BOLETÍN JUDICIAL N° 187 de la fecha 30 09 2014
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BOLETÍN JUDICIAL N° 187 de la fecha 30 09 2014
Firmado digitalmente por JORGE LUIS VARGAS ESPINOZA (FIRMA) Nombre de reconocimiento (DN): serialNumber=CPF-02-025 5-0227, sn=VARGAS ESPINOZA, givenName=JORGE LUIS, c=CR, o=PERSONA FISICA, ou=CIUDADANO, cn=JORGE LUIS VARGAS ESPINOZA (FIRMA) Fecha: 2014.09.29 16:16:50 -06'00' Nº 187 — 32 Páginas JORGE LUIS VARGAS ESPINOZ A (FIRMA) La Uruca, San José, Costa Rica, martes 30 de setiembre del 2014 AÑO CXX CORTE SUPREMA DE JUSTICIA NOMBRE DEL ABOGADO SECRETARÍA GENERAL CIRCULAR Nº 187-2014 Asunto: Sobre el depósito judicial de embarcaciones y equipo de navegación. A LAS AUTORIDADES JUDICIALES DEL PAÍS QUE TRAMITAN MATERIA PENAL SE LES HACE SABER QUE: El Consejo Superior del Poder Judicial en sesión N° 7214, celebrada el 12 de agosto de 2014, artículo LXXIX, acordó comunicarles que todas las embarcaciones, los buques, los botes de todo tipo, los motores fuera de borda, las motos acuáticas y cualquier categoría de implementos o equipo de navegación, ingresados al patrimonio nacional por comiso según las leyes especiales conducentes (8000, 8204 y 8754), sean trasladados y dispuestos finalmente por el Servicio Nacional de Guardacostas, como claramente lo instituye el artículo 36 de la Ley 8000, en concordancia con el transitorio VII de la Ley 8754, que le otorga al Servicio Nacional de Guardacostas el depósito judicial en forma inmediata y exclusiva, debiendo destinar estos bienes al cumplimiento de los fines descritos en la Ley 8000. San José, 29 de agosto de 2014. Irving Vargas Rodríguez, 1 vez.—(IN2014059245). Secretario General CIRCULAR Nº 188-2014 Asunto: Lista de abogadas y abogados suspendidos en el ejercicio de su profesión, actualizada al 27 de agosto de 2014. A LAS AUTORIDADES JUDICIALES DEL PAÍS SE LES HACE SABER QUE: En cumplimiento de lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesiones Nº 14-03 y 97-03, celebradas el 27 de febrero y 16 de diciembre de 2003, en ambas, artículos LII, hago de su conocimiento y para los fines consiguientes, la lista de los profesionales suspendidos en el ejercicio de la profesión ante el Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica, según correo electrónico del citado Colegio Profesional. LISTA DE ABOGADAS Y ABOGADOS SUSPENDIDOS EN EL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN ACTUALIZADA AL 27 DE AGOSTO DE 2014 NOMBRE DEL ABOGADO Nº CARN É Alvarado Cervantes Olman 4436 Alvarado Cervantes Olman 4436 Badilla Toruño Minor 8362 Barillas Jiménez Juan Alexis 11541 Cubillo Pacheco Luis Antonio 12673 De León Quesada Lilliam Vanessa Díaz Díaz Yosef Yamín c.c Cohen Díaz Yosef Yamín Di Bella Hidalgo Herbert Echegaray Castellanos Edgar 2775 Rojas Fallas Luis Alexánder Fernández Vargas Bernardo Fidel González Salas Gerardo Ant. Guevara Duarte Ricardo Alberto Hernández Quirós Francisco Javier TIEMPO RIGE DEL ***** 12/05/2011 2 años, tres meses y 20 días 27/12/2013 HASTA EL ***** 15/04/2016 1 Año 1 Año y 4 meses 2 años y 18 dias 06/02/2014 05/02/2015 04/09/2013 03/01/2015 22/08/2012 09/09/2014 17669 ** 16/10/2013 ** 15276 5869 15/05/2014 23/03/2007 14/05/2020 22/03/2019 13/01/2012 12/06/2015 16985 16131 5454 6 años 12 Años 3 años y 6 meses 8 años y 7 meses 3 años 28 años 11/03/2014 13/10/2011 20/06/2007 10/10/2022 12/10/2014 19/06/2035 11155 6526 5 meses 5 meses 24/08/2014 06/04/2014 23/01/2015 05/09/2014 GACETA 91 del 12/05/2011 250 del 27/12/2013 247 del 21/12/2012 169 del 04/09/2013 161 del 22/08/2012 107 del 05/06/2014 092 del 15/05/2014 59 del 23-03-07 10 del 13/01/2012 49 del 11/03/2014 197 13/10/2011 118 del 20-6-07 048 del 08/03/2012 082 del Nº CARN É TIEMPO Alvarado Cervantes Olman 4436 Hernández Quirós Francisco Javier Alvarado Cervantes Olman 6526 4436 Hernández Quirós Francisco Javier Badilla Toruño Minor 6526 8362 Barillas Jiménez Juan Alexis Jara Guzmán Francisco Antonio 11541 14599 Cubillo Pacheco Luis Antonio Jiménez Castrillo José Luis 12673 16220 De León Quesada Lilliam Vanessa 17669 ** Díaz Yosef Yamín Di Bella HidalgoSteve Herbert López Elizondo 15276 5869 9792 Marín Rojas Gillio 11441 6 años 12 Años 6 meses 330 años y6 años meses 8 años y 7 ** meses 3 años 3 años 28 años Jiménez Rodriguez Victorino Díaz Díaz Yosef Yamín c.c Cohen Echegaray Castellanos Edgar Mata Araya Rodrigo Rojas Fallas Luis Alexánder Fernández Vargas Bernardo Fidel Mora Guevara González SalasWilliam Gerardo Ant. 8040 2775 3134 16985 16131 10370 5454 GuevaraUlloa Duarte Ricardo Alberto 11155 Nelson Dyanna 13228 Hernández Francisco Javier 15398 6526 Núñez MataQuirós Federico RIGE DEL HASTA EL ***** 12/05/2011 ***** 2 años, tres 4 meses 07/09/2014 06/01/2015 meses y 20 días 27/12/2013 15/04/2016 71meses Año 1 Año y 4 meses * 2 años y 18 dias 3 años * 45 meses 5 meses 6 meses, 2 días 06/01/2015 06/02/2014 05/08/2015 05/02/2015 04/09/2013 03/01/2015 11/03/2014 * 22/08/2012 09/09/2014 27/12/2013 26/12/2016 16/10/2013 06/07/2010 ** * 15/05/2014 14/05/2020 23/03/2007 05/01/2015 22/03/2019 06/07/2014 11/03/2004 10/03/2034 13/01/2012 12/06/2015 10/05/2013 ** 11/03/2014 10/10/2022 13/10/2011 12/10/2014 22/08/2012 20/06/2007 21/08/2015 19/06/2035 24/08/2014 15/05/2014 06/04/2014 26/02/2014 23/01/2015 14/09/2014 05/09/2014 28/02/2015 Peña Zúñiga Hugo Eduardo 6679 5 meses 16/05/2014 15/10/2014 Pérez Fuentes José Gerardo 15079 ** Quesada Elizondo Carlos Luis 10740 5 meses 18/05/2014 17/10/2014 Quesada Ugalde Iveth Emilia 12524 3 meses 04/06/2014 03/09/2014 Ramírez Ulate Bernal Robles Macaya Carlos Hernán 4547 2416 3 años 24 Años 01/11/2013 31/10/2016 15/04/2005 14/04/2029 Rodríguez Bastos Fabio Evencio 3991 3 años 13/10/2011 12/10/2014 Rodríguez Bastos Fabio Evencio 3991 13/10/2014 12/02/2015 Rojas Saborío Manuel David 15100 4 meses 3 años y 3 meses Rojas Saborío Manuel David Salas Salazar Kenneth Tenorio Castro Luis Gdo. 15100 1356 9850 24/11/2015 23/08/2016 11/03/2004 10/03/2024 14/03/2014 13/09/2014 Tenorio Castro Luis Gdo. 9850 9 meses 20 Años 6 Meses 3 años y 3 meses Tenorio Castro Luis Gdo. Tijerino Medina Yolanda Margarita 9850 10399 4 años * Valverde Segura Jorge E. 8540 3 años Vargas Barrantes Walter 11875 3 años Vargas Montero Carlos 9480 3 meses Vargas Rivera José Eduardo 13901 4 meses Villalobos Salas José Alberto 12163 21 meses Villalobos Salas José Alberto 12163 6 meses Villalobos Salas José Alberto 12163 8 meses 30/04/2014 ** 24/08/2012 23/11/2015 GACETA 91 del 30/04/2013 12/05/2011 115 del 250 del 17/06/2013 27/12/2013 44 del 247 del 04/03/2014 21/12/2012 169 del 49 del 04/09/2013 11/03/2014 161 del del 250 22/08/2012 27/12/2013 107 del 130 del 05/06/2014 06/07/2010 092 del 199 del 15/05/2014 5918/10/2011 del 23-03-07 del 50 del1011/03/04 13/01/2012 115 del 49 del 17/06/2013 11/03/2014 del 197 161 13/10/2011 22/08/2012 118 del 20-6-07 092 048 del 08/03/2012 15/05/2014 082 ***del 093 del 16/05/2014 107 del 05/06/2014 211 del 01/11/2013 92 del 15/05/2014 211 del 01/11/2013 72 del 15/04/05 197 del 13/10/2011 247 del 21/12/2012 163 del 24/08/2012 107 del 05/06/2014 50 del 11/03/04 152 del 05/08/04 14/09/2014 13/12/2017 59 del 23/03/07 135 del 14/12/2017 13/12/2021 14/07/2008 17/06/2013 * 115 del 17/06/2013 193 del 24/04/2013 23/04/2016 08/10/2007 048 del 08/03/2013 07/03/2016 08/03/2013 107 del 05/06/2014 04/06/2014 05/06/2014 107 del 05/06/2014 04/10/2014 05/06/2014 211 del 05/03/2014 04/12/2015 01/11/2013 250 del 05/12/2015 04/06/2016 27/12/2013 092 del 05/06/2016 04/02/2017 15/05/2014 * La suspensión se mantendrá hasta que cumpla la condena impuesta en sede penal. **La suspensión será hasta le revocación de medida cautelar o finalización del proceso. ***Inhabilitación del ejercicio de la Abogacía y Notariado por Medida Cautelar. Res, Juzgado Penal de Pérez Zeledón de las 7:08 del 26/8/2014. *****Suspendido hasta que cancele la multa máximo 12/05/2021. San José, 29 de agosto de 2014. Irving Vargas Rodríguez, 1 vez.—(IN2014059248). Secretario General Pág 2 — BOLETIN JUDICIAL Nº 187 Martes 30 de setiembre del 2014 CIRCULAR Nº 189-2014 Asunto: Reconocimiento por el trabajo y esfuerzos para fortalecer el Fondo de Jubilaciones y Pensiones del Poder Judicial. A LAS SERVIDORAS Y SERVIDORES JUDICIALES DEL PAÍS SE LES HACE SABER QUE: El Consejo Superior del Poder Judicial en sesión N° 7314, celebrada el 14 de agosto de 2014, artículo XCII, acordó reconocerles el trabajo y esfuerzos realizados para manifestar su apoyo y fortalecer el Fondo de Jubilaciones y Pensiones, así como el compromiso y unidad demostrada en las actividades realizadas el 13 de agosto del año en curso. San José, 1 de setiembre del 2014. 1 vez.—(IN2014059249). Irving Vargas Rodríguez, Secretario General CIRCULAR Nº 190-2014 Asunto: Medidas para la matrícula y participación del curso virtual de Control Interno. A LAS SERVIDORAS Y SERVIDORES JUDICIALES SE LES HACE SABER QUE: El Consejo Superior del Poder Judicial, en sesión N° 7414, celebrada el 19 de agosto de 2014, artículo LXVIII, luego del análisis realizado al informe Nº 01-UCI-2014, de la Unidad de Control Interno y en procura de una mayor efectividad en los resultados del curso virtual “Control Interno”, dispone acoger las siguientes medidas: 1. Para que las personas servidoras judiciales puedan matricular el curso deben aceptar un compromiso moral y ético para concluirlo, que genera el sistema antes de iniciar los pasos de la matrícula en línea. 2. Recordar la obligación que tienen las personas matriculadas en cursos virtuales de completarlos y aprobarlos. 3. Las personas servidoras judiciales matriculadas en los cursos virtuales, que no ingresen a estos o los abandonen, deberán remitir una justificación a la Sección Gestión de la Capacitación del Departamento de Gestión Humana, para evitar el registro de capacitación inconclusa en su registro personal. 4. Limitar la matrícula de las personas que una vez matriculado el curso virtual “Control Interno”, no ingresen o lo abandonen injustificadamente, de forma que no puedan matricularlo en las dos siguientes convocatorias. San José, 4 de setiembre de 2014. 1 vez.—(IN2014059252). Irving Vargas Rodríguez, Secretario General CIRCULAR Nº 191-2014 Asunto: Lista de abogadas y abogados suspendidos en el ejercicio de su profesión, actualizada al 4 de setiembre de 2014. A LAS AUTORIDADES JUDICIALES DEL PAÍS SE LES HACE SABER QUE: En cumplimiento de lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesiones Nº 14-03 y 97-03, celebradas el 27 de febrero y 16 de diciembre de 2003, en ambas, artículos LII, hago de su conocimiento y para los fines consiguientes, la lista de los profesionales suspendidos en el ejercicio de la profesión ante el Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica, según correo electrónico del citado Colegio Profesional. LISTA DE ABOGADAS Y ABOGADOS SUSPENDIDOS EN EL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN ACTUALIZADA AL 4 DE SETIEMBRE DE 2014 Alvarado Cervantes Olman 4436 4436 ***** 2 años, tres meses y 20 días Alvarado Cervantes Olman 12/05/2011 27/12/2013 15/04/2016 Badilla Toruño Minor 8362 1 Año 06/02/2014 05/02/2015 Barillas Jiménez Juan Alexis 11541 1 Año y 4 meses 04/09/2013 03/01/2015 Cubillo Pacheco Luis Antonio 12673 2 años y 18 dias 22/08/2012 09/09/2014 De León Quesada Lilliam Vanessa Díaz Díaz Yosef Yamín c.c Cohen Díaz Yosef Yamín Di Bella Hidalgo Herbert 17669 ** 15276 5869 6 años 12 Años 16/10/2013 ***** ** 15/05/2014 14/05/2020 23/03/2007 22/03/2019 Echegaray Castellanos Edgar 2775 3 años y 6 meses 13/01/2012 12/06/2015 Rojas Fallas Luis Alexánder Fernández Vargas Bernardo Fidel González Salas Gerardo Ant. 16985 16131 5454 8 años y 7 meses 11/03/2014 10/10/2022 3 años 13/10/2011 12/10/2014 28 años 20/06/2007 19/06/2035 Guevara Duarte Ricardo Alberto Hernández Quirós Francisco Javier Hernández Quirós Francisco 11155 5 meses 24/08/2014 23/01/2015 6526 6526 5 meses 4 meses 06/04/2014 05/09/2014 07/09/2014 06/01/2015 Javier Hernández Quirós Francisco Javier 6526 7 meses Jara Guzmán Francisco Antonio 14599 * Jiménez Castrillo José Luis 16220 3 años Jiménez Rodriguez Victorino 8040 * López Elizondo Steve Marín Rojas Gillio 9792 11441 6 meses 30 años Mata Araya Rodrigo 3134 ** Mora Guevara William 10370 3 años 22/08/2012 21/08/2015 Nelson Ulloa Dyanna Núñez Mata Federico 13228 15398 4 meses 6 meses, 2 días 15/05/2014 14/09/2014 26/02/2014 28/02/2015 16/05/2014 15/10/2014 06/01/2015 05/08/2015 11/03/2014 * 27/12/2013 26/12/2016 06/07/2010 * 06/07/2014 05/01/2015 11/03/2004 10/03/2034 10/05/2013 ** Peña Zúñiga Hugo Eduardo 6679 5 meses Pérez Fuentes José Gerardo 15079 ** Quesada Elizondo Carlos Luis 10740 5 meses 18/05/2014 17/10/2014 Ramírez Ulate Bernal Robles Macaya Carlos Hernán 4547 2416 3 años 24 Años 01/11/2013 31/10/2016 15/04/2005 14/04/2029 Rodríguez Bastos Fabio Evencio 3991 3 años 13/10/2011 12/10/2014 Rodríguez Bastos Fabio Evencio 3991 4 meses 13/10/2014 12/02/2015 Rojas Saborío Manuel David 15100 3 años y 3 meses 24/08/2012 23/11/2015 Rojas Saborío Manuel David Salas Salazar Kenneth Tenorio Castro Luis Gdo. Tenorio Castro Luis Gdo. 15100 1356 9850 9850 9 meses 20 Años 6 Meses 3 años y 3 meses Tenorio Castro Luis Gdo. Tijerino Medina Yolanda Margarita 9850 4 años 10399 * Valverde Segura Jorge E. 8540 3 años 24/04/2013 23/04/2016 Vargas Barrantes Walter 11875 3 años 08/03/2013 07/03/2016 Vargas Montero Carlos 9480 3 meses 05/06/2014 04/06/2014 30/04/2014 24/11/2015 11/03/2004 14/03/2014 14/09/2014 ** 23/08/2016 10/03/2024 13/09/2014 13/12/2017 14/12/2017 13/12/2021 17/06/2013 * Vargas Rivera José Eduardo 13901 4 meses 05/06/2014 04/10/2014 Villalobos Salas José Alberto 12163 21 meses 05/03/2014 04/12/2015 Villalobos Salas José Alberto 12163 6 meses 05/12/2015 04/06/2016 Villalobos Salas José Alberto 12163 8 meses 05/06/2016 04/02/2017 91 del 12/05/2011 250 del 27/12/2013 247 del 21/12/2012 169 del 04/09/2013 161 del 22/08/2012 107 del 05/06/2014 092 del 15/05/2014 59 del 23-03-07 10 del 13/01/2012 49 del 11/03/2014 197 13/10/2011 118 del 20-6-07 048 del 08/03/2012 082 del 30/04/2013 115 del 17/06/2013 44 del 04/03/2014 49 del 11/03/2014 250 del 27/12/2013 130 del 06/07/2010 199 del 18/10/2011 50 del 11/03/04 115 del 17/06/2013 161 del 22/08/2012 092 del 15/05/2014 *** 093 del 16/05/2014 107 del 05/06/2014 211 del 01/11/2013 211 del 01/11/2013 72 del 15/04/05 197 del 13/10/2011 247 del 21/12/2012 163 del 24/08/2012 107 del 05/06/2014 50 del 11/03/04 152 del 05/08/04 59 del 23/03/07 135 del 14/07/2008 115 del 17/06/2013 193 del 08/10/2007 048 del 08/03/2013 107 del 05/06/2014 107 del 05/06/2014 211 del 01/11/2013 250 del 27/12/2013 092 del 15/05/2014 * La suspensión se mantendrá hasta que cumpla la condena impuesta en sede penal. **La suspensión será hasta le revocación de medida cautelar o finalización del proceso. ***Inhabilitación del ejercicio de la Abogacía y Notariado por Medida Cautelar. Res, Juzgado Penal de Pérez Zeledón de las 7:08 del 26/8/2014. *****Suspendido hasta que cancele la multa máximo 12/05/2021. San José, 5 de setiembre de 2014. Irving Vargas Rodríguez, 1 vez.—(IN2014059254). Secretario General Martes 30 de setiembre del 2014 CIRCULAR Nº 192-2014 Asunto: Lista de abogadas y abogados suspendidos en el ejercicio de su profesión, actualizada al 5 de setiembre de 2014. A LAS AUTORIDADES JUDICIALES DEL PAÍS SE LES HACE SABER QUE: En cumplimiento de lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesiones Nº 14-03 y 97-03, celebradas el 27 de febrero y 16 de diciembre de 2003, en ambas, artículos LII, hago de su conocimiento y para los fines consiguientes, la lista de los profesionales suspendidos en el ejercicio de la profesión ante el Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica, según correo electrónico del citado Colegio Profesional. LISTA DE ABOGADAS Y ABOGADOS SUSPENDIDOS EN EL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN ACTUALIZADA AL 5 DE SETIEMBRE DE 2014 NOMBRE DEL ABOGADO Acuña Castro Esuardo Enrique Alvarado Cervantes Olman Nº CARNÉ TIEMPO 4503 4 meses 4436 Alvarado Cervantes Olman 4436 Badilla Toruño Minor 8362 Barillas Jiménez Juan Alexis 11541 RIGE DEL HASTA EL 03/09/2014 02/01/2015 ***** 12/05/2011 ***** 2 años, tres meses y 20 días 27/12/2013 15/04/2016 1 Año 1 Año y 4 meses 06/02/2014 05/02/2015 04/09/2013 03/01/2015 Brenes Brenes José Miguel 987 4 meses 03/09/2014 02/01/2015 Campos Bautista Francisco 6976 03/09/2014 02/12/2014 Cervantes Barrantes Rodolfo 10367 3 meses 8 meses y 15 días Chaves Fuentes Damaris Corrales Alvarado Simón Andrés 17276 3 meses 03/09/2014/ 02/12/2014 5931 ** Cubero Campos José Fabián 7325 3 meses Cubillo Pacheco Luis Antonio De León Quesada Lilliam 12673 17669 Díaz Valladares Leda Díaz Díaz Yosef Yamín c.c Cohen Díaz Yosef Yamín Di Bella Hidalgo Herbert 15278 4 meses 15276 5869 Echegaray Castellanos Edgar Fernández Vargas Bernardo Fidel González Salas Gerardo Ant. 2775 6 años 12 Años 3 años y 6 meses 16131 5454 3 años 28 años Guevara Duarte Ricardo Alberto Hernández Quirós Francisco Javier Hernández Quirós Francisco Javier Hernández Quirós Francisco Javier 11155 5 meses 6526 5 meses 6526 4 meses 6526 7 meses Jara Guzmán Francisco Antonio 14599 * Jiménez Castrillo José Luis 16220 3 años Jiménez Rodriguez Victorino 8040 * López Elizondo Steve Marín Rojas Gillio 9792 11441 6 meses 30 años Mata Araya Rodrigo 3134 ** Matamoros Arosemena Pablo 11291 3 meses Matarrita Martínez Nuria 10567 1 mes 10370 Morales López Dagoberto 11445 Nelson Ulloa Dyanna Núñez Mata Federico Peña Zúñiga Hugo Eduardo Pérez Fuentes José Gerardo Price Chinchilla Rodolfo Alexánder Quesada Elizondo Carlos Luis 13228 15398 6679 03/09/2014 ** 03/09/2014 02/12/2014 2 años y 18 dias 22/08/2012 09/09/2014 ** 16/10/2013 ** Vanessa Mora Guevara William 03/09/2014 17/05/2015 3 años 2 años y 2 meses 4 meses 6 meses, 2 días 5 meses 15079 ** 11765 10740 1 mes 5 meses GACETA 169 del 03/09/2014 91 del 12/05/2011 250 del 27/12/2013 247 del 21/12/2012 169 del 04/09/2013 169 del 03/09/2014 169 del 03/09/2014 169 del 03/09/2014 169 del 03/09/2014 169 del 03/09/2014 169 del 03/09/2014 161 del 22/08/2012 107 del 05/06/2014 169 del 03/09/2014 092 del 15/05/2014 14/05/2020 15/05/2014 23/03/2007 22/03/2019 59 del 23-03-07 10 del 13/01/2012 12/06/2015 13/01/2012 03/09/2014 02/01/2015 13/10/2011 12/10/2014 197 13/10/2011 20/06/2007 19/06/2035 118 del 20-6-07 048 del 24/08/2014 23/01/2015 08/03/2012 082 del 06/04/2014 05/09/2014 30/04/2013 115 del 07/09/2014 06/01/2015 17/06/2013 44 del 06/01/2015 05/08/2015 04/03/2014 49 del 11/03/2014 * 11/03/2014 250 del 27/12/2013 27/12/2013 26/12/2016 130 del 06/07/2010 * 06/07/2010 199 del 06/07/2014 05/01/2015 18/10/2011 11/03/2004 10/03/2034 50 del 11/03/04 115 del 10/05/2013 ** 17/06/2013 169 del 03/09/2014 02/12/2014 03/09/2014 169 del 03/09/2014 02/10/2014 03/09/2014 161 del 22/08/2012 21/08/2015 22/08/2012 169 del 03/09/2014 02/11/2016 03/09/2014 092 del 15/05/2014 14/09/2014 15/05/2014 26/02/2014 28/02/2015 *** 093 del 16/05/2014 15/10/2014 16/05/2014 107 del 30/04/2014 ** 05/06/2014 169 del 03/09/2014 02/10/2014 03/09/2014 18/05/2014 17/10/2014 211 del NOMBRE DEL ABOGADO Acuña Castro Esuardo Enrique BOLETIN JUDICIAL Nº 187 — Pág 3 Nº CARNÉ TIEMPO RIGE DEL 4 meses 03/09/2014 3 meses 04/09/2014 ***** 12/05/2011 3 años 01/11/2013 2 años, tres 24 yAños 15/04/2005 meses 20 días 27/12/2013 HASTA EL Quesada Ugalde Iveth Emilia Alvarado Cervantes Olman Ramírez Ulate Bernal Robles Macaya Carlos Hernán Alvarado Cervantes Olman 4503 12524 4436 4547 2416 4436 Rodríguez Bastos Fabio Evencio Badilla Toruño Minor 3991 8362 Rodríguez BastosJuan Fabio Evencio Barillas Jiménez Alexis 3991 11541 Rojas Fallas Luis Alexánder Brenes Brenes José Miguel 16985 987 Rojas Saborío Manuel David Campos Bautista Francisco 15100 6976 Rojas Saborío Manuel David Cervantes Barrantes Rodolfo 15100 10367 Ruiz Bonilla Jorge Luis Chaves Fuentes Damaris Salas Salazar Kenneth Corrales Alvarado Simón Tenorio Castro Luis Gdo. Andrés 5431 17276 1356 9850 5931 TenorioCampos Castro Luis Cubero JoséGdo. Fabián 9850 7325 meses 33 meses 20 Años 6 Meses ** 3 años y 3 3meses meses 14/09/2014 03/09/2014 13/12/2017 02/12/2014 Tenorio Pacheco Castro Luis Cubillo LuisGdo. Antonio Tijerino De LeónMedina QuesadaYolanda Lilliam Margarita 9850 12673 17669 10399 4 años 2 años y 18 dias ** * 14/12/2017 22/08/2012 16/10/2013 17/06/2013 13/12/2021 09/09/2014 ** * Valverde Segura Jorge Enrique 8540 23/04/2016 8540 3 años 3 años y 5 meses 24/04/2013 Valverde Segura Jorge Enrique 24/04/2016 23/09/2019 Vargas Barrantes Walter 11875 3 años 08/03/2013 07/03/2016 Vargas Montero Carlos 9480 3 meses 05/06/2014 04/06/2014 31 años Año 1 Año y 4 4meses meses 8 años y 7 meses 4 meses 3 años y 3 3meses meses 8 meses y 15 9 meses días 02/01/2015 03/12/2014 ***** 31/10/2016 14/04/2029 15/04/2016 13/10/2011 06/02/2014 12/10/2014 05/02/2015 13/10/2014 04/09/2013 12/02/2015 03/01/2015 11/03/2014 03/09/2014 10/10/2022 02/01/2015 24/08/2012 03/09/2014 23/11/2015 02/12/2014 24/11/2015 03/09/2014 23/08/2016 17/05/2015 03/09/2014 02/12/2014 02/12/2014 03/09/2014/ 11/03/2004 10/03/2024 14/03/2014 13/09/2014 03/09/2014 ** Vargas Rivera José Eduardo 13901 4 meses 05/06/2014 04/10/2014 Villalobos Salas José Alberto 12163 21 meses 05/03/2014 04/12/2015 Villalobos Salas José Alberto 12163 6 meses 05/12/2015 04/06/2016 Villalobos Salas José Alberto 12163 8 meses 05/06/2016 04/02/2017 Vosman Roldán Reynaldo 5067 6 años 03/09/2014 02/09/2020 Zúñiga Brenes José Martín 5354 3 meses 03/09/2014 02/12/2014 GACETA 169 del 01/11/2013 03/09/2014 169 del 03/09/2014 91 del 12/05/2011 211 del 01/11/2013 250 del 7227/12/2013 del 15/04/05 197 del 247 13/10/2011 21/12/2012 247 del 169 21/12/2012 04/09/2013 49 del 169 del 11/03/2014 03/09/2014 163 del del 169 24/08/2012 03/09/2014 107 del 169 del 05/06/2014 03/09/2014 169 del del 169 03/09/2014 03/09/2014 50 del 11/03/04 169 del 15203/09/2014 del 05/08/04 169 del 5903/09/2014 del 23/03/07 135 del del 161 14/07/2008 22/08/2012 115 del del 107 17/06/2013 193 del 08/10/2007 193 del 03/09/2014 048 del 08/03/2013 107 del 05/06/2014 107 del 05/06/2014 211 del 01/11/2013 250 del 27/12/2013 092 del 15/05/2014 169 del 03/09/2014 169 del 03/09/2014 *La suspensión se mantendrá hasta que cumpla la condena impuesta en sede penal. ** La suspensión será hasta le revocación de medida cautelar o finalización del proceso. ***Inhabilitación del ejercicio de la Abogacía y Notariado por Medida Cautelar. Res, Juzgado Penal de Pérez Zeledón de las 07:08 del 26/8/2014. *****Suspendido hasta que cancele la multa máximo 12/05/2021. San José, 8 de setiembre de 2014. Irving Vargas Rodríguez, 1 vez.—(IN2014059256). Secretario General CIRCULAR Nº 194-2014 Asunto: Lista de abogadas y abogados suspendidos en el ejercicio de su profesión, actualizada al 7 de setiembre de 2014. A LAS AUTORIDADES JUDICIALES DEL PAÍS SE LES HACE SABER QUE: En cumplimiento de lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesiones Nº 14-03 y 97-03, celebradas el 27 de febrero y 16 de diciembre de 2003, en ambas, artículos LII, hago de su conocimiento y para los fines consiguientes, la lista de los profesionales suspendidos en el ejercicio de la profesión ante el Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica, según correo electrónico del citado Colegio Profesional. LISTA DE ABOGADAS Y ABOGADOS SUSPENDIDOS EN EL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN ACTUALIZADA AL 7 DE SETIEMBRE DE 2014 Nº CARNÉ TIEMPO RIGE DEL HASTA EL 4503 4 meses 03/09/2014 02/01/2015 Alvarado Cervantes Olman 4436 ***** 4436 ***** 2 años, tres meses y 20 días 12/05/2011 Alvarado Cervantes Olman 27/12/2013 15/04/2016 1 Año 1 Año y 4 meses 06/02/2014 05/02/2015 11541 04/09/2013 03/01/2015 Brenes Brenes José Miguel 987 4 meses 03/09/2014 02/01/2015 Campos Bautista Francisco 6976 03/09/2014 02/12/2014 03/09/2014 17/05/2015 02/12/2014 NOMBRE DEL ABOGADO Acuña Castro Esuardo Enrique Badilla Toruño Minor Barillas Jiménez Juan Alexis 8362 Cervantes Barrantes Rodolfo 10367 3 meses 8 meses y 15 días Chaves Fuentes Damaris 17276 3 meses 03/09/2014/ Corrales Alvarado Simón Andrés 5931 ** 03/09/2014 ** Cubero Campos José Fabián 7325 3 meses 03/09/2014 02/12/2014 12673 2 años y 18 dias 22/08/2012 09/09/2014 Cubillo Pacheco Luis Antonio GACETA 169 del 03/09/2014 91 del 12/05/2011 250 del 27/12/2013 247 del 21/12/2012 169 del 04/09/2013 169 del 03/09/2014 169 del 03/09/2014 169 del 03/09/2014 169 del 03/09/2014 169 del 03/09/2014 169 del 03/09/2014 161 del 22/08/2012 Pág 4 — BOLETIN JUDICIAL Nº 187 NOMBRE DEL ABOGADO Acuña Castro Esuardo Enrique De León Quesada Lilliam Vanessa Alvarado Cervantes Olman Díaz Valladares Leda Alvarado Cervantes Olman Díaz Díaz Yosef Yamín c.c Badilla Toruño Minor Cohen Díaz Yosef Yamín Di BellaJiménez HidalgoJuan Herbert Barillas Alexis Martes 30 de setiembre del 2014 Nº CARNÉ TIEMPO RIGE DEL HASTA EL 4503 4 meses 03/09/2014 02/01/2015 17669 4436 15278 4436 8362 15276 5869 11541 ** 16/10/2013 ** ***** 2 años, tres 4 meses meses y 20 días 12/05/2011 ***** 03/09/2014 27/12/2013 02/01/2015 15/04/2016 1 6 Año años 1 Año y 4 12 Años meses 06/02/2014 15/05/2014 05/02/2015 14/05/2020 23/03/2007 04/09/2013 22/03/2019 03/01/2015 03/09/2014 13/01/2012 02/01/2015 12/06/2015 03/09/2014 13/10/2011 20/06/2007 02/12/2014 03/09/2014 17/05/2015 Fernández Vargas Bernardo Fidel González Salas Gerardo Ant. 987 2775 16131 6976 5454 3 años y 6 4meses meses 3 años 3 meses 28 años 8 meses y 15 Cervantes Barrantes Rodolfo 10367 días Guevara Duarte Ricardo Alberto Hernández Quirós Francisco 17276 3 meses 03/09/2014/ Javier Alvarado Simón Andrés Corrales 6526 5931 4 meses ** 07/09/2014 03/09/2014 06/01/2015 ** 7325 6526 37 meses meses 03/09/2014 06/01/2015 02/12/2014 05/08/2015 Cubillo Pacheco Luis Antonio Jara Guzmán Francisco Antonio 12673 2 años y 18 dias 22/08/2012 09/09/2014 Jiménez Castrillo José Luis 16220 3 años 27/12/2013 26/12/2016 Jiménez Rodriguez Victorino 8040 * 06/07/2010 * López Elizondo Steve Marín Rojas Gillio 9792 11441 6 meses 30 años 06/07/2014 11/03/2004 05/01/2015 10/03/2034 Mata Araya Rodrigo 3134 ** 10/05/2013 ** Matamoros Arosemena Pablo 11291 3 meses 03/09/2014 02/12/2014 Matarrita Martínez Nuria 10567 1 mes 03/09/2014 02/10/2014 Mora Guevara William 10370 22/08/2012 21/08/2015 Brenes Brenes José Miguel Echegaray Castellanos Edgar Campos Bautista Francisco Chaves Fuentes Damaris 11155 5 meses 24/08/2014 12/10/2014 19/06/2035 23/01/2015 02/12/2014 Hernández Quirós Francisco Cubero Javier Campos José Fabián 14599 * 11/03/2014 * Morales López Dagoberto 11445 3 años 2 años y 2 meses 03/09/2014 02/11/2016 Nelson Ulloa Dyanna Núñez Mata Federico 13228 15398 4 meses 6 meses, 2 días 15/05/2014 26/02/2014 14/09/2014 28/02/2015 Peña Zúñiga Hugo Eduardo 6679 5 meses 16/05/2014 15/10/2014 Pérez Fuentes José Gerardo Price Chinchilla Rodolfo Alexánder 15079 ** 30/04/2014 ** 11765 1 mes 03/09/2014 02/10/2014 Quesada Elizondo Carlos Luis Quesada Ugalde Iveth Emilia 10740 12524 5 meses 3 meses 18/05/2014 04/09/2014 17/10/2014 03/12/2014 Ramírez Ulate Bernal Robles Macaya Carlos Hernán 4547 2416 3 años 24 Años 01/11/2013 31/10/2016 15/04/2005 14/04/2029 Rodríguez Bastos Fabio Evencio Rodríguez Bastos Fabio Evencio 3991 3 años 13/10/2011 12/10/2014 3991 13/10/2014 12/02/2015 15100 4 meses 8 años y 7 meses 3 años y 3 meses Rojas Fallas Luis Alexánder 16985 Rojas Saborío Manuel David Rojas Saborío Manuel David 15100 9 meses 24/11/2015 23/08/2016 Ruiz Bonilla Jorge Luis Salas Salazar Kenneth Tenorio Castro Luis Gdo. 5431 1356 9850 03/09/2014 02/12/2014 11/03/2004 10/03/2024 14/03/2014 13/09/2014 14/09/2014 13/12/2017 14/12/2017 13/12/2021 11/03/2014 10/10/2022 24/08/2012 23/11/2015 Tenorio Castro Luis Gdo. 9850 3 meses 20 Años 6 Meses 3 años y 3 meses Tenorio Castro Luis Gdo. Tijerino Medina Yolanda Margarita 9850 4 años 10399 * Valverde Segura Jorge Enrique 8540 8540 3 años 3 años y 5 meses 24/04/2013 23/04/2016 Valverde Segura Jorge Enrique Vargas Barrantes Walter 11875 3 años 08/03/2013 07/03/2016 Vargas Montero Carlos 9480 3 meses 05/06/2014 04/06/2014 Vargas Rivera José Eduardo 13901 4 meses 05/06/2014 04/10/2014 Villalobos Salas José Alberto 12163 21 meses 05/03/2014 04/12/2015 Villalobos Salas José Alberto 12163 6 meses 05/12/2015 04/06/2016 Villalobos Salas José Alberto 12163 8 meses 05/06/2016 04/02/2017 Vosman Roldán Reynaldo 5067 6 años 03/09/2014 02/09/2020 Zúñiga Brenes José Martín 5354 3 meses 03/09/2014 02/12/2014 17/06/2013 * 24/04/2016 23/09/2019 GACETA 169 del 107 del 03/09/2014 91 del 05/06/2014 12/05/2011 169 del 250 del 03/09/2014 27/12/2013 247 092del del 21/12/2012 15/05/2014 169 del 5904/09/2013 del 23-03-07 10 del 169 del 03/09/2014 13/01/2012 169 del 197 13/10/2011 03/09/2014 118169 del del 20-6-07 03/09/2014 048 del 169 del 08/03/2012 03/09/2014 115 del 169 del 17/06/2013 03/09/2014 169 44 del 03/09/2014 04/03/2014 161 del 49 del 22/08/2012 11/03/2014 250 del 27/12/2013 130 del 06/07/2010 199 del 18/10/2011 50 del 11/03/04 115 del 17/06/2013 169 del 03/09/2014 169 del 03/09/2014 161 del 22/08/2012 169 del 03/09/2014 092 del 15/05/2014 *** 093 del 16/05/2014 107 del 05/06/2014 169 del 03/09/2014 211 del 01/11/2013 169 del 03/09/2014 211 del 01/11/2013 72 del 15/04/05 197 del 13/10/2011 247 del 21/12/2012 49 del 11/03/2014 163 del 24/08/2012 107 del 05/06/2014 169 del 03/09/2014 50 del 11/03/04 152 del 05/08/04 59 del 23/03/07 135 del 14/07/2008 115 del 17/06/2013 193 del 08/10/2007 193 del 03/09/2014 048 del 08/03/2013 107 del 05/06/2014 107 del 05/06/2014 211 del 01/11/2013 250 del 27/12/2013 092 del 15/05/2014 169 del 03/09/2014 169 del 03/09/2014 * La suspensión se mantendrá hasta que cumpla la condena impuesta en sede penal. ** La suspensión será hasta le revocación de medida cautelar o finalización del proceso. *** Inhabilitación del ejercicio de la Abogacía y Notariado por Medida Cautelar. Res, Juzgado Penal de Pérez Zeledón de las 07:08 del 26/8/2014. ***** Suspendido hasta que cancele la multa máximo 12/05/2021. San José, 9 de setiembre de 2014. Irving Vargas Rodríguez, 1 vez.