Numero de boletin: 28484 Fecha: 09/04/2015 INDICE: Sección

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Numero de boletin: 28484 Fecha: 09/04/2015 INDICE: Sección
Numero de boletin: 28484
Fecha: 09/04/2015
INDICE:
Sección Legislación y Normativa Provincial
44503---ACUERDO 994 / 2015 ACUERDO 994 / 2015-03-30
44482---DECRETO 476 / 2015 DECRETO SINTETIZADO / 2015-03-09
44487---DECRETO 477 / 2015 DECRETO SINTETIZADO / 2015-03-09
44498---DECRETO 478 / 2015 DECRETO SINTETIZADO / 2015-03-09
44499---DECRETO 479 / 2015 DECRETO SINTETIZADO / 2015-03-09
44488---DECRETO 482 / 2015 DECRETO SINTETIZADO / 2015-03-09
44486---DECRETO 483 / 2015 DECRETO SINTETIZADO / 2015-03-09
44489---DECRETO 484 / 2015 DECRETO SINTETIZADO / 2015-03-09
44485---DECRETO 485 / 2015 DECRETO SINTETIZADO / 2015-03-09
44502---DECRETO 486 / 2015 DECRETO SINTETIZADO / 2015-03-09
44497---DECRETO 491 / 2015 DECRETO SINTETIZADO / 2015-03-09
44490---DECRETO 492 / 2015 DECRETO SINTETIZADO / 2015-03-09
44483---DECRETO 493 / 2015 DECRETO SINTETIZADO / 2015-03-09
44481---DECRETO 498 / 2015 DECRETO SINTETIZADO / 2015-03-11
44491---DECRETO 499 / 2015 DECRETO SINTETIZADO / 2015-03-11
44500---DECRETO 502 / 2015 DECRETO SINTETIZADO / 2015-03-11
44501---DECRETO 505 / 2015 DECRETO SINTETIZADO / 2015-03-12
44492---DECRETO 506 / 2015 DECRETO SINTETIZADO / 2015-03-12
44484---DECRETO 507 / 2015 DECRETO SINTETIZADO / 2015-03-12
44496---DECRETO 510 / 2015 DECRETO SINTETIZADO / 2015-03-12
44493---DECRETO 511 / 2015 DECRETO SINTETIZADO / 2015-03-12
44480---DECRETO 512 / 2015 DECRETO SINTETIZADO / 2015-03-12
44508---DECRETO ACUERDO DE N Y U 1 / 2015 DECRETO ACUERDO DE NECESIDAD Y URGENCIA /
2015-03-09
44478---RESOLUCIONES 22 / 2015 RESOLUCION SINTETIZADA / 2015-03-12
44495---RESOLUCIONES 36 / 2015 RESOLUCION SINETIZADA / 2015-04-07
44479---RESOLUCIONES 42 / 2015 RESOLUCION SINTETIZADA / 2015-03-30
44510---RESOLUCIONES 437 / 2015 RESOLUCION SINTETIZADA / 2015-03-17
44509---RESOLUCIONES 438 / 2015 RESOLUCION SINTETIZADA / 2015-03-17
44513---RESOLUCIONES 439 / 2015 RESOLUCION SINTETIZADA / 2015-03-17
44514---RESOLUCIONES 440 / 2015 RESOLUCION SINTETIZADA / 2015-03-17
44516---RESOLUCIONES 442 / 2015 RESOLUCION SINTETIZADA / 2015-03-17
44515---RESOLUCIONES 443 / 2015 RESOLUCION SINTETIZADA / 2015-03-17
44512---RESOLUCIONES 444 / 2015 RESOLUCION SINTETIZADA / 2015-03-17
44511---RESOLUCIONES 445 / 2015 RESOLUCION SINTETIZADA / 2015-03-17
44504---RESOLUCIONES 45 / 2015 RESOLUCION SINTETIZADA / 2015-03-31
44494---RESOLUCIONES 46 / 2015 RESOLUCION SINTETIZADA / 2015-04-06
44506---VARIOS 103 / 2015 ACTA DE CIERRE DE INSCRIPCION DEL CONCURSO N° 103 PARA LA
COBERTURA DEL CARGO DE JUEZ/A DE PRIMERA INSTAM / 2015-04-08
44507---VARIOS 104 / 2015 ACTA DE CIERRE DE INSCRIPCIÓN DEL CONCURSO N° 104 PARA LA
COBERTURA DEL CARGO DE FISCAL/A DE CÁMARA PENA / 2015-04-08
Sección Avisos
187631---GENERALES / DIRECCIÓN DE ARTICULACIÓN TERRITORIAL
187593---GENERALES / DIRECCIÓN GENERAL DE CATASTRO
187618---GENERALES / DIRECCIÓN GENERAL DE CATASTRO-PADRON Nº 362010
187590---GENERALES / DIRECCIÓN GENERAL DE CATASTRO-PADRON Nº 37161
187632---GENERALES / SUBDIRECCIÓN DE CAPACITACIÓN Y ORGANIZACIÓN COMUNITARIA
187379---JUICIOS VARIOS / ALVAREZ FRANCISCO OCTAVIO S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA
187297---JUICIOS VARIOS / BELTRAMI JUAN CARLOS C/ ABDO LASTRA OLGA EUGENIA S/ DIVORCIO
VINCULAR
187498---JUICIOS VARIOS / BOTTONE SERGIO ROBERTO S/ Z- GUARDA JUDICIAL CON FINES
ASISTENCIALES
187527---JUICIOS VARIOS / BRANDAN JOSE ALEJANDRO C/SERRANO ROBERTO Y OTRO S/ DAÑOS Y
PERJUICIOS
187671---JUICIOS VARIOS / CAMPO KARINA ELIZABETH DEL VALLE S/ QUIEBRA PEDIDA
187580---JUICIOS VARIOS / CARDOZO ALDO LEONARDO C/ GHRA S.R.L. S/ COBRO DE PESOS (VIENE
DE JUZ. C.C.Y T. DEL TRABAJO 3ªNOM. POR INHIBICION)
187400---JUICIOS VARIOS / CARO MARIA NATIVIDAD S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA
187339---JUICIOS VARIOS / CATA JUAN GUILLERMO Y OTROS C/ MORILLO TIMOTEA AMDA S/
PRESCRIPCION ADQUISITIVA
187560---JUICIOS VARIOS / EL SOJAL S.R.L. Y OTROS C/ MEDINA FRANCISCO DE JESUS Y OTROS S/
REDARGUCION DE FALSEDAD
187650---JUICIOS VARIOS / FEDERACION DE COOPERATIVAS VITIVINICOLAS ARGENTINAS
COOP.LTDA (FECOVITA)C/ DISTRIBUIDORA EL TREBOL S.R.L. Y OTRA S/ Z- COBRO DE PESOS
187665---JUICIOS VARIOS / FRANCO BLANCA DELICIA S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA
187578---JUICIOS VARIOS / GEREZ PABLO HIPOLITO C/SIGLO XXI S.A (HOY DENOMINADA EL SIGLO)
Y OTRO S/ COBRO DE PESOS
187575---JUICIOS VARIOS / JORRAT MIGUEL WALTER C/ DEANA MARCOS ERNESTO S/COBRO DE
PESOS
187581---JUICIOS VARIOS / LOPEZ ROBERTO C/ SUCESION DE FRANCISCO JOSE CALLEJON Y
OTROS
187423---JUICIOS VARIOS / MONTANARO JUAN FRANCISCO S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA
187557---JUICIOS VARIOS / PEREZ LUCIA S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA
187441---JUICIOS VARIOS / PIZZOLON VÍCTOR AUGUSTO S/ CANCELACION (ESPECIAL)
187499---JUICIOS VARIOS / PROVINCIA DE TUCUMAN C/ CARLETTI RUBEN HUGO S/ COBRO
EJECUTIVO.
187522---JUICIOS VARIOS / PROVINCIA DE TUCUMAN -D.G.R.- C/ AMBIENTES INMOBILIARIOS S.R.L. S/
EJECUCION FISCAL
187634---JUICIOS VARIOS / PROVINCIA DE TUCUMAN D.G.R. C/ AQUINO RODRIGUEZ ANIMIA S/
EJECUCION FISCAL EXPTE 274/11
187655---JUICIOS VARIOS / PROVINCIA DE TUCUMAN -D.G.R.- C/ EPORA S.A. S/ EJECUCION FISCAL
187523---JUICIOS VARIOS / PROVINCIA DE TUCUMAN -D.G.R.- C/ FARMACIA AVENIDA S.C.S. S/
EJECUCION FISCAL
187656---JUICIOS VARIOS / PROVINCIA DE TUCUMAN -D.G.R.- C/ ITURRE CIRO ERNESTO S/
EJECUCION FISCAL
187524---JUICIOS VARIOS / PROVINCIA DE TUCUMAN -D.G.R.- C/ LABORATORIOS DE
INVESTIGACIONES COSMETICAS S.R.L.
187636---JUICIOS VARIOS / PROVINCIA DE TUCUMAN - DGR - C/LUMAHE S.R.L. S/ EJECUCION FISCAL
187638---JUICIOS VARIOS / PROVINCIA DE TUCUMAN D.G.R. C/ MONTES DEL OESTE S.R.L. S/
EJECUCION FISCAL EXPTE 578/13
187635---JUICIOS VARIOS / PROVINCIA DE TUCUMAN -D.G.R.- C/ SIMON SERGIO RUBEN
187629---JUICIOS VARIOS / PROVINCIA DE TUCUMAN -D.G.R.- C/ VAZQUEZ JORGE HUMBERTO S/
EJECUCION FISCAL
187584---JUICIOS VARIOS / RAMASCO PADILLA JORGE EDUARDO S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA
187646---JUICIOS VARIOS / ROBLEDO GARAY AGUSTINA MICAELA S/PARTIDAS
187582---JUICIOS VARIOS / SALEME MIGUEL ELIAS C/ LOTEO DE LA SERNA Y CIA. S.R.L. S/
PRESCRIPCION ADQUISITIVA
187624---LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / DIRECCION GRAL. RENTAS
187672---LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / ENTE TUCUMAN TURISMO LICITACION PUBLICA N° 01/15
187606---LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / GOBIERNO DE TUCUMAN DIRECCION GRAL. RENTAS
LICITACION PUBLICA N° 06/15
187674---LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / INSTITUTO DE PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL DE
TUCUMAN - IPSST
187648---LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / PODER JUDICIAL DE TUCUMAN LICITACION PUBLICA N°
07/2015.
187555---LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / SI.PRO.SA. - LIC PUB 4/15
187381---REMATES / BLASCO MIGUEL ARCANGEL C/ COMPLEJO AGROINDUSTRIAL SAN JUAN S.A. S/
Z- INDEMNIZACIONES
187652---SOCIEDADES / ASOCIACIÓN CIVIL UNIÓN DE LADRILLEROS DEL ESTE TUCUMANO
187651---SOCIEDADES / CARTOPEL S.R.L
187633---SOCIEDADES / CENTRO DE JUBILADOS Y PENSIONADOS NACIONALES SAN PEDRO DE
COLALAO
187645---SOCIEDADES / COOPERADORA DEL REGISTRO GRAL. DE CONSTRUCTORES DE OBRAS
PÚBLICAS.
187653---SOCIEDADES / HIT MEDIA S.R.L
187668---SOCIEDADES / KANSAS S.R.L.
187642---SOCIEDADES / LAPACHO AZUL S.A
187654---SOCIEDADES / MISION PENTECOSTAL "EL SOL DE JUSTICIA
187661---SOCIEDADES / PADRE SARAVIA
187666---SOCIEDADES / PARTIDO DE LOS TRABAJADORES
187644---SOCIEDADES / SOCIEDAD COOPERADORA DEL REGISTRO DE CONSTRUCTORES
187640---SOCIEDADES / SOCIEDAD DANTE ALIGHIERI DE TUCUMAN
187660---SOCIEDADES / SOCIEDAD RURAL DE TUCUMÁN
187641---SOCIEDADES / TERAN Y BERNASCONI S.R.L
187639---SUCESIONES / ALVAREZ NATALE JULIO GUILLERMO
187662---SUCESIONES / ANA MARIA TRIANTENO
187649---SUCESIONES / ANGEL JOSE AMBROSIO GUTIERREZ
187559---SUCESIONES / ANGEL ZIVILLICA
187610---SUCESIONES / BENITO HIPOLITO VILLALBA
187617---SUCESIONES / CABRERA PASCUAL BAILON Y MAGDALENA DEL CARMEN IBARRA,
187670---SUCESIONES / CARLOS MANUEL ALBARRACIN Y DE DORA MARTA VAQUERA,
187621---SUCESIONES / CARLOS RENE ZELAYA D.I. N° 14.660.672
187663---SUCESIONES / CESAR ALBERTO TELLO
187613---SUCESIONES / DOMINGO PEDRO BOBBA
187669---SUCESIONES / EMMA LILIA TULA
187568---SUCESIONES / FIGUEROA PEDRO MANUEL Y DE COSTILLA NELIDA ARGENTINA
187589---SUCESIONES / GARBICH LEOPOLDO MANUEL
187611---SUCESIONES / GOMEZ JUAN VICENTE
187570---SUCESIONES / GUZMAN MARIA CLEMENTINA Y ORQUEDA GREGORIO BENJAMIN
187601---SUCESIONES / HEREDIA CECILIO D.N.I. N° 7.050.921
187673---SUCESIONES / HORACIO ALBERTO TELLO
187637---SUCESIONES / IRMA ISABEL O YRMA YSABEL RIVADENEIRA
187664---SUCESIONES / JOSE RAUL ROJAS
187605---SUCESIONES / JUAN CARLOS ZALAZAR
187592---SUCESIONES / JUAREZ MIRTHA AZUCENA
187658---SUCESIONES / LUCIA JOSEFINA MORANT
187616---SUCESIONES / MARIA AIDA IBARRA
187545---SUCESIONES / MARIA ARGENTINA ZELAYA
187627---SUCESIONES / MARIA TERESA JOYA SANCHEZ
187546---SUCESIONES / MARIO ANTONIO CORBERA
187596---SUCESIONES / MARTA NORA DEL VALLE FERRARI D.I. N° 4.225.108
187630---SUCESIONES / MATILDE FALCHI
187576---SUCESIONES / MIGUEL AUGUSTO AGUILERA
187620---SUCESIONES / MIRIAM DEL VALLE SANDOVAL D.I. N° 3.841.755
187551---SUCESIONES / MOLINA GARCIA JOSE D.N.I. N° 93.905.039
187597---SUCESIONES / MONTENEGRO JAVIER OMAR
187659---SUCESIONES / NEMESIO ANGEL ANTONIO MORALES
187619---SUCESIONES / PALACIOS HECTOR JAIME
187667---SUCESIONES / PAULINA RAQUEL ANTONIA FIGUEROA
187612---SUCESIONES / RAMON GERASIMO GALLARDO
187609---SUCESIONES / ROBERTO ERNESTO CANCINO
187574---SUCESIONES / RODRIGUEZ HECTOR SEBASTIAN
187594---SUCESIONES / SANCHEZ MANUEL RAMON
187550---SUCESIONES / SARA BAUDILIA BARROCA
187643---SUCESIONES / SAYAGO DE COLOMBRES CATALINA DEL VALLE D.N.I. N° 1.943.998
187657---SUCESIONES / TORIBIO LUIS VALDEZ Y DE EVELIA DEL TRANSITO ALBORNOZ
Aviso número 44503
ACUERDO
994 / 2015 ACUERDO 994 / 2015-03-30
HONORABLE TRIBUNAL DE CUENTAS. ACUERDO N° 994, del 30/03/2015. --- ARTICULO 1°:
DECLARAR LA REBELDIA del Sargento CARLOS MARCELO QUIPILDOR -DNI 17.041.632,
Legajo Personal N° 3199- en el Juicio de Responsabilidad ordenado por Acuerdo N°
3177 TC-14. ARTICULO 2°: Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial por un (1)
día y oportunamente archívese. Fdo.: C.P.N. Miguel Ch. Terraf, C.P.N. Marcelo
Vidal; Dr. Sergio M. Diaz Ricci.-
Aviso número 44482
DECRETO 476 / 2015 DECRETO SINTETIZADO / 2015-03-09
DECRETO N° 476/3 (ME), del 09/03/2015. --- Dispónese que -a partir de la fechalos agentes consignados, se desempeñarán en igual condición de revista y con
dependencia de las Unidades de Organización que se indican en cada caso. U.O. N°
480 Contaduría General de la Provincia: Apellido Nombre CARBAJAL ERIKA ROMINA;
JIMENEZ GUSTAVO; ALURRALDE MARIANO; QUINTANA VERONICA INES; MAROLDA FACUNDO
GABRIEL. U.O. N° 510. DIR. DE ORGANIZACIÓN Y MÉTODOS: MENDEZ GARCIA JOSE
SEBASTIAN. U. O. N° 280 DIR. DE REGISTRO INMOBILIARIO: CALVI GASTON ABEL. U. O.
N° 530 DIR. GENERAL DE CATASTRO: GARAYO DANIEL ALBERTO; MOLINA FILGUEIRA JULIO
CESAR. U.O. N° 470 DIRECCION GENERAL DE PRESUPUESTO: MICALE ALDO SEBASTIAN. U.O
N° 500 TESORERIA GENERAL DE LA PROVINCIA: GARCIA SARE SANTIAGO.
Aviso número 44487
DECRETO 477 / 2015 DECRETO SINTETIZADO / 2015-03-09
DECRETO N° 477/3 (ME), del 09/03/2015. --- Dispónese la Comisión de Servicios en
el Ministerio de Desarrollo Social, a partir del 11 de marzo de 2015, del C.P.N.
Franco Sebastián Almonacid, D.N.I N° 26.638.082, personal categoría 21,
dependiente de la Contaduría General de la Provincia, por el término de tres
meses.- Déjase establecido que la Comisión de Servicios dispuesta por el artículo
anterior, se prorrogará automáticamente por un periodo de tres (3) meses.
Aviso número 44498
DECRETO 478 / 2015 DECRETO SINTETIZADO / 2015-03-09
DECRETO N° 478/3 (ME), del 09/03/2015. Expte. N° 1.756/700-D-2014. --- Dispónese
la transferencia desde el Ministerio de Gobierno, Justicia y Seguridad al
Departamento General de Policía, de una camioneta inventariada con el código 252101 marca Chevrolet Blazer, Modelo M2.006, Motor M1T258556, Chasis N°
9BG116AC421207, Dominio FPO 006.
Aviso número 44499
DECRETO 479 / 2015 DECRETO SINTETIZADO / 2015-03-09
DECRETO N° 479/3 (ME), del 09/03/2015. Expte. N° 910/300-P-2014. --- Dispónese la
donación al Partido Desempleados Unidos (Personería Jurídica Política N° 23/14)
de los bienes que se detallan a continuación y que se encuentran en desuso en el
MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO: Silla metálica tapiz; Silla metálica tapiz;
PC-Bis Wal 1455465; Impresora HP BR58G4G105 Q1660A; PC IBM KPAC715; Monitor HP
5502 CNC6021JPM.
Aviso número 44488
DECRETO 482 / 2015 DECRETO SINTETIZADO / 2015-03-09
DECRETO N° 482/1 (FE), del 09/03/2015. --- Autorízase a la señora Directora
Judicial de la Fiscalía de Estado, Dra. Adriana L. Altube de González Navarro a
trasladarse en misión oficial -por vía aérea- a la ciudad de Mar del Plata, el
día 10 de marzo de 2015 con regreso a esta Provincia el día 14 de marzo de 2015.-
Aviso número 44486
DECRETO 483 / 2015 DECRETO SINTETIZADO / 2015-03-09
DECRETO N° 483/9 (MDP), del 09/03/2015. --- Autorízase al señor Director de
MiPyME. Lic. Luis Arias, y a los señores Carlos Roberto Medina, y Miguel Angel
Cerúsico, dependientes de la Secretaría de Estado de MiPyME y Empleo; a
trasladarse en misión oficial a la localidad de Ayacucho, Provincia de Buenos
Aires, vía terrestre, saliendo el día 11/03/15 con regreso el día 16/03/15.-
Aviso número 44489
DECRETO 484 / 2015 DECRETO SINTETIZADO / 2015-03-09
DECRETO N° 484/9 (MDP), del 09/03/2015. Expte. N° 84/332-J-2015. --- Autorizase
al señor Jorge Luis Ronveaux, -Personal de la Dirección de Recursos Hídricos-,
para que el día 18 de marzo de 2015, se traslade por vía terrestre a las
Localidades de Singuil y Balcozna - Provincia de Catamarca-, debiendo regresar
por igual medio el mismo día.
Aviso número 44485
DECRETO 485 / 2015 DECRETO SINTETIZADO / 2015-03-09
DECRETO N° 485/9 (MDP), del 09/03/2015. Expte. N° 152/300-C-2015. --- Autorízase
al Director de Ganadería, Ing. Agr. Juan José Navarro, Funcionario de Conducción
a trasladarse -vía aérea- a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el día 10 de marzo
de 2015, con regreso el día 12 del mismo mes y año.-
Aviso número 44502
DECRETO 486 / 2015 DECRETO SINTETIZADO / 2015-03-09
DECRETO N° 486/9 (MDP), del 09/03/2015. Expte. N° 1210/300-D-2014. --- Declárase
de interés provincial el "Proyecto de Cogeneración de Energía Eléctrica
Renovable", adjudicado a Compañía Eléctrica La Florida S.A. en el marco del
Concurso Privado ENARSA N° EE 03/2011. Déjase establecido que lo dispuesto no
significará erogación alguna para el erario provincial.
Aviso número 44497
DECRETO 491 / 2015 DECRETO SINTETIZADO / 2015-03-09
DECRETO N° 491/1 (FE), del 09/03/2015. --- Autorizase al señor Fiscal de Estado
Dr. Jorge Esteban Posse Ponessa y al chofer de Fiscalía de Estado señor Felix
Horacio Rodríguez, a trasladarse en misión oficial -por vía terrestre- a la
ciudad de San Salvador de Jujuy, el día 13 de marzo de 2015 con regreso a esta
Provincia el mismo día.
Aviso número 44490
DECRETO 492 / 2015 DECRETO SINTETIZADO / 2015-03-09
DECRETO N° 492/3 (ME), del 09/03/2015. --- Autorizase al Señor Secretario de
Estado de Asistencia Técnica y Jurídica del Ministerio de Economía, C.P.N.
REIMUNDO GUSTAVO ABDELNUR, a trasladarse en misión oficial a la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, el día 10 de marzo de 2015, vía aérea-, regresando a nuestra
provincia el día 13 de marzo del corriente año.
Aviso número 44483
DECRETO 493 / 2015 DECRETO SINTETIZADO / 2015-03-09
DECRETO N° 493/3 (ME), del 09/03/2015. --- Autorízase al señor Ministro de
Economía, C.P.N. JORGE GUSTAVO JIMÉNEZ, a trasladarse -utilizando la vía aérea- a
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el día 10 de marzo de 2015, a fin de cumplir
con la misión oficial encomendada, regresando a nuestra provincia el día 11 de
marzo del corriente año.-
Aviso número 44481
DECRETO 498 / 2015 DECRETO SINTETIZADO / 2015-03-11
DECRETO N° 498/1, del 11/03/2015. --- Otórgase a las personas que más abajo se
detallan un subsidio por las sumas que en cada caso se indica, quedando facultada
la Dirección de Administración de la Secretaría General de la Gobernación, a
emitir las correspondientes Órdenes de Pago, para hacer efectivo el pago de
dichos importes a las mismas, Daniel Ernesto Ortiz, con domicilio en B° San
Miguel Sud Oeste, Mza. B, Lote 10 s/n, de esta ciudad por la suma de $6.083.Manuel Nicolás Mansilla, con domicilio en B° Lola Mora, Mza. 10, Lote 21 s/n, de
esta ciudad, por la suma de $8.000. María Rosa Dorado con domicilio en San
Alberto Alderetes, Dpto. Cruz Alta, por la suma de $8.000.-
Aviso número 44491
DECRETO 499 / 2015 DECRETO SINTETIZADO / 2015-03-11
DECRETO N° 499/1, del 11/03/2015. --- Designase como Personal Temporario de la
Secretaría General de la Gobernación, con una remuneración equivalente a la
Categoría 19, a la señorita Nadia Verónica ARROYO, D.N.I N° 38.245.322.-
Aviso número 44500
DECRETO 502 / 2015 DECRETO SINTETIZADO / 2015-03-11
DECRETO N° 502/3 (SH), del 11/03/2015. Expte. N° 351/220-L-2015. --- Otórgase a
la Municipalidad de Las Talitas, un Préstamo Reintegrable por la suma total de
$796.250.-, con cargo a Rentas Generales, para atender el pago de la Ayuda Social
dispuesta por Decreto N° 3.970/3 (ME) del 18 de diciembre de 2014. Facúltase a la
DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL MINISTERIO DE ECONOMIA, a emitir la respectiva
orden de pago a favor de la Caja Popular de Ahorros de la Provincia de Tucumán,
agente fiduciario del municipio mencionado. El monto del préstamo que se otorga a
pedido del intendente municipal, será canalizado vía Cuenta Fiduciaria de la
Municipalidad de Las Talitas.
Aviso número 44501
DECRETO 505 / 2015 DECRETO SINTETIZADO / 2015-03-12
DECRETO N° 505/3 (SH), del 12/03/2015. Expte. N° 39445/376-D-2014. --- Exceptúase
-a los fines del presente trámite- a la Jurisdicción 19: SAF ME - DEP. SERV. ADM.
FIN. DIR. GRAL. DE RENTAS, Programa 11 U.O. N° 490 -Dirección Gral. de Rentas-,
de la restricción del Artículo 5° del Decreto N° 14/3(SH) del 7 de enero de 2015.
Extráese de la Jurisdicción 50 SAF OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO-, Programa 93
-Erogaciones Varias - Finalidad/Función 199, Subprograma 00, Proyecto 00,
Actividad/Obra 03 -Créditos Adicionales-, Financiamiento 10 -Recursos Tesoro
General de la Provincia-, Partida Subparcial 439 -Equipos Varios-, la suma de
$210.000.-, del Presupuesto General 2015. Increméntase en la Jurisdicción 19: SAF
ME - DEP. SERV. ADM. FIN. DIR. GRAL. DE RENTAS-, Programa 11 U.O. N° 490 Dirección Gral. de Rentas-, Finalidad/Función 160, Subprograma 00, Proyecto 00,
Actividad/Obra 01 U.O. N° 490 -Dirección Gral. de Rentas-, Financiamiento 10 Recursos Tesoro General de la Provincia-, la Partida Subparcial 436 -Equipo para
Computación-, por la suma de $210.000.-, del Presupuesto General 2015.
Aviso número 44492
DECRETO 506 / 2015 DECRETO SINTETIZADO / 2015-03-12
DECRETO N° 506/3 (SH), del 12/03/2015. Expte. N° 1004/530-S-2014. --- Extráese de
la Jurisdicción 50 -SAF OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO-, Programa 93 Erogaciones Varias-, Finalidad/Función 199, Subprograma 00, Proyecto 00,
Actividad 03 Créditos Adicionales-, Financiamiento: Fuente 10 -Recursos Tesoro
General de la Provincia-, Partida Subparcial 517 -Transferencias a otras
instituciones culturales y sociales sin fines de lucro-, la suma de $100.000.-,
del Presupuesto General 2015. Incorpórase en Jurisdicción 03 -SAF GSGG
GOBERNACIÓN y SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN, Programa 34 -CE N° 706.2Fondos Nacionales, Finalidad/Función 349, Subprograma 00, Proyecto 00, la
Actividad 25 -CE N° 706.2- Fondos Nacionales, el Financiamiento: Fuente 10 Recursos Tesoro General de la Provincia- y la Partida Subparcial 517 Transferencias a otras instituciones culturales y sociales sin fines de lucro-,
la suma de $100.000.-, del Presupuesto General 2015, quedando exceptuada la suma
de la restricción del Artículo 1° del Decreto N° 14/3(SH) del 7 de enero de 2015.
Aviso número 44484
DECRETO 507 / 2015 DECRETO SINTETIZADO / 2015-03-12
DECRETO N° 507/3 (ME), del 12/03/2015. Expte. N° 244/112-D-2015. --- DISPONESE la
prórroga, a partir del 29/03/2015 -por el término de tres meses- de la Comisión
de Servicios en la DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS, dispuesta mediante
Decreto N° 4.123/3(ME) del 29/12/2014. Déjase establecido que la Comisión de
Servicios dispuesta, se prorrogará automáticamente por un periodo de tres (3)
meses.
Aviso número 44496
DECRETO 510 / 2015 DECRETO SINTETIZADO / 2015-03-12
DECRETO N° 510/1, del 12/03/2015. Expte. N° 019/115-D-15. --- Autorízase al señor
Horacio Labrador Legares, Piloto de la Dirección Provincial de Aeronáutica, a
trasladarse en misión oficial, vía aérea, a la ciudad de Córdoba, el día 15 de
marzo de 2015, con regreso el día 16 del mismo mes y año.
Aviso número 44493
DECRETO 511 / 2015 DECRETO SINTETIZADO / 2015-03-12
DECRETO N° 511/1, del 12/03/2015. Expte. N° 132/800-S-2014. --- Déjase
establecido que lo dispuesto por el Decreto N° 3.617/1 (SIDETEC) del 21 de
noviembre de 2014, será atendido con las Partidas Presupuestarias específicas con
que al efecto cuenta la Unidad de Organización N° 105, Denominación: Secretaría
de Estado de Innovación y Desarrollo Tecnológico, del Presupuesto General
Vigente.
