Diario Oficial-05-Marzo-2014
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Diario Oficial-05-Marzo-2014
REPUBLICA DE EL SALVADOR EN LA AMERICA CENTRAL DIARIO OFICIAL.San Salvador, 5 de Marzo de 2014. 11 DIARIO OFICIAL DIRECTOR: Edgard Antonio Mendoza Castro TOMO Nº 402 SAN SALVADOR, MIERCOLES 5 DE MARZO DE 2014 NUMERO 43 - La Dirección de la Imprenta Nacional hace del conocimiento que toda publicación en el Diario Oficial se procesa por transcripción directa y fiel del original, por consiguiente la institución no se hace responsable por transcripciones cuyos originales lleguen en forma ilegible y/o defectuosa y son de exclusiva responsabilidad de la persona o institución que los presentó. (Arts. 21, 22 y 23 Reglamento de la Imprenta Nacional). SUMARIO Pág. Pág. Acuerdo No. 188.- Se concede el goce de las exenciones del pago de impuestos sobre la renta y municipales, a la sociedad HB Manufacturing, S.A. de C.V. ............................................... ORGANO LEGISLATIVO Acuerdos Nos. 1225, 1271, 1272, 1275 bis, 1282, 1283, 1294, 1295, 1296, 1297, 1298 y 1299.- Se llama a Diputados Suplentes para que concurran a formar asamblea. ..................... Acuerdo No. 1284.- Se deja sin efecto el Acuerdo Legislativo No. 1272, de fecha 17 de octubre de 2013, por medio del cual se hizo llamamiento a conformar asamblea. .................................. 33-52 MINISTERIO DE EDUCACIÓN 4-11 RAMO DE EDUCACIÓN 12 Acuerdos Nos. 1287, 1288, 1289 y 1290.- Se aceptan renuncias de diferentes cargos de la Junta Directiva de la Asamblea Legislativa. ................................................................................. 12-15 Acuerdos Nos. 15-2181 y 15-0070.- Reconocimiento de estudios académicos. .................................................................. 53 MINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONAL RAMO DE LA DEFENSA NACIONAL Acuerdo No. 1291.- Se integra a Diputados a la Junta Directiva de la Asamblea Legislativa. ....................................... 15 Acuerdos Nos. 27, 28, 29, 30, 31 y 32.- Se asignan montepíos militares...................................................................................... 54-58 ORGANO EJECUTIVO MINISTERIO DE GOBERNACIÓN ORGANO JUDICIAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA RAMO DE GOBERNACIÓN Estatutos de la Asociación Salvadoreña de Otorrinolaringología y Cirugía de Cabeza y Cuello y Acuerdo Ejecutivo No. 25, aprobándolos y confiriéndole el carácter de persona jurídica. ......................................................................... 16-30 Acuerdo No. 1556-D.- Se autoriza a la Licenciada Isis Beatriz Salamanca Turcios, para que ejerza la profesión de abogado en todas sus ramas. ......................................................................... MINISTERIO DE ECONOMÍA INSTITUCIONES AUTÓNOMAS RAMO DE ECONOMÍA ALCALDÍAS MUNICIPALES Acuerdo No. 57.- Se otorga concesión al señor Régulo Erazo Rivas, para la explotación de la cantera de material pétreo denominada “San Diego II”. ...................................................... 31-32 Decreto No. 1.- Se prorroga vigencia de la Ordenanza Transitoria de Exención de Intereses y Multas Provenientes de Deudas por Tasas e Impuestos Municipales, a favor de la municipalidad de Puerto El Triunfo. .......................................... 58 59-60 Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 2527-7800 • Página Web: www.imprentanacional.gob.sv • Correo: diariooficial@imprentanacional.gob.sv 2 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 Pág. Pág. Decreto No. 3.- Ordenanza Transitoria de Estímulo para el Herencia Yacente ............................................................ 88-89 Título de Propiedad ........................................................ 89 Título Supletorio ............................................................. 90-95 Título de Dominio............................................................ 95-97 Sentencia de Nacionalidad.............................................. 97-99 Juicio de Ausencia ........................................................... 100 Cambio de Nombre ......................................................... 100 Renovación de Marcas .................................................... 100 Pago con Exención de Intereses y Multas Provenientes de Deudas por Impuestos y Tasas por Servicios Municipales, del municipio de Apopa. ................................................................................... 60-62 Estatutos de la Asociación de Desarrollo Comunal “Residencial Alejandría” y Acuerdo No. VIII, emitido por la Alcaldía Municipal de Usulután, aprobándolos y confiriéndole el carácter de persona jurídica.................................................... 63-70 SECCION CARTELES OFICIALES DE PRIMERA PUBLICACION Aviso de Inscripción ........................................................ 71 DE SEGUNDA PUBLICACION Convocatorias .................................................................. 101-103 Aceptación de Herencia .................................................. 71-72 Subasta Pública ............................................................... 103-104 Subasta Pública ............................................................... 72 SECCION CARTELES PAGADOS DE PRIMERA PUBLICACION Disolución y Liquidación de Sociedades ....................... 104 Patente de Invención ....................................................... 104 Edicto de Emplazamiento............................................... 105-106 Declaratoria de Herencia................................................ 73-79 Marca de Servicios .......................................................... 106-108 Aceptación de Herencia .................................................. 80-88 Marca de Producto.......................................................... 109-117 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. Pág. Pág. DE SEGUNDA PUBLICACION 3 DE TERCERA PUBLICACION Aceptación de Herencia .................................................. 118-119 Aceptación de Herencia .................................................. 168-171 Título de Propiedad ........................................................ 171-172 Título de Propiedad ........................................................ Título Supletorio ............................................................. 120 Renovación de Marcas .................................................... 173 Nombre Comercial .......................................................... 174 120 Renovación de Marcas .................................................... 121-143 Convocatorias .................................................................. 174-175 Marca de Fábrica ............................................................ 143-148 Reposición de Certificados ............................................. 176-178 Nombre Comercial .......................................................... 149 Disminución de Capital .................................................. 179 Solicitud de Nacionalidad ............................................... 179 Subasta Pública ............................................................... 152-153 Emblemas......................................................................... 180 Reposición de Certificados ............................................. 153 Marca de Servicios .......................................................... 181 Título Municipal.............................................................. 154 Convocatorias .................................................................. 150-152 Marca de Producto.......................................................... 181-199 Marca de Servicios .......................................................... 154-158 SECCION DOCUMENTOS OFICIALES MINISTERIO DE EDUCACIÓN Reposición de Póliza de Seguro...................................... 159 Resoluciones Nos. 2370, 2371, 2374, 2375, 2377, 2379, Marca de Producto.......................................................... 159-167 2380, 2381, 2382, 2385, 2388, 2396 y 2397.- Reposiciones de títulos.......................................................................................... 200-204 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 4 ORGANO LEGISLATIVO ACUERDO LEGISLATIVO No. 1225. La Asamblea Legislativa de la República de El Salvador, en atención a que a la Diputada EMMA JULIA FABIÁN HERNÁNDEZ, se le ha designado en Misión Oficial, en el período comprendido del 8 al 12 de octubre de 2013; según Acuerdo de Junta Directiva No. 2473, de fecha 25 de septiembre de 2013; y de conformidad con el Art. 131, ordinal 4o. de la Constitución y Art. 21 del Reglamento Interior de esta Asamblea, ACUERDA: Llamar a la Diputada Suplente NORMA CRISTINA CORNEJO AMAYA, para que concurra a formar Asamblea en sustitución de la Diputada arriba mencionada, debiendo pagársele en el referido período el sueldo que señala la partida respectiva de la Ley de Salarios vigente, por medio de la Tesorería Institucional de esta Asamblea; incorporándose a las comisiones a que pertenece la Diputada Propietaria a quien sustituye, salvo el caso a que se refiere el Acuerdo de Junta Directiva No. 3765, de fecha 15 de octubre del 2008.- COMUNÍQUESE. ASAMBLEA LEGISLATIVA; PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los tres días del mes de octubre del año dos mil trece. OTHON SIGFRIDO REYES MORALES PRESIDENTE ALBERTO ARMANDO ROMERO RODRÍGUEZ PRIMER VICEPRESIDENTE GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE SEGUNDO VICEPRESIDENTE JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ TERCER VICEPRESIDENTE FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURÁN CUARTO VICEPRESIDENTE ROBERTO JOSÉ d´AUBUISSON MUNGUIA QUINTO VICEPRESIDENTE LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA PRIMERA SECRETARIA CARMEN ELENA CALDERÓN SOL DE ESCALÓN SEGUNDA SECRETARIA SANDRA MARLENE SALGADO GARCÍA TERCERA SECRETARIA JOSÉ RAFAEL MACHUCA ZELAYA CUARTO SECRETARIO IRMA LOURDES PALACIOS VÁSQUEZ QUINTA SECRETARIA MARGARITA ESCOBAR SEXTA SECRETARIA FRANCISCO JOSÉ ZABLAH SAFIE SÉPTIMO SECRETARIO REYNALDO ANTONIO LÓPEZ CARDOZA OCTAVO SECRETARIO ACUERDO LEGISLATIVO No. 1271. La Asamblea Legislativa de la República de El Salvador, en atención a que a la Diputada ROSA ALMA CRUZ MARINERO, se le ha designado en Misión Oficial, en el período comprendido del 22 al 26 de octubre de 2013; según Acuerdo de Junta Directiva No. 2573, de fecha 16 de octubre de 2013; y de conformidad con el Art. 131, ordinal 4o. de la Constitución y Art. 21 del Reglamento Interior de esta Asamblea, ACUERDA: Llamar a la Diputada Suplente BLANCA ESTELA BARAHONA DE REYES, para que concurra a formar Asamblea en sustitución de la Diputada arriba mencionada, debiendo pagársele en el referido período el sueldo que señala la partida respectiva de la Ley de Salarios vigente, por medio de la Tesorería Institucional de esta Asamblea; incorporándose a las comisiones a que pertenece la Diputada Propietaria a quien sustituye, salvo el caso a que se refiere el Acuerdo de Junta Directiva No. 3765, de fecha 15 de octubre del 2008.- COMUNÍQUESE. ASAMBLEA LEGISLATIVA; PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los veinticuatro días del mes de octubre del año dos mil trece. OTHON SIGFRIDO REYES MORALES PRESIDENTE ALBERTO ARMANDO ROMERO RODRÍGUEZ PRIMER VICEPRESIDENTE GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE SEGUNDO VICEPRESIDENTE JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ TERCER VICEPRESIDENTE FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURÁN CUARTO VICEPRESIDENTE DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. 5 ROBERTO JOSÉ d´AUBUISSON MUNGUIA QUINTO VICEPRESIDENTE LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA CARMEN ELENA CALDERÓN SOL DE ESCALÓN PRIMERA SECRETARIA SEGUNDA SECRETARIA SANDRA MARLENE SALGADO GARCÍA JOSÉ RAFAEL MACHUCA ZELAYA TERCERA SECRETARIA CUARTO SECRETARIO IRMA LOURDES PALACIOS VÁSQUEZ MARGARITA ESCOBAR QUINTA SECRETARIA SEXTA SECRETARIA FRANCISCO JOSÉ ZABLAH SAFIE REYNALDO ANTONIO LÓPEZ CARDOZA SÉPTIMO SECRETARIO OCTAVO SECRETARIO ACUERDO LEGISLATIVO No. 1272. La Asamblea Legislativa de la República de El Salvador, en atención a que al Diputado REYNALDO ANTONIO LÓPEZ CARDOZA, se le ha designado en Misión Oficial, en el período comprendido del 24 a1 28 de octubre de 2013; según Acuerdo de Junta Directiva No. 2506, de fecha 3 de octubre de 2013; y de conformidad con el Art. 131, ordinal 4o. de la Constitución y Art. 21 del Reglamento Interior de esta Asamblea, ACUERDA: Llamar al Diputado Suplente JOSÉ VIDAL CARRILLO, para que concurra a formar Asamblea en sustitución del Diputado arriba mencionado, debiendo pagársele en el referido período el sueldo que señala la partida respectiva de la Ley de Salarios vigente, por medio de la Tesorería Institucional de esta Asamblea; incorporándose a las comisiones a que pertenece el Diputado Propietario a quien sustituye, salvo el caso a que se refiere el Acuerdo de Junta Directiva No. 3765, de fecha 15 de octubre del 2008.- COMUNÍQUESE. ASAMBLEA LEGISLATIVA; PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los veinticuatro días del mes de octubre del año dos mil trece. OTHON SIGFRIDO REYES MORALES PRESIDENTE ALBERTO ARMANDO ROMERO RODRÍGUEZ GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE PRIMER VICEPRESIDENTE SEGUNDO VICEPRESIDENTE JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURÁN TERCER VICEPRESIDENTE CUARTO VICEPRESIDENTE ROBERTO JOSÉ d´AUBUISSON MUNGUIA QUINTO VICEPRESIDENTE LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA CARMEN ELENA CALDERÓN SOL DE ESCALÓN PRIMERA SECRETARIA SEGUNDA SECRETARIA SANDRA MARLENE SALGADO GARCÍA JOSÉ RAFAEL MACHUCA ZELAYA TERCERA SECRETARIA CUARTO SECRETARIO IRMA LOURDES PALACIOS VÁSQUEZ MARGARITA ESCOBAR QUINTA SECRETARIA SEXTA SECRETARIA FRANCISCO JOSÉ ZABLAH SAFIE REYNALDO ANTONIO LÓPEZ CARDOZA SÉPTIMO SECRETARIO OCTAVO SECRETARIO DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 6 ACUERDO LEGISLATIVO No. 1275 Bis. La Asamblea Legislativa de la República de El Salvador, en atención a que al Diputado ALBERTO ARMANDO ROMERO RODRÍGUEZ, se le ha designado en Misión Oficial, en el período comprendido del 24 al 28 de octubre de 2013; según Acuerdo de Junta Directiva No. 2471, de fecha 25 de octubre de 2013; y de conformidad con el Art. 131, ordinal 4o. de la Constitución y Art. 21 del Reglamento Interior de esta Asamblea, ACUERDA: Llamar al Diputado Suplente EDILBERTO HERNÁNDEZ CASTILLO, para que concurra a formar Asamblea en sustitución del Diputado arriba mencionado, debiendo pagársele en el referido período el sueldo que señala la partida respectiva de la Ley de Salarios vigente, por medio de la Tesorería Institucional de esta Asamblea; incorporándose a las comisiones a que pertenece el Diputado Propietario a quien sustituye, salvo el caso a que se refiere el Acuerdo de Junta Directiva No. 3765, de fecha 15 de octubre del 2008.- COMUNÍQUESE. ASAMBLEA LEGISLATIVA; PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los veinticuatro días del mes de octubre del año dos mil trece. OTHON SIGFRIDO REYES MORALES PRESIDENTE ALBERTO ARMANDO ROMERO RODRÍGUEZ PRIMER VICEPRESIDENTE GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE SEGUNDO VICEPRESIDENTE JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ TERCER VICEPRESIDENTE FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURÁN CUARTO VICEPRESIDENTE ROBERTO JOSÉ d´AUBUISSON MUNGUIA QUINTO VICEPRESIDENTE LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA PRIMERA SECRETARIA CARMEN ELENA CALDERÓN SOL DE ESCALÓN SEGUNDA SECRETARIA SANDRA MARLENE SALGADO GARCÍA TERCERA SECRETARIA JOSÉ RAFAEL MACHUCA ZELAYA CUARTO SECRETARIO IRMA LOURDES PALACIOS VÁSQUEZ QUINTA SECRETARIA MARGARITA ESCOBAR SEXTA SECRETARIA FRANCISCO JOSÉ ZABLAH SAFIE SÉPTIMO SECRETARIO JOSÉ SERAFÍN ORANTES RODRÍGUEZ OCTAVO SECRETARIO ACUERDO LEGISLATIVO No. 1282. La Asamblea Legislativa de la República de El Salvador, en atención a que a la Diputada LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA, se le ha designado en Misión Oficial, en el período comprendido del 4 al 13 de noviembre de 2013; según Acuerdo de Junta Directiva No. 2590, de fecha 23 de octubre de 2013; y de conformidad con el Art. 131, ordinal 4o. de la Constitución y Art. 21 del Reglamento Interior de esta Asamblea, ACUERDA: Llamar a la Diputada Suplente BLANCA ESTELA BARAHONA REYES, para que concurra a formar Asamblea en sustitución de la Diputada arriba mencionada, debiendo pagársele en el referido período el sueldo que señala la partida respectiva de la Ley de Salarios vigente, por medio de la Tesorería Institucional de esta Asamblea; incorporándose a las comisiones a que pertenece la Diputada Propietaria a quien sustituye, salvo el caso a que se refiere el Acuerdo de Junta Directiva No. 3765, de fecha 15 de octubre del 2008.- COMUNÍQUESE. ASAMBLEA LEGISLATIVA; PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los treinta y un días del mes de octubre del año dos mil trece. OTHON SIGFRIDO REYES MORALES PRESIDENTE ALBERTO ARMANDO ROMERO RODRÍGUEZ PRIMER VICEPRESIDENTE GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE SEGUNDO VICEPRESIDENTE JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ TERCER VICEPRESIDENTE FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURÁN CUARTO VICEPRESIDENTE DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. 7 ROBERTO JOSÉ d´AUBUISSON MUNGUIA QUINTO VICEPRESIDENTE LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA PRIMERA SECRETARIA CARMEN ELENA CALDERÓN SOL DE ESCALÓN SEGUNDA SECRETARIA SANDRA MARLENE SALGADO GARCÍA TERCERA SECRETARIA JOSÉ RAFAEL MACHUCA ZELAYA CUARTO SECRETARIO IRMA LOURDES PALACIOS VÁSQUEZ QUINTA SECRETARIA MARGARITA ESCOBAR SEXTA SECRETARIA FRANCISCO JOSÉ ZABLAH SAFIE SÉPTIMO SECRETARIO REYNALDO ANTONIO LÓPEZ CARDOZA OCTAVO SECRETARIO ACUERDO LEGISLATIVO No. 1283. La Asamblea Legislativa de la República de El Salvador, en atención a que al Diputado RODRIGO SAMAYOA RIVAS, en la Sesión Plenaria Extraordinaria No. 2, de fecha 11 de septiembre de 2012, se le suspendió en el ejercicio de sus funciones, de conformidad al Dictamen Único, emitido por la Comisión de Antejuicio y aprobado por el Pleno Legislativo, en esa fecha; y de conformidad con el Art. 131, ordinal 4o. de la Constitución y Art. 21 del Reglamento Interior de esta Asamblea, ACUERDA: Llamar al Diputado Suplente MELVIN DAVID GONZÁLEZ BONILLA, del 1 al 30 de noviembre de 2013, para que concurra a formar Asamblea en sustitución del Diputado arriba mencionado, debiendo pagárseles en los referidos períodos el sueldo que señala la partida respectiva de la Ley de Salarios vigente, por medio de la Tesorería Institucional de esta Asamblea.COMUNÍQUESE. ASAMBLEA LEGISLATIVA; PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los treinta y un días del mes de octubre del año dos mil trece. OTHON SIGFRIDO REYES MORALES PRESIDENTE ALBERTO ARMANDO ROMERO RODRÍGUEZ PRIMER VICEPRESIDENTE GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE SEGUNDO VICEPRESIDENTE JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ TERCER VICEPRESIDENTE FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURÁN CUARTO VICEPRESIDENTE ROBERTO JOSÉ d´AUBUISSON MUNGUIA QUINTO VICEPRESIDENTE LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA PRIMERA SECRETARIA CARMEN ELENA CALDERÓN SOL DE ESCALÓN SEGUNDA SECRETARIA SANDRA MARLENE SALGADO GARCÍA TERCERA SECRETARIA JOSÉ RAFAEL MACHUCA ZELAYA CUARTO SECRETARIO IRMA LOURDES PALACIOS VÁSQUEZ QUINTA SECRETARIA MARGARITA ESCOBAR SEXTA SECRETARIA FRANCISCO JOSÉ ZABLAH SAFIE REYNALDO ANTONIO LÓPEZ CARDOZA SÉPTIMO SECRETARIO OCTAVO SECRETARIO DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 8 ACUERDO LEGISLATIVO No. 1294. La Asamblea Legislativa de la República de El Salvador, en atención a que al Diputado BENITO ANTONIO LARA, se le ha designado en Misión Oficial, en el período comprendido del 18 al 21 de noviembre de 2013; según Acuerdo de Junta Directiva No. 2663, de fecha 6 de noviembre de 2013; y de conformidad con el Art. 131, ordinal 4o. de la Constitución y Art. 21 del Reglamento Interior de esta Asamblea, ACUERDA: Llamar a la Diputada Suplente BLANCA ESTELA BARAHONA, para que concurra a formar Asamblea en sustitución del Diputado arriba mencionado, debiendo pagársele en el referido período el sueldo que señala la partida respectiva de la Ley de Salarios vigente, por medio de la Tesorería Institucional de esta Asamblea; incorporándose a las comisiones a que pertenece el Diputado Propietario a quien sustituye, salvo el caso a que se refiere el Acuerdo de Junta Directiva No. 3765, de fecha 15 de octubre del 2008.- COMUNÍQUESE. ASAMBLEA LEGISLATIVA; PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los siete días del mes de noviembre del año dos mil trece. OTHON SIGFRIDO REYES MORALES PRESIDENTE ENRIQUE ALBERTO LUIS VALDÉS SOTO PRIMER VICEPRESIDENTE GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE SEGUNDO VICEPRESIDENTE JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ TERCER VICEPRESIDENTE FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURÁN CUARTO VICEPRESIDENTE CARLOS ARMANDO REYES RAMOS QUINTO VICEPRESIDENTE LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA PRIMERA SECRETARIA MANUEL VICENTE MENJÍVAR ESQUIVEL SEGUNDO SECRETARIO SANDRA MARLENE SALGADO GARCÍA TERCERA SECRETARIA JOSÉ RAFAEL MACHUCA ZELAYA CUARTO SECRETARIO IRMA LOURDES PALACIOS VÁSQUEZ QUINTA SECRETARIA ERNESTO ANTONIO ANGULO MILLA SEXTO SECRETARIO FRANCISCO JOSÉ ZABLAH SAFIE SÉPTIMO SECRETARIO JOSÉ SERAFÍN ORANTES RODRÍGUEZ OCTAVO SECRETARIO ACUERDO LEGISLATIVO No. 1295. La Asamblea Legislativa de la República de El Salvador, en atención a que al Diputado FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURAN, se le ha designado en Misión Oficial, en el período comprendido del 22 al 25 de noviembre de 2013; según Acuerdos de Junta Directiva No. 2619 y 2683, de fecha 30 de octubre y 6 de noviembre de 2013; y de conformidad con el Art. 131, ordinal 4o. de la Constitución y Art. 21 del Reglamento Interior de esta Asamblea, ACUERDA: Llamar al Diputado Suplente MISAEL MEJÍA, para que concurra a formar Asamblea en sustitución del Diputado arriba mencionado, debiendo pagársele en el referido período el sueldo que señala la partida respectiva de la Ley de Salarios vigente, por medio de la Tesorería Institucional de esta Asamblea; incorporándose a las comisiones a que pertenece el Diputado Propietario a quien sustituye, salvo el caso a que se refiere el Acuerdo de Junta Directiva No. 3765, de fecha 15 de octubre del 2008.- COMUNÍQUESE. ASAMBLEA LEGISLATIVA; PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los siete días del mes de noviembre del año dos mil trece. OTHON SIGFRIDO REYES MORALES PRESIDENTE ENRIQUE ALBERTO LUIS VALDÉS SOTO PRIMER VICEPRESIDENTE GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE SEGUNDO VICEPRESIDENTE JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ TERCER VICEPRESIDENTE FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURÁN CUARTO VICEPRESIDENTE DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. 9 CARLOS ARMANDO REYES RAMOS QUINTO VICEPRESIDENTE LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA PRIMERA SECRETARIA MANUEL VICENTE MENJÍVAR ESQUIVEL SEGUNDO SECRETARIO SANDRA MARLENE SALGADO GARCÍA TERCERA SECRETARIA JOSÉ RAFAEL MACHUCA ZELAYA CUARTO SECRETARIO IRMA LOURDES PALACIOS VÁSQUEZ QUINTA SECRETARIA ERNESTO ANTONIO ANGULO MILLA SEXTO SECRETARIO FRANCISCO JOSÉ ZABLAH SAFIE JOSÉ SERAFÍN ORANTES RODRÍGUEZ SÉPTIMO SECRETARIO OCTAVO SECRETARIO ACUERDO LEGISLATIVO No. 1296. La Asamblea Legislativa de la República de El Salvador, en atención a que a la Diputada NORMA FIDELIA GUEVARA DE RAMIRIOS, se le ha designado en Misión Oficial, en el período comprendido del 22 al 25 de noviembre de 2013; según Acuerdos de Junta Directiva No. 2619 y 2683, de fecha 30 de octubre y 6 de noviembre de 2013; y de conformidad con el Art. 131, ordinal 4o. de la Constitución y Art. 21 del Reglamento Interior de esta Asamblea, ACUERDA: Llamar al Diputado Suplente JOSÉ DENNIS CORDOVA ELIZONDO, para que concurra a formar Asamblea en sustitución de la Diputada arriba mencionada, debiendo pagársele en el referido período el sueldo que señala la partida respectiva de la Ley de Salarios vigente, por medio de la Tesorería Institucional de esta Asamblea; incorporándose a las comisiones a que pertenece la Diputada Propietaria a quien sustituye, salvo el caso a que se refiere el Acuerdo de Junta Directiva No. 3765, de fecha 15 de octubre del 2008.- COMUNÍQUESE. ASAMBLEA LEGISLATIVA; PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los siete días del mes de noviembre del año dos mil trece. OTHON SIGFRIDO REYES MORALES PRESIDENTE ENRIQUE ALBERTO LUIS VALDÉS SOTO PRIMER VICEPRESIDENTE GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE SEGUNDO VICEPRESIDENTE JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ TERCER VICEPRESIDENTE FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURÁN CUARTO VICEPRESIDENTE CARLOS ARMANDO REYES RAMOS QUINTO VICEPRESIDENTE LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA PRIMERA SECRETARIA MANUEL VICENTE MENJÍVAR ESQUIVEL SEGUNDO SECRETARIO SANDRA MARLENE SALGADO GARCÍA TERCERA SECRETARIA JOSÉ RAFAEL MACHUCA ZELAYA CUARTO SECRETARIO IRMA LOURDES PALACIOS VÁSQUEZ QUINTA SECRETARIA ERNESTO ANTONIO ANGULO MILLA SEXTO SECRETARIO FRANCISCO JOSÉ ZABLAH SAFIE JOSÉ SERAFÍN ORANTES RODRÍGUEZ SÉPTIMO SECRETARIO OCTAVO SECRETARIO DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 10 ACUERDO LEGISLATIVO No. 1297. La Asamblea Legislativa de la República de El Salvador, en atención a que al Diputado NELSON DE JESÚS QUINTANILLA GÓMEZ, se le ha designado en Misión Oficial, en el período comprendido del 22 al 25 de noviembre de 2013; según Acuerdos de Junta Directiva No. 2619 y 2683, de fecha 30 de octubre y 6 de noviembre de 2013; y de conformidad con el Art. 131, ordinal 4o. de la Constitución y Art. 21 del Reglamento Interior de esta Asamblea, ACUERDA: Llamar al Diputado Suplente CARLOS MARIO ZAMBRANO, para que concurra a formar Asamblea en sustitución del Diputado arriba mencionado, debiendo pagársele en el referido período el sueldo que señala la partida respectiva de la Ley de Salarios vigente, por medio de la Tesorería Institucional de esta Asamblea; incorporándose a las comisiones a que pertenece el Diputado Propietario a quien sustituye, salvo el caso a que se refiere el Acuerdo de Junta Directiva No. 3765, de fecha 15 de octubre del 2008.- COMUNÍQUESE. ASAMBLEA LEGISLATIVA; PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los siete días del mes de noviembre del año dos mil trece. OTHON SIGFRIDO REYES MORALES PRESIDENTE ENRIQUE ALBERTO LUIS VALDÉS SOTO PRIMER VICEPRESIDENTE GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE SEGUNDO VICEPRESIDENTE JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ TERCER VICEPRESIDENTE FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURÁN CUARTO VICEPRESIDENTE CARLOS ARMANDO REYES RAMOS QUINTO VICEPRESIDENTE LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA PRIMERA SECRETARIA MANUEL VICENTE MENJÍVAR ESQUIVEL SEGUNDO SECRETARIO SANDRA MARLENE SALGADO GARCÍA TERCERA SECRETARIA JOSÉ RAFAEL MACHUCA ZELAYA CUARTO SECRETARIO IRMA LOURDES PALACIOS VÁSQUEZ QUINTA SECRETARIA ERNESTO ANTONIO ANGULO MILLA SEXTO SECRETARIO FRANCISCO JOSÉ ZABLAH SAFIE SÉPTIMO SECRETARIO JOSÉ SERAFÍN ORANTES RODRÍGUEZ OCTAVO SECRETARIO ACUERDO LEGISLATIVO No. 1298. La Asamblea Legislativa de la República de El Salvador, en atención a que a la Diputada BLANCA NOEMÍ COTO ESTRADA, se le ha designado en Misión Oficial, en el período comprendido del 14 al 16 de noviembre de 2013; según Acuerdo de Junta Directiva No. 2667, de fecha 6 de noviembre de 2013; y de conformidad con el Art. 131, ordinal 4o. de la Constitución y Art. 21 del Reglamento Interior de esta Asamblea, ACUERDA: Llamar a la Diputada Suplente DINA YAMILETH ARGUETA, para que concurra a formar Asamblea en sustitución de la Diputada arriba mencionada, debiendo pagársele en el referido período el sueldo que señala la partida respectiva de la Ley de Salarios vigente, por medio de la Tesorería Institucional de esta Asamblea; incorporándose a las comisiones a que pertenece la Diputada Propietaria a quien sustituye, salvo el caso a que se refiere el Acuerdo de Junta Directiva No. 3765, de fecha 15 de octubre del 2008.- COMUNÍQUESE. ASAMBLEA LEGISLATIVA; PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los siete días del mes de noviembre del año dos mil trece. OTHON SIGFRIDO REYES MORALES PRESIDENTE ENRIQUE ALBERTO LUIS VALDÉS SOTO PRIMER VICEPRESIDENTE GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE SEGUNDO VICEPRESIDENTE JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ TERCER VICEPRESIDENTE FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURÁN CUARTO VICEPRESIDENTE DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. 11 CARLOS ARMANDO REYES RAMOS QUINTO VICEPRESIDENTE LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA MANUEL VICENTE MENJÍVAR ESQUIVEL PRIMERA SECRETARIA SEGUNDO SECRETARIO SANDRA MARLENE SALGADO GARCÍA JOSÉ RAFAEL MACHUCA ZELAYA TERCERA SECRETARIA CUARTO SECRETARIO IRMA LOURDES PALACIOS VÁSQUEZ ERNESTO ANTONIO ANGULO MILLA QUINTA SECRETARIA SEXTO SECRETARIO FRANCISCO JOSÉ ZABLAH SAFIE JOSÉ SERAFÍN ORANTES RODRÍGUEZ SÉPTIMO SECRETARIO OCTAVO SECRETARIO ACUERDO LEGISLATIVO No. 1299. La Asamblea Legislativa de la República de El Salvador, en atención a que al Diputado GUADALUPE ANTONIO VÁSQUEZ MARTÍNEZ, se le ha concedido licencia con goce de sueldo, por motivos de salud, en el período comprendido del 1 al 14 de noviembre de 2013; según Acuerdo de Junta Directiva No. 2554, de fecha 6 de noviembre de 2013; y de conformidad con el Art. 131, ordinal 4o. de la Constitución y Art. 21 del Reglamento Interior de esta Asamblea, ACUERDA: Llamar al Diputado Suplente JOSÉ GABRIEL MURILLO, para que concurra a formar Asamblea en sustitución del Diputado arriba mencionado, debiendo pagársele en el referido período el sueldo que señala la partida respectiva de la Ley de Salarios vigente, por medio de la Tesorería Institucional de esta Asamblea; incorporándose a las comisiones a que pertenece el Diputado Propietario a quien sustituye, salvo el caso a que se refiere el Acuerdo de Junta Directiva No. 3765, de fecha 15 de octubre del 2008.- COMUNÍQUESE. ASAMBLEA LEGISLATIVA; PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los siete días del mes de noviembre del año dos mil trece. OTHON SIGFRIDO REYES MORALES PRESIDENTE ENRIQUE ALBERTO LUIS VALDÉS SOTO GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE PRIMER VICEPRESIDENTE SEGUNDO VICEPRESIDENTE JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURÁN TERCER VICEPRESIDENTE CUARTO VICEPRESIDENTE CARLOS ARMANDO REYES RAMOS QUINTO VICEPRESIDENTE LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA MANUEL VICENTE MENJÍVAR ESQUIVEL PRIMERA SECRETARIA SEGUNDO SECRETARIO SANDRA MARLENE SALGADO GARCÍA JOSÉ RAFAEL MACHUCA ZELAYA TERCERA SECRETARIA CUARTO SECRETARIO IRMA LOURDES PALACIOS VÁSQUEZ ERNESTO ANTONIO ANGULO MILLA QUINTA SECRETARIA SEXTO SECRETARIO FRANCISCO JOSÉ ZABLAH SAFIE JOSÉ SERAFÍN ORANTES RODRÍGUEZ SÉPTIMO SECRETARIO OCTAVO SECRETARIO DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 12 ACUERDO LEGISLATIVO No. 1284. La Asamblea Legislativa de la República de El Salvador, ACUERDA: Dejar sin efecto el Acuerdo Legislativo No. 1272, de fecha 17 de octubre de 2013, por medio del cual se llamó a conformar Asamblea al Diputado Suplente JOSÉ VIDAL CARRILLO, del 24 a1 28 de octubre de 2013, para sustituir al Diputado Propietario REYNALDO ANTONIO LÓPEZ CARDOZA.- COMUNÍQUESE. ASAMBLEA LEGISLATIVA; PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los treinta y un días del mes de octubre del año dos mil trece. OTHON SIGFRIDO REYES MORALES PRESIDENTE ALBERTO ARMANDO ROMERO RODRÍGUEZ GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE PRIMER VICEPRESIDENTE SEGUNDO VICEPRESIDENTE JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURÁN TERCER VICEPRESIDENTE CUARTO VICEPRESIDENTE ROBERTO JOSÉ d´AUBUISSON MUNGUIA QUINTO VICEPRESIDENTE LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA CARMEN ELENA CALDERÓN SOL DE ESCALÓN PRIMERA SECRETARIA SEGUNDA SECRETARIA SANDRA MARLENE SALGADO GARCÍA JOSÉ RAFAEL MACHUCA ZELAYA TERCERA SECRETARIA CUARTO SECRETARIO IRMA LOURDES PALACIOS VÁSQUEZ MARGARITA ESCOBAR QUINTA SECRETARIA SEXTA SECRETARIA FRANCISCO JOSÉ ZABLAH SAFIE REYNALDO ANTONIO LÓPEZ CARDOZA SÉPTIMO SECRETARIO OCTAVO SECRETARIO ACUERDO LEGISLATIVO No. 1287. La Asamblea Legislativa de la República de El Salvador, conocida la renuncia presentada por el Diputado ALBERTO ARMANDO ROMERO RODRÍGUEZ, al cargo de Primer Vicepresidente de la Junta Directiva, ACUERDA: Aceptar la renuncia del referido cargo al Diputado ALBERTO ARMANDO ROMERO RODRÍGUEZ, a partir de esta fecha. COMUNÍQUESE. ASAMBLEA LEGISLATIVA; PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los siete días del mes de noviembre del año dos mil trece. OTHON SIGFRIDO REYES MORALES PRESIDENTE ALBERTO ARMANDO ROMERO RODRÍGUEZ GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE PRIMER VICEPRESIDENTE SEGUNDO VICEPRESIDENTE JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURÁN TERCER VICEPRESIDENTE CUARTO VICEPRESIDENTE DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. 13 ROBERTO JOSÉ d´AUBUISSON MUNGUIA QUINTO VICEPRESIDENTE LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA CARMEN ELENA CALDERÓN SOL DE ESCALÓN PRIMERA SECRETARIA SEGUNDA SECRETARIA SANDRA MARLENE SALGADO GARCÍA JOSÉ RAFAEL MACHUCA ZELAYA TERCERA SECRETARIA CUARTO SECRETARIO IRMA LOURDES PALACIOS VÁSQUEZ MARGARITA ESCOBAR QUINTA SECRETARIA SEXTA SECRETARIA FRANCISCO JOSÉ ZABLAH SAFIE JOSÉ SERAFÍN ORANTES RODRÍGUEZ SÉPTIMO SECRETARIO OCTAVO SECRETARIO ACUERDO LEGISLATIVO No. 1288. La Asamblea Legislativa de la República de El Salvador, conocida la renuncia presentada por el Diputado ROBERTO JOSÉ d'AUBUISSON MUNGUIA, al cargo de Quinto Vicepresidente de la Junta Directiva, ACUERDA: Aceptar la renuncia del referido cargo al Diputado ROBERTO JOSÉ d'AUBUISSON MUNGUIA, a partir de esta fecha.- COMUNÍQUESE. ASAMBLEA LEGISLATIVA; PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los siete días del mes de noviembre del año dos mil trece. OTHON SIGFRIDO REYES MORALES PRESIDENTE ALBERTO ARMANDO ROMERO RODRÍGUEZ GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE PRIMER VICEPRESIDENTE SEGUNDO VICEPRESIDENTE JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURÁN TERCER VICEPRESIDENTE CUARTO VICEPRESIDENTE ROBERTO JOSÉ d´AUBUISSON MUNGUIA QUINTO VICEPRESIDENTE LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA CARMEN ELENA CALDERÓN SOL DE ESCALÓN PRIMERA SECRETARIA SEGUNDA SECRETARIA SANDRA MARLENE SALGADO GARCÍA JOSÉ RAFAEL MACHUCA ZELAYA TERCERA SECRETARIA CUARTO SECRETARIO IRMA LOURDES PALACIOS VÁSQUEZ MARGARITA ESCOBAR QUINTA SECRETARIA SEXTA SECRETARIA FRANCISCO JOSÉ ZABLAH SAFIE JOSÉ SERAFÍN ORANTES RODRÍGUEZ SÉPTIMO SECRETARIO OCTAVO SECRETARIO DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 14 ACUERDO LEGISLATIVO No. 1289. La Asamblea Legislativa de la República de El Salvador, conocida la renuncia presentada por la Diputada CARMEN ELENA CALDERÓN SOL DE ESCALÓN, al cargo de Segunda Secretaria Directiva, ACUERDA: Aceptar la renuncia del referido cargo a la Diputada CARMEN ELENA CALDERÓN SOL DE ESCALÓN, a partir de esta fecha. COMUNÍQUESE. ASAMBLEA LEGISLATIVA; PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los siete días del mes de noviembre del año dos mil trece. OTHON SIGFRIDO REYES MORALES PRESIDENTE ALBERTO ARMANDO ROMERO RODRÍGUEZ GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE PRIMER VICEPRESIDENTE SEGUNDO VICEPRESIDENTE JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURÁN TERCER VICEPRESIDENTE CUARTO VICEPRESIDENTE ROBERTO JOSÉ d´AUBUISSON MUNGUIA QUINTO VICEPRESIDENTE LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA CARMEN ELENA CALDERÓN SOL DE ESCALÓN PRIMERA SECRETARIA SEGUNDA SECRETARIA SANDRA MARLENE SALGADO GARCÍA JOSÉ RAFAEL MACHUCA ZELAYA TERCERA SECRETARIA CUARTO SECRETARIO IRMA LOURDES PALACIOS VÁSQUEZ MARGARITA ESCOBAR QUINTA SECRETARIA SEXTA SECRETARIA FRANCISCO JOSÉ ZABLAH SAFIE JOSÉ SERAFÍN ORANTES RODRÍGUEZ SÉPTIMO SECRETARIO OCTAVO SECRETARIO ACUERDO LEGISLATIVO No. 1290. La Asamblea Legislativa de la República de El Salvador, conocida la renuncia presentada por la Diputada MARGARITA ESCOBAR, al cargo de Sexta Secretaria Directiva, ACUERDA: Aceptar la renuncia del referido cargo a la Diputada MARGARITA ESCOBAR, a partir de esta fecha.COMUNÍQUESE. ASAMBLEA LEGISLATIVA; PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los siete días del mes de noviembre del año dos mil trece. OTHON SIGFRIDO REYES MORALES PRESIDENTE ALBERTO ARMANDO ROMERO RODRÍGUEZ GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE PRIMER VICEPRESIDENTE SEGUNDO VICEPRESIDENTE JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURÁN TERCER VICEPRESIDENTE CUARTO VICEPRESIDENTE DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. 15 ROBERTO JOSÉ d´AUBUISSON MUNGUIA QUINTO VICEPRESIDENTE LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA CARMEN ELENA CALDERÓN SOL DE ESCALÓN PRIMERA SECRETARIA SEGUNDA SECRETARIA SANDRA MARLENE SALGADO GARCÍA JOSÉ RAFAEL MACHUCA ZELAYA TERCERA SECRETARIA CUARTO SECRETARIO IRMA LOURDES PALACIOS VÁSQUEZ MARGARITA ESCOBAR QUINTA SECRETARIA SEXTA SECRETARIA FRANCISCO JOSÉ ZABLAH SAFIE JOSÉ SERAFÍN ORANTES RODRÍGUEZ SÉPTIMO SECRETARIO OCTAVO SECRETARIO ACUERDO LEGISLATIVO No. 1291. La Asamblea Legislativa de la República de El Salvador, de conformidad a lo establecido en el Reglamento Interior de esta Asamblea, en el Protocolo de Entendimientos período 2012-2015, y aceptadas las renuncias de los Diputados Alberto Armando Romero Rodríguez, Roberto José d'Aubuisson Munguía, y las Diputadas Carmen Elena Calderón Sol de Escalón y Margarita Escobar, en los cargos de Primero y Quinto Vicepresidente y Segunda y Sexta Secretaria Directivas, respectivamente, según Acuerdos Legislativos Nos. 1287, 1288, 1289 y 1290, de esta misma fecha, ACUERDA: Integrar a la Junta Directiva a los Diputados Enrique Alberto Luis Valdés Soto, Carlos Armando Reyes Ramos, Manuel Vicente Menjívar Esquivel, y Ernesto Antonio Angulo Milla, para que asuman, a partir de esta fecha los cargos de Primero y Quinto Vicepresidente y Segundo y Sexto Secretario Directivos, respectivamente.- COMUNÍQUESE. ASAMBLEA LEGISLATIVA; PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los siete días del mes de noviembre del año dos mil trece. OTHON SIGFRIDO REYES MORALES PRESIDENTE ENRIQUE ALBERTO LUIS VALDÉS SOTO GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE PRIMER VICEPRESIDENTE SEGUNDO VICEPRESIDENTE JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURÁN TERCER VICEPRESIDENTE CUARTO VICEPRESIDENTE CARLOS ARMANDO REYES RAMOS QUINTO VICEPRESIDENTE LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA MANUEL VICENTE MENJÍVAR ESQUIVEL PRIMERA SECRETARIA SEGUNDO SECRETARIO SANDRA MARLENE SALGADO GARCÍA JOSÉ RAFAEL MACHUCA ZELAYA TERCERA SECRETARIA CUARTO SECRETARIO IRMA LOURDES PALACIOS VÁSQUEZ ERNESTO ANTONIO ANGULO MILLA QUINTA SECRETARIA SEXTO SECRETARIO FRANCISCO JOSÉ ZABLAH SAFIE JOSÉ SERAFÍN ORANTES RODRÍGUEZ SÉPTIMO SECRETARIO OCTAVO SECRETARIO 16 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 ORGANO EJECUTIVO MINISTERIO DE GOBERNACIÓN RAMO DE GOBERNACION NUMERO NOVENTA Y CINCO. CONSTITUCION DE ASOCIA- to de La Libertad, a quien hoy conozco e identifico por medio de su CION SIN FINES DE LUCRO. En la ciudad de San Salvador, a las Documento Único de Identidad número: cero uno dos cuatro ocho nueve horas del día diecinueve de diciembre del año dos mil trece. Ante cinco siete dos - nueve, con Número de Identificación Tributaria cero mí, GERMAN ANTONIO GONZALEZ ORTEZ, Notario, de este do- seis uno cuatro - dos cuatro cero seis cinco ocho - cero dos tres - seis; micilio, COMPARECEN: Los señores JOSE VIRGILIO GARAY MARLON ALBERTO TORRES CABRERA, de cuarenta años de edad, CACERES, de cincuenta años de edad, Doctor en Medicina, del domi- Doctor en Medicina, del domicilio de Santa Ana, Departamento de cilio de Usulután, Departamento de Usulután, a quien hoy conozco e Santa Ana, a quien hoy conozco e identifico por medio de su Documen- identifico por medio de su Documento Único de Identidad número: cero to Único de Identidad número: cero dos cuatro uno cuatro seis cero dos ocho siete cuatro nueve siete tres - tres, con Número de Identificación cuatro - ocho, con Número de Identificación Tributaria cero dos uno Tributaria uno dos cero cinco - dos cero cero cuatro seis tres - cero cero cero - cero nueve uno uno siete tres - uno uno cero- uno; ARTURO uno - nueve; SALVADOR ANTONIO MENDEZ NAJARRO, de trein- ROMEO MELARA MORAN, de cuarenta y cuatro años de edad, Doc- ta y siete años de edad, Doctor en Medicina, del domicilio de Soyapango, tor en Medicina, del domicilio de Santa Tecla, Departamento de La Departamento de San Salvador, a quien hoy conozco e identifico por Libertad, a quien hoy conozco e identifico por medio de su Documento medio de su Documento Único de Identidad número: cero cero ocho dos Único de Identidad número: cero cero cero nueve cero cuatro cinco seis siete uno cero uno - uno, con Número de Identificación Tributaria cero - tres, con Número de Identificación Tributaria cero seis uno cuatro - cero seis uno cuatro - cero ocho cero cuatro siete seis - uno uno dos - seis; tres cero siete seis nueve - uno uno tres - cero; JOSE REYNALDO FLOR DE MARIA ROMERO REYES, de treinta y tres años de edad, VILLEDA GARCIA, de cuarenta y cuatro años de edad, Doctor en Doctora en Medicina, del domicilio de Soyapango, Departamento de Medicina, de este domicilio, a quien hoy conozco de identifico por San Salvador, a quien hoy conozco e identifico por medio de su Docu- medio de su Documento Único de Identidad número: cero dos dos cero mento Único de Identidad número: cero uno cero ocho siete siete nueve cinco uno ocho cero - siete, con Número de Identificación Tributaria ocho - ocho, con Número de Identificación Tributaria cero seis uno cero seis uno cuatro - dos uno uno cero seis nueve - cero cero dos - tres; cuatro - dos siete cero cinco ocho cero - uno cuatro dos - nueve; RONAL JOSE ROBERTO CALDERON MAGAÑA, de cuarenta y siete años ALBERTO CASTELLANOS ALFARO, de cincuenta y cinco años de de edad, Doctor en Medicina, de este domicilio, a quien hoy conozco e edad, Doctor en Medicina, del domicilio de San Miguel, Departamento identifico por medio de su Documento Único de Identidad número: cero de San Miguel, a quien hoy conozco e identifico por medio de su Do- dos cero dos ocho dos cinco cinco - nueve, con Número de Identificación cumento Único de Identidad número: cero cero siete dos dos cero Tributaria cero seis uno cuatro - cero cuatro cero nueve seis seis - cero nueve cinco - dos, con Número de Identificación Tributaria cero dos uno cero uno - cuatro; JOSE MAURICIO ALFARO MONGE, de cincuen- cero - uno siete cero cuatro cinco ocho - cero cero tres - seis; MAURICIO ta años de edad, Médico, de este domicilio, a quien hoy conozco e ANTONIO RIVAS HERNANDEZ, de cincuenta y cinco años de edad, identifico por medio de su Documento Único de Identidad número: cero Doctor en Medicina, del domicilio de Antiguo Cuscatlán, Departamen- dos cuatro cero ocho uno ocho dos - cuatro, con Número de Identifica- DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. 17 ción Tributaria cero seis uno cuatro - dos seis uno uno seis tres - cero en Medicina, de este domicilio, a quien hoy conozco e identifico por cero uno - uno; ADAN AMERICO FUENTES CANALES, de cuaren- medio de su Documento Único de Identidad número: cero dos tres ta y ocho años de edad, Doctor en Medicina, de este domicilio, a quien cinco cero nueve siete seis - cuatro, con Número de Identificación hoy conozco e identifico por medio de su Documento Único de Identidad Tributaria cero seis uno cuatro - cero dos cero uno seis tres - cero dos número: cero cero nueve nueve nueve cuatro nueve nueve - siete, con cuatro - cuatro; y ME DICEN: PRIMERO: Que por medio de este ins- Número de Identificación Tributaria uno cuatro uno dos - uno dos uno trumento constituyen una Asociación sin Fines de Lucro que se deno- uno seis cinco - cero cero uno - ocho; MELVIN EMILIO ANTONIO minará ASOCIACION SALVADOREÑA DE OTORRINOLARINGO- GUARDADO COREAS, de cuarenta años de edad, Doctor en Medici- LOGIA Y CIRUGIA DE CABEZA Y CUELLO. SEGUNDO: Por na, de este domicilio, a quien hoy conozco e identifico por medio de su unanimidad aprueban los Estatutos que regirán a la Asociación los Documento Único de Identidad número: cero uno tres dos cuatro tres cuales se transcriben a continuación. ESTATUTOS DE LA ASOCIA- siete cuatro - ocho, con Número de Identificación Tributaria cero seis CION SALVADOREÑA DE OTORRINOLARINGOLOGIA Y CIRU- uno cuatro - cero tres cero seis siete tres - uno cero uno - cinco; ELSA GIA DE CABEZA Y CUELLO, CAPITULO I. NATURALEZA, DE- RUBIDIA ESCOBAR RIVERA, de cuarenta y tres años de edad, Mé- NOMINACION, DOMICILIO Y PLAZO. ARTICULO UNO. Créase dico Cirujano, de este domicilio, a quien hoy conozco e identifico por en la ciudad de San Salvador, Departamento de San Salvador, la Aso- medio de su Documento Único de Identidad número: cero dos dos siete ciación de nacionalidad Salvadoreña, que se denominará ASOCIACION dos cuatro cuatro ocho - cuatro, con Número de Identificación Tributaria SALVADOREÑA DE OTORRINOLARINGOLOGIA Y CIRUGIA cero seis uno cuatro - dos cero cero tres siete cero - cero cero dos - uno; DE CABEZA Y CUELLO, por podrá abreviarse "ASORL", como una ULISES LOHENGRIN CASTRO GOMEZ, de cuarenta y dos años de entidad apolítica, no lucrativa, ni religiosa, la que en los presentes edad, Doctor en Medicina, de este domicilio, a quien hoy conozco e Estatutos se denominará " La Asociación". ARTICULO DOS. El domi- identifico por medio de su Documento Único de Identidad número: cero cilio de la Asociación será la ciudad de San Salvador, Departamento de uno tres uno cero tres seis ocho - nueve, con Número de Identificación San Salvador, pudiendo establecer filiales en todo el territorio de la Tributaria cero seis uno cuatro - dos cero cero seis siete uno - uno cero República y fuera de él. ARTICULO TRES. La Asociación se consti- dos - tres; NIYME YANIRA PANTOJA DE TOLEDO, de treinta y tuye por tiempo indefinido. CAPITULO II. FINES U OBJETIVOS. ocho años de edad, Doctora en Medicina, de este domicilio, a quien hoy ARTICULO CUATRO. Los fines u objetivos de la Asociación serán: conozco e identifico por medio de su Documento Único de Identidad A) Fomentar la enseñanza y formación de la Especialidad en sus dife- número: cero cero cuatro uno nueve cero siete cinco - cero; con Núme- rentes ramas, como la prevención, diagnóstico y tratamiento. Así también ro de Identificación Tributaria cero seis uno cuatro - dos siete uno uno quirúrgico de las enfermedades de: i) Oído: patología médica y cirugía siete cinco - uno cuatro cero - nueve; GUILLERMO ARTURO CANA- de oído, externo, medio e interno, patología relacionada con el sistema LES TABLAS, de cuarenta y siete años de edad, Doctor en Medicina, de equilibrio y todo tipo de implantes. ii) Vías aéreas: boca, nariz, senos de este domicilio, a quien hoy conozco e identifico por medio de su paranasales, faringe, laringe, tráquea, bronquios. iii) Patología de la Documento Único de Identidad número: cero dos uno uno uno seis tres comunicación humana (foniatría). iv) Estructura de la cara, cuello y siete - nueve, con Número de Identificación Tributaria cero tres uno cirugía oncológica de la cavidad oral y estructura anexa. v) Cirugía cinco - uno dos uno cero seis seis - cero cero uno - uno; y RAUL traumatológica, estética facial y reparadora de cara y cuello (cirugía de EDUARDO FUENTES BELTRAN, de cincuenta años de edad, Doctor cabeza y cuello). vi) Otoneurología y Otoneurocirugía, procedimientos 18 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 de oído interno y base de cráneo. vii) Audiología: evaluación de la au- anuales de los Miembros; b) Donaciones, herencias, legados, contribu- dición, de todo tipo. viii) Otorrinolaringología pediátrica y oncológica. ciones de personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, res- ix) Trastornos del sueño. Diagnóstico con polisonografía y tratamientos pectivamente; c) Contribuciones extraordinarias para fines especiales; Quirúrgicos y no Quirúrgicos. x) Broncoesofalogía: médica y quirúrgi- y d) Todos los bienes muebles e inmuebles que adquiera y las rentas ca. xi) Alergias de vías aéreas superiores con su diagnóstico con pruebas provenientes de los mismos de conformidad con la ley. ARTICULO de Alergias e Inmonoterapia. xii) Patología faringolaringea secundaria SIETE. El Patrimonio será administrado por la Junta Directiva confor- a manifestaciones extra esofágicas del reflujo gastroesofágico. B) Di- me a las directrices que le manifieste la Asamblea General. CAPITULO fundir los objetivos: i) Incorporar y avalar la pertenencia a la asociación IV. DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACION. ARTICULO OCHO. El a los médicos y profesionales afines que cumplan con los requisitos; ii) gobierno de la Asociación será ejercido por: a) La Asamblea General; Fomentar la educación médica continua, en las diferentes ramas de la y b) La Junta Directiva. CAPITULO V. DE LA ASAMBLEA GENERAL. especialidad; iii) Realizar, fomentar y asistir a congresos, simposium, ARTICULO NUEVE. La Asamblea General, debidamente convocada, jornadas de otorrinolaringología y ramas afines dentro y fuera del país; es la autoridad máxima de la Asociación y se constituye por la reunión iv) Motivar la publicación de trabajos científicos; v) Colaborar con el de los miembros, debidamente convocados y con el quórum prescrito Colegio Médico de El Salvador en las actividades científicas, sociales, en estos Estatutos. SESIONES. ARTICULO DIEZ. La Asamblea Ge- gremiales; vi) Mantener buenas relaciones con asociaciones similares y neral sesionará normalmente en el domicilio de la Asociación, en forma afines tanto nacionales como extranjeras; vii) Difundir y enseñar nues- ordinaria y extraordinaria. ARTICULO ONCE. Las sesiones serán or- tra especialidad a otras asociaciones cuando sea requerido; vii) Difundir dinarias y extraordinarias. La primera vez dentro de los primeros quin- y dar a conocer nuestra especialidad a la población en general. C) De- ce días del mes de enero, la segunda vez dentro los primeros quince días fender los intereses gremiales de sus miembros. D) Gestionar y colabo- del mes de julio; y extraordinariamente cuando fuere convocada por la rar para la formación de nuevos Especialistas en el extranjero. E) Formar Junta Directiva. CONVOCATORIA. ARTICULO DOCE. Para celebrar y organizar los diferentes Comités y Grupos de Trabajo de la Asociación. sesión ordinaria se convocará con quince días de anticipación por lo ARTICULO CINCO. Para optar al grado de especialista otorrinolarin- menos; lo hará la Junta Directiva por escrito y contendrá la agenda a gólogo debe ser graduado como médico general en una universidad conocer; tres días antes de la fecha señalada deberá hacerse un recorda- reconocida por la Ley de Educación Superior, estar debidamente incor- torio por cualquier medio. ARTICULO TRECE. La convocatoria a porado y cumplir lo siguientes requisitos académicos: i) Un año de ci- sesión extraordinaria será hecha por la Junta Directiva, por sí o por rugía general como mínimo o tres años de Medicina Familiar. ii) Tres solicitud de un número de miembros, no menor de veinticinco por años de residentado en otorrinolaringología como mínimo en Hospitales ciento del total y se hará por cualquier medio posible en razón de la Nacionales con programas de enseñanza avalados por la Asociación y urgencia. QUORUM. ARTICULO CATORCE. El quórum requerido la Universidad de El Salvador o sino Hospitales Extranjeros con pro- para celebrar Asamblea General será del cincuenta y uno por ciento, gramas de enseñanza en ORL acreditados por su País de origen. iii) Los como mínimo de los miembros en la primera convocatoria; en la segun- especialistas en otorrinolaringología con estudios en el extranjero debe- da, el quórum se formará con cualquier que sea el número de miembros rán acreditarse ante la asociación de Otorrinolaringología de El Salvador. que hagan acto de presencia. ACUERDOS. ARTICULO QUINCE. Los CAPITULO III. DEL PATRIMONIO. ARTICULO SEIS. El Patrimonio acuerdos de Asamblea General en primera convocatoria se tomarán para de la Asociación estará constituido por: a) Las cuotas permanentes su aprobación con la mitad más uno de los votos de los asistentes; ex- DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. 19 cepto en el caso de segunda convocatoria o de elecciones, en que deci- mará posesión de su cargo en la misma Sesión Ordinaria en que sea dirá el voto simple mayoritario. ARTICULO DIECISEIS. Los acuerdos electo. SESIONES. ARTICULO VEINTITRES. La Junta Directiva tomados en Asamblea General serán obligatorios para todos los miem- sesionará ordinariamente por lo menos una vez al mes y extraordinaria- bros. ARTICULO DIECISIETE. Todo miembro que no pudiera asistir mente cuantas veces sea necesario, previa convocatoria de cualquiera a cualquiera de las sesiones de Asamblea General por motivos justifi- de sus miembros propietarios. QUORUM. ARTICULO VEINTICUA- cados podrá hacerse representar por escrito por otro miembro. El límite TRO. El quórum necesario para que la Junta Directiva pueda sesionar de representaciones es de un miembro, llevando la voz y el voto de su será de cuatro de sus miembros y sus acuerdos deberán ser tomados por representado. ARTICULO DIECIOCHO. Son atribuciones de la Asam- la mayoría de los asistentes. ACUERDOS. ARTICULO VEINTICINCO. blea General: a) Elegir, sustituir y destituir total o parcialmente a los Para tomar decisiones la Junta Directiva necesita la aprobación corres- miembros de la Junta Directiva; b) Aprobar, reformar o derogar los pondiente de la mayoría de los asistentes a la Sesión; caso de empate, Estatutos y el Reglamento Interno de la Asociación; c) Elegir a los el Presidente tendrá voto de calidad. ATRIBUCIONES DE LA JUNTA Miembros Honorarios; d) Aprobar y/o modificar los planes, programas DIRECTIVA. ARTICULO VEINTISEIS. La Junta Directiva tendrá las o presupuesto anual de la Asociación; e) Aprobar o desaprobar la Me- siguientes atribuciones: a) Desarrollar las actividades necesarias para el moria Anual de Labores de la Asociación, presentada por la Junta Di- logro de los fines de la Asociación; b) Velar por la administración efi- rectiva; f) Fijar las cuotas mensuales y contribuciones eventuales de los ciente y eficaz del patrimonio de la Asociación; c) Elaborar y aprobar miembros; g) Decidir sobre la compra, venta o enajenación de los bienes el Reglamento Interno o Reglamentos para completar los Estatutos; d) inmuebles pertenecientes a la Asociación; y h) Decidir todos aquellos Elaborar la Memoria Anual de Labores de la Asociación; e) Promover asuntos de interés para la Asociación y que no estén contemplados en la elaboración de planes, programas, proyectos y presupuestos de la los presentes Estatutos. CAPITULO VI. DE LA JUNTA DIRECTIVA. Asociación e informar a la Asamblea General; f) Velar por el cumpli- ELECCION E INTEGRACION. ARTICULO DIECINUEVE. La di- miento de los Estatutos, Reglamento Interno, Acuerdos y Resoluciones rección y administración de la Asociación estará confiada a la Junta de la Asamblea General y de la misma Junta Directiva; g) Nombrar Directiva, la cual será electa por votación general en sesión ordinaria, y entre los Miembros de la Asociación los Comités o Comisiones que estará integrada de la siguiente forma: Un Presidente, un Secretario, un consideren necesarios para el cumplimiento de los fines de la Asociación; Tesorero, dos Vocales y un Delegado ante el Colegio Médico. ARTI- h) Convocar a sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea Ge- CULO VEINTE. Los miembros de la Junta Directiva serán electos para neral; i) Decidir sobre las solicitudes de incorporación de nuevos un período de DOS AÑOS pudiendo ser reelectos, sólo por un período miembros y proponerlos a la Asamblea General; j) Resolver todos los más; a excepción del Presidente. REQUISITOS PARA SER MIEMBRO asuntos que no sean competencia de la Asamblea General; k) Decidir el DE LA JUNTA DIRECTIVA. ARTICULO VEINTIUNO. Para ser retiro de miembros, conforme a lo establecido en los artículos cuarenta elegido miembro de la Junta Directiva se requiere: a) Ser miembro y tres y siguientes de estos Estatutos; y l) Someter a consideración en fundador; b) Ser miembro durante los cinco años previos a la elección; la Sesión de Asamblea General, a realizarse en el mes de julio de cada c) Estar presente en la Sesión de la Asamblea General en que se verifi- año, los siguientes puntos: i) Informe diversos si fuera necesario, rela- que la elección; y d) Estar solvente con la Asociación y con el Colegio cionados con la marcha de la Asociación. ii) Organizar Seminarios, Médico de El Salvador. JURAMENTO Y TOMA DE POSESION. Cursos, Congresos Nacionales e Internacionales, giras de miembros al ARTICULO VEINTIDOS. La Junta Directiva será juramentada y to- exterior y otro evento que juzguen necesario. iii) Designar delegados a 20 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 congresos, seminarios, entre otros a los que fuera invitada a participar VE. Son atribuciones y deberes del Tesorero: a) Recibir y depositar los la Asociación. iv) Velar por las prestaciones sociales de los miembros. fondos que la Asociación obtenga, en uno o varios Bancos de la locali- v) Auditar el inventario de los bienes de Asociación, por lo menos una dad o en la Cooperativa Médica, según acuerdo de Junta Directiva, en vez al año. ATRIBUCIONES Y DEBERES DEL PRESIDENTE. AR- cuenta corriente o de ahorro o a plazo fijo, a nombre de la Asociación; TICULO VEINTISIETE. Son atribuciones y deberes del Presidente: a) b) Llevar o tener control directo de los libros de contabilidad de la Presidir las sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea General; Asociación; c) Autorizar juntamente con el Presidente las erogaciones b) Velar por el cumplimiento de los Acuerdos, Resoluciones de la Jun- que la Asociación tenga que realizar; d) Recordar a los miembros las ta Directiva y de la Asamblea General, así como de los Estatutos y cuotas permanentes que deberán de pagar a la Asociación; e) Percibir Reglamento Interno de la Asociación; c) Representar Judicial y las contribuciones extraordinarias, donativos de miembros y particulares, Extrajudicialmente a la Asociación, pudiendo otorgar poderes previa y los demás ingresos que hubieren; f) Preparar el anteproyecto de pre- autorización de la Junta Directiva; d) Convocar a sesiones Ordinarias y supuesto de la Asociación para someterlo a la consideración de la Junta Extraordinarias de la Asamblea General y de la Junta Directiva por Directiva quince días antes de ser sometido a la aprobación de la Asam- medio del Secretario; e) Autorizar con su firma las actas de las sesiones; blea General; g) Las cuentas bancarias tendrán tres firmas autorizadas: f) Autorizar juntamente con el Tesorero las erogaciones que tenga que La del Tesorero, el Presidente y el Secretario, siendo necesarias dos hacer la Asociación; g) Presentar la Memoria de Labores de la Asocia- firmas para el retiro; y h) Asistir puntalmente a las Sesiones de Junta ción y cualquier informe que le sea solicitado por la misma; h) Suscribir Directiva. ATRIBUCIONES Y DEBERES DE LOS VOCALES. AR- certificados y documentos aprobados por la Junta Directiva; i) Firmar TICULO TREINTA. Son atribuciones y deberes de los Vocales: a) con el Secretario las credenciales a los delegados que se nombraren; y Colaborar directamente con todos los miembros de la Junta Directiva, j) Juramentar a los miembros de la nueva Junta Directiva. ATRIBU- a efecto de procurar el logro de los fines de la Asociación; b) Sustituir CIONES Y DEBERES DEL SECRETARIO. ARTICULO VEINTIO- a cualquier Miembro de la Junta Directiva en caso de ausencia o impe- CHO. Son atribuciones y deberes del Secretario: a) Llevar los libros de dimento; c) Desempeñar las comisiones que le encomiende la Junta actas de las sesiones de Asamblea General y de Junta Directiva; b) Directiva; y d) Asistir puntalmente a las sesiones de Junta Directiva. Custodiar y llevar el archivo de documentos de la Asociación y del re- ATRIBUCIONES Y DEBERES DEL DELEGADO. ARTICULO gistro de los miembros de la Asociación; c) Extender todas las certifi- TREINTA Y UNO. Son atribuciones y deberes del Delegado: a) Asistir caciones que fueran solicitadas a la Asociación; d) Hacer y enviar las puntalmente a las Sesiones de Junta Directiva; b) Asistir a todas las convocatorias a los miembros para las sesiones; e) Ser el órgano oficial Asambleas Generales que el Colegio Médico de El Salvador realice; y de comunicación de la Junta Directiva; f) Atender el trabajo de actas y c) Informar a la Junta Directiva sobre los puntos tratados en las Asam- correspondencia; g) Preparar la Memoria Anual de Labores y los infor- bleas Generales del Colegio Médico de El Salvador. CAPITULO VII. mes referentes a la marcha de la Asociación que se han de presentar a DE LOS MIEMBROS. ARTICULO TREINTA Y DOS. Podrán ser consideración de la Junta Directiva, quince días antes de ser sometidos miembros todas las personas sin distinción de raza, credo, religión e a la aprobación de la Asamblea General; h) Asistir puntualmente a las ideología política, mayores de dieciocho años de edad, siempre y cuan- Sesiones de Junta Directiva; e i) Desempeñar todas las demás funciones, do tengan el grado de Doctor en Medicina legalmente autorizado para propias de su cargo, que le encomienda la Junta Directiva. ATRIBU- ejercer la medicina en El Salvador, ser miembro del Colegio Médico de CIONES Y DEBERES DEL TESORERO. ARTICULO VEINTINUE- El Salvador y estar en pleno goce de sus derechos colegiales. ARTICU- DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. 21 LO TREINTA Y TRES. La Asociación tendrá las siguientes clases de TREINTA Y SIETE. Para ser miembro Correspondiente se requiere: a) miembros: a) Miembros Fundadores. b) Miembros Contribuyentes. c) Ser médico y poseer una especialidad a fin a la Otorrinolaringología, Miembros Honorarios. d) Miembros Correspondientes. e) Miembros Cirugía de Cabeza y Cuello; y b) Que solicite por escrito el ingreso a la Contribuyentes Residentes. Serán MIEMBROS FUNDADORES: Todas Asociación. Esta calidad de miembro no podrá optar a cargos directivos las personas que suscriban la Escritura Pública de Constitución de la y en las sesiones tendrá únicamente voz. ARTICULO TREINTA Y Asociación. Serán MIEMBROS CONTRIBUYENTES: Los médicos OCHO. Para ser miembro Contribuyente Residente se requiere: a) Estar que ya terminaron sus estudios en la especialidad de otorrinolaringolo- cursando la especialidad de Otorrinolaringología en un Hospital con gía y se encuentren ejerciendo dicha especialidad médica. Serán MIEM- programas de enseñanza avalados por la Asociación y la Universidad BROS HONORARIOS: Todas las personas que por su labor y méritos de El Salvador; y b) Que solicite por escrito el ingreso a la Asociación. en favor de la Asociación sean así nombrados por la Asamblea General. DERECHOS DE LOS MIEMBROS. ARTICULO TREINTA Y NUE- Serán MIEMBROS CORRESPONDIENTES. Los médicos que no son VE. Son derechos de los miembros: a) A asistir a las sesiones de Asam- otorrinolaringólogos, pero que tienen una especialidad médica, que es blea General con voz y voto; excepto los miembros Honorarios, Corres- a fin con la otorrinolaringología. Serán MIEMBROS CONTRIBUYEN- pondientes y los Contribuyentes Residentes que sólo tendrán voz; b) A TES RESIDENTES. Aquel médico que está realizando sus estudios en intervenir en la elección de los miembros de la Junta Directiva de la la especialidad de otorrinolaringología. ARTICULO TREINTA Y Asociación; c) A ser electo miembro de la Junta Directiva siempre y CUATRO. Para ser miembro Fundador se requiere: a) Ser Doctor en cuando reúna los requisitos exigidos en el artículo veintiuno de los Medicina legalmente autorizado para ejercer la medicina en El Salvador; presentes Estatutos; d) A representar a la Asociación en los actos para b) Ser miembro del Colegio Médico de El Salvador y estar en pleno los cuales se le hubiere delegado esa facultad; e) Obtener ayuda de toda goce de sus derechos colegiales; c) Haber firmado la Escritura Pública índole de la Asociación, tanto profesional como personal, a juicio pru- de Constitución de la Asociación; y d) Cumplir con los requisitos del dencial de la Junta Directiva; f) Dirimir conflictos y/o diferencias entre artículo cinco. ARTICULO TREINTA Y CINCO. Para ser miembro miembros, interponer ante la Junta Directiva denuncia correspondiente Contribuyente se requiere: a) Haber cumplido el requisito del artículo para que la Junta Directiva la derive al comité correspondiente; g) A cinco; b) Ser miembro del Colegio Médico de El Salvador y estar en renunciar, la cual deberá ser presentada por escrito dirigida a la Junta pleno goce de sus derechos colegiales; c) Solicitar personalmente o por Directiva; y h) Las demás que les señalen los Estatutos y Reglamento medio de su apoderado su ingreso a la Asociación; d) Presentar un Interno de la Asociación. DEBERES Y OBLIGACIONES DE LOS trabajo científico, previamente aprobado por el Comité Científico; y e) MIEMBROS. ARTICULO CUARENTA. Son deberes y obligaciones Ser aceptado por la Junta Directiva. ARTICULO TREINTA Y SEIS. de todos los miembros, a excepción de los miembros Honorarios: a) Para ser miembro Honorario se requiere: a) Haberse mantenido como Pagar las cuotas establecidas y las contribuciones extraordinarias con miembro de la Asociación por un período no menor de veinticinco años; fines especiales que acuerden la Asamblea General; b) Asistir a las se- y b) Aquellos Médicos Extranjeros Especialistas, que hayan prestado siones de Asamblea General; c) Cumplir con las obligaciones corres- servicios relevantes a la Especialidad. La propuesta de un candidato a pondientes cuando sea miembro de la Junta Directiva; d) Desempeñar Miembro Honorario deberá ser presentada por escrito a la Junta Direc- las misiones que se le encomienden, salvo causas justificadas; y e) tiva quien la someterá a su consideración, y posteriormente la someterá Colaborar en todo aquello que contribuya a la realización de los propó- a su votación y aprobación ante la Asamblea General. ARTICULO sitos a fines de la Asociación. ARTICULO CUARENTA Y UNO. Todo 22 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 ex - miembro que desee reingresar a la Asociación deberá llenar los ciones; y e) Cuando un miembro de la Asociación omitiere o retardare requisitos y trámites exigidos por la aceptación de un miembro Contri- injustificadamente los asuntos que le fueron encomendados por la Jun- buyente y pagar las cuotas pendientes desde la época en que dejó de ta Directiva o la Asamblea General, produciendo un perjuicio a la pertenecer a la Asociación. ARTICULO CUARENTA Y DOS. La ca- Asociación. ARTICULO CUARENTA Y SEIS. Al tener conocimiento lidad de miembro se perderá por las causas siguientes: a) Por violación la Junta Directiva de una falta leve cometida y la Junta Directiva resol- a estos Estatutos, Reglamento Interno, Acuerdos y Resoluciones de la verá lo que corresponda. ARTICULO CUARENTA Y SIETE. La Asamblea General; b) Por otras faltas graves cometidas, que a juicio de Junta Directiva conocerá de las faltas graves cometidas por el infractor la Asamblea General merezcan tal sanción; c) Por renuncia presentada de acuerdo con el procedimiento siguiente: a) Conocida la falta se co- por escrito a la Junta Directiva. CAPITULO VIII. SANCIONES A LOS municará al miembro para que dentro de los cinco días hábiles siguien- MIEMBROS, MEDIDAS DISCIPLINARIAS, CAUSALES Y PRO- tes presente pruebas de descargo en su defensa; b) Transcurrido dicho CEDIMIENTO DE APLICACION. ARTICULO CUARENTA Y TRES. plazo, la Junta Directiva decidirá si procede sancionarlo; c) Impuesta la Los miembros responderán y serán sancionados por las acciones u sanción, se tendrá derecho a apelar ante la Asamblea General dentro de omisiones en contravención a estos Estatutos, a los Reglamentos y las cuarenta y ocho horas siguientes a su notificación; y d) Planteada la Acuerdos o Resoluciones tomados por la Asamblea General o Junta apelación, deberá convocarse a la Asamblea General para que conozca Directiva, pudiendo incurrir en faltas leves y graves, según lo establecen del asunto, sesión en la cual deberá oírsele al miembro sancionado y los presentes Estatutos. ARTICULO CUARENTA Y CUATRO. Se resolver dentro de la misma. Si la persona infractora es miembro de la establecen como faltas leves, aquellas que sin causar un grave perjuicio Junta Directiva, será competente para conocer la Asamblea General, a la Asociación entorpecen su normal funcionamiento, como son: a) quien seguirá el mismo procedimiento señalado en el artículo anterior, Mora en el pago de tres cuotas anuales; b) La inasistencia injustificada declarándose en sesión permanente durante el procedimiento; en este a tres sesiones de cualquiera de los Órganos de Gobierno; c) Observar caso, podrá hacerse uso del recurso de revisión ante el mismo organismo. conductas inapropiadas en las sesiones de la Junta Directiva o la Asam- ARTICULO CUARENTA Y OCHO. La persona que incurra en cual- blea General; d) La negligencia inexcusable en el cumplimiento de las quiera de las faltas señaladas en los artículos precedentes, será sancio- comisiones que sean asignadas; e) Cuando un miembro de la Junta nada, en caso de faltas leves con amonestaciones y en caso de faltas Directiva o miembro de la Asociación se negare a cumplir con los graves con la expulsión de la Asociación. CAPITULO IX. DE LA DI- Estatutos, Reglamento Interno y Resoluciones de la Asamblea General; SOLUCION. ARTICULO CUARENTA Y NUEVE. No podrá disol- y f) Cuando se den expresiones irrespetuosas para los miembros de la verse la Asociación sino por disposición de la ley o por resolución to- Asociación. ARTICULO CUARENTA Y CINCO. Se consideran como mada en Asamblea General Extraordinaria, convocada a ese efecto y faltas graves, aquellas que afecten seriamente la marcha normal de la con un número de votos que represente por lo menos las dos terceras Asociación, como son: a) La malversación de fondos o cualquier acción partes de sus miembros. ARTICULO CINCUENTA. Para celebrar u omisión voluntarias que afecten el patrimonio de la Asociación; b) Sesión Extraordinaria de Asamblea General que tenga por objeto la Las conductas que pongan en entredicho el buen nombre de la Asocia- disolución, será necesaria la concurrencia de por lo menos las dos ter- ción; c) Hacer uso del prestigio y buen nombre de la Asociación en ceras partes de los miembros, y la resolución podrá ser tomada con el beneficio propio; d) El haberse hecho acreedor de dos o más amonesta- setenta y cinco por ciento de los asistentes. ARTICULO CINCUENTA DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. 23 Y UNO. En caso de acordarse la disolución de la Asociación se nom- DO VILLEDA GARCIA; y El Doctor JOSE ROBERTO CALDERON brará una Junta de Liquidación compuesta de cinco personas, electas MAGAÑA; Delegado ante el Colegio Médico: El Doctor MELVIN por la Asamblea General Extraordinaria que acordó la disolución. Pre- EMILIO ANTONIO GUARDADO COREAS. Así se expresaron los via liquidación los bienes que sobraren después de cancelar todos sus comparecientes y yo el suscrito Notario les advertí de la obligación que compromisos se donarán al Colegio Médico de El Salvador. CAPITU- tienen de presentar la presente Escritura Pública para su debida inscrip- LO X. REFORMA DE ESTATUTOS. ARTICULO CINCUENTA Y ción, de conformidad con el artículo noventa y uno de la ley de Asocia- DOS. La reforma e interpretación de los presentes Estatutos serán atri- ciones y Fundaciones sin Fines de Lucro, y leído que les hube íntegra- bución de la Asamblea General, quien para ello tomará acuerdo de mente en un solo acto, sin interrupción, ratificaron su contenido y fir- conformidad con lo que establece el artículo quince de los presentes mamos. DOY FE./// "Ilegible"/// "S. Ant. M. N."/// "F. Romero R."/// Estatutos. CAPITULO XI. DISPOSICIONES GENERALES. ARTI- "Rony A."/// "M. A. R. H"/// "Ilegible"/// "Ilegible"/// "Ilegible"/// "R. CULO CINCUENTA Y TRES. Los documentos sujetos a registro de- Calderón"/// "J. Mauricio A. M."/// "A. A. F. C"/// "Ilegible"/// "E. Es- berán ser presentados dentro de los quince días siguientes a su formali- cobar R."/// "U. Lohengrin"/// "Ilegible"/// "G. Canales"/// "R. E. F.B."/// zación. ARTICULO CINCUENTA Y CUATRO. Todo lo relativo al "Ilegible"/// RUBRICAS. orden interno de la Asociación no comprendido en estos Estatutos, se establecerá en el Reglamento Interno de la misma, el cual deberá ser elaborado por la Junta Directiva y aprobado por la Asamblea General. GERMAN ANTONIO GONZALEZ ORTEZ, ARTICULO CINCUENTA Y CINCO. La Asociación se regirá por la NOTARIO. LEY DE ASOCIACIONES Y FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO, por los presentes Estatutos y demás disposiciones legales aplicables. DISPOSICION TRANSITORIA. ARTICULO CINCUENTA Y SEIS. PASO ANTE MI, del folio CIENTO VEINTICUATRO FRENTE al Para efectos de estos Estatutos se considera como especialistas a todos folio CIENTO VEINTINUEVE VUELTO del LIBRO OCTAVO DE aquellos que están ejerciendo la Otorrinolaringología y Cirugía de CaMI PROTOCOLO, el cual vence el día veintidós de marzo del año dos beza y Cuello. ARTICULO CINCUENTA Y SIETE. En el primer año mil catorce. Y para ser entregado a la ASOCIACION SALVADOREde la Asociación, se podrá designar Miembros Honorarios a quienes la ÑA DE OTORRINOLARINGOLOGIA Y CIRUGIA DE CABEZA Y Asamblea General, les confiera el honor, en virtud de sus relevantes CUELLO, que se puede abreviar "ASORL", extiendo, firmo y sello el méritos profesionales, personales y trayectoria académica. VIGENCIA. presente TESTIMONIO en la ciudad de San Salvador, a los diecinueve ARTICULO CINCUENTA Y OCHO. Los presentes Estatutos entrarán días del mes de diciembre del año dos mil trece. en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial. TERCERO: En este acto proceden a elegir a los miembros de la Junta Directiva, quedando conformados de la siguiente manera: Presidente: El Doctor GERMAN ANTONIO GONZALEZ ORTEZ, RAUL EDUARDO FUENTES BELTRAN; Secretario: ADAN AMERICO FUENTES CANALES; Tesorero: El Doctor JOSE MAURICIO ALFARO MONGE; Vocales: El Doctor JOSE REYNAL- NOTARIO. DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 24 ESTATUTOS DE LA ASOCIACION x) SALVADOREÑA DE OTORRINOLARINGOLOGIA Broncoesofalogía: médica y quirúrgica. xi) Alergias de vías aéreas superiores con su diagnóstico con pruebas de Alergias e Inmonoterapia. Y CIRUGIA DE CABEZA Y CUELLO xii) Patología faringolaringea secundaria a manifestaciones extra esofágicas del reflujo gastroesofágico. CAPITULO I NATURALEZA, DENOMINACION, DOMICILIO Y PLAZO B) Difundir los objetivos: i) Art. 1.- Créase en la ciudad de San Salvador, Departamento de San Incorporar y avalar la pertenencia a la Asociación a los médicos y profesionales afines que cumplan con los Salvador, la Asociación de nacionalidad Salvadoreña, que se denominará requisitos. ASOCIACION SALVADOREÑA DE OTORRINOLARINGOLOGIA ii) Y CIRUGIA DE CABEZA Y CUELLO, podrá abreviarse "ASORL", Fomentar la educación médica continua, en las diferentes ramas de la especialidad. como una entidad apolítica, no lucrativa, ni religiosa, la que en los presentes Estatutos se denominará " La Asociación". iii) Realizar, fomentar y asistir a congresos, simposium, jornadas de otorrinolaringología y ramas afines dentro y fuera del país. Art. 2.- El domicilio de la Asociación será la ciudad de San Salvador, Departamento de San Salvador, pudiendo establecer filiales en iv) Motivar la publicación de trabajos científicos. todo el territorio de la República y fuera de él. v) Colaborar con el Colegio Médico de El Salvador en las actividades científicas, sociales, gremiales. vi) Mantener buenas relaciones con asociaciones similares Art. 3.- La Asociación se constituye por tiempo indefinido. y afines tanto nacionales como extranjeras. vii) Difundir y enseñar nuestra especialidad a otras Asocia- CAPITULO II ciones cuando sea requerido. FINES U OBJETIVOS viii) Difundir y dar a conocer nuestra especialidad a la población en general. Art. 4.- Los fines u objetivos de la Asociación serán: A) Fomentar la enseñanza y formación de la Especialidad en C) Defender los intereses gremiales de sus Miembros. sus diferentes ramas, como la prevención, diagnóstico y tratamiento. Así también quirúrgico de las enfermedades D) de: i) Gestionar y colaborar para la formación de nuevos Especialistas en el extranjero. Oído: patología médica y cirugía de oído, externo, E) Formar y organizar los diferentes Comités y Grupos de Trabajo de la Asociación. medio e interno, patología relacionada con el sistema de equilibrio y todo tipo de implantes. ii) Vías aéreas: boca, nariz, senos paranasales, faringe, laringe, tráquea, bronquios. iii) Patología de la comunicación humana (foniatría). Art. 5.- Para optar al grado de especialista otorrinolaringólogo debe ser graduado como Médico General en una Universidad reconocida por la Ley de Educación Superior, estar debidamente incorporado y cumplir lo siguientes requisitos académicos: iv) Estructura de la cara, cuello y cirugía oncológica de la cavidad oral y estructura anexa. i) Un año de cirugía general como mínimo o tres años de Medicina Familiar. v) Cirugía traumatológica, estética facial y reparadora de cara y cuello (cirugía de cabeza y cuello). ii) Tres años de residentado en otorrinolaringología como mínimo en Hospitales Nacionales con programas de enseñanza vi) Otoneurología y Otoneurocirugía, procedimientos de avalados por la Asociación y la Universidad de El Salvador oído interno y base de cráneo. o sino Hospitales Extranjeros con programas de enseñanza vii) Audiología: evaluación de la audición, de todo tipo. viii) Otorrinolaringología pediátrica y oncológica. ix) Trastornos del sueño. Diagnóstico con polisonografia y tratamientos Quirúrgicos y no Quirúrgicos. en ORL acreditados por su País de origen. iii) Los especialistas en otorrinolaringología con estudios en el extranjero deberán acreditarse ante la asociación de Otorrinolaringología de El Salvador. DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. CAPITULO III DEL PATRIMONIO 25 Art. 13.- La convocatoria a sesión Extraordinaria será hecha por la Junta Directiva, por sí o por solicitud de un número de Miembros, no menor de veinticinco por ciento del total y se hará por cualquier medio posible en razón de la urgencia. Art. 6.- El Patrimonio de la Asociación estará constituido por: a) Las cuotas permanentes anuales de los Miembros. b) Donaciones, herencias, legados, contribuciones de personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, respectivamente. QUORUM c) Contribuciones extraordinarias para fines especiales; y primera convocatoria; en la segunda, el quórum se formará con cualquiera d) Todos los bienes muebles e inmuebles que adquiera y las rentas provenientes de los mismos de conformidad con la ley. que sea el número de miembros que hagan acto de presencia. Art. 14.- El quórum requerido para celebrar Asamblea General será del cincuenta y uno por ciento, como mínimo de los miembros en la ACUERDOS Art. 7.- El Patrimonio será administrado por la Junta Directiva conforme a las directrices que le manifieste la Asamblea General. Art. 15.- Los acuerdos de Asamblea General en primera convocatoria se tomarán para su aprobación con la mitad más uno de los votos de los asistentes; excepto en el caso de segunda convocatoria o de elecciones, CAPITULO IV en que decidirá el voto simple mayoritario. DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACION Art. 16.- Los acuerdos tomados en Asamblea General serán obliArt. 8.- El gobierno de la Asociación será ejercido por: a) La Asamblea General; y b) La Junta Directiva. gatorios para todos los miembros. Art. 17.- Todo miembro que no pudiera asistir a cualquiera de las sesiones de Asamblea General por motivos justificados podrá hacerse CAPITULO V representar por escrito por otro miembro. El límite de representaciones DE LA ASAMBLEA GENERAL es de un miembro, llevando la voz y el voto de su representado. Art. 9.- La Asamblea General, debidamente convocada, es la autoridad máxima de la Asociación y se constituye por la reunión de los Miembros, debidamente convocados y con el quórum prescrito en estos Estatutos. Art. 18.- Son atribuciones de la Asamblea General: a) de la Junta Directiva. b) Aprobar, reformar o derogar los Estatutos y el Reglamento Interno de la Asociación. SESIONES Art. 10.- La Asamblea General sesionará normalmente en el domicilio de la Asociación, en forma Ordinaria y Extraordinaria. Elegir, sustituir y destituir total o parcialmente a los miembros c) Elegir a los Miembros Honorarios. d) Aprobar y/o modificar los Planes, Programas o Presupuesto Anual de la Asociación. Art. 11.- Las sesiones serán Ordinarias y Extraordinarias. La primera vez dentro de los primeros quince días del mes de enero, la segunda vez dentro los primeros quince días del mes de julio; y Extraordinariamente cuando fuere convocada por la Junta Directiva. e) Aprobar o desaprobar la Memoria Anual de Labores de la Asociación, presentada por la Junta Directiva. f) Fijar las cuotas mensuales y contribuciones eventuales de los miembros. CONVOCATORIA g) Art. 12.- Para celebrar sesión Ordinaria se convocará con quince días de anticipación por lo menos; lo hará la Junta Directiva por escrito y contendrá la agenda a conocer; tres días antes de la fecha señalada deberá hacerse un recordatorio por cualquier medio. Decidir sobre la compra, venta o enajenación de los bienes inmuebles pertenecientes a la Asociación; y h) Decidir todos aquellos asuntos de interés para la Asociación y que no estén contemplados en los presentes Estatutos. DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 26 CAPITULO VI DE LA JUNTA DIRECTIVA ELECCION E INTEGRACION ATRIBUCIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA Art. 26.- La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones: a) Desarrollar las actividades necesarias para el logro de los fines de la Asociación. b) Velar por la administración eficiente y eficaz del patrimonio de la Asociación. c) Elaborar y aprobar el Reglamento Interno o Reglamentos para completar los Estatutos. d) Elaborar la Memoria Anual de Labores de la Asociación. e) Promover la elaboración de planes, programas, proyectos y presupuestos de la Asociación e informar a la Asamblea General. f) Velar por el cumplimiento de los Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General y de la misma Junta Directiva. g) Nombrar entre los Miembros de la Asociación los Comités o Comisiones que consideren necesarios para el cumplimiento de los fines de la Asociación. h) Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de Asamblea General. i) Decidir sobre las solicitudes de incorporación de nuevos miembros y proponerlos a la Asamblea General. j) Resolver todos los asuntos que no sean competencia de la Asamblea General. k) Decidir el retiro de miembros, conforme a lo establecido en los artículos cuarenta y tres y siguientes de estos Estatutos; y l) Someter a consideración en la Sesión de Asamblea General, a realizarse en el mes de julio de cada año, los siguientes puntos: Art. 19.- La dirección y administración de la Asociación estará confiada a la Junta Directiva, la cual será electa por votación general en sesión Ordinaria, y estará integrada de la siguiente forma: Un Presidente, un Secretario, un Tesorero, dos Vocales y un Delegado ante el Colegio Médico. Art. 20.- Los miembros de la Junta Directiva serán electos para un período de DOS AÑOS pudiendo ser reelectos, sólo por un período más; a excepción del Presidente. REQUISITOS PARA SER MIEMBRO DE LA JUNTA DIRECTIVA Art. 21.- Para ser elegido miembro de la Junta Directiva se requiere: a) Ser miembro fundador. b) Ser miembro durante los cinco años previos a la elección. c) Estar presente en la sesión de la Asamblea General en que se verifique la elección; y d) Estar solvente con la Asociación y con el Colegio Médico de El Salvador. JURAMENTO Y TOMA DE POSESION Art. 22.- La Junta Directiva será juramentada y tomará posesión de su cargo en la misma sesión Ordinaria en que sea electo. SESIONES i) Informe diversos si fuera necesario, relacionados con la marcha de la Asociación. ii) Organizar Seminarios, Cursos, Congresos Nacionales e Internacionales, giras de miembros al exterior y otro evento que juzguen necesario. Art. 23.- La Junta Directiva sesionará Ordinariamente por lo menos una vez al mes, y Extraordinariamente cuantas veces sea necesario, previa iii) Designar delegados a Congresos, Seminarios, entre otros a los que fuera invitada a participar la Asociación. convocatoria de cualquiera de sus miembros propietarios. iv) Velar por las prestaciones sociales de los miembros. QUORUM v) Art. 24.