dirección de Personas Jurídicas del Registro Nacional. Artículo 2º—Una vez publicado este acuerdo los interesados deberán protocolizar y presentar el respectivo testimonio ante la Sección de Personas Jurídicas del Registro Nacional, para su respectiva inscripción. Artículo 3º—Rige a partir de su publicación. Dado en la Presidencia de la República, San José, el día primero de setiembre de dos mil diez. LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Justicia y Paz, Hernando París R.—1 vez.—O. C. 8215.—Solicitud Nº 36917.—C-19950.—(IN2010080572). MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR Nº 0458-2010 LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA Y LA MINISTRA DE COMERCIO EXTERIOR Con fundamento en los artículos 140 incisos 3) y 18), y 146 de la Constitución Política; los numerales 25, 27 párrafo primero, 28 párrafo segundo, inciso b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978; la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley Nº 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas; la Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, Ley Nº 7638 del 30 de octubre de 1996, y el Decreto Ejecutivo Nº 34739-H-COMEX del 29 de agosto del 2008, denominado Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas y sus reformas; y Considerando: I.—Que mediante Acuerdo Ejecutivo Nº 069-92 de fecha 7 de julio de 1992, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 161 del 21 de agosto de 1992; modificado por el Acuerdo Ejecutivo Nº 336-2000 de fecha 31 de octubre del 2000, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 17 del 24 de enero del 2001; por el Acuerdo Ejecutivo Nº 060-2001 de fecha 27 de febrero del 2001, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 76 del 20 de abril del 2001; por el Acuerdo Ejecutivo Nº 527-2002 de fecha 28 de octubre del 2002, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 52 del 14 de marzo del 2003; a la empresa Xeltron S. A., cédula jurídica Nº 3-101-023538, se le otorgaron los beneficios e incentivos contemplados por la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley Nº 7210 del 23 de noviembre de 1990, sus reformas y su Reglamento. II.—Que mediante documentos presentados los días 9 y 17 de agosto del 2010, en la Gerencia de Operaciones de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, en adelante PROCOMER, la empresa Xeltron S. A., solicitó la disminución del nivel mínimo de empleo. III.—Que la instancia interna de la Administración de PROCOMER, con arreglo al acuerdo adoptado por la Junta Directiva de la citada Promotora en la sesión Nº 177-2006 del 30 de octubre del 2006, conoció la solicitud de la empresa Xeltron S. A., y con fundamento en las consideraciones técnicas y legales contenidas en el informe de la Gerencia de Operaciones de PROCOMER Nº 552010 de fecha 17 de agosto del 2010, acordó recomendar al Poder Ejecutivo la respectiva modificación del Acuerdo Ejecutivo, al tenor de lo dispuesto por la Ley Nº 7210, sus reformas y su Reglamento. IV.—Que en relación con las disminuciones de los niveles de empleo e inversión, el Ministro de Comercio Exterior, mediante el oficio Nº DM-911-1 de 26 de setiembre del 2001, señaló lo siguiente: “(...) No obstante lo anterior, al ser ésta una institución con una misión y vocación clara de servicio a la exportación, sin dejar de lado claro está, su función de supervisión y control, PROCOMER no puede dejar de considerar factores dinámicos, cambiantes propios del entorno y realidad empresarial. Es así como también debemos considerar que en muchas ocasiones las empresas beneficiarias del régimen o bien su casa matriz se ven enfrentadas a graves problemas en la comercialización de sus bienes, a crisis financieras internas inclusive problemas de índole macroeconómicos en sus países y hasta a situaciones de caso fortuito o fuerza mayor, circunstancias todas que las podrían obligar a disponer cambios inmediatos en sus políticas de mercado. Ha sido el afán del Ministerio atender y tratar de ayudar a solventar de la forma más objetiva posible estas situaciones, no sólo teniendo en consideración la posición de las empresas, sino el resguardo sobre todo de intereses de orden general, al valorar el impacto que supone una modificación considerable en los niveles de inversión y empleo frente al cierre definitivo de la empresa. (...)” V.—Que en virtud de las reformas legales y reglamentarias que han operado con posterioridad al otorgamiento del Régimen de Zonas Francas a la empresa, se hace necesario adecuar en lo conducente el Acuerdo Ejecutivo original. VI.—Que se han observado los procedimientos de Ley. Por tanto: La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010 ACUERDAN: 1º—Modificar el Acuerdo Ejecutivo Nº 069-92 de fecha 7 de julio de 1992, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 161 del 21 de agosto de 1992 y sus reformas, para que en el futuro las cláusulas cuarta, quinta, sexta, sétima, octava, décima, décima tercera, décima cuarta y décima octava, se lean de la siguiente manera: “4. La beneficiaria gozará de los incentivos y beneficios contemplados en la Ley Nº 7210 y sus reformas, con las limitaciones y condiciones que allí se establecen y con apego a las regulaciones que al respecto establezcan tanto el Poder Ejecutivo como PROCOMER. Los plazos, términos y condiciones de los beneficios otorgados en virtud de la Ley Nº 7210 quedan supeditados a los compromisos asumidos por Costa Rica en los tratados internacionales relativos a la Organización Mundial del Comercio (OMC), incluyendo, entre otros, el Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias (ASMC) y las decisiones de los órganos correspondientes de la OMC al amparo del artículo 27 párrafo 4 del ASMC. En particular, queda establecido que el Estado costarricense no otorgará los beneficios previstos en la Ley Nº 7210 que de acuerdo con el ASMC constituyan subvenciones prohibidas, más allá de las prórrogas acordadas de acuerdo con el artículo 27 párrafo 4 del ASMC a determinados países en desarrollo.” “5. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 20, inciso g) de la Ley de Régimen de Zonas Francas (Ley Nº 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas), la beneficiaria gozará de exención de todos los tributos a las utilidades, así como cualquier otro, cuya base imponible se determine en relación con las ganancias brutas o netas, con los dividendos abonados a los accionistas o ingresos o ventas, según las diferenciaciones que dicha norma contiene. Dicha beneficiaria sólo podrá introducir sus productos y sus servicios al mercado local, observando rigurosamente los requisitos establecidos al efecto por el artículo 22 de la Ley Nº 7210 y sus reformas, en particular los que se relacionan con el pago de los impuestos respectivos.” “6. La beneficiaria se obliga a cumplir con un nivel mínimo de empleo de 40 trabajadores, a partir del día en que se notifique el presente Acuerdo Ejecutivo. Asimismo, se obliga a realizar y mantener una inversión mínima de ¢58.000.000,00 (cincuenta y ocho millones de colones), de conformidad con los plazos y condiciones estipulados en su solicitud de otorgamiento del Régimen de Zona Franca. PROCOMER vigilará el cumplimiento del nivel de inversión de la beneficiaria, de conformidad con los criterios y parámetros establecidos por el Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas. Tal facultad deberá ser prevista en el respectivo Contrato de Operaciones que suscribirá la beneficiaria, como una obligación a cargo de ésta. Consecuentemente, el Poder Ejecutivo podrá revocar el Régimen a dicha empresa en caso de que, conforme con aquellos parámetros, la misma no cumpla con el nivel mínimo de inversión anteriormente señalado.” “7. Una vez suscrito el Contrato de Operaciones, la empresa se obliga a pagar el canon mensual por derecho de uso del Régimen de Zonas Francas. La fecha prevista para el inicio de las operaciones productivas es el 01 de julio de 1992. En caso de que por cualquier circunstancia la beneficiaria no inicie dicha etapa de producción en la fecha antes señalada, continuará pagando el referido canon, para lo cual la Promotora de Comercio Exterior de Costa Rica seguirá tomando como referencia para su cálculo, en lo que atañe a su actividad como industria procesadora de exportación, las proyecciones de área de techo industrial, y en lo que concierne a su actividad como empresa de servicios, las proyecciones de ventas, consignadas en su respectiva solicitud. Para efectos de cobro del canon, la empresa deberá informar a PROCOMER de los aumentos realizados en el área de techo industrial y de las ventas mensuales realizadas. El incumplimiento de esta obligación provocará el cobro retroactivo del canon, en lo que se refiere a su actividad como industria procesadora de exportación, a partir de la fecha de la última medición realizada por la citada Promotora, quien tomará como base para realizar el cálculo la nueva medida, y Pág 13 en lo que respecta a su actividad como empresa de servicios, PROCOMER tomará como referencia para su cálculo, las proyecciones de ventas consignadas en su respectiva solicitud.” “8. La beneficiaria se obliga a cumplir con las regulaciones ambientales exigidas por el Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones (MINAET) y la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA) y deberá presentar ante dichas dependencias o ante el Ministerio de Salud, según sea el caso, los estudios y documentos que le sean requeridos. Asimismo, la beneficiaria se obliga a cumplir con todas las normas de protección del medio ambiente que la legislación costarricense e internacional disponga para el desarrollo sostenible de las actividades económicas, lo cual será verificado por las autoridades competentes.” “10.La beneficiaria se obliga a presentar ante PROCOMER un informe anual de operaciones, en los formularios y conforme a las condiciones que PROCOMER establezca, dentro de los cuatro meses siguientes al cierre del año fiscal. Asimismo, la beneficiaria estará obligada a suministrar a PROCOMER y, en su caso, al Ministerio de Hacienda, toda la información y las facilidades requeridas para la supervisión y control del uso del Régimen de Zonas Francas y de los incentivos recibidos. Asimismo, deberá permitir que funcionarios de la citada Promotora ingresen a sus instalaciones, en el momento que lo consideren oportuno, y sin previo aviso, para verificar el cumplimiento de las obligaciones de la Ley de Régimen de Zonas Francas y su Reglamento.” “13.Una vez comunicado el presente Acuerdo Ejecutivo, la empresa beneficiaria deberá suscribir con PROCOMER un Contrato de Operaciones. En caso de que la empresa no se presente a firmar el Contrato de Operaciones, y no justifique razonablemente esta situación, PROCOMER procederá a confeccionar un Acuerdo Ejecutivo que dejará sin efecto el que le otorgó el Régimen. Para el inicio de operaciones productivas al amparo del Régimen, la empresa deberá haber sido autorizada por la Dirección General de Aduanas como auxiliar de la función pública aduanera, según lo dispuesto en la Ley General de Aduanas y su Reglamento.” “14.Para los efectos de las exenciones otorgadas debe tenerse en consideración lo dispuesto por los artículos 62 y 64 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, Ley Nº 4755, del 3 de mayo de 1971 y sus reformas, en lo que resulten aplicables.” “18.De conformidad con el artículo 74 de la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social, Ley Nº 17 del 22 octubre de 1943 y sus reformas, el incumplimiento de las obligaciones para con la seguridad social, podrá ser causa de pérdida de las exoneraciones e incentivos otorgados, previa tramitación del procedimiento administrativo correspondiente.” 2º—En todo lo que no ha sido expresamente modificado, se mantiene lo dispuesto en el Acuerdo Ejecutivo Nº 069-92 de fecha 7 de julio de 1992, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 161 del 21 de agosto de 1992 y sus reformas. 3º—Rige a partir de su notificación. Comuníquese y publíquese. Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los treinta días del mes de agosto del dos mil diez. LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—La Ministra de Comercio Exterior, Anabel González Campabadal.—1 vez.— (IN2010080879). RESOLUCIONES MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES Res. Nº 000721.—San José, a las catorce horas y veintinueve minutos del seis del mes de setiembre del dos mil diez. Conoce este Despacho diligencias de modificación de declaratoria de “interés o utilidad pública”, contenida en la Resolución Administrativa N° 261 del 18 de marzo del 2010, publicada en La Gaceta N° 69 del 12 de abril del 2010 y Acuerdo de Expropiación N° 092-MOPT del 23 de junio del 2010, publicado en La Gaceta N° 137 del 15 de julio del 2010. Pág 14 La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010 Resultando: 1º—Que en La Gaceta Nº 69 del 12 de abril del 2010, se publicó la Resolución Administrativa N° 261 del 18 de marzo del 2010, mediante la cual el Ministerio de Obras Públicas y Transportes determinó conforme las disposiciones de la Ley de Expropiaciones N° 7495 del 03 de mayo de 1995 y sus reformas, “declarar de utilidad pública” y adquirir un área de 7.200,00 metros cuadrados según plano catastrado N° P-1376766-2009, del inmueble propiedad de Ana Ramírez Espinoza, cédula N° 2-323-748, e inscrito en el Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real número 16661-000, ubicado en el distrito 02 Savegre, cantón 06 Aguirre de la provincia de Puntarenas, necesaria para la construcción del proyecto denominado “Costanera Sur, Sección Savegre-Dominical”. 2º—Que en virtud que el inmueble soporta gravámenes inscritos ante el Registro Público de la Propiedad, en La Gaceta N° 137 del 15 de julio del 2010, se publicó el Acuerdo de Expropiación N° 092-MOPT de fecha 23 de junio del 2010, referente a diligencias de expropiación, en relación con inmueble necesario para la construcción del proyecto en referencia, consignándose igualmente que el inmueble a expropiar es propiedad de Ana Ramírez Espinoza, cédula N° 2-323-748. 3º—Que mediante escrito de fecha de recibido el 19 de julio del 2010, el señor Jonathan Rodríguez Morales, cédula N° 4-158086, solicita que se tenga como parte interesada en las diligencias de expropiación descritas en el resultando primero de la presente resolución, en virtud del proceso que interpuso ante el Juzgado Agrario de Puntarenas, mismo que se encuentra anotado al margen de inscripción de la finca del partido de Puntarenas, bajo el Folio Real Matrícula número 16661-000, por lo que resulta necesario proceder a la modificación de la declaratoria de interés público contenida en la Resolución Nº 261 del 18 de marzo del 2010, publicada en La Gaceta Nº 69 del 12 de abril del 2010 y del Acuerdo de Expropiación N° 092-MOP del 23 de junio del 2010, publicado en La Gaceta Nº 137 del 15 de julio del 2010. Considerando: Único.—Que el señor Jonathan Rodríguez Morales, alega tener derecho sobre el bien inmueble a expropiar, inscrito ante el Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real Matrícula número 16661-000, ubicado en el distrito 02 Savegre, cantón 06 Aguirre de la provincia de Puntarenas y siendo que la Administración requiere de dicho inmueble para la ejecución del proyecto de obra pública denominado: “Costanera Sur, Sección Savegre-Dominical”, es necesario proceder a la modificación de la declaratoria de interés público contendida en la resolución N° 261 del 18 de marzo del 2010, publicada en La Gaceta Nº 69 del 12 de abril del 2010 y Acuerdo de Expropiación Nº 092-MOPT de fecha 23 de junio del 2010, publicado, en La Gaceta Nº 137 del 15 de julio del 2010, por cuanto en las diligencias de expropiación que se tramitan en contra del inmueble antes descrito, en donde el propietario registral corresponde a la señora Ana Ramírez Espinoza, cédula N° 2-323748, se debe tener también, como parte interesada, según anotación inscrita ante el Registro Público de la Propiedad, al señor Jonathan Rodríguez Morales, cédula N° 4-158-086. En razón de lo expuesto, se procede a emitir la presente resolución, determinándose: Por tanto, LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES, RESUELVEN: 1º—Modificar la declaratoria de “interés o utilidad pública”, contenida en la Resolución Administrativa N° 261 del 18 de marzo del 2010, publicada en La Gaceta N° 69 del 12 de abril del 2010 y Acuerdo de Expropiación N° 092-MOPT de fecha 23 de junio del 2010, publicado, en La Gaceta Nº 137 del 15 de julio del 2010, a efecto de que en las diligencias de expropiación que se tramitan en contra del inmueble propiedad de la señora Ana Ramírez Espinoza, cédula N° 2-323-748, se tenga también, como parte interesada, según anotación inscrita ante el Registro Público de la Propiedad, al señor Jonathan Rodríguez Morales, cédula N° 4-158-086. Como consecuencia de lo anterior deberán entenderse como corregidos los actos administrativos antes descritos, teniéndose a todos los efectos que en las diligencias de expropiación que se tramitan en contra del inmueble propiedad de la señora Ana Ramírez Espinoza, cédula N° 2-323-748; se tenga como parte interesada, según anotación inscrita ante el Registro Público de la Propiedad, al señor Jonathan Rodríguez Morales, cédula N° 4-158-086. 2º—En lo restante se mantiene vigente la referida Resolución Administrativa Nº 261 del 18 de marzo del 2010, publicada en La Gaceta Nº 69 del 12 de abril del 2010 y Acuerdo de Expropiación N° 092-MOPT de fecha 23 de junio del 2010, publicado, en La Gaceta Nº 137 del 15 de julio del 2010. 3º—Rige a partir de su publicación. Notifíquese y publíquese.—LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Obras Públicas y Transportes, Francisco J. Jiménez.—1 vez.—O. C. Nº 184-2010.—Solicitud Nº 30340.—C-86700.—(IN2010080802). Res. 000731.—San José, a las catorce horas cuarenta minutos del día catorce del mes de setiembre del dos mil diez. Diligencias de declaratoria de interés público y mandamiento provisional de anotación, en relación con inmueble necesario para la construcción del proyecto denominado “Mejoramiento de la Ruta N° 3, Intersección Pozuelo”. Resultando: 1º—Mediante oficio Nº DABI 2010-0954 de 03 de setiembre del 2010, remitido por el Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles de la Dirección Jurídica del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, se solicitó que se procediera a emitir el acto resolutivo correspondiente, con el fin de declarar de interés público y expedir el mandamiento provisional de anotación que a tales efectos prescribe la Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas, en relación con inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real Matrícula número 468064000, cuya naturaleza es terreno con una casa y patio, situado en el distrito 07 Uruca, cantón 01 San José de la provincia de San José, con una medida de 256,55 metros cuadrados y con una medida de 384,00 metros cuadrados según Plano Catastrado SJ-14106152010 y cuyos linderos de la finca madre según Registro Público de la Propiedad son: norte, con Marco Tulio Salas Sánchez; al sur, con Lote 1 de Servicios Tentemozo S. A., al este, con Lote 1 de Tentemozo S. A. y al oeste con carretera Nacional Ruta 1. 2º—Del referido inmueble es de impostergable adquisición de un área de terreno equivalente a 384,00 metros cuadrados, y que presenta las siguientes características: Naturaleza: terreno con una casa y patio. Ubicación: distrito 07 Uruca, cantón 01 San José de la provincia de San José. Linderos, lo indicado en el plano catastrado N° SJ-1410615-2010. Siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto denominado “Mejoramiento de la Ruta N° 3, Intersección Pozuelo”. 3º—Constan en el expediente administrativo número 28.579 a que se refiere este acto resolutivo, los siguientes documentos: a) Plano Catastrado N° SJ-1410615-2010, mediante el cual se establece que para los efectos del mencionado proyecto se requiere del citado inmueble un área total de 384,00 metros cuadrados. b) Estudio sobre la inscripción del inmueble; c) Información básica sobre el propietario, la ubicación y características del inmueble, así como del área que del mismo se requiere obtener y los bienes a valorar; 4º—En razón de lo anterior y por constituir de interés público la presente declaratoria, al requerirse el citado inmueble para la construcción del proyecto mencionado supra, estando en el expediente administrativo la documentación requerida, conoce este Despacho y, Considerando: De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley de Creación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, N° 4786 del 5 de julio de 1971 y sus reformas, este Ministerio se encuentra legalmente facultado para llevar a cabo las obras públicas necesarias dentro del ámbito de su competencia, ejerciendo el La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010 control y la vigilancia necesaria, asimismo, en todas aquellas otras obras públicas que realicen los particulares con sujeción a las disposiciones contenidas en la Ley General de Concesión de Obra Pública con Servicios Públicos, N° 7762 del 14 de abril de 1998. La Ley de Expropiaciones, N° 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas establece en sus artículos 2, 18, 19 y 20, que en todo caso en que la Administración Pública requiera, para el cumplimiento de sus fines, adquirir bienes o afectar derechos, deberá proceder a dictar un acto resolutivo mediante el cual sea declarado de interés público el bien o derecho en referencia, a la vez que contenga un mandamiento provisional de anotación en el correspondiente Registro Público. En ese sentido la Procuraduría General de la República por medio de Pronunciamiento N° C-180-95 del 18 de agosto de 1995, vinculante, definió la actuación administrativa que resulta procedente. De conformidad con las disposiciones normativas y con base, asimismo, en lo prescrito por los artículos 11, 129 y 140 de la Constitución Política; los artículos 11, 13, 16, 27 y 136 de la Ley General de la Administración Pública y el artículo 27 de la Ley General de Caminos Públicos y sus reformas, Ley N° 5060 de 22 de agosto de 1972, procede declarar de interés público el área de dicho inmueble que a continuación se describe: a) Inscripción al Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real Matrícula número 468064-000. b) Naturaleza: terreno con una casa y patio. c) Ubicación: Situado en el distrito 07 Uruca, cantón 01 San José de la provincia de San José. Linderos, lo indicado en el plano catastrado N° SJ-1410615-2010. d) Propiedad: Flor María Benavídez Alvarado, cédula N° 4-078917. e) De dicho inmueble se necesita un área total en conjunto de 384,00 metros cuadrados, para la construcción del proyecto denominado “Mejoramiento de la Ruta Nº 3, Intersección Pozuelo”, según se ha establecido supra. Además, conforme a lo establecido por el artículo 20 de la Ley de Expropiaciones, se ordena por este acto mandamiento de anotación provisional en el Registro Público de la Propiedad y en relación con dicho inmueble necesaria para la construcción del proyecto en referencia. Procedan las dependencias administrativas competentes a proseguir con la tramitación del procedimiento que corresponda, con sujeción a los plazos establecidos por la Ley N° 7495, artículo 21 y concordantes. Por tanto, LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES, RESUELVEN: 1º—Declarar de interés público, respecto al inmueble inscrito al Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real Matrícula número 468064-000; situado en el distrito 07 Uruca, cantón 01 San José de la provincia de San José y propiedad de, Flor María Benavídez Alvarado, cédula N° 4-078-917, con una área total de 384,00 metros cuadrados, y cuyos linderos están delimitados conforme a lo indicado en el Plano Catastrado N° SJ-14106152010, necesaria para la construcción del proyecto denominado “Mejoramiento de la Ruta Nº 3, Intersección Pozuelo”. 2º—Ordénese mandamiento provisional de anotación ante el Registro Público de la Propiedad, del área de dicho inmueble que por esta Resolución se ha establecido como necesaria para la continuación del proyecto en referencia y conforme a lo prescrito por la Ley N° 7495 y sus reformas. 3º—Procedan las dependencias administrativas competentes a continuar con el procedimiento establecido al efecto para la adquisición de dicha área de terreno, con especial observancia de los plazos fijados y en estricto apego a lo prescrito por la Ley de Expropiaciones y sus reformas. Notifíquese y publíquese.—LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Obras Públicas y Transportes, Francisco J. Jiménez.—1 vez.—O. C. Nº 184-2010.—Solicitud Nº 30340.—C-107950.—(IN2010080801). Pág 15 DOCUMENTOS VARIOS PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIO CIVIL ASESORÍA JURÍDICA AVISO Nº SC-017-2010.—San José, 16 de setiembre de 2010. Se hace saber que la Dirección General de Servicio Civil ha emitido las siguientes resoluciones: DG-283-2010.—Modificación del artículo 1° de la resolución DG-268-2010, revalorando en un 2% la categoría 1 y en un 3 % la categoría 2 y siguientes, de las clases de puestos de los grupos profesionales de médicos, farmacéuticos, microbiólogos, odontólogos y psicólogos clínicos. DG-289-2010.—Aprobación del modelo de evaluación de desempeño institucional del Fondo Nacional de Becas. DG-290-2010.—Aprobación del modelo de evaluación de desempeño institucional del Ministerio de Agricultura y Ganadería. DG-297-2010.—Aprobación del modelo de evaluación de desempeño institucional del Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica. DG-299-2010.—Aprobación del modelo de evaluación de desempeño institucional del Registro Nacional. DG-301-2010.—Modificación de los requisitos de las clases de puestos de Director de Colegio 1, 2, y 3; Director de Liceo Laboratorio; Director de Centro Educativo Artístico (I, II, III, Ciclos y Educación Diversificada); Director de Colegio Técnico Profesional 1, 2 y 3; Director de Instituto Profesional de Educación Comunitaria (IPEC). DG-302-2010.—Modificación del Manual Descriptivo de Especialidades del Régimen de Servicio Civil para incluir la carrera de Planificación Económica y Social dentro de las atinencias académicas de la especialidad Promoción Social. DG-306-2010.—Modificación del artículo 1° de la Resolución DG-260-2010, revalorando en un 3,41% las clases de puestos allí asignadas. DG-307-2010.—Aprobación del modelo de evaluación de desempeño institucional del Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones. DG-308-2010.—Revaloración en un 3,41% las clases de puestos contenidas en los artículos 2 y 3 de la Resolución DG-2622010. DG-309-2010.—Modificación del Manual Descriptivo de Especialidades del Régimen de Servicio Civil para incluir el Diplomado en Salud Ocupacional dentro de las atinencias académicas de la especialidad Salud, Seguridad, e Higiene Ocupacional. Publíquese.—José Joaquín Arguedas Herrera, Director General.—1 vez.—O. C. Nº 8139.—Solicitud Nº 076-2010.—C21250.—(IN2010079739). GOBERNACIÓN Y POLICÍA DIRECCIÓN NACIONAL DE DESARROLLO DE LA COMUNIDAD AVISOS El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad de la Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad, hace constar que la Asociación de Desarrollo Específica Pro Cencinai y Bienestar Comunal de Barrio La Cruz de Ciudad Quesada, San Carlos Alajuela. Por medio de su representante: Melania de los Ángeles Gómez Medina, cédula 7-090-713, ha hecho solicitud de inscripción de la siguiente reforma al estatuto: Artículo 12, que fue modificado en la asamblea extraordinaria del 14 de mayo del 2009, dicha modificación consta en el libro de Actas de la Asociación de Desarrollo a folio 46 frente, para que se lea de la siguiente manera: Al extinguirse la Asociación los bienes muebles e inmuebles adquiridos por medio de recursos donados por instituciones del sector público o de bien social o los adquiridos en virtud de ley serán puestos a disposición de la institución que donó los recursos o en su Pág 16 La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010 efecto serán traspasados a otras organizaciones con fines similares que cuenten estatutos de bienestar social si este fue procedente. Previa autorización de la institución donante. En cumplimiento de lo establecido en los artículos 17, 19 y 34 del Reglamento a la Ley 3859 sobre el Desarrollo de la Comunidad que rige esta materia, se emplaza por el termino de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública o privada y en especial a la Municipalidad, para que formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a esta Dirección de Legal y de Registro.—San José, 27 de setiembre del 2010.—Licda. Rosibel Cubero Paniagua, Jefa.—1 vez.—(IN2010080774). El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad de la Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad, hace constar: que la Asociación de Desarrollo Integral de Sámara, Guanacaste. Por medio de su representante: Luis Humberto Acosta Fajardo, cédula 5-131-914, ha hecho solicitud de inscripción de la siguiente reforma al estatuto: Artículo 1º que fue modificado en la asamblea extraordinaria del 25 de abril del 2010, dicha modificación consta en el libro de Actas de la Asociación de Desarrollo a folio 85 frente, para que se lea los límites de la siguiente manera : al norte: Rumbo a Nicoya hasta Río Platanillo incluyendo Terciopelo, al este: del cerro La Torre Aguas Abajo Quebrada Taranta, hasta la altura del cementerio San Miguel del Cementerio San Miguel una línea imaginaria a calle Los Gicaros, bajando a río Mala Noche y por sus aguas abajo hasta la desembocadura, al oeste: desde Vara Quebrado y Pueblo Nuevo, al sur: la costa del Pacífico de la desembocadura del Río Mala Noche hasta la Bahía Barro Quebrado. En cumplimiento de lo establecido en los artículos 17, 19 y 34 del Reglamento a la Ley 3859 sobre el Desarrollo de la Comunidad que rige esta materia, se emplaza por el termino de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública o privada y en especial a la Municipalidad, para que formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a esta Dirección de Legal y de Registro.—San José, 27 de setiembre del 2010.—Departamento de Registro.—Lic. Rosibel Cubero Paniagua, Jefa.—1 vez.—RP2010198393.—(IN2010081256). HACIENDA DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTACIÓN Resolución Nº DGT-014-2010.—Dirección General de Tributación.—San José, a las ocho horas del día 17 de setiembre de dos mil diez. Considerando: I.—Que el artículo 99 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, Ley Nº 4755 de 29 de abril de 1971 y sus reformas, faculta a la Administración Tributaria para dictar normas generales para la correcta aplicación de las leyes tributarias, dentro de los límites que fijan las disposiciones legales y reglamentarias pertinentes. II.—Que mediante artículo 11 de Resolución Nº DGT20-2006, de las ocho horas del; día 28 de agosto de dos mil seis, publicada en La Gaceta Nº 179 del 19-9-2006, se establece: “Artículo 11.—En el caso de retenciones indebidas, cuando el agente de retención sea la Tesorería Nacional, y dado la condición de no declarante y las imposiciones de la Ley 8131 Ley de Administración Financiera y Presupuestos Públicos, la devolución de lo erróneamente retenido durante el periodo presupuestario vigente podrá ser efectuado por la Tesorería Nacional, deduciendo lo devuelto de los ingresos por liquidar del período. En caso de que se refiera a reclamos de períodos presupuestarios ya liquidados, será de conocimiento del Gerente de la Administración Tributaria de San José, con fundamento en la liquidación que realice la Tesorería. Para tales efectos el interesado deberá presentar su solicitud ante la Tesorería Nacional. Los recursos de revocatoria los atenderá la Gerencia indicada”. III.—Que la Procuraduría General de la República, mediante el Dictamen C-439-2008 del 16 de diciembre de 2008, ante un caso de devolución de sumas que fueron retenidas por error a títulos valores en cuyo expediente la Procuraduría indica que consta la resolución Nº SDCIT-050-05 de la División de Recaudación, de la Dirección General de Tributación, emitida en fecha 05 de diciembre del 2005, mediante la cuál se le indica al Tesorero Nacional, Lic. Gabriel Esteban Alpízar Chaves, que la Tesorería Nacional desempeña el papel de Agente de Retención por acreditación de intereses de los títulos valores que emite, esto de conformidad con los artículos 23 de la Ley del Impuesto sobre la Renta y 23 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, razón por la cual concluyen que “dado que la condición de agente recaudador de la Tesorería Nacional es dada por Lev, ie corresponde a esa dependencia la devolución de las sumas retenidas indebidamente, sin necesidad de que la Dirección General de Tributación deba emitir resolución u oficio autorizando dichas devolución” (El subrayado es del original). A raíz de este hallazgo la Procuraduría indica que es con fundamento en dicha resolución y en la normativa que allí se cita, que la Tesorería Nacional encuentra sustento para su competencia para emitir la resolución que ordena la devolución de sumas retenidas indebidamente y concluye: “Así las cosas, existe fundamento jurídico para considerar eventualmente, Tesorería Nacional es el órgano competente para emitir el acto (...) tenemos que existe una resolución previa suficientemente fundamentada -que valga agregar que se mantiene vigente a la fecha v en consecuencia sigue siendo un acto valido v eficaz- que le reconoció de manera expresa la competencia a la Tesorería Nacional para autorizar la devolución de las sumas pagadas indebidamente, y en consecuencia resulta cuestionable la incompetencia que se acusa.” (El subrayado es del original). IV.—Que teniendo el criterio mencionado en el Considerando anterior, carácter vinculante, corresponde derogar el artículo 11 de la Resolución Nº DGT-20-2006 con lo cual además se garantiza un trato igualitario para los sujetos pasivos que tengan situaciones activas ante sus agentes de retención. Por tanto: RESUELVE: Artículo 1º—Deróguese el artículo 11 de la resolución DGT20-06 publicada 19 de setiembre de 2006. Artículo 2º—Vigencia: Rige a partir de su publicación. Transitorio: todos los casos que actualmente se encuentren en trámite para emitir la resolución de devolución conforme al artículo que por esta resolución se deroga, serán resueltos por la Tesorería Nacional.—Publíquese.—Francisco Fonseca Montero, Director General.—1 vez.—O. C. Nº 8094.—Solicitud Nº 34090.—C64600.—(IN2010080682). DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS RES-DGA-320-2010.—Dirección General de Aduanas.— San José, al ser las catorce horas con veinte minutos del dieciséis de setiembre de dos mil diez. Considerando: I.—Que los artículos 10 y 11 de la Ley General de Aduanas, disponen que “La organización y reglamentación de la estructura organizadora del Servicio Nacional de Aduanas estará a cargo del Ministerio de Hacienda, sin perjuicio de los órganos creados por esta ley y el Código Aduanero Uniforme Centroamericano.” y que “La Dirección General de Aduanas es el órgano superior jerárquico nacional en materia aduanera. En el uso de esta competencia, le corresponde la dirección técnica y administrativa de las funciones aduaneras que esta ley y las demás disposiciones del ramo le conceden al Servicio Nacional de Aduanas.” Lo anterior en concordancia con los artículos 6 y 7 del Reglamento a la Ley General de Aduanas. II.—Que el artículo 14 de la Ley General de Aduanas, dispone que “Las aduanas prestarán sus servicios durante las veinticuatro horas del día, todos los días del año, salvo que la Dirección General de Aduanas defina y justifique, ante el Ministerio de Hacienda, en casos excepcionales y/o de fuerza mayor, horarios especiales para determinadas aduanas”. III.—Que la Resolución número RES-DGA-252-2010 de fecha 26 de julio de 2010, publicada en el Diario Oficial La Gaceta Nº 162 del 20 de agosto de 2010, detalla los horarios de atención de las Aduanas y Puestos Aduaneros, desglosados por procesos. La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010 Pág 17 IV.—Que en aras de ampliar el horario de atención de la Aduana de Limón, esta Dirección General de Aduanas considera oportuno modificar el horario de dicha aduana para algunos de los procesos aduaneros descritos mediante la Resolución número RES-DGA-252-2010 indicada. Por tanto, Con base en las potestades otorgadas en la Ley General de Aduanas número 7557 de fecha 20 de octubre de 1995, sus reformas y modificaciones vigentes, el Reglamento a la Ley General de Aduanas Decreto Ejecutivo número 25270-H de fecha 14 de junio de 1996, sus reformas y modificaciones vigentes: EL DIRECTOR GENERAL DE ADUANAS, RESUELVE: 1º—Modificar a la Resolución número RES-DGA-252-2010 de fecha 26 de julio de 2010, publicada en el Diario Oficial La Gaceta Nº 162 del 20 de agosto de 2010, con el propósito de ampliar el horario de atención de la Aduana de Limón para los siguientes procesos aduaneros, a fin de que se lea de la siguiente manera: HORARIO AMPLIADO PARA LA ADUANA DE LIMÓN POR PROCESO Procesos Habituales Proceso Proceso de Reconocimiento Físico de Mercancías y Verificación Documental Autorización de zarpes y de Certificados Importación DUAs de DUAs de Importación solvencias a embarcaciones Temporal de Vehículos Perfeccionamiento Activo Definitiva y Temporal Lunes a viernes 08:00 a 18:00 08:00 a 18:00 08:00 a 18:00 08:00 a 18:00 08:00 a 18:00 Sábado 08:00 a 12:00 08:00 a 12:00 NA (1) 08:00 a 12:00 08:00 a 12:00 Día Domingos y feriados 08:00 a 16:00 08:00 a 16:00 (solo los feriados) (solo los feriados) NA (1) DUAs de Tránsito Aduanero 08:00 a 16:00 08:00 a 16:00 (solo los feriados) (solo los feriados) (1) En la aduana de Limón el trámite de DUAs de Perfeccionamiento Activo se realizará los días sábados previa coordinación con dicha aduana. 2º—Manténganse vigentes los demás horarios de atención de las Aduanas y Puestos Aduaneros, desglosados en la Resolución número RES-DGA-252-2010 en mención. 3º—Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta. Rige a partir de su publicación. Desiderio Soto Sequeira, Director General de Aduanas.—1 vez.—O. C. Nº 9753.—Solicitud Nº 09455.—C-70050.—(IN2010081033). AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO FITOSANITARIO DEL ESTADO DEPARTAMENTO DE INSUMOS AGRÍCOLAS EDICTOS PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ DIA-R-E-305/2010.—El señor Efraín Víquez Rojas, cédula 2-0353-0644, en calidad de Representante Legal de la compañía Taller Industrial de la Piña S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Alajuela, Santa Rosa de Poás. Solicita la inscripción del equipo: Agroboom 6000L con spray Boon de 28 metros. Marca: Tipsa. Modelo: Piñero. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664 y el decreto 27037 MAG-MEIC. Se solicita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la última publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 20 de setiembre del 2010.— Unidad de Registro de Agroinsumos.—Ing. Agr. Marco Vinicio Jiménez Salas.—(IN2010080888). PUBLICACIÓN DE UNA VEZ Nº DIA-R-E-307-2010.—El señor José Manuel Cordero, cédula o pasaporte 2-0441-0651 en calidad de Representante Legal de la compañía Soluciones Seguras Biosafe Centroamérica, S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Alajuela, solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial Tracite 2-0-25 compuesto a base de Nitrógeno-Potasio. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 14:35 horas del 20 de setiembre del 2010.—Ing. Marco Vinicio Jiménez Salas, Jefe Unidad Registro de Agroinsumos.—1 vez.—(IN2010080716). DIA-R-E-308-2010.—El señor José Manuel Cordero, cédula o pasaporte 2-0441-0651 en calidad de Representante Legal de la compañía Soluciones Seguras Biosafe Centroamérica, S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Alajuela, solicita inscripción del enmienda de suelo de nombre comercial HydraHume DG compuesto a base de ácidos húmicos. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 14:40 horas del 20 de setiembre del 2010.—Ing. Marco Vinicio Jiménez Salas, Jefe Unidad Registro de Agroinsumos.—1 vez.—(IN2010080717). DIA-R-E-302-2010.—El señor Walter Solano Chaves, cédula o pasaporte 1-0410-0295, en calidad de Representante Legal de la compañía Miller Chemical Costa Rica S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San Francisco de Dos Ríos, solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial Banana Express 7-85 compuesto a base de nitrógeno-fósforo-potasio-boro-magnesiozinc. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 13:45 horas del 20 de setiembre del 2010.—Ing. Marco Vinicio Jiménez Salas, Jefe Unidad Registro de Agroinsumos.—1 vez.—(IN2010080720). DIA-R-E-304-2010.—El señor Walter Solano Chaves, cédula 1-0410-0295, en calidad de Representante Legal de la compañía Miller Chemical Costa Rica S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San Francisco de Dos Ríos, solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial Forti-Gro 2-4-3 compuesto a base de nitrógeno-fósforo-potasio-calcio-manganeso-hierro-molibdenoproteína. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 13:58 horas del 20 de setiembre del 2010.—Ing. Marco Vinicio Jiménez Salas, Jefe Unidad Registro de Agroinsumos.—1 vez.— (IN2010080721). Pág 18 La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010 DIA-R-E-305-2010.—El señor Walter Solano Chaves, cédula 1-0410-0295, en calidad de Representante Legal de la compañía Miller Chemical Costa Rica S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San Francisco de Dos Ríos, solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial Red Arrow 1.0-0.1-2 compuesto a base de nitrógeno-fósforo-potasio. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.— Heredia, a las 14:05 horas del 20 de setiembre del 2010.—Ing. Marco Vinicio Jiménez Salas, Jefe Unidad Registro de Agroinsumos.—1 vez.—(IN2010080723). activos: La fórmula contiene: Clostridium chauvoei, cepa Oklahoma 17.35%, Clostridium sordelli 12.14%, Clostridium novy 12.14%, Clostridium septicum 17.35%, Clostridium perfringens, tipo C20 33%, Clostridium perfringens, tipo D 20.33%, y las siguientes indicaciones terapéuticas: Para la prevención de enfermedades causadas por Clostridium presentes en la formulación. Con base en el Decreto Ejecutivo Nº 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 6 de setiembre del 2010.—Dr. Luis Zamora Chaverri Jefe de Registro.—1 vez.—(IN2010080853). SERVICIO NACIONAL DE SALUD ANIMAL DIRECCIÓN DE MEDICAMENTOS VETERINARIOS EDICTOS La doctora Claudia Re Huezo, número de cédula 8-0063-991, vecina de Heredia en calidad de regente veterinario de la compañía Faryvet S. A., con domicilio en Heredia, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Oxitetraciclina 90,4., fabricado por laboratorios Faryvet S. A. con los siguientes principios activos: cada Kg. contiene: oxitetraciclina 90.4 g, y las siguientes indicaciones terapéuticas: indicada en el tratamiento de enfermedades producidas por gérmenes sensibles a la oxitetraciclina. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer en este departamento, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.— Heredia, a las 8 horas del día 6 de setiembre del 2010.