Aviso número 44480
DECRETO 512 / 2015 DECRETO SINTETIZADO / 2015-03-12
DECRETO N° 512/1, del 12/03/2015. Expte. N° 047/126-U-2014. --- Déjase
establecido que la erogación emergente de la misión oficial dispuesta por el
Decreto N° 3.947/1 del 16 de diciembre de 2014, será atendida con las Partidas
Presupuestarias, específicas con que al efecto cuenta la Unidad de Organización
N° 040, Denominación: Gobernación y Secretaría General de la Gobernación, del
Presupuesto General Vigente.
Aviso número 44508
DECRETO ACUERDO DE N Y U 1 / 2015 DECRETO ACUERDO DE NECESIDAD Y
URGENCIA / 2015-03-09
DECRETO ACUERDO DE NECESIDAD Y URGENCIA N° 1/1, del 09/03/2015.
VISTO, la emergencia climática que se registra en el territorio provincial, y
CONSIDERANDO:
Que bastas zonas de la provincia se ven afectadas por la copiosas lluvias que se
registraron en los últimos días afectando, a la fecha, población que reside en
los Departamentos Simoca, Burruyacu, Graneros, Capital ,Yerba Buena y
Chicligasta.
Que la información con que cuentan los organismos provinciales, hacen prever el
acrecentamiento de esta situación de crisis, por lo que el estado debe coadyuvar
a brindar las soluciones que las distintas situaciones lo ameritan.
Que en tal sentido se debe disponer que las reparticiones y organismos
involucrados, y responsables de las acciones ante la emergencia, actúen con la
celeridad debida, con la provisión de bienes y la asistencia técnica y de
personal necesarios.
Que en atención a lo expuesto, se debe dictar el pertinente acto administrativo
que posibilite a las Reparticiones y Organismos Centralizados y Descentralizados
a efectuar en forma directa las contrataciones de bienes y servicios que resulten
necesarios, lo cual amerita obrar conforme las previsiones del Art. 101 de la
Constitución de la Provincia.
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA EN ACUERDO DE MINISTROS DECRETA:
Artículo 1°.- Declárase, en atención a lo expresado, la emergencia hídrica,
social y comunitaria en todo el territorio provincial.
Artículo 2°.- Dispónese que todas las Reparticiones y Organismos Centralizados,
Descentralizados y Autárquicos del Estado Provincial deberán prestar la
colaboración en elementos, bienes y personal que les fuera requerida, para
atender la emergencia que se declara en el presente decreto acuerdo de necesidad
y urgencia.
Artículo 3°.- Dispónese que la adquisición de bienes y la provisión de servicios
que sean necesarios para atender la emergencia que se dispone, deberán ser
consideradas de urgencia, quedando exceptuadas de las disposiciones de la Ley de
Administración Financiera.
Artículo 4°.-Remítase a la H. Legislatura de la Provincia en cumplimiento de lo
preceptuado por el Art. 101, inc. 2° de la Constitución de la Provincia.
Artículo 5°.- El presente decreto acuerdo de necesidad y urgencia será refrendado
por los señores señor Ministro de Gobierno, Justicia y Seguridad, de Economía, de
Desarrollo Social, de Interior, de Salud Pública, de Desarrollo Productivo, de
Educación y firmado por la señora Secretaria General de la Gobernación.
Artículo 6°.- Dése al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese,
publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Aviso número 44478
RESOLUCIONES 22 / 2015 RESOLUCION SINTETIZADA / 2015-03-12
DIRECCION DE PERSONAS JURIDICAS. RESOLUCION N° 22/2015-DPJ, del 12/03/2015. --ARTICULO 1°: Apruébese el Acta Constitutiva con firma certificada por Escribano
Público, y Estatuto Tipo de Fundaciones de "FUNDACION CADENA MASCOTERA" con
domicilio en jurisdicción de la Provincia de Tucumán y sede social en calle La
Rioja N° 19, San Miguel de Tucumán, Tucumán, que obran de fs. 02 a 03 bis del
Expte N° 5462-211-F-2014 y 04 a 09 del Expte N°4748-211-F-2014 respectivamente, y
reconocer a la misma el carácter de Persona Jurídica, quedando obligada al
estricto cumplimiento de las disposiciones legales en vigor. ARTICULO 2°: Las
fojas del Acta y Estatuto precedentemente aprobadas serán firmadas y selladas por
el Director de la Dirección de personas Jurídicas. ARTICULO 3°: Indicar a las
autoridades de la Entidad que deberán proceder en el plazo de 90 (noventa) días
corridos a partir de la presente notificación a rubricar los libros sociales y
contables obligatorios conforme la normativa y con las formalidades exigidas por
este Organismo de Contralor, bajo apercibimiento de retirar de oficio la
personería Jurídica. ARTICULO 4°: Notifíquese, regístrese, publíquese en el
Boletín Oficial y archívese.-
Aviso número 44495
RESOLUCIONES 36 / 2015 RESOLUCION SINETIZADA / 2015-04-07
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS. RESOLUCIÓN GENERAL N° 36/15, del 07/04/2015. --Artículo 1°.- Considerar presentadas e ingresados en término las declaraciones
juradas y los pagos que se efectúen hasta el 17 de abril de 2015 inclusive, de
las obligaciones tributarias correspondientes a los agentes de retención del
Impuesto de Sellos encuadrados en el Decreto N° 1430/3(SH)-81, período 3/2015,
cuyos vencimientos operan el día 10 de abril de 2015. Artículo 2°.- Notifíquese,
publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-
Aviso número 44479
RESOLUCIONES 42 / 2015 RESOLUCION SINTETIZADA / 2015-03-30
DIRECCION DE PERSONAS JURIDICAS. RESOLUCION N° 42/15-DPJ, del 30/03/2015. --ARTICULO 1°: Apruébase el Acta Constitutiva con firma certificada por Escribano
Público, y Estatuto Tipo de Fundaciones de la "FUNDACIÓN PARTICIPACIÓN
CIUDADANA", con domicilio legal en Manzana K, Block 10, Dpto. 3, Planta Baja,
Barrio 1500 Viviendas e Infraestructura Oeste II de la ciudad de San Miguel de
Tucumán, Provincia de Tucumán, que obran a fs. 02 a 04 del Expte. 6345/211-F-14 y
fs. 04 a 09 del Expte. N° 4572/211-F-14 respectivamente, y reconocer a la misma
el carácter de Persona Jurídica, quedando obligada al estricto cumplimiento de
las disposiciones legales en vigor. ARTICULO 2°: Las fs. del Acta y Estatuto
precedentemente aprobadas serán firmadas y selladas por el Director de la
Dirección de Personas Jurídicas. ARTICULO 3°: Indicar a las autoridades de la
Entidad que deberán proceder en un plazo de 90 (noventa) días corridos a partir
de la presente notificación, a rubricar los libros sociales y contables
obligatorios conforme la normativa y con las formalidades exigidas por este
organismo de contralor, bajo apercibimiento de retirar de oficio la Persone ría
Jurídica. ARTICULO 4°: Notifíquese, regístrese, publíquese en el Boletín Oficial
y archívese.
Aviso número 44510
RESOLUCIONES 437 / 2015 RESOLUCION SINTETIZADA / 2015-03-17
RESOLUCION SINTETIZADA
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Aviso número 44509
RESOLUCIONES 438 / 2015 RESOLUCION SINTETIZADA / 2015-03-17
RESOLUCION SINTETIZADA
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Aviso número 44513
RESOLUCIONES 439 / 2015 RESOLUCION SINTETIZADA / 2015-03-17
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Aviso número 44514
RESOLUCIONES 440 / 2015 RESOLUCION SINTETIZADA / 2015-03-17
RESOLUCION SINTETIZADA
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Aviso número 44516
RESOLUCIONES 442 / 2015 RESOLUCION SINTETIZADA / 2015-03-17
RESOLUCION SINTETIZADA
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Aviso número 44515
RESOLUCIONES 443 / 2015 RESOLUCION SINTETIZADA / 2015-03-17
RESOLUCION SINTETIZADA
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Aviso número 44512
RESOLUCIONES 444 / 2015 RESOLUCION SINTETIZADA / 2015-03-17
RESOLUCION SINTETIZADA
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Aviso número 44511
RESOLUCIONES 445 / 2015 RESOLUCION SINTETIZADA / 2015-03-17
RESOLUCION SINTETIZADA
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Aviso número 44504
RESOLUCIONES 45 / 2015 RESOLUCION SINTETIZADA / 2015-03-31
JUNTA ELECTORAL TUCUMAN. RESOLUCION N° 45/15-HJEP, del 31/03/2015. --- I.RECONOCER personalidad jurídico política a la agrupación COMPROMISO CIUDADANO
INDEPENDIENTE para actuar como partido político en la jurisdicción de la
Provincia de Tucumán. II.- OTORGAR el número 450 al mencionado partido según lo
dispuesto por el artículo 26° de la ley 5.454 y resolución de la H. Junta
Electoral del 22/04/03. III.- PUBLICAR edictos por un día, libre de derechos, en
el Boletín Oficial de la Provincia, haciéndose conocer la declaración de
principios y bases de acción política, carta orgánica y la presente resolución.
Hagase Saber. Dr. Antonio Gandur, Presidente. Leg. Regino Amado, Vocal.
DECLARACION DE PRINCIPIOS
El Partido Provincial Compromiso Ciudadano, reconoce como principios
fundamentales que regirán su acción política, el cumplimiento en el ámbito
Provincial, Municipal y Comunal, de los fines expresados en la Constitución de la
Provincia y de la Nación. El momento reclama la construcción de proyectos
colectivos en los que el protagonismo social sea la esencia de la razón política.
Proyectos que se mantengan en el tiempo, dirigidos a la edificación de una
sociedad equitativa y solidaria, que potencie las capacidades de cada ciudadano
en un marco de armonía, respeto e integración social. Proyectos que surjan desde
la sociedad y sus organizaciones y que encuentren en el Estado un espacio abierto
e integrador para su concreción. La crisis ha sido el rostro de nuestro país
durante muchas décadas. Crisis económica, social, institucional, política y
cultural. Sin reglas de juego claras y justas en lo económico y en lo social,
donde lo único permanente es el beneficio creciente de los sectores mas
concentrados de la economía. La profundización hasta limites intolerables de la
brecha entre pobres y ricos y su consecuencia: La exclusión social, nos obliga a
dirigir una mirada critica a quienes en el sistema democrático tenemos la
responsabilidad en la dirección de los destinos de la Población: los partidos
políticos. Hoy los argentinos nos enfrentamos casi con los mismos problemas del
siglo pasado: desocupación, hambre, miseria y marginalidad que se abaten sobre
la sociedad como herencia trágica de los noventa. Los partidos políticos sumidos
en discusiones estériles y decadentes y eternas internas, son visualizados desde
la ciudadanía como incapaces de generar un proyecto cultural y político de
producción y trabajo argentinos cuyo diseño y ejecución constituye, sin lugar a
dudas, la deuda pendiente de la democracia. En este marco conceptual, resulta
inexcusable hacerse cargo desde la política de la necesidad vital de abordar un
proceso de renovación, que dejando atrás un pasado que la mayoría de los
tucumanos quiere superar, permita la construcción de un nuevo espacio de gestión
política e institucional en la Provincia de Tucumán. Recreación de ideas y
conceptos que tiene que ver con la obligación de repensar la provincia en
función del presente, del futuro y del mundo que nos circunda sin renegar de
nuestra historia y sin perder de vista los objetivos nacionales, pero con la
convicción de que las ideas sin actualizar dejan de ser tales y se convierten en
dogmas. Actualización de ideas, recreación de conceptos, diseños de nuevos
instrumentos. Imaginar y llevar adelante la construcción de una nueva provincia
exige que las instituciones políticas renueven sus dirigencias y den respuesta a
la natural necesidad de relevo generacional. Capacidad de gestión y de
administración de la cosa públicaentendidas como una mejor calidad de vida de la
gente- deben ser los rasgos distintivos de una nueva dirigencia. La incapacidad
de los gobiernos nunca la pagan los políticos, sólo la sufren los ciudadanos. Es
por eso que desde nuestro lugar de ciudadano comprometido, con el impulso de
nuestros deseos de una provincia Eficiente, protector de las clases
desprotegidas, nos comprometemos a concretar y consolidar este nuevo modelo que
nos marcan nuestros principios. Porque queremos ser protagonistas de las
transformaciones que merece nuestra provincia. Porque estamos convencidos de que
es este protagonismo la mejor garantía de que nadie será excluido por su
condición económica, sexual, religiosa, educativa, y racial. Porque no
claudicamos en la búsqueda de la Verdad, la Justicia y la defensa irrestricta de
todos los derechos humanos. Porque creemos que el Estado -en permanente
articulación con el sector privado y con las organizaciones de la comunidad- es
el espacio democrático ideal para promover, organizar y conducir la búsqueda de
esas transformaciones. Porque defendemos la existencia de una Provincia
transparente, en el que los miembros de la comunidad debemos intervenir en la
definición e implementación de las políticas públicas, como forma de garantizar
una administración honesta y austera de los recursos comunes. Porque sabemos que
la transparencia en la gestión del Estado, además de reducir los costos y
terminar con el enriquecimiento de corruptos y corruptores, es el camino ideal
para conseguir prestaciones más eficientes de parte de la provincia. Porque
consideramos que la gravedad de la crisis merece que aunemos esfuerzos para
consolidar un Estado provincial honesto, austero, eficiente y participativo, que
cuente con los recursos y las capacidades para dar respuestas a las necesidades
cada vez más severas que tenemos los tucumanos. Porque estamos convencidos de que
esta unidad de esfuerzos no admite imposición ni hegemonía de intereses
personales o sectoriales por sobre la prosecución del objetivo de alcanzar el
desarrollo equitativo y solidario de nuestros barrios y sus habitantes. Porque no
vamos a ceder ante aquellos que, señalando el mal ejemplo de algunos dirigentes,
pretenden alejar a la comunidad de la actividad política, para de esa forma
continuar saqueando cada día a más familias en todo el país. Porque no debemos ni
queremos abandonar a nuestros chicos, a nuestros padres, a nuestros abuelos, a
nuestros enfermos, a nuestros trabajadores, a nuestros empresarios, a nuestros
estudiantes y a todos aquellos a los que el modelo de exclusión social y
concentración de la riqueza se empeña en darles la espalda. Porque creemos que,
ante un mundo desigualmente globalizado, es imperioso organizarse para la
construcción de una alternativa política local que trabaje en pos del desarrollo
económico, social y humano de nuestra provincia y que pueda ser un ejemplo para
todo el país. Por eso y para ser artífices de nuestro futuro y de las próximas
generaciones, entendemos que la única manera posible es el COMPROMISO CIUDADANO,
y construir ese camino, es nuestro principal propósito.
BASES DE ACCION POLITICA
El Partido Compromiso Ciudadano es la expresión política de un conjunto de
personas comprometidas, que aspiran a representar desde el Gobierno provincial,
local, los intereses de la comunidad de Tucumán. Los impulsores del presente
Partido, acordamos los siguientes puntos como bases de nuestra acción política,
en el entendimiento de asegurar la plena vigencia de los principios que nos
inspiran: PROMOCION DEL DESARROLLO HUMANO: La desigual distribución de la
riqueza, excluye a gran parte de la población del acceso a los más básicos
derechos humanos. El Estado provincial, como articulador de la diversidad social,
debe bregar por la compensación de esas desigualdades, garantizando -junto al
sector privado y las organizaciones de la comunidad- un mayor y mejor acceso de
todos los ciudadanos a la vivienda, la cultura, la salud, la educación, la
recreación y el descanso. En este sentido, el Gobierno a cargo de la Provincia,
deberá proyectar y organizar la provisión de los recursos económicos, humanos y
tecnológicos suficientes para garantizar ese acceso, recurriendo además a la
asistencia de los niveles estatales nacionales y de organismos públicos y
privados de financiamiento externo. La defensa de todos los derechos humanos, así
como la condena de cualquier acto que vulnere la integridad física, intelectual o
espiritual de los ciudadanos, debe ser asumida como una política de Estado. La
prevención y el cuidado de la salud, la asistencia a espectáculos públicos, la
participación en activa en programas que mejoren la calidad de vida de la
población, la mejora habitacional, la formación educativa o el acceso libre a
espacios de integración social, no pueden sino ser derechos cuyo cumplimiento
debe estar garantizado por parte del Municipio. Asimismo, el Estado local debe
facilitar mecanismos de resolución alternativa de conflictos entre vecinos e
intervenir a favor de estos en su relación con las empresas, especialmente con
las concesionarias responsables de prestar servicios públicos. Para ello, la
Provincia debe continuar con la tarea promovida desde las áreas de mediación y de
defensa de los usuarios y consumidores, e impedir que los sectores más poderosos
de la comunidad impongan reglas y condiciones ilegales, ilegítimas o inmorales a
los vecinos. FORTALECIMIENTO DE LA SOCIEDAD CIVIL: El intento de imposición a
nivel global de un modelo de pensamiento único -que trasciende los márgenes de la
economía y alcanza a todas las esferas del intercambio social- se corresponde con
la generación de comunidades en las que la competencia y el individualismo son
los mecanismos supuestamente exitosos de crecimiento. Así, la cooperación, la
solidaridad, el respeto, la tolerancia y la integración son denigradas por
quienes profesan el modelo competitivo de desarrollo social. Sin embargo, la
profundización de la crisis refleja la incapacidad de este régimen económico y
político para dar respuestas al conjunto social y demuestra que la exclusión cada
vez más vasta es esencial a su vigencia. Paralelamente, el asociativismo, la
llamada economía social o la creciente participación de los ciudadanos en
distintas organizaciones de la comunidad, surgen como alternativas viables para
un desarrollo más armónico y equitativo y colocan al ciudadano en un rol
protagónico en el crecimiento no sólo individual, sino de su grupo, su barrio o
su sector social. En ese marco, el Estado local debe promover el crecimiento de
las organizaciones de la comunidad mediante asistencia técnica, capacitación,
recursos y generación de ámbitos democráticos de intercambio y participación.
Asimismo, debe garantizar que los distintos colectivos sociales puedan estar
legítimamente representados en los espacios institucionales que se generen.
MEJORAMIENTO DEL ENTORNO URBANO: La Provincia de Tucumán estuvo durante años
carente de una planificación urbana viable, acorde a los nuevos modelos de
comunidad, con una plan de proyección a futuro que garantice su crecimiento de
manera armónica, armonía con sus recursos naturales y armonía con su creciente y
pujante desarrollo económico, tanto en lo industrial, agropecuario y comercial,
buscamos garantizar la calidad de su entorno urbano. Cuadras cedidas a
comerciantes ilegales, plazas descuidada, caos en la circulación y
estacionamiento y calles sin iluminación y con pozos, eran postales cotidianas
hasta hace pocos años. Los proyectos de intervención urbana no tenían más
complejidad que la que permitía sacar provecho económico a sus autores y la
planificación estratégica del crecimiento de los barrios y centros comerciales
sucumbía ante el pequeño emprendimiento cortoplacista. El Gobierno local, debe
asumir con compromiso y responsabilidad el diseño de un Plan Estratégico, que
atienda a la necesidad de generar un entorno acorde a las necesidades de
crecimiento económico, demográfico y cultural del conjunto social. Paralelamente,
una provincia de las características de Tucumán requiere una intervención
permanente sobre su infraestructura pública, de manera de ampliar y mejorar la
cantidad de espacios para el aprovechamiento social y generar ámbitos urbanos en
los que la belleza estética se corresponda con una mayor seguridad para los
ciudadanos. Con respecto a este último aspecto, el fomento de redes comunitarias
de protección así como la articulación de tareas y funciones entre el Gobierno y
la Policía provincial han demostrado ser caminos adecuados para reducir los
niveles de inseguridad urbana. Las intervenciones urbanas desde el Estado
Provincial -ya se trate de las necesarias adecuaciones del código de ordenamiento
o de obras puntuales- necesitan ser diseñadas con la intervención de las
organizaciones de la comunidad. SEGURIDAD Tenemos plena conciencia de que la
inseguridad reinante en la Provincia de Tucumán es uno de los problemas
trascendentales que aqueja a la sociedad tucumana, y es por ello que en nuestra
Base de acción política, su tratamiento tiene un lugar prioritario. Nuestras
propuestas no estarán apuntadas a la estigmatización ni persecución de aquellas
personas que infrinjan o hayan infringido la Ley, considerando que, en muchas
ocasiones, son simples víctimas de un sistema poco igualitario, que los deja al
margen de las posibilidades de crecimiento, sumado al enorme flagelo que causan
las drogas en muchos barrios de la Provincia. Pensamos que es necesario que el
Gobierno Provincial lleve adelante Políticas en Seguridad con una visión no
solamente cortoplacista, aunque también adquieren gran importancia, sino que es
menester crear una estructura pensada para un mediano y largo plazo, donde las
soluciones no sean esfímeras sino duraderas, donde el cambio radique en el
pensamiento de las personas, donde la falta de delitos no encuentre fundamento en
el miedo por la represión policial, sino en una educación y una cultura de
trabajo que permita cortar con el sentimiento de personas y generaciones enteras
que se sienten fuera del sistema, generaciones que vean a sus padres y a sus
abuelos trabajar y llevar a cabo una vida digna de esta forma. En fin pensamos
que el ejemplo transmitido desde la clase dirigente, pasando por las diferentes
edades en la sociedad y ojalá transmitido de generación en generación es la
solución, si bien no muy cercana, a nuestro gran problema de seguridad.
DESARROLLO ECONOMICO Y EMPLEO El gobierno Provincial tiene la obligación de
recrear -junto a los representantes del empresariado y organismos públicos
provinciales y nacionales vinculados al desarrollo económico- mecanismos de
promoción de la actividad empresarial, en particular de las PyMES, que son las
que generan mayor cantidad de empleo en todo el mundo. Al respecto, la adecuación
del esquema tributario de manera de aliviar la carga de los sectores
empresariales más castigados por la crisis y aumentar la presión hacia quienes
fueron beneficiados por el modelo vigente, es uno de los aspectos imprescindibles
para reactivar la actividad económica. La mejora en el ingreso de recursos al
Estado municipal permitirá acentuar las políticas de asistencia técnica,
capacitación y apoyo a los micro, pequeños y medianos empresarios. Se debe
propiciar el mejoramiento de nuestros caminos rurales, en procura de apuntalar el
desarrollo de nuestros productores agropecuarios, y hacer crecer esta economía
como así también las accesorias que esta trae aparejada, talleres, comercios de
venta de maquinarias, agroquímicos, etc. La provincia debe fomentar el desarrollo
de los comercios y actividades de recreación nocturna, y así recuperar el
protagonismo del que hacia gala en años anteriores, evitando así la salida de
nuestros jóvenes a las rutas, exponiéndose a los peligros que esto implica. El
Gobierno debe asimismo fomentar el desarrollo del pequeño comercio barrial,
mediante la promoción tributaria y la generación de mejores entornos urbanos,
como corredores o paseos peatonales, entre otros. La lucha contra la evasión de
tasas y derechos municipales es una responsabilidad ineludible del Estado, pero
compromete al conjunto de la comunidad, ya que el mejoramiento de la calidad y
cantidad de servicios públicos no es posible si el Estado provincial es privado
de recursos por la caída de las recaudaciones. Esa lucha debe corresponderse con
la estructuración de un sistema tributario justo, equitativo y solidario que
legitime el origen de los recursos que utiliza el Estado local. En el territorio
de Tucumán se asientan numerosas estructuras industriales ociosas o
subutilizadas, fruto de la larga crisis que desarmó el aparato productivo en la
provincia, como en el resto del país. El Gobierno debe promover, a través de su
intermediación con organismos de crédito, su reactivación de manera de ampliar la
producción local. La apertura de nuevas fuentes de empleo deberá beneficiar la
contratación de residentes en la ciudad, mediante descuentos tributarios a las
firmas que den trabajo a los tucumanos. La implementación de planes de empleo,
con recursos nacionales y provinciales, debe seguir orientándose a actividades
productivas que redunden en beneficios directos a la comunidad, desechando las
viejas lógicas clientelares y asistencialistas que denigraron durante la década
del '90 a los beneficiarios de las políticas sociales. PROTAGONISMO CIUDADANO:
Una de las más graves consecuencias de modelo económico edificado a partir de
mediados de los '70, fue la ruptura de los lazos de confianza entre los
dirigentes y la comunidad; ruptura que significó un distanciamiento de los
ciudadanos respecto de su principal organización social, es decir, el Estado. En
ese marco, las acciones impulsadas por los administradores de la "cosa pública"
cayeron en un fuerte descrédito. Muchos ciudadanos empezaron a considerar que el
Estado era el refugio desde el que se promovían privilegios hacia los sectores
concentrados del capital y hacia los propios administradores públicos. Por ello,
la recuperación del vínculo entre gobernantes y gobernados pasó a encabezar las
prioridades de quienes creyeron en la necesidad de construir proyectos colectivos
que además de efectivos fueran fruto de un consenso legítimo. El Gobierno
provincial debe generar mecanismos importantes para permitir la participación de
los tucumanos tanto en la definición como en la puesta en marcha de las políticas
públicas. Ese protagonismo ciudadano se impulsará con la realización de
audiencias públicas, la conformación de consejos en los que se debe representar
la diversidad de intereses sociales y la explicitación de los patrimonios de los
gobernantes- esto permitirá generar proyectos con fuerte consenso social y mayor
impacto comunitario. En esta línea de potenciar el protagonismo ciudadano, el
Estado provincial debe trabajar para fortalecer mecanismos de democracia directa
y semidirecta, de manera de que la necesaria delegación de algunas
responsabilidades gubernativas -consagrada en el artículo 22 de la Constitución
nacional- no asfixie la posibilidad de que sean los propios ciudadanos quienes
diseñen la forma en la que van a ser invertidos los recursos públicos. La puesta
en marcha de mecanismos que permitan la elaboración de presupuestos
participativos, más que una necesidad coyuntural, es un proyecto que debe
comprometer tanto a los actuales representantes como al conjunto de
organizaciones sociales que intervienen en la realidad local. Se debe impulsar la
creación de ONGs, Asociaciones Civiles, y acompañar el desarrollo y consolidación
de las ya existentes, instituciones ilustres de nuestra provincia, que contaran
con nuestro apoyo, y a las que obviamente también acudiremos en consulta en
materias de su competencia, dando lugar a la participación de las mismas en el
entendimiento que un tucumano comprometido con su provincia, y que siendo
respetado y escuchado es un ciudadano que suma a los proyectos que hacen al
mejoramiento de Tucumán, un mejor ciudadano. FORTALECIMIENTO DEL ESTADO: El
funcionamiento pleno de la organización estatal es condición fundamental para que
la sociedad alcance el desarrollo económico, cultural, educativo, sanitario,
urbano e institucional que merece. Las leyes que el mercado financiero
especulativo intentó imponer durante el último cuarto de siglo han demostrado que
generan la acentuación de las desigualdades y la exclusión de un número creciente
de personas del acceso a sus más básicos derechos humanos. Es por ello que el
llamado gasto público debe estar condicionado por la austeridad y la eficiencia:
debe ser lo suficientemente chico como para que la carga tributaria no sea
excesiva y lo suficientemente grande atento a responder a todas las demandas que
tiene la sociedad. Para que ese funcionamiento pleno tenga lugar es fundamental
consolidar la base de recursos económicos, humanos y tecnológicos necesarios para
una prestación eficiente de los servicios. Esta base de recursos debe tener un
origen genuino; es decir: el esquema de ingresos públicos debe contemplar que los
sectores más beneficiados de la economía realicen mayores esfuerzos para que las
familias más humildes de la Provincia así como el empresariado con menores
márgenes de rentabilidad soporten una carga tributaria más liviana. Asimismo, los
esfuerzos por achicar y eliminar los niveles de evasión fiscal redundarán en una
paulatina reducción de los valores de todo el esquema tributario. El Estado
provincial debe ejercer con firmeza y eficiencia el poder de policía delegado por
la sociedad, aumentando los controles sobre toda la actividad empresarial,
comercial e industrial que se desarrolla en la provincia, sin que eso signifique
alterar las estrategias de desarrollo económico local. Los mecanismos de
transparencia en la gestión y protagonismo social, así como la ampliación del
número de proveedores registrados y la regularización de los pagos a éstos,
permiten reducir los costos de los bienes y servicios que necesita el Estado para
su funcionamiento. Del mismo modo, y en el marco de achicar el gasto público
garantizando mejores servicios, es fundamental modernizar la estructura del
Gobierno, de manera de agilizar procedimientos burocráticos y acelerar la
capacidad de respuesta a las demandas sociales. Al respecto, también es necesario
extender el mecanismo de los concursos públicos para cubrir cargos en las
distintas áreas del Estado, permitiendo que la idoneidad de los funcionarios sea
la principal variable para desempeñarse en el Estado provincial. En ese mismo
marco, se inscribe la necesidad de capacitar en forma periódica al personal.
CARTA ORGANICA
CAPITULO I
ARTICULO 1°: Esta Carta Orgánica es la ley fundamental del Partido Compromiso
Ciudadano, cuya organización y funcionamiento se ajustará a sus disposiciones.
ARTICULO 2°: El Partido Compromiso Ciudadano está constituido por la totalidad de
sus afiliados en la provincia de Tucumán.
CAPITULO II
DE LOS AFILIADOS Y ADHERENTES
ARTICULO 3°: Son afiliados todos los ciudadanos de ambos sexos que soliciten su
afiliación y sean admitidos por las autoridades competentes partidarias. ARTICULO
4°: No podrán afiliarse los ciudadanos incluidos en las prohibiciones del Art. 32
de la Ley N° 5.454, disposiciones legales posteriores o concordantes. ARTICULO
5°: El ciudadano que desee afiliarse deberá firmar la solicitud de afiliación y
llenar fichas por cuadruplicado que expresen: nombre y domicilio; matrícula;
clase; sexo; estado civil; profesión; oficio; su firma o impresión digital
debidamente autenticada y adhesión a los principios, las bases de acción política
y a esta carta orgánica. Aprobada su solicitud, se le entregará constancia de su
afiliación. ARTICULO 6°: Los ciudadanos deben afiliarse en la Sede del Partido
sita en calle Bolivar N° 1078. La afiliación estará abierta permanentemente.
