instituto centroamericano de administracion pública
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INSTITUTO CENTROAMERICANO DE ADMINISTRACION PÚBLICA ICAP PROGRAMA DE MAESTRÍA NACIONAL EN GERENCIA DE LA SALUD Análisis de la Eficiencia y Eficacia en la Atención de Denuncias Sanitarias Interpuestas en el Área Rectora de Salud Carmen-Merced-Uruca del año 2010. María del Carmen Bonilla Bonilla Celia Jiménez Villegas San José, Costa Rica Mayo, 2011 ii AGRADECIMIENTO A Dios por brindarnos la oportunidad de contar con personas que nos permitieron el desarrollo de esta investigación, A la Dra. Carolina Guillén Meléndez, Directora Área Rectora de Salud Carmen-MercedUruca, a la MSc. Sonia González Rojas, MSc. Marìa Cecilia Morales Nuñez y al Ing. Jeiner González, por creer en nosotras y trasmitirnos fortaleza, conocimientos, por sus valiosos consejos y por su empuje para lograr alcazar la culminación del proyecto. A los funcionarios del Área Rectora de Salud Carmen-Merced-Uruca por la información y el apoyo brindado cuando más lo necesitábamos. Al profesor Gustavo Elizondo, Director de Tesis porque siempre estuvo cuando lo necesitamos, por su paciencia y por asesorarnos a través de toda la investigación. A otros funcionarios y compañeros del Ministerio de Salud por su apoyo técnico brindado. Gracias a todos Celia y María del Carmen iii DEDICATORIA A mi madre doña Rosa por su incondicional apoyo, paciencia y comprensión. A mi esposo José por su apoyo, amor, y paciencia para esperar y creer en mis metas. A mis dos hijas Joselin y Celia por la comprensión y la paciencia que han tenido porque fueron las más sacrificadas durante todo este proceso. A Morales por su apoyo y aportes tan valiosos. Celia iv la MSc. Cecilia DEDICATORIA Este esfuerzo está inspirado en el Ser Supremo, que en cada momento me acompañó y no me dejó desfallecer. A mis hijos Estefanía y Esteban que con su apoyo incondicional me regalaron parte de su tiempo para llegar a la meta. A mi esposo Rogelio que con su paciencia me asistió en reuniones y otros asuntos docentes de mi hija, que con su amor y silencio me apoyaba para la esacala final. A mi madre Margarita y a mi hermana Sonia que me guiaron cuando casi no tenía fuerzas, con sus consejos impregnados de gran sabiduría y experiencia. A Celia mi compañera y amiga gracias por su comprensión y tolerancia. Que Dios les bendiga siempre. María del Carmen v TABLA DE CONTENIDO # Pág. HOJA DE JURADO ....................................................................................... ii AGRADECIMIENTOS .................................................................................... iii DEDICATORIAS ............................................................................................ iv TABLA DE CONTENIDO.................................................................................. vi INDICE DE CUADROS.................................................................................... ix INDICE DE GRAFICOS................................................................................... x INDICE DE ANEXOS...................................................................................... xi RESUMEN EJECUTIVO................................................................................. xii Introducción General...................................................................................... 1 Capítulo I. Marco Contextual ....................................................................... 4 1.1. Antecedentes....................................................................................... 4 1.1. Antecedentes Internacionales ............................................................. 4 1.1.1 Madrid-España .......................................................................................... 4 1.1.2 México ......................................................................................................... 6 1.2 Antecedentes Nacionales ............................................................................ 9 1.2.1 Secretaría Nacional de Salud Animal ........................................................... 10 1.2.2 Municiapalidad de San José ........................................................................ 10 1.2.3 Oficina Contralor Ambiental (OCA) .............................................................. 11 1.3 Ubicación Contextual ................................................................................... 14 1.3.1 Ministerio de Salud ...................................................................................... 14 1.3.2 Descripción del Lugar .................................................................................. 19 1.4 23 Problema ..................................................................................................... vi 1.5 Importancia y justificación ............................................................................ 23 1.6 Objetivos ...................................................................................................... 25 1.6.1 Objetivo General .......................................................................................... 25 1.6.2 Objetivos Especìficos ................................................................................... 25 Capítulo II Marco Teórico ............................................................................ 26 2.1 Organización.......................................................................................... 27 2.2 Planificación........................................................................................... 28 2.2.1 Características de la Planificación ......................................................... 29 2.3 Procedimientos ...................................................................................... 31 2.4 Método................................................................................................... 31 2.5 Aguas Negras ........................................................................................ 32 2.6 Contaminación de Alimentos ................................................................. 33 2.7 Condiciones Fìsico Sanitarias Deficientes ............................................. 36 2.8 Contaminación por ruido ........................................................................ 36 2.9 Malos Olores.......................................................................................... 37 2.10 Desechos sólidos................................................................................... 39 2.11 Funcionamiento Ilegal............................................................................ 42 2.12 Vectores Plagas..................................................................................... 43 2.13 Tenencia de Animales ........................................................................... 43 2.14 Aguas Pluviales, Servidas, y Residuales ............................................... 44 2.15 Otras afectaciones a la salud ................................................................ 49 2.16 Trazabilidad Interna ............................................................................... 49 2.17 Tiempos de respuesta ........................................................................... 50 2.18 Calidad del Servicio ............................................................................... 52 2.19 Eficiencia Vs Eficacia ............................................................................ 53 Capítulo III Marco Metodológico ................................................................ 56 3.1 Tipo de investigaciòn ............................................................................. 56 3.2 56 Area de estudio ..................................................................................... vii 3.3. Sujeto de Estudio................................................................................... 56 3.4 Objeto de estudio................................................................................... 56 3.5 Poblaciòn y Muestra .............................................................................. 56 3.6. Fuentes de informción ........................................................................... 57 3.6.1 Fuentes primarias .................................................................................. 57 3.6.2 Fuentes secundarias ............................................................................. 57 3.7 Sujetos de Información .......................................................................... 58 3.8 Operacionalización de las variables ...................................................... 61 3.9 Diseño de técnicas e instrumentos ........................................................ 3.9.1 Observación y Análisis .......................................................................... 62 62 3.9.2 Encuestas .............................................................................................. 63 3.9.3 Uso de la Información existente............................................................... 63 3.9.4 Indicadores.............................................................................................. 64 3.9.5 Estudio de Informción generada ........................................................... 64 Capítulo IV Análisis de la Información ....................................................... 65 4.1 Tipos de Denuncias Interpuestas en el Área de Estudio ....................... 66 4.2. Trazabilidad Interna de las Denuncias Sanitarias y Ambientales en el Área de Estudio ............................................................................ 72 4.3 Procedimiento que utiliza en el Área Rectora de Salud para la Programación de Inspecciones.................................................. 78 4.4 Análisis de los tiempos de respuesta y calidad del servicio ................... 80 CAPÍTULO V CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES .......................... 86 5.1 Conclusiones ......................................................................................... 87 5.2 Recomendaciones ................................................................................. 88 CAPITULO VI PROPUESTA ......................................................................... 91 MANUALES DE PROCEDIMIENTOS ............................................................ 92 viii INDICE DE CUADROS Cuadro Nº 1 Operacionalización de las variables .................................................................... 61 Cuadro Nº 2 Cantidad de Denuncias interpuestas en el Área Rectora de Salud Carmen-Merced-Uruca en el año 2010 según Tipo de Denuncia ....................... 66 Cuadro Nº 3 Muestra de expedientes analizados por tipo de denuncia interpuesta durante el año 2010 en el Área Rectora de Salud Carmen-Merced-Uruca ......... 70 Cuadro Nº 4 Estado actual de expedientes de la denuncia interpuesta en el Área Rectora de Salud del año 2010 por tipo de denuncia ...................................... 76 Cuadro Nº 5 Cantidad de inspecciones realizadas según fecha de programación de inspecciones, tomando en cuenta los cien expedientes analizados como muestra del estudio ................................................................................... 78 Cuadro Nº 6 Plazo tomando en cuenta día de ingreso por día de la inspección por Cantidad denuncia atendidas .............................................................................. 81 Cuadro Nº 7 Calidad de la atención de la denuncia por cantidad de encuestas realizadas .... 82 Cuadro Nº 8 Estado de resolución de las 17 denuncias aplicadas en la encuestas ................ 84 Cuadro Nº 9 Control y Seguimiento de las 17 denuncias aplicadas en la encuestas ............. 85 ix INDICE DE GRAFICOS Gráfico Nº 1 Cantidad de Denuncias interpuestas en el Área Rectora de Salud Carmen-Merced- Uruca en el año 2010 según Tipo de Denuncia ................... 67 Gráfico Nº 2 Muestra de expedientes analizados por tipo de denuncia interpuesta durante el año 2010 en el Área Rectora de Salud Carmen-Merced-Uruca ...... 71 Gráfico Nº 3 Estado actual de expedientes de la denuncia interpuesta en el Área Rectora de Salud de estudio del año 2010 analizados por tipo denuncia ...... 77 Gráfico Nº 4 Cantidad de inspecciones realizadas según fecha de programación de inspecciones, tomando en cuenta los cien expedientes analizando como muestra del estudio .......................................................................................... 79 Gráfico Nº 5 Plazo tomando en cuenta día de ingreso por día de la inspección por cantidad de denuncias atendidas ..................................................................... 81 Gráfico Nº 6 Calidad de la atención de la denuncia por cantidad de encuestas realizadas ......................................................................................................... 83 Gráfico Nº 7 Estado de resolución de las 17 denuncias aplicadas en la encuestas ............. 84 Gráfico Nº 8 Control y Seguimiento de las 17 denuncias aplicadas en la encuestas ........... x 85 INDICE DE ANEXOS Anexo Nº 1 Registro de denuncias sanitarias-ambientales 2010 ........................................ 188 Anexo Nº 2 Instrumento de Programación de Inspecciones ............................................... 189 Anexo Nº 3 Encuesta de Satisfacción al cliente .................................................................. 190 Anexo Nº 4 Guía presentación de denuncias...................................................................... 191 xi RESUMEN EJECUTIVO Está investigación se realizo para satisfacer una necesidad latente en los procesos desarrollados para la atención de las Denuncias Sanitarias y Ambientales en el Area rectora Carmen-Merced-Uruca, al no existir lineamientos claros para la ejecución del trabajo . Los parámetros de la investigación indican que las denuncias más frecuentes presentadas en el Área objeto de estudio obedecen a las siguientes tipologías: contaminación de alimentos, ruido y contaminación de aguas. En total se confeccionaron cuatro procedimientos de regulación sanitaria de los establecimientos de salud, cada uno de ellos cuenta con un manual de procedimientos con su respectivo diagrama de flujo. Para el diseño de los procedimientos se tomo en cuenta la Ley 8220 “Ley de Protección al Ciudadano de Exceso de trámites, así como las normas, reglamentos y documentos oficiales existentes que sistematizan los diferentes procesos de regulación Institucional, además se incluyeron actividades que según el criterio y la experiencia del nivel local, deben llevarse a cabo. La propuesta se basa en el desarrollo de los procedimientos para la estandarización de los procesos, por lo que se diseñan: Gestión de Denuncias, Gestión de Denuncias por Alimentos Contaminados y Contaminación de Alimentos, Atención de Denuncias por ruido en establecimientos y Gestión de Denuncias por Contaminación de Aguas, para las funciones de regulación de servicio Institucional que se ejecutan a nivel operativo en la Institución. Estos procedimientos van a permitir que la trazabilidad de las Denuncias Sanitarias interpuestas en la zona de estudio refleje todo el proceso del expediente hasta el cierre de acuerdo a legislación vigente, además de estandarizar procedimiento, tanto a nivel de Área Rectora como a nivel institucional. xii 1 INTRODUCCIÓN La investigación inicia después de determinar la necesidad del Área Rectora de Salud Carmen-Merced-Uruca, de realizar el seguimiento en forma eficiente y con eficacia de los casos denunciados por la población en ese sector del centro de la Capital, generando insatisfacción al cliente por la no solución de los problemas sanitarios denunciados. En el primer capítulo se referencian los antecedentes internacionales, nacionales y locales, relacionados con otras investigaciones en el tema de estudio. Se hace una breve referencia del abordaje de las denuncias sanitarias y ambientales en las diferentes instituciones de los tres niveles de estudio. En el cual se determina que en los tres niveles investigados es el Estado quien se responsabiliza de la atención y respuestas de los casos denunciados sobre esos temas abordados. Posteriormente se plantea el problema en función de la eficacia y eficiencia de la atención de las denuncias en esa Área Rectora de Salud definida. Se plantean los objetivos de tal forma que se logre visualizar la realidad misma de la gestión institucional en el Área Carmen, Merced-Uruca. En el segundo capítulo de marco teórico y conceptual se desarrollan cada uno de los objetivos planteados de tal forma que el tema se pueda delimitar y marcar y ser lo más conciso y preciso posible para una mejor comprensión de la investigación misma. Mucho de este capítulo es aclarar definiciones precisas y fundamentación legal para que se comprendan las competencias institucionales en el abordaje y la resolución de los problemas que mayor aquejan a la población de ese sector del cantón central de San José. En el tercer capítulo de marco metodológico lo que se describe es paso a paso las diferentes herramientas, metodología y procedimientos utilizados para el desarrollo del trabajo de investigación. Formas de recopilación de la información, diseño de herramientas, apoyo de las existentes y la población y la muestra de los 2 expedientes analizados, de tal forma que como investigadores logren informar y ubicar al lector con las herramientas utilizadas en el desarrollo de la investigación. En el cuarto capítulo se encuentra el análisis de datos tanto de la población como de la muestra de los expedientes, la interpretación de esa información, como argumento para las conclusiones finales y proponer oportunidades de mejora para la institución y con ella mejorar la calidad del servicio. Tomando en cuenta los puntos críticos de la trazabilidad del trámite de gestión que permitirá el abordaje para la propuesta de implementación para la mejora continua del Area de estudio. El capítulo quinto de conclusiones y recomendaciones define concretamente lo que se encontró en la investigación, emitiendo las conclusiones en concordancia con los objetivos planteados y las recomendaciones, para mejorar y superar esos puntos críticos determinados. En el capítulo VI se realiza la propuesta para el Área Rectora de Salud Carmen Merced Uruca, para que con la implementación de la misma se mejore la calidad del servicio, los casos sean atendidos con oportunidad, eficiencia y eficacia y de esa forma aumentar los niveles de satisfacción del cliente. Finalmente este trabajo contiene las fuentes bibliográficas de apoyo para el desarrollo de cada capítulo. Un apartado de anexos enumerados según el orden del desarrollo de la investigación. CAPÍTULO I MARCO CONTEXTUAL 4 CAPÍTULO I MARCO CONTEXTUAL 1 Antecedentes Para efectos de esta investigación, se hizo un análisis de los antecedentes a nivel internacional a España y México, a nivel nacional, el Servicio Nacional de Salud Animal (SENASA) y la Oficina del Contralor Ambiental (OCA) y a Nivel Local la Municipalidad de San José (MSJ) y el Ministerio de Salud (MINSA), específicamente el Area Rectora de Salud Carmen-Merced-Uruca. Entre los aspectos estudiados se tomaron en cuenta los procedimientos utilizados por cada Institución estatal para la gestión, trámite y resolución de las Denuncias Sanitarias y Ambientales, 1.1 Antecedentes Internacionales A partir de la revisión de estudios realizados en otros países sobre la trazabilidad de la gestión de denuncias por contaminación ambiental y/o problemas que afectan la salud humana, de diversos tipos, son canalizadas y abordadas por diferentes entes estatales a nivel internacional. Hay países en donde las mismas son resueltas desde el sector salud, otros en Ayuntamientos o en la Administración General del Estado. Para efectos de referencia se presentan algunas intervenciones que nos permiten visualizar diversos abordajes. 1.1.1 Madrid-España “Para resolver denuncias, recursos y reclamaciones relativas a las condiciones higiénico-sanitarias relacionadas con la Sanidad Ambiental de distintos productos, establecimientos e instalaciones, las solicitudes podrán presentarse en cualquier registro ya sea de la 5 Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades autónomas, de Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid adheridos al Convenio Marco Ventanilla Única, en Oficinas de Correos y en Representaciones diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero. Igualmente podrán presentarse en el Servicio de Salud Pública del Área correspondiente.” Este tipo de denuncias son atendidas por la Consejería de Sanidad del Gobierno Español1 En Madrid España a la Consejería de Medio Ambiente Vivienda y Ordenamiento del Territorio le corresponde extender permisos, autorizaciones, controles y seguimiento referente a la contaminación ambiental por ruido, contaminación atmosférica, del agua, del suelo. La Consejería lo efectúa mediante las inspecciones no rutinarias, para determinar las molestias ocasionadas por las diferentes fuentes generadoras del problema denunciado por los ciudadanos afectados. Las solicitudes también las pueden realizar los ayuntamientos que no cuentan con los recursos necesarios para hacer las inspecciones e investigaciones pertinentes. Para el programa de inspecciones se utiliza el Sistema de Gestión de la Inspección (PGI) el que hace la programación semanal con una herramienta informática llamada “plan de inspección PCEA” y el 1 (http://www.madrid.org/cs/ Denuncias, Reclamaciones y Recursos. Denuncias relativas a las condiciones Higiénico-sanitarias relacionadas con la Sanidad Ambiental de productos, establecimientos e instalaciones Lunes 27 de diciembre de 2010) 6 desarrollo de las inspecciones se realiza con apoyo de una aplicación específica denominada “AIAR” En la Comunidad de Madrid en la Consejería de Sanidad, utilizan un formulario para interponer denuncias según la tipología de la denuncia presentada por ejemplo denuncias relacionadas con alimentos se utiliza el formulario sobre alimentos y establecimientos de alimentación.2 Se evidencia que en Madrid hay desconcentración en la atención de las denuncias ya que las mismas pueden recepcionarse en cualquier oficina que esté asociada al Convenio Marco de Ventanilla Unica y finalmente son atendidas por la Consejería de Sanidad del Gobierno Español, si comparamos el abordaje de España con Costa Rica se diferencia de una institución a otra, por ejemplo, el MINSA, SENASA y Municipalidades, la gestión del trámite de la denuncia se atiende en forma desconcentrada no así en la OCA que la gestión se realiza a nivel central únicamente.. 1.1.2 México La Secretaria de Salud del Distrito Federal, a través de los Servicios de Salud Pública cuenta con personal multidisciplinario autorizado para llevar a cabo las acciones de Fomento Sanitario, así como las visitas de Verificación emitidas por la Autoridad Competente. El personal está adscrito y distribuido en las 16 Jurisdicciones Sanitarias correspondientes a cada una de las Delegaciones políticas en las que se encuentra dividido el Distrito Federal. Y con el fin de dar cumplimiento a la transparencia que se debe observar en 2 http://www.madrid.org/ICMdownload/JNEXMHS.pdf 7 los procedimientos de Verificación y Fomento Sanitarios, así como en todos los actos realizados por servidores públicos, en la página de la Coordinación General de Modernización Administrativa se encuentra un listado del personal adscrito y autorizado por los Servicios de Salud Pública del Distrito Federal, llevan a cabo acciones de Control, Fomento y Regulación Sanitaria, promueven el cuidado de la salud en el ámbito de los procesos y operación de los establecimientos a través de prácticas de repercusión colectiva, encaminadas a una cultura de la salud. Así mismo se define como el conjunto de acciones llevadas a cabo por las autoridades competentes, fundamentadas en un marco legal para normar, controlar y vigilar las condiciones sanitarias de los establecimientos, actividades, productos, equipos, vehículos y las personas que eventualmente representen un riesgo o daño para la salud de la población en general. Mediante este control se realizan acciones regulatorias, orientación, educación, muestreo, verificación y en su caso, aplicación de Medidas de Seguridad y Sanciones, que ejerce la autoridad competente. En cuanto a control aplican aseguramiento de productos, y en su caso, su destrucción, o en su defecto suspensión de trabajos o servicios. Implementan sanciones administrativas, jurídicas y penales. En la que destacan: amonestación con apercibimiento, multa, clausura, arresto hasta por 36 horas. La Secretaría de Salud tiene la atribución de vigilar el cumplimiento de la Ley General de Salud; para ello se basa principalmente en el Aviso de Funcionamiento que tramita cada establecimiento y empresa. Emite órdenes de Visita de Verificación Sanitaria para constatar que la normatividad aplicable se cumple. Las visitas de 8 Verificación Sanitaria pueden ser programadas de manera aleatoria o dirigidas. Utilizan Actas de Verificación es un documento que se levanta con motivo de una Verificación Sanitaria, en la que se harán constar las circunstancias de la diligencia, las deficiencias o anomalías sanitarias observadas, el número y tipo de muestras tomadas o en su caso las medidas de seguridad que se ejecuten. El formato consta de original y copia, es un cuestionario para evaluar las condiciones sanitarias en que se encuentra y se desarrolla un proceso, servicio, personal y establecimiento En el Artículo 60 de la Ley General de Salud se concede acción popular para denunciar ante las autoridades sanitarias todo hecho, acto u omisión que represente un riesgo o provoque un daño a la salud de la población. La acción popular podrá ejercitarse por cualquier persona, bastando para darle curso el señalamiento de los datos que permitan localizar la anomalía sanitaria. El Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios establece en su artículo 60 que la acción popular, podrá ejercitarla cualquier persona, para lo cual deberá contar con los siguientes requisitos: Descripción por escrito de los actos o condiciones sanitarias motivo de la denuncia. Ubicación exacta del lugar o establecimiento donde se genera el problema sanitario y el denunciante debe anexar un croquis para ubicación. Nombre, dirección y teléfono de la persona que promueve la denuncia. 9 Anexar copia de la credencial del IFE de la persona que promueve la denuncia. El escrito debe dirigirse a nombre del Director Jurisdiccional que corresponda a la Jurisdicción Sanitaria del domicilio donde se genera la anomalía. En ningún caso se dará trámite a denuncia anónima3i. De la investigación realizada se evidencia que existe el seguimiento y el control, de las denuncias presentadas por la población, lo que genera en algunos casos la prevención y alertas para controlar el problema denunciado, igualmente se logra determinar la aplicación del marco regulatorio al sancionar al responsable de generar la situación denunciada. En Costa Rica según la legislación vigente para la atención y gestión de los casos denunciados se le debe dar seguimiento y control a todas las denuncias para la corrección y resolución final de los casos, igualmente al aplicar el marco regulatorio se aplican las sanciones correspondientes al responsable de generar el problema denunciado, tales como: Clausura de la actividad, Multas, elevar el caso al Ministerio Público para la penalización judicial correspondiente. 1.2 Antecedentes Nacionales Se realizó una búsqueda con el fin de encontrar estudios a nivel nacional sobre el tema, sin identificar investigaciones del caso. Sin embargo, sí se vienen desarrollando esfuerzos para que el cliente tenga mayor accesibilidad a interponer las denuncias, como es el caso de la Secretaría 3 COORDINACIÓN DE FOMENTO SANITARIO. XOCONGO No. 225, COL. TRÁNSITODEL. CUAUHTEMOC, CP. 06820, MEXICO, D. F.TEL: 5132-1200 ext. 1077 Correo: fomentosspdf@yahoo.com.mx 10 Nacional de Salud Animal (SENASA), la Oficina del Contralor Ambiental, Municipalidad de San José y Ministerio Salud. A continuación se mencionan las competencias de cada una de las instituciones en cuanto a la gestión, trámite y atención de denuncias. 1.2.1 Secretaría Nacional de Salud Animal (SENASA) Además de autorizar funcionamiento de establecimientos relacionados con alimentos para animales, productos derivados de animales, industrias y pequeñas empresas que manufactura y/o procese alimentos provenientes de animales, a este ente le corresponde atender y dar seguimiento a denuncias presentadas contra este tipo de actividad.4 En relación al procedimiento para la atención de denuncias se atiende según la región programática de la interposición de la misma a la que le corresponda por ubicación geográfica. Para que la población tenga accesibilidad a interponer las denuncias se encuentra a disposición la página Web, (www.senasa.go.cr/Documentos/Operaciones/calidad/DO.../DO-PG-002.doc), además las denuncias se pueden interponer en forma personalizada o por vía fax. 1.2.2 Municipalidad de San José Para interponer una denuncia ante la Contraloría de Servicios de la Municipalidad de San José se puede interponer llamando a la línea gratuita 800-porusted(767-8783), por vía correo electrónico a porusted@msj.go.cr o por fax al número 4 www.senasa.go.cr/Documentos/Operaciones/calidad/DO.../DO-PG-002.doc 11 2258-3521 o por teléfono al número 2547-61-60 o cuando llegue el cliente en forma personalizada utilizando los buzones ubicados en los diferentes puntos de comercio del cantón. Las denuncias que se pueden presentar en la contraloría son las inconformidades sobre servicios, transparencia y rendición de cuentas.5 En forma similar que el MINSA la Municipalidad San José utiliza un procedimiento establecido para interponer las denuncias, en la página Web de esta entidad pone a disposición de la población el procedimiento para interponer las denuncias, y que por el correo electrónico, personalmente y por fax se envían. 1.2.3 Oficina del Contralor Ambiental (OCA) La OCA es una Oficina del MINAE al servicio de la población en general, en materia del recibo, tratamiento e investigación de las denuncias ambientales. La Oficina del Contralor Ambiental inicia operaciones en 1997. Su vida institucional operativa alcanza los 14 años. Le corresponde a la Oficina del Contralor Ambiental vigilar la aplicación correcta de los objetivos de la ley Orgánica del Ambiente, estando obligada a denunciar cualquier violación a esta ley y a las leyes conexas ante las instancias administrativas competentes del Estado o en el Ministerio Público.” 5 Contraloría de Servicios de la Municipalidad de San José 12 a. Procedimiento de interposición de denuncias ambientales 1. El interesado puede interponer su denuncia ante la OCA de forma personal, vía fax, vía telefónica, vía electrónica o través del servicio 190 del ICE. 2. La denuncia se recoge en un formulario específico que reúne la información básica de las calidades personales del denunciante y del denunciado (s), y sobre los HECHOS denunciados. El formulario es identificado con un código particular que permite mantener la identidad de la denuncia de forma individual, a través de todo el proceso interno administrativo de manejo de la misma. 3. La denuncia es analizada por el Contralor Ambiental a lo interno de la OCA y se agotan las consultas institucionales regionales del MINAE para atender una razón de economía procesal y su procedencia. 4. Para los efectos internos de control y seguimiento se lleva una base de datos manual de control de las denuncias ingresadas y para resolver sobre su viabilidad. 5. Ante la falta de recursos humanos técnicos y logísticos, la Oficina se ve obligada a trasladar una parte significativa de las denuncias a las direcciones Regionales del SINAC, Dirección de Geología y Minas, Departamento de Aguas o SETENA, solicitando al momento remitir los resultados a la OCA en forma escrita. 6. Cuando las denuncias presentan hechos que traslapan las competencias del MINAE y otros Ministerios, se coordina de previo la inspección conjunta de valoración de hechos in situ. 13 7. Valorados los hechos en campo se toma la decisión de admitir la denuncia o rechazarla. 8. Acto seguido se procede a la elaboración del Informe Técnico correspondiente y se remite de ser reales los hechos que se denuncian, ante alguna de lasa siguientes instancias: la Fiscalía del Ministerio Público, al Tribunal Ambiental Administrativo o a la Procuraduría Ambiental. b. Fiscalización de Vertederos y Rellenos Municipales de Desechos Sólidos 1. En este particular se procede a mantener la cronología de visitas técnicas organizadas por la contraparte técnica del Ministerio de Salud. 2. Se coordina de antemano la participación del funcionario técnico ambiental de la Municipalidad correspondiente en la visita de fiscalización del vertedero o relleno sanitario. 3. Se discuten y analizan entre Las Partes los aspectos relevantes fortalezas y debilidades del proceso. 4. Se realiza de seguido un Informe Técnico conjunto entre las contrapartes, el cual se dirige al Director de Protección del Ambiente Humano del Ministerio de Salud. 14 5. El Informe Técnico se firma por Las Partes Ministeriales y el DPA H, es quien notifica a la respectiva autoridad municipal, sobre las medidas correctivas a aplicar en el mayor número de los casos.6 Es un ente en donde se recepcionan las denuncias ambientales para ser atendidas, principalmente contaminación de aguas (Cuencas Hidrográficas), Disposición final inadecuada de desechos, entre otras, coordinación con otras instituciones tales como: en algunos casos la Ministerio de Salud, Municipalidades y otras relacionadas con el ambiente, es primordial, porque la intervención conjunta es más efectiva que en forma aislada. 