BOLETÍN JUDICIAL N° 133 de la fecha 11 07 2014

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BOLETÍN JUDICIAL N° 133 de la fecha 11 07 2014
JORGE LUIS
VARGAS
ESPINOZA
(FIRMA)
AÑO CXX
La Uruca, San José, Costa Rica, viernes 11 de julio del 2014
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL
Dirección Ejecutiva del Poder Judicial.—San José, a las nueve
horas con diez minutos del veintisiete de junio de dos mil catorce.
1.- El Departamento Financiero Contable, mediante oficio
Nº 2559-TI-2013, informa que se mantienen en la cuenta corriente
judicial del Banco de Costa Rica N° 20192-8 denominada
Contaduría Judicial, dineros a favor de las siguientes personas por
montos depositados demás en expedientes administrativos, y que no
han sido retirados.
Cédula
01-0905-0797
01-0734-0169
02-0522-0610
Nombre
Carmen Hernández Alvarado
Gerardo Corrales Villalobos
Vianney Araya González
Expediente
0035-V-12
0214-V-00
0015-R-09
Monto
¢13.17
¢27.00
¢522.76
2.- Por lo anterior, se invita a las personas interesadas, para
que en el plazo de 20 días hábiles, a partir del día siguiente de
esta publicación en el Boletín Judicial, se presenten a retirarlos al
Departamento Financiero Contable. En caso de no presentarse dentro
del plazo establecido, se procederá a efectuar los correspondientes
asientos contables de esos dineros como otros ingresos del Poder
Judicial.
3.- Las personas que comparezcan al Departamento Financiero
Contable a hacer los retiros, deberán presentar documento idóneo
que demuestre la propiedad del dinero a retirar. Publíquese una sola
vez en el Boletín Judicial.
MBA. Ana Eugenia Romero Jenkins,
(IN2014043671)
Directora Ejecutivo
SALA CONSTITUCIONAL
PRIMERA PUBLICACIÓN
Asunto: Acción de Inconstitucionalidad
A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA
HACE SABER:
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la
Ley de la Jurisdicción Constitucional, dentro de la acción de
inconstitucionalidad número 14-007517-0007-CO que promueve
Junquiang Feng, se ha dictado la resolución que literalmente dice:
“Sala Constitucional de La Corte Suprema de Justicia. San José, a
las diez horas y cuarenta y tres minutos del treinta de junio del dos
mil catorce. En función de lo resuelto por la Sala Constitucional en
la resolución Nº 2014-009767 de las 14:30 horas de 25 de junio del
2014, se da curso a la acción de inconstitucionalidad interpuesta por
Junqiang Feng, único apellido en razón de su nacionalidad china,
portador de la cédula de residencia Nº 115600087228, para que se
declare inconstitucional el subinciso V) del inciso D) del artículo
36 de La Ley General de Control de Tabaco y sus efectos nocivos
en la salud, por estimar vulnerados los principios de igualdad,
proporcionalidad, razonabilidad, de legalidad penal y el derecho
a un debido proceso. Se confiere audiencia por quince días a la
Procuraduría General de la República y al Ministerio de Salud. El
accionante asegura que la multa dispuesta por el numeral cuestionado
es desproporcionada e irrazonable, pues el monto es igual para
todo tipo de negocio (diez salarios base), sin importar el tamaño
ni la capacidad de generar ingresos. Agrega que la disposición
contraviene el principio de igualdad, pues solamente establece
Firmado digitalmente por JORGE
LUIS VARGAS ESPINOZA (FIRMA)
Nombre de reconocimiento (DN):
serialNumber=CPF-02-0255-0227,
sn=VARGAS ESPINOZA,
givenName=JORGE LUIS, c=CR,
o=PERSONA FISICA,
ou=CIUDADANO, cn=JORGE LUIS
VARGAS ESPINOZA (FIRMA)
Fecha: 2014.07.10 16:03:58 -06'00'
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una sola sanción, una multa fija, sin distinción alguna respecto del
infractor, ya que todos los comerciantes no tienen la misma actividad
económica, similares ingresos o espacio de trabajo. Detalla que no
es lo mismo tener siete cajas registradoras con cajetillas de cigarros,
que solamente una en un pequeño lugar; el impacto de la publicidad
no es igual. Subraya que el artículo en cuestión no toma en cuenta
la capacidad económica del administrado, dado que se estipula la
misma multa tanto para pulperías como supermercados, e inclusive,
cadenas internacionales de supermercados y tabacaleras. Insiste en
que se fija una misma sanción para todas las personas que incurran
en la infracción, cuando la realidad es que cada falta se comete
en circunstancias diferentes. Alega que la normativa irrespeta
el principio de legalidad penal, el cual exige que las normas que
tipifican las acciones reprochables se acuñen en tipos en los que
se señalen de forma expresa todas las circunstancias indispensables
para que los ciudadanos puedan establecer de forma indubitable,
cuáles son las conductas que, en caso de ser cometidas, conllevan una
sanción. Explica que la norma no unificó el significado del término
“publicidad” ni tampoco definió el ente encargado de calificar en
forma científica el nivel de publicidad que un negocio podría apoyar
o dar al producto; ni el reglamento ni la Ley facilitan un medio
infalible ni medios de prueba para poder concluir fehacientemente
que el administrado esté facilitando, apoyando, favoreciendo o
incrementando la publicidad ya existente en el producto. Esta
acción se admite por reunir los requisitos a que se refiere la Ley de la
Jurisdicción Constitucional en sus artículos 73 a 79. La legitimación
al accionante proviene de la resolución Nº 2014-005376 de las
9:05 horas de 25 de abril del 2014, dictada en el expediente Nº 14003899-0007-CO, en la cual la Sala Constitucional le otorgó plazo
para que presentara una acción de inconstitucionalidad en contra de
la norma citada. Publíquese por tres veces consecutivas un aviso
en el Boletín Judicial sobre la interposición de la acción, para que
en los procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación
de lo cuestionado, no se dicte resolución final mientras la Sala no
haya hecho el pronunciamiento del caso. Este aviso sólo afecta los
procesos judiciales pendientes en los cuales se discuta la aplicación
de lo impugnado y se advierte que lo único que no puede hacerse en
dichos procesos, es dictar sentencia o bien, el acto en que haya de
aplicarse lo cuestionado en el sentido en que lo ha sido. Igualmente,
lo único que la acción suspende en vía administrativa es el dictado
de la resolución final en los procedimientos tendentes a agotar esa
vía, que son los que se inician con y a partir del recurso de alzada o
de reposición interpuestos contra el acto final, salvo, claro está, que
se trate de normas que deben aplicarse durante la tramitación, en
cuyo caso la suspensión opera inmediatamente. Dentro de los quince
días posteriores a la primera publicación del citado aviso, podrán
apersonarse quienes figuren como partes en asuntos pendientes a
la fecha de interposición de esta acción, en los que se discuta la
aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a
fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia o improcedencia, o
para ampliar, en su caso, los motivos de inconstitucionalidad en
relación con el asunto que les interese. Se hace saber además, que
de conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley de Jurisdicción
Constitucional y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la
Sala (resoluciones 0536-91, 0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta
publicación no suspende la vigencia de la norma en general, si no
únicamente su aplicación en los casos y condiciones señaladas.
Notifíquese. Gilbert Armijo Sancho, Presidente”.
San José, 01 de julio del 2014.
Gerardo Madriz Piedra
(IN2014042856)
Secretario
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Viernes 11 de julio del 2014
TRIBUNALES DE TRABAJO
Causahabientes
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de
Filiberto Álvarez Rojas, quien fue mayor, casado, carnicero, vecino
de Pital de San Carlos, cédula de identidad 02-0279-0816 y falleció
el 05 de noviembre del 2013, se consideren con derecho para que
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a
la publicación de este edicto se apersonen ante este despacho en
las diligencias de devoluciones de ahorro obligatorio bajo el N° 14000127-1291-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad con
lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente
N° 14-000127-1291-LA. Proceso promovido por Iriabel Maria
Araya Valverde.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela, (Materia Laboral), 16
de junio del 2014.—Lic. Armando Alfaro Araya, Juez.—1 vez.—
(IN2014042437).
Se cita y emplaza a todos los causahabientes de quien en vida
se llamó Rodolfo Alberto Rojas Venegas, quien fue mayor, portador
de la cédula de identidad número 02-0374-0888, para que dentro del
improrrogable plazo de ocho días hábiles contados a partir de la fecha
de publicación de este edicto se apersonen en las diligencias que por
devolución de cuotas de trabajador fallecido, bajo apercibimiento
de que si así no lo hicieren se procederá a entregar el importe
correspondiente a quienes de conformidad con lo estipulado en el
artículo 85 del Código de Trabajo y sus reformas tengan derecho a él.
Expediente: 14-300023-0315-LA-3.—Juzgado Contravencional y
de Menor Cuantía de Orotina, 09 de junio del 2014.—Lic. Ileana
Loáiciga Calderón, Jueza.—1 vez.—(IN2014042453).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de
María Fernanda Quesada Valverde, cédula 1-1497-890, fallecida el
día 20 de marzo del año 2014, se consideren con derecho, para que
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a
la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de “consignación de prestaciones laborales, Fondo
de Capitalización Laboral y Régimen Obligatorio de Pensiones
Complementarias” bajo el expediente número 14-000951-0173-LA,
a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por
el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 14-0009510173-LA. Promovido por Yorleni Rocío Valverde Loaiza a favor
de los causahabientes de la fallecida.—Tribunal de Trabajo de
Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 25 de
junio del año 2014.—Lic. Ileana García Arroyo, Jueza.—1 vez.—
(IN2014042815).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de
María del Rocío Arias Ulloa, cédula 1-312-068, fallecida el día 14
de diciembre del año 2005, se consideren con derecho, para que
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a
la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Consignación de Fondo de Capitalización Laboral
bajo el expediente número 14-001065-0173-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo
85 del Código de Trabajo. Expediente N° 14-001065-0173-LA.
Promovido por María del Pilar Fernández Arias y otros a favor
de los causahabientes de la fallecida.—Tribunal de Trabajo de
Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 26 de
junio del año 2014.—Lic. Ileana García Arroyo, Jueza.—1 vez.—
(IN2014042818).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes
de las prestaciones y ahorros legales de la trabajadora fallecida
Xinia Rodríguez Saborío, cédula 1-0482-0416, quien fue mayor,
divorciada, enfermera, vecina de Desamparados, quien laboró para
la Caja Costarricense de Seguro Social, quien falleció el 08 de junio
del 2014, a efecto de quienes se consideren con derecho a las mismas
para que dentro del plazo improrrogable de ocho días posteriores a
la publicación de este edicto se apersonen ante este despacho en las
diligencias aquí establecidas bajo el número 14-300108-0217-LA, a
hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el
artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado Civil y de Trabajo
de Desamparados, 17 de junio del 2007.—Leyla Kristel Lozano
Chang, Jueza.—1 vez.—(IN2014042454).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de
Jonathan Antonio Calvo Méndez, cédula 1-1250-817, fallecido el
día 16 de febrero del año 2014, se consideren con derecho, para que
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a
la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Consignación de Prestaciones Laborales bajo el
expediente número 14-001076-0173-LA, a hacer valer sus derechos,
de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código
de Trabajo. Expediente N° 14-001076-0173-LA. Promovido por
María Eduviges Méndez Chinchilla y Rafael Ángel Calvo Solano
a favor de los causahabientes del fallecido.—Tribunal de Trabajo
de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José,
26 de junio del año 2014.—Lic. Ileana García Arroyo, Jueza.—1
vez.—(IN2014042819).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de
Rafael Alberto Quirós Marín, quien fue mayor, divorciado, locutor,
con cédula de identidad número 3-0358-0001, con último domicilio
en Cartago, Barrio El Carmen, laboró para la Operadora de
Pensiones del Banco Popular y falleció el 05 de enero del año 2014,
se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso
de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se
apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consignación
de Prestaciones bajo el número 14-000398-1023-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85
del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.
Expediente N° 14-000398-1023-LA. Promovido por Débora
Patricia Salazar Vega, cédula 1-0971-0651.—Tribunal de Trabajo
de Menor Cuantía de Cartago, 19 de junio del año 2014.—Lic.
Jairo Acuña Fallas, Juez.—1 vez.—(IN2014042804).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes
de Xinia María de los Ángeles Gutiérrez Quesada, cédula 1-666120, fallecida el día 19 de agosto del año 2003, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen
ante este Despacho en las diligencias de Consignación de Fondo de
Capitalización Laboral bajo el expediente número 14-001089-0173LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 14-0010890173-LA. Promovido por Herbert Gerardo Víquez Alfaro a favor
de los causahabientes de la fallecida.—Tribunal de Trabajo de
Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 26 de
junio del año 2014.—Lic. Ileana García Arroyo, Jueza.—1 vez.—
(IN2014042820).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de
Andrés Salazar Sáenz, quien fue mayor, soltero, vecino de Mercedes
Sur de Heredia, cédula 1-1135-007 y falleció el 19 de mayo del año
2014, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig.
prest. sector público bajo el número 14-000439-1021-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo
85 del Código de Trabajo. Expediente N° 14-000439-1021-LA.
Proceso promovido por Elizabeth de Los Ángeles Sáenz Bolaños a
favor de Andrés Salazar Sáenz.—Tribunal de Trabajo de Menor
Cuantía de Heredia, 11 de junio del año 2014.—Lic. Guiselle
Gené Calderón, Jueza.—1 vez.—(IN2014042813).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes
de Carlos María Villalón Andrés, cédula 1-287-787, fallecido el
día 10 de mayo del año 2014, se consideren con derecho, para que
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las
diligencias de Consignación de Pensión y Aguinaldo Proporcionales
bajo el expediente número 14-001152-0173-LA, a hacer valer sus
derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del
Código de Trabajo. Expediente N° 14-001152-0173-LA. Promovido
por Flor del Carmen Fonseca Estrada a favor de los causahabientes del
fallecido.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo
Circuito Judicial de San José, 26 de junio del año 2014.—Lic.
Ileana García Arroyo, Jueza.—1 vez.—(IN2014042821).
Viernes 11 de julio del 2014
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de
Ligia María de la Trinidad Chacón Rojas, cédula 1-593-828, fallecida
el día 31 de octubre del año 2008, se consideren con derecho, para
que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores
a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho
en las diligencias de Consignación de Fondo de Capitalización
Laboral y Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias
bajo el expediente número 14-001157-0173-LA, a hacer valer sus
derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del
Código de Trabajo. Expediente N° 14-001157-0173-LA. Promovido
por Lidieth Chacón Rojas a favor de los causahabientes de la
fallecida.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo
Circuito Judicial de San José, 26 de junio del año 2014.—Lic.
Ileana García Arroyo, Jueza.—1 vez.—(IN2014042822).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes
Porfirio Alexis cédula de identidad número 5-0229-0378, fallecido
el treinta y uno de marzo del 2014, se consideren con derecho, para
que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a
la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las
diligencia de consignación de prestaciones de trabajador fallecido,
bajo el expediente número 14-300037-0401-LA, a hacer valer sus
derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del
Código de Trabajo. Juzgado Trabajo de Menor Cuantía de Carrillo, a
las siete horas cuarenta minutos del veinticinco de junio del dos mil
catorce.—Juzgado Trabajo de Menor Cuantía de Carrillo.—Lic.
José Manuel Sánchez Montero, Juez.—1 vez.—(IN2014042824).
A los causahabientes de quien en vida se llamó José Francisco
Ramírez Medina, quien fue mayor, casado, portó la cédula de
identidad número 1-0237-0412 y falleció en febrero de dos mil
catorce. Los interesados deberán apersonarse dentro de los ocho días
siguientes a la publicación de este edicto, a hacer valer sus derechos,
bajo apercibimiento de que si así no lo hicieren, el dinero que por
este concepto se obtenga, se entregará a quienes de conformidad con
lo establecido en el artículo 85 del Código de Trabajo, por derecho
corresponda. Proceso de consignación de prestaciones número 14300166-0895-LA de José Francisco Ramírez Medina..—Juzgado
Contravencional y de Menor Cuantía de La Unión, 20 de junio
de 2014.—Msc. María de los Ángeles Solano Gamboa, Jueza.—1
vez.—(IN2014042826).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes
se consideren con derecho a las prestaciones legales, fondo de
capitalización laboral (FCL) del trabajador fallecido Jorge Arturo
de Jesús Johannig Orozco, quien fue mayor de edad, costarricense,
casado, cédula 4-0105-0963, vecino de Siquirres; quien falleció el
veintiuno de mayo de dos mil catorce; para que dentro del plazo
improrrogable de ocho días hábiles posteriores a la publicación de
este edicto, se apersonen ante este Despacho, en las diligencias aquí
establecidas bajo el número 14-300169-0934-LA-2, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85
del Código de Trabajo.—Juzgado Contravencional y de Menor
Cuantía de Siquirres, a las nueve horas cuarenta minutos del
dieciséis de mayo del dos mil catorce.—Lic. Eric López Delgado,
Juez.—1 vez.—(IN2014042827).
Se emplaza a todos los interesados en la diligencia del cobro
del fondo de capitalización laboral y prestaciones de la trabajadora
fallecida Carmen María Sandí Duarte, quien en vida fue mayor,
cédula de identidad N° 06-0108-1494, que falleció el día 2 de
julio del 2007 y vecina de Puntarenas, para que dentro del plazo
de ocho días contados a partir de la publicación de este edicto, se
apersonen a este proceso a hacer valer sus derechos, apercibidos de
que si no lo hacen dentro del plazo indicado, el dinero pasará a quien
corresponda, expediente N° 14-300276-1024-LA (2).—Tribunal
de Trabajo de Menor Cuantía de Puntarenas, a las catorce horas
quince minutos del veinte de junio del año dos mil catorce.—Lic.
Pedro Ferrán Reina, Juez.—1 vez.—(IN2014042829).
A los causahabientes de quien en vida se llamó Henry Eduardo
Núñez Calderón, quien fue mayor, casado una vez, profesor, vecino
de Pérez Zeledón, Barrio Sinaí, doscientos metros sur, y cien metros
al este, de la Universidad Nacional, con cédula de identidad número
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0109080079, se les hace saber que: Isabel Leiva Monge, portadora de
la cédula de identidad o documento de identidad número 0111590460,
vecina de Pérez Zeledón, Barrio Sinaí, doscientos metros sur, y cien
metros al este, de la Universidad Nacional, se apersonó en este
Despacho, en calidad de esposa del fallecido, a fin de promover las
presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se
les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola
vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso
de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se
apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a
hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el
artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en
el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones
del trabajador fallecido Henry Núñez Calderón. Expediente número
14-000061-1125-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 30 de junio del 2014.—
Msc. Norman Herrera Vargas, Juez.—1 vez.—(IN2014042842).
A los causahabientes de quien en vida se llamó Víctor Julio
Mora Vargas, quien fue mayor, casado, vecino de Ciudad Quesada,
con cédula de identidad número 02-0288-0727, se les hace saber
que: Leda María Vargas Gómez, portadora de la cédula de identidad
o documento de identidad número 02-0288-0727, vecina de Ciudad
Quesada, se apersonó en este Despacho, en calidad de esposa del
fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación
de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto
que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a
la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en
las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de
Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre
de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido
Víctor Julio Mora Vargas. Expediente número 14-000167-1288LA.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de
Alajuela (Materia Laboral), 3 de junio del 2014.—Lic. Lidianeth
Sandí Blanco, Jueza.—1 vez.—(IN2014042844).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de
Francisco Vega Hernández, quien fue mayor, casado, cédula número
2-307-601 y falleció el 15 de mayo del 2014, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen
ante este Despacho, en las diligencias de Devoluciones de ahorro
obligatorio bajo el número 14-000476-1022-LA, a hacer valer sus
derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85
del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.
Proceso promovido por Alicia Lara Céspedes por el fallecimiento de
Francisco Vega Hernández. Expediente N° 14-000476-1022-LA.—
Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Primer Circuito
Judicial de Alajuela; 12 de junio del 2014.—Msc. Ignacio Saborío
Crespo, Juez.—1 vez.—(IN2014042846).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes
de Rafael Ángel Fallas Picado, cédula 1-259-488, fallecido el día
22 de marzo del 2014, se consideren con derecho, para que dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho, en las
diligencias de “Consignación de Fondo de Capitalización Laboral”
bajo el expediente número 14-001195-0173-LA, a hacer valer sus
derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85
del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.
Promovido por María de los Ángeles Cabrera Hernández a favor
de los causahabientes del fallecido. Expediente N° 14-0011950173-LA.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo
Circuito Judicial de San José, 26 de junio del 2014.—Lic. Ileana
García Arroyo, Jueza.—1 vez.—(IN2014042851).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de
la devolución de cuotas de trabajador fallecido, de quien en vida se
llamó Edgar Araya Reyes, quien es vida fue mayor, costarricense,
portó la cédula de identidad número 1-0271-0745, casado, y quien
falleciere el diez de octubre de dos mil dos, vecino de Pavas de
la Embajada Americana 300 metros al norte, de la Farmacia El
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Socorro, 100 metros al sur 75 metros al oeste, casa de color amarillo
verjas de color café, número 21, que se consideren con derecho a las
mismas, para que dentro del plazo de ocho días, contados a partir
de la publicación de este edicto, se apersonen a este Despacho,
a hacer valer sus derechos de conformidad con el artículo 85 del
Código de Trabajo y sus reformas. Lo anterior por haberse ordenado
así en consignación de prestaciones número 14-300021-891 LA
donde figura como causante Edgar Araya Reyes y como gestionante
Eresvida Rivera Valverde.—Juzgado Contravencional y de
Menor Cuantía de Pavas, 29 de mayo del 2014.—Lic. Lorena
Delgado Ruiz, Jueza.—1 vez.—(IN2014042852).
A los causahabientes de quien en vida se llamó Eduardo
Humberto Garro Abarca, quien fue mayor, soltero, vecino de Pérez
Zeledón, barrio El Pocito, segunda entrada a mano derecha, con cédula
de identidad número 9 0069 0976, se les hace saber que: Eduardo
Andrey Garro Díaz, portador de la cédula de identidad número 1
1552 0111, vecino de Pérez Zeledón, Tierra Prometida, de la última
parada del bus, 150 metros sur, frente al puente nuevo, se apersonó
en este Despacho en calidad de hijo del fallecido, a fin de promover
las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello,
se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una
sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto
se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas,
a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el
artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el
Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del
trabajador fallecido. Expediente número 14-000012-1125-LA.—
Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur
Pérez Zeledón, 3 de julio del 2014.—Lic. Hellen Hidalgo Ávila,
Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2014043460).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de
Gerardo Eliécer Zeledón Araya, quien fue mayor, casado, portó
la cédula 5-139-1077, y falleció el 8 de mayo del año 2014, se
consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso
de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se
apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación
de prestaciones bajo el número 14-000096-0692-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85
del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.
Expediente N° 14-000096-0692-LA. Promovido por María de los
Ángeles Mathieu Marín.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantia
del Tercer Circuito Judicial de Alajuela San Ramón, 27 de junio
del 2014.—Lic. Daniel Hernández Cascante, Juez.—1 vez.—
Exonerado.—(IN2014043618).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de
Reinaldo Alberto Simpson Forbes, cédula 7-036-200, fallecido el
día 4 de octubre del año 2009, se consideren con derecho, para que
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a
la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consignación de prestaciones bajo el expediente
Número 14-001053-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de
Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N°
14-001053-0173-LA. Promovido por Lorna Simpson Fernández a
favor de los causahabientes del fallecido.—Tribunal de Trabajo
de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José,
30 de junio del año 2014.—Lic. Ileana García Arroyo, Jueza.—1
vez.—(IN2014043656).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes
de Arnoldo Fernández Baudrit, cédula 1-334-199, fallecido el día
20 de febrero del año 2007, se consideren con derecho, para que
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a
la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consignación de prestaciones bajo el expediente
número 14-001192-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de
Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N°
14-001192-0173-LA. Promovido por Rolando Fernández Baudrit a
favor de los causahabientes del fallecido.—Tribunal de Trabajo
de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José,
27 de junio del año 2014.—Lic. Ileana García Arroyo, Jueza.—1
vez.—(IN2014043662).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes
de Rodolfo Castro Carvajal, cédula 2-234-347, fallecido el día
17 de junio del año 2003, se consideren con derecho, para que
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a
la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consignación de prestaciones bajo el expediente
número 14-001258-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de
Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N°
14-001258-0173-LA. Promovido por María Isabel Caballero Ruiz
a favor de los causahabientes del fallecido.—Tribunal de Trabajo
de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José,
30 de junio del año 2014.—Lic. Ileana García Arroyo, Jueza.—1
vez.—(IN2014043663).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes
de Juan Antonio Zúñiga Zúñiga, cédula 1-299-995, fallecido el
29 de enero del año 2008, se consideren con derecho, para que
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a
la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consignación de prestaciones bajo el expediente
número 14-001268-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de
Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N°
14-001268-0173-LA. Promovido por Miriam Hernández González
a favor de los causahabientes del fallecido.—Tribunal de Trabajo
de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José,
30 de junio del año 2014.—Lic. Ileana García Arroyo, Jueza.—1
vez.—(IN2014043664).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes
de Fabio Barboza Morales, cédula 1-213-470, fallecido el día 28
de noviembre del año 2013, se consideren con derecho, para que
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a
la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consignación de prestaciones bajo el expediente
número 14-001296-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de
Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N°
14-001296-0173-LA. Promovido por Teresa Rodríguez Umaña a
favor de los causahabientes del fallecido.—Tribunal de Trabajo
de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José,
27 de junio del año 2014.—Lic. Ileana García Arroyo, Jueza.—1
vez.—(IN2014043665).
Se cita y emplaza a todos los causahabientes de Andrés Lara
Arias, de veinticinco años de edad, con cédula de identidad: 1-13670357, para que dentro del término de ocho días hábiles, contados
a partir de la fecha de la publicación de este edicto, se apersonen
ante este Juzgado a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento
de que si no lo hicieren las prestaciones legales se le girará a
quién legalmente corresponda. Consignación de Prestaciones
Legales numero: 14-300047-0917.LA(57-14), de Andrés Lara
Arias, promovido por Rosa del Carmen Arias Astúa y otro.—
Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Escazú, 27
de junio del 2014.—Lic. Alexánder Solano Pérez, Juez.—1 vez.—
(IN2014043667).
Con ocho días de plazo se convoca a los causahabientes
del fallecido Ángel Arias Aguero, quien fuera mayor, casado,
conserje, costarricense, vecino de Desamparados, Los Guido, sector
3, calle 1, casa 36, esquinera, cédula de identidad número unocuatrocientos setenta y nueve-quinientos dieciséis, quien falleció el
quince de julio del dos mil ocho, a fin de que se apersonen a hacer
valer sus derechos en la presente diligencia de reclamo de fondo
de capitalización laboral, expediente número 14-300207-0237-LA
(216-4-14), gestionada por: Blanca Rosa Torres Valverde contra
operadora de planes de pensiones complementarias vida plena,
apercibidos de que de no hacerlo así en dicho lapso, contados los
días a partir de la publicación de este edicto, los dineros pasarán
Viernes 11 de julio del 2014
a quien corresponda en Derecho, de conformidad con el artículo
85 del Código de Trabajo.—Juzgado de Menor Cuantía del
Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 30 de
junio del 2014.—MSC. Ian Berrocal Azofeifa, Juez.—1 vez.—
(IN2014043668).
ADMINISTRACIÓN JUDICIAL
Remates
SEGUNDA PUBLICACIÓN
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada; a las ocho
horas y cero minutos del veintiuno de octubre del año dos mil
catorce y con la base de cuatro millones cuatrocientos mil colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en
el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo
el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos cuarenta y
seis mil quinientos sesenta y tres - cero cero cero la cual es terreno
lote 1 terreno para construir. Situada en el distrito San Roque, cantón
Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte Marianela
González Rodríguez; al sur servidumbre de paso con frente de
19.08 metros; al este José Roberto Solís Rodríguez y al oeste resto
reservado de Jovita Rodríguez Matamoros. Mide: doscientos metros
con cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan
las ocho horas y cero minutos del cinco de noviembre del año dos mil
catorce, con la base de tres millones trescientos mil colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las ocho horas y cero minutos del veinte de noviembre del
año dos mil catorce con la base de un millón cien mil colones exactos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado
a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual
Alajuela contra Adriana Solís Ávila. Exp. N° 14-002182-1203CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito
Judicial de Alajuela, San Ramón, 26 de junio del 2014.—Lic.
