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COVER SALUD
OSFATUN Monotributistas y Sindicales
OSPIB
OSLERA
OSPL
ANEXO I – CIRCULAR: 697/13 C
CÓDIGOS DE ENTIDADES: 321, 421, 423, 449
Vigente a partir del 1º de Septiembre de 2013.
1.Entidades adheridas a COVER SALUD (Descuentos válidos sólo para pacientes ambulatorios):
Código de entidad
1.1. Entidades Adheridas a COVER SALUD:
Descuentos
para la presentación
de recetas (*)
 OSFATUN (Obra Social de la Federación Argentina del
Trabajador de las Universidades Nacionales)
321
 OSPIB (Obra Social del Personal de la Industria Botonera)
421
40%
 OSLERA (Obra Social de Legisladores de la Rep. Argentina)
423
 OSPL – Mutual Senderos (Obra Social del Personal Ladrillero)
449
100%
1.2. Plan Materno Infantil:
(con autorización de COVER SALUD –
Ver punto 6)
1.3. Enfermedades Crónicas:
(con autorización de COVER SALUD –
Ver punto 7)
70% ó 100%
Exclusivamente con Autorización
Previa de COVER SALUD
1.4. Otros productos y descuentos:
(*) Las recetas deberán presentarse separadas por Entidad teniendo en cuenta los códigos indicados,
los cuales figuran en el Archivo de Beneficiarios Habilitados.
2.Habilitación del beneficiario:
2.1. Credencial (según muestras).
 El beneficiario debe figurar en el listado de habilitados que se emite cada mes
(Manual de Uso: ver punto 18).
2.2. Archivo de Beneficiarios:
Asimismo antes de cada número de beneficiario se indica el código de entidad
correspondiente, a fin de facilitar la liquidación de recetas.
2.3. Cuando el afiliado no figura en padrón pero cuenta con una Credencial y/o Habilitación Provisoria emitida por COVER
SALUD (ver muestra punto 16), la Farmacia debe adjuntar la misma a la receta para realizar el expendio.
2.4. Documento de Identidad (DNI, LC, LE)
2.5. No es preciso que concurra el beneficiario personalmente a la farmacia. Puede hacerlo en su nombre cualquier otra persona
que presente la documentación indicada.
3.Recetario:
3.1. Tipo de Recetario:
Exclusivamente Pcias. de Neuquen y Río Negro:
 Oficial de la Entidad (según muestra punto 15)
Resto del país:
 De todo tipo (Particular o de Instituciones prestadoras)
NO se aceptan recetarios sin membrete (por ejemplo: recetarios en blanco,
de publicidad de medicamentos, etc.).
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CÓDIGOS DE ENTIDADES: 321, 421, 423, 449
3.2. Datos que deben figurar de puño y letra
del profesional, y con la misma tinta:
 Denominación de la entidad (en caso de que el recetario no sea el oficial de la
entidad) (*);
 Nombre y apellido del paciente;
 Número de afiliado (*)
 Medicamentos recetados y cantidad de cada uno;
 Firma y sello con número de matrícula y aclaración;
 Fecha de prescripción;
(*) Cuando en una receta el número de beneficiario sea poco legible o se
encuentre incompleto y/o la denominación de la entidad haya sido omitida por el
profesional, la farmacia debe repetirlo al dorso, en forma clara y correcta, indicando
junto al número consignado por el médico la frase “ver al dorso”. El beneficiario
debe firmar nuevamente como prueba de conformidad.
4.Validez de la receta:
El día de la prescripción y los 30 días siguientes.
5.Topes de cobertura:
5.1. Límites de cantidades:
Sin Tratamiento Prolongado
Con Tratamiento Prolongado
Especialidades por receta:
Hasta 3 (tres)
Hasta 3 (tres)
Envases por especialidad:
Hasta 1 (uno)
Hasta 2 (dos)
5.2. Tratamiento Prolongado:
5.3. Antibióticos Inyectables:
5.4. Psicofármacos:
5.5. Otras especificaciones:
(6.2.)
Cuando el médico coloca de su puño y letra la frase “Tratamiento Prolongado”, su
equivalente o abreviaturas, pueden expenderse las cantidades indicadas en la
columna “Con Tratamiento Prolongado”. Debe indicarse además el tamaño y/o
contenido de cada uno, por lo que de omitirse este requisito, sólo se entregará un
envase del menor tamaño y/o contenido existente.
Presentación
Entregar
Envase de 1 (una) ampolla o frasco Hasta 5 (cinco)
ampolla.
Envases de más de 1 (una) ampolla o El menor número posible de envases
frasco ampolla.
hasta completar 5 (cinco) ampollas. Por
ejemplo: si el producto se presenta en
envases de 2 ampollas, pueden
expenderse 3 (tres) envases = 6 (seis)
ampollas.
 El profesional debe confeccionar además los duplicados, o los recetarios que
correspondan según normas legales en vigencia.