- El quórum necesario para que la Junta Directiva pueda Auditar el inventario de los bienes de Asociación, por lo menos una vez al año. sesionar será de cuatro de sus miembros y sus acuerdos deberán ser tomados por la mayoría de los asistentes. ATRIBUCIONES Y DEBERES DEL PRESIDENTE. Art. 27.- Son atribuciones y deberes del Presidente: a) Presidir las sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea General. b) aprobación correspondiente de la mayoría de los asistentes a la sesión; Velar por el cumplimiento de los acuerdos, resoluciones de la Junta Directiva y de la Asamblea General, así como de los en caso de empate el Presidente tendrá voto de calidad. Estatutos y Reglamento Interno de la Asociación. ACUERDOS Art. 25.- Para tomar decisiones la Junta Directiva necesita la DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. c) Representar judicial y extrajudicialmente a la Asociación, b) d) c) d) Secretario. e) Autorizar con su firma las actas de las Sesiones. f) Autorizar juntamente con el Tesorero las erogaciones que tenga que hacer la Asociación. g) Autorizar juntamente con el Presidente las erogaciones que la Asociación tenga que realizar. Convocar a sesiones Ordinarias y Extraordinarias de la Asamblea General y de la Junta Directiva por medio del Llevar o tener control directo de los libros de contabilidad de la Asociación. pudiendo otorgar poderes previa autorización de la Junta Directiva. 27 Recordar a los miembros las cuotas permanentes que deberán de pagar a la Asociación. e) Percibir las contribuciones extraordinarias, donativos de miembros y particulares, y los demás ingresos que hubieren. f) Preparar el anteproyecto de presupuesto de la Asociación Presentar la Memoria de Labores de la Asociación y cualquier para someterlo a la consideración de la Junta Directiva quince informe que le sea solicitado por la misma. días antes de ser sometido a la aprobación de la Asamblea General. h) Suscribir certificados y documentos aprobados por la Junta Directiva. g) Las cuentas bancarias tendrán tres firmas autorizadas: La del Tesorero, el Presidente y el Secretario, siendo necesarias dos i) Firmar con el Secretario las credenciales a los delegados que firmas para el retiro; y se nombraren; y h) j) Asistir puntalmente a las sesiones de Junta Directiva. Juramentar a los miembros de la nueva Junta Directiva. ATRIBUCIONES Y DEBERES DE LOS VOCALES ATRIBUCIONES Y DEBERES DEL SECRETARIO Art. 30.- Son atribuciones y deberes de los Vocales: Art. 28.- Son atribuciones y deberes del Secretario: a) a) b) Directiva, a efecto de procurar el logro de los fines de la y de Junta Directiva. Asociación; Custodiar y llevar el archivo de documentos de la Asociación b) y del registro de los miembros de la Asociación. c) Extender todas las certificaciones que fueran solicitadas a la Hacer y enviar las convocatorias a los miembros para las Sustituir a cualquier miembro de la Junta Directiva en caso de ausencia o impedimento; c) Asociación. d) Colaborar directamente con todos los miembros de la Junta Llevar los libros de actas de las sesiones de Asamblea General Desempeñar las comisiones que le encomiende la Junta Directiva; y d) Asistir puntalmente a las sesiones de Junta Directiva. sesiones. e) Ser el órgano oficial de comunicación de la Junta Directi- ATRIBUCIONES Y DEBERES DEL DELEGADO va. Art. 31.- Son atribuciones y deberes del Delegado: f) Atender el trabajo de actas y correspondencia. g) Preparar la Memoria Anual de Labores y los informes refe- a) rentes a la marcha de la Asociación que se han de presentar b) h) Asistir puntualmente a las sesiones de Junta Directiva; e i) Desempeñar todas las demás funciones, propias de su cargo, Asistir a todas las Asambleas Generales que el Colegio Médico de El Salvador realice; y a consideración de la Junta Directiva, quince días antes de ser sometidos a la aprobación de la Asamblea General. Asistir puntalmente a las Sesiones de Junta Directiva; c) Informar a la Junta Directiva sobre los puntos tratados en las Asambleas Generales del Colegio Médico de El Salvador. CAPITULO VII que le encomienda la Junta Directiva. DE LOS MIEMBROS ATRIBUCIONES Y DEBERES DEL TESORERO Art. 32.- Podrán ser miembros todas las personas sin distinción de Art. 29.- Son atribuciones y deberes del Tesorero: a) raza, credo, religión e ideología política, mayores de dieciocho años de Recibir y depositar los fondos que la Asociación obtenga, edad, siempre y cuando tengan el grado de Doctor en Medicina legal- en uno o varios Bancos de la localidad o en la Cooperativa mente autorizado para ejercer la medicina en El Salvador, ser miembro Médica, según acuerdo de Junta Directiva, en cuenta corriente del Colegio Médico de El Salvador y estar en pleno goce de sus derechos o de ahorro o a plazo fijo, a nombre de la Asociación. colegiales. DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 28 Art. 33.- La Asociación tendrá las siguientes clases de miembros: Art. 36.- Para ser miembro Honorario se requiere: a) a) Miembros Fundadores. b) Miembros Contribuyentes. c) Miembros Honorarios. d) Miembros Correspondientes. e) Miembros Contribuyentes Residentes. Haberse mantenido como miembro de la Asociación por un período no menor de veinticinco años; y b) Aquellos Médicos Extranjeros Especialistas, que hayan prestado servicios relevantes a la Especialidad. La propuesta de un candidato a Miembro Honorario deberá ser presentada por escrito a la Junta Directiva quien la someterá a su consideración, y posteriormente la someterá a su votación y aprobación ante la Asamblea General. Serán MIEMBROS FUNDADORES: Todas las personas que suscriban la Escritura Pública de Constitución de la Asociación. Serán MIEMBROS CONTRIBUYENTES: Los médicos que ya Art. 37.- Para ser miembro Correspondiente se requiere: a) terminaron sus estudios en la especialidad de Otorrinolaringología y se encuentren ejerciendo dicha especialidad médica. Serán MIEMBROS HONORARIOS: Todas las personas que por su labor y méritos en favor de la Asociación sean así nombrados por la Ser médico y poseer una especialidad afín a la Otorrinolaringología, Cirugía de Cabeza y Cuello; y b) Que solicite por escrito el ingreso a la Asociación. Esta calidad de miembro no podrá optar a cargos directivos y en las sesiones tendrá únicamente voz. Asamblea General. Serán MIEMBROS CORRESPONDIENTES. Los médicos que no son otorrinolaringólogos, pero que tienen una especialidad médica, Art. 38.- Para ser miembro Contribuyente Residente se requiere: a) que es afín con la otorrinolaringología. un Hospital con programas de enseñanza avalados por la Asociación y la Universidad de El Salvador; y Serán MIEMBROS CONTRIBUYENTES RESIDENTES. Aquel médico que está realizando sus estudios en la especialidad de Otorrino- Estar cursando la especialidad de Otorrinolaringología en b) Que solicite por escrito el ingreso a la Asociación. laringología. DERECHOS DE LOS MIEMBROS Art. 34.- Para ser miembro Fundador se requiere: a) Ser Doctor en Medicina legalmente autorizado para ejercer Art. 39.- Son derechos de los miembros: a) b) Contribuyentes Residentes que sólo tendrán voz. Ser miembro del Colegio Médico de El Salvador y estar en pleno goce de sus derechos colegiales. A asistir a las sesiones de Asamblea General con voz y voto; excepto los miembros Honorarios, Correspondientes y los la medicina en El Salvador. b) A intervenir en la elección de los miembros de la Junta Directiva de la Asociación. c) Haber firmado la Escritura Pública de Constitución de la Asociación; y d) c) A ser electo miembro de la Junta Directiva siempre y cuando reúna los requisitos exigidos en el artículo veintiuno de los presentes Estatutos. Cumplir con los requisitos del artículo cinco. d) A representar a la Asociación en los actos para los cuales se le hubiere delegado esa facultad. Art. 35.- Para ser miembro Contribuyente se requiere: e) Obtener ayuda de toda índole de la Asociación, tanto a) Haber cumplido el requisito del artículo cinco. profesional como personal, a juicio prudencial de la Junta b) Ser miembro del Colegio Médico de El Salvador y estar en Directiva. pleno goce de sus derechos colegiales. c) f) Dirimir conflictos y/o diferencias entre miembros, interponer ante la Junta Directiva denuncia correspondiente para que la Solicitar personalmente o por medio de su apoderado su Junta Directiva la derive al Comité correspondiente. ingreso a la Asociación. g) d) Presentar un trabajo científico, previamente aprobado por el Comité Científico; y e) Ser aceptado por la Junta Directiva. A renunciar, la cual deberá ser presentada por escrito dirigida a la Junta Directiva; y h) Las demás que les señalen los Estatutos y Reglamento Interno de la Asociación. DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. DEBERES Y OBLIGACIONES DE LOS MIEMBROS c) a) d) La negligencia inexcusable en el cumplimiento de las comisiones que sean asignadas. Pagar las cuotas establecidas y las contribuciones extraordinarias con fines especiales que acuerden la Asamblea Observar conductas inapropiadas en las sesiones de la Junta Directiva o la Asamblea General. Art. 40.- Son deberes y obligaciones de todos los miembros, a excepción de los miembros Honorarios: 29 e) Cuando un miembro de la Junta Directiva o miembro de la General. Asociación se negare a cumplir con los Estatutos, Reglamento b) Asistir a las sesiones de Asamblea General. Interno y resoluciones de la Asamblea General; y c) Cumplir con las obligaciones correspondientes cuando sea f) miembro de la Junta Directiva. d) Cuando se den expresiones irrespetuosas para los miembros de la Asociación. Desempeñar las misiones que se le encomienden, salvo causas justificadas; y e) Art. 45.- Se consideran como faltas graves, aquellas que afecten Colaborar en todo aquello que contribuya a la realización de los propósitos afines de la Asociación. seriamente la marcha normal de la Asociación, como son: a) La malversación de fondos o cualquier acción u omisión voluntarias que afecten el patrimonio de la Asociación. Art. 41.- Todo ex-miembro que desee reingresar a la Asociación b) la Asociación. deberá llenar los requisitos y trámites exigidos por la aceptación de un miembro Contribuyente y pagar las cuotas pendientes desde la época c) en que dejó de pertenecer a la Asociación. Hacer uso del prestigio y buen nombre de la Asociación en beneficio propio. d) Art. 42.- La calidad de miembro se perderá por las causas siguien- Las conductas que pongan en entredicho el buen nombre de e) tes: El haberse hecho acreedor de dos o más amonestaciones; y Cuando un miembro de la Asociación omitiere o retardare injustificadamente los asuntos que le fueron encomendados a) b) Por violación a estos Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos por la Junta Directiva o la Asamblea General, produciendo y resoluciones de la Asamblea General. un perjuicio a la Asociación. Por otras faltas graves cometidas, que a juicio de la Asamblea General merezcan tal sanción; y c) Por renuncia presentada por escrito a la Junta Directiva. CAPITULO VIII SANCIONES A LOS MIEMBROS, MEDIDAS DISCIPLINARIAS, CAUSALES Y Art. 46.- Al tener conocimiento la Junta Directiva de una falta leve cometida y la Junta Directiva resolverá lo que corresponda. Art. 47.- La Junta Directiva conocerá de las faltas graves cometidas por el infractor de acuerdo con el procedimiento siguiente: a) Conocida la falta se comunicará al miembro para que dentro de los cinco días hábiles siguientes presente pruebas de descargo PROCEDIMIENTO DE APLICACION en su defensa. b) sancionarlo. Art. 43.- Los miembros responderán y serán sancionados por las acciones u omisiones en contravención a estos Estatutos, a los Regla- Transcurrido dicho plazo, la Junta Directiva decidirá si procede c) mentos y acuerdos o resoluciones tomados por la Asamblea General Impuesta la sanción, se tendrá derecho a apelar ante la Asamblea General dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes o Junta Directiva, pudiendo incurrir en faltas leves y graves, según lo a su notificación; y establecen los presentes Estatutos. d) Planteada la apelación, deberá convocarse a la Asamblea General para que conozca del asunto, sesión en la cual deberá Art. 44.- Se establecen como faltas leves, aquellas que sin causar oírsele al miembro sancionado y resolver dentro de la misma. un grave perjuicio a la Asociación entorpecen su normal funcionamiento, Si la persona infractora es miembro de la Junta Directiva, será como son: competente para conocer la Asamblea General, quien seguirá el mismo procedimiento señalado en el artículo anterior, a) Mora en el pago de tres cuotas anuales. b) La inasistencia injustificada a tres sesiones de cualquiera de en este caso, podrá hacerse uso del recurso de revisión ante los órganos de gobierno. el mismo organismo. declarándose en sesión permanente durante el procedimiento; DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 30 Art. 48.- La persona que incurra en cualquiera de las faltas señala- Art. 55.- La Asociación se regirá por la LEY DE ASOCIACIONES das en los artículos precedentes, será sancionada, en caso de faltas leves Y FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO, por los presentes Estatutos, con amonestaciones y en caso de faltas graves con la expulsión de la y demás disposiciones legales aplicables. Asociación. DISPOSICION TRANSITORIA CAPITULO IX DE LA DISOLUCION Art. 56.- Para efectos de estos Estatutos se considera como especialistas a todos aquellos que están ejerciendo la Otorrinolaringología y Cirugía de Cabeza y Cuello. Art. 49.- No podrá disolverse la Asociación sino por disposición de la ley o por resolución tomada en Asamblea General Extraordinaria, Art. 57.- En el primer año de la Asociación, se podrá designar convocada a ese efecto y con un número de votos que represente por lo Miembros Honorarios a quienes la Asamblea General, les confiera el menos las dos terceras partes de sus miembros. honor, en virtud de sus relevantes méritos profesionales, personales y trayectoria académica. Art. 50.- Para celebrar sesión Extraordinaria de Asamblea General que tenga por objeto la disolución, será necesaria la concurrencia de por VIGENCIA lo menos las dos terceras partes de los miembros, y la resolución podrá ser tomada con el setenta y cinco por ciento de los asistentes. Art. 58.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial. Art. 51.- En caso de acordarse la disolución de la Asociación se nombrará una Junta de Liquidación compuesta de cinco personas, electas por la Asamblea General Extraordinaria que acordó la disolución. Previa liquidación los bienes que sobraren después de cancelar todos sus compromisos se donarán al Colegio Médico de El Salvador. CAPITULO X ACUERDO No. 25 San Salvador, 20 de enero del 2014. REFORMA DE ESTATUTOS Vistos los anteriores ESTATUTOS de la ASOCIACION SALVADOREÑA DE OTORRINOLARINGOLOGIA Y CIRUGIA DE Art. 52.- La reforma e interpretación de los presentes Estatutos serán atribución de la Asamblea General, quien para ello tomará acuerdo de conformidad con lo que establece el artículo quince de los presentes CABEZA Y CUELLO y que podrá abreviarse "ASORL", compuestos de CINCUENTA Y OCHO Artículos, constituida por Escritura Pública celebrada en la ciudad de San Salvador, Departamento de San Salvador, Estatutos. a las nueve horas del día 19 de diciembre del 2013, otorgada ante los oficios del Notario GERMAN ANTONIO GONZALEZ ORTEZ, y no CAPITULO XI DISPOSICIONES GENERALES encontrando en ellos ninguna disposición contraria a las Leyes del País, de conformidad con el Art. 65 de la Ley de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro, el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Gobernación, ACUERDA: a) Aprobarlos en todas sus partes confiriendo a dicha Art. 53.- Los documentos sujetos a registro deberán ser presentados dentro de los quince días siguientes a su formalización. Entidad el carácter de PERSONA JURIDICA; b) Publíquense en el Diario Oficial; y c) Inscríbase la referida entidad en el REGISTRO DE ASOCIACIONES Y FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO. COMUNIQUESE. EL MINISTRO DE GOBERNACION, GREGORIO Art. 54.- Todo lo relativo al orden interno de la Asociación no ERNESTO ZELAYANDIA CISNEROS. comprendido en estos Estatutos, se establecerá en el Reglamento Interno de la misma, el cual deberá ser elaborado por la Junta Directiva y aprobado por la Asamblea General. (Registro No. F025995) DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. 31 MINISTERIO DE ECONOMÍA RAMO DE ECONOMIA ACUERDO No. 57 San Salvador, 28 de enero de 2014 EL ÓRGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE ECONOMÍA. Vista la solicitud presentada el día treinta y uno de mayo de dos mil once, por el señor RÉGULO ERAZO RIVAS, mayor de edad, Ingeniero Agrónomo, con domicilio en Municipio y Departamento de San Salvador, actuando en calidad de persona natural, relativas a la obtención de Concesión de Explotación de una cantera de material pétreo denominada "SAN DIEGO II", ubicada en Cantón San Diego, Municipio de El Paisnal, Departamento de San Salvador, la cual inicialmente se solicitó para una extensión superficial de ciento setenta y siete mil seiscientos tres punto cuarenta y cuatro metros cuadrados (177,603.44m2), y posteriormente el día veintidós de febrero del dos mil trece se presentó solicitud a fin de modificar el área de concesión de explotación, en el sentido de reducir el área disponible a ciento setenta y cinco mil quinientos ochenta y tres punto sesenta y nueve metros cuadrados (175,583.69m2), del cual se explotará una superficie efectiva de ciento cuarenta y nueve mil novecientos sesenta y uno punto treinta y siete metros cuadrados (149,961.37m2), y CONSIDERANDO: I. Que se ha presentado por parte del señor Régulo Erazo Rivas, la documentación requerida en el Artículo 37 inciso segundo, de la Ley de Minería, la cual consiste en: a) Plano de ubicación del inmueble en que se realizarán las actividades, hoja geográfica del área, plano topográfico y su respectiva descripción técnica y extensión del área solicitada; b) Contrato de arrendamiento de los inmuebles rústicos en donde se ubica la cantera de material pétreo solicitada, c) Permiso Ambiental, con copia del Estudio de Impacto Ambiental; d) Estudio de Factibilidad Técnico Económico; y e) Programa de explotación. II. Que habiéndose presentado lo requerido por esta Dirección mediante prevenciones de fechas veintiuno de septiembre de dos mil once, treinta de marzo de dos mil doce, siete de agosto del dos mil trece y doce de septiembre del dos mil trece, subsanando tanto los aspectos legales, técnicos, económicos y financieros prevenidos. III. Que de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 38 de la Ley de Minería, se practicó inspección el día veintiuno de febrero de dos mil doce, en la cantera denominada "San Diego II", la cual resultó favorable; por lo que se admitió la solicitud presentada el día treinta y uno de mayo del año dos mil once, mediante auto de las ocho horas del día veinte de julio del mismo año. IV. Que habiendo cumplido con las publicaciones a que se refiere el Artículo 40 de la referida Ley, y no habiéndose interpuesto oposición alguna, se ordenó los trabajos de mensura y amojonamiento de los límites del área de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 42 de la Ley de Minería, los cuales fueron verificados de conformidad al mismo Artículo, mediante inspección realizada el día seis de septiembre del año dos mil doce. V. Que a través de escrito presentado el día veintidós de febrero del presente año, el peticionario informa a esta Dirección, que del área efectiva a explotar es de ciento cuarenta y nueve mil novecientos sesenta y uno punto treinta y siete metros cuadrados (149,961.37m2). VI. Que en el día veintitrés de abril del presente año, se realizó nueva inspección de mensura y amojonamiento conforme a plano presentado de la nueva área a explotar solicitada, constando que en el sector sur poniente de la cantera, específicamente entre los mojones M1 y M 44, del polígono general de explotación, con la reducción del área, este lindero se movió 8.78 metros en sentido Noreste, el área de protección queda aumentada a dieciocho punto setenta y ocho metros, los demás linderos no fueron afectados. VII. Que habiendo cumplido con lo dispuesto en el Artículo 32 literal "d)" de la Ley de Minería, presentando a este Ministerio el día siete de enero del dos mil catorce, el documento mediante el cual el Titular constituye fianza a favor del Estado de El Salvador, se considera procedente otorgar la concesión solicitada. DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 32 POR TANTO: De conformidad a lo dispuesto en el Art. 43 de la Ley de Minería y Art. 34 de su Reglamento, este Ministerio, ACUERDA: 1) OTORGAR al señor RÉGULO ERAZO RIVAS, Concesión por el término de CINCO AÑOS, para la Concesión de Explotación de una cantera de material de material pétreo denominada "SAN DIEGO II", ubicada en Cantón San Diego, Municipio de El Paisnal, departamento de San Salvador, la cual inicialmente se solicitó para una extensión superficial de ciento setenta y cinco mil trescientos ochenta y tres punto sesenta y nueve metros cuadrados (175,583.69m2), del cual se explotará una superficie efectiva de ciento cuarenta y nueve mil novecientos sesenta y uno punto treinta y siete metros cuadrados (149,961.37m2), 2) El titular en referencia queda sujeto a las obligaciones siguientes: a) La explotación de la cantera deberá realizarse conforme al diseño y método de explotación propuesto. • Se dejarán áreas de retiro y protección de las siguientes dimensiones: a los terrenos vecinos diez metros, a la calle de acceso ubicada al rumbo Poniente del área de la Concesión veinticinco metros, y a la quebrada quince metros. Los cortes o taludes generados en estas áreas de protección serán estabilizados con zacate estrella y una relación de pendiente de 1V:2H. Se construirán en estos taludes, canaletas con las medidas propuestas con caídas de agua o disipadores de energía. Se construirán drenajes naturales para evacuar hacia la quebrada existente, las aguas superficiales del área de extracción en la época de lluvia. Estos drenajes se mantendrán en cada época de lluvia, mientras dure la extracción del material Para garantizar que no se aflore el nivel freático, se realizarán, antes de iniciar las actividades de extracción, excavaciones de muestreo, para determinar la profundidad del nivel freático y por consecuencia la profundidad de la extracción, según las diferentes zonas en que se ha dividido el área de la cantera. b) • Cumplir con el Programa Técnico de explotación establecido, o presentar las modificaciones si las hubiere que complementen o sustituyan al programa original; • Presentar anualmente un informe sobre el desarrollo de la explotación de la cantera; • Permitir las labores de inspección y auditorías de parte de los Delegados del Ministerio y la Dirección; • Pagar los Impuestos que para tal efecto establece la Alcaldía Municipal a cuya Jurisdicción pertenece el inmueble en que se ubica la cantera, de conformidad a lo establecido en el Artículo 65, literal b) de la Ley de Minería; • Capacitar personal técnico y establecer programas de seguridad minera, a la vez dotar al personal del equipo de protección individual necesario, para la protección en la realización de las labores mineras; • El Titular deberá cumplir con la obligación de preservar el medio ambiente; asimismo, con las demás obligaciones que se deriven de la Ley de Minería y su Reglamento, el Acuerdo y el Contrato de Explotación, así como la Legislación en materia laboral y otras normas que le fuesen aplicables; • Presentar a esta Dirección el Manual de Seguridad Minera, dentro del primer año de otorgada la concesión, para su aprobación. Que la Dirección Reguladora de Hidrocarburos y Minas previo a dar por terminada la Concesión, deberá solicitar a la Titular documentación emitida por el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales que indique que se ha dado cumplimiento con el Programa de Manejo Ambiental, incluidas las de cierre. 3) El presente Acuerdo deberá ser aceptado por escrito por el Titular, en el término de OCHO DIAS, contados desde el día siguiente de su notificación; caso contrario se revocará. 4) La Concesión que por medio de este Acuerdo se concede, queda condicionada al otorgamiento del contrato a que se refieren los Artículos 44 de la Ley de Minería, y 35, 36 y 37 de su Reglamento; para este efecto, una vez publicado en el Diario Oficial el presente Acuerdo, el interesado deberá presentar al Ministerio de Economía un proyecto del contrato que señalan esos artículos, indicando el nombre del Notario ante cuyos oficios se otorgará y las condiciones aquí establecidas, en el plazo de treinta días posteriores al día de la publicación antes mencionada. 5) El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial, a costa del interesado. COMUNÍQUESE. JOSÉ ARMANDO FLORES ALEMÁN, MINISTRO. (Registro No. F025961) DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. 33 34 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. 35 36 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. 37 38 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. 39 40 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. 41 42 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. 43 44 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. 45 46 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. 47 48 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. 49 50 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. 51 52 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 (Registro No. F026101) DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. 53 MINISTERIO DE EDUCACIÓN RAMO DE EDUCACION ACUERDO No. 15-2181.- San Salvador, 19 de noviembre de 2013. EL MINISTRO DE EDUCACION AD-HONOREM, en uso de las facultades legales que establece el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, CONSIDERANDO: I) Que a la Dirección Nacional de Educación, se presentó VLADIMIR ALEXANDER AYALA SÁNCHEZ, de nacionalidad salvadoreña, solicitando EQUIVALENCIA de sus estudios de Octavo Grado del Nivel Básico, realizados en el Centro Educativo "Colegio Alianza", Municipio de Las Terrenas, Samaná, República Dominicana en el año 2013, con los de Octavo Grado de nuestro país; II) Que según Resolución de fecha 18 de noviembre de 2013 emitida por el Departamento de Acreditación Institucional de la Dirección Nacional de Educación de este Ministerio, después de comprobar la legalidad de la documentación presentada y el cumplimiento de los requisitos legales exigidos, con base a los Artículos 59 y 62 de la Ley General de Educación y demás disposiciones legales vigentes, resolvió autorizar la Equivalencia de estudios de Octavo Grado del Nivel Básico, obtenido por VLADIMIR ALEXANDER AYALA SÁNCHEZ, en el Centro Educativo "Colegio Alianza", Municipio de Las Terrenas, Samaná, República Dominicana. POR TANTO: De conformidad a lo establecido por los Artículos 59 y 62 de la Ley General de Educación y Artículo 4 del Reglamento para Equivalencias y Pruebas de Suficiencia en Educación Básica y Media e Incorporación de Títulos de Educación Media y demás disposiciones legales vigentes. ACUERDA: 1) Confirmar el reconocimiento de equivalencia de los estudios de Octavo Grado del Nivel Básico, cursados en el Centro Educativo "Colegio Alianza", Municipio de Las Terrenas, Samaná, República Dominicana, a VLADIMIR ALEXANDER AYALA SÁNCHEZ, reconociéndole su validez académica dentro de nuestro sistema educativo, para matricularse en Noveno Grado de nuestro país. 2) Publíquese en el Diario Oficial. COMUNÍQUESE.- FRANZI HASBUN BARAKE, MINISTRO DE EDUCACION AD-HONOREM (Registro No. F026100) ACUERDO No. 15-0070.- San Salvador, 09 enero de 2014. EL MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM, en uso de las facultades legales que establece el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, en su Art. 38 numerales 1, 6 y 8; CONSIDERANDO: I) Que a la Dirección Nacional de Educación Superior, se ha presentado ALISSON GEORGINA TREJO MÉNDEZ, solicitando que se le reconozca el grado académico de DOCTORA EN MEDICINA, obtenido en la ESCUELA LATINOAMERICANA DE MEDICINA, en la REPÚBLICA DE CUBA, el día 24 de julio de 2007; lo anterior de conformidad a lo dispuesto en el Art. 20 de la Ley de Educación Superior, el Reglamento Especial de Incorporaciones y a las facultades concedidas en los mismos a este Ministerio; II) Que de conformidad a los Arts. 2, numeral 5, Arts. 4 y 5 del Convenio Regional de Convalidación de Estudios, Títulos y Diplomas de Educación Superior en América Latina y el Caribe, suscrito por nuestro país el día veintisiete de septiembre de mil novecientos setenta y seis, ratificado por la Asamblea Legislativa, a los dieciocho días del mes de noviembre de mil novecientos setenta y seis, publicado en el Diario Oficial No. 235, Tomo No. 253 de fecha 21 de diciembre de 1976 y vigente a la fecha, procede dicho reconocimiento académico; III) Que habiéndose examinado la documentación presentada en la Gerencia de Registro, Incorporaciones y Asistencia Legal, la Dirección Nacional de Educación Superior, con fecha 21 de diciembre de 2013, ha emitido el Dictamen favorable para la incorporación por reconocimiento del Título Académico mencionado en el romano uno; POR TANTO: Este Ministerio con base a las razones expuestas, y satisfechos los requisitos legales establecidos en la Ley de Educación Superior y demás instrumentos legales. ACUERDA: 1°) Reconocer la validez académica de los estudios de DOCTORA EN MEDICINA, realizados por ALISSON GEORGINA TREJO MÉNDEZ, en la República de Cuba; 2°) Tener por incorporada a ALISSON GEORGINA TREJO MÉNDEZ, como DOCTORA EN MEDICINA, en nuestro país; 3°) El presente Acuerdo Ejecutivo, no constituye autorización alguna para el ejercicio profesional, la cual deberá ser tramitada ante la instancia correspondiente; 4°) El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial. COMUNÍQUESE. FRANZI HASBUN BARAKE, MINISTRO DE EDUCACION AD-HONOREM (Registro No. F025968) DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 54 MINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONAL RAMO DE LA DEFENSA NACIONAL ACUERDO No. 027.- San Salvador, veinticuatro de febrero del año dos mil catorce. EL ORGANO EJECUTIVO, de conformidad con la resolución emitida por el Ministerio de la Defensa Nacional, contenida a folio veinte de las diligencias promovidas por la señora MARÍA ELVIRA DE LA PAZ GUEVARA DE SALGADO, conocida por MARÍA ELVIRA DE LA PAZ GUEVARA, con Documento Único de Identidad Número cero dos cuatro seis cinco cero dos ocho guión tres, esposa del extinto miembro de Escoltas Militares de Barrios, Colonias y Cantones, señor LORENZO SALGADO, con Documento Único de Identidad Número cero uno cuatro cinco dos seis dos dos guión cero. CONSIDERANDO: 1. Que el expresado causante se encontraba pensionado por el Estado en este Ramo, según Acuerdo Ejecutivo No. 702, de fecha 12 de diciembre de 1990; que éste falleció a las diez horas del día 21 de agosto del año 2013, a consecuencia de Enfermedad Común, sin Asistencia Médica, lo que se comprueba mediante Certificación de Partida de Defunción contenida a folio dos, extendida en la Alcaldía Municipal de Usulután, Departamento de Usulután, el veintiuno de agosto de dos mil trece, que la señora MARÍA ELVIRA DE LA PAZ GUEVARA DE SALGADO, fue esposa del fallecido pensionado LORENZO SALGADO, vínculo que comprueba por medio de la Certificación de Partida de Matrimonio, contenida a folio tres extendida en la Alcaldía Municipal de El Tránsito, Departamento de San Miguel, el veinticinco de septiembre del año dos mil trece. 2. Que de conformidad a lo establecido en el Decreto No. 550 de la Junta Revolucionaria de Gobierno de fecha 22 de Diciembre de 1980, publicado en el Diario Oficial No. 241, Tomo 269, de la misma fecha; Artículo 1 del Decreto Legislativo No. 200 de fecha 16 de Marzo de 1989; Instructivo No. 5.061 para la asignación de Pensiones y Montepíos de los Ex Miembros de las Escoltas Militares, de fecha 20 de noviembre de 1996 y al dictamen favorable del Ministerio de Hacienda, emitido en oficio No. 0190, de fecha 18 de febrero de 2014, en que se considera procedente conceder a la señora MARÍA ELVIRA DE LA PAZ GUEVARA DE SALGADO, el montepío militar que solicita. POR TANTO: En atención a las razones expuestas y a las disposiciones legales citadas; este Ministerio, ACUERDA: Asignar a partir del día 21 de agosto de 2013, a favor de la señora MARÍA ELVIRA DE LA PAZ GUEVARA DE SALGADO, el MONTEPÍO MILITAR mensual de TREINTA Y CUATRO DÓLARES CON VEINTINUEVE CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA ($34.29), que se pagará por medio de la Pagaduría Auxiliar de Clases Pasivas del Ministerio de Hacienda. COMUNÍQUESE. JAIME LEONARDO PARADA GONZÁLEZ, GENERAL DE AVIACIÓN, VICEMINISTRO DE LA DEFENSA NACIONAL. ACUERDO No. 028 San Salvador, veinticuatro de febrero del año dos mil catorce. EL ORGANO EJECUTIVO, de conformidad con la resolución emitida por el Ministerio de la Defensa Nacional, contenida a folio dieciséis de las diligencias promovidas por la señora MARÍA ENMA LÓPEZ BELTRÁN, con Documento Único de Identidad Número cero cuatro cinco ocho siete nueve siete tres guión siete, conviviente declarada judicialmente del extinto miembro de Escoltas Militares de Barrios, Colonias y Cantones, señor SEGUNDO PALACIOS ALDANA, conocido por SEGUNDO PALACIOS, con Documento Único de Identidad Número cero uno uno seis cinco tres cuatro cuatro guión dos. DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. 55 CONSIDERANDO: 1. Que el expresado causante se encontraba pensionado por el Estado en este Ramo, según Acuerdo Ejecutivo No. 024, de fecha 11 de febrero de 1997; que éste falleció a las veintiuno horas veinte minutos, del día 12 de agosto del año 2012, a consecuencia de Neumonía + Insuficiencia Respiratoria, con asistencia médica, lo que se comprueba mediante Certificación de Partida de Defunción contenida a folio dos, extendida en la Alcaldía Municipal de Santa Cruz Analquito, Departamento de Cuscatlán, el diez de enero del dos mil catorce, que la señora MARÍA ENMA LÓPEZ BELTRÁN, fue esposa del fallecido pensionado SEGUNDO PALACIOS ALDANA, conocido por SEGUNDO PALACIOS, vínculo que comprueba por medio de la Certificación de Partida de Uniones no Matrimoniales, contenida a folio cinco extendida en la Alcaldía Municipal de Santa Cruz Analquito, Departamento de Cuscatlán, el seis de enero del año dos mil catorce. 2. Que de conformidad a lo establecido en el Decreto No. 550 de la Junta Revolucionaria de Gobierno de fecha 22 de Diciembre de 1980, publicado en el Diario Oficial No. 241, Tomo 269, de la misma fecha; Artículo 1 del Decreto Legislativo No. 200 de fecha 16 de Marzo de 1989; Instructivo No. 5.061 para la asignación de Pensiones y Montepíos de los Ex Miembros de las Escoltas Militares, de fecha 20 de noviembre de 1996 y al dictamen favorable del Ministerio de Hacienda, emitido en oficio No. 0180, de fecha 18 de febrero de 2014, en que se considera procedente conceder a la señora MARÍA ENMA LÓPEZ BELTRÁN, el montepío militar que solicita. POR TANTO: En atención a las razones expuestas y a las disposiciones legales citadas; este Ministerio, ACUERDA: Asignar a partir del día 12 de agosto de 2012, a favor de la señora MARÍA ENMA LÓPEZ BELTRÁN, el MONTEPÍO MILITAR mensual de TREINTA Y CUATRO DÓLARES CON VEINTINUEVE CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA ($34.29), que se pagará por medio de la Pagaduría Auxiliar de Clases Pasivas del Ministerio de Hacienda. COMUNÍQUESE. JAIME LEONARDO PARADA GONZÁLEZ, GENERAL DE AVIACIÓN, VICEMINISTRO DE LA DEFENSA NACIONAL. ACUERDO No. 029.- San Salvador, veinticinco de febrero del año dos mil catorce. EL ORGANO EJECUTIVO, de conformidad con la resolución emitida por el Ministerio de la Defensa Nacional, contenida a folio dieciocho de las diligencias promovidas por la señora MARÍA ELENA MARTÍNEZ VIUDA DE CABALLERO, conocida por MARÍA ELENA MARTÍNEZ, con Documento Único de Identidad Número cero uno cinco siete ocho ocho tres cuatro guión seis, esposa del extinto miembro de Escoltas Militares de Barrios, Colonias y Cantones, señor RAFAEL AUDON CABALLERO, con Documento Único de Identidad Número cero uno tres cinco ocho tres ocho ocho guión nueve. CONSIDERANDO: 1. Que el expresado causante se encontraba pensionado por el Estado en este Ramo, según Acuerdo Ejecutivo No. 454, de fecha 20 de septiembre de 1994; que éste falleció a las dos horas del día 14 de diciembre del año 2013, a consecuencia de Mieloma Múltiple, sin Asistencia Médica, lo que se comprueba mediante Certificación de Partida de Defunción contenida a folio cinco, extendida en la Alcaldía Municipal de El Triunfo, Departamento de Usulután, el trece de enero de dos mil catorce, que la señora MARÍA ELENA MARTÍNEZ VIUDA DE CABALLERO, conocida por MARÍA ELENA MARTÍNEZ, fue esposa del fallecido pensionado RAFAEL AUDON CABALLERO, vínculo que comprueba por medio de la Certificación de Partida de Matrimonio, contenida a folio ocho extendida en la Alcaldía Municipal de El Triunfo, Departamento de Usulután, el quince de enero del año dos mil catorce. DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 56 2. Que de conformidad a lo establecido en el Decreto No. 550 de la Junta Revolucionaria de Gobierno de fecha 22 de Diciembre de 1980, publicado en el Diario Oficial No. 241, Tomo 269, de la misma fecha; Artículo 1 del Decreto Legislativo No. 200 de fecha 16 de Marzo de 1989; Instructivo No. 5.061 para la asignación de Pensiones y Montepíos de los Ex Miembros de las Escoltas Militares, de fecha 20 de noviembre de 1996 y al dictamen favorable del Ministerio de Hacienda, emitido en oficio No. 0190, de fecha 18 de febrero de 2014, en que se considera procedente conceder a la señora MARÍA ELENA MARTÍNEZ VIUDA DE CABALLERO, conocida por MARÍA ELENA MARTÍNEZ, el montepío militar que solicita. POR TANTO: En atención a las razones expuestas y a las disposiciones legales citadas; este Ministerio, ACUERDA: Asignar a partir del día 14 de diciembre de 2013, a favor de la señora MARÍA ELENA MARTÍNEZ VIUDA DE CABALLERO, el MONTEPÍO MILITAR mensual de TREINTA Y CUATRO DÓLARES CON VEINTINUEVE CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA ($34.29), que se pagará por medio de la Pagaduría Auxiliar de Clases Pasivas del Ministerio de Hacienda. COMUNÍQUESE. JAIME LEONARDO PARADA GONZÁLEZ, GENERAL DE AVIACIÓN, VICEMINISTRO DE LA DEFENSA NACIONAL. ACUERDO No. 030.- San Salvador, veinticinco de febrero del año dos mil catorce. EL ORGANO EJECUTIVO, de conformidad con la resolución emitida por el Ministerio de la Defensa Nacional, contenida a folio veintidós de las diligencias promovidas por la señora HERCILIA CHAMUL DE CARCAMO, conocida por HERCILIA CHAMUL y por HERCILIA HERNÁNDEZ, con Documento Único de Identidad Número cero cero cuatro cinco cuatro dos tres cinco guión cinco, esposa del extinto miembro de Escoltas Militares de Barrios, Colonias y Cantones, señor HUMBERTO SANTA ANA CARCAMO, conocido por HUMBERTO SANTA ANA CARCAMO ORTÍZ, HUMBERTO SANTA ANA y por HUMBERTO SANTANA CARCAMO, con Documento Único de Identidad Número cero uno tres cinco cero uno tres tres guión dos. CONSIDERANDO: 1. Que el expresado causante se encontraba pensionado por el Estado en este Ramo, según Acuerdo Ejecutivo No. 120, de fecha 23 de febrero de 1990; que éste falleció a las ocho horas y treinta minutos, del día 14 de diciembre del año 2013, a consecuencia de Enfermedad Indefinida, sin asistencia médica, lo que se comprueba mediante Certificación de Partida de Defunción contenida a folio siete, extendida en la Alcaldía Municipal de Santa Ana, Departamento de Santa Ana, el catorce de enero del dos mil catorce, que la señora HERCILIA CHAMUL DE CARCAMO, conocida por HERCILIA CHAMUL y por HERCILIA HERNÁNDEZ, fue esposa del fallecido pensionado HUMBERTO SANTA ANA CARCAMO, conocido por HUMBERTO SANTA ANA CARCAMO ORTIZ, HUMBERTO SANTA ANA y por HUMBERTO SANTANA CARCAMO, vínculo que comprueba por medio de la Certificación de Partida de Matrimonio, contenida a folio diez extendida en la Alcaldía Municipal de Santa Ana, Departamento de Santa Ana, el siete de enero del año dos mil catorce. 2. Que de conformidad a lo establecido en el Decreto No. 550 de la Junta Revolucionaria de Gobierno de fecha 22 de Diciembre de 1980, publicado en el Diario Oficial No. 241, Tomo 269, de la misma fecha; Artículo 1 del Decreto Legislativo No. 200 de fecha 16 de Marzo de 1989; Instructivo No. 5.061 para la asignación de Pensiones y Montepíos de los Ex Miembros de las Escoltas Militares, de fecha 20 de noviembre de 1996 y al dictamen favorable del Ministerio de Hacienda, emitido en oficio No. 0176, de fecha 18 de febrero de 2014, en que se considera procedente conceder a la señora HERCILIA CHAMUL DE CARCAMO, conocida por HERCILIA CHAMUL y por HERCILIA HERNÁNDEZ el montepío militar que solicita. DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. 57 POR TANTO: En atención a las razones expuestas y a las disposiciones legales citadas; este Ministerio, ACUERDA: Asignar a partir del día 14 de diciembre de 2013, a favor de la señora HERCILIA CHAMUL DE CARCAMO, el MONTEPÍO MILITAR mensual de TREINTA Y CUATRO DÓLARES CON VEINTINUEVE CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA ($34.29), que se pagará por medio de la Pagaduría Auxiliar de Clases Pasivas del Ministerio de Hacienda. COMUNÍQUESE. JAIME LEONARDO PARADA GONZÁLEZ, GENERAL DE AVIACIÓN, VICEMINISTRO DE LA DEFENSA NACIONAL. ACUERDO No. 031.- San Salvador, veintiséis de febrero del año dos mil catorce. EL ORGANO EJECUTIVO, de conformidad con la resolución emitida por el Ministerio de la Defensa Nacional, contenida a folio veintidós de las diligencias promovidas por la señora MARÍA AMANDA GÓMEZ DE RODRÍGUEZ, con Documento Único de Identidad Número cero dos nueve uno siete nueve dos ocho guión dos, esposa del extinto miembro de Escoltas Militares de Barrios, Colonias y Cantones, señor JUAN AMADEO RODRÍGUEZ, con Documento Único de Identidad Número cero cero cuatro cuatro dos ocho cinco tres guión cinco. CONSIDERANDO: 1. Que el expresado causante se encontraba pensionado por el Estado en este Ramo, según Acuerdo Ejecutivo No. 167, de fecha 27 de marzo de 1990; que éste falleció a las siete horas del día 21 de septiembre del año 2013, a consecuencia de complicación de Insuficiencia Renal Crónica, lo que se comprueba mediante certificación de Partida de Defunción contenida a folio cuatro, extendida en la Alcaldía Municipal de Azacualpa, Departamento de Chalatenango, el ocho de octubre del dos mil trece, que la señora MARÍA AMANDA GÓMEZ DE RODRÍGUEZ, fue esposa del fallecido pensionado JUAN AMADEO RODRÍGUEZ, vínculo que comprueba por medio de la Certificación de Partida de Matrimonio, contenida a folio veintiuno extendida en la Alcaldía Municipal de Azacualpa, Departamento de Chalatenango, el dieciséis de enero del año dos mil catorce. 2. Que de conformidad a lo establecido en el Decreto No. 550 de la Junta Revolucionaria de Gobierno de fecha 22 de Diciembre de 1980, publicado en el Diario Oficial No. 241, Tomo 269, de la misma fecha; Artículo 1 del Decreto Legislativo No. 200 de fecha 16 de Marzo de 1989; Instructivo No. 5.061 para la asignación de Pensiones y Montepíos de los Ex Miembros de las Escoltas Militares, de fecha 20 de noviembre de 1996 y al dictamen favorable del Ministerio de Hacienda, emitido en oficio No. 0206, de fecha 24 de febrero de 2014, en que se considera procedente conceder a la señora MARÍA AMANDA GÓMEZ DE RODRÍGUEZ, el montepío militar que solicita. POR TANTO: En atención a las razones expuestas y a las disposiciones legales citadas; este Ministerio, ACUERDA: Asignar a partir del día 21 de septiembre de 2013, a favor de la señora MARÍA AMANDA GÓMEZ DE RODRÍGUEZ, el MONTEPÍO MILITAR mensual de TREINTA Y CUATRO DÓLARES CON VEINTINUEVE CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA ($34.29), que se pagará por medio de la Pagaduría Auxiliar de Clases Pasivas del Ministerio de Hacienda. COMUNÍQUESE. JAIME LEONARDO PARADA GONZÁLEZ, GENERAL DE AVIACIÓN, VICEMINISTRO DE LA DEFENSA NACIONAL. DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 58 ACUERDO No. 032.- San Salvador, veintiséis de febrero del año dos mil catorce. EL ORGANO EJECUTIVO, de conformidad con la resolución emitida por el Ministerio de la Defensa Nacional, contenida a folio veintidós de las diligencias promovidas por la señora EVA CASTRO DE ALAS, conocida por EVA CASTRO, con Documento Único de Identidad Número cero uno uno cuatro seis tres dos nueve guión cinco, esposa del extinto miembro de Escoltas Militares de Barrios, Colonias y Cantones, señor MARGARITO ALAS RIVAS, con Documento Único de Identidad Número cero uno tres siete seis siete cuatro ocho guión tres. CONSIDERANDO: 1. Que el expresado causante se encontraba pensionado por el Estado en este Ramo, según Acuerdo Ejecutivo No. 533, de fecha 09 de diciembre de 1986; que éste falleció a las nueve horas, del día 04 de octubre del año 2013, a consecuencia de Cáncer Gástrico, lo que se comprueba mediante Certificación de Partida de Defunción contenida a folio dos, extendida en la Alcaldía Municipal de Azacualpa, Departamento de Chalatenango, el dieciocho de octubre del dos mil trece, que la señora EVA CASTRO DE ALAS, conocida por EVA CASTRO, fue esposa del fallecido pensionado MARGARITO ALAS RIVAS, vínculo que comprueba por medio de la Certificación de Partida de Matrimonio, contenida a folio tres extendida en la Alcaldía Municipal de Azacualpa, Departamento de Chalatenango, el dieciocho de octubre del año dos mil trece. 2. Que de conformidad a lo establecido en el Decreto No. 550 de la Junta Revolucionaria de Gobierno de fecha 22 de Diciembre de 1980, publicado en el Diario Oficial No. 241, Tomo 269, de la misma fecha; Artículo 1 del Decreto Legislativo No. 200 de fecha 16 de Marzo de 1989; Instructivo No. 5.061 para la asignación de Pensiones y Montepíos de los Ex Miembros de las Escoltas Militares, de fecha 20 de noviembre de 1996 y al dictamen favorable del Ministerio de Hacienda, emitido en oficio No. 0199, de fecha 21 de febrero de 2014, en que se considera procedente conceder a la señora EVA CASTRO DE ALAS, conocida por EVA CASTRO el montepío militar que solicita. POR TANTO: En atención a las razones expuestas y a las disposiciones legales citadas; este Ministerio, ACUERDA: Asignar a partir del día 04 de octubre de 2013, a favor de la señora EVA CASTRO DE ALAS, el MONTEPÍO MILITAR mensual de TREINTA Y CUATRO DÓLARES CON VEINTINUEVE CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA ($34.29), que se pagará por medio de la Pagaduría Auxiliar de Clases Pasivas del Ministerio de Hacienda. COMUNÍQUESE. JAIME LEONARDO PARADA GONZÁLEZ, GENERAL DE AVIACIÓN, VICEMINISTRO DE LA DEFENSA NACIONAL. ORGANO JUDICIAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA ACUERDO No. 1556-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, diecinueve de diciembre de dos mil trece.- El Tribunal con fecha dieciocho de octubre de dos mil trece. ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada ISIS BEATRIZ SALAMANCA TURCIOS, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- O. BON. F.- M. REGALADO.- R. M. FORTIN H.- DUEÑAS.- J. R. ARGUETA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO. (Registro No. F025993) DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. 59 INSTITUCIONES AUTONOMAS ALCALDÍAS MUNICIPALES DECRETO No. 1 EL CONCEJO MUNICIPAL DE PUERTO EL TRIUNFO, DEPARTAMENTO DE USULUTÁN, CONSIDERANDO: I. Que de conformidad con los artículos 203 y 204, ordinal 5° de la Constitución de la República, Art. 3, 30 y 32 del Código Municipal, los Municipios son autónomos en lo económico, en lo técnico y los regularán las materias de su competencia, por medio de las Ordenanzas Municipales. II. Que es de urgencia que el Gobierno Municipal de este Municipio incremente sus ingresos, mediante el cobro de las Tasas e Impuestos Municipales, con el fin de mantener la prestación de los servicios, el bienestar Social y la seguridad económica de sus habitantes. III. Que con el objetivo de facilitar el pago de la mora tributaria a favor del Municipio es conveniente otorgar incentivos tributarios con carácter transitorio, que estimulan a los contribuyentes, el pago de sus deudas tributarias Municipales. POR TANTO: Este Concejo Municipal en uso de las facultades legales que le confiere el Código Municipal y la Constitución de la República, decreta la siguiente: PRORROGA DE LA ORDENANZA TRANSITORIA DE EXENCIÓN DE INTERESES Y MULTAS, PROVENIENTES DE DEUDAS POR TASAS E IMPUESTOS MUNICIPALES A FAVOR DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE PUERTO EL TRIUNFO. Art. 1.- Se concede un plazo de un mes contados a partir de la vigencia de la presente ordenanza, para que los sujetos pasivos de la obligación Tributaria Municipal que adeuden tributos a favor del Municipio de PUERTO EL TRIUNFO, puedan efectuar el pago de las mismas, gozando de beneficio de exención del pago de intereses y multas que hayan generado y cargado a sus respectivas cuentas. Art. 2.- Podrán acogerse a los beneficios establecidos en el artículo anterior de la presente Ordenanza, las personas naturales o jurídicas que se encuentren en cualquiera de las siguientes situaciones: a) Aquellos que estando calificados en el registro de contribuyentes del Municipio de PUERTO EL TRIUNFO, se encuentren en situación de mora de los tributos Municipales; b) Las personas naturales o jurídicas que no se hayan inscrito oportunamente en el Registro de contribuyentes y que lo hagan dentro del periodo de vigencia de la presente ordenanza; c) Los contribuyentes por tributo que se encuentran en proceso de cobro extrajudicial iniciado antes de la vigencia de esta Ordenanza, se sometan a la forma de pago establecido en el Artículo 1; d) Los que habiendo obtenido resolución favorable para pagar la deuda tributaria por tributos, hayan suscrito el correspondiente convenio de pago en cuyo caso únicamente gozarán de los beneficios establecidos en el Artículo 1, las cuotas pendientes de pago a la fecha de entrar en vigencia la presente Ordenanza; e) Aquellos que hayan incumplido el pago suscrito y no se les haya iniciado el ejecutivo de cobros por parte de la Municipalidad, se sometan a la forma de pago establecida en el Artículo 1, de esta Ordenanza; f) Los sujetos pasivos de la obligación tributaria Municipal que tengan bienes inmuebles dentro del Municipio DE PUERTO EL TRIUNFO, que reciben uno o más servicios Municipales y por cualquier motivo no los haya inscrito oportunamente en el registro de contribuyentes. DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 60 Art. 3.- La presente Ordenanza, entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial. DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO MUNICIPAL DE PUERTO EL TRIUNFO, a los veintinueve días del mes de enero de dos mil catorce. JOSÉ RODRIGO TENORIO, JOSÉ VÍCTOR LOVO AMAYA, ALCALDE MUNICIPAL. SÍNDICO MUNICIPAL. KAREN YAMILETH HENRÍQUEZ, SECRETARIA MUNICIPAL. (Registro No. F025952) DECRETO MUNICIPAL NÚMERO: TRES/2014. EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE APOPA, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR. CONSIDERANDO: I. Que el artículo 204 Ordinal 5º de la Constitución de la República, establece que los Municipios tienen autonomía para decretar las Ordenanzas y Reglamentos. II. Que de conformidad al artículo 71 del Código Municipal, los Tributos Municipales que no fueren pagados en el plazo correspondiente, causarán un interés moratorio; y según los registros de los Departamentos de Cuentas Corrientes, Recuperación de Mora; y Catastro Tributario de esta Municipalidad, consta que existen contribuyentes que se encuentran en mora, tanto en impuestos y tasas municipales. III. Que es pertinente aprobar una política de incentivo de carácter transitorio, para el pago con exención de intereses y multas provenientes de deudas por impuestos y tasas del Municipio de Apopa, para beneficiar al sector industria, comercio y habitacional, ya que existe un buen porcentaje de estos rubros en mora de obligaciones tributarias a favor del Municipio de la Ciudad de Apopa. IV. Que de conformidad con los artículos 203 y 204 ordinal 5º de la Constitución de la República, artículos 3 y 30 ordinal 4 y Art. 32 del Código Municipal, los Municipios son autónomos en lo económico, en lo técnico, y regulan las materias de su competencia por medio de Ordenanzas Municipales. V. Que habiéndose obtenido resultados positivos en la recaudación de los tributos para la Municipalidad y la Comunidad, con la Ordenanza Municipal número 04/2013 de fecha 23/10/13, que se publicó en el Diario Oficial número 207 Tomo 401 de fecha 06/11/2013. POR TANTO: En uso de sus facultades legales y constitucionales, por unanimidad de votos. DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. 61 DECRETA: La siguiente: ORDENANZA TRANSITORIA DE ESTÍMULO PARA EL PAGO CON EXENCIÓN DE INTERESES Y MULTAS PROVENIENTES DE DEUDAS POR IMPUESTOS Y TASAS POR SERVICIOS DEL MUNICIPIO DE APOPA. Art. 1.- Se concede un plazo de tres meses contados a partir de la vigencia de la presente ordenanza, para que los sujetos pasivos de la obligación Tributaria Municipal, que adeuden impuestos y tasas al municipio de Apopa, para el rubro comercial, industrial y habitacional, puedan acogerse a los beneficios de la presente ordenanza, consistente en la exención del pago de intereses y multas, que se hayan generado y cargado a sus respectivas cuentas que se regirán en dos categorías: a) b) Los de primera categoría comprende los comercios que se encuentran dentro de los activos desde $50.00 a $1,000.00; Los de segunda categoría comprenden los comercios que se encuentran dentro de los activos desde $1,000.01 en adelante; previa comprobación con los respectivos balances generales, debidamente inscritos en el registro de Comercio, cuando sean personas jurídicas y naturales, en caso que lo estén. c) Comprenden la dispensa de intereses y multas para las tasas del sector comercial, industrial, y habitacional. Art. 2.- Podrán acogerse a los beneficios en el artículo anterior, las personas naturales o jurídicas que se encuentren en cualquiera de las siguientes condiciones: a) Aquellos que, estando calificados en el registro de contribuyentes del Municipio, se encuentren en situación de mora de los Impuestos y Tasas Municipales. b) Las personas naturales o jurídicas que se hayan inscrito oportunamente en el registro de contribuyentes o que lo hagan dentro de la vigencia de la presente ordenanza transitoria. c) Los contribuyentes por Impuestos y Tasas Municipales que se encuentren en proceso de Cobro Judicial de la vigencia de esta Ordenanza transitoria y se sometan a la forma de pago establecida en esta Ordenanza. d) Los que habiendo obtenido resolución favorable para pagar la deuda Tributaria por Impuestos y Tasas, hayan suscrito el correspondiente convenio de pago, gozarán de los beneficios para las cuotas pendientes de pago. e) Aquellos que hayan incumplido el convenio de pago suscrito y no se les haya dictado sentencia judicial firme en el Proceso Ejecutivo por parte de la Municipalidad y se acojan a los beneficios de esta ordenanza transitoria. f) Podrán acogerse al presente Decreto, los contribuyentes que se les haya iniciado proceso administrativo extrajudicial de cobro, que se encuentren para presentar demanda en juicio ejecutivo, establecido en la sección IV, Art. 115 y siguientes de la Ley General Tributaria Municipal. g) Los sujetos pasivos que por cualquier motivo no hayan inscrito oportunamente en el registro de contribuyentes sus bienes municipales; y lo hagan en la vigencia de esta ordenanza transitoria. h) Los planes de pago hasta hoy suscritos, deberán ajustarse al plazo de este Decreto, como condición para gozar del beneficio que se refiere el Artículo 1 de esta ordenanza transitoria. Art. 3.- Los contribuyentes que estén interesados, deberán solicitarlo a los Departamentos de Cuentas Corrientes, Recuperación de Mora; y Catastro Tributario de esta Municipalidad. Art. 4.- Después de vencido el plazo de la presente Ordenanza, cesará de inmediato y sin previo aviso en el caso de incumplimiento del plan de pagos pactado con el Municipio; y en consecuencia se hará exigible la totalidad de la obligación para las cantidades que faltare por cumplirse. La fuerza mayor o el caso fortuito, deberá ser calificado por el Concejo Municipal, para que opere como excepción. DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 62 Art. 5.- El presente Decreto, entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial. DADO: En la Sala de Sesiones de la Alcaldía Municipal de la ciudad de Apopa, Departamento de San Salvador, a los diecinueve días del mes de febrero del año dos mil catorce. JOSÉ ELIAS HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ, ALCALDE MUNICIPAL. DR. RAFAEL ANTONIO OSEGUEDA LÓPEZ MONTEAGUDO, LIC. RAÚL NAVARRETE GUADRÓN, SÍNDICO MUNICIPAL. PRIMER REGIDOR PROPIETARIO. ELÍAS ALEXANDER FLORES, CORONEL (r) ÁNGEL ROMÁN SERMEÑO NIETO, SEGUNDO REGIDOR PROPIETARIO. TERCER REGIDOR PROPIETARIO. LIC. DARWIN DAVID MALDONADO GARCÍA, DR. FRANCISCO MANUEL REYES AQUINO, CUARTO REGIDOR PROPIETARIO. QUINTO REGIDOR PROPIETARIO. CALIXTO HENRÍQUEZ RODRÍGUEZ, CNEL. JOSÉ SANTIAGO ZELAYA DOMÍNGUEZ, SEXTO REGIDOR PROPIETARIO. SÉPTIMO REGIDOR PROPIETARIO. BLANCA LIDIA SIGÜENZA DE MEJÍA, GONZALO GUZMÁN LÓPEZ, OCTAVA REGIDORA PROPIETARIA. NOVENO REGIDOR PROPIETARIO. ING. BLANCA ESTHER MACHADO CORTEZ, AMÍLCAR GIOVANNI LANDAVERDE DURÁN, DÉCIMA REGIDORA PROPIETARIA. UNDÉCIMO REGIDOR PROPIETARIO. FERNANDO LEIVA, OSCAR ARMANDO RIVAS, DUODÉCIMO REGIDOR PROPIETARIO. SEGUNDO REGIDOR SUPLENTE. JULIO SALVADOR MENJÍVAR RUBIO, LIC. BLANCA LILIAN MORÁN PEÑATE, TERCER REGIDOR SUPLENTE. CUARTA REGIDORA SUPLENTE. LICDA. ADELA MARÍA CORTEZ COTO, SECRETARIA MUNICIPAL. (Registro No. F026059) DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. ESTATUTOS DE LA ASOCIACION DE DESARROLLO g) 63 Contribuir y fortalecer al quehacer organizacional de la Residencial Alejandría a fin de crear estructuras sociales de COMUNAL "RESIDENCIAL ALEJANDRIA", cooperación mutua entre los vecinos y colaborar en pro del MUNICIPIO DE USULUTAN, DEPARTAMENTO DE USULUTAN Desarrollo Económico local. h) "ADESCORA" Ejercer solícitamente el poder de gestión estableciendo relaciones ante los entes Municipales, Estatales, no gubernamentales y de Cooperación Internacional dando a conocer donde convenga nuestra realidad Municipal y Nacional determinando las aspiraciones a fin de coordinar y canalizar recursos que CAPITULO I. posibiliten el desarrollo de Planes, Programas, Proyectos y Actividades encaminados a la solución de necesidades y de DE LA CONSTITUCIÓN, DENOMINACION Y DOMICILIO. distintos problemas que existen en la Asociación. i) Art. 1.- La Asociación de Desarrollo Comunal que se constituye, Las demás que establecen y permitan la Ordenanza Reguladora de las Asociaciones Comunales en el Municipio estará regulada por el Código Municipal, la Ordenanza Reguladora de las de Usulután. Asociaciones Comunales del Municipio de Usulután, por estos Estatutos, el reglamento interno y demás disposiciones aplicables de las Leyes del j) Fomentar la participación de los asociados en la promoción y ejecución de actividades que produzcan recursos propios Estado de El Salvador. para invertir en el desarrollo de las gestiones domésticas y La Asociación se denominará: "Asociación de Desarrollo Comunal de ser posible alcanzar a beneficiar a la Comunidad. RESIDENCIAL ALEJANDRIA", Municipio de Usulután, Departamento de Usulután, la que podrá abreviarse "ADESCORA" que en estos estatutos se denominará "LA ASOCIACIÓN" Art. 3.- Esta Asociación tendrá como distintivo su sello de forma rectangular, figurando a los extremos del rectángulo dos columnas al CAPITULO II. centro una figura de un Boulevard, y el nombre "Asociación de Desarrollo Comunal Residencial Alejandría A D E S C O R A", en su parte DE LA NATURALEZA Y OBJETIVOS. Art. 2.- Esta Asociación es de naturaleza apolítica, no religiosa y sin fines de lucro, de carácter democrático y tendrá por objetivos los siguientes: inferior, Usulután, Usulután El Salvador, Centro América 2013. Art. 4.- El plazo de la Asociación será por tiempo indefinido, sin embargo podrá disolverse o liquidarse por cualquiera de las causas previstas en el Código Municipal, la Ordenanza Reguladora de las Aso- a) Participar organizadamente en el estudio y análisis de la ciaciones Comunales en el Municipio de Usulután y estos Estatutos. realidad social y de los problemas y necesidades de La Asociación. b) Motivar e impulsar la búsqueda de soluciones, la formulación CAPITULO III. y ejecución de proyectos que contribuyan al desarrollo de la DE LA DIRECCION. Comunidad. c) Fomentar el espíritu de participación ciudadana, principalmente de los miembros de la Asociación en el desarrollo de planes, proyectos y actividades de la misma. d) Art. 5.- La dirección de la Asociación estará a cargo de la Junta Directiva y la Asamblea General. Velar que los proyectos aprobados se cumplan en los términos establecidos en la gestión efectuada. e) CAPITULO IV. Trabajar en forma armónica en los planes de desarrollo DE LOS ASOCIADOS. local, así como colaborar con la ejecución de los mismos, especialmente cuando se trate de proyectos que conlleven al beneficio directo de los habitantes de la Asociación. f) Impulsar en la Residencial Alejandría el bienestar social, Art. 6.- Habrá tres clases de asociados: a) Asociados Fundadores. b) Asociados Activos. c) Asociados Honorarios. económico, cívico, ocupacional, cultural, educativo y cualquier otra actividad dentro del marco legal que contribuya al Desarrollo Económico Local de la Asociación. DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 64 DE LOS DERECHOS DE LOS ASOCIADOS: SERAN ASOCIADOS FUNDADORES: Todas aquellas personas naturales de la comunidad que hayan contribuido al nacimiento de la Asociación y que además se encuentren en el Acta de Constitución. Art. 10.- Serán facultades o derechos de los Asociados: a) Participar con voz y voto en las Asambleas Generales. b) Presentar mociones en Asambleas Generales, también suge- SERAN ASOCIADOS ACTIVOS: Los asociados fundadores y los que obtengan su ingreso a la Asociación en forma voluntaria y asistan rencias, para mantener el buen funcionamiento y desarrollo periódicamente a las Asambleas que se celebren, según lo establecen de la Asociación. estos Estatutos. c) Retirarse voluntariamente de la Asociación, presentando su justificación ante la Asamblea General. SERAN ASOCIADOS HONORARIOS: Las personas naturales o jurídicas que por haber realizado una destacada labor en la comunidad d) Proponer candidatos y ser propuesto para cargos de elección para la Junta Directiva y Comités de Apoyo que la Asamblea o brindado una ayuda significativa a la misma, la Asamblea General les General establezca. otorgue la calidad de tales. e) Solicitar y obtener de la Junta Directiva, información sobre el funcionamiento y los proyectos de la Asociación. DE LOS REQUISITOS PARA SER ASOCIADO ACTIVO. f) Todos lo demás que le confieran los Estatutos y reglamento interno. Art. 7.- Para ser asociado activo deberá llenarse los siguientes requisitos: DE LOS DEBERES Y OBLIGACIONES DE LOS ASOCIADOS. a) Ser persona natural. b) Residir en la Comunidad. c) Tener dieciocho años de edad como mínimo. d) Su ingreso y permanencia en la Asociación serán volunta- Art. 11.- Serán deberes y obligaciones de los Asociados: a) Fomentar el espíritu de Colaboración y servicio entre los Asociados. rios. b) e) Cumplir los Estatutos de la Asociación. Asistir con puntualidad a las sesiones de Asamblea General y demás reuniones de trabajo que se realicen. c) Acatar las disposiciones de la Asamblea General y la Junta Directiva, siempre que estén en relación con los objetivos de AFILIACION DE NUEVOS ASOCIADOS. la Asociación. d) Art. 8.- Los interesados en ingresar a la Asociación deberán manifes- Aceptar cualquier responsabilidad ya sea para gestionar o realizar trabajos o actividades en nombre de la Asociación. tar su deseo ante la Junta Directiva, y ésta comprobará que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo anterior. Si así fuere, procede a informarlo a la Asamblea General para su incorporación y juramentación DE LA PÉRDIDA DE CALIDAD DE ASOCIADO: en presencia del pleno en sesión ordinaria. Art. 12.- La calidad de Asociado se perderá por retiro voluntario, DEL REGISTRO DE LOS ASOCIADOS. Art. 9.- La Asociación deberá contar con su registro de Asociados expulsión o muerte. DEL RETIRO VOLUNTARIO. en el cual habrá una sección para fundadores, otra para socios activos y otra para honorarios. En cada asiento se indicará el nombre y las generales del suscrito, a saber; edad, residencia, número de (DUI), fecha Art. 13.- El retiro voluntario podrá ser expreso, cuando el asociado de ingreso, y otros que establezca la Junta Directiva, debiendo además lo solicite por escrito o verbalmente ante la Asamblea General y tácito marginar la inscripción respectiva la razón que motiva la expulsión o cuando el asociado cambie de residencia definitivamente, a un lugar que retiro voluntario, (cuando fuere el caso) de algún asociado. no pertenezca a la Comunidad. DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. DE LA EXPULSION. 65 Art. 19.- Serán Ordinarias las sesiones de Asamblea General cuando se realicen en la fecha establecida para ello, en dichas sesiones se tratarán los puntos comprendidos en la Agenda y los que propongan Art. 14.- Los miembros de la Asociación podrán ser expulsados de la misma, según las causas siguientes: a) Mala conducta que ocasionare perjuicios a la Asociación o a la Comunidad en general. b) los Asociados. Negarse o abandonar sin motivo justificado el desempeño de los cargos de elección, o comisiones que le hubiere encomen- Art. 20.- Serán extraordinarias las sesiones de Asamblea General al celebrarse éstas en fechas distintas para tratar los puntos específicos para los cuales hubiere sido convocada. dado la Asamblea General o la Junta Directiva, siempre que éstos hubieran sido aceptados. Las discusiones y decisiones que se tomaren con relación a los c) Obtener por medios fraudulentos beneficios de la Asociación para sí o para terceros. d) puntos no incluidos en la convocatoria a Asamblea Extraordinaria no tendrán validez y no entrarán en punto de acta. Incumplimiento de las leyes, ordenanzas, reglamentos, estatutos y disposiciones de la Asamblea General y Junta Directiva, siempre que estén relacionados con los objetivos de la Asociación. e) Art. 21.- Las sesiones de Asamblea General Ordinaria deberán celebrarse dos veces al año, en los meses de enero y julio. Cuando se ausente por tres reuniones consecutivas sin haber informado del motivo por qué no participa. Art. 22.- Las sesiones de Asamblea General extraordinaria deberán celebrarse cuando sean convocadas por la Junta Directiva a iniciativa Art. 15.- Cuando un asociado incurriere en cualquier de las causas de expulsión establecidas, la Junta Directiva podrá acordar su expulsión. propia o a solicitud de la mitad más uno de los inscritos en el registro de asociados, casos de emergencia o desastres naturales. El asociado podrá demostrar lo contrario recurriendo ante la misma Junta Directiva, quien deberá emitir un fallo preliminar a los tres días de haber recurrido el Asociado. DE LAS CONVOCATORIAS PARA SESION DE ASAMBLEA GENERAL. De todo esto se hará un informe que se leerá ante la Asamblea General para su resolución final, registrándose en punto de Acta. Art. 23.- Las convocatorias para sesiones Ordinarias y ExtraorCAPITULO V. GOBIERNO DE LA ASOCIACION. Art. 16.- El Gobierno de la Asociación será ejercido por: dinarias de Asamblea General las hará la Junta Directiva o quien sea designado. Art. 24.- La convocatoria de Asamblea General Ordinaria, se hará por medio de aviso tres días de anticipación a la fecha indicada. a) La Asamblea General b) La Junta Directiva. Art. 25.- La convocatoria de Asamblea General Extraordinaria se hará de preferencia con tres días de anticipación, quedando dicho tiempo DE LA ASAMBLEA GENERAL: Art. 17.- La Asamblea General, estará constituida por los asociados activos, inscritos en el Registro de Asociados y será la máxima autoridad de la Asociación. a criterio de la Junta Directiva por la urgencia del o los puntos a tratar. Art. 26.- Las convocatorias indicarán el día, lugar y hora en que habrá de celebrarse la sesión, el tipo de Asamblea General y la agenda propuesta cuando fuere extraordinaria. DE LAS SESIONES DE ASAMBLEA GENERAL: Art. 27.- Si la Asamblea General Ordinaria o Extraordinaria no se celebrase el día y hora señalado en la convocatoria por falta de quórum, Art. 18.- La Asamblea General podrá sesionar en forma ordinaria o fuerza mayor o caso fortuito, se hará nueva convocatoria teniéndose por extraordinaria, con la presencia de un delegado de la Alcaldía Municipal válida con los que estén presentes y las resoluciones se tomarán con los invitado previamente. votos de la mitad más uno de los asociados asistentes. DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 66 Art. 28.- Las convocatorias serán en cualquiera de las formas siguientes: a) Personal, en cuyo caso se recogerá la firma del asociado convocado. b) También podrá crearse comités, comisiones u otras estructuras, según estime conveniente la Asamblea General. Mediante la comunicación citatoria enviada con la debida Art. 33.- Serán atribuciones de la Junta Directiva: a) Cumplir y hacer cumplir estos estatutos. b) Cumplir y velar que se respeten los acuerdos y disposiciones de la Asamblea General. c) La Junta Directiva en funciones debe en Asamblea General Extraordinaria efectuar el proceso de elección de la nueva Junta Directiva al caducar su mandato y, o, sustituir a algún miembro de la Junta Directiva o miembro de algún Comité que incurriere en algunas de las causas prescritas en estos estatutos, de preferencia con la presencia de un delegado de la Municipalidad. d) Hacer la calificación previa en los casos de retiro voluntario u expulsión de asociados, así como velar porque se empleen en forma óptima los recursos de la Asociación y procurar el incremento de asociados. e) Presentar la Memoria Anual de Labores, el informe de la ejecución presupuestaria, el plan de trabajo y el respectivo presupuesto para el nuevo período. f) Coordinar e impulsar las actividades que beneficien a la comunidad. g) Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de Asamblea General conforme a estos estatutos. h) Constituir comités de apoyo de la Asociación para impulsar el desarrollo comunal y agilizar el funcionamiento de la misma. i) La Junta Directiva organizará un comité para cada proyecto a que tenga acceso para evitar caer en alguna demanda por corrupción, malversación u otros causales de demandables en aras de transparencia y apego de estos estatutos. En ningún caso administrará presupuestos o proyectos que no sean del patrimonio de la Asociación. No obstante serán ente fiscalizador del desarrollo del fruto de su gestión. j) Mantener armoniosa relación con la Municipalidad, organismos estatales, las ONG'S, autónomas o privadas con el objetivo de engranar con ellos para las proyecciones de la Asociación. k) Vigilar el cumplimiento de los deberes y obligaciones de los asociados y su municipio. l) Todas las demás atribuciones que señalen las leyes de la República y estos estatutos. anticipación. c) Por aviso público, por medio de carteles que se fijarán en lugares visibles y estratégicos de la comunidad y perifonéo o por cualquier medio electrónico. Art. 29.- Para que las sesiones de Asamblea General en primera convocatoria sean válidas deberán contar con el quórum de la mitad más uno de los asociados debidamente inscrito en el registro de asociados. Si por falta de quórum no puede sesionarse en el horario indicado, se abrirá la sesión una hora más tarde y se registrará en el acta como asamblea o sesión extraordinaria. Art. 30.- Las disposiciones en sesión Ordinaria o Extraordinaria de Asamblea General para que sean válidas deberán contar con la mitad más uno con los votos a favor de los presentes. ATRIBUCIONES DE LA ASAMBLEA GENERAL: Art. 31.- Son atribuciones de la Asamblea General: a) Elegir y dar posesión a los miembros de la Junta Directiva. b) Recibir los informes de trabajo, aprobar o denegar el estado financiero de la asociación. c) Destituir por causa justificada y legalmente comprobada a los miembros de la Junta Directiva. d) Solicitar a la Junta Directiva los informes que estime conveniente con el objeto de llevar una sana y transparente administración de la Asociación. e) Aprobar los estatutos, planes de trabajo, reglamento interno y el respectivo presupuesto anual de la Asociación. f) Otorgar la calidad de Asociados Honorarios. g) Cumplir y hacer cumplir los estatutos, la ordenanza reguladora, el reglamento interno de la Asociación y demás que se dicten en beneficio de la comunidad y su desarrollo. h) Las demás que establezcan las Ordenanzas Municipales y el Código Municipal vigente. DE LAS DISPOSICIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA. Art. 32.- La Junta Directiva será integrada con los siguientes cargos los cuales tendrán un organigrama horizontal y no vertical en aras de igualdad y equidad: Presidencia, Vicepresidencia, secretario(a) General, Art. 34.- La Junta Directiva celebrará sesión ordinaria una vez por Secretario(a) suplente, Tesorero(a), Tesorero(a) suplente, Síndico y cinco mes y extraordinaria cuando sea necesario a solicitud del Síndico o tres vocales, para un total de doce miembros en la Junta Directiva. de sus miembros de la Junta Directiva. DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. Art. 35.- Las resoluciones de la Junta Directiva serán aprobadas por la mitad más uno de los directivos asistentes a la sesión, en caso de empate en una votación, quien preside la sesión tendrá voto de calidad, pues sólo en caso de empate ejerce voto quien hace de presidente en una sesión. En ausencia del presidente y vicepresidente, la Junta Directiva designará a uno de los demás miembros para que presida las sesiones. 67 FALTAS GRAVES. Art. 41.- Se considera falta grave, cuando se compruebe fehacientemente que la afiliación de un directivo es perjudicial al bienestar de la comunidad, y/o cuando se comprobare el uso de documentos falsos de identidad, o por actos de corrupción comprobados o llevados a juicio contra las leyes del Estado. Art. 36.- El período de función en los cargos de la Junta Directiva, será de dos años a partir de la toma de posesión de los cargos. La elección de la Junta Directiva se realizará un mes antes de cumplido el período de la Junta Directiva saliente, en sesión extraordinaria de Asamblea General, con votación de mayoría simple y con la supervisión de una delegación del honorable Concejo Municipal previamente invitado para este fin. En caso fortuito o de fuerza mayor que impida la elección de la nueva Junta Directiva, deberá la Junta Directiva anterior mantener los cargos hasta celebrar la Asamblea General, no excediendo a los seis meses del vencimiento de la Junta Directiva. ATRIBUCIONES DE LA PRESIDENCIA. Art. 42.- Son atribuciones del Presidente(a): a) Junta Directiva. b) c) Art. 37.- Los miembros de la Junta Directiva podrán ser reelectos por el mismo cargo o alternar en otro cargo en un segundo período, si la Asamblea lo considera necesario. Podrán ejercer en comités auxiliares aun en el período de descanso de cargo en Junta Directiva. Presidir las sesiones de Junta Directiva y de Asamblea General de asociados o delegar en su defecto a otro miembro de la Representar judicial y extrajudicialmente a la Asociación. Otorgar los poderes judiciales y administrativos que fueran necesarios previa autorización de Junta Directiva o la Asamblea General. d) Coordinar las actividades que realicen los diferentes miembros de la Junta Directiva, como también los comités. Art. 38.- En caso de que un miembro de la Junta Directiva presentare su renuncia verbal o por escrito por cualquier causa, los demás miembros analizarán su renuncia y convocarán a la Asamblea General y junto a un informe previamente elaborado harán del conocimiento a ésta de la renuncia, a efecto de que sea la misma quien la acepte. Si se tratare del Presidente, Tesorero u otro miembro de la Junta Directiva que hubiera participado en la apertura y movimiento de cuentas bancarias de la Asociación, deberá proporcionar un informe actual de su actuación previo la aceptación de la renuncia. e) Organizar la agenda a tratar en las diferentes reuniones. f) Velar por mantener el orden y la disciplina de los asociados en las diferentes reuniones que se celebren. g) Gozar del voto de calidad en las votaciones que se realicen en las diferentes reuniones que se celebren. h) Autorizar con su firma junto con la del Tesorero, y la del Síndico, asimismo con el sello de la Asociación el movimiento de las cuentas bancarias. i) Cumplir y hacer cumplir las disposiciones que emanen de la Junta Directiva y de la Asamblea General. DE LA DESTITUCION. j) Autorizar con su firma y sello de la Asociación la compra y venta de bienes de la Asociación previa autorización de la Art. 39.- La Junta Directiva podrá ser destituida total o parcialmente por faltas graves en el ejercicio de sus funciones. La destitución individual procederá después de tres amonestaciones por faltas leves, y/o a la primera falta grave. Asamblea General. k) Todas las demás que señalen estos estatutos, el reglamento interno, la ordenanza municipal y demás leyes de la República en virtud de su cargo. DE LAS FALTAS LEVES. ATRIBUCIONES DEL VICEPRESIDENTE (A). Art. 40.- Serán faltas leves: a) Falta de espíritu de servicio. b) Inasistencia continua e injustificada a las sesiones de Asamblea Art. 43.- Son atribuciones del Vicepresidente (a): a) temporal hasta que sea elegido el sustituto permanente. General o de Junta Directiva. c) Indisciplina e incumplimiento de las funciones asignadas, así como durante las sesiones de la Junta Directiva o Asamblea General. Sustituir al Presidente en caso de muerte, enfermedad o retiro b) c) Asistir al Presidente en el desarrollo de sus funciones. Velar porque se cumplan los acuerdos tomados en Junta Directiva y Asamblea General. DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 68 ATRIBUCIONES DEL SECRETARIO (A). c) Autorizar con su firma junto con la del Presidente, y la del Síndico designado por la Junta Directiva, asimismo con el sello de la Asociación el movimiento de las cuentas bancarias. Art. 44.- Son atribuciones del Secretario(a) General: a) Ser el órgano de comunicación de la Junta Directiva. b) Llevar dos de los seis libros de la Asociación, de inventarios c) a la Asociación. e) Rendir informes mensuales de la Junta Directiva o cuando ésta lo requiera, al igual que a la Asamblea General acerca Guardar los libros correspondientes y demás documentos de del estado financiero de la Asociación. f) Elaborar y presentar el informe trimestral y anual del estado financiero de la Asociación ante la Asamblea General. Llevar el Libro de Registro de Inventario, para mantener el registro actualizado de todos los bienes e inmuebles de la g) Asociación. e) Gestionar que se haga de forma rápida los créditos concedidos y de afiliados. la Asociación confiados a su cuidado. d) d) Todas las demás atribuciones que le señalen estos estatutos, el reglamento interno, la Ordenanza Reguladora de las Asociaciones Comunales en el Municipio de Usulután y demás Llevar el Libro de Registro de Afiliados y mantener una leyes de la República en virtud del cargo. campaña de afiliación para traer más miembros a la Asociación. f) Extender las credenciales y certificaciones de la Asociación ATRIBUCIONES DEL TESORERO (A) SUPLENTE. que sean necesarias. g) Recibir y despachar la correspondencia. h) Remitir la nómina de miembros electos de la Junta Directiva y de asociados de nuevo ingreso al registro de las Asociaciones Art. 47.- Es el (la) que sustituirá al Tesorero (a) en caso de ausencia, previa autorización de la Junta Directiva: a) comunales del Municipio. i) Tendrá bajo su responsabilidad el libro de caja chica y las que le asigne la Asamblea General o Junta Directiva. Recibir las solicitudes de ingresos de nuevos Asociados y darlas a conocer a la Junta Directiva. ATRIBUCIONES DEL SÍNDICO. ATRIBUCIONES DEL SECRETARIO(A) SUPLENTE. Art. 48.- Son atribuciones del Síndico: a) Art. 45.- Son atribuciones del Secretario(a) suplente: a) b) c) Sustituir al Secretario(a) en caso de ausencia por cualquier la Asamblea General de Asociados o de la Junta Directiva causa y cuando la Junta Directiva se lo requiera. reflejados en las actas respectivas. Manejar los libros de actas, tanto de Asamblea General como b) de Junta Directiva. c) d) que solicite el Presidente de la sesión respectiva. Convocar a sesiones de Junta Directiva y Asamblea General Representar judicial y extrajudicialmente a la Asociación. Presidir las comisiones en caso de reforma a estos estatutos. Dar lectura del acta correspondiente tanto de Asamblea General como de la Junta Directiva y demás documentación d) Velar porque se cumplan las disposiciones, los estatutos, reglamento interno y acuerdos válidamente adoptados por Asesorar en materia jurídica sobre los actos que conciernen a la Asociación. e) cuando sea necesario. Elaborar proyecto de reglamento y de normas concernientes al funcionamiento de la Asociación y someterlo a conocimiento tanto de la Junta Directiva, para su consenso como ante la Asamblea General para su aprobación. ATRIBUCIONES DEL TESORERO (A). f) Presidir la comisión de gestión de proyectos y ayuda a nivel nacional e internacional en pro del desarrollo de la comunidad. Art. 46.- Son atribuciones del Tesorero (a): a) Llevar los registros de control de ingresos y egresos de la Asociación. g) Cuando fuere requerida el acompañamiento de la Asociación en alguna gestión municipal en pro del desarrollo local, el Síndico podrá representar a la Asociación, y velará por el b) Custodiar el patrimonio de la Asociación, velar por la utiliza- desempeño de la Junta Directiva a fin de proteger los intereses ción adecuada de los recursos económicos así como efectuar de la Asociación para que su desempeño no incurra en vacíos los pagos de las obligaciones de la Asociación. legales o contrarios a los estatutos. DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. 69 CAPITULO IX. ATRIBUCIONES DE LOS VOCALES. DE LA MODIFICACION DE LOS ESTATUTOS. Art. 49.- Son atribuciones de los Vocales: a) Sustituir a los propietarios de la Junta Directiva de la Aso- Art. 53.- Para la reforma parcial o total de estos estatutos se requerirán: ciación en todas sus funciones, en los casos de causales que especifican estos estatutos. b) b) Nombrar una comisión precedida por el Síndico para que estudie y elabore la propuesta de reformas o modificaciones. c) Convocar a Asamblea General extraordinaria de asociados, para dar a conocer, aprobar o desaprobar las reformas o modificaciones que presenta la comisión nombrada para tal efecto. d) El acuerdo de reforma deberá ser aprobado por dos terceras partes de los asociados asistentes a la Asamblea General convocada para tal efecto. Todas las demás atribuciones que le establezcan los presentes estatutos y el reglamento interno de la Asociación. d) Que las dos terceras partes de los asociados en sesión de Asamblea General voten favorablemente por la necesidad de introducir reformas o modificaciones. Asistir a las reuniones de la Junta Directiva y Asamblea General. c) a) En caso de suspensión temporal, la Junta Directiva llamará y dará posesión a los sustitutos por el tiempo que dure la suspensión. CAPITULO VII. DEL PATRIMONIO. CAPITULO X. DE LA DISOLUCION Y LIQUIDACION DE LA ASOCIACION. Art. 50.- El patrimonio de la Asociación estará constituido por: a) Las cuotas de los asociados de cualquier clase que sean aprobados por la Asamblea General. b) Los aportes extraordinarios que provengan de diversas fuentes Art. 54.- Esta Asociación de Desarrollo Comunal podrá disolverse mediante acuerdo tomado en Asamblea General Extraordinaria; a dicha sesión deberá asistir por lo menos de las dos terceras partes de sus asociados y la asistencia de un delegado del Concejo Municipal. que estén habilitadas irrestrictamente. c) Los ingresos provenientes de toda actividad realizada para CAUSALES DE DISOLUCION. recaudar fondos para la Asociación. d) Sus bienes muebles e inmuebles y las rentas que se obtengan con la administración de las mismas, así como las provenientes de donaciones, herencias y legados a la Asociación. Art. 55.- Serán causales para disolverse esta asociación las siguientes: a) Por disminución de número menor de asociados establecido por la Ordenanza Reguladora de las Asociaciones Comunales y el Código Municipal para su Constitución. b) Por la imposibilidad de realizar los fines para los cuales fue constituida. c) Cuando sus funciones no se ajusten a los preceptos legales. d) Cuando desarrolle actividades anárquicas o contrarias al orden público, a la moral y a las buenas costumbres. RESPONSABILIDADES. Art. 51.