Preguntas frecuentes relacionadas con el Manual del
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Preguntas frecuentes relacionadas con el Manual del
Preguntas frecuentes relacionadas con el Manual del Programa de Feria de Ciencia y Tecnología 2014. ¿Qué ocurre si una institución educativa o circuito escolar incumple con la reforma que establece el Decreto 37910-MEP-MICITT o con el Manual del Programa Nacional de Ferias de Ciencia Tecnología? En la Presentación del Manual del Programa Nacional de Ferias de Ciencia y Tecnología se indica: “Es de gran relevancia y de acatamiento obligatorio que la presentación de los proyectos de investigación en las Ferias de Ciencia y Tecnología se haga siguiendo las instrucciones que se incluyen en este documento”. Entre las labores que realiza el Departamento de Asesoría Pedagógica de cada Dirección Regional de Educación, se encuentra velar para que en los centros educativos de la región se desarrollen los planes de estudio vigentes, en todos los ciclos, niveles y modalidades, así como coordinar acciones relacionadas con programas y proyectos de alcance nacional, impulsados desde el Viceministerio Académico. En el caso de que un centro educativo o circuito escolar incumpla con las reformas establecidas en la normativa vigente, las autoridades respectivas realizarán el procedimiento pertinente para atender cada situación. ¿Se puede realizar la Feria Circuital de Ciencia y Tecnología? El Manual del Programa Nacional de Ferias de Ciencia y Tecnología establece en el Apartado Organización y responsabilidades de las instancias involucradas que la estructura del Programa Nacional de Ferias de Ciencia y Tecnología, se establece tomando en cuenta la organización administrativa del Ministerio de Educación Pública, mediante sus sedes regionales y circuitos educativos y se realizará: Feria Institucional de Ciencia y Tecnología. Proceso circuital de valoración de proyectos. Feria Regional de Ciencia y Tecnología. Feria Nacional de Ciencia y Tecnología. Por su parte el Artículo 13, inciso a) del Manual incida: “En el caso de la etapa circuital, solo será requerida la conformación de los Comités Científicos de Revisión para cada circuito según lo que se establece en el Anexo 6 de este manual”. ¿Cómo se debe realizar el proceso circuital de valoración de proyectos? Conformación de los Comités Científicos de Revisión El Manual del Programa Nacional de Ferias de Ciencia y Tecnología, establece que los Comité Científicos de Revisión Circuitales deben estar integrados por: El Supervisor de Centros Educativos del circuito, quien coordinará. Directores de los centros educativos del circuito, tanto de primaria como de secundaria. Coordinadores de ferias institucionales, tanto de primaria como de secundaria. Deberá tener una representación equitativa y representativa de cada una de las instituciones del circuito escolar y cumpliendo la cantidad necesaria de miembros de CCR circuital para cada circuito escolar, estipulada en el anexo 6 de este manual. Las funciones que establece el Manual para el CCR circuital son las siguientes: Establecer una sede para la atención y logística necesaria para el trabajo del Comité Científico de Revisión (CCR) circuital. Garantizar la participación de proyectos de todas las instituciones educativas del circuito, estableciendo contactos con las instancias respectivas, incluyendo la educación de adultos y la educación especial. Promover la divulgación necesaria para la inscripción de los proyectos (entrega de documentación requerida) en esta etapa de valoración de proyectos circuital. Realizar la inscripción de los proyectos que participan en el proceso de valoración circuital y la revisión del cumplimiento de los requisitos para la participación en Ferias de Ciencia y Tecnología, según lo estipulado en este Manual. Realizar los cambios de categoría o área temática de los proyectos, e informar con tiempo y la debida justificación del cambio, a los estudiantes y tutor del proyecto en cuestión. Brindar un certificado de reconocimiento a la participación de todos los estudiantes, tutores y miembros del CCR que participen de esta etapa así como de los que clasifiquen para representar al circuito en la etapa regional. Responder y dar seguimiento a los comunicados oficiales emanados por la supervisión del circuito escolar y la asesoría regional de ciencias. Canalizar y dar seguimiento a todas aquellas consultas o solicitudes surgidas a partir de los diversos procesos de la etapa de valoración circuital de proyectos en Ferias de Ciencia y Tecnología. Inscripción de Proyectos El artículo 7, inciso e) del Manual indica: “Para la etapa circuital de valoración de proyectos, cada centro educativo inscribirá dos proyectos para esta etapa. La cuota de proyectos participantes en esta fase circuital para cada circuito escolar será de acuerdo a lo establecido en el Anexo 6 