ARTICULO 7°: Los afiliados ejercerán la dirección, gobierno y fiscalización del
Partido, por intermedio de los órganos creados según las disposiciones de esta
Carta Orgánica. ARTICULO 8°: La afiliación se extingue por: muerte; renuncia;
desafiliación y expulsión. ARTICULO 9°: La renuncia a la afiliación presentada en
forma fehaciente debe ser resuelta por la autoridad partidaria correspondiente
dentro de los 15 días de presentada. Si no fuera resuelta dentro de ese plazo, se
la considerará aceptada. La desafiliación y la expulsión son sanciones que se
aplicarán por los órganos y procedimientos que más adelante se señalan, según la
gravedad de la infracción cometida por el afiliado. ARTICULO 10°: Todos los
afiliados tienen iguales derechos y obligaciones. Ningún afiliado o grupo de
afiliados podrá atribuirse la representación del Partido, o de sus organismos o
de otros afiliados. Están obligados a observar los principios y bases de acción
política aprobados por el Partido y en su hora, la plataforma electoral, mantener
la disciplina partidaria, cumplir estrictamente las disposiciones de sus
organismos, votar en las elecciones internas y contribuir a la formación del
patrimonio del Partido, según las disposiciones que se dicten al respecto por las
autoridades partidarias. Tienen derecho a elegir y ser elegidos, sea para
desempeñar funciones dentro de la organización, como así también para las
electivas y ejecutivas en el gobierno. ARTICULO 11°: Son adherentes al Partido,
los argentinos menores de 16 años y los extranjeros. Deben solicitarlo y recibir
constancia de su adhesión. Gozarán de los mismos derechos y obligaciones que los
afiliados, excepto las electorales.
CAPITULO III
DE LAS UNIDADES BASICAS Y AUTORIDADES DE DEPARTAMENTO MUNICIPIO
ARTICULO 12°: Las Unidades Básicas constituyen el organismo primario del Partido,
centro natural de enseñanza y difusión de sus principios y bases de acción
política, actividades culturales y asistencia social. La afiliación se efectuará
en los locales que se habilitarán al efecto, por los organismos partidarios y
según normas que ellos dicten. ARTICULO 13°: Los organismos directivos del
Partido fijarán el número mínimo de afiliados que sea preciso para constituir una
Unidad Básica, y tendrán la jurisdicción territorial que ellos establezcan.
ARTICULO 14°: Serán autoridad de cada Unidad Básica el Consejo de la Unidad
Básica, que actuará de acuerdo a las instrucciones y directivas de las
autoridades superiores del Partido. ARTICULO 15°: En cada circunscripción,
partido o departamento en que se dividen los distritos electorales, habrá un
Consejo de Circunscripción, Partido o Departamento, que ejercerá jurisdicción
sobre las unidades básicas de las respectivas circunscripciones, partidos o
departamentos, supervisará su desenvolvimiento y acción, y llevará el fichero de
afiliados de la Circunscripción, Partido o Departamento, en la forma que
determine la respectiva reglamentación. ARTICULO 16°: Los integrantes de los
Consejos de Unidades Básicas y de los Consejos de Circunscripción, Partido o
Departamento, deben ser elegidos por simple mayoría, por voto directo y secreto
de los afiliados de las respectivas jurisdicciones y tener dos años
ininterrumpidos como afiliados. Para los adherentes que se enrolen y se afilien
se contará ese término desde su inscripción como adherente. Durarán dos años en
sus funciones. En las unidades básicas, partidos, circunscripción o distritos,
donde se haya oficializado una sola lista para las elecciones internas del
Partido, podrá prescindirse del voto de los afiliados; será suficiente en tal
caso la pública proclamación de los candidatos o la lista presentada. La única
lista se pondrá de manifiesto en las respectivas sedes partidarias durante cinco
días para que los afiliados puedan, dentro de ese término, impugnar, en su caso,
a sus integrantes por no estar afiliados dentro de la jurisdicción del organismo
para el cual se lo elige o por las causales enumeradas en el artículo 29 de la
carta orgánica. Las impugnaciones se resolverán por la autoridad que corresponda,
según las disposiciones reglamentarias o que se dicten, dentro de las cuarenta y
ocho horas de vencido dicho término.
El término de manifiesto de la lista única; se hará conocer a los afiliados por
los medios más idóneos en el lugar. Los Consejos de Unidades Básicas,
Circunscripciones, Partido o Departamento, estarán integrados por el número de
miembros que determinan las respectivas cartas orgánicas de cada distrito
electoral y serán elegidos con determinación de funciones. ARTICULO 17°: En las
circunscripciones, partidos, departamentos o centros urbanos para los que deban
elegirse autoridades municipales, los candidatos del Partido serán elegidos por
simple mayoría, por el voto directo y secreto de los afiliados de la respectiva
jurisdicción o por el modo que las cartas orgánicas de cada distrito lo
dispongan. Los candidatos a legisladores provinciales se designarán igualmente
por el modo que lo señalan las cartas orgánicas de cada distrito.
CAPITULO IV
DE LAS AUTORIDADES PARTIDARIAS
DEL CONGRESO CIUDADANO
ARTICULO 18°: El Congreso Ciudadano del Partido es su organismo supremo y
representa directamente a la soberanía partidaria. Sus miembros durarán en sus
mandatos cuatro años y serán elegidos de manera directa por los afiliados. El
Congreso Ciudadano tendrá su sede en San Miguel de Tucumán, pero podrá sesionar
en el lugar de la Provincia que designe en cada caso, el quórum se forma con la
mitad más uno en la primera citación y con un tercio en la segunda. Sus
deliberaciones se regirán por el Reglamento del Honorable Congreso Ciudadano y
supletoriamente por el último Reglamento de la Honorable Legislatura de Tucumán.
ARTICULO 19°: El Congreso Ciudadano estará formado por diez (10) miembros
elegidos por el voto directo de los afiliados. Designará de su seno sus
autoridades por simple mayoría de votos presentes. Elegirá un Presidente, un
Vicepresidente y tres Secretarios. El Congreso Ciudadano deberá reunirse
ordinariamente, al menos, una vez al año y extraordinariamente cuando lo solicite
un tercio de sus miembros por nota, con firmas certificadas, dirigida al
Presidente del Congreso Ciudadano o cuando lo solicite el Consejo Ciudadano. Será
obligación de las autoridades del Congreso Ciudadano, en estos casos, efectuar la
convocatoria dentro del quinto día de solicitada para que este pueda reunirse
dentro del plazo de veinte días de efectuada la petición. Si así no lo hicieren
el Congreso Ciudadano podrá autoconvocarse por decisión de un tercio de los
Congresales o ser citado por el Consejo Ciudadano. En caso de acefalía del
Congreso Ciudadano la convocatoria se hará por el Presidente del Consejo
Ciudadano o por un tercio de los Congresales. ARTICULO 20°: Corresponderá al
Congreso Ciudadano:
Formular la Declaración de Principios del Partido y aprobar
la Plataforma Electoral que esta agrupación política sostendrá en las elecciones
en que concurra. Reformar la presenta Carta Orgánica con el voto de los dos
tercios del total del cuerpo. Fijar en el orden provincial un plan de acción
política, social, económica y cultural del Partido o aprobar la Plataforma
Electoral. Impartir las directivas generales para el desenvolvimiento del
partido, en toda la provincia, expedir los reglamentos necesarios para su mejor
gobierno. Recabar y recibir informes de los organismos provinciales o
municipales del Partido o de sus afiliados. Juzgar en definitiva,
originariamente, o por apelación, de la conducta de todas la autoridades
establecidas por esta Carta Orgánica o las de Distrito. Considerar los informes
de representaciones parlamentarias provinciales. ARTICULO 21°: Para ser miembro
del Congreso Ciudadano se requiere tener domicilio registrado en la jurisdicción
provincial, ser mayor de dieciocho años, estar afiliado al partido y no estar
comprendido en ninguna de las inhabilidades e incompatibilidades previstas en las
leyes provinciales y/o municipales o en la presenta Carta Orgánica. ARTICULO 22°:
Las sesiones del Congreso Ciudadano serán siempre de carácter público. En todas
las sesiones del Congreso Ciudadano podrán asistir los miembros del Consejo
Ciudadano con voz pero sin voto.
DEL CONCEJO CIUDADANO
ARTICULO 23°: El Consejo Ciudadano estará integrado por siete (7) miembros, que
llevarán las siguientes designaciones: un (1) Presidente, un (1) Vicepresidente,
un (1) Tesorero, dos (2) Secretarios y dos (2) Vocales. Además se elegirán tres
(3) miembros suplentes para el caso de alguna/s vacancias en el seno del
organismo, y las que serán cubiertas de acuerdo al orden correlativo. El Consejo
Ciudadano dictará su propio reglamento y determinará las funciones y composición
de todos sus organismos. Tendrá Sede en San Miguel de Tucumán y podrá sesionar en
el lugar de la Provincia que se establezca en cada caso. Los mandatos durarán
cuatro años. El quórum para el Consejo Ciudadano será de la mitad mas uno de sus
miembros en Primera Citación y de un tercio en Segunda Citación. El Consejo
Ciudadano es el órgano permanente encargado de cumplir las disposiciones de esta
carta Orgánica, las resoluciones del Congreso Ciudadano y las reglamentaciones
que se dicten. Representa la suprema autoridad ejecutiva del Partido y es el
encargado de orientar la acción partidaria en los casos no previstos por
resolución del Congreso Ciudadano. ARTICULO 24°: Para ser miembro del Consejo
Ciudadano se requieren las mismas cualidades que para ser congresal. ARTICULO
25°: Corresponde asimismo al Consejo Ciudadano: Conducir la marcha del Partido
en la Jurisdicción provincial, dictando normas y reglamentaciones relativas a su
organización, las de los organismos que dependan y cumplir y hacer cumplir esta
Carta Orgánica y las resoluciones de los organismos superiores del partido.
Dirimir conflictos de cualquier naturaleza que se susciten entre los organismos
partidarios.
Fiscalizar la conducta política de los representantes del Partido
en los cuerpos colegiados provinciales.
Mantener las relaciones con los poderes
públicos provinciales y con los organismos partidarios de Distrito. Organizar la
difusión y propaganda Partidaria en el orden provincial creando los organismos
necesarios para ese fin.
Dirigir la campaña electoral, la propaganda y el
proselitismo en concordancia con la Plataforma Electora y Declaración de
Principios que esta agrupación política sostiene. Designar al Apoderado General
titular y suplente, para que represente al Partido ante la Justicia Electoral y
otras autoridades oficiales. Convocar al Congreso Ciudadano en los casos
previstos. Dar directivas sobre la orientación y actuación del Partido de
conformidad a las disposiciones de esta Carta Orgánica y las Resoluciones del
Congreso Ciudadano y realizar con las facultades suficientes, todos los actos y
contratos que deben cumplirse conforme a las disposiciones legales.
Aplicar las
sanciones a que hace referencia el artículo 33, inciso a) y b) de esta Carta
Orgánica, previo dictamen de los Tribunales de Disciplina, y ad referéndum del
Congreso Ciudadano. Hacer las designaciones del Responsable económico-financiero
y responsable político de las campañas electorales, o cualquier otra necesaria
conforme a las disposiciones de la ley. ARTICULO 26°: Las Resoluciones del
Consejo Ciudadano se adoptarán por mayoría simple de los presentes. ARTICULO 27°:
El Consejo Ciudadano se reunirá por lo menos en dos sesiones ordinarias por año,
y en forma extraordinaria tantas veces como la situación así lo requiera.
DE LA ELECCION DE CANDIDATOS A GOBERNADOR Y VICEGOBERNADOR DE LA
PROVINCIA DE TUCUMÁN.
ARTICULO 28°: Internas abiertas. El candidato a Gobernador será elegido
directamente por los afiliados. Podrá serlo también por los ciudadanos no
afiliados a ningún partido político que se encuentren habilitados para emitir el
sufragio en los comicios provinciales. A esos fines el territorio de la Provincia
de Tucumán se considerará un distrito único. El candidato a vicegobernador podrá
ser elegido por el mismo procedimiento, en los términos del artículo.
CAPITULO V
DE LA JUNTA ELECTORAL
ARTICULO 29°: La Junta Electoral Nacional estará integrada por cinco (5) miembros
titulares y dos (2) suplentes, los que deberán reunir las condiciones requeridas
para ser congresal y durarán cuatro años en sus funciones. El Congreso Ciudadano
designará cinco (5) miembros titulares, un Presidente, un Vicepresidente, un
Secretario y dos vocales, y dos suplentes para los mismos. El quórum de la junta
se constituirá con la presencia de tres de sus miembros titulares. Las decisiones
de la Junta Electoral son inapelables e irrevocables en el ámbito partidario y
tendrán autoridad de cosa juzgada. ARTICULO 30°: La Junta Electoral tiene las
siguientes facultades: a) Dirección y control de todo acto eleccionario interno.
b) Aprobación, ordenamiento, clasificación y distribución de los padrones. c)
Organización de los comicios y conocimiento y resolución de impugnaciones,
fiscalización de elecciones y proclamación de candidatos electos. d) Confección
de cronograma electoral. e) Dictado de su propio reglamento y normas
complementarias necesarias para la regulación de los actos electorales.
CAPITULO VI
DEL TRIBUNAL DE DISCIPLINA
ARTICULO 31°: Existirá un tribunal permanente de disciplina para entender en los
casos individuales o colectivos que se susciten por inconducta, indisciplina,
violación de los principios y resoluciones de los organismos partidarios que
puedan significar la aplicación de sanciones para sus afiliados o adherentes.
Substanciarán las causas por el procedimiento escrito que se reglamente y que
asegure el derecho de defensa del imputado y dictaminará aconsejando la sanción
que corresponda. ARTICULO 32°: El Tribunal de Disciplina está compuesto por tres
(3) miembros titulares y dos (2) suplentes, preferentemente abogados o
escribanos, elegidos por el voto directo de los afiliados, que durarán cuatro
años en sus funciones, reunirán las cualidades exigidas para ser miembros del
Congreso Ciudadano y no podrán formar parte de otros organismos partidarios.
Tendrán las siguientes designaciones: un (1) Presidente y dos (2) Vocales. Para
sesionar válidamente el Tribunal de Disciplina requerirá de la presencia de la
totalidad de sus miembros. ARTICULO 33°: Los Tribunales de Disciplina podrán
aconsejar las siguientes sanciones: a) Amonestación. b) Suspensión temporaria de
la afiliación. c) Desafiliación. d) Expulsión.
CAPITULO VII
DE LA COMISION DE FISCALIZACIÓN
ARTICULO 34°: A los efectos de contralor contable de los ingresos y egresos de
los fondos partidarios, el Congreso Ciudadano designará una Comisión
Fiscalizadora de tres (3) miembros titulares y dos (2) suplentes, preferentemente
profesionales especializados en la materia. Para ser miembro de la Comisión de
Fiscalización se requieren las mismas cualidades que para ser congresal. La
Comisión se dará su propia reglamentación de funcionamiento la que deberá ser
aprobada por el Consejo Ciudadano. Para sesionar válidamente el Tribunal de
Disciplina requerirá de la presencia de la totalidad de sus miembros.
CAPITULO VIII
DE LOS APODERADOS
ARTICULO 35°: El Congreso Ciudadano nombrará uno o más apoderados, con
preferencia abogados, para que conjunta, alternativa o separadamente representen
al Partido ante las autoridades judiciales, electorales o administrativas y
realicen todas las gestiones o trámites que le sean encomendados por aquellos.
CAPITULO IX
DEL PATRIMONIO
ARTICULO 36°: Los recursos del Partido serán: Las contribuciones de los
afiliados en todo el territorio de la provincia. Los aportes, donaciones o
ingresos de cualquier naturaleza que se efectuaran voluntariamente y que no
están prohibidas por las leyes. Con los aportes y subsidios del Estado
destinados a los partidos políticos y dispuestos por la legislación vigente y/o
la que se dictase en el futuro. Con las utilidades provenientes de todas las
formas de recaudación que no se encuentren prohibidas por la ley y que el Consejo
Ciudadano u otros organismos dentro de sus jurisdicciones determinaren para
proveer fondos al partido. ARTICULO 37°: Los recursos serán administrados por el
Consejo Ciudadano En oportunidad del cierre del ejercicio económico 31 de
diciembre de cada año- se deberán realizar los estados contables efectuando las
gestiones que establece la normativa vigente. ARTICULO 38°: Los bienes inmuebles
y los bienes muebles registrables serán inscriptos en el registro respectivo a
nombre del Partido Compromiso Ciudadano, ya sean provenientes de compra, donación
o cualquier otra forma legítima de adquisición. ARTICULO 39°: Los fondos del
Partido serán depositados en el Banco que el Consejo Ciudadano disponga, a nombre
del Partido y únicamente a la orden conjunta del Presidente y del Tesorero.
CAPITULO X
DEL CONSEJO DE PLANIFICACION
ARTICULO 40°: El Consejo de Planificación cuyo funcionamiento e integración será
reglamentado por el Consejo Ciudadano tendrá por finalidad el estudio y
elaboración de programas de gobierno y políticas para las instituciones del
sector social, gremial, profesional y universitario.
CAPITULO XI
DE LA DISOLUCION DEL PARTIDO
ARTICULO 41°: El Partido Compromiso Ciudadano sólo se disolverá, además de las
causales previstas por las leyes, por la voluntad de sus afiliados, que deberán
expresarse por el Congreso Ciudadano del Partido, en decisiones unánimes de sus
miembros.
CAPITULO XII
DISPOSICIONES GENERALES
ARTICULO 42°: Las elecciones partidarias internas se regularán por esta Carta
Orgánica, subsidiariamente por las disposiciones de la Ley 5.454 y las que sean
aplicables por la legislación electoral. ARTICULO 43°: En la elección de
autoridades internas del Partido y candidatos a cargos públicos electivos, se
dará participación a las minorías, correspondiendo a la primera minoría el
veinticinco por ciento de los mismos, siempre que alcance dicha minoría el
veinticinco por ciento de los votos válidos emitidos. ARTICULO 44°: El Partido
podrá elegir candidatos para cargos electivos a quienes no sean afiliados. Esta
Carta Orgánica autoriza y las Cartas Orgánicas de los Distritos autorizarán la
concertación de confederaciones como fusiones y alianzas en los términos
previstos en la Ley 5.454.
CAPITULO XIII
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
ARTICULO 45°: Si existieran circunstancias excepcionales, de tipo institucional,
político, gremial o económico, o de grave trascendencia, que impidiere el libre y
normal desenvolvimiento del Partido, el mandato de sus miembros se entenderán
prorrogados hasta que el propio Congreso Ciudadano determine que han cesado las
causales que motivaron dicha prórroga. Queda sin efecto toda disposición que se
oponga al presente artículo.
Aviso número 44494
RESOLUCIONES 46 / 2015 RESOLUCION SINTETIZADA / 2015-04-06
DIRECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS. RESOLUCIÓN N° 46/2015-DPJ, del 06/04/2015. --ARTÍCULO 1°: DISPÓNGASE la reanudación del cronograma estipulado en el Art. 2 de
la Resolución N° 290/14 DPJ de fecha 07-10-14 suspendido por Resolución N° 320/14
DPJ del 23-10-14 para el Centro Cultural y Deportivo Gómez Omil con domicilio
legal en calle Pueyrredón N° 256, San Miguel de Tucumán, Tucumán , Legajo N° 430
de la siguiente manera: a) 13-04-2015 desde horas 8,30 a 12,30: Resolución de las
observaciones, correcciones y omisiones al padrón electoral provisorio. b) 14-042015 a horas 09,00 y por el término de diez días: Exhibición del padrón electoral
definitivo en la sede del Centro y por Mesa de entradas de este organismo.
ARTICULO 2°: COMUNÍQUESE a los designados por Res. N° 290/14 DPJ, regístrese,
publíquese en Boletín Oficial, agréguese al legajo y archívese.-
Aviso número 44506
VARIOS 103 / 2015 ACTA DE CIERRE DE INSCRIPCION DEL CONCURSO N° 103
PARA LA COBERTURA DEL CARGO DE JUEZ/A DE PRIMERA INSTAM / 2015-04-08
CAM. ACTA DE CIERRE DE INSCRIPCION DEL CONCURSO N° 103 PARA LA COBERTURA DEL
CARGO DE JUEZ/A DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL COMÚN DE LA I
NOMINACIÓN DEL CENTRO JUDICIAL CAPITAL
Las inscripciones registradas en el concurso n° 103 para cubrir el cargo vacante
de Juez/a de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Común de la I Nominación
del Centro Judicial Capital -vacante a la fecha- convocado por Acuerdo 5/2015,
son las siguientes:
1) NIEVA CONEJOS, MARÍA ISABEL, DNI. 10.910.864
2) GANDUR, JOSÉ ANTONIO, DNI. 29.532.376
3) GARCÍA HAMILTON, FERNANDO, DNI. 24.802.484
4) HOLGADO, SERGIO EUSEBIO, DNI. 14.660.947
5) HURTADO, CRISTINA FÁTIMA, DNI. 21.328.594
6) GARCÍA ZAVALÍA, RAFAEL ALFREDO, DNI. 14.225.852
7) STORDEUR DE ZAVALÌA, EZEQUIEL, DNI. 24.496.157
8) COLOMBRES GARMENDIA, CLEMENTINO, DNI. 23.931.343
9) OVIEDO SÁNCHEZ, SANTIAGO EZEQUIEL, DNI. 23.930.675
10) ZAMORANO, ÁLVARO, DNI. 22.336.157
11) CARRANZA, ALICIA ESTELA, DNI. 13.278.977
12) LAU, MARÍA DEL PILAR, DNI. 24.503.694
13) BARBER LOZANO, LUIS EDUARDO, DNI. 30.268.108
14) MÉNDEZ, ELEONORA CLAUDIA, DNI. 24.009.560
15) RODRÍGUEZ DUSING, MARÍA GABRIELA, DNI. 20.734.501
16) MOLINA, CARLOS RUBÉN, DNI. 11.007.426
17) IÁCONO, ANA MARÍA, DNI. 14.481.376
18) SALOMÓN, PABLO ALEJANDRO, DNI. 28.884.261
19) PÉREZ, PEDRO MANUEL RAMÓN, DNI. 14.661.875
20) BURKE, TOMÁS WALTER, DNI. 20.219.665
21) PADILLA, RENÉ EDUARDO, DNI. 22.263.342
22) ACUÑA, CARLOS ANTONIO, DNI. 14.924.094
23) ROUGÉS, FELIPE MARIANO, DNI. 30.598.375
24) SOSA PIÑERO, DANIEL ESTEBAN, DNI. 21.744.485
25) MEDRANO, MARCELO, DNI. 16.458.496
26) ARIAS, MARÍA DEL ROSARIO, DNI. 23.953.330
27) CAGNA, PEDRO DANIEL, DNI. 18.187.396
28) FRÍAS SILVA, HERNÁN EDUARDO, DNI. 24.671.563
29) CARLOS, VÍCTOR RAÚL, DNI. 24.460.128
30) JAIMES, ANA CRISTINA, DNI. 14.272.256
31) MARTORELL, JUAN JOSÉ, DNI. 29.175.220
De acuerdo a lo previsto en el art. 29 del Reglamento Interno (B.O.1/10/2010)
cualquier persona podrá efectuar impugnaciones a los postulantes, las que se
recibirán en la sede administrativa de este Consejo, sita en calle 9 de julio 541
de la ciudad de San Miguel de Tucumán, en el horario de 8:00 a 12:00 hs. El plazo
de impugnación será de 5 (cinco) días hábiles y comenzará a correr a partir del
día inmediato siguiente al de la última publicación, sin admitirse aplicación de
plazo extraordinario.
Cabe aclarar que la enumeración de las personas inscriptas no implica aceptación
definitiva de dichas inscripciones ni tampoco de la documentación presentada,
puesto que ello se encuentra subordinado a los ulteriores controles que efectúe
el Consejo Asesor de la Magistratura en los términos de los arts. 22, 23 y
concordantes del Reglamento Interno y de las disposiciones de los instructivos y
demás normativa aplicable.
San Miguel de Tucumán, 31 de marzo del 2015. Suscriben la presente acta los Sres.
Consejeros Dr. Antonio Daniel Bustamante y Dra. Marcela Fabiana Ruiz y el
Secretario Dr. Fabricio Falcucci. ANTE MI QUE DOY FE. Dra. María Sofía Nacul,
Secretaria.
Aviso número 44507
VARIOS 104 / 2015 ACTA DE CIERRE DE INSCRIPCIÓN DEL CONCURSO N° 104
PARA LA COBERTURA DEL CARGO DE FISCAL/A DE CÁMARA PENA / 2015-04-08
CAM. ACTA DE CIERRE DE INSCRIPCIÓN DEL CONCURSO N° 104 PARA LA COBERTURA DEL
CARGO DE FISCAL/A DE CÁMARA PENAL VI DEL CENTRO JUDICIAL CAPITAL
Las inscripciones registradas en el concurso n° 104 para cubrir el cargo vacante
de Fiscal/a de Cámara Penal VI del Centro Judicial Capital -vacante a la fechaconvocado por Acuerdo 6/2015, son las siguientes:
1) FLORES, MIGUEL MARIO, DNI. 16.617.274
2) NACUL, JUAN CARLOS, DNI. 10.012.931
3) PAZ ALMONACID, AUGUSTO JOSÉ, DNI. 17.947.034
4) EPELBAUM, CAROLINA EUGENIA, DNI. 21.478.184
5) MAGGIO, LUCAS MANUEL, DNI. 22.300.122
6) ECHAYDE, JORGE ANTONIO, DNI. 20.178.656
7) DIP, FANY DEL CARMEN, DNI. 20.179.169
8) MORALES LEZICA, LUIS FERNANDO, DNI. 20.651.396
9) MAGGIO, FACUNDO, DNI. 26.631.649
10) CARUGATTI, PATRICIA DEL VALLE, DNI. 17.860.575
11) PEDERNERA, MANUEL AGUSTÍN DE SAN RAMÓN, DNI. 12.365.507
12) ALTAMIRANO, SERGIO DANTE, DNI. 14.465.324
13) RIVERA, FERNANDO RODOLO, DNI. 22.414.756
14) MERCHED, ALICIA, DNI. 20.444.212
15) SALTOR, CARLOS EDUARDO, DNI. 18.464.799
16) CAPILLA, MARIANA, DNI. 26.385.012
De acuerdo a lo previsto en el art. 29 del Reglamento Interno (B.O.1/10/2010)
cualquier persona podrá efectuar impugnaciones a los postulantes, las que se
recibirán en la sede administrativa de este Consejo, sita en calle 9de julio 541
de la ciudad de San Miguel de Tucumán, en el horario de 8:00 a 12:00 hs. El plazo
de impugnación será de 5 (cinco) días hábiles y comenzará a correr a partir del
día inmediato siguiente al de la última publicación, sin admitirse aplicación de
plazo extraordinario.
Cabe aclarar que la enumeración de las personas inscriptas no implica aceptación
definitiva de dichas inscripciones ni tampoco de la documentación presentada,
puesto que ello se encuentra subordinado a los ulteriores controles que efectúe
el Consejo Asesor de la Magistratura en los términos de los arts. 22, 23 y
concordantes del Reglamento Interno y de las disposiciones de los instructivos y
demás normativa aplicable.
San Miguel de Tucumán, 31 de marzo del 2015. Suscriben la presente acta los Sres.
Consejeros Dr. Antonio Daniel Bustamante y Dra. Marcela Fabiana Ruiz y el
Secretario Dr. Fabricio Falcucci. ANTE MI QUE DOY FE. Dra. María Sofía Nacul,
Secretaria.
Aviso número 187631
GENERALES / DIRECCIÓN DE ARTICULACIÓN TERRITORIAL
SUPERIOR GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE TUCUMÁN
Ministerio de Desarrollo Social
Secretaria de Estado de Articulación Territorial y Desarrollo Local
Dirección de Articulación Territorial
POR 3 DIAS - Convocatoria a Organizaciones de la Sociedad Civil con el fin de
actuar como Coordinadora Metodológica y Administradora de Fondos en el Proyecto
"Abordaje Socio Comunitario Familiar". Fecha de presentación: desde el 13 al 17
de Abril de 2015 De 8:30 A 13 hs. Lugar: Dirección de Articulación Territorial
Piedras 530 - 7mo Piso Oficina I- Capital. Para consultas y especificaciones
técnicas: Dirigirse a la Dirección de Articulación Territorial Piedras 530 - 7mo
Piso Oficina I- Capital En el horario de 8:30 a 13 hs. Hasta el 17/04/2015.
Evaluación: 20 de abril de 2015. Resultados: 21 de abril de 2015. E 08 y V
10/04/2015. Aviso N° 187.631.
Aviso número 187593
GENERALES / DIRECCIÓN GENERAL DE CATASTRO
DIRECCIÓN GENERAL DE CATASTRO
POR 5 DIAS - Se hace saber que se han iniciado las acciones tendientes a obtener
el Dominio por Prescripción Adquisitiva de acuerdo a lo normado en la Ley N° 21.