- El Presidente, el Tesorero y el Síndico respectivo, tendrán que responder personal y solidariamente por la apertura y movimiento de cuentas bancarias de la Asociación, cuando se excedan de los límites de su cargo. ACUERDO DE DISOLUCION. CAPITULO VIII. DEL CONTROL Y FISCALIZACION INTERNA Y EXTERNA. General Ordinaria o Extraordinaria y ante el Concejo Municipal cuando Art. 56.- En caso de disolución de la Asociación el remanente del patrimonio de la misma que quede después de cubrir las obligaciones contraídas con terceros, se destinará a satisfacer necesidades sociales de la Comunidad que la misma Asamblea General designe al momento de acordar la disolución. De no acordarse el destino del remanente del patrimonio en la Asamblea para la disolución, quedará dicho remanente sea requerido. a disposición de la comisión liquidadora que establecen los estatutos. Art. 52.- Los miembros integrantes de la Junta Directiva tendrán obligación de rendir informes de sus actuaciones ante la Asamblea DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 70 Art. 57.- El acuerdo de la disolución debe tomarse por las dos Art. 64.- Los cargos de Junta Directiva son adhonórem, sin terceras partes de los asociados asistentes a la Asamblea General, el cual embargo, cuando un miembro de la Junta Directiva o Asociado haga deberá ser comunicado al registrador de las asociaciones comunales a trabajos o actividades a tiempo completo o particulares, o eventuales través de la delegación del honorable Concejo Municipal, asistente a dicha para la Asociación podrá gozar de alguna contribución convencional Asamblea o dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha de la según las circunstancias y el volumen del trabajo lo ameriten. disolución por la Junta Directiva, remitiéndose además una certificación del acta respectiva. Art. 65.- La Junta Directiva saliente, deberá rendir cuentas de su ejercicio de manera circunstanciada y documentada a la Junta Directiva Art. 58.- En caso de disolución de la Asociación, si después de entrante, reflejando toda la actividad realizada y el que al momento esté en pagadas las obligaciones hubiese un remanente y la comisión liquidadora proceso. El informe a que se refiere el inciso anterior deberá ser rendido no se pusiera de acuerdo a dónde se invertirá los fondos tal como lo por escrito, firmado y sellado por los miembros de la Junta Directiva establece en el Art. 59 de estos estatutos, se tendrá que invertir en obras saliente, a más tardar en el primer mes de funciones de la nueva Junta para el asilo de ancianos más cercano a la Residencial Alejandría del Directiva. domicilio de esta Asociación. Art. 66.- Estos estatutos entrarán en vigencia ocho días después DE LA COMISION LIQUIDADORA. de su publicación en el Diario Oficial. Art. 59.- Al disolverse la Asociación deberá integrarse una comisión liquidadora que estará integrada por dos delegados del Concejo Municipal y tres representantes de la Asociación, que quedarán electos en la Asamblea General extraordinaria, convocada a efecto de disolución, si no fueren electos se entenderá que serán los primeros tres cargos de la Junta Directiva en funciones en el orden siguiente: Presidente(a), Secretario(a), Tesorero(a) y primer Vocal, en su orden, y se procederá a la liquidación con los dos delegados municipales; dicha comisión dispondrá de noventa días para liquidarla. EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL, CERTIFICA: Que en libro de actas y acuerdos municipales que esta municipalidad lleva en el corriente año, se encuentra en el ACTA NUMERO CUARENTA Y SEIS de la sesión Ordinaria, celebrada a las dieciséis horas del nueve de diciembre del dos mil trece, que dice: ACUERDO NUMERO VIII.- De conformidad al Artículo 30 numeral 13 y Artículos 119, 120 y 121 del Código Municipal vigente y teniendo Art. 60.- La Junta Directiva en proceso de liquidación está obli- a la vista los Estatutos de la ASOCIACION DE DESARROLLO CO- gada a poner a disposición de la comisión liquidadora todos los libros, MUNAL "RESIDENCIAL ALEJANDRIA", Municipio de Usulután, documentos y rendir los informes y explicaciones que le soliciten. Departamento de Usulután, que se puede abreviar (ADESCORA), y estando constituidos los Estatutos con 66 Artículos y cumplidos los requisitos de Ley el Concejo Municipal, ACUERDA: Aprobar los Estatutos Art. 61.- La comisión liquidadora una vez concluido su trabajo y concederles a dicha Asociación el Carácter de Personalidad Jurídica. remitirá ante el Concejo Municipal para su aprobación, los documentos Publíquese.Comúniquese. Se levantó la Sesión y firmamos. ///Francisco pertinentes y un informe de su gestión. Meardi G. /// R. J. Mario A. Braham /// Mirian del Carmen O. Hernández /// Mauro Guevara G. /// Juan Anselmo Mendoza Muñoz ///José Alfonso A. V. /// Mario Antonio R. /// Ricardo S. Barrera /// José S. Trejo Gómez. CAPITULO XI. DISPOSICIONES GENERALES. /// Miguel Angel T. C. /// Olga Lidia H. de Saravia ///José Orlando C. A. /// Ana Elizabeth M. C. ///Francisco Arturo P. G. ///Wilson Eduardo R. /// Héctor Antonio Q. R. /// RUBRICADAS.- Art. 62.- La Asociación podrá utilizar sus propios recursos u obtener de otras fuentes como aportes, donaciones, y otros; para llevar a cabo sus programas y proyecciones, estando a disposición de informar Es conforme a su original con el cual se confrontó y para los efectos consiguientes, se expide la presente en la Alcaldía Municipal de Usulután, diez de diciembre del dos mil trece. ante la Alcaldía Municipal de su domicilio cuando ésta lo requiere. Art. 63.- La Asociación llevará sus libros de registro de afiliados, actas de Asambleas Generales, actas de Junta Directiva, registros financieros y registro de inventario, todos foliados y sellados, con una razón HECTOR ANTONIO QUINTANILLA ROLDAN, SECRETARIO MUNICIPAL. de apertura que contenga el objeto del libro, su número de hojas y luego al terminarse el libro se pondrá su razón de cierre. La cual deberá estar firmada y sellada por el secretario(a) de la Junta Directiva. (Registro No. F026075) 71 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. SECCION CARTELES OFICIALES DE PRIMERA PUBLICACIÓN AVISO DE INSCRIPCIÓN LA INFRASCRITA JEFA DE LA SECCIÓN JURÍDICA DEL DEPARTAMENTO DE ASOCIACIONES AGROPECUARIAS DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA. LA INFRASCRITA JEFA DE LA SECCIÓN JURÍDICA DEL DEPARTAMENTO DE ASOCIACIONES AGROPECUARIAS DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA. CERTIFICA: Que habiendo cumplido con el procedimiento establecido en el Decreto Legislativo Número TRESCIENTOS TREINTA Y NUEVE, publicado en el Diario Oficial número ochenta y seis, Tomo número Doscientos Noventa y Uno, del catorce de mayo de mil novecientos ochenta y seis, donde se emite la Ley General de Asociaciones Cooperativas, LA ASOCIACIÓN COOPERATIVA DE PRODUCCIÓN AGROPECUARIA "PRODUCTORAS AVÍCOLAS DE GUACOTECTI" DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, QUE SE ABREVIA "ACOPAGUAC" DE R.L., con domicilio en el Municipio de Guacotecti, Departamento de Cabañas, obtuvo su personalidad jurídica el día dos de diciembre del año dos mil trece, e inscrita en el Libro ciento dieciséis de Registro que esta Oficina lleva bajo la siguiente codificación: Dos mil ochocientos noventa del Sector No Reformado. Por lo que CONSIDERA: Publicar en el Diario Oficial el asiento y por una sola vez el aviso de inscripción correspondiente. CERTIFICA: Que habiendo cumplido con el procedimiento establecido en el Decreto Legislativo Número TRESCIENTOS TREINTA Y NUEVE, publicado en el Diario Oficial número ochenta y seis, Tomo número Doscientos Noventa y Uno, del catorce de mayo de mil novecientos ochenta y seis, donde se emite la Ley General de Asociaciones Cooperativas, LA ASOCIACIÓN COOPERATIVA DE PRODUCCIÓN AGROPECUARIA "EL GORRIÓN" DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con domicilio en el Municipio de San Francisco Morazán, Departamento de Chalatenango, obtuvo su personalidad jurídica el día once de febrero del año dos mil catorce, e inscrita en el Libro ciento dieciocho de Registro que esta Oficina lleva bajo la siguiente codificación: Dos mil novecientos dieciocho del Sector No Reformado. Por lo que CONSIDERA: Publicar en el Diario Oficial el extracto y por una sola vez el aviso de inscripción correspondiente. Santa Tecla, a los veintiocho días del mes de febrero del año dos mil catorce. Santa Tecla, a los diecisiete días del mes febrero del año dos mil catorce. NOTIFÍQUESE. NOTIFÍQUESE. LICDA. ÁNGELA DEL CARMEN MANZANO, LICDA. ÁNGELA DEL CARMEN MANZANO, JEFA SECCIÓN JURÍDICA. JEFA SECCIÓN JURÍDICA. Of. 1 v. No. 254 Of. 1 v. No. 253 DE SEGUNDA PUBLICACIÓN ACEPTACIÓN DE HERENCIA JAVIER ROLANDO ALVARADO ALVARADO; JUEZ TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL INTERINO DE SAN SALVADOR, al público para los efectos de Ley. HACE SABER: Que por resolución dictada por este Juzgado, a las doce horas con cinco minutos del día veintiuno de enero de dos mil catorce, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el señor LEONARDO DONIS, conocido por LEONIDAS DONIS y LEONIDAS DONIS PADILLA, quien fue de setenta y dos años de edad, agricultor, soltero, de nacionalidad salvadoreña, originario de Panchimalco, Departamento de San Salvador, hijo de Cayetana Donis, quien falleció el día ocho de diciembre de dos mil nueve, y cuyo último domicilio fue Panchimalco, con DUI 02831136-0, haciendo la aclaración que no se cuenta con su número de NIT, de parte del señor LEONIDAS MURILLO DONIS, con DUI 00363115-1; y NIT 0503-010272-101-7, en calidad de hijo sobreviviente del causante, a quien se le ha conferido en el carácter antes indicado, la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente, a fin que la ejerza de forma conjunta con las menores SONIA IMELDA DONIS ESCOBAR y YESENIA CAROLINA DONIS ESCOBAR, en calidad de hijas sobrevivientes, por medio de su representante legal la señora MARÍA IMELDA ESCOBAR RECINOS, quienes fueron declaradas herederas definitivas de la sucesión por resolución de las ocho horas con veintisiete minutos del día dieciséis de agosto de dos mil once, habiéndosele conferido la administración y representación definitiva de dicha sucesión. Lo que hago del conocimiento del público para los efectos legales correspondientes, y en consecuencia, SE CITA a los que se crean con derecho a la herencia referida, a fin que comparezcan a esta sede judicial a deducir tal circunstancia dentro del plazo de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto. Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil de San Salvador, a las doce horas y doce minutos del día veintiuno de enero de dos mil catorce. LIC. JAVIER ROLANDO ALVARADO ALVARADO, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL INTERINO, SAN SALVADOR. LIC. OSCAR ANTONIO DÍAZ, SECRETARIO. Of. 3 v. alt. No. 236-2 72 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 CARLOS JOSÉ MÉNDEZ FIGUEROA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE CHALCHUAPA. EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA: SAN FRANCISCO GOTERA, DEPARTAMENTO DE MORAZAN, AL PUBLICO PARA EFECTOS DE LEY. HACE SABER: Al público para los efectos de Ley, que por resolución proveída por este Tribunal, a las catorce horas veinte minutos del día doce de diciembre de dos mil trece, se ha tenido por aceptada expresamente, con beneficio de inventario la herencia intestada, que a su defunción ocurrida a las diez horas cuarenta minutos del día veintiuno de enero de dos mil doce, en el Costado Oriente de Calle Principal al Balneario Amulunga y Costado Poniente de Beneficio Venenecia, Cantón Los Amates, San Sebastián Salitrillo, Departamento de Santa Ana, siendo su último domicilio la población de San Sebastián Salitrillo, correspondiente a este Distrito Judicial; dejó el causante RUDY ALEXIS HERNÁNDEZ HENRÍQUEZ, quien fue de catorce años de edad, estudiante, soltero; de parte de la señora DORA LUZ HENRÍQUEZ MARTÍNEZ, en su calidad de Madre del causante RUDY ALEXIS HERNÁNDEZ HENRÍQUEZ, y además como cesionaria de los Derechos Hereditarios que le correspondían al señor RUDY DE JESÚS HERNÁNDEZ TURCIOS; a quien se le nombra INTERINAMENTE administradora y representante de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Se cita a todas las personas que se crean con derecho a la herencia, para que se presenten a este Juzgado, a deducirlo en el término de quince días, contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto. Juzgado de lo Civil: Chalchuapa, a las ocho horas veinticinco minutos del día diecisiete de diciembre de dos mil trece. LIC. CARLOS JOSÉ MÉNDEZ FIGUEROA, JUEZ DE LO CIVIL. LIC. HENRY OVIDIO GARCÍA RODRÍGUEZ, SECRETARIO. HACE SABER: Que por resolución dictada por este Juzgado, a las quince horas y cinco minutos del día tres de diciembre del Dos Mil Doce, SE HA TENIDO POR ACEPTADA EXPRESAMENTE Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO, LA HERENCIA INTESTADA que a su defunción dejó el causante SANTOS DIAZ MARTINEZ, de parte de la señora FRANCISCA RUIZ DE DIAZ, de setenta y cuatro años de edad, casada, de oficios domésticos, originaria de Yamabal, Departamento de Morazán, con domicilio y residencia en Barrio Las Delicias, jurisdicción de Delicias de Concepción, Morazán; con Documento Único de Identidad número cero dos cinco seis dos cero cinco siete guión cuatro, y Tarjeta de Identificación número uno tres dos cinco guión cero cinco cero ocho tres nueve guión uno cero uno guión nueve; por derecho propio que le corresponde en calidad de esposa del causante; quien a la fecha de su fallecimiento fue de treinta ochenta y nueve años de edad, casado, jornalero, originario de Delicias de Concepción, Morazán, hijo del señor CARMEN DIAZ y ANDREA MARTINEZ; falleció, el día catorce de agosto del dos mil seis, en Delicias de Concepción, Departamento de Morazán; siendo este mismo lugar el de su último domicilio. Se le confirió a la aceptante antes mencionada y en la forma establecida, la administración y representación Interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente. Of. 3 v. alt. No. 237-2 Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a deducirlo en el término de quince días, contados desde el siguiente a la tercera publicación del edicto en el expresado periódico. Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco Gotera, Departamento de Morazán; a los seis días del mes de diciembre del dos mil trece. LIC. JORGE ALBERTO GUZMÁN URQUILLA, JUEZ 2° DE 1a. INSTANCIA. LICDA. KARINA ELIZABETH IGLESIAS DE NAVARRO, SECRETARIA. EDGAR ORLANDO ZÚNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO. HACE SABER: Que por resolución pronunciada por este Juzgado, a las once horas y cuarenta y siete minutos del día nueve de septiembre de dos mil trece, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada dejada a su defunción, ocurrida día quince de agosto de dos mil doce, dejó el causante señor ANTONIO GUADALUPE HERNÁNDEZ ANAYA, quien fue de cuarenta y tres años de edad, Mecánico Automotriz, casado, originario de Ciudad Delgado, Departamento de San Salvador, de nacionalidad salvadoreño, siendo su último domicilio Soyapango, San Salvador, hijo de los señores JOSÉ SALOMÓN HERNÁNDEZ y MARÍA ISABEL ANAYA MORENO hoy MARÍA ISABEL ANAYA DE HERNÁNDEZ; de parte de la señora NANCY CAROLINA CONTRERAS DE HERNÁNDEZ, con Documento Único de Identidad número 00642131-9; y Tarjeta de Identificación Tributaria número 0614-200375-153-9 en su calidad de esposa sobreviviente del causante y representante legal de los niños menores de edad WALTER ANTONIO HERNÁNDEZ CONTRERAS, con Tarjeta de Identificación Tributaria número 0614-150795-113-3 y GABRIELA CAROLINA HERNÁNDEZ CONTRERAS, con Tarjeta de Identificación Tributaria número 0614-030203-107-8, quienes son Cesionarios de los derechos hereditarios que le correspondían a los señores JOSÉ SALOMÓN HERNÁNDEZ y MARÍA ISABEL ANAYA MORENO hoy MARÍA ISABEL ANAYA DE HERNÁNDEZ, en su calidad de padres del causante. Y se les ha Conferido a los aceptantes la ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN INTERINA de los bienes de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Y CITA: a los que se crean con derecho a la herencia referida para que se presenten en el término de Ley, a hacer uso de sus derechos en la sucesión. Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las catorce horas y cuarenta minutos del día nueve de septiembre de dos mil trece. LIC. EDGAR ORLANDO ZÚNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. MARÍA ESTELA SORIANO NAVARRETE, SECRETARIA. Of. 3 v. alt. No. 238-2 Of. 3 v. alt. No. 272-2 SUBASTA PÚBLICA ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, al público para los efectos de ley. AVISA: Que en el proceso ejecutivo civil, promovido por el Estado de El Salvador, en el Ramo de Hacienda, contra el señor Alexi Guiovanis Canales García, se ha ordenado la venta en pública subasta, la cual se verificará posteriormente en este Juzgado, del siguiente inmueble; de naturaleza rústica, que forma parte de la Lotificación Miraflores Sur C, situado en el Cantón La Cuchilla de Comalapa, jurisdicción de San Pedro Masahuat, Departamento de La Paz, identificado como LOTE NÚMERO CINCO, DEL POLÍGONO CIENTO VEINTE, de la capacidad superficial de CIENTO NOVENTA Y OCHO PUNTO CERO CERO METROS CUADRADOS, que mide y linda: AL NORTE, nueve punto cero cero metros, AL PONIENTE, veintidós punto cero cero metros, AL SUR, nueve punto cero cero metros, y AL ORIENTE, veintidós punto cero cero metros. Inscrito en el Centro Nacional de Registros de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Tercera Sección del Centro, bajo la Matrícula número CINCO CINCO CERO SEIS OCHO CUATRO UNO SIETE-CERO CERO CERO CERO CERO; de propiedad del Departamento de La Paz. Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, departamento de La Unión, a los veinticinco días de septiembre de dos mil trece. LIC. ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. MARINA CONCEPCIÓN MARTÍNEZ DE MARTÍNEZ, SECRETARIA. Of. 3 v. alt. No. 240-2 73 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. SECCION CARTELES PAGADOS DE PRIMERA PUBLICACIÓN DECLARATORIA DE HERENCIA LIC. JORGE ANTONIO GONZALEZ MERINO, JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA SUPLENTE DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPARTAMENTO DE MORAZAN, AL PUBLICO. AVISA: Que por resolución de las quince horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario conjuntamente con los ya declarados, a los señores JOSE ARNELGEL SALMERON MAYEN, de treinta y nueve años de edad, empleado, del domicilio de Union City, Estado de Nueva Jersey, Estados Unidos de América, portador de su Pasaporte Personal número cero cero cuatro tres cuatro dos uno cuatro cinco, y Tarjeta de Identificación Tributaria Número: un mil trescientos trece guión ciento cincuenta mil ochocientos setenta y tres guión ciento dos guión tres; y NEHEMIAS SALMERON MAYEN, mayor de edad, sin ocupación, con domicilio en Barrio La Cruz, Avenida San Francisco, de la Jurisdicción de Lolotiquillo, representado por su curador Ad Lítem, Licenciado JOSE WILFREDO GARCIA GUEVARA, de cincuenta y cinco años de edad, Abogado, de este domicilio, con tarjeta de identificación de Abogado número: dos mil quinientos diecisiete, y con Tarjeta de Identificación Tributaria Número: cero quinientos once guión cero cuarenta mil quinientos cincuenta y ocho guión cero cero tres guión cuatro; de la herencia que en forma intestada dejó la señora LUISA MAYEN, conocida por MARIA LUISA MAYEN; quien fue de sesenta y tres años de edad, de oficios del hogar, casada, originaria y del domicilio de Lolotiquillo, departamento de Morazán, salvadoreña, hija de Paula Portillo y de Ascensión Mayén, quien falleció a las diecinueve horas del día veintitrés de abril del dos mil nueve, en el Barrio La Cruz de Lolotiquillo, departamento de Morazán, siendo ese su último domicilio; ambos en concepto de hijos de la causante. Confiérasele a los mencionados aceptantes en la calidad expresada la administración y representación definitiva, de dicha Sucesión con las facultades y restricciones de Ley. Juzgado Primero de Primera Instancia: San Francisco Gotera, a las quince horas y diez minutos del día doce de febrero de dos mil catorce.LIC. JORGE ANTONIO GONZALEZ MERINO, JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA SUPLENTE.- LICDA. YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA, SECRETARIA. 1 v. No. C011541 EDNA ARMIDA MELÉNDEZ APARICIO, Notario, del domicilio de la ciudad de Usulután, con Oficina ubicada en Segunda Avenida Norte, Edificio Rocío, Segundo Nivel, local cuatro, contiguo a Banco Hipotecario de Usulután, AL PÚBLICO para los efectos de Ley. AVISA: Que por resolución proveída por la suscrita Notario, a las diez horas del día veintidós de febrero de dos mil catorce, se ha DECLARADO HEREDERA DEFINITIVA CON BENEFICIO DE INVENTARIO, a la señora AURA ELVIRA MARTÍNEZ DE JIMÉNEZ, en calidad de hija de la Causante la señora MARÍA LUCILA BENÍTEZ, conocida por MARÍA BENÍTEZ, y por MARÍA LUCILA BENÍTEZ LEÓN, quien fue de sesenta y cinco años de edad, de Oficios Domésticos, Soltera, del domicilio de Santiago Texacuangos, Departamento de San Salvador, y accidentalmente de Lawrenceville, Estado de Georgia, de los Estados Unidos de América, siendo éste su último domicilio, en la sucesión intestada que ésta dejó al fallecer a las dieciséis horas y veinticinco minutos, del día siete de septiembre del año dos mil seis, en la ciudad de Lawrenceville, Estado de Georgia, Estados Unidos de América, a consecuencia de Cáncer de Pulmones. Habiéndosele concedido a la heredera declarada la administración y representación definitiva de la referida Sucesión sin restricciones. Librado en la ciudad de Usulután, a los veintidós días del mes de febrero del año dos mil catorce. EDNA ARMIDA MELÉNDEZ APARICIO, NOTARIO. 1 v. No. C011543 VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE LO CIVIL DE APOPA. AVISA: Que por resolución de las diez horas y diecisiete minutos del día nueve de octubre del presente año, SE DECLARO HEREDEROS DEFINITIVOS ABINTESTATO CON BENEFICIO DE INVENTARIO a los señores BERTA AMANDA GUILLEN viuda DE SANTOS, de cincuenta y siete años de edad, de oficios domésticos, del domicilio de Apopa; JOSE EFRAIN GUILLEN, de cincuenta y cuatro años de edad, Comerciante en Pequeño, del domicilio de Apopa; JUAN HUMBERTO GUILLEN, de cuarenta y cuatro años de edad, Motorista, del domicilio de Guazapa; CARLOS MANUEL GUILLEN, de cuarenta y siete años de edad, Jornalero, del domicilio de Guazapa, y JOSE PORFIRIO GUILLEN, de cuarenta años de edad, Agricultor en Pequeño, del domicilio de Citalá; todos en calidad de hijos de la causante; de la herencia intestada que a su defunción dejó la señora MARGARITA GUILLEN, quien fue de cincuenta y nueve años de edad, de oficios domésticos, soltera, fallecida el día veintisiete de marzo de mil novecientos noventa y nueve, siendo la ciudad de Apopa su último domicilio. Confiérese a los herederos declarados en el carácter indicado, la administración y representación definitiva de los bienes de la Sucesión. Lo que se hace del conocimiento al público para los efectos de Ley. 74 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las diez horas y veinticinco minutos del día nueve de octubre del año dos mil trece.DRA. VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. JOSE DULEY CERNA FERNANDEZ, SECRETARIO. Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las once horas cuarenta minutos del día trece de febrero del dos mil catorce.- LIC. LUIS ANTONIO BENITEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE.- LICDA. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO. 1 v. No. C011561 1 v. No. C011558 LUIS ANTONIO BENITEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE DE ESTE DISTRITO JUDICIAL. AVISA: Que por resolución de las once horas del día veinte de septiembre del corriente año, han sido declarados herederos testamentarios con beneficio de inventario de la herencia dejada por la señora, JUANA FRANCISCA SICILIANO viuda DE SEGURA, conocida por JUANA FRANCISCA SICILIANO y por JUANA SICILIANO, fallecida el día cinco de junio del dos mil diez, en Juayúa, siendo ese el lugar de su último domicilio, de parte de los señores MARIA MAGDALENA SEGURA DE SICILIANO, SAMUEL FILIBERTO SEGURA SICILIANO, conocido por ISMAEL FILIBERTO MENDEZ y por ISMAEL FILIBERTO MENDEZ SICILIANO, FAUSTA, SALVADORA CORINA, DE APELLIDOS SEGURA SICILIANO, GENOVEVA SEGURA DE MENDEZ, o GENOVEVA SEGURA SICILIANO, LUCIA SEGURA DE MOLINA o LUCIA SEGURA SICILIANO, ALEJANDRO, ALBERTO ANTONIO y ORLANDO DE APELLIDOS SEGURA SICILIANO, en concepto de herederos testamentarios de la mencionada causante. Y se ha conferido a los herederos declarados la administración y representación definitivas de la Sucesión. JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las once horas treinta y cinco minutos del día tres de octubre del dos mil trece.- LIC. LUIS ANTONIO BENITEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE.- LICDA. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO. 1 v. No. C011560 LUIS ANTONIO BENITEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE DE ESTE DISTRITO JUDICIAL. AVISA: Que por resolución de las nueve horas del día seis de febrero del corriente año, ha sido declarada heredera abintestato con beneficio de inventario de la herencia dejada por el señor SALVADOR EDMUNDO PEREZ CARRANZA, conocido por SALVADOR PEREZ CARRANZA, fallecido el día ocho de agosto del dos mil trece, en Juayúa, siendo ese el lugar de su último domicilio, de parte del menor SALVADOR ORLANDO PEREZ MIRANDA, en concepto de hijo sobreviviente del mencionado causante, representado legalmente por la señora JOSELYN ALEJANDRA MIRANDA GARCIA, en concepto de madre de dicho menor. Y se ha conferido al heredero declarado la administración y representación definitivas de la Sucesión. LICENCIADA GABRIELAMARÍA LISSETH CASTANEDA CERÓN, Notario, del domicilio de Juayúa, departamento de Sonsonate, con Oficina ubicada en Tercera Avenida Norte, Presbítero José Luis Martínez, frente a Juzgado de Paz de esta ciudad. HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notario, provista a las once horas del día veinte de febrero del año dos mil catorce, se ha declarado a los señores WILBER BALDEMAR PACHECO SIGÜENZA y DAVID OSVALDO PACHECO SIGÜENZA, herederos definitivos con beneficio de inventario de los bienes que a su defunción ocurrida en el Hospital Nacional San Juan de Dios de la ciudad de Santa Ana, departamento de Santa Ana, el día veintidós de abril del año dos mil diez, dejó el señor DAVID PACHECO AGUILAR, en su concepto de hijos sobrevivientes del causante. Habiéndoles concedido la representación y administración definitiva de la referida Sucesión. Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley. Librado en la ciudad de Juayúa, Municipio del departamento de Sonsonate, a las catorce horas del día veinte de febrero de dos mil catorce. LICDA. GABRIELAMARÍA LISSETH CASTANEDA CERÓN, NOTARIO. 1 v. No. C011563 JORGE ALBERTO MORAN FUNES, Notario, de este domicilio, y del de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, con Oficina en Tercera Avenida Norte y Diecinueve Calle Poniente, casa número doscientos treinta y ocho, segunda planta, Centro de Gobierno, San Salvador, AL PUBLICO EN GENERAL. HACE SABER: Que por resolución proveída por el suscrito Notario, el día veintisiete de febrero del dos mil catorce, se ha DECLARADO HEREDERO DEFINITIVO, y con beneficio de inventario al señor ROBERTO ANTONIO IMBERS ESPINOZA, en calidad de hijo sobreviviente y Heredero Testamentario de la de cujus, de la herencia Testada que dejara la señora GLORIA ANTONIETA ESPINOZA DE IMBERS, quien falleció a las veintitrés horas y treinta minutos del día tres de marzo de dos mil doce, en el Hospital Médico Quirúrgico del Seguro Social, Jurisdicción de San Salvador, Departamento de San Salvador, en el concepto ya aludido. 75 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de Y habiéndosele conferido la administración y representación definitiva de la mencionada Sucesión. Y para ser publicado por una sola vez en el DIARIO OFICIAL. Ley. Libro el presente aviso, en la ciudad de San Salvador, a las nueve horas del día veintiocho de febrero del año dos mil catorce. Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las doce horas con quince minutos del día siete de enero de dos mil catorce.- LIC. EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MARIA ESTELA SORIANO NAVARRETE, SECRETARIA. LIC. JORGE ALBERTO MORAN FUNES, NOTARIO. 1 v. No. C011580 1 v. No. C011576 LIC. EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO. AVISA: Que por resolución proveída en este Tribunal a las doce horas de este día, en las presentes Diligencias de Aceptación de Herencia Intestada que a su defunción dejó el causante señor ANGEL ROBERTO FERMAN FLORES, promovidas inicialmente por la Abogada María Guadalupe Mejía Chávez, y continuadas por el Abogado CARLOS ALBERTO MEZA GONZALEZ, en su calidad de Apoderado General Judicial del señor OSCAR ARMANDO FERMAN MENDOZA, padre del causante; se han DECLARADO HEREDEROS DEFINITIVOS y con beneficio de inventario de la herencia intestada que a su defunción dejó el causante señor ANGEL ROBERTO FERMAN FLORES, quien fue de cincuenta años de edad, Ingeniero Industrial, casado, originario de San Salvador, con último domicilio en Soyapango, de nacionalidad salvadoreña, hijo de María Luisa Flores hoy María Luisa Flores de Pérez y de Oscar Armando Fermán Mendoza, quien falleció el día ocho de enero de dos mil ocho, con Documento Único de Identidad número 01215454-8, a los señores: a) OSCAR ARMANDO FERMAN MENDOZA, de setenta y seis años de edad, empleado, de este domicilio, con Documento Único de Identidad número 00739832-3, y Número de Identificación Tributaria 1109-210431-102-8; en calidad de padre del causante, y como cesionario del derecho hereditario que le correspondía a las señoritas JENNIE ALESSANDRA FERMAN CRUZ y ANDREA MARIA FERMAN CRUZ, y a la señora MARIA LUISA FLORES hoy MARIA LUISA FLORES DE PEREZ, las primeras en calidad de hijas y la tercera en calidad de madre sobreviviente del causante; representado dicho heredero por el Abogado CARLOS ALBERTO MEZA GONZALEZ; b) MARTA ELENA CHACHAGUA DE FERMAN o MARTA ELENA CHACHAGUA ABREGO, quien es de veinticinco años de edad, de oficios domésticos, del domicilio de Cojutepeque, Departamento de Cuscatlán, con Documento Único de Identidad número 00751169-6, y Número de Identificación Tributaria 0702-161182-104-5; y la menor DANIELA MICHELLE FERMAN CHACHAGUA menor de edad, del domicilio de Cojutepeque, Departamento de Cuscatlán, en calidad de cónyuge sobreviviente e hija del causante, representadas por el Abogado JOSE BALMORE GARCIA; y c) NIDIA NATALIA y JOSE RONALD, ambos de apellidos FERMAN CHAVARRRIA, en su calidad de hijos del causante, representados judicialmente por su Curadora Especial Licenciada LETICIA DE JESUS DIAZ RIVAS, mayor de edad, Abogada, con Número de Identificación Tributaria 0614-250358-013-2. Se ha conferido a los herederos declarados la representación y administración DEFINITIVA de la herencia intestada. HILDA CRISTINA CAMPOS RAMÍREZ, Notario, del domicilio de Santa Tecla, departamento de La Libertad, con Oficina ubicada en Séptima Calle Oriente Bis, número dieciocho, Colonia Santa Mónica, Santa Tecla, al público en general. HACE SABER: Que por resolución proveída por la suscrita Notario, a las once horas y veinte minutos del día diecinueve de febrero de dos mil catorce, se ha declarado HEREDERO DEFINITIVO CON BENEFICIO DE INVENTARIO del causante ROQUE LUIS HERNÁNDEZ GONZÁLEZ, al señor ÁLVARO ENRIQUE HERNÁNDEZ MANZANO, en su CARÁCTER PERSONAL y además como CESIONARIO de los derechos hereditarios que en abstracto que les corresponden a las señoras MARTA GEORGINA RIVAS DE HERNÁNDEZ e IRIS GEORGINA HERNÁNDEZ RIVAS, cónyuge e hija sobrevivientes del mismo causante, específicamente sobre los inmuebles inscritos, el primero, según antecedente al número SETENTA Y DOS del libro CUATRO MIL SETECIENTOS NOVENTA Y UNO de Propiedad del Departamento de San Salvador, trasladado a la matrícula número M CERO CINCO CERO SIETE SIETE CERO SEIS NUEVE, y migrado al Sistema de Información Registro y Catastro (Siryc) con Matrícula número SEIS CERO UNO UNO CERO CINCO TRES DOS-CERO CERO CERO CERO CERO; y el segundo, según antecedente al número SETENTA Y TRES del Libro CUATRO MIL SETECIENTOS NOVENTA Y UNO de Propiedad del Departamento de San Salvador, trasladado bajo la matrícula M CERO CINCO CERO SIETE SIETE CERO SIETE UNO, y migrado al Sistema de Información Registro y Catastro (Siryc) con Matrícula número SEIS CERO UNO UNO CERO CINCO TRES CUATRO-CERO CERO CERO CERO CERO, ambas del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, departamento de San Salvador. Habiéndosele conferido la administración y representación definitiva de la Sucesión. Librado en la ciudad de San Salvador, diecinueve de febrero de dos mil catorce. LICDA. HILDA CRISTINA CAMPOS MARTÍNEZ, ABOGADO Y NOTARIO. 1 v. No. F025974 76 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 LICENCIADO ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO rio, Jurisdicción de Olocuilta, departamento de La Paz, a consecuencia CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS de Sida más Neumonía Severa más Neuroinfección, hijo de los señores EFECTOS DE LEY. Juan Ernesto Cruz (ya fallecido) y de Noemy de la O Alvarado Arriola, siendo ese su último domicilio; habiéndole concedido la Administración y Representación DEFINITIVA de la referida Sucesión Intestada a la AVISA: Que por resolución de este Juzgado, a las once horas y cuarenta minutos del día cinco del mes de febrero del corriente año, se declararon herederos expresamente, y con beneficio de inventario de la herencia intestada que al fallecer el día tres de enero del año dos mil doce, en el Hospital Nacional de la ciudad de Santa Rosa de Lima, departamento de La Unión, siendo su último domicilio el Cantón La Chorrera, de la ciudad de Santa Rosa de Lima, dejara el causante Jaime Julio Torres Aparicio, a favor de los señores Doris Elizabeth Umanzor señora NOEMY DE LA O ARRIOLA DE MARROQUIN, conocida por NOEMY DE LA O ARRIOLA ALVARADO, NOEMY DE LA O ALVARADO ARRIOLA, NOEMY DE LA O ALVARADO, NOEMY ARRIOLA ALVARADO, NOEMY ALVARADO ARRIOLA, NOEMY ALVARADO NOEMY ARRIOLA y por NOEMY DE LA O ARRIOLA ALVARADO DE MARROQUIN. Lo cual se hace del conocimiento público para efectos de Ley. de Torres; Marta Jarlen Torres Sosa y Selvin Emmanuel Torres Sosa, en concepto la primera de cónyuge sobreviviente y los otros dos como hijos del causante antes mencionado, de conformidad con lo establecido San Salvador, a los veintiocho días del mes de febrero del año dos mil catorce. en el Art. 988 N° 1° del Código Civil. En consecuencia, se le confirió al heredero declarado en el carácter dicho la administración y representación definitiva de los bienes de la LIC. OSCAR ALCIDES REINADO, indicada Sucesión. NOTARIO. Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, departa1 v. No. F025980 mento de La Unión, a los once días del mes de febrero del año dos mil catorce.- LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MARINA CONCEPCION MARTINEZ DE MARTINEZ, SECRETARIA. MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO. 1 v. No. F025978 AVISA: Que por resolución de las nueve horas del día veintidós de enero del año dos mil catorce, han sido declarados herederos OSCAR ALCIDES REINADO, Notario, de este domicilio, con Oficina definitivos expresamente y con beneficio de inventario de la herencia Jurídica situada en Boulevard Tutunichapa, Edificio Pro de Pro, Local intestada dejada por la Causante señora Carmen Aguilar, fallecida el día Dos, Segunda Planta, contiguo al Centro Judicial Isidro Menéndez, veintiuno de enero del año dos mil doce, en la ciudad de Nahuizalco, Colonia Médica, Centro de Gobierno, San Salvador. Jurisdicción de este Departamento, lugar de su último domicilio, a los señores Guadalupe Pérez de Lue, Sara Nohemy Pérez de Lima, Ovidio Arnoldo, Víctor Manuel, María Isabel, Esther, éstos de apellidos Pérez HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, de las once horas del día veinte de febrero del año dos mil catorce, se ha de- Aguilar, y Magdaleno Pérez, los primeros en concepto de hijos, y el último en concepto de cónyuge, todos de la referida Causante. clarado a la señora NOEMY DE LA O ARRIOLA DE MARROQUIN, conocida por NOEMY DE LA O ARRIOLA ALVARADO, NOEMY DE LA O ALVARADO ARRIOLA, NOEMY DE LA O ALVARADO, Y se les ha conferido a los herederos declarados la administración y representación definitivas de la Sucesión. NOEMY ARRIOLA ALVARADO, NOEMY ALVARADO ARRIOLA, NOEMY ALVARADO, NOEMY ARRIOLA y por NOEMY DE LA O ARRIOLA ALVARADO DE MARROQUIN, Heredera Definitiva con Beneficio de Inventario, de la Herencia Intestada de los bienes que a su defunción dejare el señor ISAI ERNESTO ALVARADO CRUZ, quien Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las nueve horas treinta y siete minutos del día veintidós de enero del año dos mil catorce.- DR. MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO. falleció a la edad de veintiséis años, soltero, Estudiante, originario de San Marcos, departamento de San Salvador, a las quince horas treinta minutos del día cinco de agosto del año dos mil dos, en Barrio El Calva- 1 v. No. F025985 77 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. LIC. ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE IZALCO. GUILLERMO ERNESTO IRAHETA CHOTO, Notario, del domicilio de San Salvador, con Oficina establecida en Colonia y Avenida Atlacatl, casa número setenta y dos, Departamento de San Salvador; al público para los efectos de Ley. AVISA: Que por resolución proveída a las diez horas de este día, se ha DECLARADO HEREDERO ABINTESTATO CON BENEFICIO DE INVENTARIO de la causante señora REYNA DE LOS ANGELES MORALES DE ALFARO, quien falleció el día catorce de noviembre del año dos mil seis, a la edad de treinta y tres años, siendo en esta ciudad su último domicilio, al señor CARLOS ALBERTO ALFARO GIL, en los conceptos de cónyuge de la causante y cesionario de los derechos hereditarios que les correspondían en la presente Sucesión a los seño- HACE SABER: Que por resolución pronunciada por el suscrito Notario, a las trece horas y treinta minutos del día veintisiete de febrero del año dos mil catorce, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejara el señor MODESTO CRISTÓBAL BATLLE GUZMÁN c/p MODESTO CRISTÓBAL BATLLE, de parte de EUFEMIA DEL CARMEN VÁSQUEZ DE BATLLE, en su calidad de esposa del causante. res PEDRO ANTONIO ALFARO MORALES, KARLA ROSMERI ALFARO MORALES y VERONICA MARISOL ALFARO MORALES, como hijos de la causante. Confiriéndole en consecuencia la ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN DEFINITIVA DE LA SUCESIÓN. Confiérese al aceptante en los conceptos antes indicados, la administración y representación definitiva de la indicada Sucesión. Librado en la Oficina del Notario, a las trece horas y cuarenta y cinco minutos del día veintisiete de febrero del año dos mil catorce. Lo que se avisa al público, para efectos de Ley. LIC. GUILLERMO ERNESTO IRAHETA CHOTO, Juzgado de Primera Instancia de Izalco, Departamento de Sonsonate, a los catorce días del mes de febrero del año dos mil cator- NOTARIO. ce.- LIC. ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. SARA ALBERTINA VILLEDA SANCHEZ, 1 v. No. F025997 SECRETARIO. 1 v. No. F025991 CARLOS MAURICIO IRAHETA, Notario, de este domicilio, con Despacho Notarial ubicado en Avenida España, y Quinta Calle Oriente, Local tres cuarenta y cuatro - B, San Salvador. LUIS ANTONIO BENITEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE DE ESTE DISTRITO. AVISA: Que por resolución de las once horas cuarenta y cinco minutos del día seis de febrero del año dos mil trece, ha sido declarado heredero definitivo expresamente y con beneficio de inventario de la herencia intestada dejada por el Causante señor Mauricio Alfredo Lico Canales, fallecido el día cinco de abril del año dos mil trece, en Jurisdicción de Acajutla, de este Departamento; siendo esta ciudad el lugar de su último domicilio, al señor Lisandro Canales, conocido por Lisandro Viscarra y por Lisandro Canales Viscarra, en su concepto de padre del referido Causante. HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las diez horas del día veintisiete de febrero del año dos mil catorce, se ha declarado al señor FRANCISCO MIGUEL RODRÍGUEZ LÓPEZ, heredero definitivo con beneficio de inventario, de los bienes que a su defunción en el Hospital Médico Quirúrgico del Seguro Social de San Salvador, departamento de San Salvador, el día doce de mayo de dos mil uno, y siendo su último domicilio Soyapango, departamento de San Salvador, que dejara la señora SONIA MAGDALENA LÓPEZ, en su concepto de hijo sobreviviente, de la causante. Habiéndole concedido la representación y administración definitiva de la referida Sucesión. Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley. Y se le ha conferido la administración y representación definitivas de la Sucesión. Librado en la ciudad de San Salvador, el día veintiocho de febrero del dos mil catorce. Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las doce horas quince minutos del día seis de febrero del año dos mil catorce.- LIC. LUIS ANTONIO BENITEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL, SUPLENTE.- LICDA. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO. 1 v. No. F025992 CARLOS MAURICIO IRAHETA, NOTARIO. 1 v. No. F025998 78 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 LUIS ANTONIO BENITEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE DE ESTE DISTRITO JUDICIAL Librado en San Salvador, el día veinticuatro de febrero de dos mil catorce. AVISA: Que por resolución de las once horas del día diecisiete TESHALIA YESENIA GARCIA JIMENEZ, de enero del corriente año, ha sido declarada heredera abintestato con NOTARIO. beneficio de inventario de la herencia dejada por el señor JOSE LUIS CENTENO AYALA, fallecido el día cinco de julio del dos mil ocho, en esta ciudad, siendo Sonzacate, el lugar de su último domicilio, a la 1 v. No. F026043 señora JOAQUINA ESPERANZA HERRERA viuda DE CENTENO, en concepto de cónyuge sobreviviente de la mencionada causante. Y se ha conferido a la heredera declarada la administración y representación definitiva de la Sucesión. EVA DEL CARMEN MEJIA RODRIGUEZ, Notario, de este domicilio, con Oficina situada en los locales Ex Malibú, número Tres, entre Calle a San Antonio Abad y Boulevard Los Héroes, San Salvador, al público. JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las doce horas cuarenta minutos del día treinta y uno de enero del dos mil catorce.- LIC. LUIS ANTONIO BENITEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL, SUPLEN- HACE SABER: Que por resolución proveída por la suscrita Nota- TE.- LICDA. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR, rio, a las diez horas del día veintisiete de febrero del presente año, se ha SECRETARIO. declarado a la señora MARGOTH MUÑOZ DE FLORES, HEREDERA DEFINITIVA con Beneficio de Inventario, en su calidad de cónyuge 1 v. No. F026015 sobreviviente y heredera testamentaria, en la Herencia del Causante JOSE ROMEO FLORES ROMERO, conocido por JOSE ROMEO FLORES. Habiéndosele conferido a la Heredera declarada la Administración TESHALIA YESENIA GARCIA JIMENEZ, Notaria, de este domicilio, y Representación definitiva de la Herencia Testamentaria del Causante con Oficina ubicada en Cuarta Avenida Norte y Alameda Juan Pablo II, mencionado. número Quinientos Diecisiete, frente al Portón Principal de la Alcaldía de San Salvador, departamento de San Salvador, AL PUBLICO. Lo que se hace del conocimiento público para los efectos de Ley. Librado en la ciudad de San Salvador, a los veintisiete días del mes de febrero de dos mil catorce. HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notaria, proveída a las doce horas del día trece de enero de dos mil doce, se ha DECLARADO LICDA. EVA DEL CARMEN MEJIA RODRIGUEZ, HEREDERA DEFINITIVA AB- INTESTATO CON BENEFICIO DE INVENTARIO a la señora ANA LETICIA MALDONADO DIMAS, NOTARIO. mayor de edad, ama de casa, del domicilio de Antiguo Cuscatlán, departamento de La Libertad, portadora de su Documento Único de Identidad 1 v. No. F026063 número cero cero uno ocho cinco ocho siete cero-siete, y con Número de Identificación Tributaria cero seis uno cuatro- uno siete cero uno tres seiscero cero dos-dos, de la HERENCIA INTESTADA que a su defunción dejara la señora ROSARIO MALDONADO viuda DE ACEVEDO, y conforme su Partida de Nacimiento ROSARIO MALDONADO, quien LICENCIADO EFRAIN OLANO RUIZ, Notario, con Oficina en Sexta fue de sesenta y nueve años de edad, de profesión Contador, jubilada, Ave. Sur, Residencial El Cordovéz, Sonsonate. originaria de esta ciudad, que falleció en el Hospital General del Seguro Social, a las diez horas y treinta minutos del siete de diciembre de dos mil diez, siendo su último domicilio Antiguo Cuscatlán, departamento HACE SABER: Que por resolución de las diez horas del veintisiete de La Libertad, en concepto de hermana legítima sobreviviente de la de febrero del año dos mil catorce, se ha declarado heredero Definitivo causante. Abintestato con beneficio de inventario de VIRGILIO SANTANA VILLALTA, fallecido el siete de febrero del año dos mil doce, en Barrio HABIENDOSELE CONCEDIDO LA REPRESENTACION Y ADMINISTRACION DEFINITIVA DE LA REFERIDA SUCESION. Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley. San Miguelito, Quinta Calle Poniente, Sonsonate, su último domicilio, al señor FERMIN HENRY SANTANA RIVERA, en su concepto de hijo sobreviviente del causante. 79 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. Confiérasele al aceptante la Administración y Representación Definitiva de la Sucesión. Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley. Sonsonate, veintisiete de febrero del año dos mil catorce.- Enmendado:HENRY SANTANA-público-Administración-Vale. MIRANDA MENJIVAR, conocida por ROSA MIRANDA y ROSA MENJIVAR, quien falleció el día diez de Julio del año mil novecientos noventa y ocho, en el Barrio San Esteban del Municipio de Arcatao, Chalatenango, siendo éste su último domicilio, de parte de DELMI FLOR HERCULES MIRANDA, en la calidad de hija sobreviviente de la causante. Se confiere a la heredera declarada la administración y representación definitiva de la Sucesión, en la calidad antes expresada. Lo que se avisa al público para los efectos de Ley. EFRAIN OLANO RUIZ, NOTARIO. 1 v. No. F026090 Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Chalatenango, a las once horas con quince minutos del día tres de febrero del dos mil catorce.- LICDA. MORENA CONCEPCION LAINEZ RAMIREZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. EDWIN EDGARDO RIVERA CASTRO, SECRETARIO. 1 v. No. F026102 LICENCIADO EFRAIN OLANO RUIZ, Notario, con Oficina en Sexta Ave. Sur, Residencial El Cordovéz, Sonsonate. HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas del día veintisiete de febrero del año dos mil catorce, se ha declarado Heredera ALMA DINORA RAMOS, Notario, de este domicilio, con Oficina ubicada en Colonia Santa Lucía, Calle Principal, antigua ruta trece, casa tres, Ilopango, San Salvador. Definitiva con beneficio de inventario la Herencia Testamentaria que dejó ANGEL RENE VANEGAS CERNA, fallecido el día cuatro de enero del año dos mil catorce, en el Hospital Nacional Rosales de San Salvador, de parte de la señora WENDY RAQUEL SALAMA DE VANEGAS, como heredera Testamentaria del causante. Confiérasele a la aceptante la Administración y Representación Definitiva de la Sucesión. Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley. Sonsonate, veintisiete de febrero del año dos mil catorce. EFRAIN OLANO RUIZ, NOTARIO. 1 v. No. F026092 LIC. MORENA CONCEPCION LAINEZ RAMIREZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL. HACE SABER: Que por resolución de la Suscrita Notario proveída a las dieciocho horas del día veintisiete de febrero de dos mil catorce se han declarado HEREDEROS DEFINITIVOS ABINTESTATO; con beneficio de inventario, del causante señor JOAQUIN PEREZ MIRANDA, conocido por JOAQUIN PEREZ, JOAQUIN MIRANDA y JOAQUIN MIRANDA PEREZ, fallecido en la ciudad de Olocuilta, Departamento La Paz, el uno de diciembre de dos mil cinco, siendo éste su último domicilio, a los señores PEDRO ANTONIO MIRANDA GIRON y OSCAR JULIAN MIRANDA GIRON, en su calidad de hijos del causante y Cesionarios de Derechos hereditarios que le hicieran a favor de ambos las señoras SOFIA GIRON viuda DE PEREZ y MARIA VICTORIA PEREZ DE MEJIA, en calidad de esposa sobreviviente la primera y la segunda en calidad de hija del causante. Se les confiere a dichos herederos la ADMINISTRACION Y REPRESENTACION LEGAL DEFINITIVA, de la mortual expresada. Protocolícese esta resolución, dése el aviso de ley de ésta y previa comprobación que se ha pagado la publicación respectiva en el Diario Oficial y en un periódico de circulación nacional, expídase el testimonio correspondiente para los efectos legales consiguientes. Librado en la ciudad de Ilopango, departamento de San Salvador, a veintisiete días del mes de febrero de dos mil catorce.- ALMA DINORA RAMOS, AVISA: Que por resolución emitida por este Juzgado, a las nueve horas con cincuenta minutos del día tres de febrero del dos mil catorce, NOTARIO. se ha declarado definitivamente Heredera Abintestato y con beneficio de inventario de la Sucesión que a su defunción dejó la causante ROSA 1 v. No. F026109 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 80 ACEPTACION DE HERENCIA ANY CRISTY ARGUMEDO CAMPOS, mayor de edad, Abogado y Notario, de este domicilio, con oficinas situadas en Paseo General Escalón y Noventa y Nueve Avenida Norte, Edificio Atlantic Center, En consecuencia por este medio se cita a todos los que se crean con derechos a la referida herencia para que se presenten a la referida oficina en el término de quince días contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto. Librado en la oficina del Notario, a las ocho horas del día veintiocho de febrero del dos mil catorce. Local Veintiséis, Segunda Planta, San Salvador, al público para los efectos de Ley. JUAN CARLOS HERNANDEZ BLANCO, NOTARIO. HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notario, proveída a las once horas del día veintiséis de febrero del presente año, se ha tenido 1 v. No. F025957 expresamente por aceptada y con beneficio de inventario, la herencia testada, que a su defunción dejó el señor JUAN ELISEO FIGUEROA FIGUEROA, quien falleció el día veinticinco de abril del año dos mil trece, en la ciudad y Departamento de Santa Ana, siendo dicha ciudad también su último domicilio, de parte de las señoras SONIA ELIZABETH VALENCIA DE GARCIA, EDITH RUTH FIGUEROA VALENCIA, ANA LUISA FIGUEROA conocida por ANA LUISA FIGUEROA VA- HAYDEE NOEMY NAVAS LOPEZ, Notario, con domicilio ubicado en Treinta y Una Calle Poniente número quinientos cuarenta y uno, Colonia Layco, San Salvador. LENCIA DE DUARTE, y DALILA VALENCIA FIGUEROA conocida por DALILA FIGUEROA VALENCIA y por DALILA FIGUEROA VALENCIA hoy DE VARELA, en calidad de Herederas Testamentarias sobrevivientes del causante, habiéndose conferido la Administración y Representación de la Sucesión Interina, con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente. Librado en San Salvador, a los veintiocho días del mes de febrero del año dos mil catorce. ANY CRISTY ARGUMEDO CAMPOS, ABOGADO Y NOTARIO. 1 v. No. C011542 HACE SABER: Que por resolución de las diecinueve horas con quince minutos del día veintisiete de febrero dos mil catorce, se ha tenido por aceptada y expresamente con beneficio de inventario de parte de los señores: FRANKLIN BEETHOVEN ESTUPINIAN BARAHONA y GLENDA XOCHILT ESTUPINIAN BARAHONA, ambos en su calidad de hijos sobrevivientes, de la causante, en la herencia intestada que a su defunción acaecida en la ciudad de Van Nuys, Los Ángeles, California, Estados Unidos de América, el día veintiuno de agosto de dos mil trece, dejara la señora MARIA HILDA BARAHONA CORNEJO, de setenta y cuatro años de edad, profesora, siendo su último domicilio el de San Sebastián, Departamento de San Vicente y accidentalmente el de Van Nuys, Los Ángeles, California, Estados Unidos de América, y por lo tanto se les ha conferido la representación y administración interina de la sucesión, la que ejercerán con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente. Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a denunciarlo en el término de quince días contados a partir de la última publicación de este edicto, a la dirección antes mencionada. JUAN CARLOS HERNANDEZ BLANCO, Notario, de este domicilio, San Salvador, veintiocho de febrero de dos mil catorce. con Oficina en Avenida Victoria, número ciento once, Comasagua, La Libertad. LIC. HAYDEE NOEMY NAVAS LOPEZ, NOTARIO. HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las trece horas del día veinticinco de febrero del dos mil catorce, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la 1 v. No. F025966 herencia intestada que a su defunción ocurrida en Cantón El Conacaste, jurisdicción de Comasagua, La Libertad, el día veinticinco de mayo de dos mil trece, dejó el señor MAURICIO RODRIGUEZ FUENTES, de parte de los señores MAURICIO ANGEL CINES RODRIGUEZ y MARIA JOSEFA CINE MORALES, conocida por MARIA JOSEFA CINES MORALES y MARIA JOSEFA CINE DE RODRIGUEZ, hijo VICTOR MANUEL IRAHETA ALVAREZ, Notario, y de este domicilio, con oficina en Urb. Pórtico San Antonio, Pje. Ppal. 10-A, San Salvador. y esposa respectivamente del causante, habiéndosele conferido la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. HACE SABER: Que por resolución del suscrito, proveída en esta ciudad, a las nueve horas del día veintisiete de febrero del dos mil catorce, 81 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la Herencia Testamentaria que a su defunción, ocurrida en la ciudad de San Salvador, su último domicilio, el día veintitrés de diciembre del dos mil trece, dejó el señor ROBERTO ELADIO VASQUEZ VILLATORO, quien fuera de ochenta y cinco años de edad, constructor, de parte del señor HERBERT ROBERTO VASQUEZ CARDONA, en su concepto de Heredero Universal Testamentario, habiéndosele declarado heredero interino con beneficio de inventario y se le confirió la Administración y Representación Interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Se cita a las personas que se crean con derecho a la citada herencia para que se presenten a la referida oficina, en el término de quince días contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto, a manifestar su derecho u oposición. Librado en San Salvador, a los veintisiete días de febrero del dos mil catorce. VICTOR MANUEL IRAHETA ALVAREZ, NOTARIO. 1 v. No. F026000 MAURA CECILIA GOMEZ ESCALANTE, Notario, de este domicilio, con oficina situada en Final Séptima Avenida Norte, Urbanización Santa Adela, Edificio San José, 2ª Planta, Local 202, Centro de Gobierno, San Salvador, al público para los efectos de ley. HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notario, proveída a las diez horas de día veintidós de febrero de dos mil catorce, se ha tenido por aceptada expresamente y con Beneficio de Inventario, de parte del señor ROSALIO DE JESUS LOPEZ HERNANDEZ, en calidad de compañero de vida de la causante, la herencia Testada que a su defunción dejó la señora GILMA DE JESUS HERNANDEZ COREAS, quien falleció a las once horas y cincuenta minutos del día once de mayo del dos mil nueve, en el Hospital Nacional Rosales, San Salvador, siendo su último domicilio Caserío El Marroquín, Cantón La Esperanza, Olocuilta, departamento de La Paz, se ha conferido al aceptante en el carácter antes mencionado la Administración y Representación Interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente. Lo que se hace del conocimiento del público en general, para los efectos de Ley. San Salvador, veintidós de febrero de dos mil catorce. LICDA. MAURA CECILIA GOMEZ ESCALANTE, NOTARIO. 1 v. No. F026033 NIXON ERIS PARADA GUTIERREZ, con Oficina Jurídica, situada en Primera Avenida Norte Número cuatrocientos dos, de la ciudad de San Miguel, al público. HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las dieciséis horas del día veinticuatro de febrero del corriente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción ocurrida a las diez horas del día uno de junio de dos mil ocho, en Barrio El Calvario, de la ciudad de Sesori, departamento de San Miguel, lugar de su último domicilio, quien a la fecha de su muerte era de sesenta y un años de edad, de oficios domésticos, de estado civil casada, originaria de San Gerardo, departamento de San Miguel, dejó la señora MARIA MAGDALENA GIRON DE ROMERO conocida por MARIA MAGDALENA JIRON DE ROMERO, MARIA MAGDALENA GIRON y por MAGDALENA GIRON, de parte de los señores MIGUEL ROMERO FLORES, MARIA FELIX GIRON ROMERO DE GALDAMEZ, MARIA JUANA GIRON DE GALDAMEZ, MARIA ORBELINA ROMERO DE CHAVARRIA, y CARLOS NELSON ROMERO conocido por CARLOS NELSON ROMERO GIRON, el primero en su calidad de esposo y los cuatro últimos en su calidad de hijos sobrevivientes de la referida causante; habiéndoseles conferido la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con derecho a la herencia, para que se presenten a la referida oficina en el término de quince días, contados desde el día siguiente a la última publicación del presente edicto. Librado en la oficina del Notario Nixon Eris Parada Gutiérrez. San Miguel, a las diez horas día veintisiete de febrero del dos mil catorce. LIC. NIXON ERIS PARADA GUTIERREZ, ABOGADO Y NOTARIO. 1 v. No. F026034 JOSE DONALDO PINEDA, Notario, de este domicilio, con oficina Jurídica situada en Trece Calle Poniente, Condómino El Carmen, Local veinticinco Centro de Gobierno, de esta ciudad. HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las diez horas del día veinte de enero de dos mil catorce, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción ocurrida en la ciudad de Panchimalco, departamento de San Salvador, el día veintisiete de mayo del año dos mil nueve, dejó la señora SIMONA MIRANDA ANDRES DE VENTURA, de parte de los señores JUAN MAURICIO VENTURA MIRANDA, EVA VENTURA MIRANDA, SAMUEL VENTURA MIRANDA, JUDITH VENTURA MIRANDA y JOSE ISMAEL VENTURA MIRANDA en su concepto de hijos sobrevivientes de la causante, habiéndose conferido la Administración y Representación Interina de la referida sucesión, con las facultades de los curadores de la Herencia Yacente. DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 82 En consecuencia por este medio se cita a todos los que se crean con derechos en la referida Herencia para que se presenten a la referida En mi oficina Notarial situada en Colonia Santa Teresa, Pasaje Araujo, Número ciento veintiséis de esta ciudad, el suscrito Notario, al público. oficina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto. HACE SABER: Que por resolución proveída por el suscrito a las Librado en la oficina del Notario JOSE DONALDO PINEDA, en nueve horas del día veintisiete de febrero de dos mil catorce, se ha tenido la ciudad de San Salvador, a las once horas del día veinte de enero de por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia dos mil catorce. intestada dejada a su defunción por el causante Doctor Luis Arturo Castillo Arévalo, ocurrida ésta a las veintitrés horas nueve minutos del día seis de enero de dos mil catorce, en esta ciudad, siendo éste su último JOSE DONALDO PINEDA, domicilio, de parte de la señora MARTA ANTONIA AGUILERA DE NOTARIO. CASTILLO, en su calidad de esposa sobreviviente del causante y se ha conferido a la aceptante la administración y representación interinas de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la 1 v. No. F026079 herencia yacente. Librado en San Salvador, a los veintiocho días del mes de febrero de dos mil catorce. JUAN RAFAEL ANDRADE RUIZ, Notario, del domicilio de Santa Ana, con oficina situada en Segunda Avenida Norte y Cuarta Calle Poniente JOSE HUMBERTO MORAN CASTANEDA, número Tres de la ciudad de Santa Ana, al público. NOTARIO. HACE SABER: Que por resolución pronunciada a las dieciséis 1 v. No. F026103 horas del día veintisiete de febrero del año dos mil catorce, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de parte de los señores MARIA JULIA COTO viuda DE RIVAS, JOSE MAURICIO RIVAS COTO, y GUILLERMO ANTONIO RIVAS COTO, la herencia intestada que a su defunción ocurrida el día dos de octubre del año dos mil trece, en el Hospital del Seguro Social de esta ciudad, siendo la ciudad de Santa Ana, el lugar de su último domicilio, dejó el causante JOSE CARLOS ANTONIO ELIAS BERRIOS, Notario, del domicilio de San Miguel, con oficina en Segunda Avenida Sur número seiscientos seis, de San Miguel, al público. ANTONIO RIVAS TOVAR, conocido por JOSE ANTONIO TOVAR; JOSE ANTONIO RIVAS TOBAR, JOSE ANTONIO TOBAR, y por JOSE ANTONIO TOBAR RIVAS, quien fue de sesenta y seis años de edad, Bachiller Académico, originario de Santo Domingo, Departamento HACE SABER: Que por resolución proveída a las ocho horas del día veinticuatro de febrero del año dos mil catorce, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada que a su de San Vicente y del domicilio de Santa Ana, en calidad de cónyuge defunción, OCURRIDA en el Hospital Militar Central, en el Municipio sobreviviente la primera, y como cesionaria de los derechos hereditarios de San Salvador, a las seis horas y cuarenta minutos del día veintitrés que en la sucesión le correspondía a la señora MARIA VERONICA de diciembre de dos mil trece, a causa de Falla Renal Aguda; dejara el TOBAR MOLINA, como hija del causante; y los dos últimos como señor JOSE CARLOS RODRIGUEZ RAMOS, quien fuera de sesenta hijos del causante.- Se les confirió a los aceptantes la administración y y cinco años de edad, Peluquero de profesión, originario de Jiquilisco, representación interinas de la sucesión con las facultades y restricciones departamento de Usulután, del domicilio de esta ciudad de San Miguel; de los curadores de la herencia yacente. habiendo sido esta ciudad su último domicilio; de parte de la señora Librado en la ciudad de Santa Ana, a los veintisiete días del mes MARIA ANTONIA GARCIA DE RODRIGUEZ, de sesenta y seis años de edad, Comerciante en Pequeño, de este domicilio, portadora de su febrero del año dos mil catorce. Documento Único de Identidad número: Cero dos millones seiscientos ocho mil ochocientos veinticuatro- seis; y con Número de Identificación LIC. JUAN RAFAEL ANDRADE RUIZ, Tributaria: Cero novecientos tres-ciento veinte mil doscientos cuarenta y siete- ciento uno- nueve, en su calidad de ESPOSA SOBREVIVIENTE NOTARIO. del causante; habiéndose conferido la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores 1 v. No. F026083 de la Herencia Yacente. DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. 83 En consecuencia, por este medio se cita a los que se crean con siendo este mismo lugar el de su último domicilio.- Se le confirió a los derecho a la referida herencia, para que se presenten a la mencionada aceptantes antes mencionados y en la forma establecida, la administración oficina, en el término de quince días, contados desde el día siguiente a y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones la última publicación del presente edicto. de los curadores de la Herencia Yacente.- Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a deducirlo en el término Librado en San Miguel, a veintiséis de febrero del año dos mil catorce. de quince días, contados desde el siguiente a la tercera publicación del presente edicto. Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco CARLOS ANTONIO ELIAS BERRIOS, Gotera, a los veintisiete días del mes de enero del dos mil catorce.- LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2°. DE 1ª. INS- NOTARIO. TANCIA.- LIC. KARINA ELIZABETH IGLESIAS DE NAVARRO, SECRETARIA. 1 v. No. F026108 3 v. alt. No. C011540-1 EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA LIC. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA PRIMERO DE DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN FRANCISCO GOTERA, DE- PRIMERA INSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPAR- PARTAMENTO DE MORAZAN, AL PUBLICO PARA EFECTOS TAMENTO DE MORAZAN. DE LEY. HACE SABER: Que por resolución pronunciada en este Juzgado, HACE SABER: Que por resolución dictada por este Juzgado; a las doce horas y quince minutos del día diecisiete de Diciembre del Dos Mil Trece, SE HA TIENIDO POR ACEPTADA EXPRESAMENTE CON BENEFICIO DE INVENTARIO, LA HERENCIA INTESTADA a las quince horas y diez minutos de este día; se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de parte: RUDY JAVIER HERNANDEZ TOBAR, de 24 años de edad, Estudiante, del domicilio de San Francisco Gotera Departamento de Morazán, con Documento Único de Identidad Número 03996880-3, y Tarjeta de Identificación Tributaria que a su defunción dejó el causante CECUNDINO PEREZ, conocido Número 1319-161088-101-6; de la herencia que en forma intestada dejó por SECUNDINO PEREZ, de parte de la señora MARIA ANGELITA la causante MARIA LUISA SANCHEZ, quien fue de 74 años de edad, ARGUETA ORTIZ, de treinta años de edad, de oficios domésticos, de oficios domésticos, soltera, originaria de Torola, Departamento de del domicilio de Cantón Agua Blanca, Caserío El Colón, Jurisdicción Morazán, hija de MARIA AGRIPINA SANCHEZ, y padre Ignorado; de Cacaopera, con Documento Unido ce Identidad número cero cero quien falleció a las 6 horas del día 6 de Marzo del 2009, en la Colonia doscientos ochenta y dos mil novecientos cuarenta y tres guión cuatro San José de San Francisco Gotera, Departamento de Morazán, siendo ese y Tarjeta de Identificación Tributaria Número un mil trescientos dos lugar su último domicilio; en concepto de Cesionario de los Derechos guión doscientos cuarenta mil ciento ochenta y tres guión ciento uno Hereditarios que les correspondían a los señores SANTIAGO JACOBO guión tres; ésta a su vez en representación de los menores ARMANDO SANCHEZ HERNANDEZ, ROSA ESPERANZA SANCHEZ, SANTOS ANTONIO PEREZ ARGUETA, de catorce años de edad, con Tarjeta HERMINIA SANCHEZ HERNANDEZ, JOSE PABLO HERNANDEZ de Identificación Tributaria Número un mil trescientos dos guión SANCHEZ, SANTOS ALFONSO SANCHEZ HERNANDEZ, JUAN doscientos setenta mil ochocientos noventa y nueve guión ciento uno CELSO SANCHEZ HERNANDEZ y SEBASTIANA SANCHEZ, como guión ocho; YOVANI OSAEL PEREZ ARGUETA, de trece años de hijos de la referida causante.- Se le ha conferido al referido aceptante edad, con Tarjeta de Identificación Tributaria Número un mil trescientos en la calidad expresada, la administración y representación INTERINA dos guión cero treinta mil quinientos diez guión ciento uno guión cero; y de GLENDA ARACELY PEREZ ARGUETA, de dos años de edad, con Tarjeta de Identificación Tributaria número un mil trescientos dos guión doscientos cuarenta mil doscientos uno guión ciento uno guión cero; los tres del domicilio del Cantón Agua Blanca, Caserío El Colón, de dicha sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.- Y cita a las personas que se crea con derecho a la herencia, para que se presenten a este Juzgado a deducirlo dentro del término de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto. Jurisdicción de Cacaopera; por derecho propio que les corresponde a la Juzgado Primero de Primera Instancia, San Francisco Gotera, primera como cesionaria del derecho hereditario que le correspondía a la Departamento de Morazán, a las quince horas y quince minutos del día señora SANTIAGO PEREZ ORTIZ conocida por SANTIAGO PEREZ, veintinueve de enero de dos mil catorce.- LIC. BACILIA DEL CARMEN ésta en calidad de madre y los otros en calidad de hijos del causante; quien a la fecha de su fallecimiento era de cincuenta y ocho años de edad, PORTILLO, JUEZ 1°. DE 1ª. INSTANCIA.- LIC. YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA, SECRETARIA. jornalero, soltero, originario de Cacaopera; falleció el día veintiocho de Septiembre del dos mil trece, en Cacaopera, Departamento de Morazán; 3 v. alt. No. C011544-1 84 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 ELIO DEL CID BARAHONA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN SALVADOR, JUEZ TRES INTERINO. HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las diez horas y treinta minutos del día cinco de noviembre de dos mil trece, se ha tenido por ACEPTADA expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada dejada por el causante, señor JOSE ANTONIO MONGE, quien fue de cincuenta y dos años de edad, casado, originario y del domicilio de Guazapa, Departamento de San Salvador, hijo de MARIA PETRONILA MONGE a su defunción, ocurrida a las catorce horas y treinta minutos del día veintitrés de julio de dos mil trece, siendo su último domicilio en Calle El Comercio, frente a la Unidad de Salud de Guazapa, Departamento de San Salvador, por parte de la señora ROSA AMELIA URQUILLA, en su calidad de cónyuge del causante y los señores EVELYN GUADALUPE MONGE URQUILLA, RONALD JOSE MONGE URQUILLA, ROSA ELIZABETH MONGE DE CAMPOS, MARIA MARTA MONGE DE MORENO, JESUS ANTONIO MONGE URQUILLA, JOSE WILBER MONGE URQUILLA y MIGUEL ANGEL MONGE URQUILLA, en su calidad de hijos del referido causante, a quienes se les ha conferido la administración y representación interina de la referida sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente; por lo que se CITA a todos los que se crean con derecho a la herencia para que dentro del término de ley se presenten a este Tribunal a deducir su derecho. Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil y Mercantil de San Salvador. Juez Tres Interino, San Salvador, a las diez horas y cuarenta minutos del día cinco de noviembre del año dos mil trece.- LIC. ELIO DEL CID BARAHONA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN SALVADOR, JUEZ TRES INTERINO.- Por mí LIC. ANA CECILIA FIGUEROA ALMEDARES, SECRETARIA INTA.- LIC. GLORIA ALICIA CHAVEZ ALVARADO, JUEZA PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA INTERINA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPARTAMENTO DE MORAZAN. HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas y cuarenta minutos de este día; SE HA TENIDO POR ACEPTADA EXPRESAMENTE Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO de parte de la señora RUPERTA MOLINA DE VASQUEZ, de 63 años de edad, de oficios domésticos, del domicilio de Lolotiquillo, departamento de Morazán; con Documento Único de Identidad número 03012650-1; con número de Identificación Tributaria 1313-280350-101-0; de la herencia que en forma intestada dejó el señor INOCENTE MOLINA DIAZ o INOCENTE MOLINA, quien fue de 86 años de edad, Agricultor en pequeño, casado, Originario y del domicilio de Lolotiquillo, departamento de Morazán; de Nacionalidad Salvadoreña, hijo de los señores JUAN JOSE MOLINA y ELEUTERIA DIAZ (ya fallecidos), quien falleció a las 06 horas del día 11 de septiembre del año 2000; siendo la población de Lolotiquillo, el lugar de su último domicilio; en concepto de HIJA, del referido causante.Confiérasele a la mencionada aceptante en la calidad expresada la administración y representación INTERINA de dicha sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Y cita a las personas que se crean con derecho a la herencia, para que se presenten a este Juzgado a deducirlo dentro del término de quince días, contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto. Juzgado Primero de Primera Instancia; San Francisco Gotera, departamento de Morazán; a las quince horas del día diecinueve de diciembre de dos mil trece. LIC. GLORIA ALICIA CHAVEZ ALVARADO, JUEZA 1° DE 1ª INSTANCIA SUPLENTE.- LIC. YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA, SECRETARIA.- 3 v. alt. No. C011557-1 3 v. alt. No. C011564-1 LICENCIADO RAMON HERMINIO PORTILLO CAMPOS, JUEZ INTERINO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE TEJUTLA, DEPARTAMENTO DE CHALATENANGO. EL INFRASCRITO JUEZ DE LO CIVIL DE USULUTÁN, Al público para los efectos de ley. HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, proveída a las nueve horas con treinta minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó JOSÉ DOLORES HENRÍQUEZ conocido por DOLORES HENRÍQUEZ, quien fue de cincuenta y un años de edad, casado, originario de Nueva Trinidad, Departamento de Chalatenango, hijo de María Henríquez, falleció el día veintiocho de febrero de mil novecientos noventa y siete, siendo su último domicilio el Municipio de El Paraíso, Departamento de Chalatenango, de parte del señor RUBIO CHAVARRIA HENRIQUEZ en calidad de hijo del causante y como cesionario del derecho hereditario que le correspondía a la señora Victoria Chavarría viuda de Henríquez, cónyuge sobreviviente del causante. HACE SABER: Que por resolución de las diez horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la Herencia intestada dejada a su defunción por la causante señora FELICITAS PORTILLO DE GONZALEZ, al fallecer el día quince de marzo del año dos mil cinco, en el Hospital Nacional Zacamil, de la ciudad de Mejicanos, departamento de San Salvador; siendo la ciudad de Usulután su último domicilio; de parte del señor JUAN RAMÓN GONZÁLEZ PORTILLO, en calidad de hijo de la causante y como Cesionario de los Derechos Hereditarios que le correspondían al señor Héctor Isaac González Portillo, éste en calidad de hijo de la misma causante. Confiérese al aceptante la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones legales que les corresponde a los curadores de la herencia yacente. Fíjense y publíquense los edictos de ley. Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de Tejutla, Departamento de Chalatenango, a los diecinueve días del mes de febrero del dos mil catorce.- LIC. RAMON HERMINIO PORTILLO CAMPOS, JUEZ INTERINO DE PRIMERA INSTANCIA DE TEJUTLA.- LICDA. ERLINDA GUADALUPE GUERRERO, SECRETARIA.- 3 v. alt. No. C011562-1 Confiérasele al aceptante antes dicho la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente. Fíjense y publíquense los edictos respectivos, citando a los que se crean con derecho a la herencia, para que se presenten a deducirlo en el término de quince días, contados a partir del siguiente al de la tercera publicación del edicto respectivo en el Diario Oficial. Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a los treinta días del mes de enero del año dos mil catorce.- LIC. JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MIRNA MARISOL SIGARAN H., SECRETARIA.- 3 v. alt. No. F025948-1 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. LA INFRASCRITA JUEZA 3 SUPLENTE DEL JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN SALVADOR, al público para los efectos de ley. HACE SABER: Que por resolución pronunciada a las quince horas del día diecisiete de febrero del año dos mil catorce, se ha tenido por aceptada expresamente con beneficio de inventario la Herencia Intestada que a su defunción dejó la causante señora María Dolores Quintanilla García, quien en el momento de fallecer era de treinta y nueve años de edad, Licenciada en Letras, Soltera, originaria de Estanzuelas, Departamento de Usulután, siendo su último domicilio en San Salvador, fallecida el día uno de agosto de dos mil nueve, de parte de los señores Carlos Rigoberto Quintanilla García con N.I.T. uno uno cero siete-uno uno uno cero siete cuatro-uno cero uno-cero y Carmen Elena Acuña de Quintanilla con N.I.T. cero dos uno cero-cero cinco uno dos siete tres-uno cero nueve-dos, quienes actúan en su calidad de representantes legales de la niña Andrea Montserrat Guardado Quintanilla, por ser tutores legítimos de la misma, hija biológica sobreviviente de la causante; Rosa Amanda García conocida por Amanda García y Rigoberto Quintanilla, en su calidad de padres biológicos sobrevivientes de la causante, confiriéndoles a los aceptantes la administración y representación INTERINA de la sucesión con las facultades y restricciones del curador de la herencia yacente. Representados los aceptantes en estas Diligencias por la Licenciada Sandra Carolina Rendón Rivera, con Número de Identificación Tributaria uno uno uno dos-cero cinco cero cuatro seis tres-cero cero uno-cero, en su calidad de Apoderada General Judicial de los señores Carlos Rigoberto Quintanilla García, Carmen Elena Acuña de Quintanilla, representantes legales de la menor Andrea Montserrat Guardado Quintanilla; Rosa Amanda García conocida por Amanda García y Rigoberto Quintanilla. Publíquese el edicto de Ley. Lo que hace saber al público en general, para que todo aquel que tenga derecho en la presente sucesión, se apersone a este Tribunal legitimando su derecho en el término de quince días, todo de conformidad al Art. 1163 C.V. JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, San Salvador, a las nueve horas del día dieciocho de febrero del año dos mil catorce.- LICDA. AMADA LIBERTAD INFANTOZZI FLORES, JUEZA PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL SUPLENTE, JUEZ 3.- LICDA. TERESA DE JESÚS VÁSQUEZ VÁSQUEZ, SECRETARIA.- 3 v. alt. No. F025967-1 ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY. HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas con treinta minutos del día de hoy, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de parte del señor JIMMY RODAS, la herencia intestada que a su defunción dejó la señora ALBA VENTURINA RODAS o ALBA VENTURINA RODAS LÓPEZ, quien fue de sesenta y siete años de edad, empleada, salvadoreña, soltera, originario de Apastepeque, departamento de San Vicente, falleció el día ocho de noviembre del dos mil dos, en Apastepeque, departamento de San Vicente, en este Distrito Judicial, lugar de su último domicilio en concepto de cónyuge hijo del causante. 85 Y se ha nombrado al aceptante administrador y representante interino de la sucesión con las restricciones de los curadores de la herencia yacente. Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los tres días del mes de febrero del dos mil catorce.- DRA. ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO.- 3 v. alt. No. F025996-1 EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPARTAMENTO DE MORAZAN, AL PUBLICO PARA EFECTOS DE LEY. HACE SABER: Que por resolución dictada por este Juzgado, a las once horas y quince minutos del día veintidós de enero del dos mil catorce, SE HA TENIDO POR ACEPTADA EXPRESAMENTE CON BENEFICIO DE INVENTARIO, LA HERENCIA INTESTADA, que a su defunción dejó el causante ANGEL JAVIER CLAROS ARGUETA, de parte de las señoras SUSANA ESTELA CLAROS PEREZ, de cuarenta y siete años de edad, ama de casa, del domicilio de Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, con Documento Único de Identidad Número cero uno seis dos ocho ocho cuatro nueve - seis; y Número de Identificación Tributaria uno tres cero cinco - dos ocho cero cinco cinco siete - cero cero uno -cinco; NORMA LILIAN CLAROS PEREZ, de cuarenta y cuatro años de edad, Licenciada en Educación Parvularia, del domicilio de Delicias de Concepción, Departamento de Morazán, con Documento Único de Identidad Número cero cero cero tres cero uno nueve seis -nueve; y Tarjeta de Identificación Tributaria número uno tres cero cinco - dos cuatro uno dos seis ocho - uno cero uno - cero; ANGELA LISDAMARY CLAROS ARGUETA, de dieciocho años de edad, de oficios domésticos, del domicilio de Delicias de Concepción, Departamento de Morazán, con Documento Único de Identidad Número cero cinco uno cinco seis tres tres dos - ocho; y Tarjeta de Identificación Tributaria número uno tres cero cinco - dos cinco cero cuatro nueve cinco - uno cero uno - tres; y de los señores NELSON MAXIMINO CLAROS PEREZ, de cincuenta y seis años de edad, ama de casa, Agricultor, del domicilio de San Luis Talpa, Departamento de La Paz, con Documento Único de Identidad número cero uno seis dos ocho ocho cuatro nueve - seis; y Numero de Identificación Tributaria uno tres cero cinco - dos ocho cero cinco cinco siete - cero cero uno- cinco; MISAEL CLAROS PEREZ, conocido por MISAEL CLAROS, de cuarenta y tres años de edad, empleado del domicilio de Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Paz, con Documento Único de Identidad Número cero tres cuatro dos seis siete siete siete - tres, y Tarjeta de Identificación Tributaria Número mil trescientos cinco - ciento sesenta y un mil doscientos sesenta y nueve- ciento uno - tres; FELIPE ALBERTO CLAROS PEREZ, de cincuenta y dos años de edad, Pintor, del domicilio de Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Paz; con Documento Único de Identidad Número cero tres cuatro dos seis cuatro cuatro tres- dos; y Tarjeta de Identificación Tributaria Número uno tres cero cinco - uno seis cero cuatro seis uno - uno cero uno -nueve; y JOSE WILLIAN PEREIRA ARGUETA, de veintidós años de edad, Técnico en Mercadeo, del Domicilio de Delicias de Concepción, Departamento de Morazán, con Documento Único de Identidad Número cero cuatro cinco cuatro tres cuatro cinco ocho - siete, y Tarjeta de Identificación Tributaria número uno tres cero cinco - tres cero cero nueve nueve cero - uno cero uno - cuatro; todos por derecho propio que les corresponde en calidad de hermanos del causante; quien 86 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 a la fecha de su fallecimiento era de doce años de edad, estudiante, originario y del domicilio de Delicias de Concepción, Morazán; falleció el día veintiséis de septiembre en el Hospital Nacional de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión; siendo en Delicias de Concepción, Departamento de Morazán, lugar de su último Domicilio. Se les confirió a los aceptantes antes mencionados y en la forma establecida, la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente. Se cita a los que se crean con derecho a la herencia, para que se presenten a deducirlo en el término de quince días, contados desde el siguiente a la tercera publicación del presente edicto. Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco Gotera, Departamento de Morazán; a los veintitrés días del mes de enero del dos mil catorce.- LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2° DE 1ª INSTANCIA.- LIC. KARINA ELIZABETH IGLESIAS DE NAVARRO, SECRETARIA.- dos-uno; Cero dos millones setecientos noventa y siete mil quinientos sesenta y siete- cuatro; y cero un millón novecientos veintiún mil ciento cincuenta y cuatro- cinco, los últimos cinco hijos del causante. Nómbresele al aceptante en el carácter dicho Administrador y Representante Interino de la sucesión de que trata, con las facultades y restricciones que corresponden a los curadores de la herencia. Publíquense los edictos de ley. Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley. LIBRADO en el Juzgado de Primera Instancia: Chinameca, a las nueve horas del día diez de febrero de dos mil catorce.- LIC. DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. INGRID VANESSA VASQUEZ BARAHONA, SECRETARIA.- 3 v. alt. No. F026042-1 3 v. alt. No. F026031-1 LICENCIADA DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE CHINAMECA. HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las ocho horas diez minutos del día diez de febrero del corriente año, se tuvo por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que al fallecer dejó el causante SALVADOR GONZÁLEZ, falleció a las doce horas del día tres de agosto de dos mil ocho, en el Cantón Calle Nueva, jurisdicción de El Tránsito, departamento de San Miguel, siendo El Tránsito su último domicilio de parte del señor IGNACIO ELIAS GONZALEZ MEMBREÑO, de cuarenta y dos años de edad, Jardinero, del domicilio de El Tránsito, departamento de San Miguel, y de los Estados Unidos de América, con Documento Único de Identidad Número Cero cinco millones ciento ochenta y cuatro mil quinientos noventa y nueve - cero; y Número de Identificación Tributaria. Un mil doscientos siete- cero cincuenta mil ochocientos setenta - ciento cuatro -cero, hijo del causante y además cesionario de los Derechos Hereditarios que en la sucesión le correspondía a los señores MAURA DE JESUS MEMBREÑO DE GONZALEZ, de sesenta y tres años de edad, de oficios domésticos, del domicilio de El Tránsito, Departamento de San Miguel, esposa del causante, MILAGRO DE JESUS GONZALEZ DE SANCHEZ, de cuarenta y seis años de edad, Empleada, de este domicilio, SANTOS WILLIAM GONZALEZ MEMBREÑO, de cuarenta años de edad, Agricultor en Pequeño, del domicilio de El Tránsito, departamento de San Miguel; MAURA EVILA GONZALEZ DE ULLOA, de treinta y seis años de edad, de oficios domésticos, del domicilio de El Tránsito, departamento de San Miguel, MARIA MAGDALENA GONZALEZ DE VELASQUEZ, de cuarenta y dos años de edad, de oficios Domésticos, del domicilio de El Tránsito, departamento de San Miguel; ANA MIRNA GONZÁLEZ MEMBREÑO, de treinta y siete años de edad, Doméstica, del domicilio de El Tránsito, departamento de San Miguel; con Documento Único de Identidad Números en su orden: cero cero seiscientos sesenta y tres mil quinientos treinta y ocho -dos, Cero un millón seiscientos sesenta y cinco mil seiscientos veintitrés -tres, Cero un millón novecientos veinte mil novecientos treinta y dos - ocho; Cero dos millones setecientos noventa y siete mil quinientos setenta y LICENCIADA DANI BERI CALDERON DE RAMIREZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL. HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas diez minutos del día treinta y uno de enero de dos mil catorce, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada que a su defunción ocurrida a las veintidós horas del día cinco de diciembre de dos mil uno, en el Hospital San Juan de Dios de la ciudad de Santa Ana, siendo su último domicilio el Cantón San Ramoncito, de la Jurisdicción de Apaneca, departamento de Ahuachapán, dejó el causante señor JOSE ANTONIO SANTILLANA CASTILLO conocido por JOSE ANTONIO CASTILLO SANTILLANA, de parte de la señora MARIA PINEDA hoy VIUDA DE ESCALANTE, en su calidad de heredera declarada de su cónyuge señor MIGUEL ANGEL ESCALANTE RODRIGUEZ, quien era cesionario de los derechos hereditarios que en la sucesión del causante señor JOSE ANTONIO SANTILLANA CASTILLO conocido por JOSE ANTONIO CASTILLO SANTILLANA, les correspondía a los señores MARIA ELIZABETH SANTILLANA DE MARTINEZ, HERBETH ALEXANDER SANTILLANA MAGAÑA, RINA YOLANDA SANTILLANA MAGAÑA, y DAVID ANTONIO SANTILLANA MAGAÑA, todos en carácter de hijos del causante, y como cesionaria del derecho hereditario que en la sucesión le correspondía a la señora LUZ DE MARIA ORANTES MARTINEZ hoy LUZ DE MARIA ORANTES DE SANDOVAL, en calidad de conviviente sobreviviente del causante, a quien se ha nombrado interinamente representante y administradora de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley. JUZGADO DE LO CIVIL, Ahuachapán, a las ocho horas treinta y cinco minutos del día treinta y uno de enero de dos mil catorce. LICDA. DANI BERI CALDERON DE RAMIREZ, JUEZA DE LO CIVIL.