1.3. Ubicaciòn Contextual 1.3.1. Ministerio de Salud En el Ministerio de Salud se le dio énfasis a la atención de los aspectos ambientales en la prevención de la salud, ya desde los años setenta se crea la Unidad Sanitaria como forma de descentralizarse el Ministerio de Salubridad Pública, su función principal era de atención directa de las personas por medio de las consultas médicas preventivas, que eran atendidas por las unidades móviles, que se encargaban de realizar visitas domiciliares a poblados aproximadamente de cinco a veinte kilómetros alrededor de la Unidad Sanitaria. Las Unidades Móviles las componían: un médico general, un auxiliar de enfermería, un inspector sanitario y un chofer. Entre las funciones principales que realizaban era la consulta médica preventiva para personas de todas las edades, acciones sanitarias ambientales (mejora de fuentes de agua, promoción de la construcción de 6 http://www.minae.go.cr/tramites/requisitos/oficina_contralor_ambiental.html 15 letrinas sanitarias y de higiene de la vivienda, promoción en la producción de alimentos en huertos familiares o comunales y la creación de comités de salud.7 Con la Ley 5412 de noviembre de 1973 cambia el nombre de Ministerio de Salubridad Pública a Ministerio de Salud. En el año 1985 se cambia el nombre de Unidades Sanitarias a Centros de Salud. En el año 1990 surge el “Proyecto Reforma del Sector Salud” y es hasta mayo de 1993 que se publica el documento que contenía los siguientes componentes: a) Rectoría y Fortalecimiento del Ministerio de Salud b) Readecuación del Modelo de Atención. c) Fortalecimiento Institucional de la CCSS d) Financiamiento del Sistema Nacional de Salud. e) Modalidades de Organización y Administración de los Servicios de Salud. f) Sistema de Información Sectorial. g) Sistema Sectorial de Suministros. h) Recursos Humanos. El Ministerio de Salud en función de ente rector, actúa en dos áreas complementarias: La Rectoría de la Producción Social de la Salud y Gestión Intrainstitucional, mediante el ejercicio de la Rectoría se entrega a la población los servicios que son la razón de ser como Ente Rector de la Salud. El Ministerio de Salud tiene definidos tres Niveles de Gestión un Nivel Central, Nivel Regional y Nivel Local. El Nivel Central constituye el nivel político-estratégico y técniconormativo de la institución que determina, forma y garantiza el cumplimiento de 7 Entrevista a MSc Hannia Barahona Urtado y Licda. Margarita Barrientos Matamoros funcionarias de alta trayectoria en el Área Rectora de Salud Carmne-Merced –Uruca. 16 políticas, reglamentos, normas, lineamientos, directrices, planes proyectos, procedimientos y sistemas institucional brinda y que supervisión aseguran la capacitante implementación al Nivel estratégico Regional y el acompañamiento técnico según corresponda a Nivel Regional y Local. El Nivel Regional constituye el nivel político-táctico y enlace entre el Nivel Central y el Nivel Local, brinda supervisión capacitante y acompañamiento al Nivel Local. El Nivel Local constituye el nivel político-operativo de la institución para la ejecución de las funciones rectoras y está representado por las Áreas Rectoras de Salud. A nivel del Ministerio de Salud en la Dirección de Atención al Cliente en los años 90 se diseñó el formulario para interponer la denuncia con los procedimientos de recepción y registro con la clasificación de su tipología. En esta Dirección se atendían las denuncias de actividades de mayor complejidad, las de menor complejidad eran atendidas en los niveles regionales y locales. A partir de los años 2000 en adelante la Institución sufrió un cambio organizacional importante entre sus aspectos más relevantes se destacó la desconcentración para la atención de denuncias, las mismas pasan a ser resueltas a nivel del Area Rectora de Salud (Nivel Local), con el apoyo técnico del Nivel Regional, ya que este Nivel cuenta con el Recurso Humano calificado para la atención de casos de mayor complejidad. Rectoría y Fortalecimiento del Ministerio de Salud. El objetivo de este componente es hacer énfasis en la Función Rectora del Ministerio de Salud para garantizar los principios fundamentales de universalidad, solidaridad, en el financiamiento, integralidad en la atención de salud y equidad en el acceso a los servicios. 17 Esta función rectora para que se operativice utiliza cuatro funciones estratégicas: Dirección, coordinación y conducción, -Vigilancia y planificación de la salud, Regulación, control y evaluación, -Investigación y desarrollo tecnológico. Además por su alcance social y político el Ministerio de Salud desarrolló tres programas de salud pública: -alimentación y nutrición, -salud ambiental, promoción de la salud. Cada uno de esos programas fue desarrollados e implementados de forma permanente, con impacto y gran importancia para la población a la cual se involucró, logramos observar que la salud ambiental siempre tuvo prioridad, por la problemática que representa para la salud pública si no es controlado y protegido de forma responsable. Constituye una responsabilidad fundamental del Ministerio de Salud; ya que su misión es “garantizar la protección y mejoramiento del ambiente humano, mediante el ejercicio de la rectoría sobre las personas físicas y jurídicas que intervienen en el control de los factores físicos, químicos, biológicos y sociales capaces de convertirse en riesgos a producir efectos negativos para la salud de las personas”. El Ministerio de Salud de Costa Rica es una institución pública, encargado de la rectoría de la salud pública y su misión es: “Garantizar la protección y el mejoramiento del estado de salud de la población, mediante el ejercicio efectivo de la rectoría y el liderazgo institucional, con enfoque de promoción de la salud y participación social inteligente, bajo los principios de transparencia, equidad, solidaridad y universalidad.” Como cualquier otra institución pública el Ministerio de Salud (en adelante para efectos prácticos MINSA) para su funcionamiento, la regulación y el cumplimiento del rol rector que le corresponde, lo realiza mediante la investigación y análisis del marco regulatorio, en concordancia con la Constitución Política de la República, 18 leyes, tales como Ley General de Salud, Ley Orgánica del Ministerio de Salud, Ley General de Administración Pública, Ley de Control Interno, Ley de Enriquecimiento Ilícito, Ley 8220 Ley de Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos, Decretos y Reglamentos tales como: Reglamento General de Permisos Sanitarios de Funcionamiento, Reglamento de Servicios de Alimentación al Público, Reglamento de Control de Ruido y Vibraciones, Reglamento de Basuras, entre otros, circulares, directrices, normas, protocolos, y otros instrumentos que permiten el diseño, evaluación, control y monitoreo de procesos técnicos y administrativos del sistema de salud, en los subsistemas público, privado y otros, para garantizar estándares de calidad en la provisión de los servicios de salud, con el fin de lograr el mejoramiento continuo del nivel de salud de la población. Todo ello teniendo como referencia permanente la Política del Gobierno en lo general y la Política de Salud en lo particular”. Procedimiento de interposición de denuncias sanitarias y ambientales A pesar de las diferentes transformaciones que ha venido teniendo el Ministerio de Salud, a Nivel Local la gran demanda se concentra en la función de Regulación, donde se atienden aspectos relacionados con habilitación de establecimientos de salud, industria, comercio y servicios, cuyos procesos generan contaminación en aire, agua y suelo y por ende gran demanda de denuncias. Cuando el ciudadano desee presentar una denuncia o queja por alguna situación que amenace la salud propia o de la población, debe acercarse cualquiera de los tres niveles de gestión del Ministerio para interponer la denuncia respectiva. Cuando la denuncia se interpone en el Nivel Central o Regional se procede por medio de un oficio, a trasladar lo denunciado al Área Rectora que le corresponde según ubicación geográfica (Límites y contactos de Direcciones de Áreas Rectoras de Salud). 19 La denuncia puede ser presentada por escrito o cualquier otro medio que le permita explicar al funcionario de atención al cliente su demanda, para eso puede utilizar el Formulario de presentación de denuncias (Guía Presentación de Denuncias) Para llenar este formulario puede ayudarse con la guía de llenado (Guía para llenado de formulario de presentación de denuncias), junto con cualquier otra información adicional que permita aclarar su petición, o que corresponde a la ubicación física del establecimiento denunciado.8 1.3.2 Descripción del Lugar El Área Rectora de Salud cubre geográfica tres distritos del Cantón Central de la Provincia de San José, distribuido de la siguiente manera: Distrito: El Carmen, es un pequeño pero importante distrito ubicado al norte-noreste del cantón central de San José. Área de 1.49 kilómetros cuadrados. Compuesto por los barrios: Amón, Aranjuez, California, Empalme, Escalante y Otoya. Con una población aproximada de 3.360 habitantes, la principal actividad económica es comercio, servicios y vivienda. Distrito: La Uruca, se ubica al noroeste de la ciudad de San José, limitando con la provincia de Heredia y con el cantón de Tibás al norte, con Mata Redonda al oeste y con el centro de San José al sur. La Uruca es un área industrial y residencial al oeste de la capital costarricense. Tiene un área de 8,35 kilómetros cuadrados, una población aproximada de 27317 habitantes y su principal actividad económica es la industria y vivienda. 8 http://www.ministeriodesalud.go.cr/index.php/servicios-denuncias-ms 20 “Su origen era básicamente cafetalero. Prueba de ello son los remanentes de los grandes cafetales que se focalizan en la parte central. Posteriormente fue evolucionando su sector industrial, el cual se convertiría en su principal actividad. Es caracterizado por la gran cantidad de zonas industriales aglomeradas en él. Es frecuente encontrar ventas de autos, maquinaria industrial, maquinaria agrícola, entre otros. Concentra actualmente el 70% de las industrias automotoras del país. Algunos de sus asentamientos son La Peregrina, Las Magnolias, Barrio Carranza, El Robledal, Los Gobernantes, Barrio Corazón de Jesús, Sector Hospital, Bajo los Ledezma, Ciudadela La Carpio y otros. Estos son producto de diseños de desarrollo urbano de alta densidad llevados a cabo en los años 60s y 70s (excepto La Carpio que es más reciente), y presentan extensiva zonas de jardín y recorridos peatonales, aunque poseen relativamente pocas facilidades para vehículos automotores. La Uruca también presenta un alto tránsito vehicular durante gran parte del día, pues es una zona de paso entre San José y HerediaAlajuela, lo que ha hecho que pierda cualidades como zona residencial debido a la contaminación atmosférica y sónica, por lo que se ha detenido el desarrollo habitacional en la región. Entre sus principales sitios históricos se localizan las viviendas cercanas a la plaza de deportes, el espacio restante del antiguo beneficio de café donde actualmente se localiza Abonos Agro, la iglesia de la Natividad de la Santísima Virgen María, creada en 1978 por el Padre Gómez, que presenta vitrales de los años 20, realizados en Alemania, el edificio de la antigua lechería, localizado en el Residencial El Robledal, entre otros. 21 Cuenta con varios centros educativos que incluye los siguientes: Escuela La Peregrina, Escuela Antonio José de Sucre, Escuela Rosither Carballo, Escuela Finca La Caja, Escuela Otto Hubbe, Liceo Julio Fonseca Gutiérrez. Otra actividad que caracteriza a La Uruca lo es la hotelería, concentra varios hoteles de importantes cadenas internacionales como lo es el Hotel San José Palacio (de la cadena hotelera española Barceló) y Hotel Best Western Irazú. Otros sitios de importancia para la población y este distrito son el Hospital México y el Parque Nacional de Diversiones. “Distrito: Merced: es un importante distrito ubicado al sur-oeste del cantón central de San José. Área de 2.29 kilómetros cuadrados. Compuesto por los barrios: Bajos de la Unión, Claret, Coca Cola, Iglesia Flores, Las Luisas, Mántica, México, Paso de la Vaca, Pitahaya y Rincón de Cubillos. Con una población aproximada de 13.676 habitantes, la principal actividad económica es comercio. Entre las instituciones más importantes se encuentran el Banco Nacional de Costa Rica, Banco Central de Costa Rica, Correos de Costa Rica. Entre los lugares turísticos y que refleja cultura de nuestro país está: Centro Costarricense de la Ciencia y la Cultura (Museo de los Niños), Mercado Central, Mercado Borbón, Iglesia de la Merced, Parque Braulio Carrillo” 9 El trabajo de investigación se está desarrollando en el Área Rectora de Salud Carmen- Merced-Uruca organizacionalmente se ubica en el Ministerio de Salud de Costa Rica y depende administrativa y técnicamente de la Dirección Regional de 9 :http://www.comitedeportessanjose.com/index.phpoption.com_contentviewarticleid125Itemid206 22 Rectoría de la Salud Central Sur, es una de las diecinueve Áreas Rectoras de Salud que pertenece a esta Dirección Regional, se ubica geográficamente en la Provincia de San José, Cantón Central, Distrito Carmen, costado oeste del Hotel Holiday Inn, antiguas instalaciones de Departamento Lucha Anti-venérea. Actualmente el Área Rectora cuenta con una población trabajadora de 18 funcionarios en total, distribuidos de la siguiente forma: funcionario del proceso de Atención al Cliente, cuatro profesionales de Gestión Ambiental y un Ingeniero Civil encargados del proceso de Regulación de la Salud que son los que realizan las inspecciones, para atención de denuncias, permisos sanitarios de funcionamiento, casos relacionados con el control, prevención, seguimiento de situaciones de contaminación y problemas relacionados con el ambiente, físico sanitarios y estructurales, entre otros. Y el resto de funcionarios distribuidos en diferentes procesos que organizacionalmente le corresponde cumplir al Área Rectora de Salud. La articulación con el cliente interno y externo se realiza por medio de la aplicación y el desarrollo de la rectoría apegado a la legislación vigente, por medio de los equipos de atención al cliente de los tres niveles de gestión (Central, Regional y Local) mediante el contacto directo cliente interno y externo-institución, recibiendo todas las denuncias dando la atención requerida concluyendo con el informe técnico y la correspondiente orden sanitaria, sin embargo, no existe la cultura organizacional que permita dar seguimiento a estos casos para verificar el cumplimiento de lo ordenado y en consecuencia la solución del problema que nos permita cierre o no de los casos, y de esta forma cumplir con las demandas o expectativas de los clientes. Después de realizar el análisis de antecedentes internacionales y nacionales se encuentra similitud con el procedimiento realizado en nuestro país, en el ámbito de la presentación de denuncias a nivel de las diferentes instancias estatales encargadas de velar por la salud de la población. 23 Los niveles locales del Ministerio atienden con oportunidad los problemas. denunciados, no obstante, la carencia de recurso humano, infra-estructura y tecnología con que cuentan las diferentes Áreas Rectoras de Salud, no permite el seguimiento, control y resolución del problema denunciado por la población. Es importante indicar que la Legislación Nacional marca competencias de acción según las funciones que a cada ente le corresponde intervenir por la salud pública. Esto se logra visualizar en el análisis realizado en los cuatro entes y la forma particular para la canalización y gestión de la atención de denuncias sanitarias y ambientales de cada uno de ellos. Problemática que nos permita plantear la siguiente interrogante. 1.4 Problema “¿Es eficiente y eficaz el servicio de atención a las denuncias sanitarias y ambientales interpuesta en el Área Rectora de Salud Carmen-Merced-Uruca en el año 2010? 1.5 Importancia y Justificación La falta de lineamientos y de procedimientos estandarizados en el Área Rectora en estudio ocasiona la falta de una programación que haga el abordaje del seguimiento de los Actos Administrativos ordenados para resolver lo denunciado, por lo que esta investigación permitirá delimitar el problema, además aportará los cuatro procedimientos que servirán como herramienta para que el Area Rectora cumpla con el seguimiento y control de las Denuncias Sanitarias y ambientales y por consiguiente mejorar su imagen y su organización. Al no haber seguimiento de las denuncias, el denunciante se ve obligado a interponer en las diferentes instancias la misma denuncia, a efecto de buscar solución a su problema, que le está ocasionando perjuicios a su salud, la falta de 24 existencia de un sistema informático que unifique el registro de todas las denuncias presentadas en los tres niveles (Central, Regional y Local), no permite determinar el estado en que se encuentra la atención, seguimiento y control de cada caso específico. Esta situación provoca lo siguiente: 1. Aumento en gastos administrativos. 2. Aumento de Costos. 3. Deterioro de la imagen de la institución. 4. Implicaciones legales. (recursos de apelación, recursos de amparo, contencioso administrativo, entre otros.) Con la presente investigación lo que se busca es encontrar posible solución a la problemática que actualmente enfrenta el Área de Salud en estudio, por medio de la reorganización del procedimiento existente con la propuesta de un nuevo procedimiento que abarque no solo la atención inicial de la denuncia, sino también el seguimiento, y cierre correspondiente de los casos denunciados y la notificación oportuna de la intervención y labor que como institución se está realizando. 25 1.6 Objetivos 1.6.1 Objetivo General Analizar la eficiencia y eficacia en la atención de denuncias sanitarias interpuestas en el Área Rectora de Salud Carmen-Merced-Uruca en el año 2010. 1.6.2 Objetivos Específicos 1. Identificar las denuncias sanitarias más frecuentes en el Área de estudio. 2. Determinar la trazabilidad interna de las denuncias sanitarias en el Área de estudio. 3. Verificar el procedimiento de programación de las inspecciones en el Área Rectora. 4. Determinar los tiempos de respuesta y la calidad en la atención de las denuncias sanitarias en el Área de estudio. 5. Plantear una estrategia de mejora para el proceso de atención de las denuncias sanitarias en el Área Rectora de Salud Carmen-Merced-Uruca. CAPÍTULO II MARCO TEÓRICO 27 CAPÍTULO II MARCO TEÓRICO Para el desarrollo de la investigación se incluyeron diferentes conceptos que permitan dar claridad y una visión general del tema de control y seguimiento en la atención de las denuncias sanitarias y ambientales y la conceptualización permitirá enfocar el tema de lo general a lo particular. En el marco conceptual se presenta los conceptos relacionados con la investigación y en el fundamento teórico se visualizará los conceptos generales. 2.1 Organización Idalberto Chiavenato, extremadamente menciona heterogéneas que y las organizaciones diversas, cuyo son tamaño, características, estructuras y objetivos son diferentes. Esta situación, da lugar a una amplia variedad de tipos de organizaciones que los administradores y empresarios deben conocer para que tengan un panorama amplio al momento de estructurar o reestructurar una organización. Organizaciones Formales: Este tipo de organizaciones se caracteriza por tener estructuras y sistemas oficiales y definidos para la toma de decisiones, la comunicación y el control. El uso de tales mecanismos hace posible definir de manera explícita dónde y cómo se separan personas y actividades y cómo se reúnen de nuevo. Según Idalberto Chiavenato, la organización formal comprende estructura organizacional, directrices, normas y reglamentos de la organización, rutinas y procedimientos, en fin, todos los aspectos que expresan cómo la organización pretende que sean las relaciones 28 entre los órganos, cargos y ocupantes, con la finalidad de que sus objetivos sean alcanzados y su equilibrio interno sea mantenido10 El Ministerio de Salud está formado pon una organización formal que se rige por el cumplimiento de la Ley General de Salud, Ley General de Administración Pública, Ley General de Control Interno, Reglamentos, Decretos, Directrices y Procedimientos para alcanzar de esa forma el cumplimiento de objetivos metas y con su función rectora como tal. 2.2 Planificación Definición según Idalberto, Chiavenato "La planificación es una técnica para minimizar la incertidumbre y dar mas consistencia al desempeño de la empresa." Según David, Ewing "La planificación es en gran medida la tarea de hacer que sucedan cosas que de otro modo no sucederían" La planificación es la primera función administrativa porque sirve de base para las demás funciones. Esta función determina por anticipado cuáles son los objetivos que deben cumplirse y que debe hacerse para alcanzarlos; por tanto, es un modelo teórico para actuar en el futuro. La planificación comienza por establecer los objetivos y detallar los planes necesarios para alcanzarlos de la mejor manera posible. La planificación determina dónde se pretende llegar, qué debe hacerse, cómo, cuándo y en qué orden debe hacerse. 10 http://www.promonegocios.net/empresa/tipos-organizaciones.html 29 Las premisas de la planificación. 2.2.1. Características de la planificación Las características más importantes de la planificación son las siguientes: a) Es un proceso permanente y continuo: no se agota en ningún plan de acción, sino que se realiza continuamente en la empresa. b) Está siempre orientada hacia el futuro: la planificación se halla ligada a la previsión. c) Busca la racionalidad en la toma de decisiones: al establecer esquemas para el futuro, la planificación funciona como un medio orientador del proceso decisorio, que le da mayor racionalidad y disminuye la incertidumbre inherente en cualquier toma de decisión. d) Busca seleccionar un curso de acción entre varias alternativas: la planificación constituye un curso de acción escogido entre varias alternativas de caminos potenciales. e) Es sistemática: la planificación debe tener en cuenta el sistema y subsistemas que lo conforman; debe abarcar la organización como totalidad. 30 f) Es repetitiva: incluye pasos o fases que se suceden. Es un proceso que forma parte de otro mayor: el proceso administrativo. Es una técnica de asignación de recursos: tiene por fin la definición, el dimensionamiento y la asignación de los recursos humanos y no humanos de la empresa, según se haya estudiado y decidido con anterioridad. Es una técnica cíclica: la planificación se convierte en realidad a medida que se ejecuta. A medida que va ejecutándose, la planificación permite condiciones de evaluación y medición para establecer una nueva planificación con información y perspectivas más seguras y correctas. Es una función administrativa que interactúa con las demás; está estrechamente ligada a las demás funciones – organización, dirección y control – sobre las que influye y de las que recibe influencia en todo momento y en todos los niveles de la organización. Es una técnica de coordinación e integración: permite la coordinación e integración de varias actividades para conseguir los objetivos previstos. Es una técnica de cambio e innovación: constituye una de las mejores maneras deliberadas de introducir cambios e innovaciones en una empresa, definidos y seleccionados con anticipación y debidamente programados para el futuro11. Como entidad pública que es el MINSA y para cumplir con la programación de actividades anuales, se rige por le Instrumento de Programación de Actividades (IPA), que es aplicado en los tres niveles de gestión con actividades según 11 http://www.monografias.com/trabajos35/la-planificacion/la-planificacion.shtml#def 31 corresponda, de acuerdo al manual de funciones institucional. En el caso de la atención de denuncias sanitarias y ambientales deben ser planificadas, por medio de la programación de inspecciones para ser atendidas en tiempo y espacio, por lo anterior es importante hacer un abordaje de este concepto. 2.3 Procedimientos Son planes por que establecen un método o forma habitual para manejar actividades futuras, es decir, son planes relacionados con métodos de trabajo o ejecución. Sirven como guías de acción más que de pensamiento pues señalan cómo deben hacerse ciertas actividades. Usualmente los procedimientos corresponden a planes operacionales y se representan a través de flujo gramas de trabajo. Es importante recordar que los procedimientos sobrepasan la línea departamental, es decir, que pasan del departamento de producción al departamento de ventas, al de finanzas, etc.12 Para el MINSA es importante que los procedimientos para el desarrollo de las actividades rectoras sean validados por el Nivel Local y oficializados, para que se estandaricen los procesos a nivel nacional. 2.4 Método El método es fundamental para toda acción, el cual puede definirse como la manera prescrita para el desempeño de una tarea dada con consideración adecuada del objetivo, instalaciones disponibles y gastos totales de tiempo, dinero y esfuerzo. 12 http://www.monografias.com/trabajos35/la-planificacion/la-planificacion.shtml#def 32 Un método trata con una tarea que comprende un paso en un procedimiento y específica como se va ejecutar este paso, por lo general esta confinado a un departamento y con frecuencia a los esfuerzos de un empleado que se dedica a una tarea especifica.13 En el Ministerio de Salud para realizar cada función esencial, funciones de regulación vigilancia, para cumplir en general con el rol rector lo realiza utilizando métodos y procedimientos establecidos, y de esa forma cumplir con las políticas institucionales, leyes, reglamentos, normas, lineamientos, directrices, planes proyectos, asegurando la implementación estratégico institucional. Además de lo anterior descrito, por medio de la organización, planifica por medio de cronogramas para brindar la supervisión capacitante al Nivel Regional y el acompañamiento técnico según corresponda a Nivel Regional y Local. Para efectos de la investigación de tomaron en cuentas conceptos de los problemas más frecuentes que aqueja a la población situada en el Área Rectora de Salud Carmen-Merced-Uruca 2.5 Aguas Negras El término agua residual define un tipo de agua que está contaminada con sustancias fecales y orina, procedentes de desechos orgánicos humanos o animales. Su importancia es tal que requiere sistemas de canalización, tratamiento y desalojo. Su tratamiento nulo o indebido genera graves problemas de contaminación. A las aguas residuales también se les llama aguas servidas, fecales. Son residuales, habiendo sido usada el agua, constituyen un 13 http://www.monografias.com/trabajos35/la-planificacion/la-planificacion.shtml#def 33 residuo, algo que no sirve para el usuario directo; la diferencia entre aguas servidas y aguas residuales en el sentido que las primeras solo provendrían del uso doméstico y las segundas corresponderían a la mezcla de aguas domésticas e industriales. En todo caso, están constituidas por todas aquellas aguas que son conducidas por el alcantarillado e incluyen, a veces las aguas de lluvia y las infiltraciones de agua del terreno.14 La principal problemática que ante el Ministerio se denuncia es que una persona denuncie a otra porque al disponer sus aguas presentan fugas en: sistemas de drenajes, tanques sépticos, sistemas de tuberías y caños para canalizar aguas, desnivel de una propiedad a otra, las aguas pluviales (lluvia) se filtran por paredes, pisos, techos generando problemas sanitarios. 2.6 Contaminación de Alimentos: Alimento: Se entiende por alimento y por producto alimenticio, para los efectos legales y reglamentarios, toda sustancia o producto natural o elaborado, que al ser ingerido por el hombre proporcione al organismo los elementos necesarios para su mantenimiento, desarrollo y actividad, y todo aquel que, sin tener tales propiedades, se consuma por hábito o agrado. Se consideran alimentos para los mismos efectos, los aditivos alimentarios, entendiéndose por tales toda sustancias o producto natural o elaborado, que poseyendo o no cualidades nutritivas, se adicione a los alimentos para coadyuvar, modificar o conservar sus propiedades. 14 http://es.wikipedia.org/wiki/Aguas_negras. De Wikipedia, la enciclopedia libre Contaminación con Aguas Negras. 15 febrero 2011. 34 Alimentos adulterados: Se considera adulterado, para los efectos legales y reglamentarios, todo alimento: a. Que contenga una o varias sustancias extrañas a su composición reconocida y autorizada. b. Al que se le haya extraído parcial o totalmente cualquiera de sus componentes haciéndoles perder o disminuir su valor nutritivo. c. El que haya sido adicionado, coloreado, o encubierto en forma de ocultar sus impurezas o disimular su inferior calidad. d. Al que se le haya agregado un aditivo alimentario no autorizado por el Ministerio. Alimento Alterado o Deteriorado: Se entiende por alimento alterado o deteriorado, para los efectos legales de esta ley y sus reglamentos, aquel que por cualquier causa natural ha sufrido perjuicio o cambio en sus características básicas, químicas o biológicas. Alimento Contaminado: Se considera alimento contaminado, para los efectos legales y reglamentarios, aquel que contenga microorganismos patógenos, toxinas o impurezas de origen orgánico o mineral repulsivas, inconvenientes o nocivas para la salud, Se presumirá contaminado el alimento que sea producto de una elaboración, envase o manipulación realizados en condiciones sanitarias defectuosas o en contravención a las disposiciones legales o reglamentarias. Alimento Falsificado: Se estimará falsificado, para los efectos legales y reglamentarios, todo alimento: 35 a. Que se designe o expenda bajo nombre o calificativo que no le corresponda. b. Cuyo envase o rotulación contenga cualquier diseño o rotulación ambigua o falsa que induzca a error al público, respecto de su calidad, ingredientes o procedencia. c. Que se comercie o distribuya sin haber sido registrado debidamente, cuando esto corresponda reglamentariamente, o cuando habiendo sido registrado, ha sufrido modificaciones no autorizadas.15 La mayoría de denuncias tramitadas en el Área Rectora de Salud son las siguientes: Alimento contaminado, con objetos extraños tales como vidrios, insectos, alimentos en mal estado, mala manipulación de alimentos, condiciones físico sanitarias y de higiene deficientes para manipulación de alimentos, problemas de almacenamiento de alimentos que provocan contaminación entre los mismos, entre otras cosas. Una vez ingresada la denuncia en el Área Rectora de Salud se procede a programar la inspección para verificación de lo denunciado por el administrado. Cuando se trata de contaminación de un alimento y el quejoso presenta el producto lo que se toma son los datos del número de lote, fecha de vencimiento, fecha de elaboración, presentación para proceder a decomisar lo que este en el mercado y de esa forma evitar la propagación de la contaminación, y se le giran los actos administrativos al establecimiento fabricante del alimento. Cuando se trata de condiciones deficientes de higiene y malas prácticas de manufactura se visita el lugar denunciado para verificar las buenas prácticas de manufactura, se revisar las condiciones de higiene, documentales, físico sanitarias 15 Decreto Ejecutivo N° 19479-S Reglamento de Servicios de Alimentación al Público. 36 y estructurales y se procede a girar los actos administrativos (ordenes sanitarias) correspondientes. 2.7 Condiciones Físico Sanitarias Deficientes En este apartado se colocaron las diferentes denuncias interpuestas por los denunciantes, por diversas situaciones que presentan problemas de salud pública a la población tales como: Falta de higiene en buses, servicios sanitarios sucios, soda sin lavamanos, sanitario, servicio sanitario en hacinamiento, mal estado, condiciones mínimas falta de servicio sanitarias, no accesibilidad a servicios sanitarios en una segunda planta, no accesibilidad personas discapacitadas, falta de higiene, no contar con los servicios públicos básicos, trabajar en condiciones ruinosas, no se cuenta con áreas de no fumado, condiciones de estructuras deterioradas, Infraestructura mala, vectores, Desorden y desaseo, insalubridad y condiciones deficientes en soda, construcción de dos mega torres.16 2.8 Contaminación por Ruido Ruido: “Sonido o conjunto de sonidos mezclados y desordenados, indeseables o perturbantes que afecte psicológica, físicamente o de cualquier otra manera al ser humano o que exceda las limitaciones reglamentarias establecidas”. 