1 - Tribunal Contencioso Electoral del Ecuador
Transcription
1 - Tribunal Contencioso Electoral del Ecuador
REPUBLICA DEL ECUADOR T RI B UNAL TRIBUNAL CONTENCIOSO ELECTORAL 2a3 PROCESO No: CUERPO No: PROCESO ORIGINADO EN: TIPO. DE RECURSO: DEFENSOR: ACCIONANTE: Ftv<-1-1Do So CIALBIL F&EIJTE. (vs (L es ioet, 2. ROV. RAFAEL QviljPER° DOMICILIO LEGAL: 2-) Casilla Judicial Electronica: Contencioso Elecumal: DEFENSOR: ACCIONADO: AL/Miztn c?S?- b/ckaiocrA y e aLozok, .20PA yA -1/Setu_az (AR-Da46 03v7MILIO LEGAL: Cris :new° Contencioso Electoral; Casilla Judicial Electranica: ORG'ANISMO DEL QUE RECURRE: Sutrtis_ P_Rovio c IA L Euz =PAL DE Ciudad: __ Provincia: 13ireccion: Telt: Con *o e:ectraniec: QuE, CORRESPONDIE1 SECRETARIO RELATOR: EN SORTEO: V42, 0250 Aw J AP) - GO Lovi n E'E FAL-t-A- e oiv TRIBUNAL ttaN ti050 EttcrorA_ • TRiiithvAt CONTENCIOSO ELECIORAL REM • III I( t DEI E( I thOR SECRETARIA GENERAL UNTA PROVINCIAL ELECTORAL DE PICHINCHA • JUNTA PROVINCIAL ELECTORAL DE PICHINCHA.- Quito, 16 de febrero del 2.009.Las 10E100.- VISTOS.- El escrito contencioso de impugnacion presentado en la Secretaria de la Junta Provincial Electoral de Pichincha el dia 14 de febrero del 2009, a las 11H40, en 6 fojas Utiles; par el Dr. Rafael Quintero Lopez; Presidente Provincial de Pichincha del Partido Socialista Frente Amplio, a la calificaciOn de la lista de candidatos a Concejales Urbanos del canton Pedro Moncayo por la Alianza Partido Sociedad Patriotica 21 de Enero-Partido Izquierda Democratica Listas 3-12, en la cual consta la senora Veronica Sanchez Cardenas, candidata a Tercer Concejal Principal, el Pleno de la Junta Provincial Electoral de Pichincha, en sesi6n de 15 de febrero del 2009, RESOLVIO: Conceder el recurso contencioso de impugnaciOn presentado para ante el Tribunal Contencioso Electoral y enviar todo el expediente para conocimiento del Organismo Superior.- NOTIFIQUESE.- f) Ec. Jorge Benitez Zapata, Presidente, Sra. Blanca Chamorro Frias, Vicepresidenta, Sra. Elid Jacome Uvidia, Ab. Daysi Nunez Puruncajas y Sr. Juan Changoluisa Cuzco, Vocales de la Junta Provincial Electoral de Pichincha.- Certifico.- Ab. Gabriela Melo Flores SECRETARIA GENERAL RAZON: La providencia que antecede fue nofificada el dia 16 de febrero del 2009, a las 12H00 al Presidente Provincial de Pichincha del Partido Socialista Frente Amplio, en el casillero electoral N° 17 y a los representantes de los partidos Sociedad Patri6tica 21 de Enero e Izquierda Democrafica en los casilleros electorales Nros. 3 y 12, pertenecientes a los sujetos politicos.- Certifico. Ab. - - .nela Me Flores SECRETARIA GENERAL i •n=a; R RONAL A PARTIDO SOCIALISTA — FRENTENI irJouNAz CONNTENCI:ORELE CONSEJO PROVINCIAL DE PICHINCESARIA GENE RESIDENTE DE LA JUNTA PROVINCIAL ELECTORAL DE ?be EL QUINTERO LOPEZ en mi calidad de Presidente Provincial del , Particle/ ocilaista-Frente Amplio, y como tal su representante; ante usted y los res Miembros de la Junta Provincial Electoral, con todo respeto; encontrandome dentro del termino establecido en el Art. 19, inciso septimo del lnstrucitivo para la InscripciOn y Calificacien de Candidaturas, emitida por el Concejo Nacional Electoral, mediante Resolucien No. PLE-CNE-9-30-12-2008, ante ustedes comparezco para interponer el presente Recurso de Apelacien ante el Tribunal Contensioso Electoral: Con fecha 12 de febrero del 2009, notificada en el Casillero Electoral el dia Viemes 13 de febrero del mismo alio en horas de la tarde, la Junta Provincial Electoral RESOLVIO: "Rechazar la impugnacion pre.sentada por el Dr. Rafael Quintero Lopez, Pressidente Provincial de Pichincha del Partido Socialists Frente Amplio, en contra S la seffora Veronica Zoraya Sanchez C.Ardenas, candidate a Tercer Concejal Principal en la lista S Concejales Urbanos del canton Pedro Moncayo por la Alianza Partido Soiedad PatriOtka 21 de Enero-Partklo lzquierda Democratica, y calificar Is lista de candidatos a Concejales ..."; par lo que al respecto me permito presentar la siguiente apelacien, la misma que la fundamento en los siguientes considerandos: PRIMERO.- Los senores Miembros de la Junta Provincial Electoral en su resolucien emitida consideran: "...; e/ escfito de contestaci6n presentado par /a sefiora Ver6nica Zoraya Sanchez Cardenas, el 9 de febrero del 2009, a las 17h00, en 5 fojas Utiles; y, el informe juridic° 027-DPP-DJ-2009, de 12 de febrero de/ 2009, suscrito par of Dr. Alexei Hoyos Jaramillo, Asesor Juridico (E) de la Delegacion Provincial de Pichincha de/ Concejo Nacional Electoral; y, en rank; de que el analisis S Is documentaciOn constante en el expediente, se desprende que S las pruebas que se acompahan no son documentos justificadvos, ..."; senores Miembros del Tribunal Contencioso Electoral, en la impugnacien en legal y debida forma presentada adjuntamos la copi debidamente certificada por la senorita Nancy Guamba Diaz, Secretaria General deli. Municipio de Pedro Moncayo del Titulo de Credit() No. 686-TCMPM-09, por el valor de 905,83; delares de los Estados Unidos de Norteamerica. La copia legalmente certificada y emitida pot la senorita Secretaria General del Municipio de Pedro Moncayo se la realize de conforrnidad con lo que prescribe el Art. 81, numeral 4 de Ley de Regimen Municipal que trata de las Eleccion de Las Atribuciones del Secretario del Concejo y dice en la parte correspondiente: "Formai* tin protocol° encuademado y sellado, con su respetivo indice numerico de los actos decisorios del concejo, de cada afio y conferir copies de esos documentos conforms a Is Lev:" 6 "los demas aue le sefiale /a Lev v los 1 reolamentos": en virtud de aquello la Unica persona que puede despac certificar los documentos del Municipio de Pedro Moncayo es la Secreta.,,Ce--.1: General, edemas ese"echo no fue unilateralmente expedido por la SecretarisGeneral toda vez que existe el memorandun, mediante el cual S senor Al.fra'AA,i dispone que certifique el mencionado Titulo de Credit°, par qusiReset tramite ordinario que se realize en la Municipalidad; en razonSfle htmitlyo vaLciolik senores..._Miembros del Tribunal Contencioso Electoral y al demdift* c EP/ ERA{ , ektintliett que la senora Veronica Zoraya Sanchez Cardenas es deudora fetbagi de Pedro Moncayo y que al presentarse coma candidata a P:fria /10`Cohcajalie e cer Puesto Principal del Municipio de Pedro Moncayo, esta f-totalriientenha gil ada para inscribirse como aspirante a la Concejalia de n RedrONdleayo:ii conformidad con lo que dispone el Art. 11, del lnstrucitivo y Calificacien de Candidaturas, el mismo que para su Thrasjactitnsdip blipis me pecftiito transcribir: "Art. 11.- Requisitos e inhabilidades pare tot nceprefectos, Alcalde Municipal y Concejales Municipales: Inhabilidades b) Set deudor de/ organismo seccional con-espondiente, a la Por lo que nos permitimos una vez fecha de inscription de la candidatura: mas adjuntar la copia debidamente certificada del Titulo de Credit° adeudado par la senora Veronica Sanchez, edemas de una Certificacion emitida par el senor Jefe Financiero de la Municipalidad de Pedro Moncayo para demostrar que hasta el dia de hoy se encuentra en mom can el Municipio. Que Si bien es cierto el Instrudivo para la Inscripcien de Candidaturas en su Art. 14, literal d) manifiesta: "Para la determination de la mora de los deudores de los organismos seccionales, se considerara la misma a la fecha de inscripciOn de su candidatura y bastara la certificacion del tesorero de la entidad correspondiente ..". Esta norma dice que bastara el Certificado emitido por el Tesorero y no- que la certificacion del tesorero es el documento exclusivo que compruebe si es deudor o no un candidato, como muy malintencionadamente hace presumir el lnforme Juridico emitido por el Asesor legal, mas bien espiritu de la norma dice que solo basta demostrar en forma legal que el aspirante a cualquier dignidad de eleccien popular adeuda al organismo sectional respectivo para que automaticamente quede inhabilitado par moroso, para ser calificado como candidato. SEGUNDO.- En la Resolucion emitida par los senores Miembros de la Junta Provincial Electoral de Pichincha, expresan: "...; y, en razors del antilisis de Is documentacion constante en el expediente, se desprende que de las pruebas que se acompefian no son documentos justffkativos, el pleno de la Junta Provincial de Pichincha con forme lo establece el Att. 57 de las Normas genera/es para las elecciones dispuestas en el Regimen de Transi6n de la Constituci6n de la RepOblica , publicadas on el R.O. N° 472, de 21 de noviembre del 2008, en concordancia con el Art. 19 del Instructivo para Inscription Ca/diced& de Candidatures aprobada par el Concejo National Electoral mediante Resolucion No. PLE-CNE-9-30-12-2008, de 30 de dictiembre del 2008, on sesi6n de 12 de febn9ro del 2009 RESOLVIO: Rechazar la impugnaclon presentada por el Dr. Rafael Quintero Lopez, PresIdente Provincial de Pichincha de/ Pattido Socialists Frente Amplio, en contra de la seffora Veronica Zoraya Sanchez Cardenas, candidata Tercer Concejal Principal en I fists de Concejales Urbanos del canton Pedro Moncayo por Is Alianza Partici° Soieclad PatriOtica 21 de Enero-Partido lzquierda AS • PARTIDO SOCIALISTA — FRENTE A trignuNAL CONSEJO PROVINCIAL DE PICHINCtias— Mace, ..."; senores Miembros del Tribunal qwtilinifiltAtfitpralies sible quo la copia Certificada del titulo de credErho sean consitrePida a o justificativo con la cual hemos demostrado que la senora Veronica Zoraya Sdnchez Cdrdena es deudora at momento de la inscripcion de su candidature del Orgamismo al cual quiere representar, a caso el instructivo no es claro en su Art. 11, de las inhabilidades, literal b); o a caso el criterio parcializado del Asesor legal y de la Junta, pretende vulnerar flagrantemente lo espitulado en la Ley y on el Reglamento y quo debe ser cumplido a raja table por los aspirantes a las dignidades de eleccion popular. 0 TERCERO.