- LICDA. CLAUDIA LELIN GUEVARA DE PEÑATE, SECRETARIA.- 3 v. alt. No. F026046-1 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. 87 OSCAR NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE JUCUAPA.- TAS COREAS DE GRANADOS, en calidad de cónyuge sobreviviente HACE SABER: Que por resolución proveída en este Juzgado, a las doce horas y treinta minutos del día veinticinco de julio del presente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, de la herencia intestada que a su defunción dejó la señora SUSANA DE JESUS GODOY VIUDA DE AYALA o SUSANA DE JESÚS GODOY DE AYALA o SUSANA DE JESUS GODOY, quien fue de cuarenta y cuatro años de edad, Viuda, Originaria de San Buenaventura y del domicilio El Triunfo, Departamento de Usulután, de nacionalidad salvadoreña, hija de José Isidoro Hernández Castillo y Matilde Godoy ( fallecida); quien falleció a las una hora y treinta minutos del día dos de Septiembre del año dos mil diez; de parte de los señores JOSE EVARISTO AYALA GODOY, de diecinueve años de edad, Estudiante, del Domicilio de El Triunfo, Departamento de Usulután, con Documento Único de Identidad número cero cuatro millones novecientos sesenta y seis mil doscientos cuarenta y cuatro guión uno; y Tarjeta de Identificación Tributaria número mil ciento cinco guión doscientos cincuenta y un mil noventa y tres guión ciento uno guión cinco; y DORA ALICIA AYALA GODOY, de veintidós años de edad, Estudiante, del Domicilio de El Triunfo, Departamento de Usulután, con Documento Único de Identidad número cero cuatro millones quinientos treinta y un mil doscientos cuarenta y dos guión seis; y Tarjeta de Identificación Tributaria número mil ciento cinco guión ciento noventa mil cuatrocientos noventa y uno guión ciento uno guión siete; en concepto de hijos de la Causante y Cesionarios del Derecho Hereditario que le correspondían al señor JOSE ISIDORO HERNANDEZ CASTILLO en concepto de Padre sobreviviente de la Causante. Art. 988 N° 1 del C.C. Confiéranse a los herederos declarados en el carácter indicado la Administración y Representación Interina de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente, Y CITA: a los que se crean con derecho a la herencia referida, para que se presenten a deducirlo dentro del término de quince días, a partir del siguiente al de la tercera publicación del presente edicto.- los señores MARIO EDUARDO GRANADOS COREAS, MARIA DEL Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de y como cesionaria de los derechos hereditarios que le correspondían a TRANSITO GRANADOS DE VASQUEZ, conocida Tributariamente por MARIA DEL TRANSITO GRANADOS COREAS, CARLOS ANTONIO GRANADOS COREAS, conocido Tributariamente por CARLOS ANTONIO GRANADOS, JOSE GONZALO GRANADOS COREAS, ISRAEL GRANADOS COREAS conocido Tributariamente por ISRAEL GRANADOS y MILTON ROMAN GRANADOS COREAS, en su calidad de hijos del causante. Confiriéndosele a la aceptante dicha la Administración, y Representación Legal Interina de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente. Se cita a los que se crean con Derecho a la Herencia, para que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días contados a partir del día siguiente de la última publicación de este edicto. LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Santiago de María, a los quince días del mes de Marzo del año dos mil trece.- LICDA. GLADIS NOEMI ALONZO GONZALEZ, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. SANDRA ELIZABETH GOMEZ GARAY, SECRETARIA INTERINA. 3 v. alt. No. F026091-1 GLADIS NOEMÍ ALONZO GONZÁLEZ, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL: HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las diez horas este día, se ha declarado Heredera Ab-intestato, con Beneficio Ley. Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Jucuapa, a las doce horas y cuarenta minutos del día veinticinco de julio del dos mil Trece.- LIC. OSCAR NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.LIC. RODOLFO ANTONIO CASTRO, SECRETARIO. de Inventario de la señora VILMA NORA IGLESIAS GONZALEZ conocida por VILMA NORA IGLESIAS, quien falleció a las nueve horas del día quince de Mayo del año dos mil nueve, en el Barrio El Calvario de la Villa de Tecapán, Departamento de Usulután, siendo la Villa de Tecapán, Departamento de Usulután, su último domicilio, de parte del señor MANUEL DE JESUS VALENCIA AYALA, en calidad 3 v. alt. No. F026089-1 de cesionario de los derechos hereditarios que le correspondían a los señores MARIA ELIZABETH GONZALEZ DE BARAHONA, conocida Tributariamente por MARIA ELIZABETH GONZALEZ, DEYSI MORENA GONZALEZ IGLESIAS, MARIA IRMA GONZALEZ DE ALFARO, JOSE PRUDENCIO GONZALEZ IGLESIAS y MARIA GLADIS NOEMI ALONZO GONZÁLEZ, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL: HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las nueve horas este día, se ha declarado Heredera Ab-intestato, con Beneficio de Inventario del señor JOSE GRANADOS, quien falleció a las diecinueve horas del día quince de agosto del año dos mil doce, en el Hospital Nacional, Santiago de María, Usulután, siendo la ciudad de Santiago de María, su último domicilio, de parte de la señora FELICI- SARA GONZALEZ DE ALFARO, en calidad de hermanos de la causante. Confiriéndosele al aceptante dicho la Administración, y Representación Legal Interina de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente. Se cita a los que se crean con Derecho a la Herencia, para que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días contados a partir del día siguiente de la última publicación de este edicto. 88 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Santiago de María, a los quince días del mes de marzo del año dos mil trece.- LICDA. GLADIS NOEMI ALONZO GONZALEZ, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. SANDRA ELIZABETH GOMEZ GARAY, SECRETARIA INTERINA. 3 v. alt. No. F026093-1 interinamente, administradora y representante de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente; En consecuencia, se citan a todas las personas que se crean con derecho a la herencia de que se trata, para que en el término de ley, comparezcan a este Juzgado a justificar dicha circunstancia. JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, a las catorce horas y cuarenta minutos del día tres de febrero de dos mil catorce. LIC. ROBERTO MAURICIO ANTONIO QUINTANILLA GALVEZ, JUEZ DE LO CIVIL INTERINO.- JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO. ADRIAN HUMBERTO MUÑOZ QUINTANILLA, JUEZ INTERINO DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL: HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las nueve horas y treinta minutos este día, se han declarado Herederos Ab-intestato, con Beneficio de Inventario del causante señor RODOLFO VALLE, quien falleció a las dieciocho horas y treinta minutos el día veintisiete de Marzo de mil novecientos ochenta y siete, en el Barrio Concepción, Santiago de María, departamento de Usulután, siendo éste su último domicilio, de parte de los señores CESAR ALEXANDER FUENTES MARTINEZ, MARÍA RAQUEL MARTINEZ FUENTEZ y SONIA ELIZABETH GOMEZ MARTINEZ en calidad de cesionarios de los derechos hereditarios que le correspondían a los señores CARMEN DEL TRANSITO PERDOMO VALLE y BEATRIZ CATALINA PERDOMO VALLE, en su calidad de hijas del causante.Confiriéndoles a los aceptantes de las diligencias de Aceptación Herencia, la Administración y Representación Legal Interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.Se cita a los que se crean con Derecho a la Herencia, para que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días contados a partir del día siguiente de la última publicación de este edicto. LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Santiago de María, a los veinte días de febrero del año dos mil catorce.LIC. ADRIAN HUMBERTO MUÑOZ QUINTANILLA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA INTERINO. LICDA. SANDRA ELIZABETH GOMEZ GARAY, SECRETARIA INTERINA. 3 v. alt. No. F026095-1 ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY, HACE SABER: Que por resolución de las diez horas con treinta y cinco minutos del día de hoy, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de parte de la señora SAYONARA LIZZETH HUEZO MIRANDA CONOCIDA POR SAYONARA LIZET CASTILLO MIRANDA, la herencia intestada que a su defunción dejó la señora BLANCA LUZ CASTILLO CONOCIDA POR BLANCA LUZ MIRANDA, BLANCA CASTILLO, BLANCA MIRANDA Y POR BLANCA LUZ CASTILLO MIRANDA, quien fue de sesenta y dos años de edad, empleada, salvadoreña, viuda, originaria de Verapaz, departamento de San Vicente, falleció el día trece de noviembre del dos mil diez, en Verapaz, departamento de San Vicente en este Distrito Judicial, lugar de su último domicilio, en concepto de hija de la causante. Y se ha nombrado a la aceptante administradora y representante interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los veintiséis días del mes de febrero dos mil catorce. DRA. ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO. 3 v. alt. No. F026094-1 3 v. alt. No. F026133-1 HERENCIA YACENTE LIC. ROBERTO MAURICIO ANTONIO QUINTANILLA GÁLVEZ, Juez de lo Civil Interino, de este distrito judicial, al público para los efectos de ley; HACE SABER: Que por resolución de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó el causante MAURICIO MENDOZA MORALES, quien falleció el día veintidós de julio de dos mil diez, en el Hospital Nacional Rosales, San Salvador, siendo Jerusalén su último domicilio, por parte de ANA MARIA MENDOZA GONZALEZ, en concepto de hija del referido causante. Nómbrase a la aceptante, MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO: HACE SABER: Que por resolución de las once horas del día veintidós de enero del presente año, ha sido declarada Yacente la herencia dejada por el Causante señor Juan Francisco Vásquez Santiago, fallecido el día quince de octubre del año dos mil trece en esta ciudad siendo el lugar de su último domicilio Santa Catarina Masahuat de la jurisdicción de este Departamento; y nómbrasele Curador-Especial para que lo represente al Licenciado Juan Antonio Ochoa Vargas, a quien se le hizo saber para su aceptación y demás efectos de Ley. 89 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las once horas dieciocho minutos del día veintidós de enero del año dos mil catorce.- DR. MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO. Librado en la ciudad de Chalatenango, a los veintiocho días del mes de febrero de dos mil catorce. MELVIN ISAAC MENJIVAR MENA, 3 v. alt. No. F025982-1 ABOGADO Y NOTARIO. 1 v. No. F026066 TITULO DE PROPIEDAD EL SUSCRITO NOTARIO EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL HACE SABER: Que a esta oficina ha comparecido la señora ELENA DEL ROSARIO GALÁN ESCOBAR, de treinta y nueve años de edad, abogada, del domicilio de Chalatenango, departamento de Chalatenango, a quien conozco e identifico con su Documento Único de Identidad número: cero dos ocho nueve cinco tres siete cuatro — ocho y con Número de Identificación Tributaria: cero cuatro cero siete — cero tres cero cuatro siete cuatro — uno cero tres — cuatro, que en su calidad de apoderada y representación del señor JAIME HEBERLINDO GALDAMEZ GALDAMEZ, de cuarenta y nueve años de edad, motorista, del domicilio del El Carrizal, del Departamento de Chalatenango, persona que no conozco pero identifico por medio de su Documento Único de Identidad número: cero tres cuatro nueve dos cuatro siete uno — cinco y con numero de Identificación Tributaria: cero cuatro cero siete — cero uno uno cero tres tres — uno cero uno — siete; MANIFESTANDO que el señor JAIME HEBERLINDO GALDAMEZ GALDAMEZ, es dueño y actual poseedor de buena fe, de un terreno de naturaleza rústica situado en el lugar conocido como El Anonal y El Morrito, Cantón Potrerillos, caserío Los Planes, del municipio de El Carrizal, Chalatenango, departamento de Chalatenango, de una extensión superficial de TREINTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y NUEVE PUNTO CINCUENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS, el cual se describe así: AL NORTE, colindando con inmueble propiedad de: MARÍA CANDELARIA GALDAMEZ VIUDA DE GALDAMEZ, AL ORIENTE, colindancia de cerco de púas medianero, inmueble propiedad de: SERBELIO ORTEGA, AL SUR, con inmueble propiedad de ELMER DONAI GALDAMEZ GALDAMEZ, AL PONIENTE, con inmueble propiedad de JORGE ROBLES. El terreno descrito no es dominante ni sirviente ni está en proindivisión y no tiene cargas o derechos que pertenezcan a terceras personas y lo adquirió por compra que le hizo a la señora MARÍA CANDELARIA GALDAMEZ VIUDA DE GALDAMEZ, el ocho de agosto de dos mil trece del cual solicita TITULO DE PROPIEDAD, presentando la ficha catastral respectiva. Todos los colindantes son del domicilio de El Carrizal, Chalatenango, departamento de Chalatenango. El inmueble lo valúa en la cantidad de UN MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERICA, lo que se avisa al público para los fines de Ley. Se previene a las personas que deseen presentar oposición a las pretensiones del solicitante lo hagan en el término legal de mi despacho notarial, ubicado en el barrio El Calvario, Chalatenango. HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado el Lic. JOSÉ ANÍBAL HERNÁNDEZ, mayor de edad, Abogado, del domicilio de Santiago de María, Departamento de Usulután, con Documento Único de Identidad Número: Cero cero cinco tres ocho cero siete dos-dos en calidad de Apoderado General Judicial con Cláusula Especial del señor JOSE BRAULIO VILLANUEVA, de sesenta y siete años de edad, Jornalero, del domicilio de esta ciudad, con Documento Único de Identidad Número: Cero tres uno dos ocho nueve uno tres-dos y con Identificación Tributaria: Un mil ciento siete-ciento sesenta y un mil ciento cuarenta y seis-ciento uno-ocho, solicitando se le extienda título de propiedad a favor de su demandante de un terreno urbano situado en el Barrio San Antonio de esta ciudad con una capacidad superficial de QUINIENTOS CUARENTA Y UNO PUNTO VEINTIUN METROS CUADRADOS, con las medidas y colindancias siguientes: Al ORIENTE: veinticinco punto noventa metros con Francisco Zelaya Murillo, cerco de por medio; NORTE: veinte punto noventa metros con Agapita García, hoy Silvia del Carmen Castillo cerco de por medio. PONIENTE: Veinticinco punto ochenta y nueve metros con el de Alberto Arias, hoy de José Felipe Zelaya, cerco y calle de por medio. Y SUR veinte punto noventa metros, con Delfina Villanueva, hoy de María Cruz Ibarra Ramos, cerco de por medio. El cual ha poseído de manera quieta, pacífica, pública e ininterrumpida desde mil novecientos setenta y siete y que valúa en DOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. Lo que se hace del conocimiento del público para efectos de ley. """""""""""""""""""""""""""""""""""""""""'"" Dado en la Alcaldía Municipal de Estanzuelas, a los veintisiete días del mes de febrero del año dos mil catorce. FERNANDO VALDEMAR MEMBREÑO MONZON, ALCALDE MUNICIPAL.- PATRICIA MARICELA CASTILLO DE MARQUEZ, SECRETARIA MUNICIPAL. 3 v. alt. No. F026111-1 90 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 TITULO SUPLETORIO EL SUSCRITO NOTARIO JUAN CARLOS HERNÁNDEZ BLANCO, mayor de edad, de este domicilio, con Oficina ubicada en Avenida Victoria Número ciento once, Comasagua, La Libertad.- cual comparecen ante mis Oficios Notariales, para que de conformidad con lo establecido en el Artículo dieciséis de la Ley del Ejercicio Notarial de La Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias, seguidos que sean los trámites que la misma señala, se extienda a su favor el Título que solicita. Valúa dicho terreno en la suma de DOCE MIL DÓLARES DE HACE SABER: Que ante mis Oficios Notariales el señor: JOSE LUIS BARTON HERNANDEZ, de setenta y seis años de edad, agri- LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.- Lo que avisa al público para los efectos de ley.- cultor, del domicilio de Santa Tecla, departamento de La Libertad, de mi conocimiento portador de su Documento de Identidad cero cuatro millones novecientos sesenta y seis mil quinientos treinta y cuatro- dos; Librado en Comasagua, La Libertad, el día veintisiete de febrero de dos mil catorce.- promueve DILIGENCIAS DE TITULO SUPLETORIO, de una porción de terreno de naturaleza rústica, situada en Cantón Santa Lucía, jurisdicción JUAN CARLOS HERNANDEZ BLANCO, de Tamanique, departamento de La Libertad, de la Capacidad Superficial NOTARIO. de VEINTISEIS MIL CIENTO CUARENTA PUNTO SETENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS, con las medidas y linderos siguientes: LINDERO NORTE: Formado por tres tramos: Tramo uno distancia 1 v. No. F025956 de sesenta y tres punto sesenta y nueve metros. Tramo dos distancia de cuarenta y ocho punto ochenta y tres metros. Tramo tres distancia de dieciocho punto cero seis metros. Lindando con terreno propiedad de RAFAEL ALBERTO GALDAMEZ SERRANO. LINDERO ORIENTE: Ciento setenta y dos punto doce metros. Lindando con terreno propiedad ANA VILMA CHAVES DE BARTON. LINDERO SUR: Ochenta y DANIEL VASQUEZ RODRIGUEZ, Notario, de este domicilio, con ocho punto cincuenta y ocho metros_ Lindando con terreno propiedad oficina situada en Tercera Avenida Norte Número mil ciento treinta y de EDITH NOEMY HERNANDEZ RODEZNO, AIDA ESPERANZA Cinco, Edificio Moreno "C" local Siete de esta ciudad. Para los efectos HERNANDEZ RODEZNO, JULIO CESAR BRAN HERNÁNDEZ, de ley, GUILLERMO ANTONIO MEJIA HERNANDEZ y LILIAN ISABEL RODEZNO CALLEJAS. LINDERO PONIENTE: Dieciséis tramos : Tramo uno distancia de treinta y dos punto cero un metros. Tramo dos distancia de cincuenta y uno punto noventa y ocho metros. Tramo tres distancia de treinta y nueve punto ochenta y ocho metros. Tramo cuatro distancia de siete punto cero siete metros. Tramo cinco distancia de nueve punto veinte metros. Tramo seis doce punto cuarenta y seis metros. Tramo siete distancia de ocho punto cuarenta y ocho metros. Tramo ocho distancia de seis punto sesenta y cuatro metros. Tramo nueve distancia de seis punto cincuenta y cuatro metros. Tramo diez distancia de ocho punto ochenta y dos metros. Tramo once distancia de nueve punto cincuenta y cinco metros. Tramo doce distancia de siete punto noventa y un metros. Tramo trece distancia de dieciocho punto noventa metros. Tramo catorce distancia de tres punto noventa y un metros. Tramo quince distancia de treinta y cinco punto treinta y seis metros. Tramo dieciséis distancia de diecinueve punto ochenta y cuatro metros, lindando con terreno de MARTA LUZ HERNANDEZ DE POLANCO y MARIA HERNANDEZ DE CASTELLANOS, calle de por medio. El terreno descrito no es dominante ni sirviente, ni está en proindivisión y no tiene cargas o derechos que pertenezcan a terceras personas; que HACE SABER: Que a mi oficina se ha presentado SANTOS ALEJANDRO LANDAVERDE FLORES, de setenta y cuatro años de edad, Agricultor, del domicilio de La Palma, Chalatenango. Solicitando TITULO SUPLETORIO, de un inmueble de naturaleza rústica inculto, situado en el "Caserío El Coyolar", del Cantón San José Sacare, jurisdicción de La Palma de este departamento, de una extensión superficial de OCHO MIL CUATROCIENTOS METROS CUADRADOS, de las colindancias siguientes: AL ORIENTE, con Genaro Figueroa Arévalo; AL SUR, con Genaro Figueroa, Alfonso Solís y Maura Recinos de Arévalo; AL PONIENTE, con terrenos de Antonio Figueroa y Arnulfo Landaverde. Y AL NORTE, con Angélica Isabel Hernández, Juan Antonio Flores y Blanca Lidia Figueroa de Pineda. El mencionado inmueble es de naturaleza rústica, fértil, no es sirviente sí dominante de una servidumbre de tránsito de tres metros de ancho por el rumbo Norte del inmueble general, no está en proindivisión con persona alguna y no tiene cultivos permanentes y construcciones. El referido inmueble lo valúan en la cantidad de UN MIL QUINIENTOS DOLARES. Que el inmueble lo adquirió por compra que le hizo a Donato Flores Rodríguez, el día dieciocho de abril del dos mil dos. adquirió el referido inmueble por Donación verbal, otorgada a su favor Librado en la oficina del suscrito notario. hace veintitrés años, por la señora Martina de la Paz Hernández de San Salvador, a los veintiséis días del mes de febrero del dos mil Barton, quien a su vez lo adquirió de sus padres, por posesión material catorce. en el año de mil novecientos sesenta, en consecuencia, se ha poseído el referido terreno por el señor comparecientes José Luis Barton Hernández y anteriores poseedores, en forma Quieta, Pacífica e Ininterrumpida, por más de sesenta años, pero carece de Título de Dominio inscrito, por lo DANIEL VASQUEZ RODRIGUEZ, NOTARIO. 1 v. No. F026018 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. 91 EL SUSCRITO NOTARIO, GILBERTO ALFREDO GARCIA VÁS- segundos Este y una distancia de seis punto treinta y cinco metros, QUEZ, mayor de edad, del domicilio de Ciudad Delgado, con Oficina Tramo diecisiete: Norte sesenta grados cincuenta y nueve minutos ubicada en Condominios Nobles de América, edificio "f", local quince, treinta y ocho segundos Este y una distancia de trece punto cuarenta y San Salvador, Departamento de San Salvador, teléfono dos cinco cinco cinco metros, Tramo dieciocho. Norte sesenta cuatro grados diecisiete seis cuatro tres ocho seis. minutos cero dos segundos Este y una distancia de cinco punto treinta HACE SABER: Que ante mis Oficios Notariales la señora MARIA ELVA ORELLANA SERRANO, de cuarenta años de edad, ama de casa, del domicilio de San José Cancasque, Departamento de Chalatenango, portadora de su Documento Único de Identidad número cero cero cuatro uno tres tres dos cero guión tres, con Número de Identificación Tributaria cero cuatro dos siete guión dos uno cero dos siete tres guión uno cero uno guión dos, por medio de su Apoderado general judicial y especial metros, Tramo diecinueve: Sur treinta y cinco grados treinta y seis minutos cincuenta segundos Este y una distancia de cinco punto ochenta y nueve metros, Tramo veinte: Norte setenta y dos grados cuarenta y tres minutos cincuenta segundos Este y una distancia de dieciséis punto noventa y tres metros, Tramo veintiuno: Norte setenta y cinco grados cincuenta y tres minutos veintisiete segundos Este y una distancia de catorce punto cuarenta y ocho metros lindando en estos tramos con te- Licenciado OMAR ALBERTO RECINOS SANTOS; promueven DI- rreno propiedad del señor Vicente Gálvez con quebrada de por medio. LIGENCIAS DE TÍTULO SUPLETORIO, de una porción de terreno LINDERO ORIENTE partiendo del vértice Nor Oriente está formado de naturaleza rústica, situada en Cantón Candelaria, jurisdicción de por seis tramos con los siguientes rumbos y distancias, Tramo uno: Sur Potonico, Departamento de Chalatenango, de la Capacidad Superficial cincuenta y ocho grados dieciocho minutos cincuenta segundos Este y de CINCUENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y una distancia de doce punto treinta y nueve metros: Tramo dos: Sur TRES PUNTO SESENTA Y CINCO METROS CUADRADOS, Equi- cuarenta y seis grados veintinueve minutos treinta y un segundos Este valentes a SETENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTAS punto y una distancia de veintinueve punto veintidós metros, Tramo tres: Sur treinta y uno VARAS CUADRADAS, el cual tiene la descripción téc- setenta y siete grados catorce minutos veintisiete segundos Este y una nica siguiente: el vértice norponiente es el punto de partida de esta distancia de treinta y ocho punto cuarenta y tres metros, Tramo cuatro: descripción técnica y sus linderos especiales son los siguientes: LIN- Sur sesenta y nueve grados veinticuatro minutos cincuenta y cinco se- DERO NORTE partiendo del vértice Nor Poniente está formado por gundos Este y una distancia de veintinueve punto ochenta y ocho metros, veintiún tramos con rumbo los siguientes rumbos y distancias, Tramo Tramo cinco: Sur cincuenta y nueve grados cincuenta y nueve minutos uno: Norte setenta y seis grados cincuenta y ocho minutos cero tres cincuenta y ocho segundos Este y una distancia de veintidós punto segundos Este y una distancia de veintiuno punto once metros, Tramo treinta y cinco metros, Tramo seis: Sur cincuenta y dos grados cuarenta dos: Norte veinticuatro grados cincuenta y nueve minutos cuarenta y y ocho minutos veintidós segundos Este y una distancia de sesenta y nueve segundos Este y una distancia de treinta y uno punto cuarenta y nueve punto treinta y tres metros, lindando en estos tramos con terreno cinco metros, Tramo tres: Norte cuarenta y cinco grados treinta minutos propiedad de la señora Luz Abarca Abarca. LINDERO SUR Partiendo veintiséis segundos Este y una distancia de veinte punto sesenta y cinco del vértice sur este está formado por diecisiete tramos con los siguientes metros, Tramo cuatro: Norte ochenta y seis grados veintidós minutos rumbos y distancias, Tramo uno: Sur cincuenta y dos grados veintitrés cincuenta y dos segundos Este y una distancia de veinticinco punto diez minutos diecisiete segundos Oeste y una distancia de veintiséis punto metros, Tramo cinco: Norte dieciséis grados veintisiete minutos cin- sesenta y seis metros, Tramo dos: Sur cuarenta y tres grados cincuenta cuenta y nueve segundos Este y una distancia de diecisiete punto vein- y tres minutos cuarenta y un segundos Oeste y una distancia de ocho tiséis metros, Tramo seis: Norte cuarenta y cinco grados cuarenta y ocho punto dieciséis metros, Tramo tres: Sur veintiocho grados cincuenta minutos cuarenta y ocho segundos Este y una distancia de cuatro punto minutos veintitrés segundos Oeste y una distancia de cuatro punto setenta y seis-metros, Tramo siete: Norte cero dos grados cero seis veinticuatro metros, Tramo cuatro. Sur treinta y nueve grados veintiséis minutos treinta y tres segundos Oeste y una distancia de treinta y cuatro minutos cuarenta y seis segundos Oeste y una distancia de diez punto punto cuarenta metros, Tramo ocho: Norte veinticuatro grados cero dos setenta y seis metros, Tramo cinco: Sur treinta y cinco grados cincuen- minutos cincuenta y nueve segundos Este y una distancia de dos punto ta y ocho minutos cero un segundos Oeste y una distancia de cincuenta setenta y seis metros, Tramo nueve: Sur Setenta y ocho grados cuaren- y seis punto setenta y seis metros, Tramo seis: Sur setenta y seis grados ta y dos minutos veinticinco segundos Este y una distancia de catorce cincuenta y nueve minutos cuarenta segundos Oeste y una distancia de punto cuarenta y siete metros, Tramo diez: Norte cuarenta y seis grados dieciocho punto cincuenta y siete metros, Tramo siete: Sur cincuenta y cero cinco minutos cero cinco segundos Este y una distancia de catorce siete grados treinta y nueve minutos cincuenta y seis segundos Oeste y punto cuarenta y dos metros, Tramo once: Norte dieciocho grados una distancia de trece punto ochenta y nueve metros, Tramo ocho: Sur cuarenta y tres minutos veintiséis segundos Este y una distancia de ocho sesenta y cinco grados cuarenta minutos cero un segundos Oeste y una punto sesenta y siete metros, Tramo doce: Norte diez grados cero mi- distancia de treinta y dos punto ochenta y tres metros, Tramo nueve: Sur nutos cincuenta y cuatro segundos Este y una distancia de treinta y sesenta y nueve grados treinta minutos cuarenta y dos segundos Oeste siete punto ochenta metros, Tramo Trece Norte once grados veintinue- y una distancia de cincuenta y ocho punto cincuenta y seis metros, ve minutos treinta y dos segundos Este y una distancia de nueve punto Tramo diez: Sur sesenta y seis grados quince minutos cuarenta y ocho cero siete metros, Tramo catorce. Norte treinta y ocho grados quince segundos Oeste y una distancia de ocho punto sesenta y siete metros, minutos cero seis segundos Este y una distancia de cuarenta y tres Tramo once: Sur sesenta y cuatro grados veintiún minutos diecinueve punto cero seis metros, Tramo quince: Norte sesenta y siete grados cero segundos Oeste y una distancia de nueve punto cincuenta y nueve metros, un minutos cero dos segundos Este y una distancia de diez punto sesen- Tramo doce: Sur sesenta grados cuarenta y cuatro minutos once segun- ta metros, Tramo dieciséis: Norte cuarenta grados cero minutos veintiún dos Oeste y una distancia de veintisiete punto setenta y cuatro metros, 92 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 Tramo trece: Sur cincuenta y nueve grados cincuenta minutos cero ocho segundos Oeste y una distancia de catorce punto setenta y dos metros, Tramo catorce: Sur sesenta y ocho grados treinta y nueve minutos cincuenta y cuatro segundos Oeste y una distancia de siete punto cero cuatro metros, Tramo quince. Sur sesenta y cuatro grados cuarenta y ocho minutos cero un segundos Oeste y una distancia de sesenta y cinco punto veintiún metros, Tramo dieciséis: Sur sesenta grados cuarenta y cuatro minutos catorce segundos Oeste y una distancia de once punto cuarenta metros, Tramo diecisiete: Sur cincuenta y ocho grados veintiún minutos treinta y dos segundos Oeste y una distancia de treinta y dos punto noventa metros, lindando en estos tramos con terreno propiedad del señor Jaime Ernesto Abarca Navarrete y Francisco Javier Abarca Navarrete LINDERO PONIENTE está formado por siete tramos con los siguientes rumbos y distancias, Tramo uno: Norte veinte grados veintiocho minutos cero siete segundos Oeste y una distancia de nueve punto veintinueve metros, Tramo dos: Norte veinticinco grados treinta y dos minutos treinta y ocho segundos Oeste y una distancia de diez punto treinta y nueve metros, Tramo tres. Norte treinta y dos grados treinta y nueve minutos veintiséis segundos Oeste y una distancia de treinta y cinco punto sesenta y tres metros, Tramo cuatro: Norte treinta y dos grados cero minutos cincuenta y cinco segundos Oeste y una distancia de dieciséis punto sesenta y tres metros, Tramo cinco: Norte once grados cincuenta y ocho minutos treinta y seis segundos Oeste y una distancia de nueve punto treinta y cuatro metros, Tramo seis: Norte diez grados treinta y un minutos cincuenta y cuatro segundos Oeste y una distancia de siete punto noventa y cuatro metros, Tramo siete: Norte cero dos grados cuarenta y cinco minutos treinta y seis segundos Oeste y una distancia de tres punto noventa y seis metros, Lindando en estos tramos con terreno propiedad de la señora Luz Abarca Abarca con servidumbre de tránsito de dos punto cincuenta metros de ancho de por medio. Así se llega al punto donde dio inicio la presente descripción técnica. El terreno descrito no es dominante ni sirviente, ni está en proindivisión y no tiene cargas o derechos que pertenezcan a terceras personas; que adquirió el referido inmueble por Compraventa verbal que hizo a la señora Jorge Serrano Tobar, otorgada a su favor hace dieciséis años, quien a su vez lo adquirió por venta verbal del señor Ángel Orellana, en el año de mil novecientos sesenta y ocho, en consecuencia, se ha poseído el referido terreno por la señora MARIA ELVA ORELLANA SERRANO, y anteriores poseedores, en forma Quieta, Pacífica e Ininterrumpida, por más de CUARENTA Y SEIS AÑOS, pero carece de TÍTULO de Dominio inscrito, por lo cual comparecen ante mis Oficios Notariales, para que de conformidad con lo establecido en el Artículo dieciséis de la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias, seguidos que sean los trámites que la misma señala, se extienda a su favor el Título que solicita. Valúa dicho inmueble en la cantidad de CINCO MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMÉRICA. EVER DE JESUS LÓPEZ PORTILLO, Notario, del domicilio de San Salvador, con Oficina situada Edificio Smith Sandoval, número 444, Local 9-B, Segundo Nivel, 19 Calle Poniente, y Séptima Avenida Norte, Centro de Gobierno, departamento de San Salvador; al público para los efectos legales, HACE SABER: Que a mi oficina se ha presentado el señor GUILLERMO ERROA GUZMAN, de ochenta y cuatro años de edad, Agricultor, del domicilio de Tonacatepeque y de este Departamento; persona a quien conozco e identifico por medio de su Documento Único de Identidad número cero cero cuatrocientos noventa y cuatro mil sesenta – cero; y con Número de Identificación Tributaria cero seiscientos dieciocho – cero treinta y un mil ciento veintinueve – cero cero uno -cuatro; solicitando TÍTULO SUPLETORIO de un Inmueble de Naturaleza Rústica, situado en el Caserío La Ermita, del Cantón Malacoff, jurisdicción de Tonacatepeque, Departamento de San Salvador, de una extensión superficial de NUEVE MIL TREINTA Y TRES PUNTO CUARENTA Y SIETE METROS CUADRADOS, con los siguientes rumbos y distancias: El vértice Nor Oriente que es el punto de partida de esta descripción técnica tiene los siguientes rumbos y distancias: LINDERO ORIENTE: Partiendo del vértice Nor Oriente está formado por 2 tramos con los siguientes rumbos y distancias: tramo 1, Sur 17 grados 59 minutos 50 segundos Este y con una distancia de 23.36 metros; Tramo 2, Sur 16 grados 04 minutos 55 segundos Este y con una distancia de 25.63 metros; colindando con terrenos propiedad de Santiago Natanael Reyes Hernández; de José Heriberto Hernández López, y de José Tobías Ruano; calle Nacional que conduce al interior del Cantón Malacoff; LINDERO SUR: Partiendo del vértice Sur Oriente está formado por 2 tramos con los siguientes rumbos y distancias; Tramo uno, Sur 72 grados 27 minutos 08 segundos Oeste y con una distancia de 122.36 metros; Tramo 2, Sur 70 grados 24 minutos 50 segundos Oeste y con una distancia de 46.01 metros; colindando con terrenos de María Felícita Granados Erroa, José Lino Granados Erroa, José Filadelfo Granados Erroa, y con José Héctor Erroa Erroa; cerco de alambre de por medio; LINDERO PONIENTE: Partiendo del vértice Sur Poniente está formado por un tramo con los siguientes rumbos y distancias; Tramo 1, Norte 02 grados 03 minutos 12 segundos Oeste y tiene una distancia de 68.27 metros; colindando con terrenos de Manuel de Jesús Contreras y con Cristina Morales Flores de Erroa; quebrada seca de por medio; LINDERO NORTE: Partiendo del vértice Nor Poniente está formado por 4 tramos con los siguientes rumbos y distancias; Tramo 1, Norte 79 grados 17 minutos 24 segundos Este y con una distancia de 47.16 metros; Tramo 2 Norte 78 grados 40 minutos 35 segundos Este y con una distancia de 34.33 metros; Tramo 3, Norte 76 grados 52 minutos 30 segundos Este y con una distancia de 21.28 metros; Tramo 4, Norte Lo que avisa al público para los efectos de ley. 77 grados 28 minutos 38 segundos Este y con una distancia de 48.60 Librado en la ciudad de San Salvador, el día veintiséis de febrero de dos mil catorce. metros; colindando con terrenos de Manuel Henríquez Lemus, René Arnoldo Henríquez Ruano, Samuel Jonás Henríquez Ruano, cerco de alambre de púas de por medio; así se llega al vértice Nor Oriente que es GILBERTO ALFREDO GARCÍA VÁSQUEZ, el punto de partida de esta descripción. Todos los colindantes son del NOTARIO. domicilio de Tonacatepeque; que adquirió dicho inmueble por compraventa que le hizo de manera verbal a la señora Margarita Erroa Guzmán, 1 v. No. F026056 ya fallecida; hace más de veinte años, y que la posesión del inmueble DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. la ha ejercido en forma quieta, pacífica e ininterrumpidamente, sin que exista otros poseedores proindiviso, que dicho inmueble no es sirviente ni dominante; y lo valora en DOS MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA EXACTOS. Librado en la ciudad de Tonacatepeque, departamento de San Salvador, a los veinticinco días del mes de febrero de dos mil catorce. LIC. EVER DE JESUS LÓPEZ PORTILLO, NOTARIO. 1 v. No. F026064 LICDA. MORENA CONCEPCION LAINEZ RAMIREZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL. HACE SABER. Que en este Juzgado se ha presentado el Licenciado ALVARO ARNOLDO SASNTOS MARIN, Apoderado General del señor JOSE GUSTAVO ALVARENGA RAUDA, de cincuenta y cinco años de edad, Empleado, del domicilio de esta ciudad, solicitando a su nombre, TÍTULO SUPLETORIO, de un inmueble de naturaleza rústica, situado en el Caserío Canyuco, Cantón Chiapas, de esta jurisdicción, el inmueble a titular tiene una capacidad de UNA MANZANA, equivalente a SIETE MIL METROS CUADRADOS, y en la realidad mide NUEVE MIL METROS CUADRADOS, de las colindancias siguientes: AL ORIENTE: con una distancia de cuarenta y siete punto cuarenta metros, colinda con FRANCISCO RAMON ALVARENGA SERRANO, AL NORTE. Con una distancia de doscientos quince punto diez, colinda con MARIA AUDELINA ALVARENGA RAUDA, AL PONIENTE, con una distancia de sesenta y dos punto setenta metros, colinda con JUAN INOCENCIO ALVARENGA SERRANO, FREDY ALBERTO ZELADA ROMERO, SALVADOR ARMANDO ZELADA ROMERO calle pública que conduce al municipio de Arcatao de por medio y AL SUR, con una distancia de ciento cuarenta y seis punto treinta metros colindando con ERNESTINA ALVARENGA VIUDA DE ALVARENGA. El inmueble descrito no es dominante ni sirviente ni tiene cargas reales que debe de respetarse por no tenerlas en proindivisión con ninguna persona y los valora en la cantidad de DOS MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. Lo que se pone del conocimiento al público para los efectos legales consiguientes. Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Chalatenango, a las diez horas con treinta minutos del día once de febrero del dos mil catorce. LICDA. MORENA CONCEPCIÓN LAÍNEZ RAMÍREZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. LIC. EDWIN EDGARDO RIVERA CASTRO, SECRETARIO. 3 v. alt. No. F026061-1 93 EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE SUCHITOTO. Al público para los efectos de ley, HACE SABER: Que a este tribunal se ha presentado el Licenciado JOSE RAFAEL MENDOZA HENRIQUEZ, quien es mayor de edad, Abogado, del domicilio de San Martín, Departamento de San Salvador, portador de su Tarjeta de Identificación de Abogado número: siete mil doscientos cinco; y Tarjeta de Identificación Tributaria número: cero seiscientos trece-ciento cincuenta mil doscientos sesenta y nueveciento uno-cuatro; quien actúa en su carácter de Apoderado General Judicial con cláusula especial del Señor CRISTIAN ALEXANDER NIETO NIETO, quien es de treinta y un años de edad, empleado, con domicilio en Oratorio de Concepción, Departamento de Cuscatlán, portador de su Documento Único de Identidad número: cero cero cuatrocientos trece mil seiscientos noventa y uno-ocho; y con Tarjeta de Identificación Tributaria número: cero setecientos seis-ciento noventa mil doscientos ochenta y dos-ciento uno-cero, con citación del Síndico Municipal de Oratorio de Concepción, Señor JOSE ANDRES GUARDADO URQUILLA, solicitando TÍTULO SUPLETORIO de dos terrenos de naturaleza rústicos, ambos sin números ubicados en las direcciones siguientes: Caserío Los Merinos el primero; y Calle al Cerro o Caserío La Ermita, ambos del Cantón Tacanagua del Municipio de Oratorio de Concepción, Departamento de Cuscatlán, los cuales tienen la descripción de conformidad a las medidas topográficas realizadas por el Arquitecto Rodrigo Alfredo García y luego de revisado por el técnico de campo José Guillermo Méndez, Técnico de Campo del Centro Nacional de Registro del Departamento de San Salvador, resultaron de las capacidades, dimensiones y colindancias siguientes: EL PRIMERO: de la extensión superficial de DIECISEIS MIL NOVECIENTOS DIECISIETE PUNTO DIECIOCHO METROS CUADRADOS, inmueble que mide y linda: AL ORIENTE, del mojón uno al mojón dos con rumbo sur cero un grado catorce minutos veintinueve segundos este, mide una distancia de ochenta y cinco punto ochenta y cuatro metros del mojón dos al mojón tres, con rumbo sur ochenta y ocho grados trece minutos cero seis segundos este, mide una distancia de dos punto setenta y tres metros, linda por estos tramos con terreno que fue de Miguel Ángel Orellana, hoy de Fernanda Mendoza viuda de Orellana, del mojón tres al mojón cuatro con rumbo sur cero tres grados treinta y dos minutos cero cinco segundos este, mide una distancia de nueve punto ochenta y seis metros, del mojón cuatro al mojón cinco con rumbo sur cero grados diez minutos veintiún segundos este, mide una distancia de veintidós punto cero cinco metros, del mojón cinco al mojón seis con rumbo sur cero tres grados cuarenta y siete minutos diecisiete segundos oeste, mide una distancia de dieciséis punto cincuenta y nueve metros, del mojón seis al mojón siete con rumbo sur cincuenta y cinco grados cuarenta y seis minutos diez segundos este, mide una distancia de veintisiete punto setenta y cinco metros, linda por estos tramos con terreno que antes fue de Filomena Flores de Benítez hoy de los Señores Fernanda Mendoza de Orellana y de Roberto Benítez Flores; AL SUR, del mojón siete al mojón ocho con rumbo sur treinta y siete grados treinta y cinco minutos treinta y cinco segundos oeste, mide una distancia de veintidós punto cincuenta y tres metros, del mojón ocho al mojón nueve con rumbo sur cuarenta y cinco grados cuarenta y dos minutos cero siete segundos oeste, mide una distancia de trece punto diecisiete metros, del mojón nueve al mojón diez con rumbo sur sesenta y dos grados cuarenta y siete minutos cero siete segundos oeste mide una distancia de veintiuno punto noventa y cinco metros, del mojón diez al mojón once 94 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 con rumbo sur cincuenta y nueve grados catorce minutos treinta y dos mide una distancia de treinta y cuatro punto veinticinco metros, del segundos oeste mide una distancia de trece punto diecisiete metros, del mojón veintinueve al mojón treinta con rumbo sur ochenta y cinco mojón once al mojón doce con rumbo sur cuarenta y seis grados cin- grados treinta y cinco minutos cero segundos este mide una distancia cuenta y ocho minutos cuarenta y siete segundos oeste mide una distan- de veinte punto diecisiete metros, del mojón treinta al mojón treinta y cia de catorce punto noventa y cuatro metros, del mojón doce al mojón uno con rumbo sur ochenta y nueve grados cuarenta y cuarenta y cuatro trece con rumbo sur cuarenta y nueve grados cincuenta y dos minutos minutos cero ocho segundos este, mide un distancia de dos punto no- treinta y siete segundos oeste mide una distancia de catorce punto doce venta y nueve metros, del mojón treinta y uno al mojón treinta y dos con metros, del mojón trece al mojón catorce con rumbo sur cincuenta y rumbo sur ochenta y ocho grados cuarenta y cinco minutos cuarenta y siete grados cuarenta y seis minutos treinta y siete segundos oeste mide dos segundos este, mide una distancia de tres punto setenta y dos metros, una distancia de cinco punto dieciséis metros, del mojón catorce al del mojón treinta y dos al mojón treinta y tres con rumbo sur, ochenta mojón quince con rumbo sur sesenta y siete grados cincuenta y ocho y siete grados treinta y dos minutos once segundos este, mide una dis- minutos cero seis segundos oeste mide una distancia de diecisiete pun- tancia de quince punto ochenta y seis metros, del mojón treinta y tres al to cincuenta y ocho metros, del mojón quince al mojón dieciséis con mojón treinta y cuatro con rumbo sur ochenta y tres grados veinte mi- rumbo sur setenta grados cincuenta y cuatro minutos cero nueve segun- nutos cincuenta y un segundos este, mide una distancia de tres punto dos oeste mide una distancia de siete punto noventa y cuatro metros cincuenta y seis metros, del mojón treinta y cuatro al mojón treinta y linda por estos tramos con terreno que fue de Santos Oscar Velásquez cinco con rumbo norte cero un grados catorce minutos veintinueve se- García hoy Rosalí Rodríguez López; del mojón dieciséis al mojón gundos oeste, mide una distancia de ochenta y seis punto trece metros, diecisiete con rumbo norte veintitrés grados cuarenta y cuatro minutos y del mojón treinta y cinco al mojón uno con rumbo sur setenta y siete cero cuatro segundos oeste, mide una distancia de treinta y nueve pun- grados cincuenta y cuatro minutos cuarenta segundos este, mide una to noventa metros, del mojón diecisiete al mojón dieciocho con rumbo distancia de tres punto cero ocho metros, llegando así al punto donde norte treinta y tres grados veintiún minutos cuarenta y dos segundos inició la presente descripción, linda por esto tramos con propiedad que oeste, mide una distancia de veinticinco punto sesenta y dos metros, del fue de Miguel Ángel Orellana, hoy en parte de Esperanza Mendoza de mojón dieciocho al mojón diecinueve con rumbo norte treinta y siete Nieto, Ada Luz Orellana de López y Rosa Elia Orellana; por este rum- grados cero cinco minutos cuarenta y dos segundos oeste, mide una bo goza de servidumbre de tránsito de cinco metros de ancho hasta distancia de treinta y nueve punto veinte metros, del mojón diecinueve conectar con el camino vecinal del Cantón, por lo que es dominante por al mojón veinte con rumbo norte cuarenta grados treinta y seis minutos gozar de la servidumbre mencionada, sobre la propiedad que fue del cuarenta y un segundos oeste, mide una distancia de nueve punto cero Señor Miguel Ángel Orellana hoy de la Señora Fernanda Mendoza de ocho metros, del mojón veinte al mojón veintiuno con rumbo norte Orellana. EL SEGUNDO INMUEBLE, de la extensión superficial de cincuenta grados veinte minutos treinta y ocho segundos oeste mide una MIL SESENTA PUNTO CATORCE METROS CUADRADOS, que distancia de diecisiete punto treinta y un metros, linda por estos tramos, se describe de la siguiente manera: AL ORIENTE: del mojón uno al con terreno que antes fue de Santos Oscar Velásquez García hoy de José mojón dos con rumbo sur once grados cincuenta y tres minutos cincuen- Luis Alonso Merino; AL PONIENTE, del mojón veintiuno al mojón ta y cinco segundos oeste, mide una distancia de cuarenta y siete punto veintidós con rumbo norte cero cinco grados veintiocho minutos trece setenta y ocho metros, linda con terreno de Cleotilde Raymundo Esco- segundos este mide una distancia de veintiuno punto cincuenta y tres bar calle al cerro de por medio; AL SUR: del mojón dos al mojón tres metros, del mojón veintidós al mojón veintitrés con rumbo norte doce con rumbo norte setenta y un grados cuarenta minutos cuarenta y seis grados veinticinco minutos cincuenta y tres segundos este, mide una de segundos oeste mide una distancia de veinte punto ochenta y ocho catorce punto noventa y cinco metros, del mojón veintitrés al mojón metros linda con propiedad de la Alcaldía Municipal de Oratorio de veinticuatro con rumbo norte sesenta y seis grados once minutos cero Concepción; AL PONIENTE: del mojón tres al mojón cuatro con rum- tres segundos oeste, mide una distancia de catorce punto noventa metros, bo norte cero siete grados cuarenta y siete minutos cincuenta y cinco del mojón veinticuatro al mojón veinticinco con rumbo norte cero gra- segundos este, mide una distancia de cuarenta y cuatro punto cincuenta dos doce minutos cuarenta y nueve segundos oeste, Mide una distancia y tres metros, linda por este rumbo con propiedad que fue de Romualdo de ocho punto setenta y un metros, linda por estos tramos con terreno Nieto Castro hoy de Ángela viuda de Martínez y con el de Teresa de de Roberto Benítez Flores y en parte con el de José Luis Alonso Merino; Jesús Calderón viuda de Hernández; Y AL NORTE, en dos tramos, del Y AL NORTE, del mojón veinticinco al mojón veintiséis con rumbo mojón cuatro al mojón cinco con rumbo sur ochenta y siete grados sur ochenta y dos grados doce minutos cuarenta y un segundos este, treinta y ocho minutos cero nueve segundos este, mide una distancia de mide una distancia de cuarenta y cinco punto veintisiete metros, del veintiuno punto cuarenta y nueve metros, y del mojón cinco al mojón mojón veintiséis al mojón veintisiete con rumbo sur ochenta grados uno con rumbo sur treinta y tres grados diecinueve minutos diecinueve cuarenta y nueve minutos cincuenta y siete segundos este, mide una segundos este, mide una distancia de tres punto noventa y nueve metros; distancia de quince punto veintidós metros, del mojón veintisiete al linda por estos tramos con terreno de María Elizabeth Hernández de mojón veintiocho con rumbo sur ochenta y dos grados cero seis minutos Mejía, en este inmueble existe construida una casa de sistema mixto y cuarenta y nueve segundos este, mide una distancia de diecisiete punto una de bahareque. Los terrenos antes descritos los valúa en la cantidad veintiún metros, del mojón veintiocho al mojón veintinueve con rumbo de SEIS MIL DÓLARES; es decir TRES MIL DÓLARES CADA sur ochenta y dos grados cero nueve minutos veintiún segundos este, UNO. 95 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Suchitoto, a las diez Se previene a las personas que desean presentar oposición a las horas veinte minutos del día dieciséis de enero del dos mil catorce. LIC. pretensiones del solicitante, lo hagan dentro del término legal en mi OSWALDO DAGOBERTO ARGUETA FUNES, JUEZ DE PRIME- despacho notarial. RA INSTANCIA. LICDA. JUANA DE JESÚS FIGUEROA COCA, Librado en Sensuntepeque, Cabañas a los veintiún días del mes de febrero del año dos mil catorce. SECRETARIA. 3 v. alt. No. F026112-1 GUILLERMO ANTONIO GUEVARA ALFARO, NOTARIO. 1 v. No. F026116 TÍTULO DE DOMINIO GUILLERMO ANTONIO GUEVARA ALFARO, Notario de este domicilio y del de San Salvador, con Oficina ubicada en Calle Vasconcelos, Barrio Santa Bárbara, Sensuntepeque; Cabañas, HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado en su carácter personal el señor FIDENCIO ANDRADE MARTINEZ, de cuarenta y seis años de edad, Empleado, de este domicilio, a quien conozco e identifico por medio de su Documento Único de Identidad cero tres ocho uno siete ocho dos seis - nueve; y Número de Identificación Tributaria cero nueve cero seis – uno seis uno uno seis seis – uno cero dos – cero, MANIFESTANDO: ser dueño y actual poseedor de buena fe, en forma quieta, pacífica, continua y no interrumpida, de un terreno de naturaleza rústico inculto, comprendido bajo el TÍTULO de la Hacienda Santa Bárbara Guamulepa, denominado Trujillo, situado en el Cantón San Lorenzo de la jurisdicción de Sensuntepeque, Departamento de Cabañas de una extensión superficial de TRES MANZANAS, lindante: AL ORIENTE: con inmueble de Oscar Leonel Andrade, dividido por dos mojones de piedra en línea recta. AL NORTE: con terreno de Benjamín Rogel, mediando mojones de piedra, hoy cerco de alambre en línea recta, PONIENTE: Con terreno de Benjamín Rogel, divididos por mojones de piedra a llegar a la quebrada de La Cebadilla, colocado uno de los mojones en la quebrada de Los Amatones; AL SUR con terreno de María Expectación Martínez en parte y en otra parte con Basilio Hernández, divididos por la quebrada de La Cebadilla, hasta el punto donde empezó el delineamiento, que es un mojón de piedra situado a orilla de dicha quebrada. Del cual solicita TITULO DE DOMINIO INSCRITO, presentando la ficha catastral respectiva. Todos los colindantes son del domicilio de Sensuntepeque, Departamento de Cabañas. El terreno descrito no es dominante ni sirviente, ni está en proindivisión y no tiene cargas ni derechos reales de ajena pertenencia; y lo adquirió mediante Escritura de compraventa, celebrada en esta Ciudad, a las diez GUILLERMO ANTONIO GUEVARA ALFARO, Notario, de este domicilio y del de San Salvador, con Oficina ubicada en Calle Vasconcelos, Barrio Santa Bárbara, Sensuntepeque, Cabañas, HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado en su carácter personal la señora MARIA REMIGIA SORTO, de ochenta y dos años de edad, ama de casa, de este domicilio, a quien conozco e identifico por medio de su Documento Único de Identidad cero dos cuatro nueve siete tres ocho cuatro — tres; y Número de Identificación Tributaria cero nueve cero seis — cero uno uno cero dos nueve — ciento dos — dos, MANIFESTANDO: ser dueña y actual poseedora de buena fe, en forma quieta, pacífica, continua y no interrumpida, de un terreno de naturaleza rústico, situado en el Cantón El Volcán de la jurisdicción de Sensuntepeque, Departamento de Cabañas de una extensión superficial de MEDIA MANZANA, lindante: AL ORIENTE: con inmueble de Fidelina Amaya, mojones de piedra de por medio. AL NORTE: con terreno de Francisca Amaya, mediando una quebradita de invierno, PONIENTE: Con terreno de Francisca Amaya, mediando mojones de piedra; AL SUR: con terreno de Fidelina Amaya, separados por mojones de piedra de por medio. Del cual solicita TÍTULO DE DOMINIO INSCRITO, presentando la ficha catastral respectiva. Todos los colindantes son del domicilio de Sensuntepeque, Departamento de Cabañas. El terreno descrito no es dominante ni sirviente, ni está en proindivisión y no tiene cargas ni derechos reales de ajena pertenencia; el que desde su adquisición ha poseído, por más de treinta años consecutivos, en forma quieta, pacífica, y no interrumpida posesión. Valúa dicho terreno en la suma de DIEZ MIL DÓLARES. Lo que se avisa al público para los fines de la ley. Se previene a las personas que desean presentar oposición a las pretensiones del solicitante, lo hagan dentro del término legal en mi despacho notarial. Librado en Sensuntepeque, Cabañas a los veintiún días del mes de febrero del año dos mil catorce. horas del día veintiocho de agosto del año dos mil trece, ante mis oficios Notariales, el que desde su adquisición ha poseído, por más de diez años consecutivos, sumados a los de su antecesor, en forma quieta, pacífica, y no interrumpida posesión. Valúa dicho terreno en la suma de QUINCE GUILLERMO ANTONIO GUEVARA ALFARO, NOTARIO. MIL DÓLARES. Lo que se avisa al público para los fines de la ley. 1 v. No. F026118 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 96 GUILLERMO ANTONIO GUEVARA ALFARO, Notario de este domicilio y del de San Salvador, con Oficina ubicada en Calle Vasconcelos, Barrio Santa Bárbara, Sensuntepeque, Cabañas, HACE SABER: Que a esta oficina se han presentado en su carácter personal los señores MARIA LUCILA SORTO RAMOS, de veintinueve años de edad, Estudiante, de este domicilio, a quien conozco e identifico por medio de su Documento Único de Identidad cero uno tres nueve siete nueve cinco siete — siete; y número de Identificación Tributaria cero nueve cero seis — dos nueve cero siete ocho tres — uno cero tres — tres, y Telésforo Román Sorto Ramos, de veinticinco años de edad, Agricultor en pequeño, de este domicilio, persona que conozco e identifico por medio de su Documento Único de Identidad cero tres siete siete tres cero siete cinco — nueve; número de Identificación Tributaria cero nueve cero seis — cero nueve cero ocho ocho siete — ciento uno — cero; MANIFESTANDO: ser dueños y actuales poseedores de buena fe, en forma quieta, pacífica, continua y no interrumpida, de un terreno de naturaleza rústico, situado en el Cantón El Volcán de la jurisdicción de Sensuntepeque, Departamento de Cabañas de una extensión superficial de UNA CUARTA PARTE DE MANZANA, lindante: AL ORIENTE: con inmueble de Fidelia Amaya, mojones de piedra de por medio. AL NORTE: con terreno de Gumercindo Palma, divididos por cerco de piedra, PONIENTE: Con terreno de Narciso Rodríguez, mojones de piedra de por medio; AL SUR: con terreno de Pedro Martínez Pérez. Del cual solicitan TITULO DE DOMINIO INSCRITO, presentando la ficha catastral respectiva. Todos los colindantes son del domicilio de Sensuntepeque, Departamento de Cabañas. El terreno descrito no es dominante ni sirviente, y no tiene cargas ni derechos reales de ajena pertenencia; y lo adquirieron mediante escritura de compraventa, celebrada en esta ciudad a las diez horas del día veintiocho de agosto del dos mil trece ante mis oficios notariales, el que desde su adquisición ha poseído, por más de diez años consecutivos, sumados a los de su antecesor, en forma quieta, pacífica, y no interrumpida posesión. Valúa dicho terreno en la suma de QUINCE MIL DOLARES. Lo que se avisa al público para los fines de la ley. Se previene a las personas que desean presentar oposición a las pretensiones del solicitante, lo hagan dentro del término legal en mi despacho notarial. Librado en Sensuntepeque, Cabañas, a los veintiún días del mes de febrero del año dos mil catorce. GUILLERMO ANTONIO GUEVARA ALFARO, NOTARIO. 1 v. No. F026119 LA INFRASCRITA ALCALDESA MUNICIPAL. HACE CONSTAR: Que a esta oficina se presentó MERCEDES DEL CARMEN GUZMAN BARAHONA, de cuarenta y cuatro años de edad, Abogada de este domicilio, portadora de sus documentos únicos de identidad personal, cero uno nueve ocho siete siete seis cinco- cero con identificación tributaria mil nueve dos tres cero nueve seis ocho- cero cero uno-cuatro solicitando a favor de la Señora MARIA BERTA FLORES DE MORALES, de cuarenta y nueve años de edad, empleada de este domicilio portador de su Documento Único de Identidad Personal cero dos uno y con identificación tributaria mil nueve- uno ocho cero uno siete dos- ciento uno-tres, se le extienda el título de dominio o Municipal de un inmueble de naturaleza URBANA de las Medidas y colindancias siguientes: DE UNA EXTENSION DE DOSCIENTOS SETENTA Y TRES METROS CUADRADOS que mide y linda AL ORIENTE, catorce metros veinticinco centímetros, con Elíseo Domínguez o Eliseo Rivas, y Juan José Rivas hoy en sucesión, AL PONIENTE: trece metros, con Ovidio Corado, calle de por medio y AL SUR: Nueve metros, cincuenta centímetros, colinda con Marcos Flores, AL NORTE: Diez metros, con el resto de terreno de donde se desmembró hoy vendida a PEDRO JUAN FLORES AYALA, que el inmueble descrito no es dominante ni sirviente, ni se encuentra en proindivisión, no tiene cargas ni derechos que pertenezcan a terceras personas pues mi representada es la única y actual poseedor desde hace más de diez años consecutivo de estarlo poseyendo en forma quieta, pacífica e ininterrumpidamente, pero el cual carece de título de dominio a favor, por no tener antecedente inscrito, que dicho terreno lo valuó en la cantidad de MIL DOSCIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERICA, del cual posee solamente la escritura privada relacionada anteriormente; que dicho inmueble lo adquirió por compra que hizo al señor JOSE ROBERTO ARIAS de los derechos hereditarios que a su defunción dejara la Señora MARIA JULIANA SARAVIA DE CORNEJO, GARCIA, no inscrita en el Registro de la Propiedad Raíz por carecer de antecedente inscrito el cual no se encuentra ningún documento inscrito sobre este inmueble, solamente el que estaba a favor de la Señora MARIA JULIANA SARAVIA DE CORNEJO, ya no tiene cabida registral según Certificación extractada del libro ochenta y cuatro, tomo trescientos noventa y ocho, de este inmueble y según ficha catastral por lo antes expuesto vengo a iniciar diligencias de TITULO MUNICIPAL, que los colindantes son todos de este domicilio. Por lo que avisa al público para los efectos de Ley. Alcaldía Municipal de San Sebastián, Departamento de San Vicente, a siete días del mes de febrero dos mil catorce, Licda T.J.R. de G., Alcaldesa Municipal, R.A.M Secretario Municipal. LICDA. TRINIDAD JOSEFINA RIVAS DE GONZÁLEZ, ALCALDESA MUNICIPAL. BR. ROMEL ARÉVALO MELÉNDEZ, SECRETARIO MUNICIPAL. 3 v. alt. No. F025943-1 MARÍA PETRONA VASQUEZ DE ALVARADO, ALCALDESA MUNICIPAL DE SAN FRANCISCO MORAZÁN, DEPARTAMENTO DE CHALATENANGO, HACE SABER: Que a esta Oficina se ha presentado: El Licenciado DIMAS LOPEZ GONZALEZ, mayor de edad, Abogado del domicilio de San Rafael, Departamento de Chalatenango, con Carnet de Abogado número dieciocho mil doscientos veinticinco, quien actúa con poder General Judicial y Administrativo y solicita TITULO DE DOMINIO, a favor del señor JOSE WILFREDO VASQUEZ CARDOZA, de treinta y ocho años de edad, empleado del domicilio de San Francisco Morazán, en su concepto solicita Título de Dominio de un inmueble con Casa, de Naturaleza Urbana, ubicado en el Barrio Las Flores de la jurisdicción de San Francisco Morazán, Departamento de Chalatenango, de la extensión superficial de MIL CIENTO NOVENTA Y SEIS PUNTO NOVENTA Y TRES METROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes: AL NORTE: un tramo recto rumbo sureste cincuenta y nueve grados treinta y cuatro minutos cero cuatro segundos con una distancia de veintidós metros veinticuatro centímetros, este tramo colinda con María Jacinta López, cerco de alambre de púas propiedad del inmueble que se describe; AL ORIENTE: dos tramos rectos, el primer tramo rumbo sureste cero dos grados cero uno minutos treinta y un segundos con DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. una distancia de quince metros cincuenta y siete centímetros, segundo tramo rumbo suroeste once grados treinta y cuatro minutos cero cuatro segundos con una distancia de catorce metros veintiocho centímetros, estos tramos colindan con María Jacinta López y Oralia del Carmen Romero Cardoza, cerco de alambre de púas propiedad del inmueble que se describe y callejón público de por medio. AL SUR: un tramo recto rumbo noroeste ochenta y cinco grados cuarenta y tres minutos cincuenta y ocho segundos con una distancia de treinta y cuatro metros veinticuatro centímetros, este tramo colinda con María Francisca Chacón de Vásquez, cerco de alambre propio del inmueble que se describe; AL PONIENTE: seis tramos rectos primer tramo rumbo noroeste cero seis grados cincuenta y dos minutos cero seis segundos con una distancia de once metros veintitrés centímetros, segundo tramo rumbo noreste once grados cincuenta y nueve minutos treinta y dos segundos con una distancia de seis metros cero tres centímetros, tercer tramo rumbo noreste treinta y un grados treinta y siete minutos veinte segundos con una distancia de ocho metros noventa y cuatro centímetros, cuarto tramo rumbo noreste trece grados veintiséis minutos veinticuatro segundos con una distancia de cinco metros ochenta y cinco centímetros, quinto tramo rumbo noreste sesenta grados cero cuatro minutos diecisiete segundos con una distancia de seis metros sesenta y siete centímetros, sexto tramo rumbo noreste cincuenta grados quince minutos treinta y cuatro segundos con una distancia de siete metros diez centímetros, estos tramos colindan con Elmer Noé García, Julián Humberto López y Wilfredo Mejía, cerco de alambre de púas, propiedad del inmueble que se describe y calle nacional de por medio. Según datos catastrales actualmente se aclara que dicho inmueble es dominante, pero no sirviente ni está en proindivisión con nadie. Contiene construidas una casa de paredes de adobe, techo de teja y gozan de los servicios básicos de agua potable y energía eléctrica, lo valora en el precio de MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. Dicho inmueble lo adquirió por compra que le hizo a la señora MARÍA MAGDALENA CARDOZA VIUDA DE VÁSQUEZ. Lo que se hace del conocimiento público para los efectos de Ley. Alcaldía Municipal de San Francisco Morazán, 14 de enero de 2014. LICDA. MARÍA PETRONA VÁSQUEZ DE ALVARADO, ALCALDESA MUNICIPAL. MARÍA DEL CARMEN MANCÍA ARAS, SECRETARIA MUNICIPAL AD-HONOREM. 3 v. alt. No. F026003-1 SENTENCIA DE NACIONALIDAD LA INFRASCRITA JEFA DEL DEPARTAMENTO DE EXTRANJERÍA, DIRECCIÓN GENERAL DE MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA, MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD PÚBLICA. CERTIFICA: Que a folio ciento cincuenta y cuatro frente y vuelto DEL LIBRO DE ASIENTOS DE SENTENCIAS DE NACIONALIDAD SALVADOREÑA POR NACIMIENTO, se encuentra el asiento que literalmente dice: "NÚMERO CIENTO CINCUENTA Y CUATRO. En cumplimiento al artículo cuarenta y cuatro de la Ley de Extranjería y habiéndose declarado ejecutoriada la sentencia pronunciada en las diligencias de Nacionalidad Salvadoreña por NACIMIENTO promovidas por la señora DALIA DENISSE ANTÓN DE CABALLERO, de origen y de nacionalidad nicaragüense, se hace el siguiente asiento: "MINISTERIO DE 97 JUSTICIA Y SEGURIDAD PÚBLICA. San Salvador, a las catorce horas con cinco minutos del día veintitrés de julio del dos mil trece. Admítase la solicitud presentada por la señora DALIA DENISSE ANTÓN DE CABALLERO, relativa a que se le conceda la calidad de salvadoreña por NACIMIENTO, por ser de origen y nacionalidad NICARAGÜENSE y tener domicilio fijo en El Salvador, de conformidad con lo que establece el artículo noventa ordinal tercero de la Constitución de la República. La señora DALIA DENISSE ANTÓN DE CABALLERO, es de veintiocho años de edad, de sexo femenino, casada, ama de casa, del domicilio de Santa Ana, departamento de Santa Ana, de nacionalidad nicaragüense, originaria del municipio de León, departamento de León, República de Nicaragua, lugar donde nació el día cuatro de junio de mil novecientos ochenta y cinco, portadora de su Carné de Identificación de Residente Definitiva número cincuenta y nueve mil diez, inscrita en el Registro de Residentes Centroamericanos que lleva la Dirección General de Migración y Extranjería. Sus padres responden a los nombres de: Álvaro Antón Amador y Ruth Rojas Ortiz, ambos de nacionalidad nicaragüense y sobrevivientes. Su cónyuge responde al nombre de: Juan Manuel Caballero, de treinta y tres años de edad, profesor, del domicilio de Santa Ana, departamento de Santa Ana, de nacionalidad salvadoreña. CONSIDERANDO: I. Que la peticionaria en su solicitud agregada a folios veintiuno al veintidós en lo pertinente manifiesta: Que por ser de origen y nacionalidad nicaragüense y tener domicilio fijo en El Salvador, desde el día quince de mayo del dos mil seis, es su deseo y voluntad optar a la Nacionalidad Salvadoreña por Nacimiento, por lo que de conformidad con el artículo noventa ordinal tercero de la Constitución de la República y artículo treinta y ocho de la Ley de Extranjería, pide se le reconozca dicha calidad, para lo cual presenta para que se agregue la documentación siguiente: a) original de Certificado de Nacimiento, debidamente autenticado a folios diecinueve al veinte; b) Fotocopia de su Carné de Identificación de Residente Definitiva, a folio dieciocho; c) Fotocopia de su Pasaporte, a folios catorce al diecisiete; d) Certificación de Partida de Matrimonio, a folio doce; e) Original de Partida de Nacimiento de su cónyuge, señor Juan Manuel Caballero, a folio once; f) Fotocopia de Documento Único de Identidad de su cónyuge, a folio diez. II. Que la documentación presentada demuestra: a) Que la solicitante es originaria de Nicaragua, uno de los países que constituyeron la República Federal de Centroamérica, b) Que la solicitante ha reunido los requisitos exigidos para iniciar las diligencias de nacionalización, c) Que tiene en el país arraigo familiar por haber contraído matrimonio con salvadoreño y haber procreado dos hijos nacidos en el país; asimismo posee arraigo domiciliar, laboral y por residencia. III. De conformidad al artículo noventa ordinal tercero de la Constitución de la República, tiene derecho a que se reconozca a su favor la calidad de salvadoreña por nacimiento; en tal sentido la atribución de esta autoridad se orienta a determinar si se reúnen los requisitos específicos para otorgar la nacionalización, en los términos que establece la Constitución de la República y la Ley de Extranjería en los artículos treinta y cinco literal b), treinta y ocho y cuarenta y tres. Cumplido lo anterior se procede a emitir acto administrativo de declarar a favor de la solicitante la calidad que invoca y que la Constitución le reconoce. POR TANTO: De acuerdo con los considerandos anteriores y de conformidad con el artículo noventa ordinal tercero de la Constitución de la República, doscientos dieciséis, doscientos diecisiete, doscientos dieciocho, doscientos veintinueve, del Código Procesal Civil y Mercantil, treinta y cinco literal b); treinta y ocho y cuarenta y tres de la Ley de Extranjería, a nombre de la República de El Salvador, este Ministerio FALLA: Concédase a la señora DALIA DENISSE ANTÓN DE CABALLERO, de las generales expresadas la calidad de SALVADOREÑA por NACIMIENTO, por ser de origen y nacionalidad nicaragüense y tener domicilio fijo en El Salvador. La favorecida conserva su nacionalidad de origen, de acuerdo a lo establecido en el artículo noventa y uno inciso primero de la Constitución 98 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 de la República. NOTIFÍQUESE, y transcurrido el plazo para recurrir inscríbase esta resolución en el libro de asientos de sentencias de nacionalidad salvadoreña por nacimiento. Certifíquese, confróntese y dese cumplimiento al artículo cuarenta y cuatro inciso tercero de la Ley de Extranjería. JOSÉ RICARDO PERDOMO AGUILAR, MINISTRO." RUBRICADA Es conforme con su original con el cual se confrontó. MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD PÚBLICA, DIRECCIÓN GENERAL DE MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA. San Salvador, a las once horas con cincuenta y cinco minutos del día seis de septiembre del dos mil trece. ANA LUCIA GUTIERREZ DE ARIAS, JEFA DEL DEPARTAMENTO DE EXTRANJERÍA. RUBRICADA ES CONFORME CON SU ORIGINAL CON EL CUAL SE CONFRONTÓ y para que sea publicado en el DIARIO OFICIAL, se extiende, firma y sella la presente, en el DEPARTAMENTO DE EXTRANJERÍA. San Salvador, a las nueve horas con veintitrés minutos del día dieciocho de febrero del dos mil catorce. LICDA. ANA LUCÍA GUTIÉRREZ DE ARIAS, JEFA DEL DEPARTAMENTO DE EXTRANJERÍA. 1 v. No. F025990 EL INFRASCRITO MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD PÚBLICA. CERTIFICA: Que a folio ciento cuarenta y seis frente y vuelto DEL LIBRO DE ASIENTOS DE SENTENCIAS DE NACIONALIDAD SALVADOREÑA POR NACIMIENTO, se encuentra el asiento que literalmente dice: "NÚMERO CIENTO CUARENTA Y SEIS. En cumplimiento al artículo cuarenta y cuatro de la Ley de Extranjería y habiéndose declarado ejecutoriada la sentencia pronunciada en las diligencias de Nacionalidad Salvadoreño por NACIMIENTO promovidas por el señor MANUEL ANTONIO SILVA HERNÁNDEZ, de origen y de nacionalidad nicaragüense, se hace el siguiente asiento: "MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD PÚBLICA. San Salvador, a las ocho horas del día trece de junio del dos mil trece. Admítase la solicitud presentada por el señor MANUEL ANTONIO SILVA HERNÁNDEZ, relativa a que se le conceda la calidad de salvadoreño por NACIMIENTO, por ser de origen y nacionalidad NICARAGÜENSE y tener domicilio fijo en El Salvador, de conformidad con lo que establece el artículo noventa ordinal tercero de la Constitución de la República. El señor MANUEL ANTONIO SILVA HERNÁNDEZ, es de cincuenta y nueve años de edad, de sexo masculino, casado, agricultor, del domicilio de Jiquilisco, departamento de Usulután, de nacionalidad nicaragüense, originario del municipio de Villa El Carmen, departamento de Managua, República de Nicaragua, lugar donde nació el día diecisiete de enero de mil novecientos cincuenta y cuatro, portador de su Carné de Identificación de Residente Definitivo número trece mil doscientos treinta y ocho, inscrito en el Registro de Residentes Centroamericanos que lleva la Dirección General de Migración y Extranjería. Sus padres respondían a los nombres de: Santiago Hernández y Guadalupe Silva, ambos de nacionalidad nicaragüense ya fallecidos. Su cónyuge responde al nombre de: María Adela Núñez de Silva, de cincuenta años de edad, oficios domésticos, del domicilio de Jiquilisco, departamento de Usulután, de nacionalidad salvadoreña CONSIDERANDO: I. Que el peticionario en su solicitud agregada a folios treinta y seis en lo pertinente manifiesta: Que por ser de origen y nacionalidad nicaragüense y tener domicilio fijo en El Salvador, desde el día veinte de marzo de mil novecientos noventa y uno, es su deseo y voluntad optar a la Nacionalidad Salvadoreña por Nacimiento, por lo que de conformidad con el artículo noventa ordinal tercero de la Constitución de la República y artículo treinta y ocho de la Ley de Extranjería, pide se le reconozca dicha calidad, para lo cual presenta para que se agregue la documentación siguiente: a) Certificado de Nacimiento, debidamente autenticado a folios treinta y dos al treinta y cinco; b) Fotocopia de su Carné de Identificación de Residente Definitivo, a folio treinta y uno; c) Fotocopia de su Pasaporte, a folios veintiséis al treinta; d) Certificación de Partida de Matrimonio, a folio diecisiete; e) Partida de Nacimiento de su cónyuge, señora María Adela Núñez, a folio catorce; f) Fotocopia de Documento Único de Identidad de su cónyuge, a folio quince. II. Que la documentación presentada demuestra: a) Que el solicitante es originario de Nicaragua, uno de los países que constituyeron la República Federal de Centroamérica, b) Que el solicitante ha reunido los requisitos exigidos para iniciar las diligencias de nacionalización, c) Que tiene en el país arraigo, familiar por haber contraído matrimonio con salvadoreña y haber procreado cinco hijos de nacionalidad salvadoreña; asimismo posee arraigo domiciliar, laboral y por residencia. III. De conformidad al artículo noventa ordinal tercero de la Constitución de la República, tiene derecho a que se reconozca a su favor la calidad de salvadoreño por nacimiento; en tal sentido la atribución de esta autoridad se orienta a determinar si se reúnen los requisitos específicos para otorgar la nacionalización, en los términos que establece la Constitución de la República y la Ley de Extranjería en los artículos treinta y cinco literal b), treinta y ocho y cuarenta y tres. Cumplido lo anterior se procede a emitir acto administrativo de declarar a favor del solicitante la calidad que invoca y que la Constitución le reconoce. POR TANTO: De acuerdo con los considerandos anteriores y de conformidad con el artículo noventa ordinal tercero de la Constitución de la República, doscientos dieciséis, doscientos diecisiete, doscientos dieciocho, doscientos veintinueve, del Código Procesal Civil y Mercantil, treinta y cinco literal b); treinta y ocho y cuarenta y tres de la Ley de Extranjería, a nombre de la República de El Salvador, este Ministerio FALLA: Concédase al señor MANUEL ANTONIO SILVA HERNÁNDEZ, de las generales expresadas la calidad de SALVADOREÑO por NACIMIENTO, por ser de origen y nacionalidad nicaragüense y tener domicilio fijo en El Salvador. El favorecido conserva su nacionalidad de origen, de acuerdo a lo establecido en el artículo noventa y uno inciso primero de la Constitución de la República. NOTIFÍQUESE, y transcurrido el plazo para recurrir inscríbase esta resolución en el libro de asientos de sentencias de nacionalidad salvadoreña por nacimiento. Certifíquese, confróntese y dese cumplimiento al artículo cuarenta y cuatro inciso tercero de la Ley de Extranjería. JOSÉ RICARDO PERDOMO AGUILAR. MINISTRO." RUBRICADA "Es conforme con su original con el cual se confrontó. MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD PÚBLICA. San Salvador, a las nueve horas con quince minutos del día tres de julio del dos mil trece. JOSÉ RICARDO PERDOMO AGUILAR. MINISTRO." RUBRICADA ES CONFORME CON SU ORIGINAL CON EL CUAL SE CONFRONTÓ y para que sea agregado a su expediente para ARCHIVO, se extiende, firma y sella la presente, en el MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD PÚBLICA. San Salvador, a las ocho horas con diez minutos del día dieciséis de julio del dos mil trece. JOSÉ RICARDO PERDOMO AGUILAR. MINISTRO. 1 v. No. F026011 99 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. LA INFRASCRITA JEFA DEL DEPARTAMENTO DE EXTRANJERÍA, DIRECCIÓN GENERAL DE MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA, MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD PÚBLICA. CERTIFICA: Que a folio ciento sesenta y cuatro frente y vuelto DEL LIBRO DE ASIENTOS DE SENTENCIAS DE NACIONALIDAD SALVADOREÑA POR NACIMIENTO, se encuentra el asiento que literalmente dice: "NÚMERO CIENTO SESENTA Y CUATRO. En cumplimiento al artículo cuarenta y cuatro de la Ley de Extranjería y habiéndose declarado ejecutoriada la sentencia pronunciada en las diligencias de Nacionalidad Salvadoreña por NACIMIENTO promovidas por la señora VIRGINIA ELOÍSA GONZÁLEZ DE LÓPEZ, conocida VIRGINIA ELOÍSA GONZÁLEZ ALVARADO, VIRGINIA ELOÍSA GONZÁLEZ y por VIRGINIA GONZÁLEZ, de origen y de nacionalidad guatemalteca, se hace el siguiente asiento: "MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD PÚBLICA. San Salvador, a las ocho horas del día trece de septiembre del dos mil trece. Admítase la solicitud presentada por la señora VIRGINIA ELOÍSA GONZÁLEZ DE LÓPEZ, conocida por VIRGINIA ELOÍSA GONZÁLEZ ALVARADO, VIRGINIA ELOÍSA GONZÁLEZ y por VIRGINIA GONZÁLEZ, por relativa a que se le conceda la calidad de salvadoreña por NACIMIENTO, por ser de origen y nacionalidad GUATEMALTECA y tener domicilio fijo en El Salvador, de conformidad con lo que establece el artículo noventa ordinal tercero de la Constitución de la República. La señora VIRGINIA ELOISA GONZÁLEZ DE LÓPEZ, conocida por VIRGINIA ELOÍSA GONZÁLEZ ALVARADO, VIRGINIA ELOÍSA GONZÁLEZ y por VIRGINIA GONZÁLEZ, es de treinta y seis años de edad, de sexo femenino, casada, Médico, del domicilio de Ahuachapán, departamento de Ahuachapán, de nacionalidad guatemalteca, originaria del municipio de Quezaltenango, departamento de Quezaltenango, República de Guatemala, lugar donde nació el día veinte de septiembre de mil novecientos setenta y siete, portadora de su Carné de Identificación de Residente Definitiva número sesenta mil doscientos trece, inscrita en el Registro de Residentes Centroamericanos que lleva la Dirección General de Migración y Extranjería. Sus padres responden a los nombres de: Elmar Danilo González Ortega, de nacionalidad guatemalteca y Yolanda Isabel Alvarado, originaria de Panamá y de nacionalidad guatemalteca, ambos sobrevivientes. Su cónyuge responde al nombre de: Salvador Gerardo Antonio López Aguilar, de treinta y nueve años de edad, Oftalmólogo, del domicilio de Ahuachapán, departamento de Ahuachapán, de nacionalidad salvadoreña. CONSIDERANDO: I. Que la peticionaria en su solicitud agregada a folios veinticuatro al veinticinco en lo pertinente manifiesta: Que por ser de origen y nacionalidad guatemalteca y tener domicilio fijo en El Salvador, desde el día cinco de octubre del dos mil ocho, es su deseo y voluntad optar a la Nacionalidad Salvadoreña por Nacimiento, por lo que de conformidad con el artículo noventa ordinal tercero de la Constitución de la República y artículo treinta y ocho de la Ley de Extranjería, pide se le reconozca dicha calidad, para lo cual presenta para que se agregue la documentación siguiente: a) Fotocopia de su Carné de Identificación de Residente Definitiva, a folio veintitrés; b) Certificado de Nacimiento, debidamente autenticado a folios diecinueve al veintidós; c) Fotocopia de su Pasaporte, a folios trece al dieciséis; d) Certificación de Partida de Matrimonio, a folio once; e) Certificación de Partida de Nacimiento de su cónyuge, señor Salvador Gerardo Antonio López Aguilar, a folio diez; f) Fotocopia de Documento Único de Identidad de su cónyuge, a folio nueve. II. Que la documentación presentada demuestra: a) Que la solicitante es originaria de Guatemala, uno de los países que constituyeron la República Federal de Centroamérica, b) Que la solicitante ha reunido los requisitos exigidos para iniciar las diligencias de nacionalización, c) Que tiene en el país arraigo familiar por haber contraído matrimonio con salvadoreño y haber procreado dos hijos nacidos en el país; asimismo posee arraigo domiciliar y por residencia. III. De conformidad al artículo noventa ordinal tercero de la Constitución de la República, tiene derecho a que se reconozca a su favor la calidad de salvadoreña por nacimiento; en tal sentido la atribución de esta autoridad se orienta a determinar si se reúnen los requisitos específicos para otorgar la nacionalización, en los términos que establece la Constitución de la República y la Ley de Extranjería en los artículos treinta y cinco literal b), treinta y ocho y cuarenta y tres. Cumplido lo anterior se procede a emitir acto administrativo de declarar a favor de la solicitante la calidad que invoca y que la Constitución le reconoce. POR TANTO: De acuerdo con los considerandos anteriores y de conformidad con el artículo noventa ordinal tercero de la Constitución de la República, doscientos dieciséis, doscientos diecisiete, doscientos dieciocho, doscientos veintinueve, del Código Procesal Civil y Mercantil, treinta y cinco literal b); treinta y ocho y cuarenta y tres de la Ley de Extranjería, a nombre de la República de El Salvador, este Ministerio FALLA: Concédase a la señora VIRGINIA ELOÍSA GONZÁLEZ DE LÓPEZ, conocida por VIRGINIA ELOÍSA GONZÁLEZ ALVARADO, VIRGINIA ELOÍSA GONZÁLEZ y por VIRGINIA GONZÁLEZ, de las generales expresadas la calidad de SALVADOREÑA por NACIMIENTO, por ser de origen y nacionalidad guatemalteca y tener domicilio fijo en El Salvador. La favorecida conserva su nacionalidad de origen, de acuerdo a lo establecido en el artículo noventa y uno inciso primero de la Constitución de la República. NOTIFÍQUESE, y transcurrido el plazo para recurrir inscríbase esta resolución en el libro de asientos de sentencias de nacionalidad salvadoreña por nacimiento. Certifíquese, confróntese y dese cumplimiento al artículo cuarenta y cuatro inciso tercero de la Ley de Extranjería. JOSÉ RICARDO PERDOMO AGUILAR, MINISTRO." RUBRICADA Es conforme con su original con el cual se confrontó. MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD PÚBLICA, DIRECCIÓN GENERAL DE MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA. San Salvador, a las ocho horas con diez minutos del día treinta de octubre del dos mil trece. ANA LUCÍA GUTIÉRREZ DE ARIAS, JEFA DEL DEPARTAMENTO DE EXTRANJERÍA. RUBRICADA ES CONFORME CON SU ORIGINAL CON EL CUAL SE CONFRONTÓ y para que sea publicado en el DIARIO OFICIAL, se extiende, firma y sella la presente, en el DEPARTAMENTO DE EXTRANJERÍA. San Salvador, a las diez horas con veinte minutos del día once de febrero del dos mil catorce. LICDA. ANA LUCÍA GUTIÉRREZ DE ARIAS, JEFA DEL DEPARTAMENTO DE EXTRANJERÍA. 1 v. No. F026027 100 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 JUICIO DE AUSENCIA FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA ANA: HACE SABER: Que a este tribunal se ha presentado la Licenciada ANA DOLLY VALIENTE ESCALANTE, mayor de edad, abogado, del domicilio de la ciudad de San Salvador, con Documento Único de Identidad número cero dos millones doscientos cuarenta y tres mil novecientos noventa y nueve guión cero, en su calidad de Apoderada General Judicial del BANCO AGRÍCOLA, SOCIEDAD ANÓNIMA, institución de crédito de este domicilio, EXPONIENDO que viene a promover Juicio Ejecutivo Mercantil, contra el señor DAVID ERNESTO SANDOVAL CISNEROS, mayor de edad, comerciante del este domicilio, con Documento Único de Identidad número cero cero trescientos veintiséis mil quinientos diecisiete guión cero; y con número de Identificación Tributaria cero dos trece guión veintiuno cero dos sesenta y seis guión cero cero uno guión seis; de quien actualmente se ignora su paradero y no se sabe que haya dejado Procurador o representante legal. Por lo que viene a promover las respectivas diligencias de ausencia, pidiendo que previos los trámites legales se le nombre curador especial para que lo represente en el Juicio Ejecutivo Mercantil. En consecuencia, se previene que si el referido ausente no declarado, tuviere apoderado, procurador o representante legal, se presente dentro de los quince días subsiguientes a la última publicación de este aviso a comprobar dicha circunstancia. Juzgado Primero de lo Civil, a las once horas con cuarenta minutos del día veintiséis de noviembre del dos mil trece. LIC. FRANCISCO ALBERTO ALEGRÍA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL. LICDA. CARMEN GUADALUPE NÚÑEZ MONTERROSA, SECRETARIA. 