María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—(IN2014043452).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del
veintitrés de setiembre de dos mil catorce, y con la base de nueve
millones ciento ochenta y cuatro mil colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio
Real, matrícula número cuatrocientos treinta mil cuatrocientos
veintinueve-cero cero cinco, cero cero seis y cero cero siete la cual
es terreno bloque A lote 111, terreno con una casa. Situada en el
distrito San Felipe, cantón Alajuelita, de la provincia de San José.
Colinda: al norte, lote 522, terreno con una casa; al sur, calle pública;
al este, lote 113 y al oeste, lote 109. Mide: ciento veintidós metros
con ochenta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate
se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del ocho de
octubre de dos mil catorce, con la base de seis millones ochocientos
ochenta y ocho mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cuarenta
y cinco minutos del veintitrés de octubre de dos mil catorce con la
base de dos millones doscientos noventa y seis mil colones exactos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado
a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Smarketing
S.A. contra Anais Ramírez García. Exp. N° 12-013461-1170-CJ.—
Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito
Judicial de San José, 22 de mayo del 2014.—Lic. Zary Navarro
Zamora, Juez.—(IN2014043470).
BOLETIN JUDICIAL Nº 133 — Pág 5
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas: 30318945-01-0901-009, a las quince horas y cuarenta y cinco minutos
del veinticinco de agosto de dos mil catorce, y con la base de treinta
y nueve millones novecientos mil colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de Folio Real, matrícula número treinta y cuatro mil doscientos
catorce-A cero cero cero la cual es terreno para construir con una
casa situada en el distrito 1 Liberia, cantón 1-Liberia de la provincia
de Guanacaste. Linderos: norte, lote 39, sur, camino público con 11
m, este, lote 37, oeste, lote 35. Mide: trescientos cincuenta y siete
metros con cincuenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las quince horas y cuarenta y cinco minutos del
nueve de setiembre de dos mil catorce, con la base de veintinueve
millones novecientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las
quince horas y cuarenta y cinco minutos del veinticinco de setiembre
de dos mil catorce con la base de nueve millones novecientos
setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Meilyn Sánchez Rivas
Exp: 13-000092-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del
Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, 30 de junio de 2014.—
Lic. Evelyn Molina Zúñiga, Jueza.—(IN2014043477).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada inscrita al
tomo 370, asiento 9285-01-0900-001; a las trece horas y treinta
minutos del cuatro de agosto del año dos mil catorce, y con la base
de catorce millones de colones exactos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San
José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula
número 370449-000 la cual es terreno para construir lote uno.
Situada en el distrito 07 Patarrá, cantón 03 Desamparados, de la
provincia de San José. Colinda: al norte Reinaldo Naranjo Gamboa;
al sur Fernando Alexis Durán Abarca; al este Rafael Carvajal Abarca
y al oeste calle pública de 14 metros con 60 centímetros. Mide:
seiscientos setenta y cinco metros con cuarenta y cinco decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y
treinta minutos del veinte de agosto del año dos mil catorce, con
la base de diez millones quinientos mil colones exactos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las trece horas y treinta minutos del cuatro de setiembre del año
dos mil catorce con la base de tres millones quinientos mil colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa
Rica contra Walter Ricardo Córdoba López. Exp. N° 13-0245381012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito
Judicial de San José, 26 de junio del año 2014.—Lic. Adriana
Jiménez Bonilla, Jueza.—(IN2014043494).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; a las siete horas y treinta minutos del veintinueve de
agosto del año dos mil catorce y con la base de diez millones de
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
noventa y tres mil novecientos veinticinco cero cero cero la cual
terreno con una casa de habitación, árboles frutales. Situada en el
distrito primero Liberia, cantón primero Liberia, de la provincia
de Guanacaste. Colinda: al norte calle pública con 11 metros 10
centímetros lineales; al sur Josefa Morales López; al este Alex Rivas
Espinoza y al oeste Félix Enrique Noguera Duarte. Mide: doscientos
cuarenta y dos metros con cuarenta y cinco decímetros cuadrados.
Plano: G-0940394-1990. Para el segundo remate se señalan las siete
horas y treinta minutos del dieciséis de setiembre del año dos mil
catorce, con la base de siete millones quinientos mil colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se
señalan las siete horas y treinta minutos del uno de octubre del año
dos mil catorce con la base de dos millones quinientos mil colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo
Pág 6 — BOLETIN JUDICIAL Nº 133
Viernes 11 de julio del 2014
deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a
la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio.- Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Walter Noguera
Brenes. Exp. N° 14-000345-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor
Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste,
Liberia, 30 de junio del 2014.—Lic. Jorge Zúñiga Jaen, Juez.—
(IN2014043503).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando prohibiciones artículo 16 Ley 7599
citas: 471-11315-01-0007-00; a las nueve horas y cero minutos
del veintinueve de agosto del año dos mil catorce, y con la base
de diecisiete millones quinientos setenta mil ciento noventa y ocho
colones con sesenta y cinco céntimos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número ciento cincuenta y un mil novecientos seis cero
cero cero la cual es terreno de agricultura lote uno P uno cero cero
cuatro. Situada en el distrito segundo, Santa Cecilia, cantón décimo
La Cruz, la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Carlos
Modesto Canales Canales; al sur, Víctor Manuel Fernández Apuy; al
este, servidumbre agrícola de siete metros de ancho, frente de 318.50
metros, y al oeste, Freddy Camacho Sevilla y Pedro Rafael Cerdas
Cerdas, ambos en parte. Mide: ciento sesenta y siete mil ochocientos
veintiún metros con noventa y cuatro decímetros cuadrados. Plano
G-1060724-2006. Para el segundo remate se señalan las nueve horas
y cero minutos del dieciséis de setiembre del año dos mil catorce,
con la base de trece millones ciento setenta y siete mil seiscientos
cuarenta y ocho colones con noventa y nueve céntimos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las nueve horas y cero minutos del uno de octubre del año dos mil
catorce con la base de cuatro millones trescientos noventa y dos mil
quinientos cuarenta y nueve colones con sesenta y seis céntimos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa
a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción
del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Adolfo Gerardo Selva Díaz. Exp.
N° 12-000531-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y
Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 2
de julio del 2014.—Lic. Jorge Zúñiga Jaen, Juez.—(IN2014043511).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
prendarios; a las catorce horas y cero minutos del catorce de
octubre del año dos mil catorce y con la base de cincuenta y tres mil
seiscientos cincuenta y seis dólares con treinta y un centavos moneda
estadounidense, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo:
Placas número BDJ-novecientos noventa y cinco. Marca Toyota.
Estilo Land Cruiser Prado V. Categoría automóvil. Capacidad 7
personas. Año 2013. Color negro. Cilindrada 3000 c.c. Combustible
diesel. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero
minutos del veintinueve de octubre del año dos mil catorce, con la
base de cuarenta mil doscientos cuarenta y dos dólares con veintitrés
centavos moneda estadounidense (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero
minutos del trece de noviembre del año dos mil catorce con la base
de trece mil cuatrocientos catorce dólares con ocho centavos moneda
estadounidense (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo
deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio.
Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
Scotiabank de Costa Rica Sociedad Anónima contra José Enrique
Trejos Grijalba Exp.: 14-002192-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y
Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San
Ramón, 25 de junio del 2014.—Lic. María Auxiliadora Cruz Cruz,
Jueza.—(IN2014043556).
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes
hipotecarios y soportando servidumbre trasladada anotada bajo las
citas: 355-03089-01-0939-001 a las catorce horas y treinta minutos
del cuatro de agosto del año dos mil catorce, y con la base de treinta
y tres millones trescientos treinta y seis mil seiscientos cuarenta
y ocho colones con dos céntimos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José,
Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula
número 333814-001, 002 la cual es terreno lote con una casa N
4-2. Situada en el distrito 1-Guadalupe, cantón 8-Goicoechea,
de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 3 - 2; al sur,
lote 5 - 2; al este, calle pública con 7 metros, y al oeste, escuela
enseñanza especial. Mide: ciento treinta y nueve metros con
cincuenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las catorce horas y treinta minutos del veinte de agosto del
año dos mil catorce, con la base de veinticinco millones dos mil
cuatrocientos ochenta y seis colones con dos céntimos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las
catorce horas y treinta minutos del cuatro de setiembre del año dos
mil catorce con la base de ocho millones trescientos treinta y cuatro
mil ciento sesenta y dos colones exactos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Ileana María
Francis Bogantes Hidalgo, Óscar Javier Cadenas Meza. Exp. N° 09015694-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo
Circuito Judicial de San José, 2 de julio del 2014.—Lic. Adriana
Jiménez Bonilla, Jueza.—(IN2014043557).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada bajo la cita
284-05979-01-0901-001, y advertencia administrativa bajo el
expediente 2013-3160-RIM; a las diez horas y cero minutos del
cuatro de agosto de dos mil catorce, y con la base de ochenta y siete
mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 28637F-000 cero cero cero la cual es terreno filial seis de dos plantas
destinada a uso habitacional en proceso de construcción. Situada
en el distrito San Jerónimo, cantón Moravia, de la provincia de San
José. Colinda: al norte, vía de acceso vehicular con 19 metros 34
centímetros; al sur, Dora Vega Artavia; al este, filial 7 y al oeste, filial
5. Mide: setecientos cincuenta y dos metros con sesenta y nueve
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez
horas y cero minutos del veinte de agosto de dos mil catorce, con
la base de sesenta y cinco mil doscientos cincuenta dólares exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las diez horas y cero minutos del cuatro de setiembre de dos
mil catorce con la base de veintiún mil setecientos cincuenta dólares
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Laguna Maliche L
M S.A contra Ligia Patricia Montero Valverde. Exp. N° 14-0010861044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito
Judicial de San José, 7 de mayo del 2014.—Lic. Yessenia Brenes
González, Jueza.—(IN2014043558).
En la puerta exterior de este Despacho; a las quince horas
y cero minutos del cuatro de agosto del año dos mil catorce,
soportando hipotecas de primer grado citas 2010-02396-010003-001 y de segundo grado citas 2010-251640-01-0001-001
y con la base de once millones ochocientos ochenta y nueve mil
setecientos sesenta y tres colones con cuatro céntimos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio
Real, matrícula número ciento noventa y ocho mil ochocientos
setenta y siete cero cero uno, cero cero dos la cual es terreno de
pastos con una casa de habitación. Situada en el distrito Paraíso,
cantón Paraíso, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, calle
pública; al sur, calle pública; al este, Jaime Barquero Soto y Óscar
Barquero Soto, y al oeste, José Miguel Corrales Mata. Mide: mil
quinientos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
quince horas y cero minutos del veinte de agosto del año dos mil
catorce, con la base de ocho millones novecientos diecisiete mil
trescientos veintidós colones con veintiocho céntimos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las
quince horas y cero minutos del cuatro de setiembre del año dos
mil catorce con la base de dos millones novecientos setenta y dos
mil cuatrocientos cuarenta colones con setenta y seis céntimos (un
Viernes 11 de julio del 2014
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así
en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica
contra Eric Hidalgo Arguedas, Thais Carolin Soto Arce. Exp. 13009956-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo
Circuito Judicial de San José, 26 de junio del 2014.—Lic. Adriana
Jiménez Bonilla, Jueza.—(IN2014043569).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
prendarios; a las ocho horas del cinco de agosto de dos mil catorce,
y con la base de cuatro millones ochocientos noventa y tres mil
quinientos colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Vehículo: placa 859718 , marca Hyundai, estilo Accent, serie
KMHCG41BPYU169573, año 2000, color blanco. Para el segundo
remate se señalan las ocho horas del veintiuno de agosto de dos mil
catorce, con la base de tres millones seiscientos setenta mil ciento
veinticinco colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento)
y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas del cinco de
setiembre de dos mil catorce con la base de un millón doscientos
veintitrés mil trescientos setenta y cinco colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución prendaria de Gerardo Quirós Acuña contra
William Gerardo Mora Zúñiga. Exp. N° 13-008789-1170-CJ.—
Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito
Judicial de San José, 4 de abril del 2014.—Lic. Marvin Ovares
Leandro, Juez.—(IN2014043581).
PRIMERA PUBLICACIÓN
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada y plazo de
convalidación (Rectificación de medida); a las nueve horas y treinta
minutos del veintiuno de octubre del año dos mil catorce, y con la
base de ciento cincuenta millones de colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio
Real, matrícula número quinientos uno mil novecientos sesenta y
siete cero cero cero la cual es terreno de caña de azúcar. Situada en
el distrito quinto Tacares, cantón tercero Grecia, de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte, calle pública; al sur, al este, y al oeste,
José Joaquín Rojas Álvarez. Mide: Quince mil metros cuadrados.
Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos
del cinco de noviembre del año dos mil catorce, con la base de
ciento doce millones quinientos mil colones exactos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las
nueve horas y treinta minutos del veinte de noviembre del año
dos mil catorce con la base de treinta y siete millones quinientos
mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Banco de Costa Rica contra Alberto Rojas Hidalgo, José Joaquín
Rojas Álvarez. Exp. N° 14-002267-1203-CJ.—Juzgado de Cobro
y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San
Ramón, 27 de junio del 2014.—Lic. Minor Jiménez Vargas, Juez.—
(IN2014043673).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; a las diez horas y treinta minutos del doce de agosto de
dos mil catorce y con la base de sesenta mil dólares exactos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: 1) Finca inscrita en el Registro
Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema
de Folio Real, matrícula N° 77822-007 la cual es terreno para
construir con una casa de habitación. Situada en el distrito 3 San
Francisco, cantón 1-Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda:
al norte, calle O que es parte del resto en una extensión de 18.43
metros; al sur, lote 33 en una extensión de 18.44 metros; al este,
lote 31 A en una extensión de 09,98 metros, y al oeste, calle B que
es parte del resto en una extensión de 09,98 metros. Mide: Ciento
ochenta y tres metros con noventa y un decímetros cuadrados. 2)
Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula N° 77822-008
la cual es terreno para construir con una casa de habitación. Situada
en el distrito 3 San Francisco, cantón 1 Heredia, de la provincia
de Heredia. Colinda: al norte calle o que es parte del resto en una
extensión de 18.43 metros; al sur, lote 33 en una extensión de 18.44
metros; al este, lote 31 A en una extensión de 09,98 metros, y al oeste
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calle B, que es parte del resto en una extensión de 09,98 metros.
Mide: Ciento ochenta y tres metros con noventa y un decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta
minutos del veintiocho de agosto de dos mil catorce, con la base de
cuarenta y cinco mil dólares exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta
minutos del doce de setiembre de dos mil catorce con la base de
quince mil dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria
de Propiedades de La Pradera S. A. contra Lendy Patricia Barquero
Conejo, Salvador Esteban De La O Córdoba. Exp. N° 14-0027131044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito
Judicial de San José, 25 de marzo del 2014.—Lic. Éricka Robleto
Artola, Juez.—(IN2014043676).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada tomo 326,
asiento 13455, embargo practicado inscrito a tomo 800 asiento
109355 y 156570 y plazo de convalidación inscrito a tomo 2013
asiento 198460, a las once horas y treinta minutos del once de agosto
de dos mil catorce, y con la base de quince millones de colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en
el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos cuatro
mil novecientos veinticuatro cero cero cero la cual es terreno para
construir con una casa. Situada en el distrito 1 Curridabat, cantón 18
Curridabat, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Roberto
Vega Araya; al sur, Rodrigo Fallas Segura y Roberto Blanco
Venegas; al este, Gonzalo Calvo Abarca, y al oeste, calle pública.
Mide: Ciento treinta y nueve con veintisiete decímetros cuadrados.
Para el segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos
del veintisiete de agosto de dos mil catorce, con la base de once
millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once
horas y treinta minutos del once de setiembre de dos mil catorce
con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Propiedades
de La Pradera S. A. contra Flory Virginia Quirós Rodríguez, José
Ramón Mesén Rodríguez. Exp. N° 14-004762-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de
San José, 26 de mayo del 2014.—Lic. Carlos Manuel Contreras
Reyes, Juez.—(IN2014043677).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando Condiciones Ref: 2345-579-001
(Citas: 303-13821-01-0901-001), Servidumbre Trasladada (Citas:
303-13821-01-0902-001), Serv y Condic Ref: 00164079-000
(Citas: 349-16410-01-0901-001), Serv y Condic Ref: 00164079000 (Citas: 349-16410-01-0902-001), Serv y Condic Ref:
00164079-000 (Citas: 349-16410-01-0903-001), Serv y Cond Ref:
00164079-000 (Citas: 349-16410-01-0904-001), Serv y Concic
Ref:00164079-000 (Citas: 349-16410-01-0905-001), Serv y Condic
Ref: 00164079-000 (Citas: 349-16410-01-0906-001), Serv y
Condic Ref: 00164079-000 (Citas: 349-16410-01-0907-001), Serv
y Condic Ref: 00164079-000 (Citas: 349-16410-01-0908-001), Serv
y Condic Ref:00164079-000 (Citas: 349-16410-01-0909-001), Serv
y Condic Ref: 01640079-000 (Citas: 349-16410-01-0910-001), Serv
y Condic Ref: 00164079-000 (Citas: 349-16410-01-0911-001), Serv
y Condic Ref: 00164079-000 (Citas: 349-16410-01-0912-001),
Serv y Condic Ref: 00164079-000 (Citas: 349-16410-01-0913001), Serv y Condic Ref: 00164079-000 (Citas: 349-16410-010914-001), Servidumbre de Paso (Citas: 481-10203-01-0043-001)
y Servidumbre de Paso (Citas: 481-10203-01-0049-001); a las siete
horas y cuarenta y cinco minutos del cinco de setiembre de dos mil
catorce, y con la base de veinticuatro millones ochocientos ochenta
y nueve mil doscientos setenta y cinco colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio
Real, matrícula número trescientos cincuenta y siete mil setecientos
veintitrés-cero cero cero la cual es terreno de potrero. Situada en el
distrito 7 Santa Eulalia, cantón 5 Atenas, de la provincia de Alajuela.
Colinda: al norte, Sociedad Halarri de Santa Eulalia S. A.; al sur,
Ligia Barrantes Solano; al este, Amado Barrantes Castillo, y al oeste,
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Viernes 11 de julio del 2014
servidumbre de paso con 27,66 metros. Mide: Dos mil novecientos
veintiocho metros con quince decímetros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las siete horas y cuarenta y cinco minutos del
veintitrés de setiembre de dos mil catorce, con la base de dieciocho
millones seiscientos sesenta y seis mil novecientos cincuenta y seis
colones con veinticinco céntimos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las siete horas y cuarenta
y cinco minutos del ocho de octubre de dos mil catorce con la base
de seis millones doscientos veintidós mil trescientos dieciocho
colones con setenta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho.
La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Ana
Isabel Barrantes Solano, Carlos Alberto Ulate Sibaja. Exp. N° 13009819-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, 13 de junio del 2014.—Lic.
Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—(IN2014043678).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; a las ocho horas y cero minutos del treinta de julio
de dos mil catorce, y con la base de diez millones de colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita
en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula N° 56740-000, la cual es
Naturaleza: Construir. Situada en el distrito 02 San Antonio, cantón
02 Escazú, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Benilda
Montes López; al sur, Rafael Martín Marín; al este, calle pública,
y al oeste, Inmobiliaria Huerta S. A. Mide: Doscientos sesenta y
siete metros con cincuenta y ocho decímetros cuadrados. Plano: SJ1352998-2009. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y
cero minutos del catorce de agosto de dos mil catorce, con la base
de siete millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho
horas y cero minutos del primero de setiembre de dos mil catorce
con la base de dos millones quinientos mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Griegas Ga Dos
Mil Siete S. A. contra Minor Sandí Corrales. Exp. N° 11-0144731170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer
Circuito Judicial de San José, 31 de marzo del 2014.—Lic.
Melania Jiménez Vargas, Juez.—(IN2014043681).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
prendarios; a las catorce horas y cero minutos del veintitrés de
setiembre de dos mil catorce, y con la base de dos millones de
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo:
Placas N° S 011139, marca Ben Pearson, estilo traileta, categoría
semiremolque, capacidad *** personas, año 1978, color plateado,
cilindrada *** cc, combustible desconocido, motor Nº no existe.
Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos
del ocho de octubre de dos mil catorce, con la base de un millón
quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y
cero minutos del veintitrés de octubre de dos mil catorce con la
base de quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Constantino María Astorga Domian
contra Transporte Rivera Taborda S. A Exp. N° 14-000377-1164CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago,
28 de mayo del 2014.—Lic. Tatiana Meléndez Herrera, Jueza.—
(IN2014043780).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
prendarios; a las trece horas y veinte minutos del ocho de agosto de
dos mil catorce, y con la base de cinco millones de colones exactos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas N° C
146924, marca International, estilo 9400, categoría carga pesada,
capacidad 2 personas, año 1999, color blanco. Para el segundo
remate se señalan las trece horas y veinte minutos del veintiséis de
agosto de dos mil catorce, con la base de tres millones setecientos
cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y veinte
minutos del diez de setiembre de dos mil catorce con la base de
un millón doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor
de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo
805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Constantino María
Astorga Domian contra Transporte Rivera Taborda S. A. Exp. N°
14-000372-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial
de Cartago, 29 de abril del 2014.—Lic. Tatiana Meléndez Herrera,
Jueza.—(IN2014043782).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
prendarios; a las once horas y cero minutos del ocho de agosto de
dos mil catorce, y con la base de ocho millones doscientos sesenta
y dos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Vehículo: Placas N° C 147362, marca International, estilo Eagle,
categoría tractocamión (carga pesada), capacidad 2 personas, año
2000, color morado, Vin 2HSCEAMR1YC063486. Para el segundo
remate se señalan las once horas y cero minutos del veintiséis de
agosto de dos mil catorce, con la base de seis millones ciento noventa
y seis mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y
cero minutos del diez de setiembre de dos mil catorce con la base
de dos millones sesenta y cinco mil quinientos colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en
caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado
a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Constantino
María Astorga Domian contra Transporte Rivera Taborda S. A.
Exp. N° 14-000371-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
Judicial de Cartago, 29 de abril del 2014.—Lic. Tatiana Meléndez
Herrera, Jueza.—(IN2014043785).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; a las catorce horas y cero minutos del treinta de
setiembre de dos mil catorce, y con la base de dos millones quinientos
mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número setenta
y dos mil cuatrocientos cuarenta y tres cero cero cero la cual es
terreno lote 31-B terreno para construir. Situada en el distrito 01
Siquirres, cantón 03 Siquirres, de la provincia de Limón. Colinda:
al norte, calle pública; al sur, lote 32-B; al este, IMAS; y al oeste,
lote 30-B. Mide: doscientos cuarenta metros con seis decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y
cero minutos del quince de octubre de dos mil catorce, con la base de
un millón ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las catorce horas y cero minutos del treinta de octubre de dos mil
catorce con la base de seiscientos veinticinco mil colones exactos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado
a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago
de Ahorro y Préstamo contra Leonardo Antonio Masis Navarro.
Exp. 13-000912-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía
de Pococí, 29 de abril del 2014.—Lic. Arnoldo Víquez Esquivel,
Juez.—(IN2014043796).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
prendarios; a las diez horas y quince minutos del veintinueve de
setiembre de dos mil catorce, y con la base de cinco millones
cuatrocientos veinte mil colones exactos, en el mejor postor remataré
Viernes 11 de julio del 2014
lo siguiente: vehículo: placas número 459913, marca Nissan,
estilo Pathfinder SE, categoría automóvil, capacidad 5 personas,
año 2002, color dorado, Vin JN1VDZR50Z0000109, cilindrada
3498 c.c., combustible gasolina, motor Nº VQ35287696A. Para
el segundo remate se señalan las diez horas y quince minutos del
catorce de octubre de dos mil catorce, con la base de cuatro millones
sesenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y quince
minutos del veintinueve de octubre de dos mil catorce con la base
de un millón trescientos cincuenta y cinco mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en
caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado
a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso monitorio de Suministros Permanentes
de Computadoras Súper Computadora Limitada contra Jorge
Eduardo Coccio Carranza. Exp. 11-000196-0307-CI.—Juzgado
Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial
de Alajuela, 26 de junio del 2014.—Lic. Karol Melina Zumbado
Sánchez, Jueza.—(IN2014043797).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada al tomo 372 y
asiento 6556; a las diez horas con cero minutos del trece de octubre
del dos mil catorce, y con la base de tres millones cien mil quinientos
veinticinco colones con sesenta y siete céntimos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido
de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número ciento sesenta y dos mil cuatrocientos diez cero
cero uno la cual es terreno para construir lote número 74. Situada
en el distrito 04 San Rafael, cantón 03 La Unión, de la provincia
de Cartago. Colinda: al norte, Instituto Nacional de Vivienda y
Urbanismo; al sur, INVU pared medianera; al este, acera por medio
y parque; y al oeste, Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo
y pared medianera. Mide: ciento veintiún metros con cincuenta y
dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
diez horas con cero minutos del veintiocho de octubre del dos
mil catorce, con la base de dos millones trescientos veinticinco
mil trescientos noventa y cuatro colones con veinticinco céntimos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las diez horas con cero minutos del doce de noviembre del
dos mil catorce con la base de setecientos setenta y cinco mil ciento
treinta y un colones con cuarenta y dos céntimos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en
proceso monitorio de Suministros Permanentes de Computadoras
Super Comp contra Vilma María Zúñiga Alfaro. Exp. 11-0003510307-CI.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, 24 de marzo del 2014.—Lic. Luis
Guillermo Ruiz Bravo, Juez.—(IN2014043802).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas:
382-00319-01-0801-001, plazo de convalidación (rectificación
de medida) citas: 552-00937-01-0003- 001, hipoteca de primer
grado citas: 2010 206405-01-0001-001; a las nueve horas y cero
minutos del veintinueve de julio de dos mil catorce, y con la base
de ciento cuarenta y tres millones quinientos treinta mil colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en
el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 69574-001 la cual
es terreno de agricultura, árboles frutales, una casa. Situada en el
distrito Samara, cantón Nicoya, de la provincia de Guanacaste.
Colinda: al norte, calle pública; al sur, Flor María Castillo Melina,
Roberto Suarez Villalobos; al este, calle pública y Flor María
Castillo Melina; y al oeste, Paul Vacek y Gerardo Rojas Steller.
Mide: doce mil novecientos noventa y ocho metros con noventa y
cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
nueve horas y cero minutos del trece de agosto de dos mil catorce,
con la base de ciento siete millones seiscientos cuarenta y siete mil
BOLETIN JUDICIAL Nº 133 — Pág 9
quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento)
y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos
del veintinueve de agosto de dos mil catorce con la base de treinta
y cinco millones ochocientos ochenta y dos mil quinientos colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando reservas y restricciones citas: 393-17997-01-0900-001,
plazo de convalidación citas: 393-17997-01-0901-001 a las nueve
horas y cero minutos del veintinueve de julio de dos mil catorce,
y con la base de veinticuatro millones seiscientos tres mil colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en
el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 77962-000 la cual
es terreno de forma rectangular. Situada en el distrito Nosara, cantón
Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Marcos
Arrieta López; al sur, camino público con 32m 29cm; al este,
Pedro López López; y al oeste, Jacinto García Esquivel Bernardo
G. Mide: mil seiscientos cuarenta metros con veinte decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y
cero minutos del trece de agosto de dos mil catorce, con la base
de dieciocho millones cuatrocientos cincuenta y dos mil doscientos
cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento)
y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos
del veintinueve de agosto de dos mil catorce con la base de seis
millones ciento cincuenta mil setecientos cincuenta colones exactos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado
a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso monitorio de Hernán Javier Alfaro
Campos contra Bolívar Bermúdez Ugalde. Exp. 10-015372-1044CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial
de San José, 21 de mayo del 2014.—Lic. Ricardo Barrantes López,
Juez.—(IN2014043804).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; a las nueve horas y treinta minutos del treinta y uno
de julio de dos mil catorce, y con la base de treinta y ocho millones
de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 207785000 la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el
distrito 01 Paraíso, cantón 02 Paraíso, de la provincia de Cartago.
Colinda: al norte, Simón Joaquín Sonao Madriz; al sur, calle pública
con ocho metros 50 centímetros; al este, Francisco Domian Gómez;
y al oeste, María Luisa Solano Araya. Mide: ciento noventa y nueve
metros con tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las nueve horas y treinta minutos del dieciocho de agosto
de dos mil catorce, con la base de veintiocho millones quinientos
mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para
la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del
dos de setiembre de dos mil catorce con la base de nueve millones
quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho.