- Senores Miembros del Tribunal Contencioso la resolucion emitida por los Senores Miembros de la Junta Provincial Electoral con fecha 12 de febrero del 2009, notificada el dia Viemes trece en horas de la tarde, no contiene motivacien alguna, es decir no se manifiestan las cosideraciones juridicas del porque se desecha la impugnaciOn porque jamas la han motivado, y con ello violentando las normas expresas contenidas en la constitucion y la ley, entonces por que niegan la impugnacion y solo se limita a decir: "...; el escrito de contestacion presentado par la sefiora Ver6nica Zoraya Sanchez Cardenas, el 9 de febrero del 2009, a las 17h00, en 5 fojas Ofiles; y, el informe juridico 027-DPP-DJ-2009, de 12 de febrero del 2009, suscrito pare! Dr. A/exei Hoyos Jaramillo, Asesor Juridico (E) de la DelegaciOn Provincial de Pichincha del Concejo Nacional Electoral; y, en razor) de que el analisis de la documentaci6n constante en el expediente, se desprende que de las pruebas quo se acompafian no son docurnentos justificativos, el pleno de la Junta Provincial de Pichincha conforme lo establecido en el Art. 57 de las Normas genera/es para las elecciones dispuestas en el Regimen de TransiOn de la Constituci6n de la RepOblica , publicadas en el R.O. N° 472, de 21 de noviembre del 2008, en concordancia con el Art. 19 del Instructivo para Inscripci6n CalificaciOn de Candidatures aprobada par el Concejo Nacional Electoral mediante Resolucion No. PLE-CNE-9-30-12-2008, de 30 de diciembre del 2008, en sesi6n de 12 de febrero del 2009 RESOLVIO: Rechazar la impugnacion presentada par el Dr. Rafael Quintero Lopez, Presidente Provincial de Pichincha del Partido Socialista Pronto Amplio, en contra de Is sellora Veronica Zoraya Sanchez Cardenas.."; como queda demostrado la resolucien de la Junta Provincial Electoral no esta legalmente motivada, lo cual automaticamente la anula porque contraviene nuestra ConstituciOn de la RepCiblica del Ecuador on su Art. 76, numeral 7, literal l), el mismo quo me permito transcribir: "Las resoluciones de los poderes pOblicos deberan ser motivadas. No habra motivaciOn si en la resoluciOn no se enunciaren las normas y principios juridicos en que se funda y no se explica la pertinencia de su aplicaci6n a los antecedentes de hecho. Los actos administrativos4 resoluciones o fallos aue no se encuentron debidamente motivados se considetaran nulos. La violacion de este deber juridico acarrea no solo la nulidad del acto, por violaciOn a la norma, sino que edemas hace responsable civilmente al Estado, por expreso mandato del articulo 31 de la Ley de Modemizacion del Estado, que dice: "MOTIVACION.- Todos los actos 7emanado's de lOs Organos del Estado, deberan ser motivados. La motivachri, debe indicar los presupuestos de hecho y las razones juridicas qut0pu,4 .000 determinado la decisi6n del argano, en relacion Con los resuitados. mr,..m.w....opatiCIOSO ELEDORAL procedimiento previo. .... SECRETARIA GENERAL CUARTO.- Por estas consideraciones solicito a ustedes senores Miembros del Tribunal Contencioso Electoral, que ml apelaciOn sea aceptada; y, en consecuert.**,pieg ue la inscripcien de la candidatura para Concejal por el Ter *L14ite Ur6abo de la senora Veronica Zoyara Sanchez Cardenas, por la , anzaYil4_17zartidet; oiedad Pathotica 21 de Enero-Partido Izquierda D ocraticar l 1 ,V,"."‘ 1 et i— ri \ N fiPci,.RM4l#41311 correspondan las seguire recibiendo en el Casillero Elebtotal NO. 1 \\*.',.1 i . A.7 .,, \--,--.7:---....._:,-- Por ser legal rei 1 a p e I a c i a n , tirmo el presente escrito. Sw virero L. Dr. Rafael Qu PRESIDENTE PS-FA MITA PROVICIALRECTORA DE Rem RECEPCION Fricht.x)A.\2 ..... ............... ................... GOBIERNO MUNICIPAL DEL CANTON -PEDRO TABACUNDO-ECUADOR NI01,06 ) 10 4 1424i01 4 1RAI3 U N At CC,TENCCSOFLECTOPAL Tabacundo, 13 de feti'dOrcitoytcopso EL \ A'. #7 it °fiCi° tlEMININGENERA c4140, Senores. JUNTA PROVINCIAL ELECTORAL DE PICHINCHA. Quito. De mi consideracit5n: Julian Caluguillin Cuascota, en mi calidad de Alcalde del Gobierno Municipal del Cant6n Pedro Moncayo, referente a las Certificaciones de los documentos, la Unica persona facultada para CERTIFICAR los documentos que pertenecen a esta Institucion, es la o el Secretario General, en tal virtud mediante oficio No. 074- APM, dispuse y autorice certifique las copias de los titulos de credit() a la senorita NANCY Guamba Diaz, en su calidad de Secretaria General. Ademas debo indicar que los senores y senoras: Sr. Virgilio Andrango Cuascota, Marlon Jose Tumbaco Cabascango, Sr. David Tituaria, Srta. Veronica Sanchez, Sr. Catucuago Cabascango JoS6 Alfonso, Sra. Enny Yessenia Zambrano, tienen obligadones pendientes en esta municipalidad, conforme se desprende de los titulos de creditos SUSCRITOS POR EL SENOR TESORERO DE ESTA MUNICIPALIDAD; Y, EL SEhOR DIRECTOR FINANCIERO DE LA MUNICIPALIDAD. LO OUE COMUNICO PARA LOS FINES DE LEY PERTINENTES. Atentamente, Sr. Juliánfaluillmn Cuascota. 0-MONCAYO. ALCALDE JCC/KGM 13-02-09 GOBIERNOMUNICIPALDELCANTON-PEDROMONQA TABACUNDO-ECUADOR 00 TRIBUNA LoNw.:osonEcrop4 TR113:irod CONT ENC1050 Ell Tabacundo, 06 de fekm_rix,s1F44 GE Oficio NO 074-A y Guamba. SECRETARAIA GENERAL GOBIERNO MUNICIPAL DE PEDRO MONCAYO. Presente. De mi consideracien: Mediante el presente oficio dispongo y autorizo a Usted, se digne CERTIFICAR, en su calidad de Secretaria General de la Municipalidad, las copias de los Titulos de Credit°, pertenecientes a las siguientes personas: Sr. Virgilio Andrango Cuascota, Marlon Jose Tumbaco Cabascango, Sr. David Tituana, Srta. VerOnica Sanchez, Sr. Catucuago Cabascango Jose Alfonso, Sra. Enny Yessenia Zambrano. Sr. JUli1 t4jiguillin Cuascota. ALCA P DE PEDRO MONCAYO. JCC/KGM 06-02-09 GOBIERNO MUNICIPAL DEL CANTON -PEDRO MONCA TABACUNDO-ECUADOR :R/BUt 'co ORVEL TR1811 NAL CONTENCIOSO ELECTORAL Tabacundo, 13 deUtrailt4ftWeENEk4 Oficio No 062- TM-2009 CERTIFICACION DE TESORERiA Senores. JUNTA PROVINCIAL ELECTORAL DE PICHINCHA. Quito. En su Despacho.De ml consideracien: Ing. Pablo Alejandro Ruiz Guerra, en mi calidad de Teso yero de la Municipalidad del Canton Pedro Moncayo, por disposici6n y Autorizacion del Seltior Julian Caluguillin Cuascota, Alcalde de esta municipalidad, cumplo con CERTIFICAR QUE A NOMBRE DE LOS SENORES: VIRGILIO ANDRANGO CUASCOTA, MARLON JOSE TUMBACO CABASCANGO, SR. DAVID TITUANA, SRTA. VERONICA SANCHEZ, SR. CATUCUAGO CABASCANGO JOSE ALFONSO, SRA. ENNY YESSENIA ZAMBRANO, SE ENCUENTRAN EMITIDOS LOS TITULOS DE CREDITOS, POR TENER OBLIGACIONES PENDIENTES CON ESTA MUNICPALIDAD, LOS MISMOS QUE SE ENCUENTRAN CONSIDERADOS DENTRO DE CUENIAS POR COBRAR Y QUE HASTA LA PRESENT'E FECHA NO SE HAN ACERCADO A CANCELAR. LO OUE CERTIFICO PARA LOS FINES DE LEY CONSIGUIENTES. mente, CLY2_ Ing. Pablo Alejandro Ruiz Gue TESORERO DEL GOBIERNO MUNICIPAL D MONCAYO (9J gun GOBIERNO MUNICIPAL DEL CANTON "PEDRO M --TABACUNDO - ECUADOR R I CU N A L ,X,NrENCIOSOE LEC !O RAL TRIBUNAL CONTENCIOSO ELE SECRETARIA GENE ILUSTRE MUNICIPIO DE PEDRO MONCATO DEPARTAMENTO DE RENTAS COMPROBANTE DE COBRO TITULO DE CREDITO No FECHA DE EMISION: :'MW404~19DIRECCION NOMBRE 0 RAZON SOCIAL CONCEPTO DENOMINACION CUENTAS POR COBRAR OS ANTERIORES PROCESAMIENTO PAR11DA 005,83 0,00% 0,00% SUBTOTAL DESCUENTO RECARGO INTERES TOTAL e2 TESORERO ç1r IERO Certificacion.- Certifico que la presente copia es fiLcppia del origincal, la misma que reposa en los archivos de Tesoreria de la Municipal C. CA_D k Ing. Pablo Alejandro Ruiz Guerra TESORERO DEL GOBIERNO MUNICIPAL DEL CANTON PEDSRO MONCAYO a-81-15/ 121BUNAI ON,N . C OSO ELECTCAAL. LOS TRIBunJAI CONTENCIOSO ELECTORAL SECRETARIA GENEkAL /Li REPUBLICA DEL ECUADOR lc `k?'"; NTA PROVINCIAL ELECTORAL DE PICHINCHA -RcuoIlk OVINCIAL ELECTORAL DE PICHINCHA.- Quito, 12 de febrero del 2.009.- Las STOS.- El escrito de impugnaciOn presentado en la Secretaria de la Junta Provincial ct ral de Pichincha el 7 de febrero del 2009, a las 14H45, en 3 fojas °tiles, por el Dr. Rafael Quintero L6pez, Presidente Provincial de Pichincha del Partido Socialista Frente Amplio, en contra de la senora Veronica Zoraya Sanchez Cardenas, candidata a Tercer Concejal Principal en la lista de Concejales Urbanos del canton Pedro Moncayo presentada por la Alianza Partido Sociedad Patrietica 21 de Enero-Partido Izquierda Democratica; el escrito de contestacien presentado por la senora Ver6nica Zoraya Sanchez Cardenas, el 9 de febrero del 2009, a las 17H00, en 5 fojas Utiles; y, el informe juridic° 027-DPP-DJ-2009, de 12 de febrero del 2009 suscrito por el Dr. Alexei Hoyos Jaramillo, Asesor Juridico (E) de la DelegaciOn Provincial de Pichincha del Consejo Nacional Electoral; y, en raztm de que, del analisis de la documentacion constante en el expediente, se desprende que la candidata impugnada no esta inmersa en ninguna de las inhabilidades prescritas en el Instrucfivo para a InscripciOn y Calificacion de Candidaturas, el Pleno de la Junta Provincial Electoral de Pichincha, conforme lo establece el Art. 57 de las Normas Generales para las elecciones dispuestas en el Regimen de Transici6n de la ConsbtuciOn de la RepOblica, publicadas en R.O. N° 472, de 21 de noviembre del 2008, en concordancia con el Art. 19 del lnstructivo para InscripciOn y Calificacien de Candidaturas aprobado por el Consejo Nacional Electoral mediante Resolution PLE-CNE-9-30-12-2008, de 30 de diciembre del 2008, en sesiOn de 12 de febrero del 2009, RESOLVIO: Rechazar la impugnacion presentada por el Dr. Rafael Quintero Lopez, Presidente Provincial de Pichincha del Partido Socialista Frente Amplio, en contra de la senora Veronica Zoraya Sanchez Cardenas, candidata a Tercer Concejal Principal en la lista de Concejales Urbanos del canton Pedro Moncayo por la Alianza Partido Sociedad Patriotica 21 de Enero-Partido lzquierda Democratica, y calificar la lista de candidatos a Concejales Urbanos del cant6n Pedro Moncayo presentada por la Alianza Partido Sociedad Patriatica 21 de Enero-Partido Izquierda Democratica.