Sumario - Errepar
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Primera Sección Buenos Aires, lunes 30 de junio de 2014 Año CXXII Número 32.915 Precio $ 4,00 Sumario Pág. DECRETOS DECRETOS #I4605330I# ACUERDOS ACUERDOS Decreto 998/2014 Homológase Acta Acuerdo. Sindicatura General de la Nación....................................................... JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Decreto 1002/2014 Dase por prorrogada designación del Director de la Delegación Legal.......................................... Decreto 998/2014 1 2 MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA Decreto 1001/2014 Designaciones en la Subsecretaría de Coordinación Administrativa.............................................. 2 MINISTERIO DE DEFENSA Decreto 1005/2014 Armada. Nombramientos............................................................................................................. 3 MINISTERIO DE EDUCACION Decreto 1000/2014 Designación en la Unidad Ministro............................................................................................... 3 MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Decreto 994/2014 Designaciones en la Secretaría de Derechos Humanos................................................................ 4 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO Decreto 1003/2014 Dase por prorrogada designación del Director de Contencioso..................................................... 4 MINISTERIO DE SEGURIDAD Decreto 996/2014 Dase por prorrogada designación................................................................................................. 4 Decreto 997/2014 Dase por prorrogada designación................................................................................................. 5 MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Decreto 999/2014 Dase por prorrogada designación del Director de Diseño, Evaluación y Monitoreo de las Políticas de Protección Social.................................................................................................................... Homológase Acta Acuerdo. Sindicatura General de la Nación. Bs. As., 23/6/2014 VISTO el Expediente Nº 1.606.507/14 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley de Convenciones Colectivas de Trabajo de la Administración Pública Nacional Nº 24.185, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, el Decreto Nº 447 del 17 de marzo de 1993, el Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional homologado por el Decreto Nº 214 del 27 de febrero de 2006, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION homologado por el Decreto Nº 1.714 del 19 de noviembre de 2010 y el Acta Acuerdo del 28 de febrero de 2014 de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION (SIGEN), y CONSIDERANDO: 5 DECISIONES ADMINISTRATIVAS MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS Decisión Administrativa 476/2014 Contratación................................................................................................................................ 6 MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Decisión Administrativa 475/2014 Desestímase recurso................................................................................................................... 6 RESOLUCIONES Que por la Ley Nº 24.185 se estableció el régimen aplicable a las negociaciones colectivas entre la Administración Pública Nacional y sus empleados. Que en cumplimiento del mecanismo establecido por la Ley Nº 24.185 y por el Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional homologado por el Decreto Nº 214 del 27 de febrero de 2006, se ha constituido la Comisión Negociadora Sectorial para el personal de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION (SIGEN). Que, las partes, en el marco previsto por el artículo 6° de la Ley Nº 24.185, reglamentado por el artículo 5° del Decreto Nº 447 del 17 de marzo de 1993 y normas complementarias, acordaron la sustitución del PRESIDENCIA DE LA NACION SecretarIa Legal y TEcnica Dr. Carlos Alberto Zannini TARIFAS Resolución 579/2014-MIT Resolución Nº 1609/2013. Modificación....................................................................................... Continúa en página 2 Secretario 7 DirecciOn Nacional del Registro Oficial DR. Jorge Eduardo FeijoÓ Director Nacional artículo 26 y la incorporación de los artículos 92 BIS y 92 TER del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION (SIGEN) homologado por el Decreto Nº 1.714 del 19 de noviembre de 2010. Que, en su consecuencia, las partes establecieron mediante el Acta Acuerdo de fecha 28 de febrero de 2014 de la referida Comisión Negociadora Sectorial, el nuevo texto de la norma sustituida y de los artículos que se incorporan a la mencionada Convención Colectiva de Trabajo Sectorial. Que el Acuerdo cumple con los requisitos del artículo 11 de la Ley Nº 24.185. Que se han cumplimentado las intervenciones prescriptas por los artículos 79, segundo párrafo y 80, inciso b), del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional homologado por el Decreto Nº 214/06 y los recaudos previstos por el artículo 2° del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION (SIGEN) homologado por el Decreto Nº 1.714/10. Que la Comisión Técnica Asesora de Política Salarial del Sector Público ha emitido el correspondiente dictamen. Que con relación a su vigencia temporal, en atención a lo dispuesto por el artículo 15 de la Ley Nº 24.185, el acuerdo regirá a partir del día siguiente al de su publicación, en las condiciones establecidas por las partes intervinientes. Que el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención prevista en los artículos 7°, 10 y concordantes de la Ley Nº 24.185. Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le compete. Que el presente se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes de los artículos 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL y 14 de la Ley Nº 24.185. Por ello, LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA: Artículo 1° — Homológase el Acta Acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo www.boletinoficial.gob.ar e-mail: dnro@boletinoficial.gob.ar Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 5.154.675 Domicilio legal Suipacha 767-C1008AAO Ciudad Autónoma de Buenos Aires Tel. y Fax 5218-8400 y líneas rotativas Primera Sección Lunes 30 de junio de 2014 REMATES OFICIALES Nuevos........................................................................................................................................ Pág. 8 AVISOS OFICIALES Nuevos........................................................................................................................................ 9 REGISTRO NACIONAL DE ARMAS Armas de Fuego. Solicitudes de Tenencia y Portación. . ............................................................... 9 Anteriores.................................................................................................................................... 28 ASOCIACIONES SINDICALES MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Resolución Nº 599/2014-MTESS Inscríbase en el Registro de Asociaciones Sindicales de Trabajadores al Sindicato de Trabajadores de Acopio e Industria del Tabaco de Salta............................................................................... Resolución Nº 601/2014-MTESS Otórgase personería gremial a la Asociación de Docentes e Investigadores Universitarios de Córdoba....................................................................................................................................... 2 11 de mayo de 2011 y cuya última prórroga se operó por el Decreto Nº 1259 de fecha 28 de agosto de 2013, del Doctor D. Emiliano Alberto SUAYA (D.N.I. Nº 23.782.888), como Director de la Delegación Legal de la SUBSECRETARIA DE GESTION ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, en un cargo Nivel A Grado 0, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva de Nivel II del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios. y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO homologado por el Decreto Nº 2098/08 y sus modificatorios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha indicada en el artículo 1° del presente decreto. Art. 2° — El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. #F4605334F# Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas correspondientes al Programa 19 —Prensa y Difusión de Actos de Gobierno— de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS. #I4605333I# 28 MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA Decreto 1001/2014 29 Resolución Nº 602/2014-MTESS Inscríbase en el Registro de Asociaciones Sindicales de Trabajadores al Sindicato de Trabajadores Agrarios de la Actividad Primaria del Nuevo Cuyo................................................................... 29 30 CONVENCIONES COLECTIVAS DE TRABAJO BOLETIN OFICIAL Nº 32.915 Designaciones en la Subsecretaría de Coordinación Administrativa. Bs. As., 23/6/2014 VISTO el Expediente Nº 3137/2011, las Resoluciones Nros. 910 de fecha 19 de septiembre de 2011, 1063 de fecha 25 de octubre de 2011 y la Resolución Nº 347 de fecha 17 de mayo de 2013 del Registro del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA, el Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002, la Decisión Administrativa Nº 224 de fecha 02 de septiembre de 2009, la Resolución Nº 39 de fecha 18 de marzo de 2010 de la ex SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y CONSIDERANDO: de Trabajo Sectorial para el personal de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION (SIGEN) de fecha 28 de febrero de 2014, que como Anexo forma parte integrante del presente decreto. Art. 2° — El presente decreto entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en atención a lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley Nº 24.185, quedando sustituido, desde ese momento, el artículo 26 e incorporados los artículos 92 BIS y 92 TER del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION (SIGEN) homologado por el Decreto Nº 1.714 de fecha 19 de noviembre de 2010, en las condiciones establecidas por las partes intervinientes. Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Carlos A. Tomada. NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires). #F4605330F# #I4605334I# Que mediante el Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la Jurisdicción correspondiente. Que por el Decreto Nº 585 de fecha 11 de mayo de 2011 se dio por designado, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, al Doctor D. Emiliano Alberto SUAYA como Director de la Delegación Legal de la SUBSECRETARIA DE GESTION ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y cuya última prórroga se efectuó mediante el Decreto Nº 1259 de fecha 28 de agosto de 2013, por el mismo término. Que por razones de índole operativa, no se ha podido tramitar el proceso de selección para la cobertura del cargo en cuestión, motivo por el cual resulta necesario efectuar una nueva prórroga de la designación mencionada, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles. Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la Jurisdicción correspondiente. Que a través de la Decisión Administrativa Nº 224/09 se incrementó la dotación del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA en el marco de lo establecido por el artículo 6°, segundo párrafo de la Ley Nº 26.422, posibilitando la cobertura de TRESCIENTOS NOVENTA Y UN (391) cargos vacantes y financiados de la Planta Permanente. Que por la Resolución Nº 39/10 de la ex - SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS se aprobó el Régimen de Selección de Personal para el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO. Que por la Resolución Nº 910/11 del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA se designaron los integrantes de los Comités de Selección para la cobertura de NOVENTA Y CUATRO (94) cargos vacantes y financiados de la planta permanente, mediante el Régimen de Selección de Personal precedentemente citado, a las personas que se detallan en los Anexos I a XXIV, que forman parte integrante de la referida Resolución. Que por la Resolución MINCYT Nº 1063/11 se aprobaron las Bases de las Convocatorias dictadas por los Comités de Selección designados por Resolución MINCYT Nº 910/11 y los llamados a Concurso mediante Convocatoria Extraordinaria y General, y Extraordinaria y Abierta establecidos por el Régimen de Selección del Personal para el Sistema Nacional de Empleo Público, aprobado por la Resolución ex SGP de la JGM Nº 39/10. Que los integrantes del Comité de Selección, han actuado en un todo de acuerdo con el Decreto Nº 2098/08 y con los procedimientos de selección establecidos por la Resolución Nº 39/10 de la ex - SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS. JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno. Que por Resolución Nº 347/13 del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA se aprobó el Orden de Mérito elevado por el Comité de Selección I - E para los cargos de Asistente Administrativo cuyo detalle obra en el Anexo de la citada Resolución. Decreto 1002/2014 Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION ha tomado la intervención correspondiente. Que el artículo 24 del Anexo del Decreto Nº 2098/08 dispone que todo ingreso del personal se realiza en el grado y tramo inicial del nivel escalafonario del Agrupamiento correspondiente al puesto de trabajo para el que fuera seleccionado y que, cuando el órgano selector estimara condiciones de idoneidad especialmente relevantes, podrá recomendar su incorporación en el grado siguiente al establecido precedentemente. Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto Nº 491/02. Que en el Acta Nº 8 del 5 de septiembre de 2012 el Comité recomienda la incorporación en el grado UNO (1) del nivel I escalafonario del agrupamiento correspondiente, para aquellos postulantes que, habiendo arribado a esa instancia, tomen posesión de los cargos bajo concurso, como consecuencia de las condiciones de idoneidad especialmente relevantes demostradas por los candidatos, situación que se ha visto reflejada al afrontar las exigencias impuestas en todas y cada una de las etapas que componen el proceso de selección. Dase por prorrogada designación del Director de la Delegación Legal. Bs. As., 23/6/2014 VISTO el Expediente CUDAP: EXP-JGM: 0005721/2014 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley Nº 26.895, los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 585 de fecha 11 de mayo de 2011 y 1259 de fecha 28 de agosto de 2013, y lo solicitado por la SECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y CONSIDERANDO: Que por la Ley Nº 26.895 se aprobó el Presupuesto de la Administración NACIONAL para el Ejercicio del año 2014. Por ello, LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA: Artículo 1° — Dase por prorrogada, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, a partir del 18 de febrero de 2014, la designación transitoria efectuada oportunamente mediante el Decreto Nº 585 de fecha Que la designación en los aludidos cargos no constituye asignación de recurso extraordinario alguno. Que se ha dado cumplimiento a lo preceptuado por el artículo 6° del Decreto Nº 601 del 11 de abril de 2002. Que la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA han tomado la intervención que les compete. Primera Sección Lunes 30 de junio de 2014 Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL, 7° y 10 de la Ley Nº 26.895 y 1° del Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002. Por ello, 3 MINISTERIO DE EDUCACION Decreto 1000/2014 Designación en la Unidad Ministro. LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA: Bs. As., 23/6/2014 Artículo 1° — Exceptúase al MINISTERIO DE CIENCIA TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA de lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley Nº 26.895 al solo efecto de posibilitar la cobertura de los cargos vacantes financiados, cuyo detalle obra en el ANEXO del presente Decreto. Art. 2° — Desígnanse a las personas que se mencionan en el ANEXO que forma parte integrante del presente Decreto, en el Agrupamiento, Tramo, Nivel y Grado escalafonario correspondiente al CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO SINEP homologado por el Decreto Nº 2098/08 y en la Dependencia del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA que se determina. Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 71 - MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA. Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — José L. S. Barañao. ANEXO DEPENDENCIA: SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA VISTO el Expediente Nº 4.861/12 en DOS (2) cuerpos y UN (1) Anexo del Registro del MINISTERIO DE EDUCACION, el Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002, las Decisiones Administrativas Nros. 953 del 29 de diciembre de 2010 y 122 del 27 de diciembre de 2013, la Resolución Nº 39 del 18 de marzo de 2010 de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, las Resoluciones Nros. 872 del 12 de mayo de 2011 modificada por su similar Nº 1.200 del 15 de junio de 2011, 1.060 del 27 de mayo de 2011 y 31 del 19 de enero de 2012 del MINISTERIO DE EDUCACION, y CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente. Que por la Decisión Administrativa Nº 953/10 se exceptuó al MINISTERIO DE EDUCACION de lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley Nº 26.546, al solo efecto de posibilitar la cobertura de los cargos vacantes financiados, a través de los procedimientos de selección establecidos por el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO homologado por el Decreto Nº 2.098/08. Que por la Resolución Nº 39/10 de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS se aprobó el Régimen de Selección de Personal para el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO. DIRECCION DE DESPACHO Y MESA DE ENTRADAS Apellido y Nombre BOLETIN OFICIAL Nº 32.915 #I4605332I# D.N.I. N° Agrupamiento Tramo Nivel Grado Cargo Código PAVESE, Lucas Emiliano 30.654.197 GENERAL GENERAL D 1 Asistente Administrativo 2010-000343-MINCIT-G-SI-X-D MENDOZA, Gerardo Manuel 31.523.930 GENERAL GENERAL D 1 Asistente Administrativo 2010-000344-MINCIT-G-SI-X-D #F4605333F# #I4606372I# MINISTERIO DE DEFENSA Decreto 1005/2014 Armada. Nombramientos. Bs. As., 23/6/2014 VISTO el Expediente del MINISTERIO DE DEFENSA Nº 7171/14, lo propuesto por el Ministro de Defensa, y CONSIDERANDO: Que resulta necesario proceder al nombramiento de Oficiales Superiores para la cobertura de los cargos de la conducción superior de la ARMADA ARGENTINA. Que los Oficiales Superiores propuestos cuentan con el perfil profesional adecuado para el desempeño de las funciones que se les asignan. Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE DEFENSA ha tomado la intervención que le Compete. Que esta instancia se halla facultada para el dictado de la presente medida en virtud de lo establecido en el artículo 99, inciso 12), de la CONSTITUCION DE LA NACION ARGENTINA. Por ello, LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA: Artículo 1° — Nómbranse en los cargos que se indican, a los siguientes Oficiales Superiores de la ARMADA: Director de Personal de la Armada: Contraalmirante VGM Miguel Ángel MÁSCOLO (D.N.I. Nº 13.437.625) Director de Relaciones Institucionales de la Armada: Contraalmirante José Luis VILLÁN (D.N.I. Nº 14.290.507) Inspector General de la Armada: Contraalmirante Guillermo TYBUREC (D.N.I. Nº 14.433.242) Comandante del Area Naval Fluvial: Contraalmirante Germán CIBEIRA (D.N.I. Nº 14.406.290) Jefe de Mantenimiento y Arsenales: Contraalmirante Francisco Javier MEDRANO (D.N.I. Nº 14.148.764) Art. 2° — Dispónese el cambio de destino del Contraalmirante Ariel Carlos SEGHESSO FLORES (D.N.I. Nº 13.214.410), quien prestará servicios en la DIRECCION GENERAL DEL SERVICIO LOGISTICO PARA LA DEFENSA DEL MINISTERIO DE DEFENSA. Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Agustín O. Rossi. #F4606372F# Que por la Resolución Nº 872/11 modificada por su similar Nº 1.200/11 del MINISTERIO DE EDUCACION se designaron a los integrantes de los Comités de Selección para la cobertura de DOSCIENTOS OCHO (208) cargos vacantes y financiados de la planta permanente, mediante el régimen de Selección de Personal aprobado por la Resolución Nº 39/10 de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a las personas que se detallan en los Anexos I a XX, que forman parte integrante de la referida resolución. Que por la Resolución Nº 1.060/11 del MINISTERIO DE EDUCACION se convocó al proceso de selección de personal para cubrir los cargos vacantes financiados y se aprobaron las Bases de las Convocatorias dictadas por los Comités de Selección designados. Que los integrantes del Comité de Selección han actuado en un todo de acuerdo con el Decreto Nº 2.098/08 y con los procedimientos de selección establecidos por la Resolución Nº 39/10 de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS. Que por la Resolución Nº 31/12 del MINISTERIO DE EDUCACION se aprobó el Orden de Mérito elevado por el Comité de Selección B - 14b respecto de los postulantes para cada uno de los cargos y con sus respectivos puntajes, que se consignan en los Anexos I a IV de la citada resolución. Que en el cargo de Auxiliar de Cocina de la Unidad Ministro de la citada Cartera Ministerial, Código de Identificación 2011-000507-MINEDU-G-SI-X-F, ha resultado seleccionada en primer lugar la señora Tibisay Coromoto BAPTISTA BARROETA (DNI. Nº 94.134.796) con ciudadanía extranjera, quien ha sido exceptuada de lo dispuesto por el inciso a) del artículo 4° del Anexo de la Ley Nº 25.164 mediante la Decisión Administrativa Nº 122 del 27 de diciembre de 2013. Que el artículo 24 del Anexo del Decreto Nº 2.098/08 dispone que todo ingreso del personal se realiza en el grado y tramo inicial del nivel escalafonario del agrupamiento correspondiente al puesto de trabajo para el que fuera seleccionado y que, cuando el órgano selector estimara condiciones de idoneidad especialmente relevantes, podrá recomendar su incorporación en el grado siguiente al establecido precedentemente. Que por Acta Nº 014 del 6 de diciembre de 2011 el Comité Selector recomienda la incorporación en el grado UNO (1) del nivel escalafonario del agrupamiento correspondiente, según el caso, para aquellos postulantes que, habiendo arribado a esa instancia, tomen posesión del cargo bajo concurso, como consecuencia de las condiciones de idoneidad especialmente relevantes demostradas por los candidatos, situación que se ha visto reflejada al afrontar las exigencias impuestas en todas y cada una de las etapas que componen el proceso de selección. Que la designación en el aludido cargo no constituye asignación de recurso extraordinario alguno. Que se ha dado cumplimiento a lo preceptuado por el artículo 6° del Decreto Nº 601 del 11 de abril de 2002. Que la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE EDUCACION han tomado la intervención que les compete. Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL, 7° y 10 de la Ley Nº 26.895 y 1° del Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002. Por ello, LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA: Artículo 1° — Exceptúase al MINISTERIO DE EDUCACION de lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley Nº 26.895 al solo efecto de posibilitar la cobertura del cargo vacante financiado, cuyo detalle obra en el ANEXO del presente decreto. Art. 2° — Desígnase a la persona que se menciona en el aludido ANEXO que forma parte integrante del presente decreto, en el Agrupamiento, Tramo, Nivel y Grado escalafonario correspondiente al SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO homologado por el Decreto Nº 2.098/08 y en la Dependencia del MINISTERIO DE EDUCACION que se determina. Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 70 - MINISTERIO DE EDUCACION. Primera Sección Lunes 30 de junio de 2014 Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Alberto E. Sileoni. ANEXO DEPENDENCIA: UNIDAD MINISTRO BOLETIN OFICIAL Nº 32.915 #I4605335I# MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO Decreto 1003/2014 Dase por prorrogada designación del Director de Contencioso. Apellido y Nombre D.N.I. N° Agrupamiento Tramo Nivel Grado Cargo Código BAPTISTA BARROETA Tibisay Coromoto 94.134.796 GENERAL GENERAL F 1 Auxiliar de Cocina 2011-000507-MINEDU-G-SI-X-F #F4605332F# #I4605326I# MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Decreto 994/2014 Designaciones en la Secretaría de Derechos Humanos. Bs. As., 23/6/2014 VISTO el Expediente Nº 5458/2014 del Registro del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2014 aprobado mediante la Ley Nº 26.895, los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, 1329 de fecha 1° de agosto de 2012 y 903 de fecha 5 de julio de 2013, y Bs. As., 23/6/2014 CONSIDERANDO: VISTO el Expediente Nº S04:0051363/2011 del registro del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, la Ley Nº 26.895, los Decretos Nros. 491 del 12 de marzo de 2002, 601 del 11 de abril de 2002 y 2098 del 3 de diciembre de 2008, y Que por la ley citada en el Visto se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio del año 2014. CONSIDERANDO: Que por el artículo 7° de la Ley Nº 26.895 se estableció que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su sanción ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER EJECUTIVO NACIONAL de conformidad con lo dispuesto por el artículo 10 de esa misma ley. Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la Jurisdicción correspondiente. Que el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS solicita la cobertura transitoria de DOS (2) cargos vacantes financiados en el ámbito de la SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS. Que las personas propuestas reúnen los conocimientos, experiencia e idoneidad necesarios para el desempeño de los cargos a cubrir. Que se ha dado debido cumplimiento a lo preceptuado por el artículo 6° del Decreto Nº 601/02. Que a los efectos de implementar las referidas coberturas transitorias resulta necesario designar a las personas que se proponen con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley Nº 26.895. Que se cuenta con el crédito necesario en el presupuesto del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS para atender el gasto resultante de la medida que se aprueba por el presente. Que ha tomado intervención el servicio permanente de asesoramiento jurídico del citado Ministerio. Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, de los artículos 7° y 10 de la Ley Nº 26.895 y del artículo 1° del Decreto Nº 491/02. Por ello, LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA: Artículo 1° — Desígnanse transitoriamente, a partir de la fecha del presente decreto y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, a las personas consignadas en la planilla que como Anexo I forma parte integrante de la presente medida, en los cargos de la planta permanente de la SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS detallados en el mismo, para cumplir las funciones allí indicadas, con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley Nº 26.895. Art. 2° — Los cargos involucrados en este acto deberán ser cubiertos de conformidad con los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III y IV, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha del presente decreto. Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con los créditos asignados a la Jurisdicción 40 - MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS. Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Julio C. Alak. ANEXO I MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS APELLIDO Y NOMBRES D.N.I. N° NIVEL Y GRADO GOMEZ FERNANDEZ, Lucía Inés 27.285.939 C-0 MAURER, Mariana Lydia 25.788.206 C -0 FUNCION Coordinadora de la Unidad de Trabajo del Area La Plata, Provincia de Buenos Aires Coordinadora de la Unidad de Trabajo del Area San Martín, Provincia de Buenos Aires #F4605326F# Que en función de lo previsto en el Artículo 1° del Decreto Nº 491/02, toda designación en el ámbito de la ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, cualquiera fuera su modalidad y fuente de financiamiento, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la jurisdicción o entidad correspondiente. Que por el Decreto Nº 2098/08 se procedió a homologar el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP). Que por el Decreto Nº 1329/12, prorrogado por su similar Nº 903/13, se designó transitoriamente al Doctor D. Agustín MEDRANO, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles como Director de Contencioso, con Función Ejecutiva Nivel III del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), en el ámbito de la Dirección General de Asuntos Jurídicos, dependiente de la SUBSECRETARIA LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE COORDINACION Y COOPERACION INTERNACIONAL del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO. Que la prórroga dispuesta por el Decreto Nº 903/13 se encuentra vencida. Que el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, conforme a la urgencia de las tareas a desarrollar y el alto nivel de responsabilidad inherente al mencionado cargo, requiere la prórroga de dicha designación transitoria. Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO ha dictaminado manifestando que no existen objeciones legales que formular para el dictado del presente decreto. Que la SUBSECRETARIA LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA y la SECRETARIA DE COORDINACION Y COOPERACION INTERNACIONAL del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO prestan conformidad al dictado del presente decreto. Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes de los Artículos 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y 1° del Decreto Nº 491/02. Por ello, LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA: Artículo 1° — Dase por prorrogada a partir del 24 de marzo de 2014 —fecha de su vencimiento— por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha del presente decreto, la designación transitoria del Doctor D. Agustín MEDRANO (D.N.I. Nº 27.386.882), dispuesta por el Decreto Nº 1329/12, prorrogada por su similar Nº 903/13, 4 en el cargo de Director de Contencioso, Nivel B, Grado 0 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), en el ámbito de la Dirección General de Asuntos Jurídicos, dependiente de la SUBSECRETARIA LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE COORDINACION Y COOPERACION INTERNACIONAL del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel III del mencionado Sistema, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2098/08. Art. 2° — El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha del presente decreto. Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto se imputará a las partidas específicas del presupuesto de la Jurisdicción 35 - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO. Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Héctor M. Timerman. #F4605335F# #I4605328I# MINISTERIO DE SEGURIDAD Decreto 996/2014 Dase por prorrogada designación. Bs. As., 23/6/2014 VISTO el Expediente Nº 27.131/2013 del Registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD, los Decretos Nros. 491 del 12 de marzo de 2002, 2.098 del 3 de diciembre de 2008 y 2.265 del 22 de noviembre de 2012, y CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto Nº 2.265/12 se efectuó la designación transitoria en la planta permanente del MINISTERIO DE SEGURIDAD, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, de la Doctora Doña Mariana CENTENO (D.N.I Nº 30.332.654), en UN (1) cargo Nivel C - Grado 0 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por Decreto Nº 2.098/08, para cumplir funciones como ANALISTA JURIDICA. Que por razones de índole operativa no se ha podido tramitar el proceso de selección para la cobertura del cargo en cuestión, razón por la cual el MINISTERIO DE SEGURIDAD solicita la prórroga de la designación transitoria aludida. Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente. Que el Decreto Nº 601 de fecha 11 de abril de 2002, en su Artículo 6°, establece que los proyectos de decreto que propicien designaciones, contrataciones que no impliquen renovación o prórroga y reincorporación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional deberán ser acompañados por la documentación detallada en la Circular Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION. Que la agente involucrada en la presente medida se encuentra exceptuada de lo establecido en el referido Artículo 6° del Decreto Nº 601/02, reglamentario del Decreto Nº 491/02, por haber dado cumplimiento oportunamente. Primera Sección Lunes 30 de junio de 2014 Que la presente medida no implica un exceso en los créditos asignados ni constituye asignación de recurso extraordinario alguno. Que se cuenta con el crédito necesario en el presupuesto del MINISTERIO DE SEGURIDAD para atender el gasto resultante de la medida que se aprueba por el presente. Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del Artículo 99, Inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y a tenor de lo dispuesto por el Artículo 1° del Decreto Nº 491/02. Por ello, LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA: Artículo 1° — Dase por prorrogada, a partir del 27 de agosto de 2013 —fecha de su vencimiento— y hasta el 20 de octubre de 2013 inclusive, la designación transitoria oportunamente dispuesta por el Decreto Nº 2.265/12 de la Doctora Doña Mariana CENTENO (D.N.I. Nº 30.332.654), en UN (1) cargo Nivel C - Grado 0 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por Decreto Nº 2.098/08, correspondiente a la planta permanente del MINISTERIO DE SEGURIDAD, para cumplir funciones como ANALISTA JURIDICA. Art. 2° — El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 41 MINISTERIO DE SEGURIDAD. Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — María C. Rodríguez. #F4605328F# #I4605329I# MINISTERIO DE SEGURIDAD Decreto 997/2014 Dase por prorrogada designación. Bs. As., 23/6/2014 VISTO el Expediente Nº 28.989/2013 del Registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD, los Decretos Nros. 491 del 12 de marzo de 2002, 2.098 del 3 de diciembre de 2008, 1.204 del 25 de agosto de 2010, 8 del 6 de enero de 2011, 1.614 del 12 de octubre de 2011 y 2.637 del 27 de diciembre de 2012, y CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto Nº 1.204/10, prorrogado por sus similares Nros. 1.614/11 y 2.637/12, se designó transitoriamente al Doctor Don Luis Ignacio DI SALVO (D.N.I. Nº 30.653.890), en UN (1) cargo Nivel C - Grado 0 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por Decreto Nº 2.098/08, correspondiente a la planta permanente de la ex SECRETARIA DE SEGURIDAD INTERIOR del entonces MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, para cumplir funciones como PROFESIONAL ESPECIALIZADO. Que mediante el Artículo 6° del Decreto Nº 8/11 se transfirió al MINISTERIO DE SEGURIDAD la dotación de la ex SECRETARIA DE SEGURIDAD INTERIOR del entonces MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS y sus unidades dependientes, manteniendo el personal transferido sus respectivos cargos, niveles, grados de revista escalafonarios, funciones ejecutivas, adicionales y suplementos. Que por razones de índole operativa no se ha podido tramitar el proceso de selección para la cobertura del cargo en cuestión, razón por la cual el MINISTERIO DE SEGURI- DAD solicita la prórroga de la designación transitoria aludida. Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente. Que el Decreto Nº 601 de fecha 11 de abril de 2002, en su Artículo 6°, establece que los proyectos de decreto que propicien designaciones, contrataciones que no impliquen renovación o prórroga y reincorporación de personal en ámbito de la Administración Pública Nacional deberán ser acompañados por la documentación detallada en la Circular Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION. Que el agente involucrado en la presente medida se encuentra exceptuado de lo establecido en el referido Artículo 6° del Decreto Nº 601/02, reglamentario del Decreto Nº 491/02, por haber dado cumplimiento oportunamente. Que la presente medida no implica un exceso en los créditos asignados ni constituye asignación de recurso extraordinario alguno. Que se cuenta con el crédito necesario en el presupuesto del MINISTERIO DE SEGURIDAD para atender el gasto resultante de la medida que se aprueba por el presente. BOLETIN OFICIAL Nº 32.915 yes Nros. 26.784 y 26.895, los Decretos Nros. 357 del 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios, 491 del 12 de marzo de 2002 y sus modificatorios, 1.140 del 28 de junio de 2002, 628 del 13 de junio de 2005 y sus modificatorios, 2.098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, 2.204 del 30 de diciembre de 2010 y 295 del 15 de marzo de 2013, la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 566 del 30 de junio de 2009, y la Resolución Conjunta de la entonces SECRETARIA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS Nros. 4 y 89, del 31 de marzo de 2011, respectivamente, y CONSIDERANDO: Que por las Leyes Nros. 26.784 y 26.895 se aprobaron los Presupuestos Generales de la Administración Nacional para los Ejercicios 2013 y 2014, respectivamente. Que mediante el Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002 y sus modificatorios se estableció que toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción correspondiente. Que ha tomado intervención la Dirección General de Asuntos Jurídicos dependiente de la SUBSECRETARIA DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SEGURIDAD. Que por el Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios se aprobó el organigrama de aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta el nivel de Subsecretaría, estableciéndose sus competencias. Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y a tenor de lo dispuesto por el Artículo 1° del Decreto Nº 491/02. Que por el Decreto Nº 628 del 13 de junio de 2005 y sus modificatorios, se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL. Por ello, Que por el Decreto Nº 2.204 del 30 de diciembre de 2010, se sustituyeron los Anexos I y II del Decreto Nº 628/05 y sus modificatorios, vinculados al Organigrama y Responsabilidad Primaria y Acciones en la parte correspondiente a la SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL. LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA: Artículo 1° — Dase por prorrogada, a partir del 26 de septiembre de 2013 —fecha de su vencimiento— y hasta el 19 de noviembre de 2013 inclusive, la designación transitoria efectuada en los términos del Decreto Nº 1.204/10 y prorrogada por sus similares Nros. 1.614/11 y 2.637/12, del Doctor Don Luis Ignacio DI SALVO (D.N.I. Nº 30.653.890), en UN (1) cargo Nivel C - Grado 0, del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por Decreto Nº 2.098/08, correspondiente a la planta permanente del MINISTERIO DE SEGURIDAD, para cumplir funciones como PROFESIONAL ESPECIALIZADO. Art. 2° — El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 41 MINISTERIO DE SEGURIDAD. Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — María C. Rodríguez. #F4605329F# #I4605331I# MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Decreto 999/2014 Dase por prorrogada designación del Director de Diseño, Evaluación y Monitoreo de las Políticas de Protección Social. Bs. As., 23/6/2014 VISTO el Expediente Nº 1.605.341/14 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, las Le- Que por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 566 del 30 de junio de 2009 se aprobó la dotación del citado Organismo conforme el detalle que como planilla anexa forma parte integrante de la citada resolución. Que por el Decreto Nº 1.140 del 28 de junio de 2002 se facultó a los Titulares de las Jurisdicciones a solicitar al PODER EJECUTIVO NACIONAL la cobertura transitoria de los cargos incluidos en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas del entonces SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA (SINAPA). Que por la Resolución Conjunta de la entonces SECRETARIA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS Nros. 4 y 89 del 31 de marzo de 2011, respectivamente, se incorporaron en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas las unidades organizativas correspondientes al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, entre las que se encuentra la Dirección de Diseño, Evaluación y Monitoreo de las Políticas de Protección Social. Que a través del Decreto Nº 295 del 15 de marzo de 2013 se designó con carácter transitorio, a partir del 1° de febrero de 2013 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados desde la fecha de la citada medida, en el ámbito del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, en el cargo de Nivel A, Grado 0, Director de Diseño, Evaluación y Monitoreo de las Políticas de Protección 5 Social, dependiente de la SUBSECRETARIA DE POLITICAS DE LA SEGURIDAD SOCIAL de la SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL. Que por el Decreto Nº 2.098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, se homologó el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), concertado entre el Estado Empleador y los Sectores Gremiales mediante el Acta Acuerdo de fecha 5 de septiembre de 2008. Que transcurrido el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles y no habiéndose efectuado las correspondientes convocatorias al proceso de selección, razones operativas hacen necesario prorrogar por un término similar la designación transitoria involucrada en el Decreto Nº 295/13. Que el cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII; y IV del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2.098/08, dentro del plazo de CIENTO CHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida. Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno para el ESTADO NACIONAL. Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le compete. Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, y con lo establecido en el artículo 1° del Decreto Nº 491/02. Por ello, LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA: Artículo 1° — Dase por prorrogada, a partir del 18 de diciembre de 2013 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados desde la fecha de la presente medida, la designación transitoria efectuada oportunamente a través del Decreto Nº 295 del 15 de marzo de 2013 en el ámbito del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, en el cargo de Nivel A, Grado 0, Director de Diseño, Evaluación y Monitoreo de las Políticas de Protección Social, dependiente de la SUBSECRETARIA DE POLITICAS DE LA SEGURIDAD SOCIAL de la SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL, al Lic. Eduardo Salvador María LEPORE (M.I. Nº 25.276.664), autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva de Nivel II del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) aprobado por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL, homologado por el Decreto Nº 2098/08 y sus modificatorios. Art. 2° — El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII; y IV del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) homologado por el Decreto Nº 2.098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida. Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 75 - MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL. Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Carlos A. Tomada. #F4605331F# Primera Sección Lunes 30 de junio de 2014 DECISIONES ADMINISTRATIVAS #I4605313I# MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS Decisión Administrativa 476/2014 Contratación. Bs. As., 23/6/2014 VISTO el Expediente Nº S01:0350683/2012 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, la Ley Nº 25.164 Marco de Regulación del Empleo Público Nacional, los Decretos Nros. 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, 1.142 de fecha 26 de noviembre de 2003, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público, homologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, las Decisiones Administrativas Nros. 3 de fecha 21 de enero de 2004, 1.151 de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009, la Resolución Nº 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la exSUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, y CONSIDERANDO: Que por la Ley Nº 25.164 se aprobó el marco de regulación del Empleo Público Nacional y se establecieron los deberes y derechos del personal que integra el Servicio Civil de la Nación. Que por el Decreto Nº 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002 se aprobó la reglamentación de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164. Que los artículos 7° y 9° del Anexo a la citada Ley, reglamentada por el Decreto Nº 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002 y la Resolución Nº 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex-SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, norman respecto de la naturaleza y características de la relación de empleo del personal que revista en el régimen de contrataciones para la prestación de servicios de carácter no permanente, el que será equiparado en los niveles y grados de la planta permanente. Que la Licenciada Paola Mariel RODRIGUEZ (DNI Nº 28.876.116) ha sido afectada exclusivamente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los términos del Artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002. Que los antecedentes curriculares de la agente propuesta resultan atinentes al objetivo de las funciones asignadas y acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las mismas, por lo que procede a autorizar a convalidar dicha contratación con carácter de excepción a lo establecido en el Inciso c), Punto II del Artículo 9° del Anexo I al Decreto Nº 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002. Que se han cumplimentado, en lo pertinente, las prescripciones referidas a la asignación de grado contenidas en las Decisiones Administrativas Nros. 3 de fecha 21 de enero de 2004, 1.151 de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009. Que la Licenciada Paola Mariel RODRIGUEZ (DNI Nº 28.876.116) ha dado cumplimiento a lo establecido en la Circular Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION. Que la DIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS dependiente de la SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete en orden a lo dispuesto por el Artículo 8° del Decreto Nº 1.142 de fecha 26 de noviembre de 2003. Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la SUBSECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención de su competencia. Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del Artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL y del último párrafo del Artículo 9° del Anexo I al Decreto Nº 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002. Por ello, EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE: Artículo 1° — Autorízase al MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS para convalidar la contratación de la Licenciada Paola Mariel RODRIGUEZ (DNI Nº 28.876.116) por el período comprendido entre el 1° de diciembre de 2012 y el 31 de diciembre de 2012, con carácter de excepción al Inciso c), Punto II del Artículo 9° del Anexo l del Decreto Nº 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, por no reunir los requisitos mínimos para el acceso al Nivel B del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008. Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Jorge M. Capitanich. — Julio M. De Vido. #F4605313F# #I4605312I# MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Decisión Administrativa 475/2014 Desestímase recurso. Bs. As., 23/6/2014 VISTO el Expediente Nº S04:0062859/2012 del registro del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, y CONSIDERANDO: Que a través de los Decretos Nros. 360 del 14 de marzo de 1995 y 67 del 24 de enero de 1996, el PODER EJECUTIVO NACIONAL aprobó sendos regímenes de tasas por la prestación de servicios a cargo de la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA, dependiente del ex MINISTERIO DE JUSTICIA, actual MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS. Que el artículo 59 de la Ley Nº 25.237 (Presupuesto General de la Administración Pública Nacional para el Ejercicio 2000) ratificó lo dispuesto en los artículos 8°, 9° y 12 del Decreto Nº 360/95, como así también hasta la fecha de promulgación de dicha ley, lo preceptuado en el Decreto Nº 67/96. Que asimismo, la referida norma legal facultó a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS a establecer los valores o escalas a aplicar para la fijación del importe de las tasas a percibir por la INS- BOLETIN OFICIAL Nº 32.915 PECCION GENERAL DE JUSTICIA, a determinar los procedimientos relacionados con su pago y fijar las sanciones aplicables en caso de incumplimiento. Que en ejercicio de dicha facultad; fueron dictadas las Decisiones Administrativas Nros. 55 del 18 de mayo de 2000 y 46 del 24 de abril de 2001. Que la firma CHABAR INMOBILIARIA S.A. ha impugnado por vía indirecta las disposiciones de la Decisión Administrativa Nº 46/01, a través del cuestionamiento de la legitimidad del acto de aplicación que instrumenta la boleta de pago emitida por la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA de la tasa anual, correspondiente al período 2011. Que dicha firma ha invocado la doctrina emergente del pronunciamiento de la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION en la Causa S.365.XXXVII, caratulada “Selcro S.A. c/ Jefatura de Gabinete de Mos, Decisión 55/00 (dto Nº 360/95 y 67/96) s/ amparo Ley 16.986”, en vista del cual ha solicitado que se deje sin efecto el requerimiento de pago que instrumenta la aludida boleta. Que esta impugnación debe ser tramitada como recurso de reconsideración, en el marco de las previsiones de los artículos 73 y 75 del “Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 T.O. 1991”, cuya resolución, según el último de los citados dispositivos, compete a la misma autoridad que dictó el acto de alcance general. Que la Decisión Administrativa Nº 46/01 no ha quebrantado el principio de legalidad tributaria, ya que el régimen de tasas allí instituido tiene expreso sustento en una disposición de rango legislativo como es el artículo 59 de la Ley Nº 25.237. Que, asimismo, parte de nuestra doctrina ha señalado que el pronunciamiento judicial cuando declara la inconstitucionalidad de una ley no posee alcance general sino particular, siendo de aplicación en aquellos casos en que se haya peticionado judicialmente dicho pronunciamiento (v. Mairal, Héctor A. “Los efectos de la sentencia que acoge la impugnación de un reglamento”, Revista de Derecho Administrativo, Año 1, Nº 2, Ed. Depalma; Buenos Aires, págs. 224 y ss). Que la jurisprudencia de nuestro Máximo Tribunal de Justicia ha dado la razón a dicha postura (C.S.J.N., Fallos 306:1125, entre otros), con tal fundamento, pues, cabe concluir acerca del alcance exclusivamente circunscripto a las partes, de la sentencia estimatoria de la impugnación de un reglamento. Que, sin perjuicio de que el poder administrador no tenga competencia para declarar por sí la inconstitucionalidad de las leyes (C.S.J.N., Fallos 269:243), existen fundamentos que avalan la validez constitucional del precepto legal antes aludido. Que conforme lo ha destacado una calificada corriente doctrinaria (Bidart Campos, Germán J., “Manual de la Constitución Reformada”, T° III, Buenos Aires, 1997, págs. 158 y 159), el ordenamiento constitucional emergente de la reforma de 1994 admite la coexistencia de los “reglamentos delegados”, sujetos a los estrictos requisitos que contempla el artículo 76 de la Carta Magna, junto a los que la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION denominó “reglamentos de ejecución sustantivos” (Fallos 316:2624), que no son otros que los que tradicionalmente fueron caracterizados como “reglamentos delegados en sentido impropio”. Que esta última clase de reglamento no está sujeta a las restricciones contempladas por el artículo 76 de la CONSTITUCION NACIONAL; su dictado se sustenta en el artículo 99, inciso 2 de la Carta Magna, y sus límites quedaron fijados en la jurisprudencia del Alto Tribunal (Fallos 6 148:430; 246:345; 304:1898; 311:1617; 315:2530 y 316:2624, entre otros). Que a la luz de la doctrina desarrollada por la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION, son válidas las disposiciones con rango de ley que habilitan al poder administrador para la determinación de aspectos, aún sustantivos, relacionados con la aplicación concreta de la ley, según el juicio de oportunidad temporal, o de conveniencia de contenido que realice la Administración, siempre que la política legislativa esté explícita o implícitamente plasmada en la respectiva norma legal. Que la viabilidad constitucional de las habilitaciones legislativas de esa índole ha sido reconocida incluso en materia tributaria, admitiéndose que la ley encomiende al poder administrador la determinación de distintos aspectos configurativos de la obligación tributaria (C.S.J.N., Fallos 270:42; 306:788; 310:2193 y 315:1820). Que por las razones expuestas, y aun cuando pueda considerarse que la materia tributaria se encuentra excluida de la figura de la delegación legislativa contemplada por el artículo 76 de la CONSTITUCION NACIONAL, lo concreto es que la Decisión Administrativa Nº 46/01 tiene suficiente sustento como “reglamento de ejecución sustantivo”, conforme los lineamientos jurisprudenciales antes enunciados. Que en ese marco, la habilitación emanada del legislador pudo ser válidamente realizada a favor de esta JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, habida cuenta las facultades que tiene asignadas por el artículo 100, incisos 2 y 7 de la CONSTITUCION NACIONAL, y considerando asimismo que la llamada “delegación impropia” puede tener por destinatarios a órganos dependientes del PODER EJECUTIVO NACIONAL (C.S.J.N., Fallos: 315:2530). Que la Decisión Administrativa Nº 46/01 es un acto que goza de presunción de legitimidad, la cual no llega a ser enervada por el planteo de la entidad reclamante. Que existe por otra parte, un claro interés público comprometido en la oportuna percepción de tasas que están destinadas a financiar la prestación de servicios registrales y el cumplimiento de funciones de control a cargo del ESTADO NACIONAL, a través de la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA. Que, por las razones antes expuestas, no corresponde disponer la suspensión de los efectos de la Decisión Administrativa cuestionada, ni la de su acto de aplicación. Que como corolario de lo dicho, el recurso deducido en la actuación citada en el Visto debe ser desestimado. Que ha tomado intervención el servicio permanente de asesoramiento jurídico del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS. Que los artículos 75 y 84 del “Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto 1759/72 T.O. 1991”, facultan al que suscribe para el dictado de la presente. Por ello, EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE: Artículo 1° — Desestímase el recurso de reconsideración interpuesto indirectamente, a través del cuestionamiento a la legitimidad del acto de aplicación que instrumenta la respectiva boleta de pago de la tasa anual correspondiente al período 2011 emitida por la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA, por la firma CHABAR INMOBILIARIA S.A. contra la Decisión Administrativa Nº 46 del 24 de abril de 2001. Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Jorge M. Capitanich. — Julio C. Alak. #F4605312F# Primera Sección Lunes 30 de junio de 2014 RESOLUCIONES #I4606259I# Ministerio del Interior y Transporte TARIFAS Resolución 579/2014 Resolución Nº 1609/2013. Modificación. Bs. As., 24/6/2014 VISTO el Expediente Nº S02:0072499/2014 del registro de este Ministerio, y CONSIDERANDO: Que la política de transporte público de pasajeros de carácter urbano y suburbano desarrollada por el ESTADO NACIONAL en el AREA METROPOLITANA DE BUENOS AIRES tiene entre sus objetivos centrales el mantenimiento de tarifas razonables, aplicando como instrumento las compensaciones tarifarias y logrando una política de redistribución del ingreso hacia los sectores de menores recursos. Que la Resolución Nº 270 de fecha 26 de noviembre de 2009 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE, dependiente entonces del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, estableció la metodología para el tratamiento de los costos de explotación del sector de autotransporte automotor, en base a los estudios encargados a la FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS de la UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES. Que a través de la Resolución Nº 37 de fecha 13 de febrero de 2013 de este Ministerio se actualizó la metodología referida en el considerando precedente. Que las mejoras constatadas respecto del salario real de la población, acompañadas por una marcada caída de los índices de desocupación, permitieron que parte del déficit de cobertura de los costos de explotación de los servicios de transporte urbano y suburbano fueran atendidos mediante la reestructuración de sus niveles tarifarios, procediéndose en consecuencia al dictado de las Resoluciones Nros. 1170 de fecha 3 de diciembre de 2007 y 13 de fecha 8 de enero de 2009, ambas del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS; y por otra parte, de la Resolución Nº 66 de fecha 19 de julio de 2012, su modificatoria Resolución Nº 975 de fecha 19 de diciembre de 2012 y la Resolución Nº 1609 de fecha 26 de diciembre de 2013, todas de este Ministerio. Que asimismo, este Ministerio dictó la Resolución Nº 367 de fecha 6 de mayo de 2014 por cuyo ANEXO UNICO se aprobó el cálculo de los COSTOS E INGRESOS MEDIOS DE LOS SERVICIOS DE TRANSPORTE DE PASAJEROS URBANOS Y SUBURBANOS DE LA REGION METROPOLITANA DE BUENOS AIRES. Que ello implicó el establecimiento de los montos máximos de compensaciones a cargo del ESTADO NACIONAL a distribuir entre las permisionarias y la consecuente asunción, por parte de cada una de las jurisdicciones nacional, provinciales y municipales involucradas, en el ejercicio de sus potestades, de la determinación de los cuadros tarifarios a aplicar ante las variaciones de costos e ingresos y teniendo en cuenta el monto máximo de las compensaciones aprobado. Que por la aplicación de la precitada resolución se estatuye una estructura tarifaria retributiva del costo actual del servicio, parte de la cual es soportada por la tarifa que pagan los usuarios y el resto es solventada con fondos del ESTADO NACIONAL a través de las compensaciones tarifarias. Que con fecha 16 de junio de 2014, en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la UNION TRANVIARIOS AUTOMOTOR (UTA) por un lado, y las Cámaras Empresarias del sector por otro, ratificaron en el marco del Acuerdo Paritario celebrado, un incremento del VEINTIOCHO POR CIENTO (28%) sobre el básico conformado para el conductor de corta y media distancia. Que en el Acta mencionada, las Cámaras Empresarias manifestaron que las sumas resultantes de dicho Acuerdo Paritario deberán ser consideradas en el Modelo Económico Financiero, confeccionado sobre la base de la metodología aprobada mediante la mencionada Resolución Nº 270 de fecha 26 de noviembre de 2009 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE de este Ministerio. Que en dicho marco, por medio de la presente se propicia sustituir el Anexo I de la Resolución Nº 1609 de fecha 26 de diciembre de 2013 de este Ministerio. Que la política de inclusión social que lleva adelante el ESTADO NACIONAL hace que el gasto en transporte, medido en función del salario de la población, represente niveles inferiores a los registrados un lustro atrás, aun teniendo en consideración la redeterminación de tarifas que por la presente se propicia. Que el grado y alcance de la redeterminación tarifaria a implementarse implica el redimensionamiento de las compensaciones tarifarias provenientes del SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE AUTOMOTOR (SISTAU), en los términos del Decreto Nº 652 de fecha 19 de abril de 2002 y sus modificatorios, ratificado por la Ley Nº 26.028, así como de las generadas en el marco de su REGIMEN DE COMPENSACIONES COMPLEMENTARIAS (RCC) establecido por el artículo 1º del Decreto Nº 678 de fecha 30 de mayo de 2006. BOLETIN OFICIAL Nº 32.915 7 la órbita de las unidades administrativas establecidas por la Resolución Nº 168 de fecha 7 de diciembre de 1995 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE entonces dependiente del ex - MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS en el marco de lo dispuesto por el artículo 2° del Decreto Nº 656 de fecha 29 de abril de 1994. Que por el Decreto Nº 84 de fecha 4 de febrero de 2009 se ordenó la implementación del SISTEMA UNICO DE BOLETO ELECTRONICO (SUBE), como medio de percepción de la tarifa para el acceso a la totalidad de los servicios de transporte público automotor, ferroviario de superficie y subterráneo de pasajeros de carácter urbano y suburbano. Que en virtud de lo previsto en las Resoluciones Nros. 66 de fecha 19 de julio de 2012, 975 de fecha 19 de diciembre de 2012 y 1609 de fecha 26 de diciembre de 2013, todas de este Ministerio, se ha implementado una tarifa diferenciada para aquellos usuarios que abonan su pasaje a través de su Tarjeta SUBE, respecto de aquellos que lo hicieran con otra forma de pago. Que es política del ESTADO NACIONAL propiciar acciones que tiendan a tutelar a los sectores de la población con mayor vulnerabilidad social, tal es el caso de aquellos que cuentan con planes sociales otorgados por el mismo ESTADO NACIONAL como la Asignación Universal y el Programa Jefes de Hogar y/o pertenezcan a grupos de afinidad como ser jubilados y pensionados, personal del trabajo doméstico y veteranos de la guerra de Malvinas, todos los cuales se encuentran individualizados en los registros de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES). Que por la Resolución Nº 1609 de fecha 26 de diciembre de 2013 de este Ministerio se implementaron políticas que permiten a los sectores sociales mencionados en el considerando precedente, acceder al servicio público de transporte utilizando como medio de pago el SISTEMA UNICO DE BOLETO ELECTRONICO (SUBE), contando con una tarifa diferenciada, aplicando un descuento del CUARENTA POR CIENTO (40%) sobre las tarifas con SUBE correspondientes. Que sin perjuicio de ello, corresponde disponer que los usuarios de servicios públicos de pasajeros que posean mayores beneficios a los estatuidos por la presente resolución les sean mantenidos, de manera tal de no vulnerar derechos adquiridos por los mismos. Que por otra parte, a través del artículo 1° de la Ley Nº 26.740 se ratificó la transferencia a la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES de los servicios de Transporte Subterráneo y Premetro, producida mediante el Acta Acuerdo suscripta entre dicha jurisdicción y el ESTADO NACIONAL con fecha 3 de enero de 2012, y por su artículo 2° se estableció que corresponde a la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES ejercer en forma exclusiva la competencia y fiscalización de dichos servicios así como los de transporte automotor y de tranvía cuya prestación corresponda al territorio de la misma. Que no obstante ello y hasta tanto la autoridad competente establezca los nuevos valores tarifarios en el territorio de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES y se complementen dichas políticas en forma articulada con los gobiernos locales del AREA METROPOLITANA DE BUENOS AIRES, a través del organismo interjurisdiccional correspondiente, se aplicarán los valores contenidos en el ANEXO I de la presente. Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio ha tomado la intervención de su competencia. Que la presente resolución se dicta en virtud de las atribuciones emergentes de la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorios, de los artículos 5° y 7° del Decreto Nº 656 de fecha 29 de abril de 1994 y del artículo 2° de la Ley Nº 25.790. Por ello, EL MINISTRO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE RESUELVE: Artículo 1° — Sustitúyese el ANEXO I de la Resolución Nº 1609 de fecha 26 de diciembre de 2013 del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, por el ANEXO I de la presente resolución, el que regirá a partir de la hora CERO (0) del día 1 de julio de 2014. Art. 2° — lnstrúyese a la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE para calcular la diferencia que —en concepto de compensaciones tarifarias— deba abonarse a las empresas de transporte público por automotor del AREA METROPOLITANA DE BUENOS AIRES, de conformidad con lo previsto en la Resolución Nº 422 de fecha 21 de septiembre de 2012 del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, sus modificatorias y complementarias. Art. 3° — Establécese que los usuarios del sistema de transporte público por automotor que posean tarjetas del SISTEMA UNICO DE BOLETO ELECTRONICO (S.U.B.E.) y que pertenezcan a los grupos de afinidad detallados en el artículo 5° de la Resolución Nº 975 de fecha 19 de diciembre de 2012 del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, abonarán a partir de la fecha establecida en el artículo 1° de la presente resolución, los montos establecidos para las TARIFAS CON SUBE en el ANEXO I de la presente resolución, con un descuento del CUARENTA POR CIENTO (40%). Para gozar de tal beneficio, los usuarios antes mencionados deberán poseer la Tarjeta SUBE debidamente personalizada con el atributo social y/o el grupo de afinidad que le corresponda. Los Boletos Escolar y Estudiantil no sufrirán cambios en su valor por aplicación de la presente resolución. Respecto de aquellos servicios en los cuales se encuentre vigente una gratuidad o franquicia mayor a la prevista por el presente artículo, se aplicará dicha gratuidad o franquicia. Que en este sentido, corresponde instruir a la SECRETARIA DE TRANSPORTE de este Ministerio para que proceda a coordinar con la Provincia de BUENOS AIRES, a fin de minimizar las asimetrías entre las distintas jurisdicciones del AREA METROPOLITANA DE BUENOS AIRES de todos los servicios de transporte automotor. Art. 4° — Comuníquese por intermedio de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE a las entidades representativas del transporte público por automotor de pasajeros en el AREA METROPOLITANA DE BUENOS AIRES. Que dicha instrucción debe hacerse extensiva a la coordinación con las autoridades jurisdiccionales respectivas de las tarifas a aplicar a los servicios que se prestan en Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Aníbal F. Randazzo. Primera Sección Lunes 30 de junio de 2014 ANEXO I ESCALA PARA LOS DIFERENTES GRUPOS DE EMPRESAS OPERADORAS DE TRANSPORTE PUBLICO DE PASAJEROS POR AUTOMOTOR DE CARACTER URBANO Y SUBURBANO DE JURISDICCION NACIONAL Km. aprox. 0-3 km 3-6 km 6-12 km 12-27 km Más de 27 km III. REDONDEOS Los importes finales que resulten de aplicar las bases tarifarias de la presente resolución a los servicios del Apartado II de este Anexo, se redondearán por exceso o defecto de la siguiente forma: - Valores tarifarios hasta $ 0,12, en el múltiplo de $ 0,25 inmediato anterior. - Valores tarifarios mayores de $ 0,12, en el múltiplo de $ 0,25 inmediato superior. #F4606259F# I. LINEAS SUBURBANAS GRUPO I Sección 1 2 3-4 5-9 10 en adelante 8 BOLETIN OFICIAL Nº 32.915 TARIFA con SUBE $ 3,00 $ 3,25 $ 3,50 $ 4,00 $ 4,70 TARIFA sin SUBE $ 6,00 $ 6,50 $ 7,00 $ 8,00 $ 9,20 Coordinación: REMATES OFICIALES Nuevos #I4600213I# BANCO CIUDAD Te quiere ver crecer a) Atento el dictado de la Ley Nº 26.740 y hasta tanto la autoridad competente establezca los nuevos valores tarifarios, en territorio del Distrito Federal, para los tráficos con origen y destino dentro del mismo, las líneas del agrupamiento Distrito Federal y las de Suburbano Grupo I aplicarán los valores contenidos en el presente Anexo correspondientes a los CUATRO (4) primeros niveles de tarifa de Suburbano Grupo I. b) En territorio de la Provincia de BUENOS AIRES, para los tráficos con origen y destino dentro del mismo, las líneas del agrupamiento Suburbano Grupo I aplicarán los valores correspondientes a los servicios provinciales de corta distancia que operan en la zona conurbana bonaerense. c) En la órbita de las unidades administrativas establecidas por la Resolución Nº 168/95 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE dependiente entonces del ex - MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS en el marco de lo dispuesto por el artículo 2° del Decreto Nº 656/94, las líneas de jurisdicción nacional aplicarán los valores correspondientes a los servicios provinciales y/o municipales de corta distancia que operan en cada una de las áreas geográficas involucradas. d) Invítase a las jurisdicciones involucradas del AREA METROPOLITANA DE BUENOS AIRES a adherir a la política tarifaria de la presente resolución con la finalidad de compatibilizar a su vez los respectivos subsidios. e) Las empresas prestatarias de los servicios de transporte público por automotor de pasajeros, que se encuentren alcanzadas por el SISTEMA UNICO DE BOLETO ELECTRONICO (S.U.B.E.), sean de carácter nacional, provincial o municipal, deberán actualizar ante la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE (CNRT) los Formularios que el sistema requiere para su implementación y actualización, de conformidad a los Formularios E y F establecidos en el Anexo de la Resolución CNRT Nº 23/2011. f) La SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE procederá a retener acreencias que por compensaciones tarifarias a la demanda pudiesen corresponder a las empresas beneficiarias del SISTAU y RCC, que no cumplan con lo establecido en el acápite e) del presente Anexo. TARIFA con SUBE $ 1,10 $ 0,21 $ 3,40 Miembro de la Asociación Internacional de Entidades de Crédito Prendario REMATE CON BASE POR CUENTA, ORDEN Y EN NOMBRE DE TERCEROS DEPARTAMENTOS EN LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES Y MAR DEL PLATA Av. Piedrabuena 3851 piso 3 depto. 18 - Ciudad de Buenos Aires. Se trata de una unidad. Ubicada en tercer piso, cuenta con hall, estar-comedor, tres dormitorios, baño y cocina. Sup. Cub: 64,86 m2 Exhibición: 1 de julio, de 11 a 15. Base: $ 350.000.- Av. Independencia 1701 piso 3 depto. 3 - Ciudad de Buenos Aires. Se trata de una unidad ubicada en el tercer piso en toda su planta y consta de hall, living, comedor, dos dormitorios, escritorio, baño, cocina, habitación y baño de servicio. Sup. Cub: 94,94 m2 Exhibición: 2 de julio, de 11 a 15. Base: $ 930.000.- Buenos Aires 2177 piso 10 depto. H - Mar del Plata. Se trata de una unidad ubicada en el piso diez, que consta de estar comedor con balcón, dormitorio, cocina, baño, lavadero, habitación de servicio con baño. Sup. Cub.: 51,62 m2 Exhibición: 30 de junio, de 11 a 15. Base: $ 640.000.- SUBASTA: el próximo 7 de julio, a las 10:30, en Esmeralda 660, 3° Piso, Salón Auditorio “Santa María de los Buenos Ayres”, Ciudad de Buenos Aires. CONDICIONES DE VENTA: al contado: 10% de seña, el 3% de comisión, más IVA sobre la comisión. Saldo: 40% a la firma del boleto de compra-venta y el 50% restante a la firma de la escritura traslativa de dominio. CATALOGOS E INFORMES: en Esmeralda 660, 6° Piso, Ciudad de Buenos Aires, de lunes a viernes de 10 a 15 - Tel. 4329-8600 int. 3669/3693/3694, FAX 4322-6817 y en www.bancociudad. com.ar >>personas>>cronograma. II. LINEAS SUBURBANAS GRUPO II Concepto Terminal Base Pasajero/km Boleto Mínimo www.bancociudad.com.ar TARIFA sin SUBE $ 2,20 $ 0,43 $ 7,00 La oferta de servicios diferenciales de este grupo y sus tarifas serán autorizadas teniendo en cuenta el valor de compensación previsto para la tarifa de los servicios comunes. SUBASTA SUJETA A LA APROBACION DEL VENDEDOR. OFI 2916 ALBERTO ESCRIU, Asistente de Equipo Diseño, Gerencia de Marketing, Banco Ciudad de Buenos Aires. e. 30/06/2014 Nº 42902/14 v. 30/06/2014 #F4600213F# Primera Sección Lunes 30 de junio de 2014 Documento AVISOS OFICIALES Nuevos DNI 33541217 #I4605003I# REGISTRO NACIONAL DE ARMAS Armas de Fuego. En cumplimiento de lo establecido por la Resolución MJyDDHH Nº 373/13, se detalla a continuación el listado de solicitudes de tenencia y portación de armas de fuego a efectos de que cualquier ciudadano, habitante de la Nación Argentina y entidades de la sociedad que tengan interés, puedan oponerse a dichas solicitudes: SOLICITUDES DE TENENCIAS DE ARMAS DE FUEGO Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego DNI 24515288 ABALO MAXIMILIANO ARIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 16829959 ABBOUD GABRIEL YUSEF sobre CARABINA calibre .45-70 PLG DNI 30753408 ABURTO ERNESTO sobre CARABINA calibre .22 PLG ACEVEDO MARIO BILLY sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 20870059 ACOSTA CARLOS HUMBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 13556980 ACOSTA ELFIO CORNELIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 21354091 ACOSTA HECTOR HUGO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 6917219 DNI 31884938 ACOSTA LEANDRO GABRIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 28222320 ACOTTO MARINO JUAN MATIAS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 23173727 ACQUARO VERONICA ALEJANDRA sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 8647269 AGOSTINI HUGO ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 16814485 AGUIAR JORGE DARIO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 30176576 AGUIRRE SEBASTIAN sobre CARABINA calibre .30-30 PLG DNI 13038318 AINSTEIN DANIEL ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM ALARCON AMELIA sobre PISTOLA calibre .380 PLG ALARCON RICARDO HECTOR sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 4511798 DNI 35212078 DNI 25972255 ALBA MAURICIO ANIBAL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 27785384 ALBAGLI EDUARDO DAVID sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 34640123 ALBARRAZIN LUCAS EMMANUEL sobre PISTOLA calibre 9 MM LE 5482033 BOLETIN OFICIAL Nº 32.915 ALBERDI JOSE GREGORIO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 31467041 ALBORNOZ PASCUAL EUFEMIO sobre CARABINA calibre .308 PLG DNI 26724251 ALE JULIO CESAR sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 17370934 ALFINI SANDRO LUIS sobre REVOLVER calibre .44 PLG DNI 14426280 ALLEGRA RUBEN ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 20 UAB DNI 11089631 ALLES HECTOR DANIEL sobre CARABINA calibre .30-30 PLG DNI 26047166 ALLONI MAXIMILIANO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 14527839 ALMENZAR LUIS HORACIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 14527839 ALMENZAR LUIS HORACIO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 26943070 ALOE JUAN FACUNDO MARTIN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 21447125 ALVAREZ ARIEL ARMANDO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 14108353 ALVAREZ CLAUDIO ROBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 26300787 ALVAREZ JORGE FABIAN sobre PISTOLA calibre .45 PLG LE 7364499 ALVAREZ NESTOR JORGE sobre CARABINA calibre .308 PLG DNI 33432300 ALVAREZ NUNCIO MIGUEL sobre CARABINA calibre .22 PLG Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego BANIS FRANCO ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 30502197 BANKLIAN FRANCO DAMIAN sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 23211742 BARATTA MARCELO sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 10700161 BARBALARGA CARLOS ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 33454502 BARBERAN ALEJANDRO DANIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 23226702 BARBERO VERZOTTO ALEJANDRO L. sobre FUSIL calibre .300 PLG LE 4431547 BARBIERI BRUNO RINALDO sobre PISTOLON calibre 32 UAB DNI 31405245 BARMAN CARLOS MARTIN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 13378485 BARREÑADA OSVALDO sobre FUSIL calibre .375 PLG DNI 13378485 BARREÑADA OSVALDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 13378485 BARREÑADA OSVALDO sobre REVOLVER calibre .44 PLG DNI 13378485 BARREÑADA OSVALDO sobre CARABINA calibre .44-40 PLG DNI 20796298 BARREYRO EDGARDO MARCELO sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 31537314 BARRIENTOS PERO EZEQUIEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 11126704 BARRIONUEVO RUBEN DANTE sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 24724309 BARROSO RAUL OSCAR sobre CARABINA calibre .308 PLG DNI 21694673 BARROTTO RICARDO CRISTIAN sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 21428557 BASSO JOSE LUIS sobre FUSIL calibre .22 PLG DNI 26612090 BASUALDO JOSE CEFERINO A. sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 27312653 BATELLOCI DIEGO ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 16872700 BAUMGERTNER PEDRO ANDRES sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 10617086 BAZAN RAFAEL PASCUAL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 26442042 BEHRENS JORGE RAUL sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 33841288 BELLAVITIS MARTIN SEBASTIAN sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 27301193 BELLENDIR DIEGO ARMANDO sobre FUSIL calibre .30-06 PLG DNI 31238553 BELLI LUCAS MATEO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 92373524 BELLUSCI MARTINEZ MARIO JAVIER sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 27787795 BENAVIDEZ GASTON EZEQUIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 17552604 BENGOLEA SERGIO HEBER sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 24291177 BENITEZ JAVIER sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 14869235 BENITEZ JOSE CARLOS sobre PISTOLON calibre 32 UAB DNI 34972880 BENITEZ LUIS MARIANO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 27448871 BENITEZ MABEL BEATRIZ sobre ESCOPETA calibre 20 UAB DNI 30849024 BERGUESSI IVAN ARIEL sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 20355200 BERNASCONI FERNANDO DARIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 35220398 BERNHARDT LAUTARO JOSE sobre CARABINA calibre .17 PLG DNI 14275369 BERON MIGUEL ANGEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 21406043 BERRINO FERNANDO ARIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 24344839 BERTA GERMAN ANDRES sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 33023081 BERTHE CARLOS NERY sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 25020972 BERTONI HERMAN sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 16509523 BESSONE NESTOR HUGO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 27986310 BEZCHLIBIAK MARCELO ADRIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 18578531 BILBAO ABEL ELOY sobre FUSIL calibre .308 PLG DNI 22823953 BIONDI SCOTTO JUAN PABLO MARIA sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 13247620 BISCONTIN LINA sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 21709596 BLANCO CLAUDIO MARCELO sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 12149845 BLASCO ABELARDO ABEL sobre ESCOPETA calibre 20 UAB DNI 30413058 BLEHM NICOLAS GABRIEL sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 30413058 BLEHM NICOLAS GABRIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 94078088 BOBADILLA AVALOS ALFREDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 7995045 BOLLATI DENSIO JOSE sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 26839055 BOLLI EDUARDO FACUNDO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 27955277 BOÑANNI MAURICIO sobre PISTOLA calibre .40 PLG BONIFORTI CARLOS ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 14263145 ALVAREZ RICARDO RODOLFO sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 32738469 AMARILLA MARCELO ARIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 11666914 AMATO HUGO OSVALDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 12205589 AMIREBOLE DANIEL ALBERTO sobre FUSIL calibre .308 PLG DNI 11293637 DNI 10471506 AMMENDOLIA ROQUE SALVADOR sobre REVOLVER calibre .44 PLG DNI 23486097 BONILLA HERNAN HUMBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 33078924 AMOROSO JAVIER ANTONIO sobre CARABINA calibre .308 PLG DNI 23043821 BONINO RAUL ALBERTO sobre PISTOLA calibre .22 PLG BORA HUGO ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 26072956 AMUT SEBASTIAN EDUARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 20029416 DNI 14172166 ANDRADA ALBERTO OSCAR sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 31670717 BORDACHAR FEDERICO JORGE sobre ESCOPETA calibre 20 UAB DNI 10919748 ANDREOTTI ERNESTO JOSE sobre ESCOPETA calibre 36 UAB DNI 29466626 BORIS FRANCO SEBASTIAN sobre ESCOPETA calibre 20 UAB sobre FUSIL calibre .22 PLG DNI 14611694 ANDROVETTO CLAUDIO ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 22222308 BORREGO FERNANDO CESAR DNI 27208685 ANRRIQUEZ GRACIELA NATALIA sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 34004708 BOSSA CRISTIAN NICOLAS sobre CARABINA calibre .30-06 PLG DNI 8467639 ANTONILLI RUBEN sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 16127476 BOTTA CARLOS EDGARDO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 29494263 APARICIO MAZA DARIO REINALDO sobre FUSIL calibre .223 PLG DNI 13978351 BRACONI GUSTAVO ROBERTO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 26339498 ARANA OSCAR ANTONIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 29315104 BRAMBILLA JUAN JOSE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 20442319 ARANDA CARLOS EDUARDO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 32364312 BRAMUZZO IVAN JAVIER sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 12237780 ARCURI FRANCISCO ANTONIO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 23219865 BRASSESCO ROSANA BEATRIZ sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 4531057 ARENA JORGE OMAR sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 21583728 BRAVO CARLOS RAFAEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 10792832 ARGAÑARAZ JOSE MANUEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 21583728 BRAVO CARLOS RAFAEL sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 22862054 ARGÜERO EMILIANO RAMIRO sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 10740285 BRAVO PEDRO VICENTE sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 22862054 ARGÜERO EMILIANO RAMIRO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 21948626 BREST MIGUEL ROBERTO sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 16432210 ARIZA EPIFANIO JOSE sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 11053412 BRIOZZO JUAN RICARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 28949698 ARMOA LEONARDO SEBASTIAN sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 11799629 BRIZUELA MIGUEL ANGEL sobre PISTOLA calibre 9 MM AROCENA RODOLFO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 14484789 BRIZUELA RUBEN ANTONIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 35340147 ARREGUI PABLO HERNAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 92506293 BRONS PATRICIO GUILLERMO sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 32635446 ARRIETA ARIEL VALENTIN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 34968061 BRUERA VEGA EMMANUEL HECTOR sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 29740390 ARROYO CARLOS SEBASTIAN sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 20872297 BRUNA ANDRES ENRIQUE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 28417114 ASSENZA PARISI FRANCISCO E. sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 23674317 BRUNET PABLO SANTIAGO sobre CARABINA calibre .30-30 PLG sobre PISTOLA calibre 9 MM LE 5370172 DNI 28432877 AVILA CESAR ALBERTO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 32727539 BRUNETTI JESUS EMILIANO DNI 27062957 AVILA CRISTIAN SEBASTIAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 29698265 BRUNETTI JOSE DAMIAN sobre FUSIL calibre .22 PLG DNI 16787149 AVILA EUSEBIO NESTOR ARIEL sobre CARABINA calibre .308 PLG BRUNO ADOLFO ANTONIO sobre FUSIL calibre .22 PLG DNI 25870911 AYALA JUAN MANUEL sobre CARABINA calibre .25-20 PLG DNI 23114693 BRUNT RICARDO LUIS sobre FUSIL calibre 6,5x55 MM DNI 20538479 AYALA MAURICIO ANTONIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 12511067 BUDUBA OMAR ORLANDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 8261734 AYALA TORALES MANUEL GUILLERMO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 24451430 BUFFA GUSTAVO SEFERINO sobre CARABINA calibre .30-30 PLG DNI 31429938 BACH GERMAN ADOLFO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 14005308 BUFFA LUIS HORACIO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 10859038 BADIA MIGUEL JUAN sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 35992527 BUGGE MIGUEL ANGEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 21727372 BAEZ MARIO ALBERTO sobre ARMA LARGA COMB. calibre .308 PLG DNI 17246714 BAGLI JUAN CARLOS sobre FUSIL calibre .308 PLG DNI 16641383 BALBO CARLOS ALBERTO DNI 24666487 BALLEJO GASTON ROBERTO LE 7362762 LE 6044278 9 BUSSOLA RAUL JUAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 26854237 BUSSONE CLAUDIO JAVIER sobre PISTOLA calibre 9 MM sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 17430289 BUSTAMANTE GUILLERMO LUIS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 14094927 BUTTAZZONI VALENTIN ANTONIO sobre REVOLVER calibre .357 PLG Primera Sección Lunes 30 de junio de 2014 Documento DNI 92596018 Denominación CABRERA NODAR CARLOS DARIO Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego BOLETIN OFICIAL Nº 32.915 Documento Denominación 10 Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 28260341 CORNEJO COLL JOSE RENE sobre REVOLVER calibre .38 PLG sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 92596018 CABRERA NODAR CARLOS DARIO sobre ESCOPETA calibre 36 UAB DNI 17264443 CORNEJO LUIS RICARDO DNI 11330156 CABRERA RUBEN MIGUEL sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 25314849 CORONA VANINA SUSANA sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 23605424 CACEREZ GUSTAVO SERGIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 22672847 CORONEL ANGEL MARCELO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 18498414 CALDERON DANIEL GUILLERMO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 24529172 CORONEL JULIAN MARIA sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 29926682 CALDERON LUIS ALBERTO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 36074323 CORRADO BERTANI WALTER ARIEL sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 31807948 CALIZAYA ABAN NILO ALBERTO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 25300811 CORREA LEONARDO HERNAN sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 16501224 CALLIGARIS CARLOS MARCELO sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 5268402 CORTE EDUARDO MARIO ANGEL sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 18559487 CALVO ARNOLFO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 21419433 COSTAMAGNA ADRIAN GUSTAVO sobre ESCOPETA calibre 20 UAB DNI 18559487 CALVO ARNOLFO sobre FUSIL calibre .308 PLG DNI 16765225 CRESPI ALBERTO EDUARDO sobre REVOLVER calibre .22 PLG DNI 36905750 CALVO JUAN IGNACIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 16765225 CRESPI ALBERTO EDUARDO sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 20189045 CAMBEIRA LEONARDO DANIEL sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 16989702 CRESPO MAURICIO ADRIAN sobre REVOLVER calibre .44 PLG DNI 29903791 CAMPI ALE4JANDRO ARIEL sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 17929913 CRESTA SERGIO FABIAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 16464799 CAMPOS ANGEL OCTAVIO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 28822031 CRISTOFOLI RAMIRO SEBASTIAN sobre FUSIL calibre .223 PLG DNI 36925800 CAMPOS FEDERICO MARTIN sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 12611519 CROSIO HUGO MARCELO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 23736927 CAMPOS MARTIN SANTIAGO sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 12611519 CROSIO HUGO MARCELO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 10839102 CAMUSSO SERGIO GUSTAVO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 34906028 CUASSOLO ERWIN NICOLAS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 11585109 CANETO LUIS ANTONIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 35669124 CUASSOLO GONZALO DAMIAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 24125959 CANNATA FABIAN GABRIEL sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 21663753 CUDEYRO ADRIAN OMAR sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 24914429 CANSOBRE OSCAR ALEJANDRO sobre FUSIL calibre .22 PLG DNI 12648926 CUENCA SILVIA sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 30326060 CANTERO RODRIGO JORGE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 30733024 CUNZOLO SEBASTIAN ABEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 25354586 CAPIZZI JUAN IGNACIO sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 25005834 CUTRO RENE EDUARDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 12924627 CAPORALIN OMAR DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 35506420 DAHER CRIM ELIAS FEDERICO sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 30499193 CAPPANERA MARIANO RODOLFO sobre ESCOPETA calibre 20 UAB DNI 35506420 DAHER CRIM ELIAS FEDERICO sobre ESCOPETA calibre 20 UAB DNI 34185310 CARABAJAL FIGUEROA WALTER EZEQUIEL sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 21445481 DALLOCHIO JORGE CARLOS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 24193422 CARABAJAL VICTOR DANIEL ALEJANDRO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 32560902 DANNEMBERG DANTE MARCELO sobre ARMA LARGA COMB. calibre .308 PLG DNI 20214175 CARDACCI CLAUDIO ADRIAN sobre CARABINA calibre .30-06 PLG DNI 13023490 DE ARIZTIMUÑO LUIS ALBERTO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 8136425 CARDENAS JUAN CARLOS sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 22842828 DE BERNARDIS HECTOR OSCAR sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 24610513 CARDENAS PABLO FERNANDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 31704888 DE MARIA JUAN CARLOS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 28255614 CARDINI ALEJANDRO ERNESTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 23780283 DE NOTTA PATRICIO JOSE sobre REVOLVER calibre .32 PLG DNI 22955997 CARDONE RICARDO ULISES sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 30978553 DE PAOLI JUAN PABLO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 17891814 CARDOZO MIGUEL ANGEL sobre REVOLVER calibre .32 PLG DNI 27942403 DEL PRADO DAMIAN CLAUDIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 7709363 CARLINI JOSE DOMINGO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 27942403 DEL PRADO DAMIAN CLAUDIO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 20139882 CARO OMAR ELVIDIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 16228325 DEL PRIORI DONATO RAMON sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 36479272 CAROLINI GUILLERMO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 23816276 DELETTIERES JORGE OSCAR sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 20596152 CARRARA JOSE GERARDO sobre CARABINA calibre .44 PLG DNI 31444021 DELGADO DIEGO DARIO sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 22214835 CARRARO FERNANDO CESAR sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 22536940 DEPARI GABRIEL OSVALDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB CARRIL JUAN RAFAEL sobre REVOLVER calibre .22 PLG DNI 29966071 DEPOZZI FRANCO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 30267534 CARRIZO LUIS NORBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 21098981 DEVINCENZI GUSTAVO ADRIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 22379716 CARTELLO DUILIO JAVIER sobre FUSIL calibre 7,65x54 MM DNI 23643558 DI GIORNO EDUARDO MIGUEL sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 24622780 CARTES MOLINA MARCELO ANTONIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 17579790 DI MATTEO FERNANDO M. sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 18247778 CASANOVA GUSTAVO RODOLFO sobre FUSIL calibre .308 PLG DNI 17579790 DI MATTEO FERNANDO M. sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 5090198 CASARIEGO HECTOR RAUL sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 12802830 DIAZ ALBERTO MARIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 25188400 CASASCO AGUSTIN ALBERTO sobre CARABINA calibre .357 PLG DNI 33139026 DIAZ GABRIEL ENRIQUE sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 25188400 CASASCO AGUSTIN ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 24369984 DIAZ JUAN RAUL sobre FUSIL calibre .30-06 PLG DNI 17360913 CASSINO MARCELO JESUS sobre CARABINA calibre .357 PLG DNI 24219063 DIAZ PABLO OSCAR sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 13329147 CASTILLO HORACIO LUCAS sobre FUSIL calibre .22 PLG DNI 18351336 DIAZ PABLO RAFAEL sobre PISTOLA calibre 9 MM LE 5952874 DNI 12005851 CASTILLO VICTOR ORLANDO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 34064654 DNI 16649514 CASTRO ALEJANDRO JORGE sobre CARABINA calibre .308 PLG DNI 6449415 DIAZ RAQUEL NOEMI sobre PISTOLA calibre .22 PLG DIAZ RICARDO IGNACIO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 16720386 CASTRO DANIEL JUAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 27967698 DIAZ WALTER ANIBAL sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 26494893 CASTRO JOSE MARIA sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 14725946 DIMASE NORBERTO VICENTE sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 27530499 CASTRO MARIANO JOSE sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 22847459 DIONISIO DIEGO LUIS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 25685649 CATAN RIVERO RAMON EDUARDO sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 30497449 DIP ABRAHAM JORGE sobre PISTOLA calibre .380 PLG sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 22809180 CATONI JAVIER sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 18426298 DISPALDRO MARCELO DANIEL DNI 32832036 CAVALIERI NICOLAS DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 18426298 DISPALDRO MARCELO DANIEL sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 16011970 CEBALLOS RODOLFO HUGO sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 8046118 DOMINGUEZ ALDO sobre ESCOPETA calibre 20 UAB DNI 17062929 CEJAS ADRIANA AMALIA sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 25478527 DOMINGUEZ ARIEL ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 17062929 CEJAS ADRIANA AMALIA sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 23136123 DOMINGUEZ PABLO LUIS sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 17062929 CEJAS ADRIANA AMALIA sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 31196185 DOMIZI FERNANDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 32864552 CELI CARLOS DANIEL sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 28909824 DORIN MARTIN GUSTAVO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 29734602 CELIBERTI JUAN ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 31385457 DOVIS ALCIDES ENRIQUE sobre CARABINA calibre .30-06 PLG DNI 22341206 CENTENEO ESTEBAN ALFREDO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 34701698 DRAGHI RAUL EZEQUIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 29753913 CENTURION OSCAR ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 28699094 DUMON JOSE GERVASIO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 34254738 CERRI DINO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 32212768 DURAN JUAN PABLO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 8654357 CERVANTES EDGARDO RENE sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 13631667 DURAN RICARDO DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 8654357 CERVANTES EDGARDO RENE sobre ESCOPETA calibre 20 UAB DNI 26429782 DURANDO ANDRES MARIANO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 21930811 CHAINE JOSE RODOLFO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 23626264 DUTRA CESAR DAMIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 30490761 CHAVEZ FRANCISCO RAUL sobre ARMA LARGA COMB. calibre .308 PLG DNI 11761990 ECHENIQUE OSVALDO RAUL sobre PISTOLA calibre 7,65 MM DNI 22046376 CHAVEZ JULIO CESAR sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 11761990 ECHENIQUE OSVALDO RAUL sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 