INFORMACIÓN DE INTERÉS PARA LOS SOLICITANTES DE LA CONVOCATORIA DE

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INFORMACIÓN DE INTERÉS PARA LOS SOLICITANTES DE LA CONVOCATORIA DE
INFORMACIÓN DE INTERÉS
PARA LOS SOLICITANTES DE
LA CONVOCATORIA DE
ESTANCIAS PROFESIONALES
PARA DOCENTES
CURSO 2014/2015
A.- INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR LA SOLICITUD
DE PARTICIPACIÓN EN LA CONVOCATORIA ………………………….. pg. 2
B.- PREGUNTAS FRECUENTES ……………………………………………… pg. 11
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A.- INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR LA SOLICITUD DE
PARTICIPACIÓN EN LA CONVOCATORIA DE
Estancias profesionales para docentes en Alemania, Austria, Francia,
Italia, Reino Unido y Suiza para el curso 2014-2015
NOTA GENERAL:
Sólo se podrá confirmar una solicitud por aspirante.
1. ACCESO A LA CONVOCATORIA
https://sede.educacion.gob.es/tramite/login/inicio.jjsp?idConvocatoria=547
2. REGISTRO EN LA APLICACIÓN
Para participar en este trámite es necesario estar registrado en la sede electrónica del
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
a. USUARIOS NO REGISTRADOS
Desde la página de acceso, botón Registrarse
Consultar el enlace
Es necesario registrarse como persona física con o sin certificado electrónico,
con el tipo de documento DNI (se pide el NIF) o NIE.
Una vez completados los datos, recibirá un correo electrónico a la dirección
facilitada, con su usuario, contraseña y un enlace para activar dicho usuario.
Pulsando sobre el enlace se completa el proceso de registro.
b. USUARIOS REGISTRADOS
Desde la página de acceso,
O con certificado
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3. PROBLEMAS DE ACCESO
Puede ocurrir que ya esté registrado porque participó en convocatorias anteriores o
en cualquier otro trámite con el Ministerio y no recuerde sus datos de acceso:
o
o
Su usuario debe ser su NIF o NIE
Si no recuerda su contraseña pero tiene acceso al correo o al teléfono
móvil con que se registró, utilice el botón de la imagen en las diferentes
opciones disponibles.
Si no puede solucionar su problema de esta manera, puede dirigir un correo a
soporte.sede@mecd.es detallando lo máximo posible la incidencia.
4. CUMPLIMENTACIÓN DE LA SOLICITUD
Una vez que se accede al trámite, durante la fase de presentación estará habilitado el
botón Nueva solicitud.
Pulsando sobre él, nos creará una solicitud.
Cuando creamos la solicitud se genera en estado En borrador, lo cual implica que
podemos modificarla cuantas veces queramos y en periodos temporales diferentes.
Podemos guardar la solicitud sin terminar de cumplimentarla.
Se puede navegar entre páginas, bien mediante el índice situado en la parte superior
izquierda, bien pulsando sobre los números de las páginas en la parte superior derecha.
Al crearse la solicitud, aparece un formulario que consta de una primera página con
los datos identificativos generales divididos en diferentes secciones como datos
personales, de comunicación y profesionales. En la segunda página se indicarán los datos
asociados al centro de trabajo y motivo por el que se presenta a la convocatoria. En la
tercera página deberá incorporar los datos asociados al país y centro de destino al que
quiere optar. La cuarta página estará reservada a la incorporación de la información
referente a requisitos y méritos. Y por último, la quinta página se indicará la declaración
y firma del solicitante.
Los campos marcados con asterisco son obligatorios, para poder confirmar la solicitud
deben estar cumplimentados.