- NOTIFIQUESE.- f) Ec. Jorge Benitez Zapata, Presidente, Sra. Blanca Chamorro Frias, Vicepresidenta, Sra. Elid Jacome Uvidia y Daysi Nunez Puruncajas, Vocales de la Junta Provincial Electoral de Pichincha.Certifico.- Ab. Gabriela Melo Flores SECRETARIA GENERAL RAZON: La providencia que antecede fue notificada el dia 13 de febrero del 2009 a las 12H30 al Dr. Rafael Quintero Lopez, Presidente Provincial de Pichincha del Partido Socialista Frente Amplio; y, a los Representantes de la Alianza Partido Sociedad Patriotica 21 de Enero-Partido Izquierda Democratica y al candidato impugnado, en los casilleros electorales de las organizaciones poi" cas.- Certifico. --...,_ col ELEc77N 0 \ P t? \ o1 rn Ab. Galata Melo Flores SECRETARIA G RAL wiqc < 116 SECRETARIA .*-,/ 4,. 0 d\12 ---/ .471)9/ea . L. ronLJ A. &sir 1/ • REPUBLICA DEL ECUADOR 1RIBUi47 ?.UNTEKIOSOELECTURAI. SECRETARIA GENEkki INFORPAE JURIDICO No. 027-DPP-DJ- 2009 e febrero del 2009 , Economista Jorge Benitez Zapata PRESIDENTE DE LA JUNTA PROVINCIAL ELECTORAL DE PICHINCHA En su Despacho.Senor Presidente: Para su conocimiento y del Pleno de la Junta, presentamos el Informe Juridico de la Delegacien Provincial de Pichincha del Consejo Nacional Electoral, en relaciOn a la impugnacion presentada por el Partido Socialista-Frente Amplio, en contra de la senora VERONICA ZORAYA SANCHEZ CARDENAS. Previo a resolver la Jefatura de Asesoria Juridica considera lo siguiente: I.- ANTECEDENTES.- 1. El Dr. Rafael Quintero, en su calidad de Presidente Provincial del Partido Socialista-Frente Amplio, ha presentado una impugnaci6n en contra de la senora VERONICA ZORAYA SANCHEZ CARDENAS, quien presento la inscripciOn de su candidatura para la dignidad de Concejal Urbana en tercer puesto del Canton Pedro Moncayo, de la Provincia de Pichincha, en representaci6n de la Alianza Sociedad PatriOtica "21 de Enero" Lista 3; e, Izquierda Democratica Lista 12. 2. De la documentacion presentada consta el Titulo de Credit() Nro. 686-TC-MPM09, certificado por la Secretaria General del Gobierno Municipal de "Pedro Moncayo" por el valor de USD $905,83, en contra de la senora Veronica Sanchez, emitido por el I. Municipio de Pedro Moncayo, el 04 de febrero del 2004. 3. El Pleno de la Junta Provincial Electoral de Pichincha, en sesion del 07 de febrero del 2009, resolvi6 aceptar al tramite el escrito de impugnaciOn, presentado por el Dr. Rafael Quintero, Presidente Provincial de Pichincha del Partido Socialista Frente Amplio, en contra de la senora Veronica Zoraya Sanchez Cardenas, candidata a Tercer Concejal en la lista de Concejales Urbanos del canton Pedro Moncayo presentada por la Alianza Partido Sociedad PatriOtica 21 de Enero-Partido Izquierda Democratica, conforme lo dispuesto en los Arts. 56 y 57 de las Normas Generates para las elecciones dispuestas en el !flagon° N35-227 c I gnacio San Maria Coninuiador: 2454-253 / 2242-284 Quito - cuador CONSudNAC(OPIAl riECTCptAL RkPUBLICA DEL ECUADOR 121BUNALCONTENCIOSO ELECTORAL Regimen de TransiciOn de la ConstituciOn de la Republica, en cdifekattagMAZENERAL Art. 19 del Instructivo para Inscripcion y Calificacion de Candidaturas obado por el Consejo Nacional Electoral mediante Resolucion PLE-CNE-912-2008, de 30 de diciembre del 2008, y correr traslado con el expediente a andidata impugnada y a la organizaci6n politica que representa, a fin de que, el plaza de 24 horas, contados a partir de la notificacion, presente las ruebas de descargo. 4. La solicitud de proclamaciOn e inscripcien de las candidaturas, fueron presentadas el 03 de febrero del 2009. 5. Mediante contestacien contenida en oficio de fecha 09 de febrero del 2009, la senora Veronica Sanchez, proceda a contestar senalando entre sus partes mas relevantes que: ..." El titulo de credit) No. 686-TC-MPM-09, jamas me fue notificado par lo que es un titulo que asoma con fraude ya que se trataba de cobro de dietas en que el departamento seria el Unica culpable de decir se ha violentado el derecho constitucional de la legitima defensa ya que reitero jamas he sido notificada de ninguna deuda"; "... Que en la propia impugnaci6n consta un documento de deuda con fecha de emisiOn 4 de febrero del 2009, demostrando de esta manera que se trata de una falacia inmoral inventandose hechos que tendria que responder ante la justicia...". Tambien adjunta a su contestaciOn una comunicaciOn de fecha 09 de febrero del 2009, dirigida al Alcalde del Canton Pedro Moncayo, en la cual la seriora Ver6nica Sanchez, solicita una certificacion del Titulo de Credito emitido en su contra, al Municipio de ese Canton. II.- MARCO JURIDICO • • • Regimen de Transici6n de la Constituci6n de la RepUblica. Normas Generates para las Elecciones dispuestas en el Regimen de TransiciOn de la ConsfituciOn de la RepUblica. Instructivo para la inscripci6n y calificacion de candidatures. III.- ANALISIS JURIDICO: El articulo 45 de las Normas Generales para las Elecciones Dispuestas en el Regimen de TransiciOn de la Constituci6n de la Republica, establece que: "La inscripcion de candidaturas se hare ante los organismos electorates competentes; los candidatos deberan reunir los requisitos previstos en estas normas y no estaran comprendidos en las prohibiciones determinadas en el articulo 113 de la Constitucion de la RepOblica." 411 El articulo 14, literales d) y f) del Instrucfivo para InscripciOn y Calificacien de Candidaturas aprobado por el Consejo Nacional Electoral, mediante resolucion PLECNE-9-30-12-2008, 30 de diciembre del 2008, establece: "Normas complementarias en la inscripcion de candidaturas a una dignidad de eleccion popular: d) Para la In:Inuit° N35-227 c Ignacio San Maria Coninutador: 2454-253 2242-284 Quito - Ecuador r. 00- eAtPUBLICA DEL ECUADOR i COZSOCAlgrION4 faCZORAL TRIBUNAL CoNrENcioso ELECTORAL NC CI minacian de la mora de los deudores de los organismos SWoleiFitfavA Ge 4 ‘.1 ML rara la misma a la fecha de inscripciOn de su candidatura y bastara la cert ci6n del tesorero de la entidad correspondiente, de que el deudor este en morail alvo que, antes del momenta de calificar su candidatura, presente los 11 4 • , 4_7 It. — ; -rc juStIt113 ivos del pago correspondiente; y f) Las personas que tuvieren pendientes iones administrativas, juicios contencioso - administrativos o tributarios par SECRETARIfec con el fisco, consejos provinciales y concejos municipales, Si pueden ser idatos, mientras no exista resolucion en firme. i- IV.- CONCLUSIONES Del estudio pormenorizado del expediente y analisis de los documentos y alegatos presentados, se establece que la candidatura impugnada a la senora VERONICA ZORAYA SANCHEZ CARDENAS, no esta inmersa en ninguna de las Inhabilidades prescritas en el Instructivo para la InscripciOn y Cal ificacion de Candidaturas, mas aim que la documentaciOn presenta corresponde a una copia del Titulo de Credit° otorgado par el Secretario General del Municipio de Pedro Mocayo, sin que conste en la impugnacion la certificaciOn emitida por el tesorero de la entidad correspondiente, conforme lo dispone el Instructivo en su Art. 14 literal d); por lo tanto es criteria de esta Asesoria Juridica se deseche la solicitud de impugnaciOn solicitada, y se proceda a inscribir a la senora VERONICA ZORAYA SANCHEZ CARDENAS. Hasta aqui el informe Juridico para su conocimiento y del Pleno de la Junta Provincial de Pichincha. Atentamente, JUNTA PROVIIICK ELECTORAL DE PIONICIIA RECEPCION tr, Dr. A ei aramillo Ases r Juridico (E) ................. ............ Horc.th.41.2-9. ....... ........ Rea*" Enviado .................................. Inaquito N35-227 Ignacio San Maria Column:KW: 2454-253 22.12-2X4 Quito - 4 cmor al — -fltIBUNAL coNIE.NCi0bObL.C7c)R44 TRIBoNAI CONTENCIOSO ELECTORAL F11.131 IC ECUADOR SECRETARIA GENERAL UNTA PROVINCIAL ELECTORAL DE PICHINCHA y., 5 C.RETARIA \E 4- 10 de Febrero de 2009 o No. 005-JPEP-S Doctor.Alexei Hoyos Jaramillo ASESOR JURIDICO (E) DELEGACION PROVINCIAL DE PICHINCHA DEL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL • En su Despacho.Senor Asesor: El Pleno de la Junta Provincial Electoral de Pichincha en sesiOn realizada el dia de hay 10 de febrero de 2009, resolvio disponer: Que, el escrito de impugnaciOn presentado por el Presidente Provincial del Partido Socialista Frente Amplio, en contra del senorita Ver6nica Sanchez Cardenas, candidata a Concejal Urbana en Tercer Puesto del Canton Pedro Moncayo y los documentos anexos; asi como los escritos de contestaciOn y pruebas de descargo, presentadas por la candidata impugnada, pasen a conocimiento del senor asesor juridic°, de la DelegaciOn Provincial de Pichincha del Consejo Nacional Electoral; a fin de que, en el plazo de 24 horas se sirva presentar el informe juridico respecto a los presentes casos, para conocimiento del Pleno de la Junta Provincial Anexo el expediente en 69 (Sesenta y nueve) fojas. Atentamente, Ab tTeI. Melo SECRETARIA DE LA JUNTA PROVINCIAL ELECTORAL DE PICHINCHA SESOR PFtESIDENTE DE LA JUNTA PROVINCIAL ELECTORAL) PICHINCHA; qft, ICA ZORAYA SANCHEZ CARDENAS, ecuatoriana, mayor de'kW' : soltera, con dotniciliado en Tabacundo atentamente dentro deltriiiiaNallooso accreRAL respondo la impugnacion presentada a la inscripcion de ml VitidiiratfaA GENERAL jáiiI a dad de Concejal Urbana en Tercer puesto del Canton Pedro Moncayo de provm a de pichincha, representando a la Alianza sociedad Patrietica "21 de 3; y, Izquierda Democratica Listas 12. SECRt 4Zfoja Id • FtEVANCHISTA Y POLITIQUERA En varias oportunidades por ml afan al servicio al pueblo participe dentro del Consejo Cantonal Pedro Moncayo habiendo participado en la anterior elecciOn por el partido Socialista. En forma pueril se ha orquestado esta impugnacion descabellada tanto en la moral y en to juriclico, por los siguientes hechos. I. Como ciudadana ecuatoriana he escogido una alianza de movimiento ciudadano del Canton auspiciada por la lista 3 y 12 de partidos conocidos. 