477 Y su modificatoria Ley N° 24.320, los Decretos Reglamentarios N° 1025/14
(SSG) 78, 482/14 (SSG) 80 y 516/14 (SSG) 82 sobre el inmueble que ocupa la
Escuela Media 1° Junta, ubicada en Calle Juan Bautista Alberdi S/N, Localidad de
rio Colorado, Departamento Leales (Actual) Famailla (Antes) Identificada en la
Direccion General de Catastro con la siguiente nomenclatura catastral Padrón N°
287.201, Matrícula /Orden:15.465 / 796. Compuesto de una superficie de 5.903,1.2
62m2. Según Plano de Mensura para Prescripción Adquisitiva N° 69.289/14. Por tal
motivo se ha dispuesto citar por 5 (cinco) días a quienes se creyeren con derecho
sobre el inmueble motivo de esta acción, a fin de que en el término de 15 días
(quince) se presenten a tomar intervención en la Dirección General de Catastro de
la Provincia, sita en Avenida Benjamín Aráoz N° 96 de esta ciudad capital, caso
contrario se llevará adelante el procedimiento declarando adquirido el dominio a
favor del Superior Gobierno de la Provincia. E 08 y V 14/04/2015. Aviso N°
187.593.
Aviso número 187618
GENERALES / DIRECCIÓN GENERAL DE CATASTRO-PADRON Nº 362010
DIRECCIÓN GENERAL DE CATASTRO
POR 5 DIAS - Se hace saber que se han iniciado las acciones tendientes a obtener
el Dominio por Prescripción Adquisitiva de acuerdo a lo normado en la Ley N°
21.477 y su modificatoria Ley N° 24.320 , los Decretos Reglamentarios N°1025/14
(SSG) 78, 482/14 (SSG) -80 y 516/14 (SSG)82 sobre el inmueble que ocupa la
Escuela N° 99 Provincia de Río Negro, ubicada en Calle San Martín S/N, Localidad
de Monteagudo, Departamento Simoca (Actual) - Chicligasta (Anterior).
Identificada en la Dirección General de Catastro con la siguiente nomenclatura
catastral Padrón N ° 362. 010,
Matrícula /Orden: 27.142/ 298. Compuesto de una superficie de 10.029,2.434m2.
Según Plano de Mensura para Prescripción Adquisitiva N° 70.424/14. Por tal motivo
se ha dispuesto citar por 5 (cinco) días a quienes se creyeren con derecho sobre
el inmueble motivo de esta acción, a fin de que en el término de 15 días
(quince) se presenten a tomar intervención en la Dirección General de Catastro de
la Provincia, sita en Avenida Benjamín Aráoz N° 96 de esta ciudad capital, caso
contrario se llevará adelante el procedimiento declarando adquirido el dominio a
favor del Superior Gobierno de la Provincia. E 08 y V 14/04/2015. Aviso N°
187.618.
Aviso número 187590
GENERALES / DIRECCIÓN GENERAL DE CATASTRO-PADRON
Nº
37161
DIRECCIÓN GENERAL DE CATASTRO
POR 5 DIAS - Se hace saber que se han iniciado las acciones tendientes a obtener
el Dominio por Prescripción Adquisitiva de acuerdo a lo normado en la Ley N° 21.
477 Y su modificatoria Ley N° 24.320, los Decretos Reglamentarios N°1025/14 (SSG)
78, 482/14 (SSG) -80 y 516/14 (SSG)82 sobre el inmueble que ocupa la Escuela N°
372 Campo de las Carreras, ubicada en Avenida Néstor Kirchner N° 1.444, Ciudad de
San Miguel de Tucumán, Departamento Capital. Identificada en la Dirección General
de Catastro con la siguiente nomenclatura catastral Padrón N° 37.161, Matrícula
/Orden: 3.634 / 181. Compuesto de una superficie de 6.212, 0655m2. Según Plano de
Mensura para Prescripción Adquisitiva N° 70.180/14. Por tal motivo se ha
dispuesto citar por 5 (cinco) días a quienes se creyeren con derecho sobre el
inmueble motivo de esta acción, a fin de que en el término de 15 días (quince)
se presenten a tomar intervención en la Dirección General de Catastro de la
Provincia, sita en Avenida Benjamín Aráoz N° 96 de esta ciudad capital, caso
contrario se llevará adelante el procedimiento declarando adquirido el dominio a
favor del Superior Gobierno de la Provincia. E 08 y V 14/04/2015. Avido N°
187.590.
Aviso número 187632
GENERALES / SUBDIRECCIÓN DE CAPACITACIÓN Y ORGANIZACIÓN COMUNITARIA
SUPERIOR GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE TUCUMÁN
Ministerio de Desarrollo Social
Secretaría de Estado de Articulación Territorial y Desarrollo Local
Subdirección de Capacitación y Organización Comunitaria
POR 3 DIAS - Convocatoria a Organizaciones de la Sociedad Civil con el fin de
Administrar los Fondos del Proyecto: "Proyecto de Formación y Capacitación para
el Desarrollo Comunitario". Fecha de Presentación de la documentación: 14 y 15 de
Abril del 2015. Desde horas 08:30 a 13:00 Hs. Lugar: Subdirección de Capacitación
y Organización comunitaria General Paz 576 - 3° piso. Oficina 1. Capital Para
consultas y especificaciones técnicas: Dirigirse a la misma dirección En el
horario de 08:30 a 13:00 Hs., hasta el 13/04/15. E 09 y V 13/04/2015. Aviso N°
187.632.
Aviso número 187379
JUICIOS VARIOS / ALVAREZ FRANCISCO OCTAVIO
ADQUISITIVA
S/ PRESCRIPCION
POR 10 DÍAS - Se hace saber que por ante este Juzgado Civil y Comercial Común de
la VIII Nominación, Secretaría autorizante del Dr. José Luis Guerra, tramitan los
autos caratulados: "ALVAREZ FRANCISCO OCTAVIO S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA" expte.
N° 2002/02, se ha dictado el siguiente proveído: "San Miguel de Tucumán, 3 de
diciembre de 2014. Atento lo peticionado y constancias de autos, con el solo y
único efecto de ponder orden al proceso y en uso de las facultades de dirección
del mismo (art. 30 y 39 del CCPPT), la Proveyente aclara y dispone: a)
Publíquense Edictos por el término de Diez Días, haciéndose conocer la iniciación
del presente juicio por prescripción adquisitiva que promueve Alvarez Francisco
Octavio. En los mismos cítese a Bossi Bernardo Pedro y a Chenaut Guillermo y/o
los herederos de estos y/o quienes se creyeren con algún derecho sobre el
inmueble motivo de esta litis, a fin de que en el término, de seis días, se
apersonen a estar a derecho y córrasele traslado de la demanda para que en igual
plazo la contesten, bajo apercibimiento de designársele como su representante al
Sr. Defensor de Ausentes. Consígnese los datos del predio y una relación
extractada de la demanda. b) Cítese a Chenaut José Ignacio y a Bossi José María
y/o sus herederos y/o quienes se creyeren con algún derecho sobre el inmueble
motivo de esta litis, a fin de que en el término de seis días, se apersonen a
estar a derecho y córrasele traslado de la demanda para que en igual plazo la
contesten, bajo apercibimiento de designársele como su representante al Sr.
Defensor de Ausentes.- 2002/02" Fdo. P/T Dra. Hilda Graciela Del Valle Vazquez Juez Subrogante". En fecha 23/07/2002, el Sr. Alvarez, Francisco Octavio D.N.I.
N° 4.568.741, argentino, mayor de edad, domiciliado en calle Julio Argentino Roca
N° 102 de Yerba Buena, inicio demanda de prescripción adquisitiva sobre un
inmueble cuyos datos son: ubicado en Los Cuartos, Tafí del Valle, Provincia de
Tucumán, compuesto de una superficie de has. 7.318 m2, identificado con la
siguiente Nomenclatura Catastral: Padrón: 80945, Circunscripción. III, Matricula
Catastral N° 35.235, Sección D, Manzana o Lamina: 285, Numero de Orden: 10,
Parcela: 115 C (24), sobre el cual detenta la posesión de manera ininterrumpida,
pública, pacífica y con ánimo de dueño, el y su familia, por más de 90 años; en
contra de Bernando Pedro Bossi y/o Guillermo Chenaut.- Secretaría. San Miguel de
Tucumán, 22 de diciembre de 2014. Fdo. Dr. José Luis Guerra, Sec. Jud. E 27/03 y
V 13/04/2015. $2032. Aviso N° 187.379.
Aviso número 187297
JUICIOS VARIOS / BELTRAMI JUAN CARLOS C/ ABDO LASTRA OLGA EUGENIA S/
DIVORCIO VINCULAR
POR 10 DIAS - Se Hace Saber a Abdo Lastra Olga Eugenia, que por ante este Juzgado
Civil en Familia y Sucesiones de la Primera Nominación, Secretaría a cargo del
Dr. Rafael Jose Molina y de la Proc. Veronica Lastra, se tramitan los autos
BELTRAMI JUAN CARLOS C/ ABDO LASTRA OLGA EUGENIA S/ DIVORCIO VINCULAR, Expte n°
3363/12, iniciado en fecha 21/06/2012, en el cual se ha dictado el proveído que a
continuación se transcriben: San Miguel de Tucumán, 11 de Marzo de 2015. Téngase
presente el informe Actuarial que antecede. En mérito a lo informado, constancias
obrantes en autos, y a fin de no afectar el derecho de defensa en juicio (art. 18
de la C. N.): Declárese la nulidad de todo lo actuado a partir del proveído de
fecha 10/06/14 (fs. 48). En consecuencia: fíjase nuevas fechas para que tengan
lugar por ante ésta Proveyente las audiencias que prescribe el Art. 38 procesal,
para los días 16 del mes de abril de 2015 a hs. 16:30 y el día 05 del mes de mayo
de 2015 a hs. 17:00. Notifíquese a la accionada mediante edictos por el término
de 10 días y dése intervención al Sr. Defensor Oficial de la III° Nom. en su rol
de Defensor de Ausentes, debiendo transcribirse el proveído de fecha 28/06/12 en
su parte pertinente. Personal.- Fdo. Dra. Silvia Karina Lescano de FrancescoJuez. Libre De Derechos.- Queda Ud. Notificado.- San Miguel De Tucuman, 17 de
marzo de 2015. Fdo. Dr. Rafael Jose Molina, Sec. Jud. E 25/03 y V 09/04/2015.
Libre de Derechos. Aviso N° 187.297.
Aviso número 187498
JUICIOS VARIOS / BOTTONE SERGIO ROBERTO S/ Z- GUARDA JUDICIAL CON
FINES ASISTENCIALES
POR 5 DIAS - Se hace saber a José Luis Carrazan, que por ante este Juzgado Civil
en Familia y Sucesiones de la Cuarta Nominación, a cargo del Dr. Orlando V.
Stoyanoff Isas, Secretaría de la Dra. María Isabel Soria Tenreyro, se tramitan
los autos caratulados: "BOTTONE SERGIO ROBERTO S/ Z- GUARDA JUDICIAL CON FINES
ASISTENCIALES", Expte. N° 4262/14, en los cuales S.S. dictó la siguiente
providencia: "San Miguel de Tucumán, 1 de diciembre de 2014.- Téngase presente.
Notifíquese como se solicita". Fdo. Orlando V. Stoyanoff Isas. Juez. Nota
actuarial: A continuación se transcribe la providencia a notificar en su parte
pertinente: "San Miguel de Tucumán, 25 de agosto de 2014.- . 1) .. 2) Cítese a
los progenitores de la menor María Julia Carrazan, D.N.I.: 46.529.807 .. el Sr.
José Luis Carrazan, D.N.I.: 23.021.285, a fin de que, comparezca por ante el
Juzgado en horario vespertino de 13:15 hs. a 15:30 hs. a prestar conformidad o
disconformidad con la presente acción, bajo apercibimiento de tenerla por
conforme en caso de incomparecía. Personal. 3) ..- 4) ..- 5) ... 6) .. " Fdo. Dr.
Orlando V. Stoyanoff Isas. Juez. Queda Ud. Notificado. Secretaría, San Miguel de
Tucumán, 18 de marzo de 2015- E 01 y V 09/04/2015. $478,40. Aviso N° 187.498.
Aviso número 187527
JUICIOS VARIOS / BRANDAN JOSE ALEJANDRO C/SERRANO ROBERTO Y OTRO S/
DAÑOS Y PERJUICIOS
POR 10 DIAS - Se hace saber que por ante éste Juzgado Civil y Comercial Común de
la Ia. Nominación del Centro Judicial de Concepción, Pcia. de Tucumán, a cargo de
la Dra. María Ivonne Heredia, Secretaría del Proc. Manuel Horacio Lopez, se
tramitan los autos caratulados: "BRANDAN JOSE ALEJANDRO C/SERRANO ROBERTO Y OTRO
S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (EN MEDIACIÓN), Expediente N°:230/11, y que la Sra. Juez de
la causa ha dictado la Providencia que a continuación se transcribe: "Concepción,
3 de febrero de 2015. 1°)- Agréguese la cédula N° 2583 debidamente informada y
téngase presente. 2°)- Atento a lo solicitado y con el objeto de notificar de la
demanda al Sr. Fernández Abelardo Alfredo, publíquense edictos en el boletín
oficial por el término de 10 días.- FZ Fdo. Dra. Maria Ivonne Heredia Juez."Concepción, 15 de mayo de 2012.- Proveyendo la demanda y el escrito que
antecede: 1)-Agréguese tasa de justicia por apersonamiento letrado y téngase
presente. 2)-Téngase al Sr. Jose Alejandro Brandan, por presentado, por
constituido domicilio legal y denunciado el real. 2)-Por promovida la demanda que
se tramitará según las normas que rigen los procesos ordinarios, córrase traslado
de ella por quince días a los accionados para que comparezcan y la contesten,
bajo apercibimiento de ley (arts. 292, 293, 294 Procesal). Notifíqueselos por
cédula.- 3)-Agréguese las copias al expediente. Martes y Viernes o subsiguiente
día hábil en caso de feriado para las notificaciones en Secretaría. 4)-...- NOR.".- Fdo. Dra. Maria Ivonne Heredia, Juez.-Secretaría, Concepción , 13 de marzo de
2015. Se hace constar que tramita libre de derecho, Ley N° 6.314. E 06 y V
17/04/2015. Libre de Derechos. Aviso N° 187.527.
Aviso número 187671
JUICIOS VARIOS / CAMPO KARINA ELIZABETH DEL VALLE S/ QUIEBRA PEDIDA
POR 5 DÍAS - Se hace saber que por ante este Juzgado en lo Civil y Comercial
Común de la Tercera Nominación, a cargo de la Dra. Viviana Gasparotti -Juez-,
Secretaría Actuaría a cargo de la Dra. Alejandra V. Chemes, tramitan los autos
caratulados: "CAMPO KARINA ELIZABETH DEL VALLE S/ QUIEBRA PEDIDA", Expediente N°
2986/14, se ha dispuesto la providencia que se transcribe: "San Miguel de
Tucumán, 30 de marzo de 2015.- y Vistos: ... Considerando ... Resuelvo: I.Declarar, la quiebra de Campo Karina Elizabeth del VALLE, D.N.I. N°: 26.012.766
con domicilio real en Pje Primera Junta, Manzana Q, Lote 22, de San Miguel de
Tucumán.- II.- Disponer la anotación de la quiebra y la Inhibición General de
Bienes del fallido en los Régistros Público de Comercio - Dirección de Persona
Jurídica, lnmobiliario de Tucumán y del Registro Nacional de la Propiedad del
automotor, delegación San Miguel de Tucumán.- A sus efectos, oficiese.- Estos
oficios deberán ser diligenciados por el fallido ( art.102 LCQ) en un plazo no
mayor a cinco días de notificado el presente auto.- III.- Intimar a la fallida
para que en el término de cuarenta y ocho hora; cumplimente con lo dispuesto por
el art. 86 de la Ley Concursal 24.522, poniendo a disposición de la Sindicatura
los bienes de pertenencia del fallido, bajo apercibimiento de ley.- IV.- Prohibir
a la fallida hacer pagos y / o entrega de efectos a terceros bajo pena de no
quedar liberados de sus obligaciones por dichos pagos o entregas ( art. 118
L.C.Q. ).- V.- no se emplaza a la deudora (fallida) para que entregue al síndico
los libros de comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad, por
tratarse de persona fisica no comerciante.- VI.- Interceptar la correspondencia
epistolar y telegrafica de la fallida, las que deberán ser entregadas a la
Sindicatura.- En consecuencia, oficiese a la empresa de Correo Oficial de la
República Argentina SA.- VII.- Prohíbese a la Sra. Campo Karina Elizabeth del
Valle, D.N.I. N°: 26.012.766 ,la salida de la República Argentina.·· A sus
efectos librese Carta Documento a su costa a Jefatura de Policía Federal
Arqentina Dirección General de Gendarmería y Dirección Nacional de Gendarmería y
Dirección Nacional de Migraciones, Ministerio del interior con transcripcion de
las partes pertinentes de la presente resolución.-Estas diligencias deberán ser
efectuadas por la fallida en el término de cinco días de notificado el presente
auto.- VIII.- Designar el día 17 de Abril de 2015 a horas 11:00 para que tenga
lugar el sorteo de Síndico Contador, Categoría B, debiéndose oficiar a la Exma.
Corte Suprema de Justicia, Sala de Sorteos y al Colegio de Graduados de Ciencias
Económicas.- IX.- No Disponer la realización de los bienes del fallido por no
tener bienes liquidables.- X.- Designar hasta el día 18 de Mayo de 2015 como
fecha hasta la cual los acreedores deben pedir verificación de sus créditos a la
Sindicatura.- XI.- Fijar el día 30 de Junio de 2015 y 26 de Agosto de 2015, para
la presentación del Informe individual y General, respectivamente.- XII.Suspendanse el trámite de los juicios de contenido patrimonial en contra de la
fallida, con las excepciones consignadas expresamente en los arts. 132 y 133 de
la Ley 24.522.- A sus efectos librense los oficios pertinentes.- Estas
diligencias deberán ser efectuadas por la fallida en el término de cinco días de
notificado el presente auto.- XIII.- Publiquense edictos por cinco días en el
Boletín Oficial de Tucumán, en la forma prevista en la ley de Quiebras.- XIV.Oficiese a Mesa de Entradas Civil, haciéndose conocer la declaración de la
presente quiebra ACH 2986/14 Hagase Saber.- Fdo.: Dra. Viviana Gasparotti de
Yanotti". San Miguel de Tucuman, 7 de abril de 2015.- Dra. Alejandra Veronica
Chemes, Secretaria.- E 09 y V 15/04/2015. Diferido. Aviso N° 187.671.
Aviso número 187580
JUICIOS VARIOS / CARDOZO ALDO LEONARDO C/ GHRA S.R.L. S/ COBRO DE
PESOS (VIENE DE JUZ. C.C.Y T. DEL TRABAJO 3ªNOM. POR INHIBICION)
POR 5 DIAS - Se hace saber que por ante este Juzgado de Conciliación y Tramite
del Trabajo de la Primera Nominacion, a cargo de la Dr. Carlos A. Frascarolo,
Juez; Secretaría de la Dra Luciana Mercado, tramitan los autos caratulados:
"CARDOZO ALDO LEONARDO C/ GHRA S.R.L. S/ COBRO DE PESOS (VIENE DE JUZ. C.C.Y T.
DEL TRABAJO 3ªNOM. POR INHIBICION)", Expediente N° 2211/12, en los cuales se ha
dictado el presente proveido que se transcribe a continuación: San Miguel de
Tucumán, 12 de septiembre de 2014.- A lo solicitado y en virtud de las
constancias de autos, (publicación de edictos Judiciales de fecha 07/8/2014 al
13/8/2014) y habiendo vencido el término de quince días concedido a la demandada
mediante proveído de fecha: 29/5/2014 obrante a fs. 69 de autos el cual remite a
la providencia de fecha 15 de marzo de 2013 obrante a fs. 48 de autos: Téngase
por Incontestada la demanda, para la accionada GHRA S.R.L . Asimismo y haciendo
efectivo el apercibimiento del art. 22 del CPL: hágasele saber al accionado, que
las sucesivas notificaciones se efectuaran en los estrados del juzgado, con las
excepciones establecidas por la citada norma legal. Atento al estado de la litis
y lo peticionado por la aprte actora : Abrase el presente a pruebas por el
término de cinco días para ofrecer (Art.68 C.P.L) .- Personal. OFG2211/12- San
Miguel de Tucumán, 9 de marzo de 2015. Secretaria.- 2211/12 SJA. Se hace constar
que el presente es de Libre de Derechos. E 07 y V 13/04/2015. Libre de Derechos.
Aviso N° 187.580.
Aviso número 187400
JUICIOS VARIOS / CARO MARIA NATIVIDAD S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA
POR 10 DIAS - Se hace saber que en los autos caratulados: JUICIO: "CARO MARIA
NATIVIDAD S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA" 2556/12, que tramitan ante el Juzgado
Civil y Comercial Común de la IIa. Nom., a cargo del Dr. Carlos A. Arraya,
Secretaría de la Dra. Soledad María Aguilar, se ha dictado la providencia que se
transcribe:////San Miguel de Tucumán, 6 de marzo de 2015.- Téngase por iniciada
por María Natividad Caro la presente litis por prescripción adquisitiva sobre una
fracción del inmueble ubicado dentro de otro de mayor extensión en la localidad
de Los Quemados, Dpto. Leales, provincia de Tucumán, inscripto en el Registro
Inmobiliario con la siguiente nomenclatura catastral: Padrón: 85802; Matrícula:
23210; Orden: 6; Circ.: 1; Secc.: E; Lámina: 155; Parcela: 515 C; compuesto de
una superficie total de: 18.054,4859 m2; siendo sus medidas perimetrales: Norte:
158,3 mts.; Sur: 176,16 mts; Este: 115,69 mts. y Oeste: 108,52 mts; y sus
linderos son: al Norte: Luis H. Caro y Esther del Valle Caro; al Oeste: Julio
Espindola; al Sur: Camino Vecinal y al Este: Camino vecinal. Cítese a Florinda
Gramajo de Delgado a fin de que dentro del término de seis días se apersonen y
comparezcan a estar a derecho en el presente juicio bajo apercibimiento de
designárseles como su legítimo representante al Sr. Defensor Oficial de Ausentes
que por turno corresponda. Publíquense edictos en el Boletín Oficial por el diez
días. Fdo. Dr. Carlos A. Arraya (Juez). Secretaría IIa.C.C.C. 10 de Marzo de
2015. Dra. Soledad María Aguilar, Secretaria. E 27/03 y V 13/04/2015. Libre de
Derechos. Aviso N° 187.400.
Aviso número 187339
JUICIOS VARIOS / CATA JUAN GUILLERMO Y OTROS C/ MORILLO TIMOTEA AMDA
S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA
POR 10 DIAS - Por disposición del Dr. José Ignacio Dantur, Juez del Juzgado en lo
Civil y Comercial Común de la Cuarta Nominación, Secretaría a cargo de la Dra.
Andrea Josefina Gallegos y de la Proc. María Eugenia Miranda Ovejero, por ante el
cual se tramitan los autos caratulados: "CATA JUAN GUILLERMO Y OTROS C/ MORILLO
TIMOTEA AMDA S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA", Expediente N° 1867/10, se ha dispuesto
por este medio notificar la providencia que se transcribe a continuación: "San
Miguel de Tucumán, 1 de diciembre de 2014. Publíquense edictos en el Boletín
Oficial por el término de diez días, haciéndose conocer la iniciación del
presente juicio que por prescripción adquisitiva promueve Juan José Cata, Adrián
César Cata, Juan Guillermo Cata, Juan Manuel Cata, Juan Pablo Cata, Mario
Guillermo Cata, Ceferino Sebastián Cata y Luisa Elena Cata, sobre los siguientes
inmuebles: 1) Padrón 399.598, Matricula 27.982, Orden 2671, Circ. II, Secc. B,
Lamina 125, Parcela 22 G, según Plano de mensura y división N° 696-M del
24/04/1979. 2) Padrón 399.597, Matricula 27.982, Orden 2670, Circ. II, Secc. B,
Lamina 125, Parcela 22 F, según Plano de mensura y división N° 696-M del
24/04/1979.- En los mismos cítese a Silcan de Morillo María Anacleta y/o sus
herederos y/o quienes se creyeren con derecho, a fin de que dentro del término de
seis días se apersonen a estar a derecho, bajo apercibimiento de designarse como
representante legal al Defensor Oficial de Ausentes; en el mismo acto córraseles
traslado de la demanda la que deberán contestar dentro de igual plazo.- Lunes y
jueves para las notificaciones en Secretaría o día siguiente hábil en caso de
feriado".- Secretaria, 03/02/2015.- Fdo.: Proc. María Eugenia Miranda Ovejero,
Sec. Jud. E 26/03 y V 10/04/2015. $1417,60. Aviso N° 187.339.
Aviso número 187560
JUICIOS VARIOS / EL SOJAL S.R.L. Y OTROS C/ MEDINA FRANCISCO DE
JESUS Y OTROS S/ REDARGUCION DE FALSEDAD
POR 5 DÍAS - Se hace saber que por ante este Juzgado Civil y Comercial Común de
la Va. Nominación, Secretaría Va., Titular Dra. Hilda Graciela del Valle Vazquez,
Secretaria autorizante Dra. María Karina Dip, Secretaria Juzg. Civil y Com. Común
Va. Nom., tramitan los autos caratulados: "EL SOJAL S.R.L. Y OTROS C/ MEDINA
FRANCISCO DE JESUS Y OTROS S/ REDARGUCION DE FALSEDAD (VIENE DE JUZ. C.C.C. 8ª
NOM. RECHAZO DE CONEXIDAD)" expte. n° 352/10, se han dictado las siguientes
providencias: "San Miguel de Tucumán, 18 de octubre de 2011.- Agreguese,
proveyendo el escrito de demanda: Por presentado, con los recaudos legales
acompañados, y constituido domicilio legal, téngase al letrado compareciente en
el carácter invocado a mérito de la copia de poder general adjuntada, y désele
intervención.- Cítese a los demandados a fin de que dentro del perentorio término
de seis días, se apersonen a estar a derecho en el presente juicio, bajo
apercibimiento de rebeldía.- En el mismo acto, córraseles traslado de la demanda
para que la contesten dentro de igual término.- Notifíquese personalmente.- Lunes
y jueves para las notificaciones en Secretaría o día siguiente hábil en caso de
feriado.-" Fdo. Dra. Hilda Graciela del Valle Vazquez - Juez. ////"San Miguel de
Tucumán, 17 de noviembre de 2011. Téngase por ampliada la demanda en los términos
del art. 282 del CPCC. En mérito a ello, cúmplse con el traslado de la demanda y
de la ampliación precedente conforme a lo dispuesto mediante providencia de
fecha 18-10-2011." Fdo. Dra. Hilda Graciela del Valle Vazquez - Juez. ////"San
Miguel de Tucumán, 1 de diciembre de 2014. Téngase presente lo manifestado en
cuanto por derecho hubiere lugar. Atento a lo solicitado y a las constancias
obrantes en estos autos, notifíquese mediante edictos a Juan Carlos Marcos Vera
de las providencias de fecha 18-10-2011 y de fecha 17-11-2011, de acuerdo a lo
previsto por el art. 159 Procesal. A sus efectos, publíquense edictos en el
Boletín Oficial, por el plazo de cinco días." Fdo. Dra. Hilda Graciela del Valle
Vazquez - Juez. Secretaría. San Miguel de Tucumán, 10 de diciembre de 2014. E 07
y V 13/04/2015. $861,20. Aviso N° 187.560.
Aviso número 187650
JUICIOS VARIOS / FEDERACION DE COOPERATIVAS VITIVINICOLAS ARGENTINAS
COOP.LTDA (FECOVITA)C/ DISTRIBUIDORA EL TREBOL S.R.L. Y OTRA S/ ZCOBRO DE PESOS
POR 10 DÍAS - Se hace saber que por ante este juzgado en lo Civil y Comercial
Común de la VIIIa. Nominación, a cargo de la Dra. Maria Isabel Tenreyro, Juez y
Secretaría del Dr. Jose Luis Guerra, se tramitan los autos caratulados
"FEDERACION DE COOPERATIVAS VITIVINICOLAS ARGENTINAS COOP.LTDA (FECOVITA)C/
DISTRIBUIDORA EL TREBOL S.R.L. y OTRA S/ Z- COBRO DE PESOS - 2297/03" en los
cuales se ha dictado una resolución que su parte pertinente a continuación se
transcribe://///// San Miguel de Tucumán, 28 de febrero de 2014. Atento lo
solicitado y a constancias de autos, Publíquense Edictos por el termino de Diez
Días, haciéndose conocer la iniciación del presente juicio por Cobro De Pesos que
promueve Federacion De Cooperativas Vitivinicolas Argentinas Coop. Ltda
(Fecovita). En los mismos cítese a Dsitribuidora El Trebol S.R.L. y/o quienes se
creyeren con algún derecho sobre el inmueble motivo de esta litis, a fin de que
en el término de quince días, se apersonen a estar a derecho y córrasele traslado
de la demanda para que en igual plazo la contesten, bajo apercibimiento de
designársele como su representante al Sr. Defensor de Ausentes. Consígnese una
relación extractada de la demanda.//////// Extracto de demanda: En fecha 4 de
septimembre de 2.003 se presenta Fundacion De Cooperativas Vitivinicolas
Argentinas Coop. Ltda. (Fecovita) iniciando juicio por cobro de pesos contra la
firma Distribuidora El Trebol SRL. y al Sr. Hernandez Roberto Antonio
argumentando que proveyo de productos a la firma fiada y la misma incumplió con
los pagos de mercadería. Secretaría, San Miguel de Tucumán, 10 de marzo de 2014.
Fdo. Dr. Jose Luis Guerra, Sec. Jud. E 09 y V 22/04/2015. $1350,40. Aviso N°
187.650.