16 Base de datos Área Rectora de Salud Carmen-Merced-Uruca 37 Contaminación Sónica: “Cualquier emisión de sonido que afecte adversamente la salud de los seres humanos” 17 Entre las denuncias más frecuentes interpuestas en el Área Rectora de Salud está las relacionadas con el ruido, o contaminación sónica, por lo general provenientes de diferentes fuentes generadoras tales como, actividad industrial (química, alimentaria, talleres, bodegas), actividades comerciales: (bares, restaurantes, discotecas) habitacionales (viviendas, condominios, urbanizaciones) agroindustria (porcinas, beneficios de café), servicios (iglesias). Existe un procedimiento publicado oficialmente mediante Decreto Ejecutivo N° 32692-S, para la realización de las mediciones sónicas que el funcionario del proceso de Regulación de la Salud de cada Área Rectora de Salud debe seguir, de esa forma verificar si el problema de riesgo, sobrepasa los límites establecidos por la legislación vigente, si surge positivo el problema, el procedimiento establece las pautas a seguir y los requisitos que el denunciado debe presentar ante la autoridad de salud para subsanar el riesgo verificado entre lo que se le ordena al administrado presentar un plan de confinamiento de ruido para controlar, eliminar o corregir el problema existente, el Área Rectora, le corresponde dar el seguimiento para confirmar el cumplimiento de lo ordenado mediante los actos administrativos girados. Si cuando se realiza la medición sónica los resultados de los niveles de presión sonora no sobrepasan los límites permitidos, se le notifica al denunciante de los resultados obtenidos y se cierra el caso. 2.9 Malos olores Se entiende por contaminación de la atmósfera para los efectos legales y reglamentarios, el deterioro de su pureza por la presencia 17 Decreto ejecutivo N° 32692-S Procedimiento para Medición de Ruido 38 de agentes de contaminación, tales como partículas sólidas, polvo, humo, vapor, gases, materias radiactivas y otros, que el Ministerio defina como tales, en concentraciones superiores a las permitidas por las normas de pureza del aire aceptadas internacionalmente y declaradas oficiales por el Ministerio. Se estima contaminación del aire, para los mismos efectos, la presencia de emanación o malos olores que afecten la calidad del ambiente, perjudicando el bienestar de las personas. Será asimismo considerada como contaminación atmosférica la emisión de sonidos que sobrepasen las normas aceptadas internacionalmente y declaradas oficiales por el Ministerio.18 De acuerdo a lo antes descrito en la Ley General de Salud menciona que es responsabilidad del Ministerio el control y el accionar para corregir problemas de contaminación que se puedan generar y afecten la salud pública, y es por medio de las Áreas Rectoras de Salud que se realiza. En el Área Rectora de Salud en estudio las denuncias que los administrados interponen por lo general fueron generadas por desechos sólidos en lotes baldíos, humo y gases generados por el tránsito vehicular, emisiones e inmisiones en industrias químicas, olores generados por disposición final inadecuada de las aguas negras, servidas y residuales, entre otros. No existen equipos especializados para medir los niveles de olores, ni existe parámetros o niveles permisibles o legislación específica aplicable, por lo que cada Área Rectora de Salud utiliza procedimientos diferentes y no estandarizados para la atención y seguimiento de casos, el accionar se realiza por medio de visitas e inspecciones a los sitios del denunciante y del denunciado y los resultados son variados de acuerdo a criterios muy subjetivos del funcionario responsable de atender el caso. 18 Artículo 294 de la Ley General de Salud 39 2.10 Desechos sólidos “Los desechos sólidos son todos los desechos que proceden de actividades humanas y de animales que son normalmente sólidos y que se desechan como inútiles o indeseados”19 Clasificación de desechos sólidos: orgánicos, tóxicos, hospitalarios, peligrosos, radiactivos, inorgánicos, químicos, domésticos, biodegradables, industriales, entre otros. Desechos sólidos orgánicos: son una parte importante de los desechos sólidos municipales. La mayoría se originan principalmente dentro de los hogares, en los comercios, y de forma secundaria en instituciones y centros industriales. Desechos sólidos industriales son parte de la recogida selectiva de residuos domésticos y similares, pero los términos y condiciones de tratamiento son los mismos, estos residuos no tienen agentes tóxicos o peligrosos y la manipulación o el almacenamiento no requieren precauciones especiales. Desechos sólidos tóxicos pueden ser causa de varios efectos nocivos sobre la salud de los seres humanos y otras especies de animales. En general, los desechos sólidos tóxicos pueden deteriorar desde los suelos, pasando a la cadena alimenticia y acabar llegando, por supuesto, al hombre. 19 http://www.bvsde.paho.org/eswww/fulltext/curso/desechos/desec-01.html desechos sólidos - principios de ingeniería y administración. george tchobanoglous, hilary theissen y rolf eliassen mérida, venezuela– 982.capítulo 1. 40 Desechos sólidos hospitalarios son desechos que provienen del uso de la medicina, también conocidos como residuos clínicos. Se refiere normalmente a los productos de desecho que no pueden considerarse residuos en general, desechos infecciosos son los análisis de sangre, aquellos instrumentos potencialmente contaminados, como agujas y bisturís producidos a partir de la atención sanitaria en locales, tales como los hospitales. Desechos sólidos peligrosos El término comprende a los desechos peligrosos derivados de todos los productos químicos tóxicos, materiales radiactivos, biológicos y de partículas infecciosas. Desechos radiactivos son los tipos de residuos que contienen elementos químicos radiactivos y que no tienen un propósito práctico. Por lo general son productos de los procesos nucleares, tales como la fisión nuclear. Sin embargo, las industrias no están directamente vinculadas a la industria nuclear y pueden producir grandes cantidades de residuos radiactivos. La mayoría de los residuos radiactivos son "de bajo nivel de residuos", lo que significa que contienen bajos niveles de radiactividad por masa o por volumen. Este tipo de residuos consiste a menudo en ropa de protección utilizada, que esta sólo ligeramente contaminada, pero que todavía es peligrosa en caso de contaminación radiactiva de un cuerpo humano a través de la ingestión, inhalación, absorción, o inyección. Desechos inorgánicos: son aquellos desechos cuya elaboración proviene de materiales que son incapaces de descomponerse o que tardan tanto en hacerlo que sería inútil considerarlos como tales. 41 Desechos químicos: son un problema que acarrea muchos gastos a las industrias, debido a las sustancias químicas nocivas que producen en sus procesos de fabricación. Desechos sólidos domésticos: también llamados residuos sólidos urbanos, son un tipo de residuo que incluye principalmente los residuos domésticos (basura doméstica) a veces con la adición de productos industriales procedentes de un municipio o de una zona determinada. Desechos sólidos biodegradables: son aquellos desechos que se pueden descomponer por medio de la acción de microorganismos, a través de un sistema natural aeróbico. Estos graciosos animalillos tan útiles son: por ejemplo las lombrices, los hongos y las bacterias. Los Desechos sólidos biodegradables son aquellos desechos que se pueden descomponer por medio de la acción de microorganismos, a través de un sistema natural aeróbico. Estos graciosos animalillos tan útiles son: por ejemplo las lombrices, los hongos y las bacterias. De esta forma, conseguimos que este tipo de desechos puedan ser utilizados de nuevo dentro de la naturaleza, para que todos los componentes vuelvan de nuevo a la cadena alimentaria. Aquellos desechos que no pueden ser desglosados por otros organismos vivos pueden ser llamados no biodegradables. Los residuos biodegradables se pueden encontrar comúnmente en los residuos sólidos municipales (a veces llamados residuos municipales biodegradables) como los residuos verdes, residuos de alimentos, residuos de papel y plásticos biodegradables. Otros 42 residuos biodegradables son los desechos humanos, el estiércol, aguas residuales, y desechos de matadero.20 Tratamiento A través de una adecuada gestión de residuos, pueden ser convertidos en productos valiosos para el compostaje, o para la generación de energía, tales como los procesos de digestión anaerobia y la incineración. La digestión anaerobia es el proceso en el cual los microorganismos descomponen el material biodegradable en la ausencia de oxígeno. Como parte de un integrado sistema de gestión de residuos, la digestión anaeróbica reduce la emisión de gases del vertedero a la atmósfera. 2.11 Funcionamiento Ilegal En este apartado se colocaron las diferentes denuncias interpuestas por los denunciantes, por diversas situaciones de ilegalidad de funcionamiento tales como: Tienen el lugar abierto y éste estaba clausurado, supuesto fraude de permisos del Ministerio de Salud, sin permiso de Funcionamiento, traslado a otro edificio, venta de licores sin permiso, producto sin registro sanitario, no tienen rótulo ni parqueo, venta de productos naturales sin registro, venta de producto sin registro, Prostíbulos funcionan sin permiso, venta de medicamentos sin permiso, venta de medicamentos y armas sin registro, realizar exámenes clínicos sin control, entre otros. 20 http://www.desechos-solidos.com 19 de febrero de 2011 43 El rubro se define por tratarse de casos variados y con poca frecuencia, esta clasificación se realiza solamente para efectos de la investigación ya que en ningún otro proceso institucional se encontrará. 2.12 Vectores o Plagas En este apartado se toman en cuenta todas las denuncias interpuestas contra establecimiento o casas que son fuente de contaminación por no controlar ni exterminar las plagas o vectores, causando la propagación a los vecinos, y según el artículo 331 de la Ley General de Salud le corresponde al administrado el control y exterminio de la fauna nociva y dice textualmente lo siguiente: “Toda persona, queda obligada a evitar o eliminar las condiciones favorables para la persistencia o reproducción de las especies de la fauna nociva para el hombre en los bienes de su propiedad o a su cuidado. Deberá asimismo proceder al exterminio de esos animales ciñéndose a las normas que el Ministerio ordene y utilizando los productos aprobados o los servicios de personas autorizadas” 2.13 Tenencia de Animales Según el Artículo 195 de la Ley General de Salud “la tenencia de animales sólo será permitida cuando no amenace la salud o la seguridad de las personas y cuando el lugar en que se mantienen reúna las condiciones de saneamiento que exija el reglamento, a fin de que no constituya foco de infección, criadero de vectores de enfermedades transmisibles o causa de molestias o de insalubridad ambiental”. 44 Cuando el problema denunciado tiene que ver con la salud del animal, condiciones en que lo mantienen y del posible riesgo a contaminar la salud humana es el Servicio Nacional de Salud Animal (SENASA) del Ministerio de Agricultura y Ganadería que le corresponde intervenir y atender lo denunciado. Cuando lo denunciado tiene que ver con la contaminación del ambiente, a vecinos por la disposición final de las excretas o desechos sólidos y líquidos, ruido generado por los ladridos del animal, propagación de vectores generados por la tenencia de animales es competencia del Ministerio de Salud atender lo denunciado. Cuando la denuncia es interpuesta ante Ministerio de Salud y no es competencia su atención, se procede a trasladar la denuncia a SENASA y se le envía una copia al denunciante o se le hace un informe y se le notifica que su caso se trasladó a esa institución para su atención, y de esa forma ante el MINSA se cierra el caso. 2.14 Aguas Pluviales, Servidas y Residuales Según Artículo 275 “queda prohibido a toda persona natural o jurídica contaminar las aguas superficiales, subterráneas y marítimas territoriales, directa o indirectamente, mediante drenajes o la descarga o almacenamiento, voluntario o negligente, de residuos o desechos líquidos, sólidos o gaseosos, radiactivos o no radiactivos, aguas negras o sustancias de cualquier naturaleza que, alterando las características físicas, químicas y biológicas del agua la hagan peligrosa para la salud de las personas, de la fauna terrestre y acuática o inservible para usos domésticos, agrícolas, industriales o de recreación”. Según Artículo 276 “sólo con permiso del Ministerio podrán las personas naturales o jurídicas hacer drenajes o proceder a la descarga de residuos o desechos sólidos o líquidos u otros que puedan contaminar el agua superficial, subterránea, o 45 marítima, ciñéndose estrictamente a las normas y condiciones de seguridad reglamentarias y a los procedimientos especiales que el Ministerio imponga en el caso particular para hacerlos inocuos”. Según Artículo 277 “se prohíbe a toda persona natural o jurídica las acciones que puedan producir la contaminación o deterioro sanitario de las cuencas hidrográficas que sirvan a los establecimientos de agua para el consumo y uso humano”. Según Artículo 292 “queda prohibido en todo caso la descarga de las aguas negras, de las aguas servidas y de residuos industriales al alcantarillado pluvial. El Ministerio queda facultado para restringir, regular, o prohibir la eliminación de productos sintéticos no biodegradables a través de los sistemas de recolección de excretas, aguas negras y servidas.” De acuerdo a los artículos antes descritos el Ministerio le corresponde por medio de las Áreas Rectoras de Salud controlar y dar seguimiento para la disposición final adecuada de las aguas pluviales, servidas y residuales, de tal forma que no contaminen el ambiente ni las cuencas hidrográficas. Por lo anterior es que la población se convierte en un indicador de importancia al denunciar ante las oficinas correspondientes, cuando cualquier habitante no este cumpliendo con la Legislación Sanitaria. Según manifiesta el Ingeniero Cristhian Masis Sánchez Ingeniero Biotecnólogo o Ingeniero en Biotecnología, ex funcionario del Ministerio de Salud, las coloraciones se considera como técnica no invasivas por lo siguiente: La coloración es el procedimiento empleado por el Ministerio de Salud para determinar la filtración o infiltración de aguas de tipo 46 residual (ordinarias o especiales), que no se encuentran encausadas adecuadamente o que por el tiempo o factores naturales el sistema propuesto y empleado no trabaja adecuadamente, es un procedimiento de trabajo no invasivo ya que no afecta las unidades existentes del sistema ni se debe realizar ruptura del inmobiliario, simplemente se vierte dentro del recorrido normal de las aguas la fluoresceína y se espera su aparición en las aguas a estudiar, si es el caso. Conforme a la legislación nacional las aguas de tipo ordinario o especiales deben de poseer un sistema que garantice su traslado, (canalización) almacenamiento, tratamiento y disposición final, de forma adecuada. Por lo tanto, se refiere a que se de sin afectar el ambiente, la salud, las acciones y actividades de terceros o el bienestar humano.21 Esto se puede comprobar mediante la legislación vigente que establece que todo ente generador debe de poseer un sistema de tratamiento y deberá de presentar un reporte operacional (excepción de las viviendas unifamiliares este ultimo) para garantizar el adecuado tratamiento de las aguas.22 (Ver enunciado de sistemas de tratamiento de aguas residuales). 21 Artículos 263, 275, 285, 286, 287, 288, 289, 290, 291 y 292 de la Ley General de Salud. 22 Artículos 4 y 5 del Reglamento de Vertido y Reuso de Aguas Residuales. 47 LA FLUORESCEINA (C20H10O5Na2) La fluoresceína o fluoresceína sódica (C20H10O5Na2) es un sólido de color rojo anaranjado que al disolverse en agua toma una tonalidad verdosa. La fluoresceína absorbe radiación de 494nm y emite luz de 521nm de longitud de onda lo que corresponde a una tonalidad amarilloverdosa muy intensa. La fluorescencia de esta sustancia está condicionada por el pH, el rango de emisión es de 5 a 9. Los medios muy ácidos inhiben la emisión de luz así como los medios muy alcalinos Las pruebas de coloraciones se realizan mediante el uso de un producto químico denominado fluoresceína sódica, el cual presenta las siguientes características: es un polvo higroscópico de color naranja rojizo. Al solubilizarlo en agua se toma una coloración fluorescente verde-amarillo muy intensa, perceptible aún por debajo de las 0.02 ppm cuando es iluminado por luz UV. La coloración de fluoresceína desaparece cuando la solución esta en medio acido y reaparece en medio neutro o alcalino, por lo cual es un factor a tomar en consideración de acuerdo a las aguas que se realice la prueba de coloración. De ahí la importancia de este producto por su alta dilución y su indicación en las aguas residuales, sin embargo debe de ser acompañado por equipo de luz ultravioleta y equipo de medición de pH, ya que es la forma de indicación técnica real. 48 El procedimiento para determinar las respectivas coloraciones se establece de la siguiente manera: 1. Se disuelve una pequeña cantidad de fluoresceína sódica en agua, se vierte el contenido con fluoresceína en la unidad a muestrear (ya sea inodoros, caja de registro, lavatorios, tanque sépticos, caño u otro) previamente aclimatada y de la cual se cree que se presenta la filtración o infiltración de aguas residuales que afecta al administrado o terceros. 2. Se complementa la dilución mediante el corrido de más agua por el sistema, por medio del uso normal de la unidad (verter el servicio sanitario, abrir la llave del inodoro o agregando agua extra al sistema) con la finalidad de saturar el elemento y facilitar la dilución y el recorrido de la molécula de fluoresceína, agilizando su aparición en caso de ser positivo. 3. Se espera la posible aparición de la fluoresceína en la zona afecta a estudiar, se evidencia la misma mediante el empleo de luz UV, sobre el efluente, hasta denotarse la luminiscencia característica de la fluoresceína. 4. Se anotan los datos y de ser necesario se toma una muestra para ser verificada en el área rectora de salud. 49 2.15 Otras Afectaciones a la Salud En este apartado se colocaron las diferentes denuncias interpuestas por los denunciantes, por diversas situaciones que presentan problemas de salud pública a la población tales como: Sin regente, contaminación de agua para consumo humano, tanque de gas sin protección, árbol genera riesgo, menores habitan en charral, solo cuenta con una salida de emergencias, indigente peligroso, tintas de tatuajes producen afectaciones en la piel, uso de productos químicos, entre otros. El rubro se define por tratarse de casos variados y con poca frecuencia, esta clasificación se realiza solamente para efectos de la investigación ya que en ningún otro proceso institucional se encontrará. 2.16 Trazabilidad Interna “La trazabilidad interna actúa sobre los procesos internos de una empresa y tiene en cuenta la composición del producto, su manipulación, las maquinarias utilizadas y otros factores. La trazabilidad externa, por su parte, añade otros elementos o indicios para externalizar los datos de la traza interna. La trazabilidad está compuesta por procedimientos pre-establecidos que permiten conocer la trayectoria de un producto, desde su nacimiento hasta su ubicación actual en la cadena de suministros. Es posible distinguir entre dos tipos trazabilidad cuando se busca conocer el estado de un producto que circula dentro de una cadena logística.” En el caso que nos ocupa “denuncias ambientales y sanitarias” es el análisis de la gestión del trámite desde el momento de ingreso en la ventanilla única del Área Rectora de Salud, traslado, asignación por parte de la Dirección, programación de inspección, realización de inspección, acta de inspección, resolución, orden 50 sanitaria, notificación, archivo y actualización de expediente, foliado, programación de la inspección de seguimiento, realización de inspección de seguimiento, resolución de cierre de caso y notificación, o caso contrario redactar por escrito denuncia y elevarla a la fiscalía y su respectiva notificación. Enviar el expediente del caso al archivo foliado, actualizado y rotulado. 2.17 Tiempos de Respuesta Según la Ley General de Administración Pública Ley 6227 de 2 de mayo de 1978 Artículo 256.1. Los plazos por días, para la Administración, incluyen los inhábiles. 2. Los que son para los particulares serán siempre de días hábiles. 3. Los plazos empezarán a partir del día siguiente a la última comunicación de los mismos o del acto impugnable, caso de recurso. 4. En el caso de publicaciones esa fecha inicial será la de la última publicación, excepto que el acto indique otra posterior. Artículo 261.1. El procedimiento administrativo deberá concluirse, por acto final, dentro de los dos meses posteriores a su iniciación o, en su caso, posteriores a la presentación de la demanda o petición del administrado, salvo disposición en contrario de esta ley. 51 2. Para tramitar la fase de revisión por recurso ordinario contra el acto definitivo habrá el término de un mes contado a partir de la presentación del mismo. 3. Si al cabo de los términos indicados no se ha comunicado una resolución expresa, se entenderá rechazado el reclamo o petición del administrado en vista del silencio de la Administración, sea para la interposición de los recursos administrativos procedentes o de la acción contenciosa en su caso, esto último en los términos y con los efectos señalados por el Código Procesal Contencioso-Administrativo. Ref. por Ley 8508 de 28 de abril de 2006. Artículo 262.- Los actos de procedimiento deberán producirse dentro de los siguientes plazos: a) Los de mero trámite y la decisión de peticiones de ese carácter, tres días; b) Las notificaciones, tres días contados a partir del acto de que se trate o de producidos los hechos que deben darse a conocer; c) Los dictámenes, peritajes, e informes técnicos similares, diez días después de solicitados; d) Los meros informes administrativos no técnicos, tres días después de solicitados. Para analizar los tiempos de respuesta en la atención de las denuncias sanitarias en el Área de estudio, se realizó con la información de la base de datos de registro del trámite de denuncia, el instrumento de programación de inspecciones y la revisión del archivo técnico, se archiva por consecutivo cronológico de acuerdo a casos ingresados al Área Rectora de Salud, en el mismo se logra visualizar los tiempos de respuesta para cada caso específico en los casos de expedientes actualizados. 52 Se adjunta copia de la base de datos utilizada por el Área Rectora de Salud para el registro de las denuncias en el anexo N° 1 y el instrumento de programación de inspecciones en el anexo N° 2. 2.18 Calidad del servicio La investigación se realizó con base en encuestas y entrevistas cuyos resultados reflejan la situación actual del Area Rectora de estudio, desde dos ópticas diferentes: denunciantes y funcionarios de salud. Las instituciones de servicios son entidades que realizan actividades tendientes a satisfacer las necesidades de los usuarios de una manera efectiva, es decir, optimizando los recursos para hacer productiva a las instituciones y brindando servicios de calidad. La gestión de calidad se evidencia en una buena planificación organizacional y el cumplimiento de los procedimientos apegados a la normativa existente, estos elementos servirán de guía para un aprovechamiento eficiente de los recursos además de superar los objetivos planteados23. Para determinar la calidad del servicio que presta la institución a través del Área de estudio se aplicó una encuesta de satisfacción al cliente confeccionado solamente para efectos del estudio, se adjunta en el anexo N ° 3. 23 http://www.monografias.com/trabajos14/servpublicos/servpublicos.shtml 53 2.19 Eficiencia vs Eficacia La eficacia tiene que ver con resultados, está relacionada con lograr los objetivos. La eficiencia, en cambio, se enfoca a los recursos, a utilizarlos de la mejor manera posible. ¿Se puede ser eficiente sin ser eficaz? ¿Qué tal ser eficaz sin ser eficiente? La respuesta a ambas interrogantes es afirmativa Ambos términos son etimológicamente similares; su significado en el diccionario de la academia es prácticamente idéntico, pero hace tiempo que en las modernas escuelas de negocios se vienen utilizando para definir dos diferentes comportamientos. La Eficiencia es la habilidad para conseguir cosas con la menor inversión posible de recursos. Se centra en el método, en el mejor sistema y el tiempo más corto para hacer bien lo que se hace. Se centra en como hacer las cosas. La Eficacia es la habilidad para alcanzar los objetivos que se establecen con la menor inversión posible, a la vez que el uso inteligente de recursos. Se centra en los resultados. La eficiencia es condición necesaria pero no suficiente para la eficacia. Las cuatro condiciones esenciales de la eficacia son: Llevar un control del transcurso del tiempo, y manejar el disponible de forma sistemática. Enfocarse hacia los resultados y no hacia el trabajo. No preguntarse ¿qué trabajo tengo que hacer? Sino ¿qué resultados se esperan de mí? 54 Trabajar sobre lo prioritario, sobre lo que nos acerca a los objetivos y en un orden de mayor a menor. Tomar decisiones basadas en la comparación de alternativas24. Efectividad: "Cuantificación del logro de la meta". Compatible el uso con la norma; sin embargo, debe entenderse que puede ser sinónimo de eficacia cuando se define como "Capacidad de lograr el efecto que se desea". 24 24 http://www.tuobra.unam.mx/publicadas/020829171632-EFICACIA.html. CAPÍTULO III MARCO METODOLÓGICO 56 CAPÍTULO III MARCO METODOLÓGICO 3.1 Tipo de investigación El presente estudio constituye una investigación de tipo descriptivo, que comprende la descripción, registro, análisis, e interpretación de los datos actuales y la composición de los procesos. El alcance de la misma es de tipo transversal porque la recolección de los datos, se realizó en un momento dado y es parte de la realidad de la Institución. 3.2 Área de estudio El estudio se realizó en el Área Rectora de Salud Carmen-Merced-Uruca. 3.3 Sujeto de Estudio Denuncias sanitarias y ambientales interpuestas en el Área Rectora de Salud Carmen-Merced-Uruca en el año 2010 3.4 Objeto de estudio La eficiencia y eficacia en la atención de las denuncias sanitarias y ambientales en el Área Rectora de Salud Carmen-Merced-Uruca 3.5 Población y muestra La población estudiada fueron las denuncias sanitarias y ambientales presentadas en año 2010 en el Área Rectora de Salud Carmen-Merced-Uruca Para determinar la eficiencia del seguimiento de las denuncias por parte del Área Rectora se analizó una muestra de Expedientes Técnicos de un 35% de las denuncias presentadas en el Área Rectora de Salud en estudio a saber: 1.- Aguas Negras 2. Contaminación de Alimentos 57 3.-Deficiencias Físico-Sanitarias 4.- Ruido 5.- Malos olores 6.- Desechos Sólidos 7.- Otras denuncias que afectan la salud-ambiente 3.6 Fuentes de información Es el lugar del que emanan los conceptos, las ideas y los pensamientos que sirven para la creación de nuevo conocimiento. Para la recolección de la información se utilizaron fuentes primarias y secundarias. 3.6.1 Fuentes primarias Una fuente primaria es aquella que provee un testimonio o evidencia directa sobre el tema de investigación. 25 Los métodos para recopilar la información son las entrevistas, sesiones de grupo, observación y encuestas entre otros, de estos la más común o útil es la encuesta Dentro de las fuentes primarias tenemos: a. Base de datos Área Rectora de Salud Carmen-Merced-Uruca b. Las entrevistas no estructuradas personalizadas aplicadas c. Expedientes de las Denuncias más frecuentes en el Área de estudio. 3.6.2 Fuentes secundarias Son documentos que compilan y reseñan la información publicada en las fuentes primarias. 25 http://bibliotecavirtualut.suagm.edu/Instruccion/fuentes.htm 58 Dentro de las fuentes secundarias utilizadas se incluyen: material didáctico, informes y otra documentación, entre las cuales se pueden mencionar: a. Información consultada vía Internet sobre el control y seguimiento de las denuncias sanitarias. b. Leyes y reglamentos c. Protocolos operativos que se involucran en la gestión y trazabilidad de la denuncia como lo son: Guía de la presentación de la denuncia, recepción de documentos, traslado de correspondencia, programación de inspección, notificación, notificaciones d. Tesis en Salud 3.7 Sujetos de información a. Personal del Área Rectora Carmen, Merced, Uruca del Ministerio de Salud. b. Funcionarios del Ministerio Salud de amplia trayectoria. Para la ejecución del primer objetivo, se utilizó información suministrada por el Ministerio de Salud- Región Central Sur. Área Rectora de Salud Carmen-MercedUruca, Se aplicó entrevista no estructurada a la Trabajadora Social y a la Enfermera, funcionarias de mayor antigüedad de laborar en el Área de estudio, para indagar sobre los antecedentes y el procedimiento que se utilizaba en la atención de denuncias sanitarias y ambientales. También se entrevistó a la Directora del Area Rectora de Salud para conocer el procedimiento que actualmente se desarrolla. Para desarrollar la investigación se recurrió al uso de diferentes fuentes y la consulta de varios sujetos. 59 El Ministerio de Salud por medio de la Dirección de Atención al Cliente cuenta con un protocolo operativo denominado MS-AC-FA-P-F-01”Guía de Presentación Denuncias”, Anexo N°4 lo que permite es registrar información sobre el denunciado, la dirección exacta de la denuncia, tipo de actividad, tipo de denuncia, una descripción breve de lo que se esta denunciando y los datos de la persona que esta interponiendo la denuncia. Esta guía sirvió de base para analizar las denuncias objeto de esta investigación y clasificarlas por tipo. Anexo N°4. Para el segundo objetivo se utilizó la entrevista no estructurada aplicada a la Directora del Área quien explica el procedimiento que se sigue desde que ingresa la denuncia en la Ventanilla Única hasta la inspección en campo, para la verificación de la misma. Asimismo, se tomó la información de la base de datos utilizada para el registro de las denuncias sanitarias y ambientales, que contempla los siguientes indicadores: Número de registro, fecha de ingreso, nombre del denunciante, nombre del denunciado, dirección exacta de la denuncia, distrito, tipo de denuncia, funcionario asignado, semana programada, número de informe, número de orden sanitaria y plazo de vencimiento de la orden sanitaria Anexo N°1. En el tercer objetivo la verificación del procedimiento de programación de inspecciones para la atención de denuncias sanitarias, se realizó un análisis de la herramienta (Control documentación diaria de ventanilla y Control, de Programación Semanal), Anexo N° 2 utilizada por el Área Rectora para la programación de inspecciones de los cuatro funcionarios del proceso de Regulación, que contiene los siguientes indicadores. Número de documento, entregado por, fecha de entrega, recibido por, fecha de recibido, recibido por dirección (fecha y firma), estado y seguimiento. Esta herramienta permitió verificar que efectivamente el Area Rectora de Salud programa semanalmente las inspecciones, para atender las denuncias ingresadas cumpliendo con los plazos establecidos por Ley. 60 En el cuarto objetivo para el análisis de tiempo de respuesta y calidad de la atención de las denuncias sanitarias y ambientales se procedió a revisar la base de datos “Registro de las denuncias sanitarias y ambientales”, con el objetivo de determinar la fecha de ingreso de la denuncia, se revisó el instrumento de programación de inspecciones para verificar la semana en que se programó la inspección inicial, se procedió a revisar una muestra de 100 expedientes para verificar el procedimiento seguido: Fecha de inspección tomada del acta ocular, orden sanitaria o acto administrativo con su respectiva notificación y los medios utilizados para la notificación al denunciante. Además se aplico la encuesta de satisfacción al cliente, Anexo N° 3 para verificar la calidad de servicio. Quinto Objetivo Plantear la estrategia de mejora para el proceso atención de denuncias, se analizaron los procedimientos utilizados por el Área Rectora para determinar las oportunidades de mejora, las medidas correctivas necesarias en aras de optimizar el funcionamiento y trazabilidad de los procesos ejecutados en el área de estudio, para desarrollar este objetivo, se analizaron los procedimientos y protocolos oficiales de la Institución para desarrollar cuatro procedimientos (protocolos) ha implementar en el Area Rectora de Salud y mejorar la calidad del servicio. Se toma como referencia de la página Web del Ministerio de Salud la Guía para confección de Protocolos para estructurar la propuesta de los protocolos en ese formato. 61 3.8 Operacionalización de Variables Es la desagregación de los objetivos describiendo como se desarrolla cada paso para obtener los resultados deseados. Cuadro Nº 1 Operacionalización de las variables Objetivo Identificar las denuncias sanitarias más frecuentes en el Área de estudio Variables Frecuencia de denuncias Definición Definición Instrumentos conceptual Operacional de recolección -Clasificación de las denuncias presentadas según tipología -Cantidad de denuncias recibidas por tipología Determinar la trazabilidad interna de las denuncias sanitarias en el Área de estudio. El curso seguido de la denuncia desde que ingresa hasta que es atendida -Procedimientos de trabajo -Aplicación de Protocolos operativos - Las Denuncias Sanitarias y Ambientales se organizan en grupos según su afinidad y se clasifican según el tipo de reclamo. Indicador Base de datos 2010 de Denuncias Interpuestas en el Área Rectora de Salud CarmenMerced-Uruca del año 2010. Cantidad de denuncias recibidas Instrumento de Programación de inspecciones semanal de denuncias. Y protocolos operativos Fecha de ingreso - Los grupos de Denuncias que tengan más de un 10% de frecuencia son grupos independientes Implementación de procedimientos y protocolos operativos de recepción, registro, traslado, programación de inspecciones, notificación de denuncias de la denuncia/ Fecha de salida de la denuncia. 