2. El titulo de credito N° 686-TC-MPM-09, jamas me flue notificado por lo que es un titulo que asonaa con fraude ya que presupongo se tmta de cobro de dietas en que el departamento seria el Unico culpable es decir se ha violentado el derecho constitucional de la legitima defensa ya que reitero jamas he sido notificada de ninguna deuda. 3. El Art. 11, del Instructivo para la Inscripcban y Calificacion de Candidaturas; Art. 11.- Requisites e inhabilidades pars Prefectos y Viceprefecto, Alcalde Municipal y Concejales Municipales: Inhabilidades b) Ser deudor del organism° seccional correspondiente, a la fecha de inscripci6n de la candidatura:..." A confesion de parte relevo de prueba la misma impugnacion se basa que debo ser deudora del organismo seccional al momento de la inscripcion de TM Candidatura como Concejal el 3 de Febrero del presente alto este hecho que se podra comprobar en la misma Junta Provincial Electoral de Pichincha. Este hecho es mas claro que la propia Iglesia del Parque Central de Tabacundo ya que en la propia imptignacien consta un documento de deuda con fecha de etnision 4 de febrero del 2009, demostrando de esta manera que se trata de tom falacia inmoral inventindose hechos que tendran que responder ante la justicia luego de TM triunfo electoral porque conocen que en las urnas jamas sera derrotado En caso de ser necesario sefialo el N° del casillero judicial 609 perteneciente al Dr. Milton Altamirano Herrera como profesional mis intereses. RECEPCION Firmo con mi abogado Defensor. Dr. ALtfl rano H. MAT. PROF. 11657 C.A.P. Adiunto documentacion de lo exouesto. Fectuu... Hort • ... &ti:. R&M° an:U. Envie to:cgs r- •!:/Ze..414 Inge Veronica , "an C.C. 171852138-6 ' NOtA:. t AdIclonal a las fotograflas constantes en este formulado se entregara (2) dos fotogmflas,latnano carnet a colores; si es y al rev consignarit daramente: nombres y apellIdos del candIdato, Organizaclad Politica Suspicion* dIgnIdad a la quo se postula yiyidscliadon.11- ELE C ER TIF IC AC ION Certain) quo la docurnentacion constant° en 43 fojas Ohlos, teas f C3 QL) fotografias fue Rprese el dia 3 a chided de EI.ECTQRAL; di k t—OF (- 7 "1' de SECRETARIA rat 1 „fl 9 014 * ECRETAR 0 JUNTA PROVINCIAL ELECTORAL stcc:::AR:A _ N OT IF ICAC lo N RAZONI: Nannette las candidaturas quo anteceden a Ls Organizaciones Politicas, a traves de los casilleros electorates y en la cartdera para notilicacion I dlica dispuesla par el efecto en este Org a us run nI dia de SECRETARIO JUNTA PROVINCIAL ELECTORAL 0BSE RVAC ION ES: de 2009, a las tioras CONSEJO NACIONAL ELECTORAL 77 ELECCIONES DEL 26 DE ABRIL DE 2009 * rm., re, ' ----k- ----ye -4V---7-; :et,. • t -"•*Z1 ( 0 00....orit 1-"" Provincia: cne Rcafaidia i• FORMULARIO DE INSCRIPCION DE CANDIDATOS PAFtA Fir( u u NUA .r. CONCEJALES URBANOS (3) JRIbJN4, SE J ' ^ 00LoEturriri.4, , r..GATENC/050 c b tub a, Para fion,10, Cantdon.:- ta (7)• De Cont* tas erkTIToincen de 'fra q ö Consta(n)kiciiihrit4scitn: di arc"-, /I J1 n de la Reptiblica, la Ley Organica de Elecciones, su Reglamento y las Normas Generates para las Elec nes Constfiu • la Reptibfica, solicito(amos) la InscripciOn de I s ca os) sujeto(s) politi (s) I 1 RIA /;taiL Colv REFILESENTANTE 0 ATODCRA00 EsncIAL ES 'V APE IL PELteci DEL SEPTISUNTANTIOSPODERACCESPECIRL Li MUSD! c : -2 /2 eria e , a nuaiDo MOMS sl)McmiPENTO Pal lico s A 9VoeAft Zee* A PATitioo i al Ico TkoMONATTENTo PcsITLCO 0 its Mr MnsVAPFLLlobs. E., 1111111111-11 * ILISTOR ES Y ATELL1005001REPREsENTANTE 0 AroDERA00 ESPECIAL [ CEDILLA OC CPuOnnANIA PARTIOO C MLA PDE MCADAMS T POIInCO Too uomulLmTo Talmo / ARTtoo Talmo wo IATTLeAnENTo caltico I. En el caso de alianzas: 1) Se requiere las fumas de los representanles de las Organizaciones Politicas aliadas. El orden de las organizaciones coaligadas que antecede, es el que se utilizara en el proceso electoral, y constara en la papeleta electoral; 2) Para el etecto de que los sujetos coafigados hayan adoptado un nombre que aglutine la Arlanza. deberan indicar la denominacion de la misma. en el siguiente espacio: CERTIFICACI CERTIFICO (AMS Movimiento P SECRETARIO DEL PARTIDO 'I/O MOVIMIENTO POLITICO los candid.es sta en este fe ulario, son auspiciados de conformidad a los Estatutos del Partido Politico y/o LISTA "STA Eg416,14. ::::11 Poe :11-4441° E HI 1 11± 1197 oat9m) gisitroTIA s '2/ /1-& h. T 6-- OMITRE3 !AMMO!. Lac.-4. lIg l erel e tri gliT51-111 CLITULA Of C1,060flas %vn/2 a A ciartez>c4 A 17c,to Di Er a Parma Politico 00040sAp*AIo rniTico /ITTT nETO eal VICO Tfo mower LISTA w f. y TkunRES APR LIDOS 1 - I 11- I 1 ML ,Ttgiusflio.del,CNE - • -%-r.t...:1; ctouLk DE cluDADANIA TITLIALIRES P SPELLMOS H 1 C Outfi of clutroods H CANDIDATOS: . 53, 67 LOE y Art. 4 incise final del UT, aceptamos expresamente estas candidatures y bajo juramento dedaramos no hallarno De acuerdo a los incursos en alduna de las prohibiciones e inhabilidades determinadas par la Ley y la Consfitucion. Ails. Sr. '7", „,"40. it SUPLENTE ' PRIMER PRINCIPAL - Zals ko 'Et_ ,ffalt 12Alslz1212]-fdl l n a paperela so .scritor A 111 loAlgicy1110F6J-I31 ii 3 Oca,.cece5. Ingress sol Ms onlbr S quo con CANDIDATO PR NCIPAL (Mau c dula) SUPLENTE SEGUNDO PRINCIPAL --h/cro -,v4soe [ I 11-16.,f.1 lec st&tom e n MI li tnbi on Ill papelrli 0 050 I 1 LID 1 000a000 cl0000AsA A CANDIDATO PRINCIPAL (Maxtrn 10 cat.' re" ligrese sol os ombres clue Cousin e su c dula) TERCER PRINCIPAL %,"0/2/CCI APE 111005 ya iizyr c7/7ixs , A 1/1?IiL8),#,A11g13181-16) n i Ito pAptl : eS• obit aw ifeir6liciakiSiglinicihiczi CANDIDATO PRINCIPAL (M o 30 caracl r Car/ossit/Is re: Cei //cV Ile ES PIM° SG DApARren-P-1 1{17L01-718I6 ores solo los nombres clue con la en Su [Mural, cOLA IH 1r NOTA: Adicional a las fotograffas constantes en este formulazio se entregace (2) dos folograftas tame°, carnet a lores: en atlas T sai rays's consignare claramente: nombres y apellidos del candkiato, cirganizacion politica auspiciente, dignidad a la WA, se Postula CONSEJO NACIONAL ELECTORAL op-?—< ELECCIONES DEL 26 DE ABRIL DE 2009 FORMULARIO DE INSCRIPCION DE CANDIDATOS PARA CAE.L.n. CONCEJALES URBANOS (3) IRIBUNAL ON" NOOSO EEL C if WAI. Provincia:_qcslu'inf_hc„, (-71 Cantdart— - ... V ) (Ore d In% 0' STFCRETARIA GENERAL • . C.,... fo da la Rikiq uci6n de la Reptiblica, la Ley Organica de Elecciones, su Reglamento y las Normas Generales para las Elecciones WcOnmfirkca) nsic" lljseiestaVerrel•112baimen de Constitui la Remit:dice, solicito(amos) la Inscripcion de I s - • - • as) sujeto(s) politico(s) que.consfir(n)apOryitinuacior , I . r 1RIK stiocogitto._ i . r Al e ea& 190 TANTE °Amor moo ESPECIAL 71 0Fr- 1, 3 o Lg_13 I:Mil CtInA OF VUOMWM r eldi f YUedd 7 DE aUtbrayth zi deernno c)C 4- Animal Oft RerFESENTANTE OArootRADOIESIICOL aa;r12 a A 1-W0e A A 7ere4 p In7100pOLITCommomultefroecOnco - PunDOPoLITKO wouovIMENiiI alta 0 I. p NomBRES ArEllipoS Lift RFPREs NTAMTE 0 APMERAno ESPECIAL I 1 I r+omBREs YAPECLELOS OIL RE REUNIANTE 0 APODINADO ESPECIAL L AIE JDAN,A 1 I I-1 I C p maim oonco PLO MoyminIn potthCO a Mu of cluDADMIA p y M100 LxttLCo ,o movim000 MOM° En el caso de afianzas: 1) Se requiem las firmas de los representantes de las Organizaciones Polificas aliadas. El orden de las organizaciones coaligadas que antecede, es el que se utilizara en el proceso electoral, y constara en la papeleta electoral; 2) Para el electo de que los sujetos coaligados hayan adoptado un nombre que aglufine la Alianza deberan indicar la denominaci6n de la misma, en el siguiente espacio: CERTIFICACI iN DE SECRETARIO DEL PARTIDO Y/O MOVIMIENTO POLITICO CERTIFICO (AM Movimiento P los candid es en este f ulario, son auspiciados de conformidad a los Estatutos del Partido Politico y/o SFr% . S 4Ef2&RA. .4QpinILZPRO TI 506E9 E. mouenf v•PELLN303 CEDILLA CILCADAMA 6 figib<7.1-.44 dog Dif: ENErgo Lott.> ro-roirictswrompti cEDULA of aUDAWAIA a..47ei;n2 a A jraec>ed A 774 MRTicio Poll lice PLO 1.10~Ftiro potliico n n °MIRES y AVELLIOas CEO/LACE CW00004A CANDIDATOS: De acuerdo a los Ails. 53, 67 LOE y Art. 4 inciso final del RT, aceptamos expresamente estas candidatures y bajo juramento declaramos no hallamor incursos en alguna de las prohibiciones e inhabilidades detemunadas por la Ley y la Constitucion. PRIMER PRINCIPAL / 0c- ci a /7/7 11/75 // 0 cute /-1 0 /CO ArauCos /fre7/0: -r z ci-7-7610YFie /o7u p.rjuNAt_ Co' ;ENCIOSO ELECTC:AL osIlissIsflN , 12 J21211111117 -do-V/181810 6 - 1 31 Igill CIOULADE OUDARAION ml Mi no.00cc en Ii Pareleta A 1 n CANDIOA10 PR NCIP L (Maxon° 30 careCleres, I grese sal Ins nninbres go cooslnensor, Rol.) SUPLENTE SEGUNDO PRINCIPAL 1%747- Ica Copliclo Cacht zie&I) (-gal ze./.574i0 till ill f 1:1704S0( 111 1 1618i-L21 01 H 171 CCOLIA Of aulsoOmMA MilleIttle l HIH1111111111- 1 laululiii-lelt/151/lifoi 1 s lo e s. solo en a FRE/skis CANDIDATO PRINCIPAL (Meson Soc ad, Fe r ' In S II coo. Ia pis SIIC Iota SLIPLENTE TERCER PRINCIPAL , 2/C—Ct 1;10/ ookeeos r exya fic-/ce.z 5 Aer fleolt cmys fiL71/18161.?2,13185-Igi MI ORRIN° en le Ropeklause escnbo aas. ectSifo le I- 11E31 /11,24 Z 1/175 Z‘ZkV ES 7/10 wresiv -1----€1‘.1421War [CtiA 0 rr7eRT.616 if e1, 1 ,5 1 ,17141 1- Isk In iclh l elz 1 1 1 f 46111 [ CANDIDATO PR NCIPAL (Mesons 30 Oared len,' gres solo los nolelsres gue Candle en su eedulel NOTA: Adiclonal a iag fotograffas constantes en este formulario se entregare (2) dos fotograffas tarnaho carnet a colores; en ellas.y .al revers ' consignaret clararriente: nombres y apelhdos del canclidato, Organizackon Politica ausplciante, dignidad a la que se postula yfurisdicdOn.: . „ st, C\.... 0107,411-7 / 7 R-,--.....%....... ...... '‘.,)‘ 1RIBLINAL r ovEtc o o . ag _J Tabacundo, 09 de fcbgsol dskano Hutu. I S3/4 i '!C AL SECREIARIA GENERAL uguillin E DEL CANTON PEDRO MONCAYO De ml consideracion • Yo Veronica Zoraya Sanchez Cardenas con cedula de identidad No. 171852138-6 solicito una certificacion de la fecha en la cual he sido notificada como deudora del Ilustre Municipio de Pedro Moncayo, ya que me han emitido tin titulo de credit) el 04 de febrero del presente tulo por $ 905.83 &dares americanos. Por la favorable atencion. Atentamente ronica S. C.I. 171852138-6 Trig. V5) 4 8 --*-r-s hei lilt . VW-A-P_ 1 TRIBUNAL CONTENCIOSO ELECTORAL S ECRETARIA GENERAL RE PI In DL I. ( DOR UNTA PROVINCIAL ELECTORAL DE PICHINCHA VINCIAL ELECTORAL DE PICHINCHA.