Aviso número 187665
JUICIOS VARIOS / FRANCO BLANCA DELICIA S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA
POR 10 DIAS - Se hace saber que por ante este Juzgado Civil y Comercial Común de
la VIIIa. Nominación, Secretaría actuaria a cargo del Dr. José Luis Guerra,
tramitan los autos caratulados: "FRANCO BLANCA DELICIA S/ PRESCRIPCION
ADQUISITIVA" expte. n° 1261/14, en los cuales se dicto la siguiente providencia
que se transcribe: "San Miguel de Tucumán, 27 de noviembre de 2014.- Atento lo
solicitado y a constancias de autos, publíquense Edictos por el termino de diez
días, haciéndose conocer la iniciación del presente juicio por prescripción
adquisitiva que promueve Franco Blanca Delicia. En los mismos cítese a Suárez
Cresencio y/o los herederos y/o quienes se creyeren con algún derecho sobre el
inmueble motivo de esta litis, a fin de que en el término de seis días, se
apersonen a estar a derecho y córrasele traslado de la demanda para que en igual
plazo la contesten, bajo apercibimiento de designársele como su representante al
Sr. Defensor de Ausentes. Consígnese los datos del predio y una relación
extractada de la demanda.- Fdo. Dra. Hilda Graciela del Valle Vázquez - Juez
Subrogante.- Secretaría. La Sra. Blanca Delicia Franco, domiciliado en calle
Ayacucho N° 1429, plantea demanda por prescripción sobre un inmueble ubicado en
calle Ayacucho N° 1.429 de esta ciudad, identificado con la matricula Registral
S-41.736, Padrón Catastral N° 130.575, el cual consta de 254,5367 m2, en contra
de Suárez Cresencio y/o los herederos y/o quienes se creyeren con algún derecho;
en fecha 12/05/2014.- San Miguel de Tucumán, 9 de diciembre de 2014. E 09 y V
22/04/2015.- $1.273,60.- Aviso N° 187.665
Aviso número 187578
JUICIOS VARIOS / GEREZ PABLO HIPOLITO C/SIGLO XXI S.A (HOY
DENOMINADA EL SIGLO) Y OTRO S/ COBRO DE PESOS
POR 5 DIAS - Se hace saber a Red 106 S.R.L. que por ante este Juzgado de
Conciliación y Trámite del Trabajo de la Segunda Nominación, a cargo de la Dr.
Rodolfo Eugenio Torres, Juez; Secretaría Del Dr. Gustavo Haurigot, tramitan los
autos caratulados: "GEREZ PABLO HIPOLITO C/SIGLO XXI S.A (HOY DENOMINADA EL
SIGLO) Y OTRO S/ COBRO DE PESOS", Expediente N° 356/04, en los cuales se ha
dictado el presente proveido que se transcribe a continuación: "San Miguel de
Tucumán, 18 de marzo de 2015. Por acompañada publicación de edictos, tengase
presente. Señálese el día 29/04/2015 a hs. 09:30, a fin de que concurran las
partes a la audiencia de conciliación prevista por el art. 69 de la ley procesal
del fuero en los términos de los art. 71, 72, 74 y 75 de la ley 6.204, bajo
apercibimiento de lo dispuesto por el art. 73 de la ley 7293. Personal.- San
Miguel de Tucumán, 26 de marzo de 2015. Secretaria. Fdo. Dr. Gustavo A. Haurigot
, Sec. Jud. E 07 y V 13/04/2015. Libre de Derechos. Aviso N° 187.578.
Aviso número 187575
JUICIOS VARIOS / JORRAT MIGUEL WALTER C/ DEANA MARCOS ERNESTO
S/COBRO DE PESOS
POR 5 DIAS - Se hace saber al Sr. Marcos Ernesto Deana cuyo domicilio se
desconoce, que por ante esta Sala IVa. de la Camara Del Trabajo, a cargo del Sr.
Vocal Guillermo Ávila Carvajal, Secretaría desempeñada por Sergio Esteban Molina,
tramitan los autos caratulados "JORRAT MIGUEL WALTER C/ DEANA MARCOS ERNESTO
S/COBRO DE PESOS" - Expediente N° 2735/08, en los cuales ha recaído la resolución
que a continuación se transcribe y que deberá publicarse Libre De Derechos en el
Boletín Oficial: "S. M. de Tucumán, diciembre 23 de 2014. Autos y Vistos: ...
Resulta: ... Considerando: Resuelve: I- Admitir la demanda promovida por Miguel
Walter Jorrat, argentino, casado, D.N.I. N° 22.570.864, domiciliado en El
Cevilar, Cruz Alta, conforme surge del poder ad-litem agregado a fs. 2, en contra
de Marcos Ernesto Deana, con domicilio en calle Juan B. Alberdi N° 334, La
Cocha. En consecuencia, se condena a esta última, al pago de la suma total de
$35.507,63 (pesos treinta y cinco mil quinientos siete con sesenta y tres
centavos), en concepto de diferencias salariales, indemnización por antigüedad,
integración mes de despido, 12 días mes de setiembre/2007, indemnización
sustitutiva del preaviso, las que deberán hacerse efectivas dentro de los 10 días
de ejecutoriada la presente, bajo apercibimiento de Ley, observando el
cumplimiento de las normas tributarias y previsionales federales. Asimismo, se
absuelve a la demandada de la suma reclamada en concepto de indemnización de
salarios impagos julio y agosto/2007, indemnización Art. 2 Ley 25323,
indemnización Art. 80 LCT e indemnización Art. 132 bis LCT, según se considera.
II. Costas: a la parte demandada, como se considera. III.- Honorarios: 1) Al
letrado Oscar Enrique Sario por su actuación en el doble carácter por el actor en
las tres etapas del proceso de conocimiento la suma de $8.250 (pesos ocho mil
doscientos cincuenta); y por la reserva hecha a fs. 84/86 la suma de $3.200
(pesos tres mil doscientos), valor de una consulta escrita. 2) Al letrado Juan
Alberto Campero por su actuación en el doble carácter por el demandado en dos
etapas del proceso de conocimiento la suma de $ 3.300 (pesos tres mil
trescientos); y por la reserva hecha a fs. 84/86 la suma de $3.200 (pesos tres
mil doscientos), valor de una consulta escrita. IV.- Planilla Fiscal:
Oportunamente practíquese y repóngase (Art. 13 Ley 6204). V.- Comunicar a la
AFIP-DGI en la etapa de cumplimiento de sentencia de conformidad a lo previsto
por el Art. 17 de la Ley 24.013 y al Art. 44 de la Ley 25.345. Regístrese,
Archívese y Hágase Saber. Fdo.: Guillermo Avila Carvajal - Silvia Eugenia
Castillo (Vocales). Ante Mí: Sergio Esteban Molina (Secretario).". San Miguel de
Tucumán, 26 de marzo de 1011- Secretaria.- Sergio Esteban Molina, Sec. Jud. E 07
y V 13/04/2015. Libre de Derechos. Aviso N° 187.575.
Aviso número 187581
JUICIOS VARIOS / LOPEZ ROBERTO C/ SUCESION DE FRANCISCO JOSE
CALLEJON Y OTROS
POR 3 DIAS - Se hace saber a Sra. Maria Teresa Rossi de Collejon, Carolina
Callejon, Federico Callejon y Jose Callejon, que por ante este Excma. Camara del
Trabajo de la Sala V, a cargo de la Dr. Osvaldo Pedernera, Vocal; Secretaría
Actuaria desempeñada por el Dr. Juan Adolfo Tarabra, tramitan los autos
caratulados: "LOPEZ ROBERTO C/ SUCESION DE FRANCISCO JOSE CALLEJON Y OTROS
S/COBROS S/ X - INSTANCIA UNICA", Expediente N° 145/97, en los cuales se ha
dictado el presente proveido, el que deberá publicarse libre de Derechos: "San
Miguel de Tucumán, 29 de diciembre de 2.014.- Autos y Vistos:..., Resulta:...,
Considerando:..., Resuelve: I.- Hacer Lugar íntegramente a la demanda promovida
por los actores Roberto López, Sara Ester Palermo, Rosario María Juárez de Sosa,
Nélida Amanda Pérez, Vicenta Olga Fontivero y Alberto Augusto Aparicio, en contra
de 1) Elena Elizabeth Callejón como heredera de Francisco José Callejón e Isabel
Gil de Callejón, 2) María Teresa Rossi de Callejón, Carolina Callejón, Federico
Callejón y José Callejón, en representación del fallecido Joaquín Rubén Callejón,
heredero de Francisco José Callejón e Isabel Gil de Callejón, 3) Ruth Inés Vargas
de Díaz Puertas, 4) Débora Carmen Vargas de Elkin, 5) Judith María Olinda Vargas
de González; en concepto de indemnización por despido, indemnización por falta de
preaviso, integración del mes de despido, saldo de haberes mes de enero de 1997,
haberes febrero 1997 hasta la fecha de extinción del vínculo, SAC primer semestre
1997 proporcional, vacaciones 1997 proporcional, condenando a los demandados en
forma solidaria, al pago de la suma de pesos trescientos cincuenta y tres mil
quinientos setenta y seis con 15/100 ($353.576,15), importe que corresponde
discriminar para cada actor, conforme surge de lo considerado y de la planilla de
condena; dentro del plazo de diez dias de quedar firme el presente fallo, bajo
apercibimiento de ley, según fuera considerado.- II.- No Hacer Lugar a la
Excepción de Falta de Acción opuesta por los codemandados Ruth Inés Vargas de
Díaz Puertas, Débora Carmen Vargas de Elkin, Judith María Olinda Vargas de
González, según fuera considerado.- III.- Costas: a los demandados, como se
consideran.- IV.- Regular Honorarios a los letrados intervinientes en la presente
causa, por el trabajo profesional desarrollado, tanto en la causa principal como
en los incidentes en la suma total: 1) Dr. Raúl López en la suma de pesos ciento
nueve mil quinientos treinta y uno con 74/100 ($109.531,74); 2) Dr. Roberto
Lorenzo Bollero en la suma de pesos quince mil trescientos setenta y dos con
87/100 ($15.372,87); 3) Dr. Oscar Agustín Arca en la suma de pesos cuarenta y
tres mil ochocientos cuarenta y tres con 44/100 ($43.843,44); 4) Dr. Sergio Bruno
Ricciuti: no corresponde regulación de sus honorarios por encontrarse regulados
en una consulta escrita a fs. 694; 5) Dra. Marta Yolanda Tejerizo en la suma de
pesos cuatro mil trescientos ochenta y cuatro con 34/100 ($4.384,34); 6) Dr.
Fossati en la suma de pesos cuatro mil trescientos ochenta y cuatro con 34/100
($4.384,34); conforme lo considerado.- Registrese, Archivese y Hagase Saber..
Fdo. Dr. Osvaldo Pedernera - Dr. Adolfo J. Castellanos Murga - Vocales - Queda
ud. debidamente Notificado.- 145/97 HAO.- Haciéndose constar que el Dr. Raul
Lopez, M.P. n° 3893, se encuentra facultado para su diligenciemiento o quien el
mismo designara.- San Miguel de Tucumán, 26 de marzo de 2015. Secretaria.- E 07 y
V 09/04/2015. Libre de Derechos. Aviso N° 187.581.
Aviso número 187423
JUICIOS VARIOS / MONTANARO JUAN FRANCISCO S/ PRESCRIPCION
ADQUISITIVA
POR 10 DIAS - Se hace saber que por ante este Juzgado Civil y Comercial Común de
la Ia. Nominación, a cargo del Dr. Carlos A. Arraya Juez P/T Secretaría del
Proc. Raul Frías Alurralde, tramitan los autos caratulados: "MONTANARO JUAN
FRANCISCO S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA" expte. n° 3855/12, en los cuales se ha
dictado el siguiente proveído: "Juicio .Montanaro Juan Francisco S/ Prescripcion
ADQUISITIVA. Expte. N°3855/12 San Miguel de Tucumán, 3 de marzo de 2015. Atento a
lo solicitado y según constancias de autos, publíquense edictos en el Boletín
Oficial por el término de diez días, haciéndose conocer la iniciación del
presente juicio por prescripción adquisitiva que promueve Juan Francisco
Montanaro, respecto del inmueble ubicado en la localidad de Camino Público s/n,
Finca Michal, Dpto. Tafí Viejo, de esta provincia. Cuyos datos catastrales son:
Padrón 183.511, Matrícula 7707, N° de Orden 1857, C:1, S:C, P:10-D. En los mismos
cítese a Maria Ines Gil, a sus herederos, y/o quienes se creyeren con derecho, a
fin de que dentro del término de seis días contesten demanda, bajo apercibimiento
de designarseles como su legítimo representante al Defensor Oficial de Ausentes.
Lunes y Jueves, para las notificaciones en Secretaría o día subsiguiente hábil en
caso de feriado. FM 3855/12.-"Fdo. Secretaría. San Miguel de Tucumán, 10 de marzo
de 2015. E 30/03 y V 14/04/2015. $1.108.80. Aviso N° 187.423.
Aviso número 187557
JUICIOS VARIOS / PEREZ LUCIA S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA
POR 5 DIAS - Se hace saber a los herederos de Dumeynieu, Luis Eduardo y
Dumeynieu, Juana Alcira y/o los que se creyeren con derechos sobre el inmueble
objeto del presente juicio, que por ante el Juzgado de Ia. Instancia en lo Civil
y Comercial Común de la Séptima Nominación, a cargo de la Dra. Nilda Graciela
Dalla Fontana, Juez; Secretaría del Dr. Guillermo Garmendia, tramitan los autos
caratulados: "PEREZ LUCIA S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA", Expte. N° 100/13, en los
cuales se ha dictado el proveído que se transcribe: San Miguel de Tucumán, 20 de
marzo de 2015. Atenta a lo solicitado y a constancias de autos, cítese a los
herederos de Dumeynieu, Luis Eduardo y Dumeynieu, Juana Alcira y/o a los que se
creyeren con derechos sobre el inmueble objeto de presente juicio para que se
apersonen a estar a derecho en la presente causa y córraseles traslado de la
demanda para que la contesten en el término de seis días, bajo apercibimiento de
ley. Personal. Notificaciones, lunes y jueves o día subsiguiente hábil en caso de
feriado. A sus efectos publíquense edictos, con un extracto de la demanda, por el
término de cinco días en el Boletín Oficial- Fdo. Dra. Nilda Graciela Dalla
Fontana (Juez). Extracto de la demanda: En fecha 07 de Febrero de 2013 se
apersona Lucia Pérez D.N.I.Nª 5.394.903, con el objeto de iniciar acción de
Prescripción Adquisitiva de dominio de un inmueble sito en el Km 3, 1/2 de la
Diagonal a Tafí Viejo, localidad Los Pocitos hoy Departamento de Tafí Viejo de la
Provincia de Tucumán cuya Nomenclatura Catastral es la siguiente: Circ: 1- Secc
24, Lam 6- Parcela 100 R- Padrón Nª 129.299, matricula 1855, orden 980 y en el
Registro Inmobiliarios en la Matrícula 32.839- Tafí - Los Pocitos a Nombre de
Luis Eduardo Dumeynieu y Juana Alcira Dumeynieu. En el año 1957, el padre de la
actora Domingo Manuel Pérez por justo título por transferencia que le hicieron
los hermanos Juana Alcira Dumeynieu y Luis Eduardo Dumeynieu en el carácter de
legítimos propietarios tomó posesión del inmueble pre mencionado, realizando en
el el diversos actos posesorios, como cercarlo, delimitarlo, realizando diversos
cultivos como verduras y la actora quedó como continuadora de la posesión de su
padre Domingo Manuel Pérez quién reiteradas veces solicitó a los hermanos
Dumeynieu la escrituración del terreno conforme se acordó en Boleto de
Compraventa, suscripto por el padre de actora y los hermanos Dumeynieu lo cual no
se concretó. A partir del fallecimiento del padre de la actora en el año 1990, la
actora ha asumido toda responsabilidad sobre el inmueble realizando numerosos
actos posesorios que involucran la administración y utilización de útiles de
labranza como arados y rastras tirada con animales mulares. La posesión de la
actora siempre fue pública, pacífica e ininterrumpida. Por todo lo expuesto la
actora solicita la Prescripción Adquisitiva de dominio del inmueble objeto de la
presente acción. San Miguel de Tucumán, 27 de marzo de 2015. Secretaria. E 07 y V
13/04/2015. $1.194,80. Aviso N° 187.557.
Aviso número 187441
JUICIOS VARIOS / PIZZOLON VÍCTOR AUGUSTO S/ CANCELACION (ESPECIAL)
POR 15 DÍAS - Dr. José Ignacio Dantur, Juez del Juzgado en lo Civil y Comercial
Común de la Cuarta Nominación, del Centro Judicial Capital -Provincia de Tucuman(sito en Pje. Velez Sarsfield n°: 450), ha dispuesto en la causa caratulada:
"PIZZOLON VÍCTOR AUGUSTO S/ CANCELACION (ESPECIAL)", expte n°: 1616/12, y que
tramita por ante la Secretaría a cargo de la Dra. Andrea Josefina Gallegos y de
la Proc. Maria Eugenia Miranda Ovejero, que por el termino de quince días se
publique: La cancelación de los cheques que van desde el n° 26054188 al n°
26054200, perteneciente a la cuenta corriente n° 6673-20758-2 a nombre de Víctor
Augusto Pizzolon, del HSBC Bank Argentina S.A., Sucursal Tucumán. A tal fin y
como resguardo legal, se transcribe el proveído que dispone la medida: "San
Miguel de Tucuman, 29 de abril de 2013.- Autos y Vistos: Considerando: Resuelvo:
I.- Ordenar la cancelación de los cheques que van desde el n° 26054188 al n°
26054200, perteneciente a la cuenta corriente n° 6673-20758-2 a nombre de Víctor
Augusto Pizzolon, del HSBC Bank Argentina S.A., Sucursal Tucumán.- II.Publíquese edictos por el termino de quince días en el Boletín Oficial.- III.Regular honorarios al Procurador Juan Carlos Suares, como apoderada del
accionante, por el equivalente a una consulta escrita de abogado, es decir en la
suma de $990, al patrocinante del actor, Armando J. Sadir por el equivalente a
una consulta escrita la suma de $1800.- Hagase Saber".- Fdo. Dr. Jose Ignacio
Dantur Juez. Fdo. Proc. Maria Eugenia Miranda Ovejero, Sec. Jud. E 30/03 y V
21/04/2015. $1.892,40. Aviso N° 187.441.
Aviso número 187499
JUICIOS VARIOS / PROVINCIA DE TUCUMAN C/ CARLETTI RUBEN HUGO S/
COBRO EJECUTIVO.
POR 5 DIAS - Por disposición del Juzgado de Cobros y Apremios de la Segunda
Nominación, Secretaría a cargo de las Dras. Claudia Lía Salas de Zossi y Pereyra
Pastorino Raquel María, en los autos caratulados: "PROVINCIA DE TUCUMAN C/
CARLETTI RUBEN HUGO S/ COBRO EJECUTIVO. EXPTE. N° 3649/09".-, se hace saber al
Sr. Carletti, Rúben Hugo, cuyo actual domicilio se desconoce, que en los autos
del rubro se ha dictado la siguiente providencia que se transcribe: "San Miguel
de Tucumán, 1 de diciembre de 2014. Atento a lo peticionado y constancias
obrantes en autos: cúmplase con la medida ordenada con fecha, 27/04/2010 mediante
la publicación de edictos durante 5 días en el Boletín Oficial. Ofíciese.- San
Miguel de Tucumán, 27 de abril de 2010. I) Por apersonado y con domicilio legal
constituído, désele intervención de ley al presentante en el carácter invocado.
II) Resérvese la documentación en Caja de seguridad del juzgado. III) Intímese a
la parte demandada al pago en el acto de la suma de $1.000,00 y $200,00 por
capital y acrecidas, respectivamente. Al mismo tiempo, Cítesela De Remate para
que dentro del quinto día hábil subsiguiente al de su notificación, oponga las
excepciones legítimas que tuviere bajo apercibimiento de llevarse adelante la
presente ejecución (Art. 502 Inc. I y Ccs. del C.P.C. y C.). A sus efectos
líbrese mandamiento. En caso de que el deudor no fuese hallado en su domicilio,
el encargado de cumplir las medidas precedentemente ordenadas, procederá de
acuerdo a lo prescripto por los arts. 500 y 157 del C. P. C. y en el mismo acto
dejará las copias del art. 128, ley citada. Notificaciones Diarias en Secretaría.
"Se hace constar que las copias se encuentran a su disposición en Secretaría.Secretaría. 1 de diciembre de 2014. Fdo. Dra. Claudia Lía Salas de Zossi, Sec.
Jud. E 01 y V 09/04/2015. Libre de Derechos. Aviso N° 187.499.
Aviso número 187522
JUICIOS VARIOS / PROVINCIA DE TUCUMAN -D.G.R.- C/ AMBIENTES
INMOBILIARIOS S.R.L. S/ EJECUCION FISCAL
POR 5 DIAS - Se hace saber a Ambientes Inmobiliarios S.R.L., cuyo domicilio
actual se ignora, que por ante éste Juzgado Civil de Cobros y Apremios, Iª Nom.
Dra. Ana María Antun de Nanni - Juez; Secretaría a cargo de las Dras. Teresa E.
Tagle y Alejandra Raponi Maron se tramitan los autos caratulados: "PROVINCIA DE
TUCUMAN -D.G.R.- C/ AMBIENTES INMOBILIARIOS S.R.L. S/ EJECUCION FISCAL",
Expediente N° 970/12, en el que se ordenó la siguiente providencia que a
continuación se transcribe: San Miguel de Tucumán, 28 de octubre de 2014.Advientiendo la proveyente que la notificación por edictos de fecha 08/08/14
realiza en autos se refiere a un demandado distinto al de autos, declarase la
nulidad del mismo. En consecuencia practíquese la medida en la persona del
demandado "Ambientes Inmobiliarios S.R.L." ordenada mediante providencia de
fecha 27/04/12, mediante edictos, debiéndose efectuar su publicación por cinco
días, en el Boletín Oficial Libre de Derechos, quedando a su disposición para ser
compulsada las fotocopias de la demanda en Secretaría Actuaria. Fdo: Dra. Ana
María Antun de Nanni - Juez.- San Miguel de Tucumán, 27 de abril de 2012. I) Por
apersonado y con domicilio legal constituido, désele intervención de ley al
presentante en el carácter invocado. II) Intímese a la parte demandada al pago en
el acto de la suma de $19.381,30 y $2.325,00 en concepto de capital y acrecidas
respectivamente. Al mismo tiempo, Cítesela de Remate para que dentro del quinto
día hábil subsiguiente al de su notificación, oponga las excepciones legítimas
que tuviere bajo apercibimiento de llevarse adelante la presente ejecución (Arts.
176 y 179 Ley 5121 Texto Consolidado Ley N° 8240). A sus efectos líbrese
mandamiento. En caso de que el deudor no fuese hallado en su domicilio, el
encargado de cumplir las medidas precedentemente ordenadas, procederá con arreglo
a lo prescripto por los arts. 500 y 157 del C. P. C. (Ley 6176) y en el mismo
acto dejará las copias del art. 128 (Ley 6176), ley citada. Notificaciones
Diarias en Secretaría. Fdo. Dra Ana María Antún de Nanni. Juez.- San Miguel de
Tucumán, 6 de noviembre de 2014. E 06 V 10/04/2015. Libre de Derechos. Aviso N°
187.522.
Aviso número 187634
JUICIOS VARIOS / PROVINCIA DE TUCUMAN D.G.R. C/ AQUINO RODRIGUEZ
ANIMIA S/ EJECUCION FISCAL EXPTE 274/11
POR 5 DIAS - Se hace saber que por ante juzgado de Cobros y Apremios, unica
nominación a cargo de la Dra. Maria Teresa Torres de Molina Juez, Secretaría
desempeñada por el Dr. Carlos Alberto De Glee, en los autos caratulados:
PROVINCIA DE TUCUMAN D.G.R. C/ AQUINO RODRIGUEZ ANIMIA S/ EJECUCION FISCAL EXPTE
274/11. se ha dictado el siguiente proveído que a continuación se transcribe:
Concepción, 6 de marzo de 2015.... Líbrese edictos por el término de cinco días
(Art. 175 - Tercer párrafo del C.T.P.), a los fines de notificar a la demandada
Aquino Rodriguez Animia de la presente providencia: Atento a las reformas
introducidas en el articulado del C.P.T. y del C.P.C.C.: Intímese a la parte
demandada en el domicilio fiscal consignado en el título ejecutivo (Art. 172 Inc.
2 C. T. T), al pago de la suma de $ 2.217,45 en concepto de Capital reclamado con
más la suma de $ 443,49 calculadas para acrecidas. Al mismo tiempo cítese de
remate para que dentro del quinto dia hábil subsiguiente al de su notificación
oponga las excepciones legítimas enumeradas en el arto 176 del C.T.T, A sus
efectos líbrese Mandamiento. En caso de que el deudor no fuese hallado en su
domicilio fiscal se procederá de conforme lo previsto en el 2° y 3° párrafo del
Art. 175 del Digesto tributario. El costo que demande la realización de las
diligencias fuera del radio del juzgado será soportada por la parte interesada
hasta tanto se determine a quien corresponde el pago de las costas (art 175
C.T.T.) Se deberá hacer entregas de las copias conforme lo preceptuado por el
Art. 128 del C.P.C. y C. Notificaciones diarias en Secretaría. Fdo. Dra. Maria
Teresa Torres de Molina Juez. Concepcion, 12/03/2015. Dr. Carlos Alberto de Glee,
Secretario. E 09 y V 15/04/2015. Libre de Derechos. Aviso N° 187.634.
Aviso número 187655
JUICIOS VARIOS / PROVINCIA DE TUCUMAN -D.G.R.- C/ EPORA S.A. S/
EJECUCION FISCAL
POR 5 DIAS - Se hace saber a Epora S.A. -CUIT N° 30-70049088-9, cuyo domicilio
actual se ignora, que por ante éste Juzgado Civil de Cobros y Apremios, Iª Nom.
Dra. Ana Maria Antun de Nanni - Juez; Secretaría a cargo de las Dras. Teresa E.
Tagle y Alejandra Raponi Maron se tramitan los autos caratulados: "PROVINCIA DE
TUCUMAN -D.G.R.- C/ EPORA S.A. S/ EJECUCION FISCAL", Expediente N° 519/14, en el
que se ordenó la siguiente providencia que a continuación se transcribe: San
Miguel de Tucumán, 10 de febrero de 2015. Agréguese. Téngase presente. Atento lo
solicitado practíquese la medida ordenada mediante providencia de fecha 09/05/14,
mediante edictos, debiéndose efectuar su publicación por cinco días, en el
Boletín Oficial Libre de Derechos, quedando a su disposición para ser compulsada
las fotocopias de la demanda en Secretaría Actuaria. Fdo: Dra. Ana Maria Antun de
Nanni - Juez- San Miguel de Tucumán, 9 de mayo de 2014. I) Por apersonado y con
domicilio legal constituido, désele intervención de ley al presentante en el
carácter invocado. II) Intímese a la parte demandada al pago en el acto de la
suma de $25.176,90 y $3.875,00 en concepto de capital y acrecidas
respectivamente. Al mismo tiempo, Cítesela de Remate para que dentro del quinto
día hábil subsiguiente al de su notificación, oponga las excepciones legítimas
que tuviere bajo apercibimiento de llevarse adelante la presente ejecución (Arts.
176 y 179 Ley 5121 Texto Consolidado Ley N° 8240). A sus efectos líbrese
mandamiento. En caso de que el deudor no fuese hallado en su domicilio, el
encargado de cumplir las medidas precedentemente ordenadas, procederá con arreglo
a lo prescripto por los arts. 500 y 157 del C. P. C. (Ley 6176) y en el mismo
acto dejará las copias del art. 128 (Ley 6176), ley citada... .Fdo. Dra. Ana
Maria Antun de Nanni - Juez". San Miguel de Tucumán, 19 de febrero de 2015. Dra.
Teresa E. Tagle, Secretaria. E 09 y V 15/04/2015. Libre de Derechos. Aviso N°
187.655.
Aviso número 187523
JUICIOS VARIOS / PROVINCIA DE TUCUMAN -D.G.R.- C/ FARMACIA AVENIDA
S.C.S. S/ EJECUCION FISCAL
POR 5 DIAS - Se hace saber a Farmacia Avenida S.C.S. CUIT N° 30-64802303-7.-,
cuyo domicilio actual se ignora, que por ante éste Juzgado Civil de Cobros y
Apremios, Iª Nom. Dra. Ana Maria Antun De Nanni - Juez; Secretaría a cargo de las
Dras. Teresa E. Tagle y Alejandra Raponi Maron se tramitan los autos caratulados:
"PROVINCIA DE TUCUMAN -D.G.R.- C/ FARMACIA AVENIDA S.C.S. S/ EJECUCION FISCAL",
Expediente N° 8591/12, en el que se ordenó la siguiente providencia que a
continuación se transcribe: San Miguel de Tucumán, 1 de diciembre de 2014.Agréguese. Téngase presente. Atento lo solicitado notifiquese sentencia de fecha
19/08/14, mediante edictos, debiéndose efectuar su publicación por cinco días, en
el Boletín Oficial Libre de Derechos. San Miguel de Tucumán, 19 de agosto de
2014.- Autos Y Vistos.- Considerando.- Resuelvo: "I.- Ordenar se lleve adelante
la presente ejecución seguida por Provincia De Tucuman -D.G.R.- en contra de
Farmacia Avenida S.C.S, hasta hacerse la parte acreedora íntegro pago del capital
reclamado en $452,03.- (pesos: cuatrocientos cincuenta y dos con 3/100), con más
sus intereses gastos y costas desde la fecha de la emisión del título hasta su
real y efectivo pago. Se aplicará en concepto de intereses los establecidos en
el art. 50 de la ley n° 5121 Texto consolidado. II.- Costas, a la parte vencida
conforme a lo considerado. III.- Regular Honorarios por la labor profesional
desarrollada en el presente juicio hasta la sentencia al
letrado/a Maria
Alejandra Rivas (apoderado actor) en la suma de
$2.500.-(pesos: dos mil
quinientos). Hagase Saber. Fdo. Dra. Ana Maria Antun De Nanni - Juez". San Miguel
de Tucumán, 4 de diciembre de 2014. Fdo. Dra. Alejandra M. Raponi Maron, Sec.
