diario 18 enero.indd - Diario Oficial de la República de El Salvador

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diario 18 enero.indd - Diario Oficial de la República de El Salvador
REPUBLICA
DE-EL
SALVADOR
EN LA
DIARIO
OFICIAL.
San
Salvador,
18 AMERICA
de EneroCENTRAL
de 2007.
11
DIARIO OFICIAL
DIRECTOR: Hugo M. Córdova B.
TOMO Nº 374
SAN SALVADOR, JUEVES 18 DE ENERO DE 2007
NUMERO 11
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La Dirección de la Imprenta Nacional hace del conocimiento que toda publicación en el Diario Oficial se
procesa por transcripción directa y fiel del original, por consiguiente la institución no se hace responsable por
transcripciones cuyos originales lleguen en forma ilegible y/o defectuosa y son de exclusiva responsabilidad
de la persona o institución que los presentó. (Arts. 21, 22 y 23 Reglamento de la Imprenta Nacional).
SUMARIO
ORGANO LEGISLATIVO
Decreto No. 191.- Se concede permiso al ciudadano
salvadoreño, Doctor Roberto Romero Pineda, para que acepte
condecoración, que le ha conferido la República del Perú. .......
Decreto No. 192.- Se concede permiso al ciudadano
salvadoreño, Licenciado Roberto Kriete Ávila, para que acepte
condecoración, que le ha conferido la República de Francia. ...
Pág.
ORGANO JUDICIAL
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
4
5
Acuerdos Nos. 1391-D, 1523-D, 1628-D, 1770-D, 1816-D,
1829-D, 1848-D, 1889-D, 1939-D, 1974-D, 1985-D, 2031-D,
2093-D y 2200-D.- Autorizaciones para el ejercicio de la abogacía
en todas sus ramas......................................................................
ORGANO EJECUTIVO
INSTITUCIONES AUTONOMAS
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
ALCALDÍAS MUNICIPALES
Acuerdos Nos. 539 y 540.- Transferencia de fondos a favor
de la Cruz Roja Salvadoreña y del Movimiento de Renovación
Carismática Católica. .................................................................
6-7
7
Acuerdo No. 549.- Se nombra a Miembros del Consejo
Consultivo de la Defensoría del Consumidor. ...........................
7-8
R
Acuerdo No. 541.- Se otorga donación gratuita e irrevocable a
la Asociación Voluntariado Vicentino, Asociación de Caridad.
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Acuerdo No. 550.- Se deja sin efecto el Acuerdo Ejecutivo
No. 522, de fecha 8 de diciembre de 2006.................................
8
MINISTERIO DE ECONOMIA
D
Pág.
10-11
Decretos Nos. 1 y 7.- Modificaciones a las Ordenanzas de
Tasas por Servicios Municipales de Meanguera y San Francisco
Menéndez...................................................................................
12-15
Decreto No. 2.- Ordenanza reguladora para el funcionamiento
de casas de juegos de billar, aparatos eléctricos o electrónicos
conocidos como maquinitas, loterías de cartón y juegos afines,
así como de aparatos parlantes conocidos como sinfonolas, en
el municipio de San Juan Talpa..................................................
16-18
Decretos Nos. 2 y 3.- Reformas a las Ordenanzas
“Contravencional” y “Reguladora de las Tasas por Servicios
Municipales”, de la ciudad de San Salvador. .............................
19-20
Estatutos de las Asociaciones “Intercomunal de la Zona Sur”
y “Desarrollo Comunal de la Colonia San Romero”, Acuerdos
Nos. XI y 5, emitidos por las Alcaldías Municipales de Jucuarán y
Meanguera, aprobándolos y confiriéndoles el carácter de persona
jurídica. ......................................................................................
21-28
Modificaciones a los Estatutos de las Asociaciones
“Comunal Administradora del Sistema de Agua Potable, Salud
y Medio Ambiente del Cantón Las Mesas” y “Comunal Las
Américas”, Acuerdos Nos. 3 y 13.1, emitidos por las Alcaldías
Municipales de Jujutla y San Salvador, aprobándolas. ..............
29-42
RAMO DE ECONOMÍA
Acuerdo No. 1513.- Se concede beneficio a favor de la
sociedad Droguería Herlett, Sociedad Anónima de Capital
Variable. .....................................................................................
8-9
MINISTERIO DE EDUCACION
RAMO DE EDUCACIÓN
Acuerdos Nos. 15-1105 y 15-1224.- Reconocimiento y
equivalencia de estudios académicos. ........................................
9
Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 2233-7800 • Página Web: www.egobierno.gobernacion.gob.sv/egobierno/imprentanacional • Correo: diariooficial@imprentanacional.gob.sv
2
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 374
Pág.
Pág.
SECCION CARTELES OFICIALES
Título de Dominio
Cartel No. C004808. .........................................................
62
DE PRIMERA PUBLICACIÓN
Aviso de Inscripción
Cartel No. A033809. .........................................................
62
Juicios de Ausencia
Carteles Nos. A033769, A033783, A033784, A033786. ..
62-64
Renovación de Marcas
Carteles Nos. C004855, C004859, C004860, C004862. ..
64-65
Declaratoria de Herencia
Cartel No. 68.- Zulma del Carmen Torres García (1 vez).
Aceptación de Herencia
Cartel No. 69.- María Luisa Ramírez Viuda de Cruz
(3alt.)..........................................................................................
43
Marcas de Fábrica
Carteles Nos. A033707, A033709, A033710, A033711,
A033712, A033713, A033715, A033716, A033717, A033718,
A033720, A033721, A033722, A033800, C004800. ................. 65-70
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Herencia Yacente
Cartel No. 70.- Marcial Lázaro Blanco Campos / María
Luisa Rosales Castro (3 alt.) ......................................................
43
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DE SEGUNDA PUBLICACIÓN
Aceptación de Herencia
Cartel No. 59.- Eusebia Lazo (3 alt.) ................................
Cartel No. 60.- Gloria Yuliana Palacios Rodríguez (3 alt.)
Títulos Supletorios
Cartel No. 57.- Estado y Gobierno de El Salvador en el
Ramo de Obras Públicas (3 alt.) ................................................
Cartel No. 61.- José Inés Nolasco Rodríguez (3 alt.)........
44
44
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45
DE TERCERA PUBLICACIÓN
Aceptación de Herencias
Cartel No. 43.- María Dinora Pineda López (3 alt.) .........
Cartel No. 44.- Juan José Pineda Mejía (3 alt.)................
Cartel No. 45.- Pablo Ismael Aguirre Flores (3 alt.) .........
Cartel No. 46.- Silvia Raquel Valiente Orellana (3 alt.)....
45
45
45-46
46
Títulos Supletorios
Cartel No. 47.- Alberto Antonio Castillo (3 alt.)...............
Cartel No. 48.- José Angel Oliva Martínez (3 alt.) ...........
Cartel No. 49.- Carlos de Jesús Interiano (3 alt.)..............
Cartel No. 50.- Reina Isabel Guevara de Orellana (3 alt.).
Cartel No. 51.- Roberto Aguilar Rosales (3 alt.)...............
46
46-47
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SECCION CARTELES PAGADOS
DE PRIMERA PUBLICACIÓN
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Declaratorias de Herencia
Carteles Nos. A033727, A033732, A033733, A033736,
A033795, A033796, A033804, A033834, A033838, A033846,
A033854, A033861, A033863, A033865, A033866, C004791,
C004793, C004803. ................................................................... 48-52
Aceptación de Herencias
Carteles Nos. A033740, A033741, A033747, A033759,
A033818, A033821, A033842, C004786, A033760, A033806,
A033835, A033836, A033864, A033869, A033703, A033744,
A033745..................................................................................... 52-56
Nombre Comercial
Carteles Nos. A033749, A033843, C004802. ...................
70-71
Señal de Publicidad Comercial
Cartel No. C004801. .........................................................
71-72
Matrículas de Comercio
Carteles Nos. A033860, C004785, C004809. ...................
72-73
Convocatorias
Carteles Nos. A033805, A033837, A033848, C004780,
C004796, C004797, C004798. .................................................. 73-76
Subastas Públicas
Carteles Nos. A033705, A033776, C004799. ...................
77-78
Reposición de Certificados
Carteles Nos. A033729, A033765, A033793, A033794,
A033816, A033822, A033823, A033824, A033825, A033828,
A033829, A033830, A033831, A033832, C004806. ................. 78-82
Disolución de Sociedades
Cartel No. A033788. .........................................................
82
Reposición de Libros
Cartel No. A033770. .........................................................
82
Marca Industrial
Carteles Nos. C004795, C004867, C004870, C004871,
C004873, C004878, C004881, C004885, C004911, C004912,
C004913, C004914, C004917, C004919, C004922. ................. 83-88
Marca de Servicios
Carteles Nos. A033725, A033726, C004924. ...................
88-89
Reposición de Póliza de Seguros
Carteles Nos. C004781, C004782, C004783, C004784. ..
89-90
Diligencias de Acotamiento
Cartel No. A033858. .........................................................
90
DE SEGUNDA PUBLICACIÓN
Herencia Yacente
Cartel No. A033750. .........................................................
56
Título de Propiedad
Cartel No. A033737. .........................................................
57
Títulos Supletorios
Carteles Nos. A033748, A033799, A033826, A033827,
A033852, C004792, C004794, C004804, A033785. ................. 57-61
Aceptación de Herencias
Carteles Nos. A032766, A032771, A032793, A032838,
A032860, A032869, A032870, A032871, A032873, A032874,
A032875, A032878, A032885, A032927, A032938, A032957,
A032962, A032964, A032967, A032975, A032980, A033004,
A033032, A033072, A033082, A033083, A033113, A033126,
A033191, A033201, C004670, C004671, C004672, C004673,
C004689, C004708, A033623, C004736................................... 91-102
DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 18 de Enero de 2007.
Pág.
Herencia Yacente
Cartel No. A032763. .........................................................
102
3
Pág.
Herencia Yacente
Cartel No. A032464. .........................................................
142
Títulos de Propiedad
Carteles Nos. A032998, A033179, A033188, A033550. .. 102-103
Títulos de Propiedad
Carteles Nos. A032341, A032342..................................... 142-143
Títulos Supletorios
Carteles Nos. A032842, A032920, A033174, A033200,
C004637, C004638, C004639, C004640, C004641 .................. 104-107
Títulos Supletorios
Carteles Nos. A032416, A032502, C004538, C004539,
C004674, C004675, C004676. .................................................. 143-146
107
Títulos de Dominio
Carteles Nos. A032429, A032430 A032802. .................... 146-147
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Renovación de Marcas
Cartel No. C004687. .........................................................
Marcas de Fábrica
Carteles Nos. A032932, A032933, A032934, A032935,
A032937, C004688. ................................................................... 108-109
Señal de Publicidad Comercial
Cartel No. C004651. .........................................................
110
Matrículas de Comercio
Carteles Nos. A032836, A032894, A033040, C004634,
C004635, C004636, C004646, C004653, C004656, C004678,
C004683, C004691, C004693, C004694, C004706. ................. 110-116
Convocatorias
Carteles Nos. A032843, A033183, C004622, C004632,
C004645, C004663, C004664, C004666................................... 117-121
Subastas Públicas
Carteles Nos. A032769, A032794, A032841, A032888,
A032924, A032929, A032939, A033003, A033005, A033094,
A033124, A033130, C004703. .................................................. 121-127
Reposición de Certificados
Carteles Nos. A032863, A032866, A032879, A032898,
A032899, A032901, A032902, A032903, A032904, A032905,
A032931, A033057, A033061, A033062, A033063, A033064,
A033065, A033067, A033069, A033187................................... 127-132
Aumento de Capital
Cartel No. C004668. .........................................................
172
Señal de Publicidad Comercial
Cartel No. C004573. ......................................................... 172-173
Matrículas de Comercio
Carteles Nos. A032489, C004527, C004528, C004541,
C004555..................................................................................... 173-175
Convocatorias
Carteles Nos. A032350, A032539, C004506, C004593,
C004596..................................................................................... 175-178
Subastas Públicas
Carteles Nos. A032427, A032550, A032552. ................... 178-179
Reposición de Certificados
Carteles Nos. A032557, A032558..................................... 179-180
133
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Marca de Servicios
Carteles Nos. A032872, A032990, A032991, C004658,
C004659..................................................................................... 134-135
Reposición de Póliza de Seguros
Carteles Nos. C004704, C004705.....................................
135
Aviso de Liquidación
Cartel No. A032882. .........................................................
136
Cambio de Dirección de Empresa
Carteles Nos. A033142, C004654.....................................
136
D
Nombre Comercial
Cartel No. C004556. .........................................................
132
Patentes de Invención
Carteles Nos. A033594, A033598..................................... 132-133
Marca Industrial
Carteles Nos. C004681, C004682.....................................
Marcas de Fábrica
Carteles Nos. C004486, C004487, C004488, C004489,
C004494, C004495, C004496, C004500, C004501, C004504,
C004508, C004509, C004510, C004511, C004512, C004513,
C004515, C004517, C004518, C004519, C004520, C004521,
C004522, C004523, C004524, C004526, C004534, C004545,
C004546, C004547, C004548, C004549, C004550, C004551,
C004553, C004554, C004558, C004559, C004560, C004562,
C004566, C004567, C004568, C004569, C004571, C004572,
C004574, C004576, C004577, C004579, C004580, C004581,
C004582, C004583, C004584, C004586, C004588, C004589,
C004590, C004592. ................................................................... 148-172
DE TERCERA PUBLICACIÓN
Aceptación de Herencias
Carteles Nos. A032333, A032395, A032396, A032400,
A032415, A032434, A032451, A032456, A032457, A032488,
A032512, A032560, C004525, C004535, C004536, C004537,
C004594, C004595 .................................................................... 137-142
Marca Industrial
Cartel No. C004570. .........................................................
180
Marcas de Servicio
Carteles Nos. A032419, C004493, C004498, C004499,
C004516, C004529, C004561, C004563, C004564, C004565,
C004575, C004578, C004585, C004587, C004591. ................. 180-187
Reposición de Pólizas de Seguros
Carteles Nos. C004505, C004507.....................................
187
SECCION DOCUMENTOS OFICIALES
CONSEJO NACIONAL PARA LA CULTURA
Y EL ARTE
Resolución No. 0070/2006.- Autorización para la aplicación
de la Normativa de Regulación de Investigaciones Arqueológicas
en El Salvador. ........................................................................... 188-196
4
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 374
ORGANO LEGISLATIVO
DECRETO No. 191
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,
CONSIDERANDO:
II.
Que con fecha 14 de diciembre de 2006, el Pleno Legislativo conoció la iniciativa de la Diputada Carmen Elena Calderón de Escalón, en el
sentido se le conceda permiso al ciudadano salvadoreño, Doctor Roberto Romero Pineda, para aceptar la Condecoración de la Orden “Al
Mérito “Por Servicios Distinguidos” en el Grado de Comendador, que le ha conferido la República del Perú.
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I.
Que de conformidad a lo establecido en el ordinal 23 del Art. 131 de la Constitución, es procedente concederle el permiso solicitado.
POR TANTO:
En ejercicio de la potestad establecida en el Art. 131 ordinal 23 de la Constitución de la República, y a iniciativa de la Diputada Carmen Elena
Calderón de Escalón
DECRETA:
Art. 1. Concédese permiso al ciudadano salvadoreño, Doctor Roberto Romero Pineda, para aceptar la Condecoración de la Orden “Al Mérito
“Por Servicios Distinguidos” en el Grado de Comendador, que le ha conferido la República del Perú.
Art. 2. El presente Decreto entrará en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial.
DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los veinte días del mes de diciembre del año dos mil seis.
RUBÉN ORELLANA
PRESIDENTE
FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURÁN
VICEPRESIDENTE
VICEPRESIDENTE
JOSÉ RAFAEL MACHUCA ZELAYA
RODOLFO ANTONIO PARKER SOTO
VICEPRESIDENTE
VICEPRESIDENTE
ENRIQUE ALBERTO LUIS VALDÉS SOTO
GERSON MARTINEZ
SECRETARIO
SECRETARIO
JOSÉ ANTONIO ALMENDÁRIZ RIVAS
NORMAN NOEL QUIJANO GONZÁLEZ
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ROLANDO ALVARENGA ARGUETA
SECRETARIO
SECRETARIO
ZOILA BEATRIZ QUIJADA SOLÍS
SECRETARIA
CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los ocho días del mes de enero del año dos mil siete.
PUBLIQUESE,
ELÍAS ANTONIO SACA GONZÁLEZ,
Presidente de la República.
FRANCISCO ESTEBAN LAÍNEZ RIVAS,
Ministro de Relaciones Exteriores.
DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 18 de Enero de 2007.
5
DECRETO No. 192
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,
CONSIDERANDO:
II.
Que con fecha 14 de diciembre de 2006, el Pleno Legislativo conoció la iniciativa de la Diputada Carmen Elena Calderón de Escalón, en
el sentido se le conceda permiso al ciudadano salvadoreño, Licenciado Roberto Kriete Avila para aceptar la Condecoración “Legión de
Honor” en el Grado de Oficial que el Gobierno de la República de Francia le ha conferido.
Que de conformidad a lo establecido en el ordinal 23 del Art. 131 de la Constitución, es procedente concederle el permiso solicitado.
POR TANTO:
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A
I.
En ejercicio de la potestad establecida en el Art. 131 ordinal 23 de la Constitución de la República, y a iniciativa de la Diputada Carmen Elena
Calderón de Escalón y con el apoyo de los Diputados, Douglas Alejandro Alas, José Antonio Almendáriz Rivas, Rolando Alvarenga Argueta, Luis
Roberto Angulo Samayoa, José Orlando Arévalo, Arturo Argumedo, Federico Guillermo Avila Quehl, Fernando Avila Quetglas, Ingrid Bendix de
Barrera, Noel Abilio Bonilla, José Salvador Cardoza, Oscar Enrique Carrero, José Ernesto Castellanos, María Julia Castillo, José Roberto d’ Abuisson
Munguía, Patricia Vásquez de Amaya, Ana Vilma Castro de Cabrera, Guillermo Antonio Gallegos, Julio Antonio Gamero Quintanilla, César Humberto
García, Jesús Grande, Santos Guevara Ramos, Manuel Gutiérrez Gutiérrez, Walter Guzmán Coto, Wilfredo Iraheta Sanabria, José Rafael Machuca
Zelaya, Mario Marroquín Mejía, Alejandro Dagoberto Marroquín, Manuel Vicente Menjívar, José Francisco Merino López, Rubén Orellana, Rodolfo
Antonio Parker Soto, Mariella Peña Pinto, Renato Pérez, Juan Enrique Perla, Mario Antonio Ponce López, Julio César Portillo, Francisco Antonio
Prudencio, Norman Noel Quijano, José Mauricio Quinteros, Carlos Armando Reyes, Alberto Rivas Echeverría, Abilio Rodríguez Menjívar, Alberto
Romero Rodríguez, Sandra Marlene Salgado, Mario Alberto Tenorio, Enrique Alberto Valdés Soto y Donato Eugenio Vaquerano.
DECRETA:
Art. 1. Concédese permiso al ciudadano salvadoreño, Licenciado Roberto Kriete Avila, para aceptar la Condecoración “Legión de Honor” en
el Grado de Oficial que el Gobierno de la República de Francia le ha conferido.
Art. 2. El presente Decreto entrará en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial.
DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los veinte días del mes de diciembre del año dos mil seis.
RUBÉN ORELLANA
PRESIDENTE
FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURÁN
VICEPRESIDENTE
JOSÉ RAFAEL MACHUCA ZELAYA
VICEPRESIDENTE
RODOLFO ANTONIO PARKER SOTO
VICEPRESIDENTE
ENRIQUE ALBERTO LUIS VALDÉS SOTO
SECRETARIO
GERSON MARTINEZ
SECRETARIO
D
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R
ROLANDO ALVARENGA ARGUETA
VICEPRESIDENTE
JOSÉ ANTONIO ALMENDÁRIZ RIVAS
SECRETARIO
NORMAN NOEL QUIJANO GONZÁLEZ
SECRETARIO
ZOILA BEATRIZ QUIJADA SOLÍS
SECRETARIA
CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los nueve días del mes de enero del año dos mil siete.
PUBLIQUESE,
ELÍAS ANTONIO SACA GONZÁLEZ,
Presidente de la República.
FRANCISCO ESTEBAN LAÍNEZ RIVAS,
Ministro de Relaciones Exteriores.
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DIARIO OFICIAL Tomo Nº 374
ORGANO EJECUTIVO
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
ACUERDO No. 539.
ELÍAS ANTONIO SACA GONZÁLEZ,
Presidente de la República,
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en uso de sus facultades legales y de conformidad a lo establecido por los artículos 39 y 41 de la Ley Orgánica de Administración Financiera
del Estado y por lo estipulado en el Romano V, letra A. en lo que respecta a las Transferencias Corrientes del Manual de Procesos para la Ejecución
Presupuestaria, emitido por el Ministerio de Hacienda, ACUERDA: Autorizar la transferencia de fondos del Presupuesto Ordinario de la SECRETARÍA
DE LA JUVENTUD, a favor de la CRUZ ROJA SALVADOREÑA a efecto de apoyar la implementación del Programa “TALLER DE JÓVENES
SOLIDARIOS CIUDADANÍA JUVENIL” a cargo de dicho organismo, a través de su filial Cruz Roja de la Juventud, como componente de las
Áreas de Acción de la Secretaría de la Juventud orientadas a promover la salud integral entre los jóvenes e impulsar una cultura preventiva basada en
información y conocimientos, según Convenio de Cooperación suscrito entre dicha Secretaría y Cruz Roja Salvadoreña, el día 22 de septiembre de
2006; en las cláusulas del Convenio en mención se definen las funciones y responsabilidades de cada una de esos organismos; siendo competencia
de esa Secretaría apoyar las actividades de capacitación y de proyección social mediante las cuales los brigadistas deban cumplir con sus objetivos;
apoyando además la conformación de las brigadas en mención, a solicitud de los miembros de los Centros de Integración de Desarrollo o a propuesta
de la Cruz Roja Salvadoreña en su localidad; comprometiéndose finalmente aquella Secretaría a autorizar la cantidad que más adelante se dirá para la
implementación del Proyecto enunciado antes; y la Cruz Roja Salvadoreña, por su parte, deberá fortalecer la formación integral de jóvenes, a través
del espíritu de la Cruz Roja, con el fin de contribuir a su desarrollo humano; ejecutando además funciones de apoyo a los Centros de Integración de
Desarrollo en Labores preventivas educativas diversas. La transferencia en cuestión es por un monto total de CINCO MIL 00/100 DÓLARES DE
LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$5,000.00). La asignación presupuestaria es la número: 2006-0500-1-01-08-21-1-56. Se autoriza por
el presente Acuerdo que el monto en cuestión sea transferido por medio de un solo desembolso.
DADO EN CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los diecinueve días del mes de diciembre de dos mil seis.
ELÍAS ANTONIO SACA GONZÁLEZ,
Presidente de la República.
RENÉ MARIO FIGUEROA FIGUEROA,
Ministro de Gobernación.
ACUERDO No. 540.
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ELÍAS ANTONIO SACA GONZÁLEZ,
Presidente de la República,
en uso de sus facultades legales y de conformidad a lo establecido por los artículos 39 y 41 de la Ley Orgánica de Administración Financiera
del Estado y por lo estipulado en el Romano V, letra A. en lo que respecta a las Transferencias Corrientes del Manual de Procesos para la Ejecución
Presupuestaria, emitido por el Ministerio de Hacienda, ACUERDA: Autorizar la transferencia de fondos del Presupuesto Ordinario de la SECRETARÍA DE LA JUVENTUD, a favor del MOVIMIENTO DE RENOVACIÓN CARISMÁTICA CATÓLICA, a efecto de apoyar la implementación del
Proyecto “Operador de Programas Básicos de Computación” a cargo de dicha entidad, a través de su filial Ahuachapán, con el propósito de facilitar la
coordinación de actividades para apoyar la implementación del Proyecto en mención, orientado a realizar capacitaciones básicas sobre computación
para los jóvenes del municipio en cuestión, siendo necesario equipar el local que ocupan los Talleres Vocacionales La Guadalupana, propiedad del
MOVIMIENTO DE RENOVACIÓN CARISMÁTICA CATÓLICA. Las cláusulas del Convenio de Cooperación suscrito entre la Secretaría de la
Juventud y el mencionado Movimiento el día 26 de septiembre de 2006, definen las funciones y responsabilidades de cada una de esos organismos,
siendo competencia de la Secretaría ya mencionada aportar hasta un monto de Diez Mil Dólares de los Estados Unidos de América para la adquisición de
equipo informático que será destinado para equipar los talleres arriba referidos y el mencionado Movimiento, por su parte, se constituye en el encargado
del Proyecto de Operador de Programas Básicos de Computación, comprometiéndose a dar apoyo a la Secretaría de la Juventud, proporcionándole la
información que fuese requerida para el desarrollo de las capacitaciones que se ejecutan. La transferencia en cuestión es por un monto total de DIEZ
MIL 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, ($10,000.00). La asignación presupuestaria es la número: 2006-0500-1-0108-21-1-56. Se autoriza por el presente Acuerdo que el monto en cuestión sea transferido por medio de un solo desembolso.
DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 18 de Enero de 2007.
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DADO EN CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los diecinueve días del mes de diciembre de dos mil seis.
ELÍAS ANTONIO SACA GONZÁLEZ,
Presidente de la República.
RENÉ MARIO FIGUEROA FIGUEROA,
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Ministro de Gobernación.
ACUERDO No. 541.
ELÍAS ANTONIO SACA GONZÁLEZ,
Presidente de la República,
en uso de sus facultades legales y de conformidad a lo establecido en el artículo 156, números 1, 2 y 3 de las Disposiciones Generales de Presupuestos, ACUERDA: Otorgar la cantidad de DOS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SIETE 14/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS
DE AMÉRICA (US $2,857.14), en calidad de donación gratuita e irrevocable a la ASOCIACIÓN VOLUNTARIADO VICENTINO, ASOCIACIÓN
DE CARIDAD. La cantidad en referencia se constituye en un reconocimiento que la Secretaría Nacional de la Familia brinda a dicha Asociación, por
ser ganadora del Premio Nacional a la Innovación en la Atención a la Persona Adulta Mayor.
Dicha donación será otorgada a través de la Secretaría Nacional de la Familia, siendo cargado dicho monto a la Unidad Presupuestaria: 04-Fortalecimiento Familiar, Línea de Trabajo: 01-Atención Familiar, Código Presupuestario: 2006-0500-3-04-01-21-1-56303.
DADO EN CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los diecinueve días del mes de diciembre de dos mil seis.
ELÍAS ANTONIO SACA GONZÁLEZ,
Presidente de la República.
RENÉ MARIO FIGUEROA FIGUEROA,
Ministro de Gobernación.
ACUERDO No. 549.
ELÍAS ANTONIO SACA GONZÁLEZ,
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Presidente de la República.
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en uso de sus facultades legales y de conformidad a lo establecido en los artículos 72, inciso primero, letras c), d) y e) e incisos segundo y último,
y 73 de la Ley de Protección al Consumidor; y artículo 23 del Reglamento de la Ley de Protección al Consumidor, ACUERDA: Nombrar, a partir de
esta fecha, para un período legal de funciones de tres años, a miembros del Consejo Consultivo de la Defensoría del Consumidor, de conformidad al
siguiente detalle:
*
Representante Seleccionado de una terna que para este efecto presenten la Universidad de El Salvador y las Universidades Acreditadas del
país:
Propietario: Doctor René Alfredo Portillo Cuadra.
Suplente: Doctor César Augusto Calderón.
*
Representante Seleccionado de una terna que para este efecto presente la gremial con máxima representación de la Empresa Privada:
Propietario: Licenciado Luis Meza.
Suplente: Elena María de Alfaro.
*
Representante de las Asociaciones de Consumidores, debidamente acreditadas, seleccionado de una terna que para este efecto se presente:
Propietaria: Licenciada Ana María Umaña de Jovel.
Suplente: Licenciado Hugo Alfredo Girón.
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DIARIO OFICIAL Tomo Nº 374
Las personas nombradas deberán rendir la protesta constitucional correspondiente antes de asumir sus funciones.
DADO EN CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los veintiún días del mes de diciembre de dos mil seis.
ELÍAS ANTONIO SACA GONZÁLEZ,
Presidente de la República.
RENÉ MARIO FIGUEROA FIGUEROA,
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Ministro de Gobernación.
ACUERDO No. 550.
ELÍAS ANTONIO SACA GONZÁLEZ,
Presidente de la República,
en uso de sus facultades legales, ACUERDA: Dejar sin efecto el Acuerdo Ejecutivo número 522, aprobado por esta Presidencia con fecha 8 del
presente mes y año.
DADO EN CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los veintidós días del mes de diciembre del año dos mil seis.
ELÍAS ANTONIO SACA GONZÁLEZ,
Presidente de la República.
RENÉ MARIO FIGUEROA FIGUEROA,
Ministro de Gobernación.
MINISTERIO DE ECONOMÍA
RAMO DE ECONOMIA
ACUERDO No. 1513.-
San Salvador, 30 de noviembre del 2006
EL ORGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE ECONOMIA,
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Vista la solicitud e información complementaria presentadas a este Ministerio, en fechas 6 de junio, 8 de septiembre, 15 y 23 de noviembre de
2006, la primera por la Doctora María Leticia Campos Fuentes, quien actúa en su carácter de Representante Legal de la Sociedad Droguería Herlett,
Sociedad Anónima de Capital Variable, que puede abreviarse Droguería Herlett, S.A. de C.V.; o Herlett, S.A. de C.V., registrada con Número de Identificación Tributaria 0614-020985-002-6, relativa a que de conformidad a la Ley de Reactivación de las Exportaciones, se le concedan los beneficios
correspondientes, para aplicarlos a la actividad de exportación y comercialización de productos farmacéuticos para uso humano y veterinario; el segundo
escrito por la señora Reina Peña Santamaría con el objeto de presentar información complementaria a su petición; el tercer escrito relativo a presentar
Constancia emitida por el Consejo Superior de Salud Pública a favor de la empresa peticionaria; y el cuarto escrito con el objeto de presentar Estados
Financieros;
CONSIDERANDO:
I.
II.
Que las solicitudes fueron admitidas en este Ministerio en fechas 6 de junio, 8 de septiembre, 15 y 23 de noviembre de 2006;
Que se han llenado los requisitos exigidos por la Ley de Reactivación de las Exportaciones y su Reglamento, por lo que el Departamento
de Incentivos Fiscales de la Dirección de Comercio e Inversión ha emitido su respectivo dictamen en sentido favorable;
POR TANTO,
De conformidad a las razones expuestas y artículos 2 y 3 de la Ley de Reactivación de las Exportaciones, 3 y 4 de su reglamento, este Ministerio,
DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 18 de Enero de 2007.
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ACUERDA:
Conceder a la Sociedad Droguería Herlett, Sociedad Anónima de Capital Variable, que puede abreviarse Droguería Herlett, S.A. de C.V.; o
Herlett, S.A. de C.V., el beneficio que establece la Ley de Reactivación de las Exportaciones, en su artículo 3 literal a) Devolución del 6%
del valor libre a bordo o valor FOB exportado, y calificarla como Empresa de Comercialización Internacional, beneficio que se le otorga
para la actividad de comercialización de productos farmacéuticos Salvadoreños para uso humano y veterinario, que serán destinados fuera
del Area Centroamericana;
2.
La Sociedad beneficiaria tendrá derecho a la devolución del 6%, por las exportaciones que realice a partir de la fecha de presentación de
su solicitud de beneficios;
3.
La Sociedad beneficiaria deberá dar cumplimiento a las disposiciones de la Ley de Reactivación de las Exportaciones, su Reglamento y
demás Leyes de la República, así como también las obligaciones que se le imponen por medio de este Acuerdo y en Resoluciones o Instructivos que emitan las Instituciones competentes;
4.
Hágase saber este Acuerdo a la Dirección General de la Renta de Aduanas y a la Dirección General de Impuestos Internos del Ministerio
de Hacienda;
5.
El presente Acuerdo entrará en vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial COMUNIQUESE.- BLANCA IMELDA DE MAGAÑA,
VICEMINISTRA DE COMERCIO E INDUSTRIA.
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1.
(Registro No. C004789)
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
RAMO DE EDUCACION
ACUERDO No. 15-1105.-
San Salvador, 27 de octubre de 2006
(Registro No. A033833)
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El Organo Ejecutivo de la República de El Salvador, en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: I) Que a la Dirección Nacional de Educación Superior, se ha presentado MA. ESTER RODRÍGUEZ BARCENAS, solicitando que se le reconozca el grado académico de LICENCIADA EN
EDUCACION PRIMARIA, obtenido en LA ESCUELA NORMAL PARTICULAR AUTORIZADA “INSTITUTO MORELOS”, en el año 2005; lo
anterior de conformidad a lo dispuesto en el Art. 20 de la Ley de Educación Superior, y a las facultades concedidas en la misma a este Ministerio;
II) Que de conformidad al Convenio Regional de Convalidación de Estudios, Títulos y Diplomas de Educación Superior en América Latina y El
Caribe, suscrito por nuestro país, ratificado y vigente, procede dicho Reconocimiento. POR TANTO: con base a las razones expuestas, y satisfechos
los requisitos legales establecidos en la referida Convención, ACUERDA: 1°) Reconócese la validez académica de los estudios de LICENCIADA EN
EDUCACION PRIMARIA, realizados por MA. ESTER RODRÍGUEZ BARCENAS, en la República de México; 2°) Tiénese por incorporada a MA.
ESTER RODRÍGUEZ BARCENAS, como LICENCIADA EN CIENCIAS DE LA EDUCACION CON ESPECIALIDAD EN PRIMERO Y SEGUNDO
CICLOS DE EDUCACION DE EDUCACION BASICA, en nuestro país; 3°) El Presente Acuerdo Ejecutivo no constituye autorización alguna para
el ejercicio profesional, la cual deberá ser debidamente tramitada ante la instancia correspondiente. El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia
ocho días después de su publicación en el Diario Oficial. COMUNIQUESE. DARLYN XIOMARA MEZA LARA, MINISTRA DE EDUCACION.
ACUERDO No. 15-1224.
San Salvador, 6 de diciembre de 2006
El Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: Que a la Dirección de Acreditación se ha
presentado ROLANDO ARTURO PAGOADA MARADIAGA, solicitando de conformidad a lo establecido por el Artículo 62 de la Ley General de
Educación, EQUIVALENCIA de sus estudios de Tercer Curso del Ciclo Común, realizados en el Instituto Hondureño de Educación por Radio, República
de Honduras en el año 2005, con los de Noveno Grado de nuestro país. Y luego de examinar la documentación presentada y satisfechos los requisitos
legales, ACUERDA: De conformidad a lo establecido por el Artículo 76° del Convenio Centroamericano sobre Unificación Básica de la Educación,
publicado en el D.O. No. 184, Tomo No. 201 de fecha 2 de octubre de 1963, dar como Equivalentes los Estudios de Tercer Curso del Ciclo Común,
realizados por ROLANDO ARTURO PAGOADA MARADIAGA en República de Honduras con los de Noveno Grado de nuestro país. Se le autoriza
matricularse en Primer Año de Bachillerato Técnico Vocacional Industrial Opción Mecánica Automotriz. COMUNIQUESE. DARLYN XIOMARA
MEZA, MINISTRA DE EDUCACION.
(Registro No. A033714)
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DIARIO OFICIAL Tomo Nº 374
ORGANO JUDICIAL
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
ACUERDO No. 1391-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, dieciséis de agosto de dos mil seis.- El Tribunal ACUERDA:
Autoriza al Licenciado HEMERSON STANLEY SERRANO LEMUS, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de
haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A.
G. CALDERON.- VELASCO.- P. J.- M. A. CARDOZA A.- M. TREJO.- M. POSADA.- VALDIV.- R. M. FORTIN H.- Pronunciado por los señores
Magistrados que lo suscriben.- E. Dinorah Bonilla de Avelar.
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(Registro No. A033779)
ACUERDO No. 1523-D- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veinte de septiembre del año dos mil seis.- El Tribunal ACUERDA: Autorizar al Licenciado JUAN BENJAMÍN CHÉVEZ MORALES, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de
haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G.
CALDERÓN.- J. ENRIQUE ACOSTA.- VELASCO.- M. POSADA.- GUZMÁN U. D. C.- VALDIV.- M. A. CARDOZA A.- R. E. RAMOS.- R. M.
FORTÍN H.- Pronunciado por los señores Magistrados que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. A033797)
ACUERDO No. 1628-D- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veinte de septiembre del año dos mil seis.- El Tribunal ACUERDA:
Autorizar a la Licenciada YANIRA AQUINO CANALES, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido
con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERÓN.J. ENRIQUE ACOSTA.- VELASCO.- R. E. RAMOS.- GUZMÁN U. D. C.-M. POSADA.- VALDIV.- M. A. CARDOZA A.- Pronunciado por los
señores Magistrados que lo suscriben.- E. DINORA BONILLA DE AVELAR.
(Registro No. A033704)
ACUERDO No. 1770-D- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta y uno de octubre del año dos mil seis.- El Tribunal con
fecha uno de septiembre del año dos mil seis, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada VALERIA BERENICE HERRERA MENJIVAR, para que ejerza
la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERÓN.- V. DE AVILÉS.- J. N. CASTANEDA S.- VELASCO.- GUZMÁN U.
D. C.- P. J.- VALDIV.- M. POSADA.- M. A. CARDOZA A.- Pronunciado por los señores Magistrados que lo suscriben.- E. DINORAH BONILLA
DE AVELAR.
(Registro No. A033675)
(Registro No. A033678)
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ACUERDO No. 1816-D- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta y uno de octubre del año dos mil seis.- El Tribunal con fecha
siete de septiembre del año dos mil seis, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada ANA BEATRIZ MARTÍNEZ GIRÓN, para que ejerza la profesión de
ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.
COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERÓN.- VELASCO.- VALDIV.- P. J.- GUZMÁN U. D. C.- M. POSADA.- M. A. CARDOZA
A.- R. M. FORTÍN H.- Pronunciado por los señores Magistrados que lo suscriben.- E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.
ACUERDO No. 1829-D- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta y uno de octubre del año dos mil seis.- El Tribunal con fecha
cuatro de octubre del año dos mil seis, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada JENNY MARISOL ROMERO ALAS, para que ejerza la profesión de
ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.
COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERÓN.- VELASCO.- GUZMÁN U. D. C.- VALDIV.- P. J.- M. POSADA.- R. M. FORTÍN H.-M.
TREJO.- Pronunciado por los señores Magistrados que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. A033706)
ACUERDO No. 1848-D- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta y uno de octubre del año dos mil seis.- El Tribunal con fecha
ocho de septiembre del año dos mil seis, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada KARLA EDITH SALINAS RIVAS, para que ejerza la profesión de
ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.
COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERÓN.- VELASCO.- J. N. CASTANEDA S.- GUZMÁN U. D. C.- P. J.- M. POSADA.- VALDIV.R. M. FORTÍN H.- Pronunciado por los señores Magistrados que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. A033679)
DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 18 de Enero de 2007.
11
ACUERDO No. 1889-D- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta y uno de octubre del año dos mil seis.- El Tribunal con
fecha dieciocho de septiembre del año dos mil seis, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada KATIA DOLORES TOBAR, para que ejerza la profesión de
ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.
COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERÓN.- VELASCO.- J. N. CASTANEDA S.- P. J.- GUZMÁN U. D. C.- M. POSADA.- VALDIV.R. M. FORTÍN H.- Pronunciado por los señores Magistrados que lo suscriben.- M. E. LEMUS.
(Registro No. A033767)
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ACUERDO No. 1939-D- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta y uno de octubre del año dos mil seis.- El Tribunal con fecha
dieciocho de agosto del año dos mil seis, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada XIOMARA KARINA BRAN ARÉVALO, para que ejerza la profesión
de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.
COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERÓN.- VELASCO.- GUZMÁN U. D. C.- VALDIV.- M. POSADA.- M. A. CARDOZA A.- M.
TREJO.- R. M. FORTÍN H.- Pronunciado por los señores Magistrados que lo suscriben.- E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.
(Registro No. A033862)
ACUERDO No. 1974-D- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta y uno de octubre del año dos mil seis.- El Tribunal con fecha
veinticinco de septiembre del año dos mil seis, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado JOEL ADÁN VENTURA MELGAR, para que ejerza la profesión de
ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.
COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERÓN.- VELASCO.- P. J.- GUZMÁN U. D. C.- M. A. CARDOZA A.- VALDIV.- M. TREJO.- R.
M. FORTÍN H.- Pronunciado por los señores Magistrados que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. A033414)
ACUERDO No. 1985-D- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta y uno de octubre del año dos mil seis.- El Tribunal con
fecha ocho de septiembre del año dos mil seis, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado OSCAR ARMANDO SANTAMARÍA PONCE, para que ejerza la
profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente
respectivo. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERÓN.- V. DE AVILÉS.- VELASCO.- J. N. CASTANEDA S.- P. J.- M. POSADA.VALDIV.- GUZMÁN U. D. C.- Pronunciado por los señores Magistrados que lo suscriben.- E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.
(Registro No. A033398)
ACUERDO No. 2031-D- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta y uno de octubre del año dos mil seis.- El Tribunal con fecha
veintinueve de septiembre del año dos mil seis, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado JOSÉ ARCIDES LÓPEZ ARÉVALO, para que ejerza la profesión
de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.
COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERÓN.- VELASCO.- P. J.- GUZMÁN U. D. C.- VALDIV.- M. POSADA.- R. M. FORTÍN H.- M.
TREJO.- Pronunciado por los señores Magistrados que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
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(Registro No. A033657)
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ACUERDO No. 2093-D- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta y uno de octubre del año dos mil seis.- El Tribunal con fecha
catorce de septiembre del año dos mil seis, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado YURY SALVADOR HENRIQUEZ VALENCIA, para que ejerza la
profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente
respectivo. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- V. DE AVILÉS.- J. ENRIQUE ACOSTA.- VELASCO.- J. N. CASTANEDA S.- P. J.- GUZMÁN U.
D. C.- M. POSADA.- VALDIV.- Pronunciado por los señores Magistrados que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. A033761)
ACUERDO No. 2200-D- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, seis de diciembre del año dos mil seis.- El Tribunal con fecha treinta
de octubre del año dos mil seis, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada WENDY DENISSE VILLALTA DE ABREGO, para que ejerza la profesión de
ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.
COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERÓN.- M. CLARA.- VELASCO.- VALDIV.- GUZMAN U. D. C.- M. TREJO.- M. A. CARDOZA
A.- M. POSADA.- Pronunciado por los señores magistrados que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. A033669)
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DIARIO OFICIAL Tomo Nº 374
INSTITUCIONES AUTONOMAS
ALCALDÍAS MUNICIPALES
DECRETO No. 1.-
El Concejo Municipal de la Villa de Meanguera, Departamento de Morazán.-
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CONSIDERANDO:
I-
Que de conformidad al Art. 13 y 30 numeral 4 del Código Municipal emite Ordenanza para regular las materias de su competencia y la
prestación de los servicios;
II-
Que es competencia de este mismo Concejo: Crear, modificar, o suprimir tasas, mediante la emisión de la correspondiente ordenanza, en
cumplimiento a los conceptos estipulados por el Inciso Segundo del Art. 7 y 158 de la Ley Tributaria Municipal, en relación con el Art.
204 Ordinal 1° y 262 de la Constitución de la República, y el numeral 21 del Art. 30 del Código Municipal.
POR TANTO:
En uso de sus facultades que le confiere la Constitución de la República, el Código Municipal y la Ley General Tributaria Municipal Vigente.
DECRETA: La siguiente ADICIÓN Y MODIFICACIÓN A LA ORDENANZA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES.-
Servicios Municipales:
MODIFÍQUESE al Art. 8 del Decreto Municipal No. 02 de fecha 28 de octubre de 2005, los siguientes servicios:
2.-
ASEO, sobre toda el área de propiedad, al mes o fracción.
2-1
Empresas Industriales y Financieras ................................................................................................................................................ $
3.00
2-2
Empresas Comerciales ..................................................................................................................................................................... $
2.00
2-3
Todas las demás propiedades, viviendas y predios baldíos.............................................................................................................. $
0.50
2-4
Derogado.
2-5
Por Depósito de Basura en Relleno Sanitario, de otros Municipios e Instituciones Por cada mes.................................................. $ 275.00
2-6
Por venta de abono orgánico, por cada quintal ................................................................................................................................ $
3.00
2-7
Por depósito de Basura en relleno de Instituciones (Centros Educativos, Unidades de Salud, ONG’S)......................................... $
5.00
Por consumo de agua cuando no se tiene medidor, cuota fija al mes .....................................................................................................$ 1.14
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3-3
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No. 3 SERVICIOS DE AGUA POTABLE.
D
3-3-1 Hasta 15m3 .....................................................................................................................................................$ 1.14 fijo
3-3-2 De 15 hasta 20M3 ...........................................................................................................................................$ 1.14 + 0.15 por M3 adicional
3-3-3 De 20 M3 en adelante .....................................................................................................................................$ 1.14 + 0.30 por M3 adicional
4.-
CEMENTERIO.
a)
DERECHO A PERPETUIDAD.
4-7 Derogado.
b)
PERIODO DE 7 AÑOS.
5-1-4Derogado.
c)
FABRICAS ÍNFIMAS.
5-2-3Derogado.
DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 18 de Enero de 2007.
13
5-3 SERVICIOS DE OFICINA.
5-3-1 Por inscripción de títulos en terrenos rústicos cada uno .................................................................................................................. $
5.00
5-3-5 Por reposición de predios urbano y rústicos .................................................................................................................................... $ 10.00
No. 6 MERCADOS, PLAZAS Y SITIOS PÚBLICOS
6-1-4Derogado.
No. 8 RASTRO MUNICIPAL Y GANADERÍA.
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8-1-3 Destace de Ganado mayor por cabeza ............................................................................................................................................. $
8-1-4 Destace de Ganado Menor por cabeza............................................................................................................................................. $
1.00
0.75
11.- DERECHO POR EL USO DE SUELO Y SUBSUELO
11-1
Para perforación de pozos previa autorización de la Dirección General de Salud y ANDA para usos comerciales e Industriales. $ 75.00
11-2
Para extraer piedra, arena u otros minerales de aluviones, cauces o minas.
11-3
Por camionada de más de dos toneladas .......................................................................................................................................... $
5.00
Por camionada o Pick-up, hasta dos toneladas ................................................................................................................................ $
3.00
Por Carretada.................................................................................................................................................................................... $
1.00
Torres, postes de concreto, madera o similares; en la jurisdicción del Municipio y otros, cada uno al mes:
Por la construcción e instalación de torres o antenas de cualquier material .................................................................................... $ 100.00
Por mantener torres y antenas en el Municipio, cada una al mes .................................................................................................... $ 15.00
Por instalación de postes para el servicio de electricidad, telecomunicaciones y cable por las compañías suministrantes
Cada uno .......................................................................................................................................................................................... $
5.00
Por mantener postes para el suministro de Energía Eléctrica, Telecomunicaciones y cable en el Municipio, cada uno al mes ..... $
1.50
Por cada cabina telefónica que mantengan en el municipio, pagarán al mes .................................................................................. $ 10.00
13- MATRICULAS, CADA UNA AL AÑO.
13-2
Juegos permitidos:
Billares, por cada mesa .................................................................................................................................................................... $ 10.00
13-4
Por anuncio de bebidas embriagantes, cada uno al mes .................................................................................................................. $ 10.00
13-5
Matrículas de motosierras, cada una al año ..................................................................................................................................... $
5.00
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DADO EN LA ALCALDÍA MUNICIPAL DE LA VILLA DE MEANGUERA, A LOS QUINCE DÍAS DEL MES DE ENERO DE 2007.
Br. MAURICIO GEOVANNY DÍAZ PEREIRA,
D
ALCALDE MUNICIPAL.
Sr. JUAN SANTIAGO HERNÁNDEZ,
Sr. PEDRO ANTONIO ORELLANA,
SÍNDICO MUNICIPAL.
PRIMER REGIDOR PROPIETARIO.
Sra. MARIA EUSTACIA ROSA,
Sra. AGUSTINA LUNA,
SEGUNDO REGIDOR PROPIETARIO.
TERCER REGIDOR PROPIETARIO.
Sr. DIMAS MÁRQUEZ MÁRQUEZ,
Prof. CARLOS ALBERTO HERNÁNDEZ CARRILLO,
CUARTO REGIDOR PROPIETARIO.
SECRETARIO MUNICIPAL.
(Registro No. A033802)
14
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 374
DECRETO No. 7.EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN FRANCISCO MENÉNDEZ, DEPARTAMENTO DE AHUACHAPÁN.
CONSIDERANDO:
Que La Ley General Tributaria Municipal, sienta las bases o principios generales para que los municipios establezcan sus tasas por servicios
municipales de acuerdo a lo estipulado en el artículo 204 numeral primero y quinto de la Constitución de la República;
II.-
Que es necesario que las tasas que se establezcan cubran los costos de los servicios para lograr que los servicios que preste la municipalidad
de San Francisco Menéndez sean eficientes;
III.-
Que conforme a lo dispuesto en la Ley General Tributaria Municipal, corresponde al Concejo Municipal crear, modificar, o suprimir tasas
y contribuciones especiales mediante la emisión de ordenanzas y fijar las políticas, criterios y regulaciones generales a los cuales deben
ajustar el ejercicio de sus funciones, los Alcaldes y organismos dependientes de la administración municipal.
IV.-
Que es conveniente reformar algunos aspectos comprendidos en la actual ordenanza reguladora de tasas por servicios municipales, comprendidas en el decreto municipal número 18 de fecha 19 de Agosto del dos mil cuatro con la finalidad de subsanar dificultades técnicas,
que afecta en su aplicación.
POR TANTO:
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I.-
Este Concejo Municipal en uso de las facultades que señala el Art. 204 Ordinales 1, 5° de la Constitución de la República de El Salvador, y El
Art. 30 numerales 4 y 21 del Código Municipal y Art. 77 y 129 de La Ley General Tributaria Municipal.
DECRETA:
La siguiente reforma a la Ordenanza de Tasas por Servicios Municipales, de la Alcaldía Municipal de La Villa de San Francisco Menéndez,
Departamento de Ahuachapán.
CAPITULO PRIMERO
Este Concejo Municipal en uso de las facultades que le confiere la constitución de la República de El Salvador, El Código Municipal y La Ley
General Tributaria Municipal.
ART. 1.- Modificarse los artículos, literales, numerales e incisos siguientes:
Art. 10.- MERCADO, PLAZAS Y SITIOS PÚBLICOS:
Zona Comercial 1.a)
Para comedor y pupusería y Tortillería ..........................................................................................................................................$ 0.08
b)
Para venta de cereales y otros artículos de primera necesidad cada metro cuadrado al día...........................................................$ 0.13
c)
Para venta de leche y otros productos lácteos ................................................................................................................................$ 0.23
d)
Para venta de chilatería, atoles y otros productos similares cada metro cuadrado al día...............................................................$ 0.10
Para venta de jarcia, sombreros, ropa y productos de marroquinería cada metro cuadrado al día ................................................$ 0.10
f)
Para venta de refresquería, venta de similares cada metro cuadrado al día ...................................................................................$ 0.08
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e)
Para cualquier otra venta de mercadería cada metro cuadrado al día ............................................................................................$ 0.10
h)
Planchas para venta de carne, cada una al día o fracción...............................................................................................................$ 1.50
i)
Ventas transitorias, dentro del mercado al día o fracción...............................................................................................................$ 0.80
j)
Bodega dentro del mercado tasa al día...........................................................................................................................................$ 0.10
k)
Carnes Diarios................................................................................................................................................................................$ 0.23
l)
Lácteos Diarios...............................................................................................................................................................................$ 0.23
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g)
Zona Comercial 2.a)
Para comedor y pupusería y Tortillería ..........................................................................................................................................$ 0.10
b)
Para venta de cereales y otros artículos de primera necesidad cada metro cuadrado al día...........................................................$ 0.10
c)
Para venta de leche y otros productos lácteos cada metro cuadrado al día....................................................................................$ 0.10
d)
Para venta de chilatería, atoles y otros productos similares cada metro cuadrado al día...............................................................$ 0.10
e)
Para venta de jarcia, sombreros, ropa y productos de marroquinería cada metro cuadrado al día ................................................$ 0.10
f)
Para venta de refresquería, venta de similares cada metro cuadrado al día ...................................................................................$ 0.10
DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 18 de Enero de 2007.
15
g)
Para cualquier otra venta de mercadería cada metro cuadrado al día ............................................................................................$ 0.10
h)
Planchas para venta de carne, cada una al día o fracción...............................................................................................................$ 1.50
i)
Ventas transitorias, dentro del mercado al día o fracción...............................................................................................................$ 0.80
Bodega dentro del mercado tasa al día...........................................................................................................................................$ 0.16
k)
Carnes Diarios................................................................................................................................................................................$ 0.23
l)
Lácteos Diarios...............................................................................................................................................................................$ 0.23
I)
Vehículos dedicados a la venta de mercadería al día o fracción.
a)
Automotores con parlante ..............................................................................................................................................................$ 1.00
b)
Automotores sin parlante ...............................................................................................................................................................$ 0.50
c)
Carretones de mano........................................................................................................................................................................$ 0.25
e)
Venta de verduras, frutas y golosinas cada metro cuadrado al día.................................................................................................$ 0.10
f)
Venta de especies y hechinería cada metro cuadrado al día...........................................................................................................$ 0.05
f)
Zapatería cada metro cuadrado al día.............................................................................................................................................$ 0.10
g)
De cualquier otra clase de mercadería no comprendida anteriormente metro cuadrado al día......................................................$ 0.10
II)
Vehículos que utilizan la Terminal.
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j)
a)
Pick up de Pasajeros por día...........................................................................................................................................................$ 0.50
b)
Buses de Pasajeros por ruta llegada ...............................................................................................................................................$ 0.50
c)
Moto Taxis por día .........................................................................................................................................................................$ 0.50
d)
De lanchas para uso comercial con motor cada uno al año............................................................................................................$ 8.00
e)
Bis. De moto acuática cada una al año...........................................................................................................................................$ 8.00
j)
De lancha para uso comercial sin motor cada una al año ..............................................................................................................$ 3.00
p)
Cayucos para uso comercial cada uno al año.................................................................................................................................$ 2.00
ART. 2.- QUEDAN SIN EFECTO:
A.
Los numerales 3 al 3.13 porque se fusionarán en el numeral 2 del mismo Artículo que corresponde.
ART. 3.- La presente reforma entrará ocho días después de su publicación en El Diario Oficial.
Dado en el Salón de Sesiones del Concejo Municipal de San Francisco Menéndez, a los tres días del mes de enero del año dos mil siete.
JOSÉ NARCISO RAMÍREZ VENTURA,
ALCALDE MUNICIPAL.
ABELARDO LÓPEZ,
R
GERMAN FRANCISCO ALFEREZ,
PRIMER REGIDOR.
CARLOS HUGO RUANO,
GERMAN WUALTER ORELLANA C.,
SEGUNDO REGIDOR.
TERCER REGIDOR.
JOSÉ EFRAÍN MONZÓN NAVARRO,
PEDRO PABLO ROMERO VILLATORO,
CUARTO REGIDOR.
QUINTO REGIDOR.
CARLOS ENRIQUE DÁVILA ZEPEDA,
HÉCTOR OVIDIO ZOMETA,
SEXTO REGIDOR.
SÉPTIMO REGIDOR.
MARTÍN ANTONIO GUARDADO BELLO,
Licdo. NELSON BENJAMÍN MENÉNDEZ VILLALTA,
OCTAVO REGIDOR.
SECRETARIO MUNICIPAL.
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SÍNDICO MUNICIPAL.
(Registro No. A033752)
16
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 374
DECRETO No. 002
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE SAN JUAN TALPA, DEPARTAMENTO DE LA PAZ,
CONSIDERANDO:
Que se ha observado en este municipio la proliferación de juegos de sala tales como: Billares, aparatos eléctricos o electrónicos conocidos
como “Maquinitas”, loterías de cartón y juegos afines, así como negocios de diversión donde se instalan aparatos parlantes conocidos como
sinfonolas, sin que haya Ordenamiento Jurídico alguno que regule el funcionamiento, por lo que éstos se instalan en lugares no compatibles
o inapropiados, cercanos a Centros Educativos, puestos de la Policía Nacional Civil, Iglesias, Hospitales, Clínicas y otros similares.
II.-
Que frecuentemente son presentadas ante este Concejo, quejas que demandan la intervención de esta Municipalidad, a efecto de que se
regule el funcionamiento de este tipo de negocios en el Municipio, en vista de que genera desordenes que perturban la tranquilidad de los
residentes de las zonas aledañas a este tipo de establecimientos.
III.-
Que es función del Concejo Municipal de San Juan Talpa velar por el bienestar y tranquilidad de la ciudadanía residente en este municipio.
Constituyéndose como ente responsable de tutelar el bien común local, facultado para tomar decisiones y crear mecanismos legales, gozando
del poder de autoridad y autonomía suficiente, tal como lo establece el artículo 2 del Código Municipal.
IV.-
Que el Código Municipal en su artículo 4 numeral 24 establece que es competencia del Municipio “La autorización y regulación del
funcionamiento de loterías, rifas y otros similares”, sin embargo los municipios no podrán autorizar ni renovar autorizaciones para el establecimiento y funcionamiento de negocios destinados a explotar el juego en traga níquel o traga perras, veintiuno bancado, ruletas, dados
y, en general, los que se ofrecen en las casas denominadas casinos.
V.-
Que el artículo 128 del Código Municipal establece que las faltas expresamente consignadas en una Ordenanza podrán sancionarse con
multas igualmente establecidas, que el Alcalde o Concejo fijara de conformidad a la gravedad de la infracción y a la capacidad económica
del infractor, sin que el monto del multa pueda exceder de ocho salarios mínimos mensuales para el comercio.
POR TANTO
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I.-
En uso de sus facultades que le concede el artículo 204 ordinal quinto de la Constitución de la República de El Salvador y los artículos 2, 4 y
128 del Código Municipal.
DECRETA, la siguiente:
ORDENANZA REGULADORA PARA EL FUNCIONAMIENTO DE CASAS DE JUEGOS DE BILLAR, APARATOS ELECTRICOS O
ELECTRONICOS CONOCIDOS COMO MAQUINITAS, LOTERIAS DE CARTON Y JUEGOS AFINES, ASI COMO DE APARATOS
PARLANTES CONOCIDOS COMO SINFONOLAS, EN EL MUNICIPIO DE SAN JUAN TALPA.
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Art. 1.- La presente Ordenanza tiene por objeto regular el procedimiento para la autorización y funcionamiento de los negocios o casas de juego
donde se instalan mesas de billar, aparatos eléctricos o electrónicos conocidos como “Maquinitas”, loterías de cartón y juegos afines, así como de
aparatos parlantes conocidos como sinfonolas.
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Quedan exceptuados de estas disposiciones los juegos que se instalen en negocios conocidos socialmente como “Casinos”.
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Art. 2.- Para los efectos de esta ordenanza, se entiende que el giro comercial de este tipo de negocios consisten en alquilar juegos, mesas, aparatos a los usuarios o permitir el uso mediante el depósito de monedas en su interior, para competir con otros o consigo mismo a partir de destrezas y
habilidades manuales e intelectuales o para ganar premios; todo con un sentido de diversión, dentro de un marco legal y sin vulnerar los valores y las
buenas costumbres.
Art. 3.- Para el funcionamiento de los juegos mencionados en el artículo anterior, se extenderá una matrícula por cada mesa, aparato o juego,
la cual deberá de ser solicitada por el propietario o arrendatario y tendrá el costo establecido por cada mesa o aparato de CIENTO CINCUENTA
DOLARES ($150.00) dólares de los Estados Unidos de América; dicha matrícula será extendida por el Concejo Municipal a través de una resolución
siguiendo el procedimiento establecido en la presente Ordenanza.
Art. 4.- La matrícula para el funcionamiento de estos juegos, en los negocios de este tipo, se extenderá por primera vez en cualquier mes del año
y deberá renovarse en el mes de enero del siguiente año y su costo será igual a de la primera vez. Si el propietario de cada mesa, aparato o juego, no
lo hiciera en este mes se le impondrá una multa equivalente al 100% del valor de la matrícula por cada mesa, aparato o juego.
DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 18 de Enero de 2007.
17
Art. 5.- La solicitud de la matrícula deberá presentarse en la Secretaria Municipal y en la misma se consignará la información siguiente:
a)
Nombre y generales del solicitante, fotocopia de Documento Unico de Identidad (DUI), en caso de que la solicitud sea Persona Jurídica,
deberá anexar fotocopia de la Escritura de Constitución y fotocopia de Credencial de su Representante Legal.
b)
Dirección exacta del negocio donde se instalarán las mesas de juegos o aparatos.
c)
Parte petitoria en donde se manifiesta la intención de instalar el negocio de juegos o aparatos, especificando el número de mesas, juegos o
aparatos a instalar y las características de los mismos (marca, modelo, serie, etc.), además deberá anexar:
Solvencia Municipal de Inmueble en donde se pretende instalar el negocio y de la residencia del solicitante.
-
Solvencia de la Policía Nacional Civil del solicitante.
-
Constancia de antecedentes penales.
-
Fotocopia certificada de documento que compruebe la propiedad de los juegos o aparatos o su calidad de arrendatario de los mismos.
-
Deberá presentar Reglamento de Funcionamiento.
-
Inspección de la Unidad de Salud de esta ciudad.
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Esta municipalidad se reserva el derecho de verificar la información mencionada, así como de solicitar cualquier otra que ayude a determinar
la legalidad del negocio antes de autorizar su funcionamiento. Para renovación de la matrícula o cambio de domicilio, bastará la presentación de la
solicitud, de lo contrario será denegada.
Art. 6.- El plazo para conceder la matrícula será de 15 días después de haberla solicitado, previa inspección del lugar por parte de la sección del
Catastro y la Policía Municipal, para verificar si el inmueble reúne los requisitos establecidos en esta ordenanza, así como la veracidad de la información
contenida en la solicitud, de lo contrario será denegada.
Art. 7.- El procedimiento para renovar la matrícula o el cambio de domicilio del negocio, será el mismo que se establece en los artículos anteriores.
Art. 8.- Queda terminantemente prohibido instalar este tipo de juegos en lugares que no sean físicamente apropiadas para ello; el lugar idóneo
para el negocio de esta naturaleza será en los inmuebles debidamente cerrados y techados; el propietario del mismo deberá habilitar para los usuarios
los servicios sanitarios suficientes, los cuales deberán construirse en forma proporcional a la cantidad de mesas, juegos o aparatos que haya en el
establecimiento. Así como otros servicios básicos como agua potable y energía eléctrica.
Art. 9.- No se autorizará la instalación de estas casas de juegos en zonas residenciales como: Urbanizaciones, Repartos, Notificaciones, Asentimientos Humanos y Pasajes que están destinados como viviendas domiciliares; solamente se permitirá en calles principales.
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Art. 10.- No se autorizará la instalación de negocios de esta naturaleza, a menos de CIEN METROS LINEALES de Edificaciones educativas,
Iglesias, de salud, militares, parques y oficinas de gobierno; salvo a aquellos negocios que al momento de entrar en vigencia la presente ordenanza ya
se encuentren en lugares con la característica señalada en este mismo artículo.
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Art. 11.- No se permitirá en estas casas de juego la venta de bebidas alcohólicas superior al 6% de Alcohol en el volumen de contenido, ni otra
clase de juego o actividad no contemplada en esta Ordenanza, pues se da por entendido que el giro del negocio, únicamente es el establecido en el
artículo 2 de esta ordenanza y no otra actividad comercial e ilícita.
Art. 12.- Cualquier otra bebida inferior al 6% de alcohol en volumen de su contenido como la cerveza, sólo podrá hacerse con la autorización
respectiva de la Municipalidad, la cual deberá solicitarse en forma moderada; si por medio de denuncias de los habitantes vecinos del lugar o de oficio
se tuviera conocimiento, que en el negocio se vende bebidas alcohólicas superiores en volumen al 6% o se practica otro tipo de juegos o actividad
comercial que directa o indirectamente se convierte en escenario de actividades ilegales, así como haya concentración de personas que practiquen
diferentes vicios que provoquen escándalos y alteren la tranquilidad de los vecinos, se procederá al cierre definitivo del establecimiento, sin perjuicio
a las sanciones penales correspondientes.
Art. 13.- No se permitirá en los establecimientos de juegos que se instalen el uso de música estridente que altere la tranquilidad de los vecinos
aledaños.
18
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 374
Art. 14.- El horario de funcionamiento de los juegos instalados en los negocios regulados en la presente ordenanza será de las 11:00 a.m. a las 14:
00 p.m. y de las 16:00 p.m. hasta las 22:00 p.m.; los días Sábados y Domingos, así como los días feriados, el horario de funcionamiento será de las 8:
00 a.m. hasta las 10:00 p.m.; El cumplimiento de este horario, así como las demás disposiciones de esta Ordenanza, será supervisado periódicamente
por la Policía Municipal de esta ciudad y la Policía Nacional Civil.
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Art. 15.- En las zonas no residenciales, los negocios de esta naturaleza se podrán instalar en cualquier lugar que cumpla con los requisitos establecidos en esta Ordenanza, previa calificación del negocio por parte de la unidad de Catastro de la municipalidad. Al efecto se aclara que la matrícula
deberá tramitarse y adquirirse previo a que el negocio comienza a funcionar, caso contrario se impondrá una multa al infractor de DOSCIENTOS
VEINTINUEVE DOLARES ($229.00) Dólares de los Estados Unidos de América, la cual deberá hacerse efectiva a más tardar SETENTA Y DOS
HORAS, después de haber sido impuesta, para poder seguir el trámite respectivo.
Art. 16.- No se permitirá en estas casas de juegos la presencia de estudiantes uniformados, como tampoco la presencia de personas menores de 18
años de edad, salvo en los negocios de aparatos eléctricos o electrónicos conocidos como “maquinitas”, en las que se permitirá la presencia a personas
desde los catorce años de edad. Al propietario que permitiere la presencia de personas con edades menores de acuerdo a lo establecido anteriormente
en este mismo artículo, se le impondrá una multa de CIENTO QUINCE DOLARES de los Estados Unidos de América; cada vez que se encuentren
menores de edad en el lugar, ya sea reportado por la Policía Municipal o cualquier otra autoridad. En el establecimiento deberá colocarse un rótulo
de 30 x 50 centímetros en un lugar visible que diga: “SE PROHIBE EL INGRESO Y PERMANENCIA DE ESTUDIANTES UNIFORMADOS Y
MENORES DE DIECIOCHO AÑOS DE EDAD EN ESTE NEGOCIO”. En el caso de negocios dedicados al alquiler de maquinitas, el rótulo deberá
decir “SE PROHIBE EL INGRESO Y PERMANENCIA DE ESTUDIANTES UNIFORMADOS Y MENORES DE CATORCE AÑOS DE EDAD
EN ESTE NEGOCIO”. Así mismo se prohíbe que personas menores de edad atiendan este tipo de negocios; quien no acatare esta disposición será
sancionado con una multa de CIENTO QUINCE DOLARES de los Estados Unidos de América.
Art. 17.- El incumplimiento a lo estipulado en la presente Ordenanza, así como las reincidencias y la falsedad de la información proporcionada
a esta Alcaldía por parte del Propietario, o cualquier otra anomalía, dará lugar a la no aprobación de la matrícula de funcionamiento de los juegos.
Art. 18.- Los negocios que cuenten con juegos regulados por esta Ordenanza que actualmente se encuentren funcionando tendrán un plazo
perentorio de 90 días después de haberse publicado en el Diario Oficial esta Ordenanza, para obtener su respectiva matrícula o trasladarse según el
caso a un lugar en donde cumplan con los requisitos establecidos en la presente Ordenanza, de lo contrario no podrán seguir funcionando mientras
no solventen su situación, debiendo considerarse que de hacer caso omiso se harán acreedores a una multa correspondiente a la cantidad de dos mil
Colones o su equivalente en dólares de los Estados Unidos de América, sin perjuicio de ordenar el cierre definitivo del negocio infractor.
Art. 19.- La presente Ordenanza entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.
Dado en el salón de Sesiones de la Alcaldía Municipal de SAN JUAN TALPA, a los 12 días del mes de OCTUBRE de dos mil seis.
R
ROBERTO ANTONIO CALZADA NERIO,
D
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ALCALDE MUNICIPAL.
JOSE MANUEL ROSALES LOPEZ,
JOSE ANGEL RUBIO AVELAR,
Síndico Municipal.
Primer Regidor Propietario.
FRANCISCO ALBERTO MARTINEZ CAMPOS,
MANUEL DE JESUS AGUILAR ROJAS,
Segundo Regidor Propietario.
Tercer Regidor Propietario.
RICARDO RAMOS,
EDGAR ALFONSO ARRIOLA CARDONA,
Cuarto Regidor Propietario.
Secretario Municipal.
(Registro No. A033777)
DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 18 de Enero de 2007.
19
DECRETO NÚMERO DOS:
El Concejo Municipal de San Salvador,
CONSIDERANDO:
I.II.-
Que de acuerdo al artículo 204 numeral quinto de la Constitución es potestad del Municipio decretar ordenanzas.
Que los artículos 6-A y 35 del Código Municipal establecen que es facultad del Municipio regular las materias de su competencia a través
de ordenanzas y reglamentos; indicando que las ordenanzas, reglamentos y acuerdos son de obligatorio cumplimiento.
Que el Municipio debe velar por la tranquilidad ciudadana y por el bienestar común.
IV.-
Que el Concejo Municipal aprobó la Ordenanza Contravencional del Municipio de San Salvador, publicada en el Diario Oficial número 7,
Tomo 346, del 11 de enero del año 2000.
V.-
Que el Concejo Municipal ha aprobado la Ordenanza Metropolitana de Convivencia y Tranquilidad Ciudadana del Municipio de San Salvador,
por lo que las ambas normativas contravencionales deben estar en armonía y para lograrlo debe reformarse la Ordenanza Contravencional
del Municipio de San Salvador.
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III.-
POR TANTO, el Concejo Municipal por sus atribuciones constitucionales y legales,
DECRETA la siguiente:
REFORMA A LA ORDENANZA CONTRAVENCIONAL DEL MUNICIPIO DE SAN SALVADOR
Art.- 1.- Refórmase únicamente el inciso segundo del artículo 3, que quedará redactado de la siguiente manera:
“Por medio de esta ordenanza podrán sancionarse tanto las contravenciones establecidas en sus disposiciones como aquellas contempladas en otras
ordenanzas del municipio en cuyo texto se manifieste expresamente la competencia procesal de esta normativa; siempre y cuando dichas conductas
antisociales ocurran con posterioridad a su vigencia.”
Art. 2.- Refórmase el artículo 39, que quedará redactado de la siguiente manera:
“Art. 39.- Competencia
La competencia en materia contravencional es improrrogable. No obstante, ésta podrá extenderse al conocimiento de otras contravenciones
establecidas en cualquiera de las ordenanzas del Municipio de San Salvador, si en el texto de éstas se manifiesta expresamente que su tramitación y
fallo se hará de conformidad al procedimiento sancionatorio señalado en la presente normativa.
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La competencia a la que se refiere el presente artículo se limita únicamente a aquellas contravenciones cometidas dentro del municipio de San
Salvador independientemente del lugar en el que resida el infractor.
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Art. 3.- Estas reformas entrarán en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.” COMUNÍQUESE.
D
Dado en el salón de sesiones de la Alcaldía Municipal de San Salvador, el día nueve de enero del año dos mil siete.
DRA. ELVIA VIOLETA MENJÍVAR ESCALANTE,
ALCALDESA.
LICDA. NORMA FIDELIA GUEVARA DE RAMIRIOS,
SÍNDICA MUNICIPAL.
LIC. JAVIER TRÁNSITO BERNAL GRANADOS,
SECRETARIO MUNICIPAL.
(Registro No. A033855)
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DIARIO OFICIAL Tomo Nº 374
DECRETO NÚMERO TRES:
El Concejo Municipal de San Salvador,
CONSIDERANDO:
I.-
Que de acuerdo al artículo 204 numeral quinto de la Constitución es potestad del Municipio decretar ordenanzas.
Que los artículos 6-A y 35 del Código Municipal establecen que es facultad del Municipio regular las materias de su competencia a través
de ordenanzas y reglamentos; indicando que las ordenanzas, reglamentos y acuerdos son de obligatorio cumplimiento.
III.-
Que de conformidad al artículo 152 de la Ley General Tributaria Municipal es necesario revisar periódicamente los tributos municipales
para irlos adecuando a la realidad socioeconómica del país.
IV.-
Que el Concejo Municipal ha aprobado la Ordenanza Metropolitana de Convivencia y Tranquilidad Ciudadana del Municipio de San Salvador, en la cual se establecen tasas para autorizar el funcionamiento de negocios destinados al alquiler de máquinas y mesas de juego, así
como una matrícula para cada maquinita y mesa de juego, que deben ser incluidas en la Ordenanza Reguladora de las Tasas por Servicios
Municipales de la Ciudad de San Salvador
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II.-
POR TANTO, el Concejo Municipal por sus atribuciones constitucionales y legales,
DECRETA la siguiente:
REFORMA A LA ORDENANZA REGULADORA DE LAS TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES
DE LA CIUDAD DE SAN SALVADOR
Art. 1.- Adiciónase el Sub Rubro 12.2.4 Matrículas de maquinitas y/o mesas de juego, al Rubro 12.2. MATRÍCULAS Y LICENCIAS, del artículo
7, con la siguiente redacción:
12.2.4. Matrícula de maquinita y/o mesa de juego (al año)
$74.30.
Art. 2.- Adiciónase el Sub Rubro 12.3.4 Permiso para el funcionamiento de establecimientos en donde se instalen maquinitas de juego y/o mesas
de juego, al Rubro 12.3. PERMISOS, del artículo 7, con la siguiente redacción:
12.3.4. Permiso para el funcionamiento de establecimientos en donde se instalen maquinitas de juego y/o mesas de juego (al año) UN SALARIO
MINIMO.
R
Art. 3.- Estas reformas entrarán en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial. COMUNÍQUESE.
D
IA
Dado en el salón de sesiones de la Alcaldía Municipal de San Salvador, el día nueve de enero del año dos mil siete.
DRA. ELVIA VIOLETA MENJÍVAR ESCALANTE,
ALCALDESA.
LICDA. NORMA FIDELIA GUEVARA DE RAMIRIOS,
SÍNDICA MUNICIPAL.
LIC. JAVIER TRÁNSITO BERNAL GRANADOS,
SECRETARIO MUNICIPAL.
(Registro No. A033856)
DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 18 de Enero de 2007.
ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN INTERCOMUNAL DE LA
7.
Fomentar entre las comunidades el conocimiento y aplicación
de las leyes vigentes del país, especialmente de la Constitución
de la República y los tratados internacionales.
8.
Fomentar acciones a favor de la recuperación y protección
de las fuentes de agua de las cuencas. Coordinar con las
autoridades municipales, judiciales y políticas, la aplicación
de las ordenanzas de protección del medio ambiente.
9.
Fomentar la recuperación y preservación de la flora y fauna
natural de las cuencas.
10.
Fomentar el desarrollo de planes y proyectos educativos, culturales y productivos sobre sistemas y métodos alternativos
para el control y manejo de la basura, excretas, pesticidas,
agroquímicos, desechos tóxicos y otros que atenten contra la
salud y la vida de las personas, los animales y las plantas.
ZONA SUR DE JUCUARAN,
DEPARTAMENTO DE USULUTAN.
CAPITULO I
NATURALEZA, DENOMINACION, DOMICILIO Y PLAZO.
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ARTICULO UNO.- Denominación. La Asociación que se constituye, estará regulada por el Código Municipal, Reglamento Interno y
demás disposiciones legales aplicables, estará al servicio de los vecinos
del Municipio de Jucuarán, para el desarrollo de los planes, programas
y proyectos de interés social, Ecológico, cultural, deportivos y económico y se denominará La Asociación Intercomunal de la Zona Sur de
Jucuarán, jurisdicción de Jucuarán, Departamento de Usulután, la cual
podrá abreviarse “ASIJUCUARAN”, que en los presentes Estatutos se
llamará La Asociación.
21
11.
CAPITULO III
ARTICULO DOS.- El domicilio de la Asociación será el Caserío de
la Ringlera, Municipio de Jucuarán, departamento de Usulután, pudiendo
desarrollar sus actividades en todo el país.
ARTICULO TRES.- La Asociación se constituye por tiempo
indefinido.
CAPITULO II
Fomentar la ejecución de proyectos ecoturísticos, con el
apoyo del gobierno local, así como las instituciones del
gobierno central, y entidades privadas de carácter nacional
e internacional.
DE LOS MIEMBROS
ARTICULO CINCO.- Podrán ser miembros de la Asociación
todas y todos los residentes en las comunidades que se mencionan en el
artículo uno de los presentes estatutos, que sean mayores de dieciocho
años, sin distinción de raza, credo, religión o ideología política, que lo
soliciten por escrito, y será la Asamblea General quien les conceda tal
calidad a propuesta de la Junta Directiva.
OBJETIVOS
ARTICULO CUATRO.- Objetivos General y específico:
I)
II)
Objetivos Específicos:
a)
Serán Miembros Fundadores/as, todas las personas que
suscriban el acta de constitución de la Asociación.
b)
Será Miembros Activos /as, todas las personas que la Asamblea
General acepte como tales.
c)
Serán Miembros Honorarios/as, todas las personas que por su
labor y mérito hayan destacado dentro de las comunidades,
y será la Asamblea General quien les otorgará la calidad de
miembro honorario, a propuesta de la Junta Directiva.
Fomentar entre la población especialmente jóvenes, niños y
niñas el respeto por los recursos naturales y la preservación
del medio ambiente.
IA
R
1.
Objetivo General: Promover y fortalecer la organización
comunitaria que permita el desarrollo integral, a través de
la participación activa de la población del Sur de Jucuarán,
departamento de Usulután.-
ARTICULO SEIS.- La Asociación tendrá las siguientes clases
de miembros: Miembros Fundadores, Miembros Activos y Miembros
Honorarios.
Promover que los habitantes incorporen a sus actividades
productivas, métodos y sistemas que favorezcan la protección
del medio ambiente.
D
2.
3.
Fomentar la transferencia de tecnología que mejore la actividad
productiva para elevar el nivel de vida de la población.
4.
Involucrar a las comunidades con organismos públicos y
privados, nacionales e internacionales a que participen en
programas de desarrollo comunal.
5.
Promover programas de capacitación a dirigentes y grupos
comunales que contribuyan a fortalecer la organización, dirección, ejecución y control de los proyectos a nivel ecológico,
de salud, agrícola, medio ambiente, educación, turismo, etc.,
en sus propias comunidades.
6.
Participar en el estudio y análisis de la realidad de las comunidades, en el campo comunal.
ARTICULO SIETE.- Son derechos de los Miembros Fundadores/as
y Activas/os:
a)
Tener voz y voto en las deliberaciones de la Asamblea General.
b)
Optar a cargos directivos, llenando los requisitos que señalen
los estatutos de la Asociación.
c)
Los demás que señalen los estatutos y Reglamento Interno
de la Asociación.
ARTICULO OCHO.- Son deberes de los Miembros Fundadores
y Activos:
a)
Elegir y ser electos para cargos directivos de la Asociación
o cualquier otra función que se les encomiende.
22
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 374
b)
Asistir a las sesiones ordinarias y extraordinarias de la Asamblea General.
ARTICULO CATORCE.- Son atribuciones de la Asamblea General:
c)
Cooperar en aquellas actividades propias de la Asociación.
a)
d)
Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, Reglamento
Interno y demás resoluciones que se acuerden en Asamblea
General.
Elegir, sustituir y destituir total o parcialmente a los miembros
de la Junta Directiva, toda vez que se cumpla con lo señalado
en los artículos nueve y doce de los estatutos.
b)
Aprobar, reformar o derogar los Estatutos y el Reglamento
Interno de la Asociación.
c)
Aprobar o desaprobar la memoria anual de labores presentada
por la Junta Directiva.
d)
Otorgar la calidad de asociado (a) honorario (a).
ARTICULO NUEVE.- La calidad de miembro se perderá por las
causas siguientes:
Por violación a los estatutos, Reglamento interno, acuerdos
y demás resoluciones de Junta Directiva y Asamblea General.
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a)
b)
Por otras faltas cometidas que a juicio de la Asamblea General
merezca sanción.
c)
Por renuncia escrita, presentada a la Junta Directiva.
d)
Por muerte o por abandono injustificado a las responsabilidades
encomendadas.
CAPITULO IV
DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACION
ARTICULO DIEZ.- El Gobierno de la Asociación será ejercido
por:
a)
Asamblea General.
b)
La Junta Directiva.
e)
Decidir todos aquellos asuntos de interés de la Asociación
que no estén contemplados en los presentes estatutos.
CAPITULO VI
DE LA JUNTA DIRECTIVA
ARTICULO QUINCE.- La dirección y administración de la Asociación estará conformada una Junta Directiva, la cual estará integrada de
la siguiente manera: Un Coordinador General, Una Secretaria de Asuntos
Legales, Una Secretaria de Asuntos Financieros, Una Secretaria de Actas,
Una Secretaria de Medio Ambiente (cuatro miembros), Una Secretaria
de Desarrollo Económico (cuatro miembros), Una Secretaria de la Mujer
(tres miembros), Una Secretaria de la Juventud (dos miembros), y Una
Secretaria de Salud (tres miembros).
ARTICULO DIECISEIS.- Los miembros de la Junta Directiva
serán electos por un período de dos años, pudiendo ser reelectos por un
período más en forma continua.
CAPITULO V
DE LA ASAMBLEA GENERAL
ARTICULO ONCE.- La Asamblea General, debidamente convocada, es la autoridad máxima de la Asociación y estará integrada por la
totalidad de los Miembros Fundadores y Activos.
ARTICULO DIECIOCHO.- El quórum necesario para que la
Junta Directiva pueda sesionar, será la mitad más uno de los miembros
propietarios y los acuerdos deberán ser tomados por mayoría de sus
asistentes.
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R
ARTICULO DOCE.- La Asamblea General se reunirá ordinariamente una vez al año y extraordinariamente cuando fuere convocado por
la Junta Directiva. La Asamblea General sesionará válidamente con la
asistencia del cincuenta y uno por ciento como mínimo de los miembros en la primera convocatoria y en la segunda convocatoria con los
miembros presentes, siempre que el número no sea inferior a un tercio
de los integrantes de la misma, excepto en los casos especiales en que
se requiera una mayoría diferente. La convocatoria podrá ser verbal,
escrita o por medio de comunicación públicos o colectivos y se hará
con anticipación de ocho días para Asamblea General Extraordinaria.-
ARTICULO DIECISIETE.- La Junta Directiva sesionará ordinariamente una vez al mes y extraordinariamente cuantas veces sea
necesario.
ARTICULO TRECE.- Todo miembro que no pudiera asistir a
cualquiera de las sesiones de Asamblea General por motivo justificado
podrá delegar por escrito a otro miembro activo de la Asociación, toda
vez no que sea representado por un miembro de la Junta Directiva. El
límite de presentaciones es de un miembro, llevando la voz y el voto de
su representado.
ARTICULO DIECINUEVE.- La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones:
a)
Desarrollar las actividades y proyectos para el logro de los
objetivos propuestos.
b)
Velar por la administración eficiente y eficaz del patrimonio
de la Asociación.
c)
Elaborar la Memoria anual de labores.
d)
Gestionar los recursos materiales, técnicos y financieros para
el logro de los proyectos.
e)
Promover, planificar y ejecutar los planes y programas, así
como el presupuesto anual de inversión.
f)
Velar por el cumplimiento de los estatutos y de su reglamento
interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General y
de la Junta Directiva.
DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 18 de Enero de 2007.
g)
Nombrar entre los miembros de la Asociación los comités
y comisiones que considere necesario para el cumplimiento
de los fines propuestos.
h)
Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de Asamblea
General.
i)
j)
ARTICULO VEINTITRES.- Son atribuciones de la Secretaria de
Asuntos Financieros:
Recibir y depositar los fondos que la Asociación obtenga,
en el Banco que la Junta Directiva acuerde, con la firma
autorizada del Coordinador General.
Recibir y decidir sobre las solicitudes de ingresos de nuevos
miembros y proponerlos a la Asamblea General.
b)
Llevar el control directo de los libros de contabilidad de la
Asociación.
Resolver todos los asuntos que no sean competencia de la
Asamblea General.
c)
Autorizar juntamente con el Coordinador General, las
erogaciones que la Asociación tenga que realizar.
d)
Operar corte de caja chica mensual e informar trimestralmente
a la Junta Directiva o en el momento que fuere requerido por
ésta.
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a)
ARTICULO VEINTE.- Son atribuciones del Coordinador General:
a)
Presidir las sesiones ordinarias y extraordinarias de la Asamblea General.
b)
Velar por el cumplimiento de los Estatutos, Reglamento
Interno, Acuerdos y Resoluciones de la Junta Directiva y
Asamblea General.
c)
Representar Judicial y Extrajudicialmente a la Asociación,
pudiendo otorgar poderes previa autorización de la Junta
Directiva.
d)
Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de la Asamblea General y de la Junta Directiva.
e)
Autorizar juntamente con la Secretaria de Asuntos Financieros
las erogaciones que tenga que hacer la Asociación.
f)
Presentar la Memoria Anual de Labores de la Asociación, por
escrito y cualquier informe que sea solicitado por escrito al
mismo.
g)
Las demás que le asigne la Junta Directiva.
e)
a)
Elaborar y ejecutar los proyectos para la protección, cuido y
conservación del medio ambiente.
b)
Coordinar con las entidades públicas y privadas vinculadas
con el medio ambiente todas aquellas actividades relacionadas
con la ecología.
c)
Impulsar actividades dentro de las comunidades para la
protección y cuido del medio ambiente.
ARTICULO VEINTICINCO.- Son atribuciones de la Secretaria
de Desarrollo Económico:
a)
Elaborar y ejecutar los proyectos de Desarrollo Económico
dentro de las comunidades.
b)
Coordinar actividades con las entidades públicas y privadas
vinculadas con el Desarrollo Económico.
Representar judicial y extrajudicialmente a la Asociación,
conjunta o separadamente con el Coordinador General.
b)
Ayudar en la elaboración, revisión y actualización de los
Estatutos, Reglamentos y demás normas que regulen la
Asociación; y,
c)
Velar por el estricto cumplimiento de los presentes Estatutos,
del Reglamento Interno y acuerdos tomados en Asamblea
General y Junta Directiva.
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D
ARTICULO VEINTIDOS.- Son atribuciones de la Secretaria de
Actas:
b)
ARTICULO VEINTISEIS.- Son atribuciones de la Secretaria de
la Mujer:
a)
Elaborar y ejecutar proyectos orientados a prevenir la violencia
dentro de las familias y el maltrato hacia la mujer.
b)
Coordinar actividades con las entidades públicas y privadas
vinculadas con la prevención del maltrato hacia la mujer.
R
a)
Elaborar el presupuesto anual de la Asociación y presentarlo
a consideración de la Junta Directiva.
ARTICULO VEINTICUATRO.- Son atribuciones de la Secretaria
del Medio Ambiente:
ARTICULO VEINTIUNO.- Son atribuciones de la Secretaria de
Asuntos Legales:
a)
23
ARTICULO VEINTISIETE.- Son atribuciones de la Secretaria de
la Juventud:
a)
Llevar los libros de acta de las sesiones de la Asamblea
General y de la Junta Directiva.
Elaborar y ejecutar los proyectos para la protección y cuido
de los niños y niñas, así como los jóvenes.
b)
Llevar el archivo de documentos y registros de los miembros
de la Asociación.
Coordinar actividades con las entidades públicas y privadas
vinculadas con los niños y niñas, y de la juventud.
c)
Impulsar campañas dentro de las comunidades para la sensibilización sobre los derechos de los niños y niñas.
c)
Extender todas las certificaciones que fueren solicitadas a la
Asociación, previa autorización de la Junta Directiva.
d)
Hacer y enviar las convocatorias a los miembros para las
sesiones.
e)
Ser el órgano de comunicación de la Asociación, recibir y
despachar la correspondencia.
ARTICULO VEINTIOCHO.- Son atribuciones de la Secretaria de
la Salud:
a)
Elaborar y ejecutar los proyectos para la prevención de las
enfermedades dentro de las comunidades.
24
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 374
c)
Impulsar campañas de prevención de las enfermedades dentro
de las comunidades.
b)
Coordinar actividades con las entidades públicas y privadas
vinculadas con la salud.
ARTICULO VEINTINUEVE.- En las secretarias donde participa
más de un miembro habrá un coordinador, y éste será electo por el resto
de los miembros de la secretaria.
ARTICULO TREINTA Y CINCO.- La Junta Directiva tiene la
obligación de notificar por escrito a la Alcaldía Municipal de Jucuarán,
departamento de Usulután, cinco días después de electa la nueva Junta
Directiva.
ARTICULO TREINTA Y SEIS.- Todo lo relativo al orden interno
de la Asociación comprendido en estos Estatutos, se establecerá en el
Reglamento Interno de la misma, el cual deberá ser elaborado por la
Junta Directiva y aprobado en Asamblea General.
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CAPITULO VII
DEL PATRIMONIO
ARTICULO TREINTA Y SIETE.- La Asociación se regirá por los
presentes estatutos, reglamento interno y demás disposiciones legales
aplicables.
ARTICULO TREINTA.- El patrimonio de la Asociación estará
constituido por:
a)
Las Donaciones, Herencias, Legados, contribuciones de
personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras.
b)
Todos los bienes muebles o inmuebles provenientes de los
mismos.-
c)
El monto de las contribuciones que aporten los socios.
d)
Los fondos recaudados en las actividades programadas y
realizadas.
ARTICULO TREINTA Y UNO.- El patrimonio será administrado
por la Junta Directiva conforme a las directrices que le manifieste la
Asamblea General.
CAPITULO VIII
DE LA DISOLUCION
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ARTICULO TREINTA Y DOS.- No podrá disolverse la Asociación
sino por disposición de ley o por resolución tomada en Asamblea General
Extraordinaria, convocada para tal fin, con un número de votos, que
represente por lo menos, las tres partes de sus miembros. El remanente
de sus bienes, si los hubiere, serán donados a una institución legalmente
constituida en el país, que tenga objetivos similares y deberá ser designada
por Asamblea General Extraordinaria que acordó la Disolución.
ARTICULO TREINTA Y TRES.- En caso de acordarse la disolución de la Asociación, se nombrará una Junta Liquidadora, compuesta
por cinco miembros electos en Asamblea General Extraordinaria, que
acordó la disolución.
ARTICULO TREINTA Y OCHO.- Los Presentes Estatutos tendrán
vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE
JUCUARÁN CERTIFICA: Que a paginas 184 y 187, del libro de
actas que esta Alcaldía lleva durante el año dos mil cinco se encuentra
asentada la que literalmente dice: Acta número QUINCE. En la Alcaldía
Municipal de la Ciudad de Jucuarán a los veinticinco días del mes de
abril del año dos mil cinco.
Acuerdo XI. Vistos los estatutos de La Asociación Intercomunal
de la Zona Sur la cual puede abreviarse “ASIJUCUARAN” Crio. La
Ringlera del Municipio de Jucuarán, Departamento de Usulután, que
consta de treinta y ocho artículos. Y no encontrando en ellos ninguna
disposición que contravenga las leyes de la República, el orden público
ni las buenas costumbres de conformidad al Art. 30, numeral 23 y 119
del Código Municipal este Concejo acuerda aprobarlos y conferirle a
dicha asociación el carácter de Persona Jurídica.- J. S. Cruz; Alcalde
Mpal.- J. I. Majano; Sindico Mpal.- P. A. Turcios; Primer Reg.- J. V.
Villanueva; Segundo Reg.- E. R. Henríquez; Tercer Reg.- J. R. Rivera
Cuarto Reg.- C. Baires; Quinto Reg.- A. P. Orellana; Sexto Reg.- J.
T. Ochoa; Primer Regidor suplente C. de J. Gutiérrez; Segundo Reg.
Suplente.- J. E. Cuarto Regidor Suplente.- “RUBRICADAS”.
Es conforme su original con la cual se confrontó y para efectos
legales se extiende la presente en la Alcaldía Municipal de la Ciudad de
Jucuarán a los cuatro días del mes de mayo del dos mil cinco.
JOSE SIMON CRUZ,
ALCALDE MUNICIPAL.
CAPITULO IX
DISPOSICIONES GENERALES
JORGE ISMAEL QUINTEROS,
ARTICULO TREINTA Y CUATRO.- Para reformar o derogar los
presentes Estatutos, será necesario el voto favorable de no menos del
sesenta por ciento de los miembros presentes en la Asamblea General,
convocada para tal electo.
SECRETARIO MUNICIPAL.
(Registro No. A033764)
DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 18 de Enero de 2007.
ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN
i)
25
Propiciar la mejora y conservación del medioambiente para
proteger la fauna, la flora y la vida silvestre, la protección de
la reserva de los bosques naturales y los mantos acuíferos.
CAPITULO I
CAPITULO III
NATURALEZA, DENOMINACIÓN Y DOMICILIO
DEBERES Y DERECHOS DE LOS ASOCIADOS
La asociación se denominará “Asociación de Desarrollo Comunal
San Romero” (ADESCOSANROMERO). Por lo que tendrá como domicilio la Colonia San Romero cantón La Joya Meanguera, Departamento
de Morazán.
ART. 2.- Esta asociación es naturaleza Apolítica, no Lucrativa, de
carácter Democrático y no Religioso.
CAPITULO II
FINES
ART. 3.- La asociación tendrá como fines:
a)
b)
c)
Promover el progreso y desarrollo de la comunidad conjuntamente con organismos públicos y privados, nacionales
e internacionales que participen en los correspondientes
programas de desarrollo comunal.
b)
Activos
c)
Honorarios.
Son asociados y fundadores todas las personas que firmaron el acta
de constitución de la asociación.
Son socios activos, todas las personas que obtendrán su ingreso a
la asociación conforme a lo establecido en estos estatutos.
Son asociados honorarios, aquellas personas naturales o jurídicas
que realizan una destacada labor dentro de la comunidad o dando ayudas
significativas a la asociación y que la asamblea les concede tal calidad
a propuesta de la junta directiva.
Requisitos para ser asociado:
Ser mayor de dieciocho años, con residencia en la comunidad,
ser de buena conducta, responsable y admitido por acuerdo de la junta
directiva con previa solicitud de interesado.
ART. 5.- Son derechos de los asociados.
Participar con voz y voto en las asambleas generales.
b)
Presentar mociones y sugerencias a la asamblea general.
c)
Retirarse voluntariamente de la asociación.
Coordinar y cooperar con otros grupos comunitarios y organizaciones en la misma jurisdicción que contribuya en la
mayor integración de sus miembros y la mejor organización
de sus actividades.
d)
Elegir y ser electo para cargo de la junta directiva.
e)
Gozar de los servicios y privilegios que realice u otorgue la
asociación.
Impulsar y participar en los programas de capacitación
proporcional de los dirigentes y de los grupos comunales,
con el fin de contribuir al mejoramiento de organización de
la comunidad para la administración de proyectos sociales,
económicos y la elevación de los niveles educativos de cada
uno de sus asociados.
IA
Trabajar por el establecimiento y mejora de los servicios de
la comunidad, con el equipamiento de los medios indispensables para solucionar los distintos problemas que existen en
la comunidad.
f)
Promover las organizaciones juveniles y de mejoras para
hacerlos partícipe de la responsabilidad de los programas
de desarrollo.
g)
Incrementar las actividades comunitarias a fin de obtener
recursos propios que sirvan para impulsar el mejoramiento.
h)
Fundadores
a)
D
e)
a)
Fomentar el espíritu de comunidad, solidaridad y cooperación
mutua entre los vecinos, grupos y entidades representativas.
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d)
ART. 4.- Los asociados podrán ser:
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ART. 1.- La asociación que se constituye la cual en el curso de estos
estatutos será llamada “La Asociación” estará regulada por el código
municipal y la ordenanza reguladora de las asociaciones comunales del
municipio, por estos estatutos y demás disposiciones aplicadas.
Participar organizadamente en el estudio y análisis de la
realidad social y de los problemas y necesidades de la
comunidad así como en cualquier actividad en el campo
social, económico, cultural, religioso, cívico, u otros que
fueren legales y provechosos a la comunidad.
ART. 6.- Son deberes de los asociados:
a)
Cooperar con todos los medios proporcionales posibles al
incremento de número de miembros de la asociación.
b)
Asistir con puntualidad a las sesiones de la asamblea general
previa convocatoria en legal forma.
c)
Desempeñar a calidad todas las comisiones y cargos que se
le encomiendan.
d)
Velar y cuidar por los bienes y patrimonio de la asociación.
e)
Cumplir estos estatutos y obedecer las disposiciones de la
asamblea general y de la junta directiva, siempre que estén
relacionados con los fines de la asociación.
CAPITULO IV
EL GOBIERNO DE LA ASOCIACIÓN
ART. 7.- El Gobierno de asociación será ejercido por una asamblea
general y una junta directiva.
26
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 374
CAPITULO V
Un tesorero
DE LAS ASAMBLEAS GENERALES
Un síndico y
Tres vocales.
ART. 8.- La asamblea general será la máxima autoridad de la
asociación y estará integrada por un sesenta por ciento de todos los
asociados.
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ART. 9.- La asamblea general se reunirá ordinariamente dos veces al
año en el mes de enero y julio y extraordinariamente cuando se considere
necesario será convocada por junta directiva. La convocatoria deberá ser
escrita.
ART. 10.- La convocatoria a asamblea general ordinaria, será con
cinco días de anticipación a la fecha de la realización.
ART. 11.- La convocatoria a asamblea general extraordinaria se hará
por lo menos con tres días de anticipación a la fecha de la realización.
ART. 12.- Habrá quórum con la asistencia de la mitad más uno de
los miembros de la asociación y las decisiones se tomarán por el voto
de la mayoría de los asistentes.
Si no hubiere quórum se hará una nueva convocatoria y la instalará
la asamblea general con el número de asistentes, siempre que no sea a
un tercio de los integrantes de la asociación.
b)
ART. 17.- El quórum para celebrar sesión de junta directiva será la
asistencia de por lo menos seis de sus miembros y tomar resoluciones el
voto favorable de la mayoría de los miembros directivos presentes. En
caso de empate el presidente tendrá doble voto.
ART. 18.- La junta directiva tendrá las siguientes atribuciones:
Administrar el patrimonio de la asociación.
b)
Velar por el cumplimiento de los estatutos, resoluciones de
la asamblea general y los Reglamentos de la asociación.
c)
Aprobar, reformar o derogar los estatutos y reglamentos de
la asociación.
Elaborar la memoria anual de la asociación y someterla a
consideración de la asamblea general.
d)
Elegir a los miembros de la junta directiva y destituir por
causas justificadas.
Elaborar el presupuesto anual de la asociación y someterla a
consideración de la asamblea general.
e)
Velar porque todos los socios cumplan con sus obligaciones
para con la asociación.
f)
Señalar las fechas de celebración de las sesiones ordinarias y
extraordinarias de la asamblea general, convocar a los socios
y elaborar la agenda de la misma.
g)
Conocer las solicitudes de ingreso de los asociados y presentarlas a consideración de la asamblea general.
h)
Conocer de las solicitudes y reclamos de los asociados de
acuerdo a las disposiciones de los estatutos y reglamento de
la asociación.
i)
Utilizar al presidente para que celebre toda clase de contratos
y proyectos de la asociación especialmente los aprobados por
la asamblea general.
j)
Elaborar proyectos de reglamentos de la asociación así como
los proyectos de reforma a los estatutos y a los reglamentos.
k)
Aprobar los programas de trabajo a desarrollar por la asociación.
l)
Organizar seminarios, cursillos y otros eventos relacionados
con los fines de la asociación.
ll)
Resolver todos los asuntos que no sean de la competencia de
la asamblea general.
Aprobar el presupuesto anual de asociación.
Aprobar la propuesta de plan de trabajo.
e)
Aprobar la memoria de labores de la asociación, los informes
del tesorero y los demás que le presente la junta directiva.
f)
Fijar la cuantía de las cuotas ordinarias y extraordinarias de
los asociados según las necesidades de la asociación.
IA
R
c)
d)
Definir el destino del patrimonio de la asociación.
h)
Acordar la disolución de la asociación.
D
g)
i)
ART. 16.- La junta directiva sesionará ordinariamente una vez cada
mes y extraordinariamente cuando se considere conveniente y necesario.
La convocatoria a las sesiones ordinarias de la junta directiva se hará
con tres días de anticipación y para las sesiones extraordinarias con dos
días por lo menos.
a)
ART. 13.- Son atribuciones de la asamblea general:
a)
ART. 15.- Los miembros de la junta directiva serán electos en
la sesión ordinaria de la asamblea general del mes de enero del año
correspondiente para un período de tres años a contar de la fecha de su
nombramiento pudiendo ser reelecto en sus cargos.
Resolver todo lo no previsto en los presentes estatutos, Reglamentos y otras disposiciones que emita la asociación.
CAPITULO VI
DE LA JUNTA DIRECTIVA
ART. 14.- La junta directiva de la asociación estará formada por:
Un presidente
Un vicepresidente
Un secretario
DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 18 de Enero de 2007.
ART. 19.- Para ser miembro de la junta directiva de la asociación
se requiere:
27
ART. 24.- Son atribuciones del secretario:
a)
Llevar el libro de actas de las sesiones de la asamblea general
y de junta directiva.
b)
Extender las credenciales y certificaciones de la asociación
que sea necesario.
Estar solvente con la asociación.
c)
Llevar el archivo de la asociación.
e)
Residir en la comunidad desde un año por lo menos.
d)
Enviar a los asociados las convocatorias a sesiones de asamblea
general y de junta directiva.
f)
Tener un tiempo de pertenecer a la asociación por lo menos
de seis meses.
e)
Llevar los registros de los asociados.
Ser mayor de edad.
b)
Competencia notoria para el desempeño del cargo.
c)
Observar buena conducta.
d)
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a)
ART. 20.- Los miembros de la junta directiva podrán ser destituidos
de sus cargos por las faltas siguientes:
a)
Inmoralidad comprobada.
b)
Incumplimiento de los estatutos, reglamentos y otras disposiciones importantes de la asociación.
c)
Por apartarse de los fines de la asociación.
d)
Por hacer uso indebido de los recursos sin autorización.
e)
Cuando a juicio de la asamblea general sea necesario.
ART. 21.- Cualquier miembro de la junta directiva de la asociación
podrá reelegirse por un período más.
f)
Recibir y despachar la correspondencia de la asociación.
g)
Elaborar las convocatorias a los asociados para reuniones de
asamblea y de junta directiva.
h)
Las demás que por razones de su cargo le competen.
ART. 25.- Son atribuciones del tesorero:
a)
Recibir y guardar los fondos de la asociación en la institución
bancaria que la junta directiva señale.
b)
Firmar con el presidente los cheques y documentos de gastos
de la asociación debidamente aprobados.
c)
Elaborar el anteproyecto de presupuesto anual de la asociación
y presentarlo a la junta directiva.
d)
Elaborar el informe semestral y anual para la Asamblea y
junta directiva.
e)
Llevar los libros de contabilidad que fueren necesarios.
f)
Presentar mensualmente a la junta directiva un informe de
los ingresos y egresos de la asociación.
g)
Presentar un balance de la situación de asociación.
h)
Recopilar los comprobantes de gastos efectuados por la
asociación y presentarlos a la junta directiva las veces que
éste lo requiera.
i)
Las demás que por razones de su cargo le correspondan.