- Quito, 7 de febrero del 2.009.- Las TM.- El escrito de impugnacien presentado en la Secretaria de la Junta Provincial Pichincha el 7 de febrero del 2009, a las 14H45, en 3 fojas Utiles, por el Dr. Rafael 6pez, Presidente Provincial de Pichincha del Partido Socialista Frente Amplio, en e la senora VerOnica Zoraya Sanchez Cardena, candidata a Tercer Concejal en la lista ncejales Urbanos del canton Pedro Moncayo presentada por la Alianza Partido Sociedad PatriOtica 21 de Enero-Partido lzquierda Democratica; y, conforme lo establecen los articulos 56 y 57 de las Normas Generales para las elecciones dispuestas en el Regimen de Transicien de la ConstituciOn de la RepOblica, publicadas en R.O. N° 472, de 21 de noviembre del 2008, en concordancia con el Art. 19 del lnstructivo para Inscripcien y Calificacien de Candidaturas aprobado por el Consejo Nacional Electoral mediante Resolucion PLE-CNE-9-30-12-2008, de 30 de diciembre del 2008, el Pleno de la Junta Provincial Electoral de Pichincha, en sesiOn de 7 de febrero del 2009, RESOLVIO: Aceptar al tramite el escrito de impugnacion presentado por el Dr. Rafael Quintero L6pez, Presidente Provincial de Pichincha del Partido Socialista Frente Amplio, en contra de la senora Veronica Zoraya Sanchez Cardena, candidata a Tercer Concejal en la lista de Concejales Urbanos del canton Pedro Moncayo presentada por la Alianza Partido Sociedad Patri6tica 21 de Enero-Partido lzquierda Democratica, conforme lo dispuesto en los articulos 56 y 57 de las Normas Generales para las elecciones dispuestas en el Regimen de Transicion de la Constitucion de la Repablica, publicadas en R.O. N° 472, de 21 de noviembre del 2008, en concordancia con el Art. 19 del Instructivo para Inscripcion y Calificacion de Candidatures aprobado por el Consejo Nacional Electoral mediante Resolucion PLECNE-9-30-12-2008, de 30 de diciembre del 2008, y correr traslado con el expediente a la candidata impugnada y a la organizacien politica que representa, a fin de que, en el plazo de 24 horn, contados a partir de la notificacion, presente las pruebas de descargo.NOTIFIQUESE.- f) Ec. Jorge Benitez Zapata, Presidente, Sra. Blanca Chamorro Frias, Vicepresidenta, Sra. Elid Jacome Uvidia, Daysi Nunez Puruncajas y Sr. Juan Changoluisa Cuzco, Vocales de la Junta Provincial Electoral de Pichincha.- Certifico.- nela A Ia Flores SECRETARIA GENERAL RAZON: La providencia que antecede fue notificada el dia 8 de febrero del 2009 a las 17H00 at Representante de la Alianza Partido Sociedad Patrititica 21 de Enero-Partido Izquierda Democratica y a la candidata impugnada, en los casilleros electorales de las organizaciones politicas.- Certifico. A Gabriela M o Flores SECRETARIA GENERAL 68 r 411 852 138-6' r a 40 PARTIDO SOCIALISTA - FRENT-ottiO CONSEJO PROVINCIAL DE PlietillgtftiosoatooRAL Sr-DInt(.41ZI1 RESIDENTE DE LA JUNTA PROVINCIAL ELECTORAL DE A: EL QUINTERO LOPEZ en ml calidad de Presidente Provincial del Part ocilaista - Frente Amplio, y como tal su representante; ante usted y los ores Miembros de la Junta Provincial Electoral, con todo respeto, encontrandome dentro del terrain° establecido en el Art. 19, inciso tercero del Instrucitivo para la InscripciOn y Calificacion de Candidaturas, emitida por el Concejo Nacional Electoral, ante ustedes comparezco con la siguiente IMPUGNACION DE CANDIDATURA: • 1. La persona impugnada es la senora VERONICA ZORAYA SANCHEZ CARDENAS, quien ha presentado la inscripciOn de su candidatura para la dignidad de Concejal Urbana en Tercer puesto del Canton Pedro Moncayo, de esta provincia de Pichincha, representando a la Alianza Sociedad Patriotica "21 de Enero" Lista 3; y, Izquierda Democratica Listas 12. 2. La presente impugnaciOn la realizo en ml condiciOn de representante del sujeto politico Partido Socialista — Frente Amplio, at haber sido notificado en el Casillero Electoral No 17 con la inscripciOn de la candidatura mencionada. 3. La senorita Veronica Zoraya Sanchez Cardenas, no pude ser candidato a la dignidad de Concejal Urbana del canton Pedro Moncayo, por encontrarse inmerso dentro de las Inhabilidades, del Instrucitivo para la InscripciOn y Calificacion de Candidaturas, emitida por el Concejo Nacional Electoral mediante ResoluciOn PLE-CNE-9-30-12-2008, por las siguientes razones: • La senora Veronica Sanchez Cardenas,_ es deudora dell. Municipio de Pedro Moncayo, en tal virtud es deudora de Estado Ecuatoriano, segtin consta de la certificacion que acopano, contentiva en el Titulo de Credit° aan no cancelados por la dudadana, cuyo valor es: Titulo de Credit° No. 686-TC-MPM-09, por el valor de 905,83; dOlares de los Estados Unidos de Norteamerica; situaciOn que le inhabilita para inscribirse de conformidad con lo que dispone el Art. 11, del Instrucitivo para la Inscripcion y Calificacien de Candidaturas, el mismo que para su mayor criterio me permito transcribir: "Art. 11.Requisftos e inhabilidades pan Prefectos y Viceprefectos, Alcalde Municipal)' Concejales Municipales: Inhabilidades b) Ser deudor del organism° seccional correspondiente, a la fecha de inscripciOn de la candidature: ..." 4. En tat virtud senores miembros de la Junta Provincial Electoral de Pichincha, con los razonamientos hechos, hemos demostrado fundamentadamente, nuestra impugnaci6n, por lo que solicitamos a ustedes TR tu_NAT PARTIDO SOCIALISTA — FRENTE AMPL(4-,_ litt3aNA/ CONTENCIOSO ELEC CONSEJO PROVINCIAL DE PICF3INCWIUNA CENER tada en todas sus partes y se deje sin efecto la inscripci6n de la ra de la senora Veronica Zoraya Sanchez Cardenas, a la Urbana deli. Municipio de Pedro Moncayo. it •e No. clones que me correspondan las recibire en el Casillero Electoral correspondiente al Partido Socialista — Frente Amplio. • Par ser legal nuestra impugnaciOn, firmo can ml Abogado defensor, a quien autorizo expresamente suscribir cuanto escrito sea necesario dentro del presente tramite. JUNTA PROVINCIAL ELECTORAL DE RHO* g o Thooles- V? -Y k . + - i1: if - 062- -Q0 Goa: Fea " 14 on:. REEnviado gawks., 3 .•3 Y, • /)/ (1.-.c&i.i.t.a ii Cy "' f• OVEN:: ILUSTRE MUNICIPIO DE PEDRO MONCATO DEPARTAMENTO DE RENTAS COMPROBANTE DE COBRO CLAVE CATASTRAL TITUL CI e f.CWOlti,Itl :PA GEN FECHA DE EMISION: •-:,1;:',.r:7"r•Ar.ne!,::-Zr "Cry. ."‘ Tr.:*/ V 'rf; , 7 •:::•S:041Febt720P9:4' ' ;i: NOMBRE \ . ON SOCIAL TRIBUNAL CONTEN .--:.686.-TC-MPM-09L: i DIRECCION c.i / RUC. "rr-grem'int•Vr',717917,1,2,:mze!4,7.r.Ttrrpt. .c.,:yn-g- ;;A,LiAratilicawAY,;:llkenl,,, ..... vt, Ptofit "blistni~:Y"ri7-7 :Elc., ,:/i i -- fe rVgyl-;,1fir 4BASE IMPONIBLE 1r: CONCEP 9 .6 TA igi,7,-- : .. -awitoogignakeireticerfetcresetWortieliiiirper7dIVIiereielleireia lie de a ilete's..69fraiiaidieliie kj.:, t . . ofiiditii*raan'Oeiedelidioieliiiiiiiiiii aWiitre*detyl;iie148 21,64erdieeilfot:thidede iciaiiiitiaie:.;iFyw ncI,rQ 51'00P..nt,MAT6r.!,Pdo.N0,:.91rtt*!,4.0(;frtij 03 4e..febi:ora.v:.::,..-„k. Of ' -11011eCi'M Cti MOM,' osoto , iietilicerfoiite west I-8816,fd,O46,618, Tit G9bitiriTio::": inekdit2lree - •.:: ia.i'e$0102koc4titdefeefitisq" rithi ??4:•::-, ,: . P.-.:744A;lithzoi:100,,,lens}1,64:p?../LY!:%vs, Maele4jkdeio,iiiteitearii- Melleeye;5 1:':tzi.g".M''':;'' ' N • ft. _ Cc AA PARTIDA 113.98 O.. `e,":r Ar• 1 VALOR DENOMINACION CUENTAS POR COBRAR ANOS ANTERIORES PROCESAMIENTO 905.63 0,20 905,83 SUBTOTAL DESCUENTO RECARGO INTERES TOTAL 0 0.00% 0.00% -_ DI -..t. 01(FINANCIERO CL2( - TESORERO , •• COIMERNO lnICIFAL SECRETARiA GENERAL: LS REL tIC•P!:, •A• • r 06n y-le°4 AliAlmi • A A• ; I CV= P POS,A EN A MON(7,1C:, ,i•Da A ;4•0 111VOS DE LA INSILIIK.ADA! ieio. . a Elia . 2 CONSEJO NACIONAL ELECTORAL /61,7 ELECCIONES DEL 26 DE ABRIL DE 2009 Mr? CONCEJALES URBANOS (3) Pro:wind y (7iCk `meh aivocece:z47 exa_ usous Ck fFiei"rili ThELNO Canton: (9 Ouro ••=-•.‘1:,, AR/ 4 n de la RepOblica, la Ley 0 De conga:n*1aq on la institucion d dispAttaSen eliRegimert deaa 'cion de que consta(n) continuation: itIN , s„,,‘ es ,c,LAIL-KAL Ica de Elecciones, su Reglamento y las No les para las Elecciones ) sujeto(s) politico(s) solicito(amos) la Inscripcien de s ca idaturas del nAtIr/ COL/0 0 CLSL f do r- 91 a 0rci Sae rciadctirtfe , chborrd 11 CrOULA OE OIJOADAI4A an €) Ewa c.4 At ---no4 12_12-cf, memo ecttnco moviwurro painco PART100 POLITICO1SO PAOSIMIENTO POLITICO o TT I ESP NOMMES ...FELLOW. REPRESD4TANTE 0 APOOEPADO ESPECffit clouts De Cl(OADANIA PISMO° I 1 [ Pall1CD +to MOMIENTO painco ECIAL 1 PART100 POLITICO Y/0 MOVIMIENTO POLMCO S. En el caso de alianzas: 1) Se requiere las firmas de los representantes de las Organizaciones Politicas aliadas. El orden de las organizaciones coaligadas que antecede, es el que se utilizara en el proceso electoral, y constara en la papeleta electoral; 2) Para el efecto de que los sujetos coaligados hayan adoptado tin nombre que aglufine la Alianza, deberan indicar la denominacion de la misma, en el siguiente espacio: CERTIF1CA SECRETARIO DEL PARTIDO Y/0 MOVIMIENTO POLITICO tes en este formulario, son auspiciados de conformidad a los E CERTFICO (AMOS): Que los cand Movimiento Politico, participant del Partido Politico y/o reja4“)-a-,..,A NOUSRES YAPELLIDOS ft 42a vce""12 2 s- jrPre-AA7reC, PSIS TIDO p ounco Via MOvIPMEN TO POLITTC 0 LIST NOMSRES Y APEIATOCG C DULA DS CJUDADANIA PARTDOCCeCCO VAS IACSIMIES110 palm° ( 10 C DULA DE CIUOAOA IAA ctouu De CIUDACIAMA PASSIM POLITICO Y10103VIMIENTO pounco CANDIDATOS: De acuerdo a los Arts. 53. 