adeudo directo sepa

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adeudo directo sepa
ADEUDO DIRECTO SEPA
Conceptos generales
¿Qué son los adeudos directos SEPA?
Se define como el medio de pago mediante el cual la cuenta del pagador
(“deudor”) -ordenante- se adeuda a iniciativa del beneficiario (“acreedor”) en
virtud de un mandato previamente autorizado (“mandato u orden de
domiciliación”).
Existen cuatro intervinientes:
• el acreedor y su banco.
• el deudor y su banco.
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Esquemas o instrumentos de Adeudos Directos SEPA

Básico también denominado CORE

B2B o empresa a empresa, también denominado Business to
Business
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Características comunes de los dos esquemas Adeudos
Directos SEPA (I)

Operaciones en euros

Sin límite de importe

Con cláusula de gastos compartidos (SHARE)

Utilización de IBAN y BIC como identificador de cuenta y banco respectivamente.

140 caracteres de información del pago que se transmiten íntegramente del ordenante al beneficiario.

Es necesario disponer de la «Orden de domiciliación» o «mandato» que el emisor tiene que
formalizar con todos y cada uno de sus clientes.

Custodia del mandato: El acreedor deberá custodiar el mandato junto con las posibles modificaciones
o cancelación, por el tiempo que pueda serle exigido para justificar la existencia de autorización para un
cobro (13 meses).
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Características comunes de los dos esquemas Adeudos
Directos SEPA (II)

Identificación única del acreedor y referencia del mandato son obligatorios e identifican al
acreedor y los adeudos que se emitan amparados por el mismo. Para cobros recurrentes deben
permanecer inalterables.

Notificación previa al deudor del acreedor.

Secuencias de los adeudos: debe especificarse el tipo de adeudo que se presenta (FRST-Primero,
RCUR – recurrente, OOFF – único FINAL- último).
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Características particulares del Adeudo Directo SEPA
Básico

Acreedor y deudor pueden ser particulares y/o empresas/autónomos

Formato específico ISO 20022 XML.

Presentación: Con carácter general deberán presentarse al banco emisor con una antelación
respecto a la fecha del cobro de:


5 días hábiles para primeras operaciones o únicas.

2 días hábiles para operaciones recurrentes o últimas.
Plazos de devolución

Hasta 8 semanas a instancias del cliente deudor por cualquier motivo.

Mas de 8 semanas y hasta 13 meses para pagos no autorizados (por orden del cliente). El
acreedor podrá oponerse a una devolución aportando copia del mandato vigente.
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Adeudo Directo SEPA Básico Pautas para la migración

Validez de las órdenes de domiciliación o mandatos previos a la migración.

Reglas de conversión para los identificadores del acreedor y referencias de los
mandatos:
 El acreedor deberá mantener la referencia única del mandato SEPA en base a la
referencia actual de domiciliación.
 El tipo de pago será siempre RCUR – Recurrente.
 Fecha de firma del mandato: es obligatoria y el acreedor deberá indicar cuando se
trata de una operación migrada la fecha 31-10-2009.
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Características particulares Adeudo Directo SEPA B2B

Acreedor y deudor deben ser empresas o autónomos (no consumidores).

Formato específico ISO 20022 XML.

Esquema opcional: no todas las entidades operan esta modalidad.

Formalización previa de un nuevo Mandato entre acreedor y deudor donde se especifique la
aceptación de operativa de modalidad B2B.

Autorización previa del cargo: antes de realizar el adeudo en cuenta, las entidades recabarán la
autorización del deudor.

Plazos de devolución: 2 días hábiles.

Finalidad del pago: el deudor renuncia al derecho de ser reembolsado por su entidad financiera
una vez efectuado el cargo. Por otros motivos la operación puede ser rechazada o devuelta hasta 2
días hábiles interbancarios posteriores al vencimiento.
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Diferencias mas importantes entre esquema SEPA Adeudo
Directo Básico y B2B
B2B (Esquema entre Empresas)

El deudor no puede obtener el reembolso de una transacción autorizada, lo que proporciona al
acreedor la certeza del pago.

