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COVER SALUD OSFATUN Monotributistas y Sindicales OSPIB OSLERA OSPL ANEXO I – CIRCULAR: 697/13 C CÓDIGOS DE ENTIDADES: 321, 421, 423, 449 Vigente a partir del 1º de Septiembre de 2013. 1.Entidades adheridas a COVER SALUD (Descuentos válidos sólo para pacientes ambulatorios): Código de entidad 1.1. Entidades Adheridas a COVER SALUD: Descuentos para la presentación de recetas (*) OSFATUN (Obra Social de la Federación Argentina del Trabajador de las Universidades Nacionales) 321 OSPIB (Obra Social del Personal de la Industria Botonera) 421 40% OSLERA (Obra Social de Legisladores de la Rep. Argentina) 423 OSPL – Mutual Senderos (Obra Social del Personal Ladrillero) 449 100% 1.2. Plan Materno Infantil: (con autorización de COVER SALUD – Ver punto 6) 1.3. Enfermedades Crónicas: (con autorización de COVER SALUD – Ver punto 7) 70% ó 100% Exclusivamente con Autorización Previa de COVER SALUD 1.4. Otros productos y descuentos: (*) Las recetas deberán presentarse separadas por Entidad teniendo en cuenta los códigos indicados, los cuales figuran en el Archivo de Beneficiarios Habilitados. 2.Habilitación del beneficiario: 2.1. Credencial (según muestras). El beneficiario debe figurar en el listado de habilitados que se emite cada mes (Manual de Uso: ver punto 18). 2.2. Archivo de Beneficiarios: Asimismo antes de cada número de beneficiario se indica el código de entidad correspondiente, a fin de facilitar la liquidación de recetas. 2.3. Cuando el afiliado no figura en padrón pero cuenta con una Credencial y/o Habilitación Provisoria emitida por COVER SALUD (ver muestra punto 16), la Farmacia debe adjuntar la misma a la receta para realizar el expendio. 2.4. Documento de Identidad (DNI, LC, LE) 2.5. No es preciso que concurra el beneficiario personalmente a la farmacia. Puede hacerlo en su nombre cualquier otra persona que presente la documentación indicada. 3.Recetario: 3.1. Tipo de Recetario: Exclusivamente Pcias. de Neuquen y Río Negro: Oficial de la Entidad (según muestra punto 15) Resto del país: De todo tipo (Particular o de Instituciones prestadoras) NO se aceptan recetarios sin membrete (por ejemplo: recetarios en blanco, de publicidad de medicamentos, etc.). Página 1 COVER SALUD OSFATUN Monotributistas y Sindicales OSPIB OSLERA OSPL ANEXO I – CIRCULAR: 697/13 C CÓDIGOS DE ENTIDADES: 321, 421, 423, 449 3.2. Datos que deben figurar de puño y letra del profesional, y con la misma tinta: Denominación de la entidad (en caso de que el recetario no sea el oficial de la entidad) (*); Nombre y apellido del paciente; Número de afiliado (*) Medicamentos recetados y cantidad de cada uno; Firma y sello con número de matrícula y aclaración; Fecha de prescripción; (*) Cuando en una receta el número de beneficiario sea poco legible o se encuentre incompleto y/o la denominación de la entidad haya sido omitida por el profesional, la farmacia debe repetirlo al dorso, en forma clara y correcta, indicando junto al número consignado por el médico la frase “ver al dorso”. El beneficiario debe firmar nuevamente como prueba de conformidad. 4.Validez de la receta: El día de la prescripción y los 30 días siguientes. 5.Topes de cobertura: 5.1. Límites de cantidades: Sin Tratamiento Prolongado Con Tratamiento Prolongado Especialidades por receta: Hasta 3 (tres) Hasta 3 (tres) Envases por especialidad: Hasta 1 (uno) Hasta 2 (dos) 5.2. Tratamiento Prolongado: 5.3. Antibióticos Inyectables: 5.4. Psicofármacos: 5.5. Otras especificaciones: (6.2.) Cuando el médico coloca de su puño y letra la frase “Tratamiento Prolongado”, su equivalente o abreviaturas, pueden expenderse las cantidades indicadas en la columna “Con Tratamiento Prolongado”. Debe indicarse además el tamaño y/o contenido de cada uno, por lo que de omitirse este requisito, sólo se entregará un envase del menor tamaño y/o contenido existente. Presentación Entregar Envase de 1 (una) ampolla o frasco Hasta 5 (cinco) ampolla. Envases de más de 1 (una) ampolla o El menor número posible de envases frasco ampolla. hasta completar 5 (cinco) ampollas. Por ejemplo: si el producto se presenta en envases de 2 ampollas, pueden expenderse 3 (tres) envases = 6 (seis) ampollas. El profesional debe confeccionar además los duplicados, o los recetarios que correspondan según normas legales en vigencia. Cuando el médico: No especifica cantidades Debe entregarse: El envase de menor contenido. Sólo indica la palabra “grande” La presentación siguiente a la menor. Equivoca la cantidad y/o contenido El tamaño inmediato inferior al indicado. 