67 LOE y Art. 4 inciso final del RT, aceptamos expresamente estas candidaturas y bajo juramento declaramos no hallamos incursos en alguna de las prohibiciones e inhabifidades determinadas por la Ley y la Consfitucion. , PRIMER PRINCI AL ' 7,7/5 d-zw, - ri/ TRc LE'„] e c%1Ar tm" cci .i...ufEl ISO Etr _RA1 I/ 0 itt JE:te itSP ...Tomb:A -tiNtitiAL CO CC, 8 810 Oats ix ClUDADARA Mi nerNee to Is papetes se extra ase 0 r- 0 ci 1 6 13 a • CANDIDATO PRINCIPAL (Misim0 10 carottoret Ingress solo Its nombr a quo consta en sir cedilla) SEGUND RINCI AL 7 an a5 6 01816 ODULAGE muonimar. 8 0 CANDIDATO PRINCIPAL (Max,,,, 30 carnet res. ingress solo los nombres quo con la en su cedula) TERCER PRINCIPAL Zi -r-C2/7/ --SUPLENTE c CZ2 ota NONIORE1 re C/I7 chez lardedus aPFLUDOS Zar/oS Z ats /z/7ckre'RAs ERIS te 17COnfre on DULA 050 Nara Rd l a eapelela se esmbira as, CANDIDATO PRINCIPAL (Maximo 30 caracl res, uprose solo los nombr 5155 coasts en su c dula) NOTA: ote - it - sy'apeffidoe • etas seaPseverso se postai yiunschco 3-4{ CERTIFICACION Certifico quo la documentacion constante en ELECTORAL de la ciudad de A*) bias Utiles, mas fotografias fueron prose el dia QkSk. .3 de fe. horn. SECRETAR 0 JUNTA PROVINCIAL ELECTORAL NOTIFICACION nteceden a las Organizaciones Politicas, a haves de los casilleros electorales y en la cartelera para n este Organismo, el dia .4...de --Y eer-< C7->-co rrEl; 10 CI JUNTA PROVINCIAL ELECTORAL de 2009, a las /8711011oras. 11-6 n hex% tit 00r-e- co TRIBUNAL (-ONT .:NOM° eLLCICAL "RIK ,IAI.CONTENCIOSO ELECTORAL S r:C.;;EIARIA GENERAL WHIM A DLL FA1 A DoR NTA PROVINCIAL ELECTORAL DE PICHINCHA Quito, 16 de Febrero del 2009 Oficio N° 013-JPEP-S Doctora Tania Arias Manzano PRESIDENTA DEL TRIBUNAL CONTENCIOSO ELECTORAL En su Despacho.Senora Presidenta: El Pleno de la Junta Provincial Electoral de Pichincha, en sesien de 15 de febrero del 2009, resolvi6 conceder el recurso contencioso de impugnaci6n presentado en la Secretaria del Organismo, el 14 de febrero del 2009, a las 11H40, por el doctor Rafael Quintero LOpez, Presidente Provincial de Pichincha del Partido Socialista Frente Amplio, a la calificaciOn de la lista de candidatos a Concejales Urbanos del canton Pedro Moncayo por la Alianza Partido Sociedad Patri6tica 21 de Enero-Partido lzquierda Democratica, en la cual consta la senora Ver6nica Sanchez Cardenas. candidata a Tercer Concejal Principal. Por lo expuesto sirvase encontrar, senora Presidenta, en 22 fojas Utiles foliadas y rubricadas por esta Secretaria, el respectivo expediente, a fin de que el Organismo Superior resuelva lo pertinente. De la senora Presidenta del Tribunal Contencioso Electoral, Atentamente, Abff C bnela Melo Flores SECRETARIA GENERAL DE LA JUNTA PROVINCIAL ELECTORAL DE PICHINCHA Adj. Lo indicado 7 n2130NAl 05 L CONTENCiUSO ELECTOi;AL SittifAMA GENEIIAL RECIBIDO EL DIA DE HOY LUNES DIECISEIS DE FEBRERO DEL DOS MIL NUEVE 1LAS DOCE HORAS CON VEINTE MINUTOS CONSTA DE UF NTE EN VEINTE Y TRES FOJAS Y UN OFIC10.- CE toga A , areei TRIBUNAL COMIC11080 WIC701101, TRIBUNAL CONIENOOSO ELECTORAL SECRETARIA GENERAL RAZON.- Siento como tal que realizado el sorteo, esta causa le correspondiO al Dr. ARTURO DONOSO CASTELLON Juez del Tribunal Contencioso Electoral, Ingresa con el Weimer° 061 - 2009.-CERTIFICO Quito, 16 de Febrero de 2 9 TC40( TRIBUNAL TRIBUNAL CONTENCIOSO ELECTORAL L'174 R IA , sec RET ARIA GENERAL RECIBIDO EL DIA DE ROY LUNES DIECISEIS DE FEBRERO DEL DOS MIL NUEVE A LAS QUINCE HORAS CON CINCUENTA MINUTOS, CONSTA DE UN EXPEDIENTE EN VEINTE Y TRES FOJAS, INGRESA AL EXPEDIENTE 061-2009 AD-AM.- CERTIFICO. AB.IVONNE COLOMA PERALTA SECRETARIA RELATORA ENCARGADA n‘y (63 s‘.) 'UtIB A TRIBUNAL CONTENCIOSO ELECTORAL S C MARIA GENERAL Quito, 17 de febrero del 2009. efisor Arturo noso Castellon --317EZ DEL TRIBUNAL CONTENCIOSO ELECTORAL. Presente: De mi consideracion: Reciba un atento y cordial saludo, y a la vez deseandole exito en las labores que usted desempeiia, el motivo de la presente es para dare a conocer que para el caso de la Seilora Ver6nica Zoraya Sanchez Cardenas se ha designado el casillero del Tribunal Contencioso Electoral N.- 9 por la Alianza 3-12, donde se receptard las pertinentes notificaciones o providencias del caso. Por la favorable atencion a la presente, anticipo mi agradecimiento. Atentamente, Ing. Veronica Zoraya Sanchez Cardenas C.0 171852138-6 PRESENTADO EL DIA DE HOY MARTES DIECISIETE DE FEBRERO DEL DOS MIL NUEVE A LAS D1ECISEIS HORAS CON QUINCE MINUTOS, CONSTA DE UN ESCRITO EN UNA FOJA, INGRESA AL EXPEDIENTE 061-2009.- CERTIFICO AB.IVONNE COLOMA PERALTA SECRETARIA RELATORA ENCARGADA •.._ s6 R cor4Thr rDRAt 1RIBUNAl rauENfliosua:clua4 Dr. Arturo J. Donoso Castellon Miembro Tribunal Contencioso Electoral MUNALCOgiENGOSOUICMRAL SECRETARIA GENERAL 1-2009 11311:. ONTENCIOSO ELECTORAL.- Quito, 18 de febrero de 2009.- Las 11-1"1120.-6V TOS: Avoco conocimiento del presente tramite ingresado en -ffStekttepr. General de este Tribunal, en veinticuatro fojas, tengase en cuertfa su contenido.- Pasen los autos para sentencia del Tribunal.uese a Rafael Quintero Lopez en el casillero electoral No. 17 y a la senorita Ver6nica Zoraya Sanchez Cardenas en el casillero judicial No. 609 del Palacio de Justicia Quito, sin perjuicio de su exhibici6n en la cartelera que para el efecto se neva en el Tribunal Contencioso Electoral. COmplase.TR 11: Dr. Arturo J. onoso Castellon Miembro Tribunal Contencioso Electoral Certifico, Quito 18 de febrero 2009 Ab. lvonne oloma Secretaria Relatora Encargada y),_ 0 UO2:2" PARTIDO SOCIALISTA — FRENTE a Nal (lI^IfENCIOSY AMI-F:1CIC E CONSEJO PROVINCIAL DE PICHINGEHA VOCALES DEL TRIBUNAL CONTENCIOSO ELECTORAL: pi,A2AFAcet UINTERO LOPEZ, en mi calidad de Presidente Provincial del JSartjfr So sta-Frente Amplio, en relaciOn al Recurso Contencioso Electoral de ti lltipugw On No. 061-09- Dr. Arturo Donoso, propuesto e contra de MAAS ya Sanchez Cardenas, candidata a la dignidad de Concejala del o Moncayo, ante ustedes comparezco para manifestar lo siguiente: canton PRIMERO.- Notificaciones que me correspondan las recibir() en el Casillero del Tribunal Contencioso Electoral No. 3, perteneciente a nuestra organizaciOn Politica. • Por ser legal mi peticiOn, firmopor mis propios derechos, PRESIDENTE P.S-F.A PRESENTADO EL DIA DE HOY JUEVES DIECINUEVE DE FEBRERO DEL DOS MIL NUEVE A LAS DIEZ HORAS CON CINCUENTA MINUTOS, CONSTA DE UN ESCRITO EN UNA FOJA, INGRESA AL EXPEDIENTE 061-2009.- CERTIFICO - AB.IVONINE COLOMA PERALTA SECRETARIA RELATORA ENCARGADA LISTAS p ? a-1000T028 CumfAti050 ELECTOR A GENEtk,Ai Quito, 19 de febrero del 2009. oaor o Donoso CasteIlOn EZ DEL TRIBUNAL CONTENCIOSO ELECTORAL. Presente: De ml consideracion: • Reciba un atento y cordial saludo, y a la vez deseandole exito en las labores que usted desempefia, el motivo de la presente es para presentarle una comunicaciOn que tiene como fecha 10 de febrero del presente alio, en la cual me notifican por el titulo de credito sin haberme notificado anteriormente. Para las respectivas notificaciones o providencias se ha designado el casillero del Tribunal Contencioso Electoral N.- 9. Por la favorable atencion a la presente, anticipo mi agradecimiento. Atentamente, In& Veronica Sanche C.C. 171852138-6 nas PRESENTADO EL DIA DE HOY JUEVES DIECINUEVE DE FEBRERO DEL DOS MIL NUEVE A LAS ONCE HORAS CON CINCUENTA MINUTOS, CONSTA DE UN ESCR ITO EN UNA FOJAS Y UN ANEXO EN UNA FOJA, INGRESA AL EXPEDIENTE 061-2009.- CERTIFICO 4, AB. 6 11 MA PERALTA SECRETARIA RELATORA ENCARGADA 0, GOBIERNO MUNICIPAL DE "PEDRO MONMAY= TABACUNDO - ECUADOR 9 R18 A C1ON00 'r IS:iNALCONTENCIOSO ELECTORAL \-k SECidiARIA GENERAL T4bucondo 19 de tenni. ° de 2009 ETA.RIA 1,02, I HAii FL, CARDENAs VFIZON1,—.1ZORAY l'resente.- NOT1FleACiON F.1 Munition, !le Pedro Moneayo, tient a. bun nolillear a usted, y en feeha 4 dv ro nr f lehrrro del nresentc ann. se onitin un 111E 1 1.0 1111 ( IN( ; f H.Z C ()UR it, a ( di persona, po i t , so , onft:C, (NOVI' 4411 vAbw frau lideuda a ‘i U 'I i 't RES !AT , 1 dri 260N. pa,40 de las Inekas,. corres000dientus. 1fie1Itiit : it MC'S di: AkiV i, '/.04 rnde 1n 011Cif.81110% rnuiy comedidarnente out: se aceroac a caoeclar valor mencionado„ eon ia finaiidad (it; 2cstionar vierre de las cuentas pot' tobrar nue mantiene ron el Munition, de Pedro iMonea".o depariailielli0 de ECSOltria, ei tentamtnte \it NI( H'I0 EDIRO VONCAVO 7 ,• .Calle:Stiefelsiti:181:(Pai ;“Otr01)Telf:13652641165:1:Telefit . 2366;119:4viw:.edionionca .1 ' .11 1 GOBIERNO MUNICIPAL DE "PEDRO MON9-0:110015-no TABACUNDO-ECUADOR 1RIBUNAL coN3iNcroseelEv, TRIBUNAL CONIENCIOSO ELECIC P. AL ,.. --jabacundo, 16 de febrero de 2009. Lt o ' SECRETARIA GENERAL No.- Ill -DF-MPM , -..s. C ,i1 f;;.4 " .74Ingerug iii Vero& Sanchez. -; r 0 UAW: -c, /7. ? --'5 -... , De ml consideracien. En atenciOn al pedido formulado por usted en oficio de fecha 09 de febrero de 2009, ingresado a esta direccien el 11 de febrero del mismo afio, tengo a bien a usted indicar que como es de su conocimiento con fecha 04 de febrero de 2009 esta Direccion emitio el con-espondiente titulo de credit° a su nombre por un valor de 905.83 dOlares, por concepto de duplicacion en el pago de dietas por parte del Tesorero anterior Sr. Gabriel Olmedo, ante lo cual se esta siguiendo el tramite administrativo correspondiente en cuanto al proceso de notificacion por parte de Tesoreria Municipal como custodio de los respectivos titulos de credit°. • Particular que comunico para los fines pertinentes. Atentamente. 'f) Eco. tSt is Marmol B. \DIRE OR FINANCIERO 44_ MUNICIPIO DE PEDRO MONCAIMoN MO(' r t- y r-JOS° ELECTOFtAl yc odtS0 CAS7ELUIV J IJEZ RECIBIDO O //Me - '1^1 ' WV • irCh 010 , .. • . . • • • . , L. .. mubirim@cybretuathiliiie-inet. i_ \i MI ittuis 1T1 rs i co 1 lc 1 C ONTENCi0;0 :Lee 1 .1 , li V TRW ONAL CON iENCtOSO ELECT@ rca SECRETARIA GENniki. CONTENCIOSO ELECTORAL.- Quito, 21 de febrero de 2009 - Las ISTOS.