Diario Oficial-05-Marzo-2014

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Diario Oficial-05-Marzo-2014
REPUBLICA
DE EL
SALVADOR
EN LA
AMERICA
CENTRAL
DIARIO
OFICIAL.San
Salvador,
5 de
Marzo de
2014.
11
DIARIO OFICIAL
DIRECTOR: Edgard Antonio Mendoza Castro
TOMO Nº 402
SAN SALVADOR, MIERCOLES 5 DE MARZO DE 2014
NUMERO 43
-
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institución que los presentó. (Arts. 21, 22 y 23 Reglamento de la Imprenta Nacional).
SUMARIO
Pág.
Pág.
Acuerdo No. 188.- Se concede el goce de las exenciones
del pago de impuestos sobre la renta y municipales, a la sociedad
HB Manufacturing, S.A. de C.V. ...............................................
ORGANO LEGISLATIVO
Acuerdos Nos. 1225, 1271, 1272, 1275 bis, 1282, 1283,
1294, 1295, 1296, 1297, 1298 y 1299.- Se llama a Diputados
Suplentes para que concurran a formar asamblea. .....................
Acuerdo No. 1284.- Se deja sin efecto el Acuerdo Legislativo
No. 1272, de fecha 17 de octubre de 2013, por medio del cual se
hizo llamamiento a conformar asamblea. ..................................
33-52
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
4-11
RAMO DE EDUCACIÓN
12
Acuerdos Nos. 1287, 1288, 1289 y 1290.- Se aceptan
renuncias de diferentes cargos de la Junta Directiva de la Asamblea
Legislativa. ................................................................................. 12-15
Acuerdos Nos. 15-2181 y 15-0070.- Reconocimiento de
estudios académicos. ..................................................................
53
MINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONAL
RAMO DE LA DEFENSA NACIONAL
Acuerdo No. 1291.- Se integra a Diputados a la Junta
Directiva de la Asamblea Legislativa. .......................................
15
Acuerdos Nos. 27, 28, 29, 30, 31 y 32.- Se asignan montepíos
militares......................................................................................
54-58
ORGANO EJECUTIVO
MINISTERIO DE GOBERNACIÓN
ORGANO JUDICIAL
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
RAMO DE GOBERNACIÓN
Estatutos de la Asociación Salvadoreña de
Otorrinolaringología y Cirugía de Cabeza y Cuello y Acuerdo
Ejecutivo No. 25, aprobándolos y confiriéndole el carácter de
persona jurídica. ......................................................................... 16-30
Acuerdo No. 1556-D.- Se autoriza a la Licenciada Isis Beatriz
Salamanca Turcios, para que ejerza la profesión de abogado en
todas sus ramas. .........................................................................
MINISTERIO DE ECONOMÍA
INSTITUCIONES AUTÓNOMAS
RAMO DE ECONOMÍA
ALCALDÍAS MUNICIPALES
Acuerdo No. 57.- Se otorga concesión al señor Régulo
Erazo Rivas, para la explotación de la cantera de material pétreo
denominada “San Diego II”. ...................................................... 31-32
Decreto No. 1.- Se prorroga vigencia de la Ordenanza
Transitoria de Exención de Intereses y Multas Provenientes
de Deudas por Tasas e Impuestos Municipales, a favor de la
municipalidad de Puerto El Triunfo. ..........................................
58
59-60
Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 2527-7800 • Página Web: www.imprentanacional.gob.sv • Correo: diariooficial@imprentanacional.gob.sv
2
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
Pág.
Pág.
Decreto No. 3.- Ordenanza Transitoria de Estímulo para el
Herencia Yacente ............................................................
88-89
Título de Propiedad ........................................................
89
Título Supletorio .............................................................
90-95
Título de Dominio............................................................
95-97
Sentencia de Nacionalidad..............................................
97-99
Juicio de Ausencia ...........................................................
100
Cambio de Nombre .........................................................
100
Renovación de Marcas ....................................................
100
Pago con Exención de Intereses y Multas Provenientes de Deudas
por Impuestos y Tasas por Servicios Municipales, del municipio
de Apopa. ...................................................................................
60-62
Estatutos de la Asociación de Desarrollo Comunal
“Residencial Alejandría” y Acuerdo No. VIII, emitido por la
Alcaldía Municipal de Usulután, aprobándolos y confiriéndole
el carácter de persona jurídica....................................................
63-70
SECCION CARTELES OFICIALES
DE PRIMERA PUBLICACION
Aviso de Inscripción ........................................................
71
DE SEGUNDA PUBLICACION
Convocatorias .................................................................. 101-103
Aceptación de Herencia ..................................................
71-72
Subasta Pública ............................................................... 103-104
Subasta Pública ...............................................................
72
SECCION CARTELES PAGADOS
DE PRIMERA PUBLICACION
Disolución y Liquidación de Sociedades .......................
104
Patente de Invención .......................................................
104
Edicto de Emplazamiento............................................... 105-106
Declaratoria de Herencia................................................
73-79
Marca de Servicios .......................................................... 106-108
Aceptación de Herencia ..................................................
80-88
Marca de Producto.......................................................... 109-117
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014.
Pág.
Pág.
DE SEGUNDA PUBLICACION
3
DE TERCERA PUBLICACION
Aceptación de Herencia .................................................. 118-119
Aceptación de Herencia .................................................. 168-171
Título de Propiedad ........................................................ 171-172
Título de Propiedad ........................................................
Título Supletorio .............................................................
120
Renovación de Marcas ....................................................
173
Nombre Comercial ..........................................................
174
120
Renovación de Marcas .................................................... 121-143
Convocatorias .................................................................. 174-175
Marca de Fábrica ............................................................ 143-148
Reposición de Certificados ............................................. 176-178
Nombre Comercial ..........................................................
149
Disminución de Capital ..................................................
179
Solicitud de Nacionalidad ...............................................
179
Subasta Pública ............................................................... 152-153
Emblemas.........................................................................
180
Reposición de Certificados .............................................
153
Marca de Servicios ..........................................................
181
Título Municipal..............................................................
154
Convocatorias .................................................................. 150-152
Marca de Producto.......................................................... 181-199
Marca de Servicios .......................................................... 154-158
SECCION DOCUMENTOS OFICIALES
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Reposición de Póliza de Seguro......................................
159
Resoluciones Nos. 2370, 2371, 2374, 2375, 2377, 2379,
Marca de Producto.......................................................... 159-167
2380, 2381, 2382, 2385, 2388, 2396 y 2397.- Reposiciones de
títulos.......................................................................................... 200-204
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
4
ORGANO LEGISLATIVO
ACUERDO LEGISLATIVO No. 1225.
La Asamblea Legislativa de la República de El Salvador, en atención a que a la Diputada EMMA JULIA FABIÁN HERNÁNDEZ, se le ha
designado en Misión Oficial, en el período comprendido del 8 al 12 de octubre de 2013; según Acuerdo de Junta Directiva No. 2473, de fecha 25 de
septiembre de 2013; y de conformidad con el Art. 131, ordinal 4o. de la Constitución y Art. 21 del Reglamento Interior de esta Asamblea, ACUERDA: Llamar a la Diputada Suplente NORMA CRISTINA CORNEJO AMAYA, para que concurra a formar Asamblea en sustitución de la Diputada
arriba mencionada, debiendo pagársele en el referido período el sueldo que señala la partida respectiva de la Ley de Salarios vigente, por medio de la
Tesorería Institucional de esta Asamblea; incorporándose a las comisiones a que pertenece la Diputada Propietaria a quien sustituye, salvo el caso a
que se refiere el Acuerdo de Junta Directiva No. 3765, de fecha 15 de octubre del 2008.- COMUNÍQUESE.
ASAMBLEA LEGISLATIVA; PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los tres días del mes de octubre del año dos mil trece.
OTHON SIGFRIDO REYES MORALES
PRESIDENTE
ALBERTO ARMANDO ROMERO RODRÍGUEZ
PRIMER VICEPRESIDENTE
GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE
SEGUNDO VICEPRESIDENTE
JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ
TERCER VICEPRESIDENTE
FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURÁN
CUARTO VICEPRESIDENTE
ROBERTO JOSÉ d´AUBUISSON MUNGUIA
QUINTO VICEPRESIDENTE
LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA
PRIMERA SECRETARIA
CARMEN ELENA CALDERÓN SOL DE ESCALÓN
SEGUNDA SECRETARIA
SANDRA MARLENE SALGADO GARCÍA
TERCERA SECRETARIA
JOSÉ RAFAEL MACHUCA ZELAYA
CUARTO SECRETARIO
IRMA LOURDES PALACIOS VÁSQUEZ
QUINTA SECRETARIA
MARGARITA ESCOBAR
SEXTA SECRETARIA
FRANCISCO JOSÉ ZABLAH SAFIE
SÉPTIMO SECRETARIO
REYNALDO ANTONIO LÓPEZ CARDOZA
OCTAVO SECRETARIO
ACUERDO LEGISLATIVO No. 1271.
La Asamblea Legislativa de la República de El Salvador, en atención a que a la Diputada ROSA ALMA CRUZ MARINERO, se le ha designado
en Misión Oficial, en el período comprendido del 22 al 26 de octubre de 2013; según Acuerdo de Junta Directiva No. 2573, de fecha 16 de octubre
de 2013; y de conformidad con el Art. 131, ordinal 4o. de la Constitución y Art. 21 del Reglamento Interior de esta Asamblea, ACUERDA: Llamar
a la Diputada Suplente BLANCA ESTELA BARAHONA DE REYES, para que concurra a formar Asamblea en sustitución de la Diputada arriba
mencionada, debiendo pagársele en el referido período el sueldo que señala la partida respectiva de la Ley de Salarios vigente, por medio de la Tesorería Institucional de esta Asamblea; incorporándose a las comisiones a que pertenece la Diputada Propietaria a quien sustituye, salvo el caso a que se
refiere el Acuerdo de Junta Directiva No. 3765, de fecha 15 de octubre del 2008.- COMUNÍQUESE.
ASAMBLEA LEGISLATIVA; PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los veinticuatro días del mes de octubre del año dos mil trece.
OTHON SIGFRIDO REYES MORALES
PRESIDENTE
ALBERTO ARMANDO ROMERO RODRÍGUEZ
PRIMER VICEPRESIDENTE
GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE
SEGUNDO VICEPRESIDENTE
JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ
TERCER VICEPRESIDENTE
FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURÁN
CUARTO VICEPRESIDENTE
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014.
5
ROBERTO JOSÉ d´AUBUISSON MUNGUIA
QUINTO VICEPRESIDENTE
LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA
CARMEN ELENA CALDERÓN SOL DE ESCALÓN
PRIMERA SECRETARIA
SEGUNDA SECRETARIA
SANDRA MARLENE SALGADO GARCÍA
JOSÉ RAFAEL MACHUCA ZELAYA
TERCERA SECRETARIA
CUARTO SECRETARIO
IRMA LOURDES PALACIOS VÁSQUEZ
MARGARITA ESCOBAR
QUINTA SECRETARIA
SEXTA SECRETARIA
FRANCISCO JOSÉ ZABLAH SAFIE
REYNALDO ANTONIO LÓPEZ CARDOZA
SÉPTIMO SECRETARIO
OCTAVO SECRETARIO
ACUERDO LEGISLATIVO No. 1272.
La Asamblea Legislativa de la República de El Salvador, en atención a que al Diputado REYNALDO ANTONIO LÓPEZ CARDOZA, se le ha
designado en Misión Oficial, en el período comprendido del 24 a1 28 de octubre de 2013; según Acuerdo de Junta Directiva No. 2506, de fecha 3 de
octubre de 2013; y de conformidad con el Art. 131, ordinal 4o. de la Constitución y Art. 21 del Reglamento Interior de esta Asamblea, ACUERDA:
Llamar al Diputado Suplente JOSÉ VIDAL CARRILLO, para que concurra a formar Asamblea en sustitución del Diputado arriba mencionado, debiendo pagársele en el referido período el sueldo que señala la partida respectiva de la Ley de Salarios vigente, por medio de la Tesorería Institucional
de esta Asamblea; incorporándose a las comisiones a que pertenece el Diputado Propietario a quien sustituye, salvo el caso a que se refiere el Acuerdo
de Junta Directiva No. 3765, de fecha 15 de octubre del 2008.- COMUNÍQUESE.
ASAMBLEA LEGISLATIVA; PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los veinticuatro días del mes de octubre del año dos mil trece.
OTHON SIGFRIDO REYES MORALES
PRESIDENTE
ALBERTO ARMANDO ROMERO RODRÍGUEZ
GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE
PRIMER VICEPRESIDENTE
SEGUNDO VICEPRESIDENTE
JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ
FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURÁN
TERCER VICEPRESIDENTE
CUARTO VICEPRESIDENTE
ROBERTO JOSÉ d´AUBUISSON MUNGUIA
QUINTO VICEPRESIDENTE
LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA
CARMEN ELENA CALDERÓN SOL DE ESCALÓN
PRIMERA SECRETARIA
SEGUNDA SECRETARIA
SANDRA MARLENE SALGADO GARCÍA
JOSÉ RAFAEL MACHUCA ZELAYA
TERCERA SECRETARIA
CUARTO SECRETARIO
IRMA LOURDES PALACIOS VÁSQUEZ
MARGARITA ESCOBAR
QUINTA SECRETARIA
SEXTA SECRETARIA
FRANCISCO JOSÉ ZABLAH SAFIE
REYNALDO ANTONIO LÓPEZ CARDOZA
SÉPTIMO SECRETARIO
OCTAVO SECRETARIO
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
6
ACUERDO LEGISLATIVO No. 1275 Bis.
La Asamblea Legislativa de la República de El Salvador, en atención a que al Diputado ALBERTO ARMANDO ROMERO RODRÍGUEZ,
se le ha designado en Misión Oficial, en el período comprendido del 24 al 28 de octubre de 2013; según Acuerdo de Junta Directiva No. 2471, de
fecha 25 de octubre de 2013; y de conformidad con el Art. 131, ordinal 4o. de la Constitución y Art. 21 del Reglamento Interior de esta Asamblea,
ACUERDA: Llamar al Diputado Suplente EDILBERTO HERNÁNDEZ CASTILLO, para que concurra a formar Asamblea en sustitución del Diputado
arriba mencionado, debiendo pagársele en el referido período el sueldo que señala la partida respectiva de la Ley de Salarios vigente, por medio de la
Tesorería Institucional de esta Asamblea; incorporándose a las comisiones a que pertenece el Diputado Propietario a quien sustituye, salvo el caso a
que se refiere el Acuerdo de Junta Directiva No. 3765, de fecha 15 de octubre del 2008.- COMUNÍQUESE.
ASAMBLEA LEGISLATIVA; PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los veinticuatro días del mes de octubre del año dos mil trece.
OTHON SIGFRIDO REYES MORALES
PRESIDENTE
ALBERTO ARMANDO ROMERO RODRÍGUEZ
PRIMER VICEPRESIDENTE
GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE
SEGUNDO VICEPRESIDENTE
JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ
TERCER VICEPRESIDENTE
FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURÁN
CUARTO VICEPRESIDENTE
ROBERTO JOSÉ d´AUBUISSON MUNGUIA
QUINTO VICEPRESIDENTE
LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA
PRIMERA SECRETARIA
CARMEN ELENA CALDERÓN SOL DE ESCALÓN
SEGUNDA SECRETARIA
SANDRA MARLENE SALGADO GARCÍA
TERCERA SECRETARIA
JOSÉ RAFAEL MACHUCA ZELAYA
CUARTO SECRETARIO
IRMA LOURDES PALACIOS VÁSQUEZ
QUINTA SECRETARIA
MARGARITA ESCOBAR
SEXTA SECRETARIA
FRANCISCO JOSÉ ZABLAH SAFIE
SÉPTIMO SECRETARIO
JOSÉ SERAFÍN ORANTES RODRÍGUEZ
OCTAVO SECRETARIO
ACUERDO LEGISLATIVO No. 1282.
La Asamblea Legislativa de la República de El Salvador, en atención a que a la Diputada LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA, se le ha
designado en Misión Oficial, en el período comprendido del 4 al 13 de noviembre de 2013; según Acuerdo de Junta Directiva No. 2590, de fecha 23
de octubre de 2013; y de conformidad con el Art. 131, ordinal 4o. de la Constitución y Art. 21 del Reglamento Interior de esta Asamblea, ACUERDA: Llamar a la Diputada Suplente BLANCA ESTELA BARAHONA REYES, para que concurra a formar Asamblea en sustitución de la Diputada
arriba mencionada, debiendo pagársele en el referido período el sueldo que señala la partida respectiva de la Ley de Salarios vigente, por medio de la
Tesorería Institucional de esta Asamblea; incorporándose a las comisiones a que pertenece la Diputada Propietaria a quien sustituye, salvo el caso a
que se refiere el Acuerdo de Junta Directiva No. 3765, de fecha 15 de octubre del 2008.- COMUNÍQUESE.
ASAMBLEA LEGISLATIVA; PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los treinta y un días del mes de octubre del año dos mil trece.
OTHON SIGFRIDO REYES MORALES
PRESIDENTE
ALBERTO ARMANDO ROMERO RODRÍGUEZ
PRIMER VICEPRESIDENTE
GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE
SEGUNDO VICEPRESIDENTE
JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ
TERCER VICEPRESIDENTE
FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURÁN
CUARTO VICEPRESIDENTE
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014.
7
ROBERTO JOSÉ d´AUBUISSON MUNGUIA
QUINTO VICEPRESIDENTE
LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA
PRIMERA SECRETARIA
CARMEN ELENA CALDERÓN SOL DE ESCALÓN
SEGUNDA SECRETARIA
SANDRA MARLENE SALGADO GARCÍA
TERCERA SECRETARIA
JOSÉ RAFAEL MACHUCA ZELAYA
CUARTO SECRETARIO
IRMA LOURDES PALACIOS VÁSQUEZ
QUINTA SECRETARIA
MARGARITA ESCOBAR
SEXTA SECRETARIA
FRANCISCO JOSÉ ZABLAH SAFIE
SÉPTIMO SECRETARIO
REYNALDO ANTONIO LÓPEZ CARDOZA
OCTAVO SECRETARIO
ACUERDO LEGISLATIVO No. 1283.
La Asamblea Legislativa de la República de El Salvador, en atención a que al Diputado RODRIGO SAMAYOA RIVAS, en la Sesión Plenaria
Extraordinaria No. 2, de fecha 11 de septiembre de 2012, se le suspendió en el ejercicio de sus funciones, de conformidad al Dictamen Único, emitido
por la Comisión de Antejuicio y aprobado por el Pleno Legislativo, en esa fecha; y de conformidad con el Art. 131, ordinal 4o. de la Constitución y
Art. 21 del Reglamento Interior de esta Asamblea, ACUERDA: Llamar al Diputado Suplente MELVIN DAVID GONZÁLEZ BONILLA, del 1 al 30
de noviembre de 2013, para que concurra a formar Asamblea en sustitución del Diputado arriba mencionado, debiendo pagárseles en los referidos
períodos el sueldo que señala la partida respectiva de la Ley de Salarios vigente, por medio de la Tesorería Institucional de esta Asamblea.COMUNÍQUESE.
ASAMBLEA LEGISLATIVA; PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los treinta y un días del mes de octubre del año dos mil trece.
OTHON SIGFRIDO REYES MORALES
PRESIDENTE
ALBERTO ARMANDO ROMERO RODRÍGUEZ
PRIMER VICEPRESIDENTE
GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE
SEGUNDO VICEPRESIDENTE
JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ
TERCER VICEPRESIDENTE
FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURÁN
CUARTO VICEPRESIDENTE
ROBERTO JOSÉ d´AUBUISSON MUNGUIA
QUINTO VICEPRESIDENTE
LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA
PRIMERA SECRETARIA
CARMEN ELENA CALDERÓN SOL DE ESCALÓN
SEGUNDA SECRETARIA
SANDRA MARLENE SALGADO GARCÍA
TERCERA SECRETARIA
JOSÉ RAFAEL MACHUCA ZELAYA
CUARTO SECRETARIO
IRMA LOURDES PALACIOS VÁSQUEZ
QUINTA SECRETARIA
MARGARITA ESCOBAR
SEXTA SECRETARIA
FRANCISCO JOSÉ ZABLAH SAFIE
REYNALDO ANTONIO LÓPEZ CARDOZA
SÉPTIMO SECRETARIO
OCTAVO SECRETARIO
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
8
ACUERDO LEGISLATIVO No. 1294.
La Asamblea Legislativa de la República de El Salvador, en atención a que al Diputado BENITO ANTONIO LARA, se le ha designado en Misión Oficial, en el período comprendido del 18 al 21 de noviembre de 2013; según Acuerdo de Junta Directiva No. 2663, de fecha 6 de noviembre de
2013; y de conformidad con el Art. 131, ordinal 4o. de la Constitución y Art. 21 del Reglamento Interior de esta Asamblea, ACUERDA: Llamar a la
Diputada Suplente BLANCA ESTELA BARAHONA, para que concurra a formar Asamblea en sustitución del Diputado arriba mencionado, debiendo
pagársele en el referido período el sueldo que señala la partida respectiva de la Ley de Salarios vigente, por medio de la Tesorería Institucional de
esta Asamblea; incorporándose a las comisiones a que pertenece el Diputado Propietario a quien sustituye, salvo el caso a que se refiere el Acuerdo
de Junta Directiva No. 3765, de fecha 15 de octubre del 2008.- COMUNÍQUESE.
ASAMBLEA LEGISLATIVA; PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los siete días del mes de noviembre del año dos mil trece.
OTHON SIGFRIDO REYES MORALES
PRESIDENTE
ENRIQUE ALBERTO LUIS VALDÉS SOTO
PRIMER VICEPRESIDENTE
GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE
SEGUNDO VICEPRESIDENTE
JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ
TERCER VICEPRESIDENTE
FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURÁN
CUARTO VICEPRESIDENTE
CARLOS ARMANDO REYES RAMOS
QUINTO VICEPRESIDENTE
LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA
PRIMERA SECRETARIA
MANUEL VICENTE MENJÍVAR ESQUIVEL
SEGUNDO SECRETARIO
SANDRA MARLENE SALGADO GARCÍA
TERCERA SECRETARIA
JOSÉ RAFAEL MACHUCA ZELAYA
CUARTO SECRETARIO
IRMA LOURDES PALACIOS VÁSQUEZ
QUINTA SECRETARIA
ERNESTO ANTONIO ANGULO MILLA
SEXTO SECRETARIO
FRANCISCO JOSÉ ZABLAH SAFIE
SÉPTIMO SECRETARIO
JOSÉ SERAFÍN ORANTES RODRÍGUEZ
OCTAVO SECRETARIO
ACUERDO LEGISLATIVO No. 1295.
La Asamblea Legislativa de la República de El Salvador, en atención a que al Diputado FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURAN, se le
ha designado en Misión Oficial, en el período comprendido del 22 al 25 de noviembre de 2013; según Acuerdos de Junta Directiva No. 2619 y 2683,
de fecha 30 de octubre y 6 de noviembre de 2013; y de conformidad con el Art. 131, ordinal 4o. de la Constitución y Art. 21 del Reglamento Interior
de esta Asamblea, ACUERDA: Llamar al Diputado Suplente MISAEL MEJÍA, para que concurra a formar Asamblea en sustitución del Diputado
arriba mencionado, debiendo pagársele en el referido período el sueldo que señala la partida respectiva de la Ley de Salarios vigente, por medio de la
Tesorería Institucional de esta Asamblea; incorporándose a las comisiones a que pertenece el Diputado Propietario a quien sustituye, salvo el caso a
que se refiere el Acuerdo de Junta Directiva No. 3765, de fecha 15 de octubre del 2008.- COMUNÍQUESE.
ASAMBLEA LEGISLATIVA; PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los siete días del mes de noviembre del año dos mil trece.
OTHON SIGFRIDO REYES MORALES
PRESIDENTE
ENRIQUE ALBERTO LUIS VALDÉS SOTO
PRIMER VICEPRESIDENTE
GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE
SEGUNDO VICEPRESIDENTE
JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ
TERCER VICEPRESIDENTE
FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURÁN
CUARTO VICEPRESIDENTE
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014.
9
CARLOS ARMANDO REYES RAMOS
QUINTO VICEPRESIDENTE
LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA
PRIMERA SECRETARIA
MANUEL VICENTE MENJÍVAR ESQUIVEL
SEGUNDO SECRETARIO
SANDRA MARLENE SALGADO GARCÍA
TERCERA SECRETARIA
JOSÉ RAFAEL MACHUCA ZELAYA
CUARTO SECRETARIO
IRMA LOURDES PALACIOS VÁSQUEZ
QUINTA SECRETARIA
ERNESTO ANTONIO ANGULO MILLA
SEXTO SECRETARIO
FRANCISCO JOSÉ ZABLAH SAFIE
JOSÉ SERAFÍN ORANTES RODRÍGUEZ
SÉPTIMO SECRETARIO
OCTAVO SECRETARIO
ACUERDO LEGISLATIVO No. 1296.
La Asamblea Legislativa de la República de El Salvador, en atención a que a la Diputada NORMA FIDELIA GUEVARA DE RAMIRIOS, se le
ha designado en Misión Oficial, en el período comprendido del 22 al 25 de noviembre de 2013; según Acuerdos de Junta Directiva No. 2619 y 2683,
de fecha 30 de octubre y 6 de noviembre de 2013; y de conformidad con el Art. 131, ordinal 4o. de la Constitución y Art. 21 del Reglamento Interior
de esta Asamblea, ACUERDA: Llamar al Diputado Suplente JOSÉ DENNIS CORDOVA ELIZONDO, para que concurra a formar Asamblea en
sustitución de la Diputada arriba mencionada, debiendo pagársele en el referido período el sueldo que señala la partida respectiva de la Ley de Salarios
vigente, por medio de la Tesorería Institucional de esta Asamblea; incorporándose a las comisiones a que pertenece la Diputada Propietaria a quien
sustituye, salvo el caso a que se refiere el Acuerdo de Junta Directiva No. 3765, de fecha 15 de octubre del 2008.- COMUNÍQUESE.
ASAMBLEA LEGISLATIVA; PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los siete días del mes de noviembre del año dos mil trece.
OTHON SIGFRIDO REYES MORALES
PRESIDENTE
ENRIQUE ALBERTO LUIS VALDÉS SOTO
PRIMER VICEPRESIDENTE
GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE
SEGUNDO VICEPRESIDENTE
JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ
TERCER VICEPRESIDENTE
FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURÁN
CUARTO VICEPRESIDENTE
CARLOS ARMANDO REYES RAMOS
QUINTO VICEPRESIDENTE
LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA
PRIMERA SECRETARIA
MANUEL VICENTE MENJÍVAR ESQUIVEL
SEGUNDO SECRETARIO
SANDRA MARLENE SALGADO GARCÍA
TERCERA SECRETARIA
JOSÉ RAFAEL MACHUCA ZELAYA
CUARTO SECRETARIO
IRMA LOURDES PALACIOS VÁSQUEZ
QUINTA SECRETARIA
ERNESTO ANTONIO ANGULO MILLA
SEXTO SECRETARIO
FRANCISCO JOSÉ ZABLAH SAFIE
JOSÉ SERAFÍN ORANTES RODRÍGUEZ
SÉPTIMO SECRETARIO
OCTAVO SECRETARIO
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
10
ACUERDO LEGISLATIVO No. 1297.
La Asamblea Legislativa de la República de El Salvador, en atención a que al Diputado NELSON DE JESÚS QUINTANILLA GÓMEZ, se le
ha designado en Misión Oficial, en el período comprendido del 22 al 25 de noviembre de 2013; según Acuerdos de Junta Directiva No. 2619 y 2683,
de fecha 30 de octubre y 6 de noviembre de 2013; y de conformidad con el Art. 131, ordinal 4o. de la Constitución y Art. 21 del Reglamento Interior
de esta Asamblea, ACUERDA: Llamar al Diputado Suplente CARLOS MARIO ZAMBRANO, para que concurra a formar Asamblea en sustitución
del Diputado arriba mencionado, debiendo pagársele en el referido período el sueldo que señala la partida respectiva de la Ley de Salarios vigente,
por medio de la Tesorería Institucional de esta Asamblea; incorporándose a las comisiones a que pertenece el Diputado Propietario a quien sustituye,
salvo el caso a que se refiere el Acuerdo de Junta Directiva No. 3765, de fecha 15 de octubre del 2008.- COMUNÍQUESE.
ASAMBLEA LEGISLATIVA; PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los siete días del mes de noviembre del año dos mil trece.
OTHON SIGFRIDO REYES MORALES
PRESIDENTE
ENRIQUE ALBERTO LUIS VALDÉS SOTO
PRIMER VICEPRESIDENTE
GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE
SEGUNDO VICEPRESIDENTE
JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ
TERCER VICEPRESIDENTE
FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURÁN
CUARTO VICEPRESIDENTE
CARLOS ARMANDO REYES RAMOS
QUINTO VICEPRESIDENTE
LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA
PRIMERA SECRETARIA
MANUEL VICENTE MENJÍVAR ESQUIVEL
SEGUNDO SECRETARIO
SANDRA MARLENE SALGADO GARCÍA
TERCERA SECRETARIA
JOSÉ RAFAEL MACHUCA ZELAYA
CUARTO SECRETARIO
IRMA LOURDES PALACIOS VÁSQUEZ
QUINTA SECRETARIA
ERNESTO ANTONIO ANGULO MILLA
SEXTO SECRETARIO
FRANCISCO JOSÉ ZABLAH SAFIE
SÉPTIMO SECRETARIO
JOSÉ SERAFÍN ORANTES RODRÍGUEZ
OCTAVO SECRETARIO
ACUERDO LEGISLATIVO No. 1298.
La Asamblea Legislativa de la República de El Salvador, en atención a que a la Diputada BLANCA NOEMÍ COTO ESTRADA, se le ha designado
en Misión Oficial, en el período comprendido del 14 al 16 de noviembre de 2013; según Acuerdo de Junta Directiva No. 2667, de fecha 6 de noviembre
de 2013; y de conformidad con el Art. 131, ordinal 4o. de la Constitución y Art. 21 del Reglamento Interior de esta Asamblea, ACUERDA: Llamar a la
Diputada Suplente DINA YAMILETH ARGUETA, para que concurra a formar Asamblea en sustitución de la Diputada arriba mencionada, debiendo
pagársele en el referido período el sueldo que señala la partida respectiva de la Ley de Salarios vigente, por medio de la Tesorería Institucional de
esta Asamblea; incorporándose a las comisiones a que pertenece la Diputada Propietaria a quien sustituye, salvo el caso a que se refiere el Acuerdo
de Junta Directiva No. 3765, de fecha 15 de octubre del 2008.- COMUNÍQUESE.
ASAMBLEA LEGISLATIVA; PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los siete días del mes de noviembre del año dos mil trece.
OTHON SIGFRIDO REYES MORALES
PRESIDENTE
ENRIQUE ALBERTO LUIS VALDÉS SOTO
PRIMER VICEPRESIDENTE
GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE
SEGUNDO VICEPRESIDENTE
JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ
TERCER VICEPRESIDENTE
FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURÁN
CUARTO VICEPRESIDENTE
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014.
11
CARLOS ARMANDO REYES RAMOS
QUINTO VICEPRESIDENTE
LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA
MANUEL VICENTE MENJÍVAR ESQUIVEL
PRIMERA SECRETARIA
SEGUNDO SECRETARIO
SANDRA MARLENE SALGADO GARCÍA
JOSÉ RAFAEL MACHUCA ZELAYA
TERCERA SECRETARIA
CUARTO SECRETARIO
IRMA LOURDES PALACIOS VÁSQUEZ
ERNESTO ANTONIO ANGULO MILLA
QUINTA SECRETARIA
SEXTO SECRETARIO
FRANCISCO JOSÉ ZABLAH SAFIE
JOSÉ SERAFÍN ORANTES RODRÍGUEZ
SÉPTIMO SECRETARIO
OCTAVO SECRETARIO
ACUERDO LEGISLATIVO No. 1299.
La Asamblea Legislativa de la República de El Salvador, en atención a que al Diputado GUADALUPE ANTONIO VÁSQUEZ MARTÍNEZ,
se le ha concedido licencia con goce de sueldo, por motivos de salud, en el período comprendido del 1 al 14 de noviembre de 2013; según Acuerdo
de Junta Directiva No. 2554, de fecha 6 de noviembre de 2013; y de conformidad con el Art. 131, ordinal 4o. de la Constitución y Art. 21 del Reglamento Interior de esta Asamblea, ACUERDA: Llamar al Diputado Suplente JOSÉ GABRIEL MURILLO, para que concurra a formar Asamblea en
sustitución del Diputado arriba mencionado, debiendo pagársele en el referido período el sueldo que señala la partida respectiva de la Ley de Salarios
vigente, por medio de la Tesorería Institucional de esta Asamblea; incorporándose a las comisiones a que pertenece el Diputado Propietario a quien
sustituye, salvo el caso a que se refiere el Acuerdo de Junta Directiva No. 3765, de fecha 15 de octubre del 2008.- COMUNÍQUESE.
ASAMBLEA LEGISLATIVA; PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los siete días del mes de noviembre del año dos mil trece.
OTHON SIGFRIDO REYES MORALES
PRESIDENTE
ENRIQUE ALBERTO LUIS VALDÉS SOTO
GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE
PRIMER VICEPRESIDENTE
SEGUNDO VICEPRESIDENTE
JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ
FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURÁN
TERCER VICEPRESIDENTE
CUARTO VICEPRESIDENTE
CARLOS ARMANDO REYES RAMOS
QUINTO VICEPRESIDENTE
LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA
MANUEL VICENTE MENJÍVAR ESQUIVEL
PRIMERA SECRETARIA
SEGUNDO SECRETARIO
SANDRA MARLENE SALGADO GARCÍA
JOSÉ RAFAEL MACHUCA ZELAYA
TERCERA SECRETARIA
CUARTO SECRETARIO
IRMA LOURDES PALACIOS VÁSQUEZ
ERNESTO ANTONIO ANGULO MILLA
QUINTA SECRETARIA
SEXTO SECRETARIO
FRANCISCO JOSÉ ZABLAH SAFIE
JOSÉ SERAFÍN ORANTES RODRÍGUEZ
SÉPTIMO SECRETARIO
OCTAVO SECRETARIO
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
12
ACUERDO LEGISLATIVO No. 1284.
La Asamblea Legislativa de la República de El Salvador, ACUERDA: Dejar sin efecto el Acuerdo Legislativo No. 1272, de fecha 17 de octubre
de 2013, por medio del cual se llamó a conformar Asamblea al Diputado Suplente JOSÉ VIDAL CARRILLO, del 24 a1 28 de octubre de 2013, para
sustituir al Diputado Propietario REYNALDO ANTONIO LÓPEZ CARDOZA.- COMUNÍQUESE.
ASAMBLEA LEGISLATIVA; PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los treinta y un días del mes de octubre del año dos mil trece.
OTHON SIGFRIDO REYES MORALES
PRESIDENTE
ALBERTO ARMANDO ROMERO RODRÍGUEZ
GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE
PRIMER VICEPRESIDENTE
SEGUNDO VICEPRESIDENTE
JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ
FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURÁN
TERCER VICEPRESIDENTE
CUARTO VICEPRESIDENTE
ROBERTO JOSÉ d´AUBUISSON MUNGUIA
QUINTO VICEPRESIDENTE
LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA
CARMEN ELENA CALDERÓN SOL DE ESCALÓN
PRIMERA SECRETARIA
SEGUNDA SECRETARIA
SANDRA MARLENE SALGADO GARCÍA
JOSÉ RAFAEL MACHUCA ZELAYA
TERCERA SECRETARIA
CUARTO SECRETARIO
IRMA LOURDES PALACIOS VÁSQUEZ
MARGARITA ESCOBAR
QUINTA SECRETARIA
SEXTA SECRETARIA
FRANCISCO JOSÉ ZABLAH SAFIE
REYNALDO ANTONIO LÓPEZ CARDOZA
SÉPTIMO SECRETARIO
OCTAVO SECRETARIO
ACUERDO LEGISLATIVO No. 1287.
La Asamblea Legislativa de la República de El Salvador, conocida la renuncia presentada por el Diputado ALBERTO ARMANDO ROMERO
RODRÍGUEZ, al cargo de Primer Vicepresidente de la Junta Directiva, ACUERDA: Aceptar la renuncia del referido cargo al Diputado ALBERTO
ARMANDO ROMERO RODRÍGUEZ, a partir de esta fecha. COMUNÍQUESE.
ASAMBLEA LEGISLATIVA; PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los siete días del mes de noviembre del año dos mil trece.
OTHON SIGFRIDO REYES MORALES
PRESIDENTE
ALBERTO ARMANDO ROMERO RODRÍGUEZ
GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE
PRIMER VICEPRESIDENTE
SEGUNDO VICEPRESIDENTE
JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ
FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURÁN
TERCER VICEPRESIDENTE
CUARTO VICEPRESIDENTE
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014.
13
ROBERTO JOSÉ d´AUBUISSON MUNGUIA
QUINTO VICEPRESIDENTE
LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA
CARMEN ELENA CALDERÓN SOL DE ESCALÓN
PRIMERA SECRETARIA
SEGUNDA SECRETARIA
SANDRA MARLENE SALGADO GARCÍA
JOSÉ RAFAEL MACHUCA ZELAYA
TERCERA SECRETARIA
CUARTO SECRETARIO
IRMA LOURDES PALACIOS VÁSQUEZ
MARGARITA ESCOBAR
QUINTA SECRETARIA
SEXTA SECRETARIA
FRANCISCO JOSÉ ZABLAH SAFIE
JOSÉ SERAFÍN ORANTES RODRÍGUEZ
SÉPTIMO SECRETARIO
OCTAVO SECRETARIO
ACUERDO LEGISLATIVO No. 1288.
La Asamblea Legislativa de la República de El Salvador, conocida la renuncia presentada por el Diputado ROBERTO JOSÉ d'AUBUISSON
MUNGUIA, al cargo de Quinto Vicepresidente de la Junta Directiva, ACUERDA: Aceptar la renuncia del referido cargo al Diputado ROBERTO
JOSÉ d'AUBUISSON MUNGUIA, a partir de esta fecha.- COMUNÍQUESE.
ASAMBLEA LEGISLATIVA; PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los siete días del mes de noviembre del año dos mil trece.
OTHON SIGFRIDO REYES MORALES
PRESIDENTE
ALBERTO ARMANDO ROMERO RODRÍGUEZ
GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE
PRIMER VICEPRESIDENTE
SEGUNDO VICEPRESIDENTE
JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ
FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURÁN
TERCER VICEPRESIDENTE
CUARTO VICEPRESIDENTE
ROBERTO JOSÉ d´AUBUISSON MUNGUIA
QUINTO VICEPRESIDENTE
LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA
CARMEN ELENA CALDERÓN SOL DE ESCALÓN
PRIMERA SECRETARIA
SEGUNDA SECRETARIA
SANDRA MARLENE SALGADO GARCÍA
JOSÉ RAFAEL MACHUCA ZELAYA
TERCERA SECRETARIA
CUARTO SECRETARIO
IRMA LOURDES PALACIOS VÁSQUEZ
MARGARITA ESCOBAR
QUINTA SECRETARIA
SEXTA SECRETARIA
FRANCISCO JOSÉ ZABLAH SAFIE
JOSÉ SERAFÍN ORANTES RODRÍGUEZ
SÉPTIMO SECRETARIO
OCTAVO SECRETARIO
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
14
ACUERDO LEGISLATIVO No. 1289.
La Asamblea Legislativa de la República de El Salvador, conocida la renuncia presentada por la Diputada CARMEN ELENA CALDERÓN
SOL DE ESCALÓN, al cargo de Segunda Secretaria Directiva, ACUERDA: Aceptar la renuncia del referido cargo a la Diputada CARMEN ELENA
CALDERÓN SOL DE ESCALÓN, a partir de esta fecha. COMUNÍQUESE.
ASAMBLEA LEGISLATIVA; PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los siete días del mes de noviembre del año dos mil trece.
OTHON SIGFRIDO REYES MORALES
PRESIDENTE
ALBERTO ARMANDO ROMERO RODRÍGUEZ
GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE
PRIMER VICEPRESIDENTE
SEGUNDO VICEPRESIDENTE
JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ
FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURÁN
TERCER VICEPRESIDENTE
CUARTO VICEPRESIDENTE
ROBERTO JOSÉ d´AUBUISSON MUNGUIA
QUINTO VICEPRESIDENTE
LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA
CARMEN ELENA CALDERÓN SOL DE ESCALÓN
PRIMERA SECRETARIA
SEGUNDA SECRETARIA
SANDRA MARLENE SALGADO GARCÍA
JOSÉ RAFAEL MACHUCA ZELAYA
TERCERA SECRETARIA
CUARTO SECRETARIO
IRMA LOURDES PALACIOS VÁSQUEZ
MARGARITA ESCOBAR
QUINTA SECRETARIA
SEXTA SECRETARIA
FRANCISCO JOSÉ ZABLAH SAFIE
JOSÉ SERAFÍN ORANTES RODRÍGUEZ
SÉPTIMO SECRETARIO
OCTAVO SECRETARIO
ACUERDO LEGISLATIVO No. 1290.
La Asamblea Legislativa de la República de El Salvador, conocida la renuncia presentada por la Diputada MARGARITA ESCOBAR, al cargo
de Sexta Secretaria Directiva, ACUERDA: Aceptar la renuncia del referido cargo a la Diputada MARGARITA ESCOBAR, a partir de esta fecha.COMUNÍQUESE.
ASAMBLEA LEGISLATIVA; PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los siete días del mes de noviembre del año dos mil trece.
OTHON SIGFRIDO REYES MORALES
PRESIDENTE
ALBERTO ARMANDO ROMERO RODRÍGUEZ
GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE
PRIMER VICEPRESIDENTE
SEGUNDO VICEPRESIDENTE
JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ
FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURÁN
TERCER VICEPRESIDENTE
CUARTO VICEPRESIDENTE
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014.
15
ROBERTO JOSÉ d´AUBUISSON MUNGUIA
QUINTO VICEPRESIDENTE
LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA
CARMEN ELENA CALDERÓN SOL DE ESCALÓN
PRIMERA SECRETARIA
SEGUNDA SECRETARIA
SANDRA MARLENE SALGADO GARCÍA
JOSÉ RAFAEL MACHUCA ZELAYA
TERCERA SECRETARIA
CUARTO SECRETARIO
IRMA LOURDES PALACIOS VÁSQUEZ
MARGARITA ESCOBAR
QUINTA SECRETARIA
SEXTA SECRETARIA
FRANCISCO JOSÉ ZABLAH SAFIE
JOSÉ SERAFÍN ORANTES RODRÍGUEZ
SÉPTIMO SECRETARIO
OCTAVO SECRETARIO
ACUERDO LEGISLATIVO No. 1291.
La Asamblea Legislativa de la República de El Salvador, de conformidad a lo establecido en el Reglamento Interior de esta Asamblea, en el
Protocolo de Entendimientos período 2012-2015, y aceptadas las renuncias de los Diputados Alberto Armando Romero Rodríguez, Roberto José
d'Aubuisson Munguía, y las Diputadas Carmen Elena Calderón Sol de Escalón y Margarita Escobar, en los cargos de Primero y Quinto Vicepresidente y
Segunda y Sexta Secretaria Directivas, respectivamente, según Acuerdos Legislativos Nos. 1287, 1288, 1289 y 1290, de esta misma fecha, ACUERDA:
Integrar a la Junta Directiva a los Diputados Enrique Alberto Luis Valdés Soto, Carlos Armando Reyes Ramos, Manuel Vicente Menjívar Esquivel, y
Ernesto Antonio Angulo Milla, para que asuman, a partir de esta fecha los cargos de Primero y Quinto Vicepresidente y Segundo y Sexto Secretario
Directivos, respectivamente.- COMUNÍQUESE.
ASAMBLEA LEGISLATIVA; PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los siete días del mes de noviembre del año dos mil trece.
OTHON SIGFRIDO REYES MORALES
PRESIDENTE
ENRIQUE ALBERTO LUIS VALDÉS SOTO
GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE
PRIMER VICEPRESIDENTE
SEGUNDO VICEPRESIDENTE
JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ
FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURÁN
TERCER VICEPRESIDENTE
CUARTO VICEPRESIDENTE
CARLOS ARMANDO REYES RAMOS
QUINTO VICEPRESIDENTE
LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA
MANUEL VICENTE MENJÍVAR ESQUIVEL
PRIMERA SECRETARIA
SEGUNDO SECRETARIO
SANDRA MARLENE SALGADO GARCÍA
JOSÉ RAFAEL MACHUCA ZELAYA
TERCERA SECRETARIA
CUARTO SECRETARIO
IRMA LOURDES PALACIOS VÁSQUEZ
ERNESTO ANTONIO ANGULO MILLA
QUINTA SECRETARIA
SEXTO SECRETARIO
FRANCISCO JOSÉ ZABLAH SAFIE
JOSÉ SERAFÍN ORANTES RODRÍGUEZ
SÉPTIMO SECRETARIO
OCTAVO SECRETARIO
16
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
ORGANO EJECUTIVO
MINISTERIO DE GOBERNACIÓN
RAMO DE GOBERNACION
NUMERO NOVENTA Y CINCO. CONSTITUCION DE ASOCIA-
to de La Libertad, a quien hoy conozco e identifico por medio de su
CION SIN FINES DE LUCRO. En la ciudad de San Salvador, a las
Documento Único de Identidad número: cero uno dos cuatro ocho
nueve horas del día diecinueve de diciembre del año dos mil trece. Ante
cinco siete dos - nueve, con Número de Identificación Tributaria cero
mí, GERMAN ANTONIO GONZALEZ ORTEZ, Notario, de este do-
seis uno cuatro - dos cuatro cero seis cinco ocho - cero dos tres - seis;
micilio, COMPARECEN: Los señores JOSE VIRGILIO GARAY
MARLON ALBERTO TORRES CABRERA, de cuarenta años de edad,
CACERES, de cincuenta años de edad, Doctor en Medicina, del domi-
Doctor en Medicina, del domicilio de Santa Ana, Departamento de
cilio de Usulután, Departamento de Usulután, a quien hoy conozco e
Santa Ana, a quien hoy conozco e identifico por medio de su Documen-
identifico por medio de su Documento Único de Identidad número: cero
to Único de Identidad número: cero dos cuatro uno cuatro seis cero
dos ocho siete cuatro nueve siete tres - tres, con Número de Identificación
cuatro - ocho, con Número de Identificación Tributaria cero dos uno
Tributaria uno dos cero cinco - dos cero cero cuatro seis tres - cero cero
cero - cero nueve uno uno siete tres - uno uno cero- uno; ARTURO
uno - nueve; SALVADOR ANTONIO MENDEZ NAJARRO, de trein-
ROMEO MELARA MORAN, de cuarenta y cuatro años de edad, Doc-
ta y siete años de edad, Doctor en Medicina, del domicilio de Soyapango,
tor en Medicina, del domicilio de Santa Tecla, Departamento de La
Departamento de San Salvador, a quien hoy conozco e identifico por
Libertad, a quien hoy conozco e identifico por medio de su Documento
medio de su Documento Único de Identidad número: cero cero ocho dos
Único de Identidad número: cero cero cero nueve cero cuatro cinco seis
siete uno cero uno - uno, con Número de Identificación Tributaria cero
- tres, con Número de Identificación Tributaria cero seis uno cuatro - cero
seis uno cuatro - cero ocho cero cuatro siete seis - uno uno dos - seis;
tres cero siete seis nueve - uno uno tres - cero; JOSE REYNALDO
FLOR DE MARIA ROMERO REYES, de treinta y tres años de edad,
VILLEDA GARCIA, de cuarenta y cuatro años de edad, Doctor en
Doctora en Medicina, del domicilio de Soyapango, Departamento de
Medicina, de este domicilio, a quien hoy conozco de identifico por
San Salvador, a quien hoy conozco e identifico por medio de su Docu-
medio de su Documento Único de Identidad número: cero dos dos cero
mento Único de Identidad número: cero uno cero ocho siete siete nueve
cinco uno ocho cero - siete, con Número de Identificación Tributaria
ocho - ocho, con Número de Identificación Tributaria cero seis uno
cero seis uno cuatro - dos uno uno cero seis nueve - cero cero dos - tres;
cuatro - dos siete cero cinco ocho cero - uno cuatro dos - nueve; RONAL
JOSE ROBERTO CALDERON MAGAÑA, de cuarenta y siete años
ALBERTO CASTELLANOS ALFARO, de cincuenta y cinco años de
de edad, Doctor en Medicina, de este domicilio, a quien hoy conozco e
edad, Doctor en Medicina, del domicilio de San Miguel, Departamento
identifico por medio de su Documento Único de Identidad número: cero
de San Miguel, a quien hoy conozco e identifico por medio de su Do-
dos cero dos ocho dos cinco cinco - nueve, con Número de Identificación
cumento Único de Identidad número: cero cero siete dos dos cero
Tributaria cero seis uno cuatro - cero cuatro cero nueve seis seis - cero
nueve cinco - dos, con Número de Identificación Tributaria cero dos uno
cero uno - cuatro; JOSE MAURICIO ALFARO MONGE, de cincuen-
cero - uno siete cero cuatro cinco ocho - cero cero tres - seis; MAURICIO
ta años de edad, Médico, de este domicilio, a quien hoy conozco e
ANTONIO RIVAS HERNANDEZ, de cincuenta y cinco años de edad,
identifico por medio de su Documento Único de Identidad número: cero
Doctor en Medicina, del domicilio de Antiguo Cuscatlán, Departamen-
dos cuatro cero ocho uno ocho dos - cuatro, con Número de Identifica-
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014.
17
ción Tributaria cero seis uno cuatro - dos seis uno uno seis tres - cero
en Medicina, de este domicilio, a quien hoy conozco e identifico por
cero uno - uno; ADAN AMERICO FUENTES CANALES, de cuaren-
medio de su Documento Único de Identidad número: cero dos tres
ta y ocho años de edad, Doctor en Medicina, de este domicilio, a quien
cinco cero nueve siete seis - cuatro, con Número de Identificación
hoy conozco e identifico por medio de su Documento Único de Identidad
Tributaria cero seis uno cuatro - cero dos cero uno seis tres - cero dos
número: cero cero nueve nueve nueve cuatro nueve nueve - siete, con
cuatro - cuatro; y ME DICEN: PRIMERO: Que por medio de este ins-
Número de Identificación Tributaria uno cuatro uno dos - uno dos uno
trumento constituyen una Asociación sin Fines de Lucro que se deno-
uno seis cinco - cero cero uno - ocho; MELVIN EMILIO ANTONIO
minará ASOCIACION SALVADOREÑA DE OTORRINOLARINGO-
GUARDADO COREAS, de cuarenta años de edad, Doctor en Medici-
LOGIA Y CIRUGIA DE CABEZA Y CUELLO. SEGUNDO: Por
na, de este domicilio, a quien hoy conozco e identifico por medio de su
unanimidad aprueban los Estatutos que regirán a la Asociación los
Documento Único de Identidad número: cero uno tres dos cuatro tres
cuales se transcriben a continuación. ESTATUTOS DE LA ASOCIA-
siete cuatro - ocho, con Número de Identificación Tributaria cero seis
CION SALVADOREÑA DE OTORRINOLARINGOLOGIA Y CIRU-
uno cuatro - cero tres cero seis siete tres - uno cero uno - cinco; ELSA
GIA DE CABEZA Y CUELLO, CAPITULO I. NATURALEZA, DE-
RUBIDIA ESCOBAR RIVERA, de cuarenta y tres años de edad, Mé-
NOMINACION, DOMICILIO Y PLAZO. ARTICULO UNO. Créase
dico Cirujano, de este domicilio, a quien hoy conozco e identifico por
en la ciudad de San Salvador, Departamento de San Salvador, la Aso-
medio de su Documento Único de Identidad número: cero dos dos siete
ciación de nacionalidad Salvadoreña, que se denominará ASOCIACION
dos cuatro cuatro ocho - cuatro, con Número de Identificación Tributaria
SALVADOREÑA DE OTORRINOLARINGOLOGIA Y CIRUGIA
cero seis uno cuatro - dos cero cero tres siete cero - cero cero dos - uno;
DE CABEZA Y CUELLO, por podrá abreviarse "ASORL", como una
ULISES LOHENGRIN CASTRO GOMEZ, de cuarenta y dos años de
entidad apolítica, no lucrativa, ni religiosa, la que en los presentes
edad, Doctor en Medicina, de este domicilio, a quien hoy conozco e
Estatutos se denominará " La Asociación". ARTICULO DOS. El domi-
identifico por medio de su Documento Único de Identidad número: cero
cilio de la Asociación será la ciudad de San Salvador, Departamento de
uno tres uno cero tres seis ocho - nueve, con Número de Identificación
San Salvador, pudiendo establecer filiales en todo el territorio de la
Tributaria cero seis uno cuatro - dos cero cero seis siete uno - uno cero
República y fuera de él. ARTICULO TRES. La Asociación se consti-
dos - tres; NIYME YANIRA PANTOJA DE TOLEDO, de treinta y
tuye por tiempo indefinido. CAPITULO II. FINES U OBJETIVOS.
ocho años de edad, Doctora en Medicina, de este domicilio, a quien hoy
ARTICULO CUATRO. Los fines u objetivos de la Asociación serán:
conozco e identifico por medio de su Documento Único de Identidad
A) Fomentar la enseñanza y formación de la Especialidad en sus dife-
número: cero cero cuatro uno nueve cero siete cinco - cero; con Núme-
rentes ramas, como la prevención, diagnóstico y tratamiento. Así también
ro de Identificación Tributaria cero seis uno cuatro - dos siete uno uno
quirúrgico de las enfermedades de: i) Oído: patología médica y cirugía
siete cinco - uno cuatro cero - nueve; GUILLERMO ARTURO CANA-
de oído, externo, medio e interno, patología relacionada con el sistema
LES TABLAS, de cuarenta y siete años de edad, Doctor en Medicina,
de equilibrio y todo tipo de implantes. ii) Vías aéreas: boca, nariz, senos
de este domicilio, a quien hoy conozco e identifico por medio de su
paranasales, faringe, laringe, tráquea, bronquios. iii) Patología de la
Documento Único de Identidad número: cero dos uno uno uno seis tres
comunicación humana (foniatría). iv) Estructura de la cara, cuello y
siete - nueve, con Número de Identificación Tributaria cero tres uno
cirugía oncológica de la cavidad oral y estructura anexa. v) Cirugía
cinco - uno dos uno cero seis seis - cero cero uno - uno; y RAUL
traumatológica, estética facial y reparadora de cara y cuello (cirugía de
EDUARDO FUENTES BELTRAN, de cincuenta años de edad, Doctor
cabeza y cuello). vi) Otoneurología y Otoneurocirugía, procedimientos
18
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
de oído interno y base de cráneo. vii) Audiología: evaluación de la au-
anuales de los Miembros; b) Donaciones, herencias, legados, contribu-
dición, de todo tipo. viii) Otorrinolaringología pediátrica y oncológica.
ciones de personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, res-
ix) Trastornos del sueño. Diagnóstico con polisonografía y tratamientos
pectivamente; c) Contribuciones extraordinarias para fines especiales;
Quirúrgicos y no Quirúrgicos. x) Broncoesofalogía: médica y quirúrgi-
y d) Todos los bienes muebles e inmuebles que adquiera y las rentas
ca. xi) Alergias de vías aéreas superiores con su diagnóstico con pruebas
provenientes de los mismos de conformidad con la ley. ARTICULO
de Alergias e Inmonoterapia. xii) Patología faringolaringea secundaria
SIETE. El Patrimonio será administrado por la Junta Directiva confor-
a manifestaciones extra esofágicas del reflujo gastroesofágico. B) Di-
me a las directrices que le manifieste la Asamblea General. CAPITULO
fundir los objetivos: i) Incorporar y avalar la pertenencia a la asociación
IV. DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACION. ARTICULO OCHO. El
a los médicos y profesionales afines que cumplan con los requisitos; ii)
gobierno de la Asociación será ejercido por: a) La Asamblea General;
Fomentar la educación médica continua, en las diferentes ramas de la
y b) La Junta Directiva. CAPITULO V. DE LA ASAMBLEA GENERAL.
especialidad; iii) Realizar, fomentar y asistir a congresos, simposium,
ARTICULO NUEVE. La Asamblea General, debidamente convocada,
jornadas de otorrinolaringología y ramas afines dentro y fuera del país;
es la autoridad máxima de la Asociación y se constituye por la reunión
iv) Motivar la publicación de trabajos científicos; v) Colaborar con el
de los miembros, debidamente convocados y con el quórum prescrito
Colegio Médico de El Salvador en las actividades científicas, sociales,
en estos Estatutos. SESIONES. ARTICULO DIEZ. La Asamblea Ge-
gremiales; vi) Mantener buenas relaciones con asociaciones similares y
neral sesionará normalmente en el domicilio de la Asociación, en forma
afines tanto nacionales como extranjeras; vii) Difundir y enseñar nues-
ordinaria y extraordinaria. ARTICULO ONCE. Las sesiones serán or-
tra especialidad a otras asociaciones cuando sea requerido; vii) Difundir
dinarias y extraordinarias. La primera vez dentro de los primeros quin-
y dar a conocer nuestra especialidad a la población en general. C) De-
ce días del mes de enero, la segunda vez dentro los primeros quince días
fender los intereses gremiales de sus miembros. D) Gestionar y colabo-
del mes de julio; y extraordinariamente cuando fuere convocada por la
rar para la formación de nuevos Especialistas en el extranjero. E) Formar
Junta Directiva. CONVOCATORIA. ARTICULO DOCE. Para celebrar
y organizar los diferentes Comités y Grupos de Trabajo de la Asociación.
sesión ordinaria se convocará con quince días de anticipación por lo
ARTICULO CINCO. Para optar al grado de especialista otorrinolarin-
menos; lo hará la Junta Directiva por escrito y contendrá la agenda a
gólogo debe ser graduado como médico general en una universidad
conocer; tres días antes de la fecha señalada deberá hacerse un recorda-
reconocida por la Ley de Educación Superior, estar debidamente incor-
torio por cualquier medio. ARTICULO TRECE. La convocatoria a
porado y cumplir lo siguientes requisitos académicos: i) Un año de ci-
sesión extraordinaria será hecha por la Junta Directiva, por sí o por
rugía general como mínimo o tres años de Medicina Familiar. ii) Tres
solicitud de un número de miembros, no menor de veinticinco por
años de residentado en otorrinolaringología como mínimo en Hospitales
ciento del total y se hará por cualquier medio posible en razón de la
Nacionales con programas de enseñanza avalados por la Asociación y
urgencia. QUORUM. ARTICULO CATORCE. El quórum requerido
la Universidad de El Salvador o sino Hospitales Extranjeros con pro-
para celebrar Asamblea General será del cincuenta y uno por ciento,
gramas de enseñanza en ORL acreditados por su País de origen. iii) Los
como mínimo de los miembros en la primera convocatoria; en la segun-
especialistas en otorrinolaringología con estudios en el extranjero debe-
da, el quórum se formará con cualquier que sea el número de miembros
rán acreditarse ante la asociación de Otorrinolaringología de El Salvador.
que hagan acto de presencia. ACUERDOS. ARTICULO QUINCE. Los
CAPITULO III. DEL PATRIMONIO. ARTICULO SEIS. El Patrimonio
acuerdos de Asamblea General en primera convocatoria se tomarán para
de la Asociación estará constituido por: a) Las cuotas permanentes
su aprobación con la mitad más uno de los votos de los asistentes; ex-
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014.
19
cepto en el caso de segunda convocatoria o de elecciones, en que deci-
mará posesión de su cargo en la misma Sesión Ordinaria en que sea
dirá el voto simple mayoritario. ARTICULO DIECISEIS. Los acuerdos
electo. SESIONES. ARTICULO VEINTITRES. La Junta Directiva
tomados en Asamblea General serán obligatorios para todos los miem-
sesionará ordinariamente por lo menos una vez al mes y extraordinaria-
bros. ARTICULO DIECISIETE. Todo miembro que no pudiera asistir
mente cuantas veces sea necesario, previa convocatoria de cualquiera
a cualquiera de las sesiones de Asamblea General por motivos justifi-
de sus miembros propietarios. QUORUM. ARTICULO VEINTICUA-
cados podrá hacerse representar por escrito por otro miembro. El límite
TRO. El quórum necesario para que la Junta Directiva pueda sesionar
de representaciones es de un miembro, llevando la voz y el voto de su
será de cuatro de sus miembros y sus acuerdos deberán ser tomados por
representado. ARTICULO DIECIOCHO. Son atribuciones de la Asam-
la mayoría de los asistentes. ACUERDOS. ARTICULO VEINTICINCO.
blea General: a) Elegir, sustituir y destituir total o parcialmente a los
Para tomar decisiones la Junta Directiva necesita la aprobación corres-
miembros de la Junta Directiva; b) Aprobar, reformar o derogar los
pondiente de la mayoría de los asistentes a la Sesión; caso de empate,
Estatutos y el Reglamento Interno de la Asociación; c) Elegir a los
el Presidente tendrá voto de calidad. ATRIBUCIONES DE LA JUNTA
Miembros Honorarios; d) Aprobar y/o modificar los planes, programas
DIRECTIVA. ARTICULO VEINTISEIS. La Junta Directiva tendrá las
o presupuesto anual de la Asociación; e) Aprobar o desaprobar la Me-
siguientes atribuciones: a) Desarrollar las actividades necesarias para el
moria Anual de Labores de la Asociación, presentada por la Junta Di-
logro de los fines de la Asociación; b) Velar por la administración efi-
rectiva; f) Fijar las cuotas mensuales y contribuciones eventuales de los
ciente y eficaz del patrimonio de la Asociación; c) Elaborar y aprobar
miembros; g) Decidir sobre la compra, venta o enajenación de los bienes
el Reglamento Interno o Reglamentos para completar los Estatutos; d)
inmuebles pertenecientes a la Asociación; y h) Decidir todos aquellos
Elaborar la Memoria Anual de Labores de la Asociación; e) Promover
asuntos de interés para la Asociación y que no estén contemplados en
la elaboración de planes, programas, proyectos y presupuestos de la
los presentes Estatutos. CAPITULO VI. DE LA JUNTA DIRECTIVA.
Asociación e informar a la Asamblea General; f) Velar por el cumpli-
ELECCION E INTEGRACION. ARTICULO DIECINUEVE. La di-
miento de los Estatutos, Reglamento Interno, Acuerdos y Resoluciones
rección y administración de la Asociación estará confiada a la Junta
de la Asamblea General y de la misma Junta Directiva; g) Nombrar
Directiva, la cual será electa por votación general en sesión ordinaria, y
entre los Miembros de la Asociación los Comités o Comisiones que
estará integrada de la siguiente forma: Un Presidente, un Secretario, un
consideren necesarios para el cumplimiento de los fines de la Asociación;
Tesorero, dos Vocales y un Delegado ante el Colegio Médico. ARTI-
h) Convocar a sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea Ge-
CULO VEINTE. Los miembros de la Junta Directiva serán electos para
neral; i) Decidir sobre las solicitudes de incorporación de nuevos
un período de DOS AÑOS pudiendo ser reelectos, sólo por un período
miembros y proponerlos a la Asamblea General; j) Resolver todos los
más; a excepción del Presidente. REQUISITOS PARA SER MIEMBRO
asuntos que no sean competencia de la Asamblea General; k) Decidir el
DE LA JUNTA DIRECTIVA. ARTICULO VEINTIUNO. Para ser
retiro de miembros, conforme a lo establecido en los artículos cuarenta
elegido miembro de la Junta Directiva se requiere: a) Ser miembro
y tres y siguientes de estos Estatutos; y l) Someter a consideración en
fundador; b) Ser miembro durante los cinco años previos a la elección;
la Sesión de Asamblea General, a realizarse en el mes de julio de cada
c) Estar presente en la Sesión de la Asamblea General en que se verifi-
año, los siguientes puntos: i) Informe diversos si fuera necesario, rela-
que la elección; y d) Estar solvente con la Asociación y con el Colegio
cionados con la marcha de la Asociación. ii) Organizar Seminarios,
Médico de El Salvador. JURAMENTO Y TOMA DE POSESION.
Cursos, Congresos Nacionales e Internacionales, giras de miembros al
ARTICULO VEINTIDOS. La Junta Directiva será juramentada y to-
exterior y otro evento que juzguen necesario. iii) Designar delegados a
20
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
congresos, seminarios, entre otros a los que fuera invitada a participar
VE. Son atribuciones y deberes del Tesorero: a) Recibir y depositar los
la Asociación. iv) Velar por las prestaciones sociales de los miembros.
fondos que la Asociación obtenga, en uno o varios Bancos de la locali-
v) Auditar el inventario de los bienes de Asociación, por lo menos una
dad o en la Cooperativa Médica, según acuerdo de Junta Directiva, en
vez al año. ATRIBUCIONES Y DEBERES DEL PRESIDENTE. AR-
cuenta corriente o de ahorro o a plazo fijo, a nombre de la Asociación;
TICULO VEINTISIETE. Son atribuciones y deberes del Presidente: a)
b) Llevar o tener control directo de los libros de contabilidad de la
Presidir las sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea General;
Asociación; c) Autorizar juntamente con el Presidente las erogaciones
b) Velar por el cumplimiento de los Acuerdos, Resoluciones de la Jun-
que la Asociación tenga que realizar; d) Recordar a los miembros las
ta Directiva y de la Asamblea General, así como de los Estatutos y
cuotas permanentes que deberán de pagar a la Asociación; e) Percibir
Reglamento Interno de la Asociación; c) Representar Judicial y
las contribuciones extraordinarias, donativos de miembros y particulares,
Extrajudicialmente a la Asociación, pudiendo otorgar poderes previa
y los demás ingresos que hubieren; f) Preparar el anteproyecto de pre-
autorización de la Junta Directiva; d) Convocar a sesiones Ordinarias y
supuesto de la Asociación para someterlo a la consideración de la Junta
Extraordinarias de la Asamblea General y de la Junta Directiva por
Directiva quince días antes de ser sometido a la aprobación de la Asam-
medio del Secretario; e) Autorizar con su firma las actas de las sesiones;
blea General; g) Las cuentas bancarias tendrán tres firmas autorizadas:
f) Autorizar juntamente con el Tesorero las erogaciones que tenga que
La del Tesorero, el Presidente y el Secretario, siendo necesarias dos
hacer la Asociación; g) Presentar la Memoria de Labores de la Asocia-
firmas para el retiro; y h) Asistir puntalmente a las Sesiones de Junta
ción y cualquier informe que le sea solicitado por la misma; h) Suscribir
Directiva. ATRIBUCIONES Y DEBERES DE LOS VOCALES. AR-
certificados y documentos aprobados por la Junta Directiva; i) Firmar
TICULO TREINTA. Son atribuciones y deberes de los Vocales: a)
con el Secretario las credenciales a los delegados que se nombraren; y
Colaborar directamente con todos los miembros de la Junta Directiva,
j) Juramentar a los miembros de la nueva Junta Directiva. ATRIBU-
a efecto de procurar el logro de los fines de la Asociación; b) Sustituir
CIONES Y DEBERES DEL SECRETARIO. ARTICULO VEINTIO-
a cualquier Miembro de la Junta Directiva en caso de ausencia o impe-
CHO. Son atribuciones y deberes del Secretario: a) Llevar los libros de
dimento; c) Desempeñar las comisiones que le encomiende la Junta
actas de las sesiones de Asamblea General y de Junta Directiva; b)
Directiva; y d) Asistir puntalmente a las sesiones de Junta Directiva.
Custodiar y llevar el archivo de documentos de la Asociación y del re-
ATRIBUCIONES Y DEBERES DEL DELEGADO. ARTICULO
gistro de los miembros de la Asociación; c) Extender todas las certifi-
TREINTA Y UNO. Son atribuciones y deberes del Delegado: a) Asistir
caciones que fueran solicitadas a la Asociación; d) Hacer y enviar las
puntalmente a las Sesiones de Junta Directiva; b) Asistir a todas las
convocatorias a los miembros para las sesiones; e) Ser el órgano oficial
Asambleas Generales que el Colegio Médico de El Salvador realice; y
de comunicación de la Junta Directiva; f) Atender el trabajo de actas y
c) Informar a la Junta Directiva sobre los puntos tratados en las Asam-
correspondencia; g) Preparar la Memoria Anual de Labores y los infor-
bleas Generales del Colegio Médico de El Salvador. CAPITULO VII.
mes referentes a la marcha de la Asociación que se han de presentar a
DE LOS MIEMBROS. ARTICULO TREINTA Y DOS. Podrán ser
consideración de la Junta Directiva, quince días antes de ser sometidos
miembros todas las personas sin distinción de raza, credo, religión e
a la aprobación de la Asamblea General; h) Asistir puntualmente a las
ideología política, mayores de dieciocho años de edad, siempre y cuan-
Sesiones de Junta Directiva; e i) Desempeñar todas las demás funciones,
do tengan el grado de Doctor en Medicina legalmente autorizado para
propias de su cargo, que le encomienda la Junta Directiva. ATRIBU-
ejercer la medicina en El Salvador, ser miembro del Colegio Médico de
CIONES Y DEBERES DEL TESORERO. ARTICULO VEINTINUE-
El Salvador y estar en pleno goce de sus derechos colegiales. ARTICU-
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014.
21
LO TREINTA Y TRES. La Asociación tendrá las siguientes clases de
TREINTA Y SIETE. Para ser miembro Correspondiente se requiere: a)
miembros: a) Miembros Fundadores. b) Miembros Contribuyentes. c)
Ser médico y poseer una especialidad a fin a la Otorrinolaringología,
Miembros Honorarios. d) Miembros Correspondientes. e) Miembros
Cirugía de Cabeza y Cuello; y b) Que solicite por escrito el ingreso a la
Contribuyentes Residentes. Serán MIEMBROS FUNDADORES: Todas
Asociación. Esta calidad de miembro no podrá optar a cargos directivos
las personas que suscriban la Escritura Pública de Constitución de la
y en las sesiones tendrá únicamente voz. ARTICULO TREINTA Y
Asociación. Serán MIEMBROS CONTRIBUYENTES: Los médicos
OCHO. Para ser miembro Contribuyente Residente se requiere: a) Estar
que ya terminaron sus estudios en la especialidad de otorrinolaringolo-
cursando la especialidad de Otorrinolaringología en un Hospital con
gía y se encuentren ejerciendo dicha especialidad médica. Serán MIEM-
programas de enseñanza avalados por la Asociación y la Universidad
BROS HONORARIOS: Todas las personas que por su labor y méritos
de El Salvador; y b) Que solicite por escrito el ingreso a la Asociación.
en favor de la Asociación sean así nombrados por la Asamblea General.
DERECHOS DE LOS MIEMBROS. ARTICULO TREINTA Y NUE-
Serán MIEMBROS CORRESPONDIENTES. Los médicos que no son
VE. Son derechos de los miembros: a) A asistir a las sesiones de Asam-
otorrinolaringólogos, pero que tienen una especialidad médica, que es
blea General con voz y voto; excepto los miembros Honorarios, Corres-
a fin con la otorrinolaringología. Serán MIEMBROS CONTRIBUYEN-
pondientes y los Contribuyentes Residentes que sólo tendrán voz; b) A
TES RESIDENTES. Aquel médico que está realizando sus estudios en
intervenir en la elección de los miembros de la Junta Directiva de la
la especialidad de otorrinolaringología. ARTICULO TREINTA Y
Asociación; c) A ser electo miembro de la Junta Directiva siempre y
CUATRO. Para ser miembro Fundador se requiere: a) Ser Doctor en
cuando reúna los requisitos exigidos en el artículo veintiuno de los
Medicina legalmente autorizado para ejercer la medicina en El Salvador;
presentes Estatutos; d) A representar a la Asociación en los actos para
b) Ser miembro del Colegio Médico de El Salvador y estar en pleno
los cuales se le hubiere delegado esa facultad; e) Obtener ayuda de toda
goce de sus derechos colegiales; c) Haber firmado la Escritura Pública
índole de la Asociación, tanto profesional como personal, a juicio pru-
de Constitución de la Asociación; y d) Cumplir con los requisitos del
dencial de la Junta Directiva; f) Dirimir conflictos y/o diferencias entre
artículo cinco. ARTICULO TREINTA Y CINCO. Para ser miembro
miembros, interponer ante la Junta Directiva denuncia correspondiente
Contribuyente se requiere: a) Haber cumplido el requisito del artículo
para que la Junta Directiva la derive al comité correspondiente; g) A
cinco; b) Ser miembro del Colegio Médico de El Salvador y estar en
renunciar, la cual deberá ser presentada por escrito dirigida a la Junta
pleno goce de sus derechos colegiales; c) Solicitar personalmente o por
Directiva; y h) Las demás que les señalen los Estatutos y Reglamento
medio de su apoderado su ingreso a la Asociación; d) Presentar un
Interno de la Asociación. DEBERES Y OBLIGACIONES DE LOS
trabajo científico, previamente aprobado por el Comité Científico; y e)
MIEMBROS. ARTICULO CUARENTA. Son deberes y obligaciones
Ser aceptado por la Junta Directiva. ARTICULO TREINTA Y SEIS.
de todos los miembros, a excepción de los miembros Honorarios: a)
Para ser miembro Honorario se requiere: a) Haberse mantenido como
Pagar las cuotas establecidas y las contribuciones extraordinarias con
miembro de la Asociación por un período no menor de veinticinco años;
fines especiales que acuerden la Asamblea General; b) Asistir a las se-
y b) Aquellos Médicos Extranjeros Especialistas, que hayan prestado
siones de Asamblea General; c) Cumplir con las obligaciones corres-
servicios relevantes a la Especialidad. La propuesta de un candidato a
pondientes cuando sea miembro de la Junta Directiva; d) Desempeñar
Miembro Honorario deberá ser presentada por escrito a la Junta Direc-
las misiones que se le encomienden, salvo causas justificadas; y e)
tiva quien la someterá a su consideración, y posteriormente la someterá
Colaborar en todo aquello que contribuya a la realización de los propó-
a su votación y aprobación ante la Asamblea General. ARTICULO
sitos a fines de la Asociación. ARTICULO CUARENTA Y UNO. Todo
22
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
ex - miembro que desee reingresar a la Asociación deberá llenar los
ciones; y e) Cuando un miembro de la Asociación omitiere o retardare
requisitos y trámites exigidos por la aceptación de un miembro Contri-
injustificadamente los asuntos que le fueron encomendados por la Jun-
buyente y pagar las cuotas pendientes desde la época en que dejó de
ta Directiva o la Asamblea General, produciendo un perjuicio a la
pertenecer a la Asociación. ARTICULO CUARENTA Y DOS. La ca-
Asociación. ARTICULO CUARENTA Y SEIS. Al tener conocimiento
lidad de miembro se perderá por las causas siguientes: a) Por violación
la Junta Directiva de una falta leve cometida y la Junta Directiva resol-
a estos Estatutos, Reglamento Interno, Acuerdos y Resoluciones de la
verá lo que corresponda. ARTICULO CUARENTA Y SIETE. La
Asamblea General; b) Por otras faltas graves cometidas, que a juicio de
Junta Directiva conocerá de las faltas graves cometidas por el infractor
la Asamblea General merezcan tal sanción; c) Por renuncia presentada
de acuerdo con el procedimiento siguiente: a) Conocida la falta se co-
por escrito a la Junta Directiva. CAPITULO VIII. SANCIONES A LOS
municará al miembro para que dentro de los cinco días hábiles siguien-
MIEMBROS, MEDIDAS DISCIPLINARIAS, CAUSALES Y PRO-
tes presente pruebas de descargo en su defensa; b) Transcurrido dicho
CEDIMIENTO DE APLICACION. ARTICULO CUARENTA Y TRES.
plazo, la Junta Directiva decidirá si procede sancionarlo; c) Impuesta la
Los miembros responderán y serán sancionados por las acciones u
sanción, se tendrá derecho a apelar ante la Asamblea General dentro de
omisiones en contravención a estos Estatutos, a los Reglamentos y
las cuarenta y ocho horas siguientes a su notificación; y d) Planteada la
Acuerdos o Resoluciones tomados por la Asamblea General o Junta
apelación, deberá convocarse a la Asamblea General para que conozca
Directiva, pudiendo incurrir en faltas leves y graves, según lo establecen
del asunto, sesión en la cual deberá oírsele al miembro sancionado y
los presentes Estatutos. ARTICULO CUARENTA Y CUATRO. Se
resolver dentro de la misma. Si la persona infractora es miembro de la
establecen como faltas leves, aquellas que sin causar un grave perjuicio
Junta Directiva, será competente para conocer la Asamblea General,
a la Asociación entorpecen su normal funcionamiento, como son: a)
quien seguirá el mismo procedimiento señalado en el artículo anterior,
Mora en el pago de tres cuotas anuales; b) La inasistencia injustificada
declarándose en sesión permanente durante el procedimiento; en este
a tres sesiones de cualquiera de los Órganos de Gobierno; c) Observar
caso, podrá hacerse uso del recurso de revisión ante el mismo organismo.
conductas inapropiadas en las sesiones de la Junta Directiva o la Asam-
ARTICULO CUARENTA Y OCHO. La persona que incurra en cual-
blea General; d) La negligencia inexcusable en el cumplimiento de las
quiera de las faltas señaladas en los artículos precedentes, será sancio-
comisiones que sean asignadas; e) Cuando un miembro de la Junta
nada, en caso de faltas leves con amonestaciones y en caso de faltas
Directiva o miembro de la Asociación se negare a cumplir con los
graves con la expulsión de la Asociación. CAPITULO IX. DE LA DI-
Estatutos, Reglamento Interno y Resoluciones de la Asamblea General;
SOLUCION. ARTICULO CUARENTA Y NUEVE. No podrá disol-
y f) Cuando se den expresiones irrespetuosas para los miembros de la
verse la Asociación sino por disposición de la ley o por resolución to-
Asociación. ARTICULO CUARENTA Y CINCO. Se consideran como
mada en Asamblea General Extraordinaria, convocada a ese efecto y
faltas graves, aquellas que afecten seriamente la marcha normal de la
con un número de votos que represente por lo menos las dos terceras
Asociación, como son: a) La malversación de fondos o cualquier acción
partes de sus miembros. ARTICULO CINCUENTA. Para celebrar
u omisión voluntarias que afecten el patrimonio de la Asociación; b)
Sesión Extraordinaria de Asamblea General que tenga por objeto la
Las conductas que pongan en entredicho el buen nombre de la Asocia-
disolución, será necesaria la concurrencia de por lo menos las dos ter-
ción; c) Hacer uso del prestigio y buen nombre de la Asociación en
ceras partes de los miembros, y la resolución podrá ser tomada con el
beneficio propio; d) El haberse hecho acreedor de dos o más amonesta-
setenta y cinco por ciento de los asistentes. ARTICULO CINCUENTA
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014.
23
Y UNO. En caso de acordarse la disolución de la Asociación se nom-
DO VILLEDA GARCIA; y El Doctor JOSE ROBERTO CALDERON
brará una Junta de Liquidación compuesta de cinco personas, electas
MAGAÑA; Delegado ante el Colegio Médico: El Doctor MELVIN
por la Asamblea General Extraordinaria que acordó la disolución. Pre-
EMILIO ANTONIO GUARDADO COREAS. Así se expresaron los
via liquidación los bienes que sobraren después de cancelar todos sus
comparecientes y yo el suscrito Notario les advertí de la obligación que
compromisos se donarán al Colegio Médico de El Salvador. CAPITU-
tienen de presentar la presente Escritura Pública para su debida inscrip-
LO X. REFORMA DE ESTATUTOS. ARTICULO CINCUENTA Y
ción, de conformidad con el artículo noventa y uno de la ley de Asocia-
DOS. La reforma e interpretación de los presentes Estatutos serán atri-
ciones y Fundaciones sin Fines de Lucro, y leído que les hube íntegra-
bución de la Asamblea General, quien para ello tomará acuerdo de
mente en un solo acto, sin interrupción, ratificaron su contenido y fir-
conformidad con lo que establece el artículo quince de los presentes
mamos. DOY FE./// "Ilegible"/// "S. Ant. M. N."/// "F. Romero R."///
Estatutos. CAPITULO XI. DISPOSICIONES GENERALES. ARTI-
"Rony A."/// "M. A. R. H"/// "Ilegible"/// "Ilegible"/// "Ilegible"/// "R.
CULO CINCUENTA Y TRES. Los documentos sujetos a registro de-
Calderón"/// "J. Mauricio A. M."/// "A. A. F. C"/// "Ilegible"/// "E. Es-
berán ser presentados dentro de los quince días siguientes a su formali-
cobar R."/// "U. Lohengrin"/// "Ilegible"/// "G. Canales"/// "R. E. F.B."///
zación. ARTICULO CINCUENTA Y CUATRO. Todo lo relativo al
"Ilegible"/// RUBRICAS.
orden interno de la Asociación no comprendido en estos Estatutos, se
establecerá en el Reglamento Interno de la misma, el cual deberá ser
elaborado por la Junta Directiva y aprobado por la Asamblea General.
GERMAN ANTONIO GONZALEZ ORTEZ,
ARTICULO CINCUENTA Y CINCO. La Asociación se regirá por la
NOTARIO.
LEY DE ASOCIACIONES Y FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO,
por los presentes Estatutos y demás disposiciones legales aplicables.
DISPOSICION TRANSITORIA. ARTICULO CINCUENTA Y SEIS.
PASO ANTE MI, del folio CIENTO VEINTICUATRO FRENTE al
Para efectos de estos Estatutos se considera como especialistas a todos
folio CIENTO VEINTINUEVE VUELTO del LIBRO OCTAVO DE
aquellos que están ejerciendo la Otorrinolaringología y Cirugía de CaMI PROTOCOLO, el cual vence el día veintidós de marzo del año dos
beza y Cuello. ARTICULO CINCUENTA Y SIETE. En el primer año
mil catorce. Y para ser entregado a la ASOCIACION SALVADOREde la Asociación, se podrá designar Miembros Honorarios a quienes la
ÑA DE OTORRINOLARINGOLOGIA Y CIRUGIA DE CABEZA Y
Asamblea General, les confiera el honor, en virtud de sus relevantes
CUELLO, que se puede abreviar "ASORL", extiendo, firmo y sello el
méritos profesionales, personales y trayectoria académica. VIGENCIA.
presente TESTIMONIO en la ciudad de San Salvador, a los diecinueve
ARTICULO CINCUENTA Y OCHO. Los presentes Estatutos entrarán
días del mes de diciembre del año dos mil trece.
en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial. TERCERO: En este acto proceden a elegir a los miembros de la Junta Directiva,
quedando conformados de la siguiente manera: Presidente: El Doctor
GERMAN ANTONIO GONZALEZ ORTEZ,
RAUL EDUARDO FUENTES BELTRAN; Secretario: ADAN
AMERICO FUENTES CANALES; Tesorero: El Doctor JOSE
MAURICIO ALFARO MONGE; Vocales: El Doctor JOSE REYNAL-
NOTARIO.
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
24
ESTATUTOS DE LA ASOCIACION
x)
SALVADOREÑA DE OTORRINOLARINGOLOGIA
Broncoesofalogía: médica y quirúrgica.
xi) Alergias de vías aéreas superiores con su diagnóstico
con pruebas de Alergias e Inmonoterapia.
Y CIRUGIA DE CABEZA Y CUELLO
xii) Patología faringolaringea secundaria a manifestaciones
extra esofágicas del reflujo gastroesofágico.
CAPITULO I
NATURALEZA, DENOMINACION, DOMICILIO Y PLAZO
B)
Difundir los objetivos:
i)
Art. 1.- Créase en la ciudad de San Salvador, Departamento de San
Incorporar y avalar la pertenencia a la Asociación a los
médicos y profesionales afines que cumplan con los
Salvador, la Asociación de nacionalidad Salvadoreña, que se denominará
requisitos.
ASOCIACION SALVADOREÑA DE OTORRINOLARINGOLOGIA
ii)
Y CIRUGIA DE CABEZA Y CUELLO, podrá abreviarse "ASORL",
Fomentar la educación médica continua, en las diferentes
ramas de la especialidad.
como una entidad apolítica, no lucrativa, ni religiosa, la que en los
presentes Estatutos se denominará " La Asociación".
iii) Realizar, fomentar y asistir a congresos, simposium,
jornadas de otorrinolaringología y ramas afines dentro
y fuera del país.
Art. 2.- El domicilio de la Asociación será la ciudad de San Salvador, Departamento de San Salvador, pudiendo establecer filiales en
iv) Motivar la publicación de trabajos científicos.
todo el territorio de la República y fuera de él.
v)
Colaborar con el Colegio Médico de El Salvador en las
actividades científicas, sociales, gremiales.
vi) Mantener buenas relaciones con asociaciones similares
Art. 3.- La Asociación se constituye por tiempo indefinido.
y afines tanto nacionales como extranjeras.
vii) Difundir y enseñar nuestra especialidad a otras Asocia-
CAPITULO II
ciones cuando sea requerido.
FINES U OBJETIVOS
viii) Difundir y dar a conocer nuestra especialidad a la
población en general.
Art. 4.- Los fines u objetivos de la Asociación serán:
A)
Fomentar la enseñanza y formación de la Especialidad en
C)
Defender los intereses gremiales de sus Miembros.
sus diferentes ramas, como la prevención, diagnóstico y
tratamiento. Así también quirúrgico de las enfermedades
D)
de:
i)
Gestionar y colaborar para la formación de nuevos Especialistas en el extranjero.
Oído: patología médica y cirugía de oído, externo,
E)
Formar y organizar los diferentes Comités y Grupos de Trabajo
de la Asociación.
medio e interno, patología relacionada con el sistema
de equilibrio y todo tipo de implantes.
ii)
Vías aéreas: boca, nariz, senos paranasales, faringe,
laringe, tráquea, bronquios.
iii) Patología de la comunicación humana (foniatría).
Art. 5.- Para optar al grado de especialista otorrinolaringólogo debe
ser graduado como Médico General en una Universidad reconocida por
la Ley de Educación Superior, estar debidamente incorporado y cumplir
lo siguientes requisitos académicos:
iv) Estructura de la cara, cuello y cirugía oncológica de la
cavidad oral y estructura anexa.
i)
Un año de cirugía general como mínimo o tres años de Medicina Familiar.
v)
Cirugía traumatológica, estética facial y reparadora de
cara y cuello (cirugía de cabeza y cuello).
ii)
Tres años de residentado en otorrinolaringología como mínimo en Hospitales Nacionales con programas de enseñanza
vi) Otoneurología y Otoneurocirugía, procedimientos de
avalados por la Asociación y la Universidad de El Salvador
oído interno y base de cráneo.
o sino Hospitales Extranjeros con programas de enseñanza
vii) Audiología: evaluación de la audición, de todo tipo.
viii) Otorrinolaringología pediátrica y oncológica.
ix) Trastornos del sueño. Diagnóstico con polisonografia
y tratamientos Quirúrgicos y no Quirúrgicos.
en ORL acreditados por su País de origen.
iii)
Los especialistas en otorrinolaringología con estudios en el
extranjero deberán acreditarse ante la asociación de Otorrinolaringología de El Salvador.
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014.
CAPITULO III
DEL PATRIMONIO
25
Art. 13.- La convocatoria a sesión Extraordinaria será hecha por
la Junta Directiva, por sí o por solicitud de un número de Miembros, no
menor de veinticinco por ciento del total y se hará por cualquier medio
posible en razón de la urgencia.
Art. 6.- El Patrimonio de la Asociación estará constituido por:
a)
Las cuotas permanentes anuales de los Miembros.
b)
Donaciones, herencias, legados, contribuciones de personas
naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, respectivamente.
QUORUM
c)
Contribuciones extraordinarias para fines especiales; y
primera convocatoria; en la segunda, el quórum se formará con cualquiera
d)
Todos los bienes muebles e inmuebles que adquiera y las
rentas provenientes de los mismos de conformidad con la
ley.
que sea el número de miembros que hagan acto de presencia.
Art. 14.- El quórum requerido para celebrar Asamblea General
será del cincuenta y uno por ciento, como mínimo de los miembros en la
ACUERDOS
Art. 7.- El Patrimonio será administrado por la Junta Directiva
conforme a las directrices que le manifieste la Asamblea General.
Art. 15.- Los acuerdos de Asamblea General en primera convocatoria
se tomarán para su aprobación con la mitad más uno de los votos de los
asistentes; excepto en el caso de segunda convocatoria o de elecciones,
CAPITULO IV
en que decidirá el voto simple mayoritario.
DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACION
Art. 16.- Los acuerdos tomados en Asamblea General serán obliArt. 8.- El gobierno de la Asociación será ejercido por:
a)
La Asamblea General; y
b)
La Junta Directiva.
gatorios para todos los miembros.
Art. 17.- Todo miembro que no pudiera asistir a cualquiera de las
sesiones de Asamblea General por motivos justificados podrá hacerse
CAPITULO V
representar por escrito por otro miembro. El límite de representaciones
DE LA ASAMBLEA GENERAL
es de un miembro, llevando la voz y el voto de su representado.
Art. 9.- La Asamblea General, debidamente convocada, es la
autoridad máxima de la Asociación y se constituye por la reunión de
los Miembros, debidamente convocados y con el quórum prescrito en
estos Estatutos.
Art. 18.- Son atribuciones de la Asamblea General:
a)
de la Junta Directiva.
b)
Aprobar, reformar o derogar los Estatutos y el Reglamento
Interno de la Asociación.
SESIONES
Art. 10.- La Asamblea General sesionará normalmente en el domicilio de la Asociación, en forma Ordinaria y Extraordinaria.
Elegir, sustituir y destituir total o parcialmente a los miembros
c)
Elegir a los Miembros Honorarios.
d)
Aprobar y/o modificar los Planes, Programas o Presupuesto
Anual de la Asociación.
Art. 11.- Las sesiones serán Ordinarias y Extraordinarias. La primera
vez dentro de los primeros quince días del mes de enero, la segunda vez
dentro los primeros quince días del mes de julio; y Extraordinariamente
cuando fuere convocada por la Junta Directiva.
e)
Aprobar o desaprobar la Memoria Anual de Labores de la
Asociación, presentada por la Junta Directiva.
f)
Fijar las cuotas mensuales y contribuciones eventuales de los
miembros.
CONVOCATORIA
g)
Art. 12.- Para celebrar sesión Ordinaria se convocará con quince
días de anticipación por lo menos; lo hará la Junta Directiva por escrito
y contendrá la agenda a conocer; tres días antes de la fecha señalada
deberá hacerse un recordatorio por cualquier medio.
Decidir sobre la compra, venta o enajenación de los bienes
inmuebles pertenecientes a la Asociación; y
h)
Decidir todos aquellos asuntos de interés para la Asociación
y que no estén contemplados en los presentes Estatutos.
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
26
CAPITULO VI
DE LA JUNTA DIRECTIVA
ELECCION E INTEGRACION
ATRIBUCIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA
Art. 26.- La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones:
a)
Desarrollar las actividades necesarias para el logro de los
fines de la Asociación.
b)
Velar por la administración eficiente y eficaz del patrimonio
de la Asociación.
c)
Elaborar y aprobar el Reglamento Interno o Reglamentos
para completar los Estatutos.
d)
Elaborar la Memoria Anual de Labores de la Asociación.
e)
Promover la elaboración de planes, programas, proyectos
y presupuestos de la Asociación e informar a la Asamblea
General.
f)
Velar por el cumplimiento de los Estatutos, Reglamento
Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General y
de la misma Junta Directiva.
g)
Nombrar entre los Miembros de la Asociación los Comités o
Comisiones que consideren necesarios para el cumplimiento
de los fines de la Asociación.
h)
Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de Asamblea
General.
i)
Decidir sobre las solicitudes de incorporación de nuevos
miembros y proponerlos a la Asamblea General.
j)
Resolver todos los asuntos que no sean competencia de la
Asamblea General.
k)
Decidir el retiro de miembros, conforme a lo establecido en
los artículos cuarenta y tres y siguientes de estos Estatutos;
y
l)
Someter a consideración en la Sesión de Asamblea General,
a realizarse en el mes de julio de cada año, los siguientes
puntos:
Art. 19.- La dirección y administración de la Asociación estará
confiada a la Junta Directiva, la cual será electa por votación general en
sesión Ordinaria, y estará integrada de la siguiente forma: Un Presidente,
un Secretario, un Tesorero, dos Vocales y un Delegado ante el Colegio
Médico.
Art. 20.- Los miembros de la Junta Directiva serán electos para
un período de DOS AÑOS pudiendo ser reelectos, sólo por un período
más; a excepción del Presidente.
REQUISITOS PARA SER MIEMBRO DE LA JUNTA DIRECTIVA
Art. 21.- Para ser elegido miembro de la Junta Directiva se requiere:
a)
Ser miembro fundador.
b)
Ser miembro durante los cinco años previos a la elección.
c)
Estar presente en la sesión de la Asamblea General en que
se verifique la elección; y
d)
Estar solvente con la Asociación y con el Colegio Médico
de El Salvador.