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Es conveniente guardar los datos introducidos pulsando el botón “Guardar”. Si los
datos son correctos, se validarán automáticamente. Si hay algún problema, en la parte
superior de la página, aparecerá un cuadro de diálogo de uno de los siguientes tipos:
•
Mensajes, indican que ciertos datos son obligatorios para confirmar la solicitud,
pero nos permite guardar y navegar por la misma. Indican qué campos tenemos
que completar para poder confirmar la solicitud.
•
Errores, implican que los datos introducidos no son correctos, bien por su propia
definición o en relación con otros campos. En este caso, no permite guardar ni
navegar hasta que se solucione el problema.
Detallaremos el comportamiento de algunos campos singulares:
•
Los campos que pueden dar lugar a dudas llevan asociados una etiqueta +info
que completa la información necesaria para trabajar con ellos.
•
Campos de tipo fichero: en este caso, se trata de incorporar un fichero
seleccionándolo desde la ventana de diálogo del sistema operativo. Existen
validaciones para el tamaño de los ficheros a incorporar, no podrán superar los
5Mb. Ejemplos: Anexo IV. Pulsando en Examinar podemos buscar en la ubicación
(escritorio, carpetas, subcarpetas…) de nuestro ordenador, donde tengamos el
fichero a subir.
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Cada vez que consultemos nuestra solicitud nos aparecerá “Nuestra pantalla de
trabajo” que nos informará del estado actual de la solicitud y las diferentes acciones que
podemos realizar sobre ella. Estas acciones irán cambiando en función del estado de la
misma.
Sólo podemos tener una solicitud en estado de borrador activo.
En cualquier momento podemos obtener una copia impresa del contenido del
borrador de nuestra solicitud. Dentro de la acción modificar solicitud o ver solicitud
disponemos del enlace Imprimir borrador que nos generará un documento pdf con la
información de toda la solicitud.
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Este borrador es de trabajo y NO es válido para presentarlo en registro.
Una vez que hemos completado toda la solicitud, procedemos a confirmar la
solicitud. Para ello pulsamos en la tecla volver (parte superior derecha de la pantalla) y
desde este pantalla de trabajo tenemos acceso a la opción confirmar.
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Si todo es correcto la solicitud se confirma, lo que supone su bloqueo e
imposibilidad de modificación.
5. PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD
Una vez que hemos llevado la solicitud al estado de confirmada es cuando se puede
registrar –las solicitudes que no estén debidamente registradas se considerarán
desestimadas por no haber finalizado el proceso de presentación-. Si disponemos de
certificado electrónico (DNIe, FNMT,…) se puede hacer el registro telemáticamente. La
solicitud aparecerá como registrada. En caso contrario se debe imprimir el formulario
oficial que genera la aplicación y enviar la copia para registro, debidamente firmada, a la
dirección que figura al pie de dicho documento. Este formulario deberá tener el matasellos
de Correos si se envía por correo postal, con el fin de verificar que la solicitud está dentro
del plazo marcado en la convocatoria (no es válido el matasellos en el sobre de envío) o
utilizar cualquiera de las formas recogidas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
6. SEGUIMIENTO DE LA SOLICITUD
A través de la sede, los solicitantes podrán hacer un seguimiento del estado de su
solicitud hasta la fase de evaluación. En caso de que la Administración estime que es
necesario completar o subsanar algún aspecto de la misma, se comunicará con los
solicitantes mediante notificación por comparecencia. Esta notificación tendrá avisos de
cortesía a través de correo electrónico enviados a la dirección de email suministrada en
la solicitud, por ello deberá cerciorarse de que el dato es correcto y de uso habitual.
Los solicitantes dispondrán de un CAU (Centro de Atención a Usuarios) cuya
dirección de correo electrónico es soporte.sede@mecd.es para resolver las dificultades de
acceso al sistema.
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7. FLUJOGRAMA PRESENTACIÓN SOLICITUDES
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8. PROCEDIMIENTO
PROCEDE.