6.Plan Materno Infantil: 6.1. Identificación del beneficiario Receta previamente autorizada por COVER SALUD para dicha cobertura (ver punto 8). Medicamentos: Según vademécum de la entidad. Requiere previa autorización. 6.2. Productos Cubiertos: Leches Medicamentosas: Con cobertura (aunque no figuren en Vademécum), con autorización previa de Auditoría Médica de COVER SALUD. Leches Maternizadas: Sin cobertura 6.3. Límites de cantidades: Medicamentos: Igual al resto de los planes (ver punto 5). Leches Medicamentosas: La cantidad que autorice Auditoría Médica. 7.Enfermedades Crónicas: 7.1. Identificación del beneficiario: Receta previamente autorizada por COVER SALUD para dicha cobertura (ver punto 8). Página 2 COVER SALUD OSFATUN Monotributistas y Sindicales OSPIB OSLERA OSPL ANEXO I – CIRCULAR: 697/13 C CÓDIGOS DE ENTIDADES: 321, 421, 423, 449 7.2. Productos Cubiertos: Según vademécum de la entidad. Requiere previa autorización. 7.3. Descuentos: 70% ó 100% según lo que indique la autorización. 7.4. Límites de cantidades: Igual al resto de los planes (ver punto 5). 8.Autorizaciones Especiales Solo podrán expenderse recetas que NO cumplan con todos los requisitos, Patologías Crónicas y/o Plan Materno Infantil, cuando se hallen autorizadas por COVER SALUD en la receta o vía fax. En éste último caso el fax deberá adjuntarse siempre a la receta original. Teléfonos para solicitar autorizaciones: (011) 4833-8300 o 0800-777-2683 o por e-mail a: gerenciadeprestaciones@coversalud.com.ar (COVER SALUD S.A.) 9.Productos Cubiertos: Los descuentos mencionados en el punto 1 se aplicarán únicamente sobre las especialidades medicinales comprendidas en el VADEMÉCUM vigente de la entidad. 10.Medicamentos Faltantes: Si por cualquier circunstancia, en la farmacia falta el o los medicamentos indicados por el médico, la farmacia debe obligarse a obtenerlos dentro de las 24 horas de haber sido requeridos por el afiliado, quien debe conocer tal obligación a efectos de concurrir a adquirirlos una vez que haya transcurrido dicho plazo. En ese caso la farmacia no debe retener la receta. 11.Datos a completar por la farmacia: 11.1.Fecha de venta; 11.2.Si el producto no contiene número de troquel, adjuntar código de barras del mismo; 11.3.Importes (unitarios, a cargo del beneficiario, a cargo de la entidad, totales) 11.4.Sello de la Farmacia y firma del Farmacéutico; 11.5.Firma y aclaración de quien retira los medicamentos; 12.Recomendaciones Especiales: 12.1.Colocar en la receta el número de orden correspondiente; 12.2.Adjuntar los troqueles del siguiente De acuerdo al orden de la prescripción. modo: Incluyendo el código de barras, si lo hubiera. Adheridos con goma de pegar (no utilizar abrochadora ni cinta adhesiva, debido a que dificultan la lectura del código de barras). 12.3.Las recetas deben presentarse numeradas en forma correlativa. 13.Atención de Consultas: Sobre otros aspectos referidos a las normas de atención, comuníquese con el Departamento de Atención al Cliente de COMPAÑÍA al (011) 4136-9090 – Fax: (011) 4136-9001. E-mail: info@csf.com.ar, de Lunes a Viernes, de 8:30 a 18:30 horas. 14.Muestra de Credenciales: OSPIB Página 3 COVER SALUD OSFATUN Monotributistas y Sindicales OSPIB OSLERA OSPL ANEXO I – CIRCULAR: 697/13 C CÓDIGOS DE ENTIDADES: 321, 421, 423, 449 OSPL – Mutual Senderos Frente Dorso OSLERA OSFATUN Frente Dorso 15.Muestra de recetario: Página 4 COVER SALUD OSFATUN Monotributistas y Sindicales OSPIB OSLERA OSPL CÓDIGOS DE ENTIDADES: 321, 421, 423, 449 ANEXO I – CIRCULAR: 697/13 C 16.Muestra de Habilitación Provisoria: 17.Muestra de Formulario de Autorización: En caso que el Formulario de Autorización indique que el expendio debe realizarse únicamente en un farmacia determinada, dicha autorización NO tiene validez en otra farmacia que la mencionada. Página 5 COVER SALUD OSFATUN Monotributistas y Sindicales OSPIB OSLERA OSPL ANEXO I – CIRCULAR: 697/13 C CÓDIGOS DE ENTIDADES: 321, 421, 423, 449 18.Manual de Uso – Archivo de Beneficiarios: Detallamos a continuación la información que es remitida en el Archivo de Beneficiarios Habilitados: Columna CÓDIGO DE ENTIDAD NRO. DE BENEFICIARIO NÚMERO DE CATEGORÍA Cantidad de caracteres 3 de 3 11 de 11 4 de 4 Los datos antes mencionados se presentan separados por espacios en blanco, como en el siguiente ejemplo: 321 321 321 421 421 423 423 449 449 00030107877 00030107877 00030107877 00016505384 00016510116 00094547759 00094638117 00001331332 00002769660 0001 0002 0003 0000 0000 0000 0000 0000 0000 Página 6