62 Objetivo Variables Verificar el procedimiento de programación de las inspecciones en el Área Rectora. Programación Semanal de las inspecciones Determinar los tiempos de respuesta y la calidad en la atención de las denuncias sanitarias en el Área de estudio Tiempos de respuesta para la atención de las denuncias sanitarias Definición Definición Instrumentos conceptual Operacional de recolección Cumplimiento de la programación semanal Programación semanal de denuncias. Registro de denuncias programadas. - Plazos de atención en cumplimiento con los 30 días según la Ley General de Administración Pública. - Cierre de casos por denuncias resueltas 3.9 - Revisión de expedientes de gestión de las denuncias sanitarias y ambientales, base de datos de registros de las denuncias y el instrumento de programación de las inspecciones - Encuesta satisfacción al cliente Expedientes - Base de datos - Expedientes - Instrumento de programación de Inspecciones - Encuesta Indicador Cantidad de denuncias programadas /Cantidad de denuncias ingresadas Total de inspecciones efectivas /Total de denuncias ingresadas Cantidad de denuncias resueltas/ Cantidad de denuncias atendidas Diseño de técnicas e instrumentos Entre las herramientas y técnicas utilizadas como apoyo para recolectar la información y desarrollar la investigación se utilizaron como fuentes primarias: 3.9.1 Observación y Análisis La observación y análisis se realizó en una muestra del 35% de los expedientes de las denuncias más frecuentes interpuestas en el Área Rectora de Salud. 63 Para el análisis se estudiaron los expedientes tomando en cuenta el número consecutivo de la denuncia ingresada, el tipo de denuncia identificando lo siguiente: a. Si la denuncia fue atendida b. Fecha de inspección, para verificar la oportunidad de la atención c. Si consta en el expediente: copia del Acta de Inspección Ocular, copia del estudio técnico, oficio o la resolución, copia de la Orden Sanitaria Girada, copia del Acta de Notificación. 3.9.2 Encuestas Encuesta de satisfacción al cliente aplicada a 17 clientes externos y una entrevista no estructurada aplicada a tres funcionarios del Área Rectora de Salud de estudio 3.9.3 Uso de la Información Existente Para desarrollar el proyecto se requirió la búsqueda de información existente o de fuente secundaria generada en el Ministerio de Salud en el Área Rectora que nos ocupa, entre la que se cuentan: a. Oficios y resoluciones, actas de inspección, ordenes sanitarias y boletas de notificación relacionados con el tema del control y seguimiento de las Denuncias Sanitarias y Ambientales. b. Aplicación de protocolos operativos de atención al cliente. c. Preparaciones de citas de inspección. d. Programación semanal de inspecciones e. Base de datos de registro de denuncias 64 Indicadores De acuerdo con el Modelo Estándar de Control Interno [1], los Indicadores son un Elemento de Control, conformado por un conjunto de mecanismos necesarios para la evaluación de la gestión de toda organización. Se presentan como un conjunto de variables cuantitativas y/o cualitativas sujetas a la medición, que permiten observar la situación y las tendencias de cambio generadas en la entidad, en relación con el logro de los objetivos y metas previstos. Los Indicadores son una herramienta para evaluar y controlar la gestión organizacional y comparar los resultados alcanzados en relación con lo programado, para determinar las posibles desviaciones, con el fin de identificar e implementar las acciones preventivas y correctivas necesarias para el cumplimiento de los planes y metas establecidas, a continuación se mencionan algunos de los indicadores trabajados en la investigación. Indicadores de gestión % denuncias atendidas / de denuncias recibidas, % denuncias resueltas / denuncias atendidas Indicador de impacto Cantidad de establecimientos con mejoras / cantidad de establecimientos denunciados. Cantidad de establecimientos clausurados / cantidad de establecimientos denunciados. 3.9.4 Estudio de Información Generada La información fue analizada en forma preliminar conforme se obtuvo, clasificándola de acuerdo con los objetivos planteados. CAPÍTULO IV ANÁLISIS DE LA INFORMACIÓN 66 CAPÍTULO IV ANÁLISIS DE LA INFORMACIÓN En el Área Rectora de Salud Carmen-Merced-Uruca, del Ministerio de Salud, se han realizado intentos muy importantes de organización interna para cumplir con oportunidad con eficacia y eficiencia la atención de denuncias. 4.1 Tipos de Denuncias Interpuestas en el Área de Estudio Cuadro 2 Cantidad de Denuncias interpuestas en el Área Rectora de Salud Carmen-Merced- Uruca en el año 2010 según Tipo de Denuncia TIPO DENUNCIA CANTIDAD VALOR RELATIVO Aguas Negras 57 17,48466258 Contaminación Alimentos 48 14,72392638 Condiciones Físico Sanitarias Deficientes 38 11,65644172 Ruido 32 9,81595092 Malos Olores 33 10,12269939 Desechos Sólidos 23 7,055214724 Funcionamiento Ilegal 21 6,441717791 Por Vectores (Plagas) 16 4,90797546 Tenencia de Animales 15 4,601226994 Aguas Pluviales, Servidas y Residuales 18 5,521472393 Otras Afectaciones a la Salud y el Ambiente 25 7,668711656 326 100 TOTAL Fuente: Base Datos de Registro Denuncias Área Rectora de Salud Carmen Merced Uruca 67 Gráfico 1 Cantidad de Denuncias interpuestas en el Área Rectora de Salud Carmen-Merced- Uruca en el año 2010 según Tipo de Denuncia Fuente: Cuadro N°2 Base Datos de Registro Denuncias Área Rectora de Salud Carmen Merced Uruca 68 Entre las denuncias más frecuente están las siguientes: Aguas negras es uno de los problemas de salud pública más denunciado por la población que solicita la intervención, de trescientos veintiséis denuncias que ingresan, el 17 % corresponden a esta tipología En segundo lugar se registran las denuncias por contaminación de alimentos, con un 15%, siendo las mas frecuentes las correspondientes a manipulación de alimentos en forma insegura, contaminación por insectos u otro cuerpo extraño, entre otros. En tercer lugar de importancia están las denuncias por condiciones físico sanitarias deficientes con un 12%, dentro de estas; infraestructura deficiente, ausencia de servicios sanitarios, incumplimiento de la Ley 7600, entre otras. Con un 10 % aparecen las denuncias causadas por ruido en establecimientos que desarrollan espectáculos públicos, por ladridos de perros, pitoreta del tren y equipos de sonido a altos niveles sónicos. Los malos olores aparecen con un 10% correspondiente a inadecuada disposición de: aguas, desechos sólidos, tenencia de animales en forma salubre. En el rubro que se denominó “otras afectaciones a la salud y el ambiente” con un 7%. En éste se ubica farmacias sin regente, contaminación de agua para consumo humano y seguridad e higiene ocupacional, entre otras. La disposición inadecuada de desechos sólidos, ocupa un 5%. Dentro de esta tipología se incluyen, desechos en la vía pública, lotes baldíos, acequias, y ríos, entre otros. El tipo de desechos que disponen por lo general en esos sitios es variable, desde muebles, equipos, metales, desechos orgánicos, animales muertos. 69 Funcionamiento ilegal con un 6%, es un rubro que para efectos de la investigación se utilizó, Se incluyen: problemas legales contra establecimientos o personas físicas dentro de ellos, funcionamiento de un establecimiento con una orden de clausura vigente, venta de medicamentos, alimentos, cosméticos sin registro, funcionamiento sin permiso sanitario que lo autorice, entre otras cosas. En menor importancia se encontró denuncias por plagas o vectores, que resultó un total 5% en general son generados por conflictos vecinales. Tenencia de animales con 5%. Es importante aclarar que al Ministerio de Salud le corresponde lo referente a la contaminación generada por los mismos y que pueda afectar la salud de la población, con respecto a SENASA le corresponde lo relacionado con la salud del animal y los derivados de los mismos. Las filtraciones de aguas pluviales, servidas y residuales resultaron con un 6% y presentan por la indebida canalización y tratamiento ocasionando problemas a los vecinos más próximos del responsable de su generación. Es importante mencionar que la única forma de demostrarle legalmente al denunciado que efectivamente está causando problemas a su vecino es mediante la prueba de coloración, y solamente de esa forma es que se puede girar y ordenar los actos administrativos para que corrija y solucione de esta forma el problema generado. Para realizar este estudio se seleccionaron del total de las denuncias (326) los primeros cien expedientes, correspondientes a las denuncias interpuestas desde el 04 de enero hasta el 15 de abril del 2010, con el propósito de realizar el análisis de la trazabilidad, eficacia y eficiencia de la gestión del Área Rectora de Salud con respecto a las denuncias. 70 Cuadro N°3 Muestra de expedientes analizados por tipo de denuncia interpuesta durante el año 2010 en el Área Rectora de Salud Carmen-Merced-Uruca Tipo de Denuncia Frecuencia Expedientes Porcentaje analizado por tipo Absoluta Analizados Aguas Negras 57 15 8,55% Contaminación Alimentos 48 19 9,12% Ruido 32 12 3,84% Malos Olores 33 8 2,64% 38 10 3,80% 25 9 2,25% Desechos Sólidos 23 4 0,92% Funcionamiento Ilegal 21 7 1,47% Por Vectores(Plagas) 16 5 0,80% Tenencia de animales 15 3 0,45% 18 8 1,44% 326 100 35,28% Condiciones Físico Sanitarias Deficientes Otras afectaciones a la salud y el ambiente Aguas Pluviales, Servidas y Residuales Total de denuncia Fuente: Expedientes Archivo de Gestión Area Rectora de Salud Carmen-Merced-Uruca 71 Gráfico N°2 Muestra de expedientes analizados por tipo de denuncia interpuesta durante el año 2010 en el Área Rectora de Salud Carmen-Merced-Uruca Fuente: Cuadro N°3 Se tomó una muestra de las primeras cien denuncias interpuesta en el Área Rectora de Salud de estudio: - De 57 casos denunciados durante el año 2010 se hizo un análisis de 15 expedientes correspondientes a Aguas Negras equivalentes al 8,55% de los casos denunciados. - De 48 casos denunciados durante el año 2010, se hizo un análisis de 19 expedientes correspondientes a Contaminación Alimentos, equivalente al 9.12% de los casos denunciados. 72 - De 32 casos denunciados durante el año 2010 se hizo un análisis de 12 expedientes correspondientes a Ruido equivalente a 3.84% de los casos denunciados. - De 33 casos denunciados durante el año 2010 se hizo un análisis de 8 expedientes correspondientes a Malos Olores equivalente al 2,64% de los casos denunciados. - De 38 casos denunciados durante el año 2010, se hizo un análisis de 10 expedientes correspondientes a Condiciones Físico Sanitarias Deficientes equivalente al 3,80% de los casos denunciados. 4.2 Trazabilidad Interna de las Denuncias Sanitarias y Ambientales en el Área de Estudio. No obstante, la trazabilidad de la solicitud una vez asignado el caso al funcionario responsable no está estandarizado, por ejemplo no existe una unificación de un procedimiento para: la realización de la inspección, el acta de inspección, el oficio técnico o resolución, orden sanitaria, seguimiento de las órdenes sanitarias y cierre de caso. Por lo anterior a nivel nacional y cada Área Rectora de Salud lo realiza de acuerdo a su capacidad y recursos. El servicio que presta la institución es a la población en general, sectores económicos industrial, comercial, servicios de salud pública y privada, entre otros. Para la trazabilidad de la gestión de la denuncia en el Área Rectora de Salud se procede de la siguiente manera: 73 Flujograma N°1 74 1. Una vez que ingresa la denuncia se registra en una base de datos por medio de una hoja de Excel. 2. Posteriormente se traslada a la oficina de la Dirección del Área Rectora de Salud quien se encarga de hacer la asignación de cada caso al funcionario respectivo. 3. Esta asignación se traslada al asistente administrativo quien hace la programación de inspecciones de acuerdo a la agenda de cada Gestor Ambiental responsable de realizar la inspección. 4. Una vez programada la inspección se distribuye a los funcionarios responsables. 5. Cuando se realiza la inspección el Gestor Ambiental realiza el acta de inspección ocular y notifica al interesado en el sitio. 6. El Gestor confecciona el informe técnico que se lo dirige a la Dirección de Área Rectora de Salud y en forma simultánea le adjunta a la Dirección la orden sanitaria redactada de acuerdo al informe técnico. 7. El Gestor Ambiental completa el acta de notificación con copia del informe técnico o resolución y la orden sanitaria original dirigida al interesado para su respectiva notificación. 8. El Gestor Ambiental procede a notificar al interesado copia de la resolución o informe técnico y la orden sanitaria correspondiente. 9. El Gestor Ambiental traslada copia del acta de notificación, orden sanitaria y resolución o informe técnico, al responsable de la programación que los ubica en forma consecutiva en su escritorio. para posteriormente programar la inspección de seguimiento, sin embargo se pudo constatar durante la investigación que dicha programación no se realiza. 75 10. Como resultado de esta situación el expediente no se actualiza, no se hace el cierre de caso y además no existe un documento actualizado que permita verificar la eficiencia, eficacia y oportunidad de respuesta institucional. 11. El archivo esta organizado por orden cronológico de ingreso de la denuncia. 26 Este archivo es manejado por un funcionario encargado de la gestión de la información, Presenta una debilidad importante ya que no está actualizado, la capacidad instalada es insuficiente y solamente cuenta con una funcionaria para la actualización y mantenimiento del mismo. Por la cantidad de casos ingresados no hay capacidad para realizar el trabajo con eficiencia, eficacia y oportunidad, lo que puede generar consecuencias legales, tales como: recursos de apelación, recursos de amparo o contencioso administrativo. 26 Fuente: entrevista personalizada a la Directora del Área Rectora de Salud Carmen-Merced-Uruca: Dra. Carolina Guillén Meléndez. Y observación de campo 76 Cuadro N°4 Estado actual de expedientes de la denuncia interpuesta en el Área Rectora de Salud del año 2010 por tipo de denuncia. CANTIDAD TIPO DENUNCIA EXPEDIENTES ANALIZADA CASO CERRADO PENDIENTE PENDIENTE SEGUIMIENTO EXPEDIENTE NO APARECE AGUAS NEGRAS 15 7 5 3 CONTAMINACION ALIMENTOS 19 9 3 7 CONDICIONES FISICO SANITARIOS 12 3 3 5 RUIDO 12 4 4 4 MALOS OLORES 8 4 2 2 DESECHOS SOLIDOS 4 1 3 FUNCIONAMIENTO ILEGAL 5 3 POR VECTORES (PLAGAS) 5 1 2 TENENCIA DE ANIMALES 3 1 2 AGUAS SERVIDASPLUVIALES-RESIDUALES 8 2 3 3 OTRAS AFECTACIONES A LA SALUD Y AL AMBIENTE 9 1 5 2 1 100 35 30 33 2 TOTAL EXPEDIENTES ANALIZADOS 1 2 2 Fuente: Expedientes de denuncias 2010 del archivo Área Rectora de Salud Carmen-MercedUruca 77 Gráfico N°3 Estado actual de expedientes de la denuncia interpuesta en el Área Rectora de Salud de estudio del año 2010 analizados por tipo de denuncia. Fuente: Cuadro N°4 En el cuadro anterior se puede visualizar el estado en que se encuentra la información con respecto a la gestión de las denuncias mostrando lo siguiente: - De los cien expedientes revisados intervención. el 33% no tienen ningún tipo de 78 Un 30% se le hace una primera visita pero no se le da el seguimiento - correspondiente. - Un 35% muestra el cierre de los casos - Un 2% no aparece el expediente. Según información de la Dirección de Área el 100% de las denuncias son atendidas, lo que existe es una desactualización de expedientes, de los casos analizados. 4.3 Procedimiento que utiliza en el Área Rectora de Salud para la Programación de Inspecciones Cuadro N° 5 Cantidad de inspecciones realizadas según fecha de programación de inspecciones, tomando en cuenta los cien expedientes analizados como muestra del estudio Inspección Inspecciones en la misma Realizadas semana programada 52 40 Inspección en Inspección la semana Realizada con siguiente tiempos mayores a de la dos semanas de programada programación 4 8 No consta en expediente 48 Total expedientes analizados 100 Fuente: Archivo y Bases de Datos del Área Rectora de Salud Carmen-Merced-Uruca 79 Gráfico N°4 Cantidad de inspecciones realizadas según fecha de programación de inspecciones, tomando en cuenta los cien expedientes analizando como muestra del estudio Fuente: Programación de Inspecciones Se realizó un análisis de la Base de datos utilizada en ventanilla única para registro de la correspondencia, el instrumento de programación semanal de inspecciones y el archivo técnico, a fin de verificar el cumplimiento de la programación de inspecciones, como se puede apreciar en cuadro anterior lo siguiente: - Un 40% de las inspecciones programadas se hace efectiva en las fechas establecidas. - Un 48% no consta en expediente, reflejando una debilidad en la actualización de expedientes 80 - Un 12% de las inspecciones programadas no cumplen con la fecha preestablecidas en la programación de inspecciones. Para la programación de inspecciones se utiliza un instrumento de programación semanal que contiene los siguientes aspectos: Un encabezado que incluye: funcionario que realiza la programación, fecha de la programación y funcionario que recibe, Firma de Recibido. Además en una tabla incluye lo siguiente: Número de documento, Tipo de documento: Permiso Sanitario de Funcionamiento, Denuncia, otros, Asunto/Nombre del Establecimiento, Resultados: Número de Informe, Número Orden Sanitaria, Número Permiso Sanitario de Funcionamiento, Fecha y Firma de Recibido y Fecha y Firma de Recibido de la Dirección. Anexo N°2. Además de la tabla anterior, la responsable de Ventanilla Unica utiliza una matriz para registrar la documentación ingresada diariamente, al Area Rectora. La misma es trasladada a la Dirección del Area Rectora para la asignación correspondiente. Anexo N°1. 4.4 Análisis de los tiempos de respuesta y calidad del servicio Para determinar tiempo de respuesta se analizó la base de registro de ingreso de las denuncias, el instrumento de programación de inspecciones y el expediente de gestión técnica. De esta correlación se obtuvo la siguiente información: 81 Cuadro N° 6 Plazo tomando en cuenta día de ingreso por día de la inspección por cantidad de denuncias atendidas PLAZO CANTIDAD DENUNCIAS ATENDIDAS 0 DIAS HASTA 10 DÍAS 35 11 DIAS HASTA 20 DÍAS 11 21 DIAS HASTA 30 DIAS 5 31 DIAS Y MÁS 6 NO CONSTA EN EXPEDIENTE 41 NO ESTA EXPEDIENTE 2 TOTAL EXPEDIENTES ANALIZADOS 100 Fuente: Expedientes de denuncias 2010 del archivo Área Rectora de Salud Carmen-MercedUruca Gráfico N° 5 Plazo tomando en cuenta día de ingreso por día de la inspección por cantidad de denuncias atendidas Fuente: Fuente: Expedientes de denuncias 2010 del archivo Área Rectora de Salud CarmenMerced-Uruca 82 De acuerdo a lo encontrado en los expedientes, un 51% de las denuncias son atendidas en un plazo que va desde cero a treinta días y la mayoría de los casos los atienden en los primeros diez días, por lo que la denuncia es atendida en forma oportuna. Además el cuadro se aprecia que el 41% de los casos, no se encontraban los documentos que demuestren la atención de la Denuncia, se señala como debilidad existente: la desactualización del expediente técnico, inexistencia de foliado que demuestren que los casos no fueron atendidos adecuadamente. Con el propósito de determinar la calidad del servicio en la atención de las denuncias sanitarias, se aplicó una encuesta de satisfacción al cliente, para quienes gestionaron denuncias en el Área Rectora de estudio. De los cien casos se logra aplicar diecisiete encuestas, con el siguiente resultado: Cuadro N°7 Calidad de la atención de la denuncia por cantidad de encuestas realizadas Calidad de la Atención valor relativo Cantidad de Denuncias Excelente Buena Regular Mala Total 5.88% 17.65% 17.65% 58.82% 100.00% 1 3 3 10 17 Fuente: Encuesta de Satisfacción al Cliente 83 Gráfico N°6 Calidad de la atención de la denuncia por cantidad de encuestas realizadas Fuente: Encuesta de Satisfacción al Cliente En el gráfico Nº 6 muestra que el 59% de los usuarios recibieron una mala atención en el servicio que demandaron, por diferentes razones, como “No se le informa el estado en que se encuentra lo denunciado”, el caso no se le dio el seguimiento necesario. El 6% de los entrevistados indican que el servicio brindado fue excelente y un 18% indican que el servicio fue entre regular y bueno. 84 Cuadro N° 8 Estado de resolución de las 17 denuncias aplicadas en la encuestas Estado Actual valor relativo Cantidad de Denuncias Resuelto No Resuelto N/S 23.53% 58.82% 17.65% 4 10 3 Total 17 Fuente: Encuesta de Satisfacción al Cliente Gráfico N°7 Estado de resolución de las 17 denuncias aplicadas en la encuestas Fuente: Encuesta de Satisfacción al Cliente Del gráfico Nº 7 se logra extraer que de las 17 encuestas aplicadas el 59% de las denuncias sanitarias ambientales no fueron resueltas, además el 18% de las denuncias no se aplicó el control y seguimiento y que tan solo un 24% de las denuncias fueron resueltas oportunamente. 85 Cuadro N°9 Control y Seguimiento de las 17 denuncias aplicadas en la encuesta Gestión realizada valor relativo Cantidad de Denuncias Con Seguimiento Sin Seguimiento N/S 17.65% 70.59% 11.76% 3 12 2 Total 17 Fuente: Encuesta de Satisfacción al Cliente Gráfico N°8 Control y Seguimiento de las 17 denuncias aplicadas en la encuestas Fuente: Encuesta de Satisfacción al Cliente El gráfico visualiza el control y seguimiento de las denuncias según los usuarios entrevistados, el 71% de las denuncias no se realizó el control y seguimiento de los casos esto indica que la programación de inspecciones no es efectiva. CAPÍTULO V CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES 87 CAPÍTULO V CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES 5.1 Conclusiones 1. Los principales problemas de salud denunciados por la población en el Área Rectora de Salud es por lo siguiente: contaminación por aguas negras, Contaminación de alimentos, Condiciones físico sanitarios deficientes, ruido, malos olores y desechos sólidos. 2. El registro de las denuncias, traslado, asignación, programación de inspección, resolución, seguimiento y cierre de caso no lleva una secuencia y procedimiento escrito y definido, por lo que no permite un control claro y detallado de cada caso para detectar puntos críticos. 3. Deficiencia que fue manifestada por la Directora del Área Rectora de Salud durante la entrevista y que fue corroborada en la investigación es la falta de seguimiento de los casos denunciados. 4. De acuerdo a la investigación de los 100 casos analizados el 58% se encuentran sin seguimiento ni cierre. 5. Una de las principales debilidades encontradas al concluir la investigación es el archivo técnico de gestión ya que no está actualizado. La capacidad instalada no se ajusta con la cantidad de casos demandada en el Área de estudio. No se maneja sistema de información de los expedientes por casos, distrito, consecutivo o algún otro registro que permita el acceso con facilidad a cada caso. El expediente no está foliado de acuerdo a lo solicitado por la legislación vigente. 6. El Área de estudio a pesar que existe un protocolo de programación de inspecciones y preparación de inspecciones, que debe ser manejado desde 88 la ventanilla única, no es ha implementado, sin embargo programan la primera inspección por medio de un instrumento construido por el Área. 7. Los tiempos de respuestas en la primera inspección cumplen con los plazos establecidos por la legislación vigente. 8. La Programación de inspección de las inspecciones de seguimiento no se hacen efectivas. 9. La calidad del servicio según la percepción del cliente es mala. 10. Entre las principales quejas que manifiestan los clientes encuestados es la falta de seguimiento de los casos, porque el funcionario hace una primera inspección y termina la intervención del Ministerio. 11. Otra queja que manifiesta el cliente es la falta de comunicación de la gestión, que ha realizado la Institución en cada caso denunciado. 5.2 Recomendaciones a. Se implemente los protocolos operativos de atención al cliente para cumplir con la trazabilidad del trámite con oportunidad, eficiencia y eficacia (Protocolo de recepción de documentos, traslado de correspondencia, programación de inspecciones, preparación de inspecciones y notificaciones). b. Que los procedimientos propuestos en esta investigación sean implementados tal y como se están recomendando para obtener resultados positivos en la trazabilidad de la gestión de trámite de las denuncias. c. Se debe contar con estructura, espacio, y condiciones de tal forma que haya capacidad instalada en el Área Rectora de Salud Carmen-MercedUruca, para el manejo de la informaciónLa ventanilla única debe de revisar 89 con detalle el formulario de interposición de denuncia, que esté con la completitud necesaria para contar con la información que permita la notificación del seguimiento de cada caso denunciado. d. Debe haber comunicación fluida entre los procesos de regulación, atención al cliente y gestión de la información para la actualización del expediente de gestió e. El Área Rectora de Salud Carmen Merced Uruca debe de mejorar el sistema de archivo con que cuenta actualmente tomando en cuenta lo siguiente: Deben manejar una base de datos digital y física de los expedientes ordenada y enumerada por un orden consecutivo de acuerdo a fechas de ingreso. Los archivos deben de manejarlos de acuerdo a la Ley de Archivo Nacional. Las denuncias interpuestas contra establecimientos que cuenta con expediente en el Área Rectora debe de incluirlas en ese mismo expediente. El expediente debe iniciar completo y foliado desde el ingreso de los trámites de la denuncia en Ventanilla Única, y conforme sigue el proceso debe ir actualizandorse por lo que cuando llega al archivo debe contener el último folio correspondiente. Las carpetas deben contar con un sistema de sujeción de cada documento de tal forma que no se pierdan. La persona responsable del archivo debe utilizar un sistema para préstamo de expediente controlado en cumplimiento con la Ley de Control Interno y de Archivo Nacional. Los expedientes deben ser archivados separados por distrito, para facilitar su ubicación. 90 CAPITULO VI PROPUESTA 91 PROPUESTA Una vez finalizada la presente investigación se procede a plantear la propuesta para el Área Rectora de Salud Carmen Merced Uruca, para que con la implementación de la misma se mejore la calidad del servicio, los casos sean atendidos con oportunidad, eficiencia y eficacia y de esa forma aumentar los niveles de satisfacción del cliente. La propuesta facilita los instrumentos de tal forma que se estructure la trazabilidad de la gestión del trámite, desde que ingresa a la ventanilla hasta que es atendido, resuelto y cerrado el caso, a efecto de resolver eficientemente lo demandado por el administrado se presenta en forma completa y detallada el contenido de cuatro procedimientos (protocolos) operativos: Protocolo de atención de denuncias por ruido en establecimiento. Protocolo de atención de denuncias por contaminación de alimentos o alimento contaminado. Protocolo de atención de denuncias por filtración de aguas pluviales, servidas, negras y residuales. Y por último un protocolo de denuncia general que indique el procedimiento general para la atención de cualquier otra denuncia que no esté contemplada en los protocolos anteriores. Se espera que con esta propuesta se haya cumplido las expectativas del el Área Rectora de Salud con los resultados obtenidos de dicha investigación. 92 MANUALES DE PROCEDIMIENTOS A continuación se presentan los cuatro manuales de procedimientos como resultado de la presente investigación, los que corresponden a regulación de las denuncias sanitarias- ambientales, cada uno de ellos se presenta en formato oficial adoptado por el Nivel Central de la Institución, la primera parte del manual consiste en la portada y las hojas para la aprobación y control de las posteriores ediciones, la segunda, presenta una serie de información necesaria para identificar responsables, aclarar términos, establecer el fundamento legal del procedimiento y la descripción de cada una de las actividades que lo conforman, cada manual termina con la representación gráfica con el Diagrama de flujo de cada actividad. El formato que se utilizó para la construcción de los procedimientos, fue con el orden y secuencia oficial institucional, no obstante, el contenido de los procedimientos es el aporte y autoría de las investigadoras, con el fin de que sea base para las Autoridades del Nivel Central. 93 Procedimiento de atención de denuncia MS.NI.GD... MINISTERIO DE SALUD DE COSTA RICA - NIVEL INTRAINSTITUCIONAL ÁREA DE GESTIÓN: USO GENERAL PREPARADO POR: EQUIPO DE INVESTIGACIÓN DE TESIS VALIDADO POR : EQUIPO DE ÁREA RECTORA DE SALUD CARMENMERCED-URUCA REVISADO POR: LECTOR DE TESIS APROBADO POR: TUTOR DE TESIS VERSIÓN Nº: 1 FECHA DE EMISIÓN: LICDA. CELIA JIMÉNEZ VILLEGAS MSC. MARÍA DEL CARMEN BONILLA BONILLA MSC. SONIA GONZALEZ ROJAS MSC. GUSTAVO ELIZONDO FALLAS MAYO 2011 94 VERSIÓN 1 MINISTERIO DE SALUD DE COSTA RICA NIVEL INTRA-INSTITUCIONAL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS, INSTRUCCIONES Y RUTINAS PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN DE DENUNCIAS CÓDIGO: MS.NI.GD... 1. Introducción Este procedimiento presenta una descripción de los pasos para la gestión de una denuncia con el fin de estandarizar la manera en que el personal técnico y profesional de este Ministerio debe ejecutar las acciones que componen tal gestión y, de esta manera, evaluar la aplicación de la normativa y determinar e implementar medidas preventivas y correctivas de forma oportuna, para mejorar la gestión. 2. Objetivo Proporcionar al personal de Regulación de la Salud las herramientas necesarias para la atención diligente de las denuncias interpuestas por la población ante el Ministerio de Salud. 3. Alcance Ministerio de Salud de Costa Rica en las Áreas Rectoras de Salud como Nivel operativo de la atención. 4. Definiciones Para mayor comprensión de este procedimiento se necesita tener como referencia los siguientes conceptos, que están definidos en el glosario del manual de procedimientos del Ministerio de Salud. 95 VERSIÓN 1 MINISTERIO DE SALUD DE COSTA RICA NIVEL INTRA-INSTITUCIONAL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS, INSTRUCCIONES Y RUTINAS PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN DE DENUNCIAS CÓDIGO: MS.NI.GD... Acta de Inspección Ocular: Acta que se levanta al realizar observaciones, comprobaciones, y operaciones técnicas especializadas durante la aplicación de un mecanismo de control. Actividades Programadas: Conjunto de acciones planificadas para ser llevadas a cabo en forma individual o grupal, que tiene como finalidad alcanzar los objetivos. Base de Datos: Colección integrada de datos almacenados en diferentes tipos de registros. Denuncia: La acción y efecto de denunciar (avisar, notificar, declarar le irregularidad o ilegalidad de algo, delatar). La denuncia puede realizarse ante las autoridades correspondientes. Eficacia: Determinación del grado en que el proyecto alcanza sus objetivos, a nivel de metas o propósitos. Por ejemplo: medida en que una intervención de desarrollo ha alcanzado, o se espera que alcance, sus objetivos, pertinentes de un modo eficiente y sostenible. Eficiencia: Determinación del grado en que los insumos económicos (fondos, servicios técnicos, tiempo, etc) se transforma en producto. Gestión: Conjunto de procesos emprendidos por una o más personas para dirigir, organizar, coordinar, controlar y retroalimentar las actividades laborales de otros individuos facilitando el cambio y la mejora continua, para el logro de los objetivos con la máxima productividad y calidad. 96 VERSIÓN 1 MINISTERIO DE SALUD DE COSTA RICA NIVEL INTRA-INSTITUCIONAL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS, INSTRUCCIONES Y RUTINAS PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN DE DENUNCIAS CÓDIGO: MS.NI.GD... Inspección para atención de las denuncias: Es la diligencia de carácter técnico a cargo de los Gestores Ambientales u otro personal autorizado por el Área Rectora de Salud para comprobar y verificar lo denunciado por la población, para ordenarle al responsable de generar el problema que cumpla con lo estipulado en la legislación vigente. Ordenes Sanitarias: Acto administrativo mediante el cual el Ministerio de Salud hace del conocimiento de la persona interesada, de una resolución o disposición particular o especial en resguardo de la salud y el ambiente, la cual es de acatamiento obligatorio y debe ser ejecutada en el plazo que se indique. Con la emisión de una orden sanitaria el Ministerio de Salud da inicio al debido proceso a que tiene derecho la persona interesada. Programación Inspecciones: Las inspecciones para verificación de lo denunciado deben ser programadas en su totalidad indistintamente si son anónimas o con nombre y apellido del denunciante, en tiempo oportuno y con resolución efectiva y eficaz, e igualmente una vez notificada la orden sanitaria el proceso encargado de programar inspecciones deberá programar inspecciones deberá programar en agenda de acuerdo al vencimiento de lo ordenado la inspección de seguimiento para verificar el cumplimiento respectivo. Protocolo: Método establecido para la ejecución de una determinada actividad. 