CAPITULO VII
DE LAS ATRIBUCIONES DE LOS MIEMBROS
DE LA JUNTA DIRECTIVA
ART. 22.- Son atribuciones del presidente:
Presidir las sesiones de la junta directiva y de la asamblea
general.
b)
Convocar a los asociados a sesiones de la asamblea general
y a los miembros de la junta directiva.
c)
Representar judicial y extrajudicial a la asociación en instituciones gubernamentales, ONG´s nacionales e internacionales.
ART. 26.- Son atribuciones del síndico:
a)
Velar especialmente por el cumplimiento de las resoluciones
de la junta directiva y de la asamblea general, de los estatutos
y reglamentos de la asociación.
Colaborar en elaboración de reforma a los estatutos y reglamentos de la asociación.
Las demás que le señale la asamblea general y la junta directiva.
Velar por el cumplimiento de los acuerdos de la junta directiva,
de la asamblea general de los estatutos de la asociación.
D
IA
d)
R
a)
e)
Firmar con el tesorero los cheques y documentos de gastos
de la asociación debidamente aprobados.
b)
f)
Los demás que le encomiende la junta directiva.
c)
ART. 23.- Son atribuciones del vicepresidente:
ART. 27.- Son atribuciones de los vocales:
a)
b)
Colaborar con el presidente en el desempeño de sus funciones.
a)
Sustituir al presidente en caso de ausencia o impedimento de
éste.
Sustituir y colaborar con los demás miembros de la junta
directiva.
b)
Desempeñar las comisiones que le asigne la asamblea general
y la junta directiva.
c)
Las demás que le señalen los estatutos y los reglamentos de
la asociación.
c)
Debe desempeñar las funciones que el presidente le asigne.
d)
Las demás que le asignen estos estatutos y otras disposiciones
que invita la asociación.
28
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 374
ART. 28.- Los miembros de la junta directiva serán electos por un
período de tres años y sólo podrán ser reelectos por un período más.
CAPITULO VIII
ART. 34.- La junta directiva tiene la obligación de enviar al concejo
municipal, en los primeros quince días posteriores a la elección de la
junta directiva, la nómina de quienes la integran. También informará en
la forma expresada anteriormente de las sustituciones de miembros de
la junta directiva y de nuevos miembros de la asociación.
DEL PATRIMONIO DE LA ASOCIACIÓN
ART. 29.- El patrimonio de asociación estará constituido por:
Las contribuciones que aporten los asociados, la cual será de
veinticinco centavos de dólar mensualmente.
ART. 36.- Los presentes estatutos estarán en vigencia desde el día
de su publicación en el Diario Oficial.
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a)
ART. 35.- Los casos que no estén contemplados en estos estatutos
serán resueltos en asamblea general y de junta directiva en su caso.
b)
Las subvenciones y los aportes extraordinarios que provengan
de diversas fuentes.
c)
Los ingresos provenientes de cualquier actividad realizada
por la asociación.
d)
Los bienes muebles e inmuebles que se adquieran.
e)
Donaciones o financiamientos que se obtengan.
f)
Cualquier otro ingreso que perciba la asociación de las actividades que realiza.
ART. 30.- Los fondos de la asociación serán depositados en una
institución financiera, para los cuales abrirá cuentas a nombre de la asociación que serán manejados con las firmas del tesorero y del presidente
de la asociación o quienes la junta directiva designe.
CAPITULO IX
DURACIÓN Y DISOLUCIÓN DE LA ASOCIACIÓN
ART. 31.- El tiempo de duración de la asociación es ilimitado de
carácter indefinido. La asociación se disolverá por disposición de la ley,
cuando los socios no lleguen a por lo menos a veinticinco y por no poder
cumplir con los objetivos para que ha sido creada, y finalmente cuando
así lo acuerde en sesión extraordinaria.
IA
R
La asamblea general convocada al efecto por lo menos con el voto
favorable de las tres cuartas parte de los asociados.
D
ART. 32.- Acordada la disolución de la asociación y verificar la
liquidación por la junta directiva el remanente de los bienes si lo hubiere
se donarán a una entidad legalmente constituida en el país, que tenga
fines similares y que deberá designarse por la asamblea general que
acordare la disolución.
CAPITULO X
EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DE MEANGUERA,
DEPARTAMENTO DE MORAZÁN,
CERTIFICA: Que del libro de actas y acuerdos que esta oficina
lleva durante el año dos mil seis, se encuentra el acta que literalmente
dice: “’’’’’ACTA NUMERO DIECIOCHO.- Sesión, Celebrada por la
municipalidad de Villa de Meanguera, departamento de Morazán, a las
ocho horas del día veintisiete de noviembre de dos mil seis. Convocada
por el Alcalde Municipal interino, Sr. Pedro Antonio Orellana, con la
Asistencia del Señor Síndico Municipal, Juan Santiago Hernández, y
Regidores propietarios: Señora María Eustacia Rosa, señora Agustina
Luna Luna, señor Dimas Marquéz Marquéz, regidores suplentes: Elena
Argueta Chicas, Juana Silvia Vigil, Amparo Celia Luna Ramírez, Amadeo
Romero Reyes, y la asistencia del Secretario Municipal: Profesor Carlos
Alberto Hernández Carrillo, seguidamente se dio lectura del acta anterior,
la cual fue firmada y aprobada sin modificación alguna. Este concejo
en uso de las facultades legales que le confiere el Código Municipal y
después de discutir los diferentes puntos de agenda emite el ACUERDO
NUMERO CINCO: El Concejo Municipal en uso de las facultades legales que le confiere el Código Municipal Vigente y vistos los Estatutos
de la Asociación de Desarrollo Comunal de la Colonia San Romero
“ADESCOSANROMERO” de la Colonia San Romero, Cantón La Joya
esta Jurisdicción, Asociación que consta de treinta y seis artículos, y no
encontrando en ellos ninguna disposición contraria a las leyes, al orden
público, ni a las buenas costumbres de conformidad con los artículos
30, numeral 23 y 119 del Código Municipal, este Concejo acuerda:
Aprobarlos y Conferirle a dicha Asociación del Carácter de Personería
Jurídica. Y no habiendo más que hacer constar damos por terminado el
presente acto y acta que firmamos. “””Certifíquese: Rubricado””” J. A.
Orellana “”” Juan S. Hernández “”” María E. R. “”’’ Agustina L. L. “””
Dimas M. M. “”” Amparo C. L. Ramírez “”” Amadeo R. R “”.
Es conforme con su original, Alcaldía Municipal de Villa de
Meanguera, a los quince días del mes de enero del dos mil siete.
DISPOSICIONES GENERALES
Prof. CARLOS ALBERTO HERNÁNDEZ CARRILLO,
ART. 33.- La asociación llevará sus libros de registro de afiliados,
de actas, financieros, todos foliados y sellados con una razón de apertura
que contenga el objeto del libro, y al terminar la razón de cierre la cual
deberá estar firmada y sellada por el presidente y secretario.
SECRETARIO MUNICIPAL.
(Registro No. A033801)
DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 18 de Enero de 2007.
ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN COMUNAL,
ADMINISTRADORA DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE,
SALUD Y MEDIO AMBIENTE LA CUAL SE DENOMINA
29
Art. 5.- Para lograr el fin propuesto, se plantean los siguientes
objetivos específicos:
a)
Administrar, operar y mantener eficientemente los recursos
de la Asociación con transparencia y sostenibilidad de la
“BENDICIÓN DE DIOS” DEL CANTÓN LAS MESAS, DEL
misma.
MUNICIPIO DE LA VILLA JUJUTLA
b)
DEL DEPARTAMENTO DE AHUACHAPÁN.
Suministrar eficientemente el servicio de agua potable a los
usuarios bajo normas de calidad y cantidad, establecidas y
reconocidas por las instancias reguladoras del país y por
estándares de calidad universales.
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Título I
De la Naturaleza, Denominación, Domicilio y Fines.
c)
Facilitar los medios para que los asociados ejerzan contraloría
social en la administración y los servicios que presta la Asociación.
Capítulo I
Naturaleza, Denominación y Domicilio.
d)
Proponer al Concejo Municipal la emisión y aprobación de
ordenanzas que permitan proteger los recursos naturales, entre
ellos los recursos hídricos, con especial énfasis en las áreas
Art. 1.- Constitúyese LA ASOCIACIÓN COMUNAL, ADMINISTRADORA DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE, SALUD Y
MEDIO AMBIENTE LA CUAL SE DENOMINA “BENDICIÓN DE
DIOS” y que puede ABREVIARSE “ACASAPBD”, con participación
directa de los Asociados (as) de las Comunidades abastecidas por el
sistema de agua potable de los caseríos EL TORO Y LAS FLORES del
cantón LAS MESAS DEL MUNICIPIO DE LA VILLA JUJUTLA en
el departamento de Ahuachapán; con autonomía y patrimonio propio,
sin fines de lucro, apolítica partidista, de carácter no religioso y que en
el texto de los presentes Estatutos se denominará “La Asociación”.
de influencia y recarga de los mantos acuíferos desde donde
se abastece el sistema administrado por la Asociación.
e)
Elaborar, coordinar y ejecutar planes administrativos, de
operación, mantenimiento, de salud y medio ambiente, de
educación y otros relacionados con los fines de la Asociación.
f)
Promover y monitorear en los usuarios/as el cumplimiento del
manejo adecuado de las aguas usadas, los desechos sólidos
y disposición de excretas.
Art. 2.- La Asociación estará regida por la Constitución Política
de La República de El Salvador, el Código Municipal, la Ordenanza
Reguladora de las Asociaciones de Desarrollo Comunal del Municipio
de LA VILLA JUJUTLA en el Departamento de Ahuachapán, estos
Estatutos, Reglamento Interno y otras Leyes que se apliquen a los fines
para lo que fue creada.
g)
Promover y apoyar el cumplimiento de los derechos de la
niñez en el acceso a la salud y a la educación.
h)
Constituir y mantener un fondo con recursos propios y otros
generados a través de la gestión, destinados exclusivamente
a acciones de salud, medio ambiente y educación, orientados
a la población que reside en el área geográfica del proyecto
bajo su administración.
i)
D
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R
Art. 3.- La Asociación establece su domicilio en el Municipio de
LA VILLA JUJUTLA en el departamento de Ahuachapán; por tiempo
indefinido. La cobertura geográfica de su gestión inicial comprende los
caseríos del cantón Las Mesas descritos en el artículo 1 de estos estatutos.
Salvo en caso especial aprobado por la Asamblea General.
Gestionar proyectos que complementen y fortalezcan la gestión de La Asociación para la sostenibilidad de los servicios
prestados y de la Asociación misma.
j)
Participar en los planes de desarrollo en el ámbito local y
regional, para establecer alianzas y/o convenios con gobiernos
locales y otras instituciones gubernamentales, no gubernamen-
Capítulo II
tales e instituciones internacionales que promuevan acciones
Fines
afines a sus objetivos.
k)
Art. 4.- La finalidad de La Asociación es la gestión integral del
recurso hídrico, incluyendo entre sus responsabilidades: la prestación
del servicio de agua potable, promover acciones en salud, protección
y sostenibilidad del medio ambiente, la educación de su población y
el saneamiento básico; así como también la gestión y administración
de otros recursos para fortalecer la inversión social, en beneficio de la
población que reside en el área geográfica de su domicilio.
Fomentar el espíritu de solidaridad a través de acciones encaminadas al apoyo de las familias identificadas con algún
nivel de vulnerabilidad.
l)
Promover la participación de mujeres y hombres, en la toma
de decisiones y acciones, así como promover la participación
equitativa del hombre y de la mujer, en los puestos directivos
de La Asociación.
30
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 374
m)
n)
Hacer alianzas con otras organizaciones que operan sistemas
c.
solicitare por escrito, sin perder el derecho como usuario (a)
capacidad de gestión a nivel local o regional.
del sistema de agua.
Trabajar en el establecimiento y mejora de los servicios de
d.
indispensables para solucionar los problemas en el área de
e.
Convocar a la Asamblea General para exponer sus inquietudes
cobertura del sistema de abastecimiento de agua potable.
o hechos que les estén afectando, siempre que su petición
Hacer uso adecuado de los recursos: Humanos, Materiales
esté respaldada al menos por un 30 % de los asociados (as),
e institucionales para la ejecución de planes, programa y
canalizando dicha convocatoria por escrito a través de la Junta
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Directiva.
proyectos.
p)
Elegir y ser electo para cargos de la Junta Directiva y Junta
de Contraloría.
la comunidad gestionando el equipamiento y los medios
o)
Retirarse voluntariamente como asociado (a) cuando así lo
de agua en el municipio o fuera de éste, a fin de fortalecer la
Cumplir y hacer cumplir los Estatutos, Reglamento Interno
f.
Recurrir ante la Junta Directiva y en su defecto, Junta de
Contraloría, Asamblea General, Gobierno Local u otra ins-
de la Asociación y Planes de Trabajo.
tancia respectiva cuando sus derechos como asociado (a) les
sean violentados por procedimientos previstos y no previstos
en los presentes Estatutos o Reglamento Interno.
Título II
De los (as) Asociados (as), calidad, derechos y deberes
g.
Solicitar ante la Administración de La Asociación y recibir
oportunamente, información de su situación como asociado
(a) y/o usuario (a).
Capítulo I
h.
Calidad de los (as) Asociados (as)
Emitir un solo voto, aún cuando posean más de una acometida domiciliaria de agua, en todos los procesos de toma de
decisiones.
Art. 6.- Los Asociados (as) podrán ser:
a.
Art. 8.- Son Deberes de los (as) Asociados (as):
Fundadores (as)
Son Asociados (as) Fundadores (as): Todas aquellas personas que
a.
por la Junta Directiva.
conformaron la Primera acta de constitución de la Asociación.
b.
b.
Activos (a)s:
c.
d.
procedimientos establecidos en el Reglamento Interno.
c.
Proteger y hacer uso racional del agua y de los recursos
naturales.
de agua potable, que por su voluntad estén registradas en el Libro de
Asociados (as) que la Asociación lleva para tal fin y hayan cumplido los
Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos y Reglamento
Interno.
Son Asociados (as) Activos (as): Todas aquellas personas usuarias, propietarias de por lo menos una acometida domiciliar del sistema
Asistir puntualmente a las reuniones que sean convocadas
Cancelar las tarifas por el servicio de agua potable dentro
de los plazos establecidos en el Reglamento Interno de la
Asociación.
Honorarios (as)
e.
R
Son Asociados Honorarios: todas aquellas personas que por reconocimiento de la Asamblea General, se les otorgue esa calidad de
IA
Cuidar las obras y denunciar ante la Junta Directiva o Junta
de Contraloría, cualquier daño a la infraestructura del sistema
de abastecimiento de agua potable.
Asociado.
D
f.
Ser responsable del cuido del micro medidor de su vivienda.
Capítulo II
g.
Derechos y Deberes de los (as) Asociados (as)
Fundadores y/o Activos
Participar activamente en las actividades de salud y ambientales
u otros proyectos que impulse la Junta Directiva.
h.
Abstenerse y denunciar cualquier situación que ponga en
riesgo la gestión de la Asociación y especialmente la salud
de la población.
Art. 7.- Son Derechos de los (as) Asociados (as):
i.
a.
Participar con voz y voto en Asambleas Generales.
b.
Presentar Iniciativas y sugerencias a la Asamblea General,
Junta Directiva y Junta de Contraloría; en lo referente a la
gestión de la Asociación.
Aceptar y cumplir acuerdos tomados por Junta Directiva y
Asamblea General.
j.
Cumplir el convenio como usuario del servicio de agua con
la Asociación.
DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 18 de Enero de 2007.
Capítulo III
Usuarios (as) No Asociados
31
Se consideran causales de retiro temporal o definitivo como Asociado (a), las siguientes:
a.
Por incumplimiento de los presentes Estatutos y Reglamento
Interno.
Art. 9.- Usuarios (as) No Asociados: Es aquella persona que hace
uso del servicio de agua y que no desea estar registrado (a) como Asociado
b.
traduzca en perjuicio grave de la Asociación o del sistema
(a); teniendo derecho a voz y no así a voto en la toma de decisiones de
de abastecimiento de agua potable, la salud y el medio am-
La Asociación.
biente.
Obtener por medios fraudulentos, beneficio de la Asociación,
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c.
Art. 10.- Son Derechos de los (as) Usuarios (as) No Asociados:
a.
Mala conducta y acciones de el (la) Asociado (a) que se
Ser admitido (a) previa solicitud ante la Junta Directiva
o utilizar recursos de la misma para sí o para terceros.
d.
Por la pérdida de sus derechos civiles que lo inhabiliten en
el libre desempeño como ciudadano.
como Asociado (a) después de cumplir los procedimientos
establecidos en el Reglamento Interno de la Asociación.
b.
c.
Recurrir ante la Junta Directiva, Asamblea General, Junta
Art. 13.- Los Asociados (as) tienen derecho al recurso de apelación
de Contraloría, Gobierno Local u otra instancia respectiva
cuando se les retira su calidad de Asociado (a) temporal o definitivamente.
cuando sus derechos como Usuario (a) les sean violentados
Podrá apelar a la Asamblea General; cuando la suspensión y su causal
por procedimientos previstos o no en los presentes Estatutos
no esté prevista en los presentes estatutos ni en el reglamento interno;
o Reglamento Interno.
sin perjuicio que tiene el asociado (a) de acudir a otras instancias com-
Recibir el servicio de agua en iguales condiciones que al
petentes.
prestado a los asociados.
d.
Solicitar y recibir oportunamente, información de su situación
TÍTULO III
como usuario (a).
e.
De la Organización, Dirección, Contraloría y
Participar activamente en las actividades de salud y ambientales
Operación de la Asociación
u otros proyectos que impulse la Junta Directiva.
f.
Hacer reclamos a la administración de la Asociación por
Capítulo I
insatisfacción en el servicio de agua que recibe.
De la Organización
Art. 11.- Son Deberes de los (as) Usuarios (as) no Asociado:
a.
Cumplir y hacer cumplir el Reglamento Interno.
b.
Proteger y hacer uso racional del Agua y recursos natura-
Art. 14.- La Organización de La Asociación, estará conformada
por: La Asamblea General, La Junta Directiva, La Junta de Contraloría
les.
Cancelar las tarifas por el servicio de agua potable dentro
R
c.
y La Unidad Administrativa-Operativa.
Capítulo II
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de los plazos establecidos en el Reglamento Interno de la
Asociación.
D
De la Asamblea General
d.
Cumplir el convenio como usuario del servicio de agua con
la Asociación.
Art. 15.- La Asamblea General es conformada por todos los (as)
Asociados (as) Activos (as), registrados en el Libro de Asociados (as)
Capítulo IV
de la Administración, legalmente convocados y reunidos, constituyen
la autoridad máxima de la Asociación.”
Del retiro de la calidad de Asociado (a)
Art. 16.- Son atribuciones de la Asamblea General:
Art. 12.- Los (as) Asociados (as) podrán ser suspendidos (as) de
su calidad de Asociados (a) por acuerdo emitido por mayoría simple de
votos en Asamblea General y previa audiencia de el (la) Asociado (a)
ante la Junta Directiva.
a)
Decidir la constitución de la Asociación.
b)
Aprobar la creación o modificación de los Estatutos y Reglamento Interno.
32
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 374
c)
Acordar la solicitud del Acuerdo Municipal de la creación de
los asuntos comprendidos en la convocatoria y cualquier decisión sobre
la Asociación al Concejo Municipal de la Villa Jujutla, por
otros aspectos no comprendidos en la misma se anularán.
medio del representante legal.
d)
Elegir de acuerdo a lo estipula en estos estatutos y reglamento
interno, sus representantes para Junta Directiva y Junta de
Contraloría.
Art. 19.- Las convocatorias a Asamblea General ordinaria o
extraordinaria, se harán por medio de un aviso escrito, al menos con
ocho días de anticipación. Indicándose el lugar, día y hora que ha de
e)
Destituir a las personas integrantes de la Junta Directiva,
celebrarse. Si en la hora señalada no pudiera celebrarse la sesión por
Junta de Contraloría, y Asociados (as), por causa justificada
falta de quórum (mayoría simple de asociados (as), ésta se llevará a
y después de comprobar que se ha infringido estos Estatutos
cabo ocho días después de convocada la primera, en este último caso,
f)
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y/o el Reglamento Interno.
Si algún integrante de la Junta Directiva, Junta de Contraloría
las decisiones que se adopten serán obligatorias aun para aquellos que
formalmente convocados no asistieron.
y/o Asociado (a) es destituido (a), renuncia o fallece se elegirá
su sucesor (a) de acuerdo a los procedimientos descritos en
Capítulo III
el Reglamento Interno.
g)
De la Dirección de la Asociación: Junta Directiva
Aprobar el Plan Anual de trabajo y su respectivo presupuesto,
en Asamblea General de Asociados (as) que se realizará el
segundo sábado de enero de cada año.
Art. 20.- La Junta Directiva estará integrada inicialmente por
h)
Velar que la conformación de la Junta Directiva y Junta de
Contraloría tenga representación igualitaria de mujeres y
hombres
i)
según los mecanismos estipulados en el Reglamento Interno.
Monitorear y evaluar el trabajo de los integrantes de la Junta
de Contraloría.
k)
Directiva, se describe en el Reglamento Interno.
La Asamblea a través de sus Asociados (as) activos podrá
ejercer contraloría de la Administración de la Asociación,
j)
cinco personas con Cargos Titulares, el proceso de elección de la Junta
La Asamblea General se reunirá ordinariamente dos veces al
año la primera será convocada el segundo sábado de enero,
ésta tendrá el objetivo de informar sobre el estado financiero
Art. 21.- Los Cargos Titulares de la Junta Directiva, son los si-
guientes:
a.
Coordinador (a) General y de Gestiones
b.
Coordinador (a) de Asuntos Legales
c.
Coordinador (a) de Bienestar Social
d.
Coordinador (a) de Finanzas
e.
Coordinador (a) de Salud y Medio Ambiente.
de la Asociación y evaluar el trabajo de la administración
de las juntas. La segunda, será el segundo sábado de julio
y tendrá la finalidad de presentar el estado financiero y el
plan anual de labores de la Asociación para su aprobación
Art. 22.- Los Cargos Titulares de la Junta Directiva serán ocupados
por personas que hayan sido electas en Asamblea General.
y extraordinariamente, cuando Junta Directiva o Junta de
R
Contraloría, lo considere necesario de acuerdo al reglamento
IA
interno.
Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, Reglamento
D
l)
Interno y todo lo que se deriven de éstos.
La distribución de los Cargos de la Junta Directiva será definida
democráticamente entre sus integrantes en sesión de Junta Directiva,
considerando las fortalezas, habilidades y conocimientos que se requieran
para el desempeño en cada uno de los cargos, Las Descripciones de las
Funciones (responsabilidades) de cada cargo están descritas en forma
general en estos Estatutos y específica en el Reglamento Interno.
Art. 17.- Las resoluciones de la Asamblea General se acordarán por
mayoría simple (la mitad más uno) de los votos de los (as) Asociados
(as) asistentes, salvo en lo referente a la disolución de la Asociación que
se deberá contar con la aprobación de las tres cuartas partes de los (as)
Asociados (as) inscritos.
Art. 23.- La Asociación podrá cambiar la Estructura OrganizativaAdministrativa de la Junta Directiva, Junta de Contraloría: Cuando el
contexto o escenario en que se encuentra la actual estructura no le permite flexibilidad para administrar y operar adecuadamente el sistema
de agua, salud y medio ambiente la modificación deberá hacerla con la
Art. 18.- En la Asamblea General Ordinaria, se reunirá una vez
aprobación del 90 % de los Asociados (as) inscritos (as) en el Libro de
por año y se tratarán los asuntos comprendidos en la agenda aprobada
Asociados (as) y de acuerdo a las Disposiciones Generales descritas en
por el pleno. En la Asamblea General Extraordinaria, sólo se tratarán
estos Estatutos en el Título VI.
DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 18 de Enero de 2007.
Art. 24.- La estructura organizativa de la Junta Directiva es de
orden horizontal donde todos y cada uno de sus integrantes poseen los
mismos derechos y deberes en la toma de las decisiones de la Asociación;
sin embargo, cada integrante de la Junta será el referente de un área
de responsabilidad para asegurar el buen desempeño de las funciones
33
Art. 29.- Los Requisitos para ser integrante de la Junta Directiva
y Junta de Contraloría son:
a.
Mayor de 18 años
b.
Residir en el área de cobertura del sistema de agua administrado por la Asociación.
generales descritas en estos Estatutos y funciones específicas descritas
en el Reglamento Interno.
c.
Habilidades de escritura y lectura especialmente, relaciones
interpersonales y liderazgo.
d.
Art. 25.- La Junta Directiva, se reunirá ordinariamente al menos
Ser una persona reconocida por su buena conducta y valores
personales.
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dos veces por mes y extraordinariamente cuando sea necesario para dar
e.
Ser Asociado (a)
mantenimiento del sistema de agua potable, salud y medio ambiente y
f.
Estar solvente con la asociación.
otras acciones establecidas en el plan anual de trabajo y de nuevas pro-
g.
Estar en pleno goce de sus derechos civiles.
resolución a los problemas derivados de la administración, operación y
yecciones. Las decisiones y acuerdos tomados en Junta, serán basadas
en el consenso por medio la deliberación de puntos de vista, ventajas
y desventajas de las decisiones que se quieren tomar, si no se logra el
consenso entre sus integrantes, podrán utilizar la votación secreta por
las tres cuartas partes de sus Directores (as).
Art. 30.- De la Elección de nuevos integrantes de la Junta Directiva
y Junta de Contraloría. Seis meses antes de cumplir su período, la Junta
Directiva convocará a la Asamblea General para elegir los (as) sucesores
(as), respetando los procesos de elección establecidos en estos Estatutos
y el Reglamento Interno, para luego incorporarlos al trabajo conjunto y
Art. 26.- Las personas integrantes de la Junta Directiva y Junta de
Contraloría que representan a las comunidades, serán electas para un
capacitarlos en todo lo concerniente a la administración de la Asociación,
participando los nuevos integrantes electos (as) en todas las actividades
que se desarrollen durante los últimos tres meses de gestión de los (as)
período de dos años, procurando elegir hombres y mujeres en los cargos
integrantes o de la Junta saliente sin voz ni voto hasta tomar posesión
de dirección, de preferencia elegir el 50 % de nuevos miembros que-
de sus cargos.
dando el restante 50 % del anterior período para instruir a los entrantes.
Los cargos de la Junta Directiva y de Contraloría que serán sometidos
a elección o reelección, serán propuestos por las respectivas juntas a la
Asamblea General.
Art. 31.- De la suspensión temporal o definitiva de un (a) integrante
de la Junta Directiva. Las sanciones por incumplimiento a estos estatutos
estarán reguladas en el Reglamento Interno.
El Sistema de elección de las Personas que integrarán la Junta Directiva y Junta de Contraloría está descrito en el Reglamento Interno.
Para proceder a la suspensión temporal o definitiva de un integrante
de la Junta Directiva por faltar sin justificación a dos reuniones ordinarias
y/o extraordinaria consecutivas programadas, por incumplimiento de sus
Art. 27.- Los cargos en la Junta Directiva y Junta de Contraloría
serán ad-honoren; sin embargo gozarán de una dieta o retribución esta-
R
blecida por acuerdo de la Asamblea General y expresada en el reglamento
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interno de la Asociación, además cuando el (la) Directivo (a) trabaje en
D
actividades oficiales fuera del Municipio, podrá otorgársele un viático,
funciones, por promover acciones que atenten contra las gestiones que
desarrolla la Asociación y por expresiones públicas y/o privadas que
atente contra la honorabilidad de alguno de sus colegas coordinadores,
miembros de la Junta de Contraloría. Será la Junta de Contraloría quien
investigue y documente el caso, otorgando el derecho de defensa de el (la)
acusado (a); la resolución final, si es suspensión temporal, lo definirá la
según tabla prevista en el Reglamento Interno. Las retribuciones en
Junta Directiva a sugerencia de la Junta de Contraloría. Si la suspensión
concepto de dietas, no podrán ser mayor a un salario mínimo vigente
es definitiva se llevará a Asamblea General para definirlo por votación
por mes.
de mayoría simple y elegir el (la) sustituto (a).
Art. 28.- Los representantes o integrantes de la Junta Directiva y
Art. 32.- De la suspensión temporal o definitiva de un integrante de
Junta de Contraloría de cada una de las comunidades con cobertura del
la Junta de Contraloría. Se procederá por faltar a dos reuniones ordinarias
servicio de agua administrados por la Asociación, si deciden participar
y/o extraordinaria consecutivas programadas, por incumplimiento de sus
como aspirante a un cargo público vía un partido político, debe renunciar
o solicitar permiso a su actual cargo, pudiendo incorporarse o no a sus
funciones después de finalizados el proceso electoral y de acuerdo a los
resultados del mismo proceso.
funciones, por promover acciones que atenten contra las gestiones que
desarrolla la Asociación y por expresiones públicas y/o privadas que
atente contra la honorabilidad de alguno de sus colegas miembros de la
Junta de Contraloría, contra alguno de los miembros de la Junta Directiva.
Será la Junta Directiva quien investigue y documente el caso, otorgando
34
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 374
el derecho de defensa de el (la) acusado (a); la resolución final, si es
l.
Contratar servicios externos de asistencia técnica, que forta-
suspensión temporal, lo definirá la Junta de Contraloría a sugerencia de
lezcan la capacidad de gestión de la Junta Directiva y Junta
la Junta Directiva. Si la suspensión es definitiva se llevará a Asamblea
de Contraloría, así como aquellos servicios especializados
General para definirlo por votación de mayoría simple y elegir el (la)
necesarios para mantener o mejorar el servicio de agua a las
sustituto (a).
familias usuarias.
m.
domiciliarias de conformidad con la recomendación técnica
Art. 33.- La Junta Directiva, sobre la base de sus atribuciones:
a.
Analizar las solicitudes y Autorizar las nuevas conexiones
respectiva y el cumplimiento de los requisitos establecidos
Elaborar el proyecto de estatutos de la Asociación y lo pro-
en el Reglamento Interno y ordenará la clausura de aquellas
pondrá a la Asamblea General para su aprobación
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conexiones de usuarios que no cumplan con las disposiciones
b.
Elaborar la propuesta de Reglamento Interno y propondrá a
de dicho reglamento.
la Asamblea general para su aprobación.
n.
c.
Elaborar y proponer modificaciones necesarias a los estatutos
el presupuesto mensual deberán ser aprobados por la Asam-
y reglamento interno para su aprobación por la Asamblea
blea General procedimientos establecidos en el Reglamento
General.
d.
Tramitar la obtención de la Personalidad Jurídica de la aso-
Interno.
o.
ciación conforme a lo establecido por la Constitución de la
Convocar a la Asamblea General ordinaria y extraordinaria.
Establecer sanciones y multas definidas en el Reglamento
Interno a asociados (as) y/o usuario (as) que no cumplan con
República y Código Municipal.
e.
Para el retiro de montos financieros que sobrepasen dos veces
las normas y procedimientos de la Administración.
p.
Elaborar la propuesta para la modificación de la tarifa por la
prestación del servicio de agua, cuando la situación económica
f.
Coordinar y establecer las negociaciones de los contratos y/o
de la Asociación lo amerite; por aumentos en los costos de
convenios necesarios con el objetivo de fortalecer la gestión
operación u otras disposiciones de Ley que los lleven a tal
local o regional del recurso hídrico, con los gobiernos locales,
determinación y lo presentará a la Asamblea General para su
las instituciones del Estado, organizaciones internacionales,
aprobación.
organizaciones no gubernamentales o entidades privadas u
otras asociaciones.
q.
Elaborar y ejecutar el plan y presupuesto anual para la ope-
ración, mantenimiento y administración del sistema de Agua
g.
Velar que los fondos obtenidos a través del sistema de abaste-
Potable, Salud, Medio Ambiente y Educación.
cimiento de agua potable sean aplicados para la sostenibilidad
del mismo y la ejecución de acciones relativas a los fines
consideración el inciso “z” de este artículo.
su defecto a través de una firma auditora externa.
Hacer cumplir los derechos y deberes de los asociados (as)
s.
contables, el orden de los archivos del control de pago de
Informar a las autoridades correspondientes de la violación
servicio de agua potable, cuotas de conexión, reconexión,
a las normas de salud y Ley de Medio Ambiente, por la po-
desconexión y listado de usuarios (as).
blación.
t.
la Asociación, provenientes de fondos gubernamentales,
ción del sistema de agua en representación de la Asociación;
internacionales o privados.
siempre que estén comprendidos en los rubros financiables
u.
por dichos fondos y los montos no sobrepasen los límites
Contratar al personal calificado, necesario para la Unidad
Resolver en Asamblea General, todas las situaciones excepcionales no previstas en los presentes Estatutos o en el
autorizados en el Reglamento Interno y plan de trabajo.
k.
Gestionar y recibir donaciones y aportes para los fines de
Autorizar y controlar los gastos de la administración y opera-
D
j.
Supervisar los registros, controles, reportes y procedimientos
y usuarios, contemplados en los presentes Estatutos.
IA
i.
Solicitar las auditorías internas a la administración anualmente, a través de la Municipalidad (Corte de Cuentas) y en
R
h.
r.
de la Asociación dentro de sus comunidades, tomando en
Reglamento Interno.
v.
Administrativa/Operativa de la Asociación y autorizará y/o
Presentar la revisión del plan de trabajo y el presupuesto
anual a la Asamblea General en Sesión Ordinaria.
gestionará los recursos para capacitaciones dirigidas a la Junta
Directiva, empleados, asociados (as) y usuarios (as) en temas
w.
Presentar a consideración y aprobación de la Asamblea General
o áreas que sean requeridas para el buen desarrollo de sus
en la Sesión Ordinaria, la Memoria Anual de los resultados
funciones o actividades que contribuyan a la salud y medio
de su gestión y el Informe Financiero correspondiente a ese
ambiente.
período.
DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 18 de Enero de 2007.
x.
y.
Asegurar que los fondos monetarios de la asociación sean
Liderar y fortalecer los nexos de coordinación con las instituciones
manejados a través de las Instituciones Financieras formales
como el Gobierno Municipal, con el nivel local del Ministerio de Salud
establecidas en la Banca del País.
y Educación y todas aquellas instituciones de gobierno central con
Asegurar que las nuevas inversiones en el desarrollo de actividades en las comunidades, se realicen después de garantizar
los rubros financieros, necesarios para la sostenibilidad de la
Asociación y de los servicios que ésta presta.
z.
Autorizar a la Junta de Contraloría, los fondos que sean ne-
presencia en el municipio; con el propósito de complementar servicios
que se traduzcan en bienestar de la población beneficiaria del sistema
administrado por la Asociación.
Autorizar los egresos del presupuesto certificado en actas de Junta
Directiva y Asamblea General.
Velar por el cumplimiento de los acuerdos, resoluciones y aprobación
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cesarios y que estén previstos en el presupuesto anual, para
que éste pueda ejercer sus funciones y las actividades que
por mandato le son otorgadas en estos estatutos.
aa.
35
No autorizar la venta o enajenación de acometidas exclusivamente por constituir un bien familiar, pudiéndose transferir
si existe disolución del hogar, hacia la persona que quede
de proyectos gestionados de la Junta Directiva y Asamblea General.
Promover que la niñez sea privilegiada impulsando acciones en
salud y educación, que la Asociación desarrolle.
Coordinar con instituciones locales, organizaciones del Estado,
internacionales, públicas y privadas, convenios y donaciones.
responsable de la custodia de los menores de edad.
Cumplir otras funciones encomendadas por la Junta Directiva, la
bb.
Otorgar la Personería Jurídica a cualquiera de sus integran-
Asamblea General.
tes para que los represente judicial y extrajudicialmente en
ausencia del titular.
cc.
Cumplir y hacer cumplir estos Estatutos, Reglamento interno
a.
y demás leyes correspondientes a la Administración de la
Representar Legalmente a la Asociación.
Asociación.
Coordinador (a) de Asuntos Legales
Velar por el cumplimiento de los acuerdos, resoluciones de la Junta
Directiva y Asamblea General.
Art. 34.- Funciones Generales de los (as) integrantes de Junta
Directiva.
Asentar todos los acuerdos, resoluciones de la Junta Directiva y
Las funciones generales asignadas a cada Coordinador (a), deben
ser interpretadas como funciones orientadoras, las que no se limitan sólo
al marco de estos estatutos y reglamento sino que pueden desarrollar
otras funciones no descritas en éstos. Las funciones designadas para
cada Coordinador (a), son complementarias al trabajo de equipo que la
Junta Directiva desarrolla.
a)
Cumplir y hacer cumplir los Estatutos y Reglamento Interno.
Aprobar los gastos por emergencia causados por fenómenos
naturales tales como contratación de asistencia técnica y/o para
la compra de cualquier equipo que afecte el funcionamiento
R
normal del sistema de agua y que no estén considerados en el
Asamblea General y solicitar las firmas de los demás integrantes de la
Junta Directiva en los libros respectivos.
Estar informado de toda la correspondencia enviada y recibida e
informar a la Junta Directiva.
Firmar toda documentación emitida por la Junta Directiva.
Cumplir otras funciones encomendadas por la Junta Directiva y
Asamblea General.
En ausencia de él será el Coordinador (a) general y de Gestiones
quien lo sustituirá para representar a la Asociación Legalmente.
IA
Presupuesto Anual. Cualquier gasto no contemplado en estos
D
Estatutos que excedan dos veces el presupuesto mensual.
a.
Asesorar legalmente a la Junta Directiva y a la Asamblea General,
en todos aquellos aspectos concernientes a la aplicación de los Estatutos
y Reglamento Interno.
Coordinador (a) General y de Gestiones
Promover el trabajo en equipo de la Junta Directiva, para el cum-
b.
Coordinador (a) de Bienestar Social
plimiento del plan anual de acuerdo a los fines de la Asociación.
Supervisar y retroalimentar el desempeño del Administrador (a) y
Representar legalmente a la Asociación en ausencia del Coordinador
de los demás empleados.
(a) de asuntos Legales, gestionar proyectos y programas que contribuyan
al cumplimiento de los objetivos de la misma.
Ser el responsable directo del mantenimiento preventivo y correctivo del sistema de abastecimiento de agua potable en coordinación del
Establecer buenas relaciones Institucionales con organismos
personal empleado.
gubernamentales y no gubernamentales para ser más eficiente en sus
gestiones.
Promover en la Junta Directiva, la aplicación de las normas y
procedimientos establecidos en el reglamento interno.
36
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 374
Monitorear el funcionamiento y operación del sistema de Agua
Potable.
especial énfasis en las áreas de recarga hídrica (micro cuencas) donde
se encuentran las fuentes de agua que abastecen el sistema de agua bajo
Asegurar que el servicio de agua prestado por la Asociación,
su administración.
cumpla con los estándares de calidad y la cantidad suministrada esté
Dar seguimiento a la disposición adecuada de las excretas humanas,
de acuerdo a los volúmenes previstos en el diseño; así como prestar el
al manejo adecuado de las aguas servidas y al manejo de la basura a
servicio con equidad para todas las familias usuarias del sistema bajo
nivel de los hogares en área de influencia del sistema que la asociación
su administración.
administra.
Someter ante la Junta Directiva, las solicitudes de expansión del o
Coordinar con el nivel local del Ministerio de Salud, todas aquellas
actividades encaminadas a mejorar la salud de la población usuaria y no
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los sistemas bajo su administración.
Coordinar con prestadores de servicios externos todas aquellas
actividades propias de la operación y mantenimiento del sistema y con la
usuaria del sistema de agua, incluyendo aquellas actividades que resultan
complementarias a las ya abordadas por la Asociación.
Junta Directiva, todas aquellas que requieran de inversión económica.
Elaborar un plan de trabajo operativo con su respectivo presupuesto,
Elaborar, gestionar y desarrollar programas de capacitación al
personal bajo su coordinación relacionados a salud y ambiental.
en coordinación con el Administrador (a).
Cumplir otras funciones encomendadas por la Junta Directiva y
Promover que los (as) niños (as) sean privilegiadas y privilegiados
con los servicios de salud promovidos por la Asociación.
Asamblea General.
Asegurar que las sugerencias escritas en el permiso ambiental,
para la explotación del recurso hídrico establecido por el Ministerio de
Medio Ambiente se cumplan.
c.
Coordinador (a) de Finanzas
Elaborar un plan de trabajo operativo con su respectivo presupues-
Velar por el cumplimiento de los acuerdos y resoluciones financieras
to.
de la Junta Directiva y Asamblea General.
Cumplir otras funciones encomendadas por la Junta Directiva y
Asegurar que la contabilidad sea formal, se mantenga en orden y
actualizada.
Asamblea General.
Autorizar los egresos del presupuesto, certificado en actas de Junta
Capítulo IV
Directiva y Asamblea General.
Coordinar actividades administrativas con el Administrador (a).
De la Contraloría de la Asociación: Junta de Contraloría
Elaborar el Presupuesto Anual de los gastos de acuerdo a los planes de actividades a desarrollar, con los demás integrantes de la Junta
Directiva.
Analizar con la Junta Directiva la tendencia financiera de la Aso-
ciación, identificando aquellas áreas que sean consideradas como críticas
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o que ponen en riesgo la solvencia financiera de la Asociación.
Coordinador (a) de Salud y Medio Ambiente
D
d.
Art. 35.- La Junta de Contraloría estará integrada por tres personas
representantes de los caseríos involucrados en el proyecto. El proceso
de elección se describe en el Reglamento Interno.
El período de elección de las personas que integran la Junta de
Contraloría, será cada tres años, el rol de la Junta de Contraloría es dar
seguimiento a todo lo actuado por la Junta Directiva de la Asociación,
especialmente en lo relativo al cumplimiento a los estatutos y reglamento
interno. Esta Junta podrá participar en pleno o por medio de un represen-
Coordinar y monitorear al personal contratado en las áreas de Salud
tante, con voz pero sin voto en las reuniones de la Junta Directiva; con
y Medio Ambiente, para promover y desarrollar actividades del Plan de
el propósito de conocer la forma y tipo de decisiones que está tomando
Salud y Medio Ambiente.
la Junta Directiva. Sin perder la objetividad y dejar de ejercer su rol
Coordinar planes, programas y proyectos con Instituciones Gubernamentales y no Gubernamentales afines de la protección de la salud y
medio ambiente.
Promover la formación de grupos de apoyo para coordinar y
operativizar las actividades del Plan Anual correspondiente.
Promover dentro de la Junta Directiva y con la población, acciones
concretas de protección de los recursos naturales en el área de influencia
del sistema de agua y saneamiento que la Asociación Administra, con
contralor, esta Junta será de carácter prepositito, preactivo y constructivo,
y mantendrá informado a los (as) asociados de todo lo actuado por la
Junta Directiva.
Esta Junta tendrá acceso a toda la información, libros y registros que
lleva la Junta Directiva de la Asociación, previa solicitud por escrito.
La Junta de Contraloría está facultada para solicitar a la Junta
Directiva, las reuniones con los coordinadores/as o con alguno/a en
particular, según el tema o asunto de interés.
DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 18 de Enero de 2007.
Art. 36.- La Junta de Contraloría estará conformada por tres Cargos
j)
Contralor (a) Social
b.
Contralor (a) Legal
c.
Contralor (a) Administrativo
Cumplir los mecanismos de contraloría para la Administración
de la Asociación que están establecidos en el Reglamento
Titulares, que son los siguientes:
a.
37
Interno.
k)
Solicitar a la Asamblea General la destitución de integrantes
Directivos cuando éstos hayan violado estos estatutos.
l)
Estos cargos pueden variar según las necesidades y cambios que
Asegurar que la conformación, de la Junta Directiva y la
Junta de Contraloría sea igualitaria en número de hombres y
se originen en Junta Directiva de la Asociación.
mujeres, así mismo tener la misma representación equitativa
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por caserío.
Art. 37.- La Junta de Contraloría se reunirá ordinariamente una
m)
resoluciones tomadas en Asamblea General.
vez al mes y extraordinariamente las veces que sea necesario, convocada
por el (la) Contralor Social o cuando lo solicitasen por escrito las otras
Monitorear que la Junta Directiva cumpla sus acuerdos y
n)
Presentar anualmente ante la Junta Directiva de la Asocia-
personas integrantes, sólo la presencia total de sus integrantes establece
ción, el presupuesto necesario para la Junta de Contraloría,
el Quórum, las resoluciones se tomarán por mayoría simple. Todos los
para que éste sea incorporado en el presupuesto anual de la
acuerdos deberán registrarse en el Libro de Actas. Tienen la potestad de
Asociación.
convocar a reunión a la Junta Directiva una vez al mes.
o)
Desempeñar otras funciones que bajo acuerdo, sean convenientes para el ejercicio de contraloría siempre y cuando no
contravengan estos Estatutos.
Art. 38.- La Junta de Contraloría, sobre la base de sus atribucio-
p)
nes:
Cumplir y hacer cumplir estos Estatutos y el reglamento
Interno de la Asociación.
a)
Monitorear y evaluar el trabajo de la Junta Directiva como
de la eficiencia de las personas que representan los cargos
q)
Proponer a la Asamblea General la disolución de la Aso-
dentro de ella y hacer las recomendaciones pertinentes a los
ciación, siguiendo los procedimientos descritos en el Título
mismos.
de la Disolución de la asociación en estos Estatutos y en el
Reglamento Interno.
b)
Informar a la Asamblea General, de cualquier situación que
surja dentro de la Junta Directiva o de los cargos asignados
r)
Además de las responsabilidades de fiscalización y contraloría,
la Junta de Contraloría también podrá ejercer acciones de
que vayan en contra de los intereses de la Asociación.
apoyo a la Junta Directiva, y Asamblea General para el
c)
Informar a la Asamblea General, de las gestiones positivas que
cumplimiento de los objetivos de la Asociación.
la Asociación está desarrollando, a fin de que los asociados
puedan conocer la gestión de la Junta Directiva.
d)
Solicitar a la Junta Directiva cualquier informe que crea
conveniente relacionado con la gestión que ésta desarrolla.
en el Reglamento Interno, las cuales no se limitan sólo a las escritas en
de lo aprobado en Asamblea General.
ambos documentos sino que pueden definirse otras que sean afines a los
Elaborar anualmente su propio Plan de Trabajo y Presupues-
IA
f)
Junta de Contraloría están definidas en estos Estatutos y las específicas
Vigilar que los gastos mensuales de la Asociación no excedan
R
e)
Art. 39.- Funciones Generales de las personas que integran la
Junta de Contraloría: Las funciones generales para los cargos de la
to, incluyendo en ése los costos necesarios que le permitan
D
mantener informados a los asociados de los hallazgos en la
objetivos de la Asociación.
Contralor (a) Legal
a.
gestión de la Junta Directiva. (Positivas o negativas).
g)
Dar Visto Bueno para que se someta a Asamblea General
Representar a la Junta de Contraloría cuando le sea solicitada
su participación.
b.
cualquier plaza que este fuera del Presupuesto Anual que
Velar porque se cumplan los acuerdos de Asamblea General
y del Comité mismo.
sea necesaria para la Administración de la Asociación.
c.
h)
Exigir las auditorías cuando la Junta Directiva no ha cumplido
Participar en la elaboración del Presupuesto anual de la
Asociación, con la Junta Directiva de la Asociación.
con esta función o no ha dado fe del rendimiento de cuentas
y se considera en riesgo la administración.
d.
Informar a la Asamblea General de cualquier situación que
surja dentro de la Junta Directiva o de los cargos asignados
i)
Vigilar que la Junta Directiva facilite los medios para cumplir
que vaya en contra de los intereses de la asociación.
con los derechos de los (as) asociados (as) y usuarios (as) del
sistema de agua.
e.
Elaborar el Plan anual de la Junta de Contraloría con su
presupuesto junto al resto de integrantes.
38
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 374
f.
Monitorear y evaluar el trabajo del (a) coordinador (a) de
f.
Salud y Medio Ambiente de la Junta Directiva.
g.
Realizar otras funciones que le sean encomendadas por
financiero que realiza la Junta Directiva.
g.
acuerdo de la Junta de Contraloría y Asamblea General.
h.
i.
Cumplir y hacer cumplir estos Estatutos y Reglamento Interno
Da seguimiento a quejas y resoluciones que han sido planteadas
por los usuarios a la Junta Directiva.
h.
Monitorear que el personal empleado cumple con sus fun-
de la asociación.
ciones y que la Junta Directiva les otorga sus prestaciones de
Participar en actividades relacionadas a los fines de la aso-
acuerdo al Reglamento de trabajo y contratos establecidos
ciación.
con cada empleado (a).
Realizar otras funciones que le sean encomendadas por
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i.
acuerdo de la Junta de Contraloría y Asamblea General.
Contralor (a) Social
a.
Da seguimiento a las gestiones de tipo administrativo y
Elaborar y llevar el archivo de Actas y toda documentación
j.
de la asociación.
relacionada a las actividades de Junta de Contraloría.
b.
Tener a disposición el Registro de las personas asociadas.
c.
Monitorear y evaluar el trabajo del coordinador (a) de Gestión
Cumplir y hacer cumplir estos Estatutos y Reglamento Interno
k.
Participar en actividades relacionadas a los fines de la Asociación.
y coordinador (as) de Finanzas de la Junta Directiva.
d.
dad.
e.
Capítulo V
Vigilar que el servicio de agua se preste con calidad y canti-
De la Operación de la Asociación
Promover en la Junta Directiva que la cobertura de agua llegue
a todos los hogares en donde existe red de distribución del
f.
servicio de agua, sino hay acceso también promover que se
Art. 40.- La Unidad Administrativa/Operativa, será la responsable
busquen los mecanismos para ampliarla. Previa consulta con
de la coordinación de los recursos financieros, humanos y materiales
un asesor especializado.
de la Asociación, a través de un (a) administrador (a) con experiencia y
Participar en actividades relacionadas a los fines de la Aso-
formación académica acorde a rol y funciones a desempeñar.
ciación.
g.
Coordinar con el (la) Administrador (a) la elaboración y
distribución de convocatorias para Asamblea General.
h.
Realizar otras funciones que le sean encomendadas por
acuerdo de la Junta de Contraloría y Asamblea General.
Art. 41.- La definición de la política de personal contratado o a
ser contratado por la Asociación estará a cargo de la Junta Directiva,
especificando la estructura salarial, la evaluación del desempeño, las
prestaciones y otras condiciones sobre las relaciones de trabajo y el desarrollo del recurso humano; lo cual constará en el Reglamento Interno.
i.
Cumplir y hacer cumplir estos Estatutos y Reglamento Interno
de la Asociación.
Art. 42.- Los tipos de contratos que celebrará La Asociación serán:
Contratos por Servicios Personales, Contratos por servicios Profesionales
Representar judicial los intereses de los (as) Usuarios (as)
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a.
R
Contralor (a) Administrativo
y Contratos por tiempo Definido, bajo los procedimientos establecidos
en el Reglamento Interno.
del sistema de agua, apegado a los Estatutos y Reglamento
D
Interno.
b.
Emitir informes firmados por los integrantes de la Junta de
Contraloría de los hallazgos en la Administración que deben
corregirse por la Junta Directiva.
Art. 43.- Corresponderá al Administrador la responsabilidad de
velar porque se hagan efectivos los términos de contratación de cada
empleado y el cumplimiento de las normas reglamentarias que en materia
de personal haya establecido la Asociación. Además, deberá participar
c.
Monitorear y evaluar el trabajo de los (as) coordinador (a)
Legal y coordinador (as) social, de la Junta Directiva.
d.
en reuniones de Junta Directiva a solicitud de ésta, dándole el derecho
a voz pero no a voto.
Solicitar auditorías cuando la Junta Directiva no ha cumplido
con esta responsabilidad y porque se considera que la administración de la Asociación está en riesgo.
e.
Da seguimiento a la Junta Directiva, para que ésta cumpla
y/o supere observaciones que resulten en los informes de
auditorías.
Art. 44.- No podrán ser empleados de la Asociación, quienes sean
cónyuges o parientes en primero y segundo grado de consanguinidad y
afinidad de la Junta Directiva, junta de contraloría y de los (as) empleados
(as) de la Asociación.
DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 18 de Enero de 2007.
39
Título IV
b.
aportaciones por instalación de nuevas acometidas.
De la Administración de los Bienes de la Asociación
c.
Aporte económico por Derechos de Conexión.
d.
Aportaciones por desconexión y reconexión.
Capítulo I
e.
Multas por mora.
Del Fondo Patrimonial de la Asociación
f.
Multas por conexiones ilegales.
g.
Fondos por fianzas.
h.
Los bienes que han sido transferidos en forma temporal por
Art. 45.- El Patrimonio de la Asociación estará constituido por:
Activos corrientes.
b.
Donaciones, herencias, legados, contribuciones de personas
otra institución.
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a.
naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, respectiva-
Capítulo III
mente; y todos los bienes muebles e inmuebles que adquiera
De los Egresos de la Asociación
y las rentas provenientes de los mismos.
c.
Ingresos netos provenientes de los fondos no patrimoniales.
d.
Art. 51.- Los egresos de la Asociación
Los bienes que han sido transferidos para su administración
a.
Gastos operativos
b.
Inversiones por ampliaciones y mejoras
c.
Gastos eventuales e imprevistos, de acuerdo a lo establecido
definitiva sin reciprocidad.
e.
Fondos provenientes de otras actividades.
en el reglamento interno.
Art. 46.- La Asociación es propietaria de todo el Sistema de Abastecimiento de agua potable descrito en escritura pública de donación.
Título V
De la Disolución
Art. 47.- Todos aquellos bienes que le hayan sido entregados en
comodato por la Municipalidad, o aquéllos que hayan sido transferidos
bajo concesión por cualquier otra institución, no serán considerados
Capítulo Único
Patrimonio de la Asociación, sin embargo podrán ser utilizados para
sus fines.
Art. 52.- La disolución de la Asociación podrá acordarse por las
no podrán ser enajenados, donados, vendidos, alquilados o concedidos,
o por la imposibilidad manifiesta de realizarlos, por el incumplimiento de
por constituir un bien social, excepto en los casos especificados en el
los Estatutos y el Reglamento Interno y por la disminución en el número
reglamento interno.
de asociados/as que lleguen a un número menor de veinticinco.
IA
R
Art. 48.- Los bienes muebles e inmuebles que formen el patrimonio
causales siguientes: Por incumplimiento de los fines para los que fue creada
D
Art. 49.- La Asociación deberá llevar los registros contables exigi-
Art. 53.- La disolución de la Asociación podrá ser acordada en
dos por las leyes correspondientes y necesidades propias de la misma;
sesión extraordinaria de Asamblea General, con la asistencia del 90
al final de cada año se harán los estados financieros que demuestren la
% de los asociados (as) activos, y con la votación favorable de las tres
situación financiera y de operación del correspondiente período.
cuartas partes de los asociados (as) debidamente registrados en el libro
respectivo.
Capítulo II
De las Aportaciones No Patrimoniales
Art. 54.- La Junta de Contraloría tiene la facultad de proponer en
Asamblea General Extraordinaria, la disolución de la Asociación por las
causales antes mencionadas. En tal caso, la Asamblea General deberá
Art. 50.- Las Aportaciones No Patrimoniales estarán constituidos
por:
nombrar una Comisión de asociados (as) que investigue las razones.
Dicha comisión dispondrá de 30 días para elaborar el informe y emitir
a.
Fondos provenientes del pago por servicio de agua.
su fallo.
40
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 374
Art. 55.- Al disolverse y liquidarse la Asociación, los bienes de
Art. 61.- La Junta Directiva tiene la obligación de enviar al Concejo
cualquier naturaleza no serán distribuidos directa o indirectamente
Municipal de Jujutla, durante los primeros quince días posteriores a la
entre sus asociados (as), si no que pasarán a la Municipalidad para su
elección, la nómina de la nueva Junta Directiva, Junta de Contraloría, la
custodia temporal y en un período de 60 días, esta Municipalidad junto
Nómina de los asociados (as), informe de las sustituciones o ratificaciones
a la comisión formada de Asamblea General de Asociados organizarán
de las mismas.
una nueva entidad Administradora sostenible del Sistema de Agua, de
Art. 62.- Las situaciones que no sean solventadas por la Asocia-
Abastecimiento de Agua y de acuerdo a las regulaciones y leyes vigentes
ción serán resueltas con el apoyo de Organismos Locales, Nacionales o
en el país.
Internacionales según sea la situación.
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acuerdo a los intereses mayoritarios de los usuarios (as) del servicio de
Art. 56.- Agotados los recursos de la creación de una nueva Ad-
ministración, con pruebas testimoniales escritas de los procesos que se
Art. 63.- Los presentes Estatutos, entrarán en vigencia, ocho días
después de su publicación en el Diario Oficial.
siguieron y que los resultados no fueron favorables, según el artículo
anterior, La Municipalidad de Jujutla y los Usuarios (as) del Sistema de
Agua, podrán solicitar la intervención de una Institución u Organización
que les apoye en la organización de la nueva entidad administradora.
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE ESTA VILLA
Art. 57.- Si la Asociación se disuelve deberán crearse los documentos legales que garanticen la liquidación de la misma y conservará
su Personalidad Jurídica hasta el momento de la liquidación.
CERTIFICA: Que en la Acta número catorce de fecha veinte de
noviembre de dos mil seis, se encuentra inserto el Acuerdo Municipal que
literalmente dice: ACUERDO NÚMERO TRES.- El Concejo Municipal,
en uso de las facultades legales, que le confiere el Código Municipal
vigente y Considerando: I) Que la Asociación Comunal Administradora
TÍTULO VI
Disposiciones Generales
del Sistema de Agua Potable, Salud y Medio Ambiente, del cantón Las
Mesas”, Municipio de Jujutla, Departamento de Ahuachapán que se
abrevia “ACASAPBD”, obtuvo su personería jurídica con fecha dieciséis
del mes de diciembre de dos mil cuatro y sus Estatutos compuestos de
sesenta y un artículos, fueron publicados en el Diario Oficial Número
Capítulo Único
Doscientos Treinta y cinco Tomo Trescientos sesenta y cinco, de fecha
dieciséis de diciembre de dos mil cuatro, los cuales han sido modificados
a efecto de adecuarlos para legalizar la Administración del sistema de
agua; y II) Que los Estatutos modificados de la expresada Asociación
asistencia de al menos el 90 % de los Asociados (as) Activos registrados,
constan de sesenta y tres artículos, y no encontrando en ellos ninguna
y el voto favorable de al menos las tres cuartas partes. En Asamblea
disposición que contraríe la Ley, el Orden Público ni las buenas costum-
General Extraordinaria para tal efecto, además deberá seguir todos los
bres, por unanimidad ACUERDA: Aprobar los Estatutos de la “Asociación
procedimientos legales efectuados en la constitución de la Asociación,
Comunal Administradora del Sistema de Abastecimiento de Agua Potable
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Art. 58.- Para modificar los presentes Estatutos será necesario la
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lo cual se describe en el Reglamento Interno.
Salud y Medio Ambiente “BENDICIÓN DE DIOS” del Cantón Las
Mesas del Municipio de Jujutla del Departamento de Ahuachapán, que
se abrevia “ACASAPBD”: EN CONSECUENCIA CONTINÚE DICHA
Art. 59.- Todo lo relativo al orden interno de la asociación no com-
Asociación gozando de la calidad de persona Jurídica; publíquese este
prendido en estos Estatutos se establecerá en el Reglamento Interno de
Acuerdo en el Diario Oficial juntamente con un ejemplar de los citados
la misma, el cual deberá ser elaborado y/o modificado o derogado por la
Estatutos, para los efectos legales consiguientes.- Certifíquese.-
Junta Directiva, Junta de Contraloría y aprobado con la asistencia de al
Es conforme con su original con la cual fue confrontada y para
menos el cincuenta por ciento más uno de los (as) asociados (as) Activos
los efectos de ley, se extiende la presente en la Alcaldía Municipal de
(as) y con la aprobación de las tres cuartas partes de los asistentes en
Jujutla, a ocho de enero de dos mil siete.
Asamblea General en sesión extraordinaria.
VÍCTOR MANUEL MARTÍNEZ JIMÉNEZ,
Art. 60.- La Asociación llevará sus libros de Registros de Asociados
ALCALDE MUNICIPAL.
(as), de Usuarios (as), Actas de Asambleas Generales, Actas de Junta
Directiva, Actas de Junta de Contraloría y Registros Contables.
(Registro No. A033790)
DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 18 de Enero de 2007.
La Asamblea General de la Asociación Comunal “Las Américas” del
Municipio de San Salvador, CONSIDERANDO:
41
Art. 3.- Se reforma el Art. 18, de la siguiente forma: Las reuniones
de Asamblea General Ordinaria deberán celebrarse cada seis meses y
extraordinarias cuando sean convocadas por la Junta Directiva a iniciativa
propia o a petición de por lo menos la mitad de los asociados.
I.
Que esta Asociación Comunal fue constituida legalmente
el día veintitrés de noviembre de mil novecientos noventa,
III.
Art. 4.- Se reforma el Art. 19, de la siguiente forma: Las convocatorias para las reuniones ordinarias o extraordinarias de Asamblea
Número dieciséis, inscrita bajo el número veinticuatro, del
General las hará el Secretario de la Junta Directiva, por medio de dos
Libro de Asociaciones Comunales de la Municipalidad de
avisos, siendo el primero con diez días y el segundo con cinco días de
San Salvador.
anticipación a la fecha indicada.
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II.
aprobados sus Estatutos en todas sus partes confiriéndole el
carácter de persona Jurídica mediante el Acuerdo Municipal
Que ciertas disposiciones contenidas en los Estatutos de la
Si la sesión no se celebrase el día y la hora señalados en la convo-
mencionada Asociación, no responden a la realidad que en
catoria por falta de quórum, fuerza mayor o caso fortuito, se hará nueva
su funcionar enfrenta la Asociación Comunal, lo cual obs-
convocatoria en el acto, para que en un periodo máximo de siete días
taculiza el buen funcionamiento de la misma, por lo que es
contados a partir del día siguiente del que se debió realizar la sesión, se
conveniente regular más eficazmente su accionar;
celebre la Asamblea y las resoluciones se tomarán con los votos de las
Que según lo establecido en los artículos tres, numeral dos y
tres cuartas partes del quórum establecido.
cincuenta de la Ordenanza Reguladora de las Asociaciones
Comunales del Municipio de San Salvador y cuarenta y nueve
de los Estatutos vigentes que rigen esta Asociación Comunal,
Art. 5.- Se reforma el Art. 24, de la siguiente forma: La Junta
Directiva estará integrada por los siguientes cargos:
es facultad de la Asamblea General acordar la modificación
a los Estatutos de Asociados de la Asociación Comunal “Las
Américas” reunida en Sesión Extraordinaria celebrada el día
tres de junio de dos mil cinco, se tomó el acuerdo de Reformar
a)
Presidente.
b)
Secretario.
c)
Tesorero.
d)
Síndico, y
e)
Dos Vocales.
sus Estatutos;
POR TANTO;
En el uso de sus facultades y a iniciativa de la Asamblea General,
se decreta lo siguiente:
Además se elegirán a dos Suplentes, quienes en caso de ausencia
temporal de cualquiera de los miembros de la Junta directiva, retomarán
el cargo para sustituirlo.
REFORMA DE ESTATUTOS
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DE LA ASOCIACION COMUNAL “LAS AMERICAS”
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Estos requieren se reformen los siguientes artículos, los que que-
darían redactados de la siguiente manera:
Art. 6.- Se reforma el Art. 27, de la siguiente forma: Las Resolu-
ciones de la Junta Directiva serán aprobadas por lo menos por cuatro de
sus Miembros; en caso de empate, el Presidente o quien lo represente
tendrá voto de calidad.
Art. 1.- Se reforma el Art. 5, de la siguiente forma: La dirección de
la Asociación estará a cargo de la Asamblea General y la Junta Directiva.
Art. 7.- Se reforma el Art. 30, inciso uno, de la siguiente forma:
La Junta Directiva, designará dentro de su seno a un miembro a fin de
Para ser Miembro de la Junta Directiva es requisito indispensable ser
que ejerza las funciones de Administrador.
mayor de 18 años de edad; no así el Presidente y el Síndico quienes
deberán ser mayores de 21 años, saber leer y escribir.
Art. 2.- Se reforma el Art. 9, inciso 2, de la siguiente forma: En
cada asiento se indicará el nombre y las generales del inscrito a saber:
Art. 8.- Se reforma el Art. 34, inciso c), de la siguiente forma:
edad, residencia, Documento Único de Identidad Personal, fecha de
Coordinar las actividades que se realicen por la Junta Directiva y sus
ingreso, etc.
respectivos Comités de Apoyo.
42
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 374
Art. 9.- Se reforma el Art. 35, inciso uno, de la siguiente forma:
Son atribuciones del Secretario:
Dado en la Asociación Comunal “Las Américas” del Municipio de
San Salvador, a los veintisiete días del mes de octubre de dos mil seis.
Art. 10.- Se agrega al art. 35, los literales siguientes:
g)
Convocar a sesiones Ordinarias o Extraordinarias de Asamblea General de la manera prescrita en el artículo 19 de estos
estatutos.
Recibir y despachar la correspondencia de la Asociación.
Ref: SE-121206-13.1
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SECRETARIA
ASUNTO: Ratificando reforma de estatutos.
Art. 11- Se suprime el artículo 37.
Art. 12.- Se reforma el Art. 38, de la siguiente forma: El Síndico de
la Asociación tendrá a su cargo la representación judicial y extrajudicial
de la misma función que ejecutará ya sea en forma conjunta o separada
con el Presidente de la Junta Directiva.
FECHA: Diciembre 18, 2006.
Con instrucciones de la señora Alcaldesa atentamente transcribo
el acuerdo tomado en la sesión extraordinaria celebrada el día doce de
diciembre del presente año, que dice:
“13.1) El Concejo Municipal CONSIDERANDO que con el pro-
pósito de adecuar sus estatutos a la nueva Ordenanza Reguladora de las
Art. 13.- Se suprime el artículo 40.
Asociaciones Comunales del Municipio de San Salvador, la Asociación
Comunal “Las Américas”, en fecha 3 de junio de 2005, celebró asamblea
general extraordinaria, en la cual, ante la presencia de la Delegada Muni-
Art. 14.- Se suprime el artículo 41.
cipal Licenciada María Victoria Torres, se acordó reformar los estatutos
de dicha asociación; y en Asamblea General extraordinaria celebrada
el día 27 de octubre del presente año, ante la presencia del Delegado
Art. 15.- Se suprime el artículo 42.
Municipal Licenciado Nolberto Osmín Cunza López, se aprobaron las
reformas a los Estatutos, las cuales constan de dieciocho artículos.
Art. 16- Se reforma el artículo 43, de la forma siguiente: Deberá
constituirse un Comité de Vigilancia de la Asociación, el cual estará
Por tanto, ACUERDA:
integrado por tres Miembros Propietarios y un suplente; quienes tendrán
acceso a todas las gestiones, operaciones, trabajos, libros, documentos;
1-
“Las Américas”.
y también podrán inquirir sobre el trabajo que realicen los Comités de
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Apoyo. Los integrantes de este comité serán electos de entre los Miembros
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que asistan a la Asamblea General Extraordinaria en la que se elija a la
Ratificar la reforma de los Estatutos de la Asociación Comunal
2-
Ordenar la publicación de los Estatutos reformados en el
Diario Oficial.
D
Junta Directiva.
Comuníquese.”
Art. 17- Se reforma el artículo 45, de la forma siguiente: El Presidente y el Tesorero tendrán que responder personal y solidariamente
por los movimientos de cuentas bancarias de la Asociación cuando se
excedan de los límites de su cargo.
Lic. JAVIER TRANSITO BERNAL GRANADOS,
SECRETARIO MUNICIPAL.
Art. 18- Se reforma el artículo 46, de la forma siguiente: La Junta
Directiva tendrá la obligación de rendir informes de sus actuaciones cada
seis meses a la Asamblea General.
(Registro No. A033803)
DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 18 de Enero de 2007.
43
SECCION CARTELES OFICIALES
DE PRIMERA PUBLICACIÓN
DECLARATORIA DE HERENCIA
CARLOS WILFREDO GARCIA AMAYA, JUEZ DE LO CIVIL DEL
DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO.
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AVISA: Que por resolución proveída en este Tribunal a las ocho
horas y cuarenta y ocho minutos del día veinticuatro de octubre de dos
mil seis, en las presentes diligencias de aceptación de herencia intestada
del causante JOSÉ SALOMÓN TORRES GARCÍA, promovidas por la
abogada MARÍA TERESA MURCIA BONILLA conocida por MARÍA
TERESA MURCIA DE POSADA, en su calidad de Agente Auxiliar del
señor Procurador General de la República en nombre y representación
de la señora ZULMA DEL CARMEN TORRES GARCÍA y del menor
JOSÉ LUIS TORRES CHAMUL; la primera en su calidad de cesionaria
de los derechos hereditarios que como madre de la causante le correspondían a la señora Blanca Alicia Torres; y el segundo en su calidad
de hijo del causante, representado legalmente por su madre señora Ena
Maritza Chamul Melgar; se ha declarado Herederos ABINTESTATO y
con beneficio de inventario de la herencia intestada que a su defunción
dejó el señor JOSÉ SALOMÓN TORRES GARCIA, quien fue de veintitrés años de edad, Soltero, originario y del domicilio de San Martín,
de nacionalidad salvadoreña, hijo de Saturnino García y Blanca Alicia
Torres, quien falleció el día veintiuno de Octubre de dos mil cinco; a la
señora ZULMA DEL CARMEN TORRES GARCIA y del menor JOSÉ
LUIS TORRES CHAMUL; la primera en su calidad de cesionaria de los
derechos hereditarios que como madre de la causante le correspondían
a la señora Blanca Alicia Torres; y el segundo en su calidad de hijo del
causante, representado legalmente por su madre señora Ena Maritza
Chamul Melgar.
de la señora MARIA LUISA RAMIREZ VIUDA DE CRUZ, conocida
por, MARÍA LUISA RAMIREZ y por MARIA LUISA RAMÍREZ
DE CRUZ, en su calidad de madre del causante, y como cesionaria de
los derechos hereditarios que en calidad de padre del causante correspondían al señor FELIPE CANJURA, la Sucesión Intestada que a su
defunción dejó el señor ELMER BALTAZAR RAMIREZ CANJURA,
quien fue de veintisiete años de edad, Soltero, hijo de los señores MARÍA
LUISA RAMÍREZ VIUDA DE CRUZ, conocida por, MARIA LUISA
RAMIREZ y por MARÍA LUISA RAMIREZ DE CRUZ, y FELIPE
CANJURA, originario de Nejapa, de nacionalidad salvadoreña, quien
falleció el día dos de mayo de dos mil cinco, y cuyo último domicilio
fue Soyapango.
Confiérese a la aceptante declarada la representación y administración INTERINA de la sucesión con las facultades y restricciones de
los Curadores de la Herencia Yacente.
Cítese a los que se crean con derecho a la Sucesión para que dentro
del término de ley se presenten a deducir sus derechos.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos legales
consiguientes.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a los catorce
horas del día veinticuatro de octubre de dos mil seis.- Lic. CARLOS
WILFREDO GARCIA AMAYA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. MARIA
ESTELA SORIANO NAVARRETE, SECRETARIA.
Of. 3 v. alt. No. 69-1
Se ha conferido a los herederos declarados la representación y
administración DEFINITIVA de la herencia intestada.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
ley.
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Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las quince
horas y treinta y siete minutos del día veinticuatro de octubre de dos
mil seis.- Lic. CARLOS WILFREDO GARCIA AMAYA, JUEZ DE
LO CIVIL.- Licda. MARIA ESTELA SORIANO NAVARRETE,
SECRETARIA.
Of. 1 v. No. 68.
ACEPTACION DE HERENCIA
CARLOS WILFREDO GARCIA AMAYA, JUEZ DE LO CIVIL DEL
DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal a las
diez horas tres minutos del día veinticuatro de octubre de dos mil seis, se
ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de parte
HERENCIA YACENTE
YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA
TECLA, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a
las doce horas treinta y cinco minutos del día diez de marzo del corriente
año, se ha declarado yacente la herencia que a su defunción dejó el
causante, señor MARCIAL LAZARO BLANCO CAMPOS, ocurrida
el día diez de diciembre de dos mil cinco, en esta Ciudad, lugar de su
último domicilio; y se ha nombrado Curadora de la misma, a la Licenciada MARIA LUISA ROSALES CASTRO, quien es mayor de edad,
Abogada, del domicilio de esta Ciudad.Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las catorce
horas quince minutos del día veinte de marzo de dos mil seis.- Lic.
YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- Br. KARINA VANESSA SILVA DE SOMOZA, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 70-1
44
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 374
DE SEGUNDA PUBLICACIÓN
ACEPTACIÓN DE HERENCIA
TITULO SUPLETORIO
LIC. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA PRIMERO DE
PRIMERA INSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPARTAMENTO DE MORAZÁN.
MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL, DE ESTE DISTRITO
HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado BENJAMIN ERNESTO RIVAS SERMEÑO, en su carácter de
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HACE SABER: Que por resolución pronunciada en este Juzgado,
a las quince horas y treinta y cinco minutos de este día, se ha tenido
por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de parte de
la señora EUSEBIA LAZO, la herencia que en forma intestada dejó la
señora JOSEFA LAZO DE DÍAZ, conocida por JOSEFA LAZO, quien
fue de ochenta y cuatro años de edad, soltera, Ama de Casa, originaria
de Lolotiquillo, departamento de Morazán, hija de CAYETANA DÍAZ
y FÉLIX LAZO, quien falleció el día veintiuno de agosto de dos mil
cinco, en el Cantón Gualindo Arriba de la jurisdicción de Lolotiquillo,
departamento de Morazán; siendo ese lugar su último domicilio; en
concepto de hija de la referida causante.- Se le ha conferido a la referida
aceptante en la calidad expresada, la administración y representación
INTERINA de dicha sucesión, con las facultades y restricciones de los
curadores de la herencia yacente.- Y cita a las personas que se crean con
derecho a la herencia, para que se presenten a este Juzgado a deducirlo
dentro del término de quince días contados desde el siguiente a la tercera
publicación de este edicto.
JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
Juzgado Primero de Primera Instancia: San Francisco Gotera, a
las quince y cuarenta minutos del día veintitrés de noviembre de dos
mil seis.- Lic. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA 1º DE 1ª
INSTANCIA.- Br. YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZÚNIGA,
SECRETARIA.
Agente Auxiliar, en nombre del señor Fiscal General de la República,
y en representación del Estado y Gobierno de El Salvador en el Ramo
de Obras Públicas; Solicitando se le extienda Título Supletorio de un
inmueble de naturaleza rústica, situado en Cantón Palacios, jurisdicción
del Municipio de San Rafael Cedros, de este Departamento, de la extensión superficial de DIECISIETE AREAS, de las medidas y colindancias
siguientes: AL NORTE: Línea B-C, recta de veinte punto cincuenta metros
de longitud y rumbo norte treinta y dos grados cuarenta y ocho punto
noventa y cinco metros Este, colindando con Carretera Interamericana
de por medio, con terreno de Salvador Orellana; ESTE; Línea C-D,
curva de cuarenta y cuatro punto cero dos metros de longitud y radio
cuatrocientos seis punto noventa y siete metros colindando con el resto
del terreno propiedad del vendedor, lado izquierdo del proyecto; SUR:
línea D-E, recta de cincuenta y uno punto sesenta metros de longitud y
rumbo sur cuarenta y cuatro grados diez punto sesenta y cuatro minutos Oeste, colindando con terreno que fue de EMILIO CRUZ, hoy de
Erlinda Ramírez, ocupado por el Derecho de Vía; OESTE: Línea E-A,
recta de diez punto noventa metros de longitud y rumbo norte cincuenta
grados cincuenta y siete punto cuarenta y nueve minutos Oeste: línea
Of. 3 v. alt. No. 59-2
A-B, recta de trece metros veinticinco centímetros de longitud y rumbo
norte cincuenta grados, cincuenta y siete punto cuarenta y nueve minutos
oeste, colindando con terreno que fue de Salvador Orellana hoy de Emilio
Cruz, camino vecinal o calle vieja de por medio, siendo “B” el punto
donde finaliza esta descripción con novecientos ochenta y ocho metros
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a
las diez horas veinte minutos del día ocho de noviembre del presente año,
se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la
herencia intestada dejada a su defunción por el causante señor RICARDO
PALACIOS, ocurrida el día diecinueve de diciembre de mil novecientos
noventa y nueve, siendo esta ciudad el lugar de su último domicilio, de
parte de los señores GLORIA YULIANA PALACIOS RODRÍGUEZ,
CLAUDIA LISSETH PALACIOS RODRÍGUEZ y JOSÉ RICARDO
PALACIOS RODRÍGUEZ, en su calidad de hijos del causante; y se ha
conferido a los aceptantes, la administración y la representación interinas
de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la
herencia yacente.
equivalentes a mil cuatrocientos varas cuadradas, tres centésimos de
Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las catorce
horas dos minutos del día veintisiete de noviembre de dos mil seis.- Lic.
YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- Br. KARINA
VANESSA SILVA DE SOMOZA, SECRETARIA.
y treinta y cinco minutos del día doce de noviembre del año dos mil
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YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA
TECLA, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
Of. 3 v. alt. No. 60-2
cuadrados veintiocho decímetros cuadrados de extensión superficial
vara cuadradas, Dicho inmueble lo adquirió El Estado de El Salvador
en el Ramo de Obras Públicas, por compraventa que le hicieran al señor
JOSE ORLANDO MARTINEZ, el día diez de junio de mil novecientos
ochenta y uno; por lo que dicha posesión data de más de diez años de
poseerlo en forma quieta, pacífica e ininterrumpidamente, no está en
proindivisión, no tiene nombre especial alguno, no es dominante, pero
si sirviente y lo valúa por la cantidad de NOVENTA Y SEIS DOLARES
CON NOVENTA Y SEIS CENTAVOS DE DOLAR.-
Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las quince horas
seis.- Lic. MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic.
JOSE ORLANDO BELTRAN MEJIA, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 57-2
DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 18 de Enero de 2007.
Licenciado JORGE ALBERTO GUZMÁN URQUILLA, Juez Segundo
de Primera Instancia de este Distrito Judicial, al Público para efectos
de Ley,
Antonia Rodríguez, el señor Ermelindo Guevara, divide brotones de
izote y cerco de alambre; AL ORIENTE, mide once metros con sesenta
centímetros, colinda con la señora Santos Gómez Díaz, divide cerco
de alambre y árboles de cacao, de nance y otros; AL SUR, mide ciento
cincuenta y nueve metros con veinte centímetros, colinda con la señora
Elvira Nolasco, divide mojones de piedra y árboles de mayo, con el
señor Cristino Rodríguez Gómez, divide mojones de piedra haciendo
una curva hacia arriba, divide con brotones de izote, cerco de alambre
del solicitante; AL PONIENTE, mide setenta y cinco metros con sesenta
centímetros, colinda con la sucesión de la señora Prudencio Nolasco,
divide árboles de cacao de nance y otros, hasta llegar a una quebrada de
agua, colindando con la señora Nenancia Gómez, divide por quebrada
de agua, hasta llegar donde comenzó.
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HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado, la Licenciada
GLORIA ESTELA AMAYA GÓMEZ, como Apoderado General Judicial
del señor JOSÉ INÉS NOLASCO RODRÍGUEZ, a solicitar a su favor
TITULO SUPLETORIO sobre dos inmuebles de naturaleza rústica, situados en el Cantón Casa Blanca, Caserío El Volcán de la jurisdicción
de Perquín.- EL PRIMERO de la extensión superficial de DIECISIETE
MIL TRESCIENTOS SIETE METROS CUADRADOS SETENTA Y
OCHO DECÍMETROS CUADRADOS.- De las medidas y colindancias
siguientes: AL NORTE, mide ciento ochenta y nueve metros con cero
cinco decímetros, colinda con el solicitante y de la señora Sebastiana
Rodríguez, con mojón de piedra y cerco de alambre; ORIENTE, mide
noventa y un metros, colinda con la señora Santos Gómez Díaz y Elvira
Nolasco, cerco de alambre; AL SUR, mide ciento cincuenta y dos metros, colinda con la señora Margarita García, divide cerco de alambre
de por medio; y AL PONIENTE, mide ciento doce metros, colinda con
Sebastiana Rodríguez, divide una barranquilla y con el señor Saturnino
Nolasco, divide mojones de piedra y cerco de alambre del colindante.- EL
SEGUNDO: de la extensión superficial de MIL QUINIENTOS TRECE METROS CUADRADOS OCHENTA Y CUATRO DECÍMETROS
CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes: AL NORTE,
mide ciento treinta y nueve metros con sesenta centímetros, colinda con
terrenos de María Saturnina Rodríguez, Sebastiana Rodríguez, María
45
Se estima los inmuebles descritos en el precio de el primero por
la cantidad de CINCO MIL DÓLARES, lo adquirió por compraventa
verbal que le hizo la señora VALENTINA DÍAZ MOLINA; y el segundo
por DOS MIL DÓLARES y lo adquirió por medio Compraventa verbal
que le hizo la señora AGUSTINA DÍAZ.
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia; San Francisco
Gotera, a las cinco de octubre del dos mil seis.- Lic. JORGE ALBERTO
GUZMÁN URQUILLA, JUEZ 2º DE 1ª INSTANCIA.- Licda. ROSA
ERMELINDA GUTIÉRREZ SÁNCHEZ, SECRETARIA.
Of. 3 v. alt. No. 61-2
DE TERCERA PUBLICACIÓN
ACEPTACION DE HERENCIAS
EL INFRASCRITO JUEZ, AL PUBLICO: para los efectos de Ley
AVISA: Que por resolución de las diez horas y veinte minutos
de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de
inventario en la herencia intestada que dejó al fallecer el señor SANTOS
LÓPEZ BATRES, el día catorce de agosto del año dos mil uno, en la
población de San Francisco Javier, lugar de su último domicilio, de parte
de la señora MARIA DINORA PINEDA LÓPEZ, ésta en calidad de hija
del causante.
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Confiéresele a la aceptante la Administración y representación
Interina de la sucesión intestada con las facultades y restricciones de
Ley.
expresamente, con beneficio de inventario, la herencia intestada que a su
defunción, ocurrida a las diez horas del día dos de julio de mil novecientos
ochenta y ocho, en el Cantón Las Cruces de esta jurisdicción, siendo su
último domicilio la ciudad de Chalchuapa; dejó el señor JOSÉ ALBERTO
MEJIA, quien fue de ochenta y dos años de edad, soltero, jornalero; de
parte de los señores JUAN JOSÉ PINEDA MEJIA, JACOBO PINEDA
MEJIA y ANÍBAL SABINO PINEDA MEJIA, en su calidad de hijos
del expresado causante; a quienes se les nombra INTERINAMENTE
administradores y representantes de la sucesión, con las facultades y
restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Se cita a todas las personas que se crean con derecho a la herencia, para que se presenten a este Juzgado, a deducirlo en el término de
quince días, contados desde el siguiente a la tercera publicación de este
edicto.
Juzgado de lo Civil: Chalchuapa, a las ocho horas cuarenta y
siete minutos del día trece de diciembre de dos mil seis.- Lic. HENRY
EDMUNDO MACALL ZOMETA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. HENRY
OVIDIO GARCÍA RODRÍGUEZ, SECRETARIO.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia; Jiquilisco, a los cinco
días del mes de septiembre de dos mil seis.- Lic. MANUEL DE JESÚS
SANTOS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Licda. SILVIAYANETH
MEJÍA H., SECRETARIA.
Of. 3 v. alt. No. 44-3
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Publíquese los edictos correspondientes, citando a los que se crean
con derecho a la herencia para que se presenten a deducirlo en el término
de Ley.
Of. 3 v. alt. No. 43-3
HENRY EDMUNDO MACALL ZOMETA, JUEZ DE LO CIVIL DEL
DISTRITO JUDICIAL DE CHALCHUAPA.
HACE SABER: Al público para los efectos de Ley, que por resolución proveída por este Tribunal, a las diez horas cuarenta y dos minutos
del día once de diciembre de dos mil seis, se ha tenido por aceptada
JOSÉ HERNÁN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE METAPAN,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal a las
ocho horas con veinte minutos del día ocho de diciembre de dos mil seis,
se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la
herencia intestada dejada por el causante CARLOS ABRAHAM VIDAL
AGUIRRE, quien fue de veintiséis años de edad, Agricultor, fallecido el
día diez de junio de dos mil dos, siendo la ciudad de Metapán su último
46
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 374
domicilio, por parte del señor PABLO ISMAEL AGUIRRE FLORES
en calidad de PADRE del referido causante.- En consecuencia, se le
confiere INTERINAMENTE al expresado heredero la administración
y representación de la sucesión con las facultades y restricciones que la
Ley confiere a los curadores de la herencia yacente.
Se cita a las personas que se crean con derecho a la herencia para
que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días
contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.
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Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las quince horas
treinta minutos del día quince de diciembre de dos mil seis.- Lic. JOSÉ
HERNÁN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. MARIA
LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIO.
de dos terrenos rústicos situados en el Cantón El Cerrito de esta Jurisdicción y departamento de Usulután que forman un solo cuerpo, siendo
el primero de una extensión superficial de MIL QUINIENTOS VEINTIOCHO PUNTO SESENTA Y TRES METROS CUADRADOS, tiene
las colindancias siguientes: AL NORTE: Juan Mateo Cardona Muñoz;
AL ORIENTE: Simón de Jesús Cortez, María Berta Mendoza López;
AL SUR: Andrés de Jesús Portillo; y AL PONIENTE: María Antonia
Padilla, Alberto Antonio Castillo, calle de por medio; Y EL SEGUNDO:
de una extensión superficial de TRESCIENTOS SETENTA METROS
CUADRADOS; tiene las colindancias siguientes: AL NORTE: Alberto
Antonio Castillo Luna; AL ORIENTE: Alberto Antonio Castillo Luna;
AL SUR: Andrés de Jesús Portillo; y AL PONIENTE: María Zoilo Luna
de Jiménez; que formando un solo cuerpo suman la extensión superficial
de MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y OCHO PUNTO SESENTA
Y TRES; con las colindancias siguientes: AL NORTE: Juan Mateo
Cardona Muñoz; al ORIENTE: Simón de Jesús Cortés, María Berta
Mendoza López; AL SUR: Andrés de Jesús Portillo; y al PONIENTE:
María Antonia Padilla, Alberto Antonio Castillo, María Zoilo Luna de
Jiménez, calle de por medio; el terreno antes descrito no es dominante ni
sirviente ni está en proindivisión con nadie y no tiene cargas o derechos que
pertenezcan a terceras personas, desde su adquisición.- Dicho inmueble
mi representado lo obtuvo por posesión material por más de diez años,
y posee dicho inmueble desde el año de mil novecientos sesenta y tres
hasta la fecha de manera quieta, pacífica e ininterrumpida, realizando
actos de legítimo dueño, tales como sembrar árboles frutales, limpiarlo
y reparar sus cercas, a quien todo el vecindario reconoce como legítimo
dueño del inmueble antes descrito, pero carece de Antecedente Inscrito;
Dicho inmueble está valuado en mil dólares de los Estados Unidos de
América.-
Of. 3 v. alt. No. 45-3
CARLOS WILFREDO GARCÍA AMAYA, JUEZ DE LO CIVIL DEL
DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal, a
las diez horas y veintinueve minutos del día doce de junio del corriente
año, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario
la sucesión intestada que a su defunción dejó el señor GUILLERMO
ARTURO VALIENTE GONZÁLEZ, quien fue de cincuenta y un años
de edad, Soltero, originario de la ciudad y Departamento de San Salvador, de este domicilio, de nacionalidad salvadoreña, hijo de Emilia
González y Guillermo Valiente, quien falleció el día dieciocho de febrero
de dos mil cinco; de parte de la señora SILVIA RAQUEL VALIENTE
ORELLANA, en su calidad de hija del causante.
Se ha conferido a la aceptante la representación y administración
INTERINA de la herencia intestada, con las facultades y restricciones
de los Curadores de la Herencia Yacente.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, treinta de noviembre
del dos mil seis.- Lic. JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO
CIVIL.- Licda. MIRNA MARISOL SIGARAN HERNANDEZ,
SECRETARIA.
Cítase a los que se crean con derecho a la herencia para que se
presenten a este Tribunal dentro de los quince días subsiguientes después
de la última publicación de este Edicto.
Of. 3 v. alt. No. 47-3
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
ley.
Of. 3 v. alt. No. 46-3
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Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las quince horas
y veintisiete minutos del día doce de junio de dos mil seis.- Lic. CARLOS
WILFREDO GARCÍA AMAYA, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. MARIA
ESTELA SORIANO NAVARRETE, SECRETARIA.
TITULOS SUPLETORIOS
EL INFRASCRITO JUEZ DE LO CIVIL: Al público para los efectos
de Ley.
HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado la Licenciada
SONIA DEL CARMEN MONTERROSA QUINTANILLA, mayor de
edad, Abogado y Notario de este domicilio, en su calidad de Agente
Auxiliar del Procurador General de la República, en nombre y representación del señor ALBERTO ANTONIO CASTILLO, conocido por
ALBERTO ANTONIO CASTILLO LUNA, de cincuenta y ocho años de
edad, Jornalero, Soltero, de este domicilio; solicitándole título supletorio
EL INFRASCRITO JUEZ, AL PÚBLICO
HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado la Lic.
SONIA DEL CARMEN MONTERROSA QUINTANILLA, como
Agente Auxiliar de la Procuraduría General de la República, Agencia
Usulután, representando al señor JOSE ANGEL OLIVA MARTINEZ,
quien es de cuarenta y ocho años de edad, agricultor en pequeño, del
domicilio de Jiquilisco, residente en el Planón, Cantón El Coyolito, con
documento único de identidad número cero uno nueve nueve tres dos
cuatro nueve - dos; solicitando TITULO SUPLETORIO, de un terreno
de naturaleza rústica, el cual está ubicado en el Cantón El Coyolito,
Municipio de Jiquilisco, Distrito y Departamento de Usulután, quien
tiene las colindancias siguientes: AL ORIENTE: linda con propiedad
de la señora Olinda Araceli Ayala, AL NORTE: con terreno de la señora
Olinda Araceli Ayala, AL PONIENTE: con terreno de Olinda Araceli
Ayala, AL SUR: con terreno de Ana Ytolia Morales, cuya capacidad superficial es de catorce mil treinta y cinco metros cuadrados, denominada
como Parcela: cero cero sesenta y tres punto cero uno, y que lo adquirió
por Posesión material por más de diez años y posee dicho inmueble de
manera quieta, pacífica, e ininterrumpida, realizando actos de legítimo
dueño.-
DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 18 de Enero de 2007.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Jiquilisco, a los
seis días del mes de diciembre de dos mil seis.- Lic. MANUEL DE
JESUS SANTOS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Lic. SILVIA
YANET MEJIA HERNANDEZ, SECRETARIA.
Of. 3 v. alt. No. 48-3
JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL
DISTRITO JUDICIAL DE METAPAN,
PUNTO VEINTISEIS CENTIMETROS CUADRADOS, que MIDE Y
LINDA: AL NORTE, un tramo de ciento ochenta y tres metros, con el
señor CRUZ FRANCISCO BARRIENTOS RAMOS; AL ORIENTE,
un tramo de cincuenta y seis metros, con el señor JOSE GUMERCINCO LANDAVERDE: AL SUR, un tramo de ciento noventa y cuatro
metros, con el señor ROBERTO LANDAVERDE GALDAMEZ; y AL
PONIENTE: un tramo de cincuenta y cinco metros con el señor JUAN
VICENTE HERNANDEZ, callejón de cinco metros de por medio.Dicho inmueble no es predio dominante, ni sirviente, ni se encuentra
en proindivisión con persona alguna, y lo valúa en la cantidad de UN
MIL DOLARES.-
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HACE SABER: Atentamente hago de su conocimiento que a este
Juzgado se ha presentado el señor CARLOS DE JESUS INTERIANO, de
cincuenta años de edad, jornalero, del domicilio de la Población de Santa
Rosa Guachipilín, a través de su procurador Licenciado REMBERTO
ANTONIO RAMIREZ AMAYA, solicitando que se extienda a favor
de su representado Título Supletorio, de dos inmuebles de naturaleza
rústica situados en Cantón San José Capulín, jurisdicción de Santa Rosa
Guachipilín, el primer inmueble contiene una casa de adobe, y agua potable, de una extensión superficial de SEISCIENTOS DIECISEIS PUNTO
SETENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS, que mide y linda: AL
NORTE, un tramo de veintitrés metros colindando con el señor David
Galdámez; AL ORIENTE, un tramo de veinticinco metros colindando con
el señor José Adalberto Galdámez, callejón de por medio; AL SUR, un
tramo de veinticinco metros colindando con el señor Juan Antonio Vicen
Sánchez; AL PONIENTE, un tramo de dieciocho metros colindando con
el señor Genaro Vicen; El segundo inmueble de una extensión de SIETE
MIL TREINTA Y CINCO METROS CUADRADOS, que mide y linda:
AL NORTE, un tramo de noventa y seis metros, colindando con el señor
Efraín Martínez; AL ORIENTE, un tramo de ochenta y cinco metros
colindando con el señor Francisco Umaña Aguilar, con servidumbre
de tránsito; AL SUR, un tramo de ciento cinco metros colindando con
los señores Felipa Umaña de Aguilar y Francisco Umaña Aguilar; AL
PONIENTE, un tramo de cincuenta y cinco metros, colindando con el
señor Jesús Martínez.-
47
Dichos inmuebles sí son predios dominantes y no sirvientes,
ni se encuentran en proindivisión con persona alguna, y los valúa el
primero en la cantidad de QUINIENTOS DOLARES y el segundo en
OCHOCIENTOS DOLARES.-
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de
Ley.-
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Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las once horas con
treinta y tres minutos del día quince de diciembre del dos mil seis.- Lic.
JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic.
MARIA LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 49-3
JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE METAPAN,
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la señora
REINA ISABEL GUEVARA DE ORELLANA, de cuarenta y dos años
de edad, doméstica, de este domicilio, a través de su procurador Licenciado REMBERTO ANTONIO RAMIREZ AMAYA, solicitando que
se extienda a favor de su poderdante Título Supletorio de un inmueble
de naturaleza rústica, situado en el Caserío Buena Vista, Cantón Las
Piedras, de esta jurisdicción; de una extensión superficial de DIEZ MIL
CUATROCIENTOS SETENTA Y CINCO METROS CUADRADOS
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de
ley.-
Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las ocho horas del
día veinticinco de octubre del dos mil seis.- Lic. JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. MARIA LETICIA
FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 50-3
JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE METAPAN,
HACE SABER: Atentamente hago de su conocimiento que a este
Juzgado se ha presentado el señor ROBERTO AGUILAR ROSALES, de
cincuenta y cinco años de edad, agricultor, de este domicilio, a través de
su procurador Licenciado REMBERTO ANTONIO RAMIREZ AMAYA,
solicitando que se extienda a favor de su representado Título Supletorio
de un inmueble de naturaleza rústica, situado en Caserío Los Aguilares
del Cantón La Ceibita de esta jurisdicción, de una extensión superficial
de SEISCIENTOS VEINTIDOS PUNTO CERO CIENTO CUATRO
METROS CUADRADOS, que mide y linda: AL NORTE, seis tramos,
el primero de dos metros con ochenta y cinco centímetros; el segundo
de nueve metros con setenta centímetros, el tercero de siete metros con
treinta y siete centímetros, el cuarto de nueve metros con ochenta y un
centímetros, el quinto de dieciséis metros con catorce centímetros; y el
sexto de ocho metros con noventa y nueve centímetros; colindando con
el señor Trinidad Aguilar, calle de por medio; AL ORIENTE, un tramo
recto de trece metros con cuarenta y nueve centímetros, colindando con la
señora Matilde Aguilar, callejón de por medio; AL SUR, un tramo recto
de treinta y cinco metros con cincuenta y tres centímetros, colindando
con la señora Romelia Aguilar; AL PONIENTE, dos tramos, el primero
de nueve metros con cuarenta y cinco centímetros, y el segundo de cuatro
metros, colindando con la señora Concepción Polanco; callejón de por
medio.Dicho inmueble no se encuentra en proindivisión con persona
alguna, ni existen cargas que respetar, y lo valúa en la cantidad de MIL
TRESCIENTOS DOLARES.Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de
Ley.Librado en el Jugado de lo Civil: Metapán, a las ocho horas con
treinta minutos del día cinco de diciembre del dos mil seis.- Lic. JOSE
HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. MARIA
LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 51-3
48
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 374
SECCION CARTELES PAGADOS
DE PRIMERA PUBLICACIÓN
DECLARATORIA DE HERENCIAS
Librado en la Oficina del Notario, Licenciado JORGE ALBERTO
ESPERANZA RODRÍGUEZ, Usulután, a las ocho horas del día doce
de enero del dos mil siete.
Lic. JORGE ALBERTO ESPERANZA RODRÍGUEZ,
ABOGADO Y NOTARIO.
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LICENCIADA MIRIAN DEL CARMEN REYES AGUILAR, Notaria,
del domicilio de la Población de Turín, Departamento de Ahuachapán,
con oficina establecida en Segunda Calle Poniente, casa número quince,
Barrio La Unión, Turín, al público para los efectos de ley,
HAGO SABER: QUE POR RESOLUCIÓN DE LA SUSCRITA
NOTARIA, proveída a las ocho horas del día veintisiete de diciembre del
año dos mil seis, se ha DECLARADO HEREDERA DEFINITIVA ABINTESTADA CON BENEFICIO DE INVENTARIO, DE LA SEÑORA
CARMEN DHEMING o CARMEN CLEMENTINA DHEMING, quien
falleció el día veintiséis de junio del mil novecientos ochenta y cinco en
Dieciocho Calle Poniente, setecientos dieciséis, en San Salvador, siendo
éste su último domicilio, a la señora BLANCA ESTELA DHEMING, en
concepto de hija de la causante y se le confiere a la heredera declarada la
ADMINISTRACIÓNY REPRESENTACIÓN DEFINITIVA DE DICHA
SUCESIÓN.
Librado en la Población de Turín, a las ocho horas del día veintiocho
de diciembre del dos mil seis.
Licda. MIRIAN DEL CARMEN REYES AGUILAR,
NOTARIA.
1 v. No. A033727
1 v. No. A033732
JORGE ALBERTO ESPERANZA RODRÍGUEZ, Notario, del domicilio
de Usulután y de Jiquilisco, con Oficina establecida en Segunda Calle
Poniente número tres, de la ciudad de Usulután,
HACE SABER; Que por resolución del Suscrito Notario, proveída
a las nueve horas del día veintitrés de diciembre del año dos mil seis, se
ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la
herencia intestada que a su defunción ocurrida en el Cantón Joya Ancha
Abajo, Jurisdicción de Santa Elena, Distrito y Departamento de Usulután,
su último domicilio; el día veintitrés de marzo de mil novecientos noventa y cuatro, dejó la señora BLANCA OFELIA MARTÍNEZ, de parte
del señor JERÓNIMO CHÁVEZ ORTEZ, en concepto de cesionario
del derecho hereditario que le correspondía al señor JUAN MIGUEL
MARTÍNEZ ALVARADO, éste como hijo de la causante, habiéndosele
conferido la administración y representación definitiva de la sucesión con
las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Lo que avisa al público para efectos de ley.
JORGE ALBERTO ESPERANZA RODRÍGUEZ, Notario, del domicilio
de Usulután y de Jiquilisco, con Oficina establecida en Segunda Calle
Poniente número tres, de la ciudad de Usulután,
Librado en las Oficina del Notario, Licenciado JORGE ALBERTO
ESPERANZA RODRÍGUEZ, Usulután, a las nueve horas del día doce
de enero del dos mil siete.
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Lic. JORGE ALBERTO ESPERANZA RODRÍGUEZ,
ABOGADO Y NOTARIO.
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HACE SABER; Que por resolución del Suscrito Notario, proveída
a las ocho horas del día veintiséis de diciembre del año dos mil seis,
se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario
la herencia intestada que a su defunción ocurrida en el Cantón Ojo de
Agua Jurisdicción de Usulután Distrito y Departamento de Usulután,
su último domicilio; el día uno de mayo del dos mil dos, dejó el señor
MANUEL ANTONIO ROSALES NIETO conocido por MANUEL ANTONIO ROSALES, de parte de la señora MARIA DOLORES SOTO,
en concepto de cesionaria del derecho hereditario que le correspondía
a la señora Blanca Estela Soto de Águila, como hija de la causante,
habiéndosele conferido la Administración y representación definitiva
de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la
herencia yacente.
Lo que avisa al público para efectos de ley.
1 v. No. A033733
LICENCIADO AMÉRICO GIOVANI MEJIA GUEVARA, JUEZ DE
PRIMERA INSTANCIA SUPLENTE DE ESTE DISTRITO JUDICIAL
DE BERLÍN, al público para los efectos de ley.
AVISA: Que por resolución de las nueve horas del día catorce
de diciembre de dos mil seis, y habiendo transcurrido más de quince
días desde la última publicación en el Diario Oficial, sin que persona
alguna se haya presentado a alegar igual o mejor derecho hereditario
que el peticionario, se declara heredero definitivo abintestato con beneficio de inventario de los bienes que a su defunción dejó el causante
49
DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 18 de Enero de 2007.
bienes que a su defunción en la ciudad de Mejicanos, San Salvador, el
día veintisiete de mayo del año mil novecientos noventa y siete, dejó la
señora MARIA EMILIA GUARDADO PINEDA conocida por MARIA
EMILIA GUARDADO DE BONILLA y MARIA EMILIA GUARDADO, en su calidad de hija de la causante. Habiéndosele concedido la
representación y administración definitiva de la referida sucesión.
Por lo que al público se le avisa para los efectos de ley.
Librado en la Ciudad de San Salvador, a los tres días del mes de
diciembre del año dos mil seis.
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Miguel Benítez conocido por Miguel Enrique Benítez y por Miguel
Benites, quien falleció a las quince horas del día diecinueve de abril
de mil novecientos treinta y cinco, en el Cantón San Juan Loma Alta
de esta jurisdicción de Berlín, Departamento de Usulután; siendo éste
su último domicilio; a Miguel Enrique Benítez; en calidad de nieto del
causante Miguel Benitez conocido por Miguel Enrique Benítez y por
Miguel Benites; confiriéndole al aceptante Miguel Enrique Benítez, la
administración y representación definitiva de la sucesión.- Dése el aviso
de ley; y posteriormente se extenderá la certificación al presentar la parte
interesada el recibo correspondiente de conformidad a lo establecido en
el Art. 1165 Inc. 2o. Pr.C.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de
Berlín, a las nueve horas y treinta minutos del día catorce de diciembre
de dos mil seis.- Lic. AMÉRICO GIOVANI MEJIA GUEVARA, JUEZ
DE PRIMERA INSTANCIA SUPLENTE.- Br. ANA MARGARITA
BERMÚDEZ DE HENRÍQUEZ, SECRETARIA.
Lic. FRANKLIN ANÍBAL MIRANDA AMAYA,
NOTARIO.
1 v. No. A033796
1 v. No. A033736
FRANKLIN ANÍBAL MIRANDA AMAYA, Notario, de este domicilio,
con despacho notarial ubicado en Residenciales Tequendama, Edificio
ocho, apartamento número dos, sobre Veintiuna Avenida Norte, Colonia
Layco, de esta Ciudad,
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a
las quince horas del día dos de diciembre del presente año, se ha declarado
a la señora: GRACIELA DEL CARMEN BONILLA GUARDADO,
Heredera definitiva con beneficio de inventario de los bienes que a su
defunción en San Matías, La Libertad, el día veintinueve de mayo del
año dos mil uno, dejó el señor RAMÓN BONILLA conocido por RAMÓN BONILLA SANTAMARÍA, en su calidad de hija del causante,
habiéndosele concedido la representación y administración definitiva de
la referida sucesión.
Por lo que al público se le avisa para los efectos de ley.
Librado en la Ciudad de San Salvador, a los tres días del mes de
diciembre del año dos mil seis.