—(IN2014059259). Secretario General SALA CONSTITUCIONAL SEGUNDA PUBLICACIÓN ASUNTO: Acción de Inconstitucionalidad. A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA HACE SABER: De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, dentro de la acción de inconstitucionalidad número 14-011146-0007-CO que promueve Manuel Emilio de la Trinidad Murillo Alfaro, se ha dictado la resolución que literalmente dice: «Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia. San José, a las nueve horas y treinta y siete minutos del dos de setiembre del dos mil catorce./Por disposición del pleno de la Sala Constitucional, se da curso a la acción de inconstitucionalidad interpuesta por Manuel Emilio de la Trinidad Murillo Alfaro, mayor, cédula de identidad 0105600841, casado una vez, Auditor de Tecnología de la Información, vecino de Heredia, para que se declare inconstitucional el Artículo 30 del Estatuto de Personal de la Universidad Estatal a Distancia, aprobado por el Consejo Universitario en sesión N° 464, Artículo VI, acuerdo N° 549 de 29 de noviembre de 1983, reformado en la sesión 1767, artículo IV inciso 3) de 24 de junio de 2005 y en la sesión N.1815, Artículo 2 inciso V de 2 de junio de 2006, por estimarlo contrario a los artículos 10, 33, 56 y 57 de la Constitución Política. Se confiere audiencia por quince días a la Procuraduría General de la República. La norma se impugna en cuanto la implementación de porcentajes diferenciadores para el reconocimiento de anualidades, deviene en un acto totalmente arbitrario e inconstitucional. El contenido del Artículo 30 impugnado, versa sobre una materia que no puede ser objeto de restricciones desproporcionadas e ilegítimas por parte de la Administración de la Universidad, pues imponen un trato desigual a todos aquellos funcionarios públicos que hayan adquirido derecho de anualidades como resultado de la labor desempeñada en cualquier otra institución del Estado. Por consiguiente, se violentan de manera categórica todos aquellos derechos que tutelan a dichos funcionarios y el salario correspondiente. Esta acción se admite por reunir los requisitos a que se refiere la Ley de la Jurisdicción Constitucional en sus artículos 73 a 79. La legitimación proviene del accionante proviene del párrafo primero del artículo 75 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, en cuanto existe un recurso de amparo que se tramita en el expediente número 14-006509-0007CO. En dicho expediente, por resolución número 2014-008793 de las catorce horas treinta minutos del diecisiete de junio del dos mil catorce se otorgó plazo al recurrente para interponer la acción de inconstitucionalidad. Publíquese por tres veces consecutivas un aviso en el Boletín Judicial sobre la interposición de la acción, para que en los procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de lo cuestionado, no se dicte resolución final mientras la Sala no haya hecho el pronunciamiento del caso. Este aviso sólo afecta los procesos judiciales pendientes en los cuales se discuta la aplicación de lo impugnado y se advierte que lo único que no puede hacerse en dichos procesos, es dictar sentencia o bien, el acto en que haya de aplicarse lo cuestionado en el sentido en que lo ha sido. Igualmente, lo único que la acción suspende en vía administrativa es el dictado de la resolución final en los procedimientos tendentes a agotar esa vía, que son los que se inician con y a partir del recurso de alzada o de reposición interpuestos contra el acto final, salvo, claro está, que se trate de normas que deben aplicarse durante la tramitación, en cuyo caso la suspensión opera inmediatamente. Dentro de los quince días posteriores a la primera publicación del citado aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes en asuntos pendientes a la fecha de interposición de esta acción, en los que se discuta la aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso, los motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese. Se hace saber además, que de conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley de Jurisdicción Constitucional y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la Sala (resoluciones 0536-91, 0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta publicación no suspende la vigencia de la norma en general, sino únicamente su aplicación en los casos y condiciones señaladas. Notifíquese./Gilbert Armijo Sancho, Presidente». San José, 05 de setiembre del 2014. Gerardo Madriz Piedra (IN2014059088) Secretario Martes 30 de setiembre del 2014 TRIBUNALES DE TRABAJO Causahabientes Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Eliécer Cantillano Ríos, cédula de residencia 155813798202, quien fue mayor, soltero, y falleció el 30 de octubre del año 2012, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de devoluciones de ahorro obligatorio bajo el número 14-000119-1041-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 14-000119-1041LA. Proceso promovido por Johana Andrea Rojas Fallas a favor de Johana Andrea Rojas Fallas.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Pococí; 02 de setiembre del 2014.—Lic. Roberto Hurtado Villalobos, Juez.—1 vez.—(IN2014058833). Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Marvin Rodríguez Álvarez, quien fue mayor, casado, vecino de Ticabán, Pococí, Limón, con cédula de identidad 5-0218-0655, fallecido el 06 de junio del año 2007, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias devolución de ahorro obligatorio, bajo el Número 14000240-1041-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 14-000240-1041-LA. Marvin Rodríguez Álvarez a favor de Enid Carrillo Rojas.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Pococí, 05 de agosto del 2014.—Lic. Roberto Hurtado Villalobos, Juez.—1 vez.—(IN2014058859). Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Carlos Luis Ávila Álvarez, mayor, viudo, fallecido el 19 de junio del año 2014, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias devolución de ahorro obligatorio, bajo el número 14-000241-1041LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 14-0002411041-LA. Carlos Luis Ávila Álvarez a favor de María Isabel de las Piedades Ávila Sancho.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Pococí, 01 de agosto del año 2014.—Lic. Roberto Hurtado Villalobos, Juez.—1 vez.—(IN2014058860). Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Gerardo Hernández Campos, fallecido el 03 de agosto del año 2014, mayor, divorciado, agricultor, vecino de Cariari, Astúa Pirie, Pococí, Limón, con cédula de identidad 2-0523-0975, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias devolución de ahorro obligatorio, bajo el N° 14-000264-1041-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo, expediente N° 14-000264-1041-LA. Gerardo Hernández Campos a favor de.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Pococí, 01 de setiembre del 2014.—Lic. Roberto Hurtado Villalobos, Juez.—1 vez.—(IN2014058861). Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de José Luis Cruz Cordero, fallecido el 06 de setiembre del 2013, mayor, soltero, operario, vecino de Ciudad Quesada Alajuela, con cédula de identidad 7-0142-0705, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias devolución de ahorro obligatorio, bajo el Número 14000270-1041-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 14-000270-1041-LA. José Luis Cruz Cordero a favor de Viviana Herrera Corrales.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Pococí, 02 de setiembre del año 2014.—Lic. Roberto Hurtado Villalobos, Juez.—1 vez.—(IN2014058862). BOLETIN JUDICIAL Nº 187 — Pág 5 Se cita y emplaza a todos los causahabientes de quien en vida se llamó Wilbert Julián Mowt Sequeira, mayor, casado, vecino de Limón, portador de la cédula de identidad 7-0079-0216 y fallecido el 11 de enero del 2008, para que comparezcan a este despacho dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, en defensa de sus derechos y de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial, libre de derechos. Diligencias de consignación de prestaciones del trabajador fallecido Wilbert Julián Mowt Sequeira, interpuestas por Beverly Hall Ross. Expediente número 14-000273-1025-LA-A.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 01 de setiembre del 2014.—Licda. Wendy Martínez Garbanzo, Jueza.—1 vez.—(IN2014058863). Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Robert Barrantes Torres, fallecido el 4 de febrero del año 2001, mayor, soltero, profesor de educación física, cédula de identidad 1-0732-0425, vecino de Guápiles, Pococí, Limón, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias devolución de ahorro obligatorio, bajo el número 14-000278-1041-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 14-000278-1041-LA. Robert Barrantes Torres a favor de María Eugenia Torres Ramírez.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Pococí, 01 de setiembre del año 2014.—Lic. Roberto Hurtado Villalobos, Juez.—1 vez.—(IN2014058873). A los causahabientes de quien en vida se llamó Javier Torres Núñez, quien fue mayor, casado, oficial de recibo, vecino de Sabanilla de Alajuela, con cédula de identidad número 2-550535, se les hace saber que: Francini Montero Sandí, portadora de la cédula de identidad número 1-1160-195, vecina de Sabanilla de Alajuela, se apersonó en este Despacho en calidad de esposa del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido, expediente número 14-000498-0639-LA.— Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 25 de agosto del año 2014.—Lic. Eugenio Molina Sequeira, Juez.—1 vez.—(IN2014058894). Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Rafael Ángel Esquivel Hernández, cédula de identidad 4-095-251, fallecido el 27 de junio del año 2012, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Público bajo el número 14-000645-1021-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 14-000645-1021-LA. Por Mayra López Herrera a favor de Rafael Ángel Esquivel Hernández.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Heredia, 26 de agosto del año 2014.—Lic. Octavio Villegas Rojas, Juez.—1 vez.—(IN2014058917). Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Jonathan González Villalobos, cédula de identidad 4-185-426, fallecido el 15 de abril del año 2013, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Público bajo el número 14-000665-1021-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° Pág 6 — BOLETIN JUDICIAL Nº 187 Martes 30 de setiembre del 2014 14-000665-1021-LA. Por Bertilia González Villalobos a favor de Jonathan González Villalobos.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Heredia, 26 de agosto del año 2014.—Lic. Octavio Villegas Rojas, Juez.—1 vez.—(IN2014058924). Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Marco Antonio Morales Vargas, quien fue mayor, casado, vecino de Santo Domingo de Heredia, cédula 2-373-039, y falleció el 05 de febrero del año 2014, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado bajo el número 14000668-1021-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 14-000668-1021LA. Por Hilda María Sánchez Ramírez a favor de Marco Antonio Morales Vargas.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Heredia, 25 de agosto del año 2014.—Lic. Guiselle Gené Calderón, Jueza.—1 vez.—(IN2014058926). Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Róger Danilo Hernández Chaves, cédula de identidad 4-120834, fallecido el 18 de octubre del año 2013, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado bajo el número 14-000673-1021-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 14-000673-1021-LA. Por Emilce Salas Jiménez a favor de Roger Danilo Hernández Chaves.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Heredia, 26 de agosto del año 2014.—Lic. Octavio Villegas Rojas, Juez.—1 vez.—(IN2014058927). Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Adrián Mario Vilio Trinidad Villalobos García c.c. Marco Bilio Villalobos García, cédula de identidad 4-0063-0197, fallecido el 16 de agosto del año 2014, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Público bajo el número 14-000695-1021-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 14-000695-1021-LA. Por Flor María Porras Cerdas a favor de Adrián Villalobos García.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Heredia, 28 de agosto del año 2014.—Lic. Octavio Villegas Rojas, Juez.—1 vez.—(IN2014058929). A los que en carácter de causahabientes de Carlos Faustino Pineda Durán, cédula 2-0369-0488, fallecido el día 17 de agosto del 2006, se les hace saber que Aurora Ávila Zamora, portadora de la cédula número 2-0429-0896, vecina de San Rafael de Guatuso de Alajuela se apersonó en este despacho en calidad de esposa del fallecido a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Ahorros del Fondo de Capitalización Laboral. Por ello, se les cita y emplaza, para que dentro del improrrogable plazo de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias aquí establecidas a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Consignación de devolución de ahorros obligatorios del trabajador fallecido. Exp. Nº 14-300014-324-LA.— Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Guatuso.— Lic. Alcibiades Jiménez García, Juez.—1 vez.—(IN2014058945). A los que en carácter de causahabientes de Freddy Ruiz Calero, cédula 2-0426-0156, fallecido el día 25 de julio del 2014, se les hace saber que: Olga Marita Solís Conejo, portadora de la cédula número 5-0208-0773, vecina de San Rafael de Guatuso de Alajuela se apersonó en este despacho en calidad de esposa del fallecido a fin de promover las presentes diligencias de consignaciones de ahorros del fondo de capitalización laboral. Por ello, se les cita y emplaza, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias aquí establecidas a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Consignación de devolución de ahorros obligatorios del trabajador fallecido Freddy Ruiz Cabrera. Exp. 14-300017-0324-LA.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Guatuso.—Lic. Alcibiades Jiménez García, Juez.— 1 vez.—(IN2014058954). Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabiente de las prestaciones y ahorro legales del fallecido Walmer Espinoza Chavarría, se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del plazo improrrogable de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho, en las diligencias aquí establecidas bajo el número 14-3000220478-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese en el Boletín Judicial.—Juzgado de Trabajo de Bribrí, Talamanca, a las once horas con cuarenta minutos del treinta de junio del año dos mil catorce.—Lic. Mandy Avellán Sánchez, Juez.—1 vez.—(IN2014058960). Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones y ahorro legales del fallecido José Luis Solano Gutiérrez, se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del plazo improrrogable de ocho días hábiles, se apersonen a este despacho, en las diligencias aquí establecidas bajo el número 14300037-0478-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado de Trabajo de Bribrí Talamanca, a las ocho horas cero minutos del tres de setiembre del dos mil catorce.—Licda. Mandy Avellán Sánchez, Jueza.—1 vez.—(IN2014058961). Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes Darlin Eduardo Vallejos Caravaca cédula de identidad número 5-0295-0133, fallecido el seis de agosto del 2014, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencia de consignación de prestaciones de trabajador fallecido, bajo el expediente número 14-300087-0401LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado Trabajo de Menor Cuantía de Carrillo, a las diez horas veintiún minutos del doce de agosto del dos mil catorce.—Lic. José Manuel Sánchez Montero, Juez.—1 vez.—(IN2014058962). Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones y ahorros legales de la trabajadora fallecida Karen Johana Rodríguez López, quien fue mayor, soltera, vecina de Calle Fallas de Desamparados, laboraba como recepcionista en la empresa GEA de Costa Rica, cédula de residencia número 134000053001, y falleció el 13 de julio de 2014, se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del plazo improrrogable de ocho días posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho, en las diligencias aquí establecidas bajo el número 14300144-0217-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado Civil y de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados; 02 de setiembre de 2014.—Dra. Leyla K. Lozano Chang, Jueza.—1 vez.—(IN2014058963). Se emplaza a todos los interesados en la diligencia del consignación de trabajador fallecido (Cobro del Fondo de Capitalización Laboral) Óscar Villalobos Argüello, quien fue mayor, costarricense, casado, con cédula de identidad N° 06-0094-0694, y vecino de Bajo El Ceibo de Esparza, Puntarenas, para que dentro del plazo de ocho días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a este proceso a hacer valer sus derechos, apercibidos de que si no lo hacen dentro del plazo indicado, el dinero pasará a quien corresponda, expediente N° 14-300421-1024-LA (1).—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Puntarenas, a las dieciséis horas diez minutos del tres de setiembre del año dos mil catorce.— Lic. Pedro Ferrán Reina, Juez.—1 vez.—(IN2014058966). Martes 30 de setiembre del 2014 Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones de la fallecida Nícida Loretty Arguedas Gutiérrez, cédula 6-230-459, que se consideren con derecho al mismo, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias aquí establecidas bajo el número 14300044-0441-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Coto Brus, San Vito, ocho de setiembre del dos mil catorce.—Lic. Jorge Ortega Morales, Juez.—1 vez.—(IN2014059175). Con ocho días de plazo se convoca a los causahabientes del fallecido Luis Antonio Valverde Quirós, quien fuera mayor, casado, trabajador de una bodega, costarricense, vecino de Desamparados, Calle Fallas, frente a Carrocerías Herrera, casa con tapia de zinc color blanca, cédula de identidad número uno-ciento ochenta y ocho-setecientos seis, quien falleció el veinticinco de agosto del dos mil once, con el fin de que se apersonen a hacer valer sus derechos en la presente diligencia de reclamo de fondo de capitalización laboral, expediente número 14-300212-0237-LA (221-2-14), gestionado por: Marixa Alfaro Alfaro contra Operadora de Planes de Pensiones Complementarias BN Vital S. A., apercibidos de que de no hacerlo así en dicho lapso, contados los días a partir de la publicación de este edicto, los dineros pasarán a quien corresponda en Derecho, de conformidad con el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado de Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 28 de agosto de 2014.—M.Sc. Ian Berrocal Azofeifa, Juez.—1 vez.—(IN2014059178). Con ocho días de plazo se convoca a los causahabientes del fallecido Carlos Francisco Cantillano Díaz, quien fuera mayor, divorciado, costarricense, técnico en radio y televisión, vecino de Desamparados, San Rafael Abajo, cédula de identidad número uno-quinientos diecinueve-seiscientos veinte, quien falleció el dos de abril del dos mil trece, a fin de que se apersonen a hacer valer sus derechos en la presente diligencia de reclamo de fondo de capitalización laboral, expediente número 14-3002340237-LA (246-4-14), gestionada por: Rosibel Cantillano Díaz contra Operadora de Planes de Pensiones Complementarias Popular Pensiones S. A., apercibidos de que de no hacerlo así en dicho lapso, contados los días a partir de la publicación de este edicto, los dineros pasarán a quien corresponda en Derecho, de conformidad con el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado de Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 03 de setiembre del 2014.—Msc. Ian Berrocal Azofeifa, Juez.—1 vez.—(IN2014059180). Se citan y se emplazan a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones y ahorros legales del fallecido Cesar Enrique Gutiérrez Díaz, cédula número 1-1526-0827, se consideran con derecho a las mismas, para que dentro del improrrogable plazo de ocho días, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las Diligencias aquí establecidas bajo el número de expediente: 13-300044-1046-LA (49-13), a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido en el Artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado de Trabajo de Mayor Cuantía de Buenos Aires, 04 de noviembre del 2013.—Lic. Jean Carlos Céspedes Mora, Juez.—1 vez.—(IN2014059196). Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes del fallecido Gerald Enrique Fonseca Sánchez; quien fue mayor, casado, carnicero, con último domicilio en el Bosque, San Rafael de Oreamuno, 25 metros al este del bar las Columnas, con cédula de identidad 3-0375-0303 y falleció el 03 de abril del 2014, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho, en las diligencias de Consignación de Prestaciones Sector Privado bajo el número 14-000565-1023LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Proceso promovido por Francy Monge Soto con cédula de identidad 3-0399-0036 a favor de Gerald Enrique Fonseca Sánchez con cédula de identidad 3-0375- BOLETIN JUDICIAL Nº 187 — Pág 7 0303. Expediente Nº 14-000565-1023-LA.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Cartago, 9 de setiembre del 2014.—Lic. Mónica Zúñiga Vega, Jueza.—1 vez.—(IN2014059226). Se cita y emplaza a todos los interesados y demás herederos, de quien en vida se llamó Víctor Renné Briceño Álvarez, quien fue mayor, casado, educador, con cédula de identidad Nº cincodoscientos trece-setecientos tres, vecino de Santa Rita de Nandayure, doscientos al sur y ochocientos al este, de la Fábrica de Hielo de Santa Rita. Para que dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a este proceso a hacer valer sus derechos, apercibidos de que si no lo hacen dentro del plazo indicado, los ahorros pasarán a quien corresponda. Solicitud de devolución de ahorros de trabajador fallecido promovido por María Magdalena Cruz Cruz. Expediente Nº 14-300018-0406-LA.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Nandayure, Guanacaste.—Lic. David Campos Rojas, Juez.—1 vez.—(IN2014059235). A los que en carácter de causahabientes de David Mauricio Tenorio Ortiz, cédula 2-0576-941, fallecido el día 13 de setiembre del 2013, vecino de Alajuela, Guatuso, Buena Vista, Costa Ana, cuatrocientos metros norte de la escuela se les hace saber que: Victoria María Ortiz López, portadora de la cédula número 8-0077-0406, vecina de Alajuela, Guatuso, Buena Vista, Costa Ana, cuatrocientos metros norte de la escuela, se apersonó en este despacho en calidad de madre del fallecido a fin de promover las presentes diligencias de consignaciones de devolución de ahorros del Fondo de Capitalización Laboral. Por ello, se les cita y emplaza, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias aquí establecidas a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Consignación de Devolución de Ahorros obligatorios del trabajador fallecido David Mauricio Tenorio Ortiz. Exp. Nº 2014-300019-324-LA.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Guatuso.—Lic. Alcibíades Jiménez García, Juez.—1 vez.—(IN2014059237). Se citan y se emplazan a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones y ahorros legales del fallecido Víctor Manuel Rojas Leiva, cédula número 6-315-991, se consideran con derecho a las mismas, para que dentro del improrrogable plazo de ocho días, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho, en las diligencias aquí establecidas bajo el número de expediente: 14-300036-1046-LA (41-14), a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido en el Artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado de Trabajo de Mayor Cuantía de Buenos Aires, 2 de setiembre del 2014.—Lic. Jean Carlos Céspedes Mora, Juez.—1 vez.—(IN2014059239). A los causahabientes de quien en vida se llamó Guido Alberto Molina Flores, quien fue mayor, pensionado, portó la cédula de identidad número 3-0173-0306 y falleció el veintidós de noviembre de dos mil trece. Los interesados deberán apersonarse dentro de los ocho días siguientes a la publicación de este edicto, a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de que si así no lo hicieren, el dinero que por este concepto se obtenga, se entregará a quienes de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Código de Trabajo, por derecho corresponda. Proceso de Consignación de Prestaciones número 14-300084-0895-LA de Guido Alberto Molina Flores.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de La Unión, 26 de agosto del 2014.—Lic. Xinia Solís Pomares, Jueza.—1 vez.—(IN2014059240). ADMINISTRACIÓN JUDICIAL Remates SEGUNDA PUBLICACIÓN En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 030100007471-01-0901-001, prohibiciones ref.: 2181 573 001, citas: Pág 8 — BOLETIN JUDICIAL Nº 187 Martes 30 de setiembre del 2014 0301-00007471-01-0902-001, a las trece horas y treinta minutos del treinta y uno de octubre del dos mil catorce y con la base de un millón trescientos ocho mil trescientos ochenta y un colones con ochenta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número trescientos noventa mil setecientos cincuenta y cinco-cero cero uno-cero cero dos, la cual es terreno de agricultura. Situada en el distrito dos Buena Vista, cantón quince Guatuso de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Salvador Ruiz Sequeira, Xinia Campos Arce y Adrián Arroyo Rodríguez; al sur, Miguel Ángel Campos Rojas; al este, Miguel Ángel Campos Rojas; y al oeste, calle pública con 122.00 metros de frente. Mide: cincuenta mil doscientos veintiséis metros con veintinueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del diecisiete de noviembre del dos mil catorce, con la base de novecientos ochenta y un mil doscientos ochenta y seis colones con treinta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del dos de diciembre del dos mil catorce, con la base de trescientos veintisiete mil noventa y cinco colones con cuarenta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Gerardo Rojas Huertas. Expediente: 14-0016991205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 16 de setiembre del 2014.—Lic. Jorge Zúñiga Jaen, Juez.—(IN2014061852). En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de vista, citas 055300005228-01-0001-001, servidumbre de vista, citas: 055300005228-01-0001-001, servidumbre ecológica y limitaciones, citas: 0553-00005228-01-0023-001, servidumbre ecológica y limitaciones 0553-00005228-01-0023-001, a las diez horas y cero minutos del veinte de octubre del dos mil catorce y con la base de setenta y ocho mil ciento treinta dólares con veinticuatro centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento cincuenta y cinco mil setecientos cuarenta y cuatro-cero cero cero, la cual es terreno lote 17 B terreno de potrero. Situada en el distrito 03 Sardinal, cantón 05 Carrillo de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Hacienda el Porvenir S.A. en medio servidumbre agrícola con un frente de 65.58 cm; al sur, resto de la finca madre; al este, resto de la finca madre; y al oeste, resto de la finca madre. Mide: cinco mil seiscientos cuarenta metros con cincuenta y dos decímetros cuadrados. Plano: G-1101025-2006. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del cuatro de noviembre del dos mil catorce, con la base de cincuenta y ocho mil quinientos noventa y siete dólares con sesenta y ocho centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del diecinueve de noviembre del dos mil catorce, con la base de diecinueve mil quinientos treinta y dos dólares con cincuenta y seis centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra David James Reynolds no indica. Expediente: 14-001550-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 26 de agosto del 2014.—Lic. Jorge Zúñiga Jaen, Juez.—(IN2014061900). En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos, bajo las citas 2010-170109-01-0004-001, a las diez horas quince minutos del siete de noviembre de dos mil catorce y con la base de cinco mil trescientos dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 196350-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 03 Veintisiete de Abril, cantón 03 Santa Cruz de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con doce metros veinticinco decímetros; al sur, Saúl Gutiérrez Angulo; al este, Aida María Montiel Héctor; y al oeste, Saúl Gutiérrez Angulo. Mide: quinientos noventa y cinco metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas quince minutos del veinticuatro noviembre de dos mil catorce, con la base de tres mil novecientos setenta y cinco dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas quince minutos del diez de diciembre de dos mil catorce, con la base de mil trescientos veinticinco dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Sacha S. CH. S. A. contra Saúl Antonio Gutiérrez Angulo. Expediente: 14-0136521170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 2 de setiembre del 2014.—Lic. Marvin Ovares Leandro, Juez.