94215940 CHEN MINGSHI sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 16595126 EGGS RUBEN DARIO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 30490892 CHIFER EDGARDO RUBEN sobre FUSIL calibre .308 PLG DNI 23096970 ELLENA HERNAN DARIO sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 22452796 CHIMENTO ALEJANDRO GABRIEL sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 30296796 ELOIZA KAREN NATALIA sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 24159175 CICCHETTI ALEJANDRO PABLO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 6033216 ERAZO CARLOS ERNESTO sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 17438585 CIMINO ANTONIO FRANCISCO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 14830107 ERRAMUSPE HORACIO ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 17438585 CIMINO ANTONIO FRANCISCO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 14364472 ESCOBAR CECILIO FAUSTINO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 29433547 CIRILLO LEONARDO NICOLAS sobre REVOLVER calibre .44 PLG DNI 23523454 ESCOBAR OSCAR ANTONIO sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 25414653 CLANCY BERNARDO NICOLAS sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 23523454 ESCOBAR OSCAR ANTONIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 32950250 COLACILLI MARIANO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 23523454 ESCOBAR OSCAR ANTONIO sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 13671941 COLLA JORGE JACINTO sobre FUSIL calibre 7,65x54 MM DNI 23523454 ESCOBAR OSCAR ANTONIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 28522246 COLMAN MARIO ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 20 UAB DNI 33703451 ESCOBAR RODRIGO BENJAMIN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 11125525 COLOSCHI OMAR DANIEL sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 18383767 ESCURI WALTER ALFREDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 20666827 COMBA GERMAN DANIEL sobre ESCOPETA calibre 20 UAB DNI 33346973 ESNAL JUAN MANUEL sobre FUSIL calibre .22 PLG DNI 22144402 COMBIN DAVID LEONARDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 12144992 ESPERON SANTIAGO JOSE sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 25251735 COMES GUILLERMO JAVIER sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 31019170 ESPINAZO JAVIER sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 25251735 COMES GUILLERMO JAVIER sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 29725683 ESPINDOLA MATIAS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 35460741 CONDE ANGEL RENE sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 5080410 ESPINOZA LUIS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 20497618 CONDE PABLO DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 25842273 ESPINOZA SILVIO ANDRES sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 11714698 CONSORTE JULIO CESAR sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 23776388 ESPONA MARIO ALBERTO sobre CARABINA calibre .17 PLG DNI 29380226 COPPOLA MARCELO RUBEN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 32266481 ESTECHE JUAN PABLO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 27643951 CORMAN MARIANO JAVIER sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 13887388 ESTEVEZ ROBERTO ALFREDO sobre CARABINA calibre .270 PLG Primera Sección Lunes 30 de junio de 2014 Documento DNI 11427766 Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego EVANGELISTA CLAUDIO ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 26686083 EVANGELISTA PABLO ALBERTO DNI 21083280 EZQUERRA WALTER ALBERTO DNI 30636668 BOLETIN OFICIAL Nº 32.915 Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego DNI 10699116 GHIORZO DANIEL ANIBAL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB sobre PISTOLA calibre 9 MM LE 8391857 GIAMPERI LUIS REMIGIO sobre PISTOLA calibre 9 MM sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 27657132 GIARRATANA FERNANDO ARIEL sobre REVOLVER calibre .44 PLG FACCHIN OSVALDO JESUS sobre ESCOPETA calibre 20 UAB DNI 24992717 GIGENA JUAN EDUARDO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 27526196 FAFIAN RODRIGO DAVID sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 11738002 GIGLI DARIO ABEL sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 27526196 FAFIAN RODRIGO DAVID sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 23723391 GIL ARIEL OMAR sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 31567689 FALCHINI MATIAS IGNACIO sobre PISTOLA calibre .380 PLG GILARDI LUCIO FERNANDO sobre REVOLVER calibre .38 PLG LE 4418387 DNI 37283386 FANTINI DAMIAN LEONARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 10875868 GIMENEZ HUGO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 25768766 FANTINI FABRICIO HERNAN sobre ESCOPETA calibre 20 UAB DNI 35591868 GIMENEZ JOAQUIN sobre CARABINA calibre .308 PLG DNI 25335288 FANZI JULIO CESAR sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 14409920 GIMENEZ JOSE LUIS sobre CARABINA calibre .30-06 PLG DNI 16747588 FARAO DANIEL ALEJANDRO sobre REVOLVER calibre .22 PLG DNI 26018267 GIMENEZ MARIA LAURA sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 24617298 FARNESE CRISTIAN NATALIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 32971943 GINO LUCIANO EDUARDO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 31550803 FATIGATI PABLO EDUARDO sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 12238405 GIORGIERI JAVIER EDUARDO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 24278685 FAVOT GUSTAVO GABRIEL sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 12238405 GIORGIERI JAVIER EDUARDO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 24615517 FEREZ DARIO OSCAR sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 22452961 GIROD PABLO EMILIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 32252151 FERNANDEZ ALEJANDRO EZEQUIEL sobre REVOLVER calibre .44 PLG DNI 26107222 GIROTTI LUCIANO RODRIGO sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 32252151 FERNANDEZ ALEJANDRO EZEQUIEL sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 26107222 GIROTTI LUCIANO RODRIGO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 32252151 FERNANDEZ ALEJANDRO EZEQUIEL sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 20298240 GLARIA SEBASTIAN sobre CARABINA calibre .44 PLG DNI 32252151 FERNANDEZ ALEJANDRO EZEQUIEL sobre ESCOPETA calibre 36 UAB DNI 13377578 GLUZ SERGIO ARMANDO sobre CARABINA calibre .300 PLG DNI 32252151 FERNANDEZ ALEJANDRO EZEQUIEL sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 18404277 GODOY RODOLFO FORTUNATO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 32252151 FERNANDEZ ALEJANDRO EZEQUIEL sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 18514166 GODOY ROLANDO RICARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM LE 7762593 FERNANDEZ CARLOS ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 28337396 GOGNA DIEGO HUGO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 24763050 FERNANDEZ CESAR HERNAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 23797467 GOICOCHEA CARLOS ARIEL sobre CARABINA calibre .44 PLG DNI 26867463 FERNANDEZ DARIO ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 16681067 GOICOECHEA CARLOS EDUARDO sobre CARABINA calibre .44-40 PLG DNI 21574066 FERNANDEZ JUAN ANTONIO sobre REVOLVER calibre .22 PLG DNI 30662961 GOMEZ LEANDRO GABRIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 26029577 FERNANDEZ LUIS RENE sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 30107608 GOMEZ LORENA LUCIANA sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 28199053 FERNANDEZ RICARDO JAVIER sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 34629049 GOMEZ NICOLAS FABIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 14356948 FERNANDEZ RUBEN HORACIO sobre FUSIL calibre .22 PLG DNI 31990036 GOMEZ SERGIO JOSE sobre FUSIL calibre .30-06 PLG DNI 10267850 FERREIRA VICTOR sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 18545481 GONELLA ALEJANDRO LUIS sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 14739012 FERREYRA CARLOS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 12553861 GONZALEZ CAMPERO VICTOR DANIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 28934038 FERRIN RAUL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 16224829 GONZALEZ CARLOS JESUS sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 20364454 FERRO LUIS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 22471080 GONZALEZ CHRISTIAN HERNAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 8568426 FESTINI DANIEL HONORIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 22492478 GONZALEZ DIEGO FABIAN DNI 28852344 FIGUEROA JOSE ALBINO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 20564833 GONZALEZ FRANCISCO JAVIER sobre ESCOPETA calibre 20 UAB DNI 29574615 FILARDI LEANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 93385634 GONZALEZ GARY NELSON sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 23763597 FILISETTI SEBASTIAN PABLO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 16027042 GONZALEZ GERARDO RAMON sobre PISTOLA calibre 9 MM FIORINI NESTOR ROBERTO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 18735316 GONZALEZ JORGE sobre CARABINA calibre .17 PLG DNI 7746113 11 DNI 12315924 FIORUCCI NORBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 11198624 GONZALEZ JUAN SANTOS sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 32556689 FISCHER NICOLAS ANDRES sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 32555268 GONZALEZ MARCOS JULIAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 17486407 FÖHRIG ROBERTO JORGE sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 32221413 GONZALEZ MARTIN LEONARDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 29309829 FOLIK ATILIO GUILLERMO sobre FUSIL calibre .308 PLG DNI 29590049 GONZALEZ MATIAS ARIEL sobre ARMA LARGA COMB. calibre .308 PLG DNI 30712690 FONTI LEANDRO MARTIN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 4439710 GONZALEZ NICOLAS MANUEL sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 31464379 FORNASIER FERNANDO VICTOR sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 10934500 GONZALEZ OSCAR MARCELO sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 16273244 FRAGA GUILLERMO JOSE sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 24625683 GONZALEZ PABLO JAVIER sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 30549792 FRANK DARIO VICTOR sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 18449945 GONZALEZ PASSINI CEFERINO G. sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 20260053 FRARESSO MARCELO GERMAN sobre FUSIL calibre .30-06 PLG DNI 8396477 GONZALEZ RAFAEL ANTONIO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 18101707 FRATTO ANIBAL MANUEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 31801990 GORCHS MARTIN FEDERICO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 20714575 FRESCO HECTOR OSCAR sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 24069595 GORO AMARILLO JULIO CESAR sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 16514064 FRIAS LUIS ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 24069595 GORO AMARILLO JULIO CESAR sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 26379264 FRUTOS ERNESTO ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 24069595 GORO AMARILLO JULIO CESAR sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 34958745 FUENTES GONZALO sobre FUSIL calibre .308 PLG DNI 31892769 GOYENECHE JUAN CRUZ sobre ESCOPETA calibre 20 UAB DNI 21380373 FUENTES JAIME sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 20350713 GRANATA JULIO EDUARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 93068854 FUENTES SIÑANI DAN OMAR sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 92499111 GRANT EDUARDO MALCOLM A. sobre FUSIL calibre .308 PLG DNI 25211916 FULLONI EMILIO ROLANDO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 14455331 GRENON WALTER ROBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 16650802 FUNES WALTER ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 16609987 GRIEVE JULIO CESAR AGUSTO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 26699598 GABARAIN DANIEL ALFREDO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 4532985 GRIGLIONE JUAN MANUEL sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 22013797 GAGGI DIEGO DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 10495300 GRINSCHPUN LEO SAUL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 31522971 GALBARINI DAMIAN sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 13250461 GROSSI OMAR MIGUEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 18827392 GALETTI BRITTO ARTURO JOSE sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 4752220 GUERRERO DANIEL JERONIMO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 21993779 GALLARDO FERNANDO ANIBAL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 17931632 GUIDOBONO AGUSTIN AMADEO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 23435615 GALLEGO ALBERTO GUSTAVO sobre FUSIL calibre .308 PLG DNI 26344653 GUIZZO FEDERICO AGUSTIN sobre ESCOPETA calibre 28 UAB DNI 23584735 GALLO DIEZ ARTURO FEDERICO sobre REVOLVER calibre .32 PLG DNI 26344653 GUIZZO FEDERICO AGUSTIN sobre ESCOPETA calibre 20 UAB DNI 23584735 GALLO DIEZ ARTURO FEDERICO sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 94631276 GUO DANFENG sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 23584735 GALLO DIEZ ARTURO FEDERICO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 30916253 GURUCHAR RAUL ANDRES sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 21941567 GALLO LUIS RICARDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 14793864 GURZALE JORGE EDUARDO sobre REVOLVER calibre .22 PLG DNI 13975217 GALVAN GUSTAVO ROBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 16590104 GUTMAN NAVARRO OJEDA GUILLERMO DAVID sobre PISTOLA calibre .40 PLG LE 7363675 GAMBULI ANTONIO LUIS sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 12838941 GUZMAN RENE OSVALDO sobre ESCOPETA calibre 20 UAB LE 5332778 GARAT JUAN CARLOS sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 13989500 HANECK EMILIO ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre .380 PLG LE 5332778 GARAT JUAN CARLOS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 31730307 HARFUCH JEREMIAS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 16402010 GARBINO MARIO ESTEBAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 28575656 HARVEY JUAN MIGUEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 28771216 GARBUGLIA LEONARDO sobre FUSIL calibre .22 PLG DNI 11926647 HEL JORGE ALFREDO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 28437090 GARCIA ESTEBAN FERNANDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 27978516 HERMAN SERGIO DANIEL sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 4556579 GARCIA HERNAN FRANCISCO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 31835779 HERMOSA PATRICIO GUILLERMO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 17416662 GARCIA ROBERTO FABIAN sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 20981635 HERNANDEZ ALEJANDRO ABEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 16931886 GARCIA SERGIO FABIAN sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 22592903 HERNANDEZ NORBERTO ANDRES sobre FUSIL calibre .22 PLG DNI 12608570 GARCIA WALTER RUBEN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 25339891 HERNANDEZ VICTOR ADRIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 12752883 GARZO OSCAR ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 7690785 HERRERA JORGE ALBERTO sobre FUSIL calibre .22 PLG DNI 12752883 GARZO OSCAR ALBERTO sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 12734215 HERRERA LUIS ALBERTO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 27836716 GASSMANN SILVIO ARIEL sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 18417697 HERRERA RUBEN ALBERTO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 34587855 GAVOSTO JONATAN EZEQUIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 24095171 HERRERO LEANDRO ESTEBAN sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 23520649 GAVOTTI RUBEN DEL VALLE sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 31395187 HERRERO LUIS DANIEL sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 23440537 GAZQUEZ FERNANDO MARTIN sobre REVOLVER calibre .22 PLG DNI 25902257 HILT MAXIMILIANO ANGEL sobre ESCOPETA calibre 32 UAB DNI 23440537 GAZQUEZ FERNANDO MARTIN sobre REVOLVER calibre .44 PLG DNI 25902257 HILT MAXIMILIANO ANGEL sobre REVOLVER calibre .22 PLG DNI 26799358 GENOVESIO GUILLERMO sobre ESCOPETA calibre 20 UAB DNI 18068482 HOARE MARCELO EDUARDO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 21466109 GENTILE MARCELO PABLO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 22602589 HOLZE CLAUDIO JAVIER sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 20899322 GENTILI MARCELO ADRIAN C. sobre REVOLVER calibre .22 PLG DNI 18860955 HONG LIANG sobre CARABINA calibre .357 PLG DNI 20899322 GENTILI MARCELO ADRIAN C. sobre PISTOLA calibre 6,35 MM DNI 94890583 HUANG HUAJIE sobre PISTOLA calibre 6,35 MM DNI 20899322 GENTILI MARCELO ADRIAN C. sobre REVOLVER calibre .32 PLG DNI 7751615 HUARTE ATILIO MIGUEL sobre ESCOPETA calibre 36 UAB DNI 12475979 GEREMIAS GUSTAVO OMAR sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 4380039 HUESO DANIEL NORBERTO sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 22408502 GHIBAUDO HECTOR GUSTAVO sobre CARABINA calibre .223 PLG DNI 24897953 IACUZZI DIEGO RAFAEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB Primera Sección Lunes 30 de junio de 2014 Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego DNI 7082911 IBAÑEZ FRANCISCO AGUSTIN sobre REVOLVER calibre .22 PLG DNI 24102066 IBAÑEZ OSVALDO FABIAN DNI 26504171 IBARRA FERNANDO MANUEL DNI 20618876 BOLETIN OFICIAL Nº 32.915 Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego DNI 30338033 LUNA LUCIANO RUBEN sobre CARABINA calibre .22 PLG sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 13143069 LUNA ROBERTO JESUS sobre PISTOLA calibre 9 MM sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 36185583 LUQUE ELVIO LUIS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB IGLESIAS HERNAN DARIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 5509451 LUZURIAGA CARLOS sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 36185440 IMHOFF CESAR ARIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 16549335 MAC NALLY GUILLERMO MARIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 20783685 IRAZOQUI SEBASTIAN LUIS sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 13924837 MACELLARO JORGE CARLOS sobre CARABINA calibre .30-06 PLG DNI 22470753 IRIARTE SERGIO ADRIAN sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 27825422 MACIEL MARCELO DARIO sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 18283858 IRIGOYEN MIGUEL ANGEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 27166472 MAGALLANES GUSTAVO ANDRES sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 32476607 IURA NICOLAS JESUS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 6601947 MAGNANO HECTOR ALEJANDRO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 26541314 JABAT JAVIER JOSE sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 22703811 MAIDANA DANIEL ALBERTO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 23902917 JAIME ROBERTO ESTEBAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 17326680 MAIDANA HECTOR FABIAN sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 27766355 JALUFF ALEJANDRO RAUL sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 28601180 MAIDANA JOSE LUIS sobre CARABINA calibre .308 PLG DNI 26574952 JARA CRISTIAN ALFREDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 26500786 MAIER BRUNO ANDRES sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 10195108 JARAMILLO AMADEO sobre FUSIL calibre .308 PLG DNI 30391912 MAILLO MATIAS MIGUEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 23123209 JIRAK GABRIEL ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 12331867 MALDONADO LUIS HECTOR sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 14362644 JOFRE CARLOS JOSE sobre CARABINA calibre .308 PLG DNI 13836656 MAMBRIANI EDUARDO MARCELO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 21369155 JOKANOVICH IVAN ROBERTO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 11406338 MANDRILE NELSON HUMBERTO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 25014621 JORGE RICARDO JAVIER sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 20001440 MANETTI JULIO ENZO sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 25469430 JUAREZ GONZALO MARTIN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 92624478 MANFREDI CUITIÑO BRUNO DAMIAN sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 8632977 JUAREZ JUAN ORLANDO sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 7691998 MANOUKIAN DRAGO sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 27589137 KAENEL LUIS ALBERTO sobre CARABINA calibre .357 PLG DNI 25696263 MANRESA EDUARDO sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 23344240 KAWECKI FABIAN DARIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 25696263 MANRESA EDUARDO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 14610396 KOCHERENGO EDGARDO ALFREDO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 25696263 MANRESA EDUARDO sobre CARABINA calibre 7,65x54 MM DNI 14610396 KOCHERENGO EDGARDO ALFREDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 32248959 MANSILLA ANDRES ELIAS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 24294746 KRIEGER GUNNAR GERMAN sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 14373310 MANSILLA PEDRO ALBERTO sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 36222009 KRONEBERGER KEVIN sobre CARABINA calibre .308 PLG DNI 8245359 MARAFUSCHI EDUARDO PABLO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 12458861 LA ROCCA CARLOS ALBERTO CAYETANO sobre FUSIL calibre .43 PLG DNI 8604830 MARCON JUAN SANTIAGO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 34217106 LAGARDE GASTON FEDERICO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 33469763 MARELLI HUGO ALEJANDRO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 7593653 LAGIGLIA JORGE ALFREDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 23194239 MARETICH GERARDO DARIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 30408224 LAGUARDIA SANTIAGO AGUSTIN sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 36076776 MARIANI ELIAS MAXIMILIANO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 23952986 LANDI ADRIAN MARTIN sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 30066902 MARIANI LUCIANO MATIAS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 17067105 LAPITZONDO WALTER HUGO sobre CARABINA calibre .17 PLG DNI 24724237 MARILLAN ALEJANDRO ANDRES sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 23470985 LASCA LEANDRO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 13087840 MARINI ALBERTO LUIS sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 16386026 LATOUR JOSE ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 21600777 MARINUCCI ADRIAN EMILIO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 17807108 LAUDANNO LUIS ALBERTO sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 16288247 MARIOTTO DARIO OMAR sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 18141882 LAZARTE FRANCISCO GERARDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 16248206 MARQUEZ RAFAEL ALBERTO sobre FUSIL calibre .22 PLG DNI 30181141 LEAL HERNAN sobre CARABINA calibre .308 PLG DNI 29242866 MARQUEZ WALTER ARMANDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 31373703 LECRUIT CRISTIAN IVAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 11224210 MARRA JORGE ALBERTO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 36536076 LEDESMA ALEXIS LEONEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 93704923 MARTIN JOSE ANDRES sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 21487624 LEMOS EDUARDO RICARDO sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 36683869 MARTIN LUCAS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 21487624 LEMOS EDUARDO RICARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 31145940 MARTIN LUCAS ARMANDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 23572537 LEMOS HECTOR GUILLERMO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 28449034 MARTIN PABLO ARIEL sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 24028738 LEMOS MARTIN EDUARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 24461106 MARTIN SEBASTIAN ANTONIO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 25999068 LENSINA JAVIER HERNAN sobre PISTOLA calibre 9 MM LE 8239688 MARTINEZ CANDIDO GABRIEL sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 30158428 LEO SANTIAGO GERMAN sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 18018171 MARTINEZ CARLOS MANUEL sobre CARABINA calibre .308 PLG DNI 21925563 LEON ADRIAN VICTOR sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 34205249 MARTINEZ CRISTIAN EZEQUIEL sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 34855960 LEON PABLO sobre CARABINA calibre .30-06 PLG DNI 27548280 MARTINEZ JOSE ALBERTO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 8241941 LEONE HUGO ALBERTO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 24880989 MARTINEZ JUAN GUALBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 10579792 LERDA RAQUEL LIDIA sobre REVOLVER calibre .22 PLG DNI 26556867 MARTINEZ JULIO CESAR sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 26673704 LESCANO JORGE ALBERTO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 12601906 MARTINEZ MIGUEL ANGEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 17682424 LEUWERS ALEJANDRO JUAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 25181936 MARTINEZ RICARDO CESAR sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 26074830 LEYES ALCIDES RAMON sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 16228158 MARTINEZ VICTOR HUGO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 10278067 LINSALATA EDUARDO RAUL sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 22348923 MARTINI CLAUDIO RENE RAMON sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 10680617 LISTA ROBERTO JOSE sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 20461809 MASCARELLA PABLO ARIEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 28236319 LLANCAQUEO MAURICIO FABIAN sobre FUSIL calibre .22 PLG DNI 22637368 MATEO ABUDI JOSE EMILIO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 28420233 LLANOS SERRANO DAVID sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 33705905 MATTIO RENZO DANIEL sobre CARABINA calibre .308 PLG DNI 29165727 LLEUFO MARCELO ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 36897568 MATTIOLI FRANCO LUCIANO sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 16116092 LLOCRA ABRAHAM RICARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 22395135 MAURO MARIANO OMAR sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 23232936 LLULL MARCOS VICENTE sobre ESCOPETA calibre 36 UAB DNI 26165583 MAXIT DAMIAN ABEL sobre ESCOPETA calibre 20 UAB DNI 28337368 LOBOS CARLOS MARTIN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 27292836 MAYORAZ JONATHAN DARIO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 36711096 LOMBARDELLI LUCIANO DAMIAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 27673189 MAYORGA SANTIAGO JESUS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 20441460 LOPEZ ADAN ANDRES sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 8426881 MAZZEI OMAR ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 37352399 LOPEZ ALBERTO DAMIAN sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 32823059 MAZZONE JAVIER NICOLAS sobre CARABINA calibre .30-30 PLG LOPEZ ANGEL ATILIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 20896113 MAZZUCHINO FERNANDO JAVIER sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 16365402 LOPEZ ARGENTINO RAUL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 32090471 MEDINA MARIO ROBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 23390489 LOPEZ ARIEL ENRIQUE sobre ESCOPETA calibre 20 UAB DNI 20707225 MEDRANO DE LA SERNA JUAN A. sobre FUSIL calibre .303 PLG LE 8236673 12 DNI 22050362 LOPEZ CRISTIAN DIEGO ROBERTO sobre FUSIL calibre 7,65x54 MM DNI 31850989 MEIER CARLOS LEONARDO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 22050362 LOPEZ CRISTIAN DIEGO ROBERTO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 5275636 MELUCCI FELIX sobre PISTOLON calibre 32 UAB DNI 22050362 LOPEZ CRISTIAN DIEGO ROBERTO sobre FUSIL calibre 7,65x54 MM DNI 22892297 MENA PABLO JAVIER sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 14494840 LOPEZ DANIEL JOAQUIN sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 26249301 MENDEZ JOSE ANTONIO sobre CARABINA calibre .308 PLG DNI 22034496 LOPEZ EDUARDO ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 28078991 MENDEZ NURIA MARIA sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 21491656 LOPEZ ESTEBAN ATILIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 23548169 MENDIZ JUAN CARLOS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 21491656 LOPEZ ESTEBAN ATILIO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 26099698 MENDOZA GASTON EDUARDO sobre CARABINA calibre .223 PLG DNI 29580092 LOPEZ HUGO LUIS sobre CARABINA calibre .44 PLG DNI 30757295 MENICHELLI SEBASTIAN PABLO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 34247978 LOPEZ JONATAN LUIS sobre FUSIL calibre .338 PLG DNI 22583244 MENTESANA JOSE LUIS sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 14698344 LOPEZ JOSE LUIS sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 23964919 MEONIS ARIEL ENRIQUE sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 14644284 LOPEZ OSCAR ROBERTO sobre CARABINA calibre .357 PLG DNI 32021298 MERA JAVIER FEDERICO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 22569311 LOPEZ ROGER CENEIDE sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 22109836 MERIGHI ADRIAN PABLO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 16580745 LOPEZ RUBEN ARIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 20158580 METTERNICHT CARLOS ALFONSO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 16806532 LOPEZ SERGIO ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 27259225 MICHELENA HERNAN sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 17159336 LOPEZ WALTER ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 24398164 MIERES PABLO MARTIN sobre CARABINA calibre .223 PLG DNI 28830113 LOREFICE MARIANO ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 25919994 MIGUELES CORDOBA MAXIMILIANO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 27410032 LOVEY ELIAS EUGENIO JOSE sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 29249233 MIGUEZ PORCAL ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 20855467 LOZA ROBERTO CARLOS sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 31578106 MIJNO GERMAN ANDRES sobre CARABINA calibre .223 PLG DNI 20855467 LOZA ROBERTO CARLOS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 27730606 MILLAN JORGE FRANCISCO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 24134949 LOZANO RAUL ARIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 27730606 MILLAN JORGE FRANCISCO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 18629152 LUCERO HUGO sobre FUSIL calibre .300 PLG DNI 25203650 MILLAN JOSE MARIA sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 13951456 LUCERO ROBERTO OSCAR sobre ESCOPETA calibre 20 UAB DNI 18196590 MIÑO GABRIEL ARMANDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 21584871 LUCZASTY RAUL ANTONIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 8433713 MIÑO JUAN CARLOS sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 14683536 LUIS GERMAN GUSTAVO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 16875420 MIRANDA FERNANDO GABRIEL sobre PISTOLA calibre .40 PLG Primera Sección Lunes 30 de junio de 2014 Documento DNI 22541235 Denominación MIRANDA MARIO ROBERTO Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego BOLETIN OFICIAL Nº 32.915 Documento Denominación 13 Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 24156600 PEPPINO SILVIO CESAR sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 6459021 MISSANA LEONARDO LINO sobre FUSIL calibre .22 PLG DNI 23284827 PERALTA CHRISTIAN ELIAS sobre ARMA LARGA COMB. calibre .308 PLG DNI 20490801 MOHR ENRIQUE ADOLFO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 23855219 PERALTA GUILLERMO OMAR sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 27540556 MOLINA PABLO GERMAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 29030278 PERALTA RAUL ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB MOLINA REINALDO EDGAR sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 13077838 PEREA ROQUE CRUZ sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 26544120 MOÑAGORRI PEDRO ALEJANDRO sobre CARABINA calibre .308 PLG DNI 94618393 PEREG GIL sobre REVOLVER calibre .22 PLG DNI 12737287 MONTALTI LUIS JORGE sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 16404042 PERETTI JOSE MIGUEL sobre FUSIL calibre 7,65x54 MM DNI 36300240 MONTERO PABLO DANIEL sobre ARMA LARGA COMB. calibre .308 PLG PEREYRA IRAOLA GONZALO F. sobre REVOLVER calibre .22 PLG DNI 32964991 MONZON RAUL FERNANDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 18248523 PEREZ ANDRES EMILIO sobre PISTOLON calibre 32 UAB DNI 22181662 MORALES SERGIO GABRIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 23520737 PEREZ GABRIELA ALEJANDRA sobre ESCOPETA calibre 20 UAB DNI 32407311 MORANO GABRIEL DOMINGO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 16257589 PEREZ HECTOR EUDORO sobre FUSIL calibre .300 PLG DNI 24805244 MOREIRA CABRERA FABIAN ARISTIDES sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 27723284 PEREZ HORACIO ARTURO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 21923798 MOREIRA SERGIO LEANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 25027421 PEREZ HUGO MARTIN SEBASTIAN sobre FUSIL calibre .223 PLG DNI 26649073 MORELLI LUCIANO MATIAS sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 18589522 PEREZ LUIS ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 26649073 MORELLI LUCIANO MATIAS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 18589522 PEREZ LUIS ALBERTO sobre REVOLVER calibre .22 PLG DNI 27400245 MORENO DIEGO ALEJANDRO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 28653238 PEREZ MARTIN FRANCISCO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 23458648 MORON CHRISTIAN EDUARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 23114713 PEREZ MIGUEL CONSTANCIO sobre ARMA LARGA COMB. calibre .308 PLG DNI 14865469 MORON HESSLING ALEXEY ESTEBAN sobre CARABINA calibre .22 PLG LE 4633180 PEREZ RAUL ALBERTO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 14865469 MORON HESSLING ALEXEY ESTEBAN sobre REVOLVER calibre .44 PLG DNI 25129090 PERONE NICOLAS ERNESTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 25821376 MOROSI RICARDO MARTIN IGNACIO sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 5193494 PEROVIC CARLOS HERMAN sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 14309275 MORRAZO JORGE DANIEL sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 26779765 PERRET GUSTAVO ENRIQUE sobre REVOLVER calibre .22 PLG DNI 14450164 MOSCETTA ROMAN OSVALDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 23460855 PERUSIA JUAN JOSE sobre FUSIL calibre .270 PLG DNI 23188990 MOSCI GUSTAVO LUIS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 23460855 PERUSIA JUAN JOSE sobre CARABINA calibre .223 PLG DNI 25656610 MOYANO FRANCISCO ADOLFO sobre FUSIL calibre .22 PLG DNI 31506186 PESANO LUIS JOAQUIN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 25656610 MOYANO FRANCISCO ADOLFO sobre FUSIL calibre .44 PLG DNI 26645020 PIASENTINI DANIEL EDUARDO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 26107553 MUDA DIEGO CEFERINO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 26645020 PIASENTINI DANIEL EDUARDO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 8686380 MUELA RODOLFO ANGEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 24271999 PICCIOTTI EMILIO HORACIO M. sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 8241101 MUSSI EDMUNDO PEDRO sobre FUSIL calibre .22 PLG DNI 27613983 PIETRANI SEBASTIAN sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 6121465 LE 4551113 DNI 27745631 MUZYKANSKI DAVID sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 25971473 PIGHIN ANDRES LUIS sobre CARABINA calibre .44 PLG DNI 27745631 MUZYKANSKI DAVID sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 28157911 PILAN DIDIER JUAN CARLOS ALBERTO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 28060949 MUZZIO CARLOS ALEJANDRO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 14015205 PIÑEIRO FOGELSTROM ALEJANDRO O. sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 27403072 NAHUELQUIR ARGENTINO OSCAR sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 17932523 PINI GUSTAVO ANGEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 30528163 NANO HUGO DIEGO sobre ESCOPETA calibre 20 UAB DNI 92470967 PIRIZ ORTIZ PABLO JAVIER sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 29383055 NARDONI DIEGO JESUS sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 32342801 PLATERO MAXIMILIANO GABRIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 8103770 NAVARRO RICARDO JUAN sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 20026689 PLEIMLING NESTOR GABRIEL sobre CARABINA calibre .17 PLG DNI 8398174 NEFFA REINALDO ANTONIO sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 28375224 PODIO BARREIRO JUAN MARIA sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 27704132 NEGRO LUCIANO ARIEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 27853942 PONCE MAURO SEBASTIAN sobre CARABINA calibre .308 PLG DNI 27884442 NEIRA DENIS RAFAEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 34689995 PORCHIETTO DAMIAN IGNACIO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 11990670 NERVI WALTER MARCELO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 30178736 PRADO SERGIO DAMIAN sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 22283203 NEUBANER LUIS MARIA sobre FUSIL calibre .22 PLG DNI 35261001 PRELATO NICOLAS MIGUEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 22647879 NICOLAS JUAN CARLOS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 16061685 PRONOTTI RUBEN DARIO sobre CARABINA calibre .17 PLG DNI 35225272 NICORA JOSE LUIS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 29746745 DNI 30970755 NIETO MARIANO EDUARDO sobre PISTOLA calibre .380 PLG LE 6021969 PUECHAGUT FEDERICO LEONEL sobre CARABINA calibre .22 PLG QUEVEDO NORBERTO HERNAN CIRINO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 21067753 NOVARINO RODOLFO BARTOLO sobre FUSIL calibre .22 PLG DNI 24348240 QUEVEDO RAMON PANTALEON sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 14148814 NUNZI OSVALDO MARIO sobre REVOLVER calibre .44 PLG DNI 24348240 QUEVEDO RAMON PANTALEON sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 26436712 OBHOLZ CARLOS ALBERTO sobre REVOLVER calibre .22 PLG DNI 24235831 QUIETO MANUEL FEDERICO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 33472799 OBREGON GUILLERMO LEANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 34688481 QUINTERO MAXIMILIANO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 25825982 OCHOA EDUARDO JAVIER sobre FUSIL calibre .300 PLG DNI 20977092 QUINTEROS LUIS MARCELO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 18871506 OJANGUREN AFFILASTRO ANDRES A. sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 20977092 QUINTEROS LUIS MARCELO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 27740851 OJEDA CARLOS LEONEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 25099761 QUIROGA GONZALO WALTER SEBASTIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 20996338 OLIVA DAVID CLIDER sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 28701881 QUIROGA LEONARDO MATIAS sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 17197198 OLIVERA MYRIAM NOEMI sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 28782856 QUIROGA RAMON DARIO sobre FUSIL calibre .223 PLG DNI 16157660 OLMOS CATANIA LUIS ROBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 93992033 RABOTYAGOVA NATALIYA sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 31791377 ONORATO RAUL ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 93992033 RABOTYAGOVA NATALIYA sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 23024532 ONTIVERO CLAUDIO ANIBAL sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 18482192 RALLO JOSE LUIS sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 24084694 ONTIVERO JORGE sobre PISTOLA calibre 6,35 MM DNI 20910020 RAMALLO CARLOS ALBERTO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 31791312 ORELLANA LUCAS EMMANUEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 22164170 RAMIREZ ANALIA VERONICA sobre REVOLVER calibre .38 PLG sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 17612002 ORELLANO GABRIEL GUSTAVO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 18367444 RAMIREZ FERNANDO JORGE DNI 25834066 ORELLANO YANINA BEATRIZ sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 21785206 RAMIREZ HECTOR ANDRES sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 14429369 ORSO LUIS ALBERTO sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 14847257 RAMIREZ JUAN JOSE sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 14429369 ORSO LUIS ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 16723218 RAMIREZ LUIS OMAR sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 23184726 OTTONE GIMENEZ MARIO C. E. sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 22390219 RAMIREZ MANUEL VICTOR sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 10552974 PACHECO DOMINGO FAUSTINO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 25045988 RAMIREZ MARIO ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 23305828 PADILLA WALTER ENRIQUE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 26550425 RAMIREZ WALTER MARCELINO sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 14835619 PAILLACAR JORGE sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 23836017 RAMOS EDUARDO JAVIER sobre CARABINA calibre .308 PLG DNI 21582803 PAJON JOSE LUIS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 22678662 RAMOS JORGE DANIEL sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 25675725 PALERMO CALERO JUAN GERMAN sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 4425684 RAPISARDA AGUSTIN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 25554523 PALETTI NATALIA LORENA sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 18577210 RAVENAU GUILLERMO WILSON sobre FUSIL calibre .22 PLG DNI 8210211 PALMA JORGE MIGUEL sobre CARABINA calibre .223 PLG DNI 24917726 REDONDO DANIEL EDGARDO sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 18470715 PAPAÑO OSCAR EDUARDO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 32650460 REINHARTT CESAR ERALDO sobre ARMA LARGA COMB. calibre .308 PLG DNI 36887371 PAPILI FERNANDO GASTON sobre ESCOPETA calibre 20 UAB DNI 8246887 REINOSO ANDRES UBALDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 25691989 PARDO CHRISTIAN MANUEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 26641333 RENZETTI GABRIEL ALEJANDRO sobre FUSIL calibre .30-06 PLG sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 28726093 PARE NATANEL IGNACIO sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 34229230 REVERENDO MAXIMILIANO PABLO DNI 11223480 PARRA DOMINGO sobre FUSIL calibre 7,65x54 MM DNI 34229230 REVERENDO MAXIMILIANO PABLO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 21920210 PASQUARIELLO DIEGO FEDERICO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 8422032 REY RAUL MARTIN sobre ESCOPETA calibre 32 UAB DNI 4694184 PASTOR SIXTO RODOLFO sobre FUSIL calibre .22 PLG DNI 24999415 REYES SERGIO MAURICIO sobre PISTOLA calibre 6,35 MM DNI 4694184 PASTOR SIXTO RODOLFO sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 24999415 REYES SERGIO MAURICIO sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 4694184 PASTOR SIXTO RODOLFO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 24999415 REYES SERGIO MAURICIO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 37225529 PAULETO NICOLAS DANIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 16760242 REYNOSO HECTOR DARIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 36220810 PAULINO LEANDRO ADRIAN sobre FUSIL calibre .308 PLG DNI 20186101 RIBEIRO JOSE ANTONIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 22607890 PAVONI HERNAN JAVIER sobre REVOLVER calibre .32 PLG DNI 16202511 RICCI ROBERTO ALEJANDRO ROQUE sobre CARABINA calibre .270 PLG DNI 21471037 PAWELEK LEONARDO RAUL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 22365170 RIGOTTI JUAN CARLOS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 16050154 PAZ CARLOS LUIS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 17974792 RIOS BASILIO VIVIANO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 23222818 PAZ FACUNDO ESTANISLAO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 16669763 RIOS CARLOS DANIEL sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 28839379 PAZ JORGE ADRIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 24572001 RIPOLL HECTOR EDUARDO sobre ESCOPETA calibre 20 UAB DNI 24187592 PELEGRINA JORGE GUILLERMO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 24467456 RIQUELME MARCOS ANTONIO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 4515480 PELOSO THOMPSON RICARDO A. sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 27015132 RISCHMANN MICHEL JOSE sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 10592206 PENNISE CARLOS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 20971515 RISSO MARIO NICOLAS sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 10592206 PENNISE CARLOS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 34326900 RISSO PATRON SALUSTIANO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 27019280 PENNISI HORACIO ARIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 30900910 RIVELLO CLAUDIO DARIO sobre REVOLVER calibre .22 PLG Primera Sección Lunes 30 de junio de 2014 Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego BOLETIN OFICIAL Nº 32.915 Documento DNI 6078276 RIVERO ENRIQUE sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 28474201 DNI 14498961 RIVERO JUAN JORGE sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 21697428 RODRIGUEZ CARLOS ALFREDO sobre FUSIL calibre .223 PLG DNI 27394107 RODRIGUEZ CARLOS PABLO sobre PISTOLA calibre 9 MM Denominación 14 Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego SEGOVIA LEONARDO DIEGO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 36365969 SELLA AGUSTIN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 27016584 SEMA JORGE GUSTAVO sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 23301722 SENA RAUL RUBEN sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 29696199 RODRIGUEZ DAMIAN EDUARDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 16149572 SENKLER CARLOS JOSE sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 32895529 RODRIGUEZ DAMIAN SERGIO sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 28533596 SEQUEIRA FABRICIO JAVIER sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 24094075 RODRIGUEZ DIEGO ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 20149365 SERAFINI FABIO ELVIS sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 22297491 RODRIGUEZ FERNANDO DANILO sobre FUSIL calibre .308 PLG DNI 31088438 SERENA ENRIQUE GASTON sobre ESCOPETA calibre 20 UAB DNI 6038772 RODRIGUEZ HECTOR MIGUEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 32967375 SERMINATTI ANDRES OMAR sobre ESCOPETA calibre 24 UAB DNI 24850966 RODRIGUEZ JUAN ANTONIO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 21953853 SERRANO DIEGO ESTEBAN sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 22226570 RODRIGUEZ LOZANO MARTIN