CARLOS DAVID MORAN ZELAYA, Notario, de este domicilio, con
oficina profesional situada sobre la Diecinueve Avenida Norte, número mil
setecientos veintiséis, Colonia Layco, ciudad; al público en general,
HACE SABER: Que por resolución del suscrito notario proveída a
las nueve horas del día diez de enero del corriente año, se ha declarado
a la señora MARTHA ELISA GARCÍA DE CONTRERAS, heredera
definitiva con beneficio de inventario de los bienes de la Sucesión
Intestada que a su defunción dejó el señor JORGE ALBERTO ROBLES
CONTRERAS, conocido por Jorge Alberto Contreras Robles y por Jorge
Alberto Contreras, quien fue de cuarenta y nueve años, fallecido en la
ciudad de Mejicanos, Departamento de San Salvador, a las dieciocho horas
y treinta minutos del día nueve de noviembre de dos mil seis, siendo la
ciudad de Mejicanos, Departamento de San Salvador su último domicilio;
habiéndole concedido la representación y administración definitiva de
la referida Sucesión.
Por lo que se avisa al público para los efectos de ley.
Librado en San Salvador, el día once de enero de dos mil siete.
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Lic. CARLOS DAVID MORAN ZELAYA,
NOTARIO.
NOTARIO.
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LIC. FRANKLIN ANÍBAL MIRANDA AMAYA,
1 v. No. A033804
1 v. No. A033795
FRANKLIN ANÍBAL MIRANDA AMAYA, Notario, de este domicilio,
con despacho notarial ubicado en Residenciales Tequendama, Edificio
ocho, apartamento número dos, sobre Veintiuna Avenida Norte, Colonia
Layco, de esta Ciudad,
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída
a las quince horas y treinta minutos del día dos de diciembre del presente
año, se ha declarado a la señora: GRACIELA DEL CARMEN BONILLA
GUARDADO, Heredera definitiva con beneficio de inventario de los
Rodolfo Ernesto Chacón, Juez Segundo de lo Civil del Distrito Judicial
de Santa Ana, al público para los efectos de ley,
AVISA: Que por resolución de este Juzgado de las ocho horas
cuarenta y dos minutos de este día, se ha declarado al señor MIGUEL
ÁNGEL ALVARENGA ALARCÓN, heredero definitivo con beneficio
de inventario de la sucesión intestada que a su defunción dejó la causante
ANA ELIGIA ALARCÓN, quien fue de veintisiete años de edad, soltera,
de oficios domésticos, fallecida en el Barrio San Esteban de Texistepeque,
el día diez de marzo de mil novecientos sesenta y nueve, siendo ése el
50
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 374
lugar de su último domicilio.- Y se le confiere al heredero declarado la
administración y representación definitiva de la sucesión en su calidad
de hijo sobreviviente.
Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: Santa Ana, a las ocho
horas cincuenta y cinco minutos del día cuatro de diciembre de dos mil
seis.-Enmendado-minutos-Vale.- Dr. RODOLFO ERNESTO CHACON,
JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL.- Br. ELBA LUZ LEMUS DE CHÁVEZ,
SECRETARIA.
1 v. No. A033846
EDGAR ORLANDO ZÚNIGA RIVAS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
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1 v. No. A033834
LIBRADO EN El JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL: Santa
Ana, a las nueve horas con cinco minutos del día doce de enero del año
dos mil siete.- Lic. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ
TERCERO DE LO CIVIL.- Licda. MARISOL DEL CARMEN LEMUS
DE GARCÍA, SECRETARIA.
NORA LIZETH PÉREZ DE LÓPEZ, Notario del domicilio de San
Rafael Cedros, Departamento de Cuscatlán, y de San Salvador, con
oficina Jurídica situada sobre Primera Avenida Norte, Barrio El Centro,
San Rafael Cedros, Departamento de Cuscatlán.
HACE SABER: Que por resolución de la suscrita notario proveída
a las once horas del día veintiocho de diciembre del presente año, se
ha declarado a las señoras ANA MIRIAN DEL CARMEN AYALA DE
FLORES hoy VIUDA DE FLORES, y ANA ELIZABETH CASTAÑEDA
VIUDA DE FLORES, Herederas Definitivas con Beneficio de Inventario
de los bienes que en la herencia intestada dejó RONNEY LEONARDO
FLORES CASTAÑEDA, quien falleció el día cinco de agosto de dos mil
seis, en el Cantón Nacaspilo, jurisdicción de Carolina, Departamento de
San Miguel; y a la fecha de su fallecimiento era de veintiocho años de
edad, de nacionalidad Salvadoreña, casado, originario y del domicilio
de esta ciudad; en sus calidades de cónyuge y madre sobrevivientes
del causante respectivamente, habiéndole conferido la representación y
administración definitiva de la sucesión.
AVISA: Que por resolución de este Juzgado de las quince horas y
cuarenta minutos de este día, se ha declarado heredero Definitivo y con
Beneficio de Inventario al señor ROBERTO ANTONIO BELTRÁN,
de la herencia intestada dejada a su defunción por la señora MARÍA
MAGDALENA BELTRÁN, quien falleció a las nueve horas del día veinte
de junio de mil novecientos ochenta y ocho, en el Cantón El Castillo de
esta jurisdicción, siendo esta ciudad su último domicilio, en concepto
de hijo de la causante. Confiérese al declarado heredero en el concepto
indicado la administración y representación definitivas de la indicada
sucesión.
Lo que se avisa al Público para los efectos de ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico, a las
quince horas y cincuenta y cinco minutos del día catorce de diciembre
de dos mil seis.- Lic. EDGAR ORLANDO ZÚNIGA RIVAS, JUEZ DE
PRIMERA INSTANCIA.- Lic. CARLOS ARNULFO SOSA FLORES,
SECRETARIO.
1 v. No. A033854
Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley.
Librado en la Oficina de la Licenciada NORA LIZETH PÉREZ DE
LÓPEZ, a las doce horas quince minutos del día veintiocho de diciembre
de dos mil seis.
NORA LIZETH PÉREZ DE LÓPEZ,
1 v. No. A033838
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NOTARIO.
LICENCIADO SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL; al público para
los efectos de ley,
AVISA: Que por resolución proveída por este Juzgado, este mismo
día ha sido DECLARADA HEREDERA TESTAMENTARIA, y con
Beneficio de Inventario de la herencia testamentaria que a su defunción
ocurrida el día veintiuno de octubre del año dos mil seis, en el Hospital
San Juan de Dios de esta ciudad, siendo el Barrio Santa Lucía de esta
ciudad el lugar de su último domicilio, dejó PEDRO LÓPEZ MÉNDEZ, a
MARIA ESTELA LÓPEZ PEÑA ahora DE PALACIOS, como heredera
testamentaria, confiriéndosele DEFINITIVAMENTE la administración
y representación de la mortual expresada.
MARINA CAROLINA ALFARO MENDOZA, Notario de este domicilio,
con oficina establecida en Calle El Progreso, Reparto y Pasaje El Rosal,
Número Uno-A, Colonia Flor Blanca, San Salvador,
AVISA: Que por resolución de la suscrita notario, proveída a las
quince horas treinta minutos del día doce de enero del año dos mil siete,
ha sido declarada heredera definitiva con beneficio de inventario de la
sucesión intestada, que a su defunción ocurrida en Barrio El Centro,
de la Ciudad de Guadalupe, departamento de San Vicente, su último
domicilio, el día catorce de mayo del año dos mil uno, dejó la señora
PAULA CORTEZ conocida por PAULINA CORTEZ, quien fuera de
setenta y ocho años de edad, a la señora MARIA JOSEFINA CAÑAS,
de generales conocidas en las presentes diligencias, en calidad de hija
sobreviviente de la causante respectivamente. A la heredera declarada
se le ha conferido la administración y representación definitiva de dicha
sucesión.
Lo que se avisa al público, para los efectos legales.
San Salvador, trece de enero del año dos mil siete.
Lic. MARINA CAROLINA ALFARO MENDOZA,
NOTARIO.
1 v. No. A033861
51
DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 18 de Enero de 2007.
MARINA CAROLINA ALFARO MENDOZA, Notario de este domicilio,
con oficina establecida en Calle El Progreso, Reparto y Pasaje El Rosal,
Número Uno-A, Colonia Flor Blanca, San Salvador,
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AVISA: Que por resolución de la suscrita notario, proveída a las
doce horas del día doce de enero del año dos mil siete, se han declarado
herederas definitivas con beneficio de inventario de la sucesión intestada
que a su defunción ocurrida en el Cantón San Francisco, Agua Fría, Jurisdicción de Guadalupe, departamento de San Vicente, el día diez de mayo
del año dos mil cuatro, dejó el señor CIRIACO MANZANARES, quien
fuera de setenta y cinco años de edad, a las señoras MARIA GRACIELA
MANZANARES, PAULA MANZANARES y ESTEBANA MANZANARES DURAN, de generales conocidas en las presentes diligencias,
en calidad de hijas sobrevivientes del causante respectivamente. A los
herederos declarados se les ha conferido la administración y representación definitiva de dicha sucesión.
veinticinco de octubre del año dos mil seis, a la señora BERTA JULIA
AGUIRRE DE ARDON, conocida por BERTHA JULIA MACHUCA AGUIRRE DE ARDON, por BERTHA JULIA MACHUCA, por
BERTHA JULIA AGUIRRE, por BERTHA AGUIRRE y por BERTA
JULIA MACHUCA, de ochenta y cinco años de edad, ama de casa y
de este domicilio, en concento de cónyuge sobreviviente del causante;
y además, como cesionaria de los derechos hereditarios que les correspondían en dicha sucesión, a los señores RINA VICTORIA ARDON
VIUDA DE CABALLERO; JULIO ALBERTO ARDON AGUIRRE,
conocido por JULIO ALBERTO ARDON; GUILLERMO ALFREDO
ARDON AGUIRRE, conocido por GUILLERMO ALFREDO ARDON;
MARILENA ARDON DE VELASQUEZ, conocida por MARILENA
ARDON AGUIRRE; CESAR ANTONIO ARDON AGUIRRE, conocido
por CESAR ANTONIO ARDON; y RENE FRANCISCO ARDON
AGUIRRE, conocido por RENE FRANCISCO ARDON, como hijos
del de cujus, habiéndose conferido la administración y representación
definitiva de la sucesión.
Lo que se avisa al público para los efectos legales.
San Salvador, trece de enero del año dos mil siete.
LIC. MARINA CAROLINA ALFARO MENDOZA,
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos
legales consiguientes.
San Salvador, doce de enero del año dos mil siete.
NOTARIO.
DR. GERMAN ATILIO ANAYA,
1 v. No. A033863
NOTARIO.
1 v. No. A033866
LIZBETH MERCEDES GARCÍA HENRÍQUEZ, Notaria del domicilio
de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, con oficina notarial ubicada en Colonia Pinares de Suiza, Polígono ocho casa número treinta
y dos de Santa Tecla.
HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notaria, proveída
a las nueve horas del día doce de enero del año dos mil siete, se ha declarado heredero definitivo con beneficio de inventario al señor JOSE
DAVID ZELAYA MENJIVAR, en su calidad de hijo sobreviviente del
señor RAFAEL ANTONIO ZELAYA MARTINEZ, de los bienes que a
su defunción dejara, la cual acaeció a las diez horas y cuarenta y cinco
minutos del día veinticuatro de noviembre del año dos mil cinco, en
Reparto Los Héroes, Calle Matías Alvarado, número Dos-A, San Salvador, habiéndosele concedido al hijo sobreviviente la representación
y administración definitiva de la referida sucesión.
Por lo que se avisa al público para los efectos de ley.
IA
R
Librado en Santa Tecla, a los quince días del mes de enero del año
dos mil siete.
D
LICDA. LIZBETH MERCEDES GARCIA HENRIQUEZ,
NOTARIO.
1 v. No. A033865
GERMAN ATILIO ANAYA, con oficina en Condominio Montemaría,
edificio “B” local número uno, tercera planta, en Primera Calle Poniente
número dos mil novecientos cuatro, de esta ciudad,
HACE SABER: Que por resolución pronunciada en esta ciudad, a
las diez horas del día once de enero del año dos mil siete, se ha declarado
heredera Intestada con beneficio de Inventario, en la sucesión del señor
CATALINO ISAAC ARDON LOPEZ, conocido por CATALINO ISAAC
ARDON y por CATALINO ARDON, quien fue de ochenta y un años
de edad, agricultor, fallecido en esta ciudad, su último domicilio, el día
JOSE HERIBERTO REYES CISNEROS, Notario, de este domicilio,
con oficina establecida en la Calle Padres Aguilar, Número cuatrocientos
veinte, Colonia Escalón, San Salvador.HACE SABER: Que por resolución proveída por el suscrito Notario, a las nueve horas del día quince de Enero de dos mil siete, se ha
declarado heredera definitiva intestada con beneficio de inventario del
Doctor ROGELIO IRAHETA MORENO, quien fuera de setenta y dos
años de edad, Abogado y Notario, casado, quien falleció el día veintisiete de octubre de dos mil seis, en la Provincia de Heredia, República
de Costa Rica, siendo la ciudad de Santa Tecla, Departamento de La
Libertad, República de El Salvador, su último domicilio; a la señora
BLANCA ROSA MORENO DE IRAHETA, de sesenta y tres años
de edad, Profesora, del domicilio de Santa Tecla, Departamento de La
Libertad, portadora de su documento Unico de Identidad Número cero
cero trescientos cincuenta y dos mil sesenta y cinco-uno; con Número
de Identificación Tributaria cero novecientos cinco-doscientos cincuenta
mil doscientos cuarenta y cuatro-cero cero uno-cero; en concepto de
cónyuge sobreviviente del referido causante y como cesionaria de los
derechos hereditarios que les corresponden en la sucesión del mismo,
a sus hijos ROGELIO EDGARDO IRAHETA MORENO, JORGE
ALBERTO IRAHETA MORENO, MARIO ERNESTO IRAHETA
MORENO, CARLOS GERARDO IRAHETA MORENO; y ALEX
FABRICIO IRAHETA MORENO; confiriéndosele a la heredera declarada, la ADMINISTRACION Y REPRESENTACION DEFINITIVA de
la sucesión.Librado en la oficina del Notario, a las diez horas del día quince
de Enero de dos mil siete.-
LIC. JOSE HERIBERTO REYES CISNEROS,
NOTARIO.
1 v. No. C004791
52
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 374
La Infrascrita Notario: ROSA ARBELIS PORTILLO DE ARGUETA,
Con Oficina en la Avenida Guandique Número veintiuno, de Usulután.
Al Público para los efectos de Ley,
ORLANDO ALFARO CARRERA, Abogado y Notario, del domicilio de
la ciudad de Santa Tecla, al Público para los efectos de Ley,
HACE SABER: Que por resolución proveída por esta oficina
notarial a las nueve horas y treinta minutos del día dos de enero del año
dos mil uno, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio
de inventario la herencia intestada dejada por el señor ARMANDO
RODRÍGUEZ CASTILLO, quien falleció a las trece horas treinta
minutos del día veinte de diciembre de mil novecientos noventa y siete,
en la ciudad de Santa Tecla, su último domicilio, por la señora DORA
MARGARITA IRASEMA RODRÍGUEZ TEJADA antes de PINEDA,
quien actúa por sí y a nombre y en representación de su Hermana ANA
MINOLA RODRÍGUEZ BONILLA, en concepto de hijas del causante
Armando Rodríguez Castillo, por lo que se le confiere a la aceptante
por sí y a nombre de su representada, la administración y representación
interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores
de la herencia yacente.
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AVISA: que por resolución de las ocho horas del día siete de Noviembre del año dos mil seis, se ha declarado HEREDERO DEFINITIVO
CON BENEFICIO DE INVENTARIO, al señor JOSE FERNANDO
AGUILAR, en calidad de hijo Sobreviviente del causante señor LORENZO ANGEL AGUILAR, en la sucesión Intestada que éste dejó al
fallecer a las veintiuna horas del día primero de Marzo del año dos mil
cinco, en Cantón Ojo de Agua, Jurisdicción de la ciudad de Usulután,
siendo éste su último domicilio, confiérase al Heredero Declarado la
Administración y Representación Definitiva de dicha sucesión con las
Facultades de Ley.-
ACEPTACION DE HERENCIAS
Librado en mi Oficina Notarial, a los veintiocho días del mes de
Noviembre del año dos mil seis.- Publíquese por una sóla vez en el
Diario Oficial.
LIC. ROSA ARBELIS PORTILLO DE ARGUETA,
Librado en la oficina notarial del doctor ORLANDO ALFARO
CARRERA, a las diez horas del día dos de enero del año dos mil uno.
NOTARIO.
1 v. No. C004793
DR. ORLANDO ALFARO CARRERA,
NOTARIO.
ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial,
al público para los efectos de Ley.
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HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas de este
día, se ha declarado a la señora MARIA CLEOTILDE PORTILLO DE
CORNEJO, de cincuenta y cuatro años de edad, de oficios domésticos,
del domicilio de San Rafael Cedros, Departamento de Cuscatlán, heredera
abintestato con beneficio de inventario de los bienes que a su defunción
dejó la señora PAULA ERNESTINA VARAONA conocida por PAULA
ERNESTINA BARAHONA, PAULA ERNESTINA BARAHONA DE
RIVAS, ERNESTINA BARAHONA, PAULA ERNESTINA BARAONA y por ERNESTINA BARAONA, quien fue de ochenta y cuatro
años de edad, oficios domésticos, casada salvadoreña, originaria de
San Sebastián, de este Departamento, y de este domicilio, habiendo
fallecido en el Hospital Santa Gertrudis de esta ciudad, el día quince
de noviembre de mil novecientos noventa y cuatro, siendo esta ciudad
de San Vicente, Departamento de San Vicente, el lugar de su último
domicilio, en concepto de cesionaria del derecho hereditario que en esta
sucesión les correspondía a los señores Esteban Rivas Rivas, María
Otilia Rivas, Natividad de Mercedes Rivas Barahona, María Tita Rivas
y José Inés Rivas, el primero en concepto de cónyuge sobreviviente de
la causante, y los demás en concepto de hijos de la misma causante. Y se
ha conferido a la heredera declarada la administración y representación
definitivas de la sucesión.
Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los catorce días
del mes de noviembre del año dos mil seis. DRA. ANA FELICITA
ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. LILIAN MABEL RUIZ DE
SALINAS, SECRETARIO.
1 v. No. C004803
1 v. No. A033740
ORLANDO ALFARO CARRERA, Abogado y Notario, del domicilio de
la ciudad de Santa Tecla, al Público para los efectos de Ley,
HACE SABER: Que por resolución proveída por esta oficina
notarial a las nueve horas del día dos de enero del año dos mil uno,
se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario
la herencia testamentaria dejada por la señora AÍDA BONILLA DE
RODRÍGUEZ, quien falleció a las diecinueve horas y cincuenta minutos
del día trece de agosto de mil novecientos noventa y nueve, en la ciudad
de Santa Tecla, su último domicilio, por la señora DORA MARGARITA IRASEMA RODRÍGUEZ TEJADA antes de PINEDA, quien actúa
por sí y a nombre y en representación de su Hermana ANA MINOLA
RODRÍGUEZ BONILLA, en concepto de hijas de la causante AÍDA
BONILLA DE RODRÍGUEZ, por lo que se le confiere a la aceptante
por sí y a nombre de su representada, la administración y representación
interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores
de la herencia yacente.
Librado en la oficina notarial del doctor ORLANDO ALFARO
CARRERA a las nueve horas con quince minutos del día dos de enero
del año dos mil uno.
DR. ORLANDO ALFARO CARRERA,
NOTARIO.
1 v. No. A033741
53
DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 18 de Enero de 2007.
IVAN WILFREDO MANCIA CRUZ, Notario,
HACE SABER: Por Resolución proveída a las trece horas de este día
se ha tenido por aceptada expresamente y con Beneficio de Inventario, la
Herencia Ab Intestato que a su defunción dejara la señora IRMA ISABEL
RODRIGUEZ VASQUEZ conocida por IRMA ISABEL RODRIGUEZ;
de parte de BARBARA ISABEL RODRIGUEZ DE VALLE y JAVIER
ALEXANDER RODRIGUEZ ESTRADA, los Herederos, concediéndoseles la Administración y Representación Interina de la Sucesión, con
las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.
En consecuencia por este medio se cita a todos los que se crean con
derechos a la referida herencia para que se presenten a la citada oficina
en el término de quince días, contados desde el día siguiente a la última
publicación del presente edicto.
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Por ello, se CITA al que tenga derecho a la herencia, y se presente
a esta oficina en el término de quince días contados desde el siguiente
a la última publicación del presente edicto.
intestada que a su defunción, ocurrida en el Hospital Rosales de San
Salvador, el día cuatro de Marzo de mil novecientos noventa y cinco, dejó
la señora MARIA AMALIA GUZMAN GUEVARA, de parte del señor
MARIO EDGARDO ULLOA GUZMAN, en calidad de hijo del Cujus;
habiéndosele conferido la Administración y Representación Interina de
la Sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la
Herencia Yacente.
Librado en Oficina Notarial, Barrio Las Ánimas, Calle Panamericana, Candelaria de la Frontera, veinte de diciembre del año dos mil
seis.-
IVAN WILFREDO MANCIA CRUZ,
Librado en la oficina del suscrito notario, en la ciudad de San
Salvador, el día siete de Noviembre de dos mil seis.
LIC. EDGARDO HERNANDEZ,
NOTARIO.
NOTARIO.
1 v. No. A033747
1 v. No. A033818
DAGOBERTO SÁNCHEZ CRUZ: Notario, de este domicilio y del de
Santa Tecla, con oficina, ubicada en Avenida Benjamín López, número
cuatro, de esta ciudad. AL PUBLICO, para los efectos de Ley,
JENNY ESMERALDA JOVEL ORTIZ, Notario, de este domicilio, con
oficina jurídica en Avenida Catorce de Julio, casa ocho-A, Reparto Los
Héroes, de esta ciudad,
HACE SABER: Que por resolución del suscrito notario, proveída
a las nueve horas de este día, en esta ciudad, se ha tenido por aceptada
expresamente y con beneficio de inventario de parte de la señora DEYSI
DE JESUS CASTILLO DE MONTANO, la herencia Intestada dejada
a su defunción por el señor OSCAR MONTANO SANCHEZ, quien
falleció el día veinticinco de marzo del año dos mil seis, en el Hospital
Nacional Rosales de la ciudad de San Salvador, siendo la ciudad de
Apopa su último domicilio, en su calidad de Cónyuge, confiriéndosele la
administración y representación interina de la sucesión, con las facultades
y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
En consecuencia, por este medio se cita a los que se crean con
Derechos en la referida herencia, lo que se pone en conocimiento del
público para los efectos de Ley.
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Librado en la oficina del suscrito notario, en la ciudad de San Juan
Opico, departamento de La Libertad, a las quince horas del día quince
de diciembre del año dos mil seis.-
LIC. DAGOBERTO SÁNCHEZ CRUZ,
NOTARIO.
1 v. No. A033759
EDGARDO HERNANDEZ, Notario, del domicilio de San Salvador, con
oficina ubicada en Diecinueve Calle Poniente, Edificio Mossi-Portillo
Número Trescientos veinticinco, Tercera Planta, Local uno, Centro de
Gobierno, San Salvador.
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída
a las diez horas del día cuatro de Noviembre de dos mil seis, se ha tenido
por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia
HACE SABER: Que por resolución de la Suscrito Notaria, de las
diez horas del día diez del mes de enero del presente año, se ha tenido
por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia
intestada que a su defunción, dejó el señor VICTOR MANUEL FLORES
MELGAR, quien falleció en el Hospital Pro-Familia, de esta ciudad,
siendo su último domicilio Mejicanos, del departamento de San Salvador
y originario de Jocoro, Departamento de Morazán, el día doce de septiembre del año dos mil seis, a los señores VICTOR MANUEL FLORES
GUEVARA y JOAN MANUEL FLORES GUEVARA, en concepto de
hijos del causante y cesionarios de los derechos que correspondían a la
señora Sandra Graciela Guevara de Flores, esposa del causante y de Dirma
Melgar Viuda de Flores conocida tributariamente como Dirma Melgar de
Flores madre del causante; habiéndoseles conferido la administración y
representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones
de los curadores de la herencia yacente.
En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean
con derecho a la referida herencia, para que se presente a mi oficina en
el término de quince días, contados desde el siguiente al de la última
publicación del presente edicto, el cual se hace del conocimiento público
para efecto de ley.
Librado en la Oficina de la Notaria JENNY ESMERALDA JOVEL
ORTIZ, en la Ciudad de San Salvador, a los once días del mes de enero
del dos mil siete.
LICENCIADA JENNY ESMERALDA JOVEL ORTIZ,
NOTARIA.
1 v. No. A033821
54
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 374
BALTAZAR ANTONIO RODRÍGUEZ ZEPEDA, Notario, del domicilio
de Sonsonate, con despacho jurídico en Sexta Avenida Sur, Residencial
El Cordobez, local cuatro, segunda planta, Barrio El Ángel, Sonsonate.
Al público en general,
JUAN RAMÓN MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE ESTE
DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL.
HACE SABER: Que por resolución de las quince horas y diez minutos del día trece de diciembre de dos mil seis, se ha tenido por aceptada
con beneficio de inventario, la Herencia Intestada que a su defunción
dejó la señora MARIA FILOMENA LAZO CORNEJO conocida por
MARIA FILOMENA LAZO CORNEJO DE VILLATORO, quien falleció
a las veintiuna horas y del día siete de enero de mil novecientos noventa
y tres, en el cantón La Canoa de esta jurisdicción, siendo esta ciudad
lugar de su último domicilio, de parte del señor MANUEL OCTAVIO
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HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas del día treinta
de agosto del presente año, se tuvo por aceptada expresamente y con
beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el
causante señor Jesús Alfonso Gómez León, de parte de los señores Zonia
Iris Gómez Pocasangre, Concepción Aminta Gómez de Arteaga, Mario
Enrique Gómez Pocasangre, Rafael Antonio Gómez Pocasangre, Joel
Armando Gómez Pocasangre, Dolores del Carmen Gómez Pocasangre
y Héctor Eduardo Gómez Pocasangre, en su concepto de hijos del
causante, confiriéndoseles a los aceptantes la administración interina
de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la
herencia yacente.
LAZO, como hijo de la causante; y se ha conferido al aceptante declarado en el carácter indicado la administración y representación interina
de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la
herencia yacente.
Fíjense y publíquense los edictos de ley.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
Sonsonate, veintiséis de mayo del año dos mil seis.
ley.
Librado en el JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL: San Miguel,
BALTAZAR ANTONIO RODRÍGUEZ ZEPEDA,
a las quince horas y treinta minutos del día trece de diciembre de dos mil
NOTARIO.
seis.- Dr. JUAN RAMÓN MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.Lic. JOSÉ ERNESTO ROMERO FUENTES, SECRETARIO.
1 v. No. A033842
3 v. alt. No. A033760-1
ANA GUADALUPE SORTO CHACON, Notario, con Oficina en Colonia
Flor Blanca, Cuarenta y Cinco Avenida Sur y Catorce Calle Poniente
número dos mil trescientos treinta y cinco, San Salvador,
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HACE SABER: Que en las Diligencias de Aceptación de Herencia
de los bienes dejados a su defunción por el señor OSCAR ARMANDO
RODRÍGUEZ, se ha dictado la resolución que dice: “””MI OFICINA
DE NOTARIO: San Salvador, a las catorce horas y treinta minutos del
día veintiuno de noviembre del año dos mil seis. Agréguese el informe
proporcionado por la Corte Suprema de Justicia; Tiénese por aceptada
expresamente y con beneficio de Inventario, la herencia intestada que a
su defunción dejó el señor OSCAR ARMANDO RODRÍGUEZ, quien
falleció en el Hospital Médico Quirúrgico del Seguro Social, de la Ciudad de San Salvador, a las catorce horas del día trece de mayo del año
dos mil, siendo su último domicilio San Salvador, departamento de San
Salvador, de parte de la señora IRMA DEL CARMEN RODRÍGUEZ
DE VELA, en su carácter de hija legítima del causante, a quien se le
confiere la administración y representación interina de dicha sucesión,
con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.- Cítense a los que se crean con derecho a la herencia referida, para
que se presenten a deducirlo dentro de los quince días subsiguientes a
la publicación del edicto respectivo.
Publíquense los edictos de Ley.”
GLADIS NOEMI ALONZO GONZÁLEZ, JUEZA DE PRIMERA
INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL:
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las
catorce horas y veinticinco minutos del día nueve de enero del corriente
año, se han declarado herederos abintestato, con beneficio de inventario
del señor JOSÉ DAVID AMAYA, quien falleció a las diecisiete horas
y veintiocho minutos del día cinco de octubre del año mil novecientos
noventa y siete, en el Hospital Nacional Zacamil, siendo el Cantón El
Pozón, Caserío Los Lunas de esta ciudad, siendo éste su último domicilio, de parte de los señores DAVID SANTIAGO AMAYA GARCÍA,
MARIA DOLORES ORTIZ AMAYA y ESPERANZA CARIDAD
ORTIZ AMAYA, en calidad de hijos del causante.- Confiriéndosele a
los aceptantes dichos la Administración y Representación Legal Interina
de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la
Herencia Yacente.
Se cita a los que se crean con Derecho a la Herencia, para que se
presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días contados
a partir del día siguiente de la última publicación de este edicto.
Librado en la ciudad de San Salvador, a los veintiún días del mes
de noviembre del año dos mil seis.
LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA:
Santiago de María, a los diez días del mes de enero del año dos mil
siete.- Licda. GLADIS NOEMI ALONZO GONZÁLEZ, JUEZA DE
Lic. ANA GUADALUPE SORTO CHACON,
PRIMERA INSTANCIA.- Lic. FREDY FRANCISCO ORELLANA
FRANCO, SECRETARIO.
NOTARIO.
1 v. No. C004786
3 v. alt. No. A033806-1
DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 18 de Enero de 2007.
DOCTOR DANILO ANTONIO VELADO, JUEZ DE PRIMERA
INSTANCIA,
ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial,
al público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que por resolución de las diez horas del día doce
de octubre del corriente año, se ha tenido por aceptada expresamente
y con beneficio de inventario de parte de los señores ALBA LUZ PINEDA MEJIA y PEDRO PINEDA MEJIA, la herencia intestada que
a su defunción dejó el señor JOSÉ PINEDA, quien fue de cuarenta y
cuatro años de edad, jornalero, salvadoreño, fallecido el día veinte de
noviembre de mil novecientos ochenta, en el Cantón San Emigdio de
la jurisdicción de Guadalupe de este Departamento, lugar de su último
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HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado proveída a las
nueve horas con treinta minutos de este día, se ha tenido por aceptada
expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que a
su defunción dejó el señor JOSÉ OBDULIO DE JESÚS PORTILLO
o JOSÉ OBDULIO PORTILLO, quien fue de treinta y cuatro años de
edad, agricultor en Pequeño, casado, originario de Citalá, Departamento
de Chalatenango, hijo de Jesús Portillo y Agustina Pinto, falleció el
día tres de junio de mil novecientos cincuenta y ocho, en el Barrio San
Francisco, Citalá, Departamento de Chalatenango, lugar de su último
domicilio, por parte de los señores MARTA LIDIA PORTILLO DE
SANTOS, MANUEL DE JESÚS PORTILLO, REINA MARGARITA
PORTILLO y CESAR OBDULIO PORTILLO, todos en carácter de
hijos del causante. Confiérese a los aceptantes la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones
legales que les corresponde a los curadores de la herencia yacente.
55
domicilio, en concepto de hijos del causante y se ha nombrado a los
aceptantes administradores y representantes interinos de la sucesión con
las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los doce días del
mes de octubre del año dos mil cinco.- Dra. ANA FELICITA ESTRADA,
JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS,
Fíjense y publíquense los edictos de ley.
SECRETARIA.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la Ciudad de
Tejutla, Departamento de Chalatenango, a los veintisiete días del mes
de noviembre del dos mil seis.- Dr. DANILO ANTONIO VELADO,
JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Licda. ERLINDA GUADALUPE
GUERRERO DE JIMÉNEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. A033864-1
3 v. alt. No. A033835-1
JOSÉ GUILLERMO COMPTE UNGO, Notario, de este domicilio, con
Oficina ubicada en Séptima Calle Poniente, Avenida Fountainblue, Módulo I, Apartamento Número Dos, Colonia Escalón, de esta ciudad,
HACE SABER: Que por Resolución del Suscrito Notario proveída a
las nueve horas del día quince de enero del presente año, se ha tenido por
HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas y siete
minutos del día de hoy; se ha tenido por aceptada con beneficio de
Inventario la Herencia Intestada que a su defunción dejó la señora MARIA ERNESTINA LÓPEZ viuda DE JIMÉNEZ, conocida por MARIA
ERNESTINA LÓPEZ, ERNESTINA LÓPEZ, ERNESTINA LÓPEZ
viuda DE JIMÉNEZ, quien falleció a las veintiuna horas del día doce de
abril del año mil novecientos ochenta y uno, en el Barrio San Felipe de
esta ciudad de San Miguel; siendo la Ciudad de San Miguel, el lugar de su
último domicilio; de parte del señor JULIO CESAR JIMÉNEZ LÓPEZ,
como hijo de la causante y como Cesionario de los Derechos Hereditarios
que en la Sucesión le correspondían a: ANA ELIA JIMÉNEZ LÓPEZ;
BERTA ERNESTINA, BLANCA NELLY, LETICIA DEL CARMEN,
REGINA DEL TRANSITO, todas de apellido JIMÉNEZ y ARMANDO
SALVADOR JIMÉNEZ LÓPEZ, como hijos de la causante.
RIO, LA HERENCIA TESTAMENTARIA que a su defunción, ocurrida
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JUAN RAMÓN MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE ESTE
DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL.
Confiérese al aceptante en el carácter indicado la administración
y Representación INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.
ACEPTADA EXPRESAMENTE Y CON BENEFICIO DE INVENTAen esta ciudad el día veintinueve de septiembre del año dos mil seis,
dejó el señor JUAN JOSÉ FERNÁNDEZ AYALA, conocido por JUAN
JOSÉ FERNÁNDEZ hijo y por JUAN JOSÉ FERNÁNDEZ de parte de
JUAN JOSÉ SALVADOR FERNÁNDEZ CASTILLO, JOSÉ ROBERTO
FERNÁNDEZ CASTILLO y ELSY LIDIA FERNÁNDEZ CASTILLO
DE ESCOBAR, conocida por ELSY LY FERNÁNDEZ CASTILLO
DE ESCOBAR, ELSY LIDIA FERNÁNDEZ DE ESCOBAR, ELSY
LY FERNÁNDEZ DE ESCOBAR y por ELSY LIDIA FERNÁNDEZ
CASTILLO, en su carácter de únicos y universales herederos testamentarios del causante, a quienes se les ha conferido consecuentemente la
Administración y Representación Interina de la sucesión mencionada, con
las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.
Librado en la ciudad de San Salvador, a los quince días del mes
de enero del año dos mil siete.
Lo que se pone en conocimiento del público para efectos de ley.
Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Miguel, a los veintiocho días del mes de noviembre de dos mil seis.- Dr. JUAN RAMÓN
MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.- Lic. JOSÉ ERNESTO
ROMERO FUENTES, SECRETARIO.
3 v. alt. No. A033836-1
JOSÉ GUILLERMO COMPTE UNGO,
NOTARIO.
3 v. alt. No. A033869-1
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DIARIO OFICIAL Tomo Nº 374
MAGDALENA BOLAÑOS HERNÁNDEZ, Notario, de este domici-
RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL
lio, con oficina Jurídica ubicada en Boulevard Tutunichapa, Edificio
DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA ANA, AL PUBLICO PARA
Tutunichapa tercera planta número treinta y seis, en esta Ciudad.
LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de fecha
a las siete horas del día doce de enero del año dos mil siete, se ha tenido
catorce horas treinta minutos de este día, se ha tenido por aceptada
por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia
con beneficio de inventario, de parte de los señores ELIAS SAMUEL
intestada que a su defunción, ocurrida en el municipio de Santa Tecla,
TORRES MÉNDEZ y ARMANDO DE JESÚS ÁVILA, la sucesión
el día diez de junio del año dos mil seis, dejó la señora MARIA DEL
intestada que a su defunción dejó el causante, señor VÍCTOR MANUEL
ROSARIO HERNÁNDEZ conocida porANA ROSARIO HERNÁNDEZ,
TORRES, quien fue de sesenta y dos años de edad, Jornalero y falleció
a la señora LEYLA ZAMIRA HERNÁNDEZ DE ESTÉVEZ, en su
el día ocho de marzo de mil novecientos ochenta y ocho, en el Cantón
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HACE SABER: Que por resolución de la Suscrita Notario, proveída
concepto de hija sobreviviente de la causante, habiéndose conferido
la administración y representación de la sucesión, con las facultades y
restricciones de los curadores de la herencia yacente.
En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con
derechos a la herencia, para que se presenten a la oficina en el término
de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del
presente edicto.
Piedras Azules, jurisdicción de Candelaria de la Frontera, lugar de su
último domicilio.
Los aceptantes mencionados son el primero, hijo y el segundo,
cesionario del derecho hereditario que en esta sucesión le correspondería
a la señora MARIA ELENA MÉNDEZ DE TORRES, en su calidad de
cónyuge sobreviviente del susodicho causante; y en ese carácter se les
confiere la administración y representación interina de la sucesión, con
las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Librado en la oficina de la Notario, MAGDALENA BOLAÑOS
HERNÁNDEZ. En la Ciudad de San Salvador, a las siete horas del día
trece de enero del año dos mil siete.
LIBRADO en el Juzgado Segundo de lo Civil: Santa Ana, a las
quince horas treinta minutos del día ocho de noviembre de dos mil
seis.- Dr. RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE LO
CIVIL.- Br. ELBA LUZ LEMUS DE CHÁVEZ, SECRETARIA.
Licda. MAGDALENA BOLAÑOS HERNÁNDEZ,
3 v. c. No. A033745-1
ABOGADO Y NOTARIO.
3 v. c. No. A033703-1
HERENCIA YACENTE
FRANCISCO ALBERTO ALEGRÍA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE
RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL
LO CIVIL DE ESTE DISTRITO: Al público para los efectos de ley.
DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA ANA, AL PUBLICO PARA
LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que por resolución de este Tribunal a las doce horas
del presente día, mes y año, se ha tenido por aceptada expresamente y
con beneficio de inventario la herencia intestada del señor IGNACIO DE
R
JESÚS RAMÍREZ, fallecido el día diez de enero del año dos mil seis, en
IA
el Cantón San Julián del departamento de Sonsonate, siendo esta ciudad
el lugar de su último domicilio, a las señoras MARIA EULOGIA ANAYA
D
VIUDA DE RAMÍREZ y ANA MARGARITA RAMÍREZ ANAYA, la
primera de ellas como cónyuge sobreviviente y la segunda como hija del
referido causante, a quienes se les confiere interinamente la administración
HACE SABER: Que por auto de las doce horas tres minutos del
día veintidós de septiembre del corriente año, ha sido declarada yacente
la herencia del causante CATALINO GILBERTO LIMA GUERRA,
quien falleció en el Barrio Las Animas, de Candelaria de la Frontera, a
la primera hora del día dieciocho de mayo de mil novecientos noventa
y tres, siendo dicha Villa el lugar de su último domicilio, y sin que a la
fecha haya sido aceptada toda o parte de la misma; habiéndose nombrado
curador para que la represente al Licenciado Iván Wilfredo Mancía Cruz,
mayor de edad, abogado, de este domicilio, y quien aceptó el cargo.
y representación de la sucesión con las facultades y restricciones que la
ley confiere a los curadores de la Herencia Yacente.
Se cita a las personas que se crean con derecho a la herencia para
que se presenten a deducirlo en el término de quince días contados desde
Juzgado Primero de lo Civil: Santa Ana, a las doce horas treinta
el siguiente de la tercera publicación del presente edicto.
y cinco minutos del día treinta de noviembre del año dos mil seis.- Lic.
FRANCISCO ALBERTO ALEGRÍA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE
LO CIVIL.- Licda. CARMEN GUADALUPE NÚÑEZ MONTERROSA,
SECRETARIA.
LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: Santa
Ana, a las doce horas dos minutos del día quince de diciembre de dos
mil seis.- Dr. RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE
LO CIVIL.- Br. ELBA LUZ LEMUS DE CHÁVEZ, SECRETARIA.
3 v. c. No. A033744-1
3 v. c. No. A033750-1
57
DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 18 de Enero de 2007.
TITULOS SUPLETORIOS
TITULO DE PROPIEDAD
EL SUSCRITO NOTARIO: JORGE ALBERTO ESPERANZA
HAGO SABER: Que se ha presentado el señor JOSE ARTURO
RODRIGUEZ, con oficina ubicada en Segunda Calle Poniente número
FLORES, solicitando Título Supletorio por ser dueño y actual poseedor
tres, Usulután.
de un terreno rústico situado en Cantón Las Tablas, Nueva Concepción,
Chalatenango, de un área de OCHO MIL CUATROCIENTOS OCHEN-
personal el señor JOSE ABEL ZELAYA AMAYA, de cincuenta y tres años
TA Y SIETE PUNTO SETENTA Y SIETE METROS CUADRADOS,
de edad, Jornalero, del domicilio de Ozatlán, Departamento de Usulután,
que colinda con: AL NORTE: Samuel Bojorque Flores, AL ORIENTE:
con Documento Único de Identidad número, cero uno cinco cinco dos
Alberto Menéndez Sandoval y otros y Francisco Luis Albanez; AL SUR:
nueve nueve cinco - cuatro, y con Número de Identificación Tributaria,
Fermín Morales Polanco;Y AL PONIENTE; Alberto Menéndez Sandoval
un mil ciento trece - doscientos diez mil setecientos cincuenta y tres
y otros; terreno que no es dominante ni sirviente, ni está en proindivisión
- ciento uno - dos, MANIFESTANDO: I) Ser dueño y actual poseedor
con persona alguna y no tiene cargas o derechos de terceras personas,
de buena fe, en forma quieta, pacífica, continua e ininterrumpida de un
valuándolo en DOS MIL DOLARES y avisa a todos para los fines de
terreno rústico de su propiedad, el cual está situado en el Cantón Hule
Ley.
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HACE SABER: Que a esta oficina ha comparecido en su carácter
Chacho, Jurisdicción de Jiquilisco, Departamento de Usulután, de una
extensión superficial de VEINTISEIS MIL DOSCIENTOS SESENTA
Y NUEVE PUNTO SETENTA Y SEIS METROS CUADRADOS, en su
totalidad, y tiene los linderos siguientes: NORTE; ciento cincuenta y tres
En mi oficina Notarial, by pass, Col. Amaos, Santa Ana, a los doce
días de noviembre del dos mil seis.
metros, colinda con terreno del señor Atilio Orellana, calle de por medio,
ORIENTE; doscientos veintiocho metros, colinda con terreno del señor
Raúl Larín, callejón de por medio y Eduardo Ayala, SUR; noventa metros
IVAN WILFREDO MANCIA CRUZ,
colinda con terreno de Eduardo Ayala, PONIENTE; formado por cinco
NOTARIO.
tramos rectos, el primero parte del Nor oriente hacia el Sur con distancia
de ochenta y nueve punto cuarenta metros, luego quiebra al poniente
1 v. No. A033748
con distancia de cincuenta y dos punto veintiocho metros, luego parte
al Sur con distancia de ochenta y dos punto setenta y dos metros, luego
hacia el oriente con cuarenta y cinco metros, por último hacia el Sur
con distancia de setenta y cuatro punto treinta y nueve metros, colinda
con terreno del señor Nicolás Quintanilla, colinda con terreno del señor
Eduardo Ayala. Identificado como parcela cero ciento dieciséis, mapa
cuatro seis dos dos tres cinco cero seis. Los colindantes son del domi-
EN LA OFICINA JURIDICA DEL LICENCIADO CARLOS VIDAL
cilio de Cantón Hule Chacho, Jurisdicción de Jiquilisco, Departamento
RAMIREZ RAMIREZ, situada en Primera Avenida Sur, Barrio El
de Usulután, del cual solicita TITULO DE PROPIEDAD; presentando
Centro de esta ciudad; AL PÚBLICO,
la ficha catastral respectiva.- Todos los colindantes son del domicilio
del Cantón Hule Chacho, Jurisdicción de Jiquilisco, Departamento de
Usulután, el predio descrito no es dominante, ni está en proindivisión
con ninguna otra persona, siendo dicha posesión unida a la de la solicitud
R
por más de diez años consecutivos, el inmueble lo valúa en DOS MIL
DOLARES de los Estados Unidos de Norte América.
HACE SABER: Que a esta Oficina se han presentado los señores
RODOLFO URBINA LOPEZ E HILDA ISABEL URBINA LOPEZ,
solicitando TITULO SUPLETORIO, a su favor, de un inmueble de naturaleza rústico, situado en el Caserío El Roblito, jurisdicción de Dulce
IA
Nombre de María, de este Departamento, de una extensión superficial
Lo que se avisa al público para los fines de ley.-
de DOS MIL QUINIENTOS SETENTA Y UNO PUNTO NUEVE MIL
TRESCIENTOS SETENTAY CINCO METROS CUADRADOS, que se
pretensiones de la solicitante, lo haga dentro del término legal en mi
describe así: AL NORTE, ciento veinte metros, con José Israel Menjívar
despacho notarial, situado en Segunda Calle Poniente número tres,
Cardoza, cerco de alambre propio del inmueble que se describe; AL
Usulután.-
ORIENTE, veinte metros con Carlos Barillas, calle pública de por
D
Se previene a las personas que desean presentar oposición a las
Librado en la ciudad de Usulután, a los doce días del mes de Enero
medio que conduce de Dulce Nombre de María a San Fernando; AL
SUR, ciento dieciséis punto cincuenta metros, por una parte con José
del año dos mil siete.
Elías Menjívar, cerco de alambre propio del colindante y por otra con
José Israel Menjívar Cardoza, cerco de alambre propio del inmueble
Lic. JORGE ALBERTO ESPERANZA RODRIGUEZ,
ABOGADO Y NOTARIO.
que se describe; Y AL PONIENTE, veintitrés punto cincuenta metros,
con Miguel Murillo, cerco de alambre propio del inmueble que se
describe. Los titulantes valúan el inmueble descrito en la cantidad de
UN MIL TRESCIENTOS DOLARES, lo obtuvieron por compra que
3 v. c. No. A033737-1
le hicieron a José Israel Menjívar Cardoza.
58
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 374
Librado en la Ciudad de Chalatenango, a las ocho horas del
DORA EMELY VENTURA DE ALVAREZ, Abogado y Notario, de
este domicilio, al público,
día diez de enero del dos mil siete.
HACE SABER: Que en su Oficina Notarial, situada en Tercera
Lic. CARLOS VIDAL RAMIREZ RAMIREZ,
Avenida Norte y Doce Calle Poniente Número Ciento Nueve, de esta
ciudad, se ha presentado la señora JUANA HERNANDEZ DE MORA-
NOTARIO.
LES conocida por JUANA HERNANDEZ BONILLA, de cuarenta y un
años de edad, Ama de casa, del domicilio de Caserío Chachagua, Cantón
Piedra Blanca, Departamento de La Unión, con Documento Único de
1 v. No. A033799
Identidad cero uno tres cero siete siete cuatro ocho-cero; y Número de
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Identificación Tributaria catorce once-treinta y uno cero siete sesenta y
cinco-uno cero uno-cuatro; viene a promover Diligencias de TITULO
SUPLETORIO de un terreno de naturaleza rústica, inculto, situado
DORA EMELY VENTURA DE ALVAREZ, Abogado y Notario, de
en el Caserío El “Garrapatal”, Chachagua, Cantón Piedra Blanca del
este domicilio, al público,
Municipio de Conchagua, departamento de La Unión, de la capacidad
superficial de CUATROCIENTOS NOVENTA Y CINCO METROS
CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes: al NORTE:
HACE SABER: Que en su Oficina Notarial, situada en Tercera
Avenida Norte y Doce Calle Poniente Número Ciento Nueve, de esta
ciudad, se ha presentado el señor JOSE EFRAIN GUTIERREZ CRUZ, de
cuarenta y tres años de edad, Misionero, del domicilio de San Miguel, con
Documento Único de Identidad número cero cero nueve cero dos dos tres
cinco-cero; en nombre y representación de la congregación denominada
“IGLESIA DE CRISTO”, del domicilio de San Salvador, con Número
de Identificación Tributaria cero seis- cero ocho cero cinco setenta y
dos-cero cero dos-cero; a promover a favor de la Iglesia de Cristo dili-
gencias de TITULO SUPLETORIO, de un terreno de naturaleza rústica,
inculto, situado en el Caserío “Chachagua”, Cantón Piedra Blanca, lugar
El Garrapatero, Municipio de Conchagua, Departamento de La Unión,
veintidós metros, lindando con terrenos de Isaac Velásquez Hernández
y María Velásquez Gutiérrez, Callejón de por medio; al ORIENTE:
veintidós metros lindando con terreno de Santos Evangelista Velásquez,
Callejón de por medio; al SUR: veintitrés metros lindando con terreno de
Albertina Ortiz, y al PONIENTE: veintidós metros lindando con terreno
de Toribio Hernández Bonilla.- En el lote antes descrito, se encuentra
construida una casa techo de tejas, paredes de bloque repellada, piso
de ladrillo.-Todos los colindantes son de el mismo lugar.- Que dicho
inmueble lo adquirió por compraventa privada que le hizo la señora
MARIA JULIA ZELAYANDIA DE RAMIREZ.- El cual valúa en la
suma de MIL CUATROCIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS
UNIDOS DE AMERICA.-
de la capacidad superficial de TRESCIENTOS CUARENTA Y UNO
PUNTO VEINTICINCO METROS CUADRADOS, de las medidas y
Lo que avisa para efectos de la ley.-
colindancias siguientes: al ORIENTE: veinte metros, linda con terreno
San Miguel, a los diez días de enero de dos mil siete.
de María Dinora Méndez de Cruz; al NORTE: diecisiete metros lindando
con terreno de Marta Mirian Velásquez; al PONIENTE: mide diecinueve
metros lindando con terreno de Toribio Hernández Bonilla, y al SUR:
mide dieciocho metros lindando con terreno de Albertina Ortiz.- En el
LIC. DORA EMELY VENTURA DE ALVAREZ.
NOTARIO.
terreno antes descrito, se encuentra construida una casa techo de tejas,
paredes de bloque, piso de ladrillo, la cual sirve como casa de oración de
la IGLESIA DE CRISTO.-Todos los colindantes son del mismo lugar.-
1 v. No. A033827
R
Que dicho inmueble lo adquirió por compraventa privada que le hizo la
IA
señora MARIA JULIA ZELAYANDIA DE RAMIREZ. El cual valúa
en MIL CUATROCIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS
D
DE AMERICA.-
MIRIAM RITHA GUEVARA MEZA DE PORTILLO, Notaria, de
este domicilio, con Oficina Jurídica ubicada en Colonia Médica, Avenida
Doctor Emilio Álvarez, Edificio San Francisco, Segundo Nivel, número
Lo que avisa para efectos de ley.-
siete, al público, para los efectos de ley,
HACE SABER: Que ante mis oficios notariales se ha presentado
San Miguel, a los diez días de enero de dos mil siete.
el Doctor JUAN PORTILLO HIDALGO, mayor de edad, Abogado y
Notario, de este domicilio, en representación de la señora MARIA SARA
Lic. DORA EMELY VENTURA DE ALVAREZ,
MELENDEZ DE ARAUZ conocida por SARA DE ARAUZ, promoviendo Diligencias de Título Supletorio a favor de su representada, de
NOTARIO.
un inmueble de naturaleza rústica, situado en el Cantón Plan del Toro,
de la Jurisdicción de Tenancingo, Departamento de Cuscatlán, de una
1 v. No. A033826
extensión superficial de CIENTO DIECINUEVE MIL QUINIENTOS
DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 18 de Enero de 2007.
59
cero cero metros; Tramo dos, Noroeste, sesenta y nueve grados veintitrés
equivalentes a CIENTO SETENTA Y UN MIL TREINTA Y UNO
minutos dieciocho segundos con una distancia de veintisiete punto se-
PUNTO VEINTINUEVE VARAS CUADRADAS, el cual se encuentra
tenta y nueve metros; Tramo tres, Noroeste, treinta y cuatro grados
compuesto de dos porciones divididas y separadas entre sí, de las me-
treinta minutos veinticinco segundos con una distancia de treinta y
didas y colindancias siguientes: A) PORCION UNO: de una extensión
nueve punto cuarenta y nueve metros; Tramo cuatro, Noroeste, cincuen-
superficial de CIENTO NUEVE MIL CUARENTA Y UNO PUNTO
ta y nueve grados treinta minutos doce segundos con una distancia de
CUARENTA Y DOS METROS CUADRADOS, EQUIVALENTES A
diecinueve punto ochenta y cuatro metros; Tramo cinco, Suroeste,
CIENTO CINCUENTA Y SEIS MIL DIECINUEVE PUNTO CIN-
ochenta grados diecinueve minutos cuarenta y cinco segundos con una
CUENTA Y DOS VARAS CUADRADAS, la cual tiene las medidas y
distancia de treinta y siete punto setenta metros; Tramo seis, Noroeste,
colindancias siguientes: LINDERO NORTE, partiendo del vértice Nor
ochenta y cinco grados cincuenta y seis minutos cero cuatro segundos
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TREINTA Y TRES PUNTO CERO NUEVE METROS CUADRADOS
con una distancia de cuarenta y ocho punto setenta y tres metros; Tramo
distancias: Tramo uno, Noreste, cuarenta y un grados cero ocho minutos
siete, Suroeste, sesenta y dos grados cuarenta y dos minutos veinticinco
veinticuatro segundos con una distancia de cincuenta y siete punto
segundos con una distancia de treinta y cinco punto ochenta y cinco
diecinueve metros; Tramo dos, Noreste, ochenta y cinco grados veintiséis
metros; Tramo ocho, Suroeste, sesenta y seis grados veintiséis minutos
minutos cincuenta y un segundos con una distancia de cincuenta y tres
veintitrés segundos con una distancia de cincuenta punto cincuenta y
punto noventa y cuatro metros; Tramo tres, Noreste, sesenta y cuatro
seis metros; Tramo nueve, Suroeste, cero siete grados treinta y cuatro
grados cincuenta y seis minutos cero ocho segundos con una distancia
minutos cero dos segundos con una distancia de veintidós punto cua-
de ciento sesenta y dos punto veintinueve metros; colindando con terre-
renta y seis metros; Tramo diez, Suroeste, cuarenta y cinco grados
nos de JOSE ENRIQUE GUZMAN ROMERO Y RIGOBERTO
cincuenta y cinco minutos treinta y siete segundos con una distancia de
GUZMAN ROMERO; colindando con terrenos de RAMIGIO AVALOS
sesenta y seis punto veintitrés metros; Tramo once, Noroeste, ochenta
ESCOBAR. LINDERO ORIENTE, partiendo del vértice Nor Oriente
y cuatro grados treinta y dos minutos dieciséis segundos con una dis-
está formado por doce tramos con los siguientes rumbos y distancias:
tancia de diez punto cincuenta y tres metros; Tramo doce, Suroeste,
Tramo uno, Sureste, sesenta y cinco grados veintisiete minutos dieciocho
sesenta y un grados once minutos doce segundos con una distancia de
segundos con una distancia de cincuenta y uno punto veintisiete metros;
cincuenta punto cincuenta y nueve metros; colindando con terrenos de
Tramo dos, Sureste, veintiséis grados treinta minutos treinta y tres se-
PASTOR CORONADO CARTAGENA, con calle de por medio; colin-
gundos con una distancia de treinta punto catorce metros; Tramo tres,
dando con terrenos de MARÍA SARA MELENDEZ DE ARAUZ, con
Suroeste, treinta y seis grados veinte minutos diecisiete segundos con
calle de por medio. LINDERO PONIENTE, partiendo del vértice Sur
una distancia de cuarenta y tres punto dieciséis metros; Tramo cuatro,
Poniente está formado por dos tramos con los siguientes rumbos y
Sureste, cincuenta y seis grados treinta y tres minutos cuarenta segundos
distancias: Tramo uno, Noroeste, veinte grados cuarenta y ocho minutos
con una distancia de veinticuatro punto setenta y tres metros; Tramo
cuarenta y cuatro segundos con una distancia de ciento diecisiete punto
cinco, Suroeste, cero tres grados cincuenta y siete minutos dieciséis
ochenta y nueve metros; Tramo dos, Noreste, diez grados cuarenta y un
segundos con una distancia de treinta y ocho punto veintisiete metros;
minutos cero siete segundos con una distancia de doscientos cincuenta
Tramo seis, Suroeste, sesenta y cinco grados treinta y cuatro minutos
y tres punto ochenta y ocho metros; colindando con terrenos de JOSEFINA
veinticinco segundos con una distancia de veinte punto setenta metros;
PEÑA FLORES. Así se llega al vértice Nor Poniente, que es donde se
Tramo siete, Sureste, veinticuatro grados veinticuatro minutos diez se-
inició la presente descripción de la porción uno; y B) PORCION DOS:
gundos con una distancia de treinta y uno punto cincuenta y dos metros;
de una extensión superficial de DIEZ MIL CUATROCIENTOS NO-
Tramo ocho, Sureste, ochenta y nueve grados treinta y tres minutos
VENTA Y UNO PUNTO SETENTA Y SIETE METROS CUADRADOS
veinticinco segundos con una distancia de quince punto setenta y dos
equivalentes a QUINCE MIL ONCE PUNTO SESENTA Y OCHO
metros; Tramo nueve, Sureste, cero seis grados trece minutos treinta y
VARAS CUADRADAS el cual tiene las medidas y colindancias siguien-
cuatro segundos con una distancia de cuarenta y dos punto doce metros;
tes: LINDERO NORTE: Partiendo del vértice Nor Poniente está forma-
Tramo diez, Suroeste, ochenta y un grados veintisiete minutos veintiún
do por once tramos con los siguientes rumbos y distancias; Tramo uno,
segundos con una distancia de cuarenta y siete punto sesenta y cuatro
Noreste sesenta y un grados cincuenta y tres minutos treinta y ocho
metros; Tramo once, Sureste, veintitrés grados treinta y seis minutos
segundos con una distancia de cuarenta y ocho punto sesenta y siete
cincuenta y nueve segundos con una distancia de ciento siete punto
metros; Tramo dos, Sureste ochenta y cuatro grados treinta y dos minu-
sesenta y nueve metros; Tramo doce, Sureste, treinta y un grados die-
tos dieciséis segundos con una distancia de once punto setenta y seis
ciocho minutos veintidós segundos con una distancia de ochenta y uno
metros; Tramo tres, Noreste cuarenta y cinco grados cincuenta y cinco
punto setenta y tres metros; colindando por todos estos tramos con te-
minutos treinta y siete segundos con una distancia de setenta y dos
rrenos de MARGARITA HERNANDEZ CAMPOS, de NOÉ RECINOS
punto setenta metros; Tramo cuatro, Noreste cero siete grados treinta y
DE PAZ, de ROSA AGUILAR BLAS, de VERONICA GONZALEZ; y
cuatro minutos cero dos segundos con una distancia de veinte punto
de EFRAÍN ROMERO CANAHUATI. LINDERO SUR, partiendo del
setenta y tres metros; Tramo cinco, Noreste sesenta y seis grados vein-
vértice Sur Oriente está formado por doce tramos con los siguientes
tiséis minutos veintitrés segundos con una distancia de cuarenta y seis
rumbos y distancias: Tramo uno, Suroeste, sesenta y tres grados cero
punto treinta y un metros; Tramo seis, Noreste sesenta y dos grados
tres minutos cincuenta segundos con una distancia de dieciséis punto
cuarenta y dos minutos veinticinco segundos con una distancia de trein-
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Poniente está formado por tres tramos con los siguientes rumbos y
60
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 374
ta y tres punto ochenta y seis metros; Tramo siete, Sureste ochenta y
cinco grados cincuenta y seis minutos cero cuatro segundos con una
Librado en la ciudad de San Salvador, a los once días del mes de
diciembre del año dos mil seis.
distancia de cuarenta y siete punto cuarenta y cuatro metros; Tramo
ocho, Noreste ochenta grados diecinueve minutos cuarenta y cinco segundos con una distancia de treinta y cinco punto sesenta y cuatro
Lic. MIRIAM RITHA GUEVARA MEZA DE PORTILLO,
metros; Tramo nueve, Sureste cincuenta y nueve grados treinta minutos
NOTARIA.
doce segundos con una distancia de quince punto catorce metros; Tramo
diez, Sureste treinta y ocho grados once minutos cuarenta y seis segundos con una distancia de treinta y ocho punto sesenta y cuatro metros;
1 v. No. A033852
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Tramo once, Sureste sesenta y cuatro grados diecinueve minutos quince
segundos con una distancia de treinta y tres punto noventa y un metros;
colindando con terreno de la solicitante señora MARIA SARA
MELENDEZ DE ARAUZ, PORCION UNO, con calle de por medio,
LINDERO ORIENTE: partiendo del vértice Nor Oriente está formado
por un tramo con los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, Su-
LICENCIADA ROSA ARBELIS PORTILLO DE ARGUETA, Notario,
del domicilio de Usulután, con oficina profesional en Avenida Guandique
Número veintiuno, Usulután,
roeste cuarenta grados diecinueve minutos treinta y siete segundos con
HACE SABER: Que a esta oficina ha comparecido en su carácter
terrenos de PASTOR CORONADO CARTAGENA. LINDERO SUR:
personal la señora ANA GERTRUDIS ARÉVALO SOSA, de cuarenta y
partiendo del vértice Sur Oriente está formado por siete tramos con los
nueve años de edad, Odontólogo, del domicilio de esta ciudad, persona a
siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, Noroeste cincuenta y siete
quien no conozco pero identifico por medio de su Documento Único de
grados dieciséis minutos cuarenta y un segundos con una distancia de
Identidad Número: cero tres cinco siete seis dos ocho tres - uno y Tarjeta de
cincuenta y ocho punto diecisiete metros; Tramo dos, Noroeste sesenta
Identificación Tributaria Número: mil ciento diecisiete - ciento treinta mil
y cinco grados catorce minutos treinta y seis segundos con una distancia
ochocientos cincuenta y siete - cero cero uno - uno; MANIFESTANDO:
de treinta y ocho punto veintisiete metros; Tramo tres, Suroeste ochen-
I) Ser dueña y actual poseedora de buena fe, en forma quieta, pacífica,
ta y un grados doce minutos veinticinco segundos con una distancia de
continua e ininterrumpida de un terreno de naturaleza rústica, de una
cincuenta y seis punto noventa y seis metros; Tramo cuatro, Suroeste
extensión superficial de VEINTISÉIS MIL QUINIENTOS CUARENTA
sesenta y dos grados cincuenta y tres minutos cero un segundos con una
Y SEIS PUNTO VEINTICUATRO METROS CUADRADOS, y que es
distancia de cuarenta punto veinte metros; Tramo cinco, Suroeste cua-
el mismo identificado como, mapa: CINCO CINCO CUATRO CERO
renta grados cincuenta y dos minutos treinta y cuatro segundos con una
DOS CERO CERO CERO, parcela CIENTO OCHENTA Y TRES, por
distancia de sesenta y nueve punto setenta metros; Tramo seis, Suroes-
el Instituto Geográfico Nacional, situado en el Cantón Santa Bárbara,
te treinta y dos grados trece minutos veintinueve segundos con una
Municipio de Usulután, Departamento de Usulután, siendo las medidas
distancia de sesenta y cinco punto cuarenta y seis metros; Tramo siete,
y colindancias siguientes: AL ORIENTE: ciento doce metros, linda
Suroeste treinta y siete grados cero cuatro minutos cincuenta y un se-
con Eduardo Castellón Lozano, Rosa Emma Romero, Callejón de por
gundos con una distancia de sesenta y seis punto veintisiete metros;
medio; AL NORTE: doscientos veintitrés metros cero cinco decímetros
colindando terrenos de PASTOR CORONADO CARTAGENA; LIN-
diez centímetros, linda con Felipe Villalobos, Berta Esperanza Baires
DERO PONIENTE: partiendo del vértice Sur Poniente está formado por
de Aparicio; AL PONIENTE: ciento cuarenta y dos metros y linda con
un tramo con los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, Noroeste
terreno de Félix Blandón; AL SUR: ciento noventa y cinco metros, linda
veinte grados cero seis minutos veintinueve segundos con una distancia
con Ana Gertrudis Arévalo Sosa, cerco de piña de por medio, pertene-
de setenta y ocho punto ochenta y cinco metros; colindando con terrenos
ciente a éste.- El Terreno descrito no es dominante ni sirviente, ni está
IA
R
una distancia de trece punto sesenta y cuatro metros; colindando con
de JOSEFINA PEÑA FLORES. Así se llega al vértice Nor Poniente,
D
que es donde se inició la presente descripción de la porción dos. El inmueble general lo hubo por compra en documento privado que hizo la
señora María Sara Meléndez de Aráuz, conocida por Sara de Aráuz, a
su padre, señor Antonio Meléndez, el cual se le extravió, posesión que
sumada a la del señor Antonio Meléndez lo ha poseído por más de
treinta años consecutivos, en forma quieta, pacífica e ininterrumpida,
sin proindivisión con nadie, sin que persona alguna la haya obstaculizado, y sobre el cual no pesa derecho real alguno, ni es fundo dominante ni sirviente y lo valúa en la cantidad de CIENTO SETENTA Y
CINCO MIL COLONES equivalentes a VEINTE MIL DOLARES DE
LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, CON CINCUENTA.
Lo que hace del conocimiento al público para los efectos de Ley.
en proindivisión y no tiene cargas o derechos que pertenezcan a terceras
personas. Del cual solicita TITULO SUPLETORIO, presentando la ficha
catastral respectiva.- Todos los colindantes son del domicilio del Cantón
Santa Bárbara, Departamento de Usulután, el predio descrito lo adquirió
por posesión quieta, pacífica y no ininterrumpida por más de diez años
consecutivos. - El inmueble lo valúa en la cantidad de UN MIL DOSCIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA,
Lo que se avisa al público para los fines de ley.
Se previene a las personas que desean presentar oposición a las
pretensiones de la solicitante, lo hagan dentro del término legal en mi
despacho Notarial, situado en Avenida Guandique Casa Número veintiuno,
Usulután,
61
DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 18 de Enero de 2007.
Librado en la ciudad de Usulután, a los veintiocho días del mes de
Noviembre del año dos mil seis.-
de esta Jurisdicción, de la extensión superficial de UNA MANZANA Y
MEDIA equivalente a CIENTO CINCO AREAS, el cual se describe así:
AL ORIENTE, linda con terreno de la sucesión de Marta Durán viuda
Lic. ROSA ARBELIS PORTILLO DE ARGUETA,
de Durán, que antes fue de Francisca Escobar; AL NORTE, linda con
NOTARIO.
resto de terreno que le quedó al señor Irene Portillo, del cual se desmembró éste; AL PONIENTE, con terreno que fue de Francisco Durán,
1 v. No. C004792
después de Jesús Durán y Roque Durán, hoy de la sucesión de Marta
Durán viuda de Durán; Y AL SUR, con terreno de Manuel Rivera, hoy
de René Rivera. El inmueble antes descrito se encuentra limitado a su
alrededor por cerco de alambre, postes de jiote y tempate, sin accesorios
ni cultivos permanentes. Los colindantes son del domicilio de la situación
Residencial Jardines de Vista Hermosa, Avenida Bella Vista y Calle Cortez
del inmueble. El inmueble lo valoran en la cantidad de QUINCE MIL
Blanco, Polígono A, Número Uno, en esta ciudad y departamento,
DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. El terreno
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MIGUEL ÁNGEL CHICAS, Notario, de este domicilio, con oficina en
HACE SABER: Que ante mis oficios de Notario se han iniciado por
el señor JORGEALBERTO RODRÍGUEZ MURCIA, DILIGENCIAS DE
TITULO SUPLETORIO, manifestando que es dueño y actual poseedor
de un terreno de su propiedad, de naturaleza rústica, situado en Cantón
El Pepeto, jurisdicción de La Reina, Departamento de Chalatenango, de
descrito no es dominante, ni sirviente, no posee accesorios y está en
proindivisión, el inmueble descrito lo adquirieron por Compra hecha al
señor Carmen Aguilar Escobar.
Librado en la Ciudad de Ilobasco, a los veinte días del mes de
octubre del año dos mil seis.-
la extensión superficial CIENTO SESENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS CUATRO PUNTO NOVENTA Y TRES METROS CUADRADOS
Lic. ANA DEL CARMEN VEGA QUINTANILLA,
equivalentes a VEINTITRÉS MANZANAS UN MIL QUINIENTAS
ABOGADA Y NOTARIA.
QUINCE PUNTO CERO DOS VARAS CUADRADAS, de las medidas y
colindancias siguientes: AL NORTE, Distancia de Ciento Noventa y Seis
1 v. No. C004804
punto Cincuenta y Nueve metros, linda con FRANCISCO RODRÍGUEZ
VÁSQUEZ y MANUEL ORTIZ; AL ORIENTE, Distancia de Ciento
Cuarenta y Tres punto Veinte metros linda con ROBERTO GARCÍA;
AL SUR, Distancia de Quinientos Ocho Punto Treinta y Siete metros
JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-
linda con BONIFACIO MALDONADO; y AL PONIENTE, Distancia
TRITO JUDICIAL DE METAPAN
de Cuatrocientos Ochenta y Uno Punto Treinta y Un Metros linda con
FRANCISCO VALLE y FRANCISCO RODRÍGUEZ VÁSQUEZ.
HACE SABER: Que en este Juzgado se ha presentado la señora
HERMELINDA AGUILAR, de treinta y nueve años de edad, doméstica
Lo obtuvo por compra que le hizo al señor CARLOS ADELMO
y del domicilio de esta ciudad, solicitando que se extienda a su favor;
ALAS, en Escritura Privada, el día uno de abril de mil novecientos setenta
TITULO SUPLETORIO de un inmueble de naturaleza rústica, sin culti-
y dos; no es dominante, ni sirviente, ni se encuentra en proindivisión,
vos permanentes, situado en el Cantón Aldea, El Zapote, Caserío Llano
ni pesan sobre él cargas ni derechos reales que deban respetarse por
de las Flores de esta comprensión, de una extensión superficial de MIL
pertenecer a terceras personas.
TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO PUNTO TREINTA Y CINCO
Lo que se avisa al público para los efectos legales consiguientes.
San Salvador, treinta y uno de agosto de dos mil seis.
GALADAMEZ, AL ORIENTE, con RIGOBERTO GALADAMEZ;
AL SUR, con PEDRO ACOSTA y AL PONIENTE, con TRINIDAD
R
IA
METROS CUADRADOS que LINDA AL NORTE, con RIGOBERTO
SANABRIA y RILMA CONSUELO MORALES DE AGUILAR, calle
Lic. MIGUEL ANGEL CHICAS,
de por medio, inmueble que contiene construido en su interior dos
NOTARIO.
D
casas de paredes de ladrillo y adobe techos de tejas pisos de ladrillo
de cemento, con agua potable y energía eléctrica; el referido inmueble
1 v. No. C004794
no es dominante ni sirviente, ni se encuentra en proindivisión con otras
personas y lo valúa en la SUMA DE VEINTE MIL COLONES
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos
ANA DEL CARMEN VEGA QUINTANILLA, Notaria, del domicilio
de San Salvador, con Oficina Ubicada en Primera Calle Oriente, Número
Catorce, Ilobasco,
HACE SABER: Que a mi Oficina Particular se han presentado los
señores BARTOLOME FLORES RODAS, LUCIA FLORES LOPEZ
de ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las catorce horas
treinta minutos del día once de diciembre del año dos mil seis.- Lic.
JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda.
MARIA LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIO.
y MARIA ESPERANZA FLORES DE VELASCO, solicitando se les
extienda a su favor TITULO SUPLETORIO de un terreno de sus propiedades, de naturaleza rústica, el cual está situado en el Cantón Oratorio,
3 v. alt. No. A033785-1
62
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 374
TITULO DE DOMINIO
AVISO DE INSCRIPCION
AVISO DE INSCRIPCION
ALBA ANDREA CASTRO, Notario, del domicilio de San Salvador, con
oficina ubicada en Primera Avenida Sur, número doscientos uno, Barrio El
Centro, frente a Cajas de Crédito, Nueva Concepción, Chalatenango,
EL INFRASCRITO JEFE DEL REGISTRO NACIONAL DE ASO-
HACE SABER: Que ha comparecido DORA ALICIA PLEITEZ
DE HERNANDEZ, mayor de edad, Ama de casa, de este domicilio, con
DUI número cero un millón setecientos cincuenta y nueve mil cincuenta
y seis-uno, manifestando ser dueña y actual poseedora de buena fe en
forma quieta pacífica pública e ininterrumpida de un solar y casa de
naturaleza urbana situado en Colonia Las Brisas del Barrio El Rosario
de la ciudad de Nueva Concepción, Departamento de Chalatenango, de la
capacidad superficial de TRESCIENTOS SETENTAY CINCO METROS
CUADRADOS VEINTIDOS DECIMETROS CUADRADOS, que mide
y linda: AL NORTE: En catorce metros setenta centímetros con solares
y casa de Marta Dolores Clavel viuda de Monge y de María Irma Rivera
Beltrán cerco de alambre de por medio del inmueble que se describe, AL
ORIENTE: En veinticinco metros setenta centímetros con solar y casa de
Antonio Ayala cerco de alambre de por medio de propiedad del inmueble
que se describe; AL SUR: En catorce metros cincuenta centímetros, con
casas y solares de José Herminio Rivera Beltrán y de Miguel Angel
Torres, calle pública de por medio, y AL PONIENTE: En veinticinco
metros setenta centímetros con casa y solar de Moisés Enríquez Guardado, cerco de alambre de por medio de propiedad del inmueble que se
ha descrito, lo adquirió por Donación Irrevobable que le hizo su madre
TOMASA RAMOS DE PLEITEZ, conocida por TOMASA PLEITEZ
DE PLEITEZ, en esta ciudad y departamento a las doce horas del día
veintitrés de Octubre del corriente año, ante los Oficios notariales de la
Licenciada Venilda Concepción Pérez Portillo, Notario del domicilio de
San Salvador. En el cual dicha señora le hizo la tradición del dominio,
posesión y demás derechos anexos que le pertenecían entregándoselo
materialmente. Reservándose el Derecho de Usufructo Mientras viva.
Pero la facultó para seguir las Diligencias de Titulación respectiva a
fin de inscribirlo a su favor en el registro respectivo, del cual solicita
TITULO DE DOMINIO presentando la ficha catastral respectiva, todos
los colindantes son de este domicilio, el predio descrito no es dominante
ni sirviente no tiene carga ni derechos reales de ajena pertenencia ni está
en proindivisión con ninguna persona.
16 de la Ley General de Asociaciones Cooperativas, 5 Inciso Primero
CIACIONES COOPERATIVAS DEL INSTITUTO SALVADOREÑO
DE FOMENTO COOPERATIVO. En cumplimiento de los Artículos
de su Reglamento y 19 literal g) del Reglamento Interno del Instituto
Salvadoreño de Fomento Cooperativo,
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HACE SABER: Que la ASOCIACION COOPERATIVA DE
APROVISIONAMIENTO, AHORRO, CREDITO Y TRANSPORTE
DE MICROBUSEROS DE SAN MIGUEL, DE RESPONSABILIDAD
LIMITADA, que se abrevia “ACOMISAM, DE R.L.”, con domicilio
legal en San Miguel, Departamento de San Miguel, y que goza de personalidad jurídica desde el dos de junio de mil novecientos noventa y
dos, se encuentra INSCRITA bajo el número QUINCE, folios doscientos
cuarenta frente a doscientos sesenta y uno frente, del Libro TRECE de
Asociaciones Cooperativas de APROVISIONAMIENTO. Dicha entidad
reformó parcialmente sus Estatutos en los Artículos 1,3,6,7,8,69,70,71,82,
y 91, incluyendo el cambio de su denominación anterior por la siguiente: ASOCIACION COOPERATIVA DE TRANSPORTE, AHORRO Y
CRÉDITO DE MICROBUSEROS DE SAN MIGUEL, DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, que se abrevia “ACOMISAM, de R.L.” y con
domicilio en San Miguel, Departamento de San Miguel. Tal reforma, ha
sido inscrita bajo el número DIECIOCHO, folios doscientos cuarenta
y ocho frente a doscientos cincuenta y uno vuelto del Libro QUINTO
de Asociaciones Cooperativas de TRANSPORTE que lleva el Registro
Nacional de Asociaciones Cooperativas del Instituto Salvadoreño de
Fomento Cooperativo, a los veintiún días del mes de noviembre de dos
mil seis.
San Salvador, 21 de noviembre de 2006.
MISAEL EDGARDO DIAZ,
JEFE DEL REGISTRO NACIONAL
R
DE ASOCIACIONES COOPERATIVAS.
Lo valúa en DOCE MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS
DE AMERICA.
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1 v. No. A033809
D
Lo que se avisa al público para los fines de ley, se previene a las
personas que deseen presentar oposición a las pretensiones del solicitante lo hagan dentro del término legal en mi despacho notarial antes
mencionado.
Librado en oficina de la suscrita Notaria, Nueva Concepción,
departamento de Chalatenango, a los quince días del mes de enero de
dos mil siete.
JUICIOS DE AUSENCIA
A mi oficina profesional, situada en la Avenida Monseñor Oscar
Arnulfo Romero, número ciento veintinueve, edificio “Banco Salvadoreño”, tercera planta, local número trescientos veinticuatro, en esta
ciudad, se ha presentado el señor RICARDO ARTURO ARAUJO CA-
LIC. ALBA ANDREA CASTRO,
CEROS, actuando en su calidad de Representante Legal de la sociedad
NOTARIO.
“QUANTUM ENTERPRISES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE”. manifestando que promoverá un proceso Civil Ordinario
1 v. No. C004808
contra los señores MARTIN EDUARDO y JOSE ALEX, los de apellidos
63
DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 18 de Enero de 2007.
CLARAMOUNT VILLAFAÑE, A EFECTO DE QUE SE DECLARE
SE PREVIENE de acuerdo al Art. 141 Pr.C., que si el mencionado
LA NULIDAD DE LA Escritura Pública de Cesión de Crédito otorgada
señor Henríquez Méndez, tiene Procurador o Representante Legal en
a favor de ellos por la señora CELESTE GLORIA LUZ GUERRA DE
el País, se presente dentro de los quince días subsiguientes a la última
CLARAMOUNT, por medio de su apoderado señor JUAN CARLOS
publicación de este AVISO y compruebe en legal forma tal circunstan-
CLARAMOUNT VILLAFAÑE.
cia.
Los expresados señores no se encuentran en el país y se desconoce
el paradero de ellos; no se sabe sin han dejado apoderado, procurador
o Representante Legal; por ello, con fundamento en los Arts. 141 Pr.
C. y 25 de la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria
ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. LILIAN
MABEL RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO.
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y de Otras Diligencias, viene a promover las Diligencias respectivas,
Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a las ocho horas
treinta minutos del día ocho de enero del año dos mil siete. DOCTORA
a efecto de que se les nombre un Curador Especial que los represente
en el expresado Juicio Ordinario, se previene que si los ausentes tienen
Apoderado, Procurador o Representante Legal se presente éste dentro
1 v. No. A033783
de los quince días después de la última publicación y compruebe su
calidad.
Lo que hago del conocimiento público para los efectos legales
consiguientes.
LICENCIADA MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ
San Salvador, veintisiete de Noviembre del dos mil seis.
DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.-
AVISA: Que en este Tribunal se ha presentado el Licenciado
FEDERICO ALBERTO ALFARO OVIEDO, de cuarenta años de edad,
RICARDO MEJIA ANGULO,
Abogado y Notario, de los domicilios de Nueva San Salvador y San
NOTARIO.
Vicente, en su carácter de Apoderado General Judicial de la CAJA DE
CREDITO RURAL DE SAN VICENTE, SOCIEDAD COOPERATIVA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE
1 v. No. A033769
contra el señor JOSE RENE ORTIZ, manifestando que ha promovido
Juicio Ejecutivo Mercantil contra el señor antes mencionado, pero se
ha ausentado de su domicilio, ignorando sus paraderos y desconociendo
si ha dejado Procurador o Representante Legal para que lo represente
Doctora Ana Felícita Estrada, Juez de lo Civil del distrito judicial del
en dicho juicio, por lo que solicita que previos los trámites de ley se le
Departamento de San Vicente, al público para los efectos de ley.
nombre al ausente señor JOSE RENE ORTIZ, un Curador Especial para
que lo represente en el Juicio indicado, en consecuencia, se previene que
HACE SABER: Que en este Tribunal, el Licenciado Federico
Alberto Alfaro Oviedo, de Cuarenta y tres años de edad, Abogado y
Notario, de los domicilios de Santa Tecla y San Vicente, actuando en
si el referido señor tuviere Procurador o Representante Legal se presente
a este Tribunal a comprobar dicha circunstancia dentro de quince días
subsiguientes a la tercera publicación de este aviso.
su calidad de Apoderado General Judicial con Cláusula Especial de LA
Lo que se hace saber al público en general para los efectos de
CAJA DE CREDITO DE SAN VICENTE, SOCIEDAD COOPERA-
TIVA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIA-
Ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Quezaltepeque, a las doce horas
SAN VICENTE, ésta representada judicial y extrajudicialmente por
del día trece de septiembre de dos mil seis.- LICDA. MARIBEL DEL
su Director-Presidente señor Fulbio Alirio Hernández Rodríguez, de
ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. JOSÉ
cuarenta y cuatro años de edad, Contador, del domicilio de San Vicente,
ELEAZAR CARDONA GUEVARA, SECRETARIO.
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BLE, DEL DOMICILIO DE LA CIUDAD Y DEPARTAMENTO DE
ha iniciado incidente de ausencia en el Juicio Civil Ejecutivo, REF. E.
75-1-06, promovido en contra del señor EDUARDO HENRIQUEZ
1 v. No. A033784
MENDEZ, de cuarenta y cinco años de edad, Motorista, del domicilio
de Soyapango, Departamento de San Salvador, actualmente de domicilio
ignorado y sin saber si dejó Procurador o representante Legal en el País
por lo que LA CAJA DE CREDITO DE SAN VICENTE, SOCIEDAD
COOPERATIVA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL
ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial,
VARIABLE, DEL DOMICILIO DE LA CIUDADY DEPARTAMENTO
al público para los efectos de ley,
DE SAN VICENTE, ésta representada judicial y extrajudicialmente por
su Director-Presidente señor Fulbio Alirio Hernández Rodríguez, pide
se le nombre un curador especial para que lo represente en el Juicio
aludido.
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Licenciado
FEDERICO ALBERTO ALFARO OVIEDO en su calidad de Apoderado
General Judicial con cláusula especial de la CAJA DE CRÉDITO DE SAN
VICENTE, Sociedad Cooperativa de Responsabilidad Limitada de Capital
64
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 374
Variable, del domicilio de esta ciudad, quien ha demandado en Juicio
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Ejecutivo Civil a la señora ANA MIRIAN MOLINA DE VÁSQUEZ,
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-
mayor de edad, empleada, quien tuvo como último domicilio el de esta
vos. San Salvador, a los seis días del mes de noviembre del año dos mil
ciudad; por ignorar su paradero o residencia actual, ni saber si ha dejado
seis.
Procurador o Representante Legal que atienda los negocios de ésta, viene
a iniciar el Incidente de Ausencia correspondiente a fin de que cumplido
LIC. MARÍA DAFNE RUIZ,
el trámite legal, se le nombre un Curador Especial para que represente
a dicha señora en el presente Juicio.
REGISTRADOR.
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Por lo tanto se previene que si alguna persona es Procurador o Re-
CARLOS ARTURO SOTO GARCÍA,
presentante Legal de la señora ANA MIRIAN MOLINA DE VÁSQUEZ,
SECRETARIO.
se presente a este Juzgado a comprobar tal calidad dentro de los quince
días subsiguientes a la tercera y última publicación del presente aviso.
3 v. alt. No. C004855-1
Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los dieciocho
días del mes de Diciembre del año dos mil seis. DRA. ANA FELICITA
ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. LILIAN MABEL RUIZ DE
SALINAS, SECRETARIO.
No. de Expediente: 1993003275
1 v. No. A033786
No. de Presentación: 20060082829
CLASE: 09.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA,
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado JOSE RO-
RENOVACION DE MARCAS
BERTO ROMERO MENA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
actuando como APODERADO de GES Technologies, IP GmbH, del do-
No. Expediente: 1992003404
micilio de Schwarzwaldallee 215, CH-4058 Basel, Suiza, de nacionalidad
No. de Presentación: 20060084784
SUIZA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00023
del Libro 00035 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en las
CLASE: 30.
palabras DIENER INTEGRAL; que ampara productos comprendidos
en la(s) Clase 09 de la Clasificación Internacional de Niza.
LA INFRASCRITA REGISTRADOR,
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
R
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
BERTO ROMERO MENA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
San Salvador, a los treinta y uno días del mes de octubre del año dos mil
actuando como APODERADO de MARS, INCORPORATED, del domi-
seis.
D
IA
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado JOSE RO-
cilio de 6885 ELM STREET, MCLEAN, VIRGINIA, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando
RENOVACION, para la inscripción Número 00106 del Libro 00038
de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra KUDOS
LIC. MARÍA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
en donde la letra K es mayúscula y la S es de forma caprichosa; que
ampara productos comprendidos en la(s) Clase 30 de la Clasificación
Internacional de Niza.
RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,
SECRETARIO.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
3 v. alt. No. C004859-1
DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 18 de Enero de 2007.
65
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
No. de Expediente: 1993003274
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-
No. de Presentación: 20060082828
tivos. San Salvador, a los dieciséis días del mes de octubre del año dos
CLASE: 09.
mil seis.
LA INFRASCRITA REGISTRADOR,
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado JOSE RO-
LIC. MARÍA DAFNE RUIZ,
BERTO ROMERO MENA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,
REGISTRADOR.
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
actuando como APODERADO de GES Technologies, IP GmbH, del
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
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A
domicilio de Schwarzwaldallee 215, CH-4058 Basel, Suiza, de nacio-
nalidad SUIZA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número
SECRETARIO.
00017 del Libro 00035 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente
en la palabra AMERICA; que ampara productos comprendidos en la(s)
Clase 09 de la Clasificación Internacional de Niza.
3 v. alt. No. C004862-1
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
MARCAS DE FABRICA
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, a los veintiséis días del mes de octubre del año dos mil
No. de Expediente: 2006063089
seis.
No. de Presentación: 20060086074
CLASE: 05.
LIC. MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
SALVADOR ANIBAL JUÁREZ URQUILLA,
SECRETARIO.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RUTH
ELIZABETH OLIVARES LINARES, en su calidad de APODERADO
de LABORATORIOS CAROSA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: LABORATORIOS CAROSA, S.A.
DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de
la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
BYMOTIN
R
3 v. alt. No. C004860-1
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
Consistente en: la palabra BYMOTIN, que servirá para: AMPARAR:
PRODUCTOS FARMACEUTICOS, VETERINARIOS; PRODUCTOS
HIGIENICOS; PRODUCTOS DIETETICOS PARA NIÑOS Y ENFERMOS, EMPLASTOS, MATERIAL PARA VENDAJES, MATERIAL
PARA EMPASTAR LOS DIENTES Y PARA IMPRONTAS DENTALES; DESINFECTANTES; PREPARACIONES PARA DESTRUIR
LAS MALAS HIERBAS Y LOS ANIMALES DAÑINOS.
LA INFRASCRITA REGISTRADOR,
La solicitud fue presentada el día veintinueve de noviembre del
año dos mil seis.
No. de Expediente: 1993003292
No. de Presentación: 20060082830
D
IA
CLASE: 09.
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado JOSE RO-
BERTO ROMERO MENA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, treinta de noviembre del año dos mil seis.
actuando como APODERADO de GES Technologies, IP GmbH, del
domicilio de Schwarzwaldallee 215, CH-4058 Basel, Suiza, de nacio-
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
nalidad SUIZA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número
REGISTRADOR.
00030 del Libro 00035 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente
en la palabra CRONOS; que ampara productos comprendidos en la(s)
Clase 09 de la Clasificación Internacional de Niza.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
3 v. alt. No. A033707-1
66
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 374
No. de Expediente: 2006063086
PARA EMPASTAR LOS DIENTES Y PARA IMPRONTAS DENTALES; DESINFECTANTES; PREPARACIONES PARA DESTRUIR
LAS MALAS HIERBAS Y LOS ANIMALES DAÑINOS.
No. de Presentación: 20060086070
CLASE. 05.
La solicitud fue presentada el día veintinueve de noviembre del
año dos mil seis.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RUTH
ELIZABETH OLIVARES LINARES, en su calidad de APODERADO
de LABORATORIOS CAROSA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: LABORATORIOS CAROSA, S.A.
DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de
la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, treinta de noviembre del año dos mil seis.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
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REGISTRADOR.
ADENOSINA
Consistente en: La palabra ADENOSINA, que servirá para:
AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS, VETERINARIOS;
PRODUCTOS HIGIÉNICOS; PRODUCTOS DIETETICOS PARA
NIÑOS Y ENFERMOS, EMPLASTROS, MATERIAL PARA VENDAJES, MATERIALES PARA EMPASTAR LOS DIENTES Y PARA
IMPRONTAS DENTALES; DESINFECTANTES; PREPARACIONES
PARA DESTRUIR LAS MALAS HIERBAS Y LOS ANIMALES DAÑINOS.
MARTA DELIA CLAVEL DE VEGA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. A033710-1
No. de Expediente: 2006063093
La solicitud fue presentada el día veintinueve de noviembre del
año dos mil seis.
No. de Presentación: 20060086081
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, treinta de noviembre del año dos mil seis.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RUTH
ELIZABETH OLIVARES LINARES, en su calidad de APODERADO
de LABORATORIOS CAROSA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: LABORATORIOS CAROSA, S.A.
DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de
la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
CLIDIN
R
SECRETARIA.
CLASE: 05.
Consistente en: La palabra CLIDIN, que servirá para: AMPARAR:
PRODUCTOS FARMACÉUTICOS, VETERINARIOS; PRODUCTOS
HIGIÉNICOS; PRODUCTOS DIETETICOS PARA NIÑOS Y ENFERMOS, EMPLASTOS, MATERIAL PARA VENDAJES, MATERIALES
PARA EMPASTAR LOS DIENTES Y PARA IMPRONTAS DENTALES; DESINFECTANTES; PREPARACIONES PARA DESTRUIR
LAS MALAS HIERBAS Y LOS ANIMALES DAÑINOS.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
La solicitud fue presentada el día veintinueve de noviembre del
año dos mil seis.
3 v. alt. No. A033709-1
No. de Expediente: 2006063085
IA
No. de Presentación: 20060086068
D
CLASE: 05.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RUTH
ELIZABETH OLIVARES LINARES, en su calidad de APODERADO
de LABORATORIOS CAROSA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: LABORATORIOS CAROSA, S.A.
DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de
la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, treinta de noviembre del año dos mil seis.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
ACETILO
ISMEL EDITH VALLES DE HERNÁNDEZ,
Consistente en: La palabra ACETILO, que servirá para: AMPARAR:
PRODUCTOS FARMACÉUTICOS, VETERINARIOS; PRODUCTOS
HIGIÉNICOS; PRODUCTOS DIETETICOS PARA NIÑOS Y ENFERMOS, EMPLASTROS, MATERIAL PARA VENDAJES, MATERIALES
SECRETARIA.
3 v. alt. No. A033711-1
DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 18 de Enero de 2007.
No. de Expediente: 2006063092
67
TERIALES PARA EMPASTAR LOS DIENTES Y PARA IMPRONTAS
DENTALES; DESINFECTANTES; PRODUCTOS PARA DESTRUIR
LAS MALAS HIERBAS Y LOS ANIMALES DAÑINOS.
No. de Presentación: 20060086079
CLASE: 05.
La solicitud fue presentada el día veintinueve de noviembre del
año dos mil seis.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RUTH
ELIZABETH OLIVARES LINARES, en su calidad de APODERADO
de LABORATORIOS CAROSA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: LABORATORIOS CAROSA, S.A.
DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de
la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, treinta de noviembre del año dos mil seis.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
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LT
A
REGISTRADOR.
CAROLITICO
Consistente en: La palabra CAROLITICO, que servirá para:
AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS, VETERINARIOS;
PRODUCTOS HIGIÉNICOS; PRODUCTOS DIETETICOS PARA
NIÑOS Y ENFERMOS, EMPLASTROS, MATERIAL PARA VENDAJES, MATERIALES PARA EMPASTAR LOS DIENTES Y PARA
IMPRONTAS DENTALES; DESINFECTANTES; PREPARACIONES
PARA DESTRUIR LAS MALAS HIERBAS Y LOS ANIMALES DAÑINOS.
RHINA GUADALUPE BARRERA DE ARAUJO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. A033713-1
No. de Expediente: 2006063090
La solicitud fue presentada el día veintinueve de noviembre del
año dos mil seis.
No. de Presentación: 20060086075
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, treinta de noviembre del año dos mil seis.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
GERARDO ENRIQUE MÉNDEZ FLOREZ CABEZAS,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RUTH
ELIZABETH OLIVARES LINARES, en su calidad de APODERADO
de LABORATORIOS CAROSA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: LABORATORIOS CAROSA, S.A.
DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de
la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
CARDIFAN
R
SECRETARIO.
CLASE: 05.
Consistente en: La palabra CARDIFAN, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS, VETERINARIOS;
PRODUCTOS HIGIÉNICOS; PRODUCTOS DIETETICOS PARA
NIÑOS Y ENFERMOS, EMPLASTOS, MATERIAL PARA VENDAJES, MATERIALES PARA EMPASTAR LOS DIENTES Y PARA
IMPRONTAS DENTALES; DESINFECTANTES; PREPARACIONES
PARA DESTRUIR LAS MALAS HIERBAS Y LOS ANIMALES DAÑINOS.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
La solicitud fue presentada el día veintinueve de noviembre del
año dos mil seis.
3 v. alt. No. A033712-1
No. de Expediente: 2006063091
IA
No. de Presentación: 20060086077
D
CLASE: 05.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RUTH
ELIZABETH OLIVARES LINARES, en su calidad de APODERADO
de LABORATORIOS CAROSA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: LABORATORIOS CAROSA, S.A.
DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de
la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, primero de diciembre del año dos mil seis.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
CAROCIMET
Consistente en: La palabra CAROCIMET, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS, VETERINARIOS; PRODUCTOS HIGIÉNICOS; PRODUCTOS DIETÉTICOS PARA NIÑOS
Y ENFERMOS, EMPLASTROS, MATERIAL PARA VENDAJES, MA-
FRANCISCO ADOLFO SACA CATELLÓN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. A033715-1
68
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 374
No. de Expediente: 2006063084
PARA EMPASTAR LOS DIENTES Y PARA IMPRONTAS DENTALES; DESINFECTANTES; PREPARACIONES PARA DESTRUIR
LAS MALAS HIERBAS Y LOS ANIMALES DAÑINOS.
No. de Presentación: 20060086066
CLASE: 05.
La solicitud fue presentada el día veintinueve de noviembre del
año dos mil seis.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RUTH
ELIZABETH OLIVARES LINARES, en su calidad de APODERADO
de LABORATORIOS CAROSA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: LABORATORIOS CAROSA, S.A.
DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de
la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, cuatro de diciembre del año dos mil seis.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
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REGISTRADOR.
BRONQUINA
Consistente en: La palabra BRONQUINA, que servirá para:
AMPARAR; PRODUCTOS FARMACÉUTICOS, VETERINARIOS;
PRODUCTOS HIGIÉNICOS; PRODUCTOS DIETETICOS PARA
NIÑOS Y ENFERMOS, EMPLASTOS, MATERIAL PARA VENDAJES, MATERIALES PARA EMPASTAR LOS DIENTES Y PARA
IMPRONTAS DENTALES; DESINFECTANTES; PREPARACIONES
PARA DESTRUIR LAS MALAS HIERBAS Y LOS ANIMALES DAÑINOS.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. A033717-1
No. de Expediente: 2006063082
La solicitud fue presentada el día veintinueve de noviembre del
año dos mil seis.
No. de Presentación: 20060086063
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, treinta de noviembre del año dos mil seis.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
ISMEL EDITH VALLES DE HERNÁNDEZ,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RUTH
ELIZABETH OLIVARES LINARES, en su calidad de APODERADO
de LABORATORIOS CAROSA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: LABORATORIOS CAROSA, S.A.
DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de
la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
BONOMIL
R
SECRETARIA.
CLASE: 05.
Consistente en: La palabra BONOMIL, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS, VETERINARIOS;
PRODUCTOS HIGIÉNICOS; PRODUCTOS DIETETICOS PARA
NIÑOS Y ENFERMOS, EMPLASTOS, MATERIAL PARA VENDAJES, MATERIALES PARA EMPASTAR LOS DIENTES Y PARA
IMPRONTAS DENTALES; DESINFECTANTES; PREPARACIONES
PARA DESTRUIR LAS MALAS HIERBAS Y LOS ANIMALES DAÑINOS.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
La solicitud fue presentada el día veintinueve de noviembre del
año dos mil seis.
3 v. alt. No. A033716-1
No. de Expediente: 2006063083
IA
No. de Presentación: 20060086065
D
CLASE: 05.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RUTH
ELIZABETH OLIVARES LINARES, en su calidad de APODERADO
de LABORATORIOS CAROSA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: LABORATORIOS CAROSA, S.A.
DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de
la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, cuatro de diciembre del año dos mil seis.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
BACITIL
Consistente en: La palabra BACITIL, que servirá para: AMPARAR:
PRODUCTOS FARMACÉUTICOS, VETERINARIOS; PRODUCTOS
HIGIÉNICOS; PRODUCTOS DIETETICOS PARA NIÑOS Y ENFERMOS, EMPLASTOS, MATERIAL PARA VENDAJES, MATERIALES
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. A033718-1
DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 18 de Enero de 2007.
69
MOS, EMPLASTOS, MATERIAL PARA VENDAJES, MATERIALES
PARA EMPASTAR LOS DIENTES Y PARA IMPRONTAS DENTALES; DESINFECTANTES; PREPARACIONES PARA DESTRUIR
LAS MALAS HIERBAS Y LOS ANIMALES DAÑINOS.
No. de Expediente: 2006063095
No. de Presentación: 20060086084
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RUTH
ELIZABETH OLIVARES LINARES, en su calidad de APODERADO
de LABORATORIOS CAROSA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: LABORATORIOS CAROSA, S.A.
DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de
la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
La solicitud fue presentada el día veintinueve de noviembre del
año dos mil seis.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, primero de diciembre del año dos mil seis.
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DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
MIDERM
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,
Consistente en: La palabra MIDERM, que servirá para: AMPARAR:
PRODUCTOS FARMACÉUTICOS, VETERINARIOS; PRODUCTOS
HIGIÉNICOS; PRODUCTOS DIETÉTICOS PARA NIÑOS Y ENFERMOS, EMPLASTOS, MATERIAL PARA VENDAJES, MATERIALES
PARA EMPASTAR LOS DIENTESY PARA IMPRONTAS DENTALES;
DESINFECTANTES; PRODUCTOS PARA DESTRUIR LAS MALAS
HIERBAS Y LOS ANIMALES DAÑINOS.
SECRETARIO.
3 v. alt. No. A033721-1
La solicitud fue presentada el día veintinueve de noviembre del
año dos mil seis.
No. de Expediente: 2006063087
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, primero de diciembre del año dos mil seis.
CLASE: 05.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
No. de Presentación: 20060086071
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RUTH
ELIZABETH OLIVARES LINARES, en su calidad de APODERADO
de LABORATORIOS CAROSA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: LABORATORIOS CAROSA, S.A.
DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de
la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
RHINA GUADALUPE BARRERA DE ARAUJO,
BUDITIN
SECRETARIA.
3 v. alt. No. A033720-1
R
No. de Expediente: 2006063088
IA
No. de Presentación: 20060086073
Consistente en: La palabra BUDITIN, que servirá para: AMPARAR:
PRODUCTOS FARMACÉUTICOS, VETERINARIOS; PRODUCTOS
HIGIÉNICOS; PRODUCTOS DIETETICOS PARA NIÑOS Y ENFERMOS, EMPLASTROS, MATERIAL PARA VENDAJES, MATERIALES
PARA EMPASTAR LOS DIENTES Y PARA IMPRONTAS DENTALES; DESINFECTANTES; PREPARACIONES PARA DESTRUIR
LAS MALAS HIERBAS Y LOS ANIMALES DAÑINOS.
La solicitud fue presentada el día veintinueve de noviembre del
año dos mil seis.
D
CLASE. 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RUTH
ELIZABETH OLIVARES LINARES, en su calidad de APODERADO
de LABORATORIOS CAROSA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: LABORATORIOS CAROSA, S.A.
DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de
la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
BUTINOL
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, treinta de noviembre del año dos mil seis.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
MARTA DELIA CLAVEL DE VEGA,
SECRETARIA.
Consistente en: La palabra BUTINOL, que servirá para: AMPARAR:
PRODUCTOS FARMACÉUTICOS, VETERINARIOS; PRODUCTOS
HIGIÉNICOS; PRODUCTOS DIETETICOS PARA NIÑOS Y ENFER-
3 v. alt. No. A033722-1
70
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 374
La solicitud fue presentada el día once de diciembre del año dos
mil seis.
No. de Expediente: 2006062635
No. de Presentación: 20060085283
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, dieciocho de diciembre del año dos mil seis.
CLASE: 09.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ROGER
ROBERTO DÍAZ, en su calidad de APODERADO de MAYOREO
FERRETERO CENTROAMERICANO, SOCIEDAD ANÓNIMA DE
CAPITAL VARIABLE que se abrevia: MAFESA, S.A. DE C.V., de
nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA
DE FABRICA Y DE COMERCIO,
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
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REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C004800-1
Consistente en: Las palabras ULTRA ELECTRIC y diseño, que se
traduce al castellano ULTRA ELÉCTRICO; sobre las palabras ULTRA
ELECTRIC no se le concede exclusividad, que servirá para: AMPARAR:
PRODUCTOS PARA LA CONDUCCIÓN, DISTRIBUCIÓN, TRANSFORMACIÓN, ACUMULACIÓN, REGULACIÓN O CONTROL DE
LA ELECTRICIDAD, TALES COMO: TOMACORRIENTES, SWITCH
Y EXTENSIONES ELÉCTRICAS.
La solicitud fue presentada el día trece de noviembre del año dos
mil seis.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, cuatro de enero del año dos mil siete.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ,
REGISTRADOR.
NOMBRE COMERCIAL
No. de Expediente: 2006058328
No. de Presentación: 20060078576
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MÓNICA
GUADALUPE PINEDA MACHUCA, en su calidad de APODERADO
ESPECIAL de NEGOCIOS GENERALES CONSOLIDADOS, SOCIEDAD ANÓNIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el
registro del NOMBRE COMERCIAL,
GUILLERMO ALFONSO LÓPEZ,
SECRETARIO.
SHATZI
3 v. alt. No. A033800-1
No. de Expediente: 2006063393
No. de Presentación: 20060086728
R
CLASE: 30.
IA
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
D
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado GIANCARLO
ANGELUCCI SILVA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de
INVERSIONES BP, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: INVERSIONES BP, S.A. DE C.V., de nacionalidad
SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA
Y DE COMERCIO,
Consistente en: La expresión SHATZI, que servirá para: DISTINGUIR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL DEDICADO A LA
VENTA DE ACCESORIOS PARA DAMAS Y CABALLEROS, UBICADO EN CENTRO COMERCIAL HIPERMALL LAS CASCADAS,
ENTRE CARRETERA PANAMERICANA, CALLE CHILTIUPAN Y
AVENIDA MASFERRER, HOY JERUSALÉN, LOCAL L-118.