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—(IN2010079761). OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES La doctora Claudia Re Huezo, número de cédula 8-0063-991, vecina de Heredia en calidad de regente veterinario de la compañía Faryvet S. A., con domicilio en Heredia, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Solubron 20, fabricado por laboratorios Holiday Scott, S. A. Argentina con los siguientes principios activos: cada comprimido de 200 mg contiene: bromexina 20 mg y las siguientes indicaciones terapéuticas: expectorante y mucolítico para uso en perros y gatos. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer en este departamento, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.— Heredia, a las 8 horas del día 6 de setiembre del 2010.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—(IN2010079762). El doctor Óscar Araya Fonseca con número de cédula 1-552-361, vecino de San José en calidad de regente veterinario de la compañía Corpeco S. A., con domicilio en San José, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Clortetrasone NF, fabricado por Laboratorios Innova Andina S. A de Perú, con los siguientes principios activos: cada 100 ml contiene: Oxitetraciclina clorhidrato 5 g, Florfenicol 10 g, Prednisolona 0.5 g, Lidocaína 1 g y las siguientes indicaciones terapéuticas: combinación antibiótica y antiinflamatoria para el tratamiento de enfermedades causadas por agentes sensibles a los componentes de la formulación. Con base en el Decreto Ejecutivo Nº 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 06 de setiembre del 2010.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—(IN2010080653). La doctora Dannia María Campos Hernández, número de cédula Nº 401670240, vecina de San José en calidad de regente veterinaria de la compañía Cadelga S. A., con domicilio en San José, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Bar Vac 7 con Retigen, fabricado por Boehringer Ingelheim Vetmédica S. A. de C. V, México, con los siguientes principios CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD Nº 007-2010.—San José, 17 de setiembre del 2010 Con fundamento en lo que establece el artículo 140, inciso 2) de la Constitución Política y 2 del Estatuto de Servicio Civil. ACUERDA: Artículo 1º—Nombrar en propiedad en el Consejo Nacional de Vialidad y con sujeción a las disposiciones del Régimen de Servicio Civil, a los siguientes funcionarios: Nombre Cédula Nº Puesto Clase Puesto Paola Barquero Acuña 1-1015-0246 503556 Profesional de Servicio Civil 2 Ana Ivette Campos Cerdas 5-0241-0246 025684 Profesional de Servicio Civil 1-B Ana Guiselle Cortés Oviedo 1-0470-0338 012045 Profesional de Servicio Civil 2 Mauricio Ortiz Vega 1-0807-0288 503554 Profesional de Servicio Civil 3 Artículo 2º—Rige a partir del 01 de junio del 2010. Publíquese.—Dirección Ejecutiva.—Ing. Carlos Acosta Monge, Director Ejecutivo.—1 vez.—O. C. Nº 184-2010.— Solicitud Nº 30339.—C-28600.—(IN2010080737). EDUCACIÓN PÚBLICA DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE LA CALIDAD REPOSICIÓN DE TÍTULO EDICTOS PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, Rama Académica Modalidad de Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 92, título 958, emitido por el Liceo Regional de Flores, en el año mil novecientos noventa y seis, a nombre de Araya Chavarría Boris Gerardo. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, catorce de setiembre del dos mil diez.—Departamento de Evaluación de la Calidad.—MSc. Trino Zamora Zumbado, Jefe.—(IN2010077747). Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 259, título 5090, emitido por el Colegio Vocacional Monseñor Sanabria, en el año dos mil cuatro, a nombre de Navarro Vargas Greivin William. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, nueve de setiembre del dos mil diez.— Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2010077750). Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 263, título 1666, emitido por el Liceo Laboratorio Emma Gamboa, en el año dos mil siete, a nombre de Barrantes Ramírez Ana Alexandra. Se solicita la reposición del título indicado La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010 por cambio de apellido, cuyos nombres y apellidos correctos son García Ramírez Ana Alexandra. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, catorce de setiembre del dos mil diez.— Departamento de Evaluación de la Calidad.—MSc. Trino Zamora Zumbado, Jefe.—(IN2010077768). Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, Rama Técnica, inscrito en el tomo 1, folio 24, título 633, emitido por el Colegio Técnico Profesional de Carrillo, en el año mil novecientos ochenta y seis, a nombre de Pizarro Mendoza Steiger. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, dieciocho de enero del dos mil diez.—Departamento de Evaluación de la Calidad.—MSc. Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora.— (IN2010077770). Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 031, título 163, emitido por el Colegio Técnico Profesional José Figueres Ferrer, en el año mil novecientos noventa y seis, a nombre de Segura Herrera Isaura. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, trece de setiembre del dos mil diez.— Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2010196675.—(IN2010077998). Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 129, título N° 820, en el año dos mil siete, y del Diploma de Técnico Medio en la Especialidad de Contabilidad, inscrito en el tomo 2, folio 27, título N° 1741, en el año dos mil dos, ambos títulos fueron emitidos por el Colegio Técnico Profesional Carlos Ml. Vicente Castro, a nombre de Callejas Arguello Silvia Desirre. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, trece de setiembre del dos mil diez.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa Departamento de Evaluación Académica y Certificación.— (IN2010078060). Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de la Educación Diversificada, “Rama Académica” Modalidad en Ciencias y Letras, inscrito en el tomo IV, folio 5, título N° 99, emitido por el Liceo de Nicoya, en el año mil novecientos ochenta y seis, a nombre de Ugalde Boniche Carlos Edgardo. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, diez de setiembre del dos mil diez.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—(IN2010078132). Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 71, título N° 2284, emitido por el Liceo Ing. Carlos Pascua, en el año dos mil diez, a nombre de Medina Marín Fresia Raquel. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, seis de setiembre del dos mil diez.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—(IN2010078187). Pág 19 Ante este departamento se ha presentado la solicitud de reposición del título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 84, título N° 337, emitido por el Colegio Técnico Profesional de Guaycará, en el año dos mil tres, a nombre de Gutiérrez Sobrado Karen Ariela. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial Diario Oficial La Gaceta.—San José, 20 de setiembre del 2010.— Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2010078585). Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Letras, inscrito en el tomo 1, folio 17, título Nº 88, emitido por el Liceo Nocturno Justo A. Facio, en el año mil novecientos setenta, a nombre de López Gutiérrez María Rosa. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veinte días del mes de mayo del dos mil diez.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2010079221). Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 31, título Nº 292, emitido por el Colegio Angloamericano, en el año dos mil tres, a nombre de Johanning Mora Ilse. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 17 de setiembre del 2010.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.— RP2010197568.—(IN2010079508). Ante este Departamento, se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 60, título Nº 787, emitido por el Colegio Nuestra Señora, en el año mil novecientos noventa y siete, a nombre de Segura Molina Daniela. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 9 de setiembre del 2010.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2010079653). Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 65, título N° 642, emitido por el Liceo Rodrigo Facio Brenes, en el año mil novecientos noventa y seis, a nombre de Moreno Díaz Kattia. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, veinte de setiembre del dos mil diez.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.— RP2010198043.—(IN2010080318). Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 430, título Nº 2152, emitido por el Liceo Anastasio Alfaro, en el año dos mil ocho, a nombre de Moya Durán Silvia Fabiola. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 12 de agosto del 2010.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.— RP2010198095.—(IN2010080319). Pág 20 La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010 Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 57, título Nº 411, emitido por el Liceo Nocturno de Nicoya, en el año mil novecientos noventa y nueve, a nombre de Arroyo Cárdenas Luis Diego. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 14 de setiembre del 2010.—Departamento de Evaluación de la Calidad.—MSc. Trino Zamora Zumbado, Jefe.—(IN2010080494). Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 23, título Nº 110, emitido por la Unidad Pedagógica José Fidel Tristán, en el año mil novecientos noventa y cuatro, a nombre de Arguedas Moya Jorge. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 20 de setiembre del 2010.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2010080509). Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 17, título Nº 149, emitido por el Colegio Latino, en el año dos mil nueve, a nombre de Arias Montenegro Marvin Antony. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 24 de setiembre del 2010.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.— (IN2010080521). Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 34, título N° 202, emitido por el Liceo Pacífico Sur, en el año mil novecientos noventa y siete, a nombre de Castillo Martínez José Mauricio. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, veinticuatro de setiembre del dos mil diez.— MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—(IN2010080557). Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 39, asiento N° 180, emitido por el Liceo de Cariari, en el año mil novecientos noventa y nueve, a nombre de Peraza Munguía Alejandra Isabel. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, nueve de abril del dos mil diez.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—(IN2010080558) Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 58, título N° 560, emitido por el Colegio Bilingüe Santa Cecilia, en el año dos mil uno, a nombre de Lara Araya María Gabriela. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, veintitrés de setiembre del dos mil diez.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—(IN2010080560). Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 01, folio 84, asiento N° 430, emitido por el C.T.P de San Carlos, en el año dos mil uno, a nombre de Ugalde Cortés Elizabeth. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, veintidós de setiembre del dos mil diez.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2010080590). Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 27, título N° 299, emitido por el Colegio Nocturno Braulio Carrillo Colina, en el año mil novecientos noventa y cinco, a nombre de Sánchez Espinoza Alberto. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”.—Dado en San José, los ocho días del mes de diciembre del dos mil ocho.—Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora Nacional de Gestión y Evaluación de la Calidad.—(IN2010080735). PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 4, folio 90, título Nº 537, emitido por el Colegio de Bagaces, en el año dos mil cinco, a nombre de Iacayo Romero Yokira. Se solicita la reposición del título por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veinte días del mes de setiembre del dos mil diez.—M.Ed. Lilliam Mora Aguilar, Jefe Departamento de Evaluación Académica y Certificación.— (IN2010079764). Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 18, título Nº 85, emitido por el Colegio Técnico Profesional La Fortuna, en el año mil novecientos noventa y dos, a nombre de Morales Anchía Evelio. Se solicita la reposición del título por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veinte días del mes de setiembre del dos mil diez.—M.Ed. Lilliam Mora Aguilar, Jefe Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—Nº RP2010197744.— (IN2010079842). Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 81, título N° 544, emitido por el Liceo Nocturno de Liberia, en el año mil novecientos noventa y nueve, a nombre de Vega Martínez Noylen. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veinticuatro días del mes de setiembre del dos mil diez.— MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa, Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—(IN2010080772). Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 8, título N° 23, emitido por el Colegio Humanista Bilingüe del Monte, en el año dos mil cuatro, a nombre de Núñez Vindas Alfonso. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veintiún días del mes de setiembre del dos mil diez.— Departamento de Evaluación académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2010080889). PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 32, título Nº 321, emitido por el Liceo Maurilio Alvarado Vargas, en el año mil novecientos noventa y cuatro, a La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010 nombre de Barahona Vega José Fabio. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 21 de setiembre del 2010.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2010197614.—(IN2010079509). TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES AVISOS PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ De conformidad con la autorización extendida por la señora Ministra de Trabajo y Seguridad Social, se ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su estatuto social organización social denominada: Cooperativa Agrícola Industrial de Carniceros de la Zona Norte R.L., siglas CARNICOOP R.L., acordada en asamblea celebrada el 4 de julio del 2010. Resolución 1326-CO. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente, se envía un extracto de su inscripción para su publicación en el La Gaceta. La reforma afecta al artículo 57 del Estatuto.—San José, 24 de agosto del 2010.—Lic. Iris Garita Calderón, Jefa, a. í.—(IN2010077447). De conformidad con la autorización extendida por la señora Ministra de Trabajo y Seguridad Social se ha procedido a la inscripción de la organización social denominada: Consorcio Cooperativo para la Salud Humana R. L, siglas SALUSUR R. L., acordada en asamblea celebrada el 24 de octubre del 2009. Resolución 1341-CO. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente, se envía un extracto de su inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Presidente Vicepresidente Secretaria Vocal 1 Vocal 2 Suplente 1 Suplente 2 Óscar Alvarado Alpízar Milton Siles Zúñiga Maribel Porras Cambronero Lilliam Obando Obando Jesús Montoya Loría Ronaldo Pérez Ortega Víctor Arguedas Loría Gerente Rómulo León Mora San José, 02 de setiembre del 2010.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe de Registro.—(IN2010078730). De conformidad con la autorización extendida por la señora Ministra de Trabajo y Seguridad Social se ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su Estatuto Social organización social denominada: Unión de Mujeres Productoras de Limoncito R. L., siglas UPROLIM, acordada en asamblea celebrada el 01 de agosto del 2010. Resolución S-M142. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente, se envía un extracto de su inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. La reforma afecta los artículos 3 y 4 del Estatuto. Con la reforma al artículo 3 varía el nombre de la organización y en adelante se denominará Unión de Mujeres y Hombres Productoras y Productores de Limoncito, Siglas UPROLIM. San José, 17 de agosto del 2010.—Lic. Iris Garita Calderón, Jefa de Registro a. í.—(IN2010080161). De conformidad con la autorización extendida por la señora Ministra de Trabajo y Seguridad Social, este Registro ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su Estatuto la organización social denominada: Cooperativa de Ahorro y Crédito del Sistema Penitenciario R. L., siglas COOPESIPE R. L., acordada en asamblea celebrada el 31 de marzo del 2006. Resolución 66. Pág 21 En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente y se envía un extracto de la inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. La reforma afecta los artículos 3, 29, 70, 72, 79 y 93 del Estatuto. San José, 18 de junio del 2010.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—RP2010197985.—(IN2010080323). JUSTICIA Y PAZ JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Marcas de ganado PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ Juan José Ramírez Aguilar, cédula de identidad 1-413-105, en calidad de apoderado generalísimo de Ditsö Kunök, S. A., cédula jurídica Nº 3-101-319901, solicita la inscripción de: como marca de comercio, en clase 3 y 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 3: Productos de limpieza, para blanquear, para pulir, desengrasar, raspar y actividades ajenas. En clase 5: Productos desinfectantes, productos higiénicos para la medicina. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de agosto del 2010. Solicitud Nº 2010-0007724. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 1 de setiembre del 2010.—Juan Carlos Sánchez García, Registrador.—RP2010199100.—(IN2010081914). Juan José Ramírez Aguilar, cédula de identidad 1-413-105, en calidad de apoderado generalísimo de Ditsö Kunök, S. A., cédula jurídica Nº 3-101-319901, con domicilio en Paso Ancho, de Finsa, 100 metros al sur y 100 metros al oeste, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: como marca de comercio, en clase 3 y 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: En clase 3: Productos cosméticos, perfumería, jabones, aceites esenciales, lociones, dentífricos y afines, productos para limpiar. En clase 05: Productos farmacéuticos, higiénicos para la medicina, desinfectantes, para apósitos y emplastos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de agosto del 2010. Solicitud Nº 20100007725. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 9 de setiembre del 2010.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.— RP2010199101.—(IN2010081915). Juan José Ramírez Aguilar, cédula de identidad 1-413-105, en calidad de apoderado generalísimo de Ditsö Kunök, S. A., cédula jurídica Nº 3-101-319901, con domicilio en Paso Ancho, de Finsa, 100 metros al sur y 100 metros al oeste, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: como marca de comercio, en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Plaguicidas tales como insecticidas, virucidas, fungicidas, nematicidas, bactericidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de agosto del 2010. Solicitud Nº 2010-0007727. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 20 de setiembre del 2010.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.— RP2010199102.—(IN2010081916). Pág 22 La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010 Juan José Ramírez Aguilar, cédula de identidad 1-413-105, en calidad de apoderado generalísimo de Ditsö Kunök, S. A., cédula jurídica Nº 3-101-319901, solicita la inscripción de: como marca de comercio, en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Productos desinfectantes e higiénicos. Aditivos desinfectantes y preservantes. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de agosto del 2010. Solicitud Nº 2010-0007726. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 1 de setiembre del 2010.—Juan Carlos Sánchez García, Registrador.—RP2010199103.—(IN2010081917). Juan José Ramírez Aguilar, cédula de identidad 1-413-105, en calidad de apoderado generalísimo de Ditsö Kunök, S. A., cédula jurídica Nº 3-101-319901, con domicilio en Paso Ancho, de Finsa, 100 metros al sur y 100 metros al oeste, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: como nombre comercial, en clase 49 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a la administración y distribución con vendedores y comercialización de productos orgánicos. Ubicado en Montelimar, Guadalupe, Goicoechea, de la Bomba Shell, 200 metros al norte y 25 metros al este. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de agosto del 2010. Solicitud Nº 20100007729. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 9 de setiembre del 2010.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.— RP2010199104.—(IN2010081918). Patentes de invención PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ El señor Manuel Enrique Lizano Pacheco, cédula 1-833-413, mayor, casado, abogado, vecino de Santa Ana, en su condición de apoderado especial de Abbott Laboratories, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada PRODUCTOS QUIMIOTERAPÉUTICOS CRISTALINOS DERIVADOS DE INDAZOL. Forma cristalina 1 de N-[4-(3-amino-lH-indazol4-il)fenil]-N’-(2-fluoro-5-metilfenil) urea hidrato, maneras para elaborarla, formulaciones que comprenden a la misma y elaboradas con la misma y métodos de tratamiento de pacientes que padecen una enfermedad para usarla. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07D 231/56, cuyos inventores son Thomas B. Borchardt, Alexander Chu-Kung, Michael J. Rozema, Shailendra V. Bordawekar. La solicitud correspondiente lleva el número 11388, y fue presentada a las 8:54:20 del 23 de abril del 2010. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 20 de agosto del 2010.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—(IN2010077734). El señor Manuel Enrique Lizano Pacheco, cédula 1-833-413, mayor de edad, casado, abogado, vecino de Santa Ana, apoderado especial de Abott Laboratories, de E. U. A., solicita la Patente de Invención denominada DERIVADO DE URACILO O TIMINA PARA EL TRATAMIENTO DE LA HEPATITIS C. Esta invención se relaciona con: (a) compuestos y sales de los mismos que, entre otros, inhiben el HCV; (b) intermediarios de utilidad para la preparación de dichos compuestos y sales; (c) composiciones que comprenden dichos compuestos y sales; La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07D 23/22, cuyos inventores son Wagner, Rolf, Michael D. Tufano, Kent D. Stewart, Todd W. Rockway, John T. Randolph, John K. Pratt, Christopher E. Motter, Kenton L. Longenecker, Dachun Liu, Allan C. Krueger, Warren M. Kati, Douglas K. Hutchinson, Peggy P. Huang, Charles A. Flentge, Pamela L. Donner, David A. Degoey, David A. Betebenner, David M. Barnes, Shuang Chen, Thaddeus S. Franczyk II, YI Gao, Anthony R. Haight, John E. Hengeveld, Rodger F. Henry, Brian J. Kotecki, Xiaochun Lou, Kathy Sarris, Geoff G. Z. Zhang. La solicitud correspondiente lleva el número 11316, y fue presentada a las 9:20:00 del 16 de marzo del 2010. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 20 de agosto del 2010.—Lic. Fabián Andrade Mora, Registrador.—(IN2010077735). El señor Cristian Calderón Cartín, mayor, abogado, cédula 1-800-402, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Glaxo Group Limited, de Reino Unido, solicita la Patente de Invención denominada COMPUESTOS ANTI-VIRALES, COMPOSICIONES Y MÉTODOS DE USO. Se dan a conocer compuestos de la Fórmula (I): sales farmacéuticamente aceptables, y solvatos de los m i s m o s , composiciones de los mismos, y métodos para su preparación y uso para el tratamiento de infecciones virales mediadas cuando menos en parte por un virus de la familia de virus Flaviviridae. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Novena Edición es C07D 487/04, cuyos inventores son Leivers, Martin Robert, Keicher, Jesse Daniel, Schmitz, Franz Ulrich, Rai, Roopa, Lauchli, Ryan, Liehr, Sebastian Reinhard Johannes, Chan, Stephanie Anna, Ton, Toney Loc. La solicitud correspondiente lleva el número 11248, y fue presentada a las 14:02:11 del 2 de febrero del 2010. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.— San José, 1º de setiembre del 2010.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—RP2010196772.—(IN2010077995). El señor Aarón Montero Sequeira, cédula 1-908-006, mayor, casado una vez, abogado, vecino de San José, apoderado especial de Chazon Stein, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada TOALLA PARA LLEVAR PUESTA. Se describe una toalla fácilmente enrollable y fijada alrededor de un usuario, la toalla tiene un cuerpo principal rectangular sustancialmente plano que tiene dos aberturas en el cuerpo principal configuradas para asegurar la toalla al cuerpo del usuario usando un brazo. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Novena Edición es A47K 10/02, cuyo inventor es Chazon Stein. La solicitud correspondiente lleva el número 11478, y fue presentada a las 10:51:00 del 4 de junio del 2010. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. San José, 30 de agosto de 2010. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—RP2010196867.—(IN2010078523). El señor Manuel E. Peralta Volio, cédula 9-012-480, mayor, casado, abogado, vecino de San José, en calidad de Apoderado Especial de Novartis AG, de Suiza, solicita la Patente de Invención denominada MÉTODOS Y COMPOSICIONES QUE UTILIZAN POLIPÉPTIDOS DE FUSIÓN DE KLOTHO-FGF. La presente invención se refiere a métodos, kits, y composiciones para prevenir o tratar condiciones relacionadas con la edad o trastornos metabólicos. Los polipéptidos de fusión Klotho de la invención incluyen cuando La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010 menos una proteína Klotho o un fragmento activo de la misma. Las proteínas de fusión Klotho son útiles en el tratamiento y en la prevención de una variedad de condiciones relacionadas con la edad y trastornos metabólicos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Novena Edición es C07K 14/50, cuyos inventores son Glass, David, HU, Shou-Ih. La solicitud correspondiente lleva el número 11580, y fue presentada a las 11:59:00 del 21 de julio del 2010. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 09 de setiembre del 2010.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—(IN2010079075). El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335794, mayor de edad, abogado, vecino de San José, apoderado especial de Aka Technology GMBH, de Austria, solicita la Patente de Invención denominada USO DE DERIVADOS DE GUANIDINA POLIMÉRICOS PARA EL CONTROL DE MICROORGANISMOS NO DESEADOS EN LA PROTECCIÓN DE CULTIVOS. La presente invención se refiere al uso de derivados de guanidia poliméricos para el tratamiento curativo y/o preventivo de microorganismos no deseados tales como bacterias y hongos fitopatógenos en la protección de cultivos que incluye el tratamiento de semilla. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Novena Edición es A01N 47/44, cuyo(s) inventor(es) es(son) Rosslenbroich, Hans-Juergen, Schopfer, Martin, Wolf, Hilmar, Wachendorff-Neumann, Ulrike, Dahmen, Peter, Ebbinghaus, Dirk, Schmidt, Oskar, Voerste, Arnd. La solicitud correspondiente lleva el número 11528, y fue presentada a las 13:57:30 del 21 de junio del 2010. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.— San José, 10 de setiembre del 2010.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—(IN2010079175). El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, Abogado, cédula 1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Dow Agrosciences LLC, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada DERIVADOS DE PIRIMIDINA 5-FLUORO COMO FUNGICIDAS. La presente descripción se refiere al campo de las pirimidinas 5-fluoro y sus derivados y al uso de estos compuestos como fungicidas. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Novena Edición es C07D 239/47, cuyo(s) inventor(es) es(son) Zoltan Benko, Timothy Boebel, Nneka Breaux, Kristy Bryan, George Davis, Jeffrey Epp, Beth Lorsbach, Tomothy Martin, Kevin Meyer, Bassam Nader, W. Owen, Mark Pobanz, James Ruiz, Frisby Smith, Michael Sullenberger, Jeffery Webster, Chenglin Yao, David Young. La solicitud correspondiente lleva el número 11569, y fue presentada a las 14:01:15 del 15 de julio de 2010. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.— San José, 31 de agosto del 2010.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(IN2010079176). El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, mayor, Abogado, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de F. Hoffmann-La Roche AG, de Suiza, Chugai Seiyaku Kabushiki Kaisha, de Japón, solicita la Patente de Invención denominada PREPARACIÓN DE SOLUCIÓN QUE CONTIENE ANTICUERPOS EN UNA ALTA CONCENTRACIÓN. Como una preparación estable que contiene anticuerpos adecuada para la administración subcutánea en donde se previenen la formación de dímeros y la desamidación durante un almacenamiento prolongado, se provee una preparación estable de solución que contiene un anticuerpo, la cual se caracteriza por contener arginina y metionina. La memoria descriptiva, reindivicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Novena Edición es A61K 39/395, cuyo(s) inventor(es) Pág 23 es(son) Toshiyuki Morichika, Daisuke Kameoka, Yoshimi Imaeda, Terutoshi Maeda, Oliver Boris Stauch. La solicitud correspondiente lleva el número 11594, y fue presentada a las 13:54:00 del 26 de julio de 2010. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 10 de septiembre de 2010.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.— (IN2010079179). El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Dow Agrosciences LLC, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada COMPOSICIONES AGRÍCOLAS. Se han descubierto composiciones que son adecuadas para formar una dispersión estable. Las composiciones comprenden un compuesto activo agrícolamente y un compuesto oligomérico o polimérico de metal multivalente que tiene un peso molecular de aproximadamente 150 hasta aproximadamente 15,000 Daltons. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Novena Edición es A01N 59/16, cuyo(s) inventor(es) es(son) Kuide Qin, Lei Liu. La solicitud correspondiente lleva el número 11606, y fue presentada a las 13:53:15 del 28 de julio de 2010. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. San José, 10 de Septiembre de 2010. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.— San José, 10 de setiembre del 2010.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—(IN2010079180). El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de Sanofi-Aventis, de Francia, solicita la Patente de Invención denominada: INHIBIDORES DEL RECEPTOR DE QUIMIOQUINAS CxCR3. Esta invención se dirige a un compuesto 3-(amido o sulfamido)-4-(4-azinil sustituido)benzamida como se define en la presente memoria. El compuesto 3-(amido o sulfamido)-(4-azinil sustituido)benzamida es útil como un inhibidor del receptor de quimioquinas CxCR3, y para prevenir o tratar una enfermedad mediada por el receptor de quimioquinas CxCR3 o afección relacionada con la misma en un paciente que lo necesite. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Novena Edición es C07D 295/033, cuyos inventores son David S. Thorpe, Martin Smrcina, Dagmar D. Cabel. La solicitud correspondiente lleva el número 11604, y fue presentada a las 13:52:00 del 28 de julio del 2010. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 9 de setiembre del 2010.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—(IN2010079181). El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Ceradis B.V., de Países Bajos, solicita la Patente de Invención denominada: COMPOSICIONES PARA EL CONTROL DE PATÓGENOS DE PLANTAS Y PARA USO COMO FERTILIZANTES DE PLANTAS. La presente invención se refiere a una composición que comprende un compuesto metálico, un lignosulfonato y ácido fosforoso y/o una sal y/o un hidrato y/o un éster del mismo y su uso como fungicida, bactericida o fertilizante y a su uso en la prevención de la formación de un precipitado de fosfito metálico en una composición acuosa. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Novena Edición es A01N 25/30, cuyos inventores son Wilm Van Der Krieken, Hans Kok, Evert Davelaar, Luc Stevens. La solicitud correspondiente lleva el número 11570, y fue presentada a las 14:19:00 del 16 de julio del 2010. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 9 de setiembre del 2010.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—(IN2010079183). Pág 24 La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010 El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Sanofi-Aventis, de Francia, solicita la Patente de Invención denominada: DERIVADOS BICÍCLICOS DE CARBOXAMIDAS AZA-BICÍCLICAS, SU PREPARACIÓN Y SU APLICACIÓN TERAPÉUTICA. La invención se refiere a los compuestos de fórmula general (I) en la que X1, X2, X3 y X4 representan, independientemente uno del otro, un átomo de nitrógeno o un grupo C-R1; W representa un átomo de oxígeno o de azufre; n es igual a 0, 1, 2 ó 3; Y representa un arilo o un heteroarilo opcionalmente sustituido; A representa el grupo de la fórmula: (II), Z1, Z2, Z3 y Z4 representan, independientemente el uno del otro, un átomo de nitrógeno o un grupo C-R2; Ra y Rb forman junto con los átomos de carbono a los que están unidos, un cicloalquilo parcialmente insaturado, o un arilo; o un heterociclo, o un heteroarilo de 5 a 7 miembros que comprende uno a tres heteroátomos seleccionados de O, S o N. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Novena Edición es C07D 401/12, cuyos inventores son Laurent Dubois, Yannick Evanno, Andre Malanda, Catherine Gille. La solicitud correspondiente lleva el número 11574, y fue presentada a las 14:15:00 del 20 de julio del 2010. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 31 de agosto del 2010.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—(IN2010079186). El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula Nº 1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Sanofi-Aventis, de Francia, solicita la Patente de Invención denominada DERIVADOS DE CARBOXAMIDAS AZABICÍCLICAS. Su preparación y su aplicación en terapéutica. La invención se refiere a los compuestos de fórmula general (I) en la que X1, X2, X3 y X4, representan, independientemente el uno del otro, un átomo de nitrógeno o un grupo C-R1; z1, Z2, Z3 y Z4 representan, independientemente el uno del otro, un átomo de nitrógeno o un grupo C-R2. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Novena Edición es C07D 471/04, cuyo(s) inventor (es) es (son) Laurent, Dubois, Yannick, Evanno, David, Machnik, Andre, Malanda. La solicitud correspondiente lleva el número 11546, y fue presentada a las 13:57:00 del 29 de junio de 2010. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 31 de agosto del 2010.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(IN2010079188). El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula Nº 1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Amgen Inc., de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada: COMPUESTOS FUSIONADOS DE PIRIDINA, PIRIMIDINA Y TRIAZINA COMO INHIBIDORES DEL CICLO CELULAR. Se proporcionan compuestos, composiciones farmacéuticas y métodos que son de utilidad para trastornos mediados por las Cdk4, tal como el cáncer. Los compuestos de la invención son derivados de la piridina, pirimida y triazina fusionada. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Novena Edición es C07D 417/14, cuyos inventores son Connors, Richard, V., Dai, Kang, Eksterowicz, John, Fan, Pingchen, Fisher, Benjamin, Fu, Jiashheng, Li, Kexue, Li, Zhihong, Magee, Lawrence, R., Sharma, Rajiv, Wang, Xiaodong, Mcminn, Dustin, Mihalic, Jeffrey, Deignan, Jeffrey. La solicitud correspondiente lleva el número 11573, y fue presentada a las 14:02:00 del 19 de julio del 2010. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 16 de setiembre del 2010.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.— (IN2010079184). El señor Manuel Enrique Lizano Pacheco, cédula 1-833-413, mayor de edad, casado, abogado, vecino de Santa Ana, apoderado especial de Abbott Laboratories de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada PRODUCTOS QUIMIOTERAPEUTICOS CRISTALINOS. Forma cristalina 2 de N-[4-(3-amino-lH-indazol4-il)fenil]-N’-(2-fluoro-5-metilfenil)urea que, cuando se mide a aproximadamente 25°C con radiación a 1,54178 Å. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07D 231/56, cuyos inventores son Borchardt, Thomas B, Chu-Kung, Alexandre. La solicitud correspondiente lleva el número 11444, y fue presentada a las 8:19:30 del 19 mayo de 2010. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 20 de agosto del 2010.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—(IN2010079581). El señor Harry Wohlstein Rubinstein, cédula 1-341-287, mayor, casado una vez, abogado, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Rohm and Haas Company, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada UN PROCEDIMIENTO PARA REALIZAR REPARACIÓN DENTAL Y APARATO RESULTANTE. Se describe un procedimiento para elaborar una reparación dental que incluye formar una imagen la cual representa una característica de la cavidad oral natural. La imagen se puede formar en una computadora por un artista o se puede captar por una fotografía de la cavidad oral. La imagen basa en computadora se puede modificar con un programa ayudado por computadora. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Novena Edición es A61C 5/00, cuyo inventor es Uriel Yarovesky. La solicitud correspondiente lleva el número 11602, y fue presentada a las 10:32:00 del 28 de julio del 2010. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 9 de setiembre del 2010.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.— (IN2010080202). El señor Harry Wohlstein Rubinstein, cédula 1-341-287, mayor de edad, casado una vez, vecino de San José, abogado, apoderado especial de Genentech Inc. de E. U. A., solicita la Patente de Invención denominada COMPOSICIÓN QUE COMPRENDE ANTICUERPO QUE SE FIJA AL DOMINIO II DE HER2, Y SUS VARIANTES ACIDAS. Se describe una composición que comprende un anticuerpo de HER2 de especie principal que se fija al La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010 dominio II de HER2 y sus variantes acidas. También se proporcionan las formulaciones farmacéuticas que comprenden la composición, y los usos terapéuticos para la composición. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Novena Edición es C07K 16/32, cuyos inventores son Harris, Reed J., Motchnik, Paul, A. La solicitud correspondiente lleva el número 11648, y fue presentada a las 9:54:00 del 25 de agosto del 2010. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.— San José, 7 de setiembre del 2010.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—(IN2010080201). El señor Néstor Morera Víquez, cédula Nº 1-1018-975, mayor, casado, abogado, vecino de Heredia, en su condición de apoderado especial de Astrazeneca AB, de Suecia, solicita la Patente de Invención denominada COMPUESTO (R)-N*6*-ETIL-6,7DIHIDRO-5H-INDENO(5,6-D)TIAZOL-2, 6-DIAMINA y su uso como antipsicótico. Esta invención se refiere al compuesto de Fórmula 1 y sus sales farmacéuticamente aceptables: (R)-N*6*-etil6,7-dihidro-5H-indenol[5,6-d]tiazol-2,6-diamina. Esta invención también se refiere a métodos para sintetizar, métodos para utilizar y a composiciones farmacéuticas que comprenden el compuesto de Fórmula 1 y sus sales. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es W07D 277/82, cuyo(s) inventor(es) es (son) William C. III. Blackwell, James Hulsizer, Jian Wei Liu, Gary Steelman, Rebecca Urbanek, Dan Widzowski, Ye Wu. La solicitud correspondiente lleva el número 11639, y fue presentada a las 14:25:00 del 20 de agosto de 2010. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.— San José, 23 de agosto del 2010.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—(IN2010080534). El señor Néstor Morera Víquez, cédula Nº 1-1018-975, mayor, casado, abogado, vecino de Heredia, en su condición de apoderado especial de Bayer Schering Pharma Aktiengesellschaft, de R.F. Alemania, solicita la Patente de Invención denominada SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DE DROGAS CON EFECTO ESTABILIZANTE. Un sistema de administración de drogas también usado como forma de dosificación unitaria que comprende una matriz de película delgada soluble en agua, en donde la matriz comprende: a) un copolímero de injerto polivinilalcoholpolietilenglicol (copolímero de PVA-PEG) como polímero de matriz soluble en agua; b) un ingrediente activo que es un esteroide en el cual las posiciones 6 y 7 de la estructura esteroide son ambas un residuo -CH2-. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A61K 9/00, cuyo(s) inventor(es) es (son) Funke, Adrián, Terebesi, Ildikó, General, Sascha. La solicitud correspondiente lleva el número 11630, y fue presentada a las 12:57:00 del 13 de agosto de 2010. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 17 de agosto del 2010.—Lic. Randall Abarca, Registrador.— (IN2010080536). El señor Néstor Morera Víquez, cédula Nº 1-1018-975, mayor, casado, abogado, vecino de Heredia, en su condición de apoderado especial de Bayer Schering Pharma Aktiengesellschaft, de R.F. Alemania, solicita la Patente de Invención denominada PARAMYXOVIRUS EFICAZ COMO ANTITUMORAL. Se describen paramyxovirus del grupo APMV3, APMV4, APMV5, APMV6, APMV7, APMV8, APMV9, virus Mapueray virus Ferde-Lance, los cuales pueden ser usados para la producción de un medicamento para el tratamiento de tumores. El virud tiene la selectividad para matar células diferenciadas tumorales humanas pero no para matar células diferenciadas normales humanas o en proliferación normal humanas con la misma dosis. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, Pág 25 la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A61K 35/76, cuyo(s) inventor(es) es (son) Rudolf Beier, Florian Puhler. La solicitud correspondiente lleva el número 11631, y fue presentada a las 12:57:15 del 16 de agosto de 2010. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguiente a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.— San José, 16 de agosto del 2010.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—(IN2010080537). El señor Néstor Morera Víquez, cédula Nº 1-1018-975, mayor, casado, abogado, vecino de Heredia, en su condición de apoderado especial de Bayer Schering Pharma Aktiengesellschaft, de R.F. Alemania, solicita la Patente de Invención denominada SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DE DROGAS QUE CONTIENEN ESTRADIOL. La presente invención se refiere a sistemas de administración de drogas en la forma de películas delgadas solubles en agua (obleas), que contienen estradiol, o derivados del mismo, en cantidades bajas. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A61K 9/00, cuyo(s) inventor(es) es (son) Funke; Adrián, General, Sascha, Terebesi, Ildikó, Zurth, Christian, Alincic-Kunz, Sofía, Schäfers, Matthias, Holler, Thomas, Diefenbach, Konstanze. La solicitud correspondiente lleva el número 11632, y fue presentada a las 12:57:30 del 13 de agosto de 2010. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguiente a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 17 de agosto del 2010.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—(IN2010080539). El señor Néstor Morera Víquez, mayor, abogado, cédula 1-1018-975, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Fabio Puello, de R. Dominicana, solicita la patente de Invención denominada DISPOSITIVOS EXHIBIDORES DE PUBLICIDAD Y ESTRUCTURAS QUE LO CONFORMAN. La presente invención se relaciona con la rama publicitaria y de modo particular con dispositivos exhibidores de publicidad y las estructuras que lo conforman, todo lo cual permite armar dispositivos publicitarios que brindan la información por dos, tres, cuatro y más caras facilitando un completo acceso al mensaje publicitario. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es G09F 15/00, cuyo inventor es (son) Puello, Fabio. La solicitud correspondiente lleva el número 11502, y fue presentada a las 13:50:00 del 16 de junio de 2010. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 23 de agosto de 2010.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(IN2010080541). El señor Néstor Morera Víquez, cédula 1-1018-975, mayor, casado, abogado, vecino de Heredia, en calidad de apoderado especial de Astrazeneca AB, de Suecia, Dainippon Sumitomo Pharma Co., Ltd., de Japón, solicita la Patente de Invención denominada DERIVADOS DE PIRIMIDINA PARA EL TRATAMIENTO DE ASMA, EPOC, RINITIS ALÉRGICA, CONJUNTIVITIS ALÉRGICA, DERMATITIS ATÓPICA, CÁNCER, HEPATITIS B, HEPATITIS C, VIH, VPH, INFECCIONES BACTERIANAS Y DERMATOSIS. La presente invención estipula compuestos de formula (I) donde R1, R2, R3, y R4 son los definidos en la especificación y sus sales farmacéuticas que los contienen y su uso en terapia. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07D 239/48, cuyo inventor es (son) Bennett, Nicholas, J., Mcinally, Pág 26 La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010 Thomas, Mochel, Tobias, Thom, Stephen, Tiden, Anna-Karin. La solicitud correspondiente lleva el número 11451, y fue presentada a las 13:20:00 del 21 de mayo de 2010. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 23 de agosto de 2010.—Lic. Randall Abarca, Registrador.— (IN2010080540). El señor Néstor Morera Víquez, cédula 1-1018-975, mayor, casado, abogado, vecino de Heredia, en condición de apoderado especial de Astrazeneca AB, de Suecia, solicita la Patente de Invención denominada DERIVADOS HETEROCÍCLICOS DE UREA Y MÉTODOS DE USO DE LOS MISMOS-211. Se describen compuestos de fórmula (I) y sus sales farmacéuticamente aceptables. También se describen procesos para su p r e p a r a c i ó n , composiciones farmacéuticas que los contienen, su uso como medicamentos y su uso en el tratamiento de infecciones bacterianas. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Novena Edición es C07D 413/14, cuyo inventor es (son) BIST, Shanta, Dangel, Brian, Sherer, Brian. La solicitud correspondiente lleva el número 11641, y fue presentada a las 13:20:30 del 24 de agosto de 2010. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 25 de agosto de 2010.—Lic. Randall Abarca Registrador.—(IN2010080543). AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES DIRECCIÓN DE GEOLOGÍA Y MINAS SOLICITUD DE EXPLOTACIÓN EN CAUCE DE DOMINIO PÚBLICO EDICTOS En expediente Nº 17-2007 el señor Asdrúbal Murillo Víquez, mayor, casado, empresario, cédula 2-380-866 vecino de La Virgen, Sarapiquí, Heredia, solicita concesión para extracción de materiales en cauce de dominio público sobre el río Sucio. Localización geográfica: Sito en: distrito 03 Horquetas, cantón 10 Sarapiquí, provincia 04 Heredia. Hoja cartográfica: Hoja Guápiles y Río Sucio, escala 1:50.000 del I.G.N. Localización cartográfica: Entre coordenadas generales: 257144.86-257152.61 Norte, 552739.64-552411.93 Este límite aguas arriba y 257997.47258021.34 Norte, 552598.06 - 552789.35 Este límite aguas abajo. Área solicitada: 26 ha 1.398,55m², longitud promedio 881,01 metros, según consta en plano aportado al folio 1. Derrotero: Coordenadas del vértice N° 1 257997.47 Norte, 552598.06 Este. Línea Acimut Distancia (m) 1–2 082°53’ 192.77 2–3 169°04’ 63.87 3–4 174°03’ 89.89 4–5 167°32’ 36.65 5–6 179°58’ 125.03 Línea 6–7 7–8 8–9 9 – 10 10 – 11 11 – 12 12 – 13 13 – 14 14 – 15 15 – 16 16 – 17 17 – 18 18 – 19 19 – 20 20 – 21 21 – 22 22 – 23 23 – 24 24 – 25 25 – 26 26 – 27 27 – 1 Acimut 180°27’ 190°53’ 190°44’ 188°35’ 186°05’ 271°21’ 008°22’ 002°03’ 015°33’ 013°01’ 005°06’ 007°51’ 024°12’ 017°44’ 036°25’ 015°22’ 011°54’ 001°29’ 359°02’ 027°57’ 012°46’ 016°21’ Distancia (m) 109.12 199.75 101.03 108.50 52.01 327.80 139.74 94.00 106.59 89.53 85.19 44.07 40.67 43.00 48.48 37.65 15.31 23.29 31.95 42.84 20.65 13.21 Edicto basado en la solicitud inicial aportada el 20 de diciembre del 2007, área y derrotero aportados el 20 de diciembre del 2007. Con quince días hábiles de término, contados a partir de la segunda publicación, cítese a quienes tengan derechos mineros que oponer hacerlos valer ante este Registro Nacional Minero.— San José, ocho de setiembre del dos mil diez.—Registro Nacional Minero.—Lic. Rosa María Ovares Alvarado.—(IN2010077510). 2 v. 2. En expediente Nº 5-2006 el señor Ricardo Herrera Monge, mayor, casado una vez, ingeniero, vecino de Ciudad Quesada, apoderado generalísimo de Quebrador San Carlos S. A. presenta solicitud de extracción de materiales en cauce de dominio público sobre Quebrada Santa Rita. Localización geográfica: Sito en: Santa Rita, distrito: 02 Florencia, cantón: 10 San Carlos, provincia: 02 Alajuela. Hoja cartográfica: Hojas Fortuna y San Lorenzo, escala 1:50.000 del I.G.N. Localización cartográfica: Entre coordenadas generales: 256844.77 - 256857.65 norte, 480307.26 - 480253.48 este, límite aguas arriba y 258244.87 258265.52 norte, 480014.03 - 480045.92 este límite aguas abajo. Área solicitada: 7 ha 1628.87 m2, longitud promedio 1459.725 metros, según consta en plano Derrotero: Coordenadas del vértice N° 1258061.53 Norte, 480059.73 Este. Línea Acimut Distancia (m) 1 - 2 2 - 3 3 - 4 4 - 5 5 - 6 6 - 7 7 - 8 8 - 9 9 - 10 10 - 11 352°25’ 295°36’ 321°15’ 319°40’ 009°59’ 353°27’ 057°04’ 167°29’ 147°32’ 189°49’ 20.33 4.26 24.07 24.21 20.31 104.80 37.99 124.40 114.82 101.37 La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010 Línea Acimut Distancia (m) 11 - 12 162°32’ 167.19 12 - 13 156°52’ 118.12 13 - 14 198°59’ 69.85 14 - 15 174°44’ 118.61 15 - 16 168°50’ 81.94 16 - 17 157°14’ 132.52 17 - 18 198°16’ 104.08 18 - 19 184°35’ 84.12 19 - 20 162°12’ 102.82 20 - 21 156°34’ 104.72 21 - 22 176°28’ 71.17 22 - 23 283°28’ 55.31 23 - 24 345°22’ 143.61 24 - 25 353°58’ 137.57 25 - 26 005°18’ 93.62 26 - 27 348°47’ 101.82 27 - 28 349°43’ 188.35 28 - 29 343°03’ 109.75 29 - 30 000°40’ 87.81 30 - 31 350°55’ 135.07 31 - 32 349°16’ 113.47 32 - 1 347°55’ 114.67 Edicto basado en la solicitud inicial aportada el 15 de junio del 2006, área y derrotero aportados el 18 de marzo del 2010. Con quince días hábiles de término, contados a partir de la segunda publicación, cítese a quienes tengan derechos mineros que oponer hacerlos valer ante este Registro Nacional Minero.—San José, 8 de setiembre del 2010.—Lic. Rosa María Ovares Alvarado.—(IN2010079698). 2 v. 2. DIRECCIÓN DE AGUA EDICTOS PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ Expediente 7004P.—Proyecto Agroindustrial de Sixaola S. A., solicita concesión de: 3 litros por segundo del Pozo SX18, efectuando la captación en finca de su propiedad en Sixaola, Talamanca, Limón, para uso agroindustrial-bananeras. Coordenadas 168.363 / 687.121 hoja Sixaola. 5 litros por segundo del Pozo SX17, efectuando la captación en finca de su propiedad en Sixaola, Talamanca, Limón, para uso agroindustrial-bananeras. Coordenadas 169.160 / 685.844 hoja Sixaola. 6 litros por segundo del Pozo SX19, efectuando la captación en finca de su propiedad en Sixaola, Talamanca, Limón, para uso agroindustrial-bananeras. Coordenadas 167.712 / 686.697 hoja Sixaola. Quienes se consideren lesionados deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 14 de setiembre del 2010.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2010077532). Exp. 900.—H. Losko, S. A. solicita concesión de: 1440 litros por segundo del río Segundo, efectuando la captación en finca de su propiedad en Venecia, San Carlos, Alajuela, para uso fuerza hidráulica generación eléctrica y venta al Instituto Costarricense de Electricidad y/o terceros. Coordenadas: 246.796/502.297 hoja Quesada. 15 litros por segundo de quebrada Árbol-A Coordenadas 246.700 7/502.700 hoja Quesada. 5 litros por segundo de quebrada Toma-B Coordenadas 246.650/502.900 hoja Quesada. 40 litros por segundo de quebrada Toma-C Coordenadas 246.650/503.900 hoja Quesada. Caída bruta (metros) 70 m. Caída bruta (metros) 68 m. Caída bruta (metros) 70 m. Caída bruta (metros) 69 m. Potencia teórica (kW) 989.42 kW. Potencia teórica (kW) 3.33 kW. Potencia teórica (kW) 10.30 kW. Potencia teórica (kW) 27.00 kW. Propietarios de terrenos aguas abajo de la toma Andra S. A., Autos Xiri S. A., Distribuidora de Luines Alpizars S.A. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro Pág 27 del término de un mes contado a partir de la primera publicación.— San José, 16 de setiembre del 2010.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2010077711). Exp. 6325A.—Finca Supercolores S. A., solicita concesión de: 4 litros por segundo del río Prendas, efectuando la captación en finca de Constructura El Bajo del León S. A. su propiedad en San José, Grecia, Alajuela, para uso agropecuario riego ornamentales. Coordenadas 225.300 / 505.400 hoja Naranjo. Predios inferiores: Pedro Jiménez Rojas, Desiderio Chávez Chávez, Rodolfo Solano Vargas. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 19 de julio del 2010.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2010077756). Expediente 14205P.—Matilde González Ramírez, solicita concesión de: 3 litros por segundo del pozo artesanal, efectuando la captación en finca de el mismo en Santa Eulalia, Atenas, Alajuela, para uso agropecuario abrevadero, consumo humano y agropecuario - riego. Coordenadas 220.112 / 494.115 hoja Río Grande. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 9 de setiembre de 2010.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.— (IN2010078129). Expediente 14199P.—Inversiones Beliboo de Santa Teresa S. A., solicita concesión de: 1 litros por segundo del pozo CY-153, efectuando la captación en finca de Inversiones Beliboo de Santa Teresa S. A., en Mata Redonda, San José, San José, para uso consumo humano y agropecuario-riego. Coordenadas 182.075 / 407.850 hoja cabuya. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 7 de setiembre de 2010.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2010078130). Exp. 13986A.—Monte Lindo S. A., solicita concesión de: 9,92 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de el mismo en Quesada, San Carlos, Alajuela, para uso consumo humano doméstico. Coordenadas 392.215/457.367 hoja Quesada. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 2 de julio del 2010.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2010078256). Exp. 14146A.—Silvia Elena Mora Arias, solicita concesión de: 0,05 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Henrey González Cordero en San Pablo Turrubares, San José, para uso consumo humano-doméstico. Coordenadas 209.184 / 491.125 hoja Río Grande. Predios inferiores: Amable Cordero Arce. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 9 de agosto del 2010.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—RP2010196818.—(IN2010078524). Exp. 7202P.—Mega Uno S. A., solicita concesión de: 2,5 litros por segundo del pozo AB-1531, efectuando la captación en finca de su propiedad en Hatillo, San José, San José, para uso comercial – lavado vehículos. Coordenadas 210.600 / 525.430 hoja Abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 9 de agosto de 2010.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.— RP2010196926.—(IN2010078525). Expediente Nº 9302A.—Catártica S. A. solicita concesión de: 0,12 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Agroindustrial Las Marías S. A. en Santo Domingo, Santa Bárbara, Heredia, para uso consumo humano doméstico y turístico otro. Coordenadas 229.900 / 519.700 hoja Barva. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 20 de setiembre del 2010.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.––(IN2010078974). Pág 28 La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010 Expediente Nº 6590P.—Melones de Costa Rica S. A., solicita concesión de: 50 litros por segundo del pozo BE-286, efectuando la captación en finca de su propiedad en Filadelfia, Carrillo, Guanacaste, para uso agropecuario riego frutal. Coordenadas: 266.000 / 368.900, hoja Belén. 50 litros por segundo del pozo BE-287, efectuando la captación en finca de su propiedad en Filadelfia, Carrillo, Guanacaste, para uso agropecuario riego frutal. Coordenadas: 266.130 / 368.880, hoja Belén. 38 litros por segundo del pozo BE-288, efectuando la captación en finca de su propiedad en Filadelfia, Carrillo, Guanacaste, para uso agropecuario riego frutal. Coordenadas: 266.650 / 368.200, hoja Belén. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 21 de setiembre del 2010.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2010079231). Expediente Nº 14206A.—Agropecuaria Chaves Morales S. A., solicita concesión de: 300 litros por segundo de la quebrada La Vaquita, efectuando la captación en finca de él mismo en Laurel, Corredores, Puntarenas, para uso agropecuario riego. Coordenadas: 275.722 / 576.682, hoja Canoas. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 10 de setiembre del 2010.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.— (IN2010079234). Expediente Nº 7091P.—Tranque Comercial S. A., solicita concesión de: 0,05 litros por segundo del pozo sin número, efectuando la captación en finca de su propiedad en Uruca, Santa Ana, San José, para uso consumo humano doméstico. Coordenadas: 212.400 / 515.400, hoja Abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 20 de setiembre del 2010.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2010079248). Exp. Nº 11417P.—Hilda María Salazar Chaves, solicita concesión de: 0,05 litros por segundo del pozo sin número, efectuando la captación en finca de su propiedad en Uruca, Santa Ana, San José, para uso consumo humano doméstico. Coordenadas 212.400 / 515.400 hoja Abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 20 de setiembre del 2010.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2010079249). Exp. Nº 11419P.—Amelia María Salazar Chaves, solicita concesión de: 0,5 litros por segundo del pozo sin número, efectuando la captación en finca de su propiedad en Uruca, Santa Ana, San José, para uso consumo humano doméstico. Coordenadas 212.400 / 515.400 hoja Abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 21 de setiembre del 2010.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2010079250). Expediente Nº 7116P.—Inversiones Hidalgo y Calderón S.A., solicita concesión de: 0,10 litro por segundo del pozo RG-337, efectuando la captación en finca de su propiedad en Concepción, Atenas, Alajuela, para uso consumo humano doméstico y turístico piscina. Coordenadas 217.800 / 497.675 hoja Río Grande. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 14 de setiembre de 2010.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—RP2010197393.—(IN2010079510). Exp. Nº 7217P.—Mesopotamia S. A., solicita concesión de: 0,5 litros por segundo del Pozo RG-331, efectuando la captación en finca de su propiedad en Guácima (Alajuela), Alajuela, Alajuela, para uso consumo humano-doméstico y agropecuario-riegoornamentales. Coordenadas 214.900 / 508.100 Hoja Río Grande. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 22 de setiembre del 2010.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.— (IN2010079606). Exp. 5996P.—Centro Internacional de Inversiones Ciisa S. A., solicita concesión de: 10 litros por segundo del pozo AB-1305, efectuando la captación en finca de su propiedad en La Ribera, Belén, Heredia, para uso industria-otro. Coordenadas 220.000/517.100 hoja ABRA. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 22 de setiembre del 2010.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2010079674). Exp. Nº 9598P.—Inversiones Jore de Palmares S. A., solicita concesión de: 0.40 litros por segundo del Pozo NA-604, efectuando la captación en finca de su propiedad en Esquipulas, Palmares, Alajuela, para uso consumo humano doméstico y varios. Coordenadas 227.050 / 489.350 hoja Naranjo. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 20 de setiembre de 2010.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—RP2010197933.—(IN2010079848). Expediente Nº 14218A.—Adriana López Zúñiga, solicita concesión de: 0,05 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Eterley Sánchez Rodríguez en San José (Atenas), Atenas, Alajuela, para uso consumo humano. Coordenadas 222.550/491.250 hoja río Grande. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 17 de setiembre del 2010.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—RP2010198206.—(IN2010080320). TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES EDICTOS Registro Civil - Departamento Civil OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ Exp. Nº 37584-09.—Registro Civil.—Departamento Civil.— Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las doce horas cuarenta minutos del siete de julio del dos mil diez. Gemma Jiménez Vásquez, mayor, casada, oficios del hogar, costarricense, cédula de identidad número dos-doscientos cuarenta y dos-quinientos sesenta y cuatro, vecina de Rincón de Zaragoza, Palmares, Alajuela; solicita la rectificación de su asiento de nacimiento..., en el sentido que la fecha de nacimiento de la misma es “tres de mayo de mil novecientos cuarenta y seis”. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el diario oficial La Gaceta. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término de ocho días a partir de su primera publicación.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—RP2010197819.— (IN2010079850). CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVIL MODIFICACIÓN N° 5 AL PLAN DE COMPRAS 2010 El Consejo Técnico de Aviación Civil y la Dirección General de Aviación Civil, comunican de conformidad con la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento, que se ha efectuado la quinta modificación al plan de compras 2010, la que se encuentra a disposición de los interesados en el Sistema CompraRed, en la dirección https://www.hacienda.go.cr /comprared, a partir de esta publicación. Proveeduría.—José Alberto Cascante Flores, Proveedor Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 21156.—Solicitud Nº 4975.—C10500.—(IN2010082904). La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010 CULTURA Y JUVENTUD MUSEO DE ARTE COSTARRICENSE MODIFICACIÓN AL PLAN ANUAL DE COMPRAS 2010 De conformidad con las modificaciones a la Ley de Contratación Administrativa publicadas en el Diario Oficial La Gaceta Nº 128 del 4 de julio del 2006, y de acuerdo al artículo 6 de la Ley de Contratación Administrativa, se informa que la segunda modificación al plan anual de compras para el año 2010, se encuentra a disposición de los interesados en el sistema de compras gubernamentales Comprared, en la dirección electrónica https:// www.hacienda.go.cr/compred. Lic. Leonardo A. Mata Sanabria, Proveedor Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 10734.—Solicitud Nº 48649.—C-11920.— (IN2010082921). LICITACIONES PODER LEGISLATIVO DEFENSORÍA DE LOS HABITANTES DE LA REPÚBLICA DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2010LA-000008-DHR Compra de equipo de fotocopiado La Defensoría de los Habitantes de la República a través de su Departamento de Proveeduría Institucional, avisa e invita a todos los potenciales proveedores interesados en participar en el presente procedimiento, cuyo objeto de contratación es la compra de 5 fotocopiadoras, que se recibirán propuestas hasta las 10:00 horas del día 15 de octubre del 2010. Las condiciones y términos de referencia se podrán retirar desde las 8:00 horas y hasta las 15:50 horas de lunes a viernes en el Departamento de Proveeduría y Servicios Generales sin costo alguno. Sita barrio México, de los Bomberos 200 metros oeste y 75 metros sur. Teléfono 2248-2374, / fax Nº 2258-6426. San José, 4 de octubre del 2010.—Lic. Luis Gerardo Fallas Acosta, Defensor Adjunto.—Departamento de Proveeduría y Servicios Generales.—Roxana Hernández Cavallini, Jefa.—1 vez.—O. C. Nº 15028.—Solicitud Nº 30017.—C-15000.— (IN2010083219). OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES CONSEJO NACIONAL DE CONCESIONES CONCURSO DE ANTECEDENTES 01-2010 Contratación de un Auditor Interno para el Consejo Nacional de Concesiones El Consejo Nacional de Concesiones comunica a todos los interesados que ha abierto Concurso para el nombramiento del Auditor Interno del Consejo Nacional de Concesiones. Los interesados deberán presentar sus ofertas en el Consejo Nacional de Concesiones, sito en San José, Mercedes de Montes de Oca, 125 al oeste de la Rotonda de La Bandera, Ofiplaza del Este, Edificio C, primera planta hasta las 14:00 horas del décimo día hábil siguiente contado a partir de esta publicación. Los participantes deberán cumplir con los siguientes requisitos mínimos: 1. Tener Licenciatura en Contaduría Pública o Maestría en Administración con énfasis en Contaduría Pública. 2. Experiencia mínima de 4 años en la ejecución de labores profesionales en el ejercicio de Auditoría Interna o Externa en los sectores público o privado. 3. Incorporado al Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica. Además deberán presentar copia de la cédula de identidad, currículum vitae, fotografía tamaño pasaporte reciente, fotocopia de los títulos de grados académicos (a ser confrontados con los originales durante el proceso), acreditación de incorporación al Colegio de Contadores Públicos y que se encuentra al día con sus obligaciones ante dicho Colegio. Pág 29 Deberán los participantes presentar asimismo declaración jurada de cumplir con los requisitos para el puesto, encontrarse al día con el pago de todo tipo de impuestos nacionales, de no estar afectado por ninguna causal de prohibición y de que se encuentra al día en el pago de las obligaciones obrero patronales con la Caja Costarricense de Seguro Social. Lic. Carmen Madrigal Rímola, Proveedora Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 01-2010.—Solicitud Nº 34849.—C-23250.— (IN2010083233). UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA LICITACIÓN ABREVIADA 2010LA-000023-99999 Remodelaciones varias en diferentes centros universitarios de la UNED La Universidad Estatal a Distancia (UNED), requiere contratar los servicios de empresas constructoras para que realicen las mejoras y remodelaciones requeridas en las diferentes sedes de la UNED. La Universidad Estatal a Distancia (UNED), recibirá ofertas por escrito, hasta las 10:00 horas del 3 de noviembre del 2010. Los interesados tienen el Cartel a disposición vía Internet, en forma gratuita, en el sistema de Compr@Red, en la página WEB del Ministerio de Hacienda, a partir de esta fecha. También pueden obtenerlo en la Oficina de Contratación y Suministros, previo pago de ¢2.000,00 (dos mil colones con cero céntimos), en las cajas de la Oficina de Tesorería, Sede Central de la UNED, sita 800 metros este de la Rotonda de la Bandera, carretera a Sabanilla, Montes de Oca. Se atenderán consultas a los teléfonos, 2527-2496, 2253-2907 y 2224-6739. Sabanilla, 4 de octubre del 2010.—Oficina de Contratación y Suministros.—Mag. Giovanni Sibaja Fernández, Analista.—1 vez.—(IN2010083238). UNIVERSIDAD TÉCNICA NACIONAL PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2010LA-000003-UTN Compra de equipo producción para la Editorial La Oficina de Proveeduría Institucional de la Universidad Técnica Nacional, recibirá ofertas por escrito hasta las 15:00 horas del día jueves 21 de octubre del 2010, para la compra de: Una perforadora, engargoladora para encuadernaciones en espiral. Una laminadora de plástico para acabados finales de presentación. Una máquina dobladora de papeles, distintos formatos. Una duplicadora bicolor. Un sistema de reproducción de documentos láser, monocromática. Dos engrapadoras industriales para bloques metálicas de alto rendimiento. El cartel debe ser solicitado al correo electrónico: vcascante@ utn.ac.cr o cascanteloria.vinicio@gmail.com con el señor Vinicio Cascante Loría. Para consultas: vcascante@utn.ac.cr (Vinicio Cascante). Telefax: 2430-3496. CC: lcarmona@utn.ac.cr y mgonzalez@utn. ac.cr. 4 de octubre del 2010.—Lic. Miguel González Matamoros, Director.—1 vez.—(IN2010082920). COLEGIOS UNIVERSITARIOS COLEGIO UNIVERSITARIO DE LIMÓN CARTELDELICITACIÓNABREVIADAN°2010LA-000010-01 Licenciemiento office El Colegio Universitario de Limón, CUNLIMON invita a participar en la Licitación Abreviada antes mencionada. Interesados solicitar cartel en nuestras instalaciones ubicadas en Limón o comunicarse al teléfono 2798-13-49, ext. 103. Fecha límite de recepción de ofertas y apertura: 19 de octubre a las 9:00 a. m. Limón, 28 de setiembre del 2010.—Proveeduría-Bodega.— Bach. Nancy Hewitt Hines.—1 vez.—(IN2010082888). Pág 30 La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010 CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL HOSPITAL DR. RAFAEL A. CALDERÓN GUARDIA LICITACIÓN ABREVIADA 2010LA-000017-2101 Compra de Servicios por mantenimiento preventivo y correctivo para 04 equipos Ultrasonidos pertenecientes ubicados en diferentes servicios del hospital Se informa a los interesados que está disponible la Licitación Abreviada 2010LA-000017-2101. Compra de Servicios por mantenimiento preventivo y correctivo para 04 equipos Ultrasonidos, pertenecientes y ubicados en diferentes servicios del Hospital. Fecha máxima de recepción de ofertas 05 de noviembre de 2010 a las 10:00 a.m. El cartel se puede adquirir en la Administración del Hospital, por un costo de ¢500. Vea detalles en http://www.ccss.sa.cr. San José, 4 de octubre de 2010.—Lic. Yehudi Céspedes Quirós, Coordinador a. í. de la Subárea de Contratación Administrativa.—1 vez.—(IN2010083211). TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES MUNICIPALIDADES MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ LICITACIÓN PÚBLICA 2010-LN-000002-99999 Adquisición de productos cementicios El Departamento de Recursos Materiales y Servicios, Área de Licitaciones, ubicado en el sótano del Edificio Municipal “José Figueres Ferrer”, avenida 10, comunica a los interesados en el presente concurso, que el cartel estará a su disposición a partir de la presente publicación. Licitación Pública: Nº Objeto contractual Fecha Hora 2010LN-00000299999 Adquisición de 3 noviembre productos cementicios 2010. 9:00 a.m. San José, 30 de setiembre del 2010.—Departamento de Comunicación.—Teo Dinarte Guzmán, Jefa.—O. C. Nº 124280.— Solicitud Nº 4683.—C-11900.—(IN2010082923). ADJUDICACIONES LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2010LN-000046-85001 Compra, actualización y renovación de licencias de cómputo La Proveeduría del Tribunal Supremo de Elecciones comunica por este medio, que en el artículo segundo de la Reunión Ordinaria N° 25-2010 celebrada el 29 de setiembre del año en curso y comunicado en oficio N° CAD-086-2010, la Comisión de Adjudicaciones dispuso adjudicar el concurso de referencia de la siguiente manera: • A la oferta Nº 1 presentada por Sefisa Sistemas Eficientes S. A. lo siguiente: Item Cant Precio Unitario Precio Total Licencia Websense para filtrado de contenido desde y 11 500 hacia internet (renovación) y demás características de la oferta y condiciones del cartel US$ 27.00 US$ 13,500.00 Renovación de seguros, suscripción, mantenimiento 14 1 y soporte de Checkpoint para 500 usuarios, y demás características de la oferta y condiciones del cartel US$ 7,380.00 Total a adjudicar a Sefisa Sistemas Eficientes S. A. US$ 20,880.00 Plazo de Entrega: 10 días hábiles • A la oferta Nº 2 presentada por Alfa GPR Tecnologías S. A., lo siguiente: Cant Precio Unitario Licencia de Visual Studio 2010 Ultimate y demás 4 2 características de la oferta y condiciones del cartel. $ 6,033.66 Licencia SQL server developer edition, y demás 9 2 características de la oferta y condiciones del cartel. $25.08 Licencia SQL server enterprise con seguro, y demás 10 2 características de la oferta y condiciones del cartel $ 8,828.85 Total a adjudicar a Alfa GPR Tecnologías S. A. Plazo de Entrega: Item • A la oferta Nº 3 presentada por Soluciones para la Alta Gerencia AG S. A., lo siguiente: Cant Licencia para 2 usuarios software embarcadero DB Artisan Workbench 5 1 Edition Ver 8 y demás características de la oferta y condiciones del cartel. Total a adjudicar a Soluciones para la Alta Gerencia AG S.A Plazo de Entrega: Item Item 6 8 15 • A la oferta Nº 5 presentada por Componentes El Orbe S. A. lo siguiente: Cant Precio Unitario Licencia para el análisis de vulnerabilidades en aplicaciones web -Webinspect- (renovación) y demás 1 características de la oferta y condiciones del cartel Licencia para pruebas de penetración - intrusion sobre bases de datos APPSEC (renovación, precio por 4 licencia por base de datos) y demás características de la oferta y condiciones del cartel. $836.92 2 Seguro de actualización IPS (renovación) y demás características de la oferta y condiciones del cartel $ 9,839.045 Precio Total $ 12,067.32 $ 50.16 $ 17,657.70 US$ 29,775.18 7 días hábiles Precio Total $ 30,640.00 US$ 30,640.00 10 días hábiles Precio Total $ 3,320.68 $3,347.68 $19,678.09 La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010 Item Pág 31 Precio Unitario Cant Total a adjudicar a Componentes El Orbe S. A. Plazo de Entrega: Item US$ 26,346.45 30 días hábiles • A la oferta Nº 6 presentada por Retnetsos Consultores S.A, lo siguiente: Cant Renovación de certificado digital verisign para el sitio web y demás características de la oferta y condiciones del cartel Total a adjudicar a Retnetsos Consultores S. A. Plazo de Entrega: 12 2 Precio Total Precio Unitario $1,190.00 Precio Total $ 2,380.00 US$ 2,380.00 20 días hábiles • A la oferta Nº 7 presentada por Sistemas de Computación Conzultek de Centroamérica S. A., lo siguiente: Cant Precio Total Solución enterprise (renovación de 700 licencias antivirus y antispan) 16 1 y demás características de la oferta opcional 2, visible al folio 501 y condiciones del cartel. $ 39,896.00 Total a adjudicar a Sistemas de Computación Conzultek S.A: US$ 39,896.00 Plazo de Entrega: 20 días hábiles Item • A la oferta Nº 8 presentada por G Con de Costa Rica S. A. lo siguiente: Cant Precio Unitario Licencia de IBM Rational Clearquest de tipo flotante 1 1 (renovación). Licencia de IBM Rational Requisitepro flotante 2 2 (renovación). $ 1,286.47 Licencia de IBM Rational Team Unifying Platform 3 1 (renovación). 7 6 Licencia Rational Rose Modeler Floating (renovación). $3,089.75 Total a adjudicar a G Con de Costa Rica S.A: Plazo de Entrega: Item Ítem 13 • A la oferta Nº 9 presentada por IT Security Services Viras S. A., lo siguiente: Cant Renovación de seguro de actualizaciones de software de análisis de 1 vulnerabilidades languard. Total a adjudicar a IT Security Services Viras S.A: Plazo de Entrega: Precio Total US$ 1,413.18 US$ 2,572.94 US$ 4,472.22 US$ 18,538.50 US$ 26,996.84 15 días hábiles Precio Total $512.50 US$ 512.50 15 días naturales Todo sujeto a las demás condiciones y especificaciones del cartel y la oferta. Lic. Allan Herrera Herrera, Proveedor.—1 vez.—O. C. Nº 4016.—Solicitud Nº 1596-2010.—C-154000.—(IN2010082913). BANCO DE COSTA RICA LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2010LN-005052-01 Contratación de empresas que brinden el servicio de alimentación a los colaboradores del Conglomerado BCR El Banco de Costa Rica, informa a los interesados en la licitación en referencia que la Comisión de Contratación Administrativa en reunión 43-2010 del 23/09/2010, artículo IV, acordó declarar desierta la licitación en referencia. Oficina de Compras y Pagos.—Osvaldo Villalobos G., Jefe.—1 vez.—O. C. Nº 60058.—Solicitud Nº 40116.—C-10500.— (IN2010083227). INSTITUTO COSTARRICENSE DE PUERTOS DEL PACIFICO LICITACIÓN ABREVIADA 2010LA-000019-01 Sustitución del Sistema de Protección Catódica del Muelle de Cruceros de Puntarenas La Gerencia General de esta Institución mediante oficio N° G.G.C.-1509-2010 decidió adjudicar la Licitación Abreviada 2010LA-000019-01, para el “Sustitución del sistema de Protección Catódica del Muelle de Cruceros de Puntarenas”, a la oferta presentada por la empresa Náutica JJ S. A., por un monto de $193.430,30 (ciento noventa y tres mil cuatrocientos treinta dólares con 30 centavos) con un tiempo de entrega de los trabajos de 125 días calendario. Acuerdo firme. Proveeduría.—Lic. Juan Ariel Madrigal Porras, Proveedor General.—1 vez.—O. C. Nº 24952.—Solicitud Nº 23035.—C11900.—(IN2010083220). CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL HOSPITAL SAN VICENTE DE PAÚL SUBÁREA DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL 2010LN-000008-2208 Suministro de café La Subárea de Contratación Administrativa del Hospital San Vicente de Paúl, comunica a los señores Proveedores, el resultado del concurso de la Licitación Pública Nacional Nº 2010LN-0000082208 por: suministro de café, la cual se adjudica a la siguiente empresa: Pág 32 La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010 Norma González Hernández, por un monto anual de ¢6.113.750,00 (seis millones ciento trece mil setecientos cincuenta colones exactos). Heredia, 4 de octubre del 2010.—Dirección Administrativa.— Msc. Óscar Montero Sánchez.—1 vez.—(IN2010082908). SUBGERENCIA DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIONES SÚBAREA GESTIÓN DE COMPRAS LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2010LA-000002-1150 Equipo de cómputo para la STIC Se informa a los interesados el resultado en la adjudicación del presente concurso: Ítemes 01 y 02: Ítem Nº 03: Ítemes Nos. 04 y 06: Ítem Nº 05: Componentes el Orbe S. A. Telerad Comunicaciones S. A. I. S. Productos de Oficina S. A. Consorcio de Importación y Exportación CONISA S.A. $73.605,00 $2.992,00 $15.020,00 $417,62 Ver detalles en http://www.ccss.sa.cr. San José, 1º de octubre del 2010.—MBA. Lydia Durán Jiménez, Jefa.—1 vez.—(IN2010082927). INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS READJUDICACIÓN LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL Nº 2008LI-000001-PRI Contratación de una firma consultora para realizar el plan maestro del uso del recurso hídrico para el abastecimiento de agua potable del Área Metropolitana El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica que mediante acuerdo de Junta Directiva Nº 2010-566 del 30 de setiembre del 2010, se readjudica la Licitación Pública Internacional Nº 2008LI-000001PRI denominada “Contratación de una firma consultora para realizar el plan maestro del uso del recurso hídrico para el abastecimiento de agua potable del Área Metropolitana” al Consorcio Hazen and Sawyer, PC y Nippon Koei Co., Ltd, por un monto total de $ 4.021.268,00. Demás condiciones de acuerdo al cartel y la oferta respectiva. San José, 4 de octubre del 2010.—Lic. Iris Fernández Barrantes, Dirección Proveeduría.—1 vez.—O. C. Nº 2010-0001.— Solicitud Nº 2010-066.—C-15000.—(IN2010082944). FE DE ERRATAS BANCO DE COSTA RICA LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2010LN-005041-01 Compra de cajeros automáticos con entregas por demanda, todos con su respectivo mantenimiento El Banco de Costa Rica comunica a los interesados en la licitación en referencia que el cartel de la misma, ha sido modificado; tales modificaciones deben ser retiradas en la oficina de Compras y Pagos, ubicada en el tercer piso de Oficinas Centrales. Oficina de Compras y Pagos, Rodrigo Aguilar S., Licitaciones.—1 vez.—O. C. Nº 60058.—Solicitud Nº 40116.—C10500.—(IN2010083226). INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS LICITACIÓN PÚBLICA N° 2010LN-110019-UL (Modificaciones y aclaraciones) Servicios para el Traslado de Trabajadores Pasivos en Microbuses en todo el Territorio Nacional Se comunica a los interesados en la Licitación precitada, cuya invitación a participar se realizó en el Diario Oficial La Gaceta N° 182 del 20 de setiembre 2010, lo siguiente: Se realizaron modificaciones y aclaraciones al pliego de condiciones, motivo por el cual se solicita pasar a retirar el documento que contiene el detalle de las mismas, el cual por su extensión no se publica. El documento se encuentra disponible en el mostrador del oficial de público del Departamento Proveeduría de este Instituto, ubicado en el octavo piso de sus oficinas centrales, sin costo alguno o bien pueden ubicarlo en el sitio de Internet: www.mer-link.co.cr ó www. Mer-link.go.cr. Todos los demás términos y condiciones así como la recepción y fecha de apertura de ofertas permanecen invariables. San José, 4 de octubre del 2010.—Lic. Francisco Cordero Fallas, Jefe a.í.—1 vez.—O. C. Nº 19178.—Solicitud Nº 34883.— C-16150.—(IN2010083205). CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS LICITACIÓN PÚBLICA 2010LN-000024-1142 (Aviso Nº 2) Consultoría para realizar estudio integral de puestos, escala administrativa Se les informa a todos los interesados, que se prorroga la fecha de apertura de ofertas de este concurso, para el día 22 de octubre de 2010 a las 9:00 horas. Por cuanto está pendiente de resolver, diligencias de aclaración y adición a la resolución R-DJ-467-2010, emitida por la Contraloría General de la República. Ver detalle en http:/www.ccss.sa.cr. San José, 4 de octubre de 2010.—Subárea de Carteles, Argentina Araya Jara, Jefa.—1 vez.—O. C. Nº 1142.—Solicitud Nº 37963.—C-11250.—(IN2010083225). AVISOS REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A. LICITACIÓN ABREVIADA N° 2010LA-000064-02 (Enmienda N° 1 y prórroga N° 1) Suministro de válvulas de diluvio Les comunicamos a los interesados en participar en el concurso en referencia, que la fecha de apertura y recepción de ofertas se prorrogó para el día 13 de octubre del 2010 a las 10:00 horas. Asimismo, deben pasar al primer piso de las Oficinas Centrales de Recope a retirar la enmienda N° 1 al cartel, o bien, la misma estará disponible en la página WEB de Recope www.recope.com. San José, 1º de octubre del 2010.—Ing. Norma Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—O. C. Nº 2010-567-01.—Solicitud Nº 38239.—C-10220.—(IN2010082897). RADIOGRÁFICA COSTARRICENSE S. A. CONCURSO DE ADQUISICIÓN Nº 2010PP-000435-DGCMRACSA (CA) Reestructuración de la plataforma inalámbrica WI-FI Radiográfica Costarricense S. A. se permite comunicar a los interesados en participar en el procedimiento arriba indicado, que la recepción de las ofertas se traslada para el día 25 de octubre del año 2010, hasta las 16:00 horas en la Proveeduría de la institución. Según el pliego de condiciones en el Capítulo II “Requerimiento y Especificaciones Técnicas” en el apartado 2.6.1 Visita Técnica, Racsa coordinará la realización de una visita a los sitios, la cual se realizará de la siguiente forma: • Martes 12 de octubre: Se inicia en Multiplaza Escazú y luego Real Cariari. • Miércoles 13 de octubre: Multiplaza del Este y Terramall. • Jueves 14 de octubre: Mall San Pedro. • Viernes 15 de octubre: Aeropuerto. Nota: Para la visita al aeropuerto se debe enviar copia de cédula de la persona que asistirá a la visita, portar chaleco de seguridad y en caso de llevar equipo comunicar el número de serie. Para mayor información comunicarse con la Ing. Marielos Quesada, al teléfono 2287-0362 MBA. Xavier Sagot Ramírez, Proveedor Empresarial.—1 vez.—(IN2010083236) La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010 REGLAMENTOS JUSTICIA Y PAZ REGISTRO NACIONAL ÁREA DE RECURSOS HUMANOS La Junta Administrativa del Registro Nacional, mediante acuerdo firme J398 tomado en sesión ordinaria Nº 36-2010, celebrada el día 2 de setiembre de 2010, aprueba el siguiente Procedimiento para el reclutamiento, selección y nombramiento del Subauditor(a) Interno del Registro Nacional. LA JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL En pleno uso de las atribuciones que le confiere el artículo 3, inciso a) de la Ley de Creación del Registro Nacional, Nº 5695 del 28 de mayo de 1975 y la Ley General de Administración Pública, que es Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Considerando: 1º—Que con la publicación de la Ley Nº 8292 denominada Ley General de Control Interno, los puestos de Auditor y Subauditor Internos quedaron excluidos del Régimen de Servicio Civil. 2º—Que de acuerdo a lo dispuesto en la Ley General de Control Interno, lo relativo a los nombramientos de dichos funcionarios quedan normados según lo estipulado en su artículo 31 (Sección II, Capítulo IV El Auditor y Subauditor Internos). 3º—Que en el artículo 25 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Auditoría Interna del Registro Nacional, publicado en La Gaceta Nº 21 del 30 de enero del 2008 se establece lo concerniente al nombramiento del Subaditor Interno. 4º—En razón de lo anterior, el Registro Nacional debe contar con un Procedimiento que establezca los lineamientos a seguir, para la realización del Concurso Público, mediante el cual se seleccionará a quien ocupe el cargo de Subauditor Interno dentro de la institución. Por tanto: DECRETA: PROCEDIMIENTO PARA EL RECLUTAMIENTO, SELECCIÓN Y NOMBRAMIENTO DEL SUBAUDITOR(A) INTERNO DEL REGISTRO NACIONAL 1) Mandato Legal: El artículo 31 de la Ley General de Control Interno establece: “El jerarca nombrará por tiempo indefinido al auditor y subauditor internos. Tales nombramientos se realizarán por concurso público promovidos por cada ente y órgano de la Administración Pública; se asegurará la selección de los candidatos idóneos para ocupar puestos; todo lo cual deberá constar en el expediente respectivo. El expediente y la terna seleccionada deberán ser comunicados, en forma previa a los nombramientos, a la Contraloría General de la República, la cual analizará el proceso y lo aprobará o lo vetará. En este último caso, girará las disposiciones al ente u órgano respectivo y señalará los elementos objetados para su corrección; la administración deberá repetir el proceso a partir de la etapa donde se inició la objeción respectiva...” 2) Principios: Los principios que deben guiar los procesos de contratación de toda institución pública, según lo establece la Constitución Política y diversa jurisprudencia emitida por la Sala Constitucional, son los siguientes: 2.1. Libre concurrencia: permitir a todo aquel interesado(a) que cumpla con los requisitos previamente establecidos para el puesto ofrecido, participar sin ninguna limitación a la vez que la Administración pueda seleccionar el candidato que mejores atributos posea. 2.2. Igualdad de trato entre todos(as) los posibles oferentes: permite garantizar a los candidatos la protección de sus intereses y derechos a la vez que es garantía para la Administración, en el tanto acrece la posibilidad de seleccionar el(la) candidato(a) que mejor satisfaga las competencias para ocupar el puesto. 