Requiere que las entidades de crédito deudoras garanticen que se autoriza el cobro, cotejándolo
con los datos de la orden de domiciliación; las entidades deudoras y los deudores han de acordar que
se lleve a cabo la comprobación de cada adeudo directo.

Una entidad de crédito deudora no puede ofrecer el esquema a un deudor (pagador) que en la
legislación del país donde la entidad deudora proporciona el servicio de pago sea considerado un
«consumidor». Por lo tanto, fundamentalmente, solo el colectivo empresarial, y no los particulares,
pueden utilizar el esquema entre empresas. De igual modo, un acreedor no puede ofrecer el
esquema entre empresas para abonar las facturas a un cliente que sea un consumidor.

Reduce significativamente el período para presentar los adeudos directos y acorta el plazo para
la devolución
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Qué implica para el deudor firmar un mandato B2B
El deudor renuncia expresamente al derecho a reembolso durante 8 semanas
que le reconoce la Ley para operaciones autorizadas. No significa que todas las
operaciones que le giren sobre ese mandato se le vayan a cargar en cuenta.
Se debe autorizar ese mandato B2B en su entidad financiera antes del cargo
del primer adeudo. Se garantiza que el mandato existe y que se ha comprendido
la operativa que va a comenzar. Como deudor puede establecer stops en su
cuenta, (por ejemplo no acepte adeudos que superen un determinado importe o
que se reciban con posterioridad a una fecha determinada… ).
El deudor, además, mantendría el derecho a reembolso en operaciones no
autorizadas (hasta 13 meses) y puede cancelar el mandato cuando lo considere,
poniéndose en contacto para ello con el acreedor.
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Diferencias entre adeudo puntual y uno recurrente.
En los mandatos de adeudos SEPA, se diferencia entre dos tipos de pago:
único y recurrente.
Un adeudo puntual corresponde a una operación con un único pago. Para este
tipo de operaciones, el mandato y su referencia deben ser únicos y no pueden
utilizarse para operaciones posteriores. El adeudo se emitirá utilizando el código de
tipo de pago OOFF.
Los adeudos recurrentes se utilizan para realizar cobros periódicos a un mismo
cliente. El importe y la periodicidad pueden variar a lo largo de la relación
comercial.
Para este tipo de operaciones recurrentes, es posible firmar un único
mandato, que ampare todos los adeudos que se vayan a emitir. El primer adeudo
deberá emitirse como primero (FRST) y los siguientes como recurrentes (RCUR).
Los mandatos de adeudos recurrentes caducan a los 36 meses de inactividad. En
caso de que desee cancelar el mandato por haber finalizado la relación comercial,
podría emitir el último adeudo como final (FNAL).
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NUEVOS PLAZOS PARA ADEUDOS
IBERPAY
Adeudos Domésticos
EBA
Adeudos transfronterizos y domésticos a
entidades que no operan por Iberpay
CORE
FRST D-5
RCUR D-2
FRST D-6
RCUR D-3
COR1
D-1
D-2
B2B
D-1
D-2
Registro de entidades adheridas para Core, B2B
http://epc.cbnet.info/content/adherence_database
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¿Qué es un mandato / Orden de domiciliación?
Es el medio por el que el deudor autoriza y consiente al acreedor a:
•
iniciar los cobros mediante el cargo en la cuenta indicada por el deudor
•
autoriza a la entidad del deudor a cargar en su cuenta los adeudos presentados al
cobro por la entidad bancaria del acreedor.
El mandato debe estar suscrito por el deudor como titular de la cuenta de cargo o
persona en disposición de poder otorgado por éste.
El mandato firmado debe quedar almacenado en poder del acreedor mientras esté en
vigor, durante el periodo de reembolso, así como durante los plazos que establezca la Ley
para la conservación de documentos, una vez cancelado.
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¿Qué es la referencia única del mandato?
Es la referencia que asigna el acreedor a cada mandato para identificar los
adeudos asociados a un mandato concreto. Permite identificar cada orden de
domiciliación o mandato firmado por el deudor y debe ser única para cada
mandato. Consiste en un código alfanumérico de 35 posiciones.
El acreedor es responsable:

Las ordenes de domiciliación cumplan con los requisitos mencionados.