1 v. No. F026086 CAMBIO DE NOMBRE FRANCOISE MICHELE HERRERA GUIROLA, JUEZA DE FAMILIA DEL DEPARTAMENTO DE SONSONATE, HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la Licenciada FRANCISCA ELIZABETH SANCHEZ OLIVO, mayor de edad, Abogado de este domicilio, en su calidad de Apoderada de la joven ELSIE BESSAI RUANO MORALES, de veintitrés años de edad, Estudiante, de este Domicilio y residencia en Reparto Santa Marta, Pasaje uno, casa No. dos, de este Departamento; a iniciar DILIGENCIAS DE CAMBIO DE NOMBRE, con fundamento en el artículo 23 de la Ley del Nombre de la Persona Natural, argumentando que el nombre BESSAI, no es nombre propio, que no tiene su significado y que su pronunciación es objeto de burla por otras personas, ya que cuando mencionan su nombre en especial las personas del sexo masculino se burlan de su nombre y le hacen comentarios indignos, contraviniendo lo estipulado en el Artículo 11 de la Ley del Nombre de la Persona Natural, por lo que es necesario que este nombre BESSAI sea cambiado, siendo el nombre que pide sea "ALEJANDRA", por lo que su nombre ya no sería ELSIE BESSAI RUANO MORALES, sino que sería: ELSIE ALEJANDRA RUANO MORALES. Por lo anterior prevéngasele a todas aquellas personas que consideren que dicho CAMBIO DE NOMBRE, podría afectarles, para que presenten oposición dentro de los DIEZ DÍAZ siguientes a la última publicación de este EDICTO en este Tribunal, por medio de abogado legalmente constituido, de no hacerlo se continuará con el trámite de las diligencias. El presente edicto, deberá publicarse DOS VECES; una vez en el Diario Oficial; y otra en un periódico de circulación nacional. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. Librado en el Juzgado de Familia de Sonsonate, a los trece días del mes de diciembre de dos mil trece. LICDA. FRANCOISE MICHELE HERRERA GUIROLA, JUEZA DE FAMILIA. LIC. MANUEL ANTONIO FLORES GONZÁLEZ, SECRETARIO. 1 v. No. F026007 RENOVACIÓN DE MARCAS No. de Expediente: 1999007515 No. de Presentación: 20110153776 CLASE: 16. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO ALFREDO ROMERO, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A., del domicilio de Plaza de San Nicolás No.448005, Bilbao, España, de nacionalidad ESPAÑOLA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00153 del Libro 00133 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en LA EXPRESION BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA; que ampara productos/ servicios comprendidos en la(s) Clase 16 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los cuatro días del mes de julio del año dos mil once. LIC. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS, REGISTRADOR. LUCÍA MARGARITA GALÁN, SECRETARIO. 3 v. alt. No. F026134-1 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. CONVOCATORIAS 101 una de todas las acciones, a las diez horas del día miércoles veintiuno de mayo de dos mil catorce, de no tener el quórum necesario se convoca por segunda vez a las diez horas, del día jueves veintidós de mayo de dos mil catorce, en las oficinas de dicha sociedad ubicadas en 57 Av. Norte y 1a. Calle Poniente No. 3024, San Salvador. CONVOCATORIA La Junta Directiva de Oftalmológica, S.A. de C.V., convoca a sus accionistas a Junta General Ordinaria a celebrarse en la segunda planta del Edificio Instituto de Ojos, suc. Escalón, en la 83 Av. Sur y Calle Juan José Cañas, de esta ciudad, a partir de las diecisiete horas con treinta minutos del día Jueves 27 de Marzo del corriente año 2014. La Junta se desarrollará de acuerdo a la siguiente Agenda: JUNTA GENERAL ORDINARIA: 1- Verificación del Quórum y firma del acta de asistencia. 2- Lectura y aprobación del Acta anterior. 3- Lectura y aprobación de la memoria de labores de la Junta Directiva, correspondiente al Ejercicio 2013. 4- Presentación y aprobación de los Estados Financieros, ejercicio del 1°. de enero al 31 de diciembre del año 2013. 5- Aplicación de Dividendos. 6- Nombramiento del Auditor Externo y Fiscal, propietario, suplente y asignación de Honorarios. 7- Elección de Junta Directiva periodo 01/04/2014, a 31/03/2016. 8- Varios. AGENDA III- Lectura y aprobación del acta anterior. Nombramiento de presidente y secretario de la Junta General Ordinaria. III- Informe de Administración. IV- Conocimiento de los Estados Financieros. VVIVII- Nombramiento del auditor externo y fijación de sus emolumentos. Aplicación de Utilidades. Otros puntos que de acuerdo con la ley puedan ser tratados. San Salvador, 27 de febrero de 2014. BARAHONA VARGAS ASOCIADOS REYNALDO BARAHONA AUDITORES EXTERNOS Para celebrar la Junta General Ordinaria en primera convocatoria, deberán estar presentes o representados el 50 % más una, de las acciones que forman el Capital Social. Si no hubiere quórum en la fecha y hora establecida, se hace en segunda convocatoria para el día viernes veintiocho de marzo a las diecisiete horas con treinta minutos del corriente año 2014, en el mismo lugar y con la misma Agenda, en cuyo caso la Junta General Ordinaria se instalará con las acciones que se encuentren presentes. San Salvador, 28 de febrero del año 2014. DR. A. HUMBERTO ESCAPINI, h. PRESIDENTE, OFTALMOLÓGICA, S. A. DE C.V. 3 v. alt. No. F025970-1 CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA SOCIEDAD JUBELER, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE Por este medio se convoca a los accionistas de la sociedad JUBELER, S.A. DE C.V., a JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS, la primera convocatoria se llevará a cabo con el quórum de la mitad más una de todas las acciones a las doce horas, del día miércoles veintiocho de mayo de dos mil catorce, de no tener el quórum necesario se convoca por segunda vez a las doce horas, del día jueves veintinueve de mayo de dos mil catorce, en las oficinas de Conauto, ubicadas en Centro Comercial La Joya, Carretera al Puerto de La Libertad. 3 v. alt. No. C011585-1 AGENDA ICONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA SOCIEDAD SERVICIOS COMERCIALES DIVERSOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE. Por este medio se convoca a los accionistas de la sociedad SECDI, S.A. DE C.V. a JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS, la primera convocatoria se llevará a cabo con el quórum de la mitad más II- Lectura y aprobación del acta anterior. Nombramiento de presidente y secretario de la Junta General Ordinaria. III- Informe de Administración. IV- Conocimiento de los Estados Financieros. VVI- Nombramiento del auditor externo y fijación de sus emolumentos. Aplicación de Utilidades. DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 102 VII- Otros puntos que de acuerdo con la ley puedan ser tratados. San Salvador, 27 de febrero de 2014. BARAHONA VARGAS ASOCIADOS Reynaldo Barahona Auditores externos Esta Junta General se celebrará en Hotel Hilton Princess, San Salvador, salón Oxford, ubicado en Boulevard del Hipódromo y Avenida Las Magnolias, Colonia San Benito, San Salvador, a las dieciocho horas del día veintisiete de marzo de dos mil catorce. Si no hubiere Quórum en esta sesión, se celebrará en segunda convocatoria, el día veintiocho de marzo del mismo año, a la misma hora y en el mismo lugar, con el número de acciones presentes y representadas que concurran. AGENDA 3 v. alt. No. F025971-1 I. II. CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA SOCIEDAD SIEMBRA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE Por este medio se convoca a los accionistas de la sociedad SIEMBRA, S.A. DE C. V., a JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS, la primera convocatoria se llevará a cabo con el quórum de la mitad más una de todas las acciones, a las diez horas, del día Miércoles 14 de mayo de dos mil catorce, de no tener el quórum necesario se convoca por segunda vez a las diez horas, del día Jueves 15 de mayo de dos mil catorce, en las oficinas de dicha sociedad ubicadas en 57 Av. Norte y 1ª. Calle Poniente No. 3024. San Salvador. ESTABLECIMIENTO DEL QUÓRUM APROBACIÓN DE LA AGENDA III. LECTURA DEL ACTA DE JUNTA GENERAL ANTERIOR IV. MEMORIA DE LABORES DE LA JUNTA DIRECTIVA V. ESTADO DE SITUACION FINANCIERA Y ESTADO DE RESULTADO DEL EJERCICIO DE 2013. VI. VII. VIII. INFORME DEL AUDITOR EXTERNO. APLICACIÓN DE RESULTADOS. NOMBRAMIENTO DEL AUDITOR EXTERNO Y FISCAL. ASÍ COMO LA FIJACION DE SUS HONORARIOS. Antiguo Cuscatlán, 28 de febrero de 2014. AGENDA: III- Lectura y aprobación del acta anterior. Informe de Administración. IV- Conocimiento de los Estados Financieros. VIVII- PRESIDENTE. Nombramiento de presidente y secretario de la Junta General Ordinaria. III- V- ING. CARLOS ALEJANDRO VARAONA RENGIFO, 3 v. alt. No. F026364-1 Nombramiento del auditor externo y fiscal y fijación de sus emolumentos. CONVOCATORIA Aplicación de Utilidades. Otros puntos que de acuerdo con la ley puedan ser tratados. San Salvador, 27 de febrero de 2014. BARAHONA VARGAS ASOCIADOS Reynaldo Barahona Auditores externos La Junta Directiva de "INVERSIONES Y DESARROLLOS EMPRESARIALES, S.A. DE C.V.", convoca a Junta General Ordinaria de Accionistas, para lo cual será necesario que estén presentes por lo menos la mitad más una de las acciones que tengan derecho a voto. Esta Junta General se celebrará en Hotel Hilton Princess, San Salvador, Salón Oxford, ubicado en Boulevard del Hipódromo y Avenida Las Magnolias, Col. San Benito, San Salvador, a las diecinueve horas del día veintisiete de marzo de dos mil catorce. 3 v. alt. No. F025972-1 CONVOCATORIA Si no hubiere Quórum en esta sesión, se celebrará en segunda convocatoria, el día veintiocho del mismo mes y año, a la misma hora y en el mismo lugar, con el número de acciones presentes y representadas que concurran. AGENDA La Junta Directiva de "CORPORACION EDUCATIVA SAN FRANCISCO, S.A. DE C.V.", convoca a Junta General Ordinaria de Accionistas, para lo cual será necesario que estén presentes por lo menos la mitad más una de las acciones que tengan derecho a voto. I. II. III. ESTABLECIMIENTO DEL QUÓRUM. APROBACIÓN DE LA AGENDA. LECTURA DEL ACTA DE LA JUNTA GENERAL ANTERIOR. DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. IV. MEMORIA DE LABORES DE LA JUNTA DIRECTIVA. V. ESTADO DE SITUACION FINANCIERA Y ESTADO DE RESULTADO DEL EJERCICIO DE 2013. VI. VII. VIII. INFORME DEL AUDITOR EXTERNO. APLICACIÓN DE RESULTADOS. NOMBRAMIENTO DEL AUDITOR EXTERNO Y FISCAL. ASÍ COMO LA FIJACION DE SUS HONORARIOS. Antiguo Cuscatlán, 28 de febrero de 2014. LIC. JORGE ALBERTO RIVERA, PRESIDENTE. 3 v. alt. No. F026368-1 SUBASTA PÚBLICA MASTER MARIA FLOR SILVESTRE LÓPEZ BARRIERE, JUEZ PRIMERO DE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL. HACE SABER: Al público para los efectos de Ley, que en el JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL, promovido inicialmente en el Juzgado Segundo de lo Mercantil por el BANCO DE COMERCIO DE EL SALVADOR, y continuado por el FONDO DE SANEAMIENTO Y FORTALECIMIENTO FINANCIERO, contra el señor HECTOR RAFAEL FERNANDEZ MEZA, reclamando cantidad de dólares y accesorios de Ley, se venderá en pública subasta en fecha que oportunamente se determinará en este Juzgado de los bienes inmuebles embargados siguientes: "1) UN LOTE DE TERRENO RÚSTICO situado en jurisdicción de Acajutla, antes de Guaymango, Departamento de Sonsonate, que fue desmembrado de la hacienda denominada Metalío, que formó parte de la Zona B, del Polígono General, de la Parcelación de playas destinadas a hoteles y clubes, dicho lote se describe así: AL PONIENTE: en setenta metros rumbo Norte veintinueve grados treinta y ocho minutos Este colinda con lotes adjudicados a los señores Mario Aparicio y Enrique Ricardo Lima, calle de por medio; AL NORTE: en diez metros colinda con terrenos del señor Ingeniero Hugo Navarrete, Calle de por medio; AL ORIENTE: en setenta metros con rumbo Sur veintinueve grados treinta y ocho minutos Oeste, colinda con lote adjudicado al señor Coronel Eusebio Cotto, hoy propiedad de Francisco Hernán Pereira; y AL SUR: en diez metros, colinda con las aguas del Océano Pacífico, con calle de diez metros de ancho de por medio; el lote así descrito tiene una extensión superficial de SETECIENTOS METROS CUADRADOS equivalentes a MIL UNA VARA CUADRADA CINCUENTA Y SEIS CENTÉSIMAS DE VARA CUADRADA. El inmueble anteriormente descrito es propiedad del demandado señor HECTOR RAFAEL FERNANDEZ MEZA, por estar inscrito a su favor bajo el número SESENTA Y SIETE del Libro CUATROCIENTOS CINCUENTA Y UNO del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Tercera Sección de Occidente. "2) Un lote de terreno rústico de la capacidad superficial de SETECIENTOS METROS CUADRADOS equivalentes a UN MIL VARAS CUADRADAS CINCUENTA Y SEIS CENTESIMOS DE VARA CUADRADA marcado con el número dos 103 en el plano de parcelación respectivo, sito en la jurisdicción de Acajutla, antes de Guaymango, Departamento de Sonsonate, en el lugar denominado Hacienda Metalío, el cual se desmembró de una porción de mayor extensión que formó parte de la zona B, del Polígono General, de la parcelación de playas destinadas a hoteles y clubes, el cual se describe así: partiendo del punto de intersección se mide un tramo recto sobre el eje de la calle de dieciséis metros con rumbo Sur cincuenta y nueve grados catorce minutos Este, se llega a un punto localizado con el eje de la calle, de este punto se mide un tramo recto de seis metros con rumbo Sur veintinueve grados treinta y ocho minutos Oeste y se llega al vértice Nor-oeste del lote que se describe el cual mide y linda: AL NORTE: diez metros rumbo Sur cincuenta y nueve grados catorce minutos Este, con terreno del mismo polígono general, parcelación playas en el cual ha sido abierta una calle de doce metros de ancho, quedando la boca calle frente al lote que se describe, calle de por medio también de doce metros de ancho; AL SUR: igual medida que al Norte, con rumbo Norte cincuenta y nueve grados catorce minutos Oeste, con el Océano Pacífico; AL ORIENTE: setenta metros rumbo Norte veintinueve grados treinta y ocho minutos Este, con lote número TRES; Y AL PONIENTE: igual medida que al Oriente, rumbo Sur veintinueve grados treinta y ocho minutos Oeste, con lote número UNO; hoy propiedad Francisco Hernán Pereira, los lotes colindantes por los rumbos Poniente y Oriente, formaron parte del inmueble mayor de donde se desmembró el que se describe, propiedad del Círculo Militar. El inmueble anteriormente descrito es propiedad del demandado señor HECTOR RAFAEL FERNANDEZ MEZA, por estar inscrito a su favor bajo el número SESENTA Y SIETE del Libro CUATROCIENTOS CINCUENTA Y UNO del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Tercera Sección de Occidente. "3) UN LOTE DE TERRENO RÚSTICO, desmembrado de la zona "B" polígono general de la antigua Hacienda Metalío, parcelación de playas, en jurisdicción de Acajutla, Departamento de Sonsonate, de una extensión superficial de SETECIENTOS METROS CUADRADOS equivalentes a MIL VARAS CUADRADAS CINCUENTA Y SEIS CENTESIMOS DE VARA CUADRADA, con los linderos y localización especial siguiente: Lote Número TRES: partiendo del punto de intersección formado por las calles cuyos respectivos rumbos son: Norte veintinueve grados treinta y ocho minutos Este y Sur cincuenta y nueve grados catorce minutos Este; de este punto de intersección se mide un tramo recto de veintiséis metros con rumbo Sur cincuenta y nueve grados catorce minutos Este se llega a un punto localizado en el eje de la calle, de este punto se mide un tramo recto de seis metros con rumbo Sur veintinueve grados treinta y ocho minutos Oeste se llegal al vértice Nor-Oeste del lote número tres que corresponde al vértice Nor-Este del lote Número DOS; de donde se dará comienzo de la descripción del lote Número TRES a desmembrarse de los lotes Número cinco y seis Zona "B", Polígono General de parcelación Las Playas, antes propiedad el instituto de Colonización Rural, hoy del Círculo militar descripción que se hace en base al plano levantado y aprobado por el Departamento de Ingeniería de dicho Instituto; LINDERO NORTE: partiendo de este vértice Nor-Oeste se mide un tramo recto de diez metros con rumbo Sur cincuenta y nueve grados catorce minutos Este se Ilegal al vértice Nor-Este de este Lote, colindando por este rumbo en calle de doce metros de por medio; AL ESTE: de este punto se mide un tramo recto de setenta metros con rumbo Sur veintinueve grados treinta y ocho minutos Oeste, colindando por este rumbo con lote Número cuatro propiedad del señor Francisco Alvarenga h.; SUR: de este punto se mide un tramo recto de diez metros con rumbo Norte cincuenta y nueve grados catorce minutos Oeste colindando por este rumbo con playa del Océano Pacífico; y OESTE: de este punto se mide un tramo recto de SETENTA METROS CON RUMBO Norte veintinueve grados 104 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 treinta y ocho minutos Este, se llega así al vértice Nor-Oeste de donde se comenzó la presente descripción colindando por este rumbo con lote número dos propiedad del Teniente Coronel Alfonso Eusebio Cotto. Los lotes colindantes son parte de la lotificación. El inmueble anteriormente descrito es propiedad del demando HECTOR RAFAEL FERNANDEZ MEZA, por estar inscrito a su favor bajo el número NOVENTAY TRES del Libro QUINIENTOS y rectificado al Número NOVENTA Y CUATRO del Libro QUINIENTOS, ambos del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Tercera Sección de Occidente". Para los efectos legales correspondientes se emite la presente en la Villa de San Matías, a los treinta días del mes de enero de dos mil catorce. MAMERTA EDUVIGES BONILLA DE BARILLAS, REPRESENTANTE LEGAL DE ACCIONISTAS DE LA SOCIEDAD BARILLAS BONILLA S.A. DE C.V. Se hace saber a las personas que se presenten a participar a la subasta que deberán de presentar sus respectivos documentos de Identidad NIT y comprobar su solvencia económica por medio de libreta de ahorro, cheque certificado, constancia de ahorro, efectivo u otro documento similar Librado en el Juzgado Primero de lo Mercantil San Salvador, a las once horas con treinta minutos del día seis de enero de dos mil catorce. MSC. MARÍA FLOR SILVESTRE LÓPEZ BARRIERE, JUEZ PRIMERO DE LO MERCANTIL. LIC. JUAN CARLOS NAJARRO PÉREZ, SECRETARIO. 1 v. No. F026120 PATENTE DE INVENCIÓN No. de Expediente: 2014004658 No. de Presentación: 20140016256 EL INFRASCRITO REGISTRADOR, 3 v. alt. No. F026050-1 DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE SOCIEDADES LA JUNTA DIRECTIVA DE ACCIONISTAS DE LA SOCIEDAD BARILLAS BONILLA DE CAPITAL VARIABLE. HACE CONSTAR: Que en el libro de actas número catorce de la junta celebrada en el municipio de San Matías, a las dos de la tarde con treinta minutos del día treinta de enero del dos mil catorce. Consta el punto que en lo medular literalmente dice: Tercero: encontrándose reunidos el cien por ciento de los accionistas por unanimidad se acuerda. HACE SABER: Que a esta Oficina se ha presentado GILBERTO ALFONSO FAJARDO CARCAMO, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR Y ANTIGUO CUSCATLAN, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como GESTOR OFICIOSO de EURO-CELTIQUE S.A., del domicilio de 2, AVENUE CHARLES DE GAULLE, L-1653, LUXEMBURGO, de nacionalidad LUXEMBURGUESA, solicitando se conceda Registro de la PATENTE DE INVENCION en fase nacional de una solicitud internacional PCT/US2012/055277 denominada COMPOSICIONES FARMACÉUTICAS, por el término de VEINTE AÑOS, con Clasificación Internacional A61K 31/4184, A61K 31/16, A61P 35/00, A61K 31/4164, y con prioridad de la solicitud ESTADOUNIDENSE No. 61/536,038, de fecha dieciocho de septiembre del año dos mil once, solicitud ESTADOUNIDENSE No. 61/602,408, de fecha veintitrés de febrero del año dos mil doce. Cuarto: por unanimidad se acuerda nombrar como liquidador a la señora Mamerta Eduviges Bonilla de Barillas; quien es mayor de edad, comerciante de este domicilio con Documento Único de Identidad numero: cero, dos, veintisiete, cuarenta y cinco, veintiocho guión seis, quien será la encargada de liquidación y ejercerá las funciones a que se refiere la escritura de constitución de la sociedad. Se refiere a: LA PRESENTE INVENCIÓN SE REFIERE A COMPOSICIONES FARMACÉUTICAS QUE COMPRENDEN: (A) UN CICLOPOLISACÁRIDO Y (B) UN COMPUESTO DE LA FÓRMULA (I) O SU SAL FARMACÉUTICAMENTE ACEPTABLE: (VER FÓRMULA); DONDE X1, X2, Q, Z Y M SON COMO SE DEFINEN EN LA PRESENTE. TAMBIÉN SE DESCRIBE UN MÉTODO PARA TRATAR UNA ENFERMEDAD NEOPLÁSICA O UNA ENFERMEDAD INMUNITARIA CON ESTAS COMPOSICIONES. La solicitud fue presentada internacionalmente el día catorce de septiembre del año dos mil doce. El nombramiento anterior se hace según lo dispuesto en el artículo trescientos veintiocho del Código de Comercio. Ley. Disolver la sociedad Barillas Bonilla sociedad anónima de capital variable. De conformidad a lo establecido en el artículo ciento ochenta y siete romano IV del código de comercio. Quinto: Los presentes en cumplimiento a lo requerido facultan a la señora Mamerta Eduviges Bonilla de Barrilla; representante legal de la Sociedad Barillas Bonilla para que proceda a publicar en el Diario Oficial y en diario de circulación nacional el acuerdo de la disolución respectiva y en su oportunidad inscriba el presente acuerdo de disolución en el Registro de Comercio. Sexto: Por unanimidad se fija el plazo de cuatro meses en que se deba practicar la liquidación de la sociedad contando a partir de la fecha en que se inscriba el acuerdo de disolución en el Registro de Comercio. Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL: DEPARTAMENTO DE PATENTES. San Salvador, a los catorce días del mes de febrero del año dos mil catorce. LUIS ALONSO CÁCERES AMAYA, REGISTRADOR. 1 v. No. C011545 105 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO EDICTO DE EMPLAZAMIENTO EMPLAZAMIENTO POR EDICTO LOS INFRASCRITOS MIEMBROS DE LA COMISION DE SERVICIO CIVIL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, ROMEL MORALES RUIZ, EDWIN ALFREDO TREJO AVALOS Y JOSE MAURICIO HERNANDEZ MARTINEZ HACEN SABER: Que en el presente edicto se emplaza a la señora SANDRA ELIZABETH RODAS GONZÁLEZ, quien es de treinta años de edad, del domicilio de San Salvador; con Documento Único de Identidad cero dos siete cuatro nueve cero cinco siete- siete, que en esta comisión se ha presentado el Licenciado JIMMY NEYIB MARTELL HERNANDEZ, abogado, con Documento Único de Identidad personal número cero dos millones doscientos setenta y ocho mil sesenta y seis - ocho y con Número de Identificación Tributaria número cero seis uno cuatro guión dos seis cero siete siete ocho uno cero cuatro guión cinco, en su calidad de apoderado general judicial del Doctor José Salomón Padilla, Presidente de la Corte Suprema de Justicia y del Órgano Judicial, quien es de cuarenta y siete años de edad, Abogado y Notario de la República, del domicilio de San Salvador, con Documento Único de Identidad número cero un millón setecientos diez mil novecientos setenta y seis -ocho, PROMOVIENDO JUICIO DE DESTITUCIÓN, EN CONTRA DE LA SEÑORA SANDRA ELIZABETH RODAS GONZÁLEZ, que literalmente dice: la señora SANDRA ELIZABETH RODAS GONZÁLEZ, labora para la Corte Suprema de Justicia, en la plaza de auxiliar de oficina y está ubicada en el archivo judicial central, en la que afirma que la señora Rodas González ha faltado a su trabajo desde el dos de mayo hasta el doce de octubre ambas fechas inclusive del año dos mil doce sin causa justificada, configurándose la causal de destitución que regula el art. 54 literal g) de la Ley de Servicio Civil, y en cumplimiento a la resolución dictada en el Proceso 10-d-2012, dictada en San Salvador a las once horas y diez minutos del día veintiuno de junio del año dos mil trece, líbrese y publíquese el edicto de ley para ser publicado en Diario Oficial por una sola vez y tres veces en un periódico impreso de circulación diaria y nacional; así mismo publíquese en el tablero de esta comisión; para que en el plazo de tres días hábiles contados a partir del día siguiente de efectuada la última publicación, conteste la demanda incoada en su contra y pueda preparar la defensa en sus derechos o intereses legítimos, caso contrario el proceso continuará sin su presencia, conforme lo señalan los arts. 181 y 182 numeral cuatro ambos del CPCM. Librado en la COMISIÓN DE SERVICIO CIVIL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, a las diez horas y treinta minutos del día treinta y uno de octubre de dos mil trece. EDWIN ALFREDO TREJO AVALOS ROMEL MORALES RUIZ LOS INFRASCRITOS MIEMBROS DE LA COMISION DE SERVICIO CIVIL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, LICENCIADOS: JOSE MAURICIO HERNANDEZ MARTINEZ, ROMEL MORALES RUIZ Y EDWIN ALFREDO TREJO AVALOS, HACEN SABER: Que en el presente edicto se emplaza al señor CARLOS VLADIMIR RIVERA MARTINEZ, quien es de cuarenta años de edad, del domicilio de El Carmen, departamento de Cuscatlán; con Documento Único de Identidad número cero dos millones trescientos ochenta y ocho mil setecientos cuatro -nueve, que en esta comisión se ha presentado el Licenciado JIMMY NEYIB MARTELL HERNANDEZ, abogado, con Número de Identidad Personal número cero dos millones doscientos setenta y ocho mil sesenta y seis-ocho y con Número de Identificación Tributaria número cero seis uno cuatro guión dos seis cero siete siete ocho uno cero cuatro guión cinco, en su calidad de apoderado general judicial del Doctor José Salomón Padilla, Presidente de la Corte Suprema de Justicia y del Órgano Judicial, quien es de cuarenta y siete años de edad, Abogado y Notario de la República, del domicilio de San Salvador, departamento de San Salvador, con documento único de identidad número cero un millón setecientos diez mil novecientos setenta y seis-ocho, PROMOVIENDO JUICIO DE DESTITUCION, EN CONTRA DEL SEÑOR RIVERA MARTINEZ, que literalmente dice: "El señor CARLOS VLADIMIR RIVERA MARTINEZ, labora para la Corte Suprema de Justicia en la plaza de Auxiliar de Autopsia I y está ubicado en el Instituto de Medicina Legal "Dr. Roberto Masferrer", bajo régimen de Ley de Salarios, el señor CARLOS VLADIMIR RIVERA MARTINEZ, faltó por más de ocho días consecutivos sin causa justificada, al desempeño de sus funciones durante el periodo comprendido del 07 de agosto de 2012, al 14 de febrero de 2013, conducta que se enmarca dentro de la causal de destitución regulada en el literal g) del artículo 54 de la Ley de Servicio Civil". Y en cumplimiento a la resolución dictada en el Proceso 04-DT2013, dictada en San Salvador a las once horas y diez minutos del día veintiséis de abril del año dos mil trece, líbrese y publíquese el edicto de ley para ser publicado en Diario Oficial una sola vez y tres veces en un periódico impreso de circulación diaria y nacional; así mismo publíquese en el tablero de esta comisión, para que en el plazo de tres días hábiles contados a partir del día siguiente de efectuada la última publicación, conteste la demanda incoada en su contra y pueda preparar la defensa en sus derechos o intereses legítimos, caso contrario el proceso continuará sin su presencia, conforme lo señalan los artículos 181 y 182 numeral cuarto ambos del CPCM. LIBRADO EN LA COMISIÓN DE SERVICIO CIVIL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, a diez horas y cincuenta minutos del día treinta y uno de octubre del año dos mil trece. JOSÉ MAURICIO HERNÁNDEZ MARTÍNEZ ROMEL MORALES RUIZ JOSE MAURICIO HERNANDEZ MARTINEZ 1 v. No. F026049 EDWIN ALFREDO TREJO AVALOS 1 v. No. F026052 106 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 LA INFRASCRITA JUEZA DOS, DEL JUZGADO CUARTO DE MENOR CUANTIA DE SAN SALVADOR, LICENCIADA MORENA GUADALUPE MONTOYA POLANCO, al demandado JOSE ANIBAL BURGOS MARTINEZ, mayor de edad, Empleado, con Número de Identificación Tributaria cero cero ochocientos siete guión doscientos ochenta mil trescientos sesenta y siete guión ciento uno guión cero, HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las nueve horas y treinta minutos del día dos de julio de dos mil doce, se resolvió admitir la demanda de PROCESO EJECUTIVO CIVIL, en contra del mismo, por estar en deberle a favor del Estado de El Salvador en el ramo de Hacienda en concepto de impuesto sobre la renta, clasificado dicho proceso con el Número Único de Expediente 07543-12-EC-4MC2, promovido por la Licenciada ELSY ANGELICA RAMIREZ ZELAYA, quien actúa en su calidad de Agente Auxiliar de la Fiscalía General de la República; y a solicitud de la parte demandante por desconocer el domicilio actual del señor JOSE ANIBAL BURGOS MARTINEZ, se procede a NOTIFICARLE en legal forma el decreto de embargo y demanda que lo motiva, de conformidad al Art. 186 del CPCM, en consecuencia se le previene al referido demandado, que se presente a este Juzgado, debidamente identificado dentro del término de DIEZ DIAS HABILES, contados a partir del día siguiente de la última publicación de ley, a efecto de contestar la demanda incoada en su contra o mostrar oposición a la misma por medio de procurador. El presente edicto será publicado mediante Tablero Judicial y en el Diario Oficial por una sola vez, y por tres ocasiones en un periódico de circulación diaria nacional; de hacer caso omiso a dicho llamado se procederá a nombrarle un curador ad lítem para que lo represente en el proceso. en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, Consistente en: la palabra Weya y diseño, que servirá para: AMPARAR SERVICIOS DE RESTAURACION (ALIMENTACION); HOSPEDAJE TEMPORAL. Clase: 43. La solicitud fue presentada el día veintiocho de enero del año dos mil catorce. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, tres de febrero del año dos mil catorce. ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ, REGISTRADOR. RHINA GUADALUPE BARRERA QUINTANILLA, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C011559-1 Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de ley correspondientes y para que le sirva de legal emplazamiento al demandado JOSE ANIBAL BURGOS MARTINEZ se libra el presente edicto en el Juzgado Cuarto de Menor Cuantía Jueza Dos. No. de Expediente: 2013125675 No. de Presentación: 20130182193 San Salvador, a las ocho horas y diez minutos del día veintidós de enero de dos mil catorce. LICDA. MORENA GUADALUPE MONTOYA POLANCO, JUEZA DOS JUZGADO CUARTO DE MENOR CUANTIA SAN SALVADOR. LICDA. SANDRA DINORA GIRON GIRON SECRETARIA DOS JUZGADO CUARTO DE MENOR CUANTÍA SAN SALVADOR. CLASE: 39. LA INFRASCRITA REGISTRADORA HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de Despegar Online S.R.L., de nacionalidad URUGUAYA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, 1 v. No. F026054 MARCA DE SERVICIOS No. de Expediente: 2014133110 No. de Presentación: 20140195980 CLASE: 43. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ANGELA AMANDA MARTINEZ MONGE, de nacionalidad SALVADOREÑA, Consistente en: la letra d y diseño, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE ORGANIZACION DE VIAJES INCLUYENDO: SERVICIOS DE ORGANIZACION DE VIAJES PRESTADOS POR AGENCIAS DE TURISMO, VISITAS TURISTICAS, RECEPCION Y ATENCION DE TURISTAS (ACOMPAÑAMIENTO DE VIAJEROS), DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. 107 DE TRANSPORTE INCLUYENDO: SERVICIOS DE TRANSPORTE DE PERSONAS O MERCANCIAS DE UN LUGAR A OTRO (POR FERROCARRIL CARRETERA, AGUA O AIRE), RESERVAS DE PLAZAS DE VIAJE, SERVICIOS DE INFORMACION SOBRE VIAJES O TRANSPORTE DE MERCANCIAS PRESTADOS POR INTERMEDIARIOS; SERVICIOS DE INFORMACION SOBRE TARIFAS, HORARIOS Y MEDIOS DE TRASPORTE, ORGANIZACION DE VIAJES Y RESERVAS DE VIAJES. Clase: 39. La solicitud fue presentada el día veintidós de marzo del año dos mil trece. La solicitud fue presentada el día veintidós de marzo del año dos mil trece. REGISTRADORA. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veinticuatro de enero del año dos mil catorce. VANESSA MARÍA ROSALES AGUILAR, REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veinticuatro de enero del año dos mil catorce. LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO, SECRETARIA. LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO, 3 v. alt. No. C011589-1 REGISTRADORA. VANESSA MARÍA ROSALES AGUILAR, SECRETARIA. No. de Expediente: 2014132790 No. de Presentación: 20140195356 CLASE: 38. 3 v. alt. No. C011588-1 EL INFRASCRITO REGISTRADOR No. de Expediente: 2013125676 No. de Presentación: 20130182194 HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de A&E Televisión Networks, LLC, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, CLASE: 39. LA INFRASCRITA REGISTRADORA HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de Despegar Online S.R.L., de nacionalidad URUGUAYA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, Consistente en: la frase decolar.com y diseño, que se traduce al castellano como despegar.com, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE ORGANIZACION DE VIAJES INCLUYENDO: SERVICIOS DE ORGANIZACION DE VIAJES PRESTADOS POR AGENCIAS DE TURISMO, VISITAS TURISTICAS, RECEPCION Y ATENCION DE TURISTAS (ACOMPAÑAMIENTO DE VIAJEROS), DE TRANSPORTE INCLUYENDO: SERVICIOS DE TRANSPORTE DE PERSONAS O MERCANCIAS DE UN LUGAR A OTRO (POR FERROCARRIL, CARRETERA, AGUA O AIRE), RESERVAS DE PLAZAS DE VIAJE, SERVICIOS DE INFORMACION SOBRE VIAJES O TRANSPORTE DE MERCANCIAS PRESTADOS POR INTERMEDIARIOS; SERVICIOS DE INFORMACION SOBRE TARIFAS, HORARIOS Y MEDIOS DE TRASPORTE, ORGANIZACION DE VIAJES Y RESERVAS DE VIAJES. Clase: 39. Consistente en: la palabra fyi, y diseño, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE RADIODIFUSIÓN, A SABER, RADIODIFUSIÓN DE TELEVISIÓN, DIFUSIÓN DE VIDEO, RADIODIFUSIÓN EN INTERNET, TELEVISIÓN POR CABLE Y RADIODIFUSIÓN, RADIODIFUSIÓN DIGITAL, RADIODIFUSIÓN VÍA SATÉLITE Y RADIODIFUSIÓN DE AUDIO; RADIODIFUSIÓN DE PROGRAMACIÓN DE AUDIO Y VIDEO SUMINISTRADO A TRAVÉS DE UNA RED MUNDIAL DE COMUNICACIONES; SERVICIOS DE TRANSMISIÓN A TRAVÉS DE AIRE, SATÉLITE Y RADIO Y TELEVISIÓN POR CABLE; TRANSMISIÓN ELECTRÓNICA DE DATOS VÍA SATÉLITE; TRANSMISIÓN ELECTRÓNICA DE DATOS A TRAVÉS DE REDES GLOBALES Y LOCALES DE ORDENADORES; SERVICIOS DE COMUNICACIONES DE BANDA ANCHA, A SABER, SATÉLITE, TELEVISIÓN POR CABLE Y RED DE TRANSMISIÓN INALÁMBRICA DE SONIDOS, IMÁGENES, SEÑALES Y DATOS; SERVICIOS DE TRANSMISIÓN DE VIDEOS EN DEMANDA; SERVICIOS DE COMUNICACIÓN INALÁMBRICOS, A SABER, TRANSMISIÓN DE PROGRAMAS DE TELEVISIÓN Y DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 108 PELÍCULAS A DISPOSITIVOS MÓVILES; PROVISIÓN DE SALAS DE CHAT EN LÍNEA Y TABLONES DE ANUNCIOS ELECTRÓNICOS PARA LA TRANSMISIÓN ELECTRÓNICA DE MENSAJES ENTRE USUARIOS EN EL ÁMBITO DE LOS DOCUMENTALES, DRAMAS Y TEMAS RELACIONADOS A VIAJAR, COMIDA Y VINO, COCINA, ENTRETENIMIENTO, HOGAR, CRIANZA DE LOS HIJOS, MÚSICA, SALUD, NOTICIAS, MODA, BELLEZA, BODAS, COMPRAS, RELACIONES, CARRERA, NEGOCIOS, ADMINISTRACIÓN DEL DINERO, TECNOLOGÍA, MEDIO AMBIENTE, BIENES RAÍCES, JARDINERÍA, DISEÑO DE INTERIORES, OCIO, CULTURA POPULAR, HISTORIA, LITERATURA, JUEGOS Y ESTILO DE VIDA. Clase: 38. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, catorce de febrero del año dos mil catorce. La solicitud fue presentada el día quince de enero del año dos mil catorce. 3 v. alt. No. F026025-1 REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, treinta de enero del año dos mil catorce. DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ, REGISTRADOR. LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA, SECRETARIA. No. de Expediente: 2014133073 No. de Presentación: 20140195937 MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ, CLASE: 35. EL INFRASCRITO REGISTRADOR REGISTRADOR. MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES, SECRETARIO. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ELISA HAYDEE GONZALEZ DE AZUCENA, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, 3 v. alt. No. C011591-1 No. de Expediente: 2013132132 No. de Presentación: 20130194114 CLASE: 35. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JULIO CESAR VARGAS SOLANO, en su calidad de APODERADO de ELECTRONICA STEREN, S.A. DE C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, STEREN SHOP Consistente en: las palabras C GConsulting Group y diseño, se traduce al castellano las palabras Consulting Group como: grupo consultor, que servirá para: AMPARAR: CONSULTORIA EN RECURSOS HUMANOS, CAPACITACION EMPRESARIAL, RECLUTAMIENTO Y SELECCION DE PERSONAL Y TODAS LAS ACTIVIDADES ENCAMINADAS A LA ASESORIA EMPRESARIAL. Clase: 35. La solicitud fue presentada el día veintiocho de enero del año dos mil catorce. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintiséis de febrero del año dos mil catorce. DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ, Consistente en: las palabras STEREN SHOP, se traduce al castellano como: Tienda Steren, que servirá para: AMPARAR: PUBLICIDAD; GESTION DE NEGOCIOS COMERCIALES; ADMINISTRACION COMERCIAL; TRABAJOS DE OFICINA. Clase: 35. REGISTRADOR. LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA, SECRETARIA. La solicitud fue presentada el día nueve de diciembre del año dos mil trece. 3 v. alt. No. F026057-1 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. MARCA DE PRODUCTO 109 LEGAL de CALLEJA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, No. de Expediente: 2014133309 Happy Kitchen No. de Presentación: 20140196429 CLASE: 28. Consistente en: las palabra Happy Kitchen, se traduce al castellano EL INFRASCRITO REGISTRADOR como: Cocina feliz, que servirá para: AMPARAR: JUGUETES DE COCINA. Clase: 28. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado FRANCISCO JAVIER CALLEJA MALAINA, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de CALLEJA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, La solicitud fue presentada el día cuatro de febrero del año dos mil catorce. solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de HAPPY TIMES Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, dieciocho de febrero del año dos mil catorce. Consistente en: las palabras HAPPY TIMES, se traduce al castellano como: Tiempos felices, que servirá para: AMPARAR: JUGUETES DE DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ, COCINA. Clase: 28. REGISTRADOR. La solicitud fue presentada el día cuatro de febrero del año dos mil catorce. LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA, SECRETARIA. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, diecinueve de febrero del año dos mil catorce. 3 v. alt. No. C011547-1 DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ, REGISTRADOR. No. de Expediente: 2014133317 LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA, No. de Presentación: 20140196437 CLASE: 28. SECRETARIA. 3 v. alt. No. C011546-1 EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha (n) presentado FRANCISCO JAVIER CALLEJA MALAINA, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de CALLEJA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVA- No. de Expediente: 2014133312 DOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, No. de Presentación: 20140196432 CLASE: 28. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado FRANCISCO JAVIER CALLEJA MALAINA, en su calidad de REPRESENTANTE Rainbow Family Consistente en: la frase Rainbow Family, que se traduce al castellano como Familia Arco Iris, que servirá para: AMPARAR: JUGUETES DE CUNA. Clase: 28. DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 110 La solicitud fue presentada el día cuatro de febrero del año dos mil catorce. No. de Expediente: 2014133320 No. de Presentación: 20140196440 CLASE: 28. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, siete de febrero del año dos mil catorce. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha (n) presentado FRANCISCO JAVIER CALLEJA MALAINA, en su calidad de REPRESEN- LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. TANTE LEGAL de CALLEJA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON, SECRETARIO. Lovely Sally 3 v. alt. No. C011548-1 Consistente en: la frase Lovely Sally, que se traduce al castellano como amorosa Sally, que servirá para: AMPARAR: MUÑECAS DE No. de Expediente: 2014133318 JUGUETE. Clase: 28. No. de Presentación: 20140196438 La solicitud fue presentada el día cuatro de febrero del año dos mil CLASE: 28. catorce. EL INFRASCRITO REGISTRADOR REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de HACE SABER: Que a esta oficina se ha (n) presentado FRANCISCO JAVIER CALLEJA MALAINA, en su calidad de REPRESEN- Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, siete de febrero del año dos mil catorce. TANTE LEGAL de CALLEJA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, Pretty Style Consistente en: las palabras Pretty Style, se traduce al castellano REGISTRADORA. FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON, como: Estilo bonito, que servirá para: AMPARAR: MUÑECA DE SECRETARIO. JUGUETE. Clase: 28. La solicitud fue presentada el día cuatro de febrero del año dos mil catorce. 3 v. alt. No. C011550-1 REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, No. de Expediente: 2014132832 diecinueve de febrero del año dos mil catorce. No. de Presentación: 20140195463 DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ, REGISTRADOR. CLASE: 30, 43. EL INFRASCRITO REGISTRADOR LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA, SECRETARIA. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado GRACE 3 v. alt. No. C011549-1 ELENA VIERA ESCOBAR, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO Y SERVICIO, 111 La solicitud fue presentada el día cuatro de febrero del año dos mil catorce. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veinte de febrero del año dos mil catorce. DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ, Consistente en: las palabras El dulce Derecho y diseño, que servirá REGISTRADOR. para: AMPARAR: PAN, PRODUCTOS DE PASTELERÍA Y CONFITERÍA. Clase: 30. Para: AMPARAR: SERVICIOS DE ALIMENTA- LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA, CIÓN, CONSISTENTES EN LA PREPARACIÓN DE ALIMENTOS SECRETARIA. Y BEBIDAS PARA EL CONSUMO. Clase: 43. La solicitud fue presentada el día dieciséis de enero del año dos 3 v. alt. No. C011552-1 mil catorce. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, treinta y uno de enero del año dos mil catorce. No. de Expediente: 2014133327 No. de Presentación: 20140196447 CLASE: 28. MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ, REGISTRADOR. EL INFRASCRITO REGISTRADOR MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES, SECRETARIO. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado FRANCISCO JAVIER CALLEJA MALAINA, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de CALLEJA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, 3 v. alt. No. C011551-1 Tasty Treats No. de Expediente: 2014133321 No. de Presentación: 20140196441 Consistente en: las palabras Tasty Treats, se traduce al castellano como: Bocadillos deliciosos, que servirá para: AMPARAR: JUGUETES DE COCINA. Clase: 28. CLASE: 28. La solicitud fue presentada el día cuatro de febrero del año dos mil catorce. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado FRANCISCO JAVIER CALLEJA MALAINA, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de CALLEJA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veinte de febrero del año dos mil catorce. solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ, Party Princess REGISTRADOR. LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA, Consistente en: las palabras Party Princess, se traduce al castellano SECRETARIA. como: Princesa de fiesta, que servirá para: AMPARAR: MUÑECAS DE JUGUETE. Clase: 28. 3 v. alt. No. C011553-1 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 112 No. de Expediente: 2014133326 La solicitud fue presentada el día cuatro de febrero del año dos mil catorce. No. de Presentación: 20140196446 CLASE: 28. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, diecinueve de febrero del año dos mil catorce. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado FRANCISCO JAVIER CALLEJA MALAINA, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de CALLEJA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, Tiny Land DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ, REGISTRADOR. LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C011555-1 Consistente en: la frase Tiny Land, que se traduce al castellano como Valle pequeño, que servirá para: AMPARAR: JUGUETES DE CUNA. Clase: 28. La solicitud fue presentada el día cuatro de febrero del año dos mil catorce. No. de Expediente: 2014133313 No. de Presentación: 20140196433 REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, siete de febrero del año dos mil catorce. CLASE: 28. EL INFRASCRITO REGISTRADOR LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado FRANCISCO JAVIER CALLEJA MALAINA, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de CALLEJA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON, SECRETARIO. Lovely Baby 3 v. alt. No. C011554-1 Consistente en: las palabras Lovely Baby, que se traducen al castellano como Bebé Amoroso, que servirá para: AMPARAR: JUGUETES. Clase: 28. No. de Expediente: 2014133315 No. de Presentación: 20140196435 La solicitud fue presentada el día cuatro de febrero del año dos mil catorce. CLASE: 28. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado FRANCISCO JAVIER CALLEJA MALAINA, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de CALLEJA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, doce de febrero del año dos mil catorce. MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ, REGISTRADOR. Little Friends SILVIA LORENA VEGA CHICAS, SECRETARIA. Consistente en: las palabras Little Friends, se traduce al castellano como: Pequeños amigos, que servirá para: AMPARAR: JUGUETES DE CUNA. Clase: 28. 3 v. alt. No. C011556-1 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. 113 LATIN AMERICA TRADEMARK CORPORATION, de nacionalidad PANAMEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, No. de Expediente: 2013132233 No. de Presentación: 20130194352 CLASE: 29. MELK ROEMMERS LA INFRASCRITA REGISTRADORA HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de THE LATIN AMERICA TRADEMARK CORPORATION, de nacionalidad PANAMEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, LACTANT ROEMMERS Consistente en: la frase LACTANT ROEMMERS, que servirá para: AMPARAR: CARNE, PESCADO, CARNE DE AVE Y CARNE DE CAZA; EXTRACTOS DE CARNE; FRUTAS Y VERDURAS, HORTALIZAS Y LEGUMBRES EN CONSERVA, CONGELADAS, SECAS Y COCIDAS; JALEAS, CONFITURAS, COMPOTAS; HUEVOS; LECHE Y PRODUCTOS LACTEOS; ACEITES Y GRASAS COMESTIBLES. Clase: 29. Consistente en: la frase MELK ROEMMERS, que servirá para: AMPARAR: CARNE, PESCADO, CARNE DE AVE Y CARNE DE CAZA; EXTRACTOS DE CARNE; FRUTAS Y VERDURAS, HORTALIZAS Y LEGUMBRES EN CONSERVA, CONGELADAS, SECAS Y COCIDAS; JALEAS, CONFITURAS, COMPOTAS; HUEVOS; LECHE Y PRODUCTOS LACTEOS; ACEITES Y GRASAS COMESTIBLES. Clase: 29. La solicitud fue presentada el día trece de diciembre del año dos mil trece. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintisiete de enero del año dos mil catorce. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR, SECRETARIA. La solicitud fue presentada el día trece de diciembre del año dos mil trece. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, treinta de enero del año dos mil catorce. 3 v. alt. No. C011582-1 No. de Expediente: 2013132106 No. de Presentación: 20130194065 CLASE: 32. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, LA INFRASCRITA REGISTRADORA REGISTRADORA. VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR, SECRETARIA. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de PEPSICO, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, 3 v. alt. No. C011581-1 No. de Expediente: 2013132230 No. de Presentación: 20130194349 CLASE: 29. LA INFRASCRITA REGISTRADORA HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de THE Consistente en: la palabra pepsi y diseño, que servirá para: AMPARAR: AGUAS MINERALES Y GASEOSAS, Y OTRAS BEBIDAS SIN ALCOHOL; BEBIDAS A BASE DE FRUTAS Y ZUMOS DE FRUTAS; SIROPES Y OTRAS PREPARACIONES PARA ELABORAR BEBIDAS. Clase: 32. DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 114 La solicitud fue presentada el día seis de diciembre del año dos mil trece. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, quince de enero del año dos mil catorce. No. de Expediente: 2014132595 No. de Presentación: 20140194959 CIASE: 16. EL INFRASCRITO REGISTRADOR LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR, Kimberly-Clark Worldwide, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C011583-1 CALORIE ABSORB Consistente en: las palabras CALORIE ABSORB, donde la pala- No. de Expediente: 2014132586 bra Calorie se traduce al castellano como Calorías, y Absorb se traduce No. de Presentación: 20140194950 como Absorber, que servirá para: AMPARAR: TOALLAS DE PAPEL CLASE: 03. Y SERVILLETAS DE PAPEL. Clase: 16. La solicitud fue presentada el día ocho de enero del año dos mil EL INFRASCRITO REGISTRADOR catorce. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de COLGATE-PALMOLIVE COMPANY, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veinte de enero del año dos mil catorce. MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ, REGISTRADOR. MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES, Consistente en: las palabras Colgate My First y diseño, donde la palabra My se traduce al castellano como Mi, y First se traduce como Primero, que servirá para: AMPARAR: PASTA DE DIENTES. Clase: 03. SECRETARIO. 3 v. alt. No. C011586-1 La solicitud fue presentada el día ocho de enero del año dos mil catorce. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veinte de enero del año dos mil catorce. MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ, No. de Expediente: 2014132592 No. de Presentación: 20140194956 CLASE: 07. REGISTRADOR. MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES, EL INFRASCRITO REGISTRADOR SECRETARIO. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO 3 v. alt. No. C011584-1 RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. WAL-MART STORES, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, 115 CAFÉ, PREPARACIONES Y BEBIDAS HECHAS A BASE DE SUBSTITUTOS DEL CAFÉ, CHICORIA [SUBSTITUTOS DEL CAFÉ]; TÉ, A SABER: EXTRACTOS DE TÉ, PREPARACIONES Y BEBIDAS ONN HECHAS A PARTIR DE TÉ, TÉ HELADO; PREPARACIONES HECHAS A BASE DE MALTA; CACAO, A SABER: PREPARACIONES Consistente en: la palabra ONN, que servirá para: AMPARAR: MÁQUINAS Y MÁQUINAS HERRAMIENTAS, A SABER: MEZCLADORES ELÉCTRICOS PARA USO DOMÉSTICO, MÁQUINAS PARA HACER SODAS, ROBOTS DE COCINA ELÉCTRICOS, BATIDORAS, EXTRACTORES DE JUGO, ABRELATAS ELÉCTRICOS, CUCHILLOS ELÉCTRICOS; MOTORES (EXCEPTO MOTORES PARA VEHÍCULOS TERRESTRES); ACOPLAMIENTOS Y ELEMENTOS DE TRANSMISIÓN (EXCEPTO PARA VEHÍCULOS TERRESTRES); INSTRUMENTOS AGRÍCOLAS QUE NO SEAN ACCIONADOS MANUALMENTE; INCUBADORAS DE HUEVOS; DISTRIBUIDORES AUTOMÁTICOS. Clase: 07. La solicitud fue presentada el día ocho de enero del año dos mil catorce. Y BEBIDAS HECHAS A PARTIR DE CACAO, CHOCOLATE, A SABER: PRODUCTOS DE CHOCOLATERÍA, PREPARACIONES Y BEBIDAS HECHAS A BASE DE CHOCOLATE; CONFITERÍA, A SABER: GOLOSINAS, CARAMELOS, CONFITERÍA AZUCARADA, AZÚCAR, GOMA DE MASCAR; EDULCORANTES NATURALES; PRODUCTOS DE PANADERÍA, A SABER: PAN, LEVADURA, ARTÍCULOS DE PASTELERÍA, BIZCOCHOS, TARTAS, GALLETAS, BARQUILLOS, POSTRES, BUDINES; HELADOS COMESTIBLES, A SABER: HELADOS COMESTIBLES A PARTIR DE AGUA, SORBETES, CONFITERÍA HELADA, TARTAS HELADAS, CREMAS HELADAS, POSTRES HELADOS, YOGURTS HELADOS, PRODUCTOS PARA LA PREPARACIÓN DE HELADOS COMESTIBLES Y/O HELADOS COMESTIBLES A PARTIR DE AGUA Y/O SORBETES REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veinte de enero del año dos mil catorce. Y/O CONFITERÍA HELADA Y/O TARTAS HELADAS Y/O CREMAS HELADAS Y/O POSTRES HELADOS Y/O YOGHURTS HELADOS; MIEL Y SUBSTITUTOS DE LA MIEL; CEREALES PARA EL DESAYUNO, A SABER: HOJUELAS DE MAÍZ, BARRAS DE MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ, REGISTRADOR. CEREAL, CEREALES LISTOS PARA COMER, PREPARACIONES DE CEREALES; ARROZ, PASTAS ALIMENTICIAS, TALLARINES; MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES, SECRETARIO. PRODUCTOS ALIMENTICIOS HECHOS A PARTIR DE ARROZ, DE HARINA O DE CEREALES, TAMBIÉN BAJO LA FORMA DE PLATOS COCINADOS; PIZZAS; SANDWICH; MEZCLAS DE 3 v. alt. No. C011587-1 PASTAS ALIMENTICIAS Y POLVOS PARA PASTELES; SALSAS; SALSA DE SOYA; KETCHUP; PRODUCTOS PARA AROMATIZAR O SAZONAR LOS ALIMENTOS, ESPECIAS COMESTIBLES, CONDIMENTOS, SALSA PARA ENSALADA, MAYONESA; MOSTAZA; No. de Expediente: 2014132793 VINAGRE. Clase: 30. No. de Presentación: 20140195359 CLASE: 30. La solicitud fue presentada el día quince de enero del año dos mil catorce. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de Société des Produits Nestlé S.A., de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintinueve de enero del año dos mil catorce. MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ, REGISTRADOR. MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES, Consistente en: un diseño identificado como Tazón, que servirá para: AMPARAR: CAFÉ, A SABER: EXTRACTOS DE CAFÉ, PREPARACIONES Y BEBIDAS HECHAS A BASE DE CAFÉ, CAFÉ HELADO, SUBSTITUTOS DEL CAFÉ, EXTRACTOS DE SUBSTITUTOS DEL SECRETARIO. 3 v. alt. No. C011590-1 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 116 No. de Expediente: 2013132448 No. de Presentación: 20130194748 CLASE: 09. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de INTEL CORPORATION, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, INTEL REALSENSE Consistente en: las palabras INTEL REALSENSE, que servirá para: AMPARAR: COMPUTADORAS: COMPUTADORAS DE MANO, MINICOMPUTADORAS, HARDWARE DE COMPUTADORA; SOFTWARE INFORMÁTICO; HARDWARE Y SOFTWARE DE RECONOCIMIENTO DE VOZ; SOFTWARE DE CONVERSIÓN DE VOZ A TEXTO; APLICACIONES DE SOFTWARE HABILITADAS POR VOZ; SOFTWARE DE RECONOCIMIENTO DE CARACTERES; SOFTWARE DE COMPUTADORA EN EL CAMPO DEL LENGUAJE NATURAL, VOZ, HABLA, LENGUAJE, RECONOCIMIENTO DE VOZ Y RECONOCIMIENTO DE VOZ DE IMPRESIÓN; HARDWARE Y SOFTWARE PARA SISTEMAS DE CÁMARA 3D UTILIZADOS EN EL SEGUIMIENTO DE LOS OJOS Y EL RECONOCIMIENTO DE GESTOS, APARATO DE SEGURIDAD ELECTRÓNICA Y APARATOS DE VIGILANCIA, SOFTWARE Y HARDWARE DE SEGURIDAD UTILIZANDO LOS OJOS Y GESTOS CON TECNOLOGÍA DE SEGUIMIENTO; TELÉFONOS CELULARES, TELÉFONOS MÓVILES, TELÉFONOS INTELIGENTES; ORGANIZADORES PERSONALES ELECTRÓNICOS PORTÁTILES Y DE MANO; APARATOS Y DISPOSITIVOS ELECTRÓNICOS DE CONSUMO; TELEVISORES, REPRODUCTORES DE MÚSICA DIGITALES, REPRODUCTORES DE DVD, GRABADORAS, CREADORES Y QUEMADORES, DISPOSITIVOS DIGITALES PERSONALES, CÁMARAS DIGITALES Y GRABADORAS DIGITALES, PRODUCTOS DE CINE EN CASA, VIDEOJUEGOS, CONTROLADORES DE AUDIO, CONTROLADORES DE VÍDEO, CÁMARAS DE VIDEO, TARJETAS DE GRÁFICOS, UNIDADES DE PROCESAMIENTO GRÁFICO (GPU); SOFTWARE Y HARDWARE PARA CHIPSETS GRÁFICOS, PROCESADORES VISUALES, COPROCESADORES VISUALES, DISPOSITIVOS DE APOYO; SOFTWARE INFORMÁTICO PARA LA GESTIÓN DE INFORMACIÓN PERSONAL; SOFTWARE DE GESTIÓN DE BASES DE DATOS; SOFTWARE DE SINCRONIZACIÓN DE BASES DE DATOS; CIRCUITOS INTEGRADOS; MEMORIA DE CIRCUITOS INTEGRADOS; CHIPS DE CIRCUITOS INTEGRADOS; SETS DE CHIPS DE COMPUTADORA; PROCESADORES SEMICONDUCTORES; CHIPS DE PROCESADORES SEMICONDUCTORES; CHIPS SEMICONDUCTORES; MICROPROCESADORES; TARJETAS DE CIRCUITO IMPRESO; CIRCUITOS IMPRESOS, A SABER, TARJETAS DE CIRCUITOS INTEGRADOS, TARJETAS DE CIRCUITOS IMPRESOS Y TARJETA DE CIRCUITOS ELÉCTRICOS; TARJETAS DE CIRCUITO ELECTRÓNICO; TARJETA MADRE DE COMPUTADORA; MEMORIA DE COMPUTADORA; SISTEMAS OPERATIVOS; MICROCONTROLADORES; PROCESADORES DE DATOS; UNIDADES CENTRALES DE PROCESAMIENTO (CPU); DISPOSITIVOS DE MEMORIA SEMICONDUCTORES, A SABER, MEMORIAS SEMICONDUCTORAS Y UNIDADES DE MEMORIA SEMICONDUCTORAS; PROCESADORES PROGRAMABLES DE SOFTWARE; MICROPROCESADORES DIGITALES Y ÓPTICOS; PERIFÉRICOS DE COMPUTADORA; TARJETA DE CIRCUITO DE VIDEO; TARJETA DE CIRCUITO DE AUDIO; TARJETA DE CIRCUITO DE AUDIO-VIDEO; ACELERADORES VIDEOGRÁFICOS; ACELERADORES DE MULTIMEDIA; PROCESADORES DE VIDEO; TARJETAS DE VIDEOPROCESADORES; MEMORIAS DE DATOS; HARDWARE DE COMPUTADORA, CHIPS DE COMPUTADORA Y MICROPROCESADORES OPTIMIZADOS PARA VIGILANCIA DE SEGURIDAD ELECTRÓNICA; PROGRAMAS DE SOFTWARE DE ALGORITMOS PARA LA OPERACIÓN Y CONTROL DE COMPUTADORAS; SOFTWARE DE SISTEMA OPERATIVO DE COMPUTADORA; SISTEMA OPERATIVO DE COMPUTADORA; EXTENSIONES, HERRAMIENTAS Y UTILIDADES DE SISTEMA DE COMPUTADORA EN EL CAMPO DE SOFTWARE DE APLICACIÓN PARA CONEXIÓN PERSONAL DE COMPUTADORAS, REDES, APARATOS DE TELECOMUNICACIONES Y APLICACIONES DE REDES DE COMPUTADORA GLOBALES; EQUIPO DE REDES Y TELECOMUNICACIONES COMPUTARIZADOS QUE CONSISTEN EN SOFTWARE DE SISTEMA OPERATIVO; HARDWARE Y SOFTWARE DE COMPUTADORA PARA PROVEER Y MEJORAR LA TRANSFERENCIA, TRANSMISIÓN, RECEPCIÓN, PROCESAMIENTO Y DIGITALIZACIÓN EN TIEMPO REAL DE INFORMACIÓN GRAFICA DE AUDIO Y VIDEO; FIREWALLS (CORTAFUEGOS) DE COMPUTADORA; SOFTWARE DE SISTEMA OPERATIVO DE COMPUTADORA, SOFTWARE DE UTILIDAD DE COMPUTADORA Y OTROS SOFTWARE DE COMPUTADORA UTILIZADOS PARA MANTENER Y OPERAR SISTEMAS DE COMPUTADORA; INSTALACIONES DE COMPUTADORA; TARJETA DE MEMORIA, DISPOSITIVOS DE ALMACENAMIENTO, MEMORIAS JUMP (UNIDADES DE SALTO), MEMORIAS FLASH Y MEMORIAS THUMB (UNIDAD DE DISCO), SISTEMAS DE SEGURIDAD PARA HARDWARE Y SOFTWARE DE COMPUTADORAS, A SABER, FIREWALLS (CORTAFUEGOS), HARDWARE PARA REDES CON ACCESO A SERVIDOR PARA CREAR Y MANTENER FIREWALLS (CORTAFUEGOS), RED VIRTUAL PRIVADA (VPN), HARDWARE DE COMPUTADORA Y SERVIDOR OPERATIVO DE SOFTWARE DE COMPUTADORA PARA CREAR Y MANTENER FIREWALLS (CORTAFUEGOS); SOFTWARE PARA GARANTIZAR LA SEGURIDAD DE REDES DE COMPUTADORAS; SOFTWARE PARA LA SEGURIDAD Y CONTROL DEL ACCESO; HARDWARE Y SOFTWARE DE COMPUTADORAS PARA USO EN LA PROTECCIÓN DE REDES DE COMPUTADORAS DE ROBO O DAÑOS DE DATOS POR USUARIOS NO AUTORIZADOS; COMPONENTES PARA COMPUTADORAS; TARJETA ACELERADORA DE VOZ PARA COMPUTADORA; TARJETAS ACELERADORAS DE VOZ, DATOS, IMAGEN Y VIDEO PARA COMPUTADORAS; TABLERO DE MEMORIA FLASH Y TARJETA DE MEMORIA FLASH; EQUIPO DE TELECOMUNICACIONES Y REDES DE COMPUTADORAS, A SABER, SISTEMAS OPERATIVOS Y PROCESADORES; APARATOS E INSTRUMENTOS DE TELECOMUNICACIONES, A SABER, ROUTER (ENCAMINADOR) DE COMPUTADORAS, HUBS (EJES), SERVIDORES E INTERRUPTORES; HARDWARE Y SOFTWARE DE COMPUTADORAS PARA EL DESARROLLO, MANTENIMIENTO Y USO DE REDES COMPUTACIONALES LOCALES Y DE ÁREAS EXTENSAS; CAJAS DECODIFICADORAS; DISPOSITIVOS DE CONTROL ELECTRÓNICO PARA INTERFACE Y CONTROL DE COMPUTADORAS Y COMPUTADORAS GLOBALES Y REDES DE TELECOMUNICACIONES CON TELEVISIÓN Y DIFUSIÓN POR CABLE Y EQUIPO; APARATOS PARA PROBAR Y PROGRAMAR CIRCUITOS INTEGRADOS; DISPOSITIVOS Y APARATOS DE DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. 117 MEMORIA PERIFÉRICA PARA COMPUTADORAS; SERVIDORES DE COMPUTADORA DE FUNCIÓN FIJA; HARDWARE DE REDES DE COMPUTADORAS; HARDWARE Y SOFTWARE DE COMPUTADORAS PARA CREAR, FACILITAR, Y MANEJAR ACCESOS REMOTOS A Y COMUNICACIÓN CON REDES DE ÁREA LOCAL (LANS), RED VIRTUAL PRIVADA (VPN), REDES DE ÁREA EXTENSA (WANS) Y REDES GLOBALES DE COMPUTADORAS; ROUTER (ENCAMINADOR), INTERRUPTORES, HUB (EJES) Y SERVIDORES OPERADORES DE SOFTWARE; HARDWARE Y SOFTWARE DE COMPUTADORAS PARA SU USO EN PROPORCIONAR ACCESO A USUARIOS MÚLTIPLES A LA RED DE INFORMACIÓN GLOBAL PARA BUSCAR, RECUPERAR, TRANSFERIR, MANIPULAR Y DISEMINAR UN AMPLIO RANGO DE INFORMACIÓN; HERRAMIENTAS DE SOFTWARE DE COMPUTADORAS PARA LA FACILITACIÓN DE LA APLICACIÓN DE SOFTWARE DE TERCEROS; HARDWARE Y SOFTWARE DE COMPUTADORAS PARA REDES DE COMUNICACIÓN INALÁMBRICAS; PUBLICACIONES ELECTRÓNICAS DESCARGABLES EN LA NATURALEZA DE PERIÓDICOS, LIBROS, REVISTAS, DIARIOS, BROCHURES Y PÁGINAS EN BLANCO EN EL ÁREA DE ELECTRÓNICOS, SEMICONDUCTORES, APARATOS Y DISPOSITIVOS INTEGRADOS ELECTRÓNICOS, COMPUTADORAS, TELECOMUNICACIONES, ENTRETENIMIENTO, TELEFONÍA Y TELECOMUNICACIONES ALÁMBRICA E INALÁMBRICA; PARTES ESTRUCTURALES Y ACCESORIOS PARA LOS PRODUCTOS ANTES MENCIONADOS; MANUALES DE INSTRUCCIONES VENDIDOS COMO UNIDADES CON LOS PRODUCTOS ANTES MENCIONADOS Y MANUALES ELECTRÓNICOS DE INSTRUCCIONES DESCARGABLES DESDE UNA RED GLOBAL DE COMPUTADORA; APARATOS E INSTRUMENTOS CIENTÍFICOS, NÁUTICOS, GEODÉSICOS, FOTOGRÁFICOS, CINEMATOGRÁFICOS, ÓPTICOS, DE PESAJE, DE MEDICIÓN, DE SEÑALIZACIÓN, DE CONTROL (INSPECCIÓN), DE SALVAMENTO Y DE ENSEÑANZA; APARATOS E INSTRUMENTOS PARA LA CONDUCCIÓN, DISTRIBUCIÓN, TRANSFORMACIÓN, ACUMULACIÓN, REGULACIÓN O CONTROL DE LA ELECTRICIDAD; APARATOS DE GRABACIÓN, TRANSMISIÓN O REPRODUCCIÓN DE SONIDO O IMÁGENES; SOPORTES DE REGISTRO MAGNÉTICOS, DISCOS ACÚSTICOS; DISCOS COMPACTOS, DVD Y OTROS SOPORTES DE GRABACIÓN DIGITALES; MECANISMOS PARA APARATOS DE PREVIO PAGO; CAJAS REGISTRADORAS, MÁQUINAS DE CALCULAR, EQUIPOS DE PROCESAMIENTO DE DATOS, SOFTWARE; EXTINTORES. Clase: 09. No. de Expediente: 2013131771 La solicitud fue presentada el día veinte de diciembre del año dos mil trece. La solicitud fue presentada el día veintidós de noviembre del año dos mil trece. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintinueve de enero del año dos mil catorce. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, doce de febrero del año dos mil catorce. DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ, DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ, REGISTRADOR. REGISTRADOR. LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA, LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA, SECRETARIA. SECRETARIA. 3 v. alt. No. C011593-1 No. de Presentación: 20130192962 CLASE: 09, 41. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JULIO CESAR VARGAS SOLANO, en su calidad de APODERADO de SPOTIFY AB, de nacionalidad SUECA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO Y SERVICIO, SPOTIFY Consistente en: la palabra SPOTIFY, que servirá para: AMPARAR: SOFTWARE DE COMPUTADORA PARA: - GRABACIONES EN AUDIO Y VIDEO CON MÚSICA Y PRESENTACIONES ARTÍSTICAS; - MÚSICA Y VIDEOS DESCARGABLES, PARA EL USO EN LA ENTREGA, DISTRIBUCIÓN, Y TRANSMISIÓN DE MÚSICA DIGITAL Y AUDIOS, VIDEOS, TEXTOS Y CONTENIDO MULTIMEDIA RELACIONADOS A ENTRETENIMIENTO; - PARA PERMITIR TRANSMISIÓN, ALMACENAJE, COMPARTIR, COLECTAR, EDITAR, ORGANIZAR Y MODIFICAR AUDIOS, VIDEOS, MENSAJES, IMÁGENES Y OTROS DATOS PARA EL USO EN REDES SOCIALES, CHATS EN LINEA Y JUEGOS INTERACTIVOS,- PARA EL USO EN LA CREACIÓN DE BASES DE DATOS DE REDES SOCIALES, Y PARA EL USO EN LA ADMINISTRACIÓN DE BASES DE DATOS DE REDES SOCIALES; - PARA LA CREACIÓN DE BASES DE DATOS DE BÚSQUEDA DE INFORMACIÓN Y DATOS PARA "BASES DE DATOS PEER-TO-PEER" (ENTRE PARES) DE REDES SOCIALES; CDS PREGRABADOS CON MÚSICA. Clase: 09. Para: AMPARAR: SERVICIOS DE ENTRETENIMIENTO CONSISTENTES EN: EL SUMINISTRO DE MÚSICA, PELÍCULAS Y JUEGOS A USUARIOS EN LÍNEA A TRAVÉS DE REDES DE COMUNICACIÓN; EL SUMINISTRÓ DE UNA BASE DE DATOS EN LÍNEA A TRAVÉS DE REDES DE COMUNICACIÓN GLOBAL, CONSISTENTE EN MÚSICA, PELÍCULAS, JUEGOS EN LÍNEA, Y DATOS DE ENTRETENIMIENTO; PRODUCCIÓN MUSICAL; SERVICIOS EDUCATIVOS. Clase: 41. 3 v. alt. No. F026026-1 118 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 DE SEGUNDA PUBLICACIÓN ACEPTACION DE HERENCIA tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada de los bienes que a su defunción acaecida, el día dos de diciembre de dos mil trece, en el Cantón El Volcán, jurisdicción LICENCIADO DANIEL ORTIZ MARTINEZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL. de Sensuntepeque, Departamento de Cabañas, siendo Sensuntepeque, Departamento de Cabañas, su último domicilio; dejó el señor JOSE SANTOS ARIAS GUARDADO, quien fue de cincuenta y dos años de HACE SABER: Que por resolución emitida por este Tribunal, a las once horas y nueve minutos del día veinticuatro de Febrero del corriente año; se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada dejada a su defunción por el señor JOSE ANTONIO JULE, quien falleció el día veintiocho de Julio del año dos mil trece, en el Cantón El Carmen de esta jurisdicción, siendo éste su domicilio, a consecuencia de PARO CARDIORESPIRATORIO, CON ASISTENCIA MEDICA; de parte de la señora ROSALINA SANCHEZ, en el concepto de CESIONARIA de los derechos que le correspondían a los señores ROSA MIRIAN JULE o ROSA MIRAN JULE GOCHEZ, edad, soltero, ganadero, hijo de Dionisio Arias Mira o Dionisio Arias y de María Mercedes Guardado de Arias, originario de Sensuntepeque, Cabañas; de parte de la señora MARITZA YESENIA VASQUEZ ARIAS, como cesionaria de los derechos hereditarios que en calidad de padre del causante le correspondían al señor DIONISIO ARIAS MIRA o DIONISIO ARIAS, representada por la Licenciada LESVIA MARISELA RAMIREZ RIVERA, como Apoderada Especial Judicial. Habiéndosele conferido a la aceptante la administración y representación INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. JOSE WILFREDO SANCHEZ JULE, IVIS SANCHEZ JULE, LILIAN SE CITA a quienes se consideren con derecho en la referida suce- YOLANDA SANCHEZ JULE, SONIA YANETH HERNANDEZ o SI- sión, a fin de que comparezcan a este Tribunal a deducir tal circunstancia NIA YANET SANCHEZ JULE, y SANDRA ELIZABETH SANCHEZ dentro del plazo de quince días contados, a partir del siguiente al de la JULE, como hijos del causante. Confiriéndose a la aceptante, la admi- última publicación de este edicto. nistración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Lo que se hace saber al público, para los efectos de Ley. Librado en el Juzgado de Primera Instancia de San Pedro Masahuat, JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Sensuntepeque, a los veinte días del mes de febrero de dos mil catorce.- LIC. JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. HUGO ERNESTO MENA HERNANDEZ, SECRETARIO. a las once horas y dieciocho minutos del día veinticuatro de febrero de dos mil catorce.- LIC. DANIEL ORTIZ MARTINEZ, JUEZ DE 3 v. alt. No. C011503-2 PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. MARIA ELENA ARIAS LOPEZ, SECRETARIO. 3 v. alt. No. C011494-2 DIANA LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZA TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL, AL PUBLICO PARA EFECTOS DE LEY. JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUNTEPEQUE, DEPARTAMENTO DE CABAÑAS, AL PUBLICO PARA LOS DEMAS EFECTOS DE LEY. HACE SABER: Que por resolución de las once horas veintitrés minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó la causante señora MARIA ELENA MOLINA FERRUFINO; quien fue de ochenta y un años de edad, fallecida el día trece de septiembre de dos mil trece, HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las catorce horas con cuarenta y cinco minutos de este día, se ha siendo este Municipio el lugar de su último domicilio; de parte del señor JOSE DAVID MOLINA como hijo de la causante y como cesionario de los derechos hereditarios que le correspondían al señor NELSON DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. 119 ARNOLDO MOLINA, como hijo de la causante. Confiriéndose al Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las diez horas cincuenta minutos aceptante en el carácter indicado la administración y representación del día veintidós de enero del año dos mil catorce.- DR. MARIO MOISA INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones de los MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. CECILIA DEL CARMEN curadores de la herencia yacente. CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO. Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos legales 3 v. alt. No. F023192-2 consiguientes. LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, San Miguel, a las once horas veinticuatro minutos del día veintitrés de enero de dos mil catorce.- LIC. DIANA LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZA TERCERO DE LO CIVIL Y MER- LICENCIADO RODRIGO ERNESTO BUSTAMANTE AMAYA, CANTIL.- LIC. IVONNE JULISSA ZELAYA AYALA, SECRETARIA JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DEL DISTRITO DE ACTUACIONES. JUDICIAL DE SANTA ANA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY. 3 v. alt. No. C011510-2 HACE SABER: En las diligencias de aceptación de herencia intestada iniciada por el Licenciado ERWIN ROSALVO PALACIOS CASTILLO, en su calidad de Apoderado General Judicial de la señora MARIA LUISA RUIZ FLORES, en el proceso clasificado bajo el número NUEVA PUBLICACION de referencia 1643-13-DV-2CM1, se ha proveído resolución por este Tribunal a las ocho horas con cincuenta minutos del día treinta y uno de enero del año dos mil catorce, mediante la cual se ha tenido por aceptada El presente Aviso se publica nuevamente por haber salido con Error en interinamente, y con Beneficio de Inventario, de parte de la señora supra los Diarios Oficiales Nos. 26, 28 y 30, Tomo No. 402 de fechas 10, 12 indicada en la herencia intestada que a su defunción dejara el causante y 14 de febrero de 2014. LUIS MIGUEL MURCIA RUIZ, quien fuera de veinticuatro años de edad, sastre, soltero, habiendo fallecido el día veinticinco de junio de dos mil trece, habiendo sido su último domicilio el Municipio de Santa MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO. HACE SABER: Que por resolución de las diez horas treinta minutos del día veintidós de enero del año dos mil catorce, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de la herencia intestada dejada por el causante señor William Alexander Pulque Flores quien fue conocido por William Alexander Culque Flores, fallecido el día treinta de julio del año dos mil trece, en jurisdicción de la ciudad de Ana. A la aceptante señora MARIA LUISA RUIZ FLORES, en su carácter de madre sobreviviente del causante, se le confiere interinamente la Administración y Representación de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente. Lo que se hace del conocimiento del público, para que todo aquel que se crea con derecho a la sucesión se presente a este Juzgado a deducirlo dentro de los quince días hábiles siguientes a la tercera publicación de este edicto. Nahuizalco, jurisdicción de este Departamento, lugar de su último domicilio, de parte del señor Ricardo Antonio Pulque Flores, en su concepto de hermano y además como cesionario de los Derechos hereditarios que en la referida sucesión les correspondían a los señores Genaro Pulque Morán, Genaro Alberto Pulque Flores, María del Carmen Pulque de Pérez y Wendy Nohemy Pulque Flores, el primero en concepto de padre y los demás en concepto de hermanos, todos del referido causante. LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL: Santa Ana, ocho horas con cincuenta minutos del día treinta y uno de enero del año dos mil catorce.- LIC. RODRIGO ERNESTO BUSTAMANTE AMAYA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, SANTA ANA.- LIC. JAIME MANUEL BENITEZ BAÑOS, SECRETARIO. Y se le ha conferido al aceptante declarado la administración y representación interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de Ley. 3 v. alt. No. F025686-2 120 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 TITULO DE PROPIEDAD TITULO SUPLETORIO EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL, AL PUBLICO. LICDA. ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE CIUDAD BARRIOS, HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado la señora HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Lic. JOSE ROSA MELIDA ARTEAGA DE CARTAGENA, mayor de edad, de este domicilio, solicitando Título de Propiedad de un inmueble de natu- LEONEL ARIAS RIVAS, mayor de edad, Abogado, del domicilio de Sensuntepeque, Departamento Cabañas y de Nuevo Edén de San Juan, raleza urbana, situado en Barrio El Calvario, Calle 2 Oriente, y Avenida Departamento de San Miguel, en representación propia, solicitando a 4 Norte, de esta Ciudad; de una extensión superficial de DOSCIENTOS su favor TÍTULO SUPLETORIO, de un inmueble de naturaleza rústi- CUARENTA Y UNO PUNTO TRES METROS CUADRADOS DE ca, con construcción de vivienda; situado en el Cantón San Sebastián, SUPERFICIE, de las medidas y colindancias siguientes: AL ORIENTE: Caserío El Iscanal, jurisdicción de Nuevo Edén de San Juan, Distrito y consta de tres tramos, que suman veintiuno punto cincuenta metros, Departamento de San Miguel y según certificación de la denominación colindando con inmueble propiedad de la Alcaldía Municipal, muro de saltex de por medio; AL SUR: consta de tres tramos, que suman catastral se encuentra situado en Caserío Izcanal, Cantón San Sebastián, del municipio de Nuevo Edén de San Juan, Departamento de San Miguel; el cual es de la capacidad superficial de DOSCIENTOS NOVENTA Y diecinueve punto setenta y cinco metros, colindando con inmueble de los señores Roberto Barahona y Rosa Amalia Barahona de Rodríguez; UNO PUNTO CUARENTA Y SEIS METROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: RUMBO NORTE: identificado como AL PONIENTE: mide catorce punto cincuenta metros, colindando con tramo 1-2 marcado en el plano como Mo1 al Mo2, tiene una distancia de inmueble de los señores Ana Gloria Zepeda Aguilar, Concepción Zepeda 14.21 metros, colindando con terreno propiedad del señor FRANCISCO Aguilar, Isabel del Carmen Zepeda Aguilar, María Adelina Marroquín URIEL RIVAS BAUTISTA; RUMBO ORIENTE: identificado como Zepeda, Cándida Maritza Zepeda Aguilar, Reynaldo Otoniel Zepeda tramo 2-3 marcado en el plano como Mo2 al Mo3, tiene una distancia de Aguilar, Billy Renato Zepeda Aguilar, Nancy Zepeda de Renderos, 14.70 metros, colindando con terreno propiedad del señor FRANCISCO Rosa Amelia Zepeda, José Lázaro Zepeda, pared de por medio; y AL URIEL RIVAS BAUTISTA; lugar donde se ubica servidumbre domi- NORTE: mide diecisiete metros, colindando con inmueble de la señora María Teresa Joachín Marroquín, pared de por medio. Este inmueble lo nante; RUMBO SUR: identificado como tramo 3-4, marcado en el plano como Mo3 al Mo4„ tiene una distancia de 21.72 metros, colindando con terreno propiedad del señor FRANCISCO URIEL RIVAS BAUTISTA; adquirió por compra que le hiciere al señor Adán Cartagena Rodríguez, el día dos de marzo del dos mil uno, mediante Escritura Pública otorgada y AL RUMBO PONIENTE: identificado como tramo 4-1, marcado en el plano como Mo4 al Mo1; tiene una distancia de 20.40 metros, colindando por el Notario Alcides Anaya Mozo, no es dominante, ni sirviente, ni con terreno propiedad anteriormente de RAFAEL ANTONIO RIVAS, está en proindivisión con ninguna persona y no tiene cargas o derechos hoy sucesión. El inmueble fue adquirido por compraventa de posesión que pertenezcan a otras personas; y lo valora en la cantidad de UN MIL material que hiciere el titulante mediante Escritura Pública al señor DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. REYES MARIO LOPEZ CASTRO, el día veintiséis de junio del año dos mil doce, ante los oficios del Notario VICTOR MANUEL PERAZA ARGUETA, y lo valúa en la cantidad de DOSCIENTOS VEINTIOCHO Lo que hace saber al público en general y para los efectos legales DOLARES CON CINCUENTA Y OCHO CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. consiguientes. Librado en el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE CIUDAD BARRIOS, DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL, a las Alcaldía Municipal de San José Guayabal, a los catorce días del nueve horas y cuarenta minutos del día trece de febrero del año dos mil mes de enero del año dos mil catorce.- ING. MAURICIO ARTURO catorce. LICDA. ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, JUEZA VILANOVA, ALCALDE MUNICIPAL.- MIRIAN ESTELA MELARA DE PRIMERA INSTANCIA. LIC. EDWIN BLADIMIR PORTILLO SALAS, SECRETARIA MUNICIPAL. ZULETA, SECRETARIO. 3 v. alt. No. F025652-2 3 v. alt. No. F025716-2 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. RENOVACION DE MARCAS 121 INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra "MICHELIN" en letras mayúsculas tipo corriente; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 09 de la Clasificación Internacional de Niza. No. de Expediente: 2001015357 No. de Presentación: 20130191107 Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. CLASE: 08. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los cinco días del mes de noviembre del año dos mil trece. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de COMPAGNIE GENERALE DES ETABLISSEMENTS MICHELIN, del domicilio de 12 cours Sablon, 63000 Clermont-Ferrand, France, de nacionalidad FRANCESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00149 del Libro 00179 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en La palabra "MICHELIN" en letras mayúsculas tipo corriente; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 08 de la Clasificación Internacional de Niza. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, REGISTRADOR. ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C011642-2 Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los cinco días del mes de noviembre del año dos mil trece. No. de Expediente: 2001015361 No. de Presentación: 20130191113 CLASE: 12. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, EL INFRASCRITO REGISTRADOR REGISTRADOR. ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C011641-2 No. de Expediente: 2001015359 HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de COMPAGNIE GENERALE DES ETABLISSEMENTS MICHELIN, del domicilio de 12 Cours Sablon - 63040 CLERMONTFERRAND, Francia, de nacionalidad FRANCESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00072 del Libro 00180 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra MICHELIN en letras mayúsculas tipo corriente; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 12 de la Clasificación Internacional de Niza. No. de Presentación: 20130191110 Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de CLASE: 09. Ley. EL INFRASCRITO REGISTRADOR REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los cinco días del mes de noviembre del año dos mil trece. HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de COMPAGNIE GENERALE DES ETABLISSEMENTS MICHELIN, del domicilio de 12 Cours Sablon - 63040 CLERMONTFERRAND, Francia, de nacionalidad FRANCESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00062 del Libro 00180 de PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS, REGISTRADOR. ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C011643-2 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 122 No. de Expediente: 2001015368 Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. No. de Presentación: 20130191187 REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de CLASE: 25. Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los siete días del mes de noviembre del año dos mil trece. EL INFRASCRITO REGISTRADOR MARIA DAFNE RUIZ, HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de COMPAGNIE GENERALE DES ETABLISSEMENTS MICHELIN, del domicilio de 12 cours Sablon, 63000 Clermont-Ferrand, France, de nacionalidad FRANCESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00229 del Libro 00178 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra "MICHELIN" en letras mayúsculas tipo corriente; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 25 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de REGISTRADORA. ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C011645-2 No. de Expediente: 2001014164 Ley. No. de Presentación: 20130179805 REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los seis días del mes de noviembre del año dos mil trece. CLASE: 42. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO, REGISTRADOR. del domicilio de CIUDAD Y DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS, Accenture Global Services Limited, del domicilio de 3 Grand Canal SECRETARIO. Plaza, Upper Grande Canal Street, Dublin 4, Irlanda, de nacionalidad IRLANDESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00075 del Libro 00175 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente 3 v. alt. No. C011644-2 en DOS LINEAS DE COLOR NEGRO QUE SE UNEN POR SUS EXTREMOS DERECHOS, FORMANDO ASI UN ANGULO; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 42 de la Clasificación Internacional de Niza. No. de Expediente: 2002026253 Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de No. de Presentación: 20130180848 CLASE: 05. ley. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de CIUDAD Y DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de PAH W LLC, del domicilio de 235 East 42nd Street, New York NY 10017-5755, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00086 del Libro 00172 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la expresión GIARDIAVAX escrita en mayúscula; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza. a los siete días del mes de noviembre del año dos mil trece. MARIA DAFNE RUIZ, REGISTRADORA. ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C011646-2 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. No. de Expediente: 2000007834 123 Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. No. de Presentación: 20130179303 REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los treinta y uno días del mes de octubre del año dos mil trece. CLASE: 05. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de GYNOPHARM S.A, del domicilio de McDonald's 100 metros Sur y 50 metros Este, Curridabat, San José, Costa Rica, de nacionalidad COSTARRICENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00195 del Libro 00180 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra AXIAL; que ampara productos/ servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza. JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, REGISTRADOR. EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO, SECRETARIO. 3 v. alt. No. C011648-2 Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. No. de Expediente: 2002024192 REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los veintiuno días del mes de octubre del año dos mil trece. JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, REGISTRADOR. MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C011647-2 No. de Presentación: 20130178616 CLASE: 05. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de PAH USA 15 LLC, del domicilio de 235 East. 42nd Street, Nueva York, NY 10017-5755, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00050 del Libro 00169 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la expresión: ARADICATOR escrita en mayúscula; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza. No. de Expediente: 2000000699 No. de Presentación: 20130180838 CLASE: 07. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los treinta días del mes de octubre del año dos mil trece. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de POYATOS, SOCIEDAD LIMITADA, del domicilio de Polígono Juncaril, Parcela 240, Albolote, Granada, España, de nacionalidad ESPAÑOLA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00088 del Libro 00167 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra "poyatos" en letras minúsculas estilizadas y de molde y a su izquierda el diseño de una "p" dibujada; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 07 de la Clasificación Internacional de Niza. JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, REGISTRADOR. EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO, SECRETARIO. 3 v. alt. No. C011649-2 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 124 No. de Expediente: 2000006526 Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. No. de Presentación: 20130179304 REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de CLASE: 42. Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los treinta días del mes de octubre del año dos mil trece. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de GAS NATURAL SDG, S.A., del domicilio de Avenida San Luis 77, Madrid, España, de nacionalidad ESPAÑOLA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00225 del Libro 00165 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en las palabras UNION FENOSA, mayúsculas, blancas van dentro de un rectángulo horizontal fondo negro y a su izquierda una luna casi llena con una pequeña cenefa arriba; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 42 de la Clasificación Internacional de Niza. JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, REGISTRADOR. EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO, SECRETARIO. 3 v. alt. No. C011651-2 Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. No. de Expediente: 1991001182 REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los treinta días del mes de octubre del año dos mil trece. No. de Presentación: 20130180849 JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, CLASE: 05. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY REGISTRADOR. GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO, SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de PAH USA 15 LLC, del domicilio de 235 East, 42nd SECRETARIO. Street, Nueva York, NY 10017-5755, Estados Unidos, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción 3 v. alt. No. C011650-2 Número 00134 del Libro 00016 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra RESPISURE; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza. No. de Expediente: 2002022367 No. de Presentación: 20130178614 CLASE: 05. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los treinta días del mes de octubre del año dos mil trece. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de PAH USA 15 LLC, del domicilio de 235 East 42nd Street, New York NY 10017-5755, Estados Unidos, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00156 del Libro 00168 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra CANEX; que ampara productos/ servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza. JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, REGISTRADOR. EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO, SECRETARIO. 