2.3. Publicidad: dar a conocer en la forma más general y abierta posible a todos los potenciales oferentes la existencia del concurso público. Asimismo, dándosele Pág 33 la más amplia divulgación y acceso al expediente, informes resoluciones y en general ya todo el proceso de que se trate, lo cual contribuye a dar certeza de la libre concurrencia en condiciones de absoluta igualdad. 2.4. Legalidad o transparencia de los procedimientos: los procedimientos de selección de los oferentes serán definidos a priori en forma precisa, cierta y concreta, de modo que la Administración garantice la transparencia en su actuar sin obviar las reglas predefinidas que determinan el marco de acción; además, que terceras personas, ya sea por su interés legítimo, derechos subjetivos o por sus competencias legales puedan o deban comprobar el procedimiento aplicado por la entidad u órgano contratante. 2.5. Seguridad jurídica: al sujetarse la ejecución del procedimiento a las reglas predefinidas por la Administración y a los principios de dicho concurso, se brinda garantía a los(as) oferentes de su participación. 2.6. Formalismos del procedimiento: las formalidades actúan a manera de controles endógenos y de auto fiscalización de la acción de la Administración. 2.7. Idoneidad comprobada: en cuanto a que los(as) candidatos(as) deben reunir las condiciones y características que los faculten para desempeñar en forma eficiente el trabajo, o sea cumplir con los requisitos exigidos por la Institución, para ocupar el puesto vacante. 2.8. Buena fe, se presume que las actuaciones tanto de la Administración como de los(as) oferentes y terceras personas se caracterizan por estar sujetas con estricto apego a las normas legales, técnicas y ético-morales. 3) Marco de referencia: El proceso de reclutamiento y selección se rige por: 3.1. Ley General de Control Interno. 3.2. Lineamientos sobre los requisitos de los cargos de auditor y subauditor internos, y las condiciones para las gestiones de nombramiento de dichos cargos, L-I-2006CO-DAGJ, publicados en La Gaceta Nº 236 del 8 de diciembre de 2006. 3.3. Ley General de Administración Pública. 3.4. Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Auditoría Interna del Registro Nacional, publicado en La Gaceta Nº 21 del 30 de enero del 2008. 4) Etapas del proceso: El proceso para el reclutamiento, selección y nombramiento del Subauditor Interno estará conformado por las siguientes etapas: 4.1. Proceso de selección de candidatos(as). 4.2. Formación del expediente administrativo. 4.3. Divulgación. 4.4. Integración de la terna y aprobación por parte de la Contraloría General de la República. 4.5. Comunicación de los resultados a los participantes. 4.6. Nombramiento del Subauditor(a) Interno por parte la Junta Administrativa. 5) Funciones de la Junta Administrativa y Departamento de Recursos Humanos: 5.1. Junta Administrativa: 5.1.1. Aprobar la modificación de las clases de puestos Auditor y Subauditor Internos contenidas en el Manual Institucional de Clases. 5.1.2. Aprobar el procedimiento para el reclutamiento, selección y conformación de la terna para el nombramiento del Subauditor Interno. 5.1.3. Acordar la derogatoria del Procedimiento para el reclutamiento, selección y nombramiento del Subauditor Interno del Registro Nacional, publicado en La Gaceta Nº 187 del jueves 29 de setiembre del 2005. 5.1.4. Acordar la realización de un Concurso Público para el nombramiento del Subauditor(a) Interno. 5.1.5. Solicitar a la Contraloría General de la República el autorizar el nombramiento del Subauditor(a) Interno de conformidad con la terna resultante del Concurso Público. Pág 34 La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010 5.1.6. Nombrar el (la) Subauditor(a) Interno y comunicar al ente contralor los datos del profesional nombrado. 5.2. Departamento de Recursos Humanos: 5.2.1. Preparar la modificación de las clases Auditor y Subauditor Internos contenidas en el Manual Institucional de Clases. 5.2.2. Elaborar el procedimiento para el reclutamiento, selección y conformación de la terna para el nombramiento del Subauditor Interno. 5.2.3. Ejecutar las actividades pertinentes para el reclutamiento y selección durante el proceso a que hace referencia el presente procedimiento. 5.2.4. Comunicar los resultados obtenidos por cada participante. 5.2.5. Realizar el estudio de antecedentes laborales de los integrantes de la terna, utilizando los instrumentos que se estimen convenientes. 5.2.6. Diseñar una entrevista estructurada para que sea aplicada a los integrantes de la terna y estandarizar el procedimiento de aplicación y calificación de la misma. 5.2.7. Custodiar la documentación relativa al concurso público que se tramitará. 5.2.8. Certificar a la Contraloría General de la República los documentos necesarios para llevar a buen término el concurso aquí pretendido. 5.2.9. Preparar un informe del proceso a realizar y de la terna resultante para ser enviado a la Junta Administrativa. 5.2.10. Realizar otras funciones afines. 6) Proceso de reclutamiento: 6.1. Publicar preferiblemente en dos medios de comunicación masiva y de cobertura nacional el concurso público, disponiéndose para ello de un plazo máximo de 15 días hábiles a partir de la publicación en La Gaceta de la derogatoria del Procedimiento para el reclutamiento, selección y nombramiento del Subauditor Interno del Registro Nacional, publicado en La Gaceta Nº 187 del jueves 29 de setiembre del 2005. 6.2. Se recibirán documentos en el Departamento de Recursos Humanos durante un período de 5 días hábiles. 6.3. El Departamento de Recursos Humanos deberá atender las consultas de cada postulante y recibir de cada oferente la documentación necesaria para su participación, debidamente empastada y foliada. 6.4. Si un oferente no puede aportar todos los documentos necesarios para su participación, se podrá conceder un plazo máximo de 5 días hábiles posterior a la recepción de ofertas a efectos de completar la información. 6.5. Finalizado el período concedido en el punto 6.4., no se recibirán documentos a ningún interesado en participar en el concurso en trámite y quienes no cumplan con las prevenciones realizadas dentro del mismo por el Departamento de Recursos Humanos, no se considerarán en el proceso. 6.6. El Departamento de Recursos Humanos entregará a cada participante que aporte la documentación necesaria para verificar el cumplimiento del requisito primario1, una constancia relativa a la cantidad de documentos aportados (copias debidamente confrontadas contra original) y que se constituye para el oferente en su comprobante de participación. 6.7. Entregar a cada oferente que haya demostrado poseer el requisito primario del puesto en concurso, la convocatoria para realizar las pruebas de aptitud establecidas. 6.8. Confeccionar una lista con los participantes que demostraron cumplir con todos los requisitos primarios establecidos. 7) Proceso de evaluación: 7.1. El Departamento de Recursos Humanos procederá a analizar y calificar para cada uno de los participantes, la información aportada asignando los puntajes 1 Requisito Primario: definidos en el Manual Institucional de Clases. respectivos en correspondencia con los criterios de evaluación relativos a formación académica, experiencia profesional y de supervisión de personal así como la capacitación recibida relacionada con la Auditoría. Para efectos de calificación se tomará en cuenta solo aquellos documentos que fueron posibles de confrontar contra el original. Los rubros a calificar son: 7.1.1. Formación Académica: La calificación otorgada en el rubro de formación académica corresponde a la sumatoria de los puntajes asignados al requisito primario y la formación adicional. Como puntaje máximo se puede asignar en este rubro un 20%. Requisito primario: haber cursado las carreras de Contaduría, Contaduría Pública, Administración de Negocios con énfasis en Contabilidad, Administración de Empresas con énfasis en Contaduría o Contaduría Pública, con el grado mínimo de Licenciatura. El puntaje otorgado será el que corresponda según la Tabla Descriptiva de Criterios de Evaluación contenidos en este documento. Formación adicional: se consideran los títulos académicos de igual o mayor nivel a Licenciatura en un área académica afín a la Auditoría, que no corresponde al requisito primario. 7.1.2. Capacitación recibida: Se tomarán en cuenta solamente los certificados de aquellos eventos de capacitación superiores a 20 horas, modalidad de aprovechamiento o participación, en las áreas temáticas que se indican en la Tabla Descriptiva de Criterios de Evaluación. Se otorgará 0.5 puntos por cada evento calificable, hasta un máximo de 20 para una calificación final en este rubro de 10%. 7.1.3. Experiencia profesional excedente: Para calificar este rubro se tomará en cuenta solamente el excedente. Significa que para efectos de calificación se excluye el requisito primario. Se calificará la experiencia obtenida a partir del grado de bachiller universitario en una de las carreras definidas en el requisito primario y haber desempeñado puestos en el ámbito de la auditoría interna, auditoría externa o contable. Como puntuación máxima en este rubro se puede obtener un 35%. Se establecerán rangos de años para asignar la calificación correspondiente a cada oferente que se detallan en la Tabla Descriptiva de Criterios de Evaluación. 7.1.4. Experiencia excedente en supervisión de personal: Para la calificación se tomará en cuenta solamente el excedente, excluyéndose entonces el requisito primario definido para la experiencia en puestos de jefatura en el ámbito de la auditoría interna y externa en el sector público o privado. Como puntuación máxima en este rubro se puede obtener un 25%. Se establecerán rangos de años para asignar la calificación correspondiente a cada oferente que se detallan en la Tabla Descriptiva de Criterios de Evaluación. 7.1.5. Pruebas de aptitud: Se aplicarán dos pruebas de aptitud, de modo que la calificación final en este rubro resulta de la obtención del promedio simple, aplicando la siguiente fórmula matemática: (prueba a + prueba b) / 2*10%= calificación final Las pruebas se aplicarán y calificarán de conformidad con lo establecido en el Manual que para la misma haya preparado el autor. En caso de que para dichos La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010 instrumentos no se establezcan calificaciones cuantitativas en el respectivo Manual, se obtendrán puntuaciones percentilares con base en los resultados obtenidos por el grupo evaluado. Las pruebas a utilizar serán establecidas por el Departamento de Recursos Humanos antes de iniciar el proceso de evaluación de cada candidato. 7.2. Tabla descriptiva de Criterios de Evaluación: a. Formación académica 20% Formación académica Puntos asignados Requisito Primario (*) 15% Formación adicional (**) 5% (*)Licenciatura en Contaduría, Contaduría Pública, Administración de Negocios con énfasis en Contabilidad, Administración de Empresas con énfasis en Contaduría o Contaduría Pública. (**)Afín a la actividad de Auditoría (Contaduría, Contabilidad, Finanzas, Auditoría de Sistemas). b. Capacitación 10% Asignar 0.5 puntos por cada evento de capacitación (seminarios, talleres, congreso o curso presencial, etc.) en sus diversas modalidades (participación o aprovechamiento) con una duración mínima de 20 horas (debe estar indicado en el certificado) hasta un máximo de 20 eventos. Temáticas a calificar: ▪ Ejecución Presupuestaria ▪ Ley de Administración Pública, Contratación Administrativa y otras que regulan la Auditoría Interna en el Sector Público. ▪ Normativa sobre procedimientos administrativos. Normativa Internacional sobre Auditoría Interna. ▪ Análisis de Procesos. ▪ Propios de la Auditoría Operativa, Financiera, Informática y Contabilidad. ▪ Computación. ▪ Ley de Control Interno. ▪ Servicio al Cliente. ▪ Ley Orgánica Contraloría General de la República. ▪ Inglés. c. Experiencia Profesional excedente (adquirida a partir de la obtención de un título universitario en una carrera atinente con el puesto en Auditoría Interna o Externa excluyéndose el requisito primario) 35% Años Puntos asignados Menos de 2 15% Hasta 4 años 20% Hasta 6 años 25% Hasta 8 años 30% Más de 8 años 35% d. Experiencia excedente en supervisión de personal (se calificará la experiencia en puestos de jefatura en el ámbito de la Auditoría Interna o Externa del sector público o privado, excluyéndose el requisito primario) 25% Años Hasta 2 años Hasta 3 años Hasta 4 años Hasta 5 años Más de 5 años e. Pruebas de aptitud Puntos asignados 5% 10% 15% 20% 25% 10% Se aplicarán dos pruebas de aptitud para evaluar diversas cualidades personales y competencias según el Manual descriptivo de cargos. Pág 35 7.3. La calificación final de los oferentes es el resultado de sumar los porcentajes obtenidos en cada uno de los rubros establecidos en la Tabla Descriptiva de Criterios de Evaluación. 7.4. Para cada oferente, el calificador llenará una hoja de evaluación en la que se documente el puntaje obtenido en cada rubro y la fuente o folios del expediente personal que sustentan la calificación otorgada en cada uno. 7.5. El Departamento de Recursos Humanos confeccionará un registro de elegibles con las personas que hayan alcanzado como mínimo una calificación final de 80%, resultado de la ponderación de las calificaciones obtenidas en los diferentes predictores utilizados, organizado en orden descendente a partir de la calificación mayor hasta el 80%. 7.6. El Departamento de Recursos Humanos comunicará a los oferentes el resultado obtenido en la evaluación. 7.7. Para los integrantes de la terna se hará un estudio de antecedentes laborales así como una entrevista, cuyos resultados no tendrán un puntaje en la calificación final. La información resultante tiene como propósito facilitar la toma de decisión al máximo jerarca de la institución en relación con el nombramiento del Subauditor Interno. 8) Conformación de la terna: 8.1. El Departamento de Recursos Humanos confeccionará un cuadro resumen de resultados. 8.2. El Departamento de Recursos Humanos conformará la terna con las personas que hayan alcanzado las tres calificaciones más altas. 8.3. Se hará un estudio de antecedentes laborales para cada uno de los integrantes de la terna y serán convocados a una entrevista por parte del Departamento de Recursos Humanos, con el propósito de obtener más información que facilite posteriormente la escogencia del Subauditor a la Junta Administrativa o en quien delegue dicha responsabilidad. 8.4. Las personas que conformen la terna deberán rendir declaración jurada en relación con: no tener impedimento de parentesco, causas judiciales pendientes e impedimentos de índole administrativo para el nombramiento en el cargo. 8.5. Se envía la terna a la Junta Administrativa para su conocimiento y posterior remisión a la Contraloría General de la República. 8.6. La Junta Administrativa emite el acuerdo respectivo autorizando al Jerarca Institucional para que envíe los documentos pertinentes para la solicitud de nombramiento de conformidad con los requisitos establecidos en los Lineamientos sobre los requisitos de los cargos de auditor y subauditor internos, y las condiciones para las gestiones de nombramiento de dichos cargos. 8.7. De no ser aprobado el proceso ni la terna por parte de la Contraloría General de la República, la Junta Administrativa, solicitará al Departamento de Recursos Humanos la revisión del procedimiento en la etapa donde se inicia la objeción respectiva. 9) Aprobación de la terna por parte de la Contraloría General de la República: 9.1. La Junta Administrativa recibe un informe del proceso de selección y de la terna. 9.2. La Junta Administrativa conoce la terna recomendada y podrá conceder audiencia al Auditor Interno para conocer su criterio no vinculante, de conformidad con los Lineamientos sobre los requisitos de los cargos de auditor y subauditor internos, y las condiciones para las gestiones de nombramiento de dichos cargos y el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Auditoría Interna del Registro Nacional. 10) Nombramiento del Subauditor(a) Interno(a): La Junta Administrativa conocerá la terna aprobada por la Contraloría General de la República así como la información adicional obtenida mediante la investigación de antecedentes laborales Pág 36 La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010 y la entrevista efectuada, el criterio no vinculante del Auditor Interno y emitirá el acuerdo respectivo en relación con la persona escogida para comunicarlo al ente contralor. 11) Apelación al proceso de selección: 11.1. El Departamento de Recursos Humanos comunicará a los participantes el resultado obtenido y concede un plazo improrrogable de tres días hábiles a partir del recibo del mismo para que se presenten los argumentos que se consideren pertinentes, de conformidad con el artículo 346 de la Ley de Administración Pública y lo establecido en los Lineamientos sobre los requisitos de los cargos de auditor y subauditor internos, y las condiciones para las gestiones de nombramiento de dichos cargos. 11.2. En caso de disconformidad con el resultado, el Departamento de Recursos Humanos atenderá en primera instancia las revocatorias que contra el mismo se interpongan. 11.3. La apelación en subsidio será atendida y resuelta por la Junta Administrativa, instancia que a su vez agota la vía administrativa. San José, 9 de setiembre del 2010.—Lic. Dagoberto Sibaja Morales, Director General.—1 vez.—O. C. Nº 10-0233.—Solicitud Nº 8487.—C-351070.—(IN2010078665). BANCO CRÉDITO AGRÍCOLA DE CARTAGO La Junta Directiva General en sesión N° 8371/10, artículo 38°, celebrada el 7 de setiembre del 2010, acordó modificar los artículos 11, 12 y 14 del Reglamento para la Asignación, Uso y Control del Servicio Telefónico Celular de Bancrédito, en estos términos: Artículo 11.—Del monto máximo a pagar. El Banco reconocerá por el servicio celular un monto máximo mensual, de acuerdo con la siguiente tabla: A Presidente y Miembros de Junta Directiva US$ 400,00 B Gerente General $ 200,00 C Subgerentes Generales, Auditor y Subauditor $ 100,00 D Directores de Área y Gerentes de Centros de Negocios Tipo 1 $ 35,00 E Jefaturas inmediatas adscritas a Direcciones o a Gerentes de Centros de Negocios Tipo 1, Jefaturas que dependan directamente de la Gerencia General o Subgerencias $ 25,00 F Técnicos ATM, gestores de negocios, ejecutivos de cuenta y supervisores de Aeropuerto $ 20,00 G Servicio de guardias (disponibilidades) $ 20,00 H Otros funcionarios Tarifa básica más los cargos fijos establecidos por el proveedor del servicio Para los puestos de los grupos A, B y C, el Banco reconocerá en forma adicional, la tarifa de Internet celular. Para el resto de funcionarios, la Gerencia podrá autorizar en forma adicional el reconocimiento de la tarifa de dicho servicio. Artículo 12.—Del reintegro. Los colaboradores autorizados que utilizan su teléfono y línea celular, deberán solicitar los reintegros por el cargo correspondiente, de forma mensual en un plazo máximo de 10 días hábiles posteriores al vencimiento del servicio y no se permitirá reintegros acumulados. El monto a reintegrar incluirá todos los cargos, excepto aquellos relacionados a reinstalaciones, reprogramaciones, multas por vencimiento o gastos administrativos derivados de dichos trámites, pago del aparato telefónico cuando este se incluya en la facturación mensual del proveedor, llamadas o mensajes de texto para concursos, donaciones u otros. Cuando se utilice línea celular del Banco, los excesos a los montos indicados, deberán ser reintegrados por el colaborador en forma inmediata, una vez hecho el requerimiento por la Unidad de Servicios Generales. No obstante, el Banco podrá asumir el exceso siempre y cuando el colaborador demuestre que fueron llamadas propias en el desempeño de su labor. Artículo 14.—Del desglose de las llamadas. El Banco tiene la facultad de solicitar directamente al proveedor del servicio, un desglose de las llamadas que se efectúan de los teléfonos celulares asignados en los grupos D a H, citados en el artículo 11 de este Reglamento. En el caso de que la línea celular sea propiedad del colaborador, éste deberá solicitar, a pedido de la Unidad de Servicios Generales, el reporte mencionado y presentarlo a esa dependencia en el término de tres días hábiles posteriores a la solicitud. Cada año, la Unidad de Servicios Generales hará una evaluación de las autorizaciones que se hayan otorgado al amparo de este Reglamento, con el fin de determinar si mantiene la necesidad de esas autorizaciones. Esta modificación rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Proveeduría y Licitaciones.—1 vez.—O. C. 48-2010.— Solicitud Nº 37256.—C-61200.—(IN2010080080). REMATES AVISOS A. BORBÓN Y COMPAÑÍA S. A. Comunica a sus clientes y público en general que, a las 10:00 horas del día 22 de octubre de dos mil diez, se realizará el remate, de dos motores que se encuentran en nuestro taller de reparación y que fueron recibidos por nuestra empresa, con boleta de entrada al taller de fecha anterior al 1º de junio de 2010. El remate se realizará en San José, Uruca, de la Ladrillera 400 metros al oeste en A. Borbón y Cía. Dichos bienes se venderán y entregarán en las condiciones en que se encuentren al momento del remate. A los interesados en recuperar los bienes, se les solicita presentarse antes de esta fecha en nuestras oficinas administrativas con los documentos que acrediten su propiedad y la cancelación de las deudas con la empresa. Los bienes que se sacarán a remate son: I. Motor E40HP20pETEC/TIL/ RPBL, fuera de borda, marca Evinrude, 40 caballos de fuerza, pata larga, dos tiempos inyectado E-TEC, arranque y aceleración manual, modelo E40DRLSUM, serie 05197981 y II. Motor E40HP20pETEC/ TIL/RP BL, fuera de borda, marca Evinrude, 40 caballos de fuerza, pata larga, dos tiempos inyectado E-TEC, arranque y aceleración manual, modelo E40DRLSUM, serie 05198649.—San José, treinta de setiembre de 2010.—Alfredo Echeverría Borbón, Gerente.—1 vez.—RP2010199651.—(IN2010083021). COMISIÓN FESTIVAL LUCES DEL SUR Comisión Festival Luces del Sur, de Ciudad Neily saca a remate al mejor postor a llevarse a cabo en Ciudad Neily en la Universidad Católica de Costa Rica, sede Ciudad Neily el treinta de octubre de 2010 a las 19:00 horas por el precio que aquí se estima los derechos de instalación de locales comerciales “chinamos” para las festividades a realizarse en el centro de la ciudad alrededor del parque central los días 9, 10, 11 y 12 de diciembre de 2010, aceptando el oferente que deberá realizar las instalaciones de infraestructura y procurar servicios que desee y sea permitido o exigido por la ley para su operación conforme a derecho, en su lugar asignado: 6 localidades de venta de comida espacio 3 metros por seis metros por la base cada uno de ¢100.000, 5 localidades de artesanía y obra manual e intelectual espacio 3 metros por seis metros por la base cada uno de ¢100.000; 3 localidades de bar espacio 3 metros por seis metros por la base cada uno de ¢200.000, 6 localidades de stand-exhibición y oferta de productos-servicios, espacio 3 metros por seis metros por la base cada uno de ¢50.000. Para los oferentes se inscribirán en el lugar de remate una hora antes presentando un depósito de participación del 25% de la base por cada categoría en que quiera participar. Los adjudicados cancelarán el monto de adjudicación de inmediato posterior al remate o se reiniciará su subasta. Todos los pagos serán en efectivo o cheque certificado de un banco del sistema bancario nacional. Información teléfono 83184903 e-mail minorrod@hotmail.com. Los chinamos no adjudicados en la primera fecha serán rematados nuevamente y en el mismo lugar el 6 de noviembre de 2010 misma hora y fecha. Minor Rodríguez Rodríguez, Presidente.—1 vez.—Nº RP2010199531.—(IN2010083022). La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010 INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS BANCO NACIONAL DE COSTA RICA SUCURSAL PUNTARENAS N.003 AVISO PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ Comunica a los clientes de cajitas de seguridad que tienen pendiente su retiro de bienes en custodia por incumplimiento de contrato que deben presentarse en dicha oficina para respectivo trámite. Roberto Durán Delgado, Nº 6-0114-0335, Lindor Sánchez Sánchez Nº 2-0253-0449; Juan Chen Jau Nº 8-0024-0485; Franklin Chin Soto 6-0056-0254; Andrea Palermo pass 751702; Apolinar Partida González sin número; Fudepac sin número. Para mayor información puede comunicarse al teléfono 2661-9200, ext.7189 custodia de valores encargada de Cajitas de Seguridad Sucursal Puntarenas. Luego de realizada la comunicación empieza a correr, para el banco, un plazo de tres años de prescripción adquisitiva. Puntarenas, 9 de setiembre del 2010.—Lic. Christian Brenes Delgado, Gerente.—(IN2010079605). AGENCIA EN CARTAGO El Banco Nacional de Costa Rica, Sucursal de Cartago, comunica a las personas físicas y jurídicas interesadas en la apertura de las cajitas de seguridad abiertas Administrativamente y que se muestran adjunto, se presenten a la oficina antes mencionada, a efectos de retirar los bienes correspondientes. Se realizó la apertura de las mismas por el notario Carlos Rivera Bianchini; y en presencia de los testigos José Manuel Mata Morales y Edgar Brenes Vásquez, ambos funcionarios de la agencia, se abre por falta de pago relativo a su alquiler, las personas y empresas indicadas fueron debidamente prevenidas. Se publica la misma apertura para que las personas y empresas se presenten a retirar su contenido, para efectos de prescripción de la misma. Nº Nombre cajita 6 Francisco Alvarado Gómez Nº cajita 95 115 118 133 153 123 162 164 176 186 219 225 227 236 249 Nombre Nº cédula Ligia Cecilia Maroto Marín Rafael Fco. Mata Castillo Jorge Mata Montero Porfirio González Castillo Nuria Roxana González Ramírez Omar Gdo. Gómez Redondo Transportes Zuzu S. A. Ernesto Schofield Amador Egbert Morales Rodríguez 1-404-1323 6-098-319 3-273-553 6-026-289 3-253-988 1-684-869 3-101-064817-04 1-564-019 1-393-1202 Asoc. Solid Emp Imsa Joyal y afines 3-002-07113921 Servicentro las Ruinas Rodrigo Silesky Bonilla Anselmo Solano Vargas Joaquín Cerdas Brenes 3-101-1073147 1-444-347 3-240-679 3-204-453 Jorge Cortes Pereira 3-135-246 250 Maritza Zúñiga Cortés 3-175-655 333 Luis Paulino Campos Valverde 1-411-435 24 52 59 88 136 193 196 203 Carlos Luis Mata Irola Edwin Alfredo Falcomer Álvarez Heiry Alvarado Méndez Adelia Chávez Villalta María Elena Ávila Alvarado Ana Lucía Fumero Valverde Carlos Maidana Jorge Fernández Berrios 225 Juan Bta. Obando Quirós 260 Alfonso Fernández Muñoz 3-195-027 262 Erna Monge Monge 290 Luisa Henao Cuartas 312 Warmbrunn Grabietz Vinzenta Nº cédula Pág 37 3-219-053 1-458-944 1-436-118 3-0078-0642 6-141-291 1-755-110 028753-405-01-00267 1-707-784 3-063-477 3-088-339 3-109-514 117000042422 PAS 8136681 9 Luis Alberto García Salazar 1-418-943 320 Carlos Aguilar Quesada 3-258-930 22 Jaime Quesada Romero 3-192-303 176 Rosa Bonilla Picado 3-227-126 44 Minor Gdo Cordero Cerdas 3-204-208 360 Grettel Ileana Masís Monge 3-229-906 57 Gabriel Humberto Segura Solano 1-678-802 3-196-1173 21 103 Óscar Echeverría Pacheco 3-140-079 144 Wálter Geovanny Quirós Guzmán 3-303-482 111 Mauricio Ortiz Álvarez 3-238-969 174 Lourdes Navarro Sáenz 3-278-554 113 Nuria Corrales Arley 9-024-807 288 Hannia Martínez Castro 9-048-635 121 Wálter Cordero Elizondo 1-222-738 38 María Guardia Rivera 1-311-924 221 Luis Orlando Leiva Leiva 3-241-849 275 José Miguel Calderón 3-232-025 222 Carlos Manuel Aguilar Díaz 3-224-317 291 Alfredo Herrera Gómez 257 Audrey Solano Araya 7-173-881 105 Jesse Salem Yoosef 314 Miguel A. Gómez Salguero 3-193-978 201 Vilma M. Solís Rímula 2-471-749 3-205-325 246 Luis Javier Montoya Piedra 3-098-048 129 Manuel Felipe Calvo Calvo 3-180-639 304 Yolanda Ceciliano Romero 3-222-015 190 Luis Eduardo Rodríguez Masís 9-052-718 316 Sandra Carolina Batarse 191 Marcela Rodríguez Masís 3-259-266 381 Sonia Montero López 9-010-745 210 Marco Aurelio González Roldán 3-202-622 45 Priscilla Valle Carazo 3-292-741 229 Ramón Luis Madrigal León 4-105-575 57 Arbinio Antonio Rebustillo PAS 45259133 280 Marco Antonio Brenes Rivera 1-808-009 95 296 Rodrigo Masís Cordero 3-210-608 Grupo Consultivo Económico y Negocios Econegocios S. A. 3-101-152245 331 Georgina Leticia Granados Ureña 3-221-036 5 Mario Hto Siles Quesada Marco s. Medaglia Gómez 25 María Gutiérrez Patiño 3-262-261 91 Peter Stevenson Butter PAS 33911369 1-677-723 PAS 214558506 160940012123 La Uruca, 20 de setiembre, 2010.—Proveeduría General.— Lic. Lorena Herradora Chacón, Proveedora General.—1 vez.—O. C. Nº 001-2010.—Solicitud Nº 139-2010.—C-125270.— (IN2010080065). Pág 38 La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010 BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL CENTRO DE SERVICIOS FINANCIEROS CATEDRAL AVISO PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ El Banco Popular y de Desarrollo Comunal de este domicilio, hace del conocimiento del público en general, el extravío del siguiente certificado ahorro a plazo fijo y cupón de interés a la orden de Tobías Chacón Salazar, cédula 01-1229-0266 Certific. Nº 10008107 Monto Fecha vencimiento Cupón Nº Monto ¢482.169,42 27-02-2010 010008107-01 ¢16.072,31 Lo anterior para efectos de los artículos 708 y 709 del Código de Comercio. 16 de setiembre del 2010.—Plataforma Ahorro a Plazo.— Lic. Carmen Sánchez Rivas, Coordinadora.—RP2010196920.— (IN2010078531). UNIVERSIDAD DE COSTA RICA FACULTAD DE DERECHO EDICTO PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ David Alonso Jiménez Murillo, cédula 2-0583-0612, quien ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciado en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cinco días posteriores a la publicación del tercer aviso.—11 de agosto del 2010.—Dr. Olivier Rémy Gassiot, Director.—(IN2010080979). UNIVERSIDAD NACIONAL VICERRECTORÍA ACADÉMICA REPOSICIÓN DE TÍTULO EDICTO PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ Ante el Departamento de Registro de la Universidad Nacional se ha presentado solicitud de reposición de diploma, por: Destrucción, correspondiente al título de Diplomado en Pedagogía con acento en I y II Ciclos de la Educación General Básica. Grado académico: Diplomado, registrado en el libro de títulos bajo: tomo: 18, Folio: 90, Asiento: 733. A nombre de Sussy Espinoza Morales con fecha: 10 de mayo del 2002, cédula de identidad: 1-1073-0624. Se publica este edicto para oír oposiciones a dicha reposición, dentro del término de quince días hábiles a partir de la tercera publicación en La Gaceta. Heredia, 20 de marzo del 2009.—Departamento de Registro.— M.A.E. Marvin Sánchez Hernández, Director.—(IN2010080931). INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA EDICTOS PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ El señor Alfonso Chacón Rodríguez, peruano, cédula de residencia Nº 160400228505 ha presentado para el trámite de reconocimiento y equiparación el diploma con el título de Ingeniero Electrónico obtenido en la Universidad Nacional del Callao, Perú. Cualquier persona interesada en aportar información al respecto de este trámite, podrá hacerlo mediante un escrito que debe ser presentado en el Departamento de Admisión y Registro, dentro de los quince días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.— Cartago, 13 de setiembre del 2010.—Departamento de Admisión y Registro.—MBA William Vives Brenes, Director.—O. C. Nº 20100189.—Solicitud Nº 14548.—C-30600.—(IN2010078792). El señor Pedro Alejandro Toribio Pasapera, peruano, cédula de residencia Nº 160400228505, ha presentado para el trámite de reconocimiento y equiparación el diploma con el título de Ingeniero Electrónico obtenido en la Universidad Nacional del Callao, Perú. Cualquier persona interesada en aportar información al respecto de este trámite, podrá hacerlo mediante un escrito que debe ser presentado en el Departamento de Admisión y Registro, dentro de los quince días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.— Cartago, 13 de setiembre del 2010.—Departamento de Admisión y Registro.—MBA William Vives Brenes, Director.—O. C. Nº 20100189.—Solicitud Nº 14547.—C-30600.—(IN2010079037). PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA EDICTOS PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ Al señor Bayardo José Bustos Cabrera, se le comunica la Resolución Administrativa de las catorce horas del veinte de julio del dos mil diez, mediante el cual se dispone ordenar el cuido provisonal a favor de las personas menores de edad Yaritza de los Ángeles, Jessenia Vanessa, Claudia todos de apellidos Bustos Flores, bajo cuidados y protección de Maryurie Isabel Castro. Contra la presente resolución podrá interponerse recurso de apelación ante esta oficina local, quien lo elevará a la Presidencia Ejecutiva de la Institución, podrá interponerse en forma verbal o por escrito dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a su notificación. Se advierte a las partes que se debe señalar lugar o medio para atender notificaciones futuras dentro del perímetro de esta Oficina Local, bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere, las resoluciones posteriores se le tendrán por notificadas con el transcurso de veinticuatro horas. Notifíquese.—Oficina Local de Alajuelita.—Lic. Milton Gutiérrez Quesada, Representante Legal.—O. C. Nº 31677.—Solicitud Nº 39212.—C-12000.—(IN2010080804). Se les comunica a, Yolanda Chupin Chupin y Julio César Marenco Marenco, que por resolución de la representación legal de esta oficina local, de 14:55 horas del tres de mayo del 2010, se le otorgó medida de orientación y apoyo del joven Manuel Alejandro Marenco Chupin, en IAFA. Se le confiere audiencia por tres días hábiles, para que presenten los alegatos de su interés, y ofrezca la prueba que estime necesaria y se le advierte que tienen derecho a hacerse asesorar y representar por abogado y técnicos de su elección, así como consultar y fotocopiar las piezas del expediente, que permanecerá a su disposición en esta Oficina Local, en días y horas hábiles, ubicada en San José, barrio Luján, 100 metros al sur de casa Matute Gómez. Deberán señalar lugar conocido o número de facsímil para recibir sus notificaciones, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio electrónico seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las resoluciones futuras quedarán firmes 24 horas después de dictadas, conforme aplicación supletoria del artículo 11 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Se les hace saber, además, que contra dicha resolución procede recurso de apelación para ante la Presidencia Ejecutiva de esta Institución, el cual deberán interponer ante esta Representación Legal dentro de las 48 horas siguientes, contadas a partir del día hábil inmediato siguiente a la fecha de publicación del tercer aviso en el Diario Oficial, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible (Artículo 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia). Expediente N° 143-00045-10.—Oficina Local de San José Este.—Karina Peralta Guevara, Representante Legal.—O. C. Nº 31677.—Solicitud Nº 39212.—C-18600.—(IN2010080806). AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS Resolución 173-RCR-2010.—San José, a las 14:30 horas del 28 de setiembre de dos mil diez. (Expediente ET-143-2010) Conoce el Comité de Regulación el ajuste extraordinario de oficio de los precios de los combustibles derivados de los hidrocarburos La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010 Resultando: I.—Que el 11 de noviembre del 2008, mediante resolución RRG-9233-2008 de las diez horas con veinte minutos, publicada en el diario oficial La Gaceta Nº 227 del 24 de noviembre del 2008; se estableció el nuevo modelo de carácter extraordinario para la fijación de precios de los combustibles. II.—Que el 10 de setiembre del 2010, mediante oficio 567DEN 2010, la Dirección de Servicios de Energía remite informe al Comité de Regulación sobre la aplicación del modelo de ajuste extraordinario de precios de los combustibles. (Folios 09 al 28). III.—Que el 13 de setiembre del 2010, el Comité de Regulación mediante el oficio 114-COR-2010 ordena al Archivo Central de esta Autoridad Reguladora la apertura de oficio del respectivo expediente, generándose el expediente ET-143-2010, y le remite a la Dirección General de Participación del Usuario, la propuesta de variación extraordinaria de los precios de los combustibles derivados de los hidrocarburos, para la respectiva convocatoria de participación ciudadana. (Folios 01 al 08). IV.—Que el 16 de setiembre del 2010, se publicó en los diarios de circulación nacional Prensa Libre, Extra y Al Día, la invitación a los ciudadanos para presentar sus posiciones. (Folios 29 a 31). V.—Que el 20 de setiembre del 2010, se publicó en La Gaceta N° 182 la invitación a los ciudadanos para presentar sus posiciones hasta el día viernes 24 de setiembre del 2010. (Folio 32). VI.—Que el 24 de setiembre del 2010, a las 16:00 horas venció el plazo para presentar posiciones. Según el informe 2379DGPU-2010 del 27 de setiembre del 2010 de la Dirección General de Participación del Usuario, fue admitida la siguiente posición. 1) Refinadora Costarricense de Petróleo. Representada por el Ing. Jorge A. Rojas Montero, Gerente General, cédula de identidad 1-369-459. (Folios 33 a 37). Manifiesta lo siguiente: • RECOPE reitera, mediante esta posición, los argumentos que han sido expuestos en las posiciones y en los recursos de revocatoria con apelación en subsidio que constan en los procedimientos extraordinarios de precios, desde la aprobación de la nueva metodología de precios, misma que fue aprobada en la resolución RRG-9233-2008. • Resolver el presente estudio extraordinario conforme la normativa vigente que se encuentra publicada en la resolución RRG-9233-2008. • Corregir el margen de operación porcentual, a efectos de que el mismo garantice los ingresos tarifarios aprobados en la resolución RRG-9233-2008. VII.—Que en el oficio 595-DEN-2010 de la Dirección de Servicios de Energía de la Autoridad Reguladora, fechado 27 de setiembre de 2010, que corre agregado al expediente, se encuentra el análisis de los resultados del ajuste extraordinario de precios. VIII.—Que según acuerdo 003-015-2010, artículo 3, de la sesión extraordinaria 015-2010, celebrada por la Junta Directiva de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, el 15 de abril de 2010, ratificada el 22 de abril en curso, se creó el Comité de Regulación. Entre las funciones de dicho comité se encuentra: “Ordenar la apertura de los expedientes tarifarios, fijar las tarifas de los servicios públicos y resolver los recursos de revocatoria que se presenten contra sus actuaciones.” IX.—Que por medio del oficio 110-RG-2010, del 30 de abril de 2010, el Regulador nombró a los funcionarios Laura Suárez Zamora, Luis Alberto Cubillo Herrera y Carlos Solano Carranza como miembros titulares y a Guillermo Monge Guevara como miembro suplente de dicho comité. X.—Que según acuerdo 010-020-2010, artículo 6, de la sesión ordinaria 020-2010, celebrada por la Junta Directiva de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, el 20 de julio de 2010, prorrogando la vigencia del acuerdo que crea el Comité de Regulación indicado en el resultando VIII, hasta el 8 de octubre del 2010. Entre las funciones de dicho comité se encuentra: “Ordenar la apertura de los expedientes tarifarios, fijar las tarifas de los servicios públicos y resolver los recursos de revocatoria que se presenten contra sus actuaciones.” XI.—Que por acuerdo firme del Comité de Regulación en sesión número 48 de las 14:00 horas del 28 de setiembre de 2010, se dispuso el dictado de esta resolución. XII.—Que en los plazos y procedimientos se han observado las prescripciones de ley. Considerando: I.—Que el artículo 30 de la Ley 7593 y sus reformas indica que la Autoridad Reguladora cuando se cumplan las condiciones de los modelos automáticos de ajuste, realizará de Pág 39 oficio las fijaciones de precio. El Reglamento a título II de la Ley de Fortalecimiento y Modernización de las Entidades Públicas del Sector Telecomunicaciones, reformó el reglamento de la Ley 7593 y estableció que las resoluciones de este tipo de fijación de precio deben dictarse dentro de los 15 días naturales siguientes a la iniciación del trámite del ajuste de precios de oficio, que se inició con el oficio 114-COR-2010 del 13 de setiembre del 2010, además, la resolución RRG-7205-2007 establece el procedimiento a seguir para hacer este tipo de fijación y por voto N° 2010-004042 del expediente 09-019002 007-CO, la Sala Constitucional indicó que a los ciudadanos se les debe dar un plazo razonable para presentar sus posiciones. II.—Que del oficio 595-DEN-2010, que sirve de base para la presente resolución, conviene extraer lo siguiente: (…) 1) El cálculo del precio de cada uno de los combustibles se hizo a la fecha de corte del segundo viernes de setiembre de 2010; los nuevos precios están sustentados en el promedio de los últimos 11 días hábiles de los precios FOB internacionales de los derivados del petróleo, tomados de la bolsa de materias primas de Nueva York (NYMEX), correspondiente al período de cálculo comprendido entre el 26 de agosto y el 9 de setiembre del 2010, de este rango de precios se obtiene un precio promedio. Dicho precio promedio a la fecha de corte, se traduce a litros y a colones por el tipo de cambio de referencia correspondiente al día en que se está haciendo el corte. También se sustentan en el precio del colón con respecto al dólar a la fecha de corte citada y sobre el resultado de este valor se suman los costos internos (factor K), de manera que la variación porcentual de los precios por producto se calcula con base en los precios fijados en la resolución 149-RCR2010 del 1 de setiembre del 2010, publicada en La Gaceta N° 179 del 14 de setiembre del 2010. Respecto del monto único del impuesto que se aplica, es lo señalado en la Ley de Simplificación y Eficiencia Tributarias, Ley 8114 del 4 de julio de 2001 y el Decreto Ejecutivo 35 094-H, publicado en La Gaceta N° 151 del 5 de agosto de 2010, según la siguiente tabla: IMPUESTO UNICO A APLICAR POR TIPO DE COMBUSTIBLE PRODUCTO Gasolina Súper Gasolina regular Diésel 0,05% S Diésel 0,50% S Keroseno Búnker Asfalto Diésel Pesado (Gasóleo) Emulsión Asfáltica L.P.G. Av-Gas Jet A-1 General Nafta Liviana Nafta Pesada IMPUESTO UNICO (¢/litro) 201,50 192,50 113,75 113,75 55,75 19,25 38,75 37,25 28,50 38,75 192,50 115,25 27,25 27,25 2) De acuerdo con la resolución RRG-9233-2008, del Modelo tarifario para fijar el precio de los combustibles derivados de los hidrocarburos en planteles de distribución y al consumidor final, publicada en La Gaceta N° 227 del 24 de noviembre del 2008, esta Autoridad Reguladora procedió a revisar el factor Kj establecido en esta resolución. Con respecto al cálculo del margen de comercialización de RECOPE (K) se calculó por producto y como un porcentaje del precio de referencia (PRi), el cual se ajusta hasta mantener el nivel de ingreso aprobado; por tanto, el K% aplicado es de 20,181%. 