La custodia del mandato.

Posteriores modificaciones del mandato y a su cancelación.
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Formato del Mandato (I)
Formato es libre pero existe determinada información es obligatoria (Ver
AEB50).
Modelos simplificados (CORE y B2B): Contienen la información mínima para
recabar el consentimiento del deudor.
Modelo B2B además incluye la mención de que el deudor realice la autorización
expresa en su entidad financiera previa al cargo en cuenta.
Diseño debe ajustarse a los requisitos establecidos en las directrices:

Encabezado estándar:


Orden de domiciliación de adeudo directo SEPA (Obligatorio).
B2B: Debe constar B2B en el encabezado.

Idioma: Al menos en una de las lenguas oficiales del país del deudor y si no es
posible determinar el idioma del deudor, en inglés.

Mandato debe estar claramente diferenciado de cualquier otro texto.
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Formato del Mandato (II)

En el texto legal (Autorización y derecho de reembolso del deudor) debe hacerse
referencia explicita al derecho de reembolso establecido en el esquema,
caso del básico (Core), o la inexistencia del mismo, para B2B.

Instrucciones claras para que el deudor retorne el formulario debidamente
cumplimentado y firmado al acreedor.

En las operaciones B2B (recoge la renuncia del deudor al derecho de
reembolso en operaciones autorizadas), la entidad deudora debe recabar su
conformidad antes de efectuar el cargo en cuenta. Por lo tanto conveniente
advertir a los deudores la necesidad de transmitir a su entidad el
consentimiento para que esta pueda realizar el cargo en cuenta de los
adeudos B2B.
La orden de domiciliación (Mandato) debe ir SIEMPRE FIRMADA por el titular
de la cuenta de cargo o persona autorizada.
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Formato del Mandato (III)
Información mínima
Referencia de la orden de domiciliación – Permite identificar cada orden de domiciliación firmada por el
deudor y debe ser única para cada mandato.
Identificador del acreedor – Código asignado al acreedor por su entidad para la emisión de adeudos.
Nombre del acreedor.
Dirección del acreedor - Código postal – Población – Provincia – País.
Nombre del deudor – Titular de la cuenta de cargo.
Dirección del deudor - Código postal – Población – Provincia - País
Código BIC de la entidad del deudor (puede contener 8 u 11 posiciones).
IBAN de la cuenta del deudor – Puede contener hasta 34 posiciones dependiendo del país. Para cuentas
en España, consta de 24 posiciones comenzando siempre por ES.
Tipo de pago - Indica si el mandato responde a una operación de pago único o de pagos recurrentes.
Lugar y fecha de firma.
Firma(s).
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Varios Mandatos (I)
¿El acreedor debe recabar distintos mandatos si emite adeudos desde
distintos bancos?
La cuenta (IBAN) del acreedor no es un dato obligatorio del mandato. Por tanto,
como acreedor, puede firmar un único mandato con cada deudor, aunque vaya
a utilizar cuentas de emisión de diferentes entidades financieras.
¿Se pueden emitir mandatos telefónicos? No, en cualquiera de los
instrumentos de adeudo, ya sea el tradicional o los definidos para la SEPA, para
emitir operaciones de adeudo, es necesario que previamente exista una orden
firmada por el deudor para domiciliar los pagos. La normativa en vigor otorga
igual validez a la firma manuscrita que a la firma electrónica.
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•
Varios Mandatos (II)
¿Es necesario recabar nuevos mandatos o adaptar los existentes para emitir
adeudos directos SEPA? Las órdenes de domiciliación vigentes para el cobro de
adeudos domiciliados en el sistema tradicional antes del 1 de febrero de 2014
seguirán siendo válidas para emitir adeudos directos SEPA únicamente en el
instrumento básico, por lo que no es necesario recabar nuevos
consentimientos ni modificar los existentes (pero deben existir esas órdenes).
Ver Plan de Migración de adeudos españoles .
Para la emisión de adeudos directos SEPA que no se hayan tramitado con
anterioridad en el sistema tradicional, será preciso recabar nuevos mandatos
basándose en las reglas de los instrumentos de adeudo directo SEPA, ya sea
Básico o B2B.
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Varios Mandatos (III)
¿Es obligatoria la custodia del mandato? ¿Qué ocurre si no se dispone de
órdenes de domiciliación de los recibos?
En cualquiera de los instrumentos de adeudo, ya sea el tradicional o los definidos
para la SEPA, para emitir operaciones de adeudo, es necesario que previamente
exista una orden firmada por deudor para domiciliar los pagos. Dicha orden será
custodiada por el acreedor.
Caso de no existir ese mandato se entenderá que la operación no está autorizada.
El cliente deudor da su consentimiento tanto al beneficiario, como a su entidad
indirectamente a través del beneficiario, por lo que los mandatos, así como toda
modificación o cancelación posterior, han de quedar en poder del beneficiario (o
de un tercero por cuenta de este) por el tiempo que le pueda ser requerido.
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Varios Mandatos (IV)
¿Está el cuaderno 58 afectado por SEPA? ¿Hay que migrarlo a adeudos B2B?
El cuaderno 58 (anticipos de crédito) sí está afectado por SEPA. Lo que ocurre es
que, al igual que el cuaderno 32, ha sido declarado producto nicho, y esto significa
que no desaparecerá hasta febrero de 2016.
Para esa fecha, los anticipos de crédito deberán migrar a cualquiera de los
esquemas de adeudos SEPA (Core o B2B).
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MANDATO: Modificación vs Nuevo Mandato (I)
La duración de los mandatos es indefinida y pueden modificarse (acuerdo entre acreedor
y deudor) pero determinados datos deben comunicarse a las entidades financieras en el
siguiente fichero de adeudo.
¿Qué puede modificarse?