3 v. alt. No. C011652-2 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. 125 REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de No. de Expediente: 2002023571 Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, No. de Presentación: 20130178617 a los veintinueve días del mes de octubre del año dos mil trece. CLASE: 05. JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, EL INFRASCRITO REGISTRADOR REGISTRADOR. HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de PAH USA 15 LLC, del domicilio de 235 East, 42nd Street, Nueva York, NY 10017-5755, Estados Unidos, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00213 del Libro 00166 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en NEMEX PLUS escrita en mayúscula; que ampara productos/ servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza. MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C011654-2 Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. No. de Expediente: 2001016988 REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los treinta días del mes de octubre del año dos mil trece. No. de Presentación: 20130190538 CLASE: 30. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO, REGISTRADOR. del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de YAMAHA CORPORATION, del EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO, domicilio de 10-1, Nakazawa -cho, Hamamatsu-shi, Shizuoka -ken, Japón, de nacionalidad JAPONESA, solicitando RENOVACION, para SECRETARIO. la inscripción Número 00234 del Libro 00179 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en un círculo sólido enmarcado y conteniendo 3 v. alt. No. C011653-2 al centro una figura formada por tres segmentos iguales de una especie de lanza bifurcada cuya punta es sólida; dos de ellos colocados con sus puntas hacia abajo forman una "X", mientras que el otro atravieza el centro de esta "X" dirigiendo su punta hacia arriba; que ampara productos/ No. de Expediente: 1971020166 servicios comprendidos en la(s) Clase 30 de la Clasificación Internacional No. de Presentación: 20120166232 de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de CLASE: 01, 02, 03, 05, 06, 10, 17, 22, 24, 25, 27. Ley. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de BAYER AKTIENGESELLSCHAFT que se abrevia: BAYER AG, del domicilio de LEVERKUSEN, ALEMANIA., de nacionalidad ALEMANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 20166 del Libro 00046 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra BAYER; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 01, 02, 03, 05, 06, 10, 17, 22, 24, 25, 27 de la Clasificación Internacional de Niza. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los veintidós días del mes de octubre del año dos mil trece. JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, REGISTRADOR. EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO, SECRETARIO. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. 3 v. alt. No. C011655-2 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 126 No. de Expediente: 2000004170 Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. No. de Presentación: 20130190543 REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los veintidós días del mes de octubre del año dos mil trece. CLASE: 12. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de NISSAN JIDOSHA KABUSHIKI KAISHA (comerciando también como NISSAN MOTOR CO., LTD.), del domicilio de Número 2 Takaracho, Kanagawa-Ku, Yokohama -Shi, Kanagawa -Ken, Japón, de nacionalidad JAPONESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00182 del Libro 00179 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la frase X-TRAIL; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 12 de la Clasificación Internacional de Niza. JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, REGISTRADOR. EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO, SECRETARIO. 3 v. alt. No. C011657-2 Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los veintidós días del mes de octubre del año dos mil trece. No. de Expediente: 1999003199 No. de Presentación: 20120162363 CLASE: 33. JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, REGISTRADOR. EL INFRASCRITO REGISTRADOR CLASE: 28. HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de The Absolut Company Aktiebolag, del domicilio de Ingenjörsvägen, S-11797, Stockholm, Sweden, de nacionalidad SUECA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00165 del Libro 00152 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en las palabras ABSOLUT Country of Sweden MANDRIN en letras mayúsculas, de trazo grueso una encima de la otra y enmedio de ellas las palabras Country of Sweden en letras tipo carta; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 33 de la Clasificación Internacional de Niza. EL INFRASCRITO REGISTRADOR Ley. HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de YAMAHA CORPORATION, del domicilio de 10-1, Nakazawa -cho, Hamamatsu-shi, Shizuoka -ken, Japón, de nacionalidad JAPONESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00242 del Libro 00179 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en un círculo sólido enmarcado y conteniendo al centro una figura formada por tres segmentos iguales de una especie de lanza bifurcada cuya punta es sólida; dos de ellos colocados con sus puntas hacia abajo forman una "X", mientras que el otro atravieza el centro de esta "X" dirigiendo su punta hacia arriba; que ampara productos/ servicios comprendidos en la(s) Clase 28 de la Clasificación Internacional de Niza. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los dieciséis días del mes de octubre del año dos mil trece. EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO, SECRETARIO. 3 v. alt. No. C011656-2 No. de Expediente: 2001016982 No. de Presentación: 20130190539 Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, REGISTRADOR. CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS, SECRETARIO. 3 v. alt. No. C011658-2 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. 127 REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de No. de Expediente: 2001015373 Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, No. de Presentación: 20130190628 a los veintidós días del mes de octubre del año dos mil trece. CLASE: 08. JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, EL INFRASCRITO REGISTRADOR REGISTRADOR. HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de COMPAGNIE GENERALE DES ETABLISSEMENTS MICHELIN, del domicilio de 12 Cours Sablon, 63000 Clermont-Ferrand, France, de nacionalidad FRANCESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00019 del Libro 00180 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en un muñeco humanizado, gordo, formado por segmentos circulares en forma de neumáticos, en actitud de correr, usa zapatos y levanta su brazo derecho saludando; que ampara productos/ servicios comprendidos en la(s) Clase 08 de la Clasificación Internacional de Niza. EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO, SECRETARIO. 3 v. alt. No. C011660-2 Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. No. de Expediente: 2002024194 REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los veintidós días del mes de octubre del año dos mil trece. JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, No. de Presentación: 20130179170 CLASE: 05. EL INFRASCRITO REGISTRADOR REGISTRADOR. HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO, MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SECRETARIA. SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de PAH USA 15 LLC, del domicilio de 235 East, 42nd Street, Nueva York, NY 10017-5755, Estados Unidos de América, 3 v. alt. No. C011659-2 de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00040 del Libro 00169 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la expresión DECTOMAX; que ampara No. de Expediente: 1999009105 No. de Presentación: 20130190541 productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de CLASE: 37. Ley. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de Hilti Aktiengesellschaft, del domicilio de FL- 9494 SCHAAN, FURSTENTUM LIECHTENSTEIN, ALEMANIA, de nacionalidad LIECHTENTEINSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00060 del Libro 00180 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra HILTI escrita en letras de molde mayúsculas de color blanco. Dicha palabra, se encuentra dentro de un rectángulo de fondo negro; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 37 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los diecisiete días del mes de octubre del año dos mil trece. JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, REGISTRADOR. MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C011661-2 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 128 Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de No. de Expediente: 2001015374 No. de Presentación: 20130190629 Ley. CLASE: 09. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los once días del mes de octubre del año dos mil trece. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de COMPAGNIE GENERALE DES ETABLISSEMENTS MICHELIN, del domicilio de 12 cours Sablon, 63000 Clermont-Ferrand, France, de nacionalidad FRANCESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00018 del Libro 00180 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en un muñeco humanizado, gordo, formado por segmentos circulares en forma de nuemáticos, en actitud de correr, usa zapatos y levanta su brazo derecho como saludando; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 09 de la Clasificación Internacional de Niza. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, REGISTRADOR. ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C011663-2 Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. No. de Expediente: 2001016411 REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los veintidós días del mes de octubre del año dos mil trece. No. de Presentación: 20130190338 JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, REGISTRADOR. MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C011662-2 No. de Expediente: 2001016420 No. de Presentación: 20130190353 CLASE: 31. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de ARCHER - DANIELS - MIDLAND COMPANY, del domicilio de 4666 Faries parkway, Decatur, Illinois 62526, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00157 del Libro 00180 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en Las letras ADM y diseño escritas en letras de molde mayúsculas de color negro en donde la letra A tiene un óvalo pequeño y grueso en el centro también de color negro; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 31 de la Clasificación Internacional de Niza. CLASE: 16. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de ARCHER - DANIELS - MIDLAND COMPANY, del domicilio de 4666 Faries Parkway, Decatur, Illinois 62526, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00162 del Libro 00180 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en las letras ADM escritas en letra de molde mayúscula de color negro en donde la letra A tiene un óvalo pequeño y grueso en el centro también de color negro; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 16 de la Clasificación Internacional de Niza. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los once días del mes de octubre del año dos mil trece. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, REGISTRADOR. ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C011664-2 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. No. de Expediente: 2001016415 129 SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de ARCHER DANIELS MIDLAND COMPANY, del No. de Presentación: 20130190337 domicilio de 4666 Faries Parkway, Decatur, Illinois 62526, Estados CLASE: 30. Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00155 del Libro 00180 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en las letras ADM y diseño EL INFRASCRITO REGISTRADOR escritas en letra de molde mayúsculas de color negro en donde la letra HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY A tiene un óvalo pequeño y grueso en el centro también de color negro; GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGA- que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 39 de la DO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE Clasificación Internacional de Niza. SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de APODERADO de ARCHER - DANIELS - MIDLAND COMPANY, del domicilio de 4666 Faries Parkway, Decatur, Illinois 62526, Estados Ley. Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de RENOVACION, para la inscripción Número 00151 del Libro 00180 de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en las letras ADM escritas a los once días del mes de octubre del año dos mil trece. en letra de molde mayúsculas de color negro en donde la letra A tiene un óvalo pequeño y grueso en el centro también de color negro; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 30 de la Clasificación PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, Internacional de Niza. REGISTRADOR. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA, REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de SECRETARIA. Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, 3 v. alt. No. C011666-2 a los once días del mes de octubre del año dos mil trece. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, No. de Expediente: 2001016421 REGISTRADOR. No. de Presentación: 20130190354 ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA, CLASE: 29. SECRETARIA. EL INFRASCRITO REGISTRADOR 3 v. alt. No. C011665-2 HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como No. de Expediente: 2001016412 APODERADO de ARCHER - DANIELS - MIDLAND COMPANY, del domicilio de 4666 Faries Parkway, Decatur, Illinois 62526, Estados No. de Presentación: 20130190341 Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando CLASE: 39. RENOVACION, para la inscripción Número 00161 del Libro 00180 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en las letras ADM escritas EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE en letra de molde mayúscula de color negro en donde la letra A tiene un óvalo pequeño y grueso en el centro también de color negro; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 29 de la Clasificación Internacional de Niza. DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 130 Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, Ley. a los catorce días del mes de octubre del año dos mil trece. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, a los once días del mes de octubre del año dos mil trece. REGISTRADOR. ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA, PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, SECRETARIA. REGISTRADOR. 3 v. alt. No. C011668-2 ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA, SECRETARIA. No. de Expediente: 2002021449 No. de Presentación: 20120177594 3 v. alt. No. C011667-2 CLASE: 35. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY No. de Expediente: 2000006720 GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO No. de Presentación: 20130179342 CLASE: 25. DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de EDITORIAL ALTAMIRANO MADRIZ, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: EDITORIAL ALTAMIRANO MADRIZ, S. A. DE C. V., del domicilio EL INFRASCRITO REGISTRADOR de Once Calle Oriente número 271, San Salvador, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY 00205 del Libro 00162 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABO- en la palabra METRO escrita en letras de molde mayúscula de color GADO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE negro; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 35 de la Clasificación Internacional de Niza. SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de APODERADO de Daimler AG, del domicilio de Mercedesstraße 137, Ley. 70327 Stuttgart, (Alemania), de nacionalidad ALEMANA, solicitando REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de RENOVACION, para la inscripción Número 00134 del Libro 00165 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en una letra "C" de molde, Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los catorce días del mes de octubre del año dos mil trece. de trazo grueso y de color negro, que en su abertura tiene un triángulo isosceles de tono gris, formando en conjunto una figura semejante a un anillo de lado; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, REGISTRADOR. Clase 25 de la Clasificación Internacional de Niza. ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA, Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. SECRETARIA. 3 v. alt. No. C011669-2 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. No. de Expediente: 2000006722 131 ÑA, actuando como APODERADO de Daimler AG, del domicilio de Mercedesstraße 137, 70327 Stuttgart, (Alemania), de nacionalidad No. de Presentación: 20130179341 ALEMANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número CLASE: 27. 00051 del Libro 00174 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en una letra "c" de molde, de trazo grueso y de color negro, que en su abertura tiene un triángulo isósceles de tono gris, formando en conjunto EL INFRASCRITO REGISTRADOR una figura semejante a un anillo de lado; que ampara productos/servicios HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABO- comprendidos en la(s) Clase 36 de la Clasificación Internacional de Niza. GADO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de Daimler AG, del domicilio de Mercedesstraße 137, Ley. 70327 Stuttgart, (Alemania), de nacionalidad ALEMANA, solicitando REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de RENOVACION, para la inscripción Número 00107 del Libro 00165 de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en una letra "C" de molde, a los dieciséis días del mes de octubre del año dos mil trece. de trazo grueso y de color negro, que en su abertura tiene un triángulo isósceles de tono gris, formando en conjunto una figura semejante a un JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, anillo de lado; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 27 de la Clasificación Internacional de Niza. REGISTRADOR. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO, REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de SECRETARIO. Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los catorce días del mes de octubre del año dos mil trece. 3 v. alt. No. C011671-2 PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, REGISTRADOR. No. de Expediente: 2001016416 ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA, No. de Presentación: 20130190351 CLASE: 01. SECRETARIA. 3 v. alt. No. C011670-2 EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE No. de Expediente: 2000006730 No. de Presentación: 20130185489 SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de ARCHER - DANIELS - MIDLAND COMPANY, del domicilio de 4666 Faries Parkway, Decatur, Illinois 62526, Estados CLASE: 36. Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00164 del Libro 00180 de EL INFRASCRITO REGISTRADOR INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en las letras ADM escritas en letra de molde mayúsculas de color negro en donde la letra A tiene un HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY óvalo pequeño y grueso en el centro también de color negro; que ampara GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO, productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 01 de la Clasificación del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADORE- Internacional de Niza. DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 132 Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de a los catorce días del mes de octubre del año dos mil trece. Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los once días del mes de octubre del año dos mil trece. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, REGISTRADOR. REGISTRADOR. ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA, ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA, SECRETARIA. SECRETARIA. 3 v. alt. No. C011673-2 3 v. alt. No. C011672-2 No. de Expediente: 1993002004 No. de Expediente: 2000006723 No. de Presentación: 20130186040 No. de Presentación: 20130179340 CLASE: 29. CLASE: 28. EL INFRASCRITO REGISTRADOR EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGA- GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABO- DO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN GADO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APO- SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de Daimler AG, del domicilio de Mercedesstraße 137, 70327 Stuttgart, (Alemania), de nacionalidad ALEMANA, solicitando DERADO de WENDY'S INTERNATIONAL, INC., del domicilio de 4288 W. Dublin, Granville Road, Dublin, Estado de Ohio 43017, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00101 del Libro 00165 de RENOVACION, para la inscripción Número 00005 del Libro 00176 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en una letra "C" de molde, INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra "FROSTY" de trazo grueso y de color negro, que en su abertura tiene un triángulo isósceles de tono gris, formando en conjunto una figura semejante a un anillo de lado; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 28 de la Clasificación Internacional de Niza. escrita en letras de molde mayúsculas; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 29 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. Ley. DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, 133 REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los dieciséis días del mes de octubre del año dos mil trece. a los once días del mes de julio del año dos mil trece. JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, REGISTRADOR. LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, REGISTRADOR. EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO, SECRETARIO. ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA, 3 v. alt. No. C011675-2 SECRETARIA. 3 v. alt. No. C011674-2 No. de Expediente: 2000004436 No. de Presentación: 20130179815 CLASE: 25. No. de Expediente: 2002023710 EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY No. de Presentación: 20130179749 GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOCLASE: 03. GADO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de WOLVERINE OUTDOORS, INC., del domicilio de 9341 Courtland Drive, N.E. Rockford, Michigan 49351, Estados Unidos EL INFRASCRITO REGISTRADOR de Norteamérica, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00011 del Libro 00166 HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO, de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la letra M y diseño; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 25 de la Clasificación Internacional de Niza. del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de L'OREAL société anonyme, del domicilio de 14, rue Royale 75008 París, Francia, de nacionalidad Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, FRANCESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número a los catorce días del mes de octubre del año dos mil trece. 00150 del Libro 00169 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, en la expresión COLOR RESIST; que ampara productos/servicios comREGISTRADOR. prendidos en la(s) Clase 03 de la Clasificación Internacional de Niza. MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA, Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de SECRETARIA. Ley. 3 v. alt. No. C011676-2 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 134 Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de No. de Expediente: 1967020538 No. de Presentación: 20120170579 Ley. CLASE: 05, 31. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los siete días del mes de octubre del año dos mil trece. EL INFRASCRITO REGISTRADOR. HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de PIONEER HI-BRED INTERNATIONAL, INC., del domicilio de 700 CAPITAL SQUEARE 400 LOCUST STREET, DES MOINES, IOWA, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 20538 del Libro 00046 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la representación de un marco grueso rayado trapezoidal de esquinas redondeadas que encierra un signo de infinito grueso rayado de cuya parte media nace una flor de lis esquemática también rayado; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05, 31 de la Clasificación Internacional de Niza. JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, REGISTRADOR. EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO, SECRETARIO. 3 v. alt. No. C011678-2 No. de Expediente: 2001016419 No. de Presentación: 20130190352 Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de CLASE: 04. Ley. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los primero días del mes de octubre del año dos mil trece. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS, REGISTRADOR. ROXANA EUGENIA HERNÁNDEZ ORELLANA, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C011677-2 No. de Expediente: 1993002086 No. de Presentación: 20130179167 CLASE: 36. EL INFRASCRITO REGISTRADOR. HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de ARCHER - DANIELS - MIDLAND COMPANY, del domicilio de 4666 Faries Parkway, Decatur, Illinois 62526, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00163 del Libro 00180 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en las letras ADM seño escritas en letra de molde mayúscula de color negro en donde la letra A tiene un óvalo pequeño y grueso en el centro también de color negro; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 04 de la Clasificación Internacional de Niza. EL INFRASCRITO REGISTRADOR. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de AMERICAN EXPRESS MARKETING & DEVELOPMENT CORP., del domicilio de 200 Vesey St., 49-12, New York, New York 10285, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00091 del Libro 00165 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en las palabras AMERICAN EXPRESS; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 36 de la Clasificación Internacional de Niza. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los once días del mes de octubre del año dos mil trece. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS, REGISTRADOR. ROXANA EUGENIA HERNÁNDEZ ORELLANA, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C011679-2 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. No. de Expediente: 2001016410 135 Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de No. de Presentación: 20130190340 Ley. CLASE: 42. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los ocho días del mes de octubre del año dos mil trece. EL INFRASCRITO REGISTRADOR. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS, HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de ARCHER - DANIELS - MIDLAND COMPANY, del domicilio de 4666 Faries Parkway, Decatur, Illinois 62526, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00146 del Libro 00181 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en Las letras ADM escritas en letras de molde mayúscula de color negro en donde la letra A tiene un óvalo pequeño y grueso en el centro también de color negro; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 42 de la Clasificación Internacional de Niza. REGISTRADOR. ROXANA EUGENIA HERNÁNDEZ ORELLANA, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C011681-2 No. de Expediente: 2002025459 Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de No. de Presentación: 20120177640 Ley. CLASE: 01. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los once días del mes de octubre del año dos mil trece. EL INFRASCRITO REGISTRADOR. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS, REGISTRADOR. ROXANA EUGENIA HERNÁNDEZ ORELLANA, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C011680-2 HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de Dow Corning Corporation, del domicilio de MIDLAND, MICHIGAN, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00021 del Libro 00167 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en la palabra XIAMETER escrita en letras de molde mayúsculas de color negro; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 01 de la Clasificación Internacional de Niza. No. de Expediente: 2002023801 No. de Presentación: 20130179751 Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de CLASE: 03. Ley. EL INFRASCRITO REGISTRADOR. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los ocho días del mes de octubre del año dos mil trece. HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de L'OREAL société anonyme, del domicilio de 14, rue Royale 75008 París, Francia, de nacionalidad FRANCESA, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00167 del Libro 00169 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en la expresión COLOR PULSE; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 03 de la Clasificación Internacional de Niza. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS, REGISTRADOR. ROXANA EUGENIA HERNÁNDEZ ORELLANA, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C011682-2 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 136 Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de No. de Expediente: 2001012178 Ley. No. de Presentación: 20130178615 REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de CLASE: 12. Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los siete días del mes de octubre del año dos mil trece. EL INFRASCRITO REGISTRADOR. JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO ESPECIAL de MAZDA MOTOR CORPORATION, del domicilio de 3-1, Shinchi, Fuchu-cho, Aki-gun, Hiroshima, Japón, de nacionalidad JAPONESA, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00016 del Libro 00168 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en las palabras MAZDA MX-5; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 12 de la Clasificación Internacional de Niza. REGISTRADOR. EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO, SECRETARIO. 3 v. alt. No. C011684-2 No. de Expediente: 1998003229 Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. No. de Presentación: 20100137784 REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los siete días del mes de octubre del año dos mil trece. CLASE: 12. EL INFRASCRITO REGISTRADOR. JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY REGISTRADOR. GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA, SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando SECRETARIA. como APODERADO de TATA MOTORS LIMITED, del domicilio 3 v. alt. No. C011683-2 de Bombay House, 24, Homi Mody Street, Hutatma Chowk, Mumbai 400 001, India, de nacionalidad HINDU, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00116 del Libro 00111 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en las palabras TATA SAFARI; que ampara No. de Expediente: 1993002085 No. de Presentación: 20130179169 productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 12 de la Clasificación Internacional de Niza. CLASE: 36. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de EL INFRASCRITO REGISTRADOR. Ley. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de AMERICAN EXPRESS MARKETING & DEVELOPMENT CORP., del domicilio de 200 Vesey St., 49-12, New York, NY 10285, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00233 del Libro 00165 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en las palabras AMERICAN EXPRESS y diseño; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 36 de la Clasificación Internacional de Niza. a los dos días del mes de octubre del año dos mil trece. JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, REGISTRADOR. MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C011685-2 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. No. de Expediente: 1995005573 137 Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. No. de Presentación: 20120162275 REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de CLASE: 38. Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los siete días del mes de octubre del año dos mil trece. EL INFRASCRITO REGISTRADOR. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS, HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de CABLE & WIRELESS TRADE MARK MANAGEMENT LIMITED, del domicilio de 3rd Floor, 26 Red Lion Square, Londres, WC1R 4HQ, Reino Unido, de nacionalidad INGLESA, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00099 del Libro 00148 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en la denominación C&W; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 38 de la Clasificación Internacional de Niza. REGISTRADOR. ROXANA EUGENIA HERNÁNDEZ ORELLANA, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C011687-2 No. de Expediente: 1998003233 Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. No. de Presentación: 20100137659 CLASE: 12. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los dieciséis días del mes de agosto del año dos mil trece. EL INFRASCRITO REGISTRADOR. JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, REGISTRADOR. HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA, SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de TATA MOTORS LIMITED, del domicilio SECRETARIA. 3 v. alt. No. C011686-2 de Bombay House, 24, Homi Mody Street, Hutatma Chowk, Mumbai 400 001, INDIA, de nacionalidad HINDU, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00019 del Libro 00110 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en la letra "T" estilizada que va dentro de No. de Expediente: 2002026243 una circunferencia; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 12 de la Clasificación Internacional de Niza. No. de Presentación: 20130178608 CLASE: 05. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. EL INFRASCRITO REGISTRADOR. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de WYETH HOLDINGS CORPORATION, del domicilio de Five Giralda Farms, Madison, Nueva Jersey 07940-0874, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00026 del Libro 00170 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en la expresión BURSINE; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza. a los dos días del mes de octubre del año dos mil trece. JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, REGISTRADOR. MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C011688-2 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 138 Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de No. de Expediente: 1999001406 Ley. No. de Presentación: 20120177915 REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los veinte días del mes de agosto del año dos mil trece. CLASE: 09. EL INFRASCRITO REGISTRADOR. MARÍA DAFNE RUIZ, HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de ASUSTEK COMPUTER INCORPORATION, del domicilio de 4F, No.150, LI-TE ROAD, PEI TOU, TAIPEI, TAIWÁN, R.O.C., de nacionalidad TAIWANESA, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00107 del Libro 00172 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en la palabra "ASUS" en letras todas mayúsculas y de tipo corriente; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 09 de la Clasificación Internacional de Niza. REGISTRADOR. ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS, SECRETARIO. 3 v. alt. No. C011690-2 No. de Expediente: 2001020773 No. de Presentación: 20130190342 Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de CLASE: 04. Ley. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los veinte días del mes de septiembre del año dos mil trece. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS, REGISTRADOR. ROXANA EUGENIA HERNÁNDEZ ORELLANA, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C011689-2 No. de Expediente: 2002024893 No. de Presentación: 20120172632 EL INFRASCRITO REGISTRADOR. HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de ARCHER - DANIELS - MIDLAND COMPANY, del domicilio de 4666 Faries Parkway, Decatur, Illinois 62526, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00152 del Libro 00180 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en la figura de una hoja de color blanco, delineada de color negro y en la parte de afuera delineada de color blanco puesta sobre la figura de un rombo de fondo negro. La hoja contiene una línea de color negro en la parte de enmedio que se va haciendo más delgada de adentro hacia afuera hasta terminar afuera de la figura del rombo en una punta; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 04 de la Clasificación Internacional de Niza. CLASE: 05. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de EL INFRASCRITO REGISTRADOR. HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de BAYER INTELLECTUAL PROPERTY GMBH, del domicilio de Alfred-Nobel-Straße 10, 40789 Monheim am Rhein, Alemania, de nacionalidad ALEMANA, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00133 del Libro 00159 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en la palabra ZEVALIN, escrita en letras de molde mayúsculas; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza. Ley. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los once días del mes de octubre del año dos mil trece. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS, REGISTRADOR. ROXANA EUGENIA HERNÁNDEZ ORELLANA, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C011691-2 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. No. de Expediente: 2000006110 139 delineada de color blanco puesta sobre la figura de un rombo de fondo negro. La hoja contiene una línea de color negro en la parte de enmedio que se va haciendo más delgada de adentro hacia afuera hasta terminar afuera de la figura del rombo en una punta; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 01 de la Clasificación Internacional de Niza. No. de Presentación: 20120175541 CLASE: 05. EL INFRASCRITO REGISTRADOR. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de Fresenius Medical Care Deutschland GmbH, del domicilio de ELSE-KROENER-STRASSE 1, 61352 BAD HOMBURG, ALEMANIA, de nacionalidad ALEMANA, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00125 del Libro 00162 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en LAS PALABRAS "FRESENIUS MEDICAL CARE" EN LETRAS DE TIPO CORRIENTE, MINÚSCULAS EXCEPTUANDO LA LETRA INICIAL DE CADA PALABRA QUE SÍ SON MAYÚSCULAS. ARRIBA DE ESTAS PALABRAS, EN FORMA CENTRADA APARECE LA FIGURA DE UN TRIÁNGULO EQUILÁTERO INVERTIDO, CUYOS LADOS SON DE TRAZO GRUESO Y SU BASE ES UNA DOBLE RAYA, ENCONTRÁNDOSE MÁS ABAJO OTRAS DOS DOBLES RAYAS PARALELAS A BASE; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza. Ley. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los once días del mes de octubre del año dos mil trece. JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, REGISTRADOR. EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO, SECRETARIO. 3 v. alt. No. C011693-2 No. de Expediente: 2001020774 No. de Presentación: 20130190343 Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de CLASE: 05. Ley. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los ocho días del mes de octubre del año dos mil trece. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS, REGISTRADOR. ROXANA EUGENIA HERNÁNDEZ ORELLANA, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C011692-2 No. de Expediente: 2001020775 EL INFRASCRITO REGISTRADOR. HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de ARCHER - DANIELS - MIDLAND COMPANY, del domicilio de 4666 Faries Parkway, Decatur, Illinois 625269, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00149 del Libro 00180 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en la figura de una hoja de color blanco, delineada de color negro y en la parte de afuera delineada de color blanco puesta sobre la figura de un rombo de fondo negro. La hoja contiene una línea de color negro en la parte de enmedio que se va haciendo más delgada de adentro hacia afuera hasta terminar afuera de la figura del rombo en una punta; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza. No. de Presentación: 20130190344 CLASE: 01. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. EL INFRASCRITO REGISTRADOR. HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de ARCHER - DANIELS - MIDLAND COMPANY, del domicilio de 4666 Faries Parkway, Decatur, Illinois 62526, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00148 del Libro 00180 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en la figura de una hoja de color blanco, delineada de color negro y en la parte de afuera REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los once días del mes de octubre del año dos mil trece. JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, REGISTRADOR. EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO, SECRETARIO. 3 v. alt. No. C011694-2 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 140 que se va haciendo más delgada de adentro hacia afuera hasta terminar afuera de la figura del rombo en una punta; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 39 de la Clasificación Internacional de Niza. No. de Expediente: 2001020768 No. de Presentación: 20130190348 CLASE: 30. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de EL INFRASCRITO REGISTRADOR. Ley. HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de ARCHER - DANIELS - MIDLAND COMPANY, del domicilio de 4666 Faries Parkway, Decatur, Illinois 62526, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00146 del Libro 00180 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en la figura de una hoja de color blanco, delineada de color negro y en la parte de afuera delineada de color blanco puesta sobre la figura de un rombo de fondo negro. La hoja contiene una línea de color negro en la parte de enmedio que se va haciendo más delgada de adentro hacia afuera hasta terminar afuera de la figura del rombo en una punta; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 30 de la Clasificación Internacional de Niza. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los once días del mes de octubre del año dos mil trece. JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, REGISTRADOR. EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO, SECRETARIO. 3 v. alt. No. C011696-2 No. de Expediente: 2001020770 No. de Presentación: 20130190346 Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de CLASE: 29. Ley. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los once días del mes de octubre del año dos mil trece. JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, REGISTRADOR. EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO, SECRETARIO. 3 v. alt. No. C011695-2 No. de Expediente: 2001020765 No. de Presentación: 20130190349 EL INFRASCRITO REGISTRADOR. HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de ARCHER DANIELS MIDLAND COMPANY, del domicilio de 4666 Faries Parkway, Decatur, Illinois 62526, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00141 del Libro 00180 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en la figura de una hoja de color blanco, delineada de color negro y en la parte de afuera delineada de color blanco puesta sobre la figura de un rombo de fondo negro. La hoja contiene una línea de color negro en la parte de enmedio que se va haciendo más delgada de adentro hacia afuera hasta terminar afuera de la figura del rombo en una punta; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 29 de la Clasificación Internacional de Niza. CLASE: 39. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de EL INFRASCRITO REGISTRADOR. HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de ARCHER - DANIELS - MIDLAND COMPANY, del domicilio de 4666 Faries Parkway, Decatur, Illinois 62526, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00143 del Libro 00180 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en la figura de una hoja de color blanco, delineada de color negro y en la parte de afuera delineada de color blanco puesta sobre la figura de un rombo de fondo negro. La hoja contiene una línea de color negro en la parte de enmedio Ley. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los once días del mes de octubre del año dos mil trece. JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, REGISTRADOR. EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO, SECRETARIO. 3 v. alt. No. C011697-2 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. 141 hoja contiene una línea de color negro en la parte de enmedio que se va haciendo más delgada de adentro hacia afuera hasta terminar afuera de la figura del rombo en una punta; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 16 de la Clasificación Internacional de Niza. No. de Expediente: 2001020766 No. de Presentación: 20130190350 CLASE: 35. EL INFRASCRITO REGISTRADOR. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de ARCHER DANIELS MIDLAND COMPANY, del domicilio de 4666 Faries Parkway, Decatur, Illinois 62526, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00160 del Libro 00180 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en la figura de una hoja de color blanco, delineada de color negro y en la parte de afuera delineada de color blanco puesta sobre la figura de un rombo de fondo negro. La hoja contiene una línea de color negro en la parte de enmedio que se va haciendo más delgada de adentro hacia afuera hasta terminar afuera de la figura del rombo en una punta; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 35 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los once días del mes de octubre del año dos mil trece. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS, REGISTRADOR. ROXANA EUGENIA HERNÁNDEZ ORELLANA, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C011699-2 No. de Expediente: 2001020772 No. de Presentación: 20130190345 Ley. CLASE: 12. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los once días del mes de octubre del año dos mil trece. EL INFRASCRITO REGISTRADOR. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS, REGISTRADOR. ROXANA EUGENIA HERNÁNDEZ ORELLANA, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C011698-2 No. de Expediente: 2001020771 No. de Presentación: 20130190347 CLASE: 16. EL INFRASCRITO REGISTRADOR. HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de ARCHER DANIELS MIDLAND COMPANY, del domicilio de 4666 Faries Parkway, Decatur, Illinois 62526, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00159 del Libro 00180 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en la figura de una hoja de color blanco, delineada de color negro y en la parte de afuera delineada de color blanco puesta sobre la figura de un rombo de fondo negro. La HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de ARCHER DANIELS MIDLAND COMPANY, del domicilio de 4666 Faries Parkway, Decatur, Illinois 62526, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00156 del Libro 00180 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en la figura de una hoja de color blanco, delineada de color negro y en la parte de afuera delineada de color blanco puesta sobre la figura de un rombo de fondo negro. La hoja contiene una línea de color negro en la parte de enmedio que se va haciendo más delgada de adentro hacia afuera hasta terminar afuera de la figura del rombo en una punta; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 12 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los once días del mes de octubre del año dos mil trece. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS, REGISTRADOR. ROXANA EUGENIA HERNÁNDEZ ORELLANA, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C011700-2 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 142 la inscripción Número 00001 del Libro 00180 de INSCRIPCION DE No. de Expediente: 2001016992 MARCAS, Consistente en la representación, de un círculo color blanco, No. de Presentación: 20130190536 con un borde fino de color negro, sobre el cual se encuentra un círculo, de CLASE: 26. color negro, que contiene en su parte media la figura de tres diapasones de color blanco (instrumento que sirve para el afinado de instrumentos musicales acústico o de percusión); en donde un aparece en posición EL INFRASCRITO REGISTRADOR vertical, y sobre éste aparecen otros dos cruzados formando una letra HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO, "X"; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 27 de la Clasificación Internacional de Niza. del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de YAMAHA CORPORATION, del Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. domicilio de 10-1, Nakazawa -cho, Hamamatsu-shi, Shizuoka -ken, Japón, de nacionalidad JAPONESA, solicitando RENOVACION, para REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de la inscripción Número 00039 del Libro 00180 de INSCRIPCION DE Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, MARCAS, Consistente en la representación, de un círculo color blanco, a los veintidós días del mes de octubre del año dos mil trece. con un borde fino de color negro, sobre el cual se encuentra un círculo, de color negro, que contiene en su parte media la figura de tres diapasones JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, de color blanco (instrumento que sirve para el afinado de instrumentos REGISTRADOR. musicales acústico o de percusión), en donde uno aparece en posición vertical, y sobre éste aparecen otros dos cruzados formando la letra "X"; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 26 de la EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO, Clasificación Internacional de Niza. SECRETARIO. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de 3 v. alt. No. C011702-2 Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los veintidós días del mes de octubre del año dos mil trece. JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, No. de Expediente: 2000006112 No. de Presentación: 20120175540 REGISTRADOR. CLASE: 44. EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO, EL INFRASCRITO REGISTRADOR SECRETARIO. HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO, 3 v. alt. No. C011701-2 del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de Fresenius Medical Care Deutschland GmbH, del domicilio de ELSE-KROENER-STRASSE 1, 61352 BAD HOMBURG, ALEMANIA, de nacionalidad ALEMANA, solicitando No. de Expediente: 2001016983 No. de Presentación: 20130190537 CLASE: 27. RENOVACION, para la inscripción Número 00133 del Libro 00162 de INSCRIPCION DE MARCAS, Consistente en LAS PALABRAS FRESENIUS MEDICAL CARE EN LETRAS DE TIPO CORRIENTE, MINUSCULAS EXCEPTUANDO LA LETRA INICIAL DE CADA PALABRA QUE SI SON MAYUSCULAS. ARRIBA DE ESTAS PALABRAS, EN FORMA CENTRADA APARECE LA FIGURA DE EL INFRASCRITO REGISTRADOR UN TRIANGULO EQUILATERO INVERTIDO, CUYOS LADOS HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY SON DE TRAZO GRUESO Y SU BASE ES UNA DOBLE RAYA, GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO, ENCONTRANDOSE MAS ABAJO OTRAS DOS DOBLES RAYAS del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, PARALELAS A BASE; que ampara productos/servicios comprendidos actuando como APODERADO de YAMAHA CORPORATION, del en la(s) Clase 44 de la Clasificación Internacional de Niza. domicilio de 10-1, Nakazawa - cho, Hamamatsu- shi, Shizuoka -ken, Japón, de nacionalidad JAPONESA, solicitando RENOVACION, para Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de 143 MARCA DE FÁBRICA Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los veintiocho días del mes de octubre del año dos mil trece. No. de Expediente: 2012123334 MARIA DAFNE RUIZ, No. de Presentación: 20120177391 CLASE: 12. REGISTRADORA. ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS, EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado VICENTE SECRETARIA. DE JESUS PALENCIA, en su calidad de APODERADO de Mitsubishi Jidosha Kogyo Kabushiki Kaisha, de nacionalidad JAPONESA, solici3 v. alt. No. C011703-2 tando el registro de la MARCA DE FÁBRICA, ATTRAGE No. de Expediente: 2001016989 Consistente en: la palabra ATTRAGE, que servirá para: AM- No. de Presentación: 20130190540 PARAR: AUTOMÓVILES, BUSES, FURGONETAS, VAGONES, CLASE: 41. CAMIONETAS, CAMIONES (PICK-UPS), VEHÍCULOS PARA EL INFRASCRITO REGISTRADOR MEZCLA DE CONCRETO, AMBULANCIAS, VEHÍCULOS REFRI- HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY GERADOS, MOTOS DE NIEVE, VEHÍCULOS TODO TERRENO, GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO, VEHÍCULOS UTILITARIOS DEPORTIVOS, CAMIONETAS, CA- del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN RRITOS PARA LA LIMPIEZA, CAMIONES BOMBA; TRACTORES, SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como VEHÍCULOS DE MOTOR; CARROS DE CICLO; COCHE TRANS- APODERADO de YAMAHA CORPORATION, del domicilio de 10-1, MISOR DE BATERÍA DE ALMACENAMIENTO, VEHÍCULOS DE Nakazawa -cho, Hamamatsu-shi, Shizuoka -ken, Japón, de nacionalidad CONTROL REMOTO (QUE NO SEA DE JUGUETE); CARROS PARA JAPONESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número ACAMPAR, CARRO CISTERNA, COCHES DEPORTIVOS, CASAS 00233 del Libro 00179 de INSCRIPCION DE MARCAS, Consistente RODANTES, MONTACARGAS, MOTOCICLETAS, TRICICLOS, en la representación, de un círculo color blanco, con un borde fino de CARROS PORTA EQUIPAJE, VEHÍCULOS DE LOCOMOCIÓN POR color negro, sobre el cual se encuentra un círculo, de color negro, que AIRE, AGUA O FERROCARRIL, CARROCERIAS DE AUTOMÓ- contiene en su parte media la figura de tres diapasones de color blanco VILES; CHASIS DE AUTOMÓVILES, EJES PARA VEHÍCULOS; (instrumento que sirve para el afinado de instrumentos musicales acús- FRENOS PARA VEHÍCULOS; EMBRAGUES PARA VEHÍCULOS tico o de percusión), en donde aparece en posición vertical, y sobre TERRESTRES, MOTORES PARA VEHÍCULOS TERRESTRES; éste aparecen otros dos cruzados formando la letra "X"; que ampara CAJA DE CAMBIOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES; ENGRA- productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 41 de la Clasificación NAJES PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, SISTEMAS DE SUS- Internacional de Niza. PENSIÓN PARA VEHÍCULOS TERRESTRES; VOLANTES PARA Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de VEHÍCULOS CONVERTIDORES DE TORQUE PARA VEHÍCULOS TERRESTRES; PARABRISAS; ENGRANES DE REDUCCIÓN Ley. PARA VEHÍCULOS TERRESTRES; TRANSMISIONES PARA REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de VEHÍCULOS TERRESTRES; CUBOS DE RUEDAS DE VEHÍCU- Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, LOS, MOTORES PARA VEHÍCULOS TERRESTRES; PUERTAS DE a los cinco días del mes de noviembre del año dos mil trece. VEHÍCULOS; TOMA DE AIRE, REJILLAS DE AUTOMÓVILES, PROTECCIONES PARA LOS BUMPERS, BUMPERS PARA AU- PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS, TOMÓVILES, RUEDAS PARA AUTOMÓVILES, PROTECTORES DE LA PARRILLA, CAPO DE VEHÍCULOS; PROTECTORES REGISTRADOR. DEL CAPO, SPOILER, SUN ROOF, CAPOS DE AUTOMÓVILES, PORTABICICLETAS PARA AUTOMÓVILES; PORTAEQUIPA- CARLOS DAVID JARQUÍN CASTELLANOS, JES PARA AUTOMÓVILES; CANASTILLA (PARRILLA) PARA TECHO; PORTA ESQUIS PARA AUTOMÓVILES; ACOPLAMIEN- SECRETARIO. TOS DE ESQUI/TABLAS PARA NIEVE PARA AUTOMÓVILES; TAPÓN DE LLENADO DE ACEITE, GUARDABARROS, VISOR 3 v. alt. No. C011704-2 DE LLUVIA, CADENAS DE AUTOMÓVILES, TAPACUBOS; DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 144 DEFLECTOR DE VIENTO PARA SUN ROOF; MARCOS PARA nacionalidad PANAMEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PLACAS; ESCALERAS PARA AUTOMÓVILES, REMOLQUES, FABRICA Y DE COMERCIO, ENGANCHES DE REMOLQUE, NEUMÁTICOS, CUBIERTAS PARA LOS NEUMÁTICOS, RUEDAS PARA VEHÍCULOS; TAPAS PARA RUEDAS, CUBIERTAS PARA RUEDAS; HOJAS LIMPIAPARABRISAS (ESCOBILLAS), LIMPIAPARABRISAS, DISPOSITIVOS ANTIRROBO PARA VEHÍCULOS, ADVERTENCIAS DE MARCHA ATRÁS PARA VEHÍCULOS; ESPEJOS PARA AUTOMÓVILES; BOCINAS PARA AUTOMÓVILES, INDICADORES DE DIRECCIÓN PARA AUTOMÓVILES; PEDALES; CUBIERTAS PARA PEDALES; ASIENTOS DE SEGURIDAD PARA NIÑOS; CINTURONES DE SEGURIDAD PARA VEHÍCULOS TERRESTRES; CUBIERTAS PARA ASIENTOS PARA AUTOMÓVIL; ARNÉS DE SEGURIDAD PARA ASIENTOS DE VEHÍCULOS; ESTRIBOS (PLACA DE DESGASTE DEL UMBRAL DE LA PUERTA) PARA AUTOMÓVILES; REDES PORTAEQUIPAJES PARA VEHÍCULOS; CONSOLA CENTRAL PARA EL AUTOMÓVIL; FUNDAS PARA AUTOMÓVILES, POMO DE LA PALANCA, DESCANSOS PARA LA CABEZA Y LOS PIES, PANEL DE INSTRUMENTOS, CESTA DE EQUIPAJE PARA AUTOMÓVILES, PORTAEQUIPAJES PARA VEHÍCULOS; REDES PORTAEQUIPAJES PARA VEHÍCULOS; VOLANTE, CUBIERTAS PARA VOLANTE, PERSIANAS ADAPTADAS PARA AUTOMÓVILES. Clase: 12. La solicitud fue presentada el día once de diciembre del año dos mil doce. Consistente en: La palabra H Hidrisage y diseño, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y VETERINARIOS; PRODUCTOS HIGIÉNICOS Y SANITARIOS PARA USO MÉDICO; SUSTANCIAS DIETÉTICAS PARA USO MÉDICO, ALIMENTOS PARA BEBÉS; EMPLASTOS, MATERIAL PARA APÓSITOS; MATERIAL PARA EMPASTES E IMPRONTAS DENTALES; DESINFECTANTES; PRODUCTOS PARA ELIMINAR ANIMALES DAÑINOS; FUNGICIDAS, HERBICIDAS. Clase: 05. La solicitud fue presentada el día nueve de diciembre del año dos mil diez. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintiseis de septiembre del año dos mil trece. ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ, REGISTRADOR. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, primero de octubre del año dos mil trece. RHINA GUADALUPE BARRERA QUINTANILLA, SECRETARIA. DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ, 3 v. alt. No. C011708-2 REGISTRADOR. LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA, No. de Expediente: 2012123582 SECRETARIA. No. de Presentación: 20120177867 CLASE: 14. 3 v. alt. No. C011604-2 EL INFRASCRITO REGISTRADOR No. de Expediente: 2010106165 No. de Presentación: 20100145577 CLASE: 05. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado EDY GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de Andre Píasso Holdings, LLC, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, ANDRÉ PIASSO HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado EDY GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, en su calidad de APODERADO de THE LATIN AMERICA TRADEMARK CORPORATION, de Consistente en: las palabras: ANDRÉ PIASSO, que servirá para: AMPARAR: RELOJES. Clase: 14. DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. La solicitud fue presentada el día veintiuno de diciembre del año dos mil doce. 145 No. de Expediente: 2012117270 No. de Presentación: 20120166490 REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de CLASE: 03. Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, EL INFRASCRITO REGISTRADOR diez de octubre del año dos mil trece. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado EDY GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, en su calidad de APODERADAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ, DO ESPECIAL de Industrias T. TAIO S.A. de C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y REGISTRADOR. DE COMERCIO, LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C011712-2 Consistente en: las palabras BATH TIME BABY PROTECTION y diseño, que se traducen al castellano como PROTECCIÓN PARA No. de Expediente: 2011111682 LA HORA DEL BAÑO DEL BEBÉ, que servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES PARA BLANQUEAR Y OTRAS SUSTANCIAS No. de Presentación: 20110155340 PARA LAVAR LA ROPA; PREPARACIONES PARA LIMPIAR, CLASE: 09. PULIR,DESENGRASAR Y RASPAR; JABONES; PRODUCTOS DE EL INFRASCRITO REGISTRADOR PERFUMERÍA, ACEITES ESENCIALES, COSMÉTICOS, LOCIO- HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado de NOVARTIS AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, NES CAPILARES; DENTÍFRICOS. Clase: 03. La solicitud fue presentada el día veintiocho de marzo del año dos mil doce. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de ALCON Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, trece de noviembre del año dos mil trece. Consistente en: la palabra ALCON, que servirá para: AMPARAR: DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ, APARATOS E INSTRUMENTOS OPTICOS; LENTES DE CONTACTO. Clase: 09. REGISTRADOR. La solicitud fue presentada el día diez de agosto del año dos mil once. LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA, REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de SECRETARIA. Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, 3 v. alt. No. C011729-2 veintiséis de septiembre del año dos mil trece. MARÍA DAFNE RUIZ, No. de Expediente: 2013123991 REGISTRADORA. No. de Presentación: 20130178775 ALCIDES SALVADOR FUNES LIZAMA, CLASE: 16. EL INFRASCRITO REGISTRADOR SECRETARIO. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado EDY 3 v. alt. No. C011714-2 GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de COINCA COMUNICACIONES INALAMBRICAS DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 146 DE CENTRO AMERICA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL DE CENTRO AMERICA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: COINCA, S.A. DE C.V., de nacionalidad VARIABLE que se abrevia: COINCA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, Y DE COMERCIO, Consistente en: la palabra COINCA y diseño, que servirá para: AMPARAR: PAPAEL, CARTÓN Y ARTÍCULOS DE ESTAS MATERIAS NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; PRODUCTOS DE IMPRENTA; MATERIAL DE ENCUADERNACIÓN; FOTOGRAFÍAS; ARTÍCULOS DE PAPELERÍA; ADHESIVOS (PEGAMENTOS) DE PAPELERÍA O PARA USO DOMÉSTICO; MATERIAL PARA ARTISTAS; PINCELES; MAQUINAS DE ESCRIBIR Y ARTÍCULOS DE OFICINA (EXCEPTO MUEBLES); MATERIAL DE INSTRUCCIÓN O MATERIAL DIDÁCTICO (EXCEPTO APARATOS); MATERIAS PLÁSTICAS PARA EMBALAR (NO COMPRENDIDAS EN OTRAS CLASES); CARACTERES DE IMPRENTA; CLICHÉS DE IMPRENTA. Clase: 16. Consistente en: la palabra INTRACK y diseño, que servirá para: AMPARAR: PAPEL, CARTÓN Y ARTÍCULOS DE ESTAS MATERIAS NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; PRODUCTOS DE IMPRENTA; MATERIAL DE ENCUADERNACIÓN; FOTOGRAFÍAS; ARTÍCULOS DE PAPELERÍA; ADHESIVOS (PEGAMENTOS) DE PAPELERÍA O PARA USO DOMÉSTICO; MATERIAL PARA ARTISTAS; PINCELES; MAQUINAS DE ESCRIBIR Y ARTÍCULOS DE OFICINA (EXCEPTO MUEBLES); MATERIAL DE INSTRUCCIÓN O MATERIAL DIDÁCTICO (EXCEPTO APARATOS); MATERIAS PLÁSTICAS PARA EMBALAR (NO COMPRENDIDAS EN OTRAS CLASES); CARACTERES DE IMPRENTA; CLICHÉS DE IMPRENTA. Clase: 16. La solicitud fue presentada el día dieciséis de enero del año dos mil trece. La solicitud fue presentada el día dieciséis de enero del año dos mil trece. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veinte de septiembre del año dos mil trece. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veinte de septiembre del año dos mil trece. DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ, DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ, REGISTRADOR. REGISTRADOR. RUTH NOEMI PERAZA GALDÁMEZ, RUTH NOEMI PERAZA GALDÁMEZ, SECRETARIA. SECRETARIA. 3 v. alt. No. C011732-2 No. de Expediente: 2013123971 No. de Presentación: 20130178755 CLASE: 16. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado EDY GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de COINCA COMUNICACIONES INALAMBRICAS 3 v. alt. No. C011735-2 No. de Expediente: 2012123540 No. de Presentación: 20120177787 CLASE: 30. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado EDY GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de Seattle's Best Coffee, LLC, de nacionalidad ES- DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. 147 TADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA RADO de SUMITOMO METAL INDUSTRIES, LTD., de nacionalidad Y DE COMERCIO, JAPONESA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, Consistente en: las palabras SEATTLE´S BEST COFFEE y diseño, donde se traduce al castellano como: el mejor café de Seattle, que servirá para: AMPARAR: AMPARAR GRANO DE CAFÉ MOLIDO Y ENTERO, COCOA, TÉ (HERBAL Y NO HERBAL), BEBIDAS DE CAFÉ, TÉ, COCOA Y EXPRESO, Y BEBIDAS HECHAS A BASE DE CAFÉ Y/O EXPRESO, BEBIDAS HECHAS A BASE DE TÉ, Consistente en: diseño en AZUL, que servirá para: AMPARAR: MOTORES DE CORRIENTE ALTERNA O MOTORES DE CO- CHOCOLATE EN POLVO Y VAINILLA; SALSAS PARA AGREGAR RRIENTE CONTINUA [QUE NO INCLUYAN "SUS PARTES"]; A LAS BEBIDAS; SIROPE DE CHOCOLATE, PRODUCTOS HOR- PARCHES ADHESIVOS DE GOMA PARA REPARACIÓN DE NEADOS: MAGDALENAS, BOLLOS, BIZCOCHOS, GALLETAS, TUBOS O LLANTAS; TRANSPORTADORES AÉREOS; AEROPLA- PASTELERÍA Y PANES, EMPAREDADOS, GRANOLA, CAFÉ NOS; BOLSAS DE AIRE [DISPOSITIVOS DE SEGURIDAD PARA LISTO PARA TOMAR, TÉ LISTO PARA TOMAR, CONFECCIONES DE HELADOS Y SORBETES; CONFECCIONES DE CHOCOLATE Y DULCES. Clase: 30. AUTOMÓVILES]; AERONAVES Y SUS PARTES Y ACCESORIOS; AERODESLIZADORES; TODOS PARA EQUIPO RODANTE; TODOS LOS PRODUCTOS PARA AUTOS, BARCOS Y OTROS APARATOS Y DISPOSITIVOS DE LOS MISMOS; ALARMAS La solicitud fue presentada el día veinte de diciembre del año dos mil doce. ANTIRROBO; DISPOSITIVOS ANTIRROBO; APARATOS DE LOCOMOCIÓN POR TIERRA, AIRE O AGUA Y SUS REPUESTOS NO INCLUIDOS EN OTRAS CLASES; AUTOMÓVILES Y SUS REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de PARTES Y ACCESORIOS; CAJAS DE EJES PARA LOCOMO- Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, TORAS; COJINETES DE EJES; EJES; EJES (PARTES Y ACCESO- seis de noviembre del año dos mil trece. RIOS DE EQUIPO RODANTE); EJES PARA RUEDAS; COCHES PARA BEBES; REMOLQUES PARA BICICLETAS [RIYAKAH]; DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ, BICICLETAS Y SUS PARTES Y ACCESORIOS; CARROCERIAS [DE VAGONES DE FERROCARRIL]; CAMIONES CARRETILLA REGISTRADOR. (PARTES Y ACCESORIOS DE EQUIPO RODANTE); BOGIE, CARRETILLA; BOGIES PARA VAGONES DE FERROCARRIL; LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA, FORROS PARA FRENOS; SEGMENTOS DE FRENOS; ZAPATAS O BALATAS DE FRENOS; FRENOS; FRENOS [ELEMENTOS DE SECRETARIA. MAQUINA QUE NO SEAN PARA VEHICULOS TERRESTRES]; 3 v. alt. No. C011736-2 TOPES PARA EQUIPO RODANTE DE FERROCARRIL; TELEFÉRICOS; ARBOLES DE LEVAS; ACOPLADOR PARA AUTO CAMIÓN; CARRETILLAS PARA AUTO; VAGONETAS Y PARTES Y ACCESORIOS PARA LOS MISMOS; CARRETAS; CHASIS [DE No. de Expediente: 2012116774 VAGONES DE FERROCARRIL]; UNIDADES DE ENGRANAJE DE COMANDO (PARTES Y ACCESORIOS DE EQUIPO RODANTE); No. de Presentación: 20120165695 CLASE: 12. BIELAS, QUE NO SEAN PARTES DE MOTORES O MOTORES DE COMBUSTIÓN; ACOPLADOR Y TREN DE TRACCIÓN; ACOPLADOR PARA AUTOMÓVILES; ACOPLADORES; ENGANCHE EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado EDY GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, en su calidad de APODE- Y TREN DE TRACCIÓN; CADENAS DE ENGANCHE PARA EQUIPO RODANTE; ENGANCHES; CIGÜEÑALES; EQUIPO PARA RECOLECCIÓN DE CORRIENTE [PARA VAGONES DE FERROCA- 148 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 RRIL]; TRENES DE TRACCIÓN INCLUIDOS EN CLASE 12 QUE RESORTES; RESORTES PARA EQUIPO RODANTE; RESORTES; SEAN PARTES Y ACCESORIOS DE EQUIPO RODANTE; EJES ESTABILIZADORES; TIRAS DE ACERO; RINES DE ACERO PARA DE TRANSMISIÓN; UNIDADES DE ENGRANAJE DE MANDO; RUEDAS DE EQUIPO RODANTE; LLANTAS DE ACERO (PAR- ENGRANAJES DE MANDO; CINTURONES DE CUERO ELÉCTRI- TES Y ACCESORIO DE EQUIPO RODANTE); MARCOS Y EJES COS; APARATOS DE ENGRANE (PARTES Y ACCESORIOS PARA DE POPA; AMORTIGUADORES DE SUSPENSIÓN; RESORTES EQUIPO RODANTE); BRIDAS PARA RUEDAS DE FERROCARRIL; DE SUSPENSIÓN; SISTEMAS DE SUSPENSIÓN Y ACCESORIOS ACOPLAMIENTO Y TRENES DE TRACCIÓN PARA ENGRANES ANTERIORES; LLANTAS PARA AUTOMÓVILES (TODOS PARA Y PIÑONES; CAJAS DE EJES; UNIDADES DE ENGRANAJE; LOS PRODUCTOS MENCIONADOS ANTERIORMENTE); MOTO- ENGRANAJE; ENGRANAJES Y PIÑONES; VAGONETAS; CO- RES DE TRACCIÓN; APARATOS DE TRACCIÓN O ENGANCHE RREAS DE MANO [PARA VAGONES DE FERROCARRIL]; (PARTES Y ACCESORIO DE EQUIPO RODANTE); TRACTORES; CAMBIADORES TÉRMICOS; CARRUAJES ARRASTRADOS POR TREN Y SUS PARTES Y ACCESORIOS PARA LOS MISMOS; CABALLOS; CIRCUITOS HIDRÁULICOS; CÁMARAS DE AIRE TRANSISTORES [ELECTRÓNICOS]; EJES DE TRANSMISIÓN; PARA LLANTAS; CORREAS DE CUERO PARA TRANSPORTE; CAMIONES; TRANSPORTES DE MOTOR DE DOS RUEDAS Y SUS ELEMENTOS DE MAQUINA; MÁQUINAS Y ACCESORIOS PARTES Y ACCESORIOS; BASTIDORES [DE VAGONES DE FE- PARA APARATOS DE LOCOMOCION TERRESTRE, AEREA O RROCARRIL]; BASTIDORES PARA VEHÍCULOS; VOLCADEROS ACUATICA; RUEDAS METÁLICAS PARA EQUIPO RODANTE DE DESCARGA [PARA INCLINACIÓN DE VAGONES DE CARGA Y LLANTAS DE ACERO PARA USO DE LOS MISMOS; TROLEY PARA FERROCARRIL]; EJES DE VÁLVULA; ACOPLADORES CARGADOR PARA MINAS (COCHES); AUTOCARES; MOTOCI- DE VEHÍCULO; RESORTES DE SUSPENSIÓN DE VEHÍCULO; CLETAS; IMPULSORES PRIMARIOS NO-ELÉCTRICOS [QUE NO RUEDAS; APARATOS DE LOCOMOCIÓN POR TIERRA, AGUA INCLUYAN "SUS PARTES"]; PARACAÍDAS; PARTES Y ACCE- O AIRE, PARTES Y ACCESORIOS DE LOS MISMOS; BARCOS Y SORIOS PARA TRANSPORTE FERROVIARIO DE MERCANCÍA Y OTRAS MAQUINAS DE TRANSPORTE Y ACCESORIOS Y PARTES PASAJEROS- A SABER, VAGONES DE TREN, RUEDAS, EJES, Y DE LOS MISMO; PARTES ESTRUCTURALES Y COMPONENTES LAS UNIDADES DE RUEDA-EJE; PARTES Y ACCESORIO PARA DE AUTOMOVILES; BUQUES Y SUS PARTES Y ACCESORIOS AUTOMÓVILES; BICITAXIS; ANILLOS DE PISTÓN; ELEMENTOS PARA LOS MISMOS; MOTOS DE AGUA [EMBARCACIONES DE CONVERSIÓN DE POTENCIA; EJES DE HÉLICES; CARROS PERSONALES]; CENTROS DE RUEDAS (PARTES Y ACCESORIO DE EXTRACCIÓN PARA MINERÍA; CARROS DE EMPUJE PARA DE EQUIPO RODANTE); RINES PARA RUEDAS; UNIDADES DE MINERÍA; ACOPLAMIENTOS PARA FERROCARRIL; VAGONES RUEDA-EJE; SILLAS PARA RUEDAS; RUEDAS [DE VAGONES DE FERROCARRIL; EQUIPO RODANTE PARA FERROCARRIL DE FERROCARRIL]. Clase: 12. Y SUS PARTES Y ACCESORIOS; ENGRANES DE REDUCCIÓN; APARATOS E INSTRUMENTOS DE CONTROL DE RELAJACIÓN La solicitud fue presentada el día nueve de marzo del año dos mil PARA NIVELES DIFERENTES ENTRE VAGONES Y PLATAFORMAS DE ESTACIÓN; CARRITOS; VEHÍCULOS TERRESTRES Y doce. PARTES DE LOS MISMOS; EQUIPO RODANTE PARA FERROCARILES; TELEFÉRICOS PARA CARGA O MANEJO DE CARGA; CORREAS DE TRANSMISIÓN DE POTENCIA ROTATIVAS QUE CONECTAN MOTORES Y VENTILADORES DE REFRIGERACIÓN REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, dos de septiembre del año dos mil trece. DE RADIADOR; DISCOS DE ROTOR; FUNDAS PARA ASIENTOS; ÁRBOLES, EJES O HUSILLOS, COJINETES, ACOPLADORES DE ÁRBOLES O CONECTORES, TRANSMISIONES DE POTENCIA Y ENGRANAJES; BARCOS; CASCOS DE BARCOS Y SUS PARTES MARÍA DAFNE RUIZ, REGISTRADOR, INCLUIDAS EN CLASE 12. MECANISMOS DE GOBIERNO PARA BARCOS; AMORTIGUADORES Y RESORTES DE AMORTIGUADORES; AMORTIGUADORES PARA VAGONES DE FERROCARRIL Y MOTOCARROS; RESORTES DE AMORTIGUADORES; FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN, SECRETARIO. CARRUAJES Y TRINEOS; RUEDAS SÓLIDAS LAMINADAS [PARTES Y ACCESORIOS DE EQUIPO RODANTE]; TRANSPORTES ESPACIALES; CONJUNTOS DE EJES CON ROTORES; 3 v. alt. No. C011738-2 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. 149 No. de Expediente: 2013131096 NOMBRE COMERCIAL No. de Presentación: 20130191349 No. de Expediente: 2014132735 No. de Presentación: 20140195250 LA INFRASCRITA REGISTRADORA EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RODRIGO HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de CORBES, GUERRA DEL CID, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: CORBES, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL, Consistente en: la frase Lorocos Cocina Salvadoreña y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO DEDICADO A Consistente en: las palabras SPORTS & BIKES y diseño, se traduce al castellano como: deportes y bicicletas, que servirá para: LA ELABORACION, VENTA Y DISTRIBUCION DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS. IDENTIFICAR UNA EMPRESA DEDICADA A LA VENTA Y COMERCIALIZACIÓN, DE BICICLETAS, REPUESTOS DE LAS MISMAS Y ACCESORIOS RELACIONADOS. La solicitud fue presentada el día veinticinco de octubre del año dos mil trece. La solicitud fue presentada el día trece de enero del año dos mil catorce. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de diecinueve de febrero del año dos mil catorce. Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, doce de febrero del año dos mil catorce. LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO, DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ, REGISTRADORA. REGISTRADOR. VANESSA MARÍA ROSALES AGUILAR, LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA, SECRETARIA. SECRETARIA. 3 v. alt. No. C011499-2 3 v. alt. No. F025728-2 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 150 CONVOCATORIA A JUNTA ESPECIAL DE SERIES CONVOCATORIAS CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS La Junta Directiva de la Unidad de Transacciones, S.A. de C.V., del domicilio de Nuevo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, por la presente convoca a Junta General Ordinaria de Accionistas a celebrarse a las quince horas del día cinco de mayo del corriente año, en Primera Convocatoria, en las instalaciones de la Unidad de Transacciones, S.A. de C.V., ubicadas en el km. 12 ½, Carretera al Puerto de La Libertad, desvío al Municipio de Nuevo Cuscatlán, Departamento de La Libertad; para conocer y resolver sobre la agenda siguiente: I. Comprobación de asistencia, establecimiento de quórum y aprobación de agenda; II. Lectura y aprobación de la Memoria de Labores de la sociedad para el año dos mil trece. III. Informe y aprobación del Balance General, del Estado de Resultados y el Estado de cambios en el Patrimonio; todos al treinta y uno de diciembre de dos mil trece. IV. Informe del Auditor Externo. V. VI. Informe sobre el nombramiento de los miembros de Junta Directiva por cada Junta Especial de Serie, para el período dos mil catorce - dos mil quince; y señalamiento de sus emolumentos. Nombramiento del Auditor Fiscal y Externo; señalamiento de sus emolumentos. VII.Aplicación de resultados Para que la Junta General Ordinaria de Accionistas se considere legalmente reunida en la primera fecha de la convocatoria, deberá estar representada, por lo menos, por ocho de los representantes de las diferentes Clases o Series de acciones, y las resoluciones serán válidas cuando se tomen por la mayoría de votos presentes. La Junta Directiva de la Unidad de Transacciones, S.A. de C.V., del domicilio de Nuevo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, por la presente convoca a Junta Especial de Series de Acciones, en Primera Convocatoria, a las Series "Generadores", "Distribuidores", "Transmisores", "Usuarios Finales" y "Comercializadores Independientes" a celebrarse a las ocho, diez, doce, catorce y dieciséis horas, respectivamente, del día veintisiete de marzo del corriente año, y en Segunda Convocatoria a las mismas horas del día veintiocho de marzo del corriente año; en las instalaciones de la Unidad de Transacciones, S.A. DE C.V.; para conocer y resolver sobre la agenda siguiente: I. Comprobación de asistencia, establecimiento de quórum y aprobación de agenda; II. Elección de representantes de la Serie o Clase ante la Junta General Ordinaria de Accionistas; que se celebrará los días cinco o seis de mayo del año en curso, en primera y segunda convocatoria, respectivamente; III. Elección de representantes de la Serie o Clase ante la Junta Directiva, que fungirán durante el período dos mil catorce dos mil quince. El quórum necesario para la celebración de la Junta Especial en Primera Convocatoria, será la mitad más uno, de las acciones de la Clase o Serie y en Segunda Convocatoria la Junta Especial se celebrará con las acciones presentes. En ambos casos, para tomar resolución se necesitará el voto conforme de la mayoría de accionistas presentes. Cada uno de los accionistas tendrá derecho a un voto independientemente del número de acciones que posea. Los accionistas y sus representantes podrán delegar su representación en una o varias personas para que los representen en la Junta respectiva. El delegado podrá ser o no accionista. Si en el documento con el cual compruebe la representación constare las instrucciones, facultades o atribuciones que se le han conferido, su representación solo será válida en tanto su actuación sea acorde a lo expresado en dicho documento. Nuevo Cuscatlán, veintiséis de febrero de dos mil catorce. GREGORIO ANTONIO ÁVILA CASTILLO De no establecerse el quórum en la fecha y hora expresada, se hace una Segunda Convocatoria para el día seis de mayo del corriente año, a las quince horas y en el mismo lugar destinado para la Primera Convocatoria. Si la Junta General Ordinaria de Accionistas se reuniere en la segunda fecha de la convocatoria, por falta de quórum necesario para hacerlo en la primera, se considerará válidamente constituida con cualquier que sea el número de representantes de las diferentes Clases o Series de acciones que asistan, y sus resoluciones se tomarán por mayoría de votos presentes. Nuevo Cuscatlán, veintiséis de febrero de dos mil catorce. GREGORIO ANTONIO ÁVILA CASTILLO PRESIDENTE 3 v. alt. No. C011497-2 PRESIDENTE 3 v. alt. No. C011498-2 CONVOCATORIA La Junta Directiva de SOCIEDAD COOPERATIVA SACERDOTAL LTDA, "ARS'', por este medio convoca a todos los socios a Junta Ordinaria que se celebrará el 31 de marzo del presente año, a las 9: a.m.; en el Hospital " La Divina Providencia". La Agenda a desarrollar es la siguiente: 1- Determinación del quórum. 2- Apertura o cierre de la sesión según quórum 3- Lectura y seguimiento del acta anterior. DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. 4- Informe del Tesorero, Gerente, Consejo de Vigilancia y 4) Auditor. 5- 151 Presentación de Informe del auditor externo del ejercicio que finalizó el 31 de diciembre del 2013. Elección de Junta Directiva y Consejo de Vigilancia, conforme 5) sistema democrático y por voto secreto. mentos para el ejercicio económico del año 2014, 6- Nombramiento del auditor Fiscal y Financiero 6) 7- Proposiciones de la Directiva en Funciones. 7) 8- Asuntos Varios. 9- Cierre de la sesión. Nombramiento del Auditor Externo y fijación de sus emolu- Aplicación de Resultados del ejercicio del año 2013. Reestructuración de la Administración Social del Administrador Único Propietario y el Suplente. PUNTOS DE CARACTER EXTRAORDINARIO: Si a la hora indicada, no se pudiera celebrar sesión por falta de 1) Capitalizaciones de acciones por deuda. QUORUM, se pospondrá a una hora después de este mismo día y se celebrará con el número de accionistas presentes. San Salvador, 26 de febrero de 2014. La Junta General se tendrá por legalmente reunida en PRIMERA CONVOCATORIA, para conocer de los asuntos de carácter ORDINARIO, al encontrarse presentes y/o representadas por lo menos la mitad más uno de las totalidad de las acciones que conforman el capital social, o sea LIC. CARLOS FRANCISCO MEJIA RECINOS, 51% de las acciones, y las resoluciones serán válidas con la mayoría de DIRECTOR PRESIDENTE. los accionistas con voto presente y/o representados. Y para conocer de los asuntos de carácter EXTRAORDINARIO, el quórum necesario para celebrar la Junta general en primera convocatoria serán las tres cuartas 3 v. alt. No. C011501-2 partes del total de acciones que componen el capital social y para tomar resoluciones se necesita igual proporción. CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA Y La junta General se tendrá por legalmente reunida en SEGUNDA CONVOCATORIA, para conocer de los asuntos de carácter ORDINA- EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS RIO, cualquier que sea el número de acciones presentes o representadas, y sus acuerdos o resoluciones serán válidas por la mayoría de las acciones presentes o representadas. Para los puntos de carácter EXTRAORDI- El Suscrito Administrador Único Suplente de la Sociedad DM SAO PAULO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia DM SAO PAULO, S.A. DE C.V., del domicilio de San Salvador, Departamento de San Salvador, e inscrita en el Registro de Comercio bajo el Número 64 del Libro 2597 del Registro de Sociedades, NARIO, en Segunda Convocatoria, el quórum necesario para celebrar la Junta General, serán la mitad más una de las acciones que componen el total del capital social, y el Número de votos necesario para que las resoluciones sean válidas será las tres cuartas partes de las acciones presentes. en cumplimiento al Pacto Social, CONVOCA: a sus accionistas para que concurran en primera convocatoria a la JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS MIXTA para tratar asuntos de carácter ORDINARIO En caso de no establecerse el quórum requerido para realizar esta y EXTRAORDINARIO que se celebrará el día VEINTICUATRO de sesión en primera convocatoria, ya sea para asuntos de carácter Ordinario MARZO de dos mil catorce, a partir de las NUEVE HORAS en: Calle o Extraordinario, por esta misma se CONVOCA a los accionistas para Chiltiupán y Avenida Jayaque, Block B casa Número 2, Jardines de La celebrar la Junta General en segunda convocatoria el día VEINTICINCO Libertad, Santa Tecla, Departamento de La Libertad Y en SEGUNDA DE MARZO DE DOS MIL CATORCE, a partir de las DIEZ horas, en CONVOCATORIA, para el día veinticinco de marzo de dos mil catorce, el mismo lugar señalado para la primera convocatoria. a partir de las diez horas, en el mismo lugar señalado para la primera convocatoria. La Agenda a tratar en la Junta es la siguiente: 1) Establecimiento de Quórum 2) Lectura del Acta Anterior San Salvador, 21 de febrero de 2014. WAGNER ELIAS, ADMINISTRADOR ÚNICO SUPLENTE PUNTOS DE CARÁCTER ORDINARIO: 3) DM SAO PAULO, S.A. DE C.V. Aprobación o improbación de: a) Memoria de Labores; b) Balance General, c) El estado de Resultados; d) El estado de cambios en el Patrimonio del ejercicio 2013. 3 v. alt. No. F025608-2 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 152 CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA Y EXTRAOR- de los accionistas con voto presente y/o representados. Y para conocer DINARIA DE ACCIONISTAS de los asuntos de carácter EXTRAORDINARIO, el quórum necesario para celebrar la Junta General en primera convocatoria serán las tres cuartas partes del total de acciones que componen el capital social y El Suscrito Administrador Único Suplente de la Sociedad ORTIZ para tomar resoluciones se necesita igual proporción. GAMIG, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia ORTIZ GAMIG, S.A. DE C.V., del domicilio de San Salvador, Departamento de San Salvador, e inscrita en el Registro de Comercio La Junta General se tendrá por legalmente reunida en SEGUNDA bajo el Número 29 del Libro No:2683 del Registro de Sociedades, CON- CONVOCATORIA, para conocer de los asuntos de carácter ORDINA- VOCA: a sus accionistas para que concurran en primera convocatoria a RIO, cualquier que sea el número de acciones presentes o representadas, la JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS MIXTA para tratar asuntos y sus acuerdos o resoluciones serán válidas por la mayoría de las acciones de carácter ORDINARIO y EXTRAORDINARIO que se celebrará presentes o representadas. Para los puntos de carácter EXTRAORDI- el día VEINTICINCO de MARZO de dos mil catorce, a partir de las NARIO, en Segunda Convocatoria, el quórum necesario para celebrar NUEVE HORAS en: Calle Chiltiupán y Avenida Jayaque Block B, Casa la Junta General, serán la mitad más una de las acciones que componen Número 2, Jardines de La Libertad, Santa Tecla, Departamento de La el total del capital social, y el Número de votos necesario para que las Libertad, Y en SEGUNDA CONVOCATORIA, para el día veintiséis resoluciones sean válidas será las tres cuartas partes de las acciones de marzo, a partir de las diez horas, en el mismo lugar señalado para la presentes. primera convocatoria. La Agenda a tratar en la Junta es la siguiente: 1) Establecimiento de Quórum 2) Lectura del Acta Anterior En caso de no establecerse el quórum requerido para realizar esta sesión en primera convocatoria, ya sea para asuntos de carácter Ordinario o Extraordinario, por esta misma se CONVOCA a los accionistas para celebrar la Junta General en segunda convocatoria el día VEINTISEIS DE MARZO DE DOS MIL CATORCE, A PARTIR DE LAS DIEZ HORAS, en el mismo lugar señalado para la primera convocatoria. PUNTOS DE CARÁCTER ORDINARIO: 3) San Salvador, 21 de febrero de 2014. Aprobación o improbación de: a) Memoria de Labores; b) Balance General, c) El estado de Resultados; d) El estado de MAURILIO DA SILVA LUIZ, cambios en el Patrimonio del ejercicio 2013. ADMINISTRADOR ÚNICO SUPLENTE 4) Presentación de Informe del auditor externo del ejercicio que finalizó el 31 de diciembre del 2013. 