La solicitud fue presentada el día siete de junio del año dos mil
seis.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, primero de septiembre del año dos mil seis.
Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDÓN,
REGISTRADORA.
KATYA MARGARITA MARTÍNEZ GUTIÉRREZ,
SECRETARIA.
Consistente en: Las palabras Viva espresso y diseño, traducidas al
castellano como viva expresso, que servirá para: AMPARAR: CAFÉ.
3 v. alt. No. A033749-1
DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 18 de Enero de 2007.
No. de Expediente: 2006063417
71
INVERSIONES BP, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE
que se abrevia: INVERSIONES BP, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,
No. de Presentación: 20060086770
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
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HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSÉ
RODOLFO GUARDADO, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su
calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,
Consistente en: Las palabras Viva espresso y diseño, traducidas
al castellano como viva expresso, que servirá para: IDENTIFICAR Y
DISTINGUIR UN ESTABLECIMIENTO QUE SE DEDICARA A
PRESTAR SERVICIOS DE PRODUCCIÓN, FABRICACIÓN, PREPARACIÓN, COMERCIALIZACIÓN, DISTRIBUCIÓN Y VENTA DE
PRODUCTOS ALIMENTICIOS EN TODAS SUS FASES Y ETAPAS,
ASÍ COMO SERVICIOS DE RESTAURANTES, CAFETERÍAS Y PANADERÍAS UBICADO EN CENTRO COMERCIAL LA GRAN VÍA
LOCAL S-117, ANTIGUO CUSCATLAN, LA LIBERTAD.
Consistente en: Las palabras BOBINSAL BOBINADOS INDUSTRIALES SALVADOREÑOS y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR
UNA EMPRESA INDUSTRIAL, DEDICADA A LA ACTIVIDAD
ECONÓMICA DE REBOBINADOS DE MOTORES, UBICADA EN
AUTOPISTA NORTE, NUMERO CIENTO TREINTA Y OCHO - B,
SAN SALVADOR.
La solicitud fue presentada el día doce de diciembre del año dos
mil seis.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, trece de diciembre del año dos mil seis.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
La solicitud fue presentada el día once de diciembre del año dos
mil seis.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, dieciocho de diciembre del año dos mil seis.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C004802-1
SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL
REGISTRADOR.
No. de Expediente: 2006063392
MARTA DELIA CLAVEL DE VEGA,
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
R
SECRETARIA.
3 v. alt. No. A033843-1
D
IA
No. de Presentación: 20060086727
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado GIANCARLO
ANGELUCCI SILVA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de
INVERSIONES BP, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: INVERSIONES BP, S.A. DE C.V., de nacionalidad
SALVADOREÑA, solicitando el registro de la EXPRESIÓN O SEÑAL
DE PROPAGANDA,
No. de Expediente: 2006063391
No. de Presentación: 20060086726
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado GIANCARLO
ANGELUCCI SILVA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de
Consistente en: La expresión Viva espreso y diseño, traducida al
castellano como viva expreso, que servirá para: LLAMAR LA ATEN-
72
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 374
CIÓN DE LOS CONSUMIDORES O USUARIOS SOBRE LOS
00/100 DÓLARES ($ 12,000.00) y que tiene el establecimiento siguien-
SERVICIOS DE PRODUCCIÓN, FABRICACIÓN, PREPARACIÓN,
te: 001-) denominado INVERSIONES LOS ÁNGELES, S. A. DE C.
COMERCIALIZACIÓN, DISTRIBUCIÓNYVENTA DE PRODUCTOS
V., ubicado en CONDOMINIO VISTAS DEL CARMEN, CALLE LA
ALIMENTICIOS EN TODAS SUS FASESY ETAPAS, ASÍ COMO SER-
RONDA, EDIFICIO MAQUILISHUAT, LOCAL No. 3-D, del domicilio
VICIOS DE RESTAURANTES, CAFETERÍAS Y PANADERÍAS.
de SAN SALVADOR, SAN SALVADOR, y que se dedica a SERVICIOS
La solicitud fue presentada el día once de diciembre del año dos
DE CONSULTORÍA EN EQUIPOS MÉDICOS.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de ley.
mil seis.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
San Salvador, cuatro de enero de dos mil siete.
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
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San Salvador, catorce de diciembre del año dos mil seis.
Lic. JULIO RUBÉN TRUJILLO VENTURA,
REGISTRADOR.
Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDÓN,
REGISTRADORA.
3 v. alt. No. A033860-1
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
ASIENTO DE EMPRESA 2006056527
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2006056527- 001
3 v. alt. No. C004801-1
LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO DE
REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-
MATRÍCULAS DE COMERCIO
TOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RUBÉN
ASIENTO DE EMPRESA 2006057889
MARTÍNEZ ELÍAS, de nacionalidad SALVADOREÑA, con número
de Documento Único de Identidad 00002375- 7 del domicilio de CIUDAD
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2006057889- 001
DELGADO, con Número de Identificación Tributaria: 0614-140133102-0, el cual ha presentado solicitud a las quince horas y dieciséis
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-
GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESAY ESTABLECIMIENTOS
DEL REGISTRO DE COMERCIO.
minutos del día trece de junio de dos mil seis, con la cual se otorgó
el asiento de Empresa No. 2006056527 inscripción 238 y el asiento
de Establecimiento No. 2006056527- 001, inscripción 239, ambos del
Libro 116 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento. La
Empresa se dedica a DISTRIBUIDORA DE GAS PROPANO, con
HERRERA RODRÍGUEZ, en su calidad de Representante legal de la
dirección en COLONIA CUSCATLÁN, CALLE PRINCIPAL, No. 13
R
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RAFAEL
IA
sociedad INVERSIONES LOS ÁNGELES SOCIEDAD ANÓNIMA DE
del domicilio de CIUDAD DELGADO, cuyo activo asciende a NUEVE MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO 85/100 DÓLARES
domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo
($9,344.85) y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado
D
CAPITAL VARIABLE, sociedad de nacionalidad SALVADOREÑA, del
el número 42 del libro 2192 del Registro de Sociedades del Registro de
DISTRIBUIDORA MARTÍNEZ ubicado en COLONIA CUSCATLAN,
Comercio, el cual ha presentado solicitud a las diez horas y trece mi-
CALLE PRINCIPAL, No. 13 y que se dedica a DISTRIBUIDORA DE
nutos del día veinte de diciembre de dos mil seis, con la cual se otorgó
GAS PROPANO.
el asiento de Empresa No. 2006057889 inscripción 198 y el asiento
de Establecimiento No. 2006057889- 001, inscripción 199, ambos del
Libro 135 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento, la
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, quince de junio de dos mil seis.
Empresa se denomina INVERSIONES LOS ÁNGELES SOCIEDAD
ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a SERVICIOS DE CONSULTORÍA EN EQUIPOS MÉDICOS, con dirección
en CONDOMINIO VISTAS DEL CARMEN, CALLE LA RONDA,
Lic. HERMINIA ELIZABETH LOZANO Z.,
REGISTRADORA.
EDIFICIO MAQUILISHUAT, LOCAL No. 3-D del domicilio de SAN
SALVADOR, SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a DOCE MIL
3 v. alt. No. C004785-1
DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 18 de Enero de 2007.
73
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2006057438- 001, 002
Américas, ubicado en 89 Avenida Norte y 11 Calle Poniente, Colonia
Escalón, de la ciudad de San Salvador, República de El Salvador, el día
miércoles 21 de febrero del año 2007, de las dieciocho horas y treinta
minutos en adelante.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRÍCULAS DE EMPRESAY ESTABLECIMIENTOS
DEL REGISTRO DE COMERCIO.
De no haber quórum en la fecha señalada, se convoca para el día
jueves 22 de febrero del mismo año, a la misma hora y en el mismo
lugar, para conocer tales asuntos o los que quedaren pendientes.
ASIENTO DE EMPRESA
2006057438
PUNTOS ORDINARIOS
I.
Lectura de la Memoria de Labores de la Junta Directiva y
presentación de los Estados Financieros del ejercicio económico del 2006.
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HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado CARLOS
MAURICIO RIVAS INTERIANO, en su calidad de Apoderado legal
de la sociedad DHL ZONA FRANCA (EL SALVADOR) SOCIEDAD
ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse DHL
ZONA FRANCA (EL SALVADOR), S.A. DE C.V.; sociedad de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio y departamento de SAN
SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 22 del
libro 2161 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con
Número de Identificación Tributaria: 0614-230806-107-9; el cual ha
presentado solicitud a las doce horas y seis minutos del día trece de
octubre de dos mil seis, con la cual se otorgó el asiento de Empresa
No. 2006057438 inscripción 7 y el asiento de Establecimiento No.
2006057438- 001, 002, inscripción, ambos del Libro 133 de Asientos
de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa se denomina
DHL ZONA FRANCA (EL SALVADOR) SOCIEDAD ANÓNIMA DE
CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a ALMACENAMIENTO Y
DEPOSITO, EXCLUYE ALMACENES GENERALES DE DEPOSITO, OTRAS ACTIVIDADES DE SERVICIOS NO CLASIFICADOS
PREVIAMENTE, con dirección en ZONA FRANCA, KILÓMETRO
12 ½ CARRETERA AL PUERTO DE LA LIBERTAD, DESVÍO A
HUIZUCAR, BODEGA No. 2 A-2, del domicilio y departamento de LA
LIBERTAD, cuyo activo asciende a VEINTE MIL 00/100 DÓLARES ($
20,000.00) y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado
DHL ZONA FRANCA (EL SALVADOR), S. A. DE C. V., ubicado en
ZONA FRANCA, KILÓMETRO 12 ½ CARRETERA AL PUERTO
DE LA LIBERTAD, DESVÍO A HUIZUCAR, BODEGA No. 2 A-2,
del domicilio y departamento de LA LIBERTAD y que se dedica a
ALMACENAMIENTO Y DEPOSITO, EXCLUYE ALMACENES GENERALES DE DEPOSITO, OTRAS ACTIVIDADES DE SERVICIOS
NO CLASIFICADOS PREVIAMENTE.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
Dictamen e informe del Auditor Externo.
III.
Aprobación de la Memoria de Labores de la Junta Directiva
y de los Estados Financieros del ejercicio económico del
2006.
IV.
Nombramiento del Auditor Externo con sus respectivos
suplentes y fijación de sus emolumentos.
V.
Informe de negociaciones con Bancolombia
VI.
Aplicación de Utilidades.
Para que la Junta General se considere legalmente reunida en la
primera fecha de la convocatoria, para resolver ASUNTOS ORDINARIOS, deberán estar presentes o representadas, por lo menos, la mitad
más una de las acciones que tengan derecho a votar, y las resoluciones
sólo serán válidas cuando se adopten por la mayoría de las acciones
presentes o representadas. En la segunda fecha de la convocatoria, por
falta de quórum necesario para hacerlo en la primera, se considerará
válidamente constituida, cualquiera que sea el número de acciones
presentes o representadas y sus resoluciones se tomarán por mayoría
de las acciones presentes o representadas.
En la ciudad de San Salvador, República de El Salvador, once de
enero de dos mil siete.
RODOLFO ROBERTO SCHILDKNECHT,
PRESIDENTE.
R
San Salvador, veintisiete de noviembre de dos mil seis.
II.
D
IA
Lic. JULIO RUBÉN TRUJILLO VENTURA,
3 v. alt. No. A033805-1
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. C004809-1
CONVOCATORIA
CONVOCATORIAS
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE
ACCIONISTAS DE BANAGRICOLA, S.A.
La Junta Directiva de BANAGRICOLA, S.A., convoca a los señores
accionistas a Junta General para conocer asuntos de carácter ordinario
a celebrarse en el Hotel Radisson Plaza de San Salvador, Salón Las
La Junta Directiva de la CAJA DE CRÉDITO DE SAN AGUSTÍN,
Sociedad Cooperativa de Responsabilidad Limitada de Capital Variable,
en cumplimiento a los Artículos 223, 228 y siguientes del Código de
Comercio Vigente y en cumplimiento de la atribución que le confiere la
cláusula, VIGÉSIMA SEGUNDA, VIGÉSIMA CUARTA y TRIGÉSIMA
CUARTA de la escritura de modificación a su Escritura de Constitución,
convoca a los Representantes de Acciones y demás socios de la misma,
para celebrar Asamblea General Ordinaria de Accionistas que se celebrará a partir de las NUEVE horas del día DIECIOCHO de FEBRERO
74
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 374
del año dos mil siete, en el local ubicado en la Calle 14 de Diciembre
número 2 Jiquilisco, en primera convocatoria. En caso de no integrarse
el quórum legal correspondiente, se hace segunda convocatoria para el
día VEINTICINCO de FEBRERO a la hora y local antes señalados.
AGENDA
La Junta Directiva de la Caja de Crédito de San Miguel Sociedad Cooperativa de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, en cumplimiento
a los Artículos 223 y 228 del Código de Comercio Vigente y de acuerdo
con la Escritura de Constitución, convoca a los Representantes de Acciones
y demás socios de la misma, para celebrar Asamblea General Ordinaria
de Accionistas a partir de las nueve horas con treinta minutos del día
dieciocho de febrero de dos mil siete en el local del Hotel Trópico Inn, en
PRIMERA CONVOCATORIA. En caso de no integrarse el quórum legal
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Dicha Asamblea se constituirá con las formalidades que establece
la cláusula, DÉCIMA NOVENA, VIGÉSIMA SEGUNDA, VIGÉSIMA
QUINTA, VIGÉSIMA SEXTA y VIGÉSIMA OCTAVA, de la Escritura
de Modificación a su escritura de constitución ya citada y el artículo
223 sección “C” Capítulo VII Título II del libro Primero del Código de
Comercio vigente para conocer y resolver los puntos que contiene la
Agenda.
CONVOCATORIA
correspondiente, se establece SEGUNDA CONVOCATORIA para el día
1.
Integración del quórum de presencia.
2.
Elección de los Representantes de Acciones que hubieren
concluido su período y los que faltaren por las causas que
expresa la cláusula VIGÉSIMA PRIMERA de la Escritura
de Modificación a su Escritura de Constitución.
diecinueve de febrero a la misma hora y el mismo local antes señalado.
La Junta General se constituirá con las formalidades que establecen el
Pacto Social de la Caja y el Código de Comercio, para conocer y resolver
los puntos que contiene la agenda siguiente:
AGENDA
3.
Integración del Quórum Legal.
4.
Presentación y discusión de la memoria anual de labores de
la Caja, del Balance General al 31 de diciembre de 2006,
del Estado de Pérdidas y Ganancias del 1º de enero al 31 de
diciembre de 2006, el Informe del Auditor Externo y Auditor
Fiscal a fin de aprobar o improbar los tres primeros y tomar
las medidas que juzgue oportunas.
1.
2.
Integración del Quórum.
5.
Aplicación de los Resultados del ejercicio.
3.
Presentación y discusión de la memoria anual de labores de
6.
Retiro de socios de acuerdo a disposiciones legales.
7.
Elección del Auditor Externo y Auditor Fiscal y sus respectivos
suplentes y fijación de sus honorarios.
diciembre de 2006, el Informe del Auditor Externo a fin de
8.
Fijación de dietas a miembros de la Junta Directiva.
que juzguen oportunas.
9.
Elección de Junta Directiva.
Elección de los Representantes de Acciones que hubieren
concluido su período y los que faltaren por las causas que
expresa en la CLÁUSULA VIGÉSIMA PRIMERA, de la
Modificación del Pacto Social.
la Caja, del Balance General al 31 de diciembre de 2006,
del Estado de Pérdidas y Ganancias del 1 de enero al 31 de
aprobar o improbar, los tres primeros y tomar las medidas
El quórum se integrará en primera convocatoria, con quince de los
veintiocho Representantes de Acciones que forman la Asamblea General, y en segunda convocatoria con los Representantes de Acciones que
estuvieren presentes de acuerdo al Pacto Social vigente.
4.
Aplicación de los Resultados del Ejercicio.
5.
Retiro de Socios de acuerdo a disposiciones legales.
6.
Elección del Auditor Externo y Auditor Fiscal y sus respectivos
R
suplentes y fijación de sus honorarios.
Elección de miembros de Junta Directiva 2007-2009.
8.
Fijación de dietas a miembros de la Junta Directiva.
D
IA
San Agustín, a los ocho días del mes de enero de 2007.
7.
El quórum para resolver los puntos de la agenda se integrará de
LEOPOLDO VIDAURRE GUTIÉRREZ,
DIRECTOR PRESIDENTE.
conformidad a los Artículos 240 y 241 del Código de Comercio Vigente.
JOSÉ CARMEN ALFARO,
San Miguel, 15 de enero de 2007.
DIRECTOR TESORERO.
PLUTARCO GALILEO ROMERO,
DIRECTOR SECRETARIO.
3 v. alt. No. A033837-1
Sr. MARIO BOLAÑOS PRIVADO,
DIRECTOR PRESIDENTE.
3 v. alt. No. A033848-1
DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 18 de Enero de 2007.
CONVOCATORIA
75
Jocoro, 09 de enero del 2007.
Dr. JUAN AGUSTÍN MATA GÓMEZ,
La Junta Directiva de la Caja de Crédito de Jocoro, Sociedad Cooperativa
DIRECTOR PRESIDENTE.
de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, en cumplimiento a lo
dispuesto en los artículos doscientos veintitrés, doscientos veintiocho,
Prof. ROXANA YANIRA PERLA DE SÁNCHEZ,
y doscientos veintinueve del Código de Comercio y a las cláusulas
DIRECTORA PROPIETARIA.
décima novena, vigésima segunda, vigésima cuarta y trigésima cuarta
de la Escritura de Modificación a su Escritura de Constitución de la
Prof. MELBA MALENA BAIZA,
Caja, CONVOCA a los Representantes de Acciones y demás Socios
DIRECTORA SECRETARIA.
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de la misma para celebrar JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS, a realizarse en el local de la Caja de Crédito, ubicado en
3 v. alt. No. C004780-1
la 4a. Avenida Norte Barrio San Sebastián, Jocoro, departamento de
Morazán, el día domingo dieciocho de febrero de dos mil siete, a partir
de las nueve horas en primera convocatoria, en caso de no integrarse el
Quórum Legal correspondiente, se hace segunda convocatoria para el
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE
ACCIONISTAS DE BANCO AGRÍCOLA, S.A.
día domingo veinticinco de febrero de dos mil siete a la misma hora y
en el local antes señalado.
La Junta General se integrará con las formalidades que establece
la Escritura de Modificación a su Escritura de Constitución y el Artículo
223 del Código de Comercio, para conocer y resolver los puntos que
contiene la siguiente agenda:
AGENDA
12-
Integración del Quórum de Asistencia.
Elección de los Representantes de Acciones que hubieren
concluido su período y de los que faltaren, por las causas
La Junta Directiva del BANCO AGRÍCOLA, S.A., convoca a los señores
accionistas a Junta General para conocer asuntos de carácter ordinario
a celebrarse en el Hotel Radisson Plaza de San Salvador, Salón Las
Américas, ubicado en 89 Avenida Norte y 11 Calle Poniente, Colonia
Escalón, de esta ciudad, el día miércoles 21 de febrero del año 2007, de
las diecisiete horas y treinta minutos en adelante.
De no haber quórum en la fecha señalada, se convoca para el día
jueves 22 de febrero del mismo año, a la misma hora y en el mismo
lugar, para conocer tales asuntos o los que quedaren pendientes.
PUNTOS ORDINARIOS
I.
que expresa la cláusula vigésima primera de la escritura de
modificación del Pacto Social.
34-
Integración del Quórum Legal.
Presentación y discusión de la Memoria anual de labores de
II.
Dictamen e informe del Auditor Externo.
III.
Aprobación de la Memoria de Labores de la Junta Directiva
y de los Estados Financieros del ejercicio económico del
2006.
IV.
Aplicación de Utilidades.
V.
Nombramiento del Auditor Externo y Fiscal con sus respectivos
suplentes y fijación de sus emolumentos.
la Caja, del Balance General al 31 de diciembre del 2006,
del Estado de Pérdidas y Ganancias del 1º de enero al 31 de
diciembre del 2006, el informe del Auditor Externo, a fin de
Lectura de la Memoria de Labores de la Junta Directiva y
presentación de los Estados Financieros del ejercicio económico del 2006.
aprobar o improbar los tres primeros y tomar las medidas
Aplicación de los resultados del ejercicio.
IA
5-
R
que juzgue oportunas.
Retiro de Socios de acuerdo a disposiciones legales.
D
6-
7-
Presentación del presupuesto y plan de trabajo para el año
2007.
8-
Elección del Auditor Externo y Auditor Fiscal y sus respectivo
suplente y fijación de sus honorarios.
910-
Fijación de dietas a los miembros de la Junta Directiva.
Elección de Junta Directiva.
Para que la Junta General se considere legalmente reunida en la
primera fecha de la convocatoria, para resolver ASUNTOS ORDINARIOS, deberán estar presentes o representadas, por lo menos, la mitad
más una de las acciones que tengan derecho a votar, y las resoluciones
sólo serán válidas cuando se adopten por la mayoría de las acciones
presentes o representadas. En la segunda fecha de la convocatoria, por
falta de quórum necesario para hacerlo en la primera, se considerará
válidamente constituida, cualquiera que sea el número de acciones
presentes o representadas y sus resoluciones se tomarán por mayoría
de las acciones presentes o representadas.
San Salvador, once de enero de dos mil siete.
El quórum para resolver los puntos se integrará de conformidad a
los artículos 240, 241 del Código de Comercio Vigente, y lo dispuesto
en la cláusula vigésima segunda de su Escritura de Modificación de su
Pacto Social.
RODOLFO ROBERTO SCHILDKNECHT,
PRESIDENTE.
3 v. alt. No. C004796-1
76
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 374
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE
ACCIONISTAS DE INVERSIONES FINANCIERAS
ACCIONISTAS DE BIENES Y SERVICIOS, S.A.
BANCO AGRICOLA, S.A.
La Junta Directiva de BIENESY SERVICIOS, S.A., convoca a los señores
La Junta Directiva de INVERSIONES FINANCIERAS BANCO AGRI-
accionistas a Junta General para conocer asuntos de carácter ordinario
a celebrarse en el Hotel Radisson Plaza de San Salvador, Salón Las
conocer asuntos de carácter ordinario a celebrarse en el Hotel Radisson
Américas, ubicado en 89 Avenida Norte y 11 Calle Poniente, Colonia
Plaza de San Salvador, Salón Las Américas, ubicado en 89 Avenida Norte
Escalón, de esta ciudad, el día miércoles 21 de febrero del año 2007, de
y 11 Calle Poniente, Colonia Escalón, de esta ciudad, el día miércoles
las diecinueve horas en adelante.
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COLA, S.A., convoca a los señores accionistas a Junta General para
21 de febrero del año 2007, de las dieciocho horas en adelante.
De no haber quórum en la fecha señalada, se convoca para el día
De no haber quórum en la fecha señalada, se convoca para el día
jueves 22 de febrero del mismo año, a la misma hora y en el mismo
jueves 22 de febrero del mismo año, a la misma hora y en el mismo
lugar, para conocer tales asuntos o los que quedaren pendientes.
lugar, para conocer tales asuntos o los que quedaren pendientes.
PUNTOS ORDINARIOS
PUNTOS ORDINARIOS
I.
I.
Lectura de la Memoria de Labores de la Junta Directiva y
presentación de los Estados Financieros del ejercicio econó-
presentación de los Estados Financieros del ejercicio econó-
mico del 2006.
mico del 2006.
II.
III.
Lectura de la Memoria de Labores de la Junta Directiva y
II.
Dictamen e informe del Auditor Externo.
III.
Dictamen e informe del Auditor Externo.
Aprobación de la Memoria de Labores de la Junta Directiva
Aprobación de la Memoria de Labores de la Junta Directiva
y de los Estados Financieros del ejercicio económico del
y de los Estados Financieros del ejercicio económico del
2006.
2006.
IV.
Aplicación de Utilidades.
V.
Nombramiento del Auditor Externo y Fiscal con sus respec-
IV.
Aplicación de Utilidades.
V.
Nombramiento del Auditor Externo y Fiscal con sus respectivos
suplentes y fijación de sus emolumentos.
tivos suplentes y fijación de sus emolumentos.
Para que la Junta General se considere legalmente reunida en la
primera fecha de la convocatoria, para resolver ASUNTOS ORDINA-
primera fecha de la convocatoria, para resolver ASUNTOS ORDINA-
RIOS, deberán estar presentes o representadas, por lo menos, la mitad
RIOS, deberán estar presentes o representadas, por lo menos, la mitad
más una de las acciones que tengan derecho a votar, y las resoluciones
más una de las acciones que tengan derecho a votar, y las resoluciones
sólo serán válidas cuando se adopten por la mayoría de las acciones
R
Para que la Junta General se considere legalmente reunida en la
IA
sólo serán válidas cuando se adopten por la mayoría de las acciones
presentes o representadas. En la segunda fecha de la convocatoria, por
falta de quórum necesario para hacerlo en la primera, se considerará
falta de quórum necesario para hacerlo en la primera, se considerará
válidamente constituida, cualquiera que sea el número de acciones
D
presentes o representadas. En la segunda fecha de la convocatoria, por
válidamente constituida, cualquiera que sea el número de acciones
presentes o representadas y sus resoluciones se tomarán por mayoría
presentes o representadas y sus resoluciones se tomarán por mayoría
de las acciones presentes o representadas.
de las acciones presentes o representadas.
San Salvador, once de Enero de dos mil siete.
San Salvador, once de Enero de dos mil siete.
RODOLFO ROBERTO SCHILDKNECHT,
RODOLFO ROBERTO SCHILDKNECHT
PRESIDENTE.
PRESIDENTE.
3 v. alt. No. C004798-1
3 v. alt. No. C004797-1
DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 18 de Enero de 2007.
77
ANA GLADIS LOPEZ DE RUSSO, conocida por ANA GLADYS
SUBASTA PUBLICA
LOPEZ DE RUSSO, VILMA ESPERANZA LOPEZ, AIDA MAGDALENA LOPEZ DE RIVAS, ROXANA LUCIA LOPEZ DE RIVERA,
JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL
SAUL ARTURO LOPEZ, NELSON MAURICIO LOPEZ y CARLOS
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,
ALFREDO LOPEZ, reclamándole cantidad de colones y demás accesorios legales, se venderá en pública subasta en este Juzgado, el bien
promovida en este juzgado por el LICENCIADO FRANCISCO ESPINO-
inmueble embargado siguiente: “Un Inmueble antes rústico ahora
SA AGUILAR Apoderado del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA
urbano, situado en jurisdicción de Soyapango, de una extensión su-
contra PEDRO ANTONIO GUEVARA FUENTES se venderá en pública
perficial de CUATROCIENTOS METROS CUADRADOS VEINTE
subasta en este mismo Juzgado el día y en precio que oportunamente
DECIMETROS CUADRADOS, habiendo un área construída de DOS-
se indicará, el bien inmueble embargado siguiente: “Un lote de terreno
CIENTOS TREINTA Y SEIS METROS CUADRADOS VEINTISÉIS
urbano y construcciones que contiene en plano respectivo, con el número
DECIMETROS CUADRADOS, o sea TRESCIENTAS TREINTA Y
quince, del polígono ocho, Avenida B de una extensión superficial de
OCHO VARAS CUADRADAS CUATRO DECIMETROS DE VARA
SESENTA Y CINCO METROS CUADRADOS dicho lote forma parte
CUADRADA, de la descripción siguiente: Comenzando por el vértice
de la urbanización denominada RESIDENCIAL ALTAVISTA situado
nor-oeste, AL NORTE, diecisiete metros diez centímetros, rumbo norte
en Jurisdicción de Tonacatepeque, Departamento de San Salvador, cuyas
treinta y dos grados cuarenta minutos Este, colinda con final Avenida
medidas son las siguientes: AL NORTE; diez metros, AL ORIENTE:
Jorgito Meléndez; AL ORIENTE, veintiocho metros noventa centímetros,
siete punto cincuenta metros AL SUR: diez metros Y AL PONIENTE:
rumbo sur, catorce grados treinta y dos minutos Este, colindando con
siete punto cincuenta metros.” Inmueble inscrito a favor del demandado
terreno propiedad de ANDA, señor Santos Rodríguez y el señor Emilio
bajo el Folio Real Automatizado Matrícula 60183520-00000 propiedad
Bernal; AL SUR, línea quebrada con tres tiros: El primero siete metros
del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección
cincuenta centímetros, rumbo sur ochenta y ocho grados diez minutos
del Centro.
ocho décimos de minuto Oeste, colindando con propiedad de doña María
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HACE SABER: Al público para efectos de ley que por ejecución
Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.
Lucía Romero González; Segundo tiro con un metro noventa centímetros,
con rumbo Norte siete grados veinte minutos Oeste; Tercer tiro un metro
LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: San
veintidós centímetros, rumbo Sur ochenta y dos grados cuarenta minu-
Salvador, a las diez horas del día cinco de enero de dos mil siete. LIC.
tos Oeste; colindando con terreno propiedad de doña Vilma Esperanza
JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CI-
López de Suárez, y AL PONIENTE, en tres tramos, el primero en línea
VIL.- LIC. TATIANA VILMA MERCEDES CÁCERES DE ALAS,
recta de siete metros ochenta y cinco centímetros con rumbo Norte, el
SECRETARIA.
segundo tramo de nueve metros cuarenta y ocho centímetros en línea
recta con rumbo Poniente, colindando en estos dos tramos con porción
3 v. alt. No. A033705-1
segregada y vendida a las señoras Blanca Rosa Orellana y María Lucía
Romero, antes parte del inmueble que se describe; y el tercer tramo de
quince metros noventa y cinco centímetros, con rumbo Norte colinda
R
con terrenos propiedad de doña Francisca Linares.”
IA
JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL
D
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por ejecución
seguida en este tribunal por la Licenciada SANDRA MARLENE
RIVERA MARTINEZ, como Apoderada de la señora MARIA
El inmueble anteriormente descrito está inscrito a favor de la señora
MARIA ERNESTINA ROMERO DE LOPEZ, conocida por MILAGRO ERNESTINA ROMERO DE LOPEZ, inscrito bajo la Matrícula
Número SEIS CERO CERO OCHO CINCO DOS DOS TRES - CERO
CERO CERO CERO CERO, Inscripción UNO, del Registro de este
Departamento.
GUADALUPE GARCIA LEMUS, conocida por MARIA G. LEMUS,
MARIA GUADALUPE LEMUS, MARIA GUADALUPE LEMUS DE
Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.
ALVAREZ, y por MARIA LEMUS, mayor de edad, Empleada y del
Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las nueve
domicilio de Whitestone, New York, Estados Unidos de América,
horas y treinta minutos del día cinco de enero de dos mil siete. DR.
contra los herederos de la señora MARIA ERNESTINA ROMERO
JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL.
DE LOPEZ, conocida por MILAGRO ERNESTINA ROMERO DE
BR. ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.-
LOPEZ, quien es mayor de edad, de oficios Domésticos del domicilio
de Soyapango, señores MILAGRO AMELIA LOPEZ DE VALENCIA,
3 v. alt. No. A033776-1
78
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 374
INES TAURA DE CUCHILLA, JUEZ CUARTO DE LO MERCAN-
del Doctor ARTURO CORNEJO GUERRERO y MAXIMO SEGURA
TIL SUPLENTE DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN
antes, hoy de MAX ALBERTO MAGAÑA, en una parte posteado en
GENERAL,
medio y en otra actualmente camino de por medio; AL ORIENTE, con
HACE SABER: Que en el Proceso Mercantil Ejecutivo promovido por el BANCO DE FOMENTO AGROPECUARIO, a través de su
Apoderada General Judicial Licenciada ISIS LUCILA BONILLA DE
ORANTES, continuado por el Licenciado JUAN CARLOS ANTONIO
NIETO MENENDEZ, en el mismo carácter que la primera, contra el
señor EDGARDO PADILLA PIMENTEL, se venderá en Pública Subasta
AL SUR, con predios de EUFRACIO FAGIOLY antes, después de LUIS
CASTRO, hoy de ABEL CASTRO; Y AL PONIENTE, PRUDENCIO
CABEZA, FRANCISCO MORAN y Finca de MICAELA CARDONA
antes, hoy sucesión de ANA JOSEFA PIMENTEL VIUDA DE PADILLA
y ARACELY MAGAÑA VIUDA DE CACERES, camino en medio; y
en una parte con MARIA MAGAÑA antes hoy VIOLETA RAMIREZ
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en este Tribunal, los siguientes inmuebles: 1) Un inmueble de naturaleza
lote “B” que se adjudicó al señor VICENTE PADILLA PIMENTEL;
rústica, cultivado de café, guineo, árboles frutales y parcialmente inculto,
situado en los cantones Llano de Doña María y Santa Rosa Acacalco,
jurisdicción de Ahuachapán, Departamento del mismo nombre, de una
extensión superficial de VEINTITRES HECTAREAS SESENTA Y
NUEVE AREAS OCHENTAY NUEVE CENTIAREAS CUARENTAY
SEIS CENTESIMOS DE CENTIAREAS, de los siguientes: AL NORTE,
con inmueble propiedad de los señores MERCEDES DEL CARMEN
DEFERBY DE MENDEZ y LUIS REYNALDO TOBAR, que antes fue
de DOLORES TOBAR, en parte quebrada de por medio, en parte de
Río de Escalante de por medio, y en parte Carretera pavimentada que
de Ahuachapán conduce a Santa Ana de por medio; AL ORIENTE, en
línea recta de Norte a Sur, propiedad de los señores MERCEDES DEL
CARMEN DEFERBY DE MENDEZ y LUIS REYNALDO TOBAR,
DE PADILLA, cerco en medio. Existe servidumbre de atarjea y tránsito
a favor de la CEL, soporta servidumbre de tránsito de cuatro metros de
ancho a favor del lote “B”.- Dicho inmueble antes relacionado se encuentra
inscrito a favor del señor EDGARDO PADILLA PIMENTEL, bajo el
número TREINTAY CUATRO del Libro TRESCIENTOS CINCUENTA
Y UNO, de Propiedad del Registro de la Propiedad Raíz e hipotecas de
la Segunda Sección de Occidente, Centro nacional de Registros.Lo que se avisa al Público para los efectos legales consiguientes.
Librado: En el Juzgado Cuarto de lo Mercantil: San Salvador, a las
diez horas del día veintiuno de noviembre de dos mil seis.- DRA. INES
TAURA DE CHUCHILLA, JUEZ CUARTO DE LO MERCANTIL
SUPLENTE.- LICDA. JACQUELINE JOHANNA ORTIZ DURAN,
SECRETARIA.
de aquí cruza en línea quebrada hacia el Sur, con lote número DOS de
JOSE LUIS ALFONSO MORAN TOBAR, callejón ajeno de por me-
3 v. alt. No. C004799-1
dio fundo de la señora MANUELA VIUDA DE CACERES antes hoy
MANUEL GOMAR, en parte cerco y en parte Río Escalante de por
medio; AL SUR, inmueble propiedad de los señores MERCEDES DEL
CARMEN DEFERBY DE MENDEZ y LUIS REYNALDO TOBAR,
REPOSICION DE CERTIFICADO
actualmente callejón de servidumbre de tránsito y cerco de por medio,
y AL PONIENTE, con inmueble propiedad de JUAN FRANCISCO
CACERES, callejón de por medio y con inmueble de los señores MER-
AVISO
El Banco Cuscatlán S.A., COMUNICA: Que a sus oficinas ubicadas en
que antes fue de la señora DOLORES TOBAR, y más anteriormente
BARRIO EL CENTRO SAN FRANCISCO GOTERA, se ha presentado
con terreno de LEONARDO y ATILIANO VILLALTA, actualmente
el propietario de CERTIFICADO DE DEPÓSITO A PLAZO FIJO DO-
carretera pavimentada que de Ahuachapán conduce a Santa Ana, de
LARES Número 019 PLA000198968, solicitando la reposición de dicho
por medio. Se hace constar que el inmueble descrito está atravesado de
CERTIFICADO por tres mil dólares (US$3,000.00) 3,000.00.
R
CEDES DEL CARMEN DEFERBY Y LUIS REYNALDO TOBAR,
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público
una calle vecinal que conduce al Río Escalante.- Dicho inmueble rela-
en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días
cionado se encuentra inscrito a favor del señor EDGARDO PADILLA
después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna
PIMENTEL, bajo el Número CINCO del Libro OCHOCIENTOS
oposición, se procederá a reponer el certificado en referencia.
D
IA
Norte a Sur por el Río Escalante y de Nor-Oriente a Sur-poniente por
TREINTA Y OCHO, de Propiedad del Registro del Centro Nacional
de Registros de la Segunda Sección de Occidente, Departamento de
SAN FRANCISCO GOTERA, 12 de enero de 2007.
Ahuachapán. 2) Un inmueble denaturaleza rústica, situado en el Cantón
Los Magueyes de la jurisdicción de Ahuachapán, identificado según
MARTA MOLINA DE UMAÑA,
su anecedente como Lote "A", compuesto de una extensión superficial
GERENTE DE AGENCIA.
de TREINTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS TRECE METROS
CUADRADOS TRES DECIMETROS CUADRADOS CINCUENTA
CENTIMETROS CUADRADOS, según la realidad, pero de acuerdo al
Banco Cuscatlán, S.A.
Agencia SAN FRANCISCO GOTERA.
antecedente se conoce de TRESCIENTAS TREINTA Y SEIS AREAS
CUARENTAY NUEVE CENTIAREAS VEINTIOCHO CENTESIMOS
DE CENTIAREAS, que especialmente linda: AL NORTE, con predios
3 v. alt. No. A033729-1
DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 18 de Enero de 2007.
AVISO
79
AVISO
SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.
AVISA: Que en su agencia SANTA ANITA se ha presentado el
propietario del certificado No. 267649 del Depósito a Plazo Fijo aperturado
el 21 de enero del 2000, a 360 días prorrogables, solicitando la reposición
de dicho certificado lo que se hace del conocimiento público para efectos
de reposición del certificado relacionado conforme a los artículos 486 y
932 del Código de Comercio.
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EL BANCO HIPOTECARIO DE EL SALVADOR S.A. Comunica que
a sus oficinas se ha presentado el propietario del Certificado de Depósito a Plazo Fijo # 04210133293 en Suc. Senda Florida emitido el día
31/01/1995 a un plazo de 360 días el cual devenga el 3.25% de interés
anual, solicitando la reposición de dicho certificado, por habérsele
extraviado.
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del Público
para los efectos legales del caso.
Transcurridos treinta días después de la tercera publicación de
este AVISO y si no hubiere ninguna oposición, se procederá a reponer
el Certificado en referencia.
Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto,
se procederá a la reposición del certificado antes mencionado.
San Salvador, 11 de enero de 2007.
San Salvador, 12 de Enero de 2007.
IRMA DE REYES,
LIC. JULIO A. GARCIA INGLES,
SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.
JEFE DE DEPOSITOS.
3 v. alt. No. A033794-1
3 v. alt. No. A033765-1
AVISO
AVISO
SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.
EL BANCO AGRICOLA, S. A.
D
IA
R
AVISA: Que en su agencia ESPAÑA se ha presentado el propietario
del certificado No. 463081 del Depósito a Plazo Fijo aperturado el 03 de
noviembre de 2006, a 1 mes prorrogables, solicitando la reposición de
dicho certificado lo que se hace del conocimiento público para efectos
de reposición del certificado relacionado conforme a los artículos 486
y 932 del Código de Comercio.
Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto,
se procederá a la reposición del certificado antes mencionado.
San Salvador, 11 de enero de 2007.
AVISA: Que en su Agencia San Miguel, de la ciudad de San Miguel, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado
el Certificado No 780-038932-0 amparado con el registro No. 859552
del Depósito a plazo fijo constituido el 07-06-2005 a 180 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición
del Certificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del
Código de Comercio Vigente.
En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,
se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.
San Salvador, 11 de enero del 2007.
BANCO AGRICOLA, S.A.
IRMA DE REYES,
CARMEN FERNANDEZ,
SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.
JEFE DEPTO. DE DEPOSITOS.
3 v. alt. No. A033793-1
3 v. alt. No. A033816-1
80
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 374
AVISO
AVISO
EL BANCO AGRICOLA, S. A.,
EL BANCO AGRICOLA, S. A.,
AVISA: Que en su Agencia Masferrer, de esta ciudad, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado
extraviado el Certificado No. 770-020639-8, amparado con el registro
No. 703-022847-9, amparado con el registro No. 892479 del Depósito
No.650667 del Depósito a plazo fijo, constituido el 17-10-2001 a 30
a plazo fijo, constituido el 26-06-2006 a 180 días prorrogables, lo que
días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos
hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certifica-
de reposición del Certificado relacionado conforme a los Artículos No.
do relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de
486 y 932 del Código de Comercio Vigente.
Comercio Vigente.
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AVISA: Que en su Agencia Zacatecoluca, de la ciudad de
Zacatecoluca; se ha presentado parte interesada manifestando que ha
En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación
En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,
del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,
se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.
se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.
San Salvador, 11 de enero del 2007.
San Salvador, 11 de enero del 2007
BANCO AGRICOLA, S.A.
BANCO AGRICOLA, S.A.
CARMEN FERNANDEZ,
CARMEN FERNANDEZ,
JEFE DEPTO. DE DEPOSITOS.
JEFE DEPTO. DE DEPOSITOS.
3 v. alt. No. A033824-1
3 v. alt. No. A033822-1
AVISO
AVISO
EL BANCO AGRICOLA, S. A.,
EL BANCO AGRICOLA, S. A.,
AVISA: Que en su Agencia Los Santos, de esta ciudad, se ha pre-
sentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado
sentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado
No. 792-010479-2, amparado con el registro No. 855007 del Depósito
No. 722-035425-6, amparado con el registro No. 711666 del Depósito
a plazo fijo, constituido el 08-11-2005 a 360 días prorrogables, lo que
a plazo fijo, constituido el 29-04-2002 a 180 días prorrogables, lo que
hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certifica-
hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certifica-
do relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de
do relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de
Comercio Vigente.
Comercio Vigente.
IA
R
AVISA: Que en su Agencia 14 de Julio, de esta ciudad, se ha pre-
En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,
se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.
se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.
D
En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,
San Salvador, 11 de enero del 2007.
San Salvador, 11 de enero del 2007.
BANCO AGRICOLA, S.A.
BANCO AGRICOLA, S.A.
CARMEN FERNANDEZ,
CARMEN FERNANDEZ,
JEFE DEPTO. DE DEPOSITOS.
JEFE DEPTO. DE DEPOSITOS.
3 v. alt. No. A033823-1
3 v. alt. No. A033825-1
DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 18 de Enero de 2007.
81
AVISO
AVISO
EL BANCO AGRICOLA, S. A.,
EL BANCO AGRICOLA, S. A.,
AVISA: Que en su Agencia Ahuachapán, de la ciudad de
Ahuachapán, se ha presentado parte interesada manifestando que ha
extraviado el Certificado No. 777-004909-0, amparado con el registro
extraviado el Certificado No. 772-353134-3, amparado con el registro
No. 827842 del Depósito a plazo fijo, constituido el 04-10-2004 a 90
No. 515572 del Depósito a plazo fijo, constituido el 23-03-2000 a 180
días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de
días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de
reposición del Certificado relacionado conforme a los Artículos No. 486
reposición del Certificado relacionado conforme a los Artículos No. 486
y 932 del Código de Comercio Vigente.
y 932 del Código de Comercio Vigente.
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AVISA: Que en su Agencia Quezaltepeque, de la ciudad de
Quezaltepeque, se ha presentado parte interesada manifestando que ha
En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación
En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,
del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,
se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.
se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.
San Salvador, 11 de enero del 2007.
San Salvador, 11 de enero 2007.
BANCO AGRICOLA, S.A.
BANCO AGRICOLA, S.A.
CARMEN FERNANDEZ,
CARMEN FERNANDEZ,
JEFE DEPTO. DE DEPOSITOS.
JEFE DEPTO. DE DEPOSITOS.
3 v. alt. No. A033830-1
3 v. alt. No. A033828-1
AVISO
AVISO
EL BANCO AGRICOLA, S. A.,
EL BANCO AGRICOLA, S. A.,
AVISA: Que en su Agencia Delgado, de Ciudad Delgado, se ha
Salvador, Departamento de La Libertad, se ha presentado parte interesada
presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado
manifestando que ha extraviado el Certificado No. 730-029492-0 ampa-
No. 700-005591-7, amparado con el registro No. 23849 del Depósito
rado con el registro No. 923395 del Depósito a plazo fijo, constituido el
a plazo fijo, constituido el 05-07-1991 a 180 días prorrogables, lo que
20-09-2006 a 90 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público
hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certifica-
para efectos de reposición del Certificado relacionado conforme a los
do relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de
Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente.
Comercio Vigente.
IA
R
AVISA: Que en su Agencia Santa Tecla, de la ciudad de Nueva San
En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación
de1 presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,
se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.
se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.
D
En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,
San Salvador, 11 de enero de 2007.
San Salvador, 11 de enero 2007.
BANCO AGRICOLA, S.A.
BANCO AGRICOLA, S.A.
CARMEN FERNANDEZ,
CARMEN FERNANDEZ,
JEFE DEPTO. DE DEPOSITOS.
JEFE DEPTO. DE DEPOSITOS.
3 v. alt. No. A033829-1
3 v. alt. No. A033831-1
82
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 374
AVISO
DISOLUCION DE SOCIEDAD
EL BANCO AGRICOLA, S. A.,
AVISA: Que en su Agencia Apopa, de la ciudad de Apopa, se ha
presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado
No. 744-007907-9, amparado con el registro No. 918508 del Depósito
a plazo fijo, constituido el 13-09-2006 a 90 días prorrogables lo que
hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de
Comercio Vigente.
CERTICA: Que en el Libro de Actas que al efecto lleva la Sociedad,
se encuentra la relativa a Junta General Extraordinaria de Accionistas
Celebrada en esta ciudad, a las once horas y treinta minutos del día cinco
de Enero del corriente año; que en lo conducente a los puntos números
Tercero y Cuarto; literalmente dicen: TERCERO: DISOLUCION Y LIQUIDACION DE LA SOCIEDAD.- La Junta General Extraordinaria
de Accionistas después de considerar las distintas opiniones relativas a
la Disolución de la Sociedad, acordó por unanimidad de los presentes
proceder a su Disolución y posteriormente a la Liquidación de la misma
y con base a la cláusula Décima Séptima de la Escritura Social, por unanimidad se nombra Liquidadora a la Licenciada Linda América Argueta
Campos, a quien se le concede el plazo de ciento veinte días para que
cumpla con su cometido; además se le conceden las facultades a que se
refiere el Artículo Trescientos treinta y dos del Código de Comercio y en
general todas las facultades que sean necesarias para que pueda cumplir
con el encargo que ahora se le encomienda.- Por lo tanto la Junta General
Extraordinaria de Accionistas, en vista del acuerdo tomado considera a la
Sociedad ALEJANDRO PORTILLO e HIJOS, SOCIEDAD ANONIMA
DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia “AL- POR e HIJOS, S.A. de
C.V.” legalmente disuelta, reconociendo por lo tanto su Disolución, por
lo que queda incapacitada para continuar con la explotación de sus negocios y llevar a cabo nuevas operaciones.- CUARTO: Además se acuerda
nombrar como Ejecutor de los acuerdos tomados en esta Junta General
Extraordinaria al señor JOSE ALEJANDRO ARGUETA CAMPOS, a
quien se le faculta expresamente para que concurra al otorgamiento de
la Escritura de Disolución de la Sociedad”.-
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En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,
se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.
La Infrascrita Secretaria de la Junta Directiva General Extraordinaria
de Accionistas de la Sociedad ALEJANDRO PORTILLO e HIJOS,
SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia
“AL- POR e HIJOS, S.A. de C.V.”,
San Salvador, 11 de enero del 2007.
BANCO AGRICOLA, S.A.
CARMEN FERNANDEZ,
JEFE DEPTO. DE DEPOSITOS.
3 v. alt. No. A033832-1
AVISO
El Infrascrito Presidente del Consejo de Administración de la Sociedad
Cooperativa de Cafetaleros de San José de La Majada de Responsabilidad Limitada,
IA
R
HACE SABER: Que el señor Francisco Isaac Blanco, del domicilio del Cantón Los Naranjos, municipio de Juayúa, Departamento de
Sonsonate, ha informado que extravió los Certificados de Inversión No.
11139 por $118.86 con vencimiento en el año 2006, No. 12118 por
$68.00 con vencimiento en el año 2008, y el No. 12704 por $45.00 con
vencimiento en el año 2009, y los Certificados de Aportación Números:
26 por $83.43, No. 228 por $43.43, No. 319 por $32.00, No. 408 por
$52.57, No. 560 por $86.86, No. 719 por $1.71, No. 995 por $ 128.00,
No. 1896 por $40.00
D
Previénese que si existiere algún o algunos interesados en que
tal reposición no se lleve a cabo, deberá(n) hacerlo saber dentro de los
treinta días posteriores a la tercera y última publicación a este aviso;
caso contrario se procederá a la reposición.
San José de La Majada, 09 de enero de 2007.
Cordialmente,
JULIO ANTONIO MARTINEZ GUTIERREZ,
PRESIDENTE.
Y para los efectos consiguientes, extiendo la presente en la ciudad
de Concepción Batres, departamento de Usulután, a los trece días del
mes de enero del dos mil siete.
MILAGRO DE LA PAZ ARGUETA DE POSADA,
SECRETARIA.
“AL- POR e HIJOS, S.A. de C.V.”
3 v. alt. No. A033788-1
REPOSICION DE LIBROS
El Infrascrito Director General del Registro de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro, del Ministerio de Gobernación,
HACE CONSTAR: Que a esta Dirección se ha presentado el Arquitecto WILLIAM CAMILO AGUILAR SANDOVAL, en calidad de
Representante Legal de la ASOCIACION FRATERNIDAD DE JESUCRISTO, a manifestar se han extraviado los folios 35 y 85 del Libro de
Actas de Junta Directiva que la Entidad lleva, y que en tal sentido viene
a dejar constancia de dicha pérdida.
Lo que se hace saber al público en general para los efectos de ley,
y se emplaza a toda persona interesada a oponerse a lo manifestado
por el Representante Legal de dicha entidad, para que en el término de
quince días contados desde el siguiente de la última publicación en el
Diario Oficial, se presente a esta Dirección a justificar la oposición, en
su caso, con la prueba pertinente.
San Salvador, treinta de octubre del año dos mil seis.
Lic. ROBERTO ANTONIO URRUTIA CACERES,
DIRECTOR GENERAL.
3 v. alt. No. C004806-1
1 v. No. A033770
DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 18 de Enero de 2007.
83
GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL
O DE FABRICA,
MARCA INDUSTRIAL
No. de Expediente: 2006063495
No. de Presentación: 20060086925
CLASE: 09.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado CESAR
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ROBERTO TRUJILLO MENÉNDEZ, en su calidad de APODERA-
DO GENERAL JUDICIAL de GALVANIZADORA INDUSTRIAL
SALVADOREÑA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA,
Consistente en: Las palabras Opulent FEMME y diseño, traducido
solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRI-
al castellano como OPULENTO MUJER, a la palabra MUJER no se le
CA,
concede exclusividad, que servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES
PARA BLANQUEAR Y OTRAS SUSTANCIAS PARA LA COLADA,
PREPARACIONES PARA PULIR, DESENGRASAR Y RASPAR, JA-
WELDMAX®
BONES, PERFUMERÍA, ACEITES ESENCIALES, COSMÉTICOS,
LOCIONES PARA EL CABELLO, DENTÍFRICOS, JABÓN DE BAÑO
EN LIQUIDO Y CREMA PARA EL CUERPO.
Consistente en: La palabra WELDMAX, que servirá para: AM-
PARAR: ELECTRODOS PARA SER USADOS EN MAQUINAS DE
La solicitud fue presentada el día diecinueve de diciembre del año
SOLDADURAS ELÉCTRICAS.
La solicitud fue presentada el día quince de diciembre del año dos
mil seis.
dos mil seis.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, tres de enero del año dos mil siete.
San Salvador, veintiuno de diciembre del año dos mil seis.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
REGISTRADOR.
ISMEL EDITH VALLES DE HERNÁNDEZ,
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,
SECRETARIA.
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C004867-1
3 v. alt. No. C004795-1
D
IA
R
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
No. de Expediente: 2006063571
No. de Expediente: 2006063570
No. de Presentación: 20060087079
No. de Presentación: 20060087078
CLASE: 03.
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSÉ RO-
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSÉ RO-
BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de CORPORACIÓN CAPRICES, SOCIEDAD ANÓNIMA, de nacionalidad
BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de CORPORACIÓN CAPRICES, SOCIEDAD ANÓNIMA, de nacionalidad
84
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 374
GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL
O DE FABRICA,
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintiséis de octubre del año dos mil seis.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,
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SECRETARIO.
Consistente en: Las palabras Crystal EMOTIONS Woman y diseño,
que se traducen al castellano como Cristal Emociones Mujer, que servirá
para: AMPARAR: PREPARACIONES PARA BLANQUEARY OTRAS
SUSTANCIAS PARA LA COLADA, PREPARACIONES PARA PULIR,
DESENGRASAR Y RASPAR, JABONES, PERFUMERÍA, ACEITES
ESENCIALES, COSMÉTICOS, LOCIONES PARA EL CABELLO,
DENTÍFRICOS, JABÓN DE BAÑO EN LIQUIDO Y CREMA PARA
EL CUERPO.
La solicitud fue presentada el día diecinueve de diciembre del año
dos mil seis.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintiuno de diciembre del año dos mil seis.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
RHINA GUADALUPE BARRERA DE ARAUJO,
3 v. alt. No. C004871-1
No. de Expediente: 1995004373
No. de Presentación: 19950004373
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSÉ ROBERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de THE
HARTZ MOUNTAIN CORPORATION, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O
DE FABRICA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C004870-1
HARTZ
Consistente en: LA PALABRA HARTZ.
No. de Expediente: 2006062203
IA
CLASE: 33.
R
No. de Presentación: 20060084639
D
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSÉ ROBERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de E. &
J. Gallo Winery, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el
registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,
La solicitud fue presentada el día veintinueve de septiembre del
año mil novecientos noventa y cinco.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, diecinueve de octubre del año dos mil seis.
LUIS ALONSO CÁCERES AMAYA,
VIÑA CHILCAYA
Consistente en: La expresión VIÑA CHILCAYA, que servirá
para: AMPARAR: BEBIDAS ALCOHÓLICAS (CON EXCEPCIÓN
DE CERVEZAS).
La solicitud fue presentada el día veinticinco de octubre del año
dos mil seis.
REGISTRADOR.
HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTÍNEZ VARELA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C004873-1
DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 18 de Enero de 2007.
85
CARNE; FRUTAS Y LEGUMBRES EN CONSERVA, SECAS Y COCIDAS; JALEAS, MERMELADAS, COMPOTAS; HUEVOS, LECHE Y
PRODUCTOS LÁCTEOS; ACEITES Y GRASAS COMESTIBLES.
No. de Expediente: 2006061820
No. de Presentación: 20060083980
CLASE: 29.
La solicitud fue presentada el día veintiocho de octubre del año
dos mil seis.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSÉ ROBERTO
ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Grupo Bimbo,
S.A. de C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de
la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, treinta y uno de octubre del año dos mil seis.
Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDÓN,
REGISTRADORA.
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KRANKY
RHINA GUADALUPE BARRERA DE ARAUJO,
SECRETARIA.
Consistente en: La palabra KRANKY, que servirá para: AMPARAR:
CARNE, PESCADO, AVESY CAZA; EXTRACTOS DE CARNE; FRUTASY LEGUMBRES EN CONSERVA, SECASY COCIDAS; JALEAS,
MERMELADAS, COMPOTAS; HUEVOS, LECHE Y PRODUCTOS
LÁCTEOS; ACEITES Y GRASAS COMESTIBLES.
La solicitud fue presentada el día diez de octubre del año dos mil
seis.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, once de octubre del año dos mil seis.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
GERARDO ENRIQUE MÉNDEZ FLOREZ CABEZAS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C004881-1
No. de Expediente: 2006062419
No. de Presentación: 20060084977
CLASE: 32.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSÉ ROBERTO
ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Florida Ice &
Farm Company, S.A., de nacionalidad COSTARRICENSE, solicitando
el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,
3 v. alt. No. C004878-1
No. de Expediente: 2006062328
No. de Presentación: 20060084843
CLASE: 29.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
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HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSÉ ROBERTO
ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Cooperativa de
Productores de Leche Dos Pinos, R.L., de nacionalidad COSTARRICENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE
FABRICA,
Consistente en: La palabra Tropifrut y diseño, que servirá para:
AMPARAR: BEBIDAS, ZUMOS DE FRUTAS Y OTRAS PREPARACIONES PARA HACER BEBIDAS CON SABOR A FRUTAS
MIXTAS.
La solicitud fue presentada el día primero de noviembre del año
dos mil seis.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, siete de noviembre del año dos mil seis.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
GERARDO ENRIQUE MÉNDEZ FLOREZ CABEZAS,
SECRETARIO.
Consistente en: La palabra Fontana y diseño, que servirá para:
AMPARAR: CARNE, PESCADO, AVES Y CAZA; EXTRACTOS DE
3 v. alt. No. C004885-1
86
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 374
No. de Expediente: 2006062416
Farm Company, S.A., de nacionalidad COSTARRICENSE, solicitando
el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,
No. de Presentación: 20060084974
CLASE: 32.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
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HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSÉ ROBERTO
ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Florida Ice &
Farm Company, S.A., de nacionalidad COSTARRICENSE, solicitando
el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,
Consistente en: Las palabras Tripifrut tamarindo y diseño, que
servirá para: AMPARAR: BEBIDAS, ZUMOS DE FRUTAS Y OTRAS
PREPARACIONES PARA HACER BEBIDAS CON SABOR A TAMARINDO.
La solicitud fue presentada el día primero de noviembre del año
dos mil seis.
Consistente en: La palabra Tropifrut y diseño, que servirá para:
BEBIDAS, ZUMOS DE FRUTAS Y OTRAS PREPARACIONES PARA
HACER BEBIDAS CON SABOR A PIÑA.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, nueve de noviembre del año dos mil seis.
La solicitud fue presentada el día primero de noviembre del año
dos mil seis.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, nueve de noviembre del año dos mil seis.
REGISTRADOR.
GERARDO ENRIQUE MÉNDEZ FLOREZ CABEZAS,
Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDÓN,
SECRETARIO.
REGISTRADORA.
3 v. alt. No. C004912-1
SECRETARIO.
D
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GERARDO ENRIQUE MÉNDEZ FLOREZ CABEZAS,
3 v. alt. No. C004911-1
No. de Expediente: 2006062417
No. de Expediente: 2006062418
No. de Presentación: 20060084976
No. de Presentación: 20060084975
CLASE: 32.
CLASE: 32.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSÉ ROBERTO
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSÉ ROBERTO
ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Florida Ice &
ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Florida Ice &
DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 18 de Enero de 2007.
Farm Company, S.A., de nacionalidad COSTARRICENSE, solicitando
el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,
87
La solicitud fue presentada el día primero de noviembre del año
dos mil seis.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, nueve de noviembre del año dos mil seis.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
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REGISTRADOR.
GERARDO ENRIQUE MÉNDEZ FLOREZ CABEZAS,
SECRETARIO.
Consistente en: Las palabras Tropifrut Melocotón y diseño, que
servirá para: AMPARAR: BEBIDAS, ZUMOS DE FRUTAS Y OTRAS
PREPARACIONES PARA HACER BEBIDAS CON SABOR A MELOCOTÓN.
3 v. alt. No. C004914-1
La solicitud fue presentada el día primero de noviembre del año
dos mil seis.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, siete de noviembre del año dos mil seis.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
GERARDO ENRIQUE MÉNDEZ FLOREZ CABEZAS,
No. de Expediente: 2006062395
No. de Presentación: 20060084941
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ROBERTO
ROMERO PINEDA, en su calidad de APODERADO de Grupo Bimbo,
S.A. de C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la
MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C004913-1
No. de Expediente: 2006062415
No. de Presentación: 20060084973
CLASE: 32.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
D
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R
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSÉ ROBERTO
ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Florida Ice &
Farm Company, S.A., de nacionalidad COSTARRICENSE, solicitando
el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,
FIGATZA WONDER
Consistente en: Las palabras FIGATZA WONDER, traducidas al
castellano como Figatza Maravilla, que servirá para: AMPARAR: CAFÉ,
TE, CACAO, AZÚCAR, TAPIOCA, SAGU, SUCEDÁNEOS DEL
CAFÉ; HARINAS Y PREPARACIONES HECHAS DE CEREALES,
PAN, PASTELERÍA Y CONFITERÍA, HELADOS COMESTIBLES;
MIEL, JARABE DE MELAZA; LEVADURA, POLVOS PARA ESPONJAR; SAL, MOSTAZA; VINAGRE, SALSAS (CONDIMENTOS);
ESPECIAS; HIELO.
La solicitud fue presentada el día primero de noviembre del año
dos mil seis.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, nueve de noviembre del año dos mil seis.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
GERARDO ENRIQUE MÉNDEZ FLOREZ CABEZAS,
SECRETARIO.
Consistente en: Las palabras Tropifrut limón y diseño, que servirá
para: AMPARAR: BEBIDAS, ZUMOS DE FRUTAS Y OTRAS PREPARACIONES PARA HACER BEBIDAS CON SABOR A LIMÓN.
3 v. alt. No. C004917-1
88
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 374
No. de Expediente: 2004040174
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, dieciocho de septiembre del año dos mil seis.
No. de Presentación: 20040050890
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado SILVIA
LORENA HERNÁNDEZ CANALES, en su calidad de APODERADO de
Fármacos Populares S.A., de nacionalidad DOMINICANA, solicitando
el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,
REGISTRADOR.
CARLOS ARTURO SOTO GARCÍA,
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SECRETARIO.
INFLAVIR
3 v. alt. No. C004922-1
Consistente en: La palabra INFLAVIR.
La solicitud fue presentada el día seis de mayo del año dos mil
cuatro.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, treinta de junio del año dos mil seis.
MARCAS DE SERVICIO
No. de Expediente: 2007063691
No. de Presentación: 20070087334
CLASE: 35.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
CARLOS ARTURO SOTO GARCÍA,
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JORGE ALEJANDRO MUYSHONDT ÁLVAREZ, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de iTrader, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL
VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro
de la MARCA DE SERVICIOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C004919-1
No. de Expediente: 2006061162
IA
CLASE: 33.
R
No. de Presentación: 20060082884
Consistente en: La palabra EMARKETMAKER y diseño, traducido
al castellano como CREADOR DE COMERCIO ELECTRÓNICO, que
servirá para: AMPARAR: SERVICIOS PUBLICIDAD, GESTIONES
DE NEGOCIOS COMERCIALES Y ADMINISTRACIÓN COMERCIAL.
D
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ROBERTO
ROMERO PINEDA, en su calidad de APODERADO de Sur Andino
S.A., de nacionalidad CHILENA, solicitando el registro de la MARCA
INDUSTRIAL O DE FABRICA,
La solicitud fue presentada el día tres de enero del año dos mil
siete.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, cuatro de enero del año dos mil siete.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
CAMINOS DE TERRA ANDINA
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,
Consistente en: La expresión CAMINOS DE TERRA ANDINA,
que servirá para: AMPARAR: VINOS.
La solicitud fue presentada el día catorce de septiembre del año
dos mil seis.
SECRETARIO.
3 v. alt. No. A033725-1
DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 18 de Enero de 2007.
No. de Expediente: 2007063690
89
COLA COMPANY, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando
el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
No. de Presentación: 20070087333
CLASE: 42.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
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HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JORGE ALEJANDRO MUYSHONDT ÁLVAREZ, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de iTrader, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL
VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro
de la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: Diseño que se identificará como “Diseño de
gota”, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE EDUCACIÓN;
SERVICIOS DE FORMACIÓN; SERVICIOS DE ESPARCIMIENTO;
SERVICIOS DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y CULTURALES.
La solicitud fue presentada el día trece de noviembre del año dos
mil seis.
Consistente en: La palabra iTrader y diseño, que servirá para:
AMPARAR: SERVICIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS ASÍ
COMO EL DISEÑO Y DESARROLLO DE ORDENADORES Y
SOFTWARE.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, catorce de noviembre del año dos mil seis.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
La solicitud fue presentada el día tres de enero del año dos mil
siete.
RHINA GUADALUPE BARRERA DE ARAUJO,
SECRETARIA.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, cuatro de enero del año dos mil siete.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
3 v. alt. No. C004924-1
REPOSICIÓN DE PÓLIZAS DE SEGUROS
REGISTRADOR.
AVISO
SECRETARIO.
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FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,
3 v. alt. No. A033726-1
ASEGURADORA AGRÍCOLA COMERCIAL, SOCIEDAD ANÓNIMA, hace del conocimiento del público en general, que a esta Compañía
se ha presentado el señor Carlos Salazar Alvarenga, quien es de sesenta
y siete años de edad, del departamento de San Salvador, expresando que
ha extraviado la Póliza de Seguro de Vida No. VI-10389, emitida con
fecha 15 de enero de 1982 por la suma de US$ 2,857.14 y en su carácter
de Asegurado solicitando su reposición. La Compañía procederá a la reposición del documento expresado, si dentro del plazo de 30 días a partir
de la última publicación de este aviso no se presentare oposición.
San Salvador, a los once días del mes de enero del año dos mil
No. de Expediente: 2006062661
siete.
No. de Presentación: 20060085318
CLASE: 41.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ROBERTO
ROMERO PINEDA, en su calidad de APODERADO de THE COCA-
ROQUE ALEXANDER RIVAS,
SUBGERENTE SUSCRIPCIÓN PERSONAS.
3 v. alt. No. C004781-1
90
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 374
AVISO
San Salvador, a los once días del mes de enero del año dos mil
siete.
ROQUE ALEXANDER RIVAS,
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ASEGURADORA AGRÍCOLA COMERCIAL, SOCIEDAD ANÓNIMA, hace del conocimiento del público en general, que a esta Compañía
se ha presentado el señor Tomás Salazar Alvarenga, quien es de sesenta y
un años de edad, del departamento de San Salvador, expresando que ha
extraviado la Póliza de Seguro de Vida No. VI-10285, emitida con fecha
26 de noviembre de 1981 por la suma de US$ 2,857.14 y en su carácter
de Asegurado solicitando su reposición. La Compañía procederá a la
reposición del documento expresado, si dentro del plazo de 30 días a partir
de la última publicación de este aviso no se presentare oposición.
y siete años de edad, del departamento de San Salvador, expresando que
ha extraviado la Póliza de Seguro de Vida No. VI-10541, emitida con
fecha 03 de marzo de 1982 por la suma de US$ 2,857.14 y en su carácter
de Asegurado solicitando su reposición. La Compañía procederá a la reposición del documento expresado, si dentro del plazo de 30 días a partir
de la última publicación de este aviso no se presentare oposición.
San Salvador, a los once días del mes de enero del año dos mil
siete.
SUBGERENTE SUSCRIPCIÓN PERSONAS.
3 v. alt. No. C004784-1
ROQUE ALEXANDER RIVAS,
SUBGERENTE SUSCRIPCIÓN PERSONAS.
3 v. alt. No. C004782-1
JOSÉ CRUZ FUENTES REYES, Notario, de este domicilio, con Oficina
situada en Diecisiete Calle Poniente, Número Doscientos diez, Local
Número Siete, de esta ciudad.-
AVISO
ASEGURADORA AGRÍCOLA COMERCIAL, SOCIEDAD ANÓNIMA, hace del conocimiento del público en general, que a esta Compañía
se ha presentado la señora Juana Salazar Alvarenga de Pacheco, quien
es de sesenta y ocho años de edad, del departamento de San Salvador,
expresando que ha extraviado la Póliza de Seguro de Vida No. VI-10454,
emitida con fecha 04 de febrero de 1982 por la suma de US$ 2,857.14
y en su carácter de Asegurado solicitando su reposición. La Compañía
procederá a la reposición del documento expresado, si dentro del plazo
de 30 días a partir de la última publicación de este aviso no se presentare
oposición.
San Salvador, a los once días del mes de enero del año dos mil
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siete.
DILIGENCIAS DE ACOTAMIENTO
D
ROQUE ALEXANDER RIVAS,
HACE SABER: Que a su Oficina se han presentado los señores:
JOSÉ ANDRÉS CAMPOS DÍAZ, conocido por JOSÉ ANDRÉS DÍAZ
CAMPOS, SANDRA DEL CARMEN CAMPOS DÍAZ conocida como
SANDRA DEL CARMEN DÍAZ CAMPOS, y MARIA JULIA DE PAZ
DE CRUZ, por el orden de veintiuno, veinticuatro, y sesenta y un años
de edad, Empleado el Primero y de Oficios del Hogar las restantes, y
todos del domicilio de Santa Cruz Michapa, Departamento de Cuscatlán.
Solicitando Diligencias de Remedición de dos inmuebles de naturaleza
rústicos, situados en Cantón Rosales, de dicha Jurisdicción, por el orden
con Matrículas Números: CINCO CERO CERO UNO SEIS CERO CUATRO CUATRO- CERO CERO CERO CERO CERO Asiento Número
TRES; y CINCO CERO CERO CERO UNO SEIS CERO CUATRO
CUATRO- CERO CERO CERO CERO CERO Asiento Número CUATRO,
que los dos Primeros comparecientes, son dueños en el equivalente del
VEINTISÉIS PUNTO CINCUENTA POR CIENTO, para cada uno de
ellos, y la Tercera Otorgante del CUARENTA Y SIETE POR CIENTO,
del área total de los inmuebles relacionados.-
SUBGERENTE SUSCRIPCIÓN PERSONAS.
3 v. alt. No. C004783-1
Los dos Primeros comparecientes adquirieron el inmueble por Traspaso de Herencia, y la Tercera Otorgante, por Compraventa otorgada a
su favor por el señor JOSÉ ANDRÉS CAMPOS DÍAZ. Lo anterior se
hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, quince de enero del año dos mil siete.-
AVISO
Dr. JOSÉ CRUZ FUENTES REYES,
ASEGURADORA AGRÍCOLA COMERCIAL, SOCIEDAD ANÓNIMA, hace del conocimiento del público en general, que a esta Compañía
se ha presentado la señora Rosa María Zúniga Clara, quien es de sesenta
ABOGADO Y NOTARIO.
1 v. No. A033858
DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 18 de Enero de 2007.
91
DE SEGUNDA PUBLICACIÓN
ACEPTACION DE HERENCIAS
Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Miguel, a los
seis días del mes de diciembre de dos mil seis.- Dr. JUAN RAMÓN
MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.- Lic. JOSÉ ERNESTO
LIC. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TERCERO
ROMERO FUENTES, SECRETARIO.
DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, al público para los
efectos de Ley,
3 v. alt. No. A032771-2
HACE SABER: Que por resolución dictada a las diez horas de este
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día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario,
la herencia intestada que a su defunción ocurrida el día nueve de julio del
año dos mil seis, en el Hospital San Juan de Dios de la ciudad de Santa
Ana, siendo esta ciudad el lugar de su último domicilio, dejó MARTA
LICENCIADO RAMÓN HERMINIO PORTILLO CAMPOS, JUEZ
CORTÉZ, de parte de MARIA OCTAVIA HERNÁNDEZ CORTÉZ y
DE PRIMERA INSTANCIA SUPLENTE DE ESTE DISTRITO JU-
ADELA HERNÁNDEZ CORTÉZ ahora ADELA HERNÁNDEZ DE
DICIAL.
RAMÍREZ, en su calidad de HIJAS del referido causante, confiriéndoseles
HACE SABER: Que por resolución proveída a las once horas y
INTERINAMENTE la administración y representación de la sucesión
treinta minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y
expresada, con las facultades y restricciones de ley.
con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción
Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se
dejó la Causante ROSA CRISTINA GUTIÉRREZ, conocida por ROSA
GUTIÉRREZ, ROSA CRISTINA GUTIÉRREZ DE PINTO y por ROSA
presenten a este Tribunal en el término de ley.
CRISTINA GUTIÉRREZ VIUDA DE PINTO, quien falleció el día ocho
LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL: Santa
Ana, a las diez horas con treinta minutos del día treinta de noviembre
del año dos mil seis.- LIC. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA,
JUEZ TERCERO DE LO CIVIL.- Licda. MARISOL DEL CARMEN
LEMUS DE GARCÍA, SECRETARIA.
de octubre del año dos mil uno, a la edad de sesenta y un años, siendo
su último domicilio el de esta ciudad; por parte de los señores MARTA
CECILIA GUTIÉRREZ TEXIN y TITO ALONSO GUTIÉRREZ TEXIN,
en concepto de hijos sobrevivientes de la Causante. Confiriéndosele a
los aceptantes en el concepto antes expresado, la Administración y Representación Interina de la Sucesión, con las facultades y restricciones
3 v. alt. No. A032766-2
de los curadores de la herencia yacente.
Lo que se hace saber al público, para efectos de Ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Izalco, Departamento
de Sonsonate, a los diecinueve días del mes de diciembre del año dos
mil seis.- Lic. RAMÓN HERMINIO PORTILLO CAMPOS, JUEZ DE
JUAN RAMÓN MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE ESTE
PRIMERA INSTANCIA SUPLENTE.- Licda. SARA ALBERTINA
DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL.
VILLEDA SÁNCHEZ, SECRETARIA.
HACE SABER: Que por resolución de las once horas y cuarenta y
R
seis minutos del día de hoy; se ha tenido por aceptada con beneficio de
3 v. alt. No. A032793-2
IA
Inventario la Herencia Testamentaria que a su defunción dejó la señora
D
ROSA CÁNDIDA GRANADOS, quien falleció a las siete horas y quince
minutos del día cuatro de enero de dos mil dos, en el Hospital de Especialidades Nuestra Señora de la Paz, San Miguel; siendo esta Ciudad de
San Miguel, el lugar de su último Domicilio; de parte del señor JOSÉ
MARIO MOISA MARTÍNEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO.
SANTOS GRANADOS, en concepto de heredero testamentario como
hijo de la causante, y como Cesionario del Derecho Testamentario que
HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas del día
en la sucesión le correspondía al señor JOSÉ ALCIDES GRANADOS,
treinta y uno de octubre del año dos mil seis. Se ha tenido por aceptada
como hijo de la causante.
expresamente y con beneficio de inventario de la herencia intestada dejada
por la señora ZOILA HERRERA ESCALANTE, quien fue conocida por
Confiérese al aceptante en el carácter indicado la administración
y Representación INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.
Lo que se pone en conocimiento del público para efectos de ley.
ZOILA HERRERA y SOILA ANGÉLICA HERRERA, fallecida el día
quince de diciembre del dos mil cinco, en esta ciudad su último domicilio
de parte de la señora ROSA MARIA HERRERA DIEGO, en concepto
de hija y además como cesionaria de los derechos hereditarios que en la
referida herencia les correspondían a los señores ANA MARGARITA
92
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 374
HERRERA ARÉVALO, JUANA ARÉVALO DE CAMPOS o JUANA
MARIA ESTHER FERRUFINO viuda de PARADA, JUEZ SEGUNDO
ARÉVALO HERRERA, DORA ALICIA HERRERA DIEGO, JORGE
DE LO CIVIL DE SAN MIGUEL.
ALBERTO HERRERA DIEGO, ELISEO HERRERA DIEGO, ZOILA
MARILYN HERRERA DE REYES o ZOILA MARILIN HERRERA
DIEGO y OSCAR ARMANDO HERRERA DIEGO, como hijos todos
del causante.
HACE SABER: Que por resolución de las once horas y quince
minutos del día veintinueve de septiembre del dos mil seis, se ha tenido
por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de la herencia
intestada que a su defunción dejó el señor JOSÉ PERFECTO LÓPEZ
CARRANZA, quien falleció a las cuatro horas del día uno de marzo de
Se ha conferido a la aceptante la administración y representación
interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de ley.
mil novecientos noventa y siete, en el Cantón Manahuare, Jurisdicción
de Sesori, distrito y Departamento de San Miguel, siendo este lugar su
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último domicilio, de parte de los menores OLGA YANIRA LÓPEZ
CRUZ, JOSÉ NOE LÓPEZ CRUZ, JOSÉ MAURICIO LÓPEZ CRUZ,
Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las nueve horas cincuenta minutos
en calidad de hijos de la causante y se les han conferido a los aceptantes
del día quince de noviembre del año dos mil seis.- Dr. MARIO MOISA
en el carácter antes indicado, conjuntamente, la administración y repre-
MARTÍNEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. CECILIA DEL CARMEN
sentación interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de
CERÉN DE ESCOBAR, SECRETARIA.
los curadores de la herencia yacente, debiendo ejercerla los menores
OLGA YANIRA LÓPEZ CRUZ, JOSÉ NOE LÓPEZ CRUZ, JOSÉ
MAURICIO LÓPEZ CRUZ, por medio de su Madre señora MARIA
3 v. alt. No. A032838-2
ISOLINA CRUZ ESPERANZA.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
ley.
JOSÉ MARIA ESTRADA ÁLVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL
Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las once
horas y diecisiete minutos del día veintinueve de septiembre del dos
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
mil seis.- Dra. MARIA ESTHER FERRUFINO VIUDA DE PARADA,
JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL.- Licda. MARIA DOLORES COREAS,
HACE SABER: Al público para efectos de ley que por resolución
SECRETARIA.
de este Juzgado de las diez horas del día diez de agosto de dos mil seis,
se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario
3 v. alt. No. A032869-2
de parte de la señora MARIA SALVADORA SERRANO SERRANO,
la herencia intestada que a su defunción dejó el causante señor JOSÉ
GILBERTO GÁLVEZ SERRANO, quien fue de cuarenta y ocho años
de edad, empleado quien falleció en esta Ciudad lugar de su último do-
micilio, el día dieciséis de octubre de dos mil uno, aceptación que hace
GLADIS NOEMÍ ALONZO GONZÁLEZ, JUEZA DE PRIMERA
la señora antes mencionada en su calidad de madre del causante. Y se
INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
ha conferido a la aceptante la administración y representación interina
de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a
R
Herencia Yacente.
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las catorce horas y diez minutos del día diez de noviembre del corriente
año, se ha declarado heredero ab-intestato, con beneficio de inventario
del señor MANUEL ELIAS FORES, quien falleció a las once horas y
para que se presenten a este Tribunal a deducirlo en el término de quince
treinta minutos del día veintiuno de marzo del año dos mil dos, en el
días contados a partir desde el siguiente a la tercera publicación del
Cantón El Marquezado, Santiago de María, siendo esta ciudad su último
presente edicto.
domicilio, dejó el señor MANUEL ELÍAS FORES, de parte de la señora
D
Por lo anterior se cita a los que se crean con derecho a la herencia
BLANCA LIDIA FLORES MÁRQUEZ, en calidad de hija del causante.Confiriéndosele a la aceptante dicha la Administración y representación
LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: SAN
SALVADOR, a las nueve horas con treinta minutos del día catorce de
Legal Interina de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los
Curadores de la Herencia Yacente.
agosto de dos mil seis.- Lic. JOSÉ MARIA ESTRADA ÁLVAREZ,
JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL.- Lic. TATIANA VILMA MERCEDES
Se cita a los que se crean con Derecho a la Herencia, para que se
CÁCERES DE ALAS, SECRETARIA.
presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días contados
a partir del día siguiente de la última publicación de este edicto.
3 v. alt. No. A032860-2
DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 18 de Enero de 2007.
93
LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA:
edad, agricultor, fallecido el día dieciocho de octubre de mil novecientos
Santiago de María, a los trece días del mes de noviembre del año dos
noventa y siete, siendo Metapán su último domicilio, por parte de la señora
mil seis.- Licda. GLADIS NOEMÍ ALONZO GONZÁLEZ, JUEZA
EUGENIA GUERRA VIUDA DE MARTINEZ o EUGENIA GUERRA,
DE PRIMERA INSTANCIA.- Lic. FREDY FRANCISCO ORELLANA
en concepto de cónyuge sobreviviente del referido causante.- En conse-
FRANCO, SECRETARIO.
cuencia, se le ha conferido a dicha aceptante la administración y representación INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones
que la ley confiere a los curadores de la herencia yacente.3 v. alt. No. A032870-2
Se citan a las personas que se crean con derecho a la herencia para
que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días
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contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.-
JOSÉ HERNÁN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-
Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las ocho horas con
cincuenta minutos del día veintidós de noviembre del dos mil seis.- Lic.
TRITO JUDICIAL DE METAPÁN,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal a
las diez horas con cincuenta minutos del día dieciséis de noviembre de
JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda.
MARIA LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIO.
dos mil seis; se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de
inventario la herencia intestada dejada por el causante ANTONIO DE
3 v. alt. No. A032873-2
JESÚS RAMIRES o ANTONIO DE JESÚS RAMÍREZ, quien fue de
setenta y cuatro años de edad, agricultor, fallecido el día veinticinco de
julio de dos mil seis, siendo la ciudad de Metapán su último domicilio, de
parte del señor ANTONIO RAMÍREZ.- El expresado aceptante lo hace en
calidad de HIJOY COMO CESIONARIO de los derechos hereditarios que
les correspondían a los señores NELSON REMBERTO RAMÍREZ SAN-
JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-
TOS, GLORIA RAMÍREZ DE JACO, o GLORIA RAMÍREZ SANTOS,
TRITO JUDICIAL DE METAPAN,
y MARIA AMINTA RAMÍREZ DE GALDAMEZ o MARIA AMINTA
RAMÍREZ SANTOS, en calidad de hijos y la señora ROSA VIRGINIA
SANTOS DE RAMÍREZ o ROSA VIRGINIA SANTOS, en concepto
de madre del causante ANTONIO DE JESÚS RAMIRES o ANTONIO
DE JESÚS RAMÍREZ; habiéndosele conferido INTERINAMENTE a
dicho aceptante la administración y representación de la sucesión con
las facultades y restricciones de los Curadores de la herencia yacente.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a
las diez horas con veinticinco minutos del día catorce de noviembre del
dos mil seis; se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio
de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó la causante
CATALINA LOPEZ, quien fue de setenta y cuatro años de edad, oficios domésticos, fallecida el día dos de abril del dos mil dos, siendo
Se cita a las personas que se crean con derecho a la herencia para
Metapán su último domicilio; por parte de la señora MARIA MAGDA-
que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días
LENA LOPEZ DE CARRILLOS, en concepto de hija y cesionaria de
contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.
los derechos hereditarios que le correspondían a la señora ANDREA
LOPEZ, en su calidad de hija de la referida causante.- En consecuencia,
cinco minutos del día veintidós de noviembre de dos mil seis.- Lic. JOSÉ
se le ha conferido a dicha aceptante la administración y representación
HERNÁN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. MARIA
INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones que la ley
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Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las nueve horas con
D
LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIA.
3 v. alt. No. A032871-2
confiere a los curadores de la herencia yacente.-
Se citan a las personas que se crean con derecho a la herencia para
que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días
contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.-
JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE METAPAN,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a
las ocho horas con veinticinco minutos del día quince de noviembre del
Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las catorce horas con
cinco minutos del día diecisiete de noviembre del dos mil seis.- Lic.
JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda.
MARIA LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIO.
dos mil seis; se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio
de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el causante
JUAN MANUEL MARTINEZ, quien fue de sesenta y cuatro años de
3 v. alt. No. A032874-2
94
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 374
JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE METAPAN,
Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las once horas del
día diecisiete de noviembre dos mil seis.- Lic. JOSE HERNAN PA-
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal
a las doce horas con treinta minutos del día catorce de noviembre de
LACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. MARIA LETICIA
FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIO.
dos mil seis, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio
de inventario la herencia intestada dejada por la causante OLIVIA DE
3 v. alt. No. A032878-2
JESUS ZEPEDA DE GALDAMEZ conocida por OLIVIA DE JESUS
ZEPEDA, OLIVIA HERRERA, LIDIA HERRERA y BLANCA LIDIA
HERRERA, quien fue de setenta y ocho años de edad, viuda, ama
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de casa, fallecida el día veintinueve de enero dos mil cinco, siendo
la ciudad de Metapán su último domicilio; por parte del señor JOSE
DAVID GALDAMEZ ZEPEDA en calidad de HIJO y como CESIONARIO de los derechos hereditarios que le correspondía a los señores
ALBA EDIS URBINA, Notario, del domicilio de San Salvador, con oficina en Cuarenta y Tres Avenida Sur, Condominio Flor Blanca, Edificio
“A”, número ciento doce, primera planta, San Salvador.
JUAN VICENTE GALDAMEZ ZEPEDA, OLIVIA HERRERA DE
FIGUEROA, MARIA CELIA HERRERA y MARIVEL GALDAMEZ
HERRERA, también como HIJOS de la referida causante.-
HACE SABER: Que por resolución de la suscrita, proveída en
esta ciudad a las trece horas del día ocho de enero del presente año, se
En consecuencia se le confiere INTERINAMENTE al expresado
ha tenido por ACEPTADA EXPRESAMENTE CON BENEFICIO DE
heredero la administración y representación de la sucesión con las facul-
INVENTARIO, la herencia intestada que a su defunción, ocurrida el
tades y restricciones que la Ley confiere a los curadores de la herencia
día nueve de diciembre del año dos mil, en la ciudad de San Salvador,
yacente.-
del Departamento de San Salvador, lugar de su último domicilio, dejó
Se cita a las personas que se crean con derecho a la herencia para
que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días
contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.-
Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las diez horas diez
minutos del día dieciséis de noviembre de dos mil seis.- Lic. JOSE
el señor URIEL SABINO MOLINA, conocido por URIEL SABINO
MOLINA SANCHEZ y URIEL MOLINA, quien fue de noventa años de
edad, soltero, salvadoreño, mecánico; de parte de la señora ROSARIO
MARQUEZ MOLINA, en su carácter de hija del referido causante,
habiéndosele conferido la administración y representación interinas de
la referida sucesión, con las facultades y restricciones de ley.
HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. MARIA
LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIO.
En consecuencia se CITA a quienes se crean con derecho a tal
herencia para que se presenten a deducirlo legalmente ante la suscrita
3 v. alt. No. A032875-2
Notario en la dirección arriba señalada, dentro de los quince días siguientes
al de la tercera publicación de este edicto.
San Salvador, a los nueve días del mes de enero de dos mil siete.
JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-
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R
TRITO JUDICIAL DE METAPAN,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal a
NOTARIO.
D
las doce horas con veinte minutos del día catorce de noviembre de dos
Lic. ALBA EDIS URBINA,
mil seis; se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada dejada por el causante CIPRIANO NOVA
3 v. alt. No. A032885-2
MAZARIEGO, quien fue de setenta y siete años de edad, agricultor,
fallecido el día catorce de agosto de mil novecientos ochenta y cinco,
siendo esta ciudad su último domicilio, de parte del señor MIGUEL NOVA
TICAS.- El expresado aceptante lo hace en calidad de HIJO del referido
causante; habiéndosele conferido a dicho aceptante INTERINAMENTE
la administración y representación de la sucesión con las facultades y
restricciones de los Curadores de la herencia yacente.Se cita a las personas que se crean con derecho a la herencia para
que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días
contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.-
JOSE DAVID GRIMALDI VILLAGRAN, Notario, de este domicilio,
al público para los efectos de Ley,
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída
a las ocho horas del día treinta y uno de diciembre de dos mil seis, se
ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la
herencia intestada que a su defunción, ocurrida en la ciudad de Jiquilisco,
DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 18 de Enero de 2007.
95
departamento de Usulután, el día veintiocho de julio de dos mil cinco,
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico, a
dejó el señor LUIS ALONSO GUTIERREZ MARTINEZ, de parte del
los once días del mes de diciembre de dos mil seis.- Licdo. EDGAR
señor MAXIMILANO AMAYA CHAVARRIA, en su calidad de cesionario
ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.-
de los derechos hereditarios de RICARDO ARISTIDES GUTIERREZ
Licdo. CARLOS ARNULFO SOSA FLORES, SECRETARIO.
MARTINEZ, quien es hijo del causante, habiéndose conferido la administración y representación interinas de la sucesión con las facultades y
3 v. alt. No. A032938-2
restricciones de los curadores de la herencia yacente.
En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean
con derechos a la mencionada herencia, para que se presenten a mi Ofi-
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cina Profesional, situada en la Calle Francisco Campos número ciento
sesenta y seis, Colonia Escalón, de esta ciudad, en el término de quince
días, contados desde el siguiente a la última publicación del presente
El infrascrito Juez, al público para los efectos de ley;
HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas y treinta
minutos del día uno de este mes, se ha tenido por aceptada expresamente
edicto.
Librado en la oficina del Notario JOSE DAVID GRIMALDI
VILLAGRAN. En la ciudad de San Salvador, a las ocho horas del día
cuatro de enero de dos mil seis.
con beneficio de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó
la señora ELVIRA COTO, que falleció el día catorce de junio de mil
novecientos noventa y siete, en el Hospital Santa Teresa de esta ciudad,
en la que tuvo su último domicilio, por parte de la señora ANA CECILIA PEÑA DE HERNANDEZ, en concepto de cesionaria del derecho
Lic. JOSE DAVID GRIMALDI VILLAGRAN,
hereditario que en tal sucesión correspondía al señor Santos Efraín Coto
Orellana, conocido por Santos Efraín Coto, hijo de la causante; y se ha
NOTARIO.
nombrado a la aceptante, interinamente, administradora y representante
de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la
3 v. alt. No. A032927-2
herencia yacente.
Se cita a quienes se consideren con derecho a tal herencia, para
que dentro del término de quince días contados a partir del siguiente de
la tercera publicación de este aviso, se presenten a deducirlo.
JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, veinte de abril del año dos
EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE
mil cuatro.- Dr. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL.-
DISTRITO JUDICIAL.
JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, de las nueve
horas y cuarenta minutos de este día, se ha tenido por aceptada expre-
3 v. alt. No. A032957-2
samente y con beneficio de inventario de parte de la señora ESTELA
AVELAR, conocida por FRANCISCA ESPERANZA AVELAR o MA-
RÍA ESTELA AVELAR VIUDA DE SALAZAR, la herencia intestada
R
dejada a su defunción por el señor RAFAEL DE JESÚS SALAZAR,
conocido por RAFAEL SALAZAR, quien falleció a las diez horas del
LIC. ANA JANCY ELIZABETH GARCIA HERNANDEZ, JUEZ DE
Salud, Santa Tecla, siendo la Ciudad de San Pablo Tacachico su último
PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,
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día veintiuno de septiembre del presente año, en la Policlínica Casa de
domicilio, en concepto de cónyuge del causante y como cesionaria de
los derechos hereditarios que les correspondían a los señores Edgardo
Leonel Salazar Avelar, Oscar Manuel Salazar Avelar, Idalia del Carmen
Salazar Avelar y Flor Elizabeth Salazar de Lara, en calidad de hijos del
mismo. Confiérese a la aceptante en el concepto indicado, la administración y representación interinas de la referida sucesión con las facultades
y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas y veinticinco minutos del día dieciocho de este mes, dictada por este Juzgado, se
ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la
herencia intestada que a su defunción dejó la señora AMELIA GUARDADO, conocida por MARIA AMELIA GUARDADO, y por AMELIDA GUARDADO, quien falleció a las veintidós horas y treinta y cinco
Cítense a las personas que se crean con derecho en la sucesión
minutos del día dieciséis de Abril del año dos mil cuatro, en el Cantón
para que se presenten a deducirla a este Juzgado dentro de los quince
Chiapas, de esta jurisdicción, siendo esta ciudad de Chalatenango, su
días subsiguientes a la última publicación del edicto respectivo.
último domicilio; de parte de la señora MARIA CIRILA FRANCISCA
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
ley.
GUARDADO VIUDA DE SERRANO, en su concepto de hija sobreviviente de la citada causante.
96
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 374
Se confiere a la heredera declarada la administración y represen-
domicilio la ciudad de Chalchuapa, dejó la señora JUANA DE JESUS
tación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los
ALVARES GUEVARA conocida por JUANA DE JESUS ALVARES DE
curadores de la herencia yacente.
HURTADO, JUANA DE JESUS ALVAREZ y por JUANA ALVAREZ,
Lo que se pone al conocimiento del público para los efectos de
quien fue de noventa y un años de edad, de oficios domésticos, casada; de
parte de los señores JOSE LUIS ALVAREZ y JOSE DAVID HURTADO
ley.
ALVAREZ, en su concepto de hijos de la expresada causante, a quienes
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Chalatenango, a las
se les nombra INTERINAMENTE administradores y representantes de
ocho horas y cuarenta minutos del día dieciocho de diciembre del dos
la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la
mil seis. Lic. ANA JANCY ELIZABETH GARCIA HERNANDEZ,
herencia yacente.-
DANIEL ERNESTO
Se cita a todas las personas que se crean con derecho a la heren-
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JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Lic.
LOPEZ DURAN, SECRETARIO.
cia, para que se presenten a este Juzgado, a deducirlo en el término de
quince días, contados desde el siguiente a la tercera publicación de este
3 v. alt. No. A032962-2
Edicto.-
Juzgado de lo Civil; Chalchuapa, a las quince horas cuarenta minutos
del día veintisiete de octubre de dos mil seis.- Lic. HENRY EDMUNDO
MACALL ZOMETA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. HENRY OVIDIO
LICENCIADA GILMA DARLENE AREVALO SORIANO, Jueza de
GARCIA RODRIGUEZ, SECRETARIO.
Primera Instancia, Suplente de este Distrito Judicial. AL PUBLICO:
Para los efectos de Ley,
3 v. alt. No. A032967-2
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal de
las doce horas del día veintiuno de noviembre del año dos mil seis; se
ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la
herencia intestada que a su defunción ocurrida el día veintiocho de marzo
de mil novecientos ochenta y nueve, en la ciudad de San Esteban Catarina,
Departamento de San Vicente, siendo éste su último domicilio dejó el
LA INFRASCRITA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE
señor JOSE VICTORINO CRUZ RUIZ conocido por JOSE VICTORINO
DISTRITO JUDICIAL,
CRUZ, de parte de la señora LILIAN ANTONIA LAINEZ CRUZ, en su
calidad de hija del causante, por medio de su Apoderado General Judicial
el Abogado RENE ABELARDO MOLINA OSORIO.- Confiriéndose al
HACE SABER: Que por resolución de las quince horas del día
aceptante la administración y representación interina de la sucesión con
siete de noviembre del año dos mil seis, se ha tenido por aceptada ex-
las facultades y restricciones de ley.
presamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su
defunción dejó el señor FRANCISCO ALFREDO VILLEGAS OCHOA,
Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de San Sebastián,
departamento de San Vicente, a las diez horas del día tres de enero del año
dos mil siete.- Licda. GILMA DARLENE ARÉVALO SORIANO,
JUEZA SUPLENTE DE PRIMERA INSTANCIA.- Licda. MILAGRO
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AURORA ALVARADO DE LINARES, SECRETARIA INTA.
quien fue de setenta años de edad, jornalero, originario de Nuevo Edén de
San Juan, Departamento de San Miguel, fallecido a las veintiuna horas
y treinta minutos del día diecisiete de Febrero del año mil novecientos
noventa y ocho, en el Cantón Cucuruchos, de la jurisdicción de Nuevo
Edén de San Juan, Departamento de San Miguel, siendo éste su último
domicilio, de parte de la señora MARIA BENITA OCHOA VIUDA DE
3 v. alt. No. A032964-2
VILLEGAS, en concepto de representante del Derecho Hereditario que
le correspondía al señor FRANCISCO ALFREDO VILLEGAS DIAZ,
en concepto de hijo del causante.- Habiéndole Conferido a la aceptante
declarada en el carácter indicado, la Administración y Representación
HENRY EDMUNDO MACALL ZOMETA, JUEZ DE LO CIVIL DEL
DISTRITO JUDICIAL DE CHALCHUAPA.HACE SABER: Al público para los efectos de ley, que por resolución
proveída por este tribunal, a las ocho horas veinte minutos del día veintiséis
INTERINA de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los
Curadores de la Herencia Yacente. Y CITA: a los que se crean con
Derecho a la Herencia referida para que se presenten a deducirlo dentro
del término de QUINCE DÍAS, contados desde el siguiente a la tercera
publicación de este edicto.-
de octubre de dos mil seis, se ha tenido por aceptada expresamente, con
beneficio de inventario, la herencia intestada que a su defunción ocurrida
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
a las tres horas quince minutos del día veinticuatro de enero de dos mil
cinco, en Cantón Buenos Aires de esta Jurisdicción, siendo su último
Ley.
DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 18 de Enero de 2007.
97
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ciudad Barrios,
Librado en el Juzgado Primero de lo Civil; San Salvador, a las diez
Departamento de San Miguel, a las doce horas del día nueve de noviem-
horas con cuarenta y cinco minutos del día veintidós de diciembre del
bre del año dos mil seis. Licda. ANA LETICIA ORELLANA DE
año dos mil seis.- MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE
VARGAS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Br. JOSE FRAN-
LO CIVIL.- Licda. CONCEPCIÓN PALMA CRUZ, SECRETARIA.
CISCO VELASQUEZ DIAZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. A033004-2
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3 v. alt. No. A032975-2
EL INFRASCRITO JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE LA CIUDAD
MARGARITA DE LOS ÁNGELES FUENTES DE SANABRIA, JUEZ
DE SAN SALVADOR, AL PUBLICO EN GENERAL PARA LOS
DE PRIMERA INSTANCIA DE TONACATEPEQUE, AL PÚBLICO
EFECTOS DE LEY:
PARA LOS EFECTOS DE LEY
HACE SABER: Que por resolución pronunciada, a las quince
HACE SABER: Que por resolución de las trece horas del día
horas treinta minutos del día dieciocho de octubre del año dos mil seis,
veintiocho de noviembre del corriente año, se ha tenido por aceptada,
se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario,
y con beneficio de inventario la herencia testamentaria que a su defun-
la herencia intestada que a su defunción ocurrida en esta ciudad, su
ción dejó el señor HUMBERTO ALEJANDRO BORJA conocido por
último domicilio, el día 14/06/2006, dejó el causante señor MAURICIO
HUMBERTO DUKE BORJA, fallecido el día dos de junio de dos mil
MIRANDA MARTÍNEZ, de parte del menor XAVIER ERNESTO MI-
cinco, siendo esta ciudad su último domicilio, de parte de REINA NOEMI
RANDA REINA, en su concepto de hijo del causante. Se le ha conferido
BORJA JANDRES y ANA ELIZABETH BORJA JANDRES, como hijas
al aceptante la Administración y Representación Interina de la sucesión,
y únicas herederas universales. Y se les ha conferido la administración y
con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente,
representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones
debiéndola ejercer el menor XAVIER ERNESTO MIRANDA REINA,
de los curadores de la herencia yacente.
por medio de su representante legal señora MORENA GUADALUPE
Se citan a los que se crean con derecho a la herencia para que se
REINA MOLINA.
presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días con-
Librado en el Juzgado Primero de lo Civil; San Salvador, a las nueve
tados a partir del día siguiente de la tercera publicación de este edicto
horas y treinta minutos del día seis de noviembre del año dos mil seis.-
en el Diario Oficial.
MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.- Br.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Tonacatepeque, a los
RICARDO HUMBERTO CORNEJO, SECRETARIO INTERINO.
cuatro días del mes de diciembre del año dos mil seis.- Lic. MARGARITA
DE LOS ÁNGELES FUENTES DE SANABRIA, JUEZ DE PRIMERA
3 v. alt. No. A033032-2
INSTANCIA.- Lic. ANA LETICIA ARIAS ZETINO, SECRETARIA.
3 v. alt. No. A032980-2
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GLADIS NOEMI ALONZO GONZÁLEZ, JUEZA DE PRIMERA
D
EL INFRASCRITO JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE SAN SALVADOR, AL PUBLICO EN GENERAL PARA LOS EFECTOS DE
LEY;
INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL:
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a
las catorce horas y veinticinco minutos del día ocho de diciembre del
corriente año, se ha declarado heredero ab-intestato, con beneficio de
HACE SABER: Que por resolución dictada a las diez horas y
inventario del señor SERAFÍN ANTONIO CHAVARRÍA PORTILLO,
treinta minutos del día veintiuno de diciembre del año dos mil seis, se
conocido por SERAFÍN ANTONIO CHAVARRIA y, por ANTONIO
ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la
CHAVARRIA, quien falleció a las nueve horas del día veintiocho de
Herencia Intestada, que a su defunción ocurrida en esta ciudad, su últi-
octubre del año mil novecientos noventa y nueve, en el Cantón Las
mo domicilio, a las diez horas y veinte minutos del día 10/12/05, dejó
Casitas, Alegría, siendo éste su último domicilio, de parte del señor
la señora CRISTINA ISABEL MEJIA, de parte de la señora MARIA
OSCAR LEOPOLDO CHAVARRIA RAMÍREZ, en calidad de hijo
ELENA MEJIA DE GARCÍA, en su concepto de hija de la causante. Se
del causante.- Confiriéndosele al aceptante dicho la Administración
le confiére a la aceptante la Administración y Representación Interina
y Representación Legal Interina de la Sucesión, con las facultades y
de la sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la
restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.
Herencia Yacente.
98
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 374
Se cita a los que se crean con derecho a la herencia, para que se
o MARIA SOTERA SALGADO, quien fue de ochenta y ocho años de
presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días contados
edad, de oficios del hogar, casada, de nacionalidad Salvadoreña, del origen
a partir del día siguiente de la última publicación de este edicto.
y domicilio de San Buenaventura, departamento de Usulután, hija de
LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA:
Santiago de María, a los once días del mes de diciembre del año dos
mil seis.- Licda. GLADIS NOEMI ALONZO GONZÁLEZ, JUEZA
DE PRIMERA INSTANCIA.- Licda. SANDRA ELIZABETH GÓMEZ
Salomé Salgado y de Marcos Orellana, ya fallecidos, falleció aquélla a
las catorce horas del día veintinueve de junio de mil novecientos ochenta
y nueve, siendo su último domicilio San Buenaventura, de parte del
señor JOSÉ EFRAÍN ORELLANA ROMERO, en calidad de cesionario
del derecho hereditario que le correspondía al señor JOSÉ ROMERO
GARAY, SECRETARIA INTERINA.
SALGADO, en concepto de hijo de la causante señora MARIA SOTERA
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SALGADO DE ROMERO o MARIA SOTERA SALGADO.
3 v. alt. No. A033072-2
Confiéresele al aceptante en el carácter aludido la administración y
representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones
de los curadores de la Herencia Yacente.
LICENCIADA DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO,
JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE
CHINAMECA,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a las
quince horas con diez minutos del día once de diciembre del corriente
Y CITA a los que se crean con derecho a la Herencia referida, para
que se presenten a deducirlo dentro del término de quince días a partir
del siguiente al de la publicación del presente edicto.
Lo que se pone a disposición del público, para los efectos de
Ley.
año; se tuvo por aceptada expresamente y con beneficio de inventario
LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA:
la herencia intestada que al fallecer dejó la causante señora MODESTA
JUCUAPA, A LAS DIECISÉIS HORAS DEL DÍA ONCE DE DICIEM-
ANTONIA UMANZOR DE GÓMEZ o MODESTA ANTONIA UMAN-
BRE DE DOS MIL SEIS.- Lic. OSCAR NEFTALÍ ESCOLERO, JUEZ
ZOR, fallecida a las once horas del día veinticinco de octubre de dos
DE PRIMERA INSTANCIA.- Lic. RODOLFO ANTONIO CASTRO,
mil seis, en Colonia 15 de Septiembre, Avenida Santa Cecilia # 1, San
SECRETARIO.
Miguel, siendo la Ciudad de Lolotique de este distrito, departamento de
San Miguel su último domicilio, de parte del señor José Héctor Gómez,
3 v. alt. No. A033083-2
en su concepto de cónyuge sobreviviente de la causante. Nómbrase al
aceptante en el carácter dicho administrador y representante interino
de la sucesión de que se trata, con las facultades y restricciones que
corresponden a los curadores de la herencia. Publíquense los edictos de
LICENCIADA GILMA DARLENE ARÉVALO SORIANO, Jueza de
ley.