Identidad del acreedor como consecuencia de fusiones, cambio de nombre.

La cuenta de cargo del deudor (misma entidad o cambio a otra entidad).
Las modificaciones deben incluirse en un anexo (no existe formato oficial) y debe ser firmadas
por el deudor y custodiadas por el acreedor junto al mandato original.
Nuevo Mandato

Cambio esquema de adeudo (Core y B2B).

Nombre del deudor.

Tipo de pago (Puntual, recurrente)
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ADEUDO DIRECTO SEPA
Configuración
CONFIGURACIÓN
0. Crear formato de pago CGI_XML_DD y Destino de utilización
1. SEPA Activación y configuración básica
1.1 General Settings for SEPA (FI_APAR_SEPA_CUST)
(1.2) SEPA Mandate Management: Changeable Fields (FI_APAR_SEPA_FIELDS)
1.3 Define Creditor Identifier (V_T042B)
1.4 Define IBAN / BIC for House Bank (FI12)
1.5 Procedure for Determining Mandate Reference (SEPA_MND_FM_CUST)
1.6 Mandate Reference: Interval Maintenance (SEPA_NR_MT)
1.7 SEPA Settings for Mandate Reference (SEPA_NR_CUST)
1.8 SEPA: Maintain Status Reasons (SEPA_RC_CUST)
1.9 SEPA: Maintain Unpermitted Status Transitions (SEPA_STATUS_CUST)
1.10 Local Inst. and Template Deadlines for SEPA Direct Debit (V_FSEPA_INST_CD)
2. Migración  Mandato
2.1 BIC/SWIFT e IBAN
2.2 Create SEPA Mandates
2.3 Schedule Mandates (FSEPA_M4)
3. Parametrización de la vía de pago
3.1 Change “Payment Method/Country" (OBVCS)
3.2 Take Payment Method into Account in Bank Selection (OBVCU)
3.3 Customer – Define SEPA Payment Method (FD03)
3.4 Payment Medium: Create Selection Variant (OBPM4)
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CONFIGURACIÓN
0. Crear los formatos de pago SEPA Direct Debit (CGI_XML_DD)
Transacción OBPM1. “Entradas nuevas” (o Copiar una ya existente).
Este paso puede no hacerse si se ha importado el correspondiente Support Package para SEPA Credit
Transfer o para SEPA Direct Debit.
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CONFIGURACIÓN
0. Crear Destino de utilización
Transacción OBPM2.
Seleccionar “SAP SEPA” y “Copiar Como”:
Introducir un nombre y una descripción.
Seleccionar la nueva nota creada, y doble click en “Destino utilización por defecto”.
En la columna “Texto del destino Utilización”, se puede introducir texto libre y SAP Script. Para usar datos
del pago, se puede usar F4 o usar SAP Script manualmente. Esta nota se utiliza si para el idioma del
Cliente / Proveedor no existe una nota definida. También se puede definir una nota dependiente del idioma.
En este caso doble click en “Destino utilización supeditado a clave idioma”.
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CONFIGURACIÓN
0.Crear los formatos de pago SEPA Direct Debit (SEPA_DD) (II)
“Campos de texto para información de referencia”.
El número total de dígitos para “Destino de utilización, cabecera incluida” y “Entrada breve para destino
utilización, externa” no debe exceder de 140.
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CONFIGURACIÓN
1. 1 Activación del mandato y parametrizaciones generales
Transacción: FI_APAR_SEPA_CUST
Ver nota 1784060
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CONFIGURACIÓN
1. 1 Activación del mandato y parametrizaciones generales (SD)
All SEPA-relevant settings are grouped in the Customizing section “SEPA”. SEPA
processing must be activated in the SD table SEPA_CUST_SD.
Path: Sales and Distribution  Basic Functions  SEPA  Activate SEPA
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Configuración
(1.2) SEPA Mandate Management: Changeable Fields
Transacción: FI_APAR_SEPA_FIELDS
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CONFIGURACIÓN