PARA
SUBSANACIÓN
DE
INCIDENCIAS,
SI
Si la solicitud presenta incidencia/s subsanable/s se comunicará al interesado,
por correo electrónico, para que la subsane en el plazo de 10 días hábiles –
contados a partir de la fecha de la comunicación, como se establece en la
convocatoria y de acuerdo al artículo 71 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre-. La
subsanación se realizará a través de la sede electrónica, entrando de nuevo en la
sede a través del enlace y comprobando que documento/s deben ser subsanados.
Su solicitud tendrá habilitados los campos correspondientes a la documentación
subsanable solicitada.
Si queda subsanada la incidencia, la solicitud continúa su curso y pasa a ser
evaluada. Si no se subsanara o la incidencia fuera no subsanable, pasará a estar
excluida y se comunicará al interesado indicando el motivo. En el caso de las
incidencias no subsanables, el plazo de subsanación que se indica en el aviso, no
tiene validez, ya que solo es aplicable en el caso de que la incidencia se encuentre
entre los casos previstos en la normativa en vigor.
Las comunicaciones con los solicitantes se realizarán a través del correo
electrónico personal que hayan indicado en la solicitud.
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B.- PREGUNTAS FRECUENTES EN LA CONVOCATORIA DE
ESTANCIAS PROFESIONALES PARA DOCENTES
(Todas las consultas que se responden en este apartado se ajustan,
necesariamente, a lo establecido en la convocatoria. BOE del xx de mayo de 2014)
1.- ¿Dónde puedo consultar la convocatoria completa?
Puede consultar la convocatoria completa en el siguiente enlace:
Para docentes: http://www.boe.es/boe/dias/2013/11/30/pdfs/BOE-A2013-12555.pdf
2. ¿No encuentro la solicitud en la sede electrónica?
http://www.mecd.gob.es/educacion-mecd/areaseducacion/profesorado/formacion/formacion-permanente/cursoscongresos/cursos/estancias-profesionales-profesores.html
En este enlace se accede directamente a la información de esta convocatoria y a la
solicitud on-line.
3.- Tengo centro de acogida, ¿tienen que rellenar algún documento?
Si se tiene centro de acogida, en el país de destino, además de los datos
correspondientes en la solicitud de la sede electrónica, deberá adjuntar la “carta de
acogida” firmada por el representante del centro. Es uno de los méritos
especificados en el baremo.(ver guion orientativo anexo II de la convocatoria).
A excepción de Reino Unido los centros del resto de países deberán haber sido
seleccionado para participar en el programa por el procedimiento que para ello
tengan establecido en cada país.
4.- ¿Qué es el CV Europass? ¿Dónde puede hacerlo?
Puede encontrar la estructura del CV Europass en el siguiente enlace:
http://europass.cedefop.europa.eu/en/documents/curriculum-vitae
5.- Soy interino / No doy clase de lengua extranjera,..¿Puedo participar en
la convocatoria? (en punto 4 de la convocatoria)
Los requisitos establecidos son:
• Ser funcionario de carrera de los niveles educativos previos a la Universidad,
recogidos en la L.
• Estar impartiendo clase de la lengua o en la lengua, del país que se solicita.
En el caso de docentes de disciplinas no lingüísticas tener el nivel
equivalente al B2 del MCER.
• No haber obtenido ayuda para la realización de la estancia en las dos
convocatorias anteriores.
6.- ¿Debo presentar toda la documentación en Registro?. No
Todo el procedimiento de solicitud debe hacerse a través de la sede electrónica y
según se establece en el punto 5 de la convocatoria.
1.-La solicitud debe realizarse a través de la sede electrónica.
2.-Toda la documentación debe adjuntarse en formato electrónico en la aplicación
on-line.
3.- Registro de la solicitud: (ver apartado A de este documento)
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3.1- Si se tiene certificado electrónico/digital se puede REGISTRAR la
solicitud on-line después de haberla CONFIRMADO
3.2.- Si no se tiene certificado digital, se CONFIRMA la solicitud en la
aplicación y se IMPRIME el formulario oficial (NO SERA VÁLIDO EL BORRADOR).