La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Juan Carlos Alvarado Mata contra Verdetto
Lluvia Sociedad Anónima. Exp. 14-001047-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 30 de mayo del
2014.—Lic. Marcela Brenes Piedra, Jueza.—(IN2014043831).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones bajo las
citas 26306210-01-0901-001; 263-06210-01-0903-001; a las diez
horas y treinta minutos del dos de septiembre de dos mil catorce,
y con la base de veinte mil dólares exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido
de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio
Real, matrícula número 68452-F-cero cero cero la cual es terreno
Finca Filial 21 A 2 ubicada en el segundo piso destinada a oficinas
o comercio en proceso de construcción. Situada en el distrito 4
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Viernes 11 de julio del 2014
Tempate, cantón 3 Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste.
Colinda: al noreste, Finca Filial Veinte A Dos; al noroeste, área
común libre y área común construida; al sureste, área común de uso
restringido identificada como pasillo P dos seis; y al suroeste, área
común de uso restringido identificada como pasillo P dos cuatro.
Mide: cincuenta y cuatro metros con ochenta y siete decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y
treinta minutos del dieciocho de septiembre de dos mil catorce, con
la base de quince mil dólares exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta
minutos del tres de octubre de dos mil catorce con la base de cinco
mil dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de El
Frijolito Punto Com S. A. contra Grupo PFA & CCD Ortodoncia S.
A. Exp. 14-004073-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
Primer Circuito Judicial de San José, 23 de mayo del 2014.—
Carlos Soto Madrigal, Juez.—(IN2014043842).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
prendarios, pero soportando colisión: sumaria número 13-6002360402-TR; a las ocho horas y treinta minutos del veintinueve de
agosto del dos mil catorce, y con la base de tres millones de colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas
número BDP-792, marca Hyundai, estilo Grace Grand Sal, categoría
Microbús, capacidad 15 personas, año 1995, color azul, combustible
diesel, motor Nº D4BFS955679. Para el segundo remate se señalan
las ocho horas y treinta minutos del dieciséis de setiembre del dos
mil catorce, con la base de dos millones doscientos cincuenta mil
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del uno
de octubre del dos mil catorce con la base de setecientos cincuenta
mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar
en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código
de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Modesto Antonio Víquez Alfaro contra José Francisco
Pichardo Marenco. Exp. 14-000018-1205-CJ.—Juzgado de Cobro,
Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de
Guanacaste (Liberia), 26 de junio del 2014.—Jorge Zúñiga Jaén,
Juez.—(IN2014043851).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
prendarios; a las nueve horas y treinta minutos del treinta de
octubre de dos mil catorce, y con la base de ciento ochenta y un
mil setecientos treinta y ocho dólares con cuarenta y un centavos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: equipo especial
uso grúa, marca Grove Grane, modelo Krupp 140gmt, serie 15007,
chasis 476AT700BNS077219, capacidad de carga 165 toneladas,
color blanco con azul. Para el segundo remate se señalan las nueve
horas y treinta minutos del catorce de noviembre de dos mil catorce,
con la base de ciento treinta y seis mil trescientos tres dólares con
ochenta y un centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para
la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del
uno de diciembre de dos mil catorce con la base de cuarenta y cinco
mil cuatrocientos treinta y cuatro dólares con sesenta centavos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en
caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado
a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Lafise
S. A. contra Ordoñez y Cía Limitada Sucursal Costa Rica, Rafael
Arturo Ordoñez Valenzuela. Exp. 14-002942-1158-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Heredia, 17 de junio del 2014.—
Ricardo Chacón Cuadra, Juez.—(IN2014043894).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
prendarios; a las nueve horas y treinta minutos del treinta de julio
de dos mil catorce, y con la base de cinco millones treinta y un mil
ochocientos setenta colones exactos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: vehículo placas N° C 146382, marca: International,
estilo: 9200, categoría: carga pesada, capacidad: 2 personas, año:
1998, color: gris, tracción: 6X4. Para el segundo remate se señalan
las nueve horas y treinta minutos del catorce de agosto de dos mil
catorce, con la base de tres millones setecientos setenta y tres mil
novecientos dos colones con cincuenta céntimos exactos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las nueve horas y treinta minutos del uno de setiembre de dos mil
catorce con la base de un millón doscientos cincuenta y siete mil
novecientos sesenta y siete colones con cincuenta céntimos exactos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado
a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Fiduciaria Brunca
Sociedad Anónima contra Roberto Ocampo Ocampo, Transportes
Royma Sociedad Anónima. Exp. 13-009261-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 13 de mayo del
2014.—Marcela Brenes Piedra, Jueza.—(IN2014043895).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
prendarios; a las diez horas y quince minutos del once de noviembre
de dos mil catorce, y con la base de cuarenta y cinco mil cuarenta y
tres dólares con ochenta y seis centavos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: vehículo: placa 877266, marca Porsche, categoría:
automóvil, año 2011, capacidad 5 personas, color blanco, estilo
Spyder, tracción 4X2, Vin WP0ZZZ98ZBS7406296, cilindrada
3436 c. c., combustible gasolina, motor Nº no visible. Para el
segundo remate se señalan las diez horas y quince minutos del
veintiséis de noviembre de dos mil catorce, con la base de treinta
y tres mil setecientos ochenta y dos dólares con noventa centavos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las diez horas y quince minutos del doce de diciembre de
dos mil catorce con la base de once mil doscientos sesenta dólares
con noventa y siete centavos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho.
La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Banco Lafise S. A. contra Enrique González
Aguiluz. Exp. 13-005432-1158-CJ.—Juzgado Especializado de
Cobro de Heredia, 24 de junio del 2014.—Lic. Ricardo Chacón
Cuadra, Juez.—(IN2014043896).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
prendarios; a las quince horas y cero minutos (tres de la tarde) del
cinco de agosto de dos mil catorce, y con la base de setecientos
cincuenta y ocho mil colones exactos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: vehículo: placas número 440896, marca Hyunday,
estilo Excel, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 1993,
color verde, Vin KMHVF12J5PU640669, cilindrada 1500 c.c.,
combustible gasolina, motor NºG4DJN523698. Para el segundo
remate se señalan las quince horas y cero minutos (tres de la tarde)
del veintiuno de agosto de dos mil catorce, con la base de quinientos
sesenta y ocho mil quinientos colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince
horas y cero minutos (tres de la tarde) del cinco de setiembre de dos
mil catorce con la base de ciento ochenta y nueve mil quinientos
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar
en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código
de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Instacredit S. A. contra Fabián Alfaro González. Exp.
08-005394-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer
Circuito Judicial de San José, 12 de junio del 2014.—Lic. Audrey
Abarca Quirós, Juez.—(IN2014043897).
En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes
prendarios, pero soportando infracciones y colisiones en la sumaria
12-000200-0764-TC, a las nueve horas y treinta minutos del seis
de agosto de dos mil catorce y con la base de un millón doscientos
noventa y cinco mil colones exactos, en el mejor postor remataré
Viernes 11 de julio del 2014
lo siguiente: vehículo placas 785222, marca Hyundai, categoría
automóvil, vin KMHVF21NPSU225632, año 1995, color beige,
cilindrada 1500 c.c. Para el segundo remate se señalan las nueve
horas y treinta minutos del veintidós de agosto de dos mil catorce,
con la base de novecientos setenta y un mil doscientos cincuenta
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la
tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del
ocho de setiembre de dos mil catorce, con la base de trescientos
veintitrés mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra
Yamileth Campos Noguera. Expediente: 13-002043-1044-CJ.—
Juzgado Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial
de San José, 27 de mayo del 2014.—Lic. Carlos Soto Madrigal,
Juez.—(IN2014043901).
En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada, inscrita al
tomo: 300, asiento: 08045-01-0901-001, servidumbre de paso,
inscrita al tomo 466, asiento 00035-01-0004-001, a las diez horas
y cero minutos del dos de setiembre del dos mil catorce y con la
base de cinco millones ciento ochenta y siete mil doscientos dos
colones con sesenta y dos céntimos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San
José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula
número 598499-000, la cual es terreno para construir. Situada en
el distrito 01 Santiago, cantón 04 Puriscal de la provincia de San
José. Colinda: al norte, Vera Madrigal Rubí y servidumbre de paso
en medio; al sur, Dagoberto Jiménez Acuña; al este, Vera Madrigal
Rubí; y al oeste, Carlos Enrique y Henry Madrigal Rubí. Mide:
doscientos treinta y dos metros con sesenta y tres decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero
minutos del dieciocho de setiembre del dos mil catorce, con la base
de tres millones ochocientos noventa mil cuatrocientos un colones
con noventa y seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento)
y para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos
del tres de octubre del dos mil catorce, con la base de un millón
doscientos noventa y seis mil ochocientos colones con sesenta y
cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
de Costa Rica contra Jorge Madrigal Rubí. Expediente: 12-0378821012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo
Circuito Judicial de San José, 30 de junio del 2014.—Lic. Adriana
Jiménez Bonilla, Jueza.—(IN2014043903).
En la puerta exterior de este Despacho, con la base de
cuarenta y seis millones ciento sesenta y nueve mil cuatrocientos
cuatro colones con cuarenta céntimos, monto determinado mediante
avalúo pericial y soportando hipoteca de primer y segundo grado a
favor de Cooperativa Nacional de Educadores R.L., hipoteca legal
a favor de la Municipalidad de San José, ordenada por el Juzgado
Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del II Circuito Judicial de
San José, sobre los derechos 001 y 002, embargo anotado por el
Juzgado de Cobros del II Circuito Judicial de San José, sobre el
derecho 001, 002 y 003, así como soportando usufructo a favor de
María Luisa Zúñiga Zúñiga, derecho número 004. Sáquese a remate
el (los) bien(es) embargados que es nuda propiedad de la finca folio
real número 181621-001-002-003, del partido de San José. Para tal
efecto se señalan las nueve horas de siete de agosto del dos mil
catorce (primer remate). De no haber postores, para llevar a cabo
el segundo remate, se señalan las nueve horas del veinticinco de
agosto del dos mil catorce, con la base de treinta y cuatro millones
seiscientos veintisiete mil cincuenta y tres colones con treinta
céntimos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes para
el tercer remate se señalan las nueve horas del diez de setiembre del
dos mil catorce, con la base de once millones quinientos cuarenta
y dos mil trescientos cincuenta y un colones con diez céntimos
(un 25%). Se remata por ordenarse así en proceso N° 07-0016330222-CI, incidente de cobro de rentas insolutas dentro del proceso
de desahucio de Flor Azul Limitada contra Xinia María Ramírez
BOLETIN JUDICIAL Nº 133 — Pág 11
Zúñiga. A las ocho horas cuarenta minutos del dieciséis de mayo
del dos mil catorce.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos
Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José.—Lic.
Adrián Bustamante Porras, Juez.—(IN2014043905).
En la puerta exterior de este despacho, al ser las diez horas
y cero minutos del tres de setiembre del dos mil catorce (primer
remate), 1) con la base de cincuenta y siete millones cuatrocientos
ochenta y tres mil trescientos sesenta colones exactos, libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones,
citas: 369-19041-01-0900-001, sáquese a remate el bien dado en
garantía, sea la finca del partido de Guanacaste, matrícula número
ciento veintisiete mil novecientos diez-cero cero cero, la cual es
terreno de pastos. Situada en el distrito Sardinal, cantón Carrillo de
la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, servidumbre agrícola
de asfalto con 19.77 metros de frente; al sur, servidumbre de agrícola
de asfalto con 148.63 metros; al este, quebrada Grande; y al oeste,
Tropical Fantasy Investiments S. A. Mide: siete mil trescientos
diecinueve metros con noventa y siete decímetros cuadrados. De
no haber postores para llevar a cabo el segundo remate se señalan
las diez horas y cero minutos del diecinueve de setiembre del dos
mil catorce, con la base de cuarenta y tres millones ciento doce
mil quinientos veinte colones exactos (rebajada en un 25%). De
no apersonarse rematantes para el tercer remate se señalan las diez
horas y cero minutos del seis de octubre del dos mil catorce, con
la base de catorce millones trescientos setenta mil ochocientos
cuarenta colones exactos (un 25% de la base original). 2) Al ser las
diez horas y cero minutos del tres de setiembre del dos mil catorce
(primer remate), con la base de cuarenta y tres millones trescientos
cincuenta y cinco mil ochocientos quince colones exactos, libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones,
citas: 369-19041-01-0900-001, servidumbre de paja de agua,
citas: 537-07886-01-0001-001, sáquese a remate el bien dado en
garantía, sea la finca del partido de Guanacaste, matrícula número
ciento veintisiete mil novecientos seis-cero cero cero, la cual es
lote 37 terreno de montaña . Situada en el distrito Sardinal, cantón
Carrillo de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, lote 38 y
servidumbre agrícola; al sur, lote 35 en medio quebrada Grande;
al este, lote 35 en medio quebrada Grande; y al oeste, Juzn Vargas
Ramos. Mide: siete mil ciento sesenta y dos metros con treinta y
nueve decímetros cuadrados. De no haber postores para llevar a
cabo el segundo remate, se señalan las diez horas y cero minutos
del diecinueve de setiembre del dos mil catorce, con la base de
treinta y dos millones quinientos dieciséis mil ochocientos sesenta
y un colones con veinticinco céntimos (rebajada en un 25%). De
no apersonarse rematantes para el tercer remate se señalan las diez
horas y cero minutos del seis de octubre del dos mil catorce, con la
base de diez millones ochocientos treinta y ocho mil novecientos
cincuenta y tres colones con setenta y cinco céntimos (un 25% de
la base original). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Juan Rafael Fonseca
Delgado. Exp. N° 14-009574-1012-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 3 de julio del
2014.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—(IN2014043907).
En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes
prendarios, a las once horas y cero minutos del uno de setiembre de
dos mil catorce y con la base de ochocientos ochenta mil colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas
MOT-273245, marca Sukyama, estilo SY 150-7, motocicleta,
año 2010, color rojo, 150 c.c., motor N° 162FMJA5000146. Para
el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del
dieciocho de setiembre de dos mil catorce, con la base de seiscientos
sesenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento)
y para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos
del tres de octubre de dos mil catorce, con la base de doscientos
veinte mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria
de Instacredit S. A. contra José Ramón Díaz Flores. Expediente: 12011594-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de San José, 6 de junio del 2014.—Lic.
Marvin Ovares Leandro, Juez.—(IN2014043918).
Pág 12 — BOLETIN JUDICIAL Nº 133
Viernes 11 de julio del 2014
En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes
prendarios, a las nueve horas y quince minutos del uno de setiembre
de dos mil catorce y con la base de cuatrocientos treinta y dos mil
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo:
790162, marca: Hyundai, estilo: Accent, capacidad: 5 personas,
año: 1994, color: blanco, categoría: automóvil, carrocería: Sedán 4
puertas, tracción: 4x2, chasis: KMHVF21NPRU006008, N° motor:
G4EKR107618, cilindrada: 1500 c.c., combustible: gasolina,
cilindros: 04. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y
quince minutos del dieciocho de setiembre de dos mil catorce, con la
base de trescientos veinticuatro mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve
horas y quince minutos del tres de octubre de dos mil catorce, con la
base de ciento ocho mil colones exactos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Instacredit S. A. contra Emily Albán García. Expediente:
12-021216-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 6 de junio del 2014.—
Lic. Luis Alberto Ureña Monge, Juez.—(IN2014043919).
En la puerta exterior de este despacho, libre de anotaciones
y gravámenes hipotecarios, pero soportando cinco reservas y
restricciones, a las once horas y quince minutos del cuatro de
agosto del dos mil catorce y con la base de treinta y tres millones
cuatrocientos veinticinco mil colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido
de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real,
matrícula número cuatrocientos sesenta y tres mil seiscientos docecero cero cero (2-463612-000), la cual es terreno con dos casas
de habitación y patio. Situada en el distrito 02 Sarchí Sur, cantón
12 Valverde Vega de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte,
calle pública con 12.47 metros lineales de frente, Fainier Alfaro
Alfaro y Eduardo Salazar Chaverri; al sur, calle pública con 34.20
metros lineales de frente; al este, Eduardo Salazar Chaverri; y al
oeste, Hubert González Salazar, José Antonio González Rodríguez,
Marjorie González Rodríguez y Marielos Hidalgo González.
Mide: mil quinientos cincuenta y tres metros con ochenta y nueve
decímetros cuadrados. Plano catastrado N° A-1179304-2007. Para
el segundo remate se señalan las once horas y quince minutos del
veinte de agosto del dos mil catorce, con la base de veinticinco
millones sesenta y ocho mil setecientos cincuenta colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se
señalan las once horas y quince minutos del cuatro de setiembre del
dos mil catorce, con la base de ocho millones trescientos cincuenta
y seis mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa
Rica contra Andrés Marcelo Salazar Lizano y Uriel Arturo Salazar
Chaverri. Expediente: 14-001657-1204-CJ.—Juzgado de Cobro,
Menor Cuantía y Contravencional de Grecia, 12 de junio del
2014.—Lic. Patricia Cedeño Leitón, Jueza.—(IN2014043925).
En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada, citas: 31206597-01-0902-001 y demanda penal, citas: 2012-56170-01-0001001, a las dieciséis horas y quince minutos del cinco de setiembre
de dos mil catorce y con la base de ciento cinco mil dólares exactos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro
Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de folio real, matrícula número 173919-000, la cual es terreno
con cultivos anuales y rastrojo y dos construcciones. Situada en
el distrito 11 Turrúcares, cantón 01 Alajuela de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte, Julián Anderson King; al sur, El Estado;
al este, calle pública; y al oeste, río Siquiares. Mide: cuatro mil
ciento diecinueve metros con diecisiete decímetros cuadrados. Para
el segundo remate se señalan las dieciséis horas y quince minutos
del veintitrés de setiembre de dos mil catorce, con la base de setenta
y ocho mil setecientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las dieciséis
horas y quince minutos del ocho de octubre de dos mil catorce, con
la base de veintiséis mil doscientos cincuenta dólares exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en
caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado
a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inverpat IV
S. A. contra Carlos José Chamberlain Arias, Shannon Construcción
Sociedad Anónima. Expediente: 11-031594-1170-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de
Alajuela, 27 de junio del 2014.—Lic. Roxana Hernández Araya,
Jueza.—(IN2014043929).
En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes
hipotecarios, a las trece horas y treinta minutos del diez de noviembre
de dos mil catorce y con la base de veinte millones de colones exactos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro
Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de folio real, matrícula número 126204-B-000 cero cero cero, la cual
es terreno de potrero. Situada en el distrito 04 Guadalupe, cantón
11 Zarcero de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle
pública y río Zarcero; al sur, calle pública; al este, Mario Alvarado
Durán; y al oeste, Delfín Argüello. Mide: ciento once mil seiscientos
ochenta metros con quince decímetros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las trece horas y treinta minutos del veinticinco
de noviembre de dos mil catorce, con la base de quince millones de
colones exactos y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y
treinta minutos del diez de diciembre de dos mil catorce, con la base
de cinco millones de colones exactos. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Jairo Rojas Cubero contra Gocha
Ltda. Expediente: 14-000200-1204-CJ.—Juzgado de Cobro,
Menor Cuantía y Contravencional de Grecia, 28 de mayo del
2014.—Lic. Brayan Li Morales, Juez.—(IN2014043931).
En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada, bajo las
citas: (333-12467), a las ocho horas y cero minutos del uno de
setiembre del dos mil catorce y con la base de cinco millones
seiscientos noventa mil colones exactos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San
José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula
número 107240-000, la cual es terreno de agricultura. Situada en
el distrito 01 Santiago, cantón 04 Puriscal de la provincia de San
José. Colinda: al norte, parte Oldemar Vargas Jiménez y parte calle
pública de 10 metros de ancho; al sur, Espíritu Chinchilla Mesén; al
este, calle pública de 10 metros de ancho; y al oeste, Elías Jiménez
Gamboa. Mide: catorce mil doscientos treinta y siete metros con
ochenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las ocho horas y cero minutos del diecisiete de setiembre del
dos mil catorce, con la base de cuatro millones doscientos sesenta
y siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero
minutos del uno de octubre del dos mil catorce, con la base de un
millón cuatrocientos veintidós mil quinientos colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa
Rica contra Michael Andrés Hernández Jiménez. Expediente: 14001328-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo
Circuito Judicial de San José, 23 de junio del 2014.—Lic. Manuel
Emilio Cortés Sánchez, Juez.—(IN2014043944).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
prendarios; a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del trece
de agosto de dos mil catorce, y con la base de trece mil cuarenta y
seis dólares con setenta y un centavos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: Vehículo: Placas CL-236471, marca Foton, estilo
Forland, categoría carga liviana, carrocería caja cerrada o furgón,
tracción 4x2, uso particular, capacidad 2 personas, año 2008, color
blanco, cilindrada 3298 cc, combustible diesel, cilindros 04, motor
4100QBU71156131A. Para el segundo remate se señalan las nueve
horas y cuarenta y cinco minutos del veintinueve de agosto de dos
mil catorce, con la base de nueve mil setecientos ochenta y cinco
dólares con tres centavos (rebajada en un veinticinco por ciento)
y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cuarenta y
Viernes 11 de julio del 2014
cinco minutos del dieciséis de setiembre de dos mil catorce con la
base de tres mil doscientos sesenta y un dólares con sesenta y siete
centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Financiera
Desyfin S. A. contra E.L.C Desarrollos Industriales S. A. Exp. N°
14-003615-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro
Primer Circuito Judicial de San José, 2 de mayo del 2014.—Lic.
Evelyn Araya Rodríguez, Jueza.—(IN2014043958).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; a las nueve horas y treinta minutos del nueve de
octubre del año dos mil catorce, y con la base de seis millones
ochocientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula
número cuatrocientos noventa y cuatro mil setecientos tres-cero
cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito
03 San Juan, cantón 02 San Ramón, de la provincia de Alajuela.
Colinda: al norte, calle pública con 10.00 metros de frente; al sur,
Carmen Rojas Guzmán; al este, Carmen Rojas Guzmán, y al oeste,
Custodio Rojas Rojas. Mide: Doscientos metros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del
veinticuatro de octubre del año dos mil catorce, con la base de
cinco millones cien mil colones exactos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y
treinta minutos del diez de noviembre del año dos mil catorce con
la base de un millón setecientos mil colones exactos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra
Dessler Arturo Cuadra Caldera, Franklin Mauricio Vargas Obando.
Exp. N° 14-001856-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor
Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón,
9 de junio del 2014.—Lic. María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—
(IN2014043959).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando servidumbre de paso, citas: 45510841-01-0002-001; a las catorce horas y treinta minutos del cuatro
de agosto de dos mil catorce, y con la base de cuatro millones
doscientos ochenta mil novecientos cincuenta y tres colones con
setenta y nueve céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
quinientos setenta y dos mil novecientos sesenta y cuatro cero
cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito
Santiago, cantón Puriscal, de la provincia de San José. Colinda: al
norte, calle pública; al sur, Luis Guillermo Zúñiga Mendoza; al este,
Luis Guillermo Zúñiga Mendoza, y al oeste, Luis Guillermo Zúñiga
Jiménez. Mide: Trescientos metros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del diecinueve
de agosto de dos mil catorce, con la base de tres millones doscientos
diez mil setecientos quince colones con treinta y cuatro céntimos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta
se señalan las catorce horas y treinta minutos del tres de setiembre
de dos mil catorce con la base de un millón setenta mil doscientos
treinta y ocho colones con cuarenta y cinco céntimos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Fundación para la Vivienda
Rural Costa Rica Canadá contra María Del Milagro Ramírez
Fernández. Exp. N° 14-000296-1158-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro de Heredia, 7 de abril del 2014.—Lic. Adriana Brenes
Castro, Jueza.—(IN2014043963).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada (Citas: 30103903-01-0002-001); a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos
BOLETIN JUDICIAL Nº 133 — Pág 13
del dieciocho de agosto de dos mil catorce, y con la base de
diecisiete millones colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela,
Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula
número quinientos diez mil seiscientos noventa y nueve-cero cero
cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 9 Río
Segundo, cantón 1 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al
norte, Juan Enrique Salazar Guerrero; al sur, Juan Enrique Salazar
Guerrero; al este, Juan Enrique Salazar Guerrero y servidumbre de
paso con un frente a ella de 5 metros y al oeste, Alexis Agüero.
Mide: Cuatrocientos setenta y cinco metros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco
minutos del dos de setiembre de dos mil catorce, con la base de doce
millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho
horas y cuarenta y cinco minutos del dieciocho de setiembre de dos
mil catorce con la base de cuatro millones doscientos cincuenta mil
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo
deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio.
Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Playa Bruja S. A. contra Juan Enrique Salazar Guerrero. Exp. N° 13013331-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, 20 de mayo del 2014.—Lic.
Luis Guillermo Ruiz Bravo, Juez.—(IN2014043964).
En la puerta exterior de este Despacho; a las trece horas quince
minutos del veintinueve de agosto de dos mil catorce en el mejor
postor remataré las siguientes fincas: 1) con la base de veinticinco
millones noventa y cinco mil colones exactos libre de gravámenes
hipotecarios; la finca del Partido de Heredia, matrícula número
ciento treinta y cuatro mil novecientos dieciséis-cero cero cero la
cual es terreno con un local comercial. Situada en el distrito 01 Puerto
Viejo, cantón 10 Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda:
al norte, Federico Alfaro Araya; al sur, Juan Carlos Velásquez
Velásquez; al este, calle pública con 15.31 metros de frente, y al
oeste, Juan Carlos Velásquez Velásquez. Mide: Quinientos cuarenta
y dos metros con once decímetros cuadrados. 2) con la base de
catorce millones novecientos ochenta mil colones exactos, libre de
gravámenes hipotecarios, la finca del partido de Cartago, matrícula
número ochenta y nueve mil ciento cuarenta y tres-cero cero cero
la cual es terreno con una casa y tres apartamentos. Situada en el
distrito 06 Guadalupe (Arenilla), cantón 01 Cartago, de la provincia
de Cartago. Colinda: al norte, calle pública con un frente de once
metros de frente; al sur, Dimas Granados Durán; al este, Denise
Cordero Pérez, y al oeste, María Del Milagro Cordero Pérez. Mide:
Doscientos noventa y cuatro metros con sesenta y nueve decímetros
cuadrados. 3) con la base de dieciséis millones doscientos cinco
mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, la finca del
partido de Cartago, matrícula número ochenta y nueve mil ciento
cuarenta y cinco cero cero cero la cual es terreno con una casa.
Situada en el distrito 06 Guadalupe (Arenilla), cantón 01 Cartago,
de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, calle pública con un
frente de 9.61 metros; al sur, Dimas Granados Durán; al este, Víctor
Manuel Cordero Segura, y al oeste, Alberto Arce Gamboa. Mide:
Doscientos cuarenta y cinco metros con ochenta y cuatro decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas quince
minutos del dieciséis de setiembre de dos mil catorce, con la base de
dieciocho millones ochocientos veintiún mil doscientos cincuenta
colones exactos (para la primer finca), la base de once millones
doscientos treinta y cinco mil colones exactos (para la segunda finca)
y la base de doce millones ciento cincuenta y tres mil setecientos
cincuenta colones exactos (para el tercer inmueble) (todas rebajadas
en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se
señalan las trece horas quince minutos del treinta de setiembre de dos
mil catorce, con la base de seis millones doscientos setenta y tres mil
setecientos cincuenta colones exactos (para la primer finca), la base
de tres millones setecientos cuarenta y cinco mil colones exactos
(para la segunda finca) y la base de cuatro millones cincuenta y un
mil doscientos cincuenta colones exactos (para el tercer inmueble)
(un 25% de las bases originales). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica
Pág 14 — BOLETIN JUDICIAL Nº 133
Viernes 11 de julio del 2014
contra Autorepuestos Sarapiquí S. A., María Denise Cordero Pérez,
Víctor Manuel Cordero Segura. Exp. N° 14-000251-1209-CJ.—
Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí, 23 de junio del
2014.—Lic. Dinia Peraza Delgado, Jueza.—(IN2014043989).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de anotaciones
y gravámenes hipotecarios; a las once horas y cero minutos del
once de agosto de dos mil catorce, y con la base de ciento treinta
mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento
treinta y nueve mil ochocientos sesenta y tres cero cero cero la cual
es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 03 San
Rafael, cantón 02 Escazú, de la provincia de San José. Colinda:
al sur, quebrada Quebradilla; al oeste, Carla Pozuelo Picasso, al
noroeste, Ketty Larín Soto e Iris Montero Paniagua; al noroeste,
calle pública con 9.32 metros de frente. Mide: Quinientos metros
con cero decímetros cuadrados, según plano catastrado N° SJ0542171-1984. Para el segundo remate se señalan las once horas y
cero minutos del veintisiete de agosto de dos mil catorce, con la base
de noventa y siete mil quinientos dólares exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once
horas y cero minutos del once de setiembre de dos mil catorce con la
base de treinta y dos mil quinientos dólares exactos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Treasures Of Mead West Sociedad Anónima
contra María Asunción Pozuelo Picasso. Exp. N° 14-004764-1170CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito
Judicial de San José, 23 de mayo del 2014.—Lic. Carlos Manuel
Contreras Reyes, Juez.—(IN2014043993).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; a las nueve horas del trece de agosto de dos mil
catorce, y con la base de cincuenta mil dólares exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio
Real, matrícula N° 458877-000, la cual es terreno bloque e, lote
9, para construir. Situada en el distrito 02 San Miguel, cantón 03
Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte,
parque; al sur, calle pública; al este, lote 10, y al oeste, lote 8. Mide:
Ciento ochenta y tres metros con cinco decímetros cuadrados.