JURAMENTO Y TOMA DE POSESION
Art. 22.- La Junta Directiva será juramentada y tomará posesión
de su cargo en la misma sesión Ordinaria en que sea electo.
SESIONES
i)
Informe diversos si fuera necesario, relacionados con
la marcha de la Asociación.
ii)
Organizar Seminarios, Cursos, Congresos Nacionales
e Internacionales, giras de miembros al exterior y otro
evento que juzguen necesario.
Art. 23.- La Junta Directiva sesionará Ordinariamente por lo menos
una vez al mes, y Extraordinariamente cuantas veces sea necesario, previa
iii) Designar delegados a Congresos, Seminarios, entre otros
a los que fuera invitada a participar la Asociación.
convocatoria de cualquiera de sus miembros propietarios.
iv) Velar por las prestaciones sociales de los miembros.
QUORUM
v)
Art. 24.- El quórum necesario para que la Junta Directiva pueda
Auditar el inventario de los bienes de Asociación, por
lo menos una vez al año.
sesionar será de cuatro de sus miembros y sus acuerdos deberán ser
tomados por la mayoría de los asistentes.
ATRIBUCIONES Y DEBERES DEL PRESIDENTE.
Art. 27.- Son atribuciones y deberes del Presidente:
a)
Presidir las sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea
General.
b)
aprobación correspondiente de la mayoría de los asistentes a la sesión;
Velar por el cumplimiento de los acuerdos, resoluciones de
la Junta Directiva y de la Asamblea General, así como de los
en caso de empate el Presidente tendrá voto de calidad.
Estatutos y Reglamento Interno de la Asociación.
ACUERDOS
Art. 25.- Para tomar decisiones la Junta Directiva necesita la
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014.
c)
Representar judicial y extrajudicialmente a la Asociación,
b)
d)
c)
d)
Secretario.
e)
Autorizar con su firma las actas de las Sesiones.
f)
Autorizar juntamente con el Tesorero las erogaciones que
tenga que hacer la Asociación.
g)
Autorizar juntamente con el Presidente las erogaciones que
la Asociación tenga que realizar.
Convocar a sesiones Ordinarias y Extraordinarias de la
Asamblea General y de la Junta Directiva por medio del
Llevar o tener control directo de los libros de contabilidad
de la Asociación.
pudiendo otorgar poderes previa autorización de la Junta
Directiva.
27
Recordar a los miembros las cuotas permanentes que deberán
de pagar a la Asociación.
e)
Percibir las contribuciones extraordinarias, donativos de miembros y particulares, y los demás ingresos que hubieren.
f)
Preparar el anteproyecto de presupuesto de la Asociación
Presentar la Memoria de Labores de la Asociación y cualquier
para someterlo a la consideración de la Junta Directiva quince
informe que le sea solicitado por la misma.
días antes de ser sometido a la aprobación de la Asamblea
General.
h)
Suscribir certificados y documentos aprobados por la Junta
Directiva.
g)
Las cuentas bancarias tendrán tres firmas autorizadas: La del
Tesorero, el Presidente y el Secretario, siendo necesarias dos
i)
Firmar con el Secretario las credenciales a los delegados que
firmas para el retiro; y
se nombraren; y
h)
j)
Asistir puntalmente a las sesiones de Junta Directiva.
Juramentar a los miembros de la nueva Junta Directiva.
ATRIBUCIONES Y DEBERES DE LOS VOCALES
ATRIBUCIONES Y DEBERES DEL SECRETARIO
Art. 30.- Son atribuciones y deberes de los Vocales:
Art. 28.- Son atribuciones y deberes del Secretario:
a)
a)
b)
Directiva, a efecto de procurar el logro de los fines de la
y de Junta Directiva.
Asociación;
Custodiar y llevar el archivo de documentos de la Asociación
b)
y del registro de los miembros de la Asociación.
c)
Extender todas las certificaciones que fueran solicitadas a la
Hacer y enviar las convocatorias a los miembros para las
Sustituir a cualquier miembro de la Junta Directiva en caso
de ausencia o impedimento;
c)
Asociación.
d)
Colaborar directamente con todos los miembros de la Junta
Llevar los libros de actas de las sesiones de Asamblea General
Desempeñar las comisiones que le encomiende la Junta
Directiva; y
d)
Asistir puntalmente a las sesiones de Junta Directiva.
sesiones.
e)
Ser el órgano oficial de comunicación de la Junta Directi-
ATRIBUCIONES Y DEBERES DEL DELEGADO
va.
Art. 31.- Son atribuciones y deberes del Delegado:
f)
Atender el trabajo de actas y correspondencia.
g)
Preparar la Memoria Anual de Labores y los informes refe-
a)
rentes a la marcha de la Asociación que se han de presentar
b)
h)
Asistir puntualmente a las sesiones de Junta Directiva; e
i)
Desempeñar todas las demás funciones, propias de su cargo,
Asistir a todas las Asambleas Generales que el Colegio Médico
de El Salvador realice; y
a consideración de la Junta Directiva, quince días antes de
ser sometidos a la aprobación de la Asamblea General.
Asistir puntalmente a las Sesiones de Junta Directiva;
c)
Informar a la Junta Directiva sobre los puntos tratados en las
Asambleas Generales del Colegio Médico de El Salvador.
CAPITULO VII
que le encomienda la Junta Directiva.
DE LOS MIEMBROS
ATRIBUCIONES Y DEBERES DEL TESORERO
Art. 32.- Podrán ser miembros todas las personas sin distinción de
Art. 29.- Son atribuciones y deberes del Tesorero:
a)
raza, credo, religión e ideología política, mayores de dieciocho años de
Recibir y depositar los fondos que la Asociación obtenga,
edad, siempre y cuando tengan el grado de Doctor en Medicina legal-
en uno o varios Bancos de la localidad o en la Cooperativa
mente autorizado para ejercer la medicina en El Salvador, ser miembro
Médica, según acuerdo de Junta Directiva, en cuenta corriente
del Colegio Médico de El Salvador y estar en pleno goce de sus derechos
o de ahorro o a plazo fijo, a nombre de la Asociación.
colegiales.
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
28
Art. 33.- La Asociación tendrá las siguientes clases de miembros:
Art. 36.- Para ser miembro Honorario se requiere:
a)
a)
Miembros Fundadores.
b)
Miembros Contribuyentes.
c)
Miembros Honorarios.
d)
Miembros Correspondientes.
e)
Miembros Contribuyentes Residentes.
Haberse mantenido como miembro de la Asociación por un
período no menor de veinticinco años; y
b)
Aquellos Médicos Extranjeros Especialistas, que hayan
prestado servicios relevantes a la Especialidad. La propuesta
de un candidato a Miembro Honorario deberá ser presentada por escrito a la Junta Directiva quien la someterá a su
consideración, y posteriormente la someterá a su votación y
aprobación ante la Asamblea General.
Serán MIEMBROS FUNDADORES: Todas las personas que
suscriban la Escritura Pública de Constitución de la Asociación.
Serán MIEMBROS CONTRIBUYENTES: Los médicos que ya
Art. 37.- Para ser miembro Correspondiente se requiere:
a)
terminaron sus estudios en la especialidad de Otorrinolaringología y se
encuentren ejerciendo dicha especialidad médica.
Serán MIEMBROS HONORARIOS: Todas las personas que por
su labor y méritos en favor de la Asociación sean así nombrados por la
Ser médico y poseer una especialidad afín a la Otorrinolaringología, Cirugía de Cabeza y Cuello; y
b)
Que solicite por escrito el ingreso a la Asociación.
Esta calidad de miembro no podrá optar a cargos directivos y en
las sesiones tendrá únicamente voz.
Asamblea General.
Serán MIEMBROS CORRESPONDIENTES. Los médicos que
no son otorrinolaringólogos, pero que tienen una especialidad médica,
Art. 38.- Para ser miembro Contribuyente Residente se requiere:
a)
que es afín con la otorrinolaringología.
un Hospital con programas de enseñanza avalados por la
Asociación y la Universidad de El Salvador; y
Serán MIEMBROS CONTRIBUYENTES RESIDENTES. Aquel
médico que está realizando sus estudios en la especialidad de Otorrino-
Estar cursando la especialidad de Otorrinolaringología en
b)
Que solicite por escrito el ingreso a la Asociación.
laringología.
DERECHOS DE LOS MIEMBROS
Art. 34.- Para ser miembro Fundador se requiere:
a)
Ser Doctor en Medicina legalmente autorizado para ejercer
Art. 39.- Son derechos de los miembros:
a)
b)
Contribuyentes Residentes que sólo tendrán voz.
Ser miembro del Colegio Médico de El Salvador y estar en
pleno goce de sus derechos colegiales.
A asistir a las sesiones de Asamblea General con voz y voto;
excepto los miembros Honorarios, Correspondientes y los
la medicina en El Salvador.
b)
A intervenir en la elección de los miembros de la Junta
Directiva de la Asociación.
c)
Haber firmado la Escritura Pública de Constitución de la
Asociación; y
d)
c)
A ser electo miembro de la Junta Directiva siempre y cuando
reúna los requisitos exigidos en el artículo veintiuno de los
presentes Estatutos.
Cumplir con los requisitos del artículo cinco.
d)
A representar a la Asociación en los actos para los cuales se
le hubiere delegado esa facultad.
Art. 35.- Para ser miembro Contribuyente se requiere:
e)
Obtener ayuda de toda índole de la Asociación, tanto
a)
Haber cumplido el requisito del artículo cinco.
profesional como personal, a juicio prudencial de la Junta
b)
Ser miembro del Colegio Médico de El Salvador y estar en
Directiva.
pleno goce de sus derechos colegiales.
c)
f)
Dirimir conflictos y/o diferencias entre miembros, interponer
ante la Junta Directiva denuncia correspondiente para que la
Solicitar personalmente o por medio de su apoderado su
Junta Directiva la derive al Comité correspondiente.
ingreso a la Asociación.
g)
d)
Presentar un trabajo científico, previamente aprobado por el
Comité Científico; y
e)
Ser aceptado por la Junta Directiva.
A renunciar, la cual deberá ser presentada por escrito dirigida
a la Junta Directiva; y
h)
Las demás que les señalen los Estatutos y Reglamento Interno
de la Asociación.
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014.
DEBERES Y OBLIGACIONES DE LOS MIEMBROS
c)
a)
d)
La negligencia inexcusable en el cumplimiento de las comisiones que sean asignadas.
Pagar las cuotas establecidas y las contribuciones extraordinarias con fines especiales que acuerden la Asamblea
Observar conductas inapropiadas en las sesiones de la Junta
Directiva o la Asamblea General.
Art. 40.- Son deberes y obligaciones de todos los miembros, a
excepción de los miembros Honorarios:
29
e)
Cuando un miembro de la Junta Directiva o miembro de la
General.
Asociación se negare a cumplir con los Estatutos, Reglamento
b)
Asistir a las sesiones de Asamblea General.
Interno y resoluciones de la Asamblea General; y
c)
Cumplir con las obligaciones correspondientes cuando sea
f)
miembro de la Junta Directiva.
d)
Cuando se den expresiones irrespetuosas para los miembros
de la Asociación.
Desempeñar las misiones que se le encomienden, salvo causas
justificadas; y
e)
Art. 45.- Se consideran como faltas graves, aquellas que afecten
Colaborar en todo aquello que contribuya a la realización de
los propósitos afines de la Asociación.
seriamente la marcha normal de la Asociación, como son:
a)
La malversación de fondos o cualquier acción u omisión
voluntarias que afecten el patrimonio de la Asociación.
Art. 41.- Todo ex-miembro que desee reingresar a la Asociación
b)
la Asociación.
deberá llenar los requisitos y trámites exigidos por la aceptación de un
miembro Contribuyente y pagar las cuotas pendientes desde la época
c)
en que dejó de pertenecer a la Asociación.
Hacer uso del prestigio y buen nombre de la Asociación en
beneficio propio.
d)
Art. 42.- La calidad de miembro se perderá por las causas siguien-
Las conductas que pongan en entredicho el buen nombre de
e)
tes:
El haberse hecho acreedor de dos o más amonestaciones; y
Cuando un miembro de la Asociación omitiere o retardare
injustificadamente los asuntos que le fueron encomendados
a)
b)
Por violación a estos Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos
por la Junta Directiva o la Asamblea General, produciendo
y resoluciones de la Asamblea General.
un perjuicio a la Asociación.
Por otras faltas graves cometidas, que a juicio de la Asamblea
General merezcan tal sanción; y
c)
Por renuncia presentada por escrito a la Junta Directiva.
CAPITULO VIII
SANCIONES A LOS MIEMBROS, MEDIDAS
DISCIPLINARIAS, CAUSALES Y
Art. 46.- Al tener conocimiento la Junta Directiva de una falta leve
cometida y la Junta Directiva resolverá lo que corresponda.
Art. 47.- La Junta Directiva conocerá de las faltas graves cometidas
por el infractor de acuerdo con el procedimiento siguiente:
a)
Conocida la falta se comunicará al miembro para que dentro de
los cinco días hábiles siguientes presente pruebas de descargo
PROCEDIMIENTO DE APLICACION
en su defensa.
b)
sancionarlo.
Art. 43.- Los miembros responderán y serán sancionados por las
acciones u omisiones en contravención a estos Estatutos, a los Regla-
Transcurrido dicho plazo, la Junta Directiva decidirá si procede
c)
mentos y acuerdos o resoluciones tomados por la Asamblea General
Impuesta la sanción, se tendrá derecho a apelar ante la Asamblea General dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes
o Junta Directiva, pudiendo incurrir en faltas leves y graves, según lo
a su notificación; y
establecen los presentes Estatutos.
d)
Planteada la apelación, deberá convocarse a la Asamblea
General para que conozca del asunto, sesión en la cual deberá
Art. 44.- Se establecen como faltas leves, aquellas que sin causar
oírsele al miembro sancionado y resolver dentro de la misma.
un grave perjuicio a la Asociación entorpecen su normal funcionamiento,
Si la persona infractora es miembro de la Junta Directiva, será
como son:
competente para conocer la Asamblea General, quien seguirá
el mismo procedimiento señalado en el artículo anterior,
a)
Mora en el pago de tres cuotas anuales.
b)
La inasistencia injustificada a tres sesiones de cualquiera de
en este caso, podrá hacerse uso del recurso de revisión ante
los órganos de gobierno.
el mismo organismo.
declarándose en sesión permanente durante el procedimiento;
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
30
Art. 48.- La persona que incurra en cualquiera de las faltas señala-
Art. 55.- La Asociación se regirá por la LEY DE ASOCIACIONES
das en los artículos precedentes, será sancionada, en caso de faltas leves
Y FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO, por los presentes Estatutos,
con amonestaciones y en caso de faltas graves con la expulsión de la
y demás disposiciones legales aplicables.
Asociación.
DISPOSICION TRANSITORIA
CAPITULO IX
DE LA DISOLUCION
Art. 56.- Para efectos de estos Estatutos se considera como especialistas a todos aquellos que están ejerciendo la Otorrinolaringología
y Cirugía de Cabeza y Cuello.
Art. 49.- No podrá disolverse la Asociación sino por disposición
de la ley o por resolución tomada en Asamblea General Extraordinaria,
Art. 57.- En el primer año de la Asociación, se podrá designar
convocada a ese efecto y con un número de votos que represente por lo
Miembros Honorarios a quienes la Asamblea General, les confiera el
menos las dos terceras partes de sus miembros.
honor, en virtud de sus relevantes méritos profesionales, personales y
trayectoria académica.
Art. 50.- Para celebrar sesión Extraordinaria de Asamblea General
que tenga por objeto la disolución, será necesaria la concurrencia de por
VIGENCIA
lo menos las dos terceras partes de los miembros, y la resolución podrá
ser tomada con el setenta y cinco por ciento de los asistentes.
Art. 58.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia desde el día
de su publicación en el Diario Oficial.
Art. 51.- En caso de acordarse la disolución de la Asociación se
nombrará una Junta de Liquidación compuesta de cinco personas, electas por la Asamblea General Extraordinaria que acordó la disolución.
Previa liquidación los bienes que sobraren después de cancelar todos
sus compromisos se donarán al Colegio Médico de El Salvador.
CAPITULO X
ACUERDO No. 25
San Salvador, 20 de enero del 2014.
REFORMA DE ESTATUTOS
Vistos los anteriores ESTATUTOS de la ASOCIACION SALVADOREÑA DE OTORRINOLARINGOLOGIA Y CIRUGIA DE
Art. 52.- La reforma e interpretación de los presentes Estatutos
serán atribución de la Asamblea General, quien para ello tomará acuerdo
de conformidad con lo que establece el artículo quince de los presentes
CABEZA Y CUELLO y que podrá abreviarse "ASORL", compuestos
de CINCUENTA Y OCHO Artículos, constituida por Escritura Pública
celebrada en la ciudad de San Salvador, Departamento de San Salvador,
Estatutos.
a las nueve horas del día 19 de diciembre del 2013, otorgada ante los
oficios del Notario GERMAN ANTONIO GONZALEZ ORTEZ, y no
CAPITULO XI
DISPOSICIONES GENERALES
encontrando en ellos ninguna disposición contraria a las Leyes del País,
de conformidad con el Art. 65 de la Ley de Asociaciones y Fundaciones
sin Fines de Lucro, el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Gobernación,
ACUERDA: a) Aprobarlos en todas sus partes confiriendo a dicha
Art. 53.- Los documentos sujetos a registro deberán ser presentados
dentro de los quince días siguientes a su formalización.
Entidad el carácter de PERSONA JURIDICA; b) Publíquense en el
Diario Oficial; y c) Inscríbase la referida entidad en el REGISTRO
DE ASOCIACIONES Y FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO.
COMUNIQUESE. EL MINISTRO DE GOBERNACION, GREGORIO
Art. 54.- Todo lo relativo al orden interno de la Asociación no
ERNESTO ZELAYANDIA CISNEROS.
comprendido en estos Estatutos, se establecerá en el Reglamento Interno de la misma, el cual deberá ser elaborado por la Junta Directiva y
aprobado por la Asamblea General.
(Registro No. F025995)
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014.
31
MINISTERIO DE ECONOMÍA
RAMO DE ECONOMIA
ACUERDO No. 57
San Salvador, 28 de enero de 2014
EL ÓRGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE ECONOMÍA.
Vista la solicitud presentada el día treinta y uno de mayo de dos mil once, por el señor RÉGULO ERAZO RIVAS, mayor de edad, Ingeniero
Agrónomo, con domicilio en Municipio y Departamento de San Salvador, actuando en calidad de persona natural, relativas a la obtención de Concesión
de Explotación de una cantera de material pétreo denominada "SAN DIEGO II", ubicada en Cantón San Diego, Municipio de El Paisnal, Departamento de San Salvador, la cual inicialmente se solicitó para una extensión superficial de ciento setenta y siete mil seiscientos tres punto cuarenta y
cuatro metros cuadrados (177,603.44m2), y posteriormente el día veintidós de febrero del dos mil trece se presentó solicitud a fin de modificar el área
de concesión de explotación, en el sentido de reducir el área disponible a ciento setenta y cinco mil quinientos ochenta y tres punto sesenta y nueve
metros cuadrados (175,583.69m2), del cual se explotará una superficie efectiva de ciento cuarenta y nueve mil novecientos sesenta y uno punto treinta
y siete metros cuadrados (149,961.37m2), y
CONSIDERANDO:
I.
Que se ha presentado por parte del señor Régulo Erazo Rivas, la documentación requerida en el Artículo 37 inciso segundo, de la Ley
de Minería, la cual consiste en: a) Plano de ubicación del inmueble en que se realizarán las actividades, hoja geográfica del área, plano
topográfico y su respectiva descripción técnica y extensión del área solicitada; b) Contrato de arrendamiento de los inmuebles rústicos en
donde se ubica la cantera de material pétreo solicitada, c) Permiso Ambiental, con copia del Estudio de Impacto Ambiental; d) Estudio de
Factibilidad Técnico Económico; y e) Programa de explotación.
II.
Que habiéndose presentado lo requerido por esta Dirección mediante prevenciones de fechas veintiuno de septiembre de dos mil once,
treinta de marzo de dos mil doce, siete de agosto del dos mil trece y doce de septiembre del dos mil trece, subsanando tanto los aspectos
legales, técnicos, económicos y financieros prevenidos.
III.
Que de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 38 de la Ley de Minería, se practicó inspección el día veintiuno de febrero de dos mil
doce, en la cantera denominada "San Diego II", la cual resultó favorable; por lo que se admitió la solicitud presentada el día treinta y uno
de mayo del año dos mil once, mediante auto de las ocho horas del día veinte de julio del mismo año.
IV.
Que habiendo cumplido con las publicaciones a que se refiere el Artículo 40 de la referida Ley, y no habiéndose interpuesto oposición
alguna, se ordenó los trabajos de mensura y amojonamiento de los límites del área de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 42 de la Ley de
Minería, los cuales fueron verificados de conformidad al mismo Artículo, mediante inspección realizada el día seis de septiembre del año
dos mil doce.
V.
Que a través de escrito presentado el día veintidós de febrero del presente año, el peticionario informa a esta Dirección, que del área efectiva
a explotar es de ciento cuarenta y nueve mil novecientos sesenta y uno punto treinta y siete metros cuadrados (149,961.37m2).
VI.
Que en el día veintitrés de abril del presente año, se realizó nueva inspección de mensura y amojonamiento conforme a plano presentado
de la nueva área a explotar solicitada, constando que en el sector sur poniente de la cantera, específicamente entre los mojones M1 y M 44,
del polígono general de explotación, con la reducción del área, este lindero se movió 8.78 metros en sentido Noreste, el área de protección
queda aumentada a dieciocho punto setenta y ocho metros, los demás linderos no fueron afectados.
VII.
Que habiendo cumplido con lo dispuesto en el Artículo 32 literal "d)" de la Ley de Minería, presentando a este Ministerio el día siete de
enero del dos mil catorce, el documento mediante el cual el Titular constituye fianza a favor del Estado de El Salvador, se considera procedente otorgar la concesión solicitada.
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32
POR TANTO:
De conformidad a lo dispuesto en el Art. 43 de la Ley de Minería y Art. 34 de su Reglamento, este Ministerio,
ACUERDA:
1)
OTORGAR al señor RÉGULO ERAZO RIVAS, Concesión por el término de CINCO AÑOS, para la Concesión de Explotación de una
cantera de material de material pétreo denominada "SAN DIEGO II", ubicada en Cantón San Diego, Municipio de El Paisnal, departamento
de San Salvador, la cual inicialmente se solicitó para una extensión superficial de ciento setenta y cinco mil trescientos ochenta y tres punto
sesenta y nueve metros cuadrados (175,583.69m2), del cual se explotará una superficie efectiva de ciento cuarenta y nueve mil novecientos
sesenta y uno punto treinta y siete metros cuadrados (149,961.37m2),
2)
El titular en referencia queda sujeto a las obligaciones siguientes:
a)
La explotación de la cantera deberá realizarse conforme al diseño y método de explotación propuesto.
•
Se dejarán áreas de retiro y protección de las siguientes dimensiones: a los terrenos vecinos diez metros, a la calle de acceso
ubicada al rumbo Poniente del área de la Concesión veinticinco metros, y a la quebrada quince metros. Los cortes o taludes generados en estas áreas de protección serán estabilizados con zacate estrella y una relación de pendiente de 1V:2H. Se construirán
en estos taludes, canaletas con las medidas propuestas con caídas de agua o disipadores de energía.
Se construirán drenajes naturales para evacuar hacia la quebrada existente, las aguas superficiales del área de extracción en la
época de lluvia. Estos drenajes se mantendrán en cada época de lluvia, mientras dure la extracción del material
Para garantizar que no se aflore el nivel freático, se realizarán, antes de iniciar las actividades de extracción, excavaciones de
muestreo, para determinar la profundidad del nivel freático y por consecuencia la profundidad de la extracción, según las diferentes zonas en que se ha dividido el área de la cantera.
b)
•
Cumplir con el Programa Técnico de explotación establecido, o presentar las modificaciones si las hubiere que complementen
o sustituyan al programa original;
•
Presentar anualmente un informe sobre el desarrollo de la explotación de la cantera;
•
Permitir las labores de inspección y auditorías de parte de los Delegados del Ministerio y la Dirección;
•
Pagar los Impuestos que para tal efecto establece la Alcaldía Municipal a cuya Jurisdicción pertenece el inmueble en que se
ubica la cantera, de conformidad a lo establecido en el Artículo 65, literal b) de la Ley de Minería;
•
Capacitar personal técnico y establecer programas de seguridad minera, a la vez dotar al personal del equipo de protección
individual necesario, para la protección en la realización de las labores mineras;
•
El Titular deberá cumplir con la obligación de preservar el medio ambiente; asimismo, con las demás obligaciones que se deriven
de la Ley de Minería y su Reglamento, el Acuerdo y el Contrato de Explotación, así como la Legislación en materia laboral y
otras normas que le fuesen aplicables;
•
Presentar a esta Dirección el Manual de Seguridad Minera, dentro del primer año de otorgada la concesión, para su aprobación.
Que la Dirección Reguladora de Hidrocarburos y Minas previo a dar por terminada la Concesión, deberá solicitar a la Titular documentación emitida por el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales que indique que se ha dado cumplimiento con el Programa
de Manejo Ambiental, incluidas las de cierre.
3)
El presente Acuerdo deberá ser aceptado por escrito por el Titular, en el término de OCHO DIAS, contados desde el día siguiente de su
notificación; caso contrario se revocará.
4)
La Concesión que por medio de este Acuerdo se concede, queda condicionada al otorgamiento del contrato a que se refieren los Artículos
44 de la Ley de Minería, y 35, 36 y 37 de su Reglamento; para este efecto, una vez publicado en el Diario Oficial el presente Acuerdo, el
interesado deberá presentar al Ministerio de Economía un proyecto del contrato que señalan esos artículos, indicando el nombre del Notario ante cuyos oficios se otorgará y las condiciones aquí establecidas, en el plazo de treinta días posteriores al día de la publicación antes
mencionada.
5)
El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial, a costa del interesado.
COMUNÍQUESE. JOSÉ ARMANDO FLORES ALEMÁN, MINISTRO.
(Registro No. F025961)
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DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
(Registro No. F026101)
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014.
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MINISTERIO DE EDUCACIÓN
RAMO DE EDUCACION
ACUERDO No. 15-2181.-
San Salvador, 19 de noviembre de 2013.
EL MINISTRO DE EDUCACION AD-HONOREM, en uso de las facultades legales que establece el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo,
CONSIDERANDO: I) Que a la Dirección Nacional de Educación, se presentó VLADIMIR ALEXANDER AYALA SÁNCHEZ, de nacionalidad
salvadoreña, solicitando EQUIVALENCIA de sus estudios de Octavo Grado del Nivel Básico, realizados en el Centro Educativo "Colegio Alianza",
Municipio de Las Terrenas, Samaná, República Dominicana en el año 2013, con los de Octavo Grado de nuestro país; II) Que según Resolución de
fecha 18 de noviembre de 2013 emitida por el Departamento de Acreditación Institucional de la Dirección Nacional de Educación de este Ministerio,
después de comprobar la legalidad de la documentación presentada y el cumplimiento de los requisitos legales exigidos, con base a los Artículos
59 y 62 de la Ley General de Educación y demás disposiciones legales vigentes, resolvió autorizar la Equivalencia de estudios de Octavo Grado del
Nivel Básico, obtenido por VLADIMIR ALEXANDER AYALA SÁNCHEZ, en el Centro Educativo "Colegio Alianza", Municipio de Las Terrenas,
Samaná, República Dominicana. POR TANTO: De conformidad a lo establecido por los Artículos 59 y 62 de la Ley General de Educación y Artículo
4 del Reglamento para Equivalencias y Pruebas de Suficiencia en Educación Básica y Media e Incorporación de Títulos de Educación Media y demás disposiciones legales vigentes. ACUERDA: 1) Confirmar el reconocimiento de equivalencia de los estudios de Octavo Grado del Nivel Básico,
cursados en el Centro Educativo "Colegio Alianza", Municipio de Las Terrenas, Samaná, República Dominicana, a VLADIMIR ALEXANDER
AYALA SÁNCHEZ, reconociéndole su validez académica dentro de nuestro sistema educativo, para matricularse en Noveno Grado de nuestro país.
2) Publíquese en el Diario Oficial. COMUNÍQUESE.-
FRANZI HASBUN BARAKE,
MINISTRO DE EDUCACION AD-HONOREM
(Registro No. F026100)
ACUERDO No. 15-0070.-
San Salvador, 09 enero de 2014.
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM, en uso de las facultades legales que establece el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo,
en su Art. 38 numerales 1, 6 y 8; CONSIDERANDO: I) Que a la Dirección Nacional de Educación Superior, se ha presentado ALISSON GEORGINA
TREJO MÉNDEZ, solicitando que se le reconozca el grado académico de DOCTORA EN MEDICINA, obtenido en la ESCUELA LATINOAMERICANA DE MEDICINA, en la REPÚBLICA DE CUBA, el día 24 de julio de 2007; lo anterior de conformidad a lo dispuesto en el Art. 20 de la
Ley de Educación Superior, el Reglamento Especial de Incorporaciones y a las facultades concedidas en los mismos a este Ministerio; II) Que de
conformidad a los Arts. 2, numeral 5, Arts. 4 y 5 del Convenio Regional de Convalidación de Estudios, Títulos y Diplomas de Educación Superior
en América Latina y el Caribe, suscrito por nuestro país el día veintisiete de septiembre de mil novecientos setenta y seis, ratificado por la Asamblea
Legislativa, a los dieciocho días del mes de noviembre de mil novecientos setenta y seis, publicado en el Diario Oficial No. 235, Tomo No. 253 de
fecha 21 de diciembre de 1976 y vigente a la fecha, procede dicho reconocimiento académico; III) Que habiéndose examinado la documentación
presentada en la Gerencia de Registro, Incorporaciones y Asistencia Legal, la Dirección Nacional de Educación Superior, con fecha 21 de diciembre
de 2013, ha emitido el Dictamen favorable para la incorporación por reconocimiento del Título Académico mencionado en el romano uno; POR
TANTO: Este Ministerio con base a las razones expuestas, y satisfechos los requisitos legales establecidos en la Ley de Educación Superior y demás
instrumentos legales. ACUERDA: 1°) Reconocer la validez académica de los estudios de DOCTORA EN MEDICINA, realizados por ALISSON
GEORGINA TREJO MÉNDEZ, en la República de Cuba; 2°) Tener por incorporada a ALISSON GEORGINA TREJO MÉNDEZ, como DOCTORA
EN MEDICINA, en nuestro país; 3°) El presente Acuerdo Ejecutivo, no constituye autorización alguna para el ejercicio profesional, la cual deberá ser
tramitada ante la instancia correspondiente; 4°) El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario
Oficial. COMUNÍQUESE.
FRANZI HASBUN BARAKE,
MINISTRO DE EDUCACION AD-HONOREM
(Registro No. F025968)
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
54
MINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONAL
RAMO DE LA DEFENSA NACIONAL
ACUERDO No. 027.-
San Salvador, veinticuatro de febrero del año dos mil catorce.
EL ORGANO EJECUTIVO, de conformidad con la resolución emitida por el Ministerio de la Defensa Nacional, contenida a folio veinte de
las diligencias promovidas por la señora MARÍA ELVIRA DE LA PAZ GUEVARA DE SALGADO, conocida por MARÍA ELVIRA DE LA PAZ
GUEVARA, con Documento Único de Identidad Número cero dos cuatro seis cinco cero dos ocho guión tres, esposa del extinto miembro de Escoltas
Militares de Barrios, Colonias y Cantones, señor LORENZO SALGADO, con Documento Único de Identidad Número cero uno cuatro cinco dos seis
dos dos guión cero.
CONSIDERANDO:
1. Que el expresado causante se encontraba pensionado por el Estado en este Ramo, según Acuerdo Ejecutivo No. 702, de fecha 12 de diciembre
de 1990; que éste falleció a las diez horas del día 21 de agosto del año 2013, a consecuencia de Enfermedad Común, sin Asistencia Médica, lo que se
comprueba mediante Certificación de Partida de Defunción contenida a folio dos, extendida en la Alcaldía Municipal de Usulután, Departamento de
Usulután, el veintiuno de agosto de dos mil trece, que la señora MARÍA ELVIRA DE LA PAZ GUEVARA DE SALGADO, fue esposa del fallecido
pensionado LORENZO SALGADO, vínculo que comprueba por medio de la Certificación de Partida de Matrimonio, contenida a folio tres extendida
en la Alcaldía Municipal de El Tránsito, Departamento de San Miguel, el veinticinco de septiembre del año dos mil trece.
2. Que de conformidad a lo establecido en el Decreto No. 550 de la Junta Revolucionaria de Gobierno de fecha 22 de Diciembre de 1980, publicado
en el Diario Oficial No. 241, Tomo 269, de la misma fecha; Artículo 1 del Decreto Legislativo No. 200 de fecha 16 de Marzo de 1989; Instructivo No.
5.061 para la asignación de Pensiones y Montepíos de los Ex Miembros de las Escoltas Militares, de fecha 20 de noviembre de 1996 y al dictamen
favorable del Ministerio de Hacienda, emitido en oficio No. 0190, de fecha 18 de febrero de 2014, en que se considera procedente conceder a la señora
MARÍA ELVIRA DE LA PAZ GUEVARA DE SALGADO, el montepío militar que solicita.
POR TANTO:
En atención a las razones expuestas y a las disposiciones legales citadas; este Ministerio,
ACUERDA:
Asignar a partir del día 21 de agosto de 2013, a favor de la señora MARÍA ELVIRA DE LA PAZ GUEVARA DE SALGADO, el MONTEPÍO
MILITAR mensual de TREINTA Y CUATRO DÓLARES CON VEINTINUEVE CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMÉRICA ($34.29), que se pagará por medio de la Pagaduría Auxiliar de Clases Pasivas del Ministerio de Hacienda. COMUNÍQUESE.
JAIME LEONARDO PARADA GONZÁLEZ,
GENERAL DE AVIACIÓN,
VICEMINISTRO DE LA DEFENSA NACIONAL.
ACUERDO No. 028
San Salvador, veinticuatro de febrero del año dos mil catorce.
EL ORGANO EJECUTIVO, de conformidad con la resolución emitida por el Ministerio de la Defensa Nacional, contenida a folio dieciséis de
las diligencias promovidas por la señora MARÍA ENMA LÓPEZ BELTRÁN, con Documento Único de Identidad Número cero cuatro cinco ocho
siete nueve siete tres guión siete, conviviente declarada judicialmente del extinto miembro de Escoltas Militares de Barrios, Colonias y Cantones, señor
SEGUNDO PALACIOS ALDANA, conocido por SEGUNDO PALACIOS, con Documento Único de Identidad Número cero uno uno seis cinco tres
cuatro cuatro guión dos.
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014.
55
CONSIDERANDO:
1. Que el expresado causante se encontraba pensionado por el Estado en este Ramo, según Acuerdo Ejecutivo No. 024, de fecha 11 de febrero
de 1997; que éste falleció a las veintiuno horas veinte minutos, del día 12 de agosto del año 2012, a consecuencia de Neumonía + Insuficiencia Respiratoria, con asistencia médica, lo que se comprueba mediante Certificación de Partida de Defunción contenida a folio dos, extendida en la Alcaldía
Municipal de Santa Cruz Analquito, Departamento de Cuscatlán, el diez de enero del dos mil catorce, que la señora MARÍA ENMA LÓPEZ BELTRÁN,
fue esposa del fallecido pensionado SEGUNDO PALACIOS ALDANA, conocido por SEGUNDO PALACIOS, vínculo que comprueba por medio
de la Certificación de Partida de Uniones no Matrimoniales, contenida a folio cinco extendida en la Alcaldía Municipal de Santa Cruz Analquito,
Departamento de Cuscatlán, el seis de enero del año dos mil catorce.
2. Que de conformidad a lo establecido en el Decreto No. 550 de la Junta Revolucionaria de Gobierno de fecha 22 de Diciembre de 1980, publicado
en el Diario Oficial No. 241, Tomo 269, de la misma fecha; Artículo 1 del Decreto Legislativo No. 200 de fecha 16 de Marzo de 1989; Instructivo No.
5.061 para la asignación de Pensiones y Montepíos de los Ex Miembros de las Escoltas Militares, de fecha 20 de noviembre de 1996 y al dictamen
favorable del Ministerio de Hacienda, emitido en oficio No. 0180, de fecha 18 de febrero de 2014, en que se considera procedente conceder a la señora
MARÍA ENMA LÓPEZ BELTRÁN, el montepío militar que solicita.
POR TANTO:
En atención a las razones expuestas y a las disposiciones legales citadas; este Ministerio,
ACUERDA:
Asignar a partir del día 12 de agosto de 2012, a favor de la señora MARÍA ENMA LÓPEZ BELTRÁN, el MONTEPÍO MILITAR mensual de
TREINTA Y CUATRO DÓLARES CON VEINTINUEVE CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA ($34.29), que
se pagará por medio de la Pagaduría Auxiliar de Clases Pasivas del Ministerio de Hacienda. COMUNÍQUESE.
JAIME LEONARDO PARADA GONZÁLEZ,
GENERAL DE AVIACIÓN,
VICEMINISTRO DE LA DEFENSA NACIONAL.
ACUERDO No. 029.-
San Salvador, veinticinco de febrero del año dos mil catorce.
EL ORGANO EJECUTIVO, de conformidad con la resolución emitida por el Ministerio de la Defensa Nacional, contenida a folio dieciocho
de las diligencias promovidas por la señora MARÍA ELENA MARTÍNEZ VIUDA DE CABALLERO, conocida por MARÍA ELENA MARTÍNEZ,
con Documento Único de Identidad Número cero uno cinco siete ocho ocho tres cuatro guión seis, esposa del extinto miembro de Escoltas Militares
de Barrios, Colonias y Cantones, señor RAFAEL AUDON CABALLERO, con Documento Único de Identidad Número cero uno tres cinco ocho tres
ocho ocho guión nueve.
CONSIDERANDO:
1. Que el expresado causante se encontraba pensionado por el Estado en este Ramo, según Acuerdo Ejecutivo No. 454, de fecha 20 de septiembre
de 1994; que éste falleció a las dos horas del día 14 de diciembre del año 2013, a consecuencia de Mieloma Múltiple, sin Asistencia Médica, lo que se
comprueba mediante Certificación de Partida de Defunción contenida a folio cinco, extendida en la Alcaldía Municipal de El Triunfo, Departamento
de Usulután, el trece de enero de dos mil catorce, que la señora MARÍA ELENA MARTÍNEZ VIUDA DE CABALLERO, conocida por MARÍA
ELENA MARTÍNEZ, fue esposa del fallecido pensionado RAFAEL AUDON CABALLERO, vínculo que comprueba por medio de la Certificación
de Partida de Matrimonio, contenida a folio ocho extendida en la Alcaldía Municipal de El Triunfo, Departamento de Usulután, el quince de enero del
año dos mil catorce.
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
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2. Que de conformidad a lo establecido en el Decreto No. 550 de la Junta Revolucionaria de Gobierno de fecha 22 de Diciembre de 1980, publicado
en el Diario Oficial No. 241, Tomo 269, de la misma fecha; Artículo 1 del Decreto Legislativo No. 200 de fecha 16 de Marzo de 1989; Instructivo No.
5.061 para la asignación de Pensiones y Montepíos de los Ex Miembros de las Escoltas Militares, de fecha 20 de noviembre de 1996 y al dictamen
favorable del Ministerio de Hacienda, emitido en oficio No. 0190, de fecha 18 de febrero de 2014, en que se considera procedente conceder a la señora
MARÍA ELENA MARTÍNEZ VIUDA DE CABALLERO, conocida por MARÍA ELENA MARTÍNEZ, el montepío militar que solicita.
POR TANTO:
En atención a las razones expuestas y a las disposiciones legales citadas; este Ministerio,
ACUERDA:
Asignar a partir del día 14 de diciembre de 2013, a favor de la señora MARÍA ELENA MARTÍNEZ VIUDA DE CABALLERO, el MONTEPÍO MILITAR mensual de TREINTA Y CUATRO DÓLARES CON VEINTINUEVE CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMÉRICA ($34.29), que se pagará por medio de la Pagaduría Auxiliar de Clases Pasivas del Ministerio de Hacienda. COMUNÍQUESE.
JAIME LEONARDO PARADA GONZÁLEZ,
GENERAL DE AVIACIÓN,
VICEMINISTRO DE LA DEFENSA NACIONAL.
ACUERDO No. 030.-
San Salvador, veinticinco de febrero del año dos mil catorce.
EL ORGANO EJECUTIVO, de conformidad con la resolución emitida por el Ministerio de la Defensa Nacional, contenida a folio veintidós de
las diligencias promovidas por la señora HERCILIA CHAMUL DE CARCAMO, conocida por HERCILIA CHAMUL y por HERCILIA HERNÁNDEZ, con Documento Único de Identidad Número cero cero cuatro cinco cuatro dos tres cinco guión cinco, esposa del extinto miembro de Escoltas
Militares de Barrios, Colonias y Cantones, señor HUMBERTO SANTA ANA CARCAMO, conocido por HUMBERTO SANTA ANA CARCAMO
ORTÍZ, HUMBERTO SANTA ANA y por HUMBERTO SANTANA CARCAMO, con Documento Único de Identidad Número cero uno tres cinco
cero uno tres tres guión dos.
CONSIDERANDO:
1. Que el expresado causante se encontraba pensionado por el Estado en este Ramo, según Acuerdo Ejecutivo No. 120, de fecha 23 de febrero
de 1990; que éste falleció a las ocho horas y treinta minutos, del día 14 de diciembre del año 2013, a consecuencia de Enfermedad Indefinida, sin
asistencia médica, lo que se comprueba mediante Certificación de Partida de Defunción contenida a folio siete, extendida en la Alcaldía Municipal de
Santa Ana, Departamento de Santa Ana, el catorce de enero del dos mil catorce, que la señora HERCILIA CHAMUL DE CARCAMO, conocida por
HERCILIA CHAMUL y por HERCILIA HERNÁNDEZ, fue esposa del fallecido pensionado HUMBERTO SANTA ANA CARCAMO, conocido por
HUMBERTO SANTA ANA CARCAMO ORTIZ, HUMBERTO SANTA ANA y por HUMBERTO SANTANA CARCAMO, vínculo que comprueba
por medio de la Certificación de Partida de Matrimonio, contenida a folio diez extendida en la Alcaldía Municipal de Santa Ana, Departamento de
Santa Ana, el siete de enero del año dos mil catorce.
2. Que de conformidad a lo establecido en el Decreto No. 550 de la Junta Revolucionaria de Gobierno de fecha 22 de Diciembre de 1980, publicado
en el Diario Oficial No. 241, Tomo 269, de la misma fecha; Artículo 1 del Decreto Legislativo No. 200 de fecha 16 de Marzo de 1989; Instructivo No.
5.061 para la asignación de Pensiones y Montepíos de los Ex Miembros de las Escoltas Militares, de fecha 20 de noviembre de 1996 y al dictamen
favorable del Ministerio de Hacienda, emitido en oficio No. 0176, de fecha 18 de febrero de 2014, en que se considera procedente conceder a la señora
HERCILIA CHAMUL DE CARCAMO, conocida por HERCILIA CHAMUL y por HERCILIA HERNÁNDEZ el montepío militar que solicita.
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014.
57
POR TANTO:
En atención a las razones expuestas y a las disposiciones legales citadas; este Ministerio,
ACUERDA:
Asignar a partir del día 14 de diciembre de 2013, a favor de la señora HERCILIA CHAMUL DE CARCAMO, el MONTEPÍO MILITAR
mensual de TREINTA Y CUATRO DÓLARES CON VEINTINUEVE CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA
($34.29), que se pagará por medio de la Pagaduría Auxiliar de Clases Pasivas del Ministerio de Hacienda. COMUNÍQUESE.
JAIME LEONARDO PARADA GONZÁLEZ,
GENERAL DE AVIACIÓN,
VICEMINISTRO DE LA DEFENSA NACIONAL.
ACUERDO No. 031.-
San Salvador, veintiséis de febrero del año dos mil catorce.
EL ORGANO EJECUTIVO, de conformidad con la resolución emitida por el Ministerio de la Defensa Nacional, contenida a folio veintidós
de las diligencias promovidas por la señora MARÍA AMANDA GÓMEZ DE RODRÍGUEZ, con Documento Único de Identidad Número cero dos
nueve uno siete nueve dos ocho guión dos, esposa del extinto miembro de Escoltas Militares de Barrios, Colonias y Cantones, señor JUAN AMADEO
RODRÍGUEZ, con Documento Único de Identidad Número cero cero cuatro cuatro dos ocho cinco tres guión cinco.
CONSIDERANDO:
1. Que el expresado causante se encontraba pensionado por el Estado en este Ramo, según Acuerdo Ejecutivo No. 167, de fecha 27 de marzo
de 1990; que éste falleció a las siete horas del día 21 de septiembre del año 2013, a consecuencia de complicación de Insuficiencia Renal Crónica,
lo que se comprueba mediante certificación de Partida de Defunción contenida a folio cuatro, extendida en la Alcaldía Municipal de Azacualpa,
Departamento de Chalatenango, el ocho de octubre del dos mil trece, que la señora MARÍA AMANDA GÓMEZ DE RODRÍGUEZ, fue esposa del
fallecido pensionado JUAN AMADEO RODRÍGUEZ, vínculo que comprueba por medio de la Certificación de Partida de Matrimonio, contenida a
folio veintiuno extendida en la Alcaldía Municipal de Azacualpa, Departamento de Chalatenango, el dieciséis de enero del año dos mil catorce.
2. Que de conformidad a lo establecido en el Decreto No. 550 de la Junta Revolucionaria de Gobierno de fecha 22 de Diciembre de 1980, publicado
en el Diario Oficial No. 241, Tomo 269, de la misma fecha; Artículo 1 del Decreto Legislativo No. 200 de fecha 16 de Marzo de 1989; Instructivo No.
5.061 para la asignación de Pensiones y Montepíos de los Ex Miembros de las Escoltas Militares, de fecha 20 de noviembre de 1996 y al dictamen
favorable del Ministerio de Hacienda, emitido en oficio No. 0206, de fecha 24 de febrero de 2014, en que se considera procedente conceder a la señora
MARÍA AMANDA GÓMEZ DE RODRÍGUEZ, el montepío militar que solicita.
POR TANTO:
En atención a las razones expuestas y a las disposiciones legales citadas; este Ministerio,
ACUERDA:
Asignar a partir del día 21 de septiembre de 2013, a favor de la señora MARÍA AMANDA GÓMEZ DE RODRÍGUEZ, el MONTEPÍO MILITAR mensual de TREINTA Y CUATRO DÓLARES CON VEINTINUEVE CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA
($34.29), que se pagará por medio de la Pagaduría Auxiliar de Clases Pasivas del Ministerio de Hacienda. COMUNÍQUESE.
JAIME LEONARDO PARADA GONZÁLEZ,
GENERAL DE AVIACIÓN,
VICEMINISTRO DE LA DEFENSA NACIONAL.
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
58
ACUERDO No. 032.-
San Salvador, veintiséis de febrero del año dos mil catorce.
EL ORGANO EJECUTIVO, de conformidad con la resolución emitida por el Ministerio de la Defensa Nacional, contenida a folio veintidós de
las diligencias promovidas por la señora EVA CASTRO DE ALAS, conocida por EVA CASTRO, con Documento Único de Identidad Número cero
uno uno cuatro seis tres dos nueve guión cinco, esposa del extinto miembro de Escoltas Militares de Barrios, Colonias y Cantones, señor MARGARITO
ALAS RIVAS, con Documento Único de Identidad Número cero uno tres siete seis siete cuatro ocho guión tres.
CONSIDERANDO:
1. Que el expresado causante se encontraba pensionado por el Estado en este Ramo, según Acuerdo Ejecutivo No. 533, de fecha 09 de diciembre
de 1986; que éste falleció a las nueve horas, del día 04 de octubre del año 2013, a consecuencia de Cáncer Gástrico, lo que se comprueba mediante
Certificación de Partida de Defunción contenida a folio dos, extendida en la Alcaldía Municipal de Azacualpa, Departamento de Chalatenango, el
dieciocho de octubre del dos mil trece, que la señora EVA CASTRO DE ALAS, conocida por EVA CASTRO, fue esposa del fallecido pensionado
MARGARITO ALAS RIVAS, vínculo que comprueba por medio de la Certificación de Partida de Matrimonio, contenida a folio tres extendida en la
Alcaldía Municipal de Azacualpa, Departamento de Chalatenango, el dieciocho de octubre del año dos mil trece.
2. Que de conformidad a lo establecido en el Decreto No. 550 de la Junta Revolucionaria de Gobierno de fecha 22 de Diciembre de 1980, publicado
en el Diario Oficial No. 241, Tomo 269, de la misma fecha; Artículo 1 del Decreto Legislativo No. 200 de fecha 16 de Marzo de 1989; Instructivo No.
5.061 para la asignación de Pensiones y Montepíos de los Ex Miembros de las Escoltas Militares, de fecha 20 de noviembre de 1996 y al dictamen
favorable del Ministerio de Hacienda, emitido en oficio No. 0199, de fecha 21 de febrero de 2014, en que se considera procedente conceder a la señora
EVA CASTRO DE ALAS, conocida por EVA CASTRO el montepío militar que solicita.
POR TANTO:
En atención a las razones expuestas y a las disposiciones legales citadas; este Ministerio,
ACUERDA:
Asignar a partir del día 04 de octubre de 2013, a favor de la señora EVA CASTRO DE ALAS, el MONTEPÍO MILITAR mensual de TREINTA
Y CUATRO DÓLARES CON VEINTINUEVE CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA ($34.29), que se pagará
por medio de la Pagaduría Auxiliar de Clases Pasivas del Ministerio de Hacienda. COMUNÍQUESE.
JAIME LEONARDO PARADA GONZÁLEZ,
GENERAL DE AVIACIÓN,
VICEMINISTRO DE LA DEFENSA NACIONAL.
ORGANO JUDICIAL
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
ACUERDO No. 1556-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, diecinueve de diciembre de dos mil trece.- El Tribunal con fecha
dieciocho de octubre de dos mil trece. ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada ISIS BEATRIZ SALAMANCA TURCIOS, para que ejerza la profesión
de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- O. BON. F.- M. REGALADO.- R. M. FORTIN
H.- DUEÑAS.- J. R. ARGUETA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F025993)
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014.
59
INSTITUCIONES AUTONOMAS
ALCALDÍAS MUNICIPALES
DECRETO No. 1
EL CONCEJO MUNICIPAL DE PUERTO EL TRIUNFO, DEPARTAMENTO DE USULUTÁN,
CONSIDERANDO:
I.
Que de conformidad con los artículos 203 y 204, ordinal 5° de la Constitución de la República, Art. 3, 30 y 32 del Código Municipal, los
Municipios son autónomos en lo económico, en lo técnico y los regularán las materias de su competencia, por medio de las Ordenanzas
Municipales.
II.
Que es de urgencia que el Gobierno Municipal de este Municipio incremente sus ingresos, mediante el cobro de las Tasas e Impuestos
Municipales, con el fin de mantener la prestación de los servicios, el bienestar Social y la seguridad económica de sus habitantes.
III.
Que con el objetivo de facilitar el pago de la mora tributaria a favor del Municipio es conveniente otorgar incentivos tributarios con carácter
transitorio, que estimulan a los contribuyentes, el pago de sus deudas tributarias Municipales.
POR TANTO:
Este Concejo Municipal en uso de las facultades legales que le confiere el Código Municipal y la Constitución de la República, decreta la siguiente:
PRORROGA DE LA ORDENANZA TRANSITORIA DE EXENCIÓN DE INTERESES Y MULTAS, PROVENIENTES DE DEUDAS
POR TASAS E IMPUESTOS MUNICIPALES A FAVOR DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE PUERTO EL TRIUNFO.
Art. 1.- Se concede un plazo de un mes contados a partir de la vigencia de la presente ordenanza, para que los sujetos pasivos de la obligación
Tributaria Municipal que adeuden tributos a favor del Municipio de PUERTO EL TRIUNFO, puedan efectuar el pago de las mismas, gozando de
beneficio de exención del pago de intereses y multas que hayan generado y cargado a sus respectivas cuentas.
Art. 2.- Podrán acogerse a los beneficios establecidos en el artículo anterior de la presente Ordenanza, las personas naturales o jurídicas que se
encuentren en cualquiera de las siguientes situaciones:
a)
Aquellos que estando calificados en el registro de contribuyentes del Municipio de PUERTO EL TRIUNFO, se encuentren en situación de
mora de los tributos Municipales;
b)
Las personas naturales o jurídicas que no se hayan inscrito oportunamente en el Registro de contribuyentes y que lo hagan dentro del periodo
de vigencia de la presente ordenanza;
c)
Los contribuyentes por tributo que se encuentran en proceso de cobro extrajudicial iniciado antes de la vigencia de esta Ordenanza, se
sometan a la forma de pago establecido en el Artículo 1;
d)
Los que habiendo obtenido resolución favorable para pagar la deuda tributaria por tributos, hayan suscrito el correspondiente convenio de
pago en cuyo caso únicamente gozarán de los beneficios establecidos en el Artículo 1, las cuotas pendientes de pago a la fecha de entrar
en vigencia la presente Ordenanza;
e)
Aquellos que hayan incumplido el pago suscrito y no se les haya iniciado el ejecutivo de cobros por parte de la Municipalidad, se sometan
a la forma de pago establecida en el Artículo 1, de esta Ordenanza;
f)
Los sujetos pasivos de la obligación tributaria Municipal que tengan bienes inmuebles dentro del Municipio DE PUERTO EL TRIUNFO,
que reciben uno o más servicios Municipales y por cualquier motivo no los haya inscrito oportunamente en el registro de contribuyentes.
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
60
Art. 3.- La presente Ordenanza, entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.
DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO MUNICIPAL DE PUERTO EL TRIUNFO, a los veintinueve días del mes de enero de
dos mil catorce.
JOSÉ RODRIGO TENORIO,
JOSÉ VÍCTOR LOVO AMAYA,
ALCALDE MUNICIPAL.
SÍNDICO MUNICIPAL.
KAREN YAMILETH HENRÍQUEZ,
SECRETARIA MUNICIPAL.
(Registro No. F025952)
DECRETO MUNICIPAL NÚMERO: TRES/2014.
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE APOPA, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR.
CONSIDERANDO:
I.
Que el artículo 204 Ordinal 5º de la Constitución de la República, establece que los Municipios tienen autonomía para decretar las Ordenanzas y Reglamentos.
II.
Que de conformidad al artículo 71 del Código Municipal, los Tributos Municipales que no fueren pagados en el plazo correspondiente,
causarán un interés moratorio; y según los registros de los Departamentos de Cuentas Corrientes, Recuperación de Mora; y Catastro Tributario de esta Municipalidad, consta que existen contribuyentes que se encuentran en mora, tanto en impuestos y tasas municipales.
III.
Que es pertinente aprobar una política de incentivo de carácter transitorio, para el pago con exención de intereses y multas provenientes de
deudas por impuestos y tasas del Municipio de Apopa, para beneficiar al sector industria, comercio y habitacional, ya que existe un buen
porcentaje de estos rubros en mora de obligaciones tributarias a favor del Municipio de la Ciudad de Apopa.
IV.
Que de conformidad con los artículos 203 y 204 ordinal 5º de la Constitución de la República, artículos 3 y 30 ordinal 4 y Art. 32 del
Código Municipal, los Municipios son autónomos en lo económico, en lo técnico, y regulan las materias de su competencia por medio de
Ordenanzas Municipales.
V.
Que habiéndose obtenido resultados positivos en la recaudación de los tributos para la Municipalidad y la Comunidad, con la Ordenanza
Municipal número 04/2013 de fecha 23/10/13, que se publicó en el Diario Oficial número 207 Tomo 401 de fecha 06/11/2013.
POR TANTO:
En uso de sus facultades legales y constitucionales, por unanimidad de votos.
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014.
61
DECRETA:
La siguiente: ORDENANZA TRANSITORIA DE ESTÍMULO PARA EL PAGO CON EXENCIÓN DE INTERESES Y MULTAS
PROVENIENTES DE DEUDAS POR IMPUESTOS Y TASAS POR SERVICIOS DEL MUNICIPIO DE APOPA.
Art. 1.- Se concede un plazo de tres meses contados a partir de la vigencia de la presente ordenanza, para que los sujetos pasivos de la obligación
Tributaria Municipal, que adeuden impuestos y tasas al municipio de Apopa, para el rubro comercial, industrial y habitacional, puedan acogerse a
los beneficios de la presente ordenanza, consistente en la exención del pago de intereses y multas, que se hayan generado y cargado a sus respectivas
cuentas que se regirán en dos categorías:
a)
b)
Los de primera categoría comprende los comercios que se encuentran dentro de los activos desde $50.00 a $1,000.00;
Los de segunda categoría comprenden los comercios que se encuentran dentro de los activos desde $1,000.01 en adelante; previa comprobación con los respectivos balances generales, debidamente inscritos en el registro de Comercio, cuando sean personas jurídicas y naturales,
en caso que lo estén.
c)
Comprenden la dispensa de intereses y multas para las tasas del sector comercial, industrial, y habitacional.
Art. 2.- Podrán acogerse a los beneficios en el artículo anterior, las personas naturales o jurídicas que se encuentren en cualquiera de las siguientes
condiciones:
a)
Aquellos que, estando calificados en el registro de contribuyentes del Municipio, se encuentren en situación de mora de los Impuestos y
Tasas Municipales.
b)
Las personas naturales o jurídicas que se hayan inscrito oportunamente en el registro de contribuyentes o que lo hagan dentro de la vigencia
de la presente ordenanza transitoria.
c)
Los contribuyentes por Impuestos y Tasas Municipales que se encuentren en proceso de Cobro Judicial de la vigencia de esta Ordenanza
transitoria y se sometan a la forma de pago establecida en esta Ordenanza.
d)
Los que habiendo obtenido resolución favorable para pagar la deuda Tributaria por Impuestos y Tasas, hayan suscrito el correspondiente
convenio de pago, gozarán de los beneficios para las cuotas pendientes de pago.
e)
Aquellos que hayan incumplido el convenio de pago suscrito y no se les haya dictado sentencia judicial firme en el Proceso Ejecutivo por
parte de la Municipalidad y se acojan a los beneficios de esta ordenanza transitoria.
f)
Podrán acogerse al presente Decreto, los contribuyentes que se les haya iniciado proceso administrativo extrajudicial de cobro, que se
encuentren para presentar demanda en juicio ejecutivo, establecido en la sección IV, Art. 115 y siguientes de la Ley General Tributaria
Municipal.
g)
Los sujetos pasivos que por cualquier motivo no hayan inscrito oportunamente en el registro de contribuyentes sus bienes municipales; y
lo hagan en la vigencia de esta ordenanza transitoria.
h)
Los planes de pago hasta hoy suscritos, deberán ajustarse al plazo de este Decreto, como condición para gozar del beneficio que se refiere
el Artículo 1 de esta ordenanza transitoria.
Art. 3.- Los contribuyentes que estén interesados, deberán solicitarlo a los Departamentos de Cuentas Corrientes, Recuperación de Mora; y
Catastro Tributario de esta Municipalidad.
Art. 4.- Después de vencido el plazo de la presente Ordenanza, cesará de inmediato y sin previo aviso en el caso de incumplimiento del plan de
pagos pactado con el Municipio; y en consecuencia se hará exigible la totalidad de la obligación para las cantidades que faltare por cumplirse.
La fuerza mayor o el caso fortuito, deberá ser calificado por el Concejo Municipal, para que opere como excepción.
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
62
Art. 5.- El presente Decreto, entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.
DADO: En la Sala de Sesiones de la Alcaldía Municipal de la ciudad de Apopa, Departamento de San Salvador, a los diecinueve días del mes
de febrero del año dos mil catorce.
JOSÉ ELIAS HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ,
ALCALDE MUNICIPAL.
DR. RAFAEL ANTONIO OSEGUEDA LÓPEZ MONTEAGUDO,
LIC. RAÚL NAVARRETE GUADRÓN,
SÍNDICO MUNICIPAL.
PRIMER REGIDOR PROPIETARIO.
ELÍAS ALEXANDER FLORES,
CORONEL (r) ÁNGEL ROMÁN SERMEÑO NIETO,
SEGUNDO REGIDOR PROPIETARIO.
TERCER REGIDOR PROPIETARIO.
LIC. DARWIN DAVID MALDONADO GARCÍA,
DR. FRANCISCO MANUEL REYES AQUINO,
CUARTO REGIDOR PROPIETARIO.
QUINTO REGIDOR PROPIETARIO.
CALIXTO HENRÍQUEZ RODRÍGUEZ,
CNEL. JOSÉ SANTIAGO ZELAYA DOMÍNGUEZ,
SEXTO REGIDOR PROPIETARIO.
SÉPTIMO REGIDOR PROPIETARIO.
BLANCA LIDIA SIGÜENZA DE MEJÍA,
GONZALO GUZMÁN LÓPEZ,
OCTAVA REGIDORA PROPIETARIA.
NOVENO REGIDOR PROPIETARIO.
ING. BLANCA ESTHER MACHADO CORTEZ,
AMÍLCAR GIOVANNI LANDAVERDE DURÁN,
DÉCIMA REGIDORA PROPIETARIA.
UNDÉCIMO REGIDOR PROPIETARIO.
FERNANDO LEIVA,
OSCAR ARMANDO RIVAS,
DUODÉCIMO REGIDOR PROPIETARIO.
SEGUNDO REGIDOR SUPLENTE.
JULIO SALVADOR MENJÍVAR RUBIO,
LIC. BLANCA LILIAN MORÁN PEÑATE,
TERCER REGIDOR SUPLENTE.
CUARTA REGIDORA SUPLENTE.
LICDA. ADELA MARÍA CORTEZ COTO,
SECRETARIA MUNICIPAL.
(Registro No. F026059)
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014.
ESTATUTOS DE LA ASOCIACION DE DESARROLLO
g)
63
Contribuir y fortalecer al quehacer organizacional de la
Residencial Alejandría a fin de crear estructuras sociales de
COMUNAL "RESIDENCIAL ALEJANDRIA",
cooperación mutua entre los vecinos y colaborar en pro del
MUNICIPIO DE USULUTAN,
DEPARTAMENTO DE USULUTAN
Desarrollo Económico local.
h)
"ADESCORA"
Ejercer solícitamente el poder de gestión estableciendo relaciones ante los entes Municipales, Estatales, no gubernamentales y de Cooperación Internacional dando a conocer donde
convenga nuestra realidad Municipal y Nacional determinando
las aspiraciones a fin de coordinar y canalizar recursos que
CAPITULO I.
posibiliten el desarrollo de Planes, Programas, Proyectos y
Actividades encaminados a la solución de necesidades y de
DE LA CONSTITUCIÓN, DENOMINACION Y DOMICILIO.
distintos problemas que existen en la Asociación.
i)
Art. 1.- La Asociación de Desarrollo Comunal que se constituye,
Las demás que establecen y permitan la Ordenanza
Reguladora de las Asociaciones Comunales en el Municipio
estará regulada por el Código Municipal, la Ordenanza Reguladora de las
de Usulután.
Asociaciones Comunales del Municipio de Usulután, por estos Estatutos,
el reglamento interno y demás disposiciones aplicables de las Leyes del
j)
Fomentar la participación de los asociados en la promoción
y ejecución de actividades que produzcan recursos propios
Estado de El Salvador.
para invertir en el desarrollo de las gestiones domésticas y
La Asociación se denominará: "Asociación de Desarrollo Comunal
de ser posible alcanzar a beneficiar a la Comunidad.
RESIDENCIAL ALEJANDRIA", Municipio de Usulután, Departamento
de Usulután, la que podrá abreviarse "ADESCORA" que en estos estatutos
se denominará "LA ASOCIACIÓN"
Art. 3.- Esta Asociación tendrá como distintivo su sello de forma
rectangular, figurando a los extremos del rectángulo dos columnas al
CAPITULO II.
centro una figura de un Boulevard, y el nombre "Asociación de Desarrollo Comunal Residencial Alejandría A D E S C O R A", en su parte
DE LA NATURALEZA Y OBJETIVOS.
Art. 2.- Esta Asociación es de naturaleza apolítica, no religiosa
y sin fines de lucro, de carácter democrático y tendrá por objetivos los
siguientes:
inferior, Usulután, Usulután El Salvador, Centro América 2013.
Art. 4.- El plazo de la Asociación será por tiempo indefinido, sin
embargo podrá disolverse o liquidarse por cualquiera de las causas
previstas en el Código Municipal, la Ordenanza Reguladora de las Aso-
a)
Participar organizadamente en el estudio y análisis de la
ciaciones Comunales en el Municipio de Usulután y estos Estatutos.
realidad social y de los problemas y necesidades de La Asociación.
b)
Motivar e impulsar la búsqueda de soluciones, la formulación
CAPITULO III.
y ejecución de proyectos que contribuyan al desarrollo de la
DE LA DIRECCION.
Comunidad.
c)
Fomentar el espíritu de participación ciudadana, principalmente de los miembros de la Asociación en el desarrollo de
planes, proyectos y actividades de la misma.
d)
Art. 5.- La dirección de la Asociación estará a cargo de la Junta
Directiva y la Asamblea General.
Velar que los proyectos aprobados se cumplan en los términos
establecidos en la gestión efectuada.
e)
CAPITULO IV.
Trabajar en forma armónica en los planes de desarrollo
DE LOS ASOCIADOS.
local, así como colaborar con la ejecución de los mismos,
especialmente cuando se trate de proyectos que conlleven al
beneficio directo de los habitantes de la Asociación.
f)
Impulsar en la Residencial Alejandría el bienestar social,
Art. 6.- Habrá tres clases de asociados:
a)
Asociados Fundadores.
b)
Asociados Activos.
c)
Asociados Honorarios.
económico, cívico, ocupacional, cultural, educativo y cualquier otra actividad dentro del marco legal que contribuya
al Desarrollo Económico Local de la Asociación.
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
64
DE LOS DERECHOS DE LOS ASOCIADOS:
SERAN ASOCIADOS FUNDADORES: Todas aquellas personas
naturales de la comunidad que hayan contribuido al nacimiento de la
Asociación y que además se encuentren en el Acta de Constitución.
Art. 10.- Serán facultades o derechos de los Asociados:
a)
Participar con voz y voto en las Asambleas Generales.
b)
Presentar mociones en Asambleas Generales, también suge-
SERAN ASOCIADOS ACTIVOS: Los asociados fundadores y los
que obtengan su ingreso a la Asociación en forma voluntaria y asistan
rencias, para mantener el buen funcionamiento y desarrollo
periódicamente a las Asambleas que se celebren, según lo establecen
de la Asociación.
estos Estatutos.
c)
Retirarse voluntariamente de la Asociación, presentando su
justificación ante la Asamblea General.
SERAN ASOCIADOS HONORARIOS: Las personas naturales o
jurídicas que por haber realizado una destacada labor en la comunidad
d)
Proponer candidatos y ser propuesto para cargos de elección
para la Junta Directiva y Comités de Apoyo que la Asamblea
o brindado una ayuda significativa a la misma, la Asamblea General les
General establezca.
otorgue la calidad de tales.
e)
Solicitar y obtener de la Junta Directiva, información sobre
el funcionamiento y los proyectos de la Asociación.
DE LOS REQUISITOS PARA SER ASOCIADO ACTIVO.
f)
Todos lo demás que le confieran los Estatutos y reglamento
interno.
Art. 7.- Para ser asociado activo deberá llenarse los siguientes
requisitos:
DE LOS DEBERES Y OBLIGACIONES DE LOS ASOCIADOS.
a)
Ser persona natural.
b)
Residir en la Comunidad.
c)
Tener dieciocho años de edad como mínimo.
d)
Su ingreso y permanencia en la Asociación serán volunta-
Art. 11.- Serán deberes y obligaciones de los Asociados:
a)
Fomentar el espíritu de Colaboración y servicio entre los
Asociados.
rios.
b)
e)
Cumplir los Estatutos de la Asociación.
Asistir con puntualidad a las sesiones de Asamblea General
y demás reuniones de trabajo que se realicen.
c)
Acatar las disposiciones de la Asamblea General y la Junta
Directiva, siempre que estén en relación con los objetivos de
AFILIACION DE NUEVOS ASOCIADOS.
la Asociación.
d)
Art. 8.- Los interesados en ingresar a la Asociación deberán manifes-
Aceptar cualquier responsabilidad ya sea para gestionar o
realizar trabajos o actividades en nombre de la Asociación.
tar su deseo ante la Junta Directiva, y ésta comprobará que cumplan con
los requisitos establecidos en el artículo anterior. Si así fuere, procede a
informarlo a la Asamblea General para su incorporación y juramentación
DE LA PÉRDIDA DE CALIDAD DE ASOCIADO:
en presencia del pleno en sesión ordinaria.
Art. 12.- La calidad de Asociado se perderá por retiro voluntario,
DEL REGISTRO DE LOS ASOCIADOS.
Art. 9.- La Asociación deberá contar con su registro de Asociados
expulsión o muerte.
DEL RETIRO VOLUNTARIO.
en el cual habrá una sección para fundadores, otra para socios activos
y otra para honorarios. En cada asiento se indicará el nombre y las generales del suscrito, a saber; edad, residencia, número de (DUI), fecha
Art. 13.- El retiro voluntario podrá ser expreso, cuando el asociado
de ingreso, y otros que establezca la Junta Directiva, debiendo además
lo solicite por escrito o verbalmente ante la Asamblea General y tácito
marginar la inscripción respectiva la razón que motiva la expulsión o
cuando el asociado cambie de residencia definitivamente, a un lugar que
retiro voluntario, (cuando fuere el caso) de algún asociado.
no pertenezca a la Comunidad.
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014.
DE LA EXPULSION.
65
Art. 19.- Serán Ordinarias las sesiones de Asamblea General
cuando se realicen en la fecha establecida para ello, en dichas sesiones
se tratarán los puntos comprendidos en la Agenda y los que propongan
Art. 14.- Los miembros de la Asociación podrán ser expulsados
de la misma, según las causas siguientes:
a)
Mala conducta que ocasionare perjuicios a la Asociación o
a la Comunidad en general.
b)
los Asociados.
Negarse o abandonar sin motivo justificado el desempeño de
los cargos de elección, o comisiones que le hubiere encomen-
Art. 20.- Serán extraordinarias las sesiones de Asamblea General
al celebrarse éstas en fechas distintas para tratar los puntos específicos
para los cuales hubiere sido convocada.
dado la Asamblea General o la Junta Directiva, siempre que
éstos hubieran sido aceptados.
Las discusiones y decisiones que se tomaren con relación a los
c)
Obtener por medios fraudulentos beneficios de la Asociación
para sí o para terceros.
d)
puntos no incluidos en la convocatoria a Asamblea Extraordinaria no
tendrán validez y no entrarán en punto de acta.
Incumplimiento de las leyes, ordenanzas, reglamentos,
estatutos y disposiciones de la Asamblea General y Junta
Directiva, siempre que estén relacionados con los objetivos
de la Asociación.
e)
Art. 21.- Las sesiones de Asamblea General Ordinaria deberán
celebrarse dos veces al año, en los meses de enero y julio.
Cuando se ausente por tres reuniones consecutivas sin haber
informado del motivo por qué no participa.
Art. 22.- Las sesiones de Asamblea General extraordinaria deberán
celebrarse cuando sean convocadas por la Junta Directiva a iniciativa
Art. 15.- Cuando un asociado incurriere en cualquier de las causas de
expulsión establecidas, la Junta Directiva podrá acordar su expulsión.
propia o a solicitud de la mitad más uno de los inscritos en el registro
de asociados, casos de emergencia o desastres naturales.
El asociado podrá demostrar lo contrario recurriendo ante la misma
Junta Directiva, quien deberá emitir un fallo preliminar a los tres días
de haber recurrido el Asociado.
DE LAS CONVOCATORIAS PARA SESION
DE ASAMBLEA GENERAL.
De todo esto se hará un informe que se leerá ante la Asamblea
General para su resolución final, registrándose en punto de Acta.
Art. 23.- Las convocatorias para sesiones Ordinarias y ExtraorCAPITULO V.
GOBIERNO DE LA ASOCIACION.
Art. 16.- El Gobierno de la Asociación será ejercido por:
dinarias de Asamblea General las hará la Junta Directiva o quien sea
designado.
Art. 24.- La convocatoria de Asamblea General Ordinaria, se hará
por medio de aviso tres días de anticipación a la fecha indicada.
a)
La Asamblea General
b)
La Junta Directiva.
Art. 25.- La convocatoria de Asamblea General Extraordinaria se
hará de preferencia con tres días de anticipación, quedando dicho tiempo
DE LA ASAMBLEA GENERAL:
Art. 17.- La Asamblea General, estará constituida por los asociados
activos, inscritos en el Registro de Asociados y será la máxima autoridad
de la Asociación.
a criterio de la Junta Directiva por la urgencia del o los puntos a tratar.
Art. 26.- Las convocatorias indicarán el día, lugar y hora en que
habrá de celebrarse la sesión, el tipo de Asamblea General y la agenda
propuesta cuando fuere extraordinaria.
DE LAS SESIONES DE ASAMBLEA GENERAL:
Art. 27.- Si la Asamblea General Ordinaria o Extraordinaria no se
celebrase el día y hora señalado en la convocatoria por falta de quórum,
Art. 18.- La Asamblea General podrá sesionar en forma ordinaria o
fuerza mayor o caso fortuito, se hará nueva convocatoria teniéndose por
extraordinaria, con la presencia de un delegado de la Alcaldía Municipal
válida con los que estén presentes y las resoluciones se tomarán con los
invitado previamente.
votos de la mitad más uno de los asociados asistentes.
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
66
Art. 28.- Las convocatorias serán en cualquiera de las formas
siguientes:
a)
Personal, en cuyo caso se recogerá la firma del asociado
convocado.
b)
También podrá crearse comités, comisiones u otras estructuras,
según estime conveniente la Asamblea General.
Mediante la comunicación citatoria enviada con la debida
Art. 33.- Serán atribuciones de la Junta Directiva:
a)
Cumplir y hacer cumplir estos estatutos.
b)
Cumplir y velar que se respeten los acuerdos y disposiciones
de la Asamblea General.
c)
La Junta Directiva en funciones debe en Asamblea General
Extraordinaria efectuar el proceso de elección de la nueva
Junta Directiva al caducar su mandato y, o, sustituir a algún
miembro de la Junta Directiva o miembro de algún Comité
que incurriere en algunas de las causas prescritas en estos
estatutos, de preferencia con la presencia de un delegado de
la Municipalidad.
d)
Hacer la calificación previa en los casos de retiro voluntario
u expulsión de asociados, así como velar porque se empleen
en forma óptima los recursos de la Asociación y procurar el
incremento de asociados.
e)
Presentar la Memoria Anual de Labores, el informe de la
ejecución presupuestaria, el plan de trabajo y el respectivo
presupuesto para el nuevo período.
f)
Coordinar e impulsar las actividades que beneficien a la
comunidad.
g)
Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de Asamblea
General conforme a estos estatutos.
h)
Constituir comités de apoyo de la Asociación para impulsar
el desarrollo comunal y agilizar el funcionamiento de la
misma.
i)
La Junta Directiva organizará un comité para cada proyecto
a que tenga acceso para evitar caer en alguna demanda por
corrupción, malversación u otros causales de demandables en
aras de transparencia y apego de estos estatutos. En ningún
caso administrará presupuestos o proyectos que no sean del
patrimonio de la Asociación. No obstante serán ente fiscalizador del desarrollo del fruto de su gestión.
j)
Mantener armoniosa relación con la Municipalidad, organismos estatales, las ONG'S, autónomas o privadas con el
objetivo de engranar con ellos para las proyecciones de la
Asociación.
k)
Vigilar el cumplimiento de los deberes y obligaciones de los
asociados y su municipio.
l)
Todas las demás atribuciones que señalen las leyes de la
República y estos estatutos.
anticipación.
c)
Por aviso público, por medio de carteles que se fijarán en
lugares visibles y estratégicos de la comunidad y perifonéo
o por cualquier medio electrónico.
Art. 29.- Para que las sesiones de Asamblea General en primera
convocatoria sean válidas deberán contar con el quórum de la mitad más
uno de los asociados debidamente inscrito en el registro de asociados. Si
por falta de quórum no puede sesionarse en el horario indicado, se abrirá
la sesión una hora más tarde y se registrará en el acta como asamblea o
sesión extraordinaria.
Art. 30.- Las disposiciones en sesión Ordinaria o Extraordinaria
de Asamblea General para que sean válidas deberán contar con la mitad
más uno con los votos a favor de los presentes.
ATRIBUCIONES DE LA ASAMBLEA GENERAL:
Art. 31.- Son atribuciones de la Asamblea General:
a)
Elegir y dar posesión a los miembros de la Junta Directiva.
b)
Recibir los informes de trabajo, aprobar o denegar el estado
financiero de la asociación.
c)
Destituir por causa justificada y legalmente comprobada a
los miembros de la Junta Directiva.
d)
Solicitar a la Junta Directiva los informes que estime conveniente con el objeto de llevar una sana y transparente
administración de la Asociación.
e)
Aprobar los estatutos, planes de trabajo, reglamento interno
y el respectivo presupuesto anual de la Asociación.
f)
Otorgar la calidad de Asociados Honorarios.
g)
Cumplir y hacer cumplir los estatutos, la ordenanza reguladora,
el reglamento interno de la Asociación y demás que se dicten
en beneficio de la comunidad y su desarrollo.
h)
Las demás que establezcan las Ordenanzas Municipales y el
Código Municipal vigente.
DE LAS DISPOSICIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA.
Art. 32.- La Junta Directiva será integrada con los siguientes cargos
los cuales tendrán un organigrama horizontal y no vertical en aras de
igualdad y equidad: Presidencia, Vicepresidencia, secretario(a) General,
Art. 34.- La Junta Directiva celebrará sesión ordinaria una vez por
Secretario(a) suplente, Tesorero(a), Tesorero(a) suplente, Síndico y cinco
mes y extraordinaria cuando sea necesario a solicitud del Síndico o tres
vocales, para un total de doce miembros en la Junta Directiva.
de sus miembros de la Junta Directiva.
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014.
Art. 35.- Las resoluciones de la Junta Directiva serán aprobadas
por la mitad más uno de los directivos asistentes a la sesión, en caso de
empate en una votación, quien preside la sesión tendrá voto de calidad,
pues sólo en caso de empate ejerce voto quien hace de presidente en una
sesión. En ausencia del presidente y vicepresidente, la Junta Directiva
designará a uno de los demás miembros para que presida las sesiones.
67
FALTAS GRAVES.
Art. 41.- Se considera falta grave, cuando se compruebe
fehacientemente que la afiliación de un directivo es perjudicial al bienestar de la comunidad, y/o cuando se comprobare el uso de documentos
falsos de identidad, o por actos de corrupción comprobados o llevados
a juicio contra las leyes del Estado.
Art. 36.- El período de función en los cargos de la Junta Directiva,
será de dos años a partir de la toma de posesión de los cargos.
La elección de la Junta Directiva se realizará un mes antes de cumplido el período de la Junta Directiva saliente, en sesión extraordinaria de
Asamblea General, con votación de mayoría simple y con la supervisión
de una delegación del honorable Concejo Municipal previamente invitado
para este fin. En caso fortuito o de fuerza mayor que impida la elección
de la nueva Junta Directiva, deberá la Junta Directiva anterior mantener
los cargos hasta celebrar la Asamblea General, no excediendo a los seis
meses del vencimiento de la Junta Directiva.
ATRIBUCIONES DE LA PRESIDENCIA.
Art. 42.- Son atribuciones del Presidente(a):
a)
Junta Directiva.
b)
c)
Art. 37.- Los miembros de la Junta Directiva podrán ser reelectos
por el mismo cargo o alternar en otro cargo en un segundo período, si la
Asamblea lo considera necesario. Podrán ejercer en comités auxiliares
aun en el período de descanso de cargo en Junta Directiva.
Presidir las sesiones de Junta Directiva y de Asamblea General
de asociados o delegar en su defecto a otro miembro de la
Representar judicial y extrajudicialmente a la Asociación.
Otorgar los poderes judiciales y administrativos que fueran
necesarios previa autorización de Junta Directiva o la Asamblea General.
d)
Coordinar las actividades que realicen los diferentes miembros
de la Junta Directiva, como también los comités.
Art. 38.- En caso de que un miembro de la Junta Directiva presentare
su renuncia verbal o por escrito por cualquier causa, los demás miembros
analizarán su renuncia y convocarán a la Asamblea General y junto a
un informe previamente elaborado harán del conocimiento a ésta de la
renuncia, a efecto de que sea la misma quien la acepte. Si se tratare del
Presidente, Tesorero u otro miembro de la Junta Directiva que hubiera
participado en la apertura y movimiento de cuentas bancarias de la Asociación, deberá proporcionar un informe actual de su actuación previo
la aceptación de la renuncia.
e)
Organizar la agenda a tratar en las diferentes reuniones.
f)
Velar por mantener el orden y la disciplina de los asociados
en las diferentes reuniones que se celebren.
g)
Gozar del voto de calidad en las votaciones que se realicen
en las diferentes reuniones que se celebren.
h)
Autorizar con su firma junto con la del Tesorero, y la del
Síndico, asimismo con el sello de la Asociación el movimiento
de las cuentas bancarias.
i)
Cumplir y hacer cumplir las disposiciones que emanen de la
Junta Directiva y de la Asamblea General.
DE LA DESTITUCION.
j)
Autorizar con su firma y sello de la Asociación la compra y
venta de bienes de la Asociación previa autorización de la
Art. 39.- La Junta Directiva podrá ser destituida total o parcialmente por faltas graves en el ejercicio de sus funciones. La destitución
individual procederá después de tres amonestaciones por faltas leves,
y/o a la primera falta grave.
Asamblea General.
k)
Todas las demás que señalen estos estatutos, el reglamento
interno, la ordenanza municipal y demás leyes de la República
en virtud de su cargo.
DE LAS FALTAS LEVES.
ATRIBUCIONES DEL VICEPRESIDENTE (A).
Art. 40.- Serán faltas leves:
a)
Falta de espíritu de servicio.
b)
Inasistencia continua e injustificada a las sesiones de Asamblea
Art. 43.- Son atribuciones del Vicepresidente (a):
a)
temporal hasta que sea elegido el sustituto permanente.
General o de Junta Directiva.
c)
Indisciplina e incumplimiento de las funciones asignadas, así
como durante las sesiones de la Junta Directiva o Asamblea
General.
Sustituir al Presidente en caso de muerte, enfermedad o retiro
b)
c)
Asistir al Presidente en el desarrollo de sus funciones.
Velar porque se cumplan los acuerdos tomados en Junta
Directiva y Asamblea General.
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
68
ATRIBUCIONES DEL SECRETARIO (A).
c)
Autorizar con su firma junto con la del Presidente, y la del
Síndico designado por la Junta Directiva, asimismo con el sello
de la Asociación el movimiento de las cuentas bancarias.
Art. 44.- Son atribuciones del Secretario(a) General:
a)
Ser el órgano de comunicación de la Junta Directiva.
b)
Llevar dos de los seis libros de la Asociación, de inventarios
c)
a la Asociación.
e)
Rendir informes mensuales de la Junta Directiva o cuando
ésta lo requiera, al igual que a la Asamblea General acerca
Guardar los libros correspondientes y demás documentos de
del estado financiero de la Asociación.
f)
Elaborar y presentar el informe trimestral y anual del estado
financiero de la Asociación ante la Asamblea General.
Llevar el Libro de Registro de Inventario, para mantener el
registro actualizado de todos los bienes e inmuebles de la
g)
Asociación.
e)
Gestionar que se haga de forma rápida los créditos concedidos
y de afiliados.
la Asociación confiados a su cuidado.
d)
d)
Todas las demás atribuciones que le señalen estos estatutos,
el reglamento interno, la Ordenanza Reguladora de las Asociaciones Comunales en el Municipio de Usulután y demás
Llevar el Libro de Registro de Afiliados y mantener una
leyes de la República en virtud del cargo.
campaña de afiliación para traer más miembros a la Asociación.
f)
Extender las credenciales y certificaciones de la Asociación
ATRIBUCIONES DEL TESORERO (A) SUPLENTE.
que sean necesarias.
g)
Recibir y despachar la correspondencia.
h)
Remitir la nómina de miembros electos de la Junta Directiva y
de asociados de nuevo ingreso al registro de las Asociaciones
Art. 47.- Es el (la) que sustituirá al Tesorero (a) en caso de ausencia, previa autorización de la Junta Directiva:
a)
comunales del Municipio.
i)
Tendrá bajo su responsabilidad el libro de caja chica y las
que le asigne la Asamblea General o Junta Directiva.
Recibir las solicitudes de ingresos de nuevos Asociados y
darlas a conocer a la Junta Directiva.
ATRIBUCIONES DEL SÍNDICO.
ATRIBUCIONES DEL SECRETARIO(A) SUPLENTE.
Art. 48.- Son atribuciones del Síndico:
a)
Art. 45.- Son atribuciones del Secretario(a) suplente:
a)
b)
c)
Sustituir al Secretario(a) en caso de ausencia por cualquier
la Asamblea General de Asociados o de la Junta Directiva
causa y cuando la Junta Directiva se lo requiera.
reflejados en las actas respectivas.
Manejar los libros de actas, tanto de Asamblea General como
b)
de Junta Directiva.
c)
d)
que solicite el Presidente de la sesión respectiva.
Convocar a sesiones de Junta Directiva y Asamblea General
Representar judicial y extrajudicialmente a la Asociación.
Presidir las comisiones en caso de reforma a estos estatutos.
Dar lectura del acta correspondiente tanto de Asamblea
General como de la Junta Directiva y demás documentación
d)
Velar porque se cumplan las disposiciones, los estatutos,
reglamento interno y acuerdos válidamente adoptados por
Asesorar en materia jurídica sobre los actos que conciernen
a la Asociación.
e)
cuando sea necesario.
Elaborar proyecto de reglamento y de normas concernientes al
funcionamiento de la Asociación y someterlo a conocimiento
tanto de la Junta Directiva, para su consenso como ante la
Asamblea General para su aprobación.
ATRIBUCIONES DEL TESORERO (A).
f)
Presidir la comisión de gestión de proyectos y ayuda a nivel
nacional e internacional en pro del desarrollo de la comunidad.
Art. 46.- Son atribuciones del Tesorero (a):
a)
Llevar los registros de control de ingresos y egresos de la
Asociación.
g)
Cuando fuere requerida el acompañamiento de la Asociación
en alguna gestión municipal en pro del desarrollo local, el
Síndico podrá representar a la Asociación, y velará por el
b)
Custodiar el patrimonio de la Asociación, velar por la utiliza-
desempeño de la Junta Directiva a fin de proteger los intereses
ción adecuada de los recursos económicos así como efectuar
de la Asociación para que su desempeño no incurra en vacíos
los pagos de las obligaciones de la Asociación.
legales o contrarios a los estatutos.
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014.
69
CAPITULO IX.
ATRIBUCIONES DE LOS VOCALES.
DE LA MODIFICACION DE LOS ESTATUTOS.
Art. 49.- Son atribuciones de los Vocales:
a)
Sustituir a los propietarios de la Junta Directiva de la Aso-
Art. 53.- Para la reforma parcial o total de estos estatutos se
requerirán:
ciación en todas sus funciones, en los casos de causales que
especifican estos estatutos.
b)
b)
Nombrar una comisión precedida por el Síndico para que estudie y elabore la propuesta de reformas o modificaciones.
c)
Convocar a Asamblea General extraordinaria de asociados,
para dar a conocer, aprobar o desaprobar las reformas o
modificaciones que presenta la comisión nombrada para tal
efecto.
d)
El acuerdo de reforma deberá ser aprobado por dos terceras
partes de los asociados asistentes a la Asamblea General
convocada para tal efecto.
Todas las demás atribuciones que le establezcan los presentes
estatutos y el reglamento interno de la Asociación.
d)
Que las dos terceras partes de los asociados en sesión de
Asamblea General voten favorablemente por la necesidad
de introducir reformas o modificaciones.
Asistir a las reuniones de la Junta Directiva y Asamblea
General.
c)
a)
En caso de suspensión temporal, la Junta Directiva llamará
y dará posesión a los sustitutos por el tiempo que dure la
suspensión.
CAPITULO VII.
DEL PATRIMONIO.
CAPITULO X.
DE LA DISOLUCION Y LIQUIDACION DE LA ASOCIACION.
Art. 50.- El patrimonio de la Asociación estará constituido por:
a)
Las cuotas de los asociados de cualquier clase que sean
aprobados por la Asamblea General.
b)
Los aportes extraordinarios que provengan de diversas fuentes
Art. 54.- Esta Asociación de Desarrollo Comunal podrá disolverse mediante acuerdo tomado en Asamblea General Extraordinaria;
a dicha sesión deberá asistir por lo menos de las dos terceras partes de
sus asociados y la asistencia de un delegado del Concejo Municipal.
que estén habilitadas irrestrictamente.
c)
Los ingresos provenientes de toda actividad realizada para
CAUSALES DE DISOLUCION.
recaudar fondos para la Asociación.
d)
Sus bienes muebles e inmuebles y las rentas que se obtengan
con la administración de las mismas, así como las provenientes
de donaciones, herencias y legados a la Asociación.
Art. 55.- Serán causales para disolverse esta asociación las siguientes:
a)
Por disminución de número menor de asociados establecido
por la Ordenanza Reguladora de las Asociaciones Comunales
y el Código Municipal para su Constitución.
b)
Por la imposibilidad de realizar los fines para los cuales fue
constituida.
c)
Cuando sus funciones no se ajusten a los preceptos legales.
d)
Cuando desarrolle actividades anárquicas o contrarias al
orden público, a la moral y a las buenas costumbres.
RESPONSABILIDADES.
Art. 51.- El Presidente, el Tesorero y el Síndico respectivo, tendrán
que responder personal y solidariamente por la apertura y movimiento
de cuentas bancarias de la Asociación, cuando se excedan de los límites
de su cargo.
ACUERDO DE DISOLUCION.
CAPITULO VIII.
DEL CONTROL Y FISCALIZACION INTERNA Y EXTERNA.
General Ordinaria o Extraordinaria y ante el Concejo Municipal cuando
Art. 56.- En caso de disolución de la Asociación el remanente del
patrimonio de la misma que quede después de cubrir las obligaciones
contraídas con terceros, se destinará a satisfacer necesidades sociales
de la Comunidad que la misma Asamblea General designe al momento
de acordar la disolución. De no acordarse el destino del remanente del
patrimonio en la Asamblea para la disolución, quedará dicho remanente
sea requerido.
a disposición de la comisión liquidadora que establecen los estatutos.
Art. 52.- Los miembros integrantes de la Junta Directiva tendrán
obligación de rendir informes de sus actuaciones ante la Asamblea
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
70
Art. 57.- El acuerdo de la disolución debe tomarse por las dos
Art. 64.- Los cargos de Junta Directiva son adhonórem, sin
terceras partes de los asociados asistentes a la Asamblea General, el cual
embargo, cuando un miembro de la Junta Directiva o Asociado haga
deberá ser comunicado al registrador de las asociaciones comunales a
trabajos o actividades a tiempo completo o particulares, o eventuales
través de la delegación del honorable Concejo Municipal, asistente a dicha
para la Asociación podrá gozar de alguna contribución convencional
Asamblea o dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha de la
según las circunstancias y el volumen del trabajo lo ameriten.
disolución por la Junta Directiva, remitiéndose además una certificación
del acta respectiva.
Art. 65.- La Junta Directiva saliente, deberá rendir cuentas de su
ejercicio de manera circunstanciada y documentada a la Junta Directiva
Art. 58.- En caso de disolución de la Asociación, si después de
entrante, reflejando toda la actividad realizada y el que al momento esté en
pagadas las obligaciones hubiese un remanente y la comisión liquidadora
proceso. El informe a que se refiere el inciso anterior deberá ser rendido
no se pusiera de acuerdo a dónde se invertirá los fondos tal como lo
por escrito, firmado y sellado por los miembros de la Junta Directiva
establece en el Art. 59 de estos estatutos, se tendrá que invertir en obras
saliente, a más tardar en el primer mes de funciones de la nueva Junta
para el asilo de ancianos más cercano a la Residencial Alejandría del
Directiva.
domicilio de esta Asociación.
Art. 66.- Estos estatutos entrarán en vigencia ocho días después
DE LA COMISION LIQUIDADORA.
de su publicación en el Diario Oficial.
Art. 59.- Al disolverse la Asociación deberá integrarse una comisión liquidadora que estará integrada por dos delegados del Concejo
Municipal y tres representantes de la Asociación, que quedarán electos
en la Asamblea General extraordinaria, convocada a efecto de disolución,
si no fueren electos se entenderá que serán los primeros tres cargos de
la Junta Directiva en funciones en el orden siguiente: Presidente(a),
Secretario(a), Tesorero(a) y primer Vocal, en su orden, y se procederá
a la liquidación con los dos delegados municipales; dicha comisión
dispondrá de noventa días para liquidarla.
EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL,
CERTIFICA: Que en libro de actas y acuerdos municipales que
esta municipalidad lleva en el corriente año, se encuentra en el ACTA
NUMERO CUARENTA Y SEIS de la sesión Ordinaria, celebrada a
las dieciséis horas del nueve de diciembre del dos mil trece, que dice:
ACUERDO NUMERO VIII.- De conformidad al Artículo 30 numeral
13 y Artículos 119, 120 y 121 del Código Municipal vigente y teniendo
Art. 60.- La Junta Directiva en proceso de liquidación está obli-
a la vista los Estatutos de la ASOCIACION DE DESARROLLO CO-
gada a poner a disposición de la comisión liquidadora todos los libros,
MUNAL "RESIDENCIAL ALEJANDRIA", Municipio de Usulután,
documentos y rendir los informes y explicaciones que le soliciten.
Departamento de Usulután, que se puede abreviar (ADESCORA), y
estando constituidos los Estatutos con 66 Artículos y cumplidos los requisitos de Ley el Concejo Municipal, ACUERDA: Aprobar los Estatutos
Art. 61.- La comisión liquidadora una vez concluido su trabajo
y concederles a dicha Asociación el Carácter de Personalidad Jurídica.
remitirá ante el Concejo Municipal para su aprobación, los documentos
Publíquese.Comúniquese. Se levantó la Sesión y firmamos. ///Francisco
pertinentes y un informe de su gestión.
Meardi G. /// R. J. Mario A. Braham /// Mirian del Carmen O. Hernández
/// Mauro Guevara G. /// Juan Anselmo Mendoza Muñoz ///José Alfonso
A. V. /// Mario Antonio R. /// Ricardo S. Barrera /// José S. Trejo Gómez.
CAPITULO XI.
DISPOSICIONES GENERALES.
/// Miguel Angel T. C. /// Olga Lidia H. de Saravia ///José Orlando C. A.
/// Ana Elizabeth M. C. ///Francisco Arturo P. G. ///Wilson Eduardo R. ///
Héctor Antonio Q. R. /// RUBRICADAS.-
Art. 62.- La Asociación podrá utilizar sus propios recursos u
obtener de otras fuentes como aportes, donaciones, y otros; para llevar
a cabo sus programas y proyecciones, estando a disposición de informar
Es conforme a su original con el cual se confrontó y para los
efectos consiguientes, se expide la presente en la Alcaldía Municipal
de Usulután, diez de diciembre del dos mil trece.
ante la Alcaldía Municipal de su domicilio cuando ésta lo requiere.
Art. 63.- La Asociación llevará sus libros de registro de afiliados,
actas de Asambleas Generales, actas de Junta Directiva, registros financieros y registro de inventario, todos foliados y sellados, con una razón
HECTOR ANTONIO QUINTANILLA ROLDAN,
SECRETARIO MUNICIPAL.
de apertura que contenga el objeto del libro, su número de hojas y luego
al terminarse el libro se pondrá su razón de cierre. La cual deberá estar
firmada y sellada por el secretario(a) de la Junta Directiva.
(Registro No. F026075)
71
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014.
SECCION CARTELES OFICIALES
DE PRIMERA PUBLICACIÓN
AVISO DE INSCRIPCIÓN
LA INFRASCRITA JEFA DE LA SECCIÓN JURÍDICA DEL DEPARTAMENTO DE ASOCIACIONES AGROPECUARIAS DEL
MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA.
LA INFRASCRITA JEFA DE LA SECCIÓN JURÍDICA DEL DEPARTAMENTO DE ASOCIACIONES AGROPECUARIAS DEL
MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA.
CERTIFICA: Que habiendo cumplido con el procedimiento establecido en el Decreto Legislativo Número TRESCIENTOS TREINTA
Y NUEVE, publicado en el Diario Oficial número ochenta y seis, Tomo
número Doscientos Noventa y Uno, del catorce de mayo de mil novecientos ochenta y seis, donde se emite la Ley General de Asociaciones
Cooperativas, LA ASOCIACIÓN COOPERATIVA DE PRODUCCIÓN
AGROPECUARIA "PRODUCTORAS AVÍCOLAS DE GUACOTECTI" DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, QUE SE ABREVIA
"ACOPAGUAC" DE R.L., con domicilio en el Municipio de Guacotecti,
Departamento de Cabañas, obtuvo su personalidad jurídica el día dos de
diciembre del año dos mil trece, e inscrita en el Libro ciento dieciséis de
Registro que esta Oficina lleva bajo la siguiente codificación: Dos mil
ochocientos noventa del Sector No Reformado. Por lo que CONSIDERA:
Publicar en el Diario Oficial el asiento y por una sola vez el aviso de
inscripción correspondiente.
CERTIFICA: Que habiendo cumplido con el procedimiento establecido en el Decreto Legislativo Número TRESCIENTOS TREINTA
Y NUEVE, publicado en el Diario Oficial número ochenta y seis, Tomo
número Doscientos Noventa y Uno, del catorce de mayo de mil novecientos ochenta y seis, donde se emite la Ley General de Asociaciones
Cooperativas, LA ASOCIACIÓN COOPERATIVA DE PRODUCCIÓN
AGROPECUARIA "EL GORRIÓN" DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con domicilio en el Municipio de San Francisco Morazán,
Departamento de Chalatenango, obtuvo su personalidad jurídica el día
once de febrero del año dos mil catorce, e inscrita en el Libro ciento
dieciocho de Registro que esta Oficina lleva bajo la siguiente codificación: Dos mil novecientos dieciocho del Sector No Reformado. Por lo
que CONSIDERA: Publicar en el Diario Oficial el extracto y por una
sola vez el aviso de inscripción correspondiente.
Santa Tecla, a los veintiocho días del mes de febrero del año dos
mil catorce.
Santa Tecla, a los diecisiete días del mes febrero del año dos mil
catorce.
NOTIFÍQUESE.
NOTIFÍQUESE.
LICDA. ÁNGELA DEL CARMEN MANZANO,
LICDA. ÁNGELA DEL CARMEN MANZANO,
JEFA SECCIÓN JURÍDICA.
JEFA SECCIÓN JURÍDICA.
Of. 1 v. No. 254
Of. 1 v. No. 253
DE SEGUNDA PUBLICACIÓN
ACEPTACIÓN DE HERENCIA
JAVIER ROLANDO ALVARADO ALVARADO; JUEZ TERCERO
DE LO CIVIL Y MERCANTIL INTERINO DE SAN SALVADOR, al
público para los efectos de Ley.
HACE SABER: Que por resolución dictada por este Juzgado, a
las doce horas con cinco minutos del día veintiuno de enero de dos mil
catorce, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el señor LEONARDO
DONIS, conocido por LEONIDAS DONIS y LEONIDAS DONIS
PADILLA, quien fue de setenta y dos años de edad, agricultor, soltero,
de nacionalidad salvadoreña, originario de Panchimalco, Departamento
de San Salvador, hijo de Cayetana Donis, quien falleció el día ocho de
diciembre de dos mil nueve, y cuyo último domicilio fue Panchimalco,
con DUI 02831136-0, haciendo la aclaración que no se cuenta con su
número de NIT, de parte del señor LEONIDAS MURILLO DONIS,
con DUI 00363115-1; y NIT 0503-010272-101-7, en calidad de hijo
sobreviviente del causante, a quien se le ha conferido en el carácter antes
indicado, la administración y representación interina de la sucesión, con
las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente, a
fin que la ejerza de forma conjunta con las menores SONIA IMELDA
DONIS ESCOBAR y YESENIA CAROLINA DONIS ESCOBAR, en
calidad de hijas sobrevivientes, por medio de su representante legal la
señora MARÍA IMELDA ESCOBAR RECINOS, quienes fueron declaradas herederas definitivas de la sucesión por resolución de las ocho
horas con veintisiete minutos del día dieciséis de agosto de dos mil once,
habiéndosele conferido la administración y representación definitiva de
dicha sucesión.
Lo que hago del conocimiento del público para los efectos legales
correspondientes, y en consecuencia, SE CITA a los que se crean con
derecho a la herencia referida, a fin que comparezcan a esta sede judicial
a deducir tal circunstancia dentro del plazo de quince días contados desde
el siguiente a la tercera publicación de este edicto.
Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil de San
Salvador, a las doce horas y doce minutos del día veintiuno de enero de
dos mil catorce. LIC. JAVIER ROLANDO ALVARADO ALVARADO,
JUEZ TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL INTERINO, SAN
SALVADOR. LIC. OSCAR ANTONIO DÍAZ, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 236-2
72
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
CARLOS JOSÉ MÉNDEZ FIGUEROA, JUEZ DE LO CIVIL DEL
DISTRITO JUDICIAL DE CHALCHUAPA.
EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA:
SAN FRANCISCO GOTERA, DEPARTAMENTO DE MORAZAN,
AL PUBLICO PARA EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Al público para los efectos de Ley, que por resolución proveída por este Tribunal, a las catorce horas veinte minutos
del día doce de diciembre de dos mil trece, se ha tenido por aceptada
expresamente, con beneficio de inventario la herencia intestada, que a su
defunción ocurrida a las diez horas cuarenta minutos del día veintiuno de
enero de dos mil doce, en el Costado Oriente de Calle Principal al Balneario Amulunga y Costado Poniente de Beneficio Venenecia, Cantón Los
Amates, San Sebastián Salitrillo, Departamento de Santa Ana, siendo su
último domicilio la población de San Sebastián Salitrillo, correspondiente
a este Distrito Judicial; dejó el causante RUDY ALEXIS HERNÁNDEZ
HENRÍQUEZ, quien fue de catorce años de edad, estudiante, soltero;
de parte de la señora DORA LUZ HENRÍQUEZ MARTÍNEZ, en su
calidad de Madre del causante RUDY ALEXIS HERNÁNDEZ HENRÍQUEZ, y además como cesionaria de los Derechos Hereditarios que le
correspondían al señor RUDY DE JESÚS HERNÁNDEZ TURCIOS; a
quien se le nombra INTERINAMENTE administradora y representante
de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la
herencia yacente.
Se cita a todas las personas que se crean con derecho a la herencia, para que se presenten a este Juzgado, a deducirlo en el término de
quince días, contados desde el siguiente a la tercera publicación de este
edicto.
Juzgado de lo Civil: Chalchuapa, a las ocho horas veinticinco
minutos del día diecisiete de diciembre de dos mil trece. LIC. CARLOS
JOSÉ MÉNDEZ FIGUEROA, JUEZ DE LO CIVIL. LIC. HENRY
OVIDIO GARCÍA RODRÍGUEZ, SECRETARIO.
HACE SABER: Que por resolución dictada por este Juzgado, a
las quince horas y cinco minutos del día tres de diciembre del Dos Mil
Doce, SE HA TENIDO POR ACEPTADA EXPRESAMENTE Y CON
BENEFICIO DE INVENTARIO, LA HERENCIA INTESTADA que a su
defunción dejó el causante SANTOS DIAZ MARTINEZ, de parte de la
señora FRANCISCA RUIZ DE DIAZ, de setenta y cuatro años de edad,
casada, de oficios domésticos, originaria de Yamabal, Departamento de
Morazán, con domicilio y residencia en Barrio Las Delicias, jurisdicción
de Delicias de Concepción, Morazán; con Documento Único de Identidad
número cero dos cinco seis dos cero cinco siete guión cuatro, y Tarjeta
de Identificación número uno tres dos cinco guión cero cinco cero ocho
tres nueve guión uno cero uno guión nueve; por derecho propio que
le corresponde en calidad de esposa del causante; quien a la fecha de
su fallecimiento fue de treinta ochenta y nueve años de edad, casado,
jornalero, originario de Delicias de Concepción, Morazán, hijo del señor
CARMEN DIAZ y ANDREA MARTINEZ; falleció, el día catorce
de agosto del dos mil seis, en Delicias de Concepción, Departamento
de Morazán; siendo este mismo lugar el de su último domicilio. Se le
confirió a la aceptante antes mencionada y en la forma establecida, la
administración y representación Interina de la sucesión, con las facultades
y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.
Of. 3 v. alt. No. 237-2
Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se
presenten a deducirlo en el término de quince días, contados desde el
siguiente a la tercera publicación del edicto en el expresado periódico.
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco
Gotera, Departamento de Morazán; a los seis días del mes de diciembre del
dos mil trece. LIC. JORGE ALBERTO GUZMÁN URQUILLA, JUEZ
2° DE 1a. INSTANCIA. LICDA. KARINA ELIZABETH IGLESIAS
DE NAVARRO, SECRETARIA.
EDGAR ORLANDO ZÚNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL DEL
DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO.
HACE SABER: Que por resolución pronunciada por este Juzgado,
a las once horas y cuarenta y siete minutos del día nueve de septiembre
de dos mil trece, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio
de inventario la herencia intestada dejada a su defunción, ocurrida día
quince de agosto de dos mil doce, dejó el causante señor ANTONIO
GUADALUPE HERNÁNDEZ ANAYA, quien fue de cuarenta y tres
años de edad, Mecánico Automotriz, casado, originario de Ciudad
Delgado, Departamento de San Salvador, de nacionalidad salvadoreño,
siendo su último domicilio Soyapango, San Salvador, hijo de los señores
JOSÉ SALOMÓN HERNÁNDEZ y MARÍA ISABEL ANAYA MORENO hoy MARÍA ISABEL ANAYA DE HERNÁNDEZ; de parte
de la señora NANCY CAROLINA CONTRERAS DE HERNÁNDEZ,
con Documento Único de Identidad número 00642131-9; y Tarjeta de
Identificación Tributaria número 0614-200375-153-9 en su calidad de
esposa sobreviviente del causante y representante legal de los niños
menores de edad WALTER ANTONIO HERNÁNDEZ CONTRERAS,
con Tarjeta de Identificación Tributaria número 0614-150795-113-3 y
GABRIELA CAROLINA HERNÁNDEZ CONTRERAS, con Tarjeta
de Identificación Tributaria número 0614-030203-107-8, quienes son
Cesionarios de los derechos hereditarios que le correspondían a los
señores JOSÉ SALOMÓN HERNÁNDEZ y MARÍA ISABEL ANAYA
MORENO hoy MARÍA ISABEL ANAYA DE HERNÁNDEZ, en su
calidad de padres del causante.
Y se les ha Conferido a los aceptantes la ADMINISTRACIÓN Y
REPRESENTACIÓN INTERINA de los bienes de la sucesión con las
facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Y CITA: a los que se crean con derecho a la herencia referida para
que se presenten en el término de Ley, a hacer uso de sus derechos en
la sucesión.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las catorce horas
y cuarenta minutos del día nueve de septiembre de dos mil trece. LIC.
EDGAR ORLANDO ZÚNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA.
MARÍA ESTELA SORIANO NAVARRETE, SECRETARIA.
Of. 3 v. alt. No. 238-2
Of. 3 v. alt. No. 272-2
SUBASTA PÚBLICA
ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, Juez de lo Civil de este Distrito
Judicial, al público para los efectos de ley.
AVISA: Que en el proceso ejecutivo civil, promovido por el Estado
de El Salvador, en el Ramo de Hacienda, contra el señor Alexi Guiovanis
Canales García, se ha ordenado la venta en pública subasta, la cual se
verificará posteriormente en este Juzgado, del siguiente inmueble; de
naturaleza rústica, que forma parte de la Lotificación Miraflores Sur C,
situado en el Cantón La Cuchilla de Comalapa, jurisdicción de San Pedro
Masahuat, Departamento de La Paz, identificado como LOTE NÚMERO CINCO, DEL POLÍGONO CIENTO VEINTE, de la capacidad
superficial de CIENTO NOVENTA Y OCHO PUNTO CERO CERO
METROS CUADRADOS, que mide y linda: AL NORTE, nueve punto
cero cero metros, AL PONIENTE, veintidós punto cero cero metros,
AL SUR, nueve punto cero cero metros, y AL ORIENTE, veintidós
punto cero cero metros. Inscrito en el Centro Nacional de Registros de
la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Tercera Sección del Centro, bajo la
Matrícula número CINCO CINCO CERO SEIS OCHO CUATRO
UNO SIETE-CERO CERO CERO CERO CERO; de propiedad del
Departamento de La Paz.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, departamento de La Unión, a los veinticinco días de septiembre de dos mil
trece. LIC. ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.
LICDA. MARINA CONCEPCIÓN MARTÍNEZ DE MARTÍNEZ,
SECRETARIA.
Of. 3 v. alt. No. 240-2
73
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014.
SECCION CARTELES PAGADOS
DE PRIMERA PUBLICACIÓN
DECLARATORIA DE HERENCIA
LIC. JORGE ANTONIO GONZALEZ MERINO, JUEZ PRIMERO DE
PRIMERA INSTANCIA SUPLENTE DE SAN FRANCISCO GOTERA,
DEPARTAMENTO DE MORAZAN, AL PUBLICO.
AVISA: Que por resolución de las quince horas de este día, se
ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario
conjuntamente con los ya declarados, a los señores JOSE ARNELGEL
SALMERON MAYEN, de treinta y nueve años de edad, empleado, del
domicilio de Union City, Estado de Nueva Jersey, Estados Unidos de
América, portador de su Pasaporte Personal número cero cero cuatro
tres cuatro dos uno cuatro cinco, y Tarjeta de Identificación Tributaria
Número: un mil trescientos trece guión ciento cincuenta mil ochocientos
setenta y tres guión ciento dos guión tres; y NEHEMIAS SALMERON
MAYEN, mayor de edad, sin ocupación, con domicilio en Barrio La
Cruz, Avenida San Francisco, de la Jurisdicción de Lolotiquillo, representado por su curador Ad Lítem, Licenciado JOSE WILFREDO
GARCIA GUEVARA, de cincuenta y cinco años de edad, Abogado, de
este domicilio, con tarjeta de identificación de Abogado número: dos mil
quinientos diecisiete, y con Tarjeta de Identificación Tributaria Número:
cero quinientos once guión cero cuarenta mil quinientos cincuenta y ocho
guión cero cero tres guión cuatro; de la herencia que en forma intestada
dejó la señora LUISA MAYEN, conocida por MARIA LUISA MAYEN;
quien fue de sesenta y tres años de edad, de oficios del hogar, casada,
originaria y del domicilio de Lolotiquillo, departamento de Morazán,
salvadoreña, hija de Paula Portillo y de Ascensión Mayén, quien falleció
a las diecinueve horas del día veintitrés de abril del dos mil nueve, en el
Barrio La Cruz de Lolotiquillo, departamento de Morazán, siendo ese
su último domicilio; ambos en concepto de hijos de la causante.
Confiérasele a los mencionados aceptantes en la calidad expresada
la administración y representación definitiva, de dicha Sucesión con las
facultades y restricciones de Ley.
Juzgado Primero de Primera Instancia: San Francisco Gotera, a las
quince horas y diez minutos del día doce de febrero de dos mil catorce.LIC. JORGE ANTONIO GONZALEZ MERINO, JUEZ PRIMERO DE
PRIMERA INSTANCIA SUPLENTE.- LICDA. YESENIA ROSIBEL
VILLATORO DE ZUNIGA, SECRETARIA.
1 v. No. C011541
EDNA ARMIDA MELÉNDEZ APARICIO, Notario, del domicilio de
la ciudad de Usulután, con Oficina ubicada en Segunda Avenida Norte,
Edificio Rocío, Segundo Nivel, local cuatro, contiguo a Banco Hipotecario
de Usulután, AL PÚBLICO para los efectos de Ley.
AVISA: Que por resolución proveída por la suscrita Notario, a
las diez horas del día veintidós de febrero de dos mil catorce, se ha
DECLARADO HEREDERA DEFINITIVA CON BENEFICIO DE
INVENTARIO, a la señora AURA ELVIRA MARTÍNEZ DE JIMÉNEZ,
en calidad de hija de la Causante la señora MARÍA LUCILA BENÍTEZ,
conocida por MARÍA BENÍTEZ, y por MARÍA LUCILA BENÍTEZ
LEÓN, quien fue de sesenta y cinco años de edad, de Oficios Domésticos, Soltera, del domicilio de Santiago Texacuangos, Departamento de
San Salvador, y accidentalmente de Lawrenceville, Estado de Georgia,
de los Estados Unidos de América, siendo éste su último domicilio,
en la sucesión intestada que ésta dejó al fallecer a las dieciséis horas y
veinticinco minutos, del día siete de septiembre del año dos mil seis,
en la ciudad de Lawrenceville, Estado de Georgia, Estados Unidos de
América, a consecuencia de Cáncer de Pulmones.
Habiéndosele concedido a la heredera declarada la administración
y representación definitiva de la referida Sucesión sin restricciones.
Librado en la ciudad de Usulután, a los veintidós días del mes de
febrero del año dos mil catorce.
EDNA ARMIDA MELÉNDEZ APARICIO,
NOTARIO.
1 v. No. C011543
VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE
LO CIVIL DE APOPA.
AVISA: Que por resolución de las diez horas y diecisiete minutos
del día nueve de octubre del presente año, SE DECLARO HEREDEROS
DEFINITIVOS ABINTESTATO CON BENEFICIO DE INVENTARIO
a los señores BERTA AMANDA GUILLEN viuda DE SANTOS, de
cincuenta y siete años de edad, de oficios domésticos, del domicilio de
Apopa; JOSE EFRAIN GUILLEN, de cincuenta y cuatro años de edad,
Comerciante en Pequeño, del domicilio de Apopa; JUAN HUMBERTO
GUILLEN, de cuarenta y cuatro años de edad, Motorista, del domicilio
de Guazapa; CARLOS MANUEL GUILLEN, de cuarenta y siete años de
edad, Jornalero, del domicilio de Guazapa, y JOSE PORFIRIO GUILLEN,
de cuarenta años de edad, Agricultor en Pequeño, del domicilio de Citalá;
todos en calidad de hijos de la causante; de la herencia intestada que
a su defunción dejó la señora MARGARITA GUILLEN, quien fue de
cincuenta y nueve años de edad, de oficios domésticos, soltera, fallecida
el día veintisiete de marzo de mil novecientos noventa y nueve, siendo
la ciudad de Apopa su último domicilio.
Confiérese a los herederos declarados en el carácter indicado, la administración y representación definitiva de los bienes de la Sucesión.
Lo que se hace del conocimiento al público para los efectos de
Ley.
74
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las diez horas y
veinticinco minutos del día nueve de octubre del año dos mil trece.DRA. VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS,
JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. JOSE DULEY CERNA FERNANDEZ,
SECRETARIO.
Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las once horas cuarenta minutos
del día trece de febrero del dos mil catorce.- LIC. LUIS ANTONIO
BENITEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE.- LICDA.
CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO.
1 v. No. C011561
1 v. No. C011558
LUIS ANTONIO BENITEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
AVISA: Que por resolución de las once horas del día veinte de
septiembre del corriente año, han sido declarados herederos testamentarios
con beneficio de inventario de la herencia dejada por la señora, JUANA
FRANCISCA SICILIANO viuda DE SEGURA, conocida por JUANA
FRANCISCA SICILIANO y por JUANA SICILIANO, fallecida el día
cinco de junio del dos mil diez, en Juayúa, siendo ese el lugar de su
último domicilio, de parte de los señores MARIA MAGDALENA SEGURA DE SICILIANO, SAMUEL FILIBERTO SEGURA SICILIANO,
conocido por ISMAEL FILIBERTO MENDEZ y por ISMAEL FILIBERTO MENDEZ SICILIANO, FAUSTA, SALVADORA CORINA,
DE APELLIDOS SEGURA SICILIANO, GENOVEVA SEGURA DE
MENDEZ, o GENOVEVA SEGURA SICILIANO, LUCIA SEGURA DE
MOLINA o LUCIA SEGURA SICILIANO, ALEJANDRO, ALBERTO
ANTONIO y ORLANDO DE APELLIDOS SEGURA SICILIANO, en
concepto de herederos testamentarios de la mencionada causante.
Y se ha conferido a los herederos declarados la administración y
representación definitivas de la Sucesión.
JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las once horas treinta y cinco
minutos del día tres de octubre del dos mil trece.- LIC. LUIS ANTONIO
BENITEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE.- LICDA.
CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO.
1 v. No. C011560
LUIS ANTONIO BENITEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
AVISA: Que por resolución de las nueve horas del día seis de
febrero del corriente año, ha sido declarada heredera abintestato con
beneficio de inventario de la herencia dejada por el señor SALVADOR
EDMUNDO PEREZ CARRANZA, conocido por SALVADOR PEREZ
CARRANZA, fallecido el día ocho de agosto del dos mil trece, en
Juayúa, siendo ese el lugar de su último domicilio, de parte del menor
SALVADOR ORLANDO PEREZ MIRANDA, en concepto de hijo
sobreviviente del mencionado causante, representado legalmente por la
señora JOSELYN ALEJANDRA MIRANDA GARCIA, en concepto
de madre de dicho menor.
Y se ha conferido al heredero declarado la administración y representación definitivas de la Sucesión.
LICENCIADA GABRIELAMARÍA LISSETH CASTANEDA CERÓN,
Notario, del domicilio de Juayúa, departamento de Sonsonate, con Oficina
ubicada en Tercera Avenida Norte, Presbítero José Luis Martínez, frente
a Juzgado de Paz de esta ciudad.
HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notario, provista
a las once horas del día veinte de febrero del año dos mil catorce, se ha
declarado a los señores WILBER BALDEMAR PACHECO SIGÜENZA
y DAVID OSVALDO PACHECO SIGÜENZA, herederos definitivos
con beneficio de inventario de los bienes que a su defunción ocurrida
en el Hospital Nacional San Juan de Dios de la ciudad de Santa Ana,
departamento de Santa Ana, el día veintidós de abril del año dos mil
diez, dejó el señor DAVID PACHECO AGUILAR, en su concepto de
hijos sobrevivientes del causante.
Habiéndoles concedido la representación y administración definitiva
de la referida Sucesión.
Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley.
Librado en la ciudad de Juayúa, Municipio del departamento
de Sonsonate, a las catorce horas del día veinte de febrero de dos mil
catorce.
LICDA. GABRIELAMARÍA LISSETH CASTANEDA CERÓN,
NOTARIO.
1 v. No. C011563
JORGE ALBERTO MORAN FUNES, Notario, de este domicilio, y del
de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, con Oficina en Tercera
Avenida Norte y Diecinueve Calle Poniente, casa número doscientos
treinta y ocho, segunda planta, Centro de Gobierno, San Salvador, AL
PUBLICO EN GENERAL.
HACE SABER: Que por resolución proveída por el suscrito Notario,
el día veintisiete de febrero del dos mil catorce, se ha DECLARADO
HEREDERO DEFINITIVO, y con beneficio de inventario al señor
ROBERTO ANTONIO IMBERS ESPINOZA, en calidad de hijo
sobreviviente y Heredero Testamentario de la de cujus, de la herencia
Testada que dejara la señora GLORIA ANTONIETA ESPINOZA DE
IMBERS, quien falleció a las veintitrés horas y treinta minutos del día
tres de marzo de dos mil doce, en el Hospital Médico Quirúrgico del
Seguro Social, Jurisdicción de San Salvador, Departamento de San
Salvador, en el concepto ya aludido.
75
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
Y habiéndosele conferido la administración y representación definitiva de la mencionada Sucesión. Y para ser publicado por una sola
vez en el DIARIO OFICIAL.
Ley.
Libro el presente aviso, en la ciudad de San Salvador, a las nueve
horas del día veintiocho de febrero del año dos mil catorce.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las doce horas
con quince minutos del día siete de enero de dos mil catorce.- LIC.
EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA.
MARIA ESTELA SORIANO NAVARRETE, SECRETARIA.
LIC. JORGE ALBERTO MORAN FUNES,
NOTARIO.
1 v. No. C011580
1 v. No. C011576
LIC. EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL DEL
DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO.
AVISA: Que por resolución proveída en este Tribunal a las doce
horas de este día, en las presentes Diligencias de Aceptación de Herencia
Intestada que a su defunción dejó el causante señor ANGEL ROBERTO
FERMAN FLORES, promovidas inicialmente por la Abogada María
Guadalupe Mejía Chávez, y continuadas por el Abogado CARLOS
ALBERTO MEZA GONZALEZ, en su calidad de Apoderado General
Judicial del señor OSCAR ARMANDO FERMAN MENDOZA, padre
del causante; se han DECLARADO HEREDEROS DEFINITIVOS y
con beneficio de inventario de la herencia intestada que a su defunción
dejó el causante señor ANGEL ROBERTO FERMAN FLORES, quien
fue de cincuenta años de edad, Ingeniero Industrial, casado, originario
de San Salvador, con último domicilio en Soyapango, de nacionalidad
salvadoreña, hijo de María Luisa Flores hoy María Luisa Flores de
Pérez y de Oscar Armando Fermán Mendoza, quien falleció el día
ocho de enero de dos mil ocho, con Documento Único de Identidad
número 01215454-8, a los señores: a) OSCAR ARMANDO FERMAN
MENDOZA, de setenta y seis años de edad, empleado, de este domicilio,
con Documento Único de Identidad número 00739832-3, y Número de
Identificación Tributaria 1109-210431-102-8; en calidad de padre del
causante, y como cesionario del derecho hereditario que le correspondía
a las señoritas JENNIE ALESSANDRA FERMAN CRUZ y ANDREA
MARIA FERMAN CRUZ, y a la señora MARIA LUISA FLORES hoy
MARIA LUISA FLORES DE PEREZ, las primeras en calidad de hijas y la
tercera en calidad de madre sobreviviente del causante; representado dicho
heredero por el Abogado CARLOS ALBERTO MEZA GONZALEZ; b)
MARTA ELENA CHACHAGUA DE FERMAN o MARTA ELENA
CHACHAGUA ABREGO, quien es de veinticinco años de edad, de
oficios domésticos, del domicilio de Cojutepeque, Departamento de
Cuscatlán, con Documento Único de Identidad número 00751169-6, y
Número de Identificación Tributaria 0702-161182-104-5; y la menor
DANIELA MICHELLE FERMAN CHACHAGUA menor de edad, del
domicilio de Cojutepeque, Departamento de Cuscatlán, en calidad de
cónyuge sobreviviente e hija del causante, representadas por el Abogado
JOSE BALMORE GARCIA; y c) NIDIA NATALIA y JOSE RONALD,
ambos de apellidos FERMAN CHAVARRRIA, en su calidad de hijos
del causante, representados judicialmente por su Curadora Especial Licenciada LETICIA DE JESUS DIAZ RIVAS, mayor de edad, Abogada,
con Número de Identificación Tributaria 0614-250358-013-2.
Se ha conferido a los herederos declarados la representación y
administración DEFINITIVA de la herencia intestada.
HILDA CRISTINA CAMPOS RAMÍREZ, Notario, del domicilio de
Santa Tecla, departamento de La Libertad, con Oficina ubicada en
Séptima Calle Oriente Bis, número dieciocho, Colonia Santa Mónica,
Santa Tecla, al público en general.
HACE SABER: Que por resolución proveída por la suscrita Notario,
a las once horas y veinte minutos del día diecinueve de febrero de dos
mil catorce, se ha declarado HEREDERO DEFINITIVO CON BENEFICIO DE INVENTARIO del causante ROQUE LUIS HERNÁNDEZ
GONZÁLEZ, al señor ÁLVARO ENRIQUE HERNÁNDEZ MANZANO, en su CARÁCTER PERSONAL y además como CESIONARIO
de los derechos hereditarios que en abstracto que les corresponden a
las señoras MARTA GEORGINA RIVAS DE HERNÁNDEZ e IRIS
GEORGINA HERNÁNDEZ RIVAS, cónyuge e hija sobrevivientes
del mismo causante, específicamente sobre los inmuebles inscritos,
el primero, según antecedente al número SETENTA Y DOS del libro
CUATRO MIL SETECIENTOS NOVENTA Y UNO de Propiedad del
Departamento de San Salvador, trasladado a la matrícula número M
CERO CINCO CERO SIETE SIETE CERO SEIS NUEVE, y migrado
al Sistema de Información Registro y Catastro (Siryc) con Matrícula
número SEIS CERO UNO UNO CERO CINCO TRES DOS-CERO
CERO CERO CERO CERO; y el segundo, según antecedente al número SETENTA Y TRES del Libro CUATRO MIL SETECIENTOS
NOVENTA Y UNO de Propiedad del Departamento de San Salvador,
trasladado bajo la matrícula M CERO CINCO CERO SIETE SIETE
CERO SIETE UNO, y migrado al Sistema de Información Registro y
Catastro (Siryc) con Matrícula número SEIS CERO UNO UNO CERO
CINCO TRES CUATRO-CERO CERO CERO CERO CERO, ambas
del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del
Centro, departamento de San Salvador.
Habiéndosele conferido la administración y representación definitiva
de la Sucesión.
Librado en la ciudad de San Salvador, diecinueve de febrero de
dos mil catorce.
LICDA. HILDA CRISTINA CAMPOS MARTÍNEZ,
ABOGADO Y NOTARIO.
1 v. No. F025974
76
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
LICENCIADO ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO
rio, Jurisdicción de Olocuilta, departamento de La Paz, a consecuencia
CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS
de Sida más Neumonía Severa más Neuroinfección, hijo de los señores
EFECTOS DE LEY.
Juan Ernesto Cruz (ya fallecido) y de Noemy de la O Alvarado Arriola,
siendo ese su último domicilio; habiéndole concedido la Administración
y Representación DEFINITIVA de la referida Sucesión Intestada a la
AVISA: Que por resolución de este Juzgado, a las once horas y
cuarenta minutos del día cinco del mes de febrero del corriente año,
se declararon herederos expresamente, y con beneficio de inventario
de la herencia intestada que al fallecer el día tres de enero del año dos
mil doce, en el Hospital Nacional de la ciudad de Santa Rosa de Lima,
departamento de La Unión, siendo su último domicilio el Cantón La
Chorrera, de la ciudad de Santa Rosa de Lima, dejara el causante Jaime
Julio Torres Aparicio, a favor de los señores Doris Elizabeth Umanzor
señora NOEMY DE LA O ARRIOLA DE MARROQUIN, conocida
por NOEMY DE LA O ARRIOLA ALVARADO, NOEMY DE LA O
ALVARADO ARRIOLA, NOEMY DE LA O ALVARADO, NOEMY
ARRIOLA ALVARADO, NOEMY ALVARADO ARRIOLA, NOEMY
ALVARADO NOEMY ARRIOLA y por NOEMY DE LA O ARRIOLA
ALVARADO DE MARROQUIN.
Lo cual se hace del conocimiento público para efectos de Ley.
de Torres; Marta Jarlen Torres Sosa y Selvin Emmanuel Torres Sosa,
en concepto la primera de cónyuge sobreviviente y los otros dos como
hijos del causante antes mencionado, de conformidad con lo establecido
San Salvador, a los veintiocho días del mes de febrero del año dos
mil catorce.
en el Art. 988 N° 1° del Código Civil.
En consecuencia, se le confirió al heredero declarado en el carácter
dicho la administración y representación definitiva de los bienes de la
LIC. OSCAR ALCIDES REINADO,
indicada Sucesión.
NOTARIO.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, departa1 v. No. F025980
mento de La Unión, a los once días del mes de febrero del año dos mil
catorce.- LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MARINA CONCEPCION MARTINEZ DE MARTINEZ,
SECRETARIA.
MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO.
1 v. No. F025978
AVISA: Que por resolución de las nueve horas del día veintidós de enero del año dos mil catorce, han sido declarados herederos
OSCAR ALCIDES REINADO, Notario, de este domicilio, con Oficina
definitivos expresamente y con beneficio de inventario de la herencia
Jurídica situada en Boulevard Tutunichapa, Edificio Pro de Pro, Local
intestada dejada por la Causante señora Carmen Aguilar, fallecida el día
Dos, Segunda Planta, contiguo al Centro Judicial Isidro Menéndez,
veintiuno de enero del año dos mil doce, en la ciudad de Nahuizalco,
Colonia Médica, Centro de Gobierno, San Salvador.
Jurisdicción de este Departamento, lugar de su último domicilio, a los
señores Guadalupe Pérez de Lue, Sara Nohemy Pérez de Lima, Ovidio
Arnoldo, Víctor Manuel, María Isabel, Esther, éstos de apellidos Pérez
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, de las
once horas del día veinte de febrero del año dos mil catorce, se ha de-
Aguilar, y Magdaleno Pérez, los primeros en concepto de hijos, y el
último en concepto de cónyuge, todos de la referida Causante.
clarado a la señora NOEMY DE LA O ARRIOLA DE MARROQUIN,
conocida por NOEMY DE LA O ARRIOLA ALVARADO, NOEMY
DE LA O ALVARADO ARRIOLA, NOEMY DE LA O ALVARADO,
Y se les ha conferido a los herederos declarados la administración
y representación definitivas de la Sucesión.
NOEMY ARRIOLA ALVARADO, NOEMY ALVARADO ARRIOLA,
NOEMY ALVARADO, NOEMY ARRIOLA y por NOEMY DE LA O
ARRIOLA ALVARADO DE MARROQUIN, Heredera Definitiva con
Beneficio de Inventario, de la Herencia Intestada de los bienes que a su
defunción dejare el señor ISAI ERNESTO ALVARADO CRUZ, quien
Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las nueve horas treinta y siete
minutos del día veintidós de enero del año dos mil catorce.- DR. MARIO
MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. CECILIA DEL
CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO.
falleció a la edad de veintiséis años, soltero, Estudiante, originario de
San Marcos, departamento de San Salvador, a las quince horas treinta
minutos del día cinco de agosto del año dos mil dos, en Barrio El Calva-
1 v. No. F025985
77
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014.
LIC. ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIMERA
INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE IZALCO.
GUILLERMO ERNESTO IRAHETA CHOTO, Notario, del domicilio
de San Salvador, con Oficina establecida en Colonia y Avenida Atlacatl,
casa número setenta y dos, Departamento de San Salvador; al público
para los efectos de Ley.
AVISA: Que por resolución proveída a las diez horas de este día,
se ha DECLARADO HEREDERO ABINTESTATO CON BENEFICIO
DE INVENTARIO de la causante señora REYNA DE LOS ANGELES
MORALES DE ALFARO, quien falleció el día catorce de noviembre del
año dos mil seis, a la edad de treinta y tres años, siendo en esta ciudad
su último domicilio, al señor CARLOS ALBERTO ALFARO GIL, en
los conceptos de cónyuge de la causante y cesionario de los derechos
hereditarios que les correspondían en la presente Sucesión a los seño-
HACE SABER: Que por resolución pronunciada por el suscrito
Notario, a las trece horas y treinta minutos del día veintisiete de febrero
del año dos mil catorce, se ha tenido por aceptada expresamente y con
beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejara
el señor MODESTO CRISTÓBAL BATLLE GUZMÁN c/p MODESTO CRISTÓBAL BATLLE, de parte de EUFEMIA DEL CARMEN
VÁSQUEZ DE BATLLE, en su calidad de esposa del causante.
res PEDRO ANTONIO ALFARO MORALES, KARLA ROSMERI
ALFARO MORALES y VERONICA MARISOL ALFARO MORALES,
como hijos de la causante.
Confiriéndole en consecuencia la ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN DEFINITIVA DE LA SUCESIÓN.
Confiérese al aceptante en los conceptos antes indicados, la administración y representación definitiva de la indicada Sucesión.
Librado en la Oficina del Notario, a las trece horas y cuarenta y
cinco minutos del día veintisiete de febrero del año dos mil catorce.
Lo que se avisa al público, para efectos de Ley.
LIC. GUILLERMO ERNESTO IRAHETA CHOTO,
Juzgado de Primera Instancia de Izalco, Departamento de
Sonsonate, a los catorce días del mes de febrero del año dos mil cator-
NOTARIO.
ce.- LIC. ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIMERA
INSTANCIA.- LICDA. SARA ALBERTINA VILLEDA SANCHEZ,
1 v. No. F025997
SECRETARIO.
1 v. No. F025991
CARLOS MAURICIO IRAHETA, Notario, de este domicilio, con
Despacho Notarial ubicado en Avenida España, y Quinta Calle Oriente,
Local tres cuarenta y cuatro - B, San Salvador.
LUIS ANTONIO BENITEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE DE ESTE DISTRITO.
AVISA: Que por resolución de las once horas cuarenta y cinco
minutos del día seis de febrero del año dos mil trece, ha sido declarado
heredero definitivo expresamente y con beneficio de inventario de la
herencia intestada dejada por el Causante señor Mauricio Alfredo Lico
Canales, fallecido el día cinco de abril del año dos mil trece, en Jurisdicción de Acajutla, de este Departamento; siendo esta ciudad el lugar de
su último domicilio, al señor Lisandro Canales, conocido por Lisandro
Viscarra y por Lisandro Canales Viscarra, en su concepto de padre del
referido Causante.
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída
a las diez horas del día veintisiete de febrero del año dos mil catorce, se
ha declarado al señor FRANCISCO MIGUEL RODRÍGUEZ LÓPEZ,
heredero definitivo con beneficio de inventario, de los bienes que a su
defunción en el Hospital Médico Quirúrgico del Seguro Social de San
Salvador, departamento de San Salvador, el día doce de mayo de dos
mil uno, y siendo su último domicilio Soyapango, departamento de San
Salvador, que dejara la señora SONIA MAGDALENA LÓPEZ, en su
concepto de hijo sobreviviente, de la causante.
Habiéndole concedido la representación y administración definitiva
de la referida Sucesión.
Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley.
Y se le ha conferido la administración y representación definitivas
de la Sucesión.
Librado en la ciudad de San Salvador, el día veintiocho de febrero
del dos mil catorce.
Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las doce horas quince minutos
del día seis de febrero del año dos mil catorce.- LIC. LUIS ANTONIO
BENITEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL, SUPLENTE.- LICDA.
CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO.
1 v. No. F025992
CARLOS MAURICIO IRAHETA,
NOTARIO.
1 v. No. F025998
78
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
LUIS ANTONIO BENITEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE DE ESTE DISTRITO JUDICIAL
Librado en San Salvador, el día veinticuatro de febrero de dos mil
catorce.
AVISA: Que por resolución de las once horas del día diecisiete
TESHALIA YESENIA GARCIA JIMENEZ,
de enero del corriente año, ha sido declarada heredera abintestato con
NOTARIO.
beneficio de inventario de la herencia dejada por el señor JOSE LUIS
CENTENO AYALA, fallecido el día cinco de julio del dos mil ocho,
en esta ciudad, siendo Sonzacate, el lugar de su último domicilio, a la
1 v. No. F026043
señora JOAQUINA ESPERANZA HERRERA viuda DE CENTENO,
en concepto de cónyuge sobreviviente de la mencionada causante.
Y se ha conferido a la heredera declarada la administración y
representación definitiva de la Sucesión.
EVA DEL CARMEN MEJIA RODRIGUEZ, Notario, de este domicilio,
con Oficina situada en los locales Ex Malibú, número Tres, entre Calle a
San Antonio Abad y Boulevard Los Héroes, San Salvador, al público.
JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las doce horas cuarenta
minutos del día treinta y uno de enero del dos mil catorce.- LIC. LUIS
ANTONIO BENITEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL, SUPLEN-
HACE SABER: Que por resolución proveída por la suscrita Nota-
TE.- LICDA. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR,
rio, a las diez horas del día veintisiete de febrero del presente año, se ha
SECRETARIO.
declarado a la señora MARGOTH MUÑOZ DE FLORES, HEREDERA
DEFINITIVA con Beneficio de Inventario, en su calidad de cónyuge
1 v. No. F026015
sobreviviente y heredera testamentaria, en la Herencia del Causante
JOSE ROMEO FLORES ROMERO, conocido por JOSE ROMEO
FLORES.
Habiéndosele conferido a la Heredera declarada la Administración
TESHALIA YESENIA GARCIA JIMENEZ, Notaria, de este domicilio,
y Representación definitiva de la Herencia Testamentaria del Causante
con Oficina ubicada en Cuarta Avenida Norte y Alameda Juan Pablo II,
mencionado.
número Quinientos Diecisiete, frente al Portón Principal de la Alcaldía
de San Salvador, departamento de San Salvador, AL PUBLICO.
Lo que se hace del conocimiento público para los efectos de Ley.
Librado en la ciudad de San Salvador, a los veintisiete días del mes de
febrero de dos mil catorce.
HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notaria, proveída a
las doce horas del día trece de enero de dos mil doce, se ha DECLARADO
LICDA. EVA DEL CARMEN MEJIA RODRIGUEZ,
HEREDERA DEFINITIVA AB- INTESTATO CON BENEFICIO DE
INVENTARIO a la señora ANA LETICIA MALDONADO DIMAS,
NOTARIO.
mayor de edad, ama de casa, del domicilio de Antiguo Cuscatlán, departamento de La Libertad, portadora de su Documento Único de Identidad
1 v. No. F026063
número cero cero uno ocho cinco ocho siete cero-siete, y con Número de
Identificación Tributaria cero seis uno cuatro- uno siete cero uno tres seiscero cero dos-dos, de la HERENCIA INTESTADA que a su defunción
dejara la señora ROSARIO MALDONADO viuda DE ACEVEDO, y
conforme su Partida de Nacimiento ROSARIO MALDONADO, quien
LICENCIADO EFRAIN OLANO RUIZ, Notario, con Oficina en Sexta
fue de sesenta y nueve años de edad, de profesión Contador, jubilada,
Ave. Sur, Residencial El Cordovéz, Sonsonate.
originaria de esta ciudad, que falleció en el Hospital General del Seguro
Social, a las diez horas y treinta minutos del siete de diciembre de dos
mil diez, siendo su último domicilio Antiguo Cuscatlán, departamento
HACE SABER: Que por resolución de las diez horas del veintisiete
de La Libertad, en concepto de hermana legítima sobreviviente de la
de febrero del año dos mil catorce, se ha declarado heredero Definitivo
causante.
Abintestato con beneficio de inventario de VIRGILIO SANTANA
VILLALTA, fallecido el siete de febrero del año dos mil doce, en Barrio
HABIENDOSELE CONCEDIDO LA REPRESENTACION Y ADMINISTRACION DEFINITIVA DE LA REFERIDA SUCESION.
Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley.
San Miguelito, Quinta Calle Poniente, Sonsonate, su último domicilio,
al señor FERMIN HENRY SANTANA RIVERA, en su concepto de
hijo sobreviviente del causante.
79
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014.
Confiérasele al aceptante la Administración y Representación
Definitiva de la Sucesión.
Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley.
Sonsonate, veintisiete de febrero del año dos mil catorce.- Enmendado:HENRY SANTANA-público-Administración-Vale.
MIRANDA MENJIVAR, conocida por ROSA MIRANDA y ROSA
MENJIVAR, quien falleció el día diez de Julio del año mil novecientos
noventa y ocho, en el Barrio San Esteban del Municipio de Arcatao,
Chalatenango, siendo éste su último domicilio, de parte de DELMI
FLOR HERCULES MIRANDA, en la calidad de hija sobreviviente de
la causante.
Se confiere a la heredera declarada la administración y representación definitiva de la Sucesión, en la calidad antes expresada.
Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.
EFRAIN OLANO RUIZ,
NOTARIO.
1 v. No. F026090
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Chalatenango, a las
once horas con quince minutos del día tres de febrero del dos mil catorce.- LICDA. MORENA CONCEPCION LAINEZ RAMIREZ, JUEZ
DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. EDWIN EDGARDO RIVERA
CASTRO, SECRETARIO.
1 v. No. F026102
LICENCIADO EFRAIN OLANO RUIZ, Notario, con Oficina en Sexta
Ave. Sur, Residencial El Cordovéz, Sonsonate.
HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas del día
veintisiete de febrero del año dos mil catorce, se ha declarado Heredera
ALMA DINORA RAMOS, Notario, de este domicilio, con Oficina
ubicada en Colonia Santa Lucía, Calle Principal, antigua ruta trece, casa
tres, Ilopango, San Salvador.
Definitiva con beneficio de inventario la Herencia Testamentaria que dejó
ANGEL RENE VANEGAS CERNA, fallecido el día cuatro de enero del
año dos mil catorce, en el Hospital Nacional Rosales de San Salvador,
de parte de la señora WENDY RAQUEL SALAMA DE VANEGAS,
como heredera Testamentaria del causante.
Confiérasele a la aceptante la Administración y Representación
Definitiva de la Sucesión.
Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley.
Sonsonate, veintisiete de febrero del año dos mil catorce.
EFRAIN OLANO RUIZ,
NOTARIO.
1 v. No. F026092
LIC. MORENA CONCEPCION LAINEZ RAMIREZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución de la Suscrita Notario proveída
a las dieciocho horas del día veintisiete de febrero de dos mil catorce
se han declarado HEREDEROS DEFINITIVOS ABINTESTATO;
con beneficio de inventario, del causante señor JOAQUIN PEREZ
MIRANDA, conocido por JOAQUIN PEREZ, JOAQUIN MIRANDA
y JOAQUIN MIRANDA PEREZ, fallecido en la ciudad de Olocuilta,
Departamento La Paz, el uno de diciembre de dos mil cinco, siendo
éste su último domicilio, a los señores PEDRO ANTONIO MIRANDA
GIRON y OSCAR JULIAN MIRANDA GIRON, en su calidad de hijos
del causante y Cesionarios de Derechos hereditarios que le hicieran a
favor de ambos las señoras SOFIA GIRON viuda DE PEREZ y MARIA
VICTORIA PEREZ DE MEJIA, en calidad de esposa sobreviviente la
primera y la segunda en calidad de hija del causante.
Se les confiere a dichos herederos la ADMINISTRACION Y
REPRESENTACION LEGAL DEFINITIVA, de la mortual expresada. Protocolícese esta resolución, dése el aviso de ley de ésta y previa
comprobación que se ha pagado la publicación respectiva en el Diario
Oficial y en un periódico de circulación nacional, expídase el testimonio
correspondiente para los efectos legales consiguientes.
Librado en la ciudad de Ilopango, departamento de San Salvador,
a veintisiete días del mes de febrero de dos mil catorce.-
ALMA DINORA RAMOS,
AVISA: Que por resolución emitida por este Juzgado, a las nueve
horas con cincuenta minutos del día tres de febrero del dos mil catorce,
NOTARIO.
se ha declarado definitivamente Heredera Abintestato y con beneficio
de inventario de la Sucesión que a su defunción dejó la causante ROSA
1 v. No. F026109
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
80
ACEPTACION DE HERENCIA
ANY CRISTY ARGUMEDO CAMPOS, mayor de edad, Abogado
y Notario, de este domicilio, con oficinas situadas en Paseo General
Escalón y Noventa y Nueve Avenida Norte, Edificio Atlantic Center,
En consecuencia por este medio se cita a todos los que se crean
con derechos a la referida herencia para que se presenten a la referida
oficina en el término de quince días contados desde el siguiente a la
última publicación del presente edicto.
Librado en la oficina del Notario, a las ocho horas del día veintiocho
de febrero del dos mil catorce.
Local Veintiséis, Segunda Planta, San Salvador, al público para los
efectos de Ley.
JUAN CARLOS HERNANDEZ BLANCO,
NOTARIO.
HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notario, proveída
a las once horas del día veintiséis de febrero del presente año, se ha tenido
1 v. No. F025957
expresamente por aceptada y con beneficio de inventario, la herencia
testada, que a su defunción dejó el señor JUAN ELISEO FIGUEROA
FIGUEROA, quien falleció el día veinticinco de abril del año dos mil
trece, en la ciudad y Departamento de Santa Ana, siendo dicha ciudad
también su último domicilio, de parte de las señoras SONIA ELIZABETH
VALENCIA DE GARCIA, EDITH RUTH FIGUEROA VALENCIA,
ANA LUISA FIGUEROA conocida por ANA LUISA FIGUEROA VA-
HAYDEE NOEMY NAVAS LOPEZ, Notario, con domicilio ubicado
en Treinta y Una Calle Poniente número quinientos cuarenta y uno,
Colonia Layco, San Salvador.
LENCIA DE DUARTE, y DALILA VALENCIA FIGUEROA conocida
por DALILA FIGUEROA VALENCIA y por DALILA FIGUEROA
VALENCIA hoy DE VARELA, en calidad de Herederas Testamentarias
sobrevivientes del causante, habiéndose conferido la Administración y
Representación de la Sucesión Interina, con las facultades y restricciones
de los curadores de la Herencia Yacente.
Librado en San Salvador, a los veintiocho días del mes de febrero
del año dos mil catorce.
ANY CRISTY ARGUMEDO CAMPOS,
ABOGADO Y NOTARIO.
1 v. No. C011542
HACE SABER: Que por resolución de las diecinueve horas con
quince minutos del día veintisiete de febrero dos mil catorce, se ha tenido
por aceptada y expresamente con beneficio de inventario de parte de los
señores: FRANKLIN BEETHOVEN ESTUPINIAN BARAHONA y
GLENDA XOCHILT ESTUPINIAN BARAHONA, ambos en su calidad
de hijos sobrevivientes, de la causante, en la herencia intestada que a su
defunción acaecida en la ciudad de Van Nuys, Los Ángeles, California,
Estados Unidos de América, el día veintiuno de agosto de dos mil trece,
dejara la señora MARIA HILDA BARAHONA CORNEJO, de setenta
y cuatro años de edad, profesora, siendo su último domicilio el de San
Sebastián, Departamento de San Vicente y accidentalmente el de Van
Nuys, Los Ángeles, California, Estados Unidos de América, y por lo
tanto se les ha conferido la representación y administración interina de
la sucesión, la que ejercerán con las facultades y restricciones de los
curadores de la Herencia Yacente.
Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se
presenten a denunciarlo en el término de quince días contados a partir de
la última publicación de este edicto, a la dirección antes mencionada.
JUAN CARLOS HERNANDEZ BLANCO, Notario, de este domicilio,
San Salvador, veintiocho de febrero de dos mil catorce.
con Oficina en Avenida Victoria, número ciento once, Comasagua, La
Libertad.
LIC. HAYDEE NOEMY NAVAS LOPEZ,
NOTARIO.
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída
a las trece horas del día veinticinco de febrero del dos mil catorce, se
ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la
1 v. No. F025966
herencia intestada que a su defunción ocurrida en Cantón El Conacaste,
jurisdicción de Comasagua, La Libertad, el día veinticinco de mayo de
dos mil trece, dejó el señor MAURICIO RODRIGUEZ FUENTES,
de parte de los señores MAURICIO ANGEL CINES RODRIGUEZ y
MARIA JOSEFA CINE MORALES, conocida por MARIA JOSEFA
CINES MORALES y MARIA JOSEFA CINE DE RODRIGUEZ, hijo
VICTOR MANUEL IRAHETA ALVAREZ, Notario, y de este domicilio, con oficina en Urb. Pórtico San Antonio, Pje. Ppal. 10-A, San
Salvador.
y esposa respectivamente del causante, habiéndosele conferido la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades
y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
HACE SABER: Que por resolución del suscrito, proveída en esta
ciudad, a las nueve horas del día veintisiete de febrero del dos mil catorce,
81
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014.
se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario,
la Herencia Testamentaria que a su defunción, ocurrida en la ciudad de
San Salvador, su último domicilio, el día veintitrés de diciembre del dos
mil trece, dejó el señor ROBERTO ELADIO VASQUEZ VILLATORO,
quien fuera de ochenta y cinco años de edad, constructor, de parte del
señor HERBERT ROBERTO VASQUEZ CARDONA, en su concepto
de Heredero Universal Testamentario, habiéndosele declarado heredero
interino con beneficio de inventario y se le confirió la Administración y
Representación Interina de la sucesión, con las facultades y restricciones
de los curadores de la herencia yacente.
Se cita a las personas que se crean con derecho a la citada herencia
para que se presenten a la referida oficina, en el término de quince días
contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto,
a manifestar su derecho u oposición.
Librado en San Salvador, a los veintisiete días de febrero del dos
mil catorce.
VICTOR MANUEL IRAHETA ALVAREZ,
NOTARIO.
1 v. No. F026000
MAURA CECILIA GOMEZ ESCALANTE, Notario, de este domicilio,
con oficina situada en Final Séptima Avenida Norte, Urbanización Santa
Adela, Edificio San José, 2ª Planta, Local 202, Centro de Gobierno, San
Salvador, al público para los efectos de ley.
HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notario, proveída
a las diez horas de día veintidós de febrero de dos mil catorce, se ha
tenido por aceptada expresamente y con Beneficio de Inventario, de
parte del señor ROSALIO DE JESUS LOPEZ HERNANDEZ, en calidad de compañero de vida de la causante, la herencia Testada que a su
defunción dejó la señora GILMA DE JESUS HERNANDEZ COREAS,
quien falleció a las once horas y cincuenta minutos del día once de
mayo del dos mil nueve, en el Hospital Nacional Rosales, San Salvador,
siendo su último domicilio Caserío El Marroquín, Cantón La Esperanza,
Olocuilta, departamento de La Paz, se ha conferido al aceptante en el
carácter antes mencionado la Administración y Representación Interina
de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la
Herencia Yacente.
Lo que se hace del conocimiento del público en general, para los
efectos de Ley.
San Salvador, veintidós de febrero de dos mil catorce.
LICDA. MAURA CECILIA GOMEZ ESCALANTE,
NOTARIO.
1 v. No. F026033
NIXON ERIS PARADA GUTIERREZ, con Oficina Jurídica, situada
en Primera Avenida Norte Número cuatrocientos dos, de la ciudad de
San Miguel, al público.
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída
a las dieciséis horas del día veinticuatro de febrero del corriente año,
se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario
la herencia intestada que a su defunción ocurrida a las diez horas del
día uno de junio de dos mil ocho, en Barrio El Calvario, de la ciudad
de Sesori, departamento de San Miguel, lugar de su último domicilio,
quien a la fecha de su muerte era de sesenta y un años de edad, de
oficios domésticos, de estado civil casada, originaria de San Gerardo,
departamento de San Miguel, dejó la señora MARIA MAGDALENA
GIRON DE ROMERO conocida por MARIA MAGDALENA JIRON
DE ROMERO, MARIA MAGDALENA GIRON y por MAGDALENA
GIRON, de parte de los señores MIGUEL ROMERO FLORES, MARIA
FELIX GIRON ROMERO DE GALDAMEZ, MARIA JUANA GIRON
DE GALDAMEZ, MARIA ORBELINA ROMERO DE CHAVARRIA,
y CARLOS NELSON ROMERO conocido por CARLOS NELSON
ROMERO GIRON, el primero en su calidad de esposo y los cuatro
últimos en su calidad de hijos sobrevivientes de la referida causante;
habiéndoseles conferido la administración y representación interina de
la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la
herencia yacente.
En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean
con derecho a la herencia, para que se presenten a la referida oficina en
el término de quince días, contados desde el día siguiente a la última
publicación del presente edicto.
Librado en la oficina del Notario Nixon Eris Parada Gutiérrez. San
Miguel, a las diez horas día veintisiete de febrero del dos mil catorce.
LIC. NIXON ERIS PARADA GUTIERREZ,
ABOGADO Y NOTARIO.
1 v. No. F026034
JOSE DONALDO PINEDA, Notario, de este domicilio, con oficina
Jurídica situada en Trece Calle Poniente, Condómino El Carmen, Local
veinticinco Centro de Gobierno, de esta ciudad.
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída
a las diez horas del día veinte de enero de dos mil catorce, se ha tenido
por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia
intestada que a su defunción ocurrida en la ciudad de Panchimalco, departamento de San Salvador, el día veintisiete de mayo del año dos mil
nueve, dejó la señora SIMONA MIRANDA ANDRES DE VENTURA,
de parte de los señores JUAN MAURICIO VENTURA MIRANDA, EVA
VENTURA MIRANDA, SAMUEL VENTURA MIRANDA, JUDITH
VENTURA MIRANDA y JOSE ISMAEL VENTURA MIRANDA en
su concepto de hijos sobrevivientes de la causante, habiéndose conferido
la Administración y Representación Interina de la referida sucesión, con
las facultades de los curadores de la Herencia Yacente.
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
82
En consecuencia por este medio se cita a todos los que se crean
con derechos en la referida Herencia para que se presenten a la referida
En mi oficina Notarial situada en Colonia Santa Teresa, Pasaje Araujo, Número ciento veintiséis de esta ciudad, el suscrito Notario, al público.
oficina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la
última publicación del presente edicto.
HACE SABER: Que por resolución proveída por el suscrito a las
Librado en la oficina del Notario JOSE DONALDO PINEDA, en
nueve horas del día veintisiete de febrero de dos mil catorce, se ha tenido
la ciudad de San Salvador, a las once horas del día veinte de enero de
por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia
dos mil catorce.
intestada dejada a su defunción por el causante Doctor Luis Arturo
Castillo Arévalo, ocurrida ésta a las veintitrés horas nueve minutos del
día seis de enero de dos mil catorce, en esta ciudad, siendo éste su último
JOSE DONALDO PINEDA,
domicilio, de parte de la señora MARTA ANTONIA AGUILERA DE
NOTARIO.
CASTILLO, en su calidad de esposa sobreviviente del causante y se
ha conferido a la aceptante la administración y representación interinas
de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la
1 v. No. F026079
herencia yacente.
Librado en San Salvador, a los veintiocho días del mes de febrero
de dos mil catorce.
JUAN RAFAEL ANDRADE RUIZ, Notario, del domicilio de Santa Ana,
con oficina situada en Segunda Avenida Norte y Cuarta Calle Poniente
JOSE HUMBERTO MORAN CASTANEDA,
número Tres de la ciudad de Santa Ana, al público.
NOTARIO.
HACE SABER: Que por resolución pronunciada a las dieciséis
1 v. No. F026103
horas del día veintisiete de febrero del año dos mil catorce, se ha tenido
por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de parte de los
señores MARIA JULIA COTO viuda DE RIVAS, JOSE MAURICIO
RIVAS COTO, y GUILLERMO ANTONIO RIVAS COTO, la herencia
intestada que a su defunción ocurrida el día dos de octubre del año dos mil
trece, en el Hospital del Seguro Social de esta ciudad, siendo la ciudad
de Santa Ana, el lugar de su último domicilio, dejó el causante JOSE
CARLOS ANTONIO ELIAS BERRIOS, Notario, del domicilio de San
Miguel, con oficina en Segunda Avenida Sur número seiscientos seis,
de San Miguel, al público.
ANTONIO RIVAS TOVAR, conocido por JOSE ANTONIO TOVAR;
JOSE ANTONIO RIVAS TOBAR, JOSE ANTONIO TOBAR, y por
JOSE ANTONIO TOBAR RIVAS, quien fue de sesenta y seis años de
edad, Bachiller Académico, originario de Santo Domingo, Departamento
HACE SABER: Que por resolución proveída a las ocho horas del día
veinticuatro de febrero del año dos mil catorce, se ha tenido por aceptada
expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada que a su
de San Vicente y del domicilio de Santa Ana, en calidad de cónyuge
defunción, OCURRIDA en el Hospital Militar Central, en el Municipio
sobreviviente la primera, y como cesionaria de los derechos hereditarios
de San Salvador, a las seis horas y cuarenta minutos del día veintitrés
que en la sucesión le correspondía a la señora MARIA VERONICA
de diciembre de dos mil trece, a causa de Falla Renal Aguda; dejara el
TOBAR MOLINA, como hija del causante; y los dos últimos como
señor JOSE CARLOS RODRIGUEZ RAMOS, quien fuera de sesenta
hijos del causante.- Se les confirió a los aceptantes la administración y
y cinco años de edad, Peluquero de profesión, originario de Jiquilisco,
representación interinas de la sucesión con las facultades y restricciones
departamento de Usulután, del domicilio de esta ciudad de San Miguel;
de los curadores de la herencia yacente.
habiendo sido esta ciudad su último domicilio; de parte de la señora
Librado en la ciudad de Santa Ana, a los veintisiete días del mes
MARIA ANTONIA GARCIA DE RODRIGUEZ, de sesenta y seis años
de edad, Comerciante en Pequeño, de este domicilio, portadora de su
febrero del año dos mil catorce.
Documento Único de Identidad número: Cero dos millones seiscientos
ocho mil ochocientos veinticuatro- seis; y con Número de Identificación
LIC. JUAN RAFAEL ANDRADE RUIZ,
Tributaria: Cero novecientos tres-ciento veinte mil doscientos cuarenta y
siete- ciento uno- nueve, en su calidad de ESPOSA SOBREVIVIENTE
NOTARIO.
del causante; habiéndose conferido la administración y representación
interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores
1 v. No. F026083
de la Herencia Yacente.
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014.
83
En consecuencia, por este medio se cita a los que se crean con
siendo este mismo lugar el de su último domicilio.- Se le confirió a los
derecho a la referida herencia, para que se presenten a la mencionada
aceptantes antes mencionados y en la forma establecida, la administración
oficina, en el término de quince días, contados desde el día siguiente a
y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones
la última publicación del presente edicto.
de los curadores de la Herencia Yacente.- Se cita a los que se crean con
derecho a la herencia para que se presenten a deducirlo en el término
Librado en San Miguel, a veintiséis de febrero del año dos mil
catorce.
de quince días, contados desde el siguiente a la tercera publicación del
presente edicto.
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco
CARLOS ANTONIO ELIAS BERRIOS,
Gotera, a los veintisiete días del mes de enero del dos mil catorce.- LIC.
JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2°. DE 1ª. INS-
NOTARIO.
TANCIA.- LIC. KARINA ELIZABETH IGLESIAS DE NAVARRO,
SECRETARIA.
1 v. No. F026108
3 v. alt. No. C011540-1
EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA
LIC. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA PRIMERO DE
DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN FRANCISCO GOTERA, DE-
PRIMERA INSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPAR-
PARTAMENTO DE MORAZAN, AL PUBLICO PARA EFECTOS
TAMENTO DE MORAZAN.
DE LEY.
HACE SABER: Que por resolución pronunciada en este Juzgado,
HACE SABER: Que por resolución dictada por este Juzgado; a
las doce horas y quince minutos del día diecisiete de Diciembre del Dos
Mil Trece, SE HA TIENIDO POR ACEPTADA EXPRESAMENTE
CON BENEFICIO DE INVENTARIO, LA HERENCIA INTESTADA
a las quince horas y diez minutos de este día; se ha tenido por aceptada
expresamente y con beneficio de inventario de parte: RUDY JAVIER
HERNANDEZ TOBAR, de 24 años de edad, Estudiante, del domicilio de
San Francisco Gotera Departamento de Morazán, con Documento Único
de Identidad Número 03996880-3, y Tarjeta de Identificación Tributaria
que a su defunción dejó el causante CECUNDINO PEREZ, conocido
Número 1319-161088-101-6; de la herencia que en forma intestada dejó
por SECUNDINO PEREZ, de parte de la señora MARIA ANGELITA
la causante MARIA LUISA SANCHEZ, quien fue de 74 años de edad,
ARGUETA ORTIZ, de treinta años de edad, de oficios domésticos,
de oficios domésticos, soltera, originaria de Torola, Departamento de
del domicilio de Cantón Agua Blanca, Caserío El Colón, Jurisdicción
Morazán, hija de MARIA AGRIPINA SANCHEZ, y padre Ignorado;
de Cacaopera, con Documento Unido ce Identidad número cero cero
quien falleció a las 6 horas del día 6 de Marzo del 2009, en la Colonia
doscientos ochenta y dos mil novecientos cuarenta y tres guión cuatro
San José de San Francisco Gotera, Departamento de Morazán, siendo ese
y Tarjeta de Identificación Tributaria Número un mil trescientos dos
lugar su último domicilio; en concepto de Cesionario de los Derechos
guión doscientos cuarenta mil ciento ochenta y tres guión ciento uno
Hereditarios que les correspondían a los señores SANTIAGO JACOBO
guión tres; ésta a su vez en representación de los menores ARMANDO
SANCHEZ HERNANDEZ, ROSA ESPERANZA SANCHEZ, SANTOS
ANTONIO PEREZ ARGUETA, de catorce años de edad, con Tarjeta
HERMINIA SANCHEZ HERNANDEZ, JOSE PABLO HERNANDEZ
de Identificación Tributaria Número un mil trescientos dos guión
SANCHEZ, SANTOS ALFONSO SANCHEZ HERNANDEZ, JUAN
doscientos setenta mil ochocientos noventa y nueve guión ciento uno
CELSO SANCHEZ HERNANDEZ y SEBASTIANA SANCHEZ, como
guión ocho; YOVANI OSAEL PEREZ ARGUETA, de trece años de
hijos de la referida causante.- Se le ha conferido al referido aceptante
edad, con Tarjeta de Identificación Tributaria Número un mil trescientos
en la calidad expresada, la administración y representación INTERINA
dos guión cero treinta mil quinientos diez guión ciento uno guión cero;
y de GLENDA ARACELY PEREZ ARGUETA, de dos años de edad,
con Tarjeta de Identificación Tributaria número un mil trescientos dos
guión doscientos cuarenta mil doscientos uno guión ciento uno guión
cero; los tres del domicilio del Cantón Agua Blanca, Caserío El Colón,
de dicha sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores
de la herencia yacente.- Y cita a las personas que se crea con derecho a
la herencia, para que se presenten a este Juzgado a deducirlo dentro del
término de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación
de este edicto.
Jurisdicción de Cacaopera; por derecho propio que les corresponde a la
Juzgado Primero de Primera Instancia, San Francisco Gotera,
primera como cesionaria del derecho hereditario que le correspondía a la
Departamento de Morazán, a las quince horas y quince minutos del día
señora SANTIAGO PEREZ ORTIZ conocida por SANTIAGO PEREZ,
veintinueve de enero de dos mil catorce.- LIC. BACILIA DEL CARMEN
ésta en calidad de madre y los otros en calidad de hijos del causante;
quien a la fecha de su fallecimiento era de cincuenta y ocho años de edad,
PORTILLO, JUEZ 1°. DE 1ª. INSTANCIA.- LIC. YESENIA ROSIBEL
VILLATORO DE ZUNIGA, SECRETARIA.
jornalero, soltero, originario de Cacaopera; falleció el día veintiocho de
Septiembre del dos mil trece, en Cacaopera, Departamento de Morazán;
3 v. alt. No. C011544-1
84
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
ELIO DEL CID BARAHONA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL Y
MERCANTIL DE SAN SALVADOR, JUEZ TRES INTERINO.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado,
a las diez horas y treinta minutos del día cinco de noviembre de dos
mil trece, se ha tenido por ACEPTADA expresamente y con beneficio
de inventario la herencia intestada dejada por el causante, señor JOSE
ANTONIO MONGE, quien fue de cincuenta y dos años de edad, casado,
originario y del domicilio de Guazapa, Departamento de San Salvador,
hijo de MARIA PETRONILA MONGE a su defunción, ocurrida a las
catorce horas y treinta minutos del día veintitrés de julio de dos mil trece,
siendo su último domicilio en Calle El Comercio, frente a la Unidad
de Salud de Guazapa, Departamento de San Salvador, por parte de la
señora ROSA AMELIA URQUILLA, en su calidad de cónyuge del
causante y los señores EVELYN GUADALUPE MONGE URQUILLA,
RONALD JOSE MONGE URQUILLA, ROSA ELIZABETH MONGE
DE CAMPOS, MARIA MARTA MONGE DE MORENO, JESUS ANTONIO MONGE URQUILLA, JOSE WILBER MONGE URQUILLA
y MIGUEL ANGEL MONGE URQUILLA, en su calidad de hijos
del referido causante, a quienes se les ha conferido la administración
y representación interina de la referida sucesión, con las facultades y
restricciones de los curadores de la herencia yacente; por lo que se CITA
a todos los que se crean con derecho a la herencia para que dentro del
término de ley se presenten a este Tribunal a deducir su derecho.
Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil y Mercantil de San
Salvador. Juez Tres Interino, San Salvador, a las diez horas y cuarenta
minutos del día cinco de noviembre del año dos mil trece.- LIC. ELIO
DEL CID BARAHONA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN SALVADOR, JUEZ TRES INTERINO.- Por mí
LIC. ANA CECILIA FIGUEROA ALMEDARES, SECRETARIA
INTA.-
LIC. GLORIA ALICIA CHAVEZ ALVARADO, JUEZA PRIMERO DE
PRIMERA INSTANCIA INTERINA DE SAN FRANCISCO GOTERA,
DEPARTAMENTO DE MORAZAN.
HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas y cuarenta
minutos de este día; SE HA TENIDO POR ACEPTADA EXPRESAMENTE Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO de parte de la señora
RUPERTA MOLINA DE VASQUEZ, de 63 años de edad, de oficios
domésticos, del domicilio de Lolotiquillo, departamento de Morazán;
con Documento Único de Identidad número 03012650-1; con número
de Identificación Tributaria 1313-280350-101-0; de la herencia que en
forma intestada dejó el señor INOCENTE MOLINA DIAZ o INOCENTE
MOLINA, quien fue de 86 años de edad, Agricultor en pequeño, casado,
Originario y del domicilio de Lolotiquillo, departamento de Morazán; de
Nacionalidad Salvadoreña, hijo de los señores JUAN JOSE MOLINA
y ELEUTERIA DIAZ (ya fallecidos), quien falleció a las 06 horas del
día 11 de septiembre del año 2000; siendo la población de Lolotiquillo,
el lugar de su último domicilio; en concepto de HIJA, del referido
causante.Confiérasele a la mencionada aceptante en la calidad expresada la
administración y representación INTERINA de dicha sucesión, con las
facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Y cita a las personas que se crean con derecho a la herencia,
para que se presenten a este Juzgado a deducirlo dentro del término de
quince días, contados desde el siguiente a la tercera publicación de este
edicto.
Juzgado Primero de Primera Instancia; San Francisco Gotera, departamento de Morazán; a las quince horas del día diecinueve de diciembre
de dos mil trece. LIC. GLORIA ALICIA CHAVEZ ALVARADO,
JUEZA 1° DE 1ª INSTANCIA SUPLENTE.- LIC. YESENIA ROSIBEL
VILLATORO DE ZUNIGA, SECRETARIA.-
3 v. alt. No. C011557-1
3 v. alt. No. C011564-1
LICENCIADO RAMON HERMINIO PORTILLO CAMPOS, JUEZ
INTERINO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL
DE TEJUTLA, DEPARTAMENTO DE CHALATENANGO.
EL INFRASCRITO JUEZ DE LO CIVIL DE USULUTÁN, Al público
para los efectos de ley.
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, proveída a
las nueve horas con treinta minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada
que a su defunción dejó JOSÉ DOLORES HENRÍQUEZ conocido por
DOLORES HENRÍQUEZ, quien fue de cincuenta y un años de edad,
casado, originario de Nueva Trinidad, Departamento de Chalatenango,
hijo de María Henríquez, falleció el día veintiocho de febrero de mil
novecientos noventa y siete, siendo su último domicilio el Municipio de
El Paraíso, Departamento de Chalatenango, de parte del señor RUBIO
CHAVARRIA HENRIQUEZ en calidad de hijo del causante y como
cesionario del derecho hereditario que le correspondía a la señora Victoria
Chavarría viuda de Henríquez, cónyuge sobreviviente del causante.
HACE SABER: Que por resolución de las diez horas de este día,
se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la
Herencia intestada dejada a su defunción por la causante señora FELICITAS PORTILLO DE GONZALEZ, al fallecer el día quince de marzo
del año dos mil cinco, en el Hospital Nacional Zacamil, de la ciudad de
Mejicanos, departamento de San Salvador; siendo la ciudad de Usulután
su último domicilio; de parte del señor JUAN RAMÓN GONZÁLEZ
PORTILLO, en calidad de hijo de la causante y como Cesionario de
los Derechos Hereditarios que le correspondían al señor Héctor Isaac
González Portillo, éste en calidad de hijo de la misma causante.
Confiérese al aceptante la administración y representación interina
de la sucesión, con las facultades y restricciones legales que les corresponde a los curadores de la herencia yacente.
Fíjense y publíquense los edictos de ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de Tejutla,
Departamento de Chalatenango, a los diecinueve días del mes de febrero
del dos mil catorce.- LIC. RAMON HERMINIO PORTILLO CAMPOS,
JUEZ INTERINO DE PRIMERA INSTANCIA DE TEJUTLA.- LICDA.
ERLINDA GUADALUPE GUERRERO, SECRETARIA.-
3 v. alt. No. C011562-1
Confiérasele al aceptante antes dicho la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de
los Curadores de la Herencia Yacente.
Fíjense y publíquense los edictos respectivos, citando a los que se
crean con derecho a la herencia, para que se presenten a deducirlo en el
término de quince días, contados a partir del siguiente al de la tercera
publicación del edicto respectivo en el Diario Oficial.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a los treinta días del
mes de enero del año dos mil catorce.- LIC. JOSE ANTONIO GAMEZ,
JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MIRNA MARISOL SIGARAN H.,
SECRETARIA.-
3 v. alt. No. F025948-1
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014.
LA INFRASCRITA JUEZA 3 SUPLENTE DEL JUZGADO PRIMERO
DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN SALVADOR, al público para
los efectos de ley.
HACE SABER: Que por resolución pronunciada a las quince horas
del día diecisiete de febrero del año dos mil catorce, se ha tenido por
aceptada expresamente con beneficio de inventario la Herencia Intestada
que a su defunción dejó la causante señora María Dolores Quintanilla
García, quien en el momento de fallecer era de treinta y nueve años
de edad, Licenciada en Letras, Soltera, originaria de Estanzuelas, Departamento de Usulután, siendo su último domicilio en San Salvador,
fallecida el día uno de agosto de dos mil nueve, de parte de los señores
Carlos Rigoberto Quintanilla García con N.I.T. uno uno cero siete-uno
uno uno cero siete cuatro-uno cero uno-cero y Carmen Elena Acuña
de Quintanilla con N.I.T. cero dos uno cero-cero cinco uno dos siete
tres-uno cero nueve-dos, quienes actúan en su calidad de representantes
legales de la niña Andrea Montserrat Guardado Quintanilla, por ser
tutores legítimos de la misma, hija biológica sobreviviente de la causante; Rosa Amanda García conocida por Amanda García y Rigoberto
Quintanilla, en su calidad de padres biológicos sobrevivientes de la
causante, confiriéndoles a los aceptantes la administración y representación INTERINA de la sucesión con las facultades y restricciones del
curador de la herencia yacente. Representados los aceptantes en estas
Diligencias por la Licenciada Sandra Carolina Rendón Rivera, con
Número de Identificación Tributaria uno uno uno dos-cero cinco cero
cuatro seis tres-cero cero uno-cero, en su calidad de Apoderada General
Judicial de los señores Carlos Rigoberto Quintanilla García, Carmen
Elena Acuña de Quintanilla, representantes legales de la menor Andrea
Montserrat Guardado Quintanilla; Rosa Amanda García conocida por
Amanda García y Rigoberto Quintanilla.
Publíquese el edicto de Ley.
Lo que hace saber al público en general, para que todo aquel que
tenga derecho en la presente sucesión, se apersone a este Tribunal legitimando su derecho en el término de quince días, todo de conformidad
al Art. 1163 C.V.
JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, San
Salvador, a las nueve horas del día dieciocho de febrero del año dos
mil catorce.- LICDA. AMADA LIBERTAD INFANTOZZI FLORES,
JUEZA PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL SUPLENTE, JUEZ
3.- LICDA. TERESA DE JESÚS VÁSQUEZ VÁSQUEZ, SECRETARIA.-
3 v. alt. No. F025967-1
ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO
JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas con treinta
minutos del día de hoy, se ha tenido por aceptada expresamente y con
beneficio de inventario de parte del señor JIMMY RODAS, la herencia
intestada que a su defunción dejó la señora ALBA VENTURINA RODAS
o ALBA VENTURINA RODAS LÓPEZ, quien fue de sesenta y siete
años de edad, empleada, salvadoreña, soltera, originario de Apastepeque,
departamento de San Vicente, falleció el día ocho de noviembre del dos
mil dos, en Apastepeque, departamento de San Vicente, en este Distrito
Judicial, lugar de su último domicilio en concepto de cónyuge hijo del
causante.
85
Y se ha nombrado al aceptante administrador y representante interino de la sucesión con las restricciones de los curadores de la herencia
yacente.
Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los tres días del
mes de febrero del dos mil catorce.- DRA. ANA FELICITA ESTRADA,
JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS,
SECRETARIO.-
3 v. alt. No. F025996-1
EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA
DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPARTAMENTO DE MORAZAN, AL PUBLICO PARA EFECTOS
DE LEY.
HACE SABER: Que por resolución dictada por este Juzgado, a
las once horas y quince minutos del día veintidós de enero del dos mil
catorce, SE HA TENIDO POR ACEPTADA EXPRESAMENTE CON
BENEFICIO DE INVENTARIO, LA HERENCIA INTESTADA, que a
su defunción dejó el causante ANGEL JAVIER CLAROS ARGUETA, de
parte de las señoras SUSANA ESTELA CLAROS PEREZ, de cuarenta
y siete años de edad, ama de casa, del domicilio de Antiguo Cuscatlán,
Departamento de La Libertad, con Documento Único de Identidad
Número cero uno seis dos ocho ocho cuatro nueve - seis; y Número de
Identificación Tributaria uno tres cero cinco - dos ocho cero cinco cinco
siete - cero cero uno -cinco; NORMA LILIAN CLAROS PEREZ, de
cuarenta y cuatro años de edad, Licenciada en Educación Parvularia,
del domicilio de Delicias de Concepción, Departamento de Morazán,
con Documento Único de Identidad Número cero cero cero tres cero
uno nueve seis -nueve; y Tarjeta de Identificación Tributaria número
uno tres cero cinco - dos cuatro uno dos seis ocho - uno cero uno - cero;
ANGELA LISDAMARY CLAROS ARGUETA, de dieciocho años de
edad, de oficios domésticos, del domicilio de Delicias de Concepción,
Departamento de Morazán, con Documento Único de Identidad Número
cero cinco uno cinco seis tres tres dos - ocho; y Tarjeta de Identificación
Tributaria número uno tres cero cinco - dos cinco cero cuatro nueve cinco
- uno cero uno - tres; y de los señores NELSON MAXIMINO CLAROS
PEREZ, de cincuenta y seis años de edad, ama de casa, Agricultor, del
domicilio de San Luis Talpa, Departamento de La Paz, con Documento
Único de Identidad número cero uno seis dos ocho ocho cuatro nueve
- seis; y Numero de Identificación Tributaria uno tres cero cinco - dos
ocho cero cinco cinco siete - cero cero uno- cinco; MISAEL CLAROS
PEREZ, conocido por MISAEL CLAROS, de cuarenta y tres años de
edad, empleado del domicilio de Antiguo Cuscatlán, Departamento de
La Paz, con Documento Único de Identidad Número cero tres cuatro
dos seis siete siete siete - tres, y Tarjeta de Identificación Tributaria
Número mil trescientos cinco - ciento sesenta y un mil doscientos sesenta
y nueve- ciento uno - tres; FELIPE ALBERTO CLAROS PEREZ, de
cincuenta y dos años de edad, Pintor, del domicilio de Antiguo Cuscatlán,
Departamento de La Paz; con Documento Único de Identidad Número
cero tres cuatro dos seis cuatro cuatro tres- dos; y Tarjeta de Identificación
Tributaria Número uno tres cero cinco - uno seis cero cuatro seis uno
- uno cero uno -nueve; y JOSE WILLIAN PEREIRA ARGUETA, de
veintidós años de edad, Técnico en Mercadeo, del Domicilio de Delicias
de Concepción, Departamento de Morazán, con Documento Único de
Identidad Número cero cuatro cinco cuatro tres cuatro cinco ocho - siete,
y Tarjeta de Identificación Tributaria número uno tres cero cinco - tres
cero cero nueve nueve cero - uno cero uno - cuatro; todos por derecho
propio que les corresponde en calidad de hermanos del causante; quien
86
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
a la fecha de su fallecimiento era de doce años de edad, estudiante,
originario y del domicilio de Delicias de Concepción, Morazán; falleció
el día veintiséis de septiembre en el Hospital Nacional de Santa Rosa de
Lima, Departamento de La Unión; siendo en Delicias de Concepción,
Departamento de Morazán, lugar de su último Domicilio.
Se les confirió a los aceptantes antes mencionados y en la forma
establecida, la administración y representación interina de la sucesión, con
las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.
Se cita a los que se crean con derecho a la herencia, para que se
presenten a deducirlo en el término de quince días, contados desde el
siguiente a la tercera publicación del presente edicto.
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco
Gotera, Departamento de Morazán; a los veintitrés días del mes de enero
del dos mil catorce.- LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA,
JUEZ 2° DE 1ª INSTANCIA.- LIC. KARINA ELIZABETH IGLESIAS
DE NAVARRO, SECRETARIA.-
dos-uno; Cero dos millones setecientos noventa y siete mil quinientos
sesenta y siete- cuatro; y cero un millón novecientos veintiún mil ciento
cincuenta y cuatro- cinco, los últimos cinco hijos del causante.
Nómbresele al aceptante en el carácter dicho Administrador y
Representante Interino de la sucesión de que trata, con las facultades y
restricciones que corresponden a los curadores de la herencia.
Publíquense los edictos de ley.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
ley.
LIBRADO en el Juzgado de Primera Instancia: Chinameca, a las
nueve horas del día diez de febrero de dos mil catorce.- LIC. DINORA
DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. INGRID VANESSA VASQUEZ BARAHONA,
SECRETARIA.-
3 v. alt. No. F026042-1
3 v. alt. No. F026031-1
LICENCIADA DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO,
JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE
CHINAMECA.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a
las ocho horas diez minutos del día diez de febrero del corriente año, se
tuvo por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia
intestada que al fallecer dejó el causante SALVADOR GONZÁLEZ,
falleció a las doce horas del día tres de agosto de dos mil ocho, en el
Cantón Calle Nueva, jurisdicción de El Tránsito, departamento de
San Miguel, siendo El Tránsito su último domicilio de parte del señor
IGNACIO ELIAS GONZALEZ MEMBREÑO, de cuarenta y dos años
de edad, Jardinero, del domicilio de El Tránsito, departamento de San
Miguel, y de los Estados Unidos de América, con Documento Único
de Identidad Número Cero cinco millones ciento ochenta y cuatro mil
quinientos noventa y nueve - cero; y Número de Identificación Tributaria.
Un mil doscientos siete- cero cincuenta mil ochocientos setenta - ciento
cuatro -cero, hijo del causante y además cesionario de los Derechos Hereditarios que en la sucesión le correspondía a los señores MAURA DE
JESUS MEMBREÑO DE GONZALEZ, de sesenta y tres años de edad,
de oficios domésticos, del domicilio de El Tránsito, Departamento de
San Miguel, esposa del causante, MILAGRO DE JESUS GONZALEZ
DE SANCHEZ, de cuarenta y seis años de edad, Empleada, de este
domicilio, SANTOS WILLIAM GONZALEZ MEMBREÑO, de cuarenta
años de edad, Agricultor en Pequeño, del domicilio de El Tránsito, departamento de San Miguel; MAURA EVILA GONZALEZ DE ULLOA,
de treinta y seis años de edad, de oficios domésticos, del domicilio de
El Tránsito, departamento de San Miguel, MARIA MAGDALENA
GONZALEZ DE VELASQUEZ, de cuarenta y dos años de edad, de
oficios Domésticos, del domicilio de El Tránsito, departamento de San
Miguel; ANA MIRNA GONZÁLEZ MEMBREÑO, de treinta y siete
años de edad, Doméstica, del domicilio de El Tránsito, departamento de
San Miguel; con Documento Único de Identidad Números en su orden:
cero cero seiscientos sesenta y tres mil quinientos treinta y ocho -dos,
Cero un millón seiscientos sesenta y cinco mil seiscientos veintitrés -tres,
Cero un millón novecientos veinte mil novecientos treinta y dos - ocho;
Cero dos millones setecientos noventa y siete mil quinientos setenta y
LICENCIADA DANI BERI CALDERON DE RAMIREZ, JUEZ DE
LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas diez minutos
del día treinta y uno de enero de dos mil catorce, se ha tenido por aceptada
expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada que a
su defunción ocurrida a las veintidós horas del día cinco de diciembre de
dos mil uno, en el Hospital San Juan de Dios de la ciudad de Santa Ana,
siendo su último domicilio el Cantón San Ramoncito, de la Jurisdicción
de Apaneca, departamento de Ahuachapán, dejó el causante señor JOSE
ANTONIO SANTILLANA CASTILLO conocido por JOSE ANTONIO
CASTILLO SANTILLANA, de parte de la señora MARIA PINEDA
hoy VIUDA DE ESCALANTE, en su calidad de heredera declarada
de su cónyuge señor MIGUEL ANGEL ESCALANTE RODRIGUEZ,
quien era cesionario de los derechos hereditarios que en la sucesión del
causante señor JOSE ANTONIO SANTILLANA CASTILLO conocido
por JOSE ANTONIO CASTILLO SANTILLANA, les correspondía a los
señores MARIA ELIZABETH SANTILLANA DE MARTINEZ, HERBETH ALEXANDER SANTILLANA MAGAÑA, RINA YOLANDA
SANTILLANA MAGAÑA, y DAVID ANTONIO SANTILLANA MAGAÑA, todos en carácter de hijos del causante, y como cesionaria del
derecho hereditario que en la sucesión le correspondía a la señora LUZ
DE MARIA ORANTES MARTINEZ hoy LUZ DE MARIA ORANTES
DE SANDOVAL, en calidad de conviviente sobreviviente del causante,
a quien se ha nombrado interinamente representante y administradora
de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la
herencia yacente.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
ley.
JUZGADO DE LO CIVIL, Ahuachapán, a las ocho horas treinta y
cinco minutos del día treinta y uno de enero de dos mil catorce. LICDA.
DANI BERI CALDERON DE RAMIREZ, JUEZA DE LO CIVIL.- LICDA. CLAUDIA LELIN GUEVARA DE PEÑATE, SECRETARIA.-
3 v. alt. No. F026046-1
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014.
87
OSCAR NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA
DEL DISTRITO JUDICIAL DE JUCUAPA.-
TAS COREAS DE GRANADOS, en calidad de cónyuge sobreviviente
HACE SABER: Que por resolución proveída en este Juzgado, a las
doce horas y treinta minutos del día veinticinco de julio del presente año,
se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario,
de la herencia intestada que a su defunción dejó la señora SUSANA DE
JESUS GODOY VIUDA DE AYALA o SUSANA DE JESÚS GODOY
DE AYALA o SUSANA DE JESUS GODOY, quien fue de cuarenta y
cuatro años de edad, Viuda, Originaria de San Buenaventura y del domicilio El Triunfo, Departamento de Usulután, de nacionalidad salvadoreña,
hija de José Isidoro Hernández Castillo y Matilde Godoy ( fallecida);
quien falleció a las una hora y treinta minutos del día dos de Septiembre
del año dos mil diez; de parte de los señores JOSE EVARISTO AYALA
GODOY, de diecinueve años de edad, Estudiante, del Domicilio de El
Triunfo, Departamento de Usulután, con Documento Único de Identidad
número cero cuatro millones novecientos sesenta y seis mil doscientos
cuarenta y cuatro guión uno; y Tarjeta de Identificación Tributaria
número mil ciento cinco guión doscientos cincuenta y un mil noventa y
tres guión ciento uno guión cinco; y DORA ALICIA AYALA GODOY,
de veintidós años de edad, Estudiante, del Domicilio de El Triunfo,
Departamento de Usulután, con Documento Único de Identidad número
cero cuatro millones quinientos treinta y un mil doscientos cuarenta y
dos guión seis; y Tarjeta de Identificación Tributaria número mil ciento
cinco guión ciento noventa mil cuatrocientos noventa y uno guión ciento
uno guión siete; en concepto de hijos de la Causante y Cesionarios del
Derecho Hereditario que le correspondían al señor JOSE ISIDORO
HERNANDEZ CASTILLO en concepto de Padre sobreviviente de la
Causante. Art. 988 N° 1 del C.C. Confiéranse a los herederos declarados
en el carácter indicado la Administración y Representación Interina de la
Sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia
yacente, Y CITA: a los que se crean con derecho a la herencia referida,
para que se presenten a deducirlo dentro del término de quince días, a
partir del siguiente al de la tercera publicación del presente edicto.-
los señores MARIO EDUARDO GRANADOS COREAS, MARIA DEL
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
y como cesionaria de los derechos hereditarios que le correspondían a
TRANSITO GRANADOS DE VASQUEZ, conocida Tributariamente por
MARIA DEL TRANSITO GRANADOS COREAS, CARLOS ANTONIO GRANADOS COREAS, conocido Tributariamente por CARLOS
ANTONIO GRANADOS, JOSE GONZALO GRANADOS COREAS,
ISRAEL GRANADOS COREAS conocido Tributariamente por ISRAEL
GRANADOS y MILTON ROMAN GRANADOS COREAS, en su
calidad de hijos del causante.
Confiriéndosele a la aceptante dicha la Administración, y Representación Legal Interina de la Sucesión, con las facultades y restricciones
de los Curadores de la Herencia Yacente.