de este Manual”. Aunado a lo anterior el Artículo 7, inciso h) del Manual señala: “La inscripción en la etapa de valoración de proyectos de cada circuito escolar estará a cargo del Comité Científico de Revisión Circuital. Dicho comité deberá realizar el registro utilizando los formularios oficiales para todas las etapas del proceso de Ferias de Ciencia y Tecnología, establecidos en este manual. Para la inscripción en la fase regional y nacional será requerida la entrega de todos los formularios (inscripción y juzgamiento 60%-40%) de la etapa circuital con el fin de evidenciar proceso. En cuanto a los formularios de inscripción se pueden fotocopiar los formularios utilizados desde la fase circuital, siempre y cuando éstos no hayan tenido variaciones. Lo anterior para no tener que llenarlos más de una vez y así evitar el gasto de tiempo y recursos innecesarios”. Juzgamiento y reconocimientos de proyectos El Artículo 12, inciso c) del Manual establece lo siguiente: “En el caso de los procesos circuitales de valoración de proyectos, el CCR circuital será responsable de la entrega de los certificados de reconocimiento a los estudiantes y tutores participantes del proceso, así como para aquellos que clasifiquen para representar al circuito escolar en la Feria Regional”. Aunado a lo anterior el Artículo 12, inciso d) agrega lo siguiente: “[…] será de uso obligatorio el modelo de juzgamiento 60-40: • 60% Revisión por parte del CCR del informe escrito, la bitácora y formularios respectivos. • 40% Revisión por parte de los jueces en la etapa de exposición durante la feria institucional, regional y nacional. En el caso del proceso de valoración de proyectos en la etapa circuital, el CCR circuital será el que realizará la valoración del 40%. Los miembros del CCR circuital se distribuirán de manera equitativa la cantidad de proyectos para evaluar su exposición”. Por su parte el artículo 14 del Manual, indica para el Comité Científico de Revisión (CCR): “[…] será requerido que cada proyecto sea revisado por al menos tres miembros del CCR para obtener un promedio correspondiente al 60% del informe escrito y tres valoraciones de jueces de la exposición oral para obtener un promedio equivalente al 40% de la exposición oral, utilizando los formularios oficiales establecidos para dicho fin. En el caso del proceso circuital, ambas valoraciones son realizadas por el CCR”. Se recomienda que cada CCR Circuital desarrolle las estrategias para la implementación de estas acciones, considerando las particularidades académico-administrativas de cada circuito escolar. ¿Se puede realizar un proceso de juzgamiento en la Feria Regional similar al utilizado por los CCR Circuitales? El artículo 14 del Manual, indica para el Comité Científico de Revisión: “[…] será requerido que cada proyecto sea revisado por al menos tres miembros del CCR para obtener un promedio correspondiente al 60% del informe escrito y tres valoraciones de jueces de la exposición oral para obtener un promedio equivalente al 40% de la exposición oral, utilizando los formularios oficiales establecidos para dicho fin. En el caso del proceso circuital, ambas valoraciones son realizadas por el CCR”. Por consiguiente, ese proceso de juzgamiento solo está contemplado para los CCR Circuitales. ¿Por qué los formularios de juzgamiento no hacen diferencia entre los procesos de investigación de primaria y secundaria? y ¿Por qué los formularios de juzgamiento no incluye el enfoque del desarrollo del pensamiento científico basado por indagación? En sesiones de la Comisión de PRONAFECYT, se ha dialogado sobre esta situación y se espera que pueda ser considerada en próximas sesiones para valorar posibles cambios a los formularios de juzgamiento. No obstante, los formularios vigentes son los que están incluidos en el Manual del Programa Nacional de Ferias de Ciencia y Tecnología 2014. ¿El Anexo N°6 del Manual incluye los centros educativos públicos y privados de cada circuito escolar? La información que contiene el Anexo N°6 del Manual, fue reportada por el Departamento de Estadística del MEP para el curso lectivo 2013, por lo tanto incluye todos los centros educativos que conforman cada circuito escolar, hasta el año en mención. ¿Cómo se definió la cantidad de miembros propuestos para cada CCR circuital y la cantidad de proyectos por institución que participarán en el proceso de valoración circuital? Para proponer la cantidad de miembros de los CCR circuitales, se consideró la cantidad de instituciones que conforman cada circuito escolar. Por su parte el artículo 7, inciso e) indica: “Para la etapa circuital de valoración de proyectos, cada centro educativo inscribirá dos proyectos para esta etapa. La cuota de proyectos participantes en esta fase circuital para cada circuito escolar será de acuerdo a lo establecido en el Anexo 6 de este Manual”. Esta cantidad de proyectos surge como un