—(IN2014061928). En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las trece horas y treinta minutos del diecisiete de noviembre del dos mil catorce y con la base de ciento diecisiete millones seiscientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 75037-000, la cual es terreno para construir con una edificación. Situada en el distrito 02 Merced, cantón 01 San José de la provincia de San José. Colinda: al norte, Sociedad Vargas Solera y compañía; al sur, avenida 8 m 54 cm; al este, Jobowic Groliter; y al oeste, Alfonso Pérez Arias. Mide: ciento treinta y ocho metros con setenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del dos de diciembre del dos mil catorce, con la base de ochenta y ocho millones doscientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del diecisiete de diciembre del dos mil catorce, con la base de veintinueve millones cuatrocientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Ricardo Ramírez Hidalgo. Expediente: 12-035034-1012CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 10 de setiembre del 2014.—Lic. Jazmín Núñez Alfaro, Jueza.—(IN2014061934). En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada, bajo las citas 332-16100-01-0002-001, a las nueve horas y quince minutos del veintiocho de octubre de dos mil catorce y con la base de trece mil ochocientos ocho dólares con setenta y cinco centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número trescientos dos mil noventa-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 03 Tabarcia, cantón 07 Mora de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Josefina Vargas Carmona; al este, Maritza Castro Valverde; y al oeste, Josefina Vargas Carmona. Mide: doscientos treinta y dos metros con treinta y seis decímetros cuadrados. Plano SJ-0351439-1996. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y quince minutos del doce de noviembre de dos mil catorce, con la base de diez mil trescientos cincuenta y seis dólares con cincuenta y seis centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y quince minutos del veintisiete de noviembre de dos mil catorce, con la base de tres mil cuatrocientos cincuenta y dos dólares con dieciocho centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Desarrollos Ventotene SRL contra Walter Antonio Ureña Vargas. Expediente: 14-009022-1170CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 13 de agosto del 2014.—Lic. Melania Jiménez Vargas, Jueza.—(IN2014061942). Martes 30 de setiembre del 2014 En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las nueve horas y cero minutos del diecisiete de noviembre del dos mil catorce y con la base de cuarenta y nueve millones ciento treinta y cuatro mil ochocientos cuatro colones con noventa y siete céntimos en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 271746-000, la cual es terreno lote 1 terreno para construir. Situada en el distrito 01 San Mateo, cantón 04 San Mateo de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Francisco Rodríguez Arias; al este, Álvaro Alcosta Acosta; y al oeste, Margery Pérez Badilla. Mide: dos mil doscientos cincuenta y dos metros con ochenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del dos de diciembre del dos mil catorce, con la base de treinta y seis millones ochocientos cincuenta y un mil ciento tres colones con setenta y dos céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del diecisiete de diciembre del dos mil catorce, con la base de doce millones doscientos ochenta y tres mil setecientos un colones con veinticuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Operaciones Diez S. A., Servicio Automotriz Pedro Vargas y Asociados S. A. Expediente: 14-010467-1012-CJ.— Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 10 de setiembre del 2014.—Lic. Jazmín Núñez Alfaro, Jueza.—(IN2014061953). En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios, a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del siete de noviembre de dos mil catorce y con la base de un millón novecientos trece mil cuatrocientos colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas 583911, marca Hyundai, categoría automóvil, serie KMHVF21NPSU169810, carrocería sedán 4 puertas, tracción 4x2, chasis KMHVF21NPSU169810, vin KMHVF21NPSU169810, estilo Accent, capacidad 5 personas, año 1995, color rojo, N° de motor G4EKS394006, cilindrada 1500 c.c., combustible gasolina, cilindros 04. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de noviembre de dos mil catorce, con la base de un millón cuatrocientos treinta y cinco mil cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del diez de diciembre de dos mil catorce, con la base de cuatrocientos setenta y ocho mil trescientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vacheron Costantin S. A. contra Esteban Reyes Zamora. Expediente: 11-009646-1170-CJ.— Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 3 de setiembre del 2014.—Lic. Melania Jiménez Vargas, Jueza.—(IN2014061969). En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios, a las ocho horas y treinta minutos del catorce de noviembre de dos mil catorce y con la base de cinco millones ciento cuarenta y nueve mil novecientos setenta colones con un céntimo, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas 585794, marca Hyundai, categoría automóvil, año 1997, color negro, tracción sencilla, carrocería sedán 4 puertas, combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del uno de diciembre de dos mil catorce, con la base de tres millones ochocientos sesenta y dos mil cuatrocientos setenta y siete colones con cincuenta y un céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del diecisiete de diciembre de dos mil catorce, con la base de un millón doscientos ochenta y siete mil cuatrocientos noventa y dos colones con cincuenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque BOLETIN JUDICIAL Nº 187 — Pág 9 certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vacheron Constantin Sociedad Anónima contra Francisco Javier Sanabria Solano. Expediente: 10-0020290640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 5 de junio del 2014.—Dr. Mauricio Vega Camacho, Juez.—(IN2014062015). En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones, con las citas 265-6396-01-0901-001, a las trece horas y treinta y cinco minutos del veintisiete de octubre de dos mil catorce y con la base de veinticinco millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número once mil doscientos veintinuevecero cero dos-cero cero tres-cero cero cuatro y cero cero cinco, la cual es terreno de solar y una casa. Situada en el distrito San Vito, cantón Coto Brus de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Betty Pirola Rosa; al sur, calle pública; al este, Paola Lerice Sorte; y al oeste, Bazzano Collina Limitada. Mide: quinientos noventa y ocho metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta y cinco minutos del once de noviembre de dos mil catorce, con la base de dieciocho millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta y cinco minutos del veintiséis de noviembre de dos mil catorce, con la base de seis millones doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Juan Carlos Ramos Marín. Expediente: 13-005260-1158-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Heredia, 16 de setiembre del 2014.—Lic. German Valverde Vindas, Juez.—(IN2014062059). En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las quince horas y cero minutos del veinte de octubre del dos mil catorce y con la base de sesenta y tres millones quinientos veintisiete mil novecientos diecinueve colones con setenta y siete céntimos en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 387921-003 y 004, la cual es terreno para construir lote 71. Situada en el distrito 01 San Isidro, cantón 11 Coronado de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote dest. ave. 1 con 8,01 m fte., al sur, zona protección del río Ipís, al este, lote 72; y al oeste, lote dest. a parque B. Mide: doscientos veintisiete metros con siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del cuatro de noviembre del dos mil catorce, con la base de cuarenta y siete millones seiscientos cuarenta y cinco mil novecientos treinta y nueve colones con ochenta y dos céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del diecinueve de noviembre del dos mil catorce, con la base de quince millones ochocientos ochenta y un mil novecientos setenta y nueve colones con noventa y cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Alex Torres Castrillo, Ivannia Baltodano Zúñiga. Expediente: 13-018232-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 21 de agosto del 2014.—Lic. Jéssika Fernández Cubillo, Jueza.—(IN2014062124). En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y treinta minutos del diez de noviembre de dos mil catorce, y con la base de un millón novecientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número 217448. Marca Mitsubishi, estilo Montero, categoría automóvil, capacidad 6 personas, año 1987, color azul, vin no Pág 10 — BOLETIN JUDICIAL Nº 187 Martes 30 de setiembre del 2014 indicado. Para el Segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del veinticinco de noviembre del año dos mil catorce, con la base de un millón cuatrocientos veinticinco mil colones exactos y, para la Tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del diez de diciembre del año dos mil catorce con la base de cuatrocientos setenta y cinco mil colones exactos. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de José Francisco Barrantes Campos contra Ana María Mendoza Aruz. Exp.: 14-001176-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia, 23 de mayo del 2014.—Lic. Brayan Li Morales, Juez.—(IN2014062154). (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Gina Marcela Izaguirre Badilla contra Inversiones Turísticas El Coco Rojas y Rojas S. A. Exp: 14-005813-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 22 de julio del 2014.—Licda. Kenny Obaldía Salazar, Juez.—(IN2014062159). En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios; a las quince horas y treinta minutos del tres de noviembre del año dos mil catorce, y con la base de un millón ochocientos veintiséis mil novecientos quince colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placa: 719421, marca: Toyota, estilo: Tercel, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: JT2EL46S1P0266496, carrocería: sedán 2 puertas, tracción: 4x2, año fabricación: 1993. Para el Segundo remate se señalan las quince horas y treinta minutos del dieciocho de noviembre del año dos mil catorce, con la base de un millón trescientos setenta mil ciento ochenta y seis colones con veinticinco céntimos y, para la Tercera subasta se señalan las quince horas y treinta minutos del tres de diciembre del año dos mil catorce con la base de cuatrocientos cincuenta y seis mil setecientos veintiocho colones con setenta y cinco céntimos. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de José Francisco Barrantes Campos contra Wilberth Molina Morera. Exp.: 10-000381-1117-CI.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia, 21 de mayo del 2014.—Lic. Brayan Li Morales, Juez.—(IN2014062157). En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las trece horas y cuarenta y cinco minutos del veinte de octubre del dos mil catorce, y con la base de diez millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cincuenta mil ciento cuarenta y nueve-cero cero cero la cual es terreno para construir lote 5. Situada en el distrito 03-Sardinal, cantón 05-Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Guilcendar S. A.; al sur, calle con 12m; al este lote 6 y al oeste, lote 4. Mide: ciento noventa y ocho metros con ochenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del cuatro de noviembre de dos mil catorce, con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del diecinueve de noviembre de dos mil catorce con la base de dos millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Gina Marcela Izaguirre Badilla contra Servicios Duilin CRC S. A. Exp: 14-005815-1157-CJ.— Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 29 de julio del 2014.—Lic. Daniel Segura Castro, Juez.—(IN2014062162). En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios; a las once horas y cero minutos del diez de noviembre de dos mil catorce, y con la base de setecientos treinta y cinco mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas número 482324, marca Toyota, estilo Tercel, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 1991, color negro, vin JT2EL46B8M0044758. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del veinticinco de noviembre de dos mil catorce, con la base de quinientos cincuenta y un mil doscientos cincuenta colones exactos y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del diez de diciembre de dos mil catorce con la base de ciento ochenta y tres mil setecientos cincuenta colones exactos. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de José Francisco Barrantes Campos contra Erick Alonso Mora Bolaños. Exp.: 12-000272-1117-CI.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia, 28 de mayo del 2014.—Lic. Brayan Li Morales, Juez.—(IN2014062158). En la puerta exterior de este Despacho, a las diez horas y quince minutos del veinte de octubre de dos mil catorce, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Servidumbre de Líneas Eléctricas y de Paso (Citas:559-10465-01-0001-001), Servidumbre de Acueducto (Citas:559-10465-01-0002-001) y Servidumbre de Paso (Citas:576-24948-01-0006-001); y con la base de treinta mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento sesenta y cinco mil setecientos sesenta y cinco-cero cero cero la cual es terreno de charral y tacotal. Situada en el distrito 03-Sardinal, cantón 05-Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte Condominios Isabella; al sur, servidumbre agrícola en medio Inversiones Turísticas del Coco Rojas y Rojas S. A. y Quebrada Pozo Verde; al este, Inversiones Turísticas del Coco Rojas y Rojas S. A. y al oeste, Protected Investments Corporation LLC S. A. Mide: veintiocho mil trescientos cincuenta y dos metros con treinta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y quince minutos del cuatro de noviembre de dos mil catorce, con la base de veintidós mil quinientos dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y quince minutos del diecinueve de noviembre de dos mil catorce con la base de siete mil quinientos dólares exactos En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y cero minutos del trece de enero de dos mil quince, y con la base de cuatro millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas 536.135, marca Mitsubishi, color blanco, año 2001, vin JA4MW31R31J026483, cubicaje 3.500. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del veintiocho de enero de dos mil quince, con la base de tres millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del doce de febrero de dos mil quince con la base de un millón de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: En caso de que existan postores el día de efectuarse el remate y estos aporten la suma correspondiente en moneda diferente a la indicada en el presente edicto, se consigna que el tipo de cambio a utilizar será el correspondiente al día en que se realice la almoneda, según lo establezca el Banco de Costa Rica. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Inadimpleti S. A., contra José Enrique Gómez Acevedo. Exp: 12-009493-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 13 de agosto del 2014.—Licda. Yanín Torrentes Ávila, Jueza.—(IN2014062164). En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y treinta minutos del veintiuno de octubre del año dos mil catorce, y con la base de un millón setecientos cincuenta y ocho mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placa: 902192, marca: Mitsubishi, estilo: Montero, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: JA4MR41H8SJ028901, año: 1995, carrocería: todo terreno 4 puertas, color: negro, tracción: 4x4, chasis: JA4MR41H8SJ028901, vin: JA4MR41H8SJ02890-1. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del cinco de noviembre del año dos mil catorce, con la base de un millón trescientos dieciocho mil Martes 30 de setiembre del 2014 quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del veinte de noviembre del año dos mil catorce con la base de cuatrocientos treinta y nueve mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de José Francisco Barrantes Campos contra Joseph Mauricio Zamora Marín Exp: 14-001822-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 21 de abril del 2014.— Lic. Christian Zamora Pérez, Juez.—1 vez.—(IN2014062165). En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y treinta minutos del cinco de noviembre de dos mil catorce,(8:30) y con la base de treinta millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento sesenta y ocho mil seiscientos cinco-cero cero cero la cual es terreno para construir lote once bloque G. Situada en el distrito (01) Tejar , cantón (08) El Guarco, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte lotes veintiocho y veintiséis; al sur, lote doce y calle pública con frente de diez metros; al oeste, lotes veintiocho y veintisiete y al sureste, lote doce y calle pública con frente de diez metros. Mide: ciento sesenta metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veinte de noviembre de dos mil catorce, (8:30) con la base de veintidós millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del cinco de diciembre de dos mil catorce (8:30) con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inadimpleti S. A., contra Agrícola Asbre S. A. Exp.: 14-001134-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 22 de agosto del 2014.—Licda. Marcela Brenes Piedra, Jueza.—(IN2014062166). En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios; a las quince horas y cero minutos del veintiuno de octubre del año dos mil catorce, y con la base de tres millones novecientos noventa mil colones exactos , en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placa: CL-192272, marca: Toyota, estilo: Hilux, categoría: carga liviana, capacidad: 5 personas, serie: YN1060001576, año: 1989, carrocería: caja abierta o campu, color: verde, tracción: 4x4, chasis: YN1060001576, vin: YN1060001576. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del cinco de noviembre del año dos mil catorce , con la base de dos millones novecientos noventa y dos mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del veinte de noviembre del año dos mil catorce con la base de novecientos noventa y siete mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de, José Francisco Barrantes Campos contra Ana María Mendoza Arauz. Exp.: 14-001824-1200-CJ. Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 21 de abril del 2014.—Lic. Christian Zamora Pérez, Juez.—(IN2014062168). En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y cero minutos del veintiuno de enero de dos mil quince 2:00 p.m. 21/01/2015, y con la base de un BOLETIN JUDICIAL Nº 187 — Pág 11 millón setecientos noventa y dos mil ochocientos colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas: 667.853, marca: Honda, categoría: automóvil, vin: 1HGEG8640PL029230, año: 1993, color: negro, cilindrada: 1.600 c.c. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del cinco de febrero de dos mil quince 2:00 p.m. 05/02/2015, con la base de un millón trescientos cuarenta y cuatro mil seiscientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del veinte de febrero de dos mil quince 2:00 p.m. 20/02/2015 con la base de cuatrocientos cuarenta y ocho mil doscientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: En caso de que existan postores el día de efectuarse el remate y estos aporten la suma correspondiente en moneda diferente a la indicada en el presente edicto, se consigna que el tipo de cambio a utilizar será el correspondiente al día en que se realice la almoneda, según lo establezca el Banco de Costa Rica. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Inadimpleti S. A., contra Teresa Montero Jiménez. Exp.:13006027-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 12 de setiembre del 2014.—Licda. Yanín Torrentes Ávila, Jueza.—(IN2014062170). En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 30405307-01-0901-001, y plazo de convalidación (rectificación de medida) citas: 2011-116166-01-0005-001, a las ocho horas y treinta minutos del cuatro de noviembre del dos mil catorce, y con la base de ciento cincuenta y dos mil ciento setenta y tres dólares con sesenta y seis centavos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 16954-000, la cual es terreno para agricultura sembrado de cacao. Situada: en el distrito Cahuita, cantón Talamanca, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Nasin Tabash Tabash; al sur, Florencia Cooks Gayler; al este, carretera pública con 125 metros con 27 centímetros, y al oeste, Lisa Daley Plumer. Mide: treinta mil doscientos sesenta y cinco metros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las ocho horas y treinta minutos del diecinueve de noviembre del dos mil catorce, con la base de ciento catorce mil ciento treinta dólares con veinticuatro centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las ocho horas y treinta minutos del cuatro de diciembre del dos mil catorce, con la base de treinta y ocho mil cuarenta y tres dólares con cuarenta y un centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Edwin Martín Sáenz Madrigal, Importadora y Exportadora del Mar Sociedad Anónima. Expediente N° 13-005347-1012-CJ.— Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 4 de setiembre del 2014.—Lic. Jéssika Fernández Cubillo, Jueza.—(IN2014062181). En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del catorce de octubre del dos mil catorce, y con la base de ochocientos dólares con ochenta y siete centavos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo placa: MOT 121770, marca: Honda, estilo: XL200, año: 2004, color: blanco, vin: 9C2MD28953R400067. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del veintinueve de octubre del dos mil catorce, con la base de seiscientos dólares con sesenta y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del trece de noviembre del dos mil catorce, con la base de doscientos dólares con veintidós centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Citibank de Costa Rica S. A. contra Gilberto Hernández Chaves. Expediente N° 09-001680-0370-CI.—Juzgado Especializado de Cobro de Heredia, 4 de agosto del 2014.—Lic. German Valverde Vindas, Juez.—(IN2014062198). Pág 12 — BOLETIN JUDICIAL Nº 187 Martes 30 de setiembre del 2014 En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos y servidumbre de acueducto, a las trece horas y treinta minutos del trece de enero del dos mil quince, y con la base de treinta y cinco millones setecientos setenta mil doscientos noventa y seis colones con noventa y cinco céntimos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número treinta y ocho mil novecientos cuarenta y seis-Fcero cero cero, la cual es terreno finca filial ocho bloque I terreno apto para construir que se destinará a uso habitacional y que tendrá una altura máxima de dos pisos. Situada: en el distrito Bahía Ballena, cantón Osa, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, filial nueve bloque I; al sur, filial siete bloque I; al este, parque, y al oeste, calle. Mide: dos mil doscientos veinte metros con cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las trece horas y treinta minutos del veintiocho de enero del dos mil quince, con la base de veintiséis millones ochocientos veintisiete mil setecientos veintidós colones con setenta y un céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las trece horas y treinta minutos del doce de febrero del dos mil quince, con la base de ocho millones novecientos cuarenta y dos mil quinientos setenta y cuatro colones con veinticuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Condominio Residencial Turístico Tortuga contra Land Of Giant Trees S. A. Expediente N° 14-000484-1203CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 16 de setiembre del 2014.—Lic. María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—(IN2014062213). En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de acueducto y de paso de A y A bajo las citas: 297-11046-01-0003-001 y servidumbres de paso bajo las citas: 333-16814-01-0006-001, 460-05968-01-0011001, 460-05968-01-0020-001, a las siete horas y treinta minutos del diez de noviembre del dos mil catorce, con sus respectivas bases, en el mejor postor, remataré las siguientes fincas: Primera: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 398145-000, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito 01 Quesada, cantón 10 San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al noreste, Jaime Hidalgo Salazar; sureste, Xinia María Vargas Cascante; suroeste, calle pública con un frente de 16.04 metros. Mide: trescientos cuarenta y cinco metros con treinta decímetros cuadrados. Plano: A-0870927-2003, con la base de siete millones seiscientos cincuenta y seis mil ochocientos veintinueve colones con setenta y un céntimos. Segunda: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 392457-000, la cual es terreno con una casa de habitación. Situada: en el distrito 01 Quesada, cantón 10 San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Monte Rodrigo S. A.; sur, calle pública con 17 metros 74 centímetros de frente; este, Marta Barrientos Rodríguez; oeste, calle pública con 15 metros 33 centímetros de frente. Mide: trescientos metros cuadrados. Plano: A-0617222-2000, con la base de treinta y ocho millones sesenta y cuatro mil ciento cincuenta colones con ochenta y dos céntimos. Para el segundo remate, se señalan las siete horas y treinta minutos del veinticinco de noviembre del dos mil catorce, con la base de cinco millones setecientos cuarenta y dos mil seiscientos veintidós colones con veintiocho céntimos por la finca N° 398145-000; y con la base de veintiocho millones quinientos cuarenta y ocho mil ciento trece colones con doce céntimos por la finca N° 392457-000 (rebajada en un 25%). Para la tercera subasta, se señalan las siete horas y treinta minutos del diez de diciembre del dos mil catorce, con la base de un millón novecientos catorce mil doscientos siete colones con cuarenta y tres céntimos por la finca N° 398145-000; y con la base de nueve millones quinientos dieciséis mil treinta y siete colones con setenta y un céntimos por la finca N° 392457-000 (un 25% de la base original). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coocique R.L. contra Xinia María Vargas Cascante. Expediente N° 14-000860- 1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 9 de setiembre del 2014.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2014062215). En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servid. de calle ref.: 2456 417 003, citas: 0313-00014663-01-0901-001, a las trece horas y treinta minutos del doce de noviembre del dos mil catorce, y con la base de ciento cincuenta mil setenta y tres dólares exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número treinta y dos mil ochocientos seis-F-cero cero cero, la cual es terreno naturaleza finca filial diecinueve terreno para construir que se destinará a uso habitacional la cual se podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada: en el distrito 03 Pozos, cantón 09 Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte, finca filial dieciocho; al sur, filial veinte; al este, filial dieciocho y calle privada del condominio, y al oeste, área común. Mide: mil ochenta y dos metros con noventa y un decímetros cuadrados. Plano: SJ-0790065-2002. Para el segundo remate, se señalan las trece horas y treinta minutos del veintisiete de noviembre del dos mil catorce, con la base de ciento doce mil quinientos cincuenta y cuatro dólares con setenta y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las trece horas y treinta minutos del quince de diciembre del dos mil catorce, con la base de treinta y siete mil quinientos dieciocho dólares con veinticinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Prosopia Chag Ltda. contra Edwin Segundo Gómez Vega, Kamaesa S. A., Sócrates Dario Bueno Santana. Expediente N° 14-001696-1205CJ.—Juzgado de Cobro de Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 12 de setiembre del 2014.—Lic. Jorge Zúñiga Jaén, Juez.—(IN2014062216). En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las nueve horas y treinta minutos del trece de noviembre del dos mil catorce, y con la base de doce mil doscientos cincuenta y un dólares con ochenta centavos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo: placas número setecientos setenta y un mil setenta y siete, marca: Toyota, categoría: automóvil, capacidad: 7 personas, año: 2008, combustible: diesel. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintiocho de noviembre del dos mil catorce, con la base de nueve mil ciento ochenta y ocho dólares con ochenta y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y treinta minutos del dieciséis de diciembre del dos mil catorce, con la base de tres mil sesenta y dos dólares con noventa y cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Santiago Soler Bonilla contra Luis Diego Morun Calvo y Sigifredo de la Trinidad Morun Calvo. Expediente N° 14-000917-1205-CJ.—Juzgado de Cobro de Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 16 de setiembre del 2014.—Lic. Jorge Zúñiga Jaén, Juez.