Se cita a los que se crean con Derecho a la Herencia, para que se
presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días contados
a partir del día siguiente de la última publicación de este edicto.
LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA:
Santiago de María, a los quince días del mes de Marzo del año dos mil
trece.- LICDA. GLADIS NOEMI ALONZO GONZALEZ, JUEZA DE
PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. SANDRA ELIZABETH GOMEZ
GARAY, SECRETARIA INTERINA.
3 v. alt. No. F026091-1
GLADIS NOEMÍ ALONZO GONZÁLEZ, JUEZA DE PRIMERA
INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL:
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las
diez horas este día, se ha declarado Heredera Ab-intestato, con Beneficio
Ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Jucuapa, a las doce horas
y cuarenta minutos del día veinticinco de julio del dos mil Trece.- LIC.
OSCAR NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.LIC. RODOLFO ANTONIO CASTRO, SECRETARIO.
de Inventario de la señora VILMA NORA IGLESIAS GONZALEZ
conocida por VILMA NORA IGLESIAS, quien falleció a las nueve
horas del día quince de Mayo del año dos mil nueve, en el Barrio El
Calvario de la Villa de Tecapán, Departamento de Usulután, siendo la
Villa de Tecapán, Departamento de Usulután, su último domicilio, de
parte del señor MANUEL DE JESUS VALENCIA AYALA, en calidad
3 v. alt. No. F026089-1
de cesionario de los derechos hereditarios que le correspondían a los
señores MARIA ELIZABETH GONZALEZ DE BARAHONA, conocida Tributariamente por MARIA ELIZABETH GONZALEZ, DEYSI
MORENA GONZALEZ IGLESIAS, MARIA IRMA GONZALEZ DE
ALFARO, JOSE PRUDENCIO GONZALEZ IGLESIAS y MARIA
GLADIS NOEMI ALONZO GONZÁLEZ, JUEZA DE PRIMERA
INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL:
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado,
a las nueve horas este día, se ha declarado Heredera Ab-intestato, con
Beneficio de Inventario del señor JOSE GRANADOS, quien falleció a
las diecinueve horas del día quince de agosto del año dos mil doce, en
el Hospital Nacional, Santiago de María, Usulután, siendo la ciudad de
Santiago de María, su último domicilio, de parte de la señora FELICI-
SARA GONZALEZ DE ALFARO, en calidad de hermanos de la causante.
Confiriéndosele al aceptante dicho la Administración, y Representación Legal Interina de la Sucesión, con las facultades y restricciones
de los Curadores de la Herencia Yacente.
Se cita a los que se crean con Derecho a la Herencia, para que se
presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días contados
a partir del día siguiente de la última publicación de este edicto.
88
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA:
Santiago de María, a los quince días del mes de marzo del año dos mil
trece.- LICDA. GLADIS NOEMI ALONZO GONZALEZ, JUEZA DE
PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. SANDRA ELIZABETH GOMEZ
GARAY, SECRETARIA INTERINA.
3 v. alt. No. F026093-1
interinamente, administradora y representante de la sucesión, con las
facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente;
En consecuencia, se citan a todas las personas que se crean con
derecho a la herencia de que se trata, para que en el término de ley,
comparezcan a este Juzgado a justificar dicha circunstancia.
JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, a las catorce horas
y cuarenta minutos del día tres de febrero de dos mil catorce. LIC.
ROBERTO MAURICIO ANTONIO QUINTANILLA GALVEZ,
JUEZ DE LO CIVIL INTERINO.- JORGE ALBERTO RODRIGUEZ,
SECRETARIO.
ADRIAN HUMBERTO MUÑOZ QUINTANILLA, JUEZ INTERINO
DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL:
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a
las nueve horas y treinta minutos este día, se han declarado Herederos
Ab-intestato, con Beneficio de Inventario del causante señor RODOLFO
VALLE, quien falleció a las dieciocho horas y treinta minutos el día
veintisiete de Marzo de mil novecientos ochenta y siete, en el Barrio
Concepción, Santiago de María, departamento de Usulután, siendo éste
su último domicilio, de parte de los señores CESAR ALEXANDER
FUENTES MARTINEZ, MARÍA RAQUEL MARTINEZ FUENTEZ
y SONIA ELIZABETH GOMEZ MARTINEZ en calidad de cesionarios
de los derechos hereditarios que le correspondían a los señores CARMEN DEL TRANSITO PERDOMO VALLE y BEATRIZ CATALINA
PERDOMO VALLE, en su calidad de hijas del causante.Confiriéndoles a los aceptantes de las diligencias de Aceptación
Herencia, la Administración y Representación Legal Interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia
Yacente.Se cita a los que se crean con Derecho a la Herencia, para que se
presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días contados
a partir del día siguiente de la última publicación de este edicto.
LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA:
Santiago de María, a los veinte días de febrero del año dos mil catorce.LIC. ADRIAN HUMBERTO MUÑOZ QUINTANILLA, JUEZ DE
PRIMERA INSTANCIA INTERINO. LICDA. SANDRA ELIZABETH
GOMEZ GARAY, SECRETARIA INTERINA.
3 v. alt. No. F026095-1
ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO
JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que por resolución de las diez horas con treinta
y cinco minutos del día de hoy, se ha tenido por aceptada expresamente
y con beneficio de inventario de parte de la señora SAYONARA LIZZETH HUEZO MIRANDA CONOCIDA POR SAYONARA LIZET
CASTILLO MIRANDA, la herencia intestada que a su defunción dejó
la señora BLANCA LUZ CASTILLO CONOCIDA POR BLANCA
LUZ MIRANDA, BLANCA CASTILLO, BLANCA MIRANDA Y
POR BLANCA LUZ CASTILLO MIRANDA, quien fue de sesenta y
dos años de edad, empleada, salvadoreña, viuda, originaria de Verapaz,
departamento de San Vicente, falleció el día trece de noviembre del dos
mil diez, en Verapaz, departamento de San Vicente en este Distrito Judicial, lugar de su último domicilio, en concepto de hija de la causante.
Y se ha nombrado a la aceptante administradora y representante
interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores
de la herencia yacente.
Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los veintiséis días
del mes de febrero dos mil catorce. DRA. ANA FELICITA ESTRADA,
JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F026094-1
3 v. alt. No. F026133-1
HERENCIA YACENTE
LIC. ROBERTO MAURICIO ANTONIO QUINTANILLA GÁLVEZ,
Juez de lo Civil Interino, de este distrito judicial, al público para los
efectos de ley;
HACE SABER: Que por resolución de este día, se ha tenido
por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia
intestada que a su defunción dejó el causante MAURICIO MENDOZA
MORALES, quien falleció el día veintidós de julio de dos mil diez, en
el Hospital Nacional Rosales, San Salvador, siendo Jerusalén su último domicilio, por parte de ANA MARIA MENDOZA GONZALEZ,
en concepto de hija del referido causante. Nómbrase a la aceptante,
MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO:
HACE SABER: Que por resolución de las once horas del día
veintidós de enero del presente año, ha sido declarada Yacente la herencia dejada por el Causante señor Juan Francisco Vásquez Santiago,
fallecido el día quince de octubre del año dos mil trece en esta ciudad
siendo el lugar de su último domicilio Santa Catarina Masahuat de la
jurisdicción de este Departamento; y nómbrasele Curador-Especial para
que lo represente al Licenciado Juan Antonio Ochoa Vargas, a quien se
le hizo saber para su aceptación y demás efectos de Ley.
89
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014.
Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las once horas dieciocho minutos
del día veintidós de enero del año dos mil catorce.- DR. MARIO MOISA
MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. CECILIA DEL CARMEN
CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO.
Librado en la ciudad de Chalatenango, a los veintiocho días del
mes de febrero de dos mil catorce.
MELVIN ISAAC MENJIVAR MENA,
3 v. alt. No. F025982-1
ABOGADO Y NOTARIO.
1 v. No. F026066
TITULO DE PROPIEDAD
EL SUSCRITO NOTARIO
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL
HACE SABER: Que a esta oficina ha comparecido la señora
ELENA DEL ROSARIO GALÁN ESCOBAR, de treinta y nueve años
de edad, abogada, del domicilio de Chalatenango, departamento de
Chalatenango, a quien conozco e identifico con su Documento Único de
Identidad número: cero dos ocho nueve cinco tres siete cuatro — ocho
y con Número de Identificación Tributaria: cero cuatro cero siete —
cero tres cero cuatro siete cuatro — uno cero tres — cuatro, que en su
calidad de apoderada y representación del señor JAIME HEBERLINDO
GALDAMEZ GALDAMEZ, de cuarenta y nueve años de edad, motorista,
del domicilio del El Carrizal, del Departamento de Chalatenango, persona
que no conozco pero identifico por medio de su Documento Único de
Identidad número: cero tres cuatro nueve dos cuatro siete uno — cinco
y con numero de Identificación Tributaria: cero cuatro cero siete — cero
uno uno cero tres tres — uno cero uno — siete; MANIFESTANDO que
el señor JAIME HEBERLINDO GALDAMEZ GALDAMEZ, es dueño
y actual poseedor de buena fe, de un terreno de naturaleza rústica situado
en el lugar conocido como El Anonal y El Morrito, Cantón Potrerillos,
caserío Los Planes, del municipio de El Carrizal, Chalatenango, departamento de Chalatenango, de una extensión superficial de TREINTA
Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y NUEVE PUNTO
CINCUENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS, el cual se
describe así: AL NORTE, colindando con inmueble propiedad de:
MARÍA CANDELARIA GALDAMEZ VIUDA DE GALDAMEZ,
AL ORIENTE, colindancia de cerco de púas medianero, inmueble propiedad de: SERBELIO ORTEGA, AL SUR, con inmueble propiedad
de ELMER DONAI GALDAMEZ GALDAMEZ, AL PONIENTE,
con inmueble propiedad de JORGE ROBLES. El terreno descrito no
es dominante ni sirviente ni está en proindivisión y no tiene cargas o
derechos que pertenezcan a terceras personas y lo adquirió por compra
que le hizo a la señora MARÍA CANDELARIA GALDAMEZ VIUDA
DE GALDAMEZ, el ocho de agosto de dos mil trece del cual solicita
TITULO DE PROPIEDAD, presentando la ficha catastral respectiva.
Todos los colindantes son del domicilio de El Carrizal, Chalatenango,
departamento de Chalatenango. El inmueble lo valúa en la cantidad
de UN MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE
AMERICA, lo que se avisa al público para los fines de Ley.
Se previene a las personas que deseen presentar oposición a las
pretensiones del solicitante lo hagan en el término legal de mi despacho
notarial, ubicado en el barrio El Calvario, Chalatenango.
HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado el Lic. JOSÉ
ANÍBAL HERNÁNDEZ, mayor de edad, Abogado, del domicilio de
Santiago de María, Departamento de Usulután, con Documento Único
de Identidad Número: Cero cero cinco tres ocho cero siete dos-dos en
calidad de Apoderado General Judicial con Cláusula Especial del señor
JOSE BRAULIO VILLANUEVA, de sesenta y siete años de edad, Jornalero, del domicilio de esta ciudad, con Documento Único de Identidad
Número: Cero tres uno dos ocho nueve uno tres-dos y con Identificación
Tributaria: Un mil ciento siete-ciento sesenta y un mil ciento cuarenta
y seis-ciento uno-ocho, solicitando se le extienda título de propiedad a
favor de su demandante de un terreno urbano situado en el Barrio San
Antonio de esta ciudad con una capacidad superficial de QUINIENTOS
CUARENTA Y UNO PUNTO VEINTIUN METROS CUADRADOS,
con las medidas y colindancias siguientes: Al ORIENTE: veinticinco
punto noventa metros con Francisco Zelaya Murillo, cerco de por medio;
NORTE: veinte punto noventa metros con Agapita García, hoy Silvia
del Carmen Castillo cerco de por medio. PONIENTE: Veinticinco
punto ochenta y nueve metros con el de Alberto Arias, hoy de José
Felipe Zelaya, cerco y calle de por medio. Y SUR veinte punto noventa
metros, con Delfina Villanueva, hoy de María Cruz Ibarra Ramos, cerco
de por medio. El cual ha poseído de manera quieta, pacífica, pública e
ininterrumpida desde mil novecientos setenta y siete y que valúa en DOS
MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.
Lo que se hace del conocimiento del público para efectos de ley.
"""""""""""""""""""""""""""""""""""""""""'""
Dado en la Alcaldía Municipal de Estanzuelas, a los veintisiete días
del mes de febrero del año dos mil catorce. FERNANDO VALDEMAR
MEMBREÑO MONZON, ALCALDE MUNICIPAL.- PATRICIA
MARICELA CASTILLO DE MARQUEZ, SECRETARIA MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F026111-1
90
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
TITULO SUPLETORIO
EL SUSCRITO NOTARIO JUAN CARLOS HERNÁNDEZ BLANCO,
mayor de edad, de este domicilio, con Oficina ubicada en Avenida Victoria
Número ciento once, Comasagua, La Libertad.-
cual comparecen ante mis Oficios Notariales, para que de conformidad
con lo establecido en el Artículo dieciséis de la Ley del Ejercicio Notarial
de La Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias, seguidos que sean
los trámites que la misma señala, se extienda a su favor el Título que
solicita. Valúa dicho terreno en la suma de DOCE MIL DÓLARES DE
HACE SABER: Que ante mis Oficios Notariales el señor: JOSE
LUIS BARTON HERNANDEZ, de setenta y seis años de edad, agri-
LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.- Lo que avisa al público
para los efectos de ley.-
cultor, del domicilio de Santa Tecla, departamento de La Libertad, de
mi conocimiento portador de su Documento de Identidad cero cuatro
millones novecientos sesenta y seis mil quinientos treinta y cuatro- dos;
Librado en Comasagua, La Libertad, el día veintisiete de febrero
de dos mil catorce.-
promueve DILIGENCIAS DE TITULO SUPLETORIO, de una porción de
terreno de naturaleza rústica, situada en Cantón Santa Lucía, jurisdicción
JUAN CARLOS HERNANDEZ BLANCO,
de Tamanique, departamento de La Libertad, de la Capacidad Superficial
NOTARIO.
de VEINTISEIS MIL CIENTO CUARENTA PUNTO SETENTA Y
CUATRO METROS CUADRADOS, con las medidas y linderos siguientes: LINDERO NORTE: Formado por tres tramos: Tramo uno distancia
1 v. No. F025956
de sesenta y tres punto sesenta y nueve metros. Tramo dos distancia de
cuarenta y ocho punto ochenta y tres metros. Tramo tres distancia de
dieciocho punto cero seis metros. Lindando con terreno propiedad de
RAFAEL ALBERTO GALDAMEZ SERRANO. LINDERO ORIENTE:
Ciento setenta y dos punto doce metros. Lindando con terreno propiedad
ANA VILMA CHAVES DE BARTON. LINDERO SUR: Ochenta y
DANIEL VASQUEZ RODRIGUEZ, Notario, de este domicilio, con
ocho punto cincuenta y ocho metros_ Lindando con terreno propiedad
oficina situada en Tercera Avenida Norte Número mil ciento treinta y
de EDITH NOEMY HERNANDEZ RODEZNO, AIDA ESPERANZA
Cinco, Edificio Moreno "C" local Siete de esta ciudad. Para los efectos
HERNANDEZ RODEZNO, JULIO CESAR BRAN HERNÁNDEZ,
de ley,
GUILLERMO ANTONIO MEJIA HERNANDEZ y LILIAN ISABEL
RODEZNO CALLEJAS. LINDERO PONIENTE: Dieciséis tramos
: Tramo uno distancia de treinta y dos punto cero un metros. Tramo
dos distancia de cincuenta y uno punto noventa y ocho metros. Tramo
tres distancia de treinta y nueve punto ochenta y ocho metros. Tramo
cuatro distancia de siete punto cero siete metros. Tramo cinco distancia
de nueve punto veinte metros. Tramo seis doce punto cuarenta y seis
metros. Tramo siete distancia de ocho punto cuarenta y ocho metros.
Tramo ocho distancia de seis punto sesenta y cuatro metros. Tramo nueve
distancia de seis punto cincuenta y cuatro metros. Tramo diez distancia
de ocho punto ochenta y dos metros. Tramo once distancia de nueve
punto cincuenta y cinco metros. Tramo doce distancia de siete punto
noventa y un metros. Tramo trece distancia de dieciocho punto noventa
metros. Tramo catorce distancia de tres punto noventa y un metros.
Tramo quince distancia de treinta y cinco punto treinta y seis metros.
Tramo dieciséis distancia de diecinueve punto ochenta y cuatro metros,
lindando con terreno de MARTA LUZ HERNANDEZ DE POLANCO
y MARIA HERNANDEZ DE CASTELLANOS, calle de por medio.
El terreno descrito no es dominante ni sirviente, ni está en proindivisión
y no tiene cargas o derechos que pertenezcan a terceras personas; que
HACE SABER: Que a mi oficina se ha presentado SANTOS
ALEJANDRO LANDAVERDE FLORES, de setenta y cuatro años de
edad, Agricultor, del domicilio de La Palma, Chalatenango. Solicitando
TITULO SUPLETORIO, de un inmueble de naturaleza rústica inculto,
situado en el "Caserío El Coyolar", del Cantón San José Sacare, jurisdicción de La Palma de este departamento, de una extensión superficial
de OCHO MIL CUATROCIENTOS METROS CUADRADOS, de las
colindancias siguientes: AL ORIENTE, con Genaro Figueroa Arévalo;
AL SUR, con Genaro Figueroa, Alfonso Solís y Maura Recinos de
Arévalo; AL PONIENTE, con terrenos de Antonio Figueroa y Arnulfo
Landaverde. Y AL NORTE, con Angélica Isabel Hernández, Juan
Antonio Flores y Blanca Lidia Figueroa de Pineda. El mencionado
inmueble es de naturaleza rústica, fértil, no es sirviente sí dominante de
una servidumbre de tránsito de tres metros de ancho por el rumbo Norte
del inmueble general, no está en proindivisión con persona alguna y no
tiene cultivos permanentes y construcciones. El referido inmueble lo
valúan en la cantidad de UN MIL QUINIENTOS DOLARES. Que el
inmueble lo adquirió por compra que le hizo a Donato Flores Rodríguez,
el día dieciocho de abril del dos mil dos.
adquirió el referido inmueble por Donación verbal, otorgada a su favor
Librado en la oficina del suscrito notario.
hace veintitrés años, por la señora Martina de la Paz Hernández de
San Salvador, a los veintiséis días del mes de febrero del dos mil
Barton, quien a su vez lo adquirió de sus padres, por posesión material
catorce.
en el año de mil novecientos sesenta, en consecuencia, se ha poseído el
referido terreno por el señor comparecientes José Luis Barton Hernández
y anteriores poseedores, en forma Quieta, Pacífica e Ininterrumpida, por
más de sesenta años, pero carece de Título de Dominio inscrito, por lo
DANIEL VASQUEZ RODRIGUEZ,
NOTARIO.
1 v. No. F026018
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014.
91
EL SUSCRITO NOTARIO, GILBERTO ALFREDO GARCIA VÁS-
segundos Este y una distancia de seis punto treinta y cinco metros,
QUEZ, mayor de edad, del domicilio de Ciudad Delgado, con Oficina
Tramo diecisiete: Norte sesenta grados cincuenta y nueve minutos
ubicada en Condominios Nobles de América, edificio "f", local quince,
treinta y ocho segundos Este y una distancia de trece punto cuarenta y
San Salvador, Departamento de San Salvador, teléfono dos cinco cinco
cinco metros, Tramo dieciocho. Norte sesenta cuatro grados diecisiete
seis cuatro tres ocho seis.
minutos cero dos segundos Este y una distancia de cinco punto treinta
HACE SABER: Que ante mis Oficios Notariales la señora MARIA
ELVA ORELLANA SERRANO, de cuarenta años de edad, ama de casa,
del domicilio de San José Cancasque, Departamento de Chalatenango,
portadora de su Documento Único de Identidad número cero cero cuatro
uno tres tres dos cero guión tres, con Número de Identificación Tributaria
cero cuatro dos siete guión dos uno cero dos siete tres guión uno cero
uno guión dos, por medio de su Apoderado general judicial y especial
metros, Tramo diecinueve: Sur treinta y cinco grados treinta y seis
minutos cincuenta segundos Este y una distancia de cinco punto ochenta y nueve metros, Tramo veinte: Norte setenta y dos grados cuarenta y
tres minutos cincuenta segundos Este y una distancia de dieciséis punto
noventa y tres metros, Tramo veintiuno: Norte setenta y cinco grados
cincuenta y tres minutos veintisiete segundos Este y una distancia de
catorce punto cuarenta y ocho metros lindando en estos tramos con te-
Licenciado OMAR ALBERTO RECINOS SANTOS; promueven DI-
rreno propiedad del señor Vicente Gálvez con quebrada de por medio.
LIGENCIAS DE TÍTULO SUPLETORIO, de una porción de terreno
LINDERO ORIENTE partiendo del vértice Nor Oriente está formado
de naturaleza rústica, situada en Cantón Candelaria, jurisdicción de
por seis tramos con los siguientes rumbos y distancias, Tramo uno: Sur
Potonico, Departamento de Chalatenango, de la Capacidad Superficial
cincuenta y ocho grados dieciocho minutos cincuenta segundos Este y
de CINCUENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y
una distancia de doce punto treinta y nueve metros: Tramo dos: Sur
TRES PUNTO SESENTA Y CINCO METROS CUADRADOS, Equi-
cuarenta y seis grados veintinueve minutos treinta y un segundos Este
valentes a SETENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTAS punto
y una distancia de veintinueve punto veintidós metros, Tramo tres: Sur
treinta y uno VARAS CUADRADAS, el cual tiene la descripción téc-
setenta y siete grados catorce minutos veintisiete segundos Este y una
nica siguiente: el vértice norponiente es el punto de partida de esta
distancia de treinta y ocho punto cuarenta y tres metros, Tramo cuatro:
descripción técnica y sus linderos especiales son los siguientes: LIN-
Sur sesenta y nueve grados veinticuatro minutos cincuenta y cinco se-
DERO NORTE partiendo del vértice Nor Poniente está formado por
gundos Este y una distancia de veintinueve punto ochenta y ocho metros,
veintiún tramos con rumbo los siguientes rumbos y distancias, Tramo
Tramo cinco: Sur cincuenta y nueve grados cincuenta y nueve minutos
uno: Norte setenta y seis grados cincuenta y ocho minutos cero tres
cincuenta y ocho segundos Este y una distancia de veintidós punto
segundos Este y una distancia de veintiuno punto once metros, Tramo
treinta y cinco metros, Tramo seis: Sur cincuenta y dos grados cuarenta
dos: Norte veinticuatro grados cincuenta y nueve minutos cuarenta y
y ocho minutos veintidós segundos Este y una distancia de sesenta y
nueve segundos Este y una distancia de treinta y uno punto cuarenta y
nueve punto treinta y tres metros, lindando en estos tramos con terreno
cinco metros, Tramo tres: Norte cuarenta y cinco grados treinta minutos
propiedad de la señora Luz Abarca Abarca. LINDERO SUR Partiendo
veintiséis segundos Este y una distancia de veinte punto sesenta y cinco
del vértice sur este está formado por diecisiete tramos con los siguientes
metros, Tramo cuatro: Norte ochenta y seis grados veintidós minutos
rumbos y distancias, Tramo uno: Sur cincuenta y dos grados veintitrés
cincuenta y dos segundos Este y una distancia de veinticinco punto diez
minutos diecisiete segundos Oeste y una distancia de veintiséis punto
metros, Tramo cinco: Norte dieciséis grados veintisiete minutos cin-
sesenta y seis metros, Tramo dos: Sur cuarenta y tres grados cincuenta
cuenta y nueve segundos Este y una distancia de diecisiete punto vein-
y tres minutos cuarenta y un segundos Oeste y una distancia de ocho
tiséis metros, Tramo seis: Norte cuarenta y cinco grados cuarenta y ocho
punto dieciséis metros, Tramo tres: Sur veintiocho grados cincuenta
minutos cuarenta y ocho segundos Este y una distancia de cuatro punto
minutos veintitrés segundos Oeste y una distancia de cuatro punto
setenta y seis-metros, Tramo siete: Norte cero dos grados cero seis
veinticuatro metros, Tramo cuatro. Sur treinta y nueve grados veintiséis
minutos treinta y tres segundos Oeste y una distancia de treinta y cuatro
minutos cuarenta y seis segundos Oeste y una distancia de diez punto
punto cuarenta metros, Tramo ocho: Norte veinticuatro grados cero dos
setenta y seis metros, Tramo cinco: Sur treinta y cinco grados cincuen-
minutos cincuenta y nueve segundos Este y una distancia de dos punto
ta y ocho minutos cero un segundos Oeste y una distancia de cincuenta
setenta y seis metros, Tramo nueve: Sur Setenta y ocho grados cuaren-
y seis punto setenta y seis metros, Tramo seis: Sur setenta y seis grados
ta y dos minutos veinticinco segundos Este y una distancia de catorce
cincuenta y nueve minutos cuarenta segundos Oeste y una distancia de
punto cuarenta y siete metros, Tramo diez: Norte cuarenta y seis grados
dieciocho punto cincuenta y siete metros, Tramo siete: Sur cincuenta y
cero cinco minutos cero cinco segundos Este y una distancia de catorce
siete grados treinta y nueve minutos cincuenta y seis segundos Oeste y
punto cuarenta y dos metros, Tramo once: Norte dieciocho grados
una distancia de trece punto ochenta y nueve metros, Tramo ocho: Sur
cuarenta y tres minutos veintiséis segundos Este y una distancia de ocho
sesenta y cinco grados cuarenta minutos cero un segundos Oeste y una
punto sesenta y siete metros, Tramo doce: Norte diez grados cero mi-
distancia de treinta y dos punto ochenta y tres metros, Tramo nueve: Sur
nutos cincuenta y cuatro segundos Este y una distancia de treinta y
sesenta y nueve grados treinta minutos cuarenta y dos segundos Oeste
siete punto ochenta metros, Tramo Trece Norte once grados veintinue-
y una distancia de cincuenta y ocho punto cincuenta y seis metros,
ve minutos treinta y dos segundos Este y una distancia de nueve punto
Tramo diez: Sur sesenta y seis grados quince minutos cuarenta y ocho
cero siete metros, Tramo catorce. Norte treinta y ocho grados quince
segundos Oeste y una distancia de ocho punto sesenta y siete metros,
minutos cero seis segundos Este y una distancia de cuarenta y tres
Tramo once: Sur sesenta y cuatro grados veintiún minutos diecinueve
punto cero seis metros, Tramo quince: Norte sesenta y siete grados cero
segundos Oeste y una distancia de nueve punto cincuenta y nueve metros,
un minutos cero dos segundos Este y una distancia de diez punto sesen-
Tramo doce: Sur sesenta grados cuarenta y cuatro minutos once segun-
ta metros, Tramo dieciséis: Norte cuarenta grados cero minutos veintiún
dos Oeste y una distancia de veintisiete punto setenta y cuatro metros,
92
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
Tramo trece: Sur cincuenta y nueve grados cincuenta minutos cero ocho
segundos Oeste y una distancia de catorce punto setenta y dos metros,
Tramo catorce: Sur sesenta y ocho grados treinta y nueve minutos cincuenta y cuatro segundos Oeste y una distancia de siete punto cero
cuatro metros, Tramo quince. Sur sesenta y cuatro grados cuarenta y
ocho minutos cero un segundos Oeste y una distancia de sesenta y
cinco punto veintiún metros, Tramo dieciséis: Sur sesenta grados cuarenta y cuatro minutos catorce segundos Oeste y una distancia de once
punto cuarenta metros, Tramo diecisiete: Sur cincuenta y ocho grados
veintiún minutos treinta y dos segundos Oeste y una distancia de treinta y dos punto noventa metros, lindando en estos tramos con terreno
propiedad del señor Jaime Ernesto Abarca Navarrete y Francisco Javier
Abarca Navarrete LINDERO PONIENTE está formado por siete tramos
con los siguientes rumbos y distancias, Tramo uno: Norte veinte grados
veintiocho minutos cero siete segundos Oeste y una distancia de nueve
punto veintinueve metros, Tramo dos: Norte veinticinco grados treinta
y dos minutos treinta y ocho segundos Oeste y una distancia de diez
punto treinta y nueve metros, Tramo tres. Norte treinta y dos grados
treinta y nueve minutos veintiséis segundos Oeste y una distancia de
treinta y cinco punto sesenta y tres metros, Tramo cuatro: Norte treinta
y dos grados cero minutos cincuenta y cinco segundos Oeste y una
distancia de dieciséis punto sesenta y tres metros, Tramo cinco: Norte
once grados cincuenta y ocho minutos treinta y seis segundos Oeste y
una distancia de nueve punto treinta y cuatro metros, Tramo seis: Norte diez grados treinta y un minutos cincuenta y cuatro segundos Oeste
y una distancia de siete punto noventa y cuatro metros, Tramo siete:
Norte cero dos grados cuarenta y cinco minutos treinta y seis segundos
Oeste y una distancia de tres punto noventa y seis metros, Lindando en
estos tramos con terreno propiedad de la señora Luz Abarca Abarca con
servidumbre de tránsito de dos punto cincuenta metros de ancho de por
medio. Así se llega al punto donde dio inicio la presente descripción
técnica. El terreno descrito no es dominante ni sirviente, ni está en
proindivisión y no tiene cargas o derechos que pertenezcan a terceras
personas; que adquirió el referido inmueble por Compraventa verbal
que hizo a la señora Jorge Serrano Tobar, otorgada a su favor hace
dieciséis años, quien a su vez lo adquirió por venta verbal del señor
Ángel Orellana, en el año de mil novecientos sesenta y ocho, en consecuencia, se ha poseído el referido terreno por la señora MARIA ELVA
ORELLANA SERRANO, y anteriores poseedores, en forma Quieta,
Pacífica e Ininterrumpida, por más de CUARENTA Y SEIS AÑOS,
pero carece de TÍTULO de Dominio inscrito, por lo cual comparecen
ante mis Oficios Notariales, para que de conformidad con lo establecido
en el Artículo dieciséis de la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción
Voluntaria y de Otras Diligencias, seguidos que sean los trámites que
la misma señala, se extienda a su favor el Título que solicita. Valúa
dicho inmueble en la cantidad de CINCO MIL DÓLARES DE LOS
ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMÉRICA.
EVER DE JESUS LÓPEZ PORTILLO, Notario, del domicilio de San
Salvador, con Oficina situada Edificio Smith Sandoval, número 444,
Local 9-B, Segundo Nivel, 19 Calle Poniente, y Séptima Avenida Norte,
Centro de Gobierno, departamento de San Salvador; al público para los
efectos legales,
HACE SABER: Que a mi oficina se ha presentado el señor
GUILLERMO ERROA GUZMAN, de ochenta y cuatro años de edad,
Agricultor, del domicilio de Tonacatepeque y de este Departamento;
persona a quien conozco e identifico por medio de su Documento
Único de Identidad número cero cero cuatrocientos noventa y cuatro
mil sesenta – cero; y con Número de Identificación Tributaria cero
seiscientos dieciocho – cero treinta y un mil ciento veintinueve – cero
cero uno -cuatro; solicitando TÍTULO SUPLETORIO de un Inmueble
de Naturaleza Rústica, situado en el Caserío La Ermita, del Cantón
Malacoff, jurisdicción de Tonacatepeque, Departamento de San Salvador, de una extensión superficial de NUEVE MIL TREINTA Y TRES
PUNTO CUARENTA Y SIETE METROS CUADRADOS, con los
siguientes rumbos y distancias: El vértice Nor Oriente que es el punto
de partida de esta descripción técnica tiene los siguientes rumbos y
distancias: LINDERO ORIENTE: Partiendo del vértice Nor Oriente
está formado por 2 tramos con los siguientes rumbos y distancias: tramo
1, Sur 17 grados 59 minutos 50 segundos Este y con una distancia de
23.36 metros; Tramo 2, Sur 16 grados 04 minutos 55 segundos Este y
con una distancia de 25.63 metros; colindando con terrenos propiedad
de Santiago Natanael Reyes Hernández; de José Heriberto Hernández
López, y de José Tobías Ruano; calle Nacional que conduce al interior
del Cantón Malacoff; LINDERO SUR: Partiendo del vértice Sur Oriente
está formado por 2 tramos con los siguientes rumbos y distancias; Tramo
uno, Sur 72 grados 27 minutos 08 segundos Oeste y con una distancia
de 122.36 metros; Tramo 2, Sur 70 grados 24 minutos 50 segundos
Oeste y con una distancia de 46.01 metros; colindando con terrenos de
María Felícita Granados Erroa, José Lino Granados Erroa, José Filadelfo
Granados Erroa, y con José Héctor Erroa Erroa; cerco de alambre de por
medio; LINDERO PONIENTE: Partiendo del vértice Sur Poniente está
formado por un tramo con los siguientes rumbos y distancias; Tramo 1,
Norte 02 grados 03 minutos 12 segundos Oeste y tiene una distancia de
68.27 metros; colindando con terrenos de Manuel de Jesús Contreras
y con Cristina Morales Flores de Erroa; quebrada seca de por medio;
LINDERO NORTE: Partiendo del vértice Nor Poniente está formado
por 4 tramos con los siguientes rumbos y distancias; Tramo 1, Norte
79 grados 17 minutos 24 segundos Este y con una distancia de 47.16
metros; Tramo 2 Norte 78 grados 40 minutos 35 segundos Este y con
una distancia de 34.33 metros; Tramo 3, Norte 76 grados 52 minutos
30 segundos Este y con una distancia de 21.28 metros; Tramo 4, Norte
Lo que avisa al público para los efectos de ley.
77 grados 28 minutos 38 segundos Este y con una distancia de 48.60
Librado en la ciudad de San Salvador, el día veintiséis de febrero
de dos mil catorce.
metros; colindando con terrenos de Manuel Henríquez Lemus, René
Arnoldo Henríquez Ruano, Samuel Jonás Henríquez Ruano, cerco de
alambre de púas de por medio; así se llega al vértice Nor Oriente que es
GILBERTO ALFREDO GARCÍA VÁSQUEZ,
el punto de partida de esta descripción. Todos los colindantes son del
NOTARIO.
domicilio de Tonacatepeque; que adquirió dicho inmueble por compraventa que le hizo de manera verbal a la señora Margarita Erroa Guzmán,
1 v. No. F026056
ya fallecida; hace más de veinte años, y que la posesión del inmueble
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014.
la ha ejercido en forma quieta, pacífica e ininterrumpidamente, sin que
exista otros poseedores proindiviso, que dicho inmueble no es sirviente
ni dominante; y lo valora en DOS MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS
UNIDOS DE AMÉRICA EXACTOS.
Librado en la ciudad de Tonacatepeque, departamento de San
Salvador, a los veinticinco días del mes de febrero de dos mil catorce.
LIC. EVER DE JESUS LÓPEZ PORTILLO,
NOTARIO.
1 v. No. F026064
LICDA. MORENA CONCEPCION LAINEZ RAMIREZ, JUEZ DE
PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER. Que en este Juzgado se ha presentado el Licenciado ALVARO ARNOLDO SASNTOS MARIN, Apoderado General
del señor JOSE GUSTAVO ALVARENGA RAUDA, de cincuenta y
cinco años de edad, Empleado, del domicilio de esta ciudad, solicitando
a su nombre, TÍTULO SUPLETORIO, de un inmueble de naturaleza
rústica, situado en el Caserío Canyuco, Cantón Chiapas, de esta jurisdicción, el inmueble a titular tiene una capacidad de UNA MANZANA,
equivalente a SIETE MIL METROS CUADRADOS, y en la realidad
mide NUEVE MIL METROS CUADRADOS, de las colindancias
siguientes: AL ORIENTE: con una distancia de cuarenta y siete punto
cuarenta metros, colinda con FRANCISCO RAMON ALVARENGA
SERRANO, AL NORTE. Con una distancia de doscientos quince punto
diez, colinda con MARIA AUDELINA ALVARENGA RAUDA, AL
PONIENTE, con una distancia de sesenta y dos punto setenta metros,
colinda con JUAN INOCENCIO ALVARENGA SERRANO, FREDY
ALBERTO ZELADA ROMERO, SALVADOR ARMANDO ZELADA
ROMERO calle pública que conduce al municipio de Arcatao de por
medio y AL SUR, con una distancia de ciento cuarenta y seis punto
treinta metros colindando con ERNESTINA ALVARENGA VIUDA
DE ALVARENGA.
El inmueble descrito no es dominante ni sirviente ni tiene cargas
reales que debe de respetarse por no tenerlas en proindivisión con ninguna
persona y los valora en la cantidad de DOS MIL DÓLARES DE LOS
ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.
Lo que se pone del conocimiento al público para los efectos legales
consiguientes.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Chalatenango, a
las diez horas con treinta minutos del día once de febrero del dos mil
catorce. LICDA. MORENA CONCEPCIÓN LAÍNEZ RAMÍREZ,
JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. LIC. EDWIN EDGARDO RIVERA
CASTRO, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F026061-1
93
EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE SUCHITOTO. Al público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que a este tribunal se ha presentado el Licenciado JOSE RAFAEL MENDOZA HENRIQUEZ, quien es mayor de edad,
Abogado, del domicilio de San Martín, Departamento de San Salvador,
portador de su Tarjeta de Identificación de Abogado número: siete mil
doscientos cinco; y Tarjeta de Identificación Tributaria número: cero
seiscientos trece-ciento cincuenta mil doscientos sesenta y nueveciento uno-cuatro; quien actúa en su carácter de Apoderado General
Judicial con cláusula especial del Señor CRISTIAN ALEXANDER
NIETO NIETO, quien es de treinta y un años de edad, empleado, con
domicilio en Oratorio de Concepción, Departamento de Cuscatlán,
portador de su Documento Único de Identidad número: cero cero cuatrocientos trece mil seiscientos noventa y uno-ocho; y con Tarjeta de
Identificación Tributaria número: cero setecientos seis-ciento noventa
mil doscientos ochenta y dos-ciento uno-cero, con citación del Síndico
Municipal de Oratorio de Concepción, Señor JOSE ANDRES GUARDADO URQUILLA, solicitando TÍTULO SUPLETORIO de dos terrenos de naturaleza rústicos, ambos sin números ubicados en las direcciones siguientes: Caserío Los Merinos el primero; y Calle al Cerro o
Caserío La Ermita, ambos del Cantón Tacanagua del Municipio de
Oratorio de Concepción, Departamento de Cuscatlán, los cuales tienen
la descripción de conformidad a las medidas topográficas realizadas por
el Arquitecto Rodrigo Alfredo García y luego de revisado por el técnico
de campo José Guillermo Méndez, Técnico de Campo del Centro Nacional de Registro del Departamento de San Salvador, resultaron de las
capacidades, dimensiones y colindancias siguientes: EL PRIMERO: de
la extensión superficial de DIECISEIS MIL NOVECIENTOS DIECISIETE PUNTO DIECIOCHO METROS CUADRADOS, inmueble que
mide y linda: AL ORIENTE, del mojón uno al mojón dos con rumbo
sur cero un grado catorce minutos veintinueve segundos este, mide una
distancia de ochenta y cinco punto ochenta y cuatro metros del mojón
dos al mojón tres, con rumbo sur ochenta y ocho grados trece minutos
cero seis segundos este, mide una distancia de dos punto setenta y tres
metros, linda por estos tramos con terreno que fue de Miguel Ángel
Orellana, hoy de Fernanda Mendoza viuda de Orellana, del mojón tres
al mojón cuatro con rumbo sur cero tres grados treinta y dos minutos
cero cinco segundos este, mide una distancia de nueve punto ochenta y
seis metros, del mojón cuatro al mojón cinco con rumbo sur cero grados
diez minutos veintiún segundos este, mide una distancia de veintidós
punto cero cinco metros, del mojón cinco al mojón seis con rumbo sur
cero tres grados cuarenta y siete minutos diecisiete segundos oeste, mide
una distancia de dieciséis punto cincuenta y nueve metros, del mojón
seis al mojón siete con rumbo sur cincuenta y cinco grados cuarenta y
seis minutos diez segundos este, mide una distancia de veintisiete punto setenta y cinco metros, linda por estos tramos con terreno que antes
fue de Filomena Flores de Benítez hoy de los Señores Fernanda Mendoza de Orellana y de Roberto Benítez Flores; AL SUR, del mojón
siete al mojón ocho con rumbo sur treinta y siete grados treinta y cinco
minutos treinta y cinco segundos oeste, mide una distancia de veintidós
punto cincuenta y tres metros, del mojón ocho al mojón nueve con
rumbo sur cuarenta y cinco grados cuarenta y dos minutos cero siete
segundos oeste, mide una distancia de trece punto diecisiete metros, del
mojón nueve al mojón diez con rumbo sur sesenta y dos grados cuarenta y siete minutos cero siete segundos oeste mide una distancia de
veintiuno punto noventa y cinco metros, del mojón diez al mojón once
94
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
con rumbo sur cincuenta y nueve grados catorce minutos treinta y dos
mide una distancia de treinta y cuatro punto veinticinco metros, del
segundos oeste mide una distancia de trece punto diecisiete metros, del
mojón veintinueve al mojón treinta con rumbo sur ochenta y cinco
mojón once al mojón doce con rumbo sur cuarenta y seis grados cin-
grados treinta y cinco minutos cero segundos este mide una distancia
cuenta y ocho minutos cuarenta y siete segundos oeste mide una distan-
de veinte punto diecisiete metros, del mojón treinta al mojón treinta y
cia de catorce punto noventa y cuatro metros, del mojón doce al mojón
uno con rumbo sur ochenta y nueve grados cuarenta y cuarenta y cuatro
trece con rumbo sur cuarenta y nueve grados cincuenta y dos minutos
minutos cero ocho segundos este, mide un distancia de dos punto no-
treinta y siete segundos oeste mide una distancia de catorce punto doce
venta y nueve metros, del mojón treinta y uno al mojón treinta y dos con
metros, del mojón trece al mojón catorce con rumbo sur cincuenta y
rumbo sur ochenta y ocho grados cuarenta y cinco minutos cuarenta y
siete grados cuarenta y seis minutos treinta y siete segundos oeste mide
dos segundos este, mide una distancia de tres punto setenta y dos metros,
una distancia de cinco punto dieciséis metros, del mojón catorce al
del mojón treinta y dos al mojón treinta y tres con rumbo sur, ochenta
mojón quince con rumbo sur sesenta y siete grados cincuenta y ocho
y siete grados treinta y dos minutos once segundos este, mide una dis-
minutos cero seis segundos oeste mide una distancia de diecisiete pun-
tancia de quince punto ochenta y seis metros, del mojón treinta y tres al
to cincuenta y ocho metros, del mojón quince al mojón dieciséis con
mojón treinta y cuatro con rumbo sur ochenta y tres grados veinte mi-
rumbo sur setenta grados cincuenta y cuatro minutos cero nueve segun-
nutos cincuenta y un segundos este, mide una distancia de tres punto
dos oeste mide una distancia de siete punto noventa y cuatro metros
cincuenta y seis metros, del mojón treinta y cuatro al mojón treinta y
linda por estos tramos con terreno que fue de Santos Oscar Velásquez
cinco con rumbo norte cero un grados catorce minutos veintinueve se-
García hoy Rosalí Rodríguez López; del mojón dieciséis al mojón
gundos oeste, mide una distancia de ochenta y seis punto trece metros,
diecisiete con rumbo norte veintitrés grados cuarenta y cuatro minutos
y del mojón treinta y cinco al mojón uno con rumbo sur setenta y siete
cero cuatro segundos oeste, mide una distancia de treinta y nueve pun-
grados cincuenta y cuatro minutos cuarenta segundos este, mide una
to noventa metros, del mojón diecisiete al mojón dieciocho con rumbo
distancia de tres punto cero ocho metros, llegando así al punto donde
norte treinta y tres grados veintiún minutos cuarenta y dos segundos
inició la presente descripción, linda por esto tramos con propiedad que
oeste, mide una distancia de veinticinco punto sesenta y dos metros, del
fue de Miguel Ángel Orellana, hoy en parte de Esperanza Mendoza de
mojón dieciocho al mojón diecinueve con rumbo norte treinta y siete
Nieto, Ada Luz Orellana de López y Rosa Elia Orellana; por este rum-
grados cero cinco minutos cuarenta y dos segundos oeste, mide una
bo goza de servidumbre de tránsito de cinco metros de ancho hasta
distancia de treinta y nueve punto veinte metros, del mojón diecinueve
conectar con el camino vecinal del Cantón, por lo que es dominante por
al mojón veinte con rumbo norte cuarenta grados treinta y seis minutos
gozar de la servidumbre mencionada, sobre la propiedad que fue del
cuarenta y un segundos oeste, mide una distancia de nueve punto cero
Señor Miguel Ángel Orellana hoy de la Señora Fernanda Mendoza de
ocho metros, del mojón veinte al mojón veintiuno con rumbo norte
Orellana. EL SEGUNDO INMUEBLE, de la extensión superficial de
cincuenta grados veinte minutos treinta y ocho segundos oeste mide una
MIL SESENTA PUNTO CATORCE METROS CUADRADOS, que
distancia de diecisiete punto treinta y un metros, linda por estos tramos,
se describe de la siguiente manera: AL ORIENTE: del mojón uno al
con terreno que antes fue de Santos Oscar Velásquez García hoy de José
mojón dos con rumbo sur once grados cincuenta y tres minutos cincuen-
Luis Alonso Merino; AL PONIENTE, del mojón veintiuno al mojón
ta y cinco segundos oeste, mide una distancia de cuarenta y siete punto
veintidós con rumbo norte cero cinco grados veintiocho minutos trece
setenta y ocho metros, linda con terreno de Cleotilde Raymundo Esco-
segundos este mide una distancia de veintiuno punto cincuenta y tres
bar calle al cerro de por medio; AL SUR: del mojón dos al mojón tres
metros, del mojón veintidós al mojón veintitrés con rumbo norte doce
con rumbo norte setenta y un grados cuarenta minutos cuarenta y seis
grados veinticinco minutos cincuenta y tres segundos este, mide una de
segundos oeste mide una distancia de veinte punto ochenta y ocho
catorce punto noventa y cinco metros, del mojón veintitrés al mojón
metros linda con propiedad de la Alcaldía Municipal de Oratorio de
veinticuatro con rumbo norte sesenta y seis grados once minutos cero
Concepción; AL PONIENTE: del mojón tres al mojón cuatro con rum-
tres segundos oeste, mide una distancia de catorce punto noventa metros,
bo norte cero siete grados cuarenta y siete minutos cincuenta y cinco
del mojón veinticuatro al mojón veinticinco con rumbo norte cero gra-
segundos este, mide una distancia de cuarenta y cuatro punto cincuenta
dos doce minutos cuarenta y nueve segundos oeste, Mide una distancia
y tres metros, linda por este rumbo con propiedad que fue de Romualdo
de ocho punto setenta y un metros, linda por estos tramos con terreno
Nieto Castro hoy de Ángela viuda de Martínez y con el de Teresa de
de Roberto Benítez Flores y en parte con el de José Luis Alonso Merino;
Jesús Calderón viuda de Hernández; Y AL NORTE, en dos tramos, del
Y AL NORTE, del mojón veinticinco al mojón veintiséis con rumbo
mojón cuatro al mojón cinco con rumbo sur ochenta y siete grados
sur ochenta y dos grados doce minutos cuarenta y un segundos este,
treinta y ocho minutos cero nueve segundos este, mide una distancia de
mide una distancia de cuarenta y cinco punto veintisiete metros, del
veintiuno punto cuarenta y nueve metros, y del mojón cinco al mojón
mojón veintiséis al mojón veintisiete con rumbo sur ochenta grados
uno con rumbo sur treinta y tres grados diecinueve minutos diecinueve
cuarenta y nueve minutos cincuenta y siete segundos este, mide una
segundos este, mide una distancia de tres punto noventa y nueve metros;
distancia de quince punto veintidós metros, del mojón veintisiete al
linda por estos tramos con terreno de María Elizabeth Hernández de
mojón veintiocho con rumbo sur ochenta y dos grados cero seis minutos
Mejía, en este inmueble existe construida una casa de sistema mixto y
cuarenta y nueve segundos este, mide una distancia de diecisiete punto
una de bahareque. Los terrenos antes descritos los valúa en la cantidad
veintiún metros, del mojón veintiocho al mojón veintinueve con rumbo
de SEIS MIL DÓLARES; es decir TRES MIL DÓLARES CADA
sur ochenta y dos grados cero nueve minutos veintiún segundos este,
UNO.
95
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Suchitoto, a las diez
Se previene a las personas que desean presentar oposición a las
horas veinte minutos del día dieciséis de enero del dos mil catorce. LIC.
pretensiones del solicitante, lo hagan dentro del término legal en mi
OSWALDO DAGOBERTO ARGUETA FUNES, JUEZ DE PRIME-
despacho notarial.
RA INSTANCIA. LICDA. JUANA DE JESÚS FIGUEROA COCA,
Librado en Sensuntepeque, Cabañas a los veintiún días del mes de
febrero del año dos mil catorce.
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F026112-1
GUILLERMO ANTONIO GUEVARA ALFARO,
NOTARIO.
1 v. No. F026116
TÍTULO DE DOMINIO
GUILLERMO ANTONIO GUEVARA ALFARO, Notario de este domicilio y del de San Salvador, con Oficina ubicada en Calle Vasconcelos,
Barrio Santa Bárbara, Sensuntepeque; Cabañas,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado en su carácter
personal el señor FIDENCIO ANDRADE MARTINEZ, de cuarenta
y seis años de edad, Empleado, de este domicilio, a quien conozco e
identifico por medio de su Documento Único de Identidad cero tres ocho
uno siete ocho dos seis - nueve; y Número de Identificación Tributaria
cero nueve cero seis – uno seis uno uno seis seis – uno cero dos – cero,
MANIFESTANDO: ser dueño y actual poseedor de buena fe, en forma
quieta, pacífica, continua y no interrumpida, de un terreno de naturaleza
rústico inculto, comprendido bajo el TÍTULO de la Hacienda Santa
Bárbara Guamulepa, denominado Trujillo, situado en el Cantón San
Lorenzo de la jurisdicción de Sensuntepeque, Departamento de Cabañas de una extensión superficial de TRES MANZANAS, lindante: AL
ORIENTE: con inmueble de Oscar Leonel Andrade, dividido por dos
mojones de piedra en línea recta. AL NORTE: con terreno de Benjamín
Rogel, mediando mojones de piedra, hoy cerco de alambre en línea
recta, PONIENTE: Con terreno de Benjamín Rogel, divididos por
mojones de piedra a llegar a la quebrada de La Cebadilla, colocado uno
de los mojones en la quebrada de Los Amatones; AL SUR con terreno
de María Expectación Martínez en parte y en otra parte con Basilio
Hernández, divididos por la quebrada de La Cebadilla, hasta el punto
donde empezó el delineamiento, que es un mojón de piedra situado a
orilla de dicha quebrada. Del cual solicita TITULO DE DOMINIO
INSCRITO, presentando la ficha catastral respectiva. Todos los colindantes son del domicilio de Sensuntepeque, Departamento de Cabañas.
El terreno descrito no es dominante ni sirviente, ni está en proindivisión
y no tiene cargas ni derechos reales de ajena pertenencia; y lo adquirió
mediante Escritura de compraventa, celebrada en esta Ciudad, a las diez
GUILLERMO ANTONIO GUEVARA ALFARO, Notario, de este
domicilio y del de San Salvador, con Oficina ubicada en Calle Vasconcelos, Barrio Santa Bárbara, Sensuntepeque, Cabañas,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado en su carácter
personal la señora MARIA REMIGIA SORTO, de ochenta y dos años
de edad, ama de casa, de este domicilio, a quien conozco e identifico
por medio de su Documento Único de Identidad cero dos cuatro nueve
siete tres ocho cuatro — tres; y Número de Identificación Tributaria
cero nueve cero seis — cero uno uno cero dos nueve — ciento dos —
dos, MANIFESTANDO: ser dueña y actual poseedora de buena fe, en
forma quieta, pacífica, continua y no interrumpida, de un terreno de
naturaleza rústico, situado en el Cantón El Volcán de la jurisdicción de
Sensuntepeque, Departamento de Cabañas de una extensión superficial de
MEDIA MANZANA, lindante: AL ORIENTE: con inmueble de Fidelina
Amaya, mojones de piedra de por medio. AL NORTE: con terreno de
Francisca Amaya, mediando una quebradita de invierno, PONIENTE:
Con terreno de Francisca Amaya, mediando mojones de piedra; AL
SUR: con terreno de Fidelina Amaya, separados por mojones de piedra
de por medio. Del cual solicita TÍTULO DE DOMINIO INSCRITO,
presentando la ficha catastral respectiva. Todos los colindantes son del
domicilio de Sensuntepeque, Departamento de Cabañas. El terreno
descrito no es dominante ni sirviente, ni está en proindivisión y no
tiene cargas ni derechos reales de ajena pertenencia; el que desde su
adquisición ha poseído, por más de treinta años consecutivos, en forma
quieta, pacífica, y no interrumpida posesión. Valúa dicho terreno en la
suma de DIEZ MIL DÓLARES.
Lo que se avisa al público para los fines de la ley.
Se previene a las personas que desean presentar oposición a las
pretensiones del solicitante, lo hagan dentro del término legal en mi
despacho notarial.
Librado en Sensuntepeque, Cabañas a los veintiún días del mes de
febrero del año dos mil catorce.
horas del día veintiocho de agosto del año dos mil trece, ante mis oficios
Notariales, el que desde su adquisición ha poseído, por más de diez años
consecutivos, sumados a los de su antecesor, en forma quieta, pacífica, y
no interrumpida posesión. Valúa dicho terreno en la suma de QUINCE
GUILLERMO ANTONIO GUEVARA ALFARO,
NOTARIO.
MIL DÓLARES.
Lo que se avisa al público para los fines de la ley.
1 v. No. F026118
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
96
GUILLERMO ANTONIO GUEVARA ALFARO, Notario de este domicilio y del de San Salvador, con Oficina ubicada en Calle Vasconcelos,
Barrio Santa Bárbara, Sensuntepeque, Cabañas,
HACE SABER: Que a esta oficina se han presentado en su carácter
personal los señores MARIA LUCILA SORTO RAMOS, de veintinueve
años de edad, Estudiante, de este domicilio, a quien conozco e identifico
por medio de su Documento Único de Identidad cero uno tres nueve
siete nueve cinco siete — siete; y número de Identificación Tributaria
cero nueve cero seis — dos nueve cero siete ocho tres — uno cero
tres — tres, y Telésforo Román Sorto Ramos, de veinticinco años de
edad, Agricultor en pequeño, de este domicilio, persona que conozco e
identifico por medio de su Documento Único de Identidad cero tres siete
siete tres cero siete cinco — nueve; número de Identificación Tributaria
cero nueve cero seis — cero nueve cero ocho ocho siete — ciento uno —
cero; MANIFESTANDO: ser dueños y actuales poseedores de buena fe,
en forma quieta, pacífica, continua y no interrumpida, de un terreno de
naturaleza rústico, situado en el Cantón El Volcán de la jurisdicción de
Sensuntepeque, Departamento de Cabañas de una extensión superficial
de UNA CUARTA PARTE DE MANZANA, lindante: AL ORIENTE:
con inmueble de Fidelia Amaya, mojones de piedra de por medio. AL
NORTE: con terreno de Gumercindo Palma, divididos por cerco de
piedra, PONIENTE: Con terreno de Narciso Rodríguez, mojones de
piedra de por medio; AL SUR: con terreno de Pedro Martínez Pérez.
Del cual solicitan TITULO DE DOMINIO INSCRITO, presentando la
ficha catastral respectiva. Todos los colindantes son del domicilio de
Sensuntepeque, Departamento de Cabañas. El terreno descrito no es
dominante ni sirviente, y no tiene cargas ni derechos reales de ajena pertenencia; y lo adquirieron mediante escritura de compraventa, celebrada
en esta ciudad a las diez horas del día veintiocho de agosto del dos mil
trece ante mis oficios notariales, el que desde su adquisición ha poseído,
por más de diez años consecutivos, sumados a los de su antecesor, en
forma quieta, pacífica, y no interrumpida posesión. Valúa dicho terreno
en la suma de QUINCE MIL DOLARES.
Lo que se avisa al público para los fines de la ley.
Se previene a las personas que desean presentar oposición a las
pretensiones del solicitante, lo hagan dentro del término legal en mi
despacho notarial.
Librado en Sensuntepeque, Cabañas, a los veintiún días del mes
de febrero del año dos mil catorce.
GUILLERMO ANTONIO GUEVARA ALFARO,
NOTARIO.
1 v. No. F026119
LA INFRASCRITA ALCALDESA MUNICIPAL.
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se presentó MERCEDES
DEL CARMEN GUZMAN BARAHONA, de cuarenta y cuatro años de
edad, Abogada de este domicilio, portadora de sus documentos únicos de
identidad personal, cero uno nueve ocho siete siete seis cinco- cero con
identificación tributaria mil nueve dos tres cero nueve seis ocho- cero cero
uno-cuatro solicitando a favor de la Señora MARIA BERTA FLORES
DE MORALES, de cuarenta y nueve años de edad, empleada de este
domicilio portador de su Documento Único de Identidad Personal cero
dos uno y con identificación tributaria mil nueve- uno ocho cero uno
siete dos- ciento uno-tres, se le extienda el título de dominio o Municipal
de un inmueble de naturaleza URBANA de las Medidas y colindancias
siguientes: DE UNA EXTENSION DE DOSCIENTOS SETENTA Y
TRES METROS CUADRADOS que mide y linda AL ORIENTE, catorce
metros veinticinco centímetros, con Elíseo Domínguez o Eliseo Rivas,
y Juan José Rivas hoy en sucesión, AL PONIENTE: trece metros, con
Ovidio Corado, calle de por medio y AL SUR: Nueve metros, cincuenta
centímetros, colinda con Marcos Flores, AL NORTE: Diez metros,
con el resto de terreno de donde se desmembró hoy vendida a PEDRO
JUAN FLORES AYALA, que el inmueble descrito no es dominante ni
sirviente, ni se encuentra en proindivisión, no tiene cargas ni derechos
que pertenezcan a terceras personas pues mi representada es la única
y actual poseedor desde hace más de diez años consecutivo de estarlo
poseyendo en forma quieta, pacífica e ininterrumpidamente, pero el cual
carece de título de dominio a favor, por no tener antecedente inscrito, que
dicho terreno lo valuó en la cantidad de MIL DOSCIENTOS DOLARES
DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERICA, del cual posee
solamente la escritura privada relacionada anteriormente; que dicho
inmueble lo adquirió por compra que hizo al señor JOSE ROBERTO
ARIAS de los derechos hereditarios que a su defunción dejara la Señora
MARIA JULIANA SARAVIA DE CORNEJO, GARCIA, no inscrita
en el Registro de la Propiedad Raíz por carecer de antecedente inscrito
el cual no se encuentra ningún documento inscrito sobre este inmueble,
solamente el que estaba a favor de la Señora MARIA JULIANA SARAVIA DE CORNEJO, ya no tiene cabida registral según Certificación
extractada del libro ochenta y cuatro, tomo trescientos noventa y ocho,
de este inmueble y según ficha catastral por lo antes expuesto vengo a
iniciar diligencias de TITULO MUNICIPAL, que los colindantes son
todos de este domicilio.
Por lo que avisa al público para los efectos de Ley.
Alcaldía Municipal de San Sebastián, Departamento de San Vicente, a siete días del mes de febrero dos mil catorce, Licda T.J.R. de G.,
Alcaldesa Municipal, R.A.M Secretario Municipal. LICDA. TRINIDAD
JOSEFINA RIVAS DE GONZÁLEZ, ALCALDESA MUNICIPAL. BR.
ROMEL ARÉVALO MELÉNDEZ, SECRETARIO MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F025943-1
MARÍA PETRONA VASQUEZ DE ALVARADO, ALCALDESA
MUNICIPAL DE SAN FRANCISCO MORAZÁN, DEPARTAMENTO
DE CHALATENANGO,
HACE SABER: Que a esta Oficina se ha presentado: El Licenciado
DIMAS LOPEZ GONZALEZ, mayor de edad, Abogado del domicilio
de San Rafael, Departamento de Chalatenango, con Carnet de Abogado
número dieciocho mil doscientos veinticinco, quien actúa con poder
General Judicial y Administrativo y solicita TITULO DE DOMINIO, a
favor del señor JOSE WILFREDO VASQUEZ CARDOZA, de treinta y
ocho años de edad, empleado del domicilio de San Francisco Morazán,
en su concepto solicita Título de Dominio de un inmueble con Casa, de
Naturaleza Urbana, ubicado en el Barrio Las Flores de la jurisdicción de
San Francisco Morazán, Departamento de Chalatenango, de la extensión
superficial de MIL CIENTO NOVENTA Y SEIS PUNTO NOVENTA
Y TRES METROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes: AL NORTE: un tramo recto rumbo sureste cincuenta y nueve
grados treinta y cuatro minutos cero cuatro segundos con una distancia de
veintidós metros veinticuatro centímetros, este tramo colinda con María
Jacinta López, cerco de alambre de púas propiedad del inmueble que
se describe; AL ORIENTE: dos tramos rectos, el primer tramo rumbo
sureste cero dos grados cero uno minutos treinta y un segundos con
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014.
una distancia de quince metros cincuenta y siete centímetros, segundo
tramo rumbo suroeste once grados treinta y cuatro minutos cero cuatro
segundos con una distancia de catorce metros veintiocho centímetros,
estos tramos colindan con María Jacinta López y Oralia del Carmen
Romero Cardoza, cerco de alambre de púas propiedad del inmueble
que se describe y callejón público de por medio. AL SUR: un tramo
recto rumbo noroeste ochenta y cinco grados cuarenta y tres minutos
cincuenta y ocho segundos con una distancia de treinta y cuatro metros
veinticuatro centímetros, este tramo colinda con María Francisca Chacón
de Vásquez, cerco de alambre propio del inmueble que se describe; AL
PONIENTE: seis tramos rectos primer tramo rumbo noroeste cero seis
grados cincuenta y dos minutos cero seis segundos con una distancia de
once metros veintitrés centímetros, segundo tramo rumbo noreste once
grados cincuenta y nueve minutos treinta y dos segundos con una distancia
de seis metros cero tres centímetros, tercer tramo rumbo noreste treinta
y un grados treinta y siete minutos veinte segundos con una distancia de
ocho metros noventa y cuatro centímetros, cuarto tramo rumbo noreste
trece grados veintiséis minutos veinticuatro segundos con una distancia de cinco metros ochenta y cinco centímetros, quinto tramo rumbo
noreste sesenta grados cero cuatro minutos diecisiete segundos con una
distancia de seis metros sesenta y siete centímetros, sexto tramo rumbo
noreste cincuenta grados quince minutos treinta y cuatro segundos con
una distancia de siete metros diez centímetros, estos tramos colindan con
Elmer Noé García, Julián Humberto López y Wilfredo Mejía, cerco de
alambre de púas, propiedad del inmueble que se describe y calle nacional
de por medio. Según datos catastrales actualmente se aclara que dicho
inmueble es dominante, pero no sirviente ni está en proindivisión con
nadie. Contiene construidas una casa de paredes de adobe, techo de teja
y gozan de los servicios básicos de agua potable y energía eléctrica, lo
valora en el precio de MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS
DE AMÉRICA. Dicho inmueble lo adquirió por compra que le hizo a la
señora MARÍA MAGDALENA CARDOZA VIUDA DE VÁSQUEZ.
Lo que se hace del conocimiento público para los efectos de
Ley.
Alcaldía Municipal de San Francisco Morazán, 14 de enero de
2014. LICDA. MARÍA PETRONA VÁSQUEZ DE ALVARADO,
ALCALDESA MUNICIPAL. MARÍA DEL CARMEN MANCÍA
ARAS, SECRETARIA MUNICIPAL AD-HONOREM.
3 v. alt. No. F026003-1
SENTENCIA DE NACIONALIDAD
LA INFRASCRITA JEFA DEL DEPARTAMENTO DE EXTRANJERÍA, DIRECCIÓN GENERAL DE MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA,
MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD PÚBLICA.
CERTIFICA: Que a folio ciento cincuenta y cuatro frente y vuelto
DEL LIBRO DE ASIENTOS DE SENTENCIAS DE NACIONALIDAD
SALVADOREÑA POR NACIMIENTO, se encuentra el asiento que
literalmente dice:
"NÚMERO CIENTO CINCUENTA Y CUATRO. En cumplimiento al artículo cuarenta y cuatro de la Ley de Extranjería y habiéndose
declarado ejecutoriada la sentencia pronunciada en las diligencias de
Nacionalidad Salvadoreña por NACIMIENTO promovidas por la señora
DALIA DENISSE ANTÓN DE CABALLERO, de origen y de nacionalidad nicaragüense, se hace el siguiente asiento: "MINISTERIO DE
97
JUSTICIA Y SEGURIDAD PÚBLICA. San Salvador, a las catorce horas
con cinco minutos del día veintitrés de julio del dos mil trece. Admítase
la solicitud presentada por la señora DALIA DENISSE ANTÓN DE
CABALLERO, relativa a que se le conceda la calidad de salvadoreña
por NACIMIENTO, por ser de origen y nacionalidad NICARAGÜENSE y tener domicilio fijo en El Salvador, de conformidad con lo que
establece el artículo noventa ordinal tercero de la Constitución de la
República. La señora DALIA DENISSE ANTÓN DE CABALLERO,
es de veintiocho años de edad, de sexo femenino, casada, ama de casa,
del domicilio de Santa Ana, departamento de Santa Ana, de nacionalidad
nicaragüense, originaria del municipio de León, departamento de León,
República de Nicaragua, lugar donde nació el día cuatro de junio de mil
novecientos ochenta y cinco, portadora de su Carné de Identificación
de Residente Definitiva número cincuenta y nueve mil diez, inscrita
en el Registro de Residentes Centroamericanos que lleva la Dirección
General de Migración y Extranjería. Sus padres responden a los nombres
de: Álvaro Antón Amador y Ruth Rojas Ortiz, ambos de nacionalidad
nicaragüense y sobrevivientes. Su cónyuge responde al nombre de:
Juan Manuel Caballero, de treinta y tres años de edad, profesor, del
domicilio de Santa Ana, departamento de Santa Ana, de nacionalidad
salvadoreña. CONSIDERANDO: I. Que la peticionaria en su solicitud
agregada a folios veintiuno al veintidós en lo pertinente manifiesta: Que
por ser de origen y nacionalidad nicaragüense y tener domicilio fijo en
El Salvador, desde el día quince de mayo del dos mil seis, es su deseo y
voluntad optar a la Nacionalidad Salvadoreña por Nacimiento, por lo que
de conformidad con el artículo noventa ordinal tercero de la Constitución
de la República y artículo treinta y ocho de la Ley de Extranjería, pide
se le reconozca dicha calidad, para lo cual presenta para que se agregue
la documentación siguiente: a) original de Certificado de Nacimiento,
debidamente autenticado a folios diecinueve al veinte; b) Fotocopia de
su Carné de Identificación de Residente Definitiva, a folio dieciocho;
c) Fotocopia de su Pasaporte, a folios catorce al diecisiete; d) Certificación de Partida de Matrimonio, a folio doce; e) Original de Partida de
Nacimiento de su cónyuge, señor Juan Manuel Caballero, a folio once;
f) Fotocopia de Documento Único de Identidad de su cónyuge, a folio
diez. II. Que la documentación presentada demuestra: a) Que la solicitante es originaria de Nicaragua, uno de los países que constituyeron la
República Federal de Centroamérica, b) Que la solicitante ha reunido
los requisitos exigidos para iniciar las diligencias de nacionalización, c)
Que tiene en el país arraigo familiar por haber contraído matrimonio con
salvadoreño y haber procreado dos hijos nacidos en el país; asimismo
posee arraigo domiciliar, laboral y por residencia. III. De conformidad
al artículo noventa ordinal tercero de la Constitución de la República,
tiene derecho a que se reconozca a su favor la calidad de salvadoreña
por nacimiento; en tal sentido la atribución de esta autoridad se orienta
a determinar si se reúnen los requisitos específicos para otorgar la nacionalización, en los términos que establece la Constitución de la República
y la Ley de Extranjería en los artículos treinta y cinco literal b), treinta
y ocho y cuarenta y tres. Cumplido lo anterior se procede a emitir acto
administrativo de declarar a favor de la solicitante la calidad que invoca
y que la Constitución le reconoce. POR TANTO: De acuerdo con los
considerandos anteriores y de conformidad con el artículo noventa
ordinal tercero de la Constitución de la República, doscientos dieciséis,
doscientos diecisiete, doscientos dieciocho, doscientos veintinueve, del
Código Procesal Civil y Mercantil, treinta y cinco literal b); treinta y
ocho y cuarenta y tres de la Ley de Extranjería, a nombre de la República
de El Salvador, este Ministerio FALLA: Concédase a la señora DALIA
DENISSE ANTÓN DE CABALLERO, de las generales expresadas la
calidad de SALVADOREÑA por NACIMIENTO, por ser de origen
y nacionalidad nicaragüense y tener domicilio fijo en El Salvador. La
favorecida conserva su nacionalidad de origen, de acuerdo a lo establecido en el artículo noventa y uno inciso primero de la Constitución
98
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
de la República. NOTIFÍQUESE, y transcurrido el plazo para recurrir
inscríbase esta resolución en el libro de asientos de sentencias de nacionalidad salvadoreña por nacimiento. Certifíquese, confróntese y dese
cumplimiento al artículo cuarenta y cuatro inciso tercero de la Ley de
Extranjería. JOSÉ RICARDO PERDOMO AGUILAR, MINISTRO."
RUBRICADA
Es conforme con su original con el cual se confrontó. MINISTERIO
DE JUSTICIA Y SEGURIDAD PÚBLICA, DIRECCIÓN GENERAL
DE MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA. San Salvador, a las once horas
con cincuenta y cinco minutos del día seis de septiembre del dos mil
trece. ANA LUCIA GUTIERREZ DE ARIAS, JEFA DEL DEPARTAMENTO DE EXTRANJERÍA.
RUBRICADA
ES CONFORME CON SU ORIGINAL CON EL CUAL SE CONFRONTÓ y para que sea publicado en el DIARIO OFICIAL, se extiende,
firma y sella la presente, en el DEPARTAMENTO DE EXTRANJERÍA.
San Salvador, a las nueve horas con veintitrés minutos del día dieciocho
de febrero del dos mil catorce.
LICDA. ANA LUCÍA GUTIÉRREZ DE ARIAS,
JEFA DEL DEPARTAMENTO DE EXTRANJERÍA.
1 v. No. F025990
EL INFRASCRITO MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
PÚBLICA.
CERTIFICA: Que a folio ciento cuarenta y seis frente y vuelto
DEL LIBRO DE ASIENTOS DE SENTENCIAS DE NACIONALIDAD
SALVADOREÑA POR NACIMIENTO, se encuentra el asiento que
literalmente dice:
"NÚMERO CIENTO CUARENTA Y SEIS. En cumplimiento al
artículo cuarenta y cuatro de la Ley de Extranjería y habiéndose declarado
ejecutoriada la sentencia pronunciada en las diligencias de Nacionalidad
Salvadoreño por NACIMIENTO promovidas por el señor MANUEL
ANTONIO SILVA HERNÁNDEZ, de origen y de nacionalidad nicaragüense, se hace el siguiente asiento: "MINISTERIO DE JUSTICIA
Y SEGURIDAD PÚBLICA. San Salvador, a las ocho horas del día
trece de junio del dos mil trece. Admítase la solicitud presentada por el
señor MANUEL ANTONIO SILVA HERNÁNDEZ, relativa a que se le
conceda la calidad de salvadoreño por NACIMIENTO, por ser de origen
y nacionalidad NICARAGÜENSE y tener domicilio fijo en El Salvador,
de conformidad con lo que establece el artículo noventa ordinal tercero
de la Constitución de la República. El señor MANUEL ANTONIO
SILVA HERNÁNDEZ, es de cincuenta y nueve años de edad, de sexo
masculino, casado, agricultor, del domicilio de Jiquilisco, departamento
de Usulután, de nacionalidad nicaragüense, originario del municipio de
Villa El Carmen, departamento de Managua, República de Nicaragua,
lugar donde nació el día diecisiete de enero de mil novecientos cincuenta
y cuatro, portador de su Carné de Identificación de Residente Definitivo
número trece mil doscientos treinta y ocho, inscrito en el Registro de
Residentes Centroamericanos que lleva la Dirección General de Migración y Extranjería. Sus padres respondían a los nombres de: Santiago
Hernández y Guadalupe Silva, ambos de nacionalidad nicaragüense
ya fallecidos. Su cónyuge responde al nombre de: María Adela Núñez
de Silva, de cincuenta años de edad, oficios domésticos, del domicilio
de Jiquilisco, departamento de Usulután, de nacionalidad salvadoreña
CONSIDERANDO: I. Que el peticionario en su solicitud agregada a
folios treinta y seis en lo pertinente manifiesta: Que por ser de origen y
nacionalidad nicaragüense y tener domicilio fijo en El Salvador, desde
el día veinte de marzo de mil novecientos noventa y uno, es su deseo y
voluntad optar a la Nacionalidad Salvadoreña por Nacimiento, por lo que
de conformidad con el artículo noventa ordinal tercero de la Constitución
de la República y artículo treinta y ocho de la Ley de Extranjería, pide
se le reconozca dicha calidad, para lo cual presenta para que se agregue
la documentación siguiente: a) Certificado de Nacimiento, debidamente
autenticado a folios treinta y dos al treinta y cinco; b) Fotocopia de su
Carné de Identificación de Residente Definitivo, a folio treinta y uno; c)
Fotocopia de su Pasaporte, a folios veintiséis al treinta; d) Certificación
de Partida de Matrimonio, a folio diecisiete; e) Partida de Nacimiento de
su cónyuge, señora María Adela Núñez, a folio catorce; f) Fotocopia de
Documento Único de Identidad de su cónyuge, a folio quince. II. Que la
documentación presentada demuestra: a) Que el solicitante es originario
de Nicaragua, uno de los países que constituyeron la República Federal
de Centroamérica, b) Que el solicitante ha reunido los requisitos exigidos para iniciar las diligencias de nacionalización, c) Que tiene en el
país arraigo, familiar por haber contraído matrimonio con salvadoreña
y haber procreado cinco hijos de nacionalidad salvadoreña; asimismo
posee arraigo domiciliar, laboral y por residencia. III. De conformidad
al artículo noventa ordinal tercero de la Constitución de la República,
tiene derecho a que se reconozca a su favor la calidad de salvadoreño
por nacimiento; en tal sentido la atribución de esta autoridad se orienta
a determinar si se reúnen los requisitos específicos para otorgar la nacionalización, en los términos que establece la Constitución de la República
y la Ley de Extranjería en los artículos treinta y cinco literal b), treinta
y ocho y cuarenta y tres. Cumplido lo anterior se procede a emitir acto
administrativo de declarar a favor del solicitante la calidad que invoca
y que la Constitución le reconoce. POR TANTO: De acuerdo con los
considerandos anteriores y de conformidad con el artículo noventa
ordinal tercero de la Constitución de la República, doscientos dieciséis,
doscientos diecisiete, doscientos dieciocho, doscientos veintinueve, del
Código Procesal Civil y Mercantil, treinta y cinco literal b); treinta y
ocho y cuarenta y tres de la Ley de Extranjería, a nombre de la República
de El Salvador, este Ministerio FALLA: Concédase al señor MANUEL
ANTONIO SILVA HERNÁNDEZ, de las generales expresadas la calidad
de SALVADOREÑO por NACIMIENTO, por ser de origen y nacionalidad nicaragüense y tener domicilio fijo en El Salvador. El favorecido
conserva su nacionalidad de origen, de acuerdo a lo establecido en el
artículo noventa y uno inciso primero de la Constitución de la República.
NOTIFÍQUESE, y transcurrido el plazo para recurrir inscríbase esta
resolución en el libro de asientos de sentencias de nacionalidad salvadoreña por nacimiento. Certifíquese, confróntese y dese cumplimiento al
artículo cuarenta y cuatro inciso tercero de la Ley de Extranjería. JOSÉ
RICARDO PERDOMO AGUILAR. MINISTRO."
RUBRICADA
"Es conforme con su original con el cual se confrontó. MINISTERIO
DE JUSTICIA Y SEGURIDAD PÚBLICA. San Salvador, a las nueve
horas con quince minutos del día tres de julio del dos mil trece. JOSÉ
RICARDO PERDOMO AGUILAR. MINISTRO."
RUBRICADA
ES CONFORME CON SU ORIGINAL CON EL CUAL SE CONFRONTÓ y para que sea agregado a su expediente para ARCHIVO, se
extiende, firma y sella la presente, en el MINISTERIO DE JUSTICIA
Y SEGURIDAD PÚBLICA. San Salvador, a las ocho horas con diez
minutos del día dieciséis de julio del dos mil trece.
JOSÉ RICARDO PERDOMO AGUILAR.
MINISTRO.
1 v. No. F026011
99
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014.
LA INFRASCRITA JEFA DEL DEPARTAMENTO DE EXTRANJERÍA, DIRECCIÓN GENERAL DE MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA,
MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD PÚBLICA.
CERTIFICA: Que a folio ciento sesenta y cuatro frente y vuelto
DEL LIBRO DE ASIENTOS DE SENTENCIAS DE NACIONALIDAD
SALVADOREÑA POR NACIMIENTO, se encuentra el asiento que
literalmente dice:
"NÚMERO CIENTO SESENTA Y CUATRO. En cumplimiento al
artículo cuarenta y cuatro de la Ley de Extranjería y habiéndose declarado
ejecutoriada la sentencia pronunciada en las diligencias de Nacionalidad
Salvadoreña por NACIMIENTO promovidas por la señora VIRGINIA
ELOÍSA GONZÁLEZ DE LÓPEZ, conocida VIRGINIA ELOÍSA
GONZÁLEZ ALVARADO, VIRGINIA ELOÍSA GONZÁLEZ y por
VIRGINIA GONZÁLEZ, de origen y de nacionalidad guatemalteca, se
hace el siguiente asiento: "MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
PÚBLICA. San Salvador, a las ocho horas del día trece de septiembre del
dos mil trece. Admítase la solicitud presentada por la señora VIRGINIA
ELOÍSA GONZÁLEZ DE LÓPEZ, conocida por VIRGINIA ELOÍSA
GONZÁLEZ ALVARADO, VIRGINIA ELOÍSA GONZÁLEZ y por
VIRGINIA GONZÁLEZ, por relativa a que se le conceda la calidad
de salvadoreña por NACIMIENTO, por ser de origen y nacionalidad
GUATEMALTECA y tener domicilio fijo en El Salvador, de conformidad
con lo que establece el artículo noventa ordinal tercero de la Constitución
de la República. La señora VIRGINIA ELOISA GONZÁLEZ DE LÓPEZ, conocida por VIRGINIA ELOÍSA GONZÁLEZ ALVARADO,
VIRGINIA ELOÍSA GONZÁLEZ y por VIRGINIA GONZÁLEZ, es
de treinta y seis años de edad, de sexo femenino, casada, Médico, del
domicilio de Ahuachapán, departamento de Ahuachapán, de nacionalidad
guatemalteca, originaria del municipio de Quezaltenango, departamento
de Quezaltenango, República de Guatemala, lugar donde nació el día
veinte de septiembre de mil novecientos setenta y siete, portadora de
su Carné de Identificación de Residente Definitiva número sesenta mil
doscientos trece, inscrita en el Registro de Residentes Centroamericanos que lleva la Dirección General de Migración y Extranjería. Sus
padres responden a los nombres de: Elmar Danilo González Ortega,
de nacionalidad guatemalteca y Yolanda Isabel Alvarado, originaria
de Panamá y de nacionalidad guatemalteca, ambos sobrevivientes.
Su cónyuge responde al nombre de: Salvador Gerardo Antonio López
Aguilar, de treinta y nueve años de edad, Oftalmólogo, del domicilio de
Ahuachapán, departamento de Ahuachapán, de nacionalidad salvadoreña.
CONSIDERANDO: I. Que la peticionaria en su solicitud agregada a
folios veinticuatro al veinticinco en lo pertinente manifiesta: Que por
ser de origen y nacionalidad guatemalteca y tener domicilio fijo en El
Salvador, desde el día cinco de octubre del dos mil ocho, es su deseo y
voluntad optar a la Nacionalidad Salvadoreña por Nacimiento, por lo que
de conformidad con el artículo noventa ordinal tercero de la Constitución
de la República y artículo treinta y ocho de la Ley de Extranjería, pide
se le reconozca dicha calidad, para lo cual presenta para que se agregue
la documentación siguiente: a) Fotocopia de su Carné de Identificación
de Residente Definitiva, a folio veintitrés; b) Certificado de Nacimiento,
debidamente autenticado a folios diecinueve al veintidós; c) Fotocopia
de su Pasaporte, a folios trece al dieciséis; d) Certificación de Partida
de Matrimonio, a folio once; e) Certificación de Partida de Nacimiento
de su cónyuge, señor Salvador Gerardo Antonio López Aguilar, a folio
diez; f) Fotocopia de Documento Único de Identidad de su cónyuge, a
folio nueve. II. Que la documentación presentada demuestra: a) Que la
solicitante es originaria de Guatemala, uno de los países que constituyeron
la República Federal de Centroamérica, b) Que la solicitante ha reunido
los requisitos exigidos para iniciar las diligencias de nacionalización, c)
Que tiene en el país arraigo familiar por haber contraído matrimonio con
salvadoreño y haber procreado dos hijos nacidos en el país; asimismo
posee arraigo domiciliar y por residencia. III. De conformidad al artículo
noventa ordinal tercero de la Constitución de la República, tiene derecho
a que se reconozca a su favor la calidad de salvadoreña por nacimiento;
en tal sentido la atribución de esta autoridad se orienta a determinar
si se reúnen los requisitos específicos para otorgar la nacionalización,
en los términos que establece la Constitución de la República y la Ley
de Extranjería en los artículos treinta y cinco literal b), treinta y ocho
y cuarenta y tres. Cumplido lo anterior se procede a emitir acto administrativo de declarar a favor de la solicitante la calidad que invoca y
que la Constitución le reconoce. POR TANTO: De acuerdo con los
considerandos anteriores y de conformidad con el artículo noventa
ordinal tercero de la Constitución de la República, doscientos dieciséis,
doscientos diecisiete, doscientos dieciocho, doscientos veintinueve, del
Código Procesal Civil y Mercantil, treinta y cinco literal b); treinta y ocho
y cuarenta y tres de la Ley de Extranjería, a nombre de la República de
El Salvador, este Ministerio FALLA: Concédase a la señora VIRGINIA
ELOÍSA GONZÁLEZ DE LÓPEZ, conocida por VIRGINIA ELOÍSA
GONZÁLEZ ALVARADO, VIRGINIA ELOÍSA GONZÁLEZ y por
VIRGINIA GONZÁLEZ, de las generales expresadas la calidad de
SALVADOREÑA por NACIMIENTO, por ser de origen y nacionalidad guatemalteca y tener domicilio fijo en El Salvador. La favorecida
conserva su nacionalidad de origen, de acuerdo a lo establecido en el
artículo noventa y uno inciso primero de la Constitución de la República.
NOTIFÍQUESE, y transcurrido el plazo para recurrir inscríbase esta
resolución en el libro de asientos de sentencias de nacionalidad salvadoreña por nacimiento. Certifíquese, confróntese y dese cumplimiento al
artículo cuarenta y cuatro inciso tercero de la Ley de Extranjería. JOSÉ
RICARDO PERDOMO AGUILAR, MINISTRO."
RUBRICADA
Es conforme con su original con el cual se confrontó. MINISTERIO
DE JUSTICIA Y SEGURIDAD PÚBLICA, DIRECCIÓN GENERAL
DE MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA. San Salvador, a las ocho horas
con diez minutos del día treinta de octubre del dos mil trece. ANA
LUCÍA GUTIÉRREZ DE ARIAS, JEFA DEL DEPARTAMENTO DE
EXTRANJERÍA.
RUBRICADA
ES CONFORME CON SU ORIGINAL CON EL CUAL SE CONFRONTÓ y para que sea publicado en el DIARIO OFICIAL, se extiende,
firma y sella la presente, en el DEPARTAMENTO DE EXTRANJERÍA.
San Salvador, a las diez horas con veinte minutos del día once de febrero
del dos mil catorce.
LICDA. ANA LUCÍA GUTIÉRREZ DE ARIAS,
JEFA DEL DEPARTAMENTO DE EXTRANJERÍA.
1 v. No. F026027
100
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
JUICIO DE AUSENCIA
FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO
DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA ANA:
HACE SABER: Que a este tribunal se ha presentado la Licenciada
ANA DOLLY VALIENTE ESCALANTE, mayor de edad, abogado,
del domicilio de la ciudad de San Salvador, con Documento Único
de Identidad número cero dos millones doscientos cuarenta y tres mil
novecientos noventa y nueve guión cero, en su calidad de Apoderada
General Judicial del BANCO AGRÍCOLA, SOCIEDAD ANÓNIMA,
institución de crédito de este domicilio, EXPONIENDO que viene a
promover Juicio Ejecutivo Mercantil, contra el señor DAVID ERNESTO
SANDOVAL CISNEROS, mayor de edad, comerciante del este domicilio,
con Documento Único de Identidad número cero cero trescientos veintiséis mil quinientos diecisiete guión cero; y con número de Identificación
Tributaria cero dos trece guión veintiuno cero dos sesenta y seis guión
cero cero uno guión seis; de quien actualmente se ignora su paradero
y no se sabe que haya dejado Procurador o representante legal. Por lo
que viene a promover las respectivas diligencias de ausencia, pidiendo
que previos los trámites legales se le nombre curador especial para que
lo represente en el Juicio Ejecutivo Mercantil.
En consecuencia, se previene que si el referido ausente no declarado,
tuviere apoderado, procurador o representante legal, se presente dentro
de los quince días subsiguientes a la última publicación de este aviso a
comprobar dicha circunstancia.
Juzgado Primero de lo Civil, a las once horas con cuarenta minutos
del día veintiséis de noviembre del dos mil trece. LIC. FRANCISCO
ALBERTO ALEGRÍA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.
LICDA. CARMEN GUADALUPE NÚÑEZ MONTERROSA, SECRETARIA.
1 v. No. F026086
CAMBIO DE NOMBRE
FRANCOISE MICHELE HERRERA GUIROLA, JUEZA DE FAMILIA
DEL DEPARTAMENTO DE SONSONATE,
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la Licenciada
FRANCISCA ELIZABETH SANCHEZ OLIVO, mayor de edad, Abogado de este domicilio, en su calidad de Apoderada de la joven ELSIE
BESSAI RUANO MORALES, de veintitrés años de edad, Estudiante,
de este Domicilio y residencia en Reparto Santa Marta, Pasaje uno, casa
No. dos, de este Departamento; a iniciar DILIGENCIAS DE CAMBIO
DE NOMBRE, con fundamento en el artículo 23 de la Ley del Nombre
de la Persona Natural, argumentando que el nombre BESSAI, no es
nombre propio, que no tiene su significado y que su pronunciación es
objeto de burla por otras personas, ya que cuando mencionan su nombre
en especial las personas del sexo masculino se burlan de su nombre y le
hacen comentarios indignos, contraviniendo lo estipulado en el Artículo
11 de la Ley del Nombre de la Persona Natural, por lo que es necesario
que este nombre BESSAI sea cambiado, siendo el nombre que pide sea
"ALEJANDRA", por lo que su nombre ya no sería ELSIE BESSAI
RUANO MORALES, sino que sería: ELSIE ALEJANDRA RUANO
MORALES.
Por lo anterior prevéngasele a todas aquellas personas que consideren que dicho CAMBIO DE NOMBRE, podría afectarles, para que
presenten oposición dentro de los DIEZ DÍAZ siguientes a la última
publicación de este EDICTO en este Tribunal, por medio de abogado
legalmente constituido, de no hacerlo se continuará con el trámite de
las diligencias.
El presente edicto, deberá publicarse DOS VECES; una vez en el
Diario Oficial; y otra en un periódico de circulación nacional.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
Librado en el Juzgado de Familia de Sonsonate, a los trece días del
mes de diciembre de dos mil trece. LICDA. FRANCOISE MICHELE
HERRERA GUIROLA, JUEZA DE FAMILIA. LIC. MANUEL ANTONIO FLORES GONZÁLEZ, SECRETARIO.
1 v. No. F026007
RENOVACIÓN DE MARCAS
No. de Expediente: 1999007515
No. de Presentación: 20110153776
CLASE: 16.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO
ALFREDO ROMERO, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del
domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
actuando como APODERADO de BANCO BILBAO VIZCAYA
ARGENTARIA, S.A., del domicilio de Plaza de San Nicolás No.448005, Bilbao, España, de nacionalidad ESPAÑOLA, solicitando
RENOVACION, para la inscripción Número 00153 del Libro 00133
de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en LA EXPRESION
BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA; que ampara productos/
servicios comprendidos en la(s) Clase 16 de la Clasificación Internacional
de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los cuatro días del mes de julio del año dos mil once.
LIC. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
LUCÍA MARGARITA GALÁN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F026134-1
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014.
CONVOCATORIAS
101
una de todas las acciones, a las diez horas del día miércoles veintiuno
de mayo de dos mil catorce, de no tener el quórum necesario se convoca
por segunda vez a las diez horas, del día jueves veintidós de mayo de
dos mil catorce, en las oficinas de dicha sociedad ubicadas en 57 Av.
Norte y 1a. Calle Poniente No. 3024, San Salvador.
CONVOCATORIA
La Junta Directiva de Oftalmológica, S.A. de C.V., convoca a sus accionistas a Junta General Ordinaria a celebrarse en la segunda planta del
Edificio Instituto de Ojos, suc. Escalón, en la 83 Av. Sur y Calle Juan
José Cañas, de esta ciudad, a partir de las diecisiete horas con treinta
minutos del día Jueves 27 de Marzo del corriente año 2014. La Junta se
desarrollará de acuerdo a la siguiente Agenda:
JUNTA GENERAL ORDINARIA:
1-
Verificación del Quórum y firma del acta de asistencia.
2-
Lectura y aprobación del Acta anterior.
3-
Lectura y aprobación de la memoria de labores de la Junta
Directiva, correspondiente al Ejercicio 2013.
4-
Presentación y aprobación de los Estados Financieros, ejercicio
del 1°. de enero al 31 de diciembre del año 2013.
5-
Aplicación de Dividendos.
6-
Nombramiento del Auditor Externo y Fiscal, propietario,
suplente y asignación de Honorarios.
7-
Elección de Junta Directiva periodo 01/04/2014, a
31/03/2016.
8-
Varios.
AGENDA
III-
Lectura y aprobación del acta anterior.
Nombramiento de presidente y secretario de la Junta General
Ordinaria.
III-
Informe de Administración.
IV-
Conocimiento de los Estados Financieros.
VVIVII-
Nombramiento del auditor externo y fijación de sus emolumentos.
Aplicación de Utilidades.
Otros puntos que de acuerdo con la ley puedan ser tratados.
San Salvador, 27 de febrero de 2014.
BARAHONA VARGAS ASOCIADOS
REYNALDO BARAHONA
AUDITORES EXTERNOS
Para celebrar la Junta General Ordinaria en primera convocatoria,
deberán estar presentes o representados el 50 % más una, de las acciones
que forman el Capital Social. Si no hubiere quórum en la fecha y hora
establecida, se hace en segunda convocatoria para el día viernes veintiocho de marzo a las diecisiete horas con treinta minutos del corriente
año 2014, en el mismo lugar y con la misma Agenda, en cuyo caso la
Junta General Ordinaria se instalará con las acciones que se encuentren
presentes.
San Salvador, 28 de febrero del año 2014.
DR. A. HUMBERTO ESCAPINI, h.
PRESIDENTE,
OFTALMOLÓGICA, S. A. DE C.V.
3 v. alt. No. F025970-1
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA SOCIEDAD JUBELER, SOCIEDAD ANONIMA DE
CAPITAL VARIABLE
Por este medio se convoca a los accionistas de la sociedad JUBELER,
S.A. DE C.V., a JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS,
la primera convocatoria se llevará a cabo con el quórum de la mitad más
una de todas las acciones a las doce horas, del día miércoles veintiocho
de mayo de dos mil catorce, de no tener el quórum necesario se convoca
por segunda vez a las doce horas, del día jueves veintinueve de mayo de
dos mil catorce, en las oficinas de Conauto, ubicadas en Centro Comercial
La Joya, Carretera al Puerto de La Libertad.
3 v. alt. No. C011585-1
AGENDA
ICONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA SOCIEDAD SERVICIOS COMERCIALES DIVERSOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE.
Por este medio se convoca a los accionistas de la sociedad SECDI, S.A.
DE C.V. a JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS, la
primera convocatoria se llevará a cabo con el quórum de la mitad más
II-
Lectura y aprobación del acta anterior.
Nombramiento de presidente y secretario de la Junta General
Ordinaria.
