Diario Oficial de la República de El Salvador

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Diario Oficial de la República de El Salvador
REPUBLICA
DESan
EL SALVADOR
EN16
LAde
AMERICA
CENTRAL
DIARIO
OFICIAL.Salvador,
Octubre
de 2012.
11
Diario Oficial
DIRECTOR: Edgard Antonio Mendoza Castro
TOMO Nº 397
SAN SALVADOR, martes 16 DE octubre de 2012
NUMERO 193
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La Dirección de la Imprenta Nacional hace del conocimiento que toda publicación en el Diario Oficial se
procesa por transcripción directa y fiel del original, por consiguiente la institución no se hace responsable por
transcripciones cuyos originales lleguen en forma ilegible y/o defectuosa y son de exclusiva responsabilidad
de la persona o institución que los presentó. (Arts. 21, 22 y 23 Reglamento de la Imprenta Nacional).
SUMARIO
Pág.
Estatutos de la Asociación de Desarrollo Comunal de la Colonia
Buena Esperanza, Cantón Las Delicias y Acuerdo No. 4, emitido
por la Alcaldía Municipal de San Juan Opico, aprobándolos y
confiriéndoles el carácter de persona jurídica............................. 26-30
ORGANO EJECUTIVO
MINISTERIO DE GOBERNACIÓN
Ramo de Gobernación
Estatutos de la Cámara Empresarial Agropecuaria
Salvadoreña y Acuerdo Ejecutivo No. 223, aprobándolos y
confiriéndoles el carácter de persona jurídica.............................
seccion carteles oficiales
de primera publicacion
4-20
MINISTERIO DE ECONOMÍA
Ramo de Economía
Acuerdo No. 829.- Se autoriza a la Comisión Ejecutiva
Hidroeléctrica del Río Lempa, para que construya un tanque
para almacenar combustible........................................................ 21-22
Declaratoria de Herencia
Cartel No. 1229.- Fausto Alexander Zavala Alvarado y
Otros (1 vez)...............................................................................
31
Aceptación de Herencia
Cartel No. 1230.- Dora del Carmen Buruca de Iglesias
(3 v. alt.)......................................................................................
31
Títulos Supletorios
Cartel No. 1231.- Antonio Mejía (3 v. alt.)........................
Cartel No. 1232.- Florencia Ramírez Luna (3 v. alt.)........
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Ramo de Educación
R
Acuerdos Nos. 15-0889 y 15-1123.- Reconocimiento de
estudios académicos.................................................................... 22-23
IA
ORGANO JUDICIAL
D
Corte Suprema de Justicia
Acuerdos Nos. 713-D y 735-D.- Autorizaciones para el
ejercicio de la abogacía en todas sus ramas................................
Pág.
23
INSTITUCIONES AUTONOMAS
Alcaldías Municipales
Decreto No. 8.- Ordenanza revocatoria, emitida por el
Concejo Municipal de Santiago Nonualco, departamento de La
Paz. ........................................................................................... 24-25
Aviso de Inscripción
Cartel No. 1233.- Asoc. Coop. de Ahorro, Crédito y Servicios
Múltiples Turísticos de Playa El Tunco de R.L. PLAYA EL
TUNCO DE R.L. (1 vez)............................................................
Cartel No. 1234.- Asoc. Coop. de Producción Agropecuaria
La Coyotera Dos de R.L. (1 vez)................................................
Cartel No. 1235.- Asoc. Coop. de Producción Agropecuaria
y Pesquera El Caguamo de R.L. (1 vez).....................................
Cartel No. 1236.- Asoc. Coop. de Producción Pesquera y
Servicios Múltiples Arrecife Las Gallinitas de R.L. ACOPAG
DE R.L. (1 vez)...........................................................................
31
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de segunda publicacion
Aceptación de Herencia
Cartel No. 1202.- Demesia de Jesús Pérez de Flores y Otros
(3 v. alt.)......................................................................................
Cartel No. 1203.- María Odilia Monges viuda de Rivas y
Otros (3 v. alt.)............................................................................
34
34
Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 2527-7800 • Página Web: www.imprentanacional.gob.sv • Correo: diariooficial@imprentanacional.gob.sv
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397
2
Pág.
Pág.
Aceptación de Herencia
Carteles Nos. C006004, C006016, C006023, C006024,
C006031, C006032, C006035, F056165, F056175, F056176,
F056211, F056223, F056232, F056235, F056241, F056254,
F056262, F056264, F056267, F056273, F056292, C005999,
C006019, C006029, F056167, F056168, F056199, F056219,
F056220, F056221, F056238, F056245, F056263, F056265,
F056266, F056305...................................................................... 49-61
Título de Propiedad
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Cartel No. 1204.- María Estebana Bermúdez Aparicio
(3 v. alt.)......................................................................................
34
Cartel No. 1205.- María Elvira Alvarado (3 v. alt.)...........
35
Cartel No. 1206.- María Cruz González y Otros (3 v.
alt.). ...........................................................................................
35
Cartel No. 1207.- Miguel Ángel Alberto Peña y Otros
(3 v. alt.)......................................................................................
35
Cartel No. 1208.- Ester Cortéz viuda de Ascencio (3 v.
alt.) ...........................................................................................
36
Cartel No. 1209.- Moises Henríquez Flores y Otros (3 v.
alt.) ...........................................................................................
36
Cartel No. 1210.- Ana Margarita Menjívar de Leiva y Otros
(3 v. alt.)......................................................................................
36
Cartel No. 1211.- Ana Idalya Nieto (3 v. alt.)................... 36-37
Cartel No. 1212.- José David Mendoza Moreno y Otros
(3 v. alt.)......................................................................................
37
Cartel No. 1213.- Othmaro Antonio Alvarado Núñez y Otro
(3 v. alt.)......................................................................................
37
Cartel No. 1214.- Paula Hernández viuda de Morán y Otros
(3 v. alt.)...................................................................................... 37-38
Cartel No. 1215.- Reina Dolores Bonilla y Otros (3 v.
alt.) ...........................................................................................
38
Cartel No. 1216.- Reina Elizabeth Martínez Clemente y
Otra (3 v. alt.)..............................................................................
38
Cartel No. 1217.- Silvia Guadalupe Pérez Cristo (3 v.
alt.) ........................................................................................... 38-39
Cartel No. 1218.- Marta Elisabet Torres (3 v. alt.)............
39
Títulos de Propiedad
Cartel No. 1219.- Dora Alicia Cortez Hernández (3 v.
alt.) ...........................................................................................
Herencia Yacente
Cartel No. 1191.- Israel de Jesús Galdámez González curador
Licenciada Glenda Denisse Leonor (3 v. alt.).............................
39
Título Supletorio
Carteles Nos. C006014, C006025, F056212, F056214,
F056215, F056217, F056303, F056304, C006012, C006033,
F056177, F056178, F056204, F056242...................................... 62-68
Título de Dominio
Cartel No. F056229............................................................
68
Cambio de Nombre
Cartel No. F056283............................................................
68-69
Renovación de Marcas
Marca de Fábrica
Carteles Nos. C006006, C006011, F056275, F056276,
F056277, F056278, F056285...................................................... 71-73
Nombre Comercial
40
40
40
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Muerte Presunta
Cartel No. 918.- Raúl Antonio Soriano Reyes (3 v. c.).....
61-62
Carteles Nos. F056253, F056260, F056279, F056281,
F056282...................................................................................... 69-70
de tercera publicacion
Aceptación de Herencia
Cartel No. 1189.- María de la Paz Contreras y Otras (3 v.
alt.) ...........................................................................................
Carteles Nos. C006000, C006001, C006022.....................
D
seccion carteles pagados
de primera publicacion
Declaratoria de Herencia
Carteles Nos. C006003, C006008, C006009, C006010,
C006015, C006017, C006018, C006020, C006021, F056160,
F056164, F056171, F056180, F056182, F056183, F056200,
F056218, F056226, F056230, F056236, F056237, F056243,
F056244, F056248, F056259, F056291, F056295, F056298,
F056300, F056302, F056308...................................................... 41-49
Carteles Nos. C006028, F056208, F056284......................
73
Convocatorias
Cartel No. F055055............................................................
74
Subasta Pública
Carteles Nos. C006034, F056170, F056297......................
75-76
Aumento de Capital
Cartel No. C006030...........................................................
76
Disolución y Liquidación de Sociedades
Cartel No. C006005...........................................................
76-77
Título de Predio Urbano
Cartel No. C006013...........................................................
77
Edicto de Emplazamiento
Carteles Nos. F056186, F056190.......................................
78-79
Marca de Servicios
Carteles Nos. F056251, F056252.......................................
79
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012.
3
Pág.
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de tercera publicacion
de segunda publicacion
Aceptación de Herencia
Carteles Nos. C005935, C005945, C005951, F055758,
F055763, F055789, F055806, F055827, F055841, F055921, 80-84
F055925......................................................................................
Aceptación de Herencia
Carteles Nos. C005777, C005778, C005783, F055338,
F055345, F055366, F055368, F055372, F055382, F055446,
F055459, F055486, F055496, F055508...................................... 124-129
Herencia Yacente
Cartel No. F055342............................................................
84
Título de Propiedad
Carteles Nos. F055777, F055779, F055940......................
84-86
Título de Propiedad
Cartel No. F055465............................................................ 129-130
Título Supletorio
Carteles Nos. C005906, F055917......................................
86-87
Renovación de Marcas
Carteles Nos. F055396, F055398, F055401, F055419...... 130-131
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Herencia Yacente
Cartel No. C005956...........................................................
Renovación de Marcas
Carteles Nos. F055844, F055850, F055855, F055856,
F055857, F055858, F055859, F055860, F055861, F055862, 87-92
F055864, F055865......................................................................
Marca de Fábrica
Carteles Nos. C005908, C005909, C005915, C005916,
C005917, C005918, C005920, C005922, C005923, C005924,
C005925, C005926, C005928, C005929, C005930, C005931,
C005932, C005953, C005959, C005962, C005963, F055754,
F055845, F055846, F055847, F055848, F055849, F055851, 92-103
F055852, F055932, F055933, F055935......................................
Nombre Comercial
103-104
Carteles Nos. C005958, C005960, C005961.....................
Señal de Publicidad Comercial
104-105
Carteles Nos. C005933, F055854, F055883......................
R
Subasta Pública
Carteles Nos. C005939, C005940, C005941, F055744,
F055772, F055792, F055882, F055884, F055885, F055886,
F055887, F055888, F055889, F055890, F055891, F055927, 106-113
F055929, F055930......................................................................
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Reposición de Certificados
Carteles Nos. F055797, F055798, F055799, F055800, 114-115
F055802, F055825......................................................................
Balances de Liquidación
Cartel No. F055796............................................................
129
Marca de Fábrica
Carteles Nos. C004794, C005775, F055513, F055515,
F055517, F055519, F055522, F055524...................................... 132-135
Nombre Comercial
Carteles Nos. F055494, F055495, F055497, F055499,
F055501, F055502...................................................................... 135-137
Señal de Publicidad Comercial
Carteles Nos. C005789, F055417......................................
138
Convocatorias
Cartel No. F055379............................................................
139
Subasta Pública
Cartel No. F055467............................................................
139
Reposición de Certificados
Carteles Nos. F055331, F055443, F055444, F055445,
F055447, F055448, F055449...................................................... 139-141
Marca de Servicios
Carteles Nos. C005784, F055422, F055426...................... 141-142
Marca de Producto
Carteles Nos. F055402, F055404, F055405, F055406,
F055408, F055409, F055410, F055411, F055412, F055414,
F055415, F055420, F055424, F055425...................................... 142-147
116
seccion DOCUMENTOS OFICIALES
Marca de Servicios
Carteles Nos. C005910, C005911, C005912, C005913, 116-121
C005914, C005919, C005921, C005927, C005934...................
Marca de Producto
Carteles Nos. C005947, C005964, C005965, C005966, 122-123
C005967......................................................................................
Ministerio de Trabajo y
Previsión Social
Reformas a los estatutos de la Federación Sindical
Revolucionaria y Resolución No. 46, aprobándolas...................
148
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397
4
ORGANO EJECUTIVO
Ministerio de Gobernación
ramo de gobernacion
mento de Usulután, personería que al final se relacionará; 3) El señor
SIN FINES DE LUCRO. En la ciudad de Santa Tecla, Departamento
RICARDO SIGFREDO PUENTE RIVERA, de cuarenta y dos años de
de La Libertad, a las trece horas del día treinta de agosto del año dos mil
edad, Empleado, del domicilio de Jujutla, Departamento de Ahuachapán,
doce. Ante mí, TANIA MARGARITA VARGAS LEONOR, Notario,
a quien hoy conozco e identifico por medio de su Documento Único de
de este domicilio, COMPARECEN: 1) el señor ROBERTO MOLINA
Identidad número: cero uno dos ocho ocho ocho nueve cuatro - tres, y
AMAYA, de cuarenta y ocho años de edad, Agricultor en Pequeño, del
con Número de Identificación Tributaria: cero ciento siete - doscientos
domicilio de San Luis La Herradura, Departamento de La Paz, a quien
mil seiscientos setenta - ciento dos - uno; quien actúa en nombre y re-
hoy conozco e identifico por medio de su Documento único de Identidad
presentación en su calidad de Presidente de la Junta Directiva y Repre-
Número: cero cero dos ocho cuatro seis nueve ocho - uno, y con Núme-
sentante Legal de la ASOCIACION DE PEQUEÑOS PRODUCTORES
ro de Identificación Tributaria: cero novecientos tres - doscientos cua-
DE CAFE DE EL SALVADOR que puede abreviarse APECAF, con
renta mil ciento sesenta y siete - ciento uno - cinco; quien actúa en
Número de Identificación Tributaria cero seiscientos catorce - ciento
nombre y representación en su calidad de Presidente del Consejo Ad-
ochenta y un mil ciento noventa y seis - ciento siete - dos, del domicilio
ministración y Representante Legal de la FEDERACION DE COOPE-
de Nueva San Salvador, Departamento de La Libertad, personería que
RATIVAS DE PRODUCCION Y SERVICIOS PESQUEROS DE LA
al final se relacionará; 4) El señor ISA GADALA SAMOUR VALLE,
PAZ, DE RESPONSABILIDAD LIMITADA que puede abreviarse
de treinta y ocho años de edad, Empleado, del domicilio de La Libertad,
FECOOPAZ, DE R. L., con Número de Identificación Tributaria cero
departamento de La Libertad, a quien hoy conozco e identifico por
ochocientos veintidós - doscientos treinta mil novecientos noventa y uno
medio de su Documento Único de Identidad Número: cero dos cuatro
–ciento uno - ocho, del domicilio de San Luis La Herradura, Departa-
nueve cinco cero cuatro cero - cinco, y con Número de Identificación
mento de La Paz, personería que al final se relacionará; 2) El señor
Tributaria: cero seiscientos catorce - doscientos diez mil trescientos
NORBERTO ROMERO PALACIOS, de cuarenta y cuatro años de edad,
setenta y cuatro - cero cero tres - cero; quien actúa en nombre y repre-
Pescador, del domicilio de La Libertad, Departamento de La Libertad,
sentación en su calidad de Presidente de la Junta Directiva y Represen-
a quien hoy conozco e identifico por medio de su Documento Único de
tante Legal de la Sociedad EL BARBARO, SOCIEDAD ANONIMA
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NUMERO NOVENTA Y OCHO. CONSITUCION DE ASOCIACION
DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse EL BARBARO, S.
Número de Identificación Tributaria: cero quinientos nueve – doscientos
A. DE C. V., con Número de Identificación Tributaria cero seiscientos
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Identidad Número: cero cero cuatro uno dos dos tres cero – nueve, y con
veinte mil doscientos sesenta y ocho – cero cero uno – ocho; quien actúa
catorce - cero treinta y un mil cero noventa - ciento uno - cuatro, del
en nombre y representación en su calidad de Presidente del Consejo
domicilio de Tepecoyo, Departamento de La Libertad, personería que
Administración y Representación Legal de la FEDERACION DE ASO-
al final se relacionará; 5) El señor DANIEL AGUILAR MALDONADO,
CIACIONES COOPERATIVAS PESQUERAS ARTESANALES DE
de cincuenta años de edad, comerciante en pequeño, del domicilio de
EL SALVADOR, DE RESPONSABILIDAD LIMITADA que puede
Agua Caliente, Departamento de Chalatenango, a quien hoy conozco e
abreviarse FACOPADES, DE R. L., con Número de Identificación
identifico por medio de su Documento Único de Identidad Número: cero
Tributaria cero quinientos nueve - cero noventa mil seiscientos noventa
dos tres tres seis seis seis cinco - tres, y con Número de Identificación
y tres - ciento uno - siete, del domicilio de Puerto El Triunfo, Departa-
Tributaria: cero seiscientos uno - cero diez mil doscientos sesenta y dos
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012.
5
el constituir en esta ciudad y en efecto por medio de esta matriz lo hacen,
calidad de Director Presidente de la Junta Directiva y Representante
una asociación carácter apolítico, no lucrativa ni religiosa de conformi-
Legal de la sociedad COOPERATIVA DE GANADEROS DE EL
dad con lo establecido por la Ley de Asociaciones y Fundaciones sin
SALVADOR DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL
Fines de Lucro, con el nombre de “CAMARA EMPRESARIAL AGRO-
VARIABLE que puede abreviarse COGANADES, DE R. L. DE C. V.,
PECUARIA SALVADOREÑA” que se abrevia “CEMAS”. II) Acor-
con Número de Identificación Tributaria cero quinientos dos - cero
dando por unanimidad las cláusulas que constituyen sus estatutos que
noventa mil trescientos once - cero cero uno - dos, del domicilio de
se transcriben a continuación: ESTATUTOS DE LA CAMARA, EM-
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- cero cero dos - ocho; quien actúa en nombre y representación en su
PRESARIAL AGROPECUARIA SALVADOREÑA que se abrevia
relacionará; 6) El señor ABEL NAHIN LARA RUIZ, de treinta y siete
CEMAS. CAPITULO I. NATURALEZA, DENOMINACION, DOMI-
de edad, Agricultor, del domicilio de San Francisco, Departamento de
CILIO Y PLAZO. ARTICULO UNO.- Créase en la ciudad de Santa
Ahuachapán, a quien hoy conozco e identifico por medio de su Docu-
Tecla, Departamento de La Libertad, la CAMARA EMPRESARIAL
mento Único de Identidad Número: cero uno cero dos nueve cuatro
AGROPECUARIA SALVADOREÑA y que podrá abreviarse CEMAS,
cinco nueve - seis, y con Número de Identificación Tributaria: cero
como una entidad apolítica, no lucrativa ni religiosa, la que en los pre-
doscientos tres - trescientos mil quinientos setenta y cinco - ciento dos
sentes estatutos se denominará "La Cámara o la Asociación". ARTICU-
- tres; quien actúa en nombre y representación en su calidad de Presi-
LO DOS.- El domicilio de La Cámara será la ciudad de Santa Tecla,
dente del Consejo Administración y Representante Legal de la CON-
Departamento de La Libertad, pudiendo establecer filiales en todo el
FEDERACION DE FEDERACIONES DE LA REFORMA AGRARIA
territorio de la República y fuera de él. ARTICULO TRES.- La Cáma-
SALVADOREÑA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA que puede
ra se constituye por plazo indefinido. CAPITULO II. FINES Y OBJE-
abreviarse CONFRAS, DE R. L., con Número de Identificación Tributaria
TIVOS. ARTICULO CUATRO.- El fin principal de La Cámara será:
cero quinientos once - doscientos ochenta mil ciento ochenta y ocho -
Fomentar y fortalecer el desarrollo integral del sector agropecuario, a
ciento uno - ocho, del domicilio de San Salvador, Departamento de San
través de la unidad empresarial agropecuaria, impulsando permanente-
Salvador, personería que al final se relacionará; 7) Comparece el señor
mente acciones efectivas para el bienestar de sus asociados. ARTICULO
EULOGIO SIGFREDO BENITEZ ORELLANA, de cuarenta años de
CINCO.- Los objetivos de La Cámara serán: a) Promover y fomentar
edad, Empleado, del domicilio de El Congo, Departamento de Santa
entre todos los asociados del sector agropecuario, asistencia técnico -
Ana, a quien hoy conozco e identifico por medio de su Documento
social; b) Promover y participar en la integración de la cadena producción
Único de Identidad número: cero uno nueve cinco seis tres siete cero -
-procesamiento - comercialización, para el abastecimiento de los mer-
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Santa Tecla, Departamento de La Libertad, personería que al final se
cados, y fomentar el consumo de los sectores que representa; c) Coope-
- ciento diez mil novecientos setenta y uno - ciento uno - ocho; quien
rar con las Autoridades estatales y municipales en los programas, pro-
actúa en nombre y representación en su calidad de Ejecutor Especial del
yectos e iniciativas de desarrollo de representación sectorial que sean
acuerdo tomado por la Asamblea General Extraordinaria de ASOCIA-
de beneficio y fomento de sus asociados; d) Proponer y ayudar a las
CION COOPERATIVA DE PRODUCCION AGROPECUARIA LOS
correspondientes autoridades estatales y municipales, con la elaboración
PINOS DE RESPONSABILIDAD LIMITADA que puede abreviarse
de opiniones, análisis e informes sobre proyectos de leyes y reformas a
ACOPAL, DE R. L., con Número de Identificación Tributaria cero
la legislación vigente; e) Intervenir como órgano de consulta para los
doscientos cuatro - cero treinta mil seiscientos ochenta - cero cero dos
asociados y las autoridades competentes en política de desarrollo agro-
- cuatro, del domicilio de El Congo, Departamento de Santa Ana,
pecuaria, temas especializados de los subsectores productos en temas
personería que al final se relacionará; ME DICEN: I) Que es su deseo
como producción primaria, comercialización, industrialización, calidad,
D
seis; y con Número de Identificación Tributaria: cero doscientos cuatro
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397
6
convenios de cooperación con organismos gubernamentales o privados
tar alianzas estratégicas entre autoridades competentes, cooperación
a nivel nacional o internacional, con el fin de cumplir con los objetivos
internacional y sus asociados a fin de lograr un mayor desarrollo de la
de la cámara. CAPITULO III. DEL PATRIMONIO. ARTICULO SEIS.-
infraestructura nacional; g) Proponer candidatos de conformidad con
El patrimonio de la Cámara estará constituido por: a) Las cuotas que
las Leyes Especiales que así lo requieran, con el fin de integrar órganos
paguen sus asociados ya sean ordinarias, extraordinarias o voluntarias;
de dirección de las diferentes Instituciones Oficiales Autónomas que
b) Las donaciones, herencias, legados, contribuciones de personas na-
demanden por propuestas de ternas provenientes de organizaciones no
turales o jurídicas, nacionales o extranjeras, particulares o gubernamen-
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inocuidad, importación y exportación, entre otros; f) Gestionar y facili-
tales; c) Todos los bienes muebles e inmuebles que adquiera y las rentas
sus asociados tales como sugerir políticas tendientes al aumento de la
provenientes de los mismos de conformidad con la ley; d) Los ingresos
producción y productividad, encadenamiento productivo, capacitaciones,
provenientes por servicio de capacitaciones y asistencia técnica o por
entre otros, en general proponer las medidas que estén más adecuadas
cualquier otro servicio que preste la cámara por facilitación de contacto
para la protección y defensa de los mismos ante toda clase de autorida-
de negocios, organización de misiones, ruedas de negocios o siendo esta
des y asociaciones de interés público, privado o público-privado; k)
enumeración enunciativa y no taxativa. ARTICULO SIETE.- El patri-
Fungir como ente intermediario cuando esto fuera procedente entre sus
monio será administrado por la Junta Directiva conforme a las directri-
asociados y las autoridades estatales, municipales o institución de inte-
ces que le manifieste la Asamblea General. Sera administrado por la
rés público, privado o público - privado; l) Cooperar con el Ministerio
Junta Directiva, teniendo facultades para destinar fondos al pago de las
de Agricultura y Ganadería o cualquier otra institución gubernamental
obligaciones contraídas, a la realización de actividades y el cumplimien-
para la elaboración, implementación y ejecución de programas de inte-
to de los fines de la cámara, pudiendo destinar fondos para la cobertura
gración horizontal y vertical de las actividades agropecuarias; m) Ase-
de contingencias que se suscite en su quehacer institucional. ARTICU-
sorar a sus afiliados para el cumplimiento de sus obligaciones fiscales,
LO OCHO.- Todos los bienes y recursos de la cámara constituirán su
de conformidad con las leyes de El Salvador; velando por mantener la
patrimonio, los cuales deberán ser destinados al cumplimiento de su fin
ética en las Actividades Agropecuarias; n) Dar a conocer todos aquellos
y objetivos y a honrar los compromisos adquiridos para tal fin. En caso
estudios y análisis realizados que por razones de interés general sea
de emergencias o por razones de solidaridad humana, la Junta Directiva
imprescindible su divulgación a través de publicaciones propias de la
podrá erogar fondos para contribuir con dichas eventualidades, pero
cámara o en medios de comunicación; además de proporcionar a sus
siempre que dichas contribuciones no afecten el cumplimento de los
asociados toda clase de información que les pueda ser útil; o) Gestionar
objetivos de la cámara, particularmente sus obligaciones pecuniarias
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gubernamentales; h) Representar y defender los intereses comunes de
frente a terceros. CAPITULO IV. DEL GOBIERNO DE LA ASOCIA-
cionales e internacionales, la organización de ferias, misiones y cualquier
CION. ARTICULO NUEVE.- El gobierno de la Cámara será ejercido
otro tipo de eventos que fomenten la producción interna y externa de
por: a) La Asamblea General de Asociados; b) La Junta Directiva.
los productos agropecuarios; p) Nombrar o proponer dentro o fuera de
CAPITULO V. DE LA ASAMBLEA GENERAL. ARTICULO DIEZ.-
sus asociados y de acuerdo con las normas legales respectivas aquellas
La Asamblea General de Asociados, debidamente convocada, es la
personas que a juicio de la cámara puedan representar a ésta o al sector
autoridad máxima de la asociación y sus resoluciones serán obligatorias
de la iniciativa privada del país, en cualquier institución de carácter
para todos ellos, inclusive para los que no hubiesen asistido, o asistien-
público - privado; q) Organizar, realizar y/o patrocinar cursos, semina-
do, se hubieran retirado o se hubieran abstenido de votar o hubiesen
rios, estudios, investigaciones, publicaciones y cualquier otra actividad
votado en contra de las resoluciones adoptadas. ARTICULO ONCE.- Las
similar que contribuya a los objetivos aquí establecidos; s) Celebrar
asambleas generales serán ordinarias o extraordinarias y serán convo-
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y promover con las autoridades gubernamentales y entes privados, na-
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012.
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sesiones de Junta Directiva que se celebren. ARTICULO DIECISEIS.-
ral ordinaria se convocará una vez al año y deberá efectuarse dentro de
Los miembros de la junta directiva deberán ser asociados de la cámara
los meses de Enero o Febrero de cada año. ARTICULO TRECE.- Para
y deben cumplir con los requisitos que más adelante se señalan. Si el
la realización de la Asamblea General Ordinaria, sus miembros deberán
asociado fuera una persona jurídica, podrán ser electos miembros de la
ser convocados previamente por lo menos ocho días de anticipación al
Junta Directiva los asociados que tengan la representación legal de la
día de celebración de la asamblea. La convocatoria puede ser realizada
entidad asociada, cualquiera de los miembros que integren su junta di-
por cualquier medio de comunicación escrito, incluyendo el correo or-
rectiva o los delegados que designen cada entidad asociada a la cámara.
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cadas por la Junta Directiva. ARTICULO DOCE.- La Asamblea Gene-
ARTICULO DIECISIETE.- Los miembros de la Junta Directiva serán
periódico de circulación nacional con esa antelación. ARTICULO
electos para un periodo de tres años, pudiendo ser reelectos por un pe-
CATORCE.- SON ATRIBUCIONES DE LA ASAMBLEA GENERAL
riodo consecutivo únicamente, es decir dos periodos como máximo en
ORDINARIA: a) Elegir y sustituir total o parcialmente a los miembros
el mismo cargo. Continuarán en el desempeño de sus funciones aunque
de la Junta Directiva. Los miembros presentes podrán nominar a las
hubiere concluido el plazo para el que fueron electos, mientras no se
personas que integrarán la Junta Directiva; b) Resolver sobre excusas o
elijan sus sustitutos y éstos no tomen posesión de sus cargos.- ARTI-
renuncias de los miembros de la Junta Directiva, o removerlos cuando
CULO DIECIOCHO.- La Junta Directiva sesionará con la asistencia de
hubieren justos motivos para ellos, eligiendo y dando posesión a las
por lo menos con cuatro de sus miembros, y sus resoluciones se tomarán
personas que deben sustituirlos; c) Aprobar, reformar o derogar los
por mayoría de votos de los presentes. ARTICULO DIECINUEVE.-
estatutos de la asociación; d) Aprobar y/o modificar los planes, progra-
Podrán ser miembros de la Junta Directiva quienes cumplan los siguien-
mas o presupuesto anual de la asociación; e) Ordenar auditorías a la
tes requisitos: 1. Mayor de veintiún años. 2. Obtener la recomendación
junta directiva, en los casos que los considere necesarios; f) Conocer,
por escrito de por lo menos de dos asociados fundadores de la cámara.
aprobar o desaprobar la memoria anual de labores de la junta directiva
3. Solvente con sus compromisos financieros con las organizaciones que
y de los informes del tesorero y del auditor, que corresponden al ejerci-
son asociadas a la Cámara. 4. Ser de reconocida trayectoria en el sector
cio próximo anterior; g) Aprobar las cuotas que paguen sus asociados,
agropecuario y de comprobable servicio a la cámara. 5. Tener tres años
ya sean ordinarias o extraordinarias; h) Establecer las políticas a seguir
de pertenecer a la cámara; 6. Ser el Representante Legal de las organi-
por la junta directiva encaminadas a lograr mayor prestigio y funciona-
zaciones asociadas a la cámara o en su caso miembro de la Junta Direc-
lidad de la asociación; i) Nombrar miembros honorarios de la cámara a
tiva de éstas cuando así lo decida cada organización de acuerdo a su
propuesta de la Junta Directiva, quienes deberán ser personas naturales
normativa interna. ARTICULO VEINTE.- La Junta Directiva sesionará
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dinario, correo electrónico, fax, o por medio de una publicación en un
ordinariamente una vez al mes y extraordinariamente cuantas veces sea
los intereses generales del país; j) Acordar la disolución y liquidación
necesario. El presidente convocará a sesión extraordinaria de la Junta
de la cámara; k) Resolver sobre las solicitudes de exclusión de asociados;
Directiva cuando lo considere conveniente, o cuando lo solicitaren por
l) Decidir sobre los demás asuntos que sean de interés para la cámara,
escrito al menos cinco miembros de la Junta Directiva. ARTICULO
que no estén considerados en los presentes estatutos. CAPITULO VI.
VEINTIUNO.- Los miembros de la Junta Directiva responderán soli-
DE LA JUNTA DIRECTIVA. ARTICULO QUINCE.- La dirección y
dariamente por las decisiones que tomen en su seno. ARTICULO
administración de la Cámara estará confiada a la Junta Directiva, la cual
VEINTIDOS.- La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones y
estará integrada por siete directores propietarios, que desempeñarán los
obligaciones: a) Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de
siguientes cargos: un presidente, un vicepresidente, un secretario, un
Asamblea General. b) Emitir y reformar el Reglamento Interno de la
tesorero y tres directores. Todos los directores tienen voz y voto en las
asociación; c) Nombrar al director ejecutivo de la cámara. d) Adminis-
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que hayan prestado servicios relevantes a la cámara, sus asociados o a
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397
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Esta acta deberá ser firmada por los asistentes de la Junta Directiva.
tración eficiente y eficaz del patrimonio de la cámara; e) Designar las
ARTICULO VEINTICUATRO.- Son atribuciones del Presidente de la
personas autorizadas para administrar las cuentas bancarias de la cáma-
Junta Directiva: a) Tener la representación legal, judicial, extrajudicial
ra; f) Desarrollar las actividades necesarias para el logro de los fines de
y social de la cámara; b) Convocar a la junta directiva y, por encargo de
la asociación; g) Elaborar la memoria anual de labores de la cámara y
ésta, a la asamblea general a sesiones ordinarias y extraordinarias; c)
un balance general de la cámara; h) Promover la elaboración de planes,
presidir las sesiones ordinarias y extraordinarias de asamblea general y
programas, proyectos y presentarlos a la asamblea general para su
las sesiones de Juntas Directivas; d) Velar por el cumplimiento de los
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trar los bienes, recursos y fondos de la cámara y velar por la adminis-
acuerdos, resoluciones de la Junta Directiva y de la Asamblea General,
presentar el Tesorero; j) Velar por el cumplimiento de los estatutos,
así como los estatutos y reglamento interno de la cámara; e) Ejercer el
reglamento interno, acuerdos y resoluciones de la asamblea general y
voto de calidad en caso de empate de una votación, tanto de la Junta
de la misma junta directiva; k) Resolver todas las cuestiones de interés
Directiva como de la Asamblea General; f) Presentar la memoria de
social y económico que le sean delegadas por la Asamblea General; l)
labores de la cámara y cualquier informe que le sea solicitado por la
Nombrar de entre los miembros de la asociación, comités o comisiones
Asamblea General; g) Firmar cualquier contrato o acuerdo, previo
que consideren necesarios para el cumplimiento de los fines de la cáma-
acuerdo de la Junta Directiva. ARTICULO VEINTICINCO.- En defec-
ra y para realizar determinadas gestiones y estudios. Deberán establecer
to del presidente, lo sustituirá el Vicepresidente y defecto de éste lo
las funciones de estas comisiones y el número de integrantes de las
sustituirá el director que la junta designe. ARTICULO VEINTISEIS.-
mismas; m) Autorizar el otorgamiento de poderes generales o especiales,
Son atribuciones del secretario: a) Asentar las actas de las sesiones de
con las facultades que tenga a bien representar; n) Nombrar los emplea-
la Asamblea General y de Junta Directiva y preparar el programa de
dos necesarios para el buen funcionamiento de la misma, asignándoles
cada una de éstas; b) Llevar el archivo de documentos y registros de los
sus salarios para lo cual podrá el director ejecutivo realizar propuestas
miembros de la asociación; c) Extender todas las certificaciones que le
para los mismos; o) Suspender provisionalmente a cualquiera de sus
fueran solicitadas; d) Preparar la memoria de labores de la asociación y
miembros, que por su conducta se haga merecedor de tal sanción. La
cualquier informe que le sea solicitado. ARTICULO VEINTISIETE.- En
suspensión no podrá exceder a la celebración de próxima Asamblea
ausencia del secretario lo sustituirá el director designado por la Junta
General. p) Llevar un registro general de miembros. q) Contraer obli-
Directiva. ARTICULO VEINTIOCHO.- Son facultades y deberes del
gaciones en nombre de la cámara y celebrar toda clase de contratos. r)
tesorero: a) Supervisar la recepción y el depósito de los fondos que la
Formular por escrito proyectos tendientes a las reformas de los presen-
asociación obtenga en bancos o instituciones financieras que la Junta
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aprobación; i) Revisar cada seis meses el Estado de Cuentas que debe
Directiva seleccione; b) Llevar o tener control directo de los libros de
s) Extender un documento de identificación a los miembros y cancelar-
contabilidad de la asociación; c) Autorizar las erogaciones que la cáma-
lo cuando sea necesario. t) Solicitar cuotas extraordinarias a los asocia-
ra tenga que realizar; d) Vigilar conjuntamente con el auditor el buen
dos, cuando las necesidades la demanden y las erogaciones no se pueden
funcionamiento de la contabilidad de la cámara; e) Presentar mensual-
cubrir con las cuotas ordinarias. u) Crear y modificar si fuere necesario,
mente a la Junta Directiva, un informe sobre el estado financiero de la
el reglamento interno de la cámara. v) Gestionar con instituciones pri-
asociación y en relación a la ejecución del presupuesto, además deberá
vadas o públicas, la obtención de recursos para el cumplimiento y
dar cuenta de la tesorería a su cargo, cuando así lo requiera la Asamblea
funcionamiento de los objetivos de la cámara. ARTICULO VEINTI-
General; f) Elaborar el balance anual de la cámara y firmarlo en conjun-
TRES.- De todas las sesiones de la junta se levantará un acta con una
to con el presidente y el auditor. ARTICULO VEINTINUEVE.- En
minuta de la misma, consignando a ella las resoluciones que se tomen.
defecto del tesorero lo sustituirá el director que designe la Junta Direc-
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tes estatutos y presentarlos a la asamblea general cuando sea necesario.
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012.
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brados por la asamblea general o por la junta directiva, a menos que
directamente en todos los asuntos de interés de la cámara. CAPITULO
tengan motivos de excusa; c) Cooperar con el sostenimiento económico
VII. DE LOS MIEMBROS. ARTICULO TREINTA Y UNO.- Podrán
de la cámara, mediante el pago puntual de las cuotas ordinarias perió-
ser miembros asociados de la cámara todas las personas jurídicas legal-
dicas que se fijen, y de las cuotas voluntarias extraordinarias que se
mente constituidas, nacionales o extranjeras, que desarrollen y tengan
hayan comprometido a pagar; d) Cumplir con los estatutos y reglamen-
reconocida trayectoria en actividades dedicadas al mejoramiento y de-
to interno de la cámara y las resoluciones de la asamblea general y de
sarrollo del sector agropecuario. Además, para ingresar a la asociación,
la junta directiva; e) Desempeñar las comisiones y encargos que le fueren
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tiva. ARTICULO TREINTA.- Es atribución de los directores colaborar
conferidos; f) Emitir su opinión por escrito en todas aquellas cuestiones
fundadores de la asociación o con dos cartas de directivos de las orga-
que les sean requeridas por la cámara; g) Brindar toda la información
nizaciones asociadas a esta cámara. Los firmantes de la escritura de
que se requiera como necesaria para el buen funcionamiento de la cá-
constitución de la cámara, se consideran miembros o asociados funda-
mara y el cumplimiento de sus fines. ARTICULO TREINTA Y SEIS.-
dores de la institución. ARTICULO TREINTA Y DOS: La Asociación
Las personas jurídicas que tengan el carácter de asociados de la cámara
tendrá las siguientes clases de miembros: a) Miembros Fundadores; b)
se harán representar ante la cámara, en sus asambleas generales por
Miembros Activos. c) Miembros Honorarios. Serán MIEMBROS FUN-
cualquiera de sus socios que tenga la representación legal de la sociedad
DADORES: Todas las personas que suscriban la Escritura Pública de
o ente jurídico, por cualquiera de los miembros que integre su Junta
Constitución de la Asociación. Serán MIEMBROS ACTIVOS: Todas
Directiva, por delegados designados para tal efecto por la persona jurí-
las personas que la Junta Directiva acepte como tales en la Asociación.
dica asociada. Para representar a un asociado de la cámara, deberá
Serán MIEMBROS HONORARIOS: Todas las personas que por su
presentarse una carta notariada dirigida a la cámara, consignando por
labor y méritos en favor de la Asociación sean así nombrados por la
escrito a la persona delegada, debiendo estar firmada por el represen-
Asamblea General. ARTICULO TREINTA Y TRES.- Para los efectos
tante legal de la persona jurídica. ARTICULO TREINTA Y SIETE.- La
de su admisión como asociado, el interesado dirigirá solicitud escrita a
calidad de asociado se pierde: a) Por separación voluntaria del asociado,
la Junta Directiva de la cámara, la cual resolverá sobre su admisión o
mediante renuncia escrita presentada a la junta directiva la cual deberá
rechazo. ARTICULO TREINTA Y CUATRO.- Son derechos de los
ser firmada por el Representante Legal del ente jurídico que representa,
asociados: a) Asistir a las asambleas generales que se realicen, con voz
renuncia que será admitida siempre que el asociado se encuentre sol-
y voto en los asuntos que se traten en ellas. Cada asociado tendrá dere-
vente de sus obligaciones económicas para con la cámara; b) Por exclu-
cho a un voto; b) Ser elegibles para poder optar a cargos en la junta
sión del asociado acordada por la asamblea general, por cualquiera de
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deberán contar con dos cartas de recomendación de dos miembros
los siguientes motivos: a) Por falta de pago de seis cuotas mensuales
nes o sugerencias a la Junta Directiva y a la Asamblea General; d) So-
consecutivas; b) Por declaración legal de quiebra fraudulenta o culpable
licitar la intervención de la cámara para la defensa o ayuda a sus intere-
que recaiga sobre el asociado; c) Por no cumplir con los reglamentos y
ses gremiales, o los de la colectividad; e) Hacer uso de los beneficios,
estatutos de la cámara y las resoluciones de la Asamblea General y de
servicios, instalaciones y programas con arreglo a los estatutos y gozar
la Junta Directiva; d) Por la liquidación de la asociación, sociedad, fe-
de cuantas facilidades se establezcan para el uso de los asociados;
deración o confederación etc., asociada o por el cierre de sus negocios;
siempre y cuando no sean de carácter económicos. ARTICULO TREIN-
e) Por falta grave contra la ética de la cámara, calificada por la Junta
TA Y CINCO.- Son deberes de los asociados: a) Concurrir a las sesiones
Directiva y ratificada por la Asamblea General; y f) Por realizar actos
de la Junta Directiva y de la Asamblea General a la que fueran convo-
contrarios a los fines de la cámara, calificados por la Junta Directiva y
cados; b) Desempeñar los cargos para los cuales fueron electos o nom-
ratificada por la Asamblea General. ARTICULO TREINTA Y OCHO.-
D
directiva o a los comités de apoyo; c) Presentar solicitudes, proposicio-
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397
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Asamblea General de los tres días siguientes al de la notificación. La
Directiva con las dos terceras partes de los miembros de la misma.
Asamblea General en la reunión más próxima deberá resolver la solici-
ARTICULO TREINTA Y NUEVE.- Los miembros honorarios nom-
tud de reconsideración, y de lo resuelto, el asociado en escrito presen-
brados por la Asamblea General, no tendrán la calidad de asociados de
tado a la Junta Directiva, puede apelar ante la próxima Asamblea Ge-
la cámara, sino que su nombramiento es de carácter meramente hono-
neral dentro del plazo de cinco días hábiles, el cual comenzará a correr
rífico. CAPITULO VIII. SANCIONES A LOS MIEMBROS, MEDIDAS
a partir del día siguiente de la notificación. CAPITULO IX. DE LA
DISCIPLINARIAS, CAUSALES Y PROCEDIMIENTO DE APLICA-
DISOLUCION. ARTICULO CUARENTA Y CUATRO.- No podrá
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La exclusión de un asociado de la cámara deberá ser adoptada en Junta
disolverse la asociación sino por disposición de la ley o por resolución
tes sanciones: a) Suspensión; y b) Expulsión. ARTICULO CUARENTA
tomada en Asamblea General extraordinaria, convocada a ese efecto y
Y UNO.- Son causales de Suspensión: a) Negarse sin motivo justificado
con un número de votos que represente por lo menos tres cuartas partes
a desempeñar el cargo para el cual fuere electo, o a participar en las
de sus miembros. ARTICULO CUARENTA Y CINCO.- En caso de
comisiones que se les encomiende, en cuyos casos la suspensión durará
acordarse la disolución de la asociación, se nombrará una junta de liqui-
el tiempo que debió desempeñarse en el cargo o participar en la comisión
dación compuesta de cinco personas, electas por la asamblea general
respectiva; b) No asistir sin causa justificada a dos Asambleas Genera-
extraordinaria que acordó la disolución. Los bienes que sobraren después
les de Asociados; c) Promover asuntos políticos partidaristas, religiosos
de cancelar todos sus compromisos se donarán a cualquier entidad be-
o raciales en el seno de la Asociación; y d) Las demás que señale el
néfica o cultural que la asamblea general señale. CAPITULO X. RE-
estatuto de la Asociación. ARTICULO CUARENTA Y DOS.- Son
FORMA DE ESTATUTOS. ARTICULO CUARENTA Y SEIS.- Para
causales de expulsión de los asociados: a) Demostrar reiteradamente
reformar o derogar los presentes estatutos será necesario el voto favo-
una mala o inapropiada conducta; b) Causar grave perjuicio a los bienes,
rable de no menos del sesenta por ciento de los miembros presentes en
valores e intereses de la Asociación; c) Reincidir en cualquiera de las
asamblea general convocada para tal efecto. CAPITULO XI. DISPO-
causales de suspensión; d) Violar cualquiera de las prohibiciones esta-
SICIONES GENERALES. ARTICULO CUARENTA Y SIETE.- Todo
blecidas en los estatutos, emitidos reglamentos; e) Incumplir reiterada-
lo relativo al orden interno de la Asociación no comprendido en estos
mente sus obligaciones como asociado; f) Ausentarse de las actividades
Estatutos, se establecerá en el Reglamento Interno de la misma, el cual
de la Asociación por un periodo continuo de seis meses sin motivo
deberá ser elaborado por la Junta Directiva y aprobado por la Asamblea
justificado o sin permiso autorizado; g) Obtener por medios fraudulen-
General, tomando en cuenta el interés y beneficio de los asociados y de
tos, beneficios de la Asociación para sí o para terceras personas; y, h)
la institucionalidad de la cámara. ARTICULO CUARENTA Y OCHO.-
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CION. ARTICULO CUARENTA.- La Asociación impondrá las siguien-
Los documentos sujetos a registro deberán ser presentados dentro de los
Reglamento Interno o acuerdos de la Asamblea General o de los órganos
quince días siguientes a su formalización. ARTICULO CUARENTA Y
de dirección de la Asociación. ARTICULO CUARENTA Y TRES.-
NUEVE.- La Asociación se regirá por la LEY DE ASOCIACIONES Y
Cuando un asociado incurra en cualquiera de las causales de expulsión,
FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO, por los presentes Estatutos
la Junta Directiva, de inmediato efectuará la investigación respectiva,
y demás disposiciones legales aplicables. ARTICULO CINCUENTA.-
concediendo audiencia al infractor dentro de un plazo de ocho días, para
Los presentes estatutos entrarán en vigencia desde el día de su publica-
que se defienda por sí o por la persona que designe. Concluida la inves-
ción en el Diario Oficial. Así mismo, en este mismo acto eligen a la
tigación y el plazo de audiencia, la Junta resolverá por mayoría de votos
Junta Directiva, de conformidad con lo que prescriben los estatutos, la
si procede o no la expulsión; si lo resuelto fuere desfavorable el asocia-
cual por decisión unánime de los comparecientes, queda integrada de la
do, tendrá derecho a solicitar que se reconsidere el acuerdo ante la
siguiente manera: PRESIDENTE: Daniel Aguilar Maldonado, VICE-
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Cometer infracciones graves a las leyes, reglamentos, a este estatuto,
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012.
11
partamento de Asociaciones Agropecuarias del Ministerio de Agricul-
Samour Valle, TESORERO: Eulogio Sigfredo Benítez Orellana; DI-
tura y Ganadería, bajo el número de codificación UNO CERO CUATRO
RECTORES: Norberto Romero Palacios; Ricardo Sigfredo Puente Ri-
CUATRO -CUATRO DOS- SNR – CERO NUEVE-CERO SEIS-
vera, Roberto Molina Amaya. Todos de generales ya relacionadas al
NOVENTA Y TRES, de la que consta que su denominación y domici-
inicio de este instrumento. III) APORTE DE LOS ASOCIADOS: Se
lio son los expresados, que la representación judicial y extrajudicial de
hace constar que los asociados no hacen ningún aporte en dinero en
la Asociación le corresponde al Presidente del Consejo de Administra-
concepto de patrimonio inicial de fundación. IV) PERSONERIAS: Doy
ción quien dura en sus funciones un período de cuatro años, con facul-
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PRESIDENTE: Abel Nahin Lara Ruiz; SECRETARIO: Isa Gadala
tades para otorgar actos como el presente previa autorización del
comparecientes en su orden por haber tenido a la vista de la: 1) FEDE-
Consejo de Administración; b) Credencial de Elección del Consejo de
RACION DE COOPERATIVAS DE PRODUCCION Y SERVICIOS
Administración expedida por el Jefe del Departamento de Asociaciones
PESQUEROS DE LA PAZ, DE RESPONSABILIDAD LIMITADA:
Agropecuarias del Ministerio de Agricultura y Ganadería Licenciado
a) Estatutos de la Asociación en referencia, inscritos en el departamen-
Fernando Miguel Farrar Aparicio, el día siete de agosto de dos mil doce,
to de Asociaciones Agropecuarias del Ministerio de Agricultura y Ga-
en la que consta que el compareciente fue electo como Presidente del
nadería, bajo el número de codificación SIETE NUEVE DOS - TRES
Consejo de Administración y cuyo periodo vence el día nueve de agos-
DOS - SNR-VEINTITRES - CERO NUEVE - NOVENTA Y UNO, de
to de dos mil quince; y c) Certificación del Acta número DIECISEIS de
la que consta que su denominación y domicilio son los expresados, que
fecha veintisiete de agosto del presente año, expedida por el señor Ri-
la representación judicial y extrajudicial de la Asociación le correspon-
cardo Emilio Campos, en su calidad de Secretario del Consejo de Ad-
de al Presidente del Consejo de Administración quien dura en sus fun-
ministración de la Federación, en la cual hace constar que se autorizó al
ciones un período de dos años, con facultades para otorgar actos como
señor Norberto Romero Palacios, firmar el presente instrumento de
el presente previa autorización del Consejo de Administración; b) Cre-
constitución de Asociación sin Fines de Lucro denominada CAMARA
dencial de Reestructuración del Consejo de Administración expedida
EMPRESARIAL AGROPECUARIA SALVADOREÑA y que la Fe-
por el Jefe del Departamento de Asociaciones Agropecuarias del Mi-
deración que representa forme parte de la misma. 3) ASOCIACION DE
nisterio de Agricultura y Ganadería Licenciado Fernando Miguel Farrar
PEQUEÑOS PRODUCTORES DE CAFE DE EL SALVADOR: a)
Aparicio, el día treinta y uno de mayo de dos mil doce, en la que cons-
Estatutos de la Asociación en referencia, publicados en el Diario Oficial
ta que el compareciente fue electo como Presidente del Consejo de
de fecha cuatro de febrero de mil novecientos noventa y siete, Tomo
Administración y cuyo período vence el veintitrés de septiembre de dos
trescientos treinta y cuatro, según Acuerdo número SEISCIENTOS
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fe de ser legítimas y suficientes las personerías con que actúan los
CUARENTA Y TRES de fecha dieciocho de noviembre mil novecien-
en reunión de Asamblea General Ordinaria realizada el día veintiuno de
tos noventa y seis, del Órgano Ejecutivo en el Ramo del Interior hoy
agosto de dos mil doce correspondiente al acta número DOS, punto
Ministerio de Gobernación, aprobó los Estatutos de la Asociación, la
UNICO acordó autorizar al señor Roberto Molina Amaya firmar el
que consta que su denominación y domicilio son los expresados, que la
presente instrumento de constitución de Asociación sin Fines de Lucro
representación judicial y extrajudicial de la Asociación le corresponde
denominada CAMARA EMPRESARIAL AGROPECUARIA SALVA-
al Presidente de la Junta Directiva quien dura en sus funciones un pe-
DOREÑA y que la Federación que representa forme parte de la misma.
ríodo de dos años, con facultades para otorgar actos como el presente o
2) FEDERACION DE COOPERATIVAS DE PRODUCCION Y SER-
previa autorización de la Junta Directiva; b) Certificación de Punto de
VICIOS PESQUEROS DE LA PAZ, DE RESPONSABILIDAD LIMI-
Acta de Asamblea General donde se eligió a la Junta Directiva de la
TADA: a) Estatutos de la Asociación en referencia, inscritos en el De-
Asociación, expedida por la secretaria de la Junta Directiva señora Rosa
D
mil trece; y c) certificación de Punto de Acta donde se hace constar que
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397
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OCHO de fecha veinte de agosto del presente año, expedida por la se-
el Departamento de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro, el
ñora Norma Iris Valle de Samour, en su calidad de Secretaria de la
día tres de febrero de dos mil doce, al número CIENTO SESENTA Y
Junta Directiva, en la cual hace constar que se autorizó al señor Isa
TRES, del libro CUARENTA Y CINCO, en la que consta que el com-
Gadala Samour Valle firmar el presente instrumento de constitución de
pareciente fue electo como Presidente de la Junta Directiva para un
Asociación sin Fines de Lucro denominada CAMARA EMPRESARIAL
periodo de dos años; c) Certificación del Acta número CIENTO DOS
AGROPECUARIA SALVADOREÑA y que la sociedad que represen-
de fecha veintiocho de agosto del presente año, expedida por la señora
ta forme parte de la misma. 5) Sociedad COOPERATIVA DE GANA-
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Isabel Hernández el día dieciocho de enero de dos mil doce, inscrita en
DEROS DE EL SALVADOR DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
va, en la cual hace constar que se autorizó al señor Ricardo Sigfredo
DE CAPITAL VARIABLE: a) Testimonio de la Escritura Pública de
Puente Rivera firmar el presente instrumento de constitución de Aso-
Constitución de Sociedad otorgada en la ciudad de Santa Tecla, Depar-
ciación sin Fines de Lucro denominada CAMARA EMPRESARIAL
tamento de La Libertad, a las nueve horas del día nueve de marzo de
AGROPECUARIA SALVADOREÑA y que la asociación que repre-
dos mil once, ante los oficios de la notario Marcella Eugenia Navarro
senta forme parte de la misma. 4) Sociedad EL BARBARO, SOCIEDAD
Barriere e inscrita en el Registro de Comercio al número TREINTA Y
ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE: a) Testimonio de la Escritura
TRES DEL LIBRO DOS MIL NOVECIENTOS CINCO del Registro
Pública de Constitución de Sociedad otorgada en la ciudad de San
de Sociedades el día diez de abril de dos mil doce, en el que consta: que
Salvador, Departamento de San Salvador, a las diez horas cuarenta y
su denominación, naturaleza y domicilio son los expresados, su nacio-
cinco minutos del día tres de octubre de mil novecientos noventa, ante
nalidad es Salvadoreña, que en su finalidad social está la de otorgar
los oficios del notario José Arcadio Sánchez Valencia e inscrita en el
actos como el presente, que su plazo es indeterminado, que la represen-
Registro de Comercio al número TRECE DEL LIBRO SETECIENTOS
tación judicial y extrajudicial corresponden al Director Presidente de la
TREIENTA Y OCHO del Registro de Sociedades el día catorce de fe-
Junta Directiva, quien dura DOS AÑOS en el ejercicio de su cargo, y
brero de dos mil nueve, en el que consta: que su denominación, natura-
que dentro de sus atribuciones está la de otorgar actos como el presente;
leza y domicilio son los expresados, su nacionalidad es Salvadoreña,
b) Certificación del Acta número DOS de fecha veintiuno de agosto del
que en su finalidad social está la de otorgar actos como el presente, que
presente año, expedida por el Licenciado Balmore Mejía, en su calidad
su plazo es indeterminado, que la representación judicial y extrajudicial
de secretario de la Junta Directiva de la referida sociedad, en la cual
corresponden al Director Presidente de la Junta Directiva, quien dura
hace constar que se autorizó al señor Daniel Aguilar Maldonado firmar
R
Rosa Isabel Hernández, en su calidad de Secretaria de la Junta Directi-
el presente instrumento de constitución de Asociación sin Fines de
ciones está la de otorgar actos como el presente; b) Testimonio de la
Lucro denominada CAMARA EMPRESARIAL AGROPECUARIA
Escritura Pública de Modificación al Pacto Social por Aumento de
SALVADOREÑA y que la sociedad que representa forme parte de la
Capital de la sociedad EL BARBARO, SOCIEDAD ANONIMA DE
misma. 6) CONFEDERACION DE FEDERACIONES DE LA REFORMA
CAPITAL VARIABLE, otorgada en esta ciudad, a las diez horas del
AGRARIA SALVADOREÑA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA:
día veintiséis de noviembre de dos mil, ante los oficios del notario
a) Estatutos de la Asociación en referencia, inscritos en el Departamento
Ángel Guillermo Aguilar Cuéllar e inscrita en el Registro de Comercio
de Asociaciones Agropecuarias del Ministerio de Agricultura y Ganade-
al número TREINTA Y DOS DEL LIBRO UN MIL SETECIENTOS
ría, bajo el número de Codificación CINCO SIETE DOS - DOS TRES
SESENTA Y SEIS del Registro de Sociedades el día veintiuno de di-
- SR - UNO SEIS - CERO TRES - OCHO OCHO de la que consta que
ciembre de dos mil dos, c) Certificación del Acta número SETENTA Y
su denominación y domicilio son los expresados, que la representación
D
IA
CINCO AÑOS en el ejercicio de su cargo, y que dentro de sus atribu-
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012.
13
donde se hace constar que en reunión de Asamblea General Extraordi-
Consejo de Administración quien dura en sus funciones un periodo de
naria realizada el día veintiocho de agosto de dos mil doce, correspon-
dos años, con facultades para otorgar actos como el presente previa
diente al acta número NOVENTA Y CINCO, punto número cuatro
autorización del Consejo de Administración; b) Credencial de Elección
acordó autorizar al señor Eulogio Sigfredo Benítez Orellana, firmar el
del Consejo de Administración expedida por la Jefa de la Sección Jurí-
presente instrumento de constitución de Asociación sin Fines de Lucro
dico del Departamento de Asociaciones Agropecuarias del Ministerio
denominada CAMARA EMPRESARIAL AGROPECUARIA SALVA-
de Agricultura Ganadería Licenciada Ángela del Carmen Manzano, el
DOREÑA y que la asociación que representa forme parte de la misma.
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judicial y extrajudicial de la Asociación le corresponde al Presidente del
día veintinueve de mayo de dos mil doce, en la que consta que el com-
Así se expresaron los comparecientes, a quienes hice saber los efectos
pareciente fue electo como Presidente del Consejo de Administración
legales de la presente Escritura, la obligación de registrarla y las san-
y cuyo periodo vence el día veintitrés de marzo de dos mil quince; y c)
ciones a que se refiere el artículo noventa y uno de la Ley de Asociacio-
Certificación del Acta número doscientos ochenta y uno de fecha vein-
nes y Fundaciones sin Fines de Lucro y Leído que les hube lo escrito en
tiuno de agosto del presente año, expedida por la señora Sonia Gladis
un solo acto ininterrumpido, manifestaron su conformidad, ratificaron
Romero Hernández, en su calidad de Secretaria del Consejo de Admi-
su contenido y firmamos. DOY FE.
nistración de la Confederación, en la cual hace constar que se autorizó
al señor Abel Nahin Lara Ruiz, firmar el presente instrumento de cons-
titución de Asociación sin Fines de Lucro denominada CAMARA
EMPRESARIAL AGROPECUARIA SALVADOREÑA y que la con-
TANIA MARGARITA VARGAS LEONOR,
NOTARIO.
federación que representa forme parte de la misma. 7) ASOCIACION
DE COOPERATIVAS DE PRODUCCION AGROPECUARIA LOS
PINOS, DE RESPONSABILIDAD LIMITADA: a) Estatutos de la
Asociación en referencia, inscritos en el Departamento de Asociaciones
Agropecuarias del Ministerio de Agricultura y Ganadería, bajo el número de codificación tres cinco - cero dos - sr - cero tres - cero seis -
ochenta, de la que consta que su denominación y domicilio son los ex-
R
presados, que la Asamblea General es la autoridad suprema de la
IA
Cooperativa, que el Consejo de Administración es el responsable de la
D
Administración de la Cooperativa y constituye el instrumento ejecutivo
de la Asamblea General, sus actuaciones serán siempre de forma colegiada, que pueden designar a un delegado para firmar actos como el
PASO ANTE MI DE FOLIOS CIENTO SESENTA Y DOS FRENTE
AL CIENTO SETENTA Y CUATRO FRENTE DEL LIBRO SIETE
DE MI PROTOCOLO QUE VENCE EL DIA SEIS DE MARZO DE
DOS MIL TRECE. Y PARA SER ENTREGADO AL REGISTRO DE
ASOCIACIONES Y FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO DEL
MINISTERIO DE GOBERNACION, EXTIENDO, FIRMO Y SELLO EL
PRESENTE TESTIMONIO DE CONSTITUCION DE ASOCIACION
SIN FINES DE LUCRO DENOMINADA "CAMARA EMPRESARIAL
AGROPECUARIA SALVADOREÑA", EN LA CIUDAD DE SANTA
TECLA, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD, A LOS TREINTA
DIAS DEL MES DE AGOSTO DE DOS MIL DOCE.
presente; b) Credencial de elección del Consejo de Administración
expedida por el Jefe del Departamento de Asociaciones Agropecuarias
del Ministerio de Agricultura y Ganadería Licenciado Fernando Miguel
TANIA MARGARITA VARGAS LEONOR,
Farrar Aparicio, el día doce de julio de dos mil once, en la que consta
NOTARIO.
que el Secretario del Consejo de Administración es el señor PABLO
ALBERTO VANEGAS PEREZ; y c) Certificación de Punto de Acta
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397
14
ESTATUTOS DE LA CAMARA EMPRESARIAL AGROPE-
e)
Intervenir como órgano de consulta para los asociados y las
autoridades competentes en política de desarrollo agrope-
CUARIA SALVADOREÑA
cuaria, temas especializados de los subsectores productos en
que se abrevia CEMAS.
temas como producción primaria, comercialización, industrialización, calidad, inocuidad, importación y exportación,
entre otros;
CAPITULO I.
NATURALEZA, DENOMINACION, DOMICILIO Y PLAZO.
f)
Gestionar y facilitar alianzas estratégicas entre autoridades
competentes, cooperación internacional y sus asociados a fin de
lograr un mayor desarrollo de la infraestructura nacional;
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ARTICULO UNO.- Créase en la ciudad de Santa Tecla, Departa-
mento de La Libertad, la CAMARA EMPRESARIAL AGROPECUARIA
g)
Proponer candidatos de conformidad con las Leyes Espe-
ciales que así lo requieran, con el fin de integrar órganos de
SALVADOREÑA y que podrá abreviarse CEMAS, como una entidad
dirección de las diferentes Instituciones Oficiales Autónomas
apolítica, no lucrativa ni religiosa, la que en los presentes estatutos se
que demanden por propuestas de ternas provenientes de
denominará "La Cámara o la Asociación".
organizaciones no gubernamentales;
h)
Representar y defender los intereses comunes de sus aso-
ARTICULO DOS.- El domicilio de la Cámara será la ciudad de
ciados tales como sugerir políticas tendientes al aumento de
Santa Tecla, Departamento de La Libertad, pudiendo establecer filiales
la producción y productividad, encadenamiento productivo,
en todo el territorio de la República y fuera de él.
capacitaciones, entre otros, en general proponer las medidas
que estén más adecuadas para la protección y defensa de los
mismos ante toda clase de autoridades y asociaciones de
ARTICULO TRES.- La Cámara se constituye por plazo indefinido.
interés público, privado o público-privado;
k)
Fungir como ente intermediario cuando esto fuera procedente
CAPITULO II.
entre sus asociados y las autoridades estatales, municipales o
FINES Y OBJETIVOS.
institución de interés público, privado o público - privado;
l)
Cooperar con el Ministerio de Agricultura y Ganadería o
cualquier otra institución gubernamental para la elaboración,
ARTICULO CUATRO.- El fin principal de la Cámara será: Fo-
implementación y ejecución de programas de integración
mentar y fortalecer el desarrollo integral del sector agropecuario, a través
horizontal y vertical de las actividades agropecuarias;
de la unidad empresarial agropecuaria, impulsando permanentemente
acciones efectivas para el bienestar de sus asociados.
m)
Asesorar a sus afiliados para el cumplimiento de sus
obligaciones fiscales, de conformidad con las leyes de El
Salvador; velando por mantener la ética en las Actividades
ARTICULO CINCO.- Los objetivos de la Cámara serán:
Promover y fomentar entre todos los asociados del sector
n)
R
a)
Agropecuarias;
IA
b)
divulgación a través de publicaciones propias de la cámara
Promover y participar en la integración de la cadena producción
o en medios de comunicación; además de proporcionar a sus
D
-procesamiento - comercialización, para el abastecimiento
asociados toda clase de información que les pueda ser útil;
de los mercados, y fomentar el consumo de los sectores que
representa;
c)
o)
Cooperar con las Autoridades estatales y municipales en los
ción de ferias, misiones y cualquier otro tipo de eventos que
fomenten la producción interna y externa de los productos
sentación sectorial que sean de beneficio y fomento de sus
agropecuarios;
asociados;
Proponer y ayudar a las correspondientes autoridades estatales
y municipales, con la elaboración de opiniones, análisis e
informes sobre proyectos de leyes y reformas a la legislación
vigente;
Gestionar y promover con las autoridades gubernamentales
y entes privados, nacionales e internacionales, la organiza-
programas, proyectos e iniciativas de desarrollo de repre-
d)
Dar a conocer todos aquellos estudios y análisis realizados
que por razones de interés general sea imprescindible su
agropecuario, asistencia técnico - social;
p)
Nombrar o proponer dentro o fuera de sus asociados y de
acuerdo con las normas legales respectivas aquellas personas
que a juicio de la cámara puedan representar a ésta o al sector
de la iniciativa privada del país, en cualquier institución de
carácter público - privado;
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012.
q)
Organizar, realizar y/o patrocinar cursos, seminarios, estudios,
CAPITULO IV.
investigaciones, publicaciones y cualquier otra actividad
DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACION.
15
similar que contribuya a los objetivos aquí establecidos;
s)
Celebrar convenios de cooperación con organismos gubernamentales o privados a nivel nacional o internacional, con
el fin de cumplir con los objetivos de la cámara.
ARTICULO NUEVE.- El gobierno de la Cámara será ejercido
por:
a)
La Asamblea General de Asociados;
b)
La Junta Directiva.
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CAPITULO III.
DEL PATRIMONIO.
CAPITULO V.
DE LA ASAMBLEA GENERAL.
ARTICULO SEIS.- El patrimonio de la Cámara estará constituido
por:
a)
b)
c)
Las cuotas que paguen sus asociados ya sean ordinarias,
damente convocada, es la autoridad máxima de la asociación y sus
extraordinarias o voluntarias;
resoluciones serán obligatorias para todos ellos, inclusive para los que
Las donaciones, herencias, legados, contribuciones de personas
no hubiesen asistido, o asistiendo, se hubieran retirado o se hubieran
naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, particulares
abstenido de votar o hubiesen votado en contra de las resoluciones
o gubernamentales;
adoptadas.
Todos los bienes muebles e inmuebles que adquiera y las
rentas provenientes de los mismos de conformidad con la
ley;
d)
ARTICULO DIEZ.- La Asamblea General de Asociados, debi-
ARTICULO ONCE.- Las asambleas generales serán ordinarias o
extraordinarias y serán convocadas por la Junta Directiva.
Los ingresos provenientes por servicio de capacitaciones y
asistencia técnica o por cualquier otro servicio que preste la
cámara por facilitación de contacto de negocios, organización
de misiones, ruedas de negocios o siendo esta enumeración
ARTICULO DOCE.- La Asamblea General ordinaria se convocará
una vez al año y deberá efectuarse dentro de los meses de Enero o Febrero
de cada año.
enunciativa y no taxativa.
ARTICULO TRECE.- Para la realización de la Asamblea General
Ordinaria, sus miembros deberán ser convocados previamente por lo
Directiva conforme a las directrices que le manifieste la Asamblea Ge-
menos ocho días de anticipación al día de celebración de la asamblea. La
neral. Sera administrado por la Junta Directiva, teniendo facultades para
convocatoria puede ser realizada por cualquier medio de comunicación
R
ARTICULO SIETE.- El patrimonio será administrado por la Junta
IA
destinar fondos al pago de las obligaciones contraídas, a la realización
escrito, incluyendo el correo ordinario, correo electrónico, fax, o por
medio de una publicación en un periódico de circulación nacional con
destinar fondos para la cobertura de contingencias que se suscite en su
esa antelación.
D
de actividades y el cumplimiento de los fines de la cámara, pudiendo
quehacer institucional.
ARTICULO CATORCE.- SON ATRIBUCIONES DE LA ASAMARTICULO OCHO.- Todos los bienes y recursos de la cámara constituirán su patrimonio, los cuales deberán ser destinados al cumplimiento
BLEA GENERAL ORDINARIA:
a)
Elegir y sustituir total o parcialmente a los miembros de la
de su fin y objetivos y a honrar los compromisos adquiridos para tal fin.
Junta Directiva. Los miembros presentes podrán nominar a
En caso de emergencias o por razones de solidaridad humana, la Junta
las personas que integrarán la Junta Directiva;
Directiva podrá erogar fondos para contribuir con dichas eventualidades,
b)
Resolver sobre excusas o renuncias de los miembros de la
pero siempre que dichas contribuciones no afecten el cumplimento de
Junta Directiva, o removerlos cuando hubieren justos motivos
los objetivos de la cámara, particularmente sus obligaciones pecuniarias
para ellos, eligiendo y dando posesión a las personas que
frente a terceros.
deben sustituirlos;
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397
16
c)
d)
Aprobar, reformar o derogar los estatutos de la asociación;
ARTICULO DIECIOCHO.- La Junta Directiva sesionará con la
Aprobar y/o modificar los planes, programas o presupuesto
asistencia de por lo menos con cuatro de sus miembros, y sus resoluciones
anual de la asociación;
e)
Ordenar auditorías a la junta directiva, en los casos que los
considere necesarios;
g)
Conocer, aprobar o desaprobar la memoria anual de labores de
la junta directiva y de los informes del tesorero y del auditor,
1.
Mayor de veintiún años.
que corresponden al ejercicio próximo anterior;
2.
Obtener la recomendación por escrito de por lo menos de dos
asociados fundadores de la cámara.
Aprobar las cuotas que paguen sus asociados, ya sean ordinarias o extraordinarias;
h)
ARTICULO DIECINUEVE.- Podrán ser miembros de la Junta
Directiva quienes cumplan los siguientes requisitos:
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f)
se tomarán por mayoría de votos de los presentes.
3.
ciones que son asociadas a la Cámara.
Establecer las políticas a seguir por la junta directiva encaminadas a lograr mayor prestigio y funcionalidad de la
4.
asociación;
i)
Solvente con sus compromisos financieros con las organiza-
Ser de reconocida trayectoria en el sector agropecuario y de
comprobable servicio a la cámara.
Nombrar miembros honorarios de la cámara a propuesta de la
Junta Directiva, quienes deberán ser personas naturales que
hayan prestado servicios relevantes a la cámara, sus asociados
5.
Tener tres años de pertenecer a la cámara;
6.
Ser el Representante Legal de las organizaciones asociadas
a la cámara o en su caso miembro de la Junta Directiva de
o a los intereses generales del país;
éstas cuando así lo decida cada organización de acuerdo a
j)
Acordar la disolución y liquidación de la cámara;
k)
Resolver sobre las solicitudes de exclusión de asociados;
l)
Decidir sobre los demás asuntos que sean de interés para la
ARTICULO VEINTE.- La Junta Directiva sesionará ordinariamente
cámara que no estén considerados en los presentes estatu-
una vez al mes y extraordinariamente cuantas veces sea necesario. El
tos.
presidente convocará a sesión extraordinaria de la Junta Directiva cuando
su normativa interna.
lo considere conveniente, o cuando lo solicitaren por escrito al menos
CAPITULO VI.
cinco miembros de la Junta Directiva.
DE LA JUNTA DIRECTIVA.
ARTICULO VEINTIUNO.- Los miembros de la Junta Directiva
ARTICULO QUINCE.- La dirección y administración de la Cá-
responderán solidariamente por las decisiones que tomen en su seno.
mara estará confiada a la Junta Directiva, la cual estará integrada por
siete directores propietarios, que desempeñarán los siguientes cargos: un
presidente, un vicepresidente, un secretario, un tesorero y tres directores.
Todos los directores tienen voz y voto en las sesiones de Junta Directiva
que se celebren.
ARTICULO VEINTIDOS.- La Junta Directiva tendrá las siguientes
atribuciones y obligaciones:
a)
Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de Asamblea
R
General.
b)
Emitir y reformar el Reglamento Interno de la asociación;
deberán ser asociados de la cámara y deben cumplir con los requisitos
c)
Nombrar al director ejecutivo de la cámara
d)
Administrar los bienes, recursos y fondos de la cámara y
IA
ARTICULO DIECISEIS.- Los miembros de la junta directiva
D
que más adelante se señalan. Si el asociado fuera una persona jurídica,
podrán ser electos miembros de la Junta Directiva los asociados que
velar por la administración eficiente y eficaz del patrimonio
tengan la representación legal de la entidad asociada, cualquiera de los
de la cámara;
miembros que integren su junta directiva o los delegados que designen
cada entidad asociada a la cámara.
e)
Designar las personas autorizadas para administrar las cuentas
bancarias de la cámara;
ARTICULO DIECISIETE.- Los miembros de la Junta Directiva
f)
Desarrollar las actividades necesarias para el logro de los
fines de la asociación;
serán electos para un periodo de tres años, pudiendo ser reelectos por un
periodo consecutivo únicamente, es decir dos periodos como máximo en
g)
balance general de la cámara;
el mismo cargo. Continuarán en el desempeño de sus funciones aunque
hubiere concluido el plazo para el que fueron electos, mientras no se
elijan sus sustitutos y éstos no tomen posesión de sus cargos.-
Elaborar la memoria anual de labores de la cámara y un
h)
Promover la elaboración de planes, programas, proyectos y
presentarlos a la asamblea general para su aprobación;
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012.
i)
Revisar cada seis meses el Estado de Cuentas que debe
presentar el Tesorero;
j)
17
ARTICULO VEINTICUATRO.- Son atribuciones del Presidente
de la Junta Directiva:
Velar por el cumplimiento de los estatutos, reglamento interno,
a)
Tener la representación legal, judicial, extrajudicial y social
de la cámara;
b)
Convocar a la junta directiva y, por encargo de ésta, a la
asamblea general a sesiones ordinarias y extraordinarias;
c)
presidir las sesiones ordinarias y extraordinarias de asamblea
general y las sesiones de Juntas Directivas;
d)
Velar por el cumplimiento de los acuerdos, resoluciones de
la Junta Directiva y de la Asamblea General, así como los
estatutos y reglamento interno de la cámara;
acuerdos y resoluciones de la asamblea general y de la misma
junta directiva;
k)
Resolver todas las cuestiones de interés social y económico
que le sean delegadas por la Asamblea General;
Nombrar de entre los miembros de la asociación, comités o
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l)
comisiones que consideren necesarios para el cumplimiento
de los fines de la cámara y para realizar determinadas gestiones y estudios. Deberán establecer las funciones de estas
e)
Ejercer el voto de calidad en caso de empate de una votación,
tanto de la Junta Directiva como de la Asamblea General;
f)
Presentar la memoria de labores de la cámara y cualquier
informe que le sea solicitado por la Asamblea General;
g)
Firmar cualquier contrato o acuerdo, previo acuerdo de la
Junta Directiva.
comisiones y el número de integrantes de las mismas;
m)
Autorizar el otorgamiento de poderes generales o especiales,
con las facultades que tenga a bien representar;
n)
Nombrar los empleados necesarios para el buen funcionamien-
to de la misma, asignándoles sus salarios para lo cual podrá
el director ejecutivo realizar propuestas para los mismos;
o)
Suspender provisionalmente a cualquiera de sus miembros,
que por su conducta se haga merecedor de tal sanción. La
ARTICULO VEINTICINCO.- En defecto del presidente, lo sustituirá el Vicepresidente y defecto de éste lo sustituirá el director que la
junta designe.
suspensión no podrá exceder a la celebración de próxima
ARTICULO VEINTISEIS.- Son atribuciones del secretario:
Asamblea General.
a)
Asentar las actas de las sesiones de la Asamblea General y
de Junta Directiva y preparar el programa de cada una de
éstas;
b)
Llevar el archivo de documentos y registros de los miembros
de la asociación;
los presentes estatutos y presentarlos a la asamblea general
c)
Extender todas las certificaciones que le fueran solicitadas;
cuando sea necesario.
d)
Preparar la memoria de labores de la asociación y cualquier
informe que le sea solicitado.
p)
Llevar un registro general de miembros.
q)
Contraer obligaciones en nombre de la cámara y celebrar
toda clase de contratos.
r)
s)
Formular por escrito proyectos tendientes a las reformas de
Extender un documento de identificación a los miembros y
cancelarlo cuando sea necesario.