—(IN2014062219). A las diecisiete horas veinte minutos del diecisiete de octubre del dos mil catorce, en la puerta exterior de este Despacho, servidumbre trasladada al tomo: 374, asiento: 05804, e hipoteca de primer grado, y con la base de un millón ochocientos cincuenta y ocho mil novecientos noventa y nueve colones con veintiocho céntimos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 471602-000, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito 05 San Felipe, cantón 10 Alajuelita, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lotes Martes 30 de setiembre del 2014 veinticinco; al sur, lote número veintisiete; al este, Tierras y Jardines Sociedad Anónima, y al oeste, frente a alameda pública con 6,50 metros. Mide: noventa y cuatro metros con veinticinco decímetros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecución hipotecaria N° 07-004490-0170-CA de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra María de los Ángeles López Chavarría.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, 21 de agosto del 2014.— Lic. Gustavo Irías Obando, Juez.—(IN2014062223). En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las nueve horas y treinta minutos del veintiuno de octubre del dos mil catorce, y con la base de sesenta y nueve mil noventa y cinco dólares con veintiséis centavos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento ochenta y un mil ciento noventa y tres- cero cero cero, la cual es terreno con una casa. Situada: en el distrito 01 Alajuela, cantón 01 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Carlos Hoffman y quebrada en medio; al este, Ana Céspedes Rodríguez, y al oeste, Rafael Ángel Céspedes Rodríguez. Mide: cuatrocientos ochenta y nueve metros con treinta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y treinta minutos del cinco de noviembre del dos mil catorce, con la base de cincuenta y un mil ochocientos veintiún dólares con cuarenta y cuatro centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y treinta minutos del veinte de noviembre del dos mil catorce, con la base de diecisiete mil doscientos setenta y tres dólares con ochenta y un centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Financiera Multivalores S. A. contra Asdrúbal Romilio Villegas Corella, Yenci María Cordero Araya. Exp. N° 14-002681-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 24 de julio del 2014.—Lic. Carlos Soto Madrigal, Juez.—(IN2014062238). En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada visible en las citas: 329-1411-01-0900-001, a las nueve horas y diez minutos del veinte de enero del dos mil quince, y con la base de veintiún millones quinientos treinta y tres mil novecientos cuarenta y nueve colones con treinta céntimos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos sesenta y dos mil sesenta y tres- cero cero cero, la cual es terreno lote 78, para construir. Situada: en el distrito Tirrases, cantón Curridabat, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Convenio Cooperativo Intermunicipal; al sur, calle pública con 10 m 30 metros; al este, Convenio Cooperativo Intermunicipal, y al oeste, Convenio Cooperativo Intermunicipal. Mide: ciento noventa y siete metros con treinta decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y diez minutos del cuatro de febrero del dos mil quince, con la base de dieciséis millones ciento cincuenta mil cuatrocientos sesenta y un colones con noventa y siete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y diez minutos del diecinueve de febrero del dos mil quince, con la base de cinco millones trescientos ochenta y tres mil cuatrocientos ochenta y siete colones con treinta y dos céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Financiera Multivalores S. A. contra Ronald Sánchez Barrantes. Expediente N° 13-014018-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 4 de setiembre del 2014.—Lic. Yessenia Brenes González, Jueza.—(IN2014062239). En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando convenio ref.: 1999 171 001, citas: 288-08299-01-0901-011; servidumbre trasladada citas: 288-0829901-0902-012; reserva y restricciones citas: 288-0829901-0903-007, a las ocho horas y cero minutos del veinte de enero del dos mil quince, y con la base de veinte millones seiscientos sesenta y tres mil seiscientos treinta y tres colones con treinta y tres céntimos, en BOLETIN JUDICIAL Nº 187 — Pág 13 el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 218022-cero cero cero, la cual es terreno potrero, café y charral. Situada: en el distrito quinto Santa Teresita, cantón quinto Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Luis Emilio Valerio Campos; al sur, Roberto Calvo Estrada; al este, camino público con 121,85 decímetros, y al oeste, Dagoberto Rojas Montero. Mide: treinta y siete mil seiscientos veintiún metros con cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las ocho horas y cero minutos del tres de febrero del dos mil quince, con la base de quince millones cuatrocientos noventa y siete mil setecientos veinticuatro colones con noventa y siete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las ocho horas y cero minutos del diecisiete de febrero del dos mil quince, con la base de cinco millones ciento sesenta y cinco mil novecientos ocho colones con treinta y tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Crédito Agrícola de Cartago contra Jacques Combeau. Expediente N° 13-002520-1164CJ.—Juzgado Agrario de Turrialba, 4 de setiembre del 2014.— Lic. Wilberth Herrera Delgado, Juez.—(IN2014062249). En la puerta exterior de este Despacho, a las ocho horas y treinta minutos del veintisiete de octubre del dos mil catorce, y con la base de diecisiete millones cuatrocientos cincuenta y cinco mil setecientos ochenta y cuatro colones (según valor municipal), soportando hipoteca de primer grado; en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 183351-000, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito: San Juan Grande, cantón: Esparza, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública con un frente a ella de 44.78 metros; al sur, calle pública con un frente a ella de 68.58 metros de frente; al este, Carlos Bustos Alpízar. Mide: mil quinientos ochenta y nueve metros con setenta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las ocho horas y treinta minutos del diez de noviembre del dos mil catorce, con la base de trece millones noventa y un mil ochocientos treinta y ocho colones (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las ocho horas y treinta minutos del veinticuatro de noviembre del dos mil catorce, con la base de cuatro millones trescientos sesenta y tres mil novecientos cuarenta y seis colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ordinario de Randy del Carmen Orozco Espinoza contra Arce y Leitón Sociedad Anónima. Expediente N° 12-000120-0874-LA.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Nicoya, 17 de setiembre del 2014.—Lic. Alberto Juárez Gutiérrez, Juez.—(IN2014062251). PRIMERA PUBLICACIÓN A las once horas y cero minutos del treinta y uno de octubre del dos mil catorce, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y sin sujeción de base, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento cuarenta y seis mil ciento sesenta y ocho-cero cero cero, la cual es terreno breñones, café y montaña con una casa. Situada en el distrito 05 San Pedro, cantón 19 Pérez Zeledón de la provincia de San José. Colinda: al norte, Cleto Zúñiga; al sur, José Ortega; al este, calle en medio Ernesto Zúñiga y al oeste, Ramiro Vega. Mide: Cuatrocientos dieciséis mil cuarenta y seis metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo simple de Adiz Ruiz Beita contra Antonio Pág 14 — BOLETIN JUDICIAL Nº 187 Martes 30 de setiembre del 2014 Ceciliano Bermúdez, Nelson Eddy Alfaro Aguilar. Exp. Nº 06100590-0188-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 13 de agosto del 2014.—Msc. Norman Herrera Vargas, Juez.—(IN2014062330). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las quince horas y cuarenta y cinco minutos del quince de octubre del dos mil catorce, y con la base de tres millones cuatrocientos cuarenta y ocho mil quinientos colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 120878-000 la cual es naturaleza: Terreno de cultivo. Situada en el distrito 4-San Pablo, cantón 9-Nandayure de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, Antonio Godoy Sánchez; sur; Antonio Godoy Sánchez; este, calle pública con un frente de 15 metros; oeste, Martha Espinoza Cruz. Mide: Trescientos tres metros con ochenta y un decímetros cuadrados, plano G-0553555-1999. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cuarenta y cinco minutos del treinta de octubre del dos mil catorce, con la base de dos millones quinientos ochenta y seis mil trescientos setenta y cinco colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las quince horas y cuarenta y cinco minutos del catorce de noviembre del dos mil catorce con la base de ochocientos sesenta y dos mil ciento veinticinco colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Juan Antonio Rojas Rojas contra Salmo Veintitrés Regalo de Dios Sociedad Anónima. Exp. Nº 13-001994-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, 19 de agosto del 2014.—Lic. Evelyn Molina Zúñiga, Jueza.—(IN2014062333). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las quince horas y cero minutos del veinticuatro de octubre del dos mil catorce, y con la base de cinco millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número 629954. Marca Mitsubishi. Estilo Montero LS. Categoría automóvil. Capacidad 7 personas. Año 1996. Color negro. Vin JA4MR41H4TJ010221. Cilindrada 3000 c.c. Motor Nº 6G72T15076. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del diez de noviembre del dos mil catorce, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del veinticinco de noviembre del dos mil catorce con la base de un millón doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio de Ronny Montoya Quirós contra Yener Ricardo Valverde Miranda. Exp. Nº 10-000661-0188-CI.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 6 de mayo del 2014.— Lic. Christian Enrique Zamora Pérez, Juez.—(IN2014062350). En la puerta exterior del Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Aguirre y Parrita, a las trece horas treinta minutos del catorce de noviembre del dos mil catorce; libre de gravámenes hipotecarios, soportando reservas y restricciones inscritas al tomo trescientos cincuenta y ocho, asiento cero ocho mil quinientos ocho, y servidumbre trasladada inscrita al tomo trescientos noventa y cinco, asiento cero tres mil seiscientos sesenta y nueve, y con la base de seis millones ocho mil ochocientos cincuenta colones; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula de folio real número ciento cincuenta y seis mil quinientos cincuenta y cinco-cero cero cero, la cual se describe como terreno para construir lote quince con canal que lo atraviesa, situada en el distrito primero (Parrita), cantón noveno (Parrita), de la provincia Puntarenas. Linda: al norte y sur, con Big Adventure of Esterillos S. A., al este con calle pública y acera en medio, y al oeste con el Instituto de Desarrollo Agrario, con una medida de quinientos metros con cincuenta y nueve decímetros cuadrados, así mismo libre de gravámenes hipotecarios, soportando reservas y restricciones inscritas al tomo trescientos dieciocho, asiento once mil trescientos cincuenta y nueve, y servidumbre de paso inscrita al tomo cuatrocientos trece, asiento catorce mil trescientos cincuenta y tres, y con la base de un millón novecientos cuarenta y cuatro mil colones; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula de folio real número ciento cuarenta y seis mil quinientos veintinueve-cero cero cero, la cual se describe como terreno para construir lote uno, situada en el distrito primero (Parrita), cantón noveno (Parrita), de la provincia Puntarenas, linda al norte con calle pública y al sureste y oeste con Fernando Mora Jiménez, con una medida de doscientos cuarenta y tres metros cuadrados (primer remate). De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las trece horas treinta minutos del primero de diciembre del dos mil catorce, con la base de cuatro millones quinientos seis mil seiscientos treinta y siete colones con cincuenta céntimos, para la finca Nº 156555-000, y con la base un millón cuatrocientos cincuenta y ocho mil colones para la finca Nº 146529-000 (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las trece horas treinta minutos del diecisiete de diciembre del dos mil catorce, con la base de un millón quinientos dos mil doscientos doce colones con cincuenta céntimos para la finca Nº 156555-000, y con la base cuatrocientos ochenta y seis mil colones para la finca Nº 146529-000 (un 25%). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco de Costa Rica, en contra de Consorcio Construmat Esterillos S. A., Gustavo Fernando Salazar Steller y Fernando Mora Jiménez. Expediente Nº 08-100155-0425-2-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Aguirre y Parrita, 4 de setiembre del 2014.—Lic. María Cristina Cruz Montero, Jueza.—(IN2014062389). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas 038300016111-01-0900-001, servidumbre de vista citas 0552-0000778501-0017-001, servidumbre de vista citas 0553-00005228-01-0001001, servidumbre de vista citas 0553-00005228-01-0001-001, servidumbre ecológica y limitaciones citas 0553-00005228-010023-001; a las ocho horas y cero minutos del veintinueve de octubre del dos mil catorce, y con la base de treinta millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento cincuenta y cinco mil setecientos treinta y siete cero cero cero la cual es terreno lote 82 B terreno de potrero. Situada en el distrito tercero Sardinal, cantón quinto Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, resto de La Finca Madre; al sur, resto de La Finca Madre; en medio servidumbre agrícola con un frente de 86,06 cm y calle pública con un frente de 86.06 cm; al este, resto de La Finca Madre, en medio servidumbre agrícola con un frente de 50.37 cm y al oeste, resto de La Finca Madre, en medio servidumbre agrícola con un frente de 83.83 cm. Mide: Cinco mil sesenta y seis metros con cuarenta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del trece de noviembre del dos mil catorce, con la base de veintidós millones ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiocho de noviembre del dos mil catorce con la base de siete millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra La Vaqueta de Mi Abuelo S. A., Rosalía del Socorro Contreras Gutiérrez. Exp. Nº 14-001697-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 16 de setiembre del 2014.—Lic. Jorge Zúñiga Jaén, Juez.—(IN2014062397). Martes 30 de setiembre del 2014 BOLETIN JUDICIAL Nº 187 — Pág 15 En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos; a las nueve horas y cero minutos del quince de enero del dos mil quince, y con la base de veinte millones cuatrocientos setenta y dos mil seiscientos treinta y cinco colones con veintiséis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento setenta y seis mil ochocientos cuarenta y uno cero cero cero la cual es terreno de patio, casa y construido. Situada en el distrito 1-Buenos Aires, cantón 3-Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Tania Valverde Piedra; al sur, Zulay Obando Atencio; al este, Tania Valverde Piedra y al oeste, calle pública con un frente a ella de 19.30 metros. Mide: Novecientos ocho metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del treinta de enero del dos mil quince, con la base de quince millones trescientos cincuenta y cuatro mil cuatrocientos setenta y seis colones con cuarenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del dieciséis de febrero del dos mil quince con la base de cinco millones ciento dieciocho mil ciento cincuenta y ocho colones con ochenta y dos céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y cero minutos del quince de enero del dos mil quince, y con la base de tres millones quinientos veintisiete mil trescientos sesenta y cuatro colones con setenta y siete, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos treinta y dos mil doce cero cero cero la cual es terreno de siembras anuales. Situada en el distrito 1-San Isidro de El General, cantón 19-Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Ramón Agüero Barrantes; al sur, Alberto Ramírez Quirós y lote segregado; al este, calle pública y al oeste, lote segregado. Mide: Trescientos setenta y seis metros con noventa decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del treinta de enero del dos mil quince, con la base de dos millones seiscientos cuarenta y cinco mil quinientos veintitrés colones con cincuenta y ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del dieciséis de febrero del dos mil quince, con la base de ochocientos ochenta y un mil ochocientos cuarenta y un colones con diecinueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Chávez Ortega Orlando. Exp. Nº 14-003998-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 2 de setiembre del 2014.—Lic. Eileen Chaves Mora, Jueza.—(IN2014062412). García Bonequi. Exp. Nº 14-012843-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 3 de setiembre del 2014.—Lic. Carlos Manuel Contreras Reyes, Juez.—(IN2014062444).En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones; a las nueve horas y treinta minutos del dieciséis de enero de dos mil quince, y con la base de diez millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número veintiocho mil doscientos noventa y tres cero cero cero la cual es terreno de agricultura. Situada en el distrito 03 La Rita, cantón 02 Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, calle pública y Patricia Alvarado Sánchez; al sur, Patricia Alvarado Sánchez; al este, Antonio Sandí y al oeste, calle pública y Patricia Alvarado Sánchez. Mide: Diecisiete mil doscientos noventa y cinco metros con cincuenta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del dos de febrero de dos mil quince, con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del diecisiete de febrero de dos mil quince con la base de dos millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Rosa Alba Artavia Quirós contra Alexis Barquero Benavides. Exp. Nº 12-000941-1209-CJ.— Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí, 19 de agosto del 2014.—Lic. Dinia Peraza Delgado, Jueza.—(IN2014062442). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del cuatro de noviembre del dos mil catorce, y con la base de diez millones setecientos ochenta y un mil quinientos veintidós colones con sesenta y dos céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas ochocientos veintinueve mil setecientos sesenta y ocho (829768), marca Toyota, estilo Corolla GLI, categoría automóvil, carrocería Sedan cuatro puertas, serie, chasis y vin JTDBR42E60J021461, motor Nº 1ZZ3310123, capacidad cinco personas, año 2010, color azul, combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del diecinueve de noviembre del dos mil catorce, con la base de ocho millones ochenta y seis mil ciento cuarenta y un colones con noventa y seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del cuatro de diciembre del dos mil catorce con la base de dos millones seiscientos noventa y cinco mil trescientos ochenta colones con sesenta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credix World S. A. contra José Jesús Gerardo En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y treinta minutos del veintitrés de octubre del dos mil catorce, y con la base de once millones setecientos veinte mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número dieciocho mil novecientos setenta derecho cero veintitrés correspondiente a 210.73 proporcional a 3750 colones en la finca, la cual es terreno potrero y montaña. Situada en el distrito segundo Zaragoza, cantón sétimo Palmares, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, quebrada y otros; al sur, al este, y al oeste, Calixto Pacheco. Mide: Doscientos sesenta y nueve mil setenta y cuatro metros con noventa y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del siete de noviembre del dos mil catorce, con la base de ocho millones setecientos noventa mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del veinticuatro de noviembre del dos mil catorce, con la base de dos millones novecientos treinta mil colones exactos (un veinticinco por ciento En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del cuatro de noviembre del dos mil catorce, y con la base de diez millones setecientos ochenta y un mil quinientos veintidós colones con sesenta y dos céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas ochocientos veintinueve mil setecientos sesenta y ocho (829768), marca Toyota, estilo Corolla GLI, categoría automóvil, carrocería Sedan cuatro puertas, serie, chasis y vin JTDBR42E60J021461, motor Nº 1ZZ3310123, capacidad cinco personas, año 2010, color azul, combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del diecinueve de noviembre del dos mil catorce, con la base de ocho millones ochenta y seis mil ciento cuarenta y un colones con noventa y seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del cuatro de diciembre del dos mil catorce con la base de dos millones seiscientos noventa y cinco mil trescientos ochenta colones con sesenta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credix World S. A. contra José Jesús Gerardo García Bonequi. Exp. Nº 14-012843-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 3 de setiembre del 2014.—Lic. Carlos Manuel Contreras Reyes, Juez.—(IN2014062444). Pág 16 — BOLETIN JUDICIAL Nº 187 Martes 30 de setiembre del 2014 de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Evaristo Zumbado Mora contra Agropecuaria Sol Naciente Sociedad Anónima. Exp. Nº 14-002239-1203-CJ.— Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 15 de julio del 2014.—Lic. María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—(IN2014062445). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas: 395-12714-01-0905-001; a las catorce horas y treinta minutos del dieciséis de octubre de dos mil catorce y con la base de seis millones seiscientos treinta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 79252-000, la cual es terreno de pastos situada en el distrito 04 San Pablo cantón 09 Nandayure de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, Gilberto Ugalde Pérez, sur, calle pública y Jaime Enrique Rosales Cortés; este, Modesta Cortés Cortés y Jaime Enrique Rosales Cortés; oeste, Modesta Cortés Cortés y Jaime Enrique Rosales Cortés. Mide: diecinueve mil quinientos doce metros con cincuenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del treinta y uno de octubre de dos mil catorce, con la base de cuatro millones novecientos setenta y dos mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del diecisiete de noviembre de dos mil catorce con la base de un millón seiscientos cincuenta y siete mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Zoraida Ramírez Sibaja contra Jaime Enrique Rosales Cortés. Exp. N° 13-002213-1206-CJ.— Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, 26 de agosto del 2014.—Lic. Evelyn Molina Zúñiga, Jueza.—(IN2014062447). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas: 297-10835-01-0901-001; a las catorce horas y treinta minutos del trece de noviembre del año dos mil catorce, y con la base de once millones novecientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 127168-000, la cual es terreno con 1 casa. Situada en el distrito 01, Quesada cantón 10, San Carlos de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública, sur, escuela Juan Bautista Solís, este, Rosaida Quirós Conejo y oeste, familia Villalobos Orozco. Mide: ciento ochenta y tres metros con noventa y cinco decímetros cuadrados. Plano: A-0277945-1995. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintiocho de noviembre del año dos mil catorce, con la base de ocho millones novecientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del quince de diciembre del año dos mil catorce con la base de dos millones novecientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Genaro Evergito López Ruiz. Exp. N° 14-001738-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía el Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 7 de agosto del 2014.— Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2014062459). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas 371-05974-01-0904-001; a las nueve horas y treinta minutos del tres de noviembre del año dos mil catorce, y con la base de siete millones seiscientos sesenta mil trescientos noventa y siete colones con sesenta y cuatro céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 423437- 000, la cual es terreno de repasto. Situada en el distrito 05, Venecia cantón 10, San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Ana Deisy Porras Ugalde, quebrada en parte e iglesia cristiana La Profecia de Dios; sur, calle publica; este, Eloy Rojas Vargas; oeste, Ana Deisy Porras Ugalde y quebrada en parte. Mide: mil setecientos metros con treinta y ocho decímetros cuadrados. Plano: A-10836072006. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del dieciocho de noviembre del año dos mil catorce, con la base de cinco millones setecientos cuarenta y cinco mil doscientos noventa y ocho colones con veintitrés céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del tres de diciembre del año dos mil catorce con la base de un millón novecientos quince mil noventa y nueve colones con cuarenta y un céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Miguel Estrada Ugalde. Exp. N° 14-000371-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 2 de julio del 2014.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2014062462). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y treinta minutos del veinticuatro de octubre de dos mil catorce, y con la base de dos mil doscientos dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 66810-000, la cual es terreno naturaleza: para construir situada en el distrito 03 Veintisiete Abril, cantón 03 Santa Cruz de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, Ana Victoria, Marcos Antonio y Alciniro todos Arrieta Barrantes, sur, calle pública con frente de 16.19 metros, este, Ana Victoria, Marcos Antonio y Alciniro todos Arrieta Barrantes, oeste, Ana Victoria, Marcos Antonio y Alcinito todos Arrieta Barrantes. Mide: trescientos cincuenta y un metros con treinta y tres decímetros cuadrados. Plano: G-0831947-1989. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del diez de noviembre de dos mil catorce, con la base de mil seiscientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del veinticinco de noviembre de dos mil catorce con la base de quinientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Tieknado S. A. contra María Isabel Barrantes Vásquez. Exp. N° 14-000932-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, 10 de setiembre del 2014.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—(IN2014062485). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y quince minutos del trece de noviembre de dos mil catorce, y con la base de un millón setecientos trece mil novecientos cincuenta y nueve colones con cincuenta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: placas número CL-216261, marca: Mazda, categoría: carga liviana, carrocería: caja abierta o cam-pu, tracción: 4x2, uso: particular, estilo: B 2500 SX, capacidad: 3 personas, año: 1999, color: verde. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y quince minutos del veintiocho de noviembre de dos mil catorce, con la base de un millón doscientos ochenta y cinco mil cuatrocientos sesenta y nueve colones con sesenta y dos céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y quince minutos del dieciséis de diciembre de dos mil catorce con la base de cuatrocientos veintiocho mil cuatrocientos ochenta y nueve colones con ochenta y siete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso Martes 30 de setiembre del 2014 monitorio de Distribuidora Santa Bárbara de Pavas Sociedad Anónima contra Constructora Mora e Hijos S. A. Exp. N° 12012584-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 10 de setiembre del 2014.— M.Sc. Fabio Enrique Delgado Hernández, Juez.—(IN2014062486). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas 34110699-01-0900-001, servidumbre de paso 563-14123-01-0002-001; a las catorce horas y cero minutos del doce de noviembre del año dos mil catorce , y con la base de seis millones ciento veintiséis mil trescientos ochenta y ocho colones con ochenta y un céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos cinco mil cuatrocientos veintiuno cero cero cero la cual es terreno de repastos con una casa. Situada en el distrito 3 Cote, cantón 15 Guatuso, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Adán Alvarado Cabezas quebrada medio; al sur, José Alvarado González; al este, José Alvarado quebrada en medio y al oeste, Adan Alvarado Cabezas. Mide: doscientos sesenta y cinco mil quinientos cincuenta y un metros con ochenta y tres decímetros cuadrados. Plano A-0461279-1982. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del veintisiete de noviembre del año dos mil catorce , con la base de cuatro millones quinientos noventa y cuatro mil setecientos noventa y un colones con sesenta y un céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del quince de diciembre del año dos mil catorce con la base de un millón quinientos treinta y un mil quinientos noventa y siete colones con veinte céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y Desarrollo Comunal contra José Adrián Alvarado Salazar, Luis Ángel Alvarado Salazar. Exp. N° 14-001692-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, (Liberia), 19 de setiembre del 2014.