Para el segundo remate se señalan las nueve horas del veintinueve
de agosto de dos mil catorce, con la base de treinta y siete mil
quinientos dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento)
y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas del dieciséis
de setiembre de dos mil catorce con la base de doce mil quinientos
dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
de Soluciones Bansol de Costa Rica SA contra Javier Guillermo
Zúñiga Méndez en expediente N° 14-006619-1170-CJ del.—
Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 6 de mayo del 2014.—Lic. María Del Carmen
Vargas González, Jueza.—(IN2014044005).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
prendarios; a las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del cuatro
de agosto de dos mil catorce, y con la base de dos mil trescientos
noventa y ocho dólares con diecinueve centavos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Vehículo: Placas N° 707604, marca Peugeot,
estilo Berlina 206 Premiumline, categoría automóvil, año 2007,
color gris, Vin 8AD2AWJYU7G059013, cilindrada 1868 cc. Para
el segundo remate se señalan las catorce horas y cuarenta y cinco
minutos del veinte de agosto de dos mil catorce, con la base de mil
setecientos noventa y ocho dólares con sesenta y cuatro centavos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta
se señalan las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del cuatro
de setiembre de dos mil catorce con la base de quinientos noventa
y nueve dólares con cincuenta y cuatro centavos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución prendaria de Scotianbank de Costa Rica S.
A. contra Jose Luis Herrera Simancas. Exp. N° 14-000760-1158CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Heredia. 22 de mayo
del 2014.—Lic. Adriana Brenes Castro, Jueza.—(IN2014044008).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
prendarios; a las ocho horas del veintidós de agosto de dos mil
catorce, y con la base de ocho mil setecientos noventa y seis
dólares con cuarenta y seis centavos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: Vehículo: placas CL-254192, marca Dongfeng, estilo
Rich, categoría carga liviana, capacidad 5 personas, año 2011,
carrocería caja abierta o cam-pu, color gris, tracción 4x4, uso
particular, cilindrada 3153 cc, cilindros 4, combustible diesel. Para
el segundo remate se señalan las ocho horas del ocho de setiembre
de dos mil catorce, con la base de seis mil quinientos noventa y siete
dólares con treinta y cuatro centavos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas del
veinticuatro de setiembre de dos mil catorce con la base de dos mil
ciento noventa y nueve dólares con once centavos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Isacc
Rodríguez Víquez, Marvin Umaña Fallas. Exp. N° 14-0041861170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer
Circuito Judicial de San José, 6 de junio del 2014.—Lic. Nidia
Durán Oviedo, Juez.—(IN2014044011).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; a las once horas y quince minutos del diez de setiembre
de dos mil catorce, y con la base de ciento doce mil dólares exactos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo
el sistema de Folio Real, matrícula número 44738-F-000 la cual es
terreno Finca filial número veintiuno apartamento de dos plantas
destinado a uso habitacional en proceso de construcción. Situada
en el distrito 02 La Ribera, cantón 7 Belén, de la provincia de
Heredia. Colinda: al norte, avenida dos; al sur, finca filial veintiocho
y finca filial veintisiete; al este, finca filial veintidós, y al oeste, finca
filial veinte. Mide: doscientos cuarenta y cinco metros con treinta
y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan
las once horas y quince minutos del veintiséis de setiembre de dos
mil catorce, con la base de ochenta y cuatro mil dólares exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta
se señalan las once horas y quince minutos del trece de octubre de
dos mil catorce con la base de veintiocho mil dólares exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica
Sociedad Anónima contra Rigoberto Erazo López, Veintiuno Lares
Belén OPQ Sociedad Anónima representada por el señor Oscar
Alejandro González Pérez. Exp. N° 14-004839-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de
San José, 13 de mayo del 2014.—Lic. Luis Alberto Ureña Monge,
Juez.—(IN2014044012).
En la puerta exterior de este Despacho; a las nueve horas y
cuarenta minutos del ocho de setiembre de dos mil catorce en el
mejor postor remataré las siguientes fincas (ambas del partido de
Heredia): 1-) libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
condi IDA, afectaciones y limitaciones de la Ley Forestal 7575;
y con la base de setenta y seis millones sesenta y cuatro mil
setecientos cuarenta y cuatro colones con dieciséis céntimos, en
el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro
Público, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número ciento treinta y cinco mil ciento sesenta y tres
cero cero cero la cual es terreno para agricultura lote 61. Situada
en el distrito 02 La Virgen, cantón 10 Sarapiquí, de la provincia de
Heredia. Colinda: al norte, parcela 95; al sur, calle pública; al este,
Amparo Rojas, y al oeste, parcela 60. Mide: Cuatrocientos diecisiete
mil cincuenta y dos metros con veintitrés decímetros cuadrados. 2)
Libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Reservas de Ley
de Aguas y Ley de Caminos Públicos; y con la base de setenta y
tres millones novecientos treinta y cinco mil doscientos cincuenta
y cinco colones con ochenta y cuatro céntimos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
ciento cuarenta y ocho mil doscientos veintiocho-cero cero tres
Viernes 11 de julio del 2014
y cero cero cuatro la cual es terreno para la agricultura lote 44
Proyecto La Rambla. Situada en el distrito 03 Las Horquetas, cantón
10 Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote 34;
al sur, calle; al este, lote 45 y al oeste lotes 1 y 2. Mide: Cuarenta
y ocho mil seiscientos cuarenta y seis metros con sesenta y siete
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve
horas y cuarenta minutos del veintitrés de setiembre de dos mil
catorce, con la base de cincuenta y siete millones cuarenta y ocho
mil quinientos cincuenta y ocho colones con doce céntimos (para la
primer finca), la base de cincuenta y cinco millones cuatrocientos
cincuenta y un mil cuatrocientos cuarenta y un colones con ochenta
y ocho céntimos (para la segunda finca) (ambas rebajadas en un
25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se
señalan las nueve horas cuarenta minutos del ocho de octubre de
dos mil catorce, con la base de diecinueve millones dieciséis mil
ciento ochenta y seis colones con cuatro céntimos (para la primer
finca), la base de dieciocho millones cuatrocientos ochenta y tres
mil ochocientos trece colones con noventa y seis céntimos (para
la segunda finca) (un 25% de las bases originales). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional
De Costa Rica contra Juan Carlos Ocampo Varela, Yamileth Zamora
Arrieta. Exp. N° 14-000443-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y
Menor Cuantía de Pococí, 7 de julio del 2014.—Lic. Dinia Peraza
Delgado, Jueza.—(IN2014044013).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; a las catorce horas y cero minutos del tres de octubre
de dos mil catorce, y con la base de doce millones setecientos
treinta y tres mil cuatrocientos noventa colones con cincuenta y seis
céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en
el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento doce mil
trescientos treinta y cuatro-cero cero cero Naturaleza: Lote 88 terreno
con una casa. Situada en el distrito Quepos, cantón Aguirre, de la
provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Asociación Prodesarrollo
del cantón de Aguirre; al sur, calle pública con 11,00 metros; al
este, Asociación Prodesarrollo del cantón de Aguirre, y al oeste,
Asociación Prodesarrollo del cantón de Aguirre. Mide: Doscientos
treinta y un metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las catorce horas y cero minutos del veinte de
octubre de dos mil catorce, con la base de nueve millones quinientos
cincuenta mil ciento diecisiete colones con noventa y dos céntimos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las catorce horas y cero minutos del cuatro de noviembre
de dos mil catorce con la base de tres millones ciento ochenta y tres
mil trescientos setenta y dos colones con sesenta y cuatro céntimos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa
a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción
del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Ana Cecilia Agüero Agüero. Exp.
N° 13-005307-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor
Cuantía de Puntarenas, 19 de marzo del 2014.—Lic. Douglas
Quesada Zamora, Juez.—(IN2014044014).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones según citas
0291-00002926-01-0903-001, 0313-00000512-01-0901-001,
servidumbre trasladada según citas 0318-00002623-01-0901-007,
Reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos según citas
0435-00008404-01-0111-001, Servidumbre de Paso según citas
2012-00245847-01-0005-001; a las quince horas y cero minutos del
seis de octubre de dos mil catorce, y con la base de treinta millones
ochocientos noventa y seis mil cuatrocientos ochenta y cuatro
colones con tres céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento
ochenta y nueve mil setecientos ochenta y ocho-cero cero cero
la cual es terreno de repasto. Situada en el distrito Parrita, cantón
Parrita, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Juan José
Rojas Rojas y Daisy Amador Ávila; al sur, Juan José Rojas Rojas
y Daisy Amador Ávila; al este, calle publica con frente de 111.87
BOLETIN JUDICIAL Nº 133 — Pág 15
metros, y al oeste, Juan José Rojas Rojas y Daisy Amador Ávila.
Mide: Tres mil setecientos treinta y dos metros con cero decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero
minutos del veintiuno de octubre de dos mil catorce, con la base de
veintitrés millones ciento setenta y dos mil trescientos sesenta y dos
colones con noventa y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas
y cero minutos del cinco de noviembre de dos mil catorce con la
base de siete millones setecientos veinticuatro mil ciento veintiún
colones con ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho.
La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra
Mileydi Araya López. Exp. N° 13-005242-1207-CJ.—Juzgado de
Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 30 de junio del
2014.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez.—(IN2014044015).
En la puerta exterior de este Despacho; al ser las trece horas
y treinta minutos del veinticinco de setiembre de dos mil catorce,
libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Reservas y
Restricciones citas 305-00006145-01-0901-047; y con la base de
veinte millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Partido
de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número ciento sesenta y cuatro mil ciento sesenta y dos
cero cero cero la cual es terreno de café. Situada en el distrito 01 San
Vito, cantón 08-Coto Brus, de la provincia de Puntarenas. Colinda:
al norte, calle pública, servidumbre de paso de 6 metros lineales,
calle pública y Idalia Fonseca Morales; al sur, servidumbre de paso
de 6 metros lineales, calle pública de por medio y Julio Fonseca
Alfaro; al este, Julio Fonseca Alfaro, Randal Morales Alfaro,
Carmen Granados Barrantes, Asociación de Jehová, Gerardo Quiroz
Fonseca, Pedro Sandí Fallas, Anastacio Pineda Salas y servidumbre
de paso de 6 metros lineales, y al oeste, Gilberto Fonseca Alfaro,
Carmen Granados Barrantes, Asociación de Testigos de Jehová,
Gerardo Quirós Fonseca, Pedro Sandí Fallas y Anastacio Pineda
Salas. Mide: veintidós mil cuatrocientos siete metros con cincuenta
y dos centímetros cuadrados. Plano: P-0968932-2004. 2) Con la
base de tres millones quinientos mil colones y libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando Reservas y Restricciones citas 30500006145-01-0901-047 la Finca inscrita en el Registro Público,
Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula N° 181574-000 la cual es naturaleza lote
primero terreno solar. Situada en el distrito 01-San Vito, cantón
08 Coto Brus, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte,
calle pública de por medio con finca de Idilia Fonseca Morales;
al sur, Idilia Fonseca Morales; al este, calle pública,. y al oeste,
servidumbre de paso de 6 metros lineales y Idalia Fonseca Morales.
Mide: mil cuatrocientos sesenta y seis metros con cero decímetros
cuadrados. Plano: P-1479544-2011. 3) Con la base de tres millones
quinientos mil colones y libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando reservas y restricciones citas 305-00006145-01-0901047 la Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula
N° 181575-000 la cual es naturaleza lote segundo terreno de
solar. Situada en el distrito 01-San Vito, cantón 08-Coto Brus,
de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Idilia Fonseca
Morales; al sur, Idilia Fonseca Morales; al este, calle pública, y al
oeste, servidumbre de paso de 6 metros lineales, Idalia Fonseca
Morales y calle pública. Mide: mil cuatrocientos metros con cero
decímetros cuadrados. Plano: 1480351-2011. 4) Con la base de dos
millones quinientos mil colones y libre de gravámenes hipotecarios;
pero soportando reservas y restricciones citas 305-0000614501-0901-047 la Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula N° 181576-000 la cual es naturaleza lote tercero terreno
de solar. Situada en el distrito 01 San Vito, cantón 08 Coto Brus,
de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Idilia Fonseca
Morales; al sur, Idilia Fonseca Morales; al este, calle pública, y al
oeste, servidumbre de paso de 6 metros lineales e Idalia Fonseca
Morales. Mide: quinientos metros con cero decímetros cuadrados.
Pág 16 — BOLETIN JUDICIAL Nº 133
Viernes 11 de julio del 2014
Plano: P-1480347-2011. 5) Con la base de un millón de colones
y libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y
restricciones citas 305-00006145-01-0901-047 la Finca inscrita en
el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula N° 181577-000 la cual es
naturaleza lote cuarto terreno de solar. Situada en el distrito 01 San
Vito, cantón 08 Coto Brus, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al
norte, Idilia Fonseca Morales; al sur, Idilia Fonseca Morales; al este,
calle pública, y al oeste, servidumbre de paso de 6 metros lineales e
Idalia Fonseca Morales. Mide: trescientos sesenta y seis metros con
cero decímetros cuadrados. Plano: P-1480030-2011. Y 6) Con la
base de dos millones quinientos mil colones y libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas 30500006145-01-0901-047 la Finca inscrita en el Registro Público,
Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula N° 181578-000 la cual es naturaleza lote
cinco terreno de solar. Situada en el distrito 01 San Vito, cantón
08 Coto Brus, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte,
Idilia Fonseca Morales; al sur, Idilia Fonseca Morales; al este, calle
pública y al oeste servidumbre de paso de 6 metros lineales e Idalia
Fonseca Morales. Mide: novecientos un metros con cero decímetros
cuadrados. Plano: P-1480348-2011. Para el segundo remate se
señalan las trece horas y treinta minutos del diez de octubre de dos
mil catorce, para la primera finca (rebajada en un 25%), con la base
de quince millones de colones para la segunda finca (rebajada en
un 25%), con la base de dos millones seiscientos veinticinco mil
colones, para la tercera finca (rebajada en un 25%), con la base de
dos millones seiscientos veinticinco mil colones, para la cuarta finca
(rebajada en un 25%), con la base de un millón ochocientos setenta
y cinco mil colones, para la quinta finca (rebajada en un 25%) y
con la base de setecientos cincuenta mil colones, para la sexta finca
(rebajada en un 25%) y con la base de un millón ochocientos setenta
y cinco mil colones. De no apersonarse rematantes, para el tercer
remate, se señalan las trece horas y treinta minutos del veintisiete de
octubre de dos mil catorce, con la base de cinco millones de colones
exactos para la primera finca (un 25% de la base original), con la base
de ochocientos setenta y cinco mil colones para la segunda finca (un
25% de la base original), con la base de ochocientos setenta y cinco
mil colones para la tercera finca (un 25% de la base original), con
la base de seiscientos veinticinco mil colones para la cuarta finca
(un 25% de la base original), con la base de doscientos cincuenta
mil colones para la quinta finca (un 25% de la base original) y con
la base de seiscientos veinticinco mil colones para la sexta finca (un
25% de la base original). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Atiliano Gómez Barboza contra
Idilia Fonseca Morales. Exp. N° 14-000052-1201-CJ.—Juzgado
de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Golfito, 6 de
mayo del 2014.—Lic. Yesenia Auxiliadora Zúñiga Ugarte, Jueza.—
(IN2014044016).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; a las nueve horas y quince minutos del veintiocho de
agosto del año dos mil catorce, y con la base de veintiséis millones
doscientos treinta y cuatro mil novecientos cincuenta y ocho colones
con veintidós céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número treinta
y nueve mil setecientos cuatro cero cero cero la cual es terreno para
construir con una casa. Situada en el distrito Cariari, cantón Pococí,
de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Víctor Bolaños Bolaños;
al sur, calle pública con frente a ella de diez metros ochenta y ocho
centímetros lineales; al este, José Luis Vásquez Vásquez, y al oeste,
Clemencia Campos Chavarría. Mide: cuatrocientos setenta metros
con setenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las nueve horas y quince minutos del doce de septiembre del
año dos mil catorce, con la base de diecinueve millones seiscientos
setenta y seis mil doscientos dieciocho colones con sesenta y siete
céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las nueve horas y quince minutos del veintinueve
de septiembre del año dos mil catorce con la base de seis millones
quinientos cincuenta y ocho mil setecientos treinta y nueve colones
con cincuenta y seis céntimos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho.
La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Rosalina
Urbina Huete. Exp. N° 13-002590-1208-CJ.—Juzgado de Cobro y
Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona
Atlántica, 4 de junio del 2014.—Lic. Ernesto Torres Torres, Juez.—
(IN2014044017).
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes
hipotecarios a las catorce horas y cero minutos del cuatro de agosto
del dos mil catorce, y con la base de ciento noventa y siete mil
cuatrocientos ochenta y dos dólares con setenta y tres centavos, en
el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro
Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de Folio Real, matrícula número F-42222-000, la cual es terreno
finca filial ocho de dos plantas destinada a uso habitacional en
proceso de construcción. Situada en el distrito 04 San Rafael, cantón
15 Montes de Oca, de la provincia de San José. Colinda: al norte,
Constructora Brenes y Salas Sociedad Anónima y finca filial siete;
al sur, Constructora Brenes y Salas Sociedad Anónima y finca filial
nueve; al este, área comunal de acceso vehicular con un frente de
nueve metros y al oeste, Compañía Textil Centroamericana. Mide:
doscientos siete metros con cuarenta y seis decímetros cuadrados.
Plano catastrado N° SJ-948276-2004. Para el segundo remate se
señalan las catorce horas y cero minutos del veinte de agosto del dos
mil catorce, con la base de ciento cuarenta y ocho mil ciento doce
dólares con cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento)
y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos
del cuatro de setiembre del dos mil catorce con la base de cuarenta
y nueve mil trescientos setenta dólares con sesenta y ocho centavos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Inversor Serpama
S.P.M. Sociedad Anónima contra Alberto Espinoza Mora. Exp N°
06-000823-0640-CI. Juzgado Civil de Cartago, 30 de abril del año
2014.—Dr. Mauricio Vega Camacho, Juez.—(IN2014044047).
En la puerta exterior de este despacho; a las nueve de la
mañana del dieciocho de agosto del año dos mil catorce, con la base
que se indica y libre de gravámenes se remata los siguientes bienes:
tres reformes con base de madera, cuenta con cinco resortes, una
caja, una tabla y accesorios para las manos y los pies quinientos
mil colones cada una; un cadilac con base de madera con todos los
accesorios setecientos cincuenta mil colones; una silla de ejercicios
con sus resortes y accesorios cien mil colones; cuatro juegos de pesas
a quinientos colones cada una; tres aros color negro para pilates tres
mil colones cada una; una urna con marcos metálicos cinco estantes,
todo de vidrio y cerrada trescientos mil colones; una computadora
que se compone de: pantalla AOC E943FWSK, con su teclado y
CPU, color negro, sin marca visible doscientos mil colones. Para
el segundo remate se señalan las nueve de la mañana del dos de
setiembre del año dos mil catorce, con la base de (rebajada en un
veinticinco por ciento y, para la tercera subasta se señalan las nueve
de la mañana del dieciocho de setiembre del año dos mil catorce,
con la base en un 25% de la base original. Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción
del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se
remata por ordenarse así en proceso OR.S.PRI. Prestac. laborales
de Rossana María Herrera Escalante contra Alejandra Saint Costa.
Exp: 12-000606-1178-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo
Circuito Judicial de San José, (oral-electrónico), 02 de junio
del año 2014.—M.Sc. Rafael Antonio Ortega Tellería, Juez.—
(IN2014044059).
En la puerta exterior de este despacho, en el mejor postor
remataré: Propiedad inscrita al partido de Puntarenas matrícula
folio real número ciento sesenta y dos mil novecientos noventa
y tres-cero cero cero, que es terreno de tacotal y potrero, con una
Viernes 11 de julio del 2014
cabida, según Registro Público de ciento veintiséis mil doscientos
treinta y un metros con cero decímetros cuadrados, ubicada en el
distrito primero: Puerto Cortés, cantón quinto: Osa de la provincia
de Puntarenas, colinda al norte, Costa azul S. A, sur, Valley Of
The Giant Tree S. A, este, Valley Of Giant Tree S. A, servidumbre
agrícola de 7 metros de ancho por 86 metros de largo, oeste, Xenes
Information Systems S. A, quebrada en medio y American Zona
Investments. Se celebrará el primer remate a las 08:00 horas del
8 de agosto del 2014. Libre de gravámenes con reservas a la Ley
de Caminos bajo las citas 0301-00011707-01-0036-001, reservas y
restricciones bajo las citas: 0317-00009633-01-0901-001 y 032100003195-01-0901-001, condiciones bajo las citas 0321-0000319501-0902-001, prohibiciones bajo las citas 0321-00003195-01-0903001 y servidumbre de paso bajo las citas 2011-00101291-01-0002001 y con la base de ciento noventa y seis millones de colones ,
se celebrará el primer remate a las 08:00 horas del 8 de agosto
del 2014 . Con la base de Ciento cuarenta y siete millones (rebaja
del veinticinco por ciento de la base original), se señalan para el
segundo remate las 08:00 horas del 29 de agosto del 2014. Con
la base de cuarenta y nueve millones (veinticinco por ciento de la
base original), se señalan para el tercer remate las 08:00 horas del
19 de setiembre del 2014. Lo anterior por haberse ordenado así en
expediente N° 14-000005-1129-AG (49-2-14) establecido por Banco
Nacional de Costa Rica contra Desarrollos Agrícolas del Pacífico
Sur S.A.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de
la Zona Sur Corredores.—Lic. Juan Gutiérrez Villalobos, Juez
Agrario.—(IN2014044060).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; a las catorce horas y treinta minutos del cuatro de
agosto del año dos mil catorce y con la base de siete millones
trescientos setenta y seis mil doscientos dos colones con dos
céntimos en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita
en el Registro Público, partido de Heredia Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 194310-000 la
cual es terreno para construir lote 27. Situada en el distrito 02 La
Virgen, cantón 10 Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda:
al norte, calle publica; al sur, Henry Gutiérrez Badilla, Gaspar
Sarapiqueña Sociedad Anónima; al este, Henry Gutiérrez Badilla,
Gaspar Sarapiqueña Sociedad Anónima y al oeste, Henry Gutiérrez
Badilla, Gaspar Sarapiqueña Sociedad Anónima. Mide: doscientos
veinticinco metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
catorce horas y treinta minutos del veinte de agosto del año dos mil
catorce con la base de cinco millones quinientos treinta y dos mil
ciento cincuenta y un colones con cincuenta y un céntimos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las
catorce horas y treinta minutos del cuatro de setiembre del año dos
mil catorce con la base de un millón ochocientos cuarenta y cuatro
mil cincuenta colones con cincuenta céntimos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Popular de Desarrollo Comunal
contra Silvia Shirlene Mejías Pérez Exp: 12-025533-1012-CJ.—
Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial
de San José, 26 de junio del año 2014.—Licda. Adriana Jiménez
Bonilla, Jueza.—(IN2014044061).
A las nueve horas del miércoles tres de setiembre del año dos
mil catorce, en la puerta exterior de este despacho, y con la base de
ocho millones quinientos noventa y un mil ochocientos cincuenta
y cinco colones y noventa y siete céntimos (¢8.591.855,97) en el
mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro
Público, partido de San José, matrícula número 610525-000,
ubicada en el distrito cuarto de Grifo Alto, Cantón cuarto de
Puriscal de la provincia de San José, cuya naturaleza es de potrero,
y sus colindancias son: al norte, con quebrada, al sur, con Hernand
Guadamuz Agüero y servidumbre de paso, al este, con quebrada en
medio de Edwin Hernández Berrocal y Hernán Guadamuz Agüero,
y al oeste, con Quebrada, mide: catorce mil ciento treinta y ocho
metros cuadrados, y es propiedad del señor Fernando Guadamuz
Elizondo, cédula 01-0889-0131; y sobre la cual pesa hipoteca de
primer grado bajo las citas 2011-175927-01-0001-001, que da
origen a este proceso, así como practicado bajo las citas: 800178490-01-0001-001, que pertenece al expediente número 13010214-1044-CJ del Juzgado Especializado de Cobros del Primer
BOLETIN JUDICIAL Nº 133 — Pág 17
Circuito Judicial de San José, anotación de demanda de ejecución
hipotecaria, bajo las citas 800-183130-01-0001-001, que pertenece
a este proceso, y servidumbre trasladada, bajo las citas 195-0560101-0002-001. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo
remate, se señalan las nueve horas del miércoles diecisiete de
setiembre del año dos mil catorce, con la base de seis millones
cuatrocientos cuarenta y tres mil ochocientos noventa y un colones
con noventa y siete céntimos (¢6.443.891,97) (rebajada en un 25%).
De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las
nueve horas del primero de octubre del año dos mil catorce con la
base de dos millones ciento cuarenta y siete mil novecientos sesenta
y cuatro colones netos (¢2.147.964,00) (un 25% de la base original
). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria
de Fundación Integral de Desarrollo Rural DEL Pacifico Central
Fiderpac contra Fernando Guadamuz Elizondo. Exp: 14-0000110689-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de
San José, 03 de junio del año 2014.—Lic. Juan Carlos Castillo
López, Juez.—(IN2014044063).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
hipotecarios, a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del doce de
agosto de dos mil catorce, y con la base de treinta y cinco millones
de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento
cuarenta y ocho mil doscientos ochenta y cinco-cero cero cero la
cual es terreno para construir lote 13 bloque B con una casa de
habitación. Situada en el distrito San Josecito, cantón San Rafael,
de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote 14; al sur, lote
12; al este, calle pública y al oeste, Gonzalo Rojas Villalobos y
Bernal Rojas Villalobos. Mide: doscientos ocho metros con diez
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez
horas y cuarenta y cinco minutos del veintiocho de agosto de dos
mil catorce, con la base de veintiséis millones doscientos cincuenta
mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos
del doce de setiembre de dos mil catorce con la base de ocho
millones setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Ana Cecilia Rodríguez
Guzmán contra Marisol de los Ángeles Anchía Salazar. Exp: 14000574-1158-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Heredia,
07 de marzo del año 2014.—Lic. Pedro Javier Ubau Hernández,
Juez.—(IN2014044065).
En la puerta exterior de este Despacho; sobre la finca
2-369037-000, con la base de doce millones setecientos mil colones
(¢12,700,000), libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
Condiciones y reservas, citas 323-13300-01-0901-018; Servidumbre
de paso, citas 503-17638-01-0002-00; Servidumbre de paso citas,
503-17638-01-0002-001; Servidumbre de paso, citas 503-1763801-0024-001; servidumbre de paso, citas 566-04397-01-0003-001;
sáquese a remate el inmueble embargado en autos. Finca que se
describe así, inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula dostres seis nueve cero tres siete-cero cero cero. Situada en el distrito
El Amparo cantón Los Chiles, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, Evelio Rodríguez González y María Isabel Cabezas López
en parte; al sur, EFE 38 S. A.; al este, calle pública con 69.23 metros
y al oeste, Evelio Rodríguez González. Mide: diez mil ochocientos
ochenta y tres metros con cincuenta y cinco decímetros cuadrados.