5. Referencias Constitución Política de la República de Costa Rica 97 MINISTERIO DE SALUD DE COSTA RICA NIVEL INTRA-INSTITUCIONAL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS, INSTRUCCIONES Y RUTINAS PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN DE DENUNCIAS VERSIÓN 1 CÓDIGO: MS.NI.GD... Ley General de la Salud. Ley General de Administración Pública Ley 8220 Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos. Ley de Control Interno 6. Responsables Director (a) del Área Rectora de Salud. Equipo de Regulación de la Salud del Área Rectora de Salud. Equipo de Atención al Cliente. 7. Procedimiento 7.1. Recibir denuncia El Equipo de Atención al Cliente recibe denuncia por parte de clientes, mediante el formulario oficial. Dicha fórmula debe ser llenada por el denunciante. 7.2 Registrar en la base de datos. El Equipo de Atención al Cliente procede a registrar la denuncia planteada. Si falta algún dato en el formulario, el Encargado de Atención al Cliente solicita al denunciante completar los datos de forma inmediata. Una vez que la denuncia está debidamente llena, debe proceder a registrarla en la base de datos y entregar copia de la denuncia y comprobante de recibo al denunciante. 98 MINISTERIO DE SALUD DE COSTA RICA NIVEL INTRA-INSTITUCIONAL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS, INSTRUCCIONES Y RUTINAS PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN DE DENUNCIAS VERSIÓN 1 CÓDIGO: MS.NI.GD... 7.3 Coordinar con Dirección de Área Rectora de Salud y programar visita de inspección en base de datos e imprimir boleta. El Equipo de Atención al Cliente coordina con la Dirección de Área Rectora con la finalidad programar fecha de atención de la denuncia planteada e incorporarla en la Agenda respectiva. Si el establecimiento cuenta con expediente, se continúa con la actividad 7.5. de lo contrario, se procede con el punto 7.4. 7.4 Abrir expediente de la denuncia. El Equipo de Atención al Cliente procede a abrir expediente de la denuncia, con la finalidad de incorporarla con todos documentos presentados por el denunciante. 7.5. En caso de que exista expediente del establecimiento. 7.5.1. Si existe personal exclusivo de Gestión Integral de la Información. 7.5.1.1 El Equipo de Atención al Cliente solicita el expediente del establecimiento debidamente foliado y ordenado, a este proceso. 7.5.1.2 El Equipo de Atención al Cliente incorporará la denuncia planteada a dicho expediente. 7.5.1.3 El Equipo de Atención al Cliente devolverá a Gestión Integral de la Información el expediente para su archivo 99 MINISTERIO DE SALUD DE COSTA RICA NIVEL INTRA-INSTITUCIONAL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS, INSTRUCCIONES Y RUTINAS PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN DE DENUNCIAS VERSIÓN 1 CÓDIGO: MS.NI.GD... 7.5.1.4 El Equipo de Atención al Cliente solicitará a Gestión Integral de la Información el expediente del establecimiento para preparar la visita de la inspección, un día antes de la fecha programada. 7.5.1.5 El Equipo de Atención al Cliente traslada el expediente al funcionario respectivo para la atención de la denuncia. 7.5.2 Si Atención al Cliente ejecuta las tareas de Gestión Integral de la Información 7.5.2.1 El Equipo de Atención al Cliente incorporará en el expediente del establecimiento la denuncia recibida y ordenará y foliará el mismo. 7.5.2.2 El Equipo de Atención al Cliente archivará el expediente. 7.5.2.3 El Equipo de Atención al Cliente prepara la visita de inspección un día antes de la fecha programada de atención. 7.5.2.4 El Equipo de Atención al Cliente trasladará el expediente al funcionario respectivo, para la atención de la misma. 7.6 Revisar contenido de la denuncia y del expediente administrativo. El funcionario de Regulación de la Salud procede a estudiar el marco normativo a aplicar, si el establecimiento cuenta con permiso, si existen otras denuncias, órdenes sanitarias, entre otros. 100 MINISTERIO DE SALUD DE COSTA RICA NIVEL INTRA-INSTITUCIONAL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS, INSTRUCCIONES Y RUTINAS PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN DE DENUNCIAS VERSIÓN 1 CÓDIGO: MS.NI.GD... En caso que el funcionario asignado no conozca los detalles del establecimiento, se debe realizar una verificación del lugar. En caso, de encontrarse alguna incongruencia en la denuncia, se coordina de inmediato con el Equipo de Atención al Cliente para que se corrija y seguir con el punto 7.7. 7.7 Coordinar con denunciante (s) e instituciones de apoyo. El funcionario de Regulación de la Salud procede a coordinar e informar al denunciante (s) el día de atención de la denuncia y en caso necesario, con instituciones de apoyo. 7.8 Realizar inspección y elaborar informe técnico. El funcionario de Regulación de la Salud realiza la inspección correspondiente. Obligatoriamente debe realizarse inspección cuando se trate de establecimiento (s) que cuenta con permiso de funcionamiento para realizar la actividad. En el caso, de que sea un establecimiento (s) no cuente con permiso de funcionamiento para realizar la actividad, será criterio del funcionario de Regulación de la Salud realizar la inspección. En caso de optar por no realizar la inspección, pasa a la actividad 7.10. El funcionario de Regulación de la Salud elabora informe técnico dirigido a la Dirección del Área Rectora para informar sobre del resultado de la inspección que realizó. 101 MINISTERIO DE SALUD DE COSTA RICA NIVEL INTRA-INSTITUCIONAL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS, INSTRUCCIONES Y RUTINAS PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN DE DENUNCIAS VERSIÓN 1 CÓDIGO: MS.NI.GD... Si al realizar la inspección se logra verificar lo denunciado, se procederá con la siguiente actividad. 7.9 Elaborar resolución o informe técnico y orden sanitaria para ordenar la corrección del problema o suspender la actividad si no tiene permiso. El funcionario de Regulación de la Salud elabora la resolución dirigida a la Dirección de Área y orden sanitaria para suspender el permiso de la actividad que genera el problema o suspender la actividad si no tiene permiso, utilizando como guía el anexo Nº 1 y anexo N°2, los dos documentos se los entrega a la Dirección de Área para el Visto Bueno respectivo. La orden sanitaria debe incluir información al administrado de que si es de su interés continuar con la actividad, debe corregir el problema de aguas. Indicar además, que hasta que sea verificada la corrección del problema, obtendrá el permiso para desarrollar la actividad. En caso de ser persona física la denunciada, casas de habitación, igualmente se le ordena la solución del problema generado en plazos establecidos, de acuerdo al debido proceso. 7.10 Devolución del expediente al Equipo de Atención al Cliente. El funcionario de Regulación de la Salud una vez que la Dirección de Área le ha dado el visto bueno, entrega al Equipo de Atención al Cliente expediente junto con original de la orden sanitaria y copia del informe técnico, para su notificación según protocolo e indica al Equipo de Atención al Cliente la fecha de seguimiento según plazo establecido, para incluir en Agenda respectiva. 7.11 Notificar al denunciado y denunciante. Actualizar base de datos. El Equipo de Atención al Cliente o Proceso Regulación de la Salud procede, con base en lo establecido en el protocolo, a notificar a las partes y actualizar la información en la base datos, con relación a esta denuncia. 102 MINISTERIO DE SALUD DE COSTA RICA NIVEL INTRA-INSTITUCIONAL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS, INSTRUCCIONES Y RUTINAS 7.12 PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN DE DENUNCIAS VERSIÓN 1 CÓDIGO: MS.NI.GD... Coordinar con funcionario de Regulación de la Salud y programar visita seguimiento. El Equipo de Atención al Cliente envía el expediente al archivo, si en un plazo de cinco días hábiles, no ingresa recurso de apelación o revocatoria interpuesto por el administrado, se continúa con la actividad N° 7.12.1., caso contrario se continúa con el punto N° 7.12.2. Lo anterior tomando en cuenta que en todo trámite que se haya girado un ordenamiento por orden sanitaria o resolución se apercibe al administrado y se le indica lo siguiente: “Al presente acto le son oponibles los recursos ordinarios de revocatoria y apelación que establece el Artículo 52 de la Ley Orgánica del Ministerio de Salud, en el plazo de cinco días hábiles y ante la Autoridad que lo dictó. Mismos que pueden oponerse en el Área Rectora de Salud Carmen-Merced-Uruca. La revocatoria será resuelta por la Dirección Regional de Rectoría de la Salud Central Sur, y la apelación -en su caso-, será de conocimiento de la Señora Ministra de Salud”. 7.12.1 En caso de que exista expediente del establecimiento. 7.12.1.1 Si existe personal exclusivo de Gestión Integral de la Información. 7.12.1.2 El Equipo de Atención al Cliente solicita el expediente del establecimiento debidamente foliado y ordenado, a este proceso. 7.12.1.3 El Equipo de Atención al Cliente incorporará el seguimiento respectivo (resoluciones notificadas y citas) a dicho expediente. 7.12.1.4 El Equipo de Atención al Cliente devolverá a Gestión Integral de la Información el expediente para su archivo. 103 MINISTERIO DE SALUD DE COSTA RICA NIVEL INTRA-INSTITUCIONAL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS, INSTRUCCIONES Y RUTINAS PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN DE DENUNCIAS VERSIÓN 1 CÓDIGO: MS.NI.GD... 7.12.1.5 El Equipo de Atención al Cliente solicitará a Gestión Integral de la Información el expediente del establecimiento para preparar la visita de la inspección de seguimiento, un día antes de la fecha programada. 7.12.1.6 El Equipo de Atención al Cliente traslada el expediente al funcionario respectivo para la atención del seguimiento programado. 7.12.1.7 Si Atención al Cliente ejecuta las tareas de Gestión Integral de la Información 7.12.1.8 El Equipo de Atención al Cliente incorporará en el expediente el establecimiento las resoluciones, notificaciones y citas programadas ordenará y foliará el mismo. 7.12.1.9 El Equipo de Atención al Cliente archivará el expediente. 7.12.1.10 El Equipo de Atención al Cliente prepara la visita de Inspección de seguimiento un día antes de la fecha programada para la atención del mismo. 7.12.1.11 El Equipo de Atención al Cliente trasladará el expediente al funcionario para la atención del seguimiento respectivo. (Continúa con la actividad N° 7.13) 7.12.2 El funcionario de Atención al Cliente recibe el Recurso de Revocatoria o Apelación 7.12.2.1 El funcionario de Atención al Cliente adjunta el Recurso de Revocatoria o Apelación al expediente. 104 MINISTERIO DE SALUD DE COSTA RICA NIVEL INTRA-INSTITUCIONAL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS, INSTRUCCIONES Y RUTINAS PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN DE DENUNCIAS VERSIÓN 1 CÓDIGO: MS.NI.GD... 7.12.2.2 El funcionario de Atención al Cliente remite el expediente a la Dirección del Área Rectora. 7.12.2.3 La Dirección del Área Rectora de Salud elabora un informe detallado de todo el debido proceso que se ha seguido al caso. 7.12.2.4 La Dirección del Área Rectora de Salud fotocopia el expediente completo del caso y le adjunta el informe para elevarlo al Nivel Regional. 7.12.2.5 La Dirección del Área Rectora de Salud traslada el informe original con copia del expediente al Proceso de Atención al Cliente para que lo envíe al Nivel Regional. 7.12.2.6 El Equipo de Atención al Cliente envía el informe con copia del expediente al Nivel Regional. 7.12.2.7 La Unidad Atención al Cliente recibe y registra el informe original con copia del expediente y lo traslada a la Dirección Regional. 7.12.2.8 La Dirección Regional en caso de recurso de revocatoria Resuelve y envía la resolución a la Unidad de Atención al Cliente para notificar a las partes interesadas la resolución final. 7.12.2.9 La Unidad de Atención al Cliente se encarga de notificar utilizando el protocolo respectivo a las partes interesadas. 7.12.2.10 La Dirección Regional en caso de Recurso de Apelación realiza una revisión de la documentación y confecciona un oficio 105 MINISTERIO DE SALUD DE COSTA RICA NIVEL INTRA-INSTITUCIONAL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS, INSTRUCCIONES Y RUTINAS PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN DE DENUNCIAS VERSIÓN 1 CÓDIGO: MS.NI.GD... para elevarlo al Despacho de la Ministra de Salud quien le corresponde resolver. 7.12.2.11 La Dirección Regional traslada el oficio con el expediente a la Unidad de Atención al Cliente para el traslado de la documentación al Nivel Central. 7.12.2.12 La Unidad de Atención al Cliente se encarga de trasladar la documentación utilizando el protocolo respectivo. 7.13 Realizar visita de seguimiento para verificar el cumplimiento de la orden Sanitaria. El funcionario del Proceso de Regulación de la Salud realiza seguimiento a la orden sanitaria, con la finalidad de verificar su cumplimiento. Si los responsables del establecimiento han cumplido lo indicado en la orden sanitaria, el caso se cierra mediante el informe o la resolución respectiva, dirigido a la Dirección de Área para informar del seguimiento del caso, la Dirección de Área devuelve el expediente completo al Equipo de Atención al Cliente, para la notificación y archivo correspondiente. Caso contrario, continua con la siguiente actividad. 7.14 Aplicar medidas especiales. En caso de incumplimiento de la orden sanitaria, el Equipo de Regulación de la Salud aplica la medida especial que corresponda, con base en lo establecido en los artículos 355 y siguientes de la Ley General de Salud. 106 MINISTERIO DE SALUD DE COSTA RICA NIVEL INTRA-INSTITUCIONAL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS, INSTRUCCIONES Y RUTINAS 7.15 PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN DE DENUNCIAS VERSIÓN 1 CÓDIGO: MS.NI.GD... Confeccionar resolución de cierre del caso o elevar el caso a Ministerio Público El funcionario de Regulación de la Salud elabora la resolución o informe técnica para cierre del caso o la resolución lo envía a la Dirección de Área Rectora de Salud. La Dirección del Área Rectora de Salud realiza un oficio adjuntando la resolución del funcionario de Regulación y lo envía al Proceso de Atención al Cliente, para la notificación respectiva al Ministerio Público para lo que proceda. 7.16 Trasladar expediente con el informe de resolución al Equipo de Atención al Cliente. La Dirección del Área Rectora traslada el expediente junto con el informe de resolución al Equipo de Atención al Cliente con los controles respectivos para su notificación, quien notificará al interesado, adjuntando el informe de resolución del Equipo de Regulación de la Salud, con base en el protocolo de notificaciones establecido, mediante comprobante de entrega. 107 8. Diagrama De Flujo 108 109 110 111 Ministerio de Salud de Costa Rica Nivel Intra-institucional VERSIÓN 1 CÓDIGO: Manual de Procedimientos, Instrucciones y Rutinas Procedimiento de gestión de denuncias MS.NI.GD... Anexos Anexo 1 AREA RECTORA DE SALUD CARMEN-MERCED-URUCA ORDEN SANITARIA N°________________ Página 1 de 2 A:_____________________________________________________________________________ Nombre 1er Apellido 2do Apellido NOMBRE DEL ESTABLECIMIENTO_________________________________________________ Dirección:______________________________________________________________________ Fecha:_______________________ Plazo:____________________ Vence:____________ A FIN DE PROTEGER LA SALUD PUBLICA, por motivo de: (SE ANOTAN ALGUNOS POSIBLES MOTIVOS, QUE DEPENDEN O VARIAN DE CADA CASO EN PARTICULAR) Existir denuncia por contaminación de Aguas después de verificación mediante coloración de fluoresceína sódica, se encontró que la prueba salió positiva afectando la salud pública e incumpliendo con lo estipulado en la legislación vigente, conforme el informe técnico N°____________________ (se adjunta indicar número de folios adjuntos), en el plazo indicado proceder a: _________________________ _________________________ _________________________ __________________________ __________________________ Lo anterior con base en lo disponen la Constitución Política, artículo 50; la Ley General de Salud, artículos 1, 2, 3, 4, 7, 262, 263, 285, 286, 287, 290, 291, 292, La Ley Orgánica del Ministerio de Salud. Se previene, que el incumplimiento o desobediencia injustificada a lo aquí ordenado, dará motivo -previa verificación- para que la Autoridad de Salud dicte o asuma las medidas especiales que estime convenientes, lo que puede incluir la clausura de la actividad, el decomiso, el desalojo y/o denuncia respectiva ante los Tribunales de Justicia, por el delito de desobediencia, tipificado y sancionado en el artículo 307 del Código Penal, que sanciona con pena de prisión a quien desobedeciere una orden impartida por un funcionario público en el ejercicio de sus funciones, salvo que se trate de la propia detención. 112 Ministerio de Salud de Costa Rica Nivel Intra-institucional Manual de Procedimientos, Instrucciones y Rutinas Versión 1 Código: Procedimiento de gestión de denuncias MS.NI.GD... Al presente acto le son oponibles los recursos ordinarios de revocatoria y apelación que establece el Artículo 52 de la Ley Orgánica del Ministerio de Salud, en el plazo de cinco días hábiles y ante la Autoridad que lo dictó. Mismos que pueden oponerse en el Área Rectora de Salud Carmen-Merced-Uruca. La revocatoria será resuelta por la Dirección Regional de Rectoría de la Salud Central Sur, y la apelación -en su caso-, será de conocimiento de la Señora Ministra de Salud. Autoridad de Salud: _____________________________________________________________________ Nombre Firma ACTA DE NOTIFICACION ORDEN SANITARIA N°____________________ He sido notificado (a) de la Orden Sanitaria número _________________ a las ________ hora, del día ____ del mes _____ del año _______ Nombre Firma # Cédula Nombre Firma # Cédula Nombre y firma del notificador 113 Ministerio de Salud de Costa Rica Versión 1 Nivel Intra-institucional MANUAL DE PROCEDIMIENTOS, INSTRUCCIONES Y RUTINAS Código: Procedimiento de gestión de denuncias MS.NI.GD... Anexo 2 INFORME TECNICO O RESOLUCION Número de Oficio San José, fecha Doctora Carolina Guillén Meléndez DIRECTORA Área Rectora de Salud Carmen-Merced-Uruca Estimada Doctora: ASUNTO: ________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________ Antecedentes: _______________________ _______________________ _______________________ _______________________ _______________________ Observaciones: _______________________________________________________________________ _______________________________________________________________________ _______________________________________________________________________ _______________________________________________________________________ _______________________________________________________________________ 114 Ministerio de Salud de Costa Rica Versión 1 Nivel Intra-institucional MANUAL DE PROCEDIMIENTOS, INSTRUCCIONES Y RUTINAS Código: Procedimiento de gestión de denuncias MS.NI.GD... Conclusiones: ________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________ Se le indica al responsable legal de la actividad, proceder bajo su responsabilidad a la corrección de lo antes descrito. Así mismo, se le reitera que hasta tanto no corrija y sea verificado por la Autoridad Sanitaria, no obtendrá el permiso sanitario de funcionamiento para ejercer la actividad. Finalmente indicarle, que una vez finalizadas las mejoras, debe comunicarlo formalmente a este Ministerio. Sustento legal: Las anteriores disposiciones, están conforme a la Constitución Política (Art. 21 y 50), a la Ley General de Salud artículos 1, 2, 4, 7, 2262, 263, 285, 286, 287, 290, 291, 292, la Ley Orgánica del Ministerio de Salud, El Decreto 37428-S Reglamento General para el Otorgamiento de Permisos de Funcionamiento y su reforma Decreto 35145-S. Atentamente, Autoridad de Salud: ________________________________________________________________________ Nombre Cc/ Archivo Cron. Firma # Cédula 115 GESTIÓN DE DENUNCIAS POR FILTRACIÓN AGUAS MS.NI.GDFA. CÓDIGO MS.NL… MINISTERIO DE SALUD DE COSTA RICA – NIVEL LOCAL ÁREA DE GESTIÓN: IMPACTO DE LA RECTORÍA DE LA SALUD PREPARADO POR: EQUIPO DE INVESTIGACIÓN DE TESIS VALIDADO POR : PROCESO REGULACION DE ÁREA RECTORA DE SALUD CARMEN-MERCED- LICDA. CELIA JIMÉNEZ VILLEGAS MSC. MARÍA DEL CARMEN BONILLA BONILLA URUCA LECTORA DE TESIS MSc.SONIA GONZALEZ ROJAS TUTOR DE TESIS MSC. GUSTAVO ELIZONDO FALLAS REVISADO POR: APROB ADO POR: MAYO 2011 VERSIÓN Nº: FECHA DE EMISIÓN: 116 MINISTERIO DE SALUD DE COSTA RICA NIVEL INTRAINSTITUCIONAL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS, INSTRUCCIONES Y RUTINAS GESTIÓN DE DENUNCIAS POR FILTRACION DE AGUAS FECHA DE EMISIÓN: CÓDIGO: MS.NL.GDFA 1. Introducción Este procedimiento presenta una descripción de los pasos para la gestión de una denuncia por filtración de aguas negras, servidas, pluviales o residuales, con el fin de estandarizar la manera en que el personal técnico y profesional de este Ministerio debe ejecutar las acciones que componen tal gestión y, de esta manera, evaluar la aplicación de la normativa y determinar e implementar medidas preventivas y correctivas de forma oportuna, para mejorar la gestión. 2. Objetivo Proporcionar al personal de Regulación de la Salud las herramientas necesarias para la atención diligente de las denuncias por filtración de aguas interpuestas por la población ante el Ministerio de Salud. 3. Alcance Ministerio de Salud de Costa Rica en las Áreas Rectoras de Salud como Nivel operativo de la atención. 4. Definiciones Para mayor comprensión de este procedimiento se necesita tener como referencia los siguientes conceptos. Acta de Inspección Ocular: Acta que se levanta al realizar observaciones, comprobaciones, y operaciones técnicas especializadas durante la aplicación de un mecanismo de control. Es un documento que se emite con motivo de una inspección Sanitaria, en la que se harán constar las circunstancias de la diligencia, las deficiencias o anomalías sanitarias observadas, el número y tipo de coloraciones de fluoresceína realizadas o en su caso las medidas de seguridad que se ejecuten en forma inmediata. El formato consta de original y copia, debe ser firmada por el funcionario responsable y por el denunciado, al finalizar la inspección se le notificará copia del acta de inspección ocular al interesado. 117 MINISTERIO DE SALUD DE COSTA RICA NIVEL INTRAINSTITUCIONAL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS, INSTRUCCIONES Y RUTINAS FECHA DE EMISIÓN: GESTIÓN DE DENUNCIAS POR FILTRACION DE AGUAS CÓDIGO: MS.NL.GDFA Actividades Programadas: Conjunto de acciones planificadas para ser llevadas a cabo en forma individual o grupal, que tiene como finalidad alcanzar los objetivos. Base de Datos: Colección integrada de datos almacenados en diferentes tipos de registros sea en forma digital o manual. Contaminación por Aguas Negras: agua que está contaminada con sustancias fecales y orina, procedentes de desechos orgánicos humanos o animales. Contaminación por aguas pluviales: aguas de lluvia y las infiltraciones de agua del terreno. Contaminación por aguas residuales: mezcla de aguas domésticas e industriales. Contaminación por aguas servidas: provenientes del uso doméstico tales como: lavatorios, fregaderos, aguas jabonosas de pilas y lavado de ropa. Denuncia: La acción y efecto de denunciar (avisar, notificar, declarar le irregularidad o ilegalidad de algo, delatar). La denuncia puede realizarse ante las autoridades correspondientes. Eficacia: Determinación del grado en que el proyecto alcanza sus objetivos, a nivel de metas o propósitos. Por ejemplo: medida en que una intervención de desarrollo ha alcanzado, o se espera que alcance, sus objetivos, pertinentes de un modo eficiente y sostenible. Eficiencia: Determinación del grado en que los insumos económicos (fondos, servicios técnicos, tiempo, etc.) se transforma en producto. Fluoresceína: es un producto en presentación polvo de color amarilla cuando se disuelve en agua retoma un color fosforescente verde. 118 MINISTERIO DE SALUD DE COSTA RICA FECHA DE EMISIÓN: NIVEL INTRAINSTITUCIONAL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS, INSTRUCCIONES Y RUTINAS GESTIÓN DE DENUNCIAS POR FILTRACION DE AGUAS CÓDIGO: MS.N Gestión: Conjunto de procesos emprendidos por una o más personas para dirigir, organizar, coordinar, controlar y retroalimentar las actividades laborales de otros individuos facilitando el cambio y la mejora continua, para el logro de los objetivos con la máxima productividad y calidad. Inspección para atención de las denuncias por filtración de aguas: Es la diligencia de carácter técnico a cargo de personal del Proceso de Regulación de la Salud del Área Rectora de Salud para comprobar y verificar lo denunciado por la población, para ordenarle al responsable de generar el problema que cumpla con lo estipulado en la legislación vigente. El Área Rectora de Salud tiene la atribución de la Constitución Política de la República de Costa Rica, Ley General de Salud y demás legislación vigente; de acuerdo a sus competencias y facultades, para vigilar que las condiciones sanitarias de los servicios, productos, personal y establecimientos, sean conforme a lo establecido por la normas correspondientes y de esa forma garantiza el bienestar físico, mental, social de la población. Emite actos administrativos (órdenes sanitarias) que surgen de las inspecciones de verificación sanitaria para ordenar la corrección a las anomalías detectadas. Las denuncias se toman como un indicador que le permite a la Institución conocer las inconformidades y realidad sanitaria que vive la población. Las inspecciones para verificación de la filtración de aguas deben ser programadas en su totalidad indistintamente si son anónimas, confidenciales o con nombre y apellido del denunciante, en tiempo oportuno y con resolución efectiva y eficaz, e igualmente una vez notificada la orden sanitaria, el proceso de atención al cliente programa 119 MINISTERIO DE SALUD DE COSTA RICA NIVEL INTRAINSTITUCIONAL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS, INSTRUCCIONES Y RUTINAS FECHA DE EMISIÓN: GESTIÓN DE DENUNCIAS POR FILTRACION DE AGUAS CÓDIGO: MS.NL.GDFA las inspecciones en agenda, de acuerdo al vencimiento de lo ordenado la inspección de seguimiento para verificar el cumplimiento respectivo. Orden Sanitaria: Acto administrativo mediante el cual el Ministerio de Salud hace del conocimiento de la persona interesada, de una resolución o disposición particular o especial en resguardo de la salud y el ambiente, la cual es de acatamiento obligatorio y debe ser ejecutada en el plazo que se indique. Con la emisión de una orden sanitaria el Ministerio de Salud da inicio al debido proceso a que tiene derecho la persona interesada. Protocolo: Método establecido para la ejecución de una determinada actividad. 5. Referencias Constitución Política de la República de Costa Rica Ley General de la Salud Nº 5395. Ley General de Administración Pública Ley de Control Interno Modelo Conceptual y Estratégico de la Rectoría de la Producción Social de la Salud, Ministerio de Salud, San José, Costa Rica, 2006. Marco Estratégico del Ministerio de Salud, San José, Costa Rica, 2006. 6. Responsables Director (a) del Área Rectora de Salud. Equipo de Regulación de la Salud del Área Rectora de Salud. Equipo de Atención al Cliente. 120 MINISTERIO DE SALUD DE COSTA RICA NIVEL INTRAINSTITUCIONAL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS, INSTRUCCIONES Y RUTINAS FECHA DE EMISIÓN: GESTIÓN DE DENUNCIAS POR FILTRACION DE AGUAS CÓDIGO: MS.NL.GDFA 7. Procedimiento 7.1. Recibir denuncia El Equipo de Atención al Cliente recibe denuncia por contaminación de aguas por parte de clientes, mediante el formulario oficial. Dicha fórmula debe ser llenada por el denunciante. 7.2 Registrar en la base de datos. El Equipo de Atención al Cliente procede a registrar la denuncia planteada. Si falta algún dato en el formulario, el Encargado de Atención al Cliente solicita al denunciante completar los datos de forma inmediata. Una vez que la denuncia está debidamente llena, debe proceder a registrarla en la base de datos y entregar copia de la denuncia y comprobante de recibo al denunciante. 7.3 Coordinar con la Dirección del Área para la asignación de la denuncia y programar visita de inspección en base de datos e imprimir boleta. El Equipo de Atención al Cliente coordina con la Dirección de Área Rectora para la asignación del caso, con la finalidad programar el día de atención de la denuncia planteada e incorporarla en la Agenda respectiva del funcionario asignado. Si el establecimiento cuenta con expediente, se continúa con la actividad 7.5. De lo contrario, se procede con el punto 7.4. 7.4 Abrir expediente de la denuncia. El Equipo de Atención al Cliente procede a abrir expediente de la denuncia, con la finalidad de incorporarla con todos documentos presentados por el denunciante. 121 MINISTERIO DE SALUD DE COSTA RICA NIVEL INTRAINSTITUCIONAL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS, INSTRUCCIONES Y RUTINAS FECHA DE EMISIÓN: GESTIÓN DE DENUNCIAS POR FILTRACION DE AGUAS CÓDIGO: MS.NL.GDFA 7.5. En caso de que exista expediente del establecimiento. 7.5.1. Si existe personal exclusivo de Gestión Integral de la Información. 7.5.1.1 El Equipo de Atención al Cliente solicita el expediente del establecimiento debidamente foliado y ordenado, a este proceso. 7.5.1.2 El Equipo de Atención al Cliente incorporará la denuncia planteada a dicho expediente. 7.5.1.3 El Equipo de Atención al Cliente devolverá a Gestión integral de la Información el expediente para su archivo 7.5.1.4 El Equipo de Atención al Cliente solicitará a Gestión Integral de la Información el expediente del establecimiento para preparar la visita de la inspección, un día antes de la fecha programada. 7.5.1.5 El Equipo de Atención al Cliente traslada el expediente al funcionario respectivo para la atención de la denuncia. 7.5.2 Si Atención al Cliente ejecuta las tareas de Gestión Integral de la información 7.5.2.1 El Equipo de Atención al Cliente incorporará en el expediente del establecimiento la denuncia recibida y ordenará y foliará el mismo. 7.5.2.2 El Equipo de Atención al Cliente archivará el expediente. 7.5.2.3 El Equipo de Atención al Cliente prepara la visita de inspección un día antes de la fecha programada de atención. 122 MINISTERIO DE SALUD DE COSTA RICA NIVEL INTRAINSTITUCIONAL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS, INSTRUCCIONES Y RUTINAS FECHA DE EMISIÓN: GESTIÓN DE DENUNCIAS POR FILTRACION DE AGUAS CÓDIGO: MS.NL.GDFA 7.5.2.4 El Equipo de Atención al Cliente trasladará el expediente al funcionario respectivo, para la atención de la misma. 7.6 Revisar contenido de la denuncia y del expediente administrativo. El funcionario de Regulación de la Salud procede a estudiar el marco normativo a aplicar, si el establecimiento cuenta con permiso, si existen otras denuncias, órdenes sanitarias, entre otros. En caso que el funcionario asignado no conozca los detalles del establecimiento, se debe realizar una verificación del lugar. En caso, de encontrarse alguna incongruencia en la denuncia, se coordina de inmediato con el Equipo de Atención al Cliente para que se corrija y seguir con el punto 7.7. 7.7 Coordinar con denunciante (s) e instituciones de apoyo. El funcionario de Regulación de la Salud procede a coordinar e informar al denunciante (s) el día de atención de la denuncia y en caso necesario, con instituciones de apoyo. 7.8 Realizar Coloración con fluoresceína y elaborar informe técnico. El funcionario de Regulación de la Salud realiza coloración con fluoresceína sódica con base en lo establecido en el Procedimiento establecido por la institución. Obligatoriamente debe realizarse coloración al establecimiento (s) que cuenta con permiso de funcionamiento para realizar la actividad. 123 MINISTERIO DE SALUD DE COSTA RICA NIVEL INTRAINSTITUCIONAL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS, INSTRUCCIONES Y RUTINAS FECHA DE EMISIÓN: GESTIÓN DE DENUNCIAS POR FILTRACION DE AGUAS CÓDIGO: MS.NL.GDFA En caso de optar por no realizar la coloración, pasa a la actividad 7.10. El funcionario de Regulación de la Salud elabora informe técnico del resultado de la coloración que realizó. Si la coloración sale negativa, se procederá a notificar los resultados y se cierra el caso. Caso contrario, se procede con la siguiente actividad. 7.9 Elaborar informe técnico y orden sanitaria para suspender el permiso de la actividad que genera el problema o suspender la actividad si no tiene permiso. El funcionario de Regulación de la Salud elabora la resolución dirigida a la Dirección de Área y orden sanitaria para suspender el permiso de la actividad que genera el problema o suspender la actividad si no tiene permiso, utilizando como guía el anexo Nº 1 y anexo N°2, los dos documentos se los entrega a la Dirección de Área para el Visto Bueno respectivo. La orden sanitaria debe incluir información al administrado de que si es de su interés continuar con la actividad, debe corregir el problema de aguas. Indicar además, que hasta que sea verificada la corrección del problema, obtendrá el permiso para desarrollar la actividad. En caso de ser persona física la denunciada, casas de habitación, igualmente se le ordena la solución del problema generado en plazos establecidos, de acuerdo al debido proceso. 