- Agreguense al expediente los documentos presentados por Veronica oraya Sanchez Cardenas y Rafael Quintero Lopez. Revisado el expediente con la peticien del senor Dr. Rafael Quintero Lopez, en calidad de Presidente Provincial del Partido Socialista — Frente Amplio, en contra de la resolucion emitida por la Junta Provincial Electoral de Pichincha, el 12 de febrero de 2009, a las 20h00, por la cual se resuelve rechazar la impugnacion presentada por el Dr. Rafael Quintero L6pez en contra de la senorita Veronica Zoraya Sanchez Cardenas, candidata a Tercer Concejal Principal de la lista de Concejales Urbanos del canten Pedro Moncayo por la Alianza Partido Sociedad Patri6tica 21 de Enero — Partido Izquierda Democratica, y calificar la lista de candidatos a Concej ales Urbanos del canton Pedro Moncayo por la mencionada alianza, respecto de lo cual este Tribunal hace las siguientes consideraciones: PRIMERO: El Tribunal Contencioso Electoral por mandato del Art. 217, inciso segundo, en concordancia con los articulos 167, 168 numeral 3 e inciso final del articulo 221 de la Constitucion tiene jurisdicciOn y administra justicia electoral en materia de derechos de participaciOn politica que se expresan a times del sufragio, siendo sus fallos de Ultima instancia; asi mismo con fundamento en el articulo 221 numeral 1 de la Constitucion, en concordancia con el articulo 17 letra a) de las Normas Indispensables para Viabilizar el Ejercicio de las Competencias del Tribunal Contencioso Electoral, es el organ° competente para conocer y resolver de los recursos electorales contra los actos del Consejo Nacional Electoral y de las Juntas Provinciales Electorales. En el presente caso de la aceptacion o negativa de inscripcian de candidatos. SEGUNDO: La resolucien que se impugna es la que emana de la Junta Provincial Electoral de Pichincha, de fecha 12 de febrero de 2009, a las 20h00, notificada el dia 13 de febrero de 2009, a las 12h30 al Dr. Rafael Quintero Lopez, Presidente Provincial de Pichincha del Partido Socialista Frente Amplio; y, a los Representantes de la Alianza Partido Sociedad PatriOtica 21 de Enero — Partido 0 Izquierda Democratica y, a la candidata impugnada, esto es la senorita Veronica Zoraya Sanchez Cardenas, de la que se desprende que la candidata impugnada no esta inmersa en ninguna de las inhabilidades prescritas en el Instructivo para la Inscripcion y Calificacion de Candidaturas, especificamente en la invocada por el Dr. Rafael Quintero LOpez, contemplada en el Art. 11 literal b) del mencionado Instructivo: "Requisitos e inhabilidades para Prefectos y Viceprefectos, Alcalde Municipal y Concejales Municipales: Inhabilidades: b) Sea deudor del organismo seccional correspondiente, a la fecha de inscripcion de la candidatura", razon por la que el Pleno de la Junta Provincial Electoral de Pichincha resolvi6 rechazar la impugnaciOn presentada por el Dr. Rafael Quintero LOpez a la candidatura de la senorita VerOnica Zoraya Sanchez Cardenas, candidata a Tercer Concejal Principal en la lista de Concejales Urbanos del canton Pedro Moncayo por la Alianza Partido Sociedad Patri 'Mica 21 de Enero — P artido Izquierda Democratica. TERCERO: Asegurada la jurisdicci6n y competencia, el Tribunal al revisar el expediente observa: 3.1. Segall el formulario de inscripcion de candidatos, la Alianza Partido Sociedad Patriotica 21 de Enero — Partido Izquierda S Democratica, a traves de sus representantes, Fausto Cobo, por el Partido Sociedad 0 0 V ' 4( eL.--- L z. :titil:B:U ,- .comreNciasa etAMIRE t:TITSC/TICl/77 ( Patriotica 21 de Enero, y Carlos Eduardo Procel Peralta, por el Pattido4zquierda Democratica, solicita la inscripciOn de los candidatos para e6ileijgeiElgthaThioKide1d. ton del canton Pedro Moncayo, provincia de Pichincha, el mi gniei„que se,reeibe en la a de la Junta Provincial Electoral de Pichincha el 03 de febrero del aft° -20093L a a los sujetos politicos el dia 04 de febrero de 2009, a las 18h00. 3.2. Con e febrero de 2009, a las 14h45, el Dr. Rafael Quintero Lopez, en calidad de Provincial del Partido Socialista — Frente Amplio, impugna la candidatura de Veronica Zoraya Sanchez Cardenas para la dignidad de Tercer Concejal en la lista de Concejales Urbanos del canton Pedro Moncayo por la Alianza Sociedad Patriotica 21 de Enero — Partido Izquierda Democratica, por ser dora del I. Municipio de Pedro Moncayo, en virtud del titulo de crOdito No. 686-TCMPM-09 emitido el 04 de febrero de 2009 por la Mtmicipalidad de Pedro Moncayo, por concepto de "duplicacion en el pago de las dietas correspondientes al mes de mayo de 2008, cancelados el 20 de junio del 2008", segim consta de copia certificada conferida por la Secretaria General del Gobierno Municipal de Pedro Moncayo, del 06 de febrero de 2009. 3.3. La Junta Provincial Electoral de Pichincha el 07 de febrero de 2009, a las 22h00, resuelve aceptar a tramite el escrito de impugnaciOn presentado por el Dr. Rafael Quintero Lopez, en contra de la senorita Veronica Zoraya Sanchez Cardenas, conforme a lo dispuesto en los articulos 56 y 57 de las Normas Generales para las Elecciones Dispuestas en el Regimen de Transicien de la Constituci6n de la Republica, publicadas en el R.O. No. 472, de 21 de noviembre del 2008, en concordancia con el Art. 19 del Instructivo para la Inscripcion y Calificaciem de Candidaturas aprobado por el Consejo Nacional Electoral mediante Resoluciem PLE-CNE-9-30-12-2008, de 30 de diciembre del 2008, resolucion que the notificada el dia 08 de febrero del 2009, a las 171100 al Representante de la Alianza Partido Sociedad Patri6tica 21 de Enero — Partido4quierda Democratica y a Veremica Zoraya Sanchez Cardenas, candidata impugnada. 3.4. El 09 de febrero de 2009, a las 17h00, Veronica Zoraya Sanchez Cardenas contesta la impugnaci6n planteada contra su candidatura, argumentando que jamas the notificada con el titulo de credit° No. 686-TC-MPM-09, ademas de recalcar que la norma en la que se basa la impugnacion presentada, Art. 11 literal b) del Instructivo para la Inscripciem y CalificaciOn de Candidaturas, presupone que la inhabilidad consistente en "ser deudor del organismo seccional correspondiente", debe operar al momento de inscripciem de la candidatura y no de manera posterior a la misma. 3.5. Mediante oficio No. 005-JPEP-S, de fecha 10 de febrero de 2009, la Secretaria de la Junta Provincial Electoral de Pichincha, haciendo fe de lo dispuesto por el Pleno de la Junta en sesiOn realizada el mismo 10 de febrero de 2009, solicita al Asesor Juridic° de la DelegaciOn Provincial de Pichincha del Consejo Nacional Electoral presente el informe juridic° en el plazo de 24 horas, respecto a la documentacion presentada por el Dr. Rafael Quintero Lopez relativa a la impugnacion que interpone, asi como los escritos de contestaci6n y pruebas de descargo presentadas por la candidata impugnada. 3.6. Con fecha 12 de febrero de 2009, el Asesor Juridic° Encargado de la Delegaciem Provincial de Pichincha del Consejo Nacional Electoral remite al Presidente de la Junta Provincial Electoral de Pichincha el Informe Juridic° No. 027-DPP-DJ-2009, en el cual se analiza toda la documentacien presentada, tanto por el Dr. Rafael Quintero Lopez como por la candidata impugnada, Veronica Zoraya Sanchez Cardenas, y se concluye en que "la candidatura impugnada a la senora VERONICA ZORAYA SANCHEZ CARDENAS, no esta inmersa en ninguna de las Inhabilidades prescritas en el Instructivo para la Inscripcion y Calificacion de Candidaturas, mas aim que la Tc litlyMo AL documentacien presentada corresponde a una copia del Titulo de Credit° 6t0rgack1por -el Secretario General del Municipio de Pedro Moncayo, sin itigg„AreiTi=la acion la certificaciOn emitida por el tesorero de la entidtd e lo dispone el Instructivo en su Art. 14 literal d)", por lo d de impugnaci6n sea desechada. 3.7. En virtud de lo analizado y sugerido por Juridic° Encargado de la Delegacian Provincial de Pichincha del Consejo Electoral, el 12 de febrero de 2009 la Junta Provincial Electoral de Pichincha rechanr la impugnaciOn presentada por el Dr. Rafael Quintero Lopez, ente Provincial de Pichincha del Partido Socialista Frente Amplio, en contra de la fiorita Veronica Zoraya Sanchez Cardenas, candidata a Tercer Concejal Principal en la lista de Concejales Urbanos del canton Pedro Moncayo por la Alianza Partido Sociedad Patriatica 21 de Enero — Partido Izquierda Democratica, y calificar la lista de candidatos a Concejales Urbanos del canton Pedro Moncayo por la Alianza Partido Sociedad Patriatica 21 de Enero — Partido Izquierda Democratica. 3.8. Con fecha 14 de febrero de 2009, a las 11h40, el Dr. Rafael Quintero Lopez inteipone ante el Tribunal Contencioso Electoral el recurso de "apelaciOn" sobre la resolucion de fecha 12 de febrero de 2009 (sin namero) emitida por la Junta Provincial Electoral de Pichincha, recurso que es concedido por la misma Junta mediante resolucion del 16 de febrero de 2009. El Tribunal deja constancia que si bien el recurrente hace referencia al recurso de "apelaciOn", no es menos cierto que al mismo se lo denomina en la normativa juridica de este Tribunal como "recurs° de impugnaciOn", situacion que en todo caso, no genera consecuencia juridica alguna, por el principio de informalidad a favor del administrado, como en casos anteriores ha resuelto este Tribunal. CUARTO: De conformidad a lo dispuesto en el Art. 17 letra a) d e las Normas para Viabilizar el Ejercicio de las Competencias del Tribunal Contencioso Electoral, "el recurso contencioso electoral de impugnacion procedera contra: a) La aceptacion o negativa de inscripci6n de candidatos por parte del Consejo Nacional Electoral o de los organismos electorales desconcentrados", y el Art. 38 del mismo cuerpo legal que establece: "Los sujetos politicos podran interponer recurso contencioso electoral de impugnaci6n de la aceptaciOn o negativa de inscripcion de candidaturas por parte del Consejo Nacional Electoral o los organismos electorales desconcentrados. En el caso de la aceptacien de la candidatura, el recurso solo podran interponerlo los sujetos politicos que hubieran previamente