Proyecto de Ley que protege al concebido

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Proyecto de Ley que protege al concebido
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ni
ProYecto de Ley
No L-P7 95—
/ 20 /L-7—
CONGRESO
REPÚBI ICA
CONGRESO DE LA REPÚBLICA
ÁREA DE TRAMITE DOCUMENTARIO
PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA EL
CODIGO DE LOS NIÑOS Y ADOLESCENTES
PARA LA PROTECCIÓN DEL CONCEBIDO,
NIÑA O NIÑO PRODUCTO DE EMBARAZO
POR VIOLACIÓN SEXUAL
23 BR 2015
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Los Congresistá miembros del Grupo Parlamentario Acción Popular-Frente Amplio, a
iniciativa del Congresista YONHY LESCANO ANCIETA y demás Congresistas
firmantes, al amparo de lo dispuesto en el artículo 107° de la Constitución Política y
conforme lo establece el numeral 2) del artículo 76° del Reglamento del Congreso de la
República, presentan el siguiente:
Firma.
PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA EL CODIGO DE LOS NIÑOS Y ADOLESCENTES PARA
LA PROTECCIÓN DEL CONCEBIDO, NIÑA O NIÑO PRODUCTO DE EMBARAZO POR
VIOLACIÓN SEXUAL
Artículo 1°. Incorporación del segundo párrafo al artículo 2 del Código de los Niños y
Adolescentes.
Incorpórase el segundo párrafo al artículo 2 del Código de los Niños y Adolescentes, en
los siguientes términos:
Artículo 2.- (...)
El concebido, niña o niño producto de embarazo por violación sexual, no aceptado
por la madre biológica, tendrán el derecho de recibir la protección del Estado,
quien se encargará de procurarle, a través de los programas del Ministerio de la
Mujer y Poblaciones Vulnerables, la atención y cuidados necesarios hasta que
pueda ser dado en adopción. El Estado proporcionará atención especializada a la
madre para su recuperación física y psicológica.
Artículo 2. Vigencia de la Ley
La presente Ley entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Dia
Oficial El Peruano.
Lima, 20 de abril de 2015
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