Solicitar cuotas extraordinarias a los asociados, cuando las
R
t)
ARTICULO VEINTISIETE.- En ausencia del secretario lo sustituirá
el director designado por la Junta Directiva.
IA
necesidades la demanden y las erogaciones no se pueden
D
cubrir con las cuotas ordinarias.
u)
Crear y modificar si fuere necesario, el reglamento interno
de la cámara.
v)
ARTICULO VEINTIOCHO.- Son facultades y deberes del tesorero:
a)
Supervisar la recepción y el depósito de los fondos que la
asociación obtenga en bancos o instituciones financieras que
la Junta Directiva seleccione;
b)
Llevar o tener control directo de los libros de contabilidad
de la asociación;
c)
Autorizar las erogaciones que la cámara tenga que realizar;
d)
Vigilar conjuntamente con el auditor el buen funcionamiento
de la contabilidad de la cámara;
e)
Presentar mensualmente a la Junta Directiva, un informe
Gestionar con instituciones privadas o públicas, la obtención
de recursos para el cumplimiento y funcionamiento de los
objetivos de la cámara.
ARTICULO VEINTITRES.- De todas las sesiones de la junta se
levantará un acta con una minuta de la misma, consignando a ella las
resoluciones que se tomen. Esta acta deberá ser firmada por los asistentes
de la Junta Directiva.
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397
18
sobre el estado financiero de la asociación y en relación a
ARTICULO TREINTA Y TRES.- Para los efectos de su admisión
la ejecución del presupuesto, además deberá dar cuenta de
como asociado, el interesado dirigirá solicitud escrita a la Junta Directiva
la tesorería a su cargo, cuando así lo requiera la Asamblea
de la cámara, la cual resolverá sobre su admisión o rechazo.
General;
f)
ARTICULO TREINTA Y CUATRO.- Son derechos de los aso-
Elaborar el balance anual de la cámara y firmarlo en conjunto
con el presidente y el auditor.
ciados:
a)
Asistir a las asambleas generales que se realicen, con voz
y voto en los asuntos que se traten en ellas. Cada asociado
ARTICULO VEINTINUEVE.- En defecto del tesorero lo sustituirá
tendrá derecho a un voto;
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el director que designe la Junta Directiva.
b)
Ser elegibles para poder optar a cargos en la junta directiva
o a los comités de apoyo;
c)
ARTICULO TREINTA.- Es atribución de los directores colaborar
Presentar solicitudes, proposiciones o sugerencias a la Junta
Directiva y a la Asamblea General;
directamente en todos los asuntos de interés de la cámara.
d)
Solicitar la intervención de la cámara para la defensa o ayuda
a sus intereses gremiales, o los de la colectividad;
CAPITULO VII.
e)
Hacer uso de los beneficios, servicios, instalaciones y programas con arreglo a los estatutos y gozar de cuantas facilidades
DE LOS MIEMBROS.
se establezcan para el uso de los asociados; siempre y cuando
no sean de carácter económicos.
ARTICULO TREINTA Y UNO.- Podrán ser miembros asociados de
la cámara todas las personas jurídicas legalmente constituidas nacionales
o extranjeras, que desarrollen y tengan reconocida trayectoria en actividades dedicadas al mejoramiento y desarrollo del sector agropecuario.
ARTICULO TREINTA Y CINCO.- Son deberes de los asocia-
dos:
a)
Además, para ingresar a la asociación, deberán contar con dos cartas
de recomendación de dos miembros fundadores de la asociación o con
b)
dos cartas de directivos de las organizaciones asociadas a esta cámara.
Desempeñar los cargos para los cuales fueron electos o
nombrados por la asamblea general o por la junta directiva,
Los firmantes de la escritura de constitución de la cámara, se consideran
miembros o asociados fundadores de la institución.
Concurrir a las sesiones de la Junta Directiva y de la Asamblea
General a la que fueran convocados;
a menos que tengan motivos de excusa;
c)
Cooperar con el sostenimiento económico de la cámara,
mediante el pago puntual de las cuotas ordinarias periódicas
que se fijen, y de las cuotas voluntarias extraordinarias que
ARTICULO TREINTA Y DOS: La Asociación tendrá las siguientes
se hayan comprometido a pagar;
clases de miembros:
d)
Miembros Fundadores;
b)
Miembros Activos.
IA
R
a)
Miembros Honorarios.
D
c)
y las resoluciones de la asamblea general y de la junta directiva;
e)
Desempeñar las comisiones y encargos que le fueren conferidos;
f)
Emitir su opinión por escrito en todas aquellas cuestiones
que les sean requeridas por la cámara;
Serán MIEMBROS FUNDADORES: Todas las personas que
suscriban la Escritura Pública de Constitución de la Asociación.
Cumplir con los estatutos y reglamento interno de la cámara
g)
Brindar toda la información que se requiera como necesaria
para el buen funcionamiento de la cámara y el cumplimiento
de sus fines.
Serán MIEMBROS ACTIVOS: Todas las personas que la Junta
Directiva acepte como tales en la Asociación.
ARTICULO TREINTA Y SEIS.- Las personas jurídicas que tengan
el carácter de asociados de la cámara se harán representar ante la cámara,
Serán MIEMBROS HONORARIOS: Todas las personas que por
su labor y méritos en favor de la Asociación sean así nombrados por la
Asamblea General.
en sus asambleas generales por cualquiera de sus socios que tenga la
representación legal de la sociedad o ente jurídico, por cualquiera de
los miembros que integre su Junta Directiva, por delegados designados
para tal efecto por la persona jurídica asociada. Para representar a un
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012.
19
CAPITULO VIII.
asociado de la cámara, deberá presentarse una carta notariada dirigida
a la cámara, consignando por escrito a la persona delegada, debiendo
estar firmada por el representante legal de la persona jurídica.
SANCIONES A LOS MIEMBROS, MEDIDAS
DISCIPLINARIAS, CAUSALES Y PROCEDIMIENTO
DE APLICACION.
ARTICULO TREINTA Y SIETE.- La calidad de asociado se
pierde:
a)
ARTICULO CUARENTA.- La Asociación impondrá las siguientes
Por separación voluntaria del asociado, mediante renuncia
escrita presentada a la junta directiva la cual deberá ser firmada
sanciones:
a)
Suspensión; y
renuncia que será admitida siempre que el asociado se en-
b)
Expulsión.
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por el Representante Legal del ente jurídico que representa,
cuentre solvente de sus obligaciones económicas para con
la cámara;
ARTICULO CUARENTA Y UNO.- Son causales de Suspen-
sión:
b)
Por exclusión del asociado acordada por la asamblea general,
por cualquiera de los siguientes motivos: a) Por falta de pago
a)
Negarse sin motivo justificado a desempeñar el cargo para
el cual fuere electo, o a participar en las comisiones que
de seis cuotas mensuales consecutivas; b) Por declaración
se les encomiende, en cuyos casos la suspensión durará el
legal de quiebra fraudulenta o culpable que recaiga sobre el
tiempo que debió desempeñarse en el cargo o participar en
asociado;
la comisión respectiva;
b)
No asistir sin causa justificada a dos Asambleas Generales
de Asociados;
c)
Por no cumplir con los reglamentos y estatutos de la cámara
y las resoluciones de la Asamblea General y de la Junta
c)
en el seno de la Asociación; y
Directiva;
d)
d)
Las demás que señale el estatuto de la Asociación.
Por la liquidación de la asociación, sociedad, federación o confederación etc., asociada o por el cierre de sus negocios;
ARTICULO CUARENTA Y DOS.- Son causales de expulsión de
los asociados:
a)
e)
Promover asuntos políticos partidaristas, religiosos o raciales
Por falta grave contra la ética de la cámara, calificada por la
Junta Directiva y ratificada por la Asamblea General; y
Demostrar reiteradamente una mala o inapropiada conducta;
b)
Causar grave perjuicio a los bienes, valores e intereses de la
Por realizar actos contrarios a los fines de la cámara, cali-
IA
f)
R
Asociación;
ficados por la Junta Directiva y ratificada por la Asamblea
c)
Reincidir en cualquiera de las causales de suspensión;
d)
Violar cualquiera de las prohibiciones establecidas en los
estatutos, emitidos reglamentos;
D
General.
ARTICULO TREINTA Y OCHO.- La exclusión de un asociado
e)
Incumplir reiteradamente sus obligaciones como asociado;
f)
Ausentarse de las actividades de la Asociación por un periodo
continuo de seis meses sin motivo justificado o sin permiso
de la cámara deberá ser adoptada en Junta Directiva con las dos terceras
autorizado;
partes de los miembros de la misma.
g)
Obtener por medios fraudulentos, beneficios de la Asociación
para sí o para terceras personas; y,
ARTICULO TREINTA Y NUEVE.- Los miembros honorarios
h)
Cometer infracciones graves a las leyes, reglamentos, a este
nombrados por la Asamblea General, no tendrán la calidad de asocia-
estatuto, Reglamento Interno o acuerdos de la Asamblea
dos de la cámara, sino que su nombramiento es de carácter meramente
General o de los órganos de dirección de la Asociación.
honorífico.
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397
20
ARTICULO CUARENTA Y TRES.- Cuando un asociado incurra en cualquiera de las causales de expulsión, la Junta Directiva, de
ARTICULO CUARENTA Y OCHO.- Los documentos sujetos a
registro deberán ser presentados dentro de los quince días siguientes a
inmediato efectuará la investigación respectiva, concediendo audiencia
al infractor dentro de un plazo de ocho días, para que se defienda por
su formalización.
sí o por la persona que designe. Concluida la investigación y el plazo
de audiencia, la Junta resolverá por mayoría de votos si procede o no la
expulsión; si lo resuelto fuere desfavorable el asociado tendrá derecho
a solicitar que se reconsidere el acuerdo ante la Asamblea General de
los tres días siguientes al de la notificación. La Asamblea General en la
ARTICULO CUARENTA Y NUEVE.- La Asociación se regirá
por la LEY DE ASOCIACIONES Y FUNDACIONES SIN FINES
DE LUCRO, por los presentes Estatutos y demás disposiciones legales
y de lo resuelto, el asociado en escrito presentado a la Junta Directiva,
aplicables.
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reunión más próxima deberá resolver la solicitud de reconsideración,
puede apelar ante la próxima Asamblea General dentro del plazo de
cinco días hábiles, el cual comenzará a correr a partir del día siguiente
de la notificación.
ARTICULO CINCUENTA.- Los presentes estatutos entrarán en
CAPITULO IX
vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial.
DE LA DISOLUCION.
ARTICULO CUARENTA Y CUATRO.- No podrá disolverse
la asociación sino por disposición de la ley o por resolución tomada
en Asamblea General extraordinaria, convocada a ese efecto y con un
número de votos que represente por lo menos tres cuartas partes de sus
miembros.
ACUERDO No. 223
San Salvador, 31 de agosto de 2012
ARTICULO CUARENTA Y CINCO-En caso de acordarse la disolución de la asociación se nombrará una junta de liquidación compuesta
de cinco personas, electas por la asamblea general extraordinaria que
acordó la disolución. Los bienes que sobraren después de cancelar todos
sus compromisos se donarán a cualquier entidad benéfica o cultural que
la asamblea general señale.
Vistos los anteriores ESTATUTOS de la CAMARA EMPRE-
SARIAL AGROPECUARIA SALVADOREÑA que podrá abreviarse
CEMAS, compuesta de CINCUENTA artículos, constituida por Escritura
Pública celebrada en la ciudad de Santa Tecla, Departamento de La
CAPITULO X.
R
REFORMA DE ESTATUTOS.
IA
ARTICULO CUARENTA Y SEIS.- Para reformar o derogar
Libertad, a las trece horas del día treinta de agosto de dos mil doce, ante
los oficios de la Notario TANIA MARGARITA VARGAS LEONOR
y no encontrando en ellos ninguna disposición contraria a las Leyes
del país, de conformidad con el Art. 65 de la Ley de Asociaciones y
del sesenta por ciento de los miembros presentes en asamblea general
Fundaciones sin Fines de Lucro, el Órgano Ejecutivo en el Ramo de
D
los presentes estatutos será necesario el voto favorable de no menos
convocada para tal efecto.
Gobernación, ACUERDA: a) Aprobarlos en todas sus partes confiriendo
CAPITULO XI.
DISPOSICIONES GENERALES.
a dicha Entidad el carácter de PERSONA JURIDICA; b) Publíquense
en el Diario Oficial; y c) Inscríbase la referida entidad en el REGISTRO
DE ASOCIACIONES Y FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO.
ARTICULO CUARENTA Y SIETE.- Todo lo relativo al orden
interno de la Asociación no comprendido en estos Estatutos, se establecerá en el Reglamento Interno de la misma, el cual deberá ser elaborado
COMUNIQUESE. EL MINISTRODE GOBERNACION, GREGORIO
ERNESTO ZELAYANDIA CISNEROS.
por la Junta Directiva y aprobado por la Asamblea General, tomando en
cuenta el interés y beneficio de los asociados y de la institucionalidad
de la cámara.
(Registro No. F056290)
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012.
21
Ministerio de Economía
ramo de economia
Acuerdo No. 829
San Salvador, 26 de septiembre de 2012.
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EL ÓRGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE ECONOMÍA:
Vistas las diligencias iniciadas el día treinta de abril de dos mil doce, por el señor Eduardo Contreras Lemus, mayor de edad, Ingeniero Civil, de
este domicilio, quien actúa en calidad de Apoderado General Administrativo, de la "Comisión Ejecutiva Hidroeléctrica del Río Lempa", que puede
denominarse "C.E.L.", relativas a que se le autorice la construcción de un tanque para consumo privado, con capacidad para cinco mil galones, para
el almacenamiento de Aceite Combustible Diesel, en un inmueble ubicado en Final Setenta y Cinco Avenida Norte y Calle al Volcán, Colonia Monte
Bello Poniente, San Ramón, Municipio de Mejicanos y departamento de San Salvador. Y
CONSIDERANDO:
I-
Que está comprobada en autos la existencia legal de la referida Comisión, la personería jurídica con que actúa el Apoderado General Administrativo; y la disponibilidad del inmueble en que se pretende construir el tanque, tal como lo establece la Ley Reguladora del Depósito,
Transporte y Distribución de Productos de Petróleo y su Reglamento de Aplicación.
II-
Que según Acta de Inspección número cero, uno, siete, siete_: MQ, se realizó inspección previa construcción, constatándose que presenta
las condiciones para el desarrollo de la referida construcción.
III-
Que se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales y técnicos que establece la Ley Reguladora del Depósito, Transporte y
Distribución de Productos de Petróleo y su Reglamento de Aplicación, por lo que se considera procedente acceder a lo solicitado.
POR TANTO,
R
de conformidad a lo antes expuesto y a lo dispuesto en los artículos 18 de la Constitución, 5 inciso primero de la Ley Reguladora del Depósito,
D
IA
Transporte y Distribución de Productos de Petróleo y sus Reformas, y 56 y siguientes de su Reglamento,
ACUERDA:
1°)
AUTORIZAR a la "Comisión Ejecutiva Hidroeléctrica del Río Lempa", que puede denominarse "C.E.L.", la construcción de un tanque
para consumo privado, con capacidad para cinco mil galones, para el almacenamiento de Aceite Combustible Diesel, en un inmueble
ubicado en Final Setenta y Cinco Avenida Norte y Calle al Volcán, Colonia Monte Bello Poniente, San Ramón, Municipio de Mejicanos
y departamento de San Salvador.
2°)
La titular de la presente autorización queda obligada a:
a)
Dar estricto cumplimiento a las disposiciones de la Ley Reguladora del Depósito, Transporte y Distribución de Productos de Petróleo
y su Reglamento.
b)
Para la construcción deberá cumplirse con los requisitos que indica la Ley del Medio Ambiente, y demás leyes que sean aplicables.
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397
22
3°)
Aceptar por escrito el presente Acuerdo y presentar la constancia de la fecha de publicación en el Diario Oficial, dentro de los OCHO DÍAS
HÁBILES siguientes al de su notificación.
4°)
La titular de la presente autorización deberá iniciar la construcción inmediatamente después de publicado el Acuerdo en el Diario Oficial,
y finalizar en los treinta días subsiguientes.
5°)
Comunicar por escrito a la Dirección Reguladora de Hidrocarburos y Minas, con cinco días de anticipación, la fecha en que se realizarán
las pruebas de hermeticidad al tanque y sus tuberías a efecto que Delegados de ésta testifiquen la calidad de los mismos, de conformidad
al artículo 10 literal d) del Reglamento para la Aplicación de la Ley Reguladora del Depósito, Transporte y Distribución de Productos de
Petróleo.
Finalizada la construcción del tanque, la titular deberá solicitar autorización para su funcionamiento.
7°)
El presente Acuerdo entrará en vigencia, desde el día de su publicación en el Diario Oficial. COMUNÍQUESE. JOSÉ ARMANDO FLORES
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6°)
ALEMÁN, MINISTRO.
(Registro No. C006002)
Ministerio de Educación
ramo de educacion
ACUERDO No. 15-0889
San Salvador, 13 de julio de 2012.
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM, en uso de las facultades legales que establece el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo.
en su Art. 38 numerales 1, 6 y 8; CONSIDERANDO: I) Que a la Dirección Nacional de Educación Superior, se ha presentado MANUEL VICENTE
GUERRA DUARTE, solicitando que se le reconozca el grado académico de LICENCIADO EN FILOSOFÍA Y EDUCACIÓN, obtenido en la UNIVERSIDAD FRANCISCO MARROQUÍN, EN LA REPÚBLICA DE GUATEMALA, el día 28 de abril de 2006, lo anterior de conformidad a lo
dispuesto en el Art. 20 de la Ley de Educación Superior y su Reglamento de Incorporación, y a las facultades concedidas en la misma a este Ministerio;
II) Que de conformidad al Convenio Centroamericano sobre el Ejercicio de Profesiones Universitarias y Reconocimiento de Estudios Universitarios,
suscrito por nuestro país el día veintidós de junio de mil novecientos sesenta y dos, ratificado por la Asamblea Legislativa el día veinticinco de mayo
de mil novecientos sesenta y cuatro, publicado en el Diario Oficial N° 96, Tomo N° 203, de fecha 28 de mayo de 1964 y vigente a la fecha, procede
R
dicho Reconocimiento Académico; III) Que habiéndose examinado la documentación presentada, se ha emitido el Dictamen favorable por la Ge-
IA
rencia de Registro e Incorporaciones, de la Dirección Nacional de Educación Superior, para el reconocimiento del título académico mencionado en
el romano uno. POR TANTO: Este Ministerio con base a las razones expuestas, y satisfechos los requisitos legales establecidos en la referida Ley y
D
Convención. ACUERDA: 1°) Reconocer la validez académica de los estudios de LICENCIADO EN FILOSOFÍA Y EDUCACIÓN, realizados por
MANUEL VICENTE GUERRA DUARTE, en la República de Guatemala; 2°) Tener por incorporado a MANUEL VICENTE GUERRA DUARTE,
como LICENCIADO EN FILOSOFÍA Y EDUCACIÓN, en nuestro país; 3°) El Presente Acuerdo Ejecutivo, no constituye autorización alguna para el
ejercicio profesional, la cual deberá ser debidamente tramitada ante la instancia correspondiente. 4°) El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia
ocho días después de su publicación en el Diario Oficial. COMUNÍQUESE.
FRANZI HASBÚN BARAKE,
MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM.
(Registro No. F056202)
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012.
23
ACUERDO No. 15-1123
San Salvador, 24 de septiembre de 2012.
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EL MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM, en uso de las facultades legales que establece el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo,
en su Art. 38 numerales 1, 6 y 8; CONSIDERANDO: I) Que a la Dirección Nacional de Educación Superior, se ha presentado CLAUDIA LISSETH
SORIANO PORTILLO, solicitando que se le reconozca el grado académico de LICENCIADA EN EDUCACIÓN PRIMARIA, obtenido en la ESCUELA NORMAL PARTICULAR AUTORIZADA "INSTITUTO MORELOS", en los ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, el día 03 de agosto de
2009; lo anterior de conformidad a lo dispuesto en el Art. 20 de la Ley de Educación Superior y Art. 46 de su Reglamento General, y a las facultades
concedidas en la misma a este Ministerio; II) Que de conformidad a los Arts. 2, numeral 5, Arts. 4 y 5 del Convenio Regional de Convalidación de
Estudios, Títulos y Diplomas de Educación Superior en América Latina y El Caribe, suscrito por nuestro país el día veintisiete de septiembre de mil
novecientos setenta y seis, ratificado por la Asamblea Legislativa a los dieciocho días del mes de noviembre de mil novecientos setenta y seis, publicado en el Diario Oficial N° 235, Tomo N° 253 de fecha 21 de diciembre de 1976 y vigente a la fecha, procede dicho Reconocimiento Académico; III)
Que habiéndose examinado la documentación presentada en la Gerencia de Registro, Incorporaciones y Asistencia Legal, de la Dirección Nacional
de Educación Superior, se ha emitido el Dictamen favorable para la incorporación por Reconocimiento del título académico mencionado en el numeral uno; POR TANTO: Este Ministerio con base a las razones expuestas, y satisfechos los requisitos legales establecidos en la Ley de Educación
Superior, el Reglamento General de la Ley de Educación Superior y en la referida Convención. ACUERDA: 1°) Reconocer la validez académica de
los estudios de LICENCIADA EN EDUCACIÓN PRIMARIA, realizados por CLAUDIA LISSETH SORIANO PORTILLO, en los Estados Unidos
Mexicanos; 2°) Tener por incorporada a CLAUDIA LISSETH SORIANO PORTILLO, como LICENCIADA EN CIENCIAS DE LA EDUCACIÓN
CON ESPECIALIDAD EN EDUCACIÓN BÁSICA PARA PRIMERO Y SEGUNDO CICLOS, en nuestro país; 3°) El Presente Acuerdo Ejecutivo,
no constituye autorización alguna para el ejercicio profesional, la cual deberá ser tramitada ante la instancia correspondiente; 4°) El presente Acuerdo
Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial. COMUNÍQUESE.
FRANZI HASBÚN BARAKE,
MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM,
(Registro No. F056257)
ORGANO JUDICIAL
Corte Suprema de Justicia
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ACUERDO No. 713-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta y uno de agosto de dos mil doce.- El Tribunal con fecha tres de
julio de dos mil doce, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado EDWIN OSWALDO RAMIREZ AGUILAR, para que ejerza la profesión de ABOGADO en
todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELENDEZ.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- SONIA DE SEGOVIA.M. REGALADO.- J. A. D.- R. SUAREZ F.- Pronunciado por los Magistrados y Magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F056216)
ACUERDO No.735-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta y uno de agosto de dos mil doce.- El Tribunal con fecha seis
de julio de dos mil doce, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado WILFREDO CARPIO GARCIA, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas
sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE Y
PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELENDEZ.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- SONIA DE SEGOVIA.- M. REGALADO.J. A. D.- R. SUAREZ F.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F056209)
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397
24
INSTITUCIONES AUTONOMAS
Alcaldías Municipales
DECRETO MUNICIPAL NÚMERO 08-2012.
Considerando:
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La Municipalidad de Santiago Nonualco, Departamento de La Paz,
Que por medio del Acuerdo Municipal Número XVI, del veinticinco de abril del corriente año dos mil doce, entre otras disposiciones, la
pasada administración municipal “revocó parcialmente en la cantidad de Cincuenta Dólares Estadounidenses (US $50.00), durante el período de once
meses, es decir de abril a diciembre de 2011 y de enero a febrero de 2012, del monto de Trescientos Dólares Estadounidenses (US $300.00), establecido en el Art. 2, Número 4, Literal g), Derechos del Uso del Suelo y Subsuelo, de la Ordenanza Reguladora de las Tasas por Servicios Municipales,
emitida en Decreto Municipal Número 03-2007, de fecha 3 de diciembre de 2007, publicada en el Diario Oficial Número 232, Tomo 377, de fecha
12 de diciembre de 2007; ordenándose la formulación y publicación de la Ordenanza respectiva.
II. Que por motivos de concluirse el período constitucional de la administración pasada y por motivos de insuficiencia económica o de haber
tan corto tiempo disponible; no se formuló ni se publicó dicha ordenanza; siendo necesario decidir el destino de tal disposición, porque persiste la
gestión del peticionario en el sentido de que se resuelva dicha petición.
III. Que esta Administración Municipal, estima que es procedente dicha revocatoria, “obrando por propia autoridad y por contrario imperio”
-es decir con la misma potestad que generó un tributo, si éste es ilegal, puede revisar y revocar el mismo-; porque además de reconocerse el error
en que la administración incurrió al calificar el tributo, confundiendo un impuesto con una tasa; de no demostrar que existe una contraprestación
de servicio y que el monto no es justo ni equitativo; ya hay jurisprudencia en casos similares en otros municipios, y tener además una Sentencia de
Amparo desfavorable de la Corte Suprema de Justicia, por Recurso interpuesto en la Sala de lo Constitucional, por parte de C.T.E., S.A. DE C.V.; por
estimar que hubo por parte de esta Municipalidad “contravención a los derechos de equidad tributaria y a la seguridad jurídica” y una “inobservancia
D
IA
Por tanto:
R
del principio de reserva de ley tributaria”.
Y por excesos en la tributación, con la misma potestad y fundamentados en el Art. 86 y 204 y relacionando los Arts. 164 y 246 de la Constitución
de la República; en uso de las facultades que le confiere el Art. 30 -Numeral 21- del Código Municipal y los Arts. 78 y 79 de la Ley General Tributaria
Municipal;
DECRETA: La siguiente ORDENANZA REVOCATORIA:
Art. 1. Se ratifica en todo su contexto, el contenido del Acuerdo Municipal Número XVI, del 25 de abril de 2012 y su antecesor, el Acuerdo
Municipal Número XLIII del 17 de enero de 2012; emitidos por la administración que antecedió a la presente, así:
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012.
25
Primero: Se revoca parcialmente en la cantidad de Cincuenta Dólares Estadounidenses (US $50.00), durante el período de once meses, es decir
de abril a diciembre de 2011 y de enero a febrero de 2012, del monto de Trescientos Dólares Estadounidenses (US $300.00), contenidos en el Literal g),
Número 4, del Art. 2, y -que se refiere- a los Derechos del Uso del Suelo y Subsuelo, “Por mantener torres de transmisión y/o retransmisión de señales
de radio y de celulares en el municipio, pago mensual cada una:” de la Reforma a la Ordenanza Reguladora de las Tasas por Servicios Municipales,
emitida en Decreto Municipal Número 03-2007, de fecha 3 de diciembre de 2007, publicada en el Diario Oficial Número 232, Tomo 377, de fecha 12
de diciembre de 2007.
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Segundo: Como consecuencia de lo anterior, el monto a cobrar en dicho período, será el que aparece en la Ordenanza emitida Decreto Municipal Número 03-2012, del 25 de enero de 2012, publicado en el Diario Oficial 33, Tomo 394 del 17 de febrero del mismo año, es decir la cantidad de
DOSCIENTOS CINCUENTA DÓLARES ESTADOUNIDENSES (US $250.00) MENSUALES; previa publicación de esta Ordenanza.
Art. 2. La presente Ordenanza entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.
Dado en la Alcaldía Municipal de la ciudad de Santiago Nonualco, a veinte de agosto de dos mil doce.
ANTONIO PALACIOS ALVARADO,
ALCALDESA MUNICIPAL.
SÍNDICO MUNICIPAL.
ERNESTO GONZÁLEZ,
VIDAL FLORES,
PRIMER REGIDOR PROPIETARIO.
SEGUNDO REGIDOR PROPIETARIO.
CARMELA VALLADARES DE ROGEL,
ROSA IMELDA PLATERO DE MÉNDEZ,
TERCERA REGIDORA PROPIETARIA.
CUARTA REGIDORA PROPIETARIA.
SANTIAGO CERÓN ALVARADO,
JULIO CÉSAR FERNÁNDEZ CARBALLO,
QUINTO REGIDOR PROPIETARIO.
SEXTO REGIDOR PROPIETARIO.
IA
R
MARVIN MORENA MARTELL DE CANALES,
JORGE LUIS GARCÍA,
SÉPTIMA REGIDORA PROPIETARIA.
OCTAVO REGIDOR PROPIETARIO;
D
MERLING VERIDIA FUENTES DE GONZÁLEZ,
ELÍAS BARAHONA LOVO,
SECRETARIO MUNICIPAL.
(Registro No. F056306)
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397
26
ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE DESARROLLO
e.
con el equipamiento de los servicios y medios indispensables
COMUNAL DE LA COLONIA BUENA ESPERANZA,
DEL CANTON LAS DELICIAS, DEL MUNICIPIO
para solucionar los distintos problemas que existen.
f.
Utilizar al máximo los recursos humanos y materiales para
el desarrollo a través de la ayuda mutua y esfuerzo propio, a
DE SAN JUAN OPICO, DEL DEPARTAMENTO
fin de completar las obras que se consideran en el respectivo
DE LA LIBERTAD.
plan de trabajo y otras que de emergencia surjan.
g.
CONSTITUCIÓN, NATURALEZA, DENOMINACIÓN,
Incrementar las actividades a nivel de la comunidad a fin
de obtener Recursos propios que sirvan para impulsar el
mejoramiento ambiental local.
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DURACIÓN Y DOMICILIO
Art. 1. La Asociación que se constituye estará regulada por el Có-
h.
ambiental local.
aplicables, estará al servicio de la comunidad, para el desarrollo de los
planes, programas y proyectos de interés social, cultural, económico y
Promover las organizaciones juveniles de ambos sexos,
haciéndoles participar responsablemente en el mejoramiento
digo Municipal, la Ordenanza Municipal y demás disposiciones legales
i.
será una entidad apolítica, no lucrativa, ni religiosa y de carácter democrático.
Trabajar en el establecimiento de los servicios de la comunidad
Promover la incorporación de la mujer en el proceso de
desarrollo integral de la comunidad.
j.
Participar en los planes de desarrollo local, regional y nacional
en cuanto a determinación de proyectos y la obtención de
recursos comunales o gubernamentales, etc.
La Asociación se denominará ASOCIACIÓN DE DESARROLLO
COMUNAL COLONIA BUENA ESPERANZA, DEL CANTON LAS
k.
Proteger el medio ambiente.
DELICIAS, del Municipio de San Juan Opico, Departamento de La
1.
Otorgar calidad de socios honorarios.
m.
Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos y Reglamento
Libertad, de la que se denominará ADESCO BUENA ESPERANZA.
Interno que se dicten.
Art. 2. La duración de la Asociación será por tiempo indefinido,
n.
sin embargo, podrá disolverse y liquidarse por casos previstos por las
leyes en materia.
Elegir, sustituir y destituir total o parcial a la Junta
Fiscalizadora.
SOCIOS: CALIDAD, DERECHOS Y DEBERES
Art. 3. El domicilio de la Asociación será COLONIA BUENA
ESPERANZA, del Cantón LAS DELICIAS, del Municipio de San Juan
Opico, La Libertad.
R
FINES
Art. 5. Los socios podrán ser:
a)
Activos,
b)
Honorarios,
c)
Fundadores.
a.
Podrán ser socios todas las personas mayores de dieciocho
IA
Art. 4. La Asociación tendrá como fines el desarrollo humano y
las obras productivas y físicas que se proyecten; para ello deberá:
años, sin distinción de raza, credo, religión e ideología política
Promover el progreso de la comunidad, juntamente con
que lo soliciten por escrito a la Junta Directiva.
D
a.
los organismos Públicos y privados que participen en los
correspondientes programas.
b.
c.
b.
quisitos señalados en el inciso anterior, residentes dentro de
Fomentar el espíritu de servicio en los Asociados, los vecinos,
los límites de la unidad vecinal correspondiente y afiliarse
sus grupos y sus circunvecinos.
mediante procedimiento determinado por la Junta Directi-
Coordinar y cooperar con otras comunidades organizadas en
va.
la mayor integración de sus miembros y la mejor organización
c.
la Asamblea General.
Impulsar y participar en los programas de capacitación y
promoción social a fin de contribuir al mejoramiento de
la organización, la administración de proyectos sociales,
económicos y elevación de los niveles educativos.
Son socios Honorarios: Todas las personas que por su labor
y méritos a favor de la Asociación sean así nombrados por
de sus actividades.
d.
Son socios Activos. Todas las personas que reúnan los re-
d.
Son socios Fundadores: Todas las personas que suscriban
el acta de Constitución de la Asociación.
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012.
Art. 6. Son derechos de los miembros Fundadores y Activos:
a.
Gozar de los beneficios derivados de la Asociación.
b.
Tener voz y voto en las deliberaciones de la Asamblea Ge-
27
En las Asambleas Generales Extraordinarias, sólo se tratan los
asuntos comprendidos en la convocatoria y cualquier decisión sobre
otros aspectos no comprendidos en la agenda, será nulo.
neral.
c.
Optar a cargos directivos llenando los requisitos que señalen
los Estatutos de la Asociación.
d.
Los socios honorarios gozarán de los derechos que la Asamblea
General otorgue.
Los demás que le señale los Estatutos y Reglamento Interno
para las primeras y con veinticuatro horas de anticipación para las
segundas, indicándose en las mismas el lugar, día y hora en que ha de
celebrarse.
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A
e.
Art. 12. La convocatoria a Asamblea Ordinaria y Extraordinaria
se hará por medio de un aviso escrito, con ocho días de anticipación
de la Asociación.
Si a la hora señalada no pudiera celebrarse la sesión por falta de
quórum, ésta se llevará a cabo una hora después con los presentes, en
este último caso, las decisiones que se adopten serán obligatorias aun
Art. 7. Son deberes de los miembros Fundadores Activos:
a.
Asistir a las sesiones ordinarias y extraordinarias de Asamblea
General.
b.
para aquellos que legalmente convocados no asistieron.
SON ATRIBUTOS DE LA ASAMBLEA GENERAL
Cooperar en el desarrollo de aquellas actividades propias de
la Asociación.
c.
Cancelar las cuotas acordadas en Asamblea General.
d.
Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, Reglamento
Art. 13. Son atribuciones de la Asamblea General:
a.
Junta Directiva.
Interno, Acuerdos y Resoluciones de la Asamblea General.
e.
Los demás que señalen los Estatutos y Reglamento Interno
b.
Aprobar, reformar o derogar los Estatutos y el Reglamento
Interno de la Asociación.
de la Asociación.
c.
GOBIERNO DE LA ASOCIACIÓN
Elegir, sustituir total o parcialmente a los miembros de la
d.
Aprobar, y/o modificar los planes, programas y proyectos.
Aprobar o desaprobar el Informe Anual de Labores presentado
por la Junta Directiva.
Art. 8. El Gobierno de la Asociación será ejercido por:
a.
Asamblea General.
b.
La Junta Directiva.
c.
La Junta Fiscalizadora.
e.
Aprobar la suspensión definitiva de los socios.
f.
Pedir a la Junta Directiva los informes que crea convenientes.
g.
que será de un dólar.
R
h.
Decidir sobre la compra venta o enajenación de los bienes
inmuebles pertenecientes a la asociación.
DE LA ASAMBLEA GENERAL
IA
Fijar las cuotas de contribución eventuales de los miembros
i.
Art. 9. La Asamblea General, debidamente convocada es la auto-
Decidir todos aquellos asuntos de interés para la asociación
D
y que no estén contemplados en los presentes estatutos.
ridad máxima de la Asociación y estará integrada por la totalidad de los
miembros, Activos y Fundadores.
j.
Aprobar el reglamento interno de la asociación.
k.
Acordar la petición de la personalidad jurídica y aprobación
de estos estatutos al Concejo Municipal respectivo por medio
Art. 10. La Asamblea General se reunirá ordinariamente dos veces
del representante legal de la asociación.
al año con intervalos de seis meses, enero y junio; extraordinariamente
cuando sea convocada por la Junta Directiva, por iniciativa propia a
1.
Acordar calidad de socios honorarios.
solicitud del cincuenta y uno por ciento como mínimo de socios.
m.
Cumplir y hacer cumplir los presentes estatutos y reglamento
interno que se dicte.
Art. 11. En las Asambleas Generales Ordinarias, se tratarán los
asuntos comprendidos en la agenda y los que propongan los socios.
n.
Elegir, sustituir y destituir total o parcial a la Junta
Fiscalizadora.
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397
28
Art. 14. Los miembros de la Asociación podrán ser retirados de
b)
Para que ésta convoque a la Asamblea General, que concederá
ella por acuerdo de la Junta Directiva, tomado por mayoría de votos y
la suspensión en base a los informes de la comisión investiga-
previa audiencia del interesado, se consideran además como causales
dora. El mismo procedimiento se seguirá cuando de acuerdo a
de retiro o expulsión a las siguientes:
a.
b.
las infracciones, debe conocerse sobre la suspensión temporal
Mala conducta del socio que se traduzca en perjuicio grave
o definitiva de toda la Junta Directiva o cuando por tratarse
de la Asociación.
de un número considerado de miembros los que quedan no
Negarse sin motivo justificado a desempeñar los cargos de
pueden o no inicien el procedimiento dentro del plazo que
elección o comisiones que le encomiende la Asamblea General
establece el inciso anterior.
c.
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o la Junta Directiva.
Promover actividades políticas, religiosas o de otra naturaleza
que vayan en perjuicio de la Asociación.
d.
Obtener por medio fraudulento beneficios de la Asociación
para sí o para terceros.
En todos los casos de este artículo será la Asamblea General la
que resolverá la suspensión temporal o definitiva de los miembros y en
la misma sesión elegirá y dará posesión a los sustitutos por el tiempo
de la suspensión o por el resto del periodo de los directivos.
e.
Cometer algún delito o falta grave en perjuicio de la Asociación.
f.
g.
Levantar falsas calumnias en contra de sus compañeros.
JUNTA DIRECTIVA
No podrán ser miembros de la Junta Directiva los parientes
dentro del primer grado y cuarto grado de consanguinidad.
Art. 19. La Junta Directiva estará integrada por nueve miembros
electos en Asamblea General por votación nominal, pública cuyo
Art. 15. Para proceder a la suspensión temporal, la Junta Directiva
nombrará una comisión de tres de sus miembros, para que investigue
los hechos y oyendo el dictamen de éstos y las razones que el supuesto
mandato será por dos años, pudiéndose reelegir un 30% de la Directiva
existente para un segundo o tercer periodo; pero con cargo distinto. La
nominación de los cargos será los siguientes: Presidente, Vicepresidente,
infractor exponga en su defensa, resolverá. En caso de suspensión
Secretario, Tesorero y Vocales. Los cargos de la Junta Directiva serán
definitiva la Junta Directiva seguirá el procedimiento a que se refiere
ad-honorem.
el inciso anterior, pero en este caso, la Asamblea General resolverá por
sobre tal suspensión acordada, que se nombrará a los sustitutos.
Art. 20. La Junta Directiva se reunirá ordinariamente cuantas ve-
ces sea necesario y por lo menos una vez por mes extraordinariamente
Art. 16. Sobre el retiro de los Asociados y sobre la suspensión
temporal decretada por la Junta Directiva, podrá interponerse única-
mente el Recurso de Revisión ante la misma, dentro del tercer día de la
notificación. De las resoluciones de la Asamblea General no se admitirá
deberá concurrir por lo menos la mitad más uno de sus miembros y las
resoluciones se tomarán por mayoría de votos; en caso de empate, el
Presidente o el que haga sus veces tendrá voto de calidad.
IA
R
ningún recurso.
cuando sea convocada por el Presidente. Para que la sesión sea válida
D
Art. 17. Los Miembros de la Junta Directiva electos por la Asamblea General, podrán ser suspendidos en forma temporal o definitiva,
según la gravedad del caso. La suspensión definitiva únicamente podrá
Art. 21. Son atribuciones de la Junta Directiva:
a.
ponerlos a la Asamblea General.
ser acordada por la Asamblea General y la suspensión temporal por la
Junta Directiva.
Elaborar los proyectos de Estatutos de la Asociación y pro-
b.
Tramitar el reconocimiento legal de la Asociación conforme
a la Ley.
Art. 18. En caso que la Junta Directiva dentro del plazo de diez días
c.
Determinar juntamente con las instituciones que colaboran
de conocida la infracción no procede a dar cumplimiento a los artículos
con el desarrollo Comunal, el plan de trabajo y el presupuesto
anteriores, un número de cinco asociados por lo menos, podrá pedir al
correspondiente.
Concejo Municipal correspondiente que les autorice:
d.
a)
Para nombrar de entre los miembros la comisión investigadora.
Constituir comisiones de trabajo de la Asociación, encauzar
su mejor organización y desenvolvimiento.
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012.
e.
Convocar a la Asamblea General a reuniones ordinarias o
extraordinarias.
f.
Art. 24. El Secretario, será el órgano de comunicación de la Asociación y llevará el Inventario de los bienes de la misma.
Vincularse con las organizaciones del Estado, las Municipalidades y con las entidades privadas que tengan que trabajar
en la Región en Proyectos de Desarrollo Comunal.
g.
29
Además será el secretario de Actas, tendrá a su cargo los libros de
Actas de Sesiones que celebren la Asamblea General y la Junta Directiva
y todo lo demás que fuere pertinente.
Participar en su caso, en las investigaciones, planeamiento,
ejecución y Evaluación de los programas y proyectos de
Art. 25. El Tesorero será el depositario de los fondos y bienes de
h.
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mejoramiento de la comunidad.
Informar periódicamente a la Asamblea General de las actividades que se desarrollan y presentarle el Plan Anual de
la Asociación y llevará los libros de Contabilidad a las cuentas de la
misma.
Trabajo y el Presupuesto respectivo e informar igualmente a
Todos los fondos serán depositados en una institución Bancaria o
los organismos que cooperan en el desarrollo de sus programas
de trabajo.
i.
Velar porque el patrimonio de la Asociación sea aplicado en
Crediticia, para lo cual se abrirá una cuenta a nombre de la Asociación,
debiendo registrar la firma del Tesorero con la del Presidente como
refrendario.
la consecución de sus fines.
j.
Autorizar y controlar los gastos de los recursos económicos
de la Asociación.
k.
Vigilar el cumplimiento de los deberes y obligaciones de los
Art. 26. Los Vocales, colaborarán con la Junta Directiva en la
medida que ésta lo considere necesario, en todo caso sustituirá a los
miembros de la Junta Directiva.
afiliados.
1.
Tomar las medidas necesarias para cumplir las disposiciones
emanadas la Asamblea General y las que crea conveniente
dictar.
m.
n.
Art. 27. La Junta fiscalizadora, estará compuesta por cuatro miem-
bros electos en Asamblea General, Presidente, Secretario y Vocales.
Resolver a su prudente arbitrario las situaciones excepcionales
La Junta será la responsable de fiscalizar los trabajos y bienes que
previstas en los Estatutos.
desarrolle la Junta Directiva, al igual que otros comités de la comuni-
Presentar a la consideración y aprobación de la Asamblea
dad.
General en la sesión ordinaria anual, sus actividades de
trabajo.
o.
PATRIMONIO DE LA ASOCIACION
Ejercer las demás actividades que se determinen en las leyes
IA
R
correspondientes y estos estatutos.
Art. 28. El Patrimonio de la Asociación estará constituido por:
a.
los socios Activos y será de un dólar.
D
Art. 22. El Presidente de la Junta Directiva presidirá y dirigirá las
sesiones de Asamblea General y de Junta Directiva. Autorizando con su
b.
firma los acuerdos que emanen de las mismas y coordinará las actividades.
Tendrá la presentación Judicial y Extrajudicial de la Asociación. Deberá
ser autorizado por la Junta Directiva, quien lo legitimará mediante la
Los fondos provenientes de las contribuciones que aporten
Las subvenciones o aportes extraordinarios, herencias, donaciones, legados, etc., que provengan de diversas fuentes.
c.
Los ingresos provenientes de cualquier actividad realizada
para allegar fondos a la asociación.
certificación del punto de acta que lo autoriza.
d.
El valor del alquiler cobrado por el uso de maquinaria, bienes,
muebles e inmuebles de propiedad de la Asociación. El valor
Art. 23. El Vicepresidente colaborará con el presidente, lo sustituirá
de estos alquileres serán aprobados por la Asamblea General,
en casos de ausencia o de impedimento de éste y todo lo demás que fuese
a propuesta de la Junta Directiva; pero en ningún caso eximirá
concerniente a actividades comunales.
de estos pagos el hecho de ser asociado.
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397
30
e.
Sus bienes muebles e inmuebles adquiridos a cualquier
f.
Art. 34. La Junta Directiva tiene la obligación de enviar al Concejo
Municipal Durante los primeros quince días posteriores a la elección la
título.
Los bienes muebles e inmuebles que forman el patrimonio
no podrán ser enajenados en garantía, vendidos, alquilados o
prestados sin la autorización previa de la asamblea general.
Art. 29. De las utilidades netas obtenidas al final del ejercicio
administrativo por la Asociación, se aportará el cinco por ciento por
del año, la nómina de los Asociados, informe de las sustituciones de
los miembros de la Junta Directiva, cuando sean en forma definitiva y
cualquier dato relativo a la Asociación.
Dentro de los treinta días posteriores a la elección de la nueva Junta
Directiva, deberá enviar al Concejo Municipal su plan de Actividades y
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lo menos para formar un fondo de reserva para incrementar el capital
nómina de la nueva Junta Directiva, durante los primeros quince días
bancario a nombre de la misma.
Trabajo.
La Asociación para desarrollar sus fines sociales y de obras físicas,
Art. 35. Para la modificación del Acta de Constitución y los
siempre que conduzcan a operaciones canalizadas a través de recursos
presentes Estatutos, se seguirán los mismos procedimientos que para la
económicos, deberá ser conocido y aprobado por la Asamblea General
constitución e inscripción de la Asociación.
y autorizada por la Junta Directiva, específicamente para el acto en que
comparezca el representante de la Asociación.
Art. 36. Los casos que no estén contemplados en estos Estatutos,
serán resueltos en Asamblea General de Socios.
En todo caso, se establecerán los controles contables necesarios para
el efectivo control de fondos propios o procedentes de fuentes externas
en los distintos programas y proyectos que se desarrollen.
Art. 37. Los presentes Estatutos entrarán en vigencia, ocho días
después de su publicación en el Diario Oficial.
Art. 30. Si al final de cada ejercicio administrativo anual /enero a
diciembre/ se obtuvieran ganancias, la Junta Directiva propondrá a la
Asamblea General los proyectos en los que pueden ser aplicadas dichas
ganancias, también el tiempo y forma de invertir el Fondo de Reserva.
ACUERDO NÚMERO CUATRO.
Vistos los Estatutos de la Asociación de Desarrollo Comunal de
Art. 31. En caso de disolución de la Asociación, si después de
la Colonia BUENA ESPERANZA, DEL CANTON LAS DELICIAS,
pagadas las obligaciones hubiere un remanente, el Concejo Municipal lo
del Municipio de San Juan Opico, Departamento de La Libertad, que
destinará a programas de desarrollo comunal a realizarse en la comunidad
se denominará: "ADESCO BUENA ESPERANZA", que consta de 37
del domicilio de la Asociación; mientras no se realice su inversión, el
Artículos y no encontrando en ellos ninguna disposición contraria a
remanente estará bajo el control del Concejo Municipal.
las Leyes de la República y al Orden Público, el Concejo Municipal
R
ACUERDA: Conferirles la Personalidad Jurídica, de conformidad a los
IA
DISOLUCIÓN DE LA ASOCIACIÓN
D
Art. 32. La Disolución de la Asociación será acordada en sesión
Extraordinaria de Asamblea General, mediante acuerdo de dos terceras
Artículos 119 y 30 numeral 23 del Código Municipal y aprobarlos en
todas sus partes. Comuníquese.
Alcaldía Municipal San Juan Opico, diecisiete de septiembre del
dos mil doce.
partes de socios de la misma, por motivos que el Código y Ordenanza
Municipales, estos Estatutos y las demás leyes de la materia establecen.
Ing. ROMEO JOSE BARILLAS,
ALCALDE MUNICIPAL.
Art. 33. La Asociación llevará sus libros de registro de afiliados, actas
de Asambleas Generales, Actas de Junta Directiva, Registro Financiero
y Registro de Inventario, todos foliados y sellados, con una razón de
SALVADORA PALACIOS MOLINA,
SECRETARIA MUNICIPAL.
apertura que contenga el objeto del libro y pondrán su razón de cierre,
la cual deberá estar firmada y sellada por la Alcaldía Municipal.
(Registro No. F056296)
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012.
31
SECCION CARTELES OFICIALES
De Primera Publicación
Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión para que
en el término de Ley, después de la tercera publicación de este cartel, lo
demuestren en este Juzgado.
DECLARATORIA DE HERENCIA
DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
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Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los diecinueve días
del mes de Septiembre del dos mil doce. LIC. ROGELIO HUMBERTO
ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR. JORGE ALBERTO
PEREZ, SECRETARIO.
AVISA: Que por resolución de este Juzgado, de las once horas
veinte minutos de este día, se han declarado Herederos Definitivos y
con Beneficio de Inventario a los señores FAUSTO ALEXANDER
ZAVALA ALVARADO, la menor NOEMY EUNICE ZAVALA
ALVARADO, representada legalmente por su madre la señora María
del Carmen Alvarado o María del Carmen Alvarado de Quintanilla y a
FAUSTO ROLANDO ZAVALA ABARCA, de la herencia intestada
dejada a su defunción por el señor FAUSTO ROLANDO ZAVALA
MANZANO, quien falleció a las catorce horas treinta y cinco minutos
del día dieciséis de abril del año dos mil diez, en Centro de Atención El
Botoncillal, Lourdes Colón, La Libertad, siendo Ciudad Arce su último
domicilio; en concepto de hijos y padre respectivamente del causante.
Confiriéndoseles a los declarados herederos en el concepto indicado
la administración y representación definitiva de la indicada sucesión.
Lo que se avisa al público para los efectos de ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico, a las
catorce horas cinco minutos del día uno de octubre de dos mil doce. LIC.
DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- CARLOS ARNULFO SOSA FLORES, SECRETARIO.-
Of. 1v. No. 1229
IA
R
ACEPTACION DE HERENCIA
D
ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución proveída este día a las ocho
horas y quince minutos, se ha tenido por aceptada expresamente, con
beneficio de inventario la herencia intestada que dejó el señor CESAR
DOMINGO BURUCA ROMERO, conocido por CESAR DOMINGO
BURUCA, quien falleció el día dieciocho de marzo del dos mil doce, en
el interior de la finca La Vegueta, calle al Jute Chalchuapa, Departamento
de Santa Ana, siendo su último domicilio Bolívar, Departamento de La
Unión, de parte de la señora DORA DEL CARMEN BURUCA DE
IGLESIAS o DORA DEL CARMEN BURUCA, en calidad de hermana
del causante. Confiriéndole a dicha aceptante, en el carácter indicado, la
administración y representación interina de la sucesión, con las facultades
y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.
Of. 3 v. alt. No. 1230-1
TITULOS SUPLETORIOS
Lic. Ángel Albino Alvarenga, Juez de lo Civil, del Distrito Judicial de
Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, al público para los
efectos de Ley,
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la señora
ANTONIA MEJIA, de sesenta y dos años de edad, ama de casa, del
domicilio de Pasaquina, y con residencia en El Cantón Horcones, Caserío Las Chilcas, con documento único de identidad número cero un
millón trescientos ochenta y dos mil ochocientos ochenta y uno - cinco,
representada por el Procurador del Ministerio Público Licenciado
Emilio Noé Ruíz Sorto, solicitando Título Supletorio de un terreno de
naturaleza rústica, situado en El Cantón Horcones, de la jurisdicción de
Pasaquina, distrito de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión,
de la capacidad superficial de TRESCIENTOS CINCUENTA Y CINCO
METROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes: AL
ORIENTE, diecisiete metros, calle de por medio, con Luís Alonso López;
AL NORTE, diecisiete metros con Abraham Álvarez; AL PONIENTE,
veintiún metros con propiedad del vendedor Juan Pablo López; y AL
SUR, veinte metros con el vendedor Juan Pablo López. Que en el inmueble antes descrito existe construida una casa de sistema mixto, que
mide doce metros de ancho por catorce metros de largo, techo de tejas,
piso de cemento, con los servicios de agua potable, y energía eléctrica.
Valúa el referido terreno en la cantidad de DOS MIL DOLARES DE
LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, y los adquirió por compra
venta de posesión material que le hizo al señor JUAN PABLO LOPEZ,
el día diez de junio de dos mil diez, ante los oficios Notariales de la
Licenciada Iliana Elizabeth Ramírez Ramírez.
Librado en el Juzgado de Lo Civil; Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, a los trece días del mes de marzo de dos mil doce.
LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA.
MARINA CONCEPCION MARTINEZ, SECRETARIA.
Of. 3 v. alt. No. 1231-1
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397
32
EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA
segundos oeste; del mojón once al mojón doce con una distancia de
DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN FRANCISCO GOTERA, DE-
veintiún metros con noventa y ocho centímetros y un rumbo sur setenta
PARTAMENTO DE MORAZAN, AL PUBLICO PARA EFECTOS
y nueve grados, ocho minutos con nueve segundos oeste; del mojón doce
DE LEY,
al mojón trece con una distancia de ochenta y ocho metros con treinta
y dos centímetros y un rumbo sur ochenta y cinco grados, treinta y tres
minutos con treinta y dos segundos oeste; del mojón trece al mojón catorce
HACE SABER: Que a este tribunal se ha presentado, el Licenciado
GERMAN ALEXANDER CHICA ARGUETA, en representación de
rumbo sur cincuenta y dos grados, quince minutos con cincuenta y cinco
segundos oeste; linda con terreno del señor JOSE RODOLFO GARCIA;
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la señora FLORENCIA RAMIREZ LUNA, a solicitar a favor de ésta
con una distancia de doce metros con cincuenta y siete centímetros y un
TITULO SUPLETORIO, sobre un inmueble de naturaleza rústica situado en la Colonia La Planta, San Luis, del Municipio de Meanguera,
Departamento de Morazán; de la Capacidad Superficial de OCHO MIL
TRESCIENTOS VEINTISEIS PUNTO SETENTA Y OCHO METROS
CUADRADOS, comenzando en sentido horario se describe: COSTADO
NORTE, consta de cuatro tramos rectos del mojón uno al mojón dos
con una distancia de cuatro metros con setenta y cuatro centímetros
y un rumbo norte sesenta y dos grados, cuarenta y siete minutos con
veintiséis segundos este; del mojón dos al mojón tres con una distancia
de veinticuatro metros con cincuenta y cinco y un rumbo norte sesenta
grados, treinta y cinco minutos con veintidós segundos este; del mojón
tres al mojón cuatro con una distancia de setenta y cuatro metros con
veinticinco centímetros y un rumbo Norte con una distancia de setenta
y cuatro metros con veinticinco centímetros y un rumbo norte, setenta y
cuatro grados, treinta y siete minutos con cinco segundos este, del mojón
cuatro al mojón cinco con una distancia de dieciséis metros con diez
centímetros y un rumbo Norte, setenta y seis grados veintidós minutos
con cincuenta segundos este; linda con terreno propiedad de LIDIA
RAMOS. COSTADO ORIENTE: Consta de cinco tramos rectos del
mojón cinco al mojón seis con una distancia de treinta y un metros con
ocho centímetros y un rumbo sur treinta y nueve grados dos minutos
con cuarenta y dos segundos este; del mojón seis al mojón siete con una
distancia de nueve metros con diez centímetros y un rumbo sur treinta
COSTADO PONIENTE: consta de ocho tramos rectos del mojón quince
con una distancia de tres metros con cuarenta y seis centímetros y un
rumbo norte setenta y ocho grados siete minutos con treinta y cuatro
segundos oeste; del mojón quince al mojón dieciséis con una distancia
de tres metros con veinticuatro centímetros y un rumbo norte treinta y
siete grados cincuenta y dos minutos con once segundos oeste; del mojón
dieciséis al mojón diecisiete con una distancia de cinco metros con treinta
y cuatro centímetros y un rumbo norte treinta y tres grados, cincuenta y
nueve minutos con cuarenta y dos segundos oeste; del mojón diecisiete
al mojón dieciocho con una distancia de cuatro metros con treinta y
ocho centímetros y un rumbo norte, dieciséis grados, siete minutos con
veintiocho segundos oeste; del mojón dieciocho al mojón diecinueve con
una distancia de doce metros con ochenta y tres centímetros y un rumbo
norte, veintidós grados nueve minutos con siete segundos oeste; del mojón
diecinueve al mojón veinte con una distancia de tres metros con sesenta
y siete centímetros y un rumbo norte, treinta y nueve grados, veintiún
minutos con tres segundos oeste del mojón veinte al mojón veintiuno
con una distancia de catorce metros con cinco centímetros y un rumbo
norte treinta y seis grados tres minutos, con treinta y cinco segundos
oeste, del mojón veinte al mojón uno con una distancia de catorce con
seis centímetros y un rumbo norte treinta y tres grados, cuarenta y nueve
minutos con treinta y un segundos oeste; linda con terreno propiedad de
María Santos Márquez Márquez, María de la Paz Márquez Argueta, Juana
Yolanda Reyes Sánchez y Claribel Guevara Reyes.- Dicho inmueble lo
este; del mojón siete al mojón ocho con una distancia de once metros
adquirió por compra verbal que le hizo al señor SANTOS NICOLAS
IA
R
y un grados, cincuenta y cinco minutos con cuarenta y dos segundos
D
con nueve centímetros y un rumbo Sur dieciséis grados cuarenta y un
minutos con treinta y dos segundos este; del mojón ocho al mojón nueve
RAMIREZ LUNA; se estima en el precio de UN MIL DOLARES DE
LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.
con una distancia de ocho metros con doce centímetros y un rumbo sur
treinta y dos grados, treinta y seis minutos con veinte segundos este;
del mojón nueve al mojón diez con una distancia de veinte metros con
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia; San
setenta y ocho centímetros y un rumbo sur cincuenta grados cuarenta
Francisco Gotera, Morazán, a las doce horas y cinco minutos del día
y un minutos con treinta y cuatro segundos este; linda con terreno pro-
veintiséis de Septiembre del Dos Mil Doce.- LIC. JORGE ALBERTO
piedad de ANATOLIO LUNA PEREZ y FIDELINA DEL CARMEN
GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2° DE 1ª INSTANCIA.- LIC. KARINA
HERNANDEZ, con calle de acceso de por medio; COSTADO SUR:
ELIZABETH IGLESIAS DE NAVARRO, SECRETARIA.-
consta de cuatro tramos rectos del mojón diez al mojón once con una
distancia de diez metros con cuarenta y ocho centímetros y un rumbo
sur cincuenta y tres grados, cuarenta y tres minutos con cuarenta y un
Of. 3 v. alt. No. 1232-1
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012.
33
EL INFRASCRITO JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ASOCIACIONES AGROPECUARIAS DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA
Y GANADERIA
AVISO DE INSCRIPCION
AVISO DE INSCRIPCION
EL INFRASCRITO JEFE DEL REGISTRO NACIONAL DE ASOCIACIONES COOPERATIVAS DEL INSTITUTO SALVADOREÑO
DE FOMENTO COOPERATIVO. En cumplimiento de los Artículos
16 de la Ley General de Asociaciones Cooperativas y 5 Inciso Primero
de su Reglamento,
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HACE SABER: Que la "ASOCIACION COOPERATIVA DE
AHORRO, CREDITO Y SERVICIOS MULTIPLES TURISTICOS
DE PLAYA EL TUNCO, DE RESPONSABILIDAD LIMITADA",
que se abrevia "PLAYA EL TUNCO, DE R. L.", con domicilio legal
en San Salvador, Departamento de San Salvador, ha sido INSCRITA
en el Registro Nacional de Asociaciones Cooperativas bajo el número
TRECE, folios ciento noventa frente a folios doscientos cuatro frente del
libro TRIGESIMO OCTAVO de Registro e Inscripción de Asociaciones
Cooperativas de AHORRO Y CREDITO, que lleva el Registro Nacional
de Asociaciones Cooperativas del INSTITUTO SALVADOREÑO DE
FOMENTO COOPERATIVO, a los tres días del mes de septiembre de
dos mil doce.
CERTIFICA: Que habiendo cumplido con el procedimiento establecido en el Decreto Legislativo Número TRESCIENTOS TREINTA
Y NUEVE, publicado en el Diario Oficial número ochenta y seis, tomo
número Doscientos Noventa y Uno, del catorce de mayo de mil novecientos ochenta y seis, donde se emite la Ley General de Asociaciones
Cooperativas, LA ASOCIACION COOPERATIVA DE PRODUCCION
AGROPECUARIA Y PESQUERA "EL CAGUAMO" DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con domicilio en el municipio de La Unión,
departamento de La Unión, obtuvo su personalidad jurídica el día veinticuatro de septiembre de dos mil doce y fue inscrita en el libro ciento
ocho del Registro que esta Oficina lleva bajo la siguiente codificación:
Dos mil seiscientos setenta y nueve del Sector Reformado.
Por lo que CONSIDERA: Publicar en el Diario Oficial por una
sola vez el asiento de inscripción correspondiente. Santa Tecla, a los
doce días del mes de octubre de dos mil doce.
NOTIFÍQUESE.
MISAEL EDGARDO DIAZ,
JEFE DEL REGISTRO NACIONAL DE
LIC. FERNANDO MIGUEL FARRAR APARICIO,
JEFE DEL DEPARTAMENTO.
ASOCIACIONES COOPERATIVAS.
Of. 1 v. No. 1235
Of. 1 v. No. 1233
EL INFRASCRITO JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ASOCIACIONES AGROPECUARIAS DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA
Y GANADERIA
D
IA
R
CERTIFICA: Que habiendo cumplido con el procedimiento establecido en el Decreto Legislativo Número TRESCIENTOS TREINTA
Y NUEVE, publicado en el Diario Oficial número ochenta y seis, tomo
número Doscientos Noventa y Uno, del catorce de mayo de mil novecientos ochenta y seis, donde se emite la Ley General de Asociaciones
Cooperativas, LA ASOCIACION COOPERATIVA DE PRODUCCION
AGROPECUARIA "LA COYOTERA DOS" DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con domicilio en el municipio de Quezaltepeque,
departamento de La Libertad, obtuvo su personalidad jurídica el día tres
de octubre del año dos mil doce, e inscrita en el libro ciento ocho de
Registro que esta Oficina lleva bajo la siguiente codificación: Dos mil
seiscientos ochenta del Sector No Reformado. Por lo que CONSIDERA:
Publicar en el Diario Oficial el extracto y por una sola vez el aviso de
inscripción correspondiente. Santa Tecla, a los doce días del mes de
octubre del año dos mil doce.
NOTIFIQUESE.
El Infrascrito Jefe del Departamento de Asociaciones Agropecuarias del
Ministerio de Agricultura y Ganadería,
CERTIFICA: Que habiendo cumplido con el procedimiento establecido en el Decreto Legislativo Número TRESCIENTOS TREINTA
Y NUEVE, publicado en el Diario Oficial número ochenta y seis, tomo
número Doscientos Noventa y Uno, del catorce de mayo de mil novecientos ochenta y seis, donde se emite la Ley General de Asociaciones
Cooperativas, LA ASOCIACION COOPERATIVA DE PRODUCCION
PESQUERA Y SERVICIOS MULTIPLES "ARRECIFE LAS GALLINITAS" DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, QUE SE ABREVIA
"ACOPAG" DE R. L., con domicilio en el municipio de Puerto El Triunfo,
departamento de Usulután, obtuvo su personalidad jurídica el diez de
julio del año dos mil doce, e inscrita en el libro ciento seis de Registro
que esta oficina lleva bajo la siguiente codificación: dos mil seiscientos
treinta y nueve del Sector No Reformado.
Por lo que CONSIDERA: Publicar en el Diario Oficial el extracto
y por una sola vez el aviso de inscripción correspondiente. Santa Tecla,
a los diez días del mes de octubre del año dos mil doce.
NOTIFIQUESE.
LIC. FERNANDO MIGUEL FARRAR APARICIO,
LIC. FERNANDO MIGUEL FARRAR APARICIO,
JEFE DEL DEPARTAMENTO.
JEFE DEL DEPARTAMENTO.
Of. 1 v. No. 1234
Of. 1 v. No. 1236
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397
34
De Segunda Publicación
RIVAS y ANA GUADALUPE RIVAS DE PALMA, la primera en su
ACEPTACION DE HERENCIA
calidad de cónyuge y los restantes como hijos sobrevivientes del indicado
causante. Confiéreseles a los aceptantes en los conceptos antes relacioEL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRI-
nados, la Administración y Representación Interina de la Sucesión, con
TO JUDICIAL DE IZALCO, LICENCIADO ROBERTO RICARDO
las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
RIVAS LIMA.
Lo que se hace saber al público, para efectos de Ley.
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Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Izalco, Departamen-
HACE SABER: Que por resolución proveída a las doce horas
to de Sonsonate, a los veintiún días del mes de Septiembre de dos mil
diez minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y
doce. Lic. ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIMERA
con beneficio de inventario la herencia Intestada que a su defunción
INSTANCIA. Licda. SARA ALBERTINA VILLEDA SANCHEZ,
dejó el causante señor DAVID ALBERTO FLORES PEREZ, quien
SECRETARIO.
falleció el día ocho de julio del año dos mil once, a la edad de treinta
y seis años, siendo su último domicilio el de esta Ciudad; de parte de
los señores DEMESIA DE JESUS PEREZ DE FLORES y MIGUEL
Of. 3 v. alt. No. 1203-2
ANGEL FLORES y los menores DAVID ALEXANDER FLORES
CULI y JAVIER ENRIQUE FLORES CULI, representados legalmente
por la señora DAYSI ISABEL CULI FRAILE, los dos primeros en su
calidad de Padres sobrevivientes del causante y los menores como hijos
EL INFRASCRITO JUEZ, Al público para los efectos de ley,
sobrevivientes del indicado causante. Confiéreseles a los aceptantes en
los conceptos antes relacionados, la Administración y Representación
lnterina de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores
HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas de este día,
se ha tenido por aceptada, expresamente y con beneficio de inventario, la
de la herencia yacente.
Lo que se hace saber al público, para efectos de Ley.
herencia intestada que dejó el señor PEDRO ANTONIO BERMUDEZ
BERMUDEZ, conocido por PEDRO ANTONIO BERMUDEZ, al fa-
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Izalco, Departa-
llecer el día dieciséis de septiembre del año dos mil once, en el Seguro
mento de Sonsonate, a los veintiocho días del mes de Agosto de dos mil
Social de la ciudad de San Miguel, siendo la ciudad de Usulután, lugar que
doce. Lic. ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIMERA
tuvo como último domicilio, de parte de la señora MARIA ESTEBANA
INSTANCIA. Licda. SARA ALBERTINA VILLEDA SANCHEZ,
BERMUDEZ APARICIO, en calidad de madre del causante, conjun-
SECRETARIO.
tamente con los otros aceptantes señores; WALTER EDENILSON
Of. 3 v. alt. No. 1202-2
BERMUDEZ GARCIA, MARIA ELENA RAMOS VIUDA DE
BERMUDEZ y JOSE PEDRO BERMUDEZ RAMOS, el primero
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R
y último en calidad de hijos del causante, y la segunda en concepto de
cónyuge sobreviviente del mismo causante, confiriéndosele la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y
TO JUDICIAL DE IZALCO, LICENCIADO ROBERTO RICARDO
restricciones de los curadores de la herencia yacente.
D
EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRIRIVAS LIMA.
Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se
presenten a deducirlo en el término de quince días después de la tercera
publicación de este edicto.
HACE SABER: Que por resolución proveída a las once horas de este
día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario
la herencia intestada que a su defunción dejó el causante señor ELADIO
ALFREDO RIVAS o ELADIO ALFREDO RIVAS CASTILLO, quien
falleció el día uno de abril del año dos mil dos, a la edad de cincuenta y
Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a los veintisiete
días del mes de septiembre del dos mil doce. Lic. JOSE ANTONIO
GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. MIRNA MARISOL SIGARAN
HERNANDEZ, SECRETARIA.
seis años, siendo su último domicilio el de la Población de Caluco; por
parte de los señores MARIA ODILIA MONGES VIUDA DE RIVAS,
VICTOR MANUEL RIVAS MONGES, JOSE MAURICIO MONGES
Of. 3 v. alt. No. 1204-2
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012.
35
MELIDA DEL TRANSITO GONZALEZ ORELLANA, JUEZA DE
misma. Confiéresele a los aceptantes en el concepto antes expresado, la
PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
Administración y Representación Interina de la Sucesión, con las facul-
HACE SABER: Al público para los efectos de Ley, que por resolución promovida por este Tribunal, a las doce horas veinte minutos del
día diecisiete de Septiembre del corriente año; se ha tenido por aceptada
expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada que a
su defunción ocurrida a las siete horas y veinte minutos del día veintitrés
de septiembre del dos mil ocho, en Cantón Metalío de esta jurisdicción,
YASELI STHEFANY GONZALEZ RODRIGUEZ, representada por la
señora EVELIN YANETH RODRIGUEZ VIUDA DE GONZALEZ,
en calidad de madre de la misma.
Lo que se hace saber al público, para efectos de Ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Izalco, Departamento
de Sonsonate, a los tres días del mes de Septiembre del año dos mil doce.
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siendo Acajutla su último domicilio, dejó la señora SARA ELVIRA
tades y restricciones de los curadores de la herencia yacente; la menor
HERRERA VIUDA DE ALVARADO o SARA ELVIRA HERRERA, de
parte de la señora MARIA ELVIRA ALVARADO o MARIA ELVIRA
Lic. ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Licda. SARA ALBERTINA VILLEDA, SECRETARIO.
ALVARADO DE FIGUEROA, en su calidad de hija de la expresada
causante, por lo que se le ha conferido a dicha aceptante, la administración
y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones
Of. 3 v. alt. No. 1206-2
de los curadores de la herencia yacente.
Se cita a todas las personas que se crean con derecho a la herencia, para que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de
quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación de este
LICENCIADO ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRI-
edicto.
MERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de
Acajutla, a las catorce horas diez minutos del día diecisiete de septiem-
HACE SABER: Que por resolución proveída a las catorce horas y
bre del dos mil doce. Licda. MELIDA DEL TRANSITO GONZALEZ
treinta y cinco minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente
ORELLANA, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA. Licda. ELSA
y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción
CORALIA RAMIREZ LEIVA, SECRETARIO.
dejó la causante señora GABRIELA NARCISA PEÑA conocida por
NARCISA GABRIELA PEÑA, GABRIELA NARCISA PEÑA DE
ESCOBAR y por GABRIELA PEÑA, quien falleció el día nueve de julio
Of. 3 v. alt. No. 1205-2
de mil novecientos noventa y uno, a la edad de cuarenta y ocho años,
siendo en Caluco su último domicilio, de parte de los señores MIGUEL
ANGEL ALBERTO PEÑA, SALVADOR EVARISTO PEÑA, DESIDORO ELIO PEÑA CARIAS, JOSE LORENZO PEÑA y SANTOS
MARTIN PEÑA, en calidad de hijos de la causante. Confiéresele a los
R
LICENCIADO ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRI-
sentación Interina de la Sucesión, con las facultades y restricciones de
los curadores de la herencia yacente.
D
IA
MERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
aceptantes en el concepto antes expresado, la Administración y Repre-
HACE SABER: Que por resolución proveída a las catorce horas
y treinta y cinco minutos de este día, se ha tenido por aceptada expre-
Lo que se hace saber al público, para efectos de Ley.
samente y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su
defunción dejó el causante señor ADILSON ADONAY GONZALEZ
REYES, quien falleció el día diecisiete de mayo del año dos mil diez, a
la edad de veinticinco años, siendo en esta ciudad su último domicilio, de
parte de las señoras MARIA CRUZ GONZALEZ, EVELIN YANETH
RODRIGUEZ VIUDA DE GONZALEZ y la menor YASELI STHE-
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Izalco, Departamento
de Sonsonate, a los treinta días del mes de agosto del año dos mil doce.
Lic. ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Licda. SARA ALBERTINA VILLEDA, SECRETARIO.
FANY GONZALEZ RODRIGUEZ, en calidad de madre, cónyuge e hija
del causante; la menor representada por la señora EVELIN YANETH
RODRIGUEZ VIUDA DE GONZALEZ, en calidad de madre de la
Of. 3 v. alt. No. 1207-2
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397
36
MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-
Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las diez horas
y veinticinco minutos del día siete de agosto de dos mil doce. Lic.