Para tal efecto se señalan las diez horas del dos de octubre del
año dos mil catorce. De no haber postores, para llevar a cabo el
segundo remate, se señalan las diez horas del diecisiete de octubre
del año dos mil catorce , con la base de nueve millones quinientos
veinticinco mil colones (¢9,525,000) (rebajada en un 25%). De no
apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las diez
horas del tres de noviembre del año dos mil catorce, con la base
de tres millones ciento setenta y cinco mil colones (¢3,175,000)
(un 25% de la base original). Nota: Se le informa a las personas
Pág 18 — BOLETIN JUDICIAL Nº 133
Viernes 11 de julio del 2014
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso otros Ord. Sector privado de Milton Flores Alvarado
contra GTN Grupo Tierras Nuevas S. A. Exp: 06-000033-0166LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San
José, 17 de junio del 2014.—Licda. Lourdes Montenegro Espinoza,
Jueza.—(IN2014044070).
A las nueve horas del veintiséis de setiembre de dos mil catorce,
en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor
postor, libre de gravámenes hipotecarios, soportando Limitaciones
0376-00000123-01-0937-001; Reservas y Restricciones bajo las
citas 0376-00000123-01-0938-001; Condiciones bajo las citas
0376-00000123-01-0939-001 y Prohibiciones bajo las citas 037600000123-01-0940-001 y con la base de veinticuatro millones de
colones, remataré: el fundo hipotecado del partido de Alajuela,
matrícula número doscientos cuarenta y un mil trescientos sesenta
y seis triple cero, que es terreno N° 3-16 para agricultura, sito en
el distrito segundo, Caño Negro, cantón catorce, Los Chiles, de
la provincia de Alajuela. Lindante al norte, Alvar Ruíz; al sur, y
al este, calle y al oeste: Juan Hernández, el cual mide cincuenta y
cinco mil ciento veinticinco metros con trece decímetros cuadrados,
propiedad del demandado Eulogio Marcelo Avalos Marenco. En
caso de resultar fracasado el primer remate, para la segunda subasta
y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la
suma de dieciocho millones de colones, se señalan las nueve horas
del trece de octubre de dos mil catorce. En la eventualidad de que
en el segundo remate tampoco se realicen posturas para la tercera
almoneda y con la base del veinticinco por ciento de la base original,
o se la suma de seis millones de colones, se señalan las nueve horas
del veinticuatro de octubre de dos mil catorce. Lo anterior por estar
así ordenado en proceso de ejecución hipotecaria del Banco Crédito
Agrícola de Cartago, en su condición de Fiduciario del Fideicomiso
MAG-PIPA/FINADE contra Eulogio Marcelo Avalos Marenco.
Exp. N° 13-000268-0298 AG.—Juzgado Agrario del Segundo
Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 26 de junio
de 2014.—Licda. Ana Milena Castro Elizondo, Jueza Agraria.—
(IN2014044073).
Primer remate: a las once horas del veintidós de setiembre
del dos mil catorce, en la puerta exterior del juzgado agrario de
Liberia, libre de gravámenes hipotecarios, y con la base de sesenta
y siete millones doscientos setenta y tres mil ciento cincuenta y
tres colones con noventa y cuatro céntimos, en el mejor postor se
rematará la finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad
Inmueble, partido de Guanacaste, número ciento setenta y seis mil
quinientos cincuenta-cero cero cero. Es terreno de ganadería lote
1 G, ubicado en Bagaces, (distrito primero), de Bagaces (cantón
cuarto) de la provincia de Guanacaste. Sus linderos son: norte, lote
16 C; sur, servidumbre agrícola con un frente de cuarenta y cuatro
metros con cincuenta y seis centímetros lineales; este, lote 2 C; y
oeste, servidumbre agrícola con un frente de ochenta y siete metros
con setenta y cuatro centímetros lineales. Mide cinco mil veintiséis
metros cuadrados. Pertenece a Daniel Alberto Simmons Omier.
Otros gravámenes y anotaciones: reservas y restricciones citas 032500011522-01-0901-001, servidumbre de paso citas 0428-0001103601-0002-001. Segundo remate: de no existir postores, para llevar a
cabo el segundo remate, se señalan las once horas del seis de octubre
del dos mil catorce, con la base de cincuenta millones cuatrocientos
cincuenta y cuatro mil ochocientos sesenta y cinco colones con
cuarenta y cinco céntimos (rebajada en un 25% de la base original).
Tercer remate: de no existir postores en el segundo remate, para
celebrar el tercero, se señalan las once horas del veinte de octubre
del dos mil catorce, con la base de dieciséis millones ochocientos
dieciocho mil doscientos ochenta ocho colones con cuarenta y ocho
céntimos (un 25% de la base original). Se remata por estar ordenado
en proceso hipotecario N° 13-005678-1164-CJ, de Banco Crédito
Agrícola de Cartago contra Daniel Alberto Simmons Omier.—
Juzgado Agrario de Liberia, 01 de julio de 2014.—Lic. Rodrigo
Tobías Valverde Umaña, Juez.—(IN2014044076).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes,
a las nueve horas del cinco de agosto del año dos mil catorce, y
con la base de setecientos noventa y un mil ciento noventa y nueve
colones con ochenta y cinco céntimos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: vehículo marca: Mercedes Benz, estilo: Unimog,
categoría: equipo especial agrícola, capacidad: dos personas, serie:
40612110030820, año: 1978, carrocería: tractor de llanta, color:
verde, tracción: 4X4, peso bruto: 0 kgrms, chasis: 40612110030820,
peso neto: 0 kgrms, Vin: 40612110030820. Para el segundo remate
se señalan las nueve horas del veinte de agosto del año dos mil
catorce, con la base de quinientos noventa y tres mil trescientos
noventa y nueve colones con ochenta y nueve céntimos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las nueve horas del tres de setiembre del año dos mil catorce, con
la base de ciento noventa y siete mil setecientos noventa y nueve
colones con noventa y seis céntimos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ordinario
de trabajo de Mario José Suazo Palma contra Sogeosa S. A. Exp:
11-300101-0402-LA Juzgado Contravencional y Menor Cuantía
de Cañas, Guanacaste, 25 de junio del año 2014.—Lic. Gerardo
Calvo Solano, Juez.—(IN2014044083).
A las ocho horas del veinticuatro de setiembre de dos mil
catorce, en la puerta exterior del local que ocupa este Despacho,
se rematará el inmuebles, que se describen de la siguiente manera:
Soportando hipotecas de primero y segundo grado, bajo las citas dos
mil nueve-doce mil cuatrocientos treinta y siete-cero uno-cero cero
cero uno-cero cero uno así como las citas dos mil diez-doscientos
noventa mil cuatrocientos tres-cero uno-cero cero cero uno-cero
cero uno, y sin más gravámenes y con la base de siete millones
quinientos cincuenta y siete mil cuatrocientos dieciséis colones con
noventa y cinco céntimos, en el mejor postor, se rematará la finca
inscrita al partido de Heredia, matrícula número ciento veintiún
mil novecientos setenta y uno-cero cero uno y cero cero dos, que
es terreno de agricultura, distrito primero Puerto Viejo del cantón
décimo Sarapiquí de la provincia de Heredia, que mide setenta y ocho
mil novecientos setenta y dos metros con cuarenta y un decímetros
cuadrados y que linda al norte, lote 52, al sur, con lote 54 al este, Río
Sucio al oeste, con calle público. En el caso de resultar fracasado ese
primer remate, para llevar a cabo una segunda subasta pero con la
base de cinco millones seiscientos sesenta y ocho mil sesenta y dos
colones con setenta y un céntimos (¢5.668.062,71), (rebaja del 25%
de la base anterior) se señalan las ocho horas del nueve de octubre de
dos mil catorce. De ser fracasado también el segundo señalamiento,
para llevar a cabo la tercera subasta se señalan las ocho horas del
veinticuatro de octubre de dos mil catorce, esta vez con la base de
un millón ochocientos ochenta y nueve mil trescientos cincuenta y
cuatro colones con veinticuatro céntimos (¢1.889.354,24), (es decir
un 25% de la base original). Se advierte además que de conformidad
con el artículo 25 de la Ley Cobro Judicial, si al tercer remate no
hubiere postores, el bien se tendrá por adjudicado al ejecutante, por
el veinticinco por ciento de la base original. Lo anterior se remata
por haberse ordenado así en ejecución hipotecaria Nº 14-0001010507-AG (121-1-14). Del Banco Nacional de Costa Rica contra
Vilma del Socorro Campos Cruz y otros.—Juzgado Agrario del
Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, 30
de junio del 2014.—Lic. Silvia Sánchez Blanco, Jueza Agrario.—
(IN2014044087).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando servidumbre dominante y condic y
limita ref 2182 y 14900; a las once horas y cero minutos del treinta y
uno de julio de dos mil catorce, y con la base de dieciocho millones
treinta y un mil trescientos noventa colones con ochenta y cinco
céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita
en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 303761-000 la cual
es terreno hoy de café abandonado. Situada en el distrito 08 Cajón,
cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al
norte, Marcos Umaña Beita; al sur, Carlos y Maritza Montero Mena;
al este, Juana Montero Mena y al oeste Juana Montero Mena. Mide:
dos mil ciento sesenta y dos metros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las once horas y cero minutos del dieciocho de
agosto de dos mil catorce, con la base de trece millones quinientos
Viernes 11 de julio del 2014
veintitrés mil quinientos cuarenta y tres colones con catorce céntimos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta
se señalan las once horas y cero minutos del dos de setiembre de
dos mil catorce con la base de cuatro millones quinientos siete mil
ochocientos cuarenta y siete colones con setenta y un céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Fiduciaria Brunca Sociedad
Anónima contra Marcos Didier Pizarro Piñar. Exp: 13-0057071164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago,
06 de mayo del año 2014.—Guillermo Guevara Solano, Juez.—
(IN2014044090).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
prendarios; a las diez horas y treinta minutos del once de agosto de
dos mil catorce, y con la base de quinientos cincuenta y seis mil
seiscientos sesenta y ocho colones con setenta y cinco céntimos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número
255460. Marca Toyota. Estilo Four Runner. Categoría automóvil.
Año 1997. Color azul. Chasis RZN1850010370. Cilindrada 2694
CC. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta
minutos del veintisiete de agosto de dos mil catorce, con la base
de cuatrocientos diecisiete mil quinientos un colones con cincuenta
y seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del once
de setiembre de dos mil catorce con la base de ciento treinta y nueve
mil ciento sesenta y siete colones con diecinueve céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución prendaria de Fiduciaria Brunca S.A.
contra Alejandro Martínez, Ronald Alberto Castrillo Vargas. Exp:
14-003456-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer
Circuito Judicial de San José, 22 de marzo del año 2014.—Ericka
Robleto Artola, Jueza.—(IN2014044093).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
prendarios; a las once horas y treinta minutos del diecinueve de
agosto de dos mil catorce, y con la base de tres millones colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa
Tur 03 000253, marca Mercedes Benz, estilo MB140D29, año
1998, color verde, N° motor 66291110053040, cilindrada 2874 CC,
combustible Diesel. Para el segundo remate se señalan las once horas
y treinta minutos del tres de setiembre de dos mil catorce, con la base
de dos millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las
once horas y treinta minutos del diecinueve de setiembre de dos mil
catorce, con la base de setecientos cincuenta mil colones exactos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado
a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Mario Alberto
Valverde Arias contra Agencia de Viajes Uno S. A. Exp: 12-0090301170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer
Circuito Judicial de San José, 03 de junio del año 2014.—Msc.
Nidia Durán Oviedo, Juez.—(IN2014044117).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones; a las diez
horas y treinta minutos del treinta y uno de julio de dos mil catorce,
y con la base de once millones quinientos mil colones exactos , en
el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro
Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de folio real, matrícula número ochenta y nueve mil ochocientos
sesenta cero cero cero la cual es terreno para construir con un local
comercial en el construido. Situada en el distrito 05 Duacarí, cantón
06 Guácimo, de la provincia de Limón. Colinda: al norte calle pública
con un frente de veinte metros; al sur Saturnino Díaz Bello; al este
calle pública con un frente de veinte metros y al oeste, Saturnino
Díaz Bello. Mide: cuatrocientos metros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las diez horas y treinta minutos del dieciocho de
agosto de dos mil catorce, con la base de ocho millones seiscientos
veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta
minutos del uno de setiembre de dos mil catorce con la base de
BOLETIN JUDICIAL Nº 133 — Pág 19
dos millones ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra
Gerardo Álvarez Baltodano. Exp: 14-000119-1209-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía de Pococí, 19 de marzo del año
2014.—Dinia Peraza Delgado, Jueza Decisora.—(IN2014044125).
Títulos Supletorios
Adela González García, mayor de edad, casada una vez,
ama de casa, vecina de San Juan de Tibás, San José del Antiguo
Happy Land, seiscientos metros al norte, cédula de identidad
dos-doscientos sesenta y nueve-trescientos cuarenta, promueve
información posesoria. Pretende inscribir a su nombre en el
Registro Público Inmobiliario, libre de gravámenes y cargas reales,
el inmueble que se describe así: terreno de agricultura, situado en
Upala (distrito primero) de Upala (cantón trece) de la provincia
de Alajuela. Linderos: norte; y oeste, Yuma del Oeste RGM S. A.;
sur, Alejandro González García; este, calle pública con un frente
de ciento ochenta y dos metros con treinta centímetros lineales.
Según plano catastrado A-un millón quinientos treinta y ocho mil
doscientos veintiuno-dos mil once, mide de extensión treinta y un
mil cuatrocientos siete metros cuadrados. Manifiesta que no está
inscrito, que carece de título inscribible y que no pretende evadir
las consecuencias de un juicio sucesorio, no tiene condueños, ni
pesan cargas reales ni gravámenes sobre el inmueble. Lo adquirió
por cesión de Industrias SETNA de Moravia S. A., cédula jurídica
tres-ciento uno-setenta mil setecientos ochenta y seis el veintitrés
de Julio del dos mil trece. Estima el inmueble en cinco millones
de colones y el proceso en cinco millones de colones. Por el plazo
de un mes contado a partir de la publicación de este edicto se cita
a todas las personas interesadas para que se apersonen en defensa
de sus derechos. (Expediente N° 12-000171-0387-AG).—Juzgado
Agrario de Liberia, 20 de junio de 2014.—Ruth Alpízar Rodríguez,
Jueza.—1 vez.—(IN2014042413).
Se hace saber que ante este despacho se tramita el expediente
N° 14-000045-0390-CI, donde se promueven diligencias de
información posesoria por parte de Ana Lorena Villegas Álvarez,
quien es mayor, estado civil casada una vez, vecina de Puntarenas,
Lepanto, el Golfo, portadora de la cédula de identidad vigente que
exhibe número 0502130388, ama de casa, a fin de inscribir a su
nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que
se describe así: finca ubicada en la provincia de Puntarenas, la cual
es terreno para construir. Situada en el distrito 04 Lepanto, cantón
primero Puntarenas de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte,
Quebrada San Pedro; al sur, Carlos Enrique Quirós Matamoros; al
este, calle pública con frente a ella de setenta y tres metros con treinta
y dos centímetros; y al oeste, zona de protección de Quebrada San
Pedro. Mide: diez mil quinientos nueve metros cuadrados. Indica el
promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales
o gravámenes y que esta información no tiene por objeto evadir la
tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima
dicho inmueble en la suma de tres millones de colones. Que adquirió
dicho inmueble por donación y hasta la fecha lo ha mantenido en
forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han
consistido en limpieza, mantenimiento, casa de habitación, siembra
de árboles frutales y ornamentales. Que no ha inscrito mediante
el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias otros inmuebles
según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza
a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria
a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la
publicación de este edicto se apersonen ante el despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por
Ana Lorena Villegas Álvarez. Expediente: 14-000045-0390-CI.—
Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste,
Nicoya, 26 de mayo del 2014.—Msc. José Carlos Aguilar Bonilla,
Juez.—1 vez.—(IN2014042438).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente
N° 12-101151-0297-CI donde se promueven diligencias de
información posesoria por parte de Elías Alberto Campos Bolaños
quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de Dulce Nombre
de Ciudad Quesada, portador de la cédula de identidad vigente que
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Viernes 11 de julio del 2014
exhibe número 203530075, profesión agricultor, a fin de inscribir a
su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que
se describe así: Finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es
terreno para construir. Situada en el distrito Quesada, cantón décimo
San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Elías
Alberto Campos Bolaños; al sur, Elías Alberto Campos Bolaños; al
este, Elías Alberto Campos Bolaños y al oeste, calle pública con un
frente a ella de 15 metros. Mide: trescientos doce metros cuadrados.
Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan
cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por
objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso
sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de dos millones de
colones. Que adquirió dicho inmueble en donación, y hasta la fecha
lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta.- Que los actos
de posesión han consistido en cuidarlo y mantenimiento. Que no ha
inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias,
otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la
Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias
de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un
mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen
ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información
posesoria, promovida por Elías Alberto Campos Bolaños. Exp.
N° 12-101151-0297-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo
Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, 20 de mayo del 2013.—
Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—1 vez.—(IN2014042460).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente
N° 13-000187-1028-CA donde se promueven diligencias de
información posesoria por parte de la Caja Costarricense de Seguro
Social, portadora de la cédula de identidad número 4-000-042147,
representada por su Apoderada General Judicial, la señora Vera
Mora Rojas, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público
de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en
la provincia de Guanacaste, la cual es terreno con construcción de
Clínica de Salud. Situada en el distrito Juntas, cantón Abangares,
de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Municipalidad
de Abangares; al sur, Ministerio de Salud; al este, Ministerio de
Salud, y al oeste, Ministerio de Salud y calle pública. Mide: tres mil
ochocientos veinticinco metros cuadrados. Indica el promovente que
sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes,
y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación
y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho
inmueble en la suma de un millón de colones. Que adquirió dicho
inmueble de forma originaria debido a gestiones de dicha comunidad
para la construcción de una Unidad Sanitaria antes de la Guerra Civil
de 1948, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica
y quieta. Que los actos de posesión han consistido en edificación
de la Clínica de Salud de Abangares, en donde ha prestado los
servicios de salud a la comunidad por más de veinte años. Que sí ha
inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias,
otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la
Propiedad.- Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias
de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un
mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen
ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información
posesoria, promovida por Caja Costarricense de Seguro Social. Exp.
N° 13-000187-1028-CA.—Juzgado Contencioso Administrativo
y Civil de Hacienda del Segundo Circuito Judicial de San José,
25 de octubre del 2013.—Lic. Nancy Allen Umaña, Jueza.—1
vez.—(IN2014042621).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente
N° 13-000276-1028-CA donde se promueven diligencias de
información posesoria por parte de la Caja Costarricense de Seguro
Social, cédula de persona jurídica cuatro-cero cero cero-cero
cuarenta y dos mil ciento cuarenta y siete, a fin de inscribir a su
nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que
se describe así: Finca ubicada en la provincia de Cartago, la cual
es terreno construido con una clínica, patio y jardín. Situada en el
distrito Cachi, cantón Paraíso, de la provincia de Cartago. Colinda:
al norte, Asociación de Desarrollo Integral de Cachi; al sur, calle
pública; al este, calle pública y al oeste, Asociación de Desarrollo
Integral de Cachi. Mide: mil ciento ochenta y siete metros con
noventa y cinco decímetros cuadrados. Indica el promovente que
sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes,
y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación
y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho
inmueble en la suma de un millón de colones. Que adquirió dicho
inmueble por Donación de la Asociación de Desarrollo Integral de
Cachi, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica
y quieta. Que los actos de posesión han consistido en el uso como
puesto de salud donde se atienden a los habitantes de la comunidad
de Cachi y sus alrededores. Que si ha inscrito mediante el amparo
de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se
constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos
los interesados en estas diligencias de Información Posesoria,
a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la
publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida
por Caja Costarricense de Seguro Social. Exp. N° 13-0002761028-CA.—Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de
Hacienda del Segundo Circuito Judicial de San José, 26 de
setiembre del 2013.—Lic. Nancy Allen Umaña, Jueza.—1 vez.—
(IN2014042623).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el
expediente N° 14-000123-0930-CI donde se promueven diligencias
de información posesoria por parte de Luis Alberto Araya Paniagua,
quien es mayor, estado civil divorciado, vecino de El Prado de
Pococí, de las Instalaciones de Corbana, 100 metros al sur, portador
de la cédula de identidad vigente que exhibe número 108570079,
profesión mecánico, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro
Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada
en la provincia de Limón, la cual es terreno galerón, apartamento y
solar.- Situada en el distrito cuarto Roxana, cantón segundo Pococí,
de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Ester González Mora
y María Isabel Nemavidez Berrocal; al sur, Silvia Saborío Ramírez;
al este, calle pública con un frente de dieciséis metros con sesenta
y siete centímetros de frente, y al oeste, Vera Jiménez Villalobos.
Mide: setecientos dieciséis metros con veinte decímetros cuadrados.Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan
cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por
objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso
sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de dos millones de
colones. Que adquirió dicho inmueble por compra verbal que le
realizará al señor Jorge Paniagua Benavidez, y hasta la fecha lo
ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de
posesión han consistido en dar mantenimiento general al inmueble
y la construcción de un establecimiento comercial. Que no ha
inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias,
otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la
Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias
de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un
mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen
ante el Despacho a hacer valer sus derechos.- Proceso información
posesoria, promovida por Luis Alberto Araya Paniagua. Exp. N° 14000123-0930-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial
de la Zona Atlántica, Pococí, 17 de junio del 2014.—MSc. Roberto
Carmiol Ulloa, Juez.—1 vez.—(IN2014042721).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente
N° 13-100092-0297-CI donde se promueven diligencias de
información posesoria por parte de Victor Manuel Corella Arguello,
quien es mayor, estado civil soltero, vecino de Gamonales de Ciudad
Quesada, San Carlos, Alajuela, portador de la cédula de identidad
vigente que exhibe número dos-trescientos cuarenta y nuevedoscientos sesenta y uno, profesión soldador, a fin de inscribir a su
nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que
se describe así: Finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual
es terreno zona verde. Situada en el distrito uno Quesada, cantón
decimo San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte,
en parte con Mauren Villalobos Marín, Fernando Ulate Rodríguez,
Joel Gamboa Rodríguez, Josefina Rojas Hidalgo, William González
Villalobos y Kattia Castro Artavia; al sur, servidumbre de paso con
un frente a ella de setenta y tres metros con cinco centímetros lineales
en medio de María Luisa Arrieta Argüello; al este, calle pública
con un frente de veintitrés metros con setenta y cuatro centímetros
lineales; y al oeste, servidumbre de paso con un frente a ella de
Viernes 11 de julio del 2014
veinticinco metros con veintiocho centímetros lineales en medio de
Luis Corella Castillo. Mide: Mil seiscientos setenta y siete metros
cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir
no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no
tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de
un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de dos
millones de colones. Que adquirió dicho inmueble adquirí por
donación que me hizo el señor José Ángel Corella Castillo, quien
en vida fue: mayor, soltero, agricultor, vecino de Gamonales de
Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela, seiscientos metros al sur del
templo católico del lugar, cédula número dos-cero noventa y seiscero sesenta y cinco, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma
pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido
en mantenerlo limpio de malezas, construir y reparar las cercas
de colindancia y cultivarlo con agriculturas anuales de raíces y
tubérculos y muy especialmente habitar la vivienda existente en
dicho predio así como darme mantenimiento a la vivienda en la
cual habito con mi familia. Que no ha inscrito mediante el amparo
de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se
constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos
los interesados en estas diligencias de Información Posesoria,
a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la
publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por
Víctor Manuel Corella Arguello. Exp. 13-100092-0297-CI Juzgado
Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San
Carlos, 29 de agosto del 2013.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—1
vez.—(IN2014042752).
Se hace saber, que ante este Despacho, se tramita el expediente
N° 14-000032-0815-AG, donde se promueven diligencias de
información posesoria por parte de Olman Chaves Aguilar, quien
es mayor, casado una vez, vecino de Alajuela, Atenas, Estanquillos,
de la entrada de Estanquillos quinientos metros noroeste, portador
de la cédula de identidad vigente 2 0487 0046, agricultor, a fin de
inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el
terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es de repasto y
una hectárea de frutales. Situada en el distrito segundo Desmonte,
cantón cuarto San Mateo de la provincia de Alajuela. Colinda: al
norte, con Pedro Chaves Aguilar y Guillermo Brenes Ovares; al sur,
con Mario Chavarría Carranza y Geovanny José Ramírez Rojas;
al este, con la Quebrada Concepción en medio de Dora Murillo
Mayorga; y al oeste, con calle pública con un frente a ella de 480
metros con 16 centímetros lineales. Mide: Ciento dieciocho mil
ochenta metros con noventa decímetros cuadrados, tal como lo indica
el plano catastrado número A-445086-1997 de fecha 28 de octubre
de 1997. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir
no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no
tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de
un proceso sucesorio, y estima el inmueble a titular en la suma de
quince millones de colones, y las presentes diligencias en la suma
de un millón de colones. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del
plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto,
se apersonen ante el Despacho, a hacer valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovida por Olman Chaves Aguilar. Exp.
N° 14-000032-0815-AG.—Juzgado Agrario del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, 25 de junio del 2014.—Lic. Rodolfo Vásquez
Vásquez, Juez.—1 vez.—(IN2014042839).
Se hace saber, que ante este Despacho, se encuentra el
expediente N° 11-000192-0388-CI, el cual corresponde a un
proceso de diligencias de información posesoria, promovido por
Gladys Rojas Prado, quien es mayor, soltera, farmacéutica, cédula
5-0061-0278 y vecina de Santa Cruz, Guanacaste, cien metros al
este, del edificio de Acueductos y Alcantarillados; el cual interpuso
a fin de que se inscriba a su nombre y ante el Registro Público de
la Propiedad, un terreno que es para construir, situado en Santa
Cecilia, distrito 1° (Santa Cruz), cantón 3° (Santa Cruz), provincia
de Guanacaste; el cual colinda al norte, Freddy Arrieta Viales,
Nuria Sánchez Orozco, Rafaela Villafuerte Obando; sur, con calle
pública con un frente a ella de catorce metros con noventa y siete
decímetros lineales; este, Nuria Sánchez Orozco y Asociación de
Maestros Pensionados de Santa Cecilia, oeste, Gladys Rojas Prado,
BOLETIN JUDICIAL Nº 133 — Pág 21
mide 513.88 m2. Indica la parte promotora: que sobre el mismo no
pesan cargas reales o gravámenes, que mediante dicho proceso no
pretende evadir las consecuencias de un juicio sucesorio, que estima
el inmueble en cinco millones de colones, que lo adquirió mediante
donación que le hizo su padre Francisco Rojas Tenorio, en el año
1982, que hasta la fecha lo ha poseído en calidad de única persona
propietaria y en forma continua, pública y pacífica; que los actos de
posesión que ha ejercido sobre él han consistido en mantenimiento
de la construcción existente del inmueble y su arrendamiento; que
no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias otros inmuebles y que carece de título inscribible de
dominio. Por tal razón y de conformidad con el artículo 5 de la Ley
de Informaciones Posesorias, se emplaza por este medio a todas
las personas interesadas en este asunto, a efecto de que dentro del
plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se
apersonen ante este Despacho, a hacer valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovida por Gladys Rojas Prado. Exp. N°
11-000192-0388-CI.—Juzgado Civil de Santa Cruz, 20 de agosto
del 2013.—Lic. Ana Victoria Gómez Zúñiga, Jueza.—1 vez.—
(IN2014042906).
Se hace saber, que ante este Despacho, se tramita el
expediente N° 14-000110-0297-CI donde se promueven diligencias
de información posesoria por parte de Romelia María Canton
Cano; quien es mayor, soltera, vecina de Sarchí de Valverde Vega,
Alajuela, trescientos metros norte del estadio, portadora de la cédula
de identidad número dos-trescientos setenta y siete-cero dieciséis,
supervisora, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público
de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en
la provincia de Alajuela, la cual es terreno de pastos, actualmente
con una casa de habitación. Situada en el distrito primero de
Los Chiles, cantón decimocuarto Los Chiles, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte, Estela Jiménez Boniche; al sur,
Gilberto Castillo Valdibia y Damaris Ulloa García; al este, con calle
pública con un frente a ella de veintiséis metros con setenta y un
centímetros y María Luisa Rivas Mendoza y al oeste, Romualdo
Miranda Miranda. Mide: tres mil doscientos treinta y cuatro metros
cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir
no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no
tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de
un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de dos
millones quinientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble el
día seis de enero del dos mil catorce, mediante venta protocolizada
que le hizo el señor Romualdo Miranda Miranda, mayor, soltero,
cédula de identidad número, agricultor, vecino del Parque, Los
Chiles, Alajuela, un kilómetro al sur de la escuela, y hasta la fecha
lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos
de posesión han consistido en darle mantenimiento, delimitando
el terreno, limpiándolo de malezas y existe una cada de habitación
en mal estado que esta prestada actualmente. Que no ha inscrito
mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias,
otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la
Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias
de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un
mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen
ante el Despacho, a hacer valer sus derechos. Proceso información
posesoria, promovida por Romelia María Canton Cano. Exp. N° 14000110-0297-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, San Carlos, 21 de mayo del 2014.—Lic.