MIGUEL sobre REVOLVER calibre .44 PLG DNI 26766281 SERVETTO ARIEL ALEJANDRO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 27657601 RODRIGUEZ LUCAS DAMIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 27061857 SESTA JOSE ANTONIO sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 16797695 RODRIGUEZ MARCELO EDUARDO sobre CARABINA calibre .44 PLG DNI 23221369 SESTA PEDRO DAVID sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 16797695 RODRIGUEZ MARCELO EDUARDO sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 10069155 SETTECASI JOSE ROBERTO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 30586623 ROGGIO FRANCISCO sobre ESCOPETA calibre 20 UAB DNI 31686996 SIEBEN MATIAS ELIAN sobre CARABINA calibre .308 PLG DNI 30586623 ROGGIO FRANCISCO sobre ESCOPETA calibre 20 UAB DNI 24850362 SILISQUE HUMBERTO GUILLERMO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 31678611 ROJAS ADRIAN JORGE sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 10396628 SILVA EDUARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 35643078 ROJAS RODRIGO EMANUEL sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 27645581 SILVA NARVAEZ MARIA ELINA sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 16321343 ROLANDI ANGEL CARLOS sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 20084572 SILVA PABLO ANSELMO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 10967336 ROMADAN CARLOS ALBERTO sobre FUSIL calibre .338 PLG DNI 22932708 SILVANO MIGUEL ANGEL sobre ESCOPETA calibre 28 UAB DNI 24138927 ROMERO DIEGO sobre REVOLVER calibre .32 PLG DNI 35144587 SIMONETTA GERARDO JOSE sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 24138927 ROMERO DIEGO sobre PISTOLA calibre 7,65 MM DNI 34045439 SINAGRA MARTIN EZEQUIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 20259114 ROMERO ELVIO ADRIAN sobre CARABINA calibre .30-06 PLG DNI 94101082 SIRACUSA MAURO sobre CARABINA calibre .44 PLG DNI 22880444 ROMERO JORGE EZEQUIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 24523723 SOBRERO FERNANDO MARTIN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 29897478 ROMERO LEANDRO MAURICIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 22537369 SOLA MAXIMILIANO EDUARDO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 16942589 ROMERO MANUEL HORACIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 20343788 SOLAIMAN EMILIO FABIO sobre CARABINA calibre .308 PLG DNI 16942589 ROMERO MANUEL HORACIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 25445351 SOLER JOSE MIGUEL sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 27612344 ROMO FRANCISCO ERNESTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 33754669 SORIA HUGO ERNESTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 10560881 RONCA ALFONSO HUMBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 18506359 SOSA FLAVIO DANIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 13059715 RONDON MANUEL FRANCISCO sobre ESCOPETA calibre 20 UAB DNI 16048183 SOSA JORGE ALBERTO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 34856946 ROSALES ARIEL GUILLERMO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 25730853 SOSA MURRIE FEDERICO sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 11490017 ROSALES ARTURO sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 28631089 SOSA NUÑEZ VICTOR MAURICIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 18587453 ROSALES HUGO ARIEL sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 33413169 SOSA ROBERTO NICOLAS sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 34430251 ROSENBERG LEONEL ABRAHAM sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 10489474 SOTELO ELISEO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 25446149 ROSSI MAXIMILIANO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 7773854 SOTELO SAUL ALBERTO sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 8503016 ROSSI SERGIO HECTOR sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 35276433 SOTO MAXIMILIANO NICOLAS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 31117874 ROUDE GERARDO MIGUEL sobre FUSIL calibre .308 PLG DNI 7616743 SOTO RAFAEL ROBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 14639116 ROUX ORLANDO ESTEBAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 11357051 SOTTOSANTI ROQUE JOSE sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 34857431 ROVIRA FRANCISCO JAVIER sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 27000191 SOUZA ALEJO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 31674421 ROZENHAUZ SERGIO ALAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 25696030 SPOLIANSKY MAXIMILIANO ARIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 36099890 RUHL IVAN NICOLAS sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 21533668 SPOTTI PABLO GUILLERMO SEBASTIAN120 sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 22372964 RUIZ GASTON GABRIEL sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 21533668 SPOTTI PABLO GUILLERMO SEBASTIAN120 sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 24443938 RUIZ GUIDO GERARDO sobre FUSIL calibre .223 PLG DNI 24881130 STAMON DAVID sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 29390750 RUIZ JORGE ATILIO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 22381343 STELLA PABLO ARIEL sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 13093703 RUSSO ANGEL DARIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 22381343 STELLA PABLO ARIEL sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 12355168 SAAB ROBERTO sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 17360939 STERPONE FERNANDO HECTOR sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 12355168 SAAB ROBERTO sobre REVOLVER calibre .44 PLG DNI 33414588 STIMOLO HUGO ALBERTO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 26562782 SAAD MATIAS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 28365553 SUAREZ DIEGO SEBASTIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 12410757 SAAVEDRA RICARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 14145822 SUAREZ MIGUEL ANGEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 13754988 SACCO EDUARDO ALBERTO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 29539704 SUAREZ MIGUEL ANGEL sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 13754988 SACCO EDUARDO ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 11620170 SULIGOY ELDO OSCAR sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 13754988 SACCO EDUARDO ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 23900030 SUPPO GABRIEL RENE sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 31507661 SACCONE BRUNO ARTURO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 28399584 TABORDA JORGE ALBERTO sobre CARABINA calibre .308 PLG DNI 37133639 SAENZ RODRIGO JAVIER sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 28399584 TABORDA JORGE ALBERTO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 23126536 SALAMA DANIEL MOISES sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 34992678 TARRES JULIO LUIS sobre REVOLVER calibre .32 PLG DNI 28185736 SALAZAR DIEGO LUJAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 4520974 TASSARA ALDO CESAR sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 17831651 SALDAÑA GUILLERMO RAUL sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 13331072 TATTA ANDRES RICARDO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 27651985 SALERNO ENZO FABRICIO sobre CARABINA calibre .357 PLG DNI 28699731 TAVELLA EMILIANO JOSE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 22116919 SALESKI DARIO ANIBAL sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 24793571 TEJADA ADRIAN IGNACIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 30244378 SALVA ABEL CLAUDIO sobre CARABINA calibre .17 PLG DNI 35873839 TEJEDA VICTOR RUBEN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 16195349 SALVATIERRA NESTOR HUGO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 16080012 TEJERINA LEONARDO AGUSTIN sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 13406956 SANCHEZ ADOLFO ALEJANDRO sobre PISTOLON calibre 32 UAB DNI 17208437 TELLECHEA CARLOS EVER sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 27796859 SANCHEZ CLAUDIO DANIEL sobre FUSIL calibre .22 PLG DNI 33130460 THEA VICTOR HUGO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 11921149 SANCHEZ FERNANDO ESTEBAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 32046856 THOME MARCELO MIGUEL sobre CARABINA calibre .44-40 PLG DNI 11042069 SANCHEZ JUAN CAMILO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 22648276 TIBALDI GUILLERMO ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 23017006 SANDOVAL ALIPIO ROGELIO sobre CARABINA calibre .308 PLG DNI 20626948 TIERCIN ANDRES HORACIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 10545963 SANDRINI CARLOS ENRIQUE sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 30290121 TILLERIA FABIAN ARNALDO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 14709201 SANSBERRO JORGE EDGARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 30290121 TILLERIA FABIAN ARNALDO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 22483884 SANTI DARIO JESUS sobre ESCOPETA calibre 20 UAB DNI 36622856 TION MARIANO FERNANDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 35584978 SANTI LUCAS SANTIAGO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 36622856 TION MARIANO FERNANDO sobre FUSIL calibre 7,65x54 MM DNI 25895511 SANTO ORIHUELA HERNAN JOSE sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 25897305 TIRATEL DIEGO EUGENIO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 11501429 SARENA ALFREDO ANTONIO sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 31216831 TISANA SEBASTIAN ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 20765509 SARLI ESTEBAN PABLO LUCAS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 30968714 TITO JAVIER ALCIDES sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 34176719 SARLINGA ESTEBAN EZEQUIEL sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 29182223 TOCCI SERGIO RODOLFO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 29270895 SARMIENTO RICARDO ARIEL sobre ARMA LARGA COMB. calibre .308 PLG DNI 24151138 TOLEDO HORACIO CARLOS sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 26704980 SBRIGHI DANTE FERNANDO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 24778755 TOLEDO MARIO ENRIQUE sobre CARABINA calibre .30-06 PLG DNI 26639659 SBROLA HUMBERTO RICARDO MARTIN sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 20752268 TOLUSSO LEONARDO ENRIQUE sobre CARABINA calibre .30-06 PLG DNI 18397970 SCAGLIOTTI DELFINO ANDREA sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 4884723 TOMAINO JUAN ATILIO sobre PISTOLA calibre 7,65 MM DNI 20766871 SCALISI MARCELO NAZARENO sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 26898236 TOMAS JOSE RICARDO ANTONIO sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 17026662 SCALZO ROBERTO LEONARDO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 93191404 TORNETTA CARLOS sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 24702991 SCARAFIA DANIEL LEONARDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 22143749 TORRES CLAUDIO GUSTAVO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 26088736 SCARPINO JOSE sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 17780003 TORRES JORGE PABLO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 11838514 SCHEFER JOSE MARIA sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 24183973 TORRES MIGUEL ANGEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 10969067 SCHIAVI RENE ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 14226075 TORRES PAZ JUAN MANUEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 24772395 SCHIEL ADRIAN SERGIO sobre CARABINA calibre .308 PLG DNI 30170814 TORTUL VICTOR HUGO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 25336720 SCHIERANO HECTOR ANTONIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 21995668 TRAPANI PABLO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 10240158 SCHLANCH OSCAR RICARDO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 21831586 TREJO GABRIEL VICTOR sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 14030143 SCHMIDT FERNANDO RUBEN sobre FUSIL calibre .22 PLG DNI 35658722 TREVISAN LEONARDO MARTIN sobre CARABINA calibre .223 PLG DNI 16328486 SCHMIDT MARCELO FABIAN sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 13222492 TRIPOLI MARTIN HORACIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 23885594 SEGOVIA ANDRES FERNANDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 23301966 TURDO MARIO CESAR sobre FUSIL calibre .308 PLG Lunes 30 de junio de 2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.915 15 Primera Sección Lunes 30 de junio de 2014 Documento DNI 24827523 Denominación UBOLDI MARTIN LEANDRO Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego sobre FUSIL calibre .22 PLG DNI 36511194 URBINA AGUSTIN ADRIAN sobre FUSIL calibre .22 PLG DNI 17151403 UROZ HUGO EDUARDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 32977866 URQUIAGA LUCIANO YAMIL sobre CARABINA calibre 7,65x54 MM DNI 20111362 VALDES SERGIO OMAR sobre FUSIL calibre .308 PLG DNI 10310433 VALDEZ CARLOS ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 28 UAB DNI 17661554 VALDEZ PEDRO AGUSTIN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 94886136 VALENCIA VILCA CESAR SANTOS sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 23198021 VALINOTI LOZA SANTIAGO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 18429507 VALLE ESTEBAN NORBERTO sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 30256362 VALLONE ARTURO ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 25065294 VALLONE JOSE sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 13163844 VALTORTA EDUARDO RAUL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 12963257 VAMPA JORGE LUIS sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 18843716 VARGAS MEJIA OMAR TITO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 93494623 VASQUEZ MORENO JOSE GUILLERMO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 32870884 VASTA LUCAS MATIAS sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 17588748 VAZQUEZ FABIAN ARIEL sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 94122338 VAZQUEZ FERREIRA CARLINA sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 27384042 VAZQUEZ HILDO JAVIER sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 20035826 VAZQUEZ HUGO MARTIN GUILLERMO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 10004613 VELARDE EULOGIO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 35293003 VELAZQUEZ YAÑEZ IAN sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 23979780 VELEZ ALBERTO ARIEL sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 28428592 VELEZ GABRIEL ANDRES sobre REVOLVER calibre .44 PLG DNI 21515560 VENTURA CESAR GUSTAVO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 35054778 VERA LEONARDO ANDRES sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 12677354 VERDI MARCELO MAURICIO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 13331325 VERON JUAN CARLOS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 28266205 VERON SERGIO HERNAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 22611928 VIANA JUAN DARIO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 26820319 VICENTE LUCRECIA SOLEDAD sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 21694664 VICENTINI ROBERTO ADRIAN sobre FUSIL calibre .22 PLG DNI 21694664 VICENTINI ROBERTO ADRIAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 22371098 VIDELA VAZQUEZ FRANCISCO JAVIER sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 16508222 VIJARRA GUSTAVO SANTIAGO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 27616766 VILA MANUEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 21379100 VILLAFAÑE CARLOS ALBERTO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 27631888 VILLAGRA ALFREDO DANIEL sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 31494357 VILLALBA MIGUEL ANGEL DANIEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 26766082 VILLEGAS DANIEL ANDRES sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 34310752 VILLEGAS FAVIO DARIO sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 23972317 VILLEGAS RAUL ALEJANDRO sobre FUSIL calibre .30-06 PLG DNI 30681219 VINCIGUERRA ALEXIS MAXIMILIANO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 28120079 VISINTINI PABLO ANDRES sobre CARABINA calibre .223 PLG DNI 10603416 VIVAS EDUARDO LUIS sobre REVOLVER calibre .22 PLG DNI 20851038 VOLPI GABRIEL ADALBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 20044748 WEIS CARLOS FERNANDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 24686471 WEISBERGER GUSTAVO MAXIMILIANO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 28606303 WITT MATIAS ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 11797443 YEMAN RICARDO ANTONIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 29365136 ZABALA DARIO FERNANDO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 29365136 ZABALA DARIO FERNANDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 16302509 ZAGAGLIA CARLOS ATILIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 25974556 ZALASAR PABLO MARTIN sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 25974556 ZALASAR PABLO MARTIN sobre PISTOLON calibre 36 UAB DNI 24105586 ZALAZAR CLAUDIO MIGUEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 32833683 ZAMERO SEBASTIAN ATILIO sobre CARABINA calibre .308 PLG DNI 8509565 ZAMPA ROBERTO EDUARDO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 26203678 ZAMPEDRI AMILCAR RENE sobre CARABINA calibre .22 PLG BOLETIN OFICIAL Nº 32.915 Documento Denominación 16 Solicitud de Portación de Arma de Fuego DNI 18148063 AGUILAR JORGE ALBERTO ámbito de LIDERES CONSULTORES DE SEG. SRL 30662315148 DNI 28865524 AGUILAR PABLO MARCELO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 24184639 AGUILAR ZUBELZU JOSE MARIA sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 24935824 AGUIRRE ALEJANDRO GABRIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 11541488 AGUIRRE DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 18303519 AGUIRRE MONJELOS SILVERO VICTOR ámbito de PREVINIENDO S.A. 33708196679 DNI 18396277 AGUIRRE ROQUE RAMON ámbito de ENTHEUS SEGURIDAD PRIVADA SRL 30708426020 DNI 20328200 ALANCAY HECTOR ISAAC ámbito de SEGURIDAD ARGENTINA S.A. 30609445196 DNI 10986750 ALARCON HUGO MARIO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 20091953 ALARCON RAMON RAUL ámbito de USS GUARDIA PRIVADA S.A 30707006672 DNI 13394427 ALBERTI ROBERTO ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 12857247 ALBORNOZ NORBERTO NESTOR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 11011426 ALBRECHT SUSANA LUCIA sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 20917314 ALCARAZ SERGIO FABIAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 25462543 ALCAYAGA ROBERTO CRISTIAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 23715674 ALEAGA DARIO DAMIAN ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 28643325 ALEGRE GUSTAVO ABEL ámbito de GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BS. AS. 30634936439 DNI 11822205 ALEGRE RAMON OSCAR ámbito de PROTECCION DE RIESGOS S.R.L. 30708826010 sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 5653023 ALFONSO JUAN DNI 13137544 ALI CARLOS DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 28719013 ALMEIRA VICTOR EMILIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13215431 ALMIRON ABEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17385414 ALMIRON MIGUEL ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 23010155 ALMIRON SILVIO MARCELO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 10550037 ALMIRON TOMAS DANIEL ámbito de A.M.SEGURIDAD EMPRESARIA SRL. 30647312523 ALMUA DEMETRIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 8515163 DNI 26498077 ALONSO ALBERTO HORACIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 18185559 ALONSO CLAUDIO RODOLFO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 23605565 ALVAREZ ALFREDO ENRIQUE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14108353 ALVAREZ CLAUDIO ROBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 10052044 ALVAREZ JUAN VICENTE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 20913490 ALVEZ WALTER ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 18887701 AMARANTO NEIRA CESAR RAFAEL ámbito de A.M.SEGURIDAD EMPRESARIA SRL. 30647312523 DNI 33258813 AMARILLA WALTER SANTIAGO ámbito de CUSTOMER'S PROTECTION SRL 30707795579 DNI 11516796 AMER MIGUEL ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre LE 4551785 AMIGO MIGUEL ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre AMIN RODOLFO JOSE LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 28632918 AMOR ARIEL OSCAR ámbito de CI 5 S.A. 30679488593 DNI 10225379 ANDRADA OMAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 24848207 ANGELINI FELIX ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 27208685 ANRRIQUEZ GRACIELA NATALIA sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 28764504 ANSALDO RODRIGO ENRIQUE ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 23739422 ANTUÑA RODOLFO RUBEN ámbito de T.C. INTERPLATA S.A. 30632677096 DNI 25361171 AQUINO MIGUEL ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 23656644 ARANDA WALTER ESTEBAN ámbito de INV.PRIVADAS VANGUARD S.A. 30584283536 DNI 13538264 ARAYA AGUSTIN OSVALDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17342465 ARCE ANGEL EMILIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 11945220 ARCE MARTINIANO ámbito de G.B.A. SEGURIDAD S.R.L. 30708950994 sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 28145468 DNI 17875554 ZANARDI SERGIO DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 14702310 ARDINI JUAN CARLOS DNI 22989998 ZANAZZO MARCELO FABIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 23526353 ARGAÑARAZ EDUARDO DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16979128 ZANUSO CARLOS DANIEL sobre ESCOPETA calibre 24 UAB DNI 10792832 ARGAÑARAZ JOSE MANUEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 23670810 ZAPATA GERMAN PEDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 12859386 ARGUELLO ANGEL RICARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 25189366 ZARA GERMAN PABLO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 13066043 ARIAS MANUEL DE REYES sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 35043407 ZARAGOCI JUAN CRUZ sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 13730299 ARIAS RUBEN HILARIO DNI 10517446 ZARATE JOSE ANTONIO sobre REVOLVER calibre .38 PLG ámbito de INV.PRIVADAS VANGUARD S.A. 30584283536 DNI 20330457 ZARLENGA LEANDRO JORGE sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 16432210 ARIZA EPIFANIO JOSE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 10882414 ZARZA PABLINO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 35340147 ARREGUI PABLO HERNAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 29326867 ZEITER MARTIN MANUEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 31087553 ARRESE UGARTEMENDIA FACUNDO ESTEBAN ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 14020908 ZEPPILLI OSCAR MARIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 23292433 ZITO DIEGO ALBERTO sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 26819040 ZUBIA LUCIO FERNANDO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 33959242 ZUIANI EDUARDO GUSTAVO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB SOLICITUDES DE PORTACIONES SOBRE ARMAS DE FUEGO Documento Denominación Solicitud de Portación de Arma de Fuego DNI 4156329 ABRAHAM OSVALDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 18856890 ABREU ELBIS DAVID sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 21679647 ACOSTA ANGEL RICARDO ámbito de USS GUARDIA PRIVADA S.A 30707006672 ACOSTA JUAN CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 10358850 LE 3671919 ACOSTA JULIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 31884938 ACOSTA LEANDRO GABRIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 23642373 ACUÑA ALBERTO ámbito de PROSEGUR S.A. 30575170125 DNI 14137871 ACUÑA ENRIQUE RAMON ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 25529897 AGRO ANDRES HORACIO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 10107101 ARRIOLA OLIMPIO ADOLFO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 27090994 ASENSIO DIEGO ABEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 11234415 ASSELBON ROBERTO DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13139899 AVALO ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 34880235 AVELLANEDA JOSE LUIS ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145 DNI 24714405 AVENDAÑO RODOLFO OSCAR ámbito de USS GUARDIA PRIVADA S.A 30707006672 DNI 23632710 AYALA MAXIMILIANO ámbito de USS GUARDIA PRIVADA S.A 30707006672 DNI 26513767 BACAREZZA MARCELO DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 7757638 BAEZ DIONISIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 22021231 BAEZ HECTOR FABIAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 5486639 BAGLIETTO RAUL JORGE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 24422116 BALHAS JUAN MARCELO ámbito de SECURITAS ARGENTINA S.A. 30678239549 DNI 14901745 BALLERINI DAMIAN OSCAR ROQUE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13364942 BALTANAS ROBERTO JOSE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14052014 BANEGAS MARCELO DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 27119512 BARBERIS CARLOS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 11207631 BARDELLI JOSE ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre Primera Sección Lunes 30 de junio de 2014 Documento Denominación Solicitud de Portación de Arma de Fuego BOLETIN OFICIAL Nº 32.915 Documento DNI 5089968 BARESI RUBEN OSVALDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 8381824 Denominación 17 Solicitud de Portación de Arma de Fuego CARDOZO JUAN OLIMAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 12160106 BARNABA RICARDO JOSE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 12096232 CARDOZO MIGUEL ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 21670357 BARRALES JUAN CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 7614689 CARDOZO PRIMITIVO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16877392 BARRAZA GERMAN ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 22274949 CARLE CLAUDIO LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 18245299 BARRAZA MARIO RUBEN ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 23450327 CARRERO TOMAS EZEQUIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 21357361 CARRIZO JOSE SERGIO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 14129428 BARREIRO JOSE LUS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 11628458 BARRERA FERNANDO ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 24314947 CASCO JUAN MARCELO ámbito de CARBESS S.R.L. 30632786731 DNI 14660222 BARRERA LUIS NICOLAS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 26077831 CASERES ARIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13491933 BARRETO LUIS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17374694 CASO CESAR ROBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 21392800 BARREYRO GUILLERMO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 10368424 CASSAIN MARIA LUCIA sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 7444031 BARRIOS CECILIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 22489439 CASTAGNINO DANIEL GERMAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 20575177 BARRIOS CLAUDIO DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 21477741 CASTAÑO ATILIO ANIBAL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14875838 BARRIOS EDGARDO ENRIQUE ámbito de CI 5 S.A. 30679488593 DNI 10849431 CASTAÑO NORBERTO JUAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16114962 BARRIOS JULIO CESAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14444830 CASTELLANO JOSE ATILIO ROBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 21431446 BASILE CESAR ARIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 7847398 CASTILLO FELIX sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14782981 BASILE RUBEN EDUARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17445490 CASTRO HECTOR OSVALDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 31233107 BASUALDO HUGO FERNANDO ámbito de PROSEGUR S.A. 30575170125 DNI 16145637 CATALDO PEDRO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 31250797 BATTIATO GONZALO DAMIAN ámbito de PROSEGUR S.A. 30575170125 DNI 22170080 CAVALLO MARCELO GABRIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 12547869 BAZAN JORGE DAVID sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17815033 CAZAJOUS ALBERTO RUBEN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 10594181 BAZAN JORGE ENRIQUE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 11735013 CEBALLOS CARLOS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 28150595 BAZAN PATRICIO DAMIAN ámbito de PROSEGUR S.A. 30575170125 DNI 27592376 CERMENARO STELLA MARIS DNI 20970343 BECCAGLIA GUSTAVO ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de CAZADORES COOP.DE TRAB.LTDA 30634936439 DNI 24176262 BECERRO JOSE VICTOR ámbito de A.I.P.A.A. S.A. 30517232269 DNI 17052357 BENITEZ FRANCISCO JUSTINO sobre armas de puño registradas a su nombre BENITEZ JOSE GIL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 4701479 DNI 32989484 DNI 4624105 DNI 28730953 BERRA PABLO RUBEN sobre armas de puño registradas a su nombre BIANCHINI RUBEN HUMBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre BIANCO LUCIANO HERNAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 21503852 BIBBO GUSTAVO DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 29380882 BILLORDO CARLOS HERNAN ámbito de PROSEGUR S.A. 30575170125 DNI 21175519 BLANCHE MIGUEL JAVIER sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 10196014 BLASUCCI ROQUE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 23725552 BLIND FABIAN ANIBAL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 10230269 BOFFINO GUSTAVO OSCAR PATRICIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 28378305 BOGADO CHRISTIAN ADRIAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 28528831 BOGADO ROBERTO ANDRES ámbito de SECURITAS ARGENTINA S.A. 30678239549 DNI 23735454 BORBORE FIGUEROA CARLOS CRISTIAN ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 33310214 BORDON CARLOS LEANDRO ámbito de PROSEGUR S.A. 30575170125 DNI 22836782 BOSTYNIEC JUAN JAVIER ámbito de SEGAR SEGURIDAD S.A. 30643566407 DNI 11906479 BRANDAN MARIO ROBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14418064 BREU SERGIO FABIAN DNI 25195142 BRIZUELA CORDOBA LEONARDO OMAR DNI 30733208 CERQUEIRO TOCONAS JUAN MANUEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 12873965 CHACON PABLO MIGUEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 25614965 CHAMORRO DIEGO HERNAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17334697 CHANIVET FABIO ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17619196 CHAPARRO PEDRO GREGORIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17752787 CHARLES SERGIO ADRIAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14667592 CHAVARRIA JOSE ADRIAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13197436 CHAVEZ RAUL ROBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14026261 CHIAVENNA EDUARDO ANIBAL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14235691 CIARALLO CARLOS ALBERTO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 14440646 CIRIMELE ANIBAL ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 33636537 CISNEROS VICTOR HUGO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16290337 CIVETTA ARIEL SALVADOR sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de CARBESS S.R.L. 30632786731 DNI 14246618 CONTRERAS ROBERTO AGUSTIN DNI 33844252 COPA VICTOR ALFONSO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 12792905 CORDOBA HECTOR HORACIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 11910710 CORDOBA JOSE MANUEL ámbito de A.M.SEGURIDAD EMPRESARIA SRL. 30647312523 sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 12278647 CORENFELD TOMAS GUSTAVO ámbito de GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BS. AS. 30634936439 DNI 36028499 CORNALO EDUARDO ESTEBAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14597691 CORONEL OMAR SEGUNDO sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 36074323 CORRADO BERTANI WALTER ARIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 21716956 CORREA FLORENCIO RAUL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13452609 CORTESE RUBEN OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16323332 CRESPO DANIEL HUMBERTO ámbito de NOVIT S.A. 30707310657 DNI 13499470 CRISTALDO CIPRIANO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 25924422 CRUZ SANTOS AGUSTIN ámbito de BAYERSAT S.A. 30710544499 DNI 4642832 CUARTANGO OSCAR ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 30721562 CUELLO JULIO EDUARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 28970934 CUESTA PABLO DANIEL ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 10751721 CUETO JUAN MANUEL ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 6468694 CUEVAS RICARDO GREGORIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16422055 CULCUY JORGE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 29624876 DA LUZ VICENTE EULOGIO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 10798541 BRIZUELA JUAN CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13115077 BRIZUELA MIGUEL ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 20008412 BRUNO LEONARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 34080731 BRUNO MORENO JUAN MANUEL ámbito de SERV.ARG.SEG.EMPRESARIA S.A. 30656423958 DNI 12511067 BUDUBA OMAR ORLANDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 26395603 BUERA ANGEL RAMON sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 35992527 BUGGE MIGUEL ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 36291870 BUJNIEWICZ MIGUEL ALEJANDRO ámbito de TORRESCO AES S.R.L. 30713657200 DNI 21885184 BULACIO ALBERTO FELIX sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 23137375 BURGUENER JULIO ALBERTO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 26854237 BUSSONE CLAUDIO JAVIER sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 20172095 BUSTAMANTE JOSE LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 27632958 CABALLERO HUGO FERNANDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14928609 CABALLERO ISIDORO ámbito de CARBESS S.R.L. 30632786731 DNI 25797494 DAHER WALTER HUGO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 20405385 DE FRANCESCO ANTONIO VICTOR FELIPE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 21329219 DE LA ROSA JOSE WALTER ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 10929745 DNI 24698336 DNI 12597706 DNI 33912388 DNI 27940695 DNI 12081573 DNI 4161486 DNI 29966071 DNI 14045162 DE LAURETIS FERRUCCIO DE PIRO MARCELO MARTIN DE RISIO CARLOS JUAN DELLA BITTA SERGIO ENRIQUE DELOR MATIAS ABEL DELORO JULIO FLORENCIO DEOCARE RICARDO ROMUALDO DEPOZZI FRANCO DESIDERIO OSCAR LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de CI 5 S.A. 30679488593 sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 24464044 DI FEBO MARCELO ERNESTO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 18044779 DI LANZO DANIEL ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 23270410 DI LISCIA ALBERTO RUBI ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 11035778 CABRERA CARLOS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 22557810 CABRERA RUBEN ISMAEL ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 28434305 DNI 12834970 DNI 18396989 DNI 23544294 DNI 13826781 DNI 23605424 DNI 24867357 DNI 6816368 DNI 16444464 DNI 16501224 DNI 4442782 DNI 14789375 CACERES GUSTAVO ALEJANDRO CACERES JORGE ALBERTO CACERES PEDRO ROQUE CACERES RODOLFO CACERES ROQUE DOMINGO CACEREZ GUSTAVO SERGIO CALABRESE NICOLAS RODRIGO CALDERON CESAR JESUS CALDERONE ALFREDO ALEJANDRO CALLIGARIS CARLOS MARCELO CALSINA RAIMUNDO ANGEL CAMACHO FERNANDEZ JUAN sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13942207 CAMARGO PEDRO OMAR ámbito de SECURITAS ARGENTINA S.A. 30678239549 DNI 13879064 DI MARTINO JORGE ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 12802830 DIAZ ALBERTO MARIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 35404291 CAMPOMAR MORALES VICTOR LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14833186 DIAZ CASTULO ANIBAL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 11939445 CAMPOYA JUAN CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 33334110 DIAZ CRISTIAN FEDERICO ámbito de CARBESS S.R.L. 30632786731 DNI 10824999 CAÑETE OSCAR RAMON sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 23843364 DIAZ CRISTIAN MIGUEL GASTON sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 12706931 CANTOS JUANA ROSA ámbito de SECCLEAN S.A. 30709645745 DNI 24222554 DIAZ GUSTAVO DE JESUS DNI 21104268 CARADONNA FERNANDO ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de CUSTOMER'S PROTECTION SRL 30707795579 DNI 18822766 CARAMBULA ORICCHIO JOSE EDUARDO ámbito de SEGAR SEGURIDAD S.A. 30643566407 DNI 27967698 DIAZ WALTER ANIBAL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 12916019 DILERNIA NICOLAS ARMANDO ámbito de GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BS. AS. 30634936439 DNI 25647466 CARBONE FEDERICO MARTIN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 31982535 CARDOSO JUAN MARTIN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13996554 DOLCEMASCOLO RAUL EDUARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13446608 CARDOZO GUILLERMO RAUL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 22044567 DOMINGUEZ DAVID ADRIAN sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de SECURITAS ARGENTINA S.A. 30678239549 DNI 11272077 DOMINGUEZ HECTOR HORACIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 24548973 DRAB HERNAN GUSTAVO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 30468251 CARDOZO JOSE MARIA Primera Sección Lunes 30 de junio de 2014 Documento Denominación Solicitud de Portación de Arma de Fuego BOLETIN OFICIAL Nº 32.915 Documento Denominación 18 Solicitud de Portación de Arma de Fuego DNI 26254241 DUARTE HECTOR RODRIGO ámbito de INV.PRIVADAS VANGUARD S.A. 30584283536 DNI 12088904 GERMANA HUGO FERNANDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13631667 DURAN RICARDO DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 25996924 GESAGHI PABLO MARTIN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 32183230 DURAND CARLOS GABRIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 28615614 GIMENEZ ARIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17796617 DUROS LUIS RICARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 10875868 GIMENEZ HUGO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 24238260 DWORECKI ROBERTO LUIS ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 10526267 GINJAUME VICTOR HUGO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 22452961 GIROD PABLO EMILIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 10041711 GIULIANI ALBERTO RICARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 4297816 EGLES MARIO JORGE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14670320 ESCALANTE MIGUEL ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14364472 ESCOBAR CECILIO FAUSTINO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16842739 ESCOBAR GERARDO HORACIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13658168 ESCOBAR JUAN CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 12713503 ESCRIÑA EDUARDO ROBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 22429199 ESCUDERO HECTOR DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 10255681 ESNAOLA JOSE MARIA sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 22429380 ESTEQUIN GUSTAVO ADOLFO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 28100523 ETCHART JUAN DANIEL ámbito de PROSEGUR S.A. 30575170125 DNI 26290462 EUSTAQUIO RODRIGO ALBERTO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 29033388 FALCONE LUIS EMANUEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 29134112 FARIÑA CARLOS MARTIN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 11886505 FEITO RICARDO OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 22671925 FERNANDEZ CELIA sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14866281 FERNANDEZ DANIEL ESTEBAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 20808259 FERNANDEZ DANIEL MARIO ámbito de BRUJULA S.A. 30644801612 DNI 31326562 FERNANDEZ GUSTAVO JAVIER ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 26229735 FERNANDEZ JAVIER FRANCISCO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 10085132 FERNANDEZ JORGE DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 30611909 FERNANDEZ JUAN PABLO DNI 20578222 DNI 22579538 GLUGUE MANUEL ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13718836 GODOY FERNANDO ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 22317253 GODOY JAVIER ALBERTO ámbito de CARBESS S.R.L. 30632786731 DNI 18514166 GODOY ROLANDO RICARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 32789343 GOMEZ ALDO ALBERTO ámbito de A.M.SEGURIDAD EMPRESARIA SRL. 30647312523 DNI 5081564 GOMEZ ENRIQUE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 34006550 GOMEZ ENZO EMANUEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 8313562 GOMEZ HECTOR BENITO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 25386373 GOMEZ JUAN MANUEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 34629049 GOMEZ NICOLAS FABIAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 12170935 GOMEZ PEDRO ARTURO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17452497 GONZALEZ ALEJANDRO JULIO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 13732613 GONZALEZ ALFREDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 34866413 GONZALEZ ANDRES sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 11768029 GONZALEZ BEDOYA OMAR ESTEBAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16224829 GONZALEZ CARLOS JESUS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 5752927 GONZALEZ CARLOS NERI sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17798288 GONZALEZ CARLOS WASHINGTON sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16027042 GONZALEZ GERARDO RAMON sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 6052075 GONZALEZ HECTOR ORLANDO sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 7580943 GONZALEZ IDILIO OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 11198624 GONZALEZ JUAN SANTOS sobre armas de puño registradas a su nombre FERNANDEZ LIONEL SANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 26117967 GONZALEZ MARCELO DANIEL DNI 13768316 FERNANDEZ LUIS ALBERTO ámbito de SEGURIDAD ARGENTINA S.A. 30609445196 ámbito de GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BS. AS. 30634936439 DNI 23847606 GONZALEZ PABLO JAVIER sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 12507023 FERNANDEZ MARIO OSCAR ámbito de STRIGER S.R.L. 30707543368 DNI 24625683 GONZALEZ PABLO JAVIER sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 31433820 FERNANDEZ MAXIMILIANO LUIS ámbito de SECURITAS ARGENTINA S.A. 30678239549 DNI 12916096 GONZALEZ ROBERTO HORACIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16249014 GORDILLO CARLOS JORGE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14319794 GORRACHATEGUI MIGUEL ANGEL ámbito de BROCAL S.A. 30707145532 DNI 23902324 GORRITI LUIS MIGUEL SALVADOR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 26403543 GRAMAJO GUILLERMO CARLOS ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 17975279 GRANEA ALBERTO DANIEL ámbito de CUSTOMER'S PROTECTION SRL 30707795579 DNI 10968133 FERNANDEZ OLEGARIO DEL ROSARIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17717241 FERNANDEZ RUBEN ROBERTO ámbito de INV.PRIVADAS VANGUARD S.A. 30584283536 DNI 10591060 FERRARESO EMILIO AMILCAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14739012 FERREYRA CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 28430500 FERREYRA MARIO OSVALDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 26837299 FERRO CARLOS ARIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 11981867 GRECO RICARDO OMAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17877407 FIGUEIREDO ORLANDO FABIAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 12033611 GUALTIERI SALVADOR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 23174225 FIGUEROA ADRIAN FERNANDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 24153719 GUERRA RAMON ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 20029524 FIGUEROA SEBASTIAN ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 22658387 GUEVARA RICARDO FABIAN DNI 20208306 FINOCCHIARO EDGARDO FELIPE ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 13319234 GUILLERMO RAMON DNI 11172994 FIORDELMONDO MARIO ROBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BS. AS. 30634936439 DNI 23323511 FIORI ROLANDO ADRIAN ámbito de PROSEGUR S.A. 30575170125 DNI 8185240 FLORENTIN JUAN CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16891351 GUTIERREZ CARLOS FABIAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 30086964 GUTIERREZ CRISTIAN EZEQUIEL ámbito de PROSEGUR S.A. 30575170125 GUTIERREZ HECTOR DANIEL ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 GUTIERREZ JORGE GUILLERMO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 12166022 FOLGUERA ENRIQUE CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17328076 DNI 13795452 FORLETTA MIGUEL ANGEL ámbito de SEGURIDAD UNIVERSAL S.R.L. 33709789509 DNI 16491236 DNI 17788168 FORNT CARLOS DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 22843880 FRANCESI SANDRA VERONICA sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 27316956 FRANCITORRA CRISTIAN ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 22971334 FRANCO LUCIANO ámbito de G.B.A. SEGURIDAD S.R.L. 30708950994 DNI 14203849 FRANCO OSCAR ARGENTINO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17267295 FRANCO RICARDO ISIDRO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 7800601 FRATERNALI ARMANDO VALENTIN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 26505481 FREDES HUGO SALVADOR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 12339947 FRIAS HECTOR LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 11766467 FRUTOS ANDRES CORCINI sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 26379264 FRUTOS ERNESTO ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 27620121 FRUTOS JUAN MARCELO ámbito de BRUJULA S.A. 30644801612 DNI 14631195 GABINI VICTOR DAVID FERNANDO ámbito de SEIN S.R.L. 30690895613 DNI 8130562 GALAN MARIO ORLANDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 8487365 GALINDEZ MIGUEL ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14840220 GALINDO RUBEN DARIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 10154701 GALLARDO RAMON ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 20096341 GALUCCIO MIGUEL MATIAS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 13975217 GALVAN GUSTAVO ROBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 25201092 GALVAN MAXIMILIANO RODRIGO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 17421158 GALVAN OSCAR EDUARDO ámbito de PROSEGUR S.A. 30575170125 DNI 17102824 GAMBARTE CESAR DARIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 34540499 GARAYALDE JUAN DAVID ámbito de TORRESCO AES S.R.L. 30713657200 DNI 16292985 GUTIERREZ MARIO ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 8302381 GUTIERREZ RAMON ROBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 11562703 GUZMAN RAUL ALFREDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 21837055 HALAVACH HUGO HERNAN ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 4524823 HAMRA ALFREDO ADOLFO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 31730307 HARFUCH JEREMIAS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 8251657 HEREDIA CARLOS ADRIAN HUGO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 6150808 HERNANDEZ HECTOR JACINTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 10046982 HERRERA CARLOS ROBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 7655315 HERRERA HORACIO AMILCAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 18417697 HERRERA RUBEN ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 11217072 HOMENE RUBEN ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16837336 HONDEVILLE JAVIER JORGE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 25776776 IBARRA FIDEL ALBERTO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 24577147 IBARRA JUAN MANUEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 24637906 IBARRA TIMOTEO MANUEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 12453116 IGLESIAS JORGE LUIS ámbito de GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BS. AS. 30634936439 sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 31445586 INFANTE GERALDINE ANDREA DNI 27560388 JALIL JORGE DEL VALLE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 26374993 JANCO JUAN ARIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 26574952 JARA CRISTIAN ALFREDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 23817320 JEREZ GABRIEL DARIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 33086455 JIMENEZ MANUEL ALFREDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 28546840 JIMENEZ VICTOR OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 32659089 JOLY ISIDRO CARLOS ENRIQUE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 10470199 JUAREZ CARLOS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 30895322 GARNICA HERNAN RODRIGO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 29490039 GAROFALO CRISTIAN MIGUEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 28621378 GARRIDO BARRA GABRIEL ESTEBAN ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 11443313 GARRO CARLOS DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13080855 JUAREZ CLAUDIO CESAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 5623848 GAUDIERO JUAN CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 11909074 JUAREZ JUAN GUILLERMO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17350849 GAUNA RAMON ALBERTO ámbito de USS GUARDIA PRIVADA S.A 30707006672 DNI 24247603 KALCICH RAUL ANDRES sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 21375614 LAIME MARCELO NESTOR ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 21466109 LE 8099320 GENTILE MARCELO PABLO sobre armas de puño registradas a su nombre GEORGE ENRIQUE JOSE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 10741424 GEPA JORGE LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 18165731 GEREZ MARCELO ORLANDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14108992 LAMBRECH JORGE PEDRO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16277044 LANDRIEL NICOLAS FERNANDO ámbito de NOVIT S.A. 30707310657 DNI 17785935 LARRAÑAGA PEDRO OSVALDO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 Primera Sección Lunes 30 de junio de 2014 Documento Denominación Solicitud de Portación de Arma de Fuego BOLETIN OFICIAL Nº 32.915 Documento Denominación Solicitud de Portación de Arma de Fuego DNI 22323607 LARRAULE HECTOR ALFREDO ámbito de SECURITAS ARGENTINA S.A. 30678239549 DNI 22141290 DNI 17862339 LASSAGA OMAR ALFREDO ámbito de A.M.SEGURIDAD EMPRESARIA SRL. 30647312523 DNI 6499667 MENDIBERRI GUILLERMO VICENTE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 4200040 MENDIETA FRANCISCO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 24543291 LAZARTE GUSTAVO DOMINGO ámbito de PROSEGUR S.A. 30575170125 DNI 22463879 LAZARTE HECTOR FABIAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 31309788 LAZARTE HUGO SEBASTIAN ámbito de SECURITAS ARGENTINA S.A. 30678239549 DNI 36536076 LEDESMA ALEXIS LEONEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 18336917 LEDESMA ANGEL BERNABE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 26194562 LEDO DIEGO ALEJANDRO ámbito de GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BS. AS. 30634936439 DNI 24956005 LEGUIZAMON CRISTIAN JOSE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 25465167 LEGUIZAMON GUSTAVO JAVIER sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 32667807 LEGUIZAMON IVAN ABEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 28644605 LEGUIZAMON RODOLFO FABIAN DNI 26719106 LEGUIZAMON RUBEN JOSE MENDEZ JOSE ORLANDO 19 sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 12568705 MENDOZA EDUARDO IRENEO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 31117471 MENESES PABLO ARIEL ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 10084925 MERCADO ENRIQUE ROBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 20819612 MERCADO SANDRO DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 24103954 MERLO PABLO JAVIER ámbito de SEGAR SEGURIDAD S.A. 30643566407 DNI 29577737 MEZA MATIAS ARMANDO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 12176757 MEZA SERGIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13624392 MIADONNA MARIO OSVALDO ámbito de BRUJULA S.A. 30644801612 ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 13827606 MICO CLAUDIO ROBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 29249233 MIGUEZ PORCAL ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de ZEUS SEGURIDAD S.R.L. 30710516487 DNI 10864215 MILICIC RICARDO JESUS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17974443 MIQUELARENA ABEL ALEJANDRO ámbito de NOVIT S.A. 30707310657 DNI 22346634 MIRALIA LEANDRO DAMIAN ámbito de SOC.DEL ESTADO CASA DE MONEDA 30546676974 DNI 14302902 MIRANDA ALFREDO FRANCISCO ámbito de INV.PRIVADAS VANGUARD S.A. 30584283536 DNI 24018066 LEIVA ALEJANDRO DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16462968 LEMOS CARLOS MARTIN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 21487624 LEMOS EDUARDO RICARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13300571 LENA OSVALDO VALENTIN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 26554342 LENCINA JOSE DANIEL ámbito de SOC.DEL ESTADO CASA DE MONEDA 30546676974 DNI 8442067 LEPRO NESTOR DONATO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16926028 LETTIERA ENRIQUE ARMANDO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 14857467 LEYBA RUBEN RAMON sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16131064 LEYES RUBEN OSCAR DNI 24495469 DNI 27242162 DNI 23115523 MIRITELLO FERNANDO JAVIER sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 4843458 MODICA CAYETANO EUGENIO R. sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 23590162 MOLFA NORBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 6691893 MOLINA LUIS OMAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 12733706 MOLINA RAMON sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 21437565 MOLINAS CLAUDIO FABIAN sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 16852076 MOLINERO RUBEN DARIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 12414744 MONGELLI HUMBERTO OSCAR ámbito de T.C. INTERPLATA S.A. 30632677096 LEZCANO RODOLFO HORACIO ámbito de PROSEGUR S.A. 30575170125 DNI 17904320 MONTENEGRO HECTOR CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre LIBERTO LUCAS MATIAS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 8575733 MONTERO OSVALDO ALBERTO ámbito de BRUJULA S.A. 30644801612 DNI 17791837 LLANOS JOSE MANUEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 32028154 MORA MARIA ALEJANDRA DNI 29165727 LLEUFO MARCELO ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de TORRESCO AES S.R.L. 30713657200 DNI 16116092 LLOCRA ABRAHAM RICARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13685064 LLORENTE MANUEL MARCELO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 28337368 LOBOS CARLOS MARTIN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 18316627 LOMBARDERO JORGE ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 37352399 LOPEZ ALBERTO DAMIAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16776788 LOPEZ DOMINGO ISMAEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 22310292 MORALES MARCELO JORGE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 24362794 MORAN RODRIGUEZ FABIAN ORLANDO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 31906488 MOREIRA JUAN RAMON ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 21611446 MORENO MARCELO GUSTAVO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 10879211 LOPEZ EDUARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 31914355 MORENO SEBASTIAN ALBERTO ámbito de T.C. INTERPLATA S.A. 30632677096 DNI 27861595 LOPEZ HERNAN DAVID sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13854104 MOSCARDO CARLOS DANTE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 10054187 LOPEZ MERCEDES VIRGINIA ámbito de GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BS. AS. 30634936439 DNI 23878134 MOYA FELIPE ámbito de PROSEGUR S.A. 30575170125 DNI 26509838 MOYANO MARTIN DAVID sobre armas de puño registradas a su nombre MOYANO PEDRO FERNANDO sobre armas de puño registradas a su nombre MUDRY WALTER PABLO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 16386408 MUGGERI FLAVIO OMAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14870432 MUÑOZ ANGEL ISIDORO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13751758 MUÑOZ JORGE ALBERTO ámbito de NOVIT S.A. 30707310657 DNI 12994611 MUÑOZ MARCOS ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14900066 MUSCARELLO JUAN ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 25588507 MUZO MARIANO IVAN ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 16739520 NAPOLI RAUL VICENTE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13379547 NARDI SILVIO AMADO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 8417569 NARVAJA EDUARDO BENITO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 27771305 NAVARRETE MAXIMILIANO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 12412843 LOPEZ PABLO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17159336 LOPEZ WALTER ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 24879592 LOPEZ WILSON DAVID ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 12419461 LUCERO RUBEN OMAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 11748122 LUDUEÑA RICARDO FERMIN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 29575408 LUNA DAMIAN ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 25908924 LUNA MARCELO JAVIER sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 5178697 LUNA PRIMITIVO ROBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 20297496 LYDE ENRIQUE ESTEBAN ámbito de GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BS. AS. 30634936439 DNI 23193232 MACEK WALTER JOSE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 10546029 MACHADO HECTOR HORACIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14873613 MACHUCA JOSE RAMON ámbito de COMAHUE SEGURIDAD PRIVADA S.A. 30634936439 DNI 20484145 MACIEL CARLOS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14715927 MACIEL ORLANDO DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 11785507 MALDONADO HUGO ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 20326908 MALDONADO JOSE LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 8011817 DNI 26884784 DNI 25154770 NAVARRO MARCELO ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 12487637 NEGRI WALTER ERNESTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17681836 NERI CARLOS ALBERTO ámbito de LIDERES CONSULTORES DE SEG. SRL 30662315148 DNI 7590353 MALISANI HUGO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 11832568 NESTEROVICH ROBERTO DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13095409 MANDEL CARLOS ENRIQUE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 21789295 NICOLETTI LUIS ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 32559754 MANSKE EDGARDO FERMIN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 25786792 NIETO CRISTIAN ADRIAN DNI 22256771 MANZO RICARDO JOSE sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 14833838 MARASCIULO VICTOR ALBERTO ámbito de PROTECCION MILLENIUM S.A. 30634936439 DNI 26852479 NIETO HORACIO ALEJANDRO ámbito de COOP.DE TRAB.EL FERROL LTDA. 30656023461 DNI 16774543 MARCIAL JOSE CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16395777 NIEVAS WALTER CARLOS DNI 7935141 MARIEL MANUEL AUGUSTO sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de GIOMON AG.DE INV.PRIV. S.R.L. 30611288952 DNI 21453353 MARIN LAFAY ALEJANDRO PABLO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 21649152 NIEVE GUSTAVO ADRIAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 18442976 MARQUES CLAUDIO FABIAN ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 7678080 NIKIFORUK JUAN ATILIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13134202 NISCI BETHENCOURT DANIEL GUILLERMO ámbito de NOVIT S.A. 30707310657 DNI 8515768 MARQUEZ JOSE LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 12093062 NOCERA PEDRO MARIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 21379955 MARTINEZ DANIEL HUMBERTO ámbito de SERV.ARG.SEG.EMPRESARIA S.A. 30656423958 DNI 26710618 NOCETTI GUSTAVO ARNALDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 24471802 NOYA MARTIN DIEGO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14536035 MARTINEZ LUIS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 21115692 NUÑEZ RAUL GUILLERMO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17428968 MARTINEZ MARIO ENRIQUE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 33472799 OBREGON GUILLERMO LEANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 8543152 MARTINEZ RAMON ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 23660323 OCHOA HECTOR ARIEL DNI 4609035 MARTINEZ RICARDO EDUARDO sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 22865662 MARTINEZ RODOLFO RAUL ámbito de SAS LITORAL SEGURIDAD S.A. 30707014845 DNI 18133510 OJEDA FRANCISCO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 10619776 OJEDA JOSE LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 18070660 OLINDI HUESPI SERGIO JAVIER sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 28459241 OLIVA LEONARDO JAVIER sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 8324776 OLIVARES ROBERTO FEDERICO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 27355145 OLIVARI JUAN MANUEL ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 7775849 MARTINEZ RUBEN HECTOR DNI 16228158 MARTINEZ VICTOR HUGO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 11455022 MARUSO CARLOS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 32219512 MASTRANGELO DAVID ALEJANDRO ámbito de BLINSER S.R.L. 30709277444 DNI 12449660 MEDINA CARLOS MARIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 26405390 MEDINA HECTOR ALBERTO ámbito de GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BS. AS. 30634936439 DNI 13869888 OLIVERA REINALDO OSCAR ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 11624450 MEDINA MARIO ROBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 18539516 OLIVI JUAN JOSE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14182880 MEDINA PASCUAL ENRIQUE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 27591410 OLMEDO CESAR OSCAR ámbito de T.C. INTERPLATA S.A. 30632677096 DNI 16749795 MELINA CARLOS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 32224857 ONTIVEROS MARTIN SEBASTIAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13506750 MENARDI CESAR ENRIQUE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 29637798 OPPIDO PERALTA MATIAS LEONEL sobre armas de puño registradas a su nombre Primera Sección Lunes 30 de junio de 2014 Documento Denominación Solicitud de Portación de Arma de Fuego DNI 14970229 ORDOQUI NESTOR ROGELIO sobre armas de puño registradas a su nombre BOLETIN OFICIAL Nº 32.915 Documento Denominación 20 Solicitud de Portación de Arma de Fuego DNI 10824940 RAMIREZ RAUL ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de BROCAL S.A. 30707145532 DNI 16905495 ORELLANO ROQUE ROBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 23614056 RAMIREZ WALTER HORACIO DNI 26052688 ORTIZ CRISTIAN AXEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16733045 RAMONDEGUI ENRIQUE GUSTAVO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 25300865 ORTIZ MARTIN EDUARDO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 16149228 RAMOS JORGE ALBERTO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 24084377 ORUE JUAN MARCELO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 25695636 RAMOS VEGA CHRISTIAN RODOLFO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 31231609 OSER DARIO ANDRES sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13541415 REARTE EDUARDO RENE DNI 18369153 OTATTI HECTOR EDUARDO sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 12101177 PACHECO RAUL EDUARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13431986 RECALDE ALEJANDRO DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 8427098 PACIARONI RICARDO OMAR ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 13126505 REYES CARLOS ámbito de INV.PRIVADAS VANGUARD S.A. 30584283536 LE 8381333 PAEZ FEDERICO OMAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16161967 REYES TORREZ EDGARDO JORGE DNI 12601128 PAGANO FRANCISCO sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 11524715 PAHUD JUAN CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 10818502 PALACIOS JUAN JOSE ámbito de A.M.SEGURIDAD EMPRESARIA SRL. 30647312523 DNI 12793386 PALAVECINO JUAN CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 10183229 PALLERO ROBERTO LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 20783698 PAPINUTTI ANGEL ENRIQUE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 23461871 PARISI EDUARDO ENRIQUE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 6084128 PASSAGGINO OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 11239959 PAVON OSVALDO ERNESTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 28839379 PAZ JORGE ADRIAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 12486747 PEDRAZA JUAN EDUARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 7855420 PEDRAZA MARTIN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16749051 PELLECCHIA DANIEL ALFONSO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 24419462 PENA CARRIZO CRISTIAN ALEJANDRO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 31723865 PENIDA HECTOR HUGO ámbito de ZEUS SEGURIDAD S.R.L. 30710516487 DNI 16130704 REYNOSO SERGIO GERMAN ámbito de BRUJULA S.A. 30644801612 DNI 13068946 RIFFEL JORGE FEDERICO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 10601245 RIGO PEDRO PABLO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 24730997 RIOS ARIEL OSCAR ámbito de USS GUARDIA PRIVADA S.A 30707006672 DNI 17974792 RIOS BASILIO VIVIANO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 26915618 RIOS CARDOZO RAMIRO MIGUEL N. ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 29111061 RIOS DANIELA VANINA sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 32994627 RIOS JORGE LUIS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 11078900 RIOS JUAN JOSE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 11442199 RIOS NESTOR INDALECIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 8511380 RISAU GUSTAVO ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 23952909 RISSO CARLOS JOAQUIN ámbito de PROSEGUR S.A. 30575170125 DNI 13157164 RIVAROLA RICHARD FREDE ámbito de LIDERES CONSULTORES DE SEG. SRL 30662315148 DNI 13138175 RIVAS DOMINGO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 29770307 RIVERA FABIAN GABRIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 22872088 RIVERO EDUARDO FABIAN ámbito de PROSEGUR S.A. 30575170125 DNI 24415786 RIVEROS ROLON MARCELO ALBERTO ámbito de CI 5 S.A. 30679488593 DNI 29330892 ROA EMILIO FABIAN ámbito de PROSEGUR S.A. 30575170125 DNI 16464376 ROBLEDO JULIO CESAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 10360345 ROBLES JUAN CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 7698334 ROBLES JUAN CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre ROBLES SERGIO DARIO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 23855219 PERALTA GUILLERMO OMAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 30720896 PERAZZO ENRIQUE ADRIAN OMAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17796618 PEREIRA ANIBAL HUGO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 8544099 PEREIRA CATALINO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14475302 PEREIRA ENRIQUE ABRAHAM sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 32533670 PEREIRA MANUEL ISAIAS ámbito de PROSEGUR S.A. 30575170125 DNI 12171525 PEREIRO CARLOS ALBERTO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 21666941 DNI 31075759 PEREYRA CARLOS VICTOR I. ámbito de CAZADORES COOP.DE TRAB.LTDA 30634936439 DNI 12363495 RODEGHER SERGIO ROBERTO ámbito de CI 5 S.A. 30679488593 DNI 12035294 PEREYRA RICARDO ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 21098242 RODRIGUEZ ARTURO AMADEO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 16536680 RODRIGUEZ CARLOS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 21919162 RODRIGUEZ DARIO GABRIEL ámbito de GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BS. AS. 30634936439 DNI 24220945 PEREZ BRAIDA DIEGO ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13458058 PEREZ CRISTINA VILMA ámbito de GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BS. AS. 30634936439 DNI 13624151 PEREZ DOMINGO CONRADO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 26266197 PEREZ FRANCISCO EMILIO ámbito de CUSTOMER'S PROTECTION SRL 30707795579 DNI 14137618 RODRIGUEZ HECTOR EDGARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17506833 RODRIGUEZ HECTOR OMAR DNI 22811021 PEREZ HECTOR MARCELO ámbito de AJM SEGURIDAD PRIVADA S.A. 30709851191 ámbito de SECURITAS ARGENTINA S.A. 30678239549 DNI 20010478 RODRIGUEZ MENDOZA ALBERTO CLAUDIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 27723284 PEREZ HORACIO ARTURO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13251760 RODRIGUEZ NELSON ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 8607380 PEREZ JORGE ENRIQUE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17936637 RODRIGUEZ NORBERTO ANGEL ámbito de CARBESS S.R.L. 30632786731 DNI 5183899 PEREZ JULIO ARGENTINO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 29081904 RODRIGUEZ ORELLANA DAVID EDUARDO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 7435429 PEREZ RAUL REGINO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 12765943 RODRIGUEZ OSCAR RENE ámbito de PROTECCION MILLENIUM S.A. 30634936439 DNI 10180272 RODRIGUEZ RUBEN ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17818242 RODRIGUEZ SERGIO FABIAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 8196368 RODRIGUEZ ZOILO ESTEBAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 21521082 ROJAS FABIAN ALEJANDRO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 20027211 ROJAS GUILLERMO JOSE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 22266406 ROJAS WALTER EDMUNDO ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES S.A 30650468380 DNI 14689160 PEREZ ROJO HUMBERTO MAXIMO ámbito de PROSEGUR S.A. 30575170125 DNI 14056248 PERRI GABRIEL ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 11252728 PERRONE DANIEL ROBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 31221688 PERUGINI PABLO ANDRES sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 11356008 PESSINO HUGO DANIEL ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 20680066 PETRIZAN CLAUDIO MARCELO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13545127 PETTI ANGEL EDUARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 28438286 PICCA LUCAS MAURICIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 12347529 PIÑERO ROGELIO ALFREDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 32342801 PLATERO MAXIMILIANO GABRIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17974769 PLEZ MIGUEL ROBERTO DNI 31346710 POGGI MARTIN DNI 16592578 DNI 16321343 ROLANDI ANGEL CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 32944085 ROLDAN JOSE MAURICIO ámbito de G.B.A. SEGURIDAD S.R.L. 30708950994 sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 24330396 ROMAGNOLI DAMIAN ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16685628 ROMANO JOSE MANUEL sobre armas de puño registradas a su nombre POIDOMANI ANGEL FABIAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17632517 ROMERO CLAUDIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 8449670 POLIDORI EMILIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 27295001 ROMERO ERNESTO MANUEL DNI 10780526 POLO EDUARDO ERNESTO ámbito de CARBESS S.R.L. 30632786731 ámbito de CUSTOMER'S PROTECTION SRL 30707795579 DNI 17105606 POLO GUILLERMO OMAR ámbito de SOC.DEL ESTADO CASA DE MONEDA 30546676974 DNI 35081594 ROMERO HUGO DIEGO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 20055710 ROMERO JORGE ENRIQUE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 12121188 POMARES ENRIQUE OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 11956642 ROMERO ROBERTO EDUARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13088079 PONCE CARLOS HORACIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 12392889 ROSA MIGUEL ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13088081 PONCE EDUARDO SANTIAGO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 25625065 ROSALES ARIEL GUSTAVO DNI 24567722 PONCE GASTON FABRICIO sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 24402509 PONCE JAVIER JOSE L. sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16904690 PONCE OSCAR ADOLFO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 7975383 POSADAS HUGO SANTIAGO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 8102126 PRIETO ARTURO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 12920578 PUJOL JUAN CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 25693163 PUYO DIEGO MARTIN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 26430925 QUINTANA ARIEL OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 27048586 QUINTANA SERGIO DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre LE 7378269 DNI 25068172 ROSAS MANUEL ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 34857431 ROVIRA FRANCISCO JAVIER sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 25653493 RUEJA LEONARDO MARCELO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14806598 RUSHAN ALBERTO ARIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 4836583 RUSSI RICARDO HUMBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17142165 SAEZ RODOLFO NESTOR ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 16987650 SALAS JORGE MANUEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 12865390 SALAZAR ALBERTO MANUEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 22332629 SALAZAR MARTIN FERNANDO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 18630668 SALDAÑO DANIEL HORACIO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 QUINTEROS ARNALDO CRUZ sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 18014916 QUINTEROS JAVIER HUMBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 25638202 QUINTEROS PABLO DANIEL ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 28250928 QUIROZ HECTOR NICOLAS ámbito de BRUJULA S.A. 30644801612 DNI 16017078 SALINAS ADOLFO LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13302847 RABALO MARCELO JORGE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 29839960 SALINAS ROBERTO MARTIN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 29049123 RAFFAINI JOSE FACUNDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16495023 SAMBIASE ARIEL LEONARDO DNI 28489168 RAMIREZ EDUARDO ARIEL ámbito de SECURITAS ARGENTINA S.A. 30678239549 ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 26198405 SAMBUCETTI CLAUDIO RAUL ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14847257 RAMIREZ JUAN JOSE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 23723264 SANABRIA ABEL JORGE sobre armas de puño registradas a su nombre Primera Sección Lunes 30 de junio de 2014 Documento DNI 14461546 Denominación SANCHEZ DANIEL ALEJANDRO Solicitud de Portación de Arma de Fuego sobre armas de puño registradas a su nombre BOLETIN OFICIAL Nº 32.915 Documento Denominación 21 Solicitud de Portación de Arma de Fuego DNI 7754100 VALENZUELA OSVALDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 11027180 SANCHEZ DANIEL ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 11015545 VALIENTE OSVALDO FERNANDO ámbito de T.C. INTERPLATA S.A. 30632677096 DNI 10888670 SANCHEZ GUILLERMO ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 24952966 VALLEJOS PEDRO JAVIER DNI 8539384 SANCHEZ JOSE JESUS sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de LIDERES CONSULTORES DE SEG. SRL 30662315148 DNI 25992434 SANCHEZ LUIS ALBERTO ámbito de COOP.DE TRAB.EL FERROL LTDA. 30656023461 DNI 17306010 SANCHEZ RUBEN OMAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 23189542 SANDOVAL ADOLFO RAMON ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 25537547 SANTANA MAXIMILIANO DNI 18247682 SANTILLAN JESUS ANTONIO DNI 30653197 SANTILLAN JUAN EDUARDO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 12764863 VANOLI EDUARDO DIEGO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13859420 VARELA HECTOR OSCAR ámbito de AJM SEGURIDAD PRIVADA S.A. 30709851191 DNI 27325753 VASQUEZ GERMAN CESAR ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13926331 VASQUEZ OSVALDO RUBEN ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 23721459 VAZQUEZ ADOLFO AVELINO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 13113694 SANTILLAN OSCAR RAUL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 18379098 SAUCEDO NICASIO RAMON ámbito de CI 5 S.A. 30679488593 DNI 10726421 SAVANI ANTONIO PABLO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14700635 SAYES LILIANA DEL VALLE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 18397970 SCAGLIOTTI DELFINO ANDREA sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 31171813 SCARDINI SANTIAGO JAVIER sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 22689381 SCARDULLA CLAUDIO ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre SCHIAFFINO MARIO EDUARDO ámbito de AJM SEGURIDAD PRIVADA S.A. 30709851191 DNI 8104629 DNI 17998763 SCHIAVONE OSVALDO CESAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 4409198 SCOVOTTI CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre SEGRE JORGE OMAR ámbito de SERV.ARG.SEG.EMPRESARIA S.A. 30656423958 DNI 16990588 LE 7820675 DNI 4370275 VAZQUEZ DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 29322370 VAZQUEZ MANUEL ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 18358286 VAZQUEZ RICARDO MARCELO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14043765 VEGA RICARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 27822741 VELAZQUEZ JAVIER sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 22306598 VELIZ CESAR ROLANDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 26118420 VERA CRISTIAN DANIEL ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 31769891 VERA DAMIAN ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 22981148 VERDUN DIEGO OMAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14008059 VIAPPIANI RUBEN OSCAR ámbito de GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BS. AS. 30634936439 DNI 12227012 VICTORIO HIPOLITO FRANCISCO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16508222 VIJARRA GUSTAVO SANTIAGO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 20974952 VILCHE LEANDRO HORACIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 18108043 VILLA LUIS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre SELESKY RAFAEL ARTURO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 29562387 SENA DIEGO LEONARDO JUAN ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 31033984 VILLAFAÑA ALEJANDRO FABIAN ámbito de A.I.P.A.A. S.A. 30517232269 DNI 27887736 SENA PABLO DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 22366174 VILLAFAÑE JUAN ALBERTO DNI 28533596 SEQUEIRA FABRICIO JAVIER sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 22701804 SERPA RICARDO MANUEL ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 11239200 VILLAGRA HUGO DANIEL ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 16575665 SERRA ANTONIO JUAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 25775417 VILLALBA JUAN ANTONIO ámbito de CI 5 S.A. 30679488593 SERRANO OSVALDO OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 8310438 VILLAR EMILIO ROLANDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 29450895 SHORT FELIPE ROLANDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14696237 VILLAVICENCIO JULIO CESAR DNI 24850362 SILISQUE HUMBERTO GUILLERMO sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 25539576 SILVA JUAN CARLOS ámbito de NOVIT S.A. 30707310657 DNI 20084572 SILVA PABLO ANSELMO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 12795631 SILVA VICTOR JORGE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 8632730 SLATTERY MIGUEL LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre LE 8647413 DNI 12247295 SORIA CARLOS ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14798464 SOSA FEDERICO EUGENIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 10860389 SOSA HECTOR RAUL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 28631089 SOSA NUÑEZ VICTOR MAURICIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 12473404 SOSA ROBERTO EDUARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 34310752 VILLEGAS FAVIO DARIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 20687883 VILTE HECTOR ROLANDO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 20154236 VITTAR ROBERTO RAUL ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 94129400 VOLKOV GENNADIY ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 24686471 WEISBERGER GUSTAVO MAXIMILIANO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 11356943 WILBERGER RAUL OMAR ámbito de SECCLEAN S.A. 30709645745 DNI 30037861 YAÑEZ SALAS MARIANO ALFONSO ámbito de CUSTOMER'S PROTECTION SRL 30707795579 DNI 10489474 SOTELO ELISEO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 20760837 YUDI MARIO NORBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 27573078 SOTELO HORACIO ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 26746045 ZABALA SERGIO RICARDO DNI 22154845 SOTO NORBERTO GUSTAVO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 23449183 ZACARIAS JOSE FEDERICO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 7758392 STAROPOLI CARLOS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 10834013 ZALAZAR JOSE ALBERTO DNI 29952246 STENEIR CARLOS JORGE sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de SEGAR SEGURIDAD S.A. 30643566407 DNI 11248982 STRANIERI SALVADOR JOSE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 10884002 ZAMPINI JORGE LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 11879736 SUAREZ DOMINGO ALICIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 21081522 ZARZA WALTER FABIAN DNI 23147571 SUAREZ GUILLERMO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 11019990 ZAZA JOSE ROBERTO ARMANDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 33772764 SUAREZ JUAN CRUZ sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 20011144 ZENA EDUARDO JAVIER sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 5482047 TABORDA NILO ADELMO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 33866840 ZURIS JUAN PABLO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13297378 TAPIA CLAUDIO ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16366890 ZURITA JESUS ABEL DNI 20690530 TAPIA HUMBERTO JUSTO sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 33042976 TAPIA PASTOR NICOLASALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 10709395 TARRAGA RICARDO ROBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 8284240 TEDESCHI CARLOS OSVALDO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 35873839 TEJEDA VICTOR RUBEN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 8538087 TESTONI SONZINI GUILLERMO JOSE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17126308 TOBARES ELIO RODOLFO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 20087254 TOLEDO JORGE RICARDO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 7584150 TORRES ANGEL PABLO DNI 25600112 TORRES FLAVIA VERONICA sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 8640477 TORRES OSCAR ALFREDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 20823587 TORRILLA ANDRES MARIA sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 23238954 TOSCANO PEDRO AGUSTIN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17606954 TOSCO SERGIO MARCELO ámbito de GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BS. AS. 30634936439 DNI 29618717 TOSOLINI ALBERTO GASTON ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 31852066 TRAPPA LUCIANO ROLANDO ámbito de VIA BARILOCHE S.A. 30643922157 DNI 26059231 TRAPPA SEBASTIAN ROBERTO ámbito de VIA BARILOCHE S.A. 30643922157 DNI 8076040 TREBINO RICARDO ENRIQUE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 27527617 TRIGO MARCOS GABRIEL ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 29205645 TSIAMAS ESTEBAN OMAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 34551370 TURRI KEVIN LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 18179297 URQUIZA FERNANDO MARCELO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14353292 VALDEZ DANIEL OMAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 24095506 VALENTINI CHRISTIAN ADRIAN FERNANDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 26719547 VALENZUELA ANIBAL ADRIAN sobre armas de puño registradas a su nombre MATIAS MOLLE, Director Nacional, Registro Nacional de Armas. e. 30/06/2014 N° 44816/14 v. 30/06/2014 #F4605003F# Primera Sección Lunes 30 de junio de 2014 BOLETIN OFICIAL Nº 32.915 22 #I4604113I# BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA #I4604133I# BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA El Banco Central de la República Argentina cita y emplaza por el término de 10 (diez) días hábiles bancarios a la firma LOS ANTIGALES S.A. (CUIT Nº 30-709994138-7), para que comparezca en la Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario, sita en Reconquista 250, Piso 5°, Oficina “8502”, Capital Federal, a estar a derecho en el Expediente Nº 100.252/11, Sumario Nº 5283, que se sustancia en esta Institución de acuerdo con el artículo 8° de la Ley del Régimen Penal Cambiario Nº 19.359 (t.o. por Decreto Nº 480/95), bajo apercibimiento de declarar su rebeldía. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial. — NANCY V. SCIORRA, Analista Principal de la Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. — LIDIA S. MENDEZ, Analista Senior de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. El Banco Central de la República Argentina cita y emplaza al señor Omar Santana Balleto (D.N.I. Nº 92.343.352) para que dentro del plazo de 10 (diez) días hábiles bancarios comparezca en la GERENCIA DE ASUNTOS CONTENCIOSOS EN LO CAMBIARIO, sita en Reconquista 250, piso 6°, oficina 8601, Capital Federal, en el horario de 10 a 13, a tomar vista y presentar defensa en el Sumario Cambiario Nº 5038, Expediente Nº 101.172/10, caratulado “NEWFLAX S.A. Y OTROS”, que se le instruye en los términos del artículo 8 de la Ley Nº 19.359, bajo apercibimiento en caso de incomparecencia, de declarar su rebeldía. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial. — VERONICA FAVALE, Jefe, Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. — HERNAN F. LIZZI, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. e. 30/06/2014 Nº 44488/14 v. 04/07/2014 #F4604113F# e. 30/06/2014 Nº 44508/14 v. 04/07/2014 #F4604133F# #I4604116I# BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA #I4604134I# BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA El Banco Central de la República Argentina cita y emplaza por el término de 10 (diez) días hábiles bancarios a la firma ARGENTRADE INTERNACIONAL SERVICES S.A. (CUIT Nº 33-70709234-9) y al señor CARLOS ALBERTO MILLARES (DNI Nº 4.751.305) para que comparezcan en la Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario, sita en Reconquista 250, Piso 6°, Oficina “8601”, Capital Federal, en el horario de 10 a 13 hs., a estar a derecho en el Expediente Nº 101.668/09, Sumario Nº 4559, que se sustancia en esta Institución de acuerdo con el artículo 8° de la Ley del Régimen Penal Cambiario Nº 19.359 (t.o. por Decreto Nº 480/95), bajo apercibimiento de declararle sus rebeldías. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial. — ANALIA G. TACCONE, Jefe, Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. — PAULA L. CASTRO, Analista Sr. de Sustanciación de Sumarios Cambiarios. El Banco Central de la República Argentina cita y emplaza por el término de 10 (diez) días hábiles bancarios a la firma MF GROUP S.A. (CUIT Nº 30-71055624-1), al señor MOSHE BEN EUGI (PASAPORTE ISRAELI Nº 5.573.567) y la señora MARTHA LILIANA BETANCOURT (DNI Nº 94.128.960), para que comparezca en la Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario, sita en Reconquista 250, Piso 6°, Oficina “8601”, Capital Federal, a estar a derecho en el Expediente Nº 56.033/07, Sumario Nº 5570, que se sustancia en esta Institución de acuerdo con el artículo 8° de la Ley del Régimen Penal Cambiario Nº 19.359 (t.o. por Decreto Nº 480/95), bajo apercibimiento de declararles su rebeldía. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial. — NANCY V. SCIORRA, Analista Principal de la Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. — LIDIA S. MENDEZ, Analista Senior de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. e. 30/06/2014 Nº 44491/14 v. 04/07/2014 #F4604116F# e. 30/06/2014 Nº 44509/14 v. 04/07/2014 #F4604134F# #I4604124I# BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA El Banco Central de la República Argentina cita y emplaza por el término de 10 (diez) días hábiles bancarios al señor RUBEN ROLANDO SANCHEZ (DNI Nº 20.133.482), para que comparezca en la Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario, sita en Reconquista 250, Piso 5°, Oficina “8502”, Capital Federal, a estar a derecho en el Expediente Nº 101.701/09, Sumario Nº 5279, que se sustancia en esta Institución de acuerdo con el artículo 8° de la Ley del Régimen Penal Cambiario Nº 19.359 (t.o. por Decreto Nº 480/95), bajo apercibimiento de declarar su rebeldía. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial. — NANCY V. SCIORRA, Analista Principal, Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. — LIDIA S. MENDEZ, Analista Senior de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. e. 30/06/2014 Nº 44499/14 v. 04/07/2014 #F4604124F# #I4604127I# BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA El Banco Central de la República Argentina cita y emplaza a Marcos Anselmo Delitsch (D.N.I. Nº 30.371.526) para que dentro del plazo de 10 (diez) días hábiles bancarios comparezca en la GERENCIA DE ASUNTOS CONTENCIOSOS EN LO CAMBIARIO, sita en Reconquista 250, piso 6°, oficina 8601, Capital Federal, en el horario de 10 a 13, a tomar vista y presentar defensa en el Sumario Cambiario Nº 5592, Expediente Nº 101.315/11, caratulado “MARCOS DELITSCH”, que se le instruye en los términos del artículo 8 de la Ley Nº 19.359, bajo apercibimiento en caso de incomparecencia, de declarar su rebeldía. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial. — VERONICA FAVALE, Jefe, Gerencia Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. — HERNAN F. LIZZI, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. e. 30/06/2014 Nº 44502/14 v. 04/07/2014 #F4604127F# #I4604129I# BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA El Banco Central de la República Argentina emplaza por el término de 10 (diez) días hábiles bancarios al señor HUGO ROBERTO MARQUEZ (D.N.I. Nº 13.347.275), para que presente el descargo que hace a su derecho de defensa en el Expediente Nº 101.270/09, Sumario Nº 5315, que se sustancia en esta Institución, Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario, sita en la calle Reconquista 250, 6° piso, Oficina “8602” de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de acuerdo con el artículo 8° de la Ley del Régimen Penal Cambiario (t.o. por Decreto Nº 480/95), bajo apercibimiento de declarar su rebeldía. Publíquese por cinco (5) días en el Boletín Oficial. — VERONICA FAVALE, Jefe, Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. — MARIA G. BRAVO, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. e. 30/06/2014 Nº 44504/14 v. 04/07/2014 #F4604129F# #I4604130I# BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA El Banco Central de la República Argentina cita y emplaza por el término de 10 (diez) días hábiles bancarios a los señores JOAO FERREIRA BEZERRA DE SOUZA (DNI 94.044.389), GONZALO LOPEZ FANJUL (DNI 93.900.808), MICHAEL DITCHFIELD (DNI 93.939.284), ALUISIO TELES FERREIRA FILHO (PAS CS 695.136) y SILLAS OLIVA FILHO (PAS CS 879.329), para que comparezcan en la Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario, sita en Reconquista 250, Piso 5°, Oficina “8502”, Capital Federal, a estar a derecho en el Expediente Nº 100.374/10, Sumario Nº 5100, que se sustancia en esta Institución de acuerdo con el artículo 8° de la Ley del Régimen Penal Cambiario Nº 19.359 (t.o. por Decreto Nº 480/95), bajo apercibimiento de declarar sus rebeldías. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial. — NANCY V. SCIORRA, Analista Principal, Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. — LIDIA S. MENDEZ, Analista Senior de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. e. 30/06/2014 Nº 44505/14 v. 04/07/2014 #F4604130F# #I4605298I# MINISTERIO DE SALUD DIRECCION NACIONAL DE REGISTRO, FISCALIZACION Y SANIDAD DE FRONTERAS Conforme lo dispuesto por el art. 131 párrafo 2 de la Ley 17.132 y atento a la imposibilidad de ubicarlo, por el presente se cita a la Dra. Maria Cristina Bravo, DNI 11.238.174 para que en el plazo de DIEZ (10) días a contar del quinto de esta publicación, comparezca ante el DEPARTAMENTO DE FALTAS SANITARIAS de la DIRECCION DE SUMARIOS del MINISTERIO DE SALUD sito en la Av. 9 de Julio 1925, Piso 3, CAPITAL FEDERAL en el horario de 09:30 a 17:30 a los efectos de tomar vista del Expediente Nº 12002-21706-13-4 para posteriormente formular descargo y ofrecer la prueba que haga al derecho de su defensa por la presunta infracción a la Ley 17.132 en que habrían incurrido bajo APERCIBIMIENTO, en caso de incomparecencia, de juzgarlos en rebeldía. — Dr. MARIO A. ROSENFELD, Director, Dirección Nacional de Registro, Fiscalización y Sanidad de Fronteras. e. 30/06/2014 Nº 45012/14 v. 02/07/2014 #F4605298F# #I4606252I# MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE Resolución Nº 582/2014 Bs. As., 24/6/2014 VISTO el Expediente Nº S02:0063787/2014 del registro de este Ministerio, y CONSIDERANDO: Que por las actuaciones mencionadas en el Visto tramita el Convenio suscripto entre la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO DE DOMINIOS DE INTERNET dependiente de la SUBSECRETARIA TECNICA de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION y la DIRECCION NACIONAL ELECTORAL de este Ministerio. Que el objetivo del mismo es el de la prestación mutua de cooperación, asesoría, capacitación y asistencia en los temas relativos a la esfera de sus competencias, con la finalidad de fomentar el desarrollo de las Telecomunicaciones en la Argentina, del mercado de Internet y las Tecnologías de la Información, promover la formación y educación de los distintos actores que permita el acceso a los avances tecnológicos en todo el territorio de país. Que resulta pertinente ratificar el mencionado Convenio, suscripto entre el señor Director Nacional Electoral, Dr. D. Alejandro TULLIO, en forma conjunta con el Director Nacional del Registro de Dominios de Internet, D. Gabriel BRENTA. Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio ha tomado la intervención de su competencia. Que la presente medida se dicta en uso de las facultades establecidas en la Ley de Ministerios Nº 22.520 (T.O. por Decreto Nº 438/1992) y sus modificatorios y la Resolución Nº 529 de fecha 5 de octubre de 2012. Por ello, EL MINISTRO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE RESUELVE: ARTICULO 1° — Ratifícase el Convenio de Cooperación suscripto entre la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO DE DOMINIOS DE INTERNET dependiente de la SUBSECRETARIA TECNICA de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION y la DIRECCION NACIONAL ELECTORAL de este Ministerio, cuya copia autenticada figura como Anexo I de la presente Resolución. ARTICULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — C.P.N. FLORENCIO RANDAZZO, Ministro del Interior y Transporte. Lunes 30 de junio de 2014 Primera Sección ANEXO I CONVENIO DE COOPERACION ENTRE LA DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO DE DOMINIOS DE INTERNET, DE LA SUBSECRETARIA TECNICA DE LA SECRETARIA LEGAL Y TECNICA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION Y LA DIRECCION NACIONAL ELECTORAL DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE En la Ciudad de Buenos Aires, a los 2 días del mes de junio de 2014, entre la DIRECCION NACIONAL DE DOMINIOS DE REGISTROS DE DOMINIOS DE INTERNET, representado en este acto por el Sr. Gabriel BRENTA, en su carácter de Director Nacional, quien constituye domicilio a los efectos del presente en la calle Juncal 847 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en adelante el NIC, por una parte, y por la otra parte la DIRECCION NACIONAL ELECTORAL del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, representado en este acto por el Dr. Alejandro TULLIO, en su carácter de Director Nacional Electoral, quién constituye domicilio a los efectos del presente en 25 de Mayo 101, piso 3° de esta Ciudad, se suscribe el siguiente CONVENIO DE COOPERACION MUTUA, conforme a las cláusulas siguientes: PRIMERA: El presente convenio tiene por objeto la prestación mutua de cooperación, asesoría, capacitación y asistencia en los temas relativos a la esfera de competencia de las partes, con la finalidad de fomentar el desarrollo de las Telecomunicaciones en la Argentina, del mercado de Internet y las Tecnologías de la Información, promover la formación y educación de los distintos actores que permita el acceso a los avances tecnológicos en todo el territorio deI país a través de la participación. SEGUNDA: Las partes a través de sus respectivos equipos técnicos se comprometen en forma recíproca y dentro de la esfera de sus competencias a brindar colaboración, a saber en: a) El desarrollo y la implementación de proyectos y programas de trabajo. b) El intercambio de material bibliográfico y acceso a bases de datos e información general. c) El intercambio de documentación e información específica con relación a programas de trabajo que sean de interés para ambas partes. d) Asistencia para la organización de exposiciones, ferias y foros a nivel local e internacional. e) Reuniones conjuntas para tratar asuntos de interés común. BOLETIN OFICIAL Nº 32.915 23 CONSIDERANDO: Que a través del Decreto Nº 892/95, se diseñó un mecanismo tendiente a garantizar un sistema de relaciones financieras entre las distintas jurisdicciones y entidades dependientes del PODER EJECUTIVO NACIONAL y los Estados Provinciales, para el uso eficiente de los recursos asignados al cumplimiento de programas o acciones de carácter social, sobre la base de cuentas separadas, intangibilidad de fondos específicos y apertura de cuentas corrientes en el BANCO DE LA NACION ARGENTINA. Que las máximas autoridades de las jurisdicciones y entidades dependientes del PODER EJECUTIVO NACIONAL, al que hace referencia el artículo 1º del mentado decreto, tendrán las facultades de interrumpir y/o retener en forma automática la transferencia de fondos en la medida en que se constate alguno de los supuestos contenidos en su artículo 2°. Que el artículo 1° del Decreto Nº 225/07 dispuso que cada jurisdicción o entidad dependiente del PODER EJECUTIVO NACIONAL, cuyos presupuestos incluyan créditos en los Incisos 5 - Transferencias - Transferencias a Gobiernos Provinciales y/o Municipales, sean para financiar gastos corrientes o de capital, y 6 - Activos Financieros, destinados a la atención de programas o acciones de carácter social, que se ejecuten en el marco de convenios bilaterales que prevean la obligación de rendir cuentas, a suscribirse con las Provincias y/o Municipios, dictará un reglamento que regule la rendición de los fondos presupuestarios transferidos, al que deberán ajustarse dichos acuerdos. Que la presentación de las rendiciones de cuentas correspondientes, además de obedecer a un imperativo legal, deviene necesaria a fin de verificar el destino, intangibilidad y eficiencia en el uso de los fondos públicos. Que asimismo el último párrafo del artículo 1° del Decreto Nº 225/07 establece que el reglamento de rendición de cuentas que se dicte en cada jurisdicción y/o entidad competente se incorporará como Anexo de los convenios bilaterales que se suscriban con las Provincias y/o Municipios. Que la SECRETARIA DE ASUNTOS MUNICIPALES tiene a su cargo el desarrollo y la implementación de distintos Programas con el objeto de asistir a los municipios, a fin de mejorar los sistemas de recaudación tributaria municipal, mediante la adquisición de equipamiento informático y software, modernizar los sistemas administrativos municipales y realizar obras de infraestructura. f) Articular acciones de asistencia técnica, para identificar, explicitar y precisar al conjunto de problemas que permitirán substanciar los lineamientos estratégicos de la solución. Que la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la Jurisdicción han tomado la intervención que les corresponde. g) Asistencia para diseñar los planes operativos que convertirán los lineamientos estratégicos en orientaciones diarias para la gestión. Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley de Ministerios (T.O. Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias y por el artículo 1° el Decreto Nº 225/07. h) Asistencia para construir los indicadores que permitan medir el logro de las metas establecidas en los planes operativos. i) El intercambio de recursos humanos y materiales para el fortalecimiento de programas de trabajo, estudio e investigación. j) Actuar coordinadamente en los diferentes campos de actuación de ambas entidades, especialmente en lo atinente al desarrollo de actividades concernientes al mercado de internet y las tecnologías de la información. k) Desarrollar campañas de difusión masiva en los medios de comunicación, directamente vinculados con el objetivo previsto en la cláusula Primera, así como proceder a la elaboración y procesamiento de datos, estadísticas y los que surjan de los programas de cooperación con otras organizaciones. I) Asistencia para la elaboración de los marcos regulatorios que competen a la actividad. TERCERA: Créase la Unidad de Coordinación de todos los aspectos atinentes al presente convenio que quedará integrada por representantes de cada uno de los organismos firmantes del mismo. Esta unidad fijará las tareas a desarrollar, cronogramas a cumplir y recursos humanos y materiales necesarios para su cumplimiento. CUARTA: Cualquier objetivo y/o acción que exceda los marcos anteriormente descriptos deberá ser acordada en forma específica por las partes y se instrumentará mediante Protocolos Adicionales al presente Convenio. QUINTA: Sin perjuicio de lo que las Partes dispongan en los acuerdos suplementarios y/o intercambio de cartas, suscritos en virtud de este Acuerdo para la implementación conjunta de programas, proyectos y/o actividades, este Acuerdo por sí solo no implica obligaciones de carácter financiero para las Partes. SEXTA: Cualquier aspecto no previsto expresamente en el presente Convenio y/o cualquier controversia en su aplicación o interpretación, será solucionado en forma armoniosa mediante el entendimiento directo según las reglas de la buena fe de las partes, procurando para el efecto la máxima colaboración para su solución. SEPTIMA: CONFIDENCIALIDAD: La Publicación o difusión de cualquier información involucrada en el marco del presente convenio deberá contar con la aprobación expresa de las partes. OCTAVA: EL PRESENTE Convenio tendrá una vigencia de dos años, prorrogándose automáticamente por igual período, salvo que sea denunciado por cualquiera de las partes mediante comunicación fehaciente cursada a la otra, en cuyo caso el distracto sólo tendrá efecto al término de las actividades que se encuentren en desarrollo a esa fecha. En prueba de conformidad, previa lectura y ratificación, se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 2 días del mes de junio de 2014. e. 30/06/2014 Nº 45400/14 v. 30/06/2014 #F4606252F# #I4606256I# MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE Resolución Nº 583/2014 Por ello, EL MINISTRO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE RESUELVE: ARTICULO 1° — Apruébase el Reglamento General para la Rendición de Cuentas de Fondos Presupuestarios Transferidos a Provincias, Municipios y/u otros Entes, el que como Anexo I forma parte integrante de la presente, y será de aplicación para aquellos Programas y Entidades que suscriba la SECRETARIA DE ASUNTOS MUNICIPALES de este Ministerio. ARTICULO 2° — Apruébanse los formularios de rendición de cuentas denominados “Declaración Jurada sobre Aplicación de Fondos” y “Documentación Respaldatoria de la Inversión de Fondos” que, como Anexo II forman parte de la presente Resolución. ARTICULO 3° — Apruébase el Modelo de Intimación dirigido a las CONTRAPARTES para rendir cuentas, el que como Anexo III forma parte integrante del presente artículo. ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — C.P.N. FLORENCIO RANDAZZO, Ministro del Interior y Transporte. ANEXO I REGLAMENTO DE RENDICION DE FONDOS PRESUPUESTARIOS TRANSFERIDOS EN EL MARCO DE ACUERDOS BILATERALES ENTRE LA SECRETARIA DE ASUNTOS MUNICIPALES DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE Y PROVINCIAS, MUNICIPIOS U OTROS ENTES 1.- MARCO REGULATORIO Y OBJETIVO DE LA RENDICION DE FONDOS El presente reglamento deberá ser observado por la SECRETARIA DE ASUNTOS MUNICIPALES que ejecuta créditos del Inciso 5 - Transferencias, en virtud de Convenios y/o Acuerdos con las Provincias, Municipios, u otros entes como así también, por los beneficiarios de dichas transferencias. La rendición de cuentas documentada de la utilización de los fondos transferidos por los Convenios y su control, serán efectuados con arreglo al marco regulatorio de la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público, y sus normas reglamentarias sobre la materia, en especial el Decreto Nº 225/07. 2.- DEFINICIONES A los efectos del presente reglamento, se entiende por: a) Rendición de cuentas: La presentación de toda documentación que permita acreditar y demostrar que los fondos públicos transferidos o gastados, en el marco de transferencias a Provincias, Municipios u otros entes han sido afectados al objeto para el que fueran autorizados. b) Beneficiario o receptor de fondos: Organos o Dependencias de la Provincia, Municipio u otro ente a quien se le transfieren los fondos para el desarrollo de determinada acción, actividad, plan o programa en materia de asistencia municipal, previamente acordado con la SECRETARIA DE ASUNTOS MUNICIPALES. Tales acciones, actividades, planes y programas deberán desarrollarse en un todo de conformidad con las normas vigentes en cada Jurisdicción y de acuerdo a los plazos y demás requisitos que fueran acordados entre las partes intervinientes. Bs. As., 24/6/2014 c) Responsable de la Rendición: aquellos organismos que estén individualizados en el respectivo Convenio a tales efectos. VISTO el Expediente Nº S02:0053540/2014 del registro de este Ministerio, la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, los Decretos Nros. 892 de fecha 11 de diciembre de 1995, 225 de fecha 13 de marzo de 2007, 1344 de fecha 4 de octubre de 2007, y d) Informe Técnico Preliminar: Documento que dará cuenta que el uso y aplicación de los fondos se corresponde con el destino fijado en el acto administrativo que da origen a la transferencia. El mismo debe ser elaborado por el beneficiario de los fondos o por el máximo organismo de control de la jurisdicción beneficiaria de los fondos y conformado por el beneficiario, como así Lunes 30 de junio de 2014 Primera Sección también deberá contener adjunta toda la documentación que permita justificar el uso y destino de los fondos. Asimismo integrará el informe técnico final elaborado por la Unidad Organizativa. e) Unidad Organizativa: Unidad conformada en el ámbito de la SECRETARIA DE ASUNTOS MUNICIPALES que impulsa la transferencia de recursos. f) Informe Técnico Final: Documento elaborado por la Unidad Organizativa que dará cuenta de que los fondos han sido aplicados correctamente al destino preestablecido en el acto administrativo que aprueba la transferencia. Dicho informe deberá contener el informe técnico preliminar y toda la documentación adjunta que permita dar cuenta del correcto uso de los fondos. Asimismo, deberá contener un análisis razonado y objetivo que permita concluir la correcta y eficiente aplicación de los fondos. g) Unidad Operativa: Unidad de la SECRETARIA DE ASUNTOS MUNICIPALES que será encargada de la recepción de los requerimientos, informes y toda documentación enviada por los beneficiarios de los fondos y su retransmisión a las otras dependencias de dicha Secretaría, en el marco de sus competencias específicas, a efectos de requerir su intervención técnica para la elaboración y consolidación de los planes y programas e informes técnicos a que dé lugar la transferencia de fondos. h) Unidad de Rendición de Cuentas: Será la instancia, en el ámbito de la SECRETARIA DE ASUNTOS MUNICIPALES, encargada de realizar la aprobación de la rendición de cuentas. 3.- INTERVENCIONES TECNICAS El proceso de aprobación de rendición de cuentas enviada por el Beneficiario implicará la intervención de las siguientes áreas técnicas de la SECRETARIA DE ASUNTOS MUNICIPALES: a) Unidad Organizativa: Deberá elaborar el informe técnico final que dé cuenta del correcto uso y aplicación de los fondos de acuerdo con el destino que estableciera el acto administrativo por el que se asignaron recursos y la normativa legal vigente en la materia. b) Unidad de Rendición de Cuentas: A partir de dicho informe técnico final realizará la aprobación de la rendición de acuerdo a lo establecido en el presente reglamento, así como la registración del estado de las rendiciones. En los casos que determinen las autoridades, deberá efectuar las auditorías y controles muestrales que se consideren oportunos. 4.- INTERVENCION DE LA UNIDAD ORGANIZATIVA a) En caso que la rendición fuera aprobada totalmente en esta instancia, se enviará el informe técnico final a la Unidad Operativa, a efectos de que esta última remita la información a la Unidad de Rendición de Cuentas para que se expida en el plazo que la Unidad Operativa fijará al efecto. b) En caso que la rendición de cuentas resulte observada en su totalidad, la Unidad Organizativa comunicará tal situación a la Unidad Operativa, a fines que curse las notificaciones correspondientes al beneficiario con las observaciones efectuadas e indicando el plazo de respuesta y cursando en forma concomitante copia de tal notificación a la Unidad de Rendición de Cuentas. c) En caso de que la rendición de cuentas se apruebe parcialmente, la Unidad Organizativa deberá desdoblar la rendición, detallando los fondos cuyo uso y aplicación fueran aprobados y aquellos considerados no aprobados, y comunicar tal situación mediante un informe remitido a la Unidad Operativa para que esta última notifique tal situación al beneficiario. Posteriormente la Unidad Operativa deberá remitir el informe por la parte aprobada a la Unidad de Rendición de Cuentas y sobre la parte no aprobada del informe regirán las mismas reglas detalladas en el punto anterior. 5.- INTERVENCION DE LA UNIDAD DE RENDICION DE CUENTAS a) Aprobación de la Rendición de Cuentas: En caso que el informe técnico final elaborado por la Unidad Organizativa sea aprobado por la Unidad de Rendición de Cuentas, se procederá a registrar tal situación y se registrará la transferencia como rendida. b) Observaciones a la Rendición de Cuentas: En caso que la Unidad de Rendición de Cuentas posea observaciones que formular acerca del informe técnico final elaborado por la Unidad Organizativa, registrará tal situación y comunicará las observaciones a la Unidad Organizativa por intermedio de la Unidad Operativa. Esta última fijará el plazo en que deberá responder la Unidad Organizativa y el beneficiario, en caso de que fuera necesario. c) La Unidad de Rendición de Cuentas recibirá las copias de las comunicaciones efectuadas al beneficiario durante la elaboración del informe técnico final y tomará nota de un plazo de QUINCE (15) días hábiles para su respuesta. Vencido el plazo para su respuesta sin que la misma se acredite, se procederá a efectuar una nueva intimación en el plazo de DIEZ (10) días hábiles, al término de cuyo plazo, deberá contarse con la información requerida. Caso contrario se procederá a comunicar a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, previa intervención de la Unidad de Auditoría Interna, a fin de poner en conocimiento a los Organismos de Control Provinciales. 6.- PAUTAS MINIMAS PARA EL INFORME PRELIMINAR DE RENDICION DE CUENTAS Deberá estar adecuadamente encarpetado e incorporado o anexado al expediente por el que se aprueba la transferencia. En el mismo constará toda la documental relacionada con la transferencia (constancias de pago, facturas de compras, presupuestos, planillas anexas, etc.). a) Todos los gastos deberán ajustarse a lo autorizado, mediante la Resolución de asignación, es decir que los fondos sólo podrán aplicarse al destino para el cual se transfieren. b) Los comprobantes deberán ser emitidos a nombre del beneficiario de la transferencia, no deben presentar enmiendas, tachaduras ni borrones que no hayan sido debidamente salvados. c) Todos los documentos y comprobantes de la rendición deberán estar conformados, en el cuerpo del comprobante, por el responsable de la rendición, designado formalmente por el beneficiario para administrar los fondos. d) Los tickets, facturas y demás documentos que integren la rendición, deberán ser pegados en hojas debidamente foliadas y numerados, a los fines de evitar su extravío. Al final de cada hoja deberán numerarse la cantidad total de documentos que contiene cada hoja y la suma total de los importes que contienen, sin que se admitan tachaduras, enmiendas ni interlineados. e) En el caso de ejecución de obras, además de la factura presentada por la firma constructora, se deberá adjuntar el correspondiente certificado de obra conformado por la autoridad local de aplicación del Municipio, en aquellos casos que por la envergadura de la obra el mismo resultare necesario, según la normativa aplicable. f) Se adjuntará una hoja resumen que contendrá los siguientes datos: fecha del comprobante, Nombre o Razón Social, Concepto, Número de folio donde se encuentra, Número de comprobante, Importe de cada comprobante, Importe total de la rendición. BOLETIN OFICIAL Nº 32.915 24 g) Toda la documentación adjunta deberá ser el resultado del más estricto cumplimiento de la normativa legal vigente en cada jurisdicción para todo tipo de procedimiento desarrollado con los fondos de que se trata, como así también, del régimen de facturación de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS (AFIP). h) En todos los casos deberá cumplirse las pautas mínimas para la rendición fijadas en el Decreto Nº 225/07. EI presente se dicta de acuerdo a lo normado por el Decreto Nº 225/07. En razón de ello, cuando se proceda a firmar o impulsar la firma de un convenio o acuerdo con Gobiernos Provinciales, Municipales u otros entes, que establezca las transferencias de fondos imputables presupuestariamente al inciso 5 - Transferencias, deberá incorporarse como Anexo a los convenios que se suscriben, el procedimiento para la rendición de cuentas previsto en el presente. Dicha rendición tendrá por finalidad demostrar el uso que se ha dado a los fondos del ESTADO NACIONAL, el que deberá ser compatible con el espíritu, naturaleza y fines del acuerdo consensuado. 7.- PROCEDIMIENTO La rendición de cuentas de los fondos será presentada por el beneficiario en la DIRECCION DE MESA DE ENTRADAS, NOTIFICACIONES Y DESPACHO del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, dirigida a la SECRETARIA DE ASUNTOS MUNICIPALES. En el ámbito de esta Secretaría, la Unidad Operativa recibirá la rendición y será la encargada de remitirla a la Unidad Organizativa que lleve adelante el programa o proyecto, fijándole un plazo para ejercer su competente intervención. A los fines expuestos en el párrafo precedente, se utilizarán los formularios previstos en el Anexo II: FORMULARIO 1: “Declaración Jurada sobre Aplicación de Fondos”. FORMULARIO 2: “Documentación Respaldatoria de la Inversión de Fondos”. Además de la presentación de los Formularios mencionados precedentemente, el Beneficiario debe presentar el Informe Técnico Preliminar, el que debe hacer mención mínimamente a la siguiente información. a) La mención del organismo receptor de los fondos y de los funcionarios responsables de la administración de los fondos asignados. b) La individualización de la cuenta bancaria receptora de fondos. c) El monto total de la transferencia que se rinde. d) El concepto de los gastos que se atendió con cargo a dicha transferencia. e) El grado de avance en el cumplimiento de las metas y objetivos comprometidos. Cuando el convenio definiera el mecanismo de evaluación de cumplimiento, éste deberá haber sido completado indefectiblemente en forma previa a la presentación de la rendición. f) Copia del o los extractos bancarios correspondientes a la cuenta bancaria especial, pertinente por el período que comprende la rendición. g) En virtud de la especificidad propia de la asistencia municipal, cada Convenio establecerá la fijación de un plazo razonable, a fin de cumplir con la obligación de rendir cuentas de los fondos transferidos. h) El deber de acompañar toda la documentación que respalde la rendición de cuentas, en los términos del artículo 1°, inciso f) del Decreto Nº 225/07 y toda aquella otra que le sea requerida. La documentación respaldatoria de la rendición de cuentas de la inversión de los fondos estará compuesta por las copias certificadas de las facturas o documentos equivalentes a ser presentados por los destinatarios, dado que los respectivos originales son el respaldo mismo de las contabilidades de los beneficiarios. i) Compromiso de cumplir con la obligación de preservar por el término de DIEZ (10) años, como respaldo documental de la rendición de cuentas, los comprobantes originales completados de manera indeleble, debiendo cumplir los mismos con las exigencias establecidas por las normas impositivas y previsionales vigentes y, en su caso, en función del tipo de inversión efectuada, la presentación de la totalidad de los antecedentes que respalden la aplicación de los fondos involucrados. j) La obligación de poner a disposición de las jurisdicciones y entidades nacionales competentes, así como de los distintos organismos de control, la totalidad de la documentación respaldatoria, cuando éstos así lo requieran. k) Para la adquisición de bienes y servicios con fondos transferidos, las contrataciones deberán ajustarse a lo que estipule la normativa de la Jurisdicción receptora. 8.- INCUMPLIMIENTO El incumplimiento de la obligación de rendir cuentas en tiempo y forma implicará simultáneamente: a) La suspensión o interrupción de manera automática de la transferencia de fondos. b) El reintegro al ESTADO NACIONAL de los montos no rendidos, el que deberá perfeccionarse dentro de los TREINTA (30) días corridos contados a partir de su intimación. c) La interrupción de la suscripción de nuevos convenios y/o acuerdos. d) Se dará intervención a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Nº 225/07. 9.- PRORROGA PARA LA RENDICION DE CUENTAS: El titular de la SECRETARIA DE ASUNTOS MUNICIPALES, o el funcionario en quien se delegue dicha atribución, podrá otorgar, cuando existan causas que así lo ameriten, una prórroga para su cumplimiento. Dicho pedido deberá articularse previo a que opere el vencimiento de la obligación, con una antelación mínima de DIEZ (10) días hábiles. Primera Sección Lunes 30 de junio de 2014 10.- CONTROL DE LA TRANSFERENCIA DE FONDOS VISTO el Expediente Nº S02:0096308/2013 del registro de este Ministerio, y b) La imputación presupuestaria de los fondos. c) Fecha o plazo para el desarrollo de la acción prevista o la delegación para la fijación de los mismos. d) Designación expresa de las normas, bajo las cuales, se regirá la rendición de los fondos, siendo que para el caso de omisión, se considerará como válida las establecidas en el presente reglamento. e) El plazo para efectuar la rendición de cuentas, a partir de la finalización de las acciones, actividades, planes, programas o adquisición de bienes que se financian. f) La previsión de que, en caso de incumplimiento de la obligación de rendir cuentas en tiempo y forma, los montos no rendidos deberán ser reintegrados al ESTADO NACIONAL. g) La previsión de que a los efectos de la rendición de cuentas deberá cumplirse, en todos los casos, como mínimo con los estándares fijados por el Decreto Nº 225/07. ANEXO II FORMULARIO 1: “DECLARACION JURADA SOBRE APLICACION DE FONDOS” (Lugar y fecha de emisión) SEÑOR SECRETARIO DE ASUNTOS MUNICIPALES: El que suscribe……………..…..en mi carácter de……….…….manifiesta que ha aplicado los fondos oportunamente otorgados por la SECRETARIA DE ASUNTOS MUNICIPALES, mediante Resolución SAM Nº /20…….., tramitado bajo Expediente Nº………./20…. del registro del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, conforme el detalle que se expone expresamente: Suma otorgada Inversión Documentada rendida en el presente Inversión Documentada acumulada total rendida Saldo a Invertir Los fondos recibidos fueron empleados para el objeto solicitado y tenido en cuenta para su otorgamiento. Han sido cumplidos los procedimientos requeridos por las jurisdiccionales en materia de administración presupuestaria, sistema de registración contable, régimen de contrataciones y que asimismo fueron observadas las normas de control vigentes. La totalidad de la documentación original, respaldatoria del empleo de los fondos, cumplen con las formalidades y requisitos establecidos por la normativa de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS (AFIP). La documentación original se encuentra debidamente archivada, a disposición de las autoridades de la SECRETARIA DE ASUNTOS MUNICIPALES, para su análisis y verificación en el momento que se considere oportuno y sometida a las competencias de control previstas en la Ley Nº 24.156. FORMULARIO 2: “DOCUMENTACION RESPALDATORIA DE LA INVERSION DE FONDOS” Expediente MIyT Nº…….. Resolución SAM N°…./20 Importe rendición $......... Proveedor (3) Concepto (4) Fecha de pago (5) CONSIDERANDO: Que por Resolución Nº 153 de fecha 16 de febrero de 2007 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE dependiente entonces del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, se adjudicó la realización de la Ejecución de las Obras Civiles destinadas a la Extensión de la Línea “E” de la Red de Subterráneos de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, Obra básica más variante túnel, a la Empresa BENITO ROGGIO E HIJOS SOCIEDAD ANONIMA. Que con fecha 30 de marzo de 2007 la SECRETARIA DE TRANSPORTE y la Empresa BENITO ROGGIO E HIJOS SOCIEDAD ANONIMA, suscribieron el Contrato para la Ejecución de las Obras Civiles destinadas a la Extensión de la Línea “E” de la Red de Subterráneos de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, Obra básica más variante túnel, con plazo contractual de TREINTA Y SEIS (36) meses contados a partir del día 17 de junio de 2009, fecha en que se celebró el Acta de Inicio de Obra. Que por Resolución Nº 290 de fecha 28 de abril de 2008 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE dependiente entonces del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, se adjudicó la Contratación de la Supervisión y Aprobación de la ingeniería básica y conceptual e Inspección de Obra, correspondiente a la obra: “Ejecución de las Obras Civiles destinadas a la Extensión de la Línea “E” de la Red de Subterráneos de CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, obra básica más variante túnel” a la Empresa IATASA LATINOCONSULT SOCIEDAD ANONIMA, por el monto de PESOS DIEZ MILLONES CIENTO SETENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y DOS CON NOVENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 10.179.862,95) Impuesto al Valor Agregado incluido, pagaderos en CUARENTA Y DOS (42) cuotas iguales y consecutivas. Que con fecha 30 de septiembre de 2008 la SECRETARIA DE TRANSPORTE y la Empresa IATASA LATINOCONSULT SOCIEDAD ANONIMA, suscribieron el Contrato para la Supervisión y Aprobación de la ingeniería básica y conceptual e Inspección de Obra, correspondiente a la obra: “Ejecución de las Obras Civiles destinadas a la Extensión de la Línea “E” de la Red de Subterráneos de CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, obra básica más variante túnel”, con un plazo de CUARENTA Y DOS (42) meses a partir de su suscripción. $ $ $ $ Adicionalmente, también con carácter de Declaración Jurada, manifiesto que: El grado de avance en el cumplimiento de las metas y objetivos comprometidos es de……….%. Importe (6) TOTAL (6) La totalidad de la información indicada fue realizada sin omitir ni falsear dato alguno. Los campos a completar de la planilla son: (1) Fecha de emisión del comprobante; (2) Indicar si es factura o recibo y su numeración; (3) Individualización del emisor del comprobante; (4) Descripción del bien o servicio objeto de la contratación; (5) Fecha de la orden de pago y (6) Importe de factura o recibo y total de comprobantes. Nota: Se destaca que el importe consignado en el campo “TOTAL” deberá ser coincidente con el expresado en la Declaración Jurada sobre Aplicación de Fondos como “Inversión documentada, rendida en la presente”. ANEXO III MODELO DE INTIMACION Buenos Aires, SEÑOR GOBERNADOR/INTENDENTE: Tengo el agrado de dirigirme a Ud. en mi carácter de………., en el marco del Convenio suscripto………. En tal sentido, debe tenerse presente que en dicho Convenio se estipuló la obligación de rendir cuentas en fecha………. Que no habiéndose recibido hasta la fecha la rendición de cuentas correspondiente en los términos del Convenio precitado y la Resolución N°………., solicito a usted tenga a bien instrumentar los medios necesarios para el cumplimiento de dicha obligación en el plazo perentorio e improrrogable de DIEZ (10) días hábiles, informándole que de no regularizarse tal situación se procederá a la suspensión de los pagos y eventual rescisión contractual con causa en el incumplimiento, habilitándose consecuentemente el inicio de las acciones judiciales pertinentes en resguardo del interés patrimonial del ESTADO NACIONAL, quedando Ud. debidamente notificado. Saludo a usted atentamente. Resolución Nº 584/2014 Bs. As., 24/6/2014 a) El destino de los fondos. Comprobante (2) 25 MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE A los fines de facilitar el control de la transferencia de fondos, el acto administrativo por el cual se perfeccione la misma deberá contener como mínimo: Fecha de emisión (1) BOLETIN OFICIAL Nº 32.915 #I4606257I# e. 30/06/2014 Nº 45404/14 v. 30/06/2014 #F4606256F# Que la Empresa IATASA LATINOCONSULT SOCIEDAD ANONIMA fue responsable de efectuar la supervisión y aprobación de la ingeniería básica y conceptual en el período posterior a la firma del contrato celebrado con fecha 30 de marzo de 2007 entre la SECRETARIA DE TRANSPORTE y la Empresa BENITO ROGGIO E HIJOS SOCIEDAD ANONIMA que permitió la confección del Acta de Inicio de la obra, y es la responsable de efectuar la inspección, el seguimiento y control de la gestión de la citada empresa y de sus trabajos hasta su finalización. Que por la Resolución Nº 89 de fecha 6 de mayo de 2010 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE dependiente entonces del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, se aprobó una modificación de la obra “Ejecución de las Obras Civiles destinadas a la Extensión de la Línea “E” de la Red de Subterráneos de la Ciudad Autónoma de BUENOS AIRES, Obra básica más variante túnel” adjudicada a la Empresa BENITO ROGGIO E HIJOS SOCIEDAD ANONIMA por la Resolución Nº 153/2007 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE, con una ampliación del plazo contractual de obra de SEIS (6) meses. Que por la Resolución Nº 30 de fecha 8 de mayo de 2012 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE se aprobó la ampliación del plazo contractual por los trabajos de Supervisión y Aprobación de la ingeniería básica y conceptual e Inspección de Obra, correspondiente a la obra: “Ejecución de las Obras Civiles destinadas a la Extensión de la Línea “E” de la Red de Subterráneos de CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, obra básica más variante túnel” a la Empresa IATASA LATINOCONSULT SOCIEDAD ANONIMA, adjudicados por la Resolución Nº 290 de fecha 28 de abril de 2008 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE dependiente entonces del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS pagaderos en SEIS (6) cuotas iguales y consecutivas de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE CON SESENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 242.377,69). Que por la Resolución Nº 32 de fecha 11 de mayo de 2012 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE dependiente entonces del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, se aprobó una nueva modificación de la obra “Ejecución de las Obras Civiles destinada a la Extensión de la Línea “E” de la Red de Subterráneos de la Ciudad Autónoma de BUENOS AIRES, Obra básica más variante túnel” con una ampliación del plazo contractual de obra de DOCE (12) meses, plazo que incluye la ampliación de SEIS (6) meses aprobada por la Resolución Nº 89/2010 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE, resultando la fecha de finalización del Contrato el 31 de mayo de 2013. Que en el marco de la Cláusula 7 del Contrato de fecha 30 de septiembre de 2008, la Empresa IATASA LATINOCONSULT SOCIEDAD ANONIMA solicitó una nueva ampliación del plazo contractual durante el plazo de obra vigente para el contrato principal. Que por la Resolución Nº 664 de fecha 12 de julio de 2013 del Ministerio del Interior y Transporte, se aprobó una ampliación del plazo contractual por los trabajos de Supervisión y Aprobación de la ingeniería básica y conceptual e Inspección de Obra, correspondiente a la obra: “Ejecución de las Obras Civiles destinadas a la Extensión de la Línea “E” de la Red de Subterráneos de CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, obra básica más variante túnel”, a la Empresa IATASA LATINOCONSULT SOCIEDAD ANONIMA, adjudicados por la Resolución Nº 290 de fecha 28 de abril de 2008 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE dependiente entonces del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS pagaderos en OCHO (8) cuotas iguales y consecutivas de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE CON SESENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 242.377,69). Que el Artículo 3° de la Resolución Nº 664/2013 del Ministerio del Interior y Transporte, asignó a la Empresa IATASA LATINOCONSULT SOCIEDAD ANONIMA la supervisión de los trabajos necesarios para la reubicación de la cochera y el taller de la Estación BOLIVAR, incorporados a la obra principal por la Resolución Nº 32/2012 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE dependiente entonces del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, los cuales no generarán costo adicional alguno por encontrarse dentro del plazo de obra. Que mediante Nota de Pedido Nº 2.410 de fecha 30 de enero de 2012, la Empresa BENITO ROGGIO E HIJOS SOCIEDAD ANONIMA expuso que debido a la interrupción en los trabajos a eje- Primera Sección Lunes 30 de junio de 2014 cutarse para la construcción del Taller Lacarra (parte “B” de la Modificación de Obra Nº 2) a causa del pedido efectuado por el GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES para la construcción de una Terminal de Omnibus en el terreno donde estaba previsto la construcción del mencionado taller, se ha tornado imposible mantener las certificaciones a los niveles previstos en la Curva de Inversiones del Contrato, distorsionando el Plan de Inversiones establecido originalmente. Que en virtud de la situación precedentemente descripta, la Contratista de la Obra solicitó se le otorgue una ampliación del plazo de la obra de SEIS (6) meses. Que mediante Resolución Nº 1.578 de fecha 19 de diciembre de 2013 del registro de este Ministerio, se aprobó una ampliación del plazo contractual de la obra: “Ejecución de las Obras Civiles destinadas a la Extensión de la Línea “E” de la Red de Subterráneos de la Ciudad Autónoma de BUENOS AIRES, Obra básica más variante túnel”, de SEIS (6) meses, contado a partir del plazo aprobado por la Resolución Nº 32 de fecha 11 de mayo de 2012 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE dependiente entonces del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS. Que en el marco de la Cláusula 7 del Contrato de fecha 30 de septiembre de 2008, por Nota 10508 - Línea E - 239 de fecha 31 de julio de 2013 la Empresa IATASA LATINOCONSULT SOCIEDAD ANONIMA solicitó una nueva ampliación del plazo contractual durante el plazo de obra vigente para el contrato principal. Que en virtud de la ampliación del plazo contractual de la obra principal corresponde extender el plazo del Contrato para la Supervisión y Aprobación de la ingeniería básica y conceptual e Inspección de Obra, abonando para ello SIETE (7) cuotas iguales y consecutivas de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE CON SESENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 242.377,69). Que la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, ha tomado en las presentes actuaciones la intervención que le compete. Que la SUBSECRETARIA DE GESTION ADMINISTRATIVA DEL TRANSPORTE de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE ha tomado la intervención que le compete en orden a las facultades que le son propias. Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio, ha tomado la intervención de su competencia. Que la presente medida se dicta en uso de las facultades emanadas del Artículo 17 de la Ley de Ministerios (texto ordenado por el Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias, por la Ley Nº 13.064, los decretos Nros. 874 y 875 ambos de fecha 6 de junio de 2012 y 2.148 de fecha 7 de diciembre de 2012. Por ello, EL MINISTRO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE RESUELVE: BOLETIN OFICIAL Nº 32.915 26 CONSIDERANDO: Que la Nación Argentina se propuso lograr progresivamente, que la infraestructura portuaria y de vías navegables existentes, se adapten, en forma planificada y bajo un Plan de Trabajos e Inversiones preestablecido, a las necesidades operativas de las embarcaciones, día a día de mayor tamaño. Que es iniciativa del Gobierno Nacional apuntar a una mayor utilización de los puertos argentinos, la disminución de fletes, y a una progresiva adecuación a las demandas de los buques en lo que respecta a calados —profundidades, tanto en las vías navegables como en los puertos—, que redundará en un beneficio directo de nuestro comercio exterior en general. Que el incremento de la envergadura de los buques es actualmente motivado, entre otras cosas, por el aumento de las dimensiones del Nuevo Canal de Panamá, y el eventual Canal de Nicaragua, y con el objeto de obtener la disminución de los costos de los fletes marítimos (costos de operación por unidad de carga) tanto de productos de exportación como de importación, por factores de escala. Que a fin de llevar a cabo el mencionado plan es de imperiosa necesidad realizar la obra para la apertura y balizamiento del Canal Magdalena, para la navegación desde el mar argentino hasta el codillo. Que este nuevo canal, de una longitud aproximada de 53 Km., reemplazará al actual canal de navegación denominado Punta Indio, para el acceso desde el Océano Atlántico a la totalidad de los Puertos Fluviales Argentinos, ubicados en el Río de la Plata, en el Río Paraná de las Palmas y en el Río Paraná Guazú, continuando con la utilización del Canal Intermedio. Que de esta manera, gradualmente se logrará que, en un futuro cercano, la mayor parte de los buques puedan salir de nuestros puertos a plena carga con productos de origen nacional, evitando así que deban completar carga en puertos del exterior, e ingresar también a plena carga con insumos y productos de importación, en buques de mayor tamaño que los actuales. Que asimismo su ejecución contribuirá a la generación de fuentes de trabajo genuinas, todo ello en consonancia y en orden a consolidar las políticas públicas que se vienen desarrollando con ese fin. Que la SUBSECRETARIA DE PUERTOS Y VIAS NAVEGABLES, dependiente de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, en su calidad de Area Técnica específica, ha elaborado la documentación licitatoria correspondiente a la obra “DEFINICION DE LA TRAZA Y APERTURA A ZONA BETA DEL CANAL PUNTA INDIO DE KM 143.900 A, EL CODILLO, HASTA LA ISOBATA DE 12 m - RIO DE LA PLATA - REPUBLICA ARGENTINA”, bajo el régimen de la Ley de Obras Públicas Nº 13.064, con un presupuesto oficial de PESOS DOS MIL QUINIENTOS MILLONES (2.500.000.000,00) Impuesto al Valor Agregado (IVA) incluido. Que la misma se regirá por el régimen previsto en la Ley de Obras Públicas Nº 13.064, Artículo 9°, por el sistema de Ajuste Alzado y Unidad de Medida de conformidad con el Artículo 5° de la citada norma legal. ARTICULO 1° — Apruébase una ampliación del plazo contractual por los trabajos de Supervisión y Aprobación de la ingeniería básica y conceptual e Inspección de Obra, correspondiente a la obra: “Ejecución de las Obras Civiles destinadas a la Extensión de la Línea “E” de la Red de Subterráneos de CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, obra básica más variante túnel” a la Empresa IATASA LATINOCONSULT SOCIEDAD ANONIMA, adjudicados por la Resolución Nº 290 de fecha 28 de abril de 2008 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE entonces dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, sin que ello implique el reconocimiento de gastos improductivos generales o indirectos. ARTICULO 2° — Apruébase un mayor gasto a erogar en concepto de pago de los trabajos indicados en el Artículo 1° de la presente resolución, a valores de la oferta, por la suma de PESOS UN MILLON SEISCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y TRES CON OCHENTA Y TRES CENTAVOS ($ 1.696.643,83) incluido el Impuesto al Valor Agregado, pagadero en SIETE (7) cuotas mensuales iguales y consecutivas de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE CON SESENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 242.377,69) incluido el Impuesto al Valor Agregado. ARTICULO 3° — Fíjase el nuevo monto contractual, a valores de la oferta, en la suma de PESOS QUINCE MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON TREINTA Y SEIS CENTAVOS ($ 15.269.794,36), Impuesto al Valor Agregado Incluido. ARTICULO 4° — Intímase a la Empresa IATASA LATINOCONSULT SOCIEDAD ANONIMA para que en el plazo máximo de DIEZ (10) días hábiles desde la notificación del presente acto, amplíe la garantía de ejecución del contrato atento la modificación aprobada en el Artículo 1° de la presente resolución. ARTICULO 5° — El gasto resultante de la aplicación de la presente resolución se imputará a la Jurisdicción 30 - MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, Programa 62, Partida 3.4.1., Fuente de Financiamiento 11 - TESORO NACIONAL, Presupuesto del Ejercicio en curso y siguientes. ARTICULO 6° — Notifíquese a las empresas BENITO ROGGIO E HIJOS SOCIEDAD ANONIMA, IATASA LATINOCONSULT SOCIEDAD ANONIMA y METROVIAS SOCIEDAD ANONIMA. ARTICULO 7° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — C.P.N. FLORENCIO RANDAZZO, Ministro del Interior y Transporte. e. 30/06/2014 Nº 45405/14 v. 30/06/2014 #F4606257F# #I4607382I# MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE SECRETARIA DE ASUNTOS POLITICOS Resolución Nº 600/2014 Bs. As., 26/6/2014 VISTO el Expediente Nº S02:0042288/2014 de la SUBSECRETARIA DE PUERTOS Y VIAS NAVEGABLES, SECRETARIA DE TRANSPORTE DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, y Expediente Nº TRI-S02:0015516/2014 del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, y Que el gasto que demande la aplicación de la presente medida, ha sido previsto en las correspondientes partidas presupuestarias del Proyecto 82 “Definición Traza de Apertura de Zona Beta del Canal Punta Indio de 143.900 Km., El Codillo, hasta la Isobata de 12 Km. Río de la Plata - República Argentina” del Programa 91 - FORMULACION Y CONDUCCION DE POLITICAS PORTUARIAS Y DE VIAS NAVEGABLES, de la Jurisdicción 30 - MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, Fuente de Financiamiento 11 - TESORO NACIONAL del Ejercicio 2014 y siguientes. Que ha tomado intervención la Dirección General del Servicio Administrativo Financiero del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE. Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este MINISTERIO ha tomado la intervención que le compete. Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley de Obras Públicas Nº 13.064, el Decreto Nº 2148 del 7 de noviembre de 2012 y la Resolución ministerial Nº 571 de fecha 24 de junio de 2014. Por ello, EL SECRETARIO DE ASUNTOS POLITICOS RESUELVE: ARTICULO 1° — Apruébanse los Pliegos de Cláusulas Generales, de Cláusulas Especiales, de Especificaciones Técnicas que como Anexo integran la presente resolución. ARTICULO 2° — Convócase a Licitación Pública Nacional e Internacional para la ejecución de la obra “DEFINICION DE LA TRAZA Y APERTURA A ZONA BETA DEL CANAL PUNTA INDIO DE KM 143.900 A, EL CODILLO, HASTA LA ISOBATA DE 12 m - RIO DE LA PLATA REPUBLICA ARGENTINA”, bajo el régimen de la Ley de Obras Públicas Nº 13.064, Artículo 9°, por el sistema Mixto de Ajuste Alzado y Unidad de Medida, con un presupuesto Oficial de PESOS DOS MIL QUINIENTOS MILLONES (2.500.000.000,00), Impuesto al Valor Agregado (IVA) incluido. ARTICULO 3° — Encomiéndase a la DIRECCION DE PATRIMONIO Y SUMINISTRO, dependiente de la DIRECCION GENERAL DEL SERVICIO ADMINISTRATIVO FINANCIERO de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION de este Ministerio, determinar la fecha y el lugar de las presentaciones y apertura de las propuestas, así como efectuar todos los trámites atinentes al proceso licitatorio, quedando a cargo del Señor Ministro del Interior y Transporte la adjudicación de la obra. ARTICULO 4° — Autorízase a la SUBSECRETARIA DE PUERTOS Y VIAS NAVEGABLES de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE a designar los miembros de la Comisión Evaluadora de propuestas. ARTICULO 5° — Encomiéndese a la SUBSECRETARIA DE PUERTOS Y VIAS NAVEGABLES, en su calidad de Area Técnica específica, las acciones relacionadas con la evacuación de consultas previas a la apertura de la licitación y la dirección de obra. ARTICULO 6° — El presente gasto será imputado a las partidas presupuestarias correspondientes a los Ejercicios Financieros 2014 y siguientes, en la parte proporcional que co- Primera Sección Lunes 30 de junio de 2014 rresponda, de la siguiente forma: al Proyecto 82 “Definición Traza de Apertura de Zona Beta del Canal Punta Indio de 143.900 Km., El Codillo, hasta la Isobata de 12 Km. Río de la Plata - República Argentina” del Programa 91 - FORMULACION Y CONDUCCION DE POLITICAS PORTUARIAS Y DE VIAS NAVEGABLES, de la Jurisdicción 30 - MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, Fuente de Financiamiento 11 - TESORO NACIONAL del Ejercicio 2014 y siguientes. ARTICULO 7° — Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial de la República Argentina y archívese. — Dr. EDUARDO L. DI ROCCO, Secretario de Asuntos Políticos, Ministerio del Interior y Transporte. e. 30/06/2014 Nº 45892/14 v. 30/06/2014 #F4607382F# #I4605086I# MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL SECRETARIA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA Resolución Nº 925/2014 Bs. As., 19/6/2014 VISTO el Expediente Nº E-SENAF-19823-2013 del registro de la SECRETARIA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA, el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, la Resolución de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 583 de fecha 28 de diciembre de 2012, la Resolución Nº 39 de fecha 18 de marzo de 2010, modificada por la Resolución de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 467 de fecha 20 de noviembre de 2012, y CONSIDERANDO: Que por el artículo 1° de la Resolución Nº 2586 de fecha 30 de diciembre de 2013, se designó a los integrantes de los Comités de Selección para la cobertura de CIENTO TREINTA Y SIETE (137) cargos vacantes y financiados de la Planta Permanente, mediante el Régimen de Selección de Personal para el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) aprobado por la Resolución de la ex SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 39 de fecha 18 de marzo de 2010, modificada por la Resolución de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 467 de fecha 20 de noviembre de 2012. Que del artículo 31 de la Resolución de la ex SGP Nº 39/10, se desprende la posibilidad de designar a un miembro reemplazante, en caso de impedimento por cualquier causa de alguno de los miembros titulares y de la imposibilidad de ser cubierto por su alterno. BOLETIN OFICIAL Nº 32.915 27 Que ante la imposibilidad del Dr. Federico BALLAN (DNI Nº 30.651.998), designado como miembro alterno en el Anexo de la Resolución 2586/13, de continuar vinculado con las funciones propias que se le asignaron, se propone en su reemplazo a la Dra. María Inés RODRIGUEZ BRAUMÜLLER (DNI Nº 23.251.442). Que en el mismo Anexo, se consignó erróneamente el segundo nombre del Cdor. Carlos Alfredo SGALLINI (DNI Nº 8.245.771), el cual debe decir Carlos Alberto SGALLINI. Que en el mismo Anexo, se consignó erróneamente el Documento Nacional de Identidad del Lic. Mario Miguel Angel CALDARONI (DNI Nº 17.842.212), el cual debe decir Nº 17.784.212. Que la DIRECCION TECNICA ADMINISTRATIVA y la DIRECCION DE ASUNTOS LEGALES han tomado la intervención que les compete. Que se actúa en uso de las facultades otorgadas por el Decreto Nº 28 del 12 de diciembre de 2007 y el Decreto Nº 112 del 10 de diciembre de 2011. Por ello, EL SECRETARIO NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA RESUELVE: ARTICULO 1° — Desígnase como miembro alterno del Comité de Selección Nº 2 a la Dra. María Inés RODRIGUEZ BRAUMÜLLER (DNI Nº 23.251.442) en reemplazo del Dr. Federico BALLAN (DNI Nº 30.651.998), designado por Resolución Nº 2586 de fecha 30 de diciembre de 2013. ARTICULO 2° — Rectifíquese el Nº de Documento Nacional de Identidad del Lic. Mario Miguel Angel CALDARONI, miembro alterno del Comité de Selección Nº 2, designado por Resolución Nº 2586 de fecha 30 de diciembre de 2013, siendo el correcto “Nº 17.784.212”. ARTICULO 3° — Rectifícase el segundo nombre del Cdor. Carlos Alfredo SGALLINI, (DNI Nº 8.245.771), miembro alterno del Comité de Selección Nº 3, designado por Resolución Nº 2586 de fecha 30 de diciembre de 2013, el cual debe decir “Carlos Alberto SGALLINI”. ARTICULO 4° — La Resolución Nº 2586 de fecha 30 de diciembre de 2013, en copia certificada forma parte integrante de la presente resolución como Anexo. ARTICULO 5º — Regístrese, comuníquese, publíquese por UN (1) día en el BOLETIN OFICIAL. Oportunamente archívese. — Dr. GABRIEL LERNER, Secretario Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia, Ministerio de Desarrollo Social de la Nación. NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires). e. 30/06/2014 Nº 44899/14 v. 30/06/2014 #F4605086F# Primera Sección Lunes 30 de junio de 2014 BOLETIN OFICIAL Nº 32.915 28 #I4605131I# PREFECTURA NAVAL ARGENTINA AVISOS OFICIALES Anteriores DIRECCION DE POLICIA JUDICIAL, PROTECCION MARITIMA Y PUERTOS DIVISION BUQUES NAUFRAGOS E INACTIVOS #I4605164I# INSTITUTO NACIONAL DE LA YERBA MATE Resolución Nº 123/2014 Posadas, Misiones, 19/6/2014 VISTO: las actuaciones “Expte. Nº 86/2010 - Programa de Mejoramiento de la Cosecha de Yerba Mate - Programa PRASY”, y CONSIDERANDO: QUE, por Resolución Nº 40/2010 se ha aprobado el PLAN DE MEJORAMIENTO DE LA COSECHA DE YERBA MATE, como instrumento de transformación y mejoramiento de la actividad de cosecha de la yerba mate, estableciéndose la reglamentación del mismo mediante Resolución 85/2010. La Prefectura Naval Argentina NOTIFICA al señor Sebastián Ignacio GONZALEZ DNI 23.867.415, casado en primeras nupcias con la Sra. Norma Débora GONZALEZ, ambos con domicilio en Lote 190, Pago Chico, Bahía Blanca, Provincia de Buenos Aires, a sus representantes legales y a toda otra persona física o jurídica con interés legítimo sobre el buque motor “BAKOTA” (0734-M), que acorde Disposición DJPM, DV1 Nº 18/2014, deberán proceder a su extracción, remoción, traslado a lugar autorizado o desguace, dentro de un plazo de SESENTA Y UN (61) días corridos, contados a partir de la notificación de la presente Disposición, y finalizar en el plazo total de SESENTA Y UN (61) días corridos contados a partir de la iniciación de los trabajos, debiendo informar el inicio de los mismos a la Prefectura Bahía Blanca. Se les notifica asimismo que vencido el plazo otorgado se procederá acorde los términos del artículo 17 bis de la Ley Nº 20.094 “DE L A NAVEGACION” (modificada por Ley Nº 26.354), y que les asiste el derecho de hacer abandono del buque a favor del Estado Nacional —Prefectura Naval Argentina— de conformidad con lo normado en el artículo 19 del citado texto legal. Firmado: GERARDO HORACIO CRESPO - Prefecto General - SUBPREFECTO NACIONAL NAVAL E/A PREFECTO NACIONAL NAVAL. — JORGE F. BOL ADERES, Prefecto Principal, Jefe División Buques Náufragos e Inactivos. QUE, la entrega de los implementos determinados que comprenden carros de arrastre de raídos y guinche de levante de los mismos, ha sido instrumentada mediante un contrato de donación con cargo, cumplimentándose de esta forma con los objetivos del INYM de promover, fomentar y fortalecer el desarrollo y mejoramiento de las actividades específicas del sector yerbatero, y con la finalidad de procurar la sustentabilidad de los distintos sectores involucrados. QUE, mediante el programa se ha buscado asimismo un compromiso de los beneficiarios determinado a través del cumplimiento de cargas y obligaciones específicas determinadas desde el Directorio. QUE, en reunión de la Subcomisión de Producción y Secanza, se ha planteado la posibilidad de orientar y promocionar los distintos Planes en vigencia a las Asociaciones legalmente constituidas a fin de llegar a los pequeños yerbateros, lo que a su vez traería aparejado el fortalecimiento y consolidación de las mismas. QUE, conforme tratamiento particular decidido por este Directorio se ha aprobado incluir como beneficiario excepcional del programa de Mejoramiento de Cosecha que prevé la entrega de guinches y carros de arrastre, a las Entidades del Sector Productivo debidamente inscriptas en el Registro creado por este Instituto a los efectos de la designación de los representantes de dicho sector privado en el Directorio. QUE, a tal fin se ha determinado que la propuesta deberá estar acompañada por un mínimo de 10 (diez) productores, asociados a la Entidad, condición que deberá ser acreditada en la presentación que origine la solicitud, con la condición de que dichos productores en total hayan entregado un mínimo de doscientas (200) toneladas de hoja verde en alguno de los dos últimos años, debiendo la Entidad solicitante registrar una antigüedad mayor a dos años, presentando ante el INYM la constancia de personería jurídica al día y la certificación de dicha Dirección que acredite tener toda la documentación presentada según corresponda. QUE, el Area Legales del INYM ha tomado intervención en el presente expediente. QUE, el INYM se encuentra facultado para disponer las medidas y acciones necesarias a fin de hacer cumplir la Ley 25.564, su Decreto Reglamentario 1240/02 y las disposiciones que en su consecuencia se dicten relacionadas con los objetivos del INYM, según se desprende de lo dispuesto en los Art. 4 y 5 de la Ley 25.564. e. 27/06/2014 Nº 44912/14 v. 01/07/2014 #F4605131F# #I4605146I# PREFECTURA NAVAL ARGENTINA DIRECCION DE POLICIA JUDICIAL, PROTECCION MARITIMA Y PUERTOS DIVISION BUQUES NAUFRAGOS E INACTIVOS La Prefectura Naval Argentina NOTIFICA a la Sra. Nélida Inés García L.C. Nº 4.070.017, con domicilio en la calle Caroni Nº 95 de la Ciudad de San Pedro, Provincia de Buenos Aires, a sus representantes legales y a toda otra persona física o jurídica con interés legítimo sobre la embarcación “STELLA ROSA” (0663-M), de bandera argentina, hundida en el interior de la Dársena de Ultramar del Puerto de San Pedro, que acorde Disposición DJPM, DV 1 Nº 19/2014, deberán proceder a su extracción, remoción, traslado a lugar autorizado o desguace, dentro de un plazo de SESENTA Y UN (61) días corridos, contados a partir de la notificación de la presente Disposición, y finalizar en el plazo total de SESENTA Y UN (61) días corridos contados a partir de la iniciación de los trabajos, debiendo informar el inicio de los mismos a la PREFECTURA SAN PEDRO. Se les notifica asimismo que vencido el plazo otorgado se procederá acorde los términos del artículo 17 bis de la Ley Nº 20.094 “DE LA NAVEGACION” (modificada por Ley Nº 26.354), y que les asiste el derecho de hacer abandono de la embarcación a favor del Estado Nacional —Prefectura Naval Argentina— de conformidad con lo normado en el artículo 19 del citado texto legal. Firmado: GERARDO HORACIO CRESPO - Prefecto General - SUBPREFECTO NACIONAL NAVAL E/A PREFECTO NACIONAL NAVAL. — JORGE F. BOLADERES, Prefecto Principal, Jefe División Buques Náufragos e Inactivos. e. 27/06/2014 Nº 44913/14 v. 01/07/2014 #F4605146F# QUE, en virtud a lo expuesto, corresponde en consecuencia dictar el instrumento legal respectivo. POR ELLO, EL DIRECTORIO DEL INYM RESUELVE: ASOCIACIONES SINDICALES ARTICULO 1° — APRUEBASE la extensión del PLAN DE MEJORAMIENTO DE LA COSECHA DE LA YERBA MATE a las Entidades del sector productivo yerbatero. ARTICULO 2° — DETERMINASE que las Entidades peticionantes, a los efectos de ser beneficiarias de los implementos correspondientes, deberán cumplimentar con los siguientes requisitos: 1). Estar inscriptas en el Registro creado por este Instituto a los efectos de la designación de los representantes del sector productivo en el Directorio. 2). Acompañar la petición con la firma de un mínimo de 10 (diez) asociados a la Entidad, condición que deberá ser acreditada en la presentación que origine la solicitud. 3). Acreditar que los productores asociados hayan entregado en total un mínimo de doscientas (200) toneladas de hoja verde en alguno de los dos últimos años, verificación que se efectuará desde este Instituto conforme Declaraciones Juradas presentadas. 4). Poseer la Entidad peticionante una antigüedad mayor a dos años. 5). Presentar el certificado que acredite su inscripción en el Organismo de Contralor. 6). Presentar constancia del Organismo de Contralor que acredite tener toda la documentación al día. 7). No tener litigios judiciales en trámite en los que el INYM sea parte y tengan por objeto cuestiones de carácter patrimonial. ARTICULO 3° — REGISTRESE. PUBLIQUESE en el Boletín Oficial por dos (2) días. DESE a conocimiento en la Página Web de este Instituto. Tomen conocimiento las Areas competentes. Cumplido, procédase según corresponda. — Ing. Agr. LUIS F. PRIETTO, Presidente, Instituto Nacional de la Yerba Mate. — RICARDO MACIEL, Director, Instituto Nacional de la Yerba Mate. — ROBERTO H. MONTECHIESI, Director, Instituto Nacional de la Yerba Mate. — LUIS S. SOSA, Director, Instituto Nacional de la Yerba Mate. — NELSON O. DALCOLMO, Director, Instituto Nacional de la Yerba Mate. — ESTEBAN FRIDLMEIER, Director, Instituto Nacional de la Yerba Mate. — ENRIQUE KUSZKO, Director, Instituto Nacional de la Yerba Mate. — JERONIMO R. LAGIER, Director, Instituto Nacional de la Yerba Mate. — PEDRO J. ANGELONI, Director, Instituto Nacional de la Yerba Mate. — MARCELO J. STOCKAR, Director, Instituto Nacional de la Yerba Mate. — SERGIO P. DELAPIERRE, Director, Instituto Nacional de la Yerba Mate. e. 27/06/2014 Nº 44931/14 v. 30/06/2014 #F4605164F# #I4605403I# MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Resolución Nº 599/2014 Inscríbase en el Registro de Asociaciones Sindicales de Trabajadores al Sindicato de Trabajadores de Acopio e Industria del Tabaco de Salta. Bs. As., 23/6/2014 VISTO el expediente Nº 1.561.876/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 23.551, modificada por Ley Nº 25.674 y Ley Nº 26.390, Decretos Reglamentarios Nº 467/88 y Nº 514/03, y CONSIDERANDO: Que el SINDICATO DE TRABAJADORES DE ACOPIO E INDUSTRIA DEL TABACO DE SALTA, con domicilio en calle Belgrano Nº 265, El Carril, Departamento Chicoana, Provincia de SALTA, solicita su Inscripción Gremial. Que conforme lo prescribe el artículo 14 Bis de la CONSTITUCION NACIONAL, es competencia de este Ministerio proceder a la inscripción de las entidades sindicales en el registro pertinente. Que de las constancias de las actuaciones surge que la entidad de que se trata ha dado cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 21 de la Ley Nº 23.551, encontrándose acreditados los requisitos de nombre, domicilio, patrimonio, antecedentes fundacionales, lista de adherentes, nómina y nacionalidad de los miembros del órgano directivo y agregado el estatuto. Lunes 30 de junio de 2014 Primera Sección Que esta Autoridad de Aplicación ha efectuado el control de legalidad, que sobre la carta orgánica, ordena el artículo 7 del Decreto Nº 467 de fecha 14 de abril de 1988, no mereciendo objeciones, no obstante lo cual prevalecerán de pleno derecho las disposiciones de la legislación, decretos y demás normas vigentes aplicables en la materia, sobre las normas estatutarias, en cuanto pudieran oponerse. Que se deja constancia que la peticionante ha cumplido con las pautas ordenadas por la Ley Nº 25.674 y su Decreto Reglamentario Nº 514 de fecha 7 de marzo de 2003. Que sin perjuicio de lo expuesto, rige de pleno derecho el límite de edad de afiliación, conforme surge de la modificación del artículo 13 de la Ley 23.551 por el artículo 21 de la Ley 26.390, con el alcance determinado por esta norma. Que el reconocimiento de la vocación de representar de la entidad cuya inscripción se solicita, no implica adelantar juicio sobre la capacidad de representación la cual, de solicitarse la personería gremial, será evaluada de acuerdo a los artículos 25 y 28 de la Ley Nº 23.551, sin que pueda alegarse contradicción de la administración en el ejercicio de las facultades que le confieren las normas jurídicas mencionadas. BOLETIN OFICIAL Nº 32.915 29 Que del pedido de personería gremial se corrió traslado por 20 días a las entidades con personería gremial preexistente. Que la UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION se presentó formulando oposición en virtud de lo establecido en los artículos 29 y 30 de la Ley 23.551 y oponiéndose al fraccionamiento del padrón. Que la ASOCIACION TRABAJADORES DEL ESTADO se presentó manifestando que las entidades con personería gremial mantienen los derechos que de la misma se desprenden no obstante el reconocimiento de nuevas personerías en determinados sectores o dependencias del Estado. Que de las presentaciones efectuadas por la UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION y la ASOCIACION TRABAJADORES DEL ESTADO se corrió traslado a la peticionante por el término de 5 días. Que se designó audiencia a celebrarse en dependencias de la Delegación Regional CORDOBA, el 5 de febrero de 2014, a fin de efectuar cotejo de representatividad en los registros de la peticionante. Que consecuentemente, corresponde disponer la Inscripción Gremial de la entidad peticionante y la publicación respectiva en el Boletín Oficial. Que en la audiencia del 5 de febrero de 2014 se constató idéntica afiliación cotizante de la requirente, que la verificada en la audiencia del 31 de julio de 2013. Que al acceder a la personería jurídica a través de la Inscripción, dado que las actuales autoridades de su cuerpo directivo son fundacionales, corresponde regularizar la situación institucional, a cuyo efecto deberá llamar a elecciones, con carácter previo a toda petición ante esta Autoridad, conforme el procedimiento establecido en el Estatuto que se aprueba. Que a la audiencia del 5 de febrero de 2014 no comparecieron los representantes de ninguna de las entidades con personería gremial preexistente. Que la presente Resolución se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 23, inciso 7°, de la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias, y en atención a lo dispuesto por Decreto Nº 355/02. Por ello, EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL RESUELVE: ARTICULO 1° — Inscríbase en el Registro de Asociaciones Sindicales de Trabajadores al SINDICATO DE TRABAJADORES DE ACOPIO E INDUSTRIA DEL TABACO DE SALTA, con domicilio en calle Belgrano Nº 265, El Carril, Departamento Chicoana, Provincia de SALTA, con carácter de Asociación Gremial de primer grado, para agrupar a los trabajadores que se desempeñen en relación de dependencia con establecimientos de preindustrialización y acopio del tabaco. Asimismo, agrupará a los jubilados que hayan adquirido su condición de pasividad encontrándose afiliados a la asociación; con zona de actuación en los Departamentos: Capital, Chicoana y Rosario de Lerma, todos pertenecientes a la Provincia de SALTA. ARTICULO 2° — Apruébase el texto del estatuto de la citada entidad obrante a fojas 3/84 del Expediente Nº 1.588.770/13 agregado a fojas 53 del Expediente Nº 1.561.876/13, procediéndose a su publicación en el Boletín Oficial. Ello sin perjuicio de los recaudos que puedan exigirse a la entidad al momento de solicitar la personería gremial, cuestión ésta que deberá sustanciarse de conformidad con lo regulado por los artículos 25 y 28 de la Ley Nº 23.551, sin que pueda alegarse contradicción de la administración en el ejercicio de las facultades que le confieren las normas jurídicas mencionadas. ARTICULO 3° — Establécese que a los fines de la publicación referida en el artículo anterior, dentro del plazo de diez (10) días a partir de la notificación de esta Resolución, la entidad deberá presentar ante la Autoridad de Aplicación el estatuto en la forma sintetizada conforme a lo previsto en la Resolución Nº 12 de fecha 10 de octubre de 2001 de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, encabezado por la presente Resolución, bajo apercibimiento de no dar curso a petición alguna que efectúe la entidad, sin perjuicio de aplicar las sanciones legales pertinentes. ARTICULO 4° — Intímase a que, con carácter previo a toda petición, regularice la situación institucional y convoque a elecciones de la Comisión Directiva bajo apercibimiento de lo establecido por el artículo 56, inciso 4), de la Ley Nº 23.551. ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. CARLOS A. TOMADA, Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social. #F4605403F# #I4605404I# MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Resolución Nº 601/2014 Otórgase personería gremial a la Asociación de Docentes e Investigadores Universitarios de Córdoba. Que se designó audiencia a celebrarse en dependencias de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales el 15 de mayo de 2014 a fin de efectuar cotejo de representatividad en los registros de la UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION y ASOCIACION TRABAJADORES DEL ESTADO. Que a la audiencia del 15 de mayo de 2014 no comparecieron los representantes de la ASOCIACION TRABAJADORES DEL ESTADO, a pesar de estar debidamente notificados. Que a la audiencia celebrada el 15 de mayo de 2014 compareció la apoderada de la UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION, quién ratificó lo manifestado al contestar el traslado conferido en virtud de lo establecido en el artículo 28 de la Ley 23.551. Que en la audiencia del 15 de mayo de 2014 la apoderada de la UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION no presentó la documentación requerida para probar su afiliación cotizante. Que ha quedado comprobado que la afiliación cotizante de la requirente supera en más del veinte por ciento los trabajadores que intenta representar. Que las entidades con personería gremial preexistente no probaron su afiliación cotizante. Que obra dictamen favorable de la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales, aconsejando acceder a lo peticionado. Que consecuentemente y de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 28 de la Ley 23.551 y la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 255/03 DE FECHA 22 DE OCTUBRE DE 2003 corresponde acordar la personería gremial a la peticionante, disponiendo su inscripción registral y la publicación en el Boletín Oficial, la que en virtud del artículo primero de la Resolución mencionada, no implica desplazamiento en el colectivo asignado de las personerías gremiales preexistentes. Que la presente se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 23 inciso 7° de la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto 438/92) y sus modificatorias y en atención a lo dispuesto por el Decreto Nº 355/02. Por ello, EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL RESUELVE: ARTICULO 1° — Otórgase a la ASOCIACION DE DOCENTES E INVESTIGADORES UNIVERSITARIOS DE CORDOBA - A.D.I.U.C., con domicilio en Félix Olmedo 2294 Ciudad Capital, Provincia de CORDOBA, la personería gremial, con carácter de asociación gremial de primer grado para agrupar a los docentes e investigadores que se desempeñen bajo relación de dependencia con la Universidad Nacional de CORDOBA con zona de actuación en la jurisdicción donde la Universidad Nacional de CORDOBA posea unidades académicas. ARTICULO 2° — Dispónese la publicación sintetizada y sin cargo de los estatutos de la entidad y de la presente Resolución en el Boletín Oficial, en la forma indicada por la Resolución Nº 12 de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales, de fecha 10 de octubre de 2001. ARTICULO 3° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. CARLOS A. TOMADA, Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social. #F4605404F# Bs. As., 24/6/2014 VISTO el Expediente Nº 1.552.256/2013 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 23.551, sus modificatorias por Ley Nº 25.674 y Ley Nº 26.390, Decretos Reglamentarios Nº 467/88 y Nº 514/03, y CONSIDERANDO: #I4605405I# MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Resolución Nº 602/2014 Inscríbase en el Registro de Asociaciones Sindicales de Trabajadores al Sindicato de Trabajadores Agrarios de la Actividad Primaria del Nuevo Cuyo. Que mediante el expediente de referencia tramita la solicitud de Personería Gremial formulada por la ASOCIACION DE DOCENTES E INVESTIGADORES UNIVERSITARIOS DE CORDOBA - ADIUC, con domicilio en Félix Olmedo 2294, Ciudad Capital, Provincia de CORDOBA. Bs. As., 24/6/2014 Que por Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 1112 de fecha 14 de octubre de 1994 la mencionada asociación obtuvo Inscripción Gremial la que se encuentra registrada bajo Nº 2202. VISTO el expediente Nº 1.437.324/11 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 23.551, modificada por Ley Nº 25.674 y Ley Nº 26.390, Decretos Reglamentarios Nº 467/88 y Nº 514/03; y Que se tuvieron por cumplidos los recaudos previstos en el artículo 25 de la Ley 23.551. Que conforme los registros de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales, dentro del ámbito pretendido existen las siguientes entidades con personería gremial: UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION, ASOCIACION TRABAJADORES DEL ESTADO. CONSIDERANDO: Que el SINDICATO DE TRABAJADORES AGRARIOS DE LA ACTIVIDAD PRIMARIA DEL NUEVO CUYO, con domicilio en Ayacucho Nº 740, Ciudad de Mendoza, Provincia de MENDOZA, solicita su Inscripción Gremial. Lunes 30 de junio de 2014 Primera Sección Que conforme lo prescribe el artículo 14 Bis de la CONSTITUCION NACIONAL, es competencia de este Ministerio proceder a la inscripción de las entidades sindicales en el registro pertinente. Que de las constancias de las actuaciones surge que la entidad de que se trata ha dado cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 21 de la Ley Nº 23.551, encontrándose acreditados los requisitos de nombre, domicilio, patrimonio, antecedentes fundacionales, lista de adherentes, nómina y nacionalidad de los miembros del órgano directivo y agregado el estatuto. Que esta Autoridad de Aplicación ha efectuado el control de legalidad que sobre la carta orgánica, ordena el artículo 7 del Decreto Nº 467 de fecha 14 de abril de 1988, no mereciendo objeciones, no obstante lo cual prevalecerán de pleno derecho las disposiciones de la legislación, decretos y demás normas vigentes aplicables en la materia, sobre las normas estatutarias, en cuanto pudieran oponerse. Que se deja constancia que la peticionante ha cumplido con las pautas ordenadas por la Ley Nº 25.674 y su Decreto Reglamentario Nº 514 de fecha 7 de marzo de 2003. Que sin perjuicio de lo expuesto, rige de pleno derecho el límite de edad de afiliación, conforme surge de la modificación del artículo 13 de la Ley 23.551 por el artículo 21 de la Ley 26.390, con el alcance determinado por esta norma. Que el reconocimiento de la vocación de representar de la entidad cuya inscripción se solicita, no implica adelantar juicio sobre la capacidad de representación la cual, de solicitarse la personería gremial, será evaluada de acuerdo a los artículos 25 y 28 de la Ley Nº 23.551, sin que pueda alegarse contradicción de la administración en el ejercicio de las facultades que le confieren las normas jurídicas mencionadas. Que consecuentemente, corresponde disponer la Inscripción Gremial de la entidad peticionante y la publicación respectiva en el Boletín Oficial. Que al acceder a la personería jurídica a través de la Inscripción, dado que las actuales autoridades de su cuerpo directivo son fundacionales, corresponde regularizar la situación institucional, a cuyo efecto deberá llamar a elecciones, con carácter previo a toda petición ante esta Autoridad, conforme al procedimiento establecido en el Estatuto que se aprueba. Que la presente Resolución se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 23, inciso 7°, de la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias, y en atención a lo dispuesto por Decreto Nº 355/02. Por ello, EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL RESUELVE: ARTICULO 1° — Inscríbase en el Registro de Asociaciones Sindicales de Trabajadores al SINDICATO DE TRABAJADORES AGRARIOS DE LA ACTIVIDAD PRIMARIA DEL NUEVO CUYO, con domicilio en Ayacucho Nº 740, Ciudad de Mendoza, Provincia de MENDOZA, con carácter de Asociación Gremial de primer grado, para agrupar a los trabajadores que se desempeñan en relación de dependencia con empresas dedicadas a la actividad hortícola, frutihortícola y de la floricultura, con zona de actuación en el Departamento Maipú, Localidad Rodeo de la Cruz del Departamento Guaymallén, Departamento San Carlos, Departamento Tunuyán y Departamento Tupungato (Provincia de MENDOZA), Localidad de Quines del Departamento Ayacucho, Ciudad de Villa Mercedes del Departamento General Pedernera y Localidad La Toma del Departamento Coronel Pringles (Provincia de SAN LUIS), Departamento Rawson, Departamento Pocito, Departamento Santa Lucía, Departamento Ullun y Departamento Valle Fértil (Provincia de SAN JUAN) y Departamento Capital (Provincia de LA RIOJA). ARTICULO 2° — Apruébase el texto del estatuto de la citada entidad obrante a fojas 88/151 del Expediente Nº 1.437.324/11 procediéndose a su publicación en el Boletín Oficial. Ello sin perjuicio de los recaudos que puedan exigirse a la entidad al momento de solicitar la personería gremial, cuestión ésta que deberá sustanciarse de conformidad con lo regulado por los artículos 25 y 28 de la Ley Nº 23.551, sin que pueda alegarse contradicción de la administración en el ejercicio de las facultades que le confieren las normas jurídicas mencionadas. ARTICULO 3° — Establécese que a los fines de la publicación referida en el artículo anterior, dentro del plazo de diez (10) días a partir de la notificación de esta Resolución, la entidad deberá presentar ante la Autoridad de Aplicación el estatuto en la forma sintetizada conforme a lo previsto en la Resolución Nº 12 de fecha 10 de octubre de 2001 de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, encabezado por la presente Resolución, bajo apercibimiento de no dar curso a petición alguna que efectúe la entidad, sin perjuicio de aplicar las sanciones legales pertinentes. ARTICULO 4° — Intímase a que, con carácter previo a toda petición, regularice la situación institucional y convoque a elecciones de la Comisión Directiva bajo apercibimiento de lo establecido por el artículo 56, inciso 4), de la Ley Nº 23.551. ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. CARLOS A. TOMADA, Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social. #F4605405F# CONVENCIONES COLECTIVAS DE TRABAJO #I4602731I# MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución Nº 870/2014 Bs. As., 30/5/2014 VISTO el Expediente Nº 391.368/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y BOLETIN OFICIAL Nº 32.915 30 CONSIDERANDO: Que se solicita la homologación del Acuerdo obrante a fojas 3/6 del Expediente de Referencia, celebrado entre el SINDICATO PETROLERO DE CORDOBA por el sector gremial y la FEDERACION DE EXPENDEDORES DE COMBUSTIBLES Y AFINES DEL CENTRO (F.E.C.A.C.) por el sector empresario, conforme a lo establecido por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004). Que mediante el presente acuerdo las partes convienen en adecuar a las circunstancias actuales el aporte del Artículo Nº 34 del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 666/13, conforme surge del texto convencional traído a marras. Que el ámbito de aplicación del acuerdo de marras se circunscribe a la estricta correspondencia que ostenta el sector empresarial firmante y la entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial. Que las partes han acreditado la representación invocada con la documentación agregada a los actuados y ratificaron en todos sus términos el mentado acuerdo. Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004). Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente. Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete. Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95. Por ello, LA SECRETARIA DE TRABAJO RESUELVE: ARTICULO 1° — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO PETROLERO DE CORDOBA por el sector gremial y la FEDERACION DE EXPENDEDORES DE COMBUSTIBLES Y AFINES DEL CENTRO (F.E.C.A.C.) por el sector empresario, que luce a fojas 3/6 del Expediente Nº 391.368/13, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004). ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento de Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 3/6 del Expediente N°: 391.368/13. ARTICULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Cumplido, procédase a la guarda del presente legajo junto con el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 666/13. ARTICULO 4° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004). ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo. Expediente Nº 391.368/13 Buenos Aires, 03 de Junio de 2014 De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 870/14 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 3/6 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 727/14. — VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T. Ref. Expte. 391.368/2013 En la ciudad de Córdoba a los 05 días del mes de Marzo de 2014, siendo las 14.00 hs., comparecen por ante mí Ab. Chaves Mariana, funcionaria actuante de esta Delegación Regional Córdoba del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, siendo día y hora de audiencia previamente fijada, las siguientes personas: Por El SINDICATO PETROLERO DE CORDOBA: los Sres. Guillermo Borelli, Estela Prieto, José Sarracini, Carlos González acompañados por sus Asesores Letrados Dres. Jorge Sanchez Freytes, Oscar Luque, y Nicolás Astegiano. Por otra parte LA FEDERACION DE EXPENDEDORES DE COMBUSTIBLES Y AFINES DEL CENTRO (FECAC) comparecen los Sres. Pablo Antonio Bornoroni en su carácter de Presidente, Raúl Castellano en su carácter de Secretario, Gabriel Marcos Bornoroni en su carácter de Prosecretario, Sergio Moro en su carácter de Vicepresidente Primero, Leonardo López, en su carácter de Vicepresidente Segundo, acompañados por su Asesor Letrado Dr. Jorge Andrés Bauzá. Abierto el acto por la funcionaria actuante las partes proceden a la constitución de la comisión negociadora del presente acuerdo, designando sus miembros, por parte de la representación sindical se designa a los comparecientes. Por la representación empresaria se designa a los comparecientes. Se les informa a los comparecientes que la presente constitución de comisión negociadora estará sujeta a posterior control de legalidad por parte de la superioridad. Concedida la palabra a las partes, estas, de manera conjunta manifiestan haber arribado al siguiente acuerdo: FONDO CONVENCIONAL ORDINARIO ANEXO AL CCT 666/13: En la Ciudad de Córdoba, a los 05 días del mes de marzo del año dos mil catorce, entre el Sindicato Petroleros de Córdoba y la Federación de Expendedores de Combustibles y Afines del Centro de la República, se celebra el presente acuerdo que se firma en el marco del CCT Nº 666/13 vigente, y se articula al mismo con idéntico ámbito de representación territorial y personal de la citada convención. Teniendo en cuenta que las Entidades firmantes del presente Convenio prestan, desde hace más de 50 años, un efectivo servicio en la representación, capacitación y atención de los intereses generales y particulares de los Trabajadores y Empleadores, con abstracción de que los mismos sean o no afiliados a sus respectivas Organizaciones, ambas partes coinciden en reconocer la necesidad de arbitrar recursos económicos para continuar prestando dicho servicio, que permita Lunes 30 de junio de 2014 Primera Sección concretar el cumplimento de los fines estatutarios dentro de sus áreas de actuación e intereses, como también la representación en los diferentes estamentos institucionales, sindicales, negociaciones paritarias y todo tipo de actividad que propicie la elevación cultural, educativa, la capacitación profesional, la recreación y el asesoramiento técnico, tanto de los trabajadores como de los empresarios de la actividad y la defensa de sus respectivos intereses sectoriales, obligándose respecto de los trabajadores y empleadores comprendidos en la presente a evacuar las consultas de interés que corresponda y a recoger las inquietudes que lleguen a su conocimiento. Es importante resaltar que las dos Instituciones firmantes coinciden en reconocer que el aporte establecido en el artículo 34 del convenio colectivo de trabajo 58/89 que nos rigió hasta la homologación del actual, en junio de 2013 CCT 666/13, fue de gran utilidad y se aplicó a la atención de los representados de las dos organizaciones durante todos estos años; es por ello que para poder darle continuidad a las acciones iniciadas, ambas partes coinciden en la necesidad de adecuarlo a las circunstancias actuales. En virtud de lo expuesto y con el propósito de organizar y dar forma concreta a la consecución de estos objetivos las entidades firmantes de común acuerdo deciden: 1- Atender a las necesidades específicas de cada sector, entre las cuales cada una de las partes creará un instituto con tareas tendientes a la Investigación, Capacitación, Asesoramiento, Representación, Seguridad Ambiental, Seguridad Laboral y Formación Profesional, el que será creado, manejado y administrado por cada una de las partes, de manera independiente según las necesidades de cada sector. 2- A los efectos de estructurar un sistema que permita afrontar las erogaciones que para su efectivo funcionamiento son necesarias, se conviene en instituir una contribución consistente en la obligación a cargo de los empleadores de la actividad, comprendida en esta convención colectiva de trabajo CCT 666/13, o la que en el futuro la reemplace, del uno coma setenta y cinco por ciento (1,75%) mensual sobre el total de las remuneraciones abonadas a los trabajadores comprendidos dentro del CCT 666/13 o la que en el futuro la reemplace, no pudiendo en ningún caso ser inferiores a las que correspondan a tres (3) trabajadores. 3- La mecánica operativa, relacionada con la percepción, la distribución, el control y fiscalización de la contribución será la siguiente: El pago de la contribución se hará mediante depósito bancario, utilizándose las boletas que se confeccionen a tal fin, dicho depósito deberá ser realizado hasta el día quince (15) del mes siguiente al correspondiente a las remuneraciones devengadas por el personal del establecimiento que genera la obligación. Dicha contribución se depositará en la cuenta que a tal efecto habilitarán FECAC y el SPC. Sobre esta cuenta recaudadora no podrán efectuarse libranzas ni retiros, debiendo las partes signatarias dar instrucciones en forma conjunta a la entidad bancaria, para que proceda a distribuir la recaudación, previa deducción de sus gastos por comisiones bancarias. Dicha distribución se hará 85.7% (ochenta y cinco coma siete por ciento) del monto a FECAC y 14.3% (catorce coma tres por ciento) al SPC, a las cuentas que oportunamente disponga cada uno. Sólo se considerarán pagos válidos, a los efectos de cancelar la obligación que se instituye por el presente, aquellos que se lleven a cabo mediante depósitos bancarios realizados en la entidad bancaria que se menciona y con las modalidades establecidas en el presente Acuerdo. Asimismo, las partes ratifican en un todo el mentado acuerdo como así también solicitan la homologación por parte de este Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social. No siendo para más se cierra la presente, informando a las partes que se elevarán las actuaciones a la superioridad a los fines de su conocimiento e intervención, previa lectura y ratificación por ante mí funcionaria actuante que certifico y doy fe. #F4602731F# #I4602814I# MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO Disposición Nº 227/2014 Bs. As., 30/5/2014 VISTO el Expediente Nº 1.613.764/14 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y CONSIDERANDO: Que se solicita la registración del acuerdo celebrado entre la UNION TRANVIARIOS AUTOMOTOR (U.T.A.), por el sector sindical y la empresa DERUDDER HERMANOS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, por la parte empleadora, el que luce a fojas 5/6 del Expediente Nº 1.613.764/14 y ha sido ratificado a fojas 7 de las mismas actuaciones. Que mediante el acuerdo cuya registración se solicita se establecen lineamientos respecto del servicio que presta la empresa en el corredor comprendido la Ciudad de Salta (Provincia de Salta), San Salvador de Jujuy (Provincia de Jujuy); Salta, Libertador General San Martín (Provincia de Jujuy); Salta - Perico (Provincia de Jujuy) y Salta - San Pedro (Provincia de Jujuy) identificados como SP 59, SP 60, SP 61, SP 66, SP 70, SP 81 y SP 82. Que el ámbito de aplicación se corresponde y circunscribe a la estricta correspondencia de la representatividad conjunta de las partes celebrantes. Que atento la materia objeto de lo acordado, el registro del presente acuerdo procede como acuerdo marco de naturaleza colectiva, sin perjuicio de los derechos individuales de los trabajadores comprendidos en el mismo. Que la Asesoría Legal de esta Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete. Que se encuentra acreditado en autos el cumplimiento de los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004). Que por lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados. BOLETIN OFICIAL Nº 32.915 31 Que las facultades de la suscripta para dictar la presente, surgen de lo dispuesto en el Decreto Nº 738/2012. Por ello, LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO DISPONE: ARTICULO 1° — Regístrese el acuerdo celebrado entre la UNION TRANVIARIOS AUTOMOTOR (U.T.A.), por el sector sindical y la empresa DERUDDER HERMANOS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, por la parte empleadora, el que luce a fojas 5/6 del Expediente Nº 1.613.764/14, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004). ARTICULO 2° — Regístrese la presente Disposición por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el acuerdo obrante a fojas 5/6 del Expediente Nº 1.613.764/14. ARTICULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente procédase a la guarda del presente legajo. ARTICULO 4° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita del acuerdo registrado, resultará aplicable lo dispuesto en el tercer párrafo del Artículo 5° de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004). ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. SILVIA SQUIRE DE PUIG MORENO, Directora Nacional de Relaciones del Trabajo, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social. Expediente Nº 1.613.764/14 Buenos Aires, 02 de Junio de 2014 De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRT Nº 227/14 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 5/6 y 7 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 716/14. — VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T. ACTA ACUERDO En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 28 días del mes de abril del año 2014, se reúnen la UNION TRANVIARIOS AUTOMOTOR, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR SU Secretario del Interior, Jorge Aldo KIENER, Secretario de Asuntos Gremiales, Oscar MATA con el patrocinio letrado de Abel Nicolás De Manuele y la EMPRESA DERUDDER HNOS. S.R.L. representada en este acto por Carol Carabajal Scarazzini, en calidad de Apoderada y constituyendo domicilio en calle San Martín 1134, de la ciudad de Colón (Entre Ríos), a los fines de instrumentar el acuerdo que seguidamente se expresa. I. ANTECEDENTES: I.1. La empresa realiza diariamente una serie de servicios de transporte de personas por ómnibus en el corredor comprendido entre las ciudad de Salta (provincia de Salta) - San Salvador de Jujuy (Jujuy); Salta - Libertador Gral. San Martín (Jujuy); Salta - Perico (Jujuy) y Salta - San Pedro (Jujuy). Dichos servicios se realizan, por la empresa, desde hace muchos años a la fecha y se los identifica como SP 59, SP 60, SP61, SP66, SP70, SP81 y SP82. I.2. Desde el mismo inicio de prestación de esos servicios y por motivos de naturaleza operativa y la exigua distancia a recorrer, los mismos se realizaron por la modalidad de simple conducción. De igual forma se prestan, en la misma traza, actualmente servicios de otras empresas en la modalidad de simple conducción. II. FUNDAMENTOS: II.1. Que, el presente encuentra vialidad en la ausencia de impedimentos de carácter legal, convencional o contractual para que los servicios que se indican, en ese plazo, sean prestados por un solo conductor. II.2. Que, la conformidad formulada por la entidad sindical a la solicitud empresaria se funda, además de lo expuesto, en razones de la modalidad de prestación, distancia de recorrido, forma de prestación, costos y la eventual competencia desleal ante la prestación (por otras empresas) del mismo servicio con un solo conductor. II.3. Además, resulta importante remarcar que la modalidad acordada en modo alguno significa un perjuicio para la calidad y eficiencia de los servicios, como asimismo no tiene incidencia alguna en materia de seguridad de los servicios afectados. Por lo expuesto y en virtud de la solicitud empresaria, las partes formulan el presente. III.ACUERDO: III.1. La unión Tranviarios Automotor manifiesta su consentimiento a que los servicios, determinados en el punto 1, sean prestados en la modalidad de simple conducción. Durante dicho plazo las partes se comprometen a consensuar un nuevo, único y definitivo sistema de diagramas de prestación de servicios por los conductores aplicable de igual forma a todas las empresas de transporte público de personas por ómnibus que recorren esa traza o ruta en condiciones similares. III.2. La Empresa se compromete al cumplimiento de los regímenes de jornada de trabajo y descansos previstos en las Leyes 20.744, 11.544, Decreto Reglamentario 16.115/33, convenio colectivo 460/73, como asimismo las prescripciones emergentes de los decretos 692/92, 958/92 y 2254/92 y de toda otra disposición legal, reglamentaria, convencional o producto de los usos y costumbres de empresa aplicables al presente acuerdo. III.3. El presente consentimiento de la parte gremial no significa en modo alguno el reconocimiento de situaciones de hecho que puedan alterar el régimen vigente en materia prestación laboral en la actividad, en especial lo relativo al régimen de la jornada de trabajo, descansos y pausas, como asimismo la obligatoriedad de la llamada “doble conducción” o conducción compartida. III.4. Los alcances de este acuerdo son aplicables única y exclusivamente para los servicios que se indican en el acápite I y que incluyen los recorridos con punto de inicio y destino en las localidades indicadas (Salta-San Salvador de Jujuy; Salta-San Pedro; Salta-Perico y Salta-Libertador Primera Sección Lunes 30 de junio de 2014 Gral. San Martín) no siendo aplicable de ningún modo ni bajo ningún concepto en el supuesto de servicios que sean continuación de otro de mayor distancia o de cualquier forma signifique la continuidad de servicios con origen o destino en otras ciudades que no fueren las que expresamente se indican en este escrito. III.5. Cualesquiera de las partes podrán presentar el presente acuerdo ante las autoridades Nacionales de los Ministerios de Transporte o Trabajo, autoridades u organismos Provinciales, Municipales y todo ente u organismo con jurisdicción o competencia en la materia tratada en el presente. BOLETIN OFICIAL Nº 32.915 ARTICULO 3° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo. ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. J. PABLO TITIRO, Director Nacional de Regulaciones del Trabajo, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social. ANEXO Expediente Nº 147.191/13 En el lugar y fecha indicado en el presente, se suscriben 3 ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto. Expte. Nº 1.613.764/14 En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 28 días de abril de 2014, siendo las 15.30 horas, comparecen en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, Dirección de Negociación Colectiva, ante el Secretario de Conciliación, Lic Sebastián KOUTSOVITIS, en representación de la UNION TRANVIARIOS AUTOMOTOR (UTA), el señor Secretario de Interior, Jorge KIENER, el Secretario de Asuntos Gremiales, Oscar MATA con la asesoría del doctor Abel DE MANUELE y en representación de la EMPRESA DERUDDER HNOS. S.R.L. representada en este acto por Carol Carabajal Scarazzini, en calidad de Apoderada. Declarado abierto el acto por el funcionario actuante, se le concede el uso de la palabra a las partes comparecientes quienes manifiestan que vienen a esta Autoridad de Aplicación con el fin de ratificar acuerdo arribado en forma privada de fecha 28/04/14. Las partes reconocen las firmas allí insertas como propias. El mismo consta de 2 fojas y se adjunta a fojas 5/6. Las partes solicitan la registración del mismo. No siendo para más, a las 15.45 horas, se da por finalizado el acto firmando los comparecientes al pie de la presente, previa lectura, para constancia y ratificación de su manifestación, ante mí que CERTIFICO. #F4602814F# #I4605347I# MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL DIRECCION NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO Disposición Nº 88/2014 PARTES SIGNATARIAS SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACION Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA C/ ENTRETENIMIENTOS Y JUEGOS DE AZAR SOCIEDAD ANONIMA FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA 01/07/2013 01/11/2013 PROMEDIO DE LAS REMUNERACIONES $ 7.158,21 $ 7.780,66 Expediente Nº 147.191/13 Buenos Aires, 30 de Mayo de 2014 De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRRT Nº 88/14, se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 397/14 T. — VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T. #F4605347F# #I4605348I# MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL DIRECCION NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO VISTO el Expediente Nº 147.191/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Disposición de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo Nº 160 del 4 de abril 2014, y Disposición Nº 90/2014 Que a fojas 6/7 del Expediente Nº 147.191/13 obra la escala salarial pactada entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACION Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por el sector sindical y la empresa ENTRETENIMIENTOS Y JUEGOS DE AZAR SOCIEDAD ANONIMA, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 842/07 “E”, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004). Que la escala precitada forma parte del acuerdo homologado por la Disposición D.N.R.T. Nº 160/14 y registrado bajo el Nº 454/14, conforme surge de fojas 44/46 y 49, respectivamente. Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable. Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados. Que a fojas 55/62, obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Normativa Laboral dependiente de esta Dirección Nacional, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad. Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y por la Decisión Administrativa Nº 917 del 28 de diciembre de 2010. Por ello, EL DIRECTOR NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO DISPONE: ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Disposición de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo Nº 160 del 4 de abril 2014 y registrado bajo el Nº 454/14, suscripto entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACION Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por el sector sindical y la empresa ENTRETENIMIENTOS Y JUEGOS DE AZAR SOCIEDAD ANONIMA, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente. ARTICULO 2° — Regístrese la presente Disposición por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, gírese al Departamento Coordinación de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante. TOPE INDEMNIZATORIO RESULTANTE $ 21.474,63 $ 23.341,98 CCT Nº 842/07 E Bs. As., 29/5/2014 CONSIDERANDO: 32 Bs. As., 30/5/2014 VISTO el Expediente Nº 174.954/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 143 del 7 de febrero de 2014, y CONSIDERANDO: Que a fojas 5/6 del Expediente Nº 174.954/13, obran las escalas salariales pactadas entre el SINDICATO DEL PERSONAL DE INDUSTRIAS QUIMICAS, PETROQUIMICAS Y AFINES DE BAHIA BLANCA, por la parte sindical, y la empresa BAHIA PETROLEO SOCIEDAD ANONIMA, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004). Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por la Resolución S.T. Nº 143/14 y registrado bajo el Nº 218/14, conforme surge de fojas 58/61 y 64, respectivamente. Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable. Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados. Que a fojas 89/94, obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Normativa Laboral dependiente de esta Dirección Nacional, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad. Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y por la Decisión Administrativa Nº 917 del 28 de diciembre de 2010. Por ello, EL DIRECTOR NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO DISPONE: ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 143 del 7 de febrero de 2014 y registrado bajo el Nº 218/14, suscripto entre el SINDICATO DEL PERSONAL DE INDUSTRIAS QUIMICAS, PETROQUIMICAS Y AFINES DE BAHIA BLANCA, por la parte sindical, y la empresa BAHIA PETROLEO SOCIEDAD ANONIMA, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente. Primera Sección Lunes 30 de junio de 2014 ARTICULO 2° — Regístrese la presente Disposición por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante. ARTICULO 3° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo. ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. J. PABLO TITIRO, Director Nacional de Regulaciones del Trabajo, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social. ANEXO Expediente Nº 174.954/13 PARTES SIGNATARIAS SINDICATO DEL PERSONAL DE INDUSTRIAS QUIMICAS, PETROQUIMICAS Y AFINES DE BAHIA BLANCA C/ BAHIA PETROLEO SOCIEDAD ANONIMA FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA 01/04/2013 01/09/2013 01/01/2014 PROMEDIO DE LAS REMUNERACIONES $ 12.572,06 $ 13.118,67 $ 13.774,59 TOPE INDEMNIZATORIO RESULTANTE $ 37.716,18 $ 39.356,01 $ 41.323,77 Acuerdo Nº 218/14 Expediente Nº 174.954/13 Buenos Aires, 03 de Junio de 2014 BOLETIN OFICIAL Nº 32.915 Por ello, EL DIRECTOR NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO DISPONE: ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Disposición de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo Nº 36 del 1 de marzo de 2012, y registrado bajo el Nº 230/12 suscripto entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACION Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA (ALEARA), y la empresa BINBAIRES SOCIEDAD ANONIMA, conforme al detalle que, como ANEXO I, forma parte integrante de la presente. ARTICULO 2° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Disposición de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo Nº 56 del 28 de enero de 2014 y registrado bajo el Nº 173/14 suscripto entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACION Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA (ALEARA), y la empresa BINBAIRES SOCIEDAD ANONIMA, conforme al detalle que, como ANEXO II, forma parte integrante de la presente. ARTICULO 3° — Regístrese la presente Disposición por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, gírese al Departamento Coordinación de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante. ARTICULO 4° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo. ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. J. PABLO TITIRO, Director Nacional de Regulaciones del Trabajo, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social. De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRRT Nº 90/14, se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 405/14 T. — VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T. #F4605348F# #I4605349I# MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL DIRECCION NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO Disposición Nº 89/2014 Bs. As., 30/5/2014 VISTO el Expediente Nº 67.668/98 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, las Disposiciones de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo Nº 36 del 1 de marzo de 2012 y Nº 56 del 28 de enero de 2014, y ANEXO I Expediente Nº 67.668/98 PARTES SIGNATARIAS SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACION Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA C/ BINBAIRES SOCIEDAD ANONIMA FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA 01/08/2011 01/02/2012 01/08/2012 01/09/2012 PROMEDIO DE LAS REMUNERACIONES $ 3.774,88 $ 4.068,00 $ 4.478,48 $ 4.889,00 Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por la Disposición D.N.R.T. Nº 36 del 1 de marzo de 2012 y registrado bajo el Nº 230/12, conforme surge de fojas 373/375 y 378 respectivamente. Que a fojas 6/8 del Expediente Nº 1.587.259/13 agregado como foja 431 al Expediente Nº 67.668/98, obra la escala salarial pactada entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACION Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA (ALEARA), y la empresa BINBAIRES SOCIEDAD ANONIMA, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 1067/09 “E”, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004). Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por la Disposición D.N.R.T. Nº 56 del 28 de enero de 2014 y registrado bajo el Nº 173/14, conforme surge de fojas 461/463 y 466, respectivamente. Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable. Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados. TOPE INDEMNIZATORIO RESULTANTE $ 11.324,64 $ 12.204,00 $ 13.435,44 $ 14.667,00 Acuerdo Nº 230/12 Bingo Polvorines. CCT Nº 1067/09 “E” ANEXO II CONSIDERANDO: Que a fojas 24/27 del Expediente Nº 1.469.801/11, agregado como foja 359 al Expediente Nº 67.668/98 obran las escalas salariales pactadas entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACION Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA (ALEARA), y la empresa BINBAIRES SOCIEDAD ANONIMA, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 1067/09 “E”, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004). 33 Expediente Nº 67.668/98 PARTES SIGNATARIAS SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACION Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA C/ BINBAIRES SOCIEDAD ANONIMA FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA 01/08/2013 01/08/2014 PROMEDIO DE LAS REMUNERACIONES $ 6.165,48 $ 7.692,21 TOPE INDEMNIZATORIO RESULTANTE $ 18.496,44 $ 23.076,63 Acuerdo Nº 173/14 CCT Nº 1067/09 “E” Expediente Nº 67.668/98 Buenos Aires, 03 de Junio de 2014 De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRRT Nº 89/14, se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 403/14 T. — VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T. #F4605349F# #I4605350I# MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Que a fojas 472/480, obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Normativa Laboral dependiente de esta Dirección Nacional, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad. Bs. As., 30/5/2014 Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y por la Decisión Administrativa Nº 917 del 28 de diciembre de 2010. VISTO el Expediente Nº 1.601.385/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Disposición de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo Nº 41 del 24 de DIRECCION NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO Disposición Nº 92/2014 Lunes 30 de junio de 2014 Primera Sección enero de 2014, la Disposición de la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo Nº 64 del 6 de marzo de 2014, y CONSIDERANDO: Que a fojas 2/4 del Expediente Nº 1.601.385/13, obra el acuerdo suscripto entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACION Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA (ALEARA), por el sector sindical, y las empresas BINGOS DEL OESTE SOCIEDAD ANONIMA, BINGOS PLATENSES SOCIEDAD ANONIMA, INTERJUEGOS SOCIEDAD ANONIMA, IBERARGEN SOCIEDAD ANONIMA e INTERBAS SOCIEDAD ANONIMA, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 892/07 “E”, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004). Que dicho acuerdo fue homologado por la Disposición D.N.R.T. Nº 41/14 y registrado bajo el Nº 158/14, conforme surge de fojas 88/90 y 93, respectivamente. Que mediante la Disposición de la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo Nº 64 del 6 de marzo de 2014, cuya copia fiel obra a fojas 105/109, se emplazó a las partes para que presenten las escalas salariales correspondientes al Acuerdo Nº 158/14. Que en respuesta a ello, a fojas 118/119 del Expediente Nº 1.601.385/13, obra la presentación de las partes mediante la cual se cumplimenta lo requerido. BOLETIN OFICIAL Nº 32.915 34 ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. J. PABLO TITIRO, Director Nacional de Regulaciones del Trabajo, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social. ANEXO Expediente Nº 1.601.385/13 PARTES SIGNATARIAS SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACION Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA (ALEARA) C/ BINGOS DEL OESTE SOCIEDAD ANONIMA, BINGOS PLATENSES SOCIEDAD ANONIMA, INTERJUEGOS SOCIEDAD ANONIMA, IBERARGEN SOCIEDAD ANONIMA, INTERBAS SOCIEDAD ANONIMA. FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA 01/10/2013 01/01/2014 TOPE PROMEDIO DE LAS INDEMNIZATORIO REMUNERACIONES RESULTANTE $ 9.427,93 $ 28.283,79 $ 9.770,67 $ 29.312,01 Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable. Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados. CCT Nº 892/07 “E” Expediente Nº 1.601.385/13 Que mediante el acuerdo de marras las partes convienen un incremento salarial a otorgarse en tres etapas: mayo de 2013, octubre de 2013 y enero de 2014. Que a fojas 118/119 las partes signatarias del Acuerdo Nº 158/14 acompañan las escalas salariales vigentes a partir del 1° de octubre de 2013 y a partir del 1° de enero de 2014, sin incluir la vigente desde el 1° de mayo de 2013. Que en función de lo mencionado, resulta necesario que las partes acompañen la escala salarial vigente desde el 1° de mayo de 2013, a los fines de efectuar el cálculo del promedio de las remuneraciones correspondiente a dicha vigencia. Que a tal efecto, la escala salarial a presentar deberá detallar las categorías y los salarios correspondientes a cada una de ellas, los aumentos otorgados y adicionales a aplicarse —ya sean estos variables o permanentes— y todos aquellos conceptos remuneratorios que incidan sobre los salarios de los trabajadores. Que dicha escala deberá ser ratificada por las partes signatarias del Acuerdo Nº 158/14. Que a fojas 124/129, obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Normativa Laboral dependiente de esta Dirección Nacional, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad. Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el segundo párrafo del Artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y por la Decisión Administrativa Nº 917 del 28 de diciembre de 2010. Por ello, EL DIRECTOR NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO DISPONE: ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Disposición de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo Nº 41 del 24 de enero de 2014 y registrado bajo el Nº 158/14, suscripto entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACION Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA (ALEARA), por el sector sindical, y las empresas BINGOS DEL OESTE SOCIEDAD ANONIMA, BINGOS PLATENSES SOCIEDAD ANONIMA, INTERJUEGOS SOCIEDAD ANONIMA, IBERARGEN SOCIEDAD ANONIMA e INTERBAS SOCIEDAD ANONIMA, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente. ARTICULO 2° — Hágase saber al SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACION Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA (ALEARA) y a las empresas BINGOS DEL OESTE SOCIEDAD ANONIMA, BINGOS PLATENSES SOCIEDAD ANONIMA, INTERJUEGOS SOCIEDAD ANONIMA, IBERARGEN SOCIEDAD ANONIMA e INTERBAS SOCIEDAD ANONIMA, signatarias del acuerdo homologado por la Disposición de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo Nº 41 del 24 de enero de 2014 y registrado bajo el Nº 158/14, que en un plazo de DIEZ (10) días desde la notificación de la presente, deberán presentar la escala salarial con vigencia desde el 1° de mayo de 2013, a fin de que este organismo efectúe el cálculo del promedio de las remuneraciones del cual surge el respectivo tope indemnizatorio. ARTICULO 3° — Comuníquese que en caso que las partes signatarias del Acuerdo Nº 158/14, no dieran cumplimiento a lo solicitado en el artículo precedente, el mencionado cálculo para la fijación del promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, no podrá ser efectuado en razón de no contar con la información necesaria a tal efecto. ARTICULO 4° — Regístrese la presente Disposición por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante. ARTICULO 5° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes individualizadas en los artículos 1° y 2° de la presente. Posteriormente, una vez vencido el plazo establecido en el artículo citado, remítanse las actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, para proceder a la elaboración del acto administrativo, que en el caso corresponda. Buenos Aires, 03 de Junio de 2014 De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRRT Nº 92/14, se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 404/14 T. — VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T. #F4605350F# #I4605351I# MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL DIRECCION NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO Disposición Nº 93/2014 Bs. As., 3/6/2014 VISTO el Expediente Nº 1.546.880/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 521 del 7 de abril de 2014, y CONSIDERANDO: Que a fojas 10/21 del Expediente Nº 1.546.880/13, obran las escalas salariales pactadas entre la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA, por la parte sindical, y la FEDERACION DE COOPERATIVAS DE ELECTRICIDAD Y SERVICIOS PUBLICOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES LIMITADA, por la parte empresaria, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 36/75, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004). Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 521 del 7 de abril de 2014 y registrado bajo el Nº 460/14, conforme surge de fojas 124/126 y 129, respectivamente. Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable. Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados. Que a fojas 137/150, obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Normativa Laboral dependiente de esta Dirección Nacional, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad. Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y por la Decisión Administrativa Nº 917 del 28 de diciembre de 2010. Por ello, EL DIRECTOR NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO DISPONE: ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 521 del 7 de abril de 2014, y registrado bajo el Nº 460/14 suscripto entre la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA, por la parte sindical, y la FEDERACION DE COOPERATIVAS DE ELECTRICIDAD Y SERVICIOS PUBLICOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES LIMITADA, por la parte empresaria, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente. Primera Sección Lunes 30 de junio de 2014 BOLETIN OFICIAL Nº 32.915 35 ARTICULO 2° — Regístrese la presente Disposición por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, gírese al Departamento Coordinación de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante. ARTICULO 2° — Regístrese la presente Disposición por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante. ARTICULO 3° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo. ARTICULO 3° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo. ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. J. PABLO TITIRO, Director Nacional de Regulaciones del Trabajo, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social. ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. J. PABLO TITIRO, Director Nacional de Regulaciones del Trabajo, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social. ANEXO ANEXO Expediente Nº 1.546.880/13 Expediente Nº 1.607.464/14 PARTES SIGNATARIAS FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA C/ FEDERACION DE COOPERATIVAS DE ELECTRICIDAD Y SERVICIOS PUBLICOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES LIMITADA FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA 01/10/2012 01/12/2012 01/01/2013 01/02/2013 PROMEDIO DE LAS REMUNERACIONES $ 4.915,91 $ 5.162,59 $ 5.265,03 $ 5.367,46 TOPE INDEMNIZATORIO RESULTANTE $ 14.747,73 $ 15.487,77 $ 15.795,09 $ 16.102,38 PARTES SIGNATARIAS SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA C/ FAURECIA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA 01/01/2014 TOPE PROMEDIO DE LAS INDEMNIZATORIO REMUNERACIONES RESULTANTE $ 10.487,56 $ 31.462,68 CCT Nº 1341/13 “E” CCT Nº 36/75 Expediente Nº 1.607.464/14 Expediente Nº 1.546.880/13 Buenos Aires, 04 de Junio de 2014 De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRRT Nº 93/14, se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 406/14 T. — VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T. #F4605351F# Buenos Aires, 05 de Junio de 2014 De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRRT Nº 94/14, se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 408/14 T. — VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T. #F4605352F# #I4605353I# MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL #I4605352I# MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL DIRECCION NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO Disposición Nº 94/2014 Bs. As., 4/6/2014 VISTO el Expediente Nº 1.607.464/14 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 720 del 14 de mayo de 2014, y CONSIDERANDO: Que a foja 7 del Expediente Nº 1.607.464/14 obra la escala salarial pactada entre el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la empresa FAURECIA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 1341/13 “E”, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004). Que la escala precitada forma parte del acuerdo homologado por la Resolución S.T. Nº 720/14 y registrado bajo el Nº 608/14, conforme surge de fojas 44/46 y 49, respectivamente. Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable. Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados. Que a fojas 55/57, obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Normativa Laboral dependiente de esta Dirección Nacional, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad. Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y por la Decisión Administrativa Nº 917 del 28 de diciembre de 2010. Por ello, EL DIRECTOR NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO DISPONE: ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 720 del 14 de mayo de 2014 y registrado bajo el Nº 608/14 suscripto entre el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la empresa FAURECIA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente. DIRECCION NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO Disposición Nº 95/2014 Bs. As., 4/6/2014 VISTO el Expediente Nº 1.614.954/14 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 718 del 14 de mayo de 2014, y CONSIDERANDO: Que a fojas 6 del Expediente Nº 1.614.954/14 obra la escala salarial pactada entre el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por la parte sindical y la empresa FERVI AIR SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 837/07 “E”, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004). Que la escala precitada forma parte del acuerdo homologado por la Resolución S.T. Nº 718/14 y registrado bajo el Nº 607/14 conforme surge de fojas 43/45 y 48, respectivamente. Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable. Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados. Que a fojas 54/57, obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Normativa Laboral dependiente de esta Dirección Nacional, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad. Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y por la Decisión Administrativa Nº 917 del 28 de diciembre de 2010. Por ello, EL DIRECTOR NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO DISPONE: ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 718 del 14 de mayo de 2014, y registrado bajo el Nº 607/14 suscripto entre el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por la parte sindical y la empresa FERVI AIR SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empleadora, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente. ARTICULO 2° — Regístrese la presente Disposición por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumpli- Primera Sección Lunes 30 de junio de 2014 do ello, gírese al Departamento Coordinación de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante. BOLETIN OFICIAL Nº 32.915 Por ello, EL DIRECTOR NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO DISPONE: ARTICULO 3° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo. ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. J. PABLO TITIRO, Director Nacional de Regulaciones del Trabajo, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social. ANEXO Expediente Nº 1.614.954/14 PARTES SIGNATARIAS SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA C/ FERVI AIR SOCIEDAD ANONIMA FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA 01/01/2014 01/04/2014 TOPE PROMEDIO DE LAS INDEMNIZATORIO REMUNERACIONES RESULTANTE $ 8.598,52 $ 25.795,56 $ 8.677,70 $ 26.033,10 36 ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por el artículo 1° de la Disposición de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo Nº 185 del 6 de mayo de 2014 y registrado bajo el Nº 571/14 suscripto entre la UNION FERROVIARIA, por el sector sindical, y la empresa OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO, conforme al detalle que, como ANEXO I, forma parte integrante de la presente. ARTICULO 2° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por el artículo 2° de la Disposición de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo Nº 185 del 6 de mayo de 2014 y registrado bajo el Nº 572/14 suscripto entre la UNION FERROVIARIA, por el sector sindical, y la empresa OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO, conforme al detalle que, como ANEXO II, forma parte integrante de la presente. ARTICULO 3° — Regístrese la presente Disposición por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante. CCT Nº 837/07 “E” Expediente Nº 1.614.954/14 Buenos Aires, 05 de Junio de 2014 De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRRT Nº 95/14, se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 407/14 T. — VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T. #F4605353F# ARTICULO 4° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo. ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. J. PABLO TITIRO, Director Nacional de Regulaciones del Trabajo, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social. ANEXO I #I4605354I# Expediente Nº 1.462.304/11 MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL DIRECCION NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO Disposición Nº 96/2014 Bs. As., 4/6/2014 VISTO el Expediente Nº 1.462.304/11 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Disposición de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo Nº 185 del 6 de mayo de 2014, y CONSIDERANDO: PARTES SIGNATARIAS UNION FERROVIARIA C/ OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO Servicios Ferroviarios del Interior FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA 01/01/2011 01/03/2011 TOPE PROMEDIO DE LAS INDEMNIZATORIO REMUNERACIONES RESULTANTE $ 3.592,35 $ 10.777,05 $ 5.515,85 $ 16.547,55 Acuerdo Nº 571/14 Que a fojas 2/3 del Expediente Nº 1.462.304/11 obran las escalas salariales pactadas entre la UNION FERROVIARIA, por el sector sindical, y la empresa OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004). Que la escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por el artículo 1° de la Disposición D.N.R.T. Nº 185/14 y registrado bajo el Nº 571/14, conforme surge de fojas 90/92 y 95, respectivamente. Que a fojas 5/6 del Expediente Nº 1.462.304/11 obran las escalas salariales pactadas entre la UNION FERROVIARIA, por el sector sindical, y la empresa OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004). Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por el artículo 2° la Disposición D.N.R.T. Nº 185/14 y registrado bajo el Nº 572/14, conforme surge de fojas 90/92 y 95, respectivamente. Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable. Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio que se fija por la presente, se determinó triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados. Que a fojas 101/109, obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Normativa Laboral dependiente de esta Dirección Nacional, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad. ANEXO II Expediente Nº 1.462.304/11 PARTES SIGNATARIAS UNION FERROVIARIA C/ OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA 01/03/2011 PROMEDIO DE LAS REMUNERACIONES $ 6.964,19 TOPE INDEMNIZATORIO RESULTANTE $ 20.892,57 Oficinas Centrales Acuerdo Nº 572/14 Expediente Nº 1.462.304/11 Buenos Aires, 05 de Junio de 2014 De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRRT Nº 96/14, se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 410/14 T. — VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T. #F4605354F# Que sin perjuicio de los promedios que se fijan por la presente, resulta oportuno aclarar que mediante las Disposiciones de la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo Nº 76 y Nº 78 del 5 de agosto de 2013 y Nº 96 del 18 de octubre de 2013 han sido fijados los importes promedio de las remuneraciones del cual surgen los respectivos topes indemnizatorios, con vigencias a partir del 1° de marzo de 2012, 1° de septiembre de 2012 y 1° de marzo de 2013, correspondientes a los Acuerdos Nº 533/13, Nº 538/13, Nº 939/13 y Nº 938/13, celebrados entre las mismas partes de marras, homologados por las Disposiciones de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo Nº 397 del 13 de junio de 2013, Nº 408 del 14 de junio de 2013 y Nº 708 del 29 de agosto de 2013. #I4605370I# Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y por la Decisión Administrativa Nº 917 del 28 de diciembre de 2010. VISTO el Expediente Nº 170.427/10 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 553 del 11 de abril de 2014, y MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL DIRECCION NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO Disposición Nº 97/2014 Bs. As., 4/6/2014 Lunes 30 de junio de 2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.915 CONSIDERANDO: Que a fojas 34/35 del Expediente Nº 170.427/10, obran las escalas salariales pactadas entre el SINDICATO DEL PERSONAL DE INDUSTRIAS QUIMICAS, PETROQUIMICAS Y AFINES DE BAHIA BLANCA, por la parte sindical, y la empresa HORNOS Y CALDERAS INDUSTRIALES SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empleadora, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004). Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por el artículo 1° de la Resolución S.T. Nº 553/14 y registrado bajo el Nº 486/14, conforme surge de fojas 141/143 y 146, respectivamente. Que a fojas 4/5 del Expediente Nº 171.646/11 agregado como fojas 69 al Expediente Nº 170.427/10, obran las escalas salariales pactadas entre el SINDICATO DEL PERSONAL DE INDUSTRIAS QUIMICAS, PETROQUIMICAS Y AFINES DE BAHIA BLANCA, por la parte sindical, y la empresa HORNOS Y CALDERAS INDUSTRIALES SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empleadora, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004). Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por el artículo 2° de la Resolución S.T. Nº 553/14 y registrado bajo el Nº 487/14, conforme surge de fojas 141/143 y 146, respectivamente. ANEXO I Expediente Nº 170.427/10 PARTES SIGNATARIAS SINDICATO DEL PERSONAL DE INDUSTRIAS QUIMICAS, PETROQUIMICAS Y AFINES DE BAHIA BLANCA C/ HORNOS Y CALDERAS INDUSTRIALES SOCIEDAD ANONIMA Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable. Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio que se fija por la presente, se determinó triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados. Que a fojas 154/173, obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Normativa Laboral dependiente de esta Dirección Nacional, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad. Que sin perjuicio de los promedios que se fijan por la presente, resulta oportuno aclarar que mediante la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 862 del 30 de mayo de 2014 han sido fijados los importes promedio de las remuneraciones de los cuales surgen los respectivos topes indemnizatorios, con vigencias a partir del 1° de abril de 2013, 1° de septiembre de 2013 y 1° de enero de 2014, correspondientes al Acuerdo Nº 219/14, celebrado entre las mismas partes de marras y homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 144 del 7 de febrero de 2014. Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y por la Decisión Administrativa Nº 917 del 28 de diciembre de 2010. Por ello, EL DIRECTOR NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO DISPONE: ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por el artículo 1° de la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 553 del 11 de abril de 2014 y registrado bajo el Nº 486/14, suscripto entre el SINDICATO DEL PERSONAL DE INDUSTRIAS QUIMICAS, PETROQUIMICAS Y AFINES DE BAHIA BLANCA, por la parte sindical, y la empresa HORNOS Y CALDERAS INDUSTRIALES SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empleadora, conforme al detalle que, como ANEXO I, forma parte integrante de la presente. ARTICULO 2° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por el artículo 2° de la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 553 del 11 de abril de 2014 y registrado bajo el Nº 487/14, suscripto entre el SINDICATO DEL PERSONAL DE INDUSTRIAS QUIMICAS, PETROQUIMICAS Y AFINES DE BAHIA BLANCA, por la parte sindical, y la empresa HORNOS Y CALDERAS INDUSTRIALES SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empleadora, conforme al detalle que, como ANEXO II, forma parte integrante de la presente. ARTICULO 3° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por el artículo 3° de la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 553 del 11 de abril de 2014 y registrado bajo el Nº 488/14, suscripto entre el SINDICATO DEL PERSONAL DE INDUSTRIAS QUIMICAS, PETROQUIMICAS Y AFINES DE BAHIA BLANCA, por la parte sindical, y la empresa HORNOS Y CALDERAS INDUSTRIALES SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empleadora, conforme al detalle que, como ANEXO III, forma parte integrante de la presente. ARTICULO 4° — Regístrese la presente Disposición por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante. ARTICULO 5° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo. ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. J. PABLO TITIRO, Director Nacional de Regulaciones del Trabajo, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social. FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA 01/04/2010 01/08/2010 01/01/2011 01/04/2010 01/08/2010 01/01/2011 PROMEDIO DE LAS REMUNERACIONES General $ 4.759,55 $ 4.949,98 $ 5.197,52 Medio Turno $ 5.111,71 $ 5.316,22 $ 5.582,07 TOPE INDEMNIZATORIO RESULTANTE $ 14.278,65 $ 14.849,94 $ 15.592,56 $ 15.335,13 $ 15.948,66 $ 16.746,21 Acuerdo Nº 486/14 ANEXO II Que a fojas 94/95 del Expediente Nº 170.427/10, obran las escalas salariales pactadas entre el SINDICATO DEL PERSONAL DE INDUSTRIAS QUIMICAS, PETROQUIMICAS Y AFINES DE BAHIA BLANCA, por la parte sindical, y la empresa HORNOS Y CALDERAS INDUSTRIALES SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empleadora, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004). Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por el artículo 3° de la Resolución S.T. Nº 553/14 y registrado bajo el Nº 488/14, conforme surge de fojas 141/143 y 146, respectivamente. 37 Expediente Nº 170.427/10 PARTES SIGNATARIAS SINDICATO DEL PERSONAL DE INDUSTRIAS QUIMICAS, PETROQUIMICAS Y AFINES DE BAHIA BLANCA C/ HORNOS Y CALDERAS INDUSTRIALES SOCIEDAD ANONIMA FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA 01/04/2011 01/01/2012 01/04/2011 01/01/2012 PROMEDIO DE LAS REMUNERACIONES General $ 6.184,94 $ 6.690,90 Medio Turno $ 6.642,55 $ 7.185,99 TOPE INDEMNIZATORIO RESULTANTE $ 18.554,82 $ 20.072,70 $ 19.927,65 $ 21.557,97 Acuerdo Nº 487/14 ANEXO III Expediente Nº 170.427/10 PARTES SIGNATARIAS SINDICATO DEL PERSONAL DE INDUSTRIAS QUIMICAS, PETROQUIMICAS Y AFINES DE BAHIA BLANCA C/ HORNOS Y CALDERAS INDUSTRIALES SOCIEDAD ANONIMA FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA 01/04/2012 01/10/2012 01/01/2013 01/04/2012 01/10/2012 01/01/2013 PROMEDIO DE LAS REMUNERACIONES General $ 7.661,11 $ 8.044,18 $ 8.365,95 Medio Turno $ 8.227,99 $ 8.639,40 $ 8.984,98 TOPE INDEMNIZATORIO RESULTANTE $ 22.983,33 $ 24.132,54 $ 25.097,85 $ 24.683,97 $ 25.918,20 $ 26.954,94 Acuerdo Nº 488/14 Expediente Nº 170.427/10 Buenos Aires, 05 de Junio de 2014 De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRRT Nº 97/14, se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 412/14 T. — VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T. #F4605370F# #I4605371I# MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL DIRECCION NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO Disposición Nº 98/2014 Bs. As., 4/6/2014 VISTO el Expediente Nº 1.589.815/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 652 del 30 de abril de 2014, y CONSIDERANDO: Que a fojas 3 del Expediente Nº 1.589.815/13, obra la escala salarial pactada entre la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA, por la parte sindical, y la empresa SOENERGY ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004). Primera Sección Lunes 30 de junio de 2014 Que la escala precitada forma parte del acuerdo homologado por la Resolución S.T. Nº 652/14 y registrado bajo el Nº 556/14, conforme surge de fojas 33/35 y 38, respectivamente. Que mediante el precitado instrumento, las partes acuerdan un incremento salarial para el personal convencionado que se desempeña en las Usinas Generadoras ubicadas en las ciudades de JUNIN, PEHUAJO, SALTO y LINCOLN (Provincia de BUENOS AIRES) y TARTAGAL (Provincia de SALTA), de conformidad con el artículo primero del texto del mismo. Que atento a ello, cabe entender que el Acuerdo Nº 556/14 fue celebrado en el marco de los Convenios Colectivos de Trabajo de Empresa Nº 1040/09 “E”, Nº 1201/11 “E” y Nº 1303/12 “E”. Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable. Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados. Que a fojas 46/50, obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Normativa Laboral dependiente de esta Dirección Nacional, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad. Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y por la Decisión Administrativa Nº 917 del 28 de diciembre de 2010. Por ello, BOLETIN OFICIAL Nº 32.915 sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 620 del 22 de abril de 2014, y CONSIDERANDO: Que a fojas 2 del Expediente Nº 1.579.841/13 obra la escala salarial pactada entre el SINDICATO DE OBREROS Y EMPLEADOS DE LA INDUSTRIA DE CELULOSA, PAPEL Y CARTON DE ALTO PARANA, por el sector sindical y la empresa ALTO PARANA SOCIEDAD ANONIMA, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 131/94 “E”, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004). Que la escala precitada forma parte del acuerdo homologado por la Resolución S.T. Nº 620/14 y registrado bajo el Nº 533/14, conforme surge de fojas 98/100 y 103, respectivamente. Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable. Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados. Que a fojas 109/113, obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Normativa Laboral dependiente de esta Dirección Nacional, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad. Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y por la Decisión Administrativa Nº 917 del 28 de diciembre de 2010. Por ello, EL DIRECTOR NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO DISPONE: ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 652 del 30 de abril de 2014 y registrado bajo el Nº 556/14, suscripto entre la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA, por la parte sindical, y la empresa SOENERGY ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente. ARTICULO 2° — Regístrese la presente Disposición por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante. ARTICULO 3° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo. ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. J. PABLO TITIRO, Director Nacional de Regulaciones del Trabajo, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social. ANEXO EL DIRECTOR NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO DISPONE: ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 620 del 22 de abril de 2014 y registrado bajo el Nº 533/14, suscripto entre el SINDICATO DE OBREROS Y EMPLEADOS DE LA INDUSTRIA DE CELULOSA, PAPEL Y CARTON DE ALTO PARANA, por el sector sindical y la empresa ALTO PARANA SOCIEDAD ANONIMA, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente. ARTICULO 2° — Regístrese la presente Disposición por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, gírese al Departamento Coordinación de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante. ARTICULO 3° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo. ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. J. PABLO TITIRO, Director Nacional de Regulaciones del Trabajo, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social. ANEXO Expediente Nº 1.589.815/13 PARTES SIGNATARIAS FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA 38 PROMEDIO DE LAS REMUNERACIONES TOPE INDEMNIZATORIO RESULTANTE FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA C/ SOENERGY ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA Expediente Nº 1.579.841/13 PARTES SIGNATARIAS SINDICATO DE OBREROS Y EMPLEADOS DE LA INDUSTRIA DE CELULOSA, PAPEL Y CARTON DE ALTO PARANA C/ ALTO PARANA SOCIEDAD ANONIMA FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA 01/05/2013 01/09/2013 01/12/2013 PROMEDIO DE LAS REMUNERACIONES $ 4.853,17 $ 5.294,17 $ 5.603,17 TOPE INDEMNIZATORIO RESULTANTE $ 14.559,51 $ 15.882,51 $ 16.809,51 Acuerdo Nº 556/14 - CCT Nº 1303/12 “E” - CCT Nº 1201/11 “E” - CCT Nº 1040/09 “E” 01/04/2013 01/04/2013 01/04/2013 $ 9.903,57 $ 9.903,57 $ 9.903,57 $ 29.710,71 $ 29.710,71 $ 29.710,71 CCT Nº 131/94 E Expediente Nº 1.579.841/13 Expediente Nº 1.589.815/13 Buenos Aires, 05 de Junio de 2014 Buenos Aires, 05 de Junio de 2014 De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRRT Nº 98/14, se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 413/14 T. — VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T. De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRRT Nº 100/14, se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 411/14 T. — VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T. #F4605373F# #F4605371F# #I4605373I# MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL DIRECCION NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO Disposición Nº 100/2014 Bs. As., 4/6/2014 VISTO el Expediente Nº 1.579.841/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y #I4605374I# MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL DIRECCION NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO Disposición Nº 101/2014 Bs. As., 6/6/2014 VISTO el Expediente Nº 295.141/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 567 del 11 de abril de 2014, y Primera Sección Lunes 30 de junio de 2014 CONSIDERANDO: Que la escala precitada forma parte del acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 567 del 11 de abril de 2014 y registrado bajo el Nº 497/14, conforme surge de fojas 65/67 y 70, respectivamente. Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable. Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados. Que a fojas 78/80, obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Normativa Laboral dependiente de esta Dirección Nacional, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad. Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y por la Decisión Administrativa Nº 917 del 28 de diciembre de 2010. Por ello, EL DIRECTOR NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO DISPONE: ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 567 del 11 de abril de 2014, y registrado bajo el Nº 497/14 suscripto entre la ASOCIACION DEL PERSONAL JERARQUICO DEL AGUA Y LA ENERGIA, por el sector sindical, y la empresa HIDROELECTRICA LOS NIHUILES SOCIEDAD ANONIMA, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente. ARTICULO 2° — Regístrese la presente Disposición por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, gírese al Departamento Coordinación de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante. ARTICULO 3° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo. ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. J. PABLO TITIRO, Director Nacional de Regulaciones del Trabajo, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social. ANEXO Expediente Nº 295.141/13 ASOCIACION DEL PERSONAL JERARQUICO DEL AGUA Y LA ENERGIA C/ HIDROELECTRICA LOS NIHUILES SA 39 CONSIDERANDO: Que a fojas 2 del Expediente Nº 296.024/13 agregado a fojas 17 al principal, obra la escala salarial pactada entre la ASOCIACION DEL PERSONAL JERARQUICO DEL AGUA Y LA ENERGIA, por el sector sindical, y la empresa HIDROELECTRICA LOS NIHUILES SOCIEDAD ANONIMA, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 891/07 “E”, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004). PARTES SIGNATARIAS BOLETIN OFICIAL Nº 32.915 FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA 01/10/2012 PROMEDIO DE LAS REMUNERACIONES $ 18.148,11 TOPE INDEMNIZATORIO RESULTANTE $ 54.444,33 Que a fojas 1/3 del Expediente Nº 291.575/12 agregado como foja 51 al Expediente Nº 289.977/12 obra el acuerdo suscripto entre el SINDICATO DE LUZ Y FUERZA DE MENDOZA, por el sector sindical y la EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ELECTRICIDAD DEL ESTE SOCIEDAD ANONIMA por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 139/95 “E”, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004). Que dicho acuerdo fue homologado por la Resolución S.T. Nº 29/14 y registrado bajo el Nº 114/14, conforme surge de fojas 83/86 y 89, respectivamente. Que el precitado acuerdo fue ratificado por la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA según consta a fojas 60 del Expediente Nº 289.977/12. Que corresponde destacar que para efectuar el cálculo del promedio de las remuneraciones correspondiente al Acuerdo Nº 114/14 se ha considerado la escala salarial obrante a fojas 68, ratificada por las partes a fojas 66 del Expediente Nº 289.977/12. Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable. Que de conformidad con la citada norma legal, los topes indemnizatorios que se fijan por la presente, se determinaron triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de las escalas salariales y sus respectivos rubros conexos considerados. Que a fojas 99/102, obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Normativa Laboral dependiente de esta Dirección Nacional, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad. Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y por la Decisión Administrativa Nº 917 del 28 de diciembre de 2010. Por ello, EL DIRECTOR NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO DISPONE: ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 29 del 13 de enero de 2014 y registrado bajo el Nº 114/14 suscripto entre el SINDICATO DE LUZ Y FUERZA DE MENDOZA, por el sector sindical y la EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ELECTRICIDAD DEL ESTE SOCIEDAD ANONIMA (EDESTESA), ratificado por la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente. ARTICULO 2° — Regístrese la presente Disposición por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante. ARTICULO 3° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo. ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. J. PABLO TITIRO, Director Nacional de Regulaciones del Trabajo, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social. ANEXO Expediente Nº 289.977/12 CCT Nº 891/07 “E” FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA PROMEDIO DE LAS REMUNERACIONES TOPE INDEMNIZATORIO RESULTANTE SINDICATO DE LUZ Y FUERZA DE MENDOZA, FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA C/ EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ELECTRICIDAD DEL ESTE SOCIEDAD ANONIMA (EDESTESA) -General 01/08/2013 $ 7.968,67 $ 23.906,01 -Personal Turno 01/08/2013 $ 8.233,34 $ 24.700,02 PARTES SIGNATARIAS Expediente Nº 295.141/13 Buenos Aires, 09 de Junio de 2014 De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRRT Nº 101/14, se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 420/14 T. — VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T. #F4605374F# #I4605375I# MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL DIRECCION NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO Disposición Nº 102/2014 Bs. As., 6/6/2014 VISTO el Expediente Nº 289.977/12 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 29 del 13 de enero de 2014, y CCT Nº 139/95 “E” Expediente Nº 289.977/12 Buenos Aires, 09 de Junio de 2014 De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRRT Nº 102/14, se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 414/14 T. — VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T. #F4605375F# Lunes 30 de junio de 2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.915 40