TRITO JUDICIAL
YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL. Br. KARINA
VANESSA SILVA DE SOMOZA, SECRETARIA.
HACE SABER: Que por resolución de este Tribunal de las diez
horas treinta y cinco minutos del día veintiuno de los corrientes, se ha
tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de la
Of. 3 v. alt. No. 1209-2
herencia intestada dejada por el señor GERONIMO ASCENCIO DIAZ,
conocido por Jerónimo Ascencio Díaz, fallecido el día veintiocho de
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mayo de mil novecientos noventa y tres, en el Cantón San José La Majada, jurisdicción de Juayúa, siendo ese el lugar de su último domicilio,
de parte de la señora ESTER CORTEZ VIUDA DE ASCENCIO, en
concepto de cónyuge sobreviviente del causante y además como cesio-
EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE IZALCO, LICENCIADO ROBERTO RICARDO
RIVAS LIMA.
naria de los derechos hereditarios que le correspondían a los señores
HACE SABER: Que por resolución proveída a las doce horas
ARACELI DEL CARMEN ASCENCIO DE FLORES, MARÍA DE
de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de
LOS ÁNGELES ASCENCIO CORTEZ, GERONIMO SALVADOR
inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el causante señor
ASCENCIO CORTEZ y JOSE LUIS ASCENCIO CORTEZ, conocido
DAVID OSWALDO FLORES MENJIVAR, quien falleció el día uno
por Gerónimo Ascencio Díaz, en concepto de hijos sobrevivientes.
de Enero del año dos mil once, a la edad de veintisiete años, siendo su
Y se ha conferido a la aceptante la administración y representación
interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de ley.
último domicilio el de la Ciudad de San Julián; por parte de la señora
ANA MARGARITA MENJIVAR DE LEIVA en calidad de madre
sobreviviente del causante; los menores DAVID ANTONIO FLORES
JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las ocho horas treinta y
ALFARO y WENDY ABIGAIL FLORES ALFARO, en calidad de
cinco minutos del día veintisiete de agosto del dos mil doce. Dr. MARIO
hijos sobrevivientes, representados legalmente por la señora LUDIN
MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. CECILIA DEL
NOEMY ALFARO ORELLANA. Confiéreseles a los aceptantes en los
CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO.
conceptos antes relacionados la Administración y Representación Interina
de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la
Of. 3 v. alt. No. 1208-2
herencia yacente.
Lo que se hace saber al público, para efectos de Ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Izalco, Departamento
de Sonsonate, a los diecisiete días del mes de Septiembre de dos mil
YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA
doce.- LIC. ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIME-
TECLA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
RA INSTANCIA.- LIC. SARA ALBERTINA VILLADA SANCHEZ,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este juzgado, a las
SECRETARIO.
R
doce horas del día dos de julio del presente año, se ha tenido por aceptada
IA
expresamente y con beneficio de inventario, la herencia testamentaria
dejada a su defunción por la causante señora MARIA DEL CARMEN
Of. 3 v. alt. No. 1210-2
D
FLORES DE HENRIQUEZ, conocida por MARIA DEL CARMEN
FLORES, ocurrida el día cuatro de julio de dos mil cuatro, en Colón, lugar
de su último domicilio, de parte de los señores MOISES HENRIQUEZ
FLORES, TERESA DE JESUS VIUDA DE MORALES conocida por
TERESA DE JESUS HENRIQUEZ DE MORALES, y por TERESA DE
GLADIS NOEMI ALONZO GONZALEZ, JUEZA DE PRIMERA
INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
JESUS HENRIQUEZ FLORES, ROSA ELENA HENRIQUEZ FLORES,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a
BLANCA LUZ HENRIQUEZ FLORES, conocida por BLANCA LUZ
las doce horas y treinta minutos del día seis de Septiembre del corriente
HENRIQUEZ DE DELEON, y RICARDO HENRIQUEZ FLORES, en
año, se ha declarado heredera ab-intestato, con beneficio de inventario
calidad de herederos testamentarios de la causante; y se ha conferido a
de la señora MARIA ESTER NIETO DE PAZ, conocida por MARIA
los aceptantes la administración y la representación interinas de la su-
ESTHER NIETO DE PAZ, quien falleció a las siete horas del día siete
cesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia
de Julio del año mil novecientos ochenta y ocho, en el Cantón Cerro
yacente.
Verde, Jurisdicción de Tecapán, siendo ese su último domicilio, de parte
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012.
37
de la señorita ANA IDALYA NIETO, en calidad de hija de la causante.-
Rafael JosE Antonio VelAsquez MejIa, Juez Suplente de
Confiriéndosele a la aceptante dicha la administración y representación
Primera Instancia de Armenia, Sonsonate.
legal interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los
Curadores de la Herencia Yacente.
Se cita a los que se crean con Derecho a la Herencia, para que se
presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días contados
a partir del día siguiente de la última publicación de este edicto.
Hace saber: Que a las 10:00 horas de este día se emitió resolución en la cual se tuvo por aceptada expresamente y con beneficio de
inventario la herencia intestada dejada por el señor Bernardo Alvarado
Orellana c/p Bernardo Alvarado, quien falleció el día 25 de abril de 2006,
siendo de 74 años de edad, salvadoreño, casado, agricultor en pequeño,
hijo de Basileo Alvarado y Vicenta Orellana de Alvarado, originario
doce.- LICDA. GLADIS NOEMI ALONZO GONZALEZ, JUEZA DE
de Chalatenango y con último domicilio en Sacacoyo, La Libertad, de
PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. SANDRA ELIZABETH GOMEZ
parte de Othmaro Antonio Alvarado Núñez y René Otilio Alvarado c/p
GARAY, SECRETARIA INTERINA.
René Otilio Alvarado Núñez y por René Atilio Alvarado Núñez, hijos
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LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Santiago de María, a los once días del mes de Septiembre del año dos mil
sobrevivientes del causante y cesionarios de los derechos hereditarios que
Of. 3 v. alt. No. 1211-2
les correspondían a Lidia Esperanza Núñez viuda de Alvarado, cónyuge
sobreviviente del causante; María Zoila Alvarado Núñez, Berta Alicia
Alvarado de Hernández y José Julio Alvarado Núñez, hijos sobrevivientes
Rafael Eduardo MenEndez Contreras, Juez de Primera
del causante.
Se nombró Interinamente a las personas antes referidas adminis-
Instancia de Armenia, Sonsonate.
Hace saber: Que a las quince horas y treinta minutos de este
día se emitió resolución en la cual se tuvo por aceptada expresamente
tradores y representantes de la sucesión del causante, con las facultades
y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
y con beneficio de inventario la herencia intestada dejada por el cau-
Lo que se avisa al público en general para que todo aquel que se
sante José David Mendoza Rodríguez, quien fuera de 28 años de edad,
crea con derecho a dicha herencia se presente a deducirlo en el término
soltero, jornalero, originario de Ahuachapán, del domicilio de Colonia
de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación del
San Damián de esta ciudad, de nacionalidad Salvadoreña, hijo de Jorge
presente edicto en el Diario Oficial.
Alfonso Mendoza y de María Luz Rodríguez Rodríguez, cuyo último
domicilio fue esta ciudad; de parte del menor José David Mendoza Moreno,
hijo sobreviviente del causante; al igual que de los señores María Luz
Rodríguez Rodríguez y Jorge Alfonso Mendoza, padres sobrevivientes
del referido causante.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la Ciudad de Armenia,
Sonsonate, a los diecinueve días del mes de septiembre del año dos mil
doce.- LIC. RAFAEL JOSE ANTONIO VELASQUEZ MEJIA, JUEZ
DE PRIMERA INSTANCIA SUPLENTE.- LIC. RAFAEL ANTONIO
CUELLAR ANGEL, SECRETARIO.
Se nombró interinamente administradora y representante de la
sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia
Of. 3 v. alt. No. 1213-2
yacente a la señora Ana Gladys Moreno Martínez, Representante Legal
R
del menor José David Mendoza Moreno; al igual que a los señores María
IA
Luz Rodríguez Rodríguez y Jorge Alfonso Mendoza, padres sobrevi-
D
vientes del referido causante.
Lo que se avisa al público en general para que todo aquel que se
crea con derecho a dicha herencia se presente a deducirlo en el término
quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación del
Rafael JosE Antonio VelAsquez MejIa, Juez Suplente de
Primera Instancia de Armenia, Sonsonate.
Hace saber: Que a las 15:00 horas de este día se emitió resolución en la cual se tuvo por aceptada expresamente y con beneficio
presente edicto en el Diario Oficial.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la Ciudad de
Armenia, a los tres días del mes de mayo del año dos mil doce.- LIC.
RAFAEL EDUARDO MENENDEZ CONTRERAS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. RAFAEL ANTONIO CUELLAR ANGEL,
SECRETARIO.
de inventario la herencia intestada dejada por el causante José Antonio
Morán Hernández conocido por José Antonio Morán, quien falleció
el día veintiuno de mayo del año 2009, en el Hospital del Instituto del
Seguro Social de Sonsonate a consecuencia de Infarto Agudo de Miocardio, quien fuera de cuarenta y ocho años de edad, jornalero, casado,
originario de El Congo, Santa Ana, nacionalidad Salvadoreño, hijo de
Paula Hernández y de Alfredo Morán, con último domicilio en el Cantón
Of. 3 v. alt. No. 1212-2
El Rosario, Armenia, Sonsonate; de parte de Paula Hernández viuda
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397
38
de Morán, Berta Anabel Cristales viuda de Morán; Hugo Adalberto,
LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, a los
Ana Aracely, Yanira Anabel, Iris Yasmín y Ada Patricia, los últimos
veinticinco días del mes de septiembre de dos mil doce.- LIC. JOSE
cinco de apellidos Morán Cristales la primera en calidad de madre del
ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MIRNA MARISOL
causante, la segunda en calidad de esposa sobreviviente del causante y
SIGARAN HERNANDEZ, SECRETARIA.
como representante de los menores Iris Yasmín y Ada Patricia ambos
de apellidos Morán Cristales; y los últimos tres en calidad de hijos
Of. 3 v. alt. No. 1215-2
sobrevivientes del causante José Antonio Morán Hernández conocido
por José Antonio Morán.
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Se nombró interinamente a los señores antes referidos administradores y representantes de la sucesión del causante José Antonio Morán
Hernández conocido por José Antonio Morán, con las facultades y
restricciones de los curadores de la herencia yacente.
EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE IZALCO, LICENCIADO ROBERTO RICARDO
RIVAS LIMA.
Lo que se avisa al público en general para que todo aquel que se
crea con derecho a dicha herencia se presente a deducirlo en el término
de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación del
HACE SABER: Que por resolución proveída a las catorce horas
quince minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y
presente edicto en el Diario Oficial.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la Ciudad de
Armenia, a los tres días del mes de octubre del año dos mil doce.- LIC.
RAFAEL JOSE ANTONIO VELASQUEZ MEJIA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA SUPLENTE.- LIC. RAFAEL ANTONIO CUELLAR
ANGEL, SECRETARIO.
con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción
dejó el causante señor MANUEL DE JESUS CLEMENTE, quien
falleció el día uno de abril del año dos mil once, a la edad de sesenta y
siete años, siendo su último domicilio el de esta ciudad; de parte de las
señoras REINA ELIZABETH MARTINEZ CLEMENTE y MARINA
DEL CARMEN MARTINEZ DE MARTINEZ, en su calidad de hijas
sobrevivientes del indicado causante. Confiéreseles a las aceptantes en el
Of. 3 v. alt. No. 1214-2
concepto antes relacionado la Administración y Representación Interina
de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la
herencia yacente.
JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE USULUTAN, AL
PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.
AVISA: Que por resolución de las ocho horas y cinco minutos de
este día se ha tenido por Aceptada Expresamente y con Beneficio de
Inventario la Herencia Intestada, que a su defunción dejó la señora YSA-
R
BEL RIVERA, conocida por ISABEL BONILLA RIVERA, ISABEL
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Izalco, Departa-
mento de Sonsonate, a los veintiocho días del mes de Agosto de dos mil
doce.- LIC. ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. SARA ALBERTINA VILLEDA SANCHEZ,
SECRETARIO.
IA
BONILLA y por ISABEL RIVERA, al fallecer el día veinticuatro de
Lo que se hace saber al público, para efectos de Ley.
agosto de mil novecientos noventa, en el CANTON CERRO EL NANZAL, JURISDICCION DE SANTA ELENA, habiendo sido su último
D
Of. 3 v. alt. No. 1216-2
domicilio la Ciudad de Santa Elena, Departamento de Usulután, parte
de los señores REINA DOLORES BONILLA, MANUEL ANTONIO
BONILLA, MERCEDES BONILLA CAMPOS y JOSE EFRAIN RIVERA CAMPOS, en calidad de hijos del causante.
Confiéresele a los aceptantes dichos la Administración y Repre-
MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
sentación Interina de la Sucesión, con las restricciones y facultades de
los Curadores de la Herencia Yacente.
HACE SABER: Que por sentencia estimativa pronunciada en el
Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se
proceso común, por este Tribunal, a las nueve horas del día veintiocho
presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días después
de agosto del corriente año, se ha tenido por aceptada expresamente y
de la tercera publicación de este edicto.
con beneficio de inventario la herencia intestada dejada por el señor
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012.
SILVESTRE PEREZ HERNANDEZ, fallecido el veintisiete de junio
39
TITULO DE PROPIEDAD
del dos mil nueve, en Nahuizalco, siendo ése el lugar de su último domicilio de parte de la señora SILVIA GUADALUPE PEREZ CRISTO,
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.
en concepto de hija del mencionado causante.
Y se ha conferido a la aceptante la administración y representación
interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de Ley.
JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las once horas cuarenta
minutos del día doce de septiembre del dos mil doce.- DR. MARIO
Mendoza de Morales, mayor de edad casada, abogada, del domicilio de
Sonsonate, Departamento de Sonsonate, con Documento Único de Iden-
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MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. CECILIA DEL
HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado Elsa Victoria
CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO.
tidad Número, cero uno veintidós treinta y ocho dieciséis guión cuatro,
como como Defensora Pública de la señora DORA ALICIA CORTEZ
HERNANDEZ, soltera, de oficios Domésticos del domicilio de Santo
Of. 3 v. alt. No. 1217-2
Domingo de Guzmán, Departamento de Sonsonate, con Documento Único
de Identidad Número cero uno nueve tres cinco tres cuatro dos guión
ocho, y Número de Identificación Tributaria cero tres uno cuatro guión
cero dos uno dos siete siete guión uno cero uno guión dos, solicitando
LICENCIADO ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
Título de Propiedad a favor de la señora Dora Alicia Cortez Hernández,
de un inmueble de naturaleza Urbana situado en el Barrio El Calvario,
Avenida Rubén Darío Norte, número S/N de esta población, de un área
catastral de CUATROCIENTOS SETENTA Y SEIS PUNTO CUATRO
HACE SABER: Que por resolución proveída a las quince horas y
cincuenta minutos de este día, se ha ampliado la declaratoria de herederos
proveída a las CATORCE HORAS Y TREINTA MINUTOS del día
MIL TRESCIENTOS SETENTA Y TRES METROS CUADRADOS,
marcado en el mapa con el número cero tres uno cuatro U cero uno, y
CINCO de DICIEMBRE del año dos mil once, se ha tenido por aceptada
no se encontró antecedente escrito, con las colindancias siguientes: AL
expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que a
NORTE: con el señor Pedro Ramos y con el señor Elijio Vásquez, calle
su defunción dejó la causante señora EULALIA FRANCISCA TORRES
de por medio, AL ORIENTE: con la señora Elsa López, calle de por
NAJO, quien falleció el día quince de Diciembre del año dos mil diez, a
medio, AL SUR: con los señores Mauricio Vásquez Vásquez, Ramona
la edad de cuarenta y dos años, siendo en esta ciudad su último domici-
García viuda de Vásquez, Víctor Manuel Vásquez García y Alfonso
lio, de parte de la señora MARTA ELISABET TORRES conocida por
MARTA ELIZABETH TORRES y por MARTA ELISABET TORREZ,
en concepto de madre de la causante, CONJUNTAMENTE CON LOS
López, y AL PONIENTE: Con la señora Ana Lucía Cortez García, el
inmueble lo valúa en un mil dólares de los Estados Unidos de América.
La posesión de dicho inmueble lo posee desde hace más de veinte años
cónyuge de la causante y el menor LUIS EMMANUEL NAJO TORRES,
de manera quieta, pacífica e ininterrumpida, ejerciendo actos de toda
éste en concepto de hijo de la causante; el menor representado por el
clase que solo da el derecho de dominio, sin que persona alguna le objete
señor LUIS ALONSO NAJO DIAZ. Confiéresele a la aceptante en el
al respecto. El inmueble no es predio dominante, ni sirviente y no pesa
concepto antes expresado, la Administración y Representación Interina
sobre él ninguna carga real que respetar, por lo que se hace saber al
D
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YA DECLARADOS, señor LUIS ALONSO NAJO DIAZ en concepto de
de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la
público para efectos de Ley.
herencia yacente.
Lo que se hace saber al público, para efectos de Ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Izalco, Departa-
ALCALDIA MUNICIPAL: Santo Domingo de Guzmán, veintiuno
mento de Sonsonate, a los veinticuatro días del mes de Agosto del año
de junio de dos mil doce.- GUILLERMO SENSENTE SANTIAGO,
dos mil doce.- LIC. ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE
ALCALDE MUNICIPAL.- EDWIN ADALVERTO VASQUEZ
PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. SARA ALBERTINA VILLEDA,
VASQUEZ, SECRETARIO MUNICIPAL.
SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 1219-2
Of. 3 v. alt. No. 1218-2
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397
40
De Tercera Publicación
No. J.V.P.M. 3702, del Instituto de Medicina Legal de Santa Ana, en
ACEPTACION DE HERENCIA
Parqueo del Hospital Nacional de Chalchuapa, siendo Ciudad Arce su
último domicilio, habiéndose nombrado Curador de ella, a la Licenciada
ULISES MENJIVAR ESCALANTE, JUEZ DE PRIMERA INS-
GLENDA DENISSE LEONOR, quien es mayor de edad, Abogada, del
TANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, Al público y para los
domicilio de Santa Tecla.
efectos de ley,
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
HACE SABER: Que mediante resolución pronunciada por este
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Tribunal a las doce horas del día catorce de Septiembre del año dos
Ley.
mil doce. Se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de
inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el causante
JOSE HERIBERTO CONTRERAS, quien falleció a las veintidós
horas con cuenta minutos del día veintidós de Enero del año dos mil
siete, en el Hospital Nacional Doctor Edmundo Vásquez de la ciudad de
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico, a
las doce horas cinco minutos del día diez de abril del año dos mil doce.
Licdo. DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA
INSTANCIA. Licdo. CARLOS ARNULFO SOSA FLORES, SECRETARIO.
Chalatenango, siendo la población de San Francisco Morazán, su último
Of. 3 v. alt. No. 1191-3
domicilio; de parte de las señoras MARIA DE LA PAZ CONTRERAS,
CECILIA ARACELY CONTRERAS MEJÍA, JESSICA CAROLINA
CONTRERAS MEJIA, y ESPERANZA MEJIA ALAS, esta última
actuando en nombre y representación de la menor ERIKA YAMILETH
MUERTE PRESUNTA
CONTRERAS MEJIA, la primera en la calidad de madre y las restantes en
la calidad de hijas sobrevivientes del causante en mención. Habiéndoseles
conferido a las aceptantes la administración y representación interina
MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-
de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la
TRITO.
herencia yacente.
CERTIFICA: Que en las diligencias de muerte presunta del señor
Se cita a lo que se crean con derecho a la herencia para que se pre-
RAUL ANTONIO SORIANO, que promovió, el Licenciado Pedro
senten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días contados
Adalberto Ama Domínguez, en su calidad de MARIA ESPERANZA
desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.
SORIANO DE REYES, como Apoderado de NICOLAS HUMBERTO
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Dulce Nombre de María,
Departamento de Chalatenango, a los catorce días del mes de Septiembre
del año dos mil doce. Lic. ULISES MENJIVAR ESCALANTE, JUEZ
DE PRIMERA INSTANCIA. Br. OSCAR IMERY HERNANDEZ,
SECRETARIO.
ALFARO GARCIA, se encuentra la sentencia dictada a las diez horas
del veinticinco de enero del corriente año, con el fallo que literalmente
dice: POR TANTO: Por las razones expuestas y lo que disponen los
Arts. 417, 418, 421, 422, 427 Pr. C., derogado y 800, 801, 802, 79 y 80
C.C., a nombre de la República de El Salvador, FALLO: Declárase la
muerte presunta del señor RAUL ANTONIO SORIANO REYES, de
Of. 3 v. alt. No. 1189-3
cuarenta y tres años de edad, y con último domicilio en San Antonio del
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Monte de este Departamento, y se fija como día presuntivo de su muerte
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HERENCIA YACENTE
DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las once
horas treinta y dos minutos de este día, a petición de la Licenciada ANA
GLADYS MELARA FUNES, en su calidad de Defensora Pública de
Derechos Reales y Personales en nombre y representación de la señora
CONCEPCIÓN ANGÉLICA TRUJILLO RAMÍREZ, se declaró yacente la herencia intestada dejada a su defunción por el señor ISRAEL
el día VEINTITRES DE SEPTIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS
NOVENTA Y CINCO, concédase la posesión provisoria de los bienes
del presunto fallecido a la señora MARIA ESPERANZA SORIANO DE
REYES, quien es mayor de edad, de oficios domésticos, del domicilio
de San Antonio del Monte, de este Departamento.
Publíquese esta sentencia en tres números consecutivos del Diario
Oficial. No hay costas. NOTIFIQUESE. Ante mí
Es conforme con su original con el cual se confrontó en el Juzgado
de lo Civil: Sonsonate, a las nueve horas del día treinta de abril del año
dos mil doce.- Enmendado-veinte-Vale Entre Líneas-cinco.-Vale.- DR.
MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. CECILIA
DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO.
DE JESÚS GALDÁMEZ GONZÁLEZ, quien falleció a las catorce
horas treinta minutos del día veintiocho de marzo del año dos mil once,
en Reconocimiento por Médico Forense, Doctor Omar Mendoza Ruíz,
Of. 3 v. c. No. 918-3
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012.
41
SECCION CARTELES PAGADOS
De Primera Publicación
Rafael Eduardo MenEndez Contreras, Juez de Primera
Instancia de la Ciudad de Armenia, Sonsonate.
DECLARATORIA DE HERENCIA
Hace saber: Que a las nueve horas de este día se emitió resolución en la cual se declaró heredera definitiva abintestato y con beneficio
de inventario a Delmi Jeaneth Guzmán Cañas, hija sobreviviente del
causante Juan Gualberto Guzmán Tobar c/p Juan Walberto Guzmán
Tobar, Juan Guzmán y Juan Guzmán Tobar, quien falleció el día 24 de
agosto de 1999 y fue de 57 años de edad, soltero, jornalero, salvadoreño,
originario de Antiguo Cuscatlán, La Libertad, hijo de Agustín Guzmán
y María Tovar y con último domicilio en la Ciudad de Sacacoyo, La
Libertad.
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SALOMON ERNESTO CANALES, Notario, del domicilio de Tecapán,
Departamento de Usulután; con oficina ubicada en Avenida Libertadores
de América, Polígono “P” # nueve, colonia Padre Santos, del mismo
domicilio, al público para los efectos de Ley.
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída
a las doce horas y quince minutos del día tres de octubre de dos mil
doce, se ha Declarado Heredero Definitivo Ab-Intestato expresamente
y con beneficio de inventario, de la herencia intestada que a su defunción ocurrida en ciudad El Tránsito, Departamento de San Miguel, el
día veintinueve de enero de mil novecientos ochenta y siete; dejara la
señora MARIA VIRGINIA PORTILLO DE AVALOS conocida por
VIRGINIA PORTILLO; por parte de RAUL ERCIDES PORTILLO
AVALOS, en su calidad de hijo de la causante; confiriéndosele al
heredero la administración y Representación Definitiva de la sucesión
intestada.
Librado por el Notario, SALOMON ERNESTO CANALES, en
la ciudad de El Tránsito, a las doce horas y treinta minutos del día tres
de octubre de dos mil doce.
LIC. SALOMON ERNESTO CANALES,
NOTARIO.
Y se confirió a dicha aceptante en la calidad referida, la administración y representación definitivas de la sucesión.
Lo que se avisa al público en general para los efectos de Ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la Ciudad de
Armenia, Sonsonate, a los veinte días del mes de agosto del año dos mil
doce.- LIC. RAFAEL EDUARDO MENENDEZ CONTRERAS, JUEZ
DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. RAFAEL ANTONIO CUELLAR
ANGEL, SECRETARIO.
1 v. No. C006009
1 v. No. C006003
RICARDO ALFREDO MIRANDA, Notario, de este domicilio, con
oficina en Boulevard San Patricio, Residencial Cima III, pasaje 14B,
casa número 155B, de esta ciudad.
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HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída
a las ocho horas del día once de Octubre de dos mil doce, se ha aceptado
expresamente y con beneficio de Inventario la Herencia Intestada que a
su defunción, ocurrida en el Hospital Nacional Rosales, de esta ciudad y
Departamento de San Salvador, a las trece horas con quince minutos del
día doce de Octubre del año dos mil siete, del domicilio de Colonia El
Carmen, pasaje “M”, Block uno, número cuarenta y nueve, San Antonio del
Monte, Sonsonate, siendo éste su último domicilio, dejara la señora INES
RAMIREZ, de parte de la señora ALMA YEANNETTE HERNANDEZ
DE PINEDA, en concepto de hija de la causante, habiéndosele conferido
la Administración y Representación DEFINITIVA de la Sucesión. Dése
el aviso de ley en el Diario Oficial y en uno de los periódicos de mayor
circulación para los efectos de Ley.
LA INFRASCRITA JUEZA PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIUDAD DE SANTA ANA, al pUblico para los
efectos de ley.
HACE SABER: Que por resolución de las once horas del día
veintiuno de agosto del año dos mil doce, se ha declarado HEREDERO
DEFINITIVO AB INTESTATO Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO de los bienes que a su defunción dejó la señora MARIA SECUNDINA GUEVARA MURCIA conocida por MARIA GUEVARA
quien fue de setenta y seis años de edad, de oficios domésticos, soltera,
siendo su último domicilio según partida de defunción el Caserío La
Palomera, Cantón La Preza, del Municipio de El Congo, Departamento
de Santa Ana, y falleciendo a las nueve horas quince minutos del día
veinticinco de agosto de dos mil cuatro, en su casa de habitación, en
calidad de cesionario al señor JORGE MEJIA RIVAS; concediéndose
definitivamente la administración y representación de la sucesión.
Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.
San Salvador, once de octubre de dos mil doce.
RICARDO ALFREDO MIRANDA,
NOTARIO.
1 v. No. C006008
Librado en el Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil: Santa Ana,
veintidós de agosto del año dos mil doce.- LIC. THELMA IDALIA
ESPERANZA ALFARO PERDIDO, JUEZA PRIMERO DE LO CIVIL
Y MERCANTIL.- LIC. JUAN CARLOS ORTEZ PEREZ, SECRETARIO.
1 v. No. C006010
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397
42
JUAN JOSE VILLALOBOS APARICIO, Notario, de este domicilio,
con oficina ubicada en Décima Calle Poniente, Número Trescientos
Catorce, Barrio San Francisco, de esta ciudad.
AVISA: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las
nueve horas del día once de octubre del año dos mil doce, se ha declarado al señor MARIO MAGADALENO RIVAS PORTILLO, Heredero
definitivo con Beneficio de Inventario de los bienes dejados por el señor
JOSE LORENZO MARTINEZ VASQUEZ, quien fue de setenta y un
años de edad, agricultor en pequeño, casado, originario de Lolotique,
Barrio San Isidro, y del domicilio de Lolotique, Departamento de San
Miguel, quien falleció en Barrio San Isidro de Lolotique, Departamento
de San Miguel, a las siete horas del día veintiocho de julio de dos mil
tres, sin asistencia médica a consecuencia de Cetoacidosis Diabética; en
concepto de cesionario de los derechos hereditarios que le correspondían
a los señores JOSE RIGOBERTO MARTINEZ RAMOS, en concepto
de hijo sobreviviente del causante y AUSTOLA AURORA RAMOS
MARTINEZ conocida por Austola Aurora Ramos y Por Autola Aurora
Ramos o Autola Aurora Ramos de Martínez, en calidad de cónyuge
sobreviviente del causante, habiéndose conferido la administración y
Representación definitiva de la Sucesión con las facultades y restricciones
de los curadores de la Herencia Yacente.
HACE SABER: Que se ha tenido por aceptada expresamente y
con beneficio de inventario, la Herencia Intestada que a su defunción
dejo el señor: GERMAN RAMIREZ AMAYA, ocurrido en la Ciudad
de Moncagua, Departamento de San Miguel, el día veintidós de Marzo
del año dos mil doce, de parte de la señora: ROSA MARIA BURGOS
DE RAMIREZ, en su concepto de Esposa sobreviviente del causante,
habiéndose conferido la administración y representación definitiva de
la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la
herencia yacente.
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JESUS ALBERTO BERNAL QUINTANILLA, Notario, de este domicilio, con Oficina Jurídica situada en la Séptima Calle Poniente, número
cuatrocientos nueve, Barrio La Merced, de la Ciudad de San Miguel.
Por lo que se avisa al público, para los efectos de Ley.
Librado en la oficina del Notario. En la Ciudad de San Miguel, a
las doce horas del día diez de octubre del año dos mil doce.
JUAN JOSE VILLALOBOS APARICIO,
ABOGADO Y NOTARIO.
1 v. No. C006018
Librado en San Miguel, el día once de octubre de dos mil doce.
LICENCIADO JESUS ALBERTO BERNAL QUINTANILLA,
ABOGADO Y NOTARIO.
1 v. No. C006015
JUAN JOSE VILLALOBOS APARICIO, Notario, de este domicilio, con
oficina en Décima Calle Poniente Número Trescientos Catorce, Barrio
San Francisco, de esta ciudad.
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HACE SABER: Que se ha tenido por aceptada expresamente y
con beneficio de inventario; la Herencia Intestada que a su defunción
dejó JUANA GALDAMEZ, ocurrido en la Ciudad de San Miguel, Departamento de San Miguel, el día veintiuno de Marzo del año dos mil,
de parte de los señores: ANA FRANCISCA GALDAMEZ, y MARVIN
ALEJANDER GALDAMEZ, en su concepto de Hijos del causante,
habiéndoseles conferido la administración y representación definitiva
de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la
herencia yacente.
Librado en la oficina del Notario.- En la Ciudad de San Miguel, a
las ocho horas del día seis de octubre del año dos mil doce.
LIC. JUAN JOSE VILLALOBOS APARICIO,
ABOGADO Y NOTARIO.
1 v. No. C006017
DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
AVISA: Que por resolución de este Juzgado, pronunciada a
las once horas dos minutos de este día, ha sido declarado Heredero
Definitivo con Beneficio de Inventario el señor AMADEO DE JESUS
ALVARADO POLANCO, con Documento Único de Identidad Número:
cero dos millones setecientos setenta y nueve mil quinientos ochenta y
nueve-seis, y con Número de Identificación Tributaria: cero quinientos
quince-trescientos mil trescientos setenta y uno-ciento uno-dos, en calidad
de Hijo y Cesionario de los derechos hereditarios que en la sucesión
del causante les correspondían a los señores: ELENA DEL CARMEN
ALVARADO DE GALDAMEZ; JOSE SAMUEL ALVARADO
POLANCO; OSCAR MAURICIO ALVARADO POLANCO; PABLO
ANTONIO ALVARADO POLANCO y BIBIANA POLANCO viuda DE
ALVARADO, conocida Tributariamente como BIBIANA POLANCO
DE ALVARADO, en calidad de Hijos y Cónyuge del causante respectivamente, de la sucesión intestada que dejara el señor PABLO ALVARADO
o PABLO ALVARADO ROMERO, quien falleció a las diecisiete horas
del día doce de octubre del año dos mil uno, en el Cantón Talcualhuya,
jurisdicción de San Juan Opico, Departamento de La Libertad, siendo
esta ciudad su último domicilio.
Lo que se avisa al público, para los efectos de Ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de San Juan Opico, a
las doce horas veintiocho minutos del día ocho de octubre del año dos
mil doce.- LIC. DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE
PRIMERA INSTANCIA.- LIC. CARLOS ARNULFO SOSA FLORES,
SECRETARIO DE ACTUACIONES.
1 v. No. C006020
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012.
43
LICENCIADA DIANA LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZA
ADOLFO GERARDO MUÑOZ CISNEROS, Notario, de este domicilio,
TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DEL DISTRITO DE SAN
con oficina ubicada en Colonia Buenos Aires Dos, Avenida Cuatro de
MIGUEL.
Mayo, número ciento cuarenta y seis, de esta ciudad,
HACE SABER: Que por resolución del suscrito notario, proveída, a
las once horas del día uno de octubre de dos mil doce, se ha declarado a la
inventario de la herencia intestada que a su defunción deja la señora
señora VICTORIA EDITH ROMERO DE FLORES, heredera definitiva
AURELIA CHEVEZ DE ZELAYA conocida por AURELIA CHEVEZ
con beneficio de inventario, de los bienes que a su defunción ocurrida en
AYALA y por AURELIA CHEVEZ VIUDA DE ZELAYA, quien fue
esta ciudad, el día cuatro de julio de dos mil doce, siendo la ciudad de
de ochenta y tres años de edad, de oficios domésticos, de estado familiar
Mejicanos, departamento de San Salvador su último domicilio, dejó el
desconocido, fallecida el día veintinueve de agosto de dos mil once,
señor JOSE MARIA FLORES PRUDENCIO, en concepto de cónyuge
siendo la ciudad de San Miguel el lugar de su último domicilio, a la
del causante, habiéndole conferido la administración y representación
señora ORBELINA ZELAYA CHEVEZ, en calidad de hija de la cau-
definitiva de la referida sucesión.
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AVISA: Que por resolución de las once horas cinco minutos de
este día, se ha declarado HEREDERA DEFINITIVA, con beneficio de
sante. Confiriéndole en estas diligencias a la aceptante la administración
y representación DEFINITIVA de la sucesión.
Lo que hago del conocimiento del público para los efectos legales
consiguientes.
Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley.
Librado en San Salvador, el día dos de octubre de dos mil doce.
Lic. ADOLFO GERARDO MUÑOZ CISNEROS,
Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil, a las once horas diez
minutos del día diez de septiembre del dos mil doce. Lic. DIANA
NOTARIO.
LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZA TERCERO DE LO CIVIL
Y MERCANTIL. Lic. IVONNE JULISSA ZELAYA AYALA, SECRE-
1 v. No. F056164
TARIA DE ACTUACIONES.
1 v. No. C006021
EL INFRASCRITO JUEZ DE LO CIVIL DE USULUTÁN, LICENCIADO JOSÉ ANTONIO GÁMEZ, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS
DE LEY,
HERNAN ROBERTO GARCIA CUBIAS, Notario, de este domicilio,
con despacho notarial ubicado en Primera Calle Poniente, Casa número
AVISA: Que por resolución de las diez horas y veinte minutos de
este día, se ha declarado heredero definitivo con beneficio de inventario
Nueve, Mejicanos, Departamento de San Salvador,
al señor CESAR ERNESTO CAMPOS RAMIREZ, en calidad de hijo
HACE SABER: Que por resolución del suscrito notario, proveída
a las nueve horas y veinte minutos del día veintisiete de Julio del año dos
mil doce, se ha declarado al señor JORGE ANTONIO LOPEZ INGLES,
heredero definitivo en su calidad de Padre; con beneficio de inventario de
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los bienes de la sucesión intestada que dejó el señor OSCAR ROBERTO
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LOPEZ GOMEZ, quien falleció en el Hospital Médico Quirúrgico del
Seguro Social de San Salvador, a las dieciocho horas treinta y cinco
de la causante y como Cesionario de los Derechos Hereditarios que le
correspondían al señor Manuel de Jesús Alemán, éste en calidad de cónyuge sobreviviente de la misma causante, señora RICARDA MARIBEL
RAMÍREZ DE ALEMÁN conocida por RICARDA MARIBEL RAMÍREZ DE CAMPOS por RICARDA MARIBEL RAMÍREZ TURCIOS
y por RICARDA MARIBEL RAMÍREZ, en la sucesión intestada que
ésta dejó al fallecer el día veintiuno de diciembre del año dos mil diez,
en el Cantón Los Llanitos, jurisdicción de El Tránsito, departamento de
domicilio la Ciudad de Mejicanos, habiéndole concedido la representación
San Miguel, siendo la ciudad de Usulután su último domicilio.
D
minutos del día cinco de Junio del año dos mil uno y siendo su último
y administración definitiva de la referida sucesión.
Por lo que se avisa al público para los efectos de ley.
Librado en San Salvador, el día once del mes de octubre del año
dos mil doce.
Confiriéndosele al heredero declarado la administración y representación definitiva de dicha sucesión, con las facultades y restricciones
de ley. Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a los seis días del mes
de septiembre del año dos mil doce. Lic. JOSE ANTONIO GAMEZ,
Lic. HERNAN ROBERTO GARCIA CUBIAS,
JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MIRNA MARISOL SIGARAN H., SECRETARIA.
NOTARIO.
1 v. No. F056160
1 v. No. F056171
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397
44
DAVID ANTONIO RAMOS COLORADO, Notario del domicilio de
San Salvador, con oficina establecida en el Pasaje "A" ciento catorce,
Colonia Ferrocarril, de San Salvador, AL PÚBLICO
con oficina ubicada en Plaza Mariachi y Centro de Negocios Swatmy,
local veintisiete, Calle Sisimiles, frente a Sertracen, de esta ciudad,
HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notaria, proveída
a las quince horas veinte minutos del día diez del mes de octubre del año
dos mil doce, se ha declarado a la señora MARIA ELENA ORELLANA
VIUDA DE DELGADO, heredera definitiva con beneficio de inventario
de los bienes en la herencia intestada, que a su defunción dejó el señor
JOSE MANUEL DELGADO ORELLANA, ocurrida en Kilómetro
treinta y dos y medio, Carretera Panamericana, San Juan Opico, departamento de La Libertad, y habiendo fallecido el día veintidós de
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HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída
las diez horas del día cuatro de julio del año dos mil diez, se ha tenido
por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia
intestada que a su defunción, ocurrida en esta ciudad, su último domicilio,
el diecinueve de mayo del año dos mil tres, dejó el señor REMBERTO
RAMOS, conocido como REMBERTO RAJO y REMBERTO RAJO
GONZALEZ, de parte de GLADYS YOLANDA GOMEZ RAUDA
VIUDA DE RAJO en concepto de esposa y de GLADYS YOLANDA
RAMOS GOMEZ, conocida como GLADYS YOLANDA RAJO,
DOLORES MARITZA RAMOS GOMEZ, conocida como DOLORES
MARITZA RAJO y DOLORES MARITZA RAJO GOMEZ, OSCAR
RAMOS GOMEZ conocido como OSCAR RAJO y RAFAEL RAMOS
GOMEZ conocido por RAFAEL RAJO en su calidad de hijos legítimos
del causante, habiéndoseles concedido la administración y representación
definitiva de la sucesión.
NADY PATRICIA MARROQUIN REYES, Notaria, de este domicilio,
Librado en la oficina del Notario DAVID ANTONIO RAMOS
COLORADO, el día treinta de septiembre del año dos mil doce.
junio del año dos mil doce, siendo su último domicilio de Ciudad Arce,
departamento de La Libertad, en su concepto de madre sobreviviente del
causante, quien ha comparecido ante la suscrita Notaria por medio de
su apoderado General Judicial con cláusula Especial, Licenciado Jorge
Alberto Orellana Villalta, habiéndosele concedido la representación y
administración definitiva de la referida sucesión.
Por lo que se avisa al público para los efectos de ley.
Librado en la ciudad de San Salvador, a los once días del mes de
octubre del año dos mil doce.
DAVID ANTONIO RAMOS COLORADO,
NOTARIO.
LICDA. NADY PATRICIA MARROQUIN REYES,
NOTARIA.
1 v. No. F056180
1 v. No. F056183
NADY PATRICIA MARROQUIN REYES, Notaria, de este domicilio,
con oficina Notarial en Centro Comercial Swatmy, local veintisiete, Calle
Sisimiles, frente a Sertracen, San Salvador,
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HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notaria, proveída
a las quince horas y treinta minutos de día diez del mes de octubre del
corriente año, se ha declarado a la señora EDITH DEL CARMEN
SHASTHER DE ALFARO, heredera definitiva con beneficio de inventario de los bienes en la Herencia Intestada que a su defunción dejara el
señor ALEJANDRO ANTONIO SHASTE CORNELIO conocido por
ALEJANDRO ANTONIO SHASTER y por ALEJANDRO ANTONIO
SHASTHER, defunción ocurrida en esta ciudad, siendo su último domicilio Colonia Chaín, Tercera Calle Oriente, Pasaje tres "A", número
OCHO, Cuscatancingo, San Salvador y habiendo fallecido el día siete de
febrero del año dos mil diez, en concepto de cesionaria de los derechos
hereditarios que le correspondían a los señores SANTOS CIPRIANO
LINO SHASHTE PASHACA y GABRIELA ESCOBAR DE SHASHTE, padres del causante, habiéndosele concedido la representación y
administración definitiva de la referida sucesión.
Por lo que se avisa al público para los efectos de ley.
Librado en la ciudad de San Salvador, a los once días del mes de
octubre del año dos mil doce.
ELMER OSWALDO PEREZ CUBIAS, Notario, del domicilio de Santa
Tecla, con despacho notarial, ubicado en Urbanización Jardines de
Merliot, Calle Cuisnahuat, Polígono G, número veinte, Ciudad Merliot,
de la Ciudad de Santa Tecla,
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída
a las diecisiete horas del día cinco de septiembre de dos mil doce, se ha
declarado a la señora NORMA PATRICIA MUÑOZ DE ALVARADO,
quien es de treinta y nueve años de edad, estudiante, del domicilio de
Sacacoyo, Departamento de La Libertad, persona que conozco e identifico
por medio de su Documento Único de Identidad número cero un millón
trescientos treinta y nueve mil doscientos ochenta y nueve-ocho, y Tarjeta
de Identificación Tributaria Número cero quinientos once-ciento setenta
mil seiscientos setenta y tres-ciento dos-nueve. Heredera Definitiva con
Beneficio de Inventario de la Herencia Intestada que a su defunción
dejó la señora ASCENCION JUANA MUÑOZ conocida como JUANA
ASCENCIO MUÑOZ CASTRO, quien fue de sesenta y seis años de
edad, oficios domésticos, soltera, originaria de Tepecoyo, departamento
de La Libertad, siendo su último domicilio Sacacoyo, Departamento de
La Libertad, y habiendo fallecido en el Hospital Médico Quirúrgico del
LICDA. NADY PATRICIA MARROQUIN REYES,
NOTARIO.
Instituto Salvadoreño del Seguro Social, de la Ciudad de San Salvador,
a las dos horas y diez minutos, del día veinticuatro de marzo del año dos
mil doce, en su concepto de cesionaria de todos los derechos Hereditarios
que le correspondían y le fueron transferidos de parte de las señoras ANA
1 v. No. F056182
MARITZA MUÑOZ DE GARCIA o ANA MARITZA MUÑOZ MEJIA
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012.
y VILMA NAVIDAD MUÑOZ DE URRUTIA o VILMA NAVIDAD
MUÑOZ, quienes lo hicieron en su calidad de hijas herederas de la
causante ya mencionada, confiriéndole a la heredera la administración
y representación DEFINITIVA de la referida sucesión. Publíquense el
presente aviso tal como lo establece la Ley.
Librado en la ciudad de Santa Tecla, a los cinco días del mes de
septiembre del año dos mil doce.
Soyapango, quien falleció el día veintiuno de junio de mil novecientos
setenta y siete; al señor MARIANO ERNESTO LOPEZ ALAS, en concepto de cesionario de los derechos hereditarios que les correspondían a
los señores JOSEFINA HERNANDEZ hoy DE AGUILUZ, HECTOR
ANTONIO GONZALEZ FLORES, CARLOS EVELIO GONZALEZ
FLORES y FELIX WALBERTO GONZALEZ FLORES; en calidad de
madre e hijos del causante respectivamente. Se ha conferido al heredero
declarado la representación y administración DEFINITIVA de la herencia
intestada.
ELMER OSWALDO PEREZ CUBIAS,
NOTARIO.
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Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
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ley.
1 v. No. F056200
JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE METAPAN,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a las
ocho horas con treinta minutos del día cuatro de septiembre del dos mil
doce, se declaró herederos abintestato con beneficio de inventario a los
señores JOSE HELIBERTO FLORES o JOSE HELIBERTO FLORES
GALDAMEZ, MARTA, BERALICIA y ANGELINA todas de apellidos FLORES VIDAL, y DORIS FLORES DE PERLERA, en calidad
de hijos de la causante MARTA VIDAL VIUDA DE FLORES, quien
fue de setenta y siete años de edad, oficios domésticos, fallecida el día
catorce de julio de dos mil once, siendo Metapán su último domicilio.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de
Ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las diez horas con
cuarenta minutos del día uno de octubre de dos mil doce. LIC. JOSÉ
HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. MARIA
LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIO.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las diez horas
y treinta minutos del día treinta de julio de dos mil doce. LIC. EDGAR
ORLANDO ZÚNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. MARÍA
ESTELA SORIANO NAVARRETE, SECRETARIA.
1 v. No. F056226
ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
AVISA: Que por resolución de las quince horas y diez minutos, de
este día, se ha declarado heredera definitiva con beneficio de inventario, la
herencia intestada que dejó el señor JOSE ENOC ALVAREZ VASQUEZ,
quien falleció el día catorce de mayo del dos mil ocho; en el Caserío El
Higuerón, Cantón La Quesadilla, Departamento de La Unión; siendo ese
lugar su último domicilio; a la señora ELENA VASQUEZ VIUDA DE
ALVAREZ o ELENA VASQUEZ, en calidad de madre del causante.
Y se le ha conferido a la heredera declarada, en la calidad antes dicha,
la administración y representación definitiva de la sucesión.
Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los diecinueve días
del mes de Septiembre del dos mil doce. LIC. ROGELIO HUMBERTO
ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL. BR. JORGE ALBERTO
PÉREZ, SECRETARIO.
1 v. No. F056218
IA
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1 v. No. F056230
D
LIC. EDGAR ORLANDO ZÚNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL DEL
DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO.
AVISA: Que por resolución proveída en este Tribunal las diez horas
y once minutos de este día, en las presentes Diligencias de Aceptación de
Herencia Intestada que a su defunción dejó el causante señor PORFIRIO
GONZALEZ HERNANDEZ, promovidas por el Abogado VICENTE
DE JESÚS PALENCIA, en su calidad de Apoderado General Judicial
del señor MARIANO ERNESTO LOPEZ ALAS, se ha DECLARADO
HEREDERO ABINTESTATO y con beneficio de inventario de la herencia intestada que a su defunción dejó el causante señor PORFIRIO
GONZALEZ HERNANDEZ, quien fue de veintinueve años de edad,
jornalero, soltero, hijo de los señores Marcelino González y Josefina
Hernández, originario del Municipio de Soyapango, Departamento de
San Salvador, de nacionalidad salvadoreña y con último domicilio en
MARÍA LETICIA RIVAS AGUILAR, Notaria, de este domicilio, con
oficina ubicada en diecinueve Calle Poniente, trescientos veinticinco,
ciudad; AL PÚBLICO
HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notaria, proveída
a las diecisiete horas y treinta minutos del día diez de octubre de dos
mil doce, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de
inventario, la herencia testamentaria que a su defunción ocurrida a las
veintiuna horas y cero minutos del día dieciocho de agosto de este año,
en Ilopango, departamento de San Salvador, dejó la señora María Luisa
Mendoza Comayagua, de parte del señor José David Pérez Comayagua,
en concepto de heredero testamentario de la causante; habiéndosele
concedido la Representación y Administración Definitiva de la referida
sucesión.
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397
46
Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley.
Librado en San Salvador, a los once días del mes de octubre de
dos mil doce.
MARIA LETICIA RIVAS AGUILAR,
NOTARIO.
HACE SABER: Que por resolución de las diez horas cuarenta
minutos de este día, se ha declarado al señor CARLOS VENTURA
CASTILLO, heredero abintestato con beneficio de inventario de los bienes
que a su defunción dejó el señor CLEMENTE VENTURA, conocido
por JOSE CLEMENTE VENTURA, quién fue de ochenta y ocho años
de edad, agricultor en pequeño, casado, salvadoreño, originario y del
domicilio de esta ciudad de San Vicente, departamento de San Vicente,
con Documento Único de Identidad número cero cero quinientos cincuenta y ocho mil trescientos veintiocho-uno, y Número de Identificación
Tributaria mil diez- cero veinte mil ciento veintitrés-ciento uno-uno,
habiendo fallecido a las veintiuna horas del día dieciocho de diciembre
del año dos mil once, en Colonia Divina Providencia de esta ciudad,
lugar de su último domicilio, en concepto de hijo del causante y como
cesionario del derecho hereditario que en esta sucesión les correspondía
a los señores José Adolfo Ventura Castillo, María Luisa Ventura Castillo y María Argelia Ventura de Arias, estos en concepto de hijos del
causante. Y se ha conferido al heredero declarado la administración y
representación definitivas de la sucesión.
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1 v. No. F056236
DRA. ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito
Judicial, al público para los efectos de ley.
MARÍA LETICIA RIVAS AGUILAR, Notaria, de este domicilio, con
oficina ubicada en Diecinueve Calle Poniente, trescientos veinticinco,
ciudad; al público
HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notaria, proveída a
las diecisiete horas del día nueve de octubre de dos mil doce, se ha tenido
por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia
intestada que a su defunción ocurrida el once de marzo de dos mil doce,
dejó el señor José Bartolo Romero Villalobos, de parte de las señoras:
Rina Lissette Romero de Tobar, Yazmín Carolina Romero Guardado y
María Isabel Romero Guardado; en concepto de hijas sobrevivientes del
causante; habiéndoles concedido la Representación y Administración
Definitiva de la referida sucesión.
Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley. Librado en
San Salvador, a los once días del mes de octubre de dos mil doce.
MARIA LETICIA RIVAS AGUILAR,
NOTARIO.
1 v. No. F056237
LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, al
R
público para los efectos de ley.
IA
HACE SABER: Que por resolución de este día, se ha declarado
a WALTER FABRICIO ESCOBAR REVELO, heredero beneficiario
D
e intestado de los bienes que a su defunción dejó la causante GLORIA
ARMINDA ESCOBAR REVELO o GLORIA ARMINDA ESCOBAR,
quien falleció el día cuatro de marzo de este año en el Hospital ProFamilia, San Salvador, siendo Zacatecoluca, su último domicilio, en
concepto de hermano y como cesionario del derecho hereditario que le
correspondían a ZOILA JESUS ESCOBAR REVELO o ZOILA JESUS
ESCOBAR, hermana de dicha causante. Confiérase al heredero que se
declara, la administración y representación definitivas de la sucesión.
JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, veinte de septiembre de
dos mil doce. DR. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL.
JORGE ALBERTO RODRÍGUEZ, SECRETARIO.
1 v. No. F056243
Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los diecisiete días
del mes de septiembre del año dos mil doce. DRA. ANA FELICITA
ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL. LIC. LILIAN MABEL RUIZ DE
SALINAS, SECRETARIO.
1 v. No. F056244
LA INFRASCRITA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE LA LIBERTAD,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a
las diez horas y treinta minutos del día cuatro de octubre del presente
año, fueron DECLARADOS HEREDEROS DEFINITIVOS Y CON
BENEFICIO DE INVENTARIO DE LA HERENCIA INTESTADA
que, a su defunción dejó el causante RAYMUNDO SANCHEZ RIVAS,
quien falleció el día veintisiete de febrero de mil novecientos ochenta y
ocho, a la edad de sesenta y dos años, soltero, comerciante en pequeño,
originario de San Vicente, Departamento de San Vicente y del domicilio
de esta Ciudad; siendo esta misma Ciudad su último domicilio; a los
señores JUAN FRANCISCO AQUINO RIVAS y JUANA ARAUJO
conocida por JUANA AQUINO DE ARAUJO, con número de identificación tributaria en el orden respectivo el primero cero quinientos
dieciocho - veintinueve cero ocho sesenta y ocho - ciento uno - cero, la
segunda cero quinientos dieciocho - treinta cero cinco setenta y dos ciento uno - uno; en su calidad de hermanos del causante en mención;
Confiriéndose a los herederos declarados la ADMINISTRACIÓN Y
REPRESENTACIÓN DEFINITIVA de la referida sucesión.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de La Libertad, a los
cuatro días del mes de octubre de dos mil doce. LICDA. DIGNA GLADIS
MEDRANO DE GÓMEZ, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA. LIC.
JOEL ALBERTO NAVARRO RAMOS, SECRETARIO.
1 v. No. F056248
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012.
47
OSCAR NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA
cepción, Departamento de Chalatenango, lugar de su último domicilio,
DE ESTE DISTRITO DE JUCUAPA,
el día catorce de mayo de dos mil diez, dejó el señor JOSE GABRIEL
HACE SABER: Que por resolución proveída en este Juzgado a
MENJIVAR RAMIREZ, en su calidad de cesionaria de los Derechos
las catorce horas y treinta minutos de este día, se ha tenido por aceptada
Hereditarios que en calidad de hijos sobrevivientes del causante les
expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada que
correspondían a los señores José Gabriel Recinos Menjívar, Reina del
a su defunción dejó JOSE MARIA MORATAYA o JOSE MARIA
Carmen Recinos de Calderón y Silvia Elizabeth Recinos de Córdova,
MORATAYA CRUZ, quien fue de cincuenta y dos años de edad,
habiéndosele conferido la Representación y Administración Definitiva
casado, jornalero, originario de Alegría, Departamento de Usulután, de
de la referida sucesión.
Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley.
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nacionalidad salvadoreña, hijo de Indalecio de Jesús Morataya y Angela
Cruz, ambos fallecidos; quien falleció a las veintiuna horas del día treinta
día tres de junio del año dos mil cuatro, en el Cantón El Escarbadero,
Estanzuelas, Departamento de Usulután, de parte de ROSA EMILIA
VENTURA DE MORATAYA, de sesenta y ocho años de edad, empleada,
Librado en la Ciudad de San Salvador, a los veintiocho días del
mes de noviembre de dos mil once.
de oficios domésticos, del domicilio de Estanzuelas, Departamento de
Usulután, con Documento Único de Identidad número: cero uno ocho
cinco seis tres siete tres-siete; y con Tarjeta de Identificación Tributaria
Lic. NAPOLEON ARMANDO DOMINGUEZ RUANO,
NOTARIO.
número: mil ciento siete- ciento sesenta mil novecientos cuarenta y tresciento uno- dos, en concepto de cónyuge sobreviviente del causante y
cesionaria de Derechos Hereditarios que le correspondían a Francisco
1 v. No. F056291
Antonio Morataya Ventura, en concepto de hijo del causante Art. 988
N° 1° C.C.
Confiérasele al aceptante declarado en el carácter aludido, la
Administración y Representación Definitiva de la Sucesión.
Publíquese el aviso de Ley y oportunamente extiéndase la Certi-
domicilio, con Despacho notarial ubicado en Setenta y Nueve Avenida
ficación solicitada.
Sur y Calle Cuscatlán, Edificio Plaza Cristal, Local Dos- Cinco, Colonia
LO QUE SE AVISA AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE
LEY.
DOCTOR JAIME ANTONIO ARIAS BOJÓRQUEZ, notario, de este
LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
JUCUAPA, A LAS CATORCE HORAS Y CUARENTA MINUTOS
Escalón, de esta ciudad,
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída
a las ocho horas y veinte minutos de este día, se ha declarado a la señora
DEL DIA TRES DE OCTUBRE DE DOS MIL DOCE. Lic. OSCAR
MARIA JULIA VELASCO ALVARADO, heredera definitiva con be-
NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Lic.
neficio de inventario de los bienes que a su defunción dejara la señora
RODOLFO ANTONIO CASTRO, SECRETARIO.
MARIA ANTONIA VELASCO DE GARZONA, o MARIA ANTONIA
en la ciudad de Armenia, departamento de Sonsonate, el día trece de
1 v. No. F056259
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VELASCO ALVARADO o MARIA ANTONIA VELASCO, ocurrida
junio de dos mil doce, en concepto de heredera universal abintestato de
la causante; habiéndole concedido la administración y representación
definitiva de la referida sucesión.
NAPOLEON ARMANDO DOMINGUEZ RUANO, Notario, de este
domicilio, con oficina ubicada en: COLONIA MEDICA, CALLE
GUADALUPE, NUMERO UN MIL TRESCIENTOS DIECINUEVE,
Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley.
Librado en San Salvador, el doce de octubre de dos mil doce.
SEGUNDA PLANTA, DE ESTA CIUDAD, al público en general,
HACE SABER: Que por resolución del Suscrito Notario, proveída
a las diez horas del día veintiséis de noviembre del corriente año, se ha
tenido por Aceptada Expresamente y con Beneficio de Inventario de parte
de la señora MARIA CRUZ RECINOS QUINTANILLA, la herencia
de los bienes que a su defunción, ocurrida en la ciudad de Nueva Con-
JAIME ANTONIO ARIAS BOJÓRQUEZ,
NOTARIO.
1 v. No. F056295
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397
48
ZOILA JUANA EMPERATRIZ GAMERO GONZÁLEZ, Notario, del
LEMUS, a la señora ZULYMA YASMIN ALVARADO MONROY, en
domicilio de Apopa, al público para los efectos de ley,
su calidad de hija del referido de cujus y como cesionaria de los derechos
HAGO SABER: Que por resolución pronunciada por la suscrita
Notaria a las siete horas del día once de octubre de dos mil doce, se ha
declarado a las señoras MARIA EUGENIA CAMPOS DE RAUDA y
MARÍA DEL CARMEN MARADIAGA DE UMAÑA, HEREDERAS
hereditarios que en abstracto en la presente sucesión le correspondían a
las señoras ZOILA MONROY DE ALVARADO conocida por ZOILA
ANGELICA MONROY, ZOILA MONRROY y por ZOILA MONROY,
y ANA ZENEYDA ALVARADO MONROY, la primera en su calidad
de cónyuge sobreviviente, y la segunda como hija del causante en men-
bienes que a su definición dejara el señor CÁNDIDO RAUDA conocido
ción.
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DEFINITIVAS ABINTESTATO, con beneficio de inventario de los
por CÁNDIDO RAUDA ACOSTA, quien a la fecha de su defunción
era de sesenta y un años de edad, jornalero, salvadoreño, originario y
Se ha conferido a la heredera declarada la administración y repre-
sentación definitiva de la sucesión.
del domicilio de esta ciudad, hijo de la señora Bibiana Rauda Portillo
conocida por Biviana Rauda y Laureana Rauda y del señor Cruz Acosta;
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de
ley.
habiendo sido su último domicilio también la ciudad de Apopa, Departa-
Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, Depar-
mento de San Salvador; en su calidad de hijas del causante y cedatarias
de los derechos sucesorales que le correspondían a JOSÉ FRANCISCO
MARADIAGA RAUDA, JOSÉ MANUEL RAUDA MARADIAGA,
ANA ISABEL RAUDA CAMPOS y PATRICIA MARISOL RAUDA
CAMPOS, también hijos del causante; quienes le cedieran a las herederas
tamento de San Salvador, a las catorce horas del día nueve de octubre
de dos mil doce. Licda. JUDITH GUADALUPE MAZA CALDERON,
JUEZ DE LO CIVIL. Lic. ANTONIO CORTEZ GOMEZ, SECRETARIO.
declaradas, a título gratuito tales derechos; habiéndosele por lo tanto
1 v. No. F056300
conferido a las aceptantes la ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTA-
CIÓN DEFINITIVA de la referida sucesión, lo que se avisa al público
para los efectos de Ley.
Librado en el Despacho Notarial de la infrascrita Notaria. En la
ciudad de Apopa, a los once días del mes de octubre de dos mil doce.
ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
AVISA: Que por resolución de las ocho horas y veinticinco minutos,
Licda. ZOILA JUANA EMPERATRIZ GAMERO GONZÁLEZ,
NOTARIO.
de este día, se ha declarado heredera definitiva con beneficio de inventario,
la herencia intestada que dejó la señora PETRONILA MARTINEZ, quien
1 v. No. F056298
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falleció el día dieciocho de junio de mil novecientos noventa y cinco; en
el Barrio de Honduras de esta ciudad de La Unión, siendo este lugar su
último domicilio; a la señora ROSA ELVIRA MARTINEZ VIUDA DE
VELASQUEZ, conocida por ROSA ELVIRA MARTINEZ, en calidad
de hija de la causante. Y se le ha conferido a la heredera declarada, en
LICDA. JUDITH GUADALUPE MAZA CALDERON, Jueza de lo
la calidad antes dicha, la administración y representación definitiva de
Civil de este Municipio Judicial,
la sucesión.
AVISA: Que por resolución proveída por este juzgado a las diez
Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los dieciocho días
horas con diez minutos del día cinco de octubre de dos mil doce.- Se ha
del mes de septiembre del dos mil doce. Lic. ROGELIO HUMBERTO
declarado heredera definitiva con beneficio de inventario en la herencia
ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL. Br. JORGE ALBERTO
intestada que a su defunción ocurrida en la Ciudad de San Salvador,
PEREZ, SECRETARIO.
siendo su último domicilio esta Ciudad de San Marcos, el día seis de
noviembre del año dos mil uno, dejó el causante PEDRO ALVARADO
1 v. No. F056302
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012.
49
DOCTOR GENARO SANCHEZ GUARDADO, Notario, de este do-
En consecuencia por este medio se cita a todos los que se crean
micilio, con oficina situada en Final Séptima Avenida Norte Edificio
con derechos a la referida herencia para que se presenten a la referida
dos-C local número nueve segunda planta Urbanización Santa Adela,
oficina en el término de quince días contados desde el siguiente a la
Contiguo a Universidad Politécnica de El Salvador, de esta ciudad al
última publicación del presente edicto.
público, para los efectos de Ley,
AVISO: Que por resolución proveída por el suscrito, a las nueve
horas con treinta minutos del día doce de octubre del dos mil doce, he
declarado heredero definitivo al señor Roberto Arturo Giralt Barraza,
Librado en la oficina del Notario, SALOMON ERNESTO CANALES, en la Villa de Tecapán, a las ocho horas y treinta minutos del día
veintitrés de septiembre de dos mil doce.
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de la herencia testamentaria que a su defunción acaecida a las nueve
horas y treinta minutos del día nueve de abril de dos mil, dejó la señora
Lic. SALOMON ERNESTO CANALES,
Corina Veralice López Barraza de Giralt, conocida por Corina Veralice
NOTARIO.
Barraza de Giralt y por Corina Barraza de Giralt, quien fue de ochenta
1 v. No. C006004
años de edad, Ama de Casa, Salvadoreña, originaria de la ciudad y Departamento de Santa Ana, hija de Efraín Barraza Estrada y de Hortensia
López, quien falleció a las seis horas y cuarenta y cinco minutos del día
siete de junio del dos mil diez, en el Hospital Militar de esta Ciudad;
y su último domicilio fue en Antiguo Cuscatlán, Departamento de La
JUAN JOSE VILLALOBOS APARICIO, Notario, de este domicilio, con
Libertad.
oficina en Décima Calle Poniente Número Trescientos Catorce, Barrio
Librado en la ciudad de San Salvador, a los doce días del mes de
octubre del dos mil doce.
San Francisco, de esta ciudad,
HACE SABER: Que por resolución del suscrito notario, proveída
GENARO SANCHEZ GUARDADO,
NOTARIO.
a las diez horas del veinte de Julio del año dos mil doce. Se ha tenido
por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la Herencia
Intestada que a su defunción dejó: RAUL ALFREDO VILLACORTA,
1 v. No. F056308
ocurrida en la Ciudad de Chinameca, departamento de San Miguel, el día
dos de Marzo de mil novecientos noventa y dos, de parte de la señora:
FRIDA CELINA VILLACORTA VILLACORTA, en su concepto de Hija
ACEPTACION DE HERENCIA
sobreviviente del causante, habiéndoseles conferido la administración y
representación de la sucesión, con las facultades y restricciones de los
SALOMON ERNESTO CANALES, Notario, del domicilio de Tecapán,
curadores de la herencia yacente.
departamento de Usulután; con oficina ubicada en AVENIDA LIBER-
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TADORES DE AMERICA, POLIGONO "P" # NUEVE, COLONIA
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PADRE SANTO, del mismo domicilio. Al público en general,
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída
En consecuencia, por este medio se cita a los que se crean con
derechos a la herencia, para que se presenten a la oficina en el término
de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del
presente edicto.
a las diez horas del día veintidós de septiembre de dos mil doce, se ha
tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la
herencia testada que a su defunción, ocurrida en ciudad de Mejicanos,
Librado en la oficina del Notario. En la Ciudad de San Miguel, a
las ocho horas del día diecisiete de Septiembre del año dos mil doce.
departamento de San Salvador; el día diecisiete de julio de dos mil
doce; dejara la señora Rosa Lydia Morataya conocida por Rosa Lidia
Lic. JUAN JOSE VILLALOBOS APARICIO,
Morataya y por Rosa Morataya; por parte de BLANCA LIDIA CHICAS ARGUETA, en calidad de heredera testamentaria de la causante;
ABOGADO Y NOTARIO.
habiéndosele conferido la administración y representación interina de la
sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia
yacente.
1 v. No. C006016
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397
50
EVELYN MERCEDES GAVARRETE MOLINA, Notario, del domi-
Cantón Cerro Colorado, jurisdicción de San Rafael Cedros, Departamento
cilio de esta ciudad y de San Vicente, con oficina ubicada en Calle José
de Cuscatlán, de parte de los señores ZOILA MARGOTH BONILLA
Francisco López número tres, de la ciudad de Cojutepeque, Departamento
ABARCA, MARIA ADELA BONILLA ABARCA, GUADALUPE
de Cuscatlán,
ANTONIA BONILLA DE PEREZ, MARIA DEL CARMEN BONILLA
DE MELENDEZ, ANA GLADYS BONILLA DE ROSALES y JOSE
ABEL BONILLA ABARCA, todos en su concepto de Herederos Tes-
HACE SABER: Que por resolución de la suscrito Notario,
proveída a las ocho horas del día diez de Octubre de dos mil doce, se
nistración y representación interina de la sucesión, con las facultades y
restricciones de los curadores de la herencia yacente.
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ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la
tamentarios de la referida causante, habiéndoseles conferido la admi-
herencia intestada que al fallecer el día veintinueve de Agosto de dos
mil doce, en Cantón Calvario, jurisdicción de El Rosario, Departamento
Lo que hace del conocimiento público para los efectos de Ley.
de Cuscatlán, dejó don MANUEL ANTONIO HERNANDEZ PEÑA,
Librado en la oficina Notarial de la Licenciada EVELYN MER-
teniendo como su último domicilio el mismo lugar de su fallecimiento,
CEDES GAVARRETE MOLINA. En la ciudad de Cojutepeque, a los
al señor JOSE GILBERTO HERNANDEZ ESCOBAR, en su concepto
doce días del mes de Octubre de dos mil doce.
de hijo del referido causante, habiéndosele conferido la administración y
representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones
Lic. EVELYN MERCEDES GAVARRETE MOLINA,
de los curadores de la herencia yacente.
ABOGADO Y NOTARIO.
1 v. No. C006024
Lo que hace del conocimiento público para los efectos de Ley.
Librado en la oficina Notarial de la Licenciada EVELYN MER-
CEDES GAVARRETE MOLINA. En la ciudad de Cojutepeque, a los
doce días del mes de Octubre de dos mil doce.
NELSON ALBERTO MARROQUIN ARGUETA, Notario, de este domicilio, con Oficina Notarial en: Ochenta y Una Avenida Norte, número
Trescientos Veintisiete, Colonia Escalón, San Salvador, al público, para
los efectos de Ley,
Lic. EVELYN MERCEDES GAVARRETE MOLINA,
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, pronuncia-
da a las Nueve horas de este día, se ha tenido por Aceptada Expresamente
ABOGADO Y NOTARIO.
y con Beneficio de Inventario, la Herencia Testamentaria que dejara la
1 v. No. C006023
señora MARIA DEL PILAR MARTINEZ, a su defunción, ocurrida en
el Hospital Médico Quirúrgico del Seguro Social de esta ciudad, a las
Doce, siendo su último domicilio la ciudad de Mejicanos, Departamento
de San Salvador, de parte del señor JOSE ENRIQUE MADRID, en
cilio de esta ciudad y de San Vicente, con oficina ubicada en Calle José
concepto de Heredero Testamentario de la causante, habiéndosele con-
Francisco López número tres, de la ciudad de Cojutepeque, Departamento
ferido la Administración y Representación Interina de la Sucesión, con
de Cuscatlán,
las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.
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EVELYN MERCEDES GAVARRETE MOLINA, Notario, del domi-
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seis horas y treinta minutos del día Diecisiete de Junio del año Dos Mil
HACE SABER: Que por resolución de la suscrito Notario, proveída
a las quince horas del día cinco de Octubre de dos mil doce, se ha tenido
por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia
Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.
Librado en la Notaría Pública, San Salvador, a los dos días del mes
de octubre de dos mil doce.
Testamentaria que al fallecer el día catorce de Abril de dos mil doce, en
Hospital de Emergencias y Diagnóstico, de la ciudad de San Salvador,
Departamento de San Salvador, dejó la señora MARIA CARMEN
ABARCA VIUDA DE BONILLA conocida por MARIA CARMEN
ABARCA DE BONILLA, teniendo como su último domicilio el de
Lic. NELSON ALBERTO MARROQUIN ARGUETA,
NOTARIO.
1 v. No. C006031
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012.
51
INOCENTE MILCIADES VALDIVIESO SUAREZ, Notario, de este
confiere en forma conjunta la administración y representación interina
domicilio, con Despacho Notarial ubicado en la Séptima Calle Poniente
de la sucesión con las facultades y restricciones que la ley le otorga a
Bis, Pasaje nueve, casa número dos, Colonia Escalón, San Salvador,
los curadores de la herencia yacente, en forma conjunta.
San Salvador, 12 de octubre de 2012.-
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída
a las diez horas del día veintiocho de septiembre del presente año, se
JORGE ANTONIO MARROQUÍN RUGAMAS,
ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la
NOTARIO.
herencia intestada que a su defunción dejó el señor JOSÉ MANUEL
ROBERTO GUTIÉRREZ LÓPEZ, ocurrida el día cinco de septiembre
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1 v. No. C006035
de dos mil doce, siendo San Salvador su último domicilio, aceptación
que se hace por parte de los señores JUAN JOSÉ ROBERTO GUTIÉRREZ GUTIÉRREZ, XIMENA MARÍA GUTIÉRREZ DE ESCA-
LÓN, MARÍA ARELY GUTIÉRREZ DE PACAS, y GRACIA MARÍA
GUTIÉRREZ DE MOLINS, todos en su calidad de hijos legítimos del
DORA MÉLIDA AGUILAR CANO, Notario, de este domicilio con oficina
ubicada en Ciudad Satélite, Pasaje Galaxia No. 6-U, San Salvador,
causante, habiéndoseles conferido la administración y representación
interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores
HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notario, proveída
de la herencia yacente. En consecuencia por este medio se cita a todos
a las ocho horas del día veintidós de septiembre de dos mil doce, se
los que se crean con derecho a la referida herencia, acudan a mi oficina
ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la
en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última
herencia testamentaria que a su muerte dejó el señor JOSÉ MARÍA
publicación del presente edicto.
MAGAÑA, conocido por JOSÉ MARÍA MAGAÑA MORÁN, de parte
Librado en la oficina del suscrito Notario, en la ciudad de San
Salvador, a los nueve días del mes de octubre de dos mil doce.-
de la señora CATALINA ELSA GUEVARA DE MAGAÑA, en su
concepto de ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA del causante JOSÉ
MARÍA MAGAÑA, conocido por JOSÉ MARÍA MAGAÑA MORÁN,
Lic. INOCENTE MILCIADES VALDIVIESO SUÁREZ,
NOTARIO.
habiéndosele conferido la administración y representación interina de
la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la
herencia yacente. En consecuencia, por este medio, cita a todos los que
1 v. No. C006032
se crean con derechos a la mencionada herencia, para que se presenten
a la referida oficina en el término de quince días, contados desde el
siguiente a la última publicación del presente edicto.
Librado en la oficina de la suscrita Notario. San Salvador, a las
doce horas del día veintidós de septiembre de dos mil doce.