acuerdo de la Comisión PRONAFECYT, al correlacionar la cantidad de instituciones por circuito con la posible cantidad requerida de miembros de cada CCR circuital. ¿Qué ocurre si las instituciones educativas presentan menos o más de dos proyectos a los CCR circuitales? El Manual establece como parte de las funciones de los Comités Científicos de Revisión Circuitales: “Garantizar la participación de proyectos de todas las instituciones educativas del circuito, estableciendo contactos con las instancias respectivas, incluyendo la educación de adultos y la educación especial”. Aunado a lo anterior, el artículo 7, inciso e) indica: “Para la etapa circuital de valoración de proyectos, cada centro educativo inscribirá dos proyectos para esta etapa. La cuota de proyectos participantes en esta fase circuital para cada circuito escolar será de acuerdo a lo establecido en el Anexo 6 de este Manual”. Se recomienda que cada CCR Circuital desarrolle las estrategias para la implementación de estas acciones, considerando las particularidades académico-administrativas de cada circuito escolar. ¿Cuántos proyectos puede inscribir el CCR circuital a la Feria Regional de Ciencia y Tecnología? El artículo 7, inciso e) del Manual señala: “La cuota de proyectos participantes para la etapa regional será establecida por las Asesorías Regionales de Ciencia tomando en consideración el financiamiento que brinda el MICITT de su presupuesto directo y los mecanismos que éste establezca. Adicionalmente las comisiones regionales podrán buscar mecanismos de financiamiento para aquello que no pueda ser cubierto por el MICITT. En el caso de la Feria Nacional de Ciencia y Tecnología, la cuota de participación para cada una de las veintisiete regiones educativas, será establecida en forma proporcional de acuerdo con la matrícula total de alumnos de la región educativa y la matrícula nacional reportada por el MEP”. ¿Los proyectos de estudiantes de Preescolar y de I Ciclo de primaria solamente participan en la Feria Institucional? El artículo 3, inciso a), señala que los proyectos de los estudiantes del nivel de preescolar y de primer ciclo de primaria solo participan en la fase institucional. ¿Cómo debe realizarse el proceso de juzgamiento de los proyectos de los estudiantes de I Ciclo de primaria? El artículo 12, inciso a) indica “En el caso de preescolar y primer ciclo se promoverá la participación, el proceso y la vivencia del pensamiento científico. Para estas modalidades no habrá un proceso de juzgamiento pero si exposición de sus aprendizajes. Los estudiantes y tutores en este nivel recibirán certificado de reconocimiento por la participación en esta etapa”. ¿Los proyectos que realizan los estudiantes en primaria deben corresponder solo a la asignatura de ciencias? El artículo 3, inciso a), señala: “En el caso de I y II Ciclo para el desarrollo de los proyectos en el aula, se tomarán en cuenta los principios orientadores del desarrollo del pensamiento científico por indagación, presentes en los Programas de Estudio vigentes de Ciencias de Primero y Segundo Ciclo de la Educación General Básica (Ver Anexo 7)”. Estos principios orientadores, hacen énfasis en las habilidades que estimula el pensamiento científico, las cuáles están presentes en otras reformas educativas que abordan asignaturas como Español, Estudios Sociales, Artes Plásticas, entre otras. Por lo tanto, se espera que los proyectos de investigación de los estudiantes puedan integrar el conocimiento de diversas áreas. Por consiguiente, tanto los proyectos de primaria como los de secundaria cuentan con la posibilidad de desarrollarse de manera interdisciplinaria. Por su parte el Manual, hace una descripción detallada de las áreas temáticas que pueden abordar los proyectos de investigación. ¿Cuáles procesos de asesoramiento o capacitación se brindarán en las Direcciones Regionales de Educación, relacionados a los cambios en el Manual 2014? El apartado de Capacitación del Manual, señala que las comisiones organizadoras pueden realizar talleres de inducción, cursos de asesoramiento o actualización en cada Dirección Regional de Educación. ¿Cómo se gestionan los servicios de transporte o alimentación que establece la Convención Colectiva MEP-SEC-SITRACOME en los procesos de Ferias de Ciencia y Tecnología? Para realizar estas gestiones se deben considerar los lineamientos establecidos en el Oficio DVM-PICR-0262-2014. Referencias: Consultas enviadas al correo: feriascienciatecnologia@mep.go.cr, por parte de diferentes actores del sistema educativo. Preguntas planteadas por los Asesores Regionales de Ciencias en el Encuentro: “Aportes del pensamiento científico a los procesos de Ferias de Ciencia y Tecnología, Mayo 2015.” Elaborado por: Cecilia Calderón Solano y Nelson Campos Quesada. Asesores Nacionales de Ciencias Representantes del MEP en la los Procesos de Feria de Ciencia y Tecnología