III-
Informe de Administración.
IV-
Conocimiento de los Estados Financieros.
VVI-
Nombramiento del auditor externo y fijación de sus emolumentos.
Aplicación de Utilidades.
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
102
VII-
Otros puntos que de acuerdo con la ley puedan ser tratados.
San Salvador, 27 de febrero de 2014.
BARAHONA VARGAS ASOCIADOS
Reynaldo Barahona
Auditores externos
Esta Junta General se celebrará en Hotel Hilton Princess, San Salvador, salón Oxford, ubicado en Boulevard del Hipódromo y Avenida
Las Magnolias, Colonia San Benito, San Salvador, a las dieciocho horas
del día veintisiete de marzo de dos mil catorce.
Si no hubiere Quórum en esta sesión, se celebrará en segunda convocatoria, el día veintiocho de marzo del mismo año, a la misma hora y
en el mismo lugar, con el número de acciones presentes y representadas
que concurran.
AGENDA
3 v. alt. No. F025971-1
I.
II.
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA SOCIEDAD SIEMBRA, SOCIEDAD ANONIMA DE
CAPITAL VARIABLE
Por este medio se convoca a los accionistas de la sociedad SIEMBRA,
S.A. DE C. V., a JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS,
la primera convocatoria se llevará a cabo con el quórum de la mitad
más una de todas las acciones, a las diez horas, del día Miércoles 14 de
mayo de dos mil catorce, de no tener el quórum necesario se convoca
por segunda vez a las diez horas, del día Jueves 15 de mayo de dos mil
catorce, en las oficinas de dicha sociedad ubicadas en 57 Av. Norte y
1ª. Calle Poniente No. 3024. San Salvador.
ESTABLECIMIENTO DEL QUÓRUM
APROBACIÓN DE LA AGENDA
III.
LECTURA DEL ACTA DE JUNTA GENERAL ANTERIOR
IV.
MEMORIA DE LABORES DE LA JUNTA DIRECTIVA
V.
ESTADO DE SITUACION FINANCIERA Y ESTADO DE
RESULTADO DEL EJERCICIO DE 2013.
VI.
VII.
VIII.
INFORME DEL AUDITOR EXTERNO.
APLICACIÓN DE RESULTADOS.
NOMBRAMIENTO DEL AUDITOR EXTERNO Y
FISCAL. ASÍ COMO LA FIJACION DE SUS HONORARIOS.
Antiguo Cuscatlán, 28 de febrero de 2014.
AGENDA:
III-
Lectura y aprobación del acta anterior.
Informe de Administración.
IV-
Conocimiento de los Estados Financieros.
VIVII-
PRESIDENTE.
Nombramiento de presidente y secretario de la Junta General
Ordinaria.
III-
V-
ING. CARLOS ALEJANDRO VARAONA RENGIFO,
3 v. alt. No. F026364-1
Nombramiento del auditor externo y fiscal y fijación de sus
emolumentos.
CONVOCATORIA
Aplicación de Utilidades.
Otros puntos que de acuerdo con la ley puedan ser tratados.
San Salvador, 27 de febrero de 2014.
BARAHONA VARGAS ASOCIADOS
Reynaldo Barahona
Auditores externos
La Junta Directiva de "INVERSIONES Y DESARROLLOS EMPRESARIALES, S.A. DE C.V.", convoca a Junta General Ordinaria de
Accionistas, para lo cual será necesario que estén presentes por lo menos
la mitad más una de las acciones que tengan derecho a voto.
Esta Junta General se celebrará en Hotel Hilton Princess, San Salvador, Salón Oxford, ubicado en Boulevard del Hipódromo y Avenida
Las Magnolias, Col. San Benito, San Salvador, a las diecinueve horas
del día veintisiete de marzo de dos mil catorce.
3 v. alt. No. F025972-1
CONVOCATORIA
Si no hubiere Quórum en esta sesión, se celebrará en segunda
convocatoria, el día veintiocho del mismo mes y año, a la misma hora y
en el mismo lugar, con el número de acciones presentes y representadas
que concurran.
AGENDA
La Junta Directiva de "CORPORACION EDUCATIVA SAN FRANCISCO, S.A. DE C.V.", convoca a Junta General Ordinaria de Accionistas,
para lo cual será necesario que estén presentes por lo menos la mitad
más una de las acciones que tengan derecho a voto.
I.
II.
III.
ESTABLECIMIENTO DEL QUÓRUM.
APROBACIÓN DE LA AGENDA.
LECTURA DEL ACTA DE LA JUNTA GENERAL ANTERIOR.
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014.
IV.
MEMORIA DE LABORES DE LA JUNTA DIRECTIVA.
V.
ESTADO DE SITUACION FINANCIERA Y ESTADO DE
RESULTADO DEL EJERCICIO DE 2013.
VI.
VII.
VIII.
INFORME DEL AUDITOR EXTERNO.
APLICACIÓN DE RESULTADOS.
NOMBRAMIENTO DEL AUDITOR EXTERNO Y
FISCAL. ASÍ COMO LA FIJACION DE SUS HONORARIOS.
Antiguo Cuscatlán, 28 de febrero de 2014.
LIC. JORGE ALBERTO RIVERA,
PRESIDENTE.
3 v. alt. No. F026368-1
SUBASTA PÚBLICA
MASTER MARIA FLOR SILVESTRE LÓPEZ BARRIERE, JUEZ
PRIMERO DE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Al público para los efectos de Ley, que en
el JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL, promovido inicialmente en el
Juzgado Segundo de lo Mercantil por el BANCO DE COMERCIO DE
EL SALVADOR, y continuado por el FONDO DE SANEAMIENTO
Y FORTALECIMIENTO FINANCIERO, contra el señor HECTOR
RAFAEL FERNANDEZ MEZA, reclamando cantidad de dólares y
accesorios de Ley, se venderá en pública subasta en fecha que oportunamente se determinará en este Juzgado de los bienes inmuebles embargados siguientes: "1) UN LOTE DE TERRENO RÚSTICO situado
en jurisdicción de Acajutla, antes de Guaymango, Departamento de
Sonsonate, que fue desmembrado de la hacienda denominada Metalío,
que formó parte de la Zona B, del Polígono General, de la Parcelación
de playas destinadas a hoteles y clubes, dicho lote se describe así: AL
PONIENTE: en setenta metros rumbo Norte veintinueve grados treinta
y ocho minutos Este colinda con lotes adjudicados a los señores Mario
Aparicio y Enrique Ricardo Lima, calle de por medio; AL NORTE: en
diez metros colinda con terrenos del señor Ingeniero Hugo Navarrete,
Calle de por medio; AL ORIENTE: en setenta metros con rumbo Sur
veintinueve grados treinta y ocho minutos Oeste, colinda con lote adjudicado al señor Coronel Eusebio Cotto, hoy propiedad de Francisco
Hernán Pereira; y AL SUR: en diez metros, colinda con las aguas del
Océano Pacífico, con calle de diez metros de ancho de por medio; el
lote así descrito tiene una extensión superficial de SETECIENTOS METROS CUADRADOS equivalentes a MIL UNA VARA CUADRADA
CINCUENTA Y SEIS CENTÉSIMAS DE VARA CUADRADA. El
inmueble anteriormente descrito es propiedad del demandado señor
HECTOR RAFAEL FERNANDEZ MEZA, por estar inscrito a su favor
bajo el número SESENTA Y SIETE del Libro CUATROCIENTOS
CINCUENTA Y UNO del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas
de la Tercera Sección de Occidente. "2) Un lote de terreno rústico de
la capacidad superficial de SETECIENTOS METROS CUADRADOS
equivalentes a UN MIL VARAS CUADRADAS CINCUENTA Y SEIS
CENTESIMOS DE VARA CUADRADA marcado con el número dos
103
en el plano de parcelación respectivo, sito en la jurisdicción de Acajutla,
antes de Guaymango, Departamento de Sonsonate, en el lugar denominado Hacienda Metalío, el cual se desmembró de una porción de mayor
extensión que formó parte de la zona B, del Polígono General, de la
parcelación de playas destinadas a hoteles y clubes, el cual se describe
así: partiendo del punto de intersección se mide un tramo recto sobre
el eje de la calle de dieciséis metros con rumbo Sur cincuenta y nueve
grados catorce minutos Este, se llega a un punto localizado con el eje de
la calle, de este punto se mide un tramo recto de seis metros con rumbo
Sur veintinueve grados treinta y ocho minutos Oeste y se llega al vértice
Nor-oeste del lote que se describe el cual mide y linda: AL NORTE:
diez metros rumbo Sur cincuenta y nueve grados catorce minutos Este,
con terreno del mismo polígono general, parcelación playas en el cual
ha sido abierta una calle de doce metros de ancho, quedando la boca
calle frente al lote que se describe, calle de por medio también de doce
metros de ancho; AL SUR: igual medida que al Norte, con rumbo Norte
cincuenta y nueve grados catorce minutos Oeste, con el Océano Pacífico;
AL ORIENTE: setenta metros rumbo Norte veintinueve grados treinta
y ocho minutos Este, con lote número TRES; Y AL PONIENTE: igual
medida que al Oriente, rumbo Sur veintinueve grados treinta y ocho
minutos Oeste, con lote número UNO; hoy propiedad Francisco Hernán
Pereira, los lotes colindantes por los rumbos Poniente y Oriente, formaron
parte del inmueble mayor de donde se desmembró el que se describe,
propiedad del Círculo Militar. El inmueble anteriormente descrito es
propiedad del demandado señor HECTOR RAFAEL FERNANDEZ
MEZA, por estar inscrito a su favor bajo el número SESENTA Y SIETE
del Libro CUATROCIENTOS CINCUENTA Y UNO del Registro de
la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Tercera Sección de Occidente. "3)
UN LOTE DE TERRENO RÚSTICO, desmembrado de la zona "B"
polígono general de la antigua Hacienda Metalío, parcelación de playas,
en jurisdicción de Acajutla, Departamento de Sonsonate, de una extensión
superficial de SETECIENTOS METROS CUADRADOS equivalentes a
MIL VARAS CUADRADAS CINCUENTA Y SEIS CENTESIMOS DE
VARA CUADRADA, con los linderos y localización especial siguiente:
Lote Número TRES: partiendo del punto de intersección formado por las
calles cuyos respectivos rumbos son: Norte veintinueve grados treinta y
ocho minutos Este y Sur cincuenta y nueve grados catorce minutos Este;
de este punto de intersección se mide un tramo recto de veintiséis metros
con rumbo Sur cincuenta y nueve grados catorce minutos Este se llega a
un punto localizado en el eje de la calle, de este punto se mide un tramo
recto de seis metros con rumbo Sur veintinueve grados treinta y ocho
minutos Oeste se llegal al vértice Nor-Oeste del lote número tres que
corresponde al vértice Nor-Este del lote Número DOS; de donde se dará
comienzo de la descripción del lote Número TRES a desmembrarse de
los lotes Número cinco y seis Zona "B", Polígono General de parcelación
Las Playas, antes propiedad el instituto de Colonización Rural, hoy del
Círculo militar descripción que se hace en base al plano levantado y
aprobado por el Departamento de Ingeniería de dicho Instituto; LINDERO
NORTE: partiendo de este vértice Nor-Oeste se mide un tramo recto de
diez metros con rumbo Sur cincuenta y nueve grados catorce minutos
Este se Ilegal al vértice Nor-Este de este Lote, colindando por este
rumbo en calle de doce metros de por medio; AL ESTE: de este punto
se mide un tramo recto de setenta metros con rumbo Sur veintinueve
grados treinta y ocho minutos Oeste, colindando por este rumbo con lote
Número cuatro propiedad del señor Francisco Alvarenga h.; SUR: de este
punto se mide un tramo recto de diez metros con rumbo Norte cincuenta
y nueve grados catorce minutos Oeste colindando por este rumbo con
playa del Océano Pacífico; y OESTE: de este punto se mide un tramo
recto de SETENTA METROS CON RUMBO Norte veintinueve grados
104
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
treinta y ocho minutos Este, se llega así al vértice Nor-Oeste de donde
se comenzó la presente descripción colindando por este rumbo con lote
número dos propiedad del Teniente Coronel Alfonso Eusebio Cotto. Los
lotes colindantes son parte de la lotificación. El inmueble anteriormente
descrito es propiedad del demando HECTOR RAFAEL FERNANDEZ
MEZA, por estar inscrito a su favor bajo el número NOVENTAY TRES
del Libro QUINIENTOS y rectificado al Número NOVENTA Y CUATRO del Libro QUINIENTOS, ambos del Registro de la Propiedad Raíz
e Hipotecas de la Tercera Sección de Occidente".
Para los efectos legales correspondientes se emite la presente en
la Villa de San Matías, a los treinta días del mes de enero de dos mil
catorce.
MAMERTA EDUVIGES BONILLA DE BARILLAS,
REPRESENTANTE LEGAL DE ACCIONISTAS DE LA
SOCIEDAD BARILLAS BONILLA S.A. DE C.V.
Se hace saber a las personas que se presenten a participar a la subasta
que deberán de presentar sus respectivos documentos de Identidad NIT
y comprobar su solvencia económica por medio de libreta de ahorro,
cheque certificado, constancia de ahorro, efectivo u otro documento
similar
Librado en el Juzgado Primero de lo Mercantil San Salvador, a
las once horas con treinta minutos del día seis de enero de dos mil catorce. MSC. MARÍA FLOR SILVESTRE LÓPEZ BARRIERE, JUEZ
PRIMERO DE LO MERCANTIL. LIC. JUAN CARLOS NAJARRO
PÉREZ, SECRETARIO.
1 v. No. F026120
PATENTE DE INVENCIÓN
No. de Expediente: 2014004658
No. de Presentación: 20140016256
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
3 v. alt. No. F026050-1
DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE SOCIEDADES
LA JUNTA DIRECTIVA DE ACCIONISTAS DE LA SOCIEDAD
BARILLAS BONILLA DE CAPITAL VARIABLE.
HACE CONSTAR: Que en el libro de actas número catorce de la
junta celebrada en el municipio de San Matías, a las dos de la tarde con
treinta minutos del día treinta de enero del dos mil catorce.
Consta el punto que en lo medular literalmente dice:
Tercero: encontrándose reunidos el cien por ciento de los accionistas
por unanimidad se acuerda.
HACE SABER: Que a esta Oficina se ha presentado GILBERTO
ALFONSO FAJARDO CARCAMO, mayor de edad, ABOGADO Y
NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO
DE SAN SALVADOR Y ANTIGUO CUSCATLAN, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando
como GESTOR OFICIOSO de EURO-CELTIQUE S.A., del domicilio
de 2, AVENUE CHARLES DE GAULLE, L-1653, LUXEMBURGO,
de nacionalidad LUXEMBURGUESA, solicitando se conceda Registro
de la PATENTE DE INVENCION en fase nacional de una solicitud
internacional PCT/US2012/055277 denominada COMPOSICIONES
FARMACÉUTICAS, por el término de VEINTE AÑOS, con Clasificación Internacional A61K 31/4184, A61K 31/16, A61P 35/00, A61K
31/4164, y con prioridad de la solicitud ESTADOUNIDENSE No.
61/536,038, de fecha dieciocho de septiembre del año dos mil once,
solicitud ESTADOUNIDENSE No. 61/602,408, de fecha veintitrés de
febrero del año dos mil doce.
Cuarto: por unanimidad se acuerda nombrar como liquidador a la
señora Mamerta Eduviges Bonilla de Barillas; quien es mayor de edad,
comerciante de este domicilio con Documento Único de Identidad
numero: cero, dos, veintisiete, cuarenta y cinco, veintiocho guión seis,
quien será la encargada de liquidación y ejercerá las funciones a que se
refiere la escritura de constitución de la sociedad.
Se refiere a: LA PRESENTE INVENCIÓN SE REFIERE
A COMPOSICIONES FARMACÉUTICAS QUE COMPRENDEN:
(A) UN CICLOPOLISACÁRIDO Y (B) UN COMPUESTO DE LA
FÓRMULA (I) O SU SAL FARMACÉUTICAMENTE ACEPTABLE: (VER FÓRMULA); DONDE X1, X2, Q, Z Y M SON COMO
SE DEFINEN EN LA PRESENTE. TAMBIÉN SE DESCRIBE UN
MÉTODO PARA TRATAR UNA ENFERMEDAD NEOPLÁSICA
O UNA ENFERMEDAD INMUNITARIA CON ESTAS COMPOSICIONES. La solicitud fue presentada internacionalmente el día catorce
de septiembre del año dos mil doce.
El nombramiento anterior se hace según lo dispuesto en el artículo
trescientos veintiocho del Código de Comercio.
Ley.
Disolver la sociedad Barillas Bonilla sociedad anónima de capital
variable. De conformidad a lo establecido en el artículo ciento ochenta
y siete romano IV del código de comercio.
Quinto: Los presentes en cumplimiento a lo requerido facultan a
la señora Mamerta Eduviges Bonilla de Barrilla; representante legal de
la Sociedad Barillas Bonilla para que proceda a publicar en el Diario
Oficial y en diario de circulación nacional el acuerdo de la disolución
respectiva y en su oportunidad inscriba el presente acuerdo de disolución
en el Registro de Comercio.
Sexto: Por unanimidad se fija el plazo de cuatro meses en que se
deba practicar la liquidación de la sociedad contando a partir de la fecha en
que se inscriba el acuerdo de disolución en el Registro de Comercio.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de
REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL: DEPARTAMENTO DE PATENTES. San Salvador, a los catorce días del mes de
febrero del año dos mil catorce.
LUIS ALONSO CÁCERES AMAYA,
REGISTRADOR.
1 v. No. C011545
105
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014.
EMPLAZAMIENTO POR EDICTO
EDICTO DE EMPLAZAMIENTO
EMPLAZAMIENTO POR EDICTO
LOS INFRASCRITOS MIEMBROS DE LA COMISION DE SERVICIO
CIVIL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, ROMEL MORALES
RUIZ, EDWIN ALFREDO TREJO AVALOS Y JOSE MAURICIO
HERNANDEZ MARTINEZ
HACEN SABER: Que en el presente edicto se emplaza a la señora
SANDRA ELIZABETH RODAS GONZÁLEZ, quien es de treinta
años de edad, del domicilio de San Salvador; con Documento Único de
Identidad cero dos siete cuatro nueve cero cinco siete- siete, que en esta
comisión se ha presentado el Licenciado JIMMY NEYIB MARTELL
HERNANDEZ, abogado, con Documento Único de Identidad personal
número cero dos millones doscientos setenta y ocho mil sesenta y seis
- ocho y con Número de Identificación Tributaria número cero seis uno
cuatro guión dos seis cero siete siete ocho uno cero cuatro guión cinco,
en su calidad de apoderado general judicial del Doctor José Salomón
Padilla, Presidente de la Corte Suprema de Justicia y del Órgano Judicial, quien es de cuarenta y siete años de edad, Abogado y Notario de
la República, del domicilio de San Salvador, con Documento Único
de Identidad número cero un millón setecientos diez mil novecientos
setenta y seis -ocho, PROMOVIENDO JUICIO DE DESTITUCIÓN,
EN CONTRA DE LA SEÑORA SANDRA ELIZABETH RODAS
GONZÁLEZ, que literalmente dice: la señora SANDRA ELIZABETH
RODAS GONZÁLEZ, labora para la Corte Suprema de Justicia, en la
plaza de auxiliar de oficina y está ubicada en el archivo judicial central,
en la que afirma que la señora Rodas González ha faltado a su trabajo
desde el dos de mayo hasta el doce de octubre ambas fechas inclusive
del año dos mil doce sin causa justificada, configurándose la causal de
destitución que regula el art. 54 literal g) de la Ley de Servicio Civil, y
en cumplimiento a la resolución dictada en el Proceso 10-d-2012, dictada
en San Salvador a las once horas y diez minutos del día veintiuno de
junio del año dos mil trece, líbrese y publíquese el edicto de ley para
ser publicado en Diario Oficial por una sola vez y tres veces en un periódico impreso de circulación diaria y nacional; así mismo publíquese
en el tablero de esta comisión; para que en el plazo de tres días hábiles
contados a partir del día siguiente de efectuada la última publicación,
conteste la demanda incoada en su contra y pueda preparar la defensa en
sus derechos o intereses legítimos, caso contrario el proceso continuará
sin su presencia, conforme lo señalan los arts. 181 y 182 numeral cuatro
ambos del CPCM.
Librado en la COMISIÓN DE SERVICIO CIVIL DE LA CORTE
SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, a las diez horas y treinta
minutos del día treinta y uno de octubre de dos mil trece.
EDWIN ALFREDO TREJO AVALOS
ROMEL MORALES RUIZ
LOS INFRASCRITOS MIEMBROS DE LA COMISION DE SERVICIO
CIVIL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, LICENCIADOS:
JOSE MAURICIO HERNANDEZ MARTINEZ, ROMEL MORALES
RUIZ Y EDWIN ALFREDO TREJO AVALOS,
HACEN SABER: Que en el presente edicto se emplaza al señor
CARLOS VLADIMIR RIVERA MARTINEZ, quien es de cuarenta años
de edad, del domicilio de El Carmen, departamento de Cuscatlán; con
Documento Único de Identidad número cero dos millones trescientos
ochenta y ocho mil setecientos cuatro -nueve, que en esta comisión se ha
presentado el Licenciado JIMMY NEYIB MARTELL HERNANDEZ,
abogado, con Número de Identidad Personal número cero dos millones
doscientos setenta y ocho mil sesenta y seis-ocho y con Número de
Identificación Tributaria número cero seis uno cuatro guión dos seis
cero siete siete ocho uno cero cuatro guión cinco, en su calidad de apoderado general judicial del Doctor José Salomón Padilla, Presidente de
la Corte Suprema de Justicia y del Órgano Judicial, quien es de cuarenta
y siete años de edad, Abogado y Notario de la República, del domicilio
de San Salvador, departamento de San Salvador, con documento único
de identidad número cero un millón setecientos diez mil novecientos
setenta y seis-ocho, PROMOVIENDO JUICIO DE DESTITUCION, EN
CONTRA DEL SEÑOR RIVERA MARTINEZ, que literalmente dice:
"El señor CARLOS VLADIMIR RIVERA MARTINEZ, labora para la
Corte Suprema de Justicia en la plaza de Auxiliar de Autopsia I y está
ubicado en el Instituto de Medicina Legal "Dr. Roberto Masferrer", bajo
régimen de Ley de Salarios, el señor CARLOS VLADIMIR RIVERA
MARTINEZ, faltó por más de ocho días consecutivos sin causa justificada,
al desempeño de sus funciones durante el periodo comprendido del 07
de agosto de 2012, al 14 de febrero de 2013, conducta que se enmarca
dentro de la causal de destitución regulada en el literal g) del artículo
54 de la Ley de Servicio Civil".
Y en cumplimiento a la resolución dictada en el Proceso 04-DT2013, dictada en San Salvador a las once horas y diez minutos del día
veintiséis de abril del año dos mil trece, líbrese y publíquese el edicto de
ley para ser publicado en Diario Oficial una sola vez y tres veces en un
periódico impreso de circulación diaria y nacional; así mismo publíquese
en el tablero de esta comisión, para que en el plazo de tres días hábiles
contados a partir del día siguiente de efectuada la última publicación,
conteste la demanda incoada en su contra y pueda preparar la defensa en
sus derechos o intereses legítimos, caso contrario el proceso continuará
sin su presencia, conforme lo señalan los artículos 181 y 182 numeral
cuarto ambos del CPCM.
LIBRADO EN LA COMISIÓN DE SERVICIO CIVIL DE LA
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, a diez horas y cincuenta minutos
del día treinta y uno de octubre del año dos mil trece.
JOSÉ MAURICIO HERNÁNDEZ MARTÍNEZ
ROMEL MORALES RUIZ
JOSE MAURICIO HERNANDEZ MARTINEZ
1 v. No. F026049
EDWIN ALFREDO TREJO AVALOS
1 v. No. F026052
106
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
LA INFRASCRITA JUEZA DOS, DEL JUZGADO CUARTO DE
MENOR CUANTIA DE SAN SALVADOR, LICENCIADA MORENA
GUADALUPE MONTOYA POLANCO, al demandado JOSE ANIBAL
BURGOS MARTINEZ, mayor de edad, Empleado, con Número de
Identificación Tributaria cero cero ochocientos siete guión doscientos
ochenta mil trescientos sesenta y siete guión ciento uno guión cero,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a
las nueve horas y treinta minutos del día dos de julio de dos mil doce,
se resolvió admitir la demanda de PROCESO EJECUTIVO CIVIL,
en contra del mismo, por estar en deberle a favor del Estado de El
Salvador en el ramo de Hacienda en concepto de impuesto sobre la
renta, clasificado dicho proceso con el Número Único de Expediente
07543-12-EC-4MC2, promovido por la Licenciada ELSY ANGELICA
RAMIREZ ZELAYA, quien actúa en su calidad de Agente Auxiliar de
la Fiscalía General de la República; y a solicitud de la parte demandante
por desconocer el domicilio actual del señor JOSE ANIBAL BURGOS
MARTINEZ, se procede a NOTIFICARLE en legal forma el decreto
de embargo y demanda que lo motiva, de conformidad al Art. 186 del
CPCM, en consecuencia se le previene al referido demandado, que se
presente a este Juzgado, debidamente identificado dentro del término de
DIEZ DIAS HABILES, contados a partir del día siguiente de la última
publicación de ley, a efecto de contestar la demanda incoada en su contra
o mostrar oposición a la misma por medio de procurador. El presente
edicto será publicado mediante Tablero Judicial y en el Diario Oficial
por una sola vez, y por tres ocasiones en un periódico de circulación
diaria nacional; de hacer caso omiso a dicho llamado se procederá a
nombrarle un curador ad lítem para que lo represente en el proceso.
en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA
DE SERVICIOS,
Consistente en: la palabra Weya y diseño, que servirá para: AMPARAR SERVICIOS DE RESTAURACION (ALIMENTACION);
HOSPEDAJE TEMPORAL. Clase: 43.
La solicitud fue presentada el día veintiocho de enero del año dos
mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
tres de febrero del año dos mil catorce.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ,
REGISTRADOR.
RHINA GUADALUPE BARRERA QUINTANILLA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C011559-1
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos
de ley correspondientes y para que le sirva de legal emplazamiento al
demandado JOSE ANIBAL BURGOS MARTINEZ se libra el presente
edicto en el Juzgado Cuarto de Menor Cuantía Jueza Dos.
No. de Expediente: 2013125675
No. de Presentación: 20130182193
San Salvador, a las ocho horas y diez minutos del día veintidós
de enero de dos mil catorce. LICDA. MORENA GUADALUPE MONTOYA POLANCO, JUEZA DOS JUZGADO CUARTO DE MENOR
CUANTIA SAN SALVADOR. LICDA. SANDRA DINORA GIRON
GIRON SECRETARIA DOS JUZGADO CUARTO DE MENOR
CUANTÍA SAN SALVADOR.
CLASE: 39.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de Despegar
Online S.R.L., de nacionalidad URUGUAYA, solicitando el registro de
la MARCA DE SERVICIOS,
1 v. No. F026054
MARCA DE SERVICIOS
No. de Expediente: 2014133110
No. de Presentación: 20140195980
CLASE: 43.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ANGELA
AMANDA MARTINEZ MONGE, de nacionalidad SALVADOREÑA,
Consistente en: la letra d y diseño, que servirá para: AMPARAR:
SERVICIOS DE ORGANIZACION DE VIAJES INCLUYENDO:
SERVICIOS DE ORGANIZACION DE VIAJES PRESTADOS POR
AGENCIAS DE TURISMO, VISITAS TURISTICAS, RECEPCION Y
ATENCION DE TURISTAS (ACOMPAÑAMIENTO DE VIAJEROS),
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014.
107
DE TRANSPORTE INCLUYENDO: SERVICIOS DE TRANSPORTE
DE PERSONAS O MERCANCIAS DE UN LUGAR A OTRO (POR
FERROCARRIL CARRETERA, AGUA O AIRE), RESERVAS DE
PLAZAS DE VIAJE, SERVICIOS DE INFORMACION SOBRE
VIAJES O TRANSPORTE DE MERCANCIAS PRESTADOS POR
INTERMEDIARIOS; SERVICIOS DE INFORMACION SOBRE TARIFAS, HORARIOS Y MEDIOS DE TRASPORTE, ORGANIZACION
DE VIAJES Y RESERVAS DE VIAJES. Clase: 39.
La solicitud fue presentada el día veintidós de marzo del año dos
mil trece.
La solicitud fue presentada el día veintidós de marzo del año dos
mil trece.
REGISTRADORA.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veinticuatro de enero del año dos mil catorce.
VANESSA MARÍA ROSALES AGUILAR,
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veinticuatro de enero del año dos mil catorce.
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
SECRETARIA.
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
3 v. alt. No. C011589-1
REGISTRADORA.
VANESSA MARÍA ROSALES AGUILAR,
SECRETARIA.
No. de Expediente: 2014132790
No. de Presentación: 20140195356
CLASE: 38.
3 v. alt. No. C011588-1
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
No. de Expediente: 2013125676
No. de Presentación: 20130182194
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de A&E
Televisión Networks, LLC, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,
solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
CLASE: 39.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de Despegar
Online S.R.L., de nacionalidad URUGUAYA, solicitando el registro de
la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: la frase decolar.com y diseño, que se traduce
al castellano como despegar.com, que servirá para: AMPARAR:
SERVICIOS DE ORGANIZACION DE VIAJES INCLUYENDO:
SERVICIOS DE ORGANIZACION DE VIAJES PRESTADOS POR
AGENCIAS DE TURISMO, VISITAS TURISTICAS, RECEPCION Y
ATENCION DE TURISTAS (ACOMPAÑAMIENTO DE VIAJEROS),
DE TRANSPORTE INCLUYENDO: SERVICIOS DE TRANSPORTE
DE PERSONAS O MERCANCIAS DE UN LUGAR A OTRO (POR
FERROCARRIL, CARRETERA, AGUA O AIRE), RESERVAS DE
PLAZAS DE VIAJE, SERVICIOS DE INFORMACION SOBRE
VIAJES O TRANSPORTE DE MERCANCIAS PRESTADOS POR
INTERMEDIARIOS; SERVICIOS DE INFORMACION SOBRE TARIFAS, HORARIOS Y MEDIOS DE TRASPORTE, ORGANIZACION
DE VIAJES Y RESERVAS DE VIAJES. Clase: 39.
Consistente en: la palabra fyi, y diseño, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE RADIODIFUSIÓN, A SABER, RADIODIFUSIÓN DE TELEVISIÓN, DIFUSIÓN DE VIDEO, RADIODIFUSIÓN
EN INTERNET, TELEVISIÓN POR CABLE Y RADIODIFUSIÓN,
RADIODIFUSIÓN DIGITAL, RADIODIFUSIÓN VÍA SATÉLITE Y
RADIODIFUSIÓN DE AUDIO; RADIODIFUSIÓN DE PROGRAMACIÓN DE AUDIO Y VIDEO SUMINISTRADO A TRAVÉS
DE UNA RED MUNDIAL DE COMUNICACIONES; SERVICIOS
DE TRANSMISIÓN A TRAVÉS DE AIRE, SATÉLITE Y RADIO
Y TELEVISIÓN POR CABLE; TRANSMISIÓN ELECTRÓNICA
DE DATOS VÍA SATÉLITE; TRANSMISIÓN ELECTRÓNICA DE
DATOS A TRAVÉS DE REDES GLOBALES Y LOCALES DE ORDENADORES; SERVICIOS DE COMUNICACIONES DE BANDA
ANCHA, A SABER, SATÉLITE, TELEVISIÓN POR CABLE Y RED
DE TRANSMISIÓN INALÁMBRICA DE SONIDOS, IMÁGENES, SEÑALES Y DATOS; SERVICIOS DE TRANSMISIÓN DE VIDEOS EN
DEMANDA; SERVICIOS DE COMUNICACIÓN INALÁMBRICOS,
A SABER, TRANSMISIÓN DE PROGRAMAS DE TELEVISIÓN Y
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
108
PELÍCULAS A DISPOSITIVOS MÓVILES; PROVISIÓN DE SALAS
DE CHAT EN LÍNEA Y TABLONES DE ANUNCIOS ELECTRÓNICOS PARA LA TRANSMISIÓN ELECTRÓNICA DE MENSAJES
ENTRE USUARIOS EN EL ÁMBITO DE LOS DOCUMENTALES,
DRAMAS Y TEMAS RELACIONADOS A VIAJAR, COMIDA Y
VINO, COCINA, ENTRETENIMIENTO, HOGAR, CRIANZA DE LOS
HIJOS, MÚSICA, SALUD, NOTICIAS, MODA, BELLEZA, BODAS,
COMPRAS, RELACIONES, CARRERA, NEGOCIOS, ADMINISTRACIÓN DEL DINERO, TECNOLOGÍA, MEDIO AMBIENTE,
BIENES RAÍCES, JARDINERÍA, DISEÑO DE INTERIORES, OCIO,
CULTURA POPULAR, HISTORIA, LITERATURA, JUEGOS Y
ESTILO DE VIDA. Clase: 38.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
catorce de febrero del año dos mil catorce.
La solicitud fue presentada el día quince de enero del año dos mil
catorce.
3 v. alt. No. F026025-1
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
treinta de enero del año dos mil catorce.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA,
SECRETARIA.
No. de Expediente: 2014133073
No. de Presentación: 20140195937
MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,
CLASE: 35.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
REGISTRADOR.
MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,
SECRETARIO.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ELISA
HAYDEE GONZALEZ DE AZUCENA, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la
MARCA DE SERVICIOS,
3 v. alt. No. C011591-1
No. de Expediente: 2013132132
No. de Presentación: 20130194114
CLASE: 35.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JULIO
CESAR VARGAS SOLANO, en su calidad de APODERADO de
ELECTRONICA STEREN, S.A. DE C.V., de nacionalidad MEXICANA,
solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
STEREN
SHOP
Consistente en: las palabras C GConsulting Group y diseño, se
traduce al castellano las palabras Consulting Group como: grupo consultor, que servirá para: AMPARAR: CONSULTORIA EN RECURSOS
HUMANOS, CAPACITACION EMPRESARIAL, RECLUTAMIENTO Y SELECCION DE PERSONAL Y TODAS LAS ACTIVIDADES
ENCAMINADAS A LA ASESORIA EMPRESARIAL. Clase: 35.
La solicitud fue presentada el día veintiocho de enero del año dos
mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintiséis de febrero del año dos mil catorce.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
Consistente en: las palabras STEREN SHOP, se traduce al castellano
como: Tienda Steren, que servirá para: AMPARAR: PUBLICIDAD;
GESTION DE NEGOCIOS COMERCIALES; ADMINISTRACION
COMERCIAL; TRABAJOS DE OFICINA. Clase: 35.
REGISTRADOR.
LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA,
SECRETARIA.
La solicitud fue presentada el día nueve de diciembre del año dos
mil trece.
3 v. alt. No. F026057-1
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014.
MARCA DE PRODUCTO
109
LEGAL de CALLEJA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA,
solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
No. de Expediente: 2014133309
Happy Kitchen
No. de Presentación: 20140196429
CLASE: 28.
Consistente en: las palabra Happy Kitchen, se traduce al castellano
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
como: Cocina feliz, que servirá para: AMPARAR: JUGUETES DE
COCINA. Clase: 28.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado FRANCISCO
JAVIER CALLEJA MALAINA, en su calidad de REPRESENTANTE
LEGAL de CALLEJA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA,
La solicitud fue presentada el día cuatro de febrero del año dos mil
catorce.
solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
HAPPY TIMES
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
dieciocho de febrero del año dos mil catorce.
Consistente en: las palabras HAPPY TIMES, se traduce al castellano
como: Tiempos felices, que servirá para: AMPARAR: JUGUETES DE
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
COCINA. Clase: 28.
REGISTRADOR.
La solicitud fue presentada el día cuatro de febrero del año dos mil
catorce.
LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,
SECRETARIA.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
diecinueve de febrero del año dos mil catorce.
3 v. alt. No. C011547-1
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
No. de Expediente: 2014133317
LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,
No. de Presentación: 20140196437
CLASE: 28.
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C011546-1
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha (n) presentado FRANCISCO JAVIER CALLEJA MALAINA, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de CALLEJA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVA-
No. de Expediente: 2014133312
DOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
No. de Presentación: 20140196432
CLASE: 28.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado FRANCISCO
JAVIER CALLEJA MALAINA, en su calidad de REPRESENTANTE
Rainbow Family
Consistente en: la frase Rainbow Family, que se traduce al castellano
como Familia Arco Iris, que servirá para: AMPARAR: JUGUETES DE
CUNA. Clase: 28.
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
110
La solicitud fue presentada el día cuatro de febrero del año dos mil
catorce.
No. de Expediente: 2014133320
No. de Presentación: 20140196440
CLASE: 28.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
siete de febrero del año dos mil catorce.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha (n) presentado FRANCISCO JAVIER CALLEJA MALAINA, en su calidad de REPRESEN-
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
TANTE LEGAL de CALLEJA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
Lovely Sally
3 v. alt. No. C011548-1
Consistente en: la frase Lovely Sally, que se traduce al castellano
como amorosa Sally, que servirá para: AMPARAR: MUÑECAS DE
No. de Expediente: 2014133318
JUGUETE. Clase: 28.
No. de Presentación: 20140196438
La solicitud fue presentada el día cuatro de febrero del año dos mil
CLASE: 28.
catorce.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
HACE SABER: Que a esta oficina se ha (n) presentado FRANCISCO JAVIER CALLEJA MALAINA, en su calidad de REPRESEN-
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
siete de febrero del año dos mil catorce.
TANTE LEGAL de CALLEJA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
Pretty Style
Consistente en: las palabras Pretty Style, se traduce al castellano
REGISTRADORA.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
como: Estilo bonito, que servirá para: AMPARAR: MUÑECA DE
SECRETARIO.
JUGUETE. Clase: 28.
La solicitud fue presentada el día cuatro de febrero del año dos mil
catorce.
3 v. alt. No. C011550-1
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
No. de Expediente: 2014132832
diecinueve de febrero del año dos mil catorce.
No. de Presentación: 20140195463
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
CLASE: 30, 43.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,
SECRETARIA.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado GRACE
3 v. alt. No. C011549-1
ELENA VIERA ESCOBAR, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014.
calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE
PRODUCTO Y SERVICIO,
111
La solicitud fue presentada el día cuatro de febrero del año dos mil
catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veinte de febrero del año dos mil catorce.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
Consistente en: las palabras El dulce Derecho y diseño, que servirá
REGISTRADOR.
para: AMPARAR: PAN, PRODUCTOS DE PASTELERÍA Y CONFITERÍA. Clase: 30. Para: AMPARAR: SERVICIOS DE ALIMENTA-
LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,
CIÓN, CONSISTENTES EN LA PREPARACIÓN DE ALIMENTOS
SECRETARIA.
Y BEBIDAS PARA EL CONSUMO. Clase: 43.
La solicitud fue presentada el día dieciséis de enero del año dos
3 v. alt. No. C011552-1
mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
treinta y uno de enero del año dos mil catorce.
No. de Expediente: 2014133327
No. de Presentación: 20140196447
CLASE: 28.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
REGISTRADOR.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,
SECRETARIO.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado
FRANCISCO JAVIER CALLEJA MALAINA, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de CALLEJA, S.A. DE C.V., de nacionalidad
SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
3 v. alt. No. C011551-1
Tasty Treats
No. de Expediente: 2014133321
No. de Presentación: 20140196441
Consistente en: las palabras Tasty Treats, se traduce al castellano
como: Bocadillos deliciosos, que servirá para: AMPARAR: JUGUETES
DE COCINA. Clase: 28.
CLASE: 28.
La solicitud fue presentada el día cuatro de febrero del año dos mil
catorce.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado FRANCISCO
JAVIER CALLEJA MALAINA, en su calidad de REPRESENTANTE
LEGAL de CALLEJA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA,
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veinte de febrero del año dos mil catorce.
solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
Party Princess
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,
Consistente en: las palabras Party Princess, se traduce al castellano
SECRETARIA.
como: Princesa de fiesta, que servirá para: AMPARAR: MUÑECAS DE
JUGUETE. Clase: 28.
3 v. alt. No. C011553-1
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
112
No. de Expediente: 2014133326
La solicitud fue presentada el día cuatro de febrero del año dos mil
catorce.
No. de Presentación: 20140196446
CLASE: 28.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
diecinueve de febrero del año dos mil catorce.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado FRANCISCO
JAVIER CALLEJA MALAINA, en su calidad de REPRESENTANTE
LEGAL de CALLEJA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA,
solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
Tiny Land
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C011555-1
Consistente en: la frase Tiny Land, que se traduce al castellano
como Valle pequeño, que servirá para: AMPARAR: JUGUETES DE
CUNA. Clase: 28.
La solicitud fue presentada el día cuatro de febrero del año dos mil
catorce.
No. de Expediente: 2014133313
No. de Presentación: 20140196433
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
siete de febrero del año dos mil catorce.
CLASE: 28.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado FRANCISCO
JAVIER CALLEJA MALAINA, en su calidad de REPRESENTANTE
LEGAL de CALLEJA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA,
solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
Lovely Baby
3 v. alt. No. C011554-1
Consistente en: las palabras Lovely Baby, que se traducen al castellano como Bebé Amoroso, que servirá para: AMPARAR: JUGUETES.
Clase: 28.
No. de Expediente: 2014133315
No. de Presentación: 20140196435
La solicitud fue presentada el día cuatro de febrero del año dos mil
catorce.
CLASE: 28.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado FRANCISCO
JAVIER CALLEJA MALAINA, en su calidad de REPRESENTANTE
LEGAL de CALLEJA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA,
solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
doce de febrero del año dos mil catorce.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
REGISTRADOR.
Little Friends
SILVIA LORENA VEGA CHICAS,
SECRETARIA.
Consistente en: las palabras Little Friends, se traduce al castellano
como: Pequeños amigos, que servirá para: AMPARAR: JUGUETES DE
CUNA. Clase: 28.
3 v. alt. No. C011556-1
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014.
113
LATIN AMERICA TRADEMARK CORPORATION, de nacionalidad
PANAMEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
No. de Expediente: 2013132233
No. de Presentación: 20130194352
CLASE: 29.
MELK ROEMMERS
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de THE
LATIN AMERICA TRADEMARK CORPORATION, de nacionalidad
PANAMEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
LACTANT ROEMMERS
Consistente en: la frase LACTANT ROEMMERS, que servirá
para: AMPARAR: CARNE, PESCADO, CARNE DE AVE Y CARNE
DE CAZA; EXTRACTOS DE CARNE; FRUTAS Y VERDURAS,
HORTALIZAS Y LEGUMBRES EN CONSERVA, CONGELADAS,
SECAS Y COCIDAS; JALEAS, CONFITURAS, COMPOTAS; HUEVOS; LECHE Y PRODUCTOS LACTEOS; ACEITES Y GRASAS
COMESTIBLES. Clase: 29.
Consistente en: la frase MELK ROEMMERS, que servirá para:
AMPARAR: CARNE, PESCADO, CARNE DE AVE Y CARNE DE
CAZA; EXTRACTOS DE CARNE; FRUTAS Y VERDURAS, HORTALIZAS Y LEGUMBRES EN CONSERVA, CONGELADAS, SECAS Y
COCIDAS; JALEAS, CONFITURAS, COMPOTAS; HUEVOS; LECHE
Y PRODUCTOS LACTEOS; ACEITES Y GRASAS COMESTIBLES.
Clase: 29.
La solicitud fue presentada el día trece de diciembre del año dos
mil trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintisiete de enero del año dos mil catorce.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,
SECRETARIA.
La solicitud fue presentada el día trece de diciembre del año dos
mil trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
treinta de enero del año dos mil catorce.
3 v. alt. No. C011582-1
No. de Expediente: 2013132106
No. de Presentación: 20130194065
CLASE: 32.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
REGISTRADORA.
VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,
SECRETARIA.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de PEPSICO,
INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de
la MARCA DE PRODUCTO,
3 v. alt. No. C011581-1
No. de Expediente: 2013132230
No. de Presentación: 20130194349
CLASE: 29.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de THE
Consistente en: la palabra pepsi y diseño, que servirá para: AMPARAR: AGUAS MINERALES Y GASEOSAS, Y OTRAS BEBIDAS
SIN ALCOHOL; BEBIDAS A BASE DE FRUTAS Y ZUMOS DE
FRUTAS; SIROPES Y OTRAS PREPARACIONES PARA ELABORAR
BEBIDAS. Clase: 32.
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
114
La solicitud fue presentada el día seis de diciembre del año dos
mil trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
quince de enero del año dos mil catorce.
No. de Expediente: 2014132595
No. de Presentación: 20140194959
CIASE: 16.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de
VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,
Kimberly-Clark Worldwide, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,
solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C011583-1
CALORIE ABSORB
Consistente en: las palabras CALORIE ABSORB, donde la pala-
No. de Expediente: 2014132586
bra Calorie se traduce al castellano como Calorías, y Absorb se traduce
No. de Presentación: 20140194950
como Absorber, que servirá para: AMPARAR: TOALLAS DE PAPEL
CLASE: 03.
Y SERVILLETAS DE PAPEL. Clase: 16.
La solicitud fue presentada el día ocho de enero del año dos mil
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
catorce.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de
COLGATE-PALMOLIVE COMPANY, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veinte de enero del año dos mil catorce.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
REGISTRADOR.
MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,
Consistente en: las palabras Colgate My First y diseño, donde la
palabra My se traduce al castellano como Mi, y First se traduce como
Primero, que servirá para: AMPARAR: PASTA DE DIENTES. Clase:
03.
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C011586-1
La solicitud fue presentada el día ocho de enero del año dos mil
catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veinte de enero del año dos mil catorce.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
No. de Expediente: 2014132592
No. de Presentación: 20140194956
CLASE: 07.
REGISTRADOR.
MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
SECRETARIO.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO
3 v. alt. No. C011584-1
RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014.
WAL-MART STORES, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,
solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
115
CAFÉ, PREPARACIONES Y BEBIDAS HECHAS A BASE DE SUBSTITUTOS DEL CAFÉ, CHICORIA [SUBSTITUTOS DEL CAFÉ]; TÉ,
A SABER: EXTRACTOS DE TÉ, PREPARACIONES Y BEBIDAS
ONN
HECHAS A PARTIR DE TÉ, TÉ HELADO; PREPARACIONES HECHAS A BASE DE MALTA; CACAO, A SABER: PREPARACIONES
Consistente en: la palabra ONN, que servirá para: AMPARAR:
MÁQUINAS Y MÁQUINAS HERRAMIENTAS, A SABER: MEZCLADORES ELÉCTRICOS PARA USO DOMÉSTICO, MÁQUINAS
PARA HACER SODAS, ROBOTS DE COCINA ELÉCTRICOS, BATIDORAS, EXTRACTORES DE JUGO, ABRELATAS ELÉCTRICOS,
CUCHILLOS ELÉCTRICOS; MOTORES (EXCEPTO MOTORES
PARA VEHÍCULOS TERRESTRES); ACOPLAMIENTOS Y ELEMENTOS DE TRANSMISIÓN (EXCEPTO PARA VEHÍCULOS
TERRESTRES); INSTRUMENTOS AGRÍCOLAS QUE NO SEAN
ACCIONADOS MANUALMENTE; INCUBADORAS DE HUEVOS;
DISTRIBUIDORES AUTOMÁTICOS. Clase: 07.
La solicitud fue presentada el día ocho de enero del año dos mil
catorce.
Y BEBIDAS HECHAS A PARTIR DE CACAO, CHOCOLATE, A
SABER: PRODUCTOS DE CHOCOLATERÍA, PREPARACIONES
Y BEBIDAS HECHAS A BASE DE CHOCOLATE; CONFITERÍA, A
SABER: GOLOSINAS, CARAMELOS, CONFITERÍA AZUCARADA,
AZÚCAR, GOMA DE MASCAR; EDULCORANTES NATURALES;
PRODUCTOS DE PANADERÍA, A SABER: PAN, LEVADURA, ARTÍCULOS DE PASTELERÍA, BIZCOCHOS, TARTAS, GALLETAS,
BARQUILLOS, POSTRES, BUDINES; HELADOS COMESTIBLES,
A SABER: HELADOS COMESTIBLES A PARTIR DE AGUA, SORBETES, CONFITERÍA HELADA, TARTAS HELADAS, CREMAS
HELADAS, POSTRES HELADOS, YOGURTS HELADOS, PRODUCTOS PARA LA PREPARACIÓN DE HELADOS COMESTIBLES Y/O
HELADOS COMESTIBLES A PARTIR DE AGUA Y/O SORBETES
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veinte de enero del año dos mil catorce.
Y/O CONFITERÍA HELADA Y/O TARTAS HELADAS Y/O CREMAS
HELADAS Y/O POSTRES HELADOS Y/O YOGHURTS HELADOS; MIEL Y SUBSTITUTOS DE LA MIEL; CEREALES PARA
EL DESAYUNO, A SABER: HOJUELAS DE MAÍZ, BARRAS DE
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
REGISTRADOR.
CEREAL, CEREALES LISTOS PARA COMER, PREPARACIONES
DE CEREALES; ARROZ, PASTAS ALIMENTICIAS, TALLARINES;
MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,
SECRETARIO.
PRODUCTOS ALIMENTICIOS HECHOS A PARTIR DE ARROZ,
DE HARINA O DE CEREALES, TAMBIÉN BAJO LA FORMA DE
PLATOS COCINADOS; PIZZAS; SANDWICH; MEZCLAS DE
3 v. alt. No. C011587-1
PASTAS ALIMENTICIAS Y POLVOS PARA PASTELES; SALSAS;
SALSA DE SOYA; KETCHUP; PRODUCTOS PARA AROMATIZAR
O SAZONAR LOS ALIMENTOS, ESPECIAS COMESTIBLES, CONDIMENTOS, SALSA PARA ENSALADA, MAYONESA; MOSTAZA;
No. de Expediente: 2014132793
VINAGRE. Clase: 30.
No. de Presentación: 20140195359
CLASE: 30.
La solicitud fue presentada el día quince de enero del año dos mil
catorce.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de Société
des Produits Nestlé S.A., de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro
de la MARCA DE PRODUCTO,
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintinueve de enero del año dos mil catorce.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
REGISTRADOR.
MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,
Consistente en: un diseño identificado como Tazón, que servirá para:
AMPARAR: CAFÉ, A SABER: EXTRACTOS DE CAFÉ, PREPARACIONES Y BEBIDAS HECHAS A BASE DE CAFÉ, CAFÉ HELADO,
SUBSTITUTOS DEL CAFÉ, EXTRACTOS DE SUBSTITUTOS DEL
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C011590-1
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
116
No. de Expediente: 2013132448
No. de Presentación: 20130194748
CLASE: 09.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de INTEL
CORPORATION, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando
el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
INTEL REALSENSE
Consistente en: las palabras INTEL REALSENSE, que servirá para:
AMPARAR: COMPUTADORAS: COMPUTADORAS DE MANO,
MINICOMPUTADORAS, HARDWARE DE COMPUTADORA;
SOFTWARE INFORMÁTICO; HARDWARE Y SOFTWARE DE
RECONOCIMIENTO DE VOZ; SOFTWARE DE CONVERSIÓN DE
VOZ A TEXTO; APLICACIONES DE SOFTWARE HABILITADAS
POR VOZ; SOFTWARE DE RECONOCIMIENTO DE CARACTERES;
SOFTWARE DE COMPUTADORA EN EL CAMPO DEL LENGUAJE
NATURAL, VOZ, HABLA, LENGUAJE, RECONOCIMIENTO DE
VOZ Y RECONOCIMIENTO DE VOZ DE IMPRESIÓN; HARDWARE
Y SOFTWARE PARA SISTEMAS DE CÁMARA 3D UTILIZADOS
EN EL SEGUIMIENTO DE LOS OJOS Y EL RECONOCIMIENTO DE
GESTOS, APARATO DE SEGURIDAD ELECTRÓNICA Y APARATOS DE VIGILANCIA, SOFTWARE Y HARDWARE DE SEGURIDAD UTILIZANDO LOS OJOS Y GESTOS CON TECNOLOGÍA DE
SEGUIMIENTO; TELÉFONOS CELULARES, TELÉFONOS MÓVILES, TELÉFONOS INTELIGENTES; ORGANIZADORES PERSONALES ELECTRÓNICOS PORTÁTILES Y DE MANO; APARATOS Y
DISPOSITIVOS ELECTRÓNICOS DE CONSUMO; TELEVISORES,
REPRODUCTORES DE MÚSICA DIGITALES, REPRODUCTORES
DE DVD, GRABADORAS, CREADORES Y QUEMADORES, DISPOSITIVOS DIGITALES PERSONALES, CÁMARAS DIGITALES
Y GRABADORAS DIGITALES, PRODUCTOS DE CINE EN CASA,
VIDEOJUEGOS, CONTROLADORES DE AUDIO, CONTROLADORES DE VÍDEO, CÁMARAS DE VIDEO, TARJETAS DE GRÁFICOS,
UNIDADES DE PROCESAMIENTO GRÁFICO (GPU); SOFTWARE
Y HARDWARE PARA CHIPSETS GRÁFICOS, PROCESADORES
VISUALES, COPROCESADORES VISUALES, DISPOSITIVOS DE
APOYO; SOFTWARE INFORMÁTICO PARA LA GESTIÓN DE INFORMACIÓN PERSONAL; SOFTWARE DE GESTIÓN DE BASES
DE DATOS; SOFTWARE DE SINCRONIZACIÓN DE BASES DE
DATOS; CIRCUITOS INTEGRADOS; MEMORIA DE CIRCUITOS
INTEGRADOS; CHIPS DE CIRCUITOS INTEGRADOS; SETS DE
CHIPS DE COMPUTADORA; PROCESADORES SEMICONDUCTORES; CHIPS DE PROCESADORES SEMICONDUCTORES; CHIPS
SEMICONDUCTORES; MICROPROCESADORES; TARJETAS
DE CIRCUITO IMPRESO; CIRCUITOS IMPRESOS, A SABER,
TARJETAS DE CIRCUITOS INTEGRADOS, TARJETAS DE CIRCUITOS IMPRESOS Y TARJETA DE CIRCUITOS ELÉCTRICOS;
TARJETAS DE CIRCUITO ELECTRÓNICO; TARJETA MADRE DE
COMPUTADORA; MEMORIA DE COMPUTADORA; SISTEMAS
OPERATIVOS; MICROCONTROLADORES; PROCESADORES DE
DATOS; UNIDADES CENTRALES DE PROCESAMIENTO (CPU);
DISPOSITIVOS DE MEMORIA SEMICONDUCTORES, A SABER,
MEMORIAS SEMICONDUCTORAS Y UNIDADES DE MEMORIA
SEMICONDUCTORAS; PROCESADORES PROGRAMABLES DE
SOFTWARE; MICROPROCESADORES DIGITALES Y ÓPTICOS;
PERIFÉRICOS DE COMPUTADORA; TARJETA DE CIRCUITO DE
VIDEO; TARJETA DE CIRCUITO DE AUDIO; TARJETA DE CIRCUITO DE AUDIO-VIDEO; ACELERADORES VIDEOGRÁFICOS;
ACELERADORES DE MULTIMEDIA; PROCESADORES DE VIDEO;
TARJETAS DE VIDEOPROCESADORES; MEMORIAS DE DATOS;
HARDWARE DE COMPUTADORA, CHIPS DE COMPUTADORA
Y MICROPROCESADORES OPTIMIZADOS PARA VIGILANCIA
DE SEGURIDAD ELECTRÓNICA; PROGRAMAS DE SOFTWARE
DE ALGORITMOS PARA LA OPERACIÓN Y CONTROL DE
COMPUTADORAS; SOFTWARE DE SISTEMA OPERATIVO DE
COMPUTADORA; SISTEMA OPERATIVO DE COMPUTADORA;
EXTENSIONES, HERRAMIENTAS Y UTILIDADES DE SISTEMA
DE COMPUTADORA EN EL CAMPO DE SOFTWARE DE APLICACIÓN PARA CONEXIÓN PERSONAL DE COMPUTADORAS,
REDES, APARATOS DE TELECOMUNICACIONES Y APLICACIONES DE REDES DE COMPUTADORA GLOBALES; EQUIPO DE
REDES Y TELECOMUNICACIONES COMPUTARIZADOS QUE
CONSISTEN EN SOFTWARE DE SISTEMA OPERATIVO; HARDWARE Y SOFTWARE DE COMPUTADORA PARA PROVEER Y
MEJORAR LA TRANSFERENCIA, TRANSMISIÓN, RECEPCIÓN,
PROCESAMIENTO Y DIGITALIZACIÓN EN TIEMPO REAL DE
INFORMACIÓN GRAFICA DE AUDIO Y VIDEO; FIREWALLS
(CORTAFUEGOS) DE COMPUTADORA; SOFTWARE DE SISTEMA
OPERATIVO DE COMPUTADORA, SOFTWARE DE UTILIDAD
DE COMPUTADORA Y OTROS SOFTWARE DE COMPUTADORA UTILIZADOS PARA MANTENER Y OPERAR SISTEMAS DE
COMPUTADORA; INSTALACIONES DE COMPUTADORA; TARJETA DE MEMORIA, DISPOSITIVOS DE ALMACENAMIENTO,
MEMORIAS JUMP (UNIDADES DE SALTO), MEMORIAS FLASH Y
MEMORIAS THUMB (UNIDAD DE DISCO), SISTEMAS DE SEGURIDAD PARA HARDWARE Y SOFTWARE DE COMPUTADORAS,
A SABER, FIREWALLS (CORTAFUEGOS), HARDWARE PARA
REDES CON ACCESO A SERVIDOR PARA CREAR Y MANTENER
FIREWALLS (CORTAFUEGOS), RED VIRTUAL PRIVADA (VPN),
HARDWARE DE COMPUTADORA Y SERVIDOR OPERATIVO DE
SOFTWARE DE COMPUTADORA PARA CREAR Y MANTENER
FIREWALLS (CORTAFUEGOS); SOFTWARE PARA GARANTIZAR
LA SEGURIDAD DE REDES DE COMPUTADORAS; SOFTWARE
PARA LA SEGURIDAD Y CONTROL DEL ACCESO; HARDWARE
Y SOFTWARE DE COMPUTADORAS PARA USO EN LA PROTECCIÓN DE REDES DE COMPUTADORAS DE ROBO O DAÑOS DE
DATOS POR USUARIOS NO AUTORIZADOS; COMPONENTES
PARA COMPUTADORAS; TARJETA ACELERADORA DE VOZ
PARA COMPUTADORA; TARJETAS ACELERADORAS DE VOZ,
DATOS, IMAGEN Y VIDEO PARA COMPUTADORAS; TABLERO
DE MEMORIA FLASH Y TARJETA DE MEMORIA FLASH; EQUIPO
DE TELECOMUNICACIONES Y REDES DE COMPUTADORAS, A
SABER, SISTEMAS OPERATIVOS Y PROCESADORES; APARATOS E INSTRUMENTOS DE TELECOMUNICACIONES, A SABER,
ROUTER (ENCAMINADOR) DE COMPUTADORAS, HUBS (EJES),
SERVIDORES E INTERRUPTORES; HARDWARE Y SOFTWARE
DE COMPUTADORAS PARA EL DESARROLLO, MANTENIMIENTO Y USO DE REDES COMPUTACIONALES LOCALES Y DE
ÁREAS EXTENSAS; CAJAS DECODIFICADORAS; DISPOSITIVOS
DE CONTROL ELECTRÓNICO PARA INTERFACE Y CONTROL
DE COMPUTADORAS Y COMPUTADORAS GLOBALES Y REDES
DE TELECOMUNICACIONES CON TELEVISIÓN Y DIFUSIÓN POR
CABLE Y EQUIPO; APARATOS PARA PROBAR Y PROGRAMAR
CIRCUITOS INTEGRADOS; DISPOSITIVOS Y APARATOS DE
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014.
117
MEMORIA PERIFÉRICA PARA COMPUTADORAS; SERVIDORES DE COMPUTADORA DE FUNCIÓN FIJA; HARDWARE DE
REDES DE COMPUTADORAS; HARDWARE Y SOFTWARE DE
COMPUTADORAS PARA CREAR, FACILITAR, Y MANEJAR ACCESOS REMOTOS A Y COMUNICACIÓN CON REDES DE ÁREA
LOCAL (LANS), RED VIRTUAL PRIVADA (VPN), REDES DE ÁREA
EXTENSA (WANS) Y REDES GLOBALES DE COMPUTADORAS;
ROUTER (ENCAMINADOR), INTERRUPTORES, HUB (EJES) Y
SERVIDORES OPERADORES DE SOFTWARE; HARDWARE Y
SOFTWARE DE COMPUTADORAS PARA SU USO EN PROPORCIONAR ACCESO A USUARIOS MÚLTIPLES A LA RED DE INFORMACIÓN GLOBAL PARA BUSCAR, RECUPERAR, TRANSFERIR,
MANIPULAR Y DISEMINAR UN AMPLIO RANGO DE INFORMACIÓN; HERRAMIENTAS DE SOFTWARE DE COMPUTADORAS
PARA LA FACILITACIÓN DE LA APLICACIÓN DE SOFTWARE
DE TERCEROS; HARDWARE Y SOFTWARE DE COMPUTADORAS
PARA REDES DE COMUNICACIÓN INALÁMBRICAS; PUBLICACIONES ELECTRÓNICAS DESCARGABLES EN LA NATURALEZA
DE PERIÓDICOS, LIBROS, REVISTAS, DIARIOS, BROCHURES
Y PÁGINAS EN BLANCO EN EL ÁREA DE ELECTRÓNICOS, SEMICONDUCTORES, APARATOS Y DISPOSITIVOS INTEGRADOS
ELECTRÓNICOS, COMPUTADORAS, TELECOMUNICACIONES,
ENTRETENIMIENTO, TELEFONÍA Y TELECOMUNICACIONES
ALÁMBRICA E INALÁMBRICA; PARTES ESTRUCTURALES Y
ACCESORIOS PARA LOS PRODUCTOS ANTES MENCIONADOS;
MANUALES DE INSTRUCCIONES VENDIDOS COMO UNIDADES
CON LOS PRODUCTOS ANTES MENCIONADOS Y MANUALES ELECTRÓNICOS DE INSTRUCCIONES DESCARGABLES
DESDE UNA RED GLOBAL DE COMPUTADORA; APARATOS
E INSTRUMENTOS CIENTÍFICOS, NÁUTICOS, GEODÉSICOS,
FOTOGRÁFICOS, CINEMATOGRÁFICOS, ÓPTICOS, DE PESAJE,
DE MEDICIÓN, DE SEÑALIZACIÓN, DE CONTROL (INSPECCIÓN), DE SALVAMENTO Y DE ENSEÑANZA; APARATOS E
INSTRUMENTOS PARA LA CONDUCCIÓN, DISTRIBUCIÓN,
TRANSFORMACIÓN, ACUMULACIÓN, REGULACIÓN O CONTROL DE LA ELECTRICIDAD; APARATOS DE GRABACIÓN,
TRANSMISIÓN O REPRODUCCIÓN DE SONIDO O IMÁGENES;
SOPORTES DE REGISTRO MAGNÉTICOS, DISCOS ACÚSTICOS;
DISCOS COMPACTOS, DVD Y OTROS SOPORTES DE GRABACIÓN DIGITALES; MECANISMOS PARA APARATOS DE PREVIO
PAGO; CAJAS REGISTRADORAS, MÁQUINAS DE CALCULAR,
EQUIPOS DE PROCESAMIENTO DE DATOS, SOFTWARE; EXTINTORES. Clase: 09.
No. de Expediente: 2013131771
La solicitud fue presentada el día veinte de diciembre del año dos
mil trece.
La solicitud fue presentada el día veintidós de noviembre del año
dos mil trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintinueve de enero del año dos mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
doce de febrero del año dos mil catorce.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,
LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,
SECRETARIA.
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C011593-1
No. de Presentación: 20130192962
CLASE: 09, 41.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JULIO
CESAR VARGAS SOLANO, en su calidad de APODERADO de
SPOTIFY AB, de nacionalidad SUECA, solicitando el registro de la
MARCA DE PRODUCTO Y SERVICIO,
SPOTIFY
Consistente en: la palabra SPOTIFY, que servirá para: AMPARAR: SOFTWARE DE COMPUTADORA PARA: - GRABACIONES EN AUDIO Y VIDEO CON MÚSICA Y PRESENTACIONES
ARTÍSTICAS; - MÚSICA Y VIDEOS DESCARGABLES, PARA EL
USO EN LA ENTREGA, DISTRIBUCIÓN, Y TRANSMISIÓN DE
MÚSICA DIGITAL Y AUDIOS, VIDEOS, TEXTOS Y CONTENIDO
MULTIMEDIA RELACIONADOS A ENTRETENIMIENTO; - PARA
PERMITIR TRANSMISIÓN, ALMACENAJE, COMPARTIR, COLECTAR, EDITAR, ORGANIZAR Y MODIFICAR AUDIOS, VIDEOS,
MENSAJES, IMÁGENES Y OTROS DATOS PARA EL USO EN
REDES SOCIALES, CHATS EN LINEA Y JUEGOS INTERACTIVOS,- PARA EL USO EN LA CREACIÓN DE BASES DE DATOS DE
REDES SOCIALES, Y PARA EL USO EN LA ADMINISTRACIÓN DE
BASES DE DATOS DE REDES SOCIALES; - PARA LA CREACIÓN
DE BASES DE DATOS DE BÚSQUEDA DE INFORMACIÓN Y
DATOS PARA "BASES DE DATOS PEER-TO-PEER" (ENTRE PARES) DE REDES SOCIALES; CDS PREGRABADOS CON MÚSICA.
Clase: 09. Para: AMPARAR: SERVICIOS DE ENTRETENIMIENTO
CONSISTENTES EN: EL SUMINISTRO DE MÚSICA, PELÍCULAS
Y JUEGOS A USUARIOS EN LÍNEA A TRAVÉS DE REDES DE
COMUNICACIÓN; EL SUMINISTRÓ DE UNA BASE DE DATOS
EN LÍNEA A TRAVÉS DE REDES DE COMUNICACIÓN GLOBAL,
CONSISTENTE EN MÚSICA, PELÍCULAS, JUEGOS EN LÍNEA,
Y DATOS DE ENTRETENIMIENTO; PRODUCCIÓN MUSICAL;
SERVICIOS EDUCATIVOS. Clase: 41.
3 v. alt. No. F026026-1
118
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
DE SEGUNDA PUBLICACIÓN
ACEPTACION DE HERENCIA
tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la
herencia intestada de los bienes que a su defunción acaecida, el día
dos de diciembre de dos mil trece, en el Cantón El Volcán, jurisdicción
LICENCIADO DANIEL ORTIZ MARTINEZ, JUEZ DE PRIMERA
INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
de Sensuntepeque, Departamento de Cabañas, siendo Sensuntepeque,
Departamento de Cabañas, su último domicilio; dejó el señor JOSE
SANTOS ARIAS GUARDADO, quien fue de cincuenta y dos años de
HACE SABER: Que por resolución emitida por este Tribunal,
a las once horas y nueve minutos del día veinticuatro de Febrero del
corriente año; se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de
inventario la herencia intestada dejada a su defunción por el señor JOSE
ANTONIO JULE, quien falleció el día veintiocho de Julio del año dos
mil trece, en el Cantón El Carmen de esta jurisdicción, siendo éste su
domicilio, a consecuencia de PARO CARDIORESPIRATORIO, CON
ASISTENCIA MEDICA; de parte de la señora ROSALINA SANCHEZ,
en el concepto de CESIONARIA de los derechos que le correspondían a
los señores ROSA MIRIAN JULE o ROSA MIRAN JULE GOCHEZ,
edad, soltero, ganadero, hijo de Dionisio Arias Mira o Dionisio Arias
y de María Mercedes Guardado de Arias, originario de Sensuntepeque,
Cabañas; de parte de la señora MARITZA YESENIA VASQUEZ
ARIAS, como cesionaria de los derechos hereditarios que en calidad de
padre del causante le correspondían al señor DIONISIO ARIAS MIRA o
DIONISIO ARIAS, representada por la Licenciada LESVIA MARISELA
RAMIREZ RIVERA, como Apoderada Especial Judicial. Habiéndosele
conferido a la aceptante la administración y representación INTERINA
de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la
herencia yacente.
JOSE WILFREDO SANCHEZ JULE, IVIS SANCHEZ JULE, LILIAN
SE CITA a quienes se consideren con derecho en la referida suce-
YOLANDA SANCHEZ JULE, SONIA YANETH HERNANDEZ o SI-
sión, a fin de que comparezcan a este Tribunal a deducir tal circunstancia
NIA YANET SANCHEZ JULE, y SANDRA ELIZABETH SANCHEZ
dentro del plazo de quince días contados, a partir del siguiente al de la
JULE, como hijos del causante. Confiriéndose a la aceptante, la admi-
última publicación de este edicto.
nistración y representación interina de la sucesión, con las facultades y
restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Lo que se hace saber al público, para los efectos de Ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de San Pedro Masahuat,
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Sensuntepeque, a los
veinte días del mes de febrero de dos mil catorce.- LIC. JOSE ANGEL
POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. HUGO
ERNESTO MENA HERNANDEZ, SECRETARIO.
a las once horas y dieciocho minutos del día veinticuatro de febrero
de dos mil catorce.- LIC. DANIEL ORTIZ MARTINEZ, JUEZ DE
3 v. alt. No. C011503-2
PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. MARIA ELENA ARIAS LOPEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C011494-2
DIANA LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZA TERCERO DE
LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL, AL PUBLICO PARA
EFECTOS DE LEY.
JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DEL JUZGADO DE
PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUNTEPEQUE, DEPARTAMENTO DE CABAÑAS, AL PUBLICO PARA
LOS DEMAS EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que por resolución de las once horas veintitrés
minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente con beneficio
de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó la causante
señora MARIA ELENA MOLINA FERRUFINO; quien fue de ochenta
y un años de edad, fallecida el día trece de septiembre de dos mil trece,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado,
a las catorce horas con cuarenta y cinco minutos de este día, se ha
siendo este Municipio el lugar de su último domicilio; de parte del señor
JOSE DAVID MOLINA como hijo de la causante y como cesionario
de los derechos hereditarios que le correspondían al señor NELSON
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014.
119
ARNOLDO MOLINA, como hijo de la causante. Confiriéndose al
Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las diez horas cincuenta minutos
aceptante en el carácter indicado la administración y representación
del día veintidós de enero del año dos mil catorce.- DR. MARIO MOISA
INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones de los
MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. CECILIA DEL CARMEN
curadores de la herencia yacente.
CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos legales
3 v. alt. No. F023192-2
consiguientes.
LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL Y
MERCANTIL, San Miguel, a las once horas veinticuatro minutos del
día veintitrés de enero de dos mil catorce.- LIC. DIANA LEONOR
ROMERO DE REYES, JUEZA TERCERO DE LO CIVIL Y MER-
LICENCIADO RODRIGO ERNESTO BUSTAMANTE AMAYA,
CANTIL.- LIC. IVONNE JULISSA ZELAYA AYALA, SECRETARIA
JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DEL DISTRITO
DE ACTUACIONES.
JUDICIAL DE SANTA ANA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS
DE LEY.
3 v. alt. No. C011510-2
HACE SABER: En las diligencias de aceptación de herencia
intestada iniciada por el Licenciado ERWIN ROSALVO PALACIOS
CASTILLO, en su calidad de Apoderado General Judicial de la señora
MARIA LUISA RUIZ FLORES, en el proceso clasificado bajo el número
NUEVA PUBLICACION
de referencia 1643-13-DV-2CM1, se ha proveído resolución por este
Tribunal a las ocho horas con cincuenta minutos del día treinta y uno de
enero del año dos mil catorce, mediante la cual se ha tenido por aceptada
El presente Aviso se publica nuevamente por haber salido con Error en
interinamente, y con Beneficio de Inventario, de parte de la señora supra
los Diarios Oficiales Nos. 26, 28 y 30, Tomo No. 402 de fechas 10, 12
indicada en la herencia intestada que a su defunción dejara el causante
y 14 de febrero de 2014.
LUIS MIGUEL MURCIA RUIZ, quien fuera de veinticuatro años de
edad, sastre, soltero, habiendo fallecido el día veinticinco de junio de
dos mil trece, habiendo sido su último domicilio el Municipio de Santa
MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO.
HACE SABER: Que por resolución de las diez horas treinta minutos del día veintidós de enero del año dos mil catorce, se ha tenido
por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de la herencia
intestada dejada por el causante señor William Alexander Pulque Flores
quien fue conocido por William Alexander Culque Flores, fallecido el
día treinta de julio del año dos mil trece, en jurisdicción de la ciudad de
Ana. A la aceptante señora MARIA LUISA RUIZ FLORES, en su carácter de madre sobreviviente del causante, se le confiere interinamente
la Administración y Representación de la sucesión con las facultades y
restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.
Lo que se hace del conocimiento del público, para que todo aquel que
se crea con derecho a la sucesión se presente a este Juzgado a deducirlo
dentro de los quince días hábiles siguientes a la tercera publicación de
este edicto.
Nahuizalco, jurisdicción de este Departamento, lugar de su último domicilio, de parte del señor Ricardo Antonio Pulque Flores, en su concepto
de hermano y además como cesionario de los Derechos hereditarios que
en la referida sucesión les correspondían a los señores Genaro Pulque
Morán, Genaro Alberto Pulque Flores, María del Carmen Pulque de
Pérez y Wendy Nohemy Pulque Flores, el primero en concepto de padre
y los demás en concepto de hermanos, todos del referido causante.
LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL Y
MERCANTIL: Santa Ana, ocho horas con cincuenta minutos del día
treinta y uno de enero del año dos mil catorce.- LIC. RODRIGO ERNESTO BUSTAMANTE AMAYA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL
Y MERCANTIL, SANTA ANA.- LIC. JAIME MANUEL BENITEZ
BAÑOS, SECRETARIO.
Y se le ha conferido al aceptante declarado la administración y
representación interinas de la sucesión con las facultades y restricciones
de Ley.
3 v. alt. No. F025686-2
120
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
TITULO DE PROPIEDAD
TITULO SUPLETORIO
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL, AL PUBLICO.
LICDA. ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, JUEZA DE
PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE CIUDAD
BARRIOS,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado la señora
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Lic. JOSE
ROSA MELIDA ARTEAGA DE CARTAGENA, mayor de edad, de
este domicilio, solicitando Título de Propiedad de un inmueble de natu-
LEONEL ARIAS RIVAS, mayor de edad, Abogado, del domicilio de
Sensuntepeque, Departamento Cabañas y de Nuevo Edén de San Juan,
raleza urbana, situado en Barrio El Calvario, Calle 2 Oriente, y Avenida
Departamento de San Miguel, en representación propia, solicitando a
4 Norte, de esta Ciudad; de una extensión superficial de DOSCIENTOS
su favor TÍTULO SUPLETORIO, de un inmueble de naturaleza rústi-
CUARENTA Y UNO PUNTO TRES METROS CUADRADOS DE
ca, con construcción de vivienda; situado en el Cantón San Sebastián,
SUPERFICIE, de las medidas y colindancias siguientes: AL ORIENTE:
Caserío El Iscanal, jurisdicción de Nuevo Edén de San Juan, Distrito y
consta de tres tramos, que suman veintiuno punto cincuenta metros,
Departamento de San Miguel y según certificación de la denominación
colindando con inmueble propiedad de la Alcaldía Municipal, muro
de saltex de por medio; AL SUR: consta de tres tramos, que suman
catastral se encuentra situado en Caserío Izcanal, Cantón San Sebastián,
del municipio de Nuevo Edén de San Juan, Departamento de San Miguel;
el cual es de la capacidad superficial de DOSCIENTOS NOVENTA Y
diecinueve punto setenta y cinco metros, colindando con inmueble de
los señores Roberto Barahona y Rosa Amalia Barahona de Rodríguez;
UNO PUNTO CUARENTA Y SEIS METROS CUADRADOS, de las
medidas y linderos siguientes: RUMBO NORTE: identificado como
AL PONIENTE: mide catorce punto cincuenta metros, colindando con
tramo 1-2 marcado en el plano como Mo1 al Mo2, tiene una distancia de
inmueble de los señores Ana Gloria Zepeda Aguilar, Concepción Zepeda
14.21 metros, colindando con terreno propiedad del señor FRANCISCO
Aguilar, Isabel del Carmen Zepeda Aguilar, María Adelina Marroquín
URIEL RIVAS BAUTISTA; RUMBO ORIENTE: identificado como
Zepeda, Cándida Maritza Zepeda Aguilar, Reynaldo Otoniel Zepeda
tramo 2-3 marcado en el plano como Mo2 al Mo3, tiene una distancia de
Aguilar, Billy Renato Zepeda Aguilar, Nancy Zepeda de Renderos,
14.70 metros, colindando con terreno propiedad del señor FRANCISCO
Rosa Amelia Zepeda, José Lázaro Zepeda, pared de por medio; y AL
URIEL RIVAS BAUTISTA; lugar donde se ubica servidumbre domi-
NORTE: mide diecisiete metros, colindando con inmueble de la señora
María Teresa Joachín Marroquín, pared de por medio. Este inmueble lo
nante; RUMBO SUR: identificado como tramo 3-4, marcado en el plano
como Mo3 al Mo4„ tiene una distancia de 21.72 metros, colindando con
terreno propiedad del señor FRANCISCO URIEL RIVAS BAUTISTA;
adquirió por compra que le hiciere al señor Adán Cartagena Rodríguez,
el día dos de marzo del dos mil uno, mediante Escritura Pública otorgada
y AL RUMBO PONIENTE: identificado como tramo 4-1, marcado en el
plano como Mo4 al Mo1; tiene una distancia de 20.40 metros, colindando
por el Notario Alcides Anaya Mozo, no es dominante, ni sirviente, ni
con terreno propiedad anteriormente de RAFAEL ANTONIO RIVAS,
está en proindivisión con ninguna persona y no tiene cargas o derechos
hoy sucesión. El inmueble fue adquirido por compraventa de posesión
que pertenezcan a otras personas; y lo valora en la cantidad de UN MIL
material que hiciere el titulante mediante Escritura Pública al señor
DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.
REYES MARIO LOPEZ CASTRO, el día veintiséis de junio del año
dos mil doce, ante los oficios del Notario VICTOR MANUEL PERAZA
ARGUETA, y lo valúa en la cantidad de DOSCIENTOS VEINTIOCHO
Lo que hace saber al público en general y para los efectos legales
DOLARES CON CINCUENTA Y OCHO CENTAVOS DE DÓLAR
DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.
consiguientes.
Librado en el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE
CIUDAD BARRIOS, DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL, a las
Alcaldía Municipal de San José Guayabal, a los catorce días del
nueve horas y cuarenta minutos del día trece de febrero del año dos mil
mes de enero del año dos mil catorce.- ING. MAURICIO ARTURO
catorce. LICDA. ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, JUEZA
VILANOVA, ALCALDE MUNICIPAL.- MIRIAN ESTELA MELARA
DE PRIMERA INSTANCIA. LIC. EDWIN BLADIMIR PORTILLO
SALAS, SECRETARIA MUNICIPAL.
ZULETA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F025652-2
3 v. alt. No. F025716-2
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014.
RENOVACION DE MARCAS
121
INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra "MICHELIN"
en letras mayúsculas tipo corriente; que ampara productos/servicios
comprendidos en la(s) Clase 09 de la Clasificación Internacional de
Niza.
No. de Expediente: 2001015357
No. de Presentación: 20130191107
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
CLASE: 08.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los cinco días del mes de noviembre del año dos mil trece.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY
GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO,
del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN
SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de COMPAGNIE GENERALE DES ETABLISSEMENTS
MICHELIN, del domicilio de 12 cours Sablon, 63000 Clermont-Ferrand,
France, de nacionalidad FRANCESA, solicitando RENOVACION, para
la inscripción Número 00149 del Libro 00179 de INSCRIPCION DE
MARCAS, consistente en La palabra "MICHELIN" en letras mayúsculas
tipo corriente; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s)
Clase 08 de la Clasificación Internacional de Niza.
PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C011642-2
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los cinco días del mes de noviembre del año dos mil trece.
No. de Expediente: 2001015361
No. de Presentación: 20130191113
CLASE: 12.
PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
REGISTRADOR.
ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C011641-2
No. de Expediente: 2001015359
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY
GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO,
del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN
SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de COMPAGNIE GENERALE DES ETABLISSEMENTS
MICHELIN, del domicilio de 12 Cours Sablon - 63040 CLERMONTFERRAND, Francia, de nacionalidad FRANCESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00072 del Libro 00180 de
INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra MICHELIN
en letras mayúsculas tipo corriente; que ampara productos/servicios
comprendidos en la(s) Clase 12 de la Clasificación Internacional de
Niza.
No. de Presentación: 20130191110
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
CLASE: 09.
Ley.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los cinco días del mes de noviembre del año dos mil trece.
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY
GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO,
del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN
SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de COMPAGNIE GENERALE DES ETABLISSEMENTS
MICHELIN, del domicilio de 12 Cours Sablon - 63040 CLERMONTFERRAND, Francia, de nacionalidad FRANCESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00062 del Libro 00180 de
PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C011643-2
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
122
No. de Expediente: 2001015368
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
No. de Presentación: 20130191187
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
CLASE: 25.
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los siete días del mes de noviembre del año dos mil trece.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
MARIA DAFNE RUIZ,
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY
GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO,
del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN
SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de COMPAGNIE GENERALE DES ETABLISSEMENTS
MICHELIN, del domicilio de 12 cours Sablon, 63000 Clermont-Ferrand,
France, de nacionalidad FRANCESA, solicitando RENOVACION, para
la inscripción Número 00229 del Libro 00178 de INSCRIPCION DE
MARCAS, consistente en la palabra "MICHELIN" en letras mayúsculas
tipo corriente; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s)
Clase 25 de la Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
REGISTRADORA.
ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C011645-2
No. de Expediente: 2001014164
Ley.
No. de Presentación: 20130179805
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los seis días del mes de noviembre del año dos mil trece.
CLASE: 42.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY
PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO,
REGISTRADOR.
del domicilio de CIUDAD Y DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR,
de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de
CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,
Accenture Global Services Limited, del domicilio de 3 Grand Canal
SECRETARIO.
Plaza, Upper Grande Canal Street, Dublin 4, Irlanda, de nacionalidad
IRLANDESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número
00075 del Libro 00175 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente
3 v. alt. No. C011644-2
en DOS LINEAS DE COLOR NEGRO QUE SE UNEN POR SUS EXTREMOS DERECHOS, FORMANDO ASI UN ANGULO; que ampara
productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 42 de la Clasificación
Internacional de Niza.
No. de Expediente: 2002026253
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
No. de Presentación: 20130180848
CLASE: 05.
ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY
GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO,
del domicilio de CIUDAD Y DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR,
de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de
PAH W LLC, del domicilio de 235 East 42nd Street, New York NY
10017-5755, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número
00086 del Libro 00172 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente
en la expresión GIARDIAVAX escrita en mayúscula; que ampara
productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación
Internacional de Niza.
a los siete días del mes de noviembre del año dos mil trece.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADORA.
ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C011646-2
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014.
No. de Expediente: 2000007834
123
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
No. de Presentación: 20130179303
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los treinta y uno días del mes de octubre del año dos mil trece.
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY
GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO,
del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN
SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
APODERADO de GYNOPHARM S.A, del domicilio de McDonald's
100 metros Sur y 50 metros Este, Curridabat, San José, Costa Rica, de
nacionalidad COSTARRICENSE, solicitando RENOVACION, para
la inscripción Número 00195 del Libro 00180 de INSCRIPCION DE
MARCAS, consistente en la palabra AXIAL; que ampara productos/
servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional
de Niza.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C011648-2
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
No. de Expediente: 2002024192
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los veintiuno días del mes de octubre del año dos mil trece.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C011647-2
No. de Presentación: 20130178616
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY
GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO,
del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN
SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
APODERADO de PAH USA 15 LLC, del domicilio de 235 East. 42nd
Street, Nueva York, NY 10017-5755, Estados Unidos de América, de
nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para
la inscripción Número 00050 del Libro 00169 de INSCRIPCION DE
MARCAS, consistente en la expresión: ARADICATOR escrita en mayúscula; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase
05 de la Clasificación Internacional de Niza.
No. de Expediente: 2000000699
No. de Presentación: 20130180838
CLASE: 07.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los treinta días del mes de octubre del año dos mil trece.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY
GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO,
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
actuando como APODERADO de POYATOS, SOCIEDAD LIMITADA,
del domicilio de Polígono Juncaril, Parcela 240, Albolote, Granada,
España, de nacionalidad ESPAÑOLA, solicitando RENOVACION,
para la inscripción Número 00088 del Libro 00167 de INSCRIPCION
DE MARCAS, consistente en la palabra "poyatos" en letras minúsculas
estilizadas y de molde y a su izquierda el diseño de una "p" dibujada;
que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 07 de la
Clasificación Internacional de Niza.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C011649-2
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
124
No. de Expediente: 2000006526
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
No. de Presentación: 20130179304
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
CLASE: 42.
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los treinta días del mes de octubre del año dos mil trece.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY
GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO,
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
actuando como APODERADO de GAS NATURAL SDG, S.A., del
domicilio de Avenida San Luis 77, Madrid, España, de nacionalidad
ESPAÑOLA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número
00225 del Libro 00165 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente
en las palabras UNION FENOSA, mayúsculas, blancas van dentro de
un rectángulo horizontal fondo negro y a su izquierda una luna casi
llena con una pequeña cenefa arriba; que ampara productos/servicios
comprendidos en la(s) Clase 42 de la Clasificación Internacional de
Niza.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C011651-2
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
No. de Expediente: 1991001182
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los treinta días del mes de octubre del año dos mil trece.
No. de Presentación: 20130180849
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY
REGISTRADOR.
GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO,
del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
APODERADO de PAH USA 15 LLC, del domicilio de 235 East, 42nd
SECRETARIO.
Street, Nueva York, NY 10017-5755, Estados Unidos, de nacionalidad
ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción
3 v. alt. No. C011650-2
Número 00134 del Libro 00016 de INSCRIPCION DE MARCAS,
consistente en la palabra RESPISURE; que ampara productos/servicios
comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de
Niza.
No. de Expediente: 2002022367
No. de Presentación: 20130178614
CLASE: 05.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los treinta días del mes de octubre del año dos mil trece.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY
GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO,
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
actuando como APODERADO de PAH USA 15 LLC, del domicilio de
235 East 42nd Street, New York NY 10017-5755, Estados Unidos, de
nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para
la inscripción Número 00156 del Libro 00168 de INSCRIPCION DE
MARCAS, consistente en la palabra CANEX; que ampara productos/
servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional
de Niza.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C011652-2
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014.
125
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
No. de Expediente: 2002023571
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
No. de Presentación: 20130178617
a los veintinueve días del mes de octubre del año dos mil trece.
CLASE: 05.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
REGISTRADOR.
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY
GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO,
del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN
SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
APODERADO de PAH USA 15 LLC, del domicilio de 235 East, 42nd
Street, Nueva York, NY 10017-5755, Estados Unidos, de nacionalidad
ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción
Número 00213 del Libro 00166 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en NEMEX PLUS escrita en mayúscula; que ampara productos/
servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional
de Niza.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C011654-2
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
No. de Expediente: 2001016988
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los treinta días del mes de octubre del año dos mil trece.
No. de Presentación: 20130190538
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO,
REGISTRADOR.
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
actuando como APODERADO de YAMAHA CORPORATION, del
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
domicilio de 10-1, Nakazawa -cho, Hamamatsu-shi, Shizuoka -ken,
Japón, de nacionalidad JAPONESA, solicitando RENOVACION, para
SECRETARIO.
la inscripción Número 00234 del Libro 00179 de INSCRIPCION DE
MARCAS, consistente en un círculo sólido enmarcado y conteniendo
3 v. alt. No. C011653-2
al centro una figura formada por tres segmentos iguales de una especie
de lanza bifurcada cuya punta es sólida; dos de ellos colocados con sus
puntas hacia abajo forman una "X", mientras que el otro atravieza el
centro de esta "X" dirigiendo su punta hacia arriba; que ampara productos/
No. de Expediente: 1971020166
servicios comprendidos en la(s) Clase 30 de la Clasificación Internacional
No. de Presentación: 20120166232
de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
CLASE: 01, 02, 03, 05, 06, 10, 17, 22, 24, 25, 27.
Ley.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY
GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO,
del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de BAYER AKTIENGESELLSCHAFT que se abrevia: BAYER
AG, del domicilio de LEVERKUSEN, ALEMANIA., de nacionalidad
ALEMANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número
20166 del Libro 00046 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en
la palabra BAYER; que ampara productos/servicios comprendidos en
la(s) Clase 01, 02, 03, 05, 06, 10, 17, 22, 24, 25, 27 de la Clasificación
Internacional de Niza.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los veintidós días del mes de octubre del año dos mil trece.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
3 v. alt. No. C011655-2
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
126
No. de Expediente: 2000004170
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
No. de Presentación: 20130190543
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los veintidós días del mes de octubre del año dos mil trece.
CLASE: 12.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY
GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO,
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
actuando como APODERADO de NISSAN JIDOSHA KABUSHIKI
KAISHA (comerciando también como NISSAN MOTOR CO., LTD.),
del domicilio de Número 2 Takaracho, Kanagawa-Ku, Yokohama
-Shi, Kanagawa -Ken, Japón, de nacionalidad JAPONESA, solicitando
RENOVACION, para la inscripción Número 00182 del Libro 00179
de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la frase X-TRAIL;
que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 12 de la
Clasificación Internacional de Niza.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C011657-2
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los veintidós días del mes de octubre del año dos mil trece.
No. de Expediente: 1999003199
No. de Presentación: 20120162363
CLASE: 33.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
CLASE: 28.
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY
GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO,
del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN
SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
APODERADO de The Absolut Company Aktiebolag, del domicilio de
Ingenjörsvägen, S-11797, Stockholm, Sweden, de nacionalidad SUECA,
solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00165 del Libro
00152 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en las palabras
ABSOLUT Country of Sweden MANDRIN en letras mayúsculas,
de trazo grueso una encima de la otra y enmedio de ellas las palabras
Country of Sweden en letras tipo carta; que ampara productos/servicios
comprendidos en la(s) Clase 33 de la Clasificación Internacional de
Niza.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
Ley.
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY
GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO,
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
actuando como APODERADO de YAMAHA CORPORATION, del
domicilio de 10-1, Nakazawa -cho, Hamamatsu-shi, Shizuoka -ken,
Japón, de nacionalidad JAPONESA, solicitando RENOVACION, para
la inscripción Número 00242 del Libro 00179 de INSCRIPCION DE
MARCAS, consistente en un círculo sólido enmarcado y conteniendo
al centro una figura formada por tres segmentos iguales de una especie
de lanza bifurcada cuya punta es sólida; dos de ellos colocados con sus
puntas hacia abajo forman una "X", mientras que el otro atravieza el
centro de esta "X" dirigiendo su punta hacia arriba; que ampara productos/
servicios comprendidos en la(s) Clase 28 de la Clasificación Internacional
de Niza.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los dieciséis días del mes de octubre del año dos mil trece.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C011656-2
No. de Expediente: 2001016982
No. de Presentación: 20130190539
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C011658-2
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014.
127
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
No. de Expediente: 2001015373
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
No. de Presentación: 20130190628
a los veintidós días del mes de octubre del año dos mil trece.
CLASE: 08.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
REGISTRADOR.
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY
GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO,
del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN
SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de COMPAGNIE GENERALE DES ETABLISSEMENTS
MICHELIN, del domicilio de 12 Cours Sablon, 63000 Clermont-Ferrand,
France, de nacionalidad FRANCESA, solicitando RENOVACION, para
la inscripción Número 00019 del Libro 00180 de INSCRIPCION DE
MARCAS, consistente en un muñeco humanizado, gordo, formado por
segmentos circulares en forma de neumáticos, en actitud de correr, usa
zapatos y levanta su brazo derecho saludando; que ampara productos/
servicios comprendidos en la(s) Clase 08 de la Clasificación Internacional
de Niza.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C011660-2
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
No. de Expediente: 2002024194
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los veintidós días del mes de octubre del año dos mil trece.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
No. de Presentación: 20130179170
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
REGISTRADOR.
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY
GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO,
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN
SECRETARIA.
SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
APODERADO de PAH USA 15 LLC, del domicilio de 235 East, 42nd
Street, Nueva York, NY 10017-5755, Estados Unidos de América,
3 v. alt. No. C011659-2
de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION,
para la inscripción Número 00040 del Libro 00169 de INSCRIPCION
DE MARCAS, consistente en la expresión DECTOMAX; que ampara
No. de Expediente: 1999009105
No. de Presentación: 20130190541
productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación
Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
CLASE: 37.