3) En la tabla siguiente se muestran las variables consideradas en el cálculo de los precios de cada uno de los combustibles, el precio plantel resultante y el resultado porcentual del ajuste con el impuesto único incluido: Pág 40 La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010 Precio FOB Actual (* ) Precio FOB actual Margen K=20,181% Rezago Tarifario (**) Precio Plantel (sin imp.) Variación de precio (con imp.) $ / bbl ¢ / litro ¢ / litro ¢ / litro ¢ / litro % Gasolina súper * 82,595 265,214 53,52 10,73 329,466 -2,543% Gasolina Plus 91 * 81,490 261,667 52,81 (0,37) 314,104 -2,519% Diésel 0,05% S * 85,919 275,887 55,68 0,04 331,604 -2,378% Diésel 0,50% S * 84,731 272,074 54,91 0,04 327,021 -1,137% Keroseno 86,808 278,743 56,25 - 334,996 -2,769% Búnker * 66,128 212,337 42,85 (0,64) 254,548 -3,239% IFO 380 67,266 215,992 43,59 - 259,582 -3,027% Asfaltos * 61,977 199,008 40,16 11,83 251,000 3,547% Diesel pesado 76,402 245,330 49,51 - 294,840 -2,037% Emulsión Asfáltica 40,653 130,539 26,34 - 156,883 2,589% L.P.G. * 50,416 161,888 32,67 4,88 199,438 -1,300% Av-Gas * 140,291 450,475 90,91 (17,83) 523,556 -0,865% Jet A-1 general * 86,808 278,743 56,25 13,42 348,416 -2,343% Nafta Liviana 79,482 255,217 51,51 - 306,722 -1,128% Nafta Pesada 79,902 256,566 51,78 - 308,343 -1,120% PRODUCTO ( * ) Fuente: Platts. (**) Rezago tarifario a aplicar hasta diciembre del 2010. Tipo de cambio: ¢510,51/US$ 4) Utilizando la metodología aprobada por la ARESEP mediante resolución RRG-9233-2008, donde se establece que ante cambios en el precio internacional del combustible, se debe modificar el margen de operación de RECOPE, para mantener los ingresos de operación aprobados en el estudio ordinario de precio, se procedió a revisar el margen porcentual de operación de RECOPE. 5) Con el precio internacional del combustible reconocido en el presente estudio extraordinario, RECOPE requiere de un margen de 20,181% para mantener sus ingresos de ¢139,4 mil millones tal como se muestra en el siguiente cuadro. PRODUCTOS VENTAS K = 20,181% Margen absoluto en litros ¢ / litro INGRESOS ¢ Gasolina Súper 326 652 806 53,52 17 483 126 484 Gasolina Plus 91 570 836 686 52,81 30 143 601 683 1 119 801 554 55,68 62 346 090 799 3 166 434 56,25 178 118 531 Búnker 141 962 426 42,85 6 083 279 180 Asfalto 59 726 868 40,16 2 398 718 254 Diesel pesado 7 725 817 49,51 382 497 060 Emulsión Asfáltica 7 619 156 26,34 200 714 358 189 551 908 32,67 6 192 635 179 Diesel Keroseno LPG Av-gas Jet Fuel general Nafta Pesada IFO-380-nacional TOTAL PRODUCTO 2 908 299 90,91 264 391 697 185 757 195 56,25 10 449 231 293 273 437 51,78 14 157 742 74 047 087 43,59 3 227 620 977 139 364 183 237 2 690 029 674 Desviación estándar 6) El rezago tarifario Di que se debe incorporar a los precios de los combustibles es el siguiente: REZAGO TARIFARIO A APLICAR ( colones por litro ) PRODUCTO julio-dic. 2010 Gasolina Súper 10,73 Gasolina Plus 91 (0,37) Diesel Búnker Asfalto LPG Av – Gas Jet A-1 General 0,04 (0,64) 11,83 4,88 (17,83) 13,42 7) Las desviaciones estándar, los componentes para establecer la banda de precio para el combustible que vende RECOPE en puertos y aeropuertos y el rango de variación de los precios, se detallan a continuación. Precio al consumidor Desviación estándar PRi TCV Ki Di $ / lit. ¢ / lit. ¢ / lit. ¢/ $ ¢ / lit. IFO-380 0,02 10,96 215,99 510,51 AV – GAS 0,05 24,92 450,48 510,51 JET FUEL 0,04 19,23 278,74 510,51 Límite Inferior Límite Superior ¢ / lit. ¢ / lit. ¢ / lit. 43,59 0,00 248,62 270,55 90,91 -17,83 498,64 548,47 56,25 13,42 329,19 367,64 La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010 8) Que respecto a los argumentos citados en la oposición a que se refiere el resultando VI de esta resolución debe indicarse lo siguiente: 1. Refinadora Costarricense de Petróleo, S. A., representada por el Ing. Jorge A. Rojas Montero, Gerente General, cédula de identidad 1-369-459; folios 33 a 37. Este Ente Regulador resuelve el presente estudio con base en lo establecido en la resolución RRG-9233-2008, publicada en La Gaceta N° 227 del 24 de noviembre del 2008. El margen de operación porcentual (factor Ki) calculado por ARESEP para este ajuste, corresponde a un 20,181% ajustado para obtener el ingreso de ¢139 364 183 237 estimado en el último estudio ordinario. Por lo anterior, se desestima la petición presentada por la Refinadora. 9) De este análisis se determina que debería aplicarse un ajuste sobre los precios vigentes de todos los productos que expende la Refinadora en plantel, sin considerar el impuesto único a los combustibles. III.—Que de conformidad con los resultandos y considerandos que preceden, así como el mérito de los autos, lo procedente es ajustar el precio de los combustibles derivados de los hidrocarburos que vende la Refinadora Costarricense de Petróleo, S. A. en sus planteles; para los que se venden al consumidor final en estaciones de servicio; consumidores finales exonerados del impuesto único a los combustibles (Flota Pesquera Nacional no Deportiva y otros); para las estaciones sin punto fijo de venta, que venden al consumidor final y; para el Gas Licuado del Petróleo (L.P.G.) en su cadena de distribución, tal y como se dispone. Por tanto, Al tenor de las potestades conferidas en la Ley 7593, el Decreto 29 732-MP, la Ley 6588 y su reglamento, la Ley General de la Administración Pública, los acuerdos de Junta Directiva de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos 003-015-2010, artículo 3, de la sesión extraordinaria 015-2010, celebrada el 15 de abril de 2010, ratificada el 22 de abril de 2010 y el acuerdo 010-0202010, artículo 6, de la sesión ordinaria 020-2010, celebrada el 20 de julio de 2010, EL COMITÉ DE REGULACIÓN, RESUELVE: I.—Fijar el precio de los combustibles en los planteles de la Refinadora Costarricense de Petróleo, S. A., de acuerdo con el detalle siguiente: PRECIOS PLANTEL RECOPE (colones por litro) PRODUCTOS Precio sin impuesto Precio con impuesto Gasolina súper (1) 329,466 530,966 Gasolina Plus 91 (1) 314,104 506,604 331,604 445,354 327,021 440,771 Diesel 500 (0,05% S) (1) Diesel Térmico (0,50% S) (1) Pág 41 II.—Fijar el precio de los combustibles que se venden al consumidor final en estación de servicio con punto fijo, de acuerdo con el siguiente detalle: PRECIOS CONSUMIDOR FINAL EN ESTACIONES DE SERVICIO (colones por litro) PRODUCTOS Gasolina súper Precio Plantel sin impuesto Precio con impuesto (3) (1) 329,466 573,00 Gasolina Plus 91 (1) 314,104 548,00 Diesel 500 (0,05% S) (1) 331,604 487,00 Keroseno (1) 334,996 433,00 Av-Gas (2) 523,556 730,00 348,416 478,00 Jet A-1 general (2) (1) El precio final contempla un margen de comercialización de ¢35,966 / litro y flete promedio de ¢5,902/litro, para estaciones de servicio terrestres y marinas. (2) El precio final para las estaciones aéreas contempla un margen de comercialización total promedio (con transporte incluido) de ¢14,1332 / litro. (3) Redondeado al colón más próximo. III.—Fijar el precio del Gas Licuado del Petróleo (LPG) para carburación de vehículos al consumidor final en estaciones de servicio con punto fijo, de acuerdo con el siguiente detalle: PRECIOS CONSUMIDOR FINAL LPG EN ESTACIONES DE SERVICIO (colones por litro) PRODUCTO L.P.G. (1) Precio Envasador con impuesto Precio con impuesto * 292,330 328,00 (1) El precio del gas licuado del petróleo (LPG) incluye un margen de comercialización de ¢35,758 / litro. Transporte incluido en precio del envasador. * Precios máximos de venta según resolución RRG-5314-2006, publicada en Gaceta N°19 del 26 de enero de 2006. IV.—Fijar los precios a la Flota Pesquera Nacional no Deportiva exonerado del impuesto único a los combustibles. PRECIOS A LA FLOTA PESQUERA NACIONAL NO DEPORTIVA (1 ) (colones por litro) PRODUCTOS Precio Plantel (sin impuesto) Gasolina Plus 91 314,104 Diesel 500 (0,05% S) 331,604 (1) Según lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley N° 7384 de INCOPESCA y la Ley N° 8114 de Simplificación y Eficiencia Tributarias. V.—Fijar los precios de los combustibles que venden al consumidor final, los distribuidores de combustibles que operan sin punto fijo de venta, de acuerdo con el siguiente detalle: PRECIOS DEL DISTRIBUIDOR DE COMBUSTIBLES SIN PUNTO FIJO A CONSUMIDOR FINAL (colones por litro) Keroseno (1) 334,996 390,746 Búnker (2) 254,548 273,798 IFO 380 (2) 259,582 259,582 PRODUCTOS Precio Plantel sin impuesto Precio con impuesto Asfalto AC-20, AC-30, PG-70 (2) 251,000 289,750 Diesel pesado 294,840 332,090 Emulsión asfáltica (2) 156,883 185,383 L.P.G. Gasolina súper (1) Gasolina Plus 91 (1) Diésel 500 (0,05% S) (1) Keroseno (1) Búnker (1) Asfaltos AC-20, AC-30, PG-70 (1) Diésel pesado (1) Emulsión (1) Nafta Liviana (1) Nafta Pesada (1) 329,466 314,104 331,604 334,996 254,548 251,000 294,840 156,883 306,722 308,343 534,712 510,350 449,100 394,492 277,544 293,496 335,836 189,129 337,718 339,339 (2) 199,438 238,188 Av-Gas (1) 523,556 716,056 Jet A-1 general (1) 348,416 463,666 Nafta Liviana (1) 306,722 333,972 Nafta Pesada (1) 308,343 335,593 (1) Para efecto del pago correspondiente del flete por el cliente, se considera la fórmula establecida mediante resolución RRG-8561-2008, publicada en La Gaceta N°135 del 14 de julio de 2008. (2) Para efecto del pago correspondiente del flete por el cliente, se considera la fórmula establecida en resolución RRG-8819-2008 del 12 de setiembre del 2008. (1) Incluye un margen total de ¢3,746 colones por litro. Se excluyen el IFO 380, Gas Licuado del Petróleo, Av-Gas y Jet A-1 General de acuerdo con lo dispuesto en Decreto 31502-MINAE-S, publicado en La Gaceta N° 235 de 5 de diciembre de 2003 y voto 2005-02238 del 2 de marzo de 2005 de la Sala Constitucional. Pág 42 La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010 VI.—Fijar los precios del Gas Licuado del Petróleo en la cadena de comercialización hasta el consumidor final, de acuerdo con el siguiente detalle: PRECIO DE GAS LICUADO DE PETRÓLEO POR TIPO DE ENVASE Y POR CADENA DE DISTRIBUCIÓN (en colones por litro y cilindros) (1) incluye impuesto único PRECIO A FACTURAR POR EL ENVASADOR (2) TIPOS DE ENVASE TANQUES FIJOS (por litro) PRECIO A FACTURAR POR DISTRIBUIDOR Y AGENCIAS (3) 292,330 (*) PRECIO A FACTURAR POR DETALLISTAS (4) (*) CILINDRO DE 8,598 Litros 2 513,00 2 868,00 3 276,00 CILINDRO DE 17,195 Litros 5 027,00 5 736,00 6 552,00 CILINDRO DE 21,495 Litros 6 284,00 7 171,00 8 191,00 CILINDRO DE 34,392 Litros 10 054,00 11 473,00 13 105,00 CILINDRO DE 85,981 Litros 25 135,00 28 683,00 32 763,00 (*) No se comercializa en esos puntos de ventas. (1) Sobre el margen absoluto por litro, se puede hacer un descuento máximo de un 13% por litro vendido de GLP, según resoluciones RRG-1907-2001 publicada en La Gaceta N° 65 del 2 de abril del 2001 y RRG-8794-2008 publicada en La Gaceta N° 197 del 13 de octubre del 2008. (2) Incluye un margen de comercialización de ¢54,142/litro. (3) Incluye un margen de comercialización de ¢41,266/litro. (4) Incluye un margen de comercialización de ¢47,453/litro. VII.—Fijar el rango de variación de los precios de los combustibles que vende RECOPE en puertos y aeropuertos como sigue: PRODUCTO IFO-380 AV - GAS JET FUEL Desviación estándar Desviación estándar PRi TCV Ki Di $ / lit. 0,02 0,05 0,04 ¢ / lit. 10,96 24,92 19,23 ¢ / lit. 215,99 450,48 278,74 ¢/$ 510,51 510,51 510,51 ¢ / lit. 43,59 90,91 56,25 ¢ / lit. 0,00 -17,83 13,42 Precio al consumidor Límite Inferior Límite Superior ¢ / lit. ¢ / lit. 248,62 270,55 498,64 548,47 329,19 367,64 En cumplimiento de lo que ordena el artículo 245 de la Ley General de la Administración Pública, se indica que contra la anterior resolución caben los recursos ordinarios de revocatoria y de apelación y, el extraordinario de revisión. El de revocatoria podrá interponerse ante el Comité de Regulación; a quien corresponde resolverlo; el de apelación y revisión, podrán interponerse ante la Junta Directiva, a la que corresponde resolverlos. El recurso de revocatoria y el de apelación deberán interponerse en el plazo de tres días contados a partir del día siguiente a la notificación; el de revisión, dentro de los plazos señalados en el artículo 354 de la citada ley. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley 7593, las tarifas fijadas rigen a partir del día natural siguiente a su publicación. Notifíquese y publíquese.—Luis Alberto Cubillo Herrera y Carlos Solano Carranza, Comité de Regulación.—1 vez.—O. C. Nº 52132010.—Solicitud Nº 36057.—C-424250.—(IN2010082755). SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES EDICTOS La SUTEL hace saber que de conformidad con el expediente SUTEL-OT-100-2010 y en cumplimiento del artículo 42 del Reglamento a la Ley 8642, se publica extracto de la resolución RCS-414-2010 que otorga título habilitante SUTEL-TH-94 a Latam Alliance, cédula jurídica 3-101-607604. Servicios autorizados: telefonía IP, carrier de telefonía IP y operador prepago móvil. 2) Plazo de vigencia: diez años a partir de la publicación en La Gaceta. 3) Zonas geográficas: todo el territorio nacional. 4) Sobre las condiciones: debe someterse a lo dispuesto en la RCS-414-2010. San José, 27 de setiembre del 2010.—George Miley Rojas, Presidente.—1 vez.—O. C. Nº 0136-2010.—Solicitud Nº 36056.— C-9350.—(IN2010082752). La SUTEL hace saber que de conformidad con el expediente SUTEL-OT-077-2010 y en cumplimiento del artículo 42 del Reglamento a la Ley 8642 se publica extracto de la resolución RCS-384-2010 que otorga título habilitante SUTEL-TH-93 a Partel S.R.L., cédula jurídica 3-102-571706. Servicios autorizados: telefonía IP. 2) Plazo de vigencia: diez años a partir de la publicación en La Gaceta. 3) Zonas geográficas: todo el territorio nacional. 4) Sobre las condiciones: debe someterse a lo dispuesto en la RCS384-2010. San José, 27 de setiembre del 2010.—George Miley Rojas, Presidente.—1 vez.—O. C. Nº 0136-2010.—Solicitud Nº 36056.— C-9350.—(IN2010082753). La SUTEL hace saber que en cumplimiento del artículo 42 del Reglamento a la Ley Nº 8642, otorgó autorización para la prestación de los servicios de Acceso a Internet y telefonía IP, a las personas que se detallan: Expediente Nº Persona autorizada SUTEL-OT-080-2010 Yady Alexandra Sanabria Aldana Número identificación 117-000234933 SUTEL-OT-588-2009 Yamileth Alvarado Salazar 1-751-882 SUTEL-OT-101-2010 Róger Chacón Aguilera 2-390-738 SUTEL-OT-138-2009 José Villalobos Valerio 1-1114-0330 SUTEL-OT-098-2009 Multiservicios Milenium JMWC S. A. 3-101-349988 Dirección punto de prestación del servicio 50 metros sur Escuela Braulio Morales, cantón central de Heredia Contiguo a Pipería La Bandera Local, Urbanización La Esmeralda, Barrio San Francisco, San Isidro de Coronado, San José 100 metros norte del Hipermás, Barrio San Jorge, San Francisco, Heredia 175 metros norte de la Municipalidad, costado este del PANI, cantón central de Heredia 50 metros norte Hotel Roagra, distrito central de Guácimo, Limón Número resolución de autorización RCS-365-2010 Dirección punto de prestación del servicio Contiguo a la Iglesia Evangelio Completo de Dios, Hone Creek, Cahuita, Talamanca, Limón Costado sur de La Canasta Básica, Barrio El Carmen, Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela 50 metros norte del Bar Mi Choza, Buenos Aires, Palmares, Alajuela 800 metros norte del Banco Nacional, Puerto Viejo, Sarapiquí, Heredia Número resolución de autorización RCS-362-2010 RCS-393-2010 RCS-401-2010 RCS-432-2010 RCS-433-2010 Asimismo otorgó autorización para la prestación del servicio de Acceso a Internet, a los siguientes: Expediente Nº Persona autorizada SUTEL-OT-081-2010 Consultoría Santos y Mafla S. A. Número identificación 3-101-443759 SUTEL-OT-098-2010 José Alberto Arce Salas 2-454-251 SUTEL-OT-099-2010 Luis Alonso Morera Méndez 1-864-557 SUTEL-OT-85-2010 Marco Vinicio Sánchez Ureña 1-814-179 RCS-363-2010 RCS-364-2010 RCS-401-2010 Cada uno de los autorizados deberá someterse a los términos y condiciones que se detallan en las respectivas resoluciones. George Miley Rojas, Presidente.—1 vez.—O. C. Nº 0136-2010.—Solicitud Nº 36056.—C-45800.—(IN2010082754). RÉGIMEN MUNICIPAL MUNICIPALIDAD DE PURISCAL El Concejo Municipal de Puriscal mediante acuerdo 010-017-2010 de la sesión ordinaria 017, celebrada el 13 de julio del 2010, acordó publicar las matrices de información distritales de la Plataforma de Valores de Terrenos por Zonas Homogéneas de los Distritos: 01 Santiago, 02 Mercedes Sur, 03 Barbacoas, 04 Grifo Alto, 05 San Rafael, 06 Candelaria, 07 Desamparaditos, 08 San Antonio, 09 Chires, aprobados por el Órgano de Normalización Técnica de la Dirección General de Tributación del Ministerio de Hacienda. La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010 Pág 43 Pág 44 La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010 La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010 Pág 45 Pág 46 La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010 La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010 Pág 47 Pág 48 La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010 La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010 Pág 49 Pág 50 La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010 Puriscal, setiembre 2010.—Marta Murillo Arias, Secretaria del Alcalde.—1 vez.—C-1819020.—(IN2010080185). La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010 MUNICIPALIDAD DE GOICOECHEA DEPARTAMENTO DE COBRO, LICENCIAS Y PATENTES MUNICIPALES REPOSICIÓN DE TÍTULO DE PATENTE DE LICORES PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ A quien pueda interesar se hace saber que han solicitado a la Municipalidad de Goicoechea la reposición del título de la patente de licor nacional Nº 23 del distrito primero, inscrita a nombre Gu Zhixian, cédula Nº 6261144693489. Dicha patente actualmente se encuentra explotando en el negocio denominado Restaurante Mil Gusots sito en Guadalupe, 150 metros al norte del Cruce de Moravia. Lo anterior por motivo de extravío de la misma. Cualquier interesado podrá hacer valer sus derechos ante la Municipalidad, dentro de un período de ocho días a partir de la última publicación de este aviso. Carmen Bermúdez Siles, Asistente Departamento de Cobro Licencias y Patentes.—(IN2010070956). MUNICIPALIDAD DE NANDAYURE DEPARTAMENTO DE ZONA MARÍTIMO TERRETRE EDICTO El Departamento de Zona Marítimo Terrestre de la Municipalidad de Nandayure, comunica que Florencio Reyes Reyes, casado, de oficio agricultor, con cédula N° 6-065-106, vecino de playa San Miguel, Bejuco, Nandayure, con base en la Ley Sobre la Zona Marítimo Terrestre N° 6043 de 02 de marzo de 1977 y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Ejecutivo N° 7841-P de 16 de marzo de 1977; solicita en concesión un terreno localizado en Playa San Miguel, distrito sexto Bejuco, cantón noveno Nandayure, de la provincia de Guanacaste. Mide 1 514,00 metros cuadrados, para destinarlo como zona residencial turístico, predio identificado con el número 91. Sus linderos son: norte, zona restringida de la ZMT; sur, calle pública; este, zona restringida de la ZMT, oeste, zona restringida de la ZMT. Se advierte que la presente publicación no otorga derecho y la misma se realiza sin perjuicio de que el área, uso y frente al mar quedan sujetas a las disposiciones del Plan Regulador aprobado para la zona y disposiciones del MINAET. Se concede treinta días hábiles, contados a partir de esta publicación para oír oposiciones, las cuales deberán ser presentadas en esta Municipalidad en la oficina del Alcalde Municipal, en papel sellado y con los timbres correspondientes. El opositor debe identificarse debidamente. Carmona de Nandayure, Guanacaste.—Adán Venegas Chaves, Inspector.—1 vez.—(IN2010080859). MUNICIPALIDAD DE GOLFITO EDICTOS Inversiones Las Olas de Salea Sociedad Anónima, con cédula jurídica Nº 3-101-360377, domiciliada en 500 metros oeste de la pulpería Mario Jiménez, Pilón de Golfito, Puntarenas y representada por los señores Erick Gerardo Leiva Hernández, quien es mayor de edad, casado una vez, comerciante, vecino de cuatrocientos metros norte de restaurante Tranquilo, Golfito, Puntarenas, con número de cédula tres-doscientos noventa y dos-ciento sesenta y nueve; y Gerardo Mora Aguilar, mayor, divorciado una vez, empresario, cédula de identidad número seis-ciento treinta-ciento quince, vecino de Ciudad Neily, residencial La Esperanza, Corredores, Puntarenas; en virtud del artículo 38 del Reglamento a la ley Nº 6043 sobre la Zona Marítimo Terrestre del 2 de marzo de 1977, Decreto Ejecutivo Nº 7841-P del 16 de diciembre de 1977, y no ubicándose en la parcela zonas clasificadas como patrimonio natural del estado, según consta en el informe ACOSA-PNE-002-2010 del 25 de enero del año dos mil diez, solicitan en concesión una parcela localizada en playa Puerto Pilón, distrito cuarto Pavón, cantón sétimo Golfito, provincia sexta Puntarenas, tramitado bajo el expediente Nº 6386-2007. Dicha parcela se ubica entre los mojones del Instituto Geográfico Nacional Nº 393 al 399, y consta de un área de 19 634,48 m2 según consta en el plano catastrado Nº P-1213283-2008. Es terreno para dedicarlo a Pág 51 uso zona de alojamiento turístico (ZAT) en 15.658,44 m2 y zona de protección forestal (ZPF) en 3 974,54 m2, declarados así en el Plan Regulador Parcial de Pavones, Sector entre las quebradas Mangle a quebrada Higo. Linda al norte, zona restringida y calle pública en parte; sur, zona restringida; este, calle pública y oeste, zona pública y línea de mojones. Se conceden 30 días hábiles a partir de esta única publicación a todos los interesados, para oír oposiciones, las cuales deberán ser presentadas en esta Municipalidad en papel sellado y los timbres correspondientes en dos tantos. Golfito, 13 de setiembre del 2010.—Departamento de Zona Marítimo Terrestre.—Jimmy José Cubillo Mora, Alcalde.—1 vez.—(IN2010080632). Inversiones Las Olas de Salea Sociedad Anónima, con cédula jurídica Nº 3-101-360377, domiciliada en 500 metros oeste de la pulpería Mario Jiménez, Pilón de Golfito, Puntarenas y representada por los señores Erick Gerardo Leiva Hernández, quien es mayor de edad, casado una vez, comerciante, vecino de cuatrocientos metros norte de restaurante Tranquilo, Golfito, Puntarenas, con número de cédula tres-doscientos noventa y dos-ciento sesenta y nueve; y Gerardo Mora Aguilar, mayor, divorciado una vez, empresario, cédula de identidad número seis-ciento treinta-ciento quince, vecino de Ciudad Neily, residencial La Esperanza, Corredores, Puntarenas; en virtud del artículo 38 del Reglamento a la Ley Nº 6043 sobre la zona marítimo terrestre del 2 de marzo de 1977, Decreto Ejecutivo Nº 7841-P del 16 de diciembre de 1977, y no ubicándose en la parcela zonas clasificadas como patrimonio natural del estado según consta en el informe ACOSA-PNE-002-2010 del 25 de enero del año dos mil diez solicitan en concesión una parcela localizada en playa Puerto Pilón, distrito cuarto Pavón, cantón sétimo Golfito, provincia sexta Puntarenas, tramitado bajo el expediente Nº 6932-2010. Dicha parcela se ubica entre los mojones del Instituto Geográfico Nacional Nº 389 al 401, y consta de un área de 35 380,47 m2 según consta en los planos catastrados Nos. P-1213284-2008 y P-1213281-2008. Es terreno para dedicarlo a uso zona de protección forestal (ZPF), declarados así en el Plan Regulador Parcial de Pavones, sector entre las quebradas Mangle a quebrada Higo. Linda: al norte, zona restringida y calle pública en parte; sur, zona restringida; este, zona titulada y oeste, zona restringida con calle pública de por medio. Se conceden 30 días hábiles a partir de esta única publicación a todos los interesados, para oír oposiciones, las cuales deberán ser presentadas en esta Municipalidad en papel sellado y los timbres correspondientes en dos tantos. Golfito, 13 de setiembre del 2010.—Jimmy José Cubillo Mora, Alcalde.—1 vez.—(IN2010080633). MUNICIPALIDAD DE LIMÓN ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA DE BIENES INMUEBLES Se comunica a los vecinos del Cantón Central de Limón, que a partir del 27 de setiembre al 11 de octubre de 2010, se procederá al proceso de recepción de -declaración masiva en Bienes Inmuebles--, posterior a esta fecha se procederá a la valoración de oficio. Limón, setiembre, 2010.—Ing. Orlando Chavarría Rodríguez, Jefe de Valoraciones.—1 vez.—(IN2010080750). AVISOS CONVOCATORIAS COLEGIO DE GEÓLOGOS DE COSTA RICA El Colegio de Geólogos de Costa Rica, convoca a todos sus agremiados a la asamblea general ordinaria Nº 63, el próximo viernes 15 de octubre de 2010, a las 17:00 horas; la primera convocatoria y a las 18:00 la segunda; en el Colegio de Ingenieros Agrónomos de Costa Rica, sita en residencial Los Colegios, Moravia, con el siguiente orden del día: 1. Reconocimiento a los miembros colegiados con 30 años de incorporación al Colegio de Geólogos de Costa Rica 2. Comprobación de quórum 3. Informe del presidente, tesorero y fiscal Pág 52 La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010 4. Aprobación del presupuesto del período fiscal 2010-2011 5. Elección del presidente(a) 6. Elección de vicepresidente(a) 7. Elección del secretario(a) 8. Elección de tesorero(a) 9. Elección del vocal I 10. Elección de vocal II 11. Elección del vocal III 12. Elección de vocal IV 13. Elección del fiscal 14. Brindis M.Sc. Enid Gamboa Robles, Presidenta.—Geól. César Villalta Canales, Secretario.—Lic. Jorge Herrera Ocampo, Director Ejecutivo.—(IN2010078754). 2 v 1. PUBLICACIÓN DE UNA VEZ CENTRO MÉDICO CURIME S. A. Convoca a asamblea general extraordinaria de accionistas, a celebrarse en su domicilio social en San José, frente a la antigua entrada de emergencias del Hospital Calderón Guardia, casa esquinera del Centro Médico Curime, a las dieciocho horas del día quince de noviembre del dos mil diez, en primera convocatoria; y a las diecinueve horas, en segunda convocatoria con los accionistas presentes. La agenda será la siguiente: 1) Reposición de los tres libros de actas de la sociedad, sea el libro de Registro de Socios; el libro de Actas de Asamblea de Socios, y el libro de Actas de Consejo de Administración. Vicente Subirós Ruiz, Secretario.—1 vez.—(IN2010082916). AVISOS PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ PRODUCTORA CENTROAMÉRICA DE TELEVISIÓN SOCIEDAD ANÓNIMA La Productora Centroamérica de Televisión Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-062981, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del siguiente libro: libro de accionistas número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Manuel Amador H., Notario.— (IN2010081846). PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ Fabiola Salazar Pineda, cédula de identidad número 7-01550517, solicita ante la Dirección General de Tributación la reposición de los siguientes libros: (Libro número 1 Diario, Libro número 1 Mayor, Libro número Uno Inventarios y Balances) Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el área de información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria Limón, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—21 de setiembre del 2010.—Fabiola Salazar Pineda.—(IN2010079720). INMOBILIARIA SUNBEACH TAMARINDO R.R.E. S. A. Inmobiliaria Sunbeach Tamarindo R.R.E. S. A., cédula jurídica 3-101-382694, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros de actas de asambleas de socios, junta directiva, accionistas, diario, mayor, inventario y balances, número uno, por extravío. Quien se considere afectado dirigir la oposición a la Sección de Timbraje y Legalización de Libros en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el diario oficial La Gaceta.—José Antonio Irias Naranjo.— (RP2010197723).—(IN2010079860). KORODY DIESEL COSTA RICA S. A. Korody Diesel Costa Rica S. A., con cédula jurídica Nº 3-101-123348, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros uno de diario, uno de mayor, uno de inventarios y balances, uno de actas de Consejo de Administración, uno de actas de asambleas de socios y uno de registro de socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de información y asistencia al contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de 8 días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Licda. Andrea Ruiz Castillo, Notaria.—RP2010197926.—(IN2010079861). CENTRO NATURAL LA FUENTE SOCIEDAD ANÓNIMA Centro Natural La Fuente Sociedad Anónima, titular de la cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento ochenta mil ciento sesenta y dos, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del siguiente libro: Actas de Registro de socios número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Licda. Hildred Román Víquez, Notaria.—(IN2010080138). Henry Serrano Salgado, número de cédula 3-327-530, solicita ante la Dirección de la Tributación, la reposición de los libros: Diario, Mayor, Inventario y Balances todos Nº 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la Administración Tributaria de Cartago, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Henry Serrano Salgado, Solicitante.— RP2010197962.—(IN2010080330). COCI CLOSET IBÉRICA SOCIEDAD ANÓNIMA Coci Closet Ibérica Sociedad Anónima, cédula jurídica tresciento uno-trescientos sesenta y tres mil novecientos dieciocho, solicita ante la Dirección Nacional de la Tributación la reposición de los siguientes libros: Diario libro número uno, Mayor libro número uno y Inventarios y Balances libro número uno por extravío. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la Área de información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la publicación en un diario de circulación nacional.—San José, 22 de setiembre de 2010.—Juan de Dios Jiménez Parraga.— RP2010197987.—(IN2010080331). AGENCIA DE SEGURIDAD LOS VIGILANTES DE COSTA RICA Agencia de Seguridad Los Vigilantes de Costa Rica, cédula jurídica 3-101-165179, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Libro Diario Nº 1, Libro Mayor Nº l. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la Subgerencia de Servicio al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Édgar Zúñiga Valverde, Apoderado Generalísimo.—(IN2010080549). DISTRIBUIDORA POÁS S. A. Distribuidora Poás S. A., número de cédula jurídica 3-101030018, solicita ante la Dirección General de la Tributación la reposición del libro de Inventario y Balances Nº 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la Administración Tributaria de Cartago en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—José Antonio Rodríguez Navarro.— (IN2010080583). PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ FINCA LA BRUJA DE POTRERO GRANDE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA Finca La Bruja de Potrero Grande Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica 3-102-209624, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Libro de actas de asamblea de socios y registro de socios ambos número 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el área de información y asistencia al contribuyente de la Administración Tributaria de la zona sur, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Licda. Carolina Herrera Alvarado, Gerente.—RP2010196288.—(IN2010076897). La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010 Inés Días García, cedula 5-0132-070, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario Nº 1, Mayor Nº 1, Inventarios y Balances Nº 1, Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Guanacaste, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Inés Días García.—(IN2010080097). Alexander Arroyo Miranda, cédula dos-cinco tres cincocinco cero dos, solicita ante la Dirección General de Tributación la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor, Inventarios y Balances, todos número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Servicios al Contribuyente de la Administración Tributaria de Guanacaste, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Carlos Luis Arias, Contador.—(IN2010080593). DAN GUN S. A. Dan Gun S. A., cédula jurídica Nº 3-101-252099, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros, Actas de Consejo Administración Nº 1, Actas de Asamblea de Socios Nº 1, Registro de Socios Nº 1, Diario Nº 1, Mayor Nº 1, Inventarios y Balances Nº 1, quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente, Administración Tributaria de Puntarenas en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial.—Quepos, 21 de setiembre del 2010.—Jong Kuan Kim Jim, Representante Legal.—(IN2010080700). DEPÓSITO Y FERRETERÍA GONZÁLEZ SOCIEDAD ANÓNIMA Depósito y Ferretería González Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-444532, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de los siguientes libros: Diario N° 2, Mayor N° 2, Inventarios y Balances N° 1, Actas de Consejo de Administración N° 1, Actas de Asamblea de Socios N° 1 y Registro de Socios N° 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Alajuelita, 23 se setiembre del 2010.—Ana Isabel González Burgos, Presidenta.—(IN2010080741). María Lorena Mata Solano, número de cédula 03-0180-0021, solicita ante la Dirección General de la Tributación, la reposición del libro Registro de Compras Nº 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la Administración Tributaria de Cartago, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—María Lorena Mata Solano.—RP2010198013.— (IN2010080754). MUTUAL CARTAGO DE AHORRO Y PRÉSTAMO La señora Rosmery Patricia Fernández Monge cédula 303670479, ha solicitado a MUCAP la reposición del título valor Nº 459756, por un monto de ¢816.862,58 y el cual fue emitido a su orden el día 25 de noviembre de 2009. Se emplaza a los interesados a manifestarse dentro del plazo de 15 días naturales posterior a la última publicación. Cartago, 27 de setiembre de 2010.—Lic. María Elena Pacheco Alfaro, Jefa, Agencia Los Ángeles.—(IN2010080757). CHONGOCHICO S. A. Chongochico S. A., cédula jurídica Nº 3-101-464803, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario número 1, Mayor número 1, Inventario y Balances número 1, Registro de Socios número 1, Acta de Asamblea de Socios número 1, Actas de Consejo de Administración número 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de información Pág 53 y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—San José, 23 de setiembre del 2010.—Lic. Jorge Figueroa Vásquez, Abogado.—(IN2010080800). REPRESENTACIONES INTERNACIONALES MARÍTIMAS REPINTER S. A. Representaciones Internacionales Marítimas Repinter S. A., cédula jurídica 3-101-072412, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de libros legales y contables, a saber: Actas de Junta Directiva, Actas de Registro de Accionistas, Actas de Asamblea General, Diario, Inventarios y Balances y Mayor; todos número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros), Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial.—Lic. Jorge Ross Araya, Notario Público.—(IN2010080921). INVERSIONES CASA BLANCA C.M. S. A. Inversiones Casa Blanca C.M. Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-147105, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Actas de Consejo de Administración Nº 2, Actas de Asambleas de Socios Nº 2, y Registro de Socios Nº 2. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—San José, 27 de setiembre del 2010.—Cecil Eduardo Alfaro Bravo, Representante Legal.—(IN2010080965). CONSTRUCCIONES ROYQUE SOCIEDAD ANÓNIMA Construcciones Royque Sociedad Anónima, cédula N° 3-101-095546, solicita ante la Dirección General de Tributación la reposición de los libros: Actas Consejo de Administración, Actas de Asamblea de Socios, Registro de Socios, Diario, Mayor e Inventarios y Balances todos número uno, quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Javier Sauma Rossi.—(IN2010081003). PÉREZ GÓNGORA SOCIEDAD ANÓNIMA Pérez Góngora Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101012781, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa la reposición de los libros número tres de Diario, cuatro de Mayor y el uno de Inventarios y Balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación del presente aviso.—Lic. Ronald Brealey Mora, Notario.—(IN2010081010). COLEGIO DE LICENCIADOS Y PROFESORES EN LETRAS, FILOSOFÍA, CIENCIAS Y ARTES A las siguientes personas se les comunica que, según nuestros registros al mes de setiembre del 2010, se encuentran morosos. Sí realizó el pago respectivo favor ignorar esta publicación, la cual se realiza conforme con el artículo 981 del Código de Comercio. Transcurridos diez días hábiles contados a partir de la fecha en que sus nombres aparezcan publicados en el Diario Oficial La Gaceta, de no cancelar la suma adeudada, se iniciará el proceso administrativo o judicial, según corresponda. Al mismo tiempo se les recuerda que este trámite tiene como consecuencia la inhabilitación para el ejercicio legal de la profesión. Pág 54 La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010 Nombre Cédula Nombre Cédula A partir del Aguilar Molina Rosa María 103660994 Cartín Herrera Sandra 203430634 30/06/2010 Brenes Gómez Marta Lorena 301730464 Chavarría Marchena Leonel 601230281 04/08/2010 Camacho Huertas Marco Luis 202700635 Chaves Alfaro Maricruz 701210393 27/08/2010 Canales Barrantes Carlos Luis 302520925 Cordero Martínez María Soledad 104180928 31/07/2010 Canales Castro Sandra 106210111 Deusa Llopis Salvador 172400101527 30/08/2010 Chacón Valverde Dollybeth 700670577 Díaz Solís María del Pilar 601860685 11/08/2010 Elizondo Oliverio Carlos Batista 601080213 Durán Barrantes Norman 108230855 11/08/2010 Espinoza Miranda Carlos Enrique 202750370 Espino Vanegas Seidy 602280126 13/08/2010 Gatgens López Sara 601050179 Fallas Solera Emilia 401410002 05/08/2010 Guerrero Vargas Ana Patricia 204410123 Flaquer Borbón Melissa 110360192 17/08/2010 Pinnock Allen Di Marie 700860089 Flores Castro Andy Mauricio 701400177 12/08/2010 Rosales Rodríguez Amán Alberto 105160325 Garro Morales Rubén Darío 105200755 30/06/2010 Salazar Jiménez Sonia María 103570020 Gómez Aguilar Diana Marcela 503490185 18/08/2010 Scriba Pasos Danilo 110700767 Gómez Cordero Martha Isabel 301520657 30/06/2010 3151747040047 González Quesada Juan Elías 401490425 31/08/2010 107920651 Haug Delgado Nora Cristina 107280063 19/08/2010 Hernández Duarte Marlene 204290061 12/08/2010 Hernández Herrero Anabelle 103911033 30/06/2010 Jiménez Mata Sandra 301970131 24/08/2010 Juárez Villalta Socorro Aracelly 601320268 31/08/2010 Lara Lara José Adrián 109360705 11/08/2010 Lara Morera Ana Silvia 205630361 13/08/2010 Lizano Vincent Dora Elena 104040668 16/08/2010 López Masís Daisy 600640858 05/08/2010 Martínez Castillo Róger 700650254 30/06/2010 Masís Vindas Silvia Irene 112520485 13/08/2010 Mata Rivera Enrique Javier 302210654 09/08/2010 Merlos Lacaya Horacio 600851004 30/06/2010 Meza Solano Vinicio Antonio 302970876 30/06/2010 Molina Gómez Julia Yadira 501361272 11/08/2010 Montero Jiménez Emilia María 105500475 11/08/2010 Mora Chacón Marco Antonio 104930763 06/08/2010 Mora Mora Mario 110130541 16/08/2010 Morera Rodríguez Vivian Marcela 205860528 17/08/2010 Murillo Gamboa Luis Alfredo 204030202 05/08/2010 Obando Santamaría Melissa 110770435 27/08/2010 Porras Jiménez Freddy 105330749 31/08/2010 Portilla Chaves Mario 105540075 30/06/2010 1751278361108 11/08/2010 Triana Cabrera Dailin Valerio Rodríguez Sury M.S.c. Félix Ángel Salas Castro, Presidente.—Lic. Yolanda Hernández Ramírez, Secretaria.—(IN2010080798). 2 v. 1. PUBLICACIÓN DE UNA VEZ COLEGIO DE LICENCIADOS Y PROFESORES EN LETRAS, FILOSOFÍA, CIENCIAS Y ARTES A las siguientes personas se les comunica que, según nuestros registros, su situación de morosidad en el pago de sus cuotas de colegiación se encuentra normalizada. Por lo tanto, son colegiados activos a partir del mes abajo indicado. Se le recuerda a la sociedad costarricense que estos profesionales están habilitados para ejercer la docencia y áreas afines en Costa Rica. Nombre Cédula A partir del Alemán Cortés Karla 108150636 31/08/2010 Álvarez Méndez Juan Carlos 503190806 11/08/2010 Araya Bolaños Eduardo 203930370 11/08/2010 Araya Chaves Cindy Rebeca 111200899 23/08/2010 Arley Fonseca Margot 701440943 11/08/2010 Azofeifa Villalobos Kristy 110800502 13/08/2010 Báez Barahona Nuria María 104560590 30/06/2010 Bermúdez Alfaro Cynthia 700870064 16/08/2010 Bonilla Fernández Damaris 106900580 04/08/2010 Brenes Rojas Rita Cecilia 302680767 04/08/2010 Brenes Serrano Brenda 303560927 09/08/2010 Calderón Mejía Ángela C. 401490522 13/08/2010 Calvo Pineda Ileana María 105600295 12/08/2010 Campos Salazar Cristian Alberto 206080482 11/08/2010 Rivera Quesada Laura 111330399 21/05/2010 Campos Valerio Karina 205570201 30/07/2010 Rodríguez Miranda Liseth Ma. 205710717 09/08/2010 Caridad Alfaro Tatiana María 107400141 13/08/2010 Rodríguez Vargas Francisco 104200388 30/06/2010 1751004021014 27/08/2010 Rojas Ortega Lucia Victoria 302730254 04/08/2010 Cartagena Valverde Ingrid María Rabb Andrews Tamatha Anne La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010 Nombre Cédula A partir del Rojas Rodríguez Yolanda 900120762 31/07/2010 Sáenz Torres Ana Margarita 110070210 04/08/2010 Salazar Muñoz Miles 603200041 13/08/2010 Sánchez Solano Ismael Ed. 303230566 10/08/2010 Solís Umaña Mario Alberto 107680697 17/08/2010 Umaña Carrillo Roy 401420872 17/08/2010 Urbina Vargas María Soledad 105650258 17/08/2010 Ureña Salazar Viria 105990973 31/07/2010 Vargas Álvarez Mayela 105810770 25/08/2010 Vargas Arias Marcela 117270521 05/08/2010 Vargas Mattey Gilberto 105910286 30/06/2010 Vargas Víquez Laura 204370949 16/08/2010 Vega Aguilar María Eugenia 104480315 31/07/2010 Villegas Cruz Olivier 502820453 21/04/2010 Zúñiga Blanco Nidya 104090054 17/08/2010 M.S.c. Félix Ángel Salas Castro, Presidente.—Lic. Yolanda Hernández Ramírez, Secretaria.—1 vez.—(IN2010080799). ASOCIACIÓN DEPORTIVA AUTOMOVILÍSTICA DOBLE TRACCIÓN Yo, Miguel Cordero Aspiros, cédula de identidad número 106060943, en mi calidad de Presidente y representante legal de la Asociación Deportiva Automovilística Doble Tracción, cédula jurídica: Nº 3-002-40843337. Solicito al Departamento de Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas la reposición de los siguientes libros: libros contables, Diario, Mayor, y Balances e Inventarios, todos número dos, los cuales fueron extraviados, se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de Asociaciones.—28 de setiembre del 2010.—Miguel Cordero Aspiros, Presidente.—1 vez.—(IN2010080809). COSTA RICA TENNIS CLUB S.A. El Costa Rica Tennis Club S. A., avisa a las siguientes personas que, de conformidad con los estatutos del Club, la Junta Directiva ha decidido iniciarles los trámites para la desinscripción del Registro de Accionistas por diversas obligaciones que, facultados por el estatuto, ha impuesto la Junta Directiva. Se ruega a los mencionados acercarse a la Gerencia General del Club en el término de dos semanas calendario a partir de esta publicación para que, si lo desean, regularicen su situación y tutelen sus derechos. Nº Acción 1548 2330 459 187 3240 1103 1686 3199 1851 2999 3339 1984 Socio 595 1067 1875 2460 2806 3951 4385 4588 5829 5953 5954 5958 Nombre Arroyo Solórzano Alina Bolaños Milla Salvador Antonio Castro Rodríguez Guillermo Chavarría Mora Ana Cecilia Dobles Robert Alejandro González Quirós Ramón Herrera Bermúdez Héctor Jaramillo Gallegos Mónica Meléndez Magaña Flavio Antonio Molina Ramírez Daniel Alberto Molina Ramírez Rodrigo Moncada Montero Carlos Nº Acción Socio Pág 55 Nombre 3771 7403 Ramírez Hernández Marcos Paulino 2092 7415 Ramírez Miranda Pedro José 787 7628 Rodríguez López Álvaro 1501 7598 Rodríguez Rojas Manuel Emilio 2962 8054 Sánchez Ospina Yimmy Reynel 3585 9195 Vargas Lasantas María Magaly 719 9234 Vargas Vega Ricardo 1980 9319 Venegas Ocampo Roger 1795 9087 Von Köller Fournier Joachim Nota: Si ya usted canceló, hacer caso omiso a su nombre en esta lista.—San José, 28 de setiembre del 2010.—MBA. Juan Carlos Núñez, Gerente General.—1 vez.