—(IN2014062493). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones, servidumbre de paso y de líneas eléctricas; a las catorce horas y cuarenta minutos del diecisiete de octubre de dos mil catorce y con la base de treinta y un millones ciento cincuenta mil cuatrocientos catorce colones con setenta y cuatro céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento seis mil quinientos cuatro-cero cero cero, la cual es terreno de solar con una casa. Situada en el distrito 02 Jiménez, cantón 02 Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Jorge Quirós Isola; al sur, servidumbre; al este, Inmobiliaria Cerro Negro S. A. y al oeste, Consumel de Buenos Aires S. A. Mide: mil quinientos treinta y tres metros con treinta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cuarenta minutos del tres de noviembre de dos mil catorce, con la base de veintitrés millones trescientos sesenta y dos mil ochocientos once colones con seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cuarenta minutos del dieciocho de noviembre de dos mil catorce con la base de siete millones setecientos ochenta y siete mil seiscientos tres colones con sesenta y ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Construcciones y Mantenimientos Industriales de Sarapiquí S. A., Jorge Antonio de la Trinidad Ballestero Castillo. Exp. N° 14-000468-1209-CJ.— Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí, 1° de agosto del 2014.—Lic. Dinia Peraza Delgado, Jueza.—(IN2014062508). A las ocho horas del diez de noviembre de dos mil catorce, en la puerta exterior del local que ocupa este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, soportando BOLETIN JUDICIAL Nº 187 — Pág 17 reservas de la Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos, bajo el tomo 245, asiento 7752, y con la base de la única cédula hipotecaria de primer grado a favor de la parte actora, sea la base de ¢22.708.600°°, al mejor postor remataré: finca inscrita en Propiedad partido de Alajuela Folio Real matrícula número 302.809-000, que es terreno para construir con una casa, sito en Los Chiles, distrito primero del cantón catorce de la provincia de Alajuela. Linda: al norte, Manuel Rocha Blanco; al este, calle pública con 08,00 metros de frente; al oeste, Gilberto Medrano Vargas; y al suroste, Antonio Guillén Cruz. Mide: trescientos cuarenta y tres metros con ochenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate, y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de ¢17.031.450°°, se señalan las: ocho horas del veinticinco de noviembre de dos mil catorce, y para el tercer remate, con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de ¢5.677.150°°, se señalan las: ocho horas del diez de diciembre de dos mil catorce. Se remata por ordenarse así en proceso de ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y Crédito de los Educadores contra Sucesión de Antonio Guillen Miranda. Exp. 13-000764-1202-CJ.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 11 de setiembre de setiembre del 2014.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—(IN2014062517). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas de ley de aguas y ley de caminos públicos bajo las citas: 329-14670-01-0008-001; a las ocho horas y cero minutos del diez de noviembre del año dos mil catorce, y con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 423158-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 13, Peñas Blancas cantón 02 San Ramón de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Hugo Ulloa Jiménez, sur, Leonardo Solano Vega; este, Miguel Ángel Porras Araya, y oeste, con calle publica con un frente de catorce metros con cero ocho centímetros lineales. Mide: trescientos sesenta y cuatro metros con tres decímetros cuadrados plano: A-1075451-2006. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del veinticinco de noviembre del año dos mil catorce, con la base de dos millones ochocientos doce mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del diez de diciembre del año dos mil catorce con la base de novecientos treinta y siete mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Kattia Sirleny Barrantes Vega y Miguel Antonio Moreira García. Exp. N° 14-001509-1202CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 15 de julio del 2014.—Lic. Ana Milena Gutiérrez Rojas, Jueza.—(IN2014062529). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las siete horas y treinta minutos del trece de noviembre del año dos mil catorce, y con la base de cinco millones novecientos sesenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 193400-001-002, la cual es terreno potrero. Situada en el distrito 08, La Tigra cantón 10, San Carlos de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Ana María González Monge, sur, calle pública con 15 metros, este, Ana María González Monge, y oeste, calle pública con 15 metros. Mide: doscientos veinte metros con dos decímetros cuadrados plano: A-0461269-1997. Para el segundo remate se señalan las siete horas y treinta minutos del veintiocho de noviembre del año dos mil catorce, con la base de cuatro millones cuatrocientos setenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las siete horas y treinta minutos del quince de diciembre del año dos mil catorce con la base de un millón cuatrocientos noventa mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coocique R. L. contra Desiree Patricia Villalobos López. Exp. N° 14-001392-1202CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 9 de setiembre del 2014.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2014062549). Pág 18 — BOLETIN JUDICIAL Nº 187 Martes 30 de setiembre del 2014 En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones bajo las citas: 310-13117-01-0901-001; a las ocho horas y cero minutos del diecisiete de noviembre del año dos mil catorce, y con la base de seis millones ciento cincuenta y tres mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 434233-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 11, Cutris cantón 10, San Carlos de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, José Francisco Rodríguez Murillo, sur, calle pública con un frente 10,00 metros, este, resto de Inversiones Jokegre Sociedad Anónima y oeste: resto de Inversiones Jokegre Sociedad Anónima. Mide: doscientos siete metros con treinta y cuatro decímetros cuadrados plano: A-1136659-2007. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del dos de diciembre del año dos mil catorce, con la base de cuatro millones seiscientos catorce mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del dieciocho de diciembre del año dos mil catorce con la base de un millón quinientos treinta y ocho mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coocique R. L. contra Aurora González Zamora Exp. 14-001744-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 7 de agosto del 2014.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2014062554). Convocatorias Se convoca a todos los interesados en la Sucesión de Julia Mora Monge, a una junta que se verificará en este Juzgado a las nueve horas y cero minutos del veintisiete de octubre del año dos mil catorce, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Exp. Nº 11-003085-0857CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 31 de julio del 2014.—Licda. Hellen Hidalgo Ávila, Jueza.—1 vez.—(IN2014056786). Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Enery Santamaría Hernández, quien fuera mayor, casada una vez, de oficios del hogar, portadora de la cédula de identidad 1-0816-0300, a una junta que se verificará en este Juzgado a las ocho horas treinta minutos del veintisiete de octubre del dos mil catorce, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente Nº 10-100097-0216-CI.—Juzgado Civil Trabajo y Familia de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita.— Msc. Diamantina Romero Cruz, Jueza.—1 vez.—(IN2014057154). Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Rosa María Tercero Zúñiga, a una junta que se verificará en este Juzgado, a las ocho horas treinta minutos del quince de octubre del dos mil catorce, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Sucesorio de Rosa María Tercero Zúñiga. Exp. Nº 06-100254-0642CI.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas.—Lic. Xinia González Grajales, Jueza.—1 vez.—(IN2014062406). Se convoca a todos los interesados en la sucesión acumulada de Julio Calderón Campos y María Blanca Arias Segura, a una junta que se verificará en este juzgado a las nueve horas del trece de octubre de dos mil catorce, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil: 1) Si fuere procedente, elegir albacea propietario o suplente, o ambos; 2) Mostrar conformidad o no, con el inventario de los bienes y avalúo de los mismos y; 3) De los reclamos contra la sucesión. Exp. N° 04-100330-0217CI.—Juzgado Civil y de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 16 de setiembre del 2014.—Dra. Leyla K. Lozano Chang, Jueza.—1 vez.—(IN2014062803). Títulos Supletorios Se hace saber que ante este despacho se tramita el expediente N° 14-000039-0815-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Hilda Alfaro Delgado quien es mayor, estado civil casada una vez, comerciante, vecina de La Garita de Alajuela, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 2-0262-0167, profesión comerciante, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es terreno con una casa de habitación, patio y piscina. Situada en el distrito trece La Garita, cantón primero Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, carretera Bernardo Soto con un frente a la misma de ocho metros cuarenta y ocho centímetros; al sur, carretera nacional Atenas-Alajuela con un frente a la misma de nueve metros sesenta y dos centímetros; al este, Estación de Servicio La Garita S. A. y en parte Talia Delgado Chaves y al oeste, Wiltón Rodrigo MC Taggart Arce. Mide: novecientos setenta y siete metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de 8000000.00 colones. Que adquirió dicho inmueble por venta a don Manuel Rodríguez Delgado, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Hilda Alfaro Delgado. Exp: 14-000039-0815-AG.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 13 de agosto del año 2014.—Licda. Roxana Hernández Araya, Jueza.—1 vez.—(IN2014056237). Se hace saber que ante este despacho se tramita el expediente N° 14-000067-0699-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Humberto Martínez Picado, mayor, soltero, vecino de Tablón de El Guarco, cédula de identidad número tres-doscientos veintiocho-setecientos veinticuatro, promueve diligencia de Información Posesoria para inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, un inmueble que se describe así: terreno de Montaña. Sito en: Tablón distrito tercero Tobosi, del cantón octavo El Guarco de la provincia de Cartago, mide: once mil setecientos veinticinco metros con cero decímetros cuadrados. Linda norte, Audelina Tencio Molina y Didier Vidal Martínez Picado, sur, Rodrigo Martínez Picado, este, calle pública con un frente a esta de 15.49 metros lineales, oeste, Jorge Navarro Piedra. Graficado en el Plano Catastrado Número C-Un millón seiscientos treinta y nueve mil novecientos cincuenta-dos mil trece (C-1639950-2013), inmueble estimado en cinco millones de colones y las diligencias en la suma de cinco millones de colones. Manifiesta que no está inscrito, que carece de título inscribible y que no pretende evadir las consecuencias de un juicio sucesorio, no tiene condueños, ni pesan cargas reales. Lo adquirió por donación de Didier Vidal Martínez Picado hace más de un año. Por medio de este edicto se llama a todos los interesados en estas diligencias para que dentro del plazo de un mes, contado a partir de su publicación, se apersonen en este Juzgado en defensa de sus derechos, bajo los apercibimientos legales en caso de omisión.- Exp: 14-000067-0699AG.—Juzgado Agrario de Cartago, 02 de setiembre del 2014.— Lic. María Rosa Castro García, Jueza.—1 vez.—(IN2014058830). Se hace saber: que ante este despacho se tramita el expediente N° 14-000040-1006-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Efraín García Vargas quien es mayor, estado civil soltero, vecino de Cartago, Turrialba, El Sauce de Santa Teresita, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número tres-ciento setenta y cinco- doscientos setenta y cuatro, pensionado, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Cartago, la cual es terreno de solar. Situada en el distrito quinto Santa Teresita, cantón quinto Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Doris Montero Jiménez; al sur, camino público; al este, Leonardo Montero Araya y al oeste, Doris Montero Jiménez. Mide: ciento setenta y siete metros con cuarenta y nueve decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, Martes 30 de setiembre del 2014 y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de seiscientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble por donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento de cercas, limpieza general y poda de árboles. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Efraín García Vargas. Exp: 14-000040-1006-CI.—Juzgado Civil Mayor Cuantía de Turrialba, 01 de setiembre del 2014.—Lic. Wilberth Herrera Delgado, Juez.—1 vez.—(IN2014058834). Se hace saber: que ante este despacho se tramita el expediente N° 14-000121-0640-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Elida Ester de Los Ángeles Arias Cordero quien es mayor, casada una vez, vecina de Quebradilla de Cartago, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 3-0373-0900, de hogar, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es cultivo de café. Situada en el distrito Quebradilla, cantón Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte Benjamín Cordero Artavia; al sur calle pública; al este Adela Arias Cordero y al oeste Marta Alfaro Artavia. Mide: mil doscientos veinticuatro metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número C-1563621-2012. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de cinco millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de diez años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento de cercas y siembra de café. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de informaciones posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Elida Ester de los Ángeles Arias Cordero. Exp: 14-000121-0640-CI.—Juzgado Agrario de Cartago, 27 de agosto del 2014.—Licda. María Rosa Castro García, Jueza.—1 vez.—(IN2014058836). Se hace saber que ante este despacho se tramita el expediente N° 14-000122-0640-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Amable Adela de los Ángeles Arias Cordero quien es mayor, casada una vez, vecina de Quebradilla de Cartago, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 3-0273-0444, profesión de hogar, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es cultivo de café. Situada en el distrito Quebradilla, cantón Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Benjamín Calderón Artavia; al sur, calle pública; al este, Elidia Ester Arias Cordero y al oeste, Inés de los Ángeles Arias Cordero. Mide: mil doscientos veinticuatro metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número C-1563622-2012. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de cinco millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de diez años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento de cercas y siembre de café. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley BOLETIN JUDICIAL Nº 187 — Pág 19 de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Amable Adela de los Ángeles Arias Cordero. Exp: 14-000122-0640-CI.—Juzgado Agrario de Cartago, 27 de agosto del año 2014.—Licda. Rebeca Salazar Alcocer, Jueza.—1 vez.—(IN2014058851). Se hace saber que ante este despacho se tramita el expediente N° 14-000141-0507-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Claudio Saldaña Granados quien es mayor, casado una vez, vecino de San Cristóbal de Guácimo, 100 metros oeste de la plaza de deportes, cédula seis-cero setenta y cinco-novecientos treinta y nueve, supervisor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es cacao. Situada en Parismina en el distrito cuarto Roxana, cantón segundo Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Claudio Saldaña Granados; al sur, Río Limbo, al este, Roxana Farm S. A., y en parte río Limbo y al oeste, Francisco Arce Rojas y en parte río Limbo. Mide: una hectárea dos mil novecientos cuarenta y cinco metros (cuadrados), tal como lo indica el plano catastrado número L-635312-2000. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima las presentes diligencias en la suma de tres millones de colones y el inmueble en la suma de diez millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por compra, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de 22 años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento y cultivos. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Claudio Saldaña Granados. Exp: 14-000141-0507-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Pococí, 29 de agosto del 2014.—Lic. Rónald Rodríguez Cubillo, Juez .—1 vez.—(IN2014058852). Se hace saber que ante este despacho se tramita el expediente N° 14-000157-0507-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Sirleny María Leitón Chacón quien es mayor, soltera, vecina de Guácimo, Limón, distrito Río Jiménez, portadora de la cédula de identidad número 07 0219 0787, profesión ama de casa, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es terreno con casa y frutales. Situada en el distrito: cuarto Río Jiménez, cantón: sexto Guácimo, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Félix Pedro Vanegas Álvarez; al sur, Félix Pedro Vanegas Álvarez, servidumbre de paso con un ancho de cuatro metros lineales y un largo de sesenta y tres metros lineales y Bernarda del Socorro Vanegas Álvarez; al este, Mario Villalobos Villalobos y al oeste, Félix Pedro Vanegas Álvarez. Mide: cinco mil ciento ocho metros con setenta y ocho decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número L-735423-1988. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de tres millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por compra venta y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de diez años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en chapeas y siembra de palmito. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes Pág 20 — BOLETIN JUDICIAL Nº 187 Martes 30 de setiembre del 2014 contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Sirleny María Leitón Chacón. Exp: 14-0001570507-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Pococí, 27 de agosto del año 2014.—Lic. Ronald Rodríguez Cubillo, Juez.—1 vez.—(IN2014058853). Auto Defensas Pista Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-334372, domiciliada en San Juan de Grecia, Alajuela, 1500 metros al oeste de la Ermita, representada por su apoderado generalísimo señor Bodney Gerardo Lizano Alvarado, mayor, casado una vez, empresario, cédula 1-794-688, vecino de San Juan de Grecia, Alajuela, un kilómetro y medio al norte, de la Ermita. Solicita se levante Información Posesoria a fin de que se inscriba a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, la finca sin inscribir que le pertenece y que se describe así: terreno de pasto y charral, en la actualidad cultivado de yuca, sito en Boca Tapada de Pital, distrito seis de San Carlos, cantón diez de la provincia de Alajuela. Lindante al norte: Alberto Jiménez Castro, al sur, Compañía Víquez y Barrantes de Grecia S.R.L, al este, Mario José Rojas Chaves y al oeste, calle pública con un frente a ella de ciento noventa y cuatro metros con cincuenta y cinco centímetros lineales. Mide de acuerdo al plano aportado A-568802-99, una superficie de diez mil cincuenta y ocho metros quince decímetros cuadrados. El fundo descrito lo adquirió la sociedad titulante por compra a la entidad Willbod Alico de Boca S. A, cédula jurídica 3-101-550803, domiciliada en Bolívar de Grecia, Alajuela, quien le cedió y transfirió los derechos de posesión que tanto ella como anteriores poseedores han ejercido sobre el inmueble, por más de quince años, en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida y a título de dueños, ello mediante escritura pública número veintisiete otorgada ante el Notario Público Josué Campos Madrigal, a las dieciocho horas del cuatro de junio de dos mil catorce. El fundo fue estimado en la suma de cinco millones de colones y las diligencias fueron estimadas en dos millones de colones. Con un mes de término contado a partir de la publicación de este edicto, se cita a los interesados que se crean lesionados con esta titulación, a efecto de que se apersonen en defensa de sus derechos. Información posesoria Exp. N° 14000185-0298-AG promovida por Auto Defensas Pista S. A.— Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 01 de setiembre del 2014.—Lic. Federico Villalobos Chacón, Juez.—1 vez.—(IN2014058855). Se hace saber que ante este despacho se tramita el expediente N° 13-000081-0815-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Fernando Chaves Aguilar, quien es mayor, soltero, vecino de Alajuela, Atenas Estanquillos, quinientos metros noreste del recibidor de Café de Coopeatenas R.L., portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número dos-quinientos cinco-cuatrocientos cincuenta y ocho, trabajador en hotelería, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es terreno de repastos y charral. Situada en el distrito dos Desmonte, cantón Cuatro San Mateo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, con Reinaldo Vargas Rojas; al sur, con Maritza y Mariana Espinoza Arguedas; al este, con Reinaldo Vargas Rojas y al oeste, Carlos Luis Alvarado Solórzano. Mide: cincuenta y nueve mil setecientos cinco metros con sesenta decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número A-452551-1997 de fecha 24 de noviembre de 1997. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima el inmueble en la suma de cinco millones de colones, y las presentes diligencias en la suma de un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble por prescripción positiva al ser donada por su padre en forma verbal, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de siete años. Que existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en mantener el terreno debidamente delimitado y sembrado de pasto. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Fernando Chaves Aguilar. Exp: 13-000081-0815-AG.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 29 de agosto del 2014.— Lic. Wilberth Álvarez Li, Juez.—1 vez.—(IN2014058985). D Y L Bros S. A. cédula jurídica 3-101-625871, domiciliada en Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 50 metros al sur del Hogar de Ancianos San Gabriel, representada por su apoderada generalísima Jesenia Chavarría Chaves, mayor, soltera, estudiante, vecina de San Juan de Ciudad Quesada, cédula 2-675-221. Solicita se levante información posesoria a fin de que se inscriba a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, la finca sin inscribir que le pertenece y que se describe así: terreno de potrero, sito en Río Cuarto, distrito seis de Grecia, cantón tres de la provincia de Alajuela. Linda al norte, Oldina, Ana Alicia, Eneida Dalila, Liliam María y María Emilia, todas González Murillo, al sur, calle pública con un frente a ella de doscientos un metros con cero dos centímetros lineales, al este, Marvin de la Trinidad Brenes Jiménez y Andiamo Piano S. A. y al oeste, Andiamo Piano S. A. Mide de acuerdo al plano catastral aportado número A-1652803-2013, una superficie de ciento cincuenta y dos mil doscientos noventa y seis metros cuadrados. Manifiesta la representante de la titulante, que su representada adquirió el inmueble descrito, por venta que le hizo el señor Juan Alexander Brenes Jiménez, mayor, casado una vez, agricultor, vecino de La Tabla de Río Cuarto de Grecia, cédula 6-141-059, quien le traspasó los derechos posesorios ejercidos en dicha finca, ello mediante contrato de compra-venta en escritura pública número 42 otorgada ante el notario público Mario Alberto Acosta Gutiérrez, a las 11 horas del 07-05-13. El fundo fue estimado en la suma de cinco millones de colones y las diligencias fueron estimadas en la suma de un millón de colones. Con un mes de término contado a partir de la publicación de este edicto, se cita a los interesados que se crean lesionados con esta titulación, a efecto de que se apersonen en defensa de sus derechos. Información posesoria. Exp. Nº 13-000124-0298-AG promovida por D Y L Bros S. A.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 05 de setiembre del 2014.—Lic. Ana Milena Castro Elizondo, Jueza.—1 vez.—(IN2014058987). Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 13-000183-0993-AG donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Yamileth Cambronero Alpízar, mayor, ama de casa, soltera, vecina de Volio de San Ramón, cédula de identidad vigente que exhibe número 2-434-455, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es agricultura y una casa. Situada en Alto Villegas, distrito 10 Volio, cantón 02 San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Eliomar Núñez Cartín e Israel Cambronero Rodríguez; al sur, Juan Ramón Céspedes Alpízar y Norberto Cambronero Alpízar; al este, calle pública; y al oeste, Eliomar Núñez Cartín. Mide: ocho mil quinientos veinticuatro metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número A-1466702-2010. Indica la promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de diez millones de colones cada una. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Yamileth Cambronero Alpízar. Exp. 13-000183-0993-AG.— Juzgado Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 28 de agosto del 2014.—Lic. Tatiana Rodríguez Herrera, Jueza.—1 vez.—(IN2014059193). Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 14-000034-1002-AG donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Jorge Evelio Ramírez Calderón quien es mayor, estado civil soltero, vecino de Cartago, Turrialba, Martes 30 de setiembre del 2014 La Suiza, Barrio El Progreso, ochocientos metros al noroeste de la escuela, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 3-0434-0335, profesión guarda de seguridad, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es terreno de potrero. Situada en el distrito 02 La Suiza, cantón 05 Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Río Pacayitas; al este, Río Pacayitas; y al oeste, Río Pacayitas y Sergio Quirós Paniagua. Mide: siete mil trescientos cincuenta metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número C-1661384-2013. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de cuatro millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de veintinueve años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento de cercas, chapia, fumigaciones, fertilización. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Jorge Evelio Ramírez Calderón. Exp. 14-000034-1002-AG.— Juzgado Agrario de Turrialba, 27 de agosto del 2014.—Lic. Wilberth Herrera Delgado, Juez.—1 vez.—(IN2014059197). Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 14-000044-1002-AG donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Santos Bravo Hidalgo quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de Cartago, Turrialba, La Suiza, Pacayitas, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 3-0267-0827, profesión agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es terreno de caña. Situada en el distrito 02 La Suiza, cantón 05 Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, calle pública con un frente de ciento sesenta y cuatro metros con treinta y cinco centímetros lineales; al sur, Olga Hidalgo Calderón y Celina Hidalgo Bravo; al este, calle pública; y al oeste, Rafael Hidalgo Calderón. Mide: cuatro mil ochocientos noventa y cinco metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número C-1600933-2012. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de un millón de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por posesión decenal, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de treinta años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en limpieza, mantenimiento de cercas, mantenimiento de terreno, levantando de cercas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Santos Bravo Hidalgo. Exp. 14-000044-1002-AG.—Juzgado Agrario de Turrialba, 28 de agosto del 2014.—Lic. Wilberth Herrera Delgado, Juez.—1 vez.