Adolfo Mora Arce, Juez.—1 vez.—(IN2014043019).
Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente
N° 14-000025-1129-AG donde se promueven diligencias de
Información Posesoria por parte de Luis Hernán del Carmen Mata
Sibaja quien es mayor, casado una vez, vecino de Santa Marta de Río
Nuevo de Pérez Zeledón, portador de la cédula de identidad vigente
que exhibe número 1-0742-0898, agricultor, a fin de inscribir a su
nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que
se describe así: terreno de pasto. Situado en el distrito decimo (Río
Nuevo), cantón decimonoveno (Pérez Zeledón), de la provincia
de San José. Colinda: al norte, río División; al sur, calle pública,
con un frente de 852.51 metros, al este, Víctor Zúñiga Ilama y al
oeste, Zaida Castro Mora. Mide: ciento veintiocho mil trescientos
ochenta y seis metros con treinta y cinco decímetros cuadrados,
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Viernes 11 de julio del 2014
tal como lo indica el plano catastrado número SJ-889821-2003.
Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan
cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por
objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso
sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias
en la suma de un millón ochocientos mil colones cada una. Que
adquirió dicho inmueble por venta que le hiciera el señor Abilio
Mora Mora hace aproximadamente diez años, y hasta la fecha lo
ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de
buena fe y a título de dueño por más de diez años. Que no existen
condueños. Que los actos de posesión han consistido en mantener el
terreno debidamente deslindado, así como mantenerlo limpio y en
buen estado de conservación. Que no ha inscrito mediante el amparo
de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se
constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos
los interesados en estas diligencias de información posesoria,
a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la
publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos.- proceso información posesoria, promovida
por Luis Hernán del Carmen Mata Sibaja. Exp. 14-000025-1129AG.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de la Zona
Sur Pérez Zeledón, 10 de junio del 2014.—Lic. William Roberto
Arburola Castillo, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2014043462).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el
expediente N° 14-000044-0678-CI donde se promueven diligencias
de Información Posesoria por parte de Teresita Vargas Pérez, quien
es mayor, casada una vez, ama de casa, cédula 6-0233-0555, vecina
de Limón, Bananito detrás del Súper Bananito, a fin de inscribir a su
nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se
describe así: Finca ubicada en Bananito de la provincia de Limón,
la cual es terreno de solar con una casa de cemento. Situada en el
distrito cuarto Matama, cantón primero, de la provincia de Limón.
Colinda: al norte y oeste, con la Standard Fruit Company de Costa
Rica S. A.; al sur y este, con Roberto Carlos Ruiz Fernández. Mide:
trescientos cuatro metros cuadrados. Indica el promovente que
sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes,
y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación
y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho
inmueble en la suma de dos millones de colones. Que adquirió
dicho inmueble lo adquirió por venta que le hiciera el señor Roberto
Carlos Ruiz Fernández, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma
pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido
en mantenimiento en general, limpieza y construcción de una casa
de habitación. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de
Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del
Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados
en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que
dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este
edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos.
Proceso información posesoria, promovida por. Expediente N° 14000044-0678-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial
de la Zona Atlántica Limón, 4 de junio del año 2014.—Lic. Raúl
Buendía Ureña, Juez.—1 vez.—(IN2014043660).
Citaciones
Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó Hernán Gregorio Roque Cortes
Romero, mayor, casado una vez, pensionado, con documento de
identidad 5-0089-0041, vecino de Santa Cruz, Guanacaste y María
Paz Sequeira Gutiérrez, mayor, casada una vez, maestra pensionada,
cédula 5-0083-0576, vecina de Santa Cruz, Guanacaste. Se cita
a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los
interesados para que dentro del plazo de treinta días contados a
partir de la publicación de este edicto comparezcan a hacer valer sus
derechos con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho
a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo aquella
pasará a quien corresponda. Expediente N° 14-000019-0388-CI.—
Juzgado Civil de Santa Cruz, 24 de marzo del 2014.—Lic. José
Mauricio Jiménez Sequeira, Juez.—1 vez.—(IN2014042423).
Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso
sucesorio de Luis Fernando Jiménez Padilla, mayor, casado una
vez, abogado y notario, vecino de Santo Domingo de Heredia, con
cédula de identidad número tres-cero ciento ochenta y nueve-cero
setecientos treinta y siete, gestionado por la Procuraduría General
de la República y funge como albacea provisional la señora Roxana
Pereira Venegas, quien es, mayor, viuda, vecina de la misma
dirección del causante, cédula número uno-cero cuatrocientos
ochenta y nueve-cero trescientos cincuenta y cuatro. Se emplaza
a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los
interesados para que dentro del plazo de treinta días contados a
partir de la publicación de este edicto comparezcan a hacer valer sus
derechos con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho
a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo aquella
pasará a quien corresponda. En vista de que este es un proceso
incoado por la Procuraduría General de la República la publicación
queda exenta de todo pago de derechos, asimismo se hace ver
que este edicto deberá publicarse una única vez. Expediente N°
13-000429-0370-CI.—Juzgado Contravencional y de Menor
Cuantía de Santo Domingo de Heredia, 26 de mayo del 2014.—
Lic. Catalina Vindas Aguilar, Jueza.—1 vez.—(IN2014042425).
Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó Bertalicia Murillo Guzmán,
mayor, casada, ama de casa, nacionalidad Costa Rica, con
documento de identidad 0203660075 y vecina de Aguas Zarcas.Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos
los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus
derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a
la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla
pasará a quien corresponda.- Expediente Nº 07-100415-0297CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial
de Alajuela, 26 de mayo del año 2014.—Lic. Adolfo Mora Arce,
Juez.—1 vez.—(IN2014042501).
Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó María de Los Ángeles
López Castro, mayor, estado civil casada, profesión del hogar,
costarricense, con documento de identidad 0301720952 y vecina de
Ipís de Guadalupe.- Se cita a los herederos, legatarios, acreedores
y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo
de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento
a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se
apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda.
Expediente Nº 12-000758-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo
Circuito Judicial de San José, 03 de junio del 2014.—Lic. Francis
Porras León, Juez.—1 vez.—(IN2014042592).
Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso
sucesorio de Eugenio Castro Cruz, quien fuera mayor, divorciado
una vez, conserje del Ministerio de Educación Pública, vecino
de San Ramón, Alajuela, doscientos cuarenta metros al oeste del
Abastecedor Molina.- Se cita a los herederos, legatarios, acreedores
y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo
de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento
a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se
apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda.
Expediente Nº 10-000031-0296-CI.—Juzgado Civil y Trabajo
del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 13 de
junio del 2014.—Lic. Minor Chavarría Vargas, Juez.—1 vez.—
(IN2014042594).
Por el plazo de treinta días hábiles a partir de la publicación
del presente edicto, se cita y se emplaza a herederos, legatarios,
acreedores y demás interesados en rendir oposición a las presentes
diligencias Sucesorias de quién en vida fuera Cecilia María Gutiérrez
Gutiérrez, con cédula cuatro-cero cero siete siete -cero tres tres
ocho, mayor, casada una vez, ama de casa , vecina de San Pedro de
Santa Bárbara de Heredia, quien falleció el veintisiete de octubre del
dos mil doce, para que manifiesten lo que crean pertinentes dentro
del referido plazo, bajo apercibimiento de que en caso de omitirlo,
la herencia pasará a quién corresponda. Sucesión. Exp. 14-0000140504-1 CI.—Juzgado Contravencional y Civil de Menor Cuantía
de San Joaquín de Flores, 16 de junio del dos mil catorce.—Mas.
Rodrigo Campos Gamboa, Juez.—1 vez.—(IN2014042597).
Viernes 11 de julio del 2014
Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Gloria
Ortiz Valverde, mayor, casada una vez, ama de casa, con cédula
número seis- ciento cinco- cero dos, vecina de Buenos Aires, Barrio
La Piñera, para que dentro del plazo de treinta días comparezcan a
hacer valer sus derechos, con el apercibimientos los que crean tener
derecho a la herencia de que si no se presentan dentro de ese plazo
aquella pasará a quien corresponda. Sucesorio número 14-1000211046-CI (23-14) de Alexis Calderón Ortiz.—Juzgado Civil de
Mayor Cuantía de Buenos Aires, 12 de mayo del 2014.—Lic. Jean
Carlos Céspedes Mora, Juez.—1 vez.—(IN2014042599).
Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso
sucesorio de Jeannethe Rivera Arias, quien fue mayor, casada
una vez, del hogar, con cédula de identidad numero 1 0739 0106,
vecina de la Ceniza de Pérez Zeledón. Se cita a los herederos,
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que
dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de
que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien
corresponda. Expediente Nº 13-000034-0188-CI.—Juzgado Civil
del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur , Pérez Zeledón, 25
de abril del 2013.—Lic. Norman Herrera Vargas, Juez.—1 vez.—
(IN2014042601).
Se emplaza: a todos los herederos, legatarios, acreedores, y
en general a todos los interesados en la sucesión de Fausto Mora
Madrigal, quien fue mayor, casado una vez, pensionado, vecino
de Higuito de Desamparados, cédula de identidad 1-0245-0066,
para que dentro del plazo de treinta días hábiles, contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer
sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener mejor
derecho a la herencia, de que si no se presentan en el plazo citado,
aquella pasará a quien corresponda. Exp. N° 14-1000 61-0217-CI.
Sucesión de Fausto Mora Madrigal.—Juzgado Civil y de Trabajo
del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 12 de
junio del 2014.—MSc. Kattia Sequeira Muñoz, Jueza.—1 vez.—
(IN2014042608).
Se emplaza: a todos los herederos, legatarios, acreedores, y
en general a todos los interesados en la sucesión de Flor Marina
Chavarría Zúñiga, quien fue mayor, casada una vez, de oficios del
hogar, vecina de San Rafael Arriba de Desamparados, cédula de
identidad 9-0008-0539 para que dentro del plazo de treinta días,
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a
hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener
mejor derecho a la herencia, de que si no se presentan en el plazo
citado, aquella pasará a quien corresponda. Exp. N° 14-1000590217-CI. Sucesión de Flor Marina Chavarría Zúñiga.—Juzgado
Civil y de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José,
Desamparados, 05 de mayo del 2014.—MSc. Kattia Sequeira
Muñoz, Jueza.—1 vez.—(IN2014042647).
Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso
sucesorio de Ana María Mora Villalta, quien fuera mayor, cédula
de identidad número seis-ciento treinta y ocho-ciento treinta y
seis, soltera, ama de casa, vecina de La Fortuna de Corredores.- Se
cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los
interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer
sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener
derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo,
aquélla pasará a quien corresponda. Expediente N° 01-100204-424CI-3, promovido por Jenny Vanessa Torres Mora, causante Ana
María Mora Villalta.—Juzgado Civil y de Trabajo de Corredores,
Ciudad Neily, 26 de mayo del 2014.—Lic. Allan Montero Valerio,
Juez.—1 vez.—(IN2014042728).
Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó Luis Alberto Rodríguez
Serrano, mayor, cédula de identidad 0202930538, comerciante,
casado una vez, vecino de La Suiza de San Rafael de Heredia. Se
cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los
interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a
BOLETIN JUDICIAL Nº 133 — Pág 23
partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus
derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a
la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla
pasará a quien corresponda. Expediente Nº 14-000127-0504-CI.—
Juzgado Civil de Heredia, 10 de abril del 2014.—Lic. María Inés
Mendoza Morales, Jueza—1 vez.—(IN2014042756).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó Jesmy Karina Mejías Saborío,
mayor, casada, ama de casa, nacionalidad Costa Rica, con
documento de identidad 0205730042 y vecina de El Molina de
Florencia, fallecida el 9 de enero del 2009. Se cita a los herederos,
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que
dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia,
de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a
quien corresponda. Expediente Nº 12-100074-0317-CI.—Juzgado
de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela,
15 de mayo del año 2014.—Lic. Armando Alfaro Araya, Juez.—1
vez.—(IN2014042811).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó José Sandí Barrantes, mayor,
viudo una vez, nacionalidad costarricense, con documento de
identidad número 1-0102-9982, vecino de Orotina, Coyolar, detrás
de la iglesia. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en
general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta
días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a
hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean
tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese
plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente número 14000228-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de
Alajuela, 23 de junio del año 2014.—Lic. Rodrigo Araya Durán,
Juez.—1 vez.—(IN2014042812).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó Albino Ramírez Fernández,
mayor, casado en segundas nupcias, pensionado, vecino de Birrí
de Santa Bárbara de Heredia, cédula de identidad 3-065-696.- Se
cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los
interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus
derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a
la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella
pasará a quien corresponda. Expediente Nº 10-001799-0370-CI.—
Juzgado Civil de Heredia, 20 de junio del año 2014.—Lic. María
Inés Mendoza Morales, Jueza.—1 vez.—(IN2014042817).
Se hace saber, que en este Despacho, se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó Diego Chacón Solano, mayor,
estado civil soltero, profesión empleado municipal, nacionalidad
Costa Rica, con documento de identidad 0302310049 y vecino
de Guadalupe. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en
general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta
días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que
crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro
de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 14000371-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial
de San José, 24 de junio del 2014.—Lic. Francis Porras León,
Juez.—1 vez.—(IN2014042832).
Se emplaza a todos los herederos, legatarios e interesados
en la mortual de Juan José Madrigal Barrios, quien en vida fue
mayor, costarricense, portador de la cédula de identidad número
1-0409-0050, taxista, casado, vecino de Pavas, y quien falleciere
el nueve de setiembre de mil novecientos noventa y seis, con
el fin que se apersonen dentro del plazo de treinta días, a hacer
valer sus derechos y bajo el apercibimiento que si no lo hacen, la
herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 13-000012220-CI. Proceso sucesorio donde figura como causante Juan José
Madrigal Barrios y como Albacea Esther Madrigal Sequeira. Esta
publicación se encuentra exenta del pago respectivo, en virtud
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Viernes 11 de julio del 2014
del principio de gratuidad de conformidad con lo establecido en
el artículo 2 de la Ley de Consultorios Jurídicos. Publíquese una
vez.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Pavas,
5 de junio del 2014.—Lic. Lorena Delgado Ruiz, Jueza.—1 vez.—
(IN2014042835).
aquella pasará a quien corresponda. Exp. N° 14-100122-0217-CI.
Sucesión de Teresa Fallas Mora.—Juzgado Civil y de Trabajo
del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 23 de
junio del 2014.—Dra. Leyla K. Lozano Chang, Jueza.—1 vez.—
(IN2014043467).
Se emplaza a todos los herederos, legatarios e interesados
en la mortual de María Julieta Sequeira Ramírez, quien en vida
fue mayor, costarricense, portadora de la cédula de identidad
número 1-0269-0719, ama de casa, viuda, vecina de Pavas y
quien falleciere el catorce de agosto de dos mil siete, con el fin
que se apersonen dentro del plazo de treinta días, a hacer valer sus
derechos y bajo el apercibimiento que si no lo hacen, la herencia
pasará a quien corresponda. Expediente Nº 13-000034-222-CI
Proceso sucesorio donde figura como causante María Julieta
Sequeira Ramírez, como albacea Esther Madrigal Sequeira. Esta
publicación se encuentra exenta del pago respectivo, en virtud
del principio de gratuidad de conformidad con lo establecido en
el artículo 2 de la Ley de Consultorios Jurídicos. Publíquese una
vez.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Pavas,
5 de junio del 2014.—Lic. Lorena Delgado Ruiz, Jueza.—1 vez.—
(IN2014042836).
Se emplaza a todos los interesados en la sucesión N° 14000118-0180-CI de Jaime Iván Martínez Galán, quien fue mayor,
soltero, vecino de barrio Otoya, cédula de residencia 122200176631,
para que dentro de treinta días contados a partir de la publicación de
este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a
los que crean tener la calidad de herederos, que si no se presentan
dentro de ese plazo, la herencia pasará a quien corresponda.—
Juzgado Primero Civil, San José, 26 de junio de 2014.—MSc.
Farith Suárez Valverde, Juez.—1 vez.—(IN2014043469).
Se hace saber, que en este Despacho, se tramita el proceso
sucesorio de Elena Robles Jiménez, quien fue mayor, casada una
vez, pensionada, portadora del documento de identidad N° 1-01510291 y vecina de Santa Ana. Se cita a los herederos, legatarios,
acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del
plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento
a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se
apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda.
Expediente Nº 14-100043-0242-CI.—Juzgado Cuarto Civil
Mayor Cuantía de San José, 23 de mayo del 2014.—Lic. Elio José
Campos López, Juez.—1 vez.—(IN2014042918).
Se hace saber, que en este Despacho, se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó Dagoberto Morales Meza, quien
fue mayor, costarricense, cédula de identidad número 1-519-933,
vecino de San José, Pavas, Villa Esperanza, casa número 114. Se
emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos
los interesados en esta sucesorio, para que dentro del plazo de treinta
días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que
crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro
de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Exp. N° 2013000109-180-CI.—Juzgado Primero Civil de San José.—Lic.
Rosnny Arce Jiménez, Juez.—1 vez.—(IN2014043005).
Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó Cipriano Morales Morales,
mayor, casado una vez, nacionalidad costarricense, con documento
de identidad 0500310913, profesión mecánico y vecino de Liberia,
Guanacaste y Cira Sandoval Sandoval, mayor, casada una vez,
nacionalidad costarricense, ama de casa, con cédula de identidad
número 500360664. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y
en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta
días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que
crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro
de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 14000096-0386-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial
de Guanacaste, Liberia, 18 de junio del 2014.—Lic. Guillermo
Ortega Monge, Juez.—1 vez.—(IN2014043461).
Se emplaza: a todos los herederos, legatarios, acreedores, y
en general a todos los interesados en la sucesión de Teresa Fallas
Mora quien fue mayor, viuda en primeras nupcias, de oficios
domésticos, vecina de San Rafael Arriba de Desamparados, del
restaurante Boyero, 75 metros sur, cédula de identidad 1-01086416, para que dentro del plazo de treinta días hábiles, contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer
sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener mejor
derecho a la herencia, de que si no se presentan en el plazo citado,
Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Noemi
Marín Mora quien fue mayor, casada una vez, ama de casa, vecina
de Santa Ana, Piedades, con cédula de identidad número 1-02360415, para que dentro del término de treinta días contados a partir de
la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos
y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si
no se presentan dentro de ese término, la herencia pasará a quién
corresponda. Proceso sucesorio 14-100030-242CI.—Juzgado Civil
y de Menor Cuantía de Santa Ana.—Lic. Rónald Chacón Mejía,
Juez.—1 vez.—(IN2014043478).
Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó Jenaro Joaquín Milán Jiménez,
mayor, casado, costarricense, vecino de San Pablo de Heredia,
cédula de identidad 3-110-144. Se cita a los herederos, legatarios,
acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del
plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento
a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se
apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda.
Expediente Nº 14-000120-0370-CI.—Juzgado Civil de Menor
Cuantía de Heredia, 5 de mayo del 2014.—MSc. Andrea Ramírez
Solano, Jueza.—1 vez.—(IN2014043509).
Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó Carlos Alberto de los Ángeles
Angulo Fuentes, mayor, casado, costarricense, vecino de Cartago,
Paraíso, urbanización Doña Flora y portador de la cédula de identidad
Nº 3-0245-0987. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores
y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo
de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento
a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se
apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda.
Expediente Nº 14-000088-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago,
10 de junio del 2014.—Dr. Mauricio Vega Camacho, Juez.—1
vez.—(IN2014043528).
Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó María Amalia Madriz Bonilla,
mayor, casada una vez, vecina de San Rafael de Oreamuno, cédula
de identidad 3-0205-0037. Se cita a los herederos, legatarios,
acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro
del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de
este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de
que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien
corresponda. Expediente Nº 14-000180-0640-CI.—Juzgado Civil
de Cartago, 1° de julio del 2014.—Dr. Mauricio Vega Camacho,
Juez.—1 vez.—(IN2014043535).
Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó María de los Ángeles Calderón
Quesada, mayor, casada, nacionalidad costarricense, cédula de
identidad número 103680471, vecina de Tibás. Se cita a los herederos,
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que
dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
Viernes 11 de julio del 2014
apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de
que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien
corresponda. Expediente Nº 14-000338-0164-CI.—Juzgado Civil
del Segundo Circuito Judicial de San José, 2 de junio del 2014.—
Lic. Francis Porras León, Juez.—1 vez.—(IN2014043538).
Se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores, y en
general a todos los interesados en la sucesión de Juan Carlos Durán
Forn, quien fue mayor, casado una vez, abogado, cédula número unoquinientos cuarenta y tres-novecientos cuarenta y nueve, vecino de
San José; para que dentro del plazo de treinta días contados a partir
de la primera y única publicación de este edicto, comparezcan a
hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener
derecho a la herencia, de que si no se presentan en el plazo citado,
aquella pasará a quien corresponda. Expediente: 10-000184-0182CI (7), sucesión de Juan Carlos Durán Forn.—Juzgado Tercero
Civil de Mayor Cuantía de San José, 9 de julio del 2013.—MSc.
Ricardo Álvarez Torres, Juez.—1 vez.—(IN2014043564).
Se emplaza: a todos los herederos, legatarios, acreedores, y en
general a todos los interesados en la sucesión de Lilliam c.c. Lilly
Madrigal Delgado quien fue mayor, ama de casa, costarricense,
casada una vez, vecino de Desamparados, cédula de identidad
1-0327-0208, para que dentro del plazo de treinta días hábiles,
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a
hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener
mejor derecho a la herencia, de que si no se presentan en el plazo
citado, aquella pasará a quien corresponda. Exp. N° 14-1000330217-CI. Sucesión de Lilliam c.c. Lilly Madrigal Delgado.—
Juzgado Civil y de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de
San José, Desamparados, 25 de marzo del 2014.—MSc. Kattia
Sequeira Muñoz, Jueza.—1 vez.—(IN2014043622).
Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó Antonio Castro Zamora, mayor,
Soltero, nacionalidad costarricense, con documento de identidad
3-193-1489 y vecino de Turrialba, barrio El Poró, 25 metros al
oeste de la escuela La Dominica. Se cita a los herederos, legatarios,
acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del
plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento
a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se
apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda.
Expediente Nº 14-000030-1006-CI.—Juzgado Civil de Menor
Cuantía de Turrialba, 13 de junio del 2014.—Lic. Randall Gómez
Chacón, Juez.—1 vez.—(IN2014043628).
Avisos
Juzgado Primero de Familia de San José, se hace saber que
en proceso insania, establecido por Lilliam Arévalo Arévalo en
favor de Jairo Sánchez Arévalo, se ordena notificar por edicto la
sentencia N° 64-2013, de las once horas y cuarenta y tres minutos
del veintidós de enero de dos mil trece, que en lo conducente
dice: Por tanto: con fundamento en los artículos 230, siguientes
y concordantes del Código de Familia, se declaran con lugar las
presentes diligencias de insania promovidas por Lilliam Arévalo
Arévalo a favor de Jairo Sánchez Arévalo y por ello se declara a
Jairo Sánchez Arévalo como persona legalmente incapacitada por
razones de discapacidad física y mental para gestionar sus propios
negocios y se procede a nombrarle un curador para que se ocupe
de sus asuntos y la represente formalmente, nombramiento que
recae en su madre la promotora Lilliam Arévalo Arévalo, a quien
se previene que debe comparecer ante este despacho a aceptar
su cargo definitivo dentro del plazo de tres días a partir de la
notificación de la sentencia apercibida de que su no comparecencia
se tendrá como rechazo del cargo y que deberá rendir cuentas del
ejercicio económico de su cargo rindiendo informes anuales sobre
los ingresos y gastos de la persona insana, quedando exenta como
madre del deber de rendir fianza. Publíquese la parte dispositiva de
esta Sentencia en el Boletín Judicial. Una vez firme esta sentencia
y aceptado el cargo inscríbase ante el Registro Público, Sección de
Personas, mediante la ejecutoria correspondiente, la cual se ordena
expedir sin necesidad de ulterior trámite. Por la naturaleza del
BOLETIN JUDICIAL Nº 133 — Pág 25
asunto se falla este asunto sin especial condenatoria en costas y la
resolución de las once horas y cero minutos del veintiséis de marzo
de dos mil trece, que en lo conducente dice: demostrada que ha sido
la imposibilidad que presenta la señora Lillian Arévalo Arévalo
para asumir el cargo conferido en sentencia número 64-2013 de
las once horas y cuarenta y tres minutos del veintidós de enero
del presente año, se remueve a la misma y en su lugar se nombra
como curador definitivo del señor Jairo Sánchez Arévalo a la señora
Adilia del Carmen Sánchez Arévalo, quien cuenta con tres días para
presentarse al despacho a aceptar el cargo asignado. Proceso insania
N° 12-000075-0164-CI, establecido por Lilliam Arévalo Arévalo, en
favor de Jairo Sánchez Arévalo. Notifíquese.—Juzgado Primero
de Familia de San José.—Lic. Valeria Arce Ihabadjen, Jueza.—1
vez.—(IN2014042411).
Se tiene por establecido el presente proceso de depósito
judicial de los menores de edad Adriana Vanessa y Jaron Hosmar
ambos de apellidos Gutiérrez Martínez, se confiere audiencia por el
plazo de tres días al accionado Omar Gutiérrez López. En ese mismo
plazo debe señalar medio y lugar, este último dentro del perímetro
judicial de este despacho donde atender notificaciones futuras bajo
el apercibimiento de que si no lo hiciere las resoluciones posteriores
se le tendrán por notificadas con solo que transcurran veinticuatro
horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el
medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al
despacho o bien si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere
impreciso, incierto o inexistente, conforme lo indican los artículos 6
y 12 de la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones
Judiciales. Se le advierte que si no contesta en el indicado plazo de
tres días el proceso seguirá su curso con una convocatoria a una
audiencia privada. Expediente: 12-400189-1146-FA.—Juzgado
de Familia de Puntarenas, 27 de junio de 2014.—Lic. Alberto
Jiménez Mata, Juez.—1 vez.—(IN2014042417).
Lic. Alberto Jiménez Mata, Juez del Juzgado de Familia de
Puntarenas, hace saber que en declaratoria judicial de estado de
abandono, pérdida de la patria potestad y depósito judicial promovido
por el Patronato Nacional de la Infancia contra Marie Zippel Lara
y Roberto López Ulloa, que se tramita en este despacho bajo la
sumaria número 12-400288-1146-FA, se encuentra la resolución
que literalmente dice: Juzgado de Familia de Puntarenas, a las siete
horas cinco minutos del primero de junio de dos mil doce. Se tiene
por aceptado el cargo de curador procesal de la parte accionada
por parte del Lic. Federico Carlos Alvarado Aguilar. Asimismo se
tiene por establecido el presente proceso declaratoria judicial de
estado de abandono, pérdida de la patria potestad y depósito judicial
promovido por el Patronato Nacional de la Infancia contra Marie
Zippel Lara y Roberto López Ulloa. Se le concede audiencia por el
plazo de cinco días al señor Roberto López Ulloa y al Lic. Federico
Carlos Alvarado Aguilar, en su calidad de curador procesal ad litem
de la demandada Marie Zippel Lara, con el fin de que se pronuncien
sobre la solicitud y ofrezca pruebas de descargo si es del caso, de
conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Se
le advierte a la parte demandada que si no contesta dentro del plazo
el proceso seguirá su curso con una convocatoria a una audiencia
oral y privada, conforme lo estipula el artículo 123 ibídem y una
vez recibidas las pruebas, se dictará sentencia. Igualmente de
conformidad con los numerales 10 y 34 en relación con el 36 todos
de la Ley de Notificaciones número 8687, deberá señalar medio
para atender futuras notificaciones, sea éste: correo electrónico, fax,
casillero, en estrado o cualquier otra forma tecnológica que permita
la seguridad del acto de comunicación, esto bajo el apercibimiento
de que si no lo hiciere en la forma prevenida o no se pudiere efectuar
la notificación por el medio señalado, mediando comprobante de
transmisión electrónica o la respectiva constancia, las resoluciones
posteriores le quedará notificadas con el transcurso de veinticuatro
horas de dictadas, incluidas las sentencias, salvo que se demuestre
que ello se debió a causas que no le sean imputables . Asimismo
se nombra como depositaria de los menores de edad Warner Josué,
Ángel ambos de apellidos Zipfel Lara y Alejandra Isabella López
Lara a la abuela materna Isabel Lara Villegas para lo cual se le
confiere el plazo de tres días hábiles con el fin de aceptar el cargo
conferido una vez notificada la presente resolución. Notifíquese a los
accionados por medio de la Delegación de Chomes en Puntarenas,
Pág 26 — BOLETIN JUDICIAL Nº 133
Viernes 11 de julio del 2014
por ser habidos en Chomes de la segunda parada de buses 100 metros
norte. Notifíquese.—Juzgado de Familia de Puntarenas.—Lic.