—(IN2010080852). COLEGIO DE INGENIEROS AGRÓNOMOS DE COSTA RICA El Colegio de Ingenieros Agrónomos de Costa Rica, comunica que en la asamblea general extraordinaria Nº 139 celebrada el sábado 25 de setiembre del 2010, se acordó: Aprobar el Presupuesto para el periodo 2010-2011, por un monto de ¢681.333.444, el cual considera: 1) Ajustar en ¢500 la cuota de colegiatura, para que se fije en ocho mil colones exactos (¢8.000) mensuales, a partir del 1° de octubre del 2010. 2) Ajustar el canon anual correspondiente al período 2011, de los registros de Peritos Tasadores, Peritos (Transitorio IV), Aviación Agrícola, Idoneidad/Investigación y Compañías Consultoras, según se detalla: Registro Nueva tarifa Peritos y Tasadores 50.000 Transitorio IV 60.000 Aviación Agrícola 50.000 Idoneidad e Investigación 50.000 Compañías Consultoras 70.000 Acuerdo firme. 27 de setiembre del 2010.—Ing. Agr. Mario Coto Carranza, Presidente.—Ing. Agr. José Martí Jiménez Bermúdez, Secretario.—1 vez.—(IN2010080930). PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ Se hace constar que por escritura número sesenta y siete, otorgada ante esta notaría el día de hoy al ser las 19:00 horas del 28 de julio del presente año, el señor Rafael Ángel Aguilar Barquero, vendió al señor Carlos Andrés Flores Castillo, el establecimiento comercial denominado Bar Colonial, ubicado en San José, calle diez, avenidas cuatro y seis. Se emplaza a acreedores y terceros en general para que dentro del plazo improrrogable de quince días naturales contados a partir de la primera publicación se presenten a dicho local a hacer valer sus derechos.—San José, 28 de julio del 2010.— Lic. Lorna Massiel Aguilar Castro, Notaria.—RP2010197216.— (IN2010078857). PUBLICACIÓN DE UNA VEZ El suscrito notario hace constar que mediante escritura otorgada a las diez horas del día de hoy, Wendy Rey Valverde y Ricardo Umaña Marín, constituyen Wereva Sociedad Anónima, pudiéndose abreviar sus últimas dos palabras en S. A. Capital social de un millón doscientos mil colones totalmente suscrito y pagado. Domicilio: San José, en La Trinidad de Moravia. Objeto: comercio.—San José, dieciséis de setiembre del dos mil diez.—Lic. Ricardo Guardia Vásquez, Notario.—1 vez.—RP2010197289.— (IN2010078902). Por escritura número doscientos noventa y cuatro-nueve, otorgada ante esta notaría, se acuerda el cambio de la junta directiva y fiscal; y se nombra un agente residente de la sociedad esta plaza denominada Modificador de Vehículos de Cartago S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cinco ocho dos cuatro uno ocho. Presidente: Christian Ureña Murillo, secretaria: Jeny Antonia Soza Mondragón, tesorera: Mireya Del Rosario Mondragón Oporta, y fiscal: Tania Pág 56 La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010 Soza Mondragón; agente residente: Lic. Randall Francisco Alvarado Cubillo.—San José, 17 de setiembre del 2010.—Lic. Randall Francisco Alvarado Cubillo, Notario.—1 vez.—RP2010197290.— (IN2010078903). de suma. Plazo: 99 años, capital: íntegramente suscrito y pagado. Domicilio: San José, San Pedro.—20 de setiembre del 2010.—Lic. Manuel Enrique Pérez Ureña, Notario.—1 vez.—RP2010197316.— (IN2010078912). Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas con tres minutos del dieciséis de setiembre del dos mil diez, la sociedad denominada Corporación de Inversiones Yad el de Patio de Agua Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-314899, procedió a revocar el nombramiento de vicepresidente y modificó la cláusula sétima de administración.—San José, 20 de setiembre del 2010.— Lic. Mónica Romero Piedra, Notaria.—1 vez.—RP2010197293.— (IN2010078904). Por escritura otorgada ante esta notaría a las 12:00 horas del 20 de setiembre del 2010, la sociedad Comercial Automotriz Lourdes S. A., domiciliada en Lourdes de Montes de Oca, reformó la cláusula primera de los estatutos sobre el nombre y domicilio, y se revocó el nombramiento del agente residente.—San José, 20 de setiembre del 2010.—Lic. Flor Arroyo Morera, Notaria.—1 vez.— RP2010197321.—(IN2010078913). Ante mí, Carlos Coto Madrigal notario público con oficina abierta en San José, Mora, se constituyó mediante escritura número doscientos cincuenta y cuatro, del tomo sétimo de mi protocolo, con fecha de las nueve horas del diecisiete de setiembre del dos mil diez, la empresa: Inarq Servicios de Ingeniería y Arquitectura Sociedad Anónima, con plazo social de cien años y capital social de diez mil colones.—San José, 17 de setiembre del 2010.—Lic. Carlos Coto Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2010197294.— (IN2010078905). Ante mí, Gloria Melania Aguilar Plazaola, notaria pública, con oficina en San José, Curridabat, se constituyó la empresa Multiservicios Leyda Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones y un plazo social de cien años.—San José, 20 de setiembre del 2010.—Lic. Gloria Melania Aguilar Plazaola, Notaria.—1 vez.—RP2010197295.—(IN2010078906). Ante mí, Carlos Coto Madrigal, notario público con oficina abierta en San José, Mora, se constituyó mediante escritura número doscientos cincuenta y cinco, del tomo sétimo de mi protocolo, con fecha de las diecisiete horas del diecinueve de setiembre del dos mil diez, la empresa: Automotriz Leyda y Márquez Sociedad Anónima, con plazo social de cien años y capital social de diez mil colones.—San José, 20 de setiembre del 2010.—Lic. Carlos Coto Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2010197296.—(IN2010078907). Ante esta notaría por escritura otorgada a las veinte horas quince minutos del once de setiembre del dos mil diez, donde se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Agropecuaria Mesén Villalta S. A., la cual se reforma la cláusula quinta, sétima, cambio del domicilio social del pacto constitutivo, se reorganizan los puestos de la presidencia, secretaria, tesorero y fiscal y se hacen nuevos nombramientos.— Lic. María de los Ángeles Machado Ramírez, Notaria.—1 vez.—RP2010197297.— (IN2010078908). Por escritura otorgada ante la Lic. Leslie Guiselle Mora Cordero, se constituyó Grupo Rampak & Hernández Sociedad Anónima.—San José, 20 de setiembre del 2010.—Lic. Leslie Guiselle Mora Cordero, Notaria.—1 vez.—RP2010197299.— (IN2010078909). Jeffrey Benavides Chaverri y Jessenia Porras Jiménez, constituyen la sociedad Oro Roca Sociedad Anónima. Domiciliada: en Santa Ana. Agente residente: Gabriela Muñoz Vargas.—San José, diecisiete de setiembre del dos mil diez.—Lic. Gabriela Muñoz Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2010197322.—(IN2010078914). Por escritura otorgada ante esta notaría a las 13:00 horas del 19 de setiembre del 2010, se constituyó la sociedad Inversiones Silhero S. A., domiciliada en Atenas, Alajuela, por un plazo social de 100 años, representada judicial y extrajudicialmente por el presidente, secretario y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital: suscrito y pagado.—San José, 20 de setiembre del 2010.—Lic. Flor Arroyo Morera, Notaria.—1 vez.— RP2010197323.—(IN2010078915). Por escritura número doscientos dieciséis, otorgada ante mi notaría, a las dieciséis horas treinta minutos del nueve de julio del dos mil diez, he protocolizado acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Accesorios Discobre Sociedad Anónima, en la cual se reforman las cláusulas segunda y novena, se nombra junta directiva, fiscal y agente residente.—San José, 12 de julio del 2010.—Lic. Rudy Zumbado Berrocal, Notario.—1 vez.— RP2010197324.—(IN2010078916). Ante esta notaría, por escritura número noventa y cinco-tres, otorgada a las diecisiete horas del treinta de agosto del dos mil diez, se constituyó la sociedad de esta plaza Sodeco Sociedad Anónima. Es todo.—San José, treinta de agosto del dos mil diez.—Lic. Dafne Lizette Blanco Varela, Notaria.—1 vez.—RP2010197325.— (IN2010078917). Se hace saber que en mi notaría, a las once horas con diez minutos del diecisiete de setiembre del dos mil diez, se constituyó la sociedad denominada Sergio Arguedas Arquitectos Limitada, con domicilio en San José, cantón primero, distrito primero Carmen, Barrio Escalante, de la Iglesia Santa Teresita, doscientos metros este y cien metros sur, oficina número dos mil novecientos diez, con un capital social de diez mil colones.—San José, diecisiete de setiembre del dos mil diez.—Lic. Eduardo Araya Vega, Notario.—1 vez.—RP2010197326.—(IN2010078918). Ante el suscrito notario se protocolizó el día de hoy, acta de la asamblea extraordinaria de accionistas de la compañía Guildenstern Sociedad Anónima, se modifica la cláusula sétima del pacto social y se nombra secretario de la junta directiva.—San José, 16 de setiembre del 2010.—Lic. Róger Petersen Morice, Notario.—1 vez.—RP2010197301.—(IN2010078910). Por escritura otorgada en Puntarenas, Jacó, Garabito, a las quince horas del diecisiete de setiembre del dos mil diez, se constituye sociedad limitada según circular cero cero ocho dos mil seis, donde solicitamos nombre igual a número de cédula jurídica. Capital social: de diez mil colones, ante la notaria Karla Chaves Mejía. Es todo.—San José, al ser las trece horas del veinte de setiembre del dos mil diez.—Lic. Karla Chaves Mejía, Notaria.—1 vez.—RP2010197327.—(IN2010078919). Inversiones Santa Cecilia JLR S. A., cédula tres-ciento uno-seiscientos tres ochenta y cinco, se transforma en Desarrollos Habitacionales Nicodrigo B y R limitada, y se aumenta capital en la suma de cincuenta millones de colones. Escritura otorgada ante el notario Luis Felipe Vaquerano López, número ciento veintiocho, con fecha del veintiocho de junio del dos mil diez.—Lic. Luis Felipe Vaquerano López, Notario.—1 vez.—RP2010197302.— (IN2010078911). Por escritura otorgada en Puntarenas, Jacó, Garabito, a las quince horas y quince minutos del diecisiete de setiembre del dos mil diez, se constituye sociedad limitada según circular cero cero ocho dos mil seis, donde solicitamos nombre igual a número de cédula jurídica. Capital social: de diez mil colones, ante la notaria Karla Chaves Mejía. Es todo.—San José, al ser las trece horas del veinte de setiembre del dos mil diez.—Lic. Karla Chaves Mejía, Notaria.—1 vez.—RP2010197328.—(IN2010078920). Al ser las 12 horas del 12 de setiembre del 2010, ante mí se constituyó la sociedad denominada Soportre S O S S. A., el presidente tendrá facultades de apoderado generalísimo sin límite Por asamblea de socios la sociedad denominada Borski Realty S.R.L., se modificó la cláusula primera, cláusula segunda y se nombra nuevo gerente, asimismo por asamblea de socios de la La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010 sociedad denominada Kaptur Realty S.R.L, se modificó la cláusula primera, cláusula segunda y se nombra nuevo gerente, asimismo por asamblea de socios la sociedad denominada Moroco Realty S.R.L., se modificó la cláusula primera, cláusula segunda y se nombra nuevo gerente, asimismo por asamblea de socios la sociedad denominada Covington Realty S.R.L., se modificó la cláusula primera, cláusula segunda y se nombra nuevo gerente, asimismo por asamblea de socios la sociedad denominada Killpatrick Realty S.R.L., se modificó la cláusula primera, cláusula segunda y se nombra nuevo gerente, asimismo por asamblea de socios la sociedad denominada Roosevelt Realty S.R.L., se modificó la cláusula primera, cláusula segunda y se nombra nuevo gerente, asimismo por asamblea de socios la sociedad denominada Akim Realty S.R.L., se modificó la cláusula primera, cláusula segunda y se nombra nuevo gerente, asimismo por asamblea de socios la sociedad denominada Akaka Realty S.R.L., se modificó la cláusula primera, cláusula segunda y se nombra nuevo gerente.—San José, 20 de setiembre del 2010.—Lic. Mario Alberto Vargas Arias, Notario.—1 vez.—RP2010197329.— (IN2010078921). Por escritura otorgada ante este notario público el 17 de setiembre de 2010, a las 10:00 horas, se constituyó una sociedad limitada cuya denominación social se tendrá de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número 33171-J. Capital social: diez mil colones totalmente suscrito y pagado. Gerentes: apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 17 de setiembre del 2010.—Lic. Melania Calzada Ramírez, Notaria.—1 vez.—RP2010197330.—(IN2010078922). Por escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy, a las 10:30 horas, la sociedad Valoraciones Exteriores de Maquinaria Sociedad Anónima, donde se protocolizó acuerdos en que se modifica la cláusula primera del pacto social.—San José, 17 de setiembre del 2010.—Lic. Melania Calzada Ramírez, Notaria.—1 vez.—RP2010197331.—(IN2010078923). Los señores Katherin Martínez Quiel y Carlos Martínez Fernández, constituyen la sociedad denominada Total Medic Sociedad Anónima. Capital: cien mil colones. Escritura otorgada en la Ciudad de Heredia, al ser las 16 horas del 13 de setiembre del 2010, ante el notario público Wagner Chacón Castillo.—Lic. Wagner Chacón Castillo, Notario.—1 vez.—RP2010197335.— (IN2010078924). La compañía Inversiones Punto Alto Sociedad Anónima, modifica la cláusula quinta de los estatutos, en cuanto al capital social y nombra nuevos miembros de la junta directiva. Escritura otorgada en la Ciudad de San José, al ser las 8:00 horas del 9 de setiembre del 2010, ante el notario público Luis Alberto Peña Cordero.—Lic. Luis Alberto Peña Cordero, Notario.—1 vez.—RP2010197336.— (IN2010078925). Por escritura otorgada en esta notaría, a las diez horas del veinte de setiembre del dos mil diez, se constituye sociedad denominada Elite Essence International Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital social: cien mil colones, íntegramente suscrito y pagado. Gerente apoderado generalísimo sin límite de suma y representante judicial y extrajudicial.—San José, 20 de setiembre del 2010.—Lic. Clara Alvarado Jiménez, Notaria.—1 vez.— RP2010197338.—(IN2010078926). Pág 57 Capital social: cien mil colones, íntegramente suscrito y pagado. Gerente apoderado generalísimo sin límite de suma y representante judicial y extrajudicial.—San José, 20 de setiembre del 2010.—Lic. Clara Alvarado Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2010197342.— (IN2010078928). Por medio de escritura otorgada ante la suscrita notaria pública en San Isidro de Pérez Zeledón, a las catorce horas con veinte minutos del diecisiete de setiembre del dos mil diez, se protocoliza el acta de la asamblea general extraordinaria de socios de Grillos que Arrullan El Atardecer Sociedad Anónima, por medio de la cual se revoca el nombramiento de presidente, secretaria y tesorero de la junta directiva, se nombra nuevo presidente, secretaria y tesorero de la junta directiva, se revoca el nombramiento del fiscal, se nombra nuevo fiscal, se crea la cláusula décimo primera y se nombra agente residente.—San Isidro de Pérez Zeledón, diecisiete de setiembre del dos mil diez.—Lic. Ana Gabriela Mora Elizondo, Notaria.—1 vez.—RP2010197345.—(IN2010078929). Por escritura otorgada a las once horas del nueve de setiembre del dos mil diez, se reforma la cláusula segunda del domicilio social de Red Laboral Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado.—Lic. Ivette Marie Hoffman de Pass, Notaria.—1 vez.— RP2010197351.—(IN2010078930). Por escritura otorgada a las diez horas del nueve de setiembre del dos mil diez, se reforma la cláusula segunda del domicilio social de T-Four Services Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado.—Lic. Ivette Marie Hoffman de Pass, Notaria.—1 vez.— RP2010197352.—(IN2010078931). Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 17:00 horas del 19 de setiembre del 2010, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad X Jacó J Fusia Sociedad Anónima, donde se reforma la cláusula segunda y la cláusula sétima de los estatutos.—San José, 20 de setiembre del 2010.—Lic. Lucrecia Flaque Murillo, Notaria.—1 vez.—RP2010197353.— (IN2010078932). Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 12:00 horas del 30 de mayo del 2010, se procede a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Real de Colima Cuarzo Azul Cero Siete E-D-G Sociedad Anónima, se nombra presidente y secretario junta directiva, y se modifica cláusula de administración. Es todo.—San José, treinta de mayo del dos mil diez.—Lic. Francisco Arturo Arias Mena, Notario.—1 vez.—(IN2010079039). Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 17:00 horas del 19 de agosto del 2009, se procede a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Real de Colima Gladiola Naranja Cero Treinta D-E-D Sociedad Anónima, se modifica cláusula sexta y se nombra nueva junta directiva. Es todo.—San José, diecinueve de agosto del 2009.—Lic. Francisco Arturo Arias Mena, Notario.—1 vez.—(IN2010079040). Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas del 4 de julio del 2009, se procede a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Real de Colima Cobre Gris Cero Veinticinco E-D-Y Sociedad Anónima, se nombra nueva junta directiva y se modifica cláusula de administración. Es todo.—San José, cinco de julio del dos mil nueve.—Lic. Francisco Arturo Arias Mena, Notario.—1 vez.—(IN2010079041). Por escritura otorgada en esta notaría, a las nueve horas del veinte de setiembre del dos mil diez, se constituye sociedad denominada Gravitas Trading Corp Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital social: cien mil colones, íntegramente suscrito y pagado. Gerente apoderado generalísimo sin límite de suma y representante judicial y extrajudicial.—San José, 20 de setiembre del 2010.—Lic. Clara Alvarado Jiménez, Notaria.—1 vez.— RP2010197340.—(IN2010078927). Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 9:00 horas del 19 de enero del 2010, se procede a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta mil trescientos treinta y ocho sociedad anónima, se nombra nueva junta directiva y modifica cláusula de administración y cláusula domicilio. Es todo.—San José, diecinueve de enero del dos mil diez.—Lic. Francisco Arturo Arias Mena, Notario.—1 vez.—(IN2010079042). Por escritura otorgada en esta notaría a las ocho horas del veinte de setiembre del dos mil diez, se constituye sociedad denominada Biz Engine Services Sociedad de Responsabilidad Limitada. Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 16:00 horas del 5 de diciembre del 2009, se procede a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad tres-ciento uno-cuatrocientos Pág 58 La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010 cincuenta mil novecientos treinta y uno sociedad anónima, se modifica cláusula de administración y se renombra junta directiva. Es todo.—San José, cinco de diciembre del dos mil nueve.—Lic. Francisco Arturo Arias Mena, Notario.—1 vez.—(IN2010079043). Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 9:00 horas del 5 de marzo del 2010, se procede a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Haciendas de la Rivera Diecinueve Genoveces Sociedad Anónima, se nombra nueva junta directiva y modifica cláusula administración. Es todo.—San José, seis de marzo del dos mil diez.—Lic. Francisco Arturo Arias Mena, Notario.—1 vez.—(IN2010079044). Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 19:00 horas del 4 de noviembre del 2009, se procede a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y tres mil ciento noventa y nueve sociedad anónima, se nombra junta directiva, se modifica cláusula primera y cláusula de administración. Es todo.—San José, cuatro de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Francisco Arturo Arias Mena, Notario.—1 vez.— (IN2010079045). Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 16:00 horas del 26 de julio del 2010, se procede a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Haciendas de la Ribera Siete Brenon Sociedad Anónima, se nombra nueva junta directiva. Es todo.—San José, veintiséis de julio del dos mil diez.—Lic. Francisco Arturo Arias Mena, Notario.—1 vez.—(IN2010079046). Por escritura otorgada el día veinte de setiembre del dos mil diez, se reformó la cláusula sexta del pacto social, referente a la administración de la sociedad Residencia Río Aguapey Sociedad Anónima, y se hicieron nombramientos nuevos de junta directiva.— San José, veintiuno de setiembre del dos mil diez.—MSc. Andrea María Quesada Méndez, Notaria.—1 vez.—(IN2010079047). El suscrito notario hago constar que ante mi notaría, se constituyó la sociedad denominada Samba RC Investment Sociedad Anónima, al ser las dieciocho horas, cinco minutos del catorce de setiembre del año dos mil diez. Capital: suscrito y pago.—Alajuela, 14 de setiembre del 2010.—Lic. Yeric González Alfaro, Notario.—1 vez.—(IN2010079050). Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas del 25 de agosto de 2010, se constituyó la entidad Cordero Ramírez Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones, representado por diez acciones comunes y nominativas de un mil colones cada una. Plazo social: noventa y nueve años. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 2 de setiembre de 2010.—Lic. Carlos Víquez Jara, Notario.—1 vez.— (IN2010079055). Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 9:00 horas del 2 de setiembre de 2010, se constituyó la entidad Calvair Services Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones, representado por diez acciones comunes y nominativas de un mil colones cada una. Plazo social: noventa y nueve años. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 2 de setiembre de 2010.—Lic. Carlos Víquez Jara, Notario.—1 vez.— (IN2010079056). Por escritura otorgada, ante el notario Marlon Campbell Griffiths, se constituyó la sociedad anónima denominada La Trinidà BG S. A., a las diecinueve horas, treinta minutos del día trece de setiembre del año dos mil diez.—San José, trece de setiembre dos mil diez.—Lic. Marlon Campbell Griffiths, Notario.—1 vez.— (IN2010079057). Por escritura otorgada, ante el notario Marlon Campbell Griffiths, se constituyó la sociedad anónima denominada Berna & Family S. A., a las trece horas del día veinte de setiembre del año dos mil diez.—San José, veinte de setiembre dos mil diez.—Lic. Marlon Campbell Griffiths, Notario.—1 vez.—(IN2010079058). Por escritura número veinticinco de las ocho horas del veintiuno de setiembre del dos mil diez, se constituyó la empresa Medios Interactivos de Costa Rica S. A. Con domicilio en Grecia, al costado norte del templo católico. Presidente: Juan Carlos Madriz Badilla, cédula número uno-mil ciento setenta y dos-novecientos ochenta y nueve. Capital social: cuatro millones de colones.—Lic. Marianela González Fonseca, Notaria.—1 vez.—(IN2010079059). Mediante escritura número 247-4, otorgada a las 12:00 horas del 20 de setiembre del 2010, en el tomo cuarto del notario Carlos Madrigal Mora, se constituyó la denominación social de Yireth de Costa Rica Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones.— San José, 20 de setiembre de 2010.—Lic. Carlos Madrigal Mora, Notario.—1 vez.—(IN2010079066). Por escritura otorgada a las diez horas del día dieciocho de setiembre del año dos mil diez, se constituyó la sociedad denominada Villarta S. A. El apoderado generalísimo sin límite de suma es el presidente. Otorgada ante la notaria Natalia Rojas Jiménez.—Lic. Natalia Rojas Jiménez, Notaria.—1 vez.—(IN2010079068). El día de hoy constituimos la compañía Inmobiliaria Abarca Víquez S. A.—Escazú, 14 de setiembre del 2010.—Lic. Ever Vargas Araya, Notario.—1 vez.—(IN2010079082). Por escritura otorgada en la ciudad de San José, a las dieciséis horas del día veinte de setiembre del año dos mil diez, mediante la cual los señores Sebastián Jiménez Monge y Jessica Ward Campos, constituyen una sociedad denominada RAMS S. A.—Lic. Jorge Guzmán Calzada, Notario.—1 vez.—(IN2010079083). Por escritura otorgada en la ciudad de San José, a las dieciséis horas del día veinte de setiembre del año dos mil diez, mediante la cual los señores Sebastián Jiménez Monge y Jessica Ward Campos, constituyen una sociedad denominada Sphera S. A.—Lic. Jorge Guzmán Calzada, Notario.—1 vez.—(IN2010079085). Por escritura otorgada en la ciudad de San José, a las dieciséis horas del día veinte de setiembre del año dos mil diez, mediante la cual los señores Sebastián Jiménez Monge y Jessica Ward Campos, constituyen una sociedad denominada MCS S. A.—Lic. Jorge Guzmán Calzada, Notario.—1 vez.—(IN2010079086). Por escritura otorgada en la ciudad de San José, a las diez horas del día veintiuno de setiembre del año dos mil diez, se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de la sociedad Turinas del Plomo S. R. L., mediante la cual se reforma las cláusulas segunda, sétima del pacto constitutivo y se nombra nuevo gerente.—Lic. Javier Sebastián Jiménez Monge, Notario.—1 vez.—(IN2010079087). En escritura otorgada ante mí, protocolicé el acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas celebrada por Grupo Inversionistas del Norte Enko S. A., en la cual se modifica las cláusulas segunda y sétima de los estatutos.—Heredia, veintiuno de setiembre del año dos mil diez.—Lic. Hazel Sancho González, Notaria.—1 vez.—(IN2010079088). Por escritura otorgada el día de hoy ante esta notaría, Ana Carolina Arroyo Masís, María Eugenia Clavijo Cabrales y Luis Manuel Velarde García constituyen la sociedad Estética Global Representaciones Sociedad Anónima. La representación judicial y extrajudicial corresponde al presidente, secretario y tesorero del consejo de administración. Capital social de doce mil colones.— San José, a las catorce horas del día veinte de setiembre de dos mil diez.—Lic. José Alejandro Martínez Castro, Notario.—1 vez.— (IN2010079140). Por escritura otorgada por mí, el día dieciséis de setiembre del dos mil diez, a las trece horas, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Las Terrazas del Cacique S. A., mediante la cual se modifica la cláusula segunda del pacto social.—Lic. Pamela Navarro Hidalgo, Notaria.—1 vez.— (IN2010079145). La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010 Pág 59 Por escritura otorgada por mí, el día 16 setiembre del 2010, a las 11:00 horas, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Élite Sports Holdings S. A. mediante la cual se acuerda reformar la cláusula segunda.—Lic. Pamela Navarro Hidalgo, Notaria.—1 vez.—(IN2010079146). Por escritura otorgada en la ciudad de San José, al ser las nueve horas del día veinte de setiembre del año dos mil diez, se constituyó la sociedad denominada Servicios CGN & Asociados Sociedad Anónima.—Lic. José Eduardo Flores Madrigal, Notario.—1 vez.— (IN2010079159). Por escritura otorgada a las 11:00 horas del 8 de setiembre del 2010, protocolizo acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad: Inmobiliaria Valle de Fajardo V.D.F. Sociedad Anónima, mediante la cual se acuerda disolver la sociedad.—Lic. Pamela Navarro Hidalgo, Notaria.—1 vez.—(IN2010079147). Gabriela Chaves Pérez y Vanessa Torres Valverde constituyen Organic Marketing S. A., en San José, a las catorce horas del diecinueve de agosto del dos mil diez.—Lic. Luis Marino Castillo López, Notario.—1 vez.—(IN2010079161). Por escritura otorgada a las 10:00 horas del 8 de setiembre del 2010, protocolizo acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Inmobiliaria Valle del Duero D.R.O Sociedad Anónima, mediante la cual se acuerda disolver la sociedad.—Lic. Pamela Navarro Hidalgo, Notaria.—1 vez.—(IN2010079148). Por escritura otorgada a las 9:00 horas del 8 de setiembre del 2010, protocolizo acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Puerto Praga Escondida Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula segunda y octava. Se nombra fiscal.—Lic. Pamela Navarro Hidalgo, Notaria.—1 vez.—(IN2010079149). Por escritura otorgada a las 8:00 horas del 8 de setiembre del 2010, protocolizo acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Inmobiliaria Galicia I.G.A. Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula segunda y octava. Se nombra tesorero y fiscal.—Lic. Pamela Navarro Hidalgo, Notaria.—1 vez.—(IN2010079150). Por escritura otorgada a las 13:00 horas del 08 de setiembre del 2010, protocolizo acta de Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de la sociedad: Inmobiliaria Torino T.R.O. Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula segunda y octava. Se nombra tesorero y fiscal.—Lic. Pamela Navarro Hidalgo, Notaria.—1 vez.—(IN2010079151). Por escritura otorgada a las 14:00 horas del 8 de setiembre del 2010, protocolizo acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Premium Corporate Services Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula segunda. Se revoca poder generalísimo.—Lic. Pamela Navarro Hidalgo, Notaria.—1 vez.—(IN2010079152). Por escritura otorgada a las 14:00 horas del 10 de setiembre del 2010, protocolizo acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Tasko Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula segunda y sexta. Se nombra tesorero y fiscal.—Lic. Pamela Navarro Hidalgo, Notaria.—1 vez.— (IN2010079153). Por escritura otorgada a las 12:00 horas del 8 de setiembre del 2010, protocolizo acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad: Inmobiliaria Palacio de Segovia P.S. Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula segunda.—Lic. Pamela Navarro Hidalgo, Notaria.—1 vez.—IN2010079154). Panamerican Exim Inc S. A., cédula Nº 3-101-517994, modifica cláusula sexta corresponderá al presidente y vicepresidente la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma actuando conjunta o separadamente. Se nombra vicepresidente a Raunak Ramesh Bhatia, cédula 135-367128, se sustituye tesorero y se nombra a Marvin Gerardo Hidalgo Chávez, cédula 2-572-431, ambos por resto del periodo.—Lic. Luis Marino Castillo López, Notario.—1 vez.—(IN2010079162). Ante esta notaría pública se constituyó la sociedad denominada Inversiones Hermanos Chacón Sociedad Anónima, mediante escritura pública número seis, del tomo tres de mi protocolo. En la ciudad de Desamparados, San José, a las quince horas del día veintidós de setiembre del dos mil diez.—Lic. Luis Alberto López López, Notario.—1 vez.—(IN2010079168). Por escritura otorgada ante esta notaría, se constituyó la sociedad Poli-Direct Sociedad Anónima; capital social enteramente suscrito y pagado.—San José, a las diez horas del veinte de setiembre del dos mil diez.—Lic. Rónald Soto Arias, Notario.—1 vez.—(IN2010079173). Por escritura otorgada ante el suscrito notario, se protocoliza un acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza Terra Quinientos Seis Sociedad Anónima, mediante la cual se acuerda modificar las cláusulas primera y segunda del pacto constitutivo.—San José, 20 de setiembre del 2010.—Lic. Paulo Antonio Doninelli Fernández, Notario.—1 vez.—(IN2010079174). Por escritura otorgada ante mí el día 14 de julio de 2010, se constituye la sociedad denominada Regalo de la Ponderosa Sociedad Anónima, capital suscrito y pago. Presidente con facultades de apoderado generalísimo, domicilio Alajuela.— Alajuela, 14 de julio de 2010.—Lic. Sonia Corella Céspedes, Notaria.—1 vez.—(IN2010079182). Por instrumento público número catorce-uno, el día de hoy protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de Dalba Investments S. A., mediante los que se modifica el domicilio social, y se nombra nueva junta directiva, fiscalía y agente residente. Domicilio: Escazú, San José, Costa Rica.—21 de setiembre de dos mil diez.—Lic. Cecilia Naranjo Arias, Notaria.—1 vez.—(IN2010079185). Por escritura otorgada por mí, el día dieciséis de setiembre del dos mil diez, a las diez horas, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Cerro Colón Finca Filial Uno S. A., mediante la cual se acuerda modificar la cláusula segunda (domicilio) del pacto social.—Lic. Pamela Navarro Hidalgo, Notaria.—1 vez.—(IN2010079155). Por la escritura número veintinueve, otorgada ante esta notaría a las diez horas del día nueve del mes de setiembre del año dos mil diez, se protocolizó la asamblea general ordinaria y extraordinaria de Dynamic Eco Constructions Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica la cláusula quinta del capital social. Domicilio social: San José, San Pedro, Montes de Oca, Vargas Araya, ciento cincuenta metros norte de Perimercados, Vargas Araya, Condominios Hacienda Cortezal.—San José, 6 de setiembre del 2010.—Lic. Slawomir Wiciak, Notario.—1 vez.—(IN2010079194). Por escritura otorgada por mí, el día dieciséis de setiembre del dos mil diez, a las catorce horas, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Parvati Colón S. A., mediante la cual se acuerda modificar la cláusula segunda (domicilio) del pacto social.—Lic. Pamela Navarro Hidalgo, Notaria.—1 vez.—(IN2010079157). Por escritura otorgada ante mi notaría, a las ocho horas del veinticinco de junio del 2010, se constituyó la entidad Agrotécnica Consultores del Pacífico Sociedad Anónima, capital debidamente suscrito y pagado.—San José, ocho horas del veinticinco de junio de dos mil diez.—Lic. Giovanni Paniagua Umaña, Notario.—1 vez.— (IN201079200). Pág 60 La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010 Por protocolización que la suscrita notaría realizara a las dieciocho horas treinta minutos del 20 de setiembre del 2010, mediante escritura 262-4, visible a folio 152 vuelto del tomo cuatro de mi protocolo, la empresa de BD Consultores Desarrollo Empresarial S. A., cédula jurídica 3-101-379141, modifica la cláusulas sétima y cuarta del pacto constitutivo referente al capital social y composición de junta directiva.—Heredia, 21 de setiembre de 2010.—Lic. Jennie Morera Esquivel, Notaria.—1 vez.— (IN2010079224). Por protocolización que la suscrita notaria realizara a las doce horas del siete de setiembre del 2010, del acta 16, mediante escritura 258-4, visible a folio 249 vuelto del tomo cuatro de mi protocolo, la empresa de BD Consultores S. A., cédula jurídica 3-101-205013 modifica la cláusula octava del pacto constitutivo referente a la composición de junta directiva.—Heredia, 21 de setiembre de 2010.—Lic. Jennie Morera Esquivel, Notaria.—1 vez.—(IN2010079225). Por protocolización que la suscrita notaria realizara a las dieciocho horas del 20 de setiembre del 2010, mediante escritura 261-4, visible a folio 151 vuelto del tomo cuatro de mi protocolo, la empresa de BD Consultores Tecnologías S. A, de denominación social anterior Grupo Emerus S. A., con número de cédula jurídica 3-101-336418 modifica la cláusula quinta y octava del pacto constitutivo referente al capital social y composición de Junta Directiva.—Heredia, 21 de setiembre de 2010.—Lic. Jennie Morera Esquivel, Notaria.—1 vez.—(IN2010079227). Noily Monge Sequeira, Luis Mariano Araya Siles y Cristian Alexánder Monge Monge constituyen sociedad anónima denominada Corporación Araya Monge Sociedad Anónima, domiciliada en Heredia, San Lorenzo de Flores, Residencial Villa Flores casa número treinta y tres A, capital suscrito y pagado, plazo social noventa y nueve años a partir del día de su constitución. Escritura otorgada en Heredia a las 13:00 horas del 20 de julio del año 2010, ante la notaria pública Olga María Valerio Segura.—Lic. Olga María Valerio Segura, Notaria.—1 vez.—(IN201079246). Ante mí, Zaida Valderrama Rodríguez, notaria pública de Alajuela a las 9 horas 30 minutos del 22 de setiembre del 2010, se constituyó sociedad anónima de conformidad con lo establecido en el decreto ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J publicado en La Gaceta número ciento catorce del catorce de junio del dos mil seis, domicilio Alajuela. Capital social diez mil colones, apoderados generalísimos sin límite de suma el presidente y secretario. Plazo: noventa y nueve años.—Alajuela, 22 de setiembre del 2010.—Lic. Zaida Valderrama Rodríguez, Notaria.—1 vez.— (IN2010079252). Ante mí, Zaida Valderrama Rodríguez, notaria pública de Alajuela a las 9:00 horas del 22 de setiembre del 2010, se constituyó sociedad anónima de conformidad con lo establecido en el decreto ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J publicado en La Gaceta número ciento catorce del catorce de junio del dos mil seis, domicilio Alajuela. Capital social diez mil colones, apoderados generalísimos sin límite suma el presidente y secretario. Plazo: noventa y nueve años.—Alajuela, 22 de setiembre del 2010.—Lic. Zaida Valderrama Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(IN2010079253). Ante esta notaría, Licenciado José Wilfredo Tercero Reyes, se constituyó la empresa Importadora Textil ADEI Sociedad Anónima, por un plazo de noventa y nueve años, domiciliada en San José, Tibás, Colima del Bar La Bamba cien metros este. Presidente. Ronald Pérez Sánchez, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, a las nueve horas del veintidós de setiembre de dos mil diez.—Lic. José Wilfredo Tercero Reyes, Notario.—1 vez.—(IN201079254). Ante mí, Ademar Antonio Zúñiga Quirós, notario público con oficina en Puriscal ciento veinticinco sur del Banco Nacional se constituye la sociedad denominada: con el número de cédula que indique el Registro S. A. Capital social: de diez mil colones exactos. Plazo social: 99 años. Objeto: amplio. Representación: presidente, secretario. Escritura otorgada en Puriscal a las doce horas del trece de setiembre del dos mil diez.—Lic. Ademar Antonio Zúñiga Quirós, Notario.—1 vez.—(IN2010079257). Ante mí, Ademar Antonio Zúñiga Quirós, notario público con oficina en Puriscal ciento veinticinco sur del Banco Nacional se constituye la sociedad denominada: con el número de cédula que indique el Registro S. A. Capital social: de diez mil colones exactos. Plazo social: 99 años. Objeto: amplio. Representación: Presidente, secretario. Escritura otorgada en Puriscal a las trece horas del trece de setiembre del dos mil diez.—Lic. Ademar Antonio Zúñiga Quirós, Notario.—1 vez.—(IN201079258). Ante mí, Ademar Antonio Zúñiga Quirós, notario público con oficina en Puriscal ciento veinticinco sur del Banco Nacional se constituye la sociedad denominada: con el número de cédula que indique el registro S. A. Capital social: de diez mil colones exactos. Plazo social: 99 años. Objeto: amplio. Representación: Presidente, secretario. Escritura otorgada en Puriscal a las catorce horas del trece de setiembre del dos mil diez.—Lic. Ademar Antonio Zúñiga Quirós, Notario.—1 vez.—(IN2010079259). Ante mí, Ademar Antonio Zúñiga Quirós, notario público con oficina en Puriscal, ciento veinticinco sur del Banco Nacional, se constituye la sociedad denominada con el número de cédula que indique el Registro S. A. Capital social: de diez mil colones exactos. Plazo social: 99 años. Objeto: amplio. Representación: presidente y secretario. Escritura otorgada en Puriscal, a las quince horas del trece de setiembre del dos mil diez.—Lic. Ademar Antonio Zúniga Quirós, Notario.—1 vez.—(IN2010079260). Ante mí, Ademar Antonio Zúñiga Quirós, notario público con oficina en Puriscal, ciento veinticinco sur del Banco Nacional, se constituye la sociedad denominada con el número de cédula que indique el Registro S. A. Capital social: de diez mil colones exactos. Plazo social: 99 años. Objeto: amplio. Representación: presidente y secretario. Escritura otorgada en Puriscal, a las dieciséis horas del trece de setiembre del dos mil diez.—Lic. Ademar Antonio Zúniga Quirós, Notario.—1 vez.—(IN2010079261). Por escritura otorgada en San José, a las 10:30 horas del 21 de setiembre del 2010, constitución de Luces Led América S. A. Presidente y Secretario apoderados generalísimos en forma conjunta o separada.—San José 21 de setiembre de 2010.—Lic. Karla Naranjo Araya, Notaria.—1 vez.—(IN2010079264). Ante esta notaría se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la empresa Inversiones Nueve de Marzo Sociedad Anónima, se reforma la cláusula segunda y cláusula décima del pacto constitutivo, se nombran miembros de junta directiva y fiscal.—San José, 17 de setiembre del 2010.—Lic. Diana Soto Meza, Notaria.—1 vez.—(IN2010079265). Por escritura número doscientos cincuenta y uno, del tomo cuarto del protocolo del suscrito notario, a las diez horas del veintidós de setiembre del dos mil diez, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Inversiones Franelos Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica cláusula sétima de los estatutos y se nombra nueva junta directiva.—Palmares de Alajuela, veintidós de setiembre del dos mil diez.—Lic. Guido Mora Camacho, Notario.—1 vez.—(IN2010079277). Mediante escritura número ciento cuarenta y nueve-siete, otorgada el 22 de setiembre de 2010, ante el suscrito notario se protocolizó el acta número uno de la sociedad 3-102-610042 sociedad de responsabilidad limitada, donde se modifica la cláusula primera del pacto constitutivo, con relación al nombre de la empresa.—San José, veintidós de setiembre de dos mil diez.—Lic. Oswald Bruce Esquivel, Notario.—1 vez.—(IN2010079282). Por escritura otorgada en mi notaría hoy, a las catorce horas se constituyó la sociedad de esta plaza Consulting JCC Future S. A. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Plazo social: noventa y La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010 Pág 61 nueve años a partir de hoy. Objeto: en forma especial se dedicará a la venta de bienes y servicios y en general se dedicará a la industria, comercio, agricultura, minería y pesca. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin limitación de suma.—San José, 20 de setiembre del 2010.—Lic. Álvaro Corrales Solís, Notario.—1 vez.—RP2010197356.—(IN2010079284). José, veinticinco metros al este de la Antigua Tapicería Maflote. El plazo es de noventa y nueve años a partir de esta fecha. Capital social: diez mil colones.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, ocho horas del veintiuno de setiembre del dos mil diez.—Lic. Mauricio Benavides Chavarría, Notario.—1 vez.—RP2010197369.— (IN2010079293). Por escritura otorgada el día de hoy se procedió al cambio de razón social de la sociedad Four Web Multimedia Mas Estudio Sociedad Anónima, la cual a partir de esta fecha se denominará Four Web Studio Sociedad Anónima.—Alajuela, 20 de setiembre del 2010.—Lic. Eduardo Gamboa Rojas, Notario.—1 vez.— RP2010197357.—(IN2010079285). Ante mí, Felipe Barbas Jiménez, se constituyó la sociedad denominada: Diseños Rústicos del Sur Sociedad de Responsabilidad Limitada, constituida por diez cuotas o títulos nominativos de mil colones cada uno. Gerente: Olman Padilla Mata.—Pérez Zeledón, a las diecinueve horas del dieciséis de setiembre del dos mil diez.—Lic. Felipe Barbas Jiménez, Notario.—1 vez.—RP2010197370.—(IN2010079294). Por escritura otorgada ante mí, a las dieciocho horas con cero minutos del 30 de agosto del 2010, se constituyó la sociedad Ingeniería de Procesos Automatizados INPRA Sociedad Anónima, con un capital social de cien mil colones exactos, plazo noventa y nueve años. Es todo.—Heredia, 20 de setiembre del 2010.—Lic. Lorlly Luna Rodríguez, Notaria.—1 vez.— RP2010197360.—(IN2010079286). Que por escritura número 85, visible a folio 85 frente, se modificó la cláusula sexta del pacto social y nombró nuevo gerente de The Beautiful Mangroves Srl. Que por escritura número 86, visible a folio 85 vuelto se modificó la cláusula sexta del pacto social y nombró nuevo gerente de The Happy Red Macaw Srl Todas visibles en el tomo 16 del protocolo del notario público Lic. Eduardo Abarca Vargas.—Uvita de Osa, a las 9:00 horas del 16 de setiembre del 2010.—Lic. Eduardo Abarca Vargas, Notario.—1 vez.—RP2010197361.—(IN2010079287). Por escritura de las 14:30 horas, se constituye la sociedad Compañía Ganadera Montes Carranza Sociedad de Responsabilidad Limitada, y se nombra gerente y un subgerente. Gerente: Carlos Rodolfo Castro Montes. Capital social: 7.000,00 colones. Plazo social: 99 años.