—(IN2014059199). Productos Agropecuarios Cerros Pirineos Hermanos Loria S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos un mil ochocientos ocho, representada por William Loria Arias, mayor de edad, divorciado una vez, agricultor, vecino de Quebrada Grande de Tilarán, cédula de identidad cinco-cero noventa y uno-ciento ochenta y siete, promueve Información Posesoria. Pretende inscribir a su nombre en el Registro Público Inmobiliario, libre de gravámenes BOLETIN JUDICIAL Nº 187 — Pág 21 y cargas reales, el inmueble que se describe así: Terreno de pastos con tres apartos, situado en Quebrada Grande [distrito segundo], de Tilarán [cantón octavo], de la provincia de Guanacaste. Linderos: al norte, Quebrada Grande en medio de Dagu de Tilarán S. A.; al sur, calle pública con un frente de ciento treinta y dos metros con veinticuatro centímetros lineales; al este, Francisco Álvarez Soto; y al oeste, Productos Agropecuarios Cerros Pirineos Hermanos Loría S. A. Según plano catastrado G-un millón seiscientos noventa y dos mil ochocientos cuarenta y uno-dos mil trece. Mide de extensión dieciséis hectáreas tres mil trescientos ochenta y seis decímetros cuadrados. Manifiesta que no está inscrito, que carece de título inscribible y que no pretende evadir las consecuencias de un juicio sucesorio, no tiene condueños, ni pesan cargas reales ni gravámenes sobre el inmueble. Lo adquirió por compraventa de William Loría Arias el 12 de agosto de 2014. Estima el inmueble en dos millones de colones y el proceso en cien mil colones. Por el plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se cita a todas las personas interesadas para que se apersonen en defensa de sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Productos Agropecuarios Cerros Pirineos Hermanos Loría S. A. Exp. 14000160-0387-AG.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 08 de setiembre del 2014.—Lic. Ruth Alpízar Rodríguez, Jueza.—1 vez.—(IN2014059205). Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 07-160101-0642-AG donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Yirlany Morales Figueroa quien es mayor, estado civil viuda, vecina de Silencio, Savegre, Aguirre de Puntarenas, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número seis-dos cero nueve-tres cinco cinco, profesión ama de casa, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es terreno de potrero y montaña. Situada en el distrito segundo Savegre, cantón sexto Aguirre, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, con Patricia Gramal y Melvin Duarte; al sur, con Phillip Jean Forniend, servidumbre y Miguel A. Chinchilla Mena; al este, con Melvin Duarte, Gulmaro Angulo y Edén Piedra Garro, y al oeste, con Julio Bermúdez Arias. Mide: Treinta y cinco hectáreas, tal como lo indica el plano catastrado número seis-uno uno nueve dos cinco uno siete-dos cero cero siete (P-11925172007). Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de ocho millones de colones. Que adquirió dicho inmueble de Ignacio Morales Sánchez el nueve de julio del mil novecientos noventa y ocho y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de treinta y un años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en la adquisición por compra. Que si ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Yirlany Morales Figueroa. Expediente N° 07-160101-0642-AG.— Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas.—Lic. Sandra Trejos Jiménez, Jueza.—1 vez.—(IN2014059261). Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 10-100151-0425-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Miguel Ángel Alfaro Retana quien es mayor, estado civil casado, vecino de Punto de Mira, 100 metros sur de la escuela, Savegre, Aguirre de Puntarenas, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número uno-cinco uno cuatro-tres cero seis, profesión agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es terreno de breñones. Situada en el distrito segundo Savegre, cantón sexto Aguirre, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, con Édgar Jiménez Jiménez; al sur, con calle pública con un medida lineal de doscientos Pág 22 — BOLETIN JUDICIAL Nº 187 Martes 30 de setiembre del 2014 cincuenta y cinco metros con sesenta y dos centímetros; al este, con calle pública con un medida lineal de doscientos cincuenta y cinco metros con sesenta y dos centímetros y Édgar Jiménez Jiménez, y al oeste, con Lorenzo Martín Alfaro Retana. Mide: Una hectárea con ocho mil doscientos noventa y dos metros con cuarenta y ocho decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número seis-nueve seis ocho ocho cero seis-dos cero cero cuatro (P-9688062004). Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de veinte millones ciento veintiún mil setecientos veintiocho colones. Que adquirió dicho inmueble por posesión originaria , y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta , pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de quince años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en cercas, cultivos, así como mantenimiento en general de la limpieza del terreno. Que si ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Miguel Ángel Alfaro Retana. Exp: 10-100151-0425-CI.— Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas.—Licda. Sandra Trejos Jiménez, Jueza.—1 vez.—(IN2014059262). Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 11-000040-1129-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Olivier Espinoza Marín quien es mayor, casado una vez, vecino de Platanares de Pérez Zeledón, 800 metros norte de la escuela de San Carlos, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 02-0311-0532, agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es terreno de café. Situada en el distrito sexto, cantón diecinueve, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública, y otra propiedad de Oliver Espinoza Marín; al sur, otra propiedad de Olivier Espinoza Marín; al este, otra propiedad de Olivier Espinoza Marín, y al oeste, otra propiedad de Olivier Espinoza Marín. Mide: quince mil quinientos tres metros con cero decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número SJ-1439953-2010. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de dos millones quinientos mil colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por venta que le hiciera la señora Elsa Elizondo Hernández en el año mil novecientos ochenta y dos, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de veintinueve años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento de carriles, cercas, sembrar y cuidar el café, dar mantenimiento al cafetal y recolectar la cosecha. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Olivier Espinoza Marín. Expediente N° 11-000040-1129-AG.— Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 10 de setiembre del año 2014.—Lic. William Roberto Arburola Castillo, Juez.—1 vez.—(IN2014059264). Se hace saber Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 11-000079-1129-AG donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Alfredo c.c Alejandro Bermúdez Salas, quien es mayor, casado, vecino de San Ramón Norte de Pérez Zeledón, un kilómetro al norte de la escuela del lugar, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 1-191-753, agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Terreno de café y montaña. Situado en el distrito Páramo, cantón Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Alfredo Bermúdez Salas; al sur, calle pública y Eliécer Bermúdez Torres; al este, María Bermúdez Torres, Irma Bermúdez Torres, Cecilia Bermúdez Torres, Efrén Bermúdez Torres y servidumbre agrícola, y al oeste, Alejandro Bermúdez Salas. Mide: veinticinco mil doscientos cuarenta y tres metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número SJ-1383327-2009. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de tres millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por donación del señor Ananías Bermúdez Salas, quien es su hermano, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de cincuenta años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en confeccionar cercas, y cuido y limpieza del inmueble, asistencia y recolecta de café. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información Posesoria, promovida por Alfredo c.c Alejandro Bermúdez Salas. Expediente N° 11-000079-1129-AG.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 10 de setiembre del año 2014.—Lic. William Roberto Arburola Castillo, Juez.—1 vez.—(IN2014059265). Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 12-000084-1129-AG donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Ignacio Navarro Elizondo quien es mayor, soltero, vecino de Los Ángeles de Rivas de Pérez Zeledón, un kilómetro oeste de la Escuela Talari, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 01-1035-0669, agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Terreno de pasto y cultivos. Situada en el distrito cuarto, cantón diecinueve, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Alexander Barrantes Elizondo, Allan Navarro Elizondo, Héctor Elizondo Mora, Orlando Navarro Romero y José Luis Hidalgo Meza; al sur, Julio Elizondo Martínez; al este, Gerardo Martínez Hidalgo, y al oeste, calle pública con un frente a ella de novecientos cuarenta y nueve metros con cuarenta y un centímetros. Mide: doscientos ocho mil ochocientos noventa y dos metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número SJ un millón trescientos cuarenta y un mil ciento sesenta - dos mil nueve. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de cinco millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por compra que hiciera al señor Orlando Elizondo Mora, el día diecisiete de abril del 2012, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de veinte años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento y reparación de cercas, chapias, cuido y vigilancia, así como la siembra de productos agrícolas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Ignacio Navarro Elizondo. Expediente N° 12-000084-1129-AG.— Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 17 de febrero del año 2014.—Lic. William Roberto Arburola Castillo, Juez.—1 vez.—(IN2014059268). Martes 30 de setiembre del 2014 Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 12-000231-0391-AG/4 donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Woon Je Cho quien es mayor, casado una vez, pastor misionero, vecino de Nicoya, Guanacaste, Bosques Don José, cédula de residencia número 141000003130, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es potrero. Situado en Nicoya, distrito primero, Nicoya, cantón segundo Nicoya, provincia de Guanacaste. Colinda al norte, con Roberto Zumbado Arias quebrada en medio; sur, Roberto Zumbado Arias servidumbre de paso con un frente de 57 metros 40 centímetros; este, Roberto Zumbado Arias, y oeste, Roberto Zumbado Arias. Mide cinco mil setenta y seis metros setenta decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número G-1169250-07. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima el inmueble en la suma de cuatro millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por compra y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de diez años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento y construcción de cercas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Woon Je Cho. Expediente N° 12-000231-0391-AG/4.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Santa Cruz, 8 de setiembre del 2014.— Lic. José Walter Ávila Quirós, Juez.—1 vez.—(IN2014059274). Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 13-000181-0296-CI donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Asociación de Desarrollo Integral de Bolívar, Piedades Norte, San Ramón, cédula jurídica N° 3-002-084214, representa por María Elena Fernández Ureña, quien es mayor, estado civil: unión de hecho, vecina de Bolívar de Piedades Norte de San Ramón, 600 metros al noroeste del Templo Católico, calle del Silencio, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe N° 02-0536-778, profesión educadora, a fin de inscribir a nombre de Asociación de Desarrollo Integral de Bolívar, Piedades Norte, San Ramón y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es terreno construido en su totalidad por el Salón Comunal. Situada: en el distrito cuarto Piedades Norte, cantón segundo San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con un frente a ella de veintitrés metros con setenta y nueve centímetros lineales; al sur, Caja Costarricense del Seguro Social y Francisca Fabiola Quesada Matamoros; al este, Mauricio Guillén Pérez, y al oeste, Orlando Salazar Rodríguez y Francisca Fabiola Quesada Matamoros. Mide: seiscientos dos metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio, y estima dicho inmueble en la suma de tres millones de colones. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Asoc. Desarrollo Int. Bolívar Piedades Sur S. R. Expediente N° 13000181-0296-CI.—Juzgado Civil del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), San Ramón, 7 de abril del 2014.—Dr. Minor Chavarría Vargas, Juez.—1 vez.—(IN2014059835). Se hace saber que ante este Despacho se encuentra el expediente N° 14-000177-0388-CI, el cual corresponde a un proceso de diligencias de Información Posesoria, promovido por Ericka Valdivia Pérez, quien es mayor, casada una vez, ama de casa, nicaragüense, cédula de residencia N° 155813379524, y vecina de Villareal de Santa Cruz, Guanacaste, ciento veinticinco BOLETIN JUDICIAL Nº 187 — Pág 23 metros al oeste del Súper Kalima, carretera hacia Tamarindo; el cual interpuso a fin de que se inscriba a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, un terreno que es para construir. Situado: en Villarreal, distrito 9° (Tamarindo), cantón 3° (Santa Cruz), provincia de Guanacaste; el cual colinda: al norte, Geovani Zamora Santana, servidumbre de paso y José Antonio Zamora Rosales; sur, Manuel Zamora Contreras; este, José Clemente Zamora Contreras, y oeste, Manuel Zamora Contreras. Mide: 241 m2, según plano N° G-1734210-2014. Indica la parte promotora: que sobre el mismo no pesan cargas reales o gravámenes, que mediante dicho proceso no pretende evadir las consecuencias de un juicio sucesorio, que estima el inmueble en un millón de colones, que lo adquirió mediante una compra que le hizo al señor Manuel Zamora Contreras, mayor, casado una vez, salonero, cédula N° 5-082-563, y con quien no le liga parentesco alguno, el día primero de marzo del dos mil once, que hasta la fecha lo ha poseído en calidad de única persona propietaria y en forma continua, pública y pacífica; que los actos de posesión que ha ejercido sobre él han consistido en limpiar el terreno, y cercarlo; que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias otros inmuebles y que carece de título inscribible de dominio. Por tal razón y de conformidad con el artículo 5° de la Ley de Informaciones Posesorias, se emplaza por este medio a todas las personas interesadas en este asunto, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho a hacer valer sus derechos.—Juzgado Civil y de Trabajo de Santa Cruz (Guanacaste), 8 de setiembre del 2014.—Lic. Mauricio Jiménez Sequeira, Juez.—1 vez.—(IN2014059893). Marta Zulay Orozco Barrantes, mayor, divorciada una vez, terapeuta física, portadora de la cédula de identidad número dostrescientos cuarenta y uno-cero ochenta y ocho, vecina de Rincón de la Vieja, Guanacaste, promueve diligencias de información posesoria, para inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, el inmueble que a continuación detallo: terreno: es terreno de tacotal. Situado: Sinai, del distrito Piedras Blancas, cantón Osa, de la provincia de Puntarenas. Mide: cuatro hectáreas dos mil quinientos veintisiete metros cuadrados. Linda: norte, Dagoberto Bermúdez Mora y Víctor Rivera Garbanzo; sur, Marciano Núñez Rosales, Víctor Rivera Garbanzo con servidumbre agrícola de por medio en parte; este, Víctor Rivera Garbanzo con servidumbre agrícola de por medio en parte, y oeste, Marciano Núñez Rosales. Plano catastrado N° P-1596235-12. Se estima el inmueble en la suma de dos millones quinientos mil colones. Se cita y emplaza a todos los interesados, colindantes y a los que se creyesen con mejor derecho del terreno que se pretende inscribir para que dentro del término de un mes, contado a partir de la publicación de este edicto en el Boletín Judicial, se apersonen a hacer valer sus derecho, bajo el apercibimiento de que, si así no lo hicieren, se ordenará su inscripción en el Registro. Información Posesoria N° 13-000043419-AG interno 49-3-13 de Marta Zulay Orozco Barrantes. Notifíquese.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur, Corredores, 26 de marzo del 2013.—Lic. Juan Gutiérrez Villalobos, Juez.—1 vez.—(IN2014059930). Playa de Manos S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos trece mil ciento treinta, representada judicial y extrajudicialmente por Jan Buchanan, mayor, casada en segunda nupcias, ejecutiva del hogar, de nacionalidad estadounidense con pasaporte de su país cuatro seis siete ocho cero cero cinco seis tres, y vecina de Puerto Jiménez, Golfito, Puntarenas, promueve Información Posesoria para inscribir a nombre de su representada ante el Registro Público de la Propiedad, libre de gravámenes y cargas reales, el inmueble que a continuación se detalla: terreno de montaña y tacotal. Situado: en Punta Isidora, distrito tercero: Sierpe, cantón quinto: Osa, provincia de Puntarenas. Linderos: norte, Sephyr S. A., y calle pública con un frente a ella de ciento cuarenta y un metros con cincuenta y un centímetros lineales; sur, Víctor Molina Agüero; este, calle pública con un frente a ella de trescientos treinta metros con setenta y nueve centímetros lineales; oeste, Adei S. A. y Zona Marítimo Terrestre. Según plano catastrado N° P-12151822008 con una medida de dieciocho hectáreas con dos mil quinientos setenta y siete metros con noventa y cuatro centímetros cuadrados. Pág 24 — BOLETIN JUDICIAL Nº 187 Martes 30 de setiembre del 2014 Se estima el inmueble y las presentes diligencias en la suma de diez millones de colones. Se cita y se emplaza a todos los interesados, colindantes y a los se creyesen con mejor derecho del terreno que se pretende inscribir para que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto judicial, se apersonen a hacer vales sus derechos, bajo apercibimiento de que, si así no lo hicieren, se ordenará su inscripción en el Registro. Expediente N° 13-000144-0419-AG interno (160-2-13). Información Posesoria de Playa de Monos S. A.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur, Corredores.—Lic. Marisel Zamora Arias, Jueza.—1 vez.—(IN2014059931). Bernardo Augusto Araya Muñoz, mayor, casado de segundas nupcias, empresario, cédula número uno-quinientos diez-doscientos uno, vecino de cuarenta y cinco seis dos SW image port.st, Lucie, Florida, 34953-6886, Estados Unidos de América, establece diligencias de Información Posesoria para inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, la finca sin inscribir que se describe así: Terreno de bosque segundario y tacotal. Situado: en el Barrio La Fuente, distrito primero: Corredor, cantón décimo: Corredores, provincia: Puntarenas, con los siguientes lindantes: norte, Miguel Alfaro Arce; sur, Edith Ríos Hernández, Gerardo Renzo Gómez Badilla, Elieth Rodríguez Barquero y Luis Zamora Soto; este, Jorge Jiménez Carrera; oeste, Arali S. A. Plano catastrado N° P-1625943-2010 con una medida de setenta y dos mil ochocientos ocho metros cuadrados. Se estima el inmueble y las presentes diligencias en la suma de cinco millones de colones. Sobre el mismo no pesan gravámenes ni cargas reales. Con un mes de plazo a partir de la publicación de este edicto, se emplaza a todos los que se creyeren con derecho alguno, para que se apersonen en defensa de sus derechos, bajo los apercibimientos de ley si no verifican. Expediente N° 14-000008-419-AG (Interno 13-2-14).— Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur, Corredores, 9 de abril del 2014.—Lic. Juan Gutiérrez Villalobos, Juez.—1 vez.—(IN2014059934). Citaciones Por el plazo de treinta días a partir de la publicación del presente edicto, se cita y se emplaza a herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en rendir oposición a las presentes diligencias sucesorias de quien en vida fuera Asdrúbal Arce Rojas, mayor, casado una vez, agricultor, portador de la cédula número 2-118-867, vecino de Santa Bárbara de Heredia, para que manifiesten lo que crean pertinentes dentro del referido plazo, bajo apercibimiento de que en caso de omitirlo, la herencia pasará a quien corresponda. Exp. 14-000419-926-CI.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de San Joaquín de Flores.—Lic. Luis Rodrigo Campos Gamboa, Juez.—1 vez.—(IN2014056108). Se cita y se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Abraham Kruk, de un solo apellido en razón de su nacionalidad norteamericana, mayor, divorciado, empresario, portador de la cédula de residencia número uno ocho cuatro cero cero cero cuatro dos ocho siete uno cinco, vecino de San José, doscientos metros al norte del final del Boulevard de Rohrmoser, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Se apercibe por este medio a los que crean tener la calidad de herederos, que si no se presentan dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 03-2014. Notaría sita en San José, Barrio Córdoba, de la iglesia católica, 300 metros al este y 25 metros al sur. Teléfono 2227-1397.—San José, 09 de setiembre de 2014.—Lic. Ángela María Garro Contreras, Notaria.—1 vez.—(in2014058541). Se hace saber: que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Alicia Aguilar Vargas, cédula dos-ciento sesenta y seis-doscientos setenta y tres, mayor, soltera, educadora, vecina de Grecia. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 14-000109-0295-CI.—Juzgado Civil de Grecia, 18 de agosto del año 2014.—Msc. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—1 vez.—(IN2014058957). Se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores, y en general a todos los interesados en la reapertura de la sucesión de Isaac Fernando Solano Murillo, quien fue mayor, casado una vez, empleado municipal, cédula número uno-seiscientos sesenta y ocho-ochocientos cincuenta, vecino de San José; para que dentro del plazo de tres días contados a partir de la primera y única publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia, de que si no se presentan en el plazo citado, aquella pasará a quien corresponda. Exp. 04-000740-182-CI (6) sucesión de Isaac Fernando Solano Murillo.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José, 05 de agosto de 2014.—Lic. Osvaldo López Mora, Juez.—1 vez.—(IN2014059183). Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Luis Alfonso González Zamora, mayor, costarricense, masculino, casado una vez, con documento de identidad 0301850514 y vecino del Barrio Corazón de Jesús de Turrialba centro, hijo del señor German González Sánchez y la señora Mirta Teresita Zamora García, falleció el día dieciséis de mayo del dos mil catorce en la cuidad de Turrialba. Se cita a los(as) herederos(as), legatarios(as), acreedores y en general a todos(as) los(as) interesados (as), para que dentro del plazo de treinta días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 14-000070-0341-CI.—Juzgado Civil Mayor Cuantía de Turrialba, 21 de agosto del 2014.—Lic. Wilberth Herrera Delgado, Juez Civil.—1 vez.—(IN2014059187). Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Antonia Angulo Solórzano, mayor, casada en segundas nupcias, ama de casa, con documento de identidad 0600540108 y vecina de Esquipulas de Palmares, Urbanización La Hacienda, trescientos metros al este y ciento cincuenta metros al sur de la escuela, casa 6H. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 14000076-0296-CI.—Juzgado Civil del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 26 de mayo del 2014.—Dr. Minor Chavarría Vargas, Juez.—1 vez.—(IN2014059206). Se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores, y en general a todos los interesados en la sucesión de Julio César Vargas Umaña, quien fue mayor, casado, vecino de Desamparados, cédula de identidad 1-0583-0677, para que dentro del plazo de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener mejor derecho a la herencia, de que si no se presentan en el plazo citado, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 14-100137-0217-CI. Sucesión de Julio César Vargas Umaña.— Juzgado Civil y de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 4 de julio del 2014.—MSc. Kattia Sequeira Muñoz, Jueza.—1 vez.—(IN2014059241). Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión de quien en vida se llamó Hipólita Mora Chavarría, quien fue mayor, casada una vez, costarricense, cédula de identidad número 1-303326, vecina de Puriscal, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a los autos a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento, a los que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se presentan Martes 30 de setiembre del 2014 en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Sucesión N° 14-100065-197-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo de Puriscal, Santiago, 10 de junio del 2014.—Lic. Jainer Alonso Gamboa Muñoz, Juez.—1 vez.—(IN2014059246). Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Luis Guillermo Valverde Sánchez, mayor, funcionario del Instituto Costarricense de Electricidad, casado una vez, nacionalidad costarricense, con documento de identidad: 0302180910 y vecino del Barrio los Olivos de Turrialba, hijo del señor Antonio Valverde Corrales y la señora Cristina Sánchez Jiménez, masculino, falleció el día primero de marzo de mil novecientos noventa y cinco, en la cuidad de Turrialba de Cartago. Se cita a los(as) herederos(as), legatarios, acreedores y en general a todos(as) los(as) interesados(as), para que dentro del plazo de treinta días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 14-000068-0341-CI.—Juzgado Civil Mayor Cuantía de Turrialba, 21 de agosto del año 2014.—Lic. Wilberth Herrera Delgado, Juez.—1 vez.—(IN2014059251). Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Ricardo Sandí Elebrock, mayor, casado, pensionado, cédula de identidad 10114-2315 y vecino de Limón, Barrio Los corales N° 1, primera alameda, casa color terracota. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 13000081-0678-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 27 de agosto del año 2013.—Lic. Arnoldo Víquez Esquivel, Juez.—1 vez.—(IN2014059255). Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Francisco Moreno Bustos, quien fuera mayor, casado, vecino de Cartagena de Santa Cruz, cédula 1-346-249. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 06-000039-0388-CI.— Juzgado Civil de Santa Cruz, 12 de agosto del año 2014.—Lic. Mauricio Jiménez Sequeira, Juez.—1 vez.—(IN2014059260). Se cita y emplaza a todos los interesados, herederos, legatarios, acreedores en la sucesión de quien en vida se llamó: María Isabel Valencia Valencia, quien fue mayor, portadora de la cédula de identidad N° 06-025-0344, costarricense, viuda, viven en Puntarenas Centro, para que dentro del término de treinta días contado a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y aquéllos que crean tener la calidad de herederos, que si no se presentan dentro de ese término, la herencia pasará a quien corresponda. Proceso sucesorio N° 14100110-0642-CI-1.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas, 10 de setiembre del 2014.—Lic. Xinia González Grajales, Jueza.—1 vez.—(IN2014059887). Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión de: Marvin Alexis Vargas Méndez, quien fue mayor, divorciado una vez, mecánico industrial, vecino de San Rafael Abajo, Urbanización “Vizcaya”, casa N° 31, contiguo al bar “La flecha”, Desamparados, cédula de identidad número tres-cero dos cuatro ocho-cero cinco cinco uno, para que dentro del plazo de treinta días, comparezcan a este Despacho a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se presentan en ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente N° 14-100153-0217-CI.— BOLETIN JUDICIAL Nº 187 — Pág 25 Juzgado Civil y de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, Desamparados, 28 de agosto del 2014.— MSc. Kattia Sequeira Muñoz, Jueza.—1 vez.—(IN2014059899). Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Ángela Hernández Arce, mayor, casada una vez, ama de casa, con cédula número uno-doscientos setenta y ocho-ochocientos treinta y cuatro, vecina de Guadalajara de Buenos Aires, quinientos metros al noroeste de la Escuela; para que dentro del plazo de treinta días comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia, de que si no se presentan dentro de ese plazo aquella pasará a quien corresponda. Sucesorio N° 14-1000191046-CI (21-14) de Ángela Hernández Arce.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Buenos Aires, 18 de agosto del 2014.—Lic. Jean Carlos Céspedes Mora, Juez.—1 vez.—(IN2014059901). Ante esta notaría, del Lic. Félix Ángel Hernández Obando, carné N° 15322, con oficina abierta en la provincia de San José, cantón Desamparados, distrito primero, diagonal a la esquina noreste de la plaza La Valencia en San Rafael Abajo, mediante expediente N° 003-2014, se ha dado inicio al proceso sucesorio en sede notarial de quien fuera: Óscar Jacinto Bogantes Zúñiga, mayor, casado una vez, cédula N° 5-119-141, guarda, vecino de Cañas, Guanacaste, del antiguo CNP, 175 metros al este, lado derecho casa color verde, fallecido en Centro Cañas, Guanacaste, el 23 de junio del 2014. Por este medio se emplaza a todos los interesados a comparecer dentro del plazo de treinta días a partir de esta publicación para hacer valer sus derechos, con apercibimiento de que no hacerlo la herencia pasará a quien corresponda.— Puntarenas, 9 de setiembre del 2014.—Lic. Félix Ángel Hernández Obando, Notario.—1 vez.—(IN2014059944). Avisos Se convoca por medio de edicto que se publicará por tres veces consecutivas, a todas aquellas personas que tuvieran derecho a la tutela testamentaria de la menor Neyerith Quesada Acuña, ya por haber sido nombrados en testamento, ya por corresponderles la legítima, para que se presenten dentro del plazo de quince días contados a partir de la fecha de publicación del último edicto. Proceso de tutela. Promovente, Grettel Mayela Acuña Esquivel. Expediente Nº 14-000407-0687-FA.