Primera Instancia Suplente de este Distrito Judicial. AL PUBLICO: Para
Lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos de
ley.
los efectos de Ley,
las ocho horas y quince minutos del día veinte de noviembre del año
DE PRIMERA INSTANCIA.- Br. ROSALÍA DE JESÚS PACHECO,
dos mil seis; se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio
SECRETARIA.
de inventario la herencia intestada que a su defunción ocurrida a las
quince horas y cuarenta minutos del día once de enero del presente año,
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HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal de
seis.- Licda. DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ
D
LIBRADO en el Juzgado de Primera Instancia, Chinameca, a las
quince horas con veinte minutos del día once de diciembre de dos mil
en el Hospital Santa Gertrudis la ciudad de San Vicente, dejó la señora
3 v. alt. No. A033082-2
MARIANA DE JESÚS BARRERA conocida también por MARIANA
BARRERA, MARIANA DE JESÚS BARRERA DE HERNÁNDEZ y
por MARIANA DE JESÚS BARRERA VIUDA DE HERNÁNDEZ, a
las Señoras MELIDA ESTELA HERNÁNDEZ BARRERA, GLADIS
OSCAR NEFTALÍ ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA
MARIA HERNÁNDEZ BARRERA, ZOILA HERNÁNDEZ DE
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
MARTÍNEZ, MARTA LIDIA HERNÁNDEZ BARRERA y MARIA
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a las
quince horas con cincuenta minutos de este día, se ha tenido por aceptada
expresamente y con beneficio de inventario, la Herencia intestada que a su
defunción dejó la señora MARIA SOTERA SALGADO DE ROMERO
RITA BARRERA, en concepto de hijas sobrevivientes de la causante
en mención, por medio de la Licenciada ANA DOLORES MUÑOZ
FLORES, en su calidad Apoderada General Judicial. Confiriéndose a
las aceptantes la administración y representación interina de la Sucesión
con las Facultades y Restricciones de ley.
DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 18 de Enero de 2007.
99
Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de San Sebastián,
LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL: Santa
departamento de San Vicente, a las nueve horas del día tres de enero del
Ana, a las doce horas cuarenta y cinco minutos del día cinco de enero
año dos mil siete.- Licda. GILMA DARLENE ARÉVALO SORIANO,
del año dos mil siete.- LIC. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA,
JUEZA SUPLENTE DE PRIMERA INSTANCIA.- Licda. MILAGRO
JUEZ TERCERO DE LO CIVIL.- Licda. MARISOL DEL CARMEN
AURORA ALVARADO DE LINARES, SECRETARIA INTERINA.
LEMUS DE GARCÍA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. A033113-2
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3 v. alt. No. A033191-2
ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO
Luis Salvador Peña, Juez de lo Civil, de este distrito judicial, al público
JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
para los efectos de ley;
HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas con
HACE SABER: Que por resolución de este día, se ha tenido por
diez minutos del día seis de septiembre del presente año, se ha tenido
aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada
por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de parte del
que a su defunción dejó el causante señor JUAN ANTONIO SERVELLON
señor JUAN FRANCISCO MÁRQUEZ, la herencia intestada que a su
o ANTONIO SERVELLON, quien falleció el día dieciséis de marzo
defunción dejó el señor OSCAR ANTONIO MÁRQUEZ, quien fue de
de mil novecientos setenta y cinco en el Hospital Santa Teresa de esta
treinta y cinco años de edad, jornalero, salvadoreño, soltero, fallecido
ciudad de Zacatecoluca, habiendo tenido como su último domicilio San
el día ocho de septiembre de mil novecientos noventa y nueve, en la
Juan Nonualco; por parte del señor RAÚL SERVELLON MOZ o RAÚL
ciudad de Tecoluca, en este Distrito Judicial lugar de su último domicilio,
SERVELLON, en concepto de cesionario del derecho hereditario que
en concepto de hermano del causante. Y se ha nombrado al aceptante
en tal sucesión correspondía a MARTINA SERVELLON GUZMÁN
administrador y representante interino de la sucesión con las facultades
o MARTINA SERVELLON conocida por ROSA SERVELLON y
y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
por ROSA SERVELLON DE SERVELLON, en concepto de madre
Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los seis días del
mes de diciembre del dos mil seis.- Dra. ANA FELICITA ESTRADA,
JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS,
SECRETARIO.
del causante. Nómbrase al aceptante, interinamente, administrador y
representante de la sucesión, con las facultades y restricciones de los
curadores de la herencia yacente.
En consecuencia, se citan a todas las personas que se crean con
derecho a la herencia de que se trata, para que en el término de ley,
comparezcan a este Juzgado a justificar dicha circunstancia.
3 v. alt. No. A033126-2
JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, 14 de diciembre de
2006.- Dr. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL.- JORGE
ALBERTO RODRÍGUEZ, SECRETARIO.
LIC. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TERCERO
DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL al público para los
R
3 v. alt. No. A033201-2
IA
efectos de ley,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, este
D
mismo día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de
inventario la herencia INTESTADA que a su defunción ocurrida veinti-
Ángel Albino Alvarenga, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, al
nueve de enero de mil novecientos noventa y nueve, en el Hospital Militar
público para los efectos de ley
de San Salvador, siendo Coatepeque el lugar de su último domicilio,
dejó la señora VICTORIA MARTA LÓPEZ CHACON conocida por
MARTA VICTORIA LÓPEZ, VICTORIA LÓPEZ, VICTORIA LÓPEZ
VIUDA DE CHAVARRIA, MARTHA VICTORIA LÓPEZ, de parte
de GUILLERMO ANTONIO CHAVARRIA LÓPEZ, en su calidad de
hijo de la causante antes referida; confiriéndosele INTERINAMENTE
la administración y representación de la sucesión expresada, con las
facultades y restricciones de ley.
Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se
presenten a este Tribunal, en el término de Ley.
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las quince
horas y veintiocho minutos del día ocho de diciembre del corriente año; se
tuvo por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia
intestada que al fallecer a las veintidós horas y treinta minutos del día
cinco de septiembre del año dos mil seis, en el Cantón El Algodón, de
esta Ciudad, departamento de La Unión, siendo dicho lugar su último
domicilio, dejara el causante Tomás Bonilla Rodríguez conocido por
Tomás Bonilla, a la heredera Victoriana Rodríguez o Victoria Rodríguez,
en concepto de madre del causante y además como Cesionaria del derecho hereditario que en la referida sucesión le correspondían a la señora
100
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 374
Margarita Guevara de Bonilla o Margarita Guevara, como cónyuge
CITA INTERIANO INTERIANO, CONOCIDA POR MARIA FELICITA
sobreviviente del referido causante, de conformidad con lo establecido
INTERIANO, fallecida a las cuatro horas del día once de Junio de mil
en los Arts. 988 No. 1° y el 1699 del Código Civil.- Se le confirió a la
novecientos cincuenta y siete, en el Cantón Santa Clara, jurisdicción de
aceptante en el carácter dicho la administración y representación interina
San Rafael Oriente, de este distrito, departamento de San Miguel, siendo
de los bienes de la indicada sucesión, con las facultades y restricciones
aquella ciudad su último domicilio; de parte del señor José Oscar Nolasco
de los curadores de la herencia yacente.
Interiano, en su concepto de hijo de la causante. Nómbrase al aceptante
Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, departamento de La Unión, a los doce días del mes de diciembre del año dos
mil seis.- Lic. ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.-
en el carácter dicho administrador y representante interino de la sucesión
de que se trata con las facultades y restricciones que corresponden a los
curadores de la herencia. Publíquense los edictos de ley.
Licda. MARINA CONCEPCIÓN MARTÍNEZ, SECRETARIA.
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Lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos de
ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia; Chinameca, a las
3 v. alt. No. C004670-2
nueve horas con veinte minutos del día doce de diciembre de dos mil
seis. LICDA. DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ
DE PRIMERA INSTANCIA.- BR. ROSALIA DE JESUS PACHECO,
Lic. Ángel Albino Alvarenga, Juez de lo Civil del Distrito Judicial de
SECRETARIA.
Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, al público para los
efectos de Ley,
3 v. alt. No. C004672-2
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las nueve
horas del día uno de diciembre del corriente año. Se tuvo por aceptada
expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que al
fallecer el día once de septiembre de dos mil seis, en el Hospital Nacional de
esta ciudad, siendo la ciudad de Pasaquina, de este Distrito, Departamento
de La Unión, su último domicilio dejó la causante Concepción Medrano
de García, conocida por Concepción Medrano Galo y por Concepción
LICENCIADA DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO,
JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE
CHINAMECA,
Medrano, de parte del señor José Francisco Medrano Rivera, en concepto
de Cesionario del Derecho Hereditario que en la referida sucesión le
correspondía al señor Prudencio Medrano Galo conocido por Prudencio
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a las
Medrano, en concepto de hermano sobreviviente de la referida causante,
ocho horas con veinte minutos del día trece de diciembre del corriente
de conformidad con el Artículo 1699 C. C., se le confiere al aceptante
año; se tuvo por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la
en el carácter dicho, la administración y representación INTERINA de
herencia intestada que al fallecer dejó el causante señor CLEMENTINO
los bienes de la indicada sucesión, con las facultades y restricciones de
MORAGA, fallecido a las veinte horas del día veinte de Junio de mil
los curadores de la herencia yacente.
novecientos cincuenta y dos, en el Cantón Joya de Ventura, jurisdicción
de San Jorge de este distrito, departamento de San Miguel, siendo aquella
días del mes de diciembre de dos mil seis.- Enmendados-el día once-Vale.-
ciudad su último domicilio; de parte de la señora María Catalina Martínez
Lic. ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda.
de Moraga, antes María Catalina Martínez Martínez, por derecho de
IA
R
Librado en el Juzgado de lo Civil: Santa Rosa de Lima, a los cinco
MARINA CONCEPCIÓN MARTÍNEZ, SECRETARIA.
transmisión del causante señor RAUL MORAGA, quien falleció a las
D
cuatro horas del día cinco de septiembre de mil novecientos sesenta
y tres, en el Cantón Joya de Ventura, de la Jurisdicción de San Jorge,
3 v. alt. No. C004671-2
siendo ese su último domicilio, éste hijo del causante. Nómbrase a la
aceptante en el carácter dicho administradora y representante interina
de la sucesión de que se trata, con las facultades y restricciones que
corresponden a los curadores de la herencia.
LICENCIADA DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO,
JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE
Publíquense los edictos de Ley.
CHINAMECA,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
las nueve horas con diez minutos del día doce de diciembre del corriente
año; se tuvo por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la
herencia intestada que al fallecer dejó la causante señora MARIA FELI-
Ley.
DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 18 de Enero de 2007.
101
Librado en el Juzgado de Primera Instancia; Chinameca, a las
o FLOR IDALIA GÓMEZ ÁBREGO DE RAMÍREZ y EDWIN
ocho horas con treinta minutos del día trece de diciembre de dos mil
SIGFRIDO GÓMEZ ABREGO, en concepto de hijos de la causante; y
seis. LICDA. DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO.- JUEZ
se les ha conferido conjuntamente a los aceptantes, la administración y
DE PRIMERA INSTANCIA.- BR. ROSALIA DE JESUS PACHECO,
representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones
SECRETARIA.
de los curadores de la herencia yacente.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ilobasco, Cabañas, a
3 v. alt. No. C004673-2
las diez horas diez minutos del día cinco de enero de dos mil siete. LIC.
JOSÉ MANUEL CHÁVEZ LÓPEZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA PROPIETARIO.- LIC. CELIO GERMAN MENJÍVAR ROMERO,
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SECRETARIO DE PRIMERA INSTANCIA.-
DOCTOR DANILO ANTONIO VELADO, JUEZ DE PRIMERA
INSTANCIA
3 v. alt. No. C004708-2
HACE SABER: que por resolución de este Juzgado proveída a las
doce horas con treinta minutos de este día, se ha tenido por aceptada
expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que a
su defunción dejó el señor ANTONIO FLORES HERNANDEZ, quien
ADRIAN MELENDEZ QUIJANO, Notario, de este domicilio, y de
fue de sesenta años de edad, casado, agricultor, originario de La Palma,
San Salvador, con oficina ubicada en Tercera Avenida Norte número
Departamento de Chalatenango, hijo de Juan Flores Hernández y Bo-
trescientos uno, de esta ciudad,
nifacia Rivera, falleció el día veintiocho de octubre de mil novecientos
cincuenta y dos, en el Cantón Los Planes, jurisdicción de La Palma de
este departamento, lugar de su último domicilio, por parte del señor JOSE
ANTONIO FLORES DERAS conocido por ANTONIO FLORES, en
concepto de hijo del causante. Confiérese al aceptante la administración
y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones legales que les corresponde a los curadores de la herencia yacente.
Fíjense y publíquense los edictos de ley.
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a
las nueve horas del día diez de Enero del año dos mil siete, se ha tenido por
aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada
que a su defunción ocurrida el veinte de Julio de mil novecientos noventa
y cuatro, en Nueva York, Estados Unidos de América, dejó la señora
MARIA TRINIDAD RODRIGUEZ, conocida por TRINIDAD MATILDE
RODRIGUEZ, y por MATILDE RODRIGUEZ, de parte de la señora:
INES MERLOS LOPEZ, en concepto de CESIONARIA de los derechos
hereditarios que le corresponden a los señores DINORA GUADALUPE
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la Ciudad de Tejutla,
Departamento de Chalatenango, a los cinco días de diciembre del dos
mil seis.- DR. DANILO ANTONIO VELADO, JUEZ DE PRIMERA
INSTANCIA.- LICDA. ERLINDA GUADALUPE GUERRERO, SECRETARIA.
RODRIGUEZ DE PEREIRA, ANA SILVIA FELICIANO, conocida
por ANA SILVIA RODRIGUEZ DE FELICIANO, MARIA RAFAELA MONTIEL RODRIGUEZ, JUAN FRANCISCO RODRIGUEZ,
EDGAR ANTONIO MONTIEL RODRIGUEZ, y SAUL ARNULFO
RODRIGUEZ, en su calidad de hijos de la causante, habiéndosele conlas facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
3 v. alt. No. C004689-2
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ferido la administración y representación interina de la sucesión, con
JOSÉ MANUEL CHÁVEZ LÓPEZ, Juez de Primera Instancia de este
Distrito Judicial, al público para efectos de ley,
HACE SABER: Que por resolución de las diez horas del día cinco
En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean
o consideren con derecho a la referida herencia, para que se presenten
a mi oficina en el término de quince días, contados desde el siguiente a
la última publicación del presente edicto.Librado en la Oficina del Notario ADRIAN MELENDEZ QUIJANO,
en la ciudad de San Miguel, a las once horas del día once de enero del
año dos mil siete,
de enero de dos mil siete, se ha tenido por aceptada expresamente con
beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó la
señora EMELINA GÓMEZ ESTRADA VIUDA DE VALLADARES
Lic. ADRIAN MELENDEZ QUIJANO,
o EMELINA GÓMEZ, quien falleció el día veintinueve de octubre del
NOTARIO.
año dos mil cinco, en el Cantón Agua Zarca, jurisdicción de Ilobasco,
departamento de Cabañas, lugar de su último domicilio, de parte de ADA
MARISOL GÓMEZ ABREGO, FLOR IDALIA GÓMEZ DE RAMÍREZ
3 v. c. No. A033623-2
102
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 374
JOSE RODOLFO AGUILAR BOLIVAR, Notario, de este domicilio, con
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Atiquizaya, a las quince
Oficina Profesional ubicada en Avenida España y Trece Calle Oriente,
horas y treinta minutos del día treinta de octubre del año dos mil seis. LIC.
Condominio Metro España, Edificio “A”, Local Dos-B, Segunda Planta.
JOAQUÍN FRANCISCO MOLINA LINARES, JUEZ DE PRIMERA
San Salvador, al público para los efectos de Ley,
INSTANCIA.- LIC. HUGO ALCIDES MARTÍNEZ SANTILLANA,
HACEMOS SABER: Que por resolución del suscrito Notario,
SECRETARIO.
proveída a las nueve horas del día once de abril del dos mil cinco, se ha
tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la he-
3 v. alt. No. A032763-2
rencia intestada que a su defunción, ocurrida en la Ciudad de Chirilagua,
Departamento de San Miguel, el día seis de Febrero de dos mil cuatro,
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dejó el Señor CRISTOBAL GARCIA HERNANDEZ, de parte del Licenciado JUAN JOSE ALVARENGA NAVAS, en su Carácter de Apoderado Especial del Señor JOSE CRISTOBAL GARCIA NAVARRO, en
TITULOS DE PROPIEDAD
concepto de hijo del causante, habiéndose conferido la administración y
representación de la sucesión, con las facultades y restricciones de los
curadores de la herencia yacente.
La Suscrita Alcaldesa Municipal de la ciudad de Atiquizaya, Departamento de Ahuachapán.
En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con
derechos a la referida herencia, para que se presenten a la oficina arriba
mencionada en el término de quince días, contados desde el siguiente a
la última publicación del presente edicto.
HACE CONSTAR: Que a esta Alcaldía se ha presentado la Li-
cenciada Margarita Concepción Albanez, Abogado del domicilio de
Santa Ana, Documento Único de Identidad Número: cero dos millones
trescientos noventa y siete mil trescientos tres-seis, Apoderada General
Librado en la Oficina del Notario JOSE RODOLFO AGUILAR
Judicial de la Señora SILVIA MARINA MOLINA VALIENTE, quien
BOLIVAR, a las once horas del día veinticuatro de junio del año dos
es de cuarenta y nueve años de edad, soltera, Licenciada en Biología
mil cinco.
y Química, del domicilio de San Salvador. Que su poderdante está en
posesión, en forma quieta, pacífica e interrumpida y de buena fe, desde
el día dos de octubre de mil novecientos noventa y nueve del siguiente
Lic. JOSE RODOLFO AGUILAR BOLIVAR,
inmueble: Un inmueble de naturaleza antes rústico, hoy urbano, situado
NOTARIO.
en los suburbios del Barrio El Ángel en esta ciudad, el cual tiene una
extensión superficial de: MIL SESENTA Y CINCO PUNTO VEINTICINCO METROS CUADRADOS, con las medidas y linderos siguientes:
3 v. c. No. C004736-2
AL NORTE: cuatro tramos rectos, el primero de treinta y uno punto
veintisiete metros; el segundo nueve punto ochenta metros; el tercero
de cero punto setenta y cinco metros y el cuarto de seis punto treinta y
ocho metros; linda con: Francisca Zepeda, María Isabel Zepeda, Matilde
Zepeda de Barrientos, Rosa Emilia Alvanez y Manuel Méndez, calle de
R
HERENCIA YACENTE
por medio; AL ORIENTE: diecinueve punto veinticuatro metros; colinda
con María Cristina Grijalva; AL SUR: cuarenta y dos punto cuarenta
metros, con Olimpia Concepción Vásquez de Cortés; AL PONIENTE:
veinticuatro punto ochenta y tres metros con: Dora Alicia Menéndez
INSTANCIA DE ESTE DISTRITO.
Martínez y Rafael Antonio Menéndez Martínez; calle de por medio; el
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JOAQUÍN FRANCISCO MOLINA LINARES, JUEZ DE PRIMERA
inmueble contiene una casa de adobe en mal estado. El inmueble descrito
no es dominante, ni sirviente, no tiene ninguna carga ni derecho real que
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las quince
pertenezca a otra persona o que deba respetarse, y no se encuentra en
horas del día treinta de octubre del presente año, se ha declaradoYACENTE
proindivisión con ninguna otra persona. Este inmueble lo adquirió su
LA HERENCIA del señor JOSE HUMBERTO ORELLANA, quien fue
poderdante por compraventa que le otorgó la señora MARIA DOLORES
de cuarenta y tres años de edad, jornalero, fallecido a las dos horas del
VALIENTE DE MOLIINA, el día dos de octubre de mil novecientos
día veintidós de julio de dos mil dos, en el Cantón Zunca, Caserío Terrón
noventa y nueve quien reside en la Quinta Calle Poniente número 4-192,
Blanco de esta jurisdicción su último domicilio, nombrándose Curador
Barrio El Calvario de esta ciudad, quien a su vez poseyó el inmueble
para que la represente al Licenciado MARIO RAFAEL SALAZAR
mencionado en forma quieta, pacífica e interrumpida y de buena fe
GUERRA.
desde el día diecinueve de junio de mil novecientos cincuenta y tres,
hasta la fecha que lo vendió a mi poderdante, habiéndole transferido a
mi mandante, la posesión que a ella le correspondía, dándole el derecho
Lo que se hace saber al público para los efectos de ley.
a obtener el respectivo Título de Propiedad.
DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 18 de Enero de 2007.
103
El Inmueble que trata de titular su poderdante lo valúa en la suma
gún Certificación de la Denominación Catastral que se relaciona en la
de OCHO MIL DOLARES, y unida su posesión de la vendedora señora
solicitud es de una extensión superficial de QUINIENTOS OCHENTA
María Dolores Valiente de Molina suma más de diez años, lo que se hace
Y OCHO METROS VEINTICINCO DECIMETROS VEINTICUATRO
saber al público para los efectos de ley.-
CENTIMETROS CUADRADOS, cuyas medidas y linderos son: AL
Alcaldía Municipal de Atiquizaya, a los veintiséis días del mes
de Octubre del año dos mil seis.- LICDA. ANA LUISA RODRIGUEZ
DE GONZÁLEZ, ALCALDESA MUNICIPAL.- LICDA. VANESA
BEATRIZ MOLINA DE MARTÍNEZ, SECRETARIA MUNICIPAL.-
ORIENTE, Veinticinco metros cincuenta centímetros, en colindancia
con el camino vecinal que de la población de Santiago Texacuangos,
conduce al Lago de Ilopango de por medio y con terreno de Antonio
Ramírez; AL NORTE, Veinticuatro metros, en colindancia con resto del
inmueble general queda en su dominio; AL PONIENTE, Veinticuatro
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metros cincuenta centímetros, también en colindancia con el resto que del
3 v. alt. No. A032998-2
inmueble general queda en su dominio; y AL SUR, Veinticuatro metros
en colindancia con terreno de Cipriano Pérez. El terreno antes descrito
es de topografía plana tiene sus líneas de colindancia recta y es inculto,
conteniendo sólo cinco árboles de naranjo y no tiene construcción alguna.
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,
Dicho inmueble no es dominante y sirviente no tiene ninguna carga ni
derecho real ni se encuentra en proindivisión con ninguna persona que
HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado la señora
reclame mejor derecho.
MARIA GABRIELA MEDRANO DE ESCOBAR, solicitando que se
extienda a su favor, título de propiedad de un predio de naturaleza urbana situado en el Barrio San Sebastián de esta ciudad, de la capacidad
de CIENTO UN METROS CUADRADOS de superficie, comprendido
dentro de los linderos siguientes: AL ORIENTE, linda con propiedad de
Roberto Pérez, AL NORTE, linda con propiedad de Francisca Hernández
Lo adquirió por compraventa que le hizo la señora Marta Julia
Martínez de Pérez, en Escritura Pública de este domicilio, persona quien
aún vive. Lo valúa en la suma de UN MIL QUINIENTOS DOLARES
DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, todos los colindantes
son de este domicilio.
Chacón de García, Agustina Henríquez Navarro, calle de por medio, AL
Alcaldía Municipal: Santiago Texacuangos, a las nueve horas del
PONIENTE linda con propiedad de Carmen Andrea González Rivas, y
día veintidós de diciembre de dos mil seis. ALBERTO ESTUPINIÁN
al SUR, linda con predio del Estado donde se encuentra el edificio del
RAMÍREZ, ALCALDE MUNICIPAL.- CLAUDIA GUADALUPE
Instituto Nacional.- No es dominante ni sirviente.- No tiene cargas o
MORALES ZELAYA, SECRETARIA MUNICIPAL.-
de derechos reales ni está en proindivisión.-
Lo hubo por compra a Luis de Jesús González, y lo estima en
3 v. alt. No. A033188-2
CUATRO MIL DÓLARES.- Los colindantes son de este domicilio.
ALCALDIA MUNICIPAL: Ilobasco, a los tres días del mes de Enero
de dos mil siete. JOSE MARIA DIMAS CASTELLANOS, ALCALDE
MUNICIPAL.- MANUEL DE J. ZETINO, SECRETARIO.
El Infrascrito Alcalde Municipal,
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3 v. alt. No. A033179-2
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EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE
SANTIAGO TEXACUANGOS, al público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que Adolfo Alvarenga Sánchez, conocido por Adol-
fo Sánchez, solicita por medio de su Apoderada, Licenciada Digna Reina
Contreras Hernández, Título de Propiedad de un terreno rústico, ejidal,
situado en el Cantón Buena Vista, de ésta, de setecientos treinta punto
veintidós metros cuadrados, que linda: Norte, Rafael Arnulfo Alvarenga,
camino vecinal de por medio; Oriente, Víctor Manuel Alvarenga; Sur,
Bernardino Gallegos; y Poniente, Mercedes Gallegos. Lo adquirió por
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado el señor
compra que hizo a María Reyes Natarén, de Oficios Domésticos, de
Tomás Humberto Sánchez Ramírez, de cincuenta y cuatro años de
este domicilio, hoy ya fallecida. Lo estima en diez mil colones y los
edad, Empleado de este domicilio con Documento Unico de Identidad
colindantes son de este domicilio.
número cero un millón trescientos cincuenta mil ochocientos cuarenta
y tres guión uno y Número de Identificación Tributaria cero seis quince
veintiocho cero ocho cincuenta y dos cero cero uno guión cinco, solicitando en forma verbal y escrita se le extienda Título de Propiedad,
de un inmueble de naturaleza rústica sin construcciones, situado en el
Alcaldía Municipal: San Pedro Masahuat, nueve de enero del
año dos mil siete.- Lic. CARLOS ALBERTO RAMOS RODRÍGUEZ,
ALCALDE MUNICIPAL.- MARIA MARIBEL GÓMEZ SÁNCHEZ,
SECRETARIA MUNICIPAL.
Cantón Joya Grande, de esta jurisdicción el cual tiene una extensión
superficial de MIL DOSCIENTOS METROS CUADRADOS, pero se-
3 v. c. No. A033550-2
104
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 374
TITULOS SUPLETORIOS
mento Unico de Identidad número: cero dos tres cero siete cinco cero
cuatro-cero, Representados por su Apoderado General Judicial Licenciada Francisca Miladis Romero Ríos, solicitando título supletorio de un
GILMA DARLENE AREVALO SORIANO, Jueza de Primera Instancia
terreno de naturaleza rústica, situado en el Caserío Olanchano, Cantón
Suplente de este Distrito Judicial; AL PUBLICO: para los efectos de
Pueblo, Jurisdicción de Polorós, de este Distrito, Departamento de La
ley:
Unión, de la capacidad superficial de CUATRO MIL TRESCIENTOS
QUINCE PUNTO CINCUENTA METROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes: AL ORIENTE, comprende dos tramos
edad, comerciante del domicilio de Santo Domingo solicitando se le
el primero de sesenta y cinco metros, colindando con propiedad de Irma
extienda TITULO SUPLETORIO de dos INMUEBLES de naturaleza
Gómez, cerco de alambre, piña y brotones de jiote, de la colindante, y
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HACE SABER: que a este Tribunal se ha presentado el señor
JOSE REYNO PORTILLO CORVERA, de treinta y nueve años de
rústicos situados en el Cantón Iscanales de la Jurisdicción de Santo
con propiedad del señor Francisco Méndez, antes, hoy de sus herederos,
Domingo en el lugar llamado La Rinconada, siendo el PRIMERO de
cerco de alambre y piña propio, y el segundo tramo veintiocho metros,
la extensión Superficial de VEINTITRES AREAS, y sus linderos son
lindando con propiedad de la señora Gabina Gómez, cerco de alambre
los siguientes: NORTE, partiendo de un jiote en línea recta a un pito,
propio; AL PONIENTE, cuarenta y cuatro metros, en parte colinda con
cerco de alambre propio del terreno que se describe con propiedad de
propiedad de Eugenio Velásquez Gómez cerco de alambre y brotones
Candelario Martínez; PONIENTE, del pito anterior baja en línea recta un
de jiote propios y con la calle pública; AL NORTE, cuarenta y cuatro
jiote, cerco de alambre propio donde quiebra a un guayabillo, quiebra en
metros, colindando con propiedad de Eugenio Velásquez Gómez, cerco
línea recta a un jiote con propiedad de Manuel Mejía, llegando a la calle
de alambre, piedra y brotones de Izotes propio, AL SUR, comprende dos
y quiebra a un pito; SUR, con propiedad de Gilberto Montes, calle de por
tramos, el primero: veintiocho metros, cerco de alambre y piña propio
medio donde quiebra a un pito; ORIENTE, Colinda con propiedad de
quebrada y calle pública de por medio lindando con propiedad de Gabina
Virginia Cruz y luego a otro pito quebrada de por medio. EL SEGUNDO
Gómez, y el segundo tramo: cincuenta y cuatro metros, con propiedad de
Inmueble de la extensión superficial de CINCUENTA Y TRES AREAS
Eugenio Velásquez Gómez, cerco de piedra medianero. En el inmueble
y sus linderos son los siguientes: NORTE, con propiedad de Virginia
descrito existe una casa techo de tejas paredes de adobe, con servicio
Cruz, de un copinol a un pito no hay cerco; PONIENTE, con propiedad
de energía eléctrica, valúan el referido inmueble Juntamente con la casa
de Virginia Cruz, en línea recta a un pito y Teodulo Maldonado hoy de
en la cantidad de CINCO MIL COLONES, y lo adquirieron por compra
Santos Borjas donde quiebra al poniente a un jiote en línea recta; SUR,
informal hecha en el mes de mayo del año de mil novecientos noventa
con propiedad de Angel Mejía del pito anterior a un jiote donde llega a
y uno, al señor Juan Eliodoro Osorio Molina, de cincuenta y ocho años
la propiedad de Rosa Mejía en línea recta del jiote anterior a un zapote;
de edad, Agricultor en pequeño, del domicilio de Polorós, Departamento
ORIENTE, con propiedad de Rosa Mejía, del pito anterior llega a un
de La Unión.
copinol en línea recta.- Dichos inmuebles descritos los estima en MIL
Librado en el Juzgado de lo Civil: Santa Rosa de Lima, a los vein-
QUINIENTOS DOLARES, y en MIL DOLARES respectivamente, y
tisiete días del mes de noviembre de dos mil seis. Lic. ANGEL ALBINO
los hubo por compra que hizo al señor RAUL RIVAS.
ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MARINA CONCEPCION
Juzgado de Primera Instancia del Distrito de San Sebastián, a las
MARTINEZ, SECRETARIA.
ocho horas y cuarenta minutos del día cuatro de octubre de dos mil seis.
Lic. GILMA DARLENE AREVALO SORIANO, JUEZA DE PRIMERA
3 v. alt. No. A032920-2
INSTANCIA SUPLENTE. Br. BESSY CECILIA FABIAN FUENTES,
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SECRETARIA.
3 v. alt. No. A032842-2
Lic. ANGEL ALBINO ALVARENGA, Juez de lo Civil del Distrito
Judicial de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, al público
para los efectos de Ley,
HACE SABER: Que a este Juzgado se presentó la señora BLANCA
Lic. ANGEL ALBINO ALVARENGA, Juez de lo Civil del Distrito
ANTONIA REYES DE FUENTES, de cincuenta y siete años de edad,
Judicial de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, al público
de oficios domésticos, del domicilio de El Sauce, con residencia en el
para los efectos de Ley,
Cantón Canaire, con Documento Unico de Identidad número: cero cero
HACE SABER: que a este Juzgado se han presentado los señores
nueve siete dos cuatro nueve cinco-dos, representado por su Apoderado
JOSE CATALINO FUENTES, de cincuenta años de edad, Agricultor,
General Judicial Licenciado Ulises Rolando Morales Benítez, solicitando
con Documento Unico de Identidad número cero tres cuatro dos nueve
título supletorio de un terreno de naturaleza rústica, situado en el Cantón
cuatro dos siete-cinco, y MARIA CONSUELO GOMEZ DE FUENTES,
Canaire, Jurisdicción de El Sauce, de este Distrito, Departamento de La
de cincuenta y cinco años de edad, de Oficios Domésticos, con Docu-
Unión, de la capacidad superficial de VEINTE MIL CIENTO DIECIO-
DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 18 de Enero de 2007.
CHO METROS CUADRADOS, que tiene las medidas y colindancias
105
Zacatecoluca, cinco de enero de dos mil siete.
siguientes: AL ORIENTE, trescientos treinta y cuatro metros, colinda con
terreno de María Leonor Reyes, cerco de alambre de la colindante; AL
NORTE, setenta y cuatro metros, colinda con terreno de Carlos Zolórzano
Lic. ALMA LORENA MELENDEZ DE ESTUPINIAN,
y Gonzalo Fernández; AL SUR, noventa y cuatro metros, con María Otilia
NOTARIO.
Fuentes, cerco de alambre medianero; y AL PONIENTE, ciento cuarenta
y cinco metros, con terreno de Gonzalo Fernández cerco de piedra y
3 v. alt. No. A033200-2
alambre medianero. Inmueble que contiene una casa paredes de adobe,
techo de tejas, que mide catorce por seis varas. Valúa el referido terreno
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en la cantidad de DOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS
DE AMERICA, y lo adquirió por compra que le hizo al señor Felícito
Fuentes, a las once horas del día dieciocho de octubre del corriente año,
EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA,
ante los oficios Notariales del Licenciado antes mencionado.
del Distrito Judicial de San Francisco Gotera; al público para los efectos
de ley,
Librado en el Juzgado de lo Civil: Santa Rosa de Lima, a los
HACE SABER: Que a este tribunal se ha presentado el Licenciado
once días del mes de diciembre de dos mil seis. Lic. ANGEL ALBINO
JOSE WILFREDO GARCIA GUEVARA, Como Apoderado Judicial
ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MARINA CONCEPCION
del señor FREDIS ANTONIO ARGUETA RAMOS, a solicitar a su
MARTINEZ, SECRETARIA.
favor, TITULO SUPLETORIO, sobre dos terrenos de naturaleza rústica
ubicado EL PRIMERO: En el Caserío Las Cañas, Cantón Volcancillo,
Jurisdicción de Joateca, Departamento de Morazán, de la capacidad
3 v. alt. No. A033174-2
superficial de ONCE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y DOS METROS CINCUENTA DECIMETROS CUADRADOS, de las medidas y
linderos siguientes: Al ORIENTE: cuarenta metros, colinda con terreno
en sucesión de Carlos Chicas, representada por Arturo Argueta, quebrada
ALMA LORENA MELENDEZ DE ESTUPINIAN, Notario del domicilio
de por medio; Al NORTE: ciento treinta y cinco metros, colinda con
de Zacatecoluca y de San Salvador, con oficina en Avenida Juan Vicente
terreno de Santos Alfredo Argueta, cerco de alambre propio de por medio;
Villacorta, Número Cinco, de Zacatecoluca, al público,
AL PONIENTE: ciento treinta y cuatro metros, colinda con terreno de
Tiburcia Ramos y sucesión de Ventura Argueta, ahora de José Argueta,
cerco de alambre propio y paredón de por medio; Y AL SUR: ciento
cuarenta metros, colinda con terreno de Pastora Argueta, cerco de alambre
HERIBERTO AMAYA, de cincuenta y cinco años de edad, Comer-
propio y alambre medianero de por medio; En dicho terreno existe árboles
ciante, del domicilio de San Rafael Obrajuelo, con Documento Unico
de aguacate, carece de construcciones. Y lo adquirió por compraventa
de Identidad número cero cero cero nueve ocho cero dos ocho-cuatro;
mediante Escritura Pública de la Posesión Material que hizo al señor
a iniciar diligencias de título supletorio de un inmueble rústico, situado
Jorginio Argueta Ramos.- Se estima el inmueble descrito en el precio de
en Cantón San José Obrajuelo, jurisdicción de San Rafael Obrajuelo,
UN MIL CUATROCIENTOS DOLARES.- EL SEGUNDO: situado en el
de MIL CIENTO CUARENTA Y SIETE PUNTO TREINTA Y SEIS
Cantón Volcancillo, en el lugar denominado El Bromadero, Jurisdicción
METROS CUADRADOS DE SUPERFICIE, que mide y linda: ORIEN-
de Joateca, distrito de Jocoaitique, Departamento de Morazán, de la ca-
TE, treinta metros, con Juana Antonia Palacios de Quintanilla, calle de
pacidad superficial de UNA MANZANA o sean SIETE MIL METROS
por medio; NORTE, treinta y uno punto sesenta y cinco metros, con
CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE:
Saturnino Iraheta, cerco de piña de por medio propio del predio que se
ciento cincuenta metros, con terreno de Elba Ramos, cerco de alambre
describe; PONIENTE, cuarenta y dos punto quinientos nueve metros,
medianero de por medio; AL NORTE: cincuenta metros, con terreno de
terreno de Lucia Ventura Hernández, cerco de alambre y piña de por
Jorginio Argueta, cerco de alambre y zanjuela seca de por medio; AL
medio propiedad de la colindante; SUR, treinta y uno punto sesenta y
PONIENTE: ciento setenta metros con terreno de María Eliberta Argueta,
cinco metros, terreno de Lucia Ventura, calle de por medio. Tal inmueble
cerco de alambre propio de por medio; Y AL SUR: treinta y siete metros
lo posee sin proindivisión con ninguna persona y lo estima en la suma
cincuenta centímetros, con terreno de Agustín Chicas, ahora con terreno
de MIL TRESCIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
del señor Oscar Benítez, calle pública de por medio. Actualmente en dicho
AMERICA, no es predio dominante ni sirviente, no tiene derechos reales
terreno existe construida una casa, techo de tejas, paredes de cemento,
de ajena pertenencia. Lo adquirió por compra que hizo a Rosa González
de seis metros de ancho por doce metros de largo, con una superficie
de Gallardo, según escritura pública otorgada en Zacatecoluca, ante mis
de setenta y dos metros cuadrados. De cultivos permanentes tiene café
Oficios Notariales; quien a su vez lo había poseído desde el año de mil
y caña.- Lo adquirió por compraventa mediante Escritura Pública de la
novecientos setenta y cinco, fecha desde la que comienza la posesión
Posesión Material que hizo al señor Jorginio Argueta Ramos; y lo valúa
material sobre dicho inmueble.
en la cantidad de TRES MIL DOLARES.
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HACE SABER: Que se ha presentado el señor SANTOS
106
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 374
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco
Licenciado JORGE ALBERTO GUZMÁN URQUILLA, Juez Segundo
Gotera, a las diez horas del día veinte de diciembre del dos mil seis.
de Primera Instancia de este Distrito Judicial, al Público para efectos
Licdo. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2º. DE 1ª.
de Ley,
INSTANCIA. Licda. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ SANCHEZ,
SECRETARIA.
HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado
JOSÉ WILFREDO GARCÍA GUEVARA, como Apoderado General
Judicial del señor EMILIO MARTÍNEZ AMAYA, a solicitar a favor
3 v. alt. No. C004637-2
de éste TITULO SUPLETORIO, sobre: Un inmueble de naturaleza
rústica, ubicado en el Cantón La Montaña de la jurisdicción de Osicala,
Distrito del mismo nombre, Departamento de Morazán, de la capacidad
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superficial de SIETE MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y CUATRO
METROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes:
AL ORIENTE, cien metros cuarenta y cuatro centímetros, colinda con
Licenciado JORGE ALBERTO GUZMÁN URQUILLA, Juez Segundo
terreno de Rafael Antonio García Ulloa, Juan Clímaco Ulloa Arévalo,
de Primera Instancia de este Distrito Judicial, al Público para efectos
camino vecinal de por medio y con terreno de Florencio Gómez Amaya;
de Ley,
AL NORTE, noventa y dos metros, colinda con terreno de Felipe Amaya
HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado
Solís y Dominga Martínez de García, mojones de izote de por medio;
JOSÉ WILFREDO GARCÍA GUEVARA, como Apoderado General
AL PONIENTE, ciento un metros colinda con terreno de Rafael Anto-
Judicial del señor HERIBERTO CHICA ARGUETA conocido por
nio García Ulloa, Juana Crisanta Cruz, Saturnino Gómez Cruz; y AL
HERIBERTO CHICAS ARGUETA, a solicitar a favor de éste TITULO
SUR, cincuenta y ocho metros, colinda con terreno de la sucesión de
SUPLETORIO, sobre: Un inmueble de naturaleza rústica, situado en el
Audilio García Domínguez, Bernardina Ventura de Caballero, cerco de
lugar “Tierra Blanca”, Caserío Adobera, Cantón Azacualpa, jurisdicción
alambre de por medio. En dicho terreno atraviesa una calle que conduce
de San Fernando, Distrito de Jocoaitique, Departamento de Morazán, de
a Cantón San Lucas, jurisdicción de Gualococti. El señor MARTÍNEZ
la capacidad superficial de TRES HECTÁREAS VEINTIDÓS ÁREAS
AMAYA, adquirió dicho inmueble por venta de la Posesión Material por
NUEVE CENTIÁREAS CON CINCUENTA DECÍMETROS CUADRA-
Escritura Pública que le efectuaron separadamente los señores SERGIA
DOS, de las medidas y colindancias siguientes: AL ORIENTE, en dos
MARTÍNEZ ULLOA, y el señor FILOMENO AMAYA GUEVARA, y
tramos, el primero con Pacrialino Sáenz, quebrada seca de por medio;
lo valora en la cantidad de CINCO MIL SEISCIENTOS DÓLARES DE
en el segundo con sucesión de Juan Nepumoceno Gómez, ahora con
LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.
Teolinda Nolasco, árboles de manzano rosa de por medio; mide en el
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia; San Francisco
primer tramo ciento cincuenta y tres metros y en el segundo cincuenta y
Gotera, a las catorce horas del día veintinueve de noviembre de dos mil
siete metros; AL NORTE, trescientos dos metros con sucesión de Juan
seis.- Lic. JORGE ALBERTO GUZMÁN URQUILLA, JUEZ 2º. DE 1ª.
Neupoceno Gómez, ahora de Rosalina Nolasco, y terreno de Salomón
INSTANCIA.- Br. KARINA ELIZABETH IGLESIAS DE NAVARRO,
Romero, calle que de San Fernando conduce al volcancillo de por medio;
SRIA. INTA.
AL PONIENTE, ocho metros con terreno de Salomón Romero, salida
a la calle de por medio; y AL SUR, doscientos ochenta y nueve metros
con sucesión de Ercilia Nolasco, ahora de Esperanza Argueta y Aminta
3 v. alt. No. C004639-2
R
Nolasco y Sucesión de Francisco Argueta ahora de José Ángel Argueta,
quebrada de agua permanente de por medio. Dicho terreno es inculto y
IA
sin construcciones. El señor HERIBERTO CHICA ARGUETA cono-
D
cido por HERIBERTO CHICAS ARGUETA, adquirió dicho inmueble
por venta de la Posesión Material por Escritura Pública que le efectuó
la señora Audilia del Cid Amaya viuda de Hernández y lo valora en la
cantidad de UN MIL QUINIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS
UNIDOS DE AMÉRICA.
Licenciada ANA ELSY MENDOZA AMAYA, Juez Segundo de Primera
Instancia de este Distrito Judicial, al Público para efectos de Ley,
HACE SABER: Que a este tribunal se ha presentado, el Licenciado
JOSÉ WILFREDO GARCÍA GUEVARA, como Apoderado General
Judicial de la señora MARIA MIRIAN LEÓN, a solicitar a su favor
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia; San Francisco
TITULO SUPLETORIO, sobre un inmueble de naturaleza rústica, situado
Gotera, a las once horas del día trece de octubre de dos mil seis.- Lic.
en el Cantón La Montañita de la Jurisdicción de Osicala, departamento
JORGE ALBERTO GUZMÁN URQUILLA, JUEZ 2º. DE 1ª. INS-
de Morazán, de la extensión superficial de DOS MIL QUINIENTOS
TANCIA.- Licda. ROSA ERMELINDA GUTIÉRREZ SÁNCHEZ,
NOVENTA Y CINCO METROS SETENTA Y UN DECÍMETROS
SECRETARIA.
CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes: AL ORIENTE,
setenta y cinco metros, linda con terreno de los señores Dolores Argueta,
Julia Portillo y Alonso Portillo, cerco de alambre de los colindantes de
3 v. alt. No. C004638-2
por medio; AL NORTE, mide veintinueve metros sesenta centímetros,
DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 18 de Enero de 2007.
107
lindaron terreno de Enrique Caballero, brotones de izote de por medio;
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco
AL PONIENTE, veintidós metros cuarenta centímetros, linda con terreno
Gotera, a las diez horas del día veinticuatro de noviembre del dos mil
de Silveria Reyes Díaz, brotones de izote de por medio; AL SUR, setenta
seis.- Lic. JORGE ALBERTO GUZMÁN URQUILLA, JUEZ 2º. DE 1ª.
y siete metros, linda en parte con la calle vieja que de Osicala conduce
INSTANCIA.- Licda. ROSA ERMELINDA GUTIÉRREZ SÁNCHEZ,
a Gualococti de por medio con terreno de Iglesia Evangélica y terreno
SECRETARIA.
de Rogelio Reyes, cerco de alambre de por medio, en dicho terreno
existe una casa de paredes de adobe, techo de tejas de siete metros de
3 v. alt. No. C004641-2
largo por cinco metros de ancho, con una superficie de treinta y cinco
metros cuadrados, valorada en tres mil colones, de cultivos tiene matas
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de huerta.
Se estima el inmueble descrito en el precio de DOS MIL DOS-
RENOVACION DE MARCAS
CIENTOS OCHENTA Y CINCO DÓLARES CON SETENTA Y UN
CENTAVO DE DÓLAR, lo adquirió por medio de Escritura Pública de
compraventa que le hizo el señor ANTONIO LEÓN DÍAZ.
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Fran-
cisco Gotera, a las diez horas del día doce de diciembre del dos mil
No. de Expediente: 1966013808
No. de Presentación: 20060085554
CLASE: 05, 10.
seis.- Licda. ANA ELSY MENDOZA AMAYA, JUEZ 2º. DE 1ª. INSTANCIA.- LICDA. ROSA ERMELINDA GUTIÉRREZ SÁNCHEZ,
SECRETARIA.
LA INFRASCRITA REGISTRADOR
3 v. alt. No. C004640-2
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado ARMANDO
INTERIANO, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio
de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
APODERADO de BAYER CONSUMER CARE AKTIENGESELLS-
Licenciado JORGE ALBERTO GUZMÁN URQUILLA, Juez Segundo
CHAFT que se abrevia: BAYER CONSUMER CARE AG., del domi-
de Primera Instancia de este Distrito Judicial, al Público para efectos
cilio de Peter Merian Strasse 84, 4052 Basilea, Suiza, de nacionalidad
de Ley,
SUIZA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 13808
del Libro 00036 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra
BEROCCA; que ampara productos comprendidos en la(s) Clase 05, 10
HACE SABER: Que a este tribunal se ha presentado, el Licenciado
de la Clasificación Internacional de Niza.
JOSÉ WILFREDO GARCÍA GUEVARA, como Apoderado General
Judicial del señor TRANSITO ANTONIO PÉREZ, a solicitar a su favor
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
TITULO SUPLETORIO, sobre un inmueble de naturaleza rústica, situado
en el Caserío “Pueblo Viejo” del Cantón Agua Zarca, jurisdicción de
Ley.
Osicala; de la extensión superficial de CINCO MIL TRESCIENTOS SIE-
R
TE METROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes:
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
IA
AL ORIENTE, mide treinta y ocho metros, colinda con Antonio Pérez,
cerco de piedra y alambre propio de por medio; AL NORTE, ciento nueve
D
metros, colinda con terreno de la señora Gloria Santos Vásquez y con el
señor Nicolás García, calle de por medio; AL PONIENTE, setenta y ocho
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los once días del mes de diciembre del año dos mil
seis.
metros, colinda con terreno de la señora Gloria Rita Amaya, callejón de
por medio; AL SUR, setenta y cuatro metros, colinda con terreno de la
señora Gloria Rita Amaya, y con el señor Carlos Pérez, cerco de piedra
y alambre de por medio hasta llegar donde se comenzó, dicho terreno
Lic. MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
es inculto y sin construcción.
ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS,
Se estima el inmueble descrito en el precio de CINCO MIL CIENTO
SECRETARIO.
CUARENTA Y DOS DÓLARES CON OCHENTA Y SEIS CENTAVOS
DE DÓLAR, lo adquirió por medio compraventa en Escritura Pública
que le hizo el señor JOSÉ DORE IGLESIAS AMAYA.
3 v. alt. No. C004687-2
108
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 374
MARCAS DE FABRICA
La solicitud fue presentada el día diecinueve de diciembre del año
dos mil seis.
No. de Expediente: 2006063543
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veinte de diciembre del año dos mil seis.
No. de Presentación: 20060087032
CLASE: 32.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,
REGISTRADORA.
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HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado CARLOS GARCIA HERNANDEZ, en su calidad de APODERADO de
EMBOTELLADORA LA CASCADA, SOCIEDAD ANONIMA, de
nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA
DE FABRICA,
GERARDO ENRIQUE MENDEZ FLOREZ CABEZAS,
SECRETARIO.
ATOMIC
3 v. alt. No. A032933-2
Consistente en: la palabra ATOMIC, traducido al castellano como
ATOMICO, que servirá para: AMPARAR: CERVEZA, AGUAS MINERALES, GASEOSAS Y OTRAS BEBIDAS NO ALCOHOLICAS,
JARABES Y OTROS PREPARADOS PARA HACER BEBIDAS.
La solicitud fue presentada el día diecinueve de diciembre del año
dos mil seis.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, diecinueve de diciembre del año dos mil seis.
No. de Expediente: 2006063545
No. de Presentación: 20060087034
CLASE: 32.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado CARLOS GARCIA HERNANDEZ, en su calidad de APODERADO de
EMBOTELLADORA LA CASCADA, SOCIEDAD ANONIMA, de
nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA
DE FABRICA,
SECRETARIO.
ELEVATION
3 v. alt. No. A032932-2
No. de Expediente: 2006063544
IA
CLASE: 32.
R
No. de Presentación: 20060087033
D
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado CARLOS GARCIA HERNANDEZ, en su calidad de APODERADO de
EMBOTELLADORA LA CASCADA, SOCIEDAD ANONIMA, de
nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA
DE FABRICA,
Consistente en: la palabra ELEVATION traducida al castellano
como Elevación, que servirá para: AMPARAR: CERVEZA, AGUAS
MINERALES, GASEOSASY OTRAS BEBIDAS NO ALCOHOLICAS,
JARABES Y OTROS PREPARADOS PARA HACER BEBIDAS.
La solicitud fue presentada el día diecinueve de diciembre del año
dos mil seis.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, diecinueve de diciembre del año dos mil seis.
Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,
REGISTRADORA.
EARTHQUAKE
GERARDO ENRIQUE MENDEZ FLOREZ CABEZAS,
Consistente en: la palabra EARTHQUAKE traducida al castellano
como “terremoto”, que servirá para: AMPARAR: CERVEZA, AGUAS
MINERALES, GASEOSASY OTRAS BEBIDAS NO ALCOHOLICAS,
JARABES Y OTROS PREPARADOS PARA HACER BEBIDAS.
SECRETARIO.
3 v. alt. No. A032934-2
DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 18 de Enero de 2007.
No. de Expediente: 2006063550
109
La solicitud fue presentada el día diecinueve de diciembre del año
dos mil seis.
No. de Presentación: 20060087039
CLASE: 32.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
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HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado CARLOS GARCIA HERNANDEZ, en su calidad de APODERADO de
EMBOTELLADORA LA CASCADA, SOCIEDAD ANONIMA, de
nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA
DE FABRICA,
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veinte de diciembre del año dos mil seis.
PARTY
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
Consistente en: la palabra PARTY, traducida al castellano como
FIESTA, que servirá para: AMPARAR: CERVEZA, AGUAS MINERALES, GASEOSAS Y OTRAS BEBIDAS NO ALCOHOLICAS,
JARABES Y OTROS PREPARADOS PARA HACER BEBIDAS.
3 v. alt. No. A032937-2
La solicitud fue presentada el día diecinueve de diciembre del año
dos mil seis.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veinte de diciembre del año dos mil seis.
No. de Expediente: 2006062743
No. de Presentación: 20060085436
CLASE: 30.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. A032935-2
No. de Expediente: 2006063552
IA
CLASE: 32.
R
No. de Presentación: 20060087041
D
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado CARLOS GARCIA HERNANDEZ, en su calidad de APODERADO de
EMBOTELLADORA LA CASCADA, SOCIEDAD ANONIMA, de
nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA
DE FABRICA,
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSE ANTONIO
SALAVERRIA BORJA, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL
de INGENIERO JOSE ANTONIO SALAVERRIA Y COMPAÑIA, DE
CAPITAL VARIABLE que se abrevia: INGENIERO JOSE ANTONIO
SALAVERRIA Y CO. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
LOS MANGLARES
Consistente en: las palabras LOS MANGLARES, que servirá para:
AMPARAR: CAFE ORO, CAFE TOSTADO Y CAFE TOSTADO Y
MOLIDO.
La solicitud fue presentada el día quince de noviembre del año dos
mil seis.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, once de diciembre del año dos mil seis.
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
HURRICANE
CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,
Consistente en: la palabra HURRICANE, traducido al castellano
como HURACAN, que servirá para: AMPARAR: CERVEZA, AGUAS
MINERALES, GASEOSASY OTRAS BEBIDAS NO ALCOHOLICAS,
JARABES Y OTROS PREPARADOS PARA HACER BEBIDAS.
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C004688-2
110
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 374
SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL
MATRICULAS DE COMERCIO
No. de Expediente: 2006063035
ASIENTO DE EMPRESA
No. de Presentación: 20060085977
2006056086
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO
2006056086- 001
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MARIA
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-
GENERAL, ADMINISTRATIVO Y JUDICIAL de ADVANCED TO-
GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESAY ESTABLECIMIENTOS
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EUGENIA MENDEZ DE HUEZO, en su calidad de APODERADO
TAL MARKETING SYSTEM, INC., de nacionalidad PANAMEÑA,
DEL REGISTRO DE COMERCIO.
solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD
COMERCIAL,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LENIN
PASION POR LA
VIDA Y LA COCINA
ORLANDO ROMERO CASTELLANOS, de nacionalidad SALVADOREÑA, con número de Documento Único de Identidad 000908436 del domicilio de COJUTEPEQUE, departamento de CUSCATLAN
con Número de Identificación Tributaria: 0302-210475-101-0, el cual
ha presentado solicitud a las quince horas y dieciséis minutos del día
Consistente en: la expresión PASION POR LA VIDA Y LA COCINA, que servirá para: LLAMAR LA ATENCION DEL PUBLICO
veintisiete de marzo de dos mil seis, con la cual se otorgó el asiento de
SOBRE LOS PRODUCTOS DE CARNE, PESCADO, AVES Y CAZA,
Empresa No. 2006056086 inscripción 207 y el asiento de Estableci-
EXTRACTOS DE CARNE, FRUTASY LEGUMBRES EN CONSERVA,
miento No. 2006056086 - 001, inscripción 208, ambos del Libro 113
SECAS Y COCIDAS, JALEAS, MERMELADAS, HUEVOS, LECHE
de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento. La Empresa
Y OTROS PRODUCTOS LACTEOS, ACEITES Y GRASAS CO-
denominada DISTRIBUIDORA JERUSALEN se dedica a VENTA DE
MESTIBLES, CONSERVAS, ENCURTIDOS; CAFE, TE, CACAO,
AZUCAR, ARROZ, TAPIOCA, SAGU, SUCEDANEOS DEL CAFE;
HARINAS Y PREPARACIONES HECHAS CON CEREALES, PAN
BIZCOCHOS, TORTAS, PASTELERIA Y CONFITERIA, HELADOS
OTROS PRODUCTOS NO CLASIFICADOS PREVIAMENTE, con
dirección en FRENTE A COLONIA CAMPOS, CARRETERA PANAMERICANA, POLIGONO “C” No. 3 del domicilio de COJUTEPEQUE,
COMESTIBLES; MIEL, JARABE DE MELAZA; LEVADURA, POL-
departamento de CUSCATLAN cuyo activo asciende a CIENTO ONCE
VOS PARA ESPONJAR; SAL, MOSTAZA, PIMIENTA, VINAGRE,
MIL CUARENTA Y UNO 69/100 DOLARES ($ 111,041.69) y que
SALSAS, ESPECIAS, HIELO.
tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado DISTRIBUIDORA
JERUSALEN ubicado en FRENTE A COLONIA CAMPOS, CARRE-
La solicitud fue presentada el día veinticuatro de noviembre del
COJUTEPEQUE, departamento de CUSCATLAN y que se dedica a
VENTA DE OTROS PRODUCTOS NO CLASIFICADOS PREVIA-
R
año dos mil seis.
TERA PANAMERICANA, POLIGONO “C” No. 3 del domicilio de
IA
MENTE.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
D
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintinueve de noviembre del año dos mil seis.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,
San Salvador, once de mayo de dos mil seis.
REGISTRADORA.
GERARDO ENRIQUE MENDEZ FLOREZ CABEZAS,
Lic. JULIO RUBEN TRUJILLO VENTURA,
REGISTRADOR.
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C004651-2
3 v. alt. No. A032836-2
DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 18 de Enero de 2007.
ASIENTO DE EMPRESA
2002012388
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO
2002012388- 001
111
de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de CABAÑAS, cuya
escritura social está inscrita bajo el número 27 del libro 1982 del Registro
de Sociedades del Registro de Comercio con Número de Identificación
Tributaria: 0614-291104-105-8; el cual ha presentado solicitud a las
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-
nueve horas y cuarenta y nueve minutos del día treinta de mayo de dos
GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESAY ESTABLECIMIENTOS
mil cinco, con la cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2005053896
DEL REGISTRO DE COMERCIO.
inscripción 61 y el asiento de Establecimiento No. 2005053896- 001
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ROBERTO
ANTONIO ARAGON TOBAR, en su calidad de Representante legal de
Establecimiento; la Empresa denominada EL GRAN PORTAL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a RES-
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la sociedad ARAGON TOBAR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
inscripción, ambos del libro 84 de Asientos de Matrícula de Empresa y
VARIABLE que puede abreviarse ARATOBA, S.A. DE. C.V.; de nacionalidad SALVADOREÑA; del domicilio de SAN SALVADOR, cuya
escritura social está inscrita bajo el número 11 del libro 520 del Registro
de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identificación
Tributaria: 06l4-090886-001-0; el cual ha presentado solicitud a las diez
TAURANTE, con dirección en 1ª CALLE ORIENTE, No. 9, BARRIO
SANTA BARBARA, del domicilio de SENSUNTEPEQUE, cuyo activo
asciende a ONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO DOLARES
CON 57/100 ($ 11,428.57) y que tiene el establecimiento siguiente: 001-)
denominado EL GRAN PORTAL, S. A. DE C. V. ubicado en 1ª CALLE
horas y treinta y un minutos del día veintiséis de julio de dos mil seis, con la
ORIENTE, No. 9, BARRIO SANTA BARBARA, SENSUNTEPEQUE,
cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2002012388 inscripción 199 y el
CABAÑAS y que se dedica a RESTAURANTE.
asiento de Establecimiento No. 2002012388- 001 inscripción 200, ambos
del libro 128 de Asientos de Matrículas de Empresa y Establecimiento;
la empresa denominada ARAGON TOBAR, SOCIEDAD ANONIMA
Lo que se le hace saber al público, para los efectos de Ley.
San Salvador, treinta de mayo de dos mil cinco.
DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a RESTAURANTE, con
dirección en 23ª AVENIDA NORTE, No. 126 del domicilio de SAN
Lic. JULIO RUBEN TRUJILLO VENTURA,
SALVADOR, cuyo activo asciende a QUINIENTOS VEINTINUEVE
MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y NUEVE 36/100 DOLARES
REGISTRADOR.
($529,449.36) y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado
ARAGON TOBAR, S. A. DE C. V. ubicado en 23ª AVENIDA NORTE,
3 v. alt. No. A033040-2
No. 126, SAN SALVADOR y que se dedica a RESTAURANTE
Lo que se le hace saber al público, para los efectos de ley.
San Salvador, trece de octubre de dos mil seis.
ASIENTO DE EMPRESA
Lic. JULIO RUBEN TRUJILLO VENTURA,
2006056716
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO
2006056716- 001
REGISTRADOR.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESAY ESTABLECIMIENTOS
D
IA
R
3 v. alt. No. A032894-2
ASIENTO DE EMPRESA
DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado FREDY
ORLANDO CASTRO ULLOA, en su calidad de Representante legal
2005053896
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO
2005053896- 001
de la Sociedad CONSTRUCTORA ULLOA, SOCIEDAD ANONIMA
DE CAPITAL VARIABLE; que puede abreviarse CONSTRUCTORA
ULLOA, S.A. DE C.V.; sociedad de nacionalidad SALVADOREÑA, del
domicilio de NUEVA GUADALUPE, departamento de SAN MIGUEL
cuya escritura social está inscrita bajo el número 16 del libro 2132 del
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESAY ESTABLECIMIENTOS
DEL REGISTRO DE COMERCIO.
Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identificación Tributaria: 1217-150506- 101-7 ; el cual ha presentado solicitud
a las catorce horas y diecisiete minutos del día treinta de junio de dos
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado el señor OSCAR
mil seis, con la cual se otorgó el Asiento de Empresa No. 2006056716
SAUL CHAVEZ MORENO, en su calidad de Representante legal de la
inscripción 225 y el asiento de Establecimiento No. 2006056716- 001,
sociedad EL GRAN PORTAL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
inscripción 226, ambos del Libro 118 de Asientos de Matrícula de Em-
VARIABLE que puede abreviarse EL GRAN PORTAL, S.A. DE C.V.;
presa y Establecimiento; la Empresa se denomina CONSTRUCTORA
112
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 374
ULLOA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual
No. 129, TORRE SCOTIABANK EL SALVADOR y que se dedica a
se dedica a CONSTRUCCION DE OBRAS DE INGENIERIA CIVIL,
INTERMEDIACION EN EL MERCADO BURSATIL A TRAVES DE
con DIRECCION EN BARRIO EL CENTRO, CALLE GERARDO
LA BOLSA DE VALORES.
BARRIOS, No. 25, del domicilio y departamento de SAN MIGUEL,
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
cuyo activo, asciende a ONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO
57/100 DOLARES ($11,428.57) y que tiene el establecimiento siguiente:
San Salvador, 9 de enero de dos mil siete.
001-) denominado CONSTRUCTORA ULLOA, S. A. DE C.V. ubicado
en BARRIO EL CENTRO, CALLE GERARDO BARRIOS, No. 25,
del domicilio y departamento de SAN MIGUEL y que se dedica a
Lic. JULIO RUBEN TRUJILLO VENTURA,
CONSTRUCCION DE OBRAS DE INGENIERIA CIVIL.
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REGISTRADOR.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, cuatro de julio de dos mil seis.
3 v. alt. No. C004635-2
Lic. RUBEN ALBERTO NAVARRO CRUZ,
REGISTRADOR.
ASIENTO DE EMPRESA
3 v. alt. No. C004634-2
2006056494
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO
2006056494- 001
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-
ASIENTO DE EMPRESA
2002022638
GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESAY ESTABLECIMIENTOS
DEL REGISTRO DE COMERCIO.
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO
2002022638-001
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado DAGOBERTO
NAVARRO CHAMORRO, de nacionalidad SALVADOREÑA, con nú-
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE
mero de Documento Único de Identidad 01746379-8, del domicilio de
REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-
CHALCHUAPA, SANTA ANA, con Número de Identificación Tributaria:
TOS DEL REGISTRO DE COMERCIO
0204-020946-001-9, el cual ha presentado solicitud a las catorce horas y
quince minutos del día seis de junio de dos mil seis, con la cual se otorgó
KELLMAN RODRIGUEZ, en su calidad de Representante legal de
el asiento de Empresa No. 2006056494 inscripción 157 y el asiento
la sociedad SCOTIA VALORES, SOCIEDAD ANONIMA “CORRE-
de Establecimiento No. 2006056494- 001, inscripción 158, ambos del
DORES DE BOLSA” que puede abreviarse SCOTIA VALORES, S.A.
Libro 128 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento. La
CORREDORES DE BOLSA; de nacionalidad SALVADOREÑA, del
Empresa se dedica a SERVICIOS EDUCATIVOS, con dirección en
domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo
BARRIO APANECA, AVENIDA 2 DE ABRIL SUR del domicilio de
el número 29 del libro 1054 del Registro de Sociedades del Registro
CHALCHUAPA, SANTA ANA, cuyo activo asciende a TRES MIL 00/100
de Comercio, con Número de Identificación Tributaria: 0614-190894-
DOLARES ($ 3,000.00); y que tiene el establecimiento siguiente: 001- )
105-0; el cual ha presentado solicitud a las nueve horas y dieciocho
denominado COLEGIO CRISTIANO PROFESOR JUSTO GONZALEZ
minutos del día ocho de marzo de dos mil seis, con la cual se otorgó
CARRASCO, ubicado en BARRIO APANECA, AVENIDA 2 DE ABRIL
el asiento de Empresa No. 2002022638 inscripción 166 y el asiento de
SUR, CHALCHUAPA, SANTA ANA, y que se dedica a SERVICIOS
Establecimiento No. 2002022638- 001 inscripción, ambos del libro 110
EDUCATIVOS.
D
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HACE SABER: Que esta oficina se ha presentado JULIO CESAR
de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
denominada SCOTIA VALORES SOCIEDAD ANONIMA “CORREDORES DE BOLSA”, la cual se dedica a INTERMEDIACION EN EL
San Salvador, doce de octubre de dos mil seis.
MERCADO BURSATIL A TRAVES DE LA BOLSA DE VALORES,
con dirección en AVENIDA OLIMPICA No. 129, Torre SCOTIABANK
EL SALVADOR del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS
Lic. JULIO RUBEN TRUJILLO VENTURA,
REGISTRADOR.
SESENTA Y UN DOLARES CON 50/100 $ 365,361.50 y que tiene
el establecimiento siguiente: 001- ) denominado SCOTIA VALORES,
S.A. “CORREDORES DE BOLSA” ubicado en AVENIDA OLIMPICA
3 v. alt. No. C004636-2
DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 18 de Enero de 2007.
ASIENTO DE EMPRESA 2001035252
113
ASIENTO DE EMPRESA 2006057841
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2001035252EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESAY ESTABLECIMIENTOS
LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO DE
REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.
DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado Jaime Alberto Suárez García en su calidad de representante legal de la sociedad
MEDIC'S. SERVICE & TOURISM, C.A. El Salvador, Sociedad
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Anónima de Capital Variable que puede abreviarse MESETCA, S.A.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado HECTOR
EUGENIO ESCOBAR CONTRERAS en su calidad de Representante
DE C.V.; Sociedad de nacionalidad Salvadoreña, del domicilio de San
Salvador, cuya escritura social está inscrita bajo el número 19 del libro
legal de la sociedad INMOBILIARIA ESCOBAR CONTRERAS, SO-
2182 del registro de sociedades del registro de comercio, con número
CIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse
de identificación tributaria: 0614-101106-101-4; el cual ha presentado
INESCO, S.A. DE C.V.; de nacionalidad SALVADOREÑA del domicilio
solicitud a las trece horas y cuarenta y cinco minutos del día once de
de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número
diciembre de dos mil seis., con la cual se otorgó el asiento de empresa
1 del libro 1558 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio,
con Número de Identificación Tributaria: 0614-150800-108-2; quien
No. 2006057841 inscripción 86 del libro 134 de asientos de matrícula
de empresa y establecimiento; la empresa se denomina MEDIC'S, SERVICE & TOURISM. C.A.. El Salvador, Sociedad Anónima de Capital
ha presentado solicitud a las catorce horas y cuarenta y un minutos del
día primero de junio de dos mil seis, con la cual se otorgó el asiento de
Empresa No. 2001035252 inscripción 220 y el asiento de Establecimiento
No. 2001035252-001 inscripción 221, ambos del libro 117 de Asientos
Variable, la cual se dedica a servicios médicos, con dirección en Calle
San Antonio Abad, Pasaje Italia, No. 15 del domicilio de San Salvador,
cuyo activo asciende a doce mil 00/100 dólares ($12,000.00).
Lo que se le hace saber al público para los efectos de ley.
de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa denominada
INMOBILIARIA ESCOBAR CONTRERAS, S.A. DE C.V., la cual se
San Salvador, trece de diciembre de dos mil seis.
dedica a COMPRA Y VENTA DE INMUEBLES, con dirección en
8ª AVENIDA SUR Y 10ª CALLE ORIENTE, No. 470 del domici-
LIC. RUBEN ALBERTO NAVARRO,
lio de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a TRES MILLONES
REGISTRADOR.
VEINTISEIS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO 29/100
DOLARES ($3,026,254.29) y que tiene el establecimiento siguiente:
3 v. alt. No. C004653-2
001-) denominado INMOBILIARIA ESCOBAR CONTRERAS, S. A.
DE C.V., ubicado en 8ª AVENIDA SUR Y 10ª CALLE ORIENTE,
R
No. 470, SAN SALVADOR y que se dedica a COMPRA Y VENTA DE
ASIENTO DE EMPRESA 2002013431
IA
INMUEBLES.
D
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2002013431- 001
Lo que se le hace saber al público para los efectos de ley.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO DE
San Salvador, veintitrés de junio de dos mil seis.
REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACE SABER: Que a esta oficina, se ha presentado MAURICIO
MORENA GUADALUPE FLORES AGUIRRE,
ERNESTO POLANCO, en su calidad, de Representante legal de la
sociedad MORIS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE;
REGISTRADORA.
de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 43 del libro
455 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número
3 v. alt. No. C004646-2
114
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 374
SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica
solicitud a las trece horas y cuarenta y un minutos del día veintisiete
a COMPRA Y VENTA DE PRODUCTOS FARMACEUTICOS, con
de junio de dos mil cinco., con la cual se otorgó el asiento de Empresa
dirección en COLONIA ESCALON, 3ª. CALLE PONIENTE, No. 4058
No. 2002013431 inscripción 82 y el asiento de Establecimiento No.
del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a SETE-
2002013431- 001 inscripción 83, ambos del libro 88 de Asientos de Ma-
CIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y
trícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa denominada MORIS,
SEIS DOLARES 01/100 ($746,866.01) y que tiene el establecimiento
SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica
siguiente: 001-) denominado LOMAS VERDES, S.A. DE C.V. ubicado
a COMPRA Y VENTA MATERIALES PARA CALZADO, con direc-
en COLONIA ESCALON, 3ª. CALLE PONIENTE, No. 4058, SAN
ción en FINAL 1ª AVENIDA SUR No. 846 INTERSECCION CALLE
SALVADOR y que se dedica a COMPRA Y VENTA DE PRODUCTOS
MODELO, del domicilio de SAN SALVADOR, SAN SALVADOR
FARMACEUTICOS.
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de Identificación Tributaria: 0614-240585-003-7; el cual ha presentado
cuyo activo asciende a SESENTA Y OCHO MIL SETENTA Y OCHO
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
DOLARES CON 17/100 $ 68,078.17 y que tiene el establecimiento
siguiente: 001-) denominado MORIS, S. A. DE C. V. ubicado en FINAL
San Salvador, tres de enero de dos mil siete.
1ª AVENIDA SUR N° 846 INTERSECCION CALLE MODELO del
domicilio de SAN SALVADOR, SAN SALVADOR, y que se dedica a
LIC. JULIO RUBEN TRUJILLO VENTURA,
COMPRA Y VENTA DE MATERIALES PARA CALZADO.
REGISTRADOR.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, veintinueve de julio de dos mil cinco.
3 v. alt. No. C004678-2
LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDÓN,
REGISTRADORA.
ASIENTO DE EMPRESA 2006057835
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2006057835- 001
3 v. alt. No. C004656-2
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESAY ESTABLECIMIENTOS
ASIENTO DE EMPRESA 2001024762
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2001024762-001
DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RONALD
ATILIO URBINA LOPEZ en su calidad de Representante legal de la
sociedad URBINA HERMANOS SOCIEDAD ANONIMA DE CAPI-
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-
R
GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESAY ESTABLECIMIENTOS
IA
DEL REGISTRO DE COMERCIO,
D
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MARTA
TAL, VARIABLE, que puede abreviarse URBINA HERMANOS, S.A.
DE C.V.; sociedad de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de
SOYAPANGO, SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita
bajo el número 64 del libro 2148 del Registro de Sociedades del Registro
MORENO NAVARRETE DE LOPEZ en su calidad de Representante
de Comercio, con Número de Identificación Tributaria: 0614-220606-
legal de la sociedad LOMAS VERDES, SOCIEDAD ANONIMA DE
107-4; el cual ha presentado solicitud a las quince horas y veintidós
CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse LOMAS VERDES, S.A.
minutos del día ocho de diciembre de dos mil seis, con la cual se otorgó
DE C.V.; de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN
el asiento de Empresa No. 2006057835 inscripción 67 y el asiento de
SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 30 del libro
Establecimiento No. 2006057835-001, inscripción 68, ambos del Libro
1157 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número
134 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empre-
de Identificación Tributaria: 0614-051295-101-3; el cual ha presentado
sa se denomina URBINA HERMANOS, SOCIEDAD ANONIMA DE
solicitud con la cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2001024762
CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a SERVICIO PUBLICO DE
inscripción 159 y el asiento de Establecimiento No. 2001024762 -001
TRANSPORTE COLECTIVO DE PASAJEROS Y TRANSPORTE DE
inscripción 160 ambos del libro 135 de Asientos de Matrícula de Em-
CARGA, con dirección en COLONIA ALTOS DEL CERRO, PASEO
presa y Establecimiento; la Empresa denominada LOMAS VERDES,
GENERAL TRABANINO, No 15 del domicilio de SOYAPANGO, SAN
DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 18 de Enero de 2007.
115
SALVADOR, cuyo activo asciende a TRECE MIL SETECIENTOS CA-
siguiente: 001-) denominado RISCAL SERVICIOS FINANCIEROS
TORCE 29/100 DOLARES ($13,714.29) y que tiene el establecimiento
INTERNACIONALES, S. A. DE C. V. ubicado en COLONIA CAM-
siguiente: 001-) denominado URBINA HERMANOS, S.A. DE C.V.
PESTRE, PASAJE LOS ANDES, N° 12, del domicilio de San Salvador,
ubicado en COLONIA ALTOS DEL CERRO, PASEO GENERAL
SAN SALVADOR y que se dedica a INVERSIONISTA.
TRABANINO, No. 15, SOYAPANGO, SAN SALVADOR y que se
Lo que se hace saber al público para los efectos de Ley.
dedica a SERVICIO PUBLICO DE TRANSPORTE COLECTIVO
DE PASAJEROS Y TRANSPORTE DE CARGA.
San Salvador, treinta de noviembre de dos mil seis.
Lo que se la hace saber al público para los efectos de Ley.
LIC. JULIO RUBEN TRUJILLO VENTURA,
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San Salvador, doce de diciembre de dos mil seis.
REGISTRADOR.
LIC. RUBÉN ALBERTO NAVARRO CRUZ,
3 v. alt. No. C004691-2
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. C004683-2
ASIENTO DE EMPRESA 2002012046
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2002012046- 001
ASIENTO DE EMPRESA 2001023282
LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO DE
REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2001023282- 001
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-
GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESAY ESTABLECIMIENTOS
DEL REGISTRO DE COMERCIO.
TOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSE ANTO-
NIO SALAVERRIA BORJA en su calidad de Representante legal de
la sociedad PROMOTORA AGRICOLA COMERCIAL, SOCIEDAD
ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse PROMO-
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSE ANTONIO SALAVERRIA BORJA en su calidad de Representante legal de la
sociedad RISCAL SERVICIOS FINANCIEROS INTERNACIONALES,
SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE; de nacionalidad
R
SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura
IA
social está inscrita bajo el número 36 del libro 1083 del Registro de
D
Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identificación
Tributaria: 0614-301194-105-0; el cual ha presentado solicitud a las
quince horas y cuarenta y un minutos del día treinta y uno de mayo de
dos mil seis, con la cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2001023282
inscripción 55 y el asiento de Establecimiento No. 2001023282 - 001
inscripción 56, ambos del libro 133 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa denominada RISCAL SERVICIOS
FINANCIEROS INTERNACIONALES, SOCIEDAD ANONIMA DE
CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a INVERSIONISTA, con
dirección en COLONIA CAMPESTRE, PASAJE LOS ANDES, No.
12 del domicilio de SAN SALVADOR, SAN SALVADOR cuyo activo
asciende a SEISCIENTOS SETENTA Y DOS MIL CIENTO NOVENTA 69/100 DOLARES ($ 672,190.69) y que tiene el establecimiento
TORA AGRICOLA COMERCIAL, S. A. DE C.V.; de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social
está inscrita bajo el número 5 del libro 383 del Registro de Sociedades
del Registro de Comercio, con Número de Identificación Tributaria:
0614-050983-002-1; quien ha presentado solicitud a las catorce horas y
diecisiete minutos del día treinta y uno de mayo de dos mil uno, con la
cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2002012046 inscripción 84 y el
asiento de Establecimiento No. 2002012046- 001 inscripción 85, ambos
del libro 133 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento;
la Empresa denominada PROMOTORA AGRICOLA COMERCIAL,
S.A. DE C. V. , la cual se dedica a CULTIVO DE CAFE, con dirección
en CARRETERA A SANTA TECLA, CONDOMINIO PLAZA SUIZA,
3º. NIVEL, LOCAL N° 7, del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo
activo asciende a SIETE MILLONES QUINIENTOS TREINTA MIL
CINCUENTA Y CUATRO 35/100 COLONES (¢ 7,530,054.35) y que
tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado PROMOTORA
AGRICOLA COMERCIAL, S.A. DE C.V., ubicado en CARRETERA A
SANTA TECLA, CONDOMINIO PLAZA SUIZA, 3° NIVEL, LOCAL
N° 7, SAN SALVADOR y que se dedica a CULTIVO DE CAFE.
116
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 374
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
ASIENTO DE EMPRESA 2006057831
San Salvador, uno de diciembre de dos mil seis.
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2006057831-001
MORENA GUADALUPE FLORES AGUIRRE,
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-
REGISTRADORA.
GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESAY ESTABLECIMIENTOS
DEL REGISTRO DE COMERCIO.
3 v. alt. No. C004693-2
IO
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HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado SYDNEY
GUILLERMO PORTILLO ESCOBAR, en su calidad de Representante
legal de la sociedad CONSULTORIA Y ASESORIA TECNICA EN
ASIENTO DE EMPRESA 2002012030
SEGURIDAD, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2002012030- 001
que puede abreviarse CATS, S.A. DE C.V.; sociedad de nacionalidad
SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura
social está inscrita bajo el número 12 del libro 2175 del Registro de
LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO DE
Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identificación
REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-
Tributaria: 0614-121006-102-3;el cual ha presentado solicitud a las doce
TOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.
horas y treinta y un minutos del día ocho de diciembre de dos mil seis.,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSE ANTO-
con la cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2006057831 inscripción
NIO SALAVERRIA BORJA en su calidad de Representante legal de la
43 y el asiento de Establecimiento No 2006057831- 001, inscripción
sociedad AMAJAN, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIA-
44, ambos del Libro 134 de Asientos de Matrícula de Empresa y Esta-
BLE que puede abreviarse AMAJAN, S. A. DE C. V.; de nacionalidad
blecimiento; la Empresa se denomina CONSULTORIA Y ASESORIA
SALVADOREÑA, del domicilio de APANECA, AHUACHAPAN, cuya
TECNICA EN SEGURIDAD, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
escritura social está inscrita bajo el número 45 del libro 384 del Registro
VARIABLE, la cual se dedica a ACTIVIDADES DE INVESTIGACION
de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identificación
Y SEGURIDAD Y VENTA DE OTROS PRODUCTOS, con dirección
Tributaria: 0614-100983-001-8; quien ha presentado solicitud a las ca-
en CENTRO DE GOBIERNO, 13ª CALLE PONIENTE, AVENIDA “B”
torce horas y veintitrés minutos del día treinta y uno de mayo de dos
CONDOMINIO EL CARMEN, LOCAL No. 26 del domicilio de SAN
mil uno con la cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2002012030
SALVADOR, cuyo activo asciende a ONCE MIL CUATROCIENTOS
inscripción 81 y el asiento de Establecimiento No. 2002012030- 001
VEINTIOCHO 57/100 DOLARES ($ 11,428.57) y que tiene el estable-
inscripción 82, ambos del libro 132 de Asientos de Matrícula de Empresa
cimiento siguiente: 001-) denominado CONSULTORIA Y ASESORIA
y Establecimiento; la Empresa denominada AMAJAN, S.A. DE C.V.,
TECNICA EN SEGURIDAD, S. A. DE C. V. ubicado en CENTRO DE
la cual se dedica a CAFICULTURA, con dirección en FINAL 5ª.
GOBIERNO, 13ª CALLE PONIENTE, AVENIDA “B” CONDOMINIO
AVENIDA SUR, BARRIO EL CALVARIO APANECA del domicilio
EL CARMEN, LOCAL No. 26, SAN SALVADOR, y que se dedica a
ACTIVIDADES DE INVESTIGACION Y SEGURIDAD Y VENTA
MIL CIENTO CINCUENTA 45/100 DOLARES ($910,150.45 ) y que
DE OTROS PRODUCTOS.
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de AHUACHAPAN, cuyo activo asciende a NOVECIENTOS DIEZ
D
tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado AMAJAN, S.A. DE
C.V. ubicado en FINAL 5º. AVENIDA SUR, BARRIO EL CALVARIO,
APANECA, AHUACHAPAN y que se dedica a CAFICULTURA.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, veinte de noviembre de dos mil seis.
MORENA GUADALUPE FLORES AGUIRRE,
San Salvador, doce de diciembre de dos mil seis.
LIC. RUBEN ALBERTO NAVARRO CRUZ,
REGISTRADOR.
REGISTRADORA.
3 v. alt. No. C004694 -2
3 v. alt. No. C004706-2
DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 18 de Enero de 2007.
CONVOCATORIAS
117
Usulután, tres de enero del dos mil siete.
CONVOCATORIA
SERGIO OBDULIO FLORES,
DIRECTOR PRESIDENTE.
La Junta Directiva de la Caja de Crédito de USULUTÁN, Sociedad
Cooperativa de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, en cumplimiento al artículo 223, 228 y siguientes del Código de Comercio
Vigente y en cumplimiento a la atribución que le confiere la cláusula
VIGÉSIMA SEGUNDA, VIGÉSIMA CUARTA y TRIGÉSIMA de su
Escritura de Modificación a su Escritura de Constitución, convoca a los
Representantes de Acciones y demás socios de la misma, para celebrar
Asamblea General Ordinaria de Accionistas a partir de las CATORCE
horas del día Sábado VEINTICUATRO de febrero del año dos mil siete, en
Salón de Usos Múltiples del Centro Recreativo Shulton Park, ubicado en
Final 18 Avenida Nte., y Calle Cartago, Residencial Alejandría, Usulután,
en PRIMERA CONVOCATORIA; en caso de no integrarse el quórum
legal correspondiente, se establece SEGUNDA CONVOCATORIA para
el día Domingo VEINTICINCO de febrero del año dos mil siete, a la
hora y local antes señalado.
RAMÓN HUMBERTO GUANDIQUE,
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DIRECTOR SECRETARIO.
JOSÉ AMILCAR LOZANO CORTÉZ,
DIRECTOR PROPIETARIO.
3 v. alt. No. A032843-2
CONVOCATORIA
Dicha Asamblea se constituirá con las formalidades que establece
la cláusula DÉCIMA NOVENA, VIGÉSIMA, VIGÉSIMA SEGUNDA,
VIGÉSIMA CUARTA, VIGÉSIMA QUINTA, VIGÉSIMA SEXTA y
VIGÉSIMA OCTAVA, y TRIGÉSIMA de la Escritura de Modificación
a su Escritura de Constitución ya citada y el Artículo 223 del Código
de Comercio Vigente, para conocer y resolver los puntos que contiene
la agenda siguiente:
AGENDA:
El Gerente General de BANCO PROCREDIT, SOCIEDAD ANÓNIMA,
Institución Bancaria, de este domicilio, por este medio CONVOCA a
sus socios para que concurran a la JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS, para conocer asuntos de carácter Ordinario y Extraordinario, la
cual se celebrará a las diez horas del día martes veinte de febrero del
año dos mil siete, en las oficinas de la Sociedad, situadas en Boulevard
1-
Integración de Quórum de presencia.
2-
Elección de los Representantes de Acciones que hubieren
concluido su período y de los que faltaren por las causas que
expresa la cláusula VIGÉSIMA PRIMERA de la Escritura
de Constitución de la Caja de Crédito.
Constitución y Primera Calle Poniente número tres mil quinientos treinta
y ocho, Colonia Escalón, de esta ciudad. Caso no hubiere quórum para
Integración del quórum Legal.
4-
Presentación y discusión de la memoria anual de labores de
la Caja de Crédito, del Balance General al 31 de diciembre
2006, del Estado de Pérdidas y Ganancias del 1° de enero al
31 de diciembre de 2006, e Informe del Auditor Externo y
Auditor Fiscal a fin de aprobar o improbar los tres primeros
y tomar las medidas que juzgue oportunas.
veintiuno del mismo mes y año recién citados, en el mismo lugar y hora
antes mencionados.
La Agenda a desarrollar será la siguiente:
ASUNTOS DE CARÁCTER ORDINARIO
I.
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D
5-
Aplicación de los Resultados del Ejercicio.
6-
Elección del Auditor Externo y Auditor Fiscal y sus respectivos
suplentes y fijación de sus honorarios.
7-
Fijación de dietas a miembros de la Junta Directiva.
8-
Elección de Junta Directiva.
a. Lectura de La Memoria de Labores de la Junta Directiva
b. Presentación de los Estados Financieros correspondientes
R
3-
instalarla, se convoca por segunda vez para celebrarla, el día miércoles
al ejercicio económico del 2006.
II.
III.
Informe del Auditor Externo.
Aprobación de la Memoria de Labores y de los Estados
Financieros correspondientes al ejercicio económico del
2006.
IV.
Nombramiento del Auditor Externo y Fiscal, Propietarios
y Suplentes, fijación de sus emolumentos y duración de sus
funciones.
V.
El quórum se integrará, en PRIMERA CONVOCATORIA con
Quince de los Veintiocho Representantes de Acciones que forman la
Asamblea General y en SEGUNDA CONVOCATORIA con los Representantes de Acciones que estuvieren presentes de acuerdo a su Pacto
Social Vigente.
Conocimiento y resolución sobre aplicación de utilidades y
reservas, y distribución de dividendos.
VI.
Aprobación del plan anual de negocios y del presupuesto
anual de gastos para el año 2007.
118
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 374
ASUNTOS DE CARÁCTER EXTRAORDINARIO
I.
II.
Conocer y resolver sobre aumento del capital social.
Modificación del Pacto Social, como consecuencia del aumento
del capital social que se acuerde.
III.
Designación de ejecutores especiales, si se acuerda el aumento del capital social, para comparecer ante Notario al
La Junta General se constituirá con las formalidades que establecen el Pacto Social de la Caja y el Código de Comercio, para conocer y
resolver los puntos que contiene la agenda siguiente:
AGENDA:
1.
Integración de quórum de asistencia.
2.
Elección de los Representantes de Acciones que hubieren
concluido su período y los que faltaren por las causas que
expresa la Cláusula Vigésima Primera del pacto social vigente.
otorgamiento del respectivo instrumento público en que se
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solemnice la reforma.
Para que se considere legalmente reunida dicha Junta, para conocer asuntos de carácter ordinario, en primera convocatoria, deberá estar
3.
Integración de quórum legal.
4.
Presentación de la memoria anual de labores de la Caja, del
Balance General al 31 de diciembre de 2006, del Estado de
Pérdidas y Ganancias del 1° de enero al 31 de diciembre de
2006, el Informe del Auditor Externo y Auditor Fiscal.
5.
Aplicación de los Resultados del ejercicio.
6.
Retiro de socios de acuerdo a disposiciones legales.
7.
Presentación del Presupuesto y Plan de Operaciones para el
2007.
8.
Elección del Auditor Externo y Auditor Fiscal y sus respectivos
suplentes y fijación de sus honorarios.
9.
Fijación de dietas a miembros de la Junta Directiva.
representada, por lo menos, la mitad más una de las acciones que tengan
derecho a votar, y las resoluciones sólo serán válidas cuando se tomen
por la mayoría de los votos presentes; y, en segunda convocatoria, se
considerará válidamente constituida, cualquiera que sea el número de
acciones representadas, y sus resoluciones se tomarán por mayoría de
los votos presentes.
El quórum para celebrar dicha Junta y conocer asuntos de ca-
rácter extraordinario, en primera convocatoria, será de las tres cuartas
partes de todas las acciones de la Sociedad y para formar resolución se
necesitará igual proporción; y en segunda convocatoria, será necesaria
la concurrencia de la mitad más una de las acciones que componen el
capital social, y para resolver, se requerirán las tres cuartas partes de las
10.
acciones presentes.
San Salvador, a los doce días del mes de enero del año dos mil
siete.
Elección de Junta Directiva.
El quórum para resolver los puntos de la agenda se integrará de
conformidad a los Artículos 240, 241, del Código de Comercio vigente.
Sensuntepeque, cinco de enero de 2007.
STEFAN QUECK,
GERENTE GENERAL.
Lic. DOMINGO ERNESTO HERNÁNDEZ,
PRESIDENTE.
3 v. alt. No. A033183-2
DARÍO JORGE DÍAZ,
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SECRETARIO.
CONVOCATORIA
D
La Junta Directiva de la Caja de Crédito de Sensuntepeque, Sociedad
Cooperativa de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, en cum-
Ing. RUBÉN DARÍO CONTRERAS,
DIRECTOR PROPIETARIO.
plimiento a los Artículos 223, 224 y 228 del Código de Comercio Vigente
y las atribuciones que le confiere las cláusulas Séptima, Octava, Décima
3 v. alt. No. C004622-2
Novena, Vigésima Primera, Vigésima Segunda y Trigésima Primera del
pacto social vigente, convoca a los Representantes de Acciones y demás
socios de la misma, para celebrar Junta General Ordinaria de Accionistas
que se llevará a cabo a partir de las catorce horas del día diez de febrero
del año dos mil siete, en el Edificio social de la caja, ubicado en Calle
CONVOCATORIA
Dr. Jesús Velasco No. 7, Barrio El Calvario, Sensuntepeque, Cabañas,
en primera convocatoria. En caso de no integrase el quórum legal correspondiente, se hace segunda convocatoria para el día once de febrero
a la misma hora y local antes indicado.
La Junta Directiva de la Caja de Crédito de Tenancingo, Sociedad
Cooperativa de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, en cumplimiento a los artículos 223 y 228 del Código de Comercio vigente y
DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 18 de Enero de 2007.
AGENDA:
CONVOCATORIA
La Junta Directiva de MARINA INDUSTRIAL, S.A. de C.V., convoca
a sus accionistas, a JUNTA GENERAL ORDINARIA, a celebrarse en
sus oficinas centrales ubicadas en la: 67 Avenida Sur # 121, Colonia
Escalón de esta ciudad, el día VEINTIUNO de marzo, del año dos mil
siete, a las diecisiete horas, el QUÓRUM para esta Junta será el 50 %
más una acción, o sea 63,001 acciones. De no haber QUÓRUM en la
fecha señalada, se convoca para el día lunes 26 de marzo del mismo año,
a las dieciséis horas, en el mismo lugar.
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Cláusulas Vigésima Segunda, Vigésima Cuarta y Trigésima del Pacto
Social, convoca a los Representantes de Acciones y demás Socios de
la misma, para Celebrar Junta General Ordinaria de Accionistas que se
celebrará a partir de las nueve horas y treinta minutos del día dieciocho
de febrero de dos mil siete, en el local del Restaurante “Las Cascadas
de San Pedro”, Km. 23 Carretera Panamericana, Cantón La Loma San
Pedro Perulapán, en primera convocatoria. En caso de no integrarse
Quórum Legal correspondiente se hace segunda Convocatoria para el
día veinticinco de febrero de dos mil siete, a la hora y local señalado. La
Junta General se constituirá con las formalidades que establecen el Pacto
Social de la Caja y el artículo 223 Sección “C” Capítulo VII, Título II
del Libro del Código de Comercio, para conocer y resolver los puntos
que contiene la Agenda siguiente:
119
AGENDA:
1-
Lectura de la Memoria de Labores desarrollada por la Junta
Directiva durante el año 2006.
1.
Integración del Quórum de presencia.
2-
Presentación de los Estados Financieros del ejercicio 2006.
2.
Elección de los Representantes de acciones que su período
termina el 31 de enero de 2007 y los que faltaren por las
causas que expresa la cláusula vigésima primera del Pacto
Social.
3-
Dictamen e informe del Auditor Externo.
4-
Aprobación de la Memoria de Labores y Estados Financieros
del ejercicio 2006.
3.
Integración del Quórum Legal.
5-
Aplicación y distribución de utilidades.
4.
Presentación y discusión de la memoria anual de labores de
la Caja de Crédito de Tenancingo, del balance general al 31
de diciembre de 2006, del estado de pérdidas y ganancias del
1° de enero al 31 de diciembre de 2006, el informe de auditor
externo y auditor fiscal a fin de aprobar o improbar los tres
primeros y tomar las medidas que juzguen oportunas.
6-
Elección de Junta Directiva.
7-
Nombramiento del Auditor Externo y fijación de sus emolumentos.
5.
Aplicación de los resultados del ejercicio.
6.
Retiro de socios de acuerdo a disposiciones legales.
7.
Elección del auditor externo y fiscal y sus respectivos suplentes,
fijación de honorarios.
8.
Fijación de dietas a miembros de la Junta Directiva.
9.
Elección de la Junta Directiva.
San Salvador, enero ocho del año dos mil siete.
NAPOLEÓN VELARDE FIGUEROA,
DIRECTOR SECRETARIO.
3 v. alt. No. C004645-2
CONVOCATORIA
El quórum para resolver los puntos de la agenda se integrará de
conformidad a la cláusula vigésima sexta del Pacto Social.
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Ilopango, a los seis días del mes de enero de dos mil siete.
D
MARTINA ALICIA SANTAMARÍA,
PRESIDENTE.
ANABEL GUARDADO RECINOS,
SECRETARIA.
MARIO ROBERTO CUELLAR,
DIRECTOR PROPIETARIO.
3 v. alt. No. C004632-2
La Junta Directiva del BANCO IZALQUEÑO DE LOS TRABAJADORES, SOCIEDAD COOPERATIVA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, en cumplimiento a lo dispuesto
en los artículos doscientos veintitrés, doscientos cuarenta y doscientos
cuarenta y uno del Código de Comercio, CONVOCA a sus socios en
PRIMERA CONVOCATORIA a JUNTA GENERAL ORDINARIA, a
celebrarse a partir de las quince horas del día nueve de febrero del año
dos mil siete, en el edificio de la Agencia del Banco Izalqueño de los
Trabajadores, ubicado en la 3a. Av. Norte, y 1a. Calle Oriente, Santa
Tecla, departamento de La Libertad, en la que se conocerán y resolverán
los temas contenidos en la siguiente Agenda:
AGENDA:
1-
Integración del quórum;
2-
Presentación y discusión de la Memoria Anual de Labores
del Banco, Balance General al 31 de diciembre de 2006, del
Estado de Pérdidas y Ganancias del 01 de enero al 31 de
120
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 374
diciembre de 2006 y el Informe del Auditor Externo; a fin
de aprobar o improbar los tres primeros y tomar las medidas
que se juzguen oportunas;
Aplicación de los Resultados del Ejercicio;
4-
Presentación del Presupuesto y Plan de Operaciones para el
2007;
5-
Renuncias de Socios;
6-
Nombramiento del Auditor Externo y del Auditor Fiscal y
sus respectivos suplentes y fijación de sus emolumentos;
7-
Fijación de dietas de los miembros de la Junta Directiva;
8-
Elección de miembros de la Junta Directiva.
La Junta General se integrará con las formalidades que establecen
el Pacto Social de la Caja y el Código de Comercio, para conocer y
resolver los puntos que contienen la siguiente agenda:
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3-
Flores del Edificio Social de la Caja de Crédito, ubicado en la Segunda
Calle Oriente No. 6 del Barrio San Antonio de Concepción Batres, Departamento de Usulután, el día sábado veinticuatro de febrero del dos
mil siete, a partir de las nueve horas en primera convocatoria, en caso
de no integrarse el Quórum Legal correspondiente, se hace segunda
convocatoria para el día domingo veinticinco de febrero de dos mil siete,
a la misma hora y en el local antes señalado.
AGENDA:
1-
Integración del Quórum de presencia.
Esta Junta se considerará legalmente constituida al encontrarse
presentes y representadas la mitad más una de las acciones del Banco, o
sea 1,148,556 acciones; y sus resoluciones serán válidas con la mayoría
de los votos conformes de los socios presentes y/o representados.
2-
Elección de los Representantes de Acciones que hubieren
concluido su período y de los que faltaren, por las causas
que expresa la cláusula vigésima primera de la Escritura de
Constitución de la Caja.
En caso de que a la hora señalada no hubiese quórum para realizar
la sesión en primera convocatoria por esta misma se CONVOCA a los
socios para celebrar la Junta General Ordinaria en SEGUNDA CONVOCATORIA, a partir de las diecisiete horas del día nueve de febrero
del año dos mil siete. Esta Junta se considerará legalmente instalada con
cualquiera que sea el número de acciones presentes y/o representadas;
y sus resoluciones se tomarán por mayoría de los votos presentes.
3-
Integración del Quórum Legal.
4-
Presentación y discusión de la Memoria anual de labores de
la Caja, del Balance General al 31 de diciembre del 2006,
del Estado de Pérdidas y Ganancias del 1° de enero al 31 de
diciembre del 2006, el Informe del Auditor Externo, a fin de
aprobar o improbar los tres primeros y tomar las medidas
que juzgue oportunas.
5-
Aplicación de los Resultados del ejercicio.
6-
Retiro de socios de acuerdo a disposiciones legales.
7-
Presentación del Presupuesto y Plan de Trabajo para el año
2007.
8-
Elección del Auditor Externo y Auditor Fiscal y su respectivo
suplente y fijación de sus honorarios.
9-
Fijación de dietas a los miembros de la Junta Directiva.
Izalco, a los nueve días del mes de enero del año dos mil siete.
FRANCISCO D. GONZÁLEZ R.,
PRESIDENTE.
ANA ISABEL NÚÑEZ DE SALAZAR,
SECRETARIA.
10-
JESÚS ALFONSO BARRIENTOS,
R
TESORERO.
Elección de la Junta Directiva.
El Quórum para resolver los puntos de la agenda a tratar en la Junta
General Ordinaria, se integrará de conformidad a los Artículos doscientos
cuarenta y doscientos cuarenta y uno del Código de Comercio.
IA
Concepción Batres 09 de enero de 2007.
3 v. alt. No. C004663-2
D
Prof. ALFREDO IVÁN ANGULO CASTRO,
DIRECTOR PRESIDENTE.
CONVOCATORIA
Lic. RINA SANDRA MARTÍNEZ VIUDA DE REYES,
La Junta Directiva de la Caja de Crédito de Concepción Batres, Sociedad Cooperativa de Responsabilidad Limitada de Capital Variable,
en cumplimiento a lo dispuesto en los artículos doscientos veintitrés y
doscientos veintiocho, del Código de Comercio y a las cláusulas décima
novena, vigésima segunda de la Escritura de Constitución de la Caja,
CONVOCA, a los Representantes de Acciones y demás Socios de la
misma, a la celebración de la JUNTA GENERAL ORDINARIA DE
ACCIONISTAS, a realizarse en el Auditórium Ingeniero Ángel García
DIRECTORA SECRETARIA.
Prof. EUGENIO CHÁVEZ ARGUETA,
DIRECTOR PROPIETARIO.
3 v. alt. No. C004664-2
DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 18 de Enero de 2007.
CONVOCATORIA
La suscrita Secretaria de la Junta Directiva de la Sociedad de “GRUPO
SALTEX, S.A. DE C.V.”, por este medio CONVOCA a una Junta General
Ordinaria de Accionistas, a celebrarse en Calle Juan José Cañas, No.
251, Colonia Escalón, de esta ciudad, el día miércoles 28 de febrero de
2007, de las 16:00 horas en adelante. En caso que no hubiera quórum
en la fecha y hora señaladas, se celebrará en segunda convocatoria el día
siguiente, en el mismo lugar y hora antes mencionados. La Junta General
se desarrollará de acuerdo a los siguientes puntos de Agenda:
Lectura del Acta anterior
2.
Memoria de las actividades desarrolladas durante el ejercicio
comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2006
3.
Conocer el Balance General y el Estado de Resultados del
período económico del 1 de enero al 31 de diciembre de
2006
GARCÍA RIVAS, Exp. No. 255/01, reclamándole cantidad de dinero y
accesorios, se venderá por este Juzgado en Pública Subasta en fecha y
precio que oportunamente se determinará el inmueble siguiente: Sobre
un Lote Urbano situado en la ciudad de Sonsonate en URBANIZACIÓN
SAN ANTONIO DEL MONTE, LOTE NUMERO TRECE, POLÍGONO
“U”, con un área de cincuenta metros cuadrados equivalentes a setenta
y uno punto cincuenta y cuatro varas cuadradas, de un área construida
de veintidós metros cuadrados, que mide. AL NORTE: Cinco metros;
AL ESTE: Diez metros; AL SUR: Cinco metros; y AL OESTE: Diez
metros. Inscrito en la Matrícula M 10135553-00000.
Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: Santa Ana, a quince
días de noviembre del dos mil seis.- Lic. SAMUEL MARCELINO
GODOY LARA, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL.- Licda. MARISOL
DEL CARMEN LEMUS DE GARCÍA, SECRETARIA.
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1.
121
4.
Informe del Auditor
5.
Aprobación o improbación de la Memoria y Balance General
y Estado de Resultados antes mencionados
6.
Aplicación de Utilidades
7.
Nombramiento del Auditor Externo con su respectivo Suplente
y fijación de sus emolumentos
8.
Nombramiento del Auditor Fiscal con su respectivo Suplente
y fijación de sus emolumentos
9.
Conceder a los Directores la autorización contemplada en el
Romano III del Art. 275 del Código de Comercio.
Para conocer los asuntos contemplados en la Agenda, en la primera
fecha de la convocatoria, deberá estar representada en la Junta General,
por lo menos la mitad más una de las acciones que tengan derecho a
votar, y las resoluciones sólo serán válidas cuando se adopten por la
mayoría de los votos presentes. Si no hubiere quórum para conocer de
los mencionados asuntos, se considerará válidamente constituida dicha
Junta, en segunda convocatoria, cualquiera que sea el número de acciones
representadas, y sus resoluciones se tomarán por mayoría de los votos
presentes.
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San Salvador, ocho de enero de dos mil siete.