—San Isidro de Pérez Zeledón, 17 de setiembre de 2010.—Lic. Miguel Salazar Gamboa, Notario.—1 vez.—RP2010197364.—(IN2010079288). Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diecisiete horas del treinta de agosto del dos mil diez, se constituyó la sociedad Ingenya Interamericana Sociedad de Responsabilidad Limitada. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: dos mil colones. Gerentes: Wexler Goering, Manuel Antonio Bonilla Trejos, Jorge Muñoz Gabayet; y José Guillermo Rojas Carvajal.—San José, veinte de setiembre de dos mil diez.—Lic. Alexander Araya Zúñiga, Notario.—1 vez.—RP2010197365.—(IN2010079289). Por escritura otorgada ante mí, a las 11:00 horas del 31 de marzo del 2009, se constituyó Nueve Espigas Sociedad Anónima, domicilio: Curridabat. Presidente y secretario apoderados generalísimos conjuntos.—Lic. Gabelo Rodríguez Quesada, Notario.—1 vez.—RP2010197366.—(IN2010079290). Ante esta notaría a las 13:30 horas del 20 de setiembre del 2010, los señores: Minor Gerardo Rodríguez Salas y Miguel Cortes Cortes, constituyen Solmer RYC Soluciones de Mercadeo Sociedad Anónima, domiciliada en Alajuela.—Lic. Luis Diego Elizondo Esquivel, Notario.—1 vez.—RP2010197367.—(IN2010079291). En mi notaría a las doce horas del catorce de setiembre del dos mil diez, Thomas Anthony Giorgi y Silvia Melissa Vargas Venegas, constituyeron Alessa Mis Propiedades del Valle Sociedad Anónima. Domicilio: Pérez Zeledón. Objeto comercio en general. Capital social: diez mil colones íntegramente suscrito y pagado; plazo social: noventa y nueve años a partir de hoy. Presidente: Thomas Anthony Giorgi.—Pérez Zeledón, catorce de setiembre de dos mil diez.—Lic. Eduardo Román Gómez, Notario.—1 vez.— RP2010197368.—(IN2010079292). Por escritura número ciento cuarenta-nueve, se constituyó la sociedad anónima denominada Desarrolos Otarsu Sociedad Anómima, domiciliada en Barrio el Hoyón, Pérez Zeledón, San Por escritura otorgada ante el suscrito notario, se constituye la empresa: Hitus Piedra Fonseca Sociedad Anónima, capital debidamente suscrito y garantizado.—Pérez Zeledón, a las trece horas del catorce de setiembre del dos mil diez.—Lic. Hugo Armando Reyes Herrera, Notario.—1 vez.—RP2010197371.— (IN2010079295). Que por acta de asamblea general extraordinaria, número uno de la sociedad Grupo Dioda S. A., cédula jurídica 3-101-605289, celebrada en su domicilio social el 3 de julio del 2009, en donde se revoca el nombramiento de presidente, tesorero, secretaria, fiscal y agente residente de la empresa y se solicita reforma de la cláusula sexta del pacto constitutivo. Es todo.—San Isidro 16 de setiembre del 2010.—Lic. Annia Shirley Zúñiga Méndez, Notaria.—1 vez.— RP2010197374.—(IN2010079296). Por escritura número trescientos treinta y uno-nueve, se protocolizó acta mediante la cual se acordó recovar al presidente de la sociedad Ocean in the Mountain S. A., cédula jurídica número 3-101-542397 y nombrar a un nuevo miembro.—Ocho horas cinco minutos del veintiuno de setiembre del dos mil diez.—Lic. Mauricio Benavides Chavarría, Notario.—1 vez.—RP2010197375.— (IN2010079297). En mi notaría a las dieciséis horas del catorce de setiembre del dos mil diez, Jorge Arturo Madrigal Esquivel y Luis Madrigal Esquivel, representado por Adriana Barrantes Araya, constituyeron Suplidores Maba del Valle Sociedad Anónima. Domicilio: San Isidro de Pérez Zeledón. Objetivo: comercio en general. Capital social: doce mil colones íntegramente suscrito y pagado; plazo social: noventa y nueve años a partir de hoy. Presidente: Jorge Arturo Madrigal Esquivel.—Pérez Zeledón, catorce de setiembre de dos mil diez.—Lic. Jimmy Vargas Venegas, Notario.—1 vez.— RP2010197376.—(IN2010079298). Ante mí, José Luis Herrera Zúñiga, en escritura número ciento setenta y siete del tomo ochenta y siete, se protocoliza acta de la sociedad SA de Carit Sociedad Anónima, reformándose la cláusula novena de los estatutos.—Puriscal, 20 de setiembre del 2010.—Lic. José Luis Herrera Zúñiga, Notario.—1 vez.—RP2010197377.— (IN2010079299). Mauricio Hidalgo Rojas y Hazel Mora Bogantes, constituyen la sociedad anónima denominada Inside Travel CR Sociedad Anónima. Escritura otorgada en Grecia, a las 15:00 horas del 4 de setiembre del 2010.—Lic. Kendal Araya Venegas, Notario.—1 vez.—RP2010197378.—(IN2010079300). Mediante escritura pública número ciento seis otorgada en Grecia a las catorce horas del once de setiembre del año dos mil diez, protocolicé el acta número dos de la asamblea extraordinaria de socios de la firma Corporación Jucacabo Internacional Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula sétima del pacto constitutivo y se nombra nuevo miembro de la junta directiva.— Grecia, 11 de setiembre del 2010.—Lic. Enrique Alonso Vargas Alfaro, Notario.—1 vez.—RP2010197379.—(IN2010079301). Ante esta Notaría, al ser las ocho horas del veinte de setiembre del dos mil diez, se protocolizó acta de asamblea de accionistas de la sociedad Hefestos Villa Cuatrocientos Treinta y Cuatro Pág 62 La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010 Sociedad Anónima, donde se acordó modificar la cláusula segunda del domicilio, la cláusula sexta de la administración, se acordó nombrar nuevo presidente, secretario, tesorero y fiscal y revocar poder generalísimo. Presidenta: María Isabel Vega Rojas.—San José, veinte de setiembre del dos mil diez.—Lic. Rafael Ángel Pérez Zumbado, Notario.—1 vez.—RP2010197380.—(IN2010079302). Mediante escritura otorgada en esta Notaría a las 14:00 horas del 17 de setiembre del 2010, se constituyó Tetelque S. A. Ángela Rosa Hurtado Orozco, presidenta.—Lic. Ligia Rodríguez Pacheco, Notaria.—1 vez.—RP2010197385.—(IN2010079303). Ante mí, Lic. Anthony Fernández Pacheco, por escritura número ciento ochenta y dos del tomo décimo de mi protocolo, de las diez horas del trece de setiembre del dos mil diez, se constituyó la sociedad de esta plaza Hojalatería L Y M S. A., cuyo capital social quedó suscrito y pagado, y en la junta directiva se nombró como presidenta con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma a la señora Rita Lilliana Bolaños Vásquez.—Lic. Anthony Fernández Pacheco, Notario.—1 vez.—RP2010197387.— (IN2010079304). Ante mí, licenciado Javier Carvajal Portuguez a las siete horas del veintiuno de setiembre del dos mil diez, se constituyó la sociedad la cual su denominación social es su número de cédula jurídica, se acoge al decreto tres tres uno siete uno-J, del catorce junio del dos mil seis.—San José, veintiuno de setiembre del dos mi diez.—Lic. Javier Carvajal Portuguez, Notario.—1 vez.—RP2010197409.— (IN2010079305). Por escritura número 169 otorgada ante mí, a las 14:00 horas del 20 de setiembre la Asociación Cultural Aurora del Gran Porvenir, constituyó la Fundación Ayuda y Misericordia, con domicilio en barrio Pilar de Guadalupe de Goicoechea.—San José, 21 de setiembre del 2010.—Lic. Liliana García Vega, Notaria.—1 vez.—RP2010197410.—(IN2010079306). En mi Notaría el día de hoy, se constituyó Agroecoproductos El Edén S. A. domiciliada en Puriscal. Capital: 100.000 colones. Presidenta y apoderada Lorena Mora Torres.—Lic. Luis Charpentier Acuña, Notario.—1 vez.—RP2010197411.—(IN2010079307). Por escritura número: 76-7 otorgada ante mí, María Elena Solís Sauma, a las 10:30 horas del 11 de setiembre del 2010, se constituyó la sociedad anónima cuya denominación será asignada por el Registro Público de la Propiedad, con capital social totalmente suscrito y pago de cien mil colones.—Florencia, 11 de setiembre del 2010.—Lic. María Elena Solís Sauma, Notaria.—1 vez.— RP2010197413.—(IN2010079308). En mi Notaría a las 15:30 horas del 19 de agosto del 2010, se constituyó la sociedad Grupo Pesca Arenal; domicilio: Barrio San Roque, Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela. Capital social: cien mil colones. Representación: corresponde al presidente y secretario de la junta directiva con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Ciudad Quesada, 19 de agosto del 2010.— Lic. Gonzalo Alfonso Monge Corrales, Notario.—1 vez.— RP2010197415.—(IN2010079309). Ante esta Notaría, mediante escritura de las 9:30 horas del 01 de setiembre del 2010, se constituyó la sociedad cuya denominación social es Eduticonsulting Sociedad Anónima sociedad que es nombre de fantasía, pudiendo abreviarse las dos últimas palabras en “S. A.”. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Jonathan Ruiz Campos, Notario.—1 vez.— RP2010197417.—(IN2010079310). En la oficina de la notaria Ildreth Araya Mesén, a las ocho horas del dos de setiembre del dos mil diez, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria donde se reforma cláusula primera de Tres-uno cero uno-cinco cuatro cero cuatro ocho siete sociedad anónima, la cual en adelante se denominará Inmobiliare Constructora Sociedad Anónima, así también se reformó su cláusula quinta en la cual se realizó cesión de las acciones.—La Unión, veintiuno de setiembre del dos mil diez.— Lic. Ildreth Araya Mesén, Notaria.—1 vez.—RP2010197418.— (IN2010079311). En la oficina de la notaria Ildreth Araya Mesén, a las nueve horas del dos de setiembre de dos mil diez, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria donde se reforma cláusula segunda de Hacienda Visa Sociedad Anónima, así también se realizó nombramiento de nuevo fiscal de la sociedad.—La Unión, veintiuno de setiembre del dos mil diez.—Lic. Ildreth Araya Mesén, Notaria.—1 vez.—RP2010197419.—(IN2010079312). Ante esta Notaría se reforma la cláusula sétima del pacto constitutivo de la sociedad Grunen Dogs Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-353229, para que en lo sucesivo se lea así: Representación: La sociedad será administrada por una junta directiva compuesta por cuatro miembros con los cargos de presidente, secretario, tesorero y vocal I que pueden ser socios o extraños. La representación judicial y extrajudicial corresponderá al presidente con facultades de apoderado generalísimo sin limitación de suma de conformidad con el artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil. Así mismo el secretario, tesorero y vocal I tendrán a su vez facultades de apoderados generalísimos sin limitación de suma, actuando conjunta o separadamente, con la excepción de que para vender, hipotecar, gravar, pignorar o de cualquier forma disponer de los bienes inmuebles o muebles de la sociedad deberán actuar conjuntamente con el presidente. Dichos personeros podrán sustituir o delegar sus poderes en todo o en parte, reservándose o no su ejercicio, revocar dichas sustituciones o delegación y efectuar otras nuevas, otorgar poderes de cualquier tipo y facultades así como revocarlos y serán nombrados por todo el plazo social, salvo remoción por parte de la asamblea de accionistas.—San José, 20 de setiembre de 2010.—Lic. Hazell Ahrens Arce, Notaria.—1 vez.— RP2010197422.—(IN2010079313). Por escritura número doscientos cincuenta, iniciada al folio setenta y cuatro vuelto del tomo veinte de mi protocolo, otorgada a las diecisiete horas treinta minutos del veinte de setiembre del dos mil diez, se constituyó una sociedad de conformidad con el decreto ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-j, publicado en La Gaceta número ciento catorce del catorce de junio del dos mil seis, plazo social noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones.—Alajuela, veinte de setiembre del dos mil diez.—Lic. Rafael de la Peña Rojas, Notario.—1 vez.—RP2010197423.— (IN2010079314). Ante el notario Lic. Víctor Manuel González Loría, mediante escritura número doscientos cinco-uno, de las diecisiete horas del dieciséis de setiembre del dos mil diez, se modificó la cláusula décima tercera de la sociedad denominada Tres-ciento uno-quinientos siete mil doscientos dieciocho, con domicilio en Alajuela, Montecillos, veinticinco metros oeste de pulpería Centro de Amigos.—San Ramón, diecisiete de setiembre del dos mil diez.—Lic. Víctor Manuel González Loría, Notario.—1 vez.— RP2010197426.—(IN2010079315). Ante esta Notaría comparecieron Alonso Briones Arias, con cédula número cinco-doscientos noventa y dos-quinientos siete, y Carmen Arias Vargas, con cédula número dos-doscientos setenta y tres-ochocientos cincuenta y seis, para constituir la sociedad denominada Banama de Nicoya Sociedad Anónima, con un plazo de noventa y nueve años y con objeto de comercio.—Nicoya, veinte de agosto del dos mil diez.—Lic. Iveth Orozco García, Notaria.—1 vez.—RP2010197427.—(IN2010079316). Por escritura de las doce horas de hoy, en esta ciudad, protocolicé acta de asamblea de socios de Forestales Yazzor S. A. en la cual reforma sus estatutos.—San José, 13 de setiembre de 2010.— Lic. Patricia Rivera Breedy, Notaria.—1 vez.—RP2010197428.— (IN2010079317). Se constituye la firma de esta plaza denominada: Black Cherry Sociedad Anónima. Presidente: Andre Roessner portador de la cédula de residencia número: uno dos siete seis cero cero cero La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010 siete cinco cuatro cero cinco. Plazo social: noventa y nueve años a partir de la fecha de su constitución.—San José, once horas del veinte del setiembre del dos mil diez.—Lic. Mario Rigioni Álvarez, Notario.—1 vez.—RP2010197429.—(IN2010079318). Se constituye la firma de esta plaza denominada: Bufete Riggioni y Asociados Sociedad Anónima Presidente: Mario Alberto Rigioni Álvarez, portador de la cédula de identidad número dos-dos cuatro tres-cinco uno dos. Plazo social: noventa y nueve años a partir de la fecha de su constitución.—San José, trece de setiembre del dos mil diez.—Lic. Lucila del Pedro, Notaria.—1 vez.—RP2010197430.—(IN2010079319). Por escritura otorgada a las diez horas treinta minutos del diecisiete de setiembre del dos mil diez, se reforma la cláusula segunda, tercera, quinta, sexta, novena, décima, décima tercera y décima cuarta de Printer de Costa Rica Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado.—Lic. Fernando Alfaro Chamberlain, Notario.—1 vez.—RP2010197438.—(IN2010079320). Por escritura número ciento ocho-dos, otorgada ante el suscrito Notario en conotariado con los notarios Rolando Clemente Laclé Zúñiga y David Arturo Campos Brenes el día veinticinco de agosto del dos mil diez, he protocolizado acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Tres-ciento unoquinientos ochenta y cuatro mil ochocientos diecinueve s. a., en que se reforma la cláusula sétima del pacto constitutivo.—San José, veinte de setiembre del dos mil diez.—Lic. Juan Manuel Cordero Esquivel, Notario.—1 vez.—RP2010197439.—(IN2010079321). Alejandro Lara Vargas y Alfredo Lara Vargas, constituyen la sociedad que llevará por nombre el número de cédula jurídica que indique el Registro de Personas Jurídicas; capital social: 10 mil colones; domicilio social: San José, Curridabat, diagonal al Hipermás, todo mediante escritura otorgada en San José al ser las once horas cuarenta minutos del dieciocho de setiembre de 2010, ante la notaria pública: Laura Inés Castro Conejo.—Lic. Laura Inés Castro Conejo, Notaria.—1 vez.—RP2010197440.— (IN2010079322). Alfredo Lara Vargas, y Ana Gabriela Lara Vargas, constituyen la sociedad que llevará por nombre el número de cédula jurídica que indique el Registro de Personas Jurídicas; capital social: 10 mil colones; domicilio social: San José, Curridabat, diagonal al Hipermás, todo mediante escritura otorgada en San José al ser las doce horas del dieciocho de setiembre de 2010, ante la notaria pública: Laura Inés Castro Conejo.—Lic. Laura Inés Castro Conejo, Notaria.—1 vez.—RP2010197441.—(IN2010079323). Ana Gabriela Lara Vargas, y Patricia Lara Vargas, constituyen la sociedad por nombre el número de cédula jurídica que indique el Registro de Personas Jurídicas; 10 mil colones; domicilio social: San José, Curridabat, diagonal al Hipermás, todo mediante escritura otorgada en San José al ser las once horas veinte minutos del dieciocho de setiembre de 2010, ante la notaria pública: Laura Inés Castro Conejo.—Lic. Laura Inés Castro Conejo, Notaria.—1 vez.— RP2010197442.—(IN2010079324). Hoy he protocolizado asamblea de la sociedad Nueva Agricultura Novagro S. A. por la que se modifica la cláusula 5 del pacto-Del capital.—San José, 20 de setiembre 2010.—Lic. Arturo Blanco Páez, Notario.—1 vez.—RP2010197443.— (IN2010079325). Patricia Lara Vargas y Alfredo Lara Vargas, constituyen la sociedad que por nombre el número de cédula jurídica que indique el Registro de Personas Jurídicas; capital social: 10 mil colones; domicilio social: San José, Curridabat, diagonal al Hipermás, todo mediante escritura otorgada en San José al ser las once horas del dieciocho de setiembre de 2010, ante la notaria pública: Laura Inés Castro Conejo.—Lic. Laura Inés Castro Conejo, Notaria.—1 vez.— RP2010197444.—(IN2010079326). Pág 63 Por escritura número; ciento cincuenta y cinco, y visible en el tomo décimo de mi protocolo, se constituyó la empresa denominada según la cédula jurídica que le asigne, y la cual será sociedad anónima. Es todo.—San José, treinta de agosto del año dos mil diez.—Lic. Álvaro Ramos Rechnitz, Notario.—1 vez.— RP2010197445.—(IN2010079327). Ante mi Notaría a las 11:30 horas del día de hoy, se constituyeron las sociedades que se denominan Azucena Toby Sociedad Anónima, Dixietime DXTM Sociedad Anónima, Joyas del Nilo Alto Sociedad Anónima, Nubes del Chato Sociedad Anónima y Potencia y Asunción Sociedad Anónima.—San José, tres de setiembre del ano dos mil diez.—Lic. Gustavo Álvarez Mora, Notario.—1 vez.—RP2010197450.—(IN2010079328). En mi Notaría al ser las doce horas del diecisiete de setiembre constituyo sociedad anónima, cuya denominación social será su número de cédula jurídica asignada al momento de la inscripción, de conformidad con el artículo segundo del Reglamento para Inscripción de la Constitución de Empresas Comerciales.—San José, 20 setiembre del 2010.—Lic. Galina Morales Sánchez, Notaria.—1 vez.—RP2010197451.—(IN2010079329). Ante mi Notaría a las 12:00 horas del día de hoy, se constituyeron las sociedades que se denominan Golfo de Guayaquil Sociedad Anónima, Nevados de Quito S. A., Trote Seguro S. A., Remolinos del Cielo S. A. y Nubes del Cotopaxi Sociedad Anónima.—San José, tres de setiembre del año dos mil diez.—Lic. Gustavo Álvarez Mora, Notario.—1 vez.—RP2010197452.—(IN2010079330). Por acta protocolizada por el suscrito el día de hoy, se reforma la cláusula sétima de los estatutos de Inversiones Manuel y Olga S. A., sobre la composición de Junta Directiva, se nombran nuevos miembros de la misma y se nombra nuevo Fiscal.—San José, 18 de setiembre de 2010.—Lic. Elías Enoc Márquez Ayala, Notario.—1 vez.—RP2010197454.—(IN2010079331). Mediante escritura pública número 50-6, otorgada ante el Notario Público José Antonio Pérez Brenes, a las 15 horas 5 minutos del 6 de setiembre del 2010, se constituyó la sociedad CFK Internacional Sociedad de Responsabilidad Limitada, plazo social de diez años, capital social diez mil colones, domicilio social San José, San Pedro de Montes de Oca, Mercedes, Betania, Ofiplaza del Este, oficinas de CLA Abogados número doce, Gerente: Marinella Meléndez Hernández y subgerente: Walter Eduardo Román Mora.—Lic. José Antonio Pérez Brenes, Notario.—1 vez.— RP2010197455.—(IN2010079332). Por escritura otorgada ante esta notaría a las 15:00 horas de 20 de setiembre de 2010, se protocoliza acta de la asamblea general extraordinaria de socios de Villa Aranjuez Mariner´s Point Lam Dos S. A. de Nidra Corporation S. A., donde se modifica cláusula novena en cuento a administración y se nombra nueva Junta Directiva y fiscal.—San José, 20 de setiembre 2010.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1 vez.—RP2010197458.—(IN2010079333). Hoy a las catorce horas, se constituyó ante mí la sociedad My First Frankestein Corpsa.—San José, 8 de setiembre del 2010.— Rómulo Pacheco Sibaja, Notario.—1 vez.—RP2010197459.— (IN2010079334). El suscrito notario público Alonso Serrano Mena, da fe que a las siete horas con quince minutos del día doce de abril del año dos mil diez, se constituyó ante esta notaría la empresa denominada Grupo Tecnovisión Sociedad Anónima, por lo que solicito se publique el respectivo edicto de ley.—San José, 16 de setiembre del 2010.— Lic. Alonso Serrano Mena, Notario.—1 vez.—RP2010197460.— (IN2010079335). Hoy protocolicé en lo conducente acta asamblea general extraordinaria de cuotistas de Sonido del Espacio Aéreo Ltda., en virtud de la cual se acordó reformar la cláusula segunda del Pacto Social de la compañía, se presenta la renuncia de la Gerente de la compañía y en su lugar se hace nuevo nombramiento por el resto Pág 64 La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010 del plazo social. Escritura otorgada en la ciudad de San José, a las 8:00 horas, del 3 de agosto del 2010.—Lic. Mario Quirós Salazar, Notario.—1 vez.—RP2010197462.—(IN2010079336). Ante esta Notaría, mediante escritura pública Nº 98 otorgada a las 14:00 horas del 08 de julio del 2010, se constituyó la sociedad denominada D & O Una Parada Sociedad Anónima.—San José, 20 de setiembre del 2010.—Licda. Ericka Montoya Martínez, Notaria.—1 vez.—RP2010197464.—(IN2010079337). Por escritura otorgada ante mí, se protocolizó el acta número uno de asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa Condominios CR Cincuenta Cocomar S. A. Se reforma la cláusula segunda del domicilio, sexta de la administración, se revocan los nombramientos de todos los miembros de la Junta Directiva, así como del Fiscal y el Agente Residente y se realizan nuevos nombramientos. Escritura otorgada a las 19:00 horas del 09 de setiembre del 2010.—San José, 21 de setiembre del 2010.—Lic. Federico Guzmán Brenes, Notario.—1 vez.—RP2010197468.— (IN2010079338). Por escritura otorgada ante mí, se protocolizó el acta número uno de asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa Corporación Santa Fe del Oeste S. A. Se reforma la cláusula primera del domicilio, quinta de la administración, se revocan los nombramientos de todos los miembros de la Junta Directiva, así como del Fiscal y el Agente Residente y se realizan nuevos nombramientos. Escritura otorgada a las 09:00 horas del 20 de setiembre del 2010.—San José, 21 de setiembre del 2010.—Lic. Federico Guzmán Brenes, Notario.—1 vez.—RP2010197469.— (IN2010079339). Por escritura otorgada ante mí, se protocolizó el acta número uno de asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa Ecovistas Huntington Unidad Carmen Cincuenta y Cinco S. A. Se reforma la cláusula segunda del domicilio, sexta de la administración, se revoca el poder generalísimo sin límite de suma otorgado a Carlos Roberto Rivera Ruiz, se revocan los nombramientos de todos los miembros de la Junta Directiva y de Fiscal y se realizan nuevos nombramientos. Escritura otorgada a las 10:00 horas del 20 de setiembre del 2010.—San José, 21 de setiembre del 2010.—Lic. Federico Guzmán Brenes, Notario.—1 vez.—RP2010197470.—(IN2010079340). Por escritura otorgada ante mí se protocolizó el acta número uno de asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa Ecovistas Huntington Unidad Merced Cincuenta y Seis, S. A.. Se reforma la cláusula segunda del domicilio, sexta de la administración, se revoca el poder generalísimo sin límite de suma otorgado a Carlos Roberto Rivera Ruiz, se revocan los nombramientos de todos los miembros de la Junta Directiva y de Fiscal y se realizan nuevos nombramientos. Escritura otorgada a las 11:00 horas del 20 de setiembre del 2010.—San José, 21 de setiembre del 2010.—Lic. Federico Guzmán Brenes, Notario.—1 vez.—RP2010197471.— (IN2010079341). Constitución de sociedad anónima denominada Correraiz Sociedad Anónima S. A.. Domicilio: San José, Santa Ana Centro. Capital: 100.000 colones. Plazo: 100 años. Presidenta: Ana Helena Correa Echandía. Escritura número ciento cuarenta y dos, de las once horas del dieciocho de setiembre del 2010.—Licda. Karla Silene Gutiérrez Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2010197480.— (IN2010079342). Transportes Villana Sociedad Anónima, reforma estatutos en el artículo sétimo, en cuanto a que la representación judicial y extrajudicial, le corresponde al presidente y secretario, los que actuarán conjuntamente con las facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma igualmente se nombra Junta Directiva y Fiscal, quedando como presidente: José Luis Villalobos Cruz, secretaria: Ana Cecilia Cruz Mejías. Tesorera: Carolina Villalobos Cruz y fiscal: Diana Villalobos Cruz.—Tilarán, 30 de agosto de 2010.—Rosalina Bastos Alvarado, Notaria.—1 vez.— RP2010197481.—(IN2010079343). En esta Notaría al ser las nueve horas del veintiuno de setiembre del año dos mil diez se constituye la sociedad anónima Globalex Proyectos Sociedad Anónima. Presidente como representante con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital Social cien mil colones.—San José, 21 de setiembre del 2010.— Lic. Javier Clot Barrientos, Notario.—1 vez.—RP2010197482.— (IN2010079344). Ante mí se constituye la siguiente sociedad: Masajes y Estética de Costa Rica Limitada.—San José, 21 de setiembre del año 2010.—Juan Carlos González Lavergne, Notario.—1 vez.— RP2010197483.—(IN2010079345). Por escritura otorgada ante mí, a las diecisiete horas del catorce de setiembre del dos mil diez, se constituye la sociedad Corporación G Seis Hermanos Arias Sociedad Anónima, Presidente, vicepresidente, secretario, tesorero, primer y segundo vocales, y fiscal, plazo cien años.—San Ramón, 14 de setiembre de 2010.—María Mercedes González Jiménez, Notaria.—1 vez.— RP2010197485.—(IN2010079346). Distribuidora Comercial A.G.A. S. A., reforma sus estatutos en las cláusulas primera, segunda, quinta y sétima. Revoca los nombramientos de la Junta Directiva y Fiscal y nombra nuevos por todo el plazo social. Asimismo nombra Agente Residente. Escritura otorgada en mi notaría a las 17:00 horas del 14 de setiembre del 2010.—Lic. Alejandro Villegas Ramírez, Notario.—1 vez.— RP2010197487.—(IN2010079347). Mediante escritura otorgada ante el suscrito se constituyó sociedad anónima denominada Davinci’s Dental Designers Group Sociedad Anónima. Capital social: Diez mil colones. Presidente: Delfin Barquero Barquero. Domicilio: Santo Domingo de Heredia.—13 de setiembre del 2010.—Lic. Rodrigo Antonio Madrigal Núñez, Notario.—1 vez.—RP2010197489.— (IN2010079348). Mediante escritura pública número once de las once horas del catorce de setiembre de dos mil diez, se protocoliza acta general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de la sociedad tres -ciento dos-cinco uno tres dos uno nueve s.r.l., en la que se modifican las cláusulas: primera, quinta, sexta, sétima y décima del Pacto Social.— Carlos Corrales Azuola, Notario.—1 vez.—RP2010197491.— (IN2010079349). Ante esta notaría se constituye la sociedad de responsabilidad limitada de esta plaza denominada Inversiones Lormarvi Limitada a las doce horas del cuatro de setiembre del año dos mil diez, siendo su gerente con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma la señora Lorna Maroto Villalobos, ante el notario Rodrigo Garita López, en Florencia San Carlos, Alajuela.—4 de setiembre del 2010.—Lic. Rodrigo Garita López, Notario.—1 vez.—RP2010197494.—(IN2010079350). Que por el instrumento público número ciento catorce, de las dieciséis horas del veinte de setiembre del dos mil diez, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Orfebrería Bethel Sociedad Anónima, capital social diez mil colones.—Lic. Juan Carlos Gutiérrez Morales, Notario.—1 vez.—RP2010197495.— (IN2010079351). Por escritura otorgada ante mí, en la Ciudad de San José, a las 16:00 horas del 13 de setiembre del 2010, se constituyó la sociedad Inversiones Las Montañas de la Sonda de Vancouver, S. A.. Domicilio: San José, Hatillo 2, del Liceo Roberto Brenes Mesén, 50 metros este, 100 metros sur, casa 764. Plazo 99 años. Representación: Presidente y tesorero, apoderado generalísimo sin límite de suma.— San José, 13 de setiembre del 2010.—Xinia Karina Briones Briones, Notaria.—1 vez.—RP2010197496.—(IN2010079352). Ante esta notaría, por escritura otorgada en San José a las quince horas del diecisiete de setiembre 2010, se constituyó Cinco Sociedades Responsabilidad Limitada con el número de cédula La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010 jurídica que se le asigne. Dos gerentes con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Licda. Dannia Mayela Rodríguez Astorga, Notaria.—1 vez.—RP2010197498.—(IN2010079353). Ante esta notaría se constituyó la sociedad Yamar de Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada con un capital social de un millón de colones, al ser las once horas del once de setiembre del dos mil diez.—Lic. Jorge Jiménez Bolaños, Notario.—1 vez.— RP2010197499.—(IN2010079354). Por escritura número 138, otorgada ante esta notaría, a las 10.00 horas del 17 de setiembre del 2010, la compañía Autobuses Unidos de Coronado S. A., cédula de persona jurídica número 3-101-010075, modifica la cláusula quinta: Del capital social del pacto constitutivo.—San José, 20 de setiembre del 2010.—Licda. Gabriela Vargas Rounda, Notaria.—1 vez.—RP2010197500.— (IN2010079355). Por escritura otorgada ante esta notaría el día 20 de setiembre del 2010 a las 13:00 horas, la sociedad Inversiones Samekh, Sociedad Anónima, protocolizó acuerdos en que se modifica la cláusula sétima, del Pacto Social.—20 de setiembre del 2010.— Melania Calzada Ramírez, Notaria.—1 vez.—RP2010197502.— (IN2010079356). Mediante escritura otorgada a las 17:00 p.m. del 20-092010, ante notaria Carla Baltodano Estrada se protocoliza acta Nº 3 de la sociedad Aro Coyol Investments S.R.L.—San José, 21 de setiembre del 2010.—Carla Baltodano Estrada, Notaria.—1 vez.— RP2010197503.—(IN2010079357). Protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Colossus of Rhodes Investments Sociedad Anónima, mediante la cual se reformó la cláusula segunda. Escritura otorgada ante el Notario Público Sergio Aguiar Montealegre a las nueve horas del veintiuno de setiembre del año dos mil diez.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—RP2010197504.—(IN2010079358). Por escritura otorgada ante mí, a las 15 horas, del 17 de agosto se eliminó la cláusula del agente residente de la sociedad tres-ciento dos-seiscientos cuatro mil quinientos setenta y nueve ltda.— San José, 24 de agosto de 2010.—Lic. Ignacio Esquivel Seevers, Notario.—1 vez.—RP2010197505.—(IN2010079359). Por escritura otorgada ante esta notaría a las ocho horas con cero minutos del día dieciséis de setiembre del año dos mil diez, se constituyó la sociedad anónima denomina Compusmartcr.Com Sociedad Anónima.—Heredia, 16 de setiembre del año 2010.— Licda. Lorlly Luna Rodríguez, Notaria.—1 vez.—RP2010197506.— (IN2010079360). José Alberto Navas Herrera, cédula 2-415-671 y Zeidy Hurtado Gutiérrez, cédula 2-463-745, están constituyendo la Sociedad Anónima J y Z, se emplaza a terceros con derecho a oponerse para que hagan valer sus derechos en el plazo de 10 días a partir de la publicación de este edicto en la oficina del Notario Público Juan Abel Beteta Ocampos, sita en Los Chiles de Alajuela contiguo al correo.—Lic. Abel Beteta Ocampos, Notario.—1 vez.— RP2010197585.—(IN2010079391). Ante esta notaría Erika Bravo Molina y Gabriela Bravo Molina constituyen una sociedad anónima; la denominación social de la nueva empresa se hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto Ejecutivo Nº 33171-J. Es todo.—San José, veintiuno de setiembre del dos mil diez.—Lic. Eduardo Arroyo Boirivant, Notario.—1 vez.—RP2010197586.—(IN2010079392). Ante esta notaría Karol Tatiana Alfaro Dalorzo y Yannella Cristina Alfaro Dalorzo constituyen una sociedad anónima; la denominación social de la nueva empresa se hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto Ejecutivo Nº 33171-J. Es todo.—San José, veintiuno de setiembre del dos mil diez.—Lic. Eduardo Arroyo Boirivant, Notario.—1 vez.—RP2010197587.— (IN2010079393). Pág 65 Ante esta notaría Alicia Yolanda Ortiz Salgado y Andrés Alonso Campos Vargas, constituyen una sociedad anónima; la denominación social de la nueva empresa se hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto Ejecutivo Nº 33171-J. Es todo.—San José, veintiuno de setiembre del dos mil diez.—Lic. Eduardo Arroyo Boirivant, Notario.—1 vez.—RP2010197588.— (IN2010079394). En mi notaría, a las 11:00 horas del 25 de agosto del 2010, se constituyó Plataformas y Grúas S.O.S. Empresa Individual de Responsabilidad Limitada. Capital social: diez mil colones. Domicilio: San José, Curridabat. Plazo social: 100 años. Gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital: suscrito y pagado.—San José, 25 agosto del 2010.—Lic. Dora María Figueroa González, Notaria.—1 vez.—RP2010197590.— (IN2010079395). Ante mi notaría por escrituras números treinta y seis y doscientos treinta y nueve se constituyen las sociedades anónimas, la primera el nombre será el asignado a la cédula jurídica y la segunda el nombre será Desarrolladora Teko Teka, al ser las diez y cincuenta horas del nueve de julio del dos mil diez y las once y once horas del treinta y uno de julio del dos mil diez. Es todo.—Lic. Karolina Meléndez Gamboa, Notaria.—1 vez.—RP2010197591.— (IN2010079396). Por escritura otorgada ante esta misma notaría, a las 8:00 horas del 06 de setiembre del 2010, se constituyó la sociedad anónima cuya denominación social es Transportes Zelaya Camacho S. A. Representación judicial y extrajudicial: presidente y secretaria. Capital social: totalmente suscrito y pagado.—Cartago, 16 de setiembre del 2010.—Lic. Johnny Eduardo Garro Trejos, Notario.—1 vez.—RP2010197593.—(IN2010079397). Por escritura 85 del tomo 5 de mi protocolo, otorgada a las 11:00 horas del 21 de setiembre del 2010, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de la sociedad denominada Los Tejares Mary Número Dieciséis S. A., donde se reformó la cláusula sexta sobre la administración y se nombró presidente y agente residente. Expido en Cartago, a las doce horas del veintiuno de setiembre del dos mil diez.—Lic. Winner Obando Navarro, Notario.—1 vez.— RP2010197594.—(IN2010079398). Por escritura 86 del tomo 5 de mi protocolo, otorgada a las 11:30 horas del 21 de setiembre del 2010, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de la sociedad denominada Los Tejares Viky Número Quince S. A., donde se reformó la cláusula sexta sobre la administración y se nombró nueva junta directiva. Expido en Cartago, a las doce horas del veintiuno de setiembre del 2010.— Lic. Winner Obando Navarro, Notario.—1 vez.—RP2010197595.— (IN2010079399). Hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de tres-ciento uno-quinientos veinticuatro mil quinientos cuarenta y seis s. a. Se modifica la cláusula sétima del pacto social. Se nombra junta directiva y fiscal.—San José, 7 de setiembre del 2010.—Lic. Álvaro Carazo Zeledón, Notario.—1 vez.—RP2010197596.—(IN2010079400). Se hace constar que ante la notaría de Víctor Hugo Castillo Mora, mediante escritura número treinta y nueve de las quince horas del veinte del año dos mil diez, se constituyó la sociedad anónima Fisiocare Sociedad Anónima, por los socios Ana María Gabriela Schutte Hernández y José Alfonso de Jesús Cos González. Todas por un plazo de noventa y nueve años.—San José, veintiuno de setiembre del dos mil diez.—Lic. Víctor Hugo Castillo Mora, Notario.—1 vez.—RP2010197597.—(IN2010079401). Se hace constar que ante el notario Víctor Hugo Castillo Mora, mediante escritura número treinta y ocho de las nueve horas del veinte de setiembre del año dos mil diez, se constituyó la sociedad Avaysys Sociedad Anónima, por los socios Alexandra Salas Sánchez y Gustavo Hernández Artavia. Por un plazo de noventa y Pág 66 La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010 nueve años.—San José, once horas del veintiuno de setiembre del dos mil diez.—Lic. Víctor Hugo Castillo Mora, Notario.—1 vez.— RP2010197598.—(IN2010079402). Que ante la notaría del suscrito, Lic. Jorge Hernández Calvo, notario público se ha constituido la sociedad anónima Nubes y Mares de Plata Azul Sociedad Anónima. Escritura número cuarenta y siete.—San José, 20 de setiembre del 2010.—Lic. Jorge Hernández Calvo, Notario.—1 vez.—RP2010197599.—(IN2010079403). Ante esta notaría, por medio de escritura treinta y dostrece, otorgada al ser las once horas del dieciséis de julio del año en curso, se modificó la cláusula quinta del pacto social y se aumentó el capital social de Improsa Sociedad Administradora de Fondos de Inversión, S. A.—Lic. Alfonso Meléndez Vega, Notario.—1 vez.— RP2010197600.—(IN2010079404). Ante mí, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Edymar E D M E Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital: totalmente suscrito y pagado. La representación judicial y extrajudicial, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma le corresponde al gerente y al subgerente, actuando conjunta o separadamente. Domicilio: Guápiles, Pococí, Limón.—Guápiles, 21 de setiembre del 2010.—Lic. Juan Carlos Radulovich Quijano, Notario.—1 vez.—RP2010197602.—(IN2010079405). Por escritura otorgada en esta notaría, a las diez horas del veinticuatro de julio del dos mil diez, se constituyó la sociedad Trans Oba Sociedad Anónima. Capital social: íntegramente suscrito y pago. Presidente: Julio Obaldía Chaves.—Heredia, dieciocho de setiembre del dos mil diez.—Lic. Lourdes Fernández Mora, Notaria.—1 vez.—RP2010197604.—(IN2010079406). Mediante escritura número setecientos ochenta y siete, de las quince horas del treinta y uno de agosto de dos mil diez, visible a ciento setenta y dos vuelto hasta ciento setenta y cuatro frente del tomo cuatro de mi protocolo se constituye sociedad anónima. Es todo.—San José, veinte de setiembre del dos mil diez.—Lic. Lourdes Ruiz Sánchez, Notaria.—1 vez.—RP2010197605.— (IN2010079407). En mi notaría al ser las diez horas del veinte de agosto del año dos mil diez, se constituyó la sociedad Kumal D. E. L. Sociedad Anónima.—Lic. Celenia Godínez Prado, Notaria.—1 vez.— RP2010197612.—(IN2010079412). El suscrito notario hace constar, que mediante escritura número cincuenta del protocolo décimo, otorgada a las dieciocho horas del once de agosto del 2010, ante este notario se nombran nuevos miembros de junta directiva y fiscal y se cambia el domicilio social de la sociedad denominada Inversiones Tershandre S. A.— Monterrey, San Carlos de Alajuela, 3 de setiembre del 2010.—Lic. Johanny Esquivel Hidalgo, Notario.—1 vez.—RP2010197613.— (IN2010079413). Ante mí, Óscar Rodrigo Vargas Jiménez, notario público con oficina abierta en Cartago, se reformó la cláusula sexta de Integraciones Electromecánicas I.E.M. Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cinco cuatro nueve uno ocho tres, lo anterior a las nueve horas del veintiséis de agosto del dos mil diez San José. Es todo.—Lic. Óscar Rodrigo Vargas Jiménez, Notario.—1 vez.—RP2010197615.—(IN2010079414). Mediante escritura de las doce horas treinta minutos del ocho de setiembre del dos mil diez los señores Adrián Bravo Alfaro y Andrea Rodríguez Moreira, constituyen sociedad amparada al Decreto treinta y tres mil ciento setenta y uno-J. Presidente: Adrián Bravo Alfaro. Plazo social: será noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones, constituido por diez acciones de mil colones cada una. Objeto: comercio en general importación y exportación comercio en general.—Heredia, ocho de setiembre del dos mil diez.—Lic. Karoline Alfaro Vargas, Notaria.—1 vez.— RP2010197617.—(IN2010079415). Se constituyó sociedad anónima denominada Sueños de Rosa Sociedad Anónima, con domicilio social en San Lorenzo de San Joaquín de Flores, Heredia, Villa Flores casa número treinta-D. Plazo: noventa y nueve años, con un capital de cien mil colones. Presidente: Juan Carlos Soto Porras.—San Antonio de Belén, 20 de setiembre del 2010.—Lic. Mary Cruz Lara Solís, Notaria.—1 vez.—RP2010197618.—(IN2010079416). Protocolización de acta de la compañía Inversiones Mar Chan de San José S. A., según la cual se reforma la cláusula sexta y se hacen nombramientos.—San José, veintiuno de setiembre del dos mil diez.—Lic. Vera Violeta Jiménez Roldán, Notaria.—1 vez.— RP2010197607.—(IN2010079408). La suscrita Notaria Ana Patricia Villalobos Chinchilla hace saber que en mi notaría el 17 de setiembre del 2010, se constituyó la sociedad Mueblería Fallas León Dos Mil Diez Sociedad Anónima, su presidente es José Daniel Fallas Varela, cédula 1-1153-0463.—Lic. Patricia Villalobos Chinchilla, Notaria.—1 vez.—RP2010197619.—(IN2010079417). Protocolización de acta de la compañía Distribuidora e Importadora de Materias Primas de Centroamérica S. A., según la cual se reforma la cláusula sétima y se hacen nombramientos.— San José, veintiuno de setiembre del dos mil diez.—Lic. Vera Violeta Jiménez Roldán, Notaria.—1 vez.—RP2010197608.— (IN2010079409). Escritura otorgada ante esta notaría, a las catorce horas del nueve de agosto dos mil diez, se constituyó la sociedad denominada Servicio Automotriz La Uruca Xirinachs Sociedad Anónima. Domicilio social: San José.—Diez de agosto del dos mil diez.—Lic. Eduardo Alfaro Gallardo, Notario.—1 vez.—RP2010197621.— (IN2010079418). Por escritura otorgada ante mí, hoy se constituyó Entornos Ergonómicos Sociedad Anónima. Domicilio: San José, Goicoechea, Guadalupe, El Alto, de la Clínica Jerusalem, trescientos metros al norte y setenta y cinco al oeste. Plazo: noventa y nueve años. Objeto: diseño, confección y venta de muebles de oficina y muebles en general. Capital social: cuatrocientos cincuenta mil colones representado por cuarenta y cinco acciones comunes y nominativas de diez mil colones cada una. Presidente: Adolfo Roberto Quesada Villalobos.—San José, siete de setiembre del dos mil diez.—Lic. Vera Violeta Jiménez Roldán, Notaria.—1 vez.— RP2010197609.—(IN2010079410). Escritura otorgada ante esta notaría, a las doce horas del nueve de agosto dos mil diez, se constituyó la sociedad denominada Carrocería La Uruca Xirinachs Sociedad Anónima. Domicilio social: San José.—Diez de agosto del dos mil diez.—Lic. Eduardo Alfaro Gallardo, Notario.—1 vez.—RP2010197623.— (IN2010079419). Por escritura otorgada ante mí, a las 12:00 horas del día 26 de mayo del 2010, se constituye la compañía que se denominará Annhonsa Sociedad Anónima. Presidente: Carlos Manuel Muñoz Ruiz.—Lic. Arturo González Montero, Notario.—1 vez.— RP2010197611.—(IN2010079411). Escritura otorgada ante esta notaría, a las veinte horas del siete de setiembre del dos mil diez, se constituyó la sociedad denominada Mapaem Sociedad Anónima. Domicilio social: San José.—Ocho de setiembre del dos mil diez.—Lic. Eduardo Alfaro Gallardo, Notario.—1 vez.—RP2010197625.—(IN2010079421). Escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciocho horas del siete de setiembre dos mil diez, se constituyó la sociedad denominada Hayomari Sociedad Anónima. Domicilio social: San José.—Veinte de setiembre del dos mil diez.—Lic. Eduardo Alfaro Gallardo, Notario.—1 vez.—RP2010197624.—(IN2010079420). La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010 Ante esta notaría, se constituyó la empresa Corporación Real Masaya Sociedad Anónima, a las diez horas del veintiuno de setiembre del dos mil diez. Presidente: Luis Armando González Díaz.—Lic. Jaime Alvarado Victoria, Notario.—1 vez.— RP2010197628.—(IN2010079422). Ante esta notaría, a las 14:00 horas del 20 de setiembre del 2010, mediante escritura Nº 606, se constituyó la sociedad Recicladora de Llantas Tecnopack Sociedad Anónima. Domicilio: San José. Capital social: ciento veinte mil colones. Presidente: con la representación judicial y extrajudicial.