1. 3 Identificación del acreedor (1/2)
Transacción: SM30 (V_T042B)
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CONFIGURACIÓN
1. 3 Identificación del acreedor (2/2)
Creditor ID / Identificación del acreedor (AT-02).
La estructura del identificador es única para todos los países y esta formada por:
ISO Country code
Dígitos de control
Sufijo
NIF
(2)
(2)
(3)
(9)
ES
97
ZZZ
M23456789
– Dígitos de control se calculan de la misma forma que el IBAN.
– Código de negocio (creditor business code). Este campo se completa por defecto con las letras ZZZ.
No forma parte del mandato, significa que si se cambia el sufijo en la identificación del acreedor, no se
crea una nueva referencia del mandato.
– Caracteres del 8-35: En nuestro caso el NIF.
OBSERVACIONES
- Identificación del acreedor la da la Entidad Financiera.
- La entidad financiera que este localizada en un país del área SEPA.
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CONFIGURACIÓN
1. 4 Dar de alta el IBAN para el banco propio (House Bank)
Transacción FI12
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CONFIGURACIÓN
1. 5 Procedimiento Referencia única del Mandato
Transacción: SEPA_MND_FM_CUST
Nota 1813133
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CONFIGURACIÓN
1. 6 Referencia única del Mandato: Mtmo. Rangos
Transacción: SEPA_NR_MT
Nota 1813133
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CONFIGURACIÓN
1. 7 Settings para Referencia única del Mandato
Transacción: SEPA_NR_CUST
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CONFIGURACIÓN
1. 8 Mantener las razones para cambio de estado mandato
Transacción: SEPA_RC_CUST
Nota: 1841203
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CONFIGURACIÓN
1. 9 Restringir la transición de estado de los mandatos
Transacción: SEPA_STATUS_CUST (V_SEPA_STS_CUST)
Nota: 1841203
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CONFIGURACIÓN
1. 10 COR1 Template Deadlines and Local Instrument
Transacción: SM30 (V_FSEPA_INST_CD)
Note 1865097
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CONFIGURACIÓN
2.1 Generación del mandato
Transacción FD02
•
Maestro de clientes
Transacción FSEPA_M1
•
Creación de Mandatos
Transacción FI_APAR_SEPA_CONV
•
Generación de mandatos en masa
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CONFIGURACIÓN
3.1 y 3.2 Crear la vía de pago (1/2)
a. Crear vía de pago a nivel de país.
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CONFIGURACIÓN
3.1 y 3.2 Crear la vía de pago (2/2)
b. Crear vía de pago en la sociedad .
c. Realizar la determinación de bancos para los nuevos métodos de pago.
– Orden de la jerarquía / Cuentas Bancarias / Importes Previstos / Fecha Valor.
d. Crear y asignar variantes (OBPM4) al formato CGI_XML_DD
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CONFIGURACIÓN
3.3 Definir nuevas vías de pago para clientes
Transacción FD02
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CONFIGURACIÓN
3.4 Payment Medium – Crear y asignar variante para CGI_XML_DD
Transacción FBPM
Transacción OBPM
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ADEUDO DIRECTO SEPA
Mandato
MANDATO Adeudos Directos SEPA
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Mandato
Requisito: Debe existir el IBAN
Para poder crear un mandato para un
banco en concreto, debe existir un código
IBAN para este banco.
Maestro de clientes (Transacción FD02).
Accounting  Financial Accounting 
Accounts Receivables  Master Records
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Gestión del Mandato (I)
Mandate Reference (Referencia Mandato): Identifica, junto
con el Identificador del Acreedor, de forma univoca, el mandato