Ley.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY
GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO,
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
actuando como APODERADO de Hilti Aktiengesellschaft, del domicilio
de FL- 9494 SCHAAN, FURSTENTUM LIECHTENSTEIN, ALEMANIA, de nacionalidad LIECHTENTEINSE, solicitando RENOVACION,
para la inscripción Número 00060 del Libro 00180 de INSCRIPCION
DE MARCAS, consistente en la palabra HILTI escrita en letras de molde
mayúsculas de color blanco. Dicha palabra, se encuentra dentro de un
rectángulo de fondo negro; que ampara productos/servicios comprendidos
en la(s) Clase 37 de la Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los diecisiete días del mes de octubre del año dos mil trece.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C011661-2
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
128
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
No. de Expediente: 2001015374
No. de Presentación: 20130190629
Ley.
CLASE: 09.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los once días del mes de octubre del año dos mil trece.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY
GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO,
del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN
SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de COMPAGNIE GENERALE DES ETABLISSEMENTS
MICHELIN, del domicilio de 12 cours Sablon, 63000 Clermont-Ferrand,
France, de nacionalidad FRANCESA, solicitando RENOVACION,
para la inscripción Número 00018 del Libro 00180 de INSCRIPCION
DE MARCAS, consistente en un muñeco humanizado, gordo, formado
por segmentos circulares en forma de nuemáticos, en actitud de correr,
usa zapatos y levanta su brazo derecho como saludando; que ampara
productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 09 de la Clasificación
Internacional de Niza.
PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C011663-2
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
No. de Expediente: 2001016411
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los veintidós días del mes de octubre del año dos mil trece.
No. de Presentación: 20130190338
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C011662-2
No. de Expediente: 2001016420
No. de Presentación: 20130190353
CLASE: 31.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY
GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO,
del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN
SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
APODERADO de ARCHER - DANIELS - MIDLAND COMPANY,
del domicilio de 4666 Faries parkway, Decatur, Illinois 62526, Estados
Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando
RENOVACION, para la inscripción Número 00157 del Libro 00180 de
INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en Las letras ADM y diseño
escritas en letras de molde mayúsculas de color negro en donde la letra
A tiene un óvalo pequeño y grueso en el centro también de color negro;
que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 31 de la
Clasificación Internacional de Niza.
CLASE: 16.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY
GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO,
del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN
SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
APODERADO de ARCHER - DANIELS - MIDLAND COMPANY,
del domicilio de 4666 Faries Parkway, Decatur, Illinois 62526, Estados
Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando
RENOVACION, para la inscripción Número 00162 del Libro 00180 de
INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en las letras ADM escritas
en letra de molde mayúscula de color negro en donde la letra A tiene un
óvalo pequeño y grueso en el centro también de color negro; que ampara
productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 16 de la Clasificación
Internacional de Niza.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los once días del mes de octubre del año dos mil trece.
PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C011664-2
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014.
No. de Expediente: 2001016415
129
SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
APODERADO de ARCHER DANIELS MIDLAND COMPANY, del
No. de Presentación: 20130190337
domicilio de 4666 Faries Parkway, Decatur, Illinois 62526, Estados
CLASE: 30.
Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando
RENOVACION, para la inscripción Número 00155 del Libro 00180 de
INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en las letras ADM y diseño
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
escritas en letra de molde mayúsculas de color negro en donde la letra
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY
A tiene un óvalo pequeño y grueso en el centro también de color negro;
GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGA-
que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 39 de la
DO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE
Clasificación Internacional de Niza.
SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
APODERADO de ARCHER - DANIELS - MIDLAND COMPANY,
del domicilio de 4666 Faries Parkway, Decatur, Illinois 62526, Estados
Ley.
Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
RENOVACION, para la inscripción Número 00151 del Libro 00180 de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en las letras ADM escritas
a los once días del mes de octubre del año dos mil trece.
en letra de molde mayúsculas de color negro en donde la letra A tiene un
óvalo pequeño y grueso en el centro también de color negro; que ampara
productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 30 de la Clasificación
PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
Internacional de Niza.
REGISTRADOR.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
SECRETARIA.
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
3 v. alt. No. C011666-2
a los once días del mes de octubre del año dos mil trece.
PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
No. de Expediente: 2001016421
REGISTRADOR.
No. de Presentación: 20130190354
ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,
CLASE: 29.
SECRETARIA.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
3 v. alt. No. C011665-2
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY
GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE
SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
No. de Expediente: 2001016412
APODERADO de ARCHER - DANIELS - MIDLAND COMPANY,
del domicilio de 4666 Faries Parkway, Decatur, Illinois 62526, Estados
No. de Presentación: 20130190341
Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando
CLASE: 39.
RENOVACION, para la inscripción Número 00161 del Libro 00180 de
INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en las letras ADM escritas
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY
GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE
en letra de molde mayúscula de color negro en donde la letra A tiene un
óvalo pequeño y grueso en el centro también de color negro; que ampara
productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 29 de la Clasificación
Internacional de Niza.
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
130
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
Ley.
a los catorce días del mes de octubre del año dos mil trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
a los once días del mes de octubre del año dos mil trece.
REGISTRADOR.
ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,
PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
SECRETARIA.
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. C011668-2
ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,
SECRETARIA.
No. de Expediente: 2002021449
No. de Presentación: 20120177594
3 v. alt. No. C011667-2
CLASE: 35.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY
No. de Expediente: 2000006720
GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO
No. de Presentación: 20130179342
CLASE: 25.
DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando
como APODERADO de EDITORIAL ALTAMIRANO MADRIZ,
SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia:
EDITORIAL ALTAMIRANO MADRIZ, S. A. DE C. V., del domicilio
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
de Once Calle Oriente número 271, San Salvador, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY
00205 del Libro 00162 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente
GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABO-
en la palabra METRO escrita en letras de molde mayúscula de color
GADO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE
negro; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 35
de la Clasificación Internacional de Niza.
SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
APODERADO de Daimler AG, del domicilio de Mercedesstraße 137,
Ley.
70327 Stuttgart, (Alemania), de nacionalidad ALEMANA, solicitando
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
RENOVACION, para la inscripción Número 00134 del Libro 00165 de
INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en una letra "C" de molde,
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los catorce días del mes de octubre del año dos mil trece.
de trazo grueso y de color negro, que en su abertura tiene un triángulo
isosceles de tono gris, formando en conjunto una figura semejante a un
anillo de lado; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s)
PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
Clase 25 de la Clasificación Internacional de Niza.
ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C011669-2
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014.
No. de Expediente: 2000006722
131
ÑA, actuando como APODERADO de Daimler AG, del domicilio
de Mercedesstraße 137, 70327 Stuttgart, (Alemania), de nacionalidad
No. de Presentación: 20130179341
ALEMANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número
CLASE: 27.
00051 del Libro 00174 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente
en una letra "c" de molde, de trazo grueso y de color negro, que en su
abertura tiene un triángulo isósceles de tono gris, formando en conjunto
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
una figura semejante a un anillo de lado; que ampara productos/servicios
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY
GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABO-
comprendidos en la(s) Clase 36 de la Clasificación Internacional de
Niza.
GADO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
APODERADO de Daimler AG, del domicilio de Mercedesstraße 137,
Ley.
70327 Stuttgart, (Alemania), de nacionalidad ALEMANA, solicitando
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
RENOVACION, para la inscripción Número 00107 del Libro 00165 de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en una letra "C" de molde,
a los dieciséis días del mes de octubre del año dos mil trece.
de trazo grueso y de color negro, que en su abertura tiene un triángulo
isósceles de tono gris, formando en conjunto una figura semejante a un
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
anillo de lado; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s)
Clase 27 de la Clasificación Internacional de Niza.
REGISTRADOR.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
SECRETARIO.
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los catorce días del mes de octubre del año dos mil trece.
3 v. alt. No. C011671-2
PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
No. de Expediente: 2001016416
ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,
No. de Presentación: 20130190351
CLASE: 01.
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C011670-2
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY
GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE
No. de Expediente: 2000006730
No. de Presentación: 20130185489
SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
APODERADO de ARCHER - DANIELS - MIDLAND COMPANY,
del domicilio de 4666 Faries Parkway, Decatur, Illinois 62526, Estados
CLASE: 36.
Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando
RENOVACION, para la inscripción Número 00164 del Libro 00180 de
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en las letras ADM escritas
en letra de molde mayúsculas de color negro en donde la letra A tiene un
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY
óvalo pequeño y grueso en el centro también de color negro; que ampara
GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO,
productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 01 de la Clasificación
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADORE-
Internacional de Niza.
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
132
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
a los catorce días del mes de octubre del año dos mil trece.
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los once días del mes de octubre del año dos mil trece.
PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
REGISTRADOR.
ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,
ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,
SECRETARIA.
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C011673-2
3 v. alt. No. C011672-2
No. de Expediente: 1993002004
No. de Expediente: 2000006723
No. de Presentación: 20130186040
No. de Presentación: 20130179340
CLASE: 29.
CLASE: 28.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY
GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGA-
GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABO-
DO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN
GADO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE
SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APO-
SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
APODERADO de Daimler AG, del domicilio de Mercedesstraße 137,
70327 Stuttgart, (Alemania), de nacionalidad ALEMANA, solicitando
DERADO de WENDY'S INTERNATIONAL, INC., del domicilio de
4288 W. Dublin, Granville Road, Dublin, Estado de Ohio 43017, Estados
Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando
RENOVACION, para la inscripción Número 00101 del Libro 00165 de
RENOVACION, para la inscripción Número 00005 del Libro 00176 de
INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en una letra "C" de molde,
INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra "FROSTY"
de trazo grueso y de color negro, que en su abertura tiene un triángulo
isósceles de tono gris, formando en conjunto una figura semejante a un
anillo de lado; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s)
Clase 28 de la Clasificación Internacional de Niza.
escrita en letras de molde mayúsculas; que ampara productos/servicios
comprendidos en la(s) Clase 29 de la Clasificación Internacional de
Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
Ley.
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
133
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los dieciséis días del mes de octubre del año dos mil trece.
a los once días del mes de julio del año dos mil trece.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,
3 v. alt. No. C011675-2
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C011674-2
No. de Expediente: 2000004436
No. de Presentación: 20130179815
CLASE: 25.
No. de Expediente: 2002023710
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY
No. de Presentación: 20130179749
GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOCLASE: 03.
GADO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE
SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
APODERADO de WOLVERINE OUTDOORS, INC., del domicilio de
9341 Courtland Drive, N.E. Rockford, Michigan 49351, Estados Unidos
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
de Norteamérica, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando
RENOVACION, para la inscripción Número 00011 del Libro 00166
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY
GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO,
de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la letra M y diseño;
que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 25 de la
Clasificación Internacional de Niza.
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de L'OREAL société anonyme,
del domicilio de 14, rue Royale 75008 París, Francia, de nacionalidad
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
FRANCESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número
a los catorce días del mes de octubre del año dos mil trece.
00150 del Libro 00169 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
en la expresión COLOR RESIST; que ampara productos/servicios comREGISTRADOR.
prendidos en la(s) Clase 03 de la Clasificación Internacional de Niza.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
SECRETARIA.
Ley.
3 v. alt. No. C011676-2
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
134
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
No. de Expediente: 1967020538
No. de Presentación: 20120170579
Ley.
CLASE: 05, 31.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los siete días del mes de octubre del año dos mil trece.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY
GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO,
del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN
SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
APODERADO de PIONEER HI-BRED INTERNATIONAL, INC., del
domicilio de 700 CAPITAL SQUEARE 400 LOCUST STREET, DES
MOINES, IOWA, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, de nacionalidad
ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción
Número 20538 del Libro 00046 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la representación de un marco grueso rayado trapezoidal de
esquinas redondeadas que encierra un signo de infinito grueso rayado
de cuya parte media nace una flor de lis esquemática también rayado;
que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05, 31 de
la Clasificación Internacional de Niza.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C011678-2
No. de Expediente: 2001016419
No. de Presentación: 20130190352
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
CLASE: 04.
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los primero días del mes de octubre del año dos mil trece.
PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
ROXANA EUGENIA HERNÁNDEZ ORELLANA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C011677-2
No. de Expediente: 1993002086
No. de Presentación: 20130179167
CLASE: 36.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY
GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO,
del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN
SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
APODERADO de ARCHER - DANIELS - MIDLAND COMPANY,
del domicilio de 4666 Faries Parkway, Decatur, Illinois 62526, Estados
Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando
RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00163 del Libro 00180
de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en las letras ADM seño
escritas en letra de molde mayúscula de color negro en donde la letra A
tiene un óvalo pequeño y grueso en el centro también de color negro;
que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 04 de la
Clasificación Internacional de Niza.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY
GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE
SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando
como APODERADO de AMERICAN EXPRESS MARKETING &
DEVELOPMENT CORP., del domicilio de 200 Vesey St., 49-12, New
York, New York 10285, Estados Unidos de América, de nacionalidad
ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción
Número 00091 del Libro 00165 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS,
consistente en las palabras AMERICAN EXPRESS; que ampara
productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 36 de la Clasificación
Internacional de Niza.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los once días del mes de octubre del año dos mil trece.
PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
ROXANA EUGENIA HERNÁNDEZ ORELLANA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C011679-2
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014.
No. de Expediente: 2001016410
135
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
No. de Presentación: 20130190340
Ley.
CLASE: 42.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los ocho días del mes de octubre del año dos mil trece.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY
GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO,
del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN
SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
APODERADO de ARCHER - DANIELS - MIDLAND COMPANY,
del domicilio de 4666 Faries Parkway, Decatur, Illinois 62526, Estados
Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando
RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00146 del Libro 00181 de
INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en Las letras ADM escritas
en letras de molde mayúscula de color negro en donde la letra A tiene un
óvalo pequeño y grueso en el centro también de color negro; que ampara
productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 42 de la Clasificación
Internacional de Niza.
REGISTRADOR.
ROXANA EUGENIA HERNÁNDEZ ORELLANA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C011681-2
No. de Expediente: 2002025459
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
No. de Presentación: 20120177640
Ley.
CLASE: 01.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los once días del mes de octubre del año dos mil trece.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
ROXANA EUGENIA HERNÁNDEZ ORELLANA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C011680-2
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY
GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO,
del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN
SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de Dow Corning Corporation, del domicilio de MIDLAND,
MICHIGAN, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, de nacionalidad
ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción
Número 00021 del Libro 00167 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en la palabra XIAMETER escrita en letras de molde mayúsculas
de color negro; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s)
Clase 01 de la Clasificación Internacional de Niza.
No. de Expediente: 2002023801
No. de Presentación: 20130179751
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
CLASE: 03.
Ley.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los ocho días del mes de octubre del año dos mil trece.
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY
GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO,
del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN
SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
APODERADO de L'OREAL société anonyme, del domicilio de 14, rue
Royale 75008 París, Francia, de nacionalidad FRANCESA, solicitando
RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00167 del Libro 00169
de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en la expresión COLOR
PULSE; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase
03 de la Clasificación Internacional de Niza.
PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
ROXANA EUGENIA HERNÁNDEZ ORELLANA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C011682-2
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
136
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
No. de Expediente: 2001012178
Ley.
No. de Presentación: 20130178615
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
CLASE: 12.
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los siete días del mes de octubre del año dos mil trece.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY
GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO,
del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN
SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
APODERADO ESPECIAL de MAZDA MOTOR CORPORATION,
del domicilio de 3-1, Shinchi, Fuchu-cho, Aki-gun, Hiroshima, Japón,
de nacionalidad JAPONESA, solicitando RENOVACIÓN, para la
inscripción Número 00016 del Libro 00168 de INSCRIPCIÓN DE
MARCAS, consistente en las palabras MAZDA MX-5; que ampara
productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 12 de la Clasificación
Internacional de Niza.
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C011684-2
No. de Expediente: 1998003229
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
No. de Presentación: 20100137784
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los siete días del mes de octubre del año dos mil trece.
CLASE: 12.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY
REGISTRADOR.
GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando
SECRETARIA.
como APODERADO de TATA MOTORS LIMITED, del domicilio
3 v. alt. No. C011683-2
de Bombay House, 24, Homi Mody Street, Hutatma Chowk, Mumbai
400 001, India, de nacionalidad HINDU, solicitando RENOVACIÓN,
para la inscripción Número 00116 del Libro 00111 de INSCRIPCIÓN
DE MARCAS, consistente en las palabras TATA SAFARI; que ampara
No. de Expediente: 1993002085
No. de Presentación: 20130179169
productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 12 de la Clasificación
Internacional de Niza.
CLASE: 36.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY
GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE
SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando
como APODERADO de AMERICAN EXPRESS MARKETING &
DEVELOPMENT CORP., del domicilio de 200 Vesey St., 49-12, New
York, NY 10285, Estados Unidos de América, de nacionalidad
ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción
Número 00233 del Libro 00165 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS,
consistente en las palabras AMERICAN EXPRESS y diseño; que ampara
productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 36 de la Clasificación
Internacional de Niza.
a los dos días del mes de octubre del año dos mil trece.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C011685-2
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014.
No. de Expediente: 1995005573
137
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
No. de Presentación: 20120162275
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
CLASE: 38.
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los siete días del mes de octubre del año dos mil trece.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY
GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE
SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando
como APODERADO de CABLE & WIRELESS TRADE MARK
MANAGEMENT LIMITED, del domicilio de 3rd Floor, 26 Red Lion
Square, Londres, WC1R 4HQ, Reino Unido, de nacionalidad INGLESA,
solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00099 del Libro
00148 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en la denominación
C&W; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 38
de la Clasificación Internacional de Niza.
REGISTRADOR.
ROXANA EUGENIA HERNÁNDEZ ORELLANA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C011687-2
No. de Expediente: 1998003233
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
No. de Presentación: 20100137659
CLASE: 12.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los dieciséis días del mes de agosto del año dos mil trece.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY
GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando
como APODERADO de TATA MOTORS LIMITED, del domicilio
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C011686-2
de Bombay House, 24, Homi Mody Street, Hutatma Chowk, Mumbai
400 001, INDIA, de nacionalidad HINDU, solicitando RENOVACIÓN,
para la inscripción Número 00019 del Libro 00110 de INSCRIPCIÓN
DE MARCAS, consistente en la letra "T" estilizada que va dentro de
No. de Expediente: 2002026243
una circunferencia; que ampara productos/servicios comprendidos en
la(s) Clase 12 de la Clasificación Internacional de Niza.
No. de Presentación: 20130178608
CLASE: 05.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY
GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO,
del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN
SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de WYETH HOLDINGS CORPORATION, del domicilio
de Five Giralda Farms, Madison, Nueva Jersey 07940-0874, Estados
Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando
RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00026 del Libro 00170 de
INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en la expresión BURSINE;
que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la
Clasificación Internacional de Niza.
a los dos días del mes de octubre del año dos mil trece.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C011688-2
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
138
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
No. de Expediente: 1999001406
Ley.
No. de Presentación: 20120177915
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los veinte días del mes de agosto del año dos mil trece.
CLASE: 09.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
MARÍA DAFNE RUIZ,
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY
GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO,
del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN
SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
APODERADO de ASUSTEK COMPUTER INCORPORATION, del
domicilio de 4F, No.150, LI-TE ROAD, PEI TOU, TAIPEI, TAIWÁN,
R.O.C., de nacionalidad TAIWANESA, solicitando RENOVACIÓN,
para la inscripción Número 00107 del Libro 00172 de INSCRIPCIÓN DE
MARCAS, consistente en la palabra "ASUS" en letras todas mayúsculas
y de tipo corriente; que ampara productos/servicios comprendidos en
la(s) Clase 09 de la Clasificación Internacional de Niza.
REGISTRADOR.
ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C011690-2
No. de Expediente: 2001020773
No. de Presentación: 20130190342
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
CLASE: 04.
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los veinte días del mes de septiembre del año dos mil trece.
PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
ROXANA EUGENIA HERNÁNDEZ ORELLANA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C011689-2
No. de Expediente: 2002024893
No. de Presentación: 20120172632
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY
GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO,
del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN
SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
APODERADO de ARCHER - DANIELS - MIDLAND COMPANY,
del domicilio de 4666 Faries Parkway, Decatur, Illinois 62526, Estados
Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando
RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00152 del Libro 00180 de
INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en la figura de una hoja de
color blanco, delineada de color negro y en la parte de afuera delineada
de color blanco puesta sobre la figura de un rombo de fondo negro. La
hoja contiene una línea de color negro en la parte de enmedio que se
va haciendo más delgada de adentro hacia afuera hasta terminar afuera
de la figura del rombo en una punta; que ampara productos/servicios
comprendidos en la(s) Clase 04 de la Clasificación Internacional de
Niza.
CLASE: 05.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY
GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO,
del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN
SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
APODERADO de BAYER INTELLECTUAL PROPERTY GMBH,
del domicilio de Alfred-Nobel-Straße 10, 40789 Monheim am Rhein,
Alemania, de nacionalidad ALEMANA, solicitando RENOVACIÓN,
para la inscripción Número 00133 del Libro 00159 de INSCRIPCIÓN
DE MARCAS, consistente en la palabra ZEVALIN, escrita en letras
de molde mayúsculas; que ampara productos/servicios comprendidos
en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza.
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los once días del mes de octubre del año dos mil trece.
PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
ROXANA EUGENIA HERNÁNDEZ ORELLANA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C011691-2
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014.
No. de Expediente: 2000006110
139
delineada de color blanco puesta sobre la figura de un rombo de fondo
negro. La hoja contiene una línea de color negro en la parte de enmedio
que se va haciendo más delgada de adentro hacia afuera hasta terminar
afuera de la figura del rombo en una punta; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 01 de la Clasificación Internacional
de Niza.
No. de Presentación: 20120175541
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY
GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO,
del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN
SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
APODERADO de Fresenius Medical Care Deutschland GmbH, del
domicilio de ELSE-KROENER-STRASSE 1, 61352 BAD HOMBURG,
ALEMANIA, de nacionalidad ALEMANA, solicitando RENOVACIÓN,
para la inscripción Número 00125 del Libro 00162 de INSCRIPCIÓN
DE MARCAS, consistente en LAS PALABRAS "FRESENIUS MEDICAL CARE" EN LETRAS DE TIPO CORRIENTE, MINÚSCULAS
EXCEPTUANDO LA LETRA INICIAL DE CADA PALABRA QUE
SÍ SON MAYÚSCULAS. ARRIBA DE ESTAS PALABRAS, EN
FORMA CENTRADA APARECE LA FIGURA DE UN TRIÁNGULO
EQUILÁTERO INVERTIDO, CUYOS LADOS SON DE TRAZO
GRUESO Y SU BASE ES UNA DOBLE RAYA, ENCONTRÁNDOSE
MÁS ABAJO OTRAS DOS DOBLES RAYAS PARALELAS A BASE;
que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la
Clasificación Internacional de Niza.
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los once días del mes de octubre del año dos mil trece.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C011693-2
No. de Expediente: 2001020774
No. de Presentación: 20130190343
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
CLASE: 05.
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los ocho días del mes de octubre del año dos mil trece.
PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
ROXANA EUGENIA HERNÁNDEZ ORELLANA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C011692-2
No. de Expediente: 2001020775
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY
GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO,
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
actuando como APODERADO de ARCHER - DANIELS - MIDLAND
COMPANY, del domicilio de 4666 Faries Parkway, Decatur, Illinois
625269, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,
solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00149 del Libro
00180 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en la figura de una
hoja de color blanco, delineada de color negro y en la parte de afuera
delineada de color blanco puesta sobre la figura de un rombo de fondo
negro. La hoja contiene una línea de color negro en la parte de enmedio
que se va haciendo más delgada de adentro hacia afuera hasta terminar
afuera de la figura del rombo en una punta; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional
de Niza.
No. de Presentación: 20130190344
CLASE: 01.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY
GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO,
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
actuando como APODERADO de ARCHER - DANIELS - MIDLAND
COMPANY, del domicilio de 4666 Faries Parkway, Decatur, Illinois
62526, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,
solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00148 del Libro
00180 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en la figura de una
hoja de color blanco, delineada de color negro y en la parte de afuera
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los once días del mes de octubre del año dos mil trece.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C011694-2
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
140
que se va haciendo más delgada de adentro hacia afuera hasta terminar
afuera de la figura del rombo en una punta; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 39 de la Clasificación Internacional
de Niza.
No. de Expediente: 2001020768
No. de Presentación: 20130190348
CLASE: 30.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
Ley.
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY
GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO,
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
actuando como APODERADO de ARCHER - DANIELS - MIDLAND
COMPANY, del domicilio de 4666 Faries Parkway, Decatur, Illinois
62526, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,
solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00146 del Libro
00180 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en la figura de una
hoja de color blanco, delineada de color negro y en la parte de afuera
delineada de color blanco puesta sobre la figura de un rombo de fondo
negro. La hoja contiene una línea de color negro en la parte de enmedio
que se va haciendo más delgada de adentro hacia afuera hasta terminar
afuera de la figura del rombo en una punta; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 30 de la Clasificación Internacional
de Niza.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los once días del mes de octubre del año dos mil trece.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C011696-2
No. de Expediente: 2001020770
No. de Presentación: 20130190346
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
CLASE: 29.
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los once días del mes de octubre del año dos mil trece.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C011695-2
No. de Expediente: 2001020765
No. de Presentación: 20130190349
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY
GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO,
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
actuando como APODERADO de ARCHER DANIELS MIDLAND
COMPANY, del domicilio de 4666 Faries Parkway, Decatur, Illinois
62526, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,
solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00141 del
Libro 00180 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en la figura
de una hoja de color blanco, delineada de color negro y en la parte de
afuera delineada de color blanco puesta sobre la figura de un rombo
de fondo negro. La hoja contiene una línea de color negro en la parte
de enmedio que se va haciendo más delgada de adentro hacia afuera
hasta terminar afuera de la figura del rombo en una punta; que ampara
productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 29 de la Clasificación
Internacional de Niza.
CLASE: 39.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY
GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO,
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
actuando como APODERADO de ARCHER - DANIELS - MIDLAND
COMPANY, del domicilio de 4666 Faries Parkway, Decatur, Illinois
62526, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,
solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00143 del Libro
00180 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en la figura de una
hoja de color blanco, delineada de color negro y en la parte de afuera
delineada de color blanco puesta sobre la figura de un rombo de fondo
negro. La hoja contiene una línea de color negro en la parte de enmedio
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los once días del mes de octubre del año dos mil trece.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C011697-2
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014.
141
hoja contiene una línea de color negro en la parte de enmedio que se
va haciendo más delgada de adentro hacia afuera hasta terminar afuera
de la figura del rombo en una punta; que ampara productos/servicios
comprendidos en la(s) Clase 16 de la Clasificación Internacional de
Niza.
No. de Expediente: 2001020766
No. de Presentación: 20130190350
CLASE: 35.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY
GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO,
del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN
SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
APODERADO de ARCHER DANIELS MIDLAND COMPANY, del
domicilio de 4666 Faries Parkway, Decatur, Illinois 62526, Estados
Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando
RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00160 del Libro 00180 de
INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en la figura de una hoja de
color blanco, delineada de color negro y en la parte de afuera delineada
de color blanco puesta sobre la figura de un rombo de fondo negro. La
hoja contiene una línea de color negro en la parte de enmedio que se
va haciendo más delgada de adentro hacia afuera hasta terminar afuera
de la figura del rombo en una punta; que ampara productos/servicios
comprendidos en la(s) Clase 35 de la Clasificación Internacional de
Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los once días del mes de octubre del año dos mil trece.
PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
ROXANA EUGENIA HERNÁNDEZ ORELLANA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C011699-2
No. de Expediente: 2001020772
No. de Presentación: 20130190345
Ley.
CLASE: 12.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los once días del mes de octubre del año dos mil trece.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
ROXANA EUGENIA HERNÁNDEZ ORELLANA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C011698-2
No. de Expediente: 2001020771
No. de Presentación: 20130190347
CLASE: 16.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY
GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO,
del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN
SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
APODERADO de ARCHER DANIELS MIDLAND COMPANY, del
domicilio de 4666 Faries Parkway, Decatur, Illinois 62526, Estados
Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando
RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00159 del Libro 00180 de
INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en la figura de una hoja de
color blanco, delineada de color negro y en la parte de afuera delineada
de color blanco puesta sobre la figura de un rombo de fondo negro. La
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY
GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO,
del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN
SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
APODERADO de ARCHER DANIELS MIDLAND COMPANY, del
domicilio de 4666 Faries Parkway, Decatur, Illinois 62526, Estados
Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando
RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00156 del Libro 00180 de
INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en la figura de una hoja de
color blanco, delineada de color negro y en la parte de afuera delineada
de color blanco puesta sobre la figura de un rombo de fondo negro. La
hoja contiene una línea de color negro en la parte de enmedio que se
va haciendo más delgada de adentro hacia afuera hasta terminar afuera
de la figura del rombo en una punta; que ampara productos/servicios
comprendidos en la(s) Clase 12 de la Clasificación Internacional de
Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los once días del mes de octubre del año dos mil trece.
PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
ROXANA EUGENIA HERNÁNDEZ ORELLANA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C011700-2
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
142
la inscripción Número 00001 del Libro 00180 de INSCRIPCION DE
No. de Expediente: 2001016992
MARCAS, Consistente en la representación, de un círculo color blanco,
No. de Presentación: 20130190536
con un borde fino de color negro, sobre el cual se encuentra un círculo, de
CLASE: 26.
color negro, que contiene en su parte media la figura de tres diapasones
de color blanco (instrumento que sirve para el afinado de instrumentos
musicales acústico o de percusión); en donde un aparece en posición
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
vertical, y sobre éste aparecen otros dos cruzados formando una letra
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY
GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO,
"X"; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 27
de la Clasificación Internacional de Niza.
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
actuando como APODERADO de YAMAHA CORPORATION, del
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
domicilio de 10-1, Nakazawa -cho, Hamamatsu-shi, Shizuoka -ken,
Japón, de nacionalidad JAPONESA, solicitando RENOVACION, para
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
la inscripción Número 00039 del Libro 00180 de INSCRIPCION DE
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
MARCAS, Consistente en la representación, de un círculo color blanco,
a los veintidós días del mes de octubre del año dos mil trece.
con un borde fino de color negro, sobre el cual se encuentra un círculo, de
color negro, que contiene en su parte media la figura de tres diapasones
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
de color blanco (instrumento que sirve para el afinado de instrumentos
REGISTRADOR.
musicales acústico o de percusión), en donde uno aparece en posición
vertical, y sobre éste aparecen otros dos cruzados formando la letra "X";
que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 26 de la
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
Clasificación Internacional de Niza.
SECRETARIO.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
3 v. alt. No. C011702-2
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los veintidós días del mes de octubre del año dos mil trece.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
No. de Expediente: 2000006112
No. de Presentación: 20120175540
REGISTRADOR.
CLASE: 44.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
SECRETARIO.
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY
GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO,
3 v. alt. No. C011701-2
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
actuando como APODERADO de Fresenius Medical Care Deutschland
GmbH, del domicilio de ELSE-KROENER-STRASSE 1, 61352 BAD
HOMBURG, ALEMANIA, de nacionalidad ALEMANA, solicitando
No. de Expediente: 2001016983
No. de Presentación: 20130190537
CLASE: 27.
RENOVACION, para la inscripción Número 00133 del Libro 00162
de INSCRIPCION DE MARCAS, Consistente en LAS PALABRAS
FRESENIUS MEDICAL CARE EN LETRAS DE TIPO CORRIENTE,
MINUSCULAS EXCEPTUANDO LA LETRA INICIAL DE CADA
PALABRA QUE SI SON MAYUSCULAS. ARRIBA DE ESTAS
PALABRAS, EN FORMA CENTRADA APARECE LA FIGURA DE
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
UN TRIANGULO EQUILATERO INVERTIDO, CUYOS LADOS
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY
SON DE TRAZO GRUESO Y SU BASE ES UNA DOBLE RAYA,
GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO,
ENCONTRANDOSE MAS ABAJO OTRAS DOS DOBLES RAYAS
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
PARALELAS A BASE; que ampara productos/servicios comprendidos
actuando como APODERADO de YAMAHA CORPORATION, del
en la(s) Clase 44 de la Clasificación Internacional de Niza.
domicilio de 10-1, Nakazawa - cho, Hamamatsu- shi, Shizuoka -ken,
Japón, de nacionalidad JAPONESA, solicitando RENOVACION, para
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
143
MARCA DE FÁBRICA
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los veintiocho días del mes de octubre del año dos mil trece.
No. de Expediente: 2012123334
MARIA DAFNE RUIZ,
No. de Presentación: 20120177391
CLASE: 12.
REGISTRADORA.
ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS,
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado VICENTE
SECRETARIA.
DE JESUS PALENCIA, en su calidad de APODERADO de Mitsubishi
Jidosha Kogyo Kabushiki Kaisha, de nacionalidad JAPONESA, solici3 v. alt. No. C011703-2
tando el registro de la MARCA DE FÁBRICA,
ATTRAGE
No. de Expediente: 2001016989
Consistente en: la palabra ATTRAGE, que servirá para: AM-
No. de Presentación: 20130190540
PARAR: AUTOMÓVILES, BUSES, FURGONETAS, VAGONES,
CLASE: 41.
CAMIONETAS, CAMIONES (PICK-UPS), VEHÍCULOS PARA
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
MEZCLA DE CONCRETO, AMBULANCIAS, VEHÍCULOS REFRI-
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY
GERADOS, MOTOS DE NIEVE, VEHÍCULOS TODO TERRENO,
GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO,
VEHÍCULOS UTILITARIOS DEPORTIVOS, CAMIONETAS, CA-
del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN
RRITOS PARA LA LIMPIEZA, CAMIONES BOMBA; TRACTORES,
SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
VEHÍCULOS DE MOTOR; CARROS DE CICLO; COCHE TRANS-
APODERADO de YAMAHA CORPORATION, del domicilio de 10-1,
MISOR DE BATERÍA DE ALMACENAMIENTO, VEHÍCULOS DE
Nakazawa -cho, Hamamatsu-shi, Shizuoka -ken, Japón, de nacionalidad
CONTROL REMOTO (QUE NO SEA DE JUGUETE); CARROS PARA
JAPONESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número
ACAMPAR, CARRO CISTERNA, COCHES DEPORTIVOS, CASAS
00233 del Libro 00179 de INSCRIPCION DE MARCAS, Consistente
RODANTES, MONTACARGAS, MOTOCICLETAS, TRICICLOS,
en la representación, de un círculo color blanco, con un borde fino de
CARROS PORTA EQUIPAJE, VEHÍCULOS DE LOCOMOCIÓN POR
color negro, sobre el cual se encuentra un círculo, de color negro, que
AIRE, AGUA O FERROCARRIL, CARROCERIAS DE AUTOMÓ-
contiene en su parte media la figura de tres diapasones de color blanco
VILES; CHASIS DE AUTOMÓVILES, EJES PARA VEHÍCULOS;
(instrumento que sirve para el afinado de instrumentos musicales acús-
FRENOS PARA VEHÍCULOS; EMBRAGUES PARA VEHÍCULOS
tico o de percusión), en donde aparece en posición vertical, y sobre
TERRESTRES, MOTORES PARA VEHÍCULOS TERRESTRES;
éste aparecen otros dos cruzados formando la letra "X"; que ampara
CAJA DE CAMBIOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES; ENGRA-
productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 41 de la Clasificación
NAJES PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, SISTEMAS DE SUS-
Internacional de Niza.
PENSIÓN PARA VEHÍCULOS TERRESTRES; VOLANTES PARA
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
VEHÍCULOS CONVERTIDORES DE TORQUE PARA VEHÍCULOS
TERRESTRES; PARABRISAS; ENGRANES DE REDUCCIÓN
Ley.
PARA VEHÍCULOS
TERRESTRES; TRANSMISIONES PARA
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
VEHÍCULOS TERRESTRES; CUBOS DE RUEDAS DE VEHÍCU-
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
LOS, MOTORES PARA VEHÍCULOS TERRESTRES; PUERTAS DE
a los cinco días del mes de noviembre del año dos mil trece.
VEHÍCULOS; TOMA DE AIRE, REJILLAS DE AUTOMÓVILES,
PROTECCIONES PARA LOS BUMPERS, BUMPERS PARA AU-
PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,
TOMÓVILES, RUEDAS PARA AUTOMÓVILES, PROTECTORES
DE LA PARRILLA, CAPO DE VEHÍCULOS; PROTECTORES
REGISTRADOR.
DEL CAPO, SPOILER, SUN ROOF, CAPOS DE AUTOMÓVILES,
PORTABICICLETAS PARA AUTOMÓVILES; PORTAEQUIPA-
CARLOS DAVID JARQUÍN CASTELLANOS,
JES PARA AUTOMÓVILES; CANASTILLA (PARRILLA) PARA
TECHO; PORTA ESQUIS PARA AUTOMÓVILES; ACOPLAMIEN-
SECRETARIO.
TOS DE ESQUI/TABLAS PARA NIEVE PARA AUTOMÓVILES;
TAPÓN DE LLENADO DE ACEITE, GUARDABARROS, VISOR
3 v. alt. No. C011704-2
DE LLUVIA, CADENAS DE AUTOMÓVILES, TAPACUBOS;
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
144
DEFLECTOR DE VIENTO PARA SUN ROOF; MARCOS PARA
nacionalidad PANAMEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE
PLACAS; ESCALERAS PARA AUTOMÓVILES, REMOLQUES,
FABRICA Y DE COMERCIO,
ENGANCHES
DE REMOLQUE, NEUMÁTICOS, CUBIERTAS
PARA LOS NEUMÁTICOS, RUEDAS PARA VEHÍCULOS; TAPAS
PARA RUEDAS, CUBIERTAS PARA RUEDAS; HOJAS LIMPIAPARABRISAS (ESCOBILLAS), LIMPIAPARABRISAS, DISPOSITIVOS
ANTIRROBO PARA VEHÍCULOS, ADVERTENCIAS DE MARCHA
ATRÁS PARA VEHÍCULOS; ESPEJOS PARA AUTOMÓVILES; BOCINAS PARA AUTOMÓVILES, INDICADORES DE DIRECCIÓN
PARA AUTOMÓVILES; PEDALES; CUBIERTAS PARA PEDALES;
ASIENTOS DE SEGURIDAD PARA NIÑOS; CINTURONES DE SEGURIDAD PARA VEHÍCULOS TERRESTRES; CUBIERTAS PARA
ASIENTOS PARA AUTOMÓVIL; ARNÉS DE SEGURIDAD PARA
ASIENTOS DE VEHÍCULOS; ESTRIBOS (PLACA DE DESGASTE
DEL UMBRAL DE LA PUERTA) PARA AUTOMÓVILES; REDES
PORTAEQUIPAJES PARA VEHÍCULOS; CONSOLA CENTRAL
PARA EL AUTOMÓVIL; FUNDAS PARA AUTOMÓVILES, POMO
DE LA PALANCA, DESCANSOS PARA LA CABEZA Y LOS PIES,
PANEL DE INSTRUMENTOS, CESTA DE EQUIPAJE PARA AUTOMÓVILES, PORTAEQUIPAJES PARA VEHÍCULOS; REDES
PORTAEQUIPAJES PARA VEHÍCULOS; VOLANTE, CUBIERTAS
PARA VOLANTE, PERSIANAS ADAPTADAS PARA AUTOMÓVILES. Clase: 12.
La solicitud fue presentada el día once de diciembre del año dos
mil doce.
Consistente en: La palabra H Hidrisage y diseño, que servirá para:
AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y VETERINARIOS;
PRODUCTOS HIGIÉNICOS Y SANITARIOS PARA USO MÉDICO;
SUSTANCIAS DIETÉTICAS PARA USO MÉDICO, ALIMENTOS
PARA BEBÉS; EMPLASTOS, MATERIAL PARA APÓSITOS;
MATERIAL PARA EMPASTES E IMPRONTAS DENTALES;
DESINFECTANTES; PRODUCTOS PARA ELIMINAR ANIMALES
DAÑINOS; FUNGICIDAS, HERBICIDAS. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día nueve de diciembre del año dos
mil diez.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintiseis de septiembre del año dos mil trece.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ,
REGISTRADOR.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
primero de octubre del año dos mil trece.
RHINA GUADALUPE BARRERA QUINTANILLA,
SECRETARIA.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
3 v. alt. No. C011708-2
REGISTRADOR.
LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA,
No. de Expediente: 2012123582
SECRETARIA.
No. de Presentación: 20120177867
CLASE: 14.
3 v. alt. No. C011604-2
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
No. de Expediente: 2010106165
No. de Presentación: 20100145577
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado EDY
GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de Andre Píasso Holdings, LLC, de nacionalidad
ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
ANDRÉ PIASSO
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado EDY
GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, en su calidad de APODERADO de THE LATIN AMERICA TRADEMARK CORPORATION, de
Consistente en: las palabras: ANDRÉ PIASSO, que servirá para:
AMPARAR: RELOJES. Clase: 14.
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014.
La solicitud fue presentada el día veintiuno de diciembre del año
dos mil doce.
145
No. de Expediente: 2012117270
No. de Presentación: 20120166490
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
CLASE: 03.
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
diez de octubre del año dos mil trece.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado EDY
GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, en su calidad de APODERADAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
DO ESPECIAL de Industrias T. TAIO S.A. de C.V., de nacionalidad
MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y
REGISTRADOR.
DE COMERCIO,
LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C011712-2
Consistente en: las palabras BATH TIME BABY PROTECTION
y diseño, que se traducen al castellano como PROTECCIÓN PARA
No. de Expediente: 2011111682
LA HORA DEL BAÑO DEL BEBÉ, que servirá para: AMPARAR:
PREPARACIONES PARA BLANQUEAR Y OTRAS SUSTANCIAS
No. de Presentación: 20110155340
PARA LAVAR LA ROPA; PREPARACIONES PARA LIMPIAR,
CLASE: 09.
PULIR,DESENGRASAR Y RASPAR; JABONES; PRODUCTOS DE
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
PERFUMERÍA, ACEITES ESENCIALES, COSMÉTICOS, LOCIO-
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado de NOVARTIS AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA
DE FABRICA Y DE COMERCIO,
NES CAPILARES; DENTÍFRICOS. Clase: 03.
La solicitud fue presentada el día veintiocho de marzo del año dos
mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
ALCON
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
trece de noviembre del año dos mil trece.
Consistente en: la palabra ALCON, que servirá para: AMPARAR:
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
APARATOS E INSTRUMENTOS OPTICOS; LENTES DE CONTACTO. Clase: 09.
REGISTRADOR.
La solicitud fue presentada el día diez de agosto del año dos mil
once.
LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA,
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
SECRETARIA.
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
3 v. alt. No. C011729-2
veintiséis de septiembre del año dos mil trece.
MARÍA DAFNE RUIZ,
No. de Expediente: 2013123991
REGISTRADORA.
No. de Presentación: 20130178775
ALCIDES SALVADOR FUNES LIZAMA,
CLASE: 16.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
SECRETARIO.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado EDY
3 v. alt. No. C011714-2
GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de COINCA COMUNICACIONES INALAMBRICAS
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
146
DE CENTRO AMERICA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
DE CENTRO AMERICA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE que se abrevia: COINCA, S.A. DE C.V., de nacionalidad
VARIABLE que se abrevia: COINCA, S.A. DE C.V., de nacionalidad
SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA
SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA
Y DE COMERCIO,
Y DE COMERCIO,
Consistente en: la palabra COINCA y diseño, que servirá para: AMPARAR: PAPAEL, CARTÓN Y ARTÍCULOS DE ESTAS MATERIAS
NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; PRODUCTOS DE IMPRENTA; MATERIAL DE ENCUADERNACIÓN; FOTOGRAFÍAS;
ARTÍCULOS DE PAPELERÍA; ADHESIVOS (PEGAMENTOS) DE
PAPELERÍA O PARA USO DOMÉSTICO; MATERIAL PARA ARTISTAS; PINCELES; MAQUINAS DE ESCRIBIR Y ARTÍCULOS DE
OFICINA (EXCEPTO MUEBLES); MATERIAL DE INSTRUCCIÓN
O MATERIAL DIDÁCTICO (EXCEPTO APARATOS); MATERIAS
PLÁSTICAS PARA EMBALAR (NO COMPRENDIDAS EN OTRAS
CLASES); CARACTERES DE IMPRENTA; CLICHÉS DE IMPRENTA. Clase: 16.
Consistente en: la palabra INTRACK y diseño, que servirá para: AMPARAR: PAPEL, CARTÓN Y ARTÍCULOS DE ESTAS MATERIAS
NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; PRODUCTOS DE IMPRENTA; MATERIAL DE ENCUADERNACIÓN; FOTOGRAFÍAS;
ARTÍCULOS DE PAPELERÍA; ADHESIVOS (PEGAMENTOS) DE
PAPELERÍA O PARA USO DOMÉSTICO; MATERIAL PARA ARTISTAS; PINCELES; MAQUINAS DE ESCRIBIR Y ARTÍCULOS DE
OFICINA (EXCEPTO MUEBLES); MATERIAL DE INSTRUCCIÓN
O MATERIAL DIDÁCTICO (EXCEPTO APARATOS); MATERIAS
PLÁSTICAS PARA EMBALAR (NO COMPRENDIDAS EN OTRAS
CLASES); CARACTERES DE IMPRENTA; CLICHÉS DE IMPRENTA. Clase: 16.
La solicitud fue presentada el día dieciséis de enero del año dos
mil trece.
La solicitud fue presentada el día dieciséis de enero del año dos
mil trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veinte de septiembre del año dos mil trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veinte de septiembre del año dos mil trece.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
REGISTRADOR.
RUTH NOEMI PERAZA GALDÁMEZ,
RUTH NOEMI PERAZA GALDÁMEZ,
SECRETARIA.
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C011732-2
No. de Expediente: 2013123971
No. de Presentación: 20130178755
CLASE: 16.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado EDY
GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de COINCA COMUNICACIONES INALAMBRICAS
3 v. alt. No. C011735-2
No. de Expediente: 2012123540
No. de Presentación: 20120177787
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado EDY
GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de Seattle's Best Coffee, LLC, de nacionalidad ES-
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014.
147
TADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA
RADO de SUMITOMO METAL INDUSTRIES, LTD., de nacionalidad
Y DE COMERCIO,
JAPONESA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE
COMERCIO,
Consistente en: las palabras SEATTLE´S BEST COFFEE y diseño, donde se traduce al castellano como: el mejor café de Seattle, que
servirá para: AMPARAR: AMPARAR GRANO DE CAFÉ MOLIDO
Y ENTERO, COCOA, TÉ (HERBAL Y NO HERBAL), BEBIDAS DE
CAFÉ, TÉ, COCOA Y EXPRESO, Y BEBIDAS HECHAS A BASE
DE CAFÉ Y/O EXPRESO, BEBIDAS HECHAS A BASE DE TÉ,
Consistente en: diseño en AZUL, que servirá para: AMPARAR:
MOTORES DE CORRIENTE ALTERNA O MOTORES DE CO-
CHOCOLATE EN POLVO Y VAINILLA; SALSAS PARA AGREGAR
RRIENTE CONTINUA [QUE NO INCLUYAN "SUS PARTES"];
A LAS BEBIDAS; SIROPE DE CHOCOLATE, PRODUCTOS HOR-
PARCHES ADHESIVOS DE GOMA PARA REPARACIÓN DE
NEADOS: MAGDALENAS, BOLLOS, BIZCOCHOS, GALLETAS,
TUBOS O LLANTAS; TRANSPORTADORES AÉREOS; AEROPLA-
PASTELERÍA Y PANES, EMPAREDADOS, GRANOLA, CAFÉ
NOS; BOLSAS DE AIRE [DISPOSITIVOS DE SEGURIDAD PARA
LISTO PARA TOMAR, TÉ LISTO PARA TOMAR, CONFECCIONES
DE HELADOS Y SORBETES; CONFECCIONES DE CHOCOLATE
Y DULCES. Clase: 30.
AUTOMÓVILES]; AERONAVES Y SUS PARTES Y ACCESORIOS;
AERODESLIZADORES; TODOS PARA EQUIPO RODANTE;
TODOS LOS PRODUCTOS PARA AUTOS, BARCOS Y OTROS
APARATOS Y DISPOSITIVOS DE LOS MISMOS; ALARMAS
La solicitud fue presentada el día veinte de diciembre del año dos
mil doce.
ANTIRROBO; DISPOSITIVOS ANTIRROBO; APARATOS DE
LOCOMOCIÓN POR TIERRA, AIRE O AGUA Y SUS REPUESTOS
NO INCLUIDOS EN OTRAS CLASES; AUTOMÓVILES Y SUS
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
PARTES Y ACCESORIOS; CAJAS DE EJES PARA LOCOMO-
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
TORAS; COJINETES DE EJES; EJES; EJES (PARTES Y ACCESO-
seis de noviembre del año dos mil trece.
RIOS DE EQUIPO RODANTE); EJES PARA RUEDAS; COCHES
PARA BEBES; REMOLQUES PARA BICICLETAS [RIYAKAH];
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
BICICLETAS Y SUS PARTES Y ACCESORIOS; CARROCERIAS
[DE VAGONES DE FERROCARRIL]; CAMIONES CARRETILLA
REGISTRADOR.
(PARTES Y ACCESORIOS DE EQUIPO RODANTE); BOGIE,
CARRETILLA; BOGIES PARA VAGONES DE FERROCARRIL;
LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA,
FORROS PARA FRENOS; SEGMENTOS DE FRENOS; ZAPATAS
O BALATAS DE FRENOS; FRENOS; FRENOS [ELEMENTOS DE
SECRETARIA.
MAQUINA QUE NO SEAN PARA VEHICULOS TERRESTRES];
3 v. alt. No. C011736-2
TOPES PARA EQUIPO RODANTE DE FERROCARRIL; TELEFÉRICOS; ARBOLES DE LEVAS; ACOPLADOR PARA AUTO
CAMIÓN; CARRETILLAS PARA AUTO; VAGONETAS Y PARTES
Y ACCESORIOS PARA LOS MISMOS; CARRETAS; CHASIS [DE
No. de Expediente: 2012116774
VAGONES DE FERROCARRIL]; UNIDADES DE ENGRANAJE DE
COMANDO (PARTES Y ACCESORIOS DE EQUIPO RODANTE);
No. de Presentación: 20120165695
CLASE: 12.
BIELAS, QUE NO SEAN PARTES DE MOTORES O MOTORES
DE COMBUSTIÓN; ACOPLADOR Y TREN DE TRACCIÓN; ACOPLADOR PARA AUTOMÓVILES; ACOPLADORES; ENGANCHE
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado EDY
GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, en su calidad de APODE-
Y TREN DE TRACCIÓN; CADENAS DE ENGANCHE PARA
EQUIPO RODANTE; ENGANCHES; CIGÜEÑALES; EQUIPO PARA
RECOLECCIÓN DE CORRIENTE [PARA VAGONES DE FERROCA-
148
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
RRIL]; TRENES DE TRACCIÓN INCLUIDOS EN CLASE 12 QUE
RESORTES; RESORTES PARA EQUIPO RODANTE; RESORTES;
SEAN PARTES Y ACCESORIOS DE EQUIPO RODANTE; EJES
ESTABILIZADORES; TIRAS DE ACERO; RINES DE ACERO PARA
DE TRANSMISIÓN; UNIDADES DE ENGRANAJE DE MANDO;
RUEDAS DE EQUIPO RODANTE; LLANTAS DE ACERO (PAR-
ENGRANAJES DE MANDO; CINTURONES DE CUERO ELÉCTRI-
TES Y ACCESORIO DE EQUIPO RODANTE); MARCOS Y EJES
COS; APARATOS DE ENGRANE (PARTES Y ACCESORIOS PARA
DE POPA; AMORTIGUADORES DE SUSPENSIÓN; RESORTES
EQUIPO RODANTE); BRIDAS PARA RUEDAS DE FERROCARRIL;
DE SUSPENSIÓN; SISTEMAS DE SUSPENSIÓN Y ACCESORIOS
ACOPLAMIENTO Y TRENES DE TRACCIÓN PARA ENGRANES
ANTERIORES; LLANTAS PARA AUTOMÓVILES (TODOS PARA
Y PIÑONES; CAJAS DE EJES; UNIDADES DE ENGRANAJE;
LOS PRODUCTOS MENCIONADOS ANTERIORMENTE); MOTO-
ENGRANAJE; ENGRANAJES Y PIÑONES; VAGONETAS; CO-
RES DE TRACCIÓN; APARATOS DE TRACCIÓN O ENGANCHE
RREAS DE MANO [PARA VAGONES DE FERROCARRIL];
(PARTES Y ACCESORIO DE EQUIPO RODANTE); TRACTORES;
CAMBIADORES TÉRMICOS; CARRUAJES ARRASTRADOS POR
TREN Y SUS PARTES Y ACCESORIOS PARA LOS MISMOS;
CABALLOS; CIRCUITOS HIDRÁULICOS; CÁMARAS DE AIRE
TRANSISTORES [ELECTRÓNICOS]; EJES DE TRANSMISIÓN;
PARA LLANTAS; CORREAS DE CUERO PARA TRANSPORTE;
CAMIONES; TRANSPORTES DE MOTOR DE DOS RUEDAS Y SUS
ELEMENTOS DE MAQUINA; MÁQUINAS Y ACCESORIOS
PARTES Y ACCESORIOS; BASTIDORES [DE VAGONES DE FE-
PARA APARATOS DE LOCOMOCION TERRESTRE, AEREA O
RROCARRIL]; BASTIDORES PARA VEHÍCULOS; VOLCADEROS
ACUATICA; RUEDAS METÁLICAS PARA EQUIPO RODANTE
DE DESCARGA [PARA INCLINACIÓN DE VAGONES DE CARGA
Y LLANTAS DE ACERO PARA USO DE LOS MISMOS; TROLEY
PARA FERROCARRIL]; EJES DE VÁLVULA; ACOPLADORES
CARGADOR PARA MINAS (COCHES); AUTOCARES; MOTOCI-
DE VEHÍCULO; RESORTES DE SUSPENSIÓN DE VEHÍCULO;
CLETAS; IMPULSORES PRIMARIOS NO-ELÉCTRICOS [QUE NO
RUEDAS; APARATOS DE LOCOMOCIÓN POR TIERRA, AGUA
INCLUYAN "SUS PARTES"]; PARACAÍDAS; PARTES Y ACCE-
O AIRE, PARTES Y ACCESORIOS DE LOS MISMOS; BARCOS Y
SORIOS PARA TRANSPORTE FERROVIARIO DE MERCANCÍA Y
OTRAS MAQUINAS DE TRANSPORTE Y ACCESORIOS Y PARTES
PASAJEROS- A SABER, VAGONES DE TREN, RUEDAS, EJES, Y
DE LOS MISMO; PARTES ESTRUCTURALES Y COMPONENTES
LAS UNIDADES DE RUEDA-EJE; PARTES Y ACCESORIO PARA
DE AUTOMOVILES; BUQUES Y SUS PARTES Y ACCESORIOS
AUTOMÓVILES; BICITAXIS; ANILLOS DE PISTÓN; ELEMENTOS
PARA LOS MISMOS; MOTOS DE AGUA [EMBARCACIONES
DE CONVERSIÓN DE POTENCIA; EJES DE HÉLICES; CARROS
PERSONALES]; CENTROS DE RUEDAS (PARTES Y ACCESORIO
DE EXTRACCIÓN PARA MINERÍA; CARROS DE EMPUJE PARA
DE EQUIPO RODANTE); RINES PARA RUEDAS; UNIDADES DE
MINERÍA; ACOPLAMIENTOS PARA FERROCARRIL; VAGONES
RUEDA-EJE; SILLAS PARA RUEDAS; RUEDAS [DE VAGONES
DE FERROCARRIL; EQUIPO RODANTE PARA FERROCARRIL
DE FERROCARRIL]. Clase: 12.
Y SUS PARTES Y ACCESORIOS; ENGRANES DE REDUCCIÓN;
APARATOS E INSTRUMENTOS DE CONTROL DE RELAJACIÓN
La solicitud fue presentada el día nueve de marzo del año dos mil
PARA NIVELES DIFERENTES ENTRE VAGONES Y PLATAFORMAS DE ESTACIÓN; CARRITOS; VEHÍCULOS TERRESTRES Y
doce.
PARTES DE LOS MISMOS; EQUIPO RODANTE PARA FERROCARILES; TELEFÉRICOS PARA CARGA O MANEJO DE CARGA;
CORREAS DE TRANSMISIÓN DE POTENCIA ROTATIVAS QUE
CONECTAN MOTORES Y VENTILADORES DE REFRIGERACIÓN
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
dos de septiembre del año dos mil trece.
DE RADIADOR; DISCOS DE ROTOR; FUNDAS PARA ASIENTOS;
ÁRBOLES, EJES O HUSILLOS, COJINETES, ACOPLADORES DE
ÁRBOLES O CONECTORES, TRANSMISIONES DE POTENCIA Y
ENGRANAJES; BARCOS; CASCOS DE BARCOS Y SUS PARTES
MARÍA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR,
INCLUIDAS EN CLASE 12. MECANISMOS DE GOBIERNO PARA
BARCOS; AMORTIGUADORES Y RESORTES DE AMORTIGUADORES; AMORTIGUADORES PARA VAGONES DE FERROCARRIL Y MOTOCARROS; RESORTES DE AMORTIGUADORES;
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,
SECRETARIO.
CARRUAJES Y TRINEOS; RUEDAS SÓLIDAS LAMINADAS
[PARTES Y ACCESORIOS DE EQUIPO RODANTE]; TRANSPORTES ESPACIALES; CONJUNTOS DE EJES CON ROTORES;
3 v. alt. No. C011738-2
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014.
149
No. de Expediente: 2013131096
NOMBRE COMERCIAL
No. de Presentación: 20130191349
No. de Expediente: 2014132735
No. de Presentación: 20140195250
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RODRIGO
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de CORBES,
GUERRA DEL CID, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de
PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,
SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia:
CORBES, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando
el registro del NOMBRE COMERCIAL,
Consistente en: la frase Lorocos Cocina Salvadoreña y diseño, que
servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO DEDICADO A
Consistente en: las palabras SPORTS & BIKES y diseño, se
traduce al castellano como: deportes y bicicletas, que servirá para:
LA ELABORACION, VENTA Y DISTRIBUCION DE PRODUCTOS
ALIMENTICIOS.
IDENTIFICAR UNA EMPRESA DEDICADA A LA VENTA Y
COMERCIALIZACIÓN, DE BICICLETAS, REPUESTOS DE LAS
MISMAS Y ACCESORIOS RELACIONADOS.
La solicitud fue presentada el día veinticinco de octubre del año
dos mil trece.
La solicitud fue presentada el día trece de enero del año dos mil
catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
diecinueve de febrero del año dos mil catorce.
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
doce de febrero del año dos mil catorce.
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADORA.
REGISTRADOR.
VANESSA MARÍA ROSALES AGUILAR,
LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA,
SECRETARIA.
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C011499-2
3 v. alt. No. F025728-2
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
150
CONVOCATORIA A JUNTA ESPECIAL DE SERIES
CONVOCATORIAS
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA
DE ACCIONISTAS
La Junta Directiva de la Unidad de Transacciones, S.A. de C.V., del
domicilio de Nuevo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, por la
presente convoca a Junta General Ordinaria de Accionistas a celebrarse
a las quince horas del día cinco de mayo del corriente año, en Primera
Convocatoria, en las instalaciones de la Unidad de Transacciones, S.A.
de C.V., ubicadas en el km. 12 ½, Carretera al Puerto de La Libertad,
desvío al Municipio de Nuevo Cuscatlán, Departamento de La Libertad;
para conocer y resolver sobre la agenda siguiente:
I.
Comprobación de asistencia, establecimiento de quórum y
aprobación de agenda;
II.
Lectura y aprobación de la Memoria de Labores de la sociedad
para el año dos mil trece.
III.
Informe y aprobación del Balance General, del Estado de
Resultados y el Estado de cambios en el Patrimonio; todos
al treinta y uno de diciembre de dos mil trece.
IV.
Informe del Auditor Externo.
V.
VI.
Informe sobre el nombramiento de los miembros de Junta
Directiva por cada Junta Especial de Serie, para el período
dos mil catorce - dos mil quince; y señalamiento de sus
emolumentos.
Nombramiento del Auditor Fiscal y Externo; señalamiento
de sus emolumentos.
VII.Aplicación de resultados
Para que la Junta General Ordinaria de Accionistas se considere
legalmente reunida en la primera fecha de la convocatoria, deberá
estar representada, por lo menos, por ocho de los representantes de las
diferentes Clases o Series de acciones, y las resoluciones serán válidas
cuando se tomen por la mayoría de votos presentes.
La Junta Directiva de la Unidad de Transacciones, S.A. de C.V., del
domicilio de Nuevo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, por la
presente convoca a Junta Especial de Series de Acciones, en Primera Convocatoria, a las Series "Generadores", "Distribuidores", "Transmisores",
"Usuarios Finales" y "Comercializadores Independientes" a celebrarse
a las ocho, diez, doce, catorce y dieciséis horas, respectivamente, del
día veintisiete de marzo del corriente año, y en Segunda Convocatoria
a las mismas horas del día veintiocho de marzo del corriente año; en las
instalaciones de la Unidad de Transacciones, S.A. DE C.V.; para conocer
y resolver sobre la agenda siguiente:
I.
Comprobación de asistencia, establecimiento de quórum y
aprobación de agenda;
II.
Elección de representantes de la Serie o Clase ante la Junta
General Ordinaria de Accionistas; que se celebrará los días
cinco o seis de mayo del año en curso, en primera y segunda
convocatoria, respectivamente;
III.
Elección de representantes de la Serie o Clase ante la Junta
Directiva, que fungirán durante el período dos mil catorce dos mil quince.
El quórum necesario para la celebración de la Junta Especial en
Primera Convocatoria, será la mitad más uno, de las acciones de la Clase
o Serie y en Segunda Convocatoria la Junta Especial se celebrará con las
acciones presentes. En ambos casos, para tomar resolución se necesitará
el voto conforme de la mayoría de accionistas presentes. Cada uno de
los accionistas tendrá derecho a un voto independientemente del número
de acciones que posea.
Los accionistas y sus representantes podrán delegar su representación
en una o varias personas para que los representen en la Junta respectiva.
El delegado podrá ser o no accionista. Si en el documento con el cual
compruebe la representación constare las instrucciones, facultades o
atribuciones que se le han conferido, su representación solo será válida
en tanto su actuación sea acorde a lo expresado en dicho documento.
Nuevo Cuscatlán, veintiséis de febrero de dos mil catorce.
GREGORIO ANTONIO ÁVILA CASTILLO
De no establecerse el quórum en la fecha y hora expresada, se
hace una Segunda Convocatoria para el día seis de mayo del corriente
año, a las quince horas y en el mismo lugar destinado para la Primera
Convocatoria.
Si la Junta General Ordinaria de Accionistas se reuniere en la
segunda fecha de la convocatoria, por falta de quórum necesario para
hacerlo en la primera, se considerará válidamente constituida con cualquier
que sea el número de representantes de las diferentes Clases o Series
de acciones que asistan, y sus resoluciones se tomarán por mayoría de
votos presentes.
Nuevo Cuscatlán, veintiséis de febrero de dos mil catorce.
GREGORIO ANTONIO ÁVILA CASTILLO
PRESIDENTE
3 v. alt. No. C011497-2
PRESIDENTE
3 v. alt. No. C011498-2
CONVOCATORIA
La Junta Directiva de SOCIEDAD COOPERATIVA SACERDOTAL
LTDA, "ARS'', por este medio convoca a todos los socios a Junta Ordinaria que se celebrará el 31 de marzo del presente año, a las 9: a.m.; en
el Hospital " La Divina Providencia".
La Agenda a desarrollar es la siguiente:
1-
Determinación del quórum.
2-
Apertura o cierre de la sesión según quórum
3-
Lectura y seguimiento del acta anterior.
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014.
4-
Informe del Tesorero, Gerente, Consejo de Vigilancia y
4)
Auditor.
5-
151
Presentación de Informe del auditor externo del ejercicio que
finalizó el 31 de diciembre del 2013.
Elección de Junta Directiva y Consejo de Vigilancia, conforme
5)
sistema democrático y por voto secreto.
mentos para el ejercicio económico del año 2014,
6-
Nombramiento del auditor Fiscal y Financiero
6)
7-
Proposiciones de la Directiva en Funciones.
7)
8-
Asuntos Varios.
9-
Cierre de la sesión.
Nombramiento del Auditor Externo y fijación de sus emolu-
Aplicación de Resultados del ejercicio del año 2013.
Reestructuración de la Administración Social del Administrador Único Propietario y el Suplente.
PUNTOS DE CARACTER EXTRAORDINARIO:
Si a la hora indicada, no se pudiera celebrar sesión por falta de
1)
Capitalizaciones de acciones por deuda.
QUORUM, se pospondrá a una hora después de este mismo día y se
celebrará con el número de accionistas presentes.
San Salvador, 26 de febrero de 2014.
La Junta General se tendrá por legalmente reunida en PRIMERA
CONVOCATORIA, para conocer de los asuntos de carácter ORDINARIO, al encontrarse presentes y/o representadas por lo menos la mitad más
uno de las totalidad de las acciones que conforman el capital social, o sea
LIC. CARLOS FRANCISCO MEJIA RECINOS,
51% de las acciones, y las resoluciones serán válidas con la mayoría de
DIRECTOR PRESIDENTE.
los accionistas con voto presente y/o representados. Y para conocer de
los asuntos de carácter EXTRAORDINARIO, el quórum necesario para
celebrar la Junta general en primera convocatoria serán las tres cuartas
3 v. alt. No. C011501-2
partes del total de acciones que componen el capital social y para tomar
resoluciones se necesita igual proporción.
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA Y
La junta General se tendrá por legalmente reunida en SEGUNDA
CONVOCATORIA, para conocer de los asuntos de carácter ORDINA-
EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS
RIO, cualquier que sea el número de acciones presentes o representadas,
y sus acuerdos o resoluciones serán válidas por la mayoría de las acciones
presentes o representadas. Para los puntos de carácter EXTRAORDI-
El Suscrito Administrador Único Suplente de la Sociedad DM SAO
PAULO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que
se abrevia DM SAO PAULO, S.A. DE C.V., del domicilio de San
Salvador, Departamento de San Salvador, e inscrita en el Registro de
Comercio bajo el Número 64 del Libro 2597 del Registro de Sociedades,
NARIO, en Segunda Convocatoria, el quórum necesario para celebrar
la Junta General, serán la mitad más una de las acciones que componen
el total del capital social, y el Número de votos necesario para que las
resoluciones sean válidas será las tres cuartas partes de las acciones
presentes.
en cumplimiento al Pacto Social, CONVOCA: a sus accionistas para
que concurran en primera convocatoria a la JUNTA GENERAL DE
ACCIONISTAS MIXTA para tratar asuntos de carácter ORDINARIO
En caso de no establecerse el quórum requerido para realizar esta
y EXTRAORDINARIO que se celebrará el día VEINTICUATRO de
sesión en primera convocatoria, ya sea para asuntos de carácter Ordinario
MARZO de dos mil catorce, a partir de las NUEVE HORAS en: Calle
o Extraordinario, por esta misma se CONVOCA a los accionistas para
Chiltiupán y Avenida Jayaque, Block B casa Número 2, Jardines de La
celebrar la Junta General en segunda convocatoria el día VEINTICINCO
Libertad, Santa Tecla, Departamento de La Libertad Y en SEGUNDA
DE MARZO DE DOS MIL CATORCE, a partir de las DIEZ horas, en
CONVOCATORIA, para el día veinticinco de marzo de dos mil catorce,
el mismo lugar señalado para la primera convocatoria.
a partir de las diez horas, en el mismo lugar señalado para la primera
convocatoria.
La Agenda a tratar en la Junta es la siguiente:
1)
Establecimiento de Quórum
2)
Lectura del Acta Anterior
San Salvador, 21 de febrero de 2014.
WAGNER ELIAS,
ADMINISTRADOR ÚNICO SUPLENTE
PUNTOS DE CARÁCTER ORDINARIO:
3)
DM SAO PAULO, S.A. DE C.V.
Aprobación o improbación de: a) Memoria de Labores; b)
Balance General, c) El estado de Resultados; d) El estado de
cambios en el Patrimonio del ejercicio 2013.
3 v. alt. No. F025608-2
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
152
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA Y EXTRAOR-
de los accionistas con voto presente y/o representados. Y para conocer
DINARIA DE ACCIONISTAS
de los asuntos de carácter EXTRAORDINARIO, el quórum necesario
para celebrar la Junta General en primera convocatoria serán las tres
cuartas partes del total de acciones que componen el capital social y
El Suscrito Administrador Único Suplente de la Sociedad ORTIZ
para tomar resoluciones se necesita igual proporción.
GAMIG, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se
abrevia ORTIZ GAMIG, S.A. DE C.V., del domicilio de San Salvador,
Departamento de San Salvador, e inscrita en el Registro de Comercio
La Junta General se tendrá por legalmente reunida en SEGUNDA
bajo el Número 29 del Libro No:2683 del Registro de Sociedades, CON-
CONVOCATORIA, para conocer de los asuntos de carácter ORDINA-
VOCA: a sus accionistas para que concurran en primera convocatoria a
RIO, cualquier que sea el número de acciones presentes o representadas,
la JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS MIXTA para tratar asuntos
y sus acuerdos o resoluciones serán válidas por la mayoría de las acciones
de carácter ORDINARIO y EXTRAORDINARIO que se celebrará
presentes o representadas. Para los puntos de carácter EXTRAORDI-
el día VEINTICINCO de MARZO de dos mil catorce, a partir de las
NARIO, en Segunda Convocatoria, el quórum necesario para celebrar
NUEVE HORAS en: Calle Chiltiupán y Avenida Jayaque Block B, Casa
la Junta General, serán la mitad más una de las acciones que componen
Número 2, Jardines de La Libertad, Santa Tecla, Departamento de La
el total del capital social, y el Número de votos necesario para que las
Libertad, Y en SEGUNDA CONVOCATORIA, para el día veintiséis
resoluciones sean válidas será las tres cuartas partes de las acciones
de marzo, a partir de las diez horas, en el mismo lugar señalado para la
presentes.
primera convocatoria.
La Agenda a tratar en la Junta es la siguiente:
1)
Establecimiento de Quórum
2)
Lectura del Acta Anterior
En caso de no establecerse el quórum requerido para realizar esta
sesión en primera convocatoria, ya sea para asuntos de carácter Ordinario
o Extraordinario, por esta misma se CONVOCA a los accionistas para
celebrar la Junta General en segunda convocatoria el día VEINTISEIS
DE MARZO DE DOS MIL CATORCE, A PARTIR DE LAS DIEZ
HORAS, en el mismo lugar señalado para la primera convocatoria.
PUNTOS DE CARÁCTER ORDINARIO:
3)
San Salvador, 21 de febrero de 2014.
Aprobación o improbación de: a) Memoria de Labores; b)
Balance General, c) El estado de Resultados; d) El estado de
MAURILIO DA SILVA LUIZ,
cambios en el Patrimonio del ejercicio 2013.
ADMINISTRADOR ÚNICO SUPLENTE
4)
Presentación de Informe del auditor externo del ejercicio que
finalizó el 31 de diciembre del 2013.
5)
ORTIZ GAMIG, S.A. DE C.V.
Nombramiento del Auditor Externo y fijación de sus emolu3 v. alt. No. F025609-2
mentos para el ejercicio económico del año 2014,
6)
7)
Aplicación de Resultados del ejercicio del año 2013.
Reestructuración de la Administración Social del Administrador Único Propietario y el Suplente.
PUNTOS DE CARÁCTER EXTRAORDINARIO:
1)
Ratificación de adquisición de deuda para cancelar compra
de equipo
2)
SUBASTA PÚBLICA
VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE
LO CIVIL DE APOPA.
HACE SABER: Al público para los efectos de ley, que en el Juicio
Cambio de Razón Social de: ORTIZ GAMIG, SOCIEDAD
Ejecutivo promovido por la Licenciada ELSY ELIZABETH GALVEZ
ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE y su abreviatura
SÁNCHEZ, con Número de Identificación Tributaria: cero seis uno
ORTIZ GAMIG, S.A. DE C.V., a JMA EL SALVADOR,
cuatro- dos cinco cero tres siete uno- uno uno uno-ocho; en calidad de
SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE y su
Apoderada General Judicial del BANCO DAVIVIENDA SALVADORE-
abreviatura: JMA EL SALVADOR, S.A. DE C.V.
ÑO, SOCIEDAD ANONIMA, o BANCO DAVIVIENDA, SOCIEDAD
ANONIMA o BANCO SALVADOREÑO, SOCIEDAD ANONIMA,
que puede abreviarse BANCO DAVIVIENDA SALVADOREÑO,
La Junta General se tendrá por legalmente reunida en PRIMERA
S.A. o BANCO DAVIVIENDA, S.A., o BANCO SALVADOREÑO,
CONVOCATORIA, para conocer de los asuntos de carácter ORDINA-
S.A. o BANCOSAL, S.A., antes BANCO HSBC SALVADOREÑO,
RIO, al encontrarse presentes y/o representadas por lo menos la mitad
SOCIEDAD ANONIMA o BANCO HSBC, SOCIEDAD ANONIMA, o
más uno de las totalidad de las acciones que conforman el capital social,
BANCO SALVADOREÑO, SOCIEDAD ANONIMA, o BANCOSAL,
o sea 51% de las acciones, y las resoluciones serán válidas con la mayoría
SOCIEDAD ANONIMA, que puede abreviarse BANCO HSBC, SAL-
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014.
153
VADOREÑO, S.A., BANCO HSBC, S.A., BANCO SALVADOREÑO,
rumbo Norte once grados veinticinco minutos, dieciséis segundos Oeste,
S.A. o BANCOSAL, S.A., Institución Bancaria del domicilio de San
con distancia de siete punto cero siete metros, colindando con parcela de
Salvador, con Número de Identificación Tributaria: cero seiscientos
la señora María Lucía Orellana, con Calle La Estación de por medio, se
catorce- ciento setenta mil novecientos noventa y cuatro- cero cero uno-
llega al vértice Nor poniente de donde se inició la presente descripción
cinco; contra el señor ANTONIO PERALTA ORELLANA, conocido
técnica. El inmueble antes descrito tiene una extensión superficial de
por ANTONIO ORELLANA PERALTA, de cincuenta y cuatro años de
NOVENTA Y CUATRO PUNTO CUARENTA Y CUATRO ME-
edad a la fecha del Contrato, Mecánico Soldador, siendo Apopa su último
TROS CUADRADOS; Inscrito en el Registro de la Propiedad Raíz e
domicilio conocido, actualmente de paradero ignorado, con Número de
Hipotecas de la Primera Sección del Centro, en el Sistema de Folio Real
Identificación Tributaria: cero seis cero dos-cero uno cero cinco cinco
Computarizado en la Matrícula Número: SEIS CERO DOS SEIS UNO
cuatro- cero cero uno-nueve; representado por su Curador Ad-Lítem
UNO CERO CERO - CERO CERO CERO CERO CERO.
nombrado, Licenciado KONRADD ALEXANDER MIRANDA MACHUCA, mayor de edad, Abogado, del domicilio de San Salvador, con
Número de Identificación Tributaria: cero seiscientos catorce-doscientos
Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las diez horas y
cincuenta y un mil ochenta y cinco- ciento tres- cero; reclamándole el
quince minutos del día veinte de enero del año dos mil catorce. DRA.
pago de VEINTINUEVE MIL CUARENTA Y OCHO DOLARES DE
VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE
LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON SEIS CENTAVOS
LO CIVIL DE APOPA. LIC. JOSE DULEY CERNA FERNANDEZ,
DE DÓLAR, que comprende dos créditos, según el detalle siguiente:
SECRETARIO.
A) MUTUO DIECINUEVE MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y
UN DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON
3 v. alt. No. F025641-2
SETENTA Y UN CENTAVOS DE DOLAR, en concepto de capital,
más intereses pactados del DIEZ PUNTO CERO CERO POR CIENTO
ANUAL sobre saldos, a partir del día veintitrés de agosto del año dos
mil nueve, en adelante; e intereses moratorios del CINCO POR CIENTO
ANUAL, a partir del día trece de abril del año dos mil diez en adelante; y
B) Consistente en un PAGARE SIN PROTESTO, la cantidad de NUEVE
REPOSICIÓN DE CERTIFICADOS
MIL OCHOCIENTOS SEIS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS
DE AMÉRICA CON TREINTA Y CINCO CENTAVOS DE DÓLAR,
en concepto de capital, más intereses convencionales del DIEZ PUNTO
LA CAJA DE CRÉDITO DE SAN VICENTE, SOC. COOP. DE R.
TREINTA POR CIENTO ANUAL sobre saldos, contados a partir del día
L. DE C.V.,
dos de julio del año dos mil nueve, en adelante, e intereses moratorios
del CINCO POR CIENTO ANUAL sobre saldos a partir del día treinta
de agosto del año dos mil nueve, en adelante; y costas procesales; se ha
COMUNICA: Que a sus oficinas se ha presentado el propietario
ordenado VENDER EN PUBLICA SUBASTA, en este mismo Juzga-
del Certificado de depósito a plazo fijo número 14616, cuenta número
do, en fecha y por el precio que oportunamente se indicará, un lote de
32000027455-1, emitido el día 14 de diciembre de 2013, en sus oficinas
terreno urbano y construcciones que contiene, ubicado en el Reparto
centrales, por valor original de TREINTA MIL DOLARES DE LOS
Apopa, Lote Número Noventa y Dos, Calle La Estación, Jurisdicción
ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$ 30,000.00), con plazo de 360
de Apopa, Departamento de San Salvador; cuya descripción técnica se
días, el cual devenga el 6.50% de interés anual, solicitando reposición
inicia partiendo del vértice esquinero Nor poniente siguiendo el sentido
de dicho certificado, por habérsele extraviado.
horario de las agujas del reloj: LINDERO NORTE: Partiendo del vértice
Nor Poniente, tramo con rumbo Norte Ochenta y siete grados cincuenta
En consecuencia de lo anterior se hará del conocimiento público,
para los efectos legales del caso.
y cuatro minutos, treinta y ocho segundos Este, con distancia de catorce
punto cero nueve metros, colindando con parcela de la señora María
Hortensia de Ramírez, con pared del tipo saltex del inmueble que se
remide, se llega al vértice Nor-oriente, LINDERO ORIENTE: Partiendo
del vértice Nor-Oriente, tramo con rumbo Sur cero un grado cincuenta
y cinco minutos, veintiún segundos Este, con distancia de siete punto
Transcurridos treinta días después de la tercera publicación de
este aviso y si no hubiere ninguna oposición se procederá a reponer el
certificado en referencia.
San Vicente, a los veintiséis días del mes de febrero de dos mil
catorce.
cero un metro, colindando con parcela del señor Julio César Aguilar,
con pared del tipo saltex del inmueble que se remide, se llega al vértice
Sur-Oriente, lindero SUR: Partiendo del vértice Sur-Oriente, tramo con
FRANCISCO DELIO ALVARENGA HIDALGO,
rumbo Sur ochenta y ocho grados cero punto cuatro minutos, cuarenta
GERENTE GENERAL.
segundos Oeste, con distancia de doce punto noventa y dos metros, colindando con parcela del señor José Evelio Orellana Díaz, con pared del
tipo saltex del inmueble que se remide, se llega al vértice Sur poniente;
LINDERO PONIENTE: Partiendo del vértice Sur-poniente, tramo con
3 v. alt. No. F025734-2
154
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
TÍTULO MUNICIPAL
Se avisa al público para los efectos de Ley.
Alcaldía Municipal: Tapalhuaca, departamento de La Paz, vein-
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE LA VILLA DE
TAPALHUACA.
ticuatro de febrero de dos mil catorce- JOSE NELSON QUEZADA,
ALCALDE MUNICIPAL.- VICTOR MANUEL APARICIO, SECRETARIO MUNICIPAL.
AVISA: Que a esta Oficina se ha presentado JOSE ANTONIO
LAINEZ, de sesenta y siete años de edad, pensionado, del domicilio de
Tapalhuaca, departamento de La Paz, portador de su Documento Único
de Identidad número cero uno ocho cero nueve dos nueve tres-cero; con
3 v. alt. No. F025707-2
Número de Identificación Tributaria cero ocho dos cero-cero dos uno
cero cuatro seis-cero cero uno-uno, actuando en calidad de Apoderado
Especial del señor JUAN ANTONIO QUEZADA LAINEZ, de sesenta
y siete años de edad, motorista, de este domicilio, con Documento Único
MARCA DE SERVICIOS
de Identidad número cero dos seis tres cuatro seis dos ocho-ocho, y con
Número de Identificación Tributaria cero ocho dos cero-dos dos uno
cero cuatro seis-cero cero uno-cero, y de la señora CRUZ MORENO,
No. de Expediente: 2013127348
de sesenta y siete años de edad, de oficios domésticos, de este domicilio,
No. de Presentación: 20130184894
con Documento Único de Identidad número cero tres cinco siete ocho
CLASE: 43.
cero seis cuatro-tres, y con Número de Identificación Tributaria uno cero
uno cero-uno cero uno cero cuatro seis-uno cero dos-uno; tal como lo
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
comprueba con fotocopia certificada por notario de Testimonio de Poder
Especial, a favor de Santos Ernestina Laínez Fabián y sustituido a su
favor el día treinta de enero de dos mil catorce; a iniciar diligencias de
Título Municipal de un terreno de naturaleza urbana, el cual está ubicado
en el Barrio El Calvario de esta Población, y tiene una superficie de
NOVENTA Y OCHO PUNTO NUEVE MIL QUINIENTOS SETENTA
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado SAMUEL
WILLIAM ORTIZ DAUBER, en su calidad de APODERADO de POLLO BRUJO DE CENTROAMERICA, SOCIEDAD ANONIMA, de
nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA
DE SERVICIOS,
Y SEIS METROS CUADRADOS, que mide y linda: AL NORTE: En
tramo recto diez punto cero metros linda con rumbo Norte, ochenta y
POLLO BRUJO
cuatro grados veintidós minutos y dieciocho segundos, linda con terreno
propiedad de la Alcaldía Municipal de Tapalhuaca; AL ORIENTE:
Tramo recto de nueve punto noventa y tres metros con rumbo Sur, cero
cinco grados treinta y tres minutos y treinta segundos, linda con terreno
propiedad del señor Juan Antonio Quezada Laínez, Cruz Moreno; AL
SUR: En tramo recto de diez punto cero metros con rumbo Sur, ochenta
y cuatro grados cincuenta minutos y treinta segundos Oeste, linda con
terreno propiedad de Jesús de David Quezada Laínez y Ernesto Ramos
Consistente en: las palabras POLLO BRUJO, que servirá para:
AMPARAR: SERVICIO DE RESTAURANTE; SERVICIO DE CAFES; SERVICIO CAFETERIAS; SERVICIOS DE PROVISION DE
ALIMENTOS Y BEBIDAS EN AUTOSERVICIO; SERVICIO DE
ALIMENTACION Y BEBIDAS, BARES DE COMIDA RAPIDAS.
Clase: 43.
Ponce; AL PONIENTE: En tramo recto de nueve punto ochenta y cinco
metros con rumbo Norte, cero cinco grados treinta y cinco minutos y
cero segundos Oeste, linda en este tramo con terreno propiedad María
Ester Echeverría de Esquivel, calle de por medio. Dicho terreno no está
inscrito a favor de mis mandantes, por carecer de antecedente inscrito,
La solicitud fue presentada el día treinta de mayo del año dos mil
trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
diecisiete de febrero del año dos mil catorce.
que son poseedores de buena fe, por lo que sus derechos de posesión
datan de más de veinte años continuos y sin interrupción, lo cual los
habilita para promover las correspondientes diligencias de Título Municipal, en vista que el referido inmueble carece de antecedente registral.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
Dicho inmueble tiene un valor de UN MIL SEISCIENTOS DOLARES
DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, no es predio dominante,
LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,
ni sirviente, no se encuentra en proindivisión con ninguna persona,
los colindantes pueden ser citados en Barrio El Calvario, Tapalhuaca,
SECRETARIA.
departamento de La Paz..
3 v. alt. No. C011512-2
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014.
No. de Expediente: 2013123972
155
que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE RESTAURACIÓN
PARA LLEVAR. Clase: 43.
No. de Presentación: 20130178756
La solicitud fue presentada el día trece de agosto del año dos mil
CLASE: 38.
doce.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado EDY
GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de COINCA COMUNICACIONES INALAMBRICAS
DE CENTRO AMERICA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE que se abrevia: COINCA, S. A. DE C. V., de nacionalidad
SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
cuatro de octubre del año dos mil trece.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
ALCIDES SALVADOR FUNES LIZAMA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C011713-2
Consistente en: la palabra INTRACK y diseño, que servirá para:
AMPARAR: TELECOMUNICACIONES; ACCESO A USUARIO
SERVICIOS DE PROVEEDORES A REDES INFORMATICAS
MUNDIALES. Clase: 38.
La solicitud fue presentada el día dieciséis de enero del año dos
mil trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veinte de septiembre del año dos mil trece.
No. de Expediente: 2013131067
No. de Presentación: 20130191301
CLASE: 44.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado EDY
GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, en su calidad de APODERADO
de LABORATOIRE HRA PHARMA, de nacionalidad FRANCESA,
solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C011706-2
ESMYARING
No. de Expediente: 2012120612
No. de Presentación: 20120172446
CLASE: 43.
Consistente en: la palabra ESMYARING, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS MÉDICOS. Clase: 44.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
La solicitud fue presentada el día veinticuatro de octubre del año
dos mil trece.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado EDY
GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, en su calidad de APODERADO
ESPECIAL de Pei Wei Asian Diner, LLC, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintinueve de octubre del año dos mil trece.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
REGISTRADOR.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIA.
Consistente en: las palabras PEI WEI ASIAN DINER y diseño,
que se traducen al castellano como COMEDOR ASIATICO PEI WEI,
3 v. alt. No. C011719-2
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
156
VARIABLE que se abrevia: COINCA, S. A. DE C. V., de nacionalidad
SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
No. de Expediente: 2013131066
No. de Presentación: 20130191300
CLASE: 35.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado EDY
GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, en su calidad de APODERADO
de LABORATOIRE HRA PHARMA, de nacionalidad FRANCESA,
solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
ESMYARING
Consistente en: la palabra ESMYARING, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE PUBLICIDAD, PROMOCIÓN Y VENTA
AL POR MENOR DE PRODUCTOS FARMACÉUTICOS, BIOTECNOLÓGICOS O MÉDICOS PARA USO HUMANO; REUNIENDO,
PARA EL BENEFICIO DE LOS DEMÁS, LOS PRODUCTOS FARMACÉUTICOS, BIOTECNOLÓGICOS O MÉDICOS PARA USO
HUMANO (EXCLUYENDO EL TRANSPORTE), PERMITIENDO
A LOS CLIENTES COMPRARLOS DE MANERA CONVENIENTE
A UN MAYORISTA. Clase: 35.
La solicitud fue presentada el día veinticuatro de octubre del año
dos mil trece.
Consistente en: la palabra inTRACK y diseño, que servirá para:
AMPARAR: PUBLICIDAD; GESTION DE NEGOCIOS COMERCIALES; ADMINISTRACIÓN COMERCIAL; TRABAJOS DE OFICINA; COMPILACIÓN DE INFORMACIÓN EN BASES DE DATOS
INFORMATICAS. Clase: 35.
La solicitud fue presentada el día dieciséis de enero del año dos
mil trece,
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
cuatro de noviembre del año dos mil trece.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,
SECRETARIA.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintinueve de octubre del año dos mil trece.
3 v. alt. No. C011721-2
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
No. de Expediente: 2013123974
REGISTRADOR.
No. de Presentación: 20130178758
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
CLASE: 39.
SECRETARIA.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
3 v. alt. No. C011720-2
No. de Expediente: 2013123975
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado EDY
GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de COINCA COMUNICACIONES INALAMBRICAS
DE CENTRO AMERICA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE que se abrevia: COINCA, S. A. DE C. V., de nacionalidad
SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
No. de Presentación: 20130178759
CLASE: 35.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado EDY
GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de COINCA COMUNICACIONES INALAMBRICAS
DE CENTRO AMERICA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
Consistente en: la palabra inTRACK y diseño, que servirá para:
AMPARAR: TRANSPORTE; EMBALAJE Y ALMACENAMIENTO
DE MERCANCIAS; ORGANIZACIÓN DE VIAJES; INFORMACION
SOBRE TRAFICO; INFORMACIÓN SOBRE TRANSPORTE. Clase:
39.
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014.
La solicitud fue presentada el día dieciséis de enero del año dos
mil trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
ocho de noviembre del año dos mil trece.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
157
LÍNEA DE NOTICIAS DE ENTRETENIMIENTO E INFORMACIÓN,
PRODUCTOS, PROGRAMAS MULTIMEDIA Y MATERIALES EN
REFERENCIA. Clase: 41.
La solicitud fue presentada el día veintisiete de mayo del año dos
mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veinticinco de septiembre del año dos mil trece.
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,
ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,
SECRETARIA.
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. C011723-2
RHINA GUADALUPE BARRERA QUINTANILLA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C011733-2
No. de Expediente: 2011110006
No. de Presentación: 20110152518
CLASE: 41.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado EDY
GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, en su calidad de APODERADO
ESPECIAL de THE CARTOON NETWORK, INC., de nacionalidad
ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
No. de Expediente: 2011110003
No. de Presentación: 20110152515
CLASE: 38.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado EDY
GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, en su calidad de APODERADO
de THE CARTOON NETWORK, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: la expresión CN CARTOON NETWORK y
diseño, que se traduce al castellano como CN Red de Caricaturas, que
servirá para: AMPARAR: EDUCACIÓN; ENTRETENIMIENTO;
ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y CULTURALES; SERVICIOS DE
ENTRETENIMIENTO E INFORMACIÓN A TRAVÉS DE BANDA
ANCHA, INALÁMBRICOS Y EN LÍNEA; PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE JUEGOS INFORMÁTICOS EN LÍNEA; PROGRAMAS DE
ENTRETENIMIENTO MULTIMEDIA EN LÍNEA, PRODUCCIÓN,
PROYECCIÓN Y ALQUILER DE PROGRAMAS DE TELEVISIÓN,
VÍDEOS, PELÍCULAS CINEMATOGRÁFICAS, AUDIO PREGRABADO Y CINTAS DE VIDEO, CASETES, DISCOS, CINTAS, CDS,
DVDS Y CUALQUIER OTRO TIPO DE SOPORTES DE DATOS,
PRODUCCIÓN Y REALIZACIÓN DE PROGRAMAS DE RADIO Y
TELEVISIÓN; INFORMACIÓN RELATIVA AL ENTRETENIMIENTO O EDUCACIÓN QUE SE IMPARTE A TRAVÉS DE TELEVISIÓN,
BANDA ANCHA, INALÁMBRICO Y EN LÍNEA; PRESTACIÓN DE
SERVICIOS DE TELEVISIÓN, BANDA ANCHA, INALÁMBRICOS
PUBLICACIONES ELECTRÓNICAS EN LÍNEA (NO DESCARGABLES), SUMINISTRO DE PUBLICACIONES ELECTRÓNICAS EN
Consistente en: La expresión CN CARTOON NETWORK y diseño que se traduce al castellano como CN RED DE CARICATURAS,
que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE PROVISIÓN DE
ACCESO A TELECOMUNICACIONES INTEGRADAS EN UNA
PLATAFORMA EN LA NATURALEZA DE BANDA ANCHA DE
SEGURIDAD PARA UNA RED INFORMÁTICA PARA PRODUCCIÓN, DISTRIBUCIÓN, TRANSFERENCIA Y MANIPULACIÓN DE
PELÍCULAS, TELEVISIÓN Y OTROS CONTENIDOS CON MULTIMEDIA. SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AL AIRE. SERVICIOS
DE TELECOMUNICACIÓN: RADIODIFUSIÓN Y TRANSMISIÓN
DE PROGRAMAS DE RADIO Y DE TELEVISIÓN, DE SONIDO E
IMÁGENES E INFORMACIÓN, TAMBIÉN A TRAVÉS DE CABLE,
SATÉLITE, RADIO, RED GLOBAL O INFORMÁTICA Y OTROS
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
158
EQUIPOS TÉCNICOS SIMILARES; TELECOMUNICACIONES DE
INFORMACIÓN (INCLUYENDO PÁGINAS WEB), PROGRAMAS
DE COMPUTACIÓN Y CUALQUIER OTRA DATA; SERVICIOS
ELECTRÓNICOS DE CORREO; PROVISIÓN DE CONEXIONES
DE TELECOMUNICACIÓN AL INTERNET O BASES DE DATOS;
SERVICIOS QUE SIRVEN COMO PUERTA DE ENLACE DE LAS
TELECOMUNICACIONES; COLECCIÓN Y PROVISIÓN DE NOTICIAS, MENSAJES E INFORMACIÓN; AGENCIA DE PRENSA E
INFORMACIÓN NO COMERCIAL. Clase: 38.