7.10 Devolución del expediente al Equipo de Atención al Cliente. El funcionario de Regulación de la Salud una vez que la Dirección de Área le ha dado el visto bueno, entrega al Equipo de Atención al Cliente expediente junto con original de la orden sanitaria y copia del informe técnico, para su notificación según protocolo e indica al Equipo de Atención al Cliente la fecha de seguimiento según plazo establecido, para incluir en Agenda respectiva. 124 MINISTERIO DE SALUD DE COSTA RICA NIVEL INTRAINSTITUCIONAL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS, INSTRUCCIONES Y RUTINAS FECHA DE EMISIÓN: GESTIÓN DE DENUNCIAS POR FILTRACION DE AGUAS CÓDIGO: MS.NL.GDFA 7.11 Notificar a las partes involucradas. Actualizar base de datos. El Equipo de Atención al Cliente o de Regulación de la Salud procede, con base en lo establecido en el protocolo, a notificar a las partes y actualizar la información en la base datos, con relación a esta denuncia. 7.12 Coordinar con funcionario de Regulación de la Salud y programar visita seguimiento. El Equipo de Atención al Cliente coordina con el funcionario responsable de Regulación de la Salud, con la finalidad de programar visita de seguimiento, como sigue: 7.12.1 En caso de que exista expediente del establecimiento. 7.12.1.1 Si existe personal exclusivo de Gestión Integral de la información. 7.12.1.2 El Equipo de Atención al Cliente solicita el expediente del establecimiento debidamente foliado y ordenado, a este proceso. 7.12.1.3 El Equipo de Atención al Cliente incorporará el seguimiento respectivo (resoluciones notificadas y citas) a dicho expediente. 7.12.1.4 El Equipo de Atención al Cliente devolverá a Gestión integral de la Información el expediente para su archivo. 7.12.1.5 El Equipo de Atención al cliente solicitará a Gestión Integral de la Información el expediente del establecimiento para preparar la visita de la inspección de seguimiento, un día antes de la fecha programada. 125 MINISTERIO DE SALUD DE COSTA RICA NIVEL INTRAINSTITUCIONAL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS, INSTRUCCIONES Y RUTINAS FECHA DE EMISIÓN: GESTIÓN DE DENUNCIAS POR FILTRACION DE AGUAS CÓDIGO: MS.NL.GDFA 7.12.1.6 El Equipo de Atención al Cliente traslada el expediente al funcionario respectivo para la atención del seguimiento programado. 7.12.2 Si Atención al Cliente ejecuta las tareas de Gestión integral de la Información 7.12.2.1 El Equipo de Atención al Cliente incorporará en el expediente el establecimiento las resoluciones, notificaciones y citas programadas ordenará y foliará el mismo. 7.12.2.2 El Equipo de Atención al Cliente archivará el expediente. 7.12.2.3 El Equipo de Atención al Cliente prepara la visita de inspección de seguimiento un día antes de la fecha programada para la atención del mismo. 7.12.2.4 El Equipo de Atención al Cliente trasladará el expediente al funcionario para la atención del seguimiento respectivo. 7.13 Realizar visita de seguimiento para verificar el cumplimiento de la orden sanitaria. El funcionario del Proceso de Regulación de la Salud realiza seguimiento a la orden sanitaria, con la finalidad de verificar su cumplimiento. 126 MINISTERIO DE SALUD DE COSTA RICA NIVEL INTRAINSTITUCIONAL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS, INSTRUCCIONES Y RUTINAS FECHA DE EMISIÓN: GESTIÓN DE DENUNCIAS POR FILTRACION DE AGUAS CÓDIGO: MS.NL.GDFA Si los responsables del establecimiento han cumplido lo ordenado en la orden sanitaria, el caso se cierra mediante el informe o la resolución respectiva, dirigido a la Dirección de Área Rectora informando de lo encontrado y cerrando el caso. La Dirección devuelve el expediente completo al Equipo de Atención al Cliente, para la notificación y archivo correspondiente. Caso contrario, continua con la siguiente actividad. 7.14 Aplicar medidas especiales. En caso de incumplimiento de la orden sanitaria, el Equipo de Regulación de la Salud aplica la medida especial que corresponda, con base en lo establecido en los artículos 355 y siguientes de la Ley General de Salud. 7.15 Confeccionar resolución de cierre del caso o elevar el caso a Ministerio Público El funcionario de Regulación de la Salud elabora la resolución o informe técnico dirigido a la Dirección de Área, para cierre del caso o la resolución para enviar el caso al Ministerio Público para lo que proceda. 7.16 Trasladar expediente con el informe de resolución al Equipo de Atención al Cliente. La Dirección del Área Rectora traslada expediente junto con el informe de resolución al Equipo de Atención al Cliente con los controles respectivos para su notificación, quien notificará al Ministerio Público, adjuntando el informe de resolución del Equipo de Regulación de la Salud, con base en el protocolo de notificaciones establecido, mediante comprobante de entrega. 127 8. Diagrama De Flujo 128 129 130 MINISTERIO DE SALUD DE COSTA RICA NIVEL INTRAINSTITUCIONAL FECHA DE EMISIÓN: MANUAL DE PROCEDIMIENTOS, GESTIÓN DE DENUNCIAS POR FILTRACION DE AGUAS INSTRUCCIONES Y RUTINAS CÓDIGO: MS.NL.GDFA Anexos Anexo 1 AREA RECTORA DE SALUD CARMEN-MERCED-URUCA ORDEN SANITARIA N°________________ Página 1 de 2 A:_____________________________________________________________________________ Nombre 1er Apellido 2do Apellido A:_____________________________________________________________________________ Nombre 1er Apellido 2do Apellido NOMBRE DEL ESTABLECIMIENTO:_________________________________________________ Dirección:______________________________________________________________________ Fecha:_______________________ Plazo:____________________ Vence:____________ A FIN DE PROTEGER LA SALUD PUBLICA, por motivo de: (SE ANOTAN ALGUNOS POSIBLES MOTIVOS, QUE DEPENDEN O VARIAN DE CADA CASO EN PARTICULAR) Existir denuncia por contaminación de Aguas después de verificación mediante coloración de fluoresceína sódica, se encontró que la prueba salió positiva afectando la salud pública e incumpliendo con lo estipulado en la legislación vigente, conforme el informe técnico N°____________________ (se adjunta indicar número de folios adjuntos), en el plazo indicado proceder a: _________________________ _________________________ _________________________ __________________________ __________________________ Lo anterior con base en lo disponen la Constitución Política, artículo 50; la Ley General de Salud, artículos 1, 2, 3, 4, 7, 262, 263, 285, 286, 287, 290, 291, 292, La Ley Orgánica del Ministerio de Salud. Se previene, que el incumplimiento o desobediencia injustificada a lo aquí ordenado, dará motivo -previa verificación- para que la Autoridad de Salud dicte o asuma las medidas especiales que estime convenientes, lo que puede incluir la clausura de la actividad, el decomiso, el desalojo y/o denuncia respectiva ante los Tribunales de Justicia, por el delito de desobediencia, tipificado y sancionado en el artículo 307 del Código Penal, que sanciona con pena de prisión a quien desobedeciere una orden impartida por un funcionario público en el ejercicio de sus funciones, salvo que se trate de la propia detención. 131 MINISTERIO DE SALUD DE COSTA RICA FECHA DE EMISIÓN: NIVEL INTRAINSTITUCIONAL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS, GESTIÓN DE DENUNCIAS POR FILTRACION DE AGUAS INSTRUCCIONES Y RUTINAS CÓDIGO: MS.NL.GDFA Al presente acto le son oponibles los recursos ordinarios de revocatoria y apelación que establece el Artículo 52 de la Ley Orgánica del Ministerio de Salud, en el plazo de cinco días hábiles y ante la Autoridad que lo dictó. Mismos que pueden oponerse en el Área Rectora de Salud Carmen-Merced-Uruca. La revocatoria será resuelta por la Dirección Regional de Rectoría de la Salud Central Sur, y la apelación -en su caso-, será de conocimiento de la Señora Ministra de Salud. Autoridad de Salud: ____________________________________________________ Nombre Firma ACTA DE NOTIFICACION ORDEN SANITARIA N°____________________ He sido notificado (a) de la Orden Sanitaria número _________________ a las ________ hora, del día ____ del mes _____ del año _______ Nombre Firma # Cédula Nombre Firma # Cédula Nombre y firma del notificador 132 MINISTERIO DE SALUD DE COSTA RICA NIVEL INTRAINSTITUCIONAL FECHA DE EMISIÓN: MANUAL DE PROCEDIMIENTOS, GESTIÓN DE DENUNCIAS POR FILTRACION DE AGUAS CÓDIGO: MS.NL.GDFA INSTRUCCIONES Y RUTINAS Anexo 2 INFORME TECNICO O RESOLUCION Número de Oficio San José, fecha Doctora Carolina Guillén Meléndez DIRECTORA Área Rectora de Salud Carmen-Merced-Uruca Estimada Doctora: ASUNTO: ________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________ Antecedentes: _______________________ _______________________ _______________________ _______________________ _______________________ Observaciones: ________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________ 133 MINISTERIO DE SALUD DE COSTA RICA FECHA DE EMISIÓN: NIVEL INTRAINSTITUCIONAL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS, GESTIÓN DE DENUNCIAS POR FILTRACION DE AGUAS INSTRUCCIONES Y RUTINAS CÓDIGO: MS.NL.GDFA Conclusiones: _________________________________________________________________________ _________________________________________________________________________ _________________________________________________________________________ _________________________________________________________________________ _________________________________________________________________________ Se le indica al responsable legal de la actividad, proceder bajo su responsabilidad a la corrección de lo antes descrito. Así mismo, se le reitera que hasta tanto no corrija y sea verificado por la Autoridad Sanitaria, no obtendrá el permiso sanitario de funcionamiento para ejercer la actividad. Finalmente indicarle, que una vez finalizadas las mejoras, debe comunicarlo formalmente a este Ministerio. Sustento legal: Las anteriores disposiciones, están conforme a la Constitución Política (Art. 21 y 50), a la Ley General de Salud artículos 1, 2, 4, 7, 2262, 263, 285, 286, 287, 290, 291, 292, la Ley Orgánica del Ministerio de Salud, El Decreto 37428-S Reglamento General para el Otorgamiento de Permisos de Funcionamiento y su reforma Decreto 35145-S. Atentamente, Autoridad de Salud:________________________________________________________ Nombre Cc/ Archivo Cron. Firma # Cédula 134 GESTION DE DENUNCIAS POR RUIDO EN ESTABLECIMIENTOS CÓDIGO MS.NL… MINISTERIO DE SALUD DE COSTA RICA – NIVEL LOCAL ÁREA DE GESTIÓN: IMPACTO DE LA RECTORÍA DE LA SALUD LICDA. CELIA JIMÉNEZ VILLEGAS PREPARADO POR: EQUIPO DE INVESTIGACIÓN DE TESIS MSC. MARÍA DEL CARMEN BONILLA BONILLA VALIDADO POR : PROCESO REGULACION RECTORA DE SALUD DE ÁREA CARMEN-MERCED- URUCA LECTORA DE TESIS MSc. SONIA GONZALEZ ROJAS REVISADO POR: TUTOR DE TESIS MSC. GUSTAVO ELIZONDO FALLAS APROB ADO POR: VERSIÓN Nº: FECHA DE EMISIÓN: MAYO 2011 FECHA DE EMISIÓN: 135 MINISTERIO DE SALUD DE COSTA RICA NIVEL INTRAINSTITUCIONAL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS, INSTRUCCIONES Y RUTINAS VERSIÓN GESTIÓN DE DENUNCIAS POR RUIDO EN CÓDIGO: ESTABLECIMIENTOS MS.NL… 1. Introducción Este procedimiento presenta una descripción de los pasos para la gestión de una denuncia por ruido en establecimientos con o sin Permiso Sanitario de Funcionamiento, con el fin de estandarizar la manera en que el personal técnico y profesional de este Ministerio debe ejecutar las acciones que componen tal gestión y, de esta manera, evaluar la aplicación de la normativa y determinar e implementar medidas preventivas y correctivas de forma oportuna, para mejorar la gestión. 2. Objetivo Establecer los lineamientos para la gestión de una denuncia por ruido en establecimientos con o sin Permiso Sanitario de Funcionamiento. 3. Alcance Ministerio de Salud de Costa Rica en las Áreas Rectoras de Salud como Nivel operativo de la atención Nivel Regional como apoyo. 4. Definiciones Contaminación por ruido. Exceso de sonido que altera las condiciones normales del ambiente en una determinada zona. Si bien el ruido no se acumula, traslada o mantiene en el tiempo como las otras contaminaciones, también puede causar grandes daños en la calidad de vida de las personas si no se controla adecuadamente. Cronograma de Mejoras. Esquema básico donde se distribuye y organiza en forma secuencial temporal el conjunto de actividades diseñadas a lo largo de un periodo, para mejorar una situación actual. La organización temporal básicamente se establece en torno a dos ejes: la duración de la actividad y el tiempo que previsiblemente tardará en ejecutarse cada una. 136 MINISTERIO DE SALUD DE COSTA RICA NIVEL INTRAINSTITUCIONAL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS, INSTRUCCIONES Y RUTINAS VERSIÓN GESTIÓN DE DENUNCIAS POR RUIDO EN ESTABLECIMIENTOS CÓDIGO: MS.NL... Fuente emisora. Todas aquellas capaces de emitir contaminantes a la atmósfera, pudiendo tener un origen natural o antropogénico. Generalmente se clasifican en fijas, por ejemplo una industria, zona agrícola y móvil, por ejemplo vehículos automotores. Informe Técnico o Resolución. Documento que emite el personal técnico o profesional del Ministerio de Salud responsable del trámite relacionado con el permiso sanitario de funcionamiento, el cual contiene recomendaciones de las acciones a seguir. También se emplea para avalar, refrendar o aprobar las acciones que el Ministerio de Salud ordena, o cualquier otro trámite. Orden Sanitaria: Acto administrativo mediante el cual el Ministerio de Salud hace del conocimiento de la persona interesada, de una resolución o disposición particular o especial en resguardo de la salud y el ambiente, la cual es de acatamiento obligatorio y debe ser ejecutada en el plazo que se indique. Con la emisión de una orden sanitaria el Ministerio de Salud da inicio al debido proceso a que tiene derecho la persona interesada. Plan de Confinamiento Ruido. Consiste en aquellas acciones o medidas correctivas tendientes a encapsular, absorber o disminuir el ruido dentro de la fuente emisora a fin de no afectar a terceros. El mismo contempla Memoria del Cálculo y Cronograma de Actividades de Mejoras. Permiso Sanitario de Funcionamiento Provisional. Resolución que otorga el Ministerio de Salud autorizando el funcionamiento provisional de una actividad o establecimiento, de conformidad con lo señalado por la Sala Constitucional en los votos números 0235-91, 4573-98 y 6892-98. Dicho permiso es provisional y se otorga por un tiempo definido mediante la presentación de un proyecto de mejoramiento o justificación técnica, que va a permitir el funcionamiento provisional de forma controlada, siempre y cuando el mismo no represente un riesgo inminente para la salud de los trabajadores, de terceros o del ambiente. Únicamente aplica para casos de renovación del permiso sanitario de funcionamiento. 137 MINISTERIO DE SALUD DE COSTA RICA NIVEL INTRAINSTITUCIONAL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS, INSTRUCCIONES Y RUTINAS VERSION: GESTIÓN DE DENUNCIAS POR RUIDO EN ESTABLECIMIENTOS CÓDIGO: MS.NL… Permiso Sanitario de Funcionamiento o Permiso de Funcionamiento (P.S.F.). Certificado que emite el Ministerio de Salud autorizando el funcionamiento de un establecimiento agrícola, comercial, industrial o de servicios, en una ubicación determinada. 5. Referencias Ley General de Salud Nº 5395 Reglamento General para el Funcionamiento D. E. Nº 34728-S Otorgamiento de Permiso Sanitario de Reglamento de Control de la Contaminación por Ruido D. E. Nº 78718-S Reglamento Procedimiento para la Medición de Ruido D. E. Nº 32692- S 6. Responsables Director (a) del Área Rectora de Salud. Equipo de Regulación de la Salud del Área Rectora de Salud. Equipo de Atención al Cliente. Proceso de Regulación de la Salud del Nivel Regional. Jefatura de la Unidad Rectoría de la Salud. Jefatura de la Unidad de Atención al Cliente 7. Procedimiento 7.1. Recibir denuncia El Equipo de Atención al Cliente recibe denuncia por ruido por parte de clientes, mediante el formulario oficial. Dicha fórmula debe ser llenada por el denunciante. 138 MINISTERIO DE SALUD DE COSTA RICA NIVEL INTRAINSTITUCIONAL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS, INSTRUCCIONES Y RUTINAS 7.2 VERSIÓN: GESTIÓN DE DENUNCIAS POR RUIDO EN ESTABLECIMIENTOS CÓDIGO: MS.NL… Registrar en la base de datos. El Equipo de Atención al Cliente procede a registrar la denuncia planteada. Si falta algún dato en el formulario, el Encargado de Atención al Cliente solicita al denunciante completar los datos de forma inmediata. Una vez que la denuncia está debidamente llena, debe proceder a registrarla en la base de datos y entregar copia de la denuncia y comprobante de recibo al denunciante. 7.3 Coordinar con la Dirección del Área Rectora de Salud y programar visita de inspección en base de datos e imprimir boleta. El Equipo de Atención al Cliente coordina con la Dirección del Área Rectora de Salud para asignación de casos, con la finalidad programar el día de atención de la denuncia planteada, incorporarla en la Agenda respectiva e imprimir la boleta respectiva. Si el establecimiento cuenta con expediente, se continúa con la actividad 7.5. De lo contrario, se procede con el punto 7.4. 7.4 Abrir expediente de la denuncia. El Equipo de Atención al Cliente procede a abrir expediente de la denuncia, con la finalidad de incorporarla con todos documentos presentados por el denunciante. 7.5. En caso de que exista expediente del establecimiento. 7.5.1. Si existe personal exclusivo de Gestión Integral de la Información. 7.5.1.1 El Equipo de Atención al Cliente solicita el expediente del establecimiento debidamente foliado y ordenado, a este proceso. 7.5.1.2 El Equipo de Atención al Cliente incorporará la denuncia planteada a dicho expediente. 7.5.1.3 El Equipo de Atención al Cliente devolverá a Gestión Integral de la información el expediente para su archivo 139 MINISTERIO DE SALUD DE COSTA RICA NIVEL INTRAINSTITUCIONAL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS INSTRUCCIONES Y RUTINAS VERSIÓN: ATENCIÓN DE DENUNCIAS POR RUIDO EN ESTABLECIMIENTOS CÓDIGO: MS.NL.… 7.5.1.4 El Equipo de Atención al Cliente solicitará a Gestión Integral de la información el expediente del establecimiento para preparar la visita de la inspección, un día antes de la fecha programada. 7.5.1.5 El Equipo de Atención al Cliente traslada el expediente al funcionario respectivo para la atención de la denuncia. 7.5.2 Si Atención al Cliente ejecuta las tareas de Gestión Integral de la información 7.5.2.1 El Equipo de Atención al Cliente incorporará en el expediente del establecimiento la denuncia recibida, ordenará y foliará el mismo. 7.5.2.2 El Equipo de Atención al Cliente archivará el expediente. 7.5.2.3 El Equipo de Atención al Cliente prepara la visita de inspección un día antes de la fecha programada de atención. 7.5.2.4 El Equipo de Atención al Cliente trasladará el expediente al funcionario respectivo, para la atención de la misma. 7.6 Revisar contenido de la denuncia y del expediente administrativo. El funcionario de Regulación de la Salud procede a estudiar el marco normativo a aplicar, si el establecimiento cuenta con permiso, si existen otras denuncias, órdenes sanitarias, entre otros. En caso que el funcionario asignado no conozca los detalles del establecimiento, se debe realizar una verificación del lugar. En caso, de encontrarse alguna incongruencia en la denuncia, se coordina de inmediato con el Equipo de Atención al Cliente para que se corrija y seguir con el punto 7.7. 140 MINISTERIO DE SALUD DE COSTA RICA NIVEL INTRAINSTITUCIONAL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS, INSTRUCCIONES Y RUTINAS VERSIÓN: ATENCIÓN DE DENUNCIAS POR RUIDO EN ESTABLECIMIENTOS CÓDIGO: MS.NL.… 7.7 Coordinar con denunciante (s) e instituciones de apoyo. El funcionario de Regulación de la Salud procede a coordinar e informar al denunciante (s) el día de atención de la denuncia y en caso necesario, con instituciones de apoyo. 7.8 Realizar medición sónica y elaborar informe técnico. El funcionario de Regulación de la Salud realiza medición sónica con base en lo establecido en el Procedimiento de Medición de Ruido Decreto Nº 32692-S. Obligatoriamente debe realizarse medición sónica al establecimiento (s) que cuenta con permiso de funcionamiento para realizar la actividad. En el caso, de que el establecimiento no cuente con permiso de funcionamiento para realizar la actividad, será criterio del funcionario de Regulación de la Salud realizar la medición sónica. En caso de optar por no realizar la medición sónica, pasa a la actividad 7.10. 7.9 Elaborar informe técnico y orden sanitaria para suspender el permiso de la actividad que genera ruido o suspender la actividad si no tiene permiso. El funcionario de Regulación de la Salud elabora informe técnico de la medición de ruido que realizó, dirigido a la Dirección del Área Rectora para informarle los resultados obtenidos, con base a lo que establece los Decretos Nº 32692-S y Nº 28718-S. y elabora orden sanitaria para suspender el permiso de la actividad que genera ruido o suspender la actividad si no tiene permiso, utilizando como guía el anexo nº 1. La orden sanitaria debe incluir información al administrado de que si es de su interés continuar con la actividad, debe presentar Plan de Confinamiento de Ruido con su respectiva Memoria de Cálculo y cronograma de actividades y, en caso necesario el plano de construcción. Indicar además, que hasta que el plan sea verificado, obtendrá el permiso para desarrollar la actividad. El Reglamento para el Control de la Contaminación por Ruido establece el nivel sónico permitido para la fuente emisora en cada una de las zonas receptoras definidas, tanto para el período diurno como para el nocturno. El funcionario de 141 MINISTERIO DE SALUD DE COSTA RICA NIVEL INTRAINSTITUCIONAL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS, INSTRUCCIONES Y RUTINAS VERSION: ATENCIÓN DE DENUNCIAS POR RUIDO EN ESTABLECIMIENTOS CÓDIGO: MS.NL.… Regulación de la Salud debe considerar la suspensión parcial de la actividad, en caso de que el establecimiento cumpla con el nivel sónico permitido en uno de los períodos citados (diurno / nocturno). Si el establecimiento cumple con los niveles sónicos permitidos por la normativa, el funcionario de Regulación de la Salud confecciona el informe técnico para el cierre del caso dirigido a la Dirección de Área Rectora para informarle de los resultados de la medición sónica, se procederá a notificar los resultados y se cierra el caso. 7.10 Devolución del expediente al Equipo de Atención al Cliente. El funcionario de Regulación de la Salud entrega al Equipo de Atención al Cliente expediente junto con original de la orden sanitaria e informe técnico, para su notificación según protocolo e indica al Equipo de Atención al Cliente la fecha de seguimiento según plazo establecido, para incluir en Agenda respectiva. 7.11 Notificar a las partes involucradas. Actualizar base de datos. El Equipo de Atención al Cliente o de Regulación de la Salud procede, con base en lo establecido en el protocolo, a notificar a las partes y actualizar la información en la base datos, con relación a esta denuncia. 7.12 Coordinar con funcionario de Regulación de la Salud y programar visita seguimiento. El Equipo de Atención al Cliente coordina con el funcionario responsable de Regulación de la Salud, con la finalidad de programar visita de seguimiento, como sigue: 7.12.1 Si existe personal exclusivo de Gestión Integral de la Información. 7.12.1.1 El Equipo de Atención al Cliente solicita el expediente del establecimiento debidamente foliado y ordenado, a este proceso. 142 MINISTERIO DE SALUD DE COSTA RICA NIVEL INTRAINSTITUCIONAL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS, INSTRUCCIONES Y RUTINAS VERSION: ATENCIÓN DE DENUNCIAS POR RUIDO EN ESTABLECIMIENTOS CÓDIGO: MS.NL.… 7.12.1.2 El Equipo de Atención al Cliente incorporará el seguimiento respectivo (resoluciones notificadas y citas) a dicho expediente. 7.12.1.3 El Equipo de Atención al Cliente devolverá a Gestión Integral de la Información el expediente para su archivo. 7.12.1.4 El Equipo de Atención al cliente solicitará a Gestión Integral de la Información el expediente del establecimiento para preparar la visita de la inspección de seguimiento, un día antes de la fecha programada. 7.12.1.5 El Equipo de Atención al Cliente traslada el expediente al funcionario respectivo para la atención del seguimiento programado. 7.12.2 Si Atención al Cliente ejecuta las tareas de Gestión Integral de la información 7.12.2.1 El Equipo de Atención al Cliente incorporará en el expediente del establecimiento las resoluciones, notificaciones y citas programadas ordenará y foliará el mismo. 7.12.2.2 El Equipo de Atención al Cliente archivará el expediente. 7.12.2.3 El Equipo de Atención al Cliente prepara la visita de inspección de seguimiento un día antes de la fecha programada para la atención del mismo 7.12.2.4 El Equipo de Atención al Cliente trasladará el expediente al funcionario para la atención del seguimiento respectivo 143 MINISTERIO DE SALUD DE COSTA RICA NIVEL INTRAINSTITUCIONAL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS, INSTRUCCIONES Y RUTINAS VERSION: ATENCIÓN DE DENUNCIAS POR RUIDO EN ESTABLECIMIENTOS CÓDIGO: MS.NL.… 7.13 Realizar visita de seguimiento para verificar el cumplimiento de la orden sanitaria. El funcionario del Proceso de Regulación de la Salud realiza seguimiento a la orden sanitaria, con la finalidad de verificar su cumplimiento. Si los responsables del establecimiento han cumplido lo indicado en la orden sanitaria, el caso se cierra mediante el informe o la resolución respectiva, devolviendo el expediente completo al Equipo de Atención al Cliente, para la notificación y archivo correspondiente. Caso contrario, continua con la siguiente actividad. 7.14 Aplicar medidas especiales. En caso de incumplimiento de la orden sanitaria, el Equipo de Regulación de la Salud aplica la medida especial que corresponda, con base en lo establecido en los artículos 355 y siguientes de la Ley General de Salud. Si el administrado tiene interés en obtener permiso para realizar la actividad, debe presentar Plan de Confinamiento de Ruido con su respectiva Memoria de Cálculo y cronograma de actividades. Si no tiene interés en el mismo, se mantiene la conclusión del caso. 7.15 Recibir y Trasladar Plan de Confinamiento presentado por el administrado. El Equipo de Atención al Cliente recibe Plan de Confinamiento de Ruido y lo traslada a la Dirección de Área de Salud, para ser asignado al funcionario de Regulación responsable. 7.16 Coordinar con funcionario de Regulación de la Salud y programar visita de inspección. El Equipo de Atención al Cliente coordina con el funcionario responsable del Equipo de Regulación de la Salud, con la finalidad de programar inspección de 144 MINISTERIO DE SALUD DE COSTA RICA NIVEL INTRAINSTITUCIONAL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS, INSTRUCCIONES Y RUTINAS VERSION: ATENCIÓN DE DENUNCIAS POR RUIDO EN ESTABLECIMIENTOS CÓDIGO: MS.NL… seguimiento para la verificación del cumplimiento del Plan de Confinamiento según cronograma de actividades y de inmediato la incorporará en la Agenda respectiva. 7.17 Entregar expediente y Plan de Confinamiento de Ruido para su inspección a Equipo de Regulación de la Salud. El Equipo de Atención al Cliente entrega el expediente administrativo y Plan de Confinamiento de Ruido al Equipo de Regulación de la Salud, como sigue: 7.17.1 Si existe personal exclusivo de Gestión Integral de la Información. 7.17.1.1 El Equipo de Atención al Cliente solicita el expediente del establecimiento debidamente foliado y ordenado, a este proceso. 7.17.1.2 El Equipo de Atención al cliente solicitará a Gestión Integral de la Información el expediente del establecimiento para preparar la visita de la inspección de seguimiento, un día antes de la fecha programada. 7.17.1.3 El Equipo de Atención al Cliente traslada el expediente al funcionario respectivo para la atención del seguimiento. 7.17.2 Si Atención al Cliente ejecuta las tareas de Gestión Integral de la información 7.17.2.1 El Equipo de Atención al Cliente prepara la visita de inspección de seguimiento un día antes de la fecha programada para la atención de la misma. 7.17.2.2 El Equipo de Atención al Cliente trasladará el expediente al funcionario, para la atención del seguimiento respectivo 145 MINISTERIO DE SALUD DE COSTA RICA NIVEL INTRAINSTITUCIONAL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS, INSTRUCCIONES Y RUTINAS VERSION: ATENCIÓN DE DENUNCIAS POR RUIDO EN ESTABLECIMIENTOS CÓDIGO: MS.NL.… 7.18 Realizar inspección y elaborar informe. El Equipo de Regulación de la Salud realiza inspección al establecimiento y elabora informe técnico dirigido a la Dirección del Área Rectora de Salud, en el informe técnico debe contemplar lo verificado en cuanto a: condiciones de ubicación, físico sanitarias, de seguridad, entre otros que sirvan como insumo para la resolución del Plan de Confinamiento de Ruido. 7.19 Traslado el expediente al Equipo de Atención al Cliente. La Dirección del Área Rectora de Salud entrega al Equipo de Atención al Cliente expediente junto con el informe técnico y el Plan de Confinamiento de Ruido, para que se traslade como insumo para su resolución a quien corresponda la elaboración de la misma. 7.20 Traslado expediente a la Unidad de Atención al Cliente. El Equipo de Atención al Cliente remite a la Unidad de Atención al Cliente expediente del establecimiento incluyendo el Plan de Confinamiento de Ruido e informe técnico de la inspección realizada, con base a los protocolos establecidos de Recepción y Traslado de Documentos. 7.21 Traslado expediente junto con Plan de Confinamiento de Ruido a la Unidad Rectoría de la Salud. La Unidad de Atención al Cliente traslada a la Unidad de Rectoría de la Salud expediente administrativo junto con el Plan de Confinamiento de Ruido, para la resolución respectiva, con base en el protocolo establecido. 7.22 Revisar el Plan de Confinamiento de Ruido. La Unidad de Rectoría de la Salud revisa el Plan de Confinamiento de Ruido, con base a criterio profesional y/o técnico y lo establecido en la normativa vigente. 146 MINISTERIO DE SALUD DE COSTA RICA NIVEL INTRAINSTITUCIONAL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS, INSTRUCCIONES Y RUTINAS VERSIÓN: ATENCIÓN DE DENUNCIAS POR RUIDO EN ESTABLECIMIENTOS CÓDIGO: MS.NL… 7.23 Elaborar informe con resolución sea favorable o negativa. Una vez estudiado el Plan de Confinamiento de Ruido, la Unidad de Rectoría de la Salud elabora informe resolviendo la aprobación o no del plan citado. En caso de que el plan sea aprobado, indicar al Área Rectora de Salud que le informen al administrado proceder bajo su responsabilidad a la implementación del plan. Asimismo, reiterarle que hasta tanto lo implemente y sean verificadas las condiciones, no obtendrá el permiso de funcionamiento para ejercer la actividad y que una vez concluidas las mejoras, el administrado debe comunicarlo formalmente al Área Rectora de Salud, para su verificación. 7.24 Traslado expediente e informe a la Unidad de Atención al Cliente. La Unidad de Rectoría de la Salud traslada el expediente junto con el Plan de Confinamiento de Ruido e informe de resolución a la Unidad de Atención al Cliente, con base a los protocolos establecidos para traslado y recepción de documentos. 7.25 Traslado del expediente al Equipo de Atención al Cliente. La Unidad de Atención al Cliente traslada el expediente del establecimiento completo al Equipo de Atención al Cliente, con base a los protocolos establecidos para traslado y recepción de documentos. 7.26 Traslado del expediente a la Dirección del Área Rectora de Salud. El Equipo de Atención al Cliente remite expediente completo a la Dirección del Área Rectora de Salud correspondiente, con base a los protocolos establecidos para traslado y recepción de documentos. 7.27 Revisar informe. La Dirección del Área Rectora de Salud revisará conjuntamente con el funcionario asignado del Equipo de Regulación de la Salud el informe, con la finalidad revisar el resultado y coordinar acciones a tomar. 147 MINISTERIO DE SALUD DE COSTA RICA NIVEL INTRAINSTITUCIONAL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS, INSTRUCCIONES Y RUTINAS VERSION: ATENCIÓN DE DENUNCIAS POR RUIDO EN ESTABLECIMIENTOS CÓDIGO: MS.NL.… En caso de que el plan no haya sido aprobado, se procede notificar al interesado para que realice las correcciones al plan de confinamiento de ruido y reinicie el trámite en la actividad 7.15. 7.28 Recibir nota del administrado de cumplimiento de las mejoras establecidas en el Plan de Confinamiento. El Equipo de Atención al Cliente recibe nota del administrado indicando cumplimiento de las mejoras establecidas en el cronograma del Plan de Confinamiento de Ruido, con base en el protocolo de recepción de documentos establecido; y deberá proceder como sigue: 7.28.1 Si existe personal exclusivo de Gestión Integral de la Información. 7.28.1.1 El Equipo de Atención al Cliente solicita el expediente del establecimiento debidamente foliado y ordenado, a este proceso. 7.28.1.2 El Equipo de Atención al Cliente incorporará la nota del administrado a dicho expediente. 7.28.1.3 El Equipo de Atención al Cliente devolverá a Gestión Integral de la Información el expediente para su archivo. 7.28.2 Si Atención al Cliente ejecuta las tareas de Gestión Integral de la información 7.28.2.1 El Equipo de Atención al Cliente incorporará en el expediente del establecimiento la nota del administrado, además ordenará y foliará dicho expediente. 