(AT01). Puede ser introducida manualmente por el usuario o
asignada automáticamente por el sistema. Una vez creado no
puede ser modificado.
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Gestión del Mandato (II)
Revisar
La información se divide en:
o Datos básicos: El estado, validez y datos administrativos.
o Datos del Remitente (Cliente): Muestra los datos del clientes incluidos los bancarios.
o Datos del Destinatario (Acreedor - Presentador): Datos de la compañía.
o Utilización: Cuando ha sido utilizado y con que objetivo (Prenotificación, pago)
o Versiones: muestra versiones del mandato.
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Gestión del Mandato (III)
Datos Básicos El estado, validez y datos administrativos
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Gestión del Mandato (IV)
Datos del remitente (Cliente) Muestra los datos del clientes, incluidos los bancarios.
Determinados datos los toma del maestro de clientes.
Se debe tener en cuenta que cambios en la dirección y otros datos bancarios en el maestro de
clientes y compañías no producen un cambio en el mandato ya creado.
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52
Gestión del Mandato (V)
Datos del Destinatario (Compañía): información del que envía el fichero.
Determinados datos los toma del maestro de la compañía.
Se debe tener en cuenta que cambios en la dirección y otros datos bancarios en el maestro de
clientes y compañías no producen un cambio en el mandato ya creado.
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Gestión del Mandato (VI)
Una vez introducida toda la información, el estado, etc, se pude chequear si es correcta la
información, con el botón.
Y si es correcto, devuelve el mensaje
En ese momento ya puede imprimirse.
Cuando se guarda la información, el sistema crea un ID para cada mandato de 12 dígitos. Si
se quiere un ID diferente, se debe definir el evento 0570.
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Gestión del Mandato (VII)
Usos
Versiones
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Gestión del Mandato (VIII)
Los mandatos pueden ser modificados y creados desde el maestro de clientes.
Para cambiar o crear, seleccionar en el IBAN para el cual se quiere crear el mandato.
El sistema mostrara los mandatos asignados a este IBAN.
Si ya existe algún mandato, se puede seleccionar, realizando doble clic y realizar los cambios
pertinentes.
Si no existe, se puede crear uno nuevo.
Pulsar
o si se quiere crear en base a uno existente, pulsar .
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56
Gestión del Mandato (IX)
Generación de Mandatos en Masa
Genera mandatos para los datos bancarios existentes en el maestro de clientes.
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Gestión del Mandato (X)
Prerrequisitos
El Cliente debe tener un IBAN (Este condición puede desactivarse).
El IBAN debe tener activado la autorización para emitir recibos domiciliados (Puede
desactivarse esta condición).
El cliente tiene que tener la vía de pago de SEPA adeudos domiciliados (Puede desactivarse)
La vía de pago debe tener activado la posibilidad de ser usada para clientes extranjeros y
para bancos extranjeros
Hay dos parámetros importantes a tener en cuenta:
– No Duplicados: Si activado, no genera un mandato para un cliente cuando una cuenta bancaria ya tiene un mandato
creado.
– No ejecución parcial: El informe no crea ningún mandato si ocurre algún error.
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Actualización del mandato en la entrada de documentos (FI)
Para poder seleccionar un mandato al entrar la factura en FI, o en el proceso de pagos, en