La solicitud fue presentada el día diecinueve de agosto del año dos
mil trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
doce de diciembre del año dos mil trece.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
La solicitud fue presentada el día veintisiete de mayo del año dos
mil once.
RUTH NOEMI PERAZA GALDÁMEZ,
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
SECRETARIA.
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
3 v. alt. No. F025680-2
diecisiete de octubre del año dos mil trece.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
No. de Expediente: 2013129061
REGISTRADOR.
No. de Presentación: 20130188150
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
CLASE: 39.
SECRETARIA.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
3 v. alt. No. C011734-2
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado BENJAMIN
ALFREDO ABARCA CASTELLON, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de GRUAS Y TALLER ABARCA, SOCIEDAD ANONIMA
DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: G Y T ABARCA, S. A. DE
C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la
MARCA DE SERVICIOS,
No. de Expediente: 2013129432
No. de Presentación: 20130188717
CLASE: 12, 39.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LUIS ENRIQUE SALAVERRIA MOREIRA, de nacionalidad SALVADOREÑA,
en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA
Consistente en: las palabras GRUAS Y TALLER ABARCA y
diseño, que servirá para: AMPARAR: SERVICIO DE GRUAS. Clase:
39.
DE SERVICIOS,
La solicitud fue presentada el día treinta y uno de julio del año dos
mil trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
doce de diciembre del año dos mil trece.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
Consistente en: las palabras PROYECTO TOROGOZ y diseño,
REGISTRADOR.
que servirá para: AMPARAR: COHETES COMO APARATOS DE
RUTH NOEMÍ PERAZA GALDÁMEZ,
TRANSPORTE Y LOS VEHICULOS DE LANZAMIENTO. Clase:
SECRETARIA.
12. Para: AMPARAR: SERVICIO DE VIAJE. Clase: 39.
3 v. alt. No. F025725-2
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014.
REPOSICIÓN DE PÓLIZA DE SEGURO
159
Si dentro de 30 días contados a partir de la última publicación de este
aviso no se presentare oposición, se procederá a reponer la mencionada
Póliza.
AVISO
San Salvador, 12 de febrero de 2014.
La Centro Americana, S.A., hace del conocimiento del público en general,
que se ha presentado ANTONIO LARA MONTES, del domicilio de
SAN SALVADOR, solicitando reposición de su Póliza de Seguro de
Vida 11042 emitida el 28/02/2007.
Ana Elizabeth de Domínguez
Responsable de Vida Individual y Decesos.
Si dentro de 30 días contados a partir de la última publicación de este
aviso no se presentare oposición, se procederá a reponer la mencionada
Póliza.
3 v. alt. No. C011505-2
AVISO
San Salvador, 11 de febrero de 2014.
Ana Elizabeth de Domínguez,
Responsable de Vida Individual y Decesos.
3 v. alt. No. C011502-2
La Centro Americana, S.A., hace del conocimiento del público en general,
que se ha presentado JOSE GERARDO RIVAS DURAN, del domicilio
de SAN SALVADOR, solicitando reposición de su Póliza de Seguro de
Vida 95010061 emitida el 20/01/1995.
Si dentro de 30 días contados a partir de la última publicación de este
aviso no se presentare oposición, se procederá a reponer la mencionada
Póliza.
San Salvador, 12 de febrero de 2014.
AVISO
Ana Elizabeth de Domínguez,
Responsable de Vida Individual y Decesos.
La Centro Americana, S.A., hace del conocimiento del público en general,
que se ha presentado JOSE HUMBERTO ALAS LOPEZ, del domicilio
de LA LIBERTAD, solicitando reposición de su Póliza de Seguro de
Vida 93080640 emitida el 24/08/1993.
Si dentro de 30 días contados a partir de la última publicación de este
aviso no se presentare oposición, se procederá a reponer la mencionada
Póliza.
San Salvador, 18 de febrero de 2014.
3 v. alt. No. C011506-2
MARCA DE PRODUCTO
No. de Expediente: 2014132700
No. de Presentación: 20140195174
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
Ana Elizabeth de Domínguez,
Responsable de Vida Individual y Decesos.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de BEC
SUCRÉ, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se
abrevia: BEC SUCRÉ, S. A. DE C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
3 v. alt. No. C011504-2
AVISO
La Centro Americana, S.A., hace del conocimiento del público en general,
que se ha presentado MARIA MAGDALENA PANIAGUA ROMERO,
del domicilio de SAN MIGUEL, solicitando reposición de su Póliza de
Seguro de Vida 14626 emitida el 05/02/2009.
Consistente en: la palabra Lübeck y diseño, que servirá para: AMPARAR: PAN, PRODUCTOS DE PASTELERIA, CHOCOLATES Y
CONFITERIA. Clase: 30.
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
160
La solicitud fue presentada el día diez de enero del año dos mil
catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
nueve de diciembre del año dos mil trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
doce de febrero del año dos mil catorce.
REGISTRADOR.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,
SECRETARIA.
LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C011511-2
3 v. alt. No. C011500-2
No. de Expediente: 2011113570
No. de Expediente: 2013131759
No. de Presentación: 20130192945
No. de Presentación: 20110158890
CLASE: 29.
CLASE: 07.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado EDY
GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, en su calidad de APODEHACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JOSE
TOMAS CALDERON GONZALEZ, conocido por JOSE TOMAS
CALDERON GONZALES, en su calidad de APODERADO de IMPRESSA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se
abrevia: IMPRESSA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA,
RADO ESPECIAL de MOLINOS DE EL SALVADOR, SOCIEDAD
ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: MOL, S.A. DE
C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la
MARCA DE PRODUCTO,
solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
Consistente en: la expresión KAY'S, que servirá para: AMPARAR: CARNE, PESCADO, CARNE DE AVE Y CARNE DE CAZA;
Consistente en: la palabra Enermax y diseño, que servirá para:
AMPARAR: MAQUINAS Y MAQUINAS HERRAMIENTAS; MO-
EXTRACTOS DE CARNE; FRUTAS Y VERDURAS, HORTALIZAS
Y LEGUMBRES EN CONSERVA, CONGELADAS, SECAS Y CO-
TORES (EXCEPTO MOTORES PARA VEHICULOS TERRESTRES);
ACOPLAMIENTOS Y ELEMENTOS DE TRANSMISION (EXCEPTO
PARA VEHICULOS TERRESTRES); Y ESPECIALMENTE CABLES
DE BUJIA Y BOBINAS DE IGNICION. Clase: 07.
La solicitud fue presentada el día veintidós de noviembre del año
dos mil trece.
CIDAS; JALEAS, CONFITURAS, COMPOTAS; HUEVOS, LECHE
Y PRODUCTOS LACTEOS; ACEITES Y GRASAS COMESTIBLES.
Clase: 29.
La solicitud fue presentada el día veintiséis de octubre del año dos
mil once.
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
dieciocho de septiembre del año dos mil trece.
161
No. de Expediente: 2013130666
No. de Presentación: 20130190717
CLASE: 05.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JOSE
CARLOS MAXIMILIANO MOJICA BURGOS, en su calidad de APO-
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C011705-2
DERADO de NOVARTIS AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el
registro de la MARCA DE PRODUCTO,
No. de Expediente: 2010104075
SUREPAL
No. de Presentación: 20100142254
CLASE: 30.
Consistente en: la palabra SUREPAL, que servirá para: AMPARAR:
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
PRODUCTOS FARMACÉUTICOS PARA USO HUMANO. Clase:
05.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado EDY
GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, en su calidad de APODERADO
de BORGYNET INTERNATIONAL HOLDINGS CORPORATION,
de nacionalidad PANAMEÑA, solicitando el registro de la MARCA
DE PRODUCTO,
La solicitud fue presentada el día nueve de octubre del año dos mil
trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
once de octubre del año dos mil trece.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
REGISTRADOR.
Consistente en: las palabras super Bianchi y diseño, que servirá
para: AMPARAR: CAFÉ, TÉ, CACAO, AZÚCAR, ARROZ, TAPIOCA,
SAGÚ, SUCEDÁNEOS DEL CAFÉ; HARINAS Y PREPARACIONES
A BASE DE CEREALES, PAN, PRODUCTOS DE PASTELERÍA Y
DE CONFITERÍA, HELADOS; MIEL, JARABE DE MELAZA; LEVADURA, POLVOS DE HORNEAR; SAL, MOSTAZA; VINAGRE,
SALSAS (CONDIMENTOS); ESPECIAS; HIELO. Clase: 30.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C011709-2
La solicitud fue presentada el día cinco de octubre del año dos mil
diez.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veinticuatro de septiembre del año dos mil trece.
No. de Expediente: 2013130667
No. de Presentación: 20130190718
CLASE: 10.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JOSE
3 v. alt. No. C011707-2
CARLOS MAXIMILIANO MOJICA BURGOS, en su calidad de APO-
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
162
DERADO de NOVARTIS AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el
registro de la MARCA DE PRODUCTO,
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
diez de octubre del año dos mil trece.
SUREPAL
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
Consistente en: la palabra SUREPAL, que servirá para: AMPARAR: DISPOSITIVO DE INYECCIÓN PARA PREPARACIONES
LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,
FARMACÉUTICAS. Clase: 10.
SECRETARIA.
La solicitud fue presentada el día nueve de octubre del año dos mil
trece.
3 v. alt. No. C011711-2
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
once de octubre del año dos mil trece.
No. de Expediente: 2013130851
No. de Presentación: 20130190955
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
CLASE: 14.
REGISTRADOR.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C011710-2
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado EDY
GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, en su calidad de APODERADO
de CORPORACION BELLEZA JUVENIL, SOCIEDAD ANONIMA, de
nacionalidad COSTARRICENSE, solicitando el registro de la MARCA
DE PRODUCTO,
No. de Expediente: 2012118045
No. de Presentación: 20120167747
CLASE: 07.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado EDY
GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de TAIHO KOGYO KABUSHIKI KASSHA (TAIHO
KOGYO CO. LTD.), de nacionalidad JAPONESA, solicitando el registro
de la MARCA DE PRODUCTO,
Consistente en: la palabras REVER y diseño, que servirá para:
AMPARAR: METALES PRECIOSOS Y SUS ALEACIONES, ASÍ
COMO PRODUCTOS DE ESTAS MATERIAS O CHAPADO NO
COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; ARTÍCULOS DE JOYERÍA.
BISUTERÍA, PIEDRAS PRECIOSAS; ARTÍCULOS DE RELOJERÍA
E INSTRUMENTOS CRONOMÉTRICOS. Clase: 14.
La solicitud fue presentada el día diecisiete de octubre del año dos
mil trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintidós de octubre del año dos mil trece.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
REGISTRADOR.
Consistente en: la palabra TAIHO, que servirá para: AMPARAR:
PARTES DE MOTORES DE AUTOMOVILES. Clase: 07.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIA.
La solicitud fue presentada el día veintiséis de abril del año dos
mil doce.
3 v. alt. No. C011715-2
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014.
163
No. de Expediente: 2013130986
RADO de ACAVA LIMITED, de nacionalidad MALTA, solicitando
No. de Presentación: 20130191166
el registro de la MARCA DE PRODUCTO.
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado EDY
GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, en su calidad de APODERADO de VARGAS MARCAS E PARTICIPAÇÕES, LTDA., de
nacionalidad BRASILEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE
PRODUCTO.
Consistente en: un diseño identificado como Familia, que servirá
para: AMPARAR: BEBIDAS Y ZUMOS DE FRUTAS; SIROPES Y
NÉCTARES DE FRUTA. Clase: 32.
La solicitud fue presentada el día veintidós de octubre del año dos
mil trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veinticinco de octubre del año dos mil trece.
Consistente en: la palabra SEMPREBELLA y diseño, que servirá
para: AMPARAR: CHAMPÚS, PREPARACIONES PARA REMOVER
EL COLOR, COSMÉTICOS, CREMAS COSMÉTICAS, COLORANTES DE TOCADOR, DESODORANTES PARA USO PERSONAL,
PREPARACIONES PARA DEPILAR, AGUA DE COLONIA,
ACEITES ESENCIALES, COSMÉTICOS PARA LAS CEJAS, COLORANTES PARA EL CABELLO, LOCIONES PARA EL CABELLO,
ATOMIZADORES PARA EL CABELLO, PREPARACIONES PARA
REMOVER EL MAQUILLAJE, MASCARILLAS DE BELLEZA,
PERFUMERÍA Y PREPARACIONES PARA AFEITAR. Clase: 03.
MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,
REGISTRADOR.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIA.
La solicitud fue presentada el día veintidós de octubre del año dos
mil trece.
3 v. alt. No. C011717-2
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veinticinco de octubre del año dos mil trece.
No. de Expediente: 2013131068
MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,
No. de Presentación: 20130191302
REGISTRADOR.
CLASE: 05.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C011716-2
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado EDY
GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, en su calidad de APODERADO de LABORATOIRE HRA PHARMA, de nacionalidad FRANCESA,
No. de Expediente: 2013130987
solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.
No. de Presentación: 20130191167
CLASE: 32.
ESMYARING
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
Consistente en: la palabra ESMYARING, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS O MÉDICOS PARA USO
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado EDY
GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, en su calidad de APODE-
HUMANO; PRODUCTOS BIOTECNOLÓGICOS CON PROPÓSITOS
MÉDICOS PARA USO HUMANO. Clase: 05.
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
164
La solicitud fue presentada el día veinticuatro de octubre del año
dos mil trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintinueve de octubre del año dos mil trece.
No. de Expediente: 2013130994
No. de Presentación: 20130191176
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,
REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado EDY
GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, en su calidad de APODERA-
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
DO de URIACH-AQUILEA OTC, S.L., de nacionalidad ESPAÑOLA,
solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.
SECRETARIA.
ENRELAX
3 v. alt. No. C011718-2
Consistente en: la palabra ENRELAX, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS MEDICINALES, ESPECIALMENTE DE
No. de Expediente: 2012123303
ORIGEN VEGETAL; COMPLEMENTOS ALIMENTICIOS PARA
No. de Presentación: 20120177344
PERSONAS; COMPLEMENTOS NUTRICIONALES PARA USO
CLASE: 05.
MÉDICO; SUPLEMENTOS DIETÉTICOS PARA USO NO MÉDICO.
Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día veintidós de octubre del año dos
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
mil trece.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado EDY
GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de Bayer Intellectual Property GmbH, de nacionalidad
ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
dieciocho de noviembre del año dos mil trece.
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
ETOVIVEX
REGISTRADORA.
Consistente en: la palabra ETOVIVEX, que servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES Y SUSTANCIAS FARMACÉUTICAS.
Clase: 05.
VANESSA MARÍA ROSALES AGUILAR,
SECRETARIA.
La solicitud fue presentada el día siete de diciembre del año dos
mil doce.
3 v. alt. No. C011724-2
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
siete de noviembre del año dos mil trece.
No. de Expediente: 2013130989
MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VASQUEZ,
No. de Presentación: 20130191169
CLASE: 05.
REGISTRADOR.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
LA INFRASCRITA REGISTRADORA.
SECRETARIA.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado EDY
3 v. alt. No. C011722-2
GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, en su calidad de APODERA-
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014.
165
DO de URIACH -AQUILEA OTC, S.L., de nacionalidad ESPAÑOLA,
RADO de BIOGENESIS BAGO S.A., de nacionalidad ARGENTINA,
solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.
solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.
EFIBOS
MINILIPO
Consistente en: la palabra MINILIPO, que servirá para: AMPARAR:
Consistente en: la palabra EFIBOS, que servirá para: AMPARAR:
PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y VETERINARIOS; COMPLE-
PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y VETERINARIOS, PRODUC-
MENTOS NUTRICIONALES PARA USO MÉDICO; PRODUCTOS
TOS HIGIÉNICOS PARA USO MÉDICO, ALIMENTOS DIETÉTI-
HIGIÉNICOS PARA LA MEDICINA; ALIMENTOS Y BEBIDAS
COS Y SUSTANCIAS PARA USO MÉDICO O VETERINARIO,
DIETÉTICOS PARA USO MÉDICO; SUSTANCIA DIETÉTICAS
ALIMENTOS PARA BEBÉS; SUPLEMENTOS ALIMENTICIOS
PARA USO MÉDICO, ALIMENTOS PARA BEBÉS; EMPLASTOS,
PARA HUMANOS Y ANIMALES, EMPLASTOS, MATERIAL PARA
MATERIALES PARA APÓSITOS; MATERIAL PARA EMPASTAR
APÓSITOS, MATERIAL PARA EMPASTAR LOS DIENTES Y PARA
LOS DIENTES Y PARA IMPRONTAS DENTALES; DESINFECTANTES; PRODUCTOS PARA LA DESTRUCCIÓN DE ANIMALES
DAÑINOS; FUNGICIDAS, HERBICIDAS. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día veintidós de octubre del año dos
IMPRONTAS DENTALES, DESINFECTANTES, PREPARACIONES
PARA LA DESTRUCCIÓN DE ANIMALES DAÑINOS, FUNGICIDAS, HERBICIDAS. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día treinta y uno de octubre del año
dos mil trece.
mil trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
quince de noviembre del año dos mil trece.
catorce de noviembre del año dos mil trece.
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
REGISTRADORA.
VANESSA MARÍA ROSALES AGUILAR,
VANESSA MARÍA ROSALES AGUILAR,
SECRETARIA.
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C011728-2
3 v. alt. No. C011726-2
No. de Expediente: 2013127332
No. de Expediente: 2013131201
No. de Presentación: 20130184867
No. de Presentación: 20130191859
CLASE: 05.
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado EDY
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado EDY
GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, en su calidad de GESTOR
GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, en su calidad de APODE-
OFICIOSO de LABORATORIO D.B., SOCIEDAD ANÓNIMA DE
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
166
CAPITAL VARIABLE que se abrevia: LABORATORIO D.B., S.A.
DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de
PORATION, de nacionalidad PANAMEÑA, solicitando el registro de
la MARCA DE PRODUCTO.
la MARCA DE PRODUCTO.
DEVRANIL
POLY-VI-SOL
Consistente en: la frase POLY-VI-SOL, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y VETERINARIOS;
PRODUCTOS HIGIÉNICOS Y SANITARIOS PARA USO MÉDICO;
SUSTANCIAS DIETÉTICAS PARA USO MÉDICO, ALIMENTOS
PARA BEBÉS; EMPLASTOS, MATERIAL PARA APÓSITOS;
MATERIAL PARA EMPASTES E IMPRONTAS DENTALES;
DESINFECTANTES; PRODUCTOS PARA ELIMINAR ANIMALES
DAÑINOS; FUNGICIDAS, HERBICIDAS. Clase: 05.
Consistente en: la palabra DEVRANIL, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y VETERINARIOS;
PRODUCTOS HIGIÉNICOS Y SANITARIOS PARA USO MÉDICO;
SUSTANCIAS DIETÉTICAS PARA USO MÉDICO, ALIMENTOS
PARA BEBÉS; EMPLASTOS, MATERIAL PARA APÓSITOS;
MATERIAL PARA EMPASTES E IMPRONTAS DENTALES;
DESINFECTANTES; PRODUCTOS PARA ELIMINAR ANIMALES
DAÑINOS; FUNGICIDAS, HERBICIDAS. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día veintidós de diciembre del año
dos mil diez.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
treinta de octubre del año dos mil trece.
La solicitud fue presentada el día veintinueve de mayo del año dos
mil trece.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ,
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
REGISTRADOR.
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
trece de febrero del año dos mil catorce.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,
SECRETARIO.
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
3 v. alt. No. C011731-2
REGISTRADORA.
VANESSA MARÍA ROSALES AGUILAR,
No. de Expediente: 2012118493
No. de Presentación: 20120168517
SECRETARIA.
CLASE: 21.
3 v. alt. No. C011730-2
No. de Expediente: 2010106467
No. de Presentación: 20100146036
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado EDY
GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de THE LATIN AMERICA TRADEMARK COR-
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado EDY
GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de STARBUCKS CORPORATION cuyo nombre
comercial para hacer negocios es STARBUCKS COFFEE COMPANY,
de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la
MARCA DE PRODUCTO.
STARBUCKS VIA
Consistente en: las palabras STARBUCKS VIA, que servirá para:
AMPARAR: MOLINILLOS MANUALES DE CAFÉ Y MOLINOS DE
CAFÉ; TAZAS CON AISLAMIENTO PARA CAFÉ Y OTRAS BEBIDAS, PORTA VASOS NO DE PAPEL, BOTELLAS ISOTÉRMICAS,
TAZAS DE CAFÉ, TAZAS PARA TÉ Y TAZONES, CRISTALERÍA,
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014.
PLATOS, TREBEDES, BOTES DE ALMACENAMIENTO, CAFETERAS DE GOTEO NO ELÉCTRICAS, CAFETERAS NO ELÉCTRICAS
ESTILO EMBOLO, CONTENEDORES DECORATIVOS PARA
167
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veinte de agosto del año dos mil trece.
ALMACENAR COMIDA, INFUSIONES PARA TÉ, TETERAS,
COLADORES DE TE, CANDELABROS (NO DE METALES PRE-
ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ,
CIOSO), CANDELEROS NO DE METALES PRECIOSOS, FIGURAS
REGISTRADOR.
DE CERÁMICA, FIGURAS DE PORCELANA. Clase: 21.
La solicitud fue presentada el día diecisiete de mayo del año dos
RHINA GUADALUPE BARRERA QUINTANILLA,
mil doce.
SECRETARIA.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
3 v. alt. No. F025677-2
seis de noviembre del año dos mil trece.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
No. de Expediente: 2012121239
No. de Presentación: 20120173616
CLASE: 18, 25.
LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA,
SECRETARIA.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
3 v. alt. No. C011737-2
No. de Expediente: 2013126744
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado SAMUEL
LEONARDO ESTRADA IRAHETA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de DH ENTERPRISE, SOCIEDAD ANÓNIMA, de
nacionalidad PANAMEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE
PRODUCTO.
No. de Presentación: 20130183940
CLASE: 12.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado SAMUEL
LEONARDO ESTRADA IRAHETA, en su calidad de APODERADO
de DOXA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, de
nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA
DE PRODUCTO.
Consistente en: la palabra Indiana y diseño, que servirá para:
AMPARAR: BOLSOS, MALETAS PARA DAMAS Y NIÑAS. Clase:
18. Para: AMPARAR: SANDALIAS PARA DAMAS Y NIÑAS. Clase:
25.
La solicitud fue presentada el día siete de septiembre del año dos
mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veinticuatro de julio del año dos mil trece.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
Consistente en: la palabra DOXA y diseño, que servirá para: AMPARAR VEHÍCULOS, APARATOS DE LOCOMOCIÓN TERRESTRE,
AÉREA O ACUÁTICA. Clase: 12.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,
SECRETARIO.
La solicitud fue presentada el día nueve de mayo del año dos mil
trece.
3 v. alt. No. F025678-2
168
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
DE TERCERA PUBLICACIÓN
ACEPTACION DE HERENCIA
DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, a las ocho
horas veinte minutos de este día se ha tenido por aceptada expresamente
y con beneficio de inventario de parte de los señores SAMUEL MATHEU GARMENDEZ conocido por SAMUEL MATEO, SAMUEL
MATHEU, SAMUEL METHEU GARMENDEZ, SAMUEL METHEU
GARMENDIZ, SAMUEL METHEU GARMENDIS, SAMUEL GARMENDIZ y por SAMUEL MAHTEU GARMENDEZ; JOSE AMILCAR
MATHEU GARMENDEZ conocido por JOSE AMILCAR MATEO,
JOSE AMILCAR MATHEU, JOSE AMILCAR METHEU GARMENDEZ, JOSE AMILCAR METHEU GARMENDIZ, JOSE AMILCAR
METHEU GARMENDIS, JOSE AMILCAR MATHEU GARMENDIZ
y por JOSE AMILCAR GARMENDIZ; JUANA MATEO GARMENEZ
conocida por JUANA MATEO, JUANA MATHEU, JUANA METHEU
GARMENDEZ, JUANA METHEU GARMENDIZ, JUANA METHEU
GARMENDIS, JUANA MATHEU GARMANDEZ, JUANA MATHEU
GARMENDIZ y por JUANA GARMENDIZ, en concepto de hijos
sobrevivientes, del causante y como cesionarios de los derechos hereditarios que le correspondían al señor SAMUEL MATEO conocido por
SAMUEL MATHEU, SAMUEL METHEU, SAMUEL MATEHU y por
MANUEL MATHEU, en concepto de padre del causante, de la Herencia
Intestada dejada a su defunción por el señor HECTOR MANUEL MATHEU GARMENDEZ conocido por HECTOR MANUEL MATHEU
GARMENDIZ, HECTOR MANUEL METHEU GARMENDEZ,
HECTOR MANUEL METHEU GARMENDIZ, HECTOR MANUEL
GRMENDEZ MATTEU y por HECTOR MANUEL MATEO, quien
fuera de dieciocho años de edad, estudiante, soltero y falleció a las siete
horas del día veintiuno de julio del año mil novecientos ochenta, en de
Ciudad Arce, siendo éste su último domicilio.
Confiérasele a la aceptante expresada en el concepto indicado la
Administración y Representación Interina de la indicada sucesión con
las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Cítese a las personas que se crean con derecho.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico, a
las ocho horas treinta minutos del día dieciocho de febrero del año dos
mil catorce. LIC. DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE
PRIMERA INSTANCIA. LIC. CARLOS ARNULFO SOSA FLORES,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C011438-3
GENNY SHILA RAMÍREZ DE ARÉVALO, JUEZA DE LO CIVIL
DEL DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO.
HACE SABER: Que por resolución pronunciada por este Juzgado,
a las once horas del día veinticuatro de enero del año dos mil catorce,
se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario
la herencia intestada dejada a su defunción ocurrida el veinte de agosto
del año mil novecientos noventa y tres, en esta ciudad, que defirió el
causante señor JOSÉ LEOPOLDO MASFERRER RAMÍREZ conocido
por LEOPOLDO MASFERRER, siendo su último domicilio el de esta
ciudad, de parte de VÍCTOR ERNESTO MASFERRER MARTÍNEZ,
en su calidad de hijo sobreviviente del causante.
Y se le ha conferido al aceptante la administración y representación
interina de los bienes de la sucesión con las facultades y restricciones
de los curadores de la herencia yacente.
Y CITA: a los que se crean con derecho a la herencia referida para
que se presenten en el término de Ley, a hacer uso de sus derechos en
la sucesión.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango: San Salvador,
a las ocho horas diez minutos del día treinta y uno de enero de dos mil
catorce. LICDA. GENNY SHILA RAMÍREZ DE ARÉVALO, JUEZ
DE LO CIVIL. LICDA. EDME GUADALUPE CUBÍAS GONZÁLEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C011449-3
LICENCIADO DAVID OVIDIO PERAZA FUENTES, JUEZ DE
PRIMERA INSTANCIA DE LA CIUDAD DE TEJUTLA, DEPARTAMENTO DE CHALATENANGO.
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, proveída
a las ocho horas y quince minutos del día seis de febrero del presente
año, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el causante señor
JOSÉ DOLORES SERRANO MEJÍA, de setenta y siete años de edad,
casado, agricultor en pequeño, originario de San Antonio de La Cruz,
Chalatenango, del domicilio de Nueva Concepción, salvadoreño, hijo de
Marcelino Serrano y María Salomé Mejía, falleció a las dieciséis horas
con cincuenta minutos del día veintinueve de marzo del dos mil diez, por
parte de la señora ETELBINA GUARDADO VIUDA DE SERRANO,
conocida por Etelvina Guardado, Etelbina Guardado viuda de Serrano
y Etelvina Guardado Viuda de Serrano, en su calidad de cónyuge.
Confiérese a la aceptante la administración y representación interina
de la sucesión con las facultades y restricciones legales que les corresponde a los curadores de la herencia yacente. Fíjense y publíquense los
edictos de Ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la Ciudad de Tejutla,
Departamento de Chalatenango, a los seis días del mes de febrero del
dos mil catorce. LIC. DAVID OVIDIO PERAZA FUENTES, JUEZ
DE PRIMERA INSTANCIA. LICDA. ERLINDA GUADALUPE
GUERRERO, SECRETARIA.
3 v. alt. No. C011472-3
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014.
169
LA INFRASCRITA JUEZA PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCAN-
diecinueve años de edad, de oficios domésticos, salvadoreña, soltera,
TIL DE LA CIUDAD DE SANTA ANA, al público para los efectos
originaria de Tecoluca, departamento de San Vicente, falleció el día
de Ley.
veintiocho de julio del dos mil nueve, en Tecoluca, departamento de
San Vicente, en este Distrito Judicial, lugar de su último domicilio, en
concepto de madre de la causante.
HACE SABER: Que por resolución de las once horas cincuenta y
siete minutos del día cuatro de febrero de dos mil catorce, se ha tenido
por aceptada expresamente y con beneficio de inventarlo, la herencia
intestada que a su defunción dejó el causante señor JOSÉ ANTONIO
Y se ha nombrado a la aceptante administradora y representante
interina de la Sucesión con las facultades y restricciones de los curadores
de la herencia yacente.
GONZÁLEZ HERRERA, quien fue de cincuenta y ocho años de edad,
Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los once días del
empleado, casado, siendo su último domicilio según partida de defunción,
mes de febrero del dos mil catorce.- DRA. ANA FELICITA ESTRADA,
Barrio El Tránsito, de la Ciudad de El Congo; fallecido en el Barrio El
JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS,
Tránsito, de la Ciudad de El Congo, el día treinta y uno de diciembre del
SECRETARIO.
año dos mil ocho, de parte de la señora MARTA JULIA MARQUEZ
DE GONZALEZ, representada procesalmente por el Licenciado JOSÉ
3 v. alt. No. F025333-3
SAMUEL DE LA O FAJARDO; en calidad de cónyuge del causante y
como única heredera, en virtud que los señores Adela Leonor González de
Vanegas, Laura Yesenia González de Linares; Marta Yolanda González
de Servando y José Antonio González Márquez, en calidad de hijos del
causante José Antonio González Herrera, comparecieron a este Juzgado
LIC. NELSON PALACIOS HERNANDEZ, Juez Cuarto de lo Civil y
a repudiar la herencia del mencionado causante.
Mercantil de San Salvador, AL PUBLICO para los efectos de Ley.
Confiriéndosele INTERINAMENTE la administración y representación de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores
de la herencia Yacente.
HACE SABER: Que por resolución de este Tribunal, de las once
horas y cuarenta minutos del día seis de febrero de dos mil catorce,
En consecuencia, se cita a todas las personas que se crean con
SE HA TENIDO POR ACEPTADA, expresamente y con beneficio
derecho a la herencia de que se trata, para que en el término de ley
de inventario de parte de los señores ALFREDO RAMIREZ ORTIZ y
comparezcan a este Juzgado a deducirlo.
ERNESTO RAMIREZ ORTIZ, en calidad de hijos de la causante, en la
herencia intestada que a su defunción ocurrida el día tres de diciembre
de dos mil doce, en el Hospital Nacional "Dr. Juan José Fernández",
Librado en el Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil: Santa
Zacamil, Mejicanos, Departamento de San Salvador, dejó la señora
Ana, cuatro de febrero de dos mil catorce.- LICDA. THELMA IDALIA
MARIA ALICIA ORTIZ BARRERA, conocida por MARIA ALICIA
ESPERANZA ALFARO PERDIDO, JUEZA PRIMERO DE LO CIVIL
BARRERA DE RAMIREZ.
Y MERCANTIL.- LIC. JUAN CARLOS ORTEZ PEREZ, SECRETARIO.
Confiriéndosele a los aceptantes la administración y representación
INTERINA de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los
Curadores de la Herencia Yacente.
3 v. alt. No. F025326-3
En consecuencia, se cita a aquellos que se crean con derecho a la
referida herencia para que se presenten a deducirlo en un término de
quince días hábiles, contados desde el siguiente a la tercera publicación
de éste.
ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO
JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.
Juzgado Cuarto de lo Civil y Mercantil de San Salvador, a las doce
horas y veinte minutos del día seis de febrero de dos mil catorce.- LIC.
NELSON PALACIOS HERNANDEZ, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL
HACE SABER: Que por resolución de las diez horas con treinta
minutos del día de hoy, se ha tenido por aceptada expresamente y con
Y MERCANTIL.- LICDA. SANDRA BEATRIZ TOBAR GOMEZ,
SECRETARIA INTERINA.
beneficio de inventario de parte de la señora MARIA CONCEPCION
ALEMAN, la herencia intestada que a su defunción dejó la señora
GUADALUPE DEL CARMEN OSORIO ALEMAN, quien fue de
3 v. alt. No. F025344-3
170
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
MELVIN MAURICIO PEÑATE SÁNCHEZ, Juez Tercero de lo Civil
señor MANUEL ALBERTO MONTENEGRO, en calidad de cónyuge y
y Mercantil, Santa Ana, al público en general.
las señoras LAURA KARINA MONTENEGRO ZALDAÑA, CINDY
PATRICIA MONTENEGRO ZALDAÑA y MARÍA DE LOS ÁNGELES
MONTENEGRO ZALDAÑA, en calidad de hijas de la causante.
HACE SABER: Que se han promovido, en esta sede judicial por
Nómbrase interinamente a los aceptantes representantes y adminis-
la Licenciada Neldy Elizabeth Rivas Alvarenga, Diligencias Judiciales
no Contenciosas de Aceptación de Herencia Intestada sobre los bienes
que a su defunción dejara el señor Ronald Javier Arriola Romero, quien
tradores de la Sucesión con las facultades y restricciones de los curadores
de la herencia yacente.
fuera de veintinueve años de edad, empleado, casado, de este domicilio,
quien falleció el día diecinueve de abril de dos mil trece, habiéndose
Lo que se pone del conocimiento del público para los fines de
Ley.
aceptado herencia con beneficio de inventario por parte de la señora Carla
Beatriz Amaya viuda de Arriola, en calidad de cónyuge sobreviviente
del causante y los menores Ronald Josué y Justin Emanuel, ambos
Arriola Amaya, en calidad de hijos sobrevivientes del causante y como
cesionarios de los derechos hereditarios que como padres del causante
les correspondía a los señores Raúl Cárcamo Arriola, conocido por Raúl
JUZGADO DE LO CIVIL: AHUACHAPÁN, a las quince horas
diez minutos del día doce de diciembre de dos mil trece.- LIC. LUIS
ANTONIO BENÍTEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA.
CLAUDIA LELIN GUEVARA DE PEÑATE, SECRETARIA.
Arriola Cárcamo y Rosa Mirta Romero Villalta, y este día se nombró A
LOS MISMOS COMO ADMINISTRADORES Y REPRESENTANTES
3 v. alt. No. F025377-3
INTERINOS DE LA SUCESIÓN ANTES SEÑALADA, de conformidad
a lo establecido en el artículo 1163 del Código Civil.
Lo que se hace del conocimiento público para que puedan presentarse
a este juzgado, dentro del plazo de quince días, contados a partir de la
ANA MERCEDES RODAS ARAUZ, JUEZ DOS DE LO CIVIL DE
última publicación, las personas que se crean con derecho a la herencia
MEJICANOS.
que a su defunción dejara la referida causante.
Dado en el Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil de Santa Ana,
HACE SABER: Que por resolución pronunciada a las diez horas
a los seis de diciembre de dos mil trece.- LIC. MELVIN MAURICIO
del día siete de febrero de dos mil catorce, se ha tenido por aceptada
PEÑATE SANCHEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL,
expresamente y con beneficio de inventario de parte de la señora MIRIAN
SANTA ANA.- LICDA. ELIDA ZULEIMA MENDEZ GUZMAN,
ELIZABETH MALDONADO ALFARO viuda DE MORAN, la herencia
SECRETARIA JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL,
intestada que a su defunción defirió el causante DANILO MAURICIO
SANTA ANA.
MORAN ESTRADA, quien falleció en Mejicanos, su último domicilio,
el día doce de octubre del año de mil novecientos noventa y tres, en su
calidad de cónyuge del causante y como cesionaria de los derechos here3 v. alt. No. F025364-3
ditarios que les correspondían a los señores MAYTE MARICEL MORAN
MALDONADO y DANILO MAURICIO MORAN MALDONADO, en
calidad de hijos del causante.
LICENCIADO LUIS ANTONIO BENÍTEZ HIDALGO, JUEZ DE LO
CIVIL SUPLENTE.
Confiérase al aceptante la administración y representación interina
de los bienes de la Sucesión con las facultades y restricciones legales.
Y CITA: A los que se crean con mejor derecho a la herencia referida
para que se presenten en el término de Ley, a hacer uso de sus derechos
HACE SABER: Que por resolución de las quince horas un minuto del día doce de diciembre del año dos mil trece, se ha tenido por
aceptada expresamente con beneficio de inventario la herencia intestada
que a su defunción ocurrida a las cinco horas treinta y cinco minutos
del día treinta de septiembre del año dos mil doce, en Colonia IVU de
esta ciudad de Ahuachapán, siendo su último domicilio el de Colonia
en la Sucesión.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Mejicanos, a las doce horas
del día siete de febrero de dos mil catorce.- LICDA. ANA MERCEDES
RODAS ARAUZ, JUEZ DOS DE LO CIVIL DE MEJICANOS.- LIC.
VICTORINO ALEXANDER PERAZA, SECRETARIO.
IVU de Ahuachapán, departamento de Ahuachapán, dejó la señora
MERCEDES AMPARO ZALDAÑA DE MONTENEGRO; de parte del
3 v. alt. No. F025388-3
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014.
171
LICENCIADA DANI BERI CALDERÓN DE RAMÍREZ, JUEZ DE
cuarto tiro, cero punto cincuenta centímetros, y el quinto tiro, mide
LO CIVIL.
catorce metros veintidós centímetros, con María Magdalena Guardado
López. El inmueble descrito no tiene cargas o derechos reales de ajena
pertenencia que deban respetarse, ni están en proindivisión con nadie y
HACE SABER: Que por resolución de las quince horas tres mi-
lo valúan en la suma de DIEZ MIL DOSCIENTOS DOLARES.
nutos del día seis de noviembre del año dos mil trece, se ha tenido por
aceptada expresamente con beneficio de inventario la herencia intestada
que a su defunción ocurrida a las once horas cincuenta minutos del día
veintinueve de marzo del año dos mil trece, en Ciudad Satélite, Polí-
Lo que se hace del conocimiento del público en general, para los
demás efectos de Ley.
gono "X", Final Avenida Washington y final pasaje peatonal, número
dieciocho "A", del Municipio de San Salvador, departamento de San
Salvador, siendo su último domicilio el de esta ciudad, dejó el señor
ALCALDIA MUNICIPAL: de la ciudad de Chalatenango, a los
JULIO MOLINA CASTRO, conocido por JULIO MOLINA; de parte de
diez días de mes de febrero de dos mil catorce.- DR. JOSE RIGOBER-
las señoras YOLANDA EMILIA MOLINA FARFÁN, ELSA EUGENIA
TO MEJIA MENJIVAR, ALCALDE MUNICIPAL.- JOSE ENRIQUE
MOLINA DE ARTIGA y ANA ELIZABETH MOLINA DE MELGAR,
RAMIREZ, SECRETARIO MUNICIPAL.
en su calidad de hijas del causante.
A quienes se ha nombrado interinamente representantes y adminis-
3 v. alt. No. C011471-3
tradoras de la Sucesión con las facultades y restricciones de los curadores
de la herencia yacente.
Lo que se pone del conocimiento del público para los fines de
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE ESTA CIUDAD.
Ley.
JUZGADO DE LO CIVIL: AHUACHAPÁN, a las quince horas
veinte minutos del día seis de noviembre de dos mil trece.- LICDA. DANI
HACE SABER: Que a esta Oficina se ha presentado la señora
BERI CALDERÓN DE RAMÍREZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA.
HERLINDA DEL CARMEN JIRON, de cincuenta y ocho años de edad,
CLAUDIA LELIN GUEVARA DE PEÑATE, SECRETARIA.
doméstica, del domicilio de San Alejo, Departamento de La Unión,
con Documento Único de Identidad Número: cero dos cinco cero tres
3 v. alt. No. F025395-3
dos dos dos guión seis; y con Número de Identificación Tributaria: mil
cuatrocientos catorce guión cero dos millones ochocientos cincuenta y
cinco mil guión ciento dos guión seis. Viene a solicitar TITULO DE
PROPIEDAD Y DOMINIO, de un inmueble de naturaleza urbana, situado
en el Barrio Gaspar, Jurisdicción de San Alejo, Distrito y Departamento de
La Unión; de la capacidad superficial de NOVECIENTOS CINCUENTA
TÍTULO DE PROPIEDAD
Y CINCO PUNTO NOVENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE: mide once
metros, colinda con Adela Reyes Cupido y José Gonzalo Viera, ahora
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.
de Juana Cruz; AL SUR: mide sesenta y nueve punto treinta metros, en
línea curva colinda con Magdaleno Guardado Montesinos, ahora con
HACE SABER: Que a esta Oficina se ha presentado el señor JOSE
SALVADOR GUEVARA, solicitando se le extienda TITULO DE PROPIEDAD de un inmueble de naturaleza urbana, situado en Pasaje Caja
de Agua, Barrio El Calvario, de esta ciudad, de CUATROCIENTOS
SESENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y
UN DECIMETROS CUADRADOS OCHENTA CENTIMETROS
CUADRADOS; que se describe: AL ORIENTE: veintiún metros,
colinda con Seferino Menjívar; AL NORTE: veintiún metros ochenta
centímetros, colinda con Valentina Alas; AL PONIENTE: veinte metros,
calle pública de por medio, linda con casas del señor Moreno Santos;
y AL SUR: mide veinticinco metros ochenta ventímetros, dividido en
cinco tiros así, primer tiro, tres metros seis centímetros, segundo tiro, un
metro veintidós centímetros, tercer tiro, seis metros ochenta centímetros,
Paulina Martínez; AL PONIENTE: mide dieciocho punto diez metros
y colinda con el señor Manuel Antonio Grande, ahora con Bartolomé
Reyes, calle de por medio:, y AL NORTE: mide sesenta y dos metros
en línea curva, colinda con José Luis Montesinos Hernández y Miguel
Ángel Montesinos Hernández, ahora de Dolores Bautista, calle de por
medio; el cual se obtuvo por medio de compraventa de posesión material
que le hizo al señor Magdaleno Guardado Montesinos, en el año dos mil
trece, ante los Oficios Notariales de Jesús Alberto Bernal Quintanilla. El
inmueble antes descrito no existe construcción alguna, el inmueble no es
dominante, ni sirviente, no tiene cargas, ni derechos reales, ni están en
proindivisión con nadie. Posesión Material de más de veinticinco años
sumada al anterior propietario, la cual ha sido de manera quieta, pacífica,
pública y sin interrupción. Lo evalúa en la cantidad de CUATRO MIL
DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA ($4,000).
172
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
Los colindantes son de este domicilio, por los que se avisa al público
para los efectos de Ley correspondientes.
tramo dos, mide diecisiete punto veintidós metros y colinda con Pedro
Navarro, antiguo camino vecinal de por medio que conduce al Caserío
Alcaldía Municipal de San Alejo, a los cinco días del mes de febrero
del año dos mil catorce.- IMMAR DANIEL BARRERA CHAVEZ,
ALCALDE MUNICIPAL.- LIC. SAMUEL BLANCO ROMERO,
El Jute, hasta llegar al punto donde se comenzó la presente descripción.
En el inmueble antes relacionado, no tiene cargas o derechos reales de
ajena pertenencia que deban respetarse, ni está en proindivisión con otras
personas y no excede de los límites establecidos por la ley, y lo estima
SECRETARIO MUNICIPAL.
el titulante en la suma de DOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS
UNIDOS DE AMERICA.
3 v. alt. No. F025257-3
Lo que se hace del conocimiento del público en general, para los
demás efectos de Ley.
ALCALDIA MUNICIPAL: Villa Agua Caliente, Departamento
de Chalatenango, cinco de febrero de dos mil catorce.- SANTOS NERY
TEJADA, ALCALDE MUNICIPAL.- LIC. RICARDO LEON ARDON,
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE LA VILLA DE AGUA
SECRETARIO MUNICIPAL.
CALIENTE, DEPARTAMENTO DE CHALATENANGO.
3 v. alt. No. F025264-3
HACE SABER: Que a esta Oficina se ha presentado el Licenciado
JOSE FRANCISCO AGUILAR GUEVARA, de cincuenta y seis años
de edad, Psicólogo, del domicilio de Agua Caliente, Departamento de
Chalatenango, portador de su Documento Único de Identidad Número
cero cero novecientos noventa y un mil trescientos dieciocho guión siete;
solicitando se le extienda, TITULO DE PROPIEDAD de un inmueble de
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.
naturaleza rústico, situado en Cantón Cerro Grande, de la Villa de Agua
Caliente, Departamento de Chalatenango, de una extensión superficial
de CUATRO MIL QUINIENTOS SESENTA Y UNO PUNTO CINCUENTA Y DOS METROS CUADRADOS, de las medidas, linderos
y colindancias siguientes: AL NORTE: está formado por diez tramos:
tramo uno, mide veintitrés punto cuarenta y dos metros, tramo dos,
mide veintiséis punto cincuenta y cinco, en ambos tramos colinda con
Esperanza Tejada, con división de cerco de alambre propio del titulante,
tramo tres, mide trece punto treinta y seis metros, tramo cuatro, mide
cincuenta y seis metros, tramo cinco, mide nueve punto treinta y dos
metros, tramo seis, mide diez punto once metros, tramo siete, mide cuatro
punto cincuenta y cinco metros, tramo ocho, mide veinte punto treinta
y dos metros, en estos tramos colinda con Pedro Navarro y los divide
cerco de alambre medianero, tramo nueve, mide ocho punto setenta y
cuatro metros, tramo diez, mide cuarenta y cinco punto cuarenta ocho
metros y colinda con Juvelina Rodríguez, los divide cerco de alambre
propio del inmueble que se describe; AL ORIENTE: está formado por
cuatro tramos: tramo uno, mide ocho punto cuarenta y siete metros,
tramo dos, mide ocho punto cuarenta y cuatro metros, tramo tres, mide
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado el señor
JOSE WILLIAN ANTONIO RIVAS RIVAS, mayor de edad, Agricultor
en Pequeño, de este domicilio, solicitando para sí Título de Propiedad de
un inmueble rústico situado en el Cantón El Salitre de esta jurisdicción,
con una superficie de UN MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE
PUNTO UN METROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias
siguientes: AL ORIENTE: mide catorce punto veinte metros, colindando
con terreno propiedad de María Balbina Guzmán de Rivas, mojones de
madera viva de por medio; AL NORTE: mide noventa y nueve punto
setenta y un metros, colindando con terreno de Félix de Jesús Orellana,
mojones de madera viva de por medio; AL PONIENTE: mide quince
punto veintidós metros, colindando con terreno de José Abel Rivas
Miranda y Pascual Rivas, mojones de madera viva de por medio; y AL
SUR: mide noventa y nueve punto sesenta y nueve metros, colindando
con' terreno de Filomena Rivas de Tomasino. Este inmueble lo ha adquirido por posesión material por más de diez años; y lo valora en MIL
CUATROCIENTOS DOLARES de los Estados Unidos de América.
Siendo todos los colindantes de este domicilio.
dos punto cincuenta y cinco metros, tramo cuatro, mide cuatro punto
setenta y seis metros y colinda con María Arévalo, los divide cerco
de alambre del colindante; AL SUR: está formado por cinco tramos:
ALCALDIA MUNICIPAL DE SAN JOSE GUAYABAL, a
tramo uno, mide cuarenta y tres punto cincuenta y siete metros, tramo
los veinticuatro días del mes de febrero del dos mil catorce.- ING.
dos, mide diecinueve punto sesenta y cuatro metros, tramo tres, mide
MAURICIO ARTURO VILANOVA VAQUERO, ALCALDE MU-
seis punto cero ocho metros, tramo cuatro, mide cinco punto sesenta y
NICIPAL.- MIRIAN ESTELA MELARA SALAS, SECRETARIA
siete metros y tramo cinco, mide cuarenta y tres punto setenta y siete
MUNICIPAL.
metros, colinda con Félix Arévalo, los divide cerco de piña y piedra de
por medio propio del inmueble que se describe; y AL PONIENTE: está
formado por dos tramos: tramo uno, mide veinticuatro punto doce metros,
3 v. alt. No. F025338-3
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014.
RENOVACION DE MARCAS
173
solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00185 del Libro
00160 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la expresión
NATURELA, escrita en letras de molde, mayúsculas, en color negro;
que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 29 de la
Clasificación Internacional de Niza.
No. de Expediente: 1999006190
No. de Presentación: 20110148701
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
CLASE: 05.
Ley.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado INGRID
CRISTINA AYALA MOLINA, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando
como APODERADO de MONTREAL, SOCIEDAD ANONIMA DE
CAPITAL VARIABLE, que se abrevia: MONTREAL, S.A. DE C.V.,
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00149 del
Libro 00134 de INSCRIPCION DE MARCAS, Consistente en la frase
"MIGRE-DOL", escrita en letras mayúsculas y corrientes de imprenta,
separada la palabra MIGRE por un guión de la palabra DOL; que ampara
productos comprendidos en la Clase 05 de la Clasificación Internacional
de Niza.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los tres días del mes de enero del año dos mil trece.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C011466-3
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
No. de Expediente: 1999004319
No. de Presentación: 20130190667
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los ocho días del mes de marzo del año dos mil once.
CLASE: 09.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
REGISTRADOR.
ALICIA ESTHER DOMINGUEZ CACERES,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C011458-3
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MORENA
GUADALUPE ZAVALETA NOVA, mayor de edad, ABOGADO Y
NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO
DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando
como APODERADO de Telefonaktiebolaget L M Ericsson, del domicilio de Estocolmo, Suecia, de nacionalidad SUECA, solicitando
RENOVACION, para la inscripción Número 00217 del Libro 00182 de
INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra MARCONI;
que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 09 de la
Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
No. de Expediente: 1996001476
No. de Presentación: 20120176600
Ley.
CLASE: 29.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado FERNANDO ARTURO VELASCO MORAN, mayor de edad, ABOGADO Y
NOTARIO, del domicilio de ZARAGOZA, DEPARTAMENTO DE
LA LIBERTAD, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
APODERADO de LA FABRIL DE ACEITES, SOCIEDAD ANONIMA
DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia: LA FABRIL DE ACEITES,
S.A. DE C.V., del domicilio de CIUDAD DE SOYAPANGO, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los cinco días del mes de noviembre del año dos mil trece.
PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F025248-3
174
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
NOMBRE COMERCIAL
No. de Expediente: 2013129075
No. de Presentación: 20130188182
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado MARCELA EUGENIA MANCIA DADA, en su calidad de APODERADO
de URBANO EXPRESS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE que se abrevia: URBANO EXPRESS, S.A. DE C.V., de
nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE
COMERCIAL,
MAPAS; MANTENIMIENTO Y ACTUALIZACIÓN DE BASE DE
DATOS; SERVICIOS DE SISTEMAS DE GEOCODIFICACIÓN DE
BASE DATOS DE MANERA ELECTRÓNICA POR ZONAS Y ÁREAS
GEOGRÁFICAS; SERVICIO INFORMÁTICO USANDO RED DE
ORDENADORES GLOBALES PARA CAPTURAR Y EXHIBIR POR
MEDIO DE MAPAS GEOGRÁFICOS LAS LOCALIZACIONES DE
LOS CLIENTES UBICADOS EN ZONAS GEOGRÁFICAS DETERMINADAS; SERVICIOS DE ZONIFICACIÓN DE BASE DE DATOS
DE MANERA ELECTRÓNICA; SERVICIOS DE ASISTENCIA E
INFORMACIÓN EN LAS MATERIAS ANTES MENCIONADAS.
La solicitud fue presentada el día treinta y uno de julio del año dos
mil trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintidós de enero del año dos mil catorce.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
Consistente en: la palabra URBANO y diseño, que servirá para:
DISTINGUIR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL DEDI-
VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,
CADO A SERVICIOS DE BÚSQUEDA DE INFORMACIONES
SECRETARIA.
DE FICHEROS INFORMÁTICOS PARA TERCEROS; TRANSCRIPCIÓN DE TELECOMUNICACIONES; PUBLICIDAD POR
CORRESPONDENCIA INCLUYENDO CORREOS PUBLICITA-
3 v. alt. No. C011443-3
RIOS; DIFUSIÓN DE ANUNCIOS PUBLICITARIOS; DIFUSIÓN
Y DISTRIBUCIÓN DE MATERIAL PUBLICITARIO (FOLLETOS,
PROSPECTOS, IMPRESOS, MUESTRAS); SERVICIOS DE CREACIÓN DE MAPAS IMPRESOS Y MAPAS ELECTRÓNICOS EN
INTERNET DELIMITADO POR ZONAS GEOGRÁFICAS [PARA
CONVOCATORIAS
FINES DE MERCADOTECNIA Y PUBLICIDAD] Y SERVICIOS DE
INFORMACIÓN EN LAS MATERIAS ANTES MENCIONADAS;
ALQUILER DE CONTENEDORES DE ALMACENAJE; SERVICIOS
DE MENSAJERÍA [CORREO O MERCANCÍAS] INCLUYENDO:
MENSAJERÍA ELECTRÓNICA, ENVIO, REPARTO Y ENTREGA
DE PAQUETES, PERIÓDICOS, MERCADERÍA, DOCUMENTOS,
ASÍ COMO ENTREGAS PERSONALIZADAS EN LA DIRECCIÓN
La Junta Directiva de la Sociedad Servicios Educativos, S.A. de C.V.,
convoca por este medio a sus accionistas a celebrar Asamblea General
Ordinaria de Accionistas el día jueves 27 de marzo del año 2014, a las
dieciocho horas en sus instalaciones ubicadas en 37 Calle Poniente y
Final Avenida Independencia Sur, conforme a la siguiente agenda:
1.
Comprobación del quórum y aprobación de la agenda.
LIZADAS POR CATALOGO, INTERNET O SOLICITADAS POR
2.
Lectura y aprobación del acta de la sesión anterior.
CORRESPONDENCIA Y DISTRIBUCIÓN MASIVA DE FACTURAS,
3.
Informe de la Memoria de Labores de Junta Directiva correspondiente al ejercicio 2013.
4.
Presentación de los Estados Financieros del ejercicio finalizado
el 31 de Diciembre de 2013 para su aprobación.
DETALLES DE ENTREGA; EMPAQUETADO Y EMBALAJE DE
5.
Informe de Auditoría Externa y Auditoría Fiscal.
PRODUCTOS Y MERCANCÍAS; SERVICIOS LOGÍSTICOS DE
6.
Nombramiento del Auditor Externo y Auditor Fiscal y fijación
de sus emolumentos para el ejercicio 2014.
7.
Aplicación de Resultados.
8.
Elección de Junta Directiva para el período 2014-2016 y
fijación de sus emolumentos.
9.
Otros asuntos que puedan tratarse de acuerdo a la ley y al
pacto social.
DEL COMPRADOR, PRINCIPALMENTE PARA COMPRAS REA-
ESTADOS DE CUENTA CORRIENTE, TARJETAS O CARTONES
DE CRÉDITO, MAILINGS, VERIFICACIÓN DE DIRECCIONES,
NOTAS DE CRÉDITO O DÉBITO, PAGARÉS, CHEQUERAS, REVISTAS, FOLLETOS, TODOS ENTREGADOS A DOMICILIO CON
TRANSPORTE; SERVICIOS DE ASISTENCIA E INFORMACIÓN
EN MATERIA DE EMPAQUETADO, EMBALAJE, ALMACENAJE
Y MENSAJERIA; RECONSTITUCIÓN DE BASE DE DATOS; CONVERSIÓN DE DATOS O DOCUMENTOS DE UN SOPORTE FÍSICO
A UN SOPORTE ELECTRÓNICO; CONVERSIÓN DE PROGRAMAS
INFORMÁTICOS (NO CONVERSIÓN FÍSICA); PLANIFICACIÓN
EN MATERIA DE URBANISMO; ELABORACIÓN DE PLANOS O
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014.
El quórum necesario para celebrar esta Junta General Ordinaria debe
ser la mitad más una de las acciones ya sea presentes y/o representadas.
En caso de no haber quórum en la fecha y la hora antes mencionada, se
convoca por segunda vez, en el mismo lugar a las dieciocho horas el día
viernes 28 de marzo del año 2014, con cualquiera que sea el número de
acciones presentes y/o representadas.
175
De no haber quórum en fecha y hora indicado como primera
convocatoria, se convoca para el día veintiocho de marzo, mismo lugar
y horas señaladas, en ésta se tomarán acuerdos con la mayoría de los
votos presentes.
San Salvador, 21 de febrero de 2014.
DOCTOR JOSE MARIO VEGA ALVAREZ,
Santa Ana, 21 de febrero de 2014.
DIRECTOR SECRETARIO.
DR. JAIME ERNESTO RIERA MENENDEZ,
3 v. alt. No. C011467-3
DIRECTOR SECRETARIO.
CONVOCATORIA
3 v. alt. No. C011453-3
CONVOCATORIA
La Junta Directiva de la Sociedad Hospital de la Mujer, S.A. de C.V.,
convoca a los señores accionistas a JUNTA GENERAL ORDINARIA
DE ACCIONISTAS, programada para el día veintisiete del mes de marzo
de dos mil catorce, a las diecinueve horas en el auditórium del hospital,
localizado en oficinas administrativas de la sociedad, entre 81 y 83 Avenida
Sur y Calle Juan José Cañas, Colonia Escalón, de esta ciudad.
AGENDA:
La Junta Directiva de la sociedad Acciones Integradas, Sociedad Anónima
de Capital Variable, que se abrevia Acciones Integradas, S. A. de C. V.,
convoca a los socios accionistas para celebrar la Junta General Ordinaria
de Accionistas, a realizarse en primera convocatoria en el Hotel Sheraton
Presidente, ubicado en Avenida La Revolución, Colonia San Benito,
San Salvador, El Salvador, a las dieciocho horas y treinta minutos del
día tres de abril de dos mil catorce. El quórum para conocer y resolver
sobre los puntos de la Agenda será la mitad más una de las acciones
emitidas y en circulación de la sociedad, y las resoluciones se tomarán
con la aprobación de la mayoría de las acciones presentes. En caso de
no haber quórum en primera convocatoria, se convoca a los accionistas
para celebrar la Junta General Ordinaria en segunda convocatoria el día
cuatro de abril de dos mil catorce, a la misma hora y en el mismo lugar
señalado en la primera convocatoria. En esta segunda convocatoria, la
Agenda de la Junta General Ordinaria, se conocerá con cualquier número
de acciones presentes y las resoluciones se tomarán con la mayoría de
los votos de las acciones presentes.
La agenda de la sesión en ambas convocatorias es la siguiente:
1.
Verificación del Quórum.
2.
Lectura del acta anterior.
3.
Lectura y aprobación de la Memoria de Labores de Junta
Directiva, año dos mil trece.
4.
Presentación para aprobación del Estado de situación Financiera al treinta y uno diciembre de dos mil trece, Estado
de Resultados Integral y Ganancias Acumuladas, Estado de
Cambios en el Patrimonio y Flujo de Efectivo, correspondiente
al período comprendido del uno de enero al treinta y uno de
diciembre de dos mil trece.
5.
Informe de los Auditores Externos.
6.
Aplicación de utilidades.
7.
Nombramiento de Auditores Externos, Auditor Fiscal y Financiero, Ejercicio Fiscal 2014, fijación de sus honorarios.
I)
Lectura del acta anterior.
II)
Presentación de la Memoria de Labores, correspondiente al
año 2013.
III)
Presentación de los Estados Financieros al 31 de diciembre
de 2013.
IV) Informe del Auditor Externo.
V)
VI)
VII)
Aplicación de Resultados.
Reestructuración de Junta Directiva.
VIII)
Nombramiento del Auditor Externo y fijación de sus emolumentos.
IX)
Nombramiento del Auditor Fiscal y fijación de sus emolumentos.
X)
XI)
Para que la Junta General Ordinaria, se considere legalmente reunida
en primera fecha de convocatoria, deberá estar representada por lo menos
la mitad más una de las acciones, capital social a la fecha integrado por
498,820 acciones; y en segunda convocatoria, se considerará válidamente
constituida cualquiera que sea el número de las acciones presentes y/o
representadas. Para tomar resolución, en ambas convocatorias es necesaria
la mayoría de los votos correspondientes a las acciones de la Sociedad
que estuvieren presentes y/o representadas.
Aprobación de la Memoria de Labores y de los Estados
Financieros correspondientes al año 2013.
Autorización para negociar con accionistas.
Varios.
San Salvador, veintiuno de febrero de 2014.
MANUEL ERNESTO RIVERA ABREGO,
PRESIDENTE DE JUNTA DIRECTIVA.
3 v. alt. No. C011470-3
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
176
REPOSICION DE CERTIFICADOS
AVISO
AVISO
EL BANCO AGRICOLA, S. A.,
Banco Citibank de El Salvador, Sociedad Anónima, COMUNICA: Que a
sus oficinas ubicadas en km. 10 carretera a Santa Tecla, se ha presentado
el propietario de CERTIFICADO DE DEPÓSITO A PLAZO FIJO No.
009PLA000353981, solicitando la reposición de dicho CERTIFICADO
por CINCO MIL NOVECIENTOS DOLARES (US$ 5,900.00).
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público
en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días
después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna
oposición, se procederá a reponer el certificado en referencia.
Chalatenango, viernes 21 de febrero de 2014.
JUAN ESTEBAN ALVARENGA CRUZ,
AVISA: Que en su Agencia San Miguel, de la ciudad de San Miguel, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado
el Certificado No.780-040837-8, amparado con el registro No.874487
del Depósito a Plazo Fijo, constituido el 19-04-2006 a 360 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición
del Certificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del
Código de Comercio vigente.
En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,
se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.
San Salvador, 13 de febrero de 2014
BANCO AGRICOLA, S. A.
SUBGERENTE.
BANCO CITIBANK DE EL SALVADOR,
SOCIEDAD ANÓNIMA.
CARMEN FERNANDEZ,
GERENTE DEPTO. DE DEPOSITOS.
AGENCIA CHALATENANGO.
3 v. alt. No. C011439-3
3 v. alt. No. F025226-3
AVISO
AVISO
EL BANCO AGRICOLA, S. A.,
AVISA: Que en su Agencia Santa Tecla, de la ciudad de Santa
Tecla, Departamento de La Libertad, se ha presentado parte interesada
manifestando que ha extraviado el Certificado No.0730-035178-4, amparado con el registro No.1143590 del Depósito a Plazo Fijo, constituido el
25-02-2012 a 30 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público
para efectos de reposición del Certificado relacionado conforme a los
Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio vigente.
En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,
se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.
EL BANCO AGRICOLA, S. A.,
AVISA: Que en su Agencia Metrocentro San Miguel, de la ciudad
de San Miguel, se ha presentado parte interesada manifestando que ha
extraviado el Certificado No.0700-099201-8, amparado con el registro
No.1142191 del Depósito a Plazo Fijo, constituido el 15-06-2012 a 360
días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de
reposición del Certificado relacionado conforme a los Artículos No. 486
y 932 del Código de Comercio vigente.
En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,
se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.
San Salvador, 13 de febrero de 2014.
San Salvador, 14 de febrero de 2014.
BANCO AGRICOLA, S. A.
BANCO AGRICOLA, S. A.
CARMEN FERNANDEZ,
GERENTE DEPTO. DE DEPOSITOS.
BANCO AGRICOLA, S. A.
3 v. alt. No. F025225-3
CARMEN FERNANDEZ,
GERENTE DEPTO. DE DEPOSITOS.
3 v. alt. No. F025227-3
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014.
AVISO
177
AVISO
EL BANCO AGRÍCOLA, S. A.,
EL BANCO AGRÍCOLA, S. A.,
AVISA: Que en su Agencia Santa Rosa de Lima, de la ciudad de
Santa Rosa de Lima, Depto. de La Unión, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado No.0783-013680-1
amparado con el registro No.724006 del Depósito a Plazo Fijo, constituido
el 29-07-2002 a 180 días prorrogables, lo que hace del conocimiento
público para efectos de reposición del Certificado relacionado conforme
a los Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio vigente.
AVISA: Que en su Agencia San Vicente, de la ciudad de San Vicente, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado
el Certificado No. 750-2900-6, amparado con el registro No.0122382
del Depósito a Plazo Fijo, constituido el 29-03-1994 a 180 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición
del Certificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del
Código de Comercio vigente.
En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,
se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.
En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,
se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.
San Salvador, 13 de febrero de 2014.
San Salvador, 13 de febrero de 2014.
BANCO AGRÍCOLA, S. A.
BANCO AGRÍCOLA, S. A.
CARMEN FERNANDEZ,
CARMEN FERNANDEZ,
GERENTE DEPTO. DE DEPOSITOS.
GERENTE DEPTO. DE DEPOSITOS.
3 v. alt. No. F025228-3
AVISO
3 v. alt. No. F025231-3
AVISO
EL BANCO AGRÍCOLA, S. A.,
EL BANCO AGRÍCOLA, S. A.,
AVISA: Que en su Agencia Santa Rosa de Lima, de la ciudad de
Santa Rosa de Lima, Depto. de La Unión, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado No.0783-026189-1,
amparado con el registro No.1082308 del Depósito a Plazo Fijo, constituido el 03-09-2009 a 90 días prorrogables, lo que hace del conocimiento
público para efectos de reposición del Certificado relacionado conforme
a los Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio vigente.
AVISA: Que en su Agencia San Vicente, de la ciudad de San Vicente, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado
el Certificado No.750-003755-8, amparado con el registro No.164338
del Depósito a Plazo Fijo, constituido el 11-01-1995 a 90 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición
del Certificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del
Código de Comercio vigente.
En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,
se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.
En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,
se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.
San Salvador, 13 de febrero de 2014.
San Salvador, 13 de Febrero de 2014.
BANCO AGRÍCOLA, S. A.
BANCO AGRÍCOLA, S. A.
CARMEN FERNANDEZ,
CARMEN FERNANDEZ,
GERENTE DEPTO. DE DEPOSITOS.
GERENTE DEPTO. DE DEPOSITOS.
3 v. alt. No. F025229-3
3 v. alt. No. F025233-3
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
178
AVISO
AVISO
EL BANCO AGRICOLA, S. A.,
El Infrascrito Secretario de la Junta Directiva de la Sociedad Cooperativa Créditos A&C de R.L., hace del conocimiento público, que se ha
presentado la señora ANA MARGARITA ANDRINO VALENCIA,
AVISA: Que en su Agencia San Vicente, de la ciudad de San Vi-
propietaria del certificado de depósito a plazo fijo número 0027, que
cente, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado
ampara la cantidad de DOS MIL QUINIENTOS DOLARES de los
el Certificado No.0750-100879-2, amparado con el registro No.010179
Estados Unidos de Norte América, a las oficinas de esta sociedad
del Depósito a Plazo Fijo, constituido el 23-12-1987 a 180 días prorro-
cooperativa manifestando haberlo extraviado, y solicita la reposición
gables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición
de dicho certificado.
del Certificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del
Lo anterior se hace del conocimiento público, a fin de que si hubiere
Código de Comercio vigente.
un legítimo dueño del citado certificado extraviado, haga valer sus dereEn caso de que 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,
se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.
chos durante los treinta días siguientes a la tercera publicación de este
aviso en el Diario Oficial, de lo contrario se procederá a la reposición
del certificado extraviado.
San Salvador, 14 de Febrero de 2014.
BANCO AGRÍCOLA, S. A.
Santa Ana, a los quince días del mes de febrero del dos mil catorce.
CARMEN FERNANDEZ,
GERENTE DEPTO. DE DEPOSITOS.
MARIO HENRIQUEZ ARANA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F025235-3
3 v. alt. No. F025241-3
AVISO
AVISO
EL BANCO AGRÍCOLA, S. A.,
Banco Citibank de El Salvador, Sociedad Anónima, COMUNICA:
AVISA: Que en su Agencia San Vicente, de la ciudad de San Vi-
Que a sus oficinas ubicadas en km. 10 carretera a Santa Tecla, se ha
cente, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado
presentado el propietario de CERTIFICADO DE DEPÓSITO A PLAZO
el Certificado No. 750-101529-9, amparado con el registro No.032109 del
FIJO No. 69997, solicitando la reposición de dicho CERTIFICADO por
Depósito a Plazo Fijo, constituido el 20-07-1989 a 180 días prorrogables,
TRES MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO 57/100 DOLARES
respectivamente, lo que hace del conocimiento público para efectos de
(US$ 3,428.57)
reposición de los Certificados relacionados conforme a los Artículos No.
486 y 932 del Código de Comercio vigente.
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público
En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,
se hará la reposición de los Certificados arriba mencionados.
San Salvador, 13 de febrero de 2014.
en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días
después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna
oposición, se procederá a reponer el certificado en referencia.
Antiguo Cuscatlán, Sábado 22 de febrero de 2014.
BANCO AGRÍCOLA, S. A.
AIMEE DE CRUZ,
CARMEN FERNANDEZ,
GERENTE DEPTO. DE DEPOSITOS.
3 v. alt. No. F025236-3
BANCO CITIBANK DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA
AGENCIA MULTIPLAZA
3 v. alt. No. F025381-3
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014.
179
DISMINUCION DE CAPITAL
SOLICITUD DE NACIONALIDAD
El infrascrito Secretario de la Junta General Ordinaria y Extraordinaria de
ANA LUCÍA GUTIÉRREZ DE ARIAS, JEFA DEL DEPARTA-
Socios de la sociedad "PAYLESS SHOESOURCE OF EL SALVADOR,
LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE", que se abrevia "PAYLESS
SHOESOURCE OF EL SALVADOR, LTDA. DE C.V., la cual se encuentra Inscrita en el Registro de Comercio, bajo el número DOS del Libro
MENTO DE EXTRANJERÍA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE
MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA, MINISTERIO DE JUSTICIA Y
SEGURIDAD PÚBLICA.
UN MIL QUINIENTOS NOVENTA Y DOS del Registro de Sociedades,
CERTIFICA: Que en el libro de actas se encuentra asentada el acta número
TREINTA Y UNO, correspondiente a sesión de Junta General Ordinaria
y Extraordinaria de Socios, celebrada a las diez horas treinta minutos
HACE SABER: Que ante el Ministerio de Justicia y Seguridad Pública se ha presentado la señora EDURNE MUÑOZ MUÑOZ, solicitando
del veintidós de enero de dos mil catorce, la cual en su punto CUARTO
que se le reconozca la calidad de salvadoreña por NATURALIZACIÓN
en lo pertinente literalmente dice: "CUARTO: Acuerdo de Disminución
por ser de origen y de nacionalidad española y tener domicilio fijo en El
de Capital Social. Los representantes de los socios discutieron sobre la
Salvador.
necesidad en que se encuentra la sociedad de disminuir el capital social
de la misma en su parte variable, manteniendo intacto el capital mínimo,
por lo que el presidente de la junta, sometió a aprobación de los presentes
la disminución del capital social de la sociedad en su parte variable y
La peticionaria en su solicitud de fecha veinte de septiembre del dos
mil trece, manifiesta ser de treinta y seis años de edad, de sexo femenino,
casada, Filóloga, del domicilio de Antiguo Cuscatlán, departamento de
éstos aprobaron por unanimidad proceder a disminuirlo en UN MILLON
La Libertad, originaria Santurce, provincia de Viscaya, España, lugar
SETECIENTOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
donde nació el día dos de noviembre de mil novecientos setenta y seis.
AMÉRICA(US$1,700,000.00), únicamente en la participación de PA-
Sus padres respondían a los nombres de: Juan José Muñoz Cámara y
YLESS SHOESOURCE (BVI) HOLDINGS, LIMITED. Es acordado
Maite Muñoz Arteche, ambos de nacionalidad española, sobrevivientes.
por esta junta que la disminución del capital acordado será inscrito en
Su cónyuge responde al nombre de Armando Enrique Mena Castro, de
el libro de Registro de Aumentos y Disminuciones de Capital que para
cuarenta años de edad, Abogado, del domicilio de Antiguo Cuscatlán,
tal efecto lleva la sociedad, en cumplimiento del artículo trescientos
departamento de La Libertad, de nacionalidad salvadoreña.
doce del Código de Comercio. En virtud de la disminución acordada, el
capital social de la Sociedad disminuye a ONCE MIL CUATROCIEN-
Que ingresó al país por la Delegación Migratoria del Aeropuerto
TOS VEINTIOCHO DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
Internacional de El Salvador, el día diecisiete de julio del dos mil cinco.
AMÉRICA CON CINCUENTA Y SIETE CENTAVOS DE DOLAR
Expresa su voluntad de adhesión, obediencia y sumisión a las leyes y
(US$11,428.57), de los cuales el capital mínimo de la sociedad se man-
Autoridades de la República de El Salvador.
tiene en ONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO DÓLARES
DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON CINCUENTA Y
SIETE CENTAVOS DE DÓLAR (US$11,428.57). "
Lo que se hace saber al público para los efectos de Ley y se emplaza
a toda persona interesada en oponerse a la referida solicitud para que en
el término de quince días contados desde la fecha de la última publicación
Es conforme con su original, con el cual se confrontó, en la ciudad
de San Salvador, a los dieciocho días del mes de febrero de dos mil
de este edicto en el DIARIO OFICIAL y en un periódico de circulación
nacional, se presente a este Ministerio justificando la oposición con la
catorce.
prueba pertinente.
MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD PÚBLICA,
JOSE MANUEL SISNIEGA HERRERA,
DIRECCIÓN GENERAL DE MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA, DEPARTAMENTO DE EXTRANJERÍA. San Salvador, a las diez horas
SECRETARIO.
JUNTA GENERAL ORDINARIA Y EXTRAORDINARIA DE
con treinta y cinco minutos del día veinticinco de febrero del dos mil
catorce.
SOCIOS.
"PAYLESS SHOESOURCE OF EL SALVADOR,
LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE".
LICDA. ANA LUCÍA GUTIÉRREZ DE ARIAS,
JEFA DEL DEPARTAMENTO DE EXTRANJERÍA.
3 v. alt. No. F025379-3
3 v. c. No. F025681-3
180
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
EMBLEMAS
ESTADOS DE CUENTA CORRIENTE, TARJETAS O CARTONES
DE CRÉDITO, MAILINGS, VERIFICACIÓN DE DIRECCIONES,
NOTAS DE CRÉDITO O DÉBITO, PAGARÉS, CHEQUERAS,
No. de Expediente: 2013129074
REVISTAS, FOLLETOS, TODOS ENTREGADOS A DOMICILIO
No. de Presentación: 20130188181
CON DETALLES DE ENTREGA; EMPAQUETADO Y EMBALAJE
DE PRODUCTOS Y MERCANCÍAS; SERVICIOS LOGÍSTICOS DE
TRANSPORTE; SERVICIOS DE ASISTENCIA E INFORMACIÓN
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
EN MATERIA DE EMPAQUETADO, EMBALAJE, ALMACENAJE
Y MENSAJERÍA; RECONSTITUCIÓN DE BASE DE DATOS; CONVERSIÓN DE DATOS O DOCUMENTOS DE UN SOPORTE FÍSICO
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado MARCELA
A UN SOPORTE ELECTRÓNICO; CONVERSIÓN DE PROGRAMAS
EUGENIA MANCIA DADA, en su calidad de APODERADO de UR-
INFORMÁTICOS (NO CONVERSIÓN FÍSICA); PLANIFICACIÓN
BANO EXPRESS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE
EN MATERIA DE URBANISMO; ELABORACIÓN DE PLANOS O
que se abrevia: URBANO EXPRESS, S.A. DE C.V., de nacionalidad
MAPAS; MANTENIMIENTO Y ACTUALIZACIÓN DE BASE DE
SALVADOREÑA, solicitando el registro del EMBLEMA,
DATOS; SERVICIOS DE SISTEMAS DE GEOCODIFICACIÓN DE
BASE DATOS DE MANERA ELECTRÓNICA POR ZONAS Y ÁREAS
GEOGRÁFICAS; SERVICIO INFORMÁTICO USANDO RED DE
ORDENADORES GLOBALES PARA CAPTURAR Y EXHIBIR POR
MEDIO DE MAPAS GEOGRÁFICOS LAS LOCALIZACIONES DE
LOS CLIENTES UBICADOS EN ZONAS GEOGRÁFICAS DETERMINADAS; SERVICIOS DE ZONIFICACIÓN DE BASE DE DATOS
DE MANERA ELECTRÓNICA; SERVICIOS DE ASISTENCIA E
INFORMACIÓN EN LAS MATERIAS ANTES MENCIONADAS.
Consistente en: un diseño identificado como Emblema de Urbano
Express, que servirá para: IDENTIFICAR LA EMPRESA Y SUS ESTABLECIMIENTOS DEDICADOS A SERVICIOS DE BÚSQUEDA
DE INFORMACIONES DE FICHEROS INFORMÁTICOS PARA
La solicitud fue presentada el día treinta y uno de julio del año dos
mil trece.
TERCEROS; TRANSCRIPCIÓN DE TELECOMUNICACIONES; PUBLICIDAD POR CORRESPONDENCIA INCLUYENDO CORREOS
PUBLICITARIOS; DIFUSIÓN DE ANUNCIOS PUBLICITARIOS;
DIFUSIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE MATERIAL PUBLICITARIO
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintidós de enero del año dos mil catorce.
(FOLLETOS, PROSPECTOS, IMPRESOS, MUESTRAS); SERVICIOS
DE CREACIÓN DE MAPAS IMPRESOS Y MAPAS ELECTRÓNICOS
EN INTERNET DELIMITADO POR ZONAS GEOGRÁFICAS [PARA
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
FINES DE MERCADOTECNIA Y PUBLICIDAD] Y SERVICIOS DE
INFORMACIÓN EN LAS MATERIAS ANTES MENCIONADAS;
REGISTRADORA.
ALQUILER DE CONTENEDORES DE ALMACENAJE; SERVICIOS
DE MENSAJERÍA [CORREO O MERCANCÍAS] INCLUYENDO:
VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,
MENSAJERÍA ELECTRÓNICA, ENVIO, REPARTO Y ENTREGA
DE PAQUETES, PERIÓDICOS, MERCADERÍA, DOCUMENTOS,
SECRETARIA.
ASÍ COMO ENTREGAS PERSONALIZADAS EN LA DIRECCIÓN
DEL COMPRADOR, PRINCIPALMENTE PARA COMPRAS REALIZADAS POR CATÁLOGO, INTERNET O SOLICITADAS POR
CORRESPONDENCIA Y DISTRIBUCIÓN MASIVA DE FACTURAS,
3 v. alt. No. C011444-3
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014.
MARCA DE SERVICIOS
No. de Expediente: 2013129076
No. de Presentación: 20130188183
CLASE: 35, 39, 42.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado MARCELA EUGENIA MANCIA DADA, en su calidad de APODERADO
de URBANO EXPRESS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE que se abrevia: URBANO EXPRESS, S. A. DE C. V., de
nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA
DE SERVICIOS,
181
MAPAS; MANTENIMIENTO Y ACTUALIZACIÓN DE BASE DE
DATOS; SERVICIOS DE SISTEMAS DE GEOCODIFICACIÓN DE
BASE DATOS DE MANERA ELECTRÓNICA POR ZONAS Y ÁREAS
GEOGRÁFICAS; SERVICIO INFORMÁTICO USANDO RED DE
ORDENADORES GLOBALES PARA CAPTURAR Y EXHIBIR POR
MEDIO DE MAPAS GEOGRÁFICOS LAS LOCALIZACIONES DE
LOS CLIENTES UBICADOS EN ZONAS GEOGRÁFICAS DETERMINADAS; SERVICIOS DE ZONIFICACIÓN DE BASE DE DATOS
DE MANERA ELECTRÓNICA; SERVICIOS DE ASISTENCIA E
INFORMACIÓN EN LAS MATERIAS ANTES MENCIONADAS.
Clase: 42.
La solicitud fue presentada el día treinta y uno de julio del año dos
mil trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintidós de enero del año dos mil catorce.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,
Consistente en: la palabra URBANO y diseño, que servirá para:
AMPARAR SERVICIOS DE BÚSQUEDA DE INFORMACIONES DE
FICHEROS INFORMÁTICOS PARA TERCEROS; TRANSCRIPCIÓN
DE TELECOMUNICACIONES; PUBLICIDAD POR CORRESPONDENCIA INCLUYENDO CORREOS PUBLICITARIOS; DIFUSIÓN
DE ANUNCIOS PUBLICITARIOS; DIFUSIÓN Y DISTRIBUCIÓN
DE MATERIAL PUBLICITARIO (FOLLETOS, PROSPECTOS, IMPRESOS, MUESTRAS); SERVICIOS DE CREACIÓN DE MAPAS
IMPRESOS Y MAPAS ELECTRÓNICOS EN INTERNET DELIMITADO POR ZONAS GEOGRÁFICAS [PARA FINES DE MERCADOTECNIA Y PUBLICIDAD] Y SERVICIOS DE INFORMACIÓN EN LAS
MATERIAS ANTES MENCIONADAS. Clase: 35. Para: AMPARAR:
SERVICIOS DE ALQUILER DE CONTENEDORES DE ALMACENAJE; SERVICIOS DE MENSAJERIA [CORREO O MERCANCIAS]
INCLUYENDO: MENSAJERIA ELECTRÓNICA, ENVIO, REPARTO Y ENTREGA DE PAQUETES, PERIÓDICOS, MERCADERÍA,
DOCUMENTOS, ASI COMO ENTREGAS PERSONALIZADAS EN
LA DIRECCIÓN DEL COMPRADOR, PRINCIPALMENTE PARA
COMPRAS REALIZADAS POR CATÁLOGO, INTERNET O SOLICITADAS POR CORRESPONDENCIA Y DISTRIBUCIÓN MASIVA
DE FACTURAS, ESTADOS DE CUENTA CORRIENTE, TARJETAS
O CARTONES DE CRÉDITO, MAILINGS, VERIFICACIÓN DE
DIRECCIONES, NOTAS DE CRÉDITO O DÉBITO, PAGARÉS,
CHEQUERAS, REVISTAS, FOLLETOS, TODOS ENTREGADOS
A DOMICILIO CON DETALLES DE ENTREGA; EMPAQUETADO
Y EMBALAJE DE PRODUCTOS Y MERCANCIAS; SERVICIOS
LOGISTICOS DE TRANSPORTE; SERVICIOS DE ASISTENCIA E
INFORMACIÓN EN MATERIA DE EMPAQUETADO, EMBALAJE,
ALMACENAJE Y MENSAJERÍA. Clase: 39. Para: AMPARAR: SERVICIOS DE RECONSTITUCIÓN DE BASE DE DATOS; CONVERSIÓN DE DATOS O DOCUMENTOS DE UN SOPORTE FÍSICO A
UN SOPORTE ELECTRÓNICO; CONVERSIÓN DE PROGRAMAS
INFORMÁTICOS (NO CONVERSIÓN FISICA); PLANIFICACIÓN
EN MATERIA DE URBANISMO; ELABORACIÓN DE PLANOS O
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C011442-3
MARCA DE PRODUCTO
No. de Expediente: 2014132736
No. de Presentación: 20140195259
CLASE: 01.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado TANIA
MARGARITA VARGAS LEONOR, en su calidad de APODERADO de
FARMACIA AGROQUIMICA DE MÉXICO SOCIEDAD ANÓNIMA
DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: FARMACIA AGROQUIMICA DE MÉXICO, S. A. DE C. V., de nacionalidad MEXICANA,
solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
Consistente en: la frase Kelatóp y diseño, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS QUIMICOS DESTINADOS A LA INDUSTRIA
Y A LA AGRICULTURA, HORTICULTURA Y SILVICULTURA;
Y ABONOS PARA TIERRA, PRODUCTOS QUIMICOS PARA
CONSERVAR ALIMENTOS. Clase: 01.
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
182
La solicitud fue presentada el día catorce de enero del año dos mil
catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
once de febrero del año dos mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
trece de febrero del año dos mil catorce.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,
REGISTRADORA.
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C011441-3
VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C011440-3
No. de Expediente: 2013132223
No. de Presentación: 20130194340
CLASE: 05.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
No. de Expediente: 2013129648
No. de Presentación: 20130189032
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DEBORAH
JEANNET CHAVEZ CRESPIN, en su calidad de APODERADO de
LABORATORIOS BIOGALENIC, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: BIOGALENIC, S. A. DE C. V., de
nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA
DE PRODUCTO,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado OSCAR
ERNESTO HENRIQUEZ FIGUEROA, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de COMPAÑIA INMOBILIARIA SALVADOREÑA,
SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia:
COINSA, S. A. DE C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando
el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
Consistente en: la palabra BIOSUTRA y diseño, que servirá para:
AMPARAR: SILDENAFIL CONTRA LA DISFUSION ERECTIL,
PRESENTACION EN GEL, SUBLINGUAL; SPRAY; Y, TABLETAS.
Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día trece de diciembre del año dos
mil trece.
Consistente en: la frase ATACO COFFEE y diseño, que se traduce al castellano como Ataco café; sobre la expresión Ataco Coffee
individualmente considera no se concede exclusividad, que servirá
para: AMPARAR: CAFE, TE, CACAO, AZUCAR, ARROZ, SUCEDANEOS DEL CAFE; HARINAS Y PREPARACIONES HECHAS
DE CEREALES, PAN, PASTELERIA Y CONFITERIA, HELADOS
COMESTIBLES; MIEL, JARABE DE MELAZA; VINAGRE, SALSAS
(CONDIMENTOS); ESPECIAS. Clase: 30.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
tres de febrero del año dos mil catorce.
La solicitud fue presentada el día veintiocho de agosto del año dos
mil trece.
SECRETARIA.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,
3 v. alt. No. C011457-3
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014.
No. de Expediente: 2014132654
183
REÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la
MARCA DE PRODUCTO,
No. de Presentación: 20140195075
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado BLANCA
ELIZABETH FLORES DE AREVALO, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la
MARCA DE PRODUCTO,
Consistente en: las palabras LIMPIA SANGRE y diseño; de conformidad al art. 29 de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, se
le concede exclusividad de los elementos que componen la marca en su
conjunto tal como ha sido presentada y no sobre los elementos denominativos individualmente considerados, ya que éstos son de uso común o
necesarios en el comercio, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTO
FARMACÉUTICO A BASE DE PLANTAS NATURALES. Clase:
05.
Consistente en: las palabras PODER DIGESTIVO y diseño; de
conformidad al art. 29 de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos,
se le concede exclusividad de los elementos que componen la marca
en su conjunto tal como ha sido presentada y no sobre los elementos
denominativos individualmente considerados, ya que éstos son de uso
común o necesarios en el comercio, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTO FARMACÉUTICO A BASE DE PLANTAS NATURALES.
Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día diez de enero del año dos mil
catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintidós de enero del año dos mil catorce.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,
REGISTRADOR.
La solicitud fue presentada el día diez de enero del año dos mil
catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintidós de enero del año dos mil catorce.
JIMMY NELSON RAMOS SANTOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C011460-3
ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,
REGISTRADOR.
JIMMY NELSON RAMOS SANTOS,
No. de Expediente: 2014133108
No. de Presentación: 20140195973
SECRETARIO.
CLASE: 05.
3 v. alt. No. C011459-3
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LIGIA
ELIZABETH CRUZ DE MATAMOROS, en su calidad de APODERADO
de AGENCIA FARMACEUTICA INTERNACIONAL, SOCIEDAD
ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro
de la MARCA DE PRODUCTO,
No. de Expediente: 2014132657
No. de Presentación: 20140195078
CLASE: 05.
TROPISAL
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado BLANCA
ELIZABETH FLORES DE AREVALO, de nacionalidad SALVADO-
Consistente en: la palabra TROPISAL, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS. Clase: 05.
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
184
La solicitud fue presentada el día veintiocho de enero del año dos
mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
treinta de enero del año dos mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ,
treinta y uno de enero del año dos mil catorce.
REGISTRADOR.
JIMMY NELSON RAMOS SANTOS,
ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,
SECRETARIO.
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. C011462-3
JIMMY NELSON RAMOS SANTOS,
SECRETARIO.
No. de Expediente: 2013131994
3 v. alt. No. C011461-3
No. de Presentación: 20130193885
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
No. de Expediente: 2014133107
No. de Presentación: 20140195972
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LIGIA
ELIZABETH CRUZ DE MATAMOROS, en su calidad de APODERADO
de AGENCIA FARMACEUTICA INTERNACIONAL, SOCIEDAD
ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro
de la MARCA DE PRODUCTO,
CLASE: 05.
AGEFEN
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LIGIA
ELIZABETH CRUZ DE MATAMOROS, en su calidad de APODERADO
de AGENCIA FARMACEUTICA INTERNACIONAL, SOCIEDAD
ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro
de la MARCA DE PRODUCTO,
BUDEFOR
Consistente en: la palabra AGEFEN, que servirá para: AMPARAR:
PRODUCTOS FARMACEUTICOS. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día tres de diciembre del año dos
mil trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
nueve de diciembre del año dos mil trece.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,
REGISTRADOR.
Consistente en: la palabra BUDEFOR, que servirá para: AMPAJIMMY NELSON RAMOS SANTOS,
RAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS. Clase: 05.
SECRETARIO.
La solicitud fue presentada el día veintiocho de enero del año dos
mil catorce.
3 v. alt. No. C011463-3
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014.