7.28.2.2 El Equipo de Atención al Cliente archivará el expediente. 148 MINISTERIO DE SALUD DE COSTA RICA NIVEL INTRAINSTITUCIONAL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS, INSTRUCCIONES Y RUTINAS 7.29 VERSION: ATENCIÓN DE DENUNCIAS POR RUIDO EN ESTABLECIMIENTOS CÓDIGO: MS.NL.… Coordinar con funcionario y programar visita de inspección para verificar mejoras. El Equipo de Atención al Cliente coordina con el funcionario responsable del Equipo de Regulación de la Salud, con la finalidad de programar inspección para verificar cumplimiento de las mejoras establecidas en el Plan de Confinamiento de Ruido, y de inmediato la incorporará en la Agenda respectiva. 7.30 Entregar expediente al Equipo de Regulación de la Salud. El Equipo de Atención al Cliente entrega expediente a la Dirección de Área Rectora de Salud, del establecimiento junto con la nota del administrado referente al cumplimiento del cronograma del Plan de Confinamiento de Ruido, con base en el protocolo establecido 7.30.1 Si existe personal exclusivo de Gestión Integral de la Información. 7.30.1.1 El Equipo de Atención al cliente solicitará a Gestión Integral de la Información el expediente del establecimiento para preparar la visita de la inspección de seguimiento, un día antes de la fecha programada. 7.30.1.2 El Equipo de Atención al Cliente traslada el expediente al funcionario respectivo para la atención del seguimiento programado. 7.30.2 Si Atención al Cliente ejecuta las tareas de Gestión Integral de la información 7.30.2.1 El Equipo de Atención al Cliente prepara la visita de inspección de seguimiento un día antes de la fecha programada para la atención del mismo. 7.30.2.2 El Equipo de Atención al Cliente trasladará el expediente al funcionario, para la atención del seguimiento respectivo 149 MINISTERIO DE SALUD DE COSTA RICA NIVEL INTRAINSTITUCIONAL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS, INSTRUCCIONES Y RUTINAS VERSION: ATENCIÓN DE DENUNCIAS POR RUIDO EN ESTABLECIMIENTOS CÓDIGO: MS.NL.. 7.31 Realizar inspección de verificación de mejoras y elaborar informe de resolución. El Equipo de Regulación de la Salud realiza inspección al establecimiento, con la finalidad de verificar el cumplimiento de las mejoras establecidas en el cronograma del Plan de Confinamiento de Ruido. El Equipo de Regulación de la Salud elabora informe de resolución detallando el cumplimiento de cada una de las mejoras establecidas en el Plan de Confinamiento de Ruido. En el mismo, debe resolverse si se otorga o no el Permiso de Funcionamiento Provisional por un período razonable, a fin de verificar la efectividad de las mejoras. 7.32 Trasladar expediente con el informe de resolución al Equipo de Atención al Cliente. El Equipo de Regulación de la Salud traslada expediente junto con el informe de resolución al Equipo de Atención al Cliente con los controles respectivos para su notificación, quien notificará al interesado, adjuntando el informe de resolución del Equipo de Regulación de la Salud, con base en el protocolo de notificaciones establecido, mediante comprobante de entrega. 7.33 Recibir y revisar expediente. El Equipo de Atención al Cliente recibe el expediente junto con el informe de resolución y revisa si se otorgó o no el Permiso de Funcionamiento Provisional. Si el Permiso de Funcionamiento Provisional no es aprobado, se notifica al administrado con base en el protocolo de notificaciones establecido y adjuntando el informe de resolución del Equipo de Regulación de la Salud y se reinicia en actividad 7.29, caso contrario se continúa con la siguiente actividad. 7.34 Confeccionar Permiso de Funcionamiento Provisional. El Equipo de Atención al Cliente confecciona el certificado de Permiso de Funcionamiento Provisional, conforme a lo establecido en el Decreto Nº 34728-S. 150 MINISTERIO DE SALUD DE COSTA RICA NIVEL INTRAINSTITUCIONAL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS, INSTRUCCIONES Y RUTINAS REVISION: ATENCIÓN DE DENUNCIAS POR RUIDO EN ESTABLECIMIENTOS CÓDIGO: MS.NL.… 7.35 Trasladar expediente y Permiso de Funcionamiento Provisional a lA Dirección del Área Rectora de Salud. El Equipo de Atención al Cliente traslada expediente junto con el Permiso de Funcionamiento Provisional a la Dirección del Área Rectora de Salud para su revisión y firma, con base en el protocolo establecido. 7.36 Revisar y aprobar el Permiso de Funcionamiento Provisional. La Dirección del Área Rectora de Salud revisa el informe de resolución, permiso de funcionamiento provisional y expediente para verificar que no se hayan omitido pasos o ignorado órdenes sanitarias pendientes u otros. En caso de que falte información, se coordina inmediatamente con el Equipo de Atención al Cliente y/o Equipo de Regulación de la Salud para que se corrija y seguir con la siguiente actividad. 7.37 Devolver expediente al Equipo de Atención al Cliente. La Dirección del Área Rectora de Salud devuelve expediente junto con el Permiso de Funcionamiento Provisional firmado, al Equipo de Atención al Cliente, mediante comprobante de entrega. 7.38 Recibir y revisar expediente. El Equipo de Atención al Cliente recibe el expediente completo y revisa si se aprobó (mediante firma de la Dirección de Área Rectora de Salud) o no el Permiso de Funcionamiento Provisional. Si el Permiso de Funcionamiento Provisional no es aprobado, se devuelve a actividad 7.32 para que se revise el informe de resolución, caso contrario se continúa con la actividad siguiente. 151 MINISTERIO DE SALUD DE COSTA RICA NIVEL INTRAINSTITUCIONAL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS, INSTRUCCIONES Y RUTINAS REVISION: ATENCIÓN DE DENUNCIAS POR RUIDO EN ESTABLECIMIENTOS CÓDIGO: MS.NL.… 7.39 Notificar Permiso Funcionamiento Provisional junto con Informe de Resolución. El Equipo de Atención al Cliente entrega Permiso de Funcionamiento Provisional al administrado junto con el informe de resolución, con base al protocolo y controles establecidos para tal fin. 7.40 Coordinar con el funcionario del Equipo de Regulación de la Salud y programar la realización de la medición sónica. El Equipo de Atención al Cliente coordina con el funcionario responsable del Equipo de Regulación de la Salud, con la finalidad de programar el día para realizar la medición sónica para verificar efectividad de las mejoras, y de inmediato la incorporará en la Agenda respectiva. 7.41 Trasladar el expediente al Equipo de Regulación de la Salud. El Equipo de Atención al Cliente traslada expediente completo al Equipo de Regulación de la Salud, con base en el protocolo establecido, de la siguiente forma: 7.41.1 Si existe personal exclusivo de Gestión Integral de la Información. 7.41.1.1 El Equipo de Atención al cliente solicitará a Gestión Integral de la Información el expediente del establecimiento para preparar la visita de la inspección de seguimiento, un día antes de la fecha programada. 7.41.1.2 El Equipo de Atención al Cliente traslada el expediente al funcionario respectivo para la atención del seguimiento programado. 7.41.2 Si Atención al Cliente ejecuta las tareas de Gestión Integral de la información 152 MINISTERIO DE SALUD DE COSTA RICA NIVEL INTRAINSTITUCIONAL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS, INSTRUCCIONES Y RUTINAS REVISION: ATENCIÓN DE DENUNCIAS POR RUIDO EN ESTABLECIMIENTOS CÓDIGO: MS.NL… 7.41.2.1 El Equipo de Atención al Cliente prepara la visita de inspección de seguimiento un día antes de la fecha programada para la atención del mismo. 7.41.2.2 El Equipo de Atención al Cliente trasladará el expediente al Funcionario, para la atención del seguimiento respectivo 7.42 Realizar medición sónica para verificar eficacia del Plan y elaborar informe de resolución. El Equipo de Regulación de la Salud realiza medición sónica con base en lo establecido en el Procedimiento de Medición de Ruido Decreto Nº 32692-S, con la finalidad de verificar la efectividad de las mejoras realizadas para confinar el ruido. El Equipo de Regulación de la Salud elabora informe técnico de la medición de ruido que realizó, con base a lo que establece los Decretos Nº 32692-S y Nº 28718-S. En el mismo, se resuelve si el establecimiento cumple o no con los niveles sónicos permitidos. En caso de que el establecimiento cumpla, se indica que debe realizar trámite para obtener el Permiso Sanitario de Funcionamiento. 7.43 Trasladar expediente e informe al Equipo de Atención al Cliente. El Equipo de Regulación de la Salud traslada expediente junto con el informe al Equipo de Atención al Cliente, mediante comprobante de entrega. 7.44 Recibir y revisar expediente. El Equipo de Atención al Cliente recibe el expediente junto con el informe y revisa si cumple con los requisitos para optar por el Permiso Sanitario de Funcionamiento. Si el Permiso Sanitario de Funcionamiento no es aprobado, se notifica al administrado para que reinicie en el punto 7.15, caso contrario se continúa con la siguiente actividad. 153 MINISTERIO DE SALUD DE COSTA RICA NIVEL INTRAINSTITUCIONAL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS, INSTRUCCIONES Y RUTINAS 7.45 REVISION: ATENCIÓN DE DENUNCIAS POR RUIDO EN ESTABLECIMIENTOS CÓDIGO: MS.NL… Notificar al administrado para que formalice la gestión del Permiso Sanitario de Funcionamiento. El Equipo de Atención al Cliente notifica al administrado el informe para que inicie la gestión para la obtención del Permiso Sanitario de Funcionamiento, conforme lo establece el Decreto Nº 34728-S 154 8. Diagrama De Flujo 155 156 157 158 159 160 161 MINISTERIO DE SALUD DE COSTA RICA NIVEL INTRAINSTITUCIONAL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS, INSTRUCCIONES Y RUTINAS FECHA DE EMISIÓN: ATENCIÓN DE DENUNCIAS POR RUIDO EN ESTABLECIMIENTOS CÓDIGO: MS.NL… Anexos Anexo 1 AREA RECTORA DE SALUD CARMEN-MERCED-URUCA ORDEN SANITARIA N°________________ Página 1 de 2 A:____________________________________________________________________ Nombre 1er Apellido 2do Apellido A:____________________________________________________________________ Nombre 1er Apellido 2do Apellido NOMBRE DEL ESTABLECIMIENTO:___________________________________________ Dirección:_________________________________________________________________ Fecha:_______________________ Plazo:____________________ Vence:____________ A FIN DE PROTEGER LA SALUD PUBLIA, por motivo de: (SE ANOTAN ALGUNOS POSIBLES MOTIVOS, QUE DEPENDEN O VARIAN DE CADA CASO EN PARTICULAR) Existir denuncia por contaminación de ruido, no contar con Permiso sanitario de funcionamiento, verificarse que el ruido producido por la actividad (salón de baile, karaoke, otros), sobrepasa los niveles permitidos por la legislación vigente, conforme el informe técnico N°____________________ (se adjunta indicar número de folios adjuntos), en el plazo indicado proceder a: 1- Suspender en su totalidad la actividad de realización de actividades musicales y/o bailables, con o sin instrumentos 2- Presentar un plan de confinamiento de ruido con su respectiva memoria de cálculo y cronograma de actividades. 3- Presentar planos constructivos con relación a las mejoras para el confinamiento de ruido para su visado sanitario en caso de ser necesario. 4- __________________________ 5- __________________________ 162 MINISTERIO DE SALUD DE COSTA RICA NIVEL INTRAINSTITUCIONAL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS, INSTRUCCIONES Y RUTINAS FECHA DE EMISIÓN: ATENCIÓN DE DENUNCIAS POR RUIDO EN ESTABLECIMIENTOS CÓDIGO: MS.NL… Si es de interés del administrado obtener el permiso sanitario de funcionamiento que autorice la realización de actividades musicales y/o bailables, con o sin instrumentos deberá formalizar su solicitud ante el Área Rectora de Salud respectiva. Hasta tanto se verifique el cumplimiento y la efectividad del Plan de Confinamiento aportado por el interesado se procederá a otorgar el respectivo permiso sanitario de funcionamiento. Lo anterior con base en lo disponen la Constitución Política, artículo 50; la Ley General de Salud, artículos 1, 2, 3, 4, 7, … La Ley Orgánica del Ministerio de Salud, así como el decreto N° 32692-S Procedimiento para Medición de Ruido, publicado en la Gaceta N° 201 del 19 de octubre del 2005; el decreto N° 28718-S Reglamento para el control de contaminación por ruido. Se previene, que el incumplimiento o desobediencia injustificada a lo aquí ordenado, dará motivo -previa verificación- para que la Autoridad de Salud dicte o asuma las medidas especiales que estime convenientes, lo que puede incluir la clausura de la actividad, el decomiso, el desalojo y/o denuncia respectiva ante los Tribunales de Justicia, por el delito de desobediencia, tipificado y sancionado en el artículo 307 del Código Penal, que sanciona con pena de prisión a quien desobedeciere una orden impartida por un funcionario público en el ejercicio de sus funciones, salvo que se trate de la propia detención. Al presente acto le son oponibles los recursos ordinarios de revocatoria y apelación que establece el Artículo 52 de la Ley Orgánica del Ministerio de Salud, en el plazo de cinco días hábiles y ante la Autoridad que lo dictó. Mismos que pueden oponerse en el Área Rectora de Salud Carmen-Merced-Uruca. La revocatoria será resuelta por la Dirección Regional de Rectoría de la Salud Central Sur, y la apelación -en su caso, será de conocimiento de la Señora Ministra de Salud. 163 MINISTERIO DE SALUD DE COSTA RICA NIVEL INTRAINSTITUCIONAL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS, INSTRUCCIONES Y RUTINAS FECHA DE EMISIÓN: ATENCIÓN DE DENUNCIAS POR RUIDO EN ESTABLECIMIENTOS CÓDIGO: MS.NL… Autoridad de Salud: ________________________________________ Nombre Firma ACTA DE NOTIFICACION ORDEN SANITARIA N°____________________ He sido notificado (a) de la Orden Sanitaria número _________________ a las ________ hora, del día ____ del mes _____ del año _______ Nombre Cédula Firma # Nombre Firma # Cédula Nombre y firma del notificador 164 MINISTERIO DE SALUD DE COSTA RICA NIVEL INTRAINSTITUCIONAL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS, INSTRUCCIONES Y RUTINAS FECHA DE EMISIÓN: ATENCIÓN DE DENUNCIAS POR RUIDO EN ESTABLECIMIENTOS CÓDIGO: MS.NL… Anexo 2 INFORME TECNICO O RESOLUCION Número de Oficio San José, fecha Doctora Carolina Guillén Meléndez DIRECTORA Área Rectora de Salud Carmen-Merced-Uruca Estimada Doctora: ASUNTO: _______________________________________________________________________ _______________________________________________________________________ _______________________________________________________________________ Antecedentes: _______________________ _______________________ _______________________ _______________________ _______________________ Observaciones: _______________________________________________________________________ _______________________________________________________________________ _______________________________________________________________________ Conclusiones: _______________________________________________________________________ _______________________________________________________________________ _______________________________________________________________________ 165 MINISTERIO DE SALUD DE COSTA RICA NIVEL INTRAINSTITUCIONAL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS, INSTRUCCIONES Y RUTINAS FECHA DE EMISIÓN: ATENCIÓN DE DENUNCIAS POR RUIDO EN ESTABLECIMIENTOS CÓDIGO: MS.NL… Se le indica al responsable legal de la actividad, proceder bajo su responsabilidad a la implementación del Plan de Confinamiento de Ruido. Así mismo, se le reitera que hasta tanto no corrija y sea verificada las condiciones por la Autoridad Sanitaria, no obtendrá el permiso sanitario de funcionamiento para ejercer la actividad. Finalmente indicarle, que una vez finalizadas las mejoras, debe comunicarlo formalmente a este Ministerio. Sustento legal: Las anteriores disposiciones, están conforme a la Constitución Política (Art. 21 y 50), a la Ley Orgánica del Ambiente, la Ley General de Salud artículos 1, 2, 4, 7, 39, , 337 y siguientes, 335 y siguientes, la Ley Orgánica del Ministerio de Salud, El Decreto 37428-S Reglamento General para el Otorgamiento de Permisos de Funcionamiento y su reforma Decreto 35145-S, Reglamento para el Control Contaminación Ruido Decreto N°28718-S; Procedimiento Medición Ruido Decreto N° 32692-S; así como… Atentamente, Autoridad de Salud:________________________________________________________ Nombre Firma # Cédula Cc/ Archivo Cron. 166 GESTIÓN DE DENUNCIAS POR CONTAMINACION DE ALIMENTO O ALIMENTO CONTAMINADO MS.NI.GDCA-AC CÓDIGO MS.NL MINISTERIO DE SALUD DE COSTA RICA – NIVEL LOCAL ÁREA DE GESTIÓN: IMPACTO DE LA RECTORÍA DE LA SALUD PREPARADO POR: EQUIPO DE INVESTIGACIÓN DE TESIS VALIDADO POR : PROCESO REGULACION DE ÁREA RECTORA DE SALUD CARMEN-MERCED- LICDA. CELIA JIMÉNEZ VILLEGAS MSC. MARÍA DEL CARMEN BONILLA BONILLA URUCA LECTORA DE TESIS MSC.SONIA GONZALEZ ROJAS TUTOR DE TESIS MSC. GUSTAVO ELIZONDO FALLAS REVISADO POR: REVISADO POR: APROB ADO POR: MAYO 2011 VERSIÓN Nº: FECHA DE EMISIÓN: 167 MINISTERIO DE SALUD DE COSTA RICA NIVEL INTRAINSTITUCIONAL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS, FECHA DE EMISIÓN: GESTIÓN DE DENUNCIAS POR CONTAMINACION DE INSTRUCCIONES Y RUTINAS ALIMENTO O ALIMENTO CONTAMINADO CÓDIGO: MS.NL… 1. Introducción Este procedimiento presenta una descripción de los pasos para la gestión de una denuncia por contaminación de alimento o alimento contaminado, con el fin de estandarizar la manera en que el personal técnico y profesional de este Ministerio debe ejecutar las acciones que componen tal gestión y, de esta manera, evaluar la aplicación de la normativa y determinar e implementar medidas preventivas y correctivas de forma oportuna, para mejorar la gestión. 2. Objetivo Proporcionar al personal de Regulación de la Salud las herramientas necesarias para la atención diligente de las denuncias por contaminación de alimento o alimento contaminado interpuesta por la población ante el Ministerio de Salud. 3. Alcance Ministerio de Salud de Costa Rica en las Áreas Rectoras de Salud como Nivel operativo de la atención. 4. Definiciones Para mayor comprensión de este procedimiento se necesita tener como referencia los siguientes conceptos. Acta de Inspección Ocular: Acta que se levanta al realizar observaciones, comprobaciones, y operaciones técnicas especializadas durante la aplicación de un mecanismo de control. Es un documento que se emite con motivo de una inspección Sanitaria, en la que se harán constar las circunstancias de la diligencia, las deficiencias o anomalías sanitarias observadas, el número de decomisos y destrucciones realizadas o en su caso las medidas de seguridad que se ejecuten en forma inmediata en las fábricas e industrias de alimentos. 168 MINISTERIO DE SALUD DE COSTA RICA NIVEL INTRAINSTITUCIONAL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS, INSTRUCCIONES Y RUTINAS FECHA DE EMISIÓN: GESTIÓN DE DENUNCIAS POR CONTAMINACION DE ALIMENTO O ALIMENTO CONTAMINADO CÓDIGO: MS.NL.GDCA-AC El formato consta de original y copia, debe ser firmada por el funcionario responsable y por el denunciado, al finalizar la inspección se le notificará copia del acta de inspección ocular al interesado. Actividades Programadas: Conjunto de acciones planificadas para ser llevadas a cabo en forma individual o grupal, que tiene como finalidad alcanzar los objetivos. Base de Datos: Colección integrada de datos almacenados en diferentes tipos de registros sea en forma digital o manual. Alimento: Se entiende por alimento y por producto alimenticio, para los efectos legales y reglamentarios, toda sustancia o producto natural o elaborado, que al ser ingerido por el hombre proporcione al organismo los elementos necesarios para su mantenimiento, desarrollo y actividad, y todo aquel que, sin tener tales propiedades, se consuma por hábito o agrado. Se consideran alimentos para los mismos efectos, los aditivos alimentarios, entendiéndose por tales toda sustancias o producto natural o elaborado, que poseyendo o no cualidades nutritivas, se adicione a los alimentos para coadyuvar, modificar o conservar sus propiedades. Alimentos adulterados: Se considera adulterado, para los efectos legales y reglamentarios, todo alimento: Que contenga una o varias sustancias extrañas a su composición reconocida y autorizada. Al que se le haya extraído parcial o totalmente cualesquiera de sus componentes haciéndoles perder o disminuir su valor nutritivo. El que haya sido adicionado, coloreado, o encubierto en forma de ocultar sus impurezas o disimular su inferior calidad. Al que se le haya agregado un aditivo alimentario no autorizado por el Ministerio. Alimento Alterado o Deteriorado: Se entiende por alimento alterado o deteriorado, para los efectos legales de esta ley y sus reglamentos, aquel que por cualquier causa natural ha sufrido perjuicio o cambio en sus características básicas, químicas o biológicas. 169 MINISTERIO DE SALUD DE COSTA RICA NIVEL INTRAINSTITUCIONAL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS, INSTRUCCIONES Y RUTINAS FECHA DE EMISIÓN: GESTIÓN DE DENUNCIAS POR ALIMENTO CONTAMINADO O CONTAMINACION DE ALIMENTOS CÓDIGO: MS.NL… Alimento Contaminado: Se considera alimento contaminado, para los efectos legales y reglamentarios, aquel que contenga microorganismos patógenos, toxinas o impurezas de origen orgánico o mineral repulsivas, inconvenientes o nocivas para la salud, Se presumirá contaminado el alimento que sea producto de una elaboración, envase o manipulación realizados en condiciones sanitarias defectuosas o en contravención a las disposiciones legales o reglamentarias. Alimento Falsificado: Se estimará falsificado, para los efectos legales y reglamentarios, todo alimento: Que se designe o expenda bajo nombre o calificativo que no le corresponda. Cuyo envase o rotulación contenga cualquier diseño o rotulación ambigua o falsa que induzca a error al público, respecto de su calidad, ingredientes o procedencia. Que se comercie o distribuya sin haber sido registrado debidamente, cuando esto corresponda reglamentariamente, o cuando habiendo sido registrado, ha sufrido modificaciones no autorizadas.27 Denuncia: La acción y efecto de denunciar (avisar, notificar, declarar la irregularidad o ilegalidad de algo, delatar). La denuncia puede realizarse ante las autoridades correspondientes.ii Eficacia: Determinación del grado en que el proyecto alcanza sus objetivos, a nivel de metas o propósitos. Por ejemplo: medida en que una intervención de desarrollo ha alcanzado, o se espera que alcance, sus objetivos, pertinentes de un modo eficiente y sostenible. Eficiencia: Determinación del grado en que los insumos económicos (fondos, servicios técnicos, tiempo, Etc.) se transforma en producto. 27 Fuente: Decreto Ejecutivo N° 19479-S Reglamento de Servicios de Alimentación al Público. 170 MINISTERIO DE SALUD DE COSTA RICA NIVEL INTRAINSTITUCIONAL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS, INSTRUCCIONES Y RUTINAS FECHA DE EMISIÓN: GESTIÓN DE DENUNCIAS POR ALIMENTO CONTAMINADO O CONTAMINACION DE ALIMENTOS CÓDIGO: MS.NL… Gestión: Conjunto de procesos emprendidos por una o más personas para dirigir, organizar, coordinar, controlar y retroalimentar las actividades laborales de otros individuos facilitando el cambio y la mejora continua, para el logro de los objetivos con la máxima productividad y calidad. Inspección para atención de las denuncias por contaminación de alimento o alimento contaminado: Es la diligencia de carácter técnico a cargo de personal del proceso de Regulación de la Salud del Área Rectora de Salud para comprobar y verificar lo denunciado por la población, para ordenarle al responsable de generar el problema que cumpla con lo estipulado en la legislación vigente. El Área Rectora de Salud tiene la atribución de la Constitución Política de la República de Costa Rica, Ley General de Salud y demás legislación vigente; de acuerdo a sus competencias y facultades, para vigilar que las condiciones sanitarias de los servicios, productos, personal y establecimientos, sean conforme a lo establecido por la normas correspondientes y de esa forma garantiza el bienestar físico, mental, social de la población. Emite actos administrativos (órdenes sanitarias) que surgen de las inspecciones de verificación sanitaria para ordenar la corrección a las anomalías detectadas. Las denuncias se toman como un indicador que le permite a la Institución conocer las inconformidades y realidad sanitaria que vive la población. Las inspecciones para verificación de lo denunciado deben ser programadas en su totalidad indistintamente si son anónimas, confidenciales o con nombre y apellido del denunciante, en tiempo oportuno y con resolución efectiva y eficaz, una vez notificada la orden sanitaria, el proceso de atención al cliente programa las inspecciones en agenda, de acuerdo al vencimiento de lo ordenado la inspección de seguimiento para verificar el cumplimiento respectivo. Orden Sanitaria: Acto administrativo mediante el cual el Ministerio de Salud hace del conocimiento de la persona interesada, de una resolución o disposición particular o especial en resguardo de la salud y el ambiente, la cual es de acatamiento obligatorio y debe ser ejecutada en el plazo que se indique. Con la emisión de una orden sanitaria el Ministerio de Salud da inicio al debido proceso a que tiene derecho la persona interesada. Protocolo: Método establecido para la ejecución de una determinada actividad. 171 MINISTERIO DE SALUD DE COSTA RICA NIVEL INTRAINSTITUCIONAL FECHA DE EMISIÓN: MANUAL DE PROCEDIMIENTOS, GESTIÓN DE DENUNCIAS POR ALIMENTO INSTRUCCIONES Y RUTINAS CONTAMINADO O CONTAMINACION DE ALIMENTOS CÓDIGO: MS.NL… 5. Referencias Constitución Política de la República de Costa Rica Ley General de la Salud Nº 5395. Ley General de Administración Pública Ley de Control Interno Modelo Conceptual y Estratégico de la Rectoría de la Producción Social de la Salud, Ministerio de Salud, San José, Costa Rica, 2006. Marco Estratégico del Ministerio de Salud, San José, Costa Rica, 2006. Decreto N° 19479-S Reglamento de Servicios de Alimentación al Público. 6. Responsables Director (a) del Área Rectora de Salud. Equipo de Regulación de la Salud del Área Rectora de Salud. Equipo de Atención al Cliente. 7. Procedimiento 7.1. Recibir denuncia El Equipo de Atención al Cliente recibe denuncia por contaminación de alimentos o alimento contaminado por parte del cliente, mediante el formulario oficial. Dicha fórmula debe ser llenada por el denunciante. 7.2 Registrar en la base de datos. El Equipo de Atención al Cliente procede a registrar la denuncia planteada. Si falta algún dato en el formulario, el Encargado de Atención al Cliente solicita al denunciante completar los datos de forma inmediata. Una vez que la denuncia está debidamente llena, debe proceder a registrarla en la base de datos y entregar copia de la denuncia y comprobante de recibo al denunciante. 172 MINISTERIO DE SALUD DE COSTA RICA NIVEL INTRAINSTITUCIONAL FECHA DE EMISIÓN: MANUAL DE PROCEDIMIENTOS, GESTIÓN DE DENUNCIAS POR ALIMENTO INSTRUCCIONES Y RUTINAS CONTAMINADO O CONTAMINACION DE ALIMENTOS CÓDIGO: MS.NL… 7.3 Coordinar con la Dirección de Área Rectora de Salud y programar visita de inspección en base de datos e imprimir boleta. El Equipo de Atención al Cliente coordina con la Dirección del Área Rectora de Salud, con la finalidad programar el día de atención de la denuncia planteada e incorporarla en la Agenda respectiva. Si el establecimiento cuenta con expediente, se continúa con la actividad 7.5. De lo contrario, se procede con el punto 7.4. 7.4 Abrir expediente de la denuncia. El Equipo de Atención al Cliente procede a abrir expediente de la denuncia, con la finalidad de incorporarla con todos documentos presentados por el denunciante. 7.5. En caso de que exista expediente del establecimiento. 7.5.1. Si existe personal exclusivo de Gestión Integral de la Información. 7.5.1.1 El Equipo de Atención al Cliente solicita el expediente del establecimiento debidamente foliado y ordenado, a este proceso. 7.5.1.2 El Equipo de Atención al Cliente incorporará la denuncia planteada a dicho expediente. 7.5.1.3 El Equipo de Atención al Cliente devolverá a Gestión Integral de la información el expediente para su archivo 7.5.1.4 El Equipo de Atención al Cliente solicitará a Gestión Integral de la Información el expediente del establecimiento para preparar la visita de la inspección, un día antes de la fecha programada. 7.5.1.5 El Equipo de Atención al Cliente traslada el expediente al funcionario respectivo para la atención de la denuncia. 7.5.2 Si Atención al Cliente ejecuta las tareas de Gestión Integral de la información 7.5.2.1 El Equipo de Atención al Cliente incorporará en el expediente del establecimiento la denuncia recibida y ordenará y foliará el mismo. 7.5.2.2 El Equipo de Atención al Cliente archivará el expediente. 173 MINISTERIO DE SALUD DE COSTA RICA NIVEL INTRAINSTITUCIONAL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS, INSTRUCCIONES Y RUTINAS FECHA DE EMISIÓN: GESTIÓN DE DENUNCIAS POR ALIMENTO CONTAMINADO O CONTAMINACION DE ALIMENTOS CÓDIGO: MS.NL… 7.5.2.3 El Equipo de Atención al Cliente prepara la visita de inspección un día antes de la fecha programada de atención. 7.5.2.4 El Equipo de Atención al Cliente trasladará el expediente al funcionario respectivo, para la atención de la misma. 7.6 Revisar contenido de la denuncia y del expediente administrativo. El funcionario de Regulación de la Salud procede a estudiar el marco normativo a aplicar, si el establecimiento cuenta con permiso, si existen otras denuncias, órdenes sanitarias, entre otros. En caso que el funcionario asignado no conozca los detalles del establecimiento, se debe realizar una verificación en el lugar. En caso, de encontrarse alguna incongruencia en la denuncia, se coordina de inmediato con el Equipo de Atención al Cliente para que se corrija y seguir con el punto 7.7. 7.7 En caso de prácticas deficientes de manufactura realizar inspección y elaborar informe técnico. El funcionario de Regulación de la Salud realiza inspección para verificación de lo denunciado. En el caso, de que el establecimiento no cuente con permiso de funcionamiento para realizar la actividad, el funcionario de Regulación de la Salud inmediatamente debe confeccionar el acta de clausura del establecimiento y proceder. En el caso, que el establecimiento cuente con permiso de funcionamiento para desarrollar la actividad, el funcionario del Proceso de Regulación de la Salud confecciona el acta de inspección según condiciones encontradas, puede suspender la actividad (pase a la actividad 7.8) o puede girar acto administrativo (Orden Sanitaria) con plazos establecidos para que el administrado corrija las inconformidades encontradas. El funcionario de Regulación de la Salud elabora informe técnico del resultado de la inspección. 174 MINISTERIO DE SALUD DE COSTA RICA NIVEL INTRAINSTITUCIONAL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS, INSTRUCCIONES Y RUTINAS FECHA DE EMISIÓN: GESTIÓN DE DENUNCIAS POR ALIMENTO CONTAMINADO O CONTAMINACION DE ALIMENTOS CÓDIGO: MS.NL… 7.8 Elaborar orden sanitaria para suspender el permiso de la actividad que genera el problema o suspender la actividad si no tiene permiso. El funcionario de Regulación de la Salud elabora orden sanitaria para suspender el permiso de la actividad que genera el problema o suspender la actividad si no tiene permiso, utilizando como guía el anexo Nº 1. La orden sanitaria debe incluir información al administrado de que si es de su interés continuar con la actividad, debe corregir el problema encontrado. Indicar además, que hasta que sea verificada la corrección del problema, obtendrá el permiso para desarrollar la actividad. 7.9 En caso de alimento empacado contaminado realizar inspección y elaborar informe Técnico 7.9.1 El funcionario de Regulación debe realizar la inspección al establecimiento donde fue comprado el producto contaminado empacado en el menor tiempo posible. 7.9.1.1. Decomisar una muestra de productos del mismo lote, número de registro, fecha de elaboración y fecha de vencimiento. 7.9.1.2 Realizar la revisión de todas las muestras en cumplimiento al artículo 350 de la Ley General de Salud. 7.9.1.3 Si la contaminación es por cuerpo extraño y no requiere de análisis químico, bacteriológica o de cualquier otro procedimiento que requiera de un laboratorio, se puede hacer en el Área Rectora de Salud. (Pase a la actividad 7.9.2) 7.9.1.4 Si la muestra requiere de análisis de un laboratorio canalizarlo al laboratorio Instituto Costarricense de Investigación y Enseñanza en Nutrición y Salud (INCIENSA) para su respectivo análisis. 175 MINISTERIO DE SALUD DE COSTA RICA NIVEL INTRAINSTITUCIONAL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS, INSTRUCCIONES Y RUTINAS FECHA DE EMISIÓN: GESTIÓN DE DENUNCIAS POR ALIMENTO CONTAMINADO O CONTAMINACION DE ALIMENTOS CÓDIGO: MS.NL… 7.9.2 El funcionario de Regulación debe hacer un informe técnico o resolución, Utilizando como guía el anexo Nº 2. 7.9.2.1 El funcionario de Regulación debe confeccionar informe de traslado y adjuntar copia del informe técnico de o resolución, dirigido al Área Rectora, donde se ubica la fábrica o empacadora del producto contaminado, para que ésta, realice la inspección y verificación de buenas prácticas de manufactura. 7.9.2.2 Si el producto es importado se debe inspeccionar las condiciones físico- sanitarias de almacenamiento, del establecimiento. 