5) ORTIZ GAMIG, S.A. DE C.V. Nombramiento del Auditor Externo y fijación de sus emolu3 v. alt. No. F025609-2 mentos para el ejercicio económico del año 2014, 6) 7) Aplicación de Resultados del ejercicio del año 2013. Reestructuración de la Administración Social del Administrador Único Propietario y el Suplente. PUNTOS DE CARÁCTER EXTRAORDINARIO: 1) Ratificación de adquisición de deuda para cancelar compra de equipo 2) SUBASTA PÚBLICA VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE LO CIVIL DE APOPA. HACE SABER: Al público para los efectos de ley, que en el Juicio Cambio de Razón Social de: ORTIZ GAMIG, SOCIEDAD Ejecutivo promovido por la Licenciada ELSY ELIZABETH GALVEZ ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE y su abreviatura SÁNCHEZ, con Número de Identificación Tributaria: cero seis uno ORTIZ GAMIG, S.A. DE C.V., a JMA EL SALVADOR, cuatro- dos cinco cero tres siete uno- uno uno uno-ocho; en calidad de SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE y su Apoderada General Judicial del BANCO DAVIVIENDA SALVADORE- abreviatura: JMA EL SALVADOR, S.A. DE C.V. ÑO, SOCIEDAD ANONIMA, o BANCO DAVIVIENDA, SOCIEDAD ANONIMA o BANCO SALVADOREÑO, SOCIEDAD ANONIMA, que puede abreviarse BANCO DAVIVIENDA SALVADOREÑO, La Junta General se tendrá por legalmente reunida en PRIMERA S.A. o BANCO DAVIVIENDA, S.A., o BANCO SALVADOREÑO, CONVOCATORIA, para conocer de los asuntos de carácter ORDINA- S.A. o BANCOSAL, S.A., antes BANCO HSBC SALVADOREÑO, RIO, al encontrarse presentes y/o representadas por lo menos la mitad SOCIEDAD ANONIMA o BANCO HSBC, SOCIEDAD ANONIMA, o más uno de las totalidad de las acciones que conforman el capital social, BANCO SALVADOREÑO, SOCIEDAD ANONIMA, o BANCOSAL, o sea 51% de las acciones, y las resoluciones serán válidas con la mayoría SOCIEDAD ANONIMA, que puede abreviarse BANCO HSBC, SAL- DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. 153 VADOREÑO, S.A., BANCO HSBC, S.A., BANCO SALVADOREÑO, rumbo Norte once grados veinticinco minutos, dieciséis segundos Oeste, S.A. o BANCOSAL, S.A., Institución Bancaria del domicilio de San con distancia de siete punto cero siete metros, colindando con parcela de Salvador, con Número de Identificación Tributaria: cero seiscientos la señora María Lucía Orellana, con Calle La Estación de por medio, se catorce- ciento setenta mil novecientos noventa y cuatro- cero cero uno- llega al vértice Nor poniente de donde se inició la presente descripción cinco; contra el señor ANTONIO PERALTA ORELLANA, conocido técnica. El inmueble antes descrito tiene una extensión superficial de por ANTONIO ORELLANA PERALTA, de cincuenta y cuatro años de NOVENTA Y CUATRO PUNTO CUARENTA Y CUATRO ME- edad a la fecha del Contrato, Mecánico Soldador, siendo Apopa su último TROS CUADRADOS; Inscrito en el Registro de la Propiedad Raíz e domicilio conocido, actualmente de paradero ignorado, con Número de Hipotecas de la Primera Sección del Centro, en el Sistema de Folio Real Identificación Tributaria: cero seis cero dos-cero uno cero cinco cinco Computarizado en la Matrícula Número: SEIS CERO DOS SEIS UNO cuatro- cero cero uno-nueve; representado por su Curador Ad-Lítem UNO CERO CERO - CERO CERO CERO CERO CERO. nombrado, Licenciado KONRADD ALEXANDER MIRANDA MACHUCA, mayor de edad, Abogado, del domicilio de San Salvador, con Número de Identificación Tributaria: cero seiscientos catorce-doscientos Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las diez horas y cincuenta y un mil ochenta y cinco- ciento tres- cero; reclamándole el quince minutos del día veinte de enero del año dos mil catorce. DRA. pago de VEINTINUEVE MIL CUARENTA Y OCHO DOLARES DE VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON SEIS CENTAVOS LO CIVIL DE APOPA. LIC. JOSE DULEY CERNA FERNANDEZ, DE DÓLAR, que comprende dos créditos, según el detalle siguiente: SECRETARIO. A) MUTUO DIECINUEVE MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y UN DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON 3 v. alt. No. F025641-2 SETENTA Y UN CENTAVOS DE DOLAR, en concepto de capital, más intereses pactados del DIEZ PUNTO CERO CERO POR CIENTO ANUAL sobre saldos, a partir del día veintitrés de agosto del año dos mil nueve, en adelante; e intereses moratorios del CINCO POR CIENTO ANUAL, a partir del día trece de abril del año dos mil diez en adelante; y B) Consistente en un PAGARE SIN PROTESTO, la cantidad de NUEVE REPOSICIÓN DE CERTIFICADOS MIL OCHOCIENTOS SEIS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON TREINTA Y CINCO CENTAVOS DE DÓLAR, en concepto de capital, más intereses convencionales del DIEZ PUNTO LA CAJA DE CRÉDITO DE SAN VICENTE, SOC. COOP. DE R. TREINTA POR CIENTO ANUAL sobre saldos, contados a partir del día L. DE C.V., dos de julio del año dos mil nueve, en adelante, e intereses moratorios del CINCO POR CIENTO ANUAL sobre saldos a partir del día treinta de agosto del año dos mil nueve, en adelante; y costas procesales; se ha COMUNICA: Que a sus oficinas se ha presentado el propietario ordenado VENDER EN PUBLICA SUBASTA, en este mismo Juzga- del Certificado de depósito a plazo fijo número 14616, cuenta número do, en fecha y por el precio que oportunamente se indicará, un lote de 32000027455-1, emitido el día 14 de diciembre de 2013, en sus oficinas terreno urbano y construcciones que contiene, ubicado en el Reparto centrales, por valor original de TREINTA MIL DOLARES DE LOS Apopa, Lote Número Noventa y Dos, Calle La Estación, Jurisdicción ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$ 30,000.00), con plazo de 360 de Apopa, Departamento de San Salvador; cuya descripción técnica se días, el cual devenga el 6.50% de interés anual, solicitando reposición inicia partiendo del vértice esquinero Nor poniente siguiendo el sentido de dicho certificado, por habérsele extraviado. horario de las agujas del reloj: LINDERO NORTE: Partiendo del vértice Nor Poniente, tramo con rumbo Norte Ochenta y siete grados cincuenta En consecuencia de lo anterior se hará del conocimiento público, para los efectos legales del caso. y cuatro minutos, treinta y ocho segundos Este, con distancia de catorce punto cero nueve metros, colindando con parcela de la señora María Hortensia de Ramírez, con pared del tipo saltex del inmueble que se remide, se llega al vértice Nor-oriente, LINDERO ORIENTE: Partiendo del vértice Nor-Oriente, tramo con rumbo Sur cero un grado cincuenta y cinco minutos, veintiún segundos Este, con distancia de siete punto Transcurridos treinta días después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna oposición se procederá a reponer el certificado en referencia. San Vicente, a los veintiséis días del mes de febrero de dos mil catorce. cero un metro, colindando con parcela del señor Julio César Aguilar, con pared del tipo saltex del inmueble que se remide, se llega al vértice Sur-Oriente, lindero SUR: Partiendo del vértice Sur-Oriente, tramo con FRANCISCO DELIO ALVARENGA HIDALGO, rumbo Sur ochenta y ocho grados cero punto cuatro minutos, cuarenta GERENTE GENERAL. segundos Oeste, con distancia de doce punto noventa y dos metros, colindando con parcela del señor José Evelio Orellana Díaz, con pared del tipo saltex del inmueble que se remide, se llega al vértice Sur poniente; LINDERO PONIENTE: Partiendo del vértice Sur-poniente, tramo con 3 v. alt. No. F025734-2 154 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 TÍTULO MUNICIPAL Se avisa al público para los efectos de Ley. Alcaldía Municipal: Tapalhuaca, departamento de La Paz, vein- EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE LA VILLA DE TAPALHUACA. ticuatro de febrero de dos mil catorce- JOSE NELSON QUEZADA, ALCALDE MUNICIPAL.- VICTOR MANUEL APARICIO, SECRETARIO MUNICIPAL. AVISA: Que a esta Oficina se ha presentado JOSE ANTONIO LAINEZ, de sesenta y siete años de edad, pensionado, del domicilio de Tapalhuaca, departamento de La Paz, portador de su Documento Único de Identidad número cero uno ocho cero nueve dos nueve tres-cero; con 3 v. alt. No. F025707-2 Número de Identificación Tributaria cero ocho dos cero-cero dos uno cero cuatro seis-cero cero uno-uno, actuando en calidad de Apoderado Especial del señor JUAN ANTONIO QUEZADA LAINEZ, de sesenta y siete años de edad, motorista, de este domicilio, con Documento Único MARCA DE SERVICIOS de Identidad número cero dos seis tres cuatro seis dos ocho-ocho, y con Número de Identificación Tributaria cero ocho dos cero-dos dos uno cero cuatro seis-cero cero uno-cero, y de la señora CRUZ MORENO, No. de Expediente: 2013127348 de sesenta y siete años de edad, de oficios domésticos, de este domicilio, No. de Presentación: 20130184894 con Documento Único de Identidad número cero tres cinco siete ocho CLASE: 43. cero seis cuatro-tres, y con Número de Identificación Tributaria uno cero uno cero-uno cero uno cero cuatro seis-uno cero dos-uno; tal como lo EL INFRASCRITO REGISTRADOR comprueba con fotocopia certificada por notario de Testimonio de Poder Especial, a favor de Santos Ernestina Laínez Fabián y sustituido a su favor el día treinta de enero de dos mil catorce; a iniciar diligencias de Título Municipal de un terreno de naturaleza urbana, el cual está ubicado en el Barrio El Calvario de esta Población, y tiene una superficie de NOVENTA Y OCHO PUNTO NUEVE MIL QUINIENTOS SETENTA HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado SAMUEL WILLIAM ORTIZ DAUBER, en su calidad de APODERADO de POLLO BRUJO DE CENTROAMERICA, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, Y SEIS METROS CUADRADOS, que mide y linda: AL NORTE: En tramo recto diez punto cero metros linda con rumbo Norte, ochenta y POLLO BRUJO cuatro grados veintidós minutos y dieciocho segundos, linda con terreno propiedad de la Alcaldía Municipal de Tapalhuaca; AL ORIENTE: Tramo recto de nueve punto noventa y tres metros con rumbo Sur, cero cinco grados treinta y tres minutos y treinta segundos, linda con terreno propiedad del señor Juan Antonio Quezada Laínez, Cruz Moreno; AL SUR: En tramo recto de diez punto cero metros con rumbo Sur, ochenta y cuatro grados cincuenta minutos y treinta segundos Oeste, linda con terreno propiedad de Jesús de David Quezada Laínez y Ernesto Ramos Consistente en: las palabras POLLO BRUJO, que servirá para: AMPARAR: SERVICIO DE RESTAURANTE; SERVICIO DE CAFES; SERVICIO CAFETERIAS; SERVICIOS DE PROVISION DE ALIMENTOS Y BEBIDAS EN AUTOSERVICIO; SERVICIO DE ALIMENTACION Y BEBIDAS, BARES DE COMIDA RAPIDAS. Clase: 43. Ponce; AL PONIENTE: En tramo recto de nueve punto ochenta y cinco metros con rumbo Norte, cero cinco grados treinta y cinco minutos y cero segundos Oeste, linda en este tramo con terreno propiedad María Ester Echeverría de Esquivel, calle de por medio. Dicho terreno no está inscrito a favor de mis mandantes, por carecer de antecedente inscrito, La solicitud fue presentada el día treinta de mayo del año dos mil trece. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, diecisiete de febrero del año dos mil catorce. que son poseedores de buena fe, por lo que sus derechos de posesión datan de más de veinte años continuos y sin interrupción, lo cual los habilita para promover las correspondientes diligencias de Título Municipal, en vista que el referido inmueble carece de antecedente registral. DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ, REGISTRADOR. Dicho inmueble tiene un valor de UN MIL SEISCIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, no es predio dominante, LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA, ni sirviente, no se encuentra en proindivisión con ninguna persona, los colindantes pueden ser citados en Barrio El Calvario, Tapalhuaca, SECRETARIA. departamento de La Paz.. 3 v. alt. No. C011512-2 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. No. de Expediente: 2013123972 155 que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE RESTAURACIÓN PARA LLEVAR. Clase: 43. No. de Presentación: 20130178756 La solicitud fue presentada el día trece de agosto del año dos mil CLASE: 38. doce. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado EDY GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de COINCA COMUNICACIONES INALAMBRICAS DE CENTRO AMERICA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: COINCA, S. A. DE C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, cuatro de octubre del año dos mil trece. MARIA DAFNE RUIZ, REGISTRADOR. ALCIDES SALVADOR FUNES LIZAMA, SECRETARIO. 3 v. alt. No. C011713-2 Consistente en: la palabra INTRACK y diseño, que servirá para: AMPARAR: TELECOMUNICACIONES; ACCESO A USUARIO SERVICIOS DE PROVEEDORES A REDES INFORMATICAS MUNDIALES. Clase: 38. La solicitud fue presentada el día dieciséis de enero del año dos mil trece. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veinte de septiembre del año dos mil trece. No. de Expediente: 2013131067 No. de Presentación: 20130191301 CLASE: 44. EL INFRASCRITO REGISTRADOR DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ, REGISTRADOR. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado EDY GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, en su calidad de APODERADO de LABORATOIRE HRA PHARMA, de nacionalidad FRANCESA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C011706-2 ESMYARING No. de Expediente: 2012120612 No. de Presentación: 20120172446 CLASE: 43. Consistente en: la palabra ESMYARING, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS MÉDICOS. Clase: 44. EL INFRASCRITO REGISTRADOR La solicitud fue presentada el día veinticuatro de octubre del año dos mil trece. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado EDY GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de Pei Wei Asian Diner, LLC, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintinueve de octubre del año dos mil trece. MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ, REGISTRADOR. SAYONARA AYALA DE GUERRERO, SECRETARIA. Consistente en: las palabras PEI WEI ASIAN DINER y diseño, que se traducen al castellano como COMEDOR ASIATICO PEI WEI, 3 v. alt. No. C011719-2 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 156 VARIABLE que se abrevia: COINCA, S. A. DE C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, No. de Expediente: 2013131066 No. de Presentación: 20130191300 CLASE: 35. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado EDY GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, en su calidad de APODERADO de LABORATOIRE HRA PHARMA, de nacionalidad FRANCESA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, ESMYARING Consistente en: la palabra ESMYARING, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE PUBLICIDAD, PROMOCIÓN Y VENTA AL POR MENOR DE PRODUCTOS FARMACÉUTICOS, BIOTECNOLÓGICOS O MÉDICOS PARA USO HUMANO; REUNIENDO, PARA EL BENEFICIO DE LOS DEMÁS, LOS PRODUCTOS FARMACÉUTICOS, BIOTECNOLÓGICOS O MÉDICOS PARA USO HUMANO (EXCLUYENDO EL TRANSPORTE), PERMITIENDO A LOS CLIENTES COMPRARLOS DE MANERA CONVENIENTE A UN MAYORISTA. Clase: 35. La solicitud fue presentada el día veinticuatro de octubre del año dos mil trece. Consistente en: la palabra inTRACK y diseño, que servirá para: AMPARAR: PUBLICIDAD; GESTION DE NEGOCIOS COMERCIALES; ADMINISTRACIÓN COMERCIAL; TRABAJOS DE OFICINA; COMPILACIÓN DE INFORMACIÓN EN BASES DE DATOS INFORMATICAS. Clase: 35. La solicitud fue presentada el día dieciséis de enero del año dos mil trece, REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, cuatro de noviembre del año dos mil trece. DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ, REGISTRADOR. LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA, SECRETARIA. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintinueve de octubre del año dos mil trece. 3 v. alt. No. C011721-2 MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ, No. de Expediente: 2013123974 REGISTRADOR. No. de Presentación: 20130178758 SAYONARA AYALA DE GUERRERO, CLASE: 39. SECRETARIA. EL INFRASCRITO REGISTRADOR 3 v. alt. No. C011720-2 No. de Expediente: 2013123975 HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado EDY GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de COINCA COMUNICACIONES INALAMBRICAS DE CENTRO AMERICA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: COINCA, S. A. DE C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, No. de Presentación: 20130178759 CLASE: 35. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado EDY GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de COINCA COMUNICACIONES INALAMBRICAS DE CENTRO AMERICA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL Consistente en: la palabra inTRACK y diseño, que servirá para: AMPARAR: TRANSPORTE; EMBALAJE Y ALMACENAMIENTO DE MERCANCIAS; ORGANIZACIÓN DE VIAJES; INFORMACION SOBRE TRAFICO; INFORMACIÓN SOBRE TRANSPORTE. Clase: 39. DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. La solicitud fue presentada el día dieciséis de enero del año dos mil trece. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, ocho de noviembre del año dos mil trece. DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ, 157 LÍNEA DE NOTICIAS DE ENTRETENIMIENTO E INFORMACIÓN, PRODUCTOS, PROGRAMAS MULTIMEDIA Y MATERIALES EN REFERENCIA. Clase: 41. La solicitud fue presentada el día veintisiete de mayo del año dos mil once. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veinticinco de septiembre del año dos mil trece. REGISTRADOR. LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA, ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ, SECRETARIA. REGISTRADOR. 3 v. alt. No. C011723-2 RHINA GUADALUPE BARRERA QUINTANILLA, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C011733-2 No. de Expediente: 2011110006 No. de Presentación: 20110152518 CLASE: 41. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado EDY GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de THE CARTOON NETWORK, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, No. de Expediente: 2011110003 No. de Presentación: 20110152515 CLASE: 38. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado EDY GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, en su calidad de APODERADO de THE CARTOON NETWORK, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, Consistente en: la expresión CN CARTOON NETWORK y diseño, que se traduce al castellano como CN Red de Caricaturas, que servirá para: AMPARAR: EDUCACIÓN; ENTRETENIMIENTO; ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y CULTURALES; SERVICIOS DE ENTRETENIMIENTO E INFORMACIÓN A TRAVÉS DE BANDA ANCHA, INALÁMBRICOS Y EN LÍNEA; PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE JUEGOS INFORMÁTICOS EN LÍNEA; PROGRAMAS DE ENTRETENIMIENTO MULTIMEDIA EN LÍNEA, PRODUCCIÓN, PROYECCIÓN Y ALQUILER DE PROGRAMAS DE TELEVISIÓN, VÍDEOS, PELÍCULAS CINEMATOGRÁFICAS, AUDIO PREGRABADO Y CINTAS DE VIDEO, CASETES, DISCOS, CINTAS, CDS, DVDS Y CUALQUIER OTRO TIPO DE SOPORTES DE DATOS, PRODUCCIÓN Y REALIZACIÓN DE PROGRAMAS DE RADIO Y TELEVISIÓN; INFORMACIÓN RELATIVA AL ENTRETENIMIENTO O EDUCACIÓN QUE SE IMPARTE A TRAVÉS DE TELEVISIÓN, BANDA ANCHA, INALÁMBRICO Y EN LÍNEA; PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE TELEVISIÓN, BANDA ANCHA, INALÁMBRICOS PUBLICACIONES ELECTRÓNICAS EN LÍNEA (NO DESCARGABLES), SUMINISTRO DE PUBLICACIONES ELECTRÓNICAS EN Consistente en: La expresión CN CARTOON NETWORK y diseño que se traduce al castellano como CN RED DE CARICATURAS, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE PROVISIÓN DE ACCESO A TELECOMUNICACIONES INTEGRADAS EN UNA PLATAFORMA EN LA NATURALEZA DE BANDA ANCHA DE SEGURIDAD PARA UNA RED INFORMÁTICA PARA PRODUCCIÓN, DISTRIBUCIÓN, TRANSFERENCIA Y MANIPULACIÓN DE PELÍCULAS, TELEVISIÓN Y OTROS CONTENIDOS CON MULTIMEDIA. SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AL AIRE. SERVICIOS DE TELECOMUNICACIÓN: RADIODIFUSIÓN Y TRANSMISIÓN DE PROGRAMAS DE RADIO Y DE TELEVISIÓN, DE SONIDO E IMÁGENES E INFORMACIÓN, TAMBIÉN A TRAVÉS DE CABLE, SATÉLITE, RADIO, RED GLOBAL O INFORMÁTICA Y OTROS DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 158 EQUIPOS TÉCNICOS SIMILARES; TELECOMUNICACIONES DE INFORMACIÓN (INCLUYENDO PÁGINAS WEB), PROGRAMAS DE COMPUTACIÓN Y CUALQUIER OTRA DATA; SERVICIOS ELECTRÓNICOS DE CORREO; PROVISIÓN DE CONEXIONES DE TELECOMUNICACIÓN AL INTERNET O BASES DE DATOS; SERVICIOS QUE SIRVEN COMO PUERTA DE ENLACE DE LAS TELECOMUNICACIONES; COLECCIÓN Y PROVISIÓN DE NOTICIAS, MENSAJES E INFORMACIÓN; AGENCIA DE PRENSA E INFORMACIÓN NO COMERCIAL. Clase: 38. La solicitud fue presentada el día diecinueve de agosto del año dos mil trece. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, doce de diciembre del año dos mil trece. DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ, REGISTRADOR. La solicitud fue presentada el día veintisiete de mayo del año dos mil once. RUTH NOEMI PERAZA GALDÁMEZ, REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de SECRETARIA. Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, 3 v. alt. No. F025680-2 diecisiete de octubre del año dos mil trece. MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ, No. de Expediente: 2013129061 REGISTRADOR. No. de Presentación: 20130188150 SAYONARA AYALA DE GUERRERO, CLASE: 39. SECRETARIA. EL INFRASCRITO REGISTRADOR 3 v. alt. No. C011734-2 HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado BENJAMIN ALFREDO ABARCA CASTELLON, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de GRUAS Y TALLER ABARCA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: G Y T ABARCA, S. A. DE C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, No. de Expediente: 2013129432 No. de Presentación: 20130188717 CLASE: 12, 39. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LUIS ENRIQUE SALAVERRIA MOREIRA, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA Consistente en: las palabras GRUAS Y TALLER ABARCA y diseño, que servirá para: AMPARAR: SERVICIO DE GRUAS. Clase: 39. DE SERVICIOS, La solicitud fue presentada el día treinta y uno de julio del año dos mil trece. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, doce de diciembre del año dos mil trece. DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ, Consistente en: las palabras PROYECTO TOROGOZ y diseño, REGISTRADOR. que servirá para: AMPARAR: COHETES COMO APARATOS DE RUTH NOEMÍ PERAZA GALDÁMEZ, TRANSPORTE Y LOS VEHICULOS DE LANZAMIENTO. Clase: SECRETARIA. 12. Para: AMPARAR: SERVICIO DE VIAJE. Clase: 39. 3 v. alt. No. F025725-2 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. REPOSICIÓN DE PÓLIZA DE SEGURO 159 Si dentro de 30 días contados a partir de la última publicación de este aviso no se presentare oposición, se procederá a reponer la mencionada Póliza. AVISO San Salvador, 12 de febrero de 2014. La Centro Americana, S.A., hace del conocimiento del público en general, que se ha presentado ANTONIO LARA MONTES, del domicilio de SAN SALVADOR, solicitando reposición de su Póliza de Seguro de Vida 11042 emitida el 28/02/2007. Ana Elizabeth de Domínguez Responsable de Vida Individual y Decesos. Si dentro de 30 días contados a partir de la última publicación de este aviso no se presentare oposición, se procederá a reponer la mencionada Póliza. 3 v. alt. No. C011505-2 AVISO San Salvador, 11 de febrero de 2014. Ana Elizabeth de Domínguez, Responsable de Vida Individual y Decesos. 3 v. alt. No. C011502-2 La Centro Americana, S.A., hace del conocimiento del público en general, que se ha presentado JOSE GERARDO RIVAS DURAN, del domicilio de SAN SALVADOR, solicitando reposición de su Póliza de Seguro de Vida 95010061 emitida el 20/01/1995. Si dentro de 30 días contados a partir de la última publicación de este aviso no se presentare oposición, se procederá a reponer la mencionada Póliza. San Salvador, 12 de febrero de 2014. AVISO Ana Elizabeth de Domínguez, Responsable de Vida Individual y Decesos. La Centro Americana, S.A., hace del conocimiento del público en general, que se ha presentado JOSE HUMBERTO ALAS LOPEZ, del domicilio de LA LIBERTAD, solicitando reposición de su Póliza de Seguro de Vida 93080640 emitida el 24/08/1993. Si dentro de 30 días contados a partir de la última publicación de este aviso no se presentare oposición, se procederá a reponer la mencionada Póliza. San Salvador, 18 de febrero de 2014. 3 v. alt. No. C011506-2 MARCA DE PRODUCTO No. de Expediente: 2014132700 No. de Presentación: 20140195174 CLASE: 30. EL INFRASCRITO REGISTRADOR Ana Elizabeth de Domínguez, Responsable de Vida Individual y Decesos. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de BEC SUCRÉ, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: BEC SUCRÉ, S. A. DE C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, 3 v. alt. No. C011504-2 AVISO La Centro Americana, S.A., hace del conocimiento del público en general, que se ha presentado MARIA MAGDALENA PANIAGUA ROMERO, del domicilio de SAN MIGUEL, solicitando reposición de su Póliza de Seguro de Vida 14626 emitida el 05/02/2009. Consistente en: la palabra Lübeck y diseño, que servirá para: AMPARAR: PAN, PRODUCTOS DE PASTELERIA, CHOCOLATES Y CONFITERIA. Clase: 30. DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 160 La solicitud fue presentada el día diez de enero del año dos mil catorce. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, nueve de diciembre del año dos mil trece. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ, doce de febrero del año dos mil catorce. REGISTRADOR. DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ, REGISTRADOR. LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA, SECRETARIA. LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C011511-2 3 v. alt. No. C011500-2 No. de Expediente: 2011113570 No. de Expediente: 2013131759 No. de Presentación: 20130192945 No. de Presentación: 20110158890 CLASE: 29. CLASE: 07. LA INFRASCRITA REGISTRADORA EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado EDY GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, en su calidad de APODEHACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JOSE TOMAS CALDERON GONZALEZ, conocido por JOSE TOMAS CALDERON GONZALES, en su calidad de APODERADO de IMPRESSA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: IMPRESSA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, RADO ESPECIAL de MOLINOS DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: MOL, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, Consistente en: la expresión KAY'S, que servirá para: AMPARAR: CARNE, PESCADO, CARNE DE AVE Y CARNE DE CAZA; Consistente en: la palabra Enermax y diseño, que servirá para: AMPARAR: MAQUINAS Y MAQUINAS HERRAMIENTAS; MO- EXTRACTOS DE CARNE; FRUTAS Y VERDURAS, HORTALIZAS Y LEGUMBRES EN CONSERVA, CONGELADAS, SECAS Y CO- TORES (EXCEPTO MOTORES PARA VEHICULOS TERRESTRES); ACOPLAMIENTOS Y ELEMENTOS DE TRANSMISION (EXCEPTO PARA VEHICULOS TERRESTRES); Y ESPECIALMENTE CABLES DE BUJIA Y BOBINAS DE IGNICION. Clase: 07. La solicitud fue presentada el día veintidós de noviembre del año dos mil trece. CIDAS; JALEAS, CONFITURAS, COMPOTAS; HUEVOS, LECHE Y PRODUCTOS LACTEOS; ACEITES Y GRASAS COMESTIBLES. Clase: 29. La solicitud fue presentada el día veintiséis de octubre del año dos mil once. DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, dieciocho de septiembre del año dos mil trece. 161 No. de Expediente: 2013130666 No. de Presentación: 20130190717 CLASE: 05. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. EL INFRASCRITO REGISTRADOR VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR, HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JOSE CARLOS MAXIMILIANO MOJICA BURGOS, en su calidad de APO- SECRETARIA. 3 v. alt. No. C011705-2 DERADO de NOVARTIS AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, No. de Expediente: 2010104075 SUREPAL No. de Presentación: 20100142254 CLASE: 30. Consistente en: la palabra SUREPAL, que servirá para: AMPARAR: EL INFRASCRITO REGISTRADOR PRODUCTOS FARMACÉUTICOS PARA USO HUMANO. Clase: 05. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado EDY GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, en su calidad de APODERADO de BORGYNET INTERNATIONAL HOLDINGS CORPORATION, de nacionalidad PANAMEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, La solicitud fue presentada el día nueve de octubre del año dos mil trece. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, once de octubre del año dos mil trece. MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ, REGISTRADOR. Consistente en: las palabras super Bianchi y diseño, que servirá para: AMPARAR: CAFÉ, TÉ, CACAO, AZÚCAR, ARROZ, TAPIOCA, SAGÚ, SUCEDÁNEOS DEL CAFÉ; HARINAS Y PREPARACIONES A BASE DE CEREALES, PAN, PRODUCTOS DE PASTELERÍA Y DE CONFITERÍA, HELADOS; MIEL, JARABE DE MELAZA; LEVADURA, POLVOS DE HORNEAR; SAL, MOSTAZA; VINAGRE, SALSAS (CONDIMENTOS); ESPECIAS; HIELO. Clase: 30. SAYONARA AYALA DE GUERRERO, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C011709-2 La solicitud fue presentada el día cinco de octubre del año dos mil diez. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veinticuatro de septiembre del año dos mil trece. No. de Expediente: 2013130667 No. de Presentación: 20130190718 CLASE: 10. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. EL INFRASCRITO REGISTRADOR FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON, SECRETARIO. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JOSE 3 v. alt. No. C011707-2 CARLOS MAXIMILIANO MOJICA BURGOS, en su calidad de APO- DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 162 DERADO de NOVARTIS AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, diez de octubre del año dos mil trece. SUREPAL DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ, REGISTRADOR. Consistente en: la palabra SUREPAL, que servirá para: AMPARAR: DISPOSITIVO DE INYECCIÓN PARA PREPARACIONES LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA, FARMACÉUTICAS. Clase: 10. SECRETARIA. La solicitud fue presentada el día nueve de octubre del año dos mil trece. 3 v. alt. No. C011711-2 REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, once de octubre del año dos mil trece. No. de Expediente: 2013130851 No. de Presentación: 20130190955 MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ, CLASE: 14. REGISTRADOR. EL INFRASCRITO REGISTRADOR SAYONARA AYALA DE GUERRERO, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C011710-2 HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado EDY GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, en su calidad de APODERADO de CORPORACION BELLEZA JUVENIL, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad COSTARRICENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, No. de Expediente: 2012118045 No. de Presentación: 20120167747 CLASE: 07. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado EDY GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de TAIHO KOGYO KABUSHIKI KASSHA (TAIHO KOGYO CO. LTD.), de nacionalidad JAPONESA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, Consistente en: la palabras REVER y diseño, que servirá para: AMPARAR: METALES PRECIOSOS Y SUS ALEACIONES, ASÍ COMO PRODUCTOS DE ESTAS MATERIAS O CHAPADO NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; ARTÍCULOS DE JOYERÍA. BISUTERÍA, PIEDRAS PRECIOSAS; ARTÍCULOS DE RELOJERÍA E INSTRUMENTOS CRONOMÉTRICOS. Clase: 14. La solicitud fue presentada el día diecisiete de octubre del año dos mil trece. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintidós de octubre del año dos mil trece. MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ, REGISTRADOR. Consistente en: la palabra TAIHO, que servirá para: AMPARAR: PARTES DE MOTORES DE AUTOMOVILES. Clase: 07. SAYONARA AYALA DE GUERRERO, SECRETARIA. La solicitud fue presentada el día veintiséis de abril del año dos mil doce. 3 v. alt. No. C011715-2 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. 163 No. de Expediente: 2013130986 RADO de ACAVA LIMITED, de nacionalidad MALTA, solicitando No. de Presentación: 20130191166 el registro de la MARCA DE PRODUCTO. CLASE: 03. EL INFRASCRITO REGISTRADOR. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado EDY GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, en su calidad de APODERADO de VARGAS MARCAS E PARTICIPAÇÕES, LTDA., de nacionalidad BRASILEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO. Consistente en: un diseño identificado como Familia, que servirá para: AMPARAR: BEBIDAS Y ZUMOS DE FRUTAS; SIROPES Y NÉCTARES DE FRUTA. Clase: 32. La solicitud fue presentada el día veintidós de octubre del año dos mil trece. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veinticinco de octubre del año dos mil trece. Consistente en: la palabra SEMPREBELLA y diseño, que servirá para: AMPARAR: CHAMPÚS, PREPARACIONES PARA REMOVER EL COLOR, COSMÉTICOS, CREMAS COSMÉTICAS, COLORANTES DE TOCADOR, DESODORANTES PARA USO PERSONAL, PREPARACIONES PARA DEPILAR, AGUA DE COLONIA, ACEITES ESENCIALES, COSMÉTICOS PARA LAS CEJAS, COLORANTES PARA EL CABELLO, LOCIONES PARA EL CABELLO, ATOMIZADORES PARA EL CABELLO, PREPARACIONES PARA REMOVER EL MAQUILLAJE, MASCARILLAS DE BELLEZA, PERFUMERÍA Y PREPARACIONES PARA AFEITAR. Clase: 03. MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ, REGISTRADOR. SAYONARA AYALA DE GUERRERO, SECRETARIA. La solicitud fue presentada el día veintidós de octubre del año dos mil trece. 3 v. alt. No. C011717-2 REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veinticinco de octubre del año dos mil trece. No. de Expediente: 2013131068 MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ, No. de Presentación: 20130191302 REGISTRADOR. CLASE: 05. SAYONARA AYALA DE GUERRERO, EL INFRASCRITO REGISTRADOR. SECRETARIA. 3 v. alt. No. C011716-2 HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado EDY GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, en su calidad de APODERADO de LABORATOIRE HRA PHARMA, de nacionalidad FRANCESA, No. de Expediente: 2013130987 solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO. No. de Presentación: 20130191167 CLASE: 32. ESMYARING EL INFRASCRITO REGISTRADOR. Consistente en: la palabra ESMYARING, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS O MÉDICOS PARA USO HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado EDY GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, en su calidad de APODE- HUMANO; PRODUCTOS BIOTECNOLÓGICOS CON PROPÓSITOS MÉDICOS PARA USO HUMANO. Clase: 05. DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 164 La solicitud fue presentada el día veinticuatro de octubre del año dos mil trece. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintinueve de octubre del año dos mil trece. No. de Expediente: 2013130994 No. de Presentación: 20130191176 CLASE: 05. EL INFRASCRITO REGISTRADOR. MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ, REGISTRADOR. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado EDY GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, en su calidad de APODERA- SAYONARA AYALA DE GUERRERO, DO de URIACH-AQUILEA OTC, S.L., de nacionalidad ESPAÑOLA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO. SECRETARIA. ENRELAX 3 v. alt. No. C011718-2 Consistente en: la palabra ENRELAX, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS MEDICINALES, ESPECIALMENTE DE No. de Expediente: 2012123303 ORIGEN VEGETAL; COMPLEMENTOS ALIMENTICIOS PARA No. de Presentación: 20120177344 PERSONAS; COMPLEMENTOS NUTRICIONALES PARA USO CLASE: 05. MÉDICO; SUPLEMENTOS DIETÉTICOS PARA USO NO MÉDICO. Clase: 05. La solicitud fue presentada el día veintidós de octubre del año dos EL INFRASCRITO REGISTRADOR. mil trece. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado EDY GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de Bayer Intellectual Property GmbH, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, dieciocho de noviembre del año dos mil trece. LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO, ETOVIVEX REGISTRADORA. Consistente en: la palabra ETOVIVEX, que servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES Y SUSTANCIAS FARMACÉUTICAS. Clase: 05. VANESSA MARÍA ROSALES AGUILAR, SECRETARIA. La solicitud fue presentada el día siete de diciembre del año dos mil doce. 3 v. alt. No. C011724-2 REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, siete de noviembre del año dos mil trece. No. de Expediente: 2013130989 MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VASQUEZ, No. de Presentación: 20130191169 CLASE: 05. REGISTRADOR. SAYONARA AYALA DE GUERRERO, LA INFRASCRITA REGISTRADORA. SECRETARIA. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado EDY 3 v. alt. No. C011722-2 GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, en su calidad de APODERA- DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. 165 DO de URIACH -AQUILEA OTC, S.L., de nacionalidad ESPAÑOLA, RADO de BIOGENESIS BAGO S.A., de nacionalidad ARGENTINA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO. solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO. EFIBOS MINILIPO Consistente en: la palabra MINILIPO, que servirá para: AMPARAR: Consistente en: la palabra EFIBOS, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y VETERINARIOS; COMPLE- PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y VETERINARIOS, PRODUC- MENTOS NUTRICIONALES PARA USO MÉDICO; PRODUCTOS TOS HIGIÉNICOS PARA USO MÉDICO, ALIMENTOS DIETÉTI- HIGIÉNICOS PARA LA MEDICINA; ALIMENTOS Y BEBIDAS COS Y SUSTANCIAS PARA USO MÉDICO O VETERINARIO, DIETÉTICOS PARA USO MÉDICO; SUSTANCIA DIETÉTICAS ALIMENTOS PARA BEBÉS; SUPLEMENTOS ALIMENTICIOS PARA USO MÉDICO, ALIMENTOS PARA BEBÉS; EMPLASTOS, PARA HUMANOS Y ANIMALES, EMPLASTOS, MATERIAL PARA MATERIALES PARA APÓSITOS; MATERIAL PARA EMPASTAR APÓSITOS, MATERIAL PARA EMPASTAR LOS DIENTES Y PARA LOS DIENTES Y PARA IMPRONTAS DENTALES; DESINFECTANTES; PRODUCTOS PARA LA DESTRUCCIÓN DE ANIMALES DAÑINOS; FUNGICIDAS, HERBICIDAS. Clase: 05. La solicitud fue presentada el día veintidós de octubre del año dos IMPRONTAS DENTALES, DESINFECTANTES, PREPARACIONES PARA LA DESTRUCCIÓN DE ANIMALES DAÑINOS, FUNGICIDAS, HERBICIDAS. Clase: 05. La solicitud fue presentada el día treinta y uno de octubre del año dos mil trece. mil trece. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, quince de noviembre del año dos mil trece. catorce de noviembre del año dos mil trece. LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO, LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO, REGISTRADORA. REGISTRADORA. VANESSA MARÍA ROSALES AGUILAR, VANESSA MARÍA ROSALES AGUILAR, SECRETARIA. SECRETARIA. 3 v. alt. No. C011728-2 3 v. alt. No. C011726-2 No. de Expediente: 2013127332 No. de Expediente: 2013131201 No. de Presentación: 20130184867 No. de Presentación: 20130191859 CLASE: 05. CLASE: 05. EL INFRASCRITO REGISTRADOR. LA INFRASCRITA REGISTRADORA. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado EDY HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado EDY GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, en su calidad de GESTOR GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, en su calidad de APODE- OFICIOSO de LABORATORIO D.B., SOCIEDAD ANÓNIMA DE DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 166 CAPITAL VARIABLE que se abrevia: LABORATORIO D.B., S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de PORATION, de nacionalidad PANAMEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO. la MARCA DE PRODUCTO. DEVRANIL POLY-VI-SOL Consistente en: la frase POLY-VI-SOL, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y VETERINARIOS; PRODUCTOS HIGIÉNICOS Y SANITARIOS PARA USO MÉDICO; SUSTANCIAS DIETÉTICAS PARA USO MÉDICO, ALIMENTOS PARA BEBÉS; EMPLASTOS, MATERIAL PARA APÓSITOS; MATERIAL PARA EMPASTES E IMPRONTAS DENTALES; DESINFECTANTES; PRODUCTOS PARA ELIMINAR ANIMALES DAÑINOS; FUNGICIDAS, HERBICIDAS. Clase: 05. Consistente en: la palabra DEVRANIL, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y VETERINARIOS; PRODUCTOS HIGIÉNICOS Y SANITARIOS PARA USO MÉDICO; SUSTANCIAS DIETÉTICAS PARA USO MÉDICO, ALIMENTOS PARA BEBÉS; EMPLASTOS, MATERIAL PARA APÓSITOS; MATERIAL PARA EMPASTES E IMPRONTAS DENTALES; DESINFECTANTES; PRODUCTOS PARA ELIMINAR ANIMALES DAÑINOS; FUNGICIDAS, HERBICIDAS. Clase: 05. La solicitud fue presentada el día veintidós de diciembre del año dos mil diez. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, treinta de octubre del año dos mil trece. La solicitud fue presentada el día veintinueve de mayo del año dos mil trece. ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ, REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de REGISTRADOR. Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, trece de febrero del año dos mil catorce. FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN, SECRETARIO. LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO, 3 v. alt. No. C011731-2 REGISTRADORA. VANESSA MARÍA ROSALES AGUILAR, No. de Expediente: 2012118493 No. de Presentación: 20120168517 SECRETARIA. CLASE: 21. 3 v. alt. No. C011730-2 No. de Expediente: 2010106467 No. de Presentación: 20100146036 CLASE: 05. EL INFRASCRITO REGISTRADOR. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado EDY GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de THE LATIN AMERICA TRADEMARK COR- EL INFRASCRITO REGISTRADOR. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado EDY GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de STARBUCKS CORPORATION cuyo nombre comercial para hacer negocios es STARBUCKS COFFEE COMPANY, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO. STARBUCKS VIA Consistente en: las palabras STARBUCKS VIA, que servirá para: AMPARAR: MOLINILLOS MANUALES DE CAFÉ Y MOLINOS DE CAFÉ; TAZAS CON AISLAMIENTO PARA CAFÉ Y OTRAS BEBIDAS, PORTA VASOS NO DE PAPEL, BOTELLAS ISOTÉRMICAS, TAZAS DE CAFÉ, TAZAS PARA TÉ Y TAZONES, CRISTALERÍA, DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. PLATOS, TREBEDES, BOTES DE ALMACENAMIENTO, CAFETERAS DE GOTEO NO ELÉCTRICAS, CAFETERAS NO ELÉCTRICAS ESTILO EMBOLO, CONTENEDORES DECORATIVOS PARA 167 REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veinte de agosto del año dos mil trece. ALMACENAR COMIDA, INFUSIONES PARA TÉ, TETERAS, COLADORES DE TE, CANDELABROS (NO DE METALES PRE- ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ, CIOSO), CANDELEROS NO DE METALES PRECIOSOS, FIGURAS REGISTRADOR. DE CERÁMICA, FIGURAS DE PORCELANA. Clase: 21. La solicitud fue presentada el día diecisiete de mayo del año dos RHINA GUADALUPE BARRERA QUINTANILLA, mil doce. SECRETARIA. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, 3 v. alt. No. F025677-2 seis de noviembre del año dos mil trece. DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ, REGISTRADOR. No. de Expediente: 2012121239 No. de Presentación: 20120173616 CLASE: 18, 25. LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA, SECRETARIA. EL INFRASCRITO REGISTRADOR. 3 v. alt. No. C011737-2 No. de Expediente: 2013126744 HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado SAMUEL LEONARDO ESTRADA IRAHETA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de DH ENTERPRISE, SOCIEDAD ANÓNIMA, de nacionalidad PANAMEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO. No. de Presentación: 20130183940 CLASE: 12. EL INFRASCRITO REGISTRADOR. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado SAMUEL LEONARDO ESTRADA IRAHETA, en su calidad de APODERADO de DOXA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO. Consistente en: la palabra Indiana y diseño, que servirá para: AMPARAR: BOLSOS, MALETAS PARA DAMAS Y NIÑAS. Clase: 18. Para: AMPARAR: SANDALIAS PARA DAMAS Y NIÑAS. Clase: 25. La solicitud fue presentada el día siete de septiembre del año dos mil doce. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veinticuatro de julio del año dos mil trece. JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, REGISTRADOR. Consistente en: la palabra DOXA y diseño, que servirá para: AMPARAR VEHÍCULOS, APARATOS DE LOCOMOCIÓN TERRESTRE, AÉREA O ACUÁTICA. Clase: 12. FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN, SECRETARIO. La solicitud fue presentada el día nueve de mayo del año dos mil trece. 3 v. alt. No. F025678-2 168 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 DE TERCERA PUBLICACIÓN ACEPTACION DE HERENCIA DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL. HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, a las ocho horas veinte minutos de este día se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de parte de los señores SAMUEL MATHEU GARMENDEZ conocido por SAMUEL MATEO, SAMUEL MATHEU, SAMUEL METHEU GARMENDEZ, SAMUEL METHEU GARMENDIZ, SAMUEL METHEU GARMENDIS, SAMUEL GARMENDIZ y por SAMUEL MAHTEU GARMENDEZ; JOSE AMILCAR MATHEU GARMENDEZ conocido por JOSE AMILCAR MATEO, JOSE AMILCAR MATHEU, JOSE AMILCAR METHEU GARMENDEZ, JOSE AMILCAR METHEU GARMENDIZ, JOSE AMILCAR METHEU GARMENDIS, JOSE AMILCAR MATHEU GARMENDIZ y por JOSE AMILCAR GARMENDIZ; JUANA MATEO GARMENEZ conocida por JUANA MATEO, JUANA MATHEU, JUANA METHEU GARMENDEZ, JUANA METHEU GARMENDIZ, JUANA METHEU GARMENDIS, JUANA MATHEU GARMANDEZ, JUANA MATHEU GARMENDIZ y por JUANA GARMENDIZ, en concepto de hijos sobrevivientes, del causante y como cesionarios de los derechos hereditarios que le correspondían al señor SAMUEL MATEO conocido por SAMUEL MATHEU, SAMUEL METHEU, SAMUEL MATEHU y por MANUEL MATHEU, en concepto de padre del causante, de la Herencia Intestada dejada a su defunción por el señor HECTOR MANUEL MATHEU GARMENDEZ conocido por HECTOR MANUEL MATHEU GARMENDIZ, HECTOR MANUEL METHEU GARMENDEZ, HECTOR MANUEL METHEU GARMENDIZ, HECTOR MANUEL GRMENDEZ MATTEU y por HECTOR MANUEL MATEO, quien fuera de dieciocho años de edad, estudiante, soltero y falleció a las siete horas del día veintiuno de julio del año mil novecientos ochenta, en de Ciudad Arce, siendo éste su último domicilio. Confiérasele a la aceptante expresada en el concepto indicado la Administración y Representación Interina de la indicada sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Cítese a las personas que se crean con derecho. Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley. Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico, a las ocho horas treinta minutos del día dieciocho de febrero del año dos mil catorce. LIC. DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. LIC. CARLOS ARNULFO SOSA FLORES, SECRETARIO. 3 v. alt. No. C011438-3 GENNY SHILA RAMÍREZ DE ARÉVALO, JUEZA DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO. HACE SABER: Que por resolución pronunciada por este Juzgado, a las once horas del día veinticuatro de enero del año dos mil catorce, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada dejada a su defunción ocurrida el veinte de agosto del año mil novecientos noventa y tres, en esta ciudad, que defirió el causante señor JOSÉ LEOPOLDO MASFERRER RAMÍREZ conocido por LEOPOLDO MASFERRER, siendo su último domicilio el de esta ciudad, de parte de VÍCTOR ERNESTO MASFERRER MARTÍNEZ, en su calidad de hijo sobreviviente del causante. Y se le ha conferido al aceptante la administración y representación interina de los bienes de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Y CITA: a los que se crean con derecho a la herencia referida para que se presenten en el término de Ley, a hacer uso de sus derechos en la sucesión. Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango: San Salvador, a las ocho horas diez minutos del día treinta y uno de enero de dos mil catorce. LICDA. GENNY SHILA RAMÍREZ DE ARÉVALO, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. EDME GUADALUPE CUBÍAS GONZÁLEZ, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C011449-3 LICENCIADO DAVID OVIDIO PERAZA FUENTES, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIUDAD DE TEJUTLA, DEPARTAMENTO DE CHALATENANGO. HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, proveída a las ocho horas y quince minutos del día seis de febrero del presente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el causante señor JOSÉ DOLORES SERRANO MEJÍA, de setenta y siete años de edad, casado, agricultor en pequeño, originario de San Antonio de La Cruz, Chalatenango, del domicilio de Nueva Concepción, salvadoreño, hijo de Marcelino Serrano y María Salomé Mejía, falleció a las dieciséis horas con cincuenta minutos del día veintinueve de marzo del dos mil diez, por parte de la señora ETELBINA GUARDADO VIUDA DE SERRANO, conocida por Etelvina Guardado, Etelbina Guardado viuda de Serrano y Etelvina Guardado Viuda de Serrano, en su calidad de cónyuge. Confiérese a la aceptante la administración y representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones legales que les corresponde a los curadores de la herencia yacente. Fíjense y publíquense los edictos de Ley. Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la Ciudad de Tejutla, Departamento de Chalatenango, a los seis días del mes de febrero del dos mil catorce. LIC. DAVID OVIDIO PERAZA FUENTES, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. LICDA. ERLINDA GUADALUPE GUERRERO, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C011472-3 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. 169 LA INFRASCRITA JUEZA PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCAN- diecinueve años de edad, de oficios domésticos, salvadoreña, soltera, TIL DE LA CIUDAD DE SANTA ANA, al público para los efectos originaria de Tecoluca, departamento de San Vicente, falleció el día de Ley. veintiocho de julio del dos mil nueve, en Tecoluca, departamento de San Vicente, en este Distrito Judicial, lugar de su último domicilio, en concepto de madre de la causante. HACE SABER: Que por resolución de las once horas cincuenta y siete minutos del día cuatro de febrero de dos mil catorce, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventarlo, la herencia intestada que a su defunción dejó el causante señor JOSÉ ANTONIO Y se ha nombrado a la aceptante administradora y representante interina de la Sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. GONZÁLEZ HERRERA, quien fue de cincuenta y ocho años de edad, Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los once días del empleado, casado, siendo su último domicilio según partida de defunción, mes de febrero del dos mil catorce.- DRA. ANA FELICITA ESTRADA, Barrio El Tránsito, de la Ciudad de El Congo; fallecido en el Barrio El JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS, Tránsito, de la Ciudad de El Congo, el día treinta y uno de diciembre del SECRETARIO. año dos mil ocho, de parte de la señora MARTA JULIA MARQUEZ DE GONZALEZ, representada procesalmente por el Licenciado JOSÉ 3 v. alt. No. F025333-3 SAMUEL DE LA O FAJARDO; en calidad de cónyuge del causante y como única heredera, en virtud que los señores Adela Leonor González de Vanegas, Laura Yesenia González de Linares; Marta Yolanda González de Servando y José Antonio González Márquez, en calidad de hijos del causante José Antonio González Herrera, comparecieron a este Juzgado LIC. NELSON PALACIOS HERNANDEZ, Juez Cuarto de lo Civil y a repudiar la herencia del mencionado causante. Mercantil de San Salvador, AL PUBLICO para los efectos de Ley. Confiriéndosele INTERINAMENTE la administración y representación de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia Yacente. HACE SABER: Que por resolución de este Tribunal, de las once horas y cuarenta minutos del día seis de febrero de dos mil catorce, En consecuencia, se cita a todas las personas que se crean con SE HA TENIDO POR ACEPTADA, expresamente y con beneficio derecho a la herencia de que se trata, para que en el término de ley de inventario de parte de los señores ALFREDO RAMIREZ ORTIZ y comparezcan a este Juzgado a deducirlo. ERNESTO RAMIREZ ORTIZ, en calidad de hijos de la causante, en la herencia intestada que a su defunción ocurrida el día tres de diciembre de dos mil doce, en el Hospital Nacional "Dr. Juan José Fernández", Librado en el Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil: Santa Zacamil, Mejicanos, Departamento de San Salvador, dejó la señora Ana, cuatro de febrero de dos mil catorce.- LICDA. THELMA IDALIA MARIA ALICIA ORTIZ BARRERA, conocida por MARIA ALICIA ESPERANZA ALFARO PERDIDO, JUEZA PRIMERO DE LO CIVIL BARRERA DE RAMIREZ. Y MERCANTIL.- LIC. JUAN CARLOS ORTEZ PEREZ, SECRETARIO. Confiriéndosele a los aceptantes la administración y representación INTERINA de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente. 3 v. alt. No. F025326-3 En consecuencia, se cita a aquellos que se crean con derecho a la referida herencia para que se presenten a deducirlo en un término de quince días hábiles, contados desde el siguiente a la tercera publicación de éste. ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY. Juzgado Cuarto de lo Civil y Mercantil de San Salvador, a las doce horas y veinte minutos del día seis de febrero de dos mil catorce.- LIC. NELSON PALACIOS HERNANDEZ, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL HACE SABER: Que por resolución de las diez horas con treinta minutos del día de hoy, se ha tenido por aceptada expresamente y con Y MERCANTIL.- LICDA. SANDRA BEATRIZ TOBAR GOMEZ, SECRETARIA INTERINA. beneficio de inventario de parte de la señora MARIA CONCEPCION ALEMAN, la herencia intestada que a su defunción dejó la señora GUADALUPE DEL CARMEN OSORIO ALEMAN, quien fue de 3 v. alt. No. F025344-3 170 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 MELVIN MAURICIO PEÑATE SÁNCHEZ, Juez Tercero de lo Civil señor MANUEL ALBERTO MONTENEGRO, en calidad de cónyuge y y Mercantil, Santa Ana, al público en general. las señoras LAURA KARINA MONTENEGRO ZALDAÑA, CINDY PATRICIA MONTENEGRO ZALDAÑA y MARÍA DE LOS ÁNGELES MONTENEGRO ZALDAÑA, en calidad de hijas de la causante. HACE SABER: Que se han promovido, en esta sede judicial por Nómbrase interinamente a los aceptantes representantes y adminis- la Licenciada Neldy Elizabeth Rivas Alvarenga, Diligencias Judiciales no Contenciosas de Aceptación de Herencia Intestada sobre los bienes que a su defunción dejara el señor Ronald Javier Arriola Romero, quien tradores de la Sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. fuera de veintinueve años de edad, empleado, casado, de este domicilio, quien falleció el día diecinueve de abril de dos mil trece, habiéndose Lo que se pone del conocimiento del público para los fines de Ley. aceptado herencia con beneficio de inventario por parte de la señora Carla Beatriz Amaya viuda de Arriola, en calidad de cónyuge sobreviviente del causante y los menores Ronald Josué y Justin Emanuel, ambos Arriola Amaya, en calidad de hijos sobrevivientes del causante y como cesionarios de los derechos hereditarios que como padres del causante les correspondía a los señores Raúl Cárcamo Arriola, conocido por Raúl JUZGADO DE LO CIVIL: AHUACHAPÁN, a las quince horas diez minutos del día doce de diciembre de dos mil trece.- LIC. LUIS ANTONIO BENÍTEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. CLAUDIA LELIN GUEVARA DE PEÑATE, SECRETARIA. Arriola Cárcamo y Rosa Mirta Romero Villalta, y este día se nombró A LOS MISMOS COMO ADMINISTRADORES Y REPRESENTANTES 3 v. alt. No. F025377-3 INTERINOS DE LA SUCESIÓN ANTES SEÑALADA, de conformidad a lo establecido en el artículo 1163 del Código Civil. Lo que se hace del conocimiento público para que puedan presentarse a este juzgado, dentro del plazo de quince días, contados a partir de la ANA MERCEDES RODAS ARAUZ, JUEZ DOS DE LO CIVIL DE última publicación, las personas que se crean con derecho a la herencia MEJICANOS. que a su defunción dejara la referida causante. Dado en el Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil de Santa Ana, HACE SABER: Que por resolución pronunciada a las diez horas a los seis de diciembre de dos mil trece.- LIC. MELVIN MAURICIO del día siete de febrero de dos mil catorce, se ha tenido por aceptada PEÑATE SANCHEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, expresamente y con beneficio de inventario de parte de la señora MIRIAN SANTA ANA.- LICDA. ELIDA ZULEIMA MENDEZ GUZMAN, ELIZABETH MALDONADO ALFARO viuda DE MORAN, la herencia SECRETARIA JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, intestada que a su defunción defirió el causante DANILO MAURICIO SANTA ANA. MORAN ESTRADA, quien falleció en Mejicanos, su último domicilio, el día doce de octubre del año de mil novecientos noventa y tres, en su calidad de cónyuge del causante y como cesionaria de los derechos here3 v. alt. No. F025364-3 ditarios que les correspondían a los señores MAYTE MARICEL MORAN MALDONADO y DANILO MAURICIO MORAN MALDONADO, en calidad de hijos del causante. LICENCIADO LUIS ANTONIO BENÍTEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE. Confiérase al aceptante la administración y representación interina de los bienes de la Sucesión con las facultades y restricciones legales. Y CITA: A los que se crean con mejor derecho a la herencia referida para que se presenten en el término de Ley, a hacer uso de sus derechos HACE SABER: Que por resolución de las quince horas un minuto del día doce de diciembre del año dos mil trece, se ha tenido por aceptada expresamente con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción ocurrida a las cinco horas treinta y cinco minutos del día treinta de septiembre del año dos mil doce, en Colonia IVU de esta ciudad de Ahuachapán, siendo su último domicilio el de Colonia en la Sucesión. Librado en el Juzgado de lo Civil de Mejicanos, a las doce horas del día siete de febrero de dos mil catorce.- LICDA. ANA MERCEDES RODAS ARAUZ, JUEZ DOS DE LO CIVIL DE MEJICANOS.- LIC. VICTORINO ALEXANDER PERAZA, SECRETARIO. IVU de Ahuachapán, departamento de Ahuachapán, dejó la señora MERCEDES AMPARO ZALDAÑA DE MONTENEGRO; de parte del 3 v. alt. No. F025388-3 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. 171 LICENCIADA DANI BERI CALDERÓN DE RAMÍREZ, JUEZ DE cuarto tiro, cero punto cincuenta centímetros, y el quinto tiro, mide LO CIVIL. catorce metros veintidós centímetros, con María Magdalena Guardado López. El inmueble descrito no tiene cargas o derechos reales de ajena pertenencia que deban respetarse, ni están en proindivisión con nadie y HACE SABER: Que por resolución de las quince horas tres mi- lo valúan en la suma de DIEZ MIL DOSCIENTOS DOLARES. nutos del día seis de noviembre del año dos mil trece, se ha tenido por aceptada expresamente con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción ocurrida a las once horas cincuenta minutos del día veintinueve de marzo del año dos mil trece, en Ciudad Satélite, Polí- Lo que se hace del conocimiento del público en general, para los demás efectos de Ley. gono "X", Final Avenida Washington y final pasaje peatonal, número dieciocho "A", del Municipio de San Salvador, departamento de San Salvador, siendo su último domicilio el de esta ciudad, dejó el señor ALCALDIA MUNICIPAL: de la ciudad de Chalatenango, a los JULIO MOLINA CASTRO, conocido por JULIO MOLINA; de parte de diez días de mes de febrero de dos mil catorce.- DR. JOSE RIGOBER- las señoras YOLANDA EMILIA MOLINA FARFÁN, ELSA EUGENIA TO MEJIA MENJIVAR, ALCALDE MUNICIPAL.- JOSE ENRIQUE MOLINA DE ARTIGA y ANA ELIZABETH MOLINA DE MELGAR, RAMIREZ, SECRETARIO MUNICIPAL. en su calidad de hijas del causante. A quienes se ha nombrado interinamente representantes y adminis- 3 v. alt. No. C011471-3 tradoras de la Sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Lo que se pone del conocimiento del público para los fines de EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE ESTA CIUDAD. Ley. JUZGADO DE LO CIVIL: AHUACHAPÁN, a las quince horas veinte minutos del día seis de noviembre de dos mil trece.- LICDA. DANI HACE SABER: Que a esta Oficina se ha presentado la señora BERI CALDERÓN DE RAMÍREZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. HERLINDA DEL CARMEN JIRON, de cincuenta y ocho años de edad, CLAUDIA LELIN GUEVARA DE PEÑATE, SECRETARIA. doméstica, del domicilio de San Alejo, Departamento de La Unión, con Documento Único de Identidad Número: cero dos cinco cero tres 3 v. alt. No. F025395-3 dos dos dos guión seis; y con Número de Identificación Tributaria: mil cuatrocientos catorce guión cero dos millones ochocientos cincuenta y cinco mil guión ciento dos guión seis. Viene a solicitar TITULO DE PROPIEDAD Y DOMINIO, de un inmueble de naturaleza urbana, situado en el Barrio Gaspar, Jurisdicción de San Alejo, Distrito y Departamento de La Unión; de la capacidad superficial de NOVECIENTOS CINCUENTA TÍTULO DE PROPIEDAD Y CINCO PUNTO NOVENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE: mide once metros, colinda con Adela Reyes Cupido y José Gonzalo Viera, ahora EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL. de Juana Cruz; AL SUR: mide sesenta y nueve punto treinta metros, en línea curva colinda con Magdaleno Guardado Montesinos, ahora con HACE SABER: Que a esta Oficina se ha presentado el señor JOSE SALVADOR GUEVARA, solicitando se le extienda TITULO DE PROPIEDAD de un inmueble de naturaleza urbana, situado en Pasaje Caja de Agua, Barrio El Calvario, de esta ciudad, de CUATROCIENTOS SESENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y UN DECIMETROS CUADRADOS OCHENTA CENTIMETROS CUADRADOS; que se describe: AL ORIENTE: veintiún metros, colinda con Seferino Menjívar; AL NORTE: veintiún metros ochenta centímetros, colinda con Valentina Alas; AL PONIENTE: veinte metros, calle pública de por medio, linda con casas del señor Moreno Santos; y AL SUR: mide veinticinco metros ochenta ventímetros, dividido en cinco tiros así, primer tiro, tres metros seis centímetros, segundo tiro, un metro veintidós centímetros, tercer tiro, seis metros ochenta centímetros, Paulina Martínez; AL PONIENTE: mide dieciocho punto diez metros y colinda con el señor Manuel Antonio Grande, ahora con Bartolomé Reyes, calle de por medio:, y AL NORTE: mide sesenta y dos metros en línea curva, colinda con José Luis Montesinos Hernández y Miguel Ángel Montesinos Hernández, ahora de Dolores Bautista, calle de por medio; el cual se obtuvo por medio de compraventa de posesión material que le hizo al señor Magdaleno Guardado Montesinos, en el año dos mil trece, ante los Oficios Notariales de Jesús Alberto Bernal Quintanilla. El inmueble antes descrito no existe construcción alguna, el inmueble no es dominante, ni sirviente, no tiene cargas, ni derechos reales, ni están en proindivisión con nadie. Posesión Material de más de veinticinco años sumada al anterior propietario, la cual ha sido de manera quieta, pacífica, pública y sin interrupción. Lo evalúa en la cantidad de CUATRO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA ($4,000). 172 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 Los colindantes son de este domicilio, por los que se avisa al público para los efectos de Ley correspondientes. tramo dos, mide diecisiete punto veintidós metros y colinda con Pedro Navarro, antiguo camino vecinal de por medio que conduce al Caserío Alcaldía Municipal de San Alejo, a los cinco días del mes de febrero del año dos mil catorce.- IMMAR DANIEL BARRERA CHAVEZ, ALCALDE MUNICIPAL.- LIC. SAMUEL BLANCO ROMERO, El Jute, hasta llegar al punto donde se comenzó la presente descripción. En el inmueble antes relacionado, no tiene cargas o derechos reales de ajena pertenencia que deban respetarse, ni está en proindivisión con otras personas y no excede de los límites establecidos por la ley, y lo estima SECRETARIO MUNICIPAL. el titulante en la suma de DOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. 3 v. alt. No. F025257-3 Lo que se hace del conocimiento del público en general, para los demás efectos de Ley. ALCALDIA MUNICIPAL: Villa Agua Caliente, Departamento de Chalatenango, cinco de febrero de dos mil catorce.- SANTOS NERY TEJADA, ALCALDE MUNICIPAL.- LIC. RICARDO LEON ARDON, EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE LA VILLA DE AGUA SECRETARIO MUNICIPAL. CALIENTE, DEPARTAMENTO DE CHALATENANGO. 3 v. alt. No. F025264-3 HACE SABER: Que a esta Oficina se ha presentado el Licenciado JOSE FRANCISCO AGUILAR GUEVARA, de cincuenta y seis años de edad, Psicólogo, del domicilio de Agua Caliente, Departamento de Chalatenango, portador de su Documento Único de Identidad Número cero cero novecientos noventa y un mil trescientos dieciocho guión siete; solicitando se le extienda, TITULO DE PROPIEDAD de un inmueble de EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL. naturaleza rústico, situado en Cantón Cerro Grande, de la Villa de Agua Caliente, Departamento de Chalatenango, de una extensión superficial de CUATRO MIL QUINIENTOS SESENTA Y UNO PUNTO CINCUENTA Y DOS METROS CUADRADOS, de las medidas, linderos y colindancias siguientes: AL NORTE: está formado por diez tramos: tramo uno, mide veintitrés punto cuarenta y dos metros, tramo dos, mide veintiséis punto cincuenta y cinco, en ambos tramos colinda con Esperanza Tejada, con división de cerco de alambre propio del titulante, tramo tres, mide trece punto treinta y seis metros, tramo cuatro, mide cincuenta y seis metros, tramo cinco, mide nueve punto treinta y dos metros, tramo seis, mide diez punto once metros, tramo siete, mide cuatro punto cincuenta y cinco metros, tramo ocho, mide veinte punto treinta y dos metros, en estos tramos colinda con Pedro Navarro y los divide cerco de alambre medianero, tramo nueve, mide ocho punto setenta y cuatro metros, tramo diez, mide cuarenta y cinco punto cuarenta ocho metros y colinda con Juvelina Rodríguez, los divide cerco de alambre propio del inmueble que se describe; AL ORIENTE: está formado por cuatro tramos: tramo uno, mide ocho punto cuarenta y siete metros, tramo dos, mide ocho punto cuarenta y cuatro metros, tramo tres, mide HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado el señor JOSE WILLIAN ANTONIO RIVAS RIVAS, mayor de edad, Agricultor en Pequeño, de este domicilio, solicitando para sí Título de Propiedad de un inmueble rústico situado en el Cantón El Salitre de esta jurisdicción, con una superficie de UN MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PUNTO UN METROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes: AL ORIENTE: mide catorce punto veinte metros, colindando con terreno propiedad de María Balbina Guzmán de Rivas, mojones de madera viva de por medio; AL NORTE: mide noventa y nueve punto setenta y un metros, colindando con terreno de Félix de Jesús Orellana, mojones de madera viva de por medio; AL PONIENTE: mide quince punto veintidós metros, colindando con terreno de José Abel Rivas Miranda y Pascual Rivas, mojones de madera viva de por medio; y AL SUR: mide noventa y nueve punto sesenta y nueve metros, colindando con' terreno de Filomena Rivas de Tomasino. Este inmueble lo ha adquirido por posesión material por más de diez años; y lo valora en MIL CUATROCIENTOS DOLARES de los Estados Unidos de América. Siendo todos los colindantes de este domicilio. dos punto cincuenta y cinco metros, tramo cuatro, mide cuatro punto setenta y seis metros y colinda con María Arévalo, los divide cerco de alambre del colindante; AL SUR: está formado por cinco tramos: ALCALDIA MUNICIPAL DE SAN JOSE GUAYABAL, a tramo uno, mide cuarenta y tres punto cincuenta y siete metros, tramo los veinticuatro días del mes de febrero del dos mil catorce.- ING. dos, mide diecinueve punto sesenta y cuatro metros, tramo tres, mide MAURICIO ARTURO VILANOVA VAQUERO, ALCALDE MU- seis punto cero ocho metros, tramo cuatro, mide cinco punto sesenta y NICIPAL.- MIRIAN ESTELA MELARA SALAS, SECRETARIA siete metros y tramo cinco, mide cuarenta y tres punto setenta y siete MUNICIPAL. metros, colinda con Félix Arévalo, los divide cerco de piña y piedra de por medio propio del inmueble que se describe; y AL PONIENTE: está formado por dos tramos: tramo uno, mide veinticuatro punto doce metros, 3 v. alt. No. F025338-3 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. RENOVACION DE MARCAS 173 solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00185 del Libro 00160 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la expresión NATURELA, escrita en letras de molde, mayúsculas, en color negro; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 29 de la Clasificación Internacional de Niza. No. de Expediente: 1999006190 No. de Presentación: 20110148701 Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de CLASE: 05. Ley. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado INGRID CRISTINA AYALA MOLINA, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de MONTREAL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia: MONTREAL, S.A. DE C.V., del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00149 del Libro 00134 de INSCRIPCION DE MARCAS, Consistente en la frase "MIGRE-DOL", escrita en letras mayúsculas y corrientes de imprenta, separada la palabra MIGRE por un guión de la palabra DOL; que ampara productos comprendidos en la Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los tres días del mes de enero del año dos mil trece. JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, REGISTRADOR. EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO, SECRETARIO. 3 v. alt. No. C011466-3 Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. No. de Expediente: 1999004319 No. de Presentación: 20130190667 REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los ocho días del mes de marzo del año dos mil once. CLASE: 09. EL INFRASCRITO REGISTRADOR MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ, REGISTRADOR. ALICIA ESTHER DOMINGUEZ CACERES, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C011458-3 HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de Telefonaktiebolaget L M Ericsson, del domicilio de Estocolmo, Suecia, de nacionalidad SUECA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00217 del Libro 00182 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra MARCONI; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 09 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de No. de Expediente: 1996001476 No. de Presentación: 20120176600 Ley. CLASE: 29. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado FERNANDO ARTURO VELASCO MORAN, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de ZARAGOZA, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de LA FABRIL DE ACEITES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia: LA FABRIL DE ACEITES, S.A. DE C.V., del domicilio de CIUDAD DE SOYAPANGO, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los cinco días del mes de noviembre del año dos mil trece. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, REGISTRADOR. CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS, SECRETARIO. 3 v. alt. No. F025248-3 174 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 NOMBRE COMERCIAL No. de Expediente: 2013129075 No. de Presentación: 20130188182 LA INFRASCRITA REGISTRADORA HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado MARCELA EUGENIA MANCIA DADA, en su calidad de APODERADO de URBANO EXPRESS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: URBANO EXPRESS, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL, MAPAS; MANTENIMIENTO Y ACTUALIZACIÓN DE BASE DE DATOS; SERVICIOS DE SISTEMAS DE GEOCODIFICACIÓN DE BASE DATOS DE MANERA ELECTRÓNICA POR ZONAS Y ÁREAS GEOGRÁFICAS; SERVICIO INFORMÁTICO USANDO RED DE ORDENADORES GLOBALES PARA CAPTURAR Y EXHIBIR POR MEDIO DE MAPAS GEOGRÁFICOS LAS LOCALIZACIONES DE LOS CLIENTES UBICADOS EN ZONAS GEOGRÁFICAS DETERMINADAS; SERVICIOS DE ZONIFICACIÓN DE BASE DE DATOS DE MANERA ELECTRÓNICA; SERVICIOS DE ASISTENCIA E INFORMACIÓN EN LAS MATERIAS ANTES MENCIONADAS. La solicitud fue presentada el día treinta y uno de julio del año dos mil trece. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintidós de enero del año dos mil catorce. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. Consistente en: la palabra URBANO y diseño, que servirá para: DISTINGUIR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL DEDI- VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR, CADO A SERVICIOS DE BÚSQUEDA DE INFORMACIONES SECRETARIA. DE FICHEROS INFORMÁTICOS PARA TERCEROS; TRANSCRIPCIÓN DE TELECOMUNICACIONES; PUBLICIDAD POR CORRESPONDENCIA INCLUYENDO CORREOS PUBLICITA- 3 v. alt. No. C011443-3 RIOS; DIFUSIÓN DE ANUNCIOS PUBLICITARIOS; DIFUSIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE MATERIAL PUBLICITARIO (FOLLETOS, PROSPECTOS, IMPRESOS, MUESTRAS); SERVICIOS DE CREACIÓN DE MAPAS IMPRESOS Y MAPAS ELECTRÓNICOS EN INTERNET DELIMITADO POR ZONAS GEOGRÁFICAS [PARA CONVOCATORIAS FINES DE MERCADOTECNIA Y PUBLICIDAD] Y SERVICIOS DE INFORMACIÓN EN LAS MATERIAS ANTES MENCIONADAS; ALQUILER DE CONTENEDORES DE ALMACENAJE; SERVICIOS DE MENSAJERÍA [CORREO O MERCANCÍAS] INCLUYENDO: MENSAJERÍA ELECTRÓNICA, ENVIO, REPARTO Y ENTREGA DE PAQUETES, PERIÓDICOS, MERCADERÍA, DOCUMENTOS, ASÍ COMO ENTREGAS PERSONALIZADAS EN LA DIRECCIÓN La Junta Directiva de la Sociedad Servicios Educativos, S.A. de C.V., convoca por este medio a sus accionistas a celebrar Asamblea General Ordinaria de Accionistas el día jueves 27 de marzo del año 2014, a las dieciocho horas en sus instalaciones ubicadas en 37 Calle Poniente y Final Avenida Independencia Sur, conforme a la siguiente agenda: 1. Comprobación del quórum y aprobación de la agenda. LIZADAS POR CATALOGO, INTERNET O SOLICITADAS POR 2. Lectura y aprobación del acta de la sesión anterior. CORRESPONDENCIA Y DISTRIBUCIÓN MASIVA DE FACTURAS, 3. Informe de la Memoria de Labores de Junta Directiva correspondiente al ejercicio 2013. 4. Presentación de los Estados Financieros del ejercicio finalizado el 31 de Diciembre de 2013 para su aprobación. DETALLES DE ENTREGA; EMPAQUETADO Y EMBALAJE DE 5. Informe de Auditoría Externa y Auditoría Fiscal. PRODUCTOS Y MERCANCÍAS; SERVICIOS LOGÍSTICOS DE 6. Nombramiento del Auditor Externo y Auditor Fiscal y fijación de sus emolumentos para el ejercicio 2014. 7. Aplicación de Resultados. 8. Elección de Junta Directiva para el período 2014-2016 y fijación de sus emolumentos. 9. Otros asuntos que puedan tratarse de acuerdo a la ley y al pacto social. DEL COMPRADOR, PRINCIPALMENTE PARA COMPRAS REA- ESTADOS DE CUENTA CORRIENTE, TARJETAS O CARTONES DE CRÉDITO, MAILINGS, VERIFICACIÓN DE DIRECCIONES, NOTAS DE CRÉDITO O DÉBITO, PAGARÉS, CHEQUERAS, REVISTAS, FOLLETOS, TODOS ENTREGADOS A DOMICILIO CON TRANSPORTE; SERVICIOS DE ASISTENCIA E INFORMACIÓN EN MATERIA DE EMPAQUETADO, EMBALAJE, ALMACENAJE Y MENSAJERIA; RECONSTITUCIÓN DE BASE DE DATOS; CONVERSIÓN DE DATOS O DOCUMENTOS DE UN SOPORTE FÍSICO A UN SOPORTE ELECTRÓNICO; CONVERSIÓN DE PROGRAMAS INFORMÁTICOS (NO CONVERSIÓN FÍSICA); PLANIFICACIÓN EN MATERIA DE URBANISMO; ELABORACIÓN DE PLANOS O DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. El quórum necesario para celebrar esta Junta General Ordinaria debe ser la mitad más una de las acciones ya sea presentes y/o representadas. En caso de no haber quórum en la fecha y la hora antes mencionada, se convoca por segunda vez, en el mismo lugar a las dieciocho horas el día viernes 28 de marzo del año 2014, con cualquiera que sea el número de acciones presentes y/o representadas. 175 De no haber quórum en fecha y hora indicado como primera convocatoria, se convoca para el día veintiocho de marzo, mismo lugar y horas señaladas, en ésta se tomarán acuerdos con la mayoría de los votos presentes. San Salvador, 21 de febrero de 2014. DOCTOR JOSE MARIO VEGA ALVAREZ, Santa Ana, 21 de febrero de 2014. DIRECTOR SECRETARIO. DR. JAIME ERNESTO RIERA MENENDEZ, 3 v. alt. No. C011467-3 DIRECTOR SECRETARIO. CONVOCATORIA 3 v. alt. No. C011453-3 CONVOCATORIA La Junta Directiva de la Sociedad Hospital de la Mujer, S.A. de C.V., convoca a los señores accionistas a JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS, programada para el día veintisiete del mes de marzo de dos mil catorce, a las diecinueve horas en el auditórium del hospital, localizado en oficinas administrativas de la sociedad, entre 81 y 83 Avenida Sur y Calle Juan José Cañas, Colonia Escalón, de esta ciudad. AGENDA: La Junta Directiva de la sociedad Acciones Integradas, Sociedad Anónima de Capital Variable, que se abrevia Acciones Integradas, S. A. de C. V., convoca a los socios accionistas para celebrar la Junta General Ordinaria de Accionistas, a realizarse en primera convocatoria en el Hotel Sheraton Presidente, ubicado en Avenida La Revolución, Colonia San Benito, San Salvador, El Salvador, a las dieciocho horas y treinta minutos del día tres de abril de dos mil catorce. El quórum para conocer y resolver sobre los puntos de la Agenda será la mitad más una de las acciones emitidas y en circulación de la sociedad, y las resoluciones se tomarán con la aprobación de la mayoría de las acciones presentes. En caso de no haber quórum en primera convocatoria, se convoca a los accionistas para celebrar la Junta General Ordinaria en segunda convocatoria el día cuatro de abril de dos mil catorce, a la misma hora y en el mismo lugar señalado en la primera convocatoria. En esta segunda convocatoria, la Agenda de la Junta General Ordinaria, se conocerá con cualquier número de acciones presentes y las resoluciones se tomarán con la mayoría de los votos de las acciones presentes. La agenda de la sesión en ambas convocatorias es la siguiente: 1. Verificación del Quórum. 2. Lectura del acta anterior. 3. Lectura y aprobación de la Memoria de Labores de Junta Directiva, año dos mil trece. 4. Presentación para aprobación del Estado de situación Financiera al treinta y uno diciembre de dos mil trece, Estado de Resultados Integral y Ganancias Acumuladas, Estado de Cambios en el Patrimonio y Flujo de Efectivo, correspondiente al período comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre de dos mil trece. 5. Informe de los Auditores Externos. 6. Aplicación de utilidades. 7. Nombramiento de Auditores Externos, Auditor Fiscal y Financiero, Ejercicio Fiscal 2014, fijación de sus honorarios. I) Lectura del acta anterior. II) Presentación de la Memoria de Labores, correspondiente al año 2013. III) Presentación de los Estados Financieros al 31 de diciembre de 2013. IV) Informe del Auditor Externo. V) VI) VII) Aplicación de Resultados. Reestructuración de Junta Directiva. VIII) Nombramiento del Auditor Externo y fijación de sus emolumentos. IX) Nombramiento del Auditor Fiscal y fijación de sus emolumentos. X) XI) Para que la Junta General Ordinaria, se considere legalmente reunida en primera fecha de convocatoria, deberá estar representada por lo menos la mitad más una de las acciones, capital social a la fecha integrado por 498,820 acciones; y en segunda convocatoria, se considerará válidamente constituida cualquiera que sea el número de las acciones presentes y/o representadas. Para tomar resolución, en ambas convocatorias es necesaria la mayoría de los votos correspondientes a las acciones de la Sociedad que estuvieren presentes y/o representadas. Aprobación de la Memoria de Labores y de los Estados Financieros correspondientes al año 2013. Autorización para negociar con accionistas. Varios. San Salvador, veintiuno de febrero de 2014. MANUEL ERNESTO RIVERA ABREGO, PRESIDENTE DE JUNTA DIRECTIVA. 3 v. alt. No. C011470-3 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 176 REPOSICION DE CERTIFICADOS AVISO AVISO EL BANCO AGRICOLA, S. A., Banco Citibank de El Salvador, Sociedad Anónima, COMUNICA: Que a sus oficinas ubicadas en km. 10 carretera a Santa Tecla, se ha presentado el propietario de CERTIFICADO DE DEPÓSITO A PLAZO FIJO No. 009PLA000353981, solicitando la reposición de dicho CERTIFICADO por CINCO MIL NOVECIENTOS DOLARES (US$ 5,900.00). En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna oposición, se procederá a reponer el certificado en referencia. Chalatenango, viernes 21 de febrero de 2014. JUAN ESTEBAN ALVARENGA CRUZ, AVISA: Que en su Agencia San Miguel, de la ciudad de San Miguel, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado No.780-040837-8, amparado con el registro No.874487 del Depósito a Plazo Fijo, constituido el 19-04-2006 a 360 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio vigente. En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certificado arriba mencionado. San Salvador, 13 de febrero de 2014 BANCO AGRICOLA, S. A. SUBGERENTE. BANCO CITIBANK DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA. CARMEN FERNANDEZ, GERENTE DEPTO. DE DEPOSITOS. AGENCIA CHALATENANGO. 3 v. alt. No. C011439-3 3 v. alt. No. F025226-3 AVISO AVISO EL BANCO AGRICOLA, S. A., AVISA: Que en su Agencia Santa Tecla, de la ciudad de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado No.0730-035178-4, amparado con el registro No.1143590 del Depósito a Plazo Fijo, constituido el 25-02-2012 a 30 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio vigente. En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certificado arriba mencionado. EL BANCO AGRICOLA, S. A., AVISA: Que en su Agencia Metrocentro San Miguel, de la ciudad de San Miguel, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado No.0700-099201-8, amparado con el registro No.1142191 del Depósito a Plazo Fijo, constituido el 15-06-2012 a 360 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio vigente. En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certificado arriba mencionado. San Salvador, 13 de febrero de 2014. San Salvador, 14 de febrero de 2014. BANCO AGRICOLA, S. A. BANCO AGRICOLA, S. A. CARMEN FERNANDEZ, GERENTE DEPTO. DE DEPOSITOS. BANCO AGRICOLA, S. A. 3 v. alt. No. F025225-3 CARMEN FERNANDEZ, GERENTE DEPTO. DE DEPOSITOS. 3 v. alt. No. F025227-3 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. AVISO 177 AVISO EL BANCO AGRÍCOLA, S. A., EL BANCO AGRÍCOLA, S. A., AVISA: Que en su Agencia Santa Rosa de Lima, de la ciudad de Santa Rosa de Lima, Depto. de La Unión, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado No.0783-013680-1 amparado con el registro No.724006 del Depósito a Plazo Fijo, constituido el 29-07-2002 a 180 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio vigente. AVISA: Que en su Agencia San Vicente, de la ciudad de San Vicente, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado No. 750-2900-6, amparado con el registro No.0122382 del Depósito a Plazo Fijo, constituido el 29-03-1994 a 180 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio vigente. En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certificado arriba mencionado. En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certificado arriba mencionado. San Salvador, 13 de febrero de 2014. San Salvador, 13 de febrero de 2014. BANCO AGRÍCOLA, S. A. BANCO AGRÍCOLA, S. A. CARMEN FERNANDEZ, CARMEN FERNANDEZ, GERENTE DEPTO. DE DEPOSITOS. GERENTE DEPTO. DE DEPOSITOS. 3 v. alt. No. F025228-3 AVISO 3 v. alt. No. F025231-3 AVISO EL BANCO AGRÍCOLA, S. A., EL BANCO AGRÍCOLA, S. A., AVISA: Que en su Agencia Santa Rosa de Lima, de la ciudad de Santa Rosa de Lima, Depto. de La Unión, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado No.0783-026189-1, amparado con el registro No.1082308 del Depósito a Plazo Fijo, constituido el 03-09-2009 a 90 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio vigente. AVISA: Que en su Agencia San Vicente, de la ciudad de San Vicente, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado No.750-003755-8, amparado con el registro No.164338 del Depósito a Plazo Fijo, constituido el 11-01-1995 a 90 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio vigente. En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certificado arriba mencionado. En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certificado arriba mencionado. San Salvador, 13 de febrero de 2014. San Salvador, 13 de Febrero de 2014. BANCO AGRÍCOLA, S. A. BANCO AGRÍCOLA, S. A. CARMEN FERNANDEZ, CARMEN FERNANDEZ, GERENTE DEPTO. DE DEPOSITOS. GERENTE DEPTO. DE DEPOSITOS. 3 v. alt. No. F025229-3 3 v. alt. No. F025233-3 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 178 AVISO AVISO EL BANCO AGRICOLA, S. A., El Infrascrito Secretario de la Junta Directiva de la Sociedad Cooperativa Créditos A&C de R.L., hace del conocimiento público, que se ha presentado la señora ANA MARGARITA ANDRINO VALENCIA, AVISA: Que en su Agencia San Vicente, de la ciudad de San Vi- propietaria del certificado de depósito a plazo fijo número 0027, que cente, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado ampara la cantidad de DOS MIL QUINIENTOS DOLARES de los el Certificado No.0750-100879-2, amparado con el registro No.010179 Estados Unidos de Norte América, a las oficinas de esta sociedad del Depósito a Plazo Fijo, constituido el 23-12-1987 a 180 días prorro- cooperativa manifestando haberlo extraviado, y solicita la reposición gables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición de dicho certificado. del Certificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Lo anterior se hace del conocimiento público, a fin de que si hubiere Código de Comercio vigente. un legítimo dueño del citado certificado extraviado, haga valer sus dereEn caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certificado arriba mencionado. chos durante los treinta días siguientes a la tercera publicación de este aviso en el Diario Oficial, de lo contrario se procederá a la reposición del certificado extraviado. San Salvador, 14 de Febrero de 2014. BANCO AGRÍCOLA, S. A. Santa Ana, a los quince días del mes de febrero del dos mil catorce. CARMEN FERNANDEZ, GERENTE DEPTO. DE DEPOSITOS. MARIO HENRIQUEZ ARANA, SECRETARIO. 3 v. alt. No. F025235-3 3 v. alt. No. F025241-3 AVISO AVISO EL BANCO AGRÍCOLA, S. A., Banco Citibank de El Salvador, Sociedad Anónima, COMUNICA: AVISA: Que en su Agencia San Vicente, de la ciudad de San Vi- Que a sus oficinas ubicadas en km. 10 carretera a Santa Tecla, se ha cente, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado presentado el propietario de CERTIFICADO DE DEPÓSITO A PLAZO el Certificado No. 750-101529-9, amparado con el registro No.032109 del FIJO No. 69997, solicitando la reposición de dicho CERTIFICADO por Depósito a Plazo Fijo, constituido el 20-07-1989 a 180 días prorrogables, TRES MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO 57/100 DOLARES respectivamente, lo que hace del conocimiento público para efectos de (US$ 3,428.57) reposición de los Certificados relacionados conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio vigente. En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición de los Certificados arriba mencionados. San Salvador, 13 de febrero de 2014. en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna oposición, se procederá a reponer el certificado en referencia. Antiguo Cuscatlán, Sábado 22 de febrero de 2014. BANCO AGRÍCOLA, S. A. AIMEE DE CRUZ, CARMEN FERNANDEZ, GERENTE DEPTO. DE DEPOSITOS. 