Cuando el médico:
 No especifica cantidades
Debe entregarse:
 El envase de menor contenido.
 Sólo indica la palabra “grande”
 La presentación siguiente a la menor.
 Equivoca la cantidad y/o contenido
 El tamaño inmediato inferior al indicado.
6.Plan Materno Infantil:
6.1. Identificación del beneficiario
 Receta previamente autorizada por COVER SALUD para dicha cobertura (ver
punto 8).
 Medicamentos: Según vademécum de la entidad. Requiere previa autorización.
6.2. Productos Cubiertos:
 Leches Medicamentosas: Con cobertura (aunque no figuren en Vademécum),
con autorización previa de Auditoría Médica de COVER SALUD.
 Leches Maternizadas: Sin cobertura
6.3. Límites de cantidades:
 Medicamentos: Igual al resto de los planes (ver punto 5).
 Leches Medicamentosas: La cantidad que autorice Auditoría Médica.
7.Enfermedades Crónicas:
7.1. Identificación del beneficiario:
 Receta previamente autorizada por COVER SALUD para dicha cobertura (ver
punto 8).
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CÓDIGOS DE ENTIDADES: 321, 421, 423, 449
7.2. Productos Cubiertos:
 Según vademécum de la entidad. Requiere previa autorización.
7.3. Descuentos:
 70% ó 100% según lo que indique la autorización.
7.4. Límites de cantidades:
 Igual al resto de los planes (ver punto 5).
8.Autorizaciones Especiales
Solo podrán expenderse recetas que NO cumplan con todos los requisitos, Patologías Crónicas y/o Plan Materno Infantil, cuando
se hallen autorizadas por COVER SALUD en la receta o vía fax. En éste último caso el fax deberá adjuntarse siempre a la receta
original.
Teléfonos para solicitar autorizaciones: (011) 4833-8300 o 0800-777-2683 o por e-mail a:
gerenciadeprestaciones@coversalud.com.ar (COVER SALUD S.A.)
9.Productos Cubiertos:
Los descuentos mencionados en el punto 1 se aplicarán únicamente sobre las especialidades medicinales comprendidas en el
VADEMÉCUM vigente de la entidad.
10.Medicamentos Faltantes:
Si por cualquier circunstancia, en la farmacia falta el o los medicamentos indicados por el médico, la farmacia debe obligarse a
obtenerlos dentro de las 24 horas de haber sido requeridos por el afiliado, quien debe conocer tal obligación a efectos de concurrir
a adquirirlos una vez que haya transcurrido dicho plazo. En ese caso la farmacia no debe retener la receta.
11.Datos a completar por la farmacia:
11.1.Fecha de venta;
11.2.Si el producto no contiene número de troquel, adjuntar código de barras del mismo;
11.3.Importes (unitarios, a cargo del beneficiario, a cargo de la entidad, totales)
11.4.Sello de la Farmacia y firma del Farmacéutico;
11.5.Firma y aclaración de quien retira los medicamentos;
12.Recomendaciones Especiales:
12.1.Colocar en la receta el número de orden correspondiente;
12.2.Adjuntar los troqueles del siguiente
 De acuerdo al orden de la prescripción.
modo:
 Incluyendo el código de barras, si lo hubiera.
 Adheridos con goma de pegar (no utilizar abrochadora ni cinta adhesiva, debido
a que dificultan la lectura del código de barras).
12.3.Las recetas deben presentarse numeradas en forma correlativa.
13.Atención de Consultas:
Sobre otros aspectos referidos a las normas de atención, comuníquese con el Departamento de Atención al Cliente de COMPAÑÍA
al (011) 4136-9090 – Fax: (011) 4136-9001. E-mail: info@csf.com.ar, de Lunes a Viernes, de 8:30 a 18:30 horas.
14.Muestra de Credenciales:
OSPIB
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OSPL – Mutual Senderos
Frente
Dorso
OSLERA
OSFATUN
Frente
Dorso
15.Muestra de recetario:
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16.Muestra de Habilitación Provisoria:
17.Muestra de Formulario de Autorización:
En caso que el Formulario de Autorización indique que el expendio debe realizarse únicamente en un farmacia
determinada, dicha autorización NO tiene validez en otra farmacia que la mencionada.
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18.Manual de Uso – Archivo de Beneficiarios:
Detallamos a continuación la información que es remitida en el Archivo de Beneficiarios Habilitados:
Columna
CÓDIGO DE ENTIDAD
NRO. DE BENEFICIARIO
NÚMERO DE CATEGORÍA
Cantidad de caracteres
3 de 3
11 de 11
4 de 4
Los datos antes mencionados se presentan separados por espacios en blanco, como en el siguiente ejemplo:
321
321
321
421
421
423
423
449
449
00030107877
00030107877
00030107877
00016505384
00016510116
00094547759
00094638117
00001331332
00002769660
0001
0002
0003
0000
0000
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