Se obtienen dos copias del formulario de solicitud, una para el interesado y la otra
para registro. Una vez firmada se enviará a la dirección que figura al pie del propio
documento por cualquiera de los procedimientos establecidos. El formulario deberá
llevar la fecha en la que se procedió al envio. (Ver punto 5.1 de la convocatoria)
7.- No puedo entrar en la aplicación on-line / La aplicación me dice que ya
estoy registrado / No me permite guardar los datos…
Para todas las incidencias con el proceso on-line deben enviar un correo a
soporte.sede@mecd.es
especificando con el mayor detalle posible la
incidencia.
8.- ¿Cómo debo adjuntar los documentos en la sede electrónica?
Para evitar posibles incidencias en la comprobación y baremación de los
documentos adjuntados asegúrense de la calidad de los mismos (legibles, con
buena resolución, etc.).
12.1.- En el caso de los requisitos, los documentos se adjuntan uno por uno,
en los apartados correspondientes.
12.2.- En el caso de los méritos, se subirá en cada apartado un ÚNICO
fichero, que incluirá todos los documentos escaneados correspondientes a ese
apartado del baremo. Cada apartado SOLO admite un fichero, si se suben más se
perderán todos menos el último subido.
9.- No puedo adjuntar todos los documentos en los apartados de méritos,
¿qué debo hacer?
El tamaño máximo del buzón es de 5 MB, para cada apartado. Es aconsejable
escanear, a baja resolución (150 puntos), en blanco y negro y guardar los
documentos en formato pdf o jpg. Después, si hiciera falta, comprimirlos (WIN
ZIP; WIN RAR…) para obtener un único archivo y poder subirlo a la aplicación.
10.- No tengo certificado digital, ¿dónde debo enviar la solicitud una vez
cumplimentada y confirmada en la aplicación on-line?
Si no dispone de certificado digital, una vez cumplimentada, adjuntada toda la
documentación y confirmada la solicitud en la aplicación on-line, tiene que
imprimir el “formulario oficial” (NO ES VÁLIDO EL BORRADOR) y enviar solamente
el impreso “para registro” a la dirección que aparece al pie de dicho impreso.
INTEF. FORMACIÓN DEL PROFESORADO
MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE
C/ Torrelaguna, 58; 3ª planta
28027 MADRID
(Indicando en el sobre “estancias profesionales”)
11.- ¿En qué fechas podré realizar la estancia?
Las fechas de la estancia se acordarán entre el centro de acogida y el docente
solicitante. La estancia ha de realizarse dentro del curso académico 2014/2015 –
hasta 31 de agosto- del solicitante y en periodo lectivo del centro de acogida.
12.- ¿Tiene mi centro que participar, obligatoriamente, en alguna actividad
si yo solicito la estancia?, ¿tiene que venir el docente extranjero a mi
centro?
No, no es obligatorio. Son solicitudes independientes.
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- Cualquier centro puede presentar solicitud como centro de acogida si así lo
decide, a través de la convocatoria correspondiente independientemente de que
alguno de sus docentes presente solicitud para realizar una estancia profesional o
no.
- Los docentes pueden solicitar la estancia sin que haya reciprocidad por parte de
algún docente del centro de acogida al que va.
13.- ¿Quién me tiene que dar el permiso?, ¿está prevista mi sustitución en
el centro?...
Tanto la concesión del permiso, para realizar la estancia, como la posible
sustitución en el centro de origen son competencia única de la Administración
Educativa de las respectivas Comunidades Autónomas.
14.- ¿Las ayudas para la realización de las estancias profesionales son
incompatibles con otras becas?
Según el punto 11.4 de la presente convocatoria, las ayudas concedidas para la
realización de la estancia profesional son incompatibles con cualquier ayuda para la
misma finalidad.
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