JORGE ANTONIO MARROQUÍN RUGAMAS, Notario, del domicilio
de San Salvador, con oficina ubicada en 2° nivel del BANCO AZTECA,
R
Licda. DORA MÉLIDA AGUILAR CANO,
9ª. Av. Sur y calle Rubén Darío, San Salvador, al público, para los
IA
NOTARIO.
efectos legales,
D
1 v. No. F056165
HAGO SABER: Que por resolución dictada en acta notarial de las
14 horas del día 11 de octubre de 2012, en diligencias de aceptación de
herencia seguidas en mis oficios notariales se ha tenido por aceptada ex-
JUAN MIGUEL CARDONA ARIAS, Notario, de este domicilio, con
presamente y con beneficio de Inventario la herencia testamentaria dejada
oficina ubicada en calle Chaparrastique, número seiscientos siete, de
a su defunción por el causante JUAN ANTONIO SALAZAR MÉNDEZ,
esta ciudad,
conocido por JUAN ANTONIO SALAZAR, fallecido a las 6 horas del día
11 de marzo del 2011, en la ciudad de Santa Tecla, siendo éste su último
domicilio, de parte de las señoras KARLA ELIZABETH FLAMENCO
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a
SALAZAR y CLARA VERÓNICA FLAMENCO SALAZAR, conocida
las nueve horas del día once de septiembre del presente año, se ha tenido
por CLARA VERÓNICA BONILLA, en el concepto de HEREDERAS
por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia
TESTAMENTARIAS del causante antes mencionado, a quienes se les
intestada que a su defunción, ocurrida en la ciudad de Chinameca,
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397
52
jurisdicción de San Miguel, departamento de San Miguel, a las veintiuna
La Infrascrita Notaria MARÍA ELBA MENJÍVAR BELTRAN, del
hora del día veintinueve de junio de mil novecientos noventa y uno,
domicilio de Nueva Concepción, con oficina jurídica, ubicada en Barrio
dejó la señora IRMA ADELFA LOZA, conocida por IRMA ADELFA
San José, Avenida Silvestre de Jesús Díaz, Frente a Policía Nacional Civil,
LOZA VÁSQUEZ, de parte del señor ROGELIO ERNESTO LOZA,
en concepto de heredero de los bienes que a su defunción dejara la ex-
de la Ciudad de Nueva Concepción, Chalatenango, al Público,
presada señora, en concepto de hermano sobreviviente de la causante,
habiéndose conferido la administración y representación interina de la
sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia
yacente. En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean
con derechos a la expresada herencia, para que se presenten a la referida
HACE SABER: Que por acta notarial otorgada en esta ciudad, a las
trece horas treinta minutos del día veinte de septiembre del año dos mil
doce, se ha tenido por ACEPTADA EXPRESAMENTE, con beneficio
de inventario, la herencia intestada que a su defunción, ocurrida a las
última publicación del presente edicto.
ocho horas treinta minutos del día veintidós de febrero de dos mil doce,
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oficina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la
Librado en la oficina del Notario JUAN MIGUEL CARDONA
falleció en Hospital Médico Quirúrgico del Instituto Salvadoreño del
ARIAS. En la ciudad de San Miguel, a las nueve horas del día catorce
Seguro Social, de la ciudad de San Salvador, a consecuencia de Hemo-
de septiembre del año dos mil doce.-
rragia intraparenquimatosa e insuficiencia renal crónica, con asistencia
médica, el señor HERNÁN PORTILLO ARÉVALO, quien al momento
JUAN MIGUEL CARDONA ARIAS,
de su fallecimiento era de cuarenta y cuatro años de edad, agricultor
NOTARIO.
en pequeño, casado, originario del Cantón Santa Rosa, jurisdicción de
Nueva Concepción, departamento de Chalatenango, de nacionalidad
Salvadoreña, lugar de su último domicilio, de parte de la señora GLORIA
1 v. No. F056175
DOLORES CHACÓN MARTÍNEZ DE PORTILLO, en su calidad de
cónyuge sobreviviente del causante, a quien se le ha conferido la Administración y Representación Interina de la Sucesión con las facultades y
JUAN MIGUEL CARDONA ARIAS, Notario, de este domicilio, con
oficina ubicada en calle Chaparrastique, número seiscientos siete de
esta ciudad,
restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Lo que hace del conocimiento público para los efectos de ley.
Librado en la ciudad de Nueva Concepción, Chalatenango, a los
veinticuatro días de septiembre de dos mil doce.
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a
las nueve horas del día once de septiembre del presente año, se ha tenido
por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia
intestada que a su defunción, ocurrida en la ciudad de Chinameca,
MARÍA ELBA MENJÍVAR BELTRÁN,
NOTARIO.
jurisdicción de San Miguel, departamento de San Miguel, a las veinte
horas con treinta y cinco minutos del día catorce de abril de dos mil nueve,
1 v. No. F056211
dejó la señora LIDIA LOZA, de parte del señor ROGELIO ERNESTO
LOZA, en concepto de heredero de los bienes que a su defunción dejara
R
la expresada señora, en su calidad de hijo sobreviviente de la causante,
IA
habiéndose conferido la administración y representación interina de la
RAUL OVIDIO RODRÍGUEZ RIVERA, Notario, de este domicilio,
yacente. En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean
con despacho notarial en Reparto Maquilishuat, Avenida Los Laureles,
con derechos a la expresada herencia, para que se presenten a la referida
número cincuenta y cuatro, ciudad, al público,
D
sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia
oficina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la
última publicación del presente edicto.
Librado en la oficina del Notario JUAN MIGUEL CARDONA
HACE SABER: Que por resolución proveída a las doce horas
ARIAS. En la ciudad de San Miguel, a las nueve horas del día catorce
del día tres de septiembre del corriente año, se ha tenido por aceptada
de septiembre del año dos mil doce.-
expresamente y con beneficio de inventarío de parte del señor CARLOS
MANUEL LOUCEL, la Herencia Intestada dejada a su defunción por su
JUAN MIGUEL CARDONA ARIAS,
tía, la causante, señora MARGARITA LOUCEL AGUILAR, conocida
NOTARIO.
por GLORIA MARGARITA LOUCEL, MARGARITA AGUILAR
LOUCEL y por MARGARITA LOUCEL, quien fuera de setenta y siete
años de edad, y quien falleció a las veintiún horas treinta y siete minutos
1 v. No. F056176
del día veintinueve de noviembre del dos mil nueve, en la ciudad de
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012.
San Francisco, California, Estados Unidos de América, y habiendo sido
esa jurisdicción su último domicilio, en concepto de CESIONARIO de
los derechos que como hermana sobreviviente de la mencionada cau-
53
Lo que avisa al público para los efectos de Ley.Librado en las oficinas del suscrito Notario, La Unión, a los ocho
días del mes de octubre del año dos mil doce.
sante, le correspondían en dicha sucesión, a la señora ZOILA LEONOR
CÁNDIDO LOUCEL; confiriéndole al aceptante antes mencionado la
administración y representación interina de la sucesión con las facultades
y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Y para que lo
JOSÉ ARTURO HERRERA ALVARADO,
NOTARIO.
proveído tenga efectos legales se publicará por tres veces este edicto de
conformidad con la Ley.
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1 v. No. F056232
Librado en San Salvador, a los cinco de septiembre de dos mil
doce.-
NIXON ERIS PARADA GUTIÉRREZ, con oficina situada en la 1ª.
RAÚL OVIDIO RODRÍGUEZ RIVERA,
Avenida Norte, No. 402 de San Miguel, al público,
NOTARIO.
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída
1 v. No. F056223
a las 9:30 horas del día 5 de octubre de 2012, se ha tenido por aceptada
expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su
defunción ocurrida a las 18: 30 horas del día 21 de enero del 2006, en el
Cantón Carahon, jurisdicción de San Alejo, departamento de La Unión,
JOSÉ ARTURO HERRERA ALVARADO, Notario, del domicilio de
dejó el señor JOSÉ DOLORES RAMÍREZ RAMÍREZ, conocido por
San Salvador, con oficina en Séptima calle Poniente, media cuadra al
JOSÉ DOLORES RAMÍREZ, quien fue de 72 años de edad, casado,
Poniente del Centro Judicial de la ciudad de La Unión.-
Agricultor en pequeño, originario y del último domicilio de San Alejo,
departamento de La Unión, hijo de los señores ANA JULIA RAMÍREZ y
de JOSÉ VIRGILIO RAMÍREZ, de parte de la señora MARÍA MÁXIMA
pronunciada a las diez horas del día dos de octubre del año dos mil doce,
ESCOBAR viuda DE RAMÍREZ, en su calidad de esposa sobreviviente y
se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario,
como cesionario de los derechos hereditarios que les correspondían a los
la HERENCIA intestada, que a su defunción ocurrida en el Barrio de
señores DANIEL ESCOBAR RAMÍREZ y MARINA DEL CARMEN
Honduras, de esta ciudad, a las doce horas cinco minutos del día catorce
ESCOBAR RAMÍREZ, en calidad de hijos sobrevivientes del referido
de agosto de mil novecientos noventa y nueve, dejó el señor LORENZO
causante; habiéndosele conferido la administración y representación
ASTACIO GARCÍA, conocido por LORENZO FUENTES, LORENZO
interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores
ASTACIO FUENTES GARCÍA, LORENZO FUENTES GARCÍA,
de la herencia yacente. En consecuencia, por este medio se cita a todos
LORENZO ASTERIO GARCÍA y por LORENZO ASTERIO FUENTES
los que se crean con derecho a la herencia, para que se presenten a la
D
IA
R
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario,
GARCÍA, de parte del señor VICTORIANO REYES, en concepto de
cesionario de los derechos que le correspondían al señor LORENZO
referida oficina en el término de 15 días, contados desde el día siguiente
a la última publicación del presente edicto.
SÁNCHEZ FUENTES, conocido por LORENZO FUENTES
SÁNCHEZ, LORENZO SÁNCHEZ y por LORENZO HERNÁNDEZ
SÁNCHEZ, en la calidad de hijo sobreviviente del causante; y se le ha
Librado en la oficina del Notario Nixon Eris Parada Gutiérrez, San
Miguel, a las 10:00 horas del día 5 de octubre del 2012.
conferido al aceptante declarado en el carácter indicado, la administración
y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.- En consecuencia por este
medio se cita a todos los que se crean con derecho a la referida herencia,
Lic. NIXON ERIS PARADA GUTIÉRREZ,
ABOGADO Y NOTARIO.
para que se presenten a la referida oficina en el término de quince días
contados desde el siguiente día de la última publicación del edicto.-
1 v. No. F056235
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397
54
MARÍA DAISY YANIRA MARTÍNEZ ALAS, Notario, de este domicilio,
ANA MARLENE AVILA BUSTAMANTE, GEMMA LIZETH AVILA
con oficinas ubicadas en Edificio AVANTE, Suite cinco- cero uno,
BUSTAMANTE hoy DE LOPEZ y JULIO ALEXANDER AVILA
Boulevard Luis Poma, Santa Elena, Antiguo Cuscatlán, Departamento
BUSTAMANTE, en sus conceptos de hijos del causante y como
de La Libertad, al público,
Herederos Intestados; a quienes se les ha conferido consecuentemente la
administración y representación interina de la sucesión mencionada, con
las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
HAGO SABER: Que por resolución dictada a las nueve horas del
día veinticuatro de febrero del dos mil doce, en el despacho notarial a
mi cargo, las señoras DEYSI ESTER CIERRA ANAYA y MARTA
Librado en la ciudad de San Salvador, a los veinte días del mes de
febrero de dos mil uno.-
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LIDIA CIERRA DE QUEVEDO, han tenido por aceptada expresamente
Lo que se avisa al público para los efectos de ley.
y con beneficio de inventario, la herencia intestada que a su defunción
dejó la señora TERESA ANAYA viuda DE CIERRA, quien falleció a
los ochenta y siete años de edad, de oficios domésticos, originaria de
Santa María Ostuma, Departamento de La Paz, cuyo deceso ocurrió a
IVETTE CAROLINA MACHADO CANJURA,
NOTARIO.
las veintidós horas y cuarenta minutos, del día dos de diciembre de mil
novecientos noventa y cinco, en la Colonia La Reynaga, de la ciudad y
1 v. No. F056254
Departamento de San Salvador, sin haber formalizado testamento alguno,
siendo su último domicilio la ciudad y Departamento de San Salvador;
y se les ha conferido a las aceptantes la administración y representación
interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los Curadores
de la herencia yacente. Cito a los que se crean con derechos a la referida
LUIS ALBERTO ESCOBAR ARCHILA, Notario, del domicilio de esta
herencia, para que se presenten a este despacho dentro de los quince días
Ciudad y Departamento, con oficina ubicada en calle Obispo Marroquín
siguientes desde la última publicación del presente edicto.
No. 6-3, Sonsonate, al público,
Librado en mi despacho Notarial, en la ciudad de San Salvador,
El Salvador, a los trece días del mes de agosto del dos mil doce.-
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída
a las nueve horas del día tres del mes de octubre del año dos mil doce,
MARÍA DAISY YANIRA MARTÍNEZ ALAS,
se tiene por aceptada expresamente y con beneficio de Inventario la
NOTARIO.
Herencia intestada que a su defunción ocurrida en el Hospital Regional
del Seguro Social de Sonsonate, siendo su último domicilio la colonia
Montevideo, Avenida Salarrué número dos, jurisdicción de Sonzacate,
1 v. No. F056241
de este Departamento, el día veintisiete de abril del año dos mil doce,
dejó el señor JOSÉ HUMBERTO GUEVARA IBARRA, de parte de la
señora SANDRA ESTELA JIMÉNEZ DE GUEVARA, en su calidad de
R
sobreviviente del referido causante, en su concepto propio de cónyuge,
IA
IVETTE CAROLINA MACHADO CANJURA, Notario de este domicilio,
habiéndose conferido la Administración y Representación interina de
la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la
Senda Tres poniente número veinticinco, Mejicanos, San Salvador, al
herencia yacente. En consecuencia, por este medio se cita a todos los
Público.
que se crean con derecho a la referida herencia, para que se presenten a
D
con oficina profesional situada en Urbanización Metrópolis Norte,
la mencionada oficina en el término de quince días, contados desde el
HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notario, proveída
a las nueve horas del día veintitrés de enero de dos mil uno, se ha tenido
por ACEPTADA EXPRESAMENTE Y CON BENEFICIO DE INVEN-
día siguiente de la última publicación del presente edicto.
Librando en la Ciudad de Sonsonate, a los tres días del mes de
octubre del año dos mil doce.
TARIO LA HERENCIA INTESTADA que a su defunción ocurrida en la
ciudad de San Salvador, Departamento de San Salvador, el día dieciséis
Lic. LUIS ALBERTO ESCOBAR ARCHILA,
de marzo de dos mil, dejó el señor LUIS LEONEL AVILA GUERRERO,
NOTARIO.
quien tuvo su último domicilio en esta ciudad, de parte de los señores
ANA MARGOTH BUSTAMANTE DE AVILA, en su calidad de cónyuge sobreviviente y LEONEL ERNESTO AVILA BUSTAMANTE,
1 v. No. F056262
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012.
55
REINA PATRICIA ZELADA PEREZ, Notario, del domicilio de la
Por lo que se cita a los que se crean con derecho a la referida
ciudad de Sonsonate, con Oficina Jurídica establecida en Calle Alberto
herencia a que se presenten a la referida oficina en el término de quince
Masferrer Oriente, casa número guión catorce, Barrio El Ángel de la
días, contados desde el siguiente a la última publicación del presente
ciudad de Sonsonate,
edicto.
Librado en San Salvador, a los doce días del mes de octubre de
HACE SABER: Que por resolución proveída por la Suscrito No-
dos mil doce.
tario proveída a las quince horas y treinta minutos del día tres de Abril
SANTOS ISMAEL PORTILLO CHAVEZ,
de dos mil doce. Se ha tenido por aceptada expresamente y con Beneficio de Inventario la herencia Intestada que dejó la señora MATILDE
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NOTARIO.
GONZALEZ DE SOLIS, quien falleció en Sonsonate, el día dos de
Febrero de dos mil once, de parte del señor JUAN VICENTE SOLIS
GONZALEZ, como hijo de la Causante. Por lo tanto al señor JUAN
1 v. No. F056267
VICENTE SOLIS GONZALEZ, se le CONFIERE LA ADMINISTRACION Y REPRESENTACION INTERINA DE LA SUCESION DE LA
CAUSANTE MATILDE GONZALEZ DE SOLIS.
HECTOR SAUL PORTILLO, Notario, de este domicilio, con oficina
ubicada en Final Séptima Avenida Norte, Pasaje número tres, Número
Librado en la Oficina de la Notario REINA PATRICIA ZELADA
veintisiete, edificio San José, urbanización Santa Adela, Local Doscientos
PEREZ, en la ciudad de Sonsonate, a los tres días del mes de Abril del
tres, San Salvador,
año dos mil doce.
HACE SABER: Que por resolución del suscrito notario, proveída a las
diez horas del día ocho de octubre del año dos mil doce, se ha tenido por
REINA PATRICIA ZELADA PEREZ,
NOTARIO.
aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada
que a su defunción ocurrida a las dos de la tarde con treinta minutos del
día dos de diciembre del dos mil, en el Barrio El Centro, Jurisdicción
de Victoria, Departamento de Cabañas, a consecuencia de Cáncer en
1 v. No. F056264
la Vesícula, con asistencia médica, a los sesenta años de edad, siendo
de oficios del hogar, Originaria y del domicilio de Victoria, Departamento de Cabañas, dejó la señora PAZ MENDOZA conocida por PAZ
MENDOZA HERNANDEZ, las cuales son promovidas por los señores
SANTOS ISMAEL PORTILLO CHAVEZ, Notario, de este domicilio,
con oficina ubicada en Av. Bernal y Calle La Divina Providencia, Urbanización La Carmita II, casa 7, en esta ciudad,
MARLENE ARENIVAR DE BENAVIDES, SUSANA ARENIVAR
MENDOZA, ANGEL LORENA ARENIVAR DE RAMIREZ, JESUS
MARISOL ARENIVAR DE VASQUEZ, JESUS ANTONIO ARENIVAR MENDOZA, en concepto de hijos sobrevivientes, habiéndoseles
R
conferido la administración y representación interina de la sucesión, con
IA
HACE SABER: Que por resolución proveída por el suscrito a
las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
En consecuencia, por este medio se cita a los que se crean con
por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la Herencia
derecho a la referida herencia para que se presenten a deducirlo en
D
las ocho horas del día once de octubre de dos mil doce, se ha tenido
Intestada, que a su defunción ocurrida el día veintiocho de agosto de dos
mil doce, en la ciudad de San Salvador, siendo Santa Tecla su último
el término de quince días, siguientes a la tercera publicación de este
edicto.
domicilio, dejó el señor RAUL ERNESTO MONTOYA FUENTES,
Librado en la Oficina del Notario HECTOR SAUL PORTILLO.
de parte de los señores: MARIA BERTA MARTINEZ ALDANA
En la ciudad de San Salvador, a las nueve horas del día once de octubre
DE MONTOYA, RAUL ERNESTO MONTOYA MARTINEZ, GA-
del año dos mil doce.
BRIELLA DENISSE MONTOYA MONTANO, ADRIAN ERNESTO
MONTOYA MONTANO y DIEGO ALESSANDRO MONTOYA
LIC. HECTOR SAUL PORTILLO,
MONTANO, en su calidad de cónyuge sobreviviente, la primera y de
hijos del causante los últimos cuatro; habiéndoseles conferido a dichos
NOTARIO.
señores la Administración y Representación Interinas de la Sucesión,
con las facultades y restricciones de los curadores.
1 v. No. F056273
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397
56
GILBERTO ALFREDO GARCIA VASQUEZ, Notario, del domicilio
Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil San Miguel, a las once
de Ciudad Delgado, Departamento de San Salvador, con oficina Notarial,
horas cuarenta y cinco minutos del día diez de octubre de dos mil doce.-
Urbanización Siglo XXI, Boulevard Tutunichapa, Plaza Mariachi, Local
LIC. DIANA LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZA TERCERO
37, San Salvador, Departamento de San Salvador,
DE LO CIVIL Y MERCANTIL.- LIC. IVONNE JULISSA ZELAYA
AYALA, SECRETARIA.
HACE SABER: Que por resolución proveída por el Suscrito Notario
a las ocho horas de este mismo día, se ha tenido por aceptada expresa3 v. alt. No. C005999-1
mente y con beneficio de inventario la Herencia Intestada que dejara la
causante señora BERTA ALICIA ROMERO CASTRO, a su defunción
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ocurrida a las doce horas cuarenta y cinco minutos del día veinticinco
de abril de dos mil diez. A consecuencia de Paro Cardiorrespiratorio en
Calle San Francisco y Avenida Cataluña, Colonia Manzano número mil
setecientos veinticuatro, Departamento de San Salvador, siendo éste su
último domicilio, de Nacionalidad Salvadoreña, hija de los señores MA-
DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL
RIA BERTA CASTRO VIUDA DE ROMERO, conocida por BERTA
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las nueve
CASTRO VIUDA DE ROMERO y MARCO TULIO ROMERO conocido
horas veinte minutos de este día se ha tenido por aceptada expresamente
por MARCO ROMERO, sin dejar testamento alguno, por parte del señor
y con beneficio de inventario de parte de la señora MARIA MARTA
MARCOS EUGENIO ROMERO CASTRO, hermano de la causante,
ESCOBAR VIUDA DE MEDINA conocida por MARIA MARTA ES-
habiéndosele conferido la administración y representación interina de
la sucesión, con las facultades y restricciones de Ley.
En consecuencia, se cita a quienes se crean con derechos a la
referida herencia, para que se presenten a la referida oficina dentro del
término de quince días, contados a partir del día siguiente a la última
publicación del presente edicto.
COBAR RODRIGUEZ, MARIA MARTA ESCOBAR y por MARTA
RODRIGUEZ, en concepto de cónyuge sobreviviente, de la herencia
intestada dejada a su defunción por el señor JORGE ALBERTO MEDINA
CARDONA conocido por JORGE ALBERTO MEDINA quien falleció
a las dieciséis horas veinte minutos del día seis de abril del año mil
novecientos noventa y ocho, en barrio La Trinidad de esta jurisdicción,
Librado en la oficina del Notario GILBERTO ALFREDO GARCIA
VASQUEZ. En la ciudad de San Salvador, a los cinco días del mes de
siendo este municipio su último domicilio.
Confiérasele a la aceptante expresada en el concepto indicado la
octubre de dos mil doce.
administración y representación interina de la indicada sucesión, con
LIC. GILBERTO ALFREDO GARCIA VASQUEZ,
las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
NOTARIO.
ley.
1 v. No. F056292
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico, a
las once horas cuarenta minutos del día cuatro de septiembre del año
dos mil doce.- LIC. DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ
R
LICENCIADA DIANA LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZA
TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIUDAD DE
DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDO. CARLOS ARNULFO SOSA
FLORES, SECRETARIO.
IA
SAN MIGUEL,
3 v. alt. No. C006019-1
D
HACE SABER: Que por resolución de las once horas cuarenta
minutos del día diez de octubre de dos mil doce, se ha tenido por aceptada
expresadamente con beneficio de inventario la herencia testamentaria que
a su defunción dejó el causante señor Ostasiano Díaz Argueta conocido
LIC. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA PRIMERO DE
por Ostaciano Díaz Argueta, quien fue de sesenta y ocho años de edad,
PRIMERA INSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPAR-
motorista, quien falleció el día cinco de septiembre de dos mil doce,
TAMENTO DE MORAZAN.
siendo esta ciudad el lugar de su último domicilio, de parte de la señora
Juana del Carmen Lazo de Díaz conocida por Juana del Carmen Lazo
Cruz, en calidad de heredera testamentaria del causante. Confiriéndose
HACE SABER: Que por resolución pronunciada en este Juzgado
a la aceptante la administración y representación INTERINA de la
a las doce horas de este día; se ha tenido por aceptada expresamente y
sucesión.
con beneficio de inventario de parte de INES ANTONIA MAYEN DE
Lo que hago del conocimiento del público para los efectos legales
consiguientes.
ALVARENGA, de cuarenta y nueve años de edad, Modista, del domicilio de Lolotiquillo, departamento de Morazán, con Documento Único
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012.
57
de Identidad Número cero dos millones cuatrocientos veintisiete mil
Juzgado Cuarto de lo Civil y Mercantil de San Salvador, a las
trescientos cincuenta guión dos; y Tarjeta de Identificación Tributaria
doce horas y veinte minutos del día doce de septiembre de dos mil doce.
Número Un mil trescientos trece guión doscientos cincuenta mil cuatro-
LICDA. MARLENI ARACELI BENAVIDEZ, JUEZA CUARTO DE
cientos sesenta y dos guión ciento uno guión siete; de la herencia que en
LO CIVIL Y MERCANTIL INTERINA.- LICDA. MÓNICA SILVIA
forma intestada dejó el causante FIDELINO MEDRANO; quien fue de
PARADA DE CENTENO, SECRETARIA.
setenta y un años de edad, soltero, agricultor en pequeño, originario y del
domicilio de Lolotiquillo, departamento de Morazán, hijo de CALIXTA
3 v. alt. No. F056167-1
MEMBREÑO y LUIS OSORIO; quien falleció a la una hora y cuarenta
minutos del día treinta y uno de octubre de mil novecientos noventa y
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ocho, en el Barrio El Centro de Lolotiquillo; siendo ese lugar su último
domicilio; en concepto de hija del referido causante.- Se le ha confe-
OSCAR NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA
rido a la referida aceptante en la calidad expresada, la administración
DEL DISTRITO JUDICIAL DE JUCUAPA. -
y representación INTERINA de dicha sucesión, con las facultades y
restricciones de los curadores de la herencia yacente.-
Y cita a las personas que se crean con derecho a la herencia,
para que se presenten a este Juzgado a deducirlo dentro del término de
quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación de este
edicto.
HACE SABER: Que por resolución proveída en este Juzgado, a
las doce horas y treinta minutos del día veintiuno de Mayo del presente
año, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, de la herencia intestada que a su defunción dejó el señor OSCAR
ALCIDES CAMPOS CHAVEZ, quien fue de cuarenta y cinco años de
Juzgado Primero de Primera Instancia, San Francisco Gotera, de-
edad, Profesor, divorciado, originario y del domicilió de Jucuapa, De-
partamento de Morazán, a las doce horas y diez minutos del día ocho de
partamento de Usulután, de nacionalidad salvadoreña, hijo de Cristóbal
octubre del dos mil doce.- LIC. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO,
Chávez y Ana Victoria Campos; quien falleció a las once horas y treinta
JUEZ 1° DE 1ª INSTANCIA.- LIC. YESENIA ROSIBEL VILLATORO
minutos del día ocho de Septiembre del año dos mil nueve; de parte de
DE ZUNIGA, SECRETARIA.-
la señora MILAGRO DEL ROSARIO CAMPOS, de cincuenta y dos
de edad, soltera, empleada, del Domicilio de Jucuapa, Departamento
de Usulután, con Documento Único de Identidad número cero cuatro
3 v. alt. No. C006029-1
millones ochocientos un mil novecientos sesenta guión tres; y Tarjeta de
Identificación Tributaria número once cero nueve guión veintiuno once
cincuenta y nueve guión ciento dos guión ocho; ANA JULIA CAMPOS
MARLENI ARACELI BENAVIDES, Jueza Cuarto de lo Civil y Mercantil
de San Salvador Interina AL PUBLICO: Para los efectos de Ley.
SALAMANCA, de diecisiete años de edad, Estudiante, del domicilio de
Soyapango, Departamento de San Salvador, está representada por su madre
TERESA DE JESUS SALAMANCA CLAROS, de cuarenta y nueve
HACE SABER: Que por resolución de este Tribunal de las doce
años de edad, Empleada, del domicilio de San Salvador, Departamento
horas y diecisiete minutos de este día, SE HA TENIDO POR ACEP-
de San Salvador, con Documento Único de Identidad número cero un mil
TADA EXPRESAMENTE Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO
setecientos veintitrés mil setecientos ochenta y seis guión dos; y Tarjeta
de parte del señor ALFONSO EUSEBIO COTTO PAZ conocido por
R
ALFONSO EUSEBIO COTO PAZ, con Documento Único de Identidad
IA
número 00028937-9 y Número de Identificación Tributaria 0715-161232-
D
001-0, en la herencia intestada que a su defunción dejó la señora ALICIA
MARIA RIVAS DE COTTO conocida por ALICIA MARIA RIVAS
SERVELLON, con Documento Único de Identidad número 00993025-2,
y Número de Identificación Tributaria 1109-070537-001-4, quien falleció
de Identificación Tributaria número un mil ciento veintiuno guión cien
mil ochocientos sesenta y dos guión cero cero dos guión dos; la primera
Aceptante por haber sucedido por Derecho de Transmisión de su madre
Ana Victoria Campos conocida Ana Victoria Campos Rodríguez y por
Victoria Campos, quien fue de ochenta y dos de edad, soltera, ama de casa,
del Domicilio de Jucuapa, Departamento de Usulután, con Documento
Único de Identidad número cero cero cuatrocientos noventa y cuatro
mil doscientos trece guión uno; y Tarjeta de Identificación Tributaria
el día trece de diciembre de dos mil nueve, en el Hospital Militar, en
número un mil ciento doce guión cero sesenta mil trescientos veintiocho
calidad de cónyuge sobreviviente de la referida causante, confiriéndosele
guión ciento uno guión cero; y la segunda aceptante en calidad de hija
al aceptante la administración y representación INTERINA de la suce-
del Causante, Art. 988 No. 1 del C.C.-
sión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia
Yacente.
Confiérase a las herederas declaradas en el carácter indicado la Administración y Representación Interina de la Sucesión, con las facultades
En consecuencia, se cita a aquellos que se crean con derecho a
y restricciones de los curadores de la herencia yacente, Y CITA: a los
la referida herencia para que se presenten a deducirlo en un término
que se crean con derecho a la herencia referida, para que se presente a
de QUINCE DIAS HABILES contados desde el siguiente a la tercera
deducirlo dentro del término de quince días, a partir del siguiente al de
publicación de éste.
la tercera publicación del presente edicto.
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397
58
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
Ley.
de octubre de dos mil once, y FELIPA MONZON DE RODRIGUEZ,
quien fue de setenta y un años de edad, de oficios domésticos, fallecida
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Jucuapa, a las doce
el día uno de febrero de dos mil diez, siendo Metapán el último domi-
horas y cincuenta minutos del día veintiuno de Mayo del dos mil doce.
cilio de ambos; de parte de las señoras SANDRA DINORA MONZON
LIC. OSCAR NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTAN-
DE MAZARIEGO, SILVIA MARLENY MONZON y MIRNA LUZ
CIA.- LIC. RODOLFO ANTONIO CASTRO, SECRETARIO.-
MONZON RODRIGUEZ, en concepto de hijas de los referidos causantes.
En consecuencia, se les confiere a dichas aceptantes la administración y
representación INTERINA de la sucesión, con las facultades y restric-
3 v. alt. No. F056168-1
ciones de los Curadores de la herencia yacente.
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Se cita a las personas que se crean con derecho a la herencia para
que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días
LICENCIADA MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES,
JUEZA DE LO CIVIL DE DELGADO. Al público.
contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las ocho horas con
HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas con cuarenta
quince minutos del día treinta y uno de agosto de dos mil doce. LIC.
y nueve minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y
JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA.
con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó
MARIA LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIO.
el causante LUIS GONZALO RODRIGUEZ AGUILA, quien fue de
cincuenta y siete años de edad, jornalero, casado, fallecido el día ocho
3 v. alt. No. F056219-1
de enero del año dos mil dos, siendo Delgado su último domicilio, de
parte de la señora LEONOR ELIZABETH QUINTANILLA VIUDA
DE RODRIGUEZ, mayor de edad, ama de casa, de este domicilio, con
Número de Identificación Tributaria 1109-020553-001-6 y número de
Documento Único de Identidad 01312068-1, en su calidad de cónyuge
JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-
sobreviviente y como cesionaria de los derechos hereditarios que por ley
TRITO JUDICIAL DE METAPAN,
le correspondían a los señores Oscar Orlando Rodríguez Quintanilla y
Celina Elizabeth Rodríguez de Peña en su calidad de hijos del causante.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a las diez
Dicha señora es representada judicialmente por la Licenciada MIRIAN
horas del día veintidós de agosto de dos mil doce, se tuvo por aceptada
DEL CARMEN CALLES, con Número de Identificación Tributaria
expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada deja-
0715-170680-103-4. Confiriéndosele a la aceptante la administración y
da por la causante ASUNCION DE JESUS SOTO DE ORELLANA
representación Interina de la sucesión con las facultades y restricciones
conocida por ASUNCION MARROQUIN, quien fue de cincuenta y
de los curadores de la herencia Yacente.
nueve años de edad, oficios domésticos, fallecida el día cinco de enero
Lo que hago del conocimiento del público para los efectos de
Ley.
JUZGADO DE LO CIVIL DE DELGADO, a las quince horas con
cuatro minutos del día veinte de agosto del año dos mil doce. LICDA.
R
MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZA DE LO CIVIL
IA
DE DELGADO.- LIC. JORGE ROBERTO BURGOS GONZALEZ,
SECRETARIO.-
de mil novecientos noventa y seis, siendo Metapán su último domicilio;
por parte del señor ADOLIO DE JESUS ORELLANA SOTO en su
calidad de hijo y como Cesionario de los Derechos Hereditarios que
le correspondían a los señores MARIA DE JESUS ORELLANA DE
ORELLANA, RAUL ALEXANDER ORELLANA SOTO, EFRAIN DE
JESUS ORELLANA SOTO y LILIAN ASUNCION ORELLANA DE
HERNANDEZ como hijos de la referida causante.- En consecuencia, se
le confirió a dicha aceptante la administración y representación INTE-
D
RINA de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores
3 v. alt. No. F056199-1
de la herencia yacente.
Se citan a las personas que se crean con derecho a la herencia para
que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días
contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.
JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE METAPAN,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a
las nueve horas con treinta minutos del día catorce de agosto de dos mil
doce, se tuvo por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la
Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las diez horas
cinco minutos del día diez de Septiembre de dos mil doce.- LIC. JOSE
HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MARIA
LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIO.
herencia intestada dejada por los causantes FELIX RODRIGUEZ, quien
fue de setenta y cuatro años de edad, agricultor, fallecido el día quince
3 v. alt. No. F056220-1
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012.
JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE METAPAN,
59
Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se
presenten a deducirlo en el término de quince días, contados desde el
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a
siguiente a la tercera publicación del edicto en el expresado periódico.
las ocho horas treinta minutos del día veintidós de agosto de dos mil
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Fran-
doce, se tuvo por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la
cisco Gotera, Morazán, a los treinta días del mes de Agosto del Dos
herencia intestada dejada por el causante DANIEL GARCIA PERAZA,
Mil Doce. LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2º.
quien fue de setenta años de edad, agricultor, fallecido el día treinta de
DE 1ª. INSTANCIA. LICDA. KARINA ELIZABETH IGLESIAS DE
abril de dos mil doce, siendo Metapán su último domicilio; por parte
NAVARRO, SECRETARIA.
de la señora ELVA VASQUEZ DE GARCIA o ELBA VASQUEZ DE
GARCIA o ELBA VASQUEZ, en calidad de cónyuge sobreviviente y
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3 v. alt. No. F056238-1
como Cesionaria de los Derechos Hereditarios que le correspondían a
los señores DANIEL GARCIA VASQUEZ, HERIBERTO GARCIA
VASQUEZ, MARIXA GARCIA DE AGUILAR, JORGE ALFREDO
GARCIA VASQUEZ y REMBERTO GARCIA VASQUEZ, como hijos
del referido causante. En consecuencia, se le confirió a dicha aceptante
la administración y representación INTERINA de la sucesión, con las
facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Se citan a las personas que se crean con derecho a la herencia para
que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días
contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.
DRA. ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito
Judicial, al público para los efectos de ley.
HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas de este día,
se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de
parte de los señores FRANCISCO OTONIEL HERRERA IRAHETA,
CLORINDA IDALIA ALEGRÍA DE HERRERA conocida por
CLORINDA ALEGRÍA HERNÁNDEZ y por CLORINDA IDALIA
Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las nueve horas
ALEGRÍA HERNANDEZ DE HERRERA, FRANCISCO OTONIEL
diez minutos del día diez de septiembre de dos mil doce. LIC. JOSE
HERRERA ALEGRÍA, WENDY IDALIA DEL CARMEN HERRERA
HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. MARIA
ALEGRÍA, y ROBERTO OCTAVIO SIBRIAN HERRERA, la herencia
LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIO.
Testamentaria que a su defunción dejó la señora CARMEN IRAHETA
NOVOA conocida por CARMEN IRAHETA NOVOA DE HERRERA
por CARMEN IRAHETA NOVOA DE MIRANDA y por CARMEN
3 v. alt. No. F056221-1
DE HERRERA MIRANDA, quien fue de ochenta y ocho años de edad,
oficios domésticos, casada, salvadoreña, originaria y del domicilio de
San Vicente, departamento de San Vicente, con Número de Identificación Tributaria mil diez-ciento noventa mil novecientos quince-cero
EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA
cero uno-cuatro, habiendo fallecido el día veintiocho de agosto del año
DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN FRANCISCO GOTERA, DE-
dos mil cuatro, en Barrio El Calvario de esta ciudad, lugar de su último
PARTAMENTO DE MORAZÁN. AL PÚBLICO PARA EFECTOS
domicilio, los señores Francisco Otoniel Herrera Iraheta, Clorinda
DE LEY
Idalia Alegría de Herrera conocida por Clorinda Alegría Hernández y
por Clorinda Idalia Alegría Hernández De Herrera, Francisco Otoniel
catorce horas y cinco minutos del día veintinueve de agosto del Dos Mil
Herrera Alegría, y Wendy Idalia del Carmen Herrera Alegría, en calidad
Doce, SE HA TENIDO POR ACEPTADA EXPRESAMENTE Y CON
de herederos testamentarios de la causante; y Roberto Octavio Sibrian
BENEFICIO DE INVENTARIO, LA HERENCIA INTESTADA que a
Herrera, en concepto de cesionario del derecho hereditario testamentario
su defunción dejó la causante MARIA MARTINA DIAZ GUEVARA,
y legado que en esta sucesión le correspondía a la señora Fredesvinda
de parte del señor CORNELIO DIAZ GUEVARA, de sesenta y dos
Estela Herrera de Sibrian conocida por Estela Herrera Iraheta, está en
años de edad, casado, jornalero, originado de San Simón, Morazán; por
concepto de heredera testamentaria de la referida causante. Y se ha
derecho de Transmisión que le corresponde en calidad de hermano de
nombrado a los aceptantes administradores y representantes interinos
la causante; quien a la fecha de su fallecimiento fue de cincuenta y un
de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la
años de edad, soltera, de oficios domésticos originaria de San Simón,
herencia yacente.
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R
HACE SABER: Que por resolución dictada por este Juzgado, a las
hija de Presentación Díaz y Lorenza Guevara: falleció el día veinticinco
Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los treinta y un
de Marzo del Dos Mil Doce, en San Simón, Morazán; siendo este lugar
días del mes de agosto del año dos mil doce. DRA. ANA FELICITA
el de su último domicilio.
ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. LILIAN MABEL RUIZ DE
Se le confirió al aceptante antes mencionado y en la forma esta-
SALINAS, SECRETARIO.
blecida, la administración y representación Interina de la sucesión, con
las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.
3 v. alt. No. F056245-1
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397
60
ANA FELÍCITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial,
EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRI-
al público para los efectos de ley,
TO JUDICIAL DE IZALCO, LICENCIADO ROBERTO RICARDO
HACE SABER: Que por resolución de las diez horas quince
RIVAS LIMA.
HACE SABER: Que por resolución proveída a las diez horas de este
aceptada expresamente y con beneficio de Inventario de parte del
día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario
señor ERANIO EUGENIO ESPINOZA CORDOVA, mayor de edad,
la herencia Intestada que a su defunción dejó el causante señor JOSE
estudiante, del domicilio de San Vicente, departamento de San Vicente,
MATIAS GUZMAN AGUIRRE, quien falleció el día uno de Marzo
con Documento Único de Identidad número cero cuatro cero uno dos
del corriente, a la edad de cincuenta años, siendo su último domicilio el
cuatro nueve cero - nueve y número de Identificación Tributaria número
de esta Ciudad; por parte de la señora DEISI ESPERANZA ARCE DE
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minutos del día ocho de Octubre del corriente año, se ha tenido por
uno cero uno cero-cero uno uno uno ocho ocho-uno cero dos-cinco, la
GUZMAN, en su calidad de Cónyuge sobreviviente del indicado causante
herencia intestada que a su defunción dejó la señora JULIA SOCORRO
y como Cesionaria de los derechos hereditarios que les correspondían
CORDOVA, quien fue de cuarenta y cuatro años de edad, doméstica,
a las señoras GILMA MARIBEL GUZMAN ARCE y SILVIA NOHE-
soltera, salvadoreña, fallecida el día tres de Octubre del año dos mil
MY GUZMAN ARCE, en su concepto de hijas sobrevivientes y a los
once, en Colonia Espiga de Oro de esta ciudad, departamento de San
menores JOSE AMILCAR GUZMAN ARCE y WILLIAM ALFREDO
Vicente, siendo este último el lugar de su último domicilio, en concepto
GUZMAN ARCE, en su calidad de hijas sobrevivientes del indicado
de hijo de la causante y se ha nombrado al aceptante administrador y
causante, representados legalmente por la señora DEISI ESPERANZA
representante interino de la sucesión con las facultades y restricciones
ARCE DE GUZMAN, en su concepto de hijos del causante. Confiéreseles
de los curadores de la herencia yacente.
a los aceptantes en los conceptos antes relacionados, la Adninistración y
Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los ocho días
del mes de Octubre del año dos mil doce. DRA. ANA FELICITA
ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. TATIANA ARMIDA
MEJIA DE MUÑOZ, SECRETARIO INTERINO.
Representación Interina de la Sucesión, con las facultades y restricciones
de los curadores de la herencia yacente.
Lo que se hace saber al público, para efectos de Ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Izalco, Departamen-
to de Sonsonate, a los veintiún días del mes de Septiembre de dos mil
3 v. alt. No. F056263-1
doce. LIC. ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIMERA
INSTANCIA. LICDA. SARA ALBERTINA VILLEDA SÁNCHEZ,
SECRETARIO.
MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO.
3 v. alt. No. F056266-1
HACE SABER: Que por resolución de este Tribunal de las doce
horas diez minutos del día diecisiete de septiembre del presente año. Se
DOCTOR DANILO ANTONIO VELADO, JUEZ DE PRIMERA
herencia intestada dejada por la causante señora JULIA JESUS CHACON
INSTANCIA
R
ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la
IA
LOPEZ, conocida JULIA JESUS LOPEZ, fallecida el día seis de julio
D
del dos mil once, siendo la ciudad de Sonsonate el lugar de su último
domicilio, de parte de la señora MARCELA MARISOL ARANA
CHACON, en concepto de heredera Testamentaria de la causante.
Se ha conferido a la aceptante la administración y representación
interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de ley.
JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las quince horas cuarenta
minutos del día veinte de septiembre del dos mil doce. DR. MARIO
MOISA MARTÍNEZ, JUEZ DE LO CIVIL. LIC. MIRIAM ELIZABETH
REYES DE MARTÍNEZ, SRIO. INTO.
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado proveída a
las doce horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y
con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó
VICTOR TORRES conocido por VICTOR TORRES SOLÓRZANO
y por VICTOR TORREZ, quien fue de ochenta y cinco años de edad,
casado, agricultor, originario de Tejutla, Departamento de Chalatenango,
hijo de Jesús Solórzano y Blanca Solórzano, falleció el día quince de
enero del dos mil diez, siendo su último domicilio el Municipio de
Tejutla, Departamento de Chalatenango, de parte de JOSE OSCAR
TORRES SOLORZANO en calidad de hijo del causante. Confiérese al
aceptante la administración y representación interina de la sucesión, con
las facultades y restricciones legales que les corresponde a los curadores
3 v. alt. No. F056265-1
de la herencia yacente. Fíjense y publiquense los edictos de ley.
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de Tejutla,
61
EL SUSCRITO ALCALDE MUNICIPAL, AL PÚBLICO
Departamento de Chalatenango, a los diecisiete días del mes de agosto
del dos mil doce. DR. DANILO ANTONIO VELADO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. LICDA. ERLINDA GUADALUPE GUERRERO,
HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado el Licenciado
JOSE PEDRO GONZALEZ GOMEZ, apoderado general judicial del
SECRETARIA.
señor JOSE ARNULFO TOBAR Y TOBAR, solicitando se le extienda
3 v. alt. No. F056305-1
Título de Propiedad de un inmueble de naturaleza urbana con casa,
ubicado en el Barrio Las Flores de esta población, con una extensión
superficial de CIENTO TREINTA Y TRES PUNTO DIECINUEVE
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METROS CUADRADOS (133.19 M2), de las medidas y colindancias
siguientes: Al NORTE, doce metros trescientos setenta milímetros, con
TÍTULO DE PROPIEDAD
Teodoro Olla Herrera; al SUR, trece metros trescientos veinte milímetros,
con Juana Tobar, hoy de Rafael Esteban Tobar, Cuarta Avenida Sur,
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL
HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado la señora
MARIA LIDIA HERNANDEZ MARTINEZ, solicitando que se extien-
da a su favor, título de propiedad de dos lotes de terreno de naturaleza
urbanos situados en la Colonia San Rafael del Barrio El Calvario, de
la ciudad de Ilobasco, Departamento de Cabañas, el primero identifi-
cado como lote número DOCE, comprendido dentro de las medidas y
colindancias siguientes: AL ORIENTE, mide ocho metros y linda con
resto del inmueble general propiedad de Gerardo Gonzalo de Jesús
Arévalo AL NORTE, mide veinte metros linda con lote número once
resto del inmueble; AL PONIENTE, mide ocho metros y linda con resto
Barrio Las Flores de por medio; al ORIENTE, diez metros ochocientos
setenta milímetros, con Ana María Aguilar de Herrera y Petrona Aguilar
Viuda de Valencia, hoy de Moisés Gallardo; y al PONIENTE, nueve
metros ochocientos setenta milímetros, con Enma Garzona, hoy de Irma
Leticia Aguilar de Cosme. En dicho inmueble existe una construcción
de sistema mixto con los servicios básicos, y se valúa en la cantidad de
DOS MIL QUINIENTOS 00/100 DOLARES EXACTOS ($2,500.00),
de los Estados Unidos de Norte América, y fue adquirido por compra que
le hizo a la señora Juana Tobar, según Testimonio de Escritura Pública
ante los oficios del Licenciado René Mauricio Cienfuegos Escalante.
Se avisa para los efectos de ley.
del inmueble general, calle pública de por medio; Y AL SUR mide veinte
metros, linda con resto del inmueble general.- El inmueble se compone
de CIENTO SESENTA METROS CUADRADOS DE EXTENSION
SUPERFICIAL. El segundo identificado como lote número TRECE con
las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE, mide ocho metros, linda
con lote número siete que forma parte del resto del inmueble, propiedad
Alcaldía Municipal de Salcoatitán, uno de octubre de dos mil
doce. JOSE HERNAN CORTEZ, ALCALDE MUNICIPAL. LIC.
TEODOSIO SALVADOR RODRÍGUEZ VÁSQUEZ, SECRETARIO
MUNICIPAL.
de Gerardo Gonzalo de Jesús Arévalo; AL NORTE, mide veinte metros,
linda con lote número doce que forma parte del resto del inmueble; AL
PONIENTE, mide ocho metros, linda con lote número siete, que forma
3 v. alt. No. C006001-1
parte del resto del inmueble, calle pública de por medio; Y AL SUR,
R
mide veinte metros linda con lote número catorce, que forma parte del
IA
resto del inmueble. El lote se compone de CIENTO SESENTA METROS
EL INSFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL:
D
CUADRADOS de extensión superficial. No son dominantes ni sirvientes.
No tienen cargas o derechos reales ni están en proindivisión. Los hubo
la solicitante por promesa de venta a Gerardo Gonzalo de Jesús Arévalo,
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado la Licen-
conocido por Gerardo Gonzalo Arévalo Peña, fallecido y los estima
ciada SANDRA ELIZABETH GOMEZ GARAY como apoderada del
cada uno en MIL OCHOCIENTOS VEINTIOCHO DOLARES CON
señor HERVIS MILTON GOMEZ, de 45 años de edad, empleado, del
CINCUENTA Y SIETE CENTAVOS DE LOS ESTADOS UNIDOS
domicilio de San Jorge, departamento de San Miguel, con DUI número
DE AMÉRICA. Los colindantes son de este domicilio.
04116209-9, solicitando se le expida TITULO DE PROPIEDAD, a
ALCALDIA MUNICIPAL: Ilobasco, a los cuatro días del mes de
favor de su mandante, sobre un terreno de naturaleza urbano, situado
octubre de dos mil doce. JOSE MARÍA DIMAS CASTELLANOS, AL-
en el Barrio Concepción, de esta ciudad, de la capacidad superficial de
CALDE MUNICIPAL. MANUEL DE J. ZETINO, SECRETARIO.
400 METROS CUADRADOS de las medidas y colindancias siguientes:
AL ORIENTE: 10 metros linda con María Eva Rivera Chávez, camino
de por medio; AL NORTE: 40 metros con sucesión de Concepción
3 v. alt. No. C006000-1
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397
62
Campos Flores, postes de por medio; AL PONIENTE: 10 metros con
Sucesión de Concepción Campos Flores, postes propios de por medio
Librado en la ciudad de Cojutepeque, del departamento de Cuscatlán,
a los catorce días del mes de septiembre del año dos mil doce.
y AL SUR 40 metros con José Francisco Cuadra Campos. El inmueble
antes descrito posee construida una casa de sistema mixto. Lo adquirió
por compra que le hizo a la señora ANA VICENTA CAMPOS, el cual
valora en MIL DOSCIENTOS.
LIC. JUAN CARLOS BARQUERO ELIAS,
ABOGADO Y NOTARIO.
Lo que avisa para efectos de ley.
1 v. No. C006014
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Alcaldía Municipal de San Jorge, departamento de San Miguel,
tres de octubre de dos mil doce. CLEMENTE DE JESÚS APARICIO
ULLOA, ALCALDE MUNICIPAL. LIC. NELSON APARICIO GARCÍA, SECRETARIO MUNICIPAL.
EVELYN MERCEDES GAVARRETE MOLINA, Notario, del domicilio
de Cojutepeque y de San Vicente, con oficina jurídica situada en Calle
José Francisco López Número tres, de esta ciudad, al público
3 v. alt. No. C006022-1
HACE SABER: Que a su oficina jurídica se han presentado las
señoritas MARIA VIDAL FERNANDEZ VIDES, de cuarenta y nueve
años de edad, MARIA ANTONIA FERNANDEZ VIDES, de cincuenta
TÍTULO SUPLETORIO
y un años de edad, ambas Religiosas, del domicilio de Monte San Juan,
Departamento de Cuscatlán, y don VICENTE FERNANDEZ VIDES,
de cincuenta y ocho años de edad, Religioso, del domicilio de Antiguo
EL SUSCRITO NOTARIO
Cuscatlán, Departamento de La Libertad, SOLICITANDO TITULO
SUPLETORIO, de un inmueble Rústico, situado en el Cantón San
Martín, jurisdicción de Monte San Juan, Departamento de Cuscatlán,
HACE SABER: Que a mi Bufete Jurídico situado en Tercera Calle
Oriente, Barrio El Centro, número Doce, Barrio El Centro, de la ciudad
de Cojutepeque, del departamento de Cuscatlán se han presentado el
señor JOSE DOMINGO GARCIA RODRIGUEZ, de sesenta y cuatro
años de edad, Agricultor en Pequeño, del domicilio de El Rosario, del
departamento de Cuscatlán, con Documento Único de Identidad número:
cero cuatro uno cinco siete siete cero seis- seis, y número de Tarjeta de
Identificación Tributaria: uno dos uno siete- dos ocho cero ocho siete
R
cinco- uno cero uno- dos, como Representante Legal de los señores
IA
JOSE RUFINO GARCIA y DAYSI ARACELY PORTILLO LOVOS,
D
solicitando TITULO SUPLETORIO, de UN Inmueble de naturaleza
Rústica, propiedad de sus Representados, situado en Cantón El Amatillo,
Jurisdicción de El Rosario, del departamento de Cuscatlán, de la Extensión
de la extensión superficial de VEINTE MIL SETECIENTOS CINCO
PUNTO CINCUENTA Y TRES METROS CUADRADOS, que linda:
AL NORTE, con Gonzalo Santiago Alas Flores, Luz Vásquez Hernández
de Flores, Santos Alicia Flores, Isabel Amanda Alfaro, María Vidal
Fernández Vidal; AL ORIENTE, con Carmen Osorio Hernández e Isabel
Amanda Alfaro, calle de por medio; AL SUR Y PONIENTE, con María
Vidal Fernández Vidal. Todos los colindantes son del domicilio de Cantón
San Martín, jurisdicción de Monte San Juan, Departamento de Cuscatlán.
No es sirviente, ni dominante, no tiene cargas ni derechos reales de ajena
pertenencia, lo adquirieron por compra a don Sotero Fernández, el día
seis de Septiembre de mil novecientos ochenta y tres; y desde que lo
adquirieron, lo han poseído de forma quieta, pacífica e ininterrumpida
y lo valúan en la suma de CINCO MIL DÓLARES MERICANOS.
Superficial de UN MIL CUATROCIENTOS METROS CUADRADOS,
de las colindancias especiales siguientes: AL ORIENTE, lindando con
el señor Jesús Mozo; AL NORTE, lindando con el señor José Domingo
Cojutepeque, doce de Octubre de dos mil doce.
García Rodríguez; AL PONIENTE, lindando con el señor José Domingo
García Rodríguez; y AL SUR, lindando con el señor Vicente García. Este
terreno descrito no es dominante ni sirviente, ni está en Proindivisión
y no tiene cargas o derechos que pertenezcan a terceras personas. Los
LICDA. EVELYN MERCEDES GAVARRETE MOLINA,
NOTARIO.
colindantes son del mismo domicilio de los solicitantes. Lo estiman en
la cantidad de CINCO MIL DÓLARES.
1 v. No. C006025
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012.
EL SUSCRITO NOTARIO, CRAIG MARVIN ESPINAL PÉREZ, del
domicilio de San Miguel, con oficina ubicada en Segunda Avenida Sur,
costado Poniente de la Casa Comunal, número seis, Barrio Roma, de
Ciudad Barrios, Departamento de San Miguel,
de mil novecientos ochenta y nueve, y con posesión conjunta antes y
después de la compraventa suman más de dieciséis años, de posesión
material de forma quieta, pacífica e ininterrumpida, ejerciendo en el
mismo todos los actos de verdadera dueña, sin consentimiento, ni permiso
de persona alguna, como cultivarlo, pastarlo, cercarlo, adquirirlo, cortar
su madera, y todos los actos de verdadera dueña por lo cual comparece
ante mis oficios notariales para que de conformidad con lo establecido
en el Artículo dieciséis de la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción
Voluntaria y otras Diligencias, seguidos que sean los trámites que la misma
señale, se les extienda a su favor el Título Supletorio que solicita.- Valúa
dicho terreno en la suma de MIL DOSCIENTOS DÓLARES DE LOS
ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.-
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HACE SABER: Que ante mis oficios Notariales se presentó la
señora EDITH PORTILLO BAIRES, de setenta y seis años de edad,
de oficios domésticos, del domicilio de Ciudad Barrios, departamento
de San Miguel, persona quien no conozco e identifico en legal forma
por medio de su Documento Único de Identidad número cero uno cinco
tres seis siete siete cero- cero; y con Tarjeta de Identificación Tributaria
número uno dos cero dos- cero seis cero nueve tres cinco- uno cero
uno- nueve; promueve DILIGENCIAS DE TÍTULO SUPLETORIO,
de un inmueble de Naturaleza rústica, situado en Cantón San Luisito,
de la Jurisdicción de Ciudad Barrios, Departamento de San Miguel, de
la Capacidad Superficial de UN MIL NOVECIENTOS CINCUENTA
Y UNO PUNTO OCHENTA Y TRES METROS CUADRADOS, de las
medidas y colindancias siguientes: AL NORTE, partiendo del vértice
Norponiente está formado por un tramo con los siguientes rumbos y
distancias: Tramo Uno sesenta y dos grados veintiún minutos catorce
segundos Este, con una distancia de veintitrés punto setenta y un metros,
colindando con Nicolás Padilla, cerco de alambre de por medio; AL
ORIENTE, partiendo del vértice Nor Oriente está formado por cinco
tramos con los siguientes rumbos y distancias: Tramo Uno Sur sesenta
y cuatro grados cincuenta y ocho minutos cincuenta y nueve segundos,
Este, con una distancia de veintitrés punto once metros, colindando
con Nicolás Padilla, cerco de alambre de por medio; Tramo Dos Sur
cuarenta y cuatro grados cincuenta y siete minutos diecinueve segundos
Oeste, con una distancia de diez punto cero dos metros; Tramo Tres
Sur sesenta y cinco grados cero seis minutos cincuenta segundos Este,
con una distancia de diez punto cero cero metros, Tramo Cuatro Norte
cuarenta y cinco grados cero cero minutos cero cero segundos Este, con
una distancia de ocho punto cero cero metros, colindando con Tomasa
Campos Portillo, con lindero sin materializar; Tramo Cinco Sur cincuenta
y nueve grados doce minutos veintiún segundos Este, con una distancia
de treinta y siete punto cincuenta y cinco metros, colindando con Tomasa
Campos Portillo, con lindero sin materializar: AL SUR, partiendo del
vértice Sur Oriente está formado por dos tramos con los siguientes
rumbos y distancias: Tramo Uno Sur treinta y cinco grados dieciocho
minutos cuarenta segundos Oeste, con una distancia de veintisiete punto
cuarenta metros; Tramo Dos Sur once grados dieciocho minutos treinta
y seis segundos Oeste, con una distancia de cinco punto diez metros,
colindando con Héctor Campos Portillo, con cerco de alambre de púas y
calle de por medio; AL PONIENTE, partiendo del vértice Sur Poniente
está formado por un tramo con los siguientes rumbos y distancias: Tramo
Uno Norte cincuenta y un grados cincuenta y dos minutos cincuenta y
cuatro segundos Oeste, con una distancia de ochenta y dos punto sesenta
y dos metros; colindando con Nicolás Padilla, con cerco de alambre
de púas de por medio.- Así se llega al vértice Nor Poniente, que es el
punto donde se inició esta descripción.- No inscrito en el Registro
de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de Oriente,
Departamento de San Miguel, por carecer de antecedente Registral y
lo adquirió por compraventa que le hizo el señor JOSÉ BENANCIO
AMAYA; según Testimonio de Escritura Pública de Compraventa de
Inmueble número quince, Libro quince, que llevó el Licenciado José
Rubén Jovel Hernández, a las seis horas del día veintiocho de diciembre
63
Lo que avisa al público para los efectos de ley.
Librado en Ciudad Barrios, Departamento de San Miguel, a los
catorce días del mes de septiembre del año dos mil doce.CRAIG MARVIN ESPINAL PÉREZ,
NOTARIO.
1 v. No. F056212
EL SUSCRITO NOTARIO CRAIG MARVIN ESPINAL PÉREZ, del
domicilio de San Miguel, con oficina ubicada en Segunda Avenida Sur,
costado Poniente de la Casa Comunal, número seis, Barrio Roma, de
Ciudad Barrios, Departamento de San Miguel,
HACE SABER: Que ante mis oficios Notariales se presentó la
señora TERESA DE JESÚS LUNA GÓMEZ, de cincuenta y cinco años de
edad, Agricultor en Pequeño, del domicilio de San Simón, Departamento
de Morazán, persona quien no conozco e identifico en legal forma por
medio de su Documento Único de Identidad número cero cero nueve
cero dos tres tres ocho- cero; y con Tarjeta de Identificación Tributaria
número uno tres dos uno- cero seis uno uno cinco seis- cero cero unocero; promueve diligencias de TÍTULO SUPLETORIO, de un inmueble
de Naturaleza rústica, denominado ''FINCA LA LEANDRA'', situado
en Cantón Las Quebradas, Jurisdicción de San Simón, Departamento de
Morazán, de la Capacidad Superficial de NOVECIENTOS METROS
CUADRADOS, de las medidas y Linderos especiales siguientes: AL
ORIENTE, veinte metros colinda con la señora Domitila Franco Orellana,
calle de por medio, AL NORTE, cuarenta y cuatro metros colinda con
terreno de Angelina Alvarado; AL PONIENTE, veinte metros colinda con
la señora Armida Amaya; y AL SUR, cuarenta y seis metros colinda con
Patrona Iglesia Argueta; hasta llegar donde se comenzó.- En el terreno
descrito no existen construcciones y está cultivado de café.- No inscrito
en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de
Oriente, Departamento de Morazán, por carecer de antecedente Registral
y lo adquirió por compraventa que le hizo el señor Leandro Santos
Guevara; según Testimonio de Escritura Pública de Compraventa de
Inmueble número setenta y ocho, Libro Sexto, que llevó el Licenciado
Craig Marvin Espinal Pérez, a las once horas del día cinco de mayo
del año dos mil ocho y con posesión conjunta antes y después de la
compraventa suman más de treinta años, de posesión material de forma
quieta, pacífica e ininterrumpida, ejerciendo en el mismo, todos los actos
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397
64
de verdadero dueño, sin consentimiento, ni permiso de persona alguna,
cinco punto sesenta y cinco metros, colindando con Anacleto Funes, con
como cultivarlo, pastarlo, cercarlo, adquirirlo, cortar su madera, y todos
cerco de alambre de púas y calle de por medio; Tramo Dos Sur veintiún
los actos de verdadero dueño por lo cual comparece ante mis oficios
grados treinta y siete minutos cincuenta y un segundos Oeste, con una
notariales para que de conformidad con lo establecido en el Artículo
distancia de sesenta y dos punto treinta y nueve metros, colindando con
dieciséis de la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria
Alejandro Vigil, con cerco de alambre de púas y calle de por medio;
y otras Diligencias, seguidos que sean los trámites que la misma seña-
LINDERO SUR, partiendo del vértice Sur Oriente está formado por
le, se les extienda a su favor el Título Supletorio que solicita.- Valúa
dos tramos con los siguientes rumbos y distancias: Tramo Uno Sur
dicho terreno en la suma de MIL DOSCIENTOS DÓLARES DE LOS
cincuenta y seis grados cero cero minutos trece segundos Oeste, con una
ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.-
distancia de cincuenta y un punto ochenta y siete metros; Tramo Dos Sur
veintidós grados veintidós minutos cuarenta y ocho segundos Oeste, con
Lo que avisa al público para los efectos de ley.
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una distancia de treinta y seis punto setenta y siete metros, colindando
Librado en Ciudad Barrios, Departamento de San Miguel, a los
once días del mes de octubre del año dos mil doce.-
con Santos Leónidas Vigil, con cerco de alambre de púas y calle de por
medio; LINDERO PONIENTE, partiendo del vértice Sur Poniente está
formado por cinco tramos con los siguientes rumbos y distancias: Tramo
CRAIG MARVIN ESPINAL PÉREZ,
Uno Norte veintiséis grados veintitrés minutos cuarenta y tres segundos
NOTARIO.
Oeste, con una distancia de cuarenta punto treinta y un metros; Tramo
Dos Norte diez grados dieciocho minutos diecisiete segundos Oeste,
con una distancia de doce punto cincuenta y tres metros; Tramo Tres
1 v. No. F056214
Norte diecinueve grados cincuenta y ocho minutos cincuenta y nueve
segundos Este, con una distancia de trece punto cero seis metros; Tramo
Cuatro Norte quince grados treinta y siete minutos treinta y un segundos
Oeste, con una distancia de treinta y tres punto cincuenta y un metros;
EL SUSCRITO NOTARIO CRAIG MARVIN ESPINAL PÉREZ, del
Tramo Cinco Norte cuarenta y nueve grados cincuenta minutos cero
domicilio de San Miguel, con oficina ubicada en Segunda Avenida Sur,
ocho segundos Oeste, con una distancia de treinta y cinco punto sesenta
costado Poniente de la Casa Comunal, número seis, Barrio Roma, de
y nueve metros, colindando con Juan Mateo Cruz, con cerco de alambre
Ciudad Barrios, Departamento de San Miguel,
de púas y nacimiento de agua propiedad del titulante.- Así se llega al
vértice Nor Poniente, que es el punto donde se inició esta descripción.
En el terreno descrito existen construidas dos casas de sistema mixto y
contiene los servicios de agua y energía eléctrica y no está cultivado.- El
SANTOS FERNANDO CRUZ MACHADO, de treinta y siete años de
inmueble descrito no está inscrito en el Registro de la Propiedad Raíz
edad, Agricultor en Pequeño, del domicilio de Sesori, Departamento de
e Hipotecas; y lo adquirió por compraventa verbal que le hizo al señor
San Miguel, persona a quien no conozco e identifico en legal forma por
FERNANDO CRUZ FUENTES, y con posesión conjunta antes y después
medio de su Documento Único de Identidad número cero dos cero uno siete
de la compraventa suman más de dieciséis años, de posesión material de
tres cero uno- nueve; y con Tarjeta de Identificación Tributaria número
forma quieta, pacífica e ininterrumpida, ejerciendo en el mismo todos
uno dos uno nueve- uno uno cero ocho siete cinco- uno cero uno- seis;
los actos de verdadero dueño, sin consentimiento, ni permiso de persona
promueve diligencias de TÍTULO SUPLETORIO, de un inmueble de
alguna, como cultivarlo, pastarlo, cercarlo, adquirirlo, cortar su madera y
Naturaleza rústica, situado en Cantón Las Mesas, Caserío El Tule, de
todos los actos de verdadero dueño por lo cual comparece ante mis oficios
la Jurisdicción de Sesori, Distrito y Departamento de San Miguel, de la
notariales para que de conformidad con lo establecido en el Artículo
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HACE SABER: Que ante mis oficios Notariales se presentó el señor
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Capacidad Superficial de NUEVE MIL QUINIENTOS SESENTA Y
dieciséis de la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria
y otras Diligencias, seguidos que sean los trámites que la misma señale,
medidas y linderos siguientes: LINDERO NORTE, partiendo del vértice
se les extienda a su favor el Título Supletorio que solicita.- Valúa dicho
Nor Poniente está formado por tres tramos con los siguientes rumbos
terreno en la suma de DIEZ MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS
y distancias: Tramo Uno Norte setenta y dos grados cero seis minutos
UNIDOS DE AMÉRICA.-
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TRES PUNTO CUARENTA Y TRES METROS CUADRADOS, de las
cincuenta y dos segundos Este, con una distancia de cuarenta y un punto
diecisiete metros; Tramo Dos Norte cuarenta grados dieciocho minutos
cincuenta y siete segundos Este, con una distancia de treinta punto sesenta
y tres metros, colindando con Santos Julio Machado, con quebrada agua
Lo que avisa al público para los efectos de ley.
Librado en Ciudad Barrios, Departamento de San Miguel, a los
tres días del mes de octubre del año dos mil doce.-
de por medio; Tramo Tres Sur setenta y cuatro grados cuarenta y cuatro
minutos cuarenta y dos segundos Este, con una distancia de treinta y
cuatro punto veintiún metros, colindando con José Anadelio Vigil Cruz,
CRAIG MARVIN ESPINAL PÉREZ,
con cerco de alambre de púas y calle de por medio; LINDERO ORIENTE,
NOTARIO.
partiendo del vértice Nor Oriente está formado por dos tramos con los
siguientes rumbos y distancias: Tramo Uno Sur sesenta y un grados
once minutos veintiún segundos Este, con una distancia de cuarenta y
1 v. No. F056215
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012.
EL SUSCRITO NOTARIO CRAIG MARVIN ESPINAL PÉREZ, del
domicilio de San Miguel, con oficina ubicada en Segunda Avenida Sur,
costado Poniente de la Casa Comunal, número seis, Barrio Roma, de
Ciudad Barrios, Departamento de San Miguel,
HACE SABER: Que ante mis oficios Notariales se presentó la
señora MARÍA ELOISA RAJO DE SÁNCHEZ, de cincuenta y un años
de edad, de oficios domésticos, del domicilio de Ciudad Barrios, departamento de San Miguel, persona quien no conozco e identifico en legal
JUANA ANTONIA SARMIENTO HERNÁNDEZ, Notario, de este
domicilio, con bufete profesional situado en treinta y nueve Avenida
Norte y Boulevard Universitario, número ochocientos ochenta y nueve,
de esta ciudad.
HACE SABER: Que ante mis oficios se tramita TÍTULO SUPLETORIO
por el señor MIGUEL ÁNGEL CHACÓN GUTIÉRREZ, de sesenta y
siete años de edad, Jornalero, del domicilio de La Palma, Departamento
de Chalatenango, en relación a un Terreno de naturaleza rústica, situado
en el Cantón El Gramal, lugar conocido como Caserío Los Chacones,
jurisdicción de La Palma, Departamento de Chalatenango, de una extensión
superficial de DIECISIETE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y SEIS
PUNTO VEINTICINCO METROS CUADRADOS, que mide y linda:
AL ORIENTE, mide ciento cuarenta y dos metros, linda con sucesión de
Daniel Romero y Juan Antonio Salguero Rodríguez; AL NORTE, mide
ciento noventa y tres metros, linda con Francisco Hernández Chacón y
José Antonio Chacón; AL PONIENTE, mide sesenta y tres metros, linda
con María Isaura Chacón Gutiérrez y sucesión de Mardoqueo Chacón;
AL SUR, mide ciento cincuenta y seis metros, linda con Héctor Cruz
Landaverde Villalta. El terreno descrito no es dominante, ni sirviente,
ni está en proindivisión y no tiene cargas o derechos que pertenezcan
a terceras personas; que dicho inmueble lo adquirió por compra que le
hizo a la señora Recáela Chacón de Hernández, el día veinticuatro de
mayo de dos mil doce y sumando a la posesión del actual propietario
suma más de quince años consecutivos, en forma quieta, pacífica y no
interrumpida, pero carece del título de dominio inscrito. Valúa dicho
terreno en la suma de mil cuatrocientos Dólares de los Estados Unidos
de América.
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forma por medio de su Documento Único de Identidad número cero dos
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cuatro uno seis cuatro dos nueve- cero; y con Tarjeta de Identificación
Tributaria número uno dos cero dos- cero ocho cero dos seis uno- uno
cero uno- cero; promueve diligencias de TÍTULO SUPLETORIO, de un
inmueble de Naturaleza rústica, situado en Cantón Llano El Ángel, de esta
Jurisdicción, Departamento de San Miguel, de la Capacidad Superficial
de MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y DOS PUNTO TREINTA Y
SIETE METROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes:
AL NORTE, dieciocho punto sesenta y cinco metros colinda con
Francisco Martínez y María Elisa Carranza de Martínez; calle principal
de por medio; AL ORIENTE, noventa y dos metros, colinda con Blanca
Orellana y William Orellana; AL SUR, trece punto cincuenta metros,
colinda con Blanca Orellana y William Orellana; AL PONIENTE,
noventa metros, colinda con Estela Lourdes Canales y Edgar Mejicanos.
El terreno descrito contiene una casa de adobe y techo de teja y cuenta
con los servicios básicos. No inscrito en el Registro de la Propiedad Raíz
e Hipotecas de la Primera Sección de Oriente, Departamento de San
Miguel, por carecer de antecedente Registral y lo adquirió por compraventa
que le hizo la señora VALERIANA CARRANZA MARTÍNEZ; según
Testimonio de Escritura Pública de Compraventa de Inmueble, número
doscientos ochenta, libro Once, que lleva el Licenciado Craig Marvin
Espinal Pérez, a las quince horas del día ocho de septiembre del año dos
mil doce; es dueña que por más de treinta y cuatro años de posesión
material de forma quieta, pacífica e ininterrumpida, ejerciendo en el
Lo que se avisa para los efectos de ley,
Librado en San Salvador, a los nueve días del mes de octubre de
dos mil doce.
JUANA ANTONIA SARMIENTO HERNÁNDEZ,
NOTARIO.
mismo todos los actos de verdadera dueña, sin consentimiento, ni permiso
de persona alguna, como cultivarlo, pastarlo, cercarlo, adquirirlo, cortar
1 v. No. F056303
su madera, y todos los actos de verdadera dueña por lo cual comparece
R
ante mis oficios notariales para que de conformidad con lo establecido
IA
en el Artículo dieciséis de la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción
Voluntaria y otras Diligencias, seguidos que sean los trámites que la
D
misma señale, se les extienda a su favor el Título Supletorio que solicita.
Valúa dicho terreno en la suma de MIL DOSCIENTOS DÓLARES DE
LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.Lo que avisa al público para los efectos de ley.
Librado en Ciudad Barrios, Departamento de San Miguel, a los
diez del mes de septiembre del año dos mil doce.-
CRAIG MARVIN ESPINAL PÉREZ,
NOTARIO.
1 v. No. F056217
JUANA ANTONIA SARMIENTO HERNÁNDEZ, Notario, de este
domicilio, con bufete profesional situado en treinta y nueve Avenida
Norte y Boulevard Universitario, número ochocientos ochenta y nueve,
de esta ciudad,
HACE SABER: Que ante mis oficios se tramita TÍTULO SUPLETORIO por el señor Manuel de Jesús Salguero Salguero, de cincuenta y
seis años de edad, Agricultor, del domicilio de La Palma, Departamento
de Chalatenango, en relación a un Terreno de naturaleza rústica, situado
en el lugar llamado El Malcotal, del Cantón Los Planes, jurisdicción de
La Palma, Departamento de Chalatenango, de una extensión superficial
de NOVENTA Y TRES MIL QUINIENTOS SESENTA Y OCHO
PUNTO CINCUENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS y colinda:
AL NORTE, con el señor Pedro Roberto Romero Lemus, con quebrada
de por medio; AL ORIENTE, con los señores Ester Moreira y Carlos
Aquilino Murcia Rivera, con cerco de púas; AL SUR, con Cruz Arriaga;
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397
66
AL PONIENTE, con el señor Salvador Ernesto Sánchez Hernández. El
terreno descrito no es dominante, ni sirviente, ni está en proindivisión
y no tiene cargas o derechos que pertenezcan a terceras personas; que
dicho inmueble lo adquirió por compra que le hizo a la señora María
Nelly Deras Viuda de Aguilar, conocida por María Nelly Deras Lemus,
el día tres de febrero de dos mil tres, y sumando a la posesión del actual
propietario suma más de quince años consecutivos, en forma quieta,
pacífica y no interrumpida, pero carece del título de dominio inscrito.
Valúa dicho terreno en la suma de dos mil Dólares de los Estados Unidos
de América.
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA de Sensuntepeque, a los
veintiocho días del mes de agosto de dos mil doce.- Lic. JOSÉ ÁNGEL
POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Lic. HUGO
ERNESTO MENA HERNÁNDEZ, SECRETARIO.
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Lo que se avisa para los efectos de ley,
un árbol de pito, advirtiéndose que según antecedente este inmueble
perteneció al señor Napoleón Méndez y previamente a Simón Méndez
y posteriormente a la señora Bernabé Viuda de Méndez. Lo adquirió
por compraventa que le hicieron los señores ROSEMBER MENDEZ
y ELENA ASCENCIO REYES, en el mes de octubre de dos mil y lo
valora en la cantidad de CINCO MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS
UNIDOS DE AMÉRICA.
Librado en San Salvador, a los nueve días del mes de octubre de
dos mil doce.
JUANA ANTONIA SARMIENTO HERNÁNDEZ,
NOTARIO.
3 v. alt. No. C006012-1
MANUEL DE JESÚS ESCOBAR ROSA, Juez Segundo de lo Civil y
Mercantil Suplente, de la Ciudad de San Miguel.