Jud. E 06 y V 10/04/2015. Libre de Derechos. Aviso N° 187.523.
Aviso número 187656
JUICIOS VARIOS / PROVINCIA DE TUCUMAN -D.G.R.- C/
ERNESTO S/ EJECUCION FISCAL
ITURRE CIRO
POR 5 DIAS - Se hace saber a Iturre, Ciro Ernesto, cuyo domicilio actual se
ignora, que por ante éste Juzgado Civil de Cobros y Apremios, Iª Nom. Dra. Ana
María Antun de Nanni - Juez; Secretaría a cargo de las Dras. Teresa E. Tagle y
Alejandra Raponi Maron se tramitan los autos caratulados: "PROVINCIA DE TUCUMAN D.G.R.- C/ ITURRE CIRO ERNESTO S/ EJECUCION FISCAL", Expediente N° 6156/13, en el
que se ordenó la siguiente providencia que a continuación se transcribe: San
Miguel de Tucumán, 16 de diciembre de 2014. Agréguese. Téngase presente. Atento
lo solicitado notifíquese sentencia de fecha 17/09/13, mediante edictos,
debiéndose efectuar su publicación por cinco días. Fdo: Dra. Ana María Antun de
Nanni - Juez - ACS-6156/13. San Miguel de Tucumán, 17 de diciembre de 2013. Autos
y Vistos.- Considerando.- Resuelvo: "I.- Ordenar se lleve adelante la presente
ejecución seguida por Provincia de Tucuman -D.G.R.- en contra de Iturre Ciro
Ernesto, hasta hacerse la parte acreedora íntegro pago del capital reclamado en
$3.150,19(pesos:tres mil ciento cincuenta con 19/100), con más sus intereses
gastos y costas desde la fecha de la emisión del título hasta su real y efectivo
pago. Se aplicará en concepto de intereses los establecidos en el art. 50 de la
ley N° 5121 Texto consolidado. II.- Costas, a la parte vencida conforme a lo
considerado. III.- Regular Honorarios por la labor profesional desarrollada en el
presente juicio hasta la sentencia al letrado/a Jerónimo Ponce de Leon (apoderado
actor) en la suma de $2.000.-(pesos:dos mil). Hagase Saber. Fdo. Dra. Ana María
Antun de Nanni - Juez. San Miguel de Tucumán, 22 de diciembre de 2014.-JJAM. E 09
y V 15/04/2015. Libre de Derechos. Aviso N° 187.656.
Aviso número 187524
JUICIOS VARIOS / PROVINCIA DE TUCUMAN -D.G.R.- C/ LABORATORIOS DE
INVESTIGACIONES COSMETICAS S.R.L.
POR 5 DIAS - Se hace saber a Laboratorios de Investigaciones Cosmeticas S.R.L.,
cuyo domicilio actual se ignora, que por ante éste Juzgado Civil de Cobros y
Apremios, Iª Nom. Dra. Ana Maria Antun de Nanni - Juez; Secretaría a cargo de las
Dras. Teresa E. Tagle y Alejandra Raponi Maron se tramitan los autos caratulados:
"PROVINCIA DE TUCUMAN -D.G.R.- C/ LABORATORIOS DE INVESTIGACIONES COSMETICAS
S.R.L. S/ EJECUCION FISCAL", Expediente N° 783/14, en el que se ordenó la
siguiente providencia que a continuación se transcribe: San Miguel de Tucumán, 4
de marzo de 2015.- Agréguese. Téngase presente. Atento lo solicitado practíquese
la medida ordenada mediante providencia de fecha 16/05/14, mediante edictos,
debiéndose efectuar su publicación por cinco días, en el Boletín Oficial Libre de
Derechos, quedando a su disposición para ser compulsada las fotocopias de la
demanda en Secretaría Actuaria. Fdo: Dra. Ana Maria Antun de Nanni - Juez. San
Miguel de Tucumán, 16 de mayo de 2014. I) Por presentado, con domicilio legal
constituido, désele intervención de ley en el carácter que invoca. II) Intímese a
la parte demandada al pago en el acto de la suma de $8.956,82 y $2.500,00 en
concepto de capital y acrecidas respectivamente. Al mismo tiempo, Cítesela de
Remate para que dentro del quinto día hábil subsiguiente al de su notificación,
oponga las excepciones legítimas que tuviere bajo apercibimiento de llevarse
adelante la presente ejecución (Arts. 176 y 179 Ley 5121 Texto Consolidado Ley N°
8240). A sus efectos líbrese mandamiento. En caso de que el deudor no fuese
hallado en su domicilio, el encargado de cumplir las medidas precedentemente
ordenadas, procederá con arreglo a lo prescripto por los arts. 500 y 157 del C.
P. C. (Ley 6176) y en el mismo acto dejará las copias del art. 128 (Ley 6176),
ley citada. Notificaciones Diarias en Secretaría. San Miguel de Tucumán, 9 de
marzo de 2015. E 06 y V 10/04/2015. Libre de Derechos. Aviso N° 187.524.
Aviso número 187636
JUICIOS VARIOS / PROVINCIA DE TUCUMAN - DGR - C/LUMAHE S.R.L. S/
EJECUCION FISCAL
POR 5 DIAS - Se hace saber que por ante este Juzgado de Cobros y
Apremios, única nominación a cargo de la Dra. María Teresa Torres de Molina Juez,
Secretaría desempeñada por el Dr. Carlos Alberto De Glee, en los autos
caratulados: PROVINCIA DE TUCUMAN - DGR - C/LUMAHE S.R.L. S/ EJECUCION FISCAL
EXPTE 933/12, se ha dictado el siguiente proveído que a continuación se
transcribe: Concepción, 9 de marzo de 2015.- Líbrese edictos por el término de
cinco días (Art. 175 - Tercer párrafo del C.T.P.), a los fines de notificar a la
demandada LUMAHE S.R.L. de la providencia de fecha 27/07/2012 (fojas 09)
haciéndose constar que se tramitan libres de derecho, conforme se solicita.Concepción, 27 de Julio de 2012.- Téngase al Dr. Patricio R. Argota por
presentado, con domicilio legal constituido, désele intervención de ley en el
carácter invocado en mérito a la copia de poder que adjunta.- Agréguense los
instrumentos que acompaña.- Intímese a la parte demandada en el domicilio fiscal
consignado en el título ejecutivo (art. 172 inc. 2 C.T.T), al pago de la suma de
$120.400,00.- con más la suma de $24.080,00.- calculadas para acrecidas. Al mismo
tiempo cítese de remate para que dentro del quinto día hábil subsiguiente al de
su notificación oponga las excepciones legítimas enumeradas en el Art. 176 del
C.T.T., a sus efectos líbrese Mandamiento. En caso de que el deudor no fuese
hallado en su domicilio fiscal se procederá de conforme lo previsto en el 2° y 3°
párrafo del Art. 175 del Digesto tributario. El costo que demande la realización
de las diligencias fuera del radio del juzgado será soportada por la parte
interesada hasta tanto se determine a quien corresponde el pago de las costas
(Art. 175 C.T.T) Se deberá hacer entregas de las copias conforme Io preceptuado
por el Art. 128 del C.P.C. y C. Notificaciones diarias en Secretar- Fdo. Dra.
María Teresa Torres de Molina Juez. Concepción, 12/03/2015.- E 09 y V
15/04/2.015.- Libre de Derechos. Aviso N° 187.636
Aviso número 187638
JUICIOS VARIOS / PROVINCIA DE TUCUMAN D.G.R. C/ MONTES DEL OESTE
S.R.L. S/ EJECUCION FISCAL EXPTE 578/13
POR 5 DIAS - Se hace saber que por ante este Juzgado de Cobros y Apremios, única
nominación a cargo de la Dra. Maria Teresa Torres de Molina Juez, Secretaría
desempeñada por el Dr. Carlos Alberto De Glee, en los autos caratulados:
PROVINCIA DE TUCUMAN D.G.R. C/ MONTES DEL OESTE S.R.L. S/ EJECUCION FISCAL EXPTE
578/13, se ha dictado el siguiente proveído que a continuación se transcribe:
Concepción, 9 de marzo de 2015.- Líbrese edictos por el término de cinco días
(Art. 175 - Tercer párrafo del C.T.P.), a los fines de notificar a la demandada:
Montes Del Oeste S.R.L. de la providencia de fecha: 29/10/2013 (Fojas 14),
haciéndose constar que se tramitan libres de derecho, conforme se solicita.
Concepción, 29 de octubre de 2013. Téngase por cumplido con lo ordenado en
providencia que antecede.- Proveyendo el escrito de demanda: Tengase al Dr.
Patricio R. Argota por presentado, con domicilio legal constituido en casillero
N° 777, désele intervención de ley en el carácter invocado en mérito a la copia
de poder que adjunta. Agréguense los instrumentos que acompaña. Intímese a la
parte demandada en el domicilio fiscal consignado en el título ejecutivo (Art.
172 inc. 2 C.T.T), al pago de la suma de $119.735,57 en concepto de Capital
reclamado con más la suma de $23.947,11 calculadas para acrecidas. Al mismo
tiempo cítese de remate para que dentro del quinto día hábil subsiguiente al de
su notificación oponga las excepciones legítimas enumeradas en el Art. 176 del
C.I.T, A sus efectos líbrese Mandamiento. En caso de que el deudor no fuese
hallado en su domicilio fiscal, se procederá de conforme lo previsto en el 2° y
3° párrafo del Art. 175 del Digesto tributario. El costo que demande la
realización de las diligencias fuera del radio del juzgado será soportada por la
parte interesada hasta tanto se determine a quien corresponde el pago de las
costas (art. 175 C.T.T.) Se deberá hacer entrega de las copias conforme lo
preceptuado por el Art. 128 del C.P.C. y C. Notificaciones diarias en Secretaría.
Fdo. Dra. María Teresa Torres de Molina Juez. Concepción, 12/03/2015. E 09 y V
15/04/2015. Libre de Derechos. Aviso N° 187.638.
Aviso número 187635
JUICIOS VARIOS / PROVINCIA DE TUCUMAN -D.G.R.- C/ SIMON SERGIO RUBEN
POR 5 DIAS - Se hace saber a Simon, Sergio Ruben, cuyo domicilio actual se
ignora, que por ante éste Juzgado Civil de Cobros y Apremios, Iª Nom. Dra. Ana
Maria Antun de Nanni - Juez; Secretaría a cargo de las Dras. Teresa E. Tagle y
Alejandra Raponi Maron se tramitan los autos caratulados: "PROVINCIA DE TUCUMAN D.G.R.- C/ SIMON SERGIO RUBEN S/ EJECUCION FISCAL", Expediente N° 2266/14, en el
que se ordenó la siguiente providencia que a continuación se transcribe: San
Miguel de Tucumán, 9 de marzo de 2015. Agréguese. Téngase presente. Atento lo
solicitado practíquese la medida ordenada mediante providencia de fecha 27/02/15,
mediante edictos, debiéndose efectuar su publicación por cinco días, en el
Boletín Oficial Libre de Derechos, quedando a su disposición para ser compulsada
las fotocopias de la demanda en Secretaría Actuaria. Fdo: Dra. Ana Maria Antun de
Nanni - Juez. San Miguel de Tucumán, 27 de febrero de 2015. Por iniciada la
Ejecución de Honorarios, en consecuencia Intimese a la parte Demandada el pago en
el acto de las sumas de $3.200,00 en concepto de honorarios regulados y firmes a
el/la Letrada/o Ana Maria Garolera con más $700,00 calculada provisoriamente para
acrecidas. Al mismo tiempo cítese de remate conforme a lo dispuesto en el Art.
25 de la Ley 5480, para que dentro del quinto día hábil subsiguiente al de su
notificación oponga las excepciones legítimas que tuviere bajo apercibimiento de
llevarse adelante la presente ejecución (art. 484 y ccs del C.P.C. y C.). A sus
efectos líbrese Mandamiento al Sr. Oficial de Justicia. En caso de que el deudor
no se hallare en su domicilio, el funcionario actuante procederá de conformidad a
lo prescripto por los Arts. 500 y 501 del C.P.C (Ley 6176). y hará entrega de las
copias que prescribe el Art. 128 Ley citada Asimismo se autoriza al Funcionario
actuante a la Apertura de una Cuenta Judicial Bancaria, a nombre de éste Juzgado
y Secretaria y como pertenecientes a los autos del título, para el caso de no
existir otra, conforme a lo dispuesto en Acordada N° 626/12 y Circular de
Superintendencia N° 36/2.011.- Fdo: Dra. Ana Maria Antun de Nanni - Juez - San
Miguel de Tucumán, 18 de marzo de 2015.- Dra. Teresa Tagle, Sec. Judicial. E 09
y V 15/04/2015. Libre de Derechos. Aviso N° 187.635.
Aviso número 187629
JUICIOS VARIOS / PROVINCIA DE TUCUMAN -D.G.R.- C/ VAZQUEZ JORGE
HUMBERTO S/ EJECUCION FISCAL
POR 5 DIAS - Se hace saber a Vazquez, Jorge Humberto, cuyo domicilio actual se
ignora, que por ante éste Juzgado Civil de Cobros y Apremios, la Nom. Dra. Ana
Maria Antun de Nanni - Juez; Secretaría a cargo de las Dras. Teresa E. Tagle y
Alejandra Raponi Maron se tramitan los autos caratulados: "PROVINCIA DE TUCUMAN D.G.R.- C/ VAZQUEZ JORGE HUMBERTO S/ EJECUCION FISCAL", Expediente N° 8250/12,
en el que se ordenó la siguiente providencia que a continuación se transcribe:
San Miguel de Tucumán, 9 de marzo de 2015.- Agréguese. Téngase presente. Atento
lo solicitado practíquese la medida ordenada mediante providencia de fecha
20/08/14, mediante edictos, debiéndose efectuar su publicación por cinco días, en
el Boletín Oficial Libre De Derechos, quedando a su disposición para ser
compulsada las fotocopias de la demanda en Secretaría Actuaria. San Miguel de
Tucumán, 20 de agosto de 2014.Por presentado, con domicilio legal constituído,
désele intervención de Ley al presentante en el carácter invocado. Del pedido de
levantamiento de embargo, córrase traslado al embargante y embargado por el
término de cinco días, Personal.- San Miguel de Tucumán, 18 de marzo de 2015.
Fdo. Dra. Teresa E. Tagle, Sec. Jud. E 08 y V 14/04/2015. Libre de Derechos.
Aviso N° 187.629.
Aviso número 187584
JUICIOS VARIOS / RAMASCO PADILLA
ADQUISITIVA
JORGE
EDUARDO S/ PRESCRIPCION
POR 10 DÍAS - Se hace saber que por ante éste Juzgado de Primera Instancia en lo
Civil y Comercial Común de la IIa. Nominación del Centro Judicial de Concepción,
Prosecretaría a cargo del Proc. Cristian Alfredo Calderón Valdez se tramitan los
autos caratulados: RAMASCO PADILLA JORGE EDUARDO S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA
(PEDIDO DE CONEXIDAD DR. ALEJANDRO MOLINUEVO AC.C.C IIaNOM), en los cuales el Sr.
Juez que entiende en la causa a dictado el siguiente proveído: "Concepción, 7 de
octubre de 2014.- Atento a lo solicitado por el Sr. Defensor Oficial cítese a
Leon Rosenzvaig y/o sus herederos y/o las personas que se creyeren con derecho
sobre el inmueble motivo del juicio, para que se apersonen a estar a derecho y
córraseles traslado de la demanda para que la evacuen en el plazo de seis días,
bajo apercibimiento de designárseles en su representación a un Defensor de
Ausentes (art. 284 Inc. 5°, 393, 394 Procesal). A sus efectos publíquense edictos
en el Boletín Oficial por el término de diez días, haciéndose constar el inmueble
del juicio y que se han designado los días martes y viernes o subsiguiente hábil
en caso de feriado para las notificaciones en Secretaría, donde se reservan las
copias para traslado. Fdo. Dr. Eduardo José Dip Tártalo - Juez." Concepción, 15
de octubre de 2014. E 07 y V 20/04/2015. $1061,60. Aviso N° 187.584.
Aviso número 187646
JUICIOS VARIOS / ROBLEDO GARAY AGUSTINA MICAELA S/PARTIDAS
POR 1 DIA - Se hace saber que por ante éste Juzgado Civil y Comercial Común de la
Ia. Nominación del Centro Judicial de Concepción, Pcia. de Tucumán, a cargo de la
Dra. María Ivonne Heredia, Secretaría del Proc. Manuel Horacio López, se tramitan
los autos caratulados: "ROBLEDO GARAY AGUSTINA MICAELA S/PARTIDAS, Expediente N°:
92/12, y que la Sra. Juez de la causa ha dictado la Providencia que a
continuación se transcribe: "Concepción, 29 de mayo de 2014. Previo a resolver
como esta ordenado precedentemente, y atento a lo establecido en el art. 17 de la
ley 18248, publíquense edictos citatorios en un diario oficial una vez por mes y
en el lapso de dos meses, emplazándose a Sergio Ismael Nicolás Robledo, para que
dentro del plazo de quince días comparezca a tomar intervención que les
corresponda en éste proceso, haciéndole saber que por ante éste Juzgado y
Secretaría se inició un juicio de supresión de apellido paterno por la Srta.
Agustina Robledo Micaela Garay.- Fdo. Dra. María Ivonne Heredia, Juez.- En fecha
29/02/12, se presenta la Sra. Agustina Micaela Robledo Garay, argentina, mayor de
edad, D.N.I. N° 36.870.684, domiciliada en calle Gustavo Silvetti N° 1.657, B°
Gelsi, Concepción, con el patrocinio letrado de Roberto David Charcas e inicia un
juicio de Supresión de apellido paterno. Manifiesta que es hija de la
extramatrimonial del Sr. Sergio Ismael N. Garay, el mismo la reconoció sin
conocimiento ni conformidad de su madre, durante sus 18 años, siempre fue llamada
como Micaela Garay, y nunca llegó a conocer a su padre biológico, ya que su
figura paterna, es de su abuelo, Adán Gabriel Garay, quien fue el que le brindó
amor, educación y contención y apoyo a su madre, la Sra. Gabriela Liliana Garay,
en todo lo que respecta a su crianza tanto en lo económico como en lo afectivo.
Ofrece pruebas. Cita Derechos - Secretaría, Concepción. 6 de junio de 2014.
Fdo.: Proc. López, Manuel Horacio, Secretario. E y V 09/04/2.015.- $154,24.Aviso N° 187.646
Aviso número 187582
JUICIOS VARIOS / SALEME MIGUEL ELIAS C/ LOTEO DE LA SERNA Y CIA.
S.R.L. S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA
POR 10 DIAS - Se hace saber que en los autos caratulados: "SALEME MIGUEL ELIAS C/
LOTEO DE LA SERNA y CIA. S.R.L. S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA" expte. 2421/08, que
tramitan ante el Juzgado Civil y Comercial Común de la IIa. Nom., a cargo del Dr.
Carlos A. Arraya, Secretaría de la Dra. Soledad María Aguilar, se ha dictado la
providencia que se transcribe: ////San Miguel de Tucumán, 19 de febrero de 2015.
Téngase por iniciada por Miguel Elias Saleme la presente litis por prescripción
adquisitiva sobre un inmueble ubicado en la ciudad de Yerba Buena, provincia de
Tucumán, sobre Pje. Alberdi N° 240, inscripto en el Registro Inmobiliario con la
siguiente nomenclatura catastral: Padrón: 184.840; Matricula/Orden: 1780/121;
Circ.: I; Secc.: L; Parcela: 2; compuesto de una superficie total de: 620.1330
m2; padrón municipal: Padrón: 184.840; Circ.: I; Secc.: L; Manz/Parc. 82/D2;
Parcela: 2; Cítese a De La Serna y Cía. S.R.L. a fin de que dentro del término de
seis días se apersonen y comparezcan a estar a derecho en el presente juicio bajo
apercibimiento de designárseles como su legítimo representante al Sr. Defensor
Oficial de Ausentes que por turno corresponda. Publíquense edictos en el Boletín
Oficial por el 10 días.- Fdo. Dr. Carlos A. Arraya (Juez). Secretaria IIa. C.C.C.
2 de Marzo de 2015. E 07 y V 20/04/2015. $1063,20. Aviso N° 187.582.
Aviso número 187624
LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / DIRECCION GRAL. RENTAS
GOBIERNO DE TUCUMAN
Dirección Gral. Rentas
Licitación Pública N° 20/14
Expediente N° 51854/376-D-2014
POR 4 DIAS - Objeto de la licitación: Informática y computación: Adquisición de
un Servidor, Valor del Pliego: gratuito, Lugar y fecha de apertura: División
Compras y Suministros - Dirección General de Rentas de la Provincia - 24 de
Septiembre 960/970 -, el día 28/04/2015, a horas 10:00. Consulta y Adquisición de
Pliegos: División Compras y Suministros - Dirección General de Rentas de la
Provincia - 24 de Septiembre 960/970 - SMT Llamado autorizado por Resolucion N°
278/ME de fecha 30/03/2015. E 08 y V 13/04/2015. Aviso N° 187.624.
Aviso número 187672
LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / ENTE TUCUMAN TURISMO LICITACION
PUBLICA N° 01/15
GOBIERNO DE TUCUMAN
Ente Tucumán Turismo
Licitación Pública N° 01/15
Expediente N° 381/460-D-2015
POR 4 DIAS - Objeto de la licitación: 1 unidad de Puesta en Valor del Monumento
Cristo Bendicente a fin de recuperar este importante icono de nuestra cultura,
Valor del Pliego: Gratuito, Lugar y fecha de apertura: Div. Compras y
Contrataciones EATT - 2° piso - 24 de Septiembre 484, el día 30/04/2015, a horas
10:30. Consulta y Adquisición de Pliegos Consultas: Dirección de Obra e
Infraestructura Turística EATT - Santa Fe 2121 y Retiro de Pliegos: Div. Compras
y Contrataciones - 2° piso 24 de Septiembre 484. Llamado autorizado por
Resolución N° 0656/9-EATT. E 09 y V 14/04/2015. Aviso N° 187.672.
Aviso número 187606
LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / GOBIERNO DE TUCUMAN DIRECCION GRAL.
RENTAS LICITACION PUBLICA N° 06/15
GOBIERNO DE TUCUMAN
Dirección Gral. Rentas
Licitación Pública N° 06/15
Expediente N° 6173/376-D-2015
POR 4 DIAS - Objeto de la licitación: Librería: Adquisición de Resmas A4, Valor
del Pliego: gratuito, Lugar y fecha de apertura: División Compras y Suministros Dirección General de Rentas de la Provincia - 24 de Septiembre 960/970 -, el día
27/04/2015, a horas 10:00. Consulta y Adquisición de Pliegos: División Compras y
Suministros - Dirección General de Rentas de la Provincia - 24 de Septiembre
960/970 - SMT. Llamado autorizado por Resolución N° 283/ME del 30/03/2015. E 08 y
V 13/04/2015. Aviso N° 187.606.
Aviso número 187674
LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / INSTITUTO DE PREVISION Y SEGURIDAD
SOCIAL DE TUCUMAN - IPSST
GOBIERNO DE TUCUMÁN
Instituto de Previsión y Seguridad Social de Tucuman - IPSST
Licitación Pública N° 01/2015
Expediente N° 1-13254-2014
POR 4 DIAS - Objeto de la licitación: Insumos informáticos: 30 unidades de Drum
para impresora Xerox Phaser 4600, 30 unidades de Kit de mantenimiento para
impresora Xerox Phaser 4600, Valor del Pliego: $200,00, Lugar y fecha de
apertura: Oficina de Compras IPSST -Las Piedras 530 6° C-, el día 27/04/2015, a
horas 09:00. Consulta y Adquisición de Pliegos: Tesorería IPSST -Las Piedras 530
PBaja- Llamado autorizado por Resolución 1377/15. E 09 y V 14/04/2015. Aviso N°
187.674.
Aviso número 187648
LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / PODER JUDICIAL DE TUCUMAN LICITACION
PUBLICA N° 07/2015.
PODER JUDICIAL DE TUCUMAN
Licitación de Pública N° 07/2015
N° Expediente: 035/2015
POR 4 DIAS - Objeto: "Adquisición de heladeras para Laboratorio de Genética
Forense". Fecha de Apertura: 24/04/2015 horas 10:00. En Secretaria Administrativa
- Corte Suprema de Justicia, 3er. Piso, Pje. Vélez Sársfield N° 450 - S. M. de
Tucumán. Valor de Pliegos: Gratuitos. Retiro y Venta del Pliego: hasta el
21/04/2015 inclusive en Secretaria Administrativa - Corte Suprema de Justicia,
3er. Piso, Pje. Vélez Sársfield N° 450 - S. M. de Tucumán. E 09 y V 14/04/2015.
$195,20. Aviso N° 187.648.
Aviso número 187555
LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / SI.PRO.SA. - LIC PUB 4/15
GOBIERNO DE TUCUMAN
SI.PRO.SA.
Licitación Pública N°: 4/15.
POR 4 DIAS - Objeto: Contratar la ejecución de la obra Proyecto de
Refuncionalización y Ampliación Unidad de Terapia Intensiva - Hospital Centro de
Salud Zenón J. Santillán. Apertura de propuestas: El día 24 de abril de 2.015, a
hs. 11; en Dirección de Contrataciones del SI.PRO.SA.: Calle Las Piedras N° 626 1° Piso - Of. 10, de San Miguel de Tucumán.
Pliego e Informes: En la misma, Of. 7/8, de 08 a 16 Hs. Tel. N° 0381- 4308444.
Valor del Pliego: $2.000,00.- Fdo.: C.P.N. Juan Enrique Saltor, Director General.
E 07 y V 10/04/2015. Aviso N° 187.555
Aviso número 187381
REMATES / BLASCO MIGUEL ARCANGEL C/ COMPLEJO AGROINDUSTRIAL SAN JUAN
S.A. S/ Z- INDEMNIZACIONES
Martillero Raúl Roberto Rodriguez
POR 5 DIAS - Se hace saber que por ante este Juzgado de Conciliación y Tramite
del Trabajo de la Segunda Nominación, a cargo de la Dr. Rodolfo Eugenio Torres,
Juez; Secretaría del Proc. Agustín Córdoba, tramitan los autos caratulados:
"BLASCO MIGUEL ARCANGEL C/ COMPLEJO AGROINDUSTRIAL SAN JUAN S.A. S/ ZINDEMNIZACIONES", Expediente N° 1242/09, en los cuales se ha dictado el presente
proveído que se transcribe a continuación: "San Miguel de Tucumán, 13 de Marzo de
2015.- En mérito a las constancias de autos, habiéndose dado cumplimiento con lo
normado por el art 535 CPC y C supletorio de conformidad a lo dispuesto por el
art 536 de igual digesto procesal, dispongo, señálese para el día 10 de Abril de
2.015 a hs 11.00 o siguiente día hábil en caso de feriado, en el local del
Colegio de Martillero ubicado en calle Las Piedras N° 383 de esta ciudad, a fín
de que el Martillero Público Raúl Roberto Rodriguez MP 020, proceda a la subasta
pública del siguiente inmueble: de propiedad del Complejo Agroindustrial San Juan
S.A, ubicado en el Departamento Cruz Alta, lugar denominaco Colonia Leocadio Paz,
Mar. A-8234, Nomenclatura catastral: Circ. 2; Secc. C: Lam. 12; Parc.447 A;
M/o12503 bis/101. Padrón 671577 (Padrón de origen 72945) según plano de división
n° 32488/98, Expte. Nª26723/Z/98. Superficies actual: 134 has. 9.052,676m2.Base: Teniendo en cuenta el valor de conformidad al informe de Catastro,
considero que la base del mismo se fije en la suma de $2.500.000 De no existir
postores por dicha base, la misma será reducida treinta minutos más tarde (hs
10:30), en el veinticinco por ciento (%25), es decir la suma de $1.875.000,
dinero de contado y al mayor postor, debiendo abonarse en el acto el 10% en
concepto de seña y a cuenta de precio, facultándose al martillero actuante a
percibir tales sumas en caracter de depositario y el saldo por ante este juzgado
dentro de las 24 hs de aprobada la subasta.- Comisión del martillero 3%, ley de
sellos 3%, al igual que lo correspondiente al 3% de la transferencia del inmueble
a cargo del comprador, conforme art 6 to, inc 2do de la Resolución General n°
3026 de la AFIP-DGI, todo a cargo del comprador.- Comuníquese a Secretaría
Administrativa. Publíquense Edictos en el Boletín oficial por cinco días (art 153
del CPL). Libre de derechos fiscales. Cumpliéndose con lo establecido en el art
536 incs 1, 2 y 3 del CPC Y C, autorizándose a los accionantes a realizar
cualquier tipo de publicidad (art 536 2° párrafo del citado Digesto Procesal).
Notifíquese a todos los poseedores de servidumbres. Comuníquese de esta
resolución a los Sres Jueces que hubieran ordenado embargos y/o inhibiciones
sobre dicho inmueble, y a Superintendencia de la Excma Corte Suprema de Justicia.
Asimismo citase a los acreedores de gastos preferenciales si los hubiere, para
que dentro del tercer día presenten sus títulos (arts 535 in fine). Por
antecedentes de dominio, gravámenes, estado y constatación, o para mayor
información al citado martillero o en secretaría actuaria, cualquier día y hora
hábil de despacho. Personal.-.- San Miguel de Tucumán, 18 de marzo de 2015.