D
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Lic. CARMEN MARIA GRASSL DE ÁLVAREZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. A032769-2
EL INFRASCRITO JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL, de este
Distrito Judicial, al público en general,
HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido
en este Tribunal por la Licenciada CECIBEL DEL CARMEN MEJIA
MUÑOZ, mayor de edad, Abogada, de este domicilio, actuando como
Apoderada General Judicial del BANCO CUSCATLÁN DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA, que se puede abreviar BANCO
CUSCATLÁN, S.A., del domicilio de Santa Tecla, Departamento de
La Libertad, contra el señor JUAN ÁNGEL HERNÁNDEZ ZELAYA,
mayor de edad, empleado, del domicilio de San Miguel, se venderá en
Pública Subasta en este Tribunal en fecha que más adelante se especificará, un inmueble de naturaleza rústica, ahora urbanizado, situado al
FINAL DE LA CALLE ANDRÓMEDA, COLONIA LAS PALMERAS
DE SATÉLITE DE ORIENTE, de la Ciudad, Distrito y Departamento de
San Miguel, marcado en el plano respectivo, con el NÚMERO CINCO
DEL POLÍGONO “D” DE LA URBANIZACIÓN LAS PALMERAS DE
SATÉLITE DE ORIENTE TERCERA ETAPA, de una extensión superficial de OCHENTA Y SIETE PUNTO TREINTA Y NUEVE METROS
CUADRADOS. El inmueble antes descrito se encuentra inscrito a favor
del señor JUAN ÁNGEL HERNÁNDEZ ZELAYA, bajo la Matrícula
Número OCHO CERO CERO CERO NUEVE CUATRO SIETE SIETE
- CERO CERO CERO CERO CERO, del Registro Social de Inmuebles,
Departamento de San Miguel.
Se admitirán posturas siendo legales.
3 v. alt. No. C004666-2
SUBASTAS PUBLICAS
LIBRADO: en el Juzgado Quinto de lo Mercantil, San Salvador,
a las nueve horas del día veintisiete de septiembre de dos mil seis.- Dr.
SALVADOR CANO GUTIÉRREZ, JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL.- Lic. DAVID ERNESTO GRIMALDI ZAYAS, SECRETARIO.
3 v. alt. No. A032794-2
LICENCIADO SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PÚBLICO
PARA LOS EFECTOS DE LEY.
EL INFRASCRITO JUEZ. Al público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que en virtud de ejecución seguida por el FONDO
SOCIAL PARA LA VIVIENDA por medio de su apoderado Licenciado JUAN RAFAEL ANDRADE RUIZ, en contra de DORA ALICIA
HACE SABER: Que por resolución de las diez horas de este día,
se ha ordenado la venta en pública subasta, en el JUICIO CIVIL EJECUTIVO, promovido por el Doctor CARLOS HUMBERTO REYES
122
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 374
brillantes grandes; 4) Un juego de aretes tipo corazón de oro blanco de
catorce kilates con un peso de ocho gramos, 44 brillantes circulares, 32
brillantes tipo baget; 5) Un juego que contiene: un collar matizado de
dos oros de dieciocho kilates con un peso de ciento seis gramos, con un
pendiente de 44 brillantes, 22 piezas que contienen 288 brillantes; un
anillo y un par de aretes ovalados de oro amarillo de dieciocho kilates,
con un peso de veinticinco punto dos gramos, 226 brillantes; 6) Un juego
que contiene: una gargantilla de oro blanco de catorce kilates, con un
peso de cincuenta y nueve punto seis gramos, 136 brillantes pequeños,
5 brillantes grandes, una pulsera de oro blanco de catorce kilates con un
peso de veintiún gramos, 126 brillantes pequeños, 7 brillantes grandes;
7) Un juego que contiene: Un collar de perlas blancas y oro amarillo de
catorce kilates con un peso de 8 gramos, 68 brillantes, 48 perlas blancas,
un par de aretes y un anillo con perla blanca y oro de catorce kilates
con un peso de once punto cuatro gramos de oro, 3 perlas blancas, 36
brillantes, y una pulsera de perlas blancas estilo busy con brillantes y
oro de catorce kilates, con un peso de ocho gramos, 16 perlas blancas,
17 brillantes de un punto; 8) un anillo de oro blanco de dieciocho kilates,
con un peso de doce punto tres gramos, con 22 brillantes pequeños, con
24 brillantes medianos, con 69 brillantes grandes.
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MONICO, de sesenta y tres años de edad, Abogado y Notario, de este
domicilio, en su calidad de apoderado General Judicial de la CAJA DE
CRÉDITO DE USULUTÁN, SOCIEDAD COOPERATIVA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE DE ESTE
DOMICILIO, contra el señor MAURICIO ARÍSTIDES MARTÍNEZ
ALVARADO conocido por MAURICIO ARÍSTIDES MARTÍNEZ por
MAURICIO ARISTIDEZ MARTÍNEZ y por MAURICIO ARISTIDEZ
MARTÍNEZ ALVARADO, de cuarenta y dos años de edad, Jornalero,
del domicilio de Jiquilisco, representado por el Curador Especial, Licenciado ROBERTO ARMANDO ROMERO QUINTANILLA, de treinta y
nueve años de edad, Abogado, de este domicilio, reclamándole capital,
intereses y costas procesales, sobre el siguiente inmueble: Un terreno
rústico, situado en el Cantón El Jícaro, jurisdicción de San Agustín,
Distrito de Berlín, Departamento de Usulután, de la extensión superficial de DOSCIENTOS CINCUENTA Y UNA ÁREAS, de las medidas
y linderos especiales siguientes: AL ORIENTE, con terreno que fue de
Otilia Menjívar de Cruz, o sea la porción vendida a doña Leonor Menjívar,
cerco de alambre de la colindante; AL NORTE, linda con terrenos que
fueron de la Hacienda California, después de Jesús Quezada viuda de
Mejía, y de Manuel de Jesús Barrera, hoy de Juana Menjívar, cerco de
alambre de por medio, el alambre es de la colindante y el posteado del
terreno que se describe; AL PONIENTE, linda con terreno que fue de
la señora Otilia Menjívar de Cruz, hoy de Alonso Escobar, cerco de
alambre de por medio del colindante; AL SUR, callejón de servidumbre
de por medio y calle que de San Marcos Lempa, conduce a la Villa de
San Agustín, linda con tierras de la Hacienda California, de propiedad
de don Joaquín Palomo Sevilla.- Sobre el inmueble antes descrito no
existen construcciones, accesorios, ni cultivos permanentes. Inscrito a
favor del ejecutado bajo el número NOVENTA Y UNO, del libro MIL
OCHENTA Y CINCO de propiedad de este departamento.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de
ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, departamento de San Salvador, a las quince horas y cincuenta minutos del día
tres de enero del año dos mil siete.- Dr. GUILLERMO ALFARO SANTOS, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. IRMA ELENA DOÑAN BELLOSO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. A032888-2
Quien quiera hacer posturas que ocurra al tribunal que se le admitirán siendo legal.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a los un días del mes
de diciembre del dos mil seis.- Lic. JOSÉ ANTONIO GÁMEZ, JUEZ
DE LO CIVIL.- Lic. MIRNA MARISOL SIGARÁN HERNÁNDEZ,
SECRETARIA.
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3 v. alt. No. A032841-2
D
GUILLERMO ALFARO SANTOS, Juez de lo Civil de este Municipio
Judicial,
HACE SABER: Al público para los efectos de ley, que en el juicio
ejecutivo mercantil, promovido por el Licenciado JOSÉ PROSPERO
ARIAS HERNÁNDEZ, como apoderado general judicial del señor
CRISTÓBAL MAURICIO HERNÁNDEZ LÓPEZ, contra la señora
KARLA MARIA EMILIA ZAMORA DE CHAVARRIA, próximamente
se venderá en Pública Subasta, en este juzgado, los bienes muebles embargados que consisten en joyas de diferentes tipos de oro y brillantes,
que a continuación se describen: 1) Un dije en forma de cruz de catorce
Kilates, con un peso de veintisiete punto un gramos, 164 brillantes tipo
baget, cincuenta y un brillantes redondos; 2) Un reloj de mujer, de
oro matizado, de catorce kilates, con un peso de diecisiete gramos; 3)
Collar tipo corazón de oro blanco de dieciocho kilates, con un peso de
veintiocho gramos, 84 brillantes pequeños, 10 brillantes medianos, 8
LICENCIADA MARIA FLOR SILVESTRE LÓPEZ BARRIERE, JUEZ
PRIMERO DE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Al público para los afectos de Ley, que en el Juicio
Ejecutivo Mercantil promovido por, SCOTIABANK EL SALVADOR,
SOCIEDAD ANÓNIMA que se abrevia SCOTIABANK, S.A., contra
CELINA GUADALUPE HERNÁNDEZ CHÁVEZ, reclamándoles cantidad de colones y accesorios de Ley, se venderá en Pública Subasta en
este Tribunal en fecha que oportunamente se señalará, el bien inmueble
embargado siguiente: Sobre un apartamento de naturaleza urbana, situado
en número cincuenta y siete edificio “A” del condominio denominado
“PARQUE RESIDENCIAL LAS ACASIAS” con una capacidad de doscientos treinta y cinco punto ochenta y nueve metros cúbicos Avenida
Cuba y pasaje Mariona, Calles Cisneros y Las Oscuranas. Entre Barrio
La Vega y San Jacinto de esta ciudad el cual se describe Así: Partiendo
de la intersección de la Avenida Cuba y calle de acceso al condominio,
se mide sobre el eje del segundo, rumbo Sur ochenta y dos grados treinta
minutos Este, una distancia de cincuenta y seis metros sesenta y cinco
centímetros, llegando al sitio en el que haciendo una deflexión izquierda
de noventa grados y midiendo una distancia de nueve metros treinta y
cinco centímetros, se localiza la esquina Sur Este del apartamento aquí
descrito el cual mide y linda: AL SUR, cinco metros setenta y cinco
centímetros rumbo Norte, ochenta y dos grados treinta minutos Oeste,
lindando con edificio “F” del condominio, parque de por medio; AL
PONIENTE, ocho metros sesenta centímetros rumbo Norte cero siete
DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 18 de Enero de 2007.
con lote número cinco del block uno, de la misma Urbanización; AL
NORTE, línea recta de ocho metros con rumbo Sur ochenta y tres grados
veintitrés punto dos minutos Este, linda con terreno de la señora Marta
Lemus; AL ORIENTE, línea recta de cuarenta y un metros sesenta centímetros con rumbo Sur, cinco grados cuarenta punto seis minutos Oeste,
linda con lote número siete del block Uno de la misma urbanización;
AL SUR, línea recta de ocho metros con rumbo Norte ochenta y cuatro
grados diecinueve punto cuatro minutos Oeste, linda con lote número
ocho block Uno de la misma Urbanización, Quinta Calle de la misma
urbanización y son o han sido propiedad del Ingeniero Mauro Roberto
Zedan, a excepción del rumbo Norte.- En dicho lote existe un área de
construcción de CIENTO VEINTE METROS CUADRADOS.- Inscrito
el cincuenta por ciento de la nuda propiedad a favor de la deudora bajo
la Inscripción de la matrícula 10000708-00000.
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grados treinta minutos Este, lindando con apartamento número cincuenta
y ocho, pared de uso común de por medio; AL NORTE, cinco metros
setenta y cinco centímetros rumbo Sur ochenta y dos grados treinta minutos
Este, lindando con terreno de Concepción Lozano; AL ORIENTE, ocho
metros sesenta centímetros rumbo Sur cero siete grados treinta minutos
Oeste, lindando con edificio “B” zona verde común de por medio, colindancia superior, un espacio aéreo colindancia inferior el terreno sobre
el que está construido el condominio, con una extensión superficial de
cuarenta y nueve punto cuarenta y cinco metros cuadrados. Inscrito a
favor de CELINA GUADALUPE HERNÁNDEZ CHÁVEZ al número
siete, del libro cuatro mil novecientos cinco de Propiedad de Registro de
Propiedad Raíz e Hipotecas de San Salvador, traspasado al Sistema de
Folio Real Automatizado según la matrícula número SEIS CERO CERO
UNO CUATRO UNO OCHO SIETE -A CERO CERO CINCO SIETE el
cual está grabado con hipoteca inscrita al número CUARENTA Y UNO
del libro CUATRO MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y CINCO del
Registro de Hipotecas de San Salvador.
123
Se hace saber a las personas que se presenten a participar a la
subasta que deberán presentar sus respectivos documentos de identidad
personal, NIT y comprobar su solvencia económica por medio de libreta de ahorro, cheque certificado, constancia de ahorro, efectivo u otro
documento similar.
Librado en el JUZGADO PRIMERO DE LO MERCANTIL:
San Salvador, a las nueve horas del día veintitrés de agosto de dos mil
seis.- Licda. MARIA FLOR SILVESTRE LÓPEZ BARRIERE, JUEZA
PRIMERO DE LO MERCANTIL.- Lic. OSCAR EMILIO ZETINO
URBINA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. A032924-2
MARIO MOISA MARTÍNEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO.
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HACE SABER: Que por ejecución seguida en este Tribunal
por el señor LUIS CARLOS RIVERA CEA, contra la señora CELIA
JENNIFFER RODRÍGUEZ BELTRÁN, se venderá en este Juzgado
en pública subasta y en fecha oportuna el cincuenta por ciento de la
nuda propiedad que le corresponde a la demandada, sobre el siguiente
inmueble: Urbano y construcciones que contiene, desmembrado de otro
de mayor extensión, situado en Urbanización “Zedan”, jurisdicción de
Sonzacate, departamento de Sonsonate, marcado con el número SEIS
DEL BLOCK UNO, de una extensión superficial de TRESCIENTOS
TREINTAY TRES METROS CUADRADOS SESENTA DECÍMETROS
CUADRADOS equivalente a CUATROCIENTOS SETENTA Y SIETE
VARAS CUADRADAS TREINTA Y UN CENTÉSIMOS DE VARA
CUADRADA, que se localiza así: A partir de la intersección de la Calle
Central o Segunda Avenida Sur, y de la Quinta Calle, se mide sobre el eje
de esta última una distancia de treinta y seis metros cincuenta centímetros
con rumbo Sur ochenta y cuatro grados diecinueve punto cuatro minutos
Este, al llegar a este punto se hace una deflexión izquierda de noventa
grados y con rumbo Norte cinco grados cuarenta punto seis minutos Este,
se mide una distancia de seis metros cincuenta centímetros para llegar
al mojón Sur-Oeste del lote que se describe, el cual mide y linda: AL
PONIENTE, línea recta de cuarenta y un metros ochenta centímetros
con rumbo Norte cinco grados cuarenta punto seis minutos este, linda
Lo que se hace saber al público para los efectos de Ley.
JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las once horas cuarenta
minutos del día trece de octubre del dos mil seis.- Dr. MARIO MOISA
MARTÍNEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. CECILIA DEL CARMEN
CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIA.
3 v. alt. No. A032929-2
LA INFRASCRITA JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL DE ESTE
DISTRITO JUDICIAL AL PUBLICO EN GENERAL.
HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil marcado
con el número 225-E-00, promovido inicialmente por el Licenciado
MANUEL ENRIQUE UCEDA NERIO, continuado por la Licenciada
GLORIA DE LOS ÁNGELES GERMAN ARGUETA, posteriormente
por el Licenciado JOSÉ ISMAEL ALEMÁN NAVAS, y, continuado
actualmente por el Licenciado ADOLFO RODRIGO CAÑAS ALEMÁN,
como Apoderados Generales Judiciales del BANCO SALVADOREÑO,
S.A., contra los señores JOSÉ ALBERTO RODRÍGUEZ y MARIA ADELA FUENTES conocida por MARIA ADELA FUENTES VÁSQUEZ, se
venderá en Pública Subasta en este Tribunal en fecha que más adelante
se señalará, un Bien Mueble que a continuación se describe y localiza
así: “Un vehículo automotriz de las características siguientes: 1) Placa:
AB-SIETE OCHO CERO TRES CINCO, marca Mercedes Benz, Modelo: Of-UNO TRES UNO OCHO/ CINCO UNO, Rosmo Izalco, Clase:
Autobús, Colores: Rojo Blanco con Franjas negro, Número de chasis
Vin: OCHO AB TRES OCHO CUATRO CERO OCHO NUEVE SA
UNO UNO CINCO TRES TRES DOS SEIS, Número de Motor: TRES
SIETE DOS NUEVE CINCO TRES CINCO CERO DOS OCHO SIETE
DOS CINCO CINCO, combustible: Diesel, capacidad: CUARENTA Y
OCHO asientos, año MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE; en
calidad de propiedad del señor JOSÉ ALBERTO RODRÍGUEZ.”
SE ADMITIRÁN POSTURAS SIENDO LEGALES.
LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO MERCANTIL;
San Salvador, a las catorce horas y treinta y cinco minutos del día doce
de septiembre de dos mil seis.- Lic. ANA MARIA CORDÓN ESCOBAR, JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL.- Lic. ANA CECILIA
FIGUEROA ALMENDARES, SECRETARIA.
3 v. alt. No. A032939-2
124
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 374
LA INFRASCRITA JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL INTERINA
veintiséis grados, treinta y tres punto nueve minutos Oeste; El Décimo
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN GENERAL:
Quinto de cinco punto setenta metros con rumbo Sur cincuenta y dos
HACE SABER: Que en el Juicio Mercantil Ejecutivo que en
este Tribunal promueve inicialmente el Licenciado FEDERICO
EDMUNDO PINO SALAZAR, continuado por el Licenciado FELIX
RAUL BETANCOURT MENENDEZ y por el Licenciado MANUEL
ENRIQUE UCEDA NERIO, en calidad de Apoderados del BANCO
DE COMERCIO DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA, y ac-
mero Dos; lindando en toda su longitud con terrenos de Leticia Poveda
de Rodríguez y camino vecinal de por medio. AL SUR: Partiendo del
mojón número Dos línea compuesta por un solo tramo de ciento treinta
y tres punto veinticuatro metros con rumbo Norte setenta y tres grados
cincuenta y dos punto seis minutos Oeste hasta llegar al mojón número
Tres, lindando en toda su longitud con lote número Dos Polígono “F”.
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tualmente continuado por la Licenciada ELSY ELIZABETH GALVEZ
grados cero siete punto cinco minutos Oeste hasta llegar al mojón nú-
SANCHEZ, en calidad de Apoderada General Judicial de SCOTIABANK
EL SALVADOR. SOCIEDAD ANONIMA, Sociedad fusionante del
BANCO DE COMERCIO DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA, contra los señores EMILIA DEL CARMEN DIAZ DE BRIOSO Y
OVIDIO DE JESUS BRIOSO GOMEZ, se venderá en Pública Subasta,
en este Tribunal, en fecha que más adelante se señalará, el bien inmueble
que a continuación se localiza y describe, ASI: LA CIUDAD DE SAN
SALVADOR, “Un inmueble rústico denominado Finca Flor Amarilla,
situado en jurisdicción de Santiago Texacuangos, y de Santo Tomás,
ambas del Departamento de San Salvador, el cual es de la descripción
técnica siguiente: LOTE NUMERO TRES del Block “F”, mide y linda:
AL ORIENTE: Partiendo del mojón número Uno, línea compuesta por
quince tramos rectos; El Primero de veintisiete punto veinticuatro metros
con rumbo sur cuarenta y dos grados cuarenta y seis punto un minuto
Este; El Segundo tramo de cuarenta punto cuarenta y ocho metros,
con rumbo Sur ocho grados cuarenta y seis punto ocho minutos Este;
El Tercer tramo de ochenta y cinco punto veintidós metros con rumbo
Norte setenta y ocho grados cuarenta y cinco punto seis minutos Oeste;
El Cuarto tramo de veinticuatro punto cincuenta y tres metros con rum-
bo Sur cero dos grados cero tres punto tres minutos Oeste; El Quinto
tramo de veintiuno punto cincuenta metros con rumbo Sur treinta y un
grados veintiuno punto seis minutos Este; El Sexto tramo de dieciocho
punto treinta metros con rumbo Sur cincuenta y dos grados cuarenta y
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dos punto dos minutos Este; El Séptimo tramo de treinta y cuatro punto
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setenta y dos metros con rumbo Norte sesenta y cinco grados catorce
punto cinco minutos Este; El Octavo tramo de veintitrés punto cincuenta
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y siete metros con rumbo Norte veintinueve grados cincuenta y cinco
punto cinco minutos Este; El Noveno tramo de veintiuno punto cuarenta
y dos metros con rumbo el Norte cincuenta grados cero cuatro punto
cuatro minutos Este; El Décimo tramo de diez punto setenta y dos metros
con rumbo Sur cero siete grados cero cuatro punto tres minutos Este;
El Décimo Primero de cuarenta y siete punto setenta y ocho metros con
rumbo Sur trece grados dieciocho punto ocho minutos Este; El Décimo
Segundo tramo de dieciocho punto diecisiete metros con rumbo Sur cero
AL PONIENTE: Partiendo del mojón número Tres línea compuesta por
cuatro tramos rectos, el primero de cincuenta y nueve punto noventa y
nueve metros con rumbo de Norte veintiún grados cero cero punto dos
minutos Este; El segundo tramo de veintiocho punto setenta y cuatro
metros con rumbo Norte trece grados cero cuatro punto dos minutos
Oeste; el Tercer Tramo, de veintinueve punto cuarenta y un metros con
rumbo Norte dieciocho grados cero nueve punto un minuto Este; El
Cuarto tramo, de nueve metros con rumbo de Norte cero cero grados cero
cero punto cero minutos Oeste; Hasta llegar al mojón número Cuatro
lindando los primeros tramos con lote número Cuatro del Polígono “E”
y el último tramo con lote número Tres del polígono “E” y quebrada
de por medio. AL NORTE: Partiendo del mojón número Cuatro línea
compuesta por dos tramos rectos; El Primero de sesenta y ocho punto
cuarenta y cuatro metros con rumbo Norte cuarenta y nueve grados
veintiséis punto seis minutos Este; El Segundo tramo de treinta y siete
punto veintitrés metros con rumbo Norte setenta y cinco grados trece
punto cero minutos Este hasta llegar al mojón número Uno de donde
se inició la presente descripción; lindando éstas con lote número tres
del Polígono “E” y quebrada de por medio.- El área del lote descrito es
DE DOS MANZANAS SEIS MIL QUINIENTAS TREINTA PUNTO
TREINTAY UNA VARAS CUADRADAS, esto equivale a DIECIOCHO
MIL QUINIENTOS CUARENTAY DOS PUNTO VEINTINUEVE METROS CUADRADOS; Equivalentes a VEINTISEIS MIL QUINIENTAS
TREINTA PUNTO TREINTA Y UNA VARAS CUADRADAS, Inscrita
a favor de Emilia del Carmen Díaz de Brioso, bajo el Sistema de Folio
Real con Matrícula número CERO UNO - CIENTO VEINTE MIL SETECIENTOS CUARENTA Y SEIS - CERO CERO CERO Inscripción
UNO.”
Se admitirán posturas siendo legales.
LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO MERCANTIL,
San Salvador, a las diez horas y doce minutos del día veinte de Noviembre del año dos mil seis. LIC. MARLENI ARACELI BENAVIDES,
JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL INTO.- LIC. ANA CECILIA
FIGUEROA ALMENDARES, SECRETARIO.
siete grados cincuenta y cuatro punto cuatro minutos Este; El Décimo
Tercero de diez punto cincuenta y un metros con rumbo Sur cero dos
grados cuarenta y tres punto seis minutos Este; El Décimo Cuarto tramo de cuarenta y cinco punto ochenta y cuatro metros con rumbo Sur
3 v. alt. No. A033003-2
DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 18 de Enero de 2007.
125
EL INFRASCRITO JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL, de este
CARRILLO, mayor de edad, Abogado, de este domicilio, actuando en su
Distrito Judicial, al público en general,
calidad de Apoderado General Judicial del BANCO AGRICOLA, SOCIEDAD ANÓNIMA, de este domicilio, contra la señora REYNA ESTELA
do en este Tribunal por la Licenciada ELSY ELIZABETH GALVEZ
QUINTANILLA DE CASTRO o REYNA ESTELA QUINTANILLA
SÁNCHEZ, mayor de edad, Abogada, del domicilio de Delgado,
RAMIREZ, mayor de edad, empleada, del domicilio de Ilopango, Depar-
actuando en su calidad de Apoderada General Judicial del BANCO
tamento de San Salvador, se venderá en Pública Subasta en este Tribunal,
SALVADOREÑO, SOCIEDAD ANÓNIMA, absorbente del BANCO
en fecha que más adelante se especificará, un terreno de naturaleza urbano
DE CONSTRUCCIÓN Y AHORRO, SOCIEDAD ANÓNIMA, de este
y construcciones de sistema mixto que contiene una casa, denominado
domicilio, contra los señores SABAS EUDENCE LOVO SERRANO, del
LOTE NUMERO CUATRO, AGRUPACION CUATRO, PASAJE LA
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HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovi-
domicilio de Jiquilisco, Departamento de Usulután, y MIRIAN GOMEZ
ZELAYA, del domicilio de San Dionisio, Departamento de Usulután,
ambos mayores de edad y estudiantes, se venderá en Pública Subasta en
este Tribunal, en fecha que más adelante se especificará, un inmueble de
naturaleza hoy urbano, denominado según antecedente, como RESTO
DE LA PORCIÓN conocida como ANTEKIRTA, que forma parte de
la COLONIA ANTEKIRTA, JURISDICCIÓN DE SOYAPANGO, DE-
JOYA, DEL CENTRO URBANO SAN BARTOLO CUARTA ETAPA,
Jurisdicción de Ilopango, Departamento de San Salvador, solar que es
de una extensión superficial de CUARENTA Y NUEVE PUNTO NOVENTA Y CINCO METROS CUADRADOS, el cual tiene las medidas
perimetrales siguientes: AL NORTE, Cinco punto Cero Un metros;
AL SUR, Cinco punto Cero Un metros; AL ORIENTE, Nueve punto
PARTAMENTO DE SAN SALVADOR, denominado CONDOMINIO
Noventa y Siete metros; AL PONIENTE, Nueve punto Noventa y Siete
VICTORIA dentro del cual se encuentra el Apartamento Identificado
metros. Las casas y/o Lotes colindantes, al igual que el inmueble objeto
como NUMERO CIENTO TRECE DEL POLÍGONO “C”, PRIMERA
de este embargo son o han sido propiedad del Fondo, antes Instituto de
PLANTA, el cual tiene la descripción técnica siguiente, APARTAMEN-
Vivienda Urbana. El Inmueble antes descrito se encuentra inscrito a
TO “C”, CIENTO TRECE, PASAJE NUMERO CUATRO TIPO DOS,
favor de la señora REYNA ESTELA QUINTANILLA DE CASTRO o
PRIMERA PLANTA: AL NORTE, Dos punto cincuenta metros, Tres
REYNA ESTELA QUINTANILLA RAMIREZ, bajo la Matrícula M
punto Cincuenta metros y Dos punto Cincuenta metros; AL ORIENTE,
CERO UN MILLON CUARENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS
Siete punto Veinticinco metros; AL SUR, dos punto Cincuenta metros,
OCHENTA Y DOS del Registro Social de Inmuebles, Departamento
Uno punto Setenta y Cinco metros, y Dos punto Cincuenta metros; y AL
de San Salvador.
PONIENTE, Doce punto Cincuenta metros. El inmueble descrito tiene
una extensión superficial de CUARENTA Y NUEVE PUNTO TRES-
Se admitirán posturas siendo legales.
CIENTOS SETENTA Y CINCO METROS CUADRADOS, Inscrito a
Librado en el Juzgado Quinto de lo Mercantil, San Salvador, a
favor de los señores SABAS EUDENCE LOVO SERRANO Y MIRIAN
las nueve horas del día veintisiete de noviembre de dos mil seis. DR.
GOMEZ ZELAYA, por estarlo bajo la Matrícula M CERO UNO CERO
OCHO CERO NUEVE DOS SEIS, Asiento CERO CERO DOS, del
SALVADOR CANO GUTIERREZ, JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL.- LIC. DAVID ERNESTO GRIMALDI ZAYAS, SECRETARIO.
Registro Social de Inmuebles, Departamento de San Salvador.
Se admitirán Posturas siendo legales.
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3 v. alt. No. A033094-2
IA
LIBRADO en el Juzgado Quinto de lo Mercantil, San Salvador, a las
diez horas del día veinte de noviembre de dos mil seis.- DR. SALVADOR
D
CANO GUTIERREZ, JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL.- LIC.
DAVID ERNESTO GRIMALDI ZAYAS, SECRETARIO.
LA INFRASCRITA JUEZ INTERINA DEL JUZGADO TERCERO DE
LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO
3 v. alt. No. A033005-2
EN GENERAL.
HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil marcado
con el número 422-E-04, promovido por el Licenciado SAMUEL
EL INFRASCRITO JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL, de este
LANDAVERDE HERNANDEZ, como Apoderado General Judicial
Distrito Judicial, al público en general,
de SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A., entidad absorbente del
HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido
en este Tribunal por el Licenciado GUSTAVO SALVADOR LACAYO
BANCO DE COMERCIO DE EL SALVADOR, S.A., contra el señor FRANKLIN ARTURO ALVARADO, conocido por FRANKLIN
ARTURO ALVARADO MOLINA, se venderá en Pública Subasta en
126
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 374
este Tribunal, en fecha que más adelante se señalará el Bien Inmueble
JUAN RAMON MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE ESTE
que a continuación se describe y localiza así “Un inmueble de naturaleza
DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL, AL PUBLICO PARA LOS
urbana situado en los Suburbios del Barrio El Calvario, al final de la
EFECTOS DE LEY,
Calle Sirama, de la Ciudad de San Miguel, en el Proyecto denominado
HACE SABER: Que por ejecución promovida por el Licenciado
RAUL ALFREDO CASTRO OSORIO, mayor de edad, Abogado, de
Polígono “D” de Residencial Sirama, que técnicamente se describe así:
este domicilio; como Apoderado de la señora VIOLETA PATRICIA
Partiendo de la intersección de los ejes de la Doce Avenida Sur y Primera
PALUCHO LIZAMA DE DIAZ, en contra de los señores RUDDY
Calle Oriente se mide sobre el eje de esta última una distancia de sesenta
VLADIMIR MORALES, mayor edad, Agricultor en pequeño del domi-
y un metros treinta centímetros, con rumbo Sur setenta y nueve grados
cilio de San Alejo, departamento de La Unión; y REINA ELIZABETH
cuarenta y dos punto cincuenta y cinco minutos Este, en este punto se
DIAZ, mayor de edad, Comerciante, de este domicilio, se venderá en
hace una deflexión izquierda de noventa grados y se mide una distancia
pública subasta en este Juzgado, en día y hora que oportunamente se
de cinco metros cincuenta centímetros con rumbo Sur veinte grados
indicará, el Inmueble siguiente: Un lote de terreno de naturaleza Urbana,
cero uno punto un minutos Oeste, llegado así al esquinero Noroeste del
identificado como LOTE NUMERO VEINTE DEL POLIGONO “M” de
lote que se describe. AL PONIENTE: Línea recta de siete metros con
la Urbanización “NUEVA METROPOLIS SEGUNDA ETAPA”, situado
rumbo Sur setenta y nueve grados cuarenta y dos punto cincuenta y cinco
en el mismo lugar que el anterior, al Costado Oriente de la Urbaniza-
minutos Este, lindando con lote número ocho del Block C de la misma
ción Santa Emilia de esta Ciudad, el cual se describe Así: Partiendo
Urbanización, la Primera Calle Oriente de once metros de derecho de
de la intersección de los ejes de Avenida Principal con rumbo Sur once
vía de por medio; AL ESTE, línea recta de veintidós metros dieciocho
grados diecinueve minutos, diez segundos Este, y la Senda número seis
centímetros con rumbo Sur veinte grados cero uno punto un minutos
con rumbo Norte setenta y ocho grados, cuarenta minutos cincuenta
Oeste lindando con lote número diez del mismo Block D, AL SUR,
segundos Este, ambos abiertas en Urbanización Nueva Metrópolis, se
Línea recta de seis metros setenta y nueve centímetros con rumbo Norte
mide una distancia de ochenta y siete punto cero cero metros, sobre
ochenta y seis grados dieciséis punto quince minutos Oeste, lindando
el eje de esta última llegando así a un punto en donde con deflexión
con zona verde de la misma Urbanización, y AL OESTE, Línea recta
izquierda de noventa grados y midiendo una distancia de tres punto cero
de veintitrés metros con rumbo Norte veinte grados cero uno punto un
cero metros se localiza el mojón Sur- Poniente del lote, el cual linda y
minutos Este, lindando con lote número ocho del mismo Block “D”,
mide así: AL PONIENTE, línea recta de seis punto cero cero metros,
El lote así descrito tiene un área de CIENTO CINCUENTA Y OCHO
con rumbo Norte, once grados diecinueve minutos diez segundos Oeste,
METROS CUADRADOS TRECE DECIMETROS CUADRADOS,
colindando con el lote Número veintiuno del Polígono “M”, propiedad
equivalentes a DOSCIENTAS VEINTISEIS VARAS CUADRADAS
de la Empresa PROINMU, S.A. DE C.V.; AL NORTE; Línea recta de
VEINTICINCO CENTESIMAS DE VARA CUADRADA, en el terre-
dieciséis punto cero cero metros, con rumbo Norte setenta y ocho grados
no descrito hay una casa de sistema mixto completamente nueva, de un
cuarenta minutos cincuenta segundos Este, colindando con el lote número
área de CINCUENTA Y UN METROS CUADRADOS, inscrito a favor
diecinueve del Polígono “M”, de la misma Urbanización, propiedad de
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Residencial SIRAMA, identificado como LOTE NUMERO NUEVE del
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del demandado señor FRANKLIN ARTURO ALVARADO, conocido
IA
por FRANKLIN ARTURO ALVARADO MOLINA, al número UNO
del Libro UN MIL TRESCIENTOS TREINTA Y SIETE del Registro
D
de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de Oriente,
PROINMU, S.A. DE C.V.; AL ORIENTE, Línea recta de nueve punto
cincuenta metros con rumbo Sur, once grados diecinueve minutos diez
segundos Este, colindando con parte de los lotes números Cuatro y Cinco
del Polígono “D” de la misma Urbanización, propiedad de PROINMU,
S.A. DE C.V., Avenida Doris de por medio con derecho de vía de trece
Departamento de San Miguel.”
punto cero cero metros de ancho; y AL SUR, Primer tramo, línea recta
SE ADMITIRAN POSTURAS SIENDO LEGALES.
de cuatro punto cero cero metros, con rumbo sur setenta y ocho grados
LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO MERCANTIL;
cuarenta minutos cincuenta segundos Oeste; segundo tramo de tres punto
San Salvador, a las nueve horas y cincuenta y cinco minutos del día veinte
cincuenta metros, con rumbo Norte, once grados diecinueve minutos
de noviembre de dos mil seis. LIC. MARLENI ARACELI BENAVIDES,
diez segundos Oeste, tercer tramo de doce punto cero cero metros, con
JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL INTA. LIC. ANA CECILIA
rumbo sur setenta y ocho grados, cuarenta minutos, cincuenta segundos
FIGUEROA ALMENDARES, SECRETARIA.
Oeste, colindando con el lote número diecisiete del Polígono “Ñ”, senda
número seis de por medio, propiedad de la Empresa PROINMU, S.A.
DE C.V., el Lote antes descrito tiene un área de CIENTO DIEZ ME-
3 v. alt. No. A033124-2
TROS CUADRADOS equivalentes a CIENTO CINCUENTA Y SIETE
DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 18 de Enero de 2007.
127
PUNTO TREINTA Y OCHO VARAS CUADRADAS, Inscrito a favor de
cuarenta y nueve-D, propiedad de los doctores Manuel Atilio Hasbún
los señores RUDDY VLADIMIR MORALES Y REINA ELIZABETH
y Flor de María Villacorta de Hasbún, en línea recta de cincuenta y un
DIAZ, bajo el Sistema de Folio Real según Matrícula M CERO UN
metros, llegando así al punto de partida de la presente descripción. Los
MILLON CIENTO UN MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y CUATRO
lotes colindantes por los rumbos Oriente, Sur y Poniente formaban parte
en el Asiento CERO CERO DOS del Registro Social de Inmuebles de
del inmueble de donde se desmembró el que se describe propiedad de
esta ciudad.
Lotisa.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
Ley.
Dicho Inmueble está inscrito a favor del deudor señor EMIR
LOMBARDO VELARDE ZALDAÑA, con el número CUARENTA
Y CINCO del Libro QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE, del Registro
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Librado en el JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL: San Miguel,
a las diez horas y cuarenta minutos del día cinco de diciembre de dos mil
seis. DR. JUAN RAMON MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.- LIC. JOSE ERNESTO ROMERO FUENTES, SECRETARIO.
de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Cuarta Sección del Centro, con
sede en esta ciudad.
Librado en el Juzgado de lo Laboral: Santa Tecla, a las once horas
y quince minutos del día seis de octubre del dos mil seis. DR. MIGUEL
ANGEL REYES HERNANDEZ, JUEZ DE LO LABORAL.- LIC.
3 v. alt. No. A033130-2
MIRNA MARGARITA DIAZ DE DOMINGUEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. C004703-2
DOCTOR MIGUEL ANGEL REYES HERNANDEZ, JUEZ DE LO
LABORAL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,
HACE SABER: AL PUBLICO para los efectos de ley, que por
resolución proveída por este Tribunal a las once horas del día seis de
Octubre del dos mil seis, en el Juicio Ejecutivo Civil promovido por
REPOSICION DE CERTIFICADOS
el Licenciado ALEJANDRO ORELLANA NAJARRO, actuando en su
AVISO
carácter de Apoderado General Judicial del señor CARLOS ANTONIO
LIZANO conocido por CARLOS ANTONIO LIZANO SANTAMA-
RIA, reclamándole capital adeudado e intereses; se ordenó la VENTA
BANCO AGRICOLA, S.A.:
EN PUBLICA SUBASTA del bien inmueble embargado, en fecha que
oportunamente se señalará, siendo el inmueble a subastarse el que se
describe a continuación: Inmueble de naturaleza rústica, situado de la
antes villa hoy ciudad de La Libertad, Departamento de La Libertad,
R
inmueble que formó parte de las Haciendas Tepeagua y San Diego, de
IA
una extensión superficial de un mil quinientos noventa y cinco metros
cuadrados treinta decímetros cuadrados equivalentes a dos mil doscientos
Que en sus oficinas de Control de Accionistas se ha presentado parte
interesada manifestando el extravío del certificado de acciones No.3367
que ampara un total de 12 acciones emitido por BANCO AGRICOLA,
S.A., por lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición
del certificado relacionado; conforme a los Artículos Nos. 486 y 932 del
Código de Comercio vigente.
En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibiere reclamo alguno a este respecto,
forma casi rectangular, marcado en el plano respectivo con el número
se hará la reposición del certificado arriba mencionado.
D
ochenta y dos varas cuadradas sesenta centésimos de vara cuadrada, de
cuarenta y ocho de la Lotificación “Playa San Diego” que mide y lin-
San Salvador, 03 de Enero de 2007.
da: al Norte, linda con terrenos de propiedad de don José Fernando
Rengifo Gómez, antes de Dininger y Compañía en línea recta de treinta
y un metros veinticinco centímetros; al Oriente, linda con lote número
BANCO AGRICOLA, S.A.
cuarenta y siete de propiedad de Doña Alicia de Santacruz, en línea recta
de cincuenta y un metros diez centímetros; al Sur, linda con parte del lote
número cincuenta y tres-C, propiedad de Doña Ana del Carmen Montes
GUILLERMO ANTONIO JOVEL,
GERENTE DE OPERACIONES.
de Rosales en línea recta de treinta y un metros veinticinco centímetros,
calle de la Lotificación de por medio; al Poniente, linda con lote número
3 v. alt. No. A032863-2
128
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 374
AVISO
AVISO
INVERSIONES FINANCIERAS BANCO AGRICOLA, S.A.:
EL BANCO SALVADOREÑO, S.A. comunica que a sus oficinas se
ha presentado el propietario del certificado de depósitos a plazo No.
2601141786 (04508) emitido en Suc. Centro Financiero el 27 de sep-
Que en sus oficinas de Control de Accionistas se ha presentado
parte interesada manifestando el extravío de los certificados de acciones
Nos. 1292, 1293 y 6009 que amparan un total de 2,916 acciones emitidos
tiembre de 2006, por valor original de $559,000.00 a un plazo de 1 mes,
el cual devenga el 5.00% de interés solicitando la reposición de dicho
certificado por habérsele extraviado.
por INVERSIONES FINANCIERAS BANCO AGRICOLA, S.A. por
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público
certificados relacionados; conforme a los Artículos Nos. 486 y 932 del
para los efectos legales del caso, transcurridos treinta días después de
Código de Comercio vigente.
la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer
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lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición de los
el certificado en referencia.
En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del
San Salvador, a los cinco días del mes de enero de dos mil siete
presente aviso, la Sociedad no recibiere reclamo alguno a este respecto,
se hará la reposición de los certificados arriba mencionados.
RENE HUMBERTO RODRIGUEZ MEJIA,
JEFE SECCION REGISTRO Y CONTROL DE OPERACIONES,
San Salvador, 03 de Enero de 2007.
SUBGERENCIA DE PROCESOS CENTRALIZADOS.
GUILLERMO ANTONIO JOVEL,
3 v. alt. No. A032898-2
GERENTE DE OPERACIONES,
3 v. alt. No. A032866-2
AVISO
EL BANCO SALVADOREÑO, S.A. comunica que a sus oficinas se
AVISO
ha presentado el propietario del certificado de depósitos a plazo No.
091601024960 (022821) emitido en Suc. Quezaltepeque el 22 de
El Primer Banco de los Trabajadores Sociedad Cooperativa de R. L.
de C.V.
noviembre de 2004, por valor original de $10,936.00 a un plazo de 6
meses, el cual devenga el 2.5% de interés solicitando la reposición de
dicho certificado por habérsele extraviado.
COMUNICA: Que a sus oficinas ubicadas en Boulevard de los
Héroes y Calle Berlín Urbanización Buenos Aires #2, se ha presentado
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público
Número 7905 POR $20,000.00 solicitando reposición de dicho CER-
para los efectos legales del caso, transcurridos treinta días después de
TIFICADO.
la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer
D
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R
el Propietario del CERTIFICADO DE DEPOSITO A PLAZO FIJO
Con base a lo anterior, se comunica al público en general para
el certificado en referencia.
los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días después de la
tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna oposición se
procederá a reponer el certificado en referencia.
San Salvador, a los cinco días del mes de enero de dos mil siete.
San Salvador 08 de enero del 2007
RENE HUMBERTO RODRIGUEZ MEJIA,
EFRAIN FUENTES ALVARENGA,
GERENTE GENERAL.
3 v. alt. No. A032879-2
JEFE SECCION REGISTRO Y CONTROL DE OPERACIONES,
SUBGERENCIA DE PROCESOS CENTRALIZADOS.
3 v. alt. No. A032899-2
DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 18 de Enero de 2007.
129
AVISO
AVISO
EL BANCO SALVADOREÑO, S.A. comunica que a sus oficinas se ha
EL BANCO SALVADOREÑO, S.A. comunica que a sus oficinas se
presentado el girador de cheque de caja No. 131804713 (0160307) emitido
ha presentado el propietario del certificado de depósitos a plazo No.
en Suc. Chalatenango el 21 de Septiembre de 2006, por valor $238.66
027601221268 (6054) emitido en Suc. Ciudad Barrios el 27 de septiem-
solicitando la reposición de dicho cheque por habérsele extraviado.
bre de 2006, por valor original de $12,200.00 a un plazo de 3 meses,
el cual devenga el 2.125% de interés solicitando la reposición de dicho
certificado por habérsele extraviado.
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público
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para los efectos legales del caso, transcurridos treinta días después de
la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer
para los efectos legales del caso, transcurridos treinta días después de
la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer
el cheque en referencia.
el certificado en referencia.
San Salvador, a los cinco días del mes de enero de dos mil siete.
San Salvador, a los cinco días del mes de enero de dos mil siete.
RENE HUMBERTO RODRIGUEZ MEJIA,
RENE HUMBERTO RODRIGUEZ MEJIA,
JEFE SECCION REGISTRO Y CONTROL DE OPERACIONES,
JEFE SECCION REGISTRO Y CONTROL DE OPERACIONES,
SUBGERENCIA DE PROCESOS CENTRALIZADOS.
SUBGERENCIA DE PROCESOS CENTRALIZADOS.
3 v. alt. No. A032903-2
3 v. alt. No. A032901-2
AVISO
AVISO
EL BANCO SALVADOREÑO, S.A. comunica que a sus oficinas se
EL BANCO SALVADOREÑO, S.A. comunica que a sus oficinas se
ha presentado el propietario del certificado de depósitos a plazo No.
ha presentado el propietario del certificado de depósitos a plazo No.
191016218 (61031) emitido en Suc. Don Rúa el 19 de febrero de 1999,
007601090108 (216550) emitido en Suc. San Miguel el 17 de enero
por valor original de $20,000.00 a un plazo de 360 días, el cual devenga
de 2001, por valor original de $4,114.29 a un plazo de 90 días, el cual
el 10.25% de interés solicitando la reposición de dicho certificado por
devenga el 5.00% de interés solicitando la reposición de dicho certificado
habérsele extraviado.
por habérsele extraviado.
R
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público
para los efectos legales del caso, transcurridos treinta días después de
para los efectos legales del caso, trascurridos treinta días después de la
la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer
tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer el
el certificado en referencia.
D
IA
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público
certificado en referencia.
San Salvador, a los cinco días del mes de enero de dos mil siete.
San Salvador, a los cinco días del mes de enero de dos mil siete.,
RENE HUMBERTO RODRIGUEZ MEJIA,
RENE HUMBERTO RODRIGUEZ MEJIA,
JEFE SECCION REGISTRO Y CONTROL DE OPERACIONES,
JEFE SECCION REGISTRO Y CONTROL DE OPERACIONES,
SUBGERENCIA DE PROCESOS CENTRALIZADOS.
SUBGERENCIA DE PROCESOS CENTRALIZADOS.
3 v. alt. No. A032904-2
3 v. alt. No. A032902-2
130
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 374
AVISO
AVISO
EL BANCO SALVADOREÑO, S.A. comunica que a sus oficinas se
ha presentado el propietario del certificado de depósitos a plazo No.
BIENES Y SERVICIOS, S.A.
Que en sus oficinas de Control de Accionistas se ha presentado parte
035601060570 (03184) emitido en Suc. El Tránsito el 2 de octubre de
interesada manifestando el extravío de los certificados de acciones Nos.
2006, por valor original de $2,974.12 a un plazo de 3 meses, el cual
594, 595, 3144, 4396, 4397, 4398, 4399, 4400, 4401, 4402, 4403, 4690,
devenga el 3% de interés solicitando la reposición de dicho certificado
4696, 4710 y 5231 que amparan un total de 101,567 acciones emitidos por
por habérsele extraviado.
BIENES Y SERVICIOS, S.A. por lo que hace del conocimiento público
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para efectos de reposición de los certificados relacionados; conforme a
los Artículos Nos. 486 y 932 del Código de Comercio vigente.
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público
para los efectos legales del caso, transcurridos treinta días después de
En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del
la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer
presente aviso, la Sociedad no recibiere reclamo alguno a este respecto,
el certificado en referencia.
se hará la reposición de los certificados arriba mencionados.
San Salvador, 09 de Enero de 2007.
San Salvador, a los cinco días del mes de enero de dos mil siete.
BIENES Y SERVICIOS, S.A.
RENE HUMBERTO RODRIGUEZ MEJIA,
JEFE SECCION REGISTRO Y CONTROL DE OPERACIONES,
GUILLERMO ANTONIO JOVEL,
GERENTE GENERAL.
SUBGERENCIA DE PROCESOS CENTRALIZADOS.
3 v. alt. No. A033057-2
3 v. alt. No. A032905-2
AVISO
AVISO
SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.
El Banco Cuscatlán S.A.,
AVISA: Que en su agencia SANTA ANA se ha presentado el pro-
COMUNICA: Que a sus oficinas ubicadas en Km. 10 carretera
a Santa Tecla, se ha presentado el propietario de CERTIFICADO DE
DEPÓSITO A PLAZO FIJO DOLARES Número 001PLA000165754,
R
solicitando la reposición de dicho CERTIFICADO por ocho mil dos-
IA
cientos sesenta con veinticuatro centavos (US $8,260.24)
pietario del certificado No. 387265 del Depósito a Plazo Fijo aperturado
el 10 de octubre del 2003, a 90 días prorrogables, solicitando la reposición
de dicho certificado lo que se hace del conocimiento público para efectos
de reposición del certificado relacionado conforme a los artículos 486 y
932 del Código de Comercio.
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público
D
en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días
después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna
oposición, se procederá a reponer el certificado en referencia.
Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto,
se procederá a la reposición del certificado antes mencionado.
San Salvador, 8 de enero de 2007.
San Salvador, 04 de enero de 2007
WILLIAN SALAZAR,
BANCO CUSCATLAN S.A.
AGENCIA,
IRMA DE REYES,
SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.
3 v. alt. No. A032931-2
3 v. alt. No. A033061-2
DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 18 de Enero de 2007.
AVISO
131
reposición de dicho certificado lo que se hace del conocimiento público
para efectos de reposición del certificado relacionado conforme a los
artículos 486 y 932 del Código de Comercio.
SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.
AVISA: Que en su agencia METAPAN se ha presentado el propietario
del certificado No. 1213578606 del Depósito a Plazo Fijo aperturado el
07 DE DICIEMBRE del 2004, a 120 días prorrogables, solicitando la
reposición de dicho certificado lo que se hace del conocimiento público
para efectos de reposición del certificado relacionado conforme a los
artículos 486 y 932 del Código de Comercio.
San Salvador, 04 de enero de 2007.
IRMA DE REYES,
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Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto,
se procederá a la reposición del certificado antes mencionado.
Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación del
presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto, se
procederá a la reposición del certificado antes mencionado.
SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.
San Salvador, 04 de enero de 2007.
3 v. alt. No. A033064-2
IRMA DE REYES,
SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.
3 v. alt. No. A033062-2
AVISO
SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.
AVISA: Que en su agencia METAPAN se ha presentado el propietario
del certificado No. 450992 del Depósito a Plazo Fijo aperturado el 08
de marzo del 2006, a 360 días prorrogables, solicitando la reposición de
dicho certificado lo que se hace del conocimiento público para efectos
de reposición del certificado relacionado conforme a los artículos 486
y 932 del Código de Comercio.
AVISO
SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.
AVISA: Que en su agencia AUTOPISTA SUR se ha presentado el
propietario del certificado No. 3614470142 del Depósito a Plazo Fijo
aperturado el 13 de mayo de 2004, a 30 días prorrogables, solicitando la
reposición de dicho certificado lo que se hace del conocimiento público
para efectos de reposición del certificado relacionado conforme a los
artículos 486 y 932 del Código de Comercio.
Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto,
se procederá a la reposición del certificado antes mencionado.
Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto,
se procederá a la reposición del certificado antes mencionado.
San Salvador, 04 de enero de 2007.
IRMA DE REYES,
SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.
San Salvador, 04 de enero de 2007.
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3 v. alt. No. A033065-2
IRMA DE REYES,
SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.
3 v. alt. No. A033063-2
AVISO
SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.
SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.
AVISA: Que en su agencia MERLIOT se ha presentado el propietario del certificado No. 72911 del Depósito a Plazo Fijo aperturado
el 27 DE DICIEMBRE DE 1994, a 60 días prorrogables, solicitando la
reposición de dicho certificado lo que se hace del conocimiento público
para efectos de reposición del certificado relacionado conforme a los
artículos 486 y 932 del Código de Comercio.
AVISA: Que en su agencia PLAZA MUNDO se ha presentado el
propietario del certificado No. 54583 del Depósito a Plazo Fijo aperturado
el 26 de diciembre del 2002, a 180 días prorrogables, solicitando la
Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto,
se procederá a la reposición del certificado antes mencionado.
AVISO
132
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 374
AUMENTO DE CAPITAL
San Salvador, 04 de enero de 2007.
IRMA DE REYES,
SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.
HACE SABER: Que en Junta General Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad, celebrada en esta ciudad, el día veinte de abril de
dos mil dos, en acta número CINCO en su punto seis, se acordó por
unanimidad aumentar el actual capital social mínimo de VEINTE MIL
COLONES, en CIEN MIL COLONES, habiendo acordado que dicho
aumento se efectuará mediante capitalización de utilidades.
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3 v. alt. No. A033067-2
EL SUSCRITO ADMINISTRADOR UNICO DE LA JUNTA GENERAL
EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA SOCIEDAD “H”
CUELLAR Y ASOCIADOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE”
AVISO
SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.
AVISA: Que en su agencia LOS HEROES se ha presentado el
propietario del certificado No. 3321470296 del Depósito a Plazo Fijo
aperturado el 02 DE AGOSTO DEL 2005, a 30 días prorrogables, solicitando la reposición de dicho certificado lo que se hace del conocimiento
público para efectos de reposición del certificado relacionado conforme
a los artículos 486 y 932 del Código de Comercio.
Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto,
se procederá a la reposición del certificado antes mencionado.
El aumento de capital está dividido y representado por una sola serie
de DOSCIENTAS ACCIONES, de un valor nominal de QUINIENTOS
COLONES cada una, en consecuencia el nuevo capital social mínimo
será de CIEN MIL COLONES estará representado por una sola serie
de DOSCIENTAS acciones, de un valor nominal de QUINIENTOS
colones cada una.
Habiendo designado a HUGO ANTONIO CUELLAR como
Ejecutor Especial de dichos acuerdos.
Lo cual hace del conocimiento del público para los efectos de
Ley.
San Salvador, a los diez días del mes de enero de dos mil siete.
San Salvador, 05 de enero de 2007.
HUGO ANTONIO CUELLAR,
ADMINISTRADOR UNICO.
IRMA DE REYES,
3 v. alt. No. C004668-2
SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.
3 v. alt. No. A033069-2
PATENTE DE INVENCION
No. de Expediente: 2006002422
No. de Presentación: 20060004283
AVISO
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
Telefónica Móviles El Salvador, S.A. de C.V.,
D
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COMUNICA: que a sus oficinas ubicadas en Alameda Roosevelt y
63 Avenida Sur, Torre Telefónica Nivel 10, San Salvador, se ha presentado
la propietaria de los CERTIFICADOS DE ACCIONES, No. 3970, Serie
“B” por 40 acciones de fecha 21 de Febrero de 2003; N° 4525, Serie “A”
por 50 acciones de fecha 21 de Febrero de 2003; N° 5109, Serie “B” por
50 acciones de fecha 21 de Febrero de 2003; N° 5565, Serie “B” por 52
acciones de fecha 21 de Febrero de 2003, solicitando la reposición de
dichos certificados por habérsele extraviados.
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público
en general, para los efectos legales correspondientes y transcurridos treinta
días después de la tercera publicación de este aviso y no hubiera ninguna
oposición, se procederá a reponer los certificados en referencia.
San Salvador, 10 de Enero de dos mil siete.
LIC. ALDO RUY AGUILAR POLIO,
TELEFÓNICA MÓVILES EL SALVADOR, S.A. DE C.V.
HACE SABER: Que a esta Oficina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio
de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando
como APODERADO de SANOFI-AVENTIS, del domicilio de 174
AVENUE DE FRANCE, PARIS 75013 FRANCIA, de nacionalidad
FRANCESA, solicitando se conceda Registro de la PATENTE DE
INVENCION, denominada PATENTE DE INVENCION denominada
“DERIVADOS DEL (1,5-DIFENIL-1 H-PIRAZOL-3-IL) OXADIAZOL
SU PREPARACION Y SU APLICACION EN TERAPEUTICA:”, por
el término de VEINTE AÑOS, con Clasificación Internacional A61K
31/00, y con prioridad de lo solicitud FRANCESA No. 20050501860,
de fecha veintiuno de febrero del año dos mil cinco.
Se refiere a: LA PRESENTE INVENCIÓN TIENE COMO
OBJETIVO DERIVADOS DEL (1,5-DIFENIL-1 H-PIRAZOL-3-IL)
OXADIAZOL SU PREPARACIÓN Y SU APLICACIÓN EN TERAPÉUTICA, DESTINADOS AL TRATAMIENTOY A LA PREVENCIÓN
DE TRASTORNOS DEL APETITO, TRASTORNOS GASTROINTESTINALES, FENÓMENOS INFLAMATORIOS, ENFERMEDADES
DEL SISTEMA INMUNITARIO, TRASTORNOS PSICÓTICOS,
DEPENDENCIA ALCOHÓLICA Y DEPENDENCIA NICOTINICA,
la solicitud fue presentada a las nueve horas y siete minutos del día
veintiuno de febrero del año dos mil seis.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de
3 v. alt. No. A033187-2
Ley.
DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 18 de Enero de 2007.
133
REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL: DEPARTAMENTO DE PATENTES. San Salvador, a los dos días del mes de octubre del
año dos mil seis.
de LABORATORIO HISPANOAMERICANO, SOCIEDAD ANONIMA
DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,
ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,
PARTOVET
REGISTRADOR.
3 v. c. No. A033594-2
Consistente en la palabra PARTOVET, que servirá para: AMPARAR:
PRODUCTOS VETERINARIOS.
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La solicitud fue presentada el día veinticinco de julio del año dos
mil seis.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, dieciocho de diciembre del año dos mil seis.
No. de Expediente: 2006002420
No. de Presentación: 20060004281
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta Oficina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio
de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
APODERADO de SANOFI-AVENTIS, del domicilio de 174 AVENUE
DE FRANCE PARIS 75013 FRANCIA, de nacionalidad FRANCESA,
solicitando se conceda Registro de la PATENTE DE INVENCION,
denominada PATENTE DE INVENCION denominada “DERIVADOS
DEL 1,5-DIARILPIRROL, SU PREPARACION Y SU APLICACION
EN TERAPEUTICA”, por el término de VEINTE AÑOS, con Clasificación Internacional, y con prioridad de la solicitud FRANCESA No.
20050501660, de fecha diecisiete de febrero del año dos mil cinco.
Se refiere a: DERIVADOS DEL 1,5-DIARILPIRROL, SU
PREPARACIÓN Y SU APLICACIÓN EN LA PREPARACIÓN DE
UN MEDICAMENTO DESTINADO AL TRATAMIENTO Y A LA
PREVENCIÓN DE TRASTORNOS DEL APETITO, TRASTORNOS
GASTROINTESTINALES, FENÓMENOS INFLAMATORIOS, ENFERMEDADES DEL SISTEMA INMUNITARIO, TRASTORNOS
PSICÓTICOS, DEPENDENCIA ALCOHÓLICA Y DEPENDENCIA
NICOTINICA.
La solicitud fue presentada a las nueve horas y veintidós minutos
del día diecisiete de febrero del año dos mil seis.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL: DEPARTAMENTO DE PATENTES. San Salvador, a los veintidós días del mes de
septiembre del año dos mil seis.
REGISTRADOR.
D
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R
ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,
3 v. c. No. A033598-2
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C004681-2
No. de Expediente: 2006059677
No. de Presentación: 20060080748
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado DANIEL ARNAVAT CARBALLIDO, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL
de LABORATORIO HISPANOAMERICANO, SOCIEDAD ANONIMA
DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,
NIXYVET
Consistente en: la palabra NIXYVET, que servirá para: AMPARAR:
PRODUCTOS VETERINARIOS.
La solicitud fue presentada el día veinticinco de julio del año dos
mil seis.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, ocho de diciembre del año dos mil seis.
MARCA INDUSTRIAL
ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ,
No. de Expediente: 2006059673
REGISTRADOR.
No. de Presentación: 20060080743
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado DANIEL ARNAVAT CARBALLIDO, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL
GUILLERMO ALFONSO LÓPEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C004682-2
134
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 374
MARCAS DE SERVICIO
La solicitud fue presentada el día veinticuatro de agosto del año
dos mil seis.
No. de Expediente: 2006054678
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintiocho de agosto del año dos mil seis.
No. de Presentación: 20060072763
CLASE: 38.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
GEORGINA VIANA CANIZALEZ,
REGISTRADOR.
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HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado GUILLERMO
ANTONIO SCHLESINGER, en su calidad de APODERADO ESPECIAL
de ANUNCIOS EN DIRECTORIOS, S.A. DE C.V., de nacionalidad
MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
RHINA GUADALUPE BARRERA DE ARAUJO,
SECRETARIA.
SECCION AMARILLA
3 v. alt. No. A032990-2
Consistente en: las palabras SECCION AMARILLA, sobre tales
palabras individualmente no se le concede exclusividad.
La solicitud fue presentada el día once de enero del año dos mil
No. de Expediente: 2006060664
seis.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, doce de diciembre del año dos mil seis.
No. de Presentación: 20060082062
CLASE: 38.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ,
REGISTRADOR.
MELVY ELIZABETH CORTEZ DE ALAS,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado FRANCISCO
JAVIER MEJIA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL de DIGICEL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE que se abrevia: DIGICEL, S.A. DE C.V., de nacionalidad
SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. A032872-2
No. de Expediente: 2006060661
Consistente en: la expresión DIGICHIP INTELIGENTE sobre los
términos aisladamente considerados no se concede exclusividad, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES.
R
No. de Presentación: 20060082059
DIGICHIP INTELIGENTE
La solicitud fue presentada el día veinticuatro de agosto del año
dos mil seis.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veinticinco de agosto del año dos mil seis.
D
IA
CLASE: 38.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado FRANCISCO
JAVIER MEJIA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL de DIGICEL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE que se abrevia: DIGICEL, S.A. DE C.V., de nacionalidad
SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
DIGICHIP
GEORGINA VIANA CANIZALEZ,
REGISTRADOR.
JULIO FRANCISCO MORENO MIRANDA,
SECRETARIO.
Consistente en: la palabra DIGICHIP, no concediéndose exclusividad sobre los términos individualmente considerados, que servirá para:
AMPARAR: SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES.
3 v. alt. No. A032991-2
DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 18 de Enero de 2007.
135
La solicitud fue presentada el día diecinueve de septiembre del año
dos mil seis.
No. de Expediente: 2006061259
No. de Presentación: 20060082991
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, primero de diciembre del año dos mil seis.
CLASE: 41.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado PORFIRIO
DIAZ FUENTES, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL de COMITE EJECUTIVO DE LA FERIA INTERNACIONAL
DE EL SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el
registro de la MARCA DE SERVICIOS,
LIC. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
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KATYA MARGARITA MARTÍNEZ GUTIÉRREZ,
EXPOSALUD
Consistente en: la palabra “EXPOSALUD”, que servirá para:
AMPARAR: SERVICIOS DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN, ESPARCIMIENTO, ACTIVIDADES DEPORTIVAS, ACTIVIDADES
CULTURALESY DE ENTRETENIMIENTO FAMILIAR,Y EVENTOS
FERIALES DESTINADOS A DICHOS SERVICIOS.
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C004659-2
REPOSICION DE POLIZAS DE SEGURO
La solicitud fue presentada el día diecinueve de septiembre del año
dos mil seis.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintinueve de noviembre del año dos mil seis.
AVISO
La Centro Americana, S.A., hace del conocimiento del público en general,
que se ha presentado ZOILA YOLANDA V. DE FLORES del domicilio
de SAN SALVADOR, solicitando reposición de su póliza de seguro de
vida 92050519 emitida el 20/05/1992.
LIC. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,
Si dentro de 30 días contados a partir de la última publicación de este
aviso no se presentare oposición se procederá a reponer la mencionada
póliza.
REGISTRADOR.
KATYA MARGARITA MARTÍNEZ GUTIÉRREZ,
San Salvador, 18 de diciembre de 2006.
SECRETARIA.
ALBA ARMIDA DE ANDREU,
3 v. alt. No. C004658-2
RESPONSABLE DE SEGURO DE VIDA INDIVIDUAL.
3 v. alt. No. C004704-2
No. de Expediente: 2006061260
R
No. de Presentación: 20060082992
AVISO
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
La Centro Americana, S.A., hace del conocimiento del público en general, que se ha presentado ROGELIO ADONAY ROSALES CHITA
del domicilio de LA LIBERTAD, solicitando reposición de su póliza de
seguro de vida 99001886 emitida el 02/10/2000.
IA
CLASE: 41.
D
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado PORFIRIO
DIAZ FUENTES, en su calidad de APODERADO de COMITE EJECUTIVO DE LA FERIA INTERNACIONAL DE EL SALVADOR, de
nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA
DE SERVICIOS,
CA-EXPO
Si dentro de 30 días contados a partir de la última publicación de este
aviso no se presentare oposición se procederá a reponer la mencionada
póliza.
San Salvador, 3 de enero de 2007.
ALBA ARMIDA DE ANDREU,
Consistente en: la expresión CA-EXPO, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE EDUCACION, FORMACION, ESPARCIMIENTO, ACTIVIDADES DEPORTIVAS, ACTIVIDADES CULTURALES
Y DE ENTRETENIMIENTO FAMILIAR, Y EVENTOS FERIALES
DESTINADOS A DICHOS SERVICIOS.
RESPONSABLE DE SEGURO DE VIDA INDIVIDUAL.
3 v. alt. No. C004705-2
136
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 374
AVISO DE LIQUIDACIÓN
La Asociación Cooperativa de Pilotos Automovilistas y Trabajadores
del Transporte de Responsabilidad Limitada ACOPATT de R. L. (En
Liquidación) informa a todos los interesados, que se encuentra en proceso
de liquidación, por lo que en cumplimiento del Art. 164 del Reglamento
de la Ley General de Asociaciones Cooperativas, se les avisa al público,
que si hubieran acreedores, se presenten a Carretera Panamericana y Av.
14 de Diciembre, Ilopango, San Salvador, Teléfono: 22950652
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, veintitrés de noviembre de dos mil seis.
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San Salvador, a los nueve días del mes de enero del dos mil sie-
ROES PONIENTE, No. 35-A del domicilio y departamento de SAN
SALVADOR, y que tiene el establecimiento denominado PROYECTOS,
BIENES Y SERVICIOS, S. A. DE C. V., el cual se dedica a ACTIVIDADES INMOBILIARIAS, con dirección en COLONIA MIRAMONTE,
CALLE SISIMILES, No. 3008-A del domicilio y departamento de SAN
SALVADOR.
te.
LIC. JULIO RUBEN TRUJILLO VENTURA,
REGISTRADOR.
MIGUEL ANGEL RAMÍREZ ROSALES,
3 v. alt. No. A033142-2
PRESIDENTE.
SEBASTIÁN ARNULFO RAMÍREZ,
ASIENTO DE EMPRESA 2002017901
SECRETARIO.
ESTABLECIMIENTO 2002017901 - 001
TITO ÁNGEL GUEVARA CRUZ,
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE
REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS:
VOCAL.
3 v. alt. A032882-2
CAMBIO DE DIRECCION DE EMPRESA
ASIENTO DE EMPRESA 2005054511
ESTABLECIMIENTO 2005054511 - 001
IA
R
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE
REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS:
D
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado WILLIAMS
ALFONSO LANDAVERDE MORALES, en su calidad de Representante
legal de la sociedad PROYECTOS, BIENESY SERVICIOS, SOCIEDAD
ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio y departamento de SAN SALVADOR, cuya escritura
social está inscrita bajo el número 43 del libro 1516 del Registro de
Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identificación
Tributaria: 0614-090300-104-4, ha presentado solicitud de CAMBIO
DE DIRECCION DE LA EMPRESA, a las quince horas y cincuenta y
seis minutos del día veintitrés de noviembre de dos mil seis. Con la cual
se le otorga el asiento de modificación No. 203 del libro 132 del folio
410 al 411; a favor de la Empresa denominada PROYECTOS, BIENES
Y SERVICIOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE,
la cual se dedica a ACTIVIDADES INMOBILIARIAS, con dirección
en URBANIZACION REPARTO LOS HEROES, CALLE LOS HE-
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RODOLFO
ERNESTO MENA CEDILLOS, en su calidad de Representante legal
de la sociedad M + H INGENIEROS, SOCIEDAD ANONIMA DE
CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio
de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número
3 del libro 846 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio,
con Número de Identificación Tributaria: 0614-090392-102-0, ha presentado solicitud de CAMBIO DE DIRECCION DE LA EMPRESA Y
DE ESTABLECIMIENTO, a las quince horas y veinte minutos del día
uno de noviembre de dos mil seis. Con la cual se le otorga el asiento de
modificación No. 231 del libro 130 del folio 465 al 466; a favor de la
Empresa denominada M + H INGENIEROS, SOCIEDAD ANONIMA
DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a SERVICIOS DE INGENIERIA ELECTRICA, con dirección en CALLE LORENA Y CALLE
ROMA No. 170, COLONIA ROMA del domicilio de SAN SALVADOR, y que tiene el establecimiento denominado M + H INGENIEROS,
SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, el cual se dedica
a SERVICIOS DE INGENIERIA ELECTRICA, con dirección en 9ª
CALLE PONIENTE Y 87 AVENIDA NORTE, N° 604 del domicilio
de SAN SALVADOR.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, uno de noviembre de dos mil seis.
LIC. RUBEN ALBERTO NAVARRO,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. C004654-2
DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 18 de Enero de 2007.
137
DE TERCERA PUBLICACIÓN
señores Hilario Henríquez Guillén conocido por Hilario Henríquez, y
ACEPTACIÓN DE HERENCIAS
Rosa Emilia Sánchez de Guillén conocida por Rosa Emilia Sánchez;
y se les ha conferido la administración y representación interina de la
DOCTOR DANILO ANTONIO VELADO, JUEZ DE PRIMERA
sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia
INSTANCIA
yacente, los menores deberán ejercerla por medio de su representante
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado proveída a las
legal.
Se citan a las personas que se crean con derecho a la herencia para
se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la
que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días
herencia intestada que a su defunción dejó el señor JOSE ABRAHAN
contados a partir del día siguiente de la tercera publicación de este edicto
GUARDADO ROMERO, conocido por JOSE ABRAHAN GUARDADO
en el Diario Oficial.
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once horas y veinte minutos del día cuatro de diciembre del presente año,
O JOSE ABRAHAN GUARDADO ROMERO, quien fue de cuarenta y
nueve años de edad, casado, motorista, hijo de Gonzalo Guardado y de
Adela Romero, originario de San Antonio Los Ranchos, Chalatenango,
y del domicilio del Barrio El Rosario de Nueva Concepción, falleció a
las dieciséis horas del día cuatro de julio del dos mil seis, en el barrio
El Rosario de Nueva Concepción siendo éste su último domicilio, por
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Tonacatepeque, a
los diecinueve días del mes de diciembre de dos mil seis. Enmendadocausante-vale.- Lic. MARGARITA DE LOS ANGELES FUENTES DE
SANABRIA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Lic. ANA LETICIA
ARIAS ZETINO, SECRETARIO.
parte de Dora Elizabeth Menjívar de Guardado, en su carácter propio,
3 v. alt. No. A032395-3
y representando a su menor hija Adela Alejandra Guardado Menjívar y
como cesionaria de los derechos que les correspondía a sus hijas Jasmín
Arely Guardado de Zamora y de Yajaira Pacely Guardado Menjívar.
Confiérese a la aceptante la administración y representación interina de la
LICENCIADO RAMON HERMINIO PORTILLO CAMPOS, JUEZ
sucesión, con las facultades y restricciones legales que les corresponden
DE PRIMERA INSTANCIA SUPLENTE DE ESTE DISTRITO JU-
a los curadores de la herencia yacente.
DICIAL.
Fíjense y publíquense los edictos de Ley.
HACE SABER: Que por resolución proveída a las quince horas
Dr. DANILO ANTONIO VELADO, JUEZ DE PRIMERA INS-
y treinta minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente
TANCIA.- Licda. ERLINDA GUADALUPE GUERRERO, SECRETA-
y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción
RIA.
dejó la causante, señora ANA LILA BELLOSO DE CISNEROS, quien
falleció el día veintitrés de marzo del año dos mil cuatro, a la edad de
sesenta años, siendo en esta ciudad su último domicilio, de parte de
3 v. alt. No. A032333-3
los señores MANUEL DE JESÚS CISNEROS, KAREN ELIZABETH
CISNEROS BELLOSO, MIGUEL CISNEROS BELLOSO, JOSE
IA
R
ARTURO CISNEROS BELLOSO, ROSA LILA CISNEROS DE RIVERAY MAYRA ESTER CISNEROS BELLOSO, el primero en calidad
de cónyuge y los últimos de hijos de la causante.- Confiriéndosele a los
DE PRIMERA INSTANCIA DE TONACATEPEQUE, AL PUBLICO
aceptantes en el concepto antes expresado, la Administración y Repre-
PARA LOS EFECTOS DE LEY
sentación Interina de la Sucesión, con las facultades y restricciones de
D
MARGARITA DE LOS ANGELES FUENTES DE SANABRIA, JUEZ
HACE SABER: Que por resolución de las once horas del día trece
de diciembre del corriente año, se ha tenido por aceptada con beneficio de
inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el señor ALEX
SALVADOR HENRIQUEZ SANCHEZ, fallecido el día ocho de julio del
año dos mil uno, siendo Guazapa su último domicilio, de parte de DAYSI
DEL CARMEN MEZA RODRIGUEZ, como cónyuge sobreviviente
y como representante legal de los menores KARLA ARELY, ERICK
JONATHAN, y KARINA YANETH, todos de apellidos HENRIQUEZ
MEZA, como hijos del causante, la primera además como cesionaria de
los derechos hereditarios que le correspondían a los padres del causante
los curadores de la herencia yacente.Lo que se hace saber al público, para efectos de Ley.Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Izalco, Departamento de Sonsonate, a los veintisiete días del mes de noviembre año
dos mil seis. Lic. RAMON HERMINIO PORTILLO CAMPOS, JUEZ
DE PRIMERA INSTANCIA SUPLENTE. Licda. SARA ALBERTINA
VILLEDA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. A032396-3
138
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 374
DRA. ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito
MENJIVAR y JOSE ANTONIO GUERRA MENJIVAR, en su calidad de
Judicial, al público para los efectos de ley,
hijos del causante FRANCISCO GUERRA. Habiéndosele conferido a la
HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas diez minutos
del día diecinueve de diciembre del año dos mil seis, se ha tenido por
aceptante la administración y representación interina de la sucesión con
las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
aceptada expresamente y con beneficio de inventario de parte de los
Se citan a los que se crean con derecho a la herencia para que en
señores ANTONIO GONZALEZ y MARIA JULIA MEJIA, la herencia
el término de quince días se presenten a este Tribunal a hacer uso de su
testamentaria que a su defunción dejó el causante señor GERTRUDIS DE
derecho.
JESUS GAVIDIA MONTOYA, conocido por GERTRUDIS GAVIDIA
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Dulce Nombre de
María, Departamento de Chalatenango, a los veinte días del mes de Di-
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MONTOYA y por GERTRUDIS GAVIDIA, quien fue de noventa y nueve
años de edad, soltero, agricultor en pequeño, fallecido a las cuatro horas
con cuarenta y cinco minutos del día cuatro de junio del año dos mil
seis, en el Cantón Molineros, en el Municipio de Verapaz, departamento
ciembre del año dos mil seis. Lic. ULISES MENJIVAR ESCALANTE,
JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Br. OSCAR IMERY HERNANDEZ,
SECRETARIO.
de San Vicente, lugar de su último domicilio, en concepto de herederos
testamentarios. Y se ha nombrado a los aceptantes antes mencionados,
3 v. alt. No. A032415-3
administradores y representantes interinos de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a las ocho horas
quince minutos del día diecinueve de diciembre del año dos mil seis.
RAMIRO ALEXANDER GARCIA SALINAS, con oficina Jurídica si-
Dra. ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. LILIAN
tuada en pasaje Miramar, Block A casa número cuatro, reparto Acajutla,
MABEL RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO.
ciudad de Acajutla, Departamento de Sonsonate,
3 v. alt. No. A032400-3
HACE SABER: Que por resolución del Suscrito Notario proveída
a las nueve horas del día veinte de Noviembre del año dos mil seis, se
ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la
herencia intestada ocurrida en el Cantón Metalío, de esta ciudad, lugar
ULISES MENJIVAR ESCALANTE, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA
DE ESTE DISTRITO. Al público,
de su último domicilio, el día veintiocho de Noviembre del año mil
novecientos noventa y ocho, dejó el señor MANUEL ANASTACIO
GONZALEZ conocido por MANUEL ANTONIO GONZALEZ, de
parte de ELVIRA QUEZADA VIUDA DE GONZALEZ, en su con-
a las catorce horas y treinta minutos del día dieciocho de Diciembre del
cepto de cónyuge sobreviviente del causante, habiéndose conferido a la
año dos mil seis, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio
aceptante la ADMINISTRACION Y REPRESENTACION INTERINA
de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el causante
DE LA SUCESION, con las facultades y restricciones de los curadores
FRANCISCO GUERRA, quien falleció a las diez horas y treinta minu-
de la herencia yacente.
R
HACE SABER: Que mediante resolución proveída en este Tribunal,
IA
tos del día ocho de Noviembre de mil novecientos setenta y nueve en
el Cantón Ocotal de esta jurisdicción, siendo dicho Cantón su último
Lo que avisa al público para efectos de Ley.
D
domicilio; de parte de la señora REYES GUERRA DE GONZALEZ,
en su calidad de hija sobreviviente del de cujus, y como cesionaria de
los derechos hereditarios de los señores MAGDALENA MENJIVAR,
Librado en las oficinas del Notario RAMIRO ALEXANDER
conocida por MAGDALENA MENJIVAR DE GUERRA, hoy MAG-
GARCIA SALINAS, en la ciudad de Acajutla, Departamento de
DALENA MENJIVAR VIUDA DE GUERRA, ELENA MENJIVAR DE
Sonsonate, uno de Diciembre del año dos mil seis.
GUERRA, y por MAGDALENA MENJIVAR NIETO DE GUERRA;
PABLO GUERRA MENJIVAR; MARIA MARGARITA GUERRA
MENJIVAR; MARIA ANA CARBAJAL DE GUERRA Y JUANA
GONZALEZ DE GUERRA, la primera en su calidad de esposa del
RAMIRO ALEXANDER GARCIA SALINSAS,
NOTARIO.
causante, segundo y tercero en la calidad de hijos sobrevivientes del de
cujus, y los dos últimos por representación de los derechos que pudieron
corresponderles a su difuntos esposos MANUEL DE JESUS GUERRA
3 v. alt. No. A032434-3
DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 18 de Enero de 2007.
139
Lic. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA PRIMERO DE
Confiérese a los aceptantes en el carácter indicado la administra-
PRIMERA INSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPAR-
ción y Representación INTERINA de la sucesión, con las facultades y
TAMENTO DE MORAZAN,
restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.
HACE SABER: Que por resolución de las doce horas y veinte minutos de este día; se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio
de inventario de parte de la señora ELVIA FRANCISCA MELENDEZ;
la herencia que en forma intestada dejó la causante MARIA EULOGIA
ARGUETA DE VASQUEZ, quien fue de sesenta y seis años de edad,
Lo que se pone en conocimiento del público para efectos de ley.
Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Miguel, a los
siete días del mes de noviembre de dos mil seis. Dr. JUAN RAMON
MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL. Lic. JOSE ERNESTO
ROMERO FUENTES, SECRETARIO.
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casada, de oficios ignorado, originaria de Chilanga, departamento de
Morazán, salvadoreña, hija de Catalina Argueta y de padre ignorado;
quien falleció a las catorce horas del día dos de diciembre de dos mil
3 v. alt. No. A032456-3
cuatro; siendo su último domicilio San Francisco Gotera, departamento
de Morazán; en concepto de cesionaria de los derechos hereditarios que
le correspondían a la señora VICENTA ARGUETA, en concepto de hermana de la referida causante. Se le ha conferido en la calidad expresada,
la administración y representación INTERINA de dicha sucesión, con
las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Y cita a las personas que se crean con derecho a la herencia, para que
BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPARTAMENTO
DE MORAZAN.-
se presenten a este Juzgado a deducirlo dentro del término de quince días
contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.
Juzgado Primero de Primera Instancia, San Francisco Gotera,
a las quince horas del día catorce de diciembre de dos mil seis. Lic.
BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA 1º DE 1ª INSTANCIA.
Br. YESENIA ROSIBEL VILLATORO, SECRETARIA.
HACE SABER: Que por resolución pronunciada en este Juzgado
a las catorce horas y quince minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de parte de la señora
CARMEN SORTO DE CRUZ, la herencia que en forma intestada dejó el
señor TERESO DE JESUS CRUZ MATA; quien fue de setenta y cuatro
años de edad, casado, Jornalero, Salvadoreño, originario de Chilanga,
3 v. alt. No. A032451-3
departamento de Morazán, hijo de los señores Marcos Cruz y María
Santos Mata; quien falleció a las catorce horas, del día diecinueve de
julio del año dos mil uno, en el cantón Lajitas, de la jurisdicción de
Chilanga, siendo la ciudad de Chilanga, departamento de Morazán, su
DOCTOR JUAN RAMON MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL
último domicilio; en concepto cónyuge sobreviviente del referido cau-
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL.-
sante.- Se ha conferido a la referida aceptante en la calidad expresada
HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas y treinta
R
minutos del día de hoy; se ha tenido por aceptada con beneficio de
la administración y representación INTERINA de dicha sucesión con
las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.
IA
Inventario la Herencia Intestada que a su defunción, dejó la señora JU-
D
LIA UMAÑA, conocida por JULIA UMAÑA RUBIO, quien falleció a
las seis horas y quince minutos del día veintitrés de noviembre de mil
novecientos ochenta y seis, en el Barrio San Francisco de la Ciudad
Y cita a las personas que se crean con derecho a la herencia para que
se presenten a este Juzgado a deducirlo dentro del término de quince días
contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.
de San Miguel, siendo la Ciudad de San Miguel el lugar de su último
Domicilio; a los señores JOSE PAULINO ARGUETA PEREIRA, en
concepto de cónyuge de la Causante y como Cesionario de los Derechos
Juzgado Primero de Primera Instancia: San Francisco Gotera, a las
Hereditarios que en la Sucesión le correspondían a los señores SANTOS
catorce horas y veinte minutos del día veintidós de septiembre de dos
BERNABE ARGUETA UMAÑA y MARIA DEL CARMEN ARGUETA
mil seis. Lic. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA 1º DE 1ª
DE BELTRAN; y MARIA MARTIR ROMERO DE ARGUETA, como
INSTANCIA. Br. YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA,
Cesionario del Derecho Hereditario que en la Sucesión le correspondía
SECRETARIA.
a la señora MARIA CESIVEL ARGUETA DE LEIVA, en concepto de
hija de la causante.
3 v. alt. No. A032457-3
140
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 374
JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-
MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-
TRITO JUDICIAL DE METAPAN,
TRITO:
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal a
HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas del día
las nueve horas con cinco minutos del día ocho de diciembre de dos mil
cinco de los corrientes, se ha tenido por aceptada expresamente y con
seis; se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario
beneficio de inventario de la herencia testamentaria dejada por la señora
la herencia intestada dejada por la causante IGNACIA RODRIGUEZ
RAMIREZ conocida por IGNACIA RODRIGUEZ y por IGNACIA
RODRIGUEZ DE GARCIA, quien fue de noventa años de edad, Oficios
Domésticos, fallecida el día trece de agosto de dos mil uno, siendo la
Susana Cartagena hoy Viuda de Figueroa, fallecida el día nueve de Mayo
del año dos mil dos, en esta ciudad su último domicilio, de parte de las
señoras MIRIAN CECILIA FIGUEROA DE CRUZ y SILVIA ELVIRA
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ciudad de Metapán su último domicilio; por parte de la señora DEYSI
IRMA SUSANA CARTAGENA o Irma Cartagena de Figueroa; Irma
ARACELY RIVERA como CESIONARIA del derecho hereditario que
FIGUEROA DE HERRERA, en concepto de herederas testamentarias
le correspondía al señor JOSE FRANCISCO GARCIA RODRIGUEZ
de la Causante.
en calidad de HIJO de la referida causante. En consecuencia, se le confiere INTERINAMENTE a la expresada heredera la administración y
Se ha conferido a las aceptantes la administración y representación
interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de Ley.
representación de la sucesión con las facultades y restricciones que la
Ley confiere a los curadores de la herencia yacente.
Se cita a las personas que se crean con derecho a la herencia para
que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días
contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.
Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las diez horas del día veinte de
Septiembre del año dos mil seis.- Dr. MARIO MOISA MARTINEZ,
JUEZ DE LO CIVIL. Lic. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE
ESCOBAR, SECRETARIO.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las quince horas diez
3 v. alt. No. A032560-3
minutos del día doce de diciembre de dos mil seis. Lic. JOSE HERNAN
PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MARIA LETICIA
FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIO.
EL INFRASCRITO JUEZ, al público para los efectos de ley,
3 v. alt. No. A032488-3
AVISA: Que por resolución de las once horas con cuarenta y seis
minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con be-
FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO
neficio de inventario la Herencia intestada dejada a su defunción por el
DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL:
señor PEDRO LEMUS, al fallecer el día once de mayo del año dos mil
seis, en el Cantón Las Cruces de la Jurisdicción de Santa Elena, siendo la
de Diciembre del corriente año, se ha tenido por aceptada expresamente
ciudad de Santa Elena lugar que tuvo como su último domicilio; de parte
y con Beneficio de Inventario la Herencia Intestada del señor, JUAN
del señor Luis Alfredo Lemus Chicas, conocido por Luis Alfredo Lemus,
HECTOR CASTRO VILLAFAÑE, fallecido el día veintitrés de Abril
en su calidad de Hermano del causante.- Confiérasele al aceptante antes
de Mil Novecientos Setenta y Uno, en el Barrio San Juan de esta ciudad,
dicho la administración y representación interina de la sucesión, con las
R
HACE SABER: Que por resolución de las doce horas del día Uno
restricciones y facultades de los curadores de la Herencia Yacente.
IA
habiendo sido esta ciudad, el lugar de su último domicilio; de parte de
su hija, la señora MANUELA ENRIQUETA CASTRO DE ESTRADA,
D
a quien se ha nombrado interinamente Administradora y Representante
de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la
Herencia Yacente.
Fíjense y publíquense los edictos respectivos, citando a los que se
crean con derecho a la Herencia, para que se presenten a deducirlo en
Lo que se pone en conocimiento del público para los fines de
el término de ley.
ley.
Juzgado Primero de lo Civil: Santa Ana, a las doce horas y treinta
minutos del día Uno de Diciembre de Dos Mil Seis. Lic. FRANCISCO
ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.
Licda. CARMEN GUADALUPE NUÑEZ MONTERROSA, SECRETARIA.
3 v. alt. No. A032512-3
Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a los veintiséis días
del mes de octubre del año dos mil seis.- Lic. JOSÉ ANTONIO GÁMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. MIRNA MARISOL SIGARÁN H.,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C004525-3
DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 18 de Enero de 2007.
141
DOCTOR JUAN RAMÓN MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL
MARIA ESTHER FERRUFINO viuda de PARADA, JUEZ SEGUNDO
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL.
DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL.
HACE SABER: Que por resolución de las once horas y veinte
HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas y treinta
minutos del día de hoy; se ha tenido por aceptada con beneficio de Inven-
minutos del día veintinueve de marzo del año dos mil seis, se ha tenido
tario la Herencia Intestada que a su defunción dejó la señora JOSEFINA
por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia
HERRERA DE RODRÍGUEZ, quien falleció a las dieciocho horas del día
veinte de junio del dos mil uno, en Calle Siramá, San Miguel; siendo este
lugar de San Miguel, el lugar de su último domicilio; de parte del señor
JOSÉ LUCAS RODRÍGUEZ, conocido por JOSÉ LUCAS RODRÍGUEZ
ció presuntamente el día treinta y uno de diciembre de mil novecientos
ochenta y cuatro, en esta Ciudad, siendo éste su último domicilio, de parte
de la señora Josefina Zelaya viuda de Orellana conocida por Josefina
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GUZMÁN, como cónyuge sobreviviente de la causante.
intestada dejada por el causante José Moris Orellana Zelaya, quien falle-
Zelaya, por Josefina Zelaya de Orellana y por Josefina Zelaya Reyes
Confiérese al aceptante en el carácter indicado la administración
y Representación INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.
de Orellana, de ochenta y ocho años de edad, de oficios domésticos, de
este domicilio, con Documento Único de Identidad número cero dos
millones trescientos sesenta y nueve mil ochenta y cuatro guión cero,
Lo que se pone en conocimiento del público para efectos de ley.
en calidad de madre del causante, y se le ha conferido a la aceptante en
Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Miguel, a los
el carácter antes indicado la administración y representación interina
siete días del mes de diciembre de dos mil seis.- Dr. JUAN RAMÓN
de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la
MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.- Lic. JOSÉ ERNESTO
herencia yacente.
ROMERO FUENTES, SECRETARIO.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
ley.
3 v. alt. No. C004535-3
Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las nueve
horas treinta y ocho minutos del día veintinueve de marzo del año dos
mil seis.- Dra. MARIA ESTHER FERRUFINO VIUDA DE PARADA,
JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL.- Licda. MARTA DOLORES COREAS,
MARIA ESTHER FERRUFINO viuda de PARADA, JUEZ SEGUNDO
DE LO CIVIL DE SAN MIGUEL
SECRETARIA.
HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas y doce
3 v. alt. No. C004537-3
minutos del día diecisiete de agosto del dos mil cinco, se ha tenido por
aceptada expresamente y con beneficio de inventario de la herencia Testamentaria que a su defunción dejó la señora ANA ISABEL GRANADOS
conocida también por ANA ISABEL GRANADOS DE GÓMEZ, quien
falleció a las trece horas del día veintidós de abril de mil novecientos
ochenta y nueve, en el Barrio El Calvario de esta ciudad, siendo su
MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO
JUDICIAL. AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY
último domicilio este lugar, de parte de los señores JOSÉ ANDRÉS
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal,
R
GÓMEZ GRANADOS; JUAN CARLOS GÓMEZ GRANADOS y la
IA
señora ANA CECILIA GÓMEZ GRANADOS, en calidad de herederos
a las once horas y cuarenta y cinco minutos de este mismo día, se ha
tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la he-
indicado conjuntamente la administración y representación interina de
rencia intestada de los bienes que a su defunción, dejó el causante JOSÉ
D
Testamentarios y se les han conferido a los aceptantes en el carácter antes
la sucesión, con las facultades y restricciones de las curadores de la
MAURICIO IRAHETA MARTÍNEZ conocido por JOSÉ MAURICIO
herencia yacente.
IRAHETA, ocurrida el día veintiuno de mayo del año dos mil cinco;
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
en el Cantón Ajuluco, del Municipio de Tenancingo, Departamento de
Cuscatlán; siendo ese lugar su último domicilio, de parte de la señora
ley.
Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las nueve
ZOILA ANGÉLICA GONZÁLEZ VIUDA DE IRAHETA, en calidad de
horas y trece minutos del día diecisiete de agosto del dos mil cinco.-
cónyuge sobreviviente del referido causante.- Habiéndosele conferido a la
Dra. MARIA ESTHER FERRUFINO VIUDA DE PARADA, JUEZ
aceptante, la administración y representación interina de la sucesión con
SEGUNDO DE LO CIVIL.- Licda. MARTA DOLORES COREAS,
las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
SECRETARIA.
Se citan a los que se crean con derecho a la herencia para que en
el término legal se presenten a este Tribunal, a hacer uso de sus dere3 v. alt. No. C004536-3
chos.
142
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 374
Librado en el Juzgado de lo Civil; Cojutepeque, a las once horas
novecientos ochenta y cuatro, en el Cantón El Rebelde, jurisdicción de
y cincuenta y cinco minutos del día ocho de noviembre del año dos mil
San Vicente, de este Departamento, lugar de su último domicilio; y se
seis.- Lic. MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. JOSÉ
ha nombrado curador de la misma al Licenciado Mario Roberto Tejada
ORLANDO BELTRÁN MEJÍA, SECRETARIO.
Portillo, de treinta años de edad, Abogado, de este domicilio.
Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los diecisiete días del mes de
3 v. alt. No. C004594-3
noviembre del año dos mil seis.- Dra. ANA FELICITA ESTRADA,
JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS,
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SECRETARIO.
LICENCIADA MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ
3 v. alt. No. A032464-3
DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución dictada en este Tribunal a las
catorce horas del día diez de julio de mil novecientos noventa y siete,
se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario
TITULOS DE PROPIEDAD
la herencia intestada dejada a su defunción por la señora CARMEN
LÓPEZ DE GARCÍA, quien fue de ochenta y cuatro años de edad,
de Oficios domésticos y quien falleció el día dieciocho de diciembre
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE CIUDAD BA-
de mil novecientos noventa, en el Cantón San Juan Los Planes de esta
RRIOS.
Jurisdicción siendo Quezaltepeque, su último domicilio, de parte de los
señores CATARINO GARCÍA LÓPEZ, MARIA ANTONIA GARCÍA
LÓPEZ y EULALIA GARCÍA DE CORNEJO, en su calidad de hijos
de la causante, a quienes se les ha conferido la administración y representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de
los curadores de la herencia yacente.
MANUEL HERNÁNDEZ, de treinta y cuatro años de edad, Sastre, salvadoreño por nacimiento, de este domicilio portador de su Documento
Único de Identidad número: cero un millón ciento treinta y cuatro mil
seiscientos tres guión siete, solicitando se le extienda Título de Propiedad
y dominio a su favor de un terreno de naturaleza rústica, ubicado en
Lo que se hace saber al público en general para los efectos de
Ley.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado el señor JOSÉ
Colonia Gutiérrez, jurisdicción de Ciudad Barrios, Distrito y departamento de San Miguel, de una capacidad superficial de: SEISCIENTOS
Librado en el Juzgado de lo Civil de Quezaltepeque, a las doce horas
SESENTA Y DOS METROS CUADRADOS TREINTA Y CUATRO
y cinco minutos del día diez de marzo de dos mil seis.- Licda. MARIBEL
DECÍMETROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes:
DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. JOSÉ
AL ORIENTE: Mide ocho metros colinda con terreno de Nelson Chicas
ELEAZAR CARDONA GUEVARA, SECRETARIO.
Vigil, cerco de alambre e izote de por medio; AL NORTE: Mide cuarenta
metros sesenta centímetros, colinda con terreno de Ana América Orellana,
cerco de alambre e izote de por medio; AL PONIENTE: Mide treinta y
un metros noventa centímetros en dos tramos: PRIMERO: Mide catorce
metros sesenta centímetros, colinda con terreno de Anacleto Deras, cerco
de alambre e izote de por medio; SEGUNDO: Mide diecisiete metros
HERENCIA YACENTE
alambre e izote de por medio; y AL SUR: Mide veinticinco metros ochenta
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3 v. alt. No. C004595-3
con treinta centímetros, colinda con terreno de Aníbal Rivera, cerco de
centímetros con terreno de Rosaura Alfaro, cerco de alambre e izote de
por medio. Y lo valora por la cantidad de MIL CIENTO CUARENTA Y
ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial,
DOS DÓLARES CON OCHENTAY SEIS CENTAVOS DE DÓLAR DE
al público para los efectos de ley,
LOS ESTADOS UNIDOS DE AME RICA; en el inmueble antes descrito
HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas quince
existe una casa de sistema mixto, techo de teja y duralita, paredes de
minutos del día veinticinco de septiembre del presente año, se ha de-
adobe y bloque, que mide trece metros de largo por nueve de ancho, no
clarado yacente la herencia que a su defunción dejó el señor NICOLÁS
es dominante, ni sirviente, no posee cargas ni derechos reales de ajena
MÉNDEZ conocido por NICOLÁS MÉNDEZ PANIAGUA, quien fue
pertenencia y no tiene proindivisión con ninguna otra persona, carece
de ochenta y dos años de edad, soltero, originario y del domicilio de esta
de documentos inscritos en el Registro de Propiedad Raíz e Hipotecas
ciudad, habiendo fallecido a las tres horas del día trece de marzo de mil
y lo adquirió por compra que le hiciere a la señora ANA IRLANDA
DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 18 de Enero de 2007.
GUTIÉRREZ GALDAMEZ, por medio de escritura pública otorgada
143
TITULOS SUPLETORIOS
a las diez horas con cuarenta minutos del día veintiocho de octubre del
año dos mil cinco, ante los oficios del abogado y notario Licenciada
Lihidalma Lara Colato, por lo que unida la posesión del señor JOSÉ
MANUEL HERNÁNDEZ, con la de su antecesora ésta data desde hace
ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la Licencia-
más de diez años consecutivos.
da ANA GLADIS ORTEZ DEL CID DE LOBOS, Apoderada General
Librado en la Alcaldía Municipal de Ciudad Barrios, a los ocho días
Judicial de la señora BENICIA REYES, de sesenta y siete años de edad,
de Oficios Domésticos, del domicilio de San Alejo, solicitando se le
MÁRQUEZ, ALCALDE MUNICIPAL. JUAN CARLOS IGLESIAS
extienda a su poderdante TITULO SUPLETORIO, de un inmueble de
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del mes diciembre de dos mil seis.- Doctor MIGUEL ÁNGEL RIVERA
DÍAZ, SECRETARIO MUNICIPAL.
naturaleza rústica, situado en el Cantón Cercos de Piedra, Jurisdicción de
San Alejo, de este Distrito y Departamento, de una extensión superficial
3 v. alt. No. A032341-3
de SETECIENTOS TREINTAY SEIS METROS CINCUENTAY SIETE
CENTÍMETROS Y CINCUENTA DECÍMETROS CUADRADOS, que
mide y linda: AL ORIENTE: Cuarenta y un metros con diez centímetros,
con la señora Isaura Lobos, cerco de alambre de púa de la titulante; AL
NORTE: Diecisiete metros con diez centímetros, callejón de por medio
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.
y con Raúl Ventura; AL PONIENTE: Treinta y nueve metros con cuarenta centímetros, con Juan Francisco Joya, cerco de alambre de púa de
la titulante; y AL SUR: Diecinueve metros con cincuenta centímetros,
HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado por sí y por
en sucesión con Gloria Estela Amaya, cerco de alambre de púa de la
escrito el señor JOSÉ LEOPOLDO ESCOBAR, de setenta y un años
titulante. Dicho terreno lo valúa en la suma de DIEZ MIL DÓLARES
de edad, casado, albañil, de este domicilio, portador de su Documento
DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMÉRICA, y lo adquirió
Único de Identidad número cero dos millones ciento catorce mil cua-
por compra verbal que hizo al señor CATALINO LAZO, quien es mayor
trocientos sesenta y uno- nueve, solicitando TITULO DE PROPIEDAD
de edad, Agricultor en Pequeño y actualmente de domicilio ignorado,
de un terreno rústico, FÉRTIL, EJIDAL E INCULTO, situado en los
en el mes de enero de mil novecientos ochenta.
suburbios del Barrio El Calvario, de esta población, que posee una ex-
Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los veintinueve días
tensión superficial de DOS MIL TREINTA Y SEIS PUNTO NOVENTA
del mes de noviembre de dos mil seis.- Lic. ROGELIO HUMBERTO
Y SIETE METROS CUADRADOS que mide y linda: AL NORTE,
ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- Br. JORGE ALBERTO
linda con terreno de Lorena Lisset Escobar Calderón, camino vecinal
PÉREZ, SECRETARIO.
de por medio, y Jorge Alberto Martínez Martíne; AL ORIENTE, linda
con terreno del señor Manuel de Jesús Santos Espinoza, y Adán Cerón
Martínez y Otros; AL SUR, linda con terreno del señor Julio Cabezas
3 v. alt. No. A032416-3
Ramírez; y AL PONIENTE, linda con terreno del señor Juan Antonio
Escobar. El Inmueble relacionado no es sirviente, ni dominante, no tiene
R
cargas o derechos reales que pertenezcan a persona ajena, no lo posee en
IA
proindivisión con nadie, lo estima en la calidad de CUATRO MIL USS
MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO
JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
DÓLARES EXACTOS; lo adquirió por compra que hizo a la señora
HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado
D
Ignacia Alba López de Escobar.
JOSÉ ÁNGEL GÓMEZ GUILLEN, en su carácter de Apoderado General
Judicial de la señora JEANETH ARACELY HERNÁNDEZ PORTILLO,
solicitando se le extienda Título Supletorio de un inmueble de naturaleza
Se avisa al público para efectos de Ley.
rústica, situado en el Cantón Buena Aires, del Municipio de San Pedro
Perulapán, de esta Jurisdicción; de la extensión superficial de NOVENTA
Alcaldía Municipal de San Antonio Masahuat, Departamento de La
Paz, a veintidós de agosto del año dos mil seis. ARMANDO VÁSQUEZ,
ALCALDE MUNICIPAL.- EDGAR NAPOLEÓN MARTÍNEZ, SECRETARIO MUNICIPAL.
Y OCHO PUNTO NOVENTA Y OCHO METROS CUADRADOS,
de las medidas y colindancias especiales siguientes: AL NORTE: Seis
punto setenta y tres metros, con propiedad del señor MÁRTIR MIGUEL
HERNÁNDEZ GUIDOS, calle vecinal de por medio; AL SUR: Siete punto
cuarenta y dos metros, con propiedad del señor GERMAN MODESTO
HERNÁNDEZ GUIDOS, cerco de izote de por medio, propiedad del
3 v. alt. No. A032342-3
predio colindante; AL ORIENTE: Catorce metros, con propiedad de la
144
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 374
señora KRISSIA GUADALUPE HERNÁNDEZ, pared de ladrillo de
JUAN CARLOS FLOREZ ESPINAL, JUEZ PRIMERO DE PRIMERA
por medio propiedad del predio colindante; y AL PONIENTE: Catorce
INSTANCIA, DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPARTAMENTO
metros, con propiedad de la señora MILADY GUADALUPE DÍAZ,
DE MORAZAN.
cerco de alambre de por medio propiedad del predio colindante.- Dicho
inmueble lo adquirió por compra que hizo al señor GERMAN MODES-
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el señor
de la anterior tradente y la de su actual tradente, quien la ejercía desde
RIO de una porción de terreno de naturaleza rústica, inculta, situado
hace más de diez años, por lo que datan más de diez años de poseerlo
en el Cantón Pajigua de la jurisdicción de Guatajiagua; Departamento
en forma quieta, pacífica e ininterrumpida, no está en proindivisión, no
de Morazán, de la capacidad superficial de MIL SEISCIENTOS CIN-
tiene nombre especial alguno, no es dominante, ni sirviente y lo valúa
CUENTA METROS CUADRADOS, de forma triangular que mide y
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TO HERNÁNDEZ GUIDOS, por lo que unida las dos posesiones a la
PEDRO GRANADOS VÁSQUEZ, solicitando TITULO SUPLETO-
por la cantidad de MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
linda: AL ORIENTE: Sesenta Metros, con terreno de la señora MELBA
AMÉRICA.
DINORA CABALLERO MIRANDA DE HERNANDEZ; AL NORTE:
Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las doce horas
Cincuenta y cinco metros con terreno de JUSTINIANO SANTOS; AL
y diez minutos del día veintitrés de octubre del año dos mil seis.- Lic.
PONIENTE: Sesenta Metros, linda con terreno del señor JUSTINIANO
MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. JOSÉ ORLANDO
SANTOS; Y AL SUR TÉRMINA EN PUNTA, calle de por medio y con
BELTRÁN MEJÍA, SECRETARIO.
terreno de JUSTINIANO SANTOS, Existe en dicho inmueble una casa
de paredes de adobe, de ocho varas de construcción, inmueble que lo
3 v. alt. No. A032502-3
obtuvo por compra que le hizo al señor LUCIO ARGUETA GUEVARA,
y lo valúa en la cantidad de TRES MIL COLONES.
Juzgado Primero de Primera Instancia: San Francisco Gotera,
JUAN CARLOS FLORES ESPINAL, JUEZ PRIMERO DE PRIMERA
INSTANCIA, DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPARTAMENTO
DE MORAZAN,
a las nueve horas del día cuatro de julio de dos mil tres.- LIC. JUAN
CARLOS FLORES ESPINAL, JUEZ 1º. De 1ª. INSTANCIA.- BR.
YESENIA ROSIBEL VILLATORO, SECRETARIA.-
HACE SABER: Que a este Juzgado se han presentado los señores
PEDRO GRANADOS VASQUEZ y FRANCISCA MEMBREÑO DE
3 v. alt. No. C004539-3
GRANADOS, solicitando TITULO SUPLETORIO de una porción de
terreno de naturaleza rústica, inculto, situado en el lugar denominado
“Loma del Jagua”, del Cantón Pajigua, jurisdicción de Guatajiagua,
Distrito de San Francisco Gotera, Departamento de Morazán, sin cultivos
permanentes, de la capacidad superficial de TRES MANZANAS Y
MEDIA; de las medidas y colindancias siguientes; AL ORIENTE: linda
con terreno de JUAN GRANADOS, cerco de alambre del colindante
FRANCISCO ALONSO MENA MORÁN, Notario, con oficina en Trece
Avenida Norte, polígono veintitrés, casa número veinticuatro, Colonia
Santa Mónica, Santa Tecla, al público.