No. de Expediente: 2013130992
No. de Presentación: 20130191174
185
COSMÉTICO; CARTONES ABRASIVOS PARA USO EN LAS UÑAS;
PAPELES ABRASIVOS; ABRASIVOS DE PAPEL DE LIJA; GRÁNULOS ABRASIVOS; PRODUCTOS DE AFEITAR; PRODUCTOS
CLASE: 03, 09, 14, 16, 24, 26, 28, 35.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado MORENA
GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO
ESPECIAL de INDUSTRIA DE DISEÑO TEXTIL, S.A. (INDITEX,
S.A.), de nacionalidad ESPAÑOLA, solicitando el registro de la MARCA
DE PRODUCTO Y SERVICIO,
QUÍMICOS PARA AVIVAR LOS COLORES PARA USO DOMÉSTICO (LAVADO DE ROPA); BASTONCILLOS DE ALGODÓN
PARA USO COSMÉTICO; MASCARILLAS DE BELLEZA; CERA
PARA BIGOTES; PRODUCTOS BLANQUEADORES PARA EL
CUERO; GELES BLANQUEADORES PARA USO DENTAL; COLORANTES PARA EL CABELLO; COSMÉTICOS PARA LAS
CEJAS; TIZA PARA LIMPIAR; CHAMPÚS PARA ANIMALES DE
COMPAÑIA; COSMÉTICOS PARA ANIMALES; CREMAS COSMÉTICAS; PASTILLAS DE JABÓN; DETERGENTES QUE NO
LFT
SEAN LOS UTILIZADOS DURANTE LAS OPERACIONES DE
FABRICACIÓN Y LOS DE USO MÉDICO; ENGRUDO (ALMIDÓN);
Consistente en: la expresión LFT, que servirá para: AMPARAR:
PREPARACIONES PARA BLANQUEAR Y OTRAS SUSTANCIAS
PARA LAVAR LA ROPA; PREPARACIONES PARA LIMPIAR,
PULIR, DESENGRASAR Y RASPAR; JABONES; PRODUCTOS DE
PERFUMERÍA, ACEITES ESENCIALES, COSMÉTICOS, LOCIONES CAPILARES; DENTÍFRICOS; BETUNES, CREMAS Y PEZ
PARA EL CALZADO; CERA DE SASTRE; CERA DE ZAPATERO;
CERA PARA EL CUERO; CERA DEPILATORIA; CERA DE LAVANDERÍA; CERA PARA PARQUÉ; CHAMPÚS; NECESERES DE
COSMÉTICA; PRODUCTOS DEPILATORIOS; DESMAQUILLADORES; DESODORANTES PARA USO PERSONAL (PERFUMERÍA); LÁPIZ DE LABIOS; LÁPICES PARA USO COSMÉTICO;
LACAS PARA EL CABELLO Y LAS UÑAS; PRODUCTOS PARA
QUITAR LAS LACAS; TOALLITAS IMPREGNADAS DE LOCIONES COSMÉTICAS; PAÑOS DE LIMPIEZA IMPREGNADOS CON
DETERGENTE; LOCIONES PARA DESPUÉS DEL AFEITADO;
LOCIONES PARA USO COSMÉTICO; MAQUILLAJE (PRODUCTOS DE-); POMADAS PARA USO COSMÉTICO; QUITAMANCHAS; PRODUCTOS PARA PERFUMAR LA ROPA; PRODUCTOS
PARA EL CUIDADO DE LAS UÑAS; DECOLORANTES PARA USO
COSMÉTICO; EXTRACTOS DE FLORES (PERFUMERÍA); INCIENSO; MADERAS AROMÁTICAS; MOTIVOS DECORATIVOS PARA
USO COSMÉTICO; PESTAÑAS Y UÑAS POSTIZAS; PIEDRA
PÓMEZ; POTPURRIS AROMÁTICOS; PREPARACIONES COSMÉTICAS ADELGAZANTES; PREPARACIONES COSMÉTICAS PARA
EL BAÑO; PREPARACIONES PARA ONDULAR EL CABELLO;
PRODUCTOS DE TOCADOR NO MEDICINALES; PRODUCTOS
PARA LA HIGIENE BUCAL QUE NO SEAN PARA USO MÉDICO;
SALES PARA EL BAÑO QUE NO SEAN PARA USO MÉDICO;
ACEITES DE TOCADOR; PRODUCTOS DE PROTECCIÓN SOLAR;
AGUA DE COLONIA; TALCO PARA TOCADOR; ADHESIVOS
(PEGAMENTOS) PARA USO COSMÉTICO; GRASAS PARA USO
LECHES LIMPIADORAS DE TOCADOR; LEJÍA; PRODUCTOS DE
LIMPIEZA EN SECO; AGUAS PERFUMADAS; COSMÉTICOS
PARA PESTAÑAS; PRODUCTOS COSMÉTICOS PARA EL CUIDADO DE LA PIEL; POLVOS DE MAQUILLAJE; ADHESIVOS
PARA FIJAR LOS POSTIZOS; SUAVIZANTE PARA LA ROPA;
TINTES COSMÉTICOS; PRODUCTOS PARA QUITAR LOS TINTES;
AGUAS DE TOCADOR. Clase: 03. Para: AMPARAR: APARATOS
E INSTRUMENTOS CIENTÍFICOS, NÁUTICOS, GEODÉSICOS,
FOTOGRÁFICOS, CINEMATOGRÁFICOS, ÓPTICOS, DE PESAJE,
DE MEDICIÓN, DE SEÑALIZACIÓN, DE CONTROL (INSPECCIÓN), DE SALVAMENTO Y DE ENSEÑANZA; APARATOS E
INSTRUMENTOS DE CONDUCCIÓN, DISTRIBUCIÓN, TRANSFORMACIÓN, ACUMULACIÓN, REGULACIÓN O CONTROL DE
LA ELECTRICIDAD; APARATOS DE GRABACIÓN, TRANSMISIÓN O REPRODUCCIÓN DE SONIDO O IMÁGENES; SOPORTES
DE REGISTRO MAGNÉTICOS, DISCOS ACÚSTICOS; DISCOS
COMPACTOS, DVD Y OTROS SOPORTES DE GRABACIÓN DIGITALES; SOFTWARE; MECANISMOS PARA APARATOS DE
PREVIO PAGO; CAJAS REGISTRADORAS, MÁQUINAS DE CALCULAR, EQUIPOS DE PROCESAMIENTO DE DATOS Y ORDENADORES; EXTINTORES; PERIFÉRICOS DE ORDENADOR;
GAFAS ANTIDESLUMBRANTES; LENTES (QUEVEDOS); LENTILLAS ÓPTICAS; CADENITAS DE LENTES (QUEVEDOS);
LENTES DE CONTACTO; CORDONES DE LENTES (QUEVEDOS);
METROS [INSTRUMENTOS DE MEDICIÓN]; GAFAS (ÓPTICA);
CRISTALES PARA GAFAS; ESTUCHES PARA GAFAS; MONTURAS DE LENTES [QUEVEDOS]; MONTURAS DE GAFAS; GAFAS
DE SOL; ESTUCHES PARA LENTES; ESTUCHES PARA LENTES
DE CONTACTO; CALZADO DE PROTECCIÓN CONTRA LOS
ACCIDENTES, LAS RADIACIONES Y EL FUEGO; CHALECOS
ANTIBALAS; CHALECOS SALVAVIDAS; ROPA DE PROTECCIÓN
CONTRA EL FUEGO; SUBMARINISMO (GUANTES DE -); BUCEO
186
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
(GUANTES DE -); GUANTES PARA LA PROTECCIÓN CONTRA
MATOGRÁFICAS; CÁMARAS DE VIDEO; CARTUCHOS DE VI-
ACCIDENTES; TRAJES DE INMERSIÓN; TARJETAS MAGNÉTI-
DEO-JUEGOS; CODIFICADORES MAGNÉTICOS; RECIPIENTES
CAS CODIFICADAS; TARJETAS MAGNÉTICAS DE IDENTIFI-
DE VIDRIO GRADUADOS; CUENTARREVOLUCIONES; DIAPO-
CACIÓN; TRAJES DE PROTECCIÓN CONTRA LOS ACCIDENTES,
SITIVAS; APARATOS PARA PROYECTAR DIAPOSITIVAS; DI-
LAS RADIACIONES Y EL FUEGO; TRAJES ESPECIALES DE
NAMÓMETROS; DISCOS REFLECTANTES PERSONALES PARA
PROTECCIÓN PARA AVIADORES; AGENDAS ELECTRÓNICAS;
PREVENIR ACCIDENTES DE TRÁNSITO; MARCADORES DE
APARATOS TELEFÓNICOS; BÁSCULAS [APARATOS DE PESA-
DOBLADILLOS; DOSIFICADORES; TAPAS DE ENCHUFES;
JE]; BRÚJULAS; MÁQUINAS CONTABLES; CASCOS DE PRO-
RADIOTELEFÓNICOS (APARATOS -); ESCÁNERES [PERIFÉRI-
TECCIÓN; CASCOS PROTECTORES PARA DEPORTES; CATA-
COS INFORMÁTICOS]; FLASHES (FOTOGRAFÍA); APARATOS
LEJOS; CRONÓGRAFOS [APARATOS PARA REGISTRAR EL
Y MÁQUINAS PARA FOTOCOPIAR (COMPRENDIDOS TAMBIÉN
TIEMPO]; CUCHARAS DOSIFICADORAS; CUENTAPASOS; PO-
LOS APARATOS Y MÁQUINAS ELECTRO ESTÁTICOS O TÉR-
DÓMETROS; DISCOS COMPACTOS (AUDIOVIDEO); DISCOS
MICOS); HOLOGRAMAS; LECTORES DE DISCOS COMPACTOS;
ÓPTICOS COMPACTOS; ESPEJOS (ÓPTICA); GEMELOS (ÓPTICA);
SEÑALES LUMINOSAS; TUBOS LUMINOSOS [PUBLICIDAD];
INDICADORES DE TEMPERATURA; CADENAS PARA GAFAS;
MAGNETOSCOPIOS EN ESTADO SÓLIDO; APARATOS ELÉC-
CORDONES PARA GAFAS; PROGRAMAS DE JUEGOS
TRICOS DE MEDIDA; MEGÁFONOS; MEMORIAS PARA SU USO
INFORMÁTICOS; LECTORES DE CASETES; LECTORES DE
CON ORDENADORES; MICRÓFONOS; MICROPROCESADORES;
CÓDIGO DE BARRAS; LINTERNAS DE SEÑALES; LUPAS (ÓP-
MÓDEMS; VEJIGAS DE FLOTABILIDAD - [APARATOS RESPI-
TICA); MÁQUINAS DE DICTAR; MECANISMOS PARA APARA-
RATORIOS PARA BUZOS]; OBJETIVOS (ÓPTICA); OZONIZADO-
TOS ACCIONADOS POR FICHA; PESOS DE BAÑO; CINTURONES
RES; PANTALLAS DE PROYECCIÓN; PERAS ELÉCTRICAS
CON PESOS (PARA SUBMARINISMO); PILAS ELÉCTRICAS;
(INTERRUPTORES); SILBATOS PARA LLAMAR A LOS PERROS;
PILAS GALVÁNICAS; PILAS SOLARES; PROGRAMAS
PULSADORES DE TIMBRES; APARATOS DE RADIO; RECEPTO-
INFORMÁTICOS GRABADOS; TRADUCTORAS ELECTRÓNICAS
RES (AUDIO, VIDEO); REPOSAMUÑECAS PARA ORDENADOR;
DE BOLSILLO; TRANSISTORES (ELECTRÓNICA); TERMÓME-
ROMANAS (BALANZAS); APARATOS DE TELEVISIÓN; TOCA-
TROS QUE NO SEAN PARA USO
MÉDICO; APARATOS DE
DISCOS; SOFTWARE DE PROCESAMIENTO DE DATOS PARA
INTERCOMUNICACIÓN; CASETES DE VIDEO; DIBUJOS ANI-
PROCESAR TEXTOS; VIDEO-TELÉFONOS; ESTUCHES DE
MADOS; RADIOTELÉFONO PORTÁTIL (WALKIE-TALKIES);
TRANSPORTE DE ORDENADORES PORTÁTILES; ESTUCHES
PUBLICACIONES ELECTRÓNICAS (DESCARGABLES ELECTRÓ-
PARA TELÉFONOS MÓVILES; REPRODUCTOR DE SONIDO
NICAMENTE); RELOJES DE ARENA; ALARMAS ACÚSTICAS;
PORTÁTIL; ESTUCHES Y FUNDAS PARA ORDENADORES POR-
ALARMAS ANTIRROBO; ALARMAS DE INCENDIO; ALFOM-
TÁTILES, DISPOSITIVOS ELECTRÓNICOS, ESPECIFICAMENTE
BRILLAS PARA EL RATÓN; ALTAVOCES; APARATOS PARA
TELÉFONOS MÓVILES, TABLETAS DIGITALES, REPRODUC-
LA AMPLIFICACIÓN DE SONIDO; ANTENAS; VISERAS ANTI-
TORES MP3, CÁMARAS, VIDEOJUEGOS. Clase: 09. Para: AMPA-
DESLUMBRANTES; CASCOS (DE MÚSICA); CONTESTADORES
RAR: METALES PRECIOSOS Y SUS ALEACIONES, ASÍ COMO
TELEFÓNICOS; DETECTORES DE MONEDA FALSA; PROTEC-
PRODUCTOS DE ESTAS MATERIAS O CHAPADOS NO COM-
TORES DE DIENTES; DINERO (MÁQUINAS PARA CONTAR Y
PRENDIDOS EN OTRAS CLASES; ARTÍCULOS DE JOYERÍA,
CLASIFICAR -); APARATOS PARA MEDIR EL ESPESOR DE LAS
BISUTERÍA, PIEDRAS PRECIOSAS; ARTÍCULOS DE RELOJERÍA
PIELES; ETIQUETAS ELECTRÓNICAS PARA MERCANCÍAS;
E INSTRUMENTOS CRONOMÉTRICOS; ALFILERES DE ADOR-
GAFAS PARA HACER DEPORTE; IMANES; PUNTEROS ELEC-
NO; ALFILERES DE CORBATAS; OBRAS DE ARTE DE METALES
TRÓNICOS LUMINOSOS; APARATOS PARA AMPLIACIONES
PRECIOSOS; LLAVEROS DE FANTASÍA; MEDALLAS; MONE-
(FOTOGRAFÍA); APARATOS E INSTRUMENTOS PARA LA AS-
DAS; INSIGNIAS DE METALES PRECIOSOS; CALZADO (ADOR-
TRONOMÍA; VÁLVULAS TERMOIÓNICAS; TOCADISCOS AU-
NOS DE METALES PRECIOSOS PARA -); SOMBREROS (ADOR-
TOMÁTICOS DE PREVIO PAGO; BALANZAS; BALSAS SALVA-
NOS DE METALES PRECIOSOS PARA -); GEMELOS; CADENAS
VIDAS; REGISTRADORAS DE CINTA MAGNÉTICA; CINTAS
DE RELOJES; CAJAS DE RELOJES; HILADOS DE METALES
PARA LIMPIAR CABEZALES DE LECTURA; CINTAS DE VIDEO;
PRECIOSOS [ARTÍCULOS DE JOYERÍA]; ESTUCHES PARA JO-
CINTAS MAGNÉTICAS; APARATOS DESMAGNETIZADORES
YAS; ADORNOS [ARTÍCULOS DE JOYERÍA]; JOYAS DE ÁMBAR
DE CINTAS MAGNÉTICAS; BARÓMETROS; DISTRIBUIDORES
AMARILLO; ALFILERES [ARTÍCULOS DE JOYERÍA], AMULE-
DE BILLETES (TICKETS); TERMOSTATOS; CÁMARAS CINE-
TOS [ARTÍCULOS DE JOYERÍA]; ANILLOS (JOYERÍA); ADOR-
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014.
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NOS DE AZABACHE; BRAZALETES (JOYERÍA); BROCHES
PARA LA BASURA DE PAPEL O DE MATERIAS PLÁSTICAS;
[ARTÍCULOS DE JOYERÍA]; CADENAS [ARTÍCULOS DE JOYE-
MAPAS GEOGRÁFICOS; GLOBOS TERRESTRES; MOJASELLOS;
RÍA]; CAJAS DE METALES PRECIOSOS; COLLARES [ARTÍCU-
MATERIAS PLÁSTICAS PARA MODELAR; PLANOS; PLANTI-
LOS DE JOYERÍA]; SUJETA CORBATAS; CRISTALES DE RELO-
LLAS (PAPELERÍA); RÓTULOS DE PAPEL O DE CARTÓN;
JES; CRONÓGRAFOS (RELOJES DE PULSERA); DESPERTADO-
TARJETAS; LETRAS Y PLUMAS DE ACERO; ACUARELAS;
RES; DIAMANTES; DIJES [ARTÍCULOS DE JOYERÍA]; ESTRÁS;
DISTRIBUIDORES DE CINTA ADHESIVA (ARTÍCULOS DE PA-
ESTUCHES PARA RELOJES [PRESENTACIÓN]; MARFIL (ADOR-
PELERÍA); CINTAS Y TIRAS ADHESIVAS PARA LA PAPELERÍA
NOS DE -) [ARTÍCULOS DE JOYERÍA]; MEDALLONES [ARTÍ-
O LA CASA; ADHESIVOS (ARTÍCULOS DE PAPELERÍA); ANI-
CULOS DE JOYERÍA]; PENDIENTES; PERLAS (JOYERÍA);
LLAS DE PURO (VITOLAS); ARCHIVADORES (ARTÍCULOS DE
PULSERAS DE RELOJES; RELOJES; DIADEMAS. Clase: 14. Para:
OFICINA); ARCILLA PARA MODELAR; TABLAS ARITMÉTICAS;
AMPARA: PAPEL, CARTÓN Y ARTÍCULOS DE ESTAS MATERIAS
PAPEL PERFUMADO O NO PARA FORRAR ARMARIOS; MA-
NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; PRODUCTOS DE
QUETAS DE ARQUITECTURA; ATLAS; BANDERAS DE PAPEL;
IMPRENTA; MATERIAL DE ENCUADERNACIÓN; FOTOGRA-
BILLETES (TICKETS); BLOCS (PAPELERÍA); BOLÍGRAFOS;
FÍAS; ARTÍCULOS DE PAPELERÍA; ADHESIVOS (PEGAMENTOS)
BOLSITAS PARA LA COCCIÓN EN MICROONDAS; BORRADO-
DE PAPELERÍA O PARA USO DOMÉSTICO; MATERIAL PARA
RES PARA PIZARRAS; GOMAS DE BORRAR; PRODUCTOS PARA
ARTISTAS; PINCELES; MÁQUINAS DE ESCRIBIR Y ARTÍCULOS
BORRAR; EMBALAJES Y ENVOLTURAS PARA BOTELLAS DE
DE OFICINA (EXCEPTO MUEBLES); MATERIAL DE INSTRUC-
CARTÓN O PAPEL; CABALLETES PARA LA PINTURA; CAN-
CIÓN O MATERIAL DIDÁCTICO (EXCEPTO APARATOS); MA-
CIONEROS; CARBONCILLOS; PAPEL DE CARTAS; CARTELE-
TERIAS PLÁSTICAS PARA EMBALAR (NO COMPRENDIDAS EN
RAS (TABLONES DE ANUNCIOS) DE PAPEL O CARTÓN; CAR-
OTRAS CLASES); CARACTERES DE IMPRENTA; CLICHÉS DE
TILLAS; CARTUCHOS DE TINTA; CERA DE MODELAR QUE NO
IMPRENTA; OBJETOS DE ARTE (GRABADOS); CAJAS DE CAR-
SEA PARA USO DENTAL; CERA PARA SELLAR (LACRAR);
TÓN O PAPEL; PATRONES PARA LA CONFECCIÓN DE VESTI-
CHINCHETAS (PUNTAS); CINTAS Y LAZOS DE PAPEL; CINTAS
DOS Y PARA LA COSTURA; TOALLITAS DE PAPEL PARA
ENTINTADAS PARA IMPRESORAS DE ORDENADOR; CINTAS
DESMAQUILLAR; ESTUCHES DE PLANTILLAS DE ESTARCIR;
ENTINTADAS PARA MÁQUINAS DE ESCRIBIR; PORTAPAPELES
ETIQUETAS QUE NO SEAN DE TELA; MANTELERÍAS DE PAPEL;
DE CLIP (ARTÍCULOS DE OFICINA); CAJAS DE PAPELERÍA
SERVILLETAS DE PAPEL; PAÑUELOS DE BOLSILLO (DE PA-
(ARTÍCULOS DE OFICINA); COMPÁS DE TRAZADO; GANCHOS
PEL); PLUMIERES; FUNDAS DE CHEQUERAS; ESCRIBANÍAS
PARA PAPELES (SUJETAPAPELES O CLIPS); CORTAPAPELES
PORTÁTILES; TELAS DE ENTINTADO DE MÁQUINAS PARA LA
(ARTÍCULOS DE OFICINA); CUADERNOS; CUADROS (PINTU-
REPRODUCCIÓN DE DOCUMENTOS; SAQUITOS (SOBRES,
RAS) ENMARCADOS O NO; DEDILES (ARTÍCULOS DE OFICINA);
BOLSITAS) PARA EMBALAJE (DE PAPEL O MATERIAS PLÁS-
MATERIAL
TICAS); TIZA PARA SASTRES (JABONCILLO DE SASTRE);
PARA LA PAPELERÍA; TAMPONES ENTINTADOS; ESCUADRAS
TOALLITAS DE TOCADOR DE PAPEL; CAJAS SOMBRERERAS;
(REGLAS); ESCUDOS (SELLOS DE PAPEL); TARJETAS DE FE-
TELA Y PAPEL PARA CALCAR; TELA PARA ENCUADERNA-
LICITACIONES; PAPEL DE FILTRO; FORROS DE LIBRO (PAPE-
CIONES; TELAS PARA LA PINTURA (LIENZOS); TOALLAS DE
LERÍA); SOPORTES PARA FOTOGRAFÍAS; GOMAS (ELÁSTICOS)
PAPEL; ÁLBUMES; ALMANAQUES; APARATOS MANUALES
DE OFICINA; GRAPADORAS (PAPELERÍA); GRAPAS; CLIPS
PARA ETIQUETAR; ARCHIVADORES DE DOCUMENTOS; INS-
SUJETAPAPELES [PAPELERÍA]; HOJAS (PAPELERÍA); AFILA-
TRUMENTOS DE ESCRITURA; CALCOMANÍAS; CALENDARIOS;
LÁPICES (SACAPUNTAS); PORTALÁPICES; PAPEL LUMINOSO;
CARTELES; CARPETAS PARA DOCUMENTOS; CATÁLOGOS;
PALETAS PARA PINTORES; PAPEL DE PLATA; PAPEL PARA-
CROMOS; ESTUCHES DE DIBUJO; DIARIOS; PERIÓDICOS;
FINADO; PASTA DE MODELAR; PERFORADORAS DE OFICINA;
REVISTAS (PERIÓDICOS); LIBROS; LITOGRAFÍAS; PAPEL DE
BROCHAS PARA PINTORES; RODILLOS DE PINTORES DE
EMBALAJE; PAPEL HIGIÉNICO; PISAPAPELES; POSAVASOS
OBRAS; TARJETAS POSTALES; PUBLICACIONES; ROSARIOS;
PARA CERVEZA; MARCA-PÁGINAS; SUJETA LIBROS; TINTA;
SECANTES; SOBRES (PAPELERÍA); PEGATINAS. Clase: 16. Para:
TINTEROS; BABEROS DE PAPEL; MATERIAL DE DIBUJO; DI-
AMPARAR: TEJIDOS Y PRODUCTOS TEXTILES NO COMPREN-
BUJOS; MATERIAL ESCOLAR; PIZARRAS PARA ESCRIBIR;
DIDOS EN OTRAS CLASES; ROPA DE CAMA Y DE MESA; ROPA
REVISTAS DE HISTORIETAS; BANDEJAS PARA COLOCAR Y
DE BAÑO (CON EXCEPCIÓN DE VESTIDOS); TOALLITAS PARA
CONTAR LAS MONEDAS; PATRONES DE BORDADOS; BOLSAS
DESMAQUILLAR DE MATERIAS TEXTILES; ETIQUETAS DE
DE ENCUADERNACIÓN; TELAS ENGOMADAS
188
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
TELA; FORROS Y ENTRETELAS; TAPIZADOS MURALES DE
FLORES
ARTIFICIALES; CHAPAS DE ADORNO; DEDALES
MATERIAS TEXTILES; PAÑUELOS DE BOLSILLO DE MATERIAS
(PARA COSER); ESTUCHES DE AGUJAS; HEBILLAS (ACCESO-
TEXTILES; CORTINAS DE MATERIAS TEXTILES O DE MATE-
RIOS DE VESTIMENTA); HEBILLAS (PARA CALZADO); HOM-
RIAS PLÁSTICAS; ROPA BLANCA QUE NO SEA ROPA INTERIOR;
BRERAS PARA VESTIDOS; HORQUILLAS PARA EL CABELLO;
TOALLAS DE MATERIAS TEXTILES; MANTAS DE VIAJE; VISI-
INSIGNIAS QUE NO SEAN DE METALES PRECIOSOS; LENTE-
LLOS; ABRAZADERAS DE CORTINAS DE MATERIAS TEXTILES;
JUELAS (PASAMANERÍA); NÚMEROS O LETRAS PARA MAR-
BANDERAS Y BANDERINES(QUE NO SEAN DE PAPEL); EDRE-
CAR LA ROPA BLANCA; PASACINTAS; PASADORES (PINZAS
DONES (COBERTORES RELLENOS DE PLUMAS); FUNDAS PARA
PARA EL CABELLO); PASAMANERÍA; PLUMAS (COMPLEMEN-
MUEBLES; FUNDAS PARA COJINES; FUNDAS DE ALMOHADA;
TOS DE VESTIR); POMPONES; PUNTILLAS (ENCAJES); CRE-
MOSQUITEROS (COLGADURAS); PAÑOS PARA SECAR VASOS;
MALLERAS (MERCERÍA); DORSALES; PARCHES TERMOAD-
TAPETES DE MESAS DE BILLAR; TAPETES DE MESA QUE NO
HESIVOS PARA ADORNAR ARTÍCULOS TEXTILES [MERCE-
SEAN DE PAPEL; TOALLITAS DE TOCADOR DE MATERIAS
RÍA]; GANCHOS PARA TEJER ALFOMBRAS; AUTOMÁTICOS
TEXTILES; SÁBANAS COSIDAS EN FORMA DE SACOS DE
(BROCHES); PLUMAS DE AVESTRUZ (ACCESORIOS DE VES-
DORMIR; TEJIDOS DE ALGODÓN; TELA DE PELO [ARPILLERA],
TIR); BALLENAS DE CORSÉS; BANDAS (INSIGNIAS); CORDON-
ARPILLERA; BROCADOS; TEJIDOS DE FORRO PARA CALZADO;
CILLOS PARA RIBETEAR; BORLAS (PASAMANERÍA); CINTAS
TEJIDOS PARA CALZADO; COLCHAS; MANTAS DE CAMA;
ELÁSTICAS PARA SUBIR LAS MANGAS; ARTÍCULOS DE ADOR-
CAÑAMAZO (TELA DE CÁÑAMO); CÉFIRO (TEJIDO); CHEVIOTS
NO PARA EL CABELLO; CABELLO POSTIZO; REDECILLAS
(TEJIDOS); CUBRECOLCHONES [QUE NO SEAN PARA LA IN-
PARA EL CABELLO; OJETES PARA CALZADO; FELPILLA (PA-
CONTINENCIA]; CORTINAS DE DUCHA DE MATERIAL TEXTIL
SAMANERÍA); CHORRERAS (ENCAJES); PINZAS PARA PANTA-
O DE PLÁSTICO; CREPE (TEJIDO); CRESPÓN; CUBRECAMAS;
LONES DE CICLISTAS; CIERRES PARA PRENDAS DE VESTIR;
DAMASCO (TEJIDO); TEJIDOS ELÁSTICOS; HULES (MANTE-
CINTAS AUTO-ADHERENTES (ARTÍCULOS DE MERCERÍA);
LES); TELAS ENGOMADAS QUE NO SEAN PARA LA PAPELERÍA;
CINTAS ELÁSTICAS; CINTAS PARA FRUNCIR CENEFAS DE
TEJIDOS DE ESPARTO; TEJIDO DE FELPILLA; FIELTRO; FRA-
CORTINAS; CORDONCILLOS PARA PRENDAS DE VESTIR;
NELA (TEJIDO); FUNDAS PARA TAPAS DE RETRETES; GASA
PASADORES
(TEJIDO); JERSEY (TEJIDO); TEJIDOS Y TELAS DE LANA; TE-
POSTIZOS; ESCARAPELAS (PASAMANERÍA); FESTONES (BOR-
JIDOS PARA LA LENCERÍA; TEJIDOS DE LINO (EXCEPTO PARA
DADOS); FLECOS; FRUTAS ARTIFICIALES; GALONES; GORROS
AISLAMIENTO); MANTELES INDIVIDUALES QUE NO SEAN DE
PARA HACER MECHAS; GUIRNALDAS ARTIFICIALES; HUEVOS
PAPEL; MANTELES (QUE NO SEAN DE PAPEL); MANTILLAS
PARA ZURCIR; ORLAS (PASAMANERÍA); TRENZAS DE CABE-
PARA IMPRENTA DE MATERIAS TEXTILES; MARABÚ (TELA);
LLO; PELUCAS; BORDADOS EN PLATA; RIBETES PARA PREN-
TEJIDOS PARA TAPIZAR MOBILIARIO; TEJIDOS PARA MOBI-
DAS DE VESTIR; ROSETAS (PASAMANERÍA); EXTREMOS DE
LIARIO EN PIEZAS; TEJIDOS QUE IMITAN LA PIEL DE ANIMA-
TIRANTES [SUJECIONES]; VOLANTES DE FALDAS Y VESTIDOS;
LES; TEJIDOS DE GENERO DE PUNTO; TELAS PARA HACER
TRENZAS; TUPES; GANCHOS PARA CALZADO. Clase: 26. Para:
QUESO; TEJIDOS DE RAMIO; TEJIDOS DE RAYÓN (SEDA AR-
AMPARAR: JUEGOS, JUGUETES; ARTÍCULOS DE GIMNASIA Y
TIFICIAL); TEJIDOS DE SEDA; TAFETÁN (TEJIDOS); TEJIDOS
DEPORTE NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; ADORNOS
DE FIBRA DE VIDRIO PARA USO TEXTIL; TEJIDOS TERMOAD-
PARA ÁRBOLES DE NAVIDAD; APAREJOS DE PESCA; CAÑAS
HESIVOS; TELA CON MOTIVOS IMPRESOS PARA BORDAR;
DE PESCAR; MASCARAS DE CARNAVAL Y DE TEATRO, CASAS
TERCIOPELO; TUL. Clase: 24. Para: AMPARAR: ENCAJES Y
DE MUÑECAS; ARNESES DE ESCALADA; ARTÍCULOS DE CO-
BORDADOS, CINTAS Y CORDONES; BOTONES, CORCHETES Y
TILLÓN; GUANTES (ACCESORIOS PARA JUEGOS); GUANTES
OJETES, ALFILERES Y AGUJAS; FLORES ARTIFICIALES; ALFI-
DE BÉISBOL, BOXEO, ESGRIMA Y GOLF; MARIONETAS; APA-
LETEROS; ACERICOS (ALMOHADILLAS PARA ALFILERES);
RATOS PARA EJERCICIOS FÍSICOS; ARBOLES DE NAVIDAD
ADORNOS PARA EL CALZADO Y PARA SOMBREROS (QUE NO
DE MATERIALES SINTÉTICOS; CÁMARAS DE AIRE PARA PE-
SEAN DE METALES PRECIOSOS); ARTÍCULOS DE MERCERÍA
LOTAS DE JUEGO; CODERAS Y RODILLERAS (ARTÍCULOS
(CON EXCEPCIÓN DE HILOS); BANDAS PARA EL CABELLO;
PARA EL DEPORTE); COMETAS; SONAJEROS; CALEIDOSCO-
BRAZALETES; ARNESES PARA GUIAR A LOS NIÑOS; BROCHES
PIOS; CABALLITOS DE BALANCÍN (JUGUETES); JUEGOS DE
(ACCESORIOS DE VESTIMENTA); COSTUREROS; CIERRES DE
CONSTRUCCIÓN; MÁQUINAS DE JUEGO AUTOMÁTICAS AC-
CINTURONES; CORDONES PARA EL CALZADO; CORONAS DE
CIONADAS CON MONEDAS; BARAJAS DE CARTAS (NAIPES);
PARA
CUELLOS POSTIZOS; DOBLADILLOS
189
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014.
OSOS DE PELUCHE; MUÑECAS; ROPA DE MUÑECAS; PISTOLAS
FRANQUICIA; DEMOSTRACIÓN DE PRODUCTOS; PROMOCIÓN
DE AIRE COMPRIMIDO [JUGUETES]; JUEGOS DE AJEDREZ;
DE VENTAS (PARA TERCEROS); VENTAS EN SUBASTA PÚ-
ALETAS DE NATACIÓN; JUEGOS DE ANILLAS; SOPORTES
BLICA; SERVICIOS DE PROMOCIÓN Y GESTIÓN DE CENTROS
PARA ARBOLES DE NAVIDAD; MATERIAL PARA EL TIRO CON
COMERCIALES; SERVICIOS DE AYUDA A LAS FUNCIONES
ARCO; FLOTADORES PARA NADAR; ARTÍCULOS DE BROMA;
COMERCIALES DE UN NEGOCIO CONSISTENTE EN LA GES-
BALONES Y PELOTAS DE JUEGO; BIBERONES PARA MUÑECAS;
TIÓN DE PEDIDOS A TRAVÉS DE REDES GLOBALES DE CO-
BLOQUES DE CONSTRUCCIÓN [JUGUETES]; TABLAS DE BO-
MUNICACIÓN; AGENCIAS DE IMPORTACIÓN-EXPORTACIÓN;
DYBOARD; BOLOS [JUEGO]; BICICLETAS ESTÁTICAS DE
PUBLICIDAD EN LÍNEA EN UNA RED INFORMÁTICA; SERVI-
ENTRENAMIENTO; BOLSAS PARA PALOS DE GOLF, CON O
CIOS DE ABASTECIMIENTO PARA TERCEROS (COMPRA DE
SIN RUEDAS; CAMAS DE MUÑECAS; CANICAS PARA JUGAR;
PRODUCTOS Y SERVICIOS PARA OTRAS EMPRESAS); DIFU-
MANGAS PARA CAZAR MARIPOSAS; COLUMPIOS; CONFETI;
SIÓN (DISTRIBUCIÓN) DE MUESTRAS; GESTIÓN DE FICHEROS
CUBILETES PARA JUEGOS; DADOS [JUEGOS]; JUEGOS DE
INFORMÁTICOS; RELACIONES PÚBLICAS; AGENCIAS DE IN-
DAMAS; DAMEROS; DARDOS; DISCOS DE LANZAMIENTO
FORMACIÓN COMERCIAL; AGENCIAS DE PUBLICIDAD; AL-
(ARTÍCULOS DE DEPORTE); DISCOS VOLADORES [JUGUETES];
QUILER DE DISTRIBUIDORES AUTOMÁTICOS; ALQUILER DE
JUEGOS DE DOMINÓ; FICHAS PARA JUEGOS; ESQUÍS; FUNDAS
ESPACIOS PUBLICITARIOS; DIFUSIÓN DE ANUNCIOS PUBLI-
ESPECIALES PARA ESQUÍS Y TABLAS DE SURF; MESAS PARA
CITARIOS; ASISTENCIA EN LA DIRECCIÓN DE NEGOCIOS;
FÚTBOL DE SALÓN [FUTBOLINES]; APARATOS DE GIMNASIA;
BÚSQUEDA
JUEGOS DE HERRADURAS; PALOS DE HOCKEY; JUGUETES
INFORMÁTICOS (PARA TERCEROS); COMPILACIÓN DE DATOS
PARA HACE POMPAS DE JABÓN; JUEGOS DE MESA; JUGUETES
EN UN ORDENADOR CENTRAL; TRANSCRIPCIÓN DE COMU-
PARA ANIMALES DOMÉSTICOS; MODELOS DE VEHÍCULOS A
NICACIONES; CORREO PUBLICITARIO; ASISTENCIA A LA
ESCALA; MONOPATINES; MÓVILES [JUGUETES]; BOLAS DE
DIRECCIÓN DE EMPRESAS COMERCIALES O INDUSTRIALES;
PINTURA (MUNICIONES PARA PISTOLAS DE PAINTBALL);
DIRECCIÓN PROFESIONAL DE NEGOCIOS ARTÍSTICOS; DIS-
NIEVE ARTIFICIAL PARA ARBOLES DE NAVIDAD; PALOS DE
TRIBUCIÓN DE MATERIAL PUBLICITARIO (FOLLETOS, PROS-
GOLF; TACOS DE BILLAR; MESAS DE BILLAR; PATINES DE
PECTOS, IMPRESOS, MUESTRAS); PUESTA AL DÍA DE DOCU-
BOTA; PATINES EN LÍNEA; PATINES DE HIELO; PATINES DE
MENTACIÓN PUBLICITARIA; REPRODUCCIÓN DE DOCUMEN-
RUEDAS; PATINETES; PELUCHES [JUGUETES]; PEONZAS [JU-
TOS; ESTUDIO DE MERCADOS; FIJACIÓN DE CARTELES
GUETES]; PIÑATAS; PISCINAS [ARTÍCULOS DE JUEGO O DE
(ANUNCIOS); SONDEOS DE OPINIÓN; SISTEMATIZACIÓN DE
DEPORTE]; SACOS DE BOXEO; PUZZLES; APARATOS DE PRES-
DATOS EN UN ORDENADOR CENTRAL; PUBLICACIÓN DE
TIDIGITACIÓN; RAQUETAS; JUEGOS DE SOCIEDAD; TABLAS
TEXTOS PUBLICITARIOS; SERVICIOS DE VENTA AL POR MA-
DE SURF Y DE WINDSURF; TABLEROS DE AJEDREZ; TIRA-
YOR Y AL POR MENOR POR CUALQUIER MEDIO. Clase: 35.
CHINAS [ARTÍCULOS DE DEPORTE]; TOBOGÁN [JUEGO];
TRAMPOLINES [ARTÍCULOS DE DEPORTE]; TRINEOS [ARTÍ-
DE
INFORMACIONES
EN
FICHEROS
La solicitud fue presentada el día veintidós de octubre del año dos
mil trece.
CULOS DE DEPORTE]; VEHÍCULOS [JUEGOS]; VOLANTES PARA
JUEGOS DE RAQUETAS. Clase: 28. Para: AMPARAR: PUBLICIDAD;
GESTIÓN DE NEGOCIOS COMERCIALES; ADMINISTRACIÓN
COMERCIAL; TRABAJOS DE OFICINA; SERVICIOS DE AYUDA
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintinueve de octubre del año dos mil trece.
EN LA DIRECCIÓN DE LOS NEGOCIOS O FUNCIONES COMERCIALES DE UNA EMPRESA INDUSTRIAL O COMERCIAL; OR-
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
GANIZACIONES DE EXPOSICIONES Y FERIAS CON FINES
COMERCIALES O DE PUBLICIDAD; SERVICIOS DE PROMOCIÓN
REGISTRADOR.
PRESTADOS POR UNA EMPRESA COMERCIAL A TRAVÉS DE
UNA TARJETA DE FIDELIZACIÓN DE CLIENTES; SERVICIOS
DE MODELOS PARA FINES PUBLICITARIOS O DE PROMOCIÓN
LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA,
SECRETARIA.
DE VENTAS; EDICIÓN DE TEXTOS PUBLICITARIOS; DECORACIÓN DE ESCAPARATES; SERVICIOS DE AYUDA A LA EXPLOTACIÓN DE UNA EMPRESA COMERCIAL EN RÉGIMEN DE
3 v. alt. No. F025255-3
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
190
No. de Expediente: 2013130995
No. de Presentación: 20130191177
PARA BIGOTES; PRODUCTOS BLANQUEADORES PARA EL
CUERO; GELES BLANQUEADORES PARA USO DENTAL; COLORANTES PARA EL CABELLO; COSMÉTICOS PARA LAS
CLASE: 03, 09, 14, 16, 24, 26, 28.
CEJAS; TIZA PARA LIMPIAR; CHAMPÚS PARA ANIMALES DE
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
COMPAÑÍA; COSMÉTICOS PARA ANIMALES; CREMAS COS-
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado MORENA
GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO
ESPECIAL de INDUSTRIA DE DISEÑO TEXTIL, S.A. (INDITEX,
S.A.), de nacionalidad ESPAÑOLA, solicitando el registro de la MARCA
DE PRODUCTO,
MÉTICAS; PASTILLAS DE JABÓN; DETERGENTES QUE NO
SEAN LOS UTILIZADOS DURANTE LAS OPERACIONES DE
FABRICACIÓN Y LOS DE USO MÉDICO; ENGRUDO (ALMIDÓN);
LECHES LIMPIADORAS DE TOCADOR; LEJÍA; PRODUCTOS DE
LIMPIEZA EN SECO; AGUAS PERFUMADAS; COSMÉTICOS
PARA PESTAÑAS; PRODUCTOS COSMÉTICOS PARA EL CUIDADO DE LA PIEL; POLVOS DE MAQUILLAJE; ADHESIVOS
LEFTIES
PARA FIJAR LOS POSTIZOS; SUAVIZANTE PARA LA ROPA;
TINTES COSMÉTICOS; PRODUCTOS PARA QUITAR LOS TINTES;
Consistente en: la palabra LEFTIES, que servirá para: AMPARAR:
PREPARACIONES PARA BLANQUEAR Y OTRAS SUSTANCIAS
PARA LAVAR LA ROPA; PREPARACIONES PARA LIMPIAR,
PULIR, DESENGRASAR Y RASPAR; JABONES; PRODUCTOS DE
PERFUMERÍA, ACEITES ESENCIALES, COSMÉTICOS, LOCIONES CAPILARES; DENTÍFRICOS; BETUNES, CREMAS Y PEZ
PARA EL CALZADO; CERA DE SASTRE; CERA DE ZAPATERO;
CERA PARA EL CUERO; CERA DEPILATORIA; CERA DE LAVANDERÍA; CERA PARA PARQUÉ; CHAMPÚS; NECESERES DE
COSMÉTICA; PRODUCTOS DEPILATORIOS; DESMAQUILLADORES; DESODORANTES PARA USO PERSONAL (PERFUMERÍA); LÁPIZ DE LABIOS; LÁPICES PARA USO COSMÉTICO;
LACAS PARA EL CABELLO Y LAS UÑAS; PRODUCTOS PARA
QUITAR LAS LACAS; TOALLITAS IMPREGNADAS DE LOCIONES COSMÉTICAS; PAÑOS DE LIMPIEZA IMPREGNADOS CON
DETERGENTE; LOCIONES PARA DESPUÉS DEL AFEITADO;
LOCIONES PARA USO COSMÉTICO; MAQUILLAJE (PRODUCTOS DE-); POMADAS PARA USO COSMÉTICO; QUITAMANCHAS; PRODUCTOS PARA PERFUMAR LA ROPA; PRODUCTOS
PARA EL CUIDADO DE LAS UÑAS; DECOLORANTES PARA
USO COSMÉTICO; EXTRACTOS DE FLORES (PERFUMERÍA);
INCIENSO; MADERAS AROMÁTICAS; MOTIVOS DECORATIVOS
PARA USO COSMÉTICO; PESTAÑAS Y UÑAS POSTIZAS; PIEDRA
PÓMEZ; POTPURRÍS AROMÁTICOS; PREPARACIONES COSMÉTICAS ADELGAZANTES; PREPARACIONES COSMÉTICAS PARA
EL BAÑO; PREPARACIONES PARA ONDULAR EL CABELLO;
PRODUCTOS DE TOCADOR NO MEDICINALES; PRODUCTOS
AGUAS DE TOCADOR. Clase: 03. Para: AMPARAR: APARATOS
E INSTRUMENTOS CIENTÍFICOS, NÁUTICOS, GEODÉSICOS,
FOTOGRÁFICOS, CINEMATOGRÁFICOS, ÓPTICOS, DE PESAJE,
DE MEDICIÓN, DE SEÑALIZACIÓN, DE CONTROL (INSPECCIÓN), DE SALVAMENTO Y DE ENSEÑANZA; APARATOS E
INSTRUMENTOS DE CONDUCCIÓN, DISTRIBUCIÓN, TRANSFORMACIÓN, ACUMULACIÓN, REGULACIÓN O CONTROL DE
LA ELECTRICIDAD; APARATOS DE GRABACIÓN, TRANSMISIÓN O REPRODUCCIÓN DE SONIDO O IMÁGENES; SOPORTES
DE REGISTRO MAGNÉTICOS, DISCOS ACÚSTICOS; DISCOS
COMPACTOS, DVD Y OTROS SOPORTES DE GRABACIÓN DIGITALES; SOFTWARE; MECANISMOS PARA APARATOS DE
PREVIO PAGO; CAJAS REGISTRADORAS, MÁQUINAS DE CALCULAR, EQUIPOS DE PROCESAMIENTO DE DATOS Y ORDENADORES; EXTINTORES; PERIFÉRICOS DE ORDENADOR;
GAFAS ANTIDESLUMBRANTES; LENTES (QUEVEDOS); LENTILLAS ÓPTICAS; CADENITAS DE LENTES (QUEVEDOS);
LENTES DE CONTACTO; CORDONES DE LENTES (QUEVEDOS);
METROS [INSTRUMENTOS DE MEDICIÓN]; GAFAS (ÓPTICA);
CRISTALES PARA GAFAS; ESTUCHES PARA GAFAS; MONTURAS DE LENTES [QUEVEDOS]; MONTURAS DE GAFAS; GAFAS
DE SOL; ESTUCHES PARA LENTES; ESTUCHES PARA LENTES
DE CONTACTO; CALZADO DE PROTECCIÓN CONTRA LOS
ACCIDENTES, LAS RADIACIONES Y EL FUEGO; CHALECOS
ANTIBALAS; CHALECOS SALVAVIDAS; ROPA DE PROTECCIÓN
CONTRA EL FUEGO; SUBMARINISMO (GUANTES DE -); BUCEO
(GUANTES DE -); GUANTES PARA LA PROTECCIÓN CONTRA
PARA LA HIGIENE BUCAL QUE NO SEAN PARA USO MÉDICO;
ACCIDENTES; TRAJES DE INMERSIÓN; TARJETAS MAGNÉTI-
SALES PARA EL BAÑO QUE NO SEAN PARA USO MÉDICO;
CAS CODIFICADAS; TARJETAS MAGNÉTICAS DE IDENTIFI-
ACEITES DE TOCADOR; PRODUCTOS DE PROTECCIÓN SOLAR;
CACIÓN; TRAJES DE PROTECCIÓN CONTRA LOS ACCIDENTES,
AGUA DE COLONIA; TALCO PARA TOCADOR; ADHESIVOS
LAS RADIACIONES Y EL FUEGO; TRAJES ESPECIALES DE
(PEGAMENTOS) PARA USO COSMÉTICO; GRASAS PARA USO
PROTECCIÓN PARA AVIADORES; AGENDAS ELECTRÓNICAS;
COSMÉTICO; CARTONES ABRASIVOS PARA USO EN LAS UÑAS;
APARATOS TELEFÓNICOS; BÁSCULAS [APARATOS DE PESA-
PAPELES ABRASIVOS; ABRASIVOS DE PAPEL DE LIJA; GRÁ-
JE]; BRÚJULAS; MÁQUINAS CONTABLES; CASCOS DE PRO-
NULOS ABRASIVOS; PRODUCTOS DE AFEITAR; PRODUCTOS
TECCIÓN; CASCOS PROTECTORES PARA DEPORTES; CATA-
QUÍMICOS PARA AVIVAR LOS COLORES PARA USO DOMES-
LEJOS; CRONÓGRAFOS [APARATOS PARA REGISTRAR EL
TICO (LAVADO DE ROPA); BASTONCILLOS DE ALGODÓN
TIEMPO]; CUCHARAS DOSIFICADORAS; CUENTAPASOS; PO-
PARA USO COSMÉTICO; MASCARILLAS DE BELLEZA; CERA
DÓMETROS; DISCOS COMPACTOS (AUDIO-VIDEO); DISCOS
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014.
191
ÓPTICOS COMPACTOS; ESPEJOS (ÓPTICA); GEMELOS (ÓPTICA);
RES; PANTALLAS DE PROYECCIÓN; PERAS ELÉCTRICAS
INDICADORES DE TEMPERATURA; CADENAS PARA GAFAS;
(INTERRUPTORES); SILBATOS PARA LLAMAR A LOS PERROS;
CORDONES PARA GAFAS; PROGRAMAS DE JUEGOS
PULSADORES DE TIMBRES; APARATOS DE RADIO; RECEPTO-
INFORMÁTICOS; LECTORES DE CASETES; LECTORES DE
RES (AUDIO, VIDEO); REPOSAMUÑECAS PARA ORDENADOR;
CÓDIGO DE BARRAS; LINTERNAS DE SEÑALES; LUPAS (ÓP-
ROMANAS (BALANZAS); APARATOS DE TELEVISIÓN; TOCA-
TICA); MÁQUINAS DE DICTAR; MECANISMOS PARA APARA-
DISCOS; SOFTWARE DE PROCESAMIENTO DE DATOS PARA
TOS ACCIONADOS POR FICHA; PESOS DE BAÑO; CINTURONES
PROCESAR TEXTOS; VIDEO-TELÉFONOS; ESTUCHES DE
CON PESOS (PARA SUBMARINISMO); PILAS ELÉCTRICAS;
TRANSPORTE DE ORDENADORES PORTÁTILES; ESTUCHES
PILAS GALVÁNICAS; PILAS SOLARES; PROGRAMAS
PARA TELÉFONOS MÓVILES; REPRODUCTOR DE SONIDO
INFORMÁTICOS GRABADOS; TRADUCTORAS ELECTRÓNICAS
PORTÁTIL; ESTUCHES Y FUNDAS PARA ORDENADORES POR-
DE BOLSILLO; TRANSISTORES (ELECTRÓNICA); TERMÓME-
TÁTILES, DISPOSITIVOS ELECTRÓNICOS, ESPECIFICAMENTE
TROS QUE NO SEAN PARA USO
MÉDICO; APARATOS DE
TELÉFONOS MÓVILES, TABLETAS DIGITALES, REPRODUC-
INTERCOMUNICACIÓN; CASETES DE VIDEO; DIBUJOS ANI-
TORES MP3, CÁMARAS, VIDEOJUEGOS. Clase: 09. Para: AMPA-
MADOS; RADIOTELÉFONO PORTÁTIL (WALKIE-TALKIES);
RAR: METALES PRECIOSOS Y SUS ALEACIONES, ASÍ COMO
PUBLICACIONES ELECTRÓNICAS (DESCARGABLES ELECTRÓ-
PRODUCTOS DE ESTAS MATERIAS O CHAPADOS NO COM-
NICAMENTE); RELOJES DE ARENA; ALARMAS ACÚSTICAS;
PRENDIDOS EN OTRAS CLASES; ARTÍCULOS DE JOYERÍA,
ALARMAS ANTIRROBO; ALARMAS DE INCENDIO; ALFOM-
BISUTERÍA, PIEDRAS PRECIOSAS; ARTÍCULOS DE RELOJERÍA
BRILLAS PARA EL RATÓN; ALTAVOCES; APARATOS PARA
E INSTRUMENTOS CRONOMÉTRICOS; ALFILERES DE ADOR-
LA AMPLIFICACIÓN DE SONIDO; ANTENAS; VISERAS ANTI-
NO; ALFILERES DE CORBATAS; OBRAS DE ARTE DE METALES
DESLUMBRANTES; CASCOS (DE MÚSICA); CONTESTADORES
PRECIOSOS; LLAVEROS DE FANTASÍA; MEDALLAS; MONE-
TELEFÓNICOS; DETECTORES DE MONEDA FALSA; PROTEC-
DAS; INSIGNIAS DE METALES PRECIOSOS; CALZADO (ADOR-
TORES DE DIENTES; DINERO (MÁQUINAS PARA CONTAR Y
NOS DE METALES PRECIOSOS PARA -); SOMBREROS (ADOR-
CLASIFICAR -); APARATOS PARA MEDIR EL ESPESOR DE LAS
NOS DE METALES PRECIOSOS PARA -); GEMELOS; CADENAS
PIELES; ETIQUETAS ELECTRÓNICAS PARA MERCANCÍAS;
DE RELOJES; CAJAS DE RELOJES; HILADOS DE METALES
GAFAS PARA HACER DEPORTE; IMANES; PUNTEROS ELEC-
PRECIOSOS [ARTÍCULOS DE JOYERÍA]; ESTUCHES PARA JO-
TRÓNICOS LUMINOSOS; APARATOS PARA AMPLIACIONES
YAS; ADORNOS [ARTÍCULOS DE JOYERÍA]; JOYAS DE ÁMBAR
(FOTOGRAFÍA); APARATOS E INSTRUMENTOS PARA LA AS-
AMARILLO; ALFILERES [ARTÍCULOS DE JOYERÍA], AMULE-
TRONOMÍA; VÁLVULAS TERMOIÓNICAS; TOCADISCOS AU-
TOS [ARTÍCULOS DE JOYERÍA]; ANILLOS (JOYERÍA); ADOR-
TOMÁTICOS DE PREVIO PAGO; BALANZAS; BALSAS SALVA-
NOS DE AZABACHE; BRAZALETES (JOYERÍA); BROCHES
VIDAS; REGISTRADORAS DE CINTA MAGNÉTICA; CINTAS
[ARTÍCULOS DE JOYERÍA]; CADENAS [ARTÍCULOS DE JOYE-
PARA LIMPIAR CABEZALES DE LECTURA; CINTAS DE VIDEO;
RÍA]; CAJAS DE METALES PRECIOSOS; COLLARES [ARTÍCU-
CINTAS MAGNÉTICAS; APARATOS DESMAGNETIZADORES
LOS DE JOYERÍA]; SUJETA CORBATAS; CRISTALES DE RELO-
DE CINTAS MAGNÉTICAS; BARÓMETROS; DISTRIBUIDORES
JES; CRONÓGRAFOS (RELOJES DE PULSERA); DESPERTADO-
DE BILLETES (TICKETS); TERMOSTATOS; CÁMARAS CINE-
RES; DIAMANTES; DIJES [ARTÍCULOS DE JOYERÍA]; ESTRÁS;
MATOGRÁFICAS; CÁMARAS DE VIDEO; CARTUCHOS DE VI-
ESTUCHES PARA RELOJES [PRESENTACIÓN]; MARFIL (ADOR-
DEO-JUEGOS; CODIFICADORES MAGNÉTICOS; RECIPIENTES
NOS DE -) [ARTÍCULOS DE JOYERÍA]; MEDALLONES [ARTÍ-
DE VIDRIO GRADUADOS; CUENTARREVOLUCIONES; DIAPO-
CULOS DE JOYERÍA]; PENDIENTES; PERLAS (JOYERÍA);
SITIVAS; APARATOS PARA PROYECTAR DIAPOSITIVAS; DI-
PULSERAS DE RELOJES; RELOJES; DIADEMAS. Clase: 14. Para:
NAMÓMETROS; DISCOS REFLECTANTES PERSONALES PARA
AMPARAR: PAPEL, CARTÓN Y ARTÍCULOS DE ESTAS MATE-
PREVENIR ACCIDENTES DE TRÁNSITO; MARCADORES DE
RIAS NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; PRODUCTOS
DOBLADILLOS; DOSIFICADORES; TAPAS DE ENCHUFES;
DE IMPRENTA; MATERIAL DE ENCUADERNACIÓN; FOTOGRA-
RADIOTELEFÓNICOS (APARATOS -); ESCÁNERES [PERIFÉRI-
FÍAS; ARTÍCULOS DE PAPELERÍA; ADHESIVOS (PEGAMENTOS)
COS INFORMÁTICOS]; FLASHES (FOTOGRAFÍA); APARATOS
DE PAPELERÍA O PARA USO DOMÉSTICO; MATERIAL PARA
Y MÁQUINAS PARA FOTOCOPIAR (COMPRENDIDOS TAMBIÉN
ARTISTAS; PINCELES; MÁQUINAS DE ESCRIBIR Y ARTÍCULOS
LOS APARATOS Y MÁQUINAS ELECTRO ESTÁTICOS O TÉR-
DE OFICINA (EXCEPTO MUEBLES); MATERIAL DE INSTRUC-
MICOS); HOLOGRAMAS; LECTORES DE DISCOS COMPACTOS;
CIÓN O MATERIAL DIDÁCTICO (EXCEPTO APARATOS); MA-
SEÑALES LUMINOSAS; TUBOS LUMINOSOS [PUBLICIDAD];
TERIAS PLÁSTICAS PARA EMBALAR (NO COMPRENDIDAS EN
MAGNETOSCOPIOS EN ESTADO SÓLIDO; APARATOS ELÉC-
OTRAS CLASES); CARACTERES DE IMPRENTA; CLICHÉS DE
TRICOS DE MEDIDA; MEGÁFONOS; MEMORIAS PARA SU USO
IMPRENTA; OBJETOS DE ARTE (GRABADOS); CAJAS DE CAR-
CON ORDENADORES; MICRÓFONOS; MICROPROCESADORES;
TÓN O PAPEL; PATRONES PARA LA CONFECCIÓN DE VESTI-
MÓDEMS; VEJIGAS DE FLOTABILIDAD - [APARATOS RESPI-
DOS Y PARA LA COSTURA; TOALLITAS DE PAPEL PARA
RATORIOS PARA BUZOS]; OBJETIVOS (ÓPTICA); OZONIZADO-
DESMAQUILLAR; ESTUCHES DE PLANTILLAS DE ESTARCIR;
192
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
ETIQUETAS QUE NO SEAN DE TELA; MANTELERÍAS DE PAPEL;
PARA LA PAPELERÍA; TAMPONES ENTINTADOS; ESCUADRAS
SERVILLETAS DE PAPEL; PAÑUELOS DE BOLSILLO (DE PA-
(REGLAS); ESCUDOS (SELLOS DE PAPEL); TARJETAS DE FE-
PEL); PLUMIERES; FUNDAS DE CHEQUERAS; ESCRIBANÍAS
LICITACIONES; PAPEL DE FILTRO; FORROS DE LIBRO (PAPE-
PORTÁTILES; TELAS DE ENTINTADO DE MÁQUINAS PARA LA
LERÍA); SOPORTES PARA FOTOGRAFÍAS; GOMAS (ELÁSTICOS)
REPRODUCCIÓN DE DOCUMENTOS; SAQUITOS (SOBRES,
DE OFICINA; GRAPADORAS (PAPELERÍA); GRAPAS; CLIPS
BOLSITAS) PARA EMBALAJE (DE PAPEL O MATERIAS PLÁS-
SUJETAPAPELES [PAPELERÍA]; HOJAS (PAPELERÍA); AFILA-
TICAS); TIZA PARA SASTRES (JABONCILLO DE SASTRE);
LÁPICES (SACAPUNTAS); PORTALÁPICES; PAPEL LUMINOSO;
TOALLITAS DE TOCADOR DE PAPEL; CAJAS SOMBRERERAS;
PALETAS PARA PINTORES; PAPEL DE PLATA; PAPEL PARA-
TELA Y PAPEL PARA CALCAR; TELA PARA ENCUADERNA-
FINADO; PASTA DE MODELAR; PERFORADORAS DE OFICINA;
CIONES; TELAS PARA LA PINTURA (LIENZOS); TOALLAS DE
BROCHAS PARA PINTORES; RODILLOS DE PINTORES DE
PAPEL; ÁLBUMES; ALMANAQUES; APARATOS MANUALES
OBRAS; TARJETAS POSTALES; PUBLICACIONES; ROSARIOS;
PARA ETIQUETAR; ARCHIVADORES DE DOCUMENTOS; INS-
SECANTES; SOBRES (PAPELERÍA); PEGATINAS. Clase: 16. Para:
TRUMENTOS DE ESCRITURA; CALCOMANÍAS; CALENDARIOS;
AMPARAR: TEJIDOS Y PRODUCTOS TEXTILES NO COMPREN-
CARTELES; CARPETAS PARA DOCUMENTOS; CATÁLOGOS;
DIDOS EN OTRAS CLASES; ROPA DE CAMA Y DE MESA; ROPA
CROMOS; ESTUCHES DE DIBUJO; DIARIOS; PERIÓDICOS;
DE BAÑO (CON EXCEPCIÓN DE VESTIDOS); TOALLITAS PARA
REVISTAS (PERIÓDICOS); LIBROS; LITOGRAFÍAS; PAPEL DE
DESMAQUILLAR DE MATERIAS TEXTILES; ETIQUETAS DE
EMBALAJE; PAPEL HIGIÉNICO; PISAPAPELES; POSAVASOS
TELA; FORROS Y ENTRETELAS; TAPIZADOS MURALES DE
PARA CERVEZA; MARCA-PAGINAS; SUJETA LIBROS; TINTA;
MATERIAS TEXTILES; PAÑUELOS DE BOLSILLO DE MATERIAS
TINTEROS; BABEROS DE PAPEL; MATERIAL DE DIBUJO; DI-
TEXTILES; CORTINAS DE MATERIAS TEXTILES O DE MATE-
BUJOS; MATERIAL ESCOLAR; PIZARRAS PARA ESCRIBIR;
RIAS PLÁSTICAS; ROPA BLANCA QUE NO SEA ROPA INTERIOR;
REVISTAS DE HISTORIETAS; BANDEJAS PARA COLOCAR Y
TOALLAS DE MATERIAS TEXTILES; MANTAS DE VIAJE; VISI-
CONTAR LAS MONEDAS; PATRONES DE BORDADOS; BOLSAS
LLOS; ABRAZADERAS DE CORTINAS DE MATERIAS TEXTILES;
PARA LA BASURA DE PAPEL O DE MATERIAS PLÁSTICAS;
BANDERAS Y BANDERINES(QUE NO SEAN DE PAPEL); EDRE-
MAPAS GEOGRÁFICOS; GLOBOS TERRESTRES; MOJASELLOS;
DONES (COBERTORES RELLENOS DE PLUMAS); FUNDAS PARA
MATERIAS PLÁSTICAS PARA MODELAR; PLANOS; PLANTI-
MUEBLES; FUNDAS PARA COJINES; FUNDAS DE ALMOHADA;
LLAS (PAPELERÍA); RÓTULOS DE PAPEL O DE CARTÓN;
MOSQUITEROS (COLGADURAS); PAÑOS PARA SECAR VASOS;
TARJETAS; LETRAS Y PLUMAS DE ACERO; ACUARELAS;
TAPETES DE MESAS DE BILLAR; TAPETES DE MESA QUE NO
DISTRIBUIDORES DE CINTA ADHESIVA (ARTÍCULOS DE PA-
SEAN DE PAPEL; TOALLITAS DE TOCADOR DE MATERIAS
PELERÍA); CINTAS Y TIRAS ADHESIVAS PARA LA PAPELERÍA
TEXTILES; SÁBANAS COSIDAS EN FORMA DE SACOS DE
O LA CASA; ADHESIVOS (ARTÍCULOS DE PAPELERÍA); ANI-
DORMIR; TEJIDOS DE ALGODÓN; TELA DE PELO [ARPILLERA],
LLAS DE PURO (VITOLAS); ARCHIVADORES (ARTÍCULOS DE
ARPILLERA; BROCADOS; TEJIDOS DE FORRO PARA CALZADO;
OFICINA); ARCILLA PARA MODELAR; TABLAS ARITMÉTICAS;
TEJIDOS PARA CALZADO; COLCHAS; MANTAS DE CAMA;
PAPEL PERFUMADO O NO PARA FORRAR ARMARIOS; MA-
CAÑAMAZO (TELA DE CÁÑAMO); CÉFIRO (TEJIDO); CHEVIOTS
QUETAS DE ARQUITECTURA; ATLAS; BANDERAS DE PAPEL;
(TEJIDOS); CUBRECOLCHONES [QUE NO SEAN PARA LA IN-
BILLETES (TICKETS); BLOCS (PAPELERÍA); BOLÍGRAFOS;
CONTINENCIA]; CORTINAS DE DUCHA DE MATERIAL TEXTIL
BOLSITAS PARA LA COCCIÓN EN MICROONDAS; BORRADO-
O DE PLÁSTICO; CREPE (TEJIDO); CRESPÓN; CUBRECAMAS;
RES PARA PIZARRAS; GOMAS DE BORRAR; PRODUCTOS PARA
DAMASCO (TEJIDO); TEJIDOS ELÁSTICOS; HULES (MANTE-
BORRAR; EMBALAJES Y ENVOLTURAS PARA BOTELLAS DE
LES); TELAS ENGOMADAS QUE NO SEAN PARA LA PAPELERÍA;
CARTÓN O PAPEL; CABALLETES PARA LA PINTURA; CAN-
TEJIDOS DE ESPARTO; TEJIDO DE FELPILLA; FIELTRO; FRA-
CIONEROS; CARBONCILLOS; PAPEL DE CARTAS; CARTELE-
NELA (TEJIDO); FUNDAS PARA TAPAS DE RETRETES; GASA
RAS (TABLONES DE ANUNCIOS) DE PAPEL O CARTÓN; CAR-
(TEJIDO); JERSEY (TEJIDO); TEJIDOS Y TELAS DE LANA; TE-
TILLAS; CARTUCHOS DE TINTA; CERA DE MODELAR QUE NO
JIDOS PARA LA LENCERÍA; TEJIDOS DE LINO (EXCEPTO PARA
SEA PARA USO DENTAL; CERA PARA SELLAR (LACRAR);
AISLAMIENTO); MANTELES INDIVIDUALES QUE NO SEAN DE
CHINCHETAS (PUNTAS); CINTAS Y LAZOS DE PAPEL; CINTAS
PAPEL; MANTELES (QUE NO SEAN DE PAPEL); MANTILLAS
ENTINTADAS PARA IMPRESORAS DE ORDENADOR; CINTAS
PARA IMPRENTA DE MATERIAS TEXTILES; MARABÚ (TELA);
ENTINTADAS PARA MÁQUINAS DE ESCRIBIR; PORTAPAPELES
TEJIDOS PARA TAPIZAR MOBILIARIO; TEJIDOS PARA MOBI-
DE CLIP (ARTÍCULOS DE OFICINA); CAJAS DE PAPELERÍA
LIARIO EN PIEZAS; TEJIDOS QUE IMITAN LA PIEL DE ANIMA-
(ARTÍCULOS DE OFICINA); COMPÁS DE TRAZADO; GANCHOS
LES; TEJIDOS DE GÉNERO DE PUNTO; TELAS PARA HACER
PARA PAPELES (SUJETAPAPELES O CLIPS); CORTAPAPELES
QUESO; TEJIDOS DE RAMIO; TEJIDOS DE RAYÓN (SEDA AR-
(ARTÍCULOS DE OFICINA); CUADERNOS; CUADROS (PINTU-
TIFICIAL); TEJIDOS DE SEDA; TAFETÁN (TEJIDOS); TEJIDOS
RAS) ENMARCADOS O NO; DEDILES (ARTÍCULOS DE OFICINA);
DE FIBRA DE VIDRIO PARA USO TEXTIL; TEJIDOS TERMOAD-
MATERIAL
HESIVOS; TELA CON MOTIVOS IMPRESOS PARA BORDAR;
DE ENCUADERNACIÓN; TELAS ENGOMADAS
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014.
193
TERCIOPELO; TUL. Clase: 24. Para: AMPARAR: ENCAJES Y
PARA EL DEPORTE); COMETAS; SONAJEROS; CALEIDOSCO-
BORDADOS, CINTAS Y CORDONES; BOTONES, CORCHETES Y
PIOS; CABALLITOS DE BALANCÍN (JUGUETES); JUEGOS DE
OJETES, ALFILERES Y AGUJAS; FLORES ARTIFICIALES; ALFI-
CONSTRUCCIÓN; MÁQUINAS DE JUEGO AUTOMÁTICAS AC-
LETEROS; ACERICOS (ALMOHADILLAS PARA ALFILERES);
CIONADAS CON MONEDAS; BARAJAS DE CARTAS (NAIPES);
ADORNOS PARA EL CALZADO Y PARA SOMBREROS (QUE NO
OSOS DE PELUCHE; MUÑECAS; ROPA DE MUÑECAS; PISTOLAS
SEAN DE METALES PRECIOSOS); ARTÍCULOS DE MERCERÍA
DE AIRE COMPRIMIDO [JUGUETES]; JUEGOS DE AJEDREZ;
(CON EXCEPCIÓN DE HILOS); BANDAS PARA EL CABELLO;
ALETAS DE NATACIÓN; JUEGOS DE ANILLAS; SOPORTES
BRAZALETES; ARNESES PARA GUIAR A LOS NIÑOS; BROCHES
PARA ÁRBOLES DE NAVIDAD; MATERIAL PARA EL TIRO CON
(ACCESORIOS DE VESTIMENTA); COSTUREROS; CIERRES DE
ARCO; FLOTADORES PARA NADAR; ARTÍCULOS DE BROMA;
CINTURONES; CORDONES PARA EL CALZADO; CORONAS DE
BALONES Y PELOTAS DE JUEGO; BIBERONES PARA MUÑECAS;
FLORES
ARTIFICIALES; CHAPAS DE ADORNO; DEDALES
BLOQUES DE CONSTRUCCIÓN [JUGUETES]; TABLAS DE BO-
(PARA COSER); ESTUCHES DE AGUJAS; HEBILLAS (ACCESO-
DYBOARD; BOLOS [JUEGO]; BICICLETAS ESTÁTICAS DE
RIOS DE VESTIMENTA); HEBILLAS (PARA CALZADO); HOM-
ENTRENAMIENTO; BOLSAS PARA PALOS DE GOLF, CON O
BRERAS PARA VESTIDOS; HORQUILLAS PARA EL CABELLO;
SIN RUEDAS; CAMAS DE MUÑECAS; CANICAS PARA JUGAR;
INSIGNIAS QUE NO SEAN DE METALES PRECIOSOS; LENTE-
MANGAS PARA CAZAR MARIPOSAS; COLUMPIOS; CONFETI;
JUELAS (PASAMANERÍA); NÚMEROS O LETRAS PARA MAR-
CUBILETES PARA JUEGOS; DADOS [JUEGOS]; JUEGOS DE
CAR LA ROPA BLANCA; PASACINTAS; PASADORES (PINZAS
DAMAS; DAMEROS; DARDOS; DISCOS DE LANZAMIENTO
PARA EL CABELLO); PASAMANERÍA; PLUMAS (COMPLEMEN-
(ARTÍCULOS DE DEPORTE); DISCOS VOLADORES [JUGUETES];
TOS DE VESTIR); POMPONES; PUNTILLAS (ENCAJES); CREMA-
JUEGOS DE DOMINÓ; FICHAS PARA JUEGOS; ESQUÍS; FUNDAS
LLERAS (MERCERÍA); DORSALES; PARCHES TERMOADHESI-
ESPECIALES PARA ESQUÍS Y TABLAS DE SURF; MESAS PARA
VOS PARA ADORNAR ARTÍCULOS TEXTILES [MERCERÍA];
FÚTBOL DE SALÓN [FUTBOLINES]; APARATOS DE GIMNASIA;
GANCHOS PARA TEJER ALFOMBRAS; AUTOMÁTICOS (BRO-
JUEGOS DE HERRADURAS; PALOS DE HOCKEY; JUGUETES
CHES); PLUMAS DE AVESTRUZ (ACCESORIOS DE VESTIR);
PARA HACER POMPAS DE JABÓN; JUEGOS DE MESA; JUGUE-
BALLENAS DE CORSÉS; BANDAS (INSIGNIAS); CORDONCI-
TES PARA ANIMALES DOMÉSTICOS; MODELOS DE VEHÍCU-
LLOS PARA RIBETEAR; BORLAS (PASAMANERÍA); CINTAS
LOS A ESCALA; MONOPATINES; MÓVILES [JUGUETES]; BOLAS
ELÁSTICAS PARA SUBIR LAS MANGAS; ARTÍCULOS DE ADOR-
DE PINTURA (MUNICIONES PARA PISTOLAS DE PAINTBALL);
NO PARA EL CABELLO; CABELLO POSTIZO; REDECILLAS
NIEVE ARTIFICIAL PARA ÁRBOLES DE NAVIDAD; PALOS DE
PARA EL CABELLO; OJETES PARA CALZADO; FELPILLA (PA-
GOLF; TACOS DE BILLAR; MESAS DE BILLAR; PATINES DE
SAMANERÍA); CHORRERAS (ENCAJES); PINZAS PARA PANTA-
BOTA; PATINES EN LÍNEA; PATINES DE HIELO; PATINES DE
LONES DE CICLISTAS; CIERRES PARA PRENDAS DE VESTIR;
RUEDAS; PATINETES; PELUCHES [JUGUETES]; PEONZAS [JU-
CINTAS AUTO-ADHERENTES (ARTÍCULOS DE MERCERÍA);
GUETES]; PIÑATAS; PISCINAS [ARTÍCULOS DE JUEGO O DE
CINTAS ELÁSTICAS; CINTAS PARA FRUNCIR CENEFAS DE
DEPORTE]; SACOS DE BOXEO; PUZZLES; APARATOS DE PRES-
CORTINAS; CORDONCILLOS PARA PRENDAS DE VESTIR;
TIDIGITACIÓN; RAQUETAS; JUEGOS DE SOCIEDAD; TABLAS
PASADORES
POSTIZOS; DOBLADILLOS
DE SURF Y DE WINDSURF; TABLEROS DE AJEDREZ; TIRA-
POSTIZOS; ESCARAPELAS (PASAMANERÍA); FESTONES (BOR-
CHINAS [ARTÍCULOS DE DEPORTE]; TOBOGÁN [JUEGO];
DADOS); FLECOS; FRUTAS ARTIFICIALES; GALONES; GORROS
TRAMPOLINES [ARTÍCULOS DE DEPORTE]; TRINEOS [ARTÍ-
PARA HACER MECHAS; GUIRNALDAS ARTIFICIALES; HUEVOS
CULOS DE DEPORTE]; VEHÍCULOS [JUEGOS]; VOLANTES PARA
PARA ZURCIR; ORLAS (PASAMANERÍA); TRENZAS DE CABE-
JUEGOS DE RAQUETAS. Clase: 28.
PARA CUELLOS
LLO; PELUCAS; BORDADOS EN PLATA; RIBETES PARA PRENDAS DE VESTIR; ROSETAS (PASAMANERÍA); EXTREMOS DE
TIRANTES [SUJECIONES]; VOLANTES DE FALDAS Y VESTIDOS;
TRENZAS; TUPES; GANCHOS PARA CALZADO. Clase: 26. Para:
AMPARAR: JUEGOS, JUGUETES; ARTÍCULOS DE GIMNASIA Y
La solicitud fue presentada el día veintidós de octubre del año dos
mil trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintinueve de octubre del año dos mil trece.
DEPORTE NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; ADORNOS
PARA ARBOLES DE NAVIDAD; APAREJOS DE PESCA; CAÑAS
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
DE PESCAR; MASCARAS DE CARNAVAL Y DE TEATRO, CASAS
DE MUÑECAS; ARNESES DE ESCALADA; ARTÍCULOS DE COTILLÓN; GUANTES (ACCESORIOS PARA JUEGOS); GUANTES
DE BÉISBOL, BOXEO, ESGRIMA Y GOLF; MARIONETAS; APARATOS PARA EJERCICIOS FÍSICOS; ÁRBOLES DE NAVIDAD
REGISTRADOR.
LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA,
SECRETARIA.
DE MATERIALES SINTÉTICOS; CÁMARAS DE AIRE PARA PELOTAS DE JUEGO; CODERAS Y RODILLERAS (ARTÍCULOS
3 v. alt. No. F025256-3
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
194
BASF Corporation, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando
No. de Expediente: 2013130697
el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
No. de Presentación: 20130190758
CLASE: 01.
SERIFEL
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
Consistente en: la palabra SERIFEL, que servirá para: AMPARAR:
PREPARACIONES PARA DESTRUIR Y COMBATIR ANIMALES
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ DE
DAÑINOS, INSECTICIDAS, FUNGICIDAS, HERBICIDAS, PESTI-
MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO de
CIDAS, NEMATICIDAS, NEMATODOS PARA EL CONTROL DE
BASF Corporation, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando
INSECTOS, AGENTES DE CONTROL BIOLOGICO. Clase: 05.
el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
La solicitud fue presentada el día diez de octubre del año dos mil
trece.
SERIFEL
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Consistente en: la frase SERIFEL, que servirá para: AMPARAR:
PREPARACIONES BIOLOGICAS UTILIZADAS EN AGRICUL-
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
dieciocho de octubre del año dos mil trece.
TURA, HORTICULTURA Y SILVICULTURA, ESPECIALMENTE
INOCULANTES HORTICOLAS Y AGRICOLAS, BACTERIAS
GEORGINA VIANA CANIZALEZ,
BENEFICIOSAS Y SUPLEMENTOS PARA SUELO. Clase: 01.
REGISTRADORA.
La solicitud fue presentada el día diez de octubre del año dos mil
trece.
VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
SECRETARIA.
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintiuno de octubre del año dos mil trece.
3 v. alt. No. F025261-3
GEORGINA VIANA CANIZALEZ,
REGISTRADORA.
No. de Expediente: 2013130691
VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,
SECRETARIA.
No. de Presentación: 20130190752
CLASE: 31.
3 v. alt. No. F025258-3
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
No. de Expediente: 2013130692
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ DE
MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO de
No. de Presentación: 20130190753
BASF Corporation, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando
CLASE: 05.
el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
SERIFEL
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ DE
Consistente en: la palabra SERIFEL, que servirá para: AMPARAR:
MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO de
PRODUCTOS AGRICOLAS, HORTICOLAS Y FORESTALES ESPE-
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014.
CIALMENTE, SEMILLAS, GRANOS Y PARTES VEGETATIVAS
DE PLANTAS TRATADOS CON PRODUCTOS BIOLOGICOS;
195
La solicitud fue presentada el día trece de noviembre del año dos
mil trece.
MATERIA ORGANICA PARA CUBRIR Y PROTEGER SUELOS
(MULCH); NO INCLUIDO EN OTRAS CLASES. Clase: 31.
La solicitud fue presentada el día diez de octubre del año dos mil
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
trece.
dieciocho de noviembre del año dos mil trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
quince de noviembre del año dos mil trece.
REGISTRADOR.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
REGISTRADORA.
SECRETARIA.
VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,
3 v. alt. No. F025277-3
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F025262-3
No. de Expediente: 2013131510
No. de Presentación: 20130192465
CLASE: 29.
No. de Expediente: 2013131509
No. de Presentación: 20130192464
CLASE: 29.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ DE
MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO
de COOPERATIVA DE PRODUCTORES DE LECHE DOS PINOS,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ DE
MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO
R.L., de nacionalidad COSTARRICENSE, solicitando el registro de la
MARCA DE PRODUCTO,
de COOPERATIVA DE PRODUCTORES DE LECHE DOS PINOS,
R.L., de nacionalidad COSTARRICENSE, solicitando el registro de la
MARCA DE PRODUCTO,
DOS PINOS EMMENTAL
DOS PINOS QUESO PARMESANO
Consistente en: las palabras DOS PINOS QUESO PARMESANO.
Sobre las palabras "Queso parmesano" no se concede exclusividad, que
Consistente en: las palabras DOS PINOS EMMENTAL. Sobre
la palabra "Emmental" no se concede exclusividad, que servirá para:
AMPARAR: QUESOS. Clase: 29.
servirá para: AMPARAR: QUESOS. Clase: 29.
La solicitud fue presentada el día trece de noviembre del año dos
mil trece.
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
196
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
dieciocho de noviembre del año dos mil trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
trece de noviembre del año dos mil trece.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
REGISTRADOR.
REGISTRADOR.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIA.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F025284-3
3 v. alt. No. F025278-3
No. de Expediente: 2013131455
No. de Presentación: 20130192370
No. de Expediente: 2013131456
CLASE: 05.
No. de Presentación: 20130192371
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
CLASE: 01.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ DE
MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO
de BASF SE, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la
MARCA DE PRODUCTO,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ DE
MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO
MAGELLAN
de BASF SE, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la
MARCA DE PRODUCTO,
MAGELLAN
Consistente en: la palabra MAGELLAN, que servirá para: AMPA-
Consistente en: la palabra MAGELLAN, que servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES PARA DESTRUIR Y COMBATIR ANIMALES DAÑINOS, INSECTICIDAS, FUNGICIDAS, HERBICIDAS,
PESTICIDAS. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día once de noviembre del año dos
mil trece.
RAR: PRODUCTOS QUÍMICOS UTILIZADOS EN AGRICULTURA,
HORTICULTURA Y SILVICULTURA, ESPECIALMENTE PREPARACIONES PARA FORTIFICAR PLANTAS, PREPARACIONES
QUÍMICAS Y/O BIOLÓGICAS PARA EL TRATAMIENTO DEL
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
trece de noviembre del año dos mil trece.
ESTRÉS EN PLANTAS, PREPARACIONES PARA REGULAR EL
CRECIMIENTO DE LAS PLANTAS, PREPARACIONES QUÍMICAS
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
PARA EL TRATAMIENTO DE SEMILLAS, SURFACTANTES,
REGISTRADOR.
PRODUCTOS QUÍMICOS NATURALES O ARTIFICIALES PARA
USO COMO CEBOS SEXUALES O AGENTES PARA CONFUNDIR
INSECTOS. Clase: 01.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIA.
La solicitud fue presentada el día once de noviembre del año dos
mil trece.
3 v. alt. No. F025286-3
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014.
197
de BASF SE, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la
MARCA DE PRODUCTO,
No. de Expediente: 2013131512
No. de Presentación: 20130192467
CLASE: 01.
FACOLTI
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ DE
MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO
de BASF SE, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la
MARCA DE PRODUCTO,
FACOLTI
Consistente en: la palabra FACOLTI, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS QUÍMICOS UTILIZADOS EN AGRICULTURA,
HORTICULTURA Y SILVICULTURA, ESPECIALMENTE PREPARACIONES PARA FORTIFICAR PLANTAS, PREPARACIONES
QUÍMICAS Y/O BIOLÓGICAS PARA EL TRATAMIENTO DEL
ESTRÉS EN PLANTAS, PREPARACIONES PARA REGULAR EL
CRECIMIENTO DE LAS PLANTAS, PREPARACIONES QUÍMICAS
PARA EL TRATAMIENTO DE SEMILLAS, SURFACTANTES,
PRODUCTOS QUÍMICOS NATURALES O ARTIFICIALES PARA
USO COMO CEBOS SEXUALES O AGENTES PARA CONFUNDIR
INSECTOS. Clase: 01.
Consistente en: la palabra FACOLTI, que servirá para: AMPARAR:
PREPARACIONES PARA DESTRUIR Y COMBATIR ANIMALES
DAÑINOS, INSECTICIDAS, FUNGICIDAS, HERBICIDAS, PESTICIDAS. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día trece de noviembre del año dos
mil trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
quince de noviembre del año dos mil trece.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
REGISTRADOR.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F025291-3
La solicitud fue presentada el día trece de noviembre del año dos
mil trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
quince de noviembre del año dos mil trece.
No. de Expediente: 2013131555
No. de Presentación: 20130192593
CLASE: 01.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
REGISTRADOR.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIA.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ DE
MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO
de BASF SE, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la
MARCA DE PRODUCTO,
3 v. alt. No. F025289-3
SISTIVA
No. de Expediente: 2013131511
No. de Presentación: 20130192466
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ DE
MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO
Consistente en: la palabra SISTIVA, que servirá para: AMPARAR:
PRODUCTOS QUÍMICOS UTILIZADOS EN AGRICULTURA,
HORTICULTURA Y SILVICULTURA, ESPECIALMENTE PREPARACIONES PARA FORTIFICAR PLANTAS, PREPARACIONES
QUÍMICAS Y/O BIOLÓGICAS PARA EL TRATAMIENTO DEL
ESTRÉS EN PLANTAS, PREPARACIONES PARA REGULAR EL
CRECIMIENTO DE LAS PLANTAS, PREPARACIONES QUÍMICAS
PARA EL TRATAMIENTO DE SEMILLAS, SURFACTANTES,
PRODUCTOS QUÍMICOS NATURALES O ARTIFICIALES PARA
USO COMO CEBOS SEXUALES O AGENTES PARA CONFUNDIR
INSECTOS. Clase: 01.
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
198
La solicitud fue presentada el día quince de noviembre del año dos
mil trece.
No. de Expediente: 2013131554
No. de Presentación: 20130192592
CLASE: 31.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veinte de noviembre del año dos mil trece.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ DE
REGISTRADOR.
MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO
de BASF SE, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
MARCA DE PRODUCTO,
SECRETARIA.
SISTIVA
3 v. alt. No. F025293-3
Consistente en: la palabra SISTIVA, que servirá para: AMPARAR:
PRODUCTOS AGRÍCOLAS, HORTÍCOLAS Y FORESTALES, A
No. de Expediente: 2013131553
SABER, SEMILLAS, GRANOS Y PARTES VEGETATIVAS DE
No. de Presentación: 20130192591
PLANTAS TRATADOS CON PESTICIDAS Y/O PRODUCTOS
CLASE: 05.
QUÍMICOS/ BIOLÓGICOS, NO INCLUIDOS EN OTRAS CLASES.
Clase: 31.
La solicitud fue presentada el día quince de noviembre del año dos
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
mil trece.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ DE
MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO
de BASF SE, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la
MARCA DE PRODUCTO,
SISTIVA
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veinte de noviembre del año dos mil trece.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
REGISTRADOR.
Consistente en: la palabra SISTIVA, que servirá para: AMPARAR:
PREPARACIONES PARA DESTRUIR Y COMBATIR ANIMALES
DAÑINOS, INSECTICIDAS, FUNGICIDAS, HERBICIDAS, PESTICIDAS. Clase: 05.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIA.
La solicitud fue presentada el día quince de noviembre del año dos
mil trece.
3 v. alt. No. F025299-3
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veinte de noviembre del año dos mil trece.
No. de Expediente: 2013130490
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
REGISTRADOR.
No. de Presentación: 20130190306
CLASE: 09.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
SECRETARIA.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado MORENA
3 v. alt. No. F025295-3
GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014.
de CooperVision International Holding Company, LP, de nacionalidad
BRITANICA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
199
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
nueve de noviembre del año dos mil trece.
MYDAY
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
Consistente en: la palabra MYDAY, que servirá para: AMPARAR: LENTES DE CONTACTO; LENTES OCULARES; LENTES
OFTALMOLÓGICOS; ANTEOJOS; MARCOS; LENTES Y LENTES
EN BRUTO; CONTENEDORES Y ESTUCHES PARA PORTAR
LENTES DE CONTACTO; PARTES Y ACCESORIOS PARA LOS
PRODUCTOS ANTES MENCIONADOS. Clase: 09.
REGISTRADORA.
VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,
SECRETARIA.
La solicitud fue presentada el día primero de octubre del año dos
mil trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veinticuatro de octubre del año dos mil trece.
3 v. alt. No. F025305-3
No. de Expediente: 2013131234
No. de Presentación: 20130191908
CLASE: 01, 05.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
REGISTRADOR.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F025304-3
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ DE
MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO
de MARRONE BIO INNOVATIONS, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
REGALIA
No. de Expediente: 2013130344
No. de Presentación: 20130190070
CLASE: 25.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ DE
MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO
de Piege Co., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el
registro de la MARCA DE PRODUCTO,
Consistente en: la palabra REGALIA, que servirá para: AMPARAR: REGULADORES DE CRECIMIENTO PARA PLANTAS PARA
USO EN AGRICULTURA; SUSTANCIAS PARA REGULAR EL
CRECIMIENTO DE LAS PLANTAS. Clase: 01. Para: AMPARAR:
BIOCIDAS, GERMICIDAS, BACTERICIDAS, FUNGICIDAS, PESTICIDAS. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día primero de noviembre del año
dos mil trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
once de noviembre del año dos mil trece.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
Consistente en: la frase JeZeBeL y diseño, que servirá para:
AMPARAR: PRENDAS DE VESTIR, CALZADO, ARTICULOS DE
SOMBRERERIA. Clase: 25.
La solicitud fue presentada el día veinticuatro de septiembre del
año dos mil trece.
VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F025308-3
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
200
SECCION DOCUMENTOS OFICIALES
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
RESOLUCION No. 2370/2013.
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los once días del mes de noviembre de dos mil trece.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller General, obtenido en el COLEGIO SUPERIOR PROFESOR EDMUNDO ALIRIO VILLACORTA, Municipio de Quezaltepeque, Departamento
de La Libertad, extendido con fecha 26 de noviembre de 2007 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a
la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales
este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el COLEGIO SUPERIOR PROFESOR EDMUNDO ALIRIO
VILLACORTA, Municipio de Quezaltepeque, Departamento de La Libertad, a AMÉRICO BATRES ÁVALOS. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE
la presente Resolución en el Diario Oficial.
LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,
DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.
(Registro No. F013590)
RESOLUCION No. 2371/2013
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los once días del mes de noviembre de dos mil trece.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller en Salud, obtenido en el COMPLEJO EDUCATIVO PROFESOR CARLOS LOBATO, Municipio de Zacatecoluca, Departamento de La
Paz, extendido con fecha 22 de noviembre de 1996 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad
del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller en Salud, opción Enfermería, obtenido en el COMPLEJO EDUCATIVO PROFESOR CARLOS
LOBATO, Municipio de Zacatecoluca, Departamento de La Paz, a ALBERTO JOSÉ ARÉVALO BATRES. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE
la presente Resolución en el Diario Oficial.
LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,
DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.
(Registro No. F013610)
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014.
201
RESOLUCION No. 2374/2013
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los once días del mes de noviembre de dos mil trece.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller en Comercio y Administración, obtenido en el CENTRO HISPANOAMERICANO DE CULTURA, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 30 de junio de 1983 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto
a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales
este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller en Comercio y Administración, opción Secretariado, obtenido en el CENTRO
HISPANOAMERICANO DE CULTURA, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a MARÍA JOSEFINA MEJÍA REALEGEÑO.
Para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,
DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.
(Registro No. F013658)
RESOLUCION No. 2375/2013
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los once días del mes de noviembre de dos mil trece.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller Técnico Vocacional Comercial, obtenido en el INSTITUTO NACIONAL DE SAN LUIS LA HERRADURA, Municipio de San Luis La
Herradura, Departamento de La Paz, extendido con fecha 20 de noviembre de 2002 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus
facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial, opción Contaduría, obtenido en
el INSTITUTO NACIONAL DE SAN LUIS LA HERRADURA, Municipio de San Luis La Herradura, Departamento de La Paz, a SILVIA DIMARA
ORELLANA ROMERO. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,
DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.
(Registro No. F013662)
RESOLUCION No. 2377/2013
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los trece días del mes de noviembre de dos mil trece.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller Académico, obtenido en el INSTITUTO NACIONAL GENERAL FRANCISCO MORAZÁN, Municipio de San Salvador, Departamento
de San Salvador, extendido con fecha 30 de noviembre de 1987 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a
la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales
este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Académico, opción Matemática Física, obtenido en el INSTITUTO NACIONAL
GENERAL FRANCISCO MORAZÁN, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a LIGIA CAROLINA VÁSQUEZ LABRADOR
hoy LIGIA CAROLINA CONTRERAS LABRADOR. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,
DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.
(Registro No. F013677)
202
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
RESOLUCION No. 2379/2013
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los trece días del mes de noviembre de dos mil trece.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller General, obtenido en el COLEGIO BAUTISTA, Municipio de Santa Ana, Departamento de Santa Ana, extendido con fecha 30 de noviembre
de 2006 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen
técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título
de Bachiller General, obtenido en el COLEGIO BAUTISTA, Municipio de Santa Ana, Departamento de Santa Ana, a CANDY OLIVIA RODRÍGUEZ
MORENO. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,
DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.
(Registro No. F013695)
RESOLUCION No. 2380/2013
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los trece días del mes de noviembre de dos mil trece.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller Técnico Vocacional Comercial, obtenido en el LICEO CRISTIANO REVERENDO JUAN BUENO CENTRAL, Municipio de San Salvador,
Departamento de San Salvador, extendido con fecha 30 de noviembre de 2004 y considerando que después de verificar la documentación presentada,
con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus
facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial, opción Contaduría, obtenido en
el LICEO CRISTIANO REVERENDO JUAN BUENO CENTRAL, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a RAÚL EDUARDO
MEJÍA AYALA. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,
DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.
(Registro No. F013699)
RESOLUCION No. 2381/2013
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los once días del mes de noviembre de dos mil trece.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller Académico, obtenido en el INSTITUTO CATÓLICO SANTA SOFÍA, Municipio de San Miguel, Departamento de San Miguel, extendido
con fecha 30 de noviembre de 1988 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado
Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento
RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Académico, opción Matemática Física, obtenido en el INSTITUTO CATÓLICO SANTA SOFÍA,
Municipio de San Miguel, Departamento de San Miguel, a TERESA ABIGAIL PERDOMO RODRÍGUEZ. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la
presente Resolución en el Diario Oficial.
LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,
DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.
(Registro No. F013712)
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Marzo de 2014.
203
RESOLUCION No. 2382/2013
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los trece días del mes de noviembre de dos mil trece.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller Técnico Vocacional Comercial, obtenido en el INSTITUTO NACIONAL DE ALEGRÍA, Municipio de Alegría, Departamento de Usulután,
extendido con fecha 28 de noviembre de 2003 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del
citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial, opción Contaduría, obtenido en el INSTITUTO NACIONAL
DE ALEGRÍA, Municipio de Alegría, Departamento de Usulután, a JOSÉ SERGIO DÍAZ GUERRERO. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la
presente Resolución en el Diario Oficial.
LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,
DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.
(Registro No. F013717)
RESOLUCION No. 2385/2013
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los trece días del mes de noviembre de dos mil trece.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller General, obtenido en el LICEO FRANCISCO GAVIDIA, Municipio de San Miguel, Departamento de San Miguel, extendido con fecha
20 de diciembre de 2010 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha
emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE:
Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el LICEO FRANCISCO GAVIDIA Municipio de San Miguel, Departamento de San Miguel,
a KARLA VERÓNICA CHÁVEZ GUZMÁN. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,
DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.
(Registro No. F013782)
RESOLUCION No. 2388/2013
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los trece días del mes de noviembre de dos mil trece.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller General, obtenido en el QUEENS' SCHOOL OF BUSINESS, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, extendido con
fecha 19 de enero de 1998 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha
emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE:
Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el QUEENS' SCHOOL OF BUSINESS, Municipio de San Salvador, Departamento de San
Salvador, a ANA MERCEDES ALVARADO LEMUS. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,
DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.
(Registro No. F013902)
204
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
RESOLUCION No. 2396/2013
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los dieciocho días del mes de noviembre de dos mil trece.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller General, obtenido en el INSTITUTO MIGUELEÑO DE COMERCIO, Municipio de San Miguel, Departamento de San Miguel, extendido
con fecha 14 de diciembre de 2009 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título,
se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE:
Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el INSTITUTO MIGUELEÑO DE COMERCIO, Municipio de San Miguel, Departamento de
San Miguel, a KARLA VERÓNICA COMAYAGUA VALLADARES. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario
Oficial.
LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,
DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.
(Registro No. F013957)
RESOLUCION No. 2397/2013
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los catorce días del mes de noviembre de dos mil trece.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller en Comercio y Administración, obtenido en el INSTITUTO NACIONAL ANEXO AL BATALLÓN ATLACATL, SOLDADO OSCAR
ANTONIO ORTIZ REYES, Municipio de San Juan Opico, Departamento de La Libertad, extendido con fecha 15 de diciembre de 1992 y considerando
que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la
reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller en Comercio
y Administración, opción Secretariado, obtenido en el INSTITUTO NACIONAL ANEXO AL BATALLÓN ATLACATL, SOLDADO OSCAR
ANTONIO ORTIZ REYES, Municipio de San Juan Opico, Departamento de La Libertad, a NOHEMY FRANCO ABREGO. Para los efectos de ley
PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,
DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.
(Registro No. F013967)
Imprenta Nacional - Tiraje 400 Ejemplares.