Secretaria. E 01 y V 09/04/2015. Libre de Derechos. Aviso N° 187.381.
Aviso número 187652
SOCIEDADES / ASOCIACIÓN CIVIL UNIÓN DE LADRILLEROS DEL ESTE TUCUMANO
POR 1 DIA - La Comisión Directiva de la ASOCIACIÓN CIVIL UNIÓN DE LADRILLEROS DEL
ESTE TUCUMANO con domicilio legal en Av. Rivadavia N° 2139 - Los Gutiérrez, de la
localidad de Alderetes - Dpto. Cruz Alta, Tucumán, convoca a sus asociados para
el día 16/04/2015 a la Asamblea General Ordinaria para tratar el siguiente Orden
del día: 1°).- Elección de 2 (dos) Asociados para firmar el acta. 2°).Consideración de Memoria, Balance, Inventario de Bienes e Informe de la Comisión
Revisora de Cuentas, del ejercicio cerrado el 31/12/2014. Fdo.: Presidente:
Mendoza, Delfín Orlando DNI: 12.540.693; Secretario: Suárez, Jorge Antonio DNI:
17.171.442; Tesorero: Monserrat, César Augusto DNI: 8.446.210. E y V 09/04/2015.
$55,60.- Aviso N° 187.652
Aviso número 187651
SOCIEDADES / CARTOPEL S.R.L
POR 1 DIA - Por disposición del Director de la Dirección de Personas Jurídicas
Registro Público de Comercio, Aldo Eduardo Madero, se hace saber que por
Expediente N° 245/205-C-2015 de fecha 13/02/2015, se encuentra en trámite la
inscripción de los instrumentos de fecha 22/01/2015 y 23/01/2015 del año 2014,
mediante el cual los Sres. Assunta Benincasa de Silvestri, D.N.I N° 93.488.169, Y
Osvaldo Federico Silvestri, D.N.I N° 26.863.519, socios de la sociedad "CARTOPEL
S.R.L." resuelven la prórroga del contrato social, y por consiguiente la
modificación de la clausula Tercera, la cual queda redactada de la siguiente
manera: Tercera: Su duración es de 99 (Noventa y nueve) años desde la inscripción
en el Registro Público de Comercio.- San Miguel de Tucumán 27 de Marzo de 2015.
Pedro. P. Vidal, Abogado. E y V 09/04/2015. $64,48. Aviso N° 187.651.
Aviso número 187633
SOCIEDADES / CENTRO DE JUBILADOS Y PENSIONADOS NACIONALES SAN PEDRO
DE COLALAO
POR 1 DIA - En la localidad de San Pedro de Colalao, Departamento Trancas,
Provincia de Tucumán, a los 8 dias del mes de Abril del año 2015, en su sede
social en calle Martin Belmonte 1ra cuadra, del barrio Buena Vista, donde
funciona el CENTRO DE JUBILADOS Y PENSIONADOS NACIONALES "SAN PEDRO DE COLALAO",
se reúnen miembros de la Comisión Directiva, a los efectos de cumplir con normas
estatutarias para convocar a Asamblea General Ordinaria a sus asociados, bajo la
presidencia de su titular, el Sr. Jose Luis Torres y miembros de la Comisión
Directiva, resuelven llamar a Asamblea General Ordinaria para el día 17 de Abril
del año en curso, a las 9 hs, donde se trataran los siguientes puntos: 1Elección de dos socios para firmar el acta. 2- Aprobación de memoria, balance,
inventario y revisión de cuentas periodo año 2014. 3- Se faculta a la Sra.
Tesorera Maria Teresa Orellana, para la publicación correspondiente en el Boletín
Oficial y tramites ante Personería Jurídica. 4- Siendo las 12 hs. Se levanta la
sesión, firmándose el libro de actas y cuaderno de disciplina, para constancia.
José Torres, Presidente. E y V 09/04/2015. $91,44. Aviso N° 187.633.
Aviso número 187645
SOCIEDADES / COOPERADORA DEL REGISTRO GRAL. DE CONSTRUCTORES DE
OBRAS PÚBLICAS.
POR 1 DIA - La COOPERADORA DEL REGISTRO GRAL. DE CONSTRUCTORES DE OBRAS PÚBLICAS.
Conforme al Art. 25 cita a los Señores Asociados a la Asamblea General Ordinaria,
que se realizará el martes 14 de Abril de 2015 a hs. 11:00 en el local donde
funciona el Registro Gral. de Constructores de Obras Públicas, sito en calle
Gral. Paz N° 980 de esta ciudad, para tratar el siguiente Orden del Día: 1).Elección de dos (2) Asociados para la firma del Acta, 2).- Lectura del Acta
Anterior, 3).- Consideración de la Memoria Anual, Balance Inventario e Informe de
la Comisión Revisora de Cuentas del Ejercicio 2012, 4).- Elección de la nueva
Comisión Directiva 5.- Para el supuesto, de inexistencia de Quórum en la primera
citación se llevará la Asamblea a hs. 12:00 en un todo de acuerdo a lo normado en
el Art. 28- del Estatuto tipo (Anexo 1) de Asociados Civiles. Fdo. Dr. Jorge A.
Martinez, Pres. E y V 09/04/2015. $72,96. Aviso N° 187.645.
Aviso número 187653
SOCIEDADES / HIT MEDIA S.R.L
POR 1 DIA - Por disposición del Sr. Director de Personas Jurídicas y Registro
Público de Comercio, CPN Aldo Eduardo Madero, se hace saber que por Expediente
21/205-H-2015 de fecha 07/01/2015, se encuentra en trámite la inscripción de los
instrumentos de fecha 27/10/2014 y 06/03/2015, mediante los cuales se constituye
la Sociedad de Responsabilidad Limitada "HIT MEDIA S.R.L.(Constitución)", siendo
las partes integrantes de su contrato social de acuerdo a lo normado en Ley
19.550, los siguientes: Mariano Manuel Corbalán, D.N.I N°24.340.187, argentino,
casado, Ingeniero en Informática, con domicilio en calle Lamadrid N°1.334, Yerba
Buena, Tucumán, y María Florencia Rodríguez, D.N.I N°28.476.361, argentina,
casada, Licenciada en Administración de Empresas, con domicilio en Lamadrid
N°1.334, Yerba Buena, Tucumán. Domicilio: La sociedad establece su domicilio
social y legal en Calle Lamadrid N°1.334, Yerba Buena, Provincia de Tucumán.
Plazo de Duración: La duración de la sociedad será de 99 (Noventa y Nueve) años a
partir de la inscripción en el Registro Público de Comercio. Designación de su
Objeto: la sociedad tendrá como objeto dedicarse por cuenta propia o de terceros
o asociada a terceros en el país o en el extranjero a las siguientes actividades:
a) De servicios informáticos: a la prestación de servicios de consultoría en
informática y suministro de programas de informática, comprendiendo expresamente
los servicios de programación, desarrollo y diseño web en general, con o sin
suministro de contenidos, hosting, marketing digital, administración de
contenidos web y de más afines. b) De ventas de Publicidad Web: a la venta de
espacios de publicidad y comunicación en internet, sea en sitios propios o de
terceros incluyendo o no la elaboración, díselo y alojamiento de los contenidos
publicitarios y de comunicación. Capital Social: El capital social se establece
en la suma de $100.000,-(Pesos Cien Mil), dividido en 10.000 (Diez Mil) cuotas
iguales de $10,-(Pesos Diez) de valor nominal cada una, totalmente suscriptas por
cada uno de los socios con el siguiente detalle: Mariano Manuel Corbalán, 5.000
cuotas sociales, y María Florencia Rodríguez, 5.000 cuotas sociales. Organización
de la Administración: La dirección, administración y uso de la firma social
estará a cargo de los Sres. Mariano Manuel Corbalán y María Florencia Rodríguez,
quienes ejercerán la representación legal de la sociedad y revestirán el carácter
de gerentes de manera conjunta e indistinta. Fecha de Cierre de Ejercicio: el
ejercicio social cerrara el 31 de Agosto de cada año. San Miguel de Tucumán, 06
de Abril de 2015. Pedro. P. Vidal, Abogado Asesor. E y V 09/04/2015. $213,20.
Aviso N° 187.653.
Aviso número 187668
SOCIEDADES / KANSAS S.R.L.
POR 1 DIA - Por disposición del Sr. Director de Personas Jurídicas y Registro
Público de Comercio, CPN Aldo Eduardo Madero, se hace saber que por Expediente
30/205-K-2015 de fecha 08/01/2015, se encuentra en trámite la inscripción de los
instrumentos de fecha 02/12/2014 Y 17/03/2015, mediante los cuales se constituye
la Sociedad de Responsabilidad Limitada "KANSAS S.R.L. (Constitución)", siendo
las partes integrantes de su contrato social de acuerdo a lo normado en Ley
19.550, los siguientes: Pablo Gonzalo Mansilla, D.N.I N° 28.680.746, argentino,
soltero, abogado, con domicilio en calle Junín N°645, Piso 10, Dpto. "D", San
Miguel de Tucumán, y Cristian Sebastián Fernández, D.N.I N° 31.354.276,
argentino, soltero, comerciante, con domicilio en calle Bolívar N° 2.621, San
Miguel de Tucumán.- Domicilio: La sociedad establece su domicilio social y legal
en Avenida Belgrano N° 2.286, San Miguel De Tucumán, Provincia de Tucumán.- Plazo
de Duración: La duración de la sociedad será de 50 (Cincuenta) años a partir de
la inscripción en el Registro Público de Comercio.- Designación de su Objeto: la
sociedad tendrá como objeto la explotación en todo el territorio del país y en el
exterior por si, por terceros o asociada a terceros de: 1) Discotecas, bares,
restaurantes, salones de fiesta, hotelería, hospedaje y servicios de fiesta, 2)
La organización y publicidad de espectáculos artísticos y/o deportivos. Para la
prosecución del objeto la sociedad tiene plena capacidad jurídica para llevar a
cabo actos y celebrar los contratos que las leyes y este estatuto requieran, por
si o por quien la misma designe y otorgue facultades suficientes de
administración y disposición.- Capital Social: El capital social se establece en
la suma de $60.000,- (Pesos Sesenta Mil), dividido en 100 (Cien) cuotas iguales
de $600.- (Pesos Seiscientos) de valor nominal cada una, totalmente suscriptas
por cada uno de los socios con el siguiente detalle: Pablo Gonzalo Mansilla, 50
cuotas sociales, y Cristian Sebastián Fernández, 50 cuotas sociales.Organización de la Administración: La dirección, administración y uso de la firma
social estará a cargo del Sr. Pablo Gonzalo Mansilla, quien ejercerá la
representación legal de la sociedad y revestirá el carácter de gerente.- Fecha de
Cierre de Ejercicio: el ejercicio social cerrará el 31 de Julio de cada año. San
Miguel de Tucumán, 08 de Abril de 2015. E y V 09/04/2.015.- $191,60.- Aviso N°
187.668
Aviso número 187642
SOCIEDADES / LAPACHO AZUL S.A
POR 1 DIA - Por disposición del Sr. Director de la Dirección de Persona Jurídica
el CPN Aldo Madero, quién firma por titular, se hace saber que por Expediente n°
902/205-L-2015, se encuentra en trámite de Inscripción el Instrumento de fecha 02
de Marzo del año 2015, mediante el que se constituye la sociedad "LAPACHO AZUL
S.A.", Documentación conformada por Dirección de Personas Jurídicas, Resolución
n° 41/15 de fecha 30/03/2015 , siendo las partes integrantes de su contrato
social de acuerdo a lo normado el Ley n°19550, las siguientes: Ariel Gustavo
Ares, D.N.I N°21.328.657, argentino, casado, con domicilio en Country del Golf,
Yerba Buena, Tucumán; Juan Carlos Olmedo, D.N.I N°13.279.479, argentino, casado,
con domicilio en calle Laprida N°621, San Miguel de Tucumán, Tucumán; Fernando
Manuel Seoane, D.N.I N°18.126.532, argentino, casado, con domicilio en Barrio
Cerrado Las Yungas, Calle Mendoza y Canal S/N, Yerba Buena, Tucumán; Federico
Mauro Baya, D.N.I N°21.963.852, argentino, casado, con domicilio en calle Roque
Sáenz Peña N°1.240, Olivos, Partido de Vicente López, Buenos Aires, y Federico
José Carlino, D.N.I N°23.116.339, argentino, casado, con domicilio en calle San
Lorenzo N°1.028, San Miguel de Tucumán, Tucumán.- Domicilio: Se establece el
domicilio de la sociedad en Pasaje Las Montañitas S/N, C.P. N°4.132 ,Famailla,
Provincia de Tucumán.- Objeto: La sociedad tiene por objeto desarrollar por
cuenta propia, de terceros o asociada a terceros en el país o en el extranjero
las siguientes actividades: a) la actividad agropecuaria en todos sus aspectos o
manifestaciones, mediante la explotación agrícola, ganadera, avícola,
hortofrutícola, forestal o cualquier otra forma o modalidad de la misma. Ya sea
en campos propios o arrendados, o asociada a terceros, como asimismo la
comercialización, transformación y/o industrialización de los frutos o productos
obtenidos por dicha actividad. b) la realización de todo tipo de trabajo
agrícola, obras civiles, asesoramientos, prestación de servicios, administración,
mandatos, o gerenciamientos referidos a las actividades agropecuarias o
vinculadas a la misma. c) la venta o locación y/o cualquier otra figura legal
para el suministro de insumos y/o equipos agropecuarios o que puedan prestar
servicios para dichas actividades. d) la participación como fiduciante,
fiduciario o beneficiario en cualquier tipo de fideicomiso, sea de
administración, de garantía, de construcción y/o explotación de inmuebles
rurales. e) para industrializar todo tipo de productos agropecuarios exportar o
importar los mismos. para el mejor desarrollo de sus actividades podrá realizar
todo tipo de operaciones de comercio exterior a cualquier país del mundo,
efectuar y contratar transportes, arrendar y comprar bienes inmuebles urbanos o
rurales, tomar y dar representaciones, comisiones, consignaciones y mandatos,
participar en otras sociedades y financiar con recursos propios las operaciones
relativas a su objeto.- Plazo de Duración. El término de duración de la sociedad
se fija en 50 años contados a partir de la fecha de inscripción del Instrumento
en el Registro Público de Comercio.- Capital Social: El capital social es de
$100.000, representado por 100.000 acciones ordinarias, nominativas no
endosables, con derecho a 5 votos por acción, de $1 valor nominal cada una. Se
suscribe de la siguiente manera: Ariel Gustavo Ares, 30.000 acciones, Juan Carlos
Olmedo, 28.000 acciones, Fernando Manuel Seoane, 28.000 acciones, Federico Mauro
Baya, 10.000 acciones, y Federico José Carlino, 4.000 acciones.- Organización de
la Administracion. Se establece el siguiente Directorio: Presidente: Juan Carlos
Olmedo, Vicepresidente: Ariel Gustavo Ares; Director suplente: Federico Mauro
Baya, por el plazo de tres ejercicios.- Fecha de cierre de Ejercicio. El
ejercicio social cerrará el día 31 de Agosto de cada año.- San Miguel de Tucuman,
01 de Abril de2015. Pedro. P. Vidal Abogado. E y V 09/04/2015. $315,68. Aviso N°
187.642.
Aviso número 187654
SOCIEDADES / MISION PENTECOSTAL "EL SOL DE JUSTICIA
POR 1 DIA - Se convoca a los miembros de la MISION PENTECOSTAL "EL SOL DE
JUSTICIA" a la Asamblea General Ordinaria el día 12 de Abril del corriente año a
horas 10, en la Sede Central con domicilio en El Rodeo, Localidad La Ramada,
Dpto. Burruyacu, Provincia de Tucumán para tratar la siguiente Orden del día:
Punto N° 1: Aprobación de Memoria, Balance, Inventario General e Informe de la
Comisión Revisora de Cuentas Ejercicio 2014. Punto N° 2: Elección de autoridades.
Punto N° 3: Elección de 2 asociados para firmar el Acta. Fdo. Rubén Darío Garcia,
Secretario. E y V 09/04/2015. $55. Aviso N° 187.654.
Aviso número 187661
SOCIEDADES / PADRE SARAVIA
POR 1 DIA - La Comisión Directiva de la Asociación Civil Biblioteca Popular
"PADRE SARAVIA" con domicilio en Chilcal-Cóndor Huasi, llama a sus asociados a
Asamblea General Ordinaria para el día 11 de abril de 2.015, a horas quince, para
tratar el siguiente Orden del Día: 1°.- Motivo de la demora al llamado a
Asamblea. 2°.- Tratamiento y consideración de la Memoria, Balance, Inventario e
Informe de la Comisión Revisora de Cuentas correspondientes al Ejercicio 2.014.
3°.- Designación de dos asociados para firmar el Acta. 4°.- Elección de Junta
Electoral; Y para el día 25 de abril de 2.015 desde horas diez a dieciocho se
convoca a Asamblea General Ordinaria para tratar el siguiente Orden del Día: 1°.Elección de Autoridades; 2°.- Designación de dos asociados para firmar el Acta.
En caso de presentarse una sola lista, la misma será proclamada a horas quince
del día 25 de abril de 2.015. E y V 09/04/2.015.- Aviso N° 187.661
Aviso número 187666
SOCIEDADES / PARTIDO DE LOS TRABAJADORES
POR 1 DIA - PARTIDO DE LOS TRABAJADORES - Cronograma Electoral conforme a la
convocatoria a elecciones internas para el día Domingocatorce (14) de Junio de
2015, para elegir los candidatos a Cargos Electivos Provinciales, para las
elecciones convocadas para el 23 de agosto de 2015. Provincial: 1 Formula de
Gobernador y Vicegobernador. Sección I: 1 Intendente, 19 Legisladores Titulares,
18 Concejales Titulares. Sección II: 12 Legisladores Titulares Departamento
Trancas: 1 intendente - 6 concejales titulares - 3 comisionados comunales
(titular y suplente) de: Choromoro; San Pedro de Colalao y Tapia. Departamento
Burruyacu: 1 intendente - 6 concejales titulares - 10 comisionados comunales
(titular y suplente) de: 7 de Abril; Benjamin Araoz y El Tajamar; el Chanar; El
Naranjo y El Sunchal; El Puestito; El Timbo; Garmendia; La Ramada y La Cruz;
Piedrabuena; Va. Padre Monti. Departamento Cruz Alta: 1 intendente Alderetes - 10
concejales titulares - 1 intendente Banda del Río Salí- 12 Concejales Titulares 12 Comisionados Comunales (titular y suplente) de: Colombres; Delfin Gallo; El
Bracho y El Cevilar; El Naranjito; La Florida y Luisiana; Las Cejas; Los Bulacio
y Los Villagra; Los Pereyra; Los Perez; Los Ralos; Ranchillos y San Miguel; San
Andres. Departamento Leales: 1 Intendente Bella Vista - 10 Concejales Titulares 12 comisionados comunales (titular y suplente) de: Agua Dulce y La Soledad; el
Mojon; Esquina y Mancopa; Estación Araoz y Tacanas; Las Talas; Los Gomez; Los
Puestos; Manuel G. Fernandez; Quilmes y Los Sueldos; Río Colorado; Santa Rosa y
Laguna Blanca; Va. De Leales. Departamento Simoca: 1 Intendente - 10 Concejales
Titulares - 11 Comisionados Comunales (titular y suplente) de: Atahona; Buena
Vista; Ciudacita; Manuela Pedraza; Monteagudo; Pampa Mayo; Rio Chico y Nueva
Trinidad; San Pedro y San Antonio; Santa Cruz y La Tuna; Va. Chicligasta; Yerba
Buena. Departamento Graneros: 1 Intendente - 6 Concejales Titulares - 2
Comisionados Comunales (Titular y Suplente) de: Lamadrid; Taco Ralo. Sección III:
18 Legisladores Titulares Departamento Lules: 1 Intendente - 10 Concejales
titulares - 3 Comisionados Comunales (Titular y Suplente) de: San Felipe y Santa
Bárbara; San Pablo Villa Nougues y El Manantial. Departamento Famailla: 1
Intendente - 10 Concejales Titulares. Departamento Monteros: 1 Intendente - 10
Concejales Titulares - 12 Comisionados Comunales (titular y suplente) de: Villa
Quinteros; Sargento Moya; Río Seco; Capitán Cáceres; Teniente Berdina; Santa Rosa
y LeonRouges; Los Sosa; Amberes; Soldado Maldonado; Santa Lucia; El Cercado y
Acheral. Departamento Chicligasta: 1 Intendente (Concepción) - 12 Concejales
Titulares - 6 comisionados comunales (Titular y Suplente) de: Medinas; Arcadia;
La Trinidad; Alto Verde y Los Guchea; Gastona y Belicha y Alpachiri y El Molino.
Departamento Río Chico: 1 Intendente (Aguilares) - 10 Concejales Titulares - 4
Comisionados Comunales (titular y suplente) de: Los Sarmiento y Las Tipas; Santa
Ana; El Polear y Monte Bello. Departamento J. B. Alberdi: 1 Intendente - 10
Concejales Titulares - 2 Comisionados Comunales (Titular y Suplente) de: Villa
Belgrano; Escaba. Departamento La Cocha: 1 Intendente - 6 Concejales Titulares 6 Comisionados Comunales (Titular y Suplente) de: Yanima y El Corralito; Rumi
Punco; San José de La Cocha; Huasa Pampa; San Ignacio; El Sacrificio.
Departamento Yerba Buena: 1 Intendente - 10 Concejales Titulares - 2 Comisionados
Comunales (Titular y Suplente) de: San Javier; Cevil Redondo. Departamento Tafí
Viejo: 1 Intendente (Tafí Viejo) - 12 Concejales Titulares - 1 Intendente (Las
Talitas) - 10 Concejales Titulares 5 Comisionados Comunales (Titular y Suplente)
de: La Esperanza; Los Nogales; El Cadillal; Raco; Anca Juli. Departamento Tafí
del Valle: 1 Intendente - 6 Concejales Titulares - 3 Comisionados Comunales
(Titular y Suplente) de: El Mollar; Amaicha del Valle; Colalao del Valle. Nota:
en todos los casos deberan contemplarse los suplentes correspondientes.
Cronograma electoral año 2015. A. 10/04/2015 - Exhibición del Padrón (art. 23
inc.). B. 15/04/2015 - Tachas y observaciones de Padrón (art. 23 inc. A). C.
16/04/2015 - Aprobación del padrón (art. 23 inc. B). D. 08/05/2015 - Presentación
de lista de candidatos. E. 11/05/2015 - Tachas y observaciones de listas (hasta
hs. 18:00). F. 14/05/2015 - Aprobación de listas. G. 22/05/2015 - Designación de
Autoridades y de locales electorales. H. 27/05/2015 - Oficialización de Boletas
Electorales. I. 05/06/2015. Presentación de mazos de boletas y votos testigos. J.
1/06/2015 - Elección. Firmado: Presidente: Balbo, María Julieta de los Ángeles;
D.N.I. N° 24.757.112. Vicepresidente: BasualdoCorisi, Hugo Daniel; D.N.I. N°
27.730.278. Secretaria: Corisi, Ana Maria; D.N.I. N° 13.847.084". Marcelo R.
Corisi; Apoderado; D.N.I. N° 14.352.823.- E y V 09/04/2015. $388,80. Aviso N°
187.666.
Aviso número 187644
SOCIEDADES / SOCIEDAD COOPERADORA DEL REGISTRO DE CONSTRUCTORES
POR 1 DIA - La Junta Electoral de la "SOCIEDAD COOPERADORA DEL REGISTRO DE
CONSTRUCTORES", convoca a elecciones para la nueva Comisión Directiva a
realizarse el día 14 de abril de 2.015, a las 11:00 Hs., en sede sito en calle
Gral. Paz N° 980. Fdo.: Tco. Fernández, Pablo Miguel, Presidente. E y V
09/04/2015. $55.- Aviso N° 187.644
Aviso número 187640
SOCIEDADES / SOCIEDAD DANTE ALIGHIERI DE TUCUMAN
POR 3 DIAS - La SOCIEDAD DANTE ALIGHIERI DE TUCUMÁN. Por disposición del
Honorable Consejo Directivo se convoca a los Señores asociados a Asamblea Anual
Ordinaria, a realizarse el día 30 de Abril de 2015, a horas 15:00 en primera
convocatoria, en la sede social de calle Congreso 273 de esta ciudad, para tratar
el siguiente Orden del día: 1°) Consideración de la Memoria, Balance, Estado de
Resultados, gastos y recursos y demás estados contables e inventario
correspondientes al Ejercicio Social 1 de enero al 31 de diciembre de 2014 así
como el pertinente informe del Sr. Revisor de cuentas. 2°) Designación de dos
socios presentes para firmar el acta de Asamblea conjuntamente con Secretario y
Presidente. Se hace constar que los Señores asociados deberán ajustarse a las
normas estatutarias para su derecho a asistir y participar en la citada
Asamblea.- Firmado: Dr. Alberto Antonio Conti - Presidente. E 09 y V 13/04/2015.
$239,76.- Aviso N° 187.640
Aviso número 187660
SOCIEDADES / SOCIEDAD RURAL DE TUCUMÁN
POR 1 DIA - De conformidad a lo dispuesto en los Estatutos de la SOCIEDAD RURAL
DE TUCUMÁN, en sus Arts. 18 al 23 se cita a los Asociados de la Institución a
Asamblea General Ordinaria para el día Martes 28 de Abril del 2015, a horas 20:00
en la Sede de la Institución, ubicada en Camino del Perú 1050, Cevil Redondo,
Tucumán. El Orden del Dia será el siguiente Orden del día: 1).- Homenaje a Socios
Fallecidos. 2).- Consideración de: a).- Memoria por el Ejercicio cerrado al
31/12/14; b).- Inventario por el Ejercicio cerrado al 31/12/14; c).-Balance
General y Cuentas de Gastos y Recursos por el Ejercicio cerrado al 31/12/104;
d).- Informe de la Comisión Revisora de Cuentas por el Ejercicio cerrado al
31/12/14.- 3).- Elección de dos socios para la firma del Acta de la Asamblea.
4).- Elección de Autoridades por renovación parcial de Mandatos: Presidente, 4
(Cuatro) Directivos Titulares.- 5).- Elección de 2 (Dos) Miembros de la Comisión
Revisora de Cuentas. Fdo.: Sebastián Robles Terán, Presidente.- E y V
09/04/2.015.- $78,96.- Aviso N° 187.660
Aviso número 187641
SOCIEDADES / TERAN Y BERNASCONI S.R.L
POR 1 DIA - Por disposición del Sr. Director de Personas Jurídicas y Registro
Público de Comercio, CPN Aldo Eduardo Madero, se hace saber que por Expediente
8152/205-T-2014 de fecha 23/12/2014, se encuentra en trámite la inscripción del
instrumento de fecha 17/12/2014, mediante el cual se constituye la Sociedad de
Responsabilidad Limitada "TERAN Y BERNASCONI S.R.L.(Constitución)", siendo las
partes integrantes de su contrato social de acuerdo a lo normado en Ley 19.550,
los siguientes: Franco Sebastián Bernasconi, D.N.I N°23.931.134, argentino,
casado, Arquitecto, con domicilio en Avenida Aconquija N°1.102, Planta Alta,
Yerba Buena, Provincia de Tucumán, Mariano Bernasconi, D.N.I N°24.981.266,
argentino, casado, Ingeniero Agrónomo, con domicilio en Avenida Aconquija
N°1.102, Planta Alta, Yerba Buena, Provincia de Tucumán, y José Agustín Terán
Nougues, D.N.I N°31.429.832, argentino, soltero, Empresario, con domicilio en
Pasaje Río Negro N°2.021, Yerba Buena, Provincia de Tucumán. Domicilio: La
sociedad establece su domicilio social y legal en Camino de Sirga N°1.452,
Oficina N°14, Planta Baja, El Manantial, Dpto. de Lules, Provincia de Tucumán.