impugnado la candidatura o candidaturas en sede administrativa con sujecion al respetivo procedimiento"; asi como lo dispuesto en las Normas Generates para las Elecciones Dispuestas en el Regimen de TransiciOn de la Constitucion de la Repablica, publicadas en el R.O. No. 472, de 21 de noviembre del 2008, Art. 56 que sefiala: "Una vez presentadas las candidaturas, el Consejo Nacional Electoral y las Juntas Provinciales Electorales, segan el caso, antes de calificarlas, notificaran con la nOmina a los sujetos politicos dentro del plaza de veinte y cuatro (24) horas. Las organizaciones politicas, por intermedio de su representante legal, nacional o provincial podran presentar impugnaciones en el plazo de veinte y cuatro (24) horas.", en concordancia con el Art. 19 tercer punto del Instructivo para la Inscripcion y CalificaciOn de Candidaturas que determina: "El Consejo Nacional Electoral y las Juntas Provinciales Electorales, se sujetaran al procedimiento previsto en las Normas Generales para las Elecciones Dispuestas en el Regimen de Transici6n de la Constitucion de la Republica, debiendo ademas observar las siguientes: Tercer punto: Luego de esta notificaciOn, pueden presentarse impugnaciones a las candidaturas en el plaza de 24 horas, ante el Consejo Nacional Electoral o la Junta Provi cial Electoral zw-ititsta co potrycloso (Li L 11A: correspondiente, segim el caso. Pueden hacerlo, el representante legalitlerPtittido o Movimiento Politico. Se deben adjuntar los documentos que respaldan 1R1":N.t: C fl tr En este sentido, y por las consideraciones expuestas, la Junta Prothncial d Electoral' de- A~en referencia a la primera resoluciOn de fecha 07 Sde.:febitrbide: 2Q09 :d -- que resuelve aceptar a tramite el escrito de impugnaci6n presentado por el 4111 1 intern Lopez, en contra de la candidatura de la sefiorita VerOnica Zoraya Dr.iltafa Sanchez CO nas a Tercer Concejal Principal en la lista de Concejales Urbanos del canton Peck° oncayo por la Alianza Partido Sociedad Patriotica 21 de Enero — Partido .1.4111*&g` oeratica, no debi6 aceptar dicha impugnaci6n y menos aim dar tramite a clithisma, que la mencionada candidatura fue inscrita en la Junta Provincial Electoral a el 03 de febrero de 2009 y notificada a las organizaciones politicas el 04 , Ade Pit aRebrero del mismo alto, mientras que el escrito de impugnacion se interpuso el 07 de febrero de 2009, superando el plazo de 24 horas previsto en el Art. 56 de las Normas Generales para las Elecciones Dispuestas en el Regimen de Transicion de la Constitucion de la Republica, publicadas en el R.O. No. 472, de 21 de noviembre del 2008 y en el Art. 19 tercer punto del Instructivo para la Inscripcion y Calificacion de Candidaturas aprobado por el Consejo Nacional Electoral mediante Resolucion PLECNE-9-30-12-2008, de 30 de diciembre del 2008, por lo que en apego a las normas respectivas, lo correct° era negar el recurso de impugnacion por improcedente y extemporaneo. Ademas, segfin consta de fojas 9 del expediente se desprende que el titulo de credit° No. 686-TC-MPM-09 the emitido por la Municipalidad de Pedro Moncayo el 04 de febrero de 2009, documento por el cual Veronica Zoraya Sanchez Cardenas consta como deudora de la mencionada Municipalidad por concepto de "duplicaci6n en el pago de las dietas correspondientes al mes de mayo de 2008, cancelados el 20 de junio del 2008", es decir, un dia despues de la inscripcien de su candidatura, que flue realizada el 03 de febrero de 2009 y conforme a lo dispuesto en el Art. 14 literal d) del Instructivo para la InscripciOn y Calificacion de Candidaturas aprobado por el Consejo Nacional Electoral mediante Resoluci6n PLE-CNE-9-30-122008, de 30 de diciembre del 2008, son "Normas complementarias en la inscripcion de candidaturas a una dignidad de eleccion popular: d) Para la determinaciOn de la mora de los deudores de los organismos seccionales, se considerard la misma a la fecha de inscripci6n de su candidatura y bastara la certificaci6n del tesorero de la entidad correspondiente, de que el deudor esta en mora; salvo que, antes del momento de calificar su candidatttra, presente los justificativos del pago correspondiente", mientras que la copia certificada del titulo de credit° No. 686-TC-MPM-09 que se adjunta a la impugnaciOn, es conferida por la Secretaria General del Gobierno Municipal de Pedro Moncayo y no por el tesorero, como la norma lo prescribe. En el mismo sentido, el literal 0 del mismo articulo y cuerpo nonnativo, determina que son "Normas complementarias en la inscripcion de candidaturas a tuna dignidad de elecciOn popular: 0 Las personas que tuvieren pendientes reclamaciones administrativas, juicios contencioso - administrativos o tributarios por deuda con el fisco, consejos provinciales y concejos municipales, si pueden ser candidatos, mientras no exista resolucion en firme", por lo que al no existir una resoluciem en firme para el cobro del titulo de credit° No. 686-TC-MPM-09, Veronica Zoraya Sanchez Cardenas no tiene inhabilidad algurta para ostentar la dignidad de Tercer Concejal Principal en la lista de Concej ales Urbanos del cant6n Pedro Moncayo por la Alianza Partido Sociedad PatriOtica 21 de Enero — Partido Izquierda Democratica y menos aim, que su candidatura sea rechazada. En virtud del analisis que antecede y en merit° de los autos, r I Q ‘ ifIco -Nov )so T T R I BCONTENCIOSOcE RE DEL PUEBLO DEL ECUADOR Y FOR LA AUTORIIYADVUEiosoa=: n,,.. ! IERE LA CONSTITUCION, SE DICTA LA g jking , cr.Nr--, se ratifica la resoluci6n de la Junta Provincial Electoral de Pichinch; de s t• sE ktf N IfeClia', 6 de t- • ero de 2009 y se rechaza el recurso de impugnacion interpuesto por el Senor ' br. st. . el Quintero Lopez. Remitase este expediente a la Junta Provincial Electoralt 4er chincha, asi como copia certificada del mismo y de esta resolucion al Consejo Nif nal Electoral, a fin de que revise lo actuado por la Junta Provincial " Electoral de Pichincha. Ejecutoriado el fallo remitase el expediente para su ejecucion, dejando copia certificada del mismo pan los archivos de este Tribunal. CUMPLASE Y NOTIFIQUESE.i C ik Lk : si Dra. Tania Alas Manzano Presidenta Tribunal Contencioso Electoral Dr. Arturo J. Donoso Castellon Miembro Tribunal Contencioso Electoral Dr. Jo Miembro Tribun %ORE-I-kb° 6.6%..1E 04_ tmena Endara Osejo Vicepresidenta Tribunal Contencioso Electoral 4%,..iterGe9 h4-1.Pranj . Alexandra Cantos nifina._____.- una Contencioso Electoral oreno Yattç ontencioso E ctoral ( RIBUNAL ..rENS.030 cL:C.73^,LL IRIBLIN4LCoNTENCIO c0 EFCTGRAL RAZON:- Siento como tal, que la oficina de casilleros judiciales debido al feriaclo,de,carnevail,_, ,,, , no laborara los dies lunes veinte y tares y inte y cuatro de febrero, lo que hat imposible que la sentencia que antecede s casillero judicial correspondiente. , Quito, 21 de febrero del 2009.- CERTIFI RAZON.- Siento como tat que el die de hoy sabado veinte y uno de febrero del dos mil nueve desde las diecinueve horas con cuarenta minutos notifique-0 — ,sentencia que antecede_al senor RAFAEL QUINTERO por boleta en el casillero Cante _risiefofejer al No 3 y casillero Judicial' No 17 del Consejo Nacional Electoral. Y a la s /Bore Veronica ‘9iti z en el casillero No 9 del Tribunal Contencioso Electoral.- CERTIFICO ‘," RAZON.- Siento como tal que el dia de hoy sabado veinte y uno de febrero del dos mil nueve, desde las diecinueve horas con cuarenta y tres minutos procedf a exhibir la sentencia que antecede en la Cartelera de Notificaciones del TrijciinaCarifencioso Electoral, ubicado en el Primer Piso del Edificio donde funciona la 1 nfe & Provinclai Efeetoral de Pichincha calle Ignacio San ia.- CERTIFICO :) / SE ARIO GE R RAZON.- Siento como tal, que el dia de hoy sibado veinte y uno de febrero del dos mil nueve, desde las diecinueve horas con cuarenta y ocho minutos procedi a subir la Sentencia que an en la pagina WEB del Tribunal Contencioso Electoral (www.tce.gov.ec ).- CERTIFICO ARIO GE Siento como tal que las treinta y tres fojas que anteceden son copias y compulsas certificadas del proceso numero 061-2009, en el que se resolvio el recurso de impugnacion planteado por el Dr. Rafael Quintero Lopez en contra de la resolucian dictada por la Junta Provincial Electoral de Pichincha, el 12 de febrero del 2009 a las 20h0. El mismo que fue remitido a la Junta Provincial Electoral de Pichincha.- CERTIFICO Quito, 26 de Febrero del 2009 TARIO GENERAL TRIBUNAL CONTENCIOSO ELECTORAL "st Quito, 25 de febrero del 2009 OF. N 2 75-09-TJ-SG-TCE. Senor Doctor.- Omar Simon. • PRESIDENTE DEL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL. Presente.- En su despacho. Dando cumplimiento a la sentencia dictada dentro del expediente N g 061-2009, de fecha 21 de febrero del 2009, las 12h10; por la que se resuelve el recurso contencioso electoral de impugnacion presentada por el doctor Rafael Quintero L6pez en calidad de Presidente Provincial del Partido Socialista-Frente Amplio, en contra de la resolucion dictada por la Junta Provincial Electoral de Pichincha, remito copias certificadas de la sentencia. Lo que comunico para los fines de Ley. OCR= R 1+ 17 17,1a Secretario General CON,,,A • L 'TRIBUNAL CON ENC109 ELECTORALT SECRETARIA GENERAL' TRIBUNAL CONTENCIOSO ELECTORAL Quito, 25 de febrero del 2009 OF. N g 76-09-TJ-SG-TCE. Senores. Junta Provincial Electoral de Pichincha Presente.- En su despacho. Dando cumplimiento a la sentencia dictada dentro del expediente N g 061-2009, de fecha 21 de febrero del 2009, las 12h10; presentado el doctor Rafael Quintero Lopez en calidad de "Presidente Provincial del Partido Socialista-Frente Amplio", en contra de la resolucion dictada por la Junta Provincial Electoral de Pichincha, remito el expediente completo, a fin de que proceda a ejecutar la referida sentencia. o e comunico para los fines de Ley. MITA PROVIKKELECTORM. DE RCM RECEPCION rectm ciki — Og Hora:.2A1.. Reclbido en. Envied(' s:,. .11617