Alberto Jiménez Mata, Juez.—1 vez.—(IN2014042419).
Se hace saber que en este despacho bajo el número único
12-401272-637-FA, que es abreviado de divorcio, promovido
por Samantha Carolina Flores Martínez, cédula de identidad
PC1376514 contra José Alberto Bermúdez García, cédula
PP124436, se ha dictado a las once horas del nueve de junio de dos
mil catorce, la sentencia número 259-14, que literalmente dice en
su parte dispositiva: “...Por tanto: con base en lo expuesto, normas
de derecho citadas, se falla: a) Se declara con lugar la presente
demanda de divorcio. Se disuelve el vínculo matrimonial existente
entre el señor José Alberto Bermúdez García y la señora Samantha
Carolina Flores Martínez por la causal de separación de hecho de
los cónyuges por un término no menor de tres años. Una vez firme
esta sentencia, comuníquese al Registro Civil para que haga la
anotación respectiva en la Sección de Matrimonios de la Provincia
de San José, al tomo quinientos ocho, folio doscientos noventa y
cinco, asiento quinientos noventa. b) No existen bienes gananciales
adquiridos por las partes, sin embargo, si eventualmente existiese
alguno, conforme al artículo 41 del Código de Familia, cada uno de
los cónyuges adquiere el derecho de participar en la mitad del valor
neto de los bienes gananciales que se constaten en el patrimonio del
otro, lo cual se determinará en la etapa de la ejecución de sentencia.
c) Cesa entre las partes el derecho-deber alimentario entre ambos.
d) Una vez firme se ordena notificar esta sentencia por una sola
vez en el Boletín Judicial o en un diario de circulación nacional,
siendo suficiente con la publicación de la parte dispositiva con
los datos necesarios para identificar el proceso. e) Se resuelve sin
especial condena en costas. Notifíquese.—Juzgado de Familia
Desamparados, 24 de junio del 2014.—Lic. Zeidy Jacobo Morán,
Jueza.—1 vez.—(IN2014042421).
Se hace saber que en este despacho bajo el número único
12-400006-637-FA, declaratoria de insania, promovido por Mauro
Fernández Sandí, cédula 1-599-0210 y Carlos Luis Fernández Sandí,
cédula 1-0469-0901, en favor de María de los Ángeles Fernández
Sandí, cédula 1-0997-0949, se ha dictado a las diez horas cuarenta
minutos del nueve de mayo de dos mil catorce, la sentencia número
212-14, que literalmente dice en su parte dispositiva: “Por tanto: con
base en lo expuesto y normas citadas, se falla: procede declarar insana
a la señora María De Los Ángeles Fernández Sandi y se designa
como su curador definitivo a Mauro Fernández Sandi, pues quedó
demostrado mediante peritaje social que ella es la persona que se
ha responsabilizado en el cuido y atención de su hermana. Por tanto
deberá don Mauro aceptar el cargo dentro del plazo de cinco días una
vez firme este fallo la aceptación la podrá hacer mediante memorial
debidamente autenticado por un profesional en derecho o por acta en
el despacho compareciendo el curador designado en forma personal.
El curador deberá presentar un inventario y avalúo de los bienes que
tenga inscritos a su nombre la insana así como aclarar la situación de
la propiedad a nombre de doña María y si esta produce alguna renta,
para cumplir con este requisito se le otorga al curador designado el
plazo de treinta días, una vez aceptado el cargo. El curador deberá
indicar si la insana recibe alguna pensión o ingreso y rendir las
cuentas anuales con los documentos justificativos del caso esto de
conformidad con lo que establecen los artículos 215, 218 y 221 del
Código de Familia. Firme esta sentencia deberá ser publicada una
vez en el Boletín Judicial y se inscribirá en el Registro Público,
Sección de Personas. Los gastos del procedimiento son a cargo
del patrimonio del insano. Notifíquese.—Juzgado de Familia de
Desamparados, 11 de junio de 2014.—Lic. Zeidy Jacobo Moran,
Jueza.—1 vez.—(IN2014042424).
El Licenciado Alberto Jiménez Mata, Juez Juzgado de Familia
de Puntarenas, hace saber: que en depósito judicial promovido
por el Patronato Nacional de la Infancia contra Ángela González
Martínez y Antonio Mojica Muñoz, que se tramita en este despacho,
bajo la sumaria número 13-000979-1146-FA-1 (2), se encuentra la
resolución que literalmente dice: presentada en forma la solicitud de
depósito judicial, se confiere audiencia por el plazo de tres días a las
partes intervinientes Ángela González Martínez y Antonio Mojica
Muñoz y al Patronato Nacional de la infancia se le previene a la
parte interviniente de conformidad con los numerales 10 y 34 en
relación con el 36 todos de la Ley de Notificaciones número 8687,
el señalamiento de correo electrónico, fax, casillero, en estrado o
cualquier otra forma tecnológica que permita la seguridad del acto
de comunicación, como medio para atender futuras notificaciones,
bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere en la forma prevenida
o no se pudiere efectuar la notificación por el medio señalado,
mediando comprobante de transmisión electrónica o la respectiva
constancia, las resoluciones posteriores le quedarán notificadas con el
transcurso de veinticuatro horas de dictadas incluidas las sentencias,
salvo que se demuestre que ello se debió a causas que no le sean
imputables. Notifíquesele esta resolución a la interviniente: Ángela
González Martínez, para lo cual se ordena desglosar mandamiento
a la delegación policial de Cuatro Cruces en Puntarenas, asimismo
se le otorga el deposito provisional de las personas menores de
edad Wiston Mojica González, Darling Mojica González y Juan
Carlos González Martínez a Gertrudis González Martínez a quien
se le previene presentarse a aceptar el cargo conferido notifíquese
esta resolución a la depositaria provisional para lo cual se ordena
desglosar mandamiento a la delegación policial de Cuatro Cruces en
Puntarenas. Notifíquesele esta resolución al interviniente: Antonio
Mojica Muñoz, mediante edito publicado en el Boletín Judicial.
Notifíquese.—Juzgado de Familia de Puntarenas.—Lic. Alberto
Jiménez Mata, Juez.—1 vez.—(IN2014042427).
Lic. Valeria Arce Ihabadjen, Jueza del Juzgado Primero de
Familia de San José, hace saber a Bismarck José Guillén Díaz,
pasaporte C1614276, domicilio desconocido que en este despacho
se interpuso un proceso de autorización de salida del país a favor de
la persona menor de edad Génesis Graciela Guillen Navarrete, bajo
el expediente número 13-001387-0186-FA con lo cual se solicita la
autorización de salida del país de la menor antes mencionada. Lo
anterior se ordena así en proceso autorización salida país de Amanda
Del Carmen Navarrete Cruz. Expediente N° 13-001387-0186-FA.—
Juzgado Primero de Familia de San José, 23 de junio del 2014.—
Lic. Valeria Arce Ihabadjen, Jueza.—1 vez.—(IN2014042432).
Lic. Carlos Eduardo Leandro Solano, Juez del Juzgado de
Familia de Cartago, a Dora Elena Mendoza Núñez, en su carácter
personal, quien es mayor, de calidades y número de cédula
desconocidos, se le hace saber que en demanda suspensión patria
potestad establecida por el Patronato Nacional de la Infancia
contra Dora Elena Mendoza Núñez, se ordena notificarle por edicto
la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de
Cartago, a las ocho horas y cincuenta y un minutos del veintitrés de
mayo del dos mil catorce. De la anterior demanda de suspensión de
patria potestad establecida por el accionante Patronato Nacional de
la Infancia, se confiere traslado a la accionada Dora Elena Mendoza
Núñez por el plazo perentorio de diez días para que se oponga a
la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del
plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar
negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga
para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya.
Respecto de los hechos de la demanda deberá contestarlos uno a
uno manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos
o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En
la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere con
indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los
testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Se le previene
a la parte demandada que en el primer escrito que presente debe
señalar un medio para atender notificaciones bajo el apercibimiento
de que mientras no lo haga las resoluciones posteriores quedarán
notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas
incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la
notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos
11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del
28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20 del 29 de
enero de 2009. Con respecto al medio se le hace saber a las partes
lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada
el 02 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el
sentido de que si desean señalar un fax como medio de notificación
dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción
de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como
teléfono. Asimismo por haberlo así dispuesto el Consejo Superior,
Viernes 11 de julio del 2014
en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, sesión
78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita
a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se
sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b)
sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con
algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula,
h) Lugar de residencia. En otro orden de ideas, se le previene al
ente actor aportar a los autos la certificación de nacimiento de la
persona menor de edad Josué David Mendoza Núñez. Ahora bien,
se ordena como medida cautelar el depósito provisional del menor
de edad Josué David, en el domicilio de la señora Loydee Mendoza
Núñez. En otro orden de ideas, siendo que el ente actor indica que
se desconoce el domicilio de la demandada y no contando con el
número de su documento de identidad, se ordena nombrarle a ésta
un curador procesal que la represente en el proceso y para tal efecto
se tiene como tal a Luis Diego Jiménez Jiménez, cédula de identidad
número 1-0628-0144, localizable a los teléfonos números 2290-1740, 2231-11-83 al celular número 8340-25-09 y quien señala como
medios para recibir notificaciones el fax número 2231-13-85 y el
correo electrónico ldjimenez@costarricense.cr. Se le hace saber a
dicho profesional que cuenta con el plazo de tres días para presentarse
al despacho con el fin de aceptar el cargo conferido ya que de no
hacerlo se dejará sin efecto su nombramiento y se designará otra
persona en su lugar. Notifíquese. Expediente: 14-000795-0338-FA1.—Juzgado de Familia de Cartago, 27 de junio de 2014.—Lic.
Carlos Eduardo Leandro Solano, Juez.—1 vez.—(IN2014042443).
Se convoca a quienes, de conformidad con el artículo 236
del Código de Familia, les corresponda la curatela de Ana Cecilia
Martina Cruz Umaña, cédula 1-0527-0487 para que se presenten a
encargarse de ella dentro del plazo de cinco días, contado tres días
después de la presente publicación. Declaratoria de insania número
14-400338-637-FA.—Juzgado de Familia Desamparados, 04
de junio de 2014.—Lic. Zeidy Jacobo Morán, Jueza.—1 vez.—
(IN2014042695).
Se avisa a la señora Jeanet Mina Caicedo, mayor, panameña
y demás calidades desconocidas, que en este juzgado, se tramita
el expediente 14-000358-0673-NA, correspondiente a diligencia
de Depósito Judicial, promovida por el Licenciado Randall Durán
Ortega, en calidad de Representante Legal del Patronato Nacional
de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la
persona menor de edad Tulia Janet Ramos Mina. Se le concede el
plazo de tres días naturales para que manifiesten su conformidad o
se oponga a estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia
del Primer Circuito Judicial de San José, 26 de junio del 2014.—
Msc. Yerma Campos Calvo, Jueza.—1 vez.—(IN2014042799).
Se avisa al señor Gustavo Herrera Cartín, mayor, cédula
1-966-382, costarricense y demás calidades desconocidas, que
en este juzgado, se tramita el expediente 14-000372-0673-NA,
correspondiente a diligencia de depósito judicial, promovida por
el Licenciado Roberto Marín Araya, en calidad de Representante
Legal del Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que
se apruebe el depósito de la persona menor de edad Valeria María
Herrera Quesada. Se le concede el plazo de tres días naturales para
que manifiesten su conformidad o se oponga a estas diligencias.—
Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial
de San José, 18 de junio del 2014.—Msc. Yerma Campos Calvo,
Jueza.—1 vez.—(IN2014042801).
Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes
corresponda la curatela de la señora Teresa del Carmen Moreno
Moreno, quien es mayor, pensionada, de nacionalidad nicaragüense,
vecina de Liberia, Guanacaste, conforme con el artículo 236 del
Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella
dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación.
Proceso de insania de Teresa del Carmen Moreno Moreno.
Expediente número 14-000373-0938-FA.—Juzgado de Familia
del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 23 de junio
del año 2014.—Msc. Eddy Rodríguez Chaves, Juez.—1 vez.—
(IN2014042802).
BOLETIN JUDICIAL Nº 133 — Pág 27
Licenciada Karina Víquez Hernández, Jueza del Juzgado de
Familia de Cartago, a Juan Carlos Obando Gamboa, en su carácter
personal, quien es mayor, cédula 3-0362-0346, demás calidades
desconocidas, se le hace saber que en demanda autorización salida
país, establecida por Cinthya Mora Leiva contra Juan Carlos
Obando Gamboa, se ordena notificarle por edicto, la resolución
que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Cartago. A las
ocho horas y veintitrés minutos del diecisiete de junio del año dos
mil catorce. Del anterior proceso de autorización de salida del
país, establecido por Cinthya Mora Leiva, se confiere traslado por
el plazo perentorio de cinco días a Juan Carlos Obando Gamboa
(art. 433 del Código Procesal Civil). Se le previene que en el
primer escrito que presente debe señalar un medio para atender
notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga,
las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso
de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se
producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda
efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley
de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008,
publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto
al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo
Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008,
artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean
señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de
uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que
no pueden utilizarlo también como teléfono. Asimismo, por haberlo
así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de
Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre
2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que
resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente
información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento,
d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f)
Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Dentro
de este mismo plazo podrá oponer excepciones previas y ofrecer la
prueba que considere pertinente. Por existir menores involucrados
en este proceso se tiene como parte al Patronato Nacional de la
Infancia. Notifíquese a dicha institución por medio de la Oficina de
Comunicaciones Judiciales de Cartago en el domicilio social fijado.
Se señala para la audiencia de conciliación las diez horas del cuatro
de agosto del año dos mil catorce. Siendo que la señora Cinthya
Mora, desconoce el domicilio del señor Juan Carlos, se ordena
notificar al mismo por medio de edicto, el cual se tramitará por
medio del sistema electrónico FTP, mediante el cual la información
se envía directamente a La Gaceta. Por otra parte, en virtud de
que según la consulta realizada por este Despacho en la página
del Tribunal Supremo de Elecciones, se cuenta con una posible
dirección del señor Obando Gamboa, expídase atenta comisión
dirigida a la Oficina de Comunicaciones Judiciales de este Circuito
Judicial, con el fin de intentar ubicarlo y notificarlo en esa dirección.
Expediente 14-001271-0338-FA-1. Notifíquese.—Juzgado de
Familia de Cartago, 30 de junio del 2014.—Lic. Carlos Leandro
Solano, Juez.—1 vez.—(IN2014042823).
Licenciada Johanna Escobar Vega, Jueza del Juzgado de
Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a Yamileth
Chavarría Núñez, en su carácter personal, quien es mayor, soltera,
vecina de Orotina de Alajuela, cédula 2-505-186, se le hace saber
que en demanda declaratoria judicial abandono N° 12-0020310292-FA, establecida por Patronato Nacional de la Infancia contra
Gerardo Jesús Chaves Núñez y Yamileth Chavarría Núñez, se
ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente
dice: Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela,
a las siete horas y cincuenta y cinco minutos del veintinueve de
abril de dos mil trece, se tiene por establecido el presente proceso
especial de declaratoria de abandono de las personas menores
de edad Morely Priscila Chaverri Calderón, Tatiana Vanessa
González Chaverri, Anthony José Araya Chaverri, Keylin María
Araya Chaverri y Gerald Gerardo Chaves Chaverri, planteado por
Patronato Nacional de la Infancia contra Gerardo Jesús Chaves
Núñez, José Copertino Araya Seas y Yamileth Chaverri Calderón
representada por el Licenciado José Adrián Vargas Solís, quien
funge como su curador procesal, a quienes se les concede el plazo
de cinco días para que opongas excepciones, se pronuncies sobre
la solicitud y ofrezcas prueba de descargo, de conformidad con los
Pág 28 — BOLETIN JUDICIAL Nº 133
Viernes 11 de julio del 2014
artículos 121 y 122 del Código de Familia. En ese mismo plazo, en
el primer escrito que presenten deben señalar un medio para atender
notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga,
las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso
de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se
producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda
efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley
de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008,
publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con
respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el
Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre
del 2008, artículo LXII, circular 169-2008, en el sentido de que, si
desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe
ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por
lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta
a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”,
con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del
despacho. esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas
de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en
ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente
en lo legal para la recepción de notificaciones.” así mismo, por
haberlo así dispuesto el consejo Superior, en concordancia con la
Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el
18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este
asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar
la siguiente información: a) Lugar de trabajo, b) Sexo, c) Fecha de
Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de
discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de
residencia. Se le advierte que si no contesta en el indicado plazo
de cinco días, el proceso seguirá su curso con una convocatoria a
una audiencia oral y privada, conforme lo estipula el artículo 123
ibídem; y una vez recibidas las pruebas, se dictará sentencia. Por
otra parte, en atención a la medida cautelar solicitada por el Ente
actor, con el fin de que los señores Yamileth Chaverri Calderón, José
Copertino Araya Seas y Gerardo Jesús Chaves Núñez no utilicen las
visitas a sus menores hijos para actuar en contra de la seguridad y la
estabilidad de estos, se ordena la suspensión de las mismas, para lo
cual deberá el Patronato Nacional de la Infancia tutelar dicha medida.
Notifíquese ésta resolución al Curador Procesal por medio del lugar
señalado. Notifíquese esta resolución al Patronato Nacional de la
Infancia y al Licenciado José Adrián Vargas Solís en sus oficinas
en esta ciudad por medio de la oficina de comunicaciones y otras
comunicaciones; de este circuito. Notifíquese esta resolución a los
demandados Gerardo Jesús Chaves Núñez y José Copertino Araya
Seas, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su
casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la
Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona
a la policía de proximidad de San Mateo de Alajuela y a la policía
de proximidad de Garabito, Puntarenas.—Juzgado de Familia del
Primer Circuito Judicial de Alajuela.—Msc. Johanna Escobar
Vega, Jueza.—1 vez.—(IN2014042831).
Msc. Patricia Méndez Gómez, Jueza de Familia del Juzgado de
Familia de Hatillo, hace saber que en proceso abreviado de divorcio
N° 2012-400533-216-FA promovido por Roger Eduardo Vega
Zúñiga contra Eddy Esmelda Gutiérrez Vargas, representado por su
curador procesal Licenciado Rolando Tellini Duarte, se ha dictado
la resolución que en lo que interesa dice: “Juzgado Civil, Trabajo
y Familia de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita, a las ocho horas
cincuenta minutos del ocho de febrero del dos mil trece. De la anterior
demanda de abreviado de divorcio, establecida por el accionante
Roger Eduardo Vega Zúñiga se confiere traslado a la accionada
Eddy Esmelda Gutiérrez Reyes, por el plazo perentorio de diez
días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad
con la misma. Al contestar negativamente deberá expresar con
claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos
legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda,
deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los
rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o
rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas
que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales
de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Por
existir menores involucrados en este proceso se tiene como parte al
Patronato Nacional de la Infancia, dicha entidad será notificada de
la presente resolución por medio del notificador del Despacho, en la
Sucursal del Patronato en Hatillo dos. así mismo, se previene a las
partes que deben señalar medio y lugar dentro del perímetro judicial
de Hatillo, donde atender futuras notificaciones, apercibidos de que
si lo omitieren, o si el lugar señalado fuere impreciso, incierto, o ya
no existiere, las resoluciones posteriores quedarán notificadas por el
sólo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. Previo a
expedir la comisión correspondiente deberá el actor hacer llegar a
los autos dentro de tercer día un juego de copias del expediente, lo
anterior bajo el apercibimiento de que en su omisión no se atenderán
gestiones. No ha lugar a remitir oficio al Registro Civil a efecto de
solicitar certificación del domicilio registral de la demandada por
tenerlo a su disposición, para presentar la misma se le concede el
plazo de cinco días en su omisión se mantendrá el presente asunto
en archivo provisional y pasados tres meses se declarará desierto el
mismo. Así mismo, por haberlo dispuesto el Consejo Superior, en
concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, sesión
78-07 celebrada el 18 de octubre del 2007, artículo LV, se les solicita
a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se
sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de Trabajo, b)
Sexo, c) Fecha de nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con
algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h)
lugar de residencia. Notifíquese. Lic. Roly Arturo Bogarín Morales,
Juez.—Juzgado de Familia de Hatillo.—Msc. Patricia Méndez
Gómez, Jueza.—1 vez.—(IN2014042834).
Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés
en el depósito de la persona menor de edad Kendall Josué García
Quesada. Para que se apersonen a este Juzgado, dentro del plazo
de treinta días que se contarán a partir de la publicación del edicto
ordenado. Clase de Asunto Depósito Judicial de persona menor
de edad. Publíquese por única vez. Expediente N° 14-0007050292-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial
de Alajuela, a las diez horas y veintiocho minutos del dieciséis de
junio de dos mil catorce.—Msc. Patricia Vega Jenkins, Jueza.—1
vez.—(IN2014042848).
Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes
corresponda la curatela de Jammes Brautigan Rivera, conforme
con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a
encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir
de esta publicación. Proceso de insania promovido por María de
Los Ángeles Rivera Gómez. Expediente número 14-001140-0338FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 01 de julio del 2014.—Lic.
Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—(IN2014042849).
Licenciada Luz Amelia Ramírez Garita, Jueza del Juzgado
de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a Fredy Paul
Lazaro Artica, en su carácter demandado, vecindario desconocido,
de nacionalidad peruana con pasaporte N° P2825474, se le hace
saber que en proceso reconoc. hijo mujer casada. Exp. N° 13002198-0292-FA, establecido por Yajahira Pichardo García y
Marvin Antonio Matarrita, se ordena notificarle por edicto, la
resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, a las once horas y once minutos del
veintiocho de mayo de dos mil catorce. Se tienen por establecidas
las presentes diligencias de reconocimiento de hijo de mujer casada
promovido por a favor de la persona menor de edad Isaac Lázaro
Pichardo. De las mismas se confiere audiencia al Patronato Nacional
de la Infancia, por el plazo de tres días. De los autos se observa que
se encuentran debidamente apersonados los padres registrales del
menor no oponiendo objeción alguna al presente proceso, y el señor
Fredy Paul Lázaro Artica de acuerdo con los documentos aportados
y la prueba testimonial aportada se encuentra ausente, por lo que se
ordena la publicación del edicto correspondiente. Con la finalidad
de recibir el testimonio de Ana Iris Pichardo García, cédula 2-527489 se señalan las ocho horas y treinta minutos del veinticuatro de
julio de dos mil catorce.—Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de Alajuela.—Lic. Luz Amelia Ramírez Garita, Jueza.—1
vez.—(IN2014042880).
MSc. Patricia Méndez Gómez, Jueza del Juzgado de Familia
de Puntarenas, hace saber: que en declaratoria judicial de estado de
abandono con fines de adopción y depósito judicial promovido por
Viernes 11 de julio del 2014
el Patronato Nacional de la Infancia contra Andrea Esther Jiménez
Hidalgo y Deiler Jesús Núñez Soto, que se tramita en este despacho,
bajo la sumaria número 13-000987-1146-FA, se encuentra la
resolución que literalmente dice: presentada en forma la solicitud
de depósito judicial de las personas menores de edad Keysha
Valeska Núñez Jiménez y Keira Daniela Núñez Jiménez, se confiere
audiencia por el plazo de tres días a las partes intervinientes Deiler
Jesús Núñez Soto y Andrea Esther Jiménez Hidalgo, y al Patronato
Nacional de la infancia, se le previene a la parte interviniente,
de conformidad con los numerales 10 y 34 en relación con el 36
todos de la Ley de Notificaciones número 8687, el señalamiento de
correo electrónico, fax, casillero, en estrado o cualquier otra forma
tecnológica que permita la seguridad del acto de comunicación, como
medio para atender futuras notificaciones, bajo el apercibimiento de
que si no lo hiciere en la forma prevenida o no se pudiere efectuar
la notificación por el medio señalado, mediando comprobante de
transmisión electrónica o la respectiva constancia, las resoluciones
posteriores le quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro
horas de dictadas, incluidas las sentencias, salvo que se demuestre
que ello se debió a causas que no le sean imputables. Notifíquesele
esta resolución a al interviniente Deiler Jesús Núñez Soto, para
lo cual se ordena desglosar mandamiento a la delegación policial
de Fray Casiano en Puntarenas, a la interviniente Andrea Esther
Jiménez Hidalgo, para lo cual se ordena desglosar mandamiento
a la delegación policial de Barranca en Puntarenas. Asimismo
se le otorga el depósito provisional de las personas menores de
edad a María Isabel Jiménez Hidalgo, a quien se le previene
presentarse a aceptar el cargo conferido, notifíquese este resolución
a la depositaria provisional, para lo cual se ordena desglosar
mandamiento a la delegación policial de Barranca en Puntarenas.
Notifíquese.—Juzgado de Familia de Puntarenas.—Lic. Patricia
Méndez Gómez, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(2014043458).
Se avisa que en este Despacho bajo el Expediente número
13-002283-0364-FA, los señores Luis Alberto Álvarez Barrantes y
Marilyn del Carmen Rojas Vásquez, solicita se apruebe la adopción
conjunta de la persona menor Miriam Daniela Quintana Rojas.
Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular
oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su
disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la
misma.—Juzgado de Familia de Heredia, 27 de junio del 2014.—
MSc. Cynthia Rodríguez Murillo, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—
(IN2014043459).
La licenciada Patricia Méndez Gómez, Jueza del Juzgado de
Familia de Puntarenas, hace saber: que en declaratoria judicial de
estado de abandono, pérdida de responsabilidad parental y depósito
judicial promovido por el Patronato Nacional de la Infancia contra
Patricia Araya Suarez y José Francisco Araya Sánchez, que se
tramita en este Despacho, bajo la sumaria número 14-000037-1146FA, se encuentra la resolución que literalmente dice: Se tiene por
establecido el presente proceso declaratoria judicial de estado de
abandono y pérdida de patria potestad, planteado por Patronato
Nacional de la Infancia, contra Patricia Araya Suárez y José
Francisco Araya Sánchez, a quien se le concede audiencia por el
plazo de cinco días, con el fin de que se pronuncie sobre la solicitud
y ofrezca pruebas de descargo si es del caso, de conformidad con
los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Se le advierte a la
demandada que si no contesta dentro del plazo el proceso seguirá
su curso con una convocatoria a una audiencia oral y privada,
conforme lo estipula el artículo 123 ibídem y una vez recibidas
las pruebas, se dictará sentencia. Igualmente, de conformidad con
los numerales 10 y 34 en relación con el 36 todos de la Ley de
Notificaciones número 8687, deberá señalar medio para atender
futuras notificaciones, sea este: correo electrónico, fax, casillero, en
estrado o cualquier otra forma tecnológica que permita la seguridad
del acto de comunicación, esto bajo el apercibimiento de que si no lo
hiciere en la forma prevenida o no se pudiere efectuar la notificación
por el medio señalado, mediando comprobante de transmisión
electrónica o la respectiva constancia, las resoluciones posteriores
le quedará notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de
dictadas, incluidas las sentencias, salvo que se demuestre que ello
se debió a causas que no le sean imputables. Asimismo, se ordena
el depósito judicial provisional de Juan Araya Suárez en el hogar
BOLETIN JUDICIAL Nº 133 — Pág 29
de Rosalina Sánchez Suárez y José Ramírez Quesada. Notifíquese
personalmente o en su casa de habitación, por medio del Juzgado
Contravencional de Montes de Oro, Puntarenas, a Rosalina Sánchez
Suárez y José Ramírez Quesada, por ser habidos en barrio El Jocote
de Miramar, casa número 27; y, a la señora Patricia Araya Suárez,
por ser habida en barrio El Jocote, 100 metros norte de la pulpería
Róger Vargas. Al señor José Araya Suárez, por ser habido en el
proyecto urbanización Santo Cristo de Palmares, casa número 65,
se ordena comisionar. Notifíquese.—Juzgado Contravencional y
de Menor Cuantía de Palmares.—MSc. Patricia Méndez Gómez,
Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2014043463).