3 v. alt. No. F025236-3 BANCO CITIBANK DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA AGENCIA MULTIPLAZA 3 v. alt. No. F025381-3 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. 179 DISMINUCION DE CAPITAL SOLICITUD DE NACIONALIDAD El infrascrito Secretario de la Junta General Ordinaria y Extraordinaria de ANA LUCÍA GUTIÉRREZ DE ARIAS, JEFA DEL DEPARTA- Socios de la sociedad "PAYLESS SHOESOURCE OF EL SALVADOR, LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE", que se abrevia "PAYLESS SHOESOURCE OF EL SALVADOR, LTDA. DE C.V., la cual se encuentra Inscrita en el Registro de Comercio, bajo el número DOS del Libro MENTO DE EXTRANJERÍA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA, MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD PÚBLICA. UN MIL QUINIENTOS NOVENTA Y DOS del Registro de Sociedades, CERTIFICA: Que en el libro de actas se encuentra asentada el acta número TREINTA Y UNO, correspondiente a sesión de Junta General Ordinaria y Extraordinaria de Socios, celebrada a las diez horas treinta minutos HACE SABER: Que ante el Ministerio de Justicia y Seguridad Pública se ha presentado la señora EDURNE MUÑOZ MUÑOZ, solicitando del veintidós de enero de dos mil catorce, la cual en su punto CUARTO que se le reconozca la calidad de salvadoreña por NATURALIZACIÓN en lo pertinente literalmente dice: "CUARTO: Acuerdo de Disminución por ser de origen y de nacionalidad española y tener domicilio fijo en El de Capital Social. Los representantes de los socios discutieron sobre la Salvador. necesidad en que se encuentra la sociedad de disminuir el capital social de la misma en su parte variable, manteniendo intacto el capital mínimo, por lo que el presidente de la junta, sometió a aprobación de los presentes la disminución del capital social de la sociedad en su parte variable y La peticionaria en su solicitud de fecha veinte de septiembre del dos mil trece, manifiesta ser de treinta y seis años de edad, de sexo femenino, casada, Filóloga, del domicilio de Antiguo Cuscatlán, departamento de éstos aprobaron por unanimidad proceder a disminuirlo en UN MILLON La Libertad, originaria Santurce, provincia de Viscaya, España, lugar SETECIENTOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE donde nació el día dos de noviembre de mil novecientos setenta y seis. AMÉRICA(US$1,700,000.00), únicamente en la participación de PA- Sus padres respondían a los nombres de: Juan José Muñoz Cámara y YLESS SHOESOURCE (BVI) HOLDINGS, LIMITED. Es acordado Maite Muñoz Arteche, ambos de nacionalidad española, sobrevivientes. por esta junta que la disminución del capital acordado será inscrito en Su cónyuge responde al nombre de Armando Enrique Mena Castro, de el libro de Registro de Aumentos y Disminuciones de Capital que para cuarenta años de edad, Abogado, del domicilio de Antiguo Cuscatlán, tal efecto lleva la sociedad, en cumplimiento del artículo trescientos departamento de La Libertad, de nacionalidad salvadoreña. doce del Código de Comercio. En virtud de la disminución acordada, el capital social de la Sociedad disminuye a ONCE MIL CUATROCIEN- Que ingresó al país por la Delegación Migratoria del Aeropuerto TOS VEINTIOCHO DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE Internacional de El Salvador, el día diecisiete de julio del dos mil cinco. AMÉRICA CON CINCUENTA Y SIETE CENTAVOS DE DOLAR Expresa su voluntad de adhesión, obediencia y sumisión a las leyes y (US$11,428.57), de los cuales el capital mínimo de la sociedad se man- Autoridades de la República de El Salvador. tiene en ONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON CINCUENTA Y SIETE CENTAVOS DE DÓLAR (US$11,428.57). " Lo que se hace saber al público para los efectos de Ley y se emplaza a toda persona interesada en oponerse a la referida solicitud para que en el término de quince días contados desde la fecha de la última publicación Es conforme con su original, con el cual se confrontó, en la ciudad de San Salvador, a los dieciocho días del mes de febrero de dos mil de este edicto en el DIARIO OFICIAL y en un periódico de circulación nacional, se presente a este Ministerio justificando la oposición con la catorce. prueba pertinente. MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD PÚBLICA, JOSE MANUEL SISNIEGA HERRERA, DIRECCIÓN GENERAL DE MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA, DEPARTAMENTO DE EXTRANJERÍA. San Salvador, a las diez horas SECRETARIO. JUNTA GENERAL ORDINARIA Y EXTRAORDINARIA DE con treinta y cinco minutos del día veinticinco de febrero del dos mil catorce. SOCIOS. "PAYLESS SHOESOURCE OF EL SALVADOR, LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE". LICDA. ANA LUCÍA GUTIÉRREZ DE ARIAS, JEFA DEL DEPARTAMENTO DE EXTRANJERÍA. 3 v. alt. No. F025379-3 3 v. c. No. F025681-3 180 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 EMBLEMAS ESTADOS DE CUENTA CORRIENTE, TARJETAS O CARTONES DE CRÉDITO, MAILINGS, VERIFICACIÓN DE DIRECCIONES, NOTAS DE CRÉDITO O DÉBITO, PAGARÉS, CHEQUERAS, No. de Expediente: 2013129074 REVISTAS, FOLLETOS, TODOS ENTREGADOS A DOMICILIO No. de Presentación: 20130188181 CON DETALLES DE ENTREGA; EMPAQUETADO Y EMBALAJE DE PRODUCTOS Y MERCANCÍAS; SERVICIOS LOGÍSTICOS DE TRANSPORTE; SERVICIOS DE ASISTENCIA E INFORMACIÓN LA INFRASCRITA REGISTRADORA EN MATERIA DE EMPAQUETADO, EMBALAJE, ALMACENAJE Y MENSAJERÍA; RECONSTITUCIÓN DE BASE DE DATOS; CONVERSIÓN DE DATOS O DOCUMENTOS DE UN SOPORTE FÍSICO HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado MARCELA A UN SOPORTE ELECTRÓNICO; CONVERSIÓN DE PROGRAMAS EUGENIA MANCIA DADA, en su calidad de APODERADO de UR- INFORMÁTICOS (NO CONVERSIÓN FÍSICA); PLANIFICACIÓN BANO EXPRESS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE EN MATERIA DE URBANISMO; ELABORACIÓN DE PLANOS O que se abrevia: URBANO EXPRESS, S.A. DE C.V., de nacionalidad MAPAS; MANTENIMIENTO Y ACTUALIZACIÓN DE BASE DE SALVADOREÑA, solicitando el registro del EMBLEMA, DATOS; SERVICIOS DE SISTEMAS DE GEOCODIFICACIÓN DE BASE DATOS DE MANERA ELECTRÓNICA POR ZONAS Y ÁREAS GEOGRÁFICAS; SERVICIO INFORMÁTICO USANDO RED DE ORDENADORES GLOBALES PARA CAPTURAR Y EXHIBIR POR MEDIO DE MAPAS GEOGRÁFICOS LAS LOCALIZACIONES DE LOS CLIENTES UBICADOS EN ZONAS GEOGRÁFICAS DETERMINADAS; SERVICIOS DE ZONIFICACIÓN DE BASE DE DATOS DE MANERA ELECTRÓNICA; SERVICIOS DE ASISTENCIA E INFORMACIÓN EN LAS MATERIAS ANTES MENCIONADAS. Consistente en: un diseño identificado como Emblema de Urbano Express, que servirá para: IDENTIFICAR LA EMPRESA Y SUS ESTABLECIMIENTOS DEDICADOS A SERVICIOS DE BÚSQUEDA DE INFORMACIONES DE FICHEROS INFORMÁTICOS PARA La solicitud fue presentada el día treinta y uno de julio del año dos mil trece. TERCEROS; TRANSCRIPCIÓN DE TELECOMUNICACIONES; PUBLICIDAD POR CORRESPONDENCIA INCLUYENDO CORREOS PUBLICITARIOS; DIFUSIÓN DE ANUNCIOS PUBLICITARIOS; DIFUSIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE MATERIAL PUBLICITARIO REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintidós de enero del año dos mil catorce. (FOLLETOS, PROSPECTOS, IMPRESOS, MUESTRAS); SERVICIOS DE CREACIÓN DE MAPAS IMPRESOS Y MAPAS ELECTRÓNICOS EN INTERNET DELIMITADO POR ZONAS GEOGRÁFICAS [PARA LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, FINES DE MERCADOTECNIA Y PUBLICIDAD] Y SERVICIOS DE INFORMACIÓN EN LAS MATERIAS ANTES MENCIONADAS; REGISTRADORA. ALQUILER DE CONTENEDORES DE ALMACENAJE; SERVICIOS DE MENSAJERÍA [CORREO O MERCANCÍAS] INCLUYENDO: VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR, MENSAJERÍA ELECTRÓNICA, ENVIO, REPARTO Y ENTREGA DE PAQUETES, PERIÓDICOS, MERCADERÍA, DOCUMENTOS, SECRETARIA. ASÍ COMO ENTREGAS PERSONALIZADAS EN LA DIRECCIÓN DEL COMPRADOR, PRINCIPALMENTE PARA COMPRAS REALIZADAS POR CATÁLOGO, INTERNET O SOLICITADAS POR CORRESPONDENCIA Y DISTRIBUCIÓN MASIVA DE FACTURAS, 3 v. alt. No. C011444-3 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. MARCA DE SERVICIOS No. de Expediente: 2013129076 No. de Presentación: 20130188183 CLASE: 35, 39, 42. LA INFRASCRITA REGISTRADORA HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado MARCELA EUGENIA MANCIA DADA, en su calidad de APODERADO de URBANO EXPRESS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: URBANO EXPRESS, S. A. DE C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, 181 MAPAS; MANTENIMIENTO Y ACTUALIZACIÓN DE BASE DE DATOS; SERVICIOS DE SISTEMAS DE GEOCODIFICACIÓN DE BASE DATOS DE MANERA ELECTRÓNICA POR ZONAS Y ÁREAS GEOGRÁFICAS; SERVICIO INFORMÁTICO USANDO RED DE ORDENADORES GLOBALES PARA CAPTURAR Y EXHIBIR POR MEDIO DE MAPAS GEOGRÁFICOS LAS LOCALIZACIONES DE LOS CLIENTES UBICADOS EN ZONAS GEOGRÁFICAS DETERMINADAS; SERVICIOS DE ZONIFICACIÓN DE BASE DE DATOS DE MANERA ELECTRÓNICA; SERVICIOS DE ASISTENCIA E INFORMACIÓN EN LAS MATERIAS ANTES MENCIONADAS. Clase: 42. La solicitud fue presentada el día treinta y uno de julio del año dos mil trece. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintidós de enero del año dos mil catorce. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR, Consistente en: la palabra URBANO y diseño, que servirá para: AMPARAR SERVICIOS DE BÚSQUEDA DE INFORMACIONES DE FICHEROS INFORMÁTICOS PARA TERCEROS; TRANSCRIPCIÓN DE TELECOMUNICACIONES; PUBLICIDAD POR CORRESPONDENCIA INCLUYENDO CORREOS PUBLICITARIOS; DIFUSIÓN DE ANUNCIOS PUBLICITARIOS; DIFUSIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE MATERIAL PUBLICITARIO (FOLLETOS, PROSPECTOS, IMPRESOS, MUESTRAS); SERVICIOS DE CREACIÓN DE MAPAS IMPRESOS Y MAPAS ELECTRÓNICOS EN INTERNET DELIMITADO POR ZONAS GEOGRÁFICAS [PARA FINES DE MERCADOTECNIA Y PUBLICIDAD] Y SERVICIOS DE INFORMACIÓN EN LAS MATERIAS ANTES MENCIONADAS. Clase: 35. Para: AMPARAR: SERVICIOS DE ALQUILER DE CONTENEDORES DE ALMACENAJE; SERVICIOS DE MENSAJERIA [CORREO O MERCANCIAS] INCLUYENDO: MENSAJERIA ELECTRÓNICA, ENVIO, REPARTO Y ENTREGA DE PAQUETES, PERIÓDICOS, MERCADERÍA, DOCUMENTOS, ASI COMO ENTREGAS PERSONALIZADAS EN LA DIRECCIÓN DEL COMPRADOR, PRINCIPALMENTE PARA COMPRAS REALIZADAS POR CATÁLOGO, INTERNET O SOLICITADAS POR CORRESPONDENCIA Y DISTRIBUCIÓN MASIVA DE FACTURAS, ESTADOS DE CUENTA CORRIENTE, TARJETAS O CARTONES DE CRÉDITO, MAILINGS, VERIFICACIÓN DE DIRECCIONES, NOTAS DE CRÉDITO O DÉBITO, PAGARÉS, CHEQUERAS, REVISTAS, FOLLETOS, TODOS ENTREGADOS A DOMICILIO CON DETALLES DE ENTREGA; EMPAQUETADO Y EMBALAJE DE PRODUCTOS Y MERCANCIAS; SERVICIOS LOGISTICOS DE TRANSPORTE; SERVICIOS DE ASISTENCIA E INFORMACIÓN EN MATERIA DE EMPAQUETADO, EMBALAJE, ALMACENAJE Y MENSAJERÍA. Clase: 39. Para: AMPARAR: SERVICIOS DE RECONSTITUCIÓN DE BASE DE DATOS; CONVERSIÓN DE DATOS O DOCUMENTOS DE UN SOPORTE FÍSICO A UN SOPORTE ELECTRÓNICO; CONVERSIÓN DE PROGRAMAS INFORMÁTICOS (NO CONVERSIÓN FISICA); PLANIFICACIÓN EN MATERIA DE URBANISMO; ELABORACIÓN DE PLANOS O SECRETARIA. 3 v. alt. No. C011442-3 MARCA DE PRODUCTO No. de Expediente: 2014132736 No. de Presentación: 20140195259 CLASE: 01. LA INFRASCRITA REGISTRADORA HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado TANIA MARGARITA VARGAS LEONOR, en su calidad de APODERADO de FARMACIA AGROQUIMICA DE MÉXICO SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: FARMACIA AGROQUIMICA DE MÉXICO, S. A. DE C. V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, Consistente en: la frase Kelatóp y diseño, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS QUIMICOS DESTINADOS A LA INDUSTRIA Y A LA AGRICULTURA, HORTICULTURA Y SILVICULTURA; Y ABONOS PARA TIERRA, PRODUCTOS QUIMICOS PARA CONSERVAR ALIMENTOS. Clase: 01. DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 182 La solicitud fue presentada el día catorce de enero del año dos mil catorce. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, once de febrero del año dos mil catorce. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, trece de febrero del año dos mil catorce. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR, REGISTRADORA. SECRETARIA. 3 v. alt. No. C011441-3 VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C011440-3 No. de Expediente: 2013132223 No. de Presentación: 20130194340 CLASE: 05. LA INFRASCRITA REGISTRADORA No. de Expediente: 2013129648 No. de Presentación: 20130189032 CLASE: 30. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DEBORAH JEANNET CHAVEZ CRESPIN, en su calidad de APODERADO de LABORATORIOS BIOGALENIC, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: BIOGALENIC, S. A. DE C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado OSCAR ERNESTO HENRIQUEZ FIGUEROA, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de COMPAÑIA INMOBILIARIA SALVADOREÑA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: COINSA, S. A. DE C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, Consistente en: la palabra BIOSUTRA y diseño, que servirá para: AMPARAR: SILDENAFIL CONTRA LA DISFUSION ERECTIL, PRESENTACION EN GEL, SUBLINGUAL; SPRAY; Y, TABLETAS. Clase: 05. La solicitud fue presentada el día trece de diciembre del año dos mil trece. Consistente en: la frase ATACO COFFEE y diseño, que se traduce al castellano como Ataco café; sobre la expresión Ataco Coffee individualmente considera no se concede exclusividad, que servirá para: AMPARAR: CAFE, TE, CACAO, AZUCAR, ARROZ, SUCEDANEOS DEL CAFE; HARINAS Y PREPARACIONES HECHAS DE CEREALES, PAN, PASTELERIA Y CONFITERIA, HELADOS COMESTIBLES; MIEL, JARABE DE MELAZA; VINAGRE, SALSAS (CONDIMENTOS); ESPECIAS. Clase: 30. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, tres de febrero del año dos mil catorce. La solicitud fue presentada el día veintiocho de agosto del año dos mil trece. SECRETARIA. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR, 3 v. alt. No. C011457-3 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. No. de Expediente: 2014132654 183 REÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, No. de Presentación: 20140195075 CLASE: 05. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado BLANCA ELIZABETH FLORES DE AREVALO, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, Consistente en: las palabras LIMPIA SANGRE y diseño; de conformidad al art. 29 de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, se le concede exclusividad de los elementos que componen la marca en su conjunto tal como ha sido presentada y no sobre los elementos denominativos individualmente considerados, ya que éstos son de uso común o necesarios en el comercio, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTO FARMACÉUTICO A BASE DE PLANTAS NATURALES. Clase: 05. Consistente en: las palabras PODER DIGESTIVO y diseño; de conformidad al art. 29 de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, se le concede exclusividad de los elementos que componen la marca en su conjunto tal como ha sido presentada y no sobre los elementos denominativos individualmente considerados, ya que éstos son de uso común o necesarios en el comercio, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTO FARMACÉUTICO A BASE DE PLANTAS NATURALES. Clase: 05. La solicitud fue presentada el día diez de enero del año dos mil catorce. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintidós de enero del año dos mil catorce. ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ, REGISTRADOR. La solicitud fue presentada el día diez de enero del año dos mil catorce. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintidós de enero del año dos mil catorce. JIMMY NELSON RAMOS SANTOS, SECRETARIO. 3 v. alt. No. C011460-3 ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ, REGISTRADOR. JIMMY NELSON RAMOS SANTOS, No. de Expediente: 2014133108 No. de Presentación: 20140195973 SECRETARIO. CLASE: 05. 3 v. alt. No. C011459-3 EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LIGIA ELIZABETH CRUZ DE MATAMOROS, en su calidad de APODERADO de AGENCIA FARMACEUTICA INTERNACIONAL, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, No. de Expediente: 2014132657 No. de Presentación: 20140195078 CLASE: 05. TROPISAL EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado BLANCA ELIZABETH FLORES DE AREVALO, de nacionalidad SALVADO- Consistente en: la palabra TROPISAL, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS. Clase: 05. DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 184 La solicitud fue presentada el día veintiocho de enero del año dos mil catorce. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, treinta de enero del año dos mil catorce. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ, treinta y uno de enero del año dos mil catorce. REGISTRADOR. JIMMY NELSON RAMOS SANTOS, ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ, SECRETARIO. REGISTRADOR. 3 v. alt. No. C011462-3 JIMMY NELSON RAMOS SANTOS, SECRETARIO. No. de Expediente: 2013131994 3 v. alt. No. C011461-3 No. de Presentación: 20130193885 CLASE: 05. EL INFRASCRITO REGISTRADOR No. de Expediente: 2014133107 No. de Presentación: 20140195972 HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LIGIA ELIZABETH CRUZ DE MATAMOROS, en su calidad de APODERADO de AGENCIA FARMACEUTICA INTERNACIONAL, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, CLASE: 05. AGEFEN EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LIGIA ELIZABETH CRUZ DE MATAMOROS, en su calidad de APODERADO de AGENCIA FARMACEUTICA INTERNACIONAL, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, BUDEFOR Consistente en: la palabra AGEFEN, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS. Clase: 05. La solicitud fue presentada el día tres de diciembre del año dos mil trece. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, nueve de diciembre del año dos mil trece. ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ, REGISTRADOR. Consistente en: la palabra BUDEFOR, que servirá para: AMPAJIMMY NELSON RAMOS SANTOS, RAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS. Clase: 05. SECRETARIO. La solicitud fue presentada el día veintiocho de enero del año dos mil catorce. 3 v. alt. No. C011463-3 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. No. de Expediente: 2013130992 No. de Presentación: 20130191174 185 COSMÉTICO; CARTONES ABRASIVOS PARA USO EN LAS UÑAS; PAPELES ABRASIVOS; ABRASIVOS DE PAPEL DE LIJA; GRÁNULOS ABRASIVOS; PRODUCTOS DE AFEITAR; PRODUCTOS CLASE: 03, 09, 14, 16, 24, 26, 28, 35. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de INDUSTRIA DE DISEÑO TEXTIL, S.A. (INDITEX, S.A.), de nacionalidad ESPAÑOLA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO Y SERVICIO, QUÍMICOS PARA AVIVAR LOS COLORES PARA USO DOMÉSTICO (LAVADO DE ROPA); BASTONCILLOS DE ALGODÓN PARA USO COSMÉTICO; MASCARILLAS DE BELLEZA; CERA PARA BIGOTES; PRODUCTOS BLANQUEADORES PARA EL CUERO; GELES BLANQUEADORES PARA USO DENTAL; COLORANTES PARA EL CABELLO; COSMÉTICOS PARA LAS CEJAS; TIZA PARA LIMPIAR; CHAMPÚS PARA ANIMALES DE COMPAÑIA; COSMÉTICOS PARA ANIMALES; CREMAS COSMÉTICAS; PASTILLAS DE JABÓN; DETERGENTES QUE NO LFT SEAN LOS UTILIZADOS DURANTE LAS OPERACIONES DE FABRICACIÓN Y LOS DE USO MÉDICO; ENGRUDO (ALMIDÓN); Consistente en: la expresión LFT, que servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES PARA BLANQUEAR Y OTRAS SUSTANCIAS PARA LAVAR LA ROPA; PREPARACIONES PARA LIMPIAR, PULIR, DESENGRASAR Y RASPAR; JABONES; PRODUCTOS DE PERFUMERÍA, ACEITES ESENCIALES, COSMÉTICOS, LOCIONES CAPILARES; DENTÍFRICOS; BETUNES, CREMAS Y PEZ PARA EL CALZADO; CERA DE SASTRE; CERA DE ZAPATERO; CERA PARA EL CUERO; CERA DEPILATORIA; CERA DE LAVANDERÍA; CERA PARA PARQUÉ; CHAMPÚS; NECESERES DE COSMÉTICA; PRODUCTOS DEPILATORIOS; DESMAQUILLADORES; DESODORANTES PARA USO PERSONAL (PERFUMERÍA); LÁPIZ DE LABIOS; LÁPICES PARA USO COSMÉTICO; LACAS PARA EL CABELLO Y LAS UÑAS; PRODUCTOS PARA QUITAR LAS LACAS; TOALLITAS IMPREGNADAS DE LOCIONES COSMÉTICAS; PAÑOS DE LIMPIEZA IMPREGNADOS CON DETERGENTE; LOCIONES PARA DESPUÉS DEL AFEITADO; LOCIONES PARA USO COSMÉTICO; MAQUILLAJE (PRODUCTOS DE-); POMADAS PARA USO COSMÉTICO; QUITAMANCHAS; PRODUCTOS PARA PERFUMAR LA ROPA; PRODUCTOS PARA EL CUIDADO DE LAS UÑAS; DECOLORANTES PARA USO COSMÉTICO; EXTRACTOS DE FLORES (PERFUMERÍA); INCIENSO; MADERAS AROMÁTICAS; MOTIVOS DECORATIVOS PARA USO COSMÉTICO; PESTAÑAS Y UÑAS POSTIZAS; PIEDRA PÓMEZ; POTPURRIS AROMÁTICOS; PREPARACIONES COSMÉTICAS ADELGAZANTES; PREPARACIONES COSMÉTICAS PARA EL BAÑO; PREPARACIONES PARA ONDULAR EL CABELLO; PRODUCTOS DE TOCADOR NO MEDICINALES; PRODUCTOS PARA LA HIGIENE BUCAL QUE NO SEAN PARA USO MÉDICO; SALES PARA EL BAÑO QUE NO SEAN PARA USO MÉDICO; ACEITES DE TOCADOR; PRODUCTOS DE PROTECCIÓN SOLAR; AGUA DE COLONIA; TALCO PARA TOCADOR; ADHESIVOS (PEGAMENTOS) PARA USO COSMÉTICO; GRASAS PARA USO LECHES LIMPIADORAS DE TOCADOR; LEJÍA; PRODUCTOS DE LIMPIEZA EN SECO; AGUAS PERFUMADAS; COSMÉTICOS PARA PESTAÑAS; PRODUCTOS COSMÉTICOS PARA EL CUIDADO DE LA PIEL; POLVOS DE MAQUILLAJE; ADHESIVOS PARA FIJAR LOS POSTIZOS; SUAVIZANTE PARA LA ROPA; TINTES COSMÉTICOS; PRODUCTOS PARA QUITAR LOS TINTES; AGUAS DE TOCADOR. Clase: 03. Para: AMPARAR: APARATOS E INSTRUMENTOS CIENTÍFICOS, NÁUTICOS, GEODÉSICOS, FOTOGRÁFICOS, CINEMATOGRÁFICOS, ÓPTICOS, DE PESAJE, DE MEDICIÓN, DE SEÑALIZACIÓN, DE CONTROL (INSPECCIÓN), DE SALVAMENTO Y DE ENSEÑANZA; APARATOS E INSTRUMENTOS DE CONDUCCIÓN, DISTRIBUCIÓN, TRANSFORMACIÓN, ACUMULACIÓN, REGULACIÓN O CONTROL DE LA ELECTRICIDAD; APARATOS DE GRABACIÓN, TRANSMISIÓN O REPRODUCCIÓN DE SONIDO O IMÁGENES; SOPORTES DE REGISTRO MAGNÉTICOS, DISCOS ACÚSTICOS; DISCOS COMPACTOS, DVD Y OTROS SOPORTES DE GRABACIÓN DIGITALES; SOFTWARE; MECANISMOS PARA APARATOS DE PREVIO PAGO; CAJAS REGISTRADORAS, MÁQUINAS DE CALCULAR, EQUIPOS DE PROCESAMIENTO DE DATOS Y ORDENADORES; EXTINTORES; PERIFÉRICOS DE ORDENADOR; GAFAS ANTIDESLUMBRANTES; LENTES (QUEVEDOS); LENTILLAS ÓPTICAS; CADENITAS DE LENTES (QUEVEDOS); LENTES DE CONTACTO; CORDONES DE LENTES (QUEVEDOS); METROS [INSTRUMENTOS DE MEDICIÓN]; GAFAS (ÓPTICA); CRISTALES PARA GAFAS; ESTUCHES PARA GAFAS; MONTURAS DE LENTES [QUEVEDOS]; MONTURAS DE GAFAS; GAFAS DE SOL; ESTUCHES PARA LENTES; ESTUCHES PARA LENTES DE CONTACTO; CALZADO DE PROTECCIÓN CONTRA LOS ACCIDENTES, LAS RADIACIONES Y EL FUEGO; CHALECOS ANTIBALAS; CHALECOS SALVAVIDAS; ROPA DE PROTECCIÓN CONTRA EL FUEGO; SUBMARINISMO (GUANTES DE -); BUCEO 186 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 (GUANTES DE -); GUANTES PARA LA PROTECCIÓN CONTRA MATOGRÁFICAS; CÁMARAS DE VIDEO; CARTUCHOS DE VI- ACCIDENTES; TRAJES DE INMERSIÓN; TARJETAS MAGNÉTI- DEO-JUEGOS; CODIFICADORES MAGNÉTICOS; RECIPIENTES CAS CODIFICADAS; TARJETAS MAGNÉTICAS DE IDENTIFI- DE VIDRIO GRADUADOS; CUENTARREVOLUCIONES; DIAPO- CACIÓN; TRAJES DE PROTECCIÓN CONTRA LOS ACCIDENTES, SITIVAS; APARATOS PARA PROYECTAR DIAPOSITIVAS; DI- LAS RADIACIONES Y EL FUEGO; TRAJES ESPECIALES DE NAMÓMETROS; DISCOS REFLECTANTES PERSONALES PARA PROTECCIÓN PARA AVIADORES; AGENDAS ELECTRÓNICAS; PREVENIR ACCIDENTES DE TRÁNSITO; MARCADORES DE APARATOS TELEFÓNICOS; BÁSCULAS [APARATOS DE PESA- DOBLADILLOS; DOSIFICADORES; TAPAS DE ENCHUFES; JE]; BRÚJULAS; MÁQUINAS CONTABLES; CASCOS DE PRO- RADIOTELEFÓNICOS (APARATOS -); ESCÁNERES [PERIFÉRI- TECCIÓN; CASCOS PROTECTORES PARA DEPORTES; CATA- COS INFORMÁTICOS]; FLASHES (FOTOGRAFÍA); APARATOS LEJOS; CRONÓGRAFOS [APARATOS PARA REGISTRAR EL Y MÁQUINAS PARA FOTOCOPIAR (COMPRENDIDOS TAMBIÉN TIEMPO]; CUCHARAS DOSIFICADORAS; CUENTAPASOS; PO- LOS APARATOS Y MÁQUINAS ELECTRO ESTÁTICOS O TÉR- DÓMETROS; DISCOS COMPACTOS (AUDIOVIDEO); DISCOS MICOS); HOLOGRAMAS; LECTORES DE DISCOS COMPACTOS; ÓPTICOS COMPACTOS; ESPEJOS (ÓPTICA); GEMELOS (ÓPTICA); SEÑALES LUMINOSAS; TUBOS LUMINOSOS [PUBLICIDAD]; INDICADORES DE TEMPERATURA; CADENAS PARA GAFAS; MAGNETOSCOPIOS EN ESTADO SÓLIDO; APARATOS ELÉC- CORDONES PARA GAFAS; PROGRAMAS DE JUEGOS TRICOS DE MEDIDA; MEGÁFONOS; MEMORIAS PARA SU USO INFORMÁTICOS; LECTORES DE CASETES; LECTORES DE CON ORDENADORES; MICRÓFONOS; MICROPROCESADORES; CÓDIGO DE BARRAS; LINTERNAS DE SEÑALES; LUPAS (ÓP- MÓDEMS; VEJIGAS DE FLOTABILIDAD - [APARATOS RESPI- TICA); MÁQUINAS DE DICTAR; MECANISMOS PARA APARA- RATORIOS PARA BUZOS]; OBJETIVOS (ÓPTICA); OZONIZADO- TOS ACCIONADOS POR FICHA; PESOS DE BAÑO; CINTURONES RES; PANTALLAS DE PROYECCIÓN; PERAS ELÉCTRICAS CON PESOS (PARA SUBMARINISMO); PILAS ELÉCTRICAS; (INTERRUPTORES); SILBATOS PARA LLAMAR A LOS PERROS; PILAS GALVÁNICAS; PILAS SOLARES; PROGRAMAS PULSADORES DE TIMBRES; APARATOS DE RADIO; RECEPTO- INFORMÁTICOS GRABADOS; TRADUCTORAS ELECTRÓNICAS RES (AUDIO, VIDEO); REPOSAMUÑECAS PARA ORDENADOR; DE BOLSILLO; TRANSISTORES (ELECTRÓNICA); TERMÓME- ROMANAS (BALANZAS); APARATOS DE TELEVISIÓN; TOCA- TROS QUE NO SEAN PARA USO MÉDICO; APARATOS DE DISCOS; SOFTWARE DE PROCESAMIENTO DE DATOS PARA INTERCOMUNICACIÓN; CASETES DE VIDEO; DIBUJOS ANI- PROCESAR TEXTOS; VIDEO-TELÉFONOS; ESTUCHES DE MADOS; RADIOTELÉFONO PORTÁTIL (WALKIE-TALKIES); TRANSPORTE DE ORDENADORES PORTÁTILES; ESTUCHES PUBLICACIONES ELECTRÓNICAS (DESCARGABLES ELECTRÓ- PARA TELÉFONOS MÓVILES; REPRODUCTOR DE SONIDO NICAMENTE); RELOJES DE ARENA; ALARMAS ACÚSTICAS; PORTÁTIL; ESTUCHES Y FUNDAS PARA ORDENADORES POR- ALARMAS ANTIRROBO; ALARMAS DE INCENDIO; ALFOM- TÁTILES, DISPOSITIVOS ELECTRÓNICOS, ESPECIFICAMENTE BRILLAS PARA EL RATÓN; ALTAVOCES; APARATOS PARA TELÉFONOS MÓVILES, TABLETAS DIGITALES, REPRODUC- LA AMPLIFICACIÓN DE SONIDO; ANTENAS; VISERAS ANTI- TORES MP3, CÁMARAS, VIDEOJUEGOS. Clase: 09. Para: AMPA- DESLUMBRANTES; CASCOS (DE MÚSICA); CONTESTADORES RAR: METALES PRECIOSOS Y SUS ALEACIONES, ASÍ COMO TELEFÓNICOS; DETECTORES DE MONEDA FALSA; PROTEC- PRODUCTOS DE ESTAS MATERIAS O CHAPADOS NO COM- TORES DE DIENTES; DINERO (MÁQUINAS PARA CONTAR Y PRENDIDOS EN OTRAS CLASES; ARTÍCULOS DE JOYERÍA, CLASIFICAR -); APARATOS PARA MEDIR EL ESPESOR DE LAS BISUTERÍA, PIEDRAS PRECIOSAS; ARTÍCULOS DE RELOJERÍA PIELES; ETIQUETAS ELECTRÓNICAS PARA MERCANCÍAS; E INSTRUMENTOS CRONOMÉTRICOS; ALFILERES DE ADOR- GAFAS PARA HACER DEPORTE; IMANES; PUNTEROS ELEC- NO; ALFILERES DE CORBATAS; OBRAS DE ARTE DE METALES TRÓNICOS LUMINOSOS; APARATOS PARA AMPLIACIONES PRECIOSOS; LLAVEROS DE FANTASÍA; MEDALLAS; MONE- (FOTOGRAFÍA); APARATOS E INSTRUMENTOS PARA LA AS- DAS; INSIGNIAS DE METALES PRECIOSOS; CALZADO (ADOR- TRONOMÍA; VÁLVULAS TERMOIÓNICAS; TOCADISCOS AU- NOS DE METALES PRECIOSOS PARA -); SOMBREROS (ADOR- TOMÁTICOS DE PREVIO PAGO; BALANZAS; BALSAS SALVA- NOS DE METALES PRECIOSOS PARA -); GEMELOS; CADENAS VIDAS; REGISTRADORAS DE CINTA MAGNÉTICA; CINTAS DE RELOJES; CAJAS DE RELOJES; HILADOS DE METALES PARA LIMPIAR CABEZALES DE LECTURA; CINTAS DE VIDEO; PRECIOSOS [ARTÍCULOS DE JOYERÍA]; ESTUCHES PARA JO- CINTAS MAGNÉTICAS; APARATOS DESMAGNETIZADORES YAS; ADORNOS [ARTÍCULOS DE JOYERÍA]; JOYAS DE ÁMBAR DE CINTAS MAGNÉTICAS; BARÓMETROS; DISTRIBUIDORES AMARILLO; ALFILERES [ARTÍCULOS DE JOYERÍA], AMULE- DE BILLETES (TICKETS); TERMOSTATOS; CÁMARAS CINE- TOS [ARTÍCULOS DE JOYERÍA]; ANILLOS (JOYERÍA); ADOR- DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. 187 NOS DE AZABACHE; BRAZALETES (JOYERÍA); BROCHES PARA LA BASURA DE PAPEL O DE MATERIAS PLÁSTICAS; [ARTÍCULOS DE JOYERÍA]; CADENAS [ARTÍCULOS DE JOYE- MAPAS GEOGRÁFICOS; GLOBOS TERRESTRES; MOJASELLOS; RÍA]; CAJAS DE METALES PRECIOSOS; COLLARES [ARTÍCU- MATERIAS PLÁSTICAS PARA MODELAR; PLANOS; PLANTI- LOS DE JOYERÍA]; SUJETA CORBATAS; CRISTALES DE RELO- LLAS (PAPELERÍA); RÓTULOS DE PAPEL O DE CARTÓN; JES; CRONÓGRAFOS (RELOJES DE PULSERA); DESPERTADO- TARJETAS; LETRAS Y PLUMAS DE ACERO; ACUARELAS; RES; DIAMANTES; DIJES [ARTÍCULOS DE JOYERÍA]; ESTRÁS; DISTRIBUIDORES DE CINTA ADHESIVA (ARTÍCULOS DE PA- ESTUCHES PARA RELOJES [PRESENTACIÓN]; MARFIL (ADOR- PELERÍA); CINTAS Y TIRAS ADHESIVAS PARA LA PAPELERÍA NOS DE -) [ARTÍCULOS DE JOYERÍA]; MEDALLONES [ARTÍ- O LA CASA; ADHESIVOS (ARTÍCULOS DE PAPELERÍA); ANI- CULOS DE JOYERÍA]; PENDIENTES; PERLAS (JOYERÍA); LLAS DE PURO (VITOLAS); ARCHIVADORES (ARTÍCULOS DE PULSERAS DE RELOJES; RELOJES; DIADEMAS. Clase: 14. Para: OFICINA); ARCILLA PARA MODELAR; TABLAS ARITMÉTICAS; AMPARA: PAPEL, CARTÓN Y ARTÍCULOS DE ESTAS MATERIAS PAPEL PERFUMADO O NO PARA FORRAR ARMARIOS; MA- NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; PRODUCTOS DE QUETAS DE ARQUITECTURA; ATLAS; BANDERAS DE PAPEL; IMPRENTA; MATERIAL DE ENCUADERNACIÓN; FOTOGRA- BILLETES (TICKETS); BLOCS (PAPELERÍA); BOLÍGRAFOS; FÍAS; ARTÍCULOS DE PAPELERÍA; ADHESIVOS (PEGAMENTOS) BOLSITAS PARA LA COCCIÓN EN MICROONDAS; BORRADO- DE PAPELERÍA O PARA USO DOMÉSTICO; MATERIAL PARA RES PARA PIZARRAS; GOMAS DE BORRAR; PRODUCTOS PARA ARTISTAS; PINCELES; MÁQUINAS DE ESCRIBIR Y ARTÍCULOS BORRAR; EMBALAJES Y ENVOLTURAS PARA BOTELLAS DE DE OFICINA (EXCEPTO MUEBLES); MATERIAL DE INSTRUC- CARTÓN O PAPEL; CABALLETES PARA LA PINTURA; CAN- CIÓN O MATERIAL DIDÁCTICO (EXCEPTO APARATOS); MA- CIONEROS; CARBONCILLOS; PAPEL DE CARTAS; CARTELE- TERIAS PLÁSTICAS PARA EMBALAR (NO COMPRENDIDAS EN RAS (TABLONES DE ANUNCIOS) DE PAPEL O CARTÓN; CAR- OTRAS CLASES); CARACTERES DE IMPRENTA; CLICHÉS DE TILLAS; CARTUCHOS DE TINTA; CERA DE MODELAR QUE NO IMPRENTA; OBJETOS DE ARTE (GRABADOS); CAJAS DE CAR- SEA PARA USO DENTAL; CERA PARA SELLAR (LACRAR); TÓN O PAPEL; PATRONES PARA LA CONFECCIÓN DE VESTI- CHINCHETAS (PUNTAS); CINTAS Y LAZOS DE PAPEL; CINTAS DOS Y PARA LA COSTURA; TOALLITAS DE PAPEL PARA ENTINTADAS PARA IMPRESORAS DE ORDENADOR; CINTAS DESMAQUILLAR; ESTUCHES DE PLANTILLAS DE ESTARCIR; ENTINTADAS PARA MÁQUINAS DE ESCRIBIR; PORTAPAPELES ETIQUETAS QUE NO SEAN DE TELA; MANTELERÍAS DE PAPEL; DE CLIP (ARTÍCULOS DE OFICINA); CAJAS DE PAPELERÍA SERVILLETAS DE PAPEL; PAÑUELOS DE BOLSILLO (DE PA- (ARTÍCULOS DE OFICINA); COMPÁS DE TRAZADO; GANCHOS PEL); PLUMIERES; FUNDAS DE CHEQUERAS; ESCRIBANÍAS PARA PAPELES (SUJETAPAPELES O CLIPS); CORTAPAPELES PORTÁTILES; TELAS DE ENTINTADO DE MÁQUINAS PARA LA (ARTÍCULOS DE OFICINA); CUADERNOS; CUADROS (PINTU- REPRODUCCIÓN DE DOCUMENTOS; SAQUITOS (SOBRES, RAS) ENMARCADOS O NO; DEDILES (ARTÍCULOS DE OFICINA); BOLSITAS) PARA EMBALAJE (DE PAPEL O MATERIAS PLÁS- MATERIAL TICAS); TIZA PARA SASTRES (JABONCILLO DE SASTRE); PARA LA PAPELERÍA; TAMPONES ENTINTADOS; ESCUADRAS TOALLITAS DE TOCADOR DE PAPEL; CAJAS SOMBRERERAS; (REGLAS); ESCUDOS (SELLOS DE PAPEL); TARJETAS DE FE- TELA Y PAPEL PARA CALCAR; TELA PARA ENCUADERNA- LICITACIONES; PAPEL DE FILTRO; FORROS DE LIBRO (PAPE- CIONES; TELAS PARA LA PINTURA (LIENZOS); TOALLAS DE LERÍA); SOPORTES PARA FOTOGRAFÍAS; GOMAS (ELÁSTICOS) PAPEL; ÁLBUMES; ALMANAQUES; APARATOS MANUALES DE OFICINA; GRAPADORAS (PAPELERÍA); GRAPAS; CLIPS PARA ETIQUETAR; ARCHIVADORES DE DOCUMENTOS; INS- SUJETAPAPELES [PAPELERÍA]; HOJAS (PAPELERÍA); AFILA- TRUMENTOS DE ESCRITURA; CALCOMANÍAS; CALENDARIOS; LÁPICES (SACAPUNTAS); PORTALÁPICES; PAPEL LUMINOSO; CARTELES; CARPETAS PARA DOCUMENTOS; CATÁLOGOS; PALETAS PARA PINTORES; PAPEL DE PLATA; PAPEL PARA- CROMOS; ESTUCHES DE DIBUJO; DIARIOS; PERIÓDICOS; FINADO; PASTA DE MODELAR; PERFORADORAS DE OFICINA; REVISTAS (PERIÓDICOS); LIBROS; LITOGRAFÍAS; PAPEL DE BROCHAS PARA PINTORES; RODILLOS DE PINTORES DE EMBALAJE; PAPEL HIGIÉNICO; PISAPAPELES; POSAVASOS OBRAS; TARJETAS POSTALES; PUBLICACIONES; ROSARIOS; PARA CERVEZA; MARCA-PÁGINAS; SUJETA LIBROS; TINTA; SECANTES; SOBRES (PAPELERÍA); PEGATINAS. Clase: 16. Para: TINTEROS; BABEROS DE PAPEL; MATERIAL DE DIBUJO; DI- AMPARAR: TEJIDOS Y PRODUCTOS TEXTILES NO COMPREN- BUJOS; MATERIAL ESCOLAR; PIZARRAS PARA ESCRIBIR; DIDOS EN OTRAS CLASES; ROPA DE CAMA Y DE MESA; ROPA REVISTAS DE HISTORIETAS; BANDEJAS PARA COLOCAR Y DE BAÑO (CON EXCEPCIÓN DE VESTIDOS); TOALLITAS PARA CONTAR LAS MONEDAS; PATRONES DE BORDADOS; BOLSAS DESMAQUILLAR DE MATERIAS TEXTILES; ETIQUETAS DE DE ENCUADERNACIÓN; TELAS ENGOMADAS 188 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 TELA; FORROS Y ENTRETELAS; TAPIZADOS MURALES DE FLORES ARTIFICIALES; CHAPAS DE ADORNO; DEDALES MATERIAS TEXTILES; PAÑUELOS DE BOLSILLO DE MATERIAS (PARA COSER); ESTUCHES DE AGUJAS; HEBILLAS (ACCESO- TEXTILES; CORTINAS DE MATERIAS TEXTILES O DE MATE- RIOS DE VESTIMENTA); HEBILLAS (PARA CALZADO); HOM- RIAS PLÁSTICAS; ROPA BLANCA QUE NO SEA ROPA INTERIOR; BRERAS PARA VESTIDOS; HORQUILLAS PARA EL CABELLO; TOALLAS DE MATERIAS TEXTILES; MANTAS DE VIAJE; VISI- INSIGNIAS QUE NO SEAN DE METALES PRECIOSOS; LENTE- LLOS; ABRAZADERAS DE CORTINAS DE MATERIAS TEXTILES; JUELAS (PASAMANERÍA); NÚMEROS O LETRAS PARA MAR- BANDERAS Y BANDERINES(QUE NO SEAN DE PAPEL); EDRE- CAR LA ROPA BLANCA; PASACINTAS; PASADORES (PINZAS DONES (COBERTORES RELLENOS DE PLUMAS); FUNDAS PARA PARA EL CABELLO); PASAMANERÍA; PLUMAS (COMPLEMEN- MUEBLES; FUNDAS PARA COJINES; FUNDAS DE ALMOHADA; TOS DE VESTIR); POMPONES; PUNTILLAS (ENCAJES); CRE- MOSQUITEROS (COLGADURAS); PAÑOS PARA SECAR VASOS; MALLERAS (MERCERÍA); DORSALES; PARCHES TERMOAD- TAPETES DE MESAS DE BILLAR; TAPETES DE MESA QUE NO HESIVOS PARA ADORNAR ARTÍCULOS TEXTILES [MERCE- SEAN DE PAPEL; TOALLITAS DE TOCADOR DE MATERIAS RÍA]; GANCHOS PARA TEJER ALFOMBRAS; AUTOMÁTICOS TEXTILES; SÁBANAS COSIDAS EN FORMA DE SACOS DE (BROCHES); PLUMAS DE AVESTRUZ (ACCESORIOS DE VES- DORMIR; TEJIDOS DE ALGODÓN; TELA DE PELO [ARPILLERA], TIR); BALLENAS DE CORSÉS; BANDAS (INSIGNIAS); CORDON- ARPILLERA; BROCADOS; TEJIDOS DE FORRO PARA CALZADO; CILLOS PARA RIBETEAR; BORLAS (PASAMANERÍA); CINTAS TEJIDOS PARA CALZADO; COLCHAS; MANTAS DE CAMA; ELÁSTICAS PARA SUBIR LAS MANGAS; ARTÍCULOS DE ADOR- CAÑAMAZO (TELA DE CÁÑAMO); CÉFIRO (TEJIDO); CHEVIOTS NO PARA EL CABELLO; CABELLO POSTIZO; REDECILLAS (TEJIDOS); CUBRECOLCHONES [QUE NO SEAN PARA LA IN- PARA EL CABELLO; OJETES PARA CALZADO; FELPILLA (PA- CONTINENCIA]; CORTINAS DE DUCHA DE MATERIAL TEXTIL SAMANERÍA); CHORRERAS (ENCAJES); PINZAS PARA PANTA- O DE PLÁSTICO; CREPE (TEJIDO); CRESPÓN; CUBRECAMAS; LONES DE CICLISTAS; CIERRES PARA PRENDAS DE VESTIR; DAMASCO (TEJIDO); TEJIDOS ELÁSTICOS; HULES (MANTE- CINTAS AUTO-ADHERENTES (ARTÍCULOS DE MERCERÍA); LES); TELAS ENGOMADAS QUE NO SEAN PARA LA PAPELERÍA; CINTAS ELÁSTICAS; CINTAS PARA FRUNCIR CENEFAS DE TEJIDOS DE ESPARTO; TEJIDO DE FELPILLA; FIELTRO; FRA- CORTINAS; CORDONCILLOS PARA PRENDAS DE VESTIR; NELA (TEJIDO); FUNDAS PARA TAPAS DE RETRETES; GASA PASADORES (TEJIDO); JERSEY (TEJIDO); TEJIDOS Y TELAS DE LANA; TE- POSTIZOS; ESCARAPELAS (PASAMANERÍA); FESTONES (BOR- JIDOS PARA LA LENCERÍA; TEJIDOS DE LINO (EXCEPTO PARA DADOS); FLECOS; FRUTAS ARTIFICIALES; GALONES; GORROS AISLAMIENTO); MANTELES INDIVIDUALES QUE NO SEAN DE PARA HACER MECHAS; GUIRNALDAS ARTIFICIALES; HUEVOS PAPEL; MANTELES (QUE NO SEAN DE PAPEL); MANTILLAS PARA ZURCIR; ORLAS (PASAMANERÍA); TRENZAS DE CABE- PARA IMPRENTA DE MATERIAS TEXTILES; MARABÚ (TELA); LLO; PELUCAS; BORDADOS EN PLATA; RIBETES PARA PREN- TEJIDOS PARA TAPIZAR MOBILIARIO; TEJIDOS PARA MOBI- DAS DE VESTIR; ROSETAS (PASAMANERÍA); EXTREMOS DE LIARIO EN PIEZAS; TEJIDOS QUE IMITAN LA PIEL DE ANIMA- TIRANTES [SUJECIONES]; VOLANTES DE FALDAS Y VESTIDOS; LES; TEJIDOS DE GENERO DE PUNTO; TELAS PARA HACER TRENZAS; TUPES; GANCHOS PARA CALZADO. Clase: 26. Para: QUESO; TEJIDOS DE RAMIO; TEJIDOS DE RAYÓN (SEDA AR- AMPARAR: JUEGOS, JUGUETES; ARTÍCULOS DE GIMNASIA Y TIFICIAL); TEJIDOS DE SEDA; TAFETÁN (TEJIDOS); TEJIDOS DEPORTE NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; ADORNOS DE FIBRA DE VIDRIO PARA USO TEXTIL; TEJIDOS TERMOAD- PARA ÁRBOLES DE NAVIDAD; APAREJOS DE PESCA; CAÑAS HESIVOS; TELA CON MOTIVOS IMPRESOS PARA BORDAR; DE PESCAR; MASCARAS DE CARNAVAL Y DE TEATRO, CASAS TERCIOPELO; TUL. Clase: 24. Para: AMPARAR: ENCAJES Y DE MUÑECAS; ARNESES DE ESCALADA; ARTÍCULOS DE CO- BORDADOS, CINTAS Y CORDONES; BOTONES, CORCHETES Y TILLÓN; GUANTES (ACCESORIOS PARA JUEGOS); GUANTES OJETES, ALFILERES Y AGUJAS; FLORES ARTIFICIALES; ALFI- DE BÉISBOL, BOXEO, ESGRIMA Y GOLF; MARIONETAS; APA- LETEROS; ACERICOS (ALMOHADILLAS PARA ALFILERES); RATOS PARA EJERCICIOS FÍSICOS; ARBOLES DE NAVIDAD ADORNOS PARA EL CALZADO Y PARA SOMBREROS (QUE NO DE MATERIALES SINTÉTICOS; CÁMARAS DE AIRE PARA PE- SEAN DE METALES PRECIOSOS); ARTÍCULOS DE MERCERÍA LOTAS DE JUEGO; CODERAS Y RODILLERAS (ARTÍCULOS (CON EXCEPCIÓN DE HILOS); BANDAS PARA EL CABELLO; PARA EL DEPORTE); COMETAS; SONAJEROS; CALEIDOSCO- BRAZALETES; ARNESES PARA GUIAR A LOS NIÑOS; BROCHES PIOS; CABALLITOS DE BALANCÍN (JUGUETES); JUEGOS DE (ACCESORIOS DE VESTIMENTA); COSTUREROS; CIERRES DE CONSTRUCCIÓN; MÁQUINAS DE JUEGO AUTOMÁTICAS AC- CINTURONES; CORDONES PARA EL CALZADO; CORONAS DE CIONADAS CON MONEDAS; BARAJAS DE CARTAS (NAIPES); PARA CUELLOS POSTIZOS; DOBLADILLOS 189 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. OSOS DE PELUCHE; MUÑECAS; ROPA DE MUÑECAS; PISTOLAS FRANQUICIA; DEMOSTRACIÓN DE PRODUCTOS; PROMOCIÓN DE AIRE COMPRIMIDO [JUGUETES]; JUEGOS DE AJEDREZ; DE VENTAS (PARA TERCEROS); VENTAS EN SUBASTA PÚ- ALETAS DE NATACIÓN; JUEGOS DE ANILLAS; SOPORTES BLICA; SERVICIOS DE PROMOCIÓN Y GESTIÓN DE CENTROS PARA ARBOLES DE NAVIDAD; MATERIAL PARA EL TIRO CON COMERCIALES; SERVICIOS DE AYUDA A LAS FUNCIONES ARCO; FLOTADORES PARA NADAR; ARTÍCULOS DE BROMA; COMERCIALES DE UN NEGOCIO CONSISTENTE EN LA GES- BALONES Y PELOTAS DE JUEGO; BIBERONES PARA MUÑECAS; TIÓN DE PEDIDOS A TRAVÉS DE REDES GLOBALES DE CO- BLOQUES DE CONSTRUCCIÓN [JUGUETES]; TABLAS DE BO- MUNICACIÓN; AGENCIAS DE IMPORTACIÓN-EXPORTACIÓN; DYBOARD; BOLOS [JUEGO]; BICICLETAS ESTÁTICAS DE PUBLICIDAD EN LÍNEA EN UNA RED INFORMÁTICA; SERVI- ENTRENAMIENTO; BOLSAS PARA PALOS DE GOLF, CON O CIOS DE ABASTECIMIENTO PARA TERCEROS (COMPRA DE SIN RUEDAS; CAMAS DE MUÑECAS; CANICAS PARA JUGAR; PRODUCTOS Y SERVICIOS PARA OTRAS EMPRESAS); DIFU- MANGAS PARA CAZAR MARIPOSAS; COLUMPIOS; CONFETI; SIÓN (DISTRIBUCIÓN) DE MUESTRAS; GESTIÓN DE FICHEROS CUBILETES PARA JUEGOS; DADOS [JUEGOS]; JUEGOS DE INFORMÁTICOS; RELACIONES PÚBLICAS; AGENCIAS DE IN- DAMAS; DAMEROS; DARDOS; DISCOS DE LANZAMIENTO FORMACIÓN COMERCIAL; AGENCIAS DE PUBLICIDAD; AL- (ARTÍCULOS DE DEPORTE); DISCOS VOLADORES [JUGUETES]; QUILER DE DISTRIBUIDORES AUTOMÁTICOS; ALQUILER DE JUEGOS DE DOMINÓ; FICHAS PARA JUEGOS; ESQUÍS; FUNDAS ESPACIOS PUBLICITARIOS; DIFUSIÓN DE ANUNCIOS PUBLI- ESPECIALES PARA ESQUÍS Y TABLAS DE SURF; MESAS PARA CITARIOS; ASISTENCIA EN LA DIRECCIÓN DE NEGOCIOS; FÚTBOL DE SALÓN [FUTBOLINES]; APARATOS DE GIMNASIA; BÚSQUEDA JUEGOS DE HERRADURAS; PALOS DE HOCKEY; JUGUETES INFORMÁTICOS (PARA TERCEROS); COMPILACIÓN DE DATOS PARA HACE POMPAS DE JABÓN; JUEGOS DE MESA; JUGUETES EN UN ORDENADOR CENTRAL; TRANSCRIPCIÓN DE COMU- PARA ANIMALES DOMÉSTICOS; MODELOS DE VEHÍCULOS A NICACIONES; CORREO PUBLICITARIO; ASISTENCIA A LA ESCALA; MONOPATINES; MÓVILES [JUGUETES]; BOLAS DE DIRECCIÓN DE EMPRESAS COMERCIALES O INDUSTRIALES; PINTURA (MUNICIONES PARA PISTOLAS DE PAINTBALL); DIRECCIÓN PROFESIONAL DE NEGOCIOS ARTÍSTICOS; DIS- NIEVE ARTIFICIAL PARA ARBOLES DE NAVIDAD; PALOS DE TRIBUCIÓN DE MATERIAL PUBLICITARIO (FOLLETOS, PROS- GOLF; TACOS DE BILLAR; MESAS DE BILLAR; PATINES DE PECTOS, IMPRESOS, MUESTRAS); PUESTA AL DÍA DE DOCU- BOTA; PATINES EN LÍNEA; PATINES DE HIELO; PATINES DE MENTACIÓN PUBLICITARIA; REPRODUCCIÓN DE DOCUMEN- RUEDAS; PATINETES; PELUCHES [JUGUETES]; PEONZAS [JU- TOS; ESTUDIO DE MERCADOS; FIJACIÓN DE CARTELES GUETES]; PIÑATAS; PISCINAS [ARTÍCULOS DE JUEGO O DE (ANUNCIOS); SONDEOS DE OPINIÓN; SISTEMATIZACIÓN DE DEPORTE]; SACOS DE BOXEO; PUZZLES; APARATOS DE PRES- DATOS EN UN ORDENADOR CENTRAL; PUBLICACIÓN DE TIDIGITACIÓN; RAQUETAS; JUEGOS DE SOCIEDAD; TABLAS TEXTOS PUBLICITARIOS; SERVICIOS DE VENTA AL POR MA- DE SURF Y DE WINDSURF; TABLEROS DE AJEDREZ; TIRA- YOR Y AL POR MENOR POR CUALQUIER MEDIO. Clase: 35. CHINAS [ARTÍCULOS DE DEPORTE]; TOBOGÁN [JUEGO]; TRAMPOLINES [ARTÍCULOS DE DEPORTE]; TRINEOS [ARTÍ- DE INFORMACIONES EN FICHEROS La solicitud fue presentada el día veintidós de octubre del año dos mil trece. CULOS DE DEPORTE]; VEHÍCULOS [JUEGOS]; VOLANTES PARA JUEGOS DE RAQUETAS. Clase: 28. Para: AMPARAR: PUBLICIDAD; GESTIÓN DE NEGOCIOS COMERCIALES; ADMINISTRACIÓN COMERCIAL; TRABAJOS DE OFICINA; SERVICIOS DE AYUDA REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintinueve de octubre del año dos mil trece. EN LA DIRECCIÓN DE LOS NEGOCIOS O FUNCIONES COMERCIALES DE UNA EMPRESA INDUSTRIAL O COMERCIAL; OR- DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ, GANIZACIONES DE EXPOSICIONES Y FERIAS CON FINES COMERCIALES O DE PUBLICIDAD; SERVICIOS DE PROMOCIÓN REGISTRADOR. PRESTADOS POR UNA EMPRESA COMERCIAL A TRAVÉS DE UNA TARJETA DE FIDELIZACIÓN DE CLIENTES; SERVICIOS DE MODELOS PARA FINES PUBLICITARIOS O DE PROMOCIÓN LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA, SECRETARIA. DE VENTAS; EDICIÓN DE TEXTOS PUBLICITARIOS; DECORACIÓN DE ESCAPARATES; SERVICIOS DE AYUDA A LA EXPLOTACIÓN DE UNA EMPRESA COMERCIAL EN RÉGIMEN DE 3 v. alt. No. F025255-3 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 190 No. de Expediente: 2013130995 No. de Presentación: 20130191177 PARA BIGOTES; PRODUCTOS BLANQUEADORES PARA EL CUERO; GELES BLANQUEADORES PARA USO DENTAL; COLORANTES PARA EL CABELLO; COSMÉTICOS PARA LAS CLASE: 03, 09, 14, 16, 24, 26, 28. CEJAS; TIZA PARA LIMPIAR; CHAMPÚS PARA ANIMALES DE EL INFRASCRITO REGISTRADOR COMPAÑÍA; COSMÉTICOS PARA ANIMALES; CREMAS COS- HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de INDUSTRIA DE DISEÑO TEXTIL, S.A. (INDITEX, S.A.), de nacionalidad ESPAÑOLA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, MÉTICAS; PASTILLAS DE JABÓN; DETERGENTES QUE NO SEAN LOS UTILIZADOS DURANTE LAS OPERACIONES DE FABRICACIÓN Y LOS DE USO MÉDICO; ENGRUDO (ALMIDÓN); LECHES LIMPIADORAS DE TOCADOR; LEJÍA; PRODUCTOS DE LIMPIEZA EN SECO; AGUAS PERFUMADAS; COSMÉTICOS PARA PESTAÑAS; PRODUCTOS COSMÉTICOS PARA EL CUIDADO DE LA PIEL; POLVOS DE MAQUILLAJE; ADHESIVOS LEFTIES PARA FIJAR LOS POSTIZOS; SUAVIZANTE PARA LA ROPA; TINTES COSMÉTICOS; PRODUCTOS PARA QUITAR LOS TINTES; Consistente en: la palabra LEFTIES, que servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES PARA BLANQUEAR Y OTRAS SUSTANCIAS PARA LAVAR LA ROPA; PREPARACIONES PARA LIMPIAR, PULIR, DESENGRASAR Y RASPAR; JABONES; PRODUCTOS DE PERFUMERÍA, ACEITES ESENCIALES, COSMÉTICOS, LOCIONES CAPILARES; DENTÍFRICOS; BETUNES, CREMAS Y PEZ PARA EL CALZADO; CERA DE SASTRE; CERA DE ZAPATERO; CERA PARA EL CUERO; CERA DEPILATORIA; CERA DE LAVANDERÍA; CERA PARA PARQUÉ; CHAMPÚS; NECESERES DE COSMÉTICA; PRODUCTOS DEPILATORIOS; DESMAQUILLADORES; DESODORANTES PARA USO PERSONAL (PERFUMERÍA); LÁPIZ DE LABIOS; LÁPICES PARA USO COSMÉTICO; LACAS PARA EL CABELLO Y LAS UÑAS; PRODUCTOS PARA QUITAR LAS LACAS; TOALLITAS IMPREGNADAS DE LOCIONES COSMÉTICAS; PAÑOS DE LIMPIEZA IMPREGNADOS CON DETERGENTE; LOCIONES PARA DESPUÉS DEL AFEITADO; LOCIONES PARA USO COSMÉTICO; MAQUILLAJE (PRODUCTOS DE-); POMADAS PARA USO COSMÉTICO; QUITAMANCHAS; PRODUCTOS PARA PERFUMAR LA ROPA; PRODUCTOS PARA EL CUIDADO DE LAS UÑAS; DECOLORANTES PARA USO COSMÉTICO; EXTRACTOS DE FLORES (PERFUMERÍA); INCIENSO; MADERAS AROMÁTICAS; MOTIVOS DECORATIVOS PARA USO COSMÉTICO; PESTAÑAS Y UÑAS POSTIZAS; PIEDRA PÓMEZ; POTPURRÍS AROMÁTICOS; PREPARACIONES COSMÉTICAS ADELGAZANTES; PREPARACIONES COSMÉTICAS PARA EL BAÑO; PREPARACIONES PARA ONDULAR EL CABELLO; PRODUCTOS DE TOCADOR NO MEDICINALES; PRODUCTOS AGUAS DE TOCADOR. Clase: 03. Para: AMPARAR: APARATOS E INSTRUMENTOS CIENTÍFICOS, NÁUTICOS, GEODÉSICOS, FOTOGRÁFICOS, CINEMATOGRÁFICOS, ÓPTICOS, DE PESAJE, DE MEDICIÓN, DE SEÑALIZACIÓN, DE CONTROL (INSPECCIÓN), DE SALVAMENTO Y DE ENSEÑANZA; APARATOS E INSTRUMENTOS DE CONDUCCIÓN, DISTRIBUCIÓN, TRANSFORMACIÓN, ACUMULACIÓN, REGULACIÓN O CONTROL DE LA ELECTRICIDAD; APARATOS DE GRABACIÓN, TRANSMISIÓN O REPRODUCCIÓN DE SONIDO O IMÁGENES; SOPORTES DE REGISTRO MAGNÉTICOS, DISCOS ACÚSTICOS; DISCOS COMPACTOS, DVD Y OTROS SOPORTES DE GRABACIÓN DIGITALES; SOFTWARE; MECANISMOS PARA APARATOS DE PREVIO PAGO; CAJAS REGISTRADORAS, MÁQUINAS DE CALCULAR, EQUIPOS DE PROCESAMIENTO DE DATOS Y ORDENADORES; EXTINTORES; PERIFÉRICOS DE ORDENADOR; GAFAS ANTIDESLUMBRANTES; LENTES (QUEVEDOS); LENTILLAS ÓPTICAS; CADENITAS DE LENTES (QUEVEDOS); LENTES DE CONTACTO; CORDONES DE LENTES (QUEVEDOS); METROS [INSTRUMENTOS DE MEDICIÓN]; GAFAS (ÓPTICA); CRISTALES PARA GAFAS; ESTUCHES PARA GAFAS; MONTURAS DE LENTES [QUEVEDOS]; MONTURAS DE GAFAS; GAFAS DE SOL; ESTUCHES PARA LENTES; ESTUCHES PARA LENTES DE CONTACTO; CALZADO DE PROTECCIÓN CONTRA LOS ACCIDENTES, LAS RADIACIONES Y EL FUEGO; CHALECOS ANTIBALAS; CHALECOS SALVAVIDAS; ROPA DE PROTECCIÓN CONTRA EL FUEGO; SUBMARINISMO (GUANTES DE -); BUCEO (GUANTES DE -); GUANTES PARA LA PROTECCIÓN CONTRA PARA LA HIGIENE BUCAL QUE NO SEAN PARA USO MÉDICO; ACCIDENTES; TRAJES DE INMERSIÓN; TARJETAS MAGNÉTI- SALES PARA EL BAÑO QUE NO SEAN PARA USO MÉDICO; CAS CODIFICADAS; TARJETAS MAGNÉTICAS DE IDENTIFI- ACEITES DE TOCADOR; PRODUCTOS DE PROTECCIÓN SOLAR; CACIÓN; TRAJES DE PROTECCIÓN CONTRA LOS ACCIDENTES, AGUA DE COLONIA; TALCO PARA TOCADOR; ADHESIVOS LAS RADIACIONES Y EL FUEGO; TRAJES ESPECIALES DE (PEGAMENTOS) PARA USO COSMÉTICO; GRASAS PARA USO PROTECCIÓN PARA AVIADORES; AGENDAS ELECTRÓNICAS; COSMÉTICO; CARTONES ABRASIVOS PARA USO EN LAS UÑAS; APARATOS TELEFÓNICOS; BÁSCULAS [APARATOS DE PESA- PAPELES ABRASIVOS; ABRASIVOS DE PAPEL DE LIJA; GRÁ- JE]; BRÚJULAS; MÁQUINAS CONTABLES; CASCOS DE PRO- NULOS ABRASIVOS; PRODUCTOS DE AFEITAR; PRODUCTOS TECCIÓN; CASCOS PROTECTORES PARA DEPORTES; CATA- QUÍMICOS PARA AVIVAR LOS COLORES PARA USO DOMES- LEJOS; CRONÓGRAFOS [APARATOS PARA REGISTRAR EL TICO (LAVADO DE ROPA); BASTONCILLOS DE ALGODÓN TIEMPO]; CUCHARAS DOSIFICADORAS; CUENTAPASOS; PO- PARA USO COSMÉTICO; MASCARILLAS DE BELLEZA; CERA DÓMETROS; DISCOS COMPACTOS (AUDIO-VIDEO); DISCOS DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. 191 ÓPTICOS COMPACTOS; ESPEJOS (ÓPTICA); GEMELOS (ÓPTICA); RES; PANTALLAS DE PROYECCIÓN; PERAS ELÉCTRICAS INDICADORES DE TEMPERATURA; CADENAS PARA GAFAS; (INTERRUPTORES); SILBATOS PARA LLAMAR A LOS PERROS; CORDONES PARA GAFAS; PROGRAMAS DE JUEGOS PULSADORES DE TIMBRES; APARATOS DE RADIO; RECEPTO- INFORMÁTICOS; LECTORES DE CASETES; LECTORES DE RES (AUDIO, VIDEO); REPOSAMUÑECAS PARA ORDENADOR; CÓDIGO DE BARRAS; LINTERNAS DE SEÑALES; LUPAS (ÓP- ROMANAS (BALANZAS); APARATOS DE TELEVISIÓN; TOCA- TICA); MÁQUINAS DE DICTAR; MECANISMOS PARA APARA- DISCOS; SOFTWARE DE PROCESAMIENTO DE DATOS PARA TOS ACCIONADOS POR FICHA; PESOS DE BAÑO; CINTURONES PROCESAR TEXTOS; VIDEO-TELÉFONOS; ESTUCHES DE CON PESOS (PARA SUBMARINISMO); PILAS ELÉCTRICAS; TRANSPORTE DE ORDENADORES PORTÁTILES; ESTUCHES PILAS GALVÁNICAS; PILAS SOLARES; PROGRAMAS PARA TELÉFONOS MÓVILES; REPRODUCTOR DE SONIDO INFORMÁTICOS GRABADOS; TRADUCTORAS ELECTRÓNICAS PORTÁTIL; ESTUCHES Y FUNDAS PARA ORDENADORES POR- DE BOLSILLO; TRANSISTORES (ELECTRÓNICA); TERMÓME- TÁTILES, DISPOSITIVOS ELECTRÓNICOS, ESPECIFICAMENTE TROS QUE NO SEAN PARA USO MÉDICO; APARATOS DE TELÉFONOS MÓVILES, TABLETAS DIGITALES, REPRODUC- INTERCOMUNICACIÓN; CASETES DE VIDEO; DIBUJOS ANI- TORES MP3, CÁMARAS, VIDEOJUEGOS. Clase: 09. Para: AMPA- MADOS; RADIOTELÉFONO PORTÁTIL (WALKIE-TALKIES); RAR: METALES PRECIOSOS Y SUS ALEACIONES, ASÍ COMO PUBLICACIONES ELECTRÓNICAS (DESCARGABLES ELECTRÓ- PRODUCTOS DE ESTAS MATERIAS O CHAPADOS NO COM- NICAMENTE); RELOJES DE ARENA; ALARMAS ACÚSTICAS; PRENDIDOS EN OTRAS CLASES; ARTÍCULOS DE JOYERÍA, ALARMAS ANTIRROBO; ALARMAS DE INCENDIO; ALFOM- BISUTERÍA, PIEDRAS PRECIOSAS; ARTÍCULOS DE RELOJERÍA BRILLAS PARA EL RATÓN; ALTAVOCES; APARATOS PARA E INSTRUMENTOS CRONOMÉTRICOS; ALFILERES DE ADOR- LA AMPLIFICACIÓN DE SONIDO; ANTENAS; VISERAS ANTI- NO; ALFILERES DE CORBATAS; OBRAS DE ARTE DE METALES DESLUMBRANTES; CASCOS (DE MÚSICA); CONTESTADORES PRECIOSOS; LLAVEROS DE FANTASÍA; MEDALLAS; MONE- TELEFÓNICOS; DETECTORES DE MONEDA FALSA; PROTEC- DAS; INSIGNIAS DE METALES PRECIOSOS; CALZADO (ADOR- TORES DE DIENTES; DINERO (MÁQUINAS PARA CONTAR Y NOS DE METALES PRECIOSOS PARA -); SOMBREROS (ADOR- CLASIFICAR -); APARATOS PARA MEDIR EL ESPESOR DE LAS NOS DE METALES PRECIOSOS PARA -); GEMELOS; CADENAS PIELES; ETIQUETAS ELECTRÓNICAS PARA MERCANCÍAS; DE RELOJES; CAJAS DE RELOJES; HILADOS DE METALES GAFAS PARA HACER DEPORTE; IMANES; PUNTEROS ELEC- PRECIOSOS [ARTÍCULOS DE JOYERÍA]; ESTUCHES PARA JO- TRÓNICOS LUMINOSOS; APARATOS PARA AMPLIACIONES YAS; ADORNOS [ARTÍCULOS DE JOYERÍA]; JOYAS DE ÁMBAR (FOTOGRAFÍA); APARATOS E INSTRUMENTOS PARA LA AS- AMARILLO; ALFILERES [ARTÍCULOS DE JOYERÍA], AMULE- TRONOMÍA; VÁLVULAS TERMOIÓNICAS; TOCADISCOS AU- TOS [ARTÍCULOS DE JOYERÍA]; ANILLOS (JOYERÍA); ADOR- TOMÁTICOS DE PREVIO PAGO; BALANZAS; BALSAS SALVA- NOS DE AZABACHE; BRAZALETES (JOYERÍA); BROCHES VIDAS; REGISTRADORAS DE CINTA MAGNÉTICA; CINTAS [ARTÍCULOS DE JOYERÍA]; CADENAS [ARTÍCULOS DE JOYE- PARA LIMPIAR CABEZALES DE LECTURA; CINTAS DE VIDEO; RÍA]; CAJAS DE METALES PRECIOSOS; COLLARES [ARTÍCU- CINTAS MAGNÉTICAS; APARATOS DESMAGNETIZADORES LOS DE JOYERÍA]; SUJETA CORBATAS; CRISTALES DE RELO- DE CINTAS MAGNÉTICAS; BARÓMETROS; DISTRIBUIDORES JES; CRONÓGRAFOS (RELOJES DE PULSERA); DESPERTADO- DE BILLETES (TICKETS); TERMOSTATOS; CÁMARAS CINE- RES; DIAMANTES; DIJES [ARTÍCULOS DE JOYERÍA]; ESTRÁS; MATOGRÁFICAS; CÁMARAS DE VIDEO; CARTUCHOS DE VI- ESTUCHES PARA RELOJES [PRESENTACIÓN]; MARFIL (ADOR- DEO-JUEGOS; CODIFICADORES MAGNÉTICOS; RECIPIENTES NOS DE -) [ARTÍCULOS DE JOYERÍA]; MEDALLONES [ARTÍ- DE VIDRIO GRADUADOS; CUENTARREVOLUCIONES; DIAPO- CULOS DE JOYERÍA]; PENDIENTES; PERLAS (JOYERÍA); SITIVAS; APARATOS PARA PROYECTAR DIAPOSITIVAS; DI- PULSERAS DE RELOJES; RELOJES; DIADEMAS. Clase: 14. Para: NAMÓMETROS; DISCOS REFLECTANTES PERSONALES PARA AMPARAR: PAPEL, CARTÓN Y ARTÍCULOS DE ESTAS MATE- PREVENIR ACCIDENTES DE TRÁNSITO; MARCADORES DE RIAS NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; PRODUCTOS DOBLADILLOS; DOSIFICADORES; TAPAS DE ENCHUFES; DE IMPRENTA; MATERIAL DE ENCUADERNACIÓN; FOTOGRA- RADIOTELEFÓNICOS (APARATOS -); ESCÁNERES [PERIFÉRI- FÍAS; ARTÍCULOS DE PAPELERÍA; ADHESIVOS (PEGAMENTOS) COS INFORMÁTICOS]; FLASHES (FOTOGRAFÍA); APARATOS DE PAPELERÍA O PARA USO DOMÉSTICO; MATERIAL PARA Y MÁQUINAS PARA FOTOCOPIAR (COMPRENDIDOS TAMBIÉN ARTISTAS; PINCELES; MÁQUINAS DE ESCRIBIR Y ARTÍCULOS LOS APARATOS Y MÁQUINAS ELECTRO ESTÁTICOS O TÉR- DE OFICINA (EXCEPTO MUEBLES); MATERIAL DE INSTRUC- MICOS); HOLOGRAMAS; LECTORES DE DISCOS COMPACTOS; CIÓN O MATERIAL DIDÁCTICO (EXCEPTO APARATOS); MA- SEÑALES LUMINOSAS; TUBOS LUMINOSOS [PUBLICIDAD]; TERIAS PLÁSTICAS PARA EMBALAR (NO COMPRENDIDAS EN MAGNETOSCOPIOS EN ESTADO SÓLIDO; APARATOS ELÉC- OTRAS CLASES); CARACTERES DE IMPRENTA; CLICHÉS DE TRICOS DE MEDIDA; MEGÁFONOS; MEMORIAS PARA SU USO IMPRENTA; OBJETOS DE ARTE (GRABADOS); CAJAS DE CAR- CON ORDENADORES; MICRÓFONOS; MICROPROCESADORES; TÓN O PAPEL; PATRONES PARA LA CONFECCIÓN DE VESTI- MÓDEMS; VEJIGAS DE FLOTABILIDAD - [APARATOS RESPI- DOS Y PARA LA COSTURA; TOALLITAS DE PAPEL PARA RATORIOS PARA BUZOS]; OBJETIVOS (ÓPTICA); OZONIZADO- DESMAQUILLAR; ESTUCHES DE PLANTILLAS DE ESTARCIR; 192 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 ETIQUETAS QUE NO SEAN DE TELA; MANTELERÍAS DE PAPEL; PARA LA PAPELERÍA; TAMPONES ENTINTADOS; ESCUADRAS SERVILLETAS DE PAPEL; PAÑUELOS DE BOLSILLO (DE PA- (REGLAS); ESCUDOS (SELLOS DE PAPEL); TARJETAS DE FE- PEL); PLUMIERES; FUNDAS DE CHEQUERAS; ESCRIBANÍAS LICITACIONES; PAPEL DE FILTRO; FORROS DE LIBRO (PAPE- PORTÁTILES; TELAS DE ENTINTADO DE MÁQUINAS PARA LA LERÍA); SOPORTES PARA FOTOGRAFÍAS; GOMAS (ELÁSTICOS) REPRODUCCIÓN DE DOCUMENTOS; SAQUITOS (SOBRES, DE OFICINA; GRAPADORAS (PAPELERÍA); GRAPAS; CLIPS BOLSITAS) PARA EMBALAJE (DE PAPEL O MATERIAS PLÁS- SUJETAPAPELES [PAPELERÍA]; HOJAS (PAPELERÍA); AFILA- TICAS); TIZA PARA SASTRES (JABONCILLO DE SASTRE); LÁPICES (SACAPUNTAS); PORTALÁPICES; PAPEL LUMINOSO; TOALLITAS DE TOCADOR DE PAPEL; CAJAS SOMBRERERAS; PALETAS PARA PINTORES; PAPEL DE PLATA; PAPEL PARA- TELA Y PAPEL PARA CALCAR; TELA PARA ENCUADERNA- FINADO; PASTA DE MODELAR; PERFORADORAS DE OFICINA; CIONES; TELAS PARA LA PINTURA (LIENZOS); TOALLAS DE BROCHAS PARA PINTORES; RODILLOS DE PINTORES DE PAPEL; ÁLBUMES; ALMANAQUES; APARATOS MANUALES OBRAS; TARJETAS POSTALES; PUBLICACIONES; ROSARIOS; PARA ETIQUETAR; ARCHIVADORES DE DOCUMENTOS; INS- SECANTES; SOBRES (PAPELERÍA); PEGATINAS. Clase: 16. Para: TRUMENTOS DE ESCRITURA; CALCOMANÍAS; CALENDARIOS; AMPARAR: TEJIDOS Y PRODUCTOS TEXTILES NO COMPREN- CARTELES; CARPETAS PARA DOCUMENTOS; CATÁLOGOS; DIDOS EN OTRAS CLASES; ROPA DE CAMA Y DE MESA; ROPA CROMOS; ESTUCHES DE DIBUJO; DIARIOS; PERIÓDICOS; DE BAÑO (CON EXCEPCIÓN DE VESTIDOS); TOALLITAS PARA REVISTAS (PERIÓDICOS); LIBROS; LITOGRAFÍAS; PAPEL DE DESMAQUILLAR DE MATERIAS TEXTILES; ETIQUETAS DE EMBALAJE; PAPEL HIGIÉNICO; PISAPAPELES; POSAVASOS TELA; FORROS Y ENTRETELAS; TAPIZADOS MURALES DE PARA CERVEZA; MARCA-PAGINAS; SUJETA LIBROS; TINTA; MATERIAS TEXTILES; PAÑUELOS DE BOLSILLO DE MATERIAS TINTEROS; BABEROS DE PAPEL; MATERIAL DE DIBUJO; DI- TEXTILES; CORTINAS DE MATERIAS TEXTILES O DE MATE- BUJOS; MATERIAL ESCOLAR; PIZARRAS PARA ESCRIBIR; RIAS PLÁSTICAS; ROPA BLANCA QUE NO SEA ROPA INTERIOR; REVISTAS DE HISTORIETAS; BANDEJAS PARA COLOCAR Y TOALLAS DE MATERIAS TEXTILES; MANTAS DE VIAJE; VISI- CONTAR LAS MONEDAS; PATRONES DE BORDADOS; BOLSAS LLOS; ABRAZADERAS DE CORTINAS DE MATERIAS TEXTILES; PARA LA BASURA DE PAPEL O DE MATERIAS PLÁSTICAS; BANDERAS Y BANDERINES(QUE NO SEAN DE PAPEL); EDRE- MAPAS GEOGRÁFICOS; GLOBOS TERRESTRES; MOJASELLOS; DONES (COBERTORES RELLENOS DE PLUMAS); FUNDAS PARA MATERIAS PLÁSTICAS PARA MODELAR; PLANOS; PLANTI- MUEBLES; FUNDAS PARA COJINES; FUNDAS DE ALMOHADA; LLAS (PAPELERÍA); RÓTULOS DE PAPEL O DE CARTÓN; MOSQUITEROS (COLGADURAS); PAÑOS PARA SECAR VASOS; TARJETAS; LETRAS Y PLUMAS DE ACERO; ACUARELAS; TAPETES DE MESAS DE BILLAR; TAPETES DE MESA QUE NO DISTRIBUIDORES DE CINTA ADHESIVA (ARTÍCULOS DE PA- SEAN DE PAPEL; TOALLITAS DE TOCADOR DE MATERIAS PELERÍA); CINTAS Y TIRAS ADHESIVAS PARA LA PAPELERÍA TEXTILES; SÁBANAS COSIDAS EN FORMA DE SACOS DE O LA CASA; ADHESIVOS (ARTÍCULOS DE PAPELERÍA); ANI- DORMIR; TEJIDOS DE ALGODÓN; TELA DE PELO [ARPILLERA], LLAS DE PURO (VITOLAS); ARCHIVADORES (ARTÍCULOS DE ARPILLERA; BROCADOS; TEJIDOS DE FORRO PARA CALZADO; OFICINA); ARCILLA PARA MODELAR; TABLAS ARITMÉTICAS; TEJIDOS PARA CALZADO; COLCHAS; MANTAS DE CAMA; PAPEL PERFUMADO O NO PARA FORRAR ARMARIOS; MA- CAÑAMAZO (TELA DE CÁÑAMO); CÉFIRO (TEJIDO); CHEVIOTS QUETAS DE ARQUITECTURA; ATLAS; BANDERAS DE PAPEL; (TEJIDOS); CUBRECOLCHONES [QUE NO SEAN PARA LA IN- BILLETES (TICKETS); BLOCS (PAPELERÍA); BOLÍGRAFOS; CONTINENCIA]; CORTINAS DE DUCHA DE MATERIAL TEXTIL BOLSITAS PARA LA COCCIÓN EN MICROONDAS; BORRADO- O DE PLÁSTICO; CREPE (TEJIDO); CRESPÓN; CUBRECAMAS; RES PARA PIZARRAS; GOMAS DE BORRAR; PRODUCTOS PARA DAMASCO (TEJIDO); TEJIDOS ELÁSTICOS; HULES (MANTE- BORRAR; EMBALAJES Y ENVOLTURAS PARA BOTELLAS DE LES); TELAS ENGOMADAS QUE NO SEAN PARA LA PAPELERÍA; CARTÓN O PAPEL; CABALLETES PARA LA PINTURA; CAN- TEJIDOS DE ESPARTO; TEJIDO DE FELPILLA; FIELTRO; FRA- CIONEROS; CARBONCILLOS; PAPEL DE CARTAS; CARTELE- NELA (TEJIDO); FUNDAS PARA TAPAS DE RETRETES; GASA RAS (TABLONES DE ANUNCIOS) DE PAPEL O CARTÓN; CAR- (TEJIDO); JERSEY (TEJIDO); TEJIDOS Y TELAS DE LANA; TE- TILLAS; CARTUCHOS DE TINTA; CERA DE MODELAR QUE NO JIDOS PARA LA LENCERÍA; TEJIDOS DE LINO (EXCEPTO PARA SEA PARA USO DENTAL; CERA PARA SELLAR (LACRAR); AISLAMIENTO); MANTELES INDIVIDUALES QUE NO SEAN DE CHINCHETAS (PUNTAS); CINTAS Y LAZOS DE PAPEL; CINTAS PAPEL; MANTELES (QUE NO SEAN DE PAPEL); MANTILLAS ENTINTADAS PARA IMPRESORAS DE ORDENADOR; CINTAS PARA IMPRENTA DE MATERIAS TEXTILES; MARABÚ (TELA); ENTINTADAS PARA MÁQUINAS DE ESCRIBIR; PORTAPAPELES TEJIDOS PARA TAPIZAR MOBILIARIO; TEJIDOS PARA MOBI- DE CLIP (ARTÍCULOS DE OFICINA); CAJAS DE PAPELERÍA LIARIO EN PIEZAS; TEJIDOS QUE IMITAN LA PIEL DE ANIMA- (ARTÍCULOS DE OFICINA); COMPÁS DE TRAZADO; GANCHOS LES; TEJIDOS DE GÉNERO DE PUNTO; TELAS PARA HACER PARA PAPELES (SUJETAPAPELES O CLIPS); CORTAPAPELES QUESO; TEJIDOS DE RAMIO; TEJIDOS DE RAYÓN (SEDA AR- (ARTÍCULOS DE OFICINA); CUADERNOS; CUADROS (PINTU- TIFICIAL); TEJIDOS DE SEDA; TAFETÁN (TEJIDOS); TEJIDOS RAS) ENMARCADOS O NO; DEDILES (ARTÍCULOS DE OFICINA); DE FIBRA DE VIDRIO PARA USO TEXTIL; TEJIDOS TERMOAD- MATERIAL HESIVOS; TELA CON MOTIVOS IMPRESOS PARA BORDAR; DE ENCUADERNACIÓN; TELAS ENGOMADAS DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. 193 TERCIOPELO; TUL. Clase: 24. Para: AMPARAR: ENCAJES Y PARA EL DEPORTE); COMETAS; SONAJEROS; CALEIDOSCO- BORDADOS, CINTAS Y CORDONES; BOTONES, CORCHETES Y PIOS; CABALLITOS DE BALANCÍN (JUGUETES); JUEGOS DE OJETES, ALFILERES Y AGUJAS; FLORES ARTIFICIALES; ALFI- CONSTRUCCIÓN; MÁQUINAS DE JUEGO AUTOMÁTICAS AC- LETEROS; ACERICOS (ALMOHADILLAS PARA ALFILERES); CIONADAS CON MONEDAS; BARAJAS DE CARTAS (NAIPES); ADORNOS PARA EL CALZADO Y PARA SOMBREROS (QUE NO OSOS DE PELUCHE; MUÑECAS; ROPA DE MUÑECAS; PISTOLAS SEAN DE METALES PRECIOSOS); ARTÍCULOS DE MERCERÍA DE AIRE COMPRIMIDO [JUGUETES]; JUEGOS DE AJEDREZ; (CON EXCEPCIÓN DE HILOS); BANDAS PARA EL CABELLO; ALETAS DE NATACIÓN; JUEGOS DE ANILLAS; SOPORTES BRAZALETES; ARNESES PARA GUIAR A LOS NIÑOS; BROCHES PARA ÁRBOLES DE NAVIDAD; MATERIAL PARA EL TIRO CON (ACCESORIOS DE VESTIMENTA); COSTUREROS; CIERRES DE ARCO; FLOTADORES PARA NADAR; ARTÍCULOS DE BROMA; CINTURONES; CORDONES PARA EL CALZADO; CORONAS DE BALONES Y PELOTAS DE JUEGO; BIBERONES PARA MUÑECAS; FLORES ARTIFICIALES; CHAPAS DE ADORNO; DEDALES BLOQUES DE CONSTRUCCIÓN [JUGUETES]; TABLAS DE BO- (PARA COSER); ESTUCHES DE AGUJAS; HEBILLAS (ACCESO- DYBOARD; BOLOS [JUEGO]; BICICLETAS ESTÁTICAS DE RIOS DE VESTIMENTA); HEBILLAS (PARA CALZADO); HOM- ENTRENAMIENTO; BOLSAS PARA PALOS DE GOLF, CON O BRERAS PARA VESTIDOS; HORQUILLAS PARA EL CABELLO; SIN RUEDAS; CAMAS DE MUÑECAS; CANICAS PARA JUGAR; INSIGNIAS QUE NO SEAN DE METALES PRECIOSOS; LENTE- MANGAS PARA CAZAR MARIPOSAS; COLUMPIOS; CONFETI; JUELAS (PASAMANERÍA); NÚMEROS O LETRAS PARA MAR- CUBILETES PARA JUEGOS; DADOS [JUEGOS]; JUEGOS DE CAR LA ROPA BLANCA; PASACINTAS; PASADORES (PINZAS DAMAS; DAMEROS; DARDOS; DISCOS DE LANZAMIENTO PARA EL CABELLO); PASAMANERÍA; PLUMAS (COMPLEMEN- (ARTÍCULOS DE DEPORTE); DISCOS VOLADORES [JUGUETES]; TOS DE VESTIR); POMPONES; PUNTILLAS (ENCAJES); CREMA- JUEGOS DE DOMINÓ; FICHAS PARA JUEGOS; ESQUÍS; FUNDAS LLERAS (MERCERÍA); DORSALES; PARCHES TERMOADHESI- ESPECIALES PARA ESQUÍS Y TABLAS DE SURF; MESAS PARA VOS PARA ADORNAR ARTÍCULOS TEXTILES [MERCERÍA]; FÚTBOL DE SALÓN [FUTBOLINES]; APARATOS DE GIMNASIA; GANCHOS PARA TEJER ALFOMBRAS; AUTOMÁTICOS (BRO- JUEGOS DE HERRADURAS; PALOS DE HOCKEY; JUGUETES CHES); PLUMAS DE AVESTRUZ (ACCESORIOS DE VESTIR); PARA HACER POMPAS DE JABÓN; JUEGOS DE MESA; JUGUE- BALLENAS DE CORSÉS; BANDAS (INSIGNIAS); CORDONCI- TES PARA ANIMALES DOMÉSTICOS; MODELOS DE VEHÍCU- LLOS PARA RIBETEAR; BORLAS (PASAMANERÍA); CINTAS LOS A ESCALA; MONOPATINES; MÓVILES [JUGUETES]; BOLAS ELÁSTICAS PARA SUBIR LAS MANGAS; ARTÍCULOS DE ADOR- DE PINTURA (MUNICIONES PARA PISTOLAS DE PAINTBALL); NO PARA EL CABELLO; CABELLO POSTIZO; REDECILLAS NIEVE ARTIFICIAL PARA ÁRBOLES DE NAVIDAD; PALOS DE PARA EL CABELLO; OJETES PARA CALZADO; FELPILLA (PA- GOLF; TACOS DE BILLAR; MESAS DE BILLAR; PATINES DE SAMANERÍA); CHORRERAS (ENCAJES); PINZAS PARA PANTA- BOTA; PATINES EN LÍNEA; PATINES DE HIELO; PATINES DE LONES DE CICLISTAS; CIERRES PARA PRENDAS DE VESTIR; RUEDAS; PATINETES; PELUCHES [JUGUETES]; PEONZAS [JU- CINTAS AUTO-ADHERENTES (ARTÍCULOS DE MERCERÍA); GUETES]; PIÑATAS; PISCINAS [ARTÍCULOS DE JUEGO O DE CINTAS ELÁSTICAS; CINTAS PARA FRUNCIR CENEFAS DE DEPORTE]; SACOS DE BOXEO; PUZZLES; APARATOS DE PRES- CORTINAS; CORDONCILLOS PARA PRENDAS DE VESTIR; TIDIGITACIÓN; RAQUETAS; JUEGOS DE SOCIEDAD; TABLAS PASADORES POSTIZOS; DOBLADILLOS DE SURF Y DE WINDSURF; TABLEROS DE AJEDREZ; TIRA- POSTIZOS; ESCARAPELAS (PASAMANERÍA); FESTONES (BOR- CHINAS [ARTÍCULOS DE DEPORTE]; TOBOGÁN [JUEGO]; DADOS); FLECOS; FRUTAS ARTIFICIALES; GALONES; GORROS TRAMPOLINES [ARTÍCULOS DE DEPORTE]; TRINEOS [ARTÍ- PARA HACER MECHAS; GUIRNALDAS ARTIFICIALES; HUEVOS CULOS DE DEPORTE]; VEHÍCULOS [JUEGOS]; VOLANTES PARA PARA ZURCIR; ORLAS (PASAMANERÍA); TRENZAS DE CABE- JUEGOS DE RAQUETAS. Clase: 28. PARA CUELLOS LLO; PELUCAS; BORDADOS EN PLATA; RIBETES PARA PRENDAS DE VESTIR; ROSETAS (PASAMANERÍA); EXTREMOS DE TIRANTES [SUJECIONES]; VOLANTES DE FALDAS Y VESTIDOS; TRENZAS; TUPES; GANCHOS PARA CALZADO. Clase: 26. Para: AMPARAR: JUEGOS, JUGUETES; ARTÍCULOS DE GIMNASIA Y La solicitud fue presentada el día veintidós de octubre del año dos mil trece. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintinueve de octubre del año dos mil trece. DEPORTE NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; ADORNOS PARA ARBOLES DE NAVIDAD; APAREJOS DE PESCA; CAÑAS DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ, DE PESCAR; MASCARAS DE CARNAVAL Y DE TEATRO, CASAS DE MUÑECAS; ARNESES DE ESCALADA; ARTÍCULOS DE COTILLÓN; GUANTES (ACCESORIOS PARA JUEGOS); GUANTES DE BÉISBOL, BOXEO, ESGRIMA Y GOLF; MARIONETAS; APARATOS PARA EJERCICIOS FÍSICOS; ÁRBOLES DE NAVIDAD REGISTRADOR. LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA, SECRETARIA. DE MATERIALES SINTÉTICOS; CÁMARAS DE AIRE PARA PELOTAS DE JUEGO; CODERAS Y RODILLERAS (ARTÍCULOS 3 v. alt. No. F025256-3 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 194 BASF Corporation, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando No. de Expediente: 2013130697 el registro de la MARCA DE PRODUCTO, No. de Presentación: 20130190758 CLASE: 01. SERIFEL LA INFRASCRITA REGISTRADORA Consistente en: la palabra SERIFEL, que servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES PARA DESTRUIR Y COMBATIR ANIMALES HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ DE DAÑINOS, INSECTICIDAS, FUNGICIDAS, HERBICIDAS, PESTI- MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO de CIDAS, NEMATICIDAS, NEMATODOS PARA EL CONTROL DE BASF Corporation, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando INSECTOS, AGENTES DE CONTROL BIOLOGICO. Clase: 05. el registro de la MARCA DE PRODUCTO, La solicitud fue presentada el día diez de octubre del año dos mil trece. SERIFEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Consistente en: la frase SERIFEL, que servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES BIOLOGICAS UTILIZADAS EN AGRICUL- Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, dieciocho de octubre del año dos mil trece. TURA, HORTICULTURA Y SILVICULTURA, ESPECIALMENTE INOCULANTES HORTICOLAS Y AGRICOLAS, BACTERIAS GEORGINA VIANA CANIZALEZ, BENEFICIOSAS Y SUPLEMENTOS PARA SUELO. Clase: 01. REGISTRADORA. La solicitud fue presentada el día diez de octubre del año dos mil trece. VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR, REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de SECRETARIA. Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintiuno de octubre del año dos mil trece. 3 v. alt. No. F025261-3 GEORGINA VIANA CANIZALEZ, REGISTRADORA. No. de Expediente: 2013130691 VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR, SECRETARIA. No. de Presentación: 20130190752 CLASE: 31. 3 v. alt. No. F025258-3 LA INFRASCRITA REGISTRADORA No. de Expediente: 2013130692 HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ DE MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO de No. de Presentación: 20130190753 BASF Corporation, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando CLASE: 05. el registro de la MARCA DE PRODUCTO, LA INFRASCRITA REGISTRADORA SERIFEL HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ DE Consistente en: la palabra SERIFEL, que servirá para: AMPARAR: MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO de PRODUCTOS AGRICOLAS, HORTICOLAS Y FORESTALES ESPE- DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. CIALMENTE, SEMILLAS, GRANOS Y PARTES VEGETATIVAS DE PLANTAS TRATADOS CON PRODUCTOS BIOLOGICOS; 195 La solicitud fue presentada el día trece de noviembre del año dos mil trece. MATERIA ORGANICA PARA CUBRIR Y PROTEGER SUELOS (MULCH); NO INCLUIDO EN OTRAS CLASES. Clase: 31. La solicitud fue presentada el día diez de octubre del año dos mil REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, trece. dieciocho de noviembre del año dos mil trece. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ, Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, quince de noviembre del año dos mil trece. REGISTRADOR. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, SAYONARA AYALA DE GUERRERO, REGISTRADORA. SECRETARIA. VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR, 3 v. alt. No. F025277-3 SECRETARIA. 3 v. alt. No. F025262-3 No. de Expediente: 2013131510 No. de Presentación: 20130192465 CLASE: 29. No. de Expediente: 2013131509 No. de Presentación: 20130192464 CLASE: 29. EL INFRASCRITO REGISTRADOR EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ DE MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO de COOPERATIVA DE PRODUCTORES DE LECHE DOS PINOS, HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ DE MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO R.L., de nacionalidad COSTARRICENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, de COOPERATIVA DE PRODUCTORES DE LECHE DOS PINOS, R.L., de nacionalidad COSTARRICENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, DOS PINOS EMMENTAL DOS PINOS QUESO PARMESANO Consistente en: las palabras DOS PINOS QUESO PARMESANO. Sobre las palabras "Queso parmesano" no se concede exclusividad, que Consistente en: las palabras DOS PINOS EMMENTAL. Sobre la palabra "Emmental" no se concede exclusividad, que servirá para: AMPARAR: QUESOS. Clase: 29. servirá para: AMPARAR: QUESOS. Clase: 29. La solicitud fue presentada el día trece de noviembre del año dos mil trece. DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 196 REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, dieciocho de noviembre del año dos mil trece. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, trece de noviembre del año dos mil trece. MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ, MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ, REGISTRADOR. REGISTRADOR. SAYONARA AYALA DE GUERRERO, SECRETARIA. SAYONARA AYALA DE GUERRERO, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F025284-3 3 v. alt. No. F025278-3 No. de Expediente: 2013131455 No. de Presentación: 20130192370 No. de Expediente: 2013131456 CLASE: 05. No. de Presentación: 20130192371 EL INFRASCRITO REGISTRADOR CLASE: 01. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ DE MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO de BASF SE, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ DE MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO MAGELLAN de BASF SE, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, MAGELLAN Consistente en: la palabra MAGELLAN, que servirá para: AMPA- Consistente en: la palabra MAGELLAN, que servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES PARA DESTRUIR Y COMBATIR ANIMALES DAÑINOS, INSECTICIDAS, FUNGICIDAS, HERBICIDAS, PESTICIDAS. Clase: 05. La solicitud fue presentada el día once de noviembre del año dos mil trece. RAR: PRODUCTOS QUÍMICOS UTILIZADOS EN AGRICULTURA, HORTICULTURA Y SILVICULTURA, ESPECIALMENTE PREPARACIONES PARA FORTIFICAR PLANTAS, PREPARACIONES QUÍMICAS Y/O BIOLÓGICAS PARA EL TRATAMIENTO DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, trece de noviembre del año dos mil trece. ESTRÉS EN PLANTAS, PREPARACIONES PARA REGULAR EL CRECIMIENTO DE LAS PLANTAS, PREPARACIONES QUÍMICAS MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ, PARA EL TRATAMIENTO DE SEMILLAS, SURFACTANTES, REGISTRADOR. PRODUCTOS QUÍMICOS NATURALES O ARTIFICIALES PARA USO COMO CEBOS SEXUALES O AGENTES PARA CONFUNDIR INSECTOS. Clase: 01. SAYONARA AYALA DE GUERRERO, SECRETARIA. La solicitud fue presentada el día once de noviembre del año dos mil trece. 3 v. alt. No. F025286-3 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. 197 de BASF SE, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, No. de Expediente: 2013131512 No. de Presentación: 20130192467 CLASE: 01. FACOLTI EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ DE MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO de BASF SE, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, FACOLTI Consistente en: la palabra FACOLTI, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS QUÍMICOS UTILIZADOS EN AGRICULTURA, HORTICULTURA Y SILVICULTURA, ESPECIALMENTE PREPARACIONES PARA FORTIFICAR PLANTAS, PREPARACIONES QUÍMICAS Y/O BIOLÓGICAS PARA EL TRATAMIENTO DEL ESTRÉS EN PLANTAS, PREPARACIONES PARA REGULAR EL CRECIMIENTO DE LAS PLANTAS, PREPARACIONES QUÍMICAS PARA EL TRATAMIENTO DE SEMILLAS, SURFACTANTES, PRODUCTOS QUÍMICOS NATURALES O ARTIFICIALES PARA USO COMO CEBOS SEXUALES O AGENTES PARA CONFUNDIR INSECTOS. Clase: 01. Consistente en: la palabra FACOLTI, que servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES PARA DESTRUIR Y COMBATIR ANIMALES DAÑINOS, INSECTICIDAS, FUNGICIDAS, HERBICIDAS, PESTICIDAS. Clase: 05. La solicitud fue presentada el día trece de noviembre del año dos mil trece. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, quince de noviembre del año dos mil trece. MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ, REGISTRADOR. SAYONARA AYALA DE GUERRERO, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F025291-3 La solicitud fue presentada el día trece de noviembre del año dos mil trece. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, quince de noviembre del año dos mil trece. No. de Expediente: 2013131555 No. de Presentación: 20130192593 CLASE: 01. MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ, EL INFRASCRITO REGISTRADOR REGISTRADOR. SAYONARA AYALA DE GUERRERO, SECRETARIA. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ DE MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO de BASF SE, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, 3 v. alt. No. F025289-3 SISTIVA No. de Expediente: 2013131511 No. de Presentación: 20130192466 CLASE: 05. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ DE MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO Consistente en: la palabra SISTIVA, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS QUÍMICOS UTILIZADOS EN AGRICULTURA, HORTICULTURA Y SILVICULTURA, ESPECIALMENTE PREPARACIONES PARA FORTIFICAR PLANTAS, PREPARACIONES QUÍMICAS Y/O BIOLÓGICAS PARA EL TRATAMIENTO DEL ESTRÉS EN PLANTAS, PREPARACIONES PARA REGULAR EL CRECIMIENTO DE LAS PLANTAS, PREPARACIONES QUÍMICAS PARA EL TRATAMIENTO DE SEMILLAS, SURFACTANTES, PRODUCTOS QUÍMICOS NATURALES O ARTIFICIALES PARA USO COMO CEBOS SEXUALES O AGENTES PARA CONFUNDIR INSECTOS. Clase: 01. DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 198 La solicitud fue presentada el día quince de noviembre del año dos mil trece. No. de Expediente: 2013131554 No. de Presentación: 20130192592 CLASE: 31. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veinte de noviembre del año dos mil trece. EL INFRASCRITO REGISTRADOR MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ, HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ DE REGISTRADOR. MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO de BASF SE, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la SAYONARA AYALA DE GUERRERO, MARCA DE PRODUCTO, SECRETARIA. SISTIVA 3 v. alt. No. F025293-3 Consistente en: la palabra SISTIVA, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS AGRÍCOLAS, HORTÍCOLAS Y FORESTALES, A No. de Expediente: 2013131553 SABER, SEMILLAS, GRANOS Y PARTES VEGETATIVAS DE No. de Presentación: 20130192591 PLANTAS TRATADOS CON PESTICIDAS Y/O PRODUCTOS CLASE: 05. QUÍMICOS/ BIOLÓGICOS, NO INCLUIDOS EN OTRAS CLASES. Clase: 31. La solicitud fue presentada el día quince de noviembre del año dos EL INFRASCRITO REGISTRADOR mil trece. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ DE MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO de BASF SE, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, SISTIVA REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veinte de noviembre del año dos mil trece. MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ, REGISTRADOR. Consistente en: la palabra SISTIVA, que servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES PARA DESTRUIR Y COMBATIR ANIMALES DAÑINOS, INSECTICIDAS, FUNGICIDAS, HERBICIDAS, PESTICIDAS. Clase: 05. SAYONARA AYALA DE GUERRERO, SECRETARIA. La solicitud fue presentada el día quince de noviembre del año dos mil trece. 3 v. alt. No. F025299-3 REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veinte de noviembre del año dos mil trece. No. de Expediente: 2013130490 MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ, REGISTRADOR. No. de Presentación: 20130190306 CLASE: 09. SAYONARA AYALA DE GUERRERO, EL INFRASCRITO REGISTRADOR SECRETARIA. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado MORENA 3 v. alt. No. F025295-3 GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. de CooperVision International Holding Company, LP, de nacionalidad BRITANICA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, 199 REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, nueve de noviembre del año dos mil trece. MYDAY LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, Consistente en: la palabra MYDAY, que servirá para: AMPARAR: LENTES DE CONTACTO; LENTES OCULARES; LENTES OFTALMOLÓGICOS; ANTEOJOS; MARCOS; LENTES Y LENTES EN BRUTO; CONTENEDORES Y ESTUCHES PARA PORTAR LENTES DE CONTACTO; PARTES Y ACCESORIOS PARA LOS PRODUCTOS ANTES MENCIONADOS. Clase: 09. REGISTRADORA. VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR, SECRETARIA. La solicitud fue presentada el día primero de octubre del año dos mil trece. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veinticuatro de octubre del año dos mil trece. 3 v. alt. No. F025305-3 No. de Expediente: 2013131234 No. de Presentación: 20130191908 CLASE: 01, 05. MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ, REGISTRADOR. LA INFRASCRITA REGISTRADORA SAYONARA AYALA DE GUERRERO, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F025304-3 HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ DE MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO de MARRONE BIO INNOVATIONS, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, REGALIA No. de Expediente: 2013130344 No. de Presentación: 20130190070 CLASE: 25. LA INFRASCRITA REGISTRADORA HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ DE MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO de Piege Co., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, Consistente en: la palabra REGALIA, que servirá para: AMPARAR: REGULADORES DE CRECIMIENTO PARA PLANTAS PARA USO EN AGRICULTURA; SUSTANCIAS PARA REGULAR EL CRECIMIENTO DE LAS PLANTAS. Clase: 01. Para: AMPARAR: BIOCIDAS, GERMICIDAS, BACTERICIDAS, FUNGICIDAS, PESTICIDAS. Clase: 05. La solicitud fue presentada el día primero de noviembre del año dos mil trece. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, once de noviembre del año dos mil trece. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. Consistente en: la frase JeZeBeL y diseño, que servirá para: AMPARAR: PRENDAS DE VESTIR, CALZADO, ARTICULOS DE SOMBRERERIA. Clase: 25. La solicitud fue presentada el día veinticuatro de septiembre del año dos mil trece. VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F025308-3 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 200 SECCION DOCUMENTOS OFICIALES MINISTERIO DE EDUCACIÓN RESOLUCION No. 2370/2013. Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los once días del mes de noviembre de dos mil trece. Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller General, obtenido en el COLEGIO SUPERIOR PROFESOR EDMUNDO ALIRIO VILLACORTA, Municipio de Quezaltepeque, Departamento de La Libertad, extendido con fecha 26 de noviembre de 2007 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el COLEGIO SUPERIOR PROFESOR EDMUNDO ALIRIO VILLACORTA, Municipio de Quezaltepeque, Departamento de La Libertad, a AMÉRICO BATRES ÁVALOS. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial. LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI, DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL. (Registro No. F013590) RESOLUCION No. 2371/2013 Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los once días del mes de noviembre de dos mil trece. Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller en Salud, obtenido en el COMPLEJO EDUCATIVO PROFESOR CARLOS LOBATO, Municipio de Zacatecoluca, Departamento de La Paz, extendido con fecha 22 de noviembre de 1996 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller en Salud, opción Enfermería, obtenido en el COMPLEJO EDUCATIVO PROFESOR CARLOS LOBATO, Municipio de Zacatecoluca, Departamento de La Paz, a ALBERTO JOSÉ ARÉVALO BATRES. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial. LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI, DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL. (Registro No. F013610) DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. 201 RESOLUCION No. 2374/2013 Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los once días del mes de noviembre de dos mil trece. Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller en Comercio y Administración, obtenido en el CENTRO HISPANOAMERICANO DE CULTURA, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 30 de junio de 1983 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller en Comercio y Administración, opción Secretariado, obtenido en el CENTRO HISPANOAMERICANO DE CULTURA, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a MARÍA JOSEFINA MEJÍA REALEGEÑO. Para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial. LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI, DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL. (Registro No. F013658) RESOLUCION No. 2375/2013 Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los once días del mes de noviembre de dos mil trece. Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial, obtenido en el INSTITUTO NACIONAL DE SAN LUIS LA HERRADURA, Municipio de San Luis La Herradura, Departamento de La Paz, extendido con fecha 20 de noviembre de 2002 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial, opción Contaduría, obtenido en el INSTITUTO NACIONAL DE SAN LUIS LA HERRADURA, Municipio de San Luis La Herradura, Departamento de La Paz, a SILVIA DIMARA ORELLANA ROMERO. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial. LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI, DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL. (Registro No. F013662) RESOLUCION No. 2377/2013 Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los trece días del mes de noviembre de dos mil trece. Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Académico, obtenido en el INSTITUTO NACIONAL GENERAL FRANCISCO MORAZÁN, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 30 de noviembre de 1987 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Académico, opción Matemática Física, obtenido en el INSTITUTO NACIONAL GENERAL FRANCISCO MORAZÁN, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a LIGIA CAROLINA VÁSQUEZ LABRADOR hoy LIGIA CAROLINA CONTRERAS LABRADOR. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial. LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI, DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL. (Registro No. F013677) 202 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 RESOLUCION No. 2379/2013 Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los trece días del mes de noviembre de dos mil trece. Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller General, obtenido en el COLEGIO BAUTISTA, Municipio de Santa Ana, Departamento de Santa Ana, extendido con fecha 30 de noviembre de 2006 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el COLEGIO BAUTISTA, Municipio de Santa Ana, Departamento de Santa Ana, a CANDY OLIVIA RODRÍGUEZ MORENO. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial. LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI, DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL. (Registro No. F013695) RESOLUCION No. 2380/2013 Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los trece días del mes de noviembre de dos mil trece. Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial, obtenido en el LICEO CRISTIANO REVERENDO JUAN BUENO CENTRAL, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 30 de noviembre de 2004 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial, opción Contaduría, obtenido en el LICEO CRISTIANO REVERENDO JUAN BUENO CENTRAL, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a RAÚL EDUARDO MEJÍA AYALA. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial. LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI, DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL. (Registro No. F013699) RESOLUCION No. 2381/2013 Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los once días del mes de noviembre de dos mil trece. Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Académico, obtenido en el INSTITUTO CATÓLICO SANTA SOFÍA, Municipio de San Miguel, Departamento de San Miguel, extendido con fecha 30 de noviembre de 1988 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Académico, opción Matemática Física, obtenido en el INSTITUTO CATÓLICO SANTA SOFÍA, Municipio de San Miguel, Departamento de San Miguel, a TERESA ABIGAIL PERDOMO RODRÍGUEZ. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial. LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI, DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL. (Registro No. F013712) DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014. 203 RESOLUCION No. 2382/2013 Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los trece días del mes de noviembre de dos mil trece. Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial, obtenido en el INSTITUTO NACIONAL DE ALEGRÍA, Municipio de Alegría, Departamento de Usulután, extendido con fecha 28 de noviembre de 2003 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial, opción Contaduría, obtenido en el INSTITUTO NACIONAL DE ALEGRÍA, Municipio de Alegría, Departamento de Usulután, a JOSÉ SERGIO DÍAZ GUERRERO. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial. LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI, DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL. (Registro No. F013717) RESOLUCION No. 2385/2013 Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los trece días del mes de noviembre de dos mil trece. Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller General, obtenido en el LICEO FRANCISCO GAVIDIA, Municipio de San Miguel, Departamento de San Miguel, extendido con fecha 20 de diciembre de 2010 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el LICEO FRANCISCO GAVIDIA Municipio de San Miguel, Departamento de San Miguel, a KARLA VERÓNICA CHÁVEZ GUZMÁN. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial. LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI, DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL. (Registro No. F013782) RESOLUCION No. 2388/2013 Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los trece días del mes de noviembre de dos mil trece. Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller General, obtenido en el QUEENS' SCHOOL OF BUSINESS, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 19 de enero de 1998 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el QUEENS' SCHOOL OF BUSINESS, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a ANA MERCEDES ALVARADO LEMUS. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial. LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI, DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL. (Registro No. F013902) 204 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402 RESOLUCION No. 2396/2013 Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los dieciocho días del mes de noviembre de dos mil trece. Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller General, obtenido en el INSTITUTO MIGUELEÑO DE COMERCIO, Municipio de San Miguel, Departamento de San Miguel, extendido con fecha 14 de diciembre de 2009 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el INSTITUTO MIGUELEÑO DE COMERCIO, Municipio de San Miguel, Departamento de San Miguel, a KARLA VERÓNICA COMAYAGUA VALLADARES. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial. LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI, DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL. (Registro No. F013957) RESOLUCION No. 2397/2013 Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los catorce días del mes de noviembre de dos mil trece. Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller en Comercio y Administración, obtenido en el INSTITUTO NACIONAL ANEXO AL BATALLÓN ATLACATL, SOLDADO OSCAR ANTONIO ORTIZ REYES, Municipio de San Juan Opico, Departamento de La Libertad, extendido con fecha 15 de diciembre de 1992 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller en Comercio y Administración, opción Secretariado, obtenido en el INSTITUTO NACIONAL ANEXO AL BATALLÓN ATLACATL, SOLDADO OSCAR ANTONIO ORTIZ REYES, Municipio de San Juan Opico, Departamento de La Libertad, a NOHEMY FRANCO ABREGO. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial. LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI, DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL. (Registro No. F013967) Imprenta Nacional - Tiraje 400 Ejemplares.
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