—Juzgado de Familia de Grecia, 20 de junio del 2014.—Lic. Mario Murillo Chaves, Juez.—(IN2014059214). 3 v. 1. De la anterior Demanda Ordinaria establecida por Rodrigo López Alvarado contra Rex Anderson, Gladys Anderson, Scott Gary Ross, Bárbara Ross, Theodore James Hicks, Marilyn Ruth Hicks, Josephine Mary Mathis, se confiere traslado a la parte demandada por el plazo de quince días, para que la conteste, debiendo manifestarse sobre los hechos de la demanda uno a uno e indicar si los admite como ciertos, los rechaza por inexactos, o los acepta con variantes o rectificaciones, prevenida de que si así no lo hace, podrán tenerse por probados aquellos sobre los cuales no se haya dado contestación en la forma indicada. Deberá ofrecer también la prueba en la que basa su contestación. Si no está conforme con lo que se pide expondrá con claridad las razones y circunstancias en las cuales fundamenta su negativa, oponiendo las excepciones que estime convenientes, salvo la excepción de Incompetencia que deberá interponerla dentro del plazo de tres días, luego de quedar notificada la demanda, por ser pre-previa. Si no contesta la demanda en el plazo conferido, se procederá de oficio o a gestión de parte, a declarar su Rebeldia, lo que no implicará necesariamente admisión de los hechos de la demanda. Si se apersona después de la declaratoria tomará el proceso en el estado en que se encuentre. Asimismo se le previene que en su primera gestión o escrito, deberá señalar medio idóneo para recibir notificaciones (correo electrónico, fax, casillero, estrado u otra forma tecnológica autorizada), con el apercibimiento de que si así no lo hacen su omisión producirá las consecuencias de la notificación automática, por lo que las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas luego de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el medio elegido no está autorizado legalmente o si se imposibilita la notificación por causas ajenas al Despacho (artículos 11, 34, 35, 36 y 50 de la Ley Pág 26 — BOLETIN JUDICIAL Nº 187 Martes 30 de setiembre del 2014 de Notificaciones N° 8687). Se le hace saber también a la parte demandada que si es de escasos recursos conforme a lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley de Jurisdicción Agraria tiene derecho de solicitar que se le nombre un defensor público para que atienda su defensa, lo que deberá de hacer, si a bien lo tiene ante el Juzgado o en la Defensa Pública Agraria, con la debida antelación para que su defensor pueda contestar en tiempo la demanda. Se hace saber a todas las partes, con respecto al medio que señalen, que si se trata de fax, de acuerdo con la Circular 169-2008 del Consejo Superior, según sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, dicho medio debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono.- Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a todas las partes de este asunto que sean personas físicas, que suministren la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) fecha de nacimiento, d) profesión u oficio, e) si tienen algún tipo de discapacidad, f) estado civil, g) número de cédula o de identificación si en la demanda no se ha indicado en forma correcta, y h) lugar de residencia en forma clara y precisa. Se les hace saber a las partes que de conformidad con lo establecido en la Ley de Resolución Alternativa de Conflictos pueden solicitar, si tienen una propuesta concreta, se realice una audiencia de conciliación en el Despacho previo a la realización del juicio verbal, sin perjuicio de que el día señalado para el mismo esta autoridad inste a las partes a conciliar. Se admite la prueba documental y testimonial ofrecida por la parte actora. En cuanto a la documental, referente al documento de cesión de derechos que le hacen al actor y afirma que aporta, se le previene a dicha parte que debe aportar el documento que menciona y que corresponde a una cesión de derechos del inmueble en litis. Se ordena anotar la presente demanda al margen de las fincas inscritas en Propiedad, Partido de Guanacaste, folio real matrícula N° 37926-001, 002, 003, 004, 37928000, 37930-001 y 002. Expídase el mandamiento correspondiente al Registro Público de la Propiedad. De conformidad con el artículo 180 del Código Procesal Civil aplicado supletoriamente y siendo que los demandados Rex Anderson, Gladys Anderson, Scott Gary Ross, Bárbara Ross, Josephine Mary Mathis, actualmente tienen domicilio en once Marilyn, Avenida Sueter, 29150 Carolina del Sur, Estados Unidos, a fin de notificarle personalmente o en su casa de habitación el presente auto, se ordena remitir exhorto al Cónsul de Costa Rica en Atlanta, Estados Unidos, mediante la Secretaria General de la Corte Suprema de Justicia y del Ministerio de Relaciones Exteriores en Costa Rica. Para los demandados Theodore James Hicks y Marilyn Ruth Hicks actualmente tienen domicilio en 841 Saddlebrook North Bedford Texas 76021, Estados Unidos, a fin de notificarle personalmente o en su casa de habitación el presente auto, se ordena remitir exhorto al Cónsul de Costa Rica en Houston Texas, Estados Unidos, mediante la Secretaria General de la Corte Suprema de Justicia y del Ministerio de Relaciones Exteriores en Costa Rica. Expídase el exhorto correspondiente para notificarles la presente resolución. Adjúntese copias de la demanda y la documental aportada, dado que se trata de una notificación en el extranjero. Se le recuerda a la parte actora que para evitar atrasos innecesarios debe diligenciar el envío de la comisión ante la Secretaría de la Corte, para lo cual queda a su disposición en el Despacho por el plazo de tres días, caso contrario se remitirá por correo. Lic. Elizabeth Leiva Vásquez. Jueza. (de conformidad con el artículo 263 del Código Procesal Civil, aplicado supletoriamente. Proceso Ordinario expediente N° 10-000069-0387-AG de Rodrigo López Alvarado contra Rex Anderson y otros).—Juzgado Agrario de Liberia, 21 de agosto del 2014.—Lic. Rodrigo Valverde Umaña, Juez.—1 vez.—(IN2014058594). Lic. Marianela Fallas Víquez Jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José; hace saber a David Wayne Whitman, documento de identidad 131810391, que en este Despacho se interpuso un proceso ejecución sentencia en su contra, bajo el expediente número 04-000271-0165-FA, establecido por Mary Anne Weston Murillo donde se dicto la resolución que literalmente dice: Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, a las catorce horas y trece minutos del dieciséis de octubre del dos mil trece. Se tiene por establecida la presente ejecución de sentencia de Mary Anne Weston Murillo contra David Wayne Whitman, se le concede al demandado Wayne Whitman el plazo de diez días a efecto de que se pronuncie con respecto a la presente ejecución que formula la señora Weston Murillo. Se le previene al demandado que deberá señalar por escrito medio y lugar dentro del perímetro judicial de este despacho donde atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere o si el lugar señalado fuere incierto impreciso o ya no existiere, o bien, permaneciere cerrado, las resoluciones posteriores que se dicten le quedarán notificadas en el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. En cuanto al punto uno de la pretensión principal se rechaza por no estar este conforme a lo dispuesto en sentencia. En ese sentido se le hace ver a la ejecutante que la ejecución debe estar siempre acorde a lo otorga por el juez en el proceso de conocimiento. Notifíquese esta resolución al demandado David Wayne Whitman, en forma personal o por medio de cédula y copias de ley en su casa de habitación, previo a lo cual deberá la señora Weston Murillo aportar la dirección más exacta posible donde notificar del presente asunto al señor David Wayne, así como un juego de copias de todo lo aportado, lo anterior dentro del tercer día bajo apercibimiento de que si así no lo hiciere, no se atenderán futuras gestiones. Lic. Isabel Ortiz Fernández. Jueza. Mediante resolución de las once horas y catorce minutos del diecinueve de junio del año dos mil catorce, se nombró a la Lic. Leticia Pérez Hidalgo, como curadora procesal del demandado David Wayne Whitman y mediante resolución de las diecisiete horas y cinco minutos del veintinueve de julio del año dos mil catorce, se ordenó notificar al demandado por medio de edicto, de conformidad con el artículo 263 del Código Procesal Civil. Lo anterior se ordena así en proceso Ejecución Sentencia de Mary Anne Weston Murillo contra David Wayne Whitman; expediente Nº 04000271-0165-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, 29 de julio del año 2014.—Lic. Marianela Fallas Víquez, Jueza.—1 vez.—(IN2014058753). Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania que promueve Flora Jiménez Garro, donde figura como presunta insana Angie Priscilla Retes Jiménez. Expediente número 14-000113-0675-FA-I.—Juzgado de Familia de Turrialba, 22 de agosto del 2014.—Lic. Elmer Rojas Aguilar, Juez.—1 vez.—(IN2014058832). Se hace saber a todas las personas interesadas, que en este despacho se dictó dentro del expediente número 14-000221-0919FA, que corresponde a un proceso de diligencias de insania, donde figura como promotora la señora Aida Emilce Benavides Sibaja, cédula 1-492-173 y como presunta insana la señora Ana Ligia Arroyo Benavides, cédula 1-1195-0322; la sentencia N° 72-2014, de las 07:44 horas. del 07/08/2014; cuya parte dispositiva literalmente dice: “Por tanto: Acorde con lo expuesto y numerales citados, se declara insana a la señora Ana Ligia Arroyo Benavides y se designa como su curadora a su madre Aida Emilce Benavides Sibaja, quien deberá comparecer a este despacho dentro del plazo de ocho días para aceptar el cargo. El cargo de curadora lleva implícito el deber de cuidar y representar legalmente a la insana, así como administrar sus bienes. Se exonera a la curadora de la obligación de rendir garantía así como de rendir cuentas anuales de la administración, en razón de su grado de parentesco. En forma expresa se le advierte a la curadora que si llega a descuidar sus deberes para con la insana, podrá ser removida por el Tribunal mediante solicitud de cualquier interesado. Cuando la curatela finalice, la curadora o sus herederos deberán rendir cuenta final de la administración, dentro del plazo de sesenta días, contados desde aquél en que terminó la curatela. En caso de que la administración llegue a pasar a otra persona, el nuevo curador estará obligado a exigir y discutir judicialmente la cuenta de su antecesor y será responsable, en caso de omisión, de los daños y perjuicios que sufra la insana. Las cuentas se discutirán en legajo separado, por el trámite de los incidentes, y no quedarán cerradas sino con la aprobación judicial. Anótese la declaratoria de insania en el Registro Público, Sección de Personas, asimismo, en el Registro Civil al margen del tomo 1195, folio 161, asiento Martes 30 de setiembre del 2014 BOLETIN JUDICIAL Nº 187 — Pág 27 322 de la Provincia de San José. Publíquese la parte dispositiva de esta sentencia por una vez en el Boletín Judicial. Se resuelve este proceso sin especial condenatoria en costas. Notifíquese. Licda. María del Rocío Quesada Zamora, Jueza.—Juzgado de Familia de Pérez Zeledón, 04 de setiembre de 2014.—Licda. María del Rocío Quesada Zamora, Jueza.—1 vez.—(IN2014058856). en el Boletín Judicial, se cita y emplaza a todos los que tuvieren interés en este asunto, para que se apersonen dentro del plazo de tres días que se contaran a partir de la publicación del edicto ordenado. Notifíquese.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 29 de agosto del año 2014.—Lic. Sandra Saborío Artavia, Jueza.—1 vez.—(IN2014058878). Msc. Eddy Rodríguez Chaves, Juez del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, se le hace saber que en el expediente número 14-000276-0938-FA, que es proceso de insania, establecido por Noemy Patricia Alvarado Carmona, se ordena notificar por edicto la sentencia que en lo conducente dice: sentencia número 482-2014. Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Guanacaste. Liberia, a las nueve horas diez minutos del veintiuno de agosto del dos mil catorce. Diligencias de actividad judicial no contenciosa de declaratoria de insania promovidas por Noemy Patricia Alvarado Carmona, mayor, soltera, asistente de tesorería, cédula de identidad número cinco-doscientos treinta y nueve-trescientos veinte, vecina de Liberia, en favor de Jeimmy Briceño Alvarado, mayor, casada, sin oficio, cédula de identidad número cinco-trescientos dos-seiscientos cuarenta y cinco, vecina de Liberia. Se ha tenido como interviniente a la Procuraduría General de la República. Resultando: ... Considerando: ... Por tanto: Con base en lo expuesto, y normas citadas, se falla: Se declara insana a Jeimmy Briceño Alvarado, y se designa como su curadora definitiva a la señora Noemy Patricia Alvarado Carmona, quien deberá aceptar el cargo dentro del plazo de cinco días una vez firme este fallo, la aceptación la podrá hacer mediante memorial debidamente autenticado por un profesional en derecho, o por acta en el despacho compareciendo en forma personal. La curadora deberá presentar un inventario y avalúo de los bienes que tenga inscritos a su nombre la insana, para cumplir con este requisito se le otorga el plazo de treinta días una vez aceptado el cargo. Se le hace ver a la curadora que deberá rendir garantía de la administración que establecen los artículos 199, 201, 203, 204 y concordantes del Código de Familia, la cual se fijará una vez que se haya presentado el inventario y avalúo de los bienes de la insana. La curadora deberá rendir las cuentas anuales con los documentos justificativos del caso, esto de conformidad con lo que establecen los artículos 215, 218 y 221 del Código de Familia. Firme esta sentencia deberá ser publicada una vez en el Boletín Judicial y se inscribirá en el Registro Público, Sección de Personas. Los gastos del procedimiento son a cargo del patrimonio de la insana. Notifíquese.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia.—Msc. Eddy Rodríguez Chaves, Juez.—1 vez.—(IN2014058872). Licenciado Alberto Jiménez Mata, Juez de Familia de Puntarenas, hace constar que en expediente N° 14-000487-1146FA, correspondiente a un proceso especial de filiación impugnación de paternidad de Jairo Flores Sosa contra Patronato Nacional de la Infancia en representación de la persona menor de edad Nazareth Flores Carranza, se dictó la resolución que literalmente dice así: Juzgado de Familia de Puntarenas, a las siete horas quince minutos del dieciocho de julio del dos mil catorce. Se tiene por establecido proceso especial de filiación impugnación de reconocimiento de paternidad, por parte de Jairo Flores Sosa, y se le confiere traslado por el plazo de diez días al Patronato Nacional de la Infancia, que conforme a los numerales 5 del Código de Familia, y 111 del Código de la Niñez y la Adolescencia actuará como representante de la persona menor de edad Erick Rivera Orocú, para que la conteste por escrito, bajo el apercibimiento de que si no lo hace en tiempo y forma se tendrá por contestada afirmativamente en cuanto a los hechos que le sirven de fundamento.- En cuanto a estos los contestará uno por uno y manifestará en forma categórica si los reconoce como ciertos, si los rechaza por inexactos o bien si los admite con variantes o rectificaciones y en caso de que no esté conforme, expondrá con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoye, con manifestación expresa del nombre y demás generales de los testigos y sobre que hechos declararán cada uno. Se le previene a la parte demandada, de conformidad con los numerales 10 y 34 en relación con el 36 todos de la Ley de Notificaciones número 8687, el señalamiento de medio para atender futuras notificaciones, sea éste: correo electrónico, fax, casillero (en los Tribunales de Justicia de esta ciudad), en estrado o cualquier otra forma tecnológica que permita la seguridad del acto de comunicación, esto bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere en la forma prevenida o no se pudiere efectuar la notificación por el medio señalado, mediando comprobante de transmisión electrónica o la respectiva constancia, las resoluciones posteriores le quedará notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias, salvo que se demuestre que ello se debió a causas que no le sean imputables. Asimismo, se pone en conocimiento de Jairo Flores Sosa, que deberá presentarse en el Departamento de Ciencias Forenses, Sección Bioquímica, del Organismo de Investigación Judicial, San Joaquín de Flores en Heredia, costado Norte del Cementerio, para realizarles la prueba científica de paternidad (A.D.N.), al ser las: catorce horas del veintidós de agosto del dos mil catorce, (14:00 horas del 22/08/ 2014), debiendo además presentar su cédula de identidad, con indicación de que no es necesario presentarse en ayunas; asimismo, se ordena poner en conocimiento de la persona que ostenta actualmente la custodia de la persona menor de edad Nazareth Flores Carranza, que deberá hacer comparecer a la misma bajo el apercibimiento de que si no compareciere sin justa causa que se los impida, será tenido como procediendo con malicia y como indicio de la veracidad de lo que se pretende demostrar con la prueba de marcadores genéticos y sanguíneos. Notifíquese por medio de la Oficina de Comunicaciones Judiciales de esta ciudad, a la representación del Patronato Nacional de la Infancia. (Artículo 98bis Código de Familia). Notifíquese.— Juezgado de Familia de Puntarenas.—Lic. Jacqueline Murillo Murillo, Jueza.—1 vez.—(IN2014058892). Licda. Sandra Saborío Artavia, Jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada; hace saber a Medardo Alberto García García y Yaneth del Socorro Pérez Amador, ambos mayores, nicaragüenses, sin más datos, que en este Despacho se tramita un proceso declaratoria judicial abandono en su contra, Promovido por el Patronato Nacional de la Infancia-Oficina Local de Upala, bajo expediente 14-000283-0924-FA donde se dictó la resolución que literalmente dice: “Se tiene por establecido el presente proceso especial de declaratoria de abandono del menor José Medardo García Pérez, planteado por Patronato Nacional de la Infancia de Upala-Guatuso contra Medardo Alberto García García y Yaneth del Socorro Pérez Amador, a quien se le concede el plazo de cinco días a través del curador procesal para que oponga excepciones, se pronuncie sobre la solicitud y ofrezca prueba de descargo, de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. En ese mismo plazo, en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008... Se le advierte que si no contesta en el indicado plazo de cinco días, el proceso seguirá su curso con una convocatoria a una audiencia oral y privada, conforme lo estipula el artículo 123 ibídem; y una vez recibidas las pruebas, se dictará sentencia... Por medio de edicto, que se publicará por única vez Se avisa que en este Despacho bajo el expediente número 14000541-0938-FA, los señores Doris de Jesús Falla Vega, mayor de edad, casada una vez vecina de Guayabo de Bagaces y con cédula de identidad N° 0603480900 y José Fabio Chaves Arrieta, mayor de edad, casado una vez, vecino de Guayabo de Bagaces y con cédula de identidad N° 0502590087, solicitan se apruebe la adopción de las menores Celeste y Angie Pamela ambas de apellido Pérez López. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la Pág 28 — BOLETIN JUDICIAL Nº 187 Martes 30 de setiembre del 2014 misma.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 3 de setiembre del año 2014.—Msc. Eddy Rodríguez Chaves, Juez.—1 vez.—(IN2014058914). Licenciada Jacqueline Murillo Murillo, Jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, en proceso de insania, número de expediente 14-000704-0165-FA, se ordena notificarle por edicto, la sentencia que en lo conducente dice: sentencia de primera instancia N° 588-2014. Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, a las dieciséis horas y cincuenta y dos minutos del veintisiete de agosto de dos mil catorce. Diligencias de actividad judicial no contenciosa de declaratoria de insania promovidas por Fernando Antonio Molina Rugama, mayor, casado, nicaragüense, vecino de Goicoechea, cédula de residencia 155815146717, a favor de su madre Antonina Antonia Rugama Tinoco, mayor, viuda, nicaragüense, sin ocupación, vecina del mismo domicilio del accionante, pasaporte C01623181. Resultando: 1º—…, 2º—…, 3º—…, Considerando: I.—…, II.—…, Por tanto: con base en lo expuesto, y normas citadas, se falla: Se declara insana a la señora Antonina Antonia Rugama Tinoco, y se designa como su curador definitivo al señor Fernando Antonio Molina Rugama, quien deberá aceptar el cargo dentro del plazo de cinco días una vez firme este fallo, la aceptación la podrá hacer mediante memorial debidamente autenticado por un profesional en derecho, o por acta en el despacho compareciendo el designado en forma personal. El curador deberá presentar un inventario y avaluó de los bienes que tenga inscritos, dineros, salarios y cualquier otro bien a su nombre la insana, para cumplir con este requisito se le otorga al curador designada el plazo de treinta días, una vez aceptado el cargo. Se le hace ver al curador que deberá rendir garantía de la administración que establecen los artículos 199, 201, 203, 204 y concordantes del Código de Familia, la cual se fijará una vez que se haya presentado el inventario y avalúo de los bienes de la insana. El curador deberá rendir las cuentas anuales con los documentos justificativos del caso, esto de conformidad con lo que establecen los artículos 215, 218 y 221 del Código de Familia. Firme esta sentencia deberá ser publicada una vez en el Boletín Judicial y se inscribirá en el Registro Público, Sección de Personas. Los gastos del procedimiento son a cargo del patrimonio de la insana. Notifíquese.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José.—Lic. Jacqueline Murillo Murillo, Jueza.—1 vez.—(IN2014058930). Se hace saber a la señora Idalia Rodríguez Cervantes, de nacionalidad cubana, pasaporte número C-880609, casada, demás calidades y domicilio desconocido, que en este Despacho se tramita proceso abreviado de nulidad de matrimonio N° 2014000740-0186-FA (2) establecido por la Procuraduría General de la República, dentro del cual se le otorgó traslado por diez días para contestar la demanda, oponer excepciones, ofrecer sus pruebas, indicar el nombre y las generales de los testigos y los hechos a los que se referirá cada uno, aportar la documental y señalar medio para atender notificaciones, apercibido de que si no lo hace operará la notificación automática. Si contesta la demanda, debe referirse a cada hecho y exponer con claridad si lo rechaza por inexacto o lo admite como cierto o con variantes o rectificaciones. También debe manifestar las razones para su negativa y los fundamentos legales en que se apoye. El emplazamiento corre tres días después de esta publicación.—Juzgado Primero de Familia del Primer Circuito Judicial de San José, 4 de setiembre del 2014.—Lic. Viria Artavia Quesada, Jueza.—1 vez.—(IN2014058935). Licenciada Karina Víquez Hernández, Jueza del Juzgado de Familia de Cartago, a Ramón Gómez Solís, se le hace saber que en demanda declara. Extramatrimonialidad, establecida por Helen Cristina Mora Venegas contra Ramón Gómez Solís, se ordena notificarle por edicto, la sentencia que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Cartago. A las doce horas y cincuenta y ocho minutos del cuatro de setiembre del año dos mil catorce. Se tiene por establecido por parte de Helen Cristina Mora Venegas el presente proceso de declaratoria extramatrimonialidad en contra de Ramón Gómez Solís a quien se le confiere traslado por el plazo de diez días, para que la conteste, oponga excepciones previas, la prueba documental que tuviere y la testimonial con indicación en su caso del nombre y generales de los testigos que proponga. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. Por existir menores involucrados en este proceso se tiene como parte al Patronato Nacional de la Infancia. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono celular, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones. Igualmente se les invita a utilizar El Sistema de Gestión en Línea que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www. poder-judicial.go.cr Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. A la actora y al demandado se les hace saber, que de conformidad con el artículo 98 del Código de Familia, la parte que sin motivo alguno se niegue a practicarse esa importante prueba, será considerado ese proceder como malicioso. Además esa circunstancia podrá ser tenida como un indicio de veracidad de lo que se pretende demostrar con dicha prueba, de ahí la importancia de mantener o señalar un lugar o medio donde escuchar notificaciones. Notifíquese esta resolución al demandado, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. En virtud de que se desconoce el domicilio del demandado y por su condición de extranjero, no se cuenta con la información requerida para su localización, se ordena nombrarle Curador Procesal, para lo cual debe la actora depositar la suma de cincuenta mil colones en al cuenta N° 14-001625-0338-0 del Banco de Costa Rica por concepto de honorarios del profesional a nombrar. Publíquese el edicto de ley. Notifíquese, Lic. Karina Víquez Hernández, Jueza. Declaratoria extramatrimonialidad actora Helen Mora Venegas contra Ramón Gómez Solís expediente N° 14-001625-0338-FA.— Juzgado de Familia de Cartago.—Lic. Karina Víquez Hernández, Jueza.—1 vez.—(IN2014058936). Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela de Gloriana de los Ángeles Solano Hernández, cédula de identidad número 3-0414-0279, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania de Lidia Solano Hernández. Expediente número 14-001802-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 3 de setiembre del año 2014.—Lic. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—(IN2014058939). Martes 30 de setiembre del 2014 Por el plazo de cinco días, contados a partir de la publicación del presente edicto, se emplaza a todos los que tengan interés en las diligencias de adopción conjunta de Gerardo Castro Fallas, mayor, casado dos veces, agricultor, costarricense, portador de cédula número cinco-ciento cuarenta y dos-seiscientos cincuenta y nueve y Luz Mary Muñoz Pérez, mayor, casada una vez, costarricense, del hogar, portadora de cédula número nueve-cero setenta y ochocuatrocientos cuarenta y cuatro, ambos vecinos de San Antonio de Sabalito, frente al salón comunal a favor de la persona menor de edad Valeria Bonilla Pérez para que se apersonen por escrito en este despacho en defensa de sus derechos, asimismo, se les previene su obligación de señalar medio donde atender notificaciones, apercibidos de que en caso de omitirlo, o si señalado, el lugar fuere incierto, impreciso o ya no existiere, o si existiendo permaneciera cerrado, las resoluciones futuras que se dicten, se les tendrá por notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. Expediente número 14400038-1304-FA (1) (340-2014) Adopción de Valeria Bonilla Pérez promovida por Gerardo Castro Fallas y Luz Mary Muñoz Pérez.—Juzgado de Familia de Corredores.—Licda. Ana Catalina Cisneros Martínez, Jueza.—1 vez.—(IN2014058970). Se avisa, a la señora Hellen de la O Solís, mayor, soltera, documento de identidad número 1-963-335, representada por el curador procesal licenciado Ricardo Enrique Moreno Navarro, hace saber que existe proceso N° 12-000567-0673-NA de declaratoria judicial de abandono de la persona menor de edad Cristopher José Cajina García, establecido por el Patronato Nacional de la Infancia en contra de Hellen de la O Solís , que en resolución dictada por el Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José a las catorce horas y dos minutos del dos de noviembre del dos mil doce, que en lo conducente dice: se le concede el plazo de cinco días a dicha accionada para que se pronuncie sobre la misma y ofrezca prueba de descargo si es del caso de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Se le advierte al accionado que si no contesta en el plazo dicho, el proceso seguirá su curso con una audiencia oral y privada conforme con el artículo 123 del Código de Familia y una vez recibida la prueba se dictará sentencia. Notifíquese.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 09 de setiembre de 2014.— Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—(IN2014059188). Se hace saber a José Colombo Vargas Castillo, quien es mayor de edad, costarricense, casado una vez, de oficio y domicilio desconocidos, con cédula de identidad número 6-153-442; que en el expediente tramitado en su contra número 2013-000151-0919-FA, que corresponde a un proceso abreviado de divorcio, interpuesto por Dunia Godínez Muñoz, cédula 1-691-088; se dictó la sentencia de primera instancia N° 132-2014, de las 11:08 horas del 25 de agosto de 2014; cuya parte dispositiva literalmente dice: “Por tanto: Acorde con lo expuesto, se declara con lugar la demanda abreviada de divorcio interpuesta por la señora Dunia de los Ángeles Godínez Muñoz contra José Colombo Vargas Castillo, en los extremos que se indicarán: 1) Se decreta la disolución del vínculo matrimonial que une a Dunia de los Ángeles Godínez Muñoz y José Colombo Vargas Castillo; por la causal de separación de hecho. 