el caso de que el cliente tenga varios mandatos, ver las siguientes notas:
1773591 and 1806838
1852125
1874892 and 1889021
Mantenimiento del mandato transacción FB02.
Permite la entrada del mandato en la transacción FB01.
Permite seleccionar el mandato en F110.
Es posible asignar un mandato en la FB01 y FB02 (de forma parecida en SD). Una vez
aplicado el SP o las notas hay que realizar la consiguiente parametrización (P.ejemplo
variantes de Status de campos)
Si no se ha asignado un mandato en un documento, es posible hacerlo después de la
propuesta de pago. Esto debe realizarse implementando una BADi, aunque SAP da una
implementación simple con la nota 1889021)
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ADEUDO DIRECTO SEPA
Prenotificación
PRE-NOTIFICACIÓN (I)
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PRE-NOTIFICACIÓN (II)
La Pre-notificación es un documento en el que el acreedor comunica al
deudor importe y fecha de vencimiento del adeudo.
No es necesario que se trate de un documento independiente.
•
Una factura puede ser válida como documento de pre notificación.
•
Documento independiente
Rulebook EPC
Deutsche
Bank
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PRE-NOTIFICACIÓN (III)
¿Cuándo debe enviarse la Pre-notificación?
Deberá efectuarse con una antelación mínima de 14 días, salvo pacto en
contrario.
Deutsche
Bank
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PRE-NOTIFICACIÓN (IV)
¿Es obligatoria la pre-notificación?
Rulebook del EPC establece:
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PRE-NOTIFICACION (V)
Pre requisitos:
•
Mandato firmado
Con la pre-notificación el deudor puede saber que le va a llegar un cargo por
domiciliación de un importe determinado a una fecha determinada.
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65
PRE-NOTIFICACIÓN (VI)
Pre-notificación en FI-AR
 La pre notificación se puede realizar antes de ejecutar el pago (antes de la compensación
de las facturas).
 Contiene información de la fecha de ejecución, el importe a cobrar, facturas incluidas. Se
puede enviar por carta o si se usa Business Transaction event 00002040 por fax o e-mail.
 Los documentos incluidos no puedes ser cobrados utilizando otros procesos. Se puede
borrar una pre notificación.
 Implementación ver nota 1780941.
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PRE-NOTIFICACIÓN (VII)
Ejecución de la pre-notificación en FI-AR (I)
F110
Al entrar una vía de pago (vía que requiere mandato SEPA), aparece el checkbox
para las pre-notificaciones.
Permite enviar cartas para la notificación.
Bloquea los documentos para que no sean cobrados por otra vía.
La pre-notificación puede visualizarse en la ejecución del pago (F110), visualización
del documento (FB03), etc.
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PRE-NOTIFICACIÓN (VIII)
Ejecución de la pre-notificación en FI-AR (II)
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68
PRE-NOTIFICACIÓN (IX)
Ejecución de la pre-notificación en FI-AR (III)
Visualización de la pre-notificación
Ejemplo formulario: F110_DD_Prenotif
RFFOAVIS_DD_PRENOTIF
Nota 1780941 incluye SAP script o
PDF.
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PRE-NOTIFICACIÓN (XI)
Ejecución de la pre-notificación en FI-AR (IV)
Visualización de la pre-notificación
Drill-Down
FB03
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FSEPA_M4
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PRE-NOTIFICACIÓN (XII)
Parametrización de la pre-notificación
La funcionalidad se libera con la nota 1780941 o el SP equivalente.
Pre-requisitos:

Gestión del Mandato:
– Activación y parametrización de la gestión del mandato.
– Mantener la identificación única del acreedor.
Si el instrumento de pago es un SEPA DD, no hace falta activar la prenotificación a
nivel de compañía pagadora.
.
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PRE-NOTIFICACIÓN (XIII)
Resumen Pre-notificación en FI-AR
Resumen
•
La pre-notificación puede ser eliminada.
•
La pre-notificación se puede visualizar desde el documento o Mandato.
•
La pre-notificación se incluye en la ejecución de pagos para generar la
compensación de documentos y el fichero para el banco.
Prerrequisitos
•
Vía de pago no utiliza las solicitudes de pago.
•
Compañía no utiliza extended withholding taxes with accumulation.
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PRE-NOTIFICACIÓN (XIV)
Reports y transacciones para la pre-notificación en FI-AR
Ejecución pre-notificación

Transacción F110 / programa RFF110s

Creación e impresión de formularios

RFFOAVIS_DD_PRENOTIF
Ejecución de pago para pre-notificaciones / Facturas pre-notificadas

F110 o

RFF110s_DD_PRENOTIF
Visualización y borrado de notificaciones

RFPYORD_LD
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PRE-NOTIFICACIÓN (XV)
Pre-notificación en el proceso de ventas
Impresión de la prenotificación del adeudo

La prenotificación del Adeudo Directo se puede crear durante el proceso de
facturación como un texto adicional, como por ejemplo en el formulario de
factura o como un anexo a la factura.

La recomendación es realizar la prenotificación durante la ejecución del pago.
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SEPA en el proceso de ventas
Cuando se crea un documento de ventas, se puede asignar directamente un mandato a la transacción:

Si sólo existe un mandato válido, la asignación es automática.

Si existe más de un mandato válido, se debe asignar el mandato manualmente.
Se pueden crear chequeos de la validez del mandato durante todo el flujo de ventas (pedido, entrega,
factura).
El mandato se vuelve obligatorio, si el
pedido tiene una vía de pago
relevante para SEPA y esta activado
en ventas.
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SITUACIÓN ESPAÑA
•
Formato CGI_XML_DD localizado
•
Estado de la localización:
• Realizado Pilotaje Interno
• En Pilotaje Cliente
•
Extracto Bancario
•
Rechazos y Devoluciones Pain 002.001.03
•
Adeudos Directos SEPA vs Efectos
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SEPA Composite SAP Notes ERP FI
SEPA Composite SAP Note 1845689 – Direct Debits in FI-AR
- SEPA Composite SAP Note 1848201 – Master Data
- SEPA Composite SAP Note 1845440 – Mandate and IBAN
- SEPA Composite SAP Note 1841123 – Payment Programs F110 and F111
- SEPA Composite SAP Note 1841781 – Payment Medium
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Enlaces de Interés
SEPA en SAP http://service.sap.com/sepa
SEPA Banco de España www.sepaesp.es
AUSAPE www.ausape.es
European Payments Council www.europeanpaymentscouncil.eu
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