1 v. No. F056304
JOSÉ ÁNGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA
DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUNTEPEQUE, CABAÑAS, AL
PÚBLICO PARA LOS DEMÁS EFECTOS DE LEY,
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HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado la Licenciada
MARÍA SANDRA ARACELY RUIZ, como Apoderada General Judicial
con Cláusula Especial del señor ANTONIO MÉNDEZ ASCENCIO, de
cincuenta y siete años de edad, agricultor en pequeño, de este domicilio
solicitando se le extienda TÍTULO SUPLETORIO a favor del referido
señor, de un inmueble de naturaleza Rústica situado en Cantón Rojas,
Caserío Campanario, Sensuntepeque, Departamento de Cabañas, el cual
se describe así: Con una extensión superficial de UNA MANZANA O
SETENTA ÁREAS, según, antecedente, pero su capacidad es mayor,
cultivado en extensión como de MEDIA MANZANA O TREINTA Y
CINCO ÁREAS, con huerto, café y frutales cercado con piña y madera
en el que hay edificadas dos casas; la primera paredes de adobe cubierta
de teja de diecisiete metros de largo por seis metros de ancho y la cocina
paredes de bahareque de seis varas de largo por cinco varas de ancho
según el antecedente hoy en día, una más de sistema mixto consta de
un corredor, dos habitaciones, cocina, un comedor, dicha casa mide
nueve metros de largo por seis de ancho de los linderos siguientes: AL
ORIENTE Y AL SUR, con terreno de José Antonio Méndez, mediando
una piedra filuda; según el antecedente, pero en realidad al ORIENTE,
en tres tramos; el primero de Sur a Oriente a Norte mide tres metros,
el segundo de Sur Oriente a Poniente, mide doce metros y el tercero de
Sur Oriente a Norte cincuenta y cinco punto setenta metros, colinda con
terreno de Augusto Auxel Méndez; y AL SUR, mide cuarenta y cinco
metros, colinda con el señor Napoleón Méndez; AL NORTE, con resto
del terreno dividido mediando mojones desde el colocado a la par de
un árbol de aceituno recto a una zanja, continuando zanja abajo hasta
un barranco siendo el terreno colindante por ese rumbo en la actualidad
de Augusto Auxel Méndez, según antecedente pero en la realidad AL
NORTE, mide treinta y uno punto cincuenta metros, colinda con terreno
de Augusto Auxel Méndez; AL PONIENTE, con terreno del otorgante
Rosember Méndez, carretera antigua que conduce de la Ciudad de
Sensuntepeque, a Victoria de por medio, continuando por ésta hasta
HACE SABER: Que a este juzgado se ha presentado la Licenciada
XENIA DANNELIA VALLE GUTIÉRREZ, como apoderada general
judicial del señor ROBERTO HERNÁNDEZ SARAVIA, mayor de
edad, empleado, de este domicilio, y del domicilio de Westbury, condado
de Nassau, Estado de Nueva York, Estados Unidos de América, con
Documento Único de Identidad número cero cuatro uno seis uno siete
cero dos- ocho, y con número de Identificación Tributaria un mil doscientos seis- cero once mil ciento cincuenta y nueve- ciento uno- cuatro,
solicitando se le extienda a su poderdante TÍTULO SUPLETORIO, de un
terreno de naturaleza rústica, situado en Cantón Guadalupe, jurisdicción
de Chirilagua, departamento de San Miguel, identificado como parcela
número treinta y dos/cero cero, de la capacidad superficial de TRECE
MIL QUINIENTOS OCHENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS,
de las colindancias siguientes: AL NORTE, linda con el señor Miguel
Ángel Guevara; AL ORIENTE, linda con parcela número cuarenta y
uno del señor Antonio Berríos Hernández y calle de por medio con la
señora María Guadalupe Crespo; AL SUR, linda con parcela número
treinta y uno plica dos de la señora Marta Alicia Arévalo de Chicas;
AL PONIENTE, linda con parcela número nueve de la señora Teresa
de Jesús Rivera Molina.
El inmueble antes descrito, el solicitante señor ROBERTO HERNÁNDEZ SARAVIA, lo valúa en la suma de DIEZ MIL DÓLARES
DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, y afirma lo adquirió
por compraventa que le hiciera la señora MARÍA SILVIA ESTELA
CAMPOS DE RIVERA, conocida por SILVIA ESTELA CAMPOS
DE RIVERA.
Asimismo manifiesta la peticionaria que la posesión ha sido quieta,
pacífica y no interrumpida, por más de diez años sucesivos y consecutivos.
Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.
Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil y Mercantil de la
ciudad de San Miguel, a los catorce días del mes de septiembre de dos mil
doce.- Lic. MANUEL DE JESÚS ESCOBAR ROSA, JUEZ SEGUNDO
DE LO CIVIL Y MERCANTIL SUPLENTE. Licda. CLELIS DINORA
LAZO ANDRADE, SECRETARIA.
3 v. alt. No. C006033-1
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012.
Licda. ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, JUEZA DE
PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE CIUDAD
BARRIOS,
de diez metros, linda con el terreno de EDITH PORTILLO BAIRES,
antes con HECTOR PORTILLO, segundo tramo, dos metros, colinda
con HECTOR PORTILLO CAMPOS, calle de por medio; AL NORTE;
cuarenta y un metros, linda con NICOLAS PADILLA; AL SUR; tramo
uno, diez metros, hoy linda con EDITH PORTILLO BAIRES, SOTERO
MEDRANO; AL PONIENTE: tramo uno, diez metros, linda hoy con
terreno de la señora EDITH PORTILLO BAIRES antes con NICOLAS
PADILLA y SOTERO MEDRANO. El terreno descrito contiene una
servidumbre de tránsito de dos metros de ancho, y fue adquirido por
compraventa de posesión material que hizo la titulante a la señora EDITH
PORTILLO BAIRES, mediante Escritura Pública otorgada antes los
oficios del Notario MIGUEL ANGEL GOMEZ, el día cinco de abril
del año de mil novecientos noventa y siete y lo valúa en la cantidad de
UN MIL DOSCIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMERICA.
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HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la Licda.
IDALIA FLORIBEL SANCHEZ RAJO, conocida por IDALIA FLORIBEL SANCHEZ DE AYALA, mayor de edad, de treinta y cuatro años
de edad, Abogada, del domicilio de Ciudad Barrios, en su calidad de
Apoderada General Judicial del señor JUAN HUMBERTO CHAVEZ,
conocido también por JUAN HUMBERTO CHAVEZ CHAVEZ, de
sesenta y cuatro años de edad; jornalero, casado, del domicilio de Ciudad
Barrios; solicitando a favor de su poderdante TÍTULO SUPLETORIO,
de un inmueble de naturaleza rústica, situado en Cantón Guanaste de esta
jurisdicción; de las medidas y colindancias siguientes: AL ORIENTE:
dos punto cuarenta metros, colinda con RAUL GUEVARA ROMERO,
cerco de izote de por medio; AL SUR: en dos tramos, el primero de
ochenta metros, tramo dos once punto cincuenta, colinda con el señor
RAUL GUEVARA ROMERO, cerco de alambre de por medio; AL
PONIENTE: en dos tramos, el primero treinta y tres punto noventa metros, colinda con JOSE OVIDIO PORTILLO, el segundo tramo nueve
punto cincuenta metros, colinda con Ermita Católica Santa Fe Guanaste:
AL NORTE: consta de dos tramos cincuenta y ocho metros colinda con
RENE ANTONIO CHAVEZ, el segundo tramo catorce metros, colinda
con la Ermita Católica Santa Fe Guanaste; existen construidas dos casas,
y contiene los servicios básicos y luz eléctrica.- Dicho inmueble tiene
una capacidad superficial de MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y SEIS
PUNTO SESENTA Y CINCO METROS CUADRADOS, y fue adquirido
por compra que le hizo el titulante a la señora BARBARA MEDRANO,
por medio de Escritura Pública de compraventa otorgada el día siete de
marzo del año dos mil seis, ante los oficios notariales de la Licenciada
LIDHIDALMA LARA COLATO; y lo valúa en la cantidad de CUATRO
MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.
Librado en el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE CIUDAD BARRIOS, DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL, a las diez
horas y quince minutos del día veintiséis de septiembre del año dos
mil doce. Licda. ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, JUEZA
DE PRIMERA INSTANCIA. Lic. EDWIN BLADIMIR PORTILLO
ZULETA, SECRETARIO.
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3 v. alt. No. F056177-1
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LICENCIADA ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, JUEZA
DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE CIUDAD
BARRIOS.
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la señora
TOMASA CAMPOS PORTILLO, de cincuenta y cuatro años de edad,
de oficios domésticos, del domicilio de Ciudad Barrios, Departamento
de San Miguel, por medio de su Apoderada General Judicial Licda IDALIA FLORIBEL SANCHEZ RAJO conocida por IDALIA FLORIBEL
SANCHEZ DE AYALA, solicitando a su favor TITULO SUPLETORIO, de un inmueble de naturaleza rústica, ubicado en el Cantón San
Luisito, Municipio de Ciudad Barrios, departamento de San Miguel, de
la capacidad superficial de CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO PUNTO CINCUENTA METROS CUADRADOS de las medidas
y linderos siguientes: AL ORIENTE: consta de dos tramos el primero
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Librado en el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE
CIUDAD BARRIOS, DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL, a las
doce horas y treinta minutos del día veintiséis de julio del año dos mil
doce. Licda. ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, JUEZA
DE PRIMERA INSTANCIA. Lic. EDWIN BLADIMIR PORTILLO
ZULETA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F056178-1
LICENCIADA ANA GLORIA ALVARADO VELIS DE GOMEZ, Juez
de Primera Instancia Suplente de este Distrito Judicial,
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la Licenciada MELIDA BONILLA BONILLA, mayor de edad, Abogada, del
domicilio de Guacotecti, departamento de Cabañas, con Documento
Único de Identidad número cero un millón trescientos sesenta y un mil
cuatrocientos ochenta y siete-guión seis, con tarjeta de Abogado número
doce mil quinientos cuarenta y uno, en su calidad de Apoderada General
Judicial del señor ANDRES ARIAS FLORES, de setenta años de edad,
comerciante en pequeño, del domicilio de Suchitoto, departamento de
Cuscatlán, con Documento Único de Identidad número cero dos millones
ciento dieciséis mil cuatrocientos sesenta y uno - cinco, y número de
Identificación Tributaria uno cuatro cero nueve - uno ocho uno cero cuatro
uno - cero cero uno - cero; solicitando TÍTULO SUPLETORIO a favor del
señor ANDRES ARIAS FLORES, de un inmueble de naturaleza rústica,
situado en los Suburbios del Barrio Las Rosas, Cinquera, departamento
de Cabañas, lugar denominado EL OBRAJE, de la extensión superficial
de VEINTIDOS MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y TRES PUNTO
CUARENTA Y UN METROS CUADRADOS, de las medidas y linderos
siguientes: AL ORIENTE: de ciento setenta y tres metros, colinda con
inmueble del señor ROBERTO HENRIQUEZ y ELIO FUENTES; AL
NORTE: de ciento ochenta metros, colinda con inmueble de la señora
NOEMI AVALOS; AL PONIENTE: de doscientos doce metros, colinda con inmueble de GERMAN ARNOLDO RIVERA y DEMETRIO
AVALOS, en dos tramos el primero noventa y tres metros y el segundo
ciento diecinueve metros en línea quebrada, y AL SUR: de ciento setenta y seis metros, colinda con inmueble de la sucesión de ANTONIO
MONGE. El inmueble citado no es terreno sirviente ni dominante, y no
está en proindivisión con persona alguna; y lo valúa el titulante en la
cantidad de DOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMERICA. Inmueble que lo hubo por compra verbal hecha a la señora
ANA CONCEPCION FUENTES VIUDA DE HERNANDEZ.
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397
68
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ilobasco, Cabañas,
a las once horas treinta minutos del día treinta y uno de agosto de dos
mil doce. Licda. ANA GLORIA ALVARADO VELIS DE GOMEZ,
JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA SUPLENTE. Licda. ANGELA
VERONICA GUERRA HERNANDEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F056204-1
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JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE METAPAN,
tramos rectos, con los rumbos y distancias siguientes: Tramo uno con una
distancia de treinta punto sesenta y cinco metros, tramo dos, del mojón
dos al mojón tres, con una distancia de diecisiete punto ochenta metros,
colindando en estos tramos con propiedad de Antonia Graciliana Amaya
de Caballero antes hoy de Humberto González, muro de ladrillo de por
medio medianero; LINDERO ORIENTE, está formado por un tramo
recto que comprende del mojón tres al mojón cuatro, con una distancia
de quince punto sesenta y cinco metros, colindando con propiedad de
Virginia Ruiz Amaya, antes hoy de Romelia Delgado Viuda de Flores,
Tercera Avenida Norte de por medio; LINDERO SUR: Está formado
por un tramo recto que comprende del mojón cuatro al mojón cinco con
una distancia de cuarenta y siete punto cincuenta y un metros, colindando
con propiedad de José Domingo Reyes Díaz, Pasaje La Ceiba de por
medio; LINDERO PONIENTE: Está formado y por un tramo recto que
comprende del mojón cinco al mojón uno, con una distancia de catorce
punto cincuenta y tres metros, colindando con solar de Luis Ortiz Portillo,
antes hoy de Celio Pérez, cerco de alambre de por medio de la titulante,
hasta llegar donde se comenzó.- Dentro de esta propiedad existen dos
casas construidas la primera techo de tejas, paredes de bloque, piso de
cerámica y ladrillo, con servicio de energía eléctrica y agua potable, la
segunda techo de lámina, paredes de bloque, piso natural, como también
existe una galera techo de lámina sobre horcones, que son propiedad de
la titulante. Dicho terreno lo valora en el precio de CINCO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA; y lo adquirió
por Escritura Pública de Compraventa de Posesión Material, otorgada
en la ciudad de San Miguel, el día treinta de enero de mil novecientos
ochenta y cuatro, ante los oficios del Notario Salvador Guerra Hércules,
por el señor José Adán Caballero, no tiene cargas ni derechos reales, ni
están en proindivisión.- Los colindantes son de este domicilio.
HACE SABER: Que a este Juzgado se presentó el señor ADOLFO CRUZ, de sesenta y nueve años de edad, agricultor en pequeño y
del domicilio de Santa Rosa Guachipilín, solicitando se extienda a su
favor TITULO SUPLETORIO de un inmueble de naturaleza rústica
situado en Cantón El Matazano de dicha compresión territorial; de una
extensión superficial de SETECIENTOS TRECE PUNTO CINCO MIL
NOVECIENTOS TREINTA Y UN METROS CUADRADOS, con las
colindancias siguientes: AL NORTE, con Abraham Villeda Tejada, Calle
de por medio; AL ESTE, con María Isabel Molina Valle, calle de por
medio; AL SUR, con Benito Perlera Aguilar; y AL OESTE, con Santos
Aguilar, calle de por medio. El referido inmueble no es dominante, ni
sirviente, ni se encuentra en proindivisión, y lo valúa en la cantidad de
UN MIL CIENTO CUARENTA Y DOS PUNTO OCHENTA Y SEIS
DOLARES.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de
Ley.
Lo que se hace saber al público para los efectos de Ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil Metapán, a las catorce horas del
día dos de octubre del dos mil doce. Lic. JOSE HERNAN PALACIOS
LIMA, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MARIA LETICIA FIGUEROA
FIGUEROA, SECRETARIA.
Alcaldía Municipal de Osicala, a los cinco días del mes de
Septiembre del año dos mil doce. FREDY EDILBERTO VILLELAS
GARCIA, ALCALDE MUNICIPAL. Lic. RIGOBERTO HERNANDEZ
RAMIREZ, SECRETARIO MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F056242-1
3 v. alt. No. F056229-1
CAMBIO DE NOMBRE
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TITULO DE DOMINIO
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.
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HACE SABER: Que en esta Alcaldía se ha presentado el Doctor
ANGEL ALFONSO ESPINAL JUAREZ, como Apoderado General
Judicial con Cláusula Especial de la señora MARIA ISABEL ARGUETA
DE PEREZ, de setenta y un años de edad de oficios domésticos, del
domicilio de Osicala, portadora de su Documento Único de Identidad
Número cero dos cuatro seis cinco uno siete seis- ocho y con Número
de Identificación Tributaria mil trescientos quince-ciento noventa y un
mil ciento cuarenta-ciento uno-ocho, revestido de ese carácter y con
instrucciones expresas de mi mandante por este medio vengo a solicitar
a favor de ésta TITULO DE DOMINIO O MUNICIPAL, de un lote de
terreno de naturaleza urbana, ubicado en la Tercera Avenida Norte, Barrio
San Rafael, del Municipio de Osicala, Departamento de Morazán, de la
capacidad de SETECIENTOS VEINTICUATRO METROS CERO UN
DECIMETRO OCHENTA Y DOS CENTIMETROS CUADRADOS,
de la descripción siguiente: LINDERO NORTE, está formado por dos
HERBERT IVÁN PINEDA ALVARADO, JUEZ DE FAMILIA DE
SANTA TECLA, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD, al público
para los efectos de Ley.
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Licenciado
FRANCISCO EUGENIO PARADA HERNANDEZ, de sesenta y tres
años de edad, Abogado, del domicilio de esta ciudad y del de Mejicanos,
en representación del señor ISABEL CASTELLANOS ESPINOZA
conocido por ABEL CASTELLANOS ESPINOZA, quien es de setenta
y ocho años de edad, mecánico, originario de San Vicente, departamento
del mismo nombre y del domicilio de Colón, departamento de La Libertad,
portador de su Documento Único de Identidad número cero cero seis
cuatro tres cuatro dos dos - tres; promoviendo diligencias de cambio de
nombre clasificadas al número ST-F- 1632-23LN-12; en consecuencia: De
conformidad al Artículo 23 de la Ley del Nombre de la Persona Natural,
SE HACE SABER a todas las personas que consideren que les puede
afectar el cambio de nombre del señor ISABEL CASTELLANOS por
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012.
el de ABEL CASTELLANOS ESPINOZA, para que se presenten a este
Juzgado a ejercer sus derechos dentro del plazo de diez días siguientes
contados a partir de la última publicación de este aviso, quienes deberán
comparecer por medio de apoderado constituido con arreglo a la Ley,
salvo que ellos mismos estuvieren facultados para ejercer la procuración,
quienes en caso de ser personas de escasos recursos económicos podrán
solicitar asistencia de un defensor público de familia nombrado por la
señora Procuradora de la República, de conformidad al Artículo 10 de
la Ley Procesal de Familia.
"m" de Primera y el rectángulo se inicia también en el rasgo medio de
la letra "m" de la palabra Primera y termina fuera de la palabra "Hora";
que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 35 de la
Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los cinco días del mes de julio del año dos mil doce.
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Librado en el Juzgado de Familia de Santa Tecla, Departamento de
La Libertad, a las diez horas del día veintiocho de Septiembre de dos mil
doce. HERBERT IVÁN PINEDA ALVARADO, JUEZ DE FAMILIA.
Licda. MELVIN MARBELY TEJADA MARTINEZ, SECRETARIA
DE ACTUACIONES.
69
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,
1 v. No. F056283
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F056253-1
RENOVACION DE MARCAS
No. de Expediente: 2001016731
No. de Expediente: 2002026294
No. de Presentación: 20120170502
No. de Presentación: 20120173725
CLASE: 35.
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado ELIAS
ANTONIO SACA GONZALEZ, mayor de edad, EMPRESARIO,
del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN
SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
REPRESENTANTE LEGAL de RADIO DIFUSION DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que
se abrevia: RADIODIFUSION DE EL SALVADOR S.A. DE C.V.,
del domicilio de San Salvador, Departamento de San Salvador, de
nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para
la inscripción Número 00164 del Libro 00149 de INSCRIPCION DE
MARCAS, consistente en la expresión "A PRIMERA HORA RADIO
102 NUEVE CHARLA, MUSICA Y CAFE", el logotipo se presenta
en TRES niveles de expresión; En la parte superior se lee "A Primera
Hora", en mayúscula la primer letra de cada una de las palabras que
forman la frase, y en minúsculas las restantes, todas las letras que la
componen están escritas en color negro y gruesas; en la parte de en
medio se encuentra la palabra "RADIO", todas las letras mayúsculas
pero de tamaño pequeño, la cual se inicia y termina bajo la letra "A"
de la expresión "A Primera Hora", toda en color negro; y en la parte
inferior se lee la frase "102 NUEVE", escrita "102" en números arábigos,
grandes y gruesos, y junto la palabra "NUEVE" escrita en letras grandes
minúsculas, del mismo tamaño y gruesas que las de la expresión "102"
y de color negro y seguido termina con un rectángulo de color negro de
fondo en cuyo interior se encuentran las expresiones "Charla, Música y
Café", escritas en letras mayúsculas la primer letra de cada una de las
palabras que componen la expresión antes relacionada y las restantes
en letras minúsculas separadas por una coma "Charla, Música" seguida
de la consonante "y", para terminar con la palabra "Café", todas escritas
en color blanco dentro del rectángulo todo color negro de fondo, para
terminar con un punto también blanco, La expresión "102 NUEVE", se
inicia bajo la palabra "RADIO" y terminar en rasgo medio de la letra
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado ADONAY
LOPEZ, mayor de edad, AGRICULTOR EN PEQUEÑO, del domicilio de TACUBA, DEPARTAMENTO DE AHUACHAPAN, de
nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como REPRESENTANTE
LEGAL de ASOCIACION COOPERATIVA DE PRODUCCION
AGROINDUSTRIAL "EL PROGRESO" DE RESPONSABILIDAD
LIMITADA, del domicilio de Cantón La Pandeadura, jurisdicción de
Tacuba, departamento de Ahuachapán, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00015
del Libro 00161 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en una
figura que simula un rectángulo y en su interior aparece la expresión
NEJAPA, escrita en letras mayúsculas; que ampara productos/servicios
comprendidos en la(s) Clase 30 de la Clasificación Internacional de
Niza.
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EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los veinte días del mes de septiembre del año dos mil doce.
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F056260-1
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397
70
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
No. de Expediente: 1971021199
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
No. de Presentación: 20120172966
a los tres días del mes de septiembre del año dos mil doce.
CLASE: 10.
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
REGISTRADOR.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,
SECRETARIA.
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HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado JUAN
FRANCISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE conocido por JUAN
FRANCISCO HERNANDEZ AGUIRRE, mayor de edad, ABOGADO Y
NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE
SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
APODERADO de BEIERSDORF AG, del domicilio de UNNASTRASSE
48, 20253 HAMBURGO, ALEMANIA, de nacionalidad ALEMANA,
solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 01474 del
Libro 00017 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra
"ELASTOPLAST"; que ampara productos/servicios comprendidos en
la(s) Clase 10 de la Clasificación Internacional de Niza.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los tres días del mes de septiembre del año dos mil doce.
3 v. alt. No. F056281-1
No. de Expediente: 1962008959
No. de Presentación: 20120173972
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado JUAN
FRANCISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE conocido por JUAN
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
FRANCISCO HERNANDEZ AGUIRRE, mayor de edad, ABOGADO
Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO
REGISTRADOR.
DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando
como APODERADO de THE CLOROX COMPANY, del domicilio de
CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,
1221 BROADWAY, OAKLAND, CALIFORNIA, ESTADOS UNIDOS
DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando
SECRETARIO.
RENOVACION, para la inscripción Número 08959 del Libro 00029
3 v. alt. No. F056279-1
de REGISTRO DE MARCAS, consistente en "CLOROX" Y DIBUJO,
ESCRITA ESTA PALABRA EN COLOR BLANCO ENCERRADA
EN UN ROMBO DE COLOR AZUL PRUSIA Y EN LA PARTE INFE-
No. de Expediente: 1972007879
IA
CLASE: 05.
R
No. de Presentación: 20120172967
D
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado JUAN
FRANCISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE conocido por JUAN
FRANCISCO HERNANDEZ AGUIRRE, mayor de edad, ABOGADO
Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO
DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando
como APODERADO de BEIERSDORF AG, del domicilio de UnnastraBe 48, Hamburgo, Alemania, de nacionalidad ALEMANA, solicitando
RENOVACION, para la inscripción Número 21877 del Libro 00048 de
REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra "HANSAPLAST";
que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la
Clasificación Internacional de Niza.
RIOR DEL MISMO, UN MEDIO ROMBO SIN COLOR,; que ampara
productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación
Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los veinticinco días del mes de septiembre del año dos mil doce.
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,
SECRETARIA.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
3 v. alt. No. F056282-1
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012.
71
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL! Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
cinco de septiembre del año dos mil doce.-
MARCA DE FÁBRICA
No. de Expediente: 2011113689
No. de Presentación: 20110159059
Licda. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
CLASE: 30.
REGISTRADORA.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,
SECRETARIO.
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HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JOSÉ
ANTONIO JESÚS SALAVERRÍA BORJA, en su calidad de
REPRESENTANTE LEGAL de JASAL, SOCIEDAD ANÓNIMA
DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: JASAL, S. A. DE C. V.,
de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la
MARCA DE FÁBRICA Y DE COMERCIO,
3 v. alt. No. C006011-1
BOCANA
Consistente en: La palabra BOCANA, que servirá para:
AMPARAR: CAFÉ ORO LAVADO. Clase: 30.
No. de Expediente: 2012120214
La solicitud fue presentada el día treinta y uno de octubre del año
dos mil once.
CLASE: 03.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintinueve de agosto del año dos mil doce.-
MARÍA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
No. de Presentación: 20120171433
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JUAN
FRANCISCO EUGENIO HERNÁNDEZ AGUIRRE, en su calidad de
APODERADO de BEIERSDORF AG, de nacionalidad ALEMANA,
solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA Y DE COMERCIO,
LUCÍA MARGARITA GALÁN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006006-1
R
No. de Expediente: 2012121104
IA
No. de Presentación: 20120173340
CLASE: 30.
D
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSÉ ALCIDES
RUDECINDO AGUILA NUÑEZ, de nacionalidad SALVADOREÑA,
en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA
DE FÁBRICA Y DE COMERCIO,
CHOCOMANI
Consistente en: La expresión CHOCOMANI, que servirá para:
AMPARAR: PALETAS Y HELADOS COMESTIBLES. Clase: 30.
La solicitud fue presentada el día treinta y uno de agosto del año
dos mil doce,
Consistente en: La palabra Labello y diseño, que servirá para:
AMPARAR: COSMÉTICOS. Clase: 03.
La solicitud fue presentada el día dieciocho de julio del año dos
mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintiocho de agosto del año dos mil doce.-
Licda. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F056275-1
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397
72
No. de Expediente: 2012120510
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
once de septiembre del año dos mil doce.-
No. de Presentación: 20120172219
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
MARÍA DAFNE RUIZ,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JUAN
FRANCISCO EUGENIO HERNÁNDEZ AGUIRRE, conocido por
JUAN FRANCISCO HERNÁNDEZ AGUIRRE, en su calidad de
APODERADO de BEIERSDORF AG, de nacionalidad ALEMANA,
solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA Y DE COMERCIO,
REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,
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SECRETARIO.
NIVEA ORIGINALS
Consistente en: Las palabras NIVEA ORIGINALS, que se traduce
al castellano como Originales, que servirá para: AMPARAR: JABONES;
PERFUMERÍA, ACEITES ESENCIALES, PREPARACIONES PARA
EL CUIDADO DEL CUERPO Y LA BELLEZA, Clase: 03.
La solicitud fue presentada el día ocho de agosto del año dos mil
doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
diecisiete de agosto del año dos mil doce.Licda. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
3 v. alt. No. F056277-1
No. de Expediente: 2012120928
No, de Presentación: 20120172999
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JUAN
FRANCISCO EUGENIO HERNÁNDEZ AGUIRRE, conocido por
JUAN FRANCISCO HERNÁNDEZ AGUIRRE, en su calidad de
APODERADO de PRESTIGE BRANDS INTERNATIONAL, INC.,
de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la
MARCA DE FÁBRICA Y DE COMERCIO,
ISMEL EDITH VALLES DE HERNÁNDEZ,
SECRETARIA.
PEDIACARE
3 v. alt. No. F056276-1
No. de Expediente: 2012116945
No. de Presentación: 20120165937
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
La solicitud fue presentada el día veintitrés de agosto del año dos
mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintisiete de septiembre del año dos mil doce.Licda. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,
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HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JUAN
FRANCISCO EUGENIO HERNÁNDEZ AGUIRRE, conocido por
JUAN FRANCISCO HERNÁNDEZ AGUIRRE, en su calidad de
APODERADO de MSD Consumer Care, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA
Y DE COMERCIO,
Consistente en: La palabra PEDIACARE, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS PARA NIÑOS. Clase:
05.
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F056278-1
No. de Expediente: 2012121647
No. de Presentación: 20120174524
Consistente en: La expresión S Coppertone SPORT PRO SERIES
y diseño. Se traduce al castellano SPORT como: deporte, que servirá
para: AMPARAR: PREPARACIONES DE PROTECCIÓN SOLAR Y
NO MEDICADAS PARA EL CUIDADO DE LA PIEL. Clase: 03.
La solicitud fue presentada el día quince de marzo del año dos mil
doce.
CLASE; 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado HÉCTOR
MIGUEL AVALOS MONTECINO, en su calidad de REPRESENTANTE
ÚNICO PROPIETARIO de LABORATORIOS Y DROGUERÍA,
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012.
FARMACÉUTICOS UNIVERSALES, SOCIEDAD ANÓNIMA DE
CAPITAL VARIABLE que se abrevia: FUNIVER, S. A. DE C. V., de
nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA
DE FÁBRICA Y DE COMERCIO,
73
No. de Expediente: 2012121575
No, de Presentación: 20120174370
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
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HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ANA LEONOR LEMUS DE SANTIVAÑEZ, de nacionalidad SALVADOREÑA,
en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE
COMERCIAL,
Consistente en: La palabra FUNIVER y diseño, que servirá para:
AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día veinticinco de septiembre del
año dos mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
tres de octubre del año dos mil doce.-
Consistente en: Las palabras pronto DELI y diseño, que servirá
para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA QUE SE DEDICA A PRESTAR
SERVICIOS DE RESTAURANTE.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
La solicitud fue presentada el día veintiuno de septiembre del año
dos mil doce.
RUTH NOEMI PERAZA GALDÁMEZ,
SECRETARIO.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
cinco de octubre del año dos mil doce.-
3 v. alt. No. F056285-1
ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ,
REGISTRADOR.
RHINA GUADALUPE BARRERA QUINTANILLA,
SECRETARIA.
NOMBRE COMERCIAL
No. de Expediente: 2012116702
3 v. alt. No. F056208-1
No. de Presentación: 20120165560
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ALBERTO
CRUZ MARTÍNEZ, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de
PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,
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A C M SEGUROS
D
Consistente en: La expresión A C M SEGUROS, que servirá para:
IDENTIFICAR UNA EMPRESA DEDICADA A INTERMEDIARIO
EN LA VENTA DE SEGUROS.
La solicitud fue presentada el día siete de marzo del año dos mil
doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintiocho de agosto del año dos mil doce.Licda. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006028-1
No. de Expediente: 2012121644
No. de Presentación: 20120174521
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado GUILLERMO
JOSÉ VELÁSQUEZ GUZMÁN, de nacionalidad SALVADOREÑA,
en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE
COMERCIAL.
FARMACIAS LIMEÑA
Consistente en: Las palabras FARMACIAS LIMEÑA, que servirá
para: IDENTIFICAR ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES DEDICADOS A LA COMERCIALIZACIÓN DE MEDICAMENTOS.
La solicitud fue presentada el día veinticinco de septiembre del
año dos mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
dos de octubre del año dos mil doce.DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
RUTH NOEMI PERAZA GALDÁMEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F056284-1
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DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397
CONVOCATORIAS
1 v. No. F055055
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012.
75
Judicial del BANCO HIPOTECARIO DE EL SALVADOR, S. A., en
SUBASTA PÚBLICA
contra del señor SHAFIK ANTONIO SALEH ORELLANA; se venderá
en Pública subasta, en este Tribunal en fecha que más adelante se señaEL INFRASCRITO JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL DEL
lará, el bien inmueble que a continuación se localiza y describe así: "En
CENTRO JUDICIAL INTEGRADO DE DERECHO PRIVADO Y
la jurisdicción de San Salvador, Departamento de San Salvador. "Un
SOCIAL DE SAN SALVADOR, AL PÚBLICO EN GENERAL:
inmueble de naturaleza urbana, desmembrado de uno de mayor extensión,
situado en el plano respectivo como lote número UNO, polígono "B" de
la Urbanización residencial Prados de San Luis, de la Jurisdicción de
la Ref: 3-EA-07, han sido promovidos por el Licenciado FEDERICO
San Salvador, de una extensión superficial de CIENTO VEINTICINCO
GUILLERMO GUERRERO MUNGUÍA, mayor de edad, Abogado,
PUNTO CINCUENTA Y DOS METROS CUADRADOS equivalentes
de este domicilio, actuando como Apoderado General Judicial de LA
a CIENTO SETENTA Y NUEVE PUNTO CINCUENTA Y NUEVE
CENTRAL DE FIANZAS Y DE SEGUROS, SOCIEDAD ANÓNIMA,
VARAS CUADRADAS, que se localiza; partiendo de la Intersección
que se abrevia LA CENTRAL DE FIANZAS Y DE SEGUROS, S. A. o
de los ejes prolongación boulevard universitario, con la senda número
LA CENTRAL DE SEGUROS Y FIANZAS, SOCIEDAD ANÓNIMA,
UNO, abierto ambas en la misma urbanización, se mide sobre el eje
de este domicilio, contra la Sociedad SERVICIOS Y SUMINISTROS,
de este último con rumbo Sur, cero grados trece punto cuatro minutos
SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, de este domicilio,
Este, una distancia de diecisiete punto ochenta metros. Partiendo de este
y el señor CÉSAR ROLANDO CONTRERAS OBISPO, mayor de edad,
punto con deflexión derecha de noventa grados, rumbo Sur ochenta y
Ingeniero Electricista, de este domicilio, se venderá en este Tribunal en
nueve grados cuarenta y seis punto seis minutos Oeste, y una distancia
Pública Subasta, en fecha que más adelante se especificará: Un inmueble
de tres punto cero cero metros. Se llega al vértice Sur- Este del norte
de naturaleza urbana y construcciones que contiene, situado en BLOCK
que se describe: LADO SUR, distancia de doce metros punto cero cero
NÚMERO OCHENTA Y DOS- A, del plano de la lotificación de la
metros; rumbo Sur ochenta y nueve grados cuarenta y seis punto seis
HACIENDA SAN DIEGO, y según nomenclatura actual NÚMERO
minutos Oeste, Lindando con lote número del polígono B, propiedad
NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE, hoy COLONIA ESCALÓN,
de Promoción de Viviendas S. A. de C. V.; LADO OESTE, distancia
de esta Ciudad, con una superficie de CUATROCIENTOS DIECINUEVE
de doce punto noventa y dos metros, rumbo Norte; con grados punto
METROS CUADRADOS TREINTA Y CINCO DECÍMETROS
trece punto cuatro minutos Oeste, lindando con lote número veintiuno
CUADRADOS, equivalentes a seiscientas varas cuadradas, con igual
del polígono ocho propiedad de Promoción de Viviendas S. A. de C. V.;
resto registral, que actualmente se encuentra inscrita en el Sistema de
LADO NORTE, distancia de doce punto noventa y siete metros, rumbo
Matrícula SIRYC Número SEIS CERO CERO TRES CUATRO DOS
Sur y nueve grados dieciocho dando con finca San Luis hoy propiedad de
UNO UNO- CERO CERO CERO CERO CERO, del Registro de la
Ultra, S. A., y prolongación del boulevard universitario de veinte punto
Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, Departamento
cero cero metros de ancho de por medio; LADO OESTE, distancia de
de San Salvador.
ocho punto cero cero metros, rumbo Sur cero grados trece punto cuatro
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HACE SABER: Que en los Juicios Ejecutivos Mercantiles Acumulados
(100-EM-06, 108-EM-06 y 122-EM-06), que juntos se encuentran bajo
Se admitirán posturas siendo éstas legales
minutos Este, lindando con lote número dos del polígono A, propiedad
de Promoción de Viviendas, S. A. de C. V., y senda número uno de seis
metros, de ancho de por medio, en terreno descrito hay construida, una
las nueve horas del día diez de septiembre de dos mil doce.- Lic. JOSÉ
casa de sistema mixto. El anterior inmueble se encuentra inscrito a favor
MARÍA ESTRADA ÁLVAREZ, JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL.
del señor SHAFIK ANTONIO SALEH ORELLANA, bajo la matrícula:
Lic. DAVID ERNESTO GRIMALDI ZAYAS, SECRETARIO
SEIS CERO UNO OCHO SEIS SEIS CUATRO TRES- CERO CERO
JUDICIAL.
CERO CERO CERO, del registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas del
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Librado en el Juzgado Quinto de lo Mercantil; San Salvador, a
Departamento de San Salvador".
3 v. alt. No. C006034-1
Se admitirán posturas siendo legales.
LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO MERCANTIL:
EL INFRASCRITO JUEZ INTERINO DEL JUZGADO TERCERO
DE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL AL PÚBLICO
EN GENERAL,
San Salvador, a las diez horas y dieciocho minutos del día dieciocho de
enero de dos mil doce.- Lic. JOSÉ GUILLERMO RAMOS CHORRO,
JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL INTERINO. Licda. ANA
CECILIA FIGUEROA ALMENDARES, SECRETARIA.
HACE SABER: Que en el Juicio Mercantil Ejecutivo marcado
con el número 524-EM-08, promovido por la Licenciada ANA MARÍA
CORTEZ ARTIGA, actuando en su calidad como Apoderada General
3 v. alt. No. F056170-1
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397
76
EL INFRASCRITO JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL DEL CENTRO JUDICIAL INTEGRADO DE DERECHO PRIVADO Y SOCIAL
DE SAN SALVADOR, AL PÚBLICO EN GENERAL:
HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil, promovido por el Licenciado JOSUE RAFAEL REYES CAMPOS, mayor
de edad, Abogado, de este domicilio, como Apoderado General
Judicial del BANCO CENTROAMERICANO DE INTEGRACIÓN
ECONÓMICA, persona jurídica de carácter internacional, Institución
TRANSATLANTIC, S.A. DE C.V.
El infrascrito Director Secretario de la Sociedad TRANSATLANTIC,
SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia
TRANSATLANTIC, S.A. DE C.V.
CERTIFICA: Que en acta número DIECISIETE de la Junta General
Ordinaria y Extraordinaria de accionistas de la sociedad TRANSATLANTIC, S.A. DE C.V., celebrada el día treinta y uno de mayo del 2012, en
las oficinas de la sociedad en la que consta que en el punto QUINTO,
se acordó por unanimidad aumentar el capital social mínimo en OCHO
MIL QUINIENTOS SETENTA Y UN DOLARES CON CUARENTA
Y TRES CENTAVOS DE DÓLAR, para totalizar la suma de VEINTE
MIL DOLARES, previo a las publicaciones que elige la ley, lo cual es
aceptado por los accionistas.
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Bancaria, de este domicilio, contra los señores MANUEL RICARDO
AUMENTO DE CAPITAL
SUAREZ SALAVERRIA, Abogado y Notario, y SYLVIA DE SOLA
DE SUAREZ, de Oficios del Hogar, ambos mayores de edad, de este
domicilio, se venderá en este Tribunal en Pública Subasta, en fecha que
más adelante se especificará: Un terreno rústico situado en la jurisdic-
ción de Nahulingo e Izalco, Departamento de Sonsonate, en el cual se
encuentra el LOTE NUMERO UNO, POLIGONO DOS, DE TRECE
MIL CIENTO TREINTA Y SIETE PUNTO VEINTIOCHO METROS
Y para los efectos de los correspondientes trámites legales, extiendo
la presente a los nueve días del mes de octubre del dos mil doce.
CUADRADOS, de la LOTIFICACIÓN EL MANANTIAL, que dicho
terreno forma parte del área para futuro desarrollo el cual se identifica
como LOTE NUMERO UNO, POLIGONO DOS, que mide: AL NORTE;
BOANERGES HERNANDEZ MEDRANO,
veintinueve metros treinta y nueve centímetros, ochenta y tres metros
SECRETARIO DE LA JUNTA DE ACCIONISTAS.
un centímetro: AL ORIENTE; noventa y cinco metros, noventa y cinco
centímetros: AL SUR; noventa y un metros once centímetros, longitud
de curva de veintidós metros setenta y ocho centímetros, cuarenta y dos
1 v. No. C006030
metros sesenta centímetros, longitud de curva de doce metros setenta y
seis centímetros: y AL PONIENTE; once metros veinticuatro centímetros,
longitud de curva de treinta y un metros treinta y nueve centímetros,
treinta metros sesenta y seis centímetros; con un área de TRECE MIL
DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE SOCIEDADES
CIENTO TREINTA Y SIETE METROS CUADRADOS VEINTIOCHO
DECIMETROS CUADRADOS; en el terreno que se ha descrito existe
actualmente construcciones de sistema mixto que conforman Hotel
"EL MANANTIAL", con una distribución de estacionamiento para
cuarenta vehículos, Lobby, Salón Vip, Baños, Restaurante y Cocina,
Terraza y Cocina, doce habitaciones con baño individual cada una,
afinas y administración, Sala de Junta con cubículos, baños y Gerencia
General; y áreas de mantenimiento. El inmueble antes descrito con las
construcciones que contiene, servicios y demás anexos, con las mejoras
presentes y futuras y demás derechos se encuentra inscrito a favor del
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señor MANUEL RICARDO SUAREZ SALAVERRIA, en el Sistema
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de Folio Real Automatizado en la Matrícula Número UNO CERO UNO
DOS DOS CERO UNO OCHO - CERO CERO CERO CERO CERO,
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del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Tercera Sección de
Occidente, Departamento de Sonsonate.
Se admitirán posturas siendo éstas legales.
Librado en el Juzgado Quinto de lo Mercantil; San Salvador, a las
ocho horas del día veintiuno de septiembre de dos mil doce. LIC. JOSÉ
MARÍA ESTRADA ÁLVAREZ, JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL. LIC. DAVID ERNESTO GRIMALDI ZAYAS, SECRETARIO
JUDICIAL.
3 v. alt. No. F056297-1
EL INFRASCRITO SECRETARIO DE LA JUNTA GENERAL
EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA SOCIEDAD
TRANSPORTES GARIBELA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE, que se abrevia TRANS. GARIBELA, S.A. DE C.V. INSCRITA EN EL REGISTRO DE COMERCIO AL NÚMERO SESENTA
DEL LIBRO DOS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y UNO DEL
REGISTRO DE SOCIEDADES DEL REGISTRO DE COMERCIO
CERTIFICA: Que en las instalaciones de la sociedad TRANSPORTES GARIBELA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE,
que puede abreviarse TRANS. GARIBELA, S.A. DE C.V. ubicada en
Residencial Los Eliseos, polígono E Pasaje tres, casa número Diez, se
celebró Junta General Extraordinaria de Socios, a las quince horas del día
diez de Octubre del año dos mil doce, estando presentes y representados
la totalidad de las acciones en que se divide el capital social, representadas por los socios: ADRIÁN BELTRÁN DOMINGUEZ, propietario de
cuarenta acciones; JOSE MAURICIO ANTONIO RIVERA conocido por
MAURICIO ANTONIO RIVERA CORDOVA, propietario de cuarenta
acciones; CARLOS GERARDO LARA AYALA, propietario de cuarenta
acciones, sin convocatoria previa deciden instalar la junta de acuerdo
a lo establecido en el artículo doscientos treinta y tres del Código de
Comercio, luego de comprobado el Quórum y aprobado por unanimidad
de votos, los presentes acuerdan nombrar como secretario al señor JOSE
MAURICIO ANTONIO RIVERA conocido por MAURICIO ANTONIO RIVERA CORDOVA, se elabora y aprueba por UNANIMIDAD
el punto TRES asentado en el Acta número TREINTA Y CINCO del
LIBRO ÚNICO DE ACTAS.
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012.
77
PUNTO TRES: ACUERDO DE DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN
DE LA SOCIEDAD TRANSPORTES GARIBELA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia TRANS. GARIBELA,
S.A. DE C.V.
Único de Identidad número cero cero cuatro siete ocho uno seis tres -
Los socios por unanimidad ACUERDAN: la disolución de la
sociedad con fundamento en la causal contemplada en numeral cuatro
del artículo ciento ochenta y siete del Código de Comercio para que
en el plazo de seis meses prorrogables hayan finalizado el proceso y
su respectiva inscripción, así como lo establece el artículo trescientos
veintiséis del Código de Comercio. Consecuentemente se nombra
como Junta de Liquidadores a los señores ARCENIO FRANCISCO
HERRERA TOBAR, de treinta años de edad, estudiante del domicilio
de San Luis Talpa, departamento de La Paz, portador de su Documento
Único de Identidad Número: Cero dos millones doscientos ochenta y
ocho mil novecientos treinta y nueve-nueve, con Tarjeta de Identificación
Tributaria Número: Cero ochocientos trece-ciento veinte mil setecientos
ochenta y dos-ciento dos-siete, y la Licenciada WENDOLLYN MARÍA
DELGADO MARTÍNEZ, de treinta y tres años de edad, Abogado de
la República, del domicilio de Santa Ana, portadora de su Documento
Único de Identidad Número: Cero dos millones ochocientos setenta mil
setecientos trece-dos, y Tarjeta de Identificación Tributaria Número:
cero doscientos diez-cero cincuenta mil ciento setenta y nueve-ciento
trece-uno, quienes han aceptado sus nombramientos mediante carta
de aceptación del mismo. Así mismo se acuerda de conformidad al
artículo sesenta y cuatro del Código de Comercio, que la publicación
del acuerdo de disolución de la sociedad se realizará en un periódico
de circulación nacional y en el Diario Oficial, la Junta de Liquidadores
tendrán las obligaciones establecidas en los artículos del trescientos veintisiete al trescientos cuarenta y dos del Código de Comercio, quedando
autorizados para que comparezcan ante notario a otorgar la respectiva
Escritura Pública de liquidación y su referida inscripción en el Registro
de Comercio. Así mismo se acuerda mantener al Licenciado: WILLIAM
ALFREDO DÍAZ VASQUEZ, quien es mayor de edad, de nacionalidad
salvadoreña, Licenciado en Contaduría Pública, del domicilio de Santa
Ana, con Documento Único de Identidad Número: Cero cero doscientos
noventa y siete mil novecientos dieciséis-seis, autorizado por el Consejo
de Vigilancia de la Profesión del Ejercicio de la Contaduría Pública y
Auditoría Número: Tres mil ciento cuarenta, como Auditor Fiscal y
Externo de la sociedad de acuerdo a lo que establece el artículo ciento
treinta y uno literal d del Código Tributario. Extiendo y firmo la presente
certificación en la ciudad de San Salvador, el día diez de Octubre del
año dos mil doce.
de un inmueble de naturaleza Urbana situado en CALLE PRINCIPAL,
dos y Número de Identificación Tributaria cero nueve cero nueve - cero
dos cero tres cuatro siete - uno cero uno - nueve; y de conformidad al
Artículo Uno de la Ley sobre Títulos de Predios Urbanos; solicita título
COLONIA EL MOIDÁN, BARRIO EL CALVARIO de la ciudad de
Sensuntepeque, Departamento de Cabañas, de una extensión superficial
de DOSCIENTOS SESENTA Y TRES PUNTO CUARENTA METROS
CUADRADOS, que mide y linda: AL NORTE: con una distancia de
diez punto treinta y dos metros; colindando con María Isabel Portillo
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con lindero sin materializar y con servidumbre de tránsito de por medio
con un ancho de uno punto treinta metros con el objetivo de dar salida
al inmueble que se describe y al colindante Rosa Amalia Baires; AL
ORIENTE: formado por seis tramos: TRAMO UNO: con una distancia
de nueve punto cero cinco metros, TRAMO DOS: con una distancia de
punto setenta y dos metros; TRAMO TRES: con una distancia de cinco
punto cero seis metros colindando con Rosa Amalia Baires; TRAMO
CUATRO: con una distancia de cinco punto cero cero metros; TRAMO
CINCO: con una distancia de cinco punto noventa y un metros, colindando con Instituto Nacional de los Deportes de El Salvador INDES,
con pared de ladrillo propia de1 colindante; y TRAMO SEIS: con una
distancia de cuatro punto noventa y dos metros, colindando con Undelia
García, con pared de ladrillo propia del inmueble que se describe; AL
SUR: formado por dos tramos, TRAMO UNO: con una distancia de
nueve punto catorce metros; colindando con Undelia García, con pared
de ladrillo propia del inmueble que se describe; TRAMO DOS: con una
distancia de nueve punto cincuenta y cinco metros; colindando con Rubén
García, con pared de ladrillo propia del inmueble que se describe; y AL
PONIENTE: formado por dos tramos: TRAMO UNO: con una distancia
de nueve punto trece metros, TRAMO DOS: con una distancia de ocho
punto ochenta y dos metros; colindando con José Víctor Manuel Baires
Portillo, con pared de ladrillo propia del colindante. El inmueble antes
descrito posee construida una vivienda de tipo mixta con techo de teja y
polín "C" con un área construida de setenta y seis punto cincuenta metros
cuadrados, con energía eléctrica y agua potable; y lo estima en UN MIL
QUINIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE
AMÉRICA, y lo obtuvo por compra que hizo a Sabino Soriano Portillo,
mayor de edad, de domicilio desconocido; el doce de julio de dos mil
doce ante los oficios notariales de Nicolás Pérez Cornejo. La posesión
IA
de dicho inmueble la ha ejercido por más de diez años consecutivos de
JOSE MAURICIO ANTONIO RIVERA conocido por
D
MAURICIO ANTONIO RIVERA CORDOVA,
SECRETARIO DE LA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA
DE ACCIONISTAS.
1 v. No. C006005
TÍTULO DE PREDIO URBANO
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,
HACE SABER: Que JUAN PABLO BAIRES, de sesenta y cinco
años de edad, jornalero, del domicilio de Sensuntepeque y Documento
forma quieta, pacífica e ininterrumpida y sin proindivisión con terceros
y unida su posesión a la de su antecesor suman más de diez años, no
es dominante ni sirviente, ni tiene cargas ni gravámenes de ninguna
naturaleza a favor de terceros. Los colindantes son de este domicilio.
Se avisa al público para efectos de Ley.
Alcaldía Municipal de Sensuntepeque, Departamento de Cabañas,
a trece de septiembre de dos mil doce. ING. JESÚS EDGAR BONILLA
NAVARRETE, ALCALDE MUNICIPAL. ROSALINA CUÉLLAR
ECHEVERRÍA, SECRETARIA MUNICIPAL.
3 v. alt. No. C006013-1
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397
78
EDICTO DE EMPLAZAMIENTO
EDICTO DE EMPLAZAMIENTO
MELVIN MAURICIO PEÑATE SÁNCHEZ, Juez Tercero de lo Civil
y Mercantil, Santa Ana: Al señor Héctor Eduardo Morales Baños,
mayor de edad, Cocinero, del domicilio de Santa Ana, con Número de
Identificación Tributaria: 0210-180166-004-3,
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HACE SABER: Que en proceso ejecutivo clasificado bajo el NUE:
00969-PE-3CM1; REF: PE-138-12-CII, incoado en su contra y de la señora
Sonia Blanca Melgar Salinas por el Licenciado Carlos Alberto Jiménez
Mendoza, en calidad de representante procesal del Banco Agrícola, Sociedad Anónima que se abrevia Banco Agrícola, S.A., y cuyos nombres
comerciales son Banco Agrícola Comercial de El Salvador, Banco Agrícola Comercial, Banco Agrícola o solamente El Agrícola y con sus siglas
BAC, se presentó demanda, la cual fue admitida a las ocho horas con ocho
minutos del día quince de agosto del año dos mil doce, juntamente con
los siguientes documentos: Testimonio de Escritura Préstamo Mercantil
otorgado por el señor Héctor Eduardo Morales Baños y la señora Sonia
Blanca Melgar Salinas, a favor del Banco Agrícola, Sociedad Anónima
que se abrevia Banco Agrícola, S.A., y cuyos nombres comerciales son
Banco Agrícola Comercial de El Salvador, Banco Agrícola Comercial,
Banco Agrícola o solamente El Agrícola y con sus siglas BAC, por el
valor de nueve mil seiscientos ochenta y cinco dólares de los Estados
Unidos de América con setenta y un centavos de la misma moneda,
con interés convencional del seis punto noventa por ciento anual sobre
saldos, Testimonio de Escritura Pública de Hipoteca Abierta, otorgada
por el señor Héctor Eduardo Morales Baños y la señora Sonia Blanca
Melgar Salinas, a favor del Banco Agrícola, Sociedad Anónima que se
abrevia Banco Agrícola, S.A., y cuyos nombres comerciales son Banco
Agrícola Comercial de El Salvador, Banco Agrícola Comercial, Banco
Agrícola o solamente El Agrícola y con sus siglas BAC, que recae sobre
un inmueble ubicado en Urbanización El Trébol III y IV etapa, polígono
diecisiete, lote sesenta y tres, Chupaderos, Santa Ana, departamento de
Santa Ana, copia certificada del Testimonio de Escritura Pública de Poder
General Judicial con cláusula especial, a favor del Licenciado Carlos
Alberto Jiménez Mendoza y otros; estado de cuenta del préstamo que el
señor Héctor Eduardo Morales Baños tiene a favor del Banco Agrícola,
firmado por el contador y Gerente General de dicha institución, copia
certificada del NIT y carné de abogado del Licenciado Jiménez Mendoza,
y en la sustanciación del proceso se han dictado los autos siguientes:
auto de las quince horas con veintiocho minutos del día veinticuatro de
agosto del año dos mil doce, en el cual se declaró sin lugar el recurso
de revocatoria planteado por el Licenciado Jiménez Mendoza, auto de
las catorce horas con ocho minutos del día veintinueve de agosto del
año dos mil doce, en el cual ordenó notificar a los demandados del auto
donde se admitió la demanda, auto de las once horas con ocho minutos
del día cuatro de septiembre del año dos mil doce, donde se le requirió al
Licenciado Jiménez Mendoza, que proporcionara nueva dirección para
emplazar a los demandados, auto de las quince horas con nueve minutos
del día once de septiembre del año dos mil doce, donde se libró oficio
al Registro Nacional de las Personas Naturales, solicitando certificación
de la impresión de datos e imagen del trámite de emisión de DUI de
dichos demandados y al Instituto Salvadoreño del Seguro Social para
que informaran si en su base de datos aparecían registrados los señores
Héctor Eduardo Morales Baños y Sonia Blanca Melgar Salinas, y auto de
las ocho horas con treinta y ocho minutos del día tres de octubre del año
dos mil doce, en el cual se ordena el emplazamiento por edicto al señor
Héctor Eduardo Morales Baños. En razón de ello deberá comparecer en
el plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES posteriores a la última publicación
de este edicto a contestar la demanda presentada en su contra y a ejercer
los correspondientes derechos, aclarando, que de acuerdo a lo prescrito
en el artículo 67 y siguientes del Código Procesal Civil y Mercantil, que
instaura la procuración obligatoria, se le requiere a dicho señor, que la
contestación de la demanda y cualquier acto personal, lo deberá hacer
por medio de abogado. Asimismo se aclara que de no comparecer en el
plazo indicado se procederá a nombrarle un curador ad litem para que lo
represente en el presente proceso, de conformidad al artículo 186 inciso
4o. del Código Procesal Civil y Mercantil.
Dado en el Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil de Santa Ana,
a los tres días del mes de octubre del año dos mil doce. LIC. MELVIN
MAURICIO PEÑATE SÁNCHEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL
Y MERCANTIL, SANTA ANA. LICDA. ÉLIDA ZULEIMA MÉNDEZ
GUZMÁN, SECRETARIA DEL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL
Y MERCANTIL, SANTA ANA.
1 v. No. F056186
KARLA MARÍA REGINA MURCIA CARRILLO, JUEZA INTERINA
DEL JUZGADO CUARTO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, SAN
SALVADOR,
HACE SABER: Que se dio inicio al Proceso Ejecutivo Mercantil,
registrado bajo el número de referencia 351(3498-12-PE-4CM1)4, promovido por la Licenciada MARÍA EUGENIA VÁSQUEZ VALIENTE,
en calidad de Apoderada General Judicial con Cláusula Especial de la
sociedad BANCO AGRÍCOLA, SOCIEDAD ANÓNIMA, que se abrevia
BANCO AGRÍCOLA S.A., y cuyos nombres comerciales son BANCO
AGRÍCOLA COMERCIAL DE EL SALVADOR, BANCO AGRÍCOLA
COMERCIAL, BANCO AGRÍCOLA o simplemente EL AGRÍCOLA
y con sus siglas BAC, pudiendo ser ubicada la parte demandante y
su apoderado en: Calle Lorena, casa No. 160,Colonia Roma, de esta
ciudad o al teléfono 2223-0184; en contra de los demandados señores:
ANA RUTH ALVARADO GUEVARA o ANA RUTH ALVARADO
GUEVARA ahora DE ESCALANTE, mayor de edad, empleada, del
domicilio especial de San Salvador y de Mejicanos, con Número de
Identificación Tributaria un mil trescientos diecinueve - cero ochenta
mil doscientos sesenta y cinco - cero cero uno - cinco, y SALVADOR
ESCALANTE mayor de edad, empleado, del domicilio especial de San
Salvador y de Mejicanos, con Número de Identificación Tributaria cero
seiscientos catorce - cero noventa mil cuatrocientos cincuenta y cuatro
- cero cero uno - ocho. Amparándose en los Art. 181 y 186 C.Pr.C.M.,
por no haber sido posible determinar el paradero de los demandados
ANA RUTH ALVARADO GUEVARA o ANA RUTH ALVARADO
GUEVARA ahora DE ESCALANTE, y SALVADOR ESCALANTE,
y se les emplaza por este medio; previniéndosele a los mismos para que
dentro del plazo de DIEZ DÍAS contados a partir de la tercera publicación de este edicto, se presenten a este tribunal a contestar la demanda
y a ejercer sus derechos. Si no lo hicieren se procederá a nombrarles un
curador ad-litem, para que los representen en el proceso.
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
doce de septiembre del año dos mil doce.
MARÍA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,
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Los documentos anexos al proceso son los siguientes: 1) Demanda
suscrita por la Licenciada MARÍA EUGENIA VÁSQUEZ VALIENTE;
2) Fotocopia certificada de Testimonio de Escritura Pública de Poder
General Judicial con Cláusula Especial, otorgada por BANCO AGRICOLA, S.A., a favor de la Licenciada MARÍA EUGENIA VÁSQUEZ
VALIENTE; 3) Testimonio de Escritura Pública de Préstamo Mercantil,
otorgado por los señores ANA RUTH ALVARADO DE ESCALANTE
y SALVADOR ESCALANTE, el día veinte de agosto del año dos mil
diez; 4) Testimonio de Escritura Pública de Hipoteca Abierta, otorgado
por los señores ANA RUTH ALVARADO conocida por ANA RUTH
ALVARADO GUEVARA ahora DE ESCALANTE y SALVADOR
ESCALANTE, el día veintidós de mayo del año dos mil tres.
79
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
ley correspondientes.
Librado en el JUZGADO CUARTO DE LO CIVIL Y MERCANTIL: San Salvador, a las once horas con quince minutos del día ocho
de octubre del año dos mil doce. LICDA. KARLA MARÍA REGINA
MURCIA CARRILLO, JUEZA INTERINA CUARTO DE LO CIVIL
Y DE LO MERCANTIL. DRA. JACQUELINE XIOMARA AQUINO
PALACIOS, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F056251-1
No. de Expediente: 2012120857
No. de Presentación: 20120172885
CLASE: 35.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
1 v. No. F056190
MARCA DE SERVICIOS
No. de Expediente: 2012121149
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ELIAS
ANTONIO SACA GONZALEZ, en su calidad de REPRESENTANTE
LEGAL Y ADMINISTRADOR ÚNICO PROPIETARIO de PROMOTORA DE COMUNICACIONES, SOCIEDAD ANÓNIMA DE
CAPITAL VARIABLE que se abrevia: PROMOTORA DE COMUNICACIONES, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA,
solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
No. de Presentación: 20120173404
CLASE: 41.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
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HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ELIAS
ANTONIO SACA GONZALEZ, en su calidad de DIRECTOR PRESIDENTE Y REPRESENTANTE de RADIO DIFUSION DE EL
SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que
se abrevia: RADIODIFUSION DE EL SALVADOR S.A. DE C.V., de
nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA
DE SERVICIOS,
Consistente en: las palabras LA PEGAJOSA 105.3 FM y diseño,
que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE PUBLICIDAD. Clase:
35.
La solicitud fue presentada el día veintiuno de agosto del año dos
mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
treinta de agosto del año dos mil doce.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
Consistente en: la palabra EL DESEMPATE y diseño, que servirá
para: AMPARAR: ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y CULTURALES.
Clase: 41.
LUCÍA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
La solicitud fue presentada el día tres de septiembre del año dos
mil doce.
3 v. alt. No. F056252-1
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397
80
De Segunda Publicación
ASUNCIÓN HERNÁNDEZ, quien fue de setenta y nueve años de edad,
ACEPTACION DE HERENCIA
soltero, Agricultor, Originario de Jocoaitique, Departamento de Morazán,
y del Domicilio de esta Ciudad, quien falleció a las nueve horas del día
CRISTIAN ALEXANDER GUTIÉRREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO
CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL.
uno de marzo de mil novecientos noventa y nueve, en el Seguro Social
de esta ciudad, a consecuencia de Embolismo Pulmonar, con asistencia
médica, de parte de las señoras MARÍA DORIS ARGUETA DE ARCE,
las nueve horas y cinco minutos de este día, se ha tenido por aceptada
c/p MARÍA DORIS ARGUETA, de cuarenta y cinco años de edad, de
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HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a
expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada que
oficios domésticos, del domicilio de San Salvador, con DUI número
dejó al fallecer la señora EVANGELINA CRUZ DE MEMBREÑO,
cero cero ocho dos seis cinco tres seis- uno; y NIT número trece once-
quien fue de cincuenta y cinco años de edad, doméstica, casada, de
veintinueve cero cuatro sesenta y siete- ciento uno- dos, y MARÍA DEL
nacionalidad salvadoreña, originaria y del domicilio de San Miguel,
CARMEN ARGUETA HERNÁNDEZ, c/p MARÍA DEL CARMEN
departamento del mismo nombre, hija de Dolores Cruz; fallecida a la
ARGUETA, de cuarenta y siete años de edad, de oficios domésticos,
una hora del día veinticinco de mayo de dos mil doce, en el Cantón El
de este domicilio, con DUI número cero uno tres nueve ocho tres cinco
Havillal, jurisdicción de San Miguel, siendo éste su último domicilio;
seis- ocho; y NIT número trece once- dieciséis cero siete sesenta y cuatro-
de parte del señor JUAN CARLOS MEMBREÑO CRUZ, en calidad
ciento uno- nueve; en calidad de hijas sobreviviente; en el carácter antes
de hijo de la causante.
indicado se le ha conferido la administración y representación interina
Se le ha conferido al aceptante en el carácter aludido, la
administración y representación interina de la sucesión, con las
facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente,
y se CITA a los que se crean con derecho a la referida Herencia,
para que se presenten a deducirlo dentro del término de quince
días a partir del siguiente al de la tercera publicación del presente
edicto.
de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la
herencia Yacente que regula el Artículo 480 del Código Civil.
Lo que pone en conocimiento del público para los efectos de ley.
Librado en el Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil de la
Ciudad y Departamento de San Miguel, a las quince horas con cincuenta
y cinco minutos del día once de septiembre del año dos mil doce.- Lic.
JOSÉ SALOMÓN ALVARENGA VÁSQUEZ, JUEZ PRIMERO DE
Lo que se pone a disposición del público, para los efectos de
LO CIVIL Y MERCANTIL. Licda. MARTA E. BONILLA RIVERA,
SECRETARIA.
Ley.
LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL Y
MERCANTIL: SAN MIGUEL, a las nueve horas y diez minutos
3 v. alt. No. C005945-2
del día veinticinco de septiembre del dos mil doce. Lic. CRISTIAN
ALEXANDER GUTIÉRREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL Y
MERCEDES CONCEPCIÓN SERPAS DE GUEVARA, JUEZ DE
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TARIA.
R
MERCANTIL. Licda. CLELIS DINORA LAZO ANDRADE, SECRE-
PRIMERA INSTANCIA DE BERLÍN, DEPARTAMENTO DE USU3 v. alt. No. C005935-2
LUTÁN, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que por resolución de las once horas y cuarenta
minutos del día veintiocho de septiembre del corriente año, se ha tenido
por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la Herencia
JOSÉ SALOMÓN ALVARENGA VÁSQUEZ, JUEZ PRIMERO DE
Intestada de los bienes que a su defunción dejó el causante JULIO
LO CIVIL Y MERCANTIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN
GUERRERO CRUZ, conocido por JULIO GUERRERO, quien falleció
MIGUEL.
a las veintidós horas y treinta minutos del día veintinueve de enero
HACE SABER: Que por resolución de las doce horas con treinta
del año mil novecientos noventa y siete, en el Barrio Concepción, de
y tres minutos del día once de septiembre de dos mil doce, se ha tenido
la Ciudad de Mercedes Umaña; siendo su último domicilio de parte;
por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia
intestada dejada por el causante el señor ASCENCIÓN HERNÁNDEZ, c/p
SANDRA DELFINA GUERRERO DE AGUIRRE y DAMARY DE
JESÚS GUERRERO DE PÉREZ, conocida por DAMARY DE JESÚS
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012.
81
GUERRERO, en calidad de hijas del causante antes mencionado, confi-
Al aceptante señor ALFONSO CUÉLLAR FIGUEROA, se
riéndole la administración y representación interina de la sucesión, con
le confiere Interinamente la Administración y Representación de
las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la
Cítese a los que se crean con derecho a la herencia, para que
Herencia Yacente.
dentro del término de ley, se presente a este Juzgado a hacer uso de sus
CÍTESE al señor RICARDO FIGUEROA CUÉLLAR, hijo del
derechos, lo que se pone en conocimiento del público para los efectos
causante, quien según información suministrada es actualmente de
legales consiguientes.
domicilio desconocido, nacido un cuatro de abril de mil novecientos
sesenta y dos, cincuenta años a la fecha, Jornalero, Originario del Cantón
El Jute, Jurisdicción de Texistepeque, Departamento de Santa Ana, siendo
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Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Berlín, a las once
horas y cincuenta y cinco minutos del día veintiocho de Septiembre del
año dos mil doce.- Licda. MERCEDES CONCEPCIÓN SERPAS DE
GUEVARA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Licda. ANA MARGARITA BERMÚDEZ DE HENRÍQUEZ, SECRETARIO.
su último domicilio conocido Municipio de Chalchuapa, Departamento
de Santa Ana, para que se presente a este Juzgado a aceptar o repudiar
herencia dentro de los quince días siguientes a la publicación del último
edicto.
Lo que se hace del conocimiento del público, para que todo aquel
3 v. alt. No. C005951-2
que tenga derecho a la referida sucesión, se presente a este juzgado
a deducirlo dentro de los quince días hábiles siguientes a la tercera
publicación de este edicto en el Diario Oficial de conformidad al art.
1163 del Código Civil.
LICENCIADO RODRIGO ERNESTO BUSTAMANTE AMAYA,
JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DEL DISTRITO
JUDICIAL DE SANTA ANA, AL PÚBLICO, PARA LOS EFECTOS
DE LEY,
LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL Y
MERCANTIL; Santa Ana, a las doce horas quince minutos del día
veintiocho de septiembre del año dos mil doce. Lic. RODRIGO ERNESTO BUSTAMANTE AMAYA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL
HACE SABER: En las diligencias de Aceptación de Herencia
Intestada promovidas por el Licenciado ADALBERTO ENRIQUE
Y MERCANTIL, SANTA ANA. Lic. LUIS ROLANDO MOLINA
GARCÍA, SECRETARIO INTERINO.
AGUIRRE SANDOVAL, en su calidad de Apoderado General Judicial
del señor ALFONSO CUÉLLAR FIGUEROA, clasificadas bajo el
número de referencia 00811-12-DV-2CM1, se ha proveído resolución
3 v. alt. No. F055758-2
por este tribunal a las doce horas cinco minutos del día veintiocho de
septiembre del corriente año, mediante el cual se ha tenido por aceptada
por parte del señor ALFONSO CUÉLLAR FIGUEROA, de treinta y ocho
CARLOS JOSÉ MÉNDEZ FIGUEROA, JUEZ DE LO CIVIL DEL
de Santa Ana, con Documento Único de Identidad número cero tres seis
DISTRITO JUDICIAL DE CHALCHUAPA.
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años de edad, comerciante, del domicilio de Chalchuapa, Departamento
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cuatro seis cero cuatro uno guión seis, con Tarjeta de Identificación
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Tributaria cero doscientos diez guión cien mil quinientos setenta y cuatro
guión ciento trece guión nueve, en calidad de hijo del causante y como
cesionario de los derechos de los señores Rosa Elba Figueroa Cuéllar,
Ana Margarita Cuéllar Figueroa y Dora Alicia Cuéllar Figueroa, sobre la
sucesión intestada que a su defunción dejara el causante señor GABINO
CUÉLLAR GUZMÁN o GABINO CUÉLLAR, quien era de cincuenta
y ocho años de edad al momento de fallecer el día uno de febrero de
mil novecientos ochenta, agricultor en pequeño, viudo, originario de
Guazapa, Departamento de San Salvador, del domicilio de Candelaria
de la Frontera, de este departamento, siendo su último domicilio Cantón
El Jute, de la jurisdicción de la referida villa.
HACE SABER: Al público para los efectos de ley, que por
resolución proveída por este Tribunal, a las once horas quince minutos
del día veintiuno de junio de dos mil doce, se ha tenido por aceptada
expresamente, con beneficio de inventario, la herencia intestada que a
su defunción ocurrida a las cinco horas veinte minutos del día cuatro
de noviembre de dos mil cuatro, en Reparto Guadalupano, casa número
treinta de esta ciudad, siendo su último domicilio la ciudad de Chalchuapa,
dejó la señora BERTA JULIA QUIJANO, quien fue de sesenta y ocho
años de edad, soltera, de oficios domésticos; de parte del señor HÉCTOR
HUMBERTO QUIJANO, por derecho de representación de su madre,
señora LILIAN ESPERANZA QUIJANO, quien premurio a la causante
BERTA JULIA QUIJANO, quien era madre de la causante LILIAN
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397
82
ESPERANZA QUIJANO, fallecida a una hora ignorada, del día veintidós
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO
de septiembre de mil novecientos ochenta, en el Hospital San Juan de
JUDICIAL DE SAN SEBASTIÁN, DEPARTAMENTO DE SAN
Dios de la ciudad de Santa Ana, siendo su último domicilio la ciudad
VICENTE, a las catorce horas y treinta minutos del día veinticinco
de Chalchuapa, a quien se le nombra INTERINAMENTE administrador
de septiembre del año dos mil doce.- Licda. MISANILLAS REYES
y representante de la sucesión, con las facultades y restricciones de los
CASTILLO DE ORELLANA, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA
curadores de la herencia yacente.
SUPLENTE. Licda. MILAGRO AURORA ALVARADO DE LINARES,
Se cita a todas las personas que se crean con derecho a la heren-
SECRETARIA INTERINA.
cia, para que se presenten a este Juzgado, a deducirlo en el término de
quince días, contados desde el siguiente a la tercera publicación de este
3 v. alt. No. F055789-2
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edicto.
Juzgado de lo Civil: Chalchuapa, a las diez horas y diecisiete
minutos del día veinticinco de junio de dos mil doce. Lic. CARLOS
JOSÉ MÉNDEZ FIGUEROA, JUEZ DE LO CIVIL CHALCHUAPA.
JOSÉ SALOMÓN ALVARENGA VÁSQUEZ, JUEZ PRIMERO DE
Lic. HENRY OVIDIO GARCÍA RODRÍGUEZ, SECRETARIO.
LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL..
3 v. alt. No. F055763-2
HACE SABER: Que por resolución pronunciada a las once horas
con quince minutos del día veinticuatro de septiembre del año dos mil
doce, en las diligencias de Aceptación de Herencia Intestada, clasificadas
con el NUE: 00871-12-DV-1CM1/255-03; se ha tenido por aceptada
LICDA. MISANILLAS REYES CASTILLO DE ORELLANA, JUEZA
DE PRIMERA INSTANCIA SUPLENTE DEL DISTRITO JUDICIAL
DE SAN SEBASTIÁN, DEPARTAMENTO DE SAN VICENTE. AL
PÚBLICO, PARA LOS EFECTOS DE LEY,
expresamente y con beneficio de inventario, de parte de las señoras NILA
MIRIAM HENRÍQUEZ MACHUCA DE PARADA, de cincuenta y
nueve años de edad, Secretaria, del domicilio de la Ciudad y Departamento de San Miguel; con Documento Único de Identidad número Cero
un millón novecientos dieciocho mil ciento treinta y seis- ocho, y con
Número de Identificación Tributaria mil doscientos diecisiete- doscientos
día veinticinco de septiembre del año dos mil doce, se ha tenido por
setenta mil novecientos cincuenta y dos- cero cero dos- cero, en concepto
aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la Herencia
de cónyuge sobreviviente, y ANAYANCY PARADA DE CASTRO, de
Testamentaria que a su defunción dejó la causante señora Berta Marina
treinta y seis años de edad, Licenciada en Administración de Empresas,
Argueta de Arias, quien fue de sesenta y dos años de edad, ama de casa,
del domicilio de la Ciudad y Departamento de San Miguel; con
Casada, originaria y del domicilio de San Sebastián, Departamento de
Documento Único de Identidad número cero un millón cuatrocientos trece
San Vicente, portador del Documento Único de Identidad número cero
mil trescientos seis- nueve, con Número de Identificación Tributaria mil
cero cinco cuatro cuatro cuatro cinco cuatro- dos, así como con Número
doscientos diecisiete- cero sesenta mil setecientos setenta y seis- ciento
de Identificación Tributaria un mil nueve- doscientos ochenta y un mil
uno- siete, en calidad de hija sobreviviente; la herencia intestada dejada
ciento cuarenta y siete- ciento uno- uno, quien falleció a las dieciocho
por el causante, señor José Agustín Parada c/p José Agustín Parada Flores,
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HACE SABER: Que según resolución de las catorce horas del
horas veinte minutos del día cuatro de diciembre del año dos mil nueve;
a su defunción ocurrida el día diecisiete de abril del año dos mil doce,
de parte del señor Wiliam Sigfredo Arias Argueta, conocido por William
a la edad de sesenta y tres años, Comerciante, casado, originario de la
Sigfredo Arias Argueta, quien es de treinta y seis años de edad, Jornalero,
Ciudad y Departamento de San Miguel, de Nacionalidad Salvadoreña,
del Domicilio de San Sebastián, Departamento de San Vicente, portador
hijo de Agustín Flores y María de la Paz Parada (ambos ya fallecidos);
del Documento Único de Identidad número cero cuatro tres tres nueve uno
siendo su último domicilio la Ciudad y Departamento de San Miguel;
nueve nueve- cinco, así como del Número de Identificación Tributaria
y se le ha conferido a las aceptantes la administración y representación
mil nueve- doscientos veinte mil doscientos setenta y seis- ciento dos-
interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores
cero, en calidad de hijo y heredero testamentario de la causante.
de la herencia Yacente que regula el Artículo 480 Código Civil. Cítese
Confiérase al heredero declarado, la administración y representación
interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de ley.
a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a este
Juzgado dentro de los quince días subsiguientes después de la última
publicación de este edicto.