2) Las partes no tendrán derecho de reclamarse pensión alimentaria en el futuro. 3) Se declara que la guarda, crianza y educación de Marco Daniel Vargas Godínez le corresponderá a la madre, compartiendo ambos progenitores los demás atributos de la autoridad parental. Dicho infante mantiene el derecho de ser alimentado por ambos progenitores. 4) No existen bienes con vocación ganancial que distribuir. Se declara que el inmueble del Partido de San José, Folio Real Matrícula cuatrocientos cuarenta y cuatro mil ciento noventa y cinco-cero cero cero, no constituye un bien de naturaleza ganancial. Una vez firme este fallo, a petición de parte interesada, expídase la respectiva ejecutoria para ser inscrita en el Registro Civil, Sección de Matrimonios de la Provincia de San José, al margen del Tomo 286, Folio 451, y Asiento 902. También mediante ejecutoria, inscríbase en el Registro Nacional el presente fallo, si fuese necesario. Se resuelve el proceso sin especial condenatoria en costas. Se advierte a las partes el derecho de apelar este fallo ante el Superior Jerárquico, dentro del tercer día contado a partir de su notificación. Notifíquese BOLETIN JUDICIAL Nº 187 — Pág 29 esta sentencia al accionado por medio de edicto. Notifíquese. Lic. María del Rocío Quesada Zamora, Jueza”. El emplazamiento corre tres días después de esta publicación.—Juzgado de Familia de Pérez Zeledón, 9 de setiembre de 2014.—Lic. María del Rocío Quesada Zamora, Jueza.—1 vez.—(IN2014059189). Se avisa al señor Miguel Adrián Valverde Bendaña, mayor, cédula 1-943-717, costarricense y demás calidades desconocidas, que en este juzgado, se tramita el expediente 14-000069-0673NA, correspondiente a diligencia de depósito judicial, promovida por la Licenciada Alma Nuvia Zavala Martínez, en calidad de Representante Legal del Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Adrián Andrey Valverde Ortega. Se le concede el plazo de tres días naturales para que manifiesten su conformidad o se oponga a estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 08 de setiembre del 2014.—MSc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—(IN2014059201). Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela, conforme con el artículo 236 del Código de familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania a favor del señor José Manuel de Jesús Pérez Otárola, cédula 0700320135. Expediente número 14-000110-0364-FA.—Juzgado de Familia de Heredia, 08 de agosto del 2014.—Lic. Carlos E. Valverde Granados, Juez.—1 vez.—(IN2014059203). Se hace saber: Que ante este despacho se tramitan diligencias de cambio de nombre promovidas por Mallela Salmerón López portadora del pasaporte C01579192 debido a su nacionalidad nicaragüense, la misma es mayor, ama de casa, vecina de Barrio Nuevo de Curridabat, encaminadas a solicitar la autorización para cambiar el nombre de su hija menor de edad Línea López Salmerón por el de Saray de mismos apellidos. Se cita y emplaza a los interesados en las presentes diligencias, a efecto de que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen al proceso a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de ley en caso de omisión. Artículo 55 del Código Civil. Expediente: 14-000170-0182-CI (7).—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía, San José, 05 de agosto del 2014.—Msc. Osvaldo López Mora, Juez.—1 vez.—(IN2014059207). Se avisa, al señor Héctor Alberto Sedeño Cisneros, mayor, cubano, documento de identidad número D174120309540 y Yency Patricia Díaz Quirós, mayor, casada, cédula número 1-1310-387, ambos de domicilio y demás calidades desconocidas, representados por la curadora procesal licenciada Ligia López Alvarado, hace saber que existe proceso Nº 14-000298-0673-NA de declaratoria judicial de abandono de la persona menor de edad Roy Isaac Sedeño Díaz, establecido por el Patronato Nacional de La Infancia en contra de Héctor Alberto Sedeño Cisneros y Yency Patricia Díaz Quirós, que en resolución dictada por el Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José a las ocho horas y treinta minutos del veintiocho de mayo dos mil catorce, que en lo conducente dice: se le concede el plazo de cinco dias a dicho accionado para que se pronuncie sobre la misma y ofrezca prueba de descargo si es del caso de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Se le advierte al accionad o que si no contesta en el plazo dicho, el proceso seguirá su curso con una audiencia oral y privada conforme con el artículo 123 del Código de Familia y una vez recibida la prueba se dictará sentencia. Notifíquese.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 9 de setiembre del 2014.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—(IN2014059209). Se avisa, al señor Bryan Palma Peraza, mayor, soltero, cédula de identidad número 1-1364-214, representado por la curadora procesal Licenciada Sandra Marjorie Retana Hidalgo; hace saber que existe proceso Nº 14-000346-0673-NA de declaratoria judicial de abandono de las personas menores de edad Brenda Alejandra y Emily Dilana ambas Palma Segura, establecido por el Patronato Nacional de La Infancia en contra de Bryan Palma Peraza que en Pág 30 — BOLETIN JUDICIAL Nº 187 Martes 30 de setiembre del 2014 resolución dictada por el Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, a las nueve horas y cincuenta y seis minutos del once de junio de dos mil catorce, que en lo conducente dice: se le concede el plazo de cinco días a dicha accionada para que se pronuncie sobre la misma y ofrezca prueba de descargo si es del caso de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Se le advierte a la accionada que si no contesta en el plazo dicho, el proceso seguirá su curso con una audiencia oral y privada conforme con el artículo 123 del Código de Familia y una vez recibida la prueba se dictará sentencia. Notifíquese.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 3 de setiembre del 2014.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—(IN2014059212). Se avisa a la señora Adriana Carolina Zamora Calderón, mayor, nicaragüense y demás calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente 14-000436-0673NA, correspondiente a diligencia de depósito judicial, promovida por la Msc. Alma Nuvia Zavala Martínez, en calidad de Representante Legal del Patronato Nacional de La Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de las personas menores de edad Joshua David y Marvin Ismael ambos Zamora Calderón. Se le concede el plazo de tres días naturales para que manifiesten su conformidad o se oponga a estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 8 de setiembre del 2014.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—(IN2014059216). Se avisa que en este Despacho los señores María Elena Cascante Pérez y Steven Danilo Rojas Carpio, solicitan se apruebe la adopción conjunta de la persona menor de edad Aarón Josué Sosa Guzmán. Se concede a todos los interesados directos el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente Nº 14-0004520919-FA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial del San José, 4 de setiembre del 2014.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—(IN2014059219). Se avisa a la señora Rosalín de Los Ángeles Umaña Azofeifa, mayor, cédula de identidad 1-983-017 y demás calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente 14000493-0673-NA, correspondiente a la diligencia de depósito judicial, promovido por el Licda. Ana Virginia Quirós Tenorio, en calidad de Representante Legal del Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se aprueba el depósito de la persona menor de edad María Celeste Vega Umaña. Se le concede el plazo de tres días naturales para que manifieste su conformidad o se oponga a esta diligencia.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 9 de setiembre del 2014.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—(IN2014059220). Se avisa que en este Despacho los señores Omar Enrique Chacón Gamboa y Emilce Jiménez Bolaños, solicitan se apruebe la adopción conjunta de la persona menor de edad Victoria Eugenia Guevara Quesada. Se concede a todos los interesados directos el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente 14-000498-0673NA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 3 de setiembre del 2014.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—(IN2014059221). Se avisa que en este Despacho, la señora Karol Vanessa Zamora Vargas, solicita se apruebe la adopción individual de la persona menor de edad Héctor Gerardo Alvarado Serrano. Se concede a todos los interesados directos el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente 14-000500-0673-NA.— Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial, San José, 4 de setiembre del 2014.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—(IN2014059223). Se avisa a Alberto Moreno Concepción, cédula de identidad N° 6-241-437, privado de libertad en la cárcel L a Esperanza en Nicaragua, Alberto Moreno Concepción, cubano, portador de identidad N° DI72091902061 y domicilio desconocido, representado por el curador procesal Licenciado Ricardo Moreno Navarro, que en este despacho se dictó dentro del expediente N° 11-0005740673-NA establecido por el Licenciado Milton Gutiérrez Quesada en calidad de Representante Legal del Patronato Nacional de la Infancia, la sentencia que en lo que interesa dice: Sentencia N° 4122014. Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, a las trece horas y cincuenta y seis minutos del veinte de agosto del dos mil catorce. Resultando: 1º—…, 2º—…, 3º—…, Considerando: I.—Hechos probados II.—Sobre el fondo: Por tanto: Con fundamento en las razones dadas, artículo 9 de la Convención Sobre los Derechos de los niños, artículo 30 y siguientes del Código de la Niñez y la Adolescencia, 160 y siguientes y concordantes del Código de Familia, se declara con lugar la demanda de declaratoria de abandono con fines de adopción de las personas menores de edad Élida Fernanda Chavarría Villafuerte, Elizabeth Yariela Moreno Villafuerte y Sherol Jaksire Jiménez Villafuerte. Se extingue a su progenitora Nuria Villafuerte Rodríguez y los padres registrales Alberto Moreno Concepción y Jesús Chavarría Quesada el ejercicio de la patria potestad. Se otorga el depósito judicial de Élida Fernanda Chavarría Villafuerte, Elizabeth Yariela Moreno Villafuerte a Mylin Jiménez Villafuerte, quien deberá apersonarse dentro de tercero día a aceptar el cargo. Inscríbase esta sentencia en la Sección de Nacimientos del Registro Civil. Se resuelve sin especial condena en costas. Notifíquese. Lic. Ana Cristina Dittel Masís, Jueza.— Juzgado Niñez y Adolescencia del Primer circuito Judicial de San José, 2 de setiembre del 2014.—Msc Yerma Campos Calvo, Jueza.—1 vez.—(IN2014059266). El Licenciado Jorge Arturo Marchena Rosabal, Juez del Juzgado Segundo de Familia del Primer Circuito Judicial de San José, hace saber a la señora Hong Yun Yu, mayor, ciudadana china, casada en primeras nupcias, domicilio y ocupación desconocidas que, en este Despacho, con el expediente número 12-0001740187-FA se encuentra en trámite el Proceso Abreviado de Divorcio planteado por Jiansheng Zhong, en el que se dictó la resolución que dice: Juzgado Segundo de Familia del Primer Circuito Judicial de San José, a las trece horas once minutos del doce de marzo de dos mil trece. De la Demanda Abreviada de Divorcio planteada por Jiansheng Zhong se confiere traslado por el plazo de diez días a la señora Hong Yun Yu para que en la persona de su Curador Procesal Licenciado Jorge Isaac Solano Aguilar la conteste conforme lo dispuesto en el artículo 305 del Código Procesal Civil. Con relación a los hechos de la demanda deberá manifestar si los rechaza por inexactos, los acepta como ciertos o si los admite con variantes o rectificaciones, las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya; en esta oportunidad ofrecerá pruebas, con indicación, en su caso, del nombre y generales de los testigos, y sobre cuáles hechos serán interrogados, sin interrogatorio formal. De conformidad con el artículo 263 del Código Procesal Civil, por edicto notifíquese esta resolución a la demandada ausente, edicto que será publicado por una sola ocasión en el Boletín Judicial. De conformidad con el artículo 6 del Código de Familia, la publicación no generará costo alguno para el actor, quien deberá presentarse a retirar el edicto que se emitirá, del cual una copia será enviada vía electrónica a la Imprenta Nacional. Expediente N° 12-000174-0187-FA.—Juzgado Segundo de Familia del Primer Circuito Judicial de San José, 12 de marzo de 2013.—Lic. Jorge Arturo Marchena Rosabal, Juez.—1 vez.—(IN2014059271). Edictos Matrimoniales Han comparecido a este despacho, solicitando contraer matrimonio civil Mainor Eduardo Suárez Valerio, quien es de cuarenta años de edad, soltero, operario de construcción, con cédula de identidad número 4 0158 0399 y vecino de Bar Yakare 800 metros este, casa de cemento color celeste, nacido en Colonia San José Sarapiquí, el veintisiete de setiembre de mil novecientos setenta y tres, hijo de Garrit Suárez Suárez y Mirian Valerio Sánchez, costarricenses y Annia Lorena Ruiz Medal quien es de veintinueve años de edad, cédula 1 1229 0486, soltera, ama Martes 30 de setiembre del 2014 de casa, vecina de Bar Yakare 800 metros este, casa de cemento color celeste, nacida en Colonia San José Sarapiquí, nacida en Hospital Central San José, en fecha ocho de enero de mil novecientos ochenta y cinco, hija de Francisco Ruiz Bermúdez y Lilliam Medal Orozco, costarricenses. Si alguna persona tuviere conocimiento de impedimento alguno para la realización de este acto, deberá comunicarlo a este despacho dentro de los ocho días hábiles siguientes a la publicación de este Edicto. Expediente 14100026-0377-CI.—Juzgado Contravencional Menor Cuantía y Tránsito de Sarapiquí, Puerto Viejo, 19 de agosto del 2014.—Lic. Nain Isaac Monge Segura, Juez.—1 vez.—(IN2014058588). Han comparecido solicitando contraer Matrimonio Civil los señores Presente en este despacho los futuros contrayentes: Olmedo Fabricio Chan Montero, de cuarenta y un años de edad, con cédula de identidad número: seis-doscientos cincuenta y cincotrescientos setenta y dos, divorciado, costarricense, cajero, nativo de Villa Neily, Golfito, Puntarenas, el día primero de agosto de mil novecientos setenta y tres, número telefónico: 8723-1106, hijo de Olmedo Allen Chan Cerceño y Yamileth Montero Retana, ambos de nacionalidad costarricense y vecinos de Paso Canoas Corredores Puntarenas; Angie Fabiola Sanabria Hernández, de veinticuatro años de edad, con cédula de identidad número: seis-trescientos ochenta y ocho-cero veintidós, soltera, costarricense, ama de casa, nativa de Corredor, Corredores, Puntarenas, el día siete de abril de mil novecientos noventa, número telefónico: 8779-8316, hija de Jesús María Sanabria Quirós y Marísa Paula Hernández López, ambos de nacionalidad costarricenses, el primero es vecino de San José, La Uruca y la segunda es vecina de Alajuela, Barrio San José. Los comparecientes son vecinos de Paso Canoas centro, 150 metros oeste de Hotel Ronald, Paso Canoas, Corredores, Puntarenas. Se insta a todas las personas que conozcan impedimento alguno para que este Matrimonio se realice, que están en la obligación de manifestarlo a este Despacho dentro de los ocho días posteriores a la publicación de este Edicto. Matrimonio Civil. Expediente N° 14-40001081304-FA.—Juzgado de Familia de Corredores, Ciudad Neily, 1° de setiembre del 2014.—Lic. Ana Catalina Cisneros Martínez, Jueza.—1 vez.—(IN2014058747). José Manuel Guzmán Garita, mayor de 25 años, soltero, peón agrícola, de nacionalidad costarricense, nacido el dieciséis de agosto de mil novecientos ochenta y nueve, vecino de Cañales Arriba de Puriscal cincuenta metros norte de la Pulpería Los Pinos, cedula de identidad número uno-mil trescientos noventa y nueve-novecientos quince; teléfono: 6105-9724, hijo de Marco Antonio Guzmán Marín e Hilda Garita Astúa, ambos costarricenses y Stephanny Patricia Murillo Torres, mayor de diecinueve años de edad, soltera, ama de casa, de nacionalidad costarricense, nacida el veintiséis de noviembre de mil novecientos noventa y cuatro, vecina de Cañales Arriba de Puriscal cincuenta metros norte de la Pulpería Los Pinos, cédula de identidad número uno-mil quinientos noventa-ciento dos, teléfono 8577-4858, hija de Fanny Torres Quirós y Ulises Murillo Jiménez, han comparecido ante este Juzgado, solicitando contraer matrimonio civil. Si alguna persona conoce impedimento para que se realice este matrimonio deberá hacerlo saber a este Despacho, dentro de los ocho días siguientes a la publicación de este Edicto. Expediente N° 14-400273-0197-FA.—Juzgado Civil, de Trabajo y Familia de Puriscal, Santiago, 4 de setiembre del 2014.—Lic. Jainer Alonso Gamboa Muñoz, Juez.—1 vez.—(IN2014058749). Han comparecido ante este despacho solicitando contraer matrimonio civil Agustín de los Ángeles Torres Arce, quien es mayor, soltero, de cuarenta y un años de edad, peón agrícola, costarricense, portador de la cédula de identidad número 2-04870333, hijo de Saturdino Torres Quirós y de Rosa Emilia Arce Orozco, costarricenses; y Yorleny Mora Solano, quien es mayor, soltera, de treinta y cuatro años de edad, ama de casa, portadora de la cédula de identidad número 1-1064-0628, hija de Amparo Mora Ortega y María de los Ángeles Solano Sánchez, ambos costarricenses; dichos comparecientes dicen ser vecinos de Santa Rosa de La Palmera, 250 metros noroeste de la plaza de deportes. Si alguna persona tuviere conocimiento de la existencia de impedimento legal alguno para la realización de dicho matrimonio deberá comunicarlo a este BOLETIN JUDICIAL Nº 187 — Pág 31 despacho Judicial dentro de los ocho días días posteriores a la publicación de este edicto. Expediente Nº 14-000503-0924-FA.— Juzgado de Familia de San Carlos, 05 de junio del 2014.—Licda. Sandra Saborío Artavia, Jueza.—1 vez.—(IN2014058837). Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil: Natalia González Artavia, mayor, soltera, estudiante, cédula de identidad número 0207150378, vecina de San Ramón, San Isidro 100 metros este de Mueblería La Cima, hija de Ana Cecilia Artavia Matamoros y Claudio González Arias, nacida en centro de San Ramón, el 28/07/1993, con 21 años de edad y Yordi Barrantes Umaña, mayor, soltero, vendedor dependiente, cédula de identidad número 0206990296, vecino de San Ramón, San Juan, 800 metros sur, 50 metros este del Hogar de Ancianos, hijo de Damaris Mayela Umaña Soto y Gerardo Barrantes Fernández, nacido en centro de San Ramón, el 10/05/1992, actualmente con 22 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº 14-0004690688-FA.—Juzgado de Familia del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 01 de setiembre del año 2014.—Msc. Ana Belly Umaña Quesada, Jueza.—1 vez.—(IN2014058889). Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Miguel Alonso Acuña Alvarado, mayor, soltero, cédula de identidad número 206130535, chofer, vecino de Palmares, La Cocaleca, 80 metros oeste de la pulpería La Guaria, casa número 47, hijo de Eliécer Gerardo Acuña Paniagua y Elida María Alvarado Rodríguez, nacido en centro de Grecia, Alajuela, el 31/10/1985, con 28 años de edad, y Mauren Tatiana Gómez Alvarado, mayor, soltera, cédula de identidad número 113460322, educadora, vecina de Palmares, Candelaria, 100 metros al norte y 80 metros oeste del Salón Comunal, hija de José Enrique Gómez García y Taidy Alvarado Leitón, nacida en Hospital, central de San José, el 16/02/1988, actualmente con 26 años de edad . Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de matrimonio). Expediente N° 14-000470-0688-FA.—Juzgado de Familia del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 25 de agosto del año 2014.—Msc. Ana Belly Umaña Quesada, Jueza.—1 vez.—(IN2014058890). Han comparecido a este despacho, solicitando contraer matrimonio Civil los señores: David Sánchez Martínez, costarricense, de 30 años, soltero, operario, cédula de identidad número 503390681, nacido el 7 de junio de 1984, hijo de Álvaro Sánchez Pérez y Efigenia Martínez Araya, vecino de Puntarenas, Barranca, Juanito Mora, de la cuarta entrada, 300 metros al sur y 25 metros al oeste, y la señora Hannia Rojas Rodríguez, costarricense, de 27 años de edad, soltera, ama de casa, cédula de identidad número 603600343, nacida el 01 de noviembre de 1986, hija de Oscar Rojas Esquivel y Grettel María Rodríguez Salas, vecina de Puntarenas, Esparza, Juanilama, 125 metros al noroeste de la calle molejones. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este Matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo a este despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación de este Edicto, expediente N° 14-000481-1146-FA.—Juzgado de Familia de Puntarenas, 10 de junio del 2014.—Lic. Alberto Jiménez Mata, Juez.—1 vez.—(IN2014058891). Han comparecido a este despacho, solicitando contraer matrimonio civil los señores: Keisel Eduardo Sánchez Núñez de 27 años, técnico en mantenimiento, soltero, cédula 6-358-150, nació el 20 de setiembre de 1986, hijo de Kennethe Sánchez Oviedo y Fabiola Núñez Bolaños, vecino de Puntarenas, Barranca, Juanito Mora, tercera entrada, casa N° 252 y Andreina Castañeda Molina, de 25 años de edad, soltera, ama de casa, cédula 6-377-011, nació el 29 de diciembre de 1988, hija de Eduardo Castañeda Sánchez y María de los Ángeles Molina Obando, vecina de Puntarenas, Barranca, Juanito Mora, tercera entrada, casa N° 252. Si alguna Pág 32 — BOLETIN JUDICIAL Nº 187 Martes 30 de setiembre del 2014 persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo a este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación de este edicto. Expediente N° 14-000512-1146-FA.—Juzgado de Familia de Puntarenas, 13 de junio del 2014.—Lic. Alberto Jiménez Mata, Juez.—1 vez.—(IN2014058898). Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Álvaro Navarro White, mayor, soltero, trabajador independiente, vecino de Barrio Moracia de Liberia, Guanacaste, hijo de María Cristina White Morales y Álvaro Navarro Arias, nacido en centro Liberia, Guanacaste, el 25 de marzo del año 1982, con 32 años de edad, cédula de identidad Nº 0503270049 y Kattia Miranda Coronado, mayor, soltera, ama de casa, vecina de Barrio Moracia de Liberia, Guanacaste, hija de Julia Miranda Coronado, nacida en centro Liberia, Guanacaste, el 13 de octubre del año 1978, con 35 años de edad, cédula de identidad Nº 0503070321. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de matrimonio). Expediente N° 14-0005480938-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 4 de setiembre del año 2014.—Msc. Eddy Rodríguez Chaves, Juez.—1 vez.—(IN2014058915). Licenciado Alberto Jiménez Mata, Juez el Juzgado de Familia de Puntarenas, hace saber que: Han comparecido a este despacho, solicitando contraer matrimonio Civil los señores: Carlos Manuel Cruz Ovares y Rosibel Fonseca Cortes, ser de 36 años, peón de construcción, divorciado una vez, cedula 110050930, nació el 30 de junio de mil novecientos setenta y ocho, hijo de Juan Celso Cruz Guerrero y Alexandra María Ovares Guerrero, vecino de Puntarenas, Barranca, El Playón de la cueva del sapo 100 metros al sur y 75 metros oeste, teléfono 87-57-38-97 y Rosibel Fonseca Cortes, ser de 37 años de edad, soltera ama de casa, cédula 109600337, nació el 19 de enero de mil novecientos setenta y siete, hija de Miguel Fonseca Benavides y María Mireya Cortes Cortes, vecina de Puntarenas, Barranca, El Playón de la cueva del sapo 100 metros al sur y 75 metros oeste, tel: 83-71-46-44, ambos costarricenses.-Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este Matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo a este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación de este Edicto. Expediente N° 14-000658-1146-FA.—Juzgado de Familia de Puntarenas, 6 de agosto del 2014.—Lic. Alberto Jiménez Mata, Juez.—1 vez.—(IN2014058919). Han comparecido a este despacho, solicitando contraer matrimonio civil los señores presentes en este Despacho Mayrran José Castro Casanova, de 36 años, comerciante, soltero, cédula 602870170, nació el 29 de noviembre de 1977, hijo de Belén Castro Picado y Rosalía Casanova Casanova, vecino de Puntarenas, El Roble, Boulevar del Sol, primera etapa 5 entrada casa número 19H, teléfono: 6190-5915 y Katherine Andrea Camareno Zúñiga, de 28 años de edad, soltera, ama de casa, cédula 112780097, nació el 20 de abril de 1986, hija de Rony Javier Camareno Fernández y Cecilia Zúñiga Rivera, vecina de Puntarenas, El Roble, Boulevar del Sol, primera etapa 5 entrada casa número 19H, ambos costarricenses. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este Matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo a este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación de este Edicto. Expediente 14-000662-1146-FA.—Juzgado de Familia de Puntarenas, 7 de agosto de 2014.—Lic. Alberto Jiménez Mata, Juez.—1 vez.—(IN2014058920). Han comparecido a este despacho, solicitando contraer matrimonio civil los señores presentes en este Despacho Emilio Eduardo González Alvarado, de 28 años, peón agrícola, soltero, cédula 206280964, nació el 22 de diciembre de mil novecientos ochenta y seis, hijo de Bernal González Porras y Benilda Alvarado Rodríguez, vecino de Puntarenas, Pitahaya, Aranjuez, 1 kilómetro al norte de la entrada de Aranjuez, teléfono: 8373-3112 y Jennifer de los Ángeles López Suarez, ser de veintitrés años, ama de casa, soltera, cédula 603940806, nació el 11 de julio de mil novecientos noventa y uno, hija de Rafael López Brenes y Vivian Suarez Anchía, vecina de vecino de Puntarenas, Pitahaya, Aranjuez, 1 kilómetro al norte de la entrada de Aranjuez, teléfono 8883-3327, ambos costarricenses. Además solicitan que se tenga como hijo del matrimonio a la menor Emily González López, para lo cual nos permitimos presentar los documentos exigidos por Ley. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este Matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo a este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación de este Edicto. 14-000734-1146FA.—Juzgado de Familia de Puntarenas, 21 de agosto de 2014.— Lic. Alberto Jiménez Mata, Juez.—1 vez.—(IN2014058932). Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, Catalino Concepción Fernández, mayor, soltero, peón agrícola, cédula de identidad número 0603100619, vecino de Pejibaye, Jiménez, Cartago, al otro lado del puente en plaza vieja, casa de concreto, color roja, con tapia color roja, hijo de Eusebio Concepción Aguirre y Elieth Fernández Rojas, nacido en centro Golfito, Puntarenas, el 05 de diciembre de 1980, con treinta y tres años de edad, y Milena Mileidy Cordero Carvajal, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad número 0304060082, vecina de El Humo de Pejibaye, Jiménez, Cartago, al frente de una pulpería, casa de baldosa, color blanca, con portón negro, hija de Alberto Cordero Pereira y Ligia María Carvajal Díaz, nacida en centro Turrialba Cartago, el 19 de junio de 1985, actualmente con veintinueve años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho, dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp. Nº 14-000329-0675-FA-DM.— Juzgado de Familia de Turrialba, 8 de setiembre del 2014.—Lic. Elmer Rojas Aguilar, Juez.—1 vez.—(IN2014059210). Han comparecido solicitando contraer matrimonio civil los señores Eric Francisco Rodríguez Vásquez cédula de identidad número seis-trescientos sesenta y tres-ochocientos veinte, de veintisiete años de edad, soltero, costarricense, ocasional, nativo de Corredores, Corredor, Puntarenas, el once de abril de mil novecientos ochenta y siete, hijo de Fernando Rodríguez Fernández y María Vásquez Esteller, y Zaida Nelly Valverde Méndez cédula de identidad número seis-doscientos veinticuatro-ciento treinta y dos, cuarenta y cinco años de edad, viuda, costarricense, del hogar, nativa de Corredor, Corredores, Puntarenas, hija de Félix Valverde Rodríguez y Amabilina Méndez Arguedas, ambos vecinos Peral de Laurel, acostado este de la plaza de deportes. Se insta a todas las personas que conozcan impedimento alguno para que este matrimonio se realice, que están en la obligación de manifestarlo a este Despacho dentro de los ocho días posteriores a la publicación de este edicto. Matrimonio civil 14-400254-921-FA.—Juzgado de Familia de Corredores, Ciudad Neily, 3 de junio del 2014.—Lic. Ana Catalina Cisneros Martínez, Jueza.—1 vez.—(IN2014059243). Edictos en lo Penal Juzgado Penal del Segundo Circuito Judicial de San José, en la sumaria 10-000265-0275-PE por uso de documento falso contra Jonathan Esquivel Mesen en daño de la Fe Pública y de conformidad con el artículo 7 de la Ley de Notificaciones, se dispone notificar por edicto por una sola vez la resolución de las nueve horas del veintiocho de julio del dos mil catorce a Luis Alberto Herrera Gómez, cédula 1-1071-733 dueño Nissan, estilo Sentra, vin IN4AB41DXSC704222, motor número GA16803702N. Se ordena la devolución a su propietario registral de Nissan, estilo Sentra, vin IN4AB41DXSC704222, motor número GA16803702N, debiendo el interesado presentar ante este Despacho la documentación respectiva que acredite su propiedad; así mismo cuentan con el plazo de tres meses a partir de esta publicación, en caso de no presentarse se ordenara el comiso a favor del estado. Es todo.—Juzgado Penal del Segundo Circuito Judicial de San José.—Lic. Juan Carlos Sbravati Montoya, Juez Penal.—1 vez.—(IN2014059184).
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