—San José, 20 de setiembre del 2010.—Lic. Edwin Rodrigo Masís Quirós, Notario.—1 vez.— RP2010197629.—(IN2010079423). Ante esta notaría, a las 13:00 horas del 20 de setiembre del 2010, mediante escritura Nº 605, se constituyó la sociedad Arenillas Inversiones Deportivas & Creativas Sociedad Anónima. Domicilio: San José. Capital social: ciento veinte mil colones. Presidente y secretario, con la representación judicial y extrajudicial.—San José, 20 de setiembre del 2010.—Lic. Edwin Rodrigo Masís Quirós, Notario.—1 vez.—RP2010197630.— (IN2010079424). Ante el Lic. Juan Carlos Chávez Alvarado, se constituyó Grupo MG & Virin Sociedad Anónima. Presidenta: María Gabriela Arias Chacón, como apoderada generalísima sin límite de suma. Capital social: es de seis mil colones, por cada sociedad anónima. Plazo social: noventa y nueve años.—Lic. Juan Carlos Chávez Alvarado, Notario.—1 vez.—RP2010197631.—(IN2010079425). Ante el Lic. Juan Carlos Chávez Alvarado, se reforma la cláusula sétima del pacto constitutivo de la sociedad MP Knapp Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento unotrescientos cincuenta y tres mil ciento noventa y ocho.—Lic. Juan Carlos Chávez Alvarado, Notario.—1 vez.—RP2010197633.— (IN2010079426). En la notaría de la notaria pública Paula Marcela Arroyo Rojas, se realizó protocolización de la sociedad Lucas Electrohidraúlica Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-tres dos nueve ocho cero dos, reformando la cláusula novena de la administración y décima primera de la vigilancia y se nombra junta directiva por todo el plazo social. Escritura otorgada en la ciudad de San José, a las nueve horas del veinte de setiembre del dos mil diez.—Lic. Paula Marcela Arroyo Rojas, Notaria.—1 vez.— RP2010197634.—(IN2010079427). Ante el Lic. Juan Federico Arias Chacón: a) Se reforma la cláusula segunda del pacto social constitutivo y se nombra nueva junta directiva de la sociedad Inversiones Fasega Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos setenta y un mil cuatrocientos cuarenta y cinco. b) Se reforma la cláusula sétima del pacto social constitutivo y se nombra nueva junta directiva de la sociedad Las Ruedas del Palenque R.T.I Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos diez mil cuatrocientos cuatro.—Lic. Juan Federico Arias Chacón, Notario.—1 vez.—RP2010197635.—(IN2010079428). La suscrita notaria hace constar que hoy autorizó escritura de protocolización de acuerdos de asamblea general de Beneficio Río Negro S. A., por lo que se modificó la cláusula octava de la escritura social.—San José, 8 de setiembre del 2010.—Lic. Irene Mendieta Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2010197636.—(IN2010079429). La suscrita notaria hace constar que hoy autorizó escritura de protocolización de acuerdos de asamblea general de Emmanuel S. A., por lo que se modificó la cláusula quinta de la escritura social.— San José, 9 de setiembre del 2010.—Lic. Irene Mendieta Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2010197637.—(IN2010079430). La suscrita notaria hace constar que hoy autorizó escritura de protocolización de acuerdos de asamblea general de Cantón S. A., por lo que se modificó la cláusula sexta de la escritura social.— San José, 9 de setiembre del 2010.—Lic. Irene Mendieta Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2010197638.—(IN2010079431). Pág 67 La suscrita notaria hace constar que hoy autorizó escritura de protocolización de acuerdos de asamblea general de Compañía de Procesos Técnicos S. A., por lo que se modificó la cláusula sexta de la escritura social.—San José, 9 de setiembre del 2010.—Lic. Irene Mendieta Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2010197639.— (IN2010079432). En escritura otorgada en mi notaría, se constituyó la sociedad Inversiones Milo Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de setiembre del 2010.—Lic. Eleazar Duarte Briones, Notario.—1 vez.—RP2010197640.—(IN2010079433). Por escritura otorgada ante mi notaría, Estephannie Cunningham Chacón y María Vanessa Marín Quesada, constituyen la compañía Buenvivir Sociedad Anónima. Domicilio: Moravia. Objeto: servicios de consultoría. Capital: íntegramente suscrito y pagado.—San José, veinte de setiembre del dos mil diez.—Lic. Alejandro Madrigal Benavides, Notario.—1 vez.— RP2010197641.—(IN2010079434). Ante este notario, se constituyó la sociedad Apple Dental Sociedad Anónima, con domicilio en Sabanilla de Montes de Oca, San José. Plazo social: noventa años. Capital social: cien mil colones. Fecha de constitución: dieciocho de setiembre del dos mil diez.—Lic. Carlos Eduardo Blanco Fonseca, Notario.—1 vez.— RP2010197642.—(IN2010079435). Ante este notario, se constituyó la sociedad Inversiones J & J de Occidente Sociedad Anónima, con domicilio en San Isidro de San Ramón de Alajuela. Plazo social: noventa años. Capital social: cien mil colones. Fecha de constitución: veinticuatro de agosto del dos mil diez.—Lic. Carlos Eduardo Blanco Fonseca, Notario.—1 vez.—RP2010197644.—(IN2010079436). Por escritura doscientos diez, de las doce horas del diecinueve de agosto del dos mil diez, del tomo treinta y ocho del protocolo de la Lic. Jenny Ramírez Robles, se constituyó Corporación Lexington HR S. A. Domiciliada en San José, Pavas, Rohrmoser, del Centro Comercial Plaza Mayor ciento cincuenta metros oeste. Capital social: diez mil colones.—San José, veinte de setiembre del dos mil diez.—Lic. Jenny Ramírez Robles, Notaria.—1 vez.— RP2010197645.—(IN2010079437). Ante esta notaría, a las 14:30 horas del 7 de setiembre del 2010, se constituyó la sociedad anónima denominada Representaciones Calrom SRL, con capital social de ¢100.000,00 colones, por un plazo de noventa y nueve años, cuyo gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, es el señor: Óscar Guido Calderón Romero, mediante la escritura Nº 42-18 del tomo 18 de la suscrita notaria.—Cartago, 7 de setiembre del 2010.—Lic. Tatiana Fernández Mora, Notaria.—1 vez.—RP2010197648.— (IN2010079438). Ante esta notaría, a las 10:00 horas del 16 de setiembre del 2010, se constituyó la sociedad anónima denominada Family Barpe Sociedad Anónima, con capital social de ¢600.000,00 colones, por un plazo de noventa y nueve años, cuyo presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, es el señor: Luis Roberto Barahona Brenes, mediante la escritura Nº 66-18 del tomo 18 de la suscrita notaria.—Cartago, 17 de setiembre del 2010.— Lic. Tatiana Fernández Mora, Notaria.—1 vez.—RP2010197649.— (IN2010079439). NOTIFICACIONES SEGURIDAD PÚBLICA PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ Por no haber sido posible notificarle en el domicilio conocido por la administración, se ordena la notificación por medio de edictos por tres veces consecutivas en La Gaceta de la siguiente: Resolución Nº 324-2010DFCA.—Ministerio de Seguridad Pública.—Dirección Financiera.—Departamento de Cobros Administrativos.—San José, a las once horas con quince minutos del seis de julio del dos mil Pág 68 La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010 diez. Acorde con lo ordenado por los artículos 214 y siguientes de la Ley General de Administración Pública, y los alcances del Decreto Ejecutivo Nº 32177-SP, artículo 48. Procede este Departamento en calidad de órgano director, a iniciar el procedimiento sumario administrativo de cobro contra Adrián Alvarado Barquero, cédula de identidad Nº 1-1124-982 exfuncionario de esta Cartera por “Adeudar a este Ministerio la suma total de ¢373.955,08 (trescientos setenta y tres mil novecientos cincuenta y cinco colones con ocho céntimos) por concepto de saldo al descubierto por incapacidades no deducidas oportunamente de los períodos que van del 05 de julio al 09 de agosto de 2007, del 13 al 28 de agosto de 2007, del 29 de abril al 12 de mayo de 2008, del 19 al 22 de mayo de 2008, del 26 al 28 de mayo de 2008, del 06 al 22 de junio de 2008, siendo que el inculpado abonó a la deuda total de ¢433,955,08 la suma de ¢60.000,00 mediante enteros de gobierno, resultando el saldo en descubierto descrito”. Lo anterior con fundamento en el Oficio 3986-03-2010-DRH-DRC-SR-ACA del 26 de marzo del 2010 del Departamento de Remuneraciones y Compensaciones de la Dirección de Recursos Humanos. El debido proceso será instruido por la Lic. Helena Castillo Ramírez, teléfono 2586-42-85 ó 222769-57. Si existiere oposición al monto adeudado, se te hace saber al encausado que cuenta con el plazo de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente del recibo de la presente notificación, para presentar en el Departamento de Cobros Administrativos de la Dirección Financiera del Ministerio de Seguridad Pública, sita en barrio Córdoba, frente al liceo “Castro Madriz” en la ciudad de San José, la prueba que estime conveniente. Puede cancelar la suma adeudada mediante el depósito bancario a la cuenta del Banco Central Nº 1-00000-739010000196 (Caja única del Estado), y aportando el documento de depósito original a este Departamento. Toda la documentación habida en el expediente administrativo puede ser consultada en este Despacho en días y horas hábiles, y fotocopiada a costa del interesado, advirtiéndose que, por la naturaleza dicha de este expediente, de conformidad con los artículos 39 y 40 constitucional 273 y 229 de la Ley General de la Administración Pública, se declara el mismo de acceso restringido sólo a las partes y sus representantes legales, siendo lo aquí ventilado de interés únicamente para el Ministerio y las partes, por lo que pueden incurrir en responsabilidad civil, penal o de otra naturaleza te persona que hiciere uso indebido o no autorizado de la información que aquí se consigne. Se hace de su conocimiento que la presente resolución no tiene recurso a tenor de lo dispuesto en el artículo 344 de la Ley General de la Administración Pública. De igual manera, se le hace saber al mencionado(a) que puede hacerse asesorar o acompañar de un abogado durante todo el proceso. Se te previene que debe señalar casa u oficina donde atender futuras notificaciones, de lo contrario las resoluciones posteriores se tendrán por debidamente notificadas de manera automática, con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas conforme a la Ley de Notificaciones Judiciales. Notifíquese.—Departamento de Cobros Administrativos.—Lic. Beatriz López González, Órgano Director a. í.—O. C. Nº 9444.— Solicitud Nº 37581.—C-175650.—(IN2010080606). PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ Por no haber sido posible notificarle en el domicilio conocido por la administración, se ordena la notificación por medio de edictos por tres veces consecutivas en La Gaceta de la siguiente Resolución Nº 167-2010 DFCA.—Ministerio de Seguridad Pública.—Dirección Financiera.—Departamento de Cobros Administrativos.—San José, a las ocho horas con treinta y cinco minutos del doce de abril del dos mil diez. Acorde con lo ordenado por los artículos 214 y siguientes de la Ley General de la Administración Pública, y los alcances del Decreto Ejecutivo Nº 32177-SP, artículo 48. Procede este Departamento en calidad de órgano director, a iniciar el Procedimiento Sumario Administrativo de Cobro contra del señor Juan Montezuma Bejarano, cédula de identidad número 6-306-989 exfuncionario de esta cartera por adeudar a este ministerio la suma total de ¢453.338,58 (cuatrocientos cincuenta y tres mil trescientos treinta y ocho colones con cincuenta y ocho céntimos), desglosada de la siguiente manera ¢338.112,41 por concepto de 30 días de preaviso que no respetó, ya que presentó su renuncia el 17 de agosto del 2009 y rige a partir de la misma fecha y la suma de ¢115.226,17 por concepto de incapacidades no deducidas oportunamente de su salario, otorgada por la Caja Costarricense de Seguro Social que comprenden del : 14 al 16 de julio del 2009 y 17 al 26 de julio del 2009. Lo anterior con fundamento en el oficio 13230-2009-DRH-RC-R del 2 de diciembre del 2009 del Departamento de Remuneraciones y Compensaciones de la Dirección de Recursos Humanos. El debido proceso será instruido por la Asistente Legal Fresia Kayem Pérez, teléfono 2586-42-85 ó 2227-69-57. Si existiere oposición al monto adeudado, se le hace saber al encausado que cuenta con el plazo de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente del recibo de la presente notificación, para presentar en el Departamento de Cobros Administrativos de la Dirección Financiera del Ministerio de Seguridad Pública, sita en Barrio Córdoba, frente al Liceo Castro Madriz en la ciudad de San José, la prueba que estime conveniente. Puede cancelar la suma adeudada a la cuenta del Fondo General de la Tesorería Nacional del Ministerio de Hacienda por medio de entero a favor de gobierno cuenta Nº 10000073901000196 (caja única del Estado) y aportando el documento de depósito original a este Departamento. Toda la documentación habida en el expediente administrativo puede ser consultada en este Despacho en días y horas hábiles, y fotocopiada a costa del interesado, advirtiéndose que por la naturaleza dicha de este expediente, de conformidad con los artículos 39 y 40 constitucional, 273 y 229 de la Ley General de la Administración Pública, se declara el mismo de acceso restringido sólo a las parles y sus representantes legales, siendo lo aquí ventilado de interés únicamente para el Ministerio y las partes, por lo que pueden incurrir en responsabilidad civil, penal o de otra naturaleza la persona que hiciere uso indebido o no autorizado de la información que aquí se consigne. Asimismo se hace de su conocimiento que en contra de esta resolución proceden los recursos de Revocatoria y Apelación en Subsidio, a interponer ante el órgano director que dicta esta resolución, a quien corresponde resolver el primero, y elevar el segundo al conocimiento del superior jerárquico. Es potestativo emplear uno o ambos, pero será inadmisible el interpuesto pasadas 24 horas contadas a partir de la notificación de este acto y los enviados vía fax. De igual manera, se le hace saber al mencionado que puede hacerse asesorar o acompañar de un abogado durante todo el proceso. Se le previene que debe señalar casa u oficina donde atender futuras notificaciones, de lo contrario las resoluciones posteriores se le tendrán por debidamente notificadas de manera automática, con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas conforme a la Ley de Notificaciones Judiciales. Notifíquese.—Departamento de Cobros Administrativos, Órgano Director.—Lic. Beatriz López González, Jefa a. í.—O. C. Nº 9444.—Solicitud Nº 37587.—C175950.—(IN2010080601). MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ Ministerio de Comercio Exterior: Que en virtud de que no fue posible localizar la citada empresa en la dirección consignada en el expediente administrativo, tal y como consta en las Actas de Notificación de las once horas, del día dieciocho de mayo del año dos mil diez, con fundamento en los artículos 241 y 242 de la Ley General de la Administración Pública, se procede a notificar a la empresa por este medio el siguiente acto: DMR-00092-10. Gemtromics S. A. DMR-00092-10.—San José, a las dieciséis horas cuarenta y siete minutos del día tres de setiembre del año dos mil diez. Procedimiento Administrativo seguido a la empresa Gemtronics Sociedad Anónima, con cédula jurídica número 3-101111973, representada por el señor Gerardo Morales Buganza, mayor, cédula de identidad nueve-cero diecisiete-trescientos veinte, en su condición de Presidente con facultades de Apoderado Generalísimo sin límite de suma. Resultando: I.—Que por Acuerdo Ejecutivo N° 273-90, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 245 del 26 de diciembre de 1990 y sus reformas, se otorgó a la empresa Gemtronics, Sociedad Anónima, con cédula jurídica número 3-101-111973, los beneficios La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010 e incentivos contemplados en la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley Nº 7210 del 23 de noviembre de 1990, sus reformas y su Reglamento, calificándola como industria procesadora de exportación para el desarrollo de operaciones manufactureras de tecnología y electrónica. II.—Que mediante oficios G.O.3333-06 de fecha 30 de noviembre de 2006 y G.O. 1542-08 de fecha 14 de mayo de 2008, la Instancia Interna de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica (en adelante Procomer), recomendó al Despacho del Ministro de Comercio Exterior, iniciar un procedimiento administrativo a la citada empresa Gemtronics, S. A., por el supuesto incumplimiento al Régimen de Zonas Francas, conforme se detalla en los citados memoriales debidamente agregados al expediente administrativo levantado al efecto y que establecen en lo que interesa, que de acuerdo con el análisis y reporte correspondiente de la Gerencia de Operaciones de Procomer, esta empresa no presentó el informe anual de operaciones correspondiente a los períodos fiscales 2003 al 2007, así como por cese de operaciones sin realizar los trámites de ley. Señalando los oficios de interés la eventual violación de los numerales 19 y 32, de la Ley 7210 y sus reformas y los supuestos contemplados en el texto actual de los numerales 62 y 67 del Reglamento a la Ley de Zonas Francas. III.—Que mediante resolución del Poder Ejecutivo DMR00048-10 de las trece horas del día veintiuno de mayo del año dos mil diez, se dispuso la tramitación del Procedimiento Administrativo a la empresa Gemtronics, S. A. Asimismo mediante resolución del Órgano Director del Procedimiento Administrativo, OD-034-10001 de las dieciséis horas del día dos de julio de dos mil diez, se dio inicio al citado procedimiento y se convocó a la empresa a una comparecencia oral y privada a realizarse a las diez horas del día treinta de agosto del dos mil diez, en la Sede del Órgano Director. Ambas resoluciones fueron debidamente notificadas mediante publicación en el Diario Oficial La Gaceta. IV.—Que a la comparecencia, celebrada en la fecha y hora antes citada no se presentó ningún representante de la empresa, ni se ha hecho llegar a este expediente prueba de descargo alguna. Considerando: I.—Que el artículo 19 de la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley 7210, debidamente transcrito en la resolución de inicio de procedimiento, establece como obligaciones de los beneficiarios de dicho régimen, entre otras la de proporcionar informes con respecto a los niveles de empleo, inversión, valor agregado nacional y otros temas que se indiquen en el correspondiente Acuerdo Ejecutivo de otorgamiento. Del mismo modo se establece la necesidad de cumplir con todas las obligaciones que le impongan la Ley de Régimen de Zonas Francas y su Reglamento así como el Contrato de Operación respectivo. II.—Asimismo el numeral 32 de la citada Ley 7210, igualmente incorporado en la resolución de inicio, establece la posibilidad de que el Ministerio de Comercio Exterior imponga una multa hasta de trescientas veces el salario base de acuerdo con la definición del artículo 2 de la Ley N° 7337 de 5 de mayo de 1993, o suprimir desde un mes hasta un año, uno o varios de los incentivos indicados en el artículo 20 de esta ley o revocar el régimen, sin responsabilidad para el Estado, a las empresas que, incurran, entre otras infracciones, en la presentación extemporánea o no presentación del informe anual dentro del plazo establecido. Igualmente según el texto del artículo 32 de interés, para determinar la sanción aplicable se tomará en cuenta la gravedad de la falta, el grado de culpa o la existencia de dolo por parte de los empleados o personeros de la empresa, la reincidencia y cuando se trate de multas, el volumen de ingresos de la empresa. III.—Que adicionalmente a las normas citadas resultan aplicables en la tramitación de este procedimiento administrativo los artículos 62 y 67, del actual Reglamento a la Ley de Zonas Francas, Decreto Ejecutivo N° 34739-COMEX-H del 29 de agosto de 2008, toda vez que los mismos recogen y detallas las obligaciones y deberes de las empresas beneficiarias del Régimen de cita, contenidos antiguamente en los artículos 34 y 39 del Decreto Ejecutivo N° 29606-H-COMEX. IV.—De acuerdo con los anteriores planteamientos y con la prueba que está incorporada en el expediente, se tienen como hechos probados de interés en este procedimiento los siguientes: Pág 69 1) Que por Acuerdo Ejecutivo N° 273-90, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 245 del 26 de diciembre de 1990 y sus reformas, se otorgó a la empresa Gemtronics, Sociedad Anónima, con cédula jurídica número 3-101-111973, los beneficios e incentivos contemplados en la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley Nº 7210 del 23 de noviembre de 1990, sus reformas y su Reglamento, calificándola como industria procesadora de exportación para la producción y exportación de accesorios eléctricos. (Ver expediente ejecutivo de la empresa). 2) Que la empresa Gemtronics, Sociedad Anónima, con cédula jurídica número 3-101-111973, fue debidamente intimada y notificada de la realización de este procedimiento, de los hechos que se le atribuyen, así como de la citación para la comparecencia oral y privada. (Ver folios 18 a 28 del expediente administrativo) 3) Que la empresa Gemtronics, Sociedad Anónima, con cédula jurídica número 3-101-111973, no se presentó a la comparecencia oral y privada ni aportó prueba de descargo en este procedimiento. (ver folio 29 del expediente administrativo). 4) Que la empresa Gemtronics, Sociedad Anónima, con cédula jurídica número 3-101-111973 no presentó los informes anuales de operaciones de los períodos 2000 al 2007 asimismo cesó operaciones sin realizar los procedimientos correspondientes. (Ver folios 3 a 9 del expediente administrativo). V.—De conformidad con todo lo expuesto anteriormente y la documentación que consta en el expediente respectivo este Despacho formula las siguientes consideraciones y conclusiones: Este procedimiento administrativo ha sido iniciado con fundamento en la información suministrada por la Instancia Interna de Procomer mediante oficios G.O.3333-06 de fecha 30 de noviembre de 2006 y G.O. 1542-08 de fecha 14 de mayo de 2008, mediante los cuales se puso en conocimiento de este Ministerio la existencia de eventuales incumplimientos por parte de la compañía Gemtronics, S. A., concretamente no presentación de los informes anuales de operaciones de los períodos 2000 al 2007 y cese de operaciones sin el cumplimiento de los trámites que prescriben las normas reguladoras de la materia. Así las cosas, según las formalidades de ley, se otorgó audiencia a la empresa citada sobre los hechos que le fueron atribuidos y por los que se inició este procedimiento. Sobre los hechos detallados en los informes remitidos por Procomer, así como en la resolución OD-034-10-001, tenemos que, tal como se viene de indicar la empresa no se presentó a la comparecencia respectiva ni aportó al expediente prueba de descargo alguna acerca de los incumplimientos que le fueron atribuidos. Ahora bien, frente a las circunstancias expuestas, en nuestro criterio, cobra especial importancia, el hecho de que la empresa Gemtronics, S. A., como beneficiaria del Régimen de Zonas Francas adquirió responsabilidades determinadas tanto legal y reglamentariamente, como contractualmente, las cuales no cumplió como debía hacerlo en su condición de beneficiaria de un régimen de favor fiscal. Por otra parte, tampoco puede ignorarse que no obstante el conocimiento de la existencia de los incumplimientos así como de la trascendencia de los mismos los personeros de la empresa no acudieron a la comparecencia de interés, ni han aportado prueba documental alguna sobre las circunstancias antes apuntadas. En la especie, según se ha expuesto, este Despacho tiene por demostrados los graves incumplimientos de la empresa (hecho probado 4), sean no presentación del informe anual de operaciones durante los períodos 2000 al 2007 y cese de operaciones sin el cumplimiento de los trámites que disponen las normas aplicables en la materia, aspectos que, en nuestro criterio, constituyen falta grave que ameritan proceder con la revocatoria del Régimen respecto de la misma. Así las cosas, en nuestro criterio, acorde con las pruebas aportadas a este expediente sobre los incumplimientos acreditados y la falta de interés de la empresa, para enfrentar este procedimiento, lo procedente es revocar el Régimen de Zona Franca a la empresa Gemtronics, S. A., con cédula jurídica número 3-101-111973. Por tanto, Pág 70 La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010 LA MINISTRA DE COMERCIO EXTERIOR, RESUELVE: Con fundamento en los hechos y consideraciones antes expuestos y en los numerales 19 incisos e) y g), 32, incisos c), h) y l) y 33, de la Ley del Régimen de Zonas Francas, Ley 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas, los numerales pertinentes del texto actual de su Reglamento Decreto Ejecutivo N° 34739-Comex-H del 29 de agosto de 2008, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 181 del 19 de setiembre de 2008, alcance N° 35, el Acuerdo Ejecutivo N° 273-90, el Contrato de Operaciones firmado por la empresa: a) Revocar en todos sus extremos, sin ninguna responsabilidad para el Estado, el Régimen de Zona Franca otorgado a la empresa Gemtronics, S. A. cédula jurídica 3-101111973, mediante Acuerdo Ejecutivo N° 273-90, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 245 del 26 de diciembre de 1990 y sus reformas. b) Comunicar la presente resolución a Procomer y a la Dirección General de Aduanas. c) Contra la presente resolución cabe el recurso de reposición, que deberá ser interpuesto válidamente ante este Despacho, dentro del plazo perentorio de cinco días hábiles siguientes a la notificación de la presente resolución. Notifíquese.—Anabel González Campabadal, Ministra de Comercio Exterior.—O. C. Nº 117148.—Solicitud Nº 23355.— C-492150.—(IN2010081804). Ministerio de Comercio Exterior: Que en virtud de que no fue posible localizar la citada empresa en la dirección consignada en el expediente administrativo, tal y como consta en las Actas de Notificación de las once horas, del día dieciocho de mayo del año dos mil diez, con fundamento en los artículos 241 y 242 de la Ley General de la Administración Pública, se procede a notificar a la empresa por este medio el siguiente acto: DMR-00093-10. Artesanos de Ensamblaje y Producción ADEPSA, S. A. DMR-00093-10.—San José, a las dieciséis horas cincuenta minutos del día tres de setiembre del año dos mil diez. Procedimiento Administrativo seguido a la empresa Artesanos de Ensamblaje y Producción, ADEPSA, S. A., con cédula jurídica número 3-101-316458, representada por la señora Ana Isabel Herrera Camacho, mayor, empresaria, vecina de San José, cédula de identidad uno-trescientos siete-doscientos diez, en su condición de Apoderada Generalísima, sin límite de suma. Resultando: I.—Que por Acuerdo Ejecutivo N° 299-2002 de fecha 12 de julio de 2002, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 155 del 14 de agosto de 2002 y sus reformas, se otorgó a la empresa Artesanos de Ensamblaje y Producción, ADEPSA, S. A., con cédula jurídica número 3-101-316458, los beneficios e incentivos contemplados en la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley Nº 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas, y su Reglamento, calificándola como industria procesadora de exportación para la manufactura y el ensamblaje de componentes metálicos y eléctricos, circuitos integrados y micro estructuras electrónicas. II.—Que mediante oficios G.O. 1542-08 de fecha 14 de mayo de 2008, G.A.F. 209-09 de fecha 19 de junio de 2009 y G.O. 186209, de fecha 18 de mayo de 2009, emitidos por la Instancia Interna de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica (en adelante Procomer), se recomendó al Despacho del Ministro de Comercio Exterior iniciar un procedimiento administrativo a la empresa Artesanos de Ensamblaje y Producción ADEPSA, S. A., por el supuesto incumplimiento al Régimen de Zonas Francas, conforme se detalla en los citados memoriales debidamente agregados al expediente administrativo levantado al efecto y que establecen en lo que interesa, que de acuerdo con el análisis y reporte correspondiente de la Gerencia de Operaciones de PROCOMER, esta empresa no presentó el informe anual de operaciones correspondiente a los períodos 2007 y 2008, tiene un atraso mayor en el pago del canon por uso del Régimen de Zonas Francas e hizo abandono de las instalaciones del parque sin realizar los trámites correspondientes. Señalando los oficios de interés la eventual violación de los numerales 19 y 32, de la Ley 7210 y sus reformas y los supuestos contemplados en el texto actual de los numerales 62, 67 y 68 del Reglamento a la Ley de Zonas Francas. III.—Que mediante resolución del Poder Ejecutivo DMR0025-10 de las catorce horas del día tres de febrero del año dos mil diez, se dispuso la tramitación del Procedimiento Administrativo a la empresa Artesanos de Ensamblaje y Producción ADEPSA, S. A. Asimismo mediante resolución del Órgano Director del Procedimiento Administrativo, OD-0026-10-001 de las dieciséis horas treinta minutos del diecisiete de mayo de dos mil diez, se dio inicio al citado procedimiento y se convocó a la empresa a una comparecencia oral y privada a realizarse a las trece horas del día cuatro de agosto del dos mil diez en la Sede del Órgano Director. Ambas resoluciones fueron debidamente notificadas mediante publicación en el Diario Oficial La Gaceta. IV.—Que a la comparecencia, celebrada en la fecha y hora antes citada no se presentó ningún representante de la empresa, ni se ha hecho llegar a este expediente prueba de descargo alguna. Considerando: I.—Que el artículo 19 de la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley 7210, debidamente transcrito en la resolución de inicio de procedimiento, establece como obligaciones de los beneficiarios de dicho régimen, entre otras la de proporcionar informes con respecto a los niveles de empleo, inversión, valor agregado nacional y otros temas que se indiquen en el correspondiente Acuerdo Ejecutivo de otorgamiento. Del mismo modo se establece la necesidad de cumplir con todas las obligaciones que le impongan la Ley de Régimen de Zonas Francas y su Reglamento así como el Contrato de Operación respectivo. II.—Asimismo el numeral 32 de la citada Ley 7210, igualmente incorporado en la resolución de inicio, establece la posibilidad de que el Ministerio de Comercio Exterior imponga una multa hasta de trescientas veces el salario base de acuerdo con la definición del artículo 2 de la Ley N° 7337 de 5 de mayo de 1993, o suprimir desde un mes hasta un año, uno o varios de los incentivos indicados en el artículo 20 de esta ley o revocar el régimen, sin responsabilidad para el Estado, a las empresas que, incurran, entre otras infracciones, en la presentación extemporánea o no presentación del informe anual dentro del plazo establecido. Igualmente según el texto del artículo 32 de interés, para determinar la sanción aplicable se tomará en cuenta la gravedad de la falta, el grado de culpa o la existencia de dolo por parte de los empleados o personeros de la empresa, la reincidencia y cuando se trate de multas, el volumen de ingresos de la empresa. III.—Que adicionalmente a las normas citadas resultan aplicables en la tramitación de este procedimiento administrativo los artículos 62, 67 y 68, del actual Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas, Decreto Ejecutivo N° 34739-COMEX-H del 29 de agosto de 2008, toda vez que los mismos recogen y detalla las obligaciones y deberes de las empresas beneficiarias del Régimen de cita, contenidos antiguamente en los artículos 34 y 39 del Decreto Ejecutivo N° 29606-H-COMEX. IV.—De acuerdo con los anteriores planteamientos y con la prueba que está incorporada en el expediente, se tienen como hechos probados de interés en este procedimiento los siguientes: 1) Que por Acuerdo Ejecutivo N° 299-2002 de fecha 12 de julio de 2002, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 155 del 14 de agosto de 2002 y sus reformas, se otorgó a la empresa Artesanos de Ensamblaje y Producción, ADEPSA, S. A., con cédula jurídica número 3-101-316458, los beneficios e incentivos contemplados en la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley Nº 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas, y su Reglamento, calificándola como industria procesadora de exportación para la manufactura y ensamblaje de componentes metálicos y eléctricos, circuitos integrados y micro estructuras electrónicas. (Ver expediente ejecutivo de la empresa). La Gaceta Nº 195 — Jueves 7 de octubre del 2010 2) Que la empresa Artesanos de Ensamblaje y Producción, ADEPSA, S. A., con cédula jurídica número 3-101-316458, fue debidamente intimada y notificada de la realización de este procedimiento, de los hechos que se le atribuyen, así como de la citación para la comparecencia oral y privada. (Ver folios 32 a 42 del expediente administrativo) 3) Que la empresa Artesanos de Ensamblaje y Producción, ADEPSA, S. A., con cédula jurídica número 3-101-316458, no se presentó a la comparecencia oral y privada ni aportó prueba de descargo en este procedimiento. (ver folio 43 del expediente administrativo). 4) Que la empresa Artesanos de Ensamblaje y Producción, ADEPSA, S. A., con cédula jurídica número 3-101-316458 no presentó los informes anuales de operaciones de los períodos 2007 y 2008, asimismo cesó operaciones sin realizar los procedimientos correspondientes y sufrió un atraso mayor en el pago del canon por uso del Régimen de Zonas Francas (ver folios 2 al 21 del expediente administrativo). V.—De conformidad con todo lo expuesto anteriormente y la documentación que consta en el expediente respectivo este Despacho formula las siguientes consideraciones y conclusiones: Este procedimiento administrativo ha sido iniciado con fundamento en la información suministrada mediante oficios G.O. 1542-08 de fecha 14 de mayo de 2008, G.A.F. 209-09 de fecha 19 de junio de 2009 y G.O. 1862-09, de fecha 18 de mayo de 2009, mediante los cuales se puso en conocimiento de este Ministerio la existencia de eventuales incumplimientos por parte de la empresa Artesanos de Ensamblaje y Producción ADEPSA, S. A., concretamente no presentación del informe anual de operaciones de los períodos 2007 y 2008, cese de operaciones sin el cumplimiento de los trámites que prescriben las normas reguladoras en la materia, y atraso mayor en el pago del canon por uso del régimen. Así las cosas, según las formalidades de ley, se otorgó audiencia a la empresa citada sobre los hechos que le fueron atribuidos y por los que se inició este procedimiento. Sobre los hechos detallados en los informes remitidos por PROCOMER, así como en la resolución OD-0026-010-001, tenemos que, tal como se viene de indicar la empresa no se presentó a la comparecencia respectiva ni aportó al expediente prueba de descargo alguna acerca de los incumplimientos que le fueron atribuidos. Ahora bien, frente a las circunstancias expuestas, en nuestro criterio, cobra especial importancia, el hecho de que la empresa Artesanos de Ensamblaje y Producción ADEPSA, S. A., como beneficiaria del Régimen de Zonas Francas adquirió responsabilidades determinadas tanto legal y reglamentariamente, como contractualmente, las cuales no cumplió como debía hacerlo en su condición de beneficiaria de un régimen de favor fiscal. Por otra parte, tampoco puede ignorarse que no obstante el conocimiento de la existencia de los incumplimientos así como de la trascendencia de los mismos los personeros de la empresa no acudieron a la comparecencia de interés, ni han aportado prueba documental alguna sobre las circunstancias antes apuntadas. En la especie, según se ha expuesto, este Despacho tiene por demostrados los graves incumplimientos de la empresa (hecho probado 4), sean no presentación del informe anual de operaciones durante los períodos 2007 y 2008, cese de operaciones sin el cumplimiento de los trámites que disponen las normas aplicables en la materia, y falta del pago del canon por uso del Régimen de Zonas Francas, aspectos que, en nuestro criterio, constituyen falta grave que amerita proceder con la revocatoria del Régimen respecto de la misma. Así las cosas, de acuerdo con las pruebas aportadas a este expediente sobre los incumplimientos acreditados y la falta de interés de la empresa, para enfrentar este procedimiento, es lo procedente es revocar el Régimen de Zona Franca a la empresa Artesanos de Ensamblaje y Producción, ADEPSA, S. A., con cédula jurídica número 3-101-316458. Por tanto, LA MINISTRA DE COMERCIO EXTERIOR, RESUELVE: Con fundamento en los hechos y consideraciones antes expuestos y en los numerales 19 incisos e) y g), 32, incisos c), h) y l) y 33, de la Ley del Régimen de Zonas Francas, Ley 7210 Pág 71 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas, los numerales pertinentes del texto actual de su Reglamento Decreto Ejecutivo N° 34739-COMEX-H del 29 de agosto de 2008, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 181 del 19 de setiembre de 2008, alcance N° 35, el Acuerdo Ejecutivo N° 299-2002, el Contrato de Operaciones firmado por la empresa: a) Revocar en todos sus extremos, sin ninguna responsabilidad para el Estado, el Régimen de Zona Franca otorgado a la empresa Artesanos de Ensamblaje y Producción, ADEPSA, S. A., con cédula jurídica número 3-101-316458, mediante Acuerdo Ejecutivo N° 299-2002 de fecha 12 de julio de 2002, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 155 del 14 de agosto de 2002 y sus reformas. b) Comunicar la presente resolución a PROCOMER y a la Dirección General de Aduanas. c) Contra la presente resolución cabe el recurso de reposición, que deberá ser interpuesto válidamente ante este Despacho, dentro del plazo perentorio de cinco días hábiles siguientes a la notificación de la presente resolución. Notifíquese.—Anabel González Campabadal, Ministra de Comercio Exterior.—O. C. Nº 117148.—Solicitud Nº 23355.—C-530400.—(IN2010081805). INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ Por ignorarse el domicilio actual de Comfort System de Costa Rica S. A., cédula física Nº 3-101-295908, se procede a notificar por medio de publicación de acuerdo con el artículo 241 de la Ley General de la Administración Pública, por tres veces consecutivas, el acto final del Procedimiento de Resolución del Contrato de la Contratación Directa 2008-1718, ejecución de la garantía de cumplimiento por un monto de ¢ 722.304,00 como resarcimiento parcial del pago de los daños y perjuicios, el monto total de este rubro es de ¢ 33.704.903,00, por lo que la empresa deberá pagar la diferencia, según oficio Nº 5225-1692-2010, el cual se encuentre de manera íntegra en el expediente de sanción PA-045-10. De acuerdo con lo previsto por los incisos 2) y 4) del artículo 150 de la Ley General de la Administración Pública, artículo 41 del Reglamento al Título II de la Ley de Fortalecimiento y Modernización de las Entidades Públicas del Sector Telecomunicaciones, artículos 97 y 98 del Reglamento Interno de la Contratación Administrativa. Téngase esta resolución como la primer intimación de cobro, por lo que se le insta a cancelar la suma adeudada e indicada en el apartado anterior, en el plazo de cinco días hábiles posteriores a la notificación de esta resolución, caso contrario, nos veremos en la obligación de acudir a la vía judicial correspondiente. Contra la presente resolución, de conformidad con los artículos 345 y 346 de la Ley General de la Administración Pública, proceden los recursos de revocatoria y apelación, dentro del plazo de tres días hábiles siguientes a esta notificación.—Proveeduría Corporativa.— Fernando Chacón González, Procedimientos Administrativos.—O. C. Nº 349713.—Solicitud Nº 40641.—C-23800.—(IN2010080487). FE DE ERRATAS TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL DIRECCIÓN NACIONAL DE PENSIONES Junta de Pensiones e Indemnizaciones de Guerra.—San José a las nueve horas del 25 de agosto del 2010. Que mediante resolución RMT-1893-2010 de las 9:00 horas del 8 de junio del 2010, publicada en La Gaceta N° 152 del día viernes 6 de agosto del 2010, a nombre de la solicitante Zúñiga Aguirre Ligia, mayor, viuda, vecina de San José y cédula de identidad N° 8-086-129, en la cual se consignó como monto de pensión asignable la suma de cuarenta y tres mil seiscientos siete colones con cero céntimos (¢43.607,00), léase correctamente: el monto de cuarenta y cuatro mil ochocientos veintiocho colones con cero céntimos (¢44.828,00). Notifíquese.—Lic. Sandra Piszk Feinzilber, Ministra de Trabajo y Seguridad Social.—Lic. Róger Porras Rojas, Director.—1 vez.— (IN2010080856). 175 aniversario CIRCULAR Nº 019-2010 ASUNTO: Obligatoriedad de respaldo digital de las publicaciones en los Diarios Oficiales en algún medio electrónico, a partir de enero del 2011. LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA IMPRENTA NACIONAL En uso de las facultades y atribuciones que confieren el artículo 4 de la Ley Nº 5394 del 5 de noviembre de 1973, el artículo 14 inciso a) del Decreto Ejecutivo Nº 3937 del 1º de julio de 1974, los artículos 2, 3 y 10 del Decreto Ejecutivo Nº 26651 del 19 de diciembre de 1997, y en cumplimiento de las Normas Técnicas para la Gestión y el Control de las Tecnologías de Información emitidas por la Contraloría General de la República, Considerando: I.- Que la Imprenta Nacional ha tomado la firme decisión de evolucionar, como institución estatal de naturaleza empresarial, para transformarse en una entidad altamente competitiva, y prestataria de servicios más eficientes y optimizados, insertándose firmemente en el concepto de un Gobierno Electrónico o Digital, y así ser parte de sus múltiples ventajas. II.- Que el uso de nuevas tecnologías, para la publicación de los Diarios Oficiales, por medios electrónicos conforme permite la ley, pretende no sólo reducir el uso de papel, sino además lograr una mayor eficiencia y eficacia en la prestación de los servicios, reducción de tiempos y costos, mejor acceso a la información, simplificación de trámites, mayor transparencia, etc. III.- Que para la puesta en marcha de la utilización de estos medios electrónicos, se hace necesario el requerimiento para que los usuarios presenten un respaldo digital de los documentos físicos a publicar. Por tanto: LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA IMPRENTA NACIONAL HACE SABER AL PÚBLICO EN GENERAL QUE: A partir de enero del 2011, para la publicación de toda clase de documentos en La Gaceta y el Boletín Judicial, los usuarios deberán presentar, junto con el documento impreso, un respaldo digital, que sea copia fiel del mismo, en algún medio electrónico (disco CD / DVD, dispositivo de almacenamiento “llave maya”, u otro), o bien remitirlo por medio del correo electrónico que la Imprenta suministre. La Imprenta Nacional asegurará al usuario que los datos sean procesados en forma completa, exacta y oportuna y que serán transmitidos, almacenados y desechados en forma íntegra, confiable y segura. Los requerimientos técnicos sobre el formato de los documentos digitales pueden obtenerse en las oficinas del Departamento de Publicaciones o en el sitio web de la Imprenta Nacional www. imprentanacional.go.cr. Jorge L. Vargas Espinoza Director General Imprenta Nacional