HACE SABER: Que a mi oficina se ha presentado el señor
con terreno de MARIA ANGELA MEMBREÑO, mojones de piedra,
PORFIRIO ARCHILA ESCOBAR, de setenta y seis años de edad,
un árbol de quebracho y uno de jiote de por medio, actualmente linda
comerciante en pequeño, de este domicilio, con su Documento Único
con CARMELA PORTILLO; AL PONIENTE: linda con MARIA
de Identidad número cero dos millones doscientos noventa y ocho mil
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de por medio, actualmente con RAMON CRUZ; AL NORTE: linda
cuatrocientos cuarenta- ocho; solicitando Título Supletorio a su favor, de
terreno de MARGARITA GRANADOS, cerco de alambre de por medio,
un terreno de naturaleza rústica, sin cultivos permanentes, situado en el
que antes fue de MARIA ANGELA MEMBREÑO, divididos en línea
Cantón San Francisco, Jurisdicción de San Pedro Perulapán, Departamento
curva por barrancos de piedra hasta llegar a un árbol de quebracho liso,
de Cuscatlán, identificado en antecedente como QUINTO TERRENO,
actualmente linda con RUBEN MEMBREÑO; el inmueble lo valora en
de la extensión superficial de UN MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y
la cantidad de SIETE MIL COLONES, y lo adquirieron por compra
OCHO PUNTO OCHENTA Y TRES METROS CUADRADOS, de los
que le hicieron a la señora MARIA GRANADOS.
colindantes siguientes: AL NORTE, linda con Laura Consuelo Cruz,
D
GRANADOS, divididos por un mojón y borde de laja; y AL SUR: con
Juzgado Primero de Primera Instancia de San Francisco Gotera; a
calle de por medio; AL ORIENTE, linda con el señor Cruz Umaña,
las diez horas del día veintiocho de junio de dos mil cuatro. LIC. JUAN
calle de por medio; AL SUR, linda con el señor Vicente Archila; y AL
CARLOS FLORES ESPINAL, JUEZ 1o. DE 1ª. INSTANCIA.- BR.
PONIENTE, linda con el señor Máximo Archila, calle de por medio.- Los
YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA, SECRETARIA.
colindantes son del domicilio del Cantón San Francisco, jurisdicción de
San Pedro Perulapán, departamento de Cuscatlán. Valúa el terreno en la
suma de UN MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE DÓLARES
3 v. alt. No. C004538-3
CON CATORCE CENTAVOS DE DÓLAR de los Estados Unidos de
DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 18 de Enero de 2007.
145
América. El terreno descrito no es dominante ni sirviente, ni está en
señora LAURA CONSUELO CRUZ, situado en el Cantón San Francisco,
proindivisión y no tiene cargas o derechos que pertenezcan a terceras
jurisdicción de San Pedro Perulapán, departamento de Cuscatlán, de una
personas, que desde su adquisición que hizo por compra efectuada al
extensión superficial de TREINTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS
señor Luis Antonio Cortez, según testimonio de escritura pública número
SEIS PUNTO CUARENTAY NUEVE METROS CUADRADOS, según
ciento veintitrés, otorgada en esta ciudad, a las nueve horas cuarenta y
nueve minutos del día veintiuno de los corrientes, ante los oficios de la
Notario María Petrona Pineda de Mena, y éste a su vez que hizo por
compra a la señora Olga Elizabeth Romero Sorto, según testimonio de
escritura pública número ochenta, otorgada en esta ciudad, a las diez
certificación de la denominación catastral, del código número CE- CERO
SEIS DOS CERO CERO SEIS CERO UNO OCHO NUEVE CINCO
SIETE, expedido por el Centro Nacional de Registro, extendida el día
veinticinco de octubre del presente año, en cuya certificación se identifica
el terreno a titularse como parcela número setecientos setenta y cuatro,
ante mis oficios Notariales, y éste a su vez que hizo por compra al señor
mapa cero siete tres siete uno dos cinco cinco cero cero, que linda: AL
Efraín Flores Cáceres, según testimonio de escritura pública número
NORTE, linda con los señores Pedro Archila Peña y Vicente Archila
doscientos noventa y dos, a las diez horas del día veintitrés de mayo
Peña; AL ORIENTE, linda con el señor José Luis Bautista; AL SUR,
del dos mil uno, otorgada en la ciudad de San Martín, departamento
linda con la señora Agueda Pérez de Pérez; y AL PONIENTE, linda con
de San Salvador, ante los oficios del Notario Francisco Bautista Mejía,
los señores Alejandro Segura Bautista, río de por medio, Ignacia Segura
siendo dicha posesión unida a la del solicitante por más de diez años
Bautista, Isabel Segura Bautista, Aparicia Segura Bautista, Marina Segura
consecutivos.
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horas treinta y cinco minutos del día dieciocho de abril del dos mil cinco,
Bautista, y Eugenia Pérez de Bautista, río de por medio, los colindantes
Lo que se avisa al público para los fines de ley. Se previene a las
son del domicilio del Cantón San Francisco, jurisdicción de San Pedro
personas que desean presentar oposición a las pretensiones del solicitante,
Perulapán, departamento de Cuscatlán. Valúa el terreno en la suma de
lo hagan dentro del término legal en mi despacho notarial.
UN MIL QUINIENTOS DÓLARES de los Estados Unidos de América.
Librado en la Ciudad de Santa Tecla, a los veintitrés días del mes
de noviembre del dos mil seis.
El terreno descrito no es dominante ni sirviente, ni está en proindivisión
y no tiene cargas o derechos que pertenezcan a terceras personas; que
desde su adquisición que hizo su representada por compra al señor Porfirio
FRANCISCO ALONSO MENA MORÁN,
Archila Escobar, según testimonio de escritura pública número ciento
dos, otorgado en la ciudad de San Salvador, a las trece horas del día ocho
NOTARIO.
de noviembre del año dos mil tres, ante los oficios del Notario Israel de
Jesús Consuegra Molina, y que éste a su vez, lo adquirió por compra
3 v. c. No. C004674-3
que le hizo a los señores María Enma Archila de Álvarez, María Irma
Archila de Aguilar, Jesús Archila Artiga, Juan Archila Artiga y Teodoro
Orellana, según testimonio de escritura pública número ciento setenta
y uno, otorgada en San Bartolomé Perulapía, a las ocho horas del día
uno de marzo de mil novecientos noventa y nueve, ante los oficios del
Calle Oriente número nueve, polígono veintitrés, Colonia Santa Mónica,
Notario Daniel Mena Escobar; siendo dicha posesión unida a la de la
Santa Tecla, al público.
solicitante por más de diez años consecutivos.
R
FRANCISCO ALONSO MENA MORAN, Notario, con oficina en Once
Lo que se avisa al público para los fines de ley. Se previene a las
IVÁN MARTÍNEZ PINEDA, de treinta y cinco años de edad, Bachiller
personas que desean presentar oposición a las pretensiones del solicitante
D
IA
HACE SABER: Que a mi oficina se ha presentado el señor JOSÉ
del domicilio de Colón, departamento de La Libertad, con Documento
Único de Identidad número cero cero doscientos sesenta y cuatro mil
quinientos ochenta y cinco- seis, con Número de Identificación Tributaria
cero quinientos once- cero cincuenta mil ciento setenta- ciento cuatro- cero,
por medio de su representada, lo hagan dentro del término legal en mi
despacho notarial.
Librado en la ciudad de Santa Tecla, a los veintitrés días del mes
de noviembre del dos mil seis.-
en su calidad de Apoderado Especial Administrativo de la señora LAURA
CONSUELO CRUZ, de setenta y un años de edad, ama de casa, de este
domicilio, con Documento Único de Identidad número cero dos millones
doscientos noventa y siete mil setecientos setenta y tres- seis, con Número
FRANCISCO ALONSO MENA MORAN,
NOTARIO.
de Identificación Tributaria mil ciento once- ciento cincuenta y un mil
treinta y cuatro- ciento uno- tres; solicitando Título Supletorio a favor
de su representada, de un terreno de naturaleza rústica, propiedad de la
3 v. c. No. C004675-3
146
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 374
FRANCISCO ALONSO MENA MORAN, Notario, con oficina en Once
Lo que se avisa al público para los fines de ley. Se previene a las
Calle Oriente número nueve, polígono veintitrés, Colonia Santa Mónica,
personas que desean presentar oposición a las pretensiones del solicitante,
Santa Tecla, al público.
por medio de su representada, lo hagan dentro del término legal en mi
despacho notarial.
Librado en la Ciudad de Santa Tecla, a los veintitrés días del mes
HACE SABER: Que a mi oficina se ha presentado el señor JOSÉ
de noviembre del dos mil seis.
IVÁN MARTÍNEZ PINEDA, de treinta y cinco años de edad, Bachiller,
del domicilio de Colón, departamento de La Libertad, con Documento
FRANCISCO ALONSO MENA MORAN,
quinientos ochenta y cinco- seis, con Número de Identificación Tributaria
NOTARIO.
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Único de Identidad número cero cero doscientos sesenta y cuatro mil
cero quinientos once- cero cincuenta mil ciento setenta- ciento cuatro-
cero, en su calidad de Apoderado Especial Administrativo de la señora
3 v. c. No. C004676-3
LAURA CONSUELO CRUZ, de setenta y un años de edad, ama de casa,
de este domicilio, con Documento Único de Identidad número cero dos
millones doscientos noventa y siete mil setecientos setenta y tres- seis,
con Número de Identificación Tributaria mil ciento once- ciento cincuenta
y un mil treinta y cuatro- ciento uno- tres; solicitando Título Supletorio
TITULO DE DOMINIO
a favor de su representada, de un terreno de naturaleza rústica, propie-
dad de la señora LAURA CONSUELO CRUZ, situado en el Cantón
NAPOLEON ARMANDO DOMINGUEZ RUANO, NOTARIO DEL
San Francisco, jurisdicción de San Pedro Perulapán, departamento de
DOMICILIO DE ESTA CIUDAD, Y CON OFICINA EN COLONIA
Cuscatlán, de una extensión superficial de DOS MIL SETECIENTOS
MEDICA, CALLE DOCTOR ROBERTO MASFERRER, NUMERO
VEINTICINCO PUNTO CERO UN METROS CUADRADOS, según
UN MIL TRESCIENTOS DIECINUEVE DE ESTA CIUDAD; AL
certificación de la denominación catastral, del código número CE- CERO
PUBLICO,
SEIS DOS CERO CERO SEIS CERO UNO OCHO NUEVE CINCO
HACE SABER: Que ante mis oficios ha comparecido la señora
NUEVE, expedido por el Centro Nacional de Registro, extendida el día
MARTA BEATRIZ ESQUIVEL ALAS, de cincuenta años de edad, Em-
veinticinco de octubre del presente año, en cuya certificación se iden-
pleada, del domicilio de la ciudad de Nueva Concepción, departamento
tifica el terreno a titularse como parcela número novecientos setenta,
de Chalatenango, a quien no conozco, pero identifico por medio de su
mapa cero siete tres siete uno dos cinco cinco cero cero, que linda: AL
Documento Unico de Identidad Número cero cero setecientos dos mil
NORTE, linda el señor Cruz Umaña; AL ORIENTE, linda con el señor
quinientos noventa y siete-cero y con Número de Identificación Tributaria
Cruz Umaña; AL SUR, linda con el señor Porfirio Archila Escobar, calle
cero cuatrocientos dieciséis-cero noventa y un mil ciento cincuenta y
nacional de por medio; y AL PONIENTE, linda con el señor Máximo
Archiva, calle nacional de por medio. Los colindantes son del domicilio
del Cantón San Francisco, jurisdicción de San Pedro Perulapán, depar-
tamento de Cuscatlán. Valúa el terreno en la suma de QUINIENTOS
R
DÓLARES de los Estados Unidos de América. El terreno descrito no
seis- ciento uno-cero; quien actúa en su carácter personal; solicitando
se le extienda Título de Dominio a su favor, de un inmueble urbano de
su propiedad y posesión, situado en Barrio El Rosario, Avenida Chicun
huexo y Quinta Calle Poniente de Nueva Concepción, Departamento de
Chalatenango, con una extensión superficial de DOSCIENTOS NOVENTA METROS CUADRADOS aproximadamente y que tiene las medidas
y linderos siguientes: AL NORTE, dieciséis punto cincuenta metros,
derechos que pertenezcan a terceras personas; que desde su adquisición
colinda con Juan José Figueroa Pleitez, calle pública de por medio; AL
D
IA
es dominante ni sirviente, ni está en proindivisión y no tiene cargas o
que hizo su representada por compra al señor Porfirio Archila Escobar,
ORIENTE, diecisiete punto quince metros, colinda con Marta Rauda
según testimonio de escritura pública número ciento dos, otorgado en la
Landaverde y Juana Quijada de Calderón, calle pública de por medio;
ciudad de San Salvador, a las trece horas del día ocho de noviembre del
AL SUR, diecisiete punto cincuenta metros, colinda con Albertina
año dos mil tres, ante los oficios del Notario Israel de Jesús Consuegra
Morales y otros; y AL PONIENTE, diecisiete punto sesenta metros,
Molina, y que éste a su vez, lo adquirió por compra que le hizo a los
colinda con Ernesto Olmedo Castaneda Interiano. Dicho inmueble no
señores María Enma Archila de Álvarez, María Irma Archila de Aguilar,
es dominante ni sirviente y no tiene cargas o derechos que pertenezcan
Jesús Archila Artiga, Juan Archila Artiga y Teodoro Orellana, según
testimonio de escritura pública número ciento setenta y uno, otorgada en
San Bartolomé Perulapía, a las ocho horas del día uno de marzo de mil
novecientos noventa y nueve, ante los oficios del Notario Daniel Mena
Escobar; siendo dicha posesión unida a la de la solicitante por más de
diez años consecutivos.
a otras personas; que sumando su posesión a la de su anterior dueño,
señor JOSE ABELINO EZQUIVEL ALAS, de quien lo hubo, tiene más
de diez años de estar en quieta, pacífica e ininterrumpida posesión; y el
cual valora en la cantidad de DOS MIL QUINIENTOS DOLARES DE
LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERICA: Todo lo anterior se
pone de conocimiento del público, para los efectos de ley.
DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 18 de Enero de 2007.
San Salvador veinte de diciembre de dos mil seis.
LIC. NAPOLEON ARMANDO DOMINGUEZ RUANO,
147
INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE ESTA CIUDAD:
HACE SABER: Que a esta oficina se presentó la Licenciada NORIS EVELIN GÓMEZ PÉREZ, en su calidad de Apoderada General
NOTARIO.
Judicial del señor WILLIAM ROBERTO LOVO, de veinte años de
3 v. alt. No. A032429-3
edad, Estudiante, de este domicilio, portador de su Documento Único
de Identidad número: Cero tres cuatro seis cero nueve cinco dos guión
siete, solicitando a favor de su poderdante Título de Dominio, de un solar
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de Naturaleza Urbana situado en la Colonia Milagro de La Paz, Avenida
NAPOLEON ARMANDO DOMÍNGUEZ RUÁNO, NOTARIO DEL
Cisneros al costado sur de la Escuela “Fe y Alegría”, de esta Ciudad,
DOMICILIO DE ESTA CIUDAD, Y CON OFICINA EN COLONIA
Distrito y Departamento de San Miguel, de la capacidad superficial de
MEDICA, CALLE DOCTOR ROBERTO MASFERRER, NUMERO
CUATROCIENTOS DIEZ METROS CUADRADOS SETECIENTOS
UN MIL TRESCIENTOS DIECINUEVE DE ESTA CIUDAD; AL
SETENTA Y CUATRO MILIMETROS CUADRADOS, que mide y
PUBLICO,
linda AL ORIENTE, mide treinta y tres metros sesenta y siete centí-
HACE SABER: Que ante mis oficios ha comparecido la seño-
metros, pared de ladrillo propia, linda con terreno de María Magdalena
ra ROSA LILIAN ALVARENGA DE SALAZAR, de treinta y ocho
Penado, calle de por medio; AL PONIENTE, mide treinta y tres metros
años de edad, Oficios del hogar, del domicilio de la ciudad de Nueva
sesenta y siete centímetros, cerco de piedra de por medio propiedad
Concepción, departamento de Chalatenango, a quien no conozco, pero
del señor Humberto Antonio González Yanes; AL NORTE, mide doce
identifico por medio de su Documento Unico de Identidad Número cero
metros veinte centímetros, pared de ladrillo propia de por medio, y linda
un millón setecientos ochenta y un mil quinientos setenta y tres -tres;
con propiedad de la señora Ana Deisi Morales de Robles; y AL SUR:
quien actúa en su carácter personal, solicitando se le extienda Título de
mide doce metros veinte centímetros, cerco de alambre propio de por
dominio a su favor de un inmueble urbano de su propiedad y posesión,
situado en Barrio El Rosario, Colonia Las Brisas, pasaje número siete,
entre Diecisiete y Diecinueve Calle Poniente, de la Ciudad de Nueva
Concepción, departamento de Chalatenango, con una extensión superficial
de DOSCIENTOS METROS CUADRADOS, aproximadamente y que
tiene las medidas y linderos siguientes: AL NORTE, diecisiete punto diez
medio, linda con propiedad del señor Elmer Salvador Fuentes Gaitán.
En el inmueble antes descrito existen construcciones de sistema mixto,
y demás servicios necesarios, no es dominante ni sirviente, no tiene
cargas ni derechos reales de ajena pertenencia ni está en proindivisión
con nadie, y lo adquirió por medio de Escritura Pública de compraventa
de posesión material a la señora MARIA FELICITA LOVO VASQUEZ,
diez metros, colinda con José Alfredo González Méndez y con Lucía
de cuarenta y cuatro años de edad, Empleada, de este domicilio, otorgada
Navarrete Córdova; AL SUR, diecisiete punto diez metros, colinda con
en esta ciudad, a las catorce horas del día once de noviembre de año
José de Jesús Miranda López; y AL PONIENTE, diez metros, colinda con
dos mil cinco, posesión que ha ejercido por más de diez años continuos
Marta Lidia Hércules y Hugo Daniel Lemus Rodríguez, pasaje número
sumando la de su anterior poseedora, la cual ha sido de forma quieta,
siete de por medio. Dicho inmueble no es dominante ni sirviente y no
pacífica, pública e ininterrumpida; el inmueble anterior lo estima en la
tiene cargas o derechos que pertenezcan a otras personas; que sumando su
cantidad de DOS MIL DOSCIENTOS OCHENTAY CINCO DÓLARES
posesión a la de su anterior dueño, señor GERMAN EMILIO SALAZAR
CON SETENTA Y UN CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS ESTADOS
SERRANO, de quien lo hubo, tiene más de diez años de estar en quieta,
UNIDOS DE AMERICA; los colindantes son de este domicilio.
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metros, lindando con Felipe de Jesús Miranda López; AL ORIENTE,
D
pacífica e ininterrumpida posesión; y el cual valora en la cantidad de
DOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.:
Todo lo anterior se pone de conocimiento del público, para los efectos
Lo que se avisa al público para los efectos de ley.
de ley.
San Salvador, veinte de diciembre de dos mil seis.
ALCALDIA MUNICIPAL: San Miguel, a los veintiocho días del
mes de agosto del año dos mil seis. JOSE WILFREDO SALGADO
LIC. NAPOLEON ARMANDO DOMINGUEZ RUANO,
GARCIA, ALCALDE MUNICIPAL. Lic. JOSE ANGEL FERMAN
ZETINO, SECRETARIO MUNICIPAL.
NOTARIO.
3 v. alt. No. A032430-3
3 v. c. No. A032802-3
148
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 374
MARCAS DE FABRICA
CARNE, PESCADO, AVES Y CAZA; EXTRACTOS DE CARNE;
FRUTAS Y LEGUMBRES EN CONSERVA, SECAS Y COCIDAS;
JALEAS, MERMELADAS, COMPOTAS; HUEVOS, LECHE Y PRODUCTOS LACTEOS; ACEITES Y GRASAS COMESTIBLES; SOPAS
Y MEZCLAS PARA HACER SOPAS.
No. de Expediente: 2006061518
No. de Presentación: 20060083468
La solicitud fue presentada el día veintidós de septiembre del año
dos mil seis.
CLASE: 09.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, dieciséis de noviembre del año dos mil seis.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
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HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JUAN
HUMBERTO CAMPOS MONTOYA, en su calidad de GESTOR
OFICIOSO de Red.com Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,
solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,
REGISTRADOR.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C004487-3
Consistente en: las palabras RED DIGITAL CINEMA, que se
traducen al castellano como CINE ROJO DIGITAL, que servirá para:
AMPARAR: DISPOSITIVOS DIGITALES DE ALMACENAMIENTO, MEDIOS Y MECANISMOS; DISPOSITIVOS DE MEMORIA,
MEDIOS Y MECANISMOS.
La solicitud fue presentada el día veintisiete de septiembre del año
dos mil seis.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, dieciséis de noviembre del año dos mil seis.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
No. de Expediente: 2006061390
No. de Presentación: 20060083218
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ERNESTO
ALFONZO BUITRAGO, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de
Simply Asia Foods, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,
SIMPLY ASIA
REGISTRADOR.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
IA
R
3 v. alt. No. C004486-3
D
No. de Expediente: 2006061389
No. de Presentación: 20060083217
CLASE: 29.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ERNESTO
ALFONZO BUITRAGO, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de
Simply Asia Foods, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,
SIMPLY ASIA
Consistente en: las palabras SIMPLY ASIA, que se traducen al
castellano como SIMPLEMENTE ASIA, que servirá para: AMPARAR:
Consistente en: las palabras SIMPLY ASIA, que se traducen al
castellano como SIMPLEMENTE ASIA, que servirá para: AMPARAR:
CAFE, TE, CACAO, AZUCAR, ARROZ, TAPIOCA, SAGU, SUCEDANEOS DEL CAFE; HARINAS Y PREPARACIONES HECHAS DE
CEREALES; PAN, PASTELERIA Y CONFITERIA; HELADOS COMESTIBLES; MIEL, JARABE DE MELAZA; LEVADURA, POLVOS
PARA ESPONJAR; SAL, MOSTAZA; VINAGRE, SALSAS (CONDIMENTOS); ESPECIAS; HIELO; MEZCLAS PARA SALSAS; FIDEOS
Y SALSA COMBINADOS EN PAQUETES UNITARIOS; ARROZ Y
SAZONADORES COMBINADOS EN PAQUETES UNITARIOS.
La solicitud fue presentada el día veintidós de septiembre del año
dos mil seis.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintidós de noviembre del año dos mil seis.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C004488-3
DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 18 de Enero de 2007.
No. de Expediente: 2006060467
149
de MIGUEL TORRES, S.A., de nacionalidad ESPAÑOLA, solicitando
el registro de la MARCA DE FABRICA,
No. de Presentación: 20060081787
CLASE: 03.
VIÑA ESMERALDA
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JUAN
HUMBERTO CAMPOS MONTOYA, en su calidad de APODERADO
de BEAUTY BUSINESS HOLDING S.P.A., de nacionalidad ITALIANA,
solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,
Consistente en: las palabras VIÑA ESMERALDA, que servirá
para: AMPARAR: BEBIDAS ALCOHOLICAS (CON EXCEPCION
DE CERVEZAS).
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La solicitud fue presentada el día doce de septiembre del año dos
mil seis.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, diez de noviembre del año dos mil seis.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
Consistente en: las palabras SPLENDORE DI FIORI DI LINO
y diseño, traducidas al castellano como ESPLENDOR DE FLOR DE
LINO, que servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES PARA EL
CUIDADO DEL CUERO CABELLUDO Y EL CABELLO, ESPECIFICAMENTE, TINTES, PREPARACIONES PARA TEÑIR Y PREPARACIONES PARA DECOLORAR EL CABELLO, CHAMPUS Y
LOCIONES PARA TEÑIR EL CABELLO, PREPARACIONES Y LOCIONES PARA ONDULADOS PERMANENTESY LOCIONES PARA
FIJAR EL PERMANENTE, PREPARACIONES Y LOCIONES PARA
LA LIMPIEZA DEL CABELLO, PREPARACIONES EN FORMA DE
SPRAYS PARA MOLDEAR Y ONDULAR EL CABELLO, GELES
Y LOCIONES, CREMAS PARA EL CABELLO, BALSAMOS PARA
EL CABELLO, ESPUMAS Y VASELINA PARA EL CABELLO.
La solicitud fue presentada el día diecisiete de agosto del año dos
mil seis.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, seis de noviembre del año dos mil seis.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,
IA
R
REGISTRADOR.
D
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C004494-3
No. de Expediente: 2006063006
No. de Presentación: 20060085932
CLASE: 29.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado DINA CASTRO
DE CALLEJAS, en su calidad de APODERADO de Merck KGaA, de
nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE
FABRICA,
MERCK SERONO
Consistente en: la palabra MERCK SERONO, que servirá para:
AMPARAR: CARNE, PESCADO, AVES Y CAZA; EXTRACTOS DE
CARNE; FRUTAS Y LEGUMBRES EN CONSERVA, SECAS Y COCIDAS; JALEAS, MERMELADAS, COMPOTAS; HUEVOS, LECHE Y
PRODUCTOS LACTEOS; ACEITES Y GRASAS COMESTIBLES.
La solicitud fue presentada el día veintitrés de noviembre del año
dos mil seis.
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C004489-3
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintisiete de noviembre del año dos mil seis.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
No. de Expediente: 2006061062
REGISTRADOR.
No. de Presentación: 20060082754
CLASE: 33.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JUAN
HUMBERTO CAMPOS MONTOYA, en su calidad de APODERADO
GERARDO ENRIQUE MENDEZ FLOREZ CABEZAS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C004495-3
150
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 374
No. de Expediente: 2006063136
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, dieciséis de noviembre del año dos mil seis.
No. de Presentación: 20060086142
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado DINA CASTRO DE CALLEJAS, en su calidad de APODERADO de Laboratorios
Casasco S.A.I.C., de nacionalidad ARGENTINA, solicitando el registro
de la MARCA DE FABRICA,
REGISTRADOR.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
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LEUCOCAS
3 v. alt. No. C004500-3
Consistente en: la palabra LEUCOCAS, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTO HEMATOLOGICO-FARMACOS CON ACTIVIDAD SOBRE LA SANGRE.
No. de Expediente: 2006062546
La solicitud fue presentada el día treinta de noviembre del año dos
mil seis.
No. de Presentación: 20060085141
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, primero de diciembre del año dos mil seis.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
CLASE: 05.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado EDUARDO
MORALES EHRLICH, en su calidad de APODERADO de NOVARTIS
AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE
FABRICA,
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
HAPPENI
GERARDO ENRIQUE MENDEZ FLOREZ CABEZAS,
Consistente en: la palabra HAPPENI, que servirá para: AMPARAR:
PREPARACIONES FARMACEUTICAS.
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C004496-3
La solicitud fue presentada el día ocho de noviembre del año dos
mil seis.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, diez de noviembre del año dos mil seis.
No. de Expediente: 2006061517
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
No. de Presentación: 20060083466
REGISTRADOR.
R
CLASE: 09.
IA
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,
SECRETARIO.
D
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JUAN
HUMBERTO CAMPOS MONTOYA, en su calidad de GESTOR
OFICIOSO de Red.com Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,
solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,
3 v. alt. No. C004501-3
MYSTERIUM
No. de Expediente: 2006062548
Consistente en: la palabra MYSTERIUM que se traduce al castellano
como MISTERIOSO, que servirá para: AMPARAR: DISPOSITIVO
DE CARGA ACOPLADO (CCD) Y SEMI CONDUCTORES COMPLEMENTARIOS DE OXIDO METALICO (CMOS) SENSORES DE
IMAGEN PARA CAMARAS DIGITALES.
No. de Presentación: 20060085143
La solicitud fue presentada el día veintisiete de septiembre del año
dos mil seis.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado EDUARDO
MORALES EHRLICH, en su calidad de APODERADO de NOVARTIS
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 18 de Enero de 2007.
151
AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE
FABRICA,
La solicitud fue presentada el día diecisiete de noviembre del año
dos mil seis.
ZAIRPHIR
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veinticuatro de noviembre del año dos mil seis.
Consistente en: la palabra ZAIRPHIR, que servirá para: AMPARAR:
PREPARACIONES FARMACEUTICAS.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
La solicitud fue presentada el día ocho de noviembre del año dos
mil seis.
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DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, diez de noviembre del año dos mil seis.
REGISTRADOR.
GERARDO ENRIQUE MENDEZ FLOREZ CABEZAS,
SECRETARIO.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
3 v. alt. No. C004508-3
REGISTRADOR.
MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,
SECRETARIO.
No. de Expediente: 2005047211
3 v. alt. No. C004504-3
No. de Presentación: 20050061800
CLASE: 09.
No. de Expediente: 2006062806
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
No. de Presentación: 20060085581
CLASE: 09.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado DINA CASTRO
DE CALLEJAS, en su calidad de APODERADO de Twentieth Century
Fox Film Corporation, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando
el registro de la MARCA DE FABRICA,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO
ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de
FUJINON CORPORATION, de nacionalidad JAPONESA, solicitando
el registro de la MARCA DE FABRICA,
FUJINON
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IA
R
Consistente en: la palabra FUJINON.
Consistente en: las palabras FOX ATOMIC y diseño, traducidas
al castellano como ZORRO ATOMICO, que servirá para: AMPARAR:
PELICULAS; DVD’S Y VIDEOS PREGRABADOS; DISCOS DE
AUDIO PRESENTANDO MUSICA Y BANDAS SONORAS DE
PELICULAS; TONOS DE LLAMADA, DE RELLAMADA, GRAFICOS, PAPEL TAPIZ Y MUSICA DESCARGABLE VIA RED DE
COMPUTADORAY DISPOSITIVOS INALAMBRICOS; PELICULAS
Y ESPECTACULOS DE TELEVISION DESCARGABLES; SOFTWARE DE COMPUTADORA DESCARGABLE QUE PERMITE A
LOS USUARIOS EDITAR SONIDO, MUSICA, E IMAGENES DE
VIDEO; SOFTWARE DE COMPUTADORA PRESENTANDO ENTRETENIMIENTO DE PELICULAS; SOFTWARE DE JUEGOS DE
COMPUTADORA Y SOFTWARE DE JUEGOS DE VIDEO.
La solicitud fue presentada el día catorce de marzo del año dos mil
cinco.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintisiete de noviembre del año dos mil seis.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,
REGISTRADOR.
GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C004509-3
152
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 374
N o. de Expediente: 1994003085
La solicitud fue presentada el día treinta de octubre del año dos
mil seis.
No. de Presentación: 19940003085
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, primero de noviembre del año dos mil seis.
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSE ENRIQUE
MADRIGAL GOMEZ, en su calidad de APODERADO de GUERBET
S.A., de nacionalidad FRANCESA, solicitando el registro de la MARCA
DE FABRICA Y DE COMERCIO,
REGISTRADOR,
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
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HEXABRIX
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
SECRETARIO.
Consistente en: la palabra HEXABRIX EN LETRAS MAYUSCULAS.
3 v. alt. No. C004511-3
La solicitud fue presentada el día veintitrés de agosto del año mil
novecientos noventa y cuatro.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, seis de octubre del año dos mil seis.
No. de Expediente: 2006062322
No. de Presentación: 20060084827
LUIS ALONSO CACERES AMAYA,
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C004510-3
No. de Expediente: 2006062347
No. de Presentación: 20060084867
CLASE: 16.
CLASE: 28.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
IA
R
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ULISES SALVADOR ALAS, en su calidad de APODERADO de HOLA, SOCIEDAD
ANONIMA, de nacionalidad ESPAÑOLA, solicitando el registro de la
MARCA DE FABRICA,
D
HOLA EL SALVADOR
Consistente en: las palabras HOLA EL SALVADOR, no se le
concede exclusividad a las palabras de uso común, que servirá para:
AMPARAR: PAPEL, CARTONY ARTICULOS DE ESTAS MATERIAS
NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; PRODUCTOS DE IMPRENTA; ARTICULOS DE ENCUADERNACION; FOTOGRAFIAS;
PAPELERIA; ADHESIVOS (PEGAMENTOS) PARA LA PAPELERIA
O LA CASA; MATERIAL PARA ARTISTAS; PINCELES; MAQUINAS
DE ESCRIBIR Y ARTICULOS DE OFICINA (EXCEPTO MUEBLES);
MATERIAL DE INSTRUCCION O DE ENSEÑANZA (EXCEPTO
APARATOS); MATERIAS PLASTICAS PARA EMBALAJE (NO
COMPRENDIDAS EN OTRAS CLASES); CARACTERES DE IMPRENTA; CLICHES.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado DINA CASTRO
DE CALLEJAS, en su calidad de APODERADO de FERRARI S.p.A.,
de nacionalidad ITALIANA, solicitando el registro de la MARCA DE
FABRICA,
FERRARI GT CALIFORNIA
Consistente en: la Expresión FERRARI GT CALIFORNIA, que
servirá para: AMPARAR: JUEGOS, JUGUETES; ARTICULOS DE GIMNASIA Y DEPORTES NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES;
DECORACIONES PARA ÁRBOLES DE NAVIDAD; VEHICULOS DE
MOTOR JUGUETE A ESCALA; VIDEOJUEGOS DE MANO (MANUALES), JUGUETES DE CONSTRUCCION DE ESTRUCTURAS
MODULARES Y ENLACES DE CONECCION PARA LOS MISMOS,
ESTUCHES DE BLOQUES DE CONSTRUCCION DE JUGUETE,
MUÑECAS, JUGUETES DE CONSISTENCIA SUAVE.
La solicitud fue presentada el día veintiocho de octubre del año
dos mil seis.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, nueve de noviembre del año dos mil seis.
Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,
REGISTRADORA.
GERARDO ENRIQUE MENDEZ FLOREZ CABEZAS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C004512-3
DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 18 de Enero de 2007.
No. de Expediente: 2006061361
153
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, primero de diciembre del año dos mil seis.
No. de Presentación: 20060083164
CLASE: 32.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO
ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de ESKIMO, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad NICARAGÜENSE,
solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,
REGISTRADOR.
ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,
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SECRETARIO.
3 v. alt. No. C004515-3
Consistente en: la palabra ESKIMO y diseño, que servirá para:
AMPARAR: JUGOS NATURALES DE TODO TIPO Y SABOR, BEBIDAS NO ALCOHOLICAS Y ZUMOS DE FRUTA
No. de Expediente: 2006063080
La solicitud fue presentada el día veintiuno de septiembre del año
dos mil seis.
CLASE: 05.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, trece de noviembre del año dos mil seis.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado VICENTE
DE JESUS PALENCIA, en su calidad de APODERADO de Syngenta
Participations AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la
MARCA DE FABRICA,
No. de Presentación: 20060086058
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,
REGISTRADOR.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C004513-3
R
No. de Expediente: 2006063137
IA
No. de Presentación: 20060086143
D
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado DINA CASTRO DE CALLEJAS, en su calidad de APODERADO de Laboratorios
Casasco S.A.I.C., de nacionalidad ARGENTINA, solicitando el registro
de la MARCA DE FABRICA,
Consistente en: un diseño identificado como DISEÑO DE MARCO
RECTANGULAR, que servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES
PARA LA DESTRUCCIÓN DEANIMALES DAÑINOS, FUNGICIDAS,
HERBICIDAS, NEMATICIDAS.
La solicitud fue presentada el día veintinueve de noviembre del
año dos mil seis.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, treinta de noviembre del año dos mil seis.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
ANTICLAR
ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,
Consistente en: la palabra ANTICLAR, que servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES FARMACEUTICAS DE USO HUMANO.
La solicitud fue presentada el día treinta de noviembre del año dos
mil seis.
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C004517-3
154
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 374
La solicitud fue presentada el día diecisiete de noviembre del año
dos mil seis.
No. de Expediente: 2006061359
No. de Presentación: 20060083162
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintitrés de noviembre del año dos mil seis.
CLASE: 32.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO
ABRAHM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de ESKIMO, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad NICARAGÜENSE,
solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
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SECRETARIO.
3 v. alt. No. C004519-3
No. de Expediente: 2006061360
No. de Presentación: 20060083163
Consistente en: un diseño que se identificará como “Diseño de
Muñequita Eskimo”, que servirá para: AMPARAR: JUGOS NATURALES DE TODO TIPO Y SABOR, BEBIDAS NO ALCOHOLICAS Y
ZUMOS DE FRUTAS.
La solicitud fue presentada el día veintiuno de septiembre del año
dos mil seis.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, catorce de noviembre del año dos mil seis.
CLASE: 32.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO
ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de ESKIMO, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad NICARAGÜENSE,
solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIERREZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C004518-3
Consistente en: la palabra ESKIMO, que servirá para: AMPARAR:
JUGOS NATURALES DE TODO TIPO Y SABOR, BEBIDAS NO
ALCOHOLICAS Y ZUMOS DE FRUTAS.
La solicitud fue presentada el día veintiuno de septiembre del año
dos mil seis.
No. de Expediente: 2006062804
No. de Presentación: 20060085579
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS
R
CLASE: 05.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, trece de noviembre del año dos mil seis.
REGISTRADOR.
D
IA
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado EDUARDO
MORALES EHRLICH, en su calidad de APODERADO de Syngenta
Participations AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la
MARCA DE FABRICA,
KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIERREZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C004520-3
No. de Expediente: 2006060399
No. de Presentación: 20060081662
Consistente en: en un diseño que se identifica como DISEÑO
EFORIA, que servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES PARA
LA DESTRUCCION DE ANIMALES DAÑINOS; INSECTICIDAS,
FUNGICIDAS, HERBICIDAS, NEMATICIDAS, PESTICIDAS.
CLASE: 09.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO
ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de CZT/
DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 18 de Enero de 2007.
ACN TRADEMARKS, L.L.C., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,
solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,
155
No. de Expediente: 2006062766
No. de Presentación: 20060085489
CLASE: 33.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MANUEL
ANTONIO PINEDA HERRERA, en su calidad de APODERADO de
RED BULL GmbH, de nacionalidad AUSTRIACA, solicitando el registro
de la MARCA DE FABRICA,
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Consistente en: las palabras ACNIELSEN ANSWERS, que se traduce como RESPUESTAS ACNIELSEN, que servirá para: AMPARAR:
PROGRAMAS COMPUTACIONALES QUE PERMITEN AL USUARIO ACCESAR Y ANALIZAR INFORMACION Y DATOS SOBRE
NEGOCIOS E INVESTIGACION DE MERCADOS Y PREPARAR
REPORTES AL RESPECTO.
La solicitud fue presentada el día quince de agosto del año dos mil
seis.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, ocho de noviembre del año dos mil seis.
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIERREZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C004521-3
No. de Expediente: 2006062334
No. de Presentación: 20060084849
CLASE: 05.
Consistente en: las palabras RED BULL y diseño, que se traduce
al castellano como TORO ROJO, que servirá para: AMPARAR: BEBIDAS ALCOHOLICAS (EXCEPTO CERVEZAS); BEBIDAS ALCOHOLICAS CALIENTES Y MEZCLADAS, INCLUYENDO BEBIDAS
ENERGETICAS ALCOHOLICAS, VINO CALIENTE CON ESPECIAS
Y BEBIDAS MEZCLADAS QUE CONTIENEN LECHE: BEBIDAS
ALCOHOLICAS DE MALTA, LICOR DE MALTA; VINOS, ALCOHOLES Y LICORES; PREPARACIONES ALCOHOLICAS PARA
PREPARAR BEBIDAS; COCTELES Y APERITIVOS BASADOS EN
ALCOHOLES Y EN VINOS; BEBIDAS QUE CONTIENEN VINO.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
La solicitud fue presentada el día dieciséis de noviembre del año
dos mil seis.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MANUEL
ANTONIO PINEDA HERRERA, en su calidad de APODERADO de
EISAI CO., LTD., de nacionalidad JAPONESA, solicitando el registro
de la MARCA DE FABRICA,
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, diecisiete de noviembre del año dos mil seis.
MYONAL
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
R
Consistente en: La palabra MYONAL, que servirá para: PRODUCTOS QUIMICOS Y FARMACEUTICOS, MEDICAMENTOS,
PRODUCTOS VETERINARIOS, DESINFECTANTES.
IA
MARTA DELIA CLAVEL DE VEGA,
SECRETARIA.
D
La solicitud fue presentada el día veintiocho de octubre del año
dos mil seis.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, diez de noviembre del año dos mil seis.
3 v. alt. No. C004523-3
Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON.
No. de Expediente: 2006062761
REGISTRADORA.
No. de Presentación: 20060085483
GERARDO ENRIQUE MENDEZ FLOREZ CABEZAS,
CLASE: 34.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C004522-3
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MANUEL
ANTONIO PINEDA HERRERA, en su calidad de APODERADO de
156
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 374
TELEFONICA, S.A, de nacionalidad ESPAÑOLA, solicitando el registro
de la MARCA DE FABRICA,
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RED BULL GmbH, de nacionalidad AUSTRIACA, solicitando el registro
de la MARCA DE FABRICA,
Consistente en: las palabras Red Bull y diseño, traducidas al
castellano como toro rojo, que servirá para: AMPARAR: TABACO;
PRODUCTOS DEL TABACO, INCLUYENDO PUROS, CIGARROS,
TABACO PARA FUMAR, TABACO PARA MASTICAR; TABACO
PARA INHALAR; SUSTITUTOS DEL TABACO (NO PARA FINES
MEDICINALES); ARTICULOS PARA FUMADORES, A SABER, LATAS DE TABACO, PORTAPUROSY PORTACIGARROS, ESTUCHES
PARA PUROS Y PARA CIGARROS, CENICEROS, HUMIDIFICADORES, DONDE NINGUNO DE LOS ARTICULOS ANTERIORES
ES DE METALES PRECIOSOS NI DE SUS ALEACIONES NI ESTA
RECUBIERTO CON ELLOS, SOPORTES PARA PIPAS, LIMPIA
PIPAS, CORTADORES DE PUROS, PIPAS, BOLSAS PARA PIPAS,
ENCENDEDORES, EQUIPO DE BOLSILO PARA FORJAR CIGARROS, PAPEL PARA CIGARROS, ESTUCHES PARA CIGARROS,
FILTROS (BOQUILLAS) PARA CIGARROS; FOSFOROS.
La solicitud fue presentada el día dieciséis de noviembre del año
dos mil seis.
Consistente en: las palabras TELEFONICA EMPRESAS, que servirá para: AMPARAR: APARATOS, INSTRUMENTOSY MEDIOS PARA
EL REGISTRO, TRANSMIS1ON, REPRODUCCION DE SONIDO O
IMÁGENES; SOPORTES DE REGISTRO MAGNETICOS, DISCOS
ACUSTICOS Y OPTICOS; DISTRIBUIDORES AUTOMATICOS Y
MECANISMOS PARA APARATOS DE PREVIO PAGO; EQUIPOS
PARA EL TRATAMIENTO DE LA INFORMAOON Y ORDENADORES, PROGRAMAS DE ORDENADOR GRABADOS Y REGISTRADOS, PERIFERICOS DE ORDENADOR, SOPORTES DE DATOS
INFORMATICOS, CD-ROM; APARATOS E INSTRUMENTOS DE
TELECOMUNICACIONES, TELEGRAFIA Y TELEFONIA, TRANSMISORES Y RECEPTORES DE IMAGEN Y SONIDO, CENTRAL
TELEFONICAS; TELEFONOS; REPETIDORES TELEFONICOS;
CONTESTADORES AUTOMATICOS; PUBLICACIONES ELECTRONICAS (DESCARGABLES ELECTRONICAMENTE).
La solicitud fue presentada el día diez de noviembre del año dos
mil seis.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, catorce de noviembre del año dos mil seis.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, diecisiete de noviembre del año dos mil seis.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
3. v. alt. No. C004526-3
REGISTRADOR.
EDITH VALLES DE HERNANDEZ,
D
No. de Expediente: 2006056716
No. de Presentación: 20060075999
SECRETARIA.
IA
R
ISMEL
CLASE: 14.
3. v. alt. No. C004524-3
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado DINA CASTRO
DE CALLEJAS, en su calidad de APODERADO de UNILEVER N.V.,
de nacionalidad HOLANDESA, solicitando el registro de la MARCA
DE FABRICA,
No. de Expediente: 2006062618
No. de Presentación: 20060085253
CLASE: 09.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MANUEL
ANTONIO PINEDA HERRERA, en su calidad de APODERADO de
Consistente en: las palabras BOM CHICKA WAH WAH, que
servirá para: AMPARAR: PORTALLAVES Y LLAVEROS HECHOS
DE FANTASIA O DE METALES PRECIOSOS.
La solicitud fue presentada el día treinta y uno de marzo del año
dos mil seis.
DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 18 de Enero de 2007.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, seis de noviembre del año dos mil seis.
157
de Stiefel Laboratories, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,
solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,
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SECRETARIO.
Consistente en: la palabra: JUVVIPRO, que servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES PARA EL CUIDADO DE LA PIEL,
CABELLO Y CUERO CABELLUDO; CHAMPUS, ENJUAGUES,
ESPUMAS, DESODORANTES, JABONES, TALCOS, LOCIONES,
CREMAS, ACEITES Y UNGÜENTOS.
3 v. alt. No. C004534-3
La solicitud fue presentada el día trece de noviembre del año dos
mil seis.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, quince de noviembre del año dos mil seis.
No. de Expediente: 2006062547
No. de Presentación: 20060085142
CLASE: 05.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
MARTA DELIA CLAVEL DE VEGA,
SECRETARIA.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado EDUARDO
MORALES EHRLICH, en su calidad de APODERADO de NOVARTIS
AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE
FABRICA,
3 v. alt. No. C004546-3
No. de Expediente: 2006062654
No. de Presentación: 20060085302
Consistente en: la palabra HAPENIT, que servirá para: AMPARAR:
PREPARACIONES FARMACEUTICAS.
La solicitud fue presentada el día ocho de noviembre del año dos
mil seis.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, diez de noviembre del año dos mil seis.
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MANUEL
ANTONIO PINEDA HERRERA, en su calidad de APODERADO
de Stiefel Laboratories, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,
solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,
REGISTRADOR.
IA
R
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
D
MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,
Consistente en: la palabra JUVVIPRO, que servirá para: AMPARAR: UNA PREPARACION FARMACEUTICA TOPICA PARA EL
TRATAMIENTO DE ENFERMEDADES, CONDICIONES Y TRANSTORNOS DERMATOLOGICOS.
La solicitud fue presentada el día trece de noviembre del año dos
mil seis.
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C004545-3
No. de Expediente: 2006062653
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, quince de noviembre del año dos mil seis.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
No. de Presentación: 20060085301
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MANUEL
ANTONIO PINEDA HERRERA, en su calidad de APODERADO
MARTA DELIA CLAVEL DE VEGA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C004547-3
158
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 374
No. de Expediente: 2006062734
La solicitud fue presentada el día ocho de noviembre del año dos
mil seis.
No. de Presentación: 20060085420
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado EDUARDO
MORALES EHRLICH, en su calidad de APODERADO de NOVARTIS
AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE
FABRICA,
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, nueve de noviembre del año dos mil seis.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
Consistente en: las palabras LAMISIL-DEFENSE, donde la palabra
“defense” se traduce al castellano como DEFENSA, que servirá para:
AMPARAR: PREPARACIONES FARMACEUTICAS.
MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,
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A
LAMISIL-DEFENSE
SECRETARIO.
La solicitud fue presentada el día quince de noviembre del año dos
mil seis.
3 v. alt. No. C004549-3
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintidós de noviembre del año dos mil seis.
No. de Expediente: 2006062622
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
No. de Presentación: 20060085257
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
GERARDO ENRIQUE MENDEZ FLOREZ CABEZAS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C004548-3
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado VICENTE DE
JESUS PALENCIA, en su calidad de APODERADO de AstraZeneca
AB, de nacionalidad SUECA, solicitando el registro de la MARCA DE
FABRICA,
ORMENTRO
No. de Expediente: 2006062544
No. de Presentación: 20060085139
R
CLASE: 05.
IA
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
D
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO
ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de BASF
Aktiengesellschaft, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro
de la MARCA DE FABRICA,
NOMAX
Consistente en: la palabra ORMENTRO, que servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES Y SUBSTANCIAS FARMACEUTICAS.
La solicitud fue presentada el día diez de noviembre del año dos
mil seis.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, catorce de noviembre del año dos mil seis.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
Consistente en: la palabra NOMAX, que servirá para: AMPARAR:
PESTICIDAS, PRODUCTOS PARA LA DESTRUCCION DE ANIMALES DAÑINOS, FUNGICIDAS, HERBICIDAS, INSECTICIDAS,
PRODUCTOS QUIMICOS NATURALES O ARTIFICIALES PARA
SER USADOS COMO CEBOS O AGENTES SEXUALES PARA
CONFUNDIR INSECTOS.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C004550-3
DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 18 de Enero de 2007.
159
PARA EL SOL; ROPA DEPORTIVA, CALZADO PARA DEPORTES,
BOTINES PARA FUTBOL Y TACOS, BOTAS PARA ESQUIAR; DISPOSITIVOS ANTIDERRAPANTES (ANTI DESLIZANTES) PARA
ZAPATOS; CORSETERIA; PAÑALES DE TELA PARA BEBES.
No. de Expediente: 2006062733
No. de Presentación: 20060085419
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MANUEL
ANTONIO PINEDA HERERRA, en su calidad de APODERADO
de Stiefel Laboratories, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,
solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,
La solicitud fue presentada el día dieciséis de noviembre del año
dos mil seis.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, diecisiete de noviembre del año dos mil seis.
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PERCLIN
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
Consistente en: la palabra PERCLIN, que servirá para: AMPARAR:
PREPARACION TOPICA DERMATOLOGICA PARA EL TRATAMIENTO DE TRANSTORNOS DE LA PIEL.
REGISTRADOR.
La solicitud fue presentada el día quince de noviembre del año dos
mil seis.
ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,
SECRETARIA.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, dieciséis de noviembre del año dos mil seis.
3 v. alt. No. C004553-3
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,
No. de Expediente: 2006061059
No. de Presentación: 20060082750
SECRETARIA.
CLASE: 33.
3 v. alt. No. C004551-3
No. de Expediente: 2006062763
No. de Presentación: 20060085486
CLASE: 25.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
D
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R
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MANUEL
ANTONIO PINEDA HERRERA, en su calidad de APODERADO de
RED BULL GmbH, de nacionalidad AUSTRIACA, solicitando el registro
de la MARCA DE FABRICA,
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JUAN
HUMBERTO CAMPOS MONTOYA, en su calidad de APODERADO
de MIGUEL TORRES, S.A., de nacionalidad ESPAÑOLA, solicitando
el registro de la MARCA DE FABRICA,
TORRES 5
Consistente en: la expresión TORRES 5, que servirá para: AMPARAR: BEBIDAS ALCOHOLICAS (CON EXCEPCION DE CERVEZAS).
La solicitud fue presentada el día doce de septiembre del año dos
mil seis.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, ocho de noviembre del año dos mil seis.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
Consistente en: las palabras Red Bull y diseño, traducidas al castellano como Toro Rojo, que servirá para: AMPARAR: ROPA, CALZADO,
ARTICULOS PARA LA CABEZA, INCLUYENDO: CAMISETAS,
BLUSAS, SUETERES, ANORAKS, ROMPEVIENTOS, DELANTALES, GORRAS, SOMBREROS, CINTAS PARA EL PELO, TIRANTES,
CINTURONES (COMPLEMENTOS), FALTRIQUERAS, VISERAS
SAYONARA AYALA DE GUERERO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C004554-3
160
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 374
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veinticinco de septiembre del año dos mil seis.
No. de Expediente: 2006061722
No. de Presentación: 20060083819
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
LUIS ALONSO CACERES AMAYA,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MARIO
CARMONA RIVERA, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de
LABORATORIOS GAUTIER J. JIMENEZ CABRERA SOCIEDAD
ANONIMA, de nacionalidad URUGUAYA, solicitando el registro de
la MARCA DE FABRICA,
REGISTRADOR.
JOSE FIDEL MELARA MORAN,
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SECRETARIO.
BUPRION
3 v. alt. No. C004559-3
Consistente en: la palabra BUPRION, que servirá para: AMPARAR:
PRODUCTOS FARMACEUTICOS.
La solicitud fue presentada el día seis de octubre del año dos mil
No. de Expediente: 2006061723
No. de Presentación: 20060083820
seis.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, trece de noviembre del año dos mil seis.
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,
REGISTRADOR.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MARIO
CARMONA RIVERA, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de
LABORATORIOS GAUTIER J. JIMENEZ CABRERA SOCIEDAD
ANONIMA, de nacionalidad URUGUAYA, solicitando el registro de
la MARCA DE FABRICA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C004558-3
Consistente en: la palabra CUOREX, que servirá para: AMPARAR:
PRODUCTOS FARMACEUTICOS.
No. de Expediente: 2001014033
IA
R
No. de Presentación: 20010014033
CLASE: 05.
La solicitud fue presentada el día seis de octubre del año dos mil
seis.
D
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MARIO
CARMONA RIVERA, en su calidad de APODERADO de Pharmacia
Enterprises S.A., de nacionalidad LUXEMBURGUESA, solicitando el
registro de la MARCA DE FABRICA,
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, trece de noviembre del año dos mil seis.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,
REGISTRADOR.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
Consistente en: las palabras CAVERJECT GO en letras mayúsculas
tipo corriente.
SECRETARIO.
La solicitud fue presentada el día nueve de mayo del año dos mil
uno.
3 v. alt. No. C004560-3
DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 18 de Enero de 2007.
161
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos,
San Salvador, diez de noviembre del año dos mil seis.
No. de Expediente: 2006061058
No. de Presentación: 20060082749
CLASE: 33.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JUAN
HUMBERTO CAMPOS MONTOYA, en su calidad de APODERADO
de MIGUEL TORRES, S.A., de nacionalidad ESPAÑOLA, solicitando
el registro de la MARCA DE FABRICA,
REGISTRADOR.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
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SECRETARIA.
3 v. alt. No. C004566-3
Consistente en: las palabras GRAN SANGRE DE TORO, que servirá
para: AMPARAR: BEBIDAS ALCOHOLICAS (CON EXCEPCION DE
CERVEZAS).
La solicitud fue presentada el día doce de septiembre del año dos
mil seis.
No. de Expediente: 2006063061
No. de Presentación: 20060086019
CLASE: 05.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, nueve de noviembre del año dos mil seis.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MARIA ELENA
CUELLAR PARADA, en su calidad de APODERADO de Laboratoire
INNOTECH INTERNATIONAL, de nacionalidad FRANCESA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
TRANSILANE
3 v. alt. No. C004562-3
Consistente en: la palabra TRANSILANE, que servirá para:
AMPARAR: PREPARACIONES FARMACEUTICAS PARA EL
TRATAMIENTO DEL ESTREÑIMIENTO.
No. de Expediente: 2006061060
IA
CLASE: 33.
R
No. de Presentación: 20060082751
La solicitud fue presentada el día veintiocho de noviembre del año
dos mil seis.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
D
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JUAN
HUMBERTO CAMPOS MONTOYA, en su calidad de APODERADO
de MIGUEL TORRES, S.A., de nacionalidad ESPAÑOLA, solicitando
el registro de la MARCA DE FABRICA,
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintinueve de noviembre del año dos mil seis.
ALICIA ESTER GARCIA COREAS,
TORRES 10
Consistente en: la expresión TORRES 10, que servirá para:
AMPARAR: BEBIDAS ALCOHOLICAS (CON EXCEPCION DE
CERVEZAS).
La solicitud fue presentada el día doce de septiembre del año dos
mil seis.
REGISTRADOR.
SANDRA ELIZABETH HENRIQUEZ LARA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C004567-3
162
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 374
No. de Expediente: 2006061061
La solicitud fue presentada el día ocho de noviembre del año dos
mil seis.
No. de Presentación: 20060082752
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, diez de noviembre del año dos mil seis.
CLASE: 33.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JUAN
HUMBERTO CAMPOS MONTOYA, en su calidad de APODERADO
de MIGUEL TORRES, S.A., de nacionalidad ESPAÑOLA, solicitando
el registro de la MARCA DE FABRICA,
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
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REGISTRADOR.
MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C004569-3
Consistente en: la palabra TORRES y diseño, que servirá para:
AMPARAR: BEBIDAS ALCOHOLICAS (CON EXCEPCION DE
CERVEZAS).
No. de Expediente: 2006062732
La solicitud fue presentada el día doce de septiembre del año dos
mil seis.
No. de Presentación: 20060085418
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, ocho de noviembre del año dos mil seis.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
CLASE: 03.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MANUEL
ANTONIO PINEDA HERERRA, en su calidad de APODERADO
de Stiefel Laboratories, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,
solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,
REGISTRADOR.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIO.
R
3 v. alt. No. C004568-3
Consistente en: la palabra ANSOLAR, que servirá para: AMPARAR:
PREPARACIONES PARA EL CUIDADO DE LA PIEL, CABELLO
Y CUERO CABELLUDO; CHAMPUS, ENJUAGUES, ESPUMAS,
DESODORANTES, JABONES, TALCOS, LOCIONES, CREMAS Y
UNGÜENTOS.
IA
No. de Expediente: 2006062545
No. de Presentación: 20060085140
D
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado EDUARDO
MORALES EHRLICH, en su calidad de APODERADO de NOVARTIS
AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE
FABRICA,
La solicitud fue presentada el día quince de noviembre del año dos
mil seis.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, diecisiete de noviembre del año dos mil seis.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,
SECRETARIA.
Consistente en: la palabra AIRCAPTA, que servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES FARMACEUTICAS.
3 v. alt. No. C004571-3
DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 18 de Enero de 2007.
163
No. de Expediente: 2006061246
TELÉFONO; CABLES DE ADAPTADORES ELÉCTRICOS; CABLES
No. de Presentación: 20060082978
TELEFÓNICOS; TELÉFONOS CELULARES CONTENIENDO
FUNCIÓN DE RELOJ; BUSCADORES DE PERSONAS CONTE-
CLASE: 09.
NIENDO FUNCIÓN DE RELOJ; RADIOS DE DOS CANALES;
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
BUSCADORES DE PERSONAS; ETIQUETAS DE IDENTIFICACIÓN
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado DINA CASTRO
DE RADIO FRECUENCIA PARA CÓDIGOS DE RADIO FRECUEN-
DE CALLEJAS, en su calidad de APODERADO de Motorola, Inc., de
CIA; EQUIPOY SISTEMAS DE INFRAESTRUCTURA PARA RADIO
nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA
TELEFONÍA QUE COMPRENDE ESTACIONES DE BASE, REPE-
DE FABRICA,
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TIDORAS, RECEPTORAS, CONTROLESY COMPARADORES; GPS
RECEPTORES Y TRANSMISORES; APARATOS PARA GRABACIÓN, ALMACENAMIENTO, TRANSMISIÓN, RECEPCIÓN Y
REPRODUCCIÓN DE DATOS, SONIDO, IMÁGENES Y VIDEO, A
SABER, ESTACIONES DE BASE QUE CONSTAN DE ANTENAS
DIRECCIONALES; CONTROLES DE ESTACIONES DE BASE
ELECTRÓNICAS; RADIO MICROONDAS; CENTRALES TELEFÓNICAS; NUDOS DE ACCESO; INTERRUPTORES PARA PROPÓSITOS DE TELECOMUNICACIÓN; SERVIDORES; ROUTERS
Consistente en: Un diseño que se identificará como “DISEÑO DE
(APARATOS QUE SIRVEN PARA CONECTAR VARIAS MAQUINAS
M EN CIRCULO SÓLIDO”, que servirá para: AMPARAR: TELÉFO-
EN RED); TARJETAS DE DATOS INTELIGENTES; MÓDEMS;
NOS; TELÉFONOS INALÁMBRICOS, TELÉFONOS DE VIDEO Y
MULTIPLEXERS (SISTEMAS QUE PERMITEN MANEJAR SEÑA-
SATÉLITE; TERMINALES DE REDES COMPUTACIONALES DE-
LES ENTRE DOS O MAS DISPOSITIVOS A LA VEZ); CABLES
DICADAS PARA TELECOMUNICACIONES Y FACSÍMILES; TE-
ELÉCTRICOS Y CABLES DE FIBRA ÓPTICA; APARATOS Y SIS-
LÉFONOS INTELIGENTES, ESPECÍFICAMENTE, TELÉFONOS
TEMAS ELECTRÓNICOS, ESPECÍFICAMENTE, MEZCLADORES,
CON CAPACIDAD DE TRANSMITIR DATOS, VOZ, IMÁGENES Y
DES-MEZCLADORES, CIFRADORES Y DESCIFRADORES, PARA
ACCESO A INTERNET, Y CAPACIDAD DE ENVIAR Y RECIBIR
MEZCLAR, DES-MEZCLAR, CIFRARY DESCIFRAR VOZ, DATOS,
FAXES Y CORREOS ELECTRÓNICOS; ANTENAS; BATERÍAS;
TRANSMISORES DE IMAGEN Y VIDEO; APARATOS DE ENTRA-
CARGADORES DE BATERÍA; SUMINISTRADORES DE PODER
DAY SALIDA PARA DATOS ELECTRÓNICOS ESPECÍFICAMENTE,
ELÉCTRICOS; FUNDAS PARA TELÉFONOS MÓVILES; SUJETA-
TERMINALES, RECEPTORES, TRANSMISORES, DESCODIFICA-
DORES PARA TELÉFONOS MÓVILES; ESTUCHES PARA LLEVAR
DORES, Y TRANSRECEPTORES CAPACES DE PROCESAR EMI-
ACCESORIOS DE TELÉFONOS MÓVILES; PDA’S (ASISTENTES
SIONES, SATÉLITE, FACSÍMIL, TELEVISIÓN, TELECOMUNICA-
PERSONALES
COMPUTADORAS,
CIÓN, RED, INFRARROJO, VIDEOJUEGO, Y SEÑALES DE DATOS
ESPECÍFICAMENTE, MICRÓFONOS, PARLANTES, AUDÍFONOS,
DE COMPUTADORA Y TRANSMISIÓN, REPRODUCCIÓN Y RE-
BATERÍAS, FUNDAS Y CARGADORES DE BATERÍAS; SOSTE-
CEPCIÓN DE SONIDO, IMÁGENES, VIDEO, MULTIMEDIA Y
NEDORES PARA TELÉFONOS MÓVILES; PLATAFORMAS DE
DATOS; EQUIPO DE PROCESAMIENTO DE DATOS,
ESCRITORIO PARA TELÉFONOS MÓVILES; PARLANTES DE
ESPECÍFICAMENTE, PROCESADORES DE SEÑAL DIGITALES;
AUDIO; AURICULARES PARA TELÉFONO; ACCESORIOS PARA
COMPUTADORAS, SOFTWARE DE COMPUTADORA Y PROGRA-
Y
D
IA
R
DIGITALES)
TELÉFONOS MÓVILES EN LA NATURALEZA DE SUJETADORES
MAS DE COMPUTADORA USADOS PARA TRANSMISIÓN, RE-
DE MANOS LIBRES, AURICULARES, MICRÓFONOS Y ALTAVO-
PRODUCCIÓN Y RECEPCIÓN DE TELECOMUNICACIÓN O
CES PARA TELÉFONOS MÓVILES; ESTUCHES PARA CARROS
SISTEMAS ENTRE TERMINALES Y PARA AUMENTAR Y FACI-
PARA LA ADAPTACIÓN DE APARATOS E INSTRUMENTOS PARA
LITAR EL USO Y ACCESO A REDES DE COMPUTO Y REDES
LA COMUNICACIÓN PORTÁTIL DE USO VEHICULAR, QUE
TELEFÓNICAS; SOFTWARE DE COMPUTADORA PARA USO EN
COMPRENDE: ANTENA DE TRANSMISIÓN INALÁMBRICA,
EL MANEJO DE BASES DE DATOS EN GENERAL SOFTWARE
ADAPTADORES DE ANTENA, CABLES, AURICULARES, MICRÓ-
DE COMPUTADORA E-COMMERCE PARA PERMITIR A LOS
FONOS PARA MANOS LIBRES, SUJETADORES DE TELÉFONO,
USUARIOS PONER ORDENES Y HACER PAGOS DE MANERA
PARLANTES, CARGADORES DE TELÉFONO PARA USAR EN EL
SEGURA EN EL CAMPO DE LAS TRANSACCIONES DE NEGOCIOS
CARRO, CABLES PARA DATOS Y ALAMBRES ELÉCTRICOS;
ELECTRÓNICAS VÍA UNA RED GLOBAL DE COMPUTADORA
PLATAFORMAS PARA TELÉFONOS SIENDO ESTAS PARTES DEL
Y RED DE TELECOMUNICACIONES; SOFTWARE DE ENTRETE-
164
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 374
NIMIENTOY SOPORTE DE PRODUCTOS PARA COMPUTADORAS
DE COMUNICACIÓN, TODO PARA USO CON APARATOS DE
Y TELÉFONOS MÓVILES EN EL CAMPO DE LAS COMUNICA-
COMUNICACIÓN; PUBLICACIONES ELECTRÓNICAS A SABER,
CIONES;
DE
MANUALES PARA USUARIOS DE COMPUTADORAS GRABADOS
COMPUTADORAS, PARA DESEMPEÑO DE COMPUTADORAS Y
EN MEDIOS COMPUTACIONALES; CASSETTES EN BLANCO DE
TRABAJO DE MANTENIMIENTO; SOFTWARE PARA JUEGOS DE
AUDIO Y VIDEO, CINTAS DE AUDIO Y VIDEO, Y DISCOS COM-
COMPUTADORA PRESENTADO MÚSICA, PELÍCULAS, ANIMA-
PACTOS; C-D VIDEO; CD-i; DISCOS LÁSER; MINIDISCOS; GRA-
CIÓN, LIBROS ELECTRÓNICOS, JUEGOS EN EL CAMPO DE
BADORAS Y REPRODUCTORES MP3 Y CD Y SUS PERIFÉRICOS
ENTRETENIMIENTO EN GENERAL; FUENTES DE PODER PARA
PRESENTADO ENTRETENIMIENTO, INFORMACIÓN, MATERIAL
ELEMENTOS DE COMUNICACIÓN EN RED, ESPECÍFICAMENTE
DE MULTIMEDIA, MANUALES Y MATERIAL INSTRUCTIVO;
PARA
LA
UTILIZACIÓN
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A
SOFTWARE
TELEVISIONES AUDÍFONOS; ALARMAS CONTRA INCENDIOS
Y REPETIDORES, ESPECÍFICAMENTE AMPLIFICADORES DE
Y ANTIRROBOS; EQUIPOS ESTEREO, ESPECÍFICAMENTE RE-
SEÑAL Y AMPLIFICADORES DE REPETIDORES; SISTEMAS DE
CEPTORES AMPLIFICADORES ESTEREO, REPRODUCTORES Y
MULTIMEDIA, ESPECÍFICAMENTE SOFTWARE PARA LA DIS-
ALTAVOCES DE CD, MP3 Y MINIDISCOS; PRODUCTOS SEMI-
TRIBUCIÓN DE INFORMACIÓNY CONTENIDOS INTERACTIVOS
CONDUCTORES; A SABER, CIRCUITOS INTEGRADOS, TABLE-
CONTENIENDO TEXTO, IMÁGENES, VIDEO Y SONIDO PARA
ROS DE CIRCUITOS, MICROCOMPUTADORAS, MICROCONTRO-
USUARIOS EN EL CAMPO DE LAS COMUNICACIONES Y TER-
LES, MICROPROCESADORES, PERIFÉRICOS DE COMPUTADO-
MINALES DE MULTIMEDIA PARA COMPUTADORAS, SATÉLITE,
RA, MEMORIAS Y MATERIAL SEMICONDUCTOR DE LOS
CABLE Y RECEPTORES Y ANTENAS TERRESTRES, INTERRUP-
MISMOS; CIRCUITOS PARA CONVERSIÓN DE DATOS; CIRCUI-
TORES Y MOTORES PARA LOS MISMOS; MONITORES PARA
TOS ELECTRÓNICOS DE INTERFASE; CIRCUITOS DE CONTROL
COMPUTADORAS; PANTALLAS PARA TELÉFONOS MÓVILES;
REMOTO; AMPLIFICADORES OPERACIONALES; CENSORES DE
UNIDADES INTERFASE DE USUARIOS PARA USO CON LOS
PRESIÓN Y TEMPERATURA; CIRCUITOS DE TELECOMUNICA-
TELÉFONOS MÓVILES, ESPECÍFICAMENTE, TECLADOS, AL-
CIONES; ELEMENTOS DE CIRCUITOS ELÉCTRICOS Y ELEC-
MOHADILLAS PARA TECLADOS, TECLADOS RODANTES
TRÓNICOS, ESPECÍFICAMENTE, ANTENAS, AMPLIFICADORES,
(POSEEN UNA PIEZA RODANTE EN SU INTERIOR), BOTONES,
FILTROS, TRANSFORMADORES, RESONADORES DE CAVIDAD,
TABLEROS DE DISTRIBUCIÓN Y PANTALLAS; SOFTWARE Y
FUSIBLES, AISLANTES, CONDENSADORES, INDUCTORES,
PROGRAMAS DE COMPUTADORA PARA MANEJOY OPERACIÓN
RESISTENCIAS, INTERRUPTORES, REPETIDORES, CONECTO-
DE DISPOSITIVOS DE TELECOMUNICACIÓN INALÁMBRICA;
RES, TAPONES Y ENCHUFES; CONVERTIDORES DE CORRIEN-
SOFTWARE DE COMPUTADORA PARA ACCESAR, BUSCAR,
TE ELÉCTRICOS; SEMICONDUCTORES Y CENSORES PARA
CLASIFICAR Y RECUPERAR INFORMACIÓN Y DATOS DESDE
CONTROLES ELECTRÓNICOS EN VEHÍCULOS; SEMICONDUC-
REDES GLOBALES DE COMPUTADORA Y REDES GLOBALES
TORES Y SENSORES PARA CONTROL INDUSTRIAL; TRANCON-
DE COMUNICACIÓN Y PARA BÚSQUEDA Y NAVEGACIÓN A
TESTADORES PARA LA LOCALIZACIÓN AUTOMÁTICA DE
TRAVÉS DE SITIOS WEB DE DICHAS REDES; SOFTWARE DE
VEHÍCULOS; APARATOS DE NÁUTICA PARA VEHÍCULOS,
COMPUTADORA PARA ENVÍO Y RECEPCIÓN DE MENSAJES
ESPECÍFICAMENTE COMPUTADORAS DE TABLERO; SOFT-
CORTOS Y CORREO ELECTRÓNICO Y PARA FILTRAR INFOR-
WARE Y HARDWARE DE AUTOMATIZACIÓN DE FABRICA,
MACIÓN NO TEXTUAL DESDE LOS DATOS; RADIO TRANSCEP-
ESPECÍFICAMENTE SOFTWARE Y HARDWARE PARA FABRI-
TORES ANÁLOGOS Y DIGITALES PARA COMUNICACIÓN DE
CACIÓN INTEGRAL, OPERACIONES DE MAQUINAS, PROBLE-
D
IA
R
BATERÍASY SUMINISTRADORES DE PODER; SUB-ESTACIONES
DATOS, VOZ, IMAGEN, Y VIDEO; SOFTWARE DE JUEGOS ELEC-
MAS DE RASTREO Y GENERACIÓN DE REPORTES DE PRODUC-
TRÓNICOS PARA MICROTELÉFONOS MÓVILES; CÁMARAS,
CIÓN; ADAPTADORES DE JUEGO PARA TELEVISIÓN POR CA-
ESPECÍFICAMENTE, CÁMARAS FOTOGRÁFICAS, CÁMARAS
BLE; PREAMPLIFICADORES DE ESTACIONES PRINCIPALES;
DIGITALES, CÁMARAS DE PELÍCULA, Y CÁMARAS DE VIDEO;
AMPLIFICADORES DE CONDUCTOS DE LÍNEA; FUENTES
SISTEMASY APARATOS PARA TRANSACCIONES MONETARIAS
ELÉCTRICAS DE PODER; CHASIS ELECTRÓNICOS MODULARES
ELECTRÓNICAS, ESPECÍFICAMENTE, TARJETAS INTELIGEN-
DE TELEVISIÓN; ECUALIZADORES, CICLOTRONES; SUPRESO-
TES Y LECTORES DE TARJETAS INTELIGENTES; CALCULADO-
RES DE ARRANQUES DE VOLTAJE; CIRCUITOS INTERRUPTO-
RAS; TARJETAS PARA PROPÓSITOS DE COMUNICACIONES,
RES; PARCHES PARA ENCHUFAR; ACOPLADORES ACÚSTICOS
ESPECÍFICAMENTE, TARJETAS DE DATOS MAGNÉTICAMENTE
DIRECCIONALES; TRANSFORMADORES ELÉCTRICOS PARA
CODIFICADAS PARA LLAMADAS TELEFÓNICAS, TARJETAS
HACER JUEGO (CONJUNTO); CABLES CONECTORES; TRANS-
DE MODEM Y TARJETAS DE FAX MODEM PARA PROPÓSITOS
MISORES; ÓPTICOS; SOFTWARE (GRABADO) PARA MANEJO
DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 18 de Enero de 2007.
DE RED HÍBRIDA; SOFTWARE PARA PROGRAMACIÓN DE
No. de Expediente: 2006060586
TELEVISIÓN POR SATÉLITE; SOFTWARE PARA GUÍA DE PRO-
No. de Presentación: 20060081935
GRAMAS EN PANTALLA FILTROS DE SEÑALES; RADIOS; RADIOS CON RELOJES INCORPORADOS; RADARES DETECTORES;
RADIOS PARA VEHÍCULOS; REPRODUCTORES DE CASETES
165
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
PARA VEHÍCULOS; REPRODUCTORES DE CD PARA VEHÍCULOS;
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado DANIA ELENA
ALARMAS ANTI-INTRUSOS, CONTROL DE TEMPERATURAS Y
TOLENTINO MEMBREÑO, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de
DETECCIÓN DE GAS; DETECTORES DE HUMO, FUEGO Y
Guangzhou Liby Enterprise Group Co., Ltd., de nacionalidad CHINA,
solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,
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MONÓXIDO DE CARBONO; GRABADORAS DE VIDEO CASETES;
REPRODUCTORES Y GRABADORAS DE CD; GRABADORAS DE
CASETES DE AUDIO; MEZCLADORES DE AUDIO; ECUALIZADORES; MAQUINAS DE KARAOKE; SET TOP BOXES (DISPOSITIVOS QUE PERMITE A LA TELEVISIÓN RECIBIR Y DESCODI-
FICAR TRANSMISIONES TELEVISIVAS); REPRODUCTORES Y
GRABADORAS DE DVD; AMPLIFICADORES; SINTONIZADORES
ESTEREO; PARLANTES DE AUDIO; AUDÍFONOS; CONVERTIDORES DE SEÑAL; REPRODUCTORES Y GRABADORES DE
Consistente en: La palabra LibY y diseño, que servirá para: AM-
CASETES DE CINTA; TERMINALES DE DATOS DE MANO,
PARAR: JABÓN; JABÓN DE TOCADOR; POLVOS PARA LA COLA-
ESPECÍFICAMENTE, COMPUTADORAS PERSONALES; FUENTES
DA; CHAMPÚ; LIMPIADORES FACIALES; LOCIONES DE BAÑO;
DE PODER ELÉCTRICAS; MAQUINAS FOTOCOPIADORAS;
PREPARACIONES PARA LAVAR LAS MANOS; DETERGENTES;
CALCULADORAS; REGISTRADORAS DE DINERO EFECTIVO;
PREPARACIONES LIMPIADORAS; DETERGENTES PARA EL
MAQUINAS DE FACSÍMIL; MAQUINAS CONTESTADORAS;
BAÑO;. DETERGENTES PARA LA COCINA; LÍQUIDOS LIMPIA-
BOMBAS MEDIDORAS DE GASOLINA PARA ESTACIONES DE
SERVICIO; MEDIDORES DE GAS; MEDIDORES DE AGUA; PAR-
QUÍMETROS; MAQUINAS DISTRIBUIDORAS AUTOMÁTICAS;
DORES DE PARABRISAS; PREPARACIONES BLANQUEADORAS
(PARA LA COLADA); REMOVEDORES DE MANCHAS; AGENTES
REMOVEDORES DE MANCHAS; LÍQUIDOS REMOVEDORES
DE ACEITE; PREPARACIONES PARA AFILAR; CREMAS PARA
ALAMBRES Y CABLES ELÉCTRICOS; SOFTWARE PARA RECO-
BOTAS; PREPARACIONES PARA DAR BRILLO (PULIDORAS);
NOCIMIENTO DE VOZ; APARATOS DE COMUNICACIÓN DE
PERFUMERÍA; PAPEL ABRASIVO; LÁPIZ PARA LABIOS; MAS-
BANDA DE UN SOLO CANAL USADA PARA CODIFICAR DATOS
CARILLAS DE BELLEZA; TINTES PARA EL CABELLO; BARNIZ
ANÁLOGOSY DIGITALES USANDO CUALQUIER TRANSMISIÓN
PARA UÑAS; NEUTRALIZADORES PARA ONDULADOS PERMA-
DIGITAL O ANÁLOGA; CONTROLES REMOTO; APARATOS DE
NENTES; ESTUCHES COSMÉTICOS; MAQUILLAJE; AGUA DE
SEGURIDAD Y CONTROL DE ACCESO, ESPECÍFICAMENTE,
TOCADOR; PREPARACIONES DEPILATORIAS; PERFUMES; CRE-
LECTORES DE TARJETAS INTELIGENTES.
MAS ACLARADORAS DE LA PIEL; PREPARACIONES BLOQUEADORAS SOLARES; ESPUMA PARA EL CABELLO; ENJUAGUES
BUCALES NO PARA PROPÓSITOS MÉDICOS; DENTÍFRICOS;
INCIENSO; COSMÉTICOS PARA ANIMALES.
IA
dos mil seis.
R
La solicitud fue presentada el día dieciocho de septiembre del año
D
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, dieciséis de noviembre del año dos mil seis.
La solicitud fue presentada el día veintidós de agosto del año dos
mil seis.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veinticuatro de noviembre del año dos mil seis.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
LUIS ALONSO CÁCERES AMAYA,
REGISTRADOR.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,
SANDRA ELIZABETH HENRÍQUEZ LARA,
SECRETARIO.
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C004572-3
3 v. alt. No. C004574-3
166
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 374
No. de Expediente: 2006061644
No. de Expediente: 2006061117
No. de Presentación: 20060083680
No. de Presentación: 20060082824
CLASE: 09.
CLASE: 28.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado DINA CASTRO
DE CALLEJAS, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de PROTEUS
PERCOM CORPORATION, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,
SPORTS INC., de nacionalidad CHINA, solicitando el registro de la
solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,
MARCA DE FABRICA,
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HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado EMILIO
ARTURO CUCHILLA, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de HY-
Consistente en: La palabra PROTEUS, que servirá para: AMPA-
Consistente en: La palabra HYPERCOM y diseño, que servirá para:
RAR: PATINES PARA HIELO, PATINES DE RUEDAS, BOTAS PARA
AMPARAR: DISPOSITIVOS ELECTRÓNICOS, A SABER, TERMI-
PATINAR INCLUYENDO PATINES, APARATOS PARA DESARRO-
NALES PARA TRANSACCIONES ELECTRÓNICAS, DISPOSITIVOS
LLAR EL CUERPO, APARATOS PARA ENTRENAMIENTO DEL
PERIFÉRICOS, DISPOSITIVOS DE RED PARA TRANSACCIONES,
CUERPO, BICICLETAS ESTACIONARIAS PARA EJERCITARSE,
TERMINALES PARA PUNTOS DE VENTAS, DISPOSITIVOS DE
PESAS DE BARRA, PESAS DE MANO, EXTENSORES DE PECHO
ENTRADA DE NÚMEROS DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL
(PARA EJERCITARSE), MAQUINAS PARA EJERCICIOS FÍSICOS,
(PIN), MODEMS, DISPOSITIVOS DE COMUNICACIÓN, IMPRE-
PROTECTOR DE ESPINILLAS (ESPINILLERASARTICULO DEPOR-
SORES, APARATOS ELECTRÓNICOS PARA CAPTURAR DATOS
TIVO), PROTECTOR DE RODILLAS (RODILLERAS, ARTICULO
E IMÁGENES, LECTORES DE CHEQUES, DISPOSITIVOS PARA
DEPORTIVO), PROTECTOR DE CODOS (CODERAS, ARTICULO
LA CAPTURA DE RECIBOS, DISPOSITIVOS BIOMÉTRICOS Y
DEPORTIVO), PROTECTORES ACOLCHONADOS (PARTES DE
DE RADIOFRECUENCIA PARA LA VERIFICACIÓN DE IDENTI-
TRAJES DEPORTIVOS), BATES PARA JUEGOS, BOLAS O PELO-
DAD, LECTORES DE TARJETAS FINANCIERAS, TABLEROS DE
TAS PARA JUEGOS, PALOS DE GOLF, JUEGOS DE SOCIEDAD,
CIRCUITOS, CONTROLADORES Y PUERTOS PARA EL ACCESO
VOLANTES, GUANTES PARA JUEGOS, ACCESORIOS PARA
A REDES COMPUTACIONALES; PROGRAMAS COMPUTACIONA-
GIMNASIA, REDES PARA DEPORTES, RAQUETAS, PATINETAS
LES PARA EL PROCESAMIENTO, MONITOREO Y MANEJO DE
TRANSACCIONES FINANCIERASY PROGRAMAS COMPUTACIO-
NALES PARA LA CONFIGURACIÓN, OPERACIÓN,Y MANEJO DE
TERMINALES DE PUNTOS DE VENTAS Y DISPOSITIVOS PARA
REDES.
R
La solicitud fue presentada el día dos de octubre del año dos mil
IA
seis.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
D
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, dieciséis de noviembre del año dos mil seis.
(DE JUGUETE), TABLAS PARA PATINAR, TRINEOS (ARTÍCULOS
DEPORTIVOS), ESQUÍS, BORDES DE ESQUÍS, MESAS DE BILLAR,
MESA PARA TENIS DE MESA, TABLAS PARA SURFEAR, DISCOS
PARA DEPORTES (LANZAMIENTO DE DISCO).
La solicitud fue presentada el día trece de septiembre del año dos
mil seis.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, seis de noviembre del año dos mil seis.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
Lic. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
REGISTRADOR.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
KATYA MARGARITA MARTÍNEZ GUTIÉRREZ,
SECRETARIA.
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C004576-3
3 v. alt. No. C004577-3
DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 18 de Enero de 2007.
No. de Expediente: 2006062764
No. de Expediente: 2006061909
No. de Presentación: 20060085487
No. de Presentación: 20060084111
CLASE: 30.
CLASE: 09.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
167
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado DINA CASTRO
DE CALLEJAS, en su calidad de APODERADO de Motorola, Inc., de
RED BULL GmbH, de nacionalidad AUSTRIACA, solicitando el registro
nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA
de la MARCA DE FABRICA,
DE FABRICA,
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HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MANUEL
ANTONIO PINEDA HERRERA, en su calidad de APODERADO de
K1
Consistente en: La expresión K1, que servirá para: AMPARAR:
TELÉFONOS, TELÉFONOS CELULARES, RADIO TELÉFONOS,
BUSCADORES DE PERSONAS, RADIOS DE DOS CANALES, RADIOS TRANSMISORES, RADIO RECEPTORES, RADIO TRANS-
Consistente en: Las palabras Red Bull y diseño traducidas al castellano como toro rojo, que servirá para: AMPARAR: CAFÉ, TE, CACAO
EN POLVO, AZÚCAR, ARROZ, TAPIOCA, SAGU, CAFÉ ARTIFICIAL; HARINA Y PREPARACIONES ELABORADAS A PARTIR
DE CEREALES, PAN, PASTELERÍA Y REPOSTERÍA, HELADOS;
MIEL, MELAZA; LEVADURA, POLVO PARA HORNEAR; SAL, SAL
COMESTIBLE, MOSTAZA; VINAGRE, SALSAS (CONDIMENTOS),
ADEREZOS PARA ENSALADAS; ESPECIAS; HIELO, CAFÉ, TE,
CACAO EN POLVO Y CHOCOLATE PREPARADOS PARA BEBER;
TE HELADO; PREPARACIONES DE CAFÉ Y CACAO EN POLVO
PARA LA ELABORACIÓN DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS Y NO
ALCOHÓLICAS; CEREALES PARA CONSUMO HUMANO, INCLUYENDO HOJUELAS DE AVENA Y OTROS CEREALES EN
HOJUELAS; SABORIZANTES PARA ALIMENTOS; DULCES,
CARAMELOS, GOMAS DE FRUTAS, CHOCOLATE, PRALINES
CON RELLENO DE LICOR; MEZCLAS DE CHOCOLATE CON
CONTENIDO ALCOHÓLICO; GOMAS DE MASCAR; BARRAS
DE FRUTAS Y DE MUESLI, PRODUCTOS DE CHOCOLATE.
CEPTORES, ORGANIZADORES PERSONALES DIGITALES Y
ACCESORIOS RELACIONADOS PARA LOS ARTÍCULOS ANTES
MENCIONADOS, ESPECÍFICAMENTE, AUDÍFONOS, MICRÓFONOS, PARLANTES, ESTUCHES PARA LLEVAR, Y SUJETADORES
DE CINTURÓN; SOFTWARE Y PROGRAMAS DE COMPUTADORA
USADOS PARA TRANSMISIÓNY REPRODUCCIÓNY RECEPCIÓN
DE SONIDO, IMÁGENES, VIDEO, DATOS SOBRE UNA RED DE
TELECOMUNICACIONES Y UN SISTEMA ENTRE TERMINALES
Y PARA AUMENTAR Y FACILITAR EL USO Y ACCESO A REDES
COMPUTACIONALES Y REDES TELEFÓNICAS; SOFTWARE DE
COMPUTADORA PARA USARSE EN EL MANEJO DE BASES
DE DATOS CON PROPÓSITOS GENERALES; SOFTWARE DE
COMPUTADORA E-COMMERCE PARA PERMITIR AL USUARIO PONER ORDENES DE MANERA SEGURA Y HACER PAGOS
EN EL CAMPO DE LAS TRANSACCIONES ELECTRÓNICAS DE
NEGOCIOS VÍA UNA RED GLOBAL DE COMPUTADORAY REDES
DE TELECOMUNICACIONES; SOFTWARE DE COMPUTADORA
PARA ENTRENAMIENTO Y SOPORTE DE PRODUCTOS PARA
R
COMPUTADORA Y TELÉFONOS MÓVILES EN EL CAMPO
DE LAS COMUNICACIONES; SOFTWARE DE COMPUTADO-
dos mil seis.
RA Y PROGRAMAS PRESENTANDO MÚSICA, PELÍCULAS,
D
IA
La solicitud fue presentada el día dieciséis de noviembre del año
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
ANIMACIÓN Y LIBROS ELECTRÓNICOS EN EL CAMPO DE
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
ENTRETENIMIENTO EN GENERAL; SOFTWARE DE COM-
San Salvador, diecisiete de noviembre del año dos mil seis.
PUTADORA PARA LA DISTRIBUCIÓN DE INFORMACIÓN Y
CONTENIDO INTERACTIVO DE MULTIMEDIA CONTENIENDO
TEXTO, IMÁGENES, VÍDEO Y SONIDO PARA USUARIOS EN
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
EL CAMPO DE COMUNICACIONES; SOFTWARE DE COMPUTADORA Y PROGRAMAS PARA EL MANEJO Y OPERACIÓN
DE DISPOSITIVOS DE TELECOMUNICACIÓN INALÁMBRICA;
ISMEL EDITH VALLES DE HERNÁNDEZ,
SOFTWARE DE COMPUTADORA PARA ACCESAR, BUSCAR,
CLASIFICAR Y RECUPERAR INFORMACIÓN Y DATOS DESDE
SECRETARIA.
REDES GLOBALES DE COMPUTADORA Y REDES GLOBALES
DE COMUNICACIONES, Y PARA BÚSQUEDA Y NAVEGACIÓN
3 v. alt. No. C004579-3
A TRAVÉS DE SITIOS WEB EN DICHAS REDES; SOFTWARE DE
168
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 374
MOTOR, PARTES Y ACCESORIOS PARA LOS MISMOS, A SABER:
Y CORREO ELECTRÓNICO Y PARA FILTRAR INFORMACIÓN
AMORTIGUADORES DE SUSPENSIÓN PARAVEHÍCULOS, DISPO-
NO TEXTUAL DESDE LOS DATOS; RADIOS ANÁLOGOS Y DI-
SITIVOS ANTIROBO PARA VEHÍCULOS, REPOSACABEZAS PARA
GITALES TRANSCEPTORES O RECEPTORES DE DATOS, VOZ,
ASIENTOS DE VEHÍCULO, AUTOMÓVILES, AMORTIGUADORES
IMAGEN Y VIDEO COMUNICACIÓN; SOFTWARE DE JUEGOS
PARA AUTOMÓVILES, CAPOTAS PARA AUTOMÓVILES, CARRO-
ELECTRÓNICOS PARA TELÉFONOS MÓVILES; CÁMARAS,
CERÍA PARA AUTOMÓVILES, CADENAS PARA AUTOMÓVILES,
ESPECÍFICAMENTE CÁMARAS FOTOGRÁFICAS, CÁMARAS
CHASSISES PARA AUTOMÓVILES, BUMPERS PARA AUTOMÓVI-
DIGITALES, CÁMARAS DE PELÍCULA, CÁMARAS DE VÍDEO;
LES, PROTECTORES DEL SOL Y VISERAS PARA AUTOMÓVILES,
SISTEMASY APARATOS PARA TRANSACCIONES MONETARIAS
ALARMAS ANTIROBO PARA VEHÍCULOS, ALARMAS DE RE-
ELECTRÓNICAS, ESPECÍFICAMENTE TARJETAS INTELIGEN-
TROCESO PARA VEHÍCULOS, CLAXON PARA VEHÍCULOS, POR-
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COMPUTADORA PARA ENVIAR Y RECIBIR MENSAJES CORTOS
TES, LECTORES DE TARJETAS INTELIGENTES; CALCULA-
TAEQUIPAJES PARA VEHÍCULOS, LLANTAS PARA RUEDAS DE
DORAS; TARJETAS PARA PROPÓSITOS DE COMUNICACIÓN,
VEHÍCULOS, BARRAS DE TORSIÓN PARA VEHÍCULOS, BARRAS
ESPECÍFICAMENTE, TARJETAS DE MEMORIA, TARJETAS DE
DE CONEXIÓN PARA VEHÍCULOS TERRESTRES (QUE NO SEAN
MODEM Y TARJETAS DE FAX MODEM PARA PROPÓSITOS DE
PARTES DE MOTOR), CAJAS DE VELOCIDAD PARA VEHÍCULOS
COMUNICACIÓN, TODO CON APARATOS DE COMUNICACIÓN,
MÓDEMS, UNIDADES DE POSICIONAMIENTO GLOBAL, BATE-
RÍAS, CARGADORES DE BATERÍAS, ADAPTADORES DE PODER
Y ANTENAS.
VEHÍCULOS, PARABRISAS, CAMIONES DE REPARTO, CAMIONETAS, CAMIONES, CAPOTAS PARA VEHÍCULOS, CAPOTAS
PARA MOTORES DE VEHÍCULOS, CARROCERÍA, CARTER O
La solicitud fue presentada el día trece de octubre del año dos mil
seis.
TERRESTRES, TAPONES PARA EL TANQUE DE GASOLINA DE
CAJA DEL CIGÜEÑAL PARA COMPONENTES DE VEHÍCULOS
TERRESTRES (QUE NO SEAN PARA MOTORES), CINTURONES
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
DE SEGURIDAD PARA ASIENTOS DE VEHÍCULOS, CADENAS
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
ANTIDESLIZANTES, CADENAS MOTRICES PARA VEHÍCULOS
San Salvador, dieciséis de noviembre del año dos mil seis.
TERRESTRES, CADENAS DE TRANSMISIÓN PARA VEHÍCULOS
TERRESTRES, CHASSISES PARA VEHÍCULOS, CIRCUITOS HI-
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
DRÁULICOS PARA VEHÍCULOS, CONVERTIDORES DE TORSIÓN
PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, ENGRANAJES DE REDUCCIÓN
REGISTRADOR.
PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, INDICADORES DE DIRECCIÓN
RHINA GUADALUPE BARRERA DE ARAUJO,
SECRETARIA.
PARA VEHÍCULOS, MOTORES ELÉCTRICOS PARA VEHÍCULOS
TERRESTRES, VEHÍCULOS ELÉCTRICOS, CLUTCHES PARA
VEHÍCULOS TERRESTRES; ASIENTOS DE SEGURIDAD PARA
NIÑOS, DE USO DE VEHÍCULOS; ENGRANAJES PARA VEHÍCU-
3 v. alt. No. C004580-3
LOS TERRESTRES, TAPACUBOS, ESTUCHES O FUNDAS PARA
LLANTAS NEUMÁTICAS, PESAS PARA BALANCEAR RUEDAS
DE VEHÍCULOS, EJES, MUÑONES DE DIRECCIÓN, LIMPIAPARA-
No. de Expediente: 2006058348
IA
CLASE: 12.
R
No. de Presentación: 20060078598
BRISAS, FORROS DE LOS FRENOS PARA VEHÍCULOS, PEDALES
DE FRENO PARA VEHÍCULOS, SEGMENTOS DE FRENO PARA
VEHÍCULOS, FRENOS PARA VEHÍCULOS, FLEJES PARA CUBOS
DE RUEDAS, LEVANTADORES DE LA PARTE POSTERIOR DE
D
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSÉ DANIEL
VEGA GUERRA, en su calidad de APODERADO de Renault s.a.s., de
nacionalidad FRANCESA, solicitando el registro de la MARCA DE
FABRICA,
VEHÍCULOS (PARTE DE VEHÍCULO TERRESTRE), FORROS O
CUBIERTAS PARA VEHÍCULOS, FORROS PARA ASIENTOS DE
VEHÍCULOS, RINES PARA RUEDAS DE VEHÍCULOS, MOTORES
PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, MOTORES DE MANDO PARA
VEHÍCULOS TERRESTRES, CUBOS PARA RUEDAS DE VEHÍCULOS, GUARDAFANGOS, BUMPERS PARA VEHÍCULOS, BOMBAS
DE AIRE (ACCESORIO PARA VEHÍCULOS), PUERTAS PARA VE-
EXPRESSION
HÍCULOS, PORTA-ESQUÍS PARA CARROS, MECANISMOS DE
PROPULSIÓN PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, REMOLQUES
(VEHÍCULOS) ENGANCHES DE REMOLQUES PARA VEHÍCULOS,
Consistente en: La palabra EXPRESSION se traduce al castellano
RESORTES DE AMORTIGUACIÓN PARA VEHÍCULOS, RESORTES
como EXPRESIÓN, que servirá para: AMPARAR: VEHÍCULOS PARA
DE SUSPENSIÓN PARA VEHÍCULOS, ESPEJOS RETROVISORES,
LOCOMOCIÓN TERRESTRE Y EN PARTICULAR VEHÍCULOS DE
RUEDAS PARA VEHÍCULOS, RUEDAS LIBRES PARA VEHÍCULOS
DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 18 de Enero de 2007.
169
TERRESTRES, CINTURONES DE SEGURIDAD PARA ASIENTOS
Fox Film Corporation, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando
DE VEHÍCULOS, ASIENTOS PARA VEHÍCULOS, CARROS DE-
el registro de la MARCA DE FABRICA,
PORTIVOS, TRACTORES, TRINEOS (VEHÍCULOS), TRANVÍAS,
ÁRBOLES DE TRANSMISIÓN PARA VEHÍCULOS TERRESTRES,
TRANSMISIONES PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, TURBINAS
PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, DISPOSITIVOS ANTI-DESLUMBRAMIENTO PARA VEHÍCULOS, TAPICERÍA PARA VEHÍCULOS,
RELLENO DE TAPICERÍA PARA VEHÍCULOS, LLANTAS PARA
VEHÍCULOS, VENTANAS PARA VEHÍCULOS, VOLANTES DE
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DIRECCIÓN; VEHÍCULOS PARA LOCOMOCIÓN TERRESTRE;
CARROS DE MOTOR, CARROS DE MOTOR ACCIONADOS POR
UNA COMBINACIÓN DE ENERGÍA TÉRMICA Y ELÉCTRICA;
Consistente en: Las palabras FOX ATOMIC y diseño, traducido
VEHÍCULOS DE DOS RUEDAS, BICICLETAS, SCOOTERS CON
al castellano como ZORRO ATÓMICO, que servirá para: AMPARAR:
MOTOR, MOTOCICLETAS Y TRICICLOS; AMORTIGUADORES,
LIBROS CÓMICOS; NOVELAS GRAFICAS; SERIES DE NOVE-
CLAXON SEÑALES LUMINOSAS DE ADVERTENCIA E INDICA-
LAS FICTICIAS; ARGUMENTOS Y GUIONES IMPRESOS PARA
DORES, CAPOS PARA EL MOTOR, CARROCERÍA, INDICADORES
TRABAJOS CINEMATOGRÁFICOS; CARTELES; TARJETAS
DE DIRECCIÓN, CADENAS, FRENOS, FORROS PARA FRENOS,
POSTALES; TARJETAS COMERCIALES; BLOQUES DE NOTAS;
PEDALES DE FRENO, RINES Y CUBOS PARA RUEDAS, GUAR-
ENCUADERNADORES DE HOJAS SUELTAS; CARPETAS; LIBROS
DAFANGOS, BOMBAS DE AIRE, LLANTAS, PEDALES, MANI-
DE APUNTES; CALENDARIOS; FOTOGRAFÍAS MONTADAS Y
LLARES, SOPORTES, REPOSAPIÉS, SILLINES, SIENDO TODOS
DESMONTADAS; CALCOMANÍAS PARA BUMPERS; CALCOMA-
ESTOS ÚLTIMOS PRODUCTOS, PARA VEHÍCULOS DE DOS RUE-
NÍAS; ÁLBUMES DE CALCOMANÍAS; LÁPICES Y LAPICEROS;
DAS, BICICLETAS, MOTOCICLETAS, SCOOTERS DE MOTOR Y
TATUAJES TEMPORALES.
TRICICLOS.
La solicitud fue presentada el día nueve de noviembre del año dos
La solicitud fue presentada el día siete de junio del año dos mil
seis.
mil seis.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, trece de noviembre del año dos mil seis.
San Salvador, veintidós de noviembre del año dos mil seis.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
LUIS ALONSO CÁCERES AMAYA,
REGISTRADOR.
REGISTRADOR.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,
SECRETARIO.
SECRETARIA.
D
IA
R
SANDRA ELIZABETH HENRÍQUEZ LARA,
3 v. alt. No. C004582-3
3 v. alt. No. C004581-3
No. de Expediente: 2006062585
No. de Expediente: 2006062993
No. de Presentación: 20060085209
No. de Presentación: 20060085918
CLASE: 16.
CLASE: 01.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado DINA CASTRO
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado DINA CASTRO
DE CALLEJAS, en su calidad de APODERADO de Twentieth Century
DE CALLEJAS, en su calidad de APODERADO de Merck KGaA, de
170
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 374
nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE
FABRICA,
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, trece de noviembre del año dos mil seis.
MERCK SERONO
ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ,
REGISTRADOR.
Consistente en: La palabra MERCK SERONO, que servirá para:
AMPARAR: PRODUCTOS QUÍMICOS DESTINADOS A LA CIENCIA, FOTOGRAFÍA, INDUSTRIA, ASÍ COMO A LA AGRICULTURA,
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
HORTICULTURA Y SILVICULTURA; RESINAS ARTIFICIALES EN
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SECRETARIO.
ESTADO BRUTO, MATERIAS PLÁSTICAS EN ESTADO BRUTO;
ABONO PARA LAS TIERRAS; COMPOSICIONES EXTINTORAS;
PREPARACIONES PARA EL TEMPLE Y SOLDADURA DE ME-
3 v. alt. No. C004584-3
TALES; PRODUCTOS QUÍMICOS DESTINADOS A CONSERVAR
LOS ALIMENTOS; MATERIAS CURTIENTES; ADHESIVOS (PEGAMENTO) DESTINADOS A LA INDUSTRIA.
La solicitud fue presentada el día veintitrés de noviembre del año
dos mil seis.
No. de Expediente: 2006062995
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintisiete de noviembre del año dos mil seis.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
No. de Presentación: 20060085920
CLASE: 02.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado DINA CASTRO
DE CALLEJAS, en su calidad de APODERADO de Merck KGaA, de
nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE
FABRICA,
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,
SECRETARIO.
MERCK SERONO
3 v. alt. No. C004583-3
No. de Expediente: 2006061780
No. de Presentación: 20060083932
R
CLASE: 05.
IA
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
D
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MARIO
CARMONA RIVERA, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de
LABORATORIOS GAUTIER J. JIMÉNEZ CABRERA SOCIEDAD
Consistente en: Las palabras MERCK SERONO, que servirá para:
AMPARAR: COLORES, BARNICES, LACAS; PRESERVATIVOS
CONTRA LA HERRUMBRE Y EL DETERIORO DE LA MADERA;
MATERIAS TINTÓREAS; MORDIENTES; RESINAS NATURALES
EN ESTADO BRUTO: METALES EN HOJAS Y EN POLVO PARA
PINTORES, DECORADORES, IMPRESORES Y ARTISTAS.
La solicitud fue presentada el día veintitrés de noviembre del año
dos mil seis.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintisiete de noviembre del año dos mil seis.
ANÓNIMA, de nacionalidad URUGUAYA, solicitando el registro de
la MARCA DE FABRICA,
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
PLACET
Consistente en: La palabra PLACET, que servirá para: AMPARAR:
PRODUCTOS FARMACÉUTICOS.
REGISTRADOR.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
La solicitud fue presentada el día diez de octubre del año dos mil
seis.
3 v. alt. No. C004586-3
DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 18 de Enero de 2007.
No. de Expediente: 2006062998
171
DE ESCRIBIR Y ARTÍCULOS DE OFICINA (EXCEPTO MUEBLES);
MATERIAL DE INSTRUCCIÓN O DE ENSEÑANZA (EXCEPTO
APARATOS); MATERIAS PLÁSTICAS PARA EMBALAJE (NO
COMPRENDIDAS EN OTRAS CLASES); CARACTERES DE IMPRENTA; CLICHÉS.
No. de Presentación: 20060085923
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado DINA CASTRO
DE CALLEJAS, en su calidad de APODERADO de Merck KGaA, de
nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE
FABRICA,
La solicitud fue presentada el día veintitrés de noviembre del año
dos mil seis.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintisiete de noviembre del año dos mil seis.
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MERCK SERONO
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
Consistente en: las palabras MERCK SERONO, que servirá para:
AMPARAR: PREPARACIONES PARA BLANQUEAR Y OTRAS
SUSTANCIAS PARA LA COLADA; PREPARACIONES PARA
LIMPIAR, PULIR, DESENGRASAR Y RASPAR (PREPARACIONES
ABRASIVAS); JABONES; PERFUMERÍA, ACEITES ESENCIALES,
COSMÉTICOS, LOCIONES PARA EL CABELLO; DENTÍFRICOS.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C004589-3
La solicitud fue presentada el día veintitrés de noviembre del año
dos mil seis.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintisiete de noviembre del año dos mil seis.
No. de Expediente: 2006062988
No. de Presentación: 20060085904
CLASE: 30.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado DINA CASTRO
DE CALLEJAS, en su calidad de APODERADO de Merck KGaA, de
nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE
FABRICA,
SECRETARIA.