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012.
83
Lo que pone en conocimiento del público para los efectos de ley.
Y se les han Conferido a los aceptantes la administración y re-
Librado en el Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil de San Miguel,
presentación interina de los bienes de la sucesión con las facultades y
a las once horas con treinta minutos del día veinticuatro de septiembre del
restricciones de los curadores de la herencia yacente.
año dos mil doce.- Lic. JOSÉ SALOMÓN ALVARENGA VÁSQUEZ,
Y CITA: A los que se crean con derecho a la herencia referida para
JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL.
que se presenten en el término de Ley, a hacer uso de sus derechos en
Licda. MARTA ERICELDA BONILLA RIVERA, SECRETARIA DE
la sucesión.
ACTUACIONES.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las quince horas
y treinta y un minutos del día seis de septiembre de dos mil doce.- Lic.
EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL. Licda.
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3 v. alt. No. F055806-2
MARÍA ESTELA SORIANO NAVARRETE, SECRETARIA.
EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL DEL
3 v. alt. No. F055827-2
DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO.
HACE SABER: Que por resolución pronunciada por este Juzgado
a las quince horas y treinta minutos del día seis de septiembre de dos
mil doce, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de
SAÚL ERNESTO MORALES, JUEZ QUINTO DE LO CIVIL Y
inventario la herencia intestada dejada a su defunción ocurrida el día tres
MERCANTIL DE SAN SALVADOR,
de febrero de dos mil once, dejó la causante señora BLANCA AMÉRICA
CERRITOS DE ORANTES, conocida por BLANCA AMÉRICA
CERRITOS ANGELINO, BLANCA AMÉRICA CERRITOS DE
CUBAS, ROSA AMÉRICA CERRITOS GONZÁLEZ, BLANCA
AMÉRICA CERRITOS, BLANCA AMÉRICA CERRITOS ANGELINO
DE CUBAS, BLANCA AMÉRICA CERRITOS GONZÁLEZ y por
BLANCA AMÉRICA CERRITOS ANGELINO DE ORANTES, de
cincuenta y nueve años de edad, de oficios domésticos, casada, origi-
naria de San Salvador, Departamento de San Salvador, siendo su último
domicilio Soyapango, departamento de San Salvador, hija de PEDRO
CERRITOS y FELÍCITA ANGELINO, de parte de los señores SANTA
MONICA PATIÑO DE RIVAS, con número único de identidad personal
00287947-1 y Número de Identificación Tributaria 0614-160168-105-0;
LAURA JEANNETTE DIAZ DE LÓPEZ, con Número Único de Iden-
R
tidad personal 02037689-1 y con Número de Identificación Tributaria
IA
0614-210970¬-131-0; y LUIS ERNESTO MARTINEZ CERRITOS,
con numero único de identidad personal 02373376-1 y Número de
D
Identificación Tributaria 0614-060372-109-6; en su calidad de hijos,
respectivamente de la causante antes mencionada; juntamente con los
señores FÉLIX ALFREDO ORANTES MADRID y RENE ALFREDO
HACE SABER: Que en este Juzgado se han iniciado las Diligencias
de Aceptación de Herencia intestada, promovido por el Licenciado
JESÚS ENRIQUE MARTÍNEZ RAMÍREZ, en calidad de Apoderado
General Judicial de la señora ANA VIRGINIA LÓPEZ DE FUENTES
de la defunción de la señora MARÍA LASTENIA FUENTES ZAYA,
quien fue de sesenta y dos años de edad al momento de fallecer, soltera,
quien falleció en fecha seis de noviembre de mil novecientos noventa
y seis, hija de Ramón Zaya y Lucila Fuentes, del domicilio de San
Salvador, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de
inventario de la sucesión intestada que a su defunción dejó la causante
antes relacionada. A la señora ANA VIRGINIA LÓPEZ DE FUENTES
a quien de conformidad al art. 1163 del Código Civil se le confirió la
administración y representación interina de la sucesión intestada, con las
facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Así
mismo en dicha resolución de ordenó citar a los que se crean con derecho
a la sucesión para que dentro del plazo de quince días contados a partir
del siguiente a la tercera publicación del edicto de ley, se presenten a
este Tribunal a deducir sus derechos.
ORANTES CERRITOS, cónyuge e hijo de la causante BLANCA
Y para que lo proveído por este Juzgado tenga su legal cumpli-
AMÉRICA CERRITOS DE ORANTES, conocida por BLANCA AMÉ-
miento, se libra el presente Edicto, en el Juzgado Quinto de lo Civil y
RICA CERRITOS ANGELINO, BLANCA AMÉRICA CERRITOS
Mercantil de San Salvador, a las quince horas del día dieciséis de agosto
DE CUBAS, ROSA AMÉRICA CERRITOS GONZÁLEZ, BLANCA
de dos mil doce.- Dr. SAÚL ERNESTO MORALES, JUEZ QUINTO
AMÉRICA CERRITOS, BLANCA AMÉRICA CERRITOS ANGE-
DE LO CIVIL Y MERCANTIL, SAN SALVADOR. Licda. GABRIELA
LINO DE CUBAS, BLANCA AMÉRICA CERRITOS GONZÁLEZ y
CAROLINA PALACIOS CRISTALES, SECRETARIA.
por BLANCA AMÉRICA CERRITOS ANGELINO DE ORANTES,
habiendo sido declarado herederos interinos e inclusive definitivos por
la Notario YESENIA MILADY CABRERA HERRERA.
3 v. alt. No. F055841-2
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397
84
LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO
Librado en la oficina del Notario NELSON ANTONIO GONZÁLEZ
MORALES. En la ciudad de San Salvador, a las diez horas con treinta
JUDICIAL,
minutos del día nueve de octubre de dos mil doce.
AVISA: Que este día ha tenido por aceptada expresamente,
con beneficio de inventario, la herencia intestada que dejó la señora
NELSON ANTONIO GONZALEZ MORALES,
NOTARIO.
LUZ ALVARADO o LUZ ALICIA ALVARADO o LUZ ALICIA
ALVARADO DE BONILLA, que falleció el día veintiocho de febrero
3 v. alt. No. F055925-2
de mil novecientos setenta y cinco, en el barrio El Calvario, de
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Santiago Nonualco, su último domicilio, por parte de EDGAR MANUEL
BONILLA FRANCO, en concepto de nieto de la causante; y se ha
nombrado a la aceptante interinamente, administradora y representante
HERENCIA YACENTE
de la sucesión de que se trata.
Se cita a quienes se consideren con derecho a tal herencia, para
que dentro de los quince días siguientes a la tercera publicación de este
aviso, se presenten a deducirlo.
Licenciado Melvin Mauricio Peñate Sánchez, Juez Tercero de lo Civil
y Mercantil de Santa Ana, Al público en general.
HACE SABER: Que se han promovido por el licenciado Carlos
JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, a los nueve días del mes
Francisco Lima González, en representación de la señora Dora Elsa
de agosto de dos mil doce. Dr. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE
Mezquita de Zaldaña, Diligencias de Declaración de Herencia Yacente,
LO CIVIL. JORGE ALBERTO RODRÍGUEZ, SECRETARIO.
sobre los bienes que a su defunción dejara el señor Pantaleón Peñate
Fuentes, quien falleció el día once de julio de mil novecientos setenta y
cinco, en el Cantón Flor Amarilla Arriba, de este departamento, siendo
3 v. alt. No. F055921-2
éste su último domicilio, por lo que por medio de resolución pronunciada
a las once horas ocho minutos del día veinticinco de septiembre de dos
mil doce, se declaró yacente la referida herencia y se nombró como
curador para que represente a dicha sucesión al Licenciado Marcos
NELSON ANTONIO GONZÁLEZ MORALES, Notario, del domicilio de Mejicanos, Departamento de San Salvador, con oficina ubicada
en Despacho Temis, local uno, Centro Comercial Autopista Sur, San
Salvador.
Antonio Aguilar Coto.
Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil de Santa
Ana, a los veinticinco días del mes de septiembre de dos mil doce. LIC.
MELVIN MAURICIO PEÑATE SANCHEZ, JUEZ TERCERO DE
HACE SABER: que por resolución del suscrito Notario, proveída
LO CIVIL Y MERCANTIL, SANTA ANA. LIC. ELIDA ZULEIMA
a las once horas del día ocho de octubre de dos mil doce, se ha tenido
MENDEZ GUZMAN, SECRETARIA JUZGADO TERCERO DE LO
por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia
CIVIL Y MERCANTIL, SANTA ANA.
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intestada que a su defunción, ocurrida en su casa de habitación en el
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Departamento de San Salvador, el día quince de agosto del año dos
3 v. alt. No. C005956-2
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mil ocho, dejó el señor HUMBERTO CLAROS conocido por MARIO
HERBERT CLAROS y MARIO HUMBERTO CLAROS, de parte de
las señoras JUANA LETICIA CLAROS MORALES ahora LETICIA
CLAROS MORELAND actuando a través de su apoderada la Señora
TITULO DE PROPIEDAD
LOLLY CLAROS DE AYALA y JUANA LETICIA MORALES DE
CLAROS , en concepto de hija y esposa sobrevivientes del causante;
habiéndoseles conferido la administración y representación de la sucesión, con, las facultades y restricciones de los curadores de la herencia
yacente. En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean
con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la referida
oficina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la
última publicación del presente edicto.
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.
HACE SABER: Que a esta Oficina se ha presentado Manuel Isidro
Durán Ponce y Ángela de los Santos Rosa de Durán, ambos mayores de
edad, de este origen y domicilio de Nacionalidad Salvadoreña, solicitando
se les extienda Título de Propiedad de Un Inmueble Urbano Situado en
el Barrio El Carmen de esta Ciudad, cuyas medidas y colindantes son:
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012.
El vértice Nor Poniente es el mojón uno, punto de partida de esta descripción técnica, lindero norte: partiendo del vértice Nor Poniente está
formado por un tramo con los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno,
Sur ochenta grados cuarenta y nueve minutos cuarenta y seis segundos
Este con una distancia de dieciocho punto treinta metros; colindando
con José Félix Alfaro, con cerco de alambre de púas. Camino Vecinal a
salir a la octava calle oriente, mide cuatro punto sesenta y cinco metros
lindero oriente: partiendo del vértice Nor Oriente está formado por cinco
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.
HACE SABER: Que a esta Oficina se ha presentado Manuel Isidro
Durán Ponce y Ángela de los Santos Rosa de Durán, ambos mayores de
edad, de este origen y domicilio de Nacionalidad Salvadoreña, solicitando
se les extienda Título de Propiedad de Un Inmueble Urbano Situado Barrio
El Carmen de esta Ciudad, cuyas medidas y colindantes son: NORTE:
linda con Noé Emilio Durán Ponce, mide veinticuatro punto cincuenta
metros, ORIENTE: linda con Ana Lizeth Merino Durán, Francisca Ponce
de Durán, mide en tres segmentos el primero de norte a sur seis metros
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tramos con los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, Sur trece
85
grados cuarenta y un minutos treinta y siete segundos Oeste con una
el segundo de Poniente a Oriente mide cuatro punto quince metros, el
distancia de treinta y seis punto cincuenta y cuatro metros; Tramo dos,
tercero mide tres punto treinta metros SUR: linda con Benicia Arely
Sur setenta y siete grados dieciocho minutos treinta y cinco segundos
Durán Ponce, mide veintiocho punto sesenta metros, PONIENTE: linda
Este con una distancia de uno punto noventa y seis metros; Tramo tres,
con, Manuel Isidro Durán Ponce, Camino Vecinal de por medio a salir
Sur trece grados cuarenta y un minutos treinta y siete segundos Oeste con
una distancia de ocho punto cero cero metros; Tramo cuatro, Sur setenta
y siete grados dieciocho minutos treinta y cinco segundos Este con una
a la octava calle oriente, mide cuatro punto sesenta y cinco metros, el
Inmueble no es sirviente ni dominante, no tiene cargas o derechos reales
de ajena pertenencia, ni está en proindivisión con nadie, lo hubo por
distancia de cuarenta y siete punto ochenta metros; Tramo cinco, Sur doce
compra que hicieron a Cruz Durán Constanza, Lo estiman en DOS MIL
grados trece minutos treinta y seis segundos Oeste con una distancia de
DOLARES EXACTOS.
veinte punto cuarenta metros; colindando con Noé Emilio Durán Ponce,
Francisca Ponce de Durán, Manuel Isidro Durán Ponce, Benicia Arely
Lo que se hace saber al público para los efectos legales consiguientes.
Durán Ponce, Jorge Alberto Durán Rosa y Carlos Mauricio Flores, con
Alcaldía Municipal de San Lorenzo, departamento de San Vicente,
cerco de alambre de púas. Camino vecinal de por medio, lindero sur:
a dos de octubre del año dos mil doce. FIDENCIO ADILIO GUZMAN
partiendo del vértice Sur Oriente está formado por dos tramos con los
ACEVEDO, ALCALDE MUNICIPAL. SERGIO DANILO CUBIAS
siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, Norte ochenta grados cero
PINO, SECRETARIO MUNICIPAL.
dos minutos quince segundos Oeste con una distancia de cuarenta y siete
punto ochenta y siete metros; Tramo dos, Norte ochenta grados cuarenta
y cinco minutos cuarenta y seis segundos Oeste con una distancia de
3 v. alt. No. F055779-2
veintiuno punto noventa y tres metros; colindando con Ninfa Roxana
Constanza, con cerco de alambre de púas, lindero poniente: partiendo
del vértice Sur Poniente está formado por un tramo con los siguientes
rumbos y distancias: Tramo uno, Norte catorce grados treinta y ocho
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.
AVISA: Que a esta Alcaldía se ha presentado el Licenciado José
punto cuarenta y cinco metros; colindando con Centro Escolar Domingo
Juanito Guardado, en su calidad de Apoderado General Judicial y
Santos, con pared de por medio. Así se llega al vértice Nor Poniente, que
Administrativo con Cláusula Especial del señor Domingo Hernández
es el punto donde se inició esta descripción, el Inmueble no es sirviente
Fernández, quien es mayor de edad, Agricultor, del domicilio de San
ni dominante, no tiene cargas o derechos reales de ajena pertenencia, ni
Pedro Nonualco, Departamento La Paz, con Documento Único de
está en proindivisión con nadie, lo hubo por compra que hicieron a Cruz
Identidad número cero uno siete nueve siete tres uno ocho- tres y
Durán Constanza, Lo estiman en DOS MIL DOLARES EXACTOS.
Número de Identificación Tributaria cero ochocientos dieciséis- ciento
D
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minutos veintiséis segundos Este con una distancia de sesenta y siete
Lo que se hace saber al público para los efectos legales consiguien-
cincuenta mil cuatrocientos veintitrés- cero cero tres- uno cero uno tres
cero uno cuatro tres cero –uno; solicitando TITULO DE PROPIEDAD
tes
Alcaldía Municipal de San Lorenzo, departamento de San Vicente,
a dos de octubre del año dos mil doce. FIDENCIO ADILIO GUZMAN
ACEVEDO, ALCALDE MUNICIPAL. SERGIO DANILO CUBIAS
PINO, SECRETARIO MUNICIPAL.
de un inmueble de naturaleza rústico situado el Cantón Hacienda Vieja,
Municipio de San Pedro Nonualco, de una extensión superficial de
CINCO MIL DIECISIETE METROS NOVENTA DECIMETROS
VEINTICINCO CENTÍMETROS TODOS CUADRADOS; y con las
medidas y colindancias siguientes: AL NORTE, mide 86.00 metros,
linda con propiedades de Juan Hernández, quebrada de por medio y
3 v. alt. No. F055777-2
con Orlando Nolasco, Calle y quebrada de por medio; AL ORIENTE,
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397
86
mide 78.00 metros, linda con propiedades de Rosendo Pérez Méndez,
Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los veintidós días
María Alicia Pérez de Hernández y Petrona Pérez de Pérez; AL SUR,
del mes de septiembre del dos mil doce.- Lic. ROGELIO HUMBERTO
mide 51.00 metros, linda con propiedad de Josefa Parada Ventura; AL
ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL. Br. JORGE ALBERTO
PONIENTE, mide 65.00 metros, linda con propiedad de María Ascensión
PÉREZ, SECRETARIO.
Pérez de Bernal. El inmueble no tiene cargas reales; lo valora con la
cantidad de DOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
3 v. alt. No. C005906-2
AMERICA, lo hubo por compra a los señores Eduviges Pérez Méndez
y Salomé Fernández Rosales, ambos ya fallecidos.
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ALCALDIA MUNICIPAL Y JEFATURA DEL DISTRITO: San
Pedro Nonualco, veintiséis de septiembre de dos mil doce. Lic. SERGIO
ANTONIO ORELLANA MENJIVAR, ALCALDE MUNICIPAL. JOSE
ANTONIO ORTIZ, SECRETARIO MUNICIPAL.
EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA
DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN FRANCISCO GOTERA,
DEPARTAMENTO DE MORAZÁN, AL PÚBLICO PARA EFECTOS
DE LEY,
3 v. alt. No. F055940-2
HACE SABER: Que a este tribunal se ha presentado, el Licenciado
JOSÉ MATEO MARTÍNEZ, como Apoderado General Judicial de la
TITULO SUPLETORIO
señora FLORINDA VILLALTA DE HERNÁNDEZ, a solicitar a favor
de éste TÍTULO SUPLETORIO, sobre dos inmuebles de naturaleza
ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
rústica situados en el cantón La Cuchilla, Caserío Agua Fría, Jurisdicción
de Delicias de Concepción, Departamento de Morazán, el primero de
la EXTENSIÓN SUPERFICIAL DE VEINTE MIL METROS CUA-
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Licenciado
DRADOS, sus medidas y colindancias son las siguientes: AL NORTE,
ALCIDES MENDOZA PÉREZ, en calidad de Apoderado General
cincuenta y dos metros cuadrados colindando con el señor Porfirio Sáenz
Judicial de la señora ROSA CÁNDIDA GARCÍA DE ALFARO, conocida
(ya fallecido), cerco de púas propio del colindante y quebrada de por
por ROSA CÁNDIDA GARCÍA MAJANO, de treinta y nueve años
medio; AL ORIENTE, ciento cincuenta metros cuadrados y colinda con
de edad, doméstica, del domicilio de Yucuaiquín, Departamento de La
terreno de la señora Reina Martínez y el señor Nelson Martínez, cerco
Unión, solicitando se le extienda a su poderdante TÍTULO SUPLETORIO,
de púas propio de por medio; AL SUR, treinta y seis metros cuadrados
de un terreno de naturaleza rústico, situado en el Cantón Ciricuario,
con la señora María Emma Díaz Reyes de Argueta, cerco de púas propio
Jurisdicción de Yucuaiquín, Departamento de La Unión, de la capacidad
de la colindante y calle de por medio; AL PONIENTE, doscientos
cincuenta metros cuadrados, con el señor José Segundo Villalta Argueta,
TRES PUNTO TREINTA Y SIETE METROS CUADRADOS, de las
cerco propio y calle de por medio, colinda con Lidia Eriselda Villalta
medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE, ciento trece punto cero
Hernández, cerco de púas propio de por medio y con Jaime Ulises Villalta
cinco metros, línea recta con terreno de la señora María Aurora López;
Benítez, cerco de púas propio del colindante de por medio.- El segundo
AL NORTE, doscientos diez punto noventa metros, línea recta, con
de la CAPACIDAD SUPERFICIAL DE DOS MIL NOVECIENTOS
resto del terreno del vendedor señor Juan Inocente López Pineda; AL
METROS CUADRADOS, sus medidas y colindancia son las siguientes:
D
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R
superficial de VEINTISÉIS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y
PONIENTE, ochenta y seis punto noventa metros, línea recta con el señor
AL NORTE, cuarenta y nueve metros cuadrados, colinda con la señora
Efraín Pineda; servidumbre de por medio de tres punto veinticinco metros
María Emma Díaz Reyes de Argueta, dividido por cerco de púas propio
de ancho y AL SUR, trescientos diecinueve punto veinte metros, línea
del colindante de por medio; AL ORIENTE, cien metros cuadrados
recta, con María del Carmen Pérez de Avilés, existiendo a este rumbo
colinda con terreno de la señora Candelaria Martínez, dividido por
una servidumbre de acceso a esta propiedad de dos punto cincuenta y
cerco de púas propio de por medio; AL SUR, sesenta y tres metros
cinco metros de ancho por sesenta y uno punto cincuenta metros de largo
cuadrados, colinda con terreno del señor José Segundo Villalta Argueta,
que conecta con calle que conduce del Cantón Ciricuario a Yucuaiquín.
divide cerco de púas y calle de por medio; Y AL PONIENTE, treinta
Dicho inmueble lo valúa en la suma de DOS MIL DÓLARES DE LOS
y cuatro metros cuadrados colinda con terreno del señor José Segundo
ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMÉRICA, y lo adquirió por com-
Villalta Argueta, divide cerco de púas propio del colindante y calle de
praventa de posesión material que le hizo al señor JUAN INOCENTE
por medio.- Dichos inmuebles los adquirió el primero por compraventa
LÓPEZ PINEDA, el día dos de julio del dos mil doce.
privada que le hizo a la señora Felipa Argueta; se estima en el precio de
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012.
87
DOS MIL QUINIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
DE AMÉRICA, el segundo lo adquirió por compra verbal que le hizo a
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
la misma venderá; se estima en el previo de MIL DÓLARES DE LOS
a los siete días del mes de agosto del año dos mil doce.
ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.
Librado en el Juzgado Segundo de Primera instancia; San Francisco
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
Gotera, Morazán, a las once horas del día veinticinco de septiembre del
REGISTRADOR.
dos mil Doce.- Lic. JORGE ALBERTO GUZMÁN URQUILLA, JUEZ
2°. DE 1ª. INSTANCIA. Licda. KARINA ELIZABETH IGLESIAS DE
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
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NAVARRO, SECRETARIA.
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F055917-2
3 v. alt. No. F055844-2
No. de Expediente: 1980000360
RENOVACION DE MARCAS
No. de Presentación: 20120172218
CLASE: 05.
No. de Expediente: 2001010784
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
No. de Presentación: 20120164363
CLASE: 30.
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado LUIS
ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y
NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE
SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
APODERADO de RECKITT & COLMAN (OVERSEAS) LIMITED,
del domicilio de DANSOM LANE, HULL, YORKSHIRE, INGLATE-
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado LUIS
ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y
NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO
DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando
como APODERADO de COMPAÑIA DE GALLETAS POZUELO
RRA, de nacionalidad INGLESA, solicitando RENOVACION, para la
inscripción Número 00039 del Libro 00097 de REGISTRO DE MARCAS,
consistente en una espada pendiente que sirve de diámetro perpendicular
a una circunferencia; que ampara productos/servicios comprendidos en
la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
DCR, SOCIEDAD ANONIMA, del domicilio de San José, Costa Rica,
R
de nacionalidad COSTARRICENSE, solicitando RENOVACION, para
IA
la inscripción Número 00050 del Libro 00147 de INSCRIPCION DE
D
MARCAS, consistente en UN DISEÑO DE UNA GOTA CON ROSTRO
SONRIENTE COLOR CAFE Y DELINEADO DE COLOR NEGRO;
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los catorce días del mes de agosto del año dos mil doce.
LA CUAL SE ENCUENTRA SOSTENIENDO CON SUS MANOS A
LA ALTURA DE LA MITAD DEL DISEÑO, UNA PANCARTA DE
COLOR AZUL EN LA CUAL SE LEE CON LETRAS MAYUSCULAS,
DE MOLDE Y DE COLOR BLANCO LA PALABRA “CHOCOLATE”.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
DEBAJO DE LA GOTA DESCRITA SE OBSERVA UNA SOMBRA
DE LA MISMA EN COLOR NEGRO; que ampara productos/servicios
comprendidos en la(s) Clase 30 de la Clasificación Internacional de
Niza.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
3 v. alt. No. F055850-2
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397
88
No. de Expediente: 1997005723
DE C.V., del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número
No. de Presentación: 20120172220
00068 del Libro 00010 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente
CLASE: 05.
en la palabra ARIZ; que ampara productos/servicios comprendidos en
la(s) Clase 30 de la Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
Ley.
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado LUIS
ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y
a los siete días del mes de agosto del año dos mil doce.
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NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
APODERADO de LABORATORIOS QUIMICOS INDUSTRIALES,
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
SOCIEDAD ANONIMA, del domicilio de Llorente de Tibás, ciudad de
REGISTRADOR.
San José, República de Costa Rica, de nacionalidad COSTARRICENSE,
solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00035 del Libro
00158 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la expresión
ENTEROL, escrita en letras de molde, mayúsculas, en color negro;
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la
SECRETARIO.
Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
3 v. alt. No. F055856-2
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los catorce días del mes de agosto del año dos mil doce.
No. de Expediente: 1999002973
No. de Presentación: 20120172233
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
CLASE: 34.
REGISTRADOR.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,
SECRETARIA.
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado LUIS
ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y
IA
R
3 v. alt. No. F055855-2
D
No. de Expediente: 1990002377
NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO
DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando
como APODERADO de BRITISH AMERICAN TOBACCO CENTRAL AMERICA, S.A., del domicilio de CIUDAD DE PANAMA,
REPUBLICA DE PANAMA, de nacionalidad PANAMEÑA, solicitando
RENOVACION, para la inscripción Número 00076 del Libro 00164 de
No. de Presentación: 20120162578
INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en LA EXPRESION La Ola
CLASE: 30.
Belmont y un diseño QUE SE PUEDE DESCRIBIR MEJOR DE LA
SIGUIENTE MANERA: CONSISTE EN UNA FIGURA RECTANGULAR DE FORMA IRREGULAR, TENIENDO LA PARTE SUPE-
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
RIOR MAS ANCHA QUE LA INFERIOR, DICHA FIGURA ESTA
DIVIDIDA. LA PARTE SUPERIOR, QUE ES MAS GRANDE QUE
LA INFERIOR, ES DE COLOR CELESTE. LA PARTE INFERIOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado LUIS
ES DE COLOR AZUL. AMBAS SECCIONES SE ENCUENTRAN
ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO
DIVIDIDAS POR UNA LINEA CURVA, DELGADA Y DE COLOR
Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad
SALVADOREÑA, actuando como GESTOR OFICIOSO de ALIMENTOS DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE que se abrevia: ALIMENTOS DE EL SALVADOR, S.A.
BLANCO. SOBRE LA SECCION SUPERIOR SE ENCUENTRA
UNA FIGURA CARICATURESCA DE COLOR AMARILLO QUE
REPRESENTA A UNA PERSONA BAILANDO, CON SUS EXTREMIDADES EXTENDIDAS. PARTE DE LA CABEZA SALE DEL
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012.
89
RECTANGULO. INMEDIATAMENTE ABAJO DE DICHA FIGURA
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
CARICATURESCA, SIEMPRE SOBRE LA SECCION SUPERIOR
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
DEL RECTANGULO, SE ENCUENTRA LA EXPRESION “La Ola”
a los catorce días del mes de agosto del año dos mil doce.
ESCRITA EN LETRAS MINUSCULAS (CON EXCEPCION DE LAS
LETRAS L Y O, QUE SON MAYUSCULAS), DE MOLDE, COLOR
ROSADO OSCURO Y CON DISEÑO ESPECIAL. DEBAJO DE
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
DICHA EXPRESION, YA SOBRE LA SECCION INFERIOR DEL
REGISTRADOR.
RECTANGULO, QUE ES DE COLOR AZUL, SE ENCUENTRA LA
EXPRESION Belmont, EN LETRAS MINUSCULAS (CON EXCEPCION DE LA LETRA “B”, QUE ES MAYUSCULA), DE MOLDE,
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
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COLOR BLANCO Y CON DISEÑO ESPECIAL; que ampara productos/
SECRETARIA.
servicios comprendidos en la(s) Clase 34 de la Clasificación Internacional
de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
3 v. alt. No. F055858-2
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los catorce días del mes de agosto del año dos mil doce.
No. de Expediente: 2001018859
No. de Presentación: 20120172232
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
CLASE: 34.
REGISTRADOR.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado LUIS
SECRETARIA.
ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y
NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO
3 v. alt. No. F055857-2
DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando
como APODERADO de BRITISH AMERICAN TOBACCO CENTRAL
AMERICA, S.A., del domicilio de Ciudad de Panamá, República de
Panamá, de nacionalidad PANAMEÑA, solicitando RENOVACION,
No. de Expediente: 1960009057
No. de Presentación: 20120172223
CLASE: 34.
para la inscripción Número 00235 del Libro 00163 de INSCRIPCION
DE MARCAS, consistente en un rectángulo de color rojo en posición
vertical en cuya parte superior se lee la palabra “Delta”, escrita en letras
de molde, minúsculas (a excepción de la letra “D” que es mayúscula),
R
de color blanco, delineadas de color azul y con diseño especial. Debajo
IA
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
D
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado LUIS
de la palabra “Delta”, se ve una linea horizontal de color dorado que
atraviesa el rectángulo a todo lo ancho del mismo. En el centro del
rectángulo se observa una figura triangular de color azul y delineada de
color blanco, cuya base se encuentra inclinada hacia adentro. Alrededor
ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y
de la figura triangular se observa el color rojo desvaneciente. Debajo de
NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO
dicha figura triangular se ve un óvalo de líneas gruesas inclinado hacia
DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando
la derecha. En la parte inferior del rectángulo se lee la frase “100's”.
como APODERADO de BRITISH AMERICAN TOBACCO CENTRAL
El número 100 se encuentra escrito de color blanco y seguido de un
AMERICA, S.A., del domicilio de Ciudad de Panamá, República de
apóstrofe y de la letra “s” minúscula, escritos en color blanco. Debajo
Panamá, de nacionalidad PANAMEÑA, solicitando RENOVACION,
se lee la frase “EXCELENTE CALIDAD”, escrita en letras de molde,
para la inscripción Número 09057 del Libro 00029 de REGISTRO DE
mayúsculas, de color dorado y sin diseño especial. Sobre el número 100
MARCAS, consistente en la palabra REX; que ampara productos/ser-
y la frase “EXCELENTE CALIDAD”, individualmente considerados no
vicios comprendidos en la(s) Clase 34 de la Clasificación Internacional
se concede exclusividad; que ampara productos/servicios comprendidos
de Niza.
en la(s) Clase 34 de la Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
Ley.
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397
90
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los catorce días del mes de agosto del año dos mil doce.
No. de Expediente: 2001018166
No. de Presentación: 20120172230
CLASE: 34.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado LUIS
SECRETARIA.
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ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y
3 v. alt. No. F055859-2
NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE
SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
APODERADO de BRITISH AMERICAN TOBACCO CENTRAL
AMERICA, S.A., SUCURSAL EL SALVADOR, del domicilio de Ciudad de Panamá, República de Panamá, de nacionalidad PANAMEÑA,
No. de Expediente: 1977000449
solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00158 del Libro
No. de Presentación: 20120172226
CLASE: 34.
00162 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en un rectángulo
de color verde colocado en posición vertical en cuya parte superior se
lee palabra “Delta”; escrita en letras de molde, minúsculas (a excepción
de la letra “D” que es mayúscula), de color blanco, delineadas de color
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
azul y con diseño especial. En el centro del rectángulo se observa una
figura triangular de color azul y delineada de color blanco, cuya base se
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado LUIS
encuentra inclinada hacia adentro. Alrededor de la figura triangular se
ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y
observa el color verde desvaneciente. Debajo de dicha figura triangular
NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO
DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando
como APODERADO de BRITISH AMERICAN TOBACCO CENTRAL
AMERICA, S.A., del domicilio de Ciudad de Panamá, República de
se ve un óvalo de líneas gruesas inclinado hacia la derecha. En la parte
inferior del rectángulo se lee la frase “100's”. El número 100 se encuentra escrito de color blanco y seguido de un apóstrofe y de la letra “s”
Panamá, de nacionalidad PANAMEÑA, solicitando RENOVACION,
minúscula, escritos en color blanco. Debajo se lee la frase “Excelente
para la inscripción Número 00227 del Libro 00095 de REGISTRO DE
Calidad”, escrita en letras de molde, mayúsculas, de color dorado y sin
MARCAS, consistente en la palabra “ALAS” sobre un fondo blanco, en
diseño especial. Sobre la palabra “Menthol”, el número 100 y la frase
rojo y orilla amarillo oro, sobre la cual hay dos alas yuxtapuestas; azúl
“Excelente Calidad”, individualmente considerados no se le concede
la mayor y amarilla la menor. Las demás palabras que aparecen en el
exclusividad; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s)
diseño son irregistrables y sobre las mismas no se pretende exclusividad
Clase 34 de la Clasificación Internacional de Niza.
alguna; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 34
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
R
de la Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
IA
Ley.
Ley.
D
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los catorce días del mes de agosto del año dos mil doce.
a los catorce días del mes de agosto del año dos mil doce.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
REGISTRADOR.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,
SECRETARIA.
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F055860-2
3 v. alt. No. F055861-2
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012.
91
No. de Expediente: 2001018162
DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando
No. de Presentación: 20120172231
como APODERADO de BRITISH AMERICAN TOBACCO CEN-
CLASE: 34.
TRAL AMERICA, S.A., del domicilio de CIUDAD DE PANAMA
REPUBLICA DE PANAMA, de nacionalidad PANAMEÑA, solicitando
RENOVACION, para la inscripción Número 09058 del Libro 00029 de
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
REGISTRO DE MARCAS, consistente en LA PALABRA “PAYASOS”,
Y LA REPRESENTACION DE UN PAYASO, SENTADO SOBRE
UNA BOLA; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s)
Clase 34 de la Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
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HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado LUIS
ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y
NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO
DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando
como APODERADO de BRITISH AMERICAN TOBACCO CENTRAL
AMERICA, S.A., SUCURSAL EL SALVADOR, del domicilio de Ciudad de Panamá, República de Panamá, de nacionalidad PANAMEÑA,
solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00164 del Libro
00162 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en un rectángulo
de color rojo colocado en posición vertical en cuya parte superior se lee
palabra “Delta”, escrita en letras de molde, minúsculas (a excepción de
la letra “D” que es mayúscula), de color blanco, delineadas de color
azul y con diseño especial. En el centro del rectángulo se observa una
figura triangular de color azul y delineada de color blanco, cuya base se
encuentra inclinada hacia adentro, alrededor de la figura triangular se
observa el color rojo desvaneciente. Debajo de dicha figura triangular
se ve un óvalo de líneas gruesas inclinado hacia la derecha. En la parte
inferior del rectángulo se lee la frase “100's”. El número 100 se encuentra escrito de color blanco y seguido de un apóstrofe y de la letra “s”
minúscula, escritos en color blanco. Debajo se lee la frase “Excelente
Calidad”, escrita en letras de molde, mayúsculas, de color dorado y sin
diseño especial. Sobre el número 100 y la frase “Excelente Calidad”,
individualmente considerados no se concede exclusividad; que ampara
productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 34 de la Clasificación
Internacional de Niza.
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los catorce días del mes de agosto del año dos mil doce.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F055864-2
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los catorce días del mes de agosto del año dos mil doce.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
No. de Expediente: 1961009050
No. de Presentación: 20120172227
CLASE: 34.
REGISTRADOR.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
SECRETARIA.
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado LUIS
3 v. alt. No. F055862-2
D
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R
ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,
ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y
NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO
DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando
como APODERADO de BRITISH AMERICAN TOBACCO CEN-
No. de Expediente: 1961009058
TRAL AMERICA, S.A., del domicilio de CIUDAD DE PANAMA,
No. de Presentación: 20120172221
REPUBLICA DE PANAMA, de nacionalidad PANAMEÑA, solicitando
CLASE: 34.
RENOVACION, para la inscripción Número 09050 del Libro 00029 de
REGISTRO DE MARCAS, consistente en LA EXPRESION “EMU”
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
ABAJO DEL CUAL APARECE ESCRITO “CIGARETTES”, EL
CENTRO LO CONSTITUYE EL DIBUJO DE UN EMU Y ABAJO
DEL MISMO LA LEYENDA; “CIENTIFIC BLEND OF TURKISH
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado LUIS
ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y
NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO
AND AMERICAN TOBACCOS”; que ampara productos/servicios
comprendidos en la(s) Clase 34 de la Clasificación Internacional de
Niza.
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397
92
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los catorce días del mes de agosto del año dos mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
nueve de agosto del año dos mil doce.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,
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SECRETARIA.
ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C005908-2
3 v. alt. No. F055865-2
No. de Expediente: 2012118654
No. de Presentación: 20120168798
MARCA DE FABRICA
CLASE: 05.
No. de Expediente: 2012120338
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
No. de Presentación: 20120171671
CLASE: 16.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
IA
R
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de OSCAR
RENE GONZALEZ LOMELI, de nacionalidad MEXICANA y JOEL
ESTRADA DAMIAN, de nacionalidad MEXICANA y ELISA DE LA
LUZ ZEPEDA DEL RIO, de nacionalidad MEXICANA, solicitando el
registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO.
D
Consistente en: la palabra ZEGNO y diseño, que servirá para:
AMPARAR: PAPEL, CARTON Y ARTICULOS DE ESTAS MATERIAS, NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; IMPRESIONES
Y PUBLICACIONES; ARTICULOS DE ENCUADERNACION; FOTOGRAFIA; PAPELERIA, ADHESIVOS (PEGAMENTOS) PARA
LA PAPELERIA O LA CASA; MATERIALES PARA ARTISTA;
PINCELES; MAQUINAS DE ESCRIBIR Y BOLIGRAFOS; ARTICULOS DE OFICINA, (EXCEPTO MUEBLES); MATERIAL DE
INSTRUCCION Y DE ENSEÑANZA (EXCEPTO APARATOS); MATERIALES PLASTICOS PARA EMBALAJE (NO COMPRENDIDOS
EN OTRAS CLASES), CARACTERES DE IMPRENTA; CLICHES.
Clase: 16.
La solicitud fue presentada el día veinticuatro de julio del año dos
mil doce.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de Alpharma,
LLC; de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de
la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO.
Consistente en: la palabra ZOETIS, que servirá para: AMPARAR:
PREPARACIONES VETERINARIOS PARA LA PREVENCION Y EL
TRATAMIENTO DE INFECCIONES POR PARASITOS, INFLAMACION Y ENFERMEDADES INFLAMATORIAS, ENFERMEDADES
RESPIRATORIAS E INFECCIOSAS, ENFERMEDADES INMUNOLOGICAS, BACTERIANAS, VIRALES Y POR HONGOS, OSTEOPOROSIS, ENFERMEDADES CARDIOVASCULARES, ENFERMEDADES DEL SISTEMA NERVIOSO CENTRAL, ENFERMEDADES
NUROLOGICAS, UROGENITAS Y URINARIAS, AFECCIONES
GASTROINTESTINALES, AFECCIONES MUSCULOESQUELETALES, ALERGIAS, DIABETES, HIPERTENSION, APOPLEJIA,
CANCER, SANGRE, DOLOR, OBESIDAD, AFECCIONES DIGESTIVAS, AFECCIONES OFTALMOLOGICAS, AFECCIONES DE LA
CONDUCTA, AFECCIONES REPRODUCTIVAS, AFECCIONES
DERMATOLOGICAS, DECADENCIA DENTAL, SENSITIVIDAD
DENTAL, GINGIVITIS, HALITOSIS Y AFECCIONES PERIODONTALES, Y PARA LA REPARACION DE LA PIEL Y LOS TEJIDOS,
Y PARA DISMINUIR EL COLESTEROL; ADITIVOS NUTRICIONALES Y SUPLEMENTOS ALIMENTICIOS PARA PROPOSITOS
MEDICOS; VACUNAS Y SUBSTANCIAS VETERINARIAS,
EQUIPOS DE DIAGNOSTICO PARA USO EN EXAMENES DE
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012.
DIAGNOSTICO, PREPARADOS DE DIAGNOSTICO PARA USO
MEDICO Y VETERINARIO, TODO LO QUE ANTECEDE PARA
EL TRATAMIENTO DE FELINOS, CANINOS, BOVINOS, PORCINOS, EQUINOS, LLAMAS, CONEJOS, ROEDORES, PAJAROS,
HURONES, AVES, CABRAS, ODEJAS Y ANIMALES ACUATICOS.
Clase: 05.
93
La solicitud fue presentada el día dieciocho de enero del año dos
mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
siete de agosto del año dos mil doce.
La solicitud fue presentada el día veinticuatro de mayo del año dos
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
mil doce.
REGISTRADORA.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
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Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
trece de agosto del año dos mil doce.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. C005915-2
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIO.
No. de Expediente: 2012120526
No. de Presentación: 20120172251
3 v. alt. No. C005909-2
CLASE: 12.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
No. de Expediente: 2012115507
No. de Presentación: 20120162831
CLASE: 18.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de GENERAL MOTORS LLC, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando
el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HIGH COUNTRY
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS
MIGUEL ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de DC
COMICS, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro
D
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R
de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO.
Consistente en: la expresión HIGH COUNTRY que se traduce al
castellano como Alto país, que servirá para: AMPARAR: VEHICULOS
DE MOTOR Y PARTES DE LOS MISMOS. Clase: 12.
La solicitud fue presentada el día ocho de agosto del año dos mil
doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
trece de agosto del año dos mil doce.
Consistente en: la expresión DC ENTERTAINMENT y diseño. La
palabra Entertainment se traduce al castellano como: entretenimiento,
MARIA DAFNE RUIZ,
que servirá para: AMPARAR: BOLSAS ATLETICAS, MOCHILAS
REGISTRADOR.
PARA BEBES, MOCHILAS, BOLSAS DE PLAYA, BOLSAS PARA
LIBROS, BOLSAS DE PAÑALES, BOLSAS DE LONA, BOLSAS
DE DEPORTE, BOLSAS TIPO TOTE, MONEDEROS, BOLSAS
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
DE CINTURA, MOCHILAS, CANGURERA (BOLSAS PARA LA
SECRETARIO.
CINTURA), BOLSAS PARA LA COMPRA, PARAGUAS; CARTERAS; ACCESORIOS HECHOS DE CUERO, A SABER, CARTERAS,
BOLSOS DE MANO Y CINTURONES. Clase: 18.
3 v. alt. No. C005916-2
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397
94
No. de Expediente: 2012120529
do WAL-MART STORES, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,
solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO.
No. de Presentación: 20120172254
CLASE: 31.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO
Consistente en: la expresión SAM*S CHOICE y diseño, donde la
palabra Choice se traduce al castellano como Elegir, que servirá para:
AMPARAR: CAFE, TE, CACAO Y SUCEDANEOS DEL CAFE;
ARROZ; TAPIOCA Y SAGU; HARINAS Y PREPARACIONES A
BASE DE CEREALES; PAN, PRODUCTOS DE PASTELERIA Y
CONFITERIA; HELADOS; AZUCAR, MIEL, JARABE DE MELAZA;
LEVADURA, POLVOS DE HORNEAR; SAL; MOSTAZA; VINAGRE, SALSAS (CONDIMENTOS); ESPECIAS; HIELO. Clase: 30.
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RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de Société
des Produits Nestlé S.A., de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro
de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO.
PAUSA
Consistente en: la palabra PAUSA, que servirá para: AMPARAR:
ALIMENTOS Y SUSTANCIAS ALIMENTICIAS PARA LOS ANI-
MALES Y MASCOTAS INCLUYENDO BOTANAS, HAMBURGUESAS, BOCADILLOS, BOCADITOS, TOCINO Y TIRAS DE CARNE,
POLLO, CONEJO Y RES. Clase: 31.
La solicitud fue presentada el día ocho de agosto del año dos mil
doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
catorce de agosto del año dos mil doce.
La solicitud fue presentada el día ocho de agosto del año dos mil
doce.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
LUCIA MARGARITA GALAN,
trece de agosto del año dos mil doce.
SECRETARIO.
MARIA DAFNE RUIZ,
3 v. alt. No. C005918-2
REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
No. de Expediente: 2012120450
No. de Presentación: 20120172123
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C005917-2
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
D
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R
CLASE: 30.
No. de Expediente: 2012120533
No. de Presentación: 20120172258
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RAFAEL
ALBERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERADO
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS
MIGUEL ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de
AMERICAN DAIRY QUEEN CORPORATION, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA
Y DE COMERCIO.
BLIZZARD
Consistente en: la palabra BLIZZARD que se traduce al castellano como Ventisca, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS DE
CONFITERIA CONGELADA. Clase: 30.
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012.
La solicitud fue presentada el día treinta de julio del año dos mil
doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
ocho de agosto del año dos mil doce.
MARIA DAFNE RUIZ,
95
No. de Expediente: 2012120334
No. de Presentación: 20120171667
CLASE: 03, 06, 16, 21.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
REGISTRADOR.
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HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de KimberlyClark Worldwide, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solici-
SECRETARIO.
tando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO.
3 v. alt. No. C005920-2
No. de Expediente: 2012120245
No. de Presentación: 20120171521
CLASE: 29.
Consistente en: un diseño identificado como DISEÑO DE
ELEFANTE, que servirá para: AMPARAR: PAÑOS DE LIMPIEZA
IMPREGNADOS, JABONES, DESENGRASANTES Y PRODUCTOS
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
DE LIMPIEZA TODOS PARA USO DOMESTICO. Clase: 03. Para:
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS MIGUEL ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de SIGMA
EUROPE, B.V., de nacionalidad HOLANDESA, solicitando el registro
de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO.
AMPARAR: HOJAS DE ALUMINIO. Clase: 06. Para: AMPARAR:
BOLSAS DE PLASTICO, BOLSAS DE BASURA Y DESPERDICIOS.
BOLSAS DE SANDWICH, BOLSAS DE ALMACENAMIENTO
DE ALIMENTOS, ENVOLTURAS DE PLASTICO, TOALLAS DE
PAPEL, LIMPIADORES DE PAPEL, SERVILLETAS DE MESA DE
PAPEL. Clase: 16. Para: AMPARAR: RECIPIENTES DE PLASTICO,
ESPONJAS PARA LIMPIEZA DEL HOGAR, GUANTES PARA
LIMPIEZA DEL HOGAR, PAÑOS DE LIMPIEZA NO TEJIDOS.
R
Consistente en: las palabras BERNINA CARNES FRÍAS ESTILO
SUIZO y diseño, que servirá para: AMPARAR: CARNES FRIAS. Clase:
29.
IA
La solicitud fue presentada el día diecinueve de julio del año dos
mil doce.
D
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintisiete de julio del año dos mil doce.
Clase: 21.
La solicitud fue presentada el día veinticuatro de julio del año dos
mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
treinta de julio del año dos mil doce.
MARIA DAFNE RUIZ,
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIO.
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C005922-2
3 v. alt. No. C005923-2
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397
96
La solicitud fue presentada el día treinta y uno de julio del año dos
mil doce.
No. de Expediente: 2012120339
No. de Presentación: 20120171672
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
trece de agosto del año dos mil doce.
CLASE: 21.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de ELISA
DE LA LUZ ZEPEDA DEL RIO, de nacionalidad MEXICANA y JOEL
ESTRADA DAMIAN, de nacionalidad MEXICANA y OSCAR RENE
GONZALEZ LOMELI, de nacionalidad MEXICANA, solicitando el
registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
MARIA DAFNE RUIZ,
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REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C005925-2
Consistente en: la expresión 2drink y diseño, donde la palabra
Drink se traduce al castellano como Beber, que servirá para: AMPARAR: UTENSILIOS Y RECIPIENTES PARA USO DOMESTICO Y
CULINARIO; PEINES Y ESPONJAS; CEPILLOS: MATERIALES
PARA FABRICAR CEPILLOS; MATERIAL DE LIMPIEZA; LANA
DE ACERO; VIDRIO EN BRUTO O SEMIELABORADO (EXCEPTO
EL VIDRIO DE CONSTRUCCIÓN); ARTÍCULOS DE CRISTALERIA, PORCELANA Y LOZA NO COMPRENDIDOS EN OTRAS
CLASES. Clase: 21.
No. de Expediente: 2012120451
No. de Presentación: 20120172124
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
La solicitud fue presentada el día veinticuatro de julio del año dos
mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
nueve de agosto del año dos mil doce.
Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RAFAEL
ALBERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERADO de GlaxoSmithkline Trading Services Limited, de nacionalidad
IRLANDESA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y
DE COMERCIO,
REGISTRADORA.
MENTIKLINE
ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,
SECRETARIA.
Consistente en: la expresión MENTIKLINE, que servir para: AMPARAR: PREPARACIONES Y SUBSTANCIAS FARMACÉUTICAS.
Clase: 05.
R
3 v. alt. No. C005924-2
La solicitud fue presentada el día treinta de julio del año dos mil
IA
No. de Expediente: 2012120469
CLASE: 05.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
nueve de agosto del año dos mil doce.
D
No. de Presentación: 20120172155
doce.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RAFAEL
ALBERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERADO
de GLAXO GROUP LIMITED, de nacionalidad INGLESA, solicitando
el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
PATROME
Consistente en: la expresión PATROME, que servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES Y SUSTANCIAS FARMACÉUTICAS
Y MEDICINALES; VACUNAS. Clase: 05.
Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C005926-2
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012.
No. de Expediente: 2012120435
97
PRODUCTOS DE PERFUMERÍA, ACEITES ESENCIALES, COSMÉTICOS, LOCIONES CAPILARES; DENTÍFRICOS; LIMPIADOR CON
ACEITE DE PINO MULTIUSOS, DETERGENTE, JABÓN LÍQUIDO.
Clase: 03.
No. de Presentación: 20120172095
CLASE: 03.
La solicitud fue presentada el día treinta de julio del año dos mil
doce.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
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HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS
MIGUEL ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de
INDUSTRIAS ALEN, S.A. DE C.V., de nacionalidad MEXICANA,
solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
ocho de agosto del año dos mil doce.
REGISTRADORA.
ENSUEÑO MAX
Consistente en: las palabras ENSUEÑO MAX, que servirá para:
AMPARAR: PREPARACIONES PARA BLANQUEAR Y OTRAS
SUSTANCIAS PARA LAVAR LA ROPA; PREPARACIONES PARA
LIMPIAR, PULIR, DESENGRASAR Y RASPAR; JABONES; PRODUCTOS DE PERFUMERIA, ACEITES ESENCIALES, COSMÉTICOS, LOCIONES CAPILARES; DENTIFRICOS; SUAVIZANTE DE
TELAS, PERFUMADOR DE ROPA, DETERGENTES. Clase: 03.
La solicitud fue presentada el día treinta de julio del año dos mil
doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
ocho de agosto del año dos mil doce.
Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C005929-2
No. de Expediente: 2012120528
No. de Presentación: 20120172253
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de Hershey México S.A. de C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el
registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
REGISTRADORA.
ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C005928-2
No. de Expediente: 2012120432
IA
CLASE: 03.
R
No. de Presentación: 20120172092
D
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS
MIGUEL ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de
INDUSTRIAS ALEN, S.A. DE C.V., de nacionalidad MEXICANA,
solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
PINOL TRAPEADO DIARIO
Consistente en: las palabras PINOL TRAPEADO DIARIO, que
servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES PARA BLANQUEAR Y
OTRAS SUSTANCIAS PARA LAVAR LA ROPA; PREPARACIONES
PARA LIMPIAR, PULIR, DESENGRASAR Y RASPAR; JABONES;
Consistente en: Diseño tridimensional identificado como "BRILLO LIPS". La palabra "lips" se traduce como "labios", que servirá
para: AMPARAR: CAFE, CACAO, AZUCAR, ARROZ, TAPIOCA,
SAGU, SUCEDANEOS DEL CAFE; HARINAS Y PREPARACIONES
HECHAS DE CEREALES, PAN, PASTELERIA Y CONFITERIA,
HELADOS COMESTIBLES, MIEL, JARABE DE MELAZA, LEVADURA, POLVOS PARA ESPONJAR; SAL, MOSTAZA; VINAGRE,
SALSAS (CONDIMENTOS), ESPECIAS, HIELO. Clase: 30.
La solicitud fue presentada el día ocho de agosto del año dos mil
doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
catorce de agosto del año dos mil doce.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C005930-2
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397
98
La solicitud fue presentada el día dos de mayo del año dos mil
No. de Expediente: 2011112078
doce.
No. de Presentación: 20110156115
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
catorce de agosto del año dos mil doce.
CLASE: 16.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de H.B.
Fuller Company, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el
registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
REGISTRADORA.
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FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C005932-2
Consistente en: las palabras ¡Lo PEGA y nunca se despega! y
diseño, que servirá para: AMPARAR: ADHESIVOS. Clase: 16.
No. de Expediente: 2012116604
La solicitud fue presentada el día veinticinco de agosto del año
dos mil once.
CLASE: 32.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
treinta y uno de agosto del año dos mil doce.
Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
No. de Presentación: 20120165299
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado CARLOS
GARCIA HERNANDEZ, en su calidad de APODERADO de TROPICAL
FLAVORS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de
nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA
DE FABRICA Y DE COMERCIO,
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C005931-2
No. de Expediente: 2012118183
IA
CLASE: 30.
R
No. de Presentación: 20120167941
D
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de KENTUCKY FRIED CHICKEN INTERNATIONAL HOLDINGS, INC.,
de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la
MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: las palabras CASCADA ICE TEA, donde las
palabras Ice Tea se traducen al castellano como Té Helado, que servirá
para: AMPARAR: AGUAS MINERALES, GASEOSAS Y OTRAS
BEBIDAS NO ALCOHÓLICAS, JARABES Y OTRO PREPARADOS
PARA HACER BEBIDAS. Clase: 32.
La solicitud fue presentada el día dos de marzo del año dos mil
doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintinueve de marzo del año dos mil doce.
Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
DOUBLICIOUS
ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,
Consistente en: la palabra DOUBLICIOUS, que servirá para:
AMPARAR: SANDWICHES DE POLLO. Clase: 30.
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C005953-2
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012.
99
La solicitud fue presentada el día quince de febrero del año dos
mil doce.
No. de Expediente: 2012116140
No. de Presentación: 20120164442
CLASE: 30.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintitrés de abril del año dos mil doce.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
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HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado PEDRO
FAUSTO ARIETA IGLESIAS, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de MARCELINO JOSE TUSELL ROVIRA, de nacionalidad
SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA
Y DE COMERCIO,
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C005962-2
Consistente en: las palabras D'OR CAFE DE ORIGEN JOYA DE
LA TIERRA y diseño, en donde D'OR se traduce al castellano como
DE ORO, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS DEL CAFE.
Clase: 30.
La solicitud fue presentada el día quince de febrero del año dos
mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veinticinco de abril del año dos mil doce.
No. de Expediente: 2012116139
No. de Presentación: 20120164441
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado PEDRO
FAUSTO ARIETA IGLESIAS, en su calidad de APODERADO de
MARCELINO JOSE TUSELL ROVIRA, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE
COMERCIO,
3 v. alt. No. C005959-2
No. de Expediente: 2012116137
No. de Presentación: 20120164439
R
CLASE: 30.
IA
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
D
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado PEDRO
FAUSTO ARIETA IGLESIAS, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de MARCELINO JOSE TUSELL ROVIRA, de nacionalidad
SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA
Y DE COMERCIO,
Consistente en: las palabras TT TUSELL TOSTADORES y
diseño, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS DEL CAFÉ
COMPRENDIDOS EN ESTA CLASE. Clase: 30.
La solicitud fue presentada el día quince de febrero del año dos
mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintiséis de junio del año dos mil doce.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
Consistente en: las palabras 7 SENTIDOS EL ALMA DEL CAFÉ
y diseño, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS DEL CAFÉ.
Clase: 30.
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C005963-2
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397
100
DETERGENTES, LIMPIADORES, ABRILLANTADORES,
BLANQUEADORES Y PULIDORES, PREPARACIONES PARA
BLANQUEAR Y OTRAS SUSTANCIAS PARA LA COLADA,
PREPARACIONES PARA LIMPIAR, PULIR, DESENGRASAR Y
RASPAR. Clase: 03.
No. de Expediente: 2012119873
No. de Presentación: 20120170715
CLASE: 30.
La solicitud fue presentada el día veinte de marzo del año dos mil
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
treinta de julio del año dos mil doce.-
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HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RAÚL
BENJAMÍN LÓPEZ BERTRAND, en su calidad de APODERADO
de ABOGADOS CONSULTORES Y ASESORES. SOCIEDAD
ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: ABOGADOS
CONSULTORES Y ASESORES, S. A. DE C. V., de nacionalidad
SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA
Y DE COMERCIO,
doce.
Licda. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
THE CONDOR COFFEE ESTATE
"THE BOURBON JUNGLE"
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,
SECRETARIO.
Consistente en: Las palabras THE CONDOR COFFEE ESTATE
"THE BOURBON JUNGLE", que se traducen al castellano como La
Finca de Café del Cóndor "La Selva Bourbon". Sobre la palabra Bourbon
no se le concede exclusividad, que servirá para: AMPARAR: CAFÉ DE
ORO. Clase: 30.
3 v. alt. No. F055845-2
La solicitud fue presentada el día dos de julio del año dos mil
doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
primero de octubre del año dos mil doce.DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
RUTH NOHEMI PERAZA GALDÁMEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F055754-2
No. de Expediente: 2012119460
No. de Presentación: 20120169918
CLASE: 34.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS
ERNESTO GUANDIQUE CHÁVEZ, en su calidad de APODERADO
de DUNHILL TOBACCO OF LONDON LIMITED, de nacionalidad
INGLESA, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA Y DE
COMERCIO,
DUNHILL BOOST
No. de Expediente: 2012117044
IA
CLASE: 03.
R
No. de Presentación: 20120166107
D
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
Consistente en: La expresión DUNHILL BOOST, que servirá
para: AMPARAR: CIGARILLOS, CIGARROS, ENVOLTURA PARA
TABACO, TABACO PARA PIPAS Y PRODUCTOS DE TABACO.
Clase: 34.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS
ERNESTO GUANDIQUE CHÁVEZ, en su calidad de APODERADO
de INDUSTRIA COSMÉTICA KENT, SOCIEDAD ANÓNIMA que
se abrevia: INDUSTRIA COSMÉTICA KENT, S. A., de nacionalidad
GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA
Y DE COMERCIO,
La solicitud fue presentada el día doce de junio del año dos mil
doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos, San Salvador,
veinticinco de junio del año dos mil doce.-
DERMABLEND
Licda. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
Consistente en: La palabra DERMABLEND, que servirá para:
AMPARAR: PERFUMES, LOCIONES, ACEITES ESENCIALES, ARTÍCULOS DE TOCADOR Y BELLEZA, JABONES,
SHAMPOO, CREMAS, TALCOS PARA TOCADOR; COSMÉTICOS, LOCIONES PARA EL CABELLO; DENTÍFRICOS;
ISMEL EDITH VALLES DE HERNÁNDEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F055846-2
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012.
101
No. de Expediente: 2012119157
La solicitud fue presentada el día primero de junio del año dos mil
No. de Presentación: 20120169505
doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
CLASE: 05.
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
doce de junio del año dos mil doce.EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS
ERNESTO GUANDIQUE CHÁVEZ, en su calidad de GESTOR
OFICIOSO de NICOVENTURES LIMITED, de nacionalidad
INGLESA, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA Y
DE COMERCIO.
Licda. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
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FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,
SECRETARIO.
KUJU
3 v. alt. No. F055848-2
Consistente en: La palabra KUJU, que servirá para: AMPARAR:
PREPARACIONES FARMACÉUTICAS PARA USO HUMANO,
INCLUYENDO LOS PARCHES TRANSDÉRMICOS, PASTILLAS
Y TABLETAS. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día primero de junio del año dos mil
doce.
No. de Expediente: 2012119159
No. de Presentación: 20120169507
CLASE: 34.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
doce de junio del año dos mil doce.-
Licda. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS
ERNESTO GUANDIQUE CHÁVEZ, en su calidad de GESTOR
OFICIOSO de NICOVENTURES LIMITED, de nacionalidad
INGLESA, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA Y
DE COMERCIO,
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,
SECRETARIO.
KUJU
3 v. alt. No. F055847-2
No. de Expediente: 2012119158
IA
R
No. de Presentación: 20120169506
CLASE: 10.
Consistente en: La palabra KUJU, que servirá para: AMPARAR:
SUSTITUTOS DEL TABACO, CIGARRILLOS QUE CONTIENEN
SUSTITUTOS DEL TABACO, ARTÍCULOS CON CONTENIDO DE
NICOTINA SIN PROPÓSITOS MÉDICOS, CIGARRILLOS, TABACO,
PRODUCTOS DE TABACO, ENCENDEDORES, CERILLOS Y
ARTÍCULOS PARA FUMADORES QUE NO SEAN DE METALES
PRECIOSOS. Clase: 34.
D
La solicitud fue presentada el día primero de junio del año dos mil
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
doce.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS ERNESTO GUANDIQUE CHÁVEZ, en su calidad de GESTOR OFICIOSO
de NICOVENTURES LIMITED, de nacionalidad INGLESA, solicitando
el registro de la MARCA DE FÁBRICA Y DE COMERCIO,
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
doce de junio del año dos mil doce.-
KUJU
Consistente en: La palabra KUJU, que servirá para: AMPARAR:
DISPOSITIVOS MÉDICOS PARA USO HUMANO, INCLUYENDO
AEROSOLES PARA BOCA Y NASALES E INHALADORES. Clase:
10.
Licda. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F055849-2
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397
102
No. de Expediente: 2012119853
La solicitud fue presentada el día dieciséis de noviembre del año
dos mil once.
No. de Presentación: 20120170670
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
CLASE: 34.
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintisiete de agosto del año dos mil doce.-
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
MARÍA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,
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HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS
ERNESTO GUANDIQUE CHÁVEZ, en su calidad de APODERADO
de BRITISH AMERICAN TOBACCO (BRANDS) LIMITED, de
nacionalidad INGLESA, solicitando el registro de la MARCA DE
FÁBRICA Y DE COMERCIO,
SECRETARIO.
SWITCH
3 v. alt. No. F055852-2
Consistente en: La palabra SWITCH, que se traduce al castellano
como Conectar, que servirá para: AMPARAR: CIGARRILLOS, TABACO, PRODUCTOS DE TABACO, CERILLOS, ENCENDEDORES
Y DEMÁS ARTÍCULOS PARA FUMADOR QUE NO SEAN DE
METALES PRECIOSOS, Clase: 34.
La solicitud fue presentada el día veintinueve de junio del año dos
mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
cuatro de julio del año dos mil doce.MARÍA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,
SECRETARIO.
No. de Expediente: 2012120931
No. de Presentación: 20120173002
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado MANUEL
FRANCISCO TELLES SUVILLAGA, en su calidad de APODERADO
de GADOR S. A., de nacionalidad ARGENTINA, solicitando el registro
de la MARCA DE FÁBRICA Y DE COMERCIO,
DAMSELLA
3 v. alt. No. F055851-2
Consistente en: La palabra DAMSELLA, que servirá para:
AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS, VETERINARIOS
No. de Expediente: 2011114087
No. de Presentación: 20110159781
Y ENFERMOS; EMPLASTOS, MATERIAL PARA VENDAJES;
MATERIALES PARA EMPASTAR DIENTES Y PARA IMPRONTAS
DENTALES; DESINFECTANTES; PREPARACIONES PARA
IA
R
CLASE: 05.
E HIGIÉNICOS; PRODUCTOS DIETÉTICOS PARA NIÑOS
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
D
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS
ERNESTO GUANDIQUE CHÁVEZ, en su calidad de APODERADO
de QUIMEX, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE
que se abrevia: QUIMEX, S. A. DE C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA Y
DE COMERCIO,
DESTRUIR LAS MALAS HIERBAS Y LOS ANIMALES DAÑINOS.
Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día veintitrés de agosto del año dos
mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
treinta de agosto del año dos mil doce.-
NEBADERM
Licda. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
Consistente en: La palabra NEBADERM, que servirá para:
AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS, DESINFECTANTES
E HIGIÉNICOS; EMPLASTOS, MATERIAL PARA CURAS
(APÓSITOS); MATERIAS PARA EMPASTAR LOS DIENTES Y
PARA MOLDES DENTALES. Clase: 05.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,
REGISTRADORA.
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F055932-2
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012.
No. de Expediente: 2012120934
103
La solicitud fue presentada el día veintitrés de agosto del año dos
mil doce.
No. de Presentación: 20120173005
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
treinta de agosto del año dos mil doce.-
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado MANUEL
FRANCISCO TELLES SUVILLAGA, en su calidad de APODERADO
de GADOR S. A., de nacionalidad ARGENTINA, solicitando el registro
de la MARCA DE FÁBRICA Y DE COMERCIO,
Licda. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,
SECRETARIO.
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A
LILA
3 v. alt. No. F055935-2
Consistente en: La palabra LILA, que servirá para: AMPARAR:
PRODUCTOS FARMACÉUTICOS, VETERINARIOS E HIGIÉNICOS; PRODUCTOS DIETÉTICOS PARA NIÑOS Y ENFERMOS;
EMPLASTOS, MATERIAL PARA VENDAJES; MATERIALES
PARA EMPASTAR DIENTES Y PARA IMPRONTAS DENTALES;
DESINFECTANTES; PREPARACIONES PARA DESTRUIR LAS
MALAS HIERBAS Y LOS ANIMALES DAÑINOS. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día veintitrés de agosto del año dos
mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintinueve de agosto del año dos mil doce.MARÍA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
NOMBRE COMERCIAL
No. de Expediente: 2012116178
No. de Presentación: 20120164517
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado PEDRO
FAUSTO ARIETA IGLESIAS, en su calidad de APODERADO
ESPECIAL de MARCELINO JOSÉ TUSELL ROVIRA, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE
COMERCIAL,
LUCÍA MARGARITA GALÁN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F055933-2
No. de Expediente: 2012120932
No. de Presentación: 20120173003
IA
R
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
D
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado MANUEL
FRANCISCO TELLES SUVILLAGA, en su calidad de APODERADO
de GADOR S. A., de nacionalidad ARGENTINA, solicitando el registro
de la MARCA DE FÁBRICA Y DE COMERCIO,
GADOFEN
Consistente en: La palabra GADOFEN, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS, VETERINARIOS E
HIGIÉNICOS; PRODUCTOS DIETÉTICOS PARA NIÑOS Y ENFERMOS; EMPLASTOS, MATERIAL PARA VENDAJES; MATERIALES
PARA EMPASTAR DIENTES Y PARA IMPRONTAS DENTALES;
DESINFECTANTES; PREPARACIONES PARA DESTRUIR LAS
MALAS HIERBAS Y LOS ANIMALES DAÑINOS. Clase: 05.
Consistente en: La expresión 7 SENTIDOS - EL ALMA DEL
CAFÉ - y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO DEDICADO A LA COMERCIALIZACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE PRODUCTOS Y DERIVADOS DEL CAFÉ Y TODO LO
RELACIONADO CON LA INDUSTRIA DEL SERVICIO DE LA
CAFETERÍA, ASÍ TAMBIÉN PARA SU EXPORTACIÓN, UBICADO
EN RESIDENCIAL PEDREGAL, COLONIA LA MASCOTA,
NUMERO DOS, DE LA CIUDAD, DISTRITO Y DEPARTAMENTO
DE SAN SALVADOR.
La solicitud fue presentada el día dieciséis de febrero del año dos
mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
cinco de junio del año dos mil doce.MARÍA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
LUCÍA MARGARITA GALÁN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C005958-2
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397
104
No. de Expediente: 2012116182
MARCELINO JOSE TUSELL ROVIRA, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,
No. de Presentación: 20120164521
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado PEDRO
FAUSTO ARIETA IGLESIAS, en su calidad de APODERADO de
MARCELINO JOSE TUSELL ROVIRA, de nacionalidad SALVAConsistente en: las palabras D'OR CAFE DE ORIGEN JOYA DE
IO
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A
DOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,
LA TIERRA y diseño, en donde D'OR se traduce al castellano como
DE ORO, que servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO
DEDICADO A LA COMERCIALIZACION Y DISTRIBUCION DE
PRODUCTOS Y DERIVADOS DEL CAFE Y TODO LO RELACIONADO CON LA INDUSTRIA DEL SERVICIO DE LA CAFETERIA,
Consistente en: las palabras TT TUSELL TOSTADORES y
diseño, que servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO
DEDICADO A LA COMERCIALIZACION Y DISTRIBUCION DE
PRODUCTOS Y DERIVADOS DEL CAFE Y TODO LO RELACIONA-
ASI TAMBIEN PARA SU EXPORTACION.
La solicitud fue presentada el día dieciséis de febrero del año dos
mil doce.
DO CON LA INDUSTRIA DEL SERVICIO DE LA CAFETERIA, ASI
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
TAMBIEN PARA SU EXPORTACION, UBICADO EN RESIDENCIAL
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
PEDREGAL, COLONIA LA MASCOTA NUMERO DOS, DE LA
cuatro de junio del año dos mil doce.
CIUDAD, DISTRITO Y DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR.
La solicitud fue presentada el día dieciséis de febrero del año dos
mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIO.
seis de junio del año dos mil doce.
3 v. alt. No. C005961-2
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL
No. de Expediente: 2012117918
SECRETARIO.
No. de Presentación: 20120167604
3 v alt. No. C005960-2
D
IA
R
LUCIA MARGARITA GALAN,
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de PEPSICO,
INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de
No. de Expediente: 2012116180
la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,
No. de Presentación: 20120164519
DONDE HAY PEPSI HAY MUSICA
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado PEDRO
Consistente en: la expresión DONDE HAY PEPSI HAY MU-
FAUSTO ARIETA IGLESIAS, en su calidad de APODERADO de
SICA, que servirá para: ATRAER LA ATENCION DEL PUBLICO
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012.
105
CONSUMIDOR SOBRE LOS PRODUCTOS CERVEZA; AGUAS
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
MINERALES Y GASEOSAS, Y OTRAS BEBIDAS SIN ALCOHOL;
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
BEBIDAS A BASE DE FRUTAS Y ZUMOS DE FRUTAS; SIROPES
treinta de julio del año dos mil doce.
Y OTRAS PREPARACIONES PARA ELABORAR BEBIDAS.
MARIA DAFNE RUIZ,
La solicitud fue presentada el día veinticinco de abril del año dos
REGISTRADOR.
mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIO.
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A
diez de agosto del año dos mil doce.
3 v. alt. No. F055854-2
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,
No. de Expediente: 2012118556
No. de Presentación: 20120168667
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C005933-2
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS
ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, en su calidad de APODERADO
No. de Expediente: 2012116669
No. de Presentación: 20120165468
de CALLEJA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD
COMERCIAL,
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS
ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, en su calidad de APODERADO
de CALLEJA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, so-
licitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD
COMERCIAL,
Consistente en: las palabras CON EL RINCÓN VERDE SELECTOS
y diseño, que servirá para: ATRAER LA ATENCIÓN DEL PÚBLICO
D
IA
R
CONSUMIDOR, SOBRE LOS SERVICIOS Y LOS PRODUCTOS
Consistente en: las palabras Pharmacy Selectos y diseño, en donde
QUE COMERCIALIZA LA EMPRESA.
La solicitud fue presentada el día veintiuno de mayo del año dos
mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
PHARMACY, se traduce al castellano como "Farmacia", que servirá para:
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
ATRAER LA ATENCIÓN DEL PÚBLICO CONSUMIDOR, HACIA
treinta de julio del año dos mil doce.
LOS SERVICIOS QUE PRESTA Y LOS PRODUCTOS QUE VENDE
LA EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS, ESPECIFICAMENTE: LOS
MARIA DAFNE RUIZ,
SERVICIOS CONSISTENTES EN LA ADMINISTRACIÓN DE UNA
REGISTRADOR.
CADENA DE FARMACIAS Y LOS PRODUCTOS COMERCIALIZADOS SON FARMACÉUTICOS.
La solicitud fue presentada el día seis de marzo del año dos mil
doce.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F055883-2
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397
106
NEZ, como Apoderada General Judicial del BANCO DE FOMENTO
SUBASTA PUBLICA
AGROPECUARIO , en contra de los Señores JOSE SAMUEL GOMEZ
RIVAS y SILVIA MARGARITA SANDOVAL SANDOVAL, reclaMARIA ESTHER FERRUFINO VDA. DE PARADA, JUEZ SEGUNDO
mándole cantidad de dólares, Interés y costas procesales se venderá
DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL,
en pública subasta en este Juzgado el siguiente inmueble : Un terreno
rústico, hoy urbano descrito en su antecedente como segundo terreno,
inicialmente por la Licenciada ROSA ALBA URRUTIA LOZANO
situado en Caserío Las Anonas, Cantón El Palón, Lolotique, San Miguel,
DE LARA y continuado por la Licenciada ANA SILVIA MENJIVAR
El Amatillo, de la capacidad superficial de OCHO MIL SEISCIENTOS
MARTINEZ, en su calidad de Apoderados del BANCO DE FOMENTO
UN METRO CUADRADO, lindante AL NORTE: con terreno de Juan
AGROPECUARIO, contra de los señores MIGUEL CELIN ZELAYA
Gómez; AL SUR: con José Antonio Sandoval Pérez; AL ORIENTE:
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HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil, promovido
y MARIA DAYSI CARBALLO DE ZELAYA, representados por la
con Juan Antonio Sandoval y Juana Sandoval Pérez, hoy también con
Licenciada FRIDA MARLENI GONZALEZ CAMPOS, en calidad de
Mario Sandoval; AL PONIENTE: con terreno de Federico Ascensio,
Agente Auxiliar del Procurador General de la República, reclamándole
Juan Gómez y Luis Alberto Sandoval Araujo, Inmueble que se encuentra
cantidad de dólares intereses y costas procesales; se venderá en pública
Inscrito bajo la Matrícula OCHO CERO CERO NUEVE CERO SEIS
subasta en este Juzgado el siguiente inmueble ""Una porción de terreno
NUEVE CINCO GUION CERO CERO CERO CERO CERO, propiedad
de naturaleza rústica situado en Jurisdicción de Chapeltique, Distrito y
de San Miguel, e inscrito a favor del Señor JOSE SAMUEL GOMEZ
Departamento de San Miguel, conocida con el nombre de Araniva, situado
RIVAS.
en el Cantón Hualama, de la capacidad superficial de CUATROCIENTOS
CUARENTA Y DOS PUNTO NUEVE METROS CUADRADOS, de
las medidas y linderos siguientes: AL NORTE: veinte punto noventa y
dos metros, colinda con propiedad del señor Lorgio Salamanca, calle
vecinal de por medio; AL ORIENTE: veintidós punto treinta y dos metros
colinda con propiedad del señor Santiago Ayala, callejón de por medio;
AL SUR: veintiuno punto setenta y cinco metros colinda con propiedad
de la señora María Olivia Zelaya Montoya; AL PONIENTE: veintiuno
Lo que hace saber al público para los efectos legales correspon-
dientes.
Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las diez
horas diez minutos del día diecinueve de septiembre de dos mil doce.
DRA. MARIA ESTHER FERRUFINO VDA. DE PARADA, JUEZ
SEGUNDO DE LO CIVIL.- LICDA. MARTA DOLORES COREAS,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C005940-2
punto trece metros colinda con propiedad de la señora Olivia Zelaya
Montoya, servidumbre de por medio de tres metros de ancho. Dicho
inmueble se encuentra Hipotecado a favor del BANCO DE FOMENTO
AGROPECUARIO en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la
Primera Sección de Oriente, bajo el Sistema de Folio Real Automatizado
inscrito en la matrícula número OCHO CERO CERO NUEVE CINCO
SEIS CERO UNO- CERO CERO CERO CERO CERO.
Lo que se pone en el conocimiento del público para los efectos de
ley.
Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las diez
R
horas treinta y cinco minutos del día, once de septiembre del dos mil
IA
doce. DRA. MARIA ESTHER FERRUFINO VDA. DE PARADA, JUEZ
SEGUNDO DE LO CIVIL.- LICDA. MARTA DOLORES COREAS,
D
SECRETARIA.
LA INFRASCRITA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE LA LIBERTAD,
HACE SABER: Que en Juicio Ejecutivo Mercantil clasificado con
el número 52-2010-C, promovido Inicialmente por la Licenciada Claudia
Carolina Criollo Salazar, y continuado por el Licenciado Eduardo Enrique
Mejía Lemus, con Número de Identificación Tributaria cero seiscientos
catorce - cero nueve cero tres ochenta - ciento treinta - cero, en su calidad de Apoderado General Judicial con Cláusula Especial del BANCO
3 v. alt. No. C005939-2
DE FOMENTO AGROPECUARIO, Institución Oficial de Crédito del
domicilio de San Salvador, con Número de Identificación Tributaria
cero seiscientos catorce- cero diez mil setecientos setenta y cuatro - cero
cero dos - cinco, contra los señores MARGOTH ESCAMILLA FLAMENCO y JOSÉ DAVID MARTÍNEZ SALAMANCA, con Número
MARIA ESTHER FERRUFINO VDA. DE PARADA JUEZ SEGUNDO
DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL:
de Identificación Tributaria en su orden respectivo: cero quinientos
nueve - cero cincuenta mil doscientos ochenta y uno - ciento dos - seis
y cero quinientos once - trescientos un mil doscientos setenta - ciento
HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido
dos - ocho; se VENDERÁ EN PÚBLICA SUBASTA en este Tribunal
inicialmente por la Licenciada ROSA ALBA URRUTIA LOZANO DE
un Inmueble de naturaleza rústica, situado en CANTÓN SAN SEBAS-
LARA, continuado por RUBEN EDUARDO PEREZ RODRIGUEZ y
TIÁN, JURISDICCIÓN DE ZARAGOZA, DEPARTAMENTO DE LA
actualmente por la Licenciada ANA SILVIA MENJIVAR MARTÍ-
LIBERTAD, de una extensión superficial de DOS MIL SETECIENTOS
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012.
107
NOVENTA Y DOS PUNTO ONCE METROS CUADRADOS; cuya
identifica con el número SESENTA Y OCHO DEL POLIGONO "C",
descripción es la siguiente: AL SUR: setenta y ocho metros ochenta
de una extensión superficial de SETENTA Y SEIS PUNTO TREINTA
y cuatro centímetros, linda terreno de Asisclo Ponce Granados; AL
Y UN METROS CUADRADOS, inscrito a favor de las demandadas
PONIENTE: treinta y dos metros dieciocho centímetros, con porción
en un porcentaje del cincuenta por ciento cada uno, bajo la Matrícula
de Miguel Ángel Reyes Estrada; AL NORTE: ochenta y ocho metros
SEIS CERO CERO CERO CERO UNO UNO OCHO - CERO CERO
cuarenta y ocho centímetros, con porción de Blanca Estela Campos
CERO CERO CERO, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de
Ponce y AL ORIENTE: treinta y seis metros cuarenta y dos centímetros,
la Primera Sección del Centro, Departamento de San Salvador.
linda únicamente con terreno que fue de Juan de Jesús Castillo, hoy de
Se admitirán posturas siendo éstas legales
Alejandro Funes, calle de seis metros de ancho de por medio. El inmueble
anteriormente descrito es propiedad del señor JOSÉ DAVID MARTINEZ
Librado en el Juzgado Quinto de lo Mercantil; San Salvador, a las
ocho horas del día diez de julio de dos mil doce. LIC. JOSE MARIA
CERO CERO SIETE OCHO OCHO OCHO UNO - CERO CERO CERO
ESTRADA ALVAREZ, JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL.- LIC.
CERO CERO, en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la
DAVID ERNESTO GRIMALDI ZAYAS, SECRETARIO JUDI-
Cuarta Sección del Centro con sede en la Ciudad de Santa Tecla; dicho
CIAL.
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SALAMANCA, inscrito a favor de ésta bajo la matrícula número TRES
Inmueble se encuentra gravado con Primera Hipoteca Abierta Inscrita a
3 v. alt. No. F055744-2
favor del BANCO DE FOMENTO AGROPECUARIO, bajo el número
de Matrícula TRES CERO CERO SIETE OCHO OCHO OCHO UNO
- CERO CERO CERO CERO CERO asiento CUATRO, en el Registro
de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Cuarta Sección del Centro con
sede en la Ciudad de Santa Tecla. Ordenándose el valuó del inmueble
LICENCIADO SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TER-
antes descrito;
CERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PÚBLICO
Lo que se avisa al público para los efectos legales correspondien-
PARA LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que en el JUICIO EJECUTIVO CIVIL, Exp.
tes.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de La Libertad, a los
veinticuatro días del mes de abril de dos mil doce. LICDA. DIGNA
GLADIS MEDRANO DE GOMEZ, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. JOEL ALBERTO NAVARRO RAMOS, SECRETARIO.
No. 44/10 promovido por el Ingeniero MARIANO ROLANDO CASTRO SALGUERO, en contra de la señora MARITZA DEL CARMEN
RAMÍREZ DE MENENDEZ, reclamándole cantidad de dinero y
accesorios, se venderá por este Juzgado en Pública Subasta, en fecha
y precio que oportunamente se determinará, el INMUEBLE siguiente;
Un inmueble de naturaleza urbana situada en el Centro de la ciudad de
3 v. alt. No. C005941-2
Santa Ana, desmembrada al rumbo oriente de un inmueble general de
mayor extensión superficial; de un área de CIENTO CINCUENTA Y
CUATRO PUNTO CUARENTA METROS CUADRADOS, y las medidas y colindancias siguientes: AL NORTE: Seis punto treinta y cinco
metros, linda con resto del Inmueble de donde se desmembró, propiedad
EL INFRASCRITO JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL DEL CEN-
R
TRO JUDICIAL INTEGRADO DE DERECHO PRIVADO Y SOCIAL
IA
DE SAN SALVADOR, AL PÚBLICO EN GENERAL:
de la "Sociedad Tecana, Sociedad Anónima de Capital Variable", AL
SUR: Seis punto veintinueve metros, Cuarta Calle Oriente de por medio,
linda en parte con Teatro Nacional y con Centro Judicial Ángel Gochéz
Castro; AL PONIENTE: Veinticuatro punto cuarenta y cuatro metros,
linda con propiedad de Manuel Vicente Ramírez Tovar; y AL ORIENTE:
por la Licenciada DINORA ALICIA LARIOS LANDAVERDE, mayor
Veinticuatro punto cuarenta y dos metros, linda con casa de la sucesión
de edad, Abogada y de este domicilio, como Apoderada General Judicial
de don Santiago Díaz. Inscrito dicho inmueble a favor de la ejecutada
del BANCO CITIBANK DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONI-
MARITZA DEL CARMEN RAMÍREZ DE MENENDEZ, en un cien
MA, antes denominado BANCO CUSCATLAN DE EL SALVADOR,
por ciento a la matrícula DOS CERO DOS CERO CERO CERO SEIS
SOCIEDAD ANONIMA, del domicilio de Santa Tecla, Departamento
SEIS GUION CERO CERO CERO CERO CERO, del Registro de la
de La Libertad, contra los señores EDUARDO NAPOLEON CORTEZ
Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de Occidente.
D
HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil, promovido
DEL CID, y ELIDA CECIBEL RECINOS CAMPOS, ambos mayores
de edad, empleados y de este domicilio, se venderá en este Tribunal en
Pública Subasta, en fecha que más adelante se especificará: un inmueble de naturaleza urbana, situado en el lugar denominado CANTON
LOMAS DE CANDELARIA, JURISDICCION Y DEPARTAMENTO
DE SAN SALVADOR, en donde se ha desarrollado la URBANIZACION RESIDENCIAL CIMA IV, de la cual forma parte el lote que se
Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil; Santa Ana, a las diez
horas del día cinco de septiembre del año dos mil doce. LIC. SAMUEL
MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL.LICDA. MARISOL DEL CARMEN LEMUS POLANCO, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F055772-2
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397
108
EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE LO MERCANTIL SUPLEN-
nización Montes de San Bartolo IV etapa, Jurisdicción de Soyapango,
TE DEL CENTRO JUDICIAL INTEGRADO DE DERECHO PRIVADO
departamento de San Salvador, ubicado al norte de la calle que conduce
Y SOCIAL DE SAN SALVADOR, AL PUBLICO EN GENERAL,
a la Fuente, cantón El Tránsito, segregado de los tablones llamados El
HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido
inicialmente por la Licenciada ANA CONCEPCION IRIAS LOZANO
y continuado por el Licenciado MARTIN SALVADOR MORALES
SOMOZA, ambos actuando como Apoderados Generales Judiciales de
SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.; contra los señores FRANCISCO
METROS CUADRADOS equivalentes a ochenta y cinco punto ochenta
y cinco varas cuadradas, cuya descripción es la siguiente: Partiendo del
punto de intersección de los ejes del Boulevard Las Pavas y el pasaje
número treinta y dos, ambos abiertos en la Urbanización Montes de San
Bartolo IV Etapa, el segundo con rumbo norte, dieciséis grados veinticinco
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OVANDO RAMIREZ y JULIO ANTONIO GONZALEZ RIVERA, se
Aguacate y La Estancada, de una extensión superficial de SESENTA
venderá en Pública Subasta en este Tribunal y en fecha que será señalada
minutos cuarenta y seis segundos Oeste, se mide sobre el eje de este,
posteriormente, el inmueble que a continuación se describe: ""Inmueble
una distancia de ochenta y un punto cincuenta y cinco metros, en este
ubicado en Avenida Principal y Calle Circunvalación, al oriente del
Centro Urbano Santa Lucía, situado en jurisdicción de Ilopango, en el
Valle de Santa Lucía, Departamento de San Salvador, en donde se ha
punto haciendo una deflexión izquierda de noventa grados y distancia
de dos punto cincuenta metros, se llega al mojón número uno esquina
Nor-oriente del lote que se describe así: al Norte: partiendo del mojón
desarrollado el proyecto denominado RESIDENCIAL SANTA LUCIA,
número uno, tramo recto con rumbo sur, setenta y tres grados treinta y
del cual forma parte el Lote Número DOCE del Polígono "L", que mide:
cuatro minutos catorce segundos Oeste y distancia de doce metros se
NORTE: línea recta de veintiuno punto veinte metros; ORIENTE, línea
llega al mojón número dos lindando por este lado con lote número vein-
recta de cinco punto cero cero metros; SUR, línea recta de veintiuno
punto veinte metros; y PONIENTE, línea recta de cinco punto cero
cero metros, de una extensión superficial de CIENTO SEIS PUNTO
CERO CERO METROS CUADRADOS, dicho inmueble está inscrito
bajo la matrícula M CERO UN MILLON DOSCIENTOS VEINTIDOS
MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y SEIS, del Registro Social de
tidós del mismo polígono: al poniente: partiendo del mojón número dos
tramo recto con rumbo sur dieciséis grados veinticinco minutos catorce
segundos Este y distancia de cinco metros se llega la mojón número tres,
lindando por este lado con lote número diecinueve del mismo polígono.
AL SUR: partiendo del mojón número tres, tramo recto con rumbo norte,
setenta y tres grados treinta y cuatro minutos catorce segundos Este y
distancia de doce metros, se llega al mojón número cuatro, lindando por
Inmuebles.
este lado con lote número dieciocho del mismo polígono. AL ORIEN-
Se admitirán posturas siendo legales, lo que se avisa al público
para los efectos de ley.
TE: partiendo del mojón número cuatro, tramo recto con rumbo norte
dieciséis grados veinticinco minutos catorce segundos Oeste y distancia
de cinco metros se llega al mojón número uno, sitio donde se inició la
San Salvador, a las ocho horas y treinta minutos del día doce de septiembre
presente descripción, lindando por este lado con lote número diecinueve,
del dos mil doce. LIC. JOSE GUILLERMO RAMOS CHORRO, JUEZ
polígono cuarenta y siete, pasaje número treinta y dos de por medio de
SEGUNDO DE LO MERCANTIL SUPLENTE.- LICDA. TERESA DE
cinco metros de ancho. Todos los lotes colindantes y accesos son o han
JESUS VASQUEZ VASQUEZ, SECRETARIA.
sido propiedad de Edificaciones A.G. S.A DE C.V. El inmueble así
3 v. alt. No. F055792-2
D
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LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO MERCANTIL:
descrito es propiedad del señor Mario Orlando Merino Aguilar, según
matrícula número M05148466, asiento 4 del Registro de la Propiedad
Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, San Salvador.
Se admitirán posturas siendo legales.
Lic. Edgar Orlando Zúniga Rivas, Juez de lo Civil del Distrito Judicial
de Soyapango.
Hace saber: Que en el Juicio Ejecutivo Civil promovido por el
Abogado José Mario Denis Molina en calidad de apoderado del Fondo
Social para la Vivienda, contra el señor Mario Orlando Merino Aguilar,
clasificado al número 0098509CCEJC01-C01-2 se autorizará vender
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de
ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las quince horas
del ocho de mayo de dos mil doce. LIC. EDGAR ORLANDO ZUNIGA
RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. MARIA ESTELA SORIANO
NAVARRETE, SECRETARIA.
en pública subasta en este Juzgado, el inmueble de naturaleza urbana y
construcciones que contiene identificado como lote número VEINTE
del polígono CUARENTA Y SEIS, pasaje TREINTA Y DOS, Urba-
3 v. alt. No. F055882-2
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012.
109
YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA
"S" Norte, Polígono número CUARENTA, marcado con el número
TECLA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
VEINTIDOS, de la jurisdicción de Soyapango, departamento de San
HACE SABER: Que por resolución proveída por este juzgado, a
las diez horas y quince minutos del día trece de julio del corriente año,
en el Juicio Ejecutivo Civil promovido por la Licenciada Nora Elizabeth
Herrera Carpio, en calidad de apoderada del FONDO SOCIAL PARA LA
VIVIENDA, contra el señor MIGUEL ANGEL BARRERA MELENDEZ
conocido por MIGUEL ANGEL BARRERA, SE VENDERA EN
nueve punto cero cero metros; AL ORIENTE; cinco punto cero cero
metros; AL SUR; nueve punto cero cero metros; y AL PONIENTE: cinco
punto cero cero metros. El inmueble antes descrito tiene una extensión
superficial de CUARENTA Y CINCO PUNTO CERO CERO METROS
CUADRADOS. Inscrito a favor del señor JORGE ALBERTO SIGUACHI
conocido por JORGE ALBERTO LEIVA SIGUACHI, bajo la Matrícula
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PUBLICA SUBASTA EN ESTE JUZGADO Y EN FECHA QUE
Salvador; cuya ubicación y descripción es la siguiente: AL NORTE;
OPORTUNAMENTE SE SEÑALARA, EL SIGUIENTE INMUEBLE:
número 60269434-00000, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas
Un lote de terreno urbano y construcciones que contiene, marcado con
de la Primera Sección del Centro, de la Ciudad de San Salvador.
el número SEIS, del block DIECISEIS, de una extensión superficial de
Lo que se hace saber al público, para efectos de Ley.
SESENTA Y CINCO METROS CUADRADOS, el cual forma parte
de la urbanizaci6n "Nuevo Lourdes", situada en jurisdicción de Colón,
departamento de La Libertad, y según razón constancia de inscripción
Urbanización Nuevo Lourdes, block dieciséis, lote seis, urbanización.
Nuevo Lourdes, Once Etapa Porción, Colón, La Libertad, cuyas medidas
Juzgado de Primera Instancia de Izalco, Departamento de
Sonsonate, a los veintinueve días del mes de mayo del año dos mil doce.
LIC. ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIMERA
INSTANCIA.- LICDA. SARA ALBERTINA VILLEDA SANCHEZ,
SECRETARIO.
perimetrales son las siguientes: AL NORTE Y AL SUR: cinco metros
3 v. alt. No. F055885-2
Y AL ORIENTE Y AL PONIENTE: trece metros. Dicho inmueble se
encuentra inscrito a favor del señor MIGUEL ANGEL BARRERA
MELENDEZ conocido por MIGUEL ANGEL BARRERA, a la matrícula
número 30017578-00000 del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas
de la Cuarta Sección del Centro, departamento de La Libertad.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las nueve
horas y cuarenta minutos del día veintisiete de agosto de dos mil doce.
LIC. YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR.
KARINA VANESSA SILVA DE SOMOZA, SECRETARIA.
JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Al Público para efectos de ley, que por ejecución
seguida en este Tribunal por el Licenciado RAMON JOSE ANDRES
MENDEZ QUINTEROS, en su calidad de Apoderado del FONDO
SOCIAL PARA LA VIVIENDA, que se abrevia "EL FONDO", contra
3 v. alt. No. F055884-2
el señor CARLOS SANTOS conocido por CARLOS CALLES SAN-
D
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R
TOS, mayor de edad, de último domicilio conocido el de jurisdicción
de Apopa, de este Departamento, actualmente representado legalmente
por el Curador Ad-Litem nombrado Doctor CARLOS CABALLERO
BERMUDEZ, reclamándole cantidad de colones y demás accesorios
LICENCIADO ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRI-
legales se venderá en Pública Subasta en este Tribunal, el bien Inmueble
MERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
embargado siguiente: """Un lote de terreno urbano y construcciones del
HACE SABER: Que por ejecución promovida en este Tribunal
por la Licenciada PATRICIA ELENA SANCHEZ DE MORAN, como
Apoderada General Judicial del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA,
que puede abreviarse "EL FONDO"., contra el señor JORGE ALBERTO
SIGUACHI conocido por JORGE ALBERTO LEIVA SIGUACHI; se
venderá en este Juzgado en Pública Subasta, en fecha que oportunamente
se publicará; UN INMUEBLE de naturaleza urbana, situado en la Urbanización REPARTO LA CAMPANERA, SEGUNDA ETAPA, Pasaje
sistema mixto que contiene marcado con el número TREINTA Y OCHO,
del polígono CUATRO, del pasaje TRES NORTE, de la Urbanización
Valle Verde III, situada en el Cantón San Nicolás, jurisdicción de Apopa,
de este Apopa, de este Departamento, de una extensión superficial de
CINCUENTA METROS CUADRADOS, equivalentes a setenta y uno
punto cincuenta y cuatro varas cuadradas, y en el hay construida una
casa de sistema mixto, y tiene las medidas perimetrales siguientes: AL
PONIENTE: cinco punto cero cero metros. AL NORTE: diez punto cero
cero metros. AL ORIENTE: cinco punto cerocero metros; Y AL SUR:
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397
110
diez punto cero cero metros." El inmueble antes descrito, se encuentra
JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL
inscrito a favor del señor CARLOS SANTOS conocido por CARLOS
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
CALLES SANTOS, bajo la Matrícula número M CERO UNO DOS
HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por ejecu-
DOS CUATRO CINCO SEIS OCHO, del Registro de la Propiedad Raíz
ción seguida en este Tribunal por la Licenciada NORA ELIZABETH
e Hipotecas de este Departamento.
HERRERA CARPIO, como Apoderada del "FONDO SOCIAL PARA
Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.
LA VIVIENDA", que se abrevia "EL FONDO", Institución de Crédito
Autónoma, de este domicilio, contra la señora MARIA LUZ AGUILAR,
mayor de edad, Empleada, del domicilio de San Salvador, departamento
de San Salvador, reclamándole cantidad de dólares y demás accesorios
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Librado en la Oficina de Sustanciación, Juzgado Tercero de lo
Civil: San Salvador, a las catorce horas del día diecisiete de agosto
del año dos mil doce. DR. JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ
TERCERO DE LO CIVIL.- BR. ALEX ALBERTO SORTO MELARA,
SECRETARIO.
legales, se venderá en pública subasta en este Tribunal, el bien inmueble
embargado siguiente: "Lote de terreno urbano y construcciones que
contiene marcado con el número CATORCE polígono E - uno, pasaje
treinta y uno, el cual forma parte de la Urbanización "EL TIKAL NORTE", situada en jurisdicción de Apopa, de este departamento, con una
3 v. alt. No. F055886-2
extensión superficial de SESENTA metros cuadrados, cuya descripción
técnica es la siguiente: A partir de la intersección de pasaje número treinta
y cinco y pasaje número treinta y uno después de recorrer una distancia
de treinta y tres metros sobre el eje de pasaje número treinta y uno con
rumbo Sur ochenta y un grados veintiséis punto nueve minutos Oeste
a partir del cual con una deflexión izquierda de noventa grados y una
DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA
INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN JUAN OPICO,
distancia de tres metros se llega a un punto marcado con la letra A, que
pertenece al esquinero Nor-Oriente a partir del cual se inicia la presente
descripción: Línea recta A-B de doce metros con rumbo Sur cero ocho
DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD.
grados treinta y tres punto un minuto Este lindando con lote número
HACE SABER: Al público para los efectos de ley, que en el
doce del polígono E-uno de la misma urbanización. AL SUR: Línea
Juicio Ejecutivo Civil clasificado bajo el número de referencia 146-
recta B-C de cinco metros con rumbo Sur ochenta y un grados veintiséis
EC-2009, promovido por el Licenciado SAMUEL LANDAVERDE
punto nueve minutos Oeste, lindando con lote número trece del polígono
HERNANDEZ, en calidad de Apoderado General Judicial con Cláusulas
E-uno de la misma urbanización; AL PONIENTE: Línea recta C-D de
Especiales del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, en contra del
doce metros con rumbo Norte cero ocho grados treinta y tres punto un
señor HECTOR ANTONIO VELA, se venderá en PUBLICA SUBASTA
en este Juzgado en fecha posterior, un inmueble de naturaleza urbana,
identificado lote Número Doce, del Block Dos, Urbanización San
R
Francisco, Jurisdicción de Ciudad Arce, departamento de La Libertad,
IA
inscrito a la matrícula número TRES CERO DOS CERO CERO UNO
minuto Oeste, lindando con lote número dieciséis del polígono E-uno de
la misma urbanización; AL NORTE: Línea recta D-A de cinco metros
con rumbo Norte ochenta y un grados veintiséis punto nueve minutos
Este lindado con lote números cuarenta y tres y cuarenta y cinco del
polígono F de la misma urbanización y pasaje número treinta y uno de
por medio de seis metros de ancho. El inmueble anteriormente descrito
se encuentra inscrito a favor de la señora MARIA LUZ AGUILAR, bajo
de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Cuarta Sección del Centro Santa
la Matrícula SEIS CERO UNO CERO DOS CINCO NUEVE SEIS -
Tecla, a favor del señor HECTOR ANTONIO VELA.
CERO CERO CERO CERO CERO propiedad del Departamento de San
D
OCHO CUATRO - CERO CERO CERO CERO CERO, del Registro
Salvador."
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico,
departamento de La Libertad, a las diez horas y treinta minutos del día
Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.
nueve de agosto de dos mil doce. LICDO. DAVID AMAEL MORAN
Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las doce
ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDO. CARLOS
horas con veinte minutos del día veintiséis de julio del dos mil doce.
dr. jose manuel molina lopez, JUEZ TERCERO DE LO
ARNULFO SOSA FLORES, SECRETARIO.
CIVIL.- BR. ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F055887-2
3 v. alt. No. F055888-2
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012.
ABELINA CARDOZA RIVERA, JUEZ DECIMO QUINTO DE PAZ,
INTERINA, DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: al público para efectos de ley que por ejecución
seguida en este Tribunal, por el Doctor Salvador Heriberto Ramírez,
111
Librado en el Juzgado Décimo Quinto de Paz, a las doce horas del
día veinte de marzo del año dos mil nueve. LIC. ABELINA CARDOZA
RIVERA, JUEZ DECIMO QUINTO DE PAZ. INTA.- LIC. RAFAEL
ANTONIO IRAHETA TAMAYO, SECRETARIO.
como Apoderado General Judicial del Fondo Social para la Vivienda.
3 v. alt. No. F055889-2
Institución de crédito autónoma de este domicilio, que se abrevie "EL
FONDO", contra el señor MOISÉS PORTILLO o MOISÉS RIVAS
GOMEZ o MOISÉS RIVAS o MOISÉS GOMEZ RIVAS, mayor de edad,
SALVADOR CANO GUTIÉRREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL
DE ESTE MUNICIPIO.
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empleado del domicilio de Tonacatepeque, reclamándole la cantidad de
dinero y demás accesorios legales, que se venderá en pública subasta, en
HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por ejecución
NES QUE CONTIENE MARCADO CON EL NUMERO CATORCE,
promovida en este Juzgado, por el Licenciado RAMÓN JOSÉ ANDRÉS
POLÍGONO VEINTE, DE LA URBANIZACIÓN REPARTO "SAN
MÉNDEZ QUINTEROS, en su carácter de Apoderado General Judicial
JOSE DE LAS FLORES". PRIMERA FASE DE LA PRIMERA ETA-
del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA contra el demandado señor
PA, SITUADA EN EL CANTON LAS FLORES. JURISDICCION DE
ALBERTO ARTURO CARRANZA MENJIVAR, se venderá en pública
TONACATEPEQUE DE ESTE DEPARTAMENTO, que se localizo:
subasta el inmueble que le pertenece al demandado señor CARRANZA
partiendo de la intersección de los ejes del pasaje número diecisiete y
MENJIVAR, en este mismo juzgado en fecha y por el precio que
pasaje número dieciséis, abiertos en el terreno general, con rumbo sur,
oportunamente se indicará, el bien inmueble embargado siguiente:"Un
ochenta y seis grados cincuenta y cinco punto cuatro minutos este, se
inmueble de naturaleza urbana y construcciones que contiene, marcado
mide una distancia de cuarenta y ocho metros noventa centímetros, en este
como APARTAMENTO NÚMERO TREINTA Y CUATRO, DEL
punto haciendo una deflexión izquierda de noventa grados y una distancia
EDIFICIO MULTIFAMILIAR TREINTA Y OCHO, PORCIÓN H, el
de dos metros y cincuenta centímetros, se llega al punto número uno del
cual forma parte del CENTRO URBANO IVU, ANTES CENTRO UR-
lote que se describe; AL, PONIENTE: del punto número uno, con rumbo
BANO MONSERRAT NUMERO DOS, situado en el lugar denominado
norte, tres grados cuatro punto seis minutos este, y una distancia de diez
Monserrat, jurisdicción y Departamento de San Salvador, y según razón
metros veinte centímetros, se llega al punto número dos, lindando con el
y constancia de inscripción, APARTAMENTO NUMERO TREINTA Y
lote número quince del mismo bloque; AL NORTE: del punto número
CUATRO, NIVEL TRES, EDIFICIO TREINTA Y OCHO, PORCIÓN
dos, con rumbo sur ochenta y seis grados cincuenta y cinco punto cuatro
H, LUGAR DENOMINADO MONSERRAT, CONDOMINIO CENTRO
minutos este, y una distancia de siete metros y cuarenta centímetros, se
URBANO IVU, SAN SALVADOR, el cual mide y linda: AL NORTE,
llega al punto número tres, lindando con el lote número siete del mismo
con espacio aéreo sobre la zona verde la porción H. AL ESTE, con
bloque; AL ORIENTE: del punto número tres, con rumbo sur, tres grados
espacio aéreo sobre la zona verde la porción H. AL SUR, con espacio
cuatro punto seis minutos oeste, y una distancia de diez metros veinte
aéreo sobre zona de la porción H, pasillo de por medio. AL OESTE,
centímetros, se llega al punto número cuatro, lindando con lote número
con el apartamiento treinta y tres, pared medianera de por medio, en la
trece del mismo bloque; AL SUR: del punto número cuatro con rumbo
parte inferior con el apartamento veinticuatro obra gruesa medianera de
norte, ochenta y seis grados cincuenta y cinco punto cuatro minutos
por medio y en la parte superior con el apartamiento cuarenta y cuatro,
R
este Juzgado el bien inmueble siguiente: UN LOTE Y CONSTRUCCIO-
oeste, y una distancia de siete metros cuarenta centímetros, se llega al
obra gruesa medianera de por medio."El inmueble anteriormente descrito está inscrito a favor del demandado señor ALBERTO ARTURO
con zona verde "D",y pasaje número dieciséis, de cinco metros de ancho
CARRANZA MENJIVAR, bajo la Matrícula Número SEIS CERO
de por medio. Los lotes colindantes pertenecen a la misma urbanización
CERO TRES OCHO OCHO NUEVE OCHO - A CERO DOS SEIS
y son o han sido propiedad de "VIVIENDAS FACTIBLES" S.A. DE
OCHO, en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera
C.V. El lote descrito tiene un área de setenta y cinco metros cuadrados,
Sección del Centro, departamento de San Salvador.
D
IA
punto número uno, donde se inició la presente descripción, lindando
cuarenta y ocho decímetros cuadrados equivalentes a ciento ocho varas,
cuadradas.- El inmueble anteriormente descrito está inscrito a favor del
señor MOISÉS PORTILLO o MOISÉS RIVAS GOMEZ o MOISÉS
RIVAS o MOISÉS GOMEZ RIVAS, al número sesenta y uno del libro
TRES MIL TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE, Registro de Propiedad
de este Departamento.
Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.
LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: SAN
SALVADOR, a las catorce horas y diez minutos del día veintiséis de
enero de dos mil doce. DR. SALVADOR CANO GUTIERREZ, JUEZ
SEGUNDO DE LO CIVIL.- LIC. TATIANA VILMA MERCEDES
CACERES RUBIO, SECRETARIA.
Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.
3 v. alt. No. F055890-2
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397
112
VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE
hasta su completo pago, transacción o remate y Costas Procesales; se ha
LO CIVIL DE APOPA,
ordenado VENDER EN PUBLICA SUBASTA, en este mismo Juzgado,
en fecha y por el precio que oportunamente se indicará, el lote de terreno
urbano y construcciones que contiene, marcado con el número TREINTA
HACE SABER: Al público para los efectos de ley, que en el Juicio
Ejecutivo Civil, promovido por el Licenciado GILBERTO ENRIQUE
ALAS MENENDEZ, con Tarjeta de Identificación Tributaria Número:
Cero seis uno cuatro- cero cuatro cero cinco cinco seis -cero cero cua-
LA URBANIZACION VALLE VERDE TERCERA ETAPA, situada
en el Cantón San Nicolás, Jurisdicción de Apopa, departamento de San
Salvador, de una extensión superficial de CINCUENTA METROS
CUADRADOS, de las medidas perimetrales siguientes: AL SUR: Diez
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tro - nueve; como Apoderado General Judicial con Cláusula Especial
Y TRES, DEL POLIGONO VEINTISEIS, PASAJE "Ñ" NORTE DE
del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, Institución de Crédito,
Autónoma de Derecho Público, del domicilio de San Salvador, con
Tarjeta de Identificación Tributaria Número: Cero seiscientos catorce - cero setenta mil quinientos setenta y cinco - cero cero dos - seis;
contra el señor MIGUEL ANGEL NOLASCO CHICAS; quien a la
fecha del otorgamiento del Mutuo Hipotecario era de veintidós años de
metros, AL PONIENTE: Cinco metros, AL NORTE: Diez metros, Y AL
ORIENTE: Cinco metros, Inscrito en el Registro de la Propiedad Raíz
e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, en el Sistema de Folio
Real Automatizado, en la Matrícula Número: SESENTA MILLONES
VEINTITRES MIL CUATROCIENTOS NOVENTA-CERO CERO
CERO CERO CERO.
edad, Vendedor, con Tarjeta de Identificación Tributaria Número: Cero
seiscientos ocho-doscientos mil ciento setenta y seis-ciento uno-uno;
Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las nueve horas
siendo su último domicilio conocido la ciudad de Apopa, actualmente
y cuarenta minutos del día once de junio del año dos mil doce. Dra.
de paradero ignorado; representado por su Curador Ad-Lítem nombrado,
VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE
Licenciado FAUSTO ANTONIO GUTIERREZ MOLINA, de treinta y
LO CIVIL DE APOPA. Licda. MARIA OFELIA VALENCIA CAÑAS,
cuatro años de edad, Abogado, del domicilio de Santa Tecla, con Tarjeta
SECRETARIA INTERINA.
de Identificación Tributaria Número: Cero seiscientos catorce-cero treinta
mil setecientos setenta y siete-ciento diecinueve-tres; reclamándole el
3 v. alt. No. F055891-2
pago de CUATRO MIL SETECIENTOS DIECISIETE DOLARES
DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA CON TREINTA Y
DOS CENTAVOS DE DOLAR, como deuda principal; más el interés
convencional devengado del SEIS POR CIENTO ANUAL SOBRE
SALDOS INSOLUTOS, contado a partir del día veintitrés de junio
del año dos mil tres, hasta el día treinta y uno de diciembre del año dos
EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE LO MERCANTIL DEL
CENTRO JUDICIAL INTEGRADO DE DERECHO PRIVADO Y
SOCIAL DE SAN SALVADOR, AL PUBLICO EN GENERAL,
mil cuatro; con tasas modificadas del SIETE POR CIENTO ANUAL
HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido
del año dos mil cinco, hasta el día treinta y uno de diciembre del año
por la Licenciada BLANCA SILVIA VILLEGAS LINARES, actuando
dos mil cinco; del SIETE PUNTO SETENTA Y SIETE POR CIENTO
como Apoderada del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA; contra
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SOBRE SALDOS INSOLUTOS, contado a partir del día uno de enero
ANUAL SOBRE SALDOS INSOLUTOS, contado a partir del día uno
la señora GEORGINA MARGARITA SORIANO VALENCIA, se
de enero del año dos mil seis; hasta el día treinta y uno de diciembre
venderá en Pública Subasta en este Tribunal, en fecha y hora que será
del año dos mil seis; y del SIETE PUNTO NOVENTA Y SIETE POR
señalada posteriormente, el inmueble que a continuación se describe:
CIENTO ANUAL SOBRE SALDOS INSOLUTOS, contado a partir
"UN INMUEBLE urbano que según antecedentes se describe así: Lote
del día uno de enero del año dos mil siete, hasta la cancelación total de
de terreno urbano y construcciones que contiene, identificado con el
la deuda; Primas de Seguro de Vida y de Daños a la Propiedad, por la
Número VEINTE Polígono "L", de la Residencial Altavista, situado en
cantidad de DOSCIENTOS SESENTA Y TRES DOLARES DE LOS
jurisdicción de Tonacatepeque, Departamento de San Salvador, de una
ESTADOS UNIDOS DE AMERICA CON SETENTA Y UN CEN-
extensión superficial de SESENTA Y SIETE PUNTO ONCE METROS
TAVOS DE DOLAR, comprendidas desde el día uno de julio del año
CUADRADOS, cuyas medidas perimétricas son: AL NORTE: diez
dos mil tres, hasta el día veintiséis de febrero del año dos mil diez; todo
metros; AL ORIENTE: cinco punto sesenta y dos metros; AL SUR:
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012.
113
diez punto veintitrés metros; y, AL PONIENTE: siete punto ochenta
Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las quince
metros. El inmueble anteriormente descrito es propiedad de la señora
horas y cuarenta minutos del día cinco de septiembre de dos mil doce.
GEORGINA MARGARITA SORIANO VALENCIA, según Matrícula
Enmendados-Deborah-apoderada-CINCUENTA-ORALIA-Valen. Más
número M CERO UNO UNO DOS SEIS SEIS DOS OCHO del Registro
enmendado-cinco-Vale. Testado-DE-No Vale. Lic. YOALMO ANTO-
de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro,
NIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL. Br. KARINA VANESSA SILVA
DE SOMOZA, SECRETARIA.
Departamento de San Salvador.
Se admitirán posturas siendo legales, lo que se avisa al Público
3 v. alt. No. F055929-2
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para los efectos de Ley.
LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO MERCANTIL:
San Salvador, a las quince horas treinta y cinco minutos del día diecisiete
de agosto del año dos mil doce. Lic. ERNESTO CEA, JUEZ SEGUNDO
DE LO MERCANTIL. Lic. TERESA DE JESUS VASQUEZ VASQUEZ,
SECRETARIA.
LA INFRASCRITA JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL DE ESTE
DISTRITO JUDICIAL, AL PÚBLICO EN GENERAL,
HACE SABER: Que en el Juicio Mercantil Ejecutivo marcado
3 v. alt. No. F055927-2
con el número 6237-EM-10, promovido por la Licenciada PATRICIA
ELENA SANCHEZ DE MORAN, actuando en su calidad de Apoderada
General Judicial del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, contra la
señora MARTA GLADYS MUÑOZ DE CHAVEZ; se venderá en Pública
YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA
TECLA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
subasta en este Tribunal en fecha que más adelante se señalará, el bien
inmueble que a continuación se localiza y describe así: Jurisdicción de
Tonacatepeque, Departamento de San Salvador. """Un lote de terreno
HACE SABER: Que por resolución proveída por este juzgado,
urbano y construcciones ubicado en RESIDENCIAL ALTAVISTA,
a las doce horas del día veinticinco de julio del presente año, en el
II FASE, I ETAPA, LOTE NUMERO CIENTO TREINTA Y SEIS,
juicio ejecutivo civil promovido por la Licenciada Deborah Jeannet
POLIGONO "L" Jurisdicción de Tonacatepeque, Departamento de San
Chávez Crespín, en calidad de apoderada del FONDO SOCIAL PARA
LA VIVIENDA, contra la señora ORALIA DEL CARMEN ARANA
HERNANDEZ, SE VENDERA EN PUBLICA SUBASTA EN ESTE
Salvador, de una extensión superficial de SETENTA Y SIETE PUNTO
CERO CUATRO METROS CUADRADOS, y cuyas medidas según
escritura pública de mutuo hipotecario son las siguientes: AL NORTE:
diez punto cuarenta y dos metros; AL ORIENTE: cinco metros; AL
SUR: diez punto cuarenta y dos metros; y AL PONIENTE: cinco me-
RA, EL SIGUIENTE INMUEBLE: "Un lote urbano y construcciones
tros y según razón y constancia de inscripción de escritura pública de
que contiene, marcado en el plano respectivo con el número TREINTA
cesión de crédito hipotecario en el Centro Nacional de Registros son las
R
JUZGADO Y EN FECHA QUE OPORTUNAMENTE SE SEÑALA-
IA
del pasaje número VEINTE, polígono VEINTIUNO, del block "E", de
D
una extensión superficial de CINCUENTA METROS CUADRADOS,
dicho lote forma parte de la Urbanización denominada RESIDENCIAL
SANTISIMA TRINIDAD, situado en la jurisdicción de Ayutuxtepeque,
siguientes: AL NORTE: diez punto cuarenta y dos metros; AL ORIENTE:
siete punto cincuenta metros; AL SUR: diez punto veintitrés metros; y
AL PONIENTE: siete punto cincuenta metros. Inscrito en la matrícula
número M CERO UNO UNO DOS SEIS SIETE CUATRO CUATRO
del Registro Social de Inmuebles."""
departamento de San Salvador, cuyas medidas perimetrales son: AL
NORTE: cinco punto cero cero metros; AL SUR: cinco punto cero cero
metros; AL ORIENTE: diez punto cero cero metros; AL PONIENTE:
diez punto cero cero metros. Dicho inmueble se encuentra inscrito a favor
de la señora ORALIA DEL CARMEN ARANA HERNANDEZ, a la
matrícula número 60268920-00000 del Registro de la Propiedad Raíz e
Se admitirán posturas siendo legales.
LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO MERCANTIL:
San Salvador, a las doce horas y veinticinco minutos del día nueve de
agosto de dos mil doce. Lic. ANA MARIA CORDON ESCOBAR, JUEZ
TERCERO DE LO MERCANTIL. Lic. ANA CECILIA FIGUEROA
ALMENDARES, SECRETARIA.
Hipotecas de la Primera Sección del Centro con sede en San Salvador.
3 v. alt. No. F055930-2
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397
114
En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación
REPOSICION DE CERTIFICADOS
del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,
AVISO
se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.
EL BANCO AGRICOLA, S.A.,
San Salvador, 05 de Octubre de 2012.
AVISA: Que en su Agencia San Vicente, de la ciudad de San
Vicente, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extra-
VICTOR CANALES,
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viado el Certificado No. 0750-020337-3, amparado con el registro No.
BANCO AGRICOLA, S.A.
1147705 del Depósito a Plazo Fijo, constituido el 20-03-2012 a 180
días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos
Depto. de Control de Calidad y Atención al Cliente,
de reposición del Certificado relacionado conforme a los Artículos No.
Gerencia Depto. de Depósitos.
486 y 932 del Código de Comercio vigente.
En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación
3 v. alt. No. F055798-2
del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,
se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.
AVISO
San Salvador, 08 de octubre de 2012.
EL BANCO AGRICOLA, S.A.,
BANCO AGRICOLA, S.A.
AVISA: Que en su Agencia El Angel, de la ciudad de Sonsonate,
se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el
Certificado No. 791-016607-9, amparado con el registro No. 739738
VICTOR CANALES,
Depto. de Control de Calidad y Atención al Cliente,
del Depósito a Plazo Fijo, constituido el 06-11-2002 a 360 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición
Gerencia de Depto. de Depósitos.
del Certificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del
Código de Comercio vigente.
3 v. alt. No. F055797-2
En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación
se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.
AVISO
D
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R
del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,
San Salvador, 08 de Octubre de 2012.
EL BANCO AGRICOLA, S.A.,
BANCO AGRICOLA, S.A.
AVISA: Que en su Agencia Metrocentro, de esta ciudad, se ha
presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado
No. 742-019820-2, amparado con el registro No. 926333 del Depósito
a Plazo Fijo, constituido el 27-12-2006 a 150 días prorrogables, lo que
hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certifica-
VICTOR CANALES,
Jefe Depto. de Control de Calidad y Atención al Cliente,
Gerencia Depto. de Depósitos.
do relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de
Comercio vigente.
3 v. alt. No. F055799-2
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012.
115
En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación
AVISO
del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,
EL BANCO AGRICOLA, S.A.,
se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.
AVISA: Que en su Agencia El Angel, de la ciudad de Sonsonate,
se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el
Certificado No. 0770-025839-1, amparado con el registro No. 1064468
del Depósito a Plazo Fijo, constituido el 28-11-2011 a 30 días prorro-
San Salvador, 08 de Octubre de 2012.
BANCO AGRICOLA, S.A.
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gables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición
del Certificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del
VICTOR CANALES,
Código de Comercio vigente.
Depto. de Control de Calidad y Atención al Cliente,
En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,
Gerencia Depto. de Depósitos.
se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.
3 v. alt. No. F055802-2
San Salvador, 09 de Octubre de 2012.
BANCO AGRICOLA, S.A.
AVISO
VICTOR CANALES,
El Banco de Fomento Agropecuario,
Jefe Depto. Control de Calidad y Atención al Cliente,
AVISA: Que en su Agencia Cara Sucia, se ha presentado parte
Gerencia Depto. de Depósitos.
interesada manifestando que ha extraviado el Certificado de Depósito
Número 409-050-100283-0, constituido el 29-10-10, para el plazo de
3 v. alt. No. F055800-2
360 días prorrogables, lo que se hace del conocimiento del público para
los efectos de reposición del Certificado relacionado, de conformidad
AVISO
IA
R
con los Artículos 486 y 932 del Código de Comercio.
D
EL BANCO AGRICOLA, S.A.,
En caso que después de 30 días de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco, no recibe oposición alguna a este respecto,
se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.
AVISA: Que en su Agencia La Merced, de la ciudad de San Miguel,
se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el
San Salvador, 27 de septiembre de 2012.
Certificado No. 0781-036551-1, amparado con el registro No. 1137918
del Depósito a Plazo Fijo, constituido el 20-09-2011 a 360 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición
Lic. HENRY EDGARDO VENTURA PERLA,
GERENTE DE AGENCIA CARA SUCIA.
del Certificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del
Código de Comercio vigente.
3 v. alt. No. F055825-2
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397
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BALANCE DE LIQUIDACIÓN
3 v. alt. No. F055796-2
MARCAS DE SERVICIO
AEROMEXICO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE,
R
de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE
SERVICIOS,
IA
No. de Expediente: 2012117589
D
No. de Presentación: 20120167020
AEROMEXICO.COM
CLASE: 39.
Consistente en: Las palabras AEROMEXICO.COM, que servirá
para: AMPARAR: SERVICIOS DE TRANSPORTE, EMBALAJE Y
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
ALMACENAMIENTO DE MERCANCIAS, ORGANIZACION DE
VIAJES, SERVICIOS RELACIONADOS CON EL TRANSPORTE
DE PERSONAS O MERCANCIAS DE UN LUGAR A OTRO (POR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO
FERROCARRIL, CARRETERA, AGUA, AIRE O CONDUCTO) Y
RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de GRUPO
LOS SERVICIOS AFINES, ASI COMO LOS SERVICIOS RELA-
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012.
CIONADOS CON EL ALMACENAMIENTO DE MERCANCIAS EN
DEPOSITOS U OTROS EDIFICIOS PARA SU PRESERVACION O
117
No. de Expediente: 2012117713
No. de Presentación: 20120167209
CUSTODIA, SERVICIOS RELACIONADOS CON EL EMBALAJE
Y EMPAQUETADO DE PRODUCTOS PREVIO A SU ENVIO,
CLASE: 39.
SERVICIOS DE INFORMACION SOBRE VIAJES O TRANSPOR-
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
TE DE MERCANCIAS PRESTADOS POR INTERMEDIARIOS Y
AGENCIAS DE TURISMO, ASI COMO LOS SERVICIOS DE INFORMACION SOBRE TARIFAS, HORARIOS Y MEDIOS DE TRANS-
RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO ESPECIAL
de AEROVIAS DE MEXICO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
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PORTE, SERVICIOS RELACIONADOS CON LA INSPECCION
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO
DE VEHICULOS O MERCANCIAS PREVIO SU TRANSPORTE,
ACARREO, ACOMPAÑAMIENTO DE VIAJEROS, TRANSPORTES
VARIABLE, de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de
la MARCA DE SERVICIOS,
AEREOS, TRANSPORTES AERONAUTICOS, ALQUILER DE AL-
MACENES (DEPOSITOS), ALQUILER DE CONTENEDORES DE
ALMACENAMIENTO, SERVICIOS DE CHOFERES, SERVICIOS
DE ENVIO, REPARTO DE CORREO, CORRETAJE DE FLETES,
CORRETAJE DE TRANSPORTE, SERVICIOS DE DEPOSITO,
DESCARGA DE MERCANCIAS, DISTRIBUCION (REPARTO)
DE PRODUCTOS, EMBALAJE DE PRODUCTOS, EMPAQUETADO DE MERCANCIAS, ORGANIZACION DE EXCURSIONES,
FLETAMENTO, FLETE (TRANSPORTE DE MERCANCIAS),
INFORMACION SOBRE TRANSPORTE, INFORMACION SOBRE
ALMACENAMIENTO, SERVICIOS DE MENSAJERIA (CORREO O
MERCANCIAS), DISTRIBUCION DE PAQUETES, TRANSPORTE
Consistente en: Las palabras CLUB PREMIER PLATINO y diseño,
en donde PREMIER se traduce al castellano como PRINCIPAL, que
servirá para: AMPARAR: SERVICIOS TRANSPORTE, EMBALAJE
Y ALMACENAMIENTO DE MERCANCIAS, ORGANIZACION DE
VIAJES, SERVICIOS RELACIONADOS CON EL TRANSPORTE
DE PERSONAS O MERCANCIAS DE UN LUGAR A OTRO (POR
DE PASAJEROS, SERVICIOS DE REMOLQUE, REPARTO DE
FERROCARRIL, CARRETERA, AGUA, AIRE O CONDUCTO) Y
MERCANCIAS, REPARTO DE PAQUETES, RESERVAS DE PLAZAS
LOS SERVICIOS AFINES, ASI COMO LOS SERVICIOS RELA-
DE VIAJE, RESERVAS DE TRANSPORTE, VISITAS TURISTICAS.
CIONADOS CON EL ALMACENAMIENTO DE MERCANCIAS EN
Clase: 39.
DEPOSITOS U OTROS EDIFICIOS PARA SU PRESERVACION O
La solicitud fue presentada el día doce de abril del año dos mil
CUSTODIA, SERVICIOS RELACIONADOS CON EL EMBALAJE
Y EMPAQUETADO DE PRODUCTOS PREVIO A SU ENVIO,
doce.
R
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
IA
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
SERVICIOS DE INFORMACION SOBRE VIAJES O TRANSPORTE DE MERCANCIAS PRESTADOS POR INTERMEDIARIOS Y
AGENCIAS DE TURISMO, ASI COMO LOS SERVICIOS DE INFOR-
D
catorce de agosto del año dos mil doce.
MACION SOBRE TARIFAS, HORARIOS Y MEDIOS DE TRANSPORTE, SERVICIOS RELACIONADOS CON LA INSPECCION
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
DE VEHICULOS O MERCANCIAS PREVIO SU TRANSPORTE,
ACARREO, ACOMPAÑAMIENTO DE VIAJEROS, TRANSPORTES
AEREOS, TRANSPORTES AERONAUTICOS, ALQUILER DE AL-
ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,
MACENES (DEPOSITOS), ALQUILER DE CONTENEDORES DE
SECRETARIA.
ALMACENAMIENTO, SERVICIOS DE CHOFERES, SERVICIOS
DE ENVIO, REPARTO DE CORREO, CORRETAJE DE FLETES,
CORRETAJE DE TRANSPORTE, SERVICIOS DE DEPOSITO,
3 v. alt. No. C005910-2
DESCARGA DE MERCANCIAS, DISTRIBUCION (REPARTO)
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397
118
DE PRODUCTOS, EMBALAJE DE PRODUCTOS, EMPAQUETA-
VARIABLE, de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de
DO DE MERCANCIAS, ORGANIZACION DE EXCURSIONES,
la MARCA DE SERVICIOS,
FLETAMENTO, FLETE (TRANSPORTE DE MERCANCIAS),
INFORMACION SOBRE TRANSPORTE, INFORMACION SOBRE
ALMACENAMIENTO, SERVICIOS DE MENSAJERIA (CORREO O
MERCANCIAS), DISTRIBUCION DE PAQUETES, TRANSPORTE
DE PASAJEROS, SERVICIOS DE REMOLQUE, REPARTO DE
Consistente en: Las palabras CLUB Premier ORO y diseño, donde
DE VIAJE, RESERVAS DE TRANSPORTE, VISITAS TURISTICAS.
la palabra Premier se traduce al castellano como Principal, que servirá
Clase: 39.
para: AMPARAR: SERVICIOS DE TRANSPORTE, EMBALAJE Y
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A
MERCANCIAS, REPARTO DE PAQUETES, RESERVAS DE PLAZAS
ALMACENAMIENTO DE MERCANCIAS, ORGANIZACION DE
VIAJES, SERVICIOS RELACIONADOS CON EL TRANSPORTE
La solicitud fue presentada el día diecisiete de abril del año dos
mil doce.
DE PERSONAS O MERCANCIAS DE UN LUGAR A OTRO (POR
FERROCARRIL, CARRETERA, AGUA, AIRE O CONDUCTO) Y
LOS SERVICIOS AFINES, ASI COMO LOS SERVICIOS RELA-
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
CIONADOS CON EL ALMACENAMIENTO DE MERCANCIAS EN
DEPOSITOS U OTROS EDIFICIOS PARA SU PRESERVACION O
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
catorce de agosto del año dos mil doce.
CUSTODIA, SERVICIOS RELACIONADOS CON EL EMBALAJE
Y EMPAQUETADO DE PRODUCTOS PREVIO A SU ENVIO, SERVICIOS DE INFORMACION SOBRE VIAJES O TRANSPORTE DE
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
MERCANCIAS PRESTADOS POR INTERMEDIARIO Y AGENCIAS
DE TURISMO, ASI COMO LOS SERVICIOS DE INFORMACION
REGISTRADORA.
SOBRE TARIFAS, HORARIOS Y MEDIOS DE TRANSPORTE,
SERVICIOS RELACIONADOS CON LA INSPECCION DE VEHI-
ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,
CULOS O MERCANCIAS PREVIO SU TRANSPORTE, ACARREO,
ACOMPAÑAMIENTO DE VIAJEROS, TRANSPORTES AEREOS,
SECRETARIA.
TRANSPORTES AERONAUTICOS, ALQUILER DE ALMACENES
3 v. alt. No. C005911-2
D
IA
R
(DEPOSITOS), ALQUILER DE CONTENEDORES DE ALMACE-
No. de Expediente: 2012117717
NAMIENTO, SERVICIOS DE CHOFERES, SERVICIOS DE ENVIO,
REPARTO DE CORREO, CORRETAJE DE FLETES, CORRETAJE
DE TRANSPORTE, SERVICIOS DE DEPOSITO, DESCARGA DE
MERCANCIAS, DISTRIBUCION (REPARTO) DE PRODUCTOS,
EMBALAJE DE PRODUCTOS, EMPAQUETADO DE MERCANCIAS, ORGANIZACION DE EXCURSIONES, FLETAMENTO, FLE-
No. de Presentación: 20120167213
CLASE: 39.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
TE (TRANSPORTE DE MERCANCIAS), INFORMACION SOBRE
TRANSPORTE, INFORMACION SOBRE ALMACENAMIENTO,
SERVICIOS DE MENSAJERIA (CORREO O MERCANCIAS), DISTRIBUCION DE PAQUETES, TRANSPORTE DE PASAJEROS, SER-
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO
VICIOS DE REMOLQUE, REPARTO DE MERCANCIAS, REPARTO
RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de AE-
DE PAQUETES, RESERVAS DE PLAZAS DE VIAJE, RESERVAS
ROVIAS DE MEXICO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
DE TRANSPORTE, VISITAS TURISTICAS. Clase: 39.
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012.
La solicitud fue presentada el día diecisiete de abril del año dos
119
DEPOSITOS U OTROS EDIFICIOS PARA SU PRESERVACION O
CUSTODIA, SERVICIOS RELACIONADOS CON EL EMBALAJE
mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
Y EMPAQUETADO DE PRODUCTOS PREVIO A SU ENVIO, SERVICIOS DE INFORMACION SOBRE VIAJES O TRANSPORTE DE
MERCANCIAS PRESTADOS POR INTERMEDIARIO Y AGENCIAS
veinte de agosto del año dos mil doce.
DE TURISMO, ASI COMO LOS SERVICIOS DE INFORMACION
SOBRE TARIFAS, HORARIOS Y MEDIOS DE TRANSPORTE,
MARIA DAFNE RUIZ,
SERVICIOS RELACIONADOS CON LA INSPECCION DE VEHI-
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CULOS O MERCANCIAS PREVIO SU TRANSPORTE, ACARREO,
REGISTRADOR.-
ACOMPAÑAMIENTO DE VIAJEROS, TRANSPORTES AEREOS,
TRANSPORTES AERONAUTICOS, ALQUILER DE ALMACENES
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
(DEPOSITOS), ALQUILER DE CONTENEDORES DE ALMACE-
SECRETARIO.
NAMIENTO, SERVICIOS DE CHOFERES, SERVICIOS DE ENVIO,
REPARTO DE CORREO, CORRETAJE DE FLETES, CORRETAJE
DE TRANSPORTE, SERVICIOS DE DEPOSITO, DESCARGA DE
3 v. alt. No. C005912-2
MERCANCIAS, DISTRIBUCION (REPARTO) DE PRODUCTOS,
EMBALAJE DE PRODUCTOS, EMPAQUETADO DE MERCANCIAS, ORGANIZACION DE EXCURSIONES, FLETAMENTO, FLETE (TRANSPORTE DE MERCANCIAS), INFORMACION SOBRE
No. de Expediente: 2012117711
TRANSPORTE, INFORMACION SOBRE ALMACENAMIENTO,
No. de Presentación: 20120167207
SERVICIOS DE MENSAJERIA (CORREO O MERCANCIAS), DIS-
CLASE: 39.
TRIBUCION DE PAQUETES, TRANSPORTE DE PASAJEROS, SERVICIOS DE REMOLQUE, REPARTO DE MERCANCIAS, REPARTO
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO
DE PAQUETES, RESERVAS DE PLAZAS DE VIAJE, RESERVAS
DE TRANSPORTE, VISITAS TURISTICAS. Clase: 39.
RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de AE-
ROVIAS DE MEXICO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE, de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de
R
la MARCA DE SERVICIOS,
D
IA
CLUB PREMIER
La solicitud fue presentada el día diecisiete de abril del año dos
mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veinte de agosto del año dos mil doce.
Consistente en: Las palabras CLUB PREMIER, donde la palabra Premier se traduce al castellano como Principal, que servirá
para: AMPARAR: SERVICIOS DE TRANSPORTE, EMBALAJE Y
ALMACENAMIENTO DE MERCANCIAS, ORGANIZACION DE
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
VIAJES, SERVICIOS RELACIONADOS CON EL TRANSPORTE
DE PERSONAS O MERCANCIAS DE UN LUGAR A OTRO (POR
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
FERROCARRIL, CARRETERA, AGUA, AIRE O CONDUCTO) Y
SECRETARIO.
LOS SERVICIOS AFINES, ASI COMO LOS SERVICIOS RELACIONADOS CON EL ALMACENAMIENTO DE MERCANCIAS EN
3 v. alt. No. C005913-2
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397
120
No. de Expediente: 2012115517
No. de Presentación: 20120162841
CLASE: 41.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
La solicitud fue presentada el día dieciocho de enero del año dos
mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
treinta de julio del año dos mil doce.
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HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS
MIGUEL ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de DC
COMICS, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro
de la MARCA DE SERVICIOS,
ATRACCIONES; PARQUES DE RUEDAS DE ATRACCIONES;
SHOWS EN VIVO O PREGRABADOS Y/O PELÍCULAS; INFORMACIÓN DE ENTRETENIMIENTO Y/O RECREACIÓN; SERVICIOS
DE CLUB DE ENTRETENIMIENTO. Clase: 41.
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C005914-2
No. de Expediente: 2012120448
No. de Presentación: 20120172121
CLASE: 43.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS
MIGUEL ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de
AMERICAN DAIRY QUEEN CORPORATION, de nacionalidad
ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
DQ
Consistente en: la expresión DQ, que servirá para: AMPARAR:
SERVICIOS DE RESTAURANTE Y SERVICIOS DE COMIDA PARA
LLEVAR. Clase: 43.
D
IA
R
Consistente en: las palabras DC COMICS y diseño, en donde la
palabra COMICS se traduce como HISTORIETA, que servirá para:
AMPARAR: SERVICIOS DE ENTRETENIMIENTO A SABER, JUEGOS DE VIDEO SUMINISTRADOS EN LÍNEA, JUEGOS DE COMPUTADORA SUMINISTRADOS EN LÍNEA, JUEGOS DE VIDEO
NO DESCARGABLES SUMINISTRADO PARA USO TEMPORAL;
PRODUCCIÓN DE SOFTWARE DE JUEGOS DE VIDEO Y COMPUTADORA; SERVICIOS DE ENTRETENIMIENTO EN FORMA
DE SERIES DE TELEVISIÓN DE ACCIÓN EN VIVO, COMEDIA,
DRAMA, ANIMACIÓN Y REALITY SHOWS; PRODUCCIÓN DE
SERIES DE TELEVISIÓN DE ACCIÓN EN VIVO, COMEDIA,
DRAMA, ANIMACIÓN Y REALITY SHOWS; DISTRIBUCIÓN Y
MUESTRA DE PELÍCULAS PARA CINES DE ACCIÓN EN VIVO,
COMEDIA, DRAMA Y ANIMACIÓN; EXHIBICIONES TEATRALES,
TANTO ANIMADAS COMO DE ACCIÓN EN VIVO; SERVICIOS DE
INFORMACIÓN A TRAVÉS DE INTERNET SOBRE ACTIVIDADES
DE ENTRETENIMIENTO RELACIONADAS ESPECÍFICAMENTE
CON JUEGOS, MÚSICA, PELÍCULAS Y TELEVISIÓN SUMINISTRADO A TRAVÉS DE UNA RED COMPUTACIONAL ELECTRÓNICA GLOBAL; SUMINISTRO DE UN SITIO DE INTERNET,
PRESENTANDO TRÁILERES, FOTOGRAFÍAS Y OTROS MATERIALES MULTIMEDIA; SUMINISTROS DE NOTICIAS SOBRE
ACONTECIMIENTOS ACTUALES Y ENTRETENIMIENTO, E
INFORMACIÓN RELACIONADA CON EDUCACIÓN Y EVENTOS
CULTURALES, A TRAVÉS DE UNA RED COMPUTACIONAL
GLOBAL; SUMINISTRO DE INFORMACIÓN PARA ENTRETENIMIENTO ACTUAL A TRAVÉS DE UNA RED DE COMUNICACIÓN ELECTRÓNICA GLOBAL, EN FORMA DE PROGRAMAS
DE ACCIÓN EN VIVO, COMEDIA, DRAMA Y ANIMACIÓN, Y
PRODUCCIÓN DE PELÍCULAS DE ACCIÓN EN VIVO, COMEDIA,
DRAMA Y ANIMACIÓN PARA DISTRIBUCIÓN A TRAVÉS DE
UNA RED COMPUTACIONAL GLOBAL; SUMINISTRO DE UN
JUEGO PARA COMPUTADORA QUE PUEDE TENERSE ACCESO
MEDIANTE UNA RED DE TELECOMUNICACIONES; SERVICIOS
DE PUBLICACIONES ELECTRÓNICOS A SABER, PUBLICACIÓN
DE TRABAJOS DE TEXTO Y GRÁFICOS DE OTROS EN LÍNEA
PRESENTANDO ARTÍCULOS, NOVELIZACIONES, GUIONES,
LIBROS DE HISTORIETAS, GUÍAS DE ESTRATEGIAS, FOTOGRAFÍAS Y MATERIAL VISUAL; SERVICIOS DE PARQUES DE
La solicitud fue presentada el día treinta de julio del año dos mil
doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
ocho de agosto del año dos mil doce.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C005919-2
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012.
121
La solicitud fue presentada el día treinta de julio del año dos mil
No. de Expediente: 2012120449
doce.
No. de Presentación: 20120172122
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
ocho de agosto del año dos mil doce.
CLASE: 43.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
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HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS
MIGUEL ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de
AMERICAN DAIRY QUEEN CORPORATION, de nacionalidad
ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
ISMEL EDITH VALLES DE HERNÁNDEZ,
DAIRY QUEEN
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C005927-2
Consistente en: la expresión DAIRY QUEEN que se traduce al
castellano como Lechero Reina, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE RESTAURANTE Y SERVICIOS DE COMIDA PARA
LLEVAR. Clase: 43.
La solicitud fue presentada el día treinta de julio del año dos mil
doce.
No. de Expediente: 2012118655
No. de Presentación: 20120168799
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
ocho de agosto del año dos mil doce.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
CLASE: 44.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de Alpharma,
LLC, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de
la MARCA DE SERVICIOS,
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C005921-2
R
No. de Expediente: 2012120434
IA
No. de Presentación: 20120172094
D
CLASE: 43.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RAFAEL
ALBERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERADO
de PIZZA HUT INTERNATIONAL, LLC, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
MAKE IT GREAT
Consistente en: la palabra ZOETIS, que servirá para: AMPARAR:
SERVICIOS DE PROVISIÓN DE INFORMACIÓN Y ASESORÍA EN
EL CAMPO DE LA SALUD ANIMAL Y MEDICINA VETERINARIA.
Clase: 44.
La solicitud fue presentada el día veinticuatro de mayo del año dos
mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
trece de agosto del año dos mil doce.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,
SECRETARIO.
Consistente en: las palabras MAKE IT GREAT que se traducen
al castellano como "hacerlo muy bien", que servirá para: AMPARAR:
SERVICIOS DE RESTAURANTE. Clase: 43.
3 v. alt. No. C005934-2
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397
122
No. de Expediente: 2012121401
MARCAS DE PRODUCTO
No. de Presentación: 20120173880
No. de Expediente: 2012120941
CLASE: 05.
No. de Presentación: 20120173012
CLASE: 29, 32.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado CARLOS
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HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado FEDERICO GUILLERMO FERNANDEZ MADRIGAL, en su calidad de
REPRESENTANTE LEGAL de AGROINDUSTRIAS SAN JULIAN,
SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia:
AGROSANIA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA,
solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
DANIEL FUNES, en su calidad de APODERADO de LABORATORIO PABLO CASSARA, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD
LIMITADA, de nacionalidad ARGENTINA, solicitando el registro de
la MARCA DE PRODUCTO,
SUAVILER
Consistente en: la palabra SUAVILER, que servirá para: AM-
PARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y VETERINARIOS;
PRODUCTOS HIGIÉNICOS PARA LA MEDICINA; SUSTANCIAS
DIETÉTICAS PARA USO MÉDICO; ALIMENTOS PARA BEBÉS;
Consistente en: la palabra LA SONSONATECA y diseño, que
servirá para: AMPARAR: CARNE, PESCADO, CARNE DE AVE Y
CARNE DE CAZA; EXTRACTOS DE CARNE; FRUTAS Y VERDURAS, HORTALIZAS Y LEGUMBRES EN CONSERVA, CONGELADAS, SECAS Y COCIDAS; JALEAS, CONFITURAS, COMPOTAS;
HUEVOS, LECHE Y PRODUCTOS LACTEOS; ACEITES Y GRASAS
COMESTIBLES. Clase: 29. Para: AMPARAR: CERVEZA; AGUAS
MINERALES Y GASEOSAS, Y OTRAS BEBIDAS SIN ALCOHOL;
BEBIDAS DE FRUTAS Y ZUMOS DE FRUTAS; SIROPES Y OTRAS
PREPARACIONES PARA ELABORAR BEBIDAS. Clase: 32.
R
La solicitud fue presentada el día veinticuatro de agosto del año
dos mil doce.
EMPLASTOS; MATERIAL PARA APÓSITOS; MATERIAL PARA
EMPASTAR LOS DIENTES Y PARA IMPRONTAS DENTALES;
DESINFECTANTES; PRODUCTOS PARA LA DESTRUCCIÓN DE
ANIMALES DAÑINOS; FUNGICIDAS; HERBICIDAS. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día catorce de septiembre del año
dos mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
IA
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintiséis de septiembre del año dos mil doce.
D
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
cuatro de septiembre del año dos mil doce.
MARIA DAFNE RUIZ,
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
REGISTRADOR.
RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,
LUCÍA MARGARITA GALÁN,
SECRETARIO.
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C005947-2
3 v. alt. No. C005964-2
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012.
No. de Expediente: 2012121402
123
EMPLASTOS; MATERIAL PARA APÓSITOS; MATERIAL PARA
EMPASTAR LOS DIENTES Y PARA IMPRONTAS DENTALES;
DESINFECTANTES; PRODUCTOS PARA LA DESTRUCCIÓN DE
ANIMALES DAÑINOS; FUNGICIDAS; HERBICIDAS. Clase: 05.
No. de Presentación: 20120173881
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado CARLOS
DANIEL FUNES, en su calidad de APODERADO de LABORATORIO PABLO CASSARA, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD
LIMITADA, de nacionalidad ARGENTINA, solicitando el registro de
la MARCA DE PRODUCTO,
La solicitud fue presentada el día catorce de septiembre del año
dos mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintiséis de septiembre del año dos mil doce.
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DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
SUAVICORT
Consistente en: la palabra SUAVICORT, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y VETERINARIOS;
PRODUCTOS HIGIÉNICOS PARA LA MEDICINA; SUSTANCIAS
DIETÉTICAS PARA USO MÉDICO; ALIMENTOS PARA BEBÉS;
EMPLASTOS; MATERIAL PARA APÓSITOS; MATERIAL PARA
EMPASTAR LOS DIENTES Y PARA IMPRONTAS DENTALES;
DESINFECTANTES; PRODUCTOS PARA LA DESTRUCCIÓN DE
ANIMALES DAÑINOS; FUNGICIDAS; HERBICIDAS. Clase: 05.
REGISTRADOR.
RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C005966-2
No. de Expediente: 2012121404
La solicitud fue presentada el día catorce de septiembre del año
dos mil doce.
No. de Presentación: 20120173883
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintiséis de septiembre del año dos mil doce.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
RUTH NOEMI PERAZA GALDÁMEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C005965-2
No. de Expediente: 2012121400
IA
CLASE: 05.
R
No. de Presentación: 20120173879
D
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado CARLOS
DANIEL FUNES, en su calidad de APODERADO de LABORATORIO PABLO CASSARA, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD
LIMITADA, de nacionalidad ARGENTINA, solicitando el registro de
la MARCA DE PRODUCTO,
CLASE: 05.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado CARLOS
DANIEL FUNES, en su calidad de APODERADO de LABORATORIO PABLO CASSARA, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD
LIMITADA, de nacionalidad ARGENTINA, solicitando el registro de
la MARCA DE PRODUCTO,
XYLISOL
Consistente en: la palabra XYLISOL, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y VETERINARIOS;
PRODUCTOS HIGIÉNICOS PARA LA MEDICINA; SUSTANCIAS
DIETÉTICAS PARA USO MÉDICO; ALIMENTOS PARA BEBÉS;
EMPLASTOS; MATERIAL PARA APÓSITOS; MATERIAL PARA
EMPASTAR LOS DIENTES Y PARA IMPRONTAS DENTALES;
DESINFECTANTES; PRODUCTOS PARA LA DESTRUCCIÓN DE
ANIMALES DAÑINOS; FUNGICIDAS; HERBICIDAS. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día catorce de septiembre del año
dos mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintiséis de septiembre del año dos mil doce.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
NASITRAL
Consistente en: la palabra NASITRAL, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y VETERINARIOS;
PRODUCTOS HIGIÉNICOS PARA LA MEDICINA: SUSTANCIAS
DIETÉTICAS PARA USO MÉDICO; ALIMENTOS PARA BEBÉS;
REGISTRADOR.
RUTH NOEMI PERAZA GALDÁMEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C005967-2
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397
124
De Tercera Publicación
HERNANDEZ, quien fue de cincuenta y tres años de edad, agricultor,
ACEPTACIÓN DE HERENCIA
casado, siendo su último domicilio Soyapango, originario de San José
La Fuente, Departamento de La Unión, Salvadoreño, hijo de Pedro
ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,
Romano y Félix María Hernández viuda de Romano, quien falleció el
día veintidós de mayo de mil novecientos noventa y ocho, de parte de
la señora MARÍA DEMETRIA VENTURA VIUDA DE ROMANO,
horas y veinticinco minutos, se ha tenido por aceptada expresamente, con
conocida por MARÍA DEMETRIA VENTURA DE ROMANO y por
beneficio de inventario la herencia intestada que dejó la señora MARIA
MARIA DEMETRIA VENTURA, quien se identifica por medio de
DE JESUS SANCHEZ MORALES conocida por MARIA SANCHEZ,
su Documento Único de Identidad número 00227972-8 y Número de
MARIA DE JESUS SANCHEZ y por MARIA DE LOS ANGELES
Identificación Tributaria cero seis uno nueve- uno cinco uno dos cinco
SANCHEZ, quien falleció el día diez de marzo del corriente año, en el
cinco-uno cero uno-nueve; en su calidad de cónyuge sobreviviente del
Barrio Guadalupe de San Alejo, siendo ese lugar, su último domicilio;
causante y cesionaria de los derechos hereditarios que les correspondían
de parte de las señoras MARIA MARTHA CRISTINA SANCHEZ
a los jóvenes JOSE DAVID ROMANO VENTURA y JOSE ALFREDO
DE ORTIZ; REINA DE LA PAZ SANCHEZ, e HILDA MARINA
ROMANO VENTURA, en su calidad de hijos del causante, representada
SANCHEZ DE HERNANDEZ, en calidad de hijas y como cesionarias de
judicialmente por el Licenciado Nelson Alexander Navarro Renderos.
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HACE SABER: Que por resolución proveída este día a las nueve
los derechos hereditarios que le correspondían a las señoras ARACELY
ABIGAIL SANCHEZ, GLADYS CONCEPCION SANCHEZ conocida
por GLADIS CONCEPCION SANCHEZ y MARIA EL CARMEN
Se ha conferido a la aceptante la representación y administración
INTERINA de la herencia intestada, con las facultades y restricciones
de los Curadores de la Herencia Yacente.