7.9.2.3 El Funcionario de Regulación de la Salud debe ubicar al responsable legal de la importación del producto para girar los actos administrativos correspondientes y que asuma la responsabilidad y las implicaciones legales del caso. 7.10 Devolución del expediente al Equipo de Atención al Cliente. El funcionario de Regulación de la Salud entrega al Equipo de Atención al Cliente expediente junto con original de la orden sanitaria e informe técnico, para su notificación según protocolo e indica al Equipo de Atención al Cliente la fecha de seguimiento según plazo establecido, para incluir en Agenda respectiva. 7.11 Notificar al denunciado y denunciante. Actualizar base de datos. El Equipo de Atención al Cliente procede, con base en lo establecido en el protocolo, a notificar a las partes y actualizar la información en la base datos, con relación a esta denuncia. 176 MINISTERIO DE SALUD DE COSTA RICA NIVEL INTRAINSTITUCIONAL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS, INSTRUCCIONES Y RUTINAS 7.12 FECHA DE EMISIÓN: GESTIÓN DE DENUNCIAS POR ALIMENTO CONTAMINADO O CONTAMINACION DE ALIMENTOS CÓDIGO: MS.NL… Coordinar con funcionario de Regulación de la Salud y programar visita seguimiento. El Equipo de Atención al Cliente coordina con el funcionario responsable de Regulación de la Salud, con la finalidad de programar visita de seguimiento, como sigue: 7.12.1 En caso de que exista expediente del establecimiento. 7.12.1.1 Si existe personal exclusivo de Gestión Integral de la Información. 7.12.1.2 El Equipo de Atención al Cliente solicita el expediente del establecimiento debidamente foliado y ordenado, a este proceso. 7.12.1.3 El Equipo de Atención al Cliente incorporará el seguimiento respectivo (resoluciones notificadas y citas) a dicho expediente. 7.12.1.4 El Equipo de Atención al Cliente devolverá a Gestión Integral de la Información el expediente para su archivo. 7.12.1.5 El Equipo de Atención al cliente solicitará a Gestión Integral de la Información el expediente del establecimiento para preparar la visita de la inspección de seguimiento, un día antes de la fecha programada. 7.12.1.6 El Equipo de Atención al Cliente traslada el expediente al funcionario respectivo para la atención del seguimiento programado. 7.12.2 Si Atención al Cliente ejecuta las tareas de Gestión Integral de la Información 7.12.2.1 El Equipo de Atención al Cliente incorporará en el expediente el establecimiento las resoluciones, notificaciones y citas programadas ordenará y foliará el mismo. 177 MINISTERIO DE SALUD DE COSTA RICA NIVEL INTRAINSTITUCIONAL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS, INSTRUCCIONES Y RUTINAS FECHA DE EMISIÓN: GESTIÓN DE DENUNCIAS POR ALIMENTO CONTAMINADO O CONTAMINACION DE ALIMENTOS CÓDIGO: MS.NL… 7.12.2.2 El Equipo de Atención al Cliente archivará el expediente. 7.12.2.3 El Equipo de Atención al Cliente prepara la visita de inspección de seguimiento un día antes de la fecha programada para la atención del mismo. 7.12.2.4 El Equipo de Atención al Cliente trasladará el expediente al funcionario para la atención del seguimiento respectivo. 7.13 Realizar visita de seguimiento para verificar el cumplimiento de la orden sanitaria. El funcionario del Proceso de Regulación de la Salud realiza seguimiento a la orden sanitaria, con la finalidad de verificar su cumplimiento. Si los responsables del establecimiento han cumplido lo indicado en la orden sanitaria, el caso se cierra mediante el informe o la resolución respectiva, devolviendo el expediente completo al Equipo de Atención al Cliente, para la notificación y archivo correspondiente. Caso contrario, continua con la siguiente actividad. 7.14 Aplicar medidas especiales. En caso de incumplimiento de la orden sanitaria, el Equipo de Regulación de la Salud aplica la medida especial que corresponda, con base en lo establecido en los artículos 355 y siguientes de la Ley General de Salud. 7.15 Trasladar expediente con el informe de resolución al Equipo de Atención al Cliente. El Equipo de Regulación de la Salud traslada expediente junto con el informe de resolución al Equipo de Atención al Cliente con los controles respectivos para su notificación, quien notificará al interesado, adjuntando el informe de resolución del Equipo de Regulación de la Salud, con base en el protocolo de notificaciones establecido, mediante comprobante de entrega. 178 8. Diagrama De Flujo 179 180 181 182 MINISTERIO DE SALUD DE COSTA RICA FECHA DE EMISIÓN: NIVEL INTRAINSTITUCIONAL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS, INSTRUCCIONES Y RUTINAS ATENCIÓN DE DENUNCIAS POR ALIMENTO CONTAMINADO O CONTAMINACON DE ALIMENTO CÓDIGO: MS.NL. GDCA-AC ANEXOS Anexo 1 ORDEN SANITARIA N°_______________ A:________________________________________________________________ Nombre 1er Apellido 2do. Apellido A: ________________________________________________________________ Nombre 1er Apellido 2do Apellido NOMBRE DEL ESTABLECIMIENTO: _______________________________________ DIRECCIÓN:________________________________________________________ FECHA:___/___/___ PLAZO:___________________ VENCE:__________________ A FIN DE PROTEGER LA SALUD PUBLIA, por motivo de: (SE ANOTAN ALGUNOS POSIBLES MOTIVOS, QUE DEPENDEN O VARIAN DE CADA CASO EN PARTICULAR) Existir denuncia por contaminación de alimento o Alimento Contaminado después de verificar en sitio de la manipulación de alimentos, se encontró que no cumple con lo estipulado en la legislación vigente, conforme el informe técnico N°____________________ (se adjunta indicar número de folios adjuntos), en el plazo indicado proceder a: _________________________ _________________________ _________________________ __________________________ __________________________ 183 MINISTERIO DE SALUD DE COSTA RICA FECHA DE EMISIÓN: NIVEL INTRAINSTITUCIONAL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS, INSTRUCCIONES Y RUTINAS ATENCIÓN DE DENUNCIAS POR ALIMENTO CONTAMINADO O CONTAMINACON DE ALIMENTO CÓDIGO: MS.NL. GDCAAC Lo anterior con base en lo disponen la Constitución Política, artículo 50; la Ley General de Salud, artículos 1, 2, 3, 4, 7, 196 hasta 238 inclusive, La Ley Orgánica del Ministerio de Salud, Reglamento de Servicios de Alimentación al Público Decreto N°19479-S. Se previene, que el incumplimiento o desobediencia injustificada a lo aquí ordenado, dará motivo previa verificación- para que la Autoridad de Salud dicte o asuma las medidas especiales que estime convenientes, lo que puede incluir la clausura de la actividad, el decomiso, el desalojo y/o denuncia respectiva ante los Tribunales de Justicia, por el delito de desobediencia, tipificado y sancionado en el artículo 307 del Código Penal, que sanciona con pena de prisión a quien desobedeciere una orden impartida por un funcionario público en el ejercicio de sus funciones, salvo que se trate de la propia detención. Al presente acto le son oponibles los recursos ordinarios de revocatoria y apelación que establece el Artículo 52 de la Ley Orgánica del Ministerio de Salud, en el plazo de cinco días hábiles y ante la Autoridad que lo dictó. Mismos que pueden oponerse en el Área Rectora de Salud CarmenMerced-Uruca. La revocatoria será resuelta por la Dirección Regional de Rectoría de la Salud Central Sur, y la apelación -en su caso-, será de conocimiento de la Señora Ministra de Salud. Autoridad de Salud: ___________________________________________________________ Nombre Firma ACTA DE NOTIFICACION ORDEN SANITARIA N°____________________ He sido notificado (a) de la Orden Sanitaria número _________________ a las ________ hora, del día ____ del mes _____ del año _______ Nombre Firma # Cédula Nombre Firma # Cédula Nombre y firma del notificador 184 MINISTERIO DE SALUD DE COSTA RICA FECHA DE EMISIÓN: NIVEL INTRAINSTITUCIONAL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS, INSTRUCCIONES Y RUTINAS ATENCIÓN DE DENUNCIAS POR ALIMENTO CONTAMINADO O CONTAMINACON DE ALIMENTO CÓDIGO: MS.NL. GDCA-AC Anexo 2 INFORME TECNICO O RESOLUCION Número de Oficio San José, fecha Doctora Carolina Guillén Meléndez DIRECTORA Área Rectora de Salud Carmen-Merced-Uruca Estimada Doctora: ASUNTO: _______________________________________________________________________________ _______________________________________________________________________________ Antecedentes: _______________________ _______________________ _______________________ _______________________ _______________________ Observaciones: _______________________________________________________________________________ _______________________________________________________________________________ Conclusiones: _______________________________________________________________________________ _______________________________________________________________________________ 185 MINISTERIO DE SALUD DE COSTA RICA FECHA DE EMISIÓN: NIVEL INTRAINSTITUCIONAL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS, INSTRUCCIONES Y RUTINAS ATENCIÓN DE DENUNCIAS POR ALIMENTO CONTAMINADO O CONTAMINACON DE ALIMENTO CÓDIGO: MS.NL. GDCAAC Se le indica al responsable legal de la actividad, proceder bajo su responsabilidad a la corrección de lo antes descrito. Así mismo, se le reitera que hasta tanto no corrija y sea verificado por la Autoridad Sanitaria, no obtendrá el permiso sanitario de funcionamiento para ejercer la actividad. Finalmente indicarle, que una vez finalizadas las mejoras, debe comunicarlo formalmente a este Ministerio. Sustento legal: Las anteriores disposiciones, están conforme a la Constitución Política (Art. 21 y 50), a la Ley General de Salud artículos 1, 2, 4, 7, 196 hasta 238 inclusive, la Ley Orgánica del Ministerio de Salud, El Decreto 37428-S Reglamento General para el Otorgamiento de Permisos de Funcionamiento y su reforma Decreto 35145-S, Reglamento de Servicios de Alimentación al Público Decreto N° 19479-S. Atentamente, Autoridad de Salud:_______________________________________________________________ Nombre Cc/ Archivo Cron. Firma # Cédula 186 BIBLIOGRAFÍA 1. Base de datos Área Rectora de Salud Carmen-Merced-Uruca 2. Coordinación de Fomento Sanitario. Xocongo No. 225, Col. Tránsito del. Cuauhtemoc, CP. 06820, México, D. F.Tel: 5132-1200 ext. 1077 Correo: fomentosspdf@yahoo.com.mx 3. Decreto Ejecutivo N° 19479-S Reglamento de Servicios de Alimentación al Público. 4. Decreto Ejecutivo N° 32692-S Procedimiento para Medición de Ruido 5. Entrevista a MSc Hannia Barahona Urtado y Licda. Margarita Barrientos Matamoros funcionarias de alta trayectoria en el Área Rectora de Salud Carmen-Merced –Uruca. 6. Entrevista personalizada a la Directora del Área Rectora de Salud Carmen-Merced-Uruca: Dra. Carolina Guillén Meléndez. Y observación de campo 7. http://bibliotecavirtualut.suagm.edu/Instruccion/fuentes.htm 8. http://es.wikipedia.org/wiki/Aguas_negras. De Wikipedia, la enciclopedia libre Contaminación con Aguas Negras. 15 febrero 2011. 9. http://www.bvsde.paho.org/eswww/fulltext/curso/desechos/desec-01.html desechos sólidos - principios de ingeniería y administración. George Tchobanoglous, hilary theissen y rolf eliassen mérida, venezuela– 982.capítulo 1 10. http://www.comitedeportessanjose.com/index.phpoption.com_contentviewarticleid125Itemid 206 11. http://www.desechos-solidos.com 19 de febrero de 2011. 12. http://www.madrid.org/cs/ Denuncias, Reclamaciones y Recursos. Denuncias relativas a las condiciones Higiénico-sanitarias relacionadas con la Sanidad Ambiental de productos, establecimientos e instalaciones Lunes 27 de diciembre de 2010) 13. http://www.madrid.org/ICMdownload/JNEXMHS.pdf 14. http://www.minae.go.cr/tramites/requisitos/oficina_contralor_ambiental.html 15. http://www.ministeriodesalud.go.cr/index.php/servicios-denuncias-ms 16. http://www.monografias.com/trabajos14/servpublicos/servpublicos.shtml 17. http://www.monografias.com/trabajos35/la-planificacion/la-planificacion.shtml#def 18. http://www.monografias.com/trabajos35/la-planificacion/la-planificacion.shtml#def 19. http://www.promonegocios.net/empresa/tipos-organizaciones.html 20. http://www.tuobra.unam.mx/publicadas/020829171632-Eficacia.html 21. Ley General de Salud. 22. Reglamento de Vertido y Reuso de Aguas Residuales. 23. Según la Ley General de Administración Pública Ley 6227 de 2 de mayo de 1978 www.senasa.go.cr/Documentos/Operaciones/calidad/DO.../DO-PG-002.doc 24. www.ministeriodesalud.go.cr/intranet/manualesdeprocedimeintosinstruccionesyruti nas/procesos de uso general/Norma 0 para elaborar protocolo,16-05-2011 187 ANEXOS 188 ANEXO N° 1 MINISTERIO DE SALUD REGIÓN CENTRAL SUR RECTORA DE SALUD CARMEN-MERCED BASE DE DATOS DENUNCIAS 2010 Nº Registro Fecha Denunciante Denunciado Dirección Distrito Tipo de denuncia Técnico Asignado Fecha Programada Fecha de Inspección Días Naturales Nº Informe Fecha informe Días naturales Fecha notificación Orden Sanitaria Fecha orden sanitaria 188 189 ANEXO N° 2 Instrumento de Programación de Inspecciones CONTROL DE PROGRAMACIÓN SEMANAL FIRMA DE RECIBIDO: _______________ FUNC. QUE REALIZA LA PROGRAMACIÒN: ____________________________ FECHA DE LA PROGRAMACIÓN: __________________ NOMBRE DEL FUNCIONARIO QUE RECIBE LA PROGRAMACIÓN: _________________________________________________________ TIPO DE DOCUMENTO Nº DE DOCUMENTO P.S.F. Denuncia Otros RESULTADOS ASUNTO/NOMBRE DEL ESTABLECIMIENTO Nº de informe Nº de O.S. Nº P.S.F. FECHA Y FIRMA FECHA Y FIRMA DE RECIBIDO DE DE RECIBIDO LA DIRECCIÓN Fecha Firma Aprobado Rechazado Firma y Fecha 189 190 ANEXO N° 3 Encuesta de Satisfacción al cliente Nombre denunciante:________________________________________ Tel: ______________________ Dirección: ______________________________ Fecha de le denuncia:____________________ Fecha Inspección:_________________________ Tipo de Denuncia:_____________________________________________________ Qué le pareció la atención Excelente: ( ) Buena: ( ) Regular: ( ) Mala: ( ) El problema denunciado fue resuelto: Si ( ) No ( ) Se le dio seguimiento a su caso Si ( ) No ( ) Que recomendaría para mejorar la gestión: _______________________________________________________________________________ _______________________________________________________________________________ _______________________________________________________________________________ 191 ANEXO N° 4 MINISTERIO DE SALUD REPÚBLICA DE COSTA RICA Anexo 3. MS-AC- RD-P-F-01 GUIA PRESENTACIÓN DE DENUNCIAS MS-AC-FA-P-F-01. 1. Fecha: _______________________ 2. Denuncia presentada en: Nivel Central □ Nivel Regional □ Nivel Local □ 3. Nombre del DENUNCIADO: _____________________________________________ 4.Ubicación de la denuncia: _____________________________________________________ Provincia cantón distrito 5. Dirección exacta: ___________________________________________________________________________ 6. Ha presentado la denuncia en otra dependencia: No □ Dónde:_______________________ Si □ 192 COLUMNA A COLUMNA B TIPO DE ACTIVIDAD TI PO DE DENUNCIA A1 □ Actividades comerciales: (bares, restaurantes, B1 □ ruido y vibraciones discotecas y otros)__________________________ B2 □ olores B3 □ humos y gases B4 □ polvo o partículas B5 □ aguas negras, tanque séptico B6 □ aguas residuales, planta tratamiento B7 □ aguas pluviales o servidas B8 □ manejo de desechos sólidos (centros educativos, asistencia social, iglesias y B9 □ inhabitabilidad otros) ____________________________________ B10 □ vectores (moscas y otros) y roedores A2 □ Habitacionales: (viviendas, condominios, urbanizaciones y otros)_______________________ A3 □ Actividades Industriales: (química, alimentaria, talleres, bodegas y otros)_____________________ A4 □ Agroindustria (porcinas, beneficios de café, cultivo de helechos y otros) _______ _______ A5 □ Centros educativos, de salud y religiosos A6 □ Otros(rellenos sanitarios, botaderos y otros) ___ ____________________________________________ A7 □ Recreativos (piscinas, gimnasios y otros) ______ B11 □ descargas de lixiviados B12 □ salud ocupacional B13 □ uso de sustancias tóxicas B14 □ seguridad B15 □ almacenamiento de combustibles o gas B16 □ contaminación de fuentes de agua B17 □ falta de registro en producto B18 □ Mal estado de productos (alterado o deteriorado, contaminado, adulterado o falsificado) B19 □ contra funcionarios del Ministerio de Salud B20 □ contra procedimientos del Ministerio de Salud B21 □ Otro_________________________ 193 8. Descripción de la denuncia: _______________________________________________________________________________ _______________________________________________________________________________ _______________________________________________________________________________ 9. Nombre del denunciante:_______________________________No. de Cédula_____________ 10. Teléfono _____________________ 11. Dirección exacta o Fax para notificaciones _______________________________________________________________________________ _______________________________________________________________________________ _______________________________________________________________________________ 12. Autorización: “Autorizo a esta oficina del Ministerio de Salud a trasladar los documentos presentados a otra instancia, en caso de ser necesario”. 13. Firma ________________________ 14.Recibido por: ______________________ 194 Anexos Anexo 1 Área Rectora de Salud Carmen-Merced-Uruca Orden Sanitaria N°________________ Página 1 de 2 A:________________________________________________________________ Nombre 1er Apellido 2do Apellido NOMBRE DEL ESTABLECIMIENTO: ___________________________________ Dirección:_________________________________________________________ Fecha:_______________________ Vence:____________ Plazo:____________________ A FIN DE PROTEGER LA SALUD PUBLIA, por motivo de: (SE ANOTAN ALGUNOS POSIBLES MOTIVOS, QUE DEPENDEN O VARIAN DE CADA CASO EN PARTICULAR) Existir denuncia por ______________ después de verificación mediante Inspección “in situ”, se encontró que se está afectando la salud pública e incumpliendo con lo estipulado en la legislación vigente, conforme el informe técnico N°____________________ (se adjunta indicar número de folios adjuntos), en el plazo indicado proceder a: _________________________ _________________________ _________________________ __________________________ __________________________ Lo anterior con base en lo disponen la Constitución Política, artículo 50; la Ley General de Salud, artículos 1, 2, 3, 4, 7, … La Ley Orgánica del Ministerio de Salud. 195 Se previene, que el incumplimiento o desobediencia injustificada a lo aquí ordenado, dará motivo -previa verificación- para que la Autoridad de Salud dicte o asuma las medidas especiales que estime convenientes, lo que puede incluir la clausura de la actividad, el decomiso, el desalojo y/o denuncia respectiva ante los Tribunales de Justicia, por el delito de desobediencia, tipificado y sancionado en el artículo 307 del Código Penal, que sanciona con pena de prisión a quien desobedeciere una orden impartida por un funcionario público en el ejercicio de sus funciones, salvo que se trate de la propia detención. Al presente acto le son oponibles los recursos ordinarios de revocatoria y apelación que establece el Artículo 52 de la Ley Orgánica del Ministerio de Salud, en el plazo de cinco días hábiles y ante la Autoridad que lo dictó. Mismos que pueden oponerse en el Área Rectora de Salud Carmen-Merced-Uruca. La revocatoria será resuelta por la Dirección Regional de Rectoría de la Salud Central Sur, y la apelación -en su caso-, será de conocimiento de la Señora Ministra de Salud. Autoridad de Salud: ____________________________________________________ Nombre Firma ACTA DE NOTIFICACION ORDEN SANITARIA N°____________________ He sido notificado (a) de la Orden Sanitaria número _________________ a las ________ hora, del día ____ del mes _____ del año _______ Nombre Firma # Cédula Nombre Firma # Cédula Nombre y firma del notificador 196 Anexo 2 INFORME TECNICO O RESOLUCION Número de Oficio San José, fecha Doctora Carolina Guillén Meléndez DIRECTORA Área Rectora de Salud Carmen-Merced-Uruca Estimada Doctora: ASUNTO: __________________________________________________________________ __________________________________________________________________ Antecedentes: _______________________ _______________________ _______________________ _______________________ _______________________ Observaciones: __________________________________________________________________ __________________________________________________________________ __________________________________________________________________ 197 Conclusiones: _________________________________________________________________________ _________________________________________________________________________ _________________________________________________________________________ _________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________ Se le indica al responsable legal de la actividad, proceder bajo su responsabilidad a la corrección de lo antes descrito. Así mismo, se le reitera que hasta tanto no corrija y sea verificado por la Autoridad Sanitaria, no obtendrá el permiso sanitario de funcionamiento para ejercer la actividad. Finalmente indicarle, que una vez finalizadas las mejoras, debe comunicarlo formalmente a este Ministerio. Sustento legal: Las anteriores disposiciones, están conforme a la Constitución Política (Art. 21 y 50), a la Ley General de Salud artículos 1, 2, 4, 7, … la Ley Orgánica del Ministerio de Salud, El Decreto 37428-S Reglamento General para el Otorgamiento de Permisos de Funcionamiento y su reforma Decreto 35145-S. Atentamente, Autoridad de Salud: _________________________________________________ Nombre Cc/ Archivo Cron. Firma # Cédula 198 Anexo 5 CÓMO ELABORAR UN PROCOLO? NORMA 0 MS.NI.LI.05.01.02.02 MINISTERIO DE SALUD DE COSTA RICA - NIVEL INTRAINSTITUCIONAL ÁREA DE GESTIÓN: LIDERAZGO INTRAINSTITUCIONAL PREPARADO POR: EQUIPO CONSULTOR VALIDADO POR : EQUIPOS DE MEJORA CONTINUA DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD REVISADO POR: DRA. ROSSANA GARCÍA DIRECTORA GENERAL DE SALUD APROBADO POR: DRA. MARÍA LUISA ÁVILA AGÜERO MINISTRA DE SALUD VERSIÓN Nº: 3 FECHA DE EMISIÓN: 11-07-07 199 1. Introducción La guía para elaborar protocolos establece los lineamientos a cumplir cuando se documenten los protocolos de una organización. Resulta importante mencionar que el grado de detalle de los protocolos dependerá de los métodos utilizados, de las habilidades y del entrenamiento requerido por el personal encargado. 2. Objetivo Estandarizar los criterios, formas y terminología utilizados en la preparación de los protocolos. 3. Alcance Ministerio de Salud de Costa Rica en todos sus niveles y entidades organizacionales. 4. Definiciones En el manual se hará referencia a los términos que se recomienda consultar en este documento. Para la elaboración de los manuales de proceso se deben consultar en el glosario institucional los siguientes conceptos: Introducción Objetivo Alcance Definiciones Referencias Responsables Procedimiento Diagrama de flujo 200 MINISTERIO DE SALUD DE COSTA RICA VERSIÓN:2 NIVEL INTRAINSTITUCIONAL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS, INSTRUCCIONES Y NORMA CERO: CÓDIGO: NORMA 0 ¿CÓMO ELABORAR UN PROTOCOLO? RUTINAS 5. Referencias Norma INT ISO 10013:95 “Directrices para Elaborar Manuales de Calidad” Nota técnica para la elaboración de diagramas de proceso 6. Responsables Es responsabilidad del Director, en el caso del nivel central, y del Jefe, en el nivel regional, de la Unidad Organizativa de Desarrollo Estratégico Institucional de velar que los lineamientos que se plantean en este procedimiento se ejecuten en su totalidad, mientras sea su responsabilidad administrarlo. Así mismo el Jefe de la Unidad de Desarrollo Organizacional debe velar porque el producto obtenido con este manual cumpla con lo establecido. 7. Procedimiento 7.1. Conformación de equipo de mejora continua Se debe conformar un Equipo de Mejoramiento Continuo (EMC) encargado de administrar, actualizar y desarrollar procesos de mejora continua en el área específica. 7.2. Portada del protocolo La portada del manual debe contener el logo del Ministerio de Salud de Costa Rica. Además debe contener información para ubicar al protocolo, cómo el nombre, el código, el nivel al que pertenece y el área de gestión en la que está enfocada, siguiendo el siguiente formato. 201 NOMBRE DEL PROTOCOLO CÓDIGO 0.0.0. MINISTERIO DE SALUD DE COSTA RICA – NIVEL. ÁREA DE GESTIÓN: La portada debe indicar la entidad que elaboró el protocolo, los responsables de su validación y revisión y la persona o grupo de personas, que deben aprobarlo. Se deben incluir los nombres completos (nombre y dos apellidos) de las personas o integrantes de los equipos. También es de suma importancia identificar el número de versión del procedimiento, con su fecha de emisión. Cuando estos datos están completos se oficializa el uso. En la portada se puede colocar una tabla como la siguiente. 202 MINISTERIO DE SALUD DE COSTA RICA VERSIÓN:2 NIVEL INTRAINSTITUCIONAL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS, NORMA CERO: ¿CÓMO ELABORAR UN INSTRUCCIONES Y PROTOCOLO? CÓDIGO: NORMA 0 RUTINAS PREPARADO POR: VALIDADO POR : EQUIPO CONSULTOR Y EQUIPO DE “INCLUIR MEJORA CONTINUA LOS INTEGRANTES DE LOS EQUIPOS” EQUIPOS DE MEJORA CONTINUA AQUÍ EL NOMBRE COMPLETO DE “INCLUIR AQUÍ EL NOMBRE COMPLETO DE LOS INTEGRANTES DE LOS EQUIPOS” ENTIDAD OGANIZACIONAL A LA QUE PERTENECE REVISADO POR: NOMBRE DEL FUNCIONARIO ESTE ESPACIO ES PARA FIRMA DEL ES PARA FIRMA DEL FUNCIONARIO PUESTO DEL FUNCIONARIO APROB ADO POR: NOMBRE DEL FUNCIONARIO ESTE ESPACIO FUNCIONARIO PUESTO DEL FUNCIONARIO VERSIÓN Nº: FECHA DE EMISIÓN: 7.3. Definición de introducción y objetivo Se debe establecer la introducción y el objetivo por el cual se desarrolla el protocolo. La definición del objetivo debe ser lo suficiente clara como para que se puedan establecer y delimitar los pasos del mismo. La información suministrada en la sección de definiciones puede ser usada como referencia para definir el objetivo del procedimiento. 203 MINISTERIO DE SALUD DE COSTA RICA VERSIÓN:2 NIVEL INTRAINSTITUCIONAL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS, NORMA CERO: ¿CÓMO ELABORAR UN INSTRUCCIONES Y PROTOCOLO? CÓDIGO: NORMA 0 RUTINAS 7.4. Delimitación de alcance Se debe delimitar el alcance de aplicación del protocolo o el área de acción que implicará éste dentro de la organización, de acuerdo a las necesidades que el protocolo pueda satisfacer dentro de la misma. 7.5. Definición de términos También hay que identificar todos los términos y conceptos relevantes que podrían provocar confusiones en los usuarios cuando se utilice el protocolo, y asignarles una única definición, la cual debe ser escrita en el protocolo para mayor facilidad del usuario. Las definiciones deben ser iguales a las asignadas en el glosario de términos y deben también incluirse en ese documento. 7.6. Determinar las necesidades de documentación En este punto se señala la documentación de referencia que se utilizará como base para elaborar e implementar el protocolo. 7.7. Identificar responsabilidad El EMC, debe identificar los responsables de supervisar el cumplimiento del protocolo, respetando la estructura organizacional de la Institución. 7.8. Elaboración del protocolo El EMC, identifica las actividades o etapas que deben desarrollarse en el protocolo. Las actividades se presentan de acuerdo al siguiente cuadro: Presentación en forma narrativa y secuencial de cada una de las actividades que se realizan en un proceso, explicando en qué consisten: 204 MINISTERIO DE SALUD DE COSTA RICA VERSIÓN:2 NIVEL INTRAINSTITUCIONAL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS, NORMA CERO: ¿CÓMO ELABORAR UN INSTRUCCIONES Y PROTOCOLO? CÓDIGO: NORMA 0 RUTINAS Código de la actividad: Actividad con una breve y concisa descripción, cuando sea necesario se debe especificar el momento oportuno para ejecutar la actividad. (Por ejemplo: Dar seguimiento al trámite 2 días después de haber ingresado al Sistema) Con que medio o instrumento se realiza la actividad, pueden ser formularios, programas, aparatos de medición, entre otros. Los responsables de llevarlas a cabo indicando el puesto y unidad organizativa a la que corresponde. Código Actividad Qué Cuándo Cómo Con qué Tiempo Responsable 7.9. Identificación del protocolo El protocolo se debe identificar con un código el cual consiste las siglas del Ministerio de Salud, seguidas de las siglas de la entidad organizacional responsable del procedimiento y un código numérico del proceso según la estructura de procesos establecida en el modelo organizacional. A continuación se presenta un ejemplo: 205 MINISTERIO DE SALUD DE COSTA RICA VERSIÓN:2 NIVEL INTRAINSTITUCIONAL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS, INSTRUCCIONES Y RUTINAS MS AC P NORMA CERO: ¿CÓMO ELABORAR UN PROTOCOLO? RS CÓDIGO: NORMA 0 01 (escriba el nombre del proceso) Nombre del proceso Número de dos dígitos consecutivo de los protocolos de esa unidad organizativa Simplificación del término de la unidad organizativa donde hace referencia el protocolo: En el ejemplo RS es la simplificación de Regulación de la Salud Simplificación del término “Protocolo” Simplificación del término de la Unidad Organizativa responsable del protocolo): En el ejemplo AC es la simplificación de Atención al Cliente Simplificación del término Ministerio de Salud 206 MINISTERIO DE SALUD DE COSTA RICA NIVEL INTRAINSTITUCIONAL VERSIÓN:2 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS, NORMA CERO: ¿CÓMO ELABORAR UN INSTRUCCIONES Y PROTOCOLO? CÓDIGO: NORMA 0 RUTINAS El código de un protocolo permanece sin ningún cambio a lo largo de todo el proceso de elaboración y actualización. Los códigos correspondientes a los procolos anulados, no podrán ser reutilizados. 7.10. Presentación del protocolo 7.10.1. Redacción del protocolo La redacción del contenido del protocolo tiene que ser simple, de manera que cualquier funcionario nuevo o que se encuentre laborando, pueda entender las actividades o pasos que se deben desarrollar para la ejecución de un proceso de trabajo. La redacción, será en tercera persona, utilizando para cada acción el verbo en presente, la cual le da carácter de obligatoriedad a la actividad del proceso. 7.10.2. Formato del protocolo Los elementos del protocolo: introducción, objetivo, alcance, definiciones, referencias, responsables, descripción de actividades, se deben presentar como títulos numerados en letra Arial, número 14, en negrita, con interlineado sencillo, espaciado anterior de 12 puntos y posterior de 6 puntos. Las actividades o etapas del procedimiento deben presentarse con título numerado, en letra Arial, cursiva, número 12, con interlineado sencillo, espaciado anterior de 12 puntos y posterior de 6 puntos. Si en el contenido del procedimiento es necesario subdividir las actividades, éstas deben presentarse como título numerado, en letra Arial, cursiva, número 11, con interlineado sencillo, espaciado anterior de 12 puntos y posterior de 6 puntos. El título de los anexos debe estar centrado en letra Arial, número 18 y negrita. Cuando se utilice una palabra en inglés, ésta debe indicarse entre comillas, por ejemplo “software” o “hardware”. El encabezado de cada una de las páginas del protocolo debe ser el siguiente: 207 MINISTERIO DE SALUD DE COSTA RICA NIVEL INTRAINSTITUCIONAL VERSIÓN:2 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS, NORMA CERO: ¿CÓMO ELABORAR UN INSTRUCCIONES Y PROTOCOLO? CÓDIGO: NORMA 0 RUTINAS El pie de página de debe ser el siguiente: “DE LA ATENCIÓN DE LA ENFERMEDAD A LA PROMOCIÓN DE LA SALUD” El texto se presenta justificado, en letra Arial, número 11, con interlineado sencillo y espaciado anterior de 6 puntos y posterior de 0 puntos. No se debe dejar espacios adicionales entre cada párrafo. 7.10.3. Uniformidad de términos Debe mantenerse uniformidad en el mismo protocolo, en series de protocolos y con protocolos anteriores. Lo anterior implica: Utilizar un término único para el mismo concepto Emplear el mismo tipo de redacción y formato para partes análogas del texto. 7.11. Validación y aprobación del protocolo documentado El EMC debe validar los contenidos del protocolo documentado con las personas responsables de su cumplimiento. Una vez validado debe continuar la aprobación del protocolo por parte de la autoridad responsable. 208 MINISTERIO DE SALUD DE COSTA RICA NIVEL INTRAINSTITUCIONAL VERSIÓN:2 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS, NORMA CERO: ¿CÓMO ELABORAR UN INSTRUCCIONES Y PROTOCOLO? CÓDIGO: NORMA 0 RUTINAS El EMC debe validar los contenidos del protocolo documentado con las personas responsables de su cumplimiento. Una vez validado debe continuar la aprobación del protocolo por parte de la autoridad responsable. 7.12. Integración del protocolo al Manual de Procedimientos Institucional Una vez obtenida la aprobación, se debe actualizar la versión y fecha de emisión, se imprime el nuevo documento y se integra al Manual de Procedimientos del Ministerio de Salud. 8. Indicadores de desempeño Porcentaje de protocolos documentados según la norma 0: proporción de procesos intrainstitucionales que se han documentado mediante la elaboración de manuales en relación con el total de procesos intrainstitucionales identificados. Porcentaje promedio de cumplimiento de la norma 0 de los procesos documentados: Promedio del porcentaje de cumplimiento de los parámetros establecidos en la norma 0 de los procesos intrainstitucionales documentados mediante manual. Tiempo promedio de ciclo del proceso: Días promedio de duración desde que se identifica la necesidad de documentar un proceso hasta la impresión del manual validado. 209