MERCK SERONO
3 v. alt. No. C004588-3
No. de Expediente: 2006063005
IA
CLASE: 16.
R
No. de Presentación: 20060085931
D
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado DINA CASTRO
DE CALLEJAS, en su calidad de APODERADO de Merck KGaA, de
nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE
FABRICA,
Consistente en: Las palabras MERCK SERONO, que servirá para:
AMPARAR: CAFÉ, TE, CACAO, AZÚCAR, ARROZ, TAPIOCA,
SAGU, SUCEDÁNEOS DEL CAFÉ; HARINAS Y PREPARACIONES
HECHAS DE CEREALES, PAN, PASTELERÍA Y CONFITERÍA, HELADOS COMESTIBLES; MIEL, JARABE DE MELAZA; LEVADURA,
POLVOS PARA ESPONJAR; SAL, MOSTAZA; VINAGRE, SALSAS
(CONDIMENTOS); ESPECIAS; HIELO.
La solicitud fue presentada el día veintitrés de noviembre del año
dos mil seis.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintiocho de noviembre del año dos mil seis.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
MERCK SERONO
Consistente en: La palabra MERCK SERONO, que servirá para:
AMPARAR: PAPEL, CARTÓNY ARTÍCULOS DE ESTAS MATERIAS
NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; PRODUCTOS DE IMPRENTA; ARTÍCULOS DE ENCUADERNACIÓN; FOTOGRAFÍAS;
PAPELERÍA; ADHESIVOS (PEGAMENTOS) PARA LA PAPELERÍA
O LA CASA; MATERIAL PARA ARTISTA; PINCELES; MAQUINAS
REGISTRADOR.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C004590-3
172
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 374
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, treinta de noviembre del año dos mil seis.
No. de Expediente: 2006063060
No. de Presentación: 20060086018
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MARIA ELENA
CUELLAR PARADA, en su calidad de APODERADO de Laboratoire
INNOTECH INTERNATIONAL, de nacionalidad FRANCESA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,
REGISTRADOR.
GUILLERMO ALFONSO LÓPEZ,
SECRETARIO.
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SYMPATHYL
3 v. alt. No. C004556-3
Consistente en: La palabra SYMPATHYL, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS.
La solicitud fue presentada el día veintiocho de noviembre del año
dos mil seis.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, treinta de noviembre del año dos mil seis.
SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL
No. de Expediente: 2006058021
No. de Presentación: 20060078023
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
ALICIA ESTER GARCÍA COREAS,
REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ERNESTO
ALFONZO BUITRAGO, en su calidad de APODERADO de The Black
& Decker Corporation, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando
el registro de la EXPRESIÓN O SEÑAL DE PROPAGANDA,
SANDRA ELIZABETH HENRÍQUEZ LARA,
SECRETARIA.
POWERFUL SOLUTIONS
3 v. alt. No. C004592-3
Consistente en: Las palabras POWERFUL SOLUTIONS, tradu-
cidas al castellano como SOLUCIONES PODEROSAS, que servirá
para: LLAMAR LA ATENCIÓN DEL PUBLICO CONSUMIDOR
NOMBRE COMERCIAL
DE PRODUCTOS: FERRETERÍA METÁLICA PARA PUERTAS;
HERRAMIENTAS, MAQUINAS Y ÚTILES DE MANO, INCLU-
No. de Expediente: 2006062187
No. de Presentación: 20060084580
SIVE LOS CORTANTES, MUELAS; MAQUINAS Y APARATOS
DIVERSOS, APARATOS PEQUEÑOS PARA LA CASA Y PARA
EL CUIDADO PERSONAL, ELÉCTRICOS Y NO ELÉCTRICOS,
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
D
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HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado CLAUDIA
NOEMY GRIMALDI ROMERO, de nacionalidad SALVADOREÑA,
en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE
COMERCIAL,
ESPECÍFICAMENTE, BATIDORAS ELÉCTRICAS DE MANO Y
BATIDORAS DE PALO; CUCHILLOS ELÉCTRICOS; ABRELATAS
ELÉCTRICOS; LICUADORAS DE ALIMENTOS ELÉCTRICAS;
EXTRACTORES DE JUGOS ELÉCTRICOS; PICADORAS DE
ALIMENTOS ELÉCTRICAS; PROCESADORES DE ALIMENTOS
ELÉCTRICOS; MOLEDORAS DE CAFÉ EN GRANO ELÉCTRICAS; BATIDORAS ELÉCTRICAS CON BASE; ASPIRADORAS
VERTICALES Y DE MANGUERA; PULIDORAS/ENCERADORAS
ELÉCTRICAS PARA PISO; ABRELATAS INALÁMBRICOS QUE
OPERAN CON BATERÍAS; LICUADORAS DE ALIMENTOS Y
BEBIDAS, PORTÁTILES, OPERADAS CON BATERÍAS; PLANCHAS ELÉCTRICAS PARA LA ROPA; PRODUCTOS DE USO
Consistente en: Las palabras Eben-Ezer y diseño, que servirá para:
IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO DEDICADO A PRESTAR
LOS SERVICIOS DE FOTOCOPIADO Y REPRODUCCIÓN DE
DOCUMENTOS.
DOMESTICO QUE UTILIZAN TECNOLOGÍA ULTRASÓNICA EN
La solicitud fue presentada el día veinticuatro de octubre del año
dos mil seis.
INSECTOS, ESPECÍFICAMENTE APARATOS ELECTRÓNICOSY/O
COMBINACIÓN CON UN LIQUIDO PARA REMOVER MANCHAS
EN TEXTILES; PRODUCTOS PARA EL CONTROL DE PLAGAS E
ULTRASÓNICOS DE USO EN INTERIORES Y EXTERIORES PARA
DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 18 de Enero de 2007.
EL CONTROL DE INSECTOS QUE PICAN Y APARATOS PARA EL
173
MATRICULAS DE COMERCIO
CONTROL DE ROEDORES; INSTRUMENTOS CIENTÍFICOS EN
GENERAL, INSTRUMENTOS PARA INGENIEROS,ARQUITECTOS,
AGRIMENSORES, PARA PESAR, PARA MEDIDAS; MAQUINAS
ELÉCTRICAS, SUS COMPONENTES Y ACCESORIOS; VELAS,
ASIENTO DE EMPRESA 2002018811
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2002018811- 001
CANDELAS, CERILLAS, LÁMPARAS, FÓSFOROS Y DEMÁS
ARTÍCULOS DE ALUMBRADO; APARATOS PEQUEÑOS PARA
LA CASA Y PARA EL CUIDADO PERSONAL, ELÉCTRICOS Y
NO ELÉCTRICOS, ESPECÍFICAMENTE TOSTADORAS ELÉC-
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESAY ESTABLECIMIENTOS
DEL REGISTRO DE COMERCIO.
TRICAS; HORNOS Y TOSTADORES ELÉCTRICOS; HORNOS
SILLASY BANQUILLOS-ESCALERAS DE USO PRACTICO, TODO
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
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CONTENEDORES PARA USO EN EXTERIORES; MESAS, BANCOS,
HACE SABER: Que a esta Oficina se ha presentado JOSÉ ISABEL GUEVARA CRUZ, en su calidad de Representante legal de la
sociedad TRANSPORTES J. I. GUEVARA, SOCIEDAD ANÓNIMA
DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse TRANSPORTES J.
I. GUEVARA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, del
domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo
el número 11 del libro 881 del Registro de Sociedades del Registro de
Comercio, con Número de Identificación Tributaria: 0614-250892-104-8,
el cual ha presentado solicitud a las quince horas y cuarenta y cuatro minutos del día treinta y uno de agosto de dos mil seis, con la cual se otorgó
el asiento de Empresa No. 2002018811 inscripción 183 y el asiento de
Establecimiento No. 2002018811- 001 inscripción 126, ambos del libro
125 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento, la Empresa
denominada TRANSPORTES J. I. GUEVARA, SOCIEDAD ANÓNIMA
DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a PRODUCCIÓN, COMPRA Y VENTA DE CERDOS Y PRODUCTOS AGROPECUARIOS,
con dirección en CALLE EL PEDREGAL No. 30 COLONIA DE LA
HACIENDA BLOCK G, del domicilio de ANTIGUO CUSCATLAN;
LA LIBERTAD, cuyo activo asciende a CIENTO SESENTA Y CUATRO
MIL CIENTO NOVENTA Y TRES 28/100 DÓLARES ($ 164,193.28) y
que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado TRANSPORTES J. I. GUEVARA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, ubicado en CALLE EL PEDREGAL No. 30, COLONIA DE LA
HACIENDA BLOCK G, ANTIGUO CUSCATLAN, LA LIBERTAD
y que se dedica a PRODUCCIÓN, COMPRA Y VENTA DE CERDOS
Y PRODUCTOS AGROPECUARIOS.
DE MESA; HORNOS MICROONDA PORTÁTILES, CAFETERAS
ELÉCTRICAS, MAQUINAS ELÉCTRICAS PARA HACER CAFÉ
EXPRESSO; MAQUINAS ELÉCTRICAS PARA HACER CAFÉ
CAPPUCCINOS; OLLAS ELÉCTRICAS PARA EL TE; MAQUINA
ELÉCTRICA PARA HACER POPCORN; PARRILLAS ELÉCTRICAS
PARA BARBACOAS EN INTERIORES; WAFLERAS ELÉCTRICAS;
SARTENES DE FONDO CONVEXO ELÉCTRICOS; PLANCHAS (DE
COCINAR) ELÉCTRICAS; CACEROLAS (CON PATAS Y MANGO
LARGO) ELÉCTRICAS; MAQUINAS ELÉCTRICAS PARA HACER
SORBETE; FREIDORAS HONDAS ELÉCTRICAS; OLLAS A PRE-
SIÓN ELÉCTRICAS; MAQUINAS ELÉCTRICAS PARA HACER PAN;
ARROCERAS ELÉCTRICAS, VAPORIZADORES DE ALIMENTOS;
CALIENTAPLATOS ELÉCTRICOS, OLLAS DE COCIMIENTO LEN-
TO ELÉCTRICAS; CALENTADORES DE TORTILLAS ELÉCTRI-
COS; SELLADORES AL VACÍO ELÉCTRICOS; SECADORES DE
PELO MANUALES, ELÉCTRICOS; SECADORAS ELÉCTRICAS
DE PELO, CON GORRO DURO Y SUAVE, ESTACIONARIAS Y
MANUALES; HUMIDIFICADORES; DESHUMIDIFICADORES;
LIMPIADORES DEL AIRE Y FILTROS DE AIRE; BURROS (DE
TRABAJO); BANCOS DE TRABAJO; ESTANTES; ARMARIOS O
VITRINAS; CAJAS PARA HERRAMIENTAS; SISTEMAS DE OR-
GANIZADORESY GAVETEROS; CARRETES PARA MANGUERAS
DE JARDÍN; CARRETILLAS DE USO PRACTICO; DEPÓSITOS Y
HECHO DE PLÁSTICO; BATERÍAS DE COCINAS, DE HIERRO,
San Salvador, siete de septiembre de dos mil seis.
ACERO Y OTRO METAL.
R
La solicitud fue presentada el día veinticinco de mayo del año dos
IA
mil seis.
Lic. MORENA GUADALUPE FLORES AGUIRRE,
REGISTRADORA.
D
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
3 v. alt. No. A032489-3
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veinte de noviembre del año dos mil seis.
Lic. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,
ASIENTO DE EMPRESA 2000034544
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2000034544- 001
REGISTRADOR.
CARLOS DAVID JARQUÍN CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C004573-3
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESAY ESTABLECIMIENTOS
DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACE SABER: QUE A ESTA OFICINA SE HA PRESENTADO
JORGE ANTONIO LÓPEZ MARTÍNEZ, EN SU CALIDAD DE REPRESENTANTE LEGAL DE LA SOCIEDAD INTELFON, SOCIEDAD
174
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 374
PITAL VARIABLE, la cual se dedica a TELEFONÍA CELULAR CON
RADIO MÓVIL, con dirección en 63 AVENIDA SUR, Y ALAMEDA
ROOSEVELT, CENTRO FINANCIERO GIGANTE, TORRE “A” NIVEL
12 del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a ONCE
MILLONES QUINIENTOS VEINTIOCHO MIL CIENTO VEINTISÉIS
DÓLARES CON 02/100 $ 11,528,126.02 y que tiene el establecimiento
siguiente: 001-) INTELFON, S. A. DE C. V., ubicado en 63 AVENIDA
SURY ALAMEDA ROOSEVELT, CENTRO FINANCIERO GIGANTE,
TORRE “A” NIVEL 12 del domicilio de SAN SALVADOR.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de ley.
San Salvador, veinticuatro de agosto de dos mil seis.
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ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE QUE PUEDE ABREVIARSE
INTELFON, S.A. DE C.V.; DE NACIONALIDAD SALVADOREÑA.
DEL DOMICILIO DE SAN SALVADOR, CUYA ESCRITURA SOCIAL
ESTA INSCRITA BAJO EL NÚMERO 60 DEL LIBRO 1370 DEL REGISTRO DE SOCIEDADES DEL REGISTRO DE COMERCIO CON
NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN TRIBUTARIA: 0614-160498-104-7;
EL CUAL HA PRESENTADO SOLICITUD A LAS DOCE HORAS
Y CINCUENTA Y OCHO MINUTOS DEL DIA VEINTICINCO DE
AGOSTO DE DOS MIL CINCO, CON LA CUAL SE OTORGÓ EL
ASIENTO DE EMPRESA No. 2000034544 INSCRIPCIÓN 89 Y EL
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO No. 2000034544- 001 INSCRIPCIÓN 90; AMBOS DEL LIBRO 101 DE ASIENTOS DE MATRICULA
DE EMPRESAY ESTABLECIMIENTO; LA EMPRESA DENOMINADA INTELFON, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE,
LA CUAL SE DEDICA A TELEFONÍA CELULAR CON RADIO
MÓVIL, CON DIRECCIÓN EN 67ª AVENIDA SUR, Y ALAMEDA
ROOSEVELT, CENTRO FINANCIERO GIGANTE, TORRE “A” NIVEL 12 DEL DOMICILIO DE SAN SALVADOR, CUYO ACTIVO
ASCIENDE A ONCE MILLONES QUINIENTOS VEINTIOCHO MIL
CIENTO VEINTISÉIS DÓLARES CON 02/100 $ 11,528,126.02,Y QUE
TIENE EL ESTABLECIMIENTO SIGUIENTE: 001-) DENOMINADO INTELFON, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE
UBICADO EN 67ª AVENIDA SUR, Y ALAMEDA ROOSEVELT,
CENTRO FINANCIERO GIGANTE, TORRE “A” NIVEL 12, SAN
SALVADOR Y QUE SE DEDICA A TELEFONÍA CELULAR CON
RADIO MÓVIL.
LO QUE SE LE HACE SABER AL PÚBLICO PARA LOS
EFECTOS DE LEY.
SAN SALVADOR, SEIS DE ENERO DE DOS MIL SEIS.
Lic. JULIO RUBÉN TRUJILLO V.,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. C004527-3
ASIENTO DE EMPRESA 2000034544
IA
R
ESTABLECIMIENTO 2000034544- 001
D
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE
REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JORGE
ANTONIO LÓPEZ MARTÍNEZ, en su calidad de Representante legal
de la sociedad INTELFON, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL
VARIABLE que puede abreviarse INTELFON, S.A. DE C.V., de
nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR,
cuya escritura social está inscrita bajo el número 60 del libro 1370
del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de
Identificación Tributaria: 0614-160498-104-7, ha presentado solicitud a
las once horas y cuarenta y nueve minutos del día veinticuatro de agosto
de dos mil seis. Con la cual se otorgaron los asientos de Empresa No.
2000034544 y Establecimiento No. 2000034544- 001; a favor de la
Empresa denominada INTELFON, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CA-
Lic. RUBÉN ALBERTO NAVARRO,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. C004528-3
ASIENTO DE EMPRESA 2003030119
ESTABLECIMIENTO 2003030119- 001
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE
REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado VALDEZ
ALVARADO, PEDRO ANTONIO, en su calidad de Representante legal
de la sociedad R.C. QUÍMICA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL
VARIABLE que puede abreviarse R.C. QUÍMICA, S.A. DE C.V., de
nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR,
cuya escritura social está inscrita bajo el número 7 del libro 1267 del
Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identificación Tributaria: 0614-200497-101-0, ha presentado solicitud a las
catorce horas y cincuenta y seis minutos del día dieciséis de diciembre
de dos mil dos. Con la cual se otorgaron los asientos de Empresa No.
2003030119 y Establecimiento No. 2003030119- 001; a favor de la
Empresa denominada R.C. QUÍMICA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE
CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a COMPRAY VENTA DE PRODUCTOS QUÍMICOS INDUSTRIALES, con dirección en REPARTO
LOS HÉROES, CALLE GABRIEL ROSALES # 26-B del domicilio de
ANTIGUO CUSCATLAN, cuyo activo asciende a SESENTA Y SIETE
MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y OCHO DÓLARES CON 30/100
$67,688.30 y que tiene el (los) establecimiento (s) siguiente (s): 001-)
R.C. QUÍMICA, S.A. DE C. V., ubicado en REPARTO LOS HÉROES,
CALLE GABRIEL ROSALES # 26-B, del domicilio de ANTIGUO
CUSCATLAN.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, dieciocho de febrero de dos mil tres.
Lic. ROSA MAURA CABRERA MARTÍNEZ,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. C004541-3
DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 18 de Enero de 2007.
ASIENTO DE EMPRESA 2006057698
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2006057698- 001
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESAY ESTABLECIMIENTOS
DEL REGISTRO DE COMERCIO.
Quórum legal correspondiente se hace Segunda Convocatoria para el día
Once de Febrero de los corrientes a la hora y local antes señalado.
La Junta General se constituirá con las formalidades que establecen
la Cláusula Décimo Noveno del Pacto Social Vigente de la Caja y el
Artículo Doscientos Cuarenta del Código de Comercio, para conocer y
resolver los puntos que contiene la agenda siguiente:
AGENDA
1.-
Integración del Quórum de asistencia
2.-
Elección de los Representantes de Acciones que hubieren
concluido su período y de los que faltaren por las causas
que expresa la Cláusula Vigésima Primera del Pacto Social
Vigente de La Caja
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HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado VÍCTOR
MANUEL ZAMORA BABICH, en su calidad de Representante legal
de la sociedad INVERSIONES ALACRÁN, SOCIEDAD ANÓNIMA
DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse INVERSIONES ALACRÁN, S. A. DE C. V.; sociedad de nacionalidad SALVADOREÑA, del
domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo
el número 30 del libro 2055 del Registro de Sociedades del Registro de
Comercio, con Número de Identificación Tributaria: 0614-080805-101-8;
quien ha presentado solicitud a las once horas y veintidós minutos del día
veintiuno de noviembre de dos mil seis, con la cual se otorgó el asiento
de Empresa No. 2006057698 inscripción 131 y el asiento de Establecimiento No. 2006057698- 001, inscripción 132, ambos del Libro 132
de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa se
denomina INVERSIONES ALACRÁN, S.A. DE C.V., la cual se dedica
a ACTIVIDADES INMOBILIARIAS REALIZADAS CON BIENES
PROPIOS O ARRENDADOS, con dirección en CARRETERA SAN
JUAN OPICO, KILÓMETRO 31, CANTÓN SITIO DEL NIÑO del
domicilio de SAN JUAN OPICO, LA LIBERTAD, cuyo activo asciende
a ONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO 58/100 DÓLARES
($11,428.58) y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado
INVERSIONES ALACRÁN, S.A. DE C.V., ubicado en CARRETERA
SAN JUAN OPICO, KILÓMETRO 31, CANTÓN SITIO DEL NIÑO,
del domicilio de SAN JUAN OPICO, LA LIBERTAD, y que se dedica
a ACTIVIDADES INMOBILIARIAS REALIZADAS CON BIENES
PROPIOS O ARRENDADOS.
175
Lo que se le hace saber público para los efectos de Ley.
3.-
Integración del Quórum Legal
4.-
Presentación y Discusión de la Memoria Anual de Labores
de la Caja, del Balance General al 31 de Diciembre de 2006;
del Estado de Pérdidas y Ganancias del 01 de Enero al 31 de
Diciembre de 2006; el Informe del Auditor Externo a fin de
aprobar o improbar los tres primeros y tomar medidas que
juzguen oportunas
5.-
Aplicación de Los Resultados del Ejercicio
6.-
Retiro de Socios de acuerdo a disposiciones legales
7.-
Presentación del Presupuesto y Plan de Operaciones para el
2007
8.-
Elección del Auditor Externo, con su respectivo suplente y
fijación de sus honorarios
9.-
Elección del Auditor Fiscal, con su respectivo suplente y
fijación de sus Honorarios
10.-
Fijación de Dietas a los miembros de la Junta Directiva
11.-
Elección de los Miembros de la Junta Directiva.
San Salvador, veintidós noviembre de dos mil seis.
Lic. JORGE ALBERTO CASTRO VALLE,
REGISTRADOR.
IA
R
3 v. alt. No. C004555-3
El Quórum Legal se integrará con quince de los veintiocho Representantes de Acciones y que forman la Asamblea General de Accionistas,
según lo establece la Cláusula Vigésima Sexto del Pacto Social vigente
de esta Caja de Crédito.
San Francisco Gotera, 04 de enero de 2007.
D
JUAN JESÚS PÉREZ ZELAYA,
CONVOCATORIAS
DIRECTOR PRESIDENTE.
CONVOCATORIA
La Junta Directiva de La Caja de Crédito de San Francisco Gotera,
Sociedad Cooperativa de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, en cumplimiento a los Artículos Números Doscientos Veintitrés, y
Doscientos Veintiocho del Código de Comercio Vigente y de acuerdo
a la Cláusula Vigésima Cuarta del Pacto Social Vigente de esta Caja de
Crédito, convoca a los Representantes de Acciones y demás Socios de
la misma, para celebrar Junta General Ordinaria de Accionistas a partir
de las Nueve horas del día Cuatro de Febrero de Dos Mil Siete, en el
Auditorium “Señor: Pablo Martín Martínez Ortez” Edificio Social de la
Caja de Crédito, en primera convocatoria y en caso de no integrarse el
ROSA ORALIA GONZÁLEZ,
DIRECTOR SECRETARIA.
JUAN FRANCISCO VALENZUELA,
DIRECTOR PROPIETARIO.
3 v. alt. No. A032350-3
176
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 374
AGENDA
CONVOCATORIA
Para dar cumplimiento a los Artículos 12 y 13, Capítulos V y VI de los
1.
Integración del Quórum.
2.
Presentación y discusión de la Memoria de Labores del
Nuevos Estatutos del Centro Cultural Salvadoreño, se convoca a Asamblea
Banco, Balance General al 31 de diciembre de 2006, Estado
General de Socios, para el día 26 de febrero del año dos mil siete, a las
de Pérdidas y Ganancias del 1 de enero al 31 de diciembre
doce con treinta minutos, en el local del Centro Cultural Salvadoreño. En
de 2006 y el Informe del Auditor Externo; a fin de aprobar o
caso de que no haya quórum, la sesión se llevará a cabo a las trece horas
improbar los tres primeros y tomar las medidas que se juzguen
del mismo día, con los socios asistentes, en el lugar indicado.
1.
Establecimiento de quórum
2.
Lectura y aprobación de Acta de Asamblea de 2006.
3.
Balance General y Estado de Pérdidas y Ganancias de
2006.
4.
Memoria de Labores de 2006.
5.
Informe de Planes de Trabajo 2007.
6.
Elección de Auditores Externos y Fiscal.
7.
oportunas.
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A
Agenda:
3.
Aplicación de Utilidades del Ejercicio 2006.
4.
Presentación del Plan de Operaciones y Presupuestos para el
año 2007.
5.
Redención de Capital.
6.
Nombramiento del Auditor Externo y del Auditor Fiscal y
sus respectivos suplentes y fijación de sus emolumentos para
el ejercicio de 2007.
Cualquier otro punto que, de acuerdo con la ley, pueda dis-
7.
Suplencia de Director de Junta Directiva.
8.
Fijación de dietas de los miembros de la Junta Directiva.
cutirse.
Esta Junta se considerará legalmente constituida al encontrarse
San Salvador, a los cuatro días del mes de Enero del año dos mil
siete.
presentes y representados la mitad más uno de los socios del Banco, o
sea 15,254 socios; y sus resoluciones serán válidas con la mayoría de
los votos conformes de los socios presentes y representados.
ERNESTO MILLA NUILA,
SECRETARIO DE JUNTA DIRECTIVA.
En caso de que a la hora señalada no hubiese quórum para realizar
la sesión en primera convocatoria, por esta misma se CONVOCA a los
3 v. alt. No. A032539-3
socios para celebrar la Junta General Ordinaria en SEGUNDA CONVOCATORIA, a partir de las Trece horas del día Diecisiete de febrero
IA
R
del año dos mil siete, en el mismo lugar convocado para la Primera
Convocatoria. Esta Junta se considerará legalmente constituida, con
CONVOCATORIA
D
La Junta Directiva del BANCO DE LOS TRABAJADORES Y DE LA
PEQUEÑA Y MICROEMPRESA, SOCIEDAD COOPERATIVA DE
cualesquiera que sean el número de titulares de las acciones presentes
o representadas, y sus resoluciones serán válidas con la mayoría de los
votos presentes.
RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, en cumplimiento a lo dispuesto en la cláusula Vigésima Tercera del Pacto Social
y de los artículos doscientos veintitrés, doscientos cuarenta y doscientos
San Salvador, 05 de enero de 2007.
cuarenta y uno del Código de Comercio, CONVOCA a sus socios en
PRIMERA CONVOCATORIA a JUNTA GENERAL ORDINARIA, a
LIC. NELSON OSWALDO GUEVARA RAMÍREZ,
celebrarse a partir de las Once horas del día Diecisiete de febrero del año
dos mil siete, en el Hotel Terraza, en el Salón Maya, Ubicado en la 85
PRESIDENTE.
Avenida Sur y Calle Padre Aguilar, Colonia Escalón, Departamento de
San Salvador, en la que se conocerán y resolverán los temas contenidos
en la siguiente Agenda:
3 v. alt. No. C004506-3
DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 18 de Enero de 2007.
177
CONVOCATORIA
CONVOCATORIA
La Junta Directiva de la Sociedad “BLOKITUBOS S.A. DE C.V.”, de
acuerdo con las cláusulas decimoséptima de la escritura de constitución,
por este medio convoca a los señores accionistas para celebrar Junta General Ordinaria, a llevarse a cabo a las diecisiete horas del día veintitrés
de febrero del año dos mil siete, en las oficinas de la sociedad ubicadas
La Junta Directiva de la Caja de Crédito de Quezaltepeque, Sociedad
Cooperativa de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, en cumplimiento a la Atribución que le confiere la Cláusula Vigésima Segunda
en la veintitrés Av. Sur y Boulevard Venezuela, frente al Edificio Cristo
del Pacto Social Vigente, CONVOCA a los Representantes de Acciones
Negro de esta ciudad, para resolver la siguiente:
y demás socios de la misma, para celebrar Junta General Ordinaria y
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Extraordinaria de Accionistas, la primera a partir de las diez horas y la
segunda a partir de la once horas, ambas del día quince de febrero del
AGENDA
1)
2)
3)
año dos mil siete, en el Auditórium “Moisés Bazan” de la Caja, ubicado
Establecimiento de quórum, lectura y aprobación del acta de
en Cuarta Calle Oriente, número cuatro, de Quezaltepeque; en caso de
la sesión celebrada el día veinticuatro de febrero del año dos
no integrarse el Quórum legal correspondiente se convoca en Segunda
mil seis.
Convocatoria para ambas asambleas el día dieciocho de febrero del dos
Presentación por Junta Directiva de la Memoria de labores
mil siete, a partir de las nueve horas y treinta minutos de la Ordinaria
del período comprendido del uno de enero al treinta y uno
y a las once horas y treinta minutos de la Extraordinaria, ambas en el
de diciembre del año dos mil seis.
Hotel Casino Siesta, ubicado en Boulevard Los Próceres 200 metros al
Balance General al treinta y uno de diciembre del año dos
oriente de La Ceiba de Guadalupe, San Salvador.
mil seis, Estados de Resultados del uno de enero al treinta
y uno de diciembre de dos mil seis e informe del Auditor
Dichas Asambleas se constituirán con las Formalidades estable-
Externo.
cidas en la cláusula décima novena y vigésima del Pacto Social Vigente
4)
Aplicación de Utilidades percibidas durante el período com-
prendido entre el uno de enero al treinta y uno de diciembre
de dos mil seis.
5)
ya citada, y Artículo 223 y 224 Sección “C” Capítulo VII, Título II del
Libro Primero del Código de Comercio Vigente, para conocer y resolver
los puntos que contienen las Agendas así:
Nombramiento del Auditor Externo, del Auditor Fiscal, de
sus respectivos suplentes y fijación de sus honorarios.
6)
Cualquier otro punto que pueda ser tratado legalmente por
La Junta General Ordinaria de Accionistas.
Puntos a tratar en Junta Ordinaria:
1-
Integración del Quórum.
2-
Presentación y discusión de la Memoria de Labores de la
Caja; del Balance General al 31 de Diciembre de 2006, del
menos, la concurrencia de la mitad más de una de las acciones en que
Estado de Pérdidas y Ganancias del 01 de Enero al 31 de
está dividido el Capital Social, o sean setenta y cinco mil una acciones
Diciembre de 2006; informe del Auditor Externo, a fin de
suscritas y pagadas. En caso de no haber quórum a la hora y fecha se-
aprobar o improbar los 3 primeros y tomar las medidas que
ñalada en esta convocatoria, por este medio se convoca por segunda vez
juzguen oportunas.
D
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El quórum necesario para la celebración de La Junta, será por lo
para las diecisiete horas del día sábado veinticuatro de febrero del año
dos mil siete, teniendo en cuenta que en esta convocatoria el quórum se
formará con cualquier número de acciones presentes o representadas.
3-
Aplicación de los Resultados del Ejercicio.
4-
Presentación del Presupuesto y Plan Estratégico para el 20072008.
San Salvador, 3 de enero de 2007.
JAIME J. MIGUEL,
5-
Retiro de socios de Acuerdo a las Disposiciones Legales.
6-
Elección del Auditor Externo, Auditor Fiscal y sus respectivos
Suplentes y Fijación de sus honorarios.
PRESIDENTE.
3 v. alt. No. C004593-3
7-
Elección de la Nueva Junta Directiva.
8-
Fijación de dietas a los miembros de la Junta Directiva.
178
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 374
Puntos a tratar en Junta General Extraordinaria:
ORIENTE, nueve metros, Avenida de por medio, con resto de solar
que le quedó al señor ROBERTO JOVEL, conocido por ROBERTO
1.
Integración del Quórum.
2.
Aumento del Capital Social Mínimo y Variable mediante la
metros, con solar que era de EMMA CONTRERAS, y que ahora es
suscripción y pago de nuevas acciones con el producto de
de BLANCA OFELIA BERRIOS.- La superficie de esta porción de
las utilidades del ejercicio contable 2006.
solar es de: NOVENTA METROS CUADRADOS.- Actualmente tiene
Nombramiento de Ejecutor Especial para que se otorgue
construida una casa de sistema mixto, y dos cuartos del mismo sistema.-
la respectiva Escritura Pública de Modificación al Pacto
Inscrita por traspaso a su favor, en el Registro de la Propiedad Raíz de la
Social.
Segunda Sección de Oriente, bajo el número CUARENTA Y CUATRO
ANTONIO JOVEL o sea la porción del rumbo Oriente; y al SUR, diez
3.
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DEL TOMO OCHOCIENTOS SETENTA Y SIETE DE PROPIEDAD
DE ESTE DEPARTAMENTO.
Quezaltepeque, a los tres días del mes de enero del dos mil siete.
Quien quiera hacer postura que ocurra que se le admitirán siendo
ENRIQUE VILA LLORT,
legal.-
PRESIDENTE.
LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, a los once
LIC. ISAAC ERNESTO SAYES,
DIRECTOR PROPIETARIO.
días del mes de diciembre del año dos mil seis.- LIC. JOSE ANTONIO
GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. MIRNA MARISOL SIGARAN
HERNANDEZ, SECRETARIA.
JOSE ESTEBAN ROMERO,
3 v. alt. No. A032427-3
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C004596-3
MARIA ELISA HERNANDEZ PORTILLO, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA SUPLENTE DEL DISTRITO JUDICIAL DE
SUBASTA PUBLICA
EL INFRASCRITO JUEZ, Al público para los efectos de ley,
TONACATEPEQUE, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que en el Proceso Ejecutivo Mercantil promovido
IA
R
por el Licenciado JOEL REYNALDO PEREZ, como Apoderado General
Judicial de la Caja de Crédito de Tonacatepeque, Sociedad Cooperativa
de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, contra la señora Mira
día, se ha ordenado la venta en pública subasta, en el JUICIO CIVIL
Narda Cuéllar de Vásquez, se venderá en Pública Subasta en fecha que
EJECUTIVO, Promovido por el Licenciado JOSE MARIA MEJIA
posteriormente se proporcionará, el inmueble de Naturaleza rústica como
MEDRANO Apoderado General Judicial de la señora JOSEFA ELISA
Lote uno, block K, comunidad Las Torres de Jerusalén, jurisdicción de
GUEVARA DE ROSALES, contra la señora CORALIA FUNES, sobre
Apopa, Departamento de San Salvador, de una extensión superficial de
el siguiente inmueble: “Porción de terreno rústico, ahora urbano, situado
noventa y tres punto sesenta y tres metros cuadrados de las medidas
en los arrabales, ahora Barrio La Parroquia, de esta Ciudad, Distrito
perimétricas siguientes: NORTE Y SUR, siete punto veintitrés metros;
y Departamento de Usulután, segregada de uno de mayor, al rumbo
ORIENTE Y PONIENTE doce punto noventa y cinco metros; inmueble
Poniente, porción que mide y linda; al PONIENTE, nueve metros, con
embargado propiedad de la ejecutada señora Mira Narda Cuéllar de
solar que era de TOMASA y CATALINA CONTRERAS, y que hoy
Vásquez, bajo la matrícula del sistema de folio real computarizado nú-
es de Francisca Herrera; al NORTE, diez metros, actualmente calle de
mero SEIS CERO CERO OCHO TRES SIETE DOS SEIS-CERO CERO
por medio, con solar de la Municipalidad de Usulután, ocupado por un
CERO CERO CERO del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de
mercado, y que antes fue del doctor MIGUEL ANGEL SORIANO; al
la Primera Sección del Centro.
D
HACE SABER: Que por resolución de las once horas de este
DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 18 de Enero de 2007.
Lo que se pone en conocimiento del Público para los efectos de
179
al mojón número cinco linda con terrenos de Misael de Jesús Magaña,
quebrada seca de por medio; ORIENTE: del mojón número cinco con
Ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Tonacatepeque, a los
veintiún días del mes de Noviembre del año dos mil seis.- LIC. MARIA
ELISA HERNANDEZ PORTILLO, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA
SUPLENTE.- LIC. ANA LETICIA ARIAS ZETINO, SECRETARIO.
deflexión derecha a noventa grados rumbo de Norte a Sur, medimos una
distancia de veinte punto sesenta metros a llegar al mojón número uno
en donde se inició esta descripción; inmueble embargado propiedad del
señor Dimas Guevara conocido por Dimas Guevara Rodríguez, según
matrícula M CERO CINCO UNO CERO OCHO CERO SIETE TRES,
del Registro de la Propiedad Raíz e hipotecas de la Primera Sección del
Centro.
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3 v. alt. No. A032550-3
Lo que se pone en conocimiento del Público para los efectos de
Ley.
MARIA ELISA HERNANDEZ PORTILLO, JUEZA DE PRIME-
RA INSTANCIA SUPLENTE DEL DISTRITO JUDICIAL DE
TONACATEPEQUE, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Tonacatepeque, a
los veintiún días del mes de noviembre del año dos mil seis. Entrelíneasde tránsito-vale. Enmendados-Limitada-decímetros llega-valen.- LIC.
MARIA ELISA HERNANDEZ PORTILLO, JUEZA DE PRIMERA
HACE SABER: Que en el proceso ejecutivo mercantil promovido
por el Licenciado Joel Reynaldo Pérez, como Apoderado General Judi-
INSTANCIA SUPLENTE.- LIC. ANA LETICIA ARIAS ZETINO,
SECRETARIO.
cial de la Caja de Crédito de Tonacatepeque, Sociedad Cooperativa de
Responsabilidad Limitada de Capital Variable, contra el señor DIMAS
3 v. alt. No. A032552-3
GUEVARA conocido por DIMAS GUEVARA RODRIGUEZ, se ven-
derá en pública subasta en fecha que posteriormente se proporcionará,
el inmueble que consiste en un lote de naturaleza rústica, desmembrado
de otro de mayor extensión, marcado con el plano respectivo con el
número once, de la llamada Lotificación Las Mercedes, situado en el
REPOSICION DE CERTIFICADO
lugar llamado Los Naranjos, en los suburbios del Barrio Las Mercedes,
de esta ciudad, de la extensión superficial de trescientos veinte metros
AVISO
cuadrados diez decímetros cuadrados de los rumbos y colindancias si-
guientes: partiendo de los ejes que intercepta la Cuarta Calle Poniente
y Calle Diagonal Los Naranjos, una distancia de cuatrocientos punto
cincuenta metros, sobre la calle diagonal Los Naranjos, interceptamos al
eje de pasaje peatonal, servidumbre de tránsito para dicha lotificación,
llegamos a la intercepción de los ejes mencionados, calle diagonal Los
Naranjos y pasajes antes mencionados de esta intercepción medimos
R
sobre el eje del pasaje una distancia de setenta y seis punto sesenta y
El Banco Cuscatlán S.A.,
COMUNICA: Que a sus oficinas ubicadas enAVENIDA GERARDO
BARRIOS Y 4ª CALLE OTE. SAN MIGUEL, se ha presentado el propietario de CERTIFICADO DE DEPÓSITO A PLAZO FIJO DOLARES
Número 007PLA000489449, solicitando la reposición de dicho CERTIFICADO por (US$5,714.29) CINCO MIL SETECIENTOS CATORCE
29/100 DOLARES
IA
seis metros con deflexión derecha a noventa grados de sur a norte, se
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público
lote a describirse; SUR, medimos de oriente a poniente dieciocho punto
en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días
cuarenta metros, llegamos al mojón número dos, linda con lote número
después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna
seis y parte del lote número siete de la misma lotificación, pasaje peatonal
oposición, se procederá a reponer el certificado en referencia.
D
mide una distancia de dos metros, llegamos al mojón número uno del
de cuatro metros de ancho de por medio; PONIENTE: del mojón dos
San Miguel, 14 de diciembre de 2006.
con deflexión derecha a noventa grados, rumbo sur a norte medimos una
distancia de quince punto cincuenta metros y llegamos al mojón número
tres, linda con lote número diez de la misma lotificación Las Mercedes,
MIGUEL ANTONIO CAMPOS,
NORTE: del mojón tres hacemos una deflexión derecha a noventa grados
BANCO CUSCATLÁN S.A.
rumbo de Poniente a Oriente, medimos una distancia de diecinueve punto
AGENCIA SAN MIGUEL.
veinticinco metros en dos tramos, el primero de diez punto veintiún
metros llegamos al mojón número cuatro, el segundo del mojón número
cuatro medimos nueve punto cero cuatro centésimas de metro se llega
3 v. alt. No. A032557-3
180
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 374
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintinueve de noviembre del año dos mil seis.
AVISO
El Banco Cuscatlán S.A.,
LUIS ALONSO CACERES AMAYA,
REGISTRADOR.
SANDRA ELIZABETH HENRIQUEZ LARA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C004570-3
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COMUNICA: Que a sus oficinas ubicadas enAVENIDA GERARDO
BARRIOS Y 4ª CALLE OTE. SAN MIGUEL, se ha presentado el propietario de CERTIFICADO DE DEPÓSITO A PLAZO FIJO DOLARES
Número 007PLA000297470, solicitando la reposición de dicho CERTIFICADO por (US$4,571.43) CUATRO MIL QUINIENTOS SETENTA
Y UNO 43/100 DOLARES.
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público
en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días
después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna
oposición, se procederá a reponer el certificado en referencia.
San Miguel, 14 de diciembre de 2006.
MARCAS DE SERVICIO
No. de Expediente: 2006063619
No. de Presentación: 20060087162
MIGUEL ANTONIO CAMPOS,
BANCO CUSCATLAN, S.A.
AGENCIA SAN MIGUEL.
CLASE: 41.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado OSCAR FRANCISCO GOMEZ FUENTES, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su
calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE
SERVICIOS,
3 v. alt. No. A032558-3
R.E.D.D.
MARCA INDUSTRIAL
Consistente en: la palabra R.E.D.D., que servirá para: AMPARAR:
SERVICIOS MUSICALES.
No. de Expediente: 1997007713
No. de Presentación: 19970007713
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintidós de diciembre del año dos mil seis.
Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,
REGISTRADORA.
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HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MANUEL
ANTONIO PINEDA HERRERA, en su calidad de APODERADO de
MERIAL LIMITED, de nacionalidad BRITANICA, solicitando el registro
de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,
La solicitud fue presentada el día veintiuno de diciembre del año
dos mil seis.
D
MARTA DELIA CLAVEL DE VEGA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. A032419-3
Consistente en: LA PALABRA “MERIAL” EN LETRAS TIPO
HUECAS, MAYUSCULAS QUE VA DENTRO DE UN RECTANGULO
HORIZONTAL DIVIDIDO EN DOS PARTES POR UN ARCO, LA
PARTE SUPERIOR ES DE COLOR VERDE MUSGO Y EN LA PARTE
INFERIOR VERDE AQUA.
La solicitud fue presentada el día veintitrés de diciembre del año
mil novecientos noventa y siete.
No. de Expediente: 2006062620
No. de Presentación: 20060085255
CLASE: 38.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MANUEL
ANTONIO PINEDA HERRERA, en su calidad de APODERADO de
DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 18 de Enero de 2007.
TELEFONICA, S.A., de nacionalidad ESPAÑOLA, solicitando el registro
de la MARCA DE SERVICIOS,
181
GENIERIA, SERVICIOS DE INSTALACION DE SOFTWARE (INSERCION DE PROGRAMAS DE ORDENADOR), SERVICIOS DE
ELABORACION DE SOFTWARE, SERVICIOS DE ELABORACION
DE PLANOS, SERVICIOS DE PROYECTOS TECNICOS.
La solicitud fue presentada el día diez de noviembre del año dos
mil seis.
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DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, trece de noviembre del año dos mil seis.
Consistente en: las palabras Telefonica EMPRESAS y diseño, que
servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES,
SERVICIOS DE COMUNICACIONES POR TERMINALES DE ORDENADOR, SERVICIOS DE COMUNICACIONES A TRAVES DE
REDES INFORMATICAS Y TELEMATICAS MUNDIALES; SERVICIOS TELEFONICOS.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
La solicitud fue presentada el día diez de noviembre del año dos
mil seis.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, trece de noviembre del año dos mil seis.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. C004498-3
No. de Expediente: 2006062587
No. de Presentación: 20060085211
CLASE: 42.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C004493-3
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado DINA CASTRO
DE CALLEJAS, en su calidad de APODERADO de Twentieth Century
Fox Film Corporation, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando
el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
No. de Expediente: 2006062621
No. de Presentación: 20060085256
CLASE 42
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
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HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MANUEL
ANTONIO PINEDA HERRERA, en su calidad de APODERADO de
TELEFONICA, S.A., de nacionalidad ESPAÑOLA, solicitando el registro
de la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: las palabras Telefonica EMPRESAS y diseño, que
servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE INVESTIGACION CIENTIFICA E INDUSTRIAL; SERVICIOS DE PROGRAMACION PARA
ORDENADORES; SERVICIOS DE ASESORAMIENTO JURIDICO
(EXCEPTO EN MATERIA MERCANTIL Y FISCAL), SERVICIOS
DE ASESORIA Y CONSULTORIA TECNICA; SERVICIOS DE IN-
Consistente en: las palabras FOX ATOMIC y diseño, traducido al
castellano como ZORRO ATOMICO, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS COMPUTACIONALES, ESPECIALMENTE,ALOJAMIENTO
DE FACILIDADES DE RED EN LINEA PARA OTROS PARA LA
ORGANIZACION Y CONDUCCION DE REUNIONES, ASAMBLEAS Y DISCUSIONES INTERACTIVAS EN LINEA; SERVICIOS
COMPUTACIONALES EN LA NATURALEZA DE PAGINAS WEB
PERSONALIZADAS PRESENTANDO INFORMACION DEFINIDA
DEL USUARIO, PERFIL E INFORMACION PERSONAL; SERVICIOS
COMPUTACIONALES, ESPECIFICAMENTE, ALOJAMIENTO DE
CONTENIDOS DIGITALES EN INTERNET, ESPECIFICAMENTE,
DIARIOS EN LINEA Y BLOGS (PANTALLAS PERSONALIZADAS
ANIMADAS).
La solicitud fue presentada el día nueve de noviembre del año dos
mil seis.
182
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 374
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, trece de noviembre del año dos mil seis.
No. de Expediente: 2006062619
No. de Presentación: 20060085254
CLASE: 35.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MANUEL
ANTONIO PINEDA HERRERA, en su calidad de APODERADO de
TELEFONICA, S.A., de nacionalidad ESPAÑOLA, solicitando el registro
de la MARCA DE SERVICIOS,
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
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SECRETARIO.
3 v. alt. No. C004499-3
No. de Expediente: 2006060374
No. de Presentación: 20060081631
CLASE: 41.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado EMILIO
ARTURO CUCHILLA, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de STO
Pharmawerbung AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de
la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: las palabras Telefonica EMPRESAS y diseño, que
servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE GESTION DE NEGOCIOS
COMERCIALES, SERVICIOS DEADMINISTRACION COMERCIAL,
SERVICIOS DE ESTUDIOS DE MERCADO, SERVICIOS DE EXPORTACION, SERVICIOS DE CONSULTORES PROFESIONALES
EN MATERIA DE NEGOCIOS, SERVICIOS DE CONTABILIDAD,
SERVICIOS DE CONTESTACION TELEFONICA PARA ABONADOS
AUSENTES, SERVICIOS DE TRANSCRIPCION DE COMUNICACIONES, SERVICIOS DE RECOPILACION Y SISTEMATIZACION
DE DATOS E INFORMACION EN BASES DE DATOS INFORMATICAS, SERVICIOS DE INFORMACION ESTADISTICA, SERVICIOS
DE INFORMES COMERCIALES Y DE NEGOCIOS, SERVICIOS DE
PERITAJE EN MATERIA DE NEGOCIOS, SERVICIOS DE SONDEO
DE OPINION, SERVICIOS DE PUBLICIDAD; SERVICIOS DE VENTA AL POR MENOR EN COMERCIOS; SERVICIOS DE VENTA AL
DETALLE DE PRODUCTOS A TRAVES DE REDES MUNDIALES
DE INFORMATICA.
La solicitud fue presentada el día diez de noviembre del año dos
mil seis.
Consistente en: la expresión AWG ANEMIA WORKING GROUP y
diseño, que se traduce al castellano como AWG GRUPO DE TRABAJO
ANEMIA, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE EDUCACION;
SUMINISTRO DE ENTRENAMIENTO; ENTRETENIMIENTO; ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y CULTURALES.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, trece de noviembre del año dos mil seis.
La solicitud fue presentada el día catorce de agosto del año dos
mil seis.
REGISTRADOR.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, dieciséis de noviembre del año dos mil seis.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
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DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C004529-3
Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,
REGISTRADORA.
No. de Expediente: 2006058343
MELVY ELIZABETH CORTEZ DE ALAS,
No. de Presentación: 20060078593
CLASE: 37.
SECRETARIA.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
3 v. alt. No. C004516-3
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSE DANIEL
VEGA GUERRA, en su calidad de APODERADO de Renault s.a.s., de
DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 18 de Enero de 2007.
Consistente en: un diseño que se identifica como DISEÑO RENAULT, que servirá para: AMPARAR: CONSTRUCCIÓN, REPARACION Y MANTENIMIENTO DE VEHÍCULOS DE MOTOR Y SUS
PARTES; PRUEBA, REPARACIÓN Y CAMBIO DE PARTES Y COMPONENTES DE VEHÍCULOS, EN PARTICULAR DE BATERÍAS,
FILTROS, SISTEMAS DE ESCAPE, FRENOS, AMORTIGUADORES
Y CARROCERÍAS DE VEHÍCULOS; REVISIÓN DE LOS NIVELES
DE ACEITE Y CAMBIO DE ACEITE.
La solicitud fue presentada el día siete de junio del año dos mil
seis.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, diecisiete de noviembre del año dos mil seis.
LUIS ALONSO CACERES AMAYA,
REGISTRADOR.
SANDRA ELIZABETH HENRIQUEZ LARA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C004561-3
No. de Expediente: 2006061401
No. de Presentación: 20060083229
CLASE: 36
SO DE DINERO EN EFECTIVO, SERVICIOS DE ACCESO A VALORES DE DEPÓSITOS ALMACENADOS; SERVICIOS DE PAGO
DE FACTURAS; TARJETAS DE CRÉDITO, TARJETAS DE CARGO,
TARJETAS DE DEBITO, TARJETAS PREPAGADAS Y SERVICIOS
DE TARJETAS DE VALOR ACUMULADO; VERIFICACIÓN DE
CHEQUES Y SERVICIOS DE PAGO DE CHEQUES EN EFECTIVO; SERVICIOS DE MAQUINAS DE CAJEROS AUTOMATIZADOS;
PROCESAMIENTO DE TRANSACCIONES FINANCIERAS TANTO
EN LÍNEA VÍA UNA BASE DE DATOS COMPUTARIZADA O VIA
TELECOMUNICACIONES Y EN PUNTOS DE VENTA; SERVICIOS
DE PROCESAMIENTO DE TRANSACCIONES FINANCIERAS POR
TARJETAHABIENTES VIA MAQUINAS DE CAJEROS AUTOMATIZADOS; SUMINISTRO DE DETALLES DE BALANCE, DEPOSITOS
Y RETIROS DE DINERO POR PARTE DE TARJETAHABIENTES
VIA MAQUINAS DE CAJEROS AUTOMATIZADOS; SERVICIOS
DE LIQUIDACIÓN Y AUTORIZACIÓN; SERVICIOS DE SEGUROS
DE VIAJE; EMISIÓN Y REEMBOLSO DE CHEQUES DE VIAJERO
Y BONOS DE VIAJERO; SERVICIOS DE AUTENTICADOR DE
PAGADOR; VERIFICACIÓN DE INFORMACIÓN FINANCIERA;
CODIFICACIÓN Y DECODIFICACIÓN DE DATOS EN INFORMACIÓN FINANCIERA; MANTENIMIENTO DE REGISTROS
FINANCIEROS; TRANSFERENCIA ELECTRÓNICA DE FONDOS
Y SERVICIOS DE CAMBIO DE MONEDA; DISEMINACIÓN DE
INFORMACIÓN FINANCIERA VIA INTERNET Y OTRAS REDES
COMPUTARIZADAS; PAGO DE SERVICIOS REMOTAMENTE;
SERVICIOS DE MONEDERO ELECTRÓNICO DE VALOR ACUMULADO; SUMINISTRO DE SERVICIOS DE TRANSFERENCIA
ELECTRÓNICA DE FONDOS Y MONEDA, SERVICIOS DE PAGO
ELECTRÓNICO, SERVICIOS DE TARJETAS TELEFÓNICAS PREPAGADAS PARA LLAMAR, SERVICIOS DE DESEMBOLSO DE EFECTIVO,Y SERVICIOS DE AUTORIZACIONES DE TRANSACCIONES
Y LIQUIDACIONES; SUMINISTRO DE SERVICIOS DE CRÉDITO
Y DEBITO POR MEDIO DE DISPOSITIVOS DE IDENTIFICACIÓN
DE RADIO FRECUENCIA (TRANSCONTESTADORES); SUMINISTRO DE SERVICIOS DE CRÉDITO Y DÉBITO POR MEDIO DE
DISPOSITIVOS DE COMUNICACIÓN Y TELECOMUNICACIÓN;
SERVICIOS DE VERIFICACIÓN DE CHEQUES; SERVICIOS DE
EMISIÓN Y REEMBOLSO TODO RELACIONADO A CHEQUES
DE VIAJERO Y BONOS DE VIAJE: SUMINISTRO DE SERVICIOS
FINANCIEROS PARA EL SOPORTE DE SERVICIOS DE VENTAS
AL DETALLE PROPORCIONADO A TRAVÉS DE MEDIOS DE TELECOMUNICACIÓN MÓVIL, INCLUYENDO SERVICIOS DE PAGO
A TRAVÉS DE DISPOSITIVOS INALÁMBRICOS; SUMINISTRO DE
SERVICIOS FINANCIEROS PARA EL APOYO DE SERVICIOS DE
VENTAS AL DETALLE PROPORCIONADO EN LÍNEA A TRAVÉS
DE REDES U OTROS MEDIOS USANDO INFORMACIÓN ELECTRÓNICAMENTE DIGITADA; SERVICIOS DE VALUACIÓN DE
CAMBIO, ESPECÍFICAMENTE LA SEGURIDAD EN EL CAMBIO
DE VALOR INCLUYENDO DINERO EN EFECTIVO DE MANERA
ELECTRÓNICA, SOBRE REDES DE COMPUTADORA ACCESADOS POR MEDIO DE TARJETAS INTELIGENTES; SERVICIOS
DE PAGO DE FACTURAS PROPORCIONADOS A TRAVÉS DE
UN SITIO WEB; BANCO EN LÍNEA; SERVICIOS FINANCIEROS
PROPORCIONADOS POR TELÉFONOY POR MEDIO DE UNA RED
GLOBAL DE COMPUTADORA O POR INTERNET; SUMINISTRO DE
SERVICIOS FINANCIEROS POR MEDIO DE UNA RED GLOBAL DE
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nacionalidad FRANCESA, solicitando el registro de la MARCA DE
SERVICIOS,
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
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HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MANUEL
ANTONIO PINEDA HERRERA, en su calidad de APODERADO de
MasterCard International Incorporated, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
MASTERCARD WORLDWIDE. THE HEART OF COMMERCE
Consistente en: las palabras MASTERCARD WORLDWIDE. THE
HEART OF COMMERCE, que se traducen al castellano como TARJETA
MAESTRA MUNDIAL. EL CORAZON DEL COMERCIO, que servirá
para: AMPARAR: SERVICIOS DE SEGUROS; ASUNTOS FINANCIEROS; ASUNTOS MONETARIOS; SERVICIOS FINANCIEROS;
SERVICIOS BANCARIOSY CREDITICIOS; SUMINISTRO DE TARJETA DE CRÉDITO, TARJETA DE DEBITO, CARGO EN TARJETA Y
SERVICIOS DE TARJETA PREPAGADA DE VALOR ACUMULADO;
BANCARIO, PAGOS, CRÉDITOS, DÉBITOS, CARGO, DESEMBOL-
183
184
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 374
No. de Expediente: 2006061399
No. de Presentación: 20060083227
CLASE: 36.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MANUEL
ANTONIO PINEDA HERRERA, en su calidad de APODERADO de
MasterCard International Incorporated, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
MASTERCARD WORLDWIDE
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COMPUTADORA O INTERNET; SERVICIOS DE BIENES RAÍCES;
SERVICIOS DE BIENES RAICES Y PROPIEDAD; SERVICIOS DE
SEGURO DE BIENES RAICES; SERVICIOS PARA PROPIETARIOS
DE BIENES; SERVICIOS DE SEGUROS RELACIONADOS A LA
PROPIEDAD; FINANCIAMIENTO DE BIENES RAÍCES; SERVICIOS DE CORREDORES DE BIENES RAÍCES; EVALUACIÓN DE
BIENES RAÍCES; SERVICIOS DE AGENCIAS DE BIENES RAÍCES;
ADMINISTRACIÓN DE BIENES RAÍCES; ADMINISTRACIÓN DE
ASUNTOS FINANCIEROS RELACIONADOS CON BIENES RAÍCES;
SUMINISTRO DE PRESTAMOS DE BIENES RAÍCES; SERVICIOS
DE FINANCIAMIENTO RELACIONADO CON DESARROLLO DE
BIENES RAÍCES; SERVICIOS DE CORRETAJE FINANCIERO PARA
BIENES RAÍCES; SERVICIOS FINANCIEROS RELACIONADOS
CON LA POSESIÓN DE BIENES RAÍCES Y CONSTRUCCIONES;
SERVICIOS FINANCIEROS PARA LA COMPRA DE BIENES RAÍCES; ARREGLOS DE ACUERDOS DE PRESTAMOS ASEGURADOS
DE BIENES RAÍCES; ARREGLOS DE POSESIONES COMPARTIDAS
DE BIENES RAÍCES; ASISTENCIA EN LA ADQUISICIÓN DE INTERESES DE BIENES RAÍCES E INTERESES EN BIENES RAÍCES;
INVERSIÓN DE CAPITAL EN BIENES RAÍCES; SERVICIOS DE
INVERSIÓN EN PROPIEDAD; SERVICIOS FINANCIEROS RELACIONADOS A LA VENTA DE PROPIEDAD; VALUACIÓN FINANCIERA DE PROPIEDAD ABSOLUTA; VALUACIÓN FINANCIERA
DE PROPIEDAD EN ARRIENDO; ARREGLOS DE ARRENDAMIENTO DE BIENES RAÍCES; ARRIENDO DE ALQUILERES DE
BIENES RAÍCES; ALQUILER DE PROPIEDADES; ALQUILER DE
PROPIEDADES DE BIENES RAÍCES; ALQUILER DE PROPIEDAD
ABSOLUTA; SERVICIOS DE MANEJO RELACIONADO A TRANSACCIONES EN PROPIEDAD REAL; VALUACIÓN DE PROPIEDAD;
MANEJO DE PORTAFOLIOS DE PROPIEDADES; MANEJO DE
PROPIEDADES; SERVICIOS DE ASESORÍA RELACIONADOS A
POSESIONES DE BIENES RAÍCES; SERVICIOS DE ASESORÍA RELACIONADOS A VALUACIONES DE BIENES RAÍCES; SERVICIOS
DE ASESORÍA CORPORATIVA DE BIENES RAÍCES; SERVICIOS
DE INFORMACIÓN COMPUTARIZADA RELACIONADA A BIENES
RAÍCES; SUMINISTRO DE INFORMACIÓN RELACIONADA AL
MERCADO DE PROPIEDADES; SUMINISTRO DE INVESTIGACIÓN RELACIONADA A LA ADQUISICIÓN DE BIENES RAÍCES;
SERVICIOS DE INVESTIGACIÓN RELACIONADO A SUBASTA
DE BIENES RAÍCES.
IA
La solicitud fue presentada el día veintidós de septiembre del año
dos mil seis.
Consistente en: las palabras MASTERCARD WORLDWIDE, que
se traducen al castellano como TARJETA MAESTRA MUNDIAL, que
servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE SEGUROS; ASUNTOS FINANCIEROS; ASUNTOS MONETARIOS; SERVICIOS FINANCIEROS; SERVICIOS BANCARIOS Y CREDITICIOS; SUMINISTRO
DE TARJETA DE CREDITO, TARJETA DE DEBITO, CARGO EN
TARJETA Y SERVICIOS DE TARJETA PREPAGADA DE VALOR
ACUMULADO: BANCARIO, PAGOS, CREDITOS, DÉBITOS, CARGO, DESEMBOLSO DE DINERO EN EFECTIVO, SERVICIOS DE ACCESO A VALORES DE DEPÓSITOS ALMACENADOS; SERVICIOS
DE PAGO DE FACTURAS; TARJETAS DE CREDITO, TARJETAS DE
CARGO, TARJETAS DE DEBITO, TARJETAS PREPAGADASY SERVICIOS DE TARJETAS DE VALOR ACUMULADO; VERIFICACIÓN
DE CHEQUES Y SERVICIOS DE PAGO DE CHEQUES EN EFECTIVO; SERVICIOS DE MAQUINAS DE CAJEROS AUTOMATIZADOS;
PROCESAMIENTO DE TRANSACCIONES FINANCIERAS TANTO
EN LÍNEA VÍA UNA BASE DE DATOS COMPUTARIZADA O VÍA
TELECOMUNICACIONES Y EN PUNTOS DE VENTA; SERVICIOS
DE PROCESAMIENTO DE TRANSACCIONES FINANCIERAS POR
TARJETAHABIENTES VÍA MAQUINAS DE CAJEROS AUTOMATIZADOS; SUMINISTRO DE DETALLES DE BALANCE, DEPÓSITOS
Y RETIROS DE DINERO POR PARTE DE TARJETAHABIENTES
VÍA MAQUINAS DE CAJEROS AUTOMATIZADOS; SERVICIOS
DE LIQUIDACIÓN Y AUTORIZACIÓN; SERVICIOS DE SEGUROS
DE VIAJE; EMISIÓN Y REEMBOLSO DE CHEQUES DE VIAJERO
Y BONOS DE VIAJERO; SERVICIOS DE AUTENTICADOR DE
PAGADOR; VERIFICACIÓN DE INFORMACIÓN FINANCIERA;
D
CODIFICACIÓN Y DECODIFICACIÓN DE DATOS EN INFOR-
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, dieciséis de noviembre del año dos mil seis.
MACIÓN FINANCIERA; MANTENIMIENTO DE REGISTROS
FINANCIEROS; TRANSFERENCIA ELECTRÓNICA DE FONDOS
Y SERVICIOS DE CAMBIO DE MONEDA; DISEMINACIÓN DE
INFORMACIÓN FINANCIERA VÍA INTERNET Y OTRAS REDES
Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,
COMPUTARIZADAS; PAGO DE SERVICIOS REMOTAMENTE;
SERVICIOS DE MONEDERO ELECTRÓNICO DE VALOR ACU-
REGISTRADORA.
MULADO; SUMINISTRO DE SERVICIOS DE TRANSFERENCIA
ELECTRÓNICA DE FONDOS Y MONEDA, SERVICIOS DE PAGO
GERARDO ENRIQUE MENDEZ FLOREZ CABEZAS,
ELECTRÓNICO, SERVICIOS DE TARJETAS TELEFÓNICAS PREPAGADAS PARA LLAMAR, SERVICIOS DE DESEMBOLSO DE EFEC-
SECRETARIO.
TIVO,Y SERVICIOS DE AUTORIZACIONES DE TRANSACCIONES
Y LIQUIDACIONES; SUMINISTRO DE SERVICIOS DE CRÉDITO
3 v. alt. No. C004563-3
Y DEBITO POR MEDIO DE DISPOSITIVOS DE IDENTIFICACIÓN
DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 18 de Enero de 2007.
185
DE RADIO FRECUENCIA (TRANSCONTESTADORES); SUMINIS-
BIENES RAÍCES; SERVICIOS DE ASESORÍA RELACIONADOS A
TRO DE SERVICIOS DE CRÉDITO Y DÉBITO POR MEDIO DE
VALUACIONES DE BIENES RAÍCES; SERVICIOS DE ASESORÍA
DISPOSITIVOS DE COMUNICACIÓN Y TELECOMUNICACIÓN;
CORPORATIVA DE BIENES RAÍCES; SERVICIOS DE INFORMA-
SERVICIOS DE VERIFICACIÓN DE CHEQUES; SERVICIOS DE
CIÓN COMPUTARIZADA RELACIONADA A BIENES RAÍCES;
EMISIÓN Y REEMBOLSO TODO RELACIONADO A CHEQUES
SUMINISTRO DE INFORMACIÓN RELACIONADA AL MERCADO
DE VIAJERO Y BONOS DE VIAJE; SUMINISTRO DE SERVICIOS
DE PROPIEDADES; SUMINISTRO DE INVESTIGACIÓN RELA-
FINANCIEROS PARA EL SOPORTE DE SERVICIOS DE VENTAS
CIONADA A LA ADQUISICIÓN DE BIENES RAÍCES; SERVICIOS
AL DETALLE PROPORCIONADO A TRAVÉS DE MEDIOS DE TE-
DE INVESTIGACIÓN RELACIONADO A SUBASTA DE BIENES
LECOMUNICACIÓN MÓVIL, INCLUYENDO SERVICIOS DE PAGO
RAÍCES.
A TRAVÉS DE DISPOSITIVOS INALÁMBRICOS; SUMINISTRO DE
La solicitud fue presentada el día veintidós de septiembre del año
dos mil seis.
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SERVICIOS FINANCIEROS PARA EL APOYO DE SERVICIOS DE
VENTAS AL DETALLE PROPORCIONADO EN LÍNEA A TRAVÉS
DE REDES U OTROS MEDIOS USANDO INFORMACIÓN ELECTRÓNICAMENTE DIGITADA; SERVICIOS DE VALUACIÓN DE
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, dieciséis de noviembre del año dos mil seis.
CAMBIO, ESPECIFICAMENTE LA SEGURIDAD EN EL CAMBIO
DE VALOR INCLUYENDO DINERO EN EFECTIVO DE MANERA
ELECTRÓNICA, SOBRE REDES DE COMPUTADORA ACCESA-
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
DOS POR MEDIO DE TARJETAS INTELIGENTES; SERVICIOS
REGISTRADOR.
DE PAGO DE FACTURAS PROPORCIONADOS A TRAVÉS DE
UN SITIO WEB; BANCO EN LÍNEA; SERVICIOS FINANCIEROS
PROPORCIONADOS POR TELÉFONOY POR MEDIO DE UNA RED
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
GLOBAL DE COMPUTADORA O POR INTERNET; SUMINISTRO DE
SECRETARIO.
SERVICIOS FINANCIEROS POR MEDIO DE UNA RED GLOBAL DE
COMPUTADORA O INTERNET; SERVICIOS DE BIENES RAÍCES
3 v. alt. No. C004564-3
Y PROPIEDAD; SERVICIOS DE SEGURO DE BIENES RAICES;
SERVICIOS PARA PROPIETARIOS DE BIENES; SERVICIOS DE SEGUROS RELACIONADOS A LA PROPIEDAD; FINANCIAMIENTO
DE BIENES RAÍCES; SERVICIOS DE CORREDORES DE BIENES
RAÍCES; EVALUACIÓN DE BIENES RAÍCES; SERVICIOS DE
AGENCIAS DE BIENES RAÍCES; ADMINISTRACIÓN DE BIE-
No. de Expediente: 2005053989
No. de Presentación: 20050071682
NES RAÍCES; ADMINISTRACIÓN DE ASUNTOS FINANCIEROS
CLASE: 42.
RELACIONADOS CON BIENES RAÍCES; SUMINISTRO DE PRES-
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
TAMOS DE BIENES RAÍCES; SERVICIOS DE FINANCIAMIENTO
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MARIO
CARMONA RIVERA, en su calidad de APODERADO de ALCATEL,
de nacionalidad FRANCESA, solicitando el registro de la MARCA DE
SERVICIOS,
RELACIONADO CON DESARROLLO DE BIENES RAÍCES; SERVICIOS DE CORRETAJE FINANCIERO PARA BIENES RAÍCES;
SERVICIOS FINANCIEROS RELACIONADOS CON LA POSESIÓN
DE BIENES RAÍCES Y CONSTRUCCIONES; SERVICIOS FINANCIEROS PARA LA COMPRA DE BIENES RAÍCES; ARREGLOS DE
R
ACUERDOS DE PRESTAMOS ASEGURADOS DE BIENES RAÍ-
ALCATEL
IA
CES; ARREGLOS DE POSESIONES COMPARTIDAS DE BIENES
RAÍCES; ASISTENCIA EN LA ADQUISICIÓN DE INTERESES DE
D
BIENES RAÍCES E INTERESES EN BIENES RAÍCES; INVERSIÓN
DE CAPITAL EN BIENES RAÍCES; SERVICIOS DE INVERSIÓN
EN PROPIEDAD; SERVICIOS FINANCIEROS RELACIONADOS A
LA VENTA DE PROPIEDAD; VALUACIÓN FINANCIERA DE PROPIEDAD ABSOLUTA; VALUACIÓN FINANCIERA DE PROPIEDAD
EN ARRIENDO; ARREGLOS DE ARRENDAMIENTO DE BIENES
RAÍCES; ARRIENDO DE ALQUILERES DE BIENES RAÍCES;
ALQUILER DE PROPIEDADES; ALQUILER DE PROPIEDADES
Consistente en: la palabra ALCATEL.
La solicitud fue presentada el día siete de diciembre del año dos
mil cinco.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, seis de diciembre del año dos mil seis.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
DE BIENES RAÍCES; ALQUILER DE PROPIEDAD ABSOLUTA;
SERVICIOS DE MANEJO RELACIONADO A TRANSACCIONES EN
PROPIEDAD REAL; VALUACIÓN DE PROPIEDAD; MANEJO DE
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
PORTAFOLIOS DE PROPIEDADES; MANEJO DE PROPIEDADES;
SERVICIOS DE ASESORÍA RELACIONADOS A POSESIONES DE
3 v. alt. No. C004565-3
186
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 374
No. de Expediente: 2006061875
La solicitud fue presentada el día veintiséis de septiembre del año
dos mil seis.
No. de Presentación: 20060084076
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, trece de noviembre del año dos mil seis.
CLASE: 37.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado DINA CASTRO
DE CALLEJAS, en su calidad de APODERADO de Motorola, Inc., de
nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA
DE SERVICIOS,
ALEXANDER RAFAEL MORALEZ MENDEZ,
REGISTRADOR.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
FROM COOL DESIGNS TO COOL EXPERIENCES
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Consistente en: las palabras FROM COOL DESIGNS TO COOL
EXPERIENCES, traducida al castellano como DE DISPOSITIVOS
FRESCOS A EXPERIENCIAS FRESCAS, que servirá para: AMPARAR: INSTALACION, MANTENIMIENTO Y REPARACION DE
EQUIPO ELECTRONICO; ESPECIFICAMENTE, EQUIPO RADIORECEPTOR, EQUIPO RADIOTRANSMISOR, APARATOS DE DOS
CANALES Y DE LINEA PRINCIPAL, APARATOS BUSCADORES,
APARATOS DE RADIOTELEFONIA CELULAR Y EQUIPO DE
COMUNICACIÓN.
La solicitud fue presentada el día doce de octubre del año dos mil
seis.
SECRETARIO.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veinticuatro de noviembre del año dos mil seis.
3 v. alt. No. C004578-3
No. de Expediente: 2006062586
No. de Presentación: 20060085210
CLASE: 41.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER; Que a esta oficina se ha presentado DINA CASTRO
DE CALLEJAS, en su calidad de APODERADO de Twentieth Century
Fox Film Corporation, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando
el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
MARTA DELIA CLAVEL DE VEGA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C004575-3
No. de Expediente: 2006061481
No. de Presentación: 20060083393
CLASE: 38.
R
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
D
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HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado DANIA ELENA
TOLENTINO MEMBREÑO, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de
DIGITAL LATIN AMERICA LLC, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: las palabras FOX ATOMIC y diseño, traducido
al castellano como ZORRO ATOMICO, que servirá para: AMPARAR;
PRODUCCION Y DISTRIBUCION DE PELICULAS; SUMINISTRO
DE INFORMACION EN LINEA EN EL CAMPO DE PELICULAS,
TELEVISION Y VIDEO ENTRETENIMIENTO VIA INTERNET;
SERVICIOS DE ENTRETENIMIENTO EN LA NATURALEZA DE
PROGRAMAS TRANSMITIDOS VIA DISPOSITIVOS DE COMUNICACION INALAMBRICA; PRODUCCION Y DISTRIBUCION DE
ENTRETENIMIENTO AUDIOVISUAL TRANSMITIDO VIA DISPOSITIVOS DE COMUNICACION MOVIL; ENTRETENIMIENTO EN
EL CAMPO DE CONCURSOS, COMPETICIONES Y JUEGOS.
La solicitud fue presentada el día nueve de noviembre del año dos
mil seis.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, catorce de noviembre del año dos mil seis.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
Consistente en: la palabra movietraxx y diseño, que servirá para:
AMPARAR: EMISION Y TRANSMISION DE PROGRAMAS DE
RADIO, TELEVISION, PELICULAS Y VIDEOS, POR MEDIO DE
ONDAS AEREAS, SATELITE, CABLE E INTERNET.
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C004585-3
DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 18 de Enero de 2007.
187
DE COMUNICACIONES POR TERMINALES DE ORDENADOR,
SERVICIOS DE COMUNICACIONES A TRAVES DE REDES INFORMATICAS; SERVICIOS TELEFONICOS.
No. de Expediente: 2006061483
No. de Presentación: 20060083395
CLASE: 41.
La solicitud fue presentada el día primero de septiembre del año
dos mil seis.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado DANIA ELENA
TOLENTINO MEMBREÑO, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de
DIGITAL LATIN AMERICA LLC, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, diecisiete de noviembre del año dos mil seis.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
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REGISTRADOR.
GERARDO ENRIQUE MENDEZ FLOREZ CABEZAS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C004591-3
Consistente en: la expresión movietraxx y diseño, que servirá
para: AMPARAR: PRODUCCION DE PELICULAS Y VIDEOS,
PRODUCCION DE PROGRAMAS DE RADIO Y TELEVISION,
PRODUCCION DE CONTENIDO Y PROGRAMACION PARA
INTERNET, FOTOGRAFIA, ORGANIZACION DE EXPOSICIONES
CON FINES CULTURALES Y EDUCATIVOS, ORGANIZACION DE
CONCURSOS, SHOWS Y EVENTOS RELACIONADOS CON EL
ENTRETENIMIENTO, LA MODA Y EL ESPECTACULO.
La solicitud fue presentada el día veintiséis de septiembre del año
dos mil seis.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, trece de noviembre del año dos mil seis.
ALEXANDER RAFAEL MORALEZ MENDEZ,
REPOSICIONES DE POLIZAS DE SEGUROS
AVISO
La Centro Americana, S.A., hace del conocimiento del público en general,
que se ha presentado TRANSITO ESPERANZA LOPEZ ROSALES del
domicilio de SAN SALVADOR, solicitando reposición de su póliza de
seguro de vida 99000132 emitida el 30/01/1999. Si dentro de 30 días
contados a partir de la última publicación de este aviso no se presentare
oposición se procederá a reponer la mencionada póliza.
San Salvador, 7 de diciembre de 2006.
REGISTRADOR.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
ALBA ARMIDA DE ANDREU,
RESPONSABLE DE SEGURO DE VIDA INDIVIDUAL.
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C004505-3
R
3 v. alt. No. C004587-3
IA
No. de Expediente: 2006060839
AVISO
D
No. de Presentación: 20060082337
CLASE: 38.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MANUEL
ANTONIO PINEDA HERRERA, en su calidad de APODERADO de
TELEFONICA, S.A., de nacionalidad ESPAÑOLA, solicitando el registro
de la MARCA DE SERVICIOS,
La Centro Americana, S.A., hace del conocimiento del público en general,
que se ha presentado TRANSITO ESPERANZA LOPEZ ROSALES del
domicilio de SAN SALVADOR, solicitando reposición de su póliza de
seguro de vida 98010063 emitida el 25/01/1998. Si dentro de 30 días
contados a partir de la última publicación de este aviso no se presentare
oposición se procederá a reponer la mencionada póliza.
San Salvador, 7 de diciembre de 2006.
TELEFONICA SPEEDY
ALBA ARMIDA DE ANDREU,
RESPONSABLE DE SEGURO DE VIDA INDIVIDUAL.
Consistente en: las palabras TELEFONICA SPEEDY, que se
traducen al castellano como TELEFONICA VELOZ, que servirá para:
AMPARAR: SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES, SERVICIOS
3 v. alt. No. C004507-3
188
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 374
SECCION DOCUMENTOS OFICIALES
CONSEJO NACIONAL PARA LA CULTURA Y EL ARTE
RESOLUCION No. 0070/2006.
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AUTORIZACION PARA LA APLICACION DE LA NORMATIVA DE REGULACION DE INVESTIGACIONES ARQUEOLÓGICAS EN
EL SALVADOR
La Dirección Nacional de Patrimonio Cultural del Consejo Nacional Para la Cultura y el Arte CONCULTURA, San Salvador, a las ocho horas del
día seis de octubre del año dos mil seis.
CONSIDERANDO
I.-
Que de conformidad con la Constitución de la República, es obligación del Estado asegurar a los habitantes el goce de la cultura, así como
también salvaguardar la riqueza antropológica, histórica y arqueológica del país como parte del tesoro cultural salvadoreño;
II-.
Que el patrimonio cultural de El Salvador debe ser objeto de rescate, investigación, estudio, reconocimiento, identificación, conservación,
fomento, promoción, desarrollo, difusión y valoración; por lo que es indispensable regular mediante una Normativa las investigaciones
arqueológicas en El Salvador;
III.-
Que de conformidad a la Ley Especial de Protección al Patrimonio Cultural de El Salvador y su Reglamento es necesario asegurar su
cumplimiento y el Consejo Nacional para la Cultura y el Arte, CONCULTURA, dictará todas las resoluciones y disposiciones que sean
necesarias para su cumplimiento.
POR TANTO RESUELVE:
Autorizar la aplicación de la NORMATIVA DE REGULACION DE INVESTIGACIONES ARQUEOLOGICAS EN EL SALVADOR, la cual
consta de siete capítulos y treinta y ocho artículos y forma parte integral de la presente resolución, a partir de esta fecha, como un instrumento que
facilitará la aplicación y el cumplimiento de la Ley Especial y su Reglamento.
D
IA
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HECTOR ISMAEL SERMEÑO
DIRECTOR NACIONAL DE PATRIMONIO CULTURAL
FABRICIO VALDIVIESO SUAREZ
COORDINADOR DEL DEPARTAMENTO DE ARQUEOLOGÍA
EVELYN YANIRA SOUNDY TRIGUEROS
JEFE DEL DEPARTAMENTO JURIDICO
Vo Bo
LUIS FEDERICO HERNANDEZ AGUILAR
PRESIDENTE
DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 18 de Enero de 2007.
189
NORMATIVA DE REGULACIÓN DE INVESTIGACIONES ARQUEÓLOGICAS EN EL SALVADOR
CAPITULO I
DE LAS INVESTIGACIONES ARQUEOLÓGICAS, FINALIDAD, CONCEPTOS, CLASIFICACIÓN Y OBJETO
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FINALIDAD DE LA NORMATIVA DE LAS INVESTIGACIONES ARQUEOLÓGICAS
Art. 1.- La presente normativa tiene como finalidad regular las actividades académicas referentes a las investigaciones arqueológicas a realizarse en El Salvador.
INVESTIGACIONES ARQUEOLÓGICAS
CONCEPTO
Art. 2.- Las Investigaciones Arqueológicas son todas aquellas actividades académicas realizadas con la finalidad de estudiar, por medio del método
científico, el quehacer del ser humano en el pasado, a través de sus evidencias materiales y su contexto.
Las actividades académicas de investigación arqueológica incluyen reconocimientos, prospecciones, excavaciones, análisis de artefactos y ecofactos,
estudios documentales y cualquier otro aspecto emergente.
OBJETO Y FINALIDAD DE LAS INVESTIGACIONES ARQUEOLÓGICAS
Art. 3.- El objeto de la investigación arqueológica es el estudio de las evidencias materiales y su contexto.
Art. 4.- La finalidad de las investigaciones arqueológicas es indagar, esclarecer y definir los acontecimientos pretéritos de las sociedades que
habitaron el actual territorio salvadoreño, así como garantizar la protección, conservación y divulgación del Patrimonio Cultural Arqueológico resultante.
IA
R
CLASES DE INVESTIGACIONES ARQUEOLÓGICAS
Art. 5.- La presente Normativa regula dos clases de Investigaciones Arqueológicas:
Investigaciones Arqueológicas de Rescate y Salvamento.
D
a)
Rescate Arqueológico es toda aquella actividad que interviene, en forma inmediata, en sitios de interés científico que están expuestos a ser
alterados.
Salvamento arqueológico es toda aquella actividad arqueológica prevista, que tiene por objeto y finalidad salvar o proteger, conservar o
vedar un área de interés científico.
Tanto los proyectos de rescate arqueológico como los proyectos de emergencia implican, antes y durante su ejecución, la paralización de
las obras civiles según sea el caso.
b)
Investigaciones Arqueológicas Académicas.
Las Investigaciones Arqueológicas Académicas son todas aquellas que profundizan en el contenido científico de un área arqueológica
determinada, su contexto y sus componentes.
Ambos tipos de investigaciones podrán ser realizadas por el Departamento de Arqueología y a solicitud de la parte interesada.
190
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 374
CAPITULO II
DE LAS PERSONAS QUE INTERVIENEN EN LAS INVESTIGACIONES ARQUEOLÓGICAS
ARQUEOLÓGOS RESPONSABLES DE LA EJECUCIÓN Y SUPERVISIÓN DE LOS
PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN ARQUEOLÓGICA
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Art. 6.- En todo proyecto de Investigación Arqueológica legalmente autorizado se deberá contar como mínimo con la participación de dos
arqueólogos, uno encargado de realizar o ejecutar el Proyecto y otro encargado de supervisar el mismo.
ARQUEÓLOGO EJECUTOR
Art. 7.- El arqueólogo responsable de ejecutar el proyecto de estudio e investigación arqueológica será la persona propuesta por la parte interesada
en realizar el mismo.
ARQUEÓLOGO SUPERVISOR
Art. 8.- En todo proyecto de investigación arqueológica se deberá contar con la participación de un arqueólogo supervisor del proyecto, asignado
por la Dirección Nacional de Patrimonio Cultural a través del Departamento de Arqueología del Consejo Nacional para la Cultura y el Arte.
El arqueólogo supervisor se asegurará que la presente normativa, el plan de trabajo y convenio sean cumplidos por la contraparte.
INTEGRACIÓN DE ESTUDIANTES EN LAS INVESTIGACIONES ARQUEOLÓGICAS
Art. 9.- Todo Proyecto de Investigación Arqueológica deberá recibir estudiantes de las carreras de Arqueología, Antropología e Historia para
integrar su equipo de trabajo, a quienes se les deberá proporcionar capacitación y participación en las Investigaciones. Lo anterior se cumplirá según
la disponibilidad de los mismos.
En caso de participación de estudiantes extranjeros en los proyectos de investigación arqueológica, éstos no deberán superar el número de participantes de estudiantes salvadoreños, salvo en aquellos casos en que no existan estudiantes nacionales disponibles.
La intervención del número de estudiantes será determinada en proporción a los alcances, magnitudes y relevancia del proyecto. Estas determinaciones serán establecidas por el Departamento de Arqueología de la Dirección Nacional de Patrimonio Cultural del Consejo Nacional para la Cultura
y el Arte.
R
RESPALDO UNIVERSITARIO
D
IA
Art. 10.- Los estudiantes incluidos en los Proyectos de Investigación Arqueológica deberán ser respaldados por la institución de estudios superiores
a la cual pertenecen, y serán previamente analizados y evaluados por el Departamento de Arqueología para ser aprobados por la Dirección Nacional
de Patrimonio Cultural del Consejo Nacional para la Cultura y el Arte.
DE OTROS PARTICIPANTES
Art. 11.- Asimismo podrán participar, de acuerdo a las necesidades de las investigaciones arqueológicas, profesionales de diferentes disciplinas
acreditados por la Dirección Nacional de Patrimonio Cultural.
REGISTRO Y ACREDITACIÓN PROFESIONAL
Art. 12.- Para que un profesional en arqueología, nacional o extranjero, pueda ser autorizado para realizar investigaciones arqueológicas en El
Salvador, deberá ser registrado y acreditado por la Dirección Nacional de Patrimonio Cultural a solicitud del Departamento de Arqueología. El Departamento Jurídico interviene en el análisis de la documentación presentada por el interesado, lo cual permita extender la carta de acreditación solicitada. El interesado deberá presentar, junto a la solicitud los siguientes requisitos: sus generales, nacionalidad y currículo, así como los comprobantes
DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 18 de Enero de 2007.
191
de participación en investigaciones arqueológicas previas, publicaciones, referencias, títulos, certificaciones y acreditaciones, que puedan permitir
determinar y calificar su experiencia profesional y establecer de esta forma la conveniencia o no de su acreditación como arqueólogo en el país. Los
arqueólogos graduados en El Salvador deberán presentar fotocopia certificada por notario del título que los acredite como tales y los Arqueólogos de
nacionalidad extranjera deberán presentar su título con apostille o debidamente autenticado en el Consulado o Institución correspondiente de acuerdo
al Artículo 261 del Código de Procedimientos Civiles de El Salvador.
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El personal de arqueólogos y otros profesionales que integrarán el Proyecto de Investigación Arqueológica deberán presentar sus respectivas
credenciales académicas las cuales serán evaluadas por el Departamento de Arqueología de la Dirección Nacional de Patrimonio Cultural del Consejo
Nacional para la Cultura y el Arte, a efectos de remitirlas a la Dirección Nacional de Patrimonio Cultural quien autorizará o no su participación. Este
personal deberá registrarse mediante la presentación de sus comprobantes, en forma similar a lo establecido en el inciso anterior.
CAPITULO III
DE LA AUTORIZACIÓN, CONCEPTOS TÉCNICOS, REQUISITOS Y
PROCEDIMIENTOS PARA REALIZAR INVESTIGACIONES ARQUEOLÓGICAS EN EL SALVADOR
AUTORIZACIÓN
Art. 13.- Para autorizar la realización de Investigaciones Arqueológicas de carácter privado y de otras dependencias estatales, distintas al Departamento de Arqueología de la Dirección Nacional de Patrimonio Cultural, dependencia del Consejo Nacional para la Cultura y el Arte, se procederá
de conformidad a lo establecido en la presente normativa.
PROCEDIMIENTOS PARA REALIZAR INVESTIGACIONES ARQUEOLÓGICAS Y
REQUISITOS QUE DEBE CONTENER LA SOLICITUD
Art. 14.- La parte interesada deberá presentar solicitud al Departamento de Arqueología de la Dirección Nacional de Patrimonio Cultural, en
la que manifieste su interés y justificación para realizar investigaciones arqueológicas, anexando además un plan de trabajo. La solicitud deberá de
contener los siguientes requisitos:
a)
Datos generales del solicitante, acreditado como arqueólogo ante la Dirección Nacional de Patrimonio Cultural;
b)
Lugar de procedencia de la solicitud, fecha, sello y firma.
c)
Plan de trabajo anexo.
NOTIFICACIÓN DE LA SOLICITUD
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R
Art. 15.- Analizada la solicitud y el plan de trabajo por el Departamento de Arqueología, éste notificará a la parte interesada las valorizaciones,
recomendaciones y observaciones realizadas, exigiendo una respuesta o la aceptación de la misma para proceder a la autorización en un plazo no mayor
de veinte días hábiles, cuya notificación se realizará en el Departamento de Arqueología de la Dirección Nacional de Patrimonio Cultural dependencia
del Consejo Nacional Para la Cultura y el Arte.
PLAN DE TRABAJO PARA LAS INVESTIGACIONES ARQUEOLÓGICAS
Art. 16.- Las investigaciones arqueológicas deberán incluir el plan de trabajo, para ser analizado en forma previa a la autorización correspondiente.
Art. 17.- El Plan de Trabajo es el procedimiento técnico metodológico de una investigación arqueológica, mediante el cual se establecen los
objetivos, cronogramas, presupuestos, recursos, diagnósticos, estrategias, metas y limitantes del proyecto.
El plan de trabajo comprende además los métodos y técnicas o sistemas que se emplearán en la investigación propuesta, programa general de
aplicación y desarrollo, así como descripción del proyecto que incluye: antecedentes, consideraciones, justificaciones y ubicación, y delimitación del
área geográfica a intervenir.
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DIARIO OFICIAL Tomo Nº 374
Asimismo se incluirán datos generales del personal técnico, trabajadores, participantes del proyecto, estudiantes y otros profesionales, así como
los derechos y obligaciones que tendrán durante el desarrollo de la investigación arqueológica.
El Plan de trabajo incluirá un esquema jerárquico que funcionará dentro del Proyecto.
Art. 18.- El Plan de trabajo estará sujeto al análisis y evaluación por parte del Departamento de Arqueología de la Dirección Nacional de Patrimonio Cultural del Consejo Nacional para la Cultura y el Arte.
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TÉRMINOS DE REFERENCIA
Art. 19.- Los términos de referencia son los lineamientos, condicionantes, limitantes o requerimientos técnicos específicos y particulares propuestos
por el Departamento de Arqueología de la Dirección Nacional de Patrimonio Cultural del Consejo Nacional para la Cultura y el Arte, para realizar un
proyecto de investigación arqueológica determinada, o en los que se regirá el desarrollo de la investigación requerida.
Cuando el Departamento de Arqueología de la Dirección Nacional de Patrimonio Cultural considere necesario la elaboración de una investigación
arqueológica que demande términos de referencia, hará viable la participación de un consultor que realice un plan de trabajo en torno a los mismos,
cuyo costo de estudio e investigación correrá por cuenta del interesado.
FUNDAMENTACIÓN, RECOMENDACIONES Y OBSERVACIONES A LA SOLICITUD Y
PLAN DE TRABAJO DE LAS INVESTIGACIONES ARQUEOLÓGICAS
Art. 20.- Las valoraciones, recomendaciones y observaciones que dictamine el Departamento de Arqueología deberán ser fundamentadas técnicamente y reportadas por escrito en un término no mayor de quince días hábiles a la Dirección Nacional de Patrimonio Cultural, a efectos de autorizar
o no la solicitud de la parte interesada.
LÍNEAS PARA REALIZAR PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN ARQUEOLÓGICA
Art. 21.- Las investigaciones arqueológicas académicas estarán sujetas a convenio entre ambas partes previo análisis y evaluación técnica de la
propuesta. Dicha evaluación técnica será remitida por el Departamento de Arqueología a la Dirección Nacional de Patrimonio Cultural de CONCULTURA quien determinará si procede el convenio.
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Una vez analizada, evaluada y autorizada la investigación arqueológica académica, la Dirección Nacional de Patrimonio Cultural remitirá al
departamento Jurídico de CONCULTURA, para que éste redacte el respectivo convenio. Las partes que intervendrán en el convenio será la Dirección
Nacional de Patrimonio Cultural respaldado por la Presidencia de CONCULTURA, y los responsables del proyecto de investigación arqueológica
académica.
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Art. 22.- Para que un consultor acreditado por CONCULTURA, realice investigaciones arqueológicas de rescate, salvamento e intervenciones
arqueológicas sugeridas por el Departamento de Arqueología, éste deberá requerir carta de autorización emitida por el mismo departamento con visto
bueno de la Dirección Nacional de Patrimonio Cultural de CONCULTURA, exento de convenio.
CAPITULO IV
CONSOLIDACIONES Y RESTAURACIONES EN LOS PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN ARQUEOLÓGICA
FONDO PARA REALIZAR CONSOLIDACIONES Y RESTAURACIONES ARQUEOLÓGICAS
Art. 23.- Para que un proyecto arqueológico sea autorizado, la propuesta del proyecto de investigación deberá incluir dentro de su presupuesto
el compromiso de la parte interesada en financiar los gastos de consolidación y restauración de las evidencias arqueológicas encontradas, ya sean éstas
muebles o inmuebles.
DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 18 de Enero de 2007.
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DETALLE DEL MATERIAL A UTILIZAR EN LAS CONSOLIDACIONES Y RESTAURACIONES ARQUEOLÓGICAS
Art. 24.- En caso de estar contenidos como parte de la investigación, la restauración y consolidación de las evidencias arqueológicas muebles o
inmuebles, los proyectos arqueológicos deberán incluir en su detalle los materiales a utilizar y su aplicación.
Toda restauración y consolidación deberá ser de características reversibles, sin poner en riesgo las evidencias originales.
CAPITULO V
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SUPERVISIÓN DE INVESTIGACIONES ARQUEÓLOGICAS Y REGISTRO DE MATERIAL ARQUEOLÓGICO
SUPERVISIÓN INSTITUCIONAL
Art. 25.- La Dirección Nacional de Patrimonio Cultural a través del Departamento de Arqueología de Consejo Nacional para la Cultura y el
Arte CONCULTURA, velará por la optima supervisión de actividades arqueológicas a realizarse en el país, de acuerdo a lo establecido en la presente
normativa.
INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE BIENES CULTURALES
Art. 26.- El material arqueológico resultado de cualquier investigación que sea susceptible y merezca ser expuesto en museos deberá identificarse, inventariarse, catalogarse y clasificarse de acuerdo a lo establecido en el Art. 16 del Reglamento de la Ley Especial de Protección al Patrimonio
Cultural.
CAPITULO VI
DERECHOS, DEBERES, PROHIBICIONES Y SANCIONES A LAS PERSONAS
PARTICIPANTES EN LAS INVESTIGACIONES ARQUEOLÓGICAS
DERECHOS:
Art. 27.- Son derechos de las personas autorizadas a participar en un Proyecto de Investigación Arqueológica los siguientes:
Proponer mediante solicitud escrita nuevas investigaciones no contempladas dentro de la propuesta de la investigación inicial, con el objeto
de ahondar los conocimientos en torno al trabajo que se realiza.
2°.
Proponer alternativas de solución a situaciones imprevistas.
3°.
Proponer la suspensión del proyecto en forma temporal o definitiva por razones justificadas.
4°.
En caso necesario, los responsables del proyecto podrán solicitar por escrito una prórroga con su debida justificación, ante la Dirección
Nacional de Patrimonio Cultural a través del Departamento de Arqueología.
5°.
Los responsables del proyecto suspendido tienen derecho de solicitar una revisión administrativa ante la Dirección Nacional de Patrimonio
Cultural del Consejo Nacional para la Cultura y el Arte, en un lapso no mayor de diez días hábiles, a partir de su notificación.
6°.
Derecho de incrementar o disminuir el número de personas participantes en las investigaciones arqueológicas, según las necesidades que
se presenten.
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1°.
El incremento del personal técnico del proyecto autorizado deberá realizarse, previa propuesta al Departamento de Arqueología, de acuerdo
a lo establecido en el Art. 12 de la presente normativa.
7°.
En casos de proyectos arqueológicos aprobados, los responsables tienen derechos a carta de autorización de proyecto arqueológico que
detalle la ubicación, expiración y generales del mismo, emitida por la Jefatura del Departamento de Arqueología y visto bueno de la Dirección Nacional de Patrimonio Cultural.
DEBERES:
Art. 28.- Son deberes de todas las personas autorizadas que intervienen en un Proyecto de Investigación Arqueológica los siguientes:
1°.
Acatar la presente normativa.
2°.
Evitar el contacto directo en toda investigación arqueológica, con el material cultural emanado de un contexto arqueológico, sin la asistencia
de la persona autorizada.
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DIARIO OFICIAL Tomo Nº 374
En caso que la Dirección Nacional de Patrimonio Cultural determine la necesidad de suspender el proyecto arqueológico, los responsables
deberán acatar dicha decisión de manera inmediata y categórica.
4°.
Cuando la parte interesada considere necesario suspender el proyecto de investigación arqueológica, los responsables deberán informar y
proponer de inmediato al Departamento de Arqueología y anexar su justificación. El Departamento de Arqueología evaluará la propuesta
y remitirá a la Dirección Nacional de Patrimonio Cultural el informativo, con el objeto de emitir el dictamen temporal o definitivo a la
suspensión solicitada. En caso que el período autorizado para realizar las investigaciones arqueológicas, sea necesario prorrogarse, la parte
interesada deberá solicitarlo con la debida anticipación al Departamento de Arqueología para su consideración; si éste fuere procedente, se
enviará a la Dirección Nacional de Patrimonio Cultural, quien emitirá el dictamen final, apegado a las observaciones y recomendaciones
técnicas emanadas por el mencionado Departamento de Arqueología.
5°.
Cuando surja algún cambio imprevisto a lo acordado para la realización de investigaciones arqueológicas, los responsables deberán presentar
una propuesta al supervisor, quien lo incluirá en su reporte a la autoridad competente mismo que evaluará la posibilidad de su ejecución.
6°.
Las personas autorizadas para realizar investigaciones arqueológicas deberán regirse por las jerarquías establecidas en el plan de trabajo.
7°.
Los involucrados en un proyecto de investigación arqueológica, deberán desempeñar con celo, diligencia y probidad las obligaciones y
funciones propias a su cargo.
8°
El arqueólogo responsable del proyecto de investigación arqueológica deberá entregar al Departamento de Arqueología los informes de
avances y el final en original y seis copias impresas en idioma castellano. Asimismo se incluirán bitácoras, planos y demás requerimientos
establecidos en la Ley Especial de Protección al Patrimonio Cultural de El Salvador y su Reglamento.
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3°.
PROHIBICIONES
Art. 29.- Se prohíbe la utilización de cualquier clase de herramientas, maquinaria o técnicas que pongan en peligro las evidencias arqueológicas.
Art. 30.- Se prohíbe realizar excavaciones arqueológicas sin previa carta de autorización de proyecto arqueológico en cumplimiento al Art. 22
de la presente normativa.
SANCIONES
Art. 31.- En caso de indisciplina o incumplimiento a las normas establecidas en el Plan de Trabajo y Términos de Referencia por parte de los
estudiantes o personal técnico, será el arqueólogo supervisor designado por el Departamento de Arqueología de la Dirección Nacional de Patrimonio
Cultural del Consejo Nacional para la Cultura y el Arte, quien a criterio prudencial determinará la suspensión, destitución o exclusión.
Art. 32.- En caso de incumplimiento, indisciplina o infracciones por distintas causas a la presente normativa el Departamento de Arqueología
está facultado para proceder a la exclusión motivada del personal autorizado para realizar las investigaciones arqueológicas.
Art. 33.- En caso que el arqueólogo ejecutor de un proyecto de investigación no entregue el informe final, no podrá ser autorizado para futuros
proyectos de investigación en El Salvador, sin prejuicio de la responsabilidad administrativa establecida en la Ley Especial de Protección al Patrimonio
Cultural de El Salvador y la responsabilidad penal.
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Art. 34.- Si la parte interesada incumple los compromisos asumidos para las consolidaciones y restauraciones arqueológicas, podría perder
permanentemente el permiso de investigación como sanción para el arqueólogo y se multará a la entidad privada responsable de acuerdo a la Ley
Especial de Protección al Patrimonio Cultural Salvadoreño y su Reglamento.
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Art. 35.- El Arqueólogo que fuere autor, por acción u omisión que permita que un inmueble público o privado con vestigios arqueológicos y
haciendo uso de sus facultades permitiese cualquier tipo de alteración que conlleve a la degradación o destrucción parcial o total de estas evidencias,
será destituido de su cargo. Esta falta suspende permanentemente la acreditación como arqueólogo para las investigaciones arqueológicas en El Salvador de conformidad a los procedimientos establecidos por las leyes y convenios internacionales respectivos, sin perjuicio de las sanciones que le
correspondan por el acto cometido y de la responsabilidad penal consiguiente. En el caso de los arqueólogos extranjeros que incurrieren en la falta
antes señalada, se notificará por escrito a la embajada de su país de origen y a la Fiscalía General de la República para su respectiva investigación. La
Falta incurrida se hará de conocimiento público.
EXTINCIÓN DE DERECHOS Y DEBERES DE LOS PARTICIPANTES
Art. 36.- Los derechos y deberes de los participantes en un proyecto de investigación arqueológica se dan por concluidos al aprobarse satisfactoriamente el informe final del mismo y se hayan recibido los materiales arqueológicos debidamente catalogados con la documentación correspondiente.
Para dar por concluido el proyecto de investigación arqueológica, el investigador autorizado deberá entregar el informe final en un lapso que no
excederá el plazo establecido en el convenio.
DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 18 de Enero de 2007.
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CAPITULO VII
NORMAS SUPLETORIAS
Art. 37.- Para cualquier situación no prevista en la presente normativa, será la Dirección Nacional de Patrimonio Cultural, en coordinación con
el Departamento de Arqueología, quien determinará conforme a Derecho.
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Art. 38.- En aquellos aspectos que la presente normativa no regule, se aplicarán las disposiciones de las Leyes Generales o Especiales, en cuanto
fueren aplicables, siempre y cuando no se contraríen. En su defecto, los involucrados se atendrán a lo dispuesto en las Normas Técnicas de Carácter
Arqueológico adoptadas en Convenios Internacionales, siempre que éstos no contraríen la Constitución de la República de El Salvador y las leyes
secundarias del país.
ESTRUCTURA JURÍDICA DE LA NORMATIVA DE REGULACIÓN DE INVESTIGACIONES
ARQUEOLÓGICAS EN EL SALVADOR
CAPITULO I
DE LAS INVESTIGACIONES ARQUEOLÓGICAS, FINALIDADES, CONCEPTO, OBJETO Y CLASE.
*
Finalidad de la Normativa de Investigaciones Arqueológicas.
*
Concepto de Investigaciones Arqueológicas.
*
Objeto y Finalidad de las Investigaciones Arqueológicas.
*
Clases de Investigaciones Arqueológicas.
CAPITULO II
DE LAS PERSONAS QUE INTERVIENEN EN LAS INVESTIGACIONES ARQUEOLÓGICAS Y
DEL REGISTRO Y ACREDITACIÓN.
*
Arqueólogos responsables de la ejecución de los Proyectos de Investigación Arqueológica.
*
Arqueólogo Ejecutor
Arqueólogo Supervisor
*
Integración de estudiantes en las Investigaciones Arqueológicas.
*
Respaldo Universitario de otros participantes.
*
Registro y Acreditación Profesional.
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*
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CAPITULO III
DE LA AUTORIZACIÓN Y TRÁMITES ADMINISTRATIVOS PARA REALIZAR INVESTIGACIONES
ARQUEOLÓGICAS EN EL SALVADOR, REQUISITOS Y CONCEPTOS TÉCNICOS.
*
Autorizaciones.
*
Procedimientos para realizar Investigaciones Arqueológicas y requisitos que debe contener la solicitud.
*
Notificación de la solicitud.
*
Plan de Trabajo para las Investigaciones Arqueológicas.
*
Términos de Referencia.
*
Fundamentación, recomendaciones y observaciones a la solicitud y plan de trabajo de las Investigaciones Arqueológicas
*
Para realizar proyectos de investigación
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DIARIO OFICIAL Tomo Nº 374
CAPITULO IV
CONSOLIDACIONES Y RESTAURACIONES EN LOS PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN ARQUEOLÓGICA
*
Fondo de reserva para realizar consolidaciones y restauraciones arqueológicas.
*
Detalle del material a utilizar en las consolidaciones y restauraciones arqueológicas
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CAPITULO V
SUPERVISIÓN DE LAS INVESTIGACIONES ARQUEOLÓGICAS Y REGISTRO DEL MATERIAL ARQUEOLÓGICO
*
Supervisión Institucional.
*
Inscripción en el Registro de Bienes Culturales.
CAPITULO VI
DERECHOS, DEBERES, PROHIBICIONES Y SANCIONES DE LAS PERSONAS PARTICIPANTES
EN LAS INVESTIGACIONES ARQUEOLÓGICAS
*
Derechos
*
Deberes
*
Prohibiciones
*
Sanciones
*
Extinción de los Derechos y Deberes de los participantes
CAPITULO VII
NORMAS SUPLETORIAS
TÉCNICOS DEL DEPARTAMENTO DE ARQUEOLOGÍA
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1.
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ETAPAS DE REVISIÓN NORMATIVA DE ARQUEOLOGÍA
a)
PRESIDENCIA DE CONCULTURA
b)
DIRECCIÓN NACIONAL DE PATRIMONIO CULTURAL
c)
DEPARTAMENTO JURIDICO DE CONCULTURA
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2.
3.
DOS ABOGADOS CON EXPERIENCIA EN REDACCION DE CUERPOS LEGALES:
a)
Abogado relacionado a lo cultural.
b)
Abogado que no esté relacionado a lo cultural.
-
Deberá publicarse en el Diario Oficial y en la D.P.I.
Imprenta Nacional - Tiraje 500 Ejemplares.