SANCHEZ, éstas en calidad de hijas de la causante. Confiriéndoles a
Cítase a los que se crean con derecho a la herencia para que se
dichas aceptantes, en el carácter indicado, la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los
presenten a este Tribunal dentro de los quince días subsiguientes después
de la última publicación de este Edicto.
curadores de la herencia yacente.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión, para
que en el término de Ley, después de la tercera publicación de este cartel,
lo demuestren en este Juzgado.
ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las once horas
Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los cuatro días
del mes de Octubre del dos mil doce. Lic. ROGELIO HUMBERTO
ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL. Br. JORGE ALBERTO
con quince minutos del día veinticuatro de agosto de dos mil doce. Lic.
EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL. Licda.
MARIA ESTELA SORIANO NAVARRETE, SECRETARIA.
3 v. alt. No. C005778-3
3 v. alt. No. C005777-3
D
IA
R
PEREZ, SECRETARIO.
LICENCIADA DANI BERI CALDERÓN DE RAMÍREZ, JUEZA DE
EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL -A, DEL
DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal, a las
once horas del día veinticuatro de Agosto del presente año, se ha tenido
por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la sucesión
intestada que a su defunción dejó el causante ALFREDO ROMANO
LO CIVIL SUPLENTE DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución de las doce horas tres minutos
del día catorce de septiembre de dos mil doce se ha tenido por aceptada
expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada que
a su defunción ocurrida a las dieciocho horas del día once de junio de
dos mil doce, en Final Calle Principal, Colonia San Judas, Caserío El
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012.
Carmen, Cantón Faya, de la Villa de Jujutla, de este Departamento,
siendo su último domicilio la Villa de Jujutla; dejó el señor SANTOS
ALEXANDER FLORES RAYMUNDO conocido por SANTOS
ALEXANDER FLORES REYMUNDO, de parte de la señora MARINA
125
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de
ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, Departamento de San Salvador, a las diez horas del día once de septiembre del
CANDELARIA FLORES VILLALOBOS, en su calidad de Cesionaria
año dos mil doce. Licda. JUDITH GUADALUPE MAZA CALDERON,
de los derechos hereditarios que les corresponderían a los señores JESÚS
JUEZA DE LO CIVIL. Lic. ANTONIO CORTEZ GOMEZ, SECRE-
SANTAMARÍA conocida por JULIA FLORES LOPEZ y SANTOS
TARIO.
RAYMUNDO VILLALOBOS en su carácter de padres del causante.
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Nómbrase interinamente a la aceptante representante y administradora de
3 v. alt. No. F055338-3
la sucesión con las facultades y restricciones del curador de la herencia
yacente.
Lo que se pone en conocimiento del público, para los fines de
Ley.
MELIDA DEL TRANSITO GONZALEZ ORELLANA, JUEZ DE
JUZGADO DE LO CIVIL: Ahuachapán, a las doce horas cuatro
PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
minutos del día catorce de septiembre de dos mil doce. Lic. DANI BERI
CALDERON DE RAMIREZ, JUEZA DE LO CIVIL SUPLENTE. Lic.
CLAUDIA LELIN GUEVARA DE PEÑATE, SECRETARIA.
HACE SABER: Al público para los efectos de ley, que por resolu-
ción proveída por este Juzgado a las catorce horas cincuenta minutos del
día veintisiete de septiembre del corriente año, se ha tenido por aceptada
3 v. alt. No. C005783-3
expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su
defunción ocurrida a las cuatro horas y treinta y cinco minutos, del día
veintiocho de mayo del año dos mil once, en el Hospital Regional del
Seguro Social de la ciudad de Sonsonate, siendo la ciudad de Acajutla
JUDITH GUADALUPE MAZA CALDERON, Jueza de lo Civil de
su último domicilio, dejó la señora MARIA CORALIA TORRES, MA-
este Municipio Judicial,
RIA CORALIA TORRES VALDES o MARIA CORALIA TORRES
HACE SABER: Que por resolución proveída por este juzgado a
las nueve horas con treinta minutos del día once de Septiembre del dos
VALDEZ, de parte de la señora, ESMERALDA HORTENSIA TORRES
ABREGO, en su concepto de hija de la expresada causante; por lo que
mil doce.- Se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de
se le ha conferido a dicha aceptante la administración y representación
inventario la herencia intestada que a su defunción ocurrida en El Paisnal,
interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores
Departamento de San Salvador, siendo esta Ciudad de San Marcos, su
de la herencia yacente.
R
último domicilio, el día uno de Agosto de mil novecientos noventa y dos,
IA
dejó la causante TOMASA CHAMAGUA, de parte de la señora ANA
Se cita a todas las personas que se crean con derecho a la herencia a
que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días
hereditarios que en abstracto en la presente sucesión le correspondían
contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.
D
FLOR RIVERA DE JORGE, en su calidad de cesionaria de los derechos
al señor JORGE ALBERTO CHAMAGUA, en calidad de hijo de la de
cujus en mención.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Acajutla, a las quince
Se ha conferido a la aceptante la administración y representación
interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores
de la herencia yacente.
Cítense a los que se crean con derecho a la herencia en mención para
horas cinco minutos del día veintisiete de septiembre del dos mil doce.
Lic. MELIDA DEL TRANSITO GONZALEZ ORELLANA, JUEZ DE
PRIMERA INSTANCIA. Lic. ELSA CORALIA RAMIREZ LEIVA,
SECRETARIO.
que transcurridos que sean quince días contados a partir del siguiente al
de la tercera publicación del edicto de aceptación de herencia, concurran
a este tribunal a hacer uso de su derecho.
3 v. alt. No. F055345-3
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397
126
EL INFRASCRITO JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL INTERINO
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico, de-
DE SAN SALVADOR, AL PÚBLICO EN GENERAL PARA LOS
partamento de La Libertad; a las doce horas veinte minutos del día veinte
EFECTOS DE LEY,
marzo de dos mil doce. Lcdo. DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO,
JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Licdo. CARLOS ARNULFO SOSA
FLORES, SECRETARIO.
HACE SABER: Que por resolución pronunciada a las ocho horas
con cuarenta minutos del día trece de febrero del año dos mil doce. Se
ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la
3 v. alt. No. F055368-3
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Herencia Intestada, que a su defunción ocurrida en el Cantón San Isidro
Los Planes, de esta ciudad, siendo su último domicilio la ciudad de
San Salvador, a las dieciséis horas del día uno de agosto de mil novecientos noventa, dejó la causante ALEJANDRA NERIO VIUDA DE
MALDONADO, de parte del señor TRANQUILINO MALDONADO
NERIO, en su concepto de hijo de la causante.
EL LICENCIANDO HENRY ARTURO PERLA AGUIRRE, JUEZ DE
LO CIVIL DE DISTRITO JUDICIAL DE SANTA TECLA.
Librado en el Juzgado Primero de lo Civil; San Salvador, a las ocho
horas con cincuenta minutos del día trece de febrero del año dos mil doce.
Dr. MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.
IVONNE LIZZETTE FLORES GONZALEZ, SECRETARIA.
HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por resolu-
ción de las catorce horas con cuarenta y seis minutos del día veintitrés
de Agosto de dos mil doce, se ha tenido por aceptada expresamente y
con beneficio de inventario de parte del señor JORGE MAURICIO
3 v. alt. No. F055366-3
RODRIGUEZ CHOTO, la herencia intestada dejada por el causante
señor CARLOS CHOTO RODRIGUEZ, quien falleció en San Salvador,
siendo su último domicilio Talnique, departamento de La Libertad, el día
trece de enero de mil novecientos noventa y ocho, a la edad de sesenta y
tres años, soltero, originario de Talnique, departamento de La Libertad,
DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
de Nacionalidad Salvadoreña, hijo de los Señores NICOLÁS CHOTO
y CIPRIANA RODRIGUEZ; aceptación que hace el citado señor en su
calidad de hijo del referido causante. Y SE LE HA CONFERIDO AL
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las doce
horas diez minutos de este día se ha tenido por aceptada expresamente
y con beneficio de inventario de parte de la señora LILIAN ARACELY
ACEPTANTE la administración y representación interinas de la sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia
Yacente.
DIMAS LÓPEZ, la herencia intestada dejada a su defunción por la señora
R
MARIA JULIA GARCIA DE LOPEZ, conocida por JULIA DIMAS,
Por lo anterior se cita a los que se crean con derecho a la herencia
Gertrudis García y de padre ignorado; quien falleció a las once horas
para que se presenten a este Tribunal a deducirlo en el término de quince
treinta minutos del día diecinueve de septiembre de dos mil ocho, en
días contados desde el siguiente a la tercera publicación del presente
el Hospital General ISSS, San Salvador; siendo Ciudad Arce su último
edicto.
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quien fue de cuarenta y siete años de edad, Costurera, casada, hija de
domicilio, en concepto de HIJA de la causante. Confiérese a la referida
aceptante en el concepto indicado la administración y representación
interinas de la indicada sucesión con las facultades y restricciones de
los curadores de la herencia yacente.
LIBRADO EN JUZGADO DE LO CIVIL: SANTA TECLA, a las
quince horas con siete minutos del día veintitrés de agosto del año dos
mil doce. Lic. HENRY ARTURO PERLA AGUIRRE, JUEZ DE LO
Cítese a las personas que se crean con derecho en las presentes
diligencias.
CIVIL DE SANTA TECLA. Lic. ROSA ANGELICA HERNANDEZ
EUCEDA, SECRETARIA.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
ley.
3 v. alt. No. F055372-3
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012.
Lo que se pone del conocimiento del público para los fines de
DAVID AMAEL MORÁN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA
INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN JUAN OPICO,
127
ley.
DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este juzgado a las
JUZGADO DE LO CIVIL, AHUACHAPAN, a las quince horas
nueve horas veintiocho minutos del día veinte de Septiembre de dos mil
veinte minutos del día veinte de agosto de dos mil doce. Dr. JULIO
doce, se tuvo por aceptada expresamente y con beneficio de inventario
CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. CLAUDIA LELIN
de parte de la señora MARIA VICTALINA ANZORA DE RUANO, la
GUEVARA DE PEÑATE, SECRETARIA.
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HERENCIA INTESTADA que a defunción dejó el causante MOISES
RUANO, quien fue de ochenta y cuatro años de edad, jornalero, fallecido
3 v. alt. No. F055446-3
el día veintinueve de diciembre del año mil novecientos sesenta y dos,
siendo la ciudad de San Juan Opico su último domicilio. La expresada
aceptante lo hace en concepto de CESIONARIA del derecho hereditario
que le correspondía al señor Sergio René Ruano Cornejo, en concepto
DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL,
de hijo del expresado causante; y en consecuencia, se le confirió la
DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN SALVADOR.
representación y administración INTERINA de la sucesión, con las
facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
HACE SABER: Que por resolución pronunciada a las quince horas
Se cita a las personas que crean tener derecho en dicha sucesión,
treinta minutos del día diecisiete de septiembre de dos mil doce, se tuvo
para que se presenten a este juzgado a deducirlo en el plazo de quince días
por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de parte de los
contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.
señores, OSCAR RICARDO HERNÁNDEZ MORALES, DOLORES
Librado en el Juzgado de Primera Instancia. San Juan Opico, de-
partamento de La Libertad, a las diez horas siete minutos del día veinte
de Septiembre de dos mil doce. Licdo. DAVID AMAEL MORAN
ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Licdo. CARLOS
ARNULFO SOSA FLORES, SECRETARIO.
AIDA HERNÁNDEZ DE FLORES, conocida tributariamente como
DOLORES AIDA HERNÁNDEZ MORALES y MARTA YANIRA
HERNÁNDEZ DE VILLALOBOS, conocida tributariamente como
MARTA YANIRA HERNÁNDEZ MORALES, en concepto de hijos
del causante señor OSCAR ALBERTO HERNÁNDEZ CONTRERAS,
conocido por OSCAR ALBERTO HERNÁNDEZ, de la Herencia
Intestada que a su defunción defirió el expresado causante, ocurrida el
3 v. alt. No. F055382-3
día dieciséis de septiembre de mil novecientos ochenta y cuatro, en esta
ciudad, su último domicilio. Habiéndose conferido a los aceptantes la
administración y representación interina de los bienes de la sucesión
R
con las facultades y restricciones legales.
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DOCTOR JULIO CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL.
D
HACE SABER: Que por resolución de las quince horas dos minutos
del día veinte de agosto del año dos mil doce. Se ha tenido por aceptada
expresamente con beneficio de inventario la herencia intestada que a su
Y CITA a los que se crean con derecho a la herencia referida para
que se presenten en el término de Ley, a hacer uso de sus derechos en
la sucesión.
defunción ocurrida a las cinco horas diez minutos del día dieciocho de
Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil, San Salvador, a las
mayo del año dos mil once, en el Hospital Nacional San Juan de Dios
quince horas cincuenta minutos del día diecisiete de septiembre de
de Santa Ana, dejó el señor MIGUEL ANGEL DELGADO HERRERA,
dos mil doce.- Dr. DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ
quien tuvo como último domicilio el de Ahuachapán; de parte de la
señora YOLANDA DELGADO DE MARTINEZ, en su calidad de
CUARTO DE LO CIVIL. Lic. VICTORINO ALEXANDER
PERAZA, SECRETARIO.
hija del causante. A quien se le nómbrase interinamente representante
y administradora de la sucesión con las facultades y restricciones de los
curadores de la herencia yacente.
3 v. alt. No. F055459-3
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397
128
EL INFRASCRITO JUEZ, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS
DE LEY,
su último domicilio, el día doce de febrero de mil novecientos setenta y
nueve, dejó el causante MAURICIO TORRES MARTÍNEZ, conocido
por MAURICIO TORRES, de parte de los señores AUGUSTO MISAEL
TORRES HERNÁNDEZ, CECILIA MAGDALENA TORRES DE
HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas de este día,
se ha tenido por aceptada, expresamente y con beneficio de inventario, la
herencia intestada que dejó la señora JUANA FRANCISCA ALEMÁN
DE CASTELLÓN, conocida por JUANA FRANCISCA ALEMÁN, al
CALDERÓN y PATRICIA GUADALUPE TORRES DE BELTRAN,
en su calidad de hijos del referido de cujus. Se ha conferido a los
aceptantes la administración y representación interina de la sucesión, con
las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
fallecer el día veintiséis de febrero del corriente año, en el Hospital San
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Cítense a los que se crean con derecho a la herencia en mención,
Juan de Dios, de la ciudad de San Miguel, siendo la ciudad de Santa Elena,
en el Departamento de Usulután, lugar que tuvo como último domicilio,
para que transcurridos el término de quince días después de la tercera
al señor LUIS ALONSO CASTELLÓN BENAVIDES, conocido por
publicación de este edicto, concurran a este tribunal a hacer uso de sus
LUIS ALONSO CASTELLÓN, en concepto de cónyuge sobreviviente
derechos.
de la causante, y como Cesionario del derecho hereditario que le
correspondía a los señores LUIS ROBERTO CASTELLÓN ALEMÁN
o LUIS ROBERTO CASTELLÓN, IDILIA MARIBEL CASTELLÓN
DE LOZANO o IDILIA MARIBEL CASTELLÓN ALEMÁN o IDILIA
MARIBEL CASTELLÓN, y FLOR DE MARÍA CASTELLÓN DE
ORELLANA o FLOR DE MARÍA CASTELLÓN ALEMÁN o FLOR DE
MARÍA CASTELLÓN, como hijos de la causante y JESÚS ALEMÁN,
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de
ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos,
Departamento de San Salvador, a las diez horas con treinta minutos del
día nueve de agosto de dos mil doce. Licda. JUDITH GUADALUPE
MAZA CALDERÓN, JUEZA DE LO CIVIL. Lic. ANTONIO
CORTEZ GÓMEZ, SECRETARIO.
como padre de la misma causante; confiriéndosele la administración y
representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones
3 v. alt. No. F055496-3
de los curadores de la herencia yacente.
Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se
presenten a deducirlo en el término de quince días después de la tercera
publicación de este edicto.
SAÚL ERNESTO MORALES, JUEZ QUINTO DE LO CIVIL Y
MERCANTIL DE SAN SALVADOR,
HACE SABER: Que en este Juzgado se han iniciado las Diligencias
de Aceptación de Herencia Testamentaria promovidas por los Licen-
DE LO CIVIL. Licda. MIRNA MARISOL SIGARÁN HERNÁNDEZ,
ciados JUAN JOSÉ ALAS, como apoderado general judicial del señor
SECRETARIA.
CÉSAR AUGUSTO PINO MARQUEZ y la Licenciada CRISTELA
GUADALUPE MELÉNDEZ ESCOBAR, conocida por CRISTELA
3 v. alt. No. F055486-3
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Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a los veinte días del
mes de agosto del dos mil doce. Lic. JOSÉ ANTONIO GÁMEZ, JUEZ
GUADALUPE NOVOA ESCOBAR, como apoderada general judicial
de la señora IRIS AMADA DE JESÚS GÁLVEZ MARQUEZ, y que
por resolución de las once horas con quince minutos del día veinticuatro
de septiembre del año dos mil doce, se ha tenido por aceptada expresa-
JUDITH GUADALUPE MAZA CALDERÓN, JUEZA DE LO CIVIL
DE ESTE MUNICIPIO JUDICIAL,
mente y con beneficio de inventario de la sucesión que a su defunción
le defirió la causante señora MARÍA DEL TRÁNSITO MARQUEZ DE
GÁLVEZ, conocida por TRÁNSITO MARQUEZ DE GÁLVEZ, quien
fue de ochenta y cinco años de edad al momento de fallecer, de oficios
HACE SABER: Que por resolución proveída por este juzgado a
del hogar, casada, originaria de Apaneca, salvadoreña por nacimiento,
las doce horas del día treinta de julio de dos mil doce. Se ha tenido por
hija de Juan Girón y Andrea Márquez, siendo su último domicilio el de
aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada
la ciudad de San Salvador, quien falleció en fecha diecinueve de agosto
que a su defunción ocurrida en la Ciudad de Santo Tomás, siendo éste
del año dos mil nueve, por parte de los señores CÉSAR AUGUSTO
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012.
129
PINO MARQUEZ y la señora IRIS AMADA DE JESÚS GÁLVEZ
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Acajutla, a las
MARQUEZ, en su calidad de herederos testamentarios de la causante en
ocho horas cuarenta y cinco minutos del día veintiséis de septiembre
un porcentaje de un treinta y tres punto treinta y tres por ciento para cada
del dos mil doce.- Licda. MÉLIDA DEL TRÁNSITO GONZÁLEZ
uno, a quien de conformidad al art. 1163 del Código Civil se les confirió
ORELLANA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Licda. ELSA
la administración y representación interina de la sucesión intestada, con
CORALIA RAMÍREZ LEIVA, SECRETARIO.
las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Así
mismo en dicha resolución se ordenó citar a los que se crean con derecho
3 v. alt. No. F055342-3
a la sucesión para que dentro del plazo de quince días contados a partir
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del siguiente a la tercera publicación del edicto de ley, se presenten a
este Tribunal a deducir sus derechos.
Y para que lo proveído por este Juzgado tenga su legal cumplimiento,
TÍTULO DE PROPIEDAD
se libra el presente Edicto en el Juzgado Quinto de lo Civil y Mercantil de
San Salvador, a las once horas con cincuenta minutos del día veinticuatro
de septiembre del año dos mil doce.- Dr. SAÚL ERNESTO MORALES,
JUEZ QUINTO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, SAN SALVADOR.
Licda. GABRIELA CAROLINA PALACIOS CRISTALES,
SECRETARIA.
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE ESTA CIUDAD.
HACE SABER: Que a esta oficina se presento el señor GREGORIO
GONZÁLEZ FUENTES, de sesenta y cuatro años de edad, Jornalero,
de este domicilio, con Documento Único de Identidad número cero
dos millones cuatrocientos ochenta y cuatro mil ciento veintitrés guión
3 v. alt. No. F055508-3
dos; solicitando a su favor la extensión de TÍTULO DE PROPIEDAD
y DOMINIO; de un inmueble de Naturaleza Urbana, situado en la
Lotificación Gutiérrez, de esta ciudad, Distrito y Departamento de San
Miguel, de la capacidad superficial de SEISCIENTOS NOVENTA Y
HERENCIA YACENTE
OCHO METROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes:
AL ORIENTE, treinta y seis punto cuarenta y cinco metros, colinda con
Miguel Ángel Aguilar Batres y Omar Turcios Vásquez; AL NORTE
MÉLIDA DEL TRÁNSITO GONZÁLEZ ORELLANA, JUEZ DE
cuarenta y seis metros colinda con Edy Bladimir Romero Hernández y
PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
Rosa Cándida Machado Rivas; AL PONIENTE, doce metros colinda
con José Diego Martínez Sorto; y AL SUR, treinta metros colinda con
Rosa María Elena Castillo de Guevara y Gregorio González Fuentes,
HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado
Pedro Rogelio Sibrián Lara, de treinta y ocho años de edad, abogado,
R
de este domicilio, en su concepto de apoderado general judicial con
IA
cláusula especial de la señora Arcadia Morán Flores; pidiendo que se
declare yacente la herencia de los bienes que a su defunción dejó la
D
señora ROSA MÉLIDA MORÁN, quien fue de sesenta y cuatro años
de edad, soltera, del domicilio de esta ciudad, falleció a las quince horas
quince minutos del día seis de noviembre de mil novecientos noventa
y siete, sin haber formalizado testamento alguno y hasta la fecha no se
ha presentado ninguna persona aceptando o repudiando dicha herencia,
por lo que se ha declarado yacente, habiéndose nombrado Curador de
la misma al Licenciado NELSON ARGELIS JIMÉNEZ ESCOBAR, a
quien se juramentó y se le discernió el cargo.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
ley.
calle de por medio, en el inmueble antes descrito se encuentra construida
tres casas en buen estado: Las dos primeras paredes de bloque, techo
de duralita y la última de pared de adobe, techo de teja, con servicio
de agua y con su correspondiente servicio sanitario completo y siendo
propias las paredes de las casas antes descritas. Que el inmueble descrito
lo adquirió por medio de Compra Venta de Posesión Material que le
hizo al señor JOSÉ TEOFILO PORTILLO, el día veintidós de enero de
mil novecientos ochenta, antes los oficios del Notario José Guillermo
Araujo Araujo. Dicho inmueble no tiene cargas, ni derechos reales que
pertenezcan a otra persona, no es dominante, ni sirviente, ni se encuentra
en proindivisión con nadie. Que desde la fecha que adquirió la posesión
del inmueble descrito hasta la actualidad ha tenido la posesión material
en forma quieta, pacífica e ininterrumpida y sin proindivisión con
persona alguna como verdadero dueño. El inmueble anterior lo estima
en la cantidad de UN MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS
DE AMÉRICA; lo que se avisa al público para los efectos de ley.
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397
130
ALCALDÍA MUNICIPAL: Ciudad Barrios, a los veintisiete días
del mes de agosto del año dos mil doce. RENÉ WILFREDO GÓMEZ
ESCOBAR, Alcalde Municipal. Licda. ROSA AMINTA
MORALES DE MEDRANO, Secretaria Municipal.
No. de Presentación: 20120168907
CLASE: 12.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
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3 v. alt. No. F055465-3
No. de Expediente: 1991001632
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MORENA
RENOVACIÓN DE MARCAS
GUADALUPE ZAVALETA NOVA, mayor de edad, ABOGADO Y
NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO
No. de Expediente: 2000006939
DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando
No. de Presentación: 20120165126
CLASE: 36.
como APODERADO de FIAT GROUP MARKETING & CORPORATE
COMMUNICATION S.p.A., del domicilio de Via Nizza 250, 10126
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
Torino, Italia, de nacionalidad ITALIANA, solicitando RENOVACION,
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MORENA
GUADALUPE ZAVALETA NOVA, mayor de edad, ABOGADO Y
NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de BANCO CITIBANK
DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA, del domicilio de Santa
para la inscripción Número 00018 del Libro 00012 de INSCRIPCION
DE MARCAS, consistente en la expresión ALFA ROMEO; que ampara
productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 12 de la Clasificación
Internacional de Niza.
Tecla, Departamento de La Libertad, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00107
del Libro 00162 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en
LAS PALABRAS MULTI PREMIOS, ESCRITAS EN LETRAS DE
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
CARACTERES CORRIENTES que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 36 de la Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los diecinueve días del mes de julio del año dos mil doce.
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REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
D
a los veinticinco días del mes de junio del año dos mil doce.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
REGISTRADOR.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIA.
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F055396-3
3 v. alt. No. F055398-3
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012.
No. de Expediente: 1985001377
No. de Expediente: 2000008170
No. de Presentación: 20100137269
No. de Presentación: 20120167766
131
CLASE: 07.
CLASE: 29.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado LUZ DE
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, mayor de edad, ABOGADO Y
NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE
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SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MORENA
GUADALUPE ZAVALETA NOVA, mayor de edad, ABOGADO Y
NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO
APODERADO de GONHER DE MEXICO S.A. DE C.V., del domicilio
de Avenida Manuel Ordóñez, Número 600, Santa Catarina, Nuevo León,
México, de nacionalidad MEXICANA, solicitando RENOVACIÓN,
para la inscripción Número 00186 del Libro 00153 de INSCRIPCIÓN
DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando
DE MARCAS, consistente en una viñeta cuadrada de fondo color azul
como APODERADO ESPECIAL de PRODUCTOS ALIMENTICIOS
y sobre este fondo, una fina red de color blanco, en forma también
SELLO DE ORO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE,
cuadrada que deja al descubierto solamente una delgada orilla del color
del domicilio de Jayaque, Departamento de La Libertad, de nacionalidad
azul a su alrededor; en su parte superior contiene la palabra "WEB" en
letras mayúsculas, de tipo huecas y estilizadas con su borde blanco y
SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Nú-
fondo rojo, y la letra "W" está formada por figuras geométricas así: un
mero 00145 del Libro 00128 de REGISTRO DE MARCAS, consistente
trapecio a ambos lados, un rombo en el centro y un triángulo en cada
en la palabra NUGGETS; que ampara productos/servicios comprendidos
abertura inferior; bajo esta palabra aparecen las palabras "Oil Filter" en
en la(s) Clase 29 de la Clasificación Internacional de Niza.
letras blancas de tamaño pequeño y minúsculas, exceptuando la "O" y
la "F" que sí son mayúsculas; bajo éstas, la expresión "W-16" en color
blanco y en menor tamaño, siendo la "W" mayúscula; y más abajo, la
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
letra "V" mayúscula junto a los números "4670" ambos también en color
blanco, pero en tamaño muy pequeño; que ampara productos/servicios
comprendidos en la(s) Clase 07 de la Clasificación Internacional de
Niza.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
D
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a los quince días del mes de junio del año dos mil doce.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos, San Salvador,
a los cinco días del mes de julio del año dos mil doce.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
REGISTRADOR.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F055401-3
3 v. alt. No. F055419-3
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397
132
No. de Expediente: 2012119872
MARCAS DE FÁBRICA
No. de Presentación: 20120170713
Nueva Publicación
CLASE: 30.
El presente aviso se publica nuevamente por haber salido con error en
los Diarios Oficiales Nos. 167, 169 y 171 Tomo No. 396 de fechas 10,
12 y 14 de septiembre de 2012.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
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No. de Expediente: 2012116079
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RAUL
No. de Presentación: 20120164335
CLASE: 03.
BENJAMIN LOPEZ BERTRAND, en su calidad de APODERADO de
MARIANO HECTOR SALAZAR CHAVEZ, de nacionalidad SALVA-
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado MIRIAM
ILIANA MIRANDA LOPEZ, en su calidad de APODERADO ESPE-
DOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE
COMERCIO,
CIAL de GYNOPHARM, S.A., de nacionalidad COSTARRICENSE,
solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
LA LIMA COFFEE ESTATE
Consistente en: las palabras LA LIMA COFFEE ESTATE, donde
las palabras Coffee Estate se traducen al castellano como Finca de Café,
que servirá para: AMPARAR: CAFE ORO. Clase: 30.
Consistente en: las palabras CFR RECALCINE y diseño, que
servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES PARA BLANQUEAR Y
La solicitud fue presentada el día dos de julio del año dos mil
OTRAS SUSTANCIAS PARA LAVAR LA ROPA; PREPARACIONES
PARA LIMPIAR, PULIR, DESENGRASAR Y RASPAR; JABONES;
doce.
PRODUCTOS DE PERFUMERÍA, ACEITES ESENCIALES, COSMÉTICOS, LOCIONES CAPILARES; DENTÍFRICOS. Clase: 03.
La solicitud fue presentada el día trece de febrero del año dos mil
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintisiete de septiembre del año dos mil doce.
R
doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
IA
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
D
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,
diecisiete de febrero del año dos mil doce.
REGISTRADOR.
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
ISMEL EDITH VALLES DE HERNÁNDEZ,
SECRETARIO.
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C005775-3
3 v. alt. No. C004794-3
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012.
No. de Expediente: 2012119475
No. de Expediente: 2012121383
No. de Presentación: 20120169942
No. de Presentación: 20120173829
CLASE: 05.
CLASE: 29.
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EL INFRASCRITO REGISTRADOR
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
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N OF
O IC
TI IA
EN L
E SO
VA L
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D AR
EZ A
LE C
G ON
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HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado FRANHACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado FRAN-
CISCO JAVIER MEJIA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO
CISCO JAVIER MEJIA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO
de PHARMA DEVELOPMENT S.A., de nacionalidad ARGENTINA,
de PHARMA DEVELOPMENT S.A., de nacionalidad ARGENTINA,
solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER-
solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER-
CIO,
CIO,
METABOLIC CLA
Consistente en: las palabras METABOLIC CLA. Se traduce al
castellano la palabra metabolic como: Metabólico, que servirá para:
Consistente en: la palabras NutriBaby y diseño, que servirá para:
AMPARAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS, ESPECIALMENTE
AMPARAR: EXTRACTOS DE CARNE: FRUTAS Y VERDURAS,
PRODUCTOS FARMACEUTICOS PARA LA OBESIDAD Y EL
HORTALIZAS Y LEGUMBRES EN CONSERVA, CONGELADAS
SECAS Y COCIDAS; JALEAS, COMPOTAS, PAPILLAS; HUEVOS,
METABOLISMO. Clase: 05.
LECHE Y PRODUCTOS LÁCTEOS. Clase: 29.
La solicitud fue presentada el día trece de junio del año dos mil
doce.
La solicitud fue presentada el día trece de septiembre del año dos
mil doce.
R
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
IA
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
cuatro de septiembre del año dos mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
D
veintiuno de septiembre del año dos mil doce.
MARIA DAFNE RUIZ,
MARÍA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
REGISTRADOR.
LUCÍA MARGARITA GALÁN,
LUCÍA MARGARITA GALÁN,
SECRETARIO.
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F055513-3
3 v. alt. No. F055515-3
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397
134
No. de Expediente: 2012121382
Pharma Development S.A., de nacionalidad ARGENTINA, solicitando
el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO.
No. de Presentación: 20120173828
CLASE: 05.
102 AÑOS
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado FRANCISCO
Consistente en: la expresión 102 AÑOS, que servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES FARMACÉUTICAS Y VETERINARIAS;
MA DEVELOPMENT S.A., de nacionalidad ARGENTINA, solicitando
PREPARACIONES HIGIÉNICAS Y SANITARIAS PARA USO
el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO.
MÉDICO; ALIMENTOS Y SUSTANCIAS DIETÉTICAS PARA USO
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JAVIER MEJIA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO de PHAR-
MÉDICO O VETERINARIO, ALIMENTOS PARA BEBÉS; COMPLEMENTOS ALIMENTICIOS PARA PERSONAS Y ANIMALES;
EMPLASTOS, MATERIAL PARA APÓSITOS; MATERIAL PARA
EMPASTES E IMPRONTAS DENTALES; DESINFECTANTES;
PREPARACIONES PARA ELIMINAR ANIMALES DAÑINOS;
FUNGICIDAS, HERBICIDAS. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día veintisiete de julio del año dos
Consistente en: la palabra NutriBaby y diseño, que servirá para:
AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS, PRODUCTOS HI-
GIÉNICOS Y SANITARIOS PARA USO MEDICO; ALIMENTOS Y
SUSTANCIAS DIETÉTICAS PARA USO MÉDICO Y VETERINARIO,
mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
nueve de agosto del año dos mil doce.
ALIMENTOS PARA BEBES; COMPLEMENTOS NUTRICIONALES
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
PARA SERES HUMANOS. Clase: 05.
REGISTRADORA.
La solicitud fue presentada el día trece de septiembre del año dos
mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
SECRETARIO.
veinte de septiembre del año dos mil doce.
3 v. alt. No. F055519-3
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
No. de Expediente: 2012116027
SECRETARIO.
D
IA
R
LUCIA MARGARITA GALAN,
No. de Presentación: 20120164235
CLASE: 01, 39.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
3 v. alt. No. F055517-3
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado FRANCISCO JAVIER MEJIA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO
de ATLANTA BUSINESS CORPORATION, S.A., de nacionalidad
PANAMEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y
No. de Expediente: 2012120428
No. de Presentación: 20120172036
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
DE COMERCIO.
ALPHA
Consistente en: la palabra ALPHA, que se traduce al castellano
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado FRANCIS-
como Alfa, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS QUIMICOS
CO JAVIER MEJIA ESCOBAR: en su calidad de APODERADO de
DESTINADOS A LA INDUSTRIA, CIENCIA, FOTOGRAFÍA, ASÍ
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012.
135
COMO A LA AGRICULTURA, HORTICULTURA Y SILVICULTU-
VEHICULOS; CHASIS DE AUTOMOVILES; EMBRAGUES PARA
RA; RESINAS ARTIFICIALES EN ESTADO BRUTO, MATERIAS
AUTOMOVILES; SEÑALES DIRECCIONALES PARA VEHICULOS;
PLASTICAS EN ESTADOS BRUTO, ABONO PARA LAS TIERRAS;
CIRCUITOS HIDRAULICOS PARA VEHICULOS; TRANSMISION
COMPOSICIONES EXTINTORAS; PREPARACIONES PARA EL
PARA VEHICULOS DE TIERRA; PARTES ESTRUCTURALES
TEMPLE Y SOLDADURAS DE METALES; PRODUCTOS QUÍMI-
PARA VEHICULOS; VOLANTES PARA VEHICULOS; LLANTAS
COS DESTINADOS A CONSERVAR LOS ALIMENTOS; MATERIAS
PARA VEHICULOS; NEUMATICOS PARA VEHICULOS; ASIENTO
CURTIENTES; ADHESIVOS (PEGAMENTOS) DESTINADOS A LA
PARA VEHICULOS; MARCOS DE PLACAS; PORTAEQUIPAJE
INDUSTRIA. Clase: 01. Para: AMPARAR: TRANSPORTE; ALMA-
PARA VEHICULOS. Clase: 12.
CENAJE Y EMBALAJE DE MERCANCÍAS; ORGANIZACION DE
VIAJES Clase: 39.
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doce.
La solicitud fue presentada el día nueve de febrero del año dos mil
doce.
La solicitud fue presentada el día quince de mayo del año dos mil
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
nueve de agosto del año dos mil doce.
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veinte de agosto del año dos mil doce.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIO.
ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F055524-3
3 v. alt. No. F055522-3
NOMBRE COMERCIAL
No. de Expediente: 2012118442
No. de Expediente: 2012121206
No. de Presentación: 20120168412
No. de Presentación: 20120173550
CLASE: 12.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
R
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado FRAN-
IA
CISCO JAVIER MEJIA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO
de FUJI JUKOGYO KABUSHIKI KAISHA (también conocida como
D
Fuji Heavy Industries Ltd), de nacionalidad JAPONESA, solicitando el
registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO.
BRZ
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RICARDO
AQUINO FUENTES, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de
ESPUMAS ARTIFICIALES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE que se abrevia: ESPUMAR, S.A. DE C.V., de nacionalidad
SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL.
FRESH FIRM
PLUS
Consistente en: la expresión BRZ, que servirá para: AMPARAR:
AUTOMOVILES; MOTORES PARA AUTOMOVILES; ESPEJOS
Consistente en: las palabras FRESH FIRM PLUS, que se traducen
RETROVISORES; CAPOTA PARA MOTORES DE VEHICULOS; PA-
al castellano como Mayor Frescura y Firmeza, que servirá para: IDEN-
RACHOQUES DE VEHICULOS; LIMPIAPARABRISAS; FRENOS DE
TIFICAR UN ESTABLECIMIENTO DEDICADO A COMERCIALI-
VEHICULOS; BOCINAS PARA VEHICULOS; CARROCERIA PARA
ZAR CAMAS, BASES Y COLCHONES, ASI COMO ARTÍCULOS
VEHICULOS; PUERTAS PARA VEHICULOS; ENGRANAJES PARA
ELABORADOS DE MADERA.
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397
136
La solicitud fue presentada el día cinco de septiembre del año dos
mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
diecinueve de septiembre del año dos mil doce.
MARIA DAFNE RUIZ,
No. de Presentación: 20120173549
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RICARDO
AQUINO FUENTES, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de
ESPUMAS ARTIFICIALES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE que se abrevia: ESPUMAR, S.A. DE C.V., de nacionalidad
SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL.
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REGISTRADOR.
No. de Expediente: 2012121205
LUCIA MARGARITA GALAN,
FRESH FIRM
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F055494-3
Consistente en: las palabras FRESH FIRM, que se traducen al castellano como Frescura y Firmeza, que servirá para: IDENTIFICAR UN
ESTABLECIMIENTO DEDICADO A COMERCIALIZAR CAMAS,
BASES Y COLCHONES, ASÍ COMO ARTÍCULOS ELABORADOS
DE MADERA.
La solicitud fue presentada el día cinco de septiembre del año dos
mil doce.
No. de Expediente: 2012121207
No. de Presentación: 20120173551
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RICARDO
AQUINO FUENTES, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de
ESPUMAS ARTIFICIALES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE que se abrevia: ESPUMAR, S.A. DE C.V., de nacionalidad
SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
dieciocho de septiembre del año dos mil doce.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIO.
FRESH
COMFORT
3 v. alt. No. F055497-3
R
Consistente en: las palabras FRESH COMFORT, que se traducen
al castellano como Frescura y Comodidad, que servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO DEDICADO A COMERCIALIZAR
CAMAS, BASES Y COLCHONES, ASÍ COMO ARTICULOS ELABORADOS DE MADERA.
IA
La solicitud fue presentada el día cinco de septiembre del año dos
mil doce.
D
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
dieciocho de septiembre del año dos mil doce.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F055495-3
No. de Expediente: 2012121210
No. de Presentación: 20120173554
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RICARDO
AQUINO FUENTES, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de
ESPUMAS ARTIFICIALES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE que se abrevia: ESPUMAR, S.A. DE C.V., de nacionalidad
SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL.
ONE COVER
PLUS
Consistente en: las palabras ONE COVER PLUS, que se traducen
al castellano como Una Mayor Cubierta, que servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO DEDICADO A COMERCIALIZAR
CAMAS, BASES Y COLCHONES, ASÍ COMO ARTÍCULOS ELABORADOS DE MADERA.
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012.
La solicitud fue presentada el día cinco de septiembre del año dos
mil doce.
137
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
diecinueve de septiembre del año dos mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
dieciocho de septiembre del año dos mil doce.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
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MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. F055501-3
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIO.
No. de Expediente: 2012121208
No. de Presentación: 20120173552
3 v. alt. No. F055499-3
No. de Expediente: 2012121209
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RICARDO
AQUINO FUENTES, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de
ESPUMAS ARTIFICIALES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE que se abrevia: ESPUMAR, S.A. DE C.V., de nacionalidad
SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL.
No. de Presentación: 20120173553
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
FRESH
COMFORT PLUS
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RICARDO
AQUINO FUENTES, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de
ESPUMAS ARTIFICIALES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE que se abrevia: ESPUMAR, S.A. DE C.V., de nacionalidad
SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMER-
D
IA
R
CIAL.
ONE COVER
Consistente en: las palabras ONE COVER, que se traducen al
castellano como Una Cubierta, que servirá para: IDENTIFICAR UN
Consistente en: las palabras FRESH COMFORT PLUS, que se
traducen al castellano como Mayor Frescura y Comodidad, que servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO DEDICADO A
COMERCIALIZAR CAMAS, BASES Y COLCHONES, ASÍ COMO
ARTÍCULOS ELABORADOS DE MADERA.
La solicitud fue presentada el día cinco de septiembre del año dos
mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos, San Salvador,
diecinueve de septiembre del año dos mil doce.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
ESTABLECIMIENTO DEDICADO A COMERCIALIZAR CAMAS,
BASES Y COLCHONES, ASÍ COMO ARTÍCULOS ELABORADOS
DE MADERA.
La solicitud fue presentada el día cinco de septiembre del año dos
mil doce.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F055502-3
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397
138
No. de Expediente: 2011106760
SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL
No. de Presentación: 20110146640
No. de Expediente: 2011111997
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
No. de Presentación: 20110155994
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ DE
MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JOSE DA-
CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando
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NIEL JULIO MARTINEZ MARTINEZ, en su calidad de APODERADO
ESPECIAL de OPERADORA DEL SUR, SOCIEDAD ANONIMA DE
de POLLO CAMPERO DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA
DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: POLLO CAMPERO DE
el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL.
EL SALVADOR, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA,
solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD
COMERCIAL.
TODA LA CALIDAD Y FRESCURA AL
MEJOR PRECIO
POLLO CAMPERO, HOY ES DIA DE SABOR
Consistente en: las palabras TODA LA CALIDAD Y FRESCURA
AL MEJOR PRECIO, que servirá para: LLAMAR LA ATENCION DEL
PUBLICO CONSUMIDOR DE LAS PROMOCIONES Y ACTIVIDA-
Consistente en: la expresión POLLO CAMPERO, HOY ES DIA
DES DE SUPERMERCADO DE LA EMPRESA, UTILIZADAS PARA
DE SABOR, que servirá para: ATRAER LA ATENCION DE LOS
MOTIVAR LA VENTA DE PRODUCTOS DE LAS SIGUIENTES
CONSUMIDORES SOBRE LOS SERVICIOS DE RESTAURANTES,
CAFES-RESTAURANTE, CAFETERIAS, RESTAURANTES DE
AUTOSERVICIO Y SERVICIOS DE ALIMENTACION Y BEBIDAS,
CATEGORIAS: ABARROTES, PRODUCTOS DE CUIDADO PERSONAL, PRODUCTOS PARA LA LIMPIEZA DEL HOGAR, GRANOS
BASICOS, PERECEDEROS Y/O PRODUCTOS DE TEMPORADA.
BARES DE COMIDAS RAPIDAS.
La solicitud fue presentada el día catorce de enero del año dos mil
La solicitud fue presentada el día veintitrés de agosto del año dos
once.
mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
R
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos, San Salvador,
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
IA
cinco de junio del año dos mil doce.
D
veintiséis de marzo del año dos mil doce.
MARIA DAFNE RUIZ,
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,
SECRETARIO.
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C005789-3
3 v. alt. No. F055417-3
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012.
CONVOCATORIA
PUBLICA SUBASTA
CONVOCATORIA
FREDY FRANCISCO ORELLANA FRANCO, JUEZ SEGUNDO DE
LA JUNTA DIRECTIVA DEL INGENIO CENTRAL AZUCARERO
JIBOA, SOCIEDAD ANONIMA, POR ESTE MEDIO.
CONVOCA, A SESION DE JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS. La sesión se llevará a cabo en PRIMERA CONVOCATORIA
el día 08 de Noviembre de 2012, de las diez horas en adelante en las
instalaciones del Hotel Real Intercontinental, Ubicado en Ave. Los
Sisimiles y Blvd. De Los Héroes, Departamento de San Salvador.
En esta Junta se conocerán asuntos de
Carácter Ordinario, según la siguiente agenda:
II)
III)
IV)
V)
Establecimiento y Verificación del Quórum.
Lectura y aprobación del acta de asamblea general ordinaria
de accionistas, celebrada el día 07 de septiembre de 2011.
Lectura y aprobación de la Memoria de labores de la Junta
Directiva, correspondiente al año 2011.
HACE SABER: Que por ejecución promovida en este Juzgado, por
la Licenciada BLANCA MARICELA CAMPOS GOMEZ, continuado
por la Licenciada ALICIA MARICELA GOMEZ DE QUINTANLLA,
como Apoderada General Judicial del señor JOSE SISTO MARTINEZ
BENAVIDES, en contra de los demandados SERGIO ANTONIO
MENDEZ e IRIS YVENTH MENDEZ LOPEZ, conocida por IRIS
IVETH MENDEZ LOPEZ, se venderán en pública subasta en fecha
oportuna los muebles SIGUIENTES: un vehículo Placa P 126194, clase
PICK-UP, marca CHEVROLET, Modelo N/D, color ROJO NEGRO,
Motor F0717T. Chasis CS148A170586, capacidad de 5 TONELADAS,
año 1968, un Horno de Gas, color negro desgastado sin el sistema.
Lo que se avisa al púbico para los efectos de Ley.
Librado en el Juzgado Segundo de Paz; Jucuapa, a los nueve días
del mes de Agosto del año dos mil doce.- LIC. FREDY FRANCISCO
ORELLANA FRANCO, JUEZ SEGUNDO DE PAZ SUPLENTE. LIC.
MARTHA JULIA MORALES DE DOMINGUEZ, SECRETARIA.
Presentación y aprobación del Balance General, del Estado
de Resultados, del Estado de Cambios en el Patrimonio y del
informe del Auditor Externo de la sociedad, correspondientes
al ejercicio 2011, a fin de aprobar o improbar los tres primeros
y tomar las medidas que juzguen oportunas.
Aplicación de Resultados de Ejercicio 2011.
VI)
Nombramiento del Auditor Externo, propietario y suplente
y fijación de sus respectivos honorarios para el ejercicio
2012.
VII)
Nombramiento del Auditor Fiscal, propietario y suplente
y fijación de sus respectivos honorarios para el ejercicio
2012.
VIII)
PAZ SUPLENTE DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
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De no reunirse en esa fecha y hora señalada por falta de quórum, la
sesión de Junta General de Accionistas, se llevará a cabo en SEGUNDA
CONVOCATORIA el día 09 de Noviembre de 2012, de las diez horas
en adelante, en las instalaciones del Hotel Real Intercontinental, Ubicado
en Ave. Los Sisimiles y Blvd. De Los Héroes, Departamento de San
Salvador.
I)
139
Elección de los Miembros propietarios y suplentes de la Junta
Directiva y Asignación de sus Emolumentos.
3 v. alt. No. F055467-3
REPOSICION DE CERTIFICADOS
AVISO
Caja de Crédito de Santiago Nonualco, Sociedad Cooperativa de Responsabilidad Limitada de Capital Variable.
COMUNICA: Que a sus oficinas ubicadas en Av. El Progreso y calle
Francisco Gavidia, Bo. San Juan de San Santiago Nonualco, departamento
Autorización a los directores y administradores, para realizar contratos según art. 275 romano III y IV del Código de
Comercio.
de La Paz, se ha presentado el propietario de los CERTIFICADOS DE
EL Quórum necesario para conocer de los asuntos de Carácter
Ordinario en PRIMERA CONVOCATORIA será de la mitad más una
de todas las acciones de la Sociedad que tiene derecho a votar, o sea,
956,076 acciones y sus resoluciones serán válidas con la mayoría de los
votos presentes. Y en SEGUNDA CONVOCATORIA, será constituida
la sesión, cualquiera que sea el número de acciones presentes o representadas, y sus resoluciones se tomarán con el voto de la mayoría de las
acciones presentes o representadas.
00/100 DÓLARES (US $1,500.00) y TRES MIL 00/100 DÓLARES
D
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R
IX)
DEPÓSITO A PLAZO FIJO NÚMEROS 03306 y 03253, solicitando la reposición de dichos certificados por UN MIL QUINIENTOS
(US $3,000.00), respectivamente. En consecuencia de lo anterior, se
hace del conocimiento al público en general para los efectos legales del
caso, que transcurridos treinta días después de la tercera publicación de
este aviso y si no hubiere ninguna oposición, se procederá a reponer los
certificados en referencia.
Santiago Nonualco, 6 de octubre de 2012.
San Vicente, 04 de Octubre de 2012
CESAR AUGUSTO BONILLA LOPEZ,
LIC. DOUGLAS ENRIQUE RIOS ROBLEDO,
CAJA DE CREDITO DE SANTIAGO NONUALCO,
DIRECTOR-PRESIDENTE JUNTA DIRECTIVA.
SOCIEDAD COOPERATIVA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA.
3 v. alt. No. F055379-3
3 v. alt. No. F055331-3
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397
140
AVISO
AVISO
EL BANCO HSBC SALVADOREÑO, S. A.
EL BANCO HSBC SALVADOREÑO, S. A.
COMUNICA: Que a sus oficinas se ha presentado el propietario del
COMUNICA: Que a sus oficinas se ha presentado el propietario
certificado de depósito a plazo No. 10601035060 (218624) emitido en
del certificado de depósito aplazo No.075600006966 (10000026744)
Suc. Ahuachapán el 11 de mayo de 2001, por valor original de $514.29
emitido en Suc. Multiplaza el 25 de noviembre de 2008, por valor
a un plazo de 6 meses, el cual devenga el 5.5000% de Interés, solicitando
original de $300.00 a un plazo de 1 mes, el cual devenga el 5.000%
la reposición de dicho certificado por habérsele extraviado.
de interés, solicitando la reposición de dicho certificado por habérsele
extraviado.
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En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público
para los efectos legales del caso. Transcurridos treinta días después de
la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer
el certificado en referencia.
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público
para los efectos legales del caso. Transcurridos treinta días después de
la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer
el certificado en referencia.
San Salvador, a los cinco días del mes de octubre de dos mil
doce.
San Salvador, a los cinco días del mes de octubre de dos mil
doce.
LIC. EDWIN OSWALDO ESCOBAR ZALDAÑA,
LIC. EDWIN OSWALDO ESCOBAR ZALDAÑA,
SUBGERENTE DE PAGOS Y DEPOSITOS
SUBGERENTE DE PAGOS Y DEPOSITOS.
3 v. alt. No. F055443-3
3 v. alt. No. F055445-3
AVISO
AVISO
EL BANCO HSBC SALVADOREÑO, S. A.
EL BANCO HSBC SALVADOREÑO, S. A.
COMUNICA: Que a sus oficinas se ha presentado el propietario
COMUNICA: Que a sus oficinas se ha presentado el propietario
del certificado de depósito a plazo No.060638570 (12103) emitido en
del certificado de depósito a plazo No. 63601015977(197631) emitido
Suc. Santa Ana el 15 de abril de 1991, por valor original de ¢10,742.00
a un plazo de 180 días, el cual devenga el 18% de interés, solicitando la
reposición de dicho certificado por habérsele extraviado.
en Suc. Plaza Libertad el 21 de diciembre de 2001, por valor original
de $2,285.71 a un plazo de 4 meses, el cual devenga el 3.25000% de
interés, solicitando la reposición de dicho certificado por habérsele
R
extraviado.
IA
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público
D
para los efectos legales del caso. Transcurridos treinta días después de
la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer
el certificado en referencia.
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público
para los efectos legales del caso. Transcurridos treinta días después de
la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer
el certificado en referencia.
San Salvador, a los cinco días del mes de octubre de dos mil
doce.
San Salvador, a los cinco días del mes de octubre de dos mil
doce.
LIC. EDWIN OSWALDO ESCOBAR ZALDAÑA,
LIC. EDWIN OSWALDO ESCOBAR ZALDAÑA,
SUBGERENTE DE PAGOS Y DEPOSITOS.
SUBGERENTE DE PAGOS Y DEPOSITOS.
3 v. alt. No. F055444-3
3 v. alt. No. F055447-3
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012.
AVISO
141
MARCAS DE SERVICIOS
EL BANCO HSBC SALVADOREÑO, S. A.
COMUNICA: Que a sus oficinas se ha presentado el propietario
del certificado de depósito a plazo No.005601074836 (10000073163)
emitido en Suc. Galerías el 16 de noviembre de 2010, por valor original
No. de Expediente: 2011114317
No. de Presentación: 20110160255
de $35,000.00 a un plazo de 1 año, el cual devenga el 2.400% de interés,
CLASE: 03.
do.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
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solicitando la reposición de dicho certificado por habérsele extravia-
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público
para los efectos legales del caso. Transcurridos treinta días después de
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ANA MARLENE
la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer
ANDINO DE NIETO, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad
el certificado en referencia.
de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE SERVI-
San Salvador, a los cinco días del mes de octubre de dos mil
doce.
CIOS.
TEITON
LIC. EDWIN OSWALDO ESCOBAR ZALDAÑA,
SUBGERENTE DE PAGOS Y DEPOSITOS.
Consistente en: la palabra TEITON, que servirá para: AMPARAR:
3 v. alt. No. F055448-3
PREPARACION PARA BLANQUEAR Y OTRAS SUSTANCIAS
PARA LA COLADA; PREPARACIONES PARA LIMPIAR, PULIR,
DESENGRASAR Y RASPAR; JABONES; PERFUMES, ACEITES
ESENCIALES, COSMÉTICOS, LOCIONES PARA EL CABELLO;
AVISO
DENTIFRICOS. Clase: 03.
EL BANCO HSBC SALVADOREÑO, S. A.
COMUNICA: Que a sus oficinas se ha presentado el propietario
del certificado de depósito a plazo No.014601341645 (10000063230)
La solicitud fue presentada el día veintinueve de noviembre del
año dos mil once.
emitido en Suc. San Francisco Gotera el 08 de marzo de 2010, por valor
original de $9,900.00 a un plazo de 6 meses, el cual devenga el 2.600%
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
de Interés, solicitando la reposición de dicho certificado por habérsele
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
R
extraviado.
IA
veinte de julio del año dos mil doce.
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público
D
para los efectos legales del caso. Transcurridos treinta días después de
la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer
el certificado en referencia
San Salvador, a los cinco días del mes de octubre de dos mil
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
doce.
LUCIA MARGARITA GALAN,
LIC. EDWIN OSWALDO ESCOBAR ZALDAÑA,
SUBGERENTE DE PAGOS Y DEPOSITOS.
3 v. alt. No. F055449-3
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C005784-3
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397
142
No. de Expediente: 2011108147
La solicitud fue presentada el día once de octubre del año dos mil
No. de Presentación: 20110149225
once.
CLASE: 41.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
treinta de agosto del año dos mil doce.
Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
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A
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ DE
MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO
ESPECIAL de OPERADORA DEL SUR, SOCIEDAD ANONIMA DE
CAPITAL VARIABLE que se abrevia: OPERADORA DEL SUR, S.A.
DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de
la MARCA DE SERVICIOS,
UNA MANO PARA CRECER
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
Consistente en: la expresión UNA MANO PARA CRECER, que
servirá para: AMPARAR: ORGANIZACION DE CAPACITACIONES
Y DESARROLLO DE PROGRAMAS PARA EL DESARROLLO
ECONOMICO DE PEQUEÑOS Y MEDIANOS PRODUCTORES.
Clase: 41.
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F055426-3
La solicitud fue presentada el día quince de marzo del año dos mil
once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
quince de junio del año dos mil doce.
MARIA DAFNE RUIZ,
MARCAS DE PRODUCTO
No. de Expediente: 2012120525
No. de Presentación: 20120172250
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
CLASE: 03.
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F055422-3
No. de Expediente: 2011113240
No. de Presentación: 20110158315
R
CLASE: 35, 41.
IA
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
D
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado HECTOR
PAUL VILLEDA ZIMMER, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su
calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE
SERVICIOS,
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ DE
MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de More Pharma Corporation, S. de R.L. de C.V., de
nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE
PRODUCTO,
SKINREGEN
Consistente en: la palabra SKINREGEN, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS DE PERFUMERÍA, ACEITES ESENCIALES,
COSMETICOS, LOCIONES CAPILARES: INCLUYENDO PREPA-
Consistente en: las palabras runelsalvador.com y diseño, que
servirá para: AMPARAR: PUBLICIDAD; GESTIÓN DE NEGOCIOS
COMERCIALES; ADMINISTRACIÓN COMERCIAL; TRABAJOS
DE OFICINA. Clase: 35. Para: AMPARAR: SERVICIOS DE ENTRETENIMIENTO; ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y CULTURALES;
ORGANIZACIÓN DE EVENTOS DEPORTIVOS. Clase: 41.
RACIONES PARA EL CUIDADO DE LA PIEL, A SABER, CREMAS
PARA LA CARA Y EL CUERPO, LOCIONES, MASCARILLAS,
LIMPIADORES, TÓNICOS, HUMECTANTES, TRATAMIENTOS
DE LIMPIEZA, CREMAS PARA LOS OJOS, GELES PARA LOS
OJOS Y LOCIONES PARA EL CUERPO. Clase: 03.
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012.
La solicitud fue presentada el día ocho de agosto del año dos mil
doce.
143
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
trece de agosto del año dos mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
MARIA DAFNE RUIZ,
trece de agosto del año dos mil doce.
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
MARIA DAFNE RUIZ,
SECRETARIO.
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REGISTRADOR.
3 v. alt. No. F055404-3
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
No. de Expediente: 2012120399
3 v. alt. No. F055402-3
No. de Presentación: 20120171815
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
No. de Expediente: 2012120524
No. de Presentación: 20120172248
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ DE
MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERA-
DO ESPECIAL de More Pharma Corporation, S. de R.L. de C.V., de
nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE
SILCURA
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PRODUCTO,
Consistente en: la palabra SILCURA, que servirá para: AMPA-
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ DE
MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO
ESPECIAL de International Pharma Labs S.à.r.I., de nacionalidad
LUXEMBURGUESA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
CARNISENSITIVE
Consistente en: la palabra CARNISENSITIVE, que servirá para:
AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS; ALIMENTOS Y
SUSTANCIAS DIETÉTICAS PARA USO MÉDICO, ALIMENTOS
PARA BEBES; PREPARACIONES BACTERIANAS PARA USO
MÉDICO, PREPARACIONES BACTEREOLOGICAS PARA USO
MÉDICO. PREPARACIONES BALSÁMICAS PARA USO MÉDICO,
Y ENZIMAS PARA USO MEDICO. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día veintiséis de julio del año dos
mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
treinta y uno de julio del año dos mil doce.
RAR: PRODUCTOS DE PERFUMERIA, ACEITES ESENCIALES,
COSMÉTICOS, LOCIONES CAPILARES; INCLUYENDO PREPARACIONES PARA EL CUIDADO DE LA PIEL, A SABER, CREMAS
PARA LA CARA Y EL CUERPO, LOCIONES, MASCARILLAS,
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
LIMPIADORES, TÓNICOS, HUMECTANTES, TRATAMIENTOS
DE LIMPIEZA, CREMAS PARA LOS OJOS, GELES PARA LOS
OJOS Y LOCIONES PARA EL CUERPO. Clase: 03.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIO.
La solicitud fue presentada el día ocho de agosto del año dos mil
doce.
3 v. alt. No. F055405-3
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397
144
No. de Expediente: 2012120398
La solicitud fue presentada el día veintiséis de julio del año dos
mil doce.
No. de Presentación: 20120171814
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
treinta y uno de julio del año dos mil doce.
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ DE
MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO
ESPECIAL de International Pharma Labs S.à.r.I., de nacionalidad
LUXEMBURGUESA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
MARIA DAFNE RUIZ,
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REGISTRADOR.
PURE PRO EGG
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIO.
Consistente en: las palabras PURE PRO EGG, en donde PURE
EGG se traducen al castellano como PURO HUEVO, que servirá para:
AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS; SUSTANCIAS
DIETÉTICAS PARA USO MÉDICO, ALIMENTOS PARA BEBES;
SUPLEMENTOS ALIMENTICIOS, SUPLEMENTOS NUTRICIONALES, COMPLEMENTOS NUTRICIONALES, COMPLEMENTOS
NUTRICIONALES PARA USO MÉDICO, ALBUMINA (ALIMENTOS A BASE DE -) PARA USO MEDICO. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día veintiséis de julio del año dos
mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
treinta y uno de julio del año dos mil doce.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F055408-3
No. de Expediente: 2012120396
No. de Presentación: 20120171812
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ DE
MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO
ESPECIAL de International Pharma Labs S.à.r.I., de nacionalidad
LUXEMBURGUESA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
3 v. alt. No. F055406-3
ALTRAX
No. de Expediente: 2012120397
No. de Presentación: 20120171813
R
CLASE: 30.
IA
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
D
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ DE
MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO
ESPECIAL de International Pharma Labs S.à.r.I., de nacionalidad
LUXEMBURGUESA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
SENZASALE
Consistente en: la palabra SENZASALE, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS DE PASTELERIA Y DE CONFITERIA,
HELADOS; MIEL, JARABE DE MELAZA; LEVADURA, POLVOS
DE HORNEAR; SAL, MOSTAZA; VINAGRE, SALSAS (CONDIMENTOS); ESPECIAS AROMÁTICAS (PREPARACIONES -)
PARA USO ALIMENTICIO, ESPECIAS, SAZONAR (PRODUCTOS
PARA-). Clase: 30.
Consistente en: la palabra ALTRAX, que servirá para: AMPARAR:
PREPARACIONES FARMACÉUTICAS. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día veintiséis de julio del año dos
mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
treinta y uno de julio del año dos mil doce.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F055409-3
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012.
145
La solicitud fue presentada el día dieciséis de agosto del año dos
mil doce.
No. de Expediente: 2012120395
No. de Presentación: 20120171811
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veinticuatro de agosto del año dos mil doce.
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
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HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ DE
MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO
ESPECIAL de International Pharma Labs S.a.r.I., de nacionalidad
LUXEMBURGUESA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIO.
CRONADYN
3 v. alt. No. F055411-3
Consistente en: la palabra CRONADYN, que servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES FARMACÉUTICAS. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día veintiséis de julio del año dos
mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
treinta y uno de julio del año dos mil doce.
MARIA DAFNE RUIZ,
No. de Expediente: 2012120745
No. de Presentación: 20120172640
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIO.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ DE
MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO
ESPECIAL de The Procter & Camble Company, de nacionalidad
ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
3 v. alt. No. F055410-3
WHITELOCK
No. de Expediente: 2012120743
No. de Presentación: 20120172638
La solicitud fue presentada el día dieciséis de agosto del año dos
mil doce.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veinticuatro de agosto del año dos mil doce.
D
IA
R
CLASE: 03.
Consistente en: la palabra WHITELOCK, que servirá para: AMPARAR: ENJUAGUE BUCAL. Clase: 05.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ DE
MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO
ESPECIAL de The Procter & Camble Company, de nacionalidad
ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
WHITELOCK
Consistente en: la palabra WHITELOCK, que servira para:
AMPARAR: DENTIFRICO: BLANQUEADOR PARA DIENTES
COSMÉTICO; ENJUAGUE BUCAL. Clase: 03.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F055412-3
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397
146
No. de Expediente: 2012120530
La solicitud fue presentada el día treinta y uno de julio del año dos
mil doce.
No. de Presentación: 20120112255
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
diez de agosto del año dos mil doce.
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
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HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ DE
MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO
ESPECIAL de The Procter & Gamble Company, de nacionalidad
ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
SECRETARIO.
MAX FACTOR EYE BRIGHTENING
Consistente en: las palabras MAX FACTOR EYE BRIGHTENING,
en donde EYE BRIGHTENING se traducen al castellano como OJO
ILUMINACION, que servir para: AMPARAR: JABONES DE TOCADOR, PERFUMERÍA, COSMÉTICOS, ACEITES ESENCIALES,
LOCIONES CAPILARES, PREPARACIONES PARA LA LIMPIEZA,
CUIDADO Y EMBELLECIMIENTO DE LA PIEL, CUERO CABELLUDO Y CABELLO, DESODORANTES Y ANTITRANSPIRANTES PARA USO PERSONAL. Clase: 03.
La solicitud fue presentada el día ocho de agosto del año dos mil
doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
trece de agosto del año dos mil doce.
3 v. alt. No. F055415-3
No. de Expediente: 2011110675
No. de Presentación: 20110153548
CLASE: 09.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ DE
MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO
de VETO GLOBAL SOURCING INC., de nacionalidad BRITANICA,
solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F055414-3
No. de Expediente: 2012120479
IA
CLASE: 08.
R
No. de Presentación: 20120172172
D
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado MORENA
GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO de
THE GILLETTE COMPANY, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,
solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
SILVERTOUCH
Consistente en: La expresión PLATA y diseño, que servirá para:
AMPARAR: TOMACORRIENTES, SWITCHES, ENCHUFES,
INTERRUPTORES, DING-DONGS, CAJETINES, JACKS, DIMES,
PLAFONES, AMARRAS PLÁSTICAS, PORTEROS ELÉCTRICOS,
BRAKERS, CAJA PARA EXTERIORES, CLICKS, CONMUTADORES, PLACAS DECORATIVAS Y APLIQUES PARA TOMAS
ELÉCTRICAS. Clase: 09.
La solicitud fue presentada el día veintidós de junio del año dos
mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
quince de agosto del año dos mil doce.
Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
Consistente en: la palabra SILVERTOUCH, que servirá para:
AMPARAR: MAQUINILLAS DE AFEITAR Y HOJAS DE AFEITAR;
DISPENSADORES, ESTUCHES REMOVIBLES, SOSTENEDORES,
Y CARTUCHOS, TODOS ESPECÍFICAMENTE DISEÑADOS PARA
CONTENER HOJAS DE AFEITAR, Y PARTES ESTRUCTURALES
DE ESTOS. Clase: 08.
ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F055420-3
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012.
No. de Expediente: 2012120309
No. de Expediente: 2012119838
No. de Presentación: 20120171629
No. de Presentación: 20120170610
CLASE: 09.
CLASE: 01, 03. 04.
147
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ DE
MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO
ESPECIAL de Warren Distribution, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
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HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ DE
MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO
GENERAL de Car Connectivity Consortium LLC, de nacionalidad
ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
IA
R
Consistente en: un diseño identificado como "Diseño de un cuadrado", que servirá para: AMPARAR: SOFTWARE DE COMPUTADOR;
HARDWARE DE COMPUTADOR; EQUIPOS DE COMUNICACIÓN
PARA COMPUTADOR; EQUIPO DE TELECOMUNICACIÓN;
EQUIPOS PERIFÉRICOS PARA COMPUTADOR; EQUIPOS ELECTRÓNICOS DE CONSUMO; SOFTWARES TELEMATICOS Y DE
INFORMACIÓN PARA ENTRETENIMIENTO (INFOTAINMENT)
PARA AUTOMOTORES; HARDWARES TELEMATICOS Y DE
INFORMACIÓN PARA ENTRETENIMIENTO (INFOTAINMENT)
PARA AUTOMOTORES; ACCESORIOS TELEMATICOS Y DE
INFORMACIÓN PARA ENTRETENIMIENTO (INFOTAINMENT)
PARA AUTOMOTORES QUE CONSISTEN EN COMPUTADORES,
SOFTWARE DE COMPUTADOR, TRANSMISORES, RECEPTORES
Y DISPOSITIVOS DE INTERFAZ DE RED; MÓDULOS DE INTERFAZ ELECTRÓNICA VENDIDOS COMO UNA PARTE INTEGRAL
DE UN VEHÍCULO TERRESTRE DE MOTOR PARA INTERFACES ALAMBRICOS E INALAMBRICOS PARA DISPOSITIVOS
ELECTRÓNICOS MANUALES O MÓVILES; INTERFACES PARA
USUARIO PARA DISPOSITIVOS ELECTRÓNICOS VENDIDOS
COMO UNA PARTE INTEGRAL DE AUTOMÓVILES. Clase: 09.
D
La solicitud fue presentada el día veintitrés de julio del año dos
mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintisiete de julio del año dos mil doce.
Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
Consistente en: la palabra MAG1 y diseño, que servirá para:
AMPARAR: ADITIVOS QUIMICOS AUTOMOTRICES, INCLUYENDO, LIQUIDO DE FRENOS COMPUESTO DE ÉTERES DE
GLICOL, SUSTITUTO DE PLOMO CONTENIENDO DESTILADOS
DE PETRÓLEO PARA PREVENIR EL DESGASTE DE SELLO DE
LA VÁLVULA, SELLADOR Y ACONDICIONADOR DE LA DIRECCIÓN ASISTIDA (POWER STEERING), FLUIDO (LIQUIDO)
PARA LA DIRECCIÓN ASISTIDA (POWER STEERING), ADITIVO
PARA TRATAMIENTO DE GAS CONTENIENDO DESTILADOS
DE PETRÓLEO, COMPOSICIÓN PRESURIZADA PARA INFLADOR
DE NEUMÁTICO PARA SELLAR E INFLAR NEUMÁTICOS, Y
LIMPIADOR PARA SISTEMA DE COMBUSTIBLE. Clase: 01. Para:
AMPARAR: LIMPIADOR PARA CARBURADOR E INYECTOR
DE GASOLINA; LIMPIADOR PARA ACELERADOR Y TOMA DE
AIRE; LIMPIADOR PARA MOTOR, LIMPIADOR DE ESTARTER;
LIMPIADOR DE FRENOS PARA USO EN FRENOS DE DISCO Y
DE TAMBOR; FORMULACIÓN EN SPRAY PARA LIMPIADORA
DE VIDRIO PARA LIMPIAR VIDRIOS Y REMOVER PINTURA
Y RESIDUOS DE CINTA ADHESIVA; ACEITE PENETRADOR
CON TEFLÓN PARA REMOVER ÓXIDO, GRASA Y OTRAS
SUSTANCIAS; DESENGRASANTE DE MOTOR PARA REMOVER
RESIDUOS DE GRASA Y ACEITE, Y LIMPIADOR PARA MANOS.
Clase: 03. Para: AMPARAR: ACEITES, GRASAS Y LUBRICANTES
INDUSTRIALES; INCLUYENDO, ACEITE DE MOTOR PARA USO
EN VEHÍCULOS; ACEITES SINTÉTICOS PARA MOTORES DE
CARROS; ACEITES PARA MOTORES DE SERVICIO PESADO;
FLUIDOS PARA TRANSMISIÓN; FLUIDOS HIDRAULICOS;
SPRAY DE SILICÓN MULTI-USO AEROSOL LUBRICANTE PARA
CADENA; FLUIDO PARA TRACTOR UNIVERSAL; ACEITES
PARA ENGRANAJE; GRASAS; ACEITES PARA MOTOR DE DOS
CICLOS. Clase: 04.
La solicitud fue presentada el día veintinueve de junio del año dos
mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los diecisiete días del mes de agosto del año dos mil doce.
Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,
ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,
SECRETARIA.
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F055424-3
3 v. alt. No. F055425-3
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397
148
SECCION DOCUMENTOS OFICIALES
Ministerio de Trabajo y Previsión Social
REFORMAS A LOS ESTATUTOS DE LA FEDERACION SINDICAL
REVOLUCIONARIA (F.S.R.)
Artículo. 16.- Este Artículo se modifica de manera siguiente: El Congreso Federal Nacional Ordinario, se integrará con los miembros Directivos
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que ostentan la representación Judicial y Extrajudicial de los Sindicatos miembros.- Para que las resoluciones sean válidas éstas deberán ser adoptadas
por la mayoría de votos de los congresales concurrentes.- Para que se pueda celebrar válidamente un Congreso Federal Nacional, será necesario que
a el concurran por lo menos, la mitad más uno de los sindicatos miembros de la Federación: sino hubiese quórum a la hora indicada, se convocará en
el acto para una hora después de aquélla para la cual no hubo quórum, en cuyo caso se podrá celebrar con el número de Sindicatos representados y
sus resoluciones serán de acatamiento forzoso.- Desde el Artículo. 17 hasta el Artículo. 67, mantienen su contenido igual a los Estatutos vigentes.
Artículo. 68. El encabezamiento se mantiene igual a los Estatutos vigentes: a) Hasta ciento catorce dólares Americanos serán autorizados en caja
chica por el Secretario General y el Secretario de Finanzas conjuntamente; b) De más de quinientos dólares serán autorizados por la Junta Directiva
Federal; Arficulo.-69.- Igual a los Estatutos vigentes.-Artículo.-70.- Igual a los Estatutos vigentes.- Desde los Artículos 71,72,73 y 74; conservan su
texto igual a los Estatutos vigentes.- Artículo.- 75, 76, 77, 78, 79, 80, 81 y 82 conservan su texto igual a los Estatutos vigentes.
Res. 46/2012.
MINISTERIO DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL: San Salvador, a las catorce horas del día uno de octubre del año dos mil doce.
Por recibida la documentación presentada a este Ministerio a las ocho horas con quince minutos del día veinticinco de septiembre del año dos
mil doce, por el señor Roger Vladimir Vásquez Castro, en su calidad de Secretario de Organización y Estadística de la FEDERACIÓN SINDICAL
REVOLUCIONARIA cuyas siglas son FSR en la que solicita se apruebe el proyecto de reformas a los Artículos 16 y 68 de los Estatutos de la Federación antes mencionada y sobre lo solicitado se hacen las siguientes.
Que de conformidad al acta de Congreso Federal Ordinario de Primera Convocatoria celebrada a las nueve horas del día veintitrés de
IA
I)
R
CONSIDERACIONES:
septiembre del año dos mil doce, se aprobó el proyecto de reforma a los Estatutos de la referida Federación en los Artículos antes relacio-
D
nados;
II)
Que habiéndose realizado el estudio de la documentación presentada, se determinó que la misma no adolece de errores de fondo y forma,
ni contravenciones a las leyes de la República, al orden público o a las buenas costumbres del país;
Por tanto, en vista de lo antes expuesto y de conformidad al Art. 217 literal j), Art. 221 literal a) numeral 2° del Código de Trabajo y el Art. 3
numeral 1 del Convenio 87 de la Organización Internacional de Trabajo, este Despacho RESUELVE: A) APROBAR las reformas a los Artículos
16 y 68 de los Estatutos de la FEDERACIÓN SINDICAL REVOLUCIONARIA cuyas siglas son FSR, con el texto en que han sido presentadas;
B) PUBLIQUENSE en el Diario Oficial la reforma antes mencionada y la presente resolución; y C) TÉNGANSE por incorporadas al texto vigente
de los Estatutos de la Federación antes mencionada las reformas aquí aprobadas. COMUNÍQUESE. H. CENTENO, MINISTRO DE TRABAJO Y
PREVISIÓN SOCIAL.
Imprenta Nacional - Tiraje 400 Ejemplares.