Se hace saber: que ante este Despacho se tramita proceso
de cambio de nombre promovido por Salas Sibaja José Daniel
mayor, documento de identidad 0207400705 vecino de San Juan
de Tibás, encaminadas a solicitar la autorización para cambiarse el
nombre de José Daniel Salas Sibaja, por el de Daniel Salas Sibaja
mismos apellidos. Se emplaza a los interesados en este asunto, a
efecto de que dentro del plazo de quince días contados a partir de
la publicación de este edicto se apersonen al proceso a hacer valer
sus derechos, bajo los apercibimientos de ley en caso de omisión.
Artículo 55 del Código Civil. Exp. 14-000301-0164-CI.—Juzgado
Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 10 de junio
del 2014.—Lic. Francis Giovanni Porras León, Juez.—1 vez.—
(IN2014043476).
Se hace saber: que ante este Despacho se tramitan diligencias
de cambio de nombre promovida por Diego Naranjo Vásquez
casado una vez, mayor de edad, comerciante, cédula Nº 1-10930062, vecino de Jaco, Puntarenas y Lisbeth Vindas Díaz, casada una
vez, mayor de edad, comerciante, cédula Nº 1-1109-0632, vecina
de Jacó, Puntarenas, encaminadas a solicitar la autorización para
cambiar el nombre por su hijo Steve Naranjo Vindas, por el de Yullian
Vasco mismos apellidos, eliminando el Steve. Se cita y emplaza a
los interesados en las presentes diligencias, a efecto de que dentro
del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este
edicto se apersonen al proceso a hacer valer sus derechos, bajo los
apercibimientos de ley en caso de omisión. Artículo 55 del Código
Civil. Exp. Nº 14-000070-0182-CI-4.—Juzgado Tercero Civil de
Mayor Cuantía de San José, 7 de abril del 2014.—MSc. Ricardo
Álvarez Torres, Juez.—1 vez.—(IN2014043561).
Se avisa, al señor Manfred Sandoval Alvarado, mayor,
soltero, cédula de identidad número 1-1249-258, representado por
el curador procesal licenciado Mariano Solórzano Olivares, hace
saber que existe proceso N° 14-000089-0673-NA de declaratoria
judicial de abandono de la persona menor de edad Dorothy Ann
Sandoval Mesén, establecido por el Patronato Nacional de la
Infancia en contra de Manfred Sandoval Alvarado y Karol Melissa
Mesén Solís, que en resolución dictada por el Juzgado de Niñez y
Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José a las catorce
horas y treinta y cuatro del veintiuno de febrero del dos mil catorce,
que en lo conducente dice: se le concede el plazo de cinco días a
dichos accionados para que se pronuncien sobre la misma y ofrezcan
prueba de descargo si es del caso de conformidad con los artículos
121 y 122 del Código de Familia. Se le advierte a los accionados
que si no contestan en el plazo dicho, el proceso seguirá su curso
con una audiencia oral y privada conforme con el artículo 123 del
Código de Familia y una vez recibida la prueba se dictará sentencia.
Notifíquese.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer
Circuito Judicial de San José, 1° de julio de 2014.—MSc. Milagro
Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2014043615).
Licenciada Karina Víquez Hernández, Jueza del Juzgado de
Familia de Cartago, hace saber al señor a Rodolfo Eloy Herrero
Castro, en su carácter personal, cédula 0903100286 y de vecindario
desconocido, que en este despacho de tramita en su contra demanda
suspensión patria potestad, establecida por Patronato Nacional de la
Infancia y donde se ha dictado la resolución que literalmente dice:
Juzgado de Familia de Cartago. A las nueve horas y treinta y siete
minutos del siete de febrero del año dos mil catorce. De la anterior
demanda abreviada de suspensión de patria potestad establecida por
el accionante Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado
a los accionados Rodolfo Eloy Herrero Castro y Vanessa Montiel
Pág 30 — BOLETIN JUDICIAL Nº 133
Viernes 11 de julio del 2014
Ramírez por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a
la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del
plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar
negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga
para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya.
Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a
uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos,
o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En
la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con
indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los
testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Se le previene a
la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe
señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento
de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán
notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas,
incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la
notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos
11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del
28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de
enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes
lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada
el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el
sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación,
dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de
documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono.
“Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono
celular, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del
despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas
de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en
ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente
en lo legal para la recepción de notificaciones.” Asimismo, por
haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la
Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18
de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto
que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente
información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) fecha de nacimiento, d)
profesión u oficio, e) si cuenta con algún tipo de discapacidad, f)
estado civil, g) número de cédula, h) lugar de residencia. Notifíquese
esta resolución a la demandada por medio de la Comandancia de
Cartago, siendo que de la cuenta cedular del señor Herrero Castro se
desprende una dirección se ordena expedir comisión para el señor
Delegado Policial de Santa Ana, San José, personalmente o por
medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en
su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales.
Tal y como lo solicita el ente actor y velando por el interés superior
de las personas menores de edad Nubia Raquel Montiel Ramírez y
Ana Catalina Herrero Montiel se ordena el depósito provisional de
dichas niñas en el hogar de los señores Mauricio Montiel Ramírez
y Jacqueline Martínez Peña. Notifíquese.—Juzgado de Familia de
Cartago.—Lic. Carlos Eduardo Leandro Solano, Juez.—1 vez.—
Exonerado.—(IN2014043624).
Se avisa que en este Despacho la señora Tracy Katherine
Castro Mora, solicitan se apruebe la adopción individual de la
persona menor de edad Danny Caleb Agüero Castro. Se concede a
todos los interesados directos el plazo de cinco días para formular
oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su
inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la
misma. Expediente N° 14-000356-0673-NA.—Juzgado de la
Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial San José, 25
de junio del año 2014.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1
vez.—(IN2014043648).
Se avisa al señor Albert Solís Quirós, mayor, cédula 5-389-074,
costarricense y demás calidades desconocidas, que en este juzgado,
se tramita el expediente 14-000368-0673NA, correspondiente
a diligencia de depósito judicial, promovida por la Licenciada
Kryssia Abigail Miranda Hurtado en calidad de Representante
Legal del Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que
se apruebe el depósito de la persona menor de edad Génesis Valeria
Solís Chavarría. Se le concede el plazo de tres días naturales para
que manifiesten su conformidad o se oponga a estas diligencias.—
Juzgado de Niñez y adolescencia del Primer Circuito Judicial
de San José, 30 de junio del 2014.—Msc. Milagro Rojas Espinoza,
Jueza.—1 vez.—(IN2014043649).
Se avisa que en este Despacho el señor Andrés David Castro
Zúñiga, solicita se apruebe la adopción individual de la persona
menor de edad Valeria Ramírez Camacho. Se concede a todos los
interesados directos el plazo de cinco días para formular oposiciones
mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad
y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente
N° 14-000382-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia
del Primer Circuito Judicial San José, 30 de junio del año 2014.—
Msc. Milagro Rojas Espinoza, Juez.—1 vez.—(IN2014043651).
Se avisa que en este Despacho la señora Adita María Cascante
Ramírez, solicita se apruebe la adopción individual de la persona
menor de edad Arelys María Salazar Ramírez. Se concede a
todos los interesados directos el plazo de cinco días para formular
oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su
inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la
misma. Expediente N° 14-000387-0673-NA.—Juzgado de la
Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial San José, 30
de junio del año 2014.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Juez.—1
vez.—(IN2014043652).
Se hace saber: Que en este Juzgado la señora Dennia María
Salazar Picado, quien es mayor, soltera, mecánica de enderezado
y pintura, vecina de esta San José, San Sebastián, López Mateos,
Urbanización Villas del Rey, cédula de identidad 6-351-571,
costarricense; dentro del expediente número 14-00040-0216-CI,
ha promovido Diligencias de Cambio de nombre, para obtener
autorización para cambiárselo por el de Dennis Salazar Picado y se
le confiere el plazo de quince días a cualquier interesado para que
presente oposiciones, los cuales corren a partir de la publicación de
este edicto. Expediente N° 14-100040-216-CI. Cambio de nombre
de Dennia María Salazar Picado, 10 de junio del 2014.—Lic. Gersan
Tapia Martínez, Juez.—1 vez.—(IN2014043657).
Edictos Matrimoniales
Han comparecido ante este despacho solicitando contraer
matrimonio civil los contrayentes presentes en este despacho Pablo
Alberto Vargas Quirós, costarricense, mayor, soltero, oficial de
seguridad privada, portador de la cédula de identidad número 011178-0653, vecino de Purral Abajo, hijo de Carlos Alberto Vargas
Hernández y de Marjorie de los Ángeles Quirós Tenorio, nacido en
Uruca Central, San José, el 27/07/1983, actualmente con 30 años de
edad y Silvia Elena Mora Sancho, costarricense, mayor, divorciada,
asiste de tatto y empleada doméstica, portadora de la cédula de
identidad número 01-0813-0904, vecina de Purral Abajo, hija de
Hilda Elena Sancho Vargas y de Miguel Ángel Mora Gamboa,
nacida en Uruca Central San José, el 04/01/1972, actualmente con
42 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que
existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve
a cabo deberá manifestarlo ante este despacho dentro del término de
ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud
de Matrimonio). Expediente: 14-001335-0165-FA.—Juzgado
de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, 19 de
junio del 2014.—Lic. Karol Vindas Calderón, Jueza.—1 vez.—
(IN2014042449).
Han comparecido ante este despacho solicitando contraer
matrimonio civil los contrayentes presentes en este despacho Angie
Fayleen Rojas Muñiz, mayor, costarricense, soltera, ama de casa,
portadora de la cédula de identidad número 01-1398-0054, vecina de
La Trinidad de Moravia, hija de Sonia Priscilla Muñiz Ramírez y de
Rodrigo Alberto Rojas Arce, nacida en Carmen, Central, San José,
el 24/07/1989, actualmente con 24 años de edad y Daniel Eduardo
Granados Ovares, mayor, costarricense, soltero, administrador de
tienda, portador de la cédula de identidad número 01-1391-0973,
vecino de La Trinidad de Moravia, hijo de Liliana Ovares Díaz y
de Rodny Granados Fonseca, nacido en Carmen Central San José,
el 27/05/1989, actualmente con 25 años de edad. Si alguna persona
tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para
que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este
despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la
publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio). Expediente: 14001349-0165-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito
Judicial de San José, 20 de junio del 2014.—Lic. Karol Vindas
Calderón, Jueza.—1 vez.—(IN2014042451).
Viernes 11 de julio del 2014
Han comparecido ante este Despacho, solicitando contraer
matrimonio civil los contrayentes Geisel de Los Ángeles Rojas
Jiménez, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad número
0206840299, vecina de Sarchi, San Pedro, hija de Alfonso Rojas
Campos y Marisol Jiménez Porras, nacido en Grecia, el 24/03/1991,
con 23 años de edad, y Adrián Gerardo Chinchilla Chaves,
mayor, soltero, empresa de limpieza, cédula de identidad número
0206160704, vecino de Rincón de Salas Sur; Bajo Rosales, hijo
de Rafaela Chinchilla Chaves, nacido en Grecia; el 09/02/1986,
actualmente con 28 años de edad. Si alguna persona tuviere
conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho
matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho,
dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación
del edicto. Este edicto debe publicarse por una sola vez. Exp. N°
14-000422-0687-FA.—Juzgado de Familia de Grecia, 26 de
junio del 2014.—Lic. Marjorie Salazar Herrera, Jueza.—1 vez.—
(IN2014042845).
Han comparecido ante este Despacho, solicitando contraer
matrimonio civil los contrayentes Walter Luis Bolaños Arce, mayor,
divorciado, operario, cédula de identidad número 2-642-840, vecino
de Alajuela, Rincón de Cacao, 200 metros de La Granjita, primera
casa a mano izquierda, teléfono 8682-0112, hijo de Armando
Bolaños Araya de nacionalidad costarricense y María Eugenia
Arce Arroyo de nacionalidad costarricense, nacido en Alajuela, el
27 de febrero de 1988, con 26 años de edad, y Stephanny Córdoba
Pérez, mayor, divorciada, recepcionista, cédula de identidad número
1-1091-918, vecina de Alajuela, Rincón de Cacao, 200 metros
de La Granjita, primera casa a mano izquierda, teléfono 83040313, hija de Sergio Francisco Córdoba Álvarez de nacionalidad
costarricense y Lidiette Pérez Vega de nacionalidad costarricense,
nacida en San José, el 11 de enero de 1981, actualmente con 33
años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe
algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo
deberá manifestarlo ante este Despacho, dentro del término de ocho
días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de
Matrimonio) Exp. N° 14-001183-0292-FA.—Juzgado de Familia
del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 26 de junio del 2014.—
Lic. Luz Amelia Ramírez Garita, Jueza.—1 vez.—(IN2014042850).
Han comparecido ante este Despacho, solicitando contraer
matrimonio civil los contrayentes Juan José González Villalobos,
mayor, vecino de Alajuelita ciento cincuenta al este, del INA,
cédula de identidad uno-seiscientos veinticuatro ciento noventa y
ocho, costarricense, comerciante, cincuenta años de edad nació en
Hospital San Juan de Dios en San José, el día siete de marzo de
mil novecientos sesenta y cuatro hijo de Carmen María Villalobos
Araya; nacionalidad costarricense y Pedro Efraín González
González; nacionalidad costarricense, y Dominga Mora Monge,
mayor, de cincuenta y ocho años, divorciada, cajera, cédula seis
ciento veinticuatro-seiscientos ochenta y cinco, nació en Hospital
Coto Cuarenta y Siete en la Zona Sur, el día dos de junio del mil
novecientos cincuenta y seis, vecina de Alajuelita ciento cincuenta
al este, del INA, hija de María Aurelia Mora Monge, costarricense.
Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún
impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo
deberá manifestarlo ante este Despacho, dentro del término de ocho
días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de
Matrimonio). Expediente N° 2014-400383-0216-FA.—Juzgado de
Familia de Hatillo, 30 de junio del 2014.—Msc. Patricia Méndez
Gómez, Jueza.—1 vez.—(IN2014042853).
Han comparecido ante este Despacho, solicitando contraer
matrimonio civil, Oswaldo Céspedes Delgado CC. Osvaldo
Céspedes Delgado, mayor, de cuarenta y seis años de edad,
divorciado, alfarero, vecino de Santa Ana, Piedades, cédula de
identidad número 1-0703-0723 y Maureen Solís Morales, mayor, de
treinta y un años de edad, soltera, ama de casa, vecina de Santa Ana,
Piedades, cédula de identidad número 1-1162-0288. Se concede un
plazo de ocho días, a quien tenga que hacer alguna oposición a dicho
matrimonio, la que deberá presentarse por escrito ante este Despacho
y en ese término. Expediente N° 14-100065-0242-CI.—Santa Ana,
18 de junio del 2014.—Lic. José Bernal Rodríguez Marín, Juez.—1
vez.—(IN2014043600).
BOLETIN JUDICIAL Nº 133 — Pág 31
Han comparecido a este Despacho solicitando contraer
matrimonio civil, Albis Antonio Martínez Díaz, mayor, soltero,
jornalero, cédula de identidad número 0303190693, vecino de Las
Vueltas de Tucurrique de Jiménez, barrio Pueblo Nuevo, 40 metros
ante del puente de Patas Negras, casa de color celeste, hijo de
Esperanza Martínez Díaz, nacido en Pejibaye Jiménez Cartago, el
15 de junio de1972, con 42 años de edad, y María Felicia Sánchez
Montoya, mayor, divorciada una vez, ama de casa, cédula de
identidad número 0303210353, vecina de Las Vueltas de Tucurrique
de Jiménez, barrio Pueblo Nuevo, 40 metros ante del puente de Patas
Negras, casa de color celeste, hija de María Albertina Montoya
Varela y Jesús Luis Sánchez Montoya, nacida en centro Central
Cartago, el 17 de octubre de 1972, actualmente con 42 años de edad.
Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para
que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo
en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación
del edicto. Exp. Nº 14-000111-0675-FA.—Juzgado de Familia de
Turrialba, Turrialba, 21 de marzo del 2014.—Lic. Elmer Rojas
Aguilar, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2014043620).
Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer
matrimonio civil los contrayentes José Francisco Núñez Astorga,
mayor, divorciado, auxiliar de cocina, cédula de identidad número
tres-trescientos noventa y ocho-cuatrocientos cincuenta y cinco,
hijo de Jorge Antonio Núñez Mata e Hilda María Astorga Sánchez,
nacido en Turrialba, el veinticuatro de octubre de mil novecientos
ochenta y cuatro, con veintinueve años de edad, y Karla Francine
Porras Venegas, mayor, divorciada, cédula de identidad número dosseiscientos ochenta y dos-ciento sesenta y uno, hija de Francisca
Venegas Rodríguez y Carlos Antonio Porras Astúa, nacida en
centro Central Alajuela, el quince de diciembre de mil novecientos
noventa, actualmente con veintitrés años de edad. Si alguna persona
tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para
que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este
Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la
publicación del edicto. (Solicitud de matrimonio). Exp. 14-0002220675-FA-I.—Juzgado de Familia de Turrialba, 30 de junio del
2014.—Lic. Elmer Rojas Aguilar, Juez.—1 vez.—Exonerado.—
(IN2014043626).
Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer
matrimonio civil los contrayentes Andrey Jesús Moya Delgado,
mayor, soltero, tapicero, cédula de identidad número 206010978,
vecino de Esquipulas de Palmares, Urbanización Josema, detrás del
súper Brayca, calle sin salida, casa de dos plantas, hijo de Bellanira
Delgado Solórzano y Ildefonso Moya Mora, nacido en Centro San
Ramón Alajuela, el 19 de diciembre de 1984, con 29 años de edad,
y María Nazareth Barquero Jiménez, mayor, soltera, niñera, cédula
de identidad número 0206550205, vecina de La Granja de Palmares,
frente a la entrada de Los Proyectos, casa color verde, hija de Lourdes
Jiménez Vásquez y Claudio Alberto Barquero Zúñiga, nacida en
Centro San Ramón Alajuela, el 6 de octubre de 1989, actualmente
con 25 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que
existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve
a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de
ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud
de Matrimonio) Expediente N° 14-000376-0688-FA—Juzgado de
Familia del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón,
30 de junio del año 2014.—Msc. Denia Magaly Chavarría Jiménez,
Jueza.—1 vez.—(IN2014043650).
Han comparecido ante este Despacho, solicitando contraer
matrimonio civil los contrayentes Juan José González Villalobos,
mayor, vecino de Alajuelita ciento cincuenta al este, del INA,
cédula de identidad uno-seiscientos veinticuatro ciento noventa y
ocho, costarricense, comerciante, cincuenta años de edad nació en
Hospital San Juan de Dios en San José, el día siete de marzo de
mil novecientos sesenta y cuatro hijo de Carmen María Villalobos
Araya; nacionalidad costarricense y Pedro Efraín González
González; nacionalidad costarricense, y Dominga Mora Monge,
mayor, de cincuenta y ocho años, divorciada, cajera, cédula seis
ciento veinticuatro-seiscientos ochenta y cinco, nació en Hospital
Coto Cuarenta y Siete en la Zona Sur, el día dos de junio del mil
novecientos cincuenta y seis, vecina de Alajuelita ciento cincuenta
al este, del INA, hija de María Aurelia Mora Monge, costarricense.
Pág 32 — BOLETIN JUDICIAL Nº 133
Viernes 11 de julio del 2014
Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún
impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo
deberá manifestarlo ante este Despacho, dentro del término de ocho
días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de
Matrimonio). Expediente N° 2014-400383-0216-FA.—Juzgado de
Familia de Hatillo, 30 de junio del 2014.—Msc. Patricia Méndez
Gómez, Jueza.—1 vez.—(IN2014042853).
Han comparecido ante este Despacho solicitando Bryan
Gilberto Camacho Ledezma, mayor de edad, de 21 años de edad,
soltero, guarda de seguridad, cédula de identidad número 6-04040472 hijo de Denia María Camacho Ledezma, nació en Puntarenas,
el día catorce de octubre de mil novecientos noventa y dos,
vecino de Pacayas, nacionalidad costarricense, y Franciny Sibaja
Altamirano, mayor de edad, de 23 años de edad, soltera, ama de
casa, cédula de identidad número 6-0387-0809, hija de José Edgar
Sibaja Cordero y María Antonia Altamirano Altamirano, nació en
Puntarenas, el día veintitrés de mayo de mil novecientos noventa,
vecino de Pacayas, nacionalidad costarricense. Se previene a todas
aquellas personas que conozcan algún impedimento para que este
matrimonio no se realice, que están en la obligación de manifestarlo
a este Juzgado dentro de los ocho días, siguientes a la publicación
de este edicto. Solicitud de Matrimonio. Expediente número:
14-100011-0350-CI.—Juzgado Contravencional y de Menor
Cuantía de Alvarado.—Lic. Gisella González Sáenz, Jueza.—1
vez.—(IN2014043666).
Edictos en lo Penal
Fiscalía de Buenos Aires, al ser las diez horas cuarenta
minutos del siete de mayo del año dos mil catorce, la M.Sc. Kattia
Acosta Solís, Fiscal Auxiliar de Buenos Aires, hace saber que en
la causa Nº 12-200283-634-PE, seguida contra Jorge Rodríguez
Acuña, por el delito de Lesiones Culposas, se encuentran las
resoluciones que literalmente dicen: “Traslado de la Acción
Civil Resarcitoria. Fiscalía de Buenos Aires, a las quince horas
cincuenta y nueve minutos del seis de febrero del dos mil catorce.”
y “Traslado de la Acción Civil Resarcitoria. Fiscalía de Buenos
Aires, a las dieciséis horas tres minutos del seis de febrero del dos
mil catorce”. Habiéndose agotado todas las vías para localizar a los
codemandados civiles Ramiro Picado Vega, cédula de identidad
número 1-629-394, dueño registral para el momento de los hechos,
sea el 27 de abril del 2012 del vehículo marca Nissan, estilo D21,
placa CL 156948 y a la Sociedad Chicharronera Real la Costa del
Sur S. A., cédula de persona jurídica número 3-101-567830, dueña
registral del vehículo marca Nissan, estilo D21, placa CL 156948 a
partir del 02 de mayo del 2012, de la cual recae la representación en
los señores Barnald Humberto Cordero Ureña, cédula de identidad
1-856-855, Orlan Cordero Ureña, cédula de identidad 1-1045-904
y Romilio Cordero Picado, cédula de identidad 9-0039-0290, se
ordena notificar por edicto tres veces consecutivas las resoluciones
de las quince horas cincuenta y nueve minutos del seis de febrero
del dos mil catorce y de las dieciséis horas tres minutos del seis
de febrero del dos mil catorce, en las cuales se ordena dar traslado
a la Acción Civil Resarcitoria a los codemandados civiles Ramiro
Picado Vega, cédula de identidad número 1-629-394 y a la Sociedad
Chicharronera Real la Costa del Sur S. A., cédula de persona jurídica
número 3-101-567830, recayendo la representación en los señores
Barnald Humberto Cordero Ureña, cédula de identidad 1-856-855,
Orlan Cordero Ureña, cédula de identidad 1-1045-904 y Romilio
Cordero Picado, cédula de identidad 9-0039-0290, los cuales podrán
dentro del plazo de cinco días contestar la Acción Civil Resarcitoria
y oponer las excepciones que estimen pertinentes. Asimismo, se les
advierte que dentro del mismo plazo deberán señalar lugar y medio
para atender notificaciones, esto dentro de la causa Nº 12-200283634-PE, contra Jorge Rodríguez Acuña, por el delito de Lesiones
Culposas, en perjuicio de Royner Ureña Rosales y Kermeth Segura
Mora. Comuníquese.—Fiscalía de Buenos Aires.—M.Sc. Kattia
Acosta Solís, Fiscal Auxiliar.—(IN2014042414).
3 v. 1
Fiscalía de Buenos Aires, al ser las trece horas del trece de mayo
del dos mil catorce, la M.Sc. Kattia Acosta Solís, Fiscal Auxiliar de
Buenos Aires, hace saber que en la causa N° 13-200094-634-PE,
seguida contra Esteban Morales Montes, por el delito de Lesiones
Culposas, se encuentra la resolución que literalmente dice: “Traslado
de la Acción Civil Resarcitoria. Fiscalía de Buenos Aires, a las
quince horas tres minutos del veintiuno de agosto del dos mil trece”.
Habiéndose agotado todas las vías para localizar al codemandado
civil Alpidio Monge Tencio, cédula de identidad número 1-09230799, dueño registral de la motocicleta marca Yamaha, placa MOT
026363, se ordena notificar por edicto, tres veces consecutivas la
resolución de las quince horas tres minutos del veintiuno de agosto
del dos mil trece, en la cual se ordena dar traslado a la Acción Civil
Resarcitoria al codemandado civil Alpidio Monge Tencio, cédula
de identidad número 1-0923-0799, el cual podrán dentro del plazo
de cinco días contestar la Acción Civil Resarcitoria y oponer las
excepciones que estime pertinentes. Asimismo, se les advierte que
dentro del mismo plazo deberán señalar lugar y medio para atender
notificaciones, esto dentro de la causa Nº 13-200094-634-PE, contra
Esteban Morales Montes, por el delito de Lesiones Culposas, en
perjuicio de Fernando Maroto González. Comuníquese.—Fiscalía
de Buenos Aires.—M.Sc. Kattia Acosta Solís, Fiscal Auxiliar.—(
IN2014042435).
3 v.1
Licenciado Fabián Fernández Gutiérrez, Fiscal Auxiliar de la
Fiscalía Segundo Circuito Judicial de San José, al señor Ronald Andrés
Cubillo Pérez, cédula o documento de identidad número 0112800824,
se le hace saber: Que en el Legajo de Acción Civil Resarcitoria del
expediente 14-000009-0275-PE, seguido en contra de Ronald Andrés
Cubillo Pérez; en perjuicio de Katherine Francela Abarca Carazo, por el
delito de robo agravado, se ha dictado resolución que literalmente dice:
comunicación por edicto. Fiscalía Segundo Circuito Judicial de San José:
De conformidad con los artículos, 111, 112 y 115 del Código Procesal
Penal, se procede con vista en la Acción Civil Resarcitoria interpuesta por
el Lic. Douglas Bolandi Sojo en su condición de abogado de la Oficina de
Defensa Civil de la Víctima en representación de la Ofendida Katherine
Francela Abarca Carazo, a darle traslado al demandado civil Ronald
Andrés Cubillo Pérez; de las pretensiones expuestas por dicha parte, para
que se pronuncie sobre la admisibilidad o inadmisibilidad del actor civil
en este proceso, planteando las excepciones que estime pertinentes, por
lo que se le concede el término de ley para que haga valer sus derechos.
Así mismo se le previene que en el acto de ser notificado deberá señalar
un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que
mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con
el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias.
Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda
efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de
Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada
en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Comuníquese el contenido
de la resolución al demandado civil y a su defensor en forma separada.
En vista de que el señor Ronald Andrés Cubillo Pérez, es de domicilio
desconocido, se procede a comunicarle la resolución que antecede por
medio de edicto que se publicará una sola vez en el Boletín Judicial.
Comuníquese.—Fiscalía Segundo Circuito Judicial de San José.—Lic.
Fabián Fernández Gutiérrez, Fiscal Auxiliar.—1 vez.—(IN2014042838).
Por haberse ordenado así en la investigación penal seguido
bajo la sumaria número 14-000708-0414-PE, contra J.C.M.A por
un delito de lesiones culposas en perjuicio de O.O.Q, se pone en
conocimiento del señor Miguel Ángel Padilla Cervantes, cédula
de identidad 01-0551-0782 en calidad de propietario registral o de
cualquier persona con interés legítimo, para que dentro del plazo de
tres meses contados a partir de la publicación del presente edicto,
se hagan presentes a la Fiscalía de Nicoya, a retirar el siguiente
vehículo: una motocicleta marca Génesis, estilo ZF200GYA, color
rojo, placas 145950; transcurrido ese plazo sin que ninguna persona
se presente a reclamar la motocicleta, la misma será puesta a la orden
del Departamento de Proveeduría, para lo de su cargo, lo anterior de
conformidad con el artículo 1 de la ley Sobre Bienes Decomisados y
artículos caídos en comiso.—Fiscalía Penal Juvenil del Segundo
Circuito Judicial de Guanacaste, Nicoya.—Lic. Andrea González
Paniagua, Fiscal Auxiliar.—1 vez.—(IN2014043654).

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