Plazo de Duración: La duración de la sociedad será de 50 (Cincuenta) años a
partir de la inscripción en el Registro Público de Comercio. Designación de su
Objeto: la sociedad tendrá como objeto realizar por sí o por terceros o asociada
a terceros las siguientes actividades: a)Inmobiliarias y Construcciones: Mediante
la compra venta, permuta, arrendamientos, construcción, explotación y/o
administración de bienes inmuebles urbanos o rurales, urbanización, loteos,
fraccionamiento, countries, y la realización de todas las operaciones que
autoricen las leyes y reglamentos de propiedad horizontal y demás disposiciones
legales relacionadas con viviendas. Mediante la ejecución de proyectos,
dirección, administración, y realización de obras tales como la construcción de
edificios, casas, obras viales, de desagües, usinas, barrios, caminos,
pavimentaciones, urbanizaciones, mensuras, obras de ingeniería, y/o arquitectura
en general. Realización de obras públicas contratadas por organismos y/o
reparticiones nacionales, provinciales, municipales, o comunales, ya sean por
contratación directa o por licitaciones públicas o privadas, quedando excluidas
las tareas de asesoramiento que en virtud de la materia haya sido reservado a
profesionales con título habilitante. b) Agropecuarias: mediante la ejecución de
tareas relativas a la explotación de bosques, obrajes, y empresas colonizadoras,
forestación, reforestación y desmonte de áreas propias o de terceros, pudiendo
para ello, adquirir, explotar y administrar, colonizar, vender, arrendar,
permutar tierras, estancias, campos, bosques, fincas y cualquier clase de bien
raíz, establecer estancias para la cría, cruza, mestización o invención de todo
tipo de ganado. c) Industriales: mediante la fabricación, elaboración,
manufactura o industrialización de materias primas, productos elaborados o semi
elaborados y mercaderías relativas total o parcialmente a la industria de la
construcción, metalurgia, minera, maderera, plástica y del aluminio. d)
Comerciales: mediante la compra, venta por mayor y menor, permuta, importación,
exportación, representación, mandato, comisión, distribución y consignación de
mercaderías, productos y materias primas elaboradas, semi elaboradas o a
elaborarse referidas a los puntos c) y a). e) Mineras y Forestales: mediante la
investigación, explotación, prospección, exploración y extracción de minas y
canteras de todo orden, y en especial, cal, áridos y todas aquellas sustancias
minerales que sean necesarias para la actividad descripta en d). Mediante la
forestación, reforestación y explotación de sus productos y subproductos. f)
Importación y Exportación: realizar importación y exportación, consignación,
fraccionamiento y distribución de productos agrícolas. A los fines mencionados la
sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer
obligaciones y ejercer todos los actos que no están prohibidos por las leyes o el
presente contrato, pudiendo realizar en consecuencia todos los actos jurídicos
necesarios para el desempeño de las actividades comerciales, civiles,
administrativas y jurídicas para los que ha sido constituida. Capital Social: El
capital social se establece en la suma de $60.000,-(Pesos Sesenta Mil), dividido
en 6.000 (Seis Mil) cuotas iguales de $10,-(Pesos Diez) de valor nominal cada
una, totalmente suscriptas por cada uno de los socios con el siguiente detalle:
José Agustín Terán Nougues, 2.000 cuotas sociales, Franco Sebastián Bernasconi,
2.000 cuotas sociales y Mariano Bernasconi, 2.000 cuotas sociales. Organización
de la Administración: La dirección, administración y uso de la firma social
estará a cargo del Sr. Mariano Bernasconi, quien ejercerá la representación legal
de la sociedad y revestirá el carácter de gerente. Fecha de Cierre de Ejercicio:
el ejercicio social cerrara el 31 de Diciembre de cada año. San Miguel de
Tucumán, 01 de Abril de 2015. Pedro P. Vidal, Abogado Asesor. E y V 09/04/2015.
$408,72. Aviso N° 187.641.
Aviso número 187639
SUCESIONES / ALVAREZ NATALE JULIO GUILLERMO
POR 3 DIAS - Por Disposición del Sr. Juez del Juzgado Civil en Familia y
Sucesiones de la IX° Nominación, Secretaría a cargo de los Dres. Víctor Raúl
Carlos y Carlos Alberto Prado, cítese por tres días a los herederos o acreedores
de ALVAREZ NATALE JULIO GUILLERMO, D.N.I. N° 8.186.226, cuya sucesión tramítase
por ante la Secretaría del autorizante. San Miguel de Tucumán, 30 de marzo de
2015. E 09 y V 13/04/2015. $75. Aviso N° 187.639.
Aviso número 187662
SUCESIONES / ANA MARIA TRIANTENO
POR 3 DIAS - Por Disposición del Sr. Juez del Juzgado Civil en Familia y
Sucesiones de la IX° Nominación, Secretaría a cargo de los Dres. Víctor Raúl
Carlos y Carlos Alberto Prado, cítese por tres días a los herederos o acreedores
ANA MARIA TRIANTENO, DNI N° 1.624.075, cuya sucesión tramitase por ante la
Secretaría del autorizante. San Miguel de Tucumán, 30 de marzo 2015. Dr. Carlos
Alberto Prado, Secretario Jud. E 09 y V 13/04/2015. $75. Aviso N° 187.662.
Aviso número 187649
SUCESIONES / ANGEL JOSE AMBROSIO GUTIERREZ
POR 3 DIAS - Por disposición del Sr. Juez Dr. Carlos Torino, cítese por tres días
a los herederos o acreedores de ANGEL JOSE AMBROSIO GUTIERREZ (D.I N° 7.015.108)
y SARA JUDITH DARGAN RODRIGUEZ (D.I N° 94.112.163) cuya sucesión tramita por ante
la Secretaría del autorizante. San Miguel de Tucumán, 18 de diciembre de 2014.
Dra. Silvia María Mora, Sec. Jud. E 09 y V 13/04/2015. $75. Aviso N° 187.649.
Aviso número 187559
SUCESIONES / ANGEL ZIVILLICA
POR 3 DIAS - Por disposición del Sr. Juez Dr. Carlos Torino, cítese por tres días
a los herederos o acreedores de ANGEL ZIVILLICA, D.I N° 92.546.335, cuya sucesión
tramita por ante la Secretaría del autorizante. San Miguel de Tucumán, 19 de
marzo de 2015. Dra. Silvia Moria Mora, Secretaria. E 07 y V 09/04/2015. $75.
Aviso N° 187.559.
Aviso número 187610
SUCESIONES / BENITO HIPOLITO VILLALBA
POR 3 DIAS - Por disposición de S.S., Dra. Maria del Carmen Negro -Jueza- a cargo
del Juzgado Civil en Familia y Sucesiones de la Octava Nominación, cítese por
tres días a los herederos o acreedores de BENITO HIPOLITO VILLALBA, DNI. N°
4.984.389, cuya sucesión tramitase por ante esta secretaría autorizante. San
Miguel de Tucumán, 30 de marzo de 2015. Fdo. Maria Fernanda Zanoli, Sec. Jud. E
08 y V 10/04/2015. $75. Aviso N° 187.610.
Aviso número 187617
SUCESIONES / CABRERA PASCUAL BAILON
Y
MAGDALENA DEL CARMEN IBARRA,
POR 3 DIAS - Por Disposición del Sr. Juez del Juzgado Civil En Familia Y
Sucesiones de la IX° Nominación, Secretaría a cargo de los Dres. Victor Raul
Carlos y Carlos Alberto Prado, cítese por tres días a los herederos o acreedores
de CABRERA PASCUAL BAILON, DNI n° 3.504.239 y MAGDALENA DEL CARMEN IBARRA, DNI.
n° 3.596.398, cuya sucesión tramitase por ante la Secretaría del autorizante. San
Miguel de Tucumán, 18 de marzo de 2015. Fdo. Dr. Carlos Alberto Prado, Sec. Jud.
E 08 y V 10/04/2015. $75. Aviso N° 187.617.
Aviso número 187670
SUCESIONES / CARLOS MANUEL ALBARRACIN Y DE DORA MARTA VAQUERA,
POR 3 DIAS - Por disposicion del Sr. Juez Dr. Reymundo Bichara, del Juzgado Civil
en Familia y Sucesiones IIa Nominación del Centro Judicial de Concepción, cítese
por tres días a los herederos o acreedores de la Sucesión de: CARLOS MANUEL
ALBARRACIN, D.N.I. N° 3.503.290 y de DORA MARTA VAQUERA, D.N.I. N° 0.646.044.
Concepción, 18 de Marzo de 2015. Fdo. Dra. A. Georgina Chapedi, Sec. Jud. E 09 y
V 13/04/2015. $75. Aviso N° 187.670.
Aviso número 187621
SUCESIONES / CARLOS RENE ZELAYA D.I. N° 14.660.672
POR 3 DIAS - Por disposición del Sr. Juez Dr. Carlos Torino, cítese por tres días
a los herederos o acreedores de CARLOS RENE ZELAYA (D.I. N° 14.660.672) cuya
sucesión tramítese por ante la Secretaría del autorizante. San Miguel de Tucumán,
18 de Marzo de 2015. Fdo.: Proc. Silvia Maria Mora, Sec. Jud. E 08 y V
10/04/2015. $75. Aviso N° 187.621.
Aviso número 187663
SUCESIONES / CESAR ALBERTO
TELLO
POR 3 DIAS - Por disposición de S.S., Dra. María del Carmen Negro -Jueza- a cargo
del Juzgado Civil en Familia y Sucesiones de la Octava Nominación, cítese por
tres días a los herederos o acreedores de CESAR ALBERTO TELLO D.N.I. 08.361.986,
cuya sucesión tramita por ante esta secretaría autorizante. San Miguel de
Tucumán, 30 de marzo de 2015. Fdo. Dra. Mariana Manes, Sec. Jud. E 09 y V
13/04/2015. $75. Aviso N° 187.663.
Aviso número 187613
SUCESIONES / DOMINGO PEDRO BOBBA
POR 3 DIAS - Por disposición de S.S., Dra. María del Carmen Negro -Juez- a cargo
del Juzgado Civil en Familia y Sucesiones de la Octava Nominación, cítese por
tres días a los herederos o acreedores de DOMINGO PEDRO BOBBA, DNI N° 3.619.853,
cuya sucesión tramitase por ante esta secretaría autorizante. San Miguel de
Tucumán, 19 de marzo de 2015. Dra. Maria Fernanda Zanoli, Secretaria. E 08 y V
10/04/2015. $75. Aviso N° 187.613.
Aviso número 187669
SUCESIONES / EMMA LILIA TULA
POR 3 DIAS - Por Disposición de la Sra. Juez Dra. Sara Nilda del Valle Valverde,
del Juzgado Civil en Familia y Sucesiones de la Ia. Nominación, del Centro
Judicial de Concepción, Dpto. Chicligasta, Provincia de Tucumán, Secretaría del
autorizante, cítese por tres días a los herederos o acreedores de EMMA LILIA
TULA, DNI: 8.985.798, cuya sucesión tramitase por ante la Secretaria del
autorizante.- Se hace constar que el presente juicio se tramita con beneficio
para litigar sin gastos. Fdo. Guadalupe González Corroto, Secretaria. Concepción,
18 de diciembre de 2014. E 09 y V 13/04/2015. Libre de Derechos. Aviso N°
187.669.
Aviso número 187568
SUCESIONES / FIGUEROA PEDRO MANUEL Y DE COSTILLA NELIDA ARGENTINA
POR 3 DIAS - Por disposición de S.S., Dra. María del Carmen Negro -Juez- a cargo
del Juzgado Civil en Familia y Sucesiones de la Octava Nominación, cítese por
tres días a los herederos o acreedores de FIGUEROA PEDRO MANUEL, DNI N°
6.969.367, y de COSTILLA NELIDA ARGENTINA, DNI N° 1.615.810, cuyas sucesiones se
tramitan por ante esta secretaría autorizante. San Miguel de Tucumán, 30 de marzo
de 2015. E 07 y V 09/04/2015. $75.- Aviso N° 187.568
Aviso número 187589
SUCESIONES / GARBICH LEOPOLDO MANUEL
POR 3 DIAS - Por Disposición del Sr. Juez del Juzgado Civil en Familia y
Sucesiones de la IX° Nominación, Secretaría a cargo de los Dres. Víctor Raúl
Carlos y Carlos Alberto Prado, cítese por tres días a los herederos o acreedores
de GARBICH LEOPOLDO MANUEL, DNI. n° 8.089.472, cuya sucesión tramítase por ante
la Secretaría del autorizante. San Miguel de Tucumán, 30 de marzo de 2015. Fdo.:
Dr. Carlos Alberto Prado, Sec. Jud. E 08 y V 10/04/2015. $75. Aviso N° 187.589.
Aviso número 187611
SUCESIONES / GOMEZ JUAN VICENTE
POR 3 DIAS - Por Disposición del Sr. Juez del Juzgado Civil en Familia y
Sucesiones de la IX° Nominación, Secretaría a cargo de los Dres. Víctor Raúl
Carlos y Carlos Alberto Prado, cítese por tres días a los herederos o acreedores
GOMEZ JUAN VICENTE, D.N.I. N° 3.512.660, cuya sucesión tramítase por ante la
Secretaría del autorizante. San Miguel de Tucumán, 30 de marzo 2015. Dr. Carlos
Alberto Prado, Secretario Jud. E 08 y V 10/04/2015. $75. Aviso N° 187.611.
Aviso número 187570
SUCESIONES / GUZMAN MARIA CLEMENTINA Y ORQUEDA GREGORIO BENJAMIN
POR 3 DIAS - Por Disposición del Sr. Juez del Juzgado Civil En Familia Y
Sucesiones de la IX° Nominación, Secretaría a cargo de los Dres. Victor Raul
Carlos y Carlos Alberto Prado, cítese por tres días a los herederos o acreedores
de GUZMAN MARIA CLEMENTINA, DNI N° 2.278.093 y ORQUEDA GREGORIO BENJAMIN, DNI N°
3.628.184, cuya sucesión tramítase por ante la Secretaría del autorizante. San
Miguel de Tucumán, 26 de marzo de 2015. Fdo.: Dr. Carlos Alberto Prado, Sec. Jud.
E 07 y V 09/04/2015. $75.- Aviso N° 187.570.-
Aviso número 187601
SUCESIONES / HEREDIA CECILIO D.N.I. N° 7.050.921
POR 3 DIAS - Por disposición del Sr. Juez del Juzgado Civil en Familia y
Sucesiones de la IX° Nominación, Secretaría a cargo de los Dres. Víctor Raúl
Carlos y Carlos Alberto Prado, cítese por tres días a los herederos o acreedores
de HEREDIA CECILIO D.N.I. N° 7.050.921, cuya sucesión tramítase por ante la
Secretaría del autorizante. San Miguel de Tucumán, 26 de Marzo 2014. Fdo.: Dr.
Carlos Alberto Prado, Sec. Jud. E 08 y V 10/04/2015. Sin Cargo. Aviso N° 187.601.
Aviso número 187673
SUCESIONES / HORACIO ALBERTO TELLO
POR 3 DIAS - Por disposición del Sr. Juez Dr. Carlos Torino, cítese por tres días
a los herederos o acreedores de HORACIO ALBERTO TELLO (D.I. N° 5.521.286), cuya
sucesión tramíta por ante la Secretaría del autorizante. San Miguel de Tucumán,
19 de marzo de 2015. Fdo.: Dra. Silvia Maria Mora, Secretaria. E 09 y V
13/04/2015. $75. Aviso N° 187.673.
Aviso número 187637
SUCESIONES / IRMA ISABEL O YRMA YSABEL RIVADENEIRA
POR 3 DIAS - Por disposición de la Sra. Juez Dra. Monica Sandra Roldan del
Juzgado de Familia y Sucesiones IIIA. Nom. Centro Judicial Concepcion, cítese por
tres días a los herederos ó acreedores de IRMA ISABEL o YRMA YSABEL RIVADENEIRA"
D.N.I. n° 2.276.589", cuya sucesión tramitase por ante la Secretaría del
autorizante. Secretaria, 20 de febrero de 2015. Fdo. Dra. Andrea Fabiana Segura,
Sec. E 09 y V 13/04/2015. $75. Aviso N° 187.637.
Aviso número 187664
SUCESIONES / JOSE RAUL ROJAS
POR 3 DIAS - Por disposición de la Sra. Juez Dra. Mónica Sandra Roldán, del
Juzgado de Familia y Sucesiones IIIa. Nom. Centro judicial Concepción, cítese por
tres días a los herederos ó acreedores de "JOSE RAUL ROJAS, DNI N° 8.394.371,
cuya sucesión tramítase por ante la Secretaría del autorizante. Secretaría, 20 de
marzo de 2015. Fdo.: Rolando Andrés Cabrera, Prosec. E 09 y V 13/04/2015.- $75.Aviso N° 187.664
Aviso número 187605
SUCESIONES / JUAN CARLOS ZALAZAR
POR 3 DIAS - Por disposición del Sr. Juez Dr. Carlos Torino,
a los herederos o acreedores de JUAN CARLOS ZALAZAR (D.I. N°
sucesión tramita por ante la Secretaría del autorizante. San
17 de marzo de 2015. Fdo. Marcela Fabiana Flores, Sec. Jud.
$75. Aviso N° 187.605.
cítese por tres días
12.598.580) cuya
Miguel de Tucumán,
E 08 y V 10/04/2015.
Aviso número 187592
SUCESIONES / JUAREZ MIRTHA AZUCENA
POR 3 DIAS - Por Disposición del Sr. Juez del Juzgado Civil en Familia y
Sucesiones de la IX° Nominación, Secretaría a cargo de los Dres. Víctor Raúl
Carlos y Carlos Alberto Prado, cítese por tres días a los herederos o acreedores
JUAREZ MIRTHA AZUCENA, DNI N° 13.913.841, cuya sucesión tramitase por ante la
Secretaría del autorizante. San Miguel de Tucumán, 18 de marzo 2015. Dr. Carlos
Alberto Prado, Secretario Jud. E 08 y V 10/04/2015. $75. Aviso N° 187.592.
Aviso número 187658
SUCESIONES / LUCIA JOSEFINA MORANT
POR 3 DIAS - Por disposición del Sr. Juez Dr. Carlos Torino, cítese por tres días
a los herederos o acreedores de LUCIA JOSEFINA MORANT (D.I. N° 3.625.368) cuya
sucesión tramita por ante la Secretaría del autorizante. San Miguel de Tucumán,
18 de septiembre de 2014. Fdo. Proc. Marcela Fabiana Flores, Sec. Jud. E 09 y V
13/04/2015. $75. Aviso N° 187.658.
Aviso número 187616
SUCESIONES / MARIA AIDA IBARRA
POR 3 DIAS - Por disposición del Sr. Juez Dr. Carlos Torino, cítese por tres días
a los herederos o acreedores de MARIA AIDA IBARRA (D.I. N°9.468.069) cuya
sucesión tramita por ante la Secretaría del autorizante. San Miguel de Tucumán,
11 de febrero de 2015. Fdo.: Proc. Marcela Fabiana Flores, Sec. E 08 y V
10/04/2015. $75. Aviso N° 187.616.
Aviso número 187545
SUCESIONES / MARIA ARGENTINA ZELAYA
POR 3 DIAS - Por disposición del Sr. Juez Dr. Carlos Torino, cítese por tres días
a los herederos o acreedores de MARIA ARGENTINA ZELAYA D.I N° 6.538.538, cuya
sucesión tramita por ante la Secretaría del autorizante. San Miguel de Tucumán,
18 de marzo de 2015. Dra. Silvia Maria Mora, Secretaria. E 07 y V 09/04/2015.
$75. Aviso N° 187.545.
Aviso número 187627
SUCESIONES / MARIA TERESA JOYA SANCHEZ
POR 3 DIAS - Por Disposición del Sr. Juez del Juzgado Civil en Familia y
Sucesiones de la IX° Nominación, Secretaría a cargo de los Dres. Víctor Raúl
Carlos y Carlos Alberto Prado, cítese por tres días a los herederos o acreedores
MARIA TERESA JOYA SANCHEZ, DNI N° 6.552.950, cuya sucesión tramitase por ante la
Secretaría del autorizante. San Miguel de Tucumán, 26 de marzo 2015. Fdo.: Dr.
Carlos Alberto Prado, Secretario. E 08 y V 10/04/2015. $75. Aviso N° 187.627.
Aviso número 187546
SUCESIONES / MARIO ANTONIO CORBERA
POR 3 DIAS - Por disposición de S.S. Dra. Maria del Carmen Negro -Jueza- a cargo
del Juzgado Civil en Familia y Sucesiones de la Octava Nominación, cítese por
tres días a los herederos o acreedores de MARIO ANTONIO CORBERA, D.N.I. N°
33.974.488, cuya sucesión tramita por ante la secretaria del autorizante. San
Miguel de Tucuman, 25 de noviembre de 2014. E 07 y V 09/04/2015. $75. Aviso N°
187.546.
Aviso número 187596
SUCESIONES / MARTA NORA DEL VALLE FERRARI D.I. N° 4.225.108
POR 3 DIAS - Por disposición del Sr. Juez Dr. Carlos Torino, cítese por tres días
a los herederos o acreedores de MARTA NORA DEL VALLE FERRARI (D.I. N° 4.225.108)
cuya sucesión tramita por ante la Secretaría del autorizante. San Miguel de
Tucumán, 17 de Marzo de 2015. Fdo.: Proc. Silvia María Mora, Sec. Jud. E 08 y V
10/04/2015. $75. Aviso N° 187.596.
Aviso número 187630
SUCESIONES / MATILDE FALCHI
POR 3 DIAS - Por disposición de S.S., Dra. María del Carmen Negro -Juez- a cargo
del Juzgado Civil en Familia y Sucesiones de la Octava Nominación, cítese por
tres días a los herederos o acreedores de MATILDE FALCHI D.N.I. 5.625.392, cuya
sucesión tramitase por ante esta secretaría autorizante. San Miguel de Tucumán,
13 de marzo de 2015. Dra. María Fernanda Zanoli, Secretaria. E 08 y V 10/04/2015.
$75. Aviso N° 187.630.
Aviso número 187576
SUCESIONES / MIGUEL AUGUSTO AGUILERA
POR 3 DIAS - Por disposición del Sr. Juez Dr. Carlos Torino, cítese por tres días
a los herederos o acreedores de MIGUEL AUGUSTO AGUILERA (D.I. N° 7.015.799) cuya
sucesión tramítase por ante la Secretaría del autorizante. San Miguel de Tucumán,
19 de noviembre de 2014. Fdo. Proc. Marcela Fabiana Flores, Sec. Jud. E 07 y V
09/04/2015. $75.- Aviso N° 187.576
Aviso número 187620
SUCESIONES / MIRIAM DEL VALLE SANDOVAL D.I. N° 3.841.755
POR 3 DIAS - Por disposición del Sr. Juez Dr. Carlos Torino, cítese por tres días
a los herederos o acreedores de MIRIAM DEL VALLE SANDOVAL D.I. N° 3.841.755, cuya
sucesión tramítese por ante la Secretaría del autorizante. San Miguel de Tucumán,
17 de Marzo de 2015. Fdo.: Proc. Marcela Fabiana Flores, Secretaria. E 08 y V
10/04/2015. $75. Aviso N° 187.620.
Aviso número 187551
SUCESIONES / MOLINA GARCIA JOSE D.N.I. N° 93.905.039
POR 3 DIAS - Por disposición del Sr. Juez del Juzgado Civil en Familia y
Sucesiones de la IX° Nominación, Secretaría a cargo de los Dres. Víctor Raúl
Carlos y Carlos Alberto Prado, cítese por tres días a los herederos o acreedores
de MOLINA GARCIA JOSE, D.N.I. N° 93.905.039, cuya sucesión tramítase por ante la
Secretaría del autorizante. San Miguel de Tucumán, 27 de Marzo de 2015. Fdo.: Dr.
Carlos Alberto Prado, Sec. Jud. E 07 y V 09/04/2015. $75.- Aviso N° 187.551
Aviso número 187597
SUCESIONES / MONTENEGRO JAVIER OMAR
POR 3 DIAS - Por Disposición del Sr. Juez del Juzgado Civil en Familia y
Sucesiones de la IX° Nominación, Secretaría a cargo de los Dres. Víctor Raúl
Carlos y Carlos Alberto Prado, cítese por tres días a los herederos o acreedores
MONTENEGRO JAVIER OMAR DNI N° 13.841.228, cuya sucesión tramitase por ante la
Secretaría del autorizante. San Miguel de Tucumán, 18 de marzo 2015. Dr. Carlos
Alberto Prado, Secretario Jud. E 08 y V 10/04/2015. $75. Aviso N° 187.597.
Aviso número 187659
SUCESIONES / NEMESIO ANGEL ANTONIO
MORALES
POR 3 DIAS - Por disposición de S.S., Dra. María del Carmen Negro -Juez- a cargo
del Juzgado Civil en Familia y Sucesiones de la Octava Nominación, cítese por
tres días a los herederos o acreedores de NEMESIO ANGEL ANTONIO MORALES, DNI
8.091.623, cuya sucesión tramítase por ante esta Secretaría autorizante. San
Miguel de Tucumán, 20 de febrero de 2015. Fdo.: Dra. Mariana del Milagro Vázquez,
Sec. Jud. E 09 y V 13/04/2015.- $75.- Aviso N° 187.659
Aviso número 187619
SUCESIONES / PALACIOS HECTOR JAIME
POR 3 DIAS - Por Disposición del Sr. Juez del Juzgado Civil en Familia y
Sucesiones de la IX° Nominación, Secretaría a cargo de los Dres. Víctor Raúl
Carlos y Carlos Alberto Prado, cítese por tres días a los herederos o acreedores
de PALACIOS HECTOR JAIME, DNI.n° 7.067.174, cuya sucesión tramitase por ante la
Secretaría del autorizante. San Miguel de Tucumán, 30 de marzo de 2015. E 08 y V
10/04/2015. $75. Aviso N° 187.619.
Aviso número 187667
SUCESIONES / PAULINA RAQUEL ANTONIA FIGUEROA
POR 3 DIAS - Por disposición del Sr. Juez Dr. Carlos Torino, cítese por tres días
a los herederos o acreedores de PAULINA RAQUEL ANTONIA FIGUEROA (D.I. N°
8.953.653), cuya sucesión tramíta por ante la Secretaría del autorizante. San
Miguel de Tucumán, 4 de marzo de 2014. Fdo.: Proc. Marcela Fabiana Flores, Sec.
Jud. E 09 y V 13/04/2015. E $75. Aviso N° 187.667.
Aviso número 187612
SUCESIONES / RAMON GERASIMO GALLARDO
POR 3 DIAS - Por disposición del Sr. Juez Dr. Carlos Torino, cítese por tres días
a los herederos o acreedores de RAMON GERASIMO GALLARDO (D.I. N°7.206.917) cuya
sucesión tramita por ante la Secretaría del autorizante. San Miguel de Tucumán,
17 de marzo de 2015. Fdo. Dra. Silvia Maria Mora, Sec. Nota: Se hace constar que
el presente sucesorio tramita con el Beneficio para Litigar sin Gastos (Ley
6.314), atento lo normado por el art. 260 del Código Procesal Civil y Comercial
de Tucumán. Fdo. Dra. Silvia Maria Mora, Sec. E 08 y V 10/04/2015. Libre de
Derechos. Aviso N° 187.612.
Aviso número 187609
SUCESIONES / ROBERTO ERNESTO CANCINO
POR 3 DIAS - Por disposición del Sr. Juez Dr. Carlos Torino, cítese por tres días
a los herederos o acreedores de ROBERTO ERNESTO CANCINO (D.I. N°3.627.448) cuya
sucesión tramita por ante la Secretaría del autorizante. San Miguel de Tucumán, 4
de febrero de 2015. Fdo.: Proc. Marcela Fabiana Flores, Secretaria. E 08 y V
10/04/2015. $75. Aviso N° 187.609.
Aviso número 187574
SUCESIONES / RODRIGUEZ HECTOR SEBASTIAN
POR 3 DIAS - Por Disposición del Sr. Juez del Juzgado Civil en Familia y
Sucesiones de la IX° Nominación, Secretaría a cargo de los Dres. Víctor Raúl
Carlos y Carlos Alberto Prado, cítese por tres días a los herederos o acreedores
RODRIGUEZ HECTOR SEBASTIAN, D.N.I. N° 6.283.672, cuya sucesión tramítase por ante
la Secretaría del autorizante. San Miguel de Tucumán, 30 de marzo 2015. Dr.
Carlos Alberto Prado, Sec. Jud. E 07 y V 09/04/2015. $75. Aviso N° 187.574.
Aviso número 187594
SUCESIONES / SANCHEZ MANUEL RAMON
POR 3 DIAS - Por Disposición del Sr. Juez del Juzgado Civil en Familia y
Sucesiones de la IX° Nominación, Secretaría a cargo de los Dres. Víctor Raúl
Carlos y Carlos Alberto Prado, cítese por tres días a los herederos o acreedores
de SANCHEZ MANUEL RAMON, D.N.I. N° 7.037.890, cuya sucesión tramítase por ante la
Secretaría del autorizante. San Miguel de Tucumán, 10 de febrero de 2015. Fdo.
Carlos Alberto Prado, Sec. Jud. E 08 y V 10/04/2015. $75. Aviso N° 187.594.
Aviso número 187550
SUCESIONES / SARA BAUDILIA BARROCA
POR 3 DIAS - Por disposición de S.S., Dra. María del Carmen Negro -Juez- a cargo
del Juzgado Civil en Familia y Sucesiones de la Octava Nominación, cítese por
tres días a los herederos o acreedores de SARA BAUDILIA BARROCA D.N.I.
08.937.233, cuya sucesión tramítase por ante esta Secretaría autorizante. San
Miguel de Tucumán, 12 de marzo de 2014. Fdo.: Dra. María Fernanda Zanoli, Sec.
Jud. E 07 y V 09/04/2015. $75. Aviso N° 187.550.
Aviso número 187643
SUCESIONES / SAYAGO DE COLOMBRES CATALINA DEL VALLE D.N.I. N°
1.943.998
POR 3 DIAS - Por disposición del Sr. Juez del Juzgado Civil en Familia y
Sucesiones de la IX° Nominación, Secretaría a cargo de los Dres. Víctor Raúl
Carlos y Carlos Alberto Prado, cítese por tres días a los herederos o acreedores
de SAYAGO DE COLOMBRES CATALINA DEL VALLE D.N.I. N° 1.943.998, cuya sucesión
tramítase por ante la Secretaría del autorizante. San Miguel de Tucumán, 30 de
Marzo de 2015. Fdo.: Dr. Carlos Alberto Prado, Sec. Jud. E 09 y V 13/04/2015.
$75. Aviso N° 187.643.
Aviso número 187657
SUCESIONES / TORIBIO LUIS VALDEZ
Y DE EVELIA DEL TRANSITO
ALBORNOZ
POR 3 DIAS - Por disposición de S.S., Dra. Maria Del Carmen Negro -Juez- a cargo
del Juzgado Civil en Familia y Sucesiones de la Octava Nominación, cítese por
tres días a los herederos o acreedores de TORIBIO LUIS VALDEZ, DNI 3.615.818 y de
EVELIA DEL TRANSITO ALBORNOZ, DNI 2.962.479 cuyas sucesiones se tramitan por ante
esta secretaría autorizante. San Miguel de Tucumán, 19 de marzo de 2015. E 09 y V
13